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    SECTOR

    PBLICO

    NICSP 14-HECHOS OCURRIDOS DESPUS DE LA FECHADE PRESENTACIN

    Reconocimiento

    Esta Norma Internacional de Contabilidad del Sector Pblico (NICSP) se ha

    desarrollado fundamentalmente a partir de la Norma Internacional de Contabilidad(NIC) 10 (revisada en 2003),Hechos Ocurridos despus de la Fecha del Balancepublicada por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB). En lapresente publicacin del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad delSector Pblico (IPSASB) de la Federacin Internacional de Contadores (IFAC) sereproducen extractos de la NIC 10, con autorizacin de la Fundacin de NormasInternacionales de Informacin Financiera (IFRS).

    El texto aprobado de las Normas Internacionales de Informacin Financiera (NIIF)

    es el publicado por el IASB en idioma ingls, pudindose obtener ejemplares delmismo, en el Departamento de Publicaciones del IASB: IFRS PublicationsDepartment, First Floor, 30 Cannon Street, London EC4M 6XH, United Kingdom.

    E-mail:[email protected]

    Internet:www.ifrs.org

    Las NIIF, las NIC, los Proyectos de Norma y otras publicaciones del IASB sonpropiedad intelectual de la Fundacin IFRS.

    IFRS, IAS, IASB, IFRS Foundation, International AccountingStandards, e International Financial Reporting Standardsson marcas registradasde la Fundacin IFRS y no deben ser usadas sin el consentimiento de la FundacinIFRS.

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    NICSP 14-HECHOS OCURRIDOS DESPUS DE LA FECHADE PRESENTACIN

    Historia de la NICSP

    Esta versin incluye las modificaciones introducidas de las NICSP emitidas hasta

    15 de enero de 2011.

    La NICSP 14,Hechos Ocurridos despus de la Fecha de Presentacinfue emitidaen julio de 2001.

    En diciembre de 2006 el IPSASB emiti una NICSP 14 revisada.

    Desde entonces, la NICSP 14 ha sido modificada por las siguientes NICSP:

    Mejoras a las NICSP(emitido en enero de 2010)

    Tabla de prrafos modificados en la NICSP 14

    Prrafo afectado Cmo est afectado Afectado por

    16 Modificado Mejoras a las NICSPenero de 2010

    32A Nuevo Mejoras a las NICSP

    enero de 2010

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    SECTOR

    PBLICO

    Diciembre de 2006

    NICSP 14-HECHOS OCURRIDOS DESPUS DE LA FECHADE PRESENTACIN

    NDICE

    Prrafo

    Introduccin ................................................................................................ IN1IN6

    Objetivo ...................................................................................................... 1

    Alcance ....................................................................................................... 24

    Definiciones ................................................................................................ 5

    Autorizacin de los estados financieros para su emisin ............................ 68

    Reconocimiento y medicin ....................................................................... 916

    Hechos ocurridos despus de la fecha de presentacin que implican

    ajustes .................................................................................................. 1011

    Hechos ocurridos despus de la fecha de presentacin que

    no implican ajustes ............................................................................. 1213

    Dividendos o distribuciones similares ................................................. 1416

    Negocio en marcha ..................................................................................... 1725

    Reestructuracin .................................................................................. 25

    Informacin a revelar .................................................................................. 2631

    Revelacin de la fecha de autorizacin para emisin .......................... 2627

    Actualizacin de las revelaciones sobre condiciones existentes en la fecha depresentacin ......................................................................................... 2829

    Revelacin de hechos ocurridos despus de la fecha de presentacin que noimplican ajustes ................................................................................... 3031

    Fecha de vigencia ........................................................................................ 3233

    Derogacin de la NICSP 14 (2001) ............................................................ 34

    Apndice: Modificaciones a otras NICSP

    Fundamentos de las conclusiones

    Comparacin con la NIC 10

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    EVENTS AFTER THE REPORTING DATE

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    La Norma Internacional de Contabilidad del Sector Pblico 14,Hechos Ocurridosdespus de la Fecha de Presentacinest contenida en los prrafos 1 a 34. Todoslos prrafos tienen la misma autoridad. La NICSP 14 debe ser entendida en el

    contexto de su objetivo, de los Fundamentos de las conclusiones y elPrlogo a lasNormas Internacionales de Contabilidad del Sector Pblico. La NICSP 3,Polticas Contables, Cambios en las Estimaciones Contables y Errores, facilita uncriterio para seleccionar y aplicar las polticas contables que no cuenten con guasespecficas.

