Nº 5 Boletín O˜cial - Buenos Aires...Boletín O˜cial GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS...

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Boletín Oficial GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES “2017 Año de las Energías Renovables” Boletín Oficial - Publicación oficial - Ordenanza Nº 33.701 - Ley Nº 2739 Reglamentado por Decreto N° 964/08 - Área responsable: Secretaría Legal y Técnica – Directora: Glenda Ludmila Roca – Propietario: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Registro de la Propiedad Intelectual Nº 5309787 –- Gerencia Operativa Boletín Oficial y Registro - Uspallata 3160 (1437), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Teléfonos: 5091-7511/7547/7548/7549/7550/7556/ E-mail: boletin_ofi[email protected] [email protected] - Nº 5230 10/10/2017

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Boletín O�cial

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

“2017 Año de las Energías Renovables”

Boletín O�cial - Publicación o�cial - Ordenanza Nº 33.701 - Ley Nº 2739 Reglamentado por Decreto N° 964/08 - Área responsable: Secretaría Legal y Técnica – Directora: Glenda Ludmila Roca – Propietario: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Registro de la Propiedad Intelectual Nº 5309787 –- Gerencia Operativa Boletín O�cial y Registro - Uspallata 3160 (1437), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Teléfonos: 5091-7511/7547/7548/7549/7550/7556/ E-mail: boletin_o�[email protected] [email protected] -

Nº 5230 10/10/2017

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Sumario

Poder Legislativo

Ley

Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires

Ley N° 5863Se condona la deuda en concepto de Impuesto Inmobiliario y Tasa Retributiva de los Servicios                                     de ABL, Mantenimiento y Conservación de Sumideros que mantiene la Asociación Argentina                                       Hanmaum Seon Center del Budismo Coreano..................................................................................................... Pág. 19

Ley N° 5864Se condona la deuda en concepto de ABL, Mantenimiento que mantiene el Centro de                                                   Estudiantes Pampeanos....................................................................................................................................... Pág. 19

Ley N° 5865Se establece la Semana del Diseño..................................................................................................................... Pág. 20

Poder Ejecutivo

Decreto

Área Jefe de Gobierno

Decreto N° 367Se acepta la renuncia como Titular de la Unidad de Proyectos Especiales -UPE- Juegos                                               Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018 presentada por Santiago Julián Mancini y se                                            designa en su reemplazo a Juan Manuel Areco................................................................................................... Pág. 22

Resolución

Vicejefatura de Gobierno

Resolución N° 113-AVJG/17Se ratifica la Resolución N° 29-SSDHPC/16........................................................................................................ Pág. 24

Jefatura de Gabinete de Ministros

Resolución N° 368-MJGGC/17Se aprueban el Documento Estándar de Adquisiciones, los Pliegos de Especificaciones                                                Técnicas, el Plan de Gestión Ambiental y Social, el Estudio de Suelos, Planos y el Cronograma                                    de Obra................................................................................................................................................................. Pág. 26

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Resolución N° 369-MJGGC/17y el Cronograma de Obra...................................................................................................................................... Pág. 27

Resolución N° 194-ASINF/17Se designa personal de Planta de Gabinete......................................................................................................... Pág. 28

Resolución N° 137-SECPECG/17Se convoca para la formulación de sugerencias y observaciones al anteproyecto de Pliego de                                      Base y Condiciones Particulares que regirá el Concurso 1° Vínculo de Impacto Social 2017............................. Pág. 29

Resolución N° 215-SECCCYFP/17Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Menor N° 2051-2797-CME17.................................................... Pág. 31

Resolución N° 293-SECISYU/17Se aprueba modificación presupuestaria.............................................................................................................. Pág. 33

Resolución N° 297-SECISYU/17Se aprueba modificación presupuestaria.............................................................................................................. Pág. 34

Resolución N° 308-SECISYU/17Se posterga la fecha de apertura de la Licitación Pública N° 1332-SIGAF/17..................................................... Pág. 35

Ministerio de Hacienda

Resolución N° 3148-MHGC/17Se designa como Subgerente Operativo de la Subgerencia Operativa Pliegos Técnicos,                                                Cómputo y Presupuesto a Pedro Manuel Andrés................................................................................................. Pág. 37

Resolución N° 3149-MHGC/17Se designa como Gerente Operativo de la Gerencia Operativa Mantenimiento de Procesos a                                        Luis Alberto Hernández......................................................................................................................................... Pág. 38

Resolución N° 3150-MHGC/17Se designa como Jefe de Sección Hemodiálisis a Estela Mónica Murguia Rivera.............................................. Pág. 40

Resolución N° 3158-MHGC/17Se designa como Gerente Operativa de la Gerencia Operativa Herramientas de Participación a                                    Carla Sabrina Rubio.............................................................................................................................................. Pág. 41

Resolución N° 3159-MHGC/17Se acepta la renuncia como Directora de la Dirección Red de Atención Primaria de la Salud                                          presentada por Regina Raquel Daniel y se designa en su reemplazo a Diego Jorge Vacchino.......................... Pág. 43

Resolución N° 3160-MHGC/17Se designa como Gerente Operativa de la Gerencia Operativa Asesoramiento Técnico en                                             Políticas Sociales a Ariana Alejandra Corgniati.................................................................................................... Pág. 44

Resolución N° 3161-MHGC/17Se acepta la renuncia como Gerente Operativo de la Gerencia Operativa Administración y                                            Operaciones presentada por Marcelo Jorge Alais y se designa en su reemplazo a Manuel                                             Tomás Fernández................................................................................................................................................. Pág. 46

Resolución N° 3162-MHGC/17Se deja sin efecto la Resolución N° 738-MHGC/17.............................................................................................. Pág. 48

Resolución N° 3167-MHGC/17Se aprueba y adjudica la Licitación Pública N° 623-1105-LPU17........................................................................ Pág. 48

Resolución N° 3177-MHGC/17Se designa como Gerente Operativo de la Gerencia Operativa Registro y Normativa Gremial a                                     Rafael Ohrnialian.................................................................................................................................................. Pág. 54

Resolución N° 3178-MHGC/17Se deja sin efecto la Resolución N° 1844-MHGC/17............................................................................................ Pág. 56

Ministerio de Justicia y Seguridad

Resolución N° 726-MJYSGC/17Se suspende la licencia extraordinaria sin goce de haberes otorgada a Rafael Alberto Sergio........................... Pág. 58

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Resolución N° 727-MJYSGC/17Se modifica remuneración de personal de Planta de Gabinete............................................................................ Pág. 59

Resolución N° 728-MJYSGC/17Se asignan fondos de caja chica especial............................................................................................................ Pág. 60

Resolución N° 54-SSAGARHS/17Se autoriza la contratación de personal................................................................................................................ Pág. 62

Ministerio de Salud

Resolución N° 625-SSASS/17Se aprueba modificación presupuestaria.............................................................................................................. Pág. 64

Resolución N° 626-SSASS/17Se autoriza la contratación de personal................................................................................................................ Pág. 65

Resolución N° 627-SSASS/17Dejar sin efecto contrato de personal................................................................................................................... Pág. 66

Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte

Resolución N° 818-MDUYTGC/17Se aprueba prórroga de la contratación directa para la locación administrativa del inmueble sito                                    en Martín García 320/346/348/350/364/378......................................................................................................... Pág. 68

Resolución N° 821-MDUYTGC/17Se aprueba Acta de Neutralización de Plazos de la obra Ajuste de la Red Pluvial de Captación                                     IV........................................................................................................................................................................... Pág. 70

Resolución N° 90-SSOBRAS/17Se aprueba y adjudica la Licitación Pública N° 1239-SIGAF/17........................................................................... Pág. 73

Resolución N° 579-SECTRANS/17Se aprueba prórroga del plazo de entrega de la Orden de Compra N° 768-10700-OC17................................... Pág. 74

Resolución N° 776-SSREGIC/17Se autoriza localización de usos para el inmueble sito en Florida 537/41/47/49/57/59/63/67/71......................... Pág. 75

Resolución N° 913-SSREGIC/17Se acepta la renuncia presentada por Agustín María de Pablo Pardo................................................................. Pág. 76

Resolución N° 914-SSREGIC/17Se considera factible proyecto de obras para el inmueble existente ubicado en Bolívar                                                   1632/38/46/52....................................................................................................................................................... Pág. 77

Resolución N° 915-SSREGIC/17Se considera factible Proyecto de Obra en el predio sito en Juan Felipe Aranguren 1061/65............................. Pág. 81

Resolución N° 916-SSREGIC/17Se autoriza localización de usos para el inmueble sito en Av. Callao 345........................................................... Pág. 84

Resolución N° 917-SSREGIC/17Se autoriza localización de usos para el inmueble sito en Av. Callao 966........................................................... Pág. 86

Resolución N° 918-SSREGIC/17Se autoriza localización de usos para el inmueble sito en Deheza 3601............................................................. Pág. 87

Resolución N° 919-SSREGIC/17Se deja sin efecto la Resolución N° 899-SSREGIC/17......................................................................................... Pág. 89

Resolución N° 920-SSREGIC/17Se autoriza localización de usos para el inmueble sito en México 605................................................................ Pág. 90

Resolución N° 921-SSREGIC/17Se autoriza localización de usos para el inmueble sito en Defensa 529.............................................................. Pág. 91

Resolución N° 922-SSREGIC/17Se autoriza localización de usos para el inmueble sito en Carlos Calvo 407....................................................... Pág. 92

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Resolución N° 923-SSREGIC/17Se autoriza localización de usos para el inmueble sito en Av. Luis María Campos                                                           901/917/27/31/37/77/............................................................................................................................................ Pág. 94

Resolución N° 924-SSREGIC/17Se autoriza el registro de la documentación presentada para la finca sita en Gibson 4034................................ Pág. 96

Resolución N° 925-SSREGIC/17Se autoriza el registro de la documentación presentada para la finca sita en Francisco Bilbao                                        5015...................................................................................................................................................................... Pág. 97

Resolución N° 926-SSREGIC/17Se autoriza el registro de la documentación presentada para la finca sita en Balbastro 1556............................. Pág. 98

Resolución N° 927-SSREGIC/17Se autoriza el registro de la documentación presentada para la finca sita en Rufino José                                               Cuervo 2617.......................................................................................................................................................... Pág. 99

Resolución N° 928-SSREGIC/17Se autoriza el registro de la documentación presentada para la finca sita en Terrero 844................................ Pág. 101

Resolución N° 929-SSREGIC/17Se deja sin efecto la Resolución N° 627-SSREGIC/17....................................................................................... Pág. 102

Resolución N° 930-SSREGIC/17Se autoriza localización de usos para el inmueble sito en Charcas 2599.......................................................... Pág. 104

Resolución N° 931-SSREGIC/17Se autoriza localización de usos para el inmueble sito en Gral. Venancio Flores 3655..................................... Pág. 105

Resolución N° 932-SSREGIC/17Se visa esquema de publicidad para el inmueble sito en Av. de Mayo 979....................................................... Pág. 107

Resolución N° 933-SSREGIC/17Se visa Aviso de Obra para el inmueble sito en Av. Callao 1043/45.................................................................. Pág. 108

Resolución N° 934-SSREGIC/17Se visa esquema de publicidad para el inmueble sito en Av. de Mayo 1217..................................................... Pág. 109

Resolución N° 935-SSREGIC/17Se suspende el registro de planos con trata obra nueva para la finca sita en Av. del Libertador                                      3858.................................................................................................................................................................... Pág. 110

Resolución N° 945-SSREGIC/17Se autoriza localización de usos para el inmueble sito en Reconquista 1040.................................................... Pág. 111

Ministerio de Cultura

Resolución N° 1584-MCGC/17Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 114

Resolución N° 3299-MCGC/17Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 115

Resolución N° 3890-MCGC/17Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 116

Resolución N° 7827-MCGC/17Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 117

Resolución N° 9045-MCGC/17Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 118

Resolución N° 9046-MCGC/17Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 119

Resolución N° 9047-MCGC/17Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 120

Resolución N° 9048-MCGC/17Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 121

Resolución N° 9058-MCGC/17Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 122

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Resolución N° 865-EATC/17Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 123

Resolución N° 868-EATC/17Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 124

Resolución N° 870-EATC/17Se acepta la renuncia presentada por Elías Guillermo Oscar............................................................................ Pág. 125

Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología

Resolución N° 167-ENTUR/17Se otorga el auspicio institucional para la primera edición de la Feria EC. Emprendedores                                             Creativos. Arte y Diseño de vanguardia.............................................................................................................. Pág. 127

Resolución N° 168-ENTUR/17Se autoriza desplazamiento para participar del Workshop organizado por el Instituto Nacional                                       de Promoción Turística - Inprotur y la Feria FITPAR a Roberto Damián Klopsch,............................................. Pág. 128

Resolución N° 169-ENTUR/17Se aprueba modificación presupuestaria............................................................................................................ Pág. 130

Resolución N° 170-ENTUR/17Se aprueba modificación presupuestaria............................................................................................................ Pág. 131

Resolución N° 171-ENTUR/17Se ratifica a personal de Planta de Gabinete...................................................................................................... Pág. 133

Ministerio de Ambiente y Espacio Público

Resolución N° 1642-MAYEPGC/17Se autoriza el uso de la Plaza de la República a la Unidad de Coordinación Legal e                                                       Institucional UPEJOL.......................................................................................................................................... Pág. 135

Resolución N° 1643-MAYEPGC/17Se autoriza el uso de la Plaza de la República y del Obelisco a la Unidad de Coordinación                                            Legal e Institucional UPEJOL............................................................................................................................. Pág. 136

Resolución N° 1655-MAYEPGC/17Se convoca a Contratación Directa N° 7513-SIGAF/17 para las Zonas N° 6, N° 12 y N° 15 de                                       la obra Ejecución, Rehabilitación y Mantenimiento de Aceras........................................................................... Pág. 138

Jefatura de Gabinete de Ministros - Ministerio de Hacienda

Resolución N° 6-MJGGC/17Se determinan Direcciones Generales que percibirán Suplemento por Función Ejecutiva................................ Pág. 141

Ministerio de Hacienda - Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano

Resolución N° 2304-MHGC/17Se establece que Andrea Paola Cavalcanti queda comprendido en los términos del artículo 44                                     de la Ley N° 471.................................................................................................................................................. Pág. 143

Ministerio de Hacienda - Ministerio de Salud

Resolución N° 2303-MHGC/17Se designa como como Instructor Técnico a Omar Enrique Fernández............................................................ Pág. 145

Resolución N° 2305-MHGC/17Se convalida la Disposición N° 298-HGNRG/17................................................................................................. Pág. 146

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Resolución N° 2306-MHGC/17Se convalida la Disposición N° 715-HGAJAF/17................................................................................................ Pág. 147

Resolución N° 2307-MHGC/17Se convalida la Disposición N° 398-HGACA/17................................................................................................. Pág. 148

Resolución N° 2308-MHGC/17Se convalida la Disposición N° 701-HGAIP/17................................................................................................... Pág. 149

Resolución N° 2310-MHGC/17Se convalida la Disposición N° 396-HBR/17....................................................................................................... Pág. 150

Resolución N° 2311-MHGC/17Se convalida la Disposición N° 64-HIJTG/17...................................................................................................... Pág. 151

Resolución N° 2312-MHGC/17Se convalida la Disposición N° 878-HGAJAF/17................................................................................................ Pág. 152

Resolución N° 2313-MHGC/17Se convalida la Disposición N° 428-HGACD/17................................................................................................. Pág. 153

Resolución N° 2314-MHGC/17Se convalida la Disposición N° 141-HNJTB/17................................................................................................... Pág. 154

Resolución N° 2315-MHGC/17Se convalida la Disposición N° 103-HQ/17......................................................................................................... Pág. 155

Disposición

Vicejefatura de Gobierno

Disposición N° 34-DGDGAS/17Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Directa por Exclusividad N° 7728-SIGAF/17........................... Pág. 156

Disposición N° 35-DGDGAS/17Se rectifica la Disposición N° 34-DGDGAS/17................................................................................................... Pág. 158

Jefatura de Gabinete de Ministros

Disposición N° 53-ISC/17Se aprueba compensación de créditos............................................................................................................... Pág. 160

Disposición N° 4-DGISIS/17Se aprueban gastos de movilidad....................................................................................................................... Pág. 161

Disposición N° 8-DGIASINF/17Se aprueban gastos de movilidad....................................................................................................................... Pág. 162

Disposición N° 12-CGSI/17Se aprueban gastos de caja chica común.......................................................................................................... Pág. 163

Ministerio de Hacienda

Disposición N° 1-UFOMC/17Se designan integrantes de la Comisión Evaluadora del Pedido de Propuestas para la                                                   contratación de la Auditoría Externa Financiera y Contable a la Gestión del Riesgo de                                                   Inundaciones....................................................................................................................................................... Pág. 166

Disposición N° 2-UFOMC/17Se aprueba la integración de la Lista Corta de las firmas consultoras habilitadas para participar                                    del procedimiento de licitación de los servicios de Auditoría Externa Contable y Financiera                                            Proyecto de Asistencia a la Gestión del Riesgo de Inundaciones...................................................................... Pág. 167

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Ministerio de Justicia y Seguridad

Disposición N° 85-SAISSP/17Se aprueba el Taller de Comunicaciones Operativas......................................................................................... Pág. 170

Disposición N° 357-DGGAYE/17Se deja sin efecto clausura del inmueble sito en Malabia 1341/1345................................................................ Pág. 171

Disposición N° 358-DGGAYE/17Se ratifica la clausura del sector posterior del inmueble sito en Suárez 1061.................................................... Pág. 172

Disposición N° 9625-DGHP/17Se instruye a las Gerencia Operativa de Recreación Salud y Educación a efectuar el análisis                                        de las solicitudes de habilitación hasta la fecha presentadas y que se encuentren en trámite                                         para el desarrollo del rubro Teatro Independiente.............................................................................................. Pág. 174

Disposición N° 9789-DGHP/17Se renueva la inscripción en el Registro de Fabricantes, Reparadores, Instaladores y                                                    Mantenedores de Instalaciones Fijas contra Incendios a la empresa Gabriel Pablo Rojo................................. Pág. 177

Disposición N° 9848-DGHP/17Se inscribe en el Registro Público de Productores de Eventos Masivos a la empresa Editorial                                       Primera Línea SA................................................................................................................................................ Pág. 178

Ministerio de Salud

Disposición N° 130-IZLP/17Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Directa - Régimen Especial Contratación Menor                                    N° 445- 2407-CME17.......................................................................................................................................... Pág. 180

Disposición N° 137-IZLP/17Se aprueban pliegos y se autoriza el llamado a Licitación Pública N° 445-1463-LPU17................................... Pág. 181

