NOMBRE DEL PROYECTO Colonia Sula Centro PERIODO DEL INFORME · INFORME MENSUAL DE PROYECTO...

13
INFORME MENSUAL DE PROYECTO NOVIEMBRE 2020 GERENCIA DE SOSTENIBILIDAD NOMBRE DEL PROYECTO: “La Lima, Mi Ciudad Está en Desarrollo” PERIODO DEL INFORME: Al 30 de NOVIEMBRE de 2020 CONCESIONARIO: Consorcio Milenio ENTE SUPERVISOR Y CONCEDENTE: Municipalidad de La Lima Las obras fueron ejecutadas mediante el Contrato de Diseño, Financiamiento, Construcción, Mantenimiento y Transferencia de Obras Públicas de Infraestructura Vial, suscrito entre la Comisión para la Promoción de la Alianza Público-Privada (COALIANZA), Banca Financiera Comercial Hondureña, S.A. (BANCO FICOHSA) y el CONSORCIO MILENIO S.A. de C.V. El proyecto consiste en 6.317 km de calles, que fueron pavimentadas, distribuidos en varios tramos dentro de los límites urbanos de la ciudad de La Lima. Fecha de firma de contrato 02 de marzo del 2017 Plazo para Ejecución de Obras según nuevo PEO 6 meses 12 días (según oficio CM58-17 del 13 de septiembre del 2017) Fecha de Inicio de actividades 18 de agosto de 2017 (Según acreditación de La Alcaldía) Fecha real de Finalización de Obras 22 de marzo 2018 Fecha contractual de Finalización de Obras 31 de agosto 2018 Inversión L. 70,000,000.00 UBICACIÓN GENERAL DEL PROYECTO A.9, A.10 & A.11, Sitraterco A.3, A.4 & A.5, La Paz A.8 Colonia Oro Verde A.6 & A.7, Colonia Sula Centro A.12, Colonia Los Pinos A.13, Colonia Tela A.1, A.2, Libramiento Texaco

Transcript of NOMBRE DEL PROYECTO Colonia Sula Centro PERIODO DEL INFORME · INFORME MENSUAL DE PROYECTO...

  • INFORME MENSUAL DE PROYECTO NOVIEMBRE 2020

    GERENCIA DE SOSTENIBILIDAD

    NOMBRE DEL PROYECTO: “La Lima, Mi Ciudad Está en Desarrollo”

    PERIODO DEL INFORME: Al 30 de NOVIEMBRE de 2020

    CONCESIONARIO: Consorcio Milenio

    ENTE SUPERVISOR Y CONCEDENTE: Municipalidad de La Lima

    Las obras fueron ejecutadas mediante el Contrato de Diseño, Financiamiento, Construcción,

    Mantenimiento y Transferencia de Obras Públicas de Infraestructura Vial, suscrito entre la Comisión

    para la Promoción de la Alianza Público-Privada (COALIANZA), Banca Financiera Comercial

    Hondureña, S.A. (BANCO FICOHSA) y el CONSORCIO MILENIO S.A. de C.V. El proyecto consiste en

    6.317 km de calles, que fueron pavimentadas, distribuidos en varios tramos dentro de los límites

    urbanos de la ciudad de La Lima.

    Fecha de firma de contrato 02 de marzo del 2017

    Plazo para Ejecución de Obras según nuevo PEO 6 meses 12 días (según oficio CM58-17 del 13 de septiembre del 2017)

    Fecha de Inicio de actividades

    18 de agosto de 2017 (Según acreditación de La Alcaldía)

    Fecha real de Finalización de Obras 22 de marzo 2018

    Fecha contractual de Finalización de Obras 31 de agosto 2018

    Inversión L. 70,000,000.00

    UBICACIÓN GENERAL DEL PROYECTO

    MAPA DE UBICACIÓN DE LAS CALLES DEL PROYECTO LA LIMA MI CIUDAD ESTÁ EN DESARROLLO

    CONCESIONARIO: CONSORCIO MILENIO

    A.9, A.10 & A.11, Sitraterco

    A.3, A.4 & A.5, La Paz

    A.8 Colonia Oro Verde

    A.6 & A.7,

    Colonia Sula Centro

    A.12, Colonia Los

    Pinos

    A.13, Colonia Tela

    A.1, A.2, Libramiento Texaco

  • 1.1 Aprobación de Estudios de Ingeniería y Ambientales: Estudios de ingeniería ya fueron aprobados y ejecutados.

