NMX-J-224-1982

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NORMA MEXICANA

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  • SECRETARIA DE PATRIMONIO

    Y

    FOMENTO INDUSTRIAL

    NORMA MEXICANA

    NMX-J-224-1982 LUMINARIOS DECORATIVOS

    DECORATIVE ILLUMINATION

  • PREFACIO En la elaboracin de la presente Norma participaron las siguientes Instituciones y Empresas: CANDILES DE AMERICA, S.A. ARTE FINO, S.A. PRISMALUX, S.A. EL CANDIL FRANCES, S.A. INDUSTRIAS MARTINEZ VARA, S.A. DEPARTAMENTO DE REGISTRO Y APROBACION DE APARATOS ELECTROMECANICOS DE LA SECRETARIA DE PATRIMONIO Y FOMENTO INDUSTRIAL

  • INDICE 1 OBJETIVO Y CAMPO DE APLICACION 2 REFERENCIAS 3 DEFINICIONES 4 CLASIFICACION 5 ESPECIFICACION 6 MUESTREO 7 METODOS DE PRUEBA 8 MARCADO

  • 1 OBJETIVO Y CAMPO DE APLICACION La presente Norma establece los requisitos mnimos de seguridad que deben cumplir los luminarios decorativos que emplean para su funcionamiento la energa elctrica (127 V.C.A. + 10%), excluyendo cualquier otro tipo de energa, se utilizan fundamentalmente en el hogar. 2 REFERENCIAS Esta norma se complementa con las vigentes de las siguientes Normas Mexicanas: NMX-J-005Interruptores - Para instalaciones electrodomsticas.- En circuitos monofsicos. NMX-J-024Portalmparas roscados tipo edison. NMX-Z-012Muestreo para la inspeccin por atributos. NMX-D-122Determinacin de la resistencia a la corrosin de partes metlicas con recubrimientos, empleados envehculos automotores (Mtodo de la niebla salina). NMX-J-152Requisitos de seguridad en-aparatos electrodomsticos y similares. NMX-J-163Clavijas elctricas bipolares reversibles y no reversibles de hasta 150 volts y hasta 15 amperes. 3 DEFINICIONES Para efectos de esta norma se dan las siguientes definiciones: 3.1 Luminarios decorativos Los luminarios decorativos son artculos electrodomsticos destinados a la iluminacin y decoracin, los cuales segn su diseo pueden estar construidos de partes metlicas, madera, plsticos, cermica, etc., con o sin pantallas difusoras hechas de fibras textiles, metlicas, de vidrio, de plstico, etc. 4 CLASIFICACION Los luminarios decorativos en cuanto a su diseo y uso, se clasifican en los siguientes tipos:

  • Tipo 1 De buro o mesa Tipo 2 De pie Tipo 3 Candil Tipo 4 Plafn Tipo 5 Arbotante 5 ESPECIFICACIONES 5.1 Dimensionales y de peso 5.1.1 Dimensionales Debido a la diversidad de los diseos segn el uso de los luminarios decorativos, las dimensiones se deben establecer de comn acuerdo entre fabricante y consumidor. 5.1.2 De peso Debido a la diversidad de las dimensiones segn el diseo, los valores de peso y su tolerancia se deben establecer de comn acuerdo entre fabricante y consumidor. 5.2 Elctricas El circuito se debe disear e instalar para que sea elctricamente satisfactorio, segn el nmero de lmparas y la potencia nominal de las mismas, en cada tipo de luminario decorativo, de acuerdo a lo establecido en la tabla 1. TABLA 1 ESPECIFICACIONES PARA CONDUCTORES EMPLEADOS EN LUMINARIOS DECORATIVOS -------------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------