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    HECHOS OCURRIDOS DESPUS DE LA FECHA DE PRESENTACIN

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    PBLICO

    Introduccin

    IN1. La NICSP 14, Hechos Ocurridos despus de la Fecha de Presentacin,remplaza a la NICSP 14, Hechos Ocurridos despus de la Fecha dePresentacin(emitida en diciembre de 2001), y debe aplicarse a los periodosanuales sobre los que se informe a partir del 1 de enero de 2008. Se aconsejasu aplicacin anticipada.

    Razones para revisar la NICSP 14

    IN2. El IPSASB desarroll esta NICSP 14 revisada como respuesta al proyecto delIASB de Mejoras de las NIC y a su propia poltica de convergencia de lasnormas de contabilidad del sector pblico con las del sector privado hasta elpunto que sea apropiado.

    IN3. Para el desarrollo de esta NICSP 14 revisada el IPSASB adopt la poltica demodificar la NICSP para incorporar los cambios realizados en la NIC 10anterior Hechos Ocurridos despus del Periodo sobre el que se Informallevados a cabo como consecuencia del Proyecto de mejoras del IASB,excepto cuando la NICSP original hubiera variado con respecto a lo previstoen la NIC 10 por razones especficas del sector pblico, en cuyo caso estasvariaciones se mantienen en esta NICSP 14 y se sealan en la Comparacincon la NIC 10. Todo cambio en la NIC 10 realizado con posterioridad alproyecto de mejoras del IASB no se ha incorporado a la NICSP 14.

    Cambios con respecto a requisitos previos

    IN4. Los principales cambios respecto de la versin previa de la NIC 14 sedescriben a continuacin.

    Dividendos o distribuciones similares acordados despus de la fecha de

    presentacin

    IN5. La Norma aclara en el prrafo 16 que se revelar en las notas informacin de

    los dividendos o distribuciones similares acordados despus de la depresentacin de acuerdo con la NICSP 1, Presentacin de EstadosFinancieros. Previamente, la NICSP 14 estableci que una entidad podrapresentar las revelaciones de informacin despus de la fecha de presentacinen el estado de situacin financiera como un componente separado de losactivos netos/ patrimonio o en las notas a los estados financieros.

    Modificaciones a otras NICSP

    IN6. Esta Norma incluye un apndice normativo de modificaciones a otras NICSP

    que no forman parte del proyecto de Mejoras a las NICSP y que se vernafectadas por las propuestas de esta NICSP

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    Objetivo

    1. El objetivo de esta Norma es prescribir:(a) cundo debe, una entidad, proceder a ajustar sus estados financieros por

    hechos ocurridos despus de la fecha de presentacin y;

    (b) las revelaciones que la entidad debe efectuar respecto a la fecha en que losestados financieros han sido autorizados para su emisin, as como,respecto a los hechos ocurridos despus de la fecha de presentacin.

    La norma exige tambin, a la entidad, que no prepare sus estados financieros bajola hiptesis de negocio en marcha, si los hechos ocurridos despus de la fecha depresentacin indican que tal hiptesis de continuidad no resulta apropiada.

    Alcance

    2. Una entidad que prepare y presente estados financieros bajo la base contablede acumulacin (o devengo) debe aplicar esta Norma en la contabilizacin y enlas revelaciones correspondientes a los hechos ocurridos despus de la fecha depresentacin.

    3. La presente Norma es de aplicacin para todas las entidades del sectorpblico, excepto a las Empresas Pblicas.

    4. El Prlogo a las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Pblico

    emitidas por el IPSASB explica que las Empresas Pblicas (EP) aplicarn las NIIFemitidas por el IASB. Las EP estn definidas en la NICSP 1 Presentacin deEstados Financieros.

    Definiciones

    5. El siguiente trmino se usa, en la presente Norma, con el significado que acontinuacin se especifica:

    Hechos ocurridos despus de la fecha de presentacin (Events after thereporting date) son todos aquellos sucesos, ya sean favorables odesfavorables que se han producido entre la fecha de presentacin y la fechade autorizacin de los estados financieros para su emisin. Puedenidentificarse dos tipos de eventos:

    (a) aquellos que suministran evidencia de condiciones que ya existan enla fecha de presentacin (hechos posteriores a la fecha de presentacinque implican ajuste); y

    (b) aquellos que son indicativos de condiciones que han aparecido despusde la fecha de presentacin (hechos posteriores a la fecha depresentacin que no implican ajuste).

    Los trminos definidos en otras NICSP se utilizan en esta Norma con elmismo significado que en dichas aquellas, y estn reproducidos en elGlosar io de Trminos Definidos publicado por separado.

