Norma Sustitutiva de La Norma de Selección de Personal

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    SEGUNDO SUPLEMENTO

    Ao IIl - N 702

    Quito, lunes 14 demayo del 2012

    SUMARIO:

    Pgs.FUNCIN EJECUTIVA

    ACUERDOS:

    MINISTERIO DE RELACIONESLABORALES:

    MRL 2012-000056 Expdesela Norma Sustitutiva de laNorma del Subsistema de Reclutamiento ySeleccin de Personal ............................ .............. 1

    MINISTERIO DE SALUD PBLICA:00000665 Crase el Consejo Ciudadano Sectorial de

    Salud (CCSS), como una instancia autnoma dedilogo, deliberacin y consulta en laformulacin y seguimiento de las polticaspblicas en salud ..................... ...................... ..... 24

    N MRL - 2012 - 000056

    EL MINISTRO DERELACIONES LABORALES

    Considerando:

    Que, el artculo 54 de la Ley Orgnica del Servicio Pblico -LOSEPestablece que el sistema integrado de desarrollo del talento humanodel servicio pblico estar conformado, entre otros, por elsubsistema de reclutamiento y seleccin de personal;

    Que, de acuerdo con lo que establece el artculo 65 de la LOSEP, elingreso a un puesto pblico ser efectuado mediante concurso demritos y oposicin; que evale la idoneidad de los interesados ygarantice el libre acceso, a los mismos; asimismo se considerarn lainsercin y accesibilidad en igualdad de condiciones al trabajoremunerado de las personas con discapacidad y de las comunidades,pueblos y nacionalidades, aplicndose acciones afirmativas para ese

    caso;

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    2 ~ Segundo Suplemento Registro Oficial N 702 - Lunes 14 de mayo del 2012

    Que, el artculo 68 de la LOSEP, seala que el ascenso serealizar mediante concurso de mritos y oposicin, en elque se evaluar, primordialmente, la eficiencia de lasservidoras y servidores y, complementariamente, los aos

    de servicio. A ms de que, se debern cumplir con losrequisitos establecidos para el puesto;

    Que, el Reglamento General a la LOSEP, emitido medianteDecreto Ejecutivo N 710, publicado en el Suplemento delRegistro Oficial N 418, de 1 de abril del 2011, en losartculos 176 al 194, determina las etapas del concurso demritos y oposicin: reclutamiento, convocatoria,evaluacin y seleccin, expedicin de nombramiento y lainduccin del personal;

    Que, el artculo 3 del Decreto Ejecutivo No. 737, de 18 deabril del 2011, mediante el cual se crea el Instituto Nacionalde la Meritocracia, enumera entre sus atribuciones la

    articulacin de planes, programas y proyectos relacionadoscon los procesos de reclutamiento y seleccin de personal,promocin, ascenso y evaluacin de las y los servidorespblicos, as como, la verificacin, supervisincoordinacin y control del desarrollo de dichos procesos;

    Que, el Ministro de Relaciones Laborales a travs delAcuerdo Ministerial N MRL-2011-00142, publicado en laEdicin Especial del Registro Oficial N 155, de 15 de juniodel 2011, emiti la Norma del Subsistema de Reclutamientoy Seleccin de Personal;

    Que, es necesario actualizar y perfeccionar elprocedimiento de evaluacin dentro del proceso de

    Reclutamiento y Seleccin, a fin de dotarlo de una mayoragilidad para la ejecucin de las pruebas de conocimientosy competencias tcnicas, de las pruebas psicomtricas y lasentrevistas; y,

    En ejercicio de las atribuciones que le confiere el literal a)del artculo 51 de la Ley Orgnica del Servicio Pblico y elartculo 178 de su Reglamento General:

    Acuerda:

    EXPEDIR LA NORMA SUSTITUTIVA DE LANORMA DEL SUBSISTEMA DE RECLUTAMIENTO

    Y SELECCIN DE PERSONAL

    CAPTULO I DEL

    OBJETO Y MBITO

    Art. 1.- Objeto.- Esta norma tiene por objeto establecer elprocedimiento y los instrumentos de carcter tcnico yoperativo que permitan a la Unidad de Administracin delTalento Humano - UATH, o quien hiciera sus veces, de lasinstituciones del Estado sujetas al mbito de la LOSEP y suReglamento General, escoger a la persona ms idnea entrelas y los aspirantes para ocupar un puesto pblico, enfuncin de la relacin entre los requerimientos establecidosen la descripcin y el perfil de los puestos institucionales ylas competencias de las y los aspirantes.

    Art. 2.- mbito de aplicacin.- Las disposiciones de lapresente norma son de aplicacin obligatoria en todas lasinstituciones del Estado determinadas en el artculo 3 de laLey Orgnica del Servicio Pblico - LOSEP.

    De conformidad con el ltimo inciso del artculo 51 de laLOSEP ser responsabilidad de las UATH, o quien hicierasus veces, de los gobiernos autnomos descentralizados, susentidades y regmenes especiales, la administracin, entreotros, del Subsistema de Reclutamiento y Seleccin dePersonal, observando lo determinado en la presente norma.

    CAPTULO II

    DE LA SELECCI N DE PERSONAL

    Art. 3.- De los parmetros de la Seleccin de Personal.-La seleccin de personal deber cumplir con los siguientes

    parmetros:

    a)

    Todos los puestos de las instituciones del Estado sujetasal mbito de la LOSEP deben contar con la descripciny perfiles de los puestos institucionales, los cualesdeben ser producto de los estudios realizados deconformidad con el procedimiento establecido en laNorma del Subsistema de Clasificacin de Puestos delServicio Pblico, considerndose que para laelaboracin de los perfiles indicados no se exigirexperiencia en el sector pblico salvo excepcionespreviamente aprobadas por el Ministerio de RelacionesLaborales;

    b)

    Las convocatorias a los concursos de mritos yoposicin tendrn carcter pblico y procurarn laparticipacin de la mayor cantidad de personas con losperfiles requeridos para cada puesto sometido aconcurso, mediante acciones de difusin que faciliten lainformacin y mejoren las oportunidades de accesolaboral;

    c)

    Los procesos de seleccin para el ingreso, as como elascenso y la carrera del servicio pblico, constituyeninstrumentos de gestin destinados a lograr que elpersonal seleccionado para el puesto cumpla con lascaractersticas y requisitos determinados en el manualde puestos institucional y en el manual de puestos

    genricos. Adems, miden las caractersticas msrelevantes de las y los aspirantes al puesto, tales como:instruccin formal, experiencia, capacitacin,competencias tcnicas y conductuales: as como suactitud y motivacin hacia el trabajo;

    d)

    Los concursos de mritos y oposicin permiten a las ylos postulantes acceder a un puesto en el serviciopblico sin discriminacin alguna para todas y todos losparticipantes con independencia de su etnia,nacionalidad, edad, condicin socio-econmica,orientacin sexual, gnero, religin, estado de salud,discapacidad, si fuere del caso, o cualquier otradistincin personal o colectiva, temporal o permanente,

    en igualdad de oportunidades, en funcin de sus mritosy competencias personales, aplicando, adems, accionesafirmativas que permitan que esta igualdad deoportunidades se materialice;

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    e)

    Las personas extranjeras residentes legalmente en elEcuador, por al menos cinco aos, podrn ocuparpuestos de carrera dentro del servicio pblico siempre ycuando hayan sido declaradas ganadoras o ganadores delos concursos de mritos y oposicin llevados a cabo

    conforme lo determina la Ley Orgnica del ServicioPblico, su Reglamento General y esta norma; y,

    f)

    Los procesos de reclutamiento y seleccin del personalque vayan a ingresar o ascender en el servicio pblicosern imparciales y objetivos conforme lo establece laLey. Los responsables de estos procesos velarn por latransparencia, el cumplimiento y aplicacin de estosparmetros y en ningn caso las autoridadesnominadoras, sus delegados, dignidades institucionaleso los miembros de los tribunales de mritos y oposiciny de apelaciones podrn interferir en los mismos, haceruso de mecanismos discrecionales o ceder a presionesinternas y/o externas de cualquier tipo o de grupos de

    inters.

    Art. 4.- Del Reclutamiento y Seleccin de Personal.-Todo proceso de reclutamiento y seleccin de personal parapuestos protegidos por la carrera del servicio pblicodebern realizarse obligatoriamente a travs de concursosde mritos y oposicin, utilizando la plataforma tecnolgicadel subsistema de reclutamiento y seleccin de personaladministrada por el Ministerio de Relaciones Laboralescomo nico medio vlido para la aplicacin y seguimientode un proceso de reclutamiento y seleccin, en la cual setendr que ingresar, registrar y gestionar cada etapa delconcurso a travs de la pgina webwww.socioempleo.gob.ec.

    A decisin de la autoridad nominadora, para escoger losocupantes de los puestos de libre nombramiento yremocin, con contrato de servicios ocasionales o a perodofijo podrn realizarse procesos de reclutamiento y seleccinaplicando la presente norma, pero sin la aplicacin de laplataforma tecnolgica.

    Este proceso est conformado por:

    a)

    Preparacin del proceso de reclutamiento;

    b)

    Convocatoria;

    c)

    Evaluacin y seleccin, etapa en la que se desarrolla elconcurso de mritos y oposicin, y se compone de:

    el) Mrito integrado por:

    c. 1.1) Verificacin de postulaciones;

    el.2) Evaluacin;

    c.2) Oposicin;i

    d) Expedicin del nombramiento provisional de prueba; y,

    e)

    Induccin.

    Art. 5.- Del concurso.- El concurso de mritos y oposicinpara la seleccin de personal ser ABIERTO y consistir enel proceso por el cual se convoca a todas las personas

    mayores de dieciocho aos, que se encuentren legalmentehabilitadas para el ingreso y desempeo de un puesto, cargo,funcin o dignidad en el sector pblico, conforme lodetermina la LOSEP y su Reglamento General, y querenan los requisitos establecidos en la convocatoria

    relativos al perfil del puesto, para participar en los procesosde reclutamiento y seleccin a que haya lugar en; lasinstituciones del Estado.

    Art. 6.- De los rganos del Proceso de Reclutamiento ySeleccin de Personal.- Los responsables del proceso deReclutamiento y Seleccin de Personal son los siguientes:

    a)

    Unidad de Administracin del Talento Humano UATH,o quien hiciera sus veces;

    b) Tribunal de Mritos y Oposicin; y,

    c)

    Tribunal de Apelaciones.

    En el caso que determine el. Ministerio de RelacionesLaborales, podr designar a un representante dentro de losprocesos selectivos, quien actuar como veedor en lapreparacin, aplicacin y calificacin de las pruebas deconocimientos tcnicos y pruebas psicomtricasestablecidas en esta norma.