    1.2 Cierre Financiero: Cierre Financiero fue acreditado satisfactoriamente por El Concesionario, y

    ejecutado totalmente en su fase de construcción.

    2. ETAPA DE CONSTRUCCIÓN DE OBRAS

    Las obras de construcción consistieron en la pavimentación con concreto hidráulico de 13 calles,

    localizadas convenientemente en distintas zonas de la ciudad, de manera que sirven a importantes

    y concentrados flujos de usuarios. Estas obras incluyen bordillos, drenajes, aceras, y señalización.

    Las calles que fueron pavimentadas se detallan a continuación:

    No Descripción

    Longitud (ml)

    % Ejecutado

    1 Pavimentación libramiento de equipo pesado Texaco-Cementerio A.1 746.00 100

    2 Pavimentación de conector paso de libramiento salida principal A.2 148.00 100

    3 Pavimentación calle campo de futbol la Cusuca, La Paz A.3 215.00 100

    4 Pavimentación calle Esc. Manuel Jesús Valencia Col. La Paz A.4 714.00 100

    5 Pavimentación calle salida interurbanos Col. La Paz A.5 249.00 100

    6 Pavimentación colonia Sula-Centro sector norte A.6 482.40 100

    7 Pavimentación colonia Sula-Centro sector sur A.7 504.52 100

    8 Boulevard colonia Oro Verde A.8 1050.00 100

    9 Pavimentación calle de Sitraterco a La Mesa A.9 655.34 100

    10 Conector de obra A.9 con A.11 114.89 100

    11 Boulevard Casa de la Cultura A.11 340.20 100

    12 Libramiento Chulavista, Los Pinos A.12 394.67 100

    13 Pavimentación calles Col. Tela A.13 703.00 100

    Total 6,317.02 100

    3. CONTROL DE ACTIVIDADES DE MANTENIMIENTO

    Durante la última inspección que se ha podido realizar, que corresponde al 15 de enero de 2020,

    del proyecto “La Lima, mi Ciudad está en Desarrollo”, se inspeccionó cada una de las calles que

    comprende el proyecto, encontrándose estructuralmente sin ningún problema, y con la señalización

    vertical y horizontal dentro de los parámetros del contrato. Se encontró una cuadrilla de

    mantenimiento, sin embargo, durante esa visita se encontraron 4 tapas de pozos de inspección que

    debían ser reemplazadas en varias calles, y cunetas sucias en la calle Oro Verde.

    Con fecha 27 de enero de 2020, mediante el Oficio SAPP-DT-047-2020, la SAPP le envió al

    Concesionario del proyecto, Consorcio Milenio una Notificación de Parámetro de Condición

    Insuficiente No PCI No SAPP-001-01-2020, mediante la cual se le notificaron incumplimientos que

    se calificaron como Niveles de Servicio, aunque los mismos no están establecidos en el contrato

    como “Niveles de Servicio”, sin embargo, están relacionados con los niveles de servicio que

    establece el contrato, requerimientos del Anexo I, Sección 1, Apéndices 1 al 6. Dichos

    incumplimientos son los siguientes:

  • Ítem Defecto no admitido Calle No

    ml Plazo (días)

    1

    Tapaderas de Pozo de Inspección en mal estado, deben ser remplazadas Calle A-8, Colonia Oro Verde 4 - 35