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    PBLICO

    Autorizacin de los estados financieros para su emisin

    6. Para determinar qu hechos satisfacen la definicin de hechos ocurridos despusde la fecha de presentacin, es necesario identificar, la fecha de los estadosfinancieros y la fecha en la que son autorizados para su emisin. La fecha depresentacines el ltimo da del periodo sobre el que se informa al cual se refierenlos estados financieros. La fecha en la que se autoriza su emisin es la fecha en lacual los estados financieros reciben aprobacin del individuo o consejo conautoridad de finalizarlos para su emisin. La opinin de la auditora seproporciona con base en estos estados financieros terminados. Los hechosocurridos despus de la fecha de presentacin son todos aquellos hechos,favorables o desfavorables, que ocurren entre la fecha de presentacin y la fechaen que los mismos son autorizados para su emisin, incluso si estos hechos

    ocurren despus de: (a) la publicacin del anuncio del resultado, (b) laautorizacin de los estados financieros de una entidad controlada, o (c)publicaciones de informacin seleccionada, relativa a los estados financieros.

    7. El proceso, relacionado con la preparacin y autorizacin de los estadosfinancieros para su emisin, puede variar segn diferentes tipos de entidades,dentro y entre diversas jurisdicciones. Puede depender de la naturaleza de laentidad, de la estructura del rgano de gobierno, de los requisitos legalesrelacionados con esa entidad y de los procedimientos seguidos para la preparaciny finalizacin de los estados financieros. La responsabilidad para la autorizacin

    de los estados financieros de las agencias individuales de gobierno depende delresponsable de la agencia financiera central (o del funcionario responsable enmateria de contabilidad, como el controlador o contable general). Laresponsabilidad para la autorizacin de los estados financieros consolidados delgobierno en su totalidad dependen conjuntamente del responsable de la agenciafinanciera central (o del funcionario responsable en materia de contabilidad, comoel controlador o contable general) y del ministro de finanzas (o equivalente).

    8. En algunos casos, como paso final en el proceso de autorizacin, se requiere que

    una entidad presente sus estados financieros a otro organismo (por ejemplo, unorganismo legislativo como el Parlamento o consejo municipal). Este organismopuede tener la facultad de requerir cambios en los estados financieros auditados.En otros casos, la presentacin de los estados financieros a otro organismo sueleser simplemente una cuestin de protocolo o del sistema y ese otro organismo notiene el poder de requerir cambios en los estados. La fecha de autorizacin para laemisin de los estados financieros ser determinada en el contexto de unajurisdiccin concreta.

    Reconocimiento y medicin

    9. En el periodo entre la fecha de presentacin y la fecha en que son autorizados parasu emisin, los responsables gubernamentales pueden anunciar la intencin delgobierno con respecto a ciertas cuestiones. Si dichas intenciones del gobiernorequieren reconocimiento como hechos que implican ajustes o no, depender de:

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    HECHOS OCURRIDOS DESPUS DE LA FECHA DE PRESENTACIN

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    (a) si proporcionan informacin adicional sobre las condiciones existentes en lafecha de presentacin,y (b) de si existe suficiente evidencia de que pueden y sernllevados a cabo. En la mayora de los casos, las intenciones anunciadas delgobierno no conducen al reconocimiento de hechos que implican ajustes. En su

    lugar, reunirn los requisitos para la revelacin como hechos que no implicanajustes.

    Hechos ocurridos despus de la fecha de presentacin que implican ajustes

    10. Una entidad debe proceder a modificar los importes reconocidos en susestados financieros, para reflejar la incidencia de los hechos ocurridosdespus de la fecha de presentacin que impliquen ajustes.

    11. Los siguientes son ejemplos de hechos, ocurridos despus de la fecha depresentacin, que obligan a una entidad a ajustar los importes reconocidos en sus

    estados financieros, o bien a reconocer partidas no reconocidas previamente:(a) la resolucin de un litigio judicial, posterior a la fecha de presentacin, que

    confirma que la entidad tena una obligacin presente en dicha fecha. Laentidad ajustar el importe de cualquier provisin reconocida previamenterespecto a ese litigio judicial, de acuerdo con la NICSP 19 Provisiones,Pasivos Contingentes y Activos Contingentes, o bien reconocer una nuevaprovisin. La entidad no se limitar a revelar una obligacin contingente,puesto que la resolucin del litigio proporciona evidencia adicional que ha

    de tenerse en cuenta, de acuerdo con el prrafo 24 de la NICSP 19;(b) la recepcin de informacin, despus de la fecha de presentacin, que

    indique el deterioro de un activo a esa fecha, o bien la necesidad de ajustarla prdida por deterioro reconocida previamente para tal activo. Porejemplo:

    (i) la quiebra de un deudor, ocurrida despus de la fecha depresentacin, usualmente confirma que en tal fecha exista unaprdida sobre la cuenta por cobrar, de forma que la entidad necesita

    ajustar el importe en libros de dicha cuenta; y(ii) la venta de inventarios, despus de la fecha de presentacin, puede

    suministrar evidencia acerca del valor realizable neto de los mismosen la fecha de presentacin;

