ncc20

download ncc20

of 52

Transcript of ncc20

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    CORPORACION NACIONAL DEL COBRE DE CHILE

    NORMA CODELCO CHILE

    N.C.C. N 20

    ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE

    LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    REVISION N 0

    VIGENCIA : 01.05.1996

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    PREFACIO

    La presente Norma establece los requisitos mnimos para el diseo, construccin y proteccin contra incendio de estanques atmosfricos de almacenamiento de lquidos combustibles e inflamables. Esta Norma complementa la legislacin vigente en esta materia. Esta Norma se origin a raz de la necesidad de estandarizar las instalaciones de almacenamiento de lquidos inflamables y combustibles de propiedad de la Corporacin. La preparacin de esta Norma cont con la participacin de personal tcnico de las Divisiones, siendo coordinada por la Seccin Seguros de la Casa Matriz. La Norma es aplicable a toda instalacin nueva, modificaciones mayores y/o ampliaciones de instalaciones existentes. Aquellas instalaciones existentes que tengan desviaciones importantes con respecto a lo especificado en esta Norma deberan proponer paulatinamente a satisfacer lo aqu establecido. Esta Norma es de aplicacin obligatoria para toda instalacin de propiedad de CODELCO CHILE. La Corporacin no se hace responsable por la aplicacin de esta Norma a instalaciones que no sean de su propiedad. Esta Norma es propiedad intelectual de la Corporacin, por lo cual no deber ser reproducida y/o utilizada sin su expresa autorizacin. Esta Norma ser revisada y actualizada peridicamente. Comentarios y/o sugerencias podrn ser dirigidas a la Seccin Seguros de la Casa Matriz. Santiago, abril de 1996

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    INDICE GENERAL

    SECCION I GENERAL SECCION II ESTANQUES SUPERFICIALES SECCION III ESTANQUES ENTERRADOS SECCION IV ESTANQUES EN EL INTERIOR DE MINAS SUBTERRANEAS SECCION V ESTANQUES EN EL INTERIOR DE EDIFICIOS SECCION VI CAERIAS

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    SECCION I

    GENERAL

    1. OBJETIVOS 2. ALCANCE 3. AUTORIZACIONES 4. DEFINICIONES 5. PLANOS 6. REFERENCIAS

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    CORPORACION NACIONAL DEL COBRE DE CHILE NORMAS CODELCO CHILE N.C.C. : N20 UNIDADES AFECTADAS: Pg. : 1 de 51 TODA LA EMPRESA Revisin : 0 Vigencia : 01.05.96 MATERIA: ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES _______________________________________________________________________________

    SECCION I GENERAL 1. OBJETIVOS

    Esta norma establece los requisitos mnimos para el diseo, construccin y proteccin contra incendio de estanques atmosfricos de almacenamiento de lquidos combustibles e inflamables.

    2. ALCANCE Esta norma deber aplicarse a toda instalacin nueva, modificaciones y/o ampliaciones de

    instalaciones de almacenamiento existentes ubicados en los recintos de la Corporacin. Esta norma es aplicable a estanques que operan a una presin manomtrica de diseo no

    superior a 0,035 kg/cm2 (0,5 psig) medida en la parte superior del estanque. Esta norma incorpora disposiciones basadas en la aplicacin de las ltimas tcnicas de

    diseo establecidas por organizaciones reconocidas a nivel nacional e internacional, la que deber aplicarse sin perjuicio del cumplimiento de la legislacin vigente sobre la materia, especialmente los Decretos Nos. 226 y 278, del 6 de agosto y 24 de septiembre de 1982, respectivamente, as como tambin el Decreto N 379, de 8 de noviembre de 1985, todos del Ministerio de Economa, Fomento y Reconstruccin.

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    3. AUTORIZACIONES

    Toda instalacin de almacenamiento de lquidos combustibles e inflamables sobre 1 m3 de capacidad, previo a su puesta en servicio, deber ser inscrita en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. Para la inscripcin, se deber adjuntar un plano de ubicacin del almacenamiento indicando su capacidad, clase de combustible, distancias de seguridad a las construcciones propias, de terceros y vas pblicas, etc., y una declaracin de conformidad del almacenamiento con lo dispuesto en el Reglamento Requisitos mnimos de seguridad para el almacenamiento y manipulacin de combustibles lquidos derivados del petrleo, destinados a consumos propios, Decreto N 379 del 8 de noviembre de 1985. Dichos documentos debern ser firmados por el propietario, concesionario, arrendatario o administrador a cargo de las instalaciones, o su mero tenedor, y por un Ingeniero Civil con titulo reconocido en el pas u otro profesional con ttulo equivalente a los que se haya reconocido legalmente tal calidad, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional.

    4. DEFINICIONES

    Contencin Secundaria Sistema formado por un estanque o revestimiento externo el

    cual se usa para evitar que el escape de producto almacenado en el estanque primario, alcance reas circundantes. Este tipo de proteccin contra derrames se aplica comnmente a estanques enterrados.

    Dique de Contencin Pared o muro construido alrededor de uno o ms estanques a

    fin de contener fugas potenciales del producto almacenado en ellos. Espuma Capa homognea, estable, formada por pequeas burbujas obtenidas

    mediante la mezcla de aire en una solucin de agua y concentrado de espuma a travs de equipos especialmente diseados.

    Espuma de Baja Expansin Espuma con un factor de expansin mximo de 20.

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    Espuma de Media Expansin Espuma con un factor de expansin entre 20 y 200. Espuma de Alta Expansin Espuma con un factor de expansin mayor de 200. Espuma Fluoroprotenica Espuma lograda a partir de un concentrado de protenas

    hidrolizadas, modificadas con aditivos surfactantes fluorados.

    Espuma de pelcula acuosa (AFFF) Espuma lograda a partir de un concentrado sinttico de surfactantes fluorados y aditivos estabilizadores. Este tipo de espuma establece una capa que separa los vapores inflamables y el aire y, adems, forma una pelcula acuosa sobre la superficie del combustible la cual suprime la generacin de vapores en la superficie del mismo.

    Espuma Especial Concentrado de espuma especial para combatir incendios en ciertos solventes y en lquidos solubles en agua. Este tipo de espuma se conoce como espuma tipo alcohol o espuma tipo solvente polar y es de composicin qumica variada.

    Espuma Universal Espuma lograda a partir de un concentrado especialmente

    formulado que permite su aplicacin tanto en incendios de hidrocarburos lquidos ordinarios, como en lquidos solubles en agua o solventes polares.

    Estanque de Almacenamiento - Recipiente fijo con una capacidad mayor de 227

    litros (60 galones). Estanque Atmosfrico Estanque diseado para operar en el rango comprendido

    entre presin atmosfrica y una presin manomtrica mxima de 0,035 kg/cm2 (0,5 psig).

    Estanque Superficial Estanque ubicado sobre la superficie del suelo, en el exterior

    de una mina subterrnea.

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    Estanque Enterrado Estanque ubicado totalmente bajo tierra y cuya capacidad

    mnima es 405 litros (110 galones) Estanque Subterrneo Estanque ubicado sobre la superficie del suelo, en el interior

    de una mina subterrnea. Estanque de Techo Fijo Estanque atmosfrico de forma cilndrica, vertical, cuyo

    techo esttico puede tener forma cnica o de domo. Estanque de Techo Flotante Estanque atmosfrico de forma cilndrica, vertical,

    cuyo techo descansa directamente sobre lquido y se desliza verticalmente con el llenado y vaciado del estanque. Bajo esta categora se incluyen tanto estanques de techo flotante abiertos como estanques cerrados con flotador interno.

    Factor de Expansin Es la relacin del volumen final de espuma expandida, al

    volumen de la solucin agua-concentrado, antes de agregar aire. Generador de Espuma - Equipo diseado para inyectar aire a una corriente de

    solucin agua-concentrado a fin de expandirla y generar la espuma contra incendio. Existen generadores de baja, media y alta contrapresin.

    Lmite Inferior de Inflamabilidad Concentracin ms baja de un vapor o gas

    inflamable en aire, expresado en porcentaje por volumen, por debajo de la cual la mezcla vapor/gas-aire es demasiado pobre para permitir la combustin

    Lmite Superior de Inflamabilidad - Concentracin ms alta de un vapor o gas

    inflamable en aire, expresado en porcentaje por volumen, por encima de la cual la mezcla vapor/gas-aire es demasiado rica para sostener la combustin.

    Lquidos Combustibles Lquidos con punto de inflamacin mayor o igual a 37,8C

    (100F), subdivididos de la siguiente forma:

    Clase II: Lquidos con punto de inflamacin mayor o igual a 37,8C (100F) y menor que 60C (140F).

    Clase IIIA: Lquidos con punto de inflamacin mayor o igual a 60C (140F) y

    menor que 93,3C (200F).

    Clase IIIB: Lquidos con punto de inflamacin mayor o igual a 93,3C (200F). Esta clase es equivalente a la Clase IV mencionada en el Decreto 226 del 08.08.82.

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    Lquidos Inflamables Lquidos con punto de inflamacin menor que 37,8C (100F)

    y una presin de vapor absoluta inferior a 2,81 kg/cm2 (40 psi) a 37,8C (100F), subdivididos de la siguiente forma:

    Clase I: Incluye lquidos con punto de inflamacin menor que 37,8C (100F)

    Clase IA: Lquidos con punto de inflamacin menor que 22,8C (73F) y punto de

    ebullicin menor que 37,8C (100F).

    Clase IB: Lquidos con punto de inflamacin menor que 22,8C (73F) y punto de ebullicin igual o mayor de 37,8C (100F).

    Clase IC: Lquidos con punto de inflamacin mayor o igual a 22,8C (73F) y

    menor que 37,8C (100F). Punto de Inflamacin Temperatura mnima a la cual un lquido genera vapores en

    concentracin suficiente para formar una mezcla inflamable cerca de la superficie del lquido.

    Sistema de Espuma Fijo - Sistema constituido por una red de distribucin de agua,

    estacin central de espuma (incluyendo estanque de espuma y proporcionador) y dispositivos de aplicacin fijos ubicados sobre el rea a proteger.

    Sistema de Espuma Semi-fijo: Sistema constituido por dispositivos fijos de descarga

    para aplicar la espuma sobre el rea a proteger, unidos a una red de distribucin cuyas conexiones terminales se ubican en un lugar alejado con respecto al rea protegida. El concentrado de espuma y los equipos necesarios para su dosificacin requieren ser transportados al lugar cuando se desea operar el sistema.