    2 Cunetas sucias, azolvadas, Ambas trochas Calle A-8, Colonia Oro Verde - - 10

    3 Mediana con maleza alta Calle A-8, Colonia Oro Verde - 500.00 10

    4

    Tapadera de pozo de inspección en mal estado Calle A3, Colonia La Paz 1 - 35

    5

    Tapadera de pozo de inspección en mal estado Calle A-6, Colonia Sula Centro 1 -

    35

    6 Tapadera de caja de registro en mal estado Calle A-6 Colonia Sula Centro 1 - 35

    7 Promontorio de tierra en la calzada Calle A-6 Colonia Sula Centro 1 - 10

    Con fecha 09 de marzo de 2020 el Concesionario envió a la SAPP el Oficio CM12-2020 del 09 de

    marzo de 2020, mediante el cual solicitaron una ampliación de 45 días para cumplir con la reposición

    de dichos elementos, aduciendo que el proveedor les entregó estos con medidas erróneas, por lo

    que no se pudieron instalar, y requerían el nuevo plazo para la fabricación de los elementos

    correctos. Posteriormente, y con fecha 15 de marzo de 2020 el Gobierno de la República decretó la

    suspensión de garantías constitucionales con restricción de garantías constitucionales a nivel nacional,

    relativa a los artículos 69, 72, 78, 81, 84, 93, 99 y 103 mediante el Decreto Ejecutivo No PCM-021-2020,

    situación que interrumpió las actividades de mantenimiento de la concesión, así como la fabricación

    de los elementos solicitados.

    Con fecha 11 de mayo de 2020 mediante Oficio CM22-20, recibido vía correo electrónico, se nos

    solicitó ampliación de plazos para la ejecución de actividades de mantenimiento instruidas mediante

    el Oficio SAPP-DT-047-2020 del 27/01/2020, y la Notificación de Parámetro de Condición

    Insuficiente No PCI No SAPP-001-01-2020 de la misma fecha, la cual fue contestada mediante el

    Oficio SAPP-201-2020 del 26 de mayo de los corrientes, mediante el cual se otorgaron 41 días

    calendario para ejecutar los trabajos reclamados, contados a partir de la fecha en que legalmente

    el Concesionario esté habilitado para reanudar las actividades de mantenimiento. En este mismo

    Oficio también se les indicaba que dicha ampliación de plazo se otorgaba sin perjuicio de las posibles

    responsabilidades por haber presentados la solicitud de ampliación de manera tardía.

    No obstante, a la fecha de la última inspección, las calles se encontraron en condiciones aceptables

    de limpieza y demás Niveles de Servicio. No se encontraron baches ni ningún otro defecto, excepto

    por los casos en que por las lluvias el tráfico de las calles de tierra que se interconectan con el

    proyecto, le dejan huellas con marcas lodosas. La etapa de mantenimiento de este proyecto

    comenzó el 23 de marzo de 2018 y finalizará en el 22 de marzo de 2034.

    Comentarios del Supervisor:

    No se cuenta con un Supervisor contratado para esta etapa, dado que las actividades de

    mantenimiento se limitan más que todo a limpieza, y seria oneroso tener una empresa supervisora

    para una actividad tan limitada y básica, según lo manifestado por el Estructurador del proyecto. Sin

    embargo, tal como lo manda el Contrato la SAPP se encarga de la evaluación de los Niveles de

  • Servicio del mantenimiento de manera mensual, mediante las visitas mensuales con el fin de

    verificar su estado; visitas que no han podido realizarse en virtud de la emergencia nacional

    decretada por gobierno.

    En vista que el Proyecto fue pavimentado con concreto hidráulico, el cual ofrece una superficie de

    alta resistencia y durabilidad; hasta ahora no se encuentran baches, ni agrietamientos, ni ningún

    otro defecto o daños de ningún tipo.