    (c) la determinacin, con posterioridad a la fecha de presentacin, del costo delos activos comprados o del importe de los activos vendidos antes de dichafecha;

    (d) la determinacin con posterioridad a la fecha de presentacin del importe

    de ingresos cobrados durante el periodo sobre el que se informa a sercompartidos con otros gobiernos bajo un acuerdo de reparto de ingresos envigor durante dicho periodo;

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    PBLICO

    (e) la determinacin con posterioridad a la fecha de presentacin de los pagospor incentivos por produccin otorgados al personal si en la fecha depresentacin la entidad tiene una obligacin implcita ya sea de carcterlegal o simplemente asumida por la entidad de efectuar tales pagos, como

    resultado de hechos anteriores a esa fecha; y(f) el descubrimiento de fraudes o errores que demuestren que los estados

    financieros eran incorrectos.

    Hechos ocurridos despus de la fecha de presentacin que no implican ajustes

    12. Una entidad no deber proceder a modificar los importes reconocidos en susestados financieros, para reflejar la incidencia de los hechos ocurridosdespus de la fecha de presentacin.

    13. Los siguientes son ejemplos de hechos ocurridos despus de la fecha depresentacin que no implican ajustes:

    (a) cuando una entidad ha adoptado una poltica de revalorizar regularmente lapropiedad a su valor razonable, una reduccin en el valor razonable de lapropiedad ocurrida entre la fecha de presentacin y la fecha en que losestados financieros son autorizados para su publicacin. La cada en dichovalor no est normalmente relacionada, con las condiciones de la propiedaden la fecha de presentacin, sino que refleja las circunstancias acaecidas en

    el periodo siguiente. Por tanto, a pesar de su poltica de revalorizacionescontinuas, una entidad no procedera a ajustar el importe previamentereconocido en sus estados financieros para las propiedades. De formasimilar, la entidad no proceder a actualizar los importes que figuren en lasnotas u otras revelaciones que se refieran a esas propiedades, a la fecha depresentacin aunque pudiera ser necesario presentar revelacionesadicionales en funcin de lo establecido en el prrafo 29; y

    (b)

    cuando una entidad que gestiona determinados programas de servicios a lacomunidaddecide, despus de la fecha de presentacin, pero antes de quelos mismos sean autorizados para su publicacin, distribuir beneficiosadicionales directa o indirectamente a los participantes en esos programas.La entidad no ajustara el importe de los gastos reconocidos en sus estadosfinancieros en el periodo actual sobre el que se informa, aunque losbeneficios adicionales pueden reunir las condiciones para su revelacincomo hechos que no implican ajustes, en funcin de lo establecido en elprrafo 29.

    Dividendos o distribuciones similares

    14. Si una entidad acuerda dividendos o distribuciones similares despus de lafecha de presentacin, la entidad no reconocer tales distribuciones como unpasivo en la fecha de presentacin.

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    15. Los dividendos pueden darse en el sector pblico cuando, por ejemplo, una entidaddel sector pblico controla y consolida los estados financieros de una empresapblica que tiene participaciones exteriores sobre su propiedad a los que pagadividendos. Adems, algunas entidades del sector pblico adoptan una estructura

    de direccin financiera, por ejemplo, modelos de proveedores, que les exigenpagar una distribucin de ingresos a sus entidades controladoras, tal como elgobierno central.

    16. Si se acuerdan dividendos o distribuciones similares a los propietarios (es decir, losdividendos o distribuciones similares han sido debidamente autorizados y noquedan a discrecin de la entidad) despus de la fecha de presentacin pero antesde que los estados financieros hayan sido autorizados para su emisin, losdividendos y distribuciones similares no se reconocern como un pasivo en la

    fecha de presentacin porque no existe ninguna obligacin en dicha fecha. Serevelar informacin sobre dichos dividendos y distribuciones similares en lasnotas a los estados financieros de acuerdo con la NICSP 1. Los dividendos ydistribuciones similares no incluyen la devolucin del capital.

    Negocio en marcha

    17. La determinacin de que la hiptesis de negocio en marcha es o no apropiada, debeser considerada por cada entidad. Sin embargo, la evaluacin de negocio enmarcha es probable que sea de mayor importancia para entidades individuales que

    para el gobierno en conjunto. Por ejemplo, una agencia individual del gobiernopuede que no sea un negocio en marcha si el gobierno del que forma parte dichaagencia decide transferir todas sus actividades a otra agencia. Sin embargo, estareestructuracin no tiene ningn impacto sobre la valoracin del negocio enmarcha para el gobierno en su conjunto.