    Sistema de Espuma Mvil Incluye todas aquella unidades montadas sobre ruedas,

    ya sea autopropulsadas o remolcadas por un vehculo auxiliar. Estos sistemas requieren ser conectados a la red contra incendio de donde obtienen el agua y la presin requerida para la generacin de espuma.

    Rango de inflamabilidad (% vol / vol) Intervalo de concentraciones expresado en

    porcentaje por volumen en aire, en que un gas o vapor es inflamable en la presencia de una fuente de ignicin. Este rango se encuentra entre los limites inferior y superior de inflamabilidad.

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    5. PLANOS Los planos de instalacin de caeras de lquido combustible y/o inflamable y los planos de instalacin del sistema contra incendio debern mantenerse en un lugar en el cual puedan ser consultados cuando el caso lo requiera. Estos planos debern contener informacin relevante y actualizada concerniente a las instalaciones.

    6. REFERENCIAS GENERALES

    Normas Chilenas Nch 758 E, Of. 71 Sustancias Peligrosas Almacenamiento de lquidos inflamables

    - Medidas particulares de seguridad.

    Nch 2120/3, Of. 189 Sustancias Peligrosas Parte 3: Clase 3 Lquidos inflamables.

    Nch 433, Of. 72 Calculo antissmico de edificios.

    Nch 431, Of. 77 Construccin Sobrecargas de nieve.

    Nch 428, Of. 57 Ejecucin Sobrecargas de nieve

    Nch 203, Of.77 Acero para uso estructural Requisitos. Normas Internacionales National Fire Protection Associaton (NFPA)

    American Petrleum institute (API)

    Underwriters Laboratories Inc. (UL)

    American National Standard Institute (ANSI)

    American Society of Mechanical engineers (ASME)

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    SECCION II

    ESTANQUES SUPERFICIALES

    1. ASPECTOS BASICOS DE DISEO 2. DISTANCIAS MINIMAS DE SEPARACION

    2.1 Distancia entre Estanques 2.2 Distancia entre Estanques y Otras Instalaciones 2.3 Distancia con Respecto a Estanques de Gas Licuado

    3. ACCESOS 4. DISEO ANTISISMICO 5. PROTECCION CONTRA INUNDACIONES 6. CONTROL DE DERRAMES

    6.1 Confinacin de Derrames 6.2 Conduccin de Derrames

    7. SOPORTES 8. FUENTES DE IGNICION 9. CLASIFICACION ELECTRICA DE AREAS

    9.1 Estanques de Almacenamiento 9.2 Equipo Elctrico y Edificios

    10. IDENTIFICACION DE ESTANQUES 11. PROTECCION PARA EL SOBRELLENADO DE ESTANQUES

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    SECCION II ( continuacin) 12. VENTEO DE ESTANQUES

    12.1 Venteo Normal 12.2 Venteo de Emergencia

    13. CONEXIN DE ESTANQUES

    13.1 Vlvulas de Cierre 13.2 Aberturas para Medicin de Nivel 13.3 Conexin de Llenado y Vaciado

    14. INSPECCION Y MANTENCION

    14.1 Inspeccin y Pruebas 14.2 Mantencin

    15. PROTECCION CONTRA INCENDIO

    15.1 Anlisis de Riesgos 15.2 Sistemas de Espuma 15.3 Requerimientos de Agua 15.4 Concentrado de Espuma 15.5 Proteccin de Estanques de Techo Fijo 15.6 Proteccin de Estanques de Techo Flotante 15.7 Enfriamiento de Estanques

    16. REFERENCIAS

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    SECCION II ESTANQUES SUPERFICIALES 1. ASPECTOS BASICOS DE DISEO Esta seccin es aplicable a estanques atmosfricos construidos sobre la superficie del

    suelo, en el exterior de minas subterrneas. Estanques atmosfricos son aquellos que operan a una presin manomtrica de diseo no superior a 0,035 kg/cm2 (0.5 psig) medida en la parte superior del estanque.

    Los estanques sern construidos de acero o de un material no combustible, apropiado y

    compatible con el combustible a almacenar. El diseo y construccin deber ser de acuerdo a prcticas reconocidas de ingeniera.

    La norma principal de diseo mecnico recomendada es la emitida por el American Petroleum Institute y denominada API Standard 650 (Welded Steel Tanks for Oil Storage) , la cual cubre el diseo de estanques de acero soldado de techo fijo y techo flotante.

    Otra norma reconocida para la construccin de este tipo de estanques es la UL 142 publicada por Underwriters Laboratories Inc. y titulada Standard for Steel Aboveground Tanks for Flammable and Combustible Liquids.

    Tambin deber considerarse la norma NFPA 30 Flammable and Combustible Liquids Code, la que entrega especificaciones para la instalacin de estanques.

    Podrn utilizarse estanques de concreto para almacenar combustibles Clase IIIA y Clase

    IIIB (este ltimo designado como Clase IV en el Decreto N 226 del 08.08.82). No se recomienda el uso de estanques remachados para el almacenamiento de productos combustibles o inflamables.

    El diseo de los estanques deber ser efectuado por profesionales calificados y deber

    contemplar, entre otras, las siguientes consideraciones:

    Condiciones operacionales (presin, vaco, temperatura) Corrosin / erosin Efectos de fenmenos naturales ( viento, nieve, etc.)

    Los estanques atmosfricos no debern ser usados para el almacenamiento de lquidos inflamables o combustibles a temperaturas cercanas o sobre sus puntos de ebullicin.

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    2. DISTANCIAS MINIMAS DE SEPARACION La distancia entre estanques y otras construcciones se medir horizontalmente entre las

    proyecciones verticales de los puntos ms prximos. 2.1 Distancias Entre Estanques En instalaciones nuevas la distancia mnima de separacin entre estanques de

    almacenamiento ser igual al dimetro del estanque mayor, pero en ningn caso deber ser menor de 3 metros. En el caso de estanques cuyo dimetro excede de 45 metros, debern considerarse distancias de separacin mayores que la indicada anteriormente.

    2.2 Distancia Entre Estanques y Otras Instalaciones La distancia mnima de separacin entre un estanque de almacenamiento y la lnea de

    propiedad o edificio propio de la empresa ser igual al dimetro del estanque, con un mnimo de 10 m y un mximo de 50m. En el caso de estanques provistos con sistemas de proteccin contra incendio (espuma y agua de enfriamiento), la distancia de separacin podr reducirse a medio dimetro, pero en ningn caso esta distancia podr ser inferior a 10 metros.

    En el caso de las instalaciones elctricas (Subestaciones, salas de control, patio de transformadores, etc.) la distancia de separacin ser como mnimo de 50 metros.

    2.3 Distancia con respecto a Estanques de Gas Licuado

    La distancia mnima entre estanques de almacenamiento de lquidos combustibles e inflamables y estanques/cilindros de gas licuado (mezcla comercial de propano-botano, capacidad mxima 227 litros o 60 galones) no deber ser inferior a 6 metros medidos desde el exterior del dique que rodea al estanque de liquido combustible.

    3. ACCESOS

    El rea de almacenamiento de lquidos combustibles e inflamables deber contemplar, como mnimo, dos vas de acceso expeditas para facilitar el trfico de personas, equipos y vehculos de emergencia para el combate de incendios.

    4. DISEO ANTISISMICO

    Los estanques, soportes y conexiones asociadas debern ser diseados para resistir terremotos de acuerdo a la normativa chilena NCh 433, Of. 72, Clculo antissmico de edificios.

    5. PROTECCION CONTRA INUNDACIONES

    Cuando el estanque de almacenamiento est ubicado en un rea que puede estar sujeta a inundaciones, el estanque deber estar firmemente anclado para evitar su flotacin y posible desplazamiento en caso de inundacin.

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    6. CONTROL DE DERRAMES

    Toda instalacin de estanques deber tener un sistema de control de derrames. Los dos mtodos principales de control de derrames son: confinacin mediante diques de contencin (zonas estancas), y conduccin de derrames.

    6.1 Confinacin de Derrames

    La construccin de diques de contencin deber incluir los criterios siguientes:

    a) En el caso de diques conteniendo un solo estanque ( diques individuales) el volumen

    mnimo del dique ser igual al 110% de la capacidad nominal del estanque. b) En el caso de diques conteniendo ms de un estanque ( diques comunes), la capacidad

    mnima del dique ser igual a la capacidad del estanque mayor ms el 10% de la suma de los volmenes de los restantes estanques.

    c) Las paredes/muro del dique podrn ser de tierra, acero, concreto o albailera y debern

    ser diseadas, construidas y mantenidas a fin de proveer impermeabilidad y resistir a la correspondiente presin hidrosttica. El piso del dique deber ser impermeable a filtraciones del producto almacenado. Las paredes de tierra de una altura de 90 cm o ms debern tener una seccin plana en la parte superior de por lo menos 60 cm de ancho. La pendiente de las paredes de tierra deber ser consistente con el ngulo de reposo del material de construccin de la pared.

    d) La altura de las paredes exteriores del dique no deber exceder 1,80 metros medidos

    sobre el piso del dique. Alturas mayores a la indicada podrn ser aceptables siempre y cuando se tomen las medidas apropiadas para facilitar el acceso y egreso de personal al rea del dique.

    El dique deber permitir el acceso expedito hacia todos los estanques, vlvulas u otros equipos ubicados en su interior.

    e) Diques comunes debern subdividirse mediante muros intermedios a fin de impedir que

    un derrame ponga en peligro estanques adyacentes. Deber haber una subdivisin por cada estanque en exceso de 1.590 m3 (420.000 galones), y una subdivisin por cada grupo de estanques con una capacidad combinada de 2.385 m3 (630.000 galones). La altura mnima del dique intermedio ser 50 cm si se construye con concreto y 60 cm si se construye de tierra.

    f) Las paredes del dique no debern contener perforaciones. En aquellos casos donde tuberas deben atravesar las paredes del dique, las perforaciones debern sellarse en forma adecuada a fin de preservar la integridad ( capacidad) del dique.

    g) El dique deber tener un drenaje para evacuar el agua que pudiera acumularse dentro del

    mismo. Este drenaje puede consistir de una tubera con una vlvula manual la cual deber estar ubicada fuera del dique.