Disposición N° 137-DGADCYP/17Se aprueba y adjudica la Contratación Directa N° 401-1012-CDI17.................................................................. Pág. 182

Disposición N° 209-HBU/17Se aprueban pliegos de la Licitación Privada N° 439-0062-LPR17.................................................................... Pág. 185

Disposición N° 210-HBU/17Se aprueban pliegos de la Licitación Pública N° 439-1372-LPU17.................................................................... Pág. 186

Disposición N° 220-HBU/17Se aprueban el llamado a Licitación Pública N° 439-1372-LPU17..................................................................... Pág. 187

Disposición N° 222-HBU/17Se aprueban pliegos de la Contratación Menor N° 439-2794-CME17............................................................... Pág. 188

Disposición N° 223-HBU/17Se aprueban el llamado a Contratación Menor N° 439-2794-CME17................................................................ Pág. 189

Disposición N° 224-HBU/17Se aprueban el llamado a Licitación Privada N° 439-0062-LPR17..................................................................... Pág. 190

Disposición N° 282-HIFJM/17Se aprueban pliegos y se llama a Proceso de Compras BAC N° 423-2753-CME17......................................... Pág. 191

Disposición N° 368-HGAT/17Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Menor N° 438-2730-CME17.................................................... Pág. 192

Disposición N° 374-HGAT/17Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Menor N° 438-2778-CME17.................................................... Pág. 193

Disposición N° 482-HGAPP/17Se impone multa a la firma Barraca Acher Argentina SA................................................................................... Pág. 194

Disposición N° 508-HGAPP/17Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública N° 426-1471-LPU17......................................................... Pág. 195

Disposición N° 509-HGAPP/17Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública N° 426-1470-LPU17......................................................... Pág. 196

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Disposición N° 515-HGACA/17Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Menor N° 412-2776-CME17.................................................... Pág. 197

Disposición N° 522-HGNPE/17Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública N° 417-1458-LPU17......................................................... Pág. 198

Disposición N° 524-HGNPE/17Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Menor N° 417-2804-CME17.................................................... Pág. 199

Disposición N° 525-HGNPE/17Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Menor N° 417-2805-CME17.................................................... Pág. 200

Disposición N° 634-HGARM/17Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Menor N° 430-2683-CME17.................................................... Pág. 201

Ministerio de Educación

Disposición N° 603-DGAR/17Se aprueba y adjudica la Contratación Menor N° 550-2231-CME17.................................................................. Pág. 204

Disposición N° 605-DGAR/17Se aprueba y adjudica la Contratación Menor N° 550-2311-CME17.................................................................. Pág. 205

Disposición N° 606-DGAR/17Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública N° 550-1450-LPU17......................................................... Pág. 207

Ministerio de Cultura

Disposición N° 157-CCGSM/17Se aprueba Dictamen de Pre-selección de Ofertas de la Licitación Privada N°                                                                543-006464-LPR-2017........................................................................................................................................ Pág. 209

Disposición N° 159-DGTALMC/17Se da por cumplida la inscripción en el Registro de Usos Culturales al Centro Cultural Gorriti                                        Art Center............................................................................................................................................................ Pág. 210

Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología

Disposición N° 51-UCCUPEJOL/17Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Directa N° 9982-1140-CDI17................................................... Pág. 212

Disposición N° 52-UCCUPEJOL/17Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Directa N° 9982-1113-CDI17................................................... Pág. 214

Disposición N° 53-UCCUPEJOL/17Se posterga la apertura de ofertas de la Licitación Pública N° 9982-1316-LPU17............................................. Pág. 217

Disposición N° 54-UCCUPEJOL/17Se aprueba y adjudica la Licitación Pública de Etapa Múltiple N° 9982-1123-LPU17........................................ Pág. 219

Disposición N° 55-UCCUPEJOL/17Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública N° 9982-1388-LPU17....................................................... Pág. 221

Disposición N° 56-UCCUPEJOL/17Se aprueba la apertura de la instancia para la formulación de sugerencias y observaciones al                                       Proyecto de Pliego de Especificaciones Técnicas.............................................................................................. Pág. 223

Disposición N° 1889-DGINC/17Se aprueba y adjudica la Contratación Menor N° 649-2599-CME17.................................................................. Pág. 226

Disposición N° 1890-DGINC/17Se aprueba y adjudica la Contratación Menor N° 649-2639-CME17.................................................................. Pág. 228

Disposición N° 1909-DGINC/17Se aprueba la nómina de proyectos que participarán del Semillero BA de Negocios                                                       Audiovisuales, de Videojuegos y de Música....................................................................................................... Pág. 229

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Ministerio de Ambiente y Espacio Público

Disposición N° 394-DGALUM/17Se encomienda trasladar la columna existente en la calle Reconquista 1071................................................... Pág. 231

Disposición N° 401-DGALUM/17Se convalida la ejecución de trabajos de energización de puntos verdes.......................................................... Pág. 232

Disposición N° 402-DGALUM/17Se convalida la ejecución de trabajos de energización de puntos verdes.......................................................... Pág. 235

Disposición N° 403-DGALUM/17Se aprueba nuevo monto para la obra encomendada por Disposición N° 265-DGALUM/17............................. Pág. 237

Disposición N° 404-DGALUM/17Se aprueba nuevo monto para la obra encomendada por Disposición N° 264-DGALUM/17............................. Pág. 238

Disposición N° 405-DGALUM/17Se aprueba nuevo monto para la obra encomendada por Disposición N° 180-DGALUM/17............................. Pág. 240

Disposición N° 406-DGALUM/17Se aprueba nuevo monto para la obra encomendada por Disposición N° 179-DGALUM/17............................. Pág. 241

Disposición N° 407-DGALUM/17Se aprueba nuevo monto para la obra encomendada por Disposición N° 177-DGALUM/17............................. Pág. 243

Disposición N° 408-DGALUM/17Se aprueba nuevo monto para la obra encomendada por Disposición N° 274-DGALUM/17............................. Pág. 244

Secretaría Legal y Técnica

Disposición N° 1-DGCL/17Se designan Responsables Administrativos de Presentismo............................................................................. Pág. 246

Ministerio de Salud

Disposición N° 50-HIFJM/17Se aprueba y adjudica el Proceso de Compra N° 423-2269-CME17................................................................. Pág. 247

Disposición N° 79-HGAZ/17Se aprueba y adjudica la Contratación Menor N° 1623/17................................................................................. Pág. 248

Disposición N° 86-HGAZ/17Se aprueba y adjudica la Contratación Directa N° 698/17.................................................................................. Pág. 250

Disposición N° 100-HGAZ/17Se aprueba y adjudica la Compra Menor N° 2542/17......................................................................................... Pág. 251

Disposición N° 101-HGAZ/17Se aprueba y adjudica la Contratación Directa N° 1032/17................................................................................ Pág. 252

Disposición N° 102-HGAZ/17Se aprueba y adjudica la Contratación Directa N° 890/17.................................................................................. Pág. 254

Disposición N° 103-HGAZ/17Se aprueba y adjudica la Contratación Directa N° 1027/17................................................................................ Pág. 255

Disposición N° 106-HGAZ/17Se aprueba y adjudica la Compra Menor N° 2476/17......................................................................................... Pág. 256

Disposición N° 201-HBR/17Se aprueba y adjudica la Contratación Directa N° 431-1150-CDI17.................................................................. Pág. 258

Disposición N° 205-HGAT/17Se aprueba y adjudica la Licitación Privada N° 49/17........................................................................................ Pág. 259

Disposición N° 209-HGAT/17Se aprueba y adjudica la Contratación Directa N° 1052/17................................................................................ Pág. 261

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Disposición N° 210-HGAT/17Se aprueba y adjudica la Licitación Privada N° 58/17........................................................................................ Pág. 262

Disposición N° 212-HGAT/17Se aprueba gasto................................................................................................................................................ Pág. 264

Disposición N° 250-HGNPE/17Se aprueba y adjudica la Contratación Menor N° 417-2418-CME17.................................................................. Pág. 265

Disposición N° 261-HGNPE/17Se aprueba y adjudica la Contratación Menor N° 417-2643-CME17.................................................................. Pág. 266

Disposición N° 271-HGAP/17Se aprueba y adjudica la Contratación Menor N° 425-2596-CME17.................................................................. Pág. 268

Disposición N° 274-HGAIP/17Se aprueba y adjudica la Contratación Directa N° 427-1039-CDI17.................................................................. Pág. 269

Disposición N° 277-HGAIP/17Se aprueba y adjudica la Contratación Menor N° 427-2012-CME17.................................................................. Pág. 270

Disposición N° 311-HGAPP/17Se aprueba y adjudica la Contratación Menor N° 426-2471-CME17.................................................................. Pág. 272

Resolución Comunal

Junta Comunal 12

Resolución Comunal N° 22892931-COMUNA12/17Se autoriza a realizar la tarea de extracción de ejemplares............................................................................... Pág. 274

Acta

Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires

Acta N° 4413-IVC/17Acta de Directorio N° 4413-IVC/17..................................................................................................................... Pág. 276

Acta N° 4414-IVC/17Acta de Directorio N° 4414-IVC/17..................................................................................................................... Pág. 279

Acta N° 4418-IVC/17Acta de Directorio N° 4418-IVC/17..................................................................................................................... Pág. 281

Poder Judicial

Resolución

Fiscalía General - Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Resolución N° 312-FG/17SE deroga el Artículo 2 de la Resolución FG Nº 408/2009, y se establece criterio general de                                         actuación............................................................................................................................................................. Pág. 285

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Organos de Control

Resolución

Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Resolución N° 350-PG/17Se cesa como como Auxiliar de Funcionario con Nivel División a Mabel Aurora Guarella................................ Pág. 287

Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Resolución N° 144-SGCBA/17Se aprueban gastos de movilidad....................................................................................................................... Pág. 289

Resolución N° 145-SGCBA/17Se aprueba compensación presupuestaria......................................................................................................... Pág. 290

Comunicados y Avisos

Jefatura de Gabinete de Ministros

Comunicados N° 23053269-SECPECG/17Convocatoria a formular sugerencias y observaciones al anteproyecto de pliego de bases y                                          condiciones particulares convocada mediante Resolución N° 137-SECPECG/17............................................. Pág. 292

Ministerio de Hacienda

Comunicados N° 13107106-DGDSCIV/17Terna final del Concurso para cubrir el cargo Gerencia Operativa Currículum de la Dirección                                         General Planeamiento Educativo........................................................................................................................ Pág. 293

Comunicados N° 15554703-DGDSCIV/17Orden de mérito definitivo para la cobertura de dieciocho (18) puestos de Abogados para el                                          Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano......................................................................................................... Pág. 293

Comunicados N° 15555299-DGDSCIV/17Orden de mérito definitivo para la cobertura de diez (10) puestos de Nutricionistas para el                                             Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano......................................................................................................... Pág. 294

Ministerio de Salud

Comunicados N° 67-HRR/17Docentes para Interinatos y/o Suplencias para 2018......................................................................................... Pág. 296

Comunicados N° 3-DGAYDRH/17Llamado a Concurso Atención Primaria de la Salud........................................................................................... Pág. 296

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Comunicados N° 2-DGAYDRH/17Se convoca a Concurso Público para la selección de quince (15) cargos de Profesionales                                             Médicos Especialistas......................................................................................................................................... Pág. 298

Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano

Comunicados N° 5722935-DGTALMHYDH/17Orden de mérito final en el marco del Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición                                       para cubrir el cargo de Médico............................................................................................................................ Pág. 301

Comunicados N° 5724511-DGTALMHYDH/17Orden de mérito final en el marco del Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición                                       para cubrir el cargo de Promotor Social.............................................................................................................. Pág. 301

Comunicados N° 5724995-DGTALMHYDH/17Orden de mérito final en el marco del Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición                                       para cubrir el cargo de Talleristas....................................................................................................................... Pág. 303

Comunicados N° 5724995-DGTALMHYDH/17Rectificación nómina de orden de mérito final en el marco del Concurso Público Abierto de                                           Antecedentes y Oposición para cubrir el cargo de Talleristas............................................................................ Pág. 303

Licitaciones

Jefatura de Gabinete de Ministros

Licitación Pública - Llamado N° 1405-SECISYU/17Obra Centro Barrial, Barrio 31, Retiro, Ciudad Autónoma de Buenos Aires....................................................... Pág. 306

Licitación Pública - Llamado N° 1412-SECISYU/17Proyecto de Transformación Urbana del Área Metropolitana de Buenos Aires, AMBA..................................... Pág. 307

Licitación Pública - Llamado N° 1414-SECISYU/17Proyecto de Transformación Urbana del Área Metropolitana de Buenos Aires, AMBA..................................... Pág. 309

Licitación Pública - Circular con consulta N° 1336-SECISYU/17Infraestructura troncal de calles Carlos H. Perette, feria y terminal de ómnibus, barrio Retiro,                                         Ciudad Autónoma de Buenos Aires.................................................................................................................... Pág. 311

Licitación Pública - Prórroga N° 1332-SECISYU/17Ejecución, rehabilitación y mantenimiento de fachadas, medianeras y cubiertas del Barrio 31......................... Pág. 312

Licitacion Publica Nacional e Internacional - Circular con consulta N° 1304-SECISYU/17Construcción del Polo Educativo María Elena Walsh......................................................................................... Pág. 313

Licitacion Publica Nacional e Internacional - Circular sin consulta N° 1304-SECISYU/17Programa de Integración Urbana y Equidad Educativa en el Barrio 31 y en la Ciudad                                                     Autónoma de Buenos Aires................................................................................................................................ Pág. 313

Ministerio de Justicia y Seguridad

Licitación Pública - Llamado N° 1447-DGAYCS/17Contratación para el desarrollo de modelos de despliegue territorial con base matemática y de                                     investigación operativa........................................................................................................................................ Pág. 316

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Ministerio de Salud

Licitación Pública - Llamado N° 1379-DGADCYP/17Construcción de un nuevo pabellón para el traslado servicio de urgencias y otros en el Hospital                                    General de Agudos Bernardino Rivadavia.......................................................................................................... Pág. 317

Licitación Pública - Llamado N° 1458-HGNPE/17Adquisición de insumos varios cirugía cardiovascular........................................................................................ Pág. 318

Licitación Pública - Llamado N° 1463-IZLP/17Adquisición de máquina cortadora de pelo......................................................................................................... Pág. 318

Licitación Pública - Rectificación N° 1202-HMIRS/17Adquisición de insumos descartables y útiles menores médicos....................................................................... Pág. 319

Licitación Pública - Preadjudicación N° 947-HGADS/17Adquisición de medicación.................................................................................................................................. Pág. 320

Licitación Pública - Preadjudicación N° 1293-HIJCTG/17Adquisición de Hemogramas.............................................................................................................................. Pág. 320

Licitación Pública - Preadjudicación N° 1306-HGNRG/17Adquisición de Equipos de cirugía...................................................................................................................... Pág. 321

Licitación Pública - Preadjudicación N° 1331-HGNPE/17Adquisición de instrumental................................................................................................................................ Pág. 322

Licitación Pública - Preadjudicación N° 1363-IRPS/17Adquisición de silla de ruedas............................................................................................................................. Pág. 322

Licitación Pública - Preadjudicación N° 1397-IRPS/17Servicio de monitoreo con potenciales evocados............................................................................................... Pág. 323

Licitación Privada - Llamado N° 62-HBU/17Adquisición de Insumos Hemoterapia................................................................................................................. Pág. 324

Contratación Directa - Preadjudicación N° 957-HMIRS/17Reparacion central de monitoreo........................................................................................................................ Pág. 325

Contratación Directa - Preadjudicación N° 1069-HMIRS/17Reparación de electrobisturí............................................................................................................................... Pág. 325

Contratación Directa - Adjudicación N° 1086-HOPL/17Adquisición de Válvulas de Ahmed..................................................................................................................... Pág. 326

Contratacion Menor - Llamado N° 2407-IZLP/17Adquisición de Instrumental de Laboratorio........................................................................................................ Pág. 327

Contratacion Menor - Llamado N° 2753-HIFJM/17Adquisición de Reactivos.................................................................................................................................... Pág. 327

Contratacion Menor - Llamado N° 2776-HGACA/17Provisión de insumos.......................................................................................................................................... Pág. 328

Contratacion Menor - Llamado N° 2778-HGAT/17Reparación microscopio...................................................................................................................................... Pág. 328

Contratacion Menor - Preadjudicación N° 2402-HMO/17Instrumental Menor............................................................................................................................................. Pág. 329

Contratacion Menor - Preadjudicación N° 2554-HGACA/17Provisión de insumos.......................................................................................................................................... Pág. 330

Contratacion Menor - Adjudicación N° 2086-HGACA/17Provisión de insumos medios de contraste......................................................................................................... Pág. 330

Contratacion Menor - Adjudicación N° 2269-HIFJM/17Adquisición de Cánulas Plásticas....................................................................................................................... Pág. 331

Contratacion Menor - Adjudicación N° 2287-DGADCYP/17Provisión de equipamiento médico con destino al Centro de Salud y Acción Comunitaria sito en                                    el Edificio de la Ex Liga Israelita......................................................................................................................... Pág. 332

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Ministerio de Educación

Contratacion Menor - Adjudicación N° 2311-DGAR/17Adquisición insumos para impresoras, servidor y equipos UPS......................................................................... Pág. 333

Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte

Licitacion Publica Nacional e Internacional - Circular con consulta N° 1020-SECTRANS/17Adquisición de Terminales Multipropósito del Sistema de Administración Centralizada y del                                          Aplicativo para Pago Móvil e Internet.................................................................................................................. Pág. 334

Licitacion Publica Nacional e Internacional - Circular sin consulta N° 1020-SECTRANS/17Adquisición de Terminales Multipropósito........................................................................................................... Pág. 335

Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología

Licitación Pública - Llamado N° 1341-UGIUPEEI/17Recintos modulares de derivaciones.................................................................................................................. Pág. 336

Licitación Pública - Preadjudicación N° 1320-UCCUPEJOL/17Adquisición de Banderas Protocolares y de Ceremonias................................................................................... Pág. 336

Licitación Pública - Convocatoria N° 1422-UCCUPEJOL/17Servicio de Lavandería para el residente para la Villa Olímpica de los Juegos Olímpicos de la                                       Juventud Buenos Aires 2018.............................................................................................................................. Pág. 337

Ministerio de Ambiente y Espacio Público

Contratación Directa - Llamado N° 7513-DGTALMAEP/17Ejecución, rehabilitación y mantenimiento de aceras de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires....................... Pág. 338

Contratación Directa - Circular sin consulta N° 1-DGTALMAEP/17Obra: ejecución, rehabilitación y mantenimiento de aceras de la ciudad autónoma de buenos                                        aires.................................................................................................................................................................... Pág. 338

Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires

Licitación Pública - Llamado N° 20-IVC/17Ejecución de obras de recuperación de instalaciones de gas............................................................................ Pág. 352

Licitación Pública - Llamado N° 37-IVC/17Ejecución de viviendas y locales comerciales y obras exteriores....................................................................... Pág. 352

Licitación Pública - Llamado N° 52-IVC/17Ejecución de cámara transformadora................................................................................................................. Pág. 353

Licitación Pública - Llamado N° 74-IVC/17Mantenimiento integral de la flota completa de vehículos.................................................................................. Pág. 354

Licitación Pública - Llamado N° 75-IVC/17Ejecución de Infraestructura, Barrio Alvarado, ubicado en la intersección de la calles Australia,                                     vías FF.CC., calle Agustín Magaldi y calle Alvarado del Barrio Barracas, Comuna 4, Capital                                          Federal................................................................................................................................................................ Pág. 354

Licitación Pública - Llamado N° 77-IVC/17Trabajos de confección, impresión y colocación de carteles.............................................................................. Pág. 355

Licitación Pública - Preadjudicación N° 52-IVC/16Instalación de Iluminación de Emergencia.......................................................................................................... Pág. 356

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Licitación Pública - Preadjudicación N° 34-IVC/17Provisión de Agua Envasada.............................................................................................................................. Pág. 360

Licitación Pública - Preadjudicación N° 48-IVC/17Provisión anual de artículos de limpieza............................................................................................................. Pág. 362

Licitación Pública - Preadjudicación N° 53-IVC/17Ejecución de la Obra de Recuperación de Pasarelas......................................................................................... Pág. 366

Contratación Directa - Prórroga N° 2-IVC/16Puesta en Servicio de la Instalación contra Incendio.......................................................................................... Pág. 371

Banco Ciudad de Buenos Aires

Carpeta - Preadjudicación N° 22941-COMPRAS/17Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo del instrumental del Laboratorio de                                                    Gemología y Ensayo de Materiales.................................................................................................................... Pág. 372

Ente Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de BuenosAires

Licitación Pública - Llamado N° 19-ERSP/17Contratación de un servicio de pintura para ambas sedes del Organismo......................................................... Pág. 373

Licitación Pública - Preadjudicación N° 20-ERSP/17Contratación de servicio de mantenimiento de equipos de aire acondicionado................................................. Pág. 373

Fiscalía General - Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Licitación Pública - Circular con consulta N° 10-FGCABA/17Obra Combate de los Pozos 155........................................................................................................................ Pág. 375

Contratación Directa - Circular sin consulta N° 24-FGCABA/17Contratación del servicio de soporte técnico y actualizaciones.......................................................................... Pág. 376

Defensor General - Ministerio Público CABA

Licitación Pública - Circular sin consulta N° 5-MPDCABA/17Adquisición de Mobiliario 2017........................................................................................................................... Pág. 377

Ministerio Público Tutelar

Contratacion Menor - Adjudicación N° 7-SGCA/17Adquisición de Indumentaria para agentes del MPT.......................................................................................... Pág. 378

Subsecretaría de Obras Públicas de la Nación

Licitación Pública - Llamado N° 40-SSOPUB/17Contratación y ejecución de obra denominada Palacio Nacional de las Artes - Paláis De Glace...................... Pág. 379

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Edictos Oficiales

Jefatura de Gabinete de Ministros

Intimaciones N° 23029977-DGGCDC/17Se intima a los titulares de los vehículos que se detallan en el anexo............................................................... Pág. 380

Ministerio de Hacienda

Intimaciones N° 24410020-DGR/16Se intima al contribuyente METALES ZANZIBAR S.A....................................................................................... Pág. 381

Ministerio de Educación

Citación N° 18529990-DGPDYND/17Se cita al agente Camargo Ivan.......................................................................................................................... Pág. 383

Citación N° 21105487-DGPDYND/17Se cita al agente Cáceres Marcela Beatriz......................................................................................................... Pág. 383

Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología

Notificación N° 22650258-DGEMP/17Se notifica al Sr. Ramón Sebastián Acuña......................................................................................................... Pág. 385

Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires

Notificación N° 22915600-IVC/17Se notifica a la Sra. FOLGAR, ELSA CARMEN................................................................................................. Pág. 386

Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires

Citación N° 22301389-JPCYFN4/17Se cita al Sr. Gustavo Rodrigo Mondalgo........................................................................................................... Pág. 387

Citación N° 22302093-JPCFN14/17Se cita al Sr. William Humberto Romero Guete.................................................................................................. Pág. 387

Citación N° 22378790-JPCFN19/17Se cita al Sr. Edgar Calle Huayta........................................................................................................................ Pág. 388

Notificación N° 22643878-JPCYFN4/17Se notifica la Resolución de autos a Juan Cruz Cei Byeskowna........................................................................ Pág. 389

Ministerio Público Fiscal

Citación N° 22480848-FPCFN17/17Se cita al Sr. Jordán Ángelo Córdova Llana....................................................................................................... Pág. 390

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Edictos Particulares

Transferencias N° 20275758-MGEYA-MGEYA/17Se transfiere la habilitación del local ubicado en la calle Av. Córdoba 2404...................................................... Pág. 391

Transferencias N° 20792194-MGEYA-MGEYA/17Se transfuiere la habilitación del local ubicado en la calle Aguilar N° 2417........................................................ Pág. 391

Transferencias N° 21093916-MGEYA-DGCCON/17Se transfiere la habilitación del local ubicado en la calle Monroe 5163.............................................................. Pág. 391

Transferencias N° 21095419-MGEYA-MGEYA/17Se transfiere la habilitación del local ubicado en la calle Av. Larrazabal 801..................................................... Pág. 392

Transferencias N° 21382960-MGEYA-MGEYA/17Se transfiere la habilitación del local ubicado en la calle Av. Directorio 685...................................................... Pág. 392

Transferencias N° 21594348-MGEYA-MGEYA/17Se transfiere la habilitación del local ubicado en la calle H. Yrigoyen 947......................................................... Pág. 393

Transferencias N° 21597508-MGEYA-MGEYA/17Se transfiere la habilitación del local ubicado en la calle Av. La Plata 96........................................................... Pág. 393

Transferencias N° 21965223-MGEYA-MGEYA/17Se transfiere la habilitación del local ubicado en la calle Av. Córdoba 1866...................................................... Pág. 394

Transferencias N° 22259154-MGEYA-MGEYA/17Se transfiere la habilitación del local ubicado en la calle Juan Agustín García 5033 y 5035............................. Pág. 394

Transferencias N° 22259873-MGEYA-MGEYA/17Se transfiere habilitación del local ubicado en la calle Baez 186/196................................................................. Pág. 394

Transferencias N° 22260731-MGEYA-MGEYA/17Se transfiere la habilitación del local ubicado en la calle Paraguay 3150/3144.................................................. Pág. 395

Retiro de Restos N° 26364705-MGEYA-MGEYA/16Familia Noble (Noble-Chapar-Carrillo-Oyuela)................................................................................................... Pág. 396

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Poder Legislativo Ley Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires

LEY N.º 5863

Buenos Aires, 14 de setiembre de 2017

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de

Ley Artículo 1°.- Condónase la deuda que la Asociación Argentina Hanmaum Seon Center del Budismo Coreano mantiene con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en concepto de Impuesto Inmobiliario y Tasa Retributiva de los Servicios de ABL, Mantenimiento y Conservación de Sumideros correspondiente al inmueble ubicado en la calle Miró 1575, Partida N° 0047949. Art 2°.- La existencia de eventuales pagos imputados a la cancelación de la deuda condonada no da lugar a reclamos, reintegros o repeticiones de suma alguna abonada. Art 3°.- Si existiera a la fecha reclamo judicial por la deuda, el beneficiario de la presente se hará cargo de las costas y costos por el juicio iniciado. Art 4°.- Comuníquese, etc. Santilli - Pérez DECRETO N.º 364/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley Nº 5.863 (E.E. Nº 21.993.447-DGALE-2017), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con fecha 14 de septiembre de 2017. El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda, y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos, comuníquese al Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Mura - Miguel

LEY N.º 5864

Buenos Aires, 14 de setiembre de 2017

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 19

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de

Ley

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Artículo 1°.- Condónase la deuda de ABL que mantiene con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el Centro de Estudiantes Pampeanos (C.E.P.E.B.A.), correspondiente al inmueble ubicado en la calle Brasil 1630/2/4, Partida N° 0113024. Art 2°.- La existencia de eventuales pagos imputados a la cancelación de la deuda condonada no da lugar a reclamos, reintegros o repeticiones de suma alguna abonada. Art 3°.- Si existiera a la fecha reclamo judicial por la deuda, el beneficiario de la presente se hará cargo de las costas y costos por el juicio iniciado. Art 4°.- Comuníquese, etc. Santilli - Pérez DECRETO N.º 365/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley Nº 5.864 (E.E. Nº 21.994.666-DGALE-2017), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con fecha 14 de septiembre de 2017. El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda, y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos, comuníquese al Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Mura - Miguel

LEY N.º 5865

Buenos Aires, 14 de setiembre de 2017

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de

Ley Artículo 1°.- Establécese la “Semana del Diseño“ a celebrarse durante la segunda semana de octubre de cada año. Art. 2°.- El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires debe realizar cada año, durante la Semana del Diseño, acciones tendientes a promover el Diseño en todas sus disciplinas. Art. 3°.- Comuníquese, etc. Santilli - Pérez DECRETO N.º 366/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 20

En uso de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley Nº 5.865 (EE. Nº 21.995.767/MGEYA-DGALE/17), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 14 de setiembre de 2017.

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El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Modernización, Innovación y Tecnología, y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y comuníquese al Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Moccia p/p - Miguel

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 21

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Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno

DECRETO N.º 367/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 VISTO: La Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 5.666), los Decretos Nros. 363/15 y sus modificatorios, 167/16, el Expediente Electrónico N° 22.358.065-MGEYA-UPEJOL/17, y CONSIDERANDO: Que por la Ley N° 5.460, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 2° de la citada Ley contempla, entre los Ministerios del Poder Ejecutivo, al Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología; Que por Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose al Organismo Fuera de Nivel Unidad de Proyectos Especiales (UPE) “Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018“, bajo la órbita del citado Ministerio; Que por Decreto N° 167/16, se designó al Licenciado Santiago Julián Mancini, DNI N° 32.613.592, CUIL N° 20-32613592-6, como Titular de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) "Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018" con rango, nivel y atribuciones de Subsecretario; Que conforme surge de las presentes actuaciones el mencionado funcionario ha presentado la renuncia al aludido cargo, partir del 30 de septiembre de 2017; Que en consecuencia, el señor Ministro de Modernización, Innovación y Tecnología, propicia la aceptación de la renuncia presentada por el Licenciado Santiago Julián Mancini y la designación del señor Juan Manuel Areco, DNI N° 31.507.878, CUIL N° 20-31507878-5, a partir del 1° de octubre del 2017, como Titular de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) "Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018", dependiente del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología; Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar la norma legal pertinente. Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA Artículo 1°.- Acéptase, a partir del 30 de septiembre de 2017, la renuncia presentada por el Lic. Santiago Julián Mancini, DNI N° 32.613.592, CUIL N° 20-32613592-6, como Titular de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) "Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018" dependiente del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología.

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 22

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Artículo 2°.- Desígnase, a partir del 1° de octubre de 2017, al Sr. Juan Manuel Areco, DNI N° 31.507.878, CUIL N° 20-31507878-5, como Titular de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) "Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018" dependiente del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología. Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Modernización, Innovación y Tecnología y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a los interesados dejando constancia que deberán dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 15 de la Ley N° 4.895 (texto consolidado según Ley Nº 5.666), comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Moccia p/p - Miguel

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 23

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Resolución Vicejefatura de Gobierno

RESOLUCIÓN N.° 113/AVJG/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 VISTO: Las Leyes N° 70 (texto consolidado Ley N° 5.666) y su modificatoria, N° 5.450 (texto consolidado Ley N° 5.666), los Decretos N° 1510-GCABA/97 (texto consolidado Ley N° 5.666), N° 1000/99, N° 363/15 y modificatorios, N° 87/16, la Resolución N° 29-SSDHPC/2016, la Disposición N° 24-DGOGPP/11, el Expediente Electrónico N° 903717-SSDHPC/2016 y, CONSIDERANDO: Que la Ley N° 70, en su artículo 25, establece que los responsables de programas y proyectos y sus superiores jerárquicos cuando se alejen de sus cargos, deben redactar un informe final sobre su gestión al dejar el cargo, prestando la colaboración a quien legítimamente le sucede en el mismo; Que por el Decreto N° 1000/99 se aprobó la reglamentación de la Ley N° 70, cuyo artículo 14 dispone que la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto tiene a su cargo establecer las características y el alcance del informe final sobre la gestión de los funcionarios responsables de programas y proyectos que se alejen de sus cargos, los cuales gozarán, por el plazo fijado en la ley de una remuneración equivalente a la del cargo que ocupaban; Que por Disposición N° 24-DGOGPP/11, la Dirección General Oficina de Gestión Pública y de Presupuesto, aprobó la reglamentación que se aplica para la presentación del informe final de gestión, en los términos del art. 25 de la Ley 70; Que mediante el Decreto N° 87/16 se aceptó, a partir del 10 de diciembre del 2015, la renuncia presentada por la Sra. Marisa Silvia Nasimoff, CUIL N° 27-16453969-0, al cargo de Directora General de la Dirección General de Convivencia en la Diversidad dependiente de la Subsecretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural; Que por su parte, por medio de la Resolución N° 29-SSDHPC/2016, la Subsecretaria de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural aprobó el informe final de gestión presentado por la Sra. Marisa Silvia Nasimoff; Que sin embargo, la Disposición N° 24-DGOGPP/11, establece que la aprobación del informe final de gestión debe ser efectuada por la máxima autoridad de la jurisdicción o entidad, o por el Jefe de Gobierno en el caso de Ministros y Secretarios del Poder Ejecutivo; Que la Subsecretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural dependiente de la Secretaría de Desarrollo Ciudadano de la Vicejefatura de Gobierno, tiene como máxima autoridad dentro del ámbito de su jurisdicción al Vicejefe de Gobierno, en virtud de lo dispuesto por el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios; Que, por lo expuesto anteriormente, resulta procedente ratificar el acto administrativo dictado por la Subsecretaria de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural, conforme lo dispuesto en el artículo 19 inciso a) de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobada por el Decreto de Necesidad y Urgencia 1510-GCABA/97 (texto consolidado Ley N° 5.666 - BOCBA 5014);

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Por ello, en uso de las atribuciones conferidas mediante la Disposición N° 24-DGOGPP/11,

EL VICEJEFE DE GOBIERNO RESUELVE

Artículo 1°.- Ratifícanse los términos de la Resolución N° 29-SSDHPC/2016, conforme lo dispuesto en el artículo 19 inciso a) de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobada por el Decreto de Necesidad y Urgencia 1510-GCABA/97 (texto consolidado Ley N° 5.666 - BOCBA 5014), dictada por la Subsecretaria de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural en fecha 27 de abril de 2016, mediante la cual se aprobó el informe final de gestión presentado por la Sra. Marisa Silvia Nasimoff, CUIL N° 27-16453969-0. Artículo 2°.- Notifíquese al interesado y publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, remítase, para su conocimiento, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda, a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Administración y Gestión Económica del Ministerio de Hacienda, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, y a la Subsecretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural dependiente de la Secretaría Desarrollo Ciudadano de Vicejefatura de Gobierno. Santilli

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Jefatura de Gabinete de Ministros

RESOLUCIÓN N.° 368/MJGGC/17

Buenos Aires, 4 de octubre de 2017 VISTO: Las Leyes Nº 5.726 y Nº 5.460 (texto consolidado por Ley N° 5.666), el Préstamo Nº: BIRF 8706-AR, los Decretos Nº 363/GCABA/15 y sus modificatorios, Nº 168/GCABA/17, el Expediente Electrónico Nº 20.927.477-MGEYA-DGOPDU/17, y; CONSIDERANDO: Que por Ley N° 5.726 se autorizó al Poder Ejecutivo a contraer en el mercado local y/o internacional uno o más empréstitos con Organismo Multilaterales de Crédito, Bancos de Desarrollo, Instituciones Financieras de Fomento de la Exportaciones, Instituciones Financieras Bilaterales de Desarrollo y/o cualquier otra institución financiera local o internacional, siendo el destino del crédito público la ejecución de un programa integral de desarrollo sostenible y mejora de hábitat de asentamientos informales en el área de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con priorización en el programa de urbanización del polígono correspondiente a las villas 31 y 31 bis; Que con sustento en la citada Ley, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires suscribió con el Banco Internacional de Desarrollo y Fomento el contrato de Préstamo Nº BIRF 8706-AR para asistir en el financiamiento del "Proyecto de Transformación Urbana del Área Metropolitana de Buenos Aires - Ciudad Autónoma de Buenos Aires"; Que el objeto del proyecto precedentemente mencionado, es mejorar las condiciones de vivienda y el acceso a los servicios básicos de infraestructura en barrios vulnerables del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), y fortalecer la capacidad institucional para la gestión urbana en el ámbito metropolitano; Que en virtud de lo expuesto precedentemente, corresponde aprobar la documentación que regirá el procedimiento de Licitación Pública Internacional, para llevar adelante la construcción de la obra denominada “Sectores de Renovación de la Infraestructura en el Barrio 31, Carlos Múgica, Retiro, Ciudad Autónoma de Buenos Aires"; Que, conforme lo detallado por la Secretaría de Integración Social y Urbana (IF-2017-21063090-SECISYU), el proyecto en cuestión comprenderá: la infraestructura (redes colectoras de cloaca, redes distribuidoras de agua, redes y sumideros pluviales y fosa para futura instalación de conductores eléctricos donde corresponda) de los frentistas indicados en CINCO (5) sectores determinados, obras a nivel de superficie (pavimentos de hormigón, veredas de pavimento intertrabado, canteros para parquización) y alumbrado público; Que dicha obra, será financiada en el marco del "Proyecto de Transformación Urbana AMBA-CABA", Préstamo BIRF 8706-AR y tendrá un plazo de ejecución de CUATROCIENTOS VEINTISIETE (427) días corridos, rigiéndose por las normas del Banco Interamericano de Restructuración y Fomento (BIRF); Que a tenor de lo expuesto corresponde aprobar los siguientes documentos que regirán el proceso de contratación, a saber: Documento Estándar de Adquisiciones, Pliego de Especificaciones Técnicas, Plan de Gestión Ambiental y Social, Planos, Estudio de Suelos y Cronograma de Obra;