    4. COMENTARIOS SOBRE EL ESTADO DE LAS CALLES Y SUS ELEMENTOS

    El proyecto se encuentra en proceso de terminación anticipada, y dadas las limitaciones de

    capacidad de movilización por los riesgos de la pandemia Covid-19, el proyecto no ha podido

    ser inspeccionado, aunque cuenta con la cercanía del personal de la oficina de ingeniería de la

    municipalidad de La Lima. Realmente las posibilidades de un daño son menores, ya que el

    tránsito vehicular en el proyecto es de muy baja intensidad, y además, el tránsito vehicular se

    ha reducido con motivo de la circulación regulada a un dígito por día. Para el caso de las

    tapaderas de pozos de inspección en mal estado, no están en una condición de falla total o falla

    inminente, ya que su reemplazo se solicitó de manera oportuna, y las actuales tapaderas no

    están ubicadas sobre las calzadas, sino sobre los retornos (con menos tránsito), de manera que

    aún están en condiciones de funcionalidad segura para los peatones y el tránsito vehicular.

    5. HECHOS RELEVANTES OCURRIDOS DURANTE EL PERÍODO 01 DE JUNIO AL 31 DE SEPTIEMBRE

    DE 2020

    5.1 OFICIOS RECIBIDOS DEL CONCESIONARIO Y OTROS HECHOS RELEVANTES

    a. OFICIO CM32-20 DIRIGIDO AL BANCO FIDUCIARIO BANCO FICOHSA

    Mediante correo del 09 de junio de 2020 se recibió dicho oficio, cuyo contenido es el

    siguiente:

    “En cumplimiento con lo establecido en la Cláusula VIII: Forma de Repago Anual y

    después de haber presentado el Informe Anual de Mantenimiento y el Informe Trimestral

    de los Bienes de la Concesión en fecha 22 de marzo del presente año, hacemos llegar la

    respectiva SOLICITUD DE PAGO de la tercera cuota anual de repago – año 2020 -

    correspondiente a la cantidad de CATORCE MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS

    MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y UN LEMPIRAS CON UN CENTAVO (HNL. 14,352,891.01)”.

    Como consecuencia de este oficio se tiene copia de una correo enviado por un

    representante del Banco Fiduciario el 09 de junio de 2020, ya que hace del conocimiento

    de este oficio a los miembros titulares y suplentes del Comité Técnico, sin embargo, no

    se conoce su respuesta.

  • b. OFICIO CM33-20 DIRIGIDO AL BANCO FIDUCIARIO BANCO FICOHSA

    Se recibió copia de este Oficio el día 13 de julio de 2020, enviado por el Concesionario el

    08 de julio de 2020, y fechado 04 de junio de 2020. En este Oficio el Concesionario

    comunica lo siguiente:

    Como es de su conocimiento, el CONCEDENTE se encuentra en mora para el pago de DIEZ

    MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y UN

    LEMPIRAS CON SETENTA Y SIETE CENTAVOS (HNL.10,871,461.77) correspondientes al

    saldo pendiente de la segunda cuota anual de repago del año 2019 y CATORCE MILLONES

    TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y UN LEMPIRAS CON

    PUNTO CERO UN CENTAVOS (HNL.14,352,891.01) correspondientes a la tercera cuota

    anual de repago del año 2020, haciendo un TOTAL de VEINTICINCO MILLONES

    DOSCIENTOS VEINTICUATRO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS LEMPIRAS CON

    SETENTA Y OCHO CENTAVOS (HNL. 25,224,352.78), lo cual implica un incumplimiento

    de las obligaciones contractuales.

    Le requiero para que en el plazo de plazo de quince (15) días calendario inicie gestiones

    necesarias para que se proceda al pago de la suma pendiente, caso contrario se tomaran

    las acciones legales pertinentes.