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    La vlvula de drenaje deber mantenerse permanentemente cerrada excepto durante operaciones de drenaje de agua. Deber tomarse las precauciones necesarias para evitar que el agua contaminada y/o combustibles acumulados en el dique entren o se dirijan a causes naturales de agua y/o alcantarillas.

    h) La distancia mnima entre la pared del estanque y el centro del muro de contencin

    deber ser 1,5 veces la altura del estanque sobre la parte superior del dique pero no menor de 3 metros.

    i) No se permitir la instalacin de bombas o intercambiadores de calor en el rea interior

    del dique. Esta rea deber mantenerse limpia y libre de materiales de desecho, tambores, etc.

    6.2 Conduccin de Derrames

    Los sistemas de conduccin de derrames son una alternativa aceptable al mtodo de confinacin de derrames. Su propsito es conducir derrames por medio de un sistema de drenaje a un sitio estanco y alejado de la instalacin de almacenamiento: a) El sistema de drenaje deber instalarse bien separado de otras instalaciones de planta y

    propiedad de terceros. b) El rea estanca deber estar ubicada al menos a 15 m del estanque y/o de otras

    propiedades. c) El rea estanca tendr una capacidad no inferior al volumen del estanque mayor que

    puede drenar en ella.

    d) El rea estanca deber ser impermeable al combustible que se desea almacenar, a fin de impedir la contaminacin del suelo.

    e) En el evento de un derrame, debern tomarse las medidas necesarias para evacuar a la

    brevedad el producto contenido en el rea estanca, de manera de minimizar los efectos de contaminacin atmosfrica.

    f) La pendiente mnima del sistema de drenaje ser de un 1% por al menos 15 metros

    medidos desde la pared del estanque de almacenamiento.

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    7. SOPORTES

    Todas las tuberas y equipos asociados con la instalacin de combustibles debern ser adecuadamente soportados. Los soportes debern ser de acero u otro material no combustible. Todos los soportes de acero mayores de 30 cm de altura ubicados en el interior del dique o en el rea de conduccin de derrames, debern ser protegidos contra fuego con un material apropiado (concreto o similar) a fin de darle una resistencia al fuego de por lo menos dos horas. Esta proteccin es aplicable a todos los soportes de tuberas y/o equipos ubicados en el interior del dique, independiente del producto que manejen (combustible, agua, vapor, espuma, etc.)

    8. FUENTES DE IGNICION

    La generacin y/o existencia de fuentes de ignicin en reas ubicadas a 50 metros o menos de estanques e instalaciones que manejan lquidos combustibles o inflamables, estar estrictamente prohibida. Trabajos de mantencin que puedan generar chispas, llama o condiciones similares debern contar con una autorizacin escrita del jefe del rea o planta y debern llevarse a cabo bajo condiciones estrictas de supervisin y seguridad. Fuentes de ignicin incluyen las siguientes actividades y/o equipos: llama abierta, fumar, corte y soldadura, superficies calientes, equipos de calefaccin, motores a explosin interna, chispas elctricas y mecnicas. Tanto el rea de estanques as como las reas circundantes a estas instalaciones de lquidos combustibles o inflamables sern designadas como reas de no fumar. Fumar slo ser permitido en reas designadas para ese propsito.

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    9. CLASIFICACION ELECTRICA DE AREAS

    Todo equipo o instalacin elctrica ubicados en el interior del dique o en reas circundantes a instalaciones de combustible deber cumplir con la clasificacin elctrica del rea. Para gases y vapores inflamables (Clase I) derivados del petrleo (Grupo D), se utilizarn las definiciones de Divisin 1 y 2 especificadas en el Cdigo Elctrico Nacional (National Electrical Code, NFPA 70): Divisin 1: Es aqulla donde mezclas inflamables peligrosas: (a) existen permanentemente bajo condiciones normales de operacin, o (b) existen frecuentemente debido a trabajos de reparacin/mantencin o fugas, o (c) pueden generarse debido a fallas de equipos o procesos produciendo, al mismo tiempo,

    fallas de equipos elctricos. Divisin 2: Es aqulla donde mezclas inflamables peligrosas pueden: (a) resultar como consecuencia de una falla accidental, u operacin anormal, de recipientes

    o sistemas cerrados, o (b) originarse por falla, u operacin anormal, del equipo de ventilacin, o (c) migrar desde reas adyacentes clasificadas como Clase I, Divisin 1, excepto cuando

    esta situacin es prevenida mediante ventilacin positiva y medios efectivos de prevencin de fallas del equipo de ventilacin.

    9.1 Estanques de Almacenamientos

    En un estanque de almacenamiento se distinguirn las siguientes reas clasificadas ( ver figura anexa):

    Divisin 1 : El espacio de vapor interior del estanque; un rea de 1,8 metros en torno al

    venteo; todas aquellas reas ubicadas en el interior del dique y bajo el nivel del piso del estanque, tales como zanjas, canales, etc.

    Divisin 2: Un rea de 3 metros en torno al estanque ( medios desde la pared y techo); el

    rea interior del dique de contencin de derrames (sobre el nivel del piso del estanque).

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    9.2 Equipo Elctrico y Edificios Todo el equipo elctrico instalado en un rea elctricamente clasificada, deber ser diseado y construido para cumplir con la clasificacin de Divisin 1 o Divisin 2, tal como se definen en el punto 9.1, o bien deber ser provisto de facilidades de purga o presurizacin. Los edificios ubicados en reas clasificadas y que contienen equipo elctrico ordinario debern presurizarse a fin de evitar el ingreso de gases o vapores inflamables. El sistema de presurizacin deber ser capaz de proveer una presin positiva equivalente a 5mm de columna de agua. El sistema de presurizacin deber estar equipado con una alarma de baja presin (visual y audible) a fin de indicar prdida de presin positiva en el edificio o recinto donde se encuentra ubicado el equipo elctrico ordinario.

    10. IDENTIFICACION DE ESTANQUES

    Todo estanque que contenga lquidos combustibles o inflamables, deber tener una identificacin, visible a lo menos a 15 metros de distancia. Esta identificacin deber incluir como mnimo: Designacin del estanque (letra o nmero) Nombre del producto (petrleo, kerosene, etc) Capacidad de almacenamiento (litros o metros cbicos) Advertencia especial si es que le producto presenta caractersticas de toxicidad,

    reactividad y/o inflamabilidad ms altas de lo comn (consultar NFPA 704 con respecto a clasificacin de productos desde el punto de vista de incendio, riesgo a la salud, etc.)

    11. PROTECCION PARA EL SOBRELLENADO DE ESTANQUES

    En aquellas instalaciones donde no se cuente con suficiente personal para supervisar en forma continua la operacin de carga de combustible, los estanques debern ser provistos con medios mecnicos o automticos de control de llenado. Estos medios pueden incluir una alarma de alto nivel liquido (HL) y una alarma de muy alto nivel (HHL) con cierre automtico de vlvulas de llenado. En el caso de terminales martimos, o terminales que reciben producto a travs de oleoductos, la proteccin mecnica de sobrellenado ser obligatoria. Para mayor informacin sobre mtodos de proteccin para el sobrellenado de estanques, refirase sobre a la publicacin API RP 2350 (Overfill Protection for Petroleum Storage Tanks).

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    12. VENTEO DE ESTANQUES

    Todos los estanques de almacenamiento de lquidos inflamables y combustibles debern proveerse de un venteo normal y un venteo de emergencia, con el fin de prevenir vaco o sobrepresiones que pudieran daar su estructura.

    12.1 Venteo Normal

    Este es un dispositivo que permite la ventilacin adecuada del estanque para prevenir el vaco o para evitar exceder la presin de diseo durante condiciones normales de operacin (llenado y/o vaciado) o por cambios en la temperatura ambiente. La capacidad de venteo de un estanque, ser la suma del venteo requerido para el movimiento del lquido (entrada/salida) ms el venteo necesario debido a efectos trmicos. El venteo normal deber ser calculado y diseado de acuerdo con la norma API 2000 (Venting Atmospheric and Low-Pressure Storage Tanks). Alternativamente, el dimetro del venteo deber ser igual o superior que la mayor conexin de llenado o vaciado del estanque, pero en ningn caso inferior a 3 cm. Si el estanque dispone de ms de una conexin de llenado o vaciado, o si el llenado y vaciado pueden efectuarse simultneamente, el tamao del venteo deber calcularse considerando el mximo flujo simultaneo. El venteo para los estanques que contengan lquidos inflamables Clase I ser diseado para permanecer normalmente cerrado excepto bajo condiciones de sobrepresin o vaco. En el caso de estanques para lquidos Clase II y III el venteo ser del tipo abierto. En estanques provistos con lneas de venteo, el extremo de la lnea deber ubicarse sobre el nivel del suelo, alejada de edificios y de cualquier abertura de edificios contiguos; venteos abiertos debern protegerse contra la entrada de agua, nieve, etc.

    12.2 Venteo de Emergencia

    Este es un dispositivo, o una condicin de diseo/construccin del estanque, que permite aliviar sobrepresiones internas causadas por exposicin a incendios externos y que pudieran exceder la presin de diseo del estanque. En el caso de estanques de techo fijo diseados bajo el estndar API 650 (Welded Steel Thanks for Oil Storage), el venteo de emergencia est constituido por la soldadura dbil techo-pared. En el caso de estanques de techo flotante diseados bajo el mismo estndar, el venteo de emergencia est constituido por el techo flotante mismo el cual se desliza verticalmente con el llenado y vaciado del estanque. En el caso de estanques de techo fijo diseados bajo normas distintas al API 650, es decir, sin soldadura dbil techo-pared, el venteo de emergencia deber calcularse de acuerdo a las especificaciones del estndar API 2000.

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    13 CONEXIN DE ESTANQUES

    13.1 Vlvulas de Cierre

    Todas las conexiones de estanques superficiales debern disponer de vlvulas ubicadas lo ms cercanas posibles al estanque. Estas vlvulas, sus elementos constitutivos y sus conexiones debern ser de acero, excepto cuando las caractersticas qumicas del lquido almacenado sean incompatibles con el acero, en cuyo caso otro tipo de material deber usarse. El material de vlvulas y sus conexiones sern apropiados para uso a las presiones y temperaturas a las que sern sometidos.

    13.2 Aberturas para Medicin de Nivel

    Las aberturas para medir el nivel lquido contenido en estanques de almacenamiento de lquidos inflamables o combustibles debern mantenerse normalmente cerradas excepto cuando se requiera efectuar la medicin.