    Art. 7.- De la Unidad de Administracin del TalentoHumano UATH.- La Unidad de Administracin delTalento Humano, o quien hiciera sus veces, es la encargadade administrar el proceso de reclutamiento y seleccin depersonal aplicando la presente norma.

    Art. 8.- Del Tribunal de Mritos y Oposicin,- ElTribunal de Mritos y Oposicin es el encargado de conocerlos reportes de verificacin de postulaciones, conocerlosresultados de las calificaciones de pruebas deconocimientos tcnicos, de las pruebas psicomtricas,realizar las entrevistas y ejecutar la fase de oposicin delproceso selectivo.

    El Tribunal de Mritos y Oposicin estar integrado por:

    a)

    La autoridad nominadora o su delegada o delegado,quien lo presidir;

    b)

    Quien ejerza la Direccin o el responsable de la unidada la que pertenece el puesto vacante, o su delegada odelegado que tenga los conocimientos sobre el puestovacante;

    c)

    Quien ejerza la Direccin o el responsable de la UATHinstitucional, o su delegada o delegado, o quien hicieresus veces; y,

    d) Una o un representante del Consejo Nacional deDiscapacidades - CONADIS, quien actuar comoveedor cuando se cuente con al menos una o unaspirante que tenga el carn de discapacitado que hayacumplido con los requisitos establecidos para laconvocatoria y haya superado el procedimiento deverificacin de postulaciones. Si el representante delCONADIS no pudiera asistir conformar lmencionado Tribunal, a pesar de habrsele convocado

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    por escrito, se dejar sentada por escrito la razncorrespondiente y se continuar con el proceso.

    Las decisiones que, en ejercicio de las atribucionesestablecidas en esta norma sean competencia de este

    Tribunal, se tomarn por mayora simple de los asistentes.Art. 9.- Del Tribunal de Apelaciones.- El Tribunal deApelaciones resolver las apelaciones presentadas por las ylos aspirantes a los resultados de:

    a) Verificacin de postulaciones;

    b) Calificacin de las pruebas de conocimientos tcnicos;o,

    c)

    Puntaje de evaluacin de las pruebas psicomtricas y laentrevista.

    El Tribunal de Apelaciones se conformar previaconvocatoria de la UATH, mediante la firma del actacorrespondiente, en el momento que se presentenapelaciones a cualquiera de los resultados antes sealados yestar integrado de la misma manera que el Tribunal deMritos y Oposicin y un representante del CONADISnicamente si una persona con discapacidad presenta unaapelacin conforme lo establecido en el literal d) delartculo anterior.

    No podrn integrar el Tribunal de Apelaciones las y losservidores que acten en el Tribunal de Mritos yOposicin. En aquellas unidades en las que existanicamente una persona, esta formar parte del Tribunal de

    Mritos y Oposicin, y para la conformacin del Tribunalde Apelaciones la UATH institucional, o quien hiciere susveces, solicitar a la autoridad nominadora que designe auna o un servidor que pertenezca a otra unidad.

    Art. 10.- De la Incompatibilidad.- Los miembros de losTribunales de Mritos y Oposicin y de Apelaciones quetengan vnculos de parentesco con las y los aspirantes de unconcurso de mritos y oposicin hasta el cuarto grado deconsanguinidad y segundo de afinidad, o sean cnyuges oconvivientes en unin de hecho legalmente reconocida,debern excusarse por escrito de integrar los mismos. Laautoridad nominadora dispondr a la UATH institucional, oquien hiciere sus veces, la designacin de los reemplazos en

    forma inmediata.Asimismo, en el caso de que la o el servidor participe en unconcurso de mritos y oposicin organizado por lainstitucin a la cual pertenece y que sea parte de la UATHinstitucional, o quien hiciere sus veces, deber abstenerse departicipar en la administracin del concurso. De igualmanera se proceder en el caso que la o el servidor que seencuentre participando dentro de un proceso selectivo y estao este fuera designada o designado corno miembro de unTribunal de Mritos y Oposicin o del Tribunal deApelaciones. En ambos casos deber abstenerse deintegrarlos y manifestar sus razones por escrito.

    Las y los servidores del Instituto Nacional de laMeritocracia que tengan bajo su responsabilidad la revisinde procesos de reclutamiento y seleccin en los cualesparticipen sus parientes comprendidos hasta el cuarto grado

    de consanguinidad o segundo de afinidad, su cnyuge o conquien mantenga unin de hecho, debern manifestar a susuperior inmediato este hecho, por escrito, excusndose deconocer y resolver sobre dicho proceso.

    La misma incompatibilidad se observar respecto al veedorque sea designado por el Ministerio de RelacionesLaborales para las pruebas de competencias tcnicas y laspruebas psicomtricas, de conformidad con lo establecidoen la Disposicin General.

    No se podrn declarar como ganadores de concursos

    demritos y oposicin a personas que incurran en

    laprohibicin expresa de nepotismo, determinada en

    elartculo 6 de la Ley Orgnica del Servicio Pblico.

    CAPTULO III

    DEL PROCESO DE RECLUTAMIENTO YSELECCIN DE PERSONAL

    Seccin la.

    De la preparacin del proceso de reclutamiento yseleccin

    Art. 11.- De los pasos previos.- La UATH institucional, oquien hiciere sus veces, ser la encargada de la preparacindel proceso de reclutamiento y seleccin para lo cual deberrealizar los siguientes pasos previos:

    a) Mantener actualizado el manual de puestos

    institucional, como instrumento indispensable para laelaboracin de las bases de los concursos de mritos yoposicin, caso contrario se utilizar el manual genricode puestos. En el caso de que los puestos vacantessujetos a concurso pertenezcan a los procesoshabilitantes de asesora y apoyo se deber utilizar ladescripcin y perfiles establecidos en el manual depuestos genricos;

    b)

    Identificar a las vacantes de los puestos que se sujetarna concurso y verificar que se encuentren:

    b. 1) Debidamente financiadas a travs de la partidapresupuestaria correspondiente; y,

    b.2) No estn sujetas a litigio y se encuentrenlegalmente vacantes.

    c) Establecer la planificacin y el cronograma general delconcurso de mritos y oposicin definiendo:

    c.l) El nmero de los puestos pblicos que se sujetarnal concurso de mritos y oposicin;

    c.2) La fecha de inicio y fechas tentativas deldesarrollo del proceso que podrn sermodificadas durante la realizacin del procesode seleccin. Dichas modificaciones sern

    puestas a consideracin de la autoridadnominadora y una vez aprobadas se comunicarna las y los postulantes sobre la marcha delconcurso; y,

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    c.3) La provisin de lugares, infraestructura y logsticaque presten las facilidades y condiciones para elnormal desarrollo del concurso.

    d)

    Solicitar al responsable de cada una de las unidades a

    las que pertenecen los puestos vacantes sujetos aconcurso que elabore y remita un banco de preguntas deconocimientos tcnicos, con sus respectivas respuestasy forma de calificacin, necesarios para la ejecucin delas funciones propias del o los puestos sujetos aconcurso, que sern mantenidas con el carcter dereservado. Las preguntas no podrn ser direccionadas alas labores especficas del puesto de la institucin; y,

    e)

    En las entidades de la administracin pblica central,institucional y dependiente las UATH institucionales, oquien hiciere sus veces, remitirn el banco depreguntas, sus respectivas respuestas y forma decalificacin al Instituto Nacional de la Meritocracia

    para la conformacin progresiva de un banco nacionalde pruebas.

    Art. 12.- De las Bases del Concurso.- Una vez realizadoslos pasos previos, la UATH institucional, o quien hicieresus veces, ingresar a la plataforma tecnolgica delsubsistema de reclutamiento y seleccin de personaladministrada por el Ministerio de Relaciones Laborales, enla pgina web www.socioempleo.gob.ec, que es el nicomedio vlido para la aplicacin y seguimiento de unproceso de reclutamiento y seleccin en el servicio pblico,y elaborar las Bases del Concurso utilizando el link "Basesdel Concurso de Mritos y Oposicin" que requiere lasiguiente informacin:

    a) "Detalles Generales del Concurso ": Descripcin de loselementos informativos generales de la institucin y delpuesto institucional materia del concurso:

    a. 1) "Nombre de la institucin" que realiza elconcurso;

    a.2) "Partida Presupuestaria" detalle del nmero departida presupuestaria definida para cada puestoobjeto del concurso;

    a.3) "Denominacin del Puesto" nombre del puestosujeto a concurso, definido de conformidad con sudescripcin y perfil;

    a.4) "Grado y Grupo Ocupacional" definidos de

    conformidad con la correspondiente Escala deRemuneraciones vigente;

    a.5) "Remuneracin Mensual Unificada (R.M.U)"

    definida de acuerdo al grado y grupo ocupacionalcorrespondiente en la Escala de Remuneracionesvigente;

    a.6) "Unidad Administrativa" define la unidad donde seubica el puesto sujeto a concurso;

    a.7) "Lugar de Trabajo" sitio o ubicacin del puesto detrabajo derivado del distributivo deremuneraciones;

    b) "Desglose de parmetros": Identificacin de instruccinformal, experiencia. capacitacin, competenciastcnicas y conductuales:

    b.l) "Instruccin Formal": Identificacin del nivel de

    instruccin formal y rea de conocimientorequerido para ocupar el puesto materia delconcurso, de conformidad con la descripcin yperfil establecido en el manual de puestosinstitucional o el manual de puestos genricos;

    b.2) "Experiencia": Identificacin de la necesidad o noy el tipo de experiencia que requiere el puesto detrabajo determinada en el manual de puestosinstitucional o el manual de puestos genricos. Enninguno de los dos manuales mencionados seestablecer como requisito experiencia en elsector pblico, salvo excepciones previamenteaprobadas por el Ministerio de Relaciones

    Laborales;b.3) "Capacitacin": Determinacin de las reas

    relevantes de capacitacin para cada puestomateria del concurso considerando las descritaspara el puesto en el manual de puestosinstitucional o en el manual de puestos genricos;que no deber considerar el conocimiento ymanejo de las herramientas tcnicas oinformticas utilizadas en el sector pblico, lasmismas que solamente podrn ser consideradascomo agregadoras de valor en la entrevista, sin serdeterminantes o excluyentes;

    b.4) "Competencias tcnicas del puesto": Descripcinde las competencias tcnicas contenidas en elmanual de puestos institucional o en el manual depuestos genricos; y,

    b.5) "Competencias conductuales": Descripcin de lascompetencias conductuales requeridas en elmanual de puestos institucional o en el manual depuestos genricos.