  • NOTA: El calibre 20 AWG solamente se debe usar en los brazos o derivaciones de los cuatro tipos de luminarios decorativos siempre y cuando no quepa elcalibre 18 AWG. 5.2.1 Resistencia de aislamiento La resistencia de aislamiento no debe ser menor de 2 MW, probada en condiciones existentes en la lnea de produccin. 5.2.2 Corto circuito En la fabricacin de pantallas de vidrio se consideran defectos mayores. No debe existir probabilidad de cortocircuito dentro de cualquier tipo de luminario decorativo. 5.2.3 Falsa tierra No debe existir probabilidad de falsa tierra dentro de cualquier tipo de luminario decorativo. 5.2.4 Encendido Todas las lmparas de cualquier tipo de luminario decorativo deben encender correctamente. 5.2.5 Portalmparas La calidad de las portalmparas debe apegarse a lo establecido por la Norma Mexicana NMX-J-024, segn el tipo de interruptor que utilice el luminario decorativo. NOTA: Cuando el casquillo del portalmparas sea fabricado de fierro, deben tener 3 micras de recubirmiento anticorrosivo como mnimo. 5.2.5.1 De los luminarios decorativos cerrados Los luminarios cerrados deben usar portalmparas cuyas partes que lo componen deben ser autoextinguibles. 5.2.6 Clavijas

  • La calidad de las clavijas debe apegarse a lo establecido en la Norma Mexicana NMX-J-163.

  • 5.2.7 Conductores Los conductores empleados en luminarios decorativos deben ser del calibre especificado en la tabla 1. 5.3 Pantallas de vidrio 5.3.1 Choque trmico Las pantallas de vidrio que se utilicen en la fabricacin de luminarios decorativos, deben soportar un choque trmico de inmersin en agua desde 318.15 K (455C) hasta 273.15 K (05C). 5.3.2 Acabado del vidrio Para los fines de esta norma se consideran defectos mayores aquellos que son motivo de rechazo del artculo de vidrio, cualquiera que sea el grado de intensidad indicados en 5.3.3, y defecto menor aquel que est sujeto a lmites mximos para determinar la aceptabilidad o rechazo del artculo de vidrio, indicado en 5.3.4. 5.3.4 Defectos mayores del vidrio yores: - Estrellado - Agrietado - Mal soplo - Mal quemado - Mancha de cuadro ( de cochino) - Despostilladura - Burbujas superficiales (ampollas) - Rebaba - Piedra 5.3.5 Defectos menores del vidrio En la fabricacin de pantallas de vidrio se consideran defectos menores: - Raya de vidrio sin brillo - Burbuja.- Con lmites de 3 mm y en cantidad de 3 como mximo, separadas 7 cm mnimo, en cada pieza.

  • Cuando los defectos menores no son perceptibles a simple vista de deben ser causa de rechazo, cualquiera que sea su nmero.

  • Cuando los defectos menores no son perceptibles a simple vista, la aceptacin o rechazo de la pieza depende del tamao de la misma, su forma, color, as como la cantidad de defectos por rea y localizacin que pueden ser causa de una mala apariencia de la pieza, en cuyo caso la aceptacin debe ser motivo de acuerdo entre fabricante y consumidor para clasificarla como 1a. o 2a. clase. 5.4 Pantalla de material orgnico 5.4.1 Distancia mnima de separacin, entre lmpara y pared de la pantalla ------------------------------ ------------------------------ En las partes de las pantallas donde pueda existir acumulacin de calor debe tener ventilacin o el cable debe estar convenientemente aislado. 5.5 Pantallas de materiales metlicos En las partes de las pantallas metlicas donde se acumule el calor deben ser perforadas para proporcionar un medio de ventilacin. 5.6 Estabilidad de los luminarios tipo pie Los luminarios tipo pie que cubre la presente norma, deben de conservar su estabilidad en un plano inclinado a 105 con base de madera. 5.7 Partes metlicas Las partes metlicas que integren los luminarios decorativos, deben estar libres de rebabas y de aristas cortantes, debiendo estar adems recubiertas de algn material de acabado anticorrosivo, como laca, barniz o pintura, con excepcin de las partes metlicas cromadas que no requieren recubrimiento orgnico adicional. Las partes metlicas que requieran acabado electroltico decorativo como por ejemplo: Latonado, niquelado, cobrizado, etc., deben resistir un mnimo de 96 horas de prueba en niebla salina segn lo especificado en la Norma Mexicana NMX-D-122.