    13.3 Conexiones de Llenado y Vaciado

    Las conexiones usadas en las operaciones normales de llenado y vaciado sern ubicadas en reas abiertas, alejadas de fuentes de ignicin, y a no menos de 15 metros del edificio ms cercano.

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    14. INSPECCION Y MANTENCION

    14.1 Inspeccin y Pruebas

    Durante la construccin, las soldaduras de las lminas metlicas del estanque sern inspeccionadas para asegurar su calidad mediante mtodos radiogrficos y visuales. Esta inspeccin incluir tanto las soldaduras en la pared cilndrica del estanque como en el piso del mismo. Todos los estanques, ya sean construidos en fbrica o en terreno, antes de ser puestos en servicio, debern ser sometidos a pruebas de acuerdo con la norma bajo la cual fueron construidos. El sello de ASTM o el de Underwriters Laboratorios Inc. (UL) en el estanque mismo se considerar como indicacin de que el equipo ha cumplido con las pruebas requeridas. Antes de la puesta en servicio, las tuberas asociadas con el nuevo estanque debern ser sometidas a una prueba hidrosttica en la cual la presin de prueba ser igual al 150% de la mxima presin anticipada, pero no inferior a 0,35 kg/cm2 (5 psig) en el punto ms elevado del sistema. La presin de prueba deber mantenerse por un tiempo suficiente, 10 minutos como mnimo, para permitir una inspeccin visual de todas las conexiones del sistema.

    14.2 Mantencin

    Una vez en servicio, tanto el estanque como sus conexiones debern ser mantenidos sin fugas ni filtraciones. En caso de fugas mayores, el estanque deber ser retirado de servicio para permitir las reparaciones y trabajos de mantencin necesarios. Todas las medidas de seguridad aplicables para trabajos en equipos que manejan o han manejado lquidos inflamables o combustibles, incluyendo ingreso a espacios confinados, debern ser seguidas en forma estricta durante la realizacin de los trabajos de mantencin. Tanto el estanque como sus componentes anexos (vlvulas, instrumentacin, vlvulas de alivio, etc.) debern ser inspeccionados peridicamente para asegurar que se encuentran en buenas condiciones, sin signos obvios de corrosin, erosin o deterioro en general. Estanques metlicos no aislados debern ser pintados con pintura anticorrosiva. Un programa de mantencin preventiva deber ser implantado a fin de supervisar el espesor (desgaste) de las paredes, techo y piso de los estanques. Este programa deber incluir inspecciones internas cuya frecuencia depender de las caractersticas del producto almacenado y de las condiciones de operacin del estanque.

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    15. PROTECCION CONTRA INCENDIO 15.1 Anlisis de Riesgos

    Los requerimientos mnimos de proteccin contra incendio de estanques almacenamiento suponen que las instalaciones a proteger han sido diseadas y construidas cumpliendo con las normas y los principios bsicos de ingeniera aplicables al caso. En aquellas situaciones donde se llegase a detectar que las instalaciones a proteger no cumplen totalmente con las prcticas de ingeniera aplicables, los requerimientos mnimos de proteccin debern aumentarse en relacin con lo establecido en esta norma. Esta premisa tambin es aplicable a instalaciones existentes, en las que un anlisis de riesgos justifique la necesidad de aumentar el nivel de proteccin de tales instalaciones. El anlisis de riesgo deber considerar los siguientes criterios generales: Nivel de riesgo intrnseco (tipo de producto, inventario, tipo de equipo). Criticidad o importancia operacional de la instalacin. Valor de la instalacin y tiempo de reposicin. Proximidad a otras instalaciones. Riesgo de daos a terceros. Ubicacin geogrfica.

    15.2 Sistemas de Espuma

    Espuma contra incendio es el agente ms efectivo para extinguir incendios en estanques conteniendo productos combustibles o inflamables. Esta seccin establece los criterios bsicos de diseo de sistemas de espuma de baja expansin para la proteccin contra incendio de estanques de almacenamiento de productos inflamables y combustibles. En general, los requerimientos de esta seccin no son aplicables a instalaciones de estanques ubicados en el interior de minas subterrneas, salvo que especficamente as se mencione. Una vez determinada la necesidad de proteger una instalacin dada, los siguientes factores debern ser considerados en la seleccin del tipo de sistema de espuma (fijos, semi-fijos, mviles o porttiles) y el tipo de activacin de tal sistema (automtico, remoto o manual en sitio): Tiempo requerido para la actuacin del sistema de operacin. Efectividad del sistema de proteccin para la instalacin bajo consideracin. Disponibilidad de personal capacitado para responder a situaciones de emergencia.

    La ubicacin de los sistemas fijos y semi-fijos deber determinarse de forma tal que los mismos no sean daados y puedan ser operables en caso de incendio. El diseo de los sistemas de espuma de baja expansin se realizar teniendo en cuenta los requerimientos de esta norma junto con el cdigo NFPA 11 (Low Expansion Foam and Combined Agent Sistems).

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    15.3 Requerimientos de Agua

    Los requerimientos de agua para la formacin de espuma sern los necesarios para garantizar el suministro a todos los dispositivos de espuma que requieren operar simultneamente, de acuerdo a la tasa de aplicacin y tiempo de descarga establecidos. El agua para los sistemas de espuma podr ser utilizada tal como se obtiene desde su fuente natural (dulce o salada, dura o blanda). Sin embargo, se requiere que el agua est exenta de inhibidores de corrosin, qumicos demulsificantes, hidrocarburos y otros productos que pudiesen crear efectos negativos en la formacin o estabilidad de la espuma.

    15.4 Concentrado de Espuma

    El tipo de espuma a utilizar deber ser compatible con el tipo de lquido combustible o inflamable sobre el cual ser aplicada. La mayora de los combustibles derivados de petrleo son compatibles con espuma fluoroprotenica. Alcoholes, teres y otros solventes inflamables requieren la aplicacin de espuma universal o espuma tipo solvente polar. La cantidad de concentrado de espuma deber determinarse en base al mayor riesgo simple a proteger, o al grupo de instalaciones que requieran ser protegidas en forma simultnea. Adems deber garantizarse una reserva de concentrado de espuma suficiente para satisfacer como mnimo los requerimientos de espuma del riesgo mayor. Esta reserva de concentrado podr almacenarse en estanques o en envases convencionales y deber garantizar la reposicin del sistema de espuma a condicin normal en un plazo no mayor de 24 horas.

    15.5 Proteccin de Estanques de Techo Fijo

    Se protegern con sistemas de espuma los estanques atmosfricos de techo cnico que almacenen: Lquidos inflamables Clase I Lquidos combustibles Clase II Lquidos combustibles Clase IIIA (bajo ciertas condiciones)

    En general, lquidos combustibles Clase IIIA requieren proteccin de espuma solamente cuando la temperatura de operacin es cercana al punto de inflamacin del producto (inferior en 10C o menos) o cuando un anlisis de riesgos as lo justifique. Estanques que almacenan lquidos combustibles Clase IIIB no requieren proteccin mediante sistemas de espuma, excepto cuando condiciones especiales identificadas a travs de un anlisis de riesgo indiquen la necesidad de proteccin. Estanques de techo fijo podrn protegerse mediante sistemas fijos, semi-fijos, mviles o porttiles. Los sistemas fijos o semi-fijos, en base a cmaras de espuma, son el tipo de proteccin preferido. Los dos mtodos principales de aplicacin de espuma son los siguientes:

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    a) Aplicacin Superficial: Este mtodo de aplicacin consiste bsicamente en una o ms cmaras de espuma instaladas en las paredes del estanque, por debajo de la unin techo-pared. Las cmaras de espuma deben tener en su interior un sello de vidrio para evitar la salida de los vapores del estanque hacia las tuberas del sistema de espuma. Las cmaras se interconectan mediante una o ms tuberas de distribucin de solucin agua-concentrado, la cual es suministrada por una estacin central de espuma (sistema fijo), o por camiones de bomberos que se conectan a las tuberas de distribucin mediante un cabezal mltiple (sistema semi-fijo).

    Los requerimientos de diseo para aplicacin superficial (cmaras de espuma) que se mencionan aqu estn basados en la norma NFPA 11 la cual especifica que para hidrocarburos lquidos la densidad mnima de aplicacin de solucin agua-concentrado deber ser 4,1 ( L/min) /m2 (0,10 gpm/pie2) de superficie libre del lquido contenido.

    Los solventes polares o miscibles en agua requieren utilizacin de concentrado de espuma universal o tipo alcohol. La tasa mnima de aplicacin superficial de espuma para acetona alcohol butlico y ter isoproplico es de 6,5 L/min/m2 (0,15 gpm/pie2) de superficie libre del lquido. La densidad de aplicacin para estos solventes ser la recomendada por el fabricante de acuerdo al tipo de solvente polar almacenado.

    15.6 Proteccin de Estanques de Techo Flotante

    Se protegern con sistemas de espuma los estanques de techo flotante que almacenen: Lquidos inflamables Clase I Lquidos combustibles Clase II Lquidos combustibles Clase IIIA (bajo ciertas condiciones)

    Lquidos combustibles Clase IIIA requieren proteccin slo si la temperatura de operacin es cercana al punto de inflamacin del producto (inferior en 10C o menos). Los requerimientos de espuma en estanques de techo flotante se basan en el supuesto que el incendio ocurrir en el rea del sello nicamente. Estanques de techo flotante podrn protegerse mediante sistema fijos, semi-fijos, mviles o porttiles. Sistemas fijos o semi-fijos son el tipo de proteccin preferidos para estanques que almacenan lquidos inflamables o combustibles. Tanto los sistemas fijos como semi-fijos de espuma utilizarn aplicacin superficial sobre el sello del techo flotante. Todo estanque de techo flotante igual o mayor de 12 metros de dimetro y que almacene lquidos del tipo mencionado al comienzo de 15.6 deber protegerse mediante un sistema fijo o semi-fijo de espuma. En ambos sistemas, la descarga de la espuma se efectuar mediante cmaras instaladas en la parte superior de la pared del estanque.