    18. Una entidad no preparar sus estados financieros sobre la base de que es unnegocio en marcha si los responsables de preparar estos estados financieros oel rgano de gobierno determinan, despus de la fecha de presentacin, queexiste la intencin de liquidar la entidad o cesar en sus operaciones, o que noexiste otra alternativa ms realista que hacerlo.

    19. Para evaluar si la hiptesis de negocio en marcha es apropiada o no para unaentidad individual, los responsables de la preparacin de los estados financieros,y/o el rgano de gobierno, necesitan considerar un amplio nmero de factores.Estos factores incluyen el rendimiento actual y esperado de la entidad, cualquierreestructuracin potencial y anunciada de las unidades organizativas, laprobabilidad de que exista continuidad en la financiacin por parte del gobierno y,si fuera necesario, fuentes potenciales de sustitucin de la financiacin.

    20. En el caso de entidades cuyas operaciones estn en gran parte financiadaspresupuestariamente, las cuestiones de negocio en marcha generalmente acaecensolo si el gobierno anuncia su intencin de cesar de suministrar fondos a laentidad.

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    PBLICO

    21. A algunas agencias, aunque no a las EP, se les puede exigir que se autofinancientotal o parcialmente, y que recuperen el costo de los productos o servicios de losusuarios. Para dichas entidades, el deterioro en los resultados operativos y de laposicin financiera despus de la fecha de presentacin puede indicar la necesidad

    de considerar si la hiptesis de negocio en marcha resulta todava apropiada.22. Si la hiptesis de negocio en marcha ya no es apropiada, esta Norma exige que la

    entidad lo refleje en sus estados financieros. El impacto de este tipo de cambiosdepender de las circunstancias particulares de la entidad, por ejemplo, si lasoperaciones tienen que ser transferidas a otra entidad gubernamental, vendidas oliquidadas. En este caso se requiere la realizacin de juicios profesionales paradeterminar si es necesario un cambio en el valor de los activos o pasivosreconocidos.

    23. Cuando la hiptesis de negocio en marcha ya no resulte apropiada, es necesariotambin considerar si los cambios en las circunstancias llevan a la creacin deobligaciones adicionales o provoca que ciertas clusulas en los contratos de deudasurtan efectos, llevando a la reclasificacin de ciertas deudas como obligaciones acorto plazo.

    24. La NICSP 1 exige la revelacin de ciertas informaciones si:

    (a) los estados financieros se han preparado sobre la base de negocio enmarcha. La NICSP 1 exige que cuando los estados financieros no hayan

    sido preparados sobre la base de negocio en marcha, este hecho debe serrevelado, junto con la base sobre la cual se preparan los estados financierosy la razn de no se considere a la entidad un negocio en marcha; o

    (b) los responsables de la preparacin de los estados financieros sonconscientes de la existencia de incertidumbres de importancia relativa,relacionadas con eventos o condiciones que pueden arrojar dudassignificativas sobre la capacidad de la entidad de continuar como unnegocio en marcha. Los acontecimientos o las condiciones que requieren

    revelaciones pueden acaecer despus de la fecha de presentacin. LaNICSP 1 exige que tales incertidumbres sean reveladas.

    Reestructuracin

    25. Cuando una reestructuracin anunciada despus de la fecha de presentacinsatisface la definicin de un hecho que no implica ajuste, se realizar unaadecuada revelacin de informacin de acuerdo con esta Norma. Las guas para elreconocimiento de provisiones asociadas a una reestructuracin se encuentran enla NICSP 19. El simple hecho de que una reestructuracin implique la disposicin

    de un componente de la entidad, no conduce a cuestionarse la habilidad de laentidad para continuar siendo un negocio en marcha. Sin embargo, cuando unareestructuracin anunciada despus de la fecha de presentacin implica que unaentidad ya no se considera un negocio en marcha, pueden cambiar la naturaleza ylos importes de activos y pasivos.

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    HECHOS OCURRIDOS DESPUS DE LA FECHA DE PRESENTACIN

    NICSP 14 452

    Informacin a revelar

    Revelacin de la fecha de autorizacin para emisin

    26. Una entidad revelar la fecha en que los estados financieros han sido

    autorizados para su publicacin, as como quin ha dado esta autorizacin.En el caso de que otro rgano tenga poder para modificar los estadosfinancieros tras la emisin, la entidad debe revelar este hecho.