  • c. OFICIO CM39-20 DIRIGIDO AL BANCO FIDUCIARIO BANCO FICOHSA

    Mediante correo del 08 de julio de 2020 el Concesionario del proyecto envió el oficio

    CM39-20 fechado 30 de junio de 2020, mediante el cual textualmente notifica los

    siguiente:

    “En virtud de las medidas restrictivas del gobierno para reducir el contagio de la

    Pandemia COVID19, especialmente las impuestas el pasado domingo 28 de junio de

    2020 y notificado mediante Cadena Nacional por el SISTEMA NACIONAL DE GESTIÒN DE

    RIESGO (SINAGER), hace imposible a mi representada cumplir con las obligaciones

    contractuales. En virtud de lo anterior y siendo esto un suceso fuera del control de

    mi representada, se notifica la suspensión de las obligaciones contractuales apegado a

    lo establecido en e la Cláusula XVII. Suspensión de las Obligaciones Contempladas en el

    Presente Contrato, hasta que las condiciones de las garantías constitucionales sean

    restituidas y pueda ejecutarse el correcto desarrollo de las obligaciones

    contractuales.

    d. OFICIO CM40-20 DIRIGIDO A LA SAPP

    Mediante correo electrónico del 08 de julio de 2020 el Concesionario envió el oficio

    CM40-20 fechado 30 de junio de 2020, mediante el cual copia a la SAPP el Oficio CM39-

    20, mencionado anteriormente.

    e. OFICIO CM41-20 DIRIGIDO AL BANCO FIDUCIARIO

    Mediante correo del 09 de julio de 2020 el Concesionario del proyecto envió el oficio

    CM41-20 fechado 30 de junio de 2020, mediante el cual textualmente notifica los

    siguiente:

    “Habiendo transcurrido más de 15 días calendario de la remisión del Oficio CM33-20 de

    fecha cuatro (4) de junio del presente año, sin existir ninguna comunicación de su parte,

    nos vemos obligados a notificar la decisión de iniciar el Proceso de Terminación de

    Contrato con responsabilidad del CONCEDENTE tal y como lo establece la Cláusula XVI del

    Contrato, siendo las clausúlales invocadas para esta terminación las establecidas en la

    Cláusula XVI, apartado 16.1, literal B mayúscula, específicamente las c, d y e minúsculas.

    En vista de lo anterior el presente oficio debe considerarse como la notificación escrita con

    la que se invoca el incumplimiento y la intensión de dar por resuelto el Contrato según lo

    establece el Contrato”.

    f. OFICIO CM42-20 DIRIGIDO A LA SAPP

    Mediante correo electrónico del 08 de julio de 2020 el Concesionario envió el oficio

    CM42-20 fechado 30 de junio de 2020, mediante el cual copia a la SAPP el Oficio CM41-

    20, mencionado anteriormente.

  • g. OFICIO SAPP-266-2020, DIRIGIDO AL BANCO FIDUCIARIO

    Mediante correo electrónico del 13 de julio de 2020 esta Superintendencia envió al Banco

    Fiduciario el oficio arriba indicado, mediante el cual se le notifica los siguiente:

    “…por este medio hacemos de conocimiento que hemos recibido mediante Oficio-CM42-20 de

    la Concesionaria Milenio, notificando la decisión de dar por terminado el Contrato, de

    conformidad a los señalado en la cláusula 16.1, literal B mayúscula, específicamente las c, d, e

    minúsculas del Contrato de Concesión del proyecto “La Lima, Mi Ciudad está en Desarrollo”.

    Para los efectos establecidos en el Contrato de Concesión, se le pone de conocimiento la

    notificación recibida y al mismo tiempo esta superintendencia queda a la espera que su

    representada notifique sus decisiones correspondientes. En adición a lo anterior, se le adjunta

    Oficio-CM42-2020”.

    h. OFICIO SAPP-267-2020, DIRIGIDO AL BANCO FIDUCIARIO

    Mediante correo electrónico del 14 de julio de 2020 esta Superintendencia envió al

    Concesionario el oficio arriba indicado, mediante el cual se le notifica los siguiente:

    “…en atención a al Oficio-CM42-20, esta superintendencia da por recibida su notificación y al

    mismo tiempo se le adjunta Oficio No. SAPP-266-2020 donde se pone de conocimiento al comité

    técnico del fideicomiso”.