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    Las cmaras de espuma estarn adosadas a pantallas metlicas de soporte (mnimo 3 metros de largo) las cuales, a su vez, debern soldarse al borde superior de la pared del estanque. Pantallas de contencin de espuma (foam dam) debern ser instaladas alrededor del sello del estanque. La pantalla deber ser de acero con una altura mnima de 30,5 cm y debern extenderse al menos 5 cm por encima del sello. La distancia entre la pantalla y la pared interior del estanque ser como mnimo 30 cm y mximo 60 cm. El nmero mnimo de cmaras de espuma y la duracin de la descarga para aplicacin superficial, especificadas de acuerdo al dimetro del estanque y al tipo de producto almacenado, est dado en las Tablas 3-2.3.2.1 y 3-2.3.2.2 del cdigo NFPA 11 (1994).

    b) Inyeccin bajo la superficie: En este mtodo de aplicacin, la descarga de la espuma se realiza a travs de conexiones instaladas en la parte inferior de la pared del estanque. La espuma penetra al estanque por debajo del nivel del lquido almacenado, ascendiendo por su menor densidad hasta la superficie y formando una capa sobre sta. En instalaciones nuevas, la inyeccin de espuma bajo superficie deber hacerse a travs de una lnea dedicada exclusivamente a esta aplicacin. En instalaciones existentes, podr aceptarse como alternativa temporal la inyeccin de espuma a travs de la tubera de producto del estanque. Este mtodo de aplicacin de espuma es recomendado especialmente para estanques de techo cnico de gran capacidad (60 metros de dimetro y mayores). Este tipo de aplicacin no es recomendable en los siguientes casos: Lquidos inflamables Clase IA Solventes polares o miscibles en agua Lquidos combustibles de viscosidad mayor de 440 centistokes a su temperatura mnima

    de operacin. La densidad mnima de aplicacin de solucin agua-concentrado por unidad de superficie

    libre del lquido ser 4,1 (L/min) /m2 (0,10 gpm/pie2) y la densidad mxima 8,1 (L/min)/m2 (0,20 gpm/pie2).

    El nmero de puntos de descarga de inyeccin bajo la superficie y la duracin de la descarga

    de espuma, especificado de acuerdo al dimetro del estanque y al tipo de lquido almacenado, estn datos en las Tablas 3-2.4.2 y 3-2.4.3 del cdigo NFPA 11 (1994).

    La densidad mnima de aplicacin de solucin agua-concentrado ser 12,2 (L/min)/m2 (0,30

    gpm/pie2) del rea anular entre la pantalla de contencin de espuma y la pared del estanque. La aplicacin de espuma ser por un perodo mnimo de 20 minutos.

    El nmero de cmaras de espumas se determinar en base al dimetro del estanque. Con pantallas de contencin de espumas de 30,5 cm de altura, se instalar una cmara cada 12 metros como mximo, medidos a lo largo de la circunferencia del estanque. Con pantallas de contencin de espuma de 61 cm de altura, se proveer una cmara cada 24 metros de circunferencia como mximo.

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    15.7 Enfriamiento de Estanques

    Sistemas fijos de agua de enfriamiento debern ser provistos sobre aquellos estanques que no cumplen con las distancia de separacin recomendadas en el punto 2 de esta seccin (Distancias Mnimas de Separacin), o bien donde un anlisis de riesgos as lo justifique. El sistema de enfriamiento exterior deber disearse para proveer una tasa mnima de aplicacin de 10,2 (L/min)/m2 (0,25 gpm/pie2) de superficie expuesta. Esta tasa de aplicacin puede ser reducida a 4,1 (L/min)/m2 (0,10 gpm/pie2) si el estanque expuesto cuenta con aislamiento trmico adecuado. El diseo y construccin del sistema de enfriamiento deber seguir las especificaciones de la norma NFPA 15 (Water Spray Fixed Systems).

    16. REFERENCIAS Norma Chilena

    NCh 433, Of. 72 Clculo Antissmico de Edificios National Fire Protection Association (NFPA)

    NFPA 11 Low Expansion Foam and Combined Agent Systems NFPA 11A Medium and High Expansion Foam Systems NFPA 15 Water Spray Fixed Systems NFPA 70 National Electrical Code NFPA 704 Standard System for the Identification of the Fire Hazards of Materials

    American Petroleum Instutute (API)

    API 650 Welded Steel Tanks for Oil Storage API 2000 Venting Atmospheric and Low Pressure Storage Tanks. API2030 Guidelines for Application of Water Spray Systems for Fire Protection in

    the Petroleum Industry. Underwriters Laboratories Inc. (UL)

    UL 142 Standard for Steel Aboveground Tanks for Flammable and Combustible Liquids.

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    SECCION III

    ESTANQUES ENTERRADOS

    1. ASPECTOS BASICOS DE DISEO 2. DISTANCIAS MINIMAS DE SEPARACION 3. EXCAVACION

    3.1 Ubicacin de los Estanques 3.2 Dimensiones de la Excavacin

    4. CONTROL DE DERRAMES 5. INSTALACION

    5.1 Ubicacin 5.2 Anclajes

    6. CONTENCION SECUNDARIA DE DERRAMES 7. FUENTES DE IGNICION 8. CLASIFICACION ELECTRICA DE AREAS 9. IDENTIFICACION DE ESTANQUES 10. PROTECCION PARA EL SOBRELLENADO DE ESTANQUES 11. VENTEO DE ESTANQUES 12. INSPECCION Y MANTENCION 13. PROTECCION CONTRA INCENDIO 14. REFERENCIAS

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    SECCION III ESTANQUES ENTERRADOS 1. ASPECTOS BASICOS DE DISEO

    Esta seccin es aplicable a estanques atmosfricos ubicados bajo la superficie del suelo, totalmente enterrados, y cuya capacidad mnima es de 405 litros (110 galones). Los estanques sern construidos de un material no combustible (de preferencia acero o fibra de vidrio), compatible con el lquido combustible almacenado, y sern diseados y construidos de acuerdo con prcticas reconocidas de ingeniera. Las normas principales recomendadas para el diseo de este tipo de estanques son las emitidas por Underwriters Laboratories Inc.: UL 58 para estanques metlicos (Standard for Steel Underground Tanks for Flammable and Combustible Liquids) y UL 1316 para estanques de fibra de vidrio (Standard for Glass-Fiber Reinforced Plastic Underground Storage Tanks for Petroleum Products).

    2. DISTANCIAS MINIMAS DE SEPARACION En instalaciones nuevas las distancia mnima de separacin entre estanques enterrados ser

    igual a medio dimetro del estanque mayor. 3. EXCAVACION La excavacin deber proveer el espacio adecuado para la instalacin del estanque,

    tuberas y equipo auxiliar. Desde el punto de vista de seguridad del personal involucrado en el trabajo, atencin especial deber dedicarse al reforzamiento de la excavacin y/o a la construccin de pendientes laterales a fin de estabilizar la excavacin.

    3.1 Ubicacin de los Estanques Los estanques debern ubicarse de manera de simplificar las maniobras requeridas por los

    camiones de carguo de combustible. En lo posible, una vez ubicado el camin, la descarga de combustible debera efectuarse sin tener que mover el vehculo de su posicin original.

    Los estanques debern ubicarse de manera que el camin de carguo de combustibles no

    quede ubicado sobre el cruce de peatones, dificulte la visin de los automovilistas o impida el paso de vehculos o peatones.

    La distancia desde un estanque enterrado a los lmites de propiedad o edificios, deber ser

    como mnimo igual a medio dimetro del estanque, pero no inferior a 3 metros. En el caso de instalaciones elctricas, la distancia de separacin ser como mnimo de 5

    metros.

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    3.2 Dimensiones de la Excavacin Las excavaciones para estanques de acero debern ser lo suficientemente amplias para

    proporcionar un rea despejada mnima de 30,5 cm entre los lados del estanque y los lados de la excavacin.

    En el caso de estanques de fibra de vidrio el rea despejada indicada anteriormente deber

    ser de un mnimo de 45,7 cm. 4. CONTROL DE DERRAMES

    La prevencin de fugas y derrames de producto desde estanques enterrados y sistemas asociados deber recibir mxima prioridad. Esto slo se puede lograr con instalaciones diseadas y construidas apropiadamente y un programa de mantencin exigente enfocado a los estanques y sistemas auxiliares. Fugas y derrames de productos deben ser detectadas rpidamente para prevenir incendios y minimizar problemas ambientales y de seguridad. La rpida deteccin tambin elimina o reduce la prdida de producto y minimiza los costos de acciones correctivas. Entre los medios disponibles para la rpida deteccin de fugas se pueden mencionar los siguientes: control de inventario, detectores de fugas en lnea, sistemas de medicin automtica de estanques, etc.

    5. INSTALACION

    5.1 Ubicacin Los estanques de acero y fibra de vidrio debern ubicarse sobre un lecho de relleno que haya sido clasificado, nivelado y compactado.

    Si se requiere una plataforma de concreto, material de relleno compactado (mnimo un metro de espesor) deber cubrir la plataforma. Un estanque enterrado nunca deber ubicarse directamente sobre la plataforma soportante.

    El material de relleno deber colocarse a lo largo del cuadrante de fondo del estanque para

    prevenir movimiento y asegurar un soporte apropiado.

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    5.2 Anclajes Un estanque enterrado puede flotar si es sumergido en suficiente cantidad de agua como

    resultado de una inundacin, an cuando el estanque se encuentre parcialmente o completamente lleno de producto. El peso del producto, el peso del estanque y el peso del agua en torno al estanque son aspectos que influirn en la flotacin del mismo.

    Todos los factores antes indicados debern considerarse para determinar si un estanque

    requiere anclaje. La presencia de condiciones de flotacin de un estanque debern detectarse durante la preparacin del terreno donde el estanque ser ubicado y si existe la posibilidad de flotacin, el estanque deber anclarse.

    Los estanques se pueden asegurar contra flotacin de varias maneras.

    Los siguientes mtodos son los ms comunes:

    Colocando una losa de concreto bajo el estanque con un colchn de material de relleno apropiado de 30,5 centmetros de espesor, entre el piso del estanque y la losa.

    Enterrado un anclaje de concreto a ambos lados del estanque.

    Otros mtodos usados para asegurar contra la flotacin incluyen:

    Incrementar la profundidad de entierro del estanque de manera de aumentar el peso de sujecin.

    Aumentar el espesor y/o la extensin de la losa de concreto ubicada sobre el

    estanque.

    6. CONTENCION SECUNDARIA DE DERRAMES Si la contencin secundaria de derrames es considerada necesaria, esta deber ser incluida

    como parte del equipo a instalar. Los siguientes componentes de la instalacin podran requerir contencin secundaria: estanques, tuberas, dispensadores, bombas sumergidas (que puedan estar instaladas en los contenedores de derrames) y tuberas de llenado del estanque.