  • 5.8 Partes de madera Las partes de madera que integran los luminarios decorativos deben estar libres de astillas y de aristas cortantes. Pueden ser pulidas o n, segn lo requiera el diseo del luminario, as como tambin los acabados de laca o pintura y barniz, pueden ser brillantes o mate o sin el, segn el diseo especfico lo requiera. 6 MUESTREO Cuando se requiera el muestreo para una inspeccin este podr ser establecido de comn acuerdo entre productor y comprador, recomendndose el uso de la Norma Mexicana NMX-Z-012. Para efectos oficiales el muestreo estar sujeto a las disposiciones reglamentarias dela inspeccin que se efecte. 7 METODOS DE PRUEBA 7.1 Prueba de resistencia de aislamiento 7.1.1 Aparatos y equipo - Megger 7.1.2 Procedimiento La resistencia de aislamiento se debe medir con una tensin de C.C. aplicndose 500 V, la medicin se hace un minuto despus de haberse aplicado la tensin. 7.1.3 Resultado Se debe cumplir lo especificado en 5.2.1.

  • FIGURA 1. CIRCUITO PARA DETECTAR CORTO CIRCUITOS FIGURA 2. CIRCUITO PARA DETECTAR FALSA TIERRA Para detectar cortocircuito se prueba el luminario decorativo sin lmparas y se conectan las puntas del probador de continuidad a las puntas de la clavija, como se muestra en la figura 1. Si enciende la lmpara del probador es indicacin de cortocircuito. 7.2.2 Resultado La lmpara del probador no debe encender. 7.3 Prueba de falsa tierra 7.3.1 Procedimiento Con las lmparas colocadas en sus respectivas portalmparas y previamente probadas de continuidad, se conecta una punta del probador a las terminales de la clavija y con la otra punta del probador se hace contacto con todas las partes metlicas del luminario decorativo (vase figura 2). Si la lmpara del probador enciende es indicacin de falsa tierra. 7.3.2 Resultado La lmpara del probador no debe encender. 7.4 Prueba de encendido 7.4.1 Procedimiento

  • Se ponen en servicio las lmparas durante un tiempo de 5 horas de acuerdo a lo especificado en 5.2.4.

  • 7.4.2 Resultado Todas las lmparas deben encender correctamente por el tiempo indicado en 7.4.1. 7.5 Prueba de choque trmico 7.5.1 Procedimiento Se sumergen las pantallas de vidrio en un recipiente que contenga agua a una temperatura de 318.155K (455C) durante un tiempo de 2 minutos. Se retira rpidamente para introducirla en otro recipiente que contenga agua a 273.15 K (05C). 7.5.2 Resultado Las pantallas de vidrio no deben estrellarse. 7.6 Prueba de estabilidad 7.6.1 Procedimiento Los luminarios decorativos tipo pie se colocan en un plano inclinado cuya pendiente sea de 105 sobre la horizontal, y se hace girar sobre su eje vertical. 7.6.2 Resultado Todos los luminarios probados deben permanecer en posicin vertical. 8 MARCADO 8.1 En el producto Los luminarios decorativos deben ostentar en forma legible los siguientes datos como mnimo: - Nombre o razn social del fabricante - Autorizacin de fabricacin, venta y uso - Potencia mxima permitida en (watts) - Sello Oficial de Garanta, cuando la Secretara de Patrimonio y Fomento Industrial as lo autorice 8.2 Envase o embalaje - Nombre o razn social del fabricante.

  • - Autorizacin de fabricacin, venta y uso. - Tipo de artculo. - Advertencia de riesgo de vidrio (cuando se requiera). - La Leyenda HECHO EN MEXICO. Sello Oficial de Garanta, cuando la Secretara de Patrimonio y Fomento Industrial as lo autorice. Mxico, D.F., Abril 20, 1982 EL DIRECTOR GENERAL DE NORMAS COMERCIALES DE LA SECRETARIA DE COMERCIO LIC. HECTOR VICENTE BAYARDO MORENO. EL DIRECTOR GENERAL DE NORMAS DR. ROMAN SERRA CASTAOS.

  • Fecha de aprobacin y publicacin: Junio 1, 1982