    i. OFICIO CM48-20 DIRIGIDO AL BANCO FIDUCIARIO BANCO FICOHSA

    Mediante correo electrónico del 25 de agosto de 2020 esta Gerencia recibió copia del oficio

    arriba indicado, mediante el cual se le notifica los siguiente:

    “En seguimiento los oficios CM39-20 y CM40-20 fechados treinta (30) de junio de 2020 y

    remitidos el ocho (8) de julio de 2020 a Banco Ficohsa en su carácter de Fiduciario y a la SAPP

    en su carácter de regulador respectivamente, en el cual se notificó la suspensión de las

    obligaciones establecidas en el Contrato de Concesión del Proyecto “La Lima, Mi Ciudad está en

    Desarrollo” fundamentado en la cláusula XVII del Contrato, sin haber recibido comunicación

    alguna de los notificados en el plazo contractual establecido. En virtud de lo expuesto y en

    apego a derecho, las obligaciones contractuales de mi representada se encuentran suspendidas

    hasta que se suspenda el toque de queda establecido por las autoridades gubernamentales”.

    j. OFICIO CM4-20 DIRIGIDO AL BANCO FIDUCIARIO BANCO FICOHSA

    Dirigido al Sr. Santiago Motiño, Alcalde Municipal La Lima y FICOHSA el 10/08/2020.

    En seguimiento al Oficio CM41-20 de fecha treinta (30) de junio del presente año, tengo a bien

    manifestarle lo siguiente:

  • 1. El Contrato tiene una mora de L. 25,224,352.78) acumulada al año 2020.

    2. La Cláusula XVI del Contrato apartado 16.1, literal B mayúscula, específicamente los literales

    c, d y e minúsculas lo siguiente: “16.1 TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO DE

    CONCESIÓN. Las Partes acuerdan que las siguientes constituyen causales por las cuales el

    Contrato terminará antes del vencimiento del plazo de la Concesión, sin perjuicio de obras

    señaladas en el mismo: A…B. Por causa imputable al CONCEDENTE. Causales. a) … b) La falta

    de veracidad o incumplimiento de cualquiera de las declaraciones y obligaciones establecidas.

    c) Cualquier decisión del CONCEDENTE que impida al CONCESIONARIO ejecutar sus

    obligaciones bajo el contrato o ejercer sus derechos bajo el mismo o vuelva sus obligaciones

    más onerosas. d) El incumplimiento de cualquiera obligación sustancial distinta de las listadas

    de los literales.

    5.2 REUNIÓN DE COMITÉ TÉCNICO DEL FIDEICOMISO

    El día 14 de septiembre a las 10:13 am se llevó a cabo la reunión No 18 del comité técnico del

    fideicomiso, a fin de tomar decisiones relacionadas con la solicitud de terminación del contrato,

    tal como se explica en los numerales anteriores.

    Resoluciones del Comité:

    • Los miembros del Comité Técnico se dan por enterados del inicio del proceso de terminación y dan por recibida la notificación del Concesionario al Concedente y que el proceso continuará según lo establecido en Contrato.

    • La Municipalidad en su condición de Concedente llevará el tema a la sesión de Corporación Municipal y notificará los avances al Comité Técnico.

    • La Alcaldía de La Lima notificará a la Alcaldía de San Pedro Sula que el traslado de los fondos se deberán hacer al Fideicomiso, así como cumplir lo establecido en el decreto y en el Contrato.

    • La Alcaldía de La Lima identificará las fuentes para conseguir los fondos que quedarían pendientes por cancelar al Concesionario y buscar reunión entre los Alcaldes de San Pedro Sula y La Lima para discutir la situación del traslado de los fondos.

    • La SAPP notificará a la Municipalidad de San Pedro Sula sobre el envío de los fondos al Fideicomiso.