    La contencin secundaria de derrames puede ser provista mediante el uso de los siguientes mtodos: Revestimiento impermeable para estanques Revestimiento impermeable bajo lneas Contenedores bajo los dispensadores Contenedores bajo las bombas sumergidas Contenedores alrededor de las aberturas de llenado Estanques fabricados con doble pared Tuberas provistas con doble pared

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    La contencin secundaria de derrames para estanques puede ser provista mediante el empleo de estanques de doble pared con revestimiento impermeable. Otra forma de contencin secundaria puede obtenerse con el tratamiento de impermeabilizacin del suelo, con lo cual se disminuye la permeabilidad del suelo ubicado debajo del estanque.

    El tipo de contencin secundaria usado depender de las condiciones del lugar y de factores econmicos.

    7. FUENTES DE IGNICION

    Deber evitarse la presencia de fuentes de ignicin en las cercanas del estanque enterrado, especialmente cerca del venteo y en las reas de carga y descarga de combustible. Se entender por fuente de ignicin todo tipo de llama abierta, superficies calientes, operaciones de corte y soldadura, chispas elctricas y mecnicas, etc.

    8. CLASIFICACION ELECTRICA DE AREAS

    La clasificacin elctrica del rea deber cumplir con las condiciones detalladas en el punto 9 de la Seccin II. En el caso de estanques enterrados, la extensin de la Divisin 1 y Divisin 2 ser:

    Divisin 1: El espacio de vapor interior del estanque; un rea de 1,8 metros en torno al

    venteo. Divisin 2: Un rea de 1,8 metros en torno a los puntos de carga y descarga de lquido combustible. 9. IDENTIFICACION DE ESTANQUES Todo estanque enterrado deber contar con una indicacin instalada en la superficie

    cercana al estanque indicando el tipo de producto almacenado y la capacidad de almacenamiento del estanque (litros o metros cbicos).

    10. PROTECCION PARA SOBRELLENADO DE ESTANQUES El sobrellenado de estanques enterrados generalmente ocurre durante la transferencia de

    producto del camin al estanque. Los problemas de sobrellenado pueden ser reducidos mediante la instalacin de una vlvula check en la lnea de venteo.

    Para contener derrames pequeos debido al sobrellenado del estanque, un contenedor de derrames ("spill containment manhole") puede ser instalado en la lnea de llenado del estanque enterrado. Algunos de estos dispositivos incluyen un drenaje para devolver el producto derramado en el contenedor al estanque enterrado.

    El tipo de proteccin mencionado anteriormente es necesario an cuando el estanque cuente con contencin secundaria parcial o total.

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    11. VENTEO DE ESTANQUES Todo estanque enterrado y cada uno de sus compartimentos (estanques horizontales)

    debern estar provistos de venteo normal y de emergencia. Las aberturas para venteo sern adicionales a las aberturas de llenado y vaciado del estanque. Las lneas de venteo debern ser de tamao adecuado para prevenir excesiva acumulacin de presin en el estanque que est siendo llenado y para prevenir el escape de vapor o lquido en la abertura de llenado en el momento de desconexin de la manguera de transferencia.

    La mxima tasa de llenado estar limitada por el dimetro de la lnea de venteo. Venteos de 5 cm de dimetro debieran ser adecuados para tasas de flujo en que la lnea de llenado es de 10 cm.

    El tubo de venteo deber estar ubicado a lo menos 30,5 cm bajo la superficie terminada (o al menos 10 cm en reas no sometidas a cargas), medidas desde el punto donde el tubo asciende verticalmente.

    El tubo de venteo deber ser de acero galvanizado, Schedule 40, y deber estar localizado (o protegido y anclado) para prevenir dao proveniente del trfico y otras fuentes.

    Tuberas de FRP (Fiberglass Reinforced Plastic) no deben ser usadas en instalaciones bajo superficie.

    Los venteos debern ser autosoportados mediante un soporte vertical o bien debern estar sujetos a un edificio

    Las descargas de los venteos debern ubicarse de manera de prevenir la presencia de vapores inflamables en reas confinadas, en la toma de los sistemas de aire acondicionado de edificios o ventiladores, o donde puedan alcanzar potenciales fuentes de ignicin. Los venteos debern descargar hacia arriba y el punto de descarga deber ubicarse a no menos de 3,6 m sobre el suelo adyacente. Si el venteo est adosado a un edificio, el punto de descarga deber terminar a no menos de 60 cm sobre el techo, en el punto de adosamiento.

    Los venteos debern protegerse contra la entrada de agua y nieve, o cuando las condiciones del lugar o la normativa vigente as lo exijan.

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    12. INSPECCION Y MANTENCION Los estanques y tuberas asociadas debern cumplir con los siguientes requerimientos:

    Ser compatibles con la sustancia a ser almacenada en ellos Estar catdicamente protegidos o ser construidos de un material resistente a la corrosin. Los estanques de acero debern estar revestidos con un material protector anti-corrosivo. Estar diseados para prevenir la fuga o amenazas de fuga del producto almacenado

    durante la vida operacional del sistema. Los dos mtodos de proteccin catdica aceptables son por medio de corriente impresa o mediante nodos de sacrificio. Estos mtodos de proteccin debern ser incorporados en todo estanque de acero instalado en suelos con caractersticas corrosivas.

    13. PROTECCION CONTRA INCENDIO Las instalaciones de estanques enterrados no requieren proteccin fija contra incendio. La

    proteccin contra incendio consistir, tpicamente, de un nmero suficiente de extintores porttiles de polvo qumico seco y dixido de carbono, incluyendo unidades rodantes.

    14. REFERENCIAS American Petroleum Institute

    API RP 1615 Installation of Underground Storage Systems

    API RP 1632 Cathodic Protection of Underground Petroleum Storage Tanks and Piping Systems.

    Underwriters Laboratories Inc.

    UL 58 Standard for Steel Underground Tanks for Flammable and Combustible Liquids

    UL 1316 Standard for Glass-Fiber Reinforced Plastic Underground Storage Tanks

    for Petroleum Products.

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    SECCION IV

    ESTANQUES EN EL INTERIOR DE MINAS SUBTERRANEAS A. ESTANQUES UBICADOS SOBRE EL NIVEL DEL SUELO

    1. ASPECTOS BASICOS DE DISEO

    2. UBICACIN DE LOS ESTANQUES

    3. CONFINAMIENTO

    4. VENTILACION

    5. INSTALACIONES ELECTRICAS

    6. CONTROL DE DERRAMES

    7. VENTEO DE ESTANQUES

    8. PROTECCION CONTRA INCENDIO

    9. REFERENCIAS B. ESTANQUES ENTERRADOS EN EL INTERIOR DE MINAS

    SUBTERRANEAS 1. ASPECTOS BASICOS DE DISEO

    2. DISTANCIAS MINIMAS DE SEPARACION

    3. UBICACIN DE LOS ESTANQUES

    4. PROTECCION CONTRA INCENDIO

    5. REFERENCIAS

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    SECCION IV ESTANQUES EN EL INTERIOR DE MINAS

    SUBTERRANEAS A ESTANQUES UBICADOS SOBRE EL NIVEL DE SUELO Dado que los requerimientos de ingeniera y seguridad aplicables a estas instalaciones son

    similares a los mencionados en la Seccin II de esta norma (Estanques Superficiales), en esta Seccin slo se har referencia a aquellos aspectos que son caractersticos de minas subterrneas o que difieren substancialmente de instalaciones de estanques superficiales. En la ausencia de comentarios especficos, se entender que los requerimientos de la Seccin II son vlidos y aplicables al tipo de instalacin aqu referida.

    1. ASPECTOS BASICOS DE DISEO

    Esta seccin es aplicable a estanques atmosfricos ubicados sobre la superficie del suelo,

    en el interior de minas subterrneas. Los estanques sern construidos de acero o de un material no combustible apropiado y

    compatible con el producto almacenado. El diseo y construccin de los estanques deber ser de acuerdo a normas y prcticas reconocidas de ingeniera. Las normas principales de diseo y fabricacin son las emitidas por Underwriters Laboratories Inc. y designadas como UL 142 (Standard for Steel Aboveground Tanks for Flammable and Combustible Liquids) y UL 80 (Standard for Steel Inside Tanks for Oil Burner Fuel).

    2. UBICACIN DE LOS ESTANQUES

    Los siguientes aspectos debern considerarse en relacin a las ubicaciones de almacenamiento de productos combustibles e inflamables: Los estanques debern instalarse en naves, a una distancia mnima de 200 metros de

    cualquier pique que transporte personal y carga.

    Las naves que contengan los estanques debern disponer de accesos adecuados y expeditos tanto para la descarga del combustible como para el abastecimiento de los vehculos.

    Los estanques debern instalarse a una distancia mnima de 100 metros de cualquier

    almacenamiento principal de explosivos.

    La nave deber construirse en una zona de condiciones geomecnicas adecuadas y protegida contra escurrimientos o filtraciones de agua.

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    3. CONFINAMIENTO

    La nave deber contar con puertas hermticas, capaces de contener el lquido derramado y evitar su esparcimiento hacia reas externas (liquid tight). Las puertas debern ser contra incendio, Clase F180 de acuerdo a la norma chilena NCh 935/2, con una resistencia al fuego de 3 horas de acuerdo con la clasificacin detallada en el estndar NFPA 80 (Fire Doors and Windows).

    4. VENTILACION La nave deber estar conectada a un sistema de extraccin de aire para efectos de

    ventilacin. Este sistema deber estar provisto con una compuerta la cual deber cerrar automticamente al actuar el sistema de extincin contra incendio de la nave.

    5. INSTALACIONES ELECTRICAS Todas las instalaciones elctricas en el interior de la nave debern ser a prueba de

    explosin, apropiadas para Clase I, Grupo D, tal como se define en las normas NFPA 70.(National Electrical Code)

    6. CONTROL DE DERRAMES

    Deber existir un espacio de confinamiento de derrames equivalente al 110% de la capacidad del estanque ms grande ubicado en la nave.