    Las bases del concurso de mritos y oposicin debern sersubidas a la plataforma de la red Socio Empleowww.socioempleo.gob.ec, con por lo menos diez (10) dasde anticipacin a la difusin de la convocatoria, tiempo enel cual el sistema informtico generar automticamentereportes que sern remitidos electrnicamente paraconocimiento de los Consejos Nacionales para la Igualdad,quienes, a su vez, impulsarn y promovern la participacinde grupos de atencin prioritaria, para que estos se prepareny postulen a los concursos.

    Seccin 2a.

    De la Convocatoria

    Art. 13.- De la Convocatoria.- La convocatoria es la etapaen que la UATH institucional, o quien hiciere sus veces,realiza la difusin plena del concurso de mritos y

    oposicin con la finalidad de reunir la mayor cantidad deaspirantes que cumplan con los perfiles y requisitosestablecidos.

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    Con fundamento en las Bases del Concurso la UATHinstitucional, o quien hiciere sus veces, elaborar laconvocatoria utilizando el link "Convocatoria a Concursode Mritos y Oposicin", ubicado en la pgina webwww.socioempleo.gob.ec. que requerir la siguiente

    informacin:

    a) "Detalles Generales del Concurso ": Descripcin de loselementos informativos generales de la institucin y delpuesto institucional materia del concurso:

    a. 1) "Nombre de la institucin" que realiza elconcurso;

    a.2) "Denominacin del Puesto" que corresponde al

    nombre del puesto sujeto a concurso, definido deconformidad con su descripcin y perfil;

    a3) "Grado y Grupo Ocupacional" definidos deconformidad con la correspondiente Escala deRemuneraciones vigente;

    a.4) "Remuneracin Mensual Unificada (R.M.U)"

    definida de acuerdo al grado y grupo ocupacionalcorrespondiente en la Escala de Remuneracionesvigente;

    a.5) "Unidad Administrativa" que define la unidaddonde se ubica el puesto sujeto a concurso; y.

    a.6) "Lugar de Trabajo" que corresponde al sitio oubicacin del puesto de trabajo derivado del

    distributivo de remuneraciones;

    b) "Requerimientos " requisitos bsicos definidos para elpuesto de trabajo:

    b.l) Instruccin formal;

    b.2) Experiencia;

    b.3)

    Capacitacin;

    b.4) Competencias tcnicas del puesto; y,

    b.5)

    Competencias conductuales.

    Art. 14,- De los medios de difusin de la convocatoria.-Luego de preparada la convocatoria, la UATH institucional,o quien hiciere sus veces, ser, responsable de su difusinobligatoria, fijando la fecha mxima para la postulacin. Elplazo en el cual podrn aplicar los postulantes ser de almenos siete das calendario. Una vez hecha la convocatoriala institucin podr ampliar el plazo de creerlo necesario.

    Los medios de difusin sern:

    a) La plataforma tecnolgica del subsistema de

    reclutamiento y seleccin de personal, administrada porel Ministerio de Relaciones Laborales, ingresando atravs de la pgina web www.socioempleo.gob.ec, depublicacin electrnica inmediata;

    b) La pgina web institucional, misma que deber tener unlink que dirija a las y los aspirantes exclusivamente a laplataforma tecnolgica www.socioempleo.gob.ec:

    c)

    Las carteleras institucionales, publicando el formulario

    generado en la pgina web, a travs del reporte''Convocatoria en carteleras institucionales y

    universidades";

    d) De conformidad con la descripcin y perfil de lospuestos sujetos al proceso selectivo, se remitir elreporte que arroje la pgina webwww.socioempleo.gob.ec, a por lo menos tresuniversidades o institutos de educacin superiorpblicos y privados cuyas matrices o extensiones estnubicadas en la localidad o en su respectiva provincia ozona legalmente reconocidas que formen aprofesionales o tcnicos solicitados en la convocatoria,a fin de que sea puesta en conocimiento de las y los

    estudiantes y graduados;

    e)

    Publicaciones en el peridico de mayor circulacinlocal o nacional utilizando el reporte ''Anuncio deprensa de convocatoria" que ser generado por lapgina web www.socioempleo.gob.ec y que contendr:

    e.l)

    Nombre de la institucin que realiza el concurso;

    e.2)

    Denominacin del puesto;

    e.3) Lugar de trabajo;

    e.4)

    Fecha mxima de presentacin de postulaciones;,

    e.5)

    Remuneracin Mensual Unificada; y,

    e.6) Se dar a conocer que para mayores detalles sedebe ingresar a la pgina webwww.socioempleo.gob.ec;

    f) Finalmente, con el propsito de lograr la mayorcantidad de postulaciones, las instituciones del Estadopodrn, opcional y adicionalmente, realizar laconvocatoria a travs de otros medios alternativos, deconformidad con su disponibilidad presupuestaria.

    La convocatoria en todos los medios de difusin deber

    incluir una nota que indique que ninguna postulacin tendrcosto alguno.

    Art. 15.- De la postulacin.- Las y los aspirantesinteresados en participar en un proceso de reclutamiento yseleccin en el servicio pblico debern ingresar a laplataforma tecnolgica del subsistema de reclutamiento yseleccin de personal, ubicada en la pgina webwww.socioempleo.gob.ec. seleccionar el puesto delconcurso de mritos y oposicin de su inters, asegurarse deque su perfil personal corresponde al perfil descrito en laconvocatoria y si rene los requisitos solicitados,seleccionar el link "Aplicar" y completar electrnicamente

    el formulario "Hoja de Vida" que aparecer para el puestoescogido. La aplicacin ser llenada y enviada vaelectrnica a la institucin solicitante, hasta la fechamxima fijada en la convocatoria.

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    Cada postulante podr aplicar simultneamente hasta a unmximo de tres puestos de aquellos que fueron materia de laconvocatoria por parte de la institucin. Para cadaaplicacin hecha, la plataforma tecnolgica solicitar alpostulante efectuar la declaracin de veracidad de la

    informacin consignada en la "Hoja de Vida" para supostulacin.

    Una vez cumplidos los pasos anteriores, los postulantesmonitorearn su participacin durante todo el concurso demritos y oposicin a travs de su nmero de cdula o susnombres y apellidos ingresando en la pgina webwww.socioempleo.gob.ec.

    Por ningn concepto se procesarn postulacionespresentadas fuera de la plataforma tecnolgica administradapor el Ministerio de Relaciones Laborales o fuera de losperodos de tiempo determinados en la respectivaconvocatoria.

    Durante la aplicacin, se le recordar al participante sobreel requisito indispensable de no tener impedimento legalalguno para el ingreso y desempeo de un puesto, cargo,funcin o dignidad en el sector pblico, y de la necesidad decontar con el respectivo certificado de no tenerimpedimento, emitido por el Ministerio de RelacionesLaborales, documento que deber ser presentado por elparticipante al momento de rendir las pruebas deconocimientos tcnicos, como requisito previo para laevaluacin.

    Seccin 3a.

    De la Evaluacin y SeleccinArt. 16.- Inicio del Concurso de Mritos y Oposicin.-Una vez concluido el perodo de postulaciones se inicia elconcurso propiamente dicho con sus componentes de mritoy oposicin.

    Art. 17.- De la conformacin del Tribunal de Mritos yOposicin.- La UATH institucional, o quien hiciere susveces, antes de dar inicio al componente de mritoconvocar a los miembros del Tribunal de Mritos yOposicin, el cual quedar conformado con la firma del actacorrespondiente, conforme a lo sealado por el artculo 8 deesta norma.

    Pargrafo Primero

    Del Mrito

    Art. 18.- Del Mrito.- El mrito consiste en el anlisis,verificacin y medicin de las competencias que ostentanlas y los aspirantes, respecto a aquellas previstas en laconvocatoria. Se efecta a travs de los siguientesprocedimientos:

    a) Verificacin de postulaciones; y,

    b)

    Evaluacin.

    Art. 19.- De la Verificacin Automtica dePostulaciones.- La verificacin automtica depostulaciones constituye el procedimiento informtico,

    mediante el cual la plataforma tecnolgica de reclutamientoy seleccin de personal convalida los requisitos del puestoestablecidos por la UATH institucional, o quien hiciere susveces, en la convocatoria, con la informacin consignadapor las y los aspirantes en las respectivas "Hojas de Vida"

    llenadas electrnicamente, determinando los casos decoincidencia y generando el listado correspondiente. Estaverificacin se realizar una vez concluido el perodo depostulaciones.

    Art. 20.- De la Verificacin Manual de Postulaciones.-Con el listado generado en el artculo anterior, la UATHinstitucional, o quien hiciere sus veces, efectuar unaverificacin manual de los requerimientos del perfil.

    Al finalizar la verificacin manual se generar en la pginaweb www.socioempleo.gob.ec el reporte de "Verificacinde Postulaciones" correspondiente, al cual podr acceder

    cada aspirante, con su nmero de cdula o nombres yapellidos, para visualizar si super o no esta instancia.

    A fin de que las y los aspirantes puedan ingresar a laplataforma para conocer oportunamente esta informacin,tan pronto como el registro est realizado, se enviar unmensaje a su correo electrnico, de manera automtica,generada por el sistema.

    El reporte "Verificacin de Postulaciones" deberimprimirse y firmarse por parte del responsable de la UATHinstitucional, o quien hiciere sus veces, y de los miembrosdel Tribunal de Mritos y Oposicin.

    Art. 21.- De la Apelacin a la Verificacin dePostulaciones.- A las y los aspirantes que no superaron la"Verificacin de Postulaciones", la plataforma tecnolgica,les permitir presentar una apelacin a este procedimiento atravs del link "Apelacin ".

    La plataforma nicamente aceptar las apelacionespresentadas dentro de los dos das hbiles posteriores a lanotificacin de su calificacin y terminacin delprocedimiento de "Verificacin de Postulaciones ".

    Art. 22.- De la Conformacin del Tribunal deApelaciones y su Pronunciamiento.- En el caso de haberse

    presentado apelaciones a la "Verificacin de Postulaciones "se conformar, en ese momento, el Tribunal de Apelacionesde acuerdo a lo que establece el artculo 9 de esta norma.

    Para ello, la UATH institucional, o quien hiciere sus veces,una vez confirmada la presentacin de apelaciones,realizar la respectiva convocatoria al siguiente da hbil delvencimiento del perodo para presentar apelaciones y estemismo da se conformar el Tribunal, mediante la firma delacta correspondiente.