    27. Es importante para los usuarios saber en qu momento han sido autorizados paraemisin los estados financieros, puesto que no reflejarn eventos que hayan ocurridodespus de esta fecha. Es tambin importante para los usuarios conocer lascircunstancias poco comunes en las que cualquier persona u rganos tienen laautoridad para modificar los estados financieros tras su emisin. Ejemplos de

    individuos u rganos que tienen el poder de modificar los estados financierosdespus de su publicacin son los Ministros, el gobierno del cual la entidad formaparte, el Parlamento u rgano elegido de representantes. Si se llevan a cabo estoscambios, los estados financieros modificados son un nuevo conjunto de estadosfinancieros.

    Actualizacin de las revelaciones sobre condiciones existentes en la fecha depresentacin

    28. Si despus de la fecha de presentacin pero, antes de que los mismos fueran

    autorizados para su emisin, una entidad recibe informacin acerca decondiciones que existan ya en dicha fecha, a la luz de la informacin recibidadebe actualizar las revelaciones que estn relacionadas con tales condiciones.

    29. En algunos casos, una entidad necesita actualizar las revelaciones hechas en losestados financieros, para reflejar la informacin recibida despus de la fecha depresentacinpero, antes de que los mismos sean autorizados para su emisin,incluso cuando dicha informacin no afecte a los importes que la entidad hayareconocido en los estados financieros. Un ejemplo de tal necesidad de actualizar lainformacin revelada ocurre cuando, posteriormente a la fecha de presentacin, seobtiene evidencia acerca de una obligacin contingente que ya exista a esa fecha.Aparte de que deba considerarse si, con la nueva informacin, la entidad debereconocer una provisin a la luz de la nueva evidencia, la entidad proceder aactualizar la informacin revelada acerca del pasivo contingente.

    Revelacin de hechos ocurridos despus de la fecha de presentacin que no implicanajustes

    30. La informacin de hechos posteriores a la fecha de presentacin tiene

    importancia relativa, o es material, cuando su no revelacin puede influir enlas decisiones econmicas de los usuarios, tomadas a partir de los estadosfinancieros. Una entidad deber revelar la siguiente informacin para cadauna de las categoras materiales de hechos ocurridos despus de la fecha depresentacin que no implican ajustes:

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    HECHOS OCURRIDOS DESPUS DE LA FECHA DE PRESENTACIN

    NICSP 14453

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    PBLICO

    (a) la naturaleza del evento; y

    (b) una estimacin de sus efectos financieros, o un pronunciamiento sobrela imposibilidad de realizar tal estimacin.

    31. Los siguientes son ejemplos de hechos ocurridos despus de la fecha depresentacinque no implican ajustes, que por lo general produciran revelacionesde informacin:

    (a) una importante cada en el valor de las propiedades que estncontabilizadas al valor razonable, en donde dicha cada no est relacionadacon las condiciones de la propiedad en la fecha de presentacin, pero sedebe a circunstancias acaecidas despus de esa fecha;

    (b) la entidad decide, despus de la fecha de presentacin, distribuir en un

    futuro importantes beneficios adicionales directa o indirectamente a losparticipantes en los programas de servicios a la comunidad que gestiona, yesos beneficios adicionales tienen un impacto mayor sobre la entidad;

    (c) una adquisicin o la disposicin de una importante entidad controlada o lasubcontratacin de todas sus actividades, o substancialmente todas, deaquellas actualmente controladas por una entidad, despus de la fecha depresentacin;

    (d) el anuncio de un plan para discontinuar definitivamente una operacin o un

    programa principal, de disposicin de activos o la cancelacin de pasivosatribuibles a una operacin discontinuada o programa principal, o laconclusin de un acuerdo formal para vender tales activos o cancelar dichospasivos (guas sobre el tratamiento y la revelacin de informacin de lasoperaciones discontinuadas pueden encontrarse en las normas contablesnacionales o internacionales correspondientes que tratan sobre operacionesdiscontinuadas);

    (e) las compras o disposiciones significativas de activos;

    (f) la destruccin por incendio de un edificio importante tras la fecha depresentacin;

    (g) el anuncio, o el comienzo de la ejecucin de una reestructuracinimportante (vase la NICSP 19);

    (h) la introduccin de una ley para condonar prstamos concedidos a entidadeso particulares como parte de una programa;

    (i) los cambios anormalmente grandes, ocurridos despus de la fecha de

    presentacin, en los precios de los activos o en las tasas de cambio demoneda extranjera;

    (j) en el caso de entidades que tengan un pasivo por el impuesto a lasganancias o equivalente, los cambios en las tasas impositivas o leyesfiscales aprobadas o anunciadas despus de la fecha de presentacin que

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    HECHOS OCURRIDOS DESPUS DE LA FECHA DE PRESENTACIN

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    tengan un efecto significativo en los activos y pasivos por impuestoscorrientes y diferidos (pueden encontrarse guas sobre la contabilizacin delimpuesto a las ganancias en la norma contable nacional o internacionalcorrespondiente que trate sobre el impuesto a las ganancias);

    (k) la aceptacin de compromisos o pasivos contingentes significativos, porejemplo, al dar garantas de importe significativo despus de la fecha depresentacin; y

    (l) el planteamiento de litigios importantes surgidos exclusivamente por causade hechos ocurridos despus de la fecha de presentacin.