    NOTA

    No existen actualizaciones a la fecha

  • 6. ESTATUS DE GARANTÍAS Y SEGUROS

    No. Descripción No. Emisión Vencimiento Estado

    1 Cumplimiento de contrato (Etapa de construcción) 1669017 02/03/2017 30/05/2018

    Vencida sin necesidad de renovación

    2 Garantía por calidad de obras del Mantenimiento Anual 2191520 22/03/2020 22/03/2021 Vigente

    3

    Cumplimiento Fiel Cumplimiento de contrato (Etapa de mantenimiento) 1843318 30/05/2020 30/05/2021 Vigente

    4

    Seguro Todo Riesgo de

    Contratista 1468116 28/06/2017

    28/06/2018 Vencida sin necesidad de renovación

    5

    Seguro de Responsabilidad

    Civil RESP-

    2001001100 28/06/2020 28/06/2021 Vigente

    6 Seguro Obra Civil Terminada OBRA-2001000012 28/06/2020 28/062021 Vigente

    *Garantía 1843318, retrasada su entrega por el banco en virtud de las limitaciones de la emergencia nacional Covid-19.

    7. EXPEDIENTES ABIERTOS POR INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TÉCNICAS

    Ninguno.

    8. PRINCIPALES PENDIENTES

    8.1 Niveles de Servicio Actividades de mantenimiento instruidas mediante el Oficio SAPP-DT-047-2020 del 27/01/2020,

    y la Notificación de Parámetro de Condición Insuficiente No PCI No SAPP-001-01-2020 de la

    misma fecha, las que no ha sido cumplidas en virtud de las circunstancias que se explican en el

    Numeral 3. CONTROL DE ACTIVIDADES DE MANTENIMIENTO.

    8.2 Inventario de bienes No se ha podido verificar el inventario de bienes que se entrega anualmente por el

    Concesionario.

    8.3 Estado de las calles post-tormentas Eta y Iota NO se han podido hacer las verificaciones, pero si se puede afirmar que las calles fueron

    inundadas totalmente, como se puede ver en las fotografías adjuntas.

  • 9. FOTOGRAFÍAS DEL ESTADO DEL PROYECTO AL MES DE ENERO DE 2020 En virtud de que no se han podido realizar las inspecciones de campo, por las razones explicadas en el Numeral 3. CONTROL DE ACTIVIDADES DE MANTENIMIENTO, se adjuntan las fotografías de la última inspección realizada al proyecto, la que corresponde al 15 de enero de 2020.

  • Tapaderas de pozos de inspección que deberán ser reemplazadas. Solamente una es la más dañada, sin embargo no se ubica sobre la calzada, sino en un retorno de mediana. Ya se había instruído su reemplazo mediante la Notificación de Parámetro de Condición Insuficiente No PCI No SAPP-001-01-2020, antes de la actual emergencia sanitaria, la cual interrumpió el proceso.

    En la calle Oro Verde se encontraron varias tapaderas en mal estado, que se deben reemplazar. Tembien se encontraron cunetas sucias, como se puede ver en la fotografía, igual en otras calles, como se muestra en las fotografías más adelante. Ya se están preparando la Notificaciones de Parámetro de Condición Insuficiente, para ordenar las subsananciones respectivas.

  • Otra tapa de pozo de inspección que deberá ser reemplazada, sin embargo no constituy peligro de falla inminente. Ya se había instruído su reemplazo mediante la Notificación de Parámetro de Condición Insuficiente No PCI No SAPP-001-01-2020, antes de la actual emergencia sanitaria, la cual interrumpió el proceso.

  • Tapadera de pozo de inspeción y tapa de caja de registro que deben ser reeplazadas. Ya se había instruído su reemplazo mediante la Notificación de Parámetro de Condición Insuficiente No PCI No SAPP-001-01-2020, antes de la actual emergencia sanitaria, la cual interrumpió el proceso.

    La condición superficial cumple, los niveles de servicio, aunque no se nota que lo hacen de manera tan frecuente. el equipo de limpieza no se encontró laborando durante la visita del 15 de enero de 2020.

    ING. ALEJANDRO MEJÍA SEVILLA

    Supervisor de Proyectos