    El Tribunal de Apelaciones analizar las apelacionespresentadas y se pronunciar dentro de dos das hbilescontados a partir de la fecha de su conformacin. En el casode que las apelaciones presentadas para un mismo puestovacante sean superiores a cincuenta se considerarn lossiguientes das hbiles adicionales:

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    8 Segundo Suplemento - Registro Oficial N 702 - Lunes 14 de mayo del 2012

    NUMERO DEAPELACIONESPRESENTADAS

    DAS HBILESADICIONALES

    Entre 50 a 100 1 da adicionalEntre 101 a 150 2 das adicionales

    Entre 151 a 200 3 das adicionales

    Ms de 200 4 das adicionales

    Una vez resueltas las apelaciones, el respectivo Tribunal deApelaciones, comunicar inmediatamente a la UATHinstitucional, o quien hiciere sus veces, el acta con losresultados de si procede o no cada una de las apelaciones, afin de que esta d a conocer a las y los aspirantes, a travsde la pgina web www.socioempleo.gob.ec, el reporte"Resultado de apelaciones a la verificacin de

    postulaciones". A este link podrn ingresar las y losaspirantes con su nmero de cdula o nombres y apellidos.

    A fin de que las y los aspirantes que apelaron puedaningresar a la plataforma tecnolgica para conoceroportunamente esta informacin, tan pronto como elregistro est realizado, se enviar un mensaje a su correoelectrnico.

    Art. 23.- Del resultado del procedimiento de verificacinde postulaciones.- Con el listado de las y los aspirantes quedirectamente superaron la verificacin de postulaciones y lainformacin del reporte de resultados de las apelaciones a laverificacin de postulaciones, la UATH institucional, oquien hiciere sus veces, elaborar en la pgina webwww.socioempleo.gob.ec el reporte "Resultado delprocedimiento de verificacin de postulaciones ", el mismoque deber ser impreso y firmado por el representante de laUATH institucional, o quien hiciere sus veces, y entregadoal Tribunal de Mritos y Oposicin.

    El reporte "Resultado del procedimiento de verificacin depostulaciones "podr ser consultado por las y los aspirantesy la ciudadana en general, en el link del mismo nombre ycontendr por lo menos:

    a)

    Listado definitivo de los postulantes que debernpresentarse al procedimiento de evaluacin; y,

    b) Fecha, hora y lugar en que se tomarn las pruebas deconocimientos tcnicos. Las pruebas de conocimientostcnicos deber realizarse en un mximo de tres dashbiles contados a partir de la publicacin, en la pginaweb www.socioempleo.gob.ec, del reporte "Resultadodel procedimiento de verificacin de postulaciones ".

    Art. 24.- De la Evaluacin.- La evaluacin es elprocedimiento mediante el cual se mide en las y losaspirantes el nivel de cumplimiento de los requerimientosdel perfil de un puesto sometido a concurso.

    Las herramientas que permiten la evaluacin de losrequerimientos del perfil del puesto son:

    a) Pruebas de conocimientos tcnicos;

    b)

    Pruebas psicomtricas u otros procedimientos para laevaluacin de competencias conductuales; y,

    c)

    Entrevistas.

    Art. 25.- De las Pruebas de conocimientos tcnicos.-Estas pruebas evalan el nivel de conocimientos tcnicosinherentes al perfil de un puesto descrito en las bases delconcurso.

    Incluirn aspectos de carcter prctico (destrezas) cuando elpuesto vacante lo amerite, y su calificacin ser sobre cien(100) puntos que equivaldrn al cincuenta (50%) por cientodel puntaje final.

    Con los bancos de preguntas remitidos por las unidadesrequirentes durante la preparacin del proceso dereclutamiento, la UATH institucional, o quien hiciere sus

    veces, elaborar las pruebas correspondientes;seguidamente, a travs de la plataforma electrnicaadministrada por el Ministerio de Relaciones Laborales, sesubir el "banco de preguntas" dentro de las veinticuatrohoras previas a la aplicacin de las pruebas.

    De dichos bancos se tomarn las pruebas a las y losaspirantes que superaron el procedimiento de verificacinde postulaciones y apelaciones y se calificar en un mximode cinco das hbiles contados a partir de la fecha derendicin de las pruebas.

    Posteriormente, la UATH institucional, o quien hiciere susveces, registrar estos resultados en la pgina web

    wvvw.socioempleo.gob.ec, en el reporte "Calificacin depruebas de conocimientos tcnicos" que se reflejarnautomticamente en los reportes "Calificaciones de pruebasde conocimientos tcnicos ms apelacin", "Puntaje de

    evaluacin de pruebas psicomtricas y entrevistas" y"Puntaje Final".

    El reporte "Calificacin de pruebas de conocimientostcnicos " deber ser impreso y firmado por el responsablede la UATH institucional, o quien hiciere sus veces, yentregado al Tribunal de Mritos y Oposicin.

    Las calificaciones de las pruebas podrn ser consultadas porlas y los aspirantes ingresando en la pgina web

    www.socioempleo.gob.ec, al reporte "Calificacin depruebas de conocimientos tcnicos ", utilizando su nmerode cdula o sus nombres y apellidos.

    A fin de que las y los postulantes puedan ingresaroportunamente a realizar la consulta, tan pronto como laUATH institucional, o quien hiciere sus veces, registre lascalificaciones en la plataforma, el sistema automticamenteenviar un correo electrnico de informacin a cadaaspirante.

    El participante, para rendir las pruebas de conocimientostcnicos, deber presentar el original de su documento deidentificacin, sea: cdula de ciudadana, identidad o

    pasaporte, y entregar copia del documento de identificaciny el certificado actualizado de no tener impedimento legalpara el ingreso y desempeo de un puesto, cargo, funcin odignidad en el sector pblico emitido por el Ministerio de

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    Segundo Suplemento -- Registro Oficial N 702 Lunes 14 de mayo del 2012 9

    Relaciones Laborales, actualizado en original. En caso deno presentar y entregar dichos documentos al momento derendir la prueba, no ser admitido en la misma, quedandoconsecuentemente fuera del concurso.

    Art. 26.- Puntaje mnimo y nmero objetivo parapruebas de conocimientos tcnicos.- nicamente las y losaspirantes que en las pruebas de conocimientos tcnicosobtengan calificaciones iguales o superiores a setenta (70)sobre cien (100) puntos, y adems hayan logrado los cinco(5) ms altos puntajes para cada puesto vacante, podrncontinuar con las pruebas psicomtricas u otrosprocedimientos para la evaluacin de competenciasconductuales y la presentacin a entrevistas.

    En el caso de existir empate entre los mejor puntuados, lanota de empate har que todos los que la obtuvieron, sepresenten a las pruebas psicomtricas u otrosprocedimientos que midan competencias conductuales y a

    la presentacin de entrevistas, considerndose que todos losaspirantes en situacin de empate ocupan un solo puesto deentre los cinco (5) mejor puntuados.

    Pasarn a la fase de pruebas psicomtricas y entrevistas, ancuando no se encuentren dentro del grupo de los mejorpuntuados pero aprobaren la prueba de conocimientostcnicos por lo menos con setenta (70) puntos, quienes, paraparticipar en el concurso de mritos y oposicin anotaron ensu "Hoja de Vida":

    1.

    Discapacidad, discapacidad adquirida en desminado omanipulacin de explosivos en cumplimiento demisiones de seguridad ciudadana; o enfermedad

    catastrfica;

    2.

    Ser cnyuge o conviviente en unin de hecholegalmente reconocida, padre, madre, hermano ohermana o, hijo o hija, de una persona dentro de suncleo familiar, que en razn de una discapacidadsevera o grave, o enfermedad catastrfica no puedatrabajar, siempre que demostrare mediante declaracinjuramentada que tiene a cargo a la misma;

    3.

    Calidad de hroe o herona, reconocido de conformidadcon la Ley; as como, la calidad de ex combatienteefectivo que hayan enfrentado conflicto armado,certificada por el Ministerio de Defensa Nacional;

    4.

    Autodefinicin tnica de indgena, afroecuatorianos omontubia;

    5.

    Ex servidor pblico, en calidad de migrante,domiciliado fuera del territorio ecuatoriano; o,

    6.

    Residente de las Islas Galpagos, en el caso de unconcurso de mritos y oposicin para ocupar un puestoen la provincia de Galpagos.

    Art. 27.- De la apelacin al puntaje de pruebas deconocimientos tcnicos.- Las y los aspirantes que noestuvieran de acuerdo con el puntaje alcanzado en laspruebas de conocimientos tcnicos podrn apelar a esteresultado directamente en la plataforma tecnolgica, atravs del link "Apelacin", a la calificacin de pruebas deconocimientos tcnicos.

    La plataforma, nicamente, aceptar las apelacionespresentadas dentro de los dos das hbiles posteriores a lapublicacin de las calificaciones de pruebas deconocimientos tcnicos.

    Si el Tribunal de Apelaciones ya se hubiera conformadopara el procedimiento de verificacin de postulacionesresolver en dos das hbiles, contados a partir delvencimiento del perodo para la presentacin de lasapelaciones.

    En caso de no haberse conformado el Tribunal deApelaciones, deber hacerlo en ese momento, con losmiembros establecidos en el artculo 9 de esta norma. Paraello, la UATH institucional, o quien hiciere sus veces, unavez confirmada la presentacin de apelaciones realizar larespectiva convocatoria al siguiente da hbil delvencimiento del perodo de apelaciones, a fin de que, esemismo da, se conforme el Tribunal de Apelaciones a travs

    de la firma del acta correspondiente.El Tribunal de Apelaciones analizar las apelacionespresentadas y se pronunciar dentro de los dos das hbilescontados a partir de la fecha de su conformacin.

    Una vez resueltas las apelaciones, el Tribunal comunicarinmediatamente a la UATH institucional, o quien hicieresus veces, el acta con los resultados, a fin de que esta d aconocer a las y los aspirantes, a travs de la pgina webwww.socioempleo.gob.ec, el reporte "Resultado deapelaciones a las calificaciones de pruebas de

    conocimientos tcnicos". A este reporte podrn ingresaroportunamente las y los aspirantes con su nmero de cdula

    o nombres y apellidos, para lo que el sistema enviar uncorreo electrnico de notificacin.

    Art. 28.- Del resultado de las calificaciones de laspruebas de conocimientos tcnicos, ms apelacin.- Conel listado de las y los aspirantes que directamente superaronlas pruebas de conocimientos tcnicos y la informacin delreporte "Resultado de apelaciones a las calificaciones depruebas de conocimientos tcnicos", la UATH institucional,o quien hiciere sus veces, elaborar en la pgina webwww.socioempleo.gob.ec el reporte "Calificaciones de laspruebas de conocimientos tcnicos ms apelacin " quedeber ser impreso y firmado por el representante de laUATH y entregado al Tribunal de Mritos y Oposicin.