    7. VENTEO DE ESTANQUES

    Todo estanque y cada uno de sus compartimentos(estanques horizontales) debern estar provistos de venteo normal y de emergencia. Las aberturas para venteo sern adicionales a las aberturas de llenado y vaciado del estanque. Las lneas de venteo debern ser de tamao adecuado para prevenir excesiva acumulacin de presin en el estanque que est siendo llenado y para prevenir escape de vapor o lquido en la abertura de llenado cuando la manguera de descarga es desconectada. La mxima tasa de llenado debe estar limitada por el dimetro de la lnea de venteo. Venteos que tienen 5 cm de dimetro debieran ser adecuados para tasas de flujo en que el equipo de llenado sea de 10 cm.

    El tubo de venteo debiera estar a lo menos 30 cm bajo la superficie terminada (o al menos 10 cm en reas no sometidas a cargas), medidas desde el punto donde el tubo sube verticalmente. El tubo de venteo debe ser de acero galvanizado schedule 40 y deber estar ubicado (protegido y anclado) para prevenir dao proveniente del trfico y otras fuentes. Tuberas de FRP no sern permitidas en instalaciones bajo superficie. Las descargas de los venteos debern conectarse a galeras de extraccin de aire.

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    8. PROTECCION CONTRA INCENDIO Toda nave donde se almacenen lquidos combustibles o inflamables deber contar con un

    sistema de deteccin y extincin de incendio automtico. El sistema de extincin podr ser en base a espuma, agua pulverizada o dixido de carbono. En la seleccin del sistema extintor ms apropiado debern considerarse factores tales como cantidad y tipo de lquido combustible almacenado, suministro de agua, volumen de la nave, drenaje, etc.

    Sistema de deteccin de incendio deber estar provisto con alarmas audibles y visuales,

    tanto locales como remotas. La alarma remota deber estar conectada a un recinto en el interior de la mina el cual deber estar asistido permanentemente.

    Adems del sistema fijo contra incendio, se debern instalar extintores porttiles (polvo

    qumico seco y/o dixido de carbono) en lugares estratgicos y de fcil acceso en el exterior de la nave.

    9. REFERENCIAS National Fire Protection Association

    NFPA 12 Carbon Dioxide Extinguishing Systems

    NFPA 15 Water Spray Fixed Systems

    NFPA 16 Installation of Deluge Foam-Water Sprinkler Systems and Foam-Water Spray Systems

    NFPA 80 Fire Doors and Windows

    Underwriters Laboratories Inc.

    UL 80 Standard for Steel Inside Tanks for Oil Burner Fuel

    UL 142 Standard for Steel Aboveground Tanks for Flammable and Combustible Liquids

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    B. ESTANQUES ENTERRADOS EN EL INTERIOR DE MINAS SUBTERRANEAS

    Dado que los requerimientos de ingeniera y seguridad aplicables a estas instalaciones son similares a los mencionados en la Seccin III de esta norma (Estanques Enterrados), en esta seccin slo se har referencia a aquellos aspectos que son caractersticos de minas subterrneas o que difieren sustancialmente de instalaciones de estanques enterrados en el exterior de minas subterrneas. En la ausencia de comentarios especficos, se entender que los requerimientos de la Seccin III son vlidos y aplicables al tipo de instalaciones aqu referidas.

    1. ASPECTOS BASICOS DE DISEO

    Esta seccin es aplicable a estanques atmosfricos ubicados bajo el nivel del suelo,

    totalmente enterrados, en el interior de minas subterrneas. La capacidad de los estanques incluidos en esta seccin debe ser 405 litros (110 galones) como mnimo. Los estanques sern construidos de un material no combustible (de preferencia acero o fibra de vidrio), compatibles con el lquido combustible almacenado, y sern diseados y construidos de acuerdo a prcticas reconocidas de ingeniera. Las normas principales recomendadas para el diseo de este tipo de estanques son las emitidas por Underwriters Laboratories Inc.: UL 58 para estanques metlicos (Standard for Steel Underground Tanks for Flammable and Combustibles Liquids) y UL 1316 para estanques de fibra de vidrio (Standard for Glass-Fiber Reinforced Plastic Underground Storage Tanks for Petroleum Products).

    2. DISTANCIA MINIMAS DE SEPARACION

    En instalaciones nuevas la distancia mnima de separacin entre estanques enterrados ser igual a medio dimetro del estanque mayor.

    3. UBICACIN DE LOS ESTANQUES

    Los estanques enterrados debern instalarse en naves con accesos adecuados y expeditos

    tanto para la descarga del combustible como para el abastecimiento de vehculos. Los estanques debern instalarse de manera tal que no queden ubicados bajo el cruce de

    vehculos.

    La distancia desde un estanque enterrado a otras instalaciones subterrneas ser de 3 metros como mnimo.

    En el caso de instalaciones elctricas, la distancia de separacin ser como mnimo de 5 metros.

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    4. PROTECCION CONTRA INCENDIO

    En general, las instalaciones de estanques enterrados en minas subterrneas no requieren

    proteccin fija contra incendio. En reas de almacenamiento enterrado, la proteccin principal consistir de extintores porttiles de polvo qumico seco y dixido de carbono, incluyendo unidades rodantes.

    5. REFERENCIAS American Petroleum Institute API RP 1615 Instalation of Underground Storage Systems

    API RP 1632 Cathodic Protection of Underground Petroleum Storage Tanks

    and Piping Systems Undrewriter Laboratories In.

    UL 58 Standard for Steel Underground Tanks for Flammable and Combustible Liquids

    UL 1316 Standard for Glass-Fiber Reinforced Plastic Underground Storage

    Tanks for Petroleum Products.

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    SECCION V

    ESTANQUES EN EL INTERIOR DE EDIFICIOS

    1. GENERAL 2. EXCEPCION 3. CONTROL DE DERRAMES 4. MUROS 5. VENTEOS DE ESTANQUES 6. CONEXIN DE ESTANQUES 7. PROTECCION PARA EL SOBRELLENADO DE ESTANQUES 8. PROTECCION CONTRA INCENCIO 9. REFERENCIAS

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    SECCION V ESTANQUES EN EL INTERIOR DE EDIFICIOS Dado que los requerimientos de ingeniera y seguridad aplicables a estas instalaciones son similares a los mencionados en la Seccin II de esta norma ("Estanques Superficiales"), en esta seccin slo se har referencia a aquellos aspectos que son caractersticos de instalaciones en el interior de edificios o que difieren substancialmente de instalaciones de estanques superficiales. En la ausencia de comentarios especficos, se entender que los requerimientos de la Seccin II son vlidos y aplicables al tipo de instalacin aqu referida. 1. GENERAL No se permitirn estanques en el interior de edificios en instalaciones nuevas. 2. EXCEPCION Si el almacenamiento de lquidos combustibles en estanques ubicados en el exterior del

    edificio no fuera factible, excepcionalmente se podra permitir la instalacin de estanques en el interior de edificios previa implementacin de un anlisis de riesgos. Los estanques que excepcionalmente podran aceptarse en el interior de edificios estn restringidos a estanques diarios y/o estanques niveladores.

    3. CONTROL DE DERRAMES Toda instalacin de estanque en el interior de edificios deber contar con un sistema de

    confinacin de derrames y drenaje adecuado. Dicho drenaje deber canalizarse a un sumidero especialmente diseado para ello. De ninguna manera se permitir conectar este drenaje al alcantarillado del edificio.

    4. MUROS

    Los muros del recinto de estanque debern ser de materiales resistentes al fuego en a lo menos dos horas de exposicin. Adems, el recinto donde se encuentra el o los tanques deber ser estanco en la unin de las paredes con el piso. Toda abertura que comunique la sala de estanques con otra dependencia deber cumplir con los siguientes requisitos:

    a) Umbrales incombustibles y estancos b) Puertas resistentes al fuego con mecanismo de cierre automtico c) Rampas elevadas por lo menos 10 cm bajo el suelo circundante.

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    5. VENTEO DE ESTANQUES

    El venteo de estos estanques deber ser diseado de acuerdo con la seccin II de esta norma (Estanques Superficiales). Venteos de emergencia por medio de soldaduras dbiles techo-pared no son permitidos en estanques ubicados en el interior de edificios. Los venteos sin excepcin debern evacuar al exterior del edificio y debern protegerse contra la entrada de agua, nieve, etc.

    6. CONEXIN DE ESTANQUES

    Toda conexin a un estanque ubicado en el interior de un edificio y por donde circule lquido, deber ser estanca y deber ser provista con una vlvula de cierre localizada tan cercana como sea posible a la pared del estanque. Esta vlvula deber contar con facilidades para permitir su activacin remota desde fuera del edificio.

    Las aberturas para mediciones manuales de nivel en estanques conteniendo lquidos Clase I o Clase II debern proveerse de tapas hermticas las cuales debern mantenerse cerradas excepto cuando se efecten mediciones. Cada una de las tales aberturas se protegern contra sobrellenado y posible descarga de vapor por medio de vlvulas de control de carga u otro aparato aceptado.

    Las tuberas de llenado que entren por la parte superior del estanque debern terminar a 15 cm del fondo del estanque. Adems, estas tuberas debern colocarse de tal manera de minimizar la vibracin.

    7. PROTECCION PARA EL SOBRELLENADO DE ESTANQUES

    Los estanques ubicados al interior de edificios debern equiparse con dispositivos para prevenir el sobrellenado de los mismos de acuerdo con lo indicado en la Seccin II de esta norma.

    8. PROTECCION CONTRA INCENDIO Todo estanque ubicado al interior de edificios deber llevar un sistema de proteccin

    contra incendio similar a los indicados en la Seccin IV-A (Estanques en el Interior de Minas Subterrneas).

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    9. REFERENCIAS

    National Fire Protection Association NFPA 12 Carbon Dioxide Extinguishing Systems

    NFPA 15 Water Spray Fixed Systems

    NFPA 16 Installation of Deluge Foam-Water Sprinkler Systems and Foam-

    Water Spray Systems

    NFPA 30 Flammable and Combustible Liquids Code

    NFPA 70 National Electrical Code

    NFPA 80 Fire Doors and Windows

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    SECCION VI

    CAERIAS

    1. ALCANCE 2. CAERIAS

    2.1 Materiales para Caeras, Vlvulas y Accesorios 2.2 Proteccin contra la Corrosin 2.3 Identificacin de Caeras 2.4 Planos 2.5 Uniones de Caeras 2.6 Pruebas de Presin 2.7 Localizacin de Caeras en Edificios 2.8 Caeras Enterradas 2.9 Caeras a la Entrada de Edificios 2.10 Caeras Interiores 2.11 Caeras en Fosos o Zanjas 2.12 Caeras Elevadas 2.13 Juntas de Expansin

    3. VALVULAS 3.1 Vlvulas de Corte de Suministro 3.2 Calentamiento de Lneas

    4. REFERENCIAS

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    SECCION VI CAERIAS 1. ALCANCE

    Esta seccin es aplicable a instalaciones industriales de transporte de lquidos combustibles o inflamables. Considera sistemas de caeras, flanges, pernos, empaquetaduras, vlvulas, accesorios (fittings), conexiones flexibles, juntas de expansin, medidores de presin, controladores o medidores de flujo, uniones soldadas, soportes y protecciones.