    Fecha de vigencia

    32. Una entidad aplicar esta Norma para los estados financieros anuales que

    cubran periodos que comiencen a partir del 1 de enero de 2008. Se aconsejasu aplicacin anticipada. Si una entidad aplica esta Norma en periodos quecomiencen antes del 1 de enero de 2008, se revelar este hecho.

    32A. El prrafo 16 fue modificado por las Mejoras a las NI CSPemitido en enero de2010. Una entidad aplicar dicha modificacin para los estados financierosanuales que cubran periodos que comiencen a partir del 1 de enero de 2011.Se aconseja su aplicacin anticipada.

    33. define en las NICSP para la informacin financiera con posterioridad a esta fecha

    de vigencia, esta Norma se aplicara a los estados financieros anuales que cubranperiodos que comiencen con posterioridad a la fecha de adopcin.

    Derogacin de la NICSP 14 (2001)

    34. Esta Norma deroga la NICSP 14, Eventos Ocurridos despus de la Fecha dePresentacin, emitida en 2001.

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    HECHOS OCURRIDOS DESPUS DE LA FECHA DE PRESENTACIN

    NICSP 14 APNDICE455

    SEC

    TOR

    PBLICO

    Apndice

    Modificaciones a otras NICSP

    En la NICSP 19, Provisiones, Pasivos Contingentes y Activos Contingentes elprrafo 87 se modific para quedar como sigue:

    87. Una decisin de reestructurar tomada por la administracin o el rgano degobierno antes de la fecha de presentacin, no da lugar a una obligacinimplcita a dicha fecha, salvo que la entidad, antes de tal fecha, haya:

    (a) empezado a ejecutar el plan de reestructuracin; o

    (b) anunciado a los afectados por dicho plan las principales caractersticas

    del mismo, de forma suficientemente especfica como para crear enellos una expectativa vlida de que la entidad va a llevar a cabo lareestructuracin.

    Si una entidad comienza a ejecutar el plan de reestructuracin, o anuncia susprincipales caractersticas a los afectados por el mismo, despus de la fecha depresentacin, se requiere que revele este hecho, segn lo establecido por laNICSP 14 Hechos Ocurridos despus de la Fecha de Presentacin, si losefectos son de importancia relativa y la falta de informacin pudiera afectar alas decisiones econmicas de los usuarios tomadas a partir de los estados

    financieros.

    En las NICSP, las referencias a la versin actual de la NICSP 14, Hechos Ocurridosdespus de la Fecha de Presentacinse modifican a la NICSP 14,Hechos Ocurridosdespus de la Fecha de Presentacin.

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    HECHOS OCURRIDOS DESPUS DE LA FECHA DE PRESENTACIN

    NICSP 14 FUNDAMENTOS DE

    LAS CONCLUSIONES456

    Fundamentos de las conclusiones

    Estos Fundamentos de las conclusiones acompaan a la NICSP 14, pero no son

    parte de la misma.

    Revisin de la NICSP 14 como resultado del Proyecto general de mejoras de2003 del IASB

    Antecedentes

    FC1. El Programa de convergencia con las NIIF del IPSASB es un elementoimportante del programa de trabajo del IPSASB. La poltica del IPSASB esla convergencia de las NICSP de base de acumulacin (o devengo) con lasNIIF emitidas por el IASB cuando sea adecuado para las entidades delsector pblico.

    FC2. Las NICSP de base de acumulacin (o devengo) que han convergido con lasNIIF mantienen los requerimientos, estructura y texto de las NIIF, a menosque haya una razn especfica del sector pblico para apartarse. La falta deaplicacin de su NIIF equivalente ocurrir cuando los requerimientos oterminologa de la NIIF no sea apropiada para el sector pblico, o cuandosea necesario la introduccin de comentarios adicionales o ejemplos parailustrar ciertos requerimientos en el contexto del sector pblico. Lasdiferencias entre las NICSP y sus equivalentes NIIF se identifican en la

    Comparacin con las NIIFincluida en cada NICSP.FC3. En mayo de 2002, el IASB emiti un proyecto de propuesta de modificacin

    de la NIC 131como parte de su proyecto general de mejoras. Los objetivos del

    proyecto general de mejoras del IASB eran reducir o eliminar alternativas,redundancias y conflictos entre las Normas, para tratar ciertos problemas deconvergencia y realizar otras mejoras. Las NIC finales se emitieron endiciembre de 2003.