    El reporte "Resultado de las calificaciones de pruebas deconocimientos tcnicos ms apelacin" podr serconsultado en la pgina web www.socioempleo.gob.ec porlas y los aspirantes y la ciudadana en general en el link delmismo nombre y contendr por lo menos:

    a)

    Listado definitivo de los postulantes que debernpresentarse a las pruebas psicomtricas u otrosprocedimientos para la evaluacin de competenciasconductuales y la presentacin a entrevistas; y,

    b) Fecha, hora y lugar en que se realizarn las pruebaspsicomtricas u otros procedimientos para la evaluacinde competencias conductuales y las entrevistas. Entre la

    publicacin del reporte "Resultado de las calificacionesde pruebas de conocimientos tcnicos ms apelacin " y

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    10 Segundo Suplemento - Registro Oficial N 702 - Lunes 14 de mayo del 2012

    la toma de las pruebas psicomtricas, no podrn pasarms de dos das hbiles; y entre la toma de estaspruebas y el inicio de las entrevistas no podr pasar msde un da hbil.

    Art. 29.- De las Pruebas Psicomtricas.- Luego de larendicin de pruebas de conocimientos tcnicos, la UATHinstitucional, o quien hiciere sus veces, aplicar las pruebaspsicomtricas. Estas pruebas, definidas previamente en lasbases del concurso, servirn para medir las competenciasconductuales necesarias para el puesto.

    Las competencias conductuales sern calificadas sobre elnmero de competencias descritas en las bases delconcurso, mismas que sern mnimo tres (3) y mximocinco (5) y se calificarn sobre treinta puntos queequivaldrn al quince (15%) del puntaje final.

    Sobre el nmero de competencias conductuales que posea elpostulante y que registre la UATH institucional, o quienhiciere sus veces, el sistema automticamente asignar lacalificacin en el reporte "Puntaje de evaluacin de laspruebas psicomtricas y entrevistas" y en el reporte"Puntaje Final".

    Para la aplicacin de pruebas psicomtricas, la UATHinstitucional, o quien hiciere sus veces, deber proveerse deun conjunto de bateras de pruebas psicomtricas que hayansido diseadas, nicamente, en base a haremosecuatorianos, o realizar otros procedimientos tales comocentros de evaluacin o entrevistas de incidentes crticos,entre otros.

    Estas pruebas u otros procedimientos de evaluacinpsicomtrica sern valorados de acuerdo al nmero decompetencias conductuales que requiera el perfil y queposea el postulante en el nivel de desarrollo de las mismasconforme lo requerido en dicho perfil, y debern seraplicadas y calificadas por un profesional con conocimientoen la materia.

    Para el efecto, las instituciones capacitarn a las o losservidores de la UATH institucional, o quien hiciere susveces, cuya formacin les permita realizar tales funciones, yen caso de no disponer del personal adecuado, se podrcontratar, durante la realizacin del concurso, los serviciosprofesionales de expertos, exclusivamente, para laaplicacin y valoracin de las pruebas psicomtricas o delos otros procedimientos utilizados, de conformidad con ladisponibilidad presupuestaria de la institucin. El contenidode las pruebas psicomtricas o de los otros procedimientosse mantendrn en estricta reserva hasta su aplicacin.

    Las competencias conductuales al ser medidas conherramientas alternativas de evaluacin psicomtrica,diferentes a las pruebas, debern ser calificadas conforme loestablecido en la presente norma y su ponderacin decalificacin final.

    Art. 30.- De la entrevista.- Las entrevistas se realizarnconforme al cronograma elaborado por la UATHinstitucional, o quien hiciere sus veces, y permitir elanlisis y la valoracin de los siguientes factores:

    instruccin acadmica, experiencia relevante, capacitacinrelevante, competencias tcnicas y competenciasconductuales de las o los aspirantes relacionadas con elperfil del puesto.

    La UATH institucional, o quien hiciere sus veces,convocar al Tribunal de Mritos y Oposicin y loentrenar para la aplicacin y calificacin de las entrevistas.

    Art. 31.- Factores a ser valorados en la entrevista.- Laentrevista deber valorar los siguientes factores y suvaloracin ser sobre setenta puntos que equivaldrn altreinta y cinco (35%) por ciento del puntaje final:

    a)

    Instruccin Formal Requerida: Constituye el anlisisde si la o el postulante excede los requisitosestablecidos en la convocatoria al puesto vacante encuanto a la instruccin formal y su puntaje ser de seis

    (6) puntos equivalentes al tres (3%) por ciento;

    b)

    Experiencia: Constituye el anlisis de si la o elpostulante excede los requisitos establecidos en laconvocatoria al puesto vacante en cuanto a laexperiencia relevante y su puntaje ser de seis (6)puntos equivalentes al tres (3%) por ciento;

    c) Capacitacin: Constituye el anlisis de si la o elpostulante excede los requisitos establecidos en laconvocatoria al puesto vacante en cuanto a lacapacitacin y su puntaje ser de seis (6) puntosequivalentes al tres (3%) por ciento;

    d)

    Competencias tcnicas: Se realizarn preguntas quelogren determinar las habilidades especficas requeridaspor el perfil que reflejen la tendencia a un correctodesempeo de la o el aspirante en la ejecucin tcnicadel puesto y su puntaje ser de veinte y tres (23) puntosequivalentes al once punto cinco (11,5%) por ciento; y,

    e) Competencias conductuales: Constituye el anlisis desi la o el postulante rene las competenciasconductuales descritas en las bases de concurso,mismas que sern calificadas sobre veinticinco (25)puntos; y el anlisis de logros o reconocimientoscomprobables obtenidos en los siguientes aspectos:acadmicos, laborales, deportivos y artsticos, dando un

    punto por cada uno de ellos, obteniendo como resultadoun puntaje total de cuatro (4) puntos. La sumatoria de lacalificacin de las competencias conductuales ms lacalificacin total de logros o reconocimientoscomprobables ser de veinte y nueve (29) puntosequivalentes al catorce punto cinco (14,5%) por ciento.

    Art. 32.- Registro de la informacin recabada a travsde la entrevista.- Durante la realizacin de la entrevista seutilizar algn medio de grabacin de audio o video conaudio para crear un respaldo del desarrollo de la misma.

    Adicionalmente, el Tribunal de Mritos y Oposicin llenarel formulario "Informacin y calificacin de la entrevista"por cada uno de los postulantes.

    Este formulario es de uso y conocimiento exclusivo delTribunal de Mritos y Oposicin y del Instituto Nacional de

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    Segundo Suplemento Registro Oficial N 702 Lunes 14 de mayo del 2012 11

    la Meritocracia, mediante el uso de sus clavescorrespondientes, y se lo obtendr en el link del mismonombre, el mismo que ser subido al sistema por la UATHinstitucional, o quien hiciere sus veces.

    Art. 33.- Procedimiento de calificacin de la entrevista.-La calificacin de la entrevista se realizar de la siguientemanera:

    a) Calificacin de los requisitos de instruccin formal,experiencia y capacitacin.- La mxima autoridad o sudelegada o delegado se encargar de la calificacin dela instruccin formal, experiencia y capacitacin;

    b) Calificacin de las competencias tcnicas del puesto.-Quien ejerza la Direccin o el responsable de la unidada la que pertenece el puesto vacante o su delegada odelegado que tenga los conocimientos sobre el puestovacante ser el encargado de calificar las competenciastcnicas del puesto vacante sujeto a concurso; y,

    c) Calificacin de las competencias conductuales.- Quienejerza la Direccin o el responsable de la UATHinstitucional o su delegada o delegado ser el encargadode calificar las competencias conductuales.

    Concluida la entrevista, cada uno de los miembros delTribunal de Mritos y Oposicin, consignar la calificacina cada uno de los factores evaluados durante la entrevista enel formulario individual "Informacin y calificacin de laentrevista".

    La plataforma tecnolgica realizar el clculo para obteneruna nota por cada factor que se registrar automticamenteen este formulario individual, en el campo "calificacincomputada de la entrevista", que se reflejar en el reporte"Puntaje de evaluacin de las pruebas psicomtricas y

    entrevistas "; y en el reporte "Puntaje Final".

    Luego de que el sistema calcule la calificacin de losfactores de la entrevista, el formulario individual"'Informacin y calificacin de la entrevista" deber serimpreso y firmado por cada uno de los miembros delTribunal de Mritos y Oposicin.

    En este momento la UATH institucional, o quien hiciere susveces, ya tendr registrado en el reporte "Puntaje deevaluacin de las pruebas psicomtricas y entrevistas " lascalificaciones de todos los componentes del procedimientode evaluacin.

    Art. 34.- Del Reporte "Puntaje de evaluacin pruebaspsicomtricas y entrevistas".- Con las calificacionesobtenidas en las pruebas psicomtricas u otrosprocedimientos para medir competencias conductuales yentrevistas, el sistema automticamente calcular la nota opuntaje de evaluacin de pruebas psicomtricas yentrevistas de cada uno de los participantes sobre cien (100)

    puntos, calificacin que se reflejar en el reporte "Puntajede evaluacin de pruebas psicomtricas y entrevistas " queen este momento podr ser consultado por las y los

    aspirantes ingresando al link del mismo nombre, utilizandosu nmero de cdula o sus nombres y apellidos y ubicadoen la pgina web www.socioempleo.gob.ec.

    A fin de que las y los postulantes puedan ingresar

    oportunamente a realizar la consulta, tan pronto como elpuntaje est registrado, el sistema automticamente enviarun correo electrnico de informacin a cada aspirante.

    Art. 35.- De las apelaciones a las calificaciones de laspruebas psicomtricas y la entrevista.- A las y losaspirantes que no estn de acuerdo con las notas obtenidasen las pruebas psicomtricas u otros procedimientos para laevaluacin, y entrevista, la plataforma tecnolgica lespermitir presentar una apelacin a travs de la pgina webwww.socioempleo.gob.ec, a travs del link "Apelacin ".

    La plataforma, nicamente, aceptar las apelaciones

    presentadas dentro del trmino de dos das hbiles,posteriores a la publicacin del reporte "Puntaje deevaluacin de pruebas psicomtricas y entrevistas ".

    En el caso de no haberse conformado el Tribunal deApelaciones antes, se lo har en este momento, de acuerdoal artculo 9 de esta norma, el mismo que resolverconforme a lo establecido en el artculo 21 de esta norma.En el caso de haberse conformado para las apelaciones aotro procedimiento se pronunciar en el trmino de dos dashbiles contados a partir del vencimiento del perodo parapresentar estas apelaciones, presentando el actacorrespondiente a la UATH institucional, o quien hicieresus veces. El resultado de las apelaciones se comunicar a

    travs de la pgina web www.socioempleo.gob.ec reporte"Resultado de apelaciones a las calificaciones de laspruebas psicomtricas y la entrevista".