    2. CAERIAS 2.1 Materiales para Caeras, Vlvulas y Accesorios

    El material que debe usarse en los sistemas de caeras, vlvulas y accesorios que transportan lquidos combustibles o inflamables debe ser de acero galvanizado Schedule 40 o superior.

    Para elegir el acero adecuado, deben indicarse las condiciones de operacin (presin, temperatura, tipo de lquido)

    Para presiones menores a 125 psi. el acero debe cumplir con los requerimientos indicados en las normas siguientes: API 5L Specification for Line Pipe ASTM A53 Pipe, Steel, Black and Hot-Dipped, Zinc-Coated Welded and

    Seamless.

    Para presiones que excedan los 125 psi debern considerarse las especificaciones indicadas en la norma ASME/ANSI B 31.3 Chemical Plant and Patroleum Refinery Piping.

    Cuando por problemas de corrosin, contaminacin y otras necesidades, se requieran materiales especiales, se deber usar acero inoxidable. El tipo especfico de acero inoxidable a ser empleado depender del producto almacenado y de las condiciones de operacin del sistema (temperatura y presin).

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    2.2 Proteccin Contra la Corrosin

    Toda instalacin de caeras subterrneas deber protegerse contra la corrosin catdica. Toda instalacin de caeras, uniones soldadas, flanges y pernos utilizados para el transporte de lquidos combustibles o inflamables deber protegerse de la corrosin externa.

    Las caeras ubicadas sobre el nivel del piso o aceras debern protegerse por medio de pinturas anticorrosivas.

    2.3 Identificacin de Caeras Las lneas de caeras para lquidos combustibles e inflamables deben ser claramente

    identificadas indicando el tipo de combustible transportado y debern ser pintadas de acuerdo al cdigo de colores especificado en la norma chilena NCh 19 Of 79 Prevencin de Riesgos-Identificacin de Sistemas de Caeras.

    Las caeras que transportan lquidos combustibles e inflamables no deben pintarse de

    color rojo. 2.4 Planos Los planos que muestran el sistema de caeras de lquidos combustibles e inflamables,

    deben encontrarse permanentemente actualizados y contener toda la informacin del sistema.

    A lo menos una copia de estos antecedentes deber encontrarse en el rea de trabajo.

    Copias adicionales deben mantenerse en un lugar separado. 2.5 Uniones de Caeras

    Los tendidos de caeras para lquidos combustibles e inflamables deben ser soldados.

    Como mnimo, los empalmes e instalaciones debern ser de hierro maleable de 150 psi. Slo hilo sellador certificado para productos del petrleo deber utilizarse en todos los ajustes.

    Se permitir el uso de uniones flexibles para la posibilidad de ruptura de tuberas y lneas de venteo enterradas, as como para el anclaje de ajustes que puedan resultar en escapes de productos.

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    Toda caera de dimetro igual o menor 37,5 mm (1 pulg.) deber usar soldadura oxiacetilnica. Aquellas caeras con un dimetro mayor al indicado en el punto anterior debern ser soldadas con soldadura elctrica con tres cordones de AWS-ASTM (Clase 6010). Los requerimientos de esta soldadura se encuentran indicados en la norma API 1104 (Welding of Pipelines and Related Facilities) y API RP 1107 (Pipeline Maintenance Welding Paractices). Las uniones a la salida de los estanques, vlvulas, conexiones a equipos y arranques deben hacerse mediante flanges de acero. La construccin e instalacin de estos flanges debe ser de acuerdo a la norma ANSI B 16.5. (Pipe Flanges and Flanged Fittings, Steel Nickel and Other Special Alloys).

    Los materiales para pernos para uniones enflanchadas deben ser de acuerdo a la norma ASTM A 193, Grado B-7 Estos pernos deben resistir altas temperaturas hasta 650 C. Las empaquetaduras de sello para juntas enflanchadas deben ser resistentes a los lquidos transportados, debiendo soportar temperaturas hasta 650 C.

    2.6 Pruebas de Presin

    Las instalaciones de lneas de caeras que transportan lquidos combustibles o inflamables debern ser sometidas a una prueba de presin hidrulica (agua) equivalente a 1,5 veces la presin mxima de trabajo. Esta prueba deber ser mantenida por un tiempo suficientemente largo (mnimo 10 minutos) para permitir completar una inspeccin de todas las uniones o conexiones.

    2.7 Localizacin de Caeras en Edificios

    Las caeras de lquidos combustibles o inflamables deben ser instaladas en el exterior de edificios, de forma tal que no ocasionen riesgos a las personas, equipos e instalaciones. En el caso donde estas caeras deben entrar a un edificio, el tendido en el interior de ste deber ser lo ms recto o corto posible.

    Los soportes del tendido de caeras en edificios debern contar con los anclajes suficientes para soportar las excesivas vibraciones producidas por mquinas, sismos, expansin o contraccin. Donde existan riesgos de impacto vehicular u otro posible dao mecnico, se debern instalar protecciones adecuadas a fin de minimizar el dao potencial. El tendido de caeras a travs de murallas de edificios ser permitido slo cuando el material de stos sea incombustible. Este tendido no podr hacerse a travs de ventanas. No se permitir instalar caeras sobre el techo o por debajo de un edificio, salvo en situaciones excepcionales y siempre y cuando el edificio sea de construccin incombustible e impermeable. Cuando los tendidos de caeras cruzan caminos o lneas frreas se debe indicar claramente esta condicin.

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    2.8 Caeras Enterradas

    Las caeras enterradas deben instalarse de manera que no sean daadas a consecuencia de

    vibraciones de las fijaciones de la estructura de edificios adyacentes. Las caeras enterradas deben instalarse a no menos de 300 mm de distancia de las fundaciones o estructuras de los edificios, y una profundidad suficiente para protegerlas del paso de vehculos y efectos de bajas temperaturas. Las caeras enterradas deben instalarse en un suelo compacto y relleno de arena en el fondo, costados y parte superior.

    2.9 Caeras a la Entrada de Edificios

    Las caeras que transportan lquidos combustibles e inflamables deben ser instaladas

    sobre el nivel del piso cuando entran a un edificio. Estas caeras deben estar provistas de vlvulas de corte a la entrada y salida del edificio. Cuando la caera entra al edificio a travs del muro, debern darse las tolerancias adecuadas para permitir la expansin y contraccin de la misma.

    2.10 Caeras Interiores Las caeras interiores que transportan lquidos combustibles o inflamables deben ser

    instaladas en el interior de una canaleta no combustible. 2.11 Caeras en Fosos o Zanjas Las caeras instaladas en fosos o zanjas deben estar provistas de una ventilacin hacia el

    exterior del edificio, a fin de evitar la acumulacin de vapores inflamables. 2.12 Caeras Elevadas Las caeras elevadas para lquidos inflamables y combustibles deben ser instaladas lo ms

    cerca del techo o vigas, o a lo largo de las paredes a no menos de 1,8 m sobre el piso para protegerlas contra daos mecnicos.

    En edificios de acero las caeras pueden ser sujetas desde las vigas o columnas por medio de colgadores aceptables sujetos a los flanches. Para el caso de techos de concreto y tneles de servicios las caeras pueden ser suspendidas usando pernos de anclaje.

    Los soportes de caeras deben ser protegidos adecuadamente contra daos mecnicos.

    2.13 Juntas de Expansin En las caeras de lquidos combustibles e inflamables, segn las condiciones de

    instalacin, se recomienda usar juntas de expansin que absorban la contraccin y dilatacin trmica.

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    3. VALVULAS Las vlvulas en los sistemas de caeras para lquidos inflamables o combustibles debern

    ser seleccionadas de acuerdo a las condiciones de presin y temperatura del sistema. Asimismo, los elementos constitutivos de vlvulas como empaquetaduras, sellos, etc., debern ser compatibles con el tipo de combustibles con que operarn.

    El sistema de caeras debe contar con una suficiente cantidad de vlvulas para operarlo en

    forma segura con el fin de prevenir situaciones de emergencia. Todo sistema de vlvulas debe contar con las alternativas de operacin necesarias. 3.1 Vlvulas de Corte de Suministro

    Este tipo de vlvulas debe existir en todo sistema de caeras y bombeo de lquidos combustibles e inflamables. De preferencia las vlvulas debern ser instaladas en el exterior o bien ser accesibles fcilmente desde el exterior. Las vlvulas deben estar protegidas y contar con accesos expeditos y cercanos a la operacin. Deben usarse vlvulas de acero en los siguientes casos:

    a) En todas las conexiones de estanques de superficie b) En caeras de suministro (entrada y salida) a un edificio

    c) En todos los arranques de caeras desde lneas principales d) Para aislar sectores de caeras 3.2 Calentamiento de Lneas Las lneas de combustibles pesados pueden ser temperadas con cinta calefactora elctrica o

    vapor.

  • ESTANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS COMBUSTIBLES E INFLAMABLES

    4. REFERENCIAS

    Normas Chilenas

    NCh 19 Of 79 Prevencin de riesgos Identificacin de sistemas de caeras

    American National Standards Institute

    ANSI B16.5 Pipe Flanges and Flanged Fittings, Steel Nickel Alloys and Other Special Alloys

    American Petroleum Institute

    API Spec 5L Specification for Pipe Line

    API Std 1104 Welding of Pipelines and related Facilities

    API RP 1107 Pipeline Maintenance Welding Practices

    American Society of Mechanical Engineers

    ASME/ANSI B31

    American National Standard Code for Pressure Piping

    ASME/ANSI B31.3

    Chemical Plant and Petroleum Refinery Piping

    American Society for Testing and Materials

    ASTM A53 Pipe, Steel, Black and Hot-Dipped, Zinc-Coated Welded and Seamless

    ASTM A193 Alloy-Steel and Stainless Steel Bolting Materials for High Temperature Service.