    FC4. La NICSP 14, emitida en diciembre de 2001 se bas en la NIC 10 (revisada

    en 1999), Hechos Ocurridos despus de la Fecha del Balance, que fueemitida nuevamente en diciembre de 2003. Al final de 2003, el Comit delSector Pblico (PSC),

    2predecesor del IPSASB, puso en marcha un proyecto

    de mejoras de las NICSP para la convergencia, cuando fuera apropiado, de lasNICSP con las NIC mejoradas emitidas en diciembre de 2003.

    1 1Las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) se emitieron por el predecesor del IASB, el

    Comit de Normas Internacionales de Contabilidad. Las Normas emitidas por el IASB se denominan

    Normas Internacionales de Informacin Financiera (NIIF). El IASB ha definido las NIIF integrandolas NIIF, las NIC y las Interpretaciones de las Normas. En algunos casos, el IASB ha modificado, enlugar de reemplazado, las NIC, en aquellos casos en que las antiguas NIC se mantienen.

    2 El PSC se convirti en el IPSASB cuando el Consejo de la IFAC cambi el mandato del PSC para

    pasar a ser un consejo emisor de normas independiente en noviembre de 2004.

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    HECHOS OCURRIDOS DESPUS DE LA FECHA DE PRESENTACIN

    NICSP 14 FUNDAMENTOS DE

    LAS CONCLUSIONES457

    SEC

    TOR

    PBLICO

    FC5. El IPSASB revis la NIC 10 mejorada y por lo general coincidi con lasrazones del IASB para revisar la NIC y con las modificaciones realizadas.(Los Fundamentos de las conclusiones del IASB no se reproducen aqu. Lossubscriptores del Comprehensive Subscription Service del IASB pueden

    consultar los Fundamentos de las conclusiones en el sitio Web del IASB enhttp://www.iasb.org). En aquellos casos donde la NICSP difiere de la NICcorrespondiente, los Fundamentos de las conclusiones explican las razonesespecficas del sector pblico para la falta de aplicacin.

    FC6. La NIC 10 ha sido modificada adicionalmente como consecuencia de laemisin de las NIIF despus de diciembre de 2003. La NICSP 14 no incluyelas modificaciones resultantes surgidas desde la emisin de las NIIF a partirde diciembre de 2003. Esto es as porque el IPSASB no ha revisado todava ni

    se ha formado una opinin sobre la aplicabilidad de los requerimientosincluidos en las NIIF a las entidades del sector pblico.

    Revisin de la NICSP 14 como resultado de las Mejoras a las NIIF del IASBemitido en 2008

    FC7. El IPSASB examin las revisiones a la NIC 10 incluidas en las Mejoras alas NIIFemitido por el IASB en mayo de 2008 y por lo general coincidicon las razones del IASB para revisar la norma. El IPSASB concluy queno haba razn especfica para la no adopcin de la modificacin.

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    HECHOS OCURRIDOS DESPUS DE LA FECHA DE PRESENTACIN

    NICSP 14 COMPARACIN CON LA NIC10 458

    Comparacin con la NIC 10

    La NICSP 14, Hechos Ocurridos despus de la Fecha de Presentacin se hadesarrollado fundamentalmente a partir de la NIC 10 (revisada en 2003), HechosOcurridos despus de la Fecha del Balance e incluye una modificacin hecha a laNIC 10 como parte de las Mejoras a las NIIF emitido en mayo de 2008. Lasprincipales diferencias entre la NICSP 14 y la NIC 10 son las siguientes:

    La NICSP 14 observa que cuando la hiptesis de negocio en marcha ya noes apropiada, se requiere del uso del juicio profesional para determinar elimpacto de estos cambios sobre el valor en libros de los activos y pasivosreconocidos en los estados financieros (prrafo 22).

    La NICSP 14 contiene comentarios adicionales sobre la determinacin de la

    fecha en la que se autorizan los estados financieros para su publicacin(prrafos 6, 7 y 8).

    La NICSP 14 incluye un comentario adicional al de la NIC 10 para aclararla aplicabilidad de las normas a la contabilidad a las entidades del sectorpblico.

    La NICSP 14 emplea, en ciertos casos, una terminologa diferente a la de laNIC 10. El ejemplo ms significativo es el uso de los trminos activosnetos/patrimonio y fecha de presentacin en la NICSP 14.Los trminosequivalentes en la NIC 10 son patrimonio y fecha del balance.

    La NICSP 14 no utiliza el trmino ingreso de actividades ordinarias, queen la NIC 10 tiene un significado ms limitado que ingreso.

    La NICSP 14 contiene una definicin de fecha de presentacin, mientras

    que la NIC 10 no contiene una definicin de fecha del balance.