    Art. 36.- De los empates.- En el caso de existir empatesentre las y los aspirantes que obtuvieron los mejorespuntajes de evaluacin, considerando el resultado de lasapelaciones que se hayan presentado, el empate se resolvermediante una nueva entrevista que la realizar la autoridadnominadora o su delegado. Su decisin ser definitiva einapelable.

    Art. 37.- Del resultado del procedimiento de evaluacin,ms apelacin.- Con los resultados de las apelacionesdescritas en el artculo 35 de esta norma, y en el caso deempates resueltos conforme indica el artculo anterior, laUATH institucional, o quien hiciere sus veces, con su claverealizar las actualizaciones que fueran del caso ya sea alformulario individual "Informacin y calificacin de laentrevista" y/o al reporte "Puntaje de evaluacin depruebas psicomtricas y entrevistas".

    Art. 38.- De la conformacin del puntaje final.- Paraefectos de la conformacin de la nota o puntaje final, elsistema automticamente ponderar cada uno de los

    requerimientos de perfil del puesto, asignando un valorporcentual a cada uno de ellos de la siguiente manera:

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    12 Segundo Suplemento -- Registro Oficial N 702 - Lunes 14 de mayo del 2012

    HERRAMIENTAS

    REQUERIMIENTOS DEL PERFIL

    DEL PUESTO

    PRUEBAS

    TCNICAS

    PRUEBAS PSICOMTRICAS ENTREVISTAS

    INSTRUCCIN FORMAL . _ 3%

    EXPERIENCIA _ _ 3%

    CAPACITACIN _ _ 3%

    COMPETENCIAS TCNICAS 50% _ 11,5%

    COMPETENCIAS CONDUCTUALES 15% 14,5%

    TOTAL SOBRE 100% 50% 50%

    Estos valores porcentuales se reflejarn en su equivalente enpuntos sobre un total de 100, a los cuales se sumarn, de serel caso, el puntaje adicional que por concepto de accionesafirmativas se otorgue.

    Art. 39.- De las acciones afirmativas.- Al puntaje finalconformado en la forma establecida en el artculo 38 de estanorma, el sistema sumar automticamente los puntajes deacciones afirmativas a que hubiere lugar. El puntaje poracciones afirmativas se sumarn nicamente a los puntajesfinales de aquellos postulantes que cumplan con losrequisitos para recibirlos y siempre que hubieran obtenidola calificacin mnima del setenta (70) puntos en el puntajefinal conforme lo siguiente:

    a) Participacin de personas con discapacidad yenfermedades catastrficas o quienes estn a cargode estas.- En los concursos de mritos y oposicin que

    efecten las instituciones del Estado se declararganador o ganadora del mismo a aquella persona condiscapacidad o con enfermedad catastrfica que hayalogrado un puntaje final igual o superior a setenta (70)puntos, considerando que su situacin personal no seaimpedimento para cumplir con las actividades delpuesto, lo cual ser analizado por la UATHinstitucional, o quien hiciere sus veces, quien emitir surespectivo informe.

    Asimismo, esta disposicin ser aplicable para lospostulantes que tengan a cargo a una persona condiscapacidad o enfermedad catastrfica dentro de suncleo familiar, sea cnyuge o conviviente en unin de

    hecho legalmente reconocida, padre, madre, hermano ohermana, hijo o hija, siempre que demostrare mediantedeclaracin juramentada que tiene a su cargo el cuidadode la misma.

    Adicionalmente, a estas personas se las considerardentro del porcentaje de personas con discapacidad ocon enfermedad catastrfica respecto del total de las ylos servidores y trabajadores de la institucin.

    Para ello se observar que:

    a. 1) Esta accin afirmativa se tomar hasta que lainstitucin alcance, progresivamente, laproporcionalidad establecida en la Octava

    Disposicin Transitoria de la Ley Orgnica delServicio Pblico, esto es:

    Ao Porcentaje

    respecto al total de las y losservidores y trabajadores de la

    institucin2012 El tres por ciento (3%)

    2013 El cuatro por ciento (4%)

    Una vez completado el porcentaje establecido enel cuadro anterior para cada ao, para el caso denombramiento, no se aplicarn las accionesafirmativas contempladas en este literal. Sinembargo, si por cualquier causa se disminuye elnmero de personas en las condiciones sealadas

    se recurrir nuevamente a la accin afirmativamencionada;

    a.2) En el caso de que dos o ms personas condiscapacidad, enfermedad catastrfica o que seencuentren a cargo de estas superen los setenta(70) puntos en el puntaje final, se escoger almejor puntuado de estas;

    a.3) En caso de que dos o ms personas condiscapacidad superen los setenta (70) puntos, seotorgar cinco (5) puntos adicionales sobre elpuntaje final a quien adquiri esta condicin comoconsecuencia del levantamiento de campos

    minados o por manipulacin de artefactosexplosivos en cumplimiento de misiones deseguridad ciudadana; igual puntaje se otorgar alas personas con discapacidad mayores de edad,hijos de quienes perdieron la vida en elcumplimiento de esa labor;

    a.4) Para el caso de la persona del ncleo familiar queest a cargo de otra con enfermedad catastrfica odiscapacidad severa que le impida acceder a unpuesto en la Administracin Pblica, estadisposicin beneficiar solamente a una personadel mismo ncleo familiar. Se prohbe que otrosfamiliares puedan beneficiarse de la aplicacin de

    las medidas sealadas.

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    Segundo Suplemento -- Registro Oficial N 702 Lunes 14 de mayo del 2012 -- 13

    De suscitarse el fallecimiento de la persona condiscapacidad o con enfermedad catastrfica sedejar de contar a su familiares, cnyuge oconviviente dentro del porcentaje anualcorrespondiente, sin embargo, mantendr su

    puesto.

    Los requisitos que deben presentarse para laaplicacin de esta accin afirmativa son:

    1.

    Para personas cot discapacidad: Debensealar esta particularidad dentro delformulario "Hoja de Vida" y contar con elrespectivo carn expedido por el CONADIS.

    2.

    Para personas con enfermedad catastrfica:

    Deben sealar esta particularidad dentro delFormulario ''Hoja de Vidp" y contar con eldiagnstico mdico correspondiente extendido

    o avalizado por un facultativo del IESS o delos centros de salud pblica. Se considerarnenfermedades catastrficas nicamenteaquellas que se encuentren catalogadas comotales por el Ministerio de Salud Pblica.

    3.

    Para la o el aspirante que forme parte del

    ncleo familiar de una persona con

    discapacidad o enfermedad catastrfica, seacnyuge o conviviente en unin de hecholegalmente reconocida, padre, madre,hermano o hermana o hijo o hija, deber:

    3.1. Sealar este particular dentro del

    formulario "Hoja de Vida".

    3.2.

    Elaborar una declaracin juramentadaante notario pblico sealando que elfamiliar con discapacidad o enfermedadcatastrfica se encuentra a su cargo.

    3.3.

    Contar con el carn expedido por elCONADIS en el caso de discapacidad ytratndose de enfermedades catastrficascontar con el diagnstico mdicoextendido o avalizado por un facultativodel IESS o de los centros de saludpblica.

    No se beneficiarn con estas acciones afirmativas,aquellas personas que perciban el Bono JoaqunGallegos Lara o de Desarrollo Humano, a no ser que,formalmente se comprometan a renunciar a este,mediante la entrega de un acta de compromiso,presentada a la institucin que realiza el proceso deseleccin; y, en caso de que se le declare ganador delconcurso, deber presentar la documentacin derespaldo que acredite haber renunciado y haber dejadode percibir el Bono Joaqun Gallegos Lara, previo a laentrega del nombramiento provisional de prueba.

    b) Participacin de personas que hayan obtenido lacalidad de hroes o heronas.- A las personas quetengan la calidad de hroes o heronas, reconocidas deconformidad con la ley, se les otorgar un puntajeadicional de diez (10) puntos sobre el puntaje final. As

    mismo, se otorgar un puntaje adicional de cinco (5)puntos a las y los ex combatientes efectivos que hayanenfrentado un conflicto armado, previa certificacin delMinisterio de Defensa Nacional;

    c) De la aplicacin de las acciones afirmativas del PlanPlurinacional para Eliminar la DiscriminacinRacial y la Exclusin tnica y Cultural.- Enaplicacin del artculo 4 del Decreto Ejecutivo N 60,publicado en el Registro Oficial N 45, de 13 de octubredel 2009, con el cual se establece el Plan Plurinacionalpara Eliminar la Discriminacin Racial y la Exclusintnica y Cultural, las instituciones del Estado sujetas almbito de la Ley Orgnica del Servicio Pblicoconcedern una puntuacin adicional de cinco puntos(5) sobre la calificacin obtenida en el puntaje final,siempre que previamente hayan obtenido por lo menossetenta (70) puntos.

    Este beneficio tendrn aquellas ciudadanas yciudadanos afroecuatorianos, indgenas y montubiosque participen para optar por cualquier puesto, hastaque la institucin alcance el porcentaje equivalente a laproporcin de su poblacin del total nacional enrelacin a la totalidad de la nmina institucional(servidoras/es y obreras/os), informacin proporcionadapor el Instituto Ecuatoriano de Estadsticas y CensosINEC que ser publicada en la pgina web delMinisterio de Relaciones Laborales www.mrl.gob.ec.

    La aplicacin de esta disposicin ser exclusiva para lasy los ciudadanos ecuatorianos por nacimiento;

    d) Participacin de emigrantes ex servidorespblicos.-Para las y los ciudadanos ecuatorianos que fueronservidores pblicos y que renunciaron a sus puestos porcircunstancias personales que les obligaron a migrar yradicarse en el exterior por lo menos un ao, de formadebidamente comprobada se observar un tratopreferente para su reingreso a un puesto dentro de lamisma institucin pblica a la que renunciaron, deconformidad con el artculo 23 literal j) de la LOSEP.

    Para ello se les conceder una puntuacin adicional dedos puntos (2) sobre el puntaje final, debiendo probarsu calidad de migrantes, mediante la presentacin deuna copia de su pasaporte debidamente certificada para

    demostrar su movimiento migratorio o un certificadoque acredite su calidad de emigrante, el mismo quedeber ser proporcionado por la Secretara Nacional delMigrante; y,

    e) Residentes de la provincia de Galpagos.- Enaplicacin del artculo 28 de la Ley Orgnica deRgimen Especial para la Provincia de Galpagos, en elcaso de realizarse un concurso de mritos y oposicinpara ocupar un puesto vacante en las Islas, la o elaspirante que sea residente de las mismas y hayaobtenido una calificacin, que sin ser la mejor delconcurso, pero si la mejor de entre los postulantesisleos, siempre que sea igual o superior al setenta (70)en el puntaje final, luego de que la institucin reciba elinforme favorable del Instituto Nacional de laMeritocracia, en el caso de las instituciones de laadministracin pblica central o institucional, ser

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    14 -- Segundo Suplemento - Registro Oficial N 702 - Lunes 14 de mayo del 2012

    declarado ganador del concurso, an cuando existanpostulantes con mejores calificaciones, pero no tenganresidencia en el archipilago.

    Los puntajes adicionales otorgados en los casos de los

    literales b), c), d) y e) de este artculo podrn seracumulables.

    Art. 40.- Reporte "Puntaje final".- En el reporte "Puntajefinal" se registra el puntaje final conformado de acuerdo alo establecido en el artculo 38 de esta norma y el puntajeadicional que por concepto de acciones afirmativas se hayanotorgado a los postulantes.

    Una vez completo el reporte "Puntaje finar en laplataforma tecnolgica ubicado en la pgina webwww.socioempleo.gob.ec, el sistema enviar un mensaje deinformacin a las y los aspirantes a. fin de que puedaningresar con su nmero de cdula o nombre y apellido, para

    conocer las calificaciones obtenidas.Este reporte listar a las y los aspirantes con sus respectivascalificaciones en orden descendente, desde la ms altapuntuacin hasta la ms baja, mismo que deber serimpreso y firmado por todos los miembros del Tribunal deMritos y Oposicin y de Apelaciones, mantenindolo encustodia de la UATH institucional, o quien hiciere susveces.

    En este reporte se incluir una comunicacin solicitandoque las o los aspirantes que hayan obtenido los ms altospuntajes finales, hasta cinco por cada puesto sometido aconcurso, dentro de los tres das hbiles siguientes a esta

    comunicacin presenten copias a color de la cdula ypapeleta de votacin, y los originales o copias certificadaspor Notario Pblico de los ttulos de formacin, certificadosde capacitacin, certificados que acrediten su experiencia, yms documentos que sustenten el cumplimiento de ladescripcin y perfil del puesto al cual postularon.

    En el caso de encontrarse en concurso varias partidas parauna misma denominacin de puesto se considerarn comoprimeras o primeros finalistas para ocupar cada vacante alas y los postulantes que obtuvieron las mejorescalificaciones del total de concursantes a una mismadenominacin de partida, iguales o superiores a setenta (70)puntos en el puntaje final.

    Una vez concluido el componente del Mrito se pasar alcomponente de Oposicin.

    Pargrafo Segundo

    De la Oposicin

    Art. 41.- De la Oposicin.- La Oposicin es el componentedel concurso de mritos y oposicin en el cual se recogenlas eventuales impugnaciones presentadas por terceraspersonas respecto de las capacidades, aptitudes y mritos delas o los aspirantes para cada uno de los puestos vacantes,escogidos en un nmero de hasta cinco con ms altospuntajes finales.

    Art. 42.- De la publicacin de la informacin de la o elaspirante con ms alto puntaje final.- Una vez concluido

    el trmino, al siguiente da hbil, luego de concluir elperodo para la entrega de los originales o copiascertificadas por Notario, por parte de las y los aspirantescon ms altos puntajes finales, la UATH institucional, oquien hiciere sus veces, deber analizar la informacin

    presentada y compararla con la informacin consignada enla "Hoja de Vida" determinando su correspondencia en uninforme tcnico que remitir al Tribunal de Mritos yOposicin, en el cual se har constar que la o el aspirantecumple o no con los requisitos de: ser mayor de 18 aos,contar con la preparacin acadmica y dems competenciasexigibles para el puesto y haber sufragado cuando tena laobligacin de hacerlo, salvo las causas de excusa previstasen la Ley.

    Al mismo tiempo, la documentacin presentada serescaneada y publicada en la plataforma tecnolgica ubicadaen la pgina web www.socioempleo.gob.ec. para que searevisada por cualquier persona que desee presentar

    impugnaciones.

    Art. 43.- De las impugnaciones.- La plataformatecnolgica permitir presentar impugnaciones a las o losinteresados, a travs del link "Impugnacin", ubicado bajolos documentos escaneados de cada uno de los cincopostulantes mejor puntuados.

    Esta impugnacin podr realizarse durante dos das hbiles,posteriores a la publicacin de la informacin sealada en elartculo anterior. Para este efecto las y los interesados enimpugnar debern adjuntar todas las pruebas de cargo queconsideren necesarias.

    Al finalizar este perodo, la UATH institucional, o quienhiciere sus veces, remitir las impugnaciones ydocumentacin de sustento al Tribunal de Mritos yOposicin. Este Tribunal dispondr de dos das hbiles paraanalizar y, si fuera procedente, notificar mediante correoelectrnico a la o el aspirante impugnado para que sepresente dentro de los dos das hbiles subsiguientes,portando las pruebas de descargo.

    Transcurridos los dos das hbiles sealados en el incisoanterior, el Tribunal resolver la impugnacin, decisin queser definitiva e inapelable y se registrar en el Acta deOposicin.

    En el caso de que se probare .la impugnacin y la o elaspirante no pueda desvirtuar con pruebas la misma,quedar descalificada o descalificado y el procedimiento deseleccin continuar con el siguiente mejor puntuado y assucesivamente con las y los postulantes que superaron elprocedimiento de evaluacin con por lo menos el setenta(70) del puntaje final.

    Si se presentaran impugnaciones relativas a la existencia decausales de impedimento legal para el ingreso y desempeode un puesto, cargo, funcin o dignidad en el sector pblicoy no se presenten las pruebas de descargo necesarias, elproceso de reclutamiento y seleccin continuar hasta sufinalizacin. Sin embargo, esta informacin ser remitida al

    Ministerio de Relaciones Laborales, a fin de que se realicela investigacin y el control correspondiente y decomprobarse los hechos que fundamentan lasimpugnaciones presentadas, la o el servidor que hubiere

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    Segundo Suplemento Registro Oficial N 702 Lunes 14 de mayo del 2012 15

    sido posesionado, ser destituido de su cargo previo elcumplimiento del debido proceso sealado en la LOSEP ysu reglamento general.

    Art. 44.- Del informe del Instituto Nacional de la

    Meritocracia.- La UATH institucional de las entidades dela administracin pblica central e institucional, una vezexpedida la correspondiente Acta de Oposicin y previo a ladeclaratoria de la o el ganador del concurso de mritos yoposicin, remitir al Instituto Nacional de la Meritocraciala siguiente documentacin relativa al proceso dereclutamiento y seleccin:

    a)

    Copias certificadas por la institucin de todos losreportes, registros, informes, actas y certificaciones delproceso de seleccin de personal, debidamente llenadosy firmados por la UATH institucional, o quien hicierasus veces, el Tribunal de Mritos y Oposicin y elTribunal de Apelaciones segn corresponda;

    b)

    Copia de la publicacin en el peridicocorrespondiente, donde conste la fecha de publicacin;

    c)

    Modelos de las pruebas de conocimientos tcnicos,donde conste las preguntas, respuestas, valoracin ycalificacin de cada respuesta;

    d)

    Modelos de las pruebas psicomtricas y descripcindetallada de la realizacin de otros procedimientos deevaluacin de competencias conductuales,adicionalmente se debe indicar la correlacin realizadaentre las pruebas psicomtricas y las competenciasconductuales;

    e) Modelos de las preguntas, respuestas y valoracin decada pregunta de las entrevistas.

    f) De los aspirantes con los ms altos puntajes en unnmero de hasta cinco, se remitirn:

    f.l) Hojas de vida y documentos de respaldo quecertifiquen el cumplimiento de los requerimientosdel perfil: instruccin formal, experiencia,capacitacin, competencias tcnicas ycompetencias conductuales. Adicionalmente todala informacin relacionada a evaluaciones dedesempeo previas, en caso de que los postulantes

    hayan trabajado previamente en otras institucionespblicas;

    f.2) En caso de que entre los cinco mejores aspirantessea persona con discapacidad, carn delCONADIS;

    f.3) Documentacin de respaldo del proceso delcompromiso de renunciar a percibir el BonoJoaqun Gallegos Lara o de Desarrollo Humano encaso de que se le declare ganador del concurso;

    f.4) Movimiento migratorio o certificacin que acreditesu calidad de emigrante por la Secretara Nacionaldel Migrante;

    f.5) Copias certificadas por la institucin de las pruebasde conocimientos tcnicos rendidas por

    los aspirantes, donde debe constar las preguntas,respuestas y calificacin;

    f.6) Copias certificadas por la institucin de las pruebaspsicomtricas rendidas por los postulantes, donde

    conste las preguntas, respuestas, valoracin ycalificacin de cada pregunta y el anlisis de lacorrelacin entre las pruebas y las competenciasconductuales. En caso de que hayan existidoprocedimientos adicionales de evaluacin decompetencias conductuales, tambin se adjuntarlos registros correspondientes; y,

    f.7) Protocolo de la entrevista y registro de lasrespuestas de cada postulante en audio o videocon audio; y,

    g) Certificacin por parte de la UATH institucional, o quienhiciere sus veces, del porcentaje con que cuenta respecto

    al total de personas con discapacidad y enfermedadescatastrficas del total de las y los servidores ytrabajadores de la institucin.

    El Instituto Nacional de la Meritocracia verificar ycontrolar la aplicacin de las disposiciones contenidas enla LOSEP, su Reglamento General y la presente norma y,dentro de los cinco das hbiles luego de recibida lainformacin emitir el informe correspondiente. En el casode realizarse un concurso con ms de veinticinco (25)posiciones vacantes simultneamente, la institucinrespectiva deber esperar un (1) da hbil para ingresar lassiguientes veinticinco (25), y as sucesivamente hastacompletar la totalidad de posiciones vacantes conforme elsiguiente cuadro:

    NUMERO DEINGRESOS DECONCURSOSSIMULTNEOS PARAREVISIN DEL INM

    DAS HBILESADICIONALES

    De 25 a 50 1 da adicional

    De 51 a 80 2 das adicionales

    De 81 allO 3 das adicionales

    De 111 a 150 4 das adicionales

    Ms de 150 5 das adicionales

    Las dems instituciones del Estado que no pertenezcan a laadministracin pblica central e institucional, de maneraopcional, podrn solicitar al Instituto Nacional de laMeritocracia emitir un informe de conformidad sobre losconcursos de mritos y oposicin que lleven a efecto; paralo cual remitirn la informacin que se detalla en el presenteartculo.

    Para los procesos de reclutamiento y seleccin en los cualesel Instituto Nacional de la Meritocracia sea la institucinrequirente de personal, el Ministerio de Relaciones

    Laborales verificar y controlar el cumplimiento de lasdisposiciones contenidas en la LOSEP, su reglamentogeneral y la presente norma, respecto de ese proceso, y

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    16 Segundo Suplemento - Registro Oficial N 702 - Lunes 14 de mayo del 2012

    dentro de los cinco das hbiles luego de recibida lainformacin, emitir el informe correspondiente.

    Art. 45.- Del acta final y la declaratoria de la ganadora oel ganador del concurso.- El Tribunal de Mritos y

    Oposicin elaborar el "Acta final" que contenga lospuntajes finales alcanzados, declarar ganadora o ganadordel concurso a la o el aspirante que haya obtenido el mayorpuntaje final conforme esta norma y haya sido declaradoidneo para el ejercicio del puesto pblico. Adems,solicitar a la UATH institucional, o quien hiciere susveces, la preparacin del informe tcnico de todo el procesoselectivo establecido en el artculo 67 de la LOSEP, a fin denotificar a la autoridad nominadora, para que dentro demximo de tres das hbiles posteriores a esta notificacin,realice la designacin pertinente.

    Para que las entidades de la administracin pblica central einstitucional procedan con la declaratoria de ganador o

    ganadora del concurso, debern contar previamente con elinforme favorable del Instituto Nacional de la Meritocracia.

    Posteriormente, la UATH institucional, o quien hiciere susveces, deber:

    a) Publicar en la plataforma tecnolgica del subsistema dereclutamiento y seleccin de personal la designacindel ganador del proceso de reclutamiento y seleccin ylos nombres de las y los aspirantes que obtuvieron losmejores puntajes finales, hasta en un nmero de cinco;y.

    b) Comunicar, por correo electrnico, a la o el ganador del

    concurso.Art. 46.- Declaratoria de concurso desierto.- El Tribunalde Mritos y Oposicin declarar desierto un concurso demritos y oposicin, para un puesto vacante, por lassiguientes razones:

    a)

    Cuando en la convocatoria para cada puesto vacante sepresenten menos de tres postulantes;

    b)

    Cuando se presentaren tres o ms postulantes, yninguno de los tres cumplan con los requisitos del perfildel puesto;

    c)

    Cuando no existieran aspirantes que obtengan por lomenos setenta puntos (70) sobre cien puntos (100) en laprueba de conocimientos tcnicos;

    d)

    Cuando ninguno de las o los aspirantes obtenga en elpuntaje final una calificacin mnima de setenta (70)puntos;

    e)

    Cuando ninguno de los postulantes sobrepasare laoposicin;

    f) En las instituciones de la administracin pblica centrale institucional, cuando no obtenga el informe favorable,del Instituto Nacional de la Meritocracia; y,

    g)

    Por presentarse irregularidades en cualquiera de lasetapas del proceso de reclutamiento y seleccin, por lafalta de cumplimiento de formalidades y, requisitos

    tcnicos y por falta de formalidades, requisitos yprocedimientos establecidos en la LOSEP, suReglamento General y esta norma.

    En el caso de declararse desierto el concurso para un puesto

    vacante se deber realizar un nuevo proceso selectivo, cuyaconvocatoria deber efectuarse en un mximo de quincedas contados a partir de la declaratoria de desierto. Si laUATH institucional, o quien hiciera sus veces, no observarela presente disposicin, recibir la sancin administrativarespectiva, sin perjuicio de dar inmediato cumplimiento conel inicio del nuevo proceso selectivo.

    En el caso del literal a) se podr evitar la declaratoria dedesierto siempre y cuando la institucin obtengaautorizacin escrita por parte del Ministerio de RelacionesLaborales de continuar el concurso con un solo aspirante. ElMinisterio de Relaciones Laborales para emitir suautorizacin, comprobar previamente la falta de demanda

    y la debida justificacin que la institucin realice.

    Seccin 4a.

    De la Expedicin del Nombramiento Provisional dePrueba

    Art. 47.- De los resultados del Proceso de Seleccin y lapresentacin de documentos.- Una vez declarada la o elganador del concurso de mritos y oposicin, a travs de lacorrespondiente acta final, se le solicitar que dentro de los3 das hbiles subsiguientes presente la documentacin quese enumera:

    1.- Certificado actualizado a la fecha de no tenerimpedimento legal para el ingreso y desempeo de unpuesto, cargo, funcin o dignidad en el sector pblicoemitido por el Ministerio de Relaciones Laborales, elcual comprender:

    1.1.No estar comprendido en alguna de las causales deprohibicin para ejercer cargos pblicos.

    1.2.

    No encontrarse en mora del pago de crditosestablecidos a favor de entidades u organismos delsector pblico.

    1.3.

    No encontrarse en interdiccin civil, no ser deudor

    al que se siga proceso de concurso de acreedores yno hallarse en estado de insolvencia fraudulenta.

    1.4.

    No haber sido sancionado con destitucin pordelitos de cohecho, peculado, concusin,prevaricato, soborno, enriquecimiento il cito y engeneral por defraudacin y mal manejo de fondosy bienes pblicos.

    1.5.

    No haber sido condenado por delitos aduaneros,trfico de sustancias estupefacientes opsicotrpicas, lavado de activos, acoso sexual,explotacin sexual, trata de personas, trfico ilcitoo violacin.

    1.6.

    No haber recibido directa o indirectamente crditosvinculados contraviniendo el ordenamientojurdico vigente.

  • 7/26/2019 Norma Sustitutiva de La Norma de Seleccin de Personal

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    Segundo Suplemento Registro Oficial N 702 Lunes 14 de mayo del 2012 17

    En caso de encontrarse en mora del pago decrditos establecidos a favor de entidades uorganismos del sector pblico, legalmenteexigibles, y si previo a la expedicin de sunombramiento ha suscrito un convenio de pago,

    sealar en la declaracin patrimonial juramentadael detalle de la deuda con el convenio de pagosuscrito, domicilio y residencia.

    2.- Declaracin juramentada en la que conste noencontrarse incurso en ninguna causal legal deimpedimento, inhabilidad o prohibicin para elejercicio de un puesto, cargo, funcin o dignidad en elsector pblico, prevista en la LOSEP y el ordenamientojurdico vigente, la cual se har constar en la respectivaaccin de personal.

    3.- Presentar la correspondiente declaracin patrimonialjuramentada ante Notario en la que constar:

    3.1. Autorizacin para levantar el sigilo de sus cuentasbancarias.

    3.2.

    Declaracin de no adeudar ms de dos pensionesalimenticias.

    3.3. Declaracin de no encontrarse incurso ennepotismo, inhabilidades o prohibiciones previstasen la Constitucin de la Repblica y elordenamiento jurdico vigente.

    Para el caso de las personas extranjeras legalmenteresidentes, por al menos 5 aos, y ganadoras de concursos

    de mritos y oposicin se solicitar la autorizacin detrabajo para una institucin especfica y dems documentosdeterminados en la norma que para el efecto emita elMinisterio de Relaciones Laborales.

    A la o el aspirante con discapacidad o que tenga a su cargouna persona en esta condicin y que pertenezca a su ncleofamiliar, sea cnyuge o conviviente en unin de hecholegalmente reconocida, padre, madre, hermano o hermana ohijo o hija, se exigir la presentacin del respectivo carnexpedido por el CONADIS o la declaracin juramentadarealizada ante Notario Pblico de que se encuentra a cargode esta, segn corresponda.

    Debern presentar una certificacin emitida por elMinisterio de Defensa aquellas personas, que en aplicacinde las acciones afirmativas, se les otorg puntos adicionalespor tener la calidad de ex combatientes efectivos que hayanenfrentado un conflicto armado, o tengan una discapacidadadquirida a consecuencia del levantamiento de camposminados o manipulacin de artefactos explosivos encumplimiento de misiones de seguridad ciudadana, o por serhija o hijo de quien perdi la vida en servicio de laseguridad ciudadana.

    En los casos de las y los aspirantes que sufran de unaenfermedad catastrfica o que tengan a su cargo unapersona de su ncleo familiar que por esa condicin estimpedido de acceder a un puesto en la AdministracinPblica, sea cnyuge o conviviente en unin de hecholegalmente reconocida, padre, madre, hermano o hermana ohijo o hija, se exigir la presentacin de una declaracin

    juramentada realizada ante Notario Pblico acerca de sucondicin y que se encuentra al cuidado de la misma, sicorresponde, y original o copia certificada por Notario deldiagnstico de un facultativo de los centros de salud pblicao del servicio mdico del Instituto Ecuatoriano de

    Seguridad Social 1ESS.

    De igual manera si la ganadora o ganador percibe el BonoJoaqun Gallegos Lara o de Desarrollo Humano, deberpresentar la documentacin de respaldo que acredite haberrenunciado y haber dejado de percibir el Bono JoaqunGallegos Lara, siempre y cuando haya sido acreedor alporcentaje de acciones afirmativas o sea considerada dentrodel porcentaje de personas con discapacidad o enfermedadcatastrfica.

    En caso de que la o el aspirante tenga logros oreconocimientos acadmicos, laborales, deportivos oartsticos tendr que entregar a la UATH institucional una

    comprobacin fehaciente de dicho logro.

    Art. 48.- De la expedicin del nombramiento provisionalde prueba.- Una vez presentados los requisitos establecidosen el artculo anterior, la mxima autoridad o su delegado,emitir el nombramiento provisional de prueba deconformidad con lo establecido en el artculo 188 delReglamento General a la LOSEP. Para ello se utilizar elformulario establecido por el Ministerio de RelacionesLaborales.

    Art. 49.- Desistimiento de la o el ganador.- En el caso deque la o el ganador del concurso no presentare losdocumentos sealados en el artculo 47 de esta norma, noaceptare el nombramiento o no se presentare en lainstitucin para posesionarse, dentro de tres das hbiles,contados a partir de la fecha de registro del nombramientoel Tribunal de Mritos y Oposicin declarar ganadora oganador del concurso a la o el aspirante que haya obtenidoel segundo mayor puntaje final, y as sucesivamente,siempre y cuando la calificacin de la persona que hayaobtenido el siguiente mejor puntaje sea igual o mayor alpuntaje final mnimo establecido en esta norma de setenta(70) puntos.

    El subsiguiente aspirante con mayor puntaje deberposesionarse del puesto vacante dentro de los siguientesdiez das hbiles.

    Art. 50.- De la posesin e inicio del Perodo de Prueba.-Una vez emitido el correspondiente nombramientoprovisional de prueba a favor de la ganadora o el ganadordel concurso y posesionado este o esta en su respectivopuesto, se iniciar el perodo de prueba de tres meses encaso de ingreso al servicio pblico y, de mximo seis mesesen caso de ascenso de una servidora o servidor deconformidad con lo establecido en el artculo 17 literal b.5)de la LOSEP. Este hecho ser obligatoriamente registradoen el SIITH.

    La