Norma Jurídica

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Regla de conducta dictada por un poder legítimo para regular la conducta humana.

La norma prescribe, prohíbe, autoriza o permite determinada conducta individual o social.

Definición

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Las normas jurídicas no son de libre creación sino que, necesitan de un procedimiento y ciertos requisitos, para su creación y validez. Estos son:  

Heteronomía: Significa que las normas jurídicas son creadas por otra persona distinta al destinatario de la norma, y, que esta, además, es impuesta en contra de su voluntad.

Ejemplo: la moda, el pago de impuestos, las normas de tránsito.

Bilateralidad: Consiste en que la norma jurídica al mismo tiempo que impone deberes, también concede derechos a uno o varios sujetos.

Exterioridad: Significa que las normas jurídicas rigen la actividad externa de las personas, lo que no quiere decir que no se tome en cuenta la intencionalidad.

Por ejemplo: Quien comete un delito con intención de daño o premeditación, será sancionado de manera distinta a quien lo realice sin intención de hacerlo.

Requisitos en la Creación de Normas Jurídicas:

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Coerciabilidad: Esta característica consiste en que el estado tiene la posibilidad de aplicar por medio de la fuerza pública una sanción si la persona se niega a acatarla. Ejemplo: El que no pague en fecha la contribución inmobiliaria sufrirá recargos y multas.

Incoercibilidad: Significa que no existe la posibilidad de usar la fuerza en caso de incumplimiento de la norma.

Ejemplo: no se puede imponer por la fuerza dar una limosna a quien lo solicita.

Generalidad: Decir que la norma jurídica es general significa

expresar que la conducta que ella ordena se impone a un número indeterminado de personas, es decir, que cuando dicta un comportamiento lo hace de manera abstracta.

Requisitos en la Creación de Normas Jurídicas:

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Función motivadora: La norma trata de motivar la abstención de violar las condiciones de convivencia y en especial, de dañar ciertos bienes jurídicos. Despliega sus efectos ex ante. Por ello, la sanción atiende a la prevención general.

Función protectora: La norma trata de proteger las condiciones de convivencia y en especial ciertos bienes jurídicos. Despliega sus efectos ex post, una vez que se ha producido el suceso. Por ello, la sanción atiende a la prevención especial.

Funciones

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FIN