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Que han tomado la intervención de su competencia la Agencia de Protección Ambiental, la Dirección General de Compras y Contrataciones y la Dirección General de Redeterminación, así como la Procuración General de la Ciudad conforme los términos de la Ley N° 1.218; Que por el Decreto Nº 168/GCABA/2017 se delegó en el Jefe de Gabinete de Ministros la atribución necesaria para la aprobación de todos los pliegos que regirán los procedimientos de selección, las enmiendas modificatorias de dichos pliegos y las adjudicaciones de tales procedimientos; Por ello, y en uso de la facultades conferidas por el Decreto N° 168/GCABA/2017,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS RESUELVE:

Artículo 1.- Apruébanse el Documento Estándar de Adquisiciones (IF-2017-22681255-DGOPDU), los Pliegos de Especificaciones Técnicas (IF-2017-22000233-DGOPDU), el Plan de Gestión Ambiental y Social (IF-2017-22000900-DGOPDU), el Estudio de Suelos (IF-2017-22000521-DGOPDU), los Planos (PLANO-2017-22078653-DGOPDU) y el Cronograma de Obra (IF-2017-22079658-DGOPDU) que como Anexo forman parte de la presente. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; y remítase a la Secretaría de Integración Social y Urbana de la Jefatura de Gabinete de Ministros, para la prosecución del trámite. Cumplido, archívese. Miguel

RESOLUCIÓN N.° 369/MJGGC/17

Buenos Aires, 4 de octubre de 2017 VISTO: Los Decretos Nros. 638/07, 363/15 y sus modificatorios y la Resolución N° 167/MJGGC/16, el Expediente Electrónico Nº 21734163/MGEYA-SECISYU /2017, y CONSIDERANDO: Que por Decreto Nº 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la Estructura Orgánico Funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 7 instituye a partir del 10 de diciembre de 2015, el Régimen Modular de las Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores de este Gobierno; Que por Resolución N° 167/MJGGC/16, la señora Maria Belén Barreto, CUIL 27-33713541-8, fue designada como Personal de Planta de Gabinete de la Secretaria de Integración Social y Urbana de esta Jefatura de Gabinete de Ministros; Que la mencionada Secretaria propicia el cese de la Sra. Maria Belén Barreto, CUIL 27-33713541-8 como personal de su Planta de Gabinete; Que a tal fin, resulta necesario dictar la norma legal que posibilite lo requerido. Por ello, conforme las facultades conferidas por el artículo 1, del Decreto N° 638/2007,

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ANEXO

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Artículo 1.- Cesase a partir del 2 de octubre de 2017 a la Sra. Maria Belén Barreto, CUIL 27-33713541-8,, como Personal de la Planta de Gabinete de la Secretaria de Integración Social y Urbana de esta Jefatura de Gabinete de Ministros. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Secretaria de Integración Social y Urbana efectos que se notifique a la interesada. Cumplido, archívese. Miguel RESOLUCIÓN N.° 194/ASINF/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 VISTO: La Ley N° 2.689 (Texto Consolidado por Ley N° 5.666), la Ley N° 5.460 (Texto Consolidado por Ley N° 5.666), su Decreto Complementario N° 363/GCABA/15, el Decreto N° 638/GCABA/07, la Resolución N° 698/MHGC/08, la Resolución Nº 11/MJGGC/SECLYT/11, la Resolución Nº 2238/GCABA/MHGC/17, el Expediente Electrónico Nº 19730572-MGEYA-ASINF-2017, y CONSIDERANDO: Que por los presentes actuados tramita la designación del Sr. Chuliver Perez, Carlos Gustavo DNI Nº 17.108.720, CUIL Nº 20-17108720-2, como Planta de Gabinete de la Dirección General de Servicios de esta Agencia de Sistemas de Información por el período del mes de julio de 2017; Que mediante Ley N° 2.689 (Texto Consolidado por Ley N° 5.666) se creó la Agencia de Sistemas de Información (ASI), en su carácter de órgano rector en materia de tecnologías de la información y de las comunicaciones en el ámbito del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que en este sentido en el artículo 10° de la Ley 2.689 (Texto Consolidado por Ley N° 5.666), establece las funciones y facultades del Director Ejecutivo de la Agencia de Sistemas de Información, entre ellas, "Inc. a) Organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Agencia, respecto a su estructura orgánico funcional, así como los aspectos organizativos, operativos y de administración."; Que, por su parte, la actual Ley de Ministerios N° 5.460 establece que la Agencia de Sistemas de Información (ASI) se encuentra bajo la órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministerios de la Ciudad, asimismo ésta además se encarga de supervisar su funcionamiento, en un todo conforme con dicha Ley, y su Decreto Complementario N° 363/GCABA/15; Que por Decreto N° 363/GCABA/15, se aprobó la estructura Orgánico Funcional del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Que entre otras medidas, el Artículo 7 del citado Decreto instituye a partir del 10 de diciembre de 2015, el Régimen Modular de las Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores de este Gobierno; Que por Resolución 11/MJGGC/SECLYT/11 se aprueba el procedimiento aplicable a las designaciones en planta de gabinete y por Resolución N° 2238/GCABA/MHGC/2017 se establece el valor de la Unidad Retributiva Mensual para las Autoridades Superiores y el Régimen Modular de Plantas de Gabinete;

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 28

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS RESUELVE

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Que en este sentido mediante Notas N° 19722829/DGSERV/2017 y su rectificatoria N° 21877258/DGSERV/2017 obrantes bajo Ordenes N° 4 y 19 el Director General de Servicios solicitó, se arbitren los medios necesarios para la designación del Sr. Chuliver Perez, Carlos Gustavo como Planta de Gabinete de la Dirección General de Servicios, por el mes de julio de 2017 con DOS MIL TRESCIENTAS (2.300) Unidades Retributivas mensuales;

Que ello así, mediante Informe N° 21970435/ASINF/17 obrante bajo Orden N°21, la Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial remitió las presentes actuaciones a la Gerencia Operativa de Legales a fin de realizar el correspondiente acto administrativo; Que conforme la normativa vigente, obra en las presentes actuaciones la documentación respaldatoria; Que dicho acto administrativo se efectúa teniendo en cuenta las certificaciones obrantes en el presente actuado de acuerdo a lo dispuesto por Resolución N° 698/MHGC/2008 y sus modificatorias; Que en este sentido bajo Orden Nº 28, la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes ha tomado la debida intervención y remitió la presente a efectos que se proceda a la designación por el mes de julio de 2017, del Sr. Chuliver Perez, Carlos Gustavo, como Planta de Gabinete de la Dirección General de Servicios, con DOS MIL TRESCIENTAS (2.300), unidades retributivas mensuales, verificando que dicha Dirección General cuenta con las unidades retributivas necesarias para hacer frente a la erogación en cuestión, sin objeciones que formular al respecto; Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACION

RESUELVE Artículo 1°-. Desígnase por el período correspondiente al mes de julio de 2017, al Sr. Chuliver Perez, Carlos Gustavo DNI Nº 17.108.720, CUIL Nº 20-17108720-2 como Personal de Planta de Gabinete de la Dirección General de Servicios de la Agencia de Sistemas de Información (F/N) de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con DOS MIL TRESCIENTAS (2.300) Unidades Retributivas Mensuales, en las condiciones establecidas por el Artículo 7 del Decreto N° 363/GCABA/15. Articulo 2°.- Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Agencia de Sistemas de Información. Comuníquese a la Dirección General de Servicios de la Agencia de Sistemas de Información, a la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Hacienda. Notifíquese al interesado. Cumplido, archívese. Dougall

RESOLUCIÓN N.° 137/SECPECG/17

Buenos Aires, 9 de octubre de 2017 VISTO:

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 29

La Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.666) y modificatorias, su Decreto Reglamentario N° 326/GCABA/17, concordantes y modificatorios, las Resoluciones Nº

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424/MHGC/13 y sus complementarias y modificatorias, la Disposición Nº 396/DGCYC/14, el Expediente Electrónico Nº EX-2017-23053269- MGEYA-DGPLE, y CONSIDERANDO: Que tratan los presentes actuados del proyecto desarrollado por la Dirección General de Planificación Estratégica (DGPLE), dependiente de la Secretaría de Planificación, Evaluación y Coordinación de Gestión (SECPECG) de la Jefatura de Gabinete de Ministros, tendiente a la convocatoria para recibir observaciones y comentarios sobre el anteproyecto de documentación que regirá el "Concurso 1° Vínculo de Impacto Social 2017"; Que habida cuenta de la complejidad de la contratación de marras y tratándose de la implementación de una herramienta innovadora e inédita en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se ha considerado procedente la apertura de una etapa previa a la Convocatoria a fin de que los interesados formulen sugerencias y observaciones al anteproyecto de Pliego de Bases y Condiciones Particulares; Que el mentado proceso se encuentra normado en el artículo 88° de la Ley N° 2.095 y su Decreto Reglamentario N° 326/GCABA/17, previéndose la recepción de observaciones o sugerencias hasta el 17 de noviembre de 2017, para posteriormente convocar una serie de reuniones y promover el debate entre todos aquellos que hubieran manifestado observaciones y presentado una declaración de interés sobre los documentos licitatorios hasta el 15 de diciembre del corriente año; Que, dichas fechas tienen por objetivo que el comienzo de las prestaciones se produzca antes del 1º de mayo de 2018; Que adentrándonos en la figura del "Vinculo de Impacto Social" ("VIS"); conforme con los antecedentes recabados, la misma surge en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte en el año 2010, bajo la denominación de "Social Impact Bonds", debiendo traducirse la palabra "bond" como referente a un vínculo y no a un bono; Que de acuerdo a los análisis efectuados los "VIS" son instrumentos que permiten incrementar la efectividad de la inversión social, la innovación dentro del Sector Público y la alineación con el sector privado y las Organizaciones No Gubernamentales. Que, puntualmente, mediante el "Vinculo de Impacto Social" que se somete a esta convocatoria, se pretende lograr una mejora de la empleabilidad de la población joven, de entre DIECISIETE (17) y VEINTICUATRO (24) años, de la Zona Sur de la CABA y que se encuentren en situación de vulnerabilidad laboral; Que resulta importante destacar que el modelo contractual a implementar por medio de la contratación que se propicia, se está utilizando para abordar problemas sociales complejos, en distintos países del mundo, entre los que cabe destacar los Estados Unidos de América, Australia, Alemania, Holanda, Bélgica, India e Israel, entre otros.

Que en atención a lo indicado ut supra, y de acuerdo con lo previsto por el artículo 88° inciso 12) del Decreto Reglamentario N° 326/GCABA/17, el anteproyecto de Pliego de Bases y Condiciones Particulares será difundido por el término de DIEZ (10) días hábiles en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; además de la correspondiente publicación del aviso en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Por ello, y en uso de la facultades conferidas por el Anexo II del Decreto Nº 326/GCABA/17, reglamentario de la Ley Nº 2. 095,

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EL SECRETARIO DE PLANIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y COORDINACIÓN DE GESTIÓN

DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS RESUELVE:

Artículo 1°.- Convóquese a los interesados para la formulación de sugerencias y observaciones al anteproyecto de Pliego de Base y Condiciones Particulares (IF-2017-23135828- -DGTALMJG) que regirá el "Concurso 1° Vínculo de Impacto Social 2017". Artículo 2°.- Establécese que las sugerencias y observaciones se deberán presentar en soporte papel, en idioma español, ante la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Jefatura de Gabinete de Ministros hasta el 17 de noviembre de 2017. Artículo 3º.- Dispónese que a partir de la finalización del plazo para la presentación de sugerencias y observaciones establecido en el artículo precedente, se procederá a convocar a todos los interesados en un pie de igualdad a participar de la celebración de reuniones de debates e intercambio de opiniones sobre la documentación licitatoria hasta el hasta el 15 de diciembre de 2017. Artículo 4º.- Difúndase el anteproyecto de Pliego de Bases y Condiciones Particulares (IF-2017-23135828- DGTALMJG) en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el plazo de DIEZ (10) días. Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese a la Gerencia Operativa de Compras, Obras y Mantenimiento de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Jefatura de Gabinete de Ministros, para la prosecución de su trámite. Benegas

RESOLUCIÓN N.° 215/SECCCYFP/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 VISTO: La Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley 5.666) y modificatorias, su Decreto Reglamentario Nº 326/GCABA/2017 y concordantes, las Resoluciones Nº 424/MHGC/13 y sus complementarias y modificatorias, la Disposición Nº 396/DGCYC/14, el Expediente Electrónico Nº EX-2017-22778046-MGEYA-DGTALMJG, y CONSIDERANDO: Que, por la citada actuación tramita la Contratación Menor N° 2051-2797-CME17 mediante el sistema Buenos Aires Compras (B.A.C.) tendiente a la contratación del servicio de producción de un concurso de arte en dos categorías, fotografía y dibujo y pintura, destinado a empleados del GCABA, en cumplimiento de los objetivos de la Dirección General de Cultura del Servicio Público de la Secretaría de Cultura Ciudadana y Función Pública; Que mediante Notas NO-2017-21976098-DGCSP, la Dirección General Cultura del Servicio Públicosolicitó la contratación del servicio detallado,

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ANEXO

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Que por su parte, a través de NO-2017-22756574-SECCCYFP,la Secretaría de Cultura Ciudadana y Función Pública solicitó llevar adelante un procedimiento de Contratación Menor de acuerdo a lo normado por la Ley 2.095 y su reglamentación Asimismo, indicó queel presupuesto estimado para la presente contratación asciende a la suma de PESOS DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL ($ 225.000.-) correspondiente al Ejercicio 2017, conforme surge de la correspondiente Solicitud de Gastos N° 9980-6480-SG17 (DOCFI-2017-22754672-SECCCYFP); Que a tenor de lo expuesto, corresponde la tramitación de las presentes al amparo de lo normado por los artículos 38° y concordantes de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley 5.666) y su correspondiente reglamentación; Que obra el correspondiente código BAC de identificación del objeto de la presente contratación; Que por Disposición Nº 396/DGCYC/14, el Director General de Compras y Contrataciones en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 85° de la Ley Nº 2.095 aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, el que se encuentra agregado en estos actuados; Que se publican en www.buenosairescompras.gob.ar los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones técnicas, los cuales contienen el detalle del servicio requerido, como así también las condiciones y modalidades propias de la contratación, entre los que se cuentan los requisitos técnicos, económicos y administrativos, entre otros; Que a tenor de lo expuesto corresponde aprobar los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, y llamar a Contratación Menor para la capacitación solicitada. Que asimismo corresponde realizar el llamado a presentar ofertas, estableciendo el día y hora límite para la recepción de éstas.

Por ello, y en uso de la facultades conferidas por el Decreto Nº 326/2017, reglamentario de la Ley Nº 2.095,

LA SECRETARIA DE CULTURA CIUDADANA Y FUNCIÓN PÚBLICA DE

LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS RESUELVE:

Artículo 1.- Apruébanse el Pliego de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2017-22382994-SECCCYFP), el Pliego de Especificaciones Técnicas (IF-2017-22385293-SECCCYFP), que como Anexo forman parte de la presente. Artículo 2.- Autorízase el llamado a Contratación Menor Nº 2051-2797-CME17, mediante el sistema Buenos Aires Compras (B.A.C.) tendiente a la contratación del servicio de producción de un concurso de arte en dos categorías, fotografía y dibujo y pintura, destinado a empleados del GCABA, para el día 11 de octubre de 2017 a las 12:00 horas, por un monto total estimado PESOS DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL ($ 225.000.-). Artículo 3.- Invitase a cotizar a por lo menos, DOS (2) proveedores inscriptos en el Registro Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad si los hubiere, atento lo establecido por el artículo 38° inciso d) del Decreto N° 326/GCABA/2017 reglamentario de la Ley N° 2.095. Artículo 4.- El gasto que demande la presente contratación será imputado a las partidas presupuestarias correspondientes al ejercicio 2017.

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Artículo 5.- Publíquese en el portal de internet de Buenos Aires Compras (BAC); comuníquese a las Direcciones Generales de Compras y Contrataciones y de Contaduría del Ministerio de Hacienda y remítase a la Gerencia Operativa de Compras, Obras y Mantenimiento de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Jefatura de Gabinete de Ministros, para la prosecución del trámite. Cumplido, archívese. Uhalde

RESOLUCIÓN N.° 293/SECISYU/17

Buenos Aires, 27 de septiembre de 2017 VISTO: El Decreto Nº 680/16, el Expediente N° 22.089.195-MGEYA-DGTALMJG/17, y CONSIDERANDO: Que, por la citada actuación, tramita una modificación presupuestaria entre partidas de los Incisos 3- Servicios no Personales, y 4- Bienes de Uso, del presupuesto asignado a la Unidad Ejecutora 2175- Secretaría de Integración Social y Urbana; Que, dicha modificación, responde a necesidades presupuestarias de la mencionada unidad ejecutora, para las cuales las Partidas Principales 3.3- Mantenimiento, Reparación y Limpieza, 3.5- Servicios Especializados, Comerciales y Financieros, y 4.3- Maquinaria y Equipo, del Programa 22- Infraestructura Urbana y Coordinación Gubernamental en Barrios 31 y 31 Bis, no cuentan con crédito suficiente; Que, a tal fin, se propone incrementar las partidas citadas anteriormente por compensación con el crédito asignado al mismo programa, pero de las Partidas Principales 3.3- Mantenimiento, Reparación y Limpieza, y 4.2- Construcciones, dado que cuentan con saldo suficiente para ello; Que, en función de lo expuesto, se considera conveniente la adopción de acciones tendientes a dar curso a lo solicitado; Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 680/16 que aprueba las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2017,

EL SECRETARIO DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y URBANA RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase la modificación presupuestaria, consistente en la compensación de los créditos asignados a los Incisos 3- Servicios no Personales, y 4- Bienes de Uso, del Programa 22-Infraestructura Urbana y Coordinación Gubernamental en Barrios 31 y 31 Bis, de acuerdo al Comprobante de "Modificaciones y Compensaciones Presupuestarias" que, a todos sus efectos como IF-2017-22212108-DGTALMJG forma parte integrante de la presente.

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ANEXO

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Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Jefatura de Gabinete de Ministros y a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda. Cumplido archívese. Fernández

RESOLUCIÓN N.° 297/SECISYU/17

Buenos Aires, 3 de octubre de 2017 VISTO: El Decreto Nº 680/16, el Expediente N° 22.216.497-MGEYA-DGTALMJG/17, y CONSIDERANDO: Que, por la citada actuación, tramita una modificación presupuestaria entre partidas de los Incisos 3- Servicios no Personales, y 4- Bienes de Uso, del presupuesto asignado a la Unidad Ejecutora 2175- Secretaría de Integración Social y Urbana; Que, dicha modificación, responde a necesidades presupuestarias de la mencionada unidad ejecutora, para las cuales el Inciso 3- Servicios no Personales, de los Programas 2- Actividades Comunes a los Programas 21 y 22, y 22- Infraestructura Urbana y Coordinación Gubernamental en Barrios 31 y 31 Bis, no cuentan con crédito suficiente; Que, a tal fin, se propone incrementar las partidas citadas anteriormente por compensación con el crédito asignado a los mismos programas, pero de los Incisos 3- Servicios no Personales, y 4- Bienes de Uso, dado que cuentan con saldo suficiente para ello; Que, en función de lo expuesto, se considera conveniente la adopción de acciones tendientes a dar curso a lo solicitado; Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 680/16 que aprueba las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2017,

EL SECRETARIO DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y URBANA RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase la modificación presupuestaria, consistente en la compensación de los créditos asignados a los Incisos 3- Servicios no Personales, y 4- Bienes de Uso, de los Programas 2- Actividades Comunes a los Programas 21 y 22, y 22- Infraestructura Urbana y Coordinación Gubernamental en Barrios 31 y 31 Bis, de acuerdo al Comprobante de "Modificaciones y Compensaciones Presupuestarias" que, a todos sus efectos como IF-2017- 22686560-DGTALMJG forma parte integrante de la presente.

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ANEXO

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Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Jefatura de Gabinete de Ministros y a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda. Cumplido archívese. Fernández

RESOLUCIÓN N.° 308/SECISYU/17

Buenos Aires, 9 de octubre de 2017 VISTO: La Ley Nacional de Obras Publicas N° 13.064, los Decretos N° 1.254-GCABA/08 y Nº 203-GCABA/16, el Expediente Electrónico EX-2017-18927447- -MGEYA-DGMV, la RESOL-2017-264-SECISYU y CONSIDERANDO: Que, por la actuación citada en el Visto tramita la Licitación Pública para la Construcción de la Obra "Ejecución, rehabilitación y mantenimiento de fachadas, medianeras y cubiertas del Barrio 31 de la Ciudad de Buenos Aires Sector 1: `Feria Güemes' y Sector 2: `Paseo comercial'", al amparo de la Ley Nacional de Obras Públicas N ° 13.064, los Decretos N° 1.254-GCABA/08 y Nº 203-GCABA/16; Que mediante Resolución N° 264-SECISYU/17 del 7 de septiembre del corriente año (BOCBA N° 5210 del 12/09/2017), se aprobó la documentación de la citada contratación (pliegos, anexos, planos y planillas), se dispuso la convocatoria para la apertura de sobres el 10 de octubre de 2017 a las 12 hs., a realizarse en la sede de esta Secretaría; Que, con posterioridad, el Sr. Subsecretario de Infraestructura, Vivienda y Coordinación Gubernamental solicitó que por razones operativas y logísticas se disponga la prórroga de la fecha de apertura de sobres al 19 de octubre de 2017 extendiéndose, en consecuencia, el plazo de presentación de ofertas; Que en virtud los motivos esgrimidos, corresponde disponer la prórroga de la fecha de apertura de sobres de la contratación de referencia al 19 de octubre de 2017, a la misma hora y lugar; Por ello, en un todo de acuerdo con la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, y en uso de las facultades conferidas por el Anexo I del Decreto N° 203-GCBA/16.

EL SECRETARIO DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y URBANA RESUELVE:

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ANEXO

Articulo 1º.- Postérgase la fecha para la celebración del acto de apertura de sobres fijada por el Artículo 2º de la Resolución N° 264-SECISYU/17, en la Licitación Pública N° 1332-SIGAF/17 destinada a la ejecución de la Obra "Ejecución, rehabilitación y

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mantenimiento de fachadas, medianeras y cubiertas del Barrio 31 de la Ciudad de Buenos Aires Sector 1: `Feria Güemes' y Sector 2: `Paseo comercial'", y fíjase nueva fecha de apertura de sobres para el 19 de octubre de 2017, a las 12 hs. en la Secretaría de Integración Social y Urbana de la Jefatura de Gabinete de Ministros, sita en calle Av. Martín García 346 Piso 4°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en la Página Web del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en el Portal Buenos Aires Compras para su conocimiento por las firmas interesadas. Cumplido, y para la continuación del trámite, gírense las actuaciones a la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Secretaría de Integración Social y Urbana. Fernández

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Ministerio de Hacienda

RESOLUCIÓN N.º 3148/MHGC/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 VISTO: Las Leyes Nros. 471 (texto consolidado por Ley Nº 5.666), 5.460 y modificatoria, los Decretos Nros. 684/09, 335/11, 571/11, 363/15, 329/16, 675/16, 208/17 y 340/17, el Expediente Electrónico N° 21.288.563-MGEYA-DGCAR-2017, y CONSIDERANDO: Que por la Ley N° 5.460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Decreto N° 363/15 y modificatorio fue aprobada la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 5° del citado decreto establece que los cargos del Régimen Gerencial existentes al 10 de diciembre de 2015 permanecerán vigentes hasta tanto se apruebe la estructura orgánico funcional de dicho Régimen en cada jurisdicción o hasta tanto el Ministro de Hacienda realice las modificaciones de designaciones de personal de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° de dicho decreto, es decir, hasta tanto realice las designaciones del personal del Régimen Gerencial resultantes de los cambios producidos por la Ley N° 5.460 y su modificatoria y el Decreto N° 363/15 y modificatorio; Que por Decreto N° 340/17 se modificó la estructura organizativa del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Decreto N° 684/09 se aprobó el Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de aplicación en los organismos del Poder Ejecutivo; Que posteriormente, por Decreto N° 335/11 se modificó el artículo 3° del Decreto N° 684/09, el cual especifica que los cargos gerenciales se dividirán en dos niveles que se denominarán “Gerencia Operativa“ y “Subgerencia Operativa“, a los que les corresponderán las acciones y objetivos que se prevén en las estructuras organizativas de este Gobierno; Que por el artículo 4° del Decreto N° 571/11 se autorizó al entonces Secretario de Recursos Humanos a disponer la cobertura transitoria de los cargos Gerenciales, su duración y a fijar el plazo dentro del cual deberán convocarse los concursos públicos y abiertos de antecedentes y oposición para los cargos de los mismos; Que a efectos de cubrir el cargo vacante en forma transitoria hasta tanto se realice la convocatoria para los concursos públicos y abiertos de antecedentes y oposición, el Ministerio de Ambiente y Espacio Público propicia la designación del Sr. Pedro Manuel Andrés, DNI N° 16.010.906, CUIL N° 20-16010906-9, como Subgerente Operativo de la Subgerencia Operativa Pliegos Técnicos, Cómputo y Presupuesto, de la Gerencia Operativa Proyectos de Infraestructura, de la Dirección General Obras en Vías Peatonales, de la Subsecretaría de Vías Peatonales, toda vez que posee la idoneidad necesaria para el desempeño del cargo para el cual es propuesto; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda, ha verificado la inexistencia de incompatibilidad del agente propuesto para

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la cobertura transitoria del cargo, de acuerdo con lo normado en el artículo 7° de la Ley N° 471; Que conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el art. 17 incs. 11 y 13 de la Ley Nº 5.460 y modificatoria,

EL MINISTRO DE HACIENDA RESUELVE

Artículo 1°.- Desígnase, a partir del 19 de septiembre de 2017, con carácter transitorio, al agente Pedro Manuel Andrés, DNI N° 16.010.906, CUIL N° 20-16010906-9, como Subgerente Operativo de la Subgerencia Operativa Pliegos Técnicos, Cómputo y Presupuesto, de la Gerencia Operativa Proyectos de Infraestructura, de la Dirección General Obras en Vías Peatonales, de la Subsecretaría de Vías Peatonales, del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, reteniendo la partida presupuestaria número 3504.0007.TB.06. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, Desarrollo del Servicio Civil, Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Obras en Vías Peatonales, del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, debiendo esta última notificar fehacientemente al interesado y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Mura

RESOLUCIÓN N.º 3149/MHGC/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 VISTO: Las Leyes Nros. 471 (texto consolidado por Ley Nº 5.666), 5.460 y modificatoria, los Decretos Nros. 684/09, 335/11, 571/11, 363/15, 306/16, 675/16 y 122/17 y 329/17, las Resoluciones N° 611/MMGC/15 y 854/SSGRH/16, y el Expediente Electrónico N° 21.647.545-MGEYA-SSSYP-2017, y CONSIDERANDO: Que por la Ley N° 5.460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Decreto N° 363/15 y modificatorio fue aprobada la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 5° del citado Decreto establece que los cargos del Régimen Gerencial existentes al 10 de diciembre de 2015 permanecerán vigentes hasta tanto se apruebe la estructura orgánico funcional de dicho Régimen en cada jurisdicción o hasta tanto el Ministro de Hacienda realice las modificaciones de designaciones de personal de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° de dicho Decreto, es decir, hasta tanto realice las designaciones del personal del Régimen Gerencial resultantes de los cambios producidos por la Ley N° 5.460 y su modificatoria y el Decreto N° 363/15 y modificatorio;

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Que por Decreto N° 329/17 se modificó la estructura organizativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros, del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Decreto N° 684/09 se aprobó el Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de aplicación en los organismos del Poder Ejecutivo; Que posteriormente, por Decreto N° 335/11 se modificó el artículo 3° del Decreto N° 684/09, el cual especifica que los cargos gerenciales se dividirán en dos niveles que se denominarán “Gerencia Operativa“ y “Subgerencia Operativa“, a los que les corresponderán las acciones y objetivos que se prevén en las estructuras organizativas de este Gobierno; Que por el artículo 4° del Decreto N° 571/11 se autorizó al entonces Secretario de Recursos Humanos a disponer la cobertura transitoria de los cargos Gerenciales, su duración y a fijar el plazo dentro del cual deberán convocarse los concursos públicos y abiertos de antecedentes y oposición para los cargos de los mismos; Que el agente Santiago Ignacio Perciavalle Giudici, DNI Nº 26.880.659, CUIL Nº 20-26880659-9 fue designado como titular por concurso de la Gerencia Operativa Ingeniería de Procesos, de la entonces Dirección General de Ingeniería de Proyectos, de la Ex Subsecretaría de Gestión de Proyectos de Modernización, del Ex Ministerio de Modernización mediante la Resolución Nº 611/MMGC/2015, y le fue otorgada por Resolución Nº 854/SSGRH/2016 la licencia extraordinaria sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía en los términos del artículo 16, inc. k) de la Ley Nº 471; Que a efectos de cubrir el cargo vacante en forma transitoria hasta tanto se realice la convocatoria para los concursos públicos y abiertos de antecedentes y oposición, o

hasta que se reintegre el titular, lo que ocurra primero,, la Jefatura de Gabinete de Ministros propicia la designación del Sr. Luis Alberto Hernández, DNI N° 14.011.945, CUIL N° 20-14011945-9, como Gerente Operativo de la Gerencia Operativa Mantenimiento de Procesos, de la Dirección General Administración de Bases de Datos e Ingeniería de Proyectos, de la Subsecretaría de Sistemas y Procesos, toda vez que posee la idoneidad necesaria para el desempeño del cargo para el cual es propuesto; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda, ha verificado la inexistencia de incompatibilidad del agente propuesto para la cobertura transitoria del cargo, de acuerdo con lo normado en el artículo 7° de la Ley N° 471; Que conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el art. 17 incs. 11 y 13 de la Ley Nº 5.460 y modificatoria,

EL MINISTRO DE HACIENDA RESUELVE

Artículo 1°.- Desígnase, a partir del 21 de septiembre de 2017, con carácter transitorio, al señor Luis Alberto Hernández, DNI N° 14.011.945, CUIL N° 20-14011945-9, como Gerente Operativo de la Gerencia Operativa Mantenimiento de Procesos, de la Dirección General Administración de Bases de Datos e Ingeniería de Proyectos, de la Subsecretaría de Sistemas y Procesos, de la Jefatura de Gabinete de Ministros.

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Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, de Desarrollo del Servicio Civil y Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Administración de Bases de Datos e Ingeniería de Proyectos, de la Jefatura de Gabinete de Ministros, debiendo esta última notificar fehacientemente al interesado y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Mura

RESOLUCIÓN N.º 3150/MHGC/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 VISTO: Las Leyes Nros 5460 y su modificatoria y 471 (texto consolidado por Ley Nº 5666), los Decretos Nros 70/2015 y 363/2015 y sus modificatorios, las Resoluciones N° 20/MHGC/14, 1464/MHGC/14, 270/MMGC/2015 y el Expediente Electrónico Nº 14.314.737/2017 (HGAJAF) y CONSIDERANDO: Que en el marco de lo establecido en el Título II de la Ley Nº 471 (texto consolidado por Ley N° 5.666) de Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se han llevado a cabo negociaciones colectivas entre representantes gremiales y el Gobierno de la Ciudad, en relación al nuevo Régimen Escalafonario y de Carrera Administrativa; Que por la Resolución Nº 20/MHGC/2014, se instrumentó el Acta Paritaria Central N° 17/2013, mediante la cual se aprobó el texto completo del mencionado Régimen y Carrera, contemplándose en su artículo 31 los niveles de cargos de jefaturas; Que posteriormente por Resolución N° 1464/MHGC/2014, se instrumentó el Acta Paritaria Central N° 10/2014, la cual determinó que dichos cargos se dividirán en tres niveles, cuyas denominaciones serán "Jefatura de Departamento", "Jefatura de División" y "Jefatura de Sección; Que asimismo en el mismo instrumento legal se consignaron las pautas a las que deberán ajustarse al momento de la creación de las estructuras organizativas; Que como consecuencia de lo antedicho por Decreto N° 70/2015, se modificó la estructura orgánico funcional del Hospital General de Agudos "Dr. Juan A. Fernández", del Ministerio de Salud; Que es de hacer notar, que por Ley N° 5460 (texto consolidado por Ley N° 5666), se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose el Ministerio de Salud; Que según surge de los presentes actuados, dicho establecimiento asistencial, propicia la designación en carácter transitorio, de la Licenciada Estela Mónica Murguia Rivera, CUIL. 27-17149110-5, como Jefe de Sección Hemodiálisis, de la División Turno Mañana "C", del Departamento Subjefatura Enfermería, de la Subgerencia Operativa Enfermería, de la Subdirección Médica, del precitado nosocomio; Que por otra parte, por Resolución N° 270/MMGC/2015, se aprobó el "Procedimiento para designación transitoria de cargo de jefatura", contempladas en el marco de las precitadas Actas de Negociación Colectiva;

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Que la Dirección General Desarrollo del Servicio Civil, dependiente de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, efectuó el análisis de dotación respectivo, contemplando al personal involucrado; Que conforme lo expresado precedentemente, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, conforme a las facultades que le son propias

EL MINISTRO DE HACIENDA RESUELVE

Artículo 1° .- Desígnase a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, con carácter transitorio a la Licenciada Estela Mónica Murguia Rivera, CUIL. 27-17149110-5, como Jefe de Sección Hemodiálisis, de la División Turno Mañana "C", del Departamento Subjefatura Enfermería, de la Subgerencia Operativa Enfermería, de la Subdirección Médica, del Hospital General de Agudos "Dr. Juan A. Fernández", del Ministerio de Salud, en su partida 4022.0700.P.A.05.0270.243.Z.26, de acuerdo con lo dispuesto en las Actas Nros. 17/2013 y 10/2014 Comisión Paritaria Central instrumentadas por las Resoluciones Nros. 20/MHGC/2014 y 1464/MHGC/2014 respectivamente y lo establecido en la Resolución N° 270/MMGC/2015. Artículo 2° .- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Hospital General de Agudos "Dr. Juan A. Fernández", al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Asuntos Legales de Recursos Humanos, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Mura

RESOLUCIÓN N.º 3158/MHGC/17

Buenos Aires, 6 de octubre de 2017 VISTO: Las Leyes Nros. 471 (texto consolidado por Ley Nº 5.666), 5.460 y modificatoria, los Decretos Nros. 684/09, 335/11, 571/11, 363/15, 306/16, 675/16, 122/17 y 329/17, el Expediente Electrónico N° 21230243-MGEYA-SECAYGC-2017, y CONSIDERANDO: Que por la Ley N° 5.460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Decreto N° 363/15 y modificatorio fue aprobada la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 5° del citado decreto establece que los cargos del Régimen Gerencial existentes al 10 de diciembre de 2015 permanecerán vigentes hasta tanto se apruebe la estructura orgánico funcional de dicho Régimen en cada jurisdicción o hasta tanto el Ministro de Hacienda realice las modificaciones de designaciones de personal de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° de dicho decreto, es decir, hasta tanto realice las designaciones del personal del Régimen Gerencial resultantes de los cambios producidos por la Ley N° 5.460 y su modificatoria y el Decreto N° 363/15 y modificatorio;

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Que por Decreto N° 329/17 se modificó la estructura organizativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros, del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Decreto N° 684/09 se aprobó el Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de aplicación en los organismos del Poder Ejecutivo; Que posteriormente, por Decreto N° 335/11 se modificó el artículo 3° del Decreto N° 684/09, el cual especifica que los cargos gerenciales se dividirán en dos niveles que se denominarán “Gerencia Operativa“ y “Subgerencia Operativa“, a los que les corresponderán las acciones y objetivos que se prevén en las estructuras organizativas de este Gobierno; Que por el artículo 4° del Decreto N° 571/11 se autorizó al entonces Secretario de Recursos Humanos a disponer la cobertura transitoria de los cargos Gerenciales, su duración y a fijar el plazo dentro del cual deberán convocarse los concursos públicos y abiertos de antecedentes y oposición para los cargos de los mismos; Que a efectos de cubrir el cargo vacante en forma transitoria hasta tanto se realice la convocatoria para los concursos públicos y abiertos de antecedentes y oposición, la Jefatura de Gabinete de Ministros propicia la designación de la Sra. Carla Sabrina Rubio, DNI N° 32.759.200, CUIL N° 27-32759200-4, como Gerente Operativa de la Gerencia Operativa Herramientas de Participación, de la Subsecretaría de Gestión Comunal, de la Secretaría de Atención y Gestión Ciudadana, toda vez que posee la idoneidad necesaria para el desempeño del cargo para el cual es propuesta; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda, ha verificado la inexistencia de incompatibilidad de la agente propuesta para

la cobertura transitoria del cargo, de acuerdo con lo normado en el artículo 7° de la Ley N° 471; Que conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el art. 17 incs. 11 y 13 de la Ley Nº 5.460 y modificatoria,

EL MINISTRO DE HACIENDA RESUELVE

Artículo 1°.- Desígnase, a partir del 22 de septiembre de 2017, con carácter transitorio, a la agente Carla Sabrina Rubio, DNI N° 32.759.200, CUIL N° 27-32759200-4, como Gerente Operativa de la Gerencia Operativa Herramientas de Participación, de la Subsecretaría de Gestión Comunal, de la Secretaría de Atención y Gestión Ciudadana, de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, Desarrollo del Servicio Civil, Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Gestión Comunal, de la Jefatura de Gabinete de Ministros, debiendo esta última notificar fehacientemente a la interesada y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Mura

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RESOLUCIÓN N.º 3159/MHGC/17

Buenos Aires, 6 de octubre de 2017 VISTO: Las Leyes Nros. 471 (texto consolidado por Ley Nº 5.666), 5.460 y modificatoria, los Decretos Nros. 684/09, 335/11, 363/15, 315/16 y 118/17, la Ordenanza Nº 41.455, las Resoluciones Nros. 2819/MHGC/16 y 2527/MHGC/17, el Expediente Electrónico N° 19960382-MGEYA-DGAYDRH-2017, y CONSIDERANDO: Que por la Ley N° 5.460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Decreto N° 363/15 y modificatorios fue aprobada la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Decreto N° 118/17 se modificó la estructura organizativa del Ministerio de Salud, del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Decreto N° 684/09 se aprobó el Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de aplicación en los organismos del Poder Ejecutivo; Que posteriormente, por Decreto N° 335/11 se modificó el artículo 3° del Decreto N° 684/09, el cual especifica que los cargos gerenciales se dividirán en dos niveles que se denominarán “Gerencia Operativa“ y “Subgerencia Operativa“, a los que les corresponderán las acciones y objetivos que se prevén en las estructuras organizativas de este Gobierno; Que por el artículo 4º del Decreto Nº 118/17 se delegó en el Ministro de Hacienda la facultad de efectuar designaciones para cubrir cargos interinos en las Direcciones, Subdirecciones y Departamentos identificados en el Anexo I con asterisco, de acuerdo al régimen establecido en la Carrera Municipal de Profesionales de la Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41.455; Que la Sra. Regina Raquel Daniel, DNI N° 17.331.622, CUIL N° 23-17331622-4, presentó su renuncia como Directora, con carácter interino, de la Dirección Red de Atención Primaria de la Salud, dependiente de la Dirección General Atención Primaria, de la Subsecretaría de Atención Primaria, Ambulatoria y Comunitaria, del Ministerio de Salud, cuya designación fuera dispuesta mediante Resolución Nº 2819/MHGC/16, siendo ratificada en el cargo por Resolución N° 2527/MHGC/17; Que a efectos de cubrir dicho cargo vacante en forma transitoria hasta tanto se realice la convocatoria para los concursos públicos y abiertos de antecedentes y oposición, el Ministerio de Salud propicia la designación del Sr. Diego Jorge Vacchino, DNI N° 24.923.403, CUIL N° 20-24923403-7, como Director, con carácter interino, de la Dirección Red de Atención Primaria de la Salud, dependiente de la Dirección General Atención Primaria, de la Subsecretaría de Atención Primaria, Ambulatoria y Comunitaria, toda vez que posee la idoneidad necesaria para el desempeño del cargo para el cual es propuesto; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda, ha verificado la inexistencia de incompatibilidad del agente propuesto para

la cobertura transitoria del cargo, de acuerdo con lo normado en el artículo 7° de la Ley N° 471; Que conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

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Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el art. 17 incs. 11 y 13 de la Ley Nº 5.460 y modificatoria y art. 4 del Decreto Nº 118/17,

EL MINISTRO DE HACIENDA RESUELVE

Artículo 1°.- Acéptase, a partir del 01 de septiembre de 2017, la renuncia presentada por la agente Regina Raquel Daniel, DNI N° 17.331.622, CUIL N° 23-17331622-4, como Directora, con carácter interino, de la Dirección Red de Atención Primaria de la Salud, dependiente de la Dirección General Atención Primaria, de la Subsecretaría de Atención Primaria, Ambulatoria y Comunitaria, del Ministerio de Salud, reintegrándose al cargo de Médica de Planta (Medicina General y/o Familiar) titular con 30 hs. Partida 4022.1480.MS.22.024 CESAC 35, perteneciente al Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna". Artículo 2°.- Desígnase, a partir del 01 de septiembre de 2017, con carácter interino, al agente Diego Jorge Vacchino, DNI N° 24.923.403, CUIL N° 20-24923403-7, como Director de la Dirección Red de Atención Primaria de la Salud, dependiente de la Dirección General Atención Primaria, de la Subsecretaría de Atención Primaria, Ambulatoria y Comunitaria, del Ministerio de Salud, reteniendo sin percepción de haberes el cargo de Médico de Planta (Clínica Médica) titular con 30 hs. partida 4022.1480.MS.22.024 del CESAC 35, perteneciente al Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna". Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, Desarrollo del Servicio Civil, Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Atención Primaria, del Ministerio de Salud, debiendo esta última notificar fehacientemente a los interesados y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Mura

RESOLUCIÓN N.º 3160/MHGC/17

Buenos Aires, 6 de octubre de 2017 VISTO: Las Leyes Nros. 471 (texto consolidado por Ley Nº 5.666), 5.460 y modificatoria, los Decretos Nros. 684/09, 335/11, 571/11, 363/15, 399/16, 675/16 y 288/17, las Resoluciones Nros. 1301/MDSGC/13, 274/SSGRH/16 y 1099/MHYDHGC/17, el Expediente Electrónico N° 19804679-MGEYA-DGTALMHYDH-2017, y CONSIDERANDO: Que por la Ley N° 5.460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Decreto N° 363/15 y modificatorio fue aprobada la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

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Que el artículo 5° del citado decreto establece que los cargos del Régimen Gerencial existentes al 10 de diciembre de 2015 permanecerán vigentes hasta tanto se apruebe la estructura orgánico funcional de dicho Régimen en cada jurisdicción o hasta tanto el Ministro de Hacienda realice las modificaciones de designaciones de personal de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° de dicho decreto, es decir, hasta tanto realice las designaciones del personal del Régimen Gerencial resultantes de los cambios producidos por la Ley N° 5.460 y su modificatoria y el Decreto N° 363/15 y modificatorio; Que por Decreto N° 288/17 se modificó la estructura organizativa del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Decreto N° 684/09 se aprobó el Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de aplicación en los organismos del Poder Ejecutivo; Que posteriormente, por Decreto N° 335/11 se modificó el artículo 3° del Decreto N° 684/09, el cual especifica que los cargos gerenciales se dividirán en dos niveles que se denominarán “Gerencia Operativa“ y “Subgerencia Operativa“, a los que les corresponderán las acciones y objetivos que se prevén en las estructuras organizativas de este Gobierno; Que por el artículo 4° del Decreto N° 571/11 se autorizó al entonces Secretario de Recursos Humanos a disponer la cobertura transitoria de los cargos Gerenciales, su duración y a fijar el plazo dentro del cual deberán convocarse los concursos públicos y abiertos de antecedentes y oposición para los cargos de los mismos; Que el agente Roberto Oscar Canay, DNI Nº 18.282.742, CUIL Nº 20-18282742-9, fue designado como titular por concurso de la entonces Gerencia Operativa Observatorio de Políticas Sociales mediante la Resolución Nº 1301/MDSGC/13, y le fue otorgada por Resolución Nº 274/SSGRH/16 licencia extraordinaria sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía en los términos del artículo 16, inc. k) y 47 de la Ley Nº 471, siendo ratificado en el cargo de Gerente Operativo de la Gerencia Operativa Asesoramiento Técnico en Políticas Sociales, del Organismo Fuera de Nivel Sistema Integral de Coordinación de Políticas Sociales (SICOPS), del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano por Resolución Nº 1099/MHYDHGC/17;

Que a efectos de cubrir dicho cargo vacante en forma transitoria hasta tanto se realice la convocatoria para los concursos públicos y abiertos de antecedentes y oposición, o hasta que se reintegre el titular, lo que ocurra primero, el Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano propicia la designación de la Sra. Ariana Alejandra Corgniati, DNI N° 31.469.182, CUIL N° 27-31469182-8, como Gerente Operativa de la Gerencia Operativa Asesoramiento Técnico en Políticas Sociales, del Organismo Fuera de Nivel Sistema Integral de Coordinación de Políticas Sociales (SICOPS), toda vez que posee la idoneidad necesaria para el desempeño del cargo para el cual es propuesta; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda, ha verificado la inexistencia de incompatibilidad de la agente propuesta para la cobertura transitoria del cargo, de acuerdo con lo normado en el artículo 7° de la Ley N° 471; Que conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el art. 17 incs. 11 y 13 de la Ley Nº 5.460 y modificatoria,

EL MINISTRO DE HACIENDA RESUELVE

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 45

Artículo 1°.- Desígnase, a partir del 01 de septiembre de 2017, con carácter transitorio, a la agente Ariana Alejandra Corgniati, DNI N° 31.469.182, CUIL N° 27-31469182-8,

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como Gerente Operativa de la Gerencia Operativa Asesoramiento Técnico en Políticas Sociales, del Organismo Fuera de Nivel Sistema Integral de Coordinación de Políticas Sociales (SICOPS), del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, Desarrollo del Servicio Civil, Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Organismo Fuera de Nivel Sistema Integral de Coordinación de Políticas Sociales (SICOPS), del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, debiendo esta última notificar fehacientemente a la interesada y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Mura

RESOLUCIÓN N.º 3161/MHGC/17

Buenos Aires, 6 de octubre de 2017 VISTO: Las Leyes Nros. 471 (texto consolidado por Ley Nº 5.666), 5.460 y modificatoria, los Decretos Nros. 684/09, 335/11, 571/11, 363/15, 393/16, 675/16 y 251/17, la Resolución Nº 2362/MHGC/17, el Expediente Electrónico N° 20.288.805-MGEYA-UPEEI-2017, y CONSIDERANDO: Que por la Ley N° 5.460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Decreto N° 363/15 y modificatorio fue aprobada la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 5° del citado decreto establece que los cargos del Régimen Gerencial existentes al 10 de diciembre de 2015 permanecerán vigentes hasta tanto se apruebe la estructura orgánico funcional de dicho Régimen en cada jurisdicción o hasta tanto el Ministro de Hacienda realice las modificaciones de designaciones de personal de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° de dicho decreto, es decir, hasta tanto realice las designaciones del personal del Régimen Gerencial resultantes de los cambios producidos por la Ley N° 5.460 y su modificatoria y el Decreto N° 363/15 y modificatorio; Que por Decreto N° 251/17 se modificó la estructura organizativa del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Decreto N° 684/09 se aprobó el Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de aplicación en los organismos del Poder Ejecutivo; Que posteriormente, por Decreto N° 335/11 se modificó el artículo 3° del Decreto N° 684/09, el cual especifica que los cargos gerenciales se dividirán en dos niveles que se denominarán “Gerencia Operativa“ y “Subgerencia Operativa“, a los que les corresponderán las acciones y objetivos que se prevén en las estructuras organizativas de este Gobierno;

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 46

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Que por el artículo 4° del Decreto N° 571/11 se autorizó al entonces Secretario de Recursos Humanos a disponer la cobertura transitoria de los cargos Gerenciales, su duración y a fijar el plazo dentro del cual deberán convocarse los concursos públicos y abiertos de antecedentes y oposición para los cargos de los mismos; Que el Sr. Marcelo Jorge Alais, DNI Nº 10.555.128, CUIL Nº 20-10555128-3, presentó su renuncia al cargo de Gerente Operativo de la Gerencia Operativa Administración y Operaciones, de la Unidad Gestión General de Operaciones, Administración y Asuntos Legales, de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, cuya designación fuera dispuesta por Resolución Nº 2362/MHGC/17; Que a efectos de cubrir dicho cargo vacante en forma transitoria hasta tanto se realice la convocatoria para los concursos públicos y abiertos de antecedentes y oposición, el

Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología propicia la designación del Sr. Manuel Tomás Fernández, DNI N° 33.780.033, CUIL N° 20-33780033-6, como Gerente Operativo de la Gerencia Operativa Administración y Operaciones, de la Unidad Gestión General de Operaciones, Administración y Asuntos Legales, de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, toda vez que posee la idoneidad necesaria para el desempeño del cargo para el cual es propuesto; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda, ha verificado la inexistencia de incompatibilidad del agente propuesto para la cobertura transitoria del cargo, de acuerdo con lo normado en el artículo 7° de la Ley N° 471; Que conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el art. 17 incs. 11 y 13 de la Ley Nº 5.460 y modificatoria,

EL MINISTRO DE HACIENDA RESUELVE

Artículo 1°.- Acéptase, a partir del 05 de septiembre de 2017, la renuncia presentada por el agente Marcelo Jorge Alais, DNI Nº 10.555.128, CUIL Nº 20-10555128-3, como Gerente Operativo con carácter transitorio, de la Gerencia Operativa Administración y Operaciones, de la Unidad Gestión General de Operaciones, Administración y Asuntos Legales, de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología. Artículo 2°.- Desígnase, a partir del 08 de septiembre de 2017, con carácter transitorio, al Manuel Tomás Fernández, DNI N° 33.780.033, CUIL N° 20-33780033-6, como Gerente Operativo de la Gerencia Operativa Administración y Operaciones, de la Unidad Gestión General de Operaciones, Administración y Asuntos Legales, de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, Desarrollo del Servicio Civil, Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, debiendo esta última notificar fehacientemente a la interesada y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Mura

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RESOLUCIÓN N.º 3162/MHGC/17

Buenos Aires, 6 de octubre de 2017 VISTO: El Expediente Nº 137.601/MGEYA/2013 e inc., y CONSIDERANDO: Que por la citada actuación recayó la Resolución Nº 738/MHGC/2017 de fecha 1º de marzo de 2017, por la que se dispuso la baja de una (1) Placa de bronce perteneciente al patrimonio de la Escuela Nº 6 D.E. Nº 19 dependiente del Ministerio de Educación; Que con posterioridad al dictado de la misma, las autoridades del establecimiento mencionado, informaron que la placa de bronce aludida, se encontraba colocada en el hall central de la escuela, Que por lo expuesto y teniendo en cuenta que no se ha observado faltante alguno, corresponde regularizar la situación planteada, dejando sin efecto la norma en cuestión; Por ello, y un uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE HACIENDA RESUELVE

Artículo 1º.- Déjase sin efecto la Resolución Nº 738/MHGC/2017 de fecha 1º de marzo de 2017. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Contaduría de este Ministerio y al Ministerio de Educación. Mura

RESOLUCIÓN N.º 3167/MHGC/17

Buenos Aires, 6 de octubre de 2017 VISTO: La Ley N° 2.095 (Texto Consolidado por Ley N° 5.666), el Decreto N° 95/14, sus modificatorios N° 114/16 y N° 411/16, el Decreto N° 1.145/09 y concordantes, la Resolución Conjunta N° 9/MHGC-MJGGC-SECLYT/11, las Resoluciones N° 596/MHGC/11 y N° 1.160/MHGC/11, las Disposiciones N° 302/DGCYC/13, N° 396/DGCYC/14, N° 520/DGCYC/17 y N° 708/DGCYC/17, los Expedientes Electrónicos Nº 11.848.245/MGEYA/DGCYC/2.017 y N° 16.920.724/MGEYA/DGCYC/2.017, y CONSIDERANDO:

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Que por Expediente Electrónico N° 11.848.245/MGEYA/DGCYC/2.017, tramitó el Convenio Marco de Compras para la contratación del Servicios de Producción Integral de Eventos, con destino a la Unidad de Proyectos Especiales Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018 (UPEJOL), de acuerdo con el procedimiento electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras (BAC);

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Que el Convenio Marco de Compras es definido en el artículo 33 del Anexo I del Decreto N° 1.145/09, reglamentario del Régimen de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como "una modalidad de contratación electrónica mediante la cual selecciona a uno o más proveedores para procurar el suministro directo de bienes y servicios a las Unidades Ejecutoras en forma, plazo y demás condiciones establecidas en dicho convenio"; Qué asimismo, este proceso de selección de co-contratante para la celebración de Convenios Marco de Compras tramita por el Módulo Expediente Electrónico-EE, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE), en cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución Conjunta N° 9-MHGC-MJGGC-SECLYT/11; Que la presente Licitación Pública se ha realizado al amparo de lo establecido en el artículo 85 de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado por Ley N° 5.666), mediante el sistema electrónico de compras y contrataciones para el sector público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominado "Buenos Aires Compras (BAC)", cuya reglamentación fue aprobada por el Decreto N° 1.145/09; Que por Disposición N° 396/DGCYC/14, la Dirección General de Compras y Contrataciones en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 18, Inciso j) de la Ley N° 2.095 aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para la contratación de bienes y servicios; Que por Disposición N° 520/DGCYC/17, la Directora General de Compras y Contrataciones, aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, sus Anexos, y Especificaciones Técnicas, designó a los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas y estableció el llamado a Licitación Pública Nº 623-0787-LPU17, para el día 28 de Junio de 2017 a las 14:00 horas, bajo la modalidad de Convenio Marco de Compras para la Contratación de Servicios de Producción Integral de Eventos, con destino a la Unidad de Proyectos Especiales Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018 (UPEJOL), al amparo de lo establecido en los artículos 31 y 45 de la Ley Nº 2.095 y Decreto Nº 1145/09 y concordantes y la Resolución Conjunta Nº 9/MHGC/MJGGC/SECLYT/11, por un monto estimado de hasta pesos Cuarenta Millones Doscientos Mil ($40.200.000.-), por cada empresa oferente; Que tal como luce en el Acta de Apertura de Ofertas, se recibieron catorce (14) ofertas pertenecientes a las firmas: LAVECCHIA SONIDO SRL, IN ACTION BTL S.A., DIXI EVENTOS S.R.L., TIEMPO BETA SRL, GOLDEN CAST EVENTOS S.A., ADV COMUNICACION SRL, SERVICIOS DE PRODUCCIONES ARTISTICAS SRL, JAL ENTERTAINMENT S.R.L., LA CORPO S.R.L., SOCIEDAD EXPANSIVA S.A., NERVY S.A., BLKLEDS SA, QUINTO ELEMENTO PRODUCCIONES S.A y TOTAL PRODUCCIONES SA; Que con posterioridad al acto de apertura de ofertas, la Dirección General de Compras y Contrataciones, realizó un análisis preliminar de las ofertas presentadas, desprendiéndose del mismo, que diez (10) de las firmas oferentes, no cotizaron dentro del Portal Buenos Aires Compras, conforme lo establecido en el Articulo N° 21 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rige el proceso de marras, incumpliendo de esta manera uno de los principios básicos de la mentada Licitación Pública; Que conforme lo relevado, ese Organismo entendió, que el error material generalizado en la forma de cotización ejecutada por los oferentes, responde a que la misma, se aparta de los mecanismos comunes de valoración a los que los proveedores se encuentran habituados en los procesos de selección en los que participan;

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Que en ese sentido, a efectos de dar cumplimiento a los Principios Rectores de Libre Competencia, Concurrencia e Igualdad, y asimismo, poder contar con los Servicios requeridos en el menor tiempo posible, es que se consideró pertinente, por razones de oportunidad, mérito y conveniencia, dejar sin efecto la Licitación Publica N° 623-0787-LPU17, y convocar bajo las mismas condiciones de contratación, un nuevo llamado, estableciendo como requisito obligatorio de participación para los potenciales oferentes la asistencia a un taller de capacitación en el cual se expondría la forma de cotización correcta dentro del Portal Buenos Aires Compras; Que, atento a ello, por Expediente Electrónico N° 16.920.724/MGEYA-DGCYC/17, a través de la Disposición N° 708/DGCYC/17, la Directora General de Compras y Contrataciones, dejó sin efecto la Licitación Pública Nº 623-0787-LPU17 y estableció el llamado a Licitación Pública de Etapa Única Nº 623-1105-LPU17, bajo la modalidad Convenio Marco de Compras, sobre la base de los Pliegos de Condiciones Particulares, sus Anexos y Especificaciones Técnicas, aprobados por Disposición N° 520/DGCYC/17, para el día 04 de Agosto de 2017 a las 14,00 horas, al amparo de lo establecido en los artículos 31 y 45 de la Ley Nº 2.095 y Decreto Nº 1145/09 y concordantes y la Resolución Conjunta Nº 9/MHGC/MJGGC/SECLYT/11, para la Contratación de Servicios de Producción Integral de Eventos, con destino a la Unidad de Proyectos Especiales Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018 (UPEJOL), designó a los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas y estableció la convocatoria de los potenciales oferentes del proceso, al taller de capacitación de carácter obligatorio, sobre la forma correcta de cotización dentro del Portal Buenos Aires Compras, a realizarse en las Oficinas de la Dirección General de Compras y Contrataciones, con fecha a definir mediante Circular; Que la Administración notificó de la decisión adoptada de dejar sin efecto el proceso N° 623-0787-LPU17, a todos los oferentes del proceso referido supra, publicando

asimismo, en el Portal Buenos Aires Compras, en la Web del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; Que los referidos llamados fueron publicados en el Boletín Oficial, por el término de dos (2) días, en el sitio de internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el Portal Buenos Aires Compras. Asimismo, se notificó a los proveedores del rubro inscriptos en el RIUPP, a la Unión Argentina de Proveedores del Estado y a la Cámara Argentina de Comercio; Que la Dirección General de Compras y Contrataciones emitió a través del Sistema Electrónico de Compras y Contrataciones denominado "Buenos Aires Compras (BAC)" las Circulares N° 1, 2 y 3 Con Consulta, y las Circulares N° 1 y 2 Sin Consulta, las cuales fueran notificadas a las firmas oferentes a través del referido Portal, y publicadas en la Página Web Oficial del Gobierno de la Ciudad; Que a través de las Circulares N° 1 y 2 Sin Consulta, se dio cumplimiento a lo establecido en el artículo 3° de la Disposición N° 708/DGCYC/17, convocándose a los potenciales oferentes a concurrir a los talleres dictados los días 31 de Julio y 01 y 03 de Agosto del corriente, en las Oficinas de la Dirección General de Compras y Contrataciones, a efectos de exhibir la manera correcta de cotización a través de los formularios electrónicos previstos en el Portal Buenos Aires Compras para el presente proceso licitatorio;

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Que conforme surge del Acta de Apertura de Ofertas, de fecha 04 de Agosto de 2.017, se recibieron dieciocho (18) ofertas correspondientes a las firmas: GOLDEN CAST EVENTOS S.A., EVENT ASSISTANCE S.R.L., NERVY S.A., TIEMPO BETA S.R.L., JAL ENTERTAINMENT S.R.L., ADV COMUNICACION S.R.L., HAVAS MEDIA ARGENTINA S.A., SOCIEDAD EXPANSIVA S.A., LA CORPO S.R.L., UNLOCK ENTERTAINMENT S.R.L., DIXI EVENTOS S.R.L., IN ACTION BTL S.A., MARKETING DIMENSION S.A., ENLAZE 3 LATAM S.R.L, TOTAL PRODUCCIONES S.A., BLKLEDS S.A., SERVICIOS DE PRODUCCIONES ARTISTICAS S.R.L. y LAVECCHIA SONIDO S.R.L.; Que se ha cumplimentado el Cuadro Comparativo de Precios que ordena la reglamentación; Que mediante Notas N° NO-2017-18651175-DGCYC, N° NO2017-19323017-DGCYC y N° NO-2017-19735256-DGCYC, la Dirección General de Compras y Contrataciones le solicitó a la Unidad de Proyectos Especiales Juegos Olímpicos de la Juventud, dependiente del Ministerio de Modernización, que se expida respecto de las Especificaciones Técnicas de las ofertas presentadas, indicando si las mismas se ajustan a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas y Anexos; Que la mencionada Unidad de Proyectos Especiales, dio cumplimiento a lo solicitado, adjuntando a la Nota N° NO-19875489-UCCUPEJOL, como archivo de trabajo, el Informe Técnico que da cuenta de la evaluación técnica de las ofertas presentadas; Que en consecuencia, la Comisión Evaluadora de Ofertas, aconsejó mediante Dictamen de Preadjudicación, de fecha 05 de septiembre de 2.017, desestimar parcial o totalmente las ofertas presentadas por las firmas: GOLDEN CAST EVENTOS S.A., EVENT ASSISTANCE S.R.L., NERVY S.A., TIEMPO BETA S.R.L., JAL ENTERTAINMENT S.R.L., HAVAS MEDIA ARGENTINA S.A., SOCIEDAD EXPANSIVA S.A., LA CORPO S.R.L., DIXI EVENTOS S.R.L., ENLAZE 3 LATAM S.R.L. y LAVECCHIA SONIDO S.R.L., conforme lo establecido en el Informe N° IF-2017-20305671-DGCYC;

Que en el referido Dictamen se aconsejó adjudicar a favor de las ofertas presentadas por las firmas: NERVY S.A.: (Renglón Nro. 3); ADV COMUNICACIÓN S.R.L.: (Renglones Nro. 1 y 2); HAVAS MEDIA ARGENTINA S.A.: (Renglón Nro. 1); SOCIEDAD EXPANSIVA S.A.: (Renglón Nro. 3); UNLOCK ENTERTAINMENT S.R.L.: (Renglón Nro. 1); DIXI EVENTOS S.R.L.: (Renglones Nro. 1 y 3); IN ACTION BTL S.A.: (Renglón Nro. 1); MARKETING DIMENSION S.A.: (Renglones Nro. 1 al 3); TOTAL PRODUCCIONES S.A.: (Renglones Nro. 1 al 3); BLKLEDS S.A.: (Renglones Nro. 1 al 3); y SERVICIOS DE PRODUCCIONES ARTÍSTICAS S.R.L.: (Renglones Nro. 1 al 3); Que la adjudicación aconsejada lo ha sido por ser las ofertas más convenientes en un todo de acuerdo a lo establecido en los artículos 108 y 110 de la Ley N° 2.095, cuya reglamentación se encuentra en los artículos 106 y 108 del Decreto N° 95/14, en concordancia con el artículo 28 de la Resolución N° 1.160/MHGC/11; Que, en el mentado Dictamen, la Comisión Evaluadora de Ofertas dejó expresa constancia que el mismo fue emitido habiéndose superado el plazo previsto en el artículo 108 de la Ley N° 2.095, cuya reglamentación se encuentra en el artículo 106 del Decreto N° 95/14, y sus modificatorios N° 114/16 y N° 411/16, teniendo en cuenta el tiempo que insumiera el análisis de la documentación, máxime considerando la solicitud de documentación complementaria;

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Que el Dictamen emitido en consecuencia fue publicado en el Portal www.buenosaires.gob.ar, notificado a las firmas oferentes a través del referido Portal, publicado en la Página Web Oficial del Gobierno de la Ciudad y en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en un todo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110 de la Ley N° 2.095, cuya reglamentación se encuentra en el artículo 108 del Decreto N° 95/14, y sus modificatorios N° 114/16 y N° 411/16; Que la Dirección General de Compras y Contrataciones, mediante Providencia N° PV-2017-20307691-DGCYC, dejó constancia que el día 05 de septiembre de 2017 se procedió a publicar en el Portal Buenos Aires Compras (BAC) el Dictamen de Evaluación de Ofertas correspondiente al proceso de marras, remitiendo automáticamente BAC notificación del mismo a las empresas oferentes; Que vencido el plazo para formular impugnaciones no fue recibida ninguna presentación en tal sentido; Que los oferentes preadjudicados han dado cumplimiento a los aspectos formales y técnicos exigidos en los pliegos licitatorios y se encuentran calificados para ingresar en el Convenio Marco considerado; Que en esas condiciones, corresponde adjudicar este procedimiento de selección a los oferentes preadjudicados y citarlos a suscribir el Convenio Marco para que la Unidad de Proyectos Especiales, gestione la contratación directa de Servicios de Producción Integral de Eventos con destino a esa Unidad de Proyectos Especiales Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018 (UPEJOL), mediante la emisión de Órdenes de Compra, en la forma y condiciones establecidas en aquel; Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete de acuerdo con lo establecido en la Ley N° 1.218 (texto consolidado por Ley N° 5.666). Por ello, de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades conferidas por el artículo 13 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.666), y reglamentado por el Anexo II del Decreto N° 95/14 y sus modificatorios, EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébase la Licitación Pública N° 623-1105-LPU17 realizada bajo la modalidad especial de selección denominada Convenio Marco de Compras según lo previsto en el artículo 33 y concordantes del Anexo I del Decreto N° 1.145/09.

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Artículo 2°.- Adjudícase el Convenio Marco de Compras para la contratación de Servicios de Producción Integral de Eventos para uso de la Unidad de Proyectos Especiales Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018 (UPEJOL), del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con el procedimiento electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras (BAC), a las firmas: NERVY S.A.: (Renglón Nro. 3) en la suma total de hasta Pesos Veinticinco Millones Sesenta y Ocho Mil Setecientos Cincuenta y Ocho ($ 25.068.758,00.-); ADV COMUNICACIÓN S.R.L.: (Renglones Nro. 1 y 2) en la suma total de hasta Pesos Doce Millones Doscientos Cincuenta y Un Mil Cuatrocientos Veintisiete con 50/100 ($ 12.251.427,50.-); HAVAS MEDIA ARGENTINA S.A.: (Renglón Nro. 1) en la suma total de hasta Pesos Dos Millones Novecientos Ochenta y Dos Mil Doscientos Trece ($ 2.982.213,00.-); SOCIEDAD EXPANSIVA S.A.: (Renglón Nro. 3) en la suma total de hasta Pesos Veinticinco Millones Cuarenta y Siete Mil Cincuenta con 60/100 ($ 25.047.050,60.-); UNLOCK ENTERTAINMENT S.R.L.: (Renglón Nro. 1) en la suma total de hasta Pesos Tres Millones Ochenta y Ocho Mil Setecientos Cuarenta y Cuatro con 07/100 ($ 3.088.744,07.-); DIXI EVENTOS S.R.L.: (Renglones Nro. 1 y 3) en la suma total de hasta Pesos Veintitrés Millones Setecientos Dieciséis Mil Cuatrocientos Cuarenta y Siete con 30/100 ($ 23.716.447,30.-); IN ACTION BTL S.A.: (Renglón Nro. 1) en la suma total de hasta Pesos Tres Millones Doscientos Noventa Mil Novecientos Cuatro con 05/100 ($ 3.290.904,05.-); MARKETING DIMENSION S.A.: (Renglones Nro. 1 al 3) en la suma total de hasta Pesos Veinticinco Millones Doscientos Dieciocho Mil Novecientos Noventa y Uno con 20/100 ($ 25.218.991,20.-); TOTAL PRODUCCIONES S.A.: (Renglones Nro. 1 al 3) en la suma total de hasta Pesos Treinta Millones Cuatrocientos Siete Mil ($ 30.407.000,00.-); BLKLEDS S.A.: (Renglones Nro. 1 al 3) en la suma total de hasta Pesos Treinta Millones Novecientos Setenta y Cuatro Mil Doscientos Ochenta y Uno con 65/100 ($ 30.974.281,65.-); y SERVICIOS DE PRODUCCIONES ARTÍSTICAS S.R.L.: (Renglones Nro. 1 al 3) en la suma total de hasta Pesos Catorce Millones Seiscientos Dieciocho Mil Quinientos Dieciocho con 20/100 ($ 14.618.518,20.-), por las cantidades y precios que constan en el Anexo I (IF-2017-22891563-MHGC). Artículo 3.- Desestímanse las ofertas presentadas por las firmas: GOLDEN CAST EVENTOS S.A.: (Renglón Nro. 1) por considerar el precio cotizado no conveniente a los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; EVENT ASSISTANCE S.R.L.: por no haber presentado Garantía de mantenimiento de ofertas de acuerdo a lo establecido en el Artículo 26 del Pliego de Condiciones Particulares, en concordancia con el Artículo 17.2 inciso b) del Pliego de Bases Condiciones Generales y el Artículo 18 del Anexo I del Decreto Nº 1.145/09 y por no cotizar de acuerdo a lo establecido en el Artículo 21, del Pliego de Bases y Condiciones Particulares; NERVY S.A.: (Renglones Nro. 1 y 2) por considerar el precio cotizado no conveniente a los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; TIEMPO BETA S.R.L.: por no cotizar de acuerdo a lo establecido en el Artículo 21, del Pliego de Bases y Condiciones Particulares; JAL ENTERTAINMENT S.R.L.:

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(Renglones Nro. 1 al 3) por no ajustarse a los requerimientos del Pliego de Especificaciones Técnicas; HAVAS MEDIA ARGENTINA S.A.: (Renglones Nro. 2 y 3) por no ajustarse a los requerimientos del Pliego de Especificaciones Técnicas; SOCIEDAD EXPANSIVA S.A.: (Renglones Nro. 1 y 2) por considerar el precio cotizado no conveniente a los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; LA CORPO S.R.L.: por no haber presentado Garantía de Mantenimiento de Ofertas de acuerdo a lo establecido en el Artículo 26 del Pliego de Condiciones Particulares, en concordancia con el Artículo 17.2 inciso b) del Pliego de Bases Condiciones Generales y el Artículo 18 del Anexo I del Decreto Nº 1.145/09; DIXI EVENTOS S.R.L.: (Renglón Nro. 2) por considerar el precio cotizado no conveniente a los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; ENLAZE 3 LATAM S.R.L.: (Renglones Nro. 1 al 3) por no ajustarse a los requerimientos del Pliego de Especificaciones Técnicas y por no encontrarse inscripto al momento de la preadjudicación, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 22 del Decreto Nº 95/14 y sus modificatorios 114/16 y 411/16, reglamentario de la Ley Nº 2.095 de Compras y Contrataciones (texto consolidado por Ley Nº 5.666), en concordancia con el Artículo 5º del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los procesos de compras y contrataciones mediante BAC, aprobado por Disposición Nº 396/DGCyC/14; y LAVECCHIA SONIDO S.R.L.: por no haber presentado Garantía de Mantenimiento de Ofertas de acuerdo a lo establecido en el Artículo 26 del Pliego de Condiciones Particulares, en concordancia con el Artículo 17.2 inciso b) del Pliego de Bases Condiciones Generales y el Artículo 18 del Anexo I del Decreto Nº 1.145/09. Artículo 4°.- El gasto que demande la presente contratación se imputará a la correspondiente Partida de Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos del ejercicio en vigor. Artículo 5°.- Cítanse a las empresas a suscribir el Convenio Marco de Compras por ante la Dirección General de Compras y Contrataciones dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación de la presente Resolución. Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de un (1) día, en el Portal www.buenosairescompras.gob.ar, en un todo de acuerdo a lo previsto en el artículo 27 del Anexo I del Decreto N° 1.145/09, en la página Web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y notifíquese fehacientemente a cada uno de los oferentes de acuerdo a lo previsto en el artículo 26 del Anexo I del Decreto N° 1.145/09. Artículo 7.- Autorícese en Buenos Aires Compras y remítase a la Dirección General de Compras y Contrataciones para la prosecución de su trámite. Mura

RESOLUCIÓN N.º 3177/MHGC/17

Buenos Aires, 6 de octubre de 2017 VISTO: La Ley Nº 471 (texto consolidado por Ley Nº 5.666), el Decreto Nº 684/09 y modificatorios, las Resoluciones Nº 2822/MHGC/16 y Nº 1868/MHGC/17 y el Expediente Electrónico Nº 13.973.449/DGDSCIV/17, y

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ANEXO

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Que en las presentes actuaciones tramita el concurso público abierto de antecedentes y oposición convocado a través de la Resolución Nº 1868/MHGC/17 para seleccionar al titular de la Gerencia Operativa Registro y Normativa Gremial, dependiente de la Dirección General Relaciones Laborales del Ministerio de Hacienda; Que esta Jurisdicción solicitó oportunamente la referida convocatoria; Que el artículo 39 de la Ley Nº 471 (texto consolidado por Ley Nº 5.666) establece que "El Poder Ejecutivo reglamentará un régimen gerencial para los cargos más altos de la Administración Pública", determinando que los mismos serán cubiertos "por riguroso concurso público abierto de antecedentes y oposición"; Que por Decreto Nº 684/09 y normas modificatorias se aprueba el Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 9º del Decreto Nº 684/09 delega "en cada Ministro y/o en los Secretarios del Jefe de Gobierno el nombramiento del personal de su jurisdicción que resulte seleccionado para la cobertura de los cargos gerenciales, conforme al procedimiento de concursos...; Que el Decreto Nº 571/11, modificatorio de su similar Nº 684/09, encomendó a la entonces Secretaría de Recursos Humanos "la reglamentación que resulte necesaria para la implementación de los concursos" del referido régimen gerencial (conf. art. 2º); Que por la Resolución Nº 2822/MHGC/16 se aprobaron las disposiciones generales y el procedimiento de selección aplicables a los cargos del Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 11º del Capítulo III del Título Segundo del Anexo II de la Resolución antes citada establece que los miembros titulares y suplentes del Comité de Selección serán seleccionados y designados en el correspondiente acto de convocatoria por el Ministro de Hacienda; Que el art. 47º del Título Décimo del Anexo II de esa misma norma, establece que "El Vicejefe de Gobierno, los Ministros, los Secretarios con dependencia directa al Jefe de Gobierno y/o la máxima autoridad del Ente Descentralizado o Sociedad Estatal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires adheridos al Régimen Gerencial responsables del cargo concursado serán los encargados de seleccionar un candidato entre los distintos integrantes de la terna final, con independencia del lugar que éste ocupe en la misma. Que asimismo, establece que los funcionarios precitados serán los encargados del dictado del acto administrativo pertinente, el cual deberá ponerse en conocimiento de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda"; Que, sustanciado el pertinente concurso, la Dirección General de Desarrollo del Servicio Civil produjo su Informe Nº 22.316.919/DGDSCIV/17, con todos los

antecedentes del proceso de selección, haciendo saber que el mismo ya se encontraba concluido, informando los datos de los integrantes de la terna resultante; Que habiéndose analizado los antecedentes del caso, se concluye que quien reviste mayor idoneidad para cubrir el cargo en cuestión, es el Sr. Rafael Ohrnialian (DNI Nº 26.195.068; CUIL Nº 20-26195068-6). Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9º del Decreto Nº 684/09 y 47º del Título Décimo del Anexo II de la Resolución Nº 2822/MHGC/16,

EL MINISTRO DE HACIENDA RESUELVE

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CONSIDERANDO:

Artículo 1º.- Desígnase a partir del 1º de octubre de 2017 al Sr. Rafael Ohrnialian (DNI Nº 26.195.068; CUIL Nº 20-26195068-6) como Gerente Operativo de la Gerencia

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Operativa Registro y Normativa Gremial, dependiente de la Dirección General Relaciones Laborales de este Ministerio, como resultado del concurso público abierto convocado mediante la Resolución Nº 1868/MHGC/17, cesando en la estabilidad el día 30 de septiembre de 2022 o al momento en que dicho cargo, por reestructuraciones administrativas, hubiera sido suprimido o sus funciones hubieran sido alteradas de manera sustancial, lo que ocurra primero. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones Generales Desarrollo del Servicio Civil, Administración y Liquidación de Haberes y Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Relaciones Laborales, la que procederá a notificar fehacientemente al interesado de los términos de la presente. Mura

RESOLUCIÓN N.º 3178/MHGC/17

Buenos Aires, 6 de octubre de 2017 VISTO: El Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1721/GCBA/97, ratificado por la Resolución N° 46/98 de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y modificado por las Leyes N° 19 y 3021, las Resoluciones Nº 1844/MHGC/2017 y 2404/MHGC/2017 y el Expediente N° 19.269.457/MGEYA/DGTALMH/2017, y CONSIDERANDO: Que mediante el artículo 1° del Decreto citado se instituye, en forma genérica, un fondo compensador para todo el personal dependiente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando a su vez comprendidos las entidades, los funcionarios y agentes activos y pasivos indicados en su artículo 2°; Que en dicho contexto, en sus artículos 8° a 11º instituye fondos compensadores por los siguientes conceptos: fallecimiento del agente del Gobierno de la Ciudad, fallecimiento de un familiar del agente del Gobierno de la Ciudad, trasplante de órganos para el agente del Gobierno de la Ciudad y familiares a su cargo y cobertura por prestaciones de alta complejidad médica que requiera el agente del Gobierno de la Ciudad y familiares a su cargo; Que por el artículo 24 del mencionado Decreto, se faculta a la por entonces Secretaría de Hacienda y Finanzas, hoy Ministerio de Hacienda, a dictar las normas reglamentarias y complementarias para la ejecución de la norma referida; Que desde la creación del Fondo Compensador, sucesivas normas fueron actualizando el Nomenclador Indicativo de Prestaciones de Alta Complejidad y Trasplante de Organos, con fundamento en la variación de los precios testigos y en la necesidad de incorporar nuevas prestaciones a las ya establecidas y eliminar otras; Que mediante la Resolución Nº 2404/MHGC/2017 se modificó el mencionado Nomenclador reposicionando determinados códigos prestacionales;

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Que en función de las variaciones de mercado y la modificaciones en los esquemas de tratamiento propuestos por la comunidad científica y aprobados por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), la Obra Social solicitó actualizar el Nomenclador Indicativo de Prestaciones de Alta Complejidad y Trasplantes de Organos; Que ulteriormente, la Dirección General Administración de Medicina del Trabajo manifiesta, en el marco de su competencia, su acuerdo a la propuesta esgrimida por la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires; Que en consecuencia, es necesario aprobar un nuevo Nomenclador Indicativo de Prestaciones de Alta Complejidad y Trasplantes de Organos acorde a las situaciones descriptas; Por ello y en uso de las facultades conferidas por el artículo 24 del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1.721/GCBA/97;

EL MINISTRO DE HACIENDA RESUELVE:

Artículo 1°.- Déjese sin efecto, a partir del 9 de octubre de 2017 el Nomenclador Indicativo de prestaciones de Alta Complejidad y Trasplantes de Organos aprobado por la Resolución Nº 1844-MHGC-2017 y modificado por la Resolución Nº 2404-MHGC-2017. Artículo 2°.- Apruébase a partir del 9 de octubre de 2017, el Nomenclador Indicativo de Prestaciones de Alta Complejidad y Trasplantes de Organos, en relación con los fondos compensadores creados por los artículos 10 y 11 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1721/GCABA/97, según se detalla en el Anexo IF-2017-22852952-MHGC que a todos sus efectos, forma parte integrante de la presente. Artículo 3º.- Los valores fijados por el Anexo que se aprueba por la presente son indicativos y serán los máximos que abonará el Fondo Compensador, según la modalidad de prestación que se trate, de modo tal que si el 80 % del valor de la prestación supera el valor indicativo establecido en el Nomenclador, el Fondo Compensador abonará el valor indicativo establecido en el Nomenclador y si el 80 % del valor de la prestación no supera el valor indicativo establecido en el Nomenclador el Fondo Compensador abonará el 80 % del valor de la prestación. Artículo 4º.- Los valores de referencia establecidos en el Nomenclador Indicativo de Prestaciones de Alta Complejidad y Trasplantes de Organos al que se refiere el artículo 2º de la presente, expresados en dólares estadounidenses (USD) serán, a los efectos del pago de las prestaciones y/o provisiones, reexpresados a la cantidad de pesos de curso legal en la República Argentina que resulten de aplicar el tipo de cambio transferencia vendedor del Banco de la Nación Argentina, vigente al día en que se emita la correspondiente factura. Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las diversas Obras Sociales a las cuales aportan los agentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implantes (I.N.C.U.C.A.I.), al Banco Ciudad de Buenos Aires y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y para su conocimiento y demás fines, remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda. Mura

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ANEXO

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Ministerio de Justicia y Seguridad

RESOLUCIÓN N.° 726/MJYSGC/17

Buenos Aires, 29 de septiembre de 2017 VISTO: La Ley N° 471 (texto consolidado Ley N° 5.666), el Decreto N° 1550/GCABA/08 y su modificatorio, la Resolución N° 544/MJYSGC/17, el Expediente Electrónico N° 2017-16243512-MGEYA-DGAI, y CONSIDERANDO: Que el Decreto N° 1550/GCABA/08 y su modificatorio, en su artículo 1° delega en el Vicejefe de Gobierno, y en los señores Ministros del Poder Ejecutivo la facultad de autorizar de forma excepcional la ausencia sin goce de haberes a los agentes comprendidos en la Ley N° 471 (texto consolidado Ley N° 5.666); Que a través de la Resolución N° 544/MJYSGC/17, se otorgó la licencia extraordinaria sin goce de haberes al agente Rafael Alberto Sergio, FC N° 802.037, C.U.I.L N° 20-36360665-3, perteneciente a la Dirección General Administración de Infracciones de la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad, a partir del 1° de julio de 2017 y por el término de un (1) año; Que por RE-2017-21651826-DGAI, el citado agente solicitó la suspensión de dicha licencia, a fin de reincorporarse a sus funciones en la citada Dirección General Administración de Infracciones a partir del día 1° de octubre de 2017; Que mediante PV-2017-22095016-DGAI, la Dirección General Administración de Infracciones tomó intervención prestando conformidad al requerimiento; Que es procedente dictar el acto administrativo que contemple dicha situación; Que ha tomado intervención favorable la Gerencia Operativa de Legales de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 1 del Decreto N° 1550/GCABA/08 y su modificatorio,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD RESUELVE

Artículo 1.- Suspéndase a partir del 30 de septiembre de 2017, la licencia extraordinaria sin goce de haberes otorgada al agente Rafael Alberto Sergio, FC N° 802.037, C.U.I.L N° 20-36360665-3, reintegrándose a sus funciones el día 1° de octubre de 2017, en la Dirección General Administración de Infracciones de la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales Administración y Liquidación de Haberes y Asuntos Laborales y Previsionales de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, y pase a la Dirección General Administración de Infracciones de la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad, a fin que notifique a la interesado. Cumplido, archívese. Ocampo

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RESOLUCIÓN N.° 727/MJYSGC/17

Buenos Aires, 29 de septiembre de 2017 VISTO: Los Decretos Nros. 638/GCABA/07 y su modificatorio, 363/GCABA/15 y sus modificatorios, las Resoluciónes Nros. 698/MHGC/08 y sus modificatorias, 255/MJYSGC/16 y 350/MJYSGC/17 y el Expediente Electrónico Nro. 16291946/MGEYA-SECS/17; y CONSIDERANDO: Que mediante Decreto N° 638/GCABA/07 y su modificatorio, se delega en los/as señores/as Ministros/as la facultad de efectuar las designaciones del personal de planta de gabinete correspondiente a su jurisdicción; Que por Decreto Nº 363/GCABA/15 y sus modificatorios, se aprobó la Estructura Orgánico Funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que en dicho plexo normativo, el artículo 7° instituye a partir del 10 de diciembre de 2015, el Régimen Modular de las Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores del Poder Ejecutivo; Que mediante la Resolución N° 255/MJYSGC/16, se designó a la señora Natalia Gabriela Calviño, CUIL N° 27-32329606-0, como personal de Planta de Gabinete de la Secretaría de Seguridad del Ministerio de Justicia y Seguridad, con una asignación mensual de SEIS MIL TRESCIENTAS (6.300) Unidades Retributivas, a partir del 1° de febrero de 2016; Que por Resolución N° 350/MJYSGC/17, se designó al señor Lisandro Martín González, CUIL N° 20-25405397-0, como personal de Planta de Gabinete de la Secretaría de Seguridad del Ministerio de Justicia y Seguridad, con una asignación mensual de CINCO MIL OCHOCIENTAS CINCUENTA (5.850) Unidades Retributivas, a partir del 1° de abril de 2016; Que por PV-2017-16316385-SECS, la Secretaría de Seguridad del Ministerio de Justicia y Seguridad, solicitó el incremento de las Unidades Retributivas a partir del 1º de agosto de 2017 a la señora Natalia Gabriela Calviño, CUIL N° 27-32329606-0; Que asimismo, la referida Secretaría de Seguridad, ha propiciado la disminución de las Unidades Retributivas a partir del 1° de agosto de 2017, al señor Lisandro Martín González, CUIL N° 20-25405397-0; Que por lo expuesto corresponde dictar el acto administrativo que permita el incremento y la disminución propiciada; Que ha tomado intervención favorable la Gerencia Operativa de Legales de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad. Por ello, conforme las facultades conferidas por el Artículo 1° del Decreto N° 638/GCABA/07 y su modificatorio,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD RESUELVE

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Artículo 1.- Dáse por incrementadas, a partir del 1° de agosto de 2017, las Unidades Retributivas asignadas a la señora Natalia Gabriela Calviño CUIL N° 27-32329606-0, quedando las mismas establecidas en SIETE MIL OCHOCIENTAS (7.800) Unidades Retributivas mensuales.

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Artículo 2.- Dáse por disminuidas, a partir del 1° de agosto de 2017, las Unidades Retributivas asignadas al señor Lisandro Martín González, CUIL N° 20-25405397-0, quedando las mismas determinadas en CUATRO MIL TRESCIENTAS CINCUENTA (4.350) Unidades Retributivas mensuales. Articulo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Secretaría de Seguridad del Ministerio de Justicia y Seguridad, a fin de que notifique a los interesados. Cumplido archívese. Ocampo

RESOLUCIÓN N.° 728/MJYSGC/17

Buenos Aires, 29 de septiembre de 2017 VISTO: El Decreto N° 67/GCABA/10, sus modificatorios y complementarios, las Resoluciones Nros. 51/MHGC/10 y sus modificatorias y complementarias, y 3027/MHGC/17, la Disposición Nº 9/DGCG/10, sus modificatorias y complementarias, el Expediente Electrónico N° 2017-19260572-MGEYA-DGELECT, y CONSIDERANDO: Que por el Decreto N° 67/GCABA/10, sus modificatorios y complementarios, reglamentado por Resolución N° 51/MHGC/10 y sus modificatorias y complementarias, se aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 7° del Anexo I del referido Decreto, establece que el Ministerio de Hacienda reglamentará, entre otros ítems, los montos máximos de los fondos a asignar por Ministerio, Secretaría y Organismo Descentralizado a los efectos de que los titulares de los mismos, en el marco de lo establecido en su artículo 8°, puedan asignarlos a sus dependencias como Cajas Chicas Comunes, Cajas Chicas Especiales o Fondos con Cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones; Que a través del IF-2017-19278275-DGELECT y ampliado posteriormente por el IF-2017-20784258-DGELECT, se solicitó al Ministerio de Hacienda la asignación de fondos en concepto de Caja Chica Especial por la suma de PESOS CIEN MIL ($100.000.-) para ser destinada a afrontar los gastos que demandará la provisión de bienes y servicios necesarios para el eficaz funcionamiento de las elecciones Generales del día 22 de Octubre de 2017; Que por Resolución Nº 3027/MHGC/17, se incrementó el monto máximo a asignar al Ministerio de Justicia y Seguridad, por la suma de PESOS CIEN MIL ($100.000.-) Que la Disposición Nº 9/DGCG/10, sus modificatorias y complementarias, aprobó los procedimientos para las asignaciones en concepto de Caja Chica Especial y Fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones, estableciendo en su Anexo III el procedimiento para la rendición de dichos fondos;

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Que en el artículo 2 del Anexo II de la Disposición Nº 183/DGCG/13, modificatoria de la precedentemente mencionada, se establece que en los casos de Cajas Chicas Especiales no se dará cumplimiento a las Resoluciones que no hagan expresa mención acerca de la adopción o no de la alternativa establecida en el artículo 9 de la Resolución Nº 51/MHGC/10 y sus modificatorias (solicitud de tres presupuestos), como también que deberá indicarse que indefectiblemente tendrán que realizarse las retenciones impositivas en los casos correspondientes; Que resulta necesario designar como responsables de la administración y rendición de los fondos en cuestión a los señores Ezio Osvaldo Emiliozzi, DNI N° 13.653.823 y Eduardo Daniel Testagrossa, DNI N° 13.799.455, debiéndose depositar los fondos referidos en la Cuenta Corriente Nº 26843/1 del Banco Ciudad de Buenos Aires, Sucursal N° 111, perteneciente al Beneficiario Nº 2834; Que el presente gasto cuenta con el correspondiente respaldo presupuestario; Que ha tomado intervención favorable la Gerencia Operativa de Legales de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 8 del Anexo I del Decreto N° 67/GCABA/10, sus modificatorios y complementarios, y de conformidad con lo establecido por la Disposición Nº 9/DGCG/10, sus modificatorias y complementarias,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD RESUELVE

Artículo 1.- Asígnase a la Dirección General Electoral de la Subsecretaría de Justicia de esta Cartera Ministerial, fondos en concepto de caja Chica Especial por la suma de PESOS CIEN MIL ($ 100.000.-), por única vez y sin límite por comprobantes, cuya rendición no deberá superar los sesenta (60) días, para solventar los gastos que demande la provisión de bienes y servicios necesarios para el eficaz funcionamiento de las elecciones Generales del día 22 de Octubre de 2017. Artículo 2.- Establécese que los fondos referidos precedentemente deberán depositarse en la cuenta corriente Nº 26843/1, sucursal N° 111 del Banco Ciudad de Buenos Aires, perteneciente al Beneficiario Nº 2834. Artículo 3.- Desígnanse como Responsables de la Administración y Rendición de los fondos asignados por el artículo 1, a los señores Ezio Osvaldo Emiliozzi, DNI N° 13.653.823 y Eduardo Daniel Testagrossa, DNI N° 13.799.455. Artículo 4.- En los casos que las erogaciones superen los PESOS DIEZ MIL ($ 10.000.-), deberán presentarse tres (3) presupuestos a efectos de acreditar la adjudicación a la oferta más conveniente, debiéndose justificar apropiadamente la no presentación de los mismos. Artículo 5.- Deberán practicarse las retenciones impositivas pertinentes en caso de corresponder. Artículo 6.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Electoral de la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad y remítase a la Dirección General de Contaduría para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese. Ocampo

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RESOLUCIÓN N.° 54/SSAGARHS/17

Buenos Aires, 4 de octubre de 2017 VISTO: El Decreto N° 224/13, la Resolución Conjunta N° 11-MHGC-MMGC-MJGGC-SECLyT-13 y su modificatoria Resolución Conjunta N° 10-MHGC-MMGC-MJGGC-SECLyT-14 y los expedientes que se detallan en el Anexo N° IF-2017-22743147-SSAGARHS que forma parte integrante de la presente norma, y CONSIDERANDO: Que por las mencionadas actuaciones tramitan las contrataciones de diversas personas, para prestar servicios en la Subsecretaría de Gestión Administrativa y de Recursos Humanos de Seguridad y en la Subsecretaria de Gestión Operativa de Seguridad; Que por el Decreto N° 224/13 se estableció que la contratación, modificación, ejecución y extinción de los contratos celebrados bajo el régimen de Locación de Obras y Servicios, deberán tramitar utilizando el Módulo “LOyS“ del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos SADE; Que, en el artículo 2° del citado Decreto se facultó al/la titular de la Vicejefatura de Gobierno, a los/as Ministros/as, Secretarios/as y Subsecretarios/as del Poder Ejecutivo y a los funcionarios con rango o nivel equivalente, a contratar hasta un monto máximo de pesos veinte mil ($20.000), mensuales por contrato, dentro de su disponibilidad presupuestaria; Que la Resolución N° 2.720/MHGC/16, en su artículo 1°, eleva el monto mensual máximo de las contrataciones antes mencionadas, hasta la suma de pesos cincuenta y cinco mil ($55.000); Que en el artículo 6° del Decreto N° 224/13, se fijó en sesenta (60) días corridos el plazo máximo que podrá transcurrir desde el inicio de la prestación celebrada bajo el régimen de locación de servicios o de obra, hasta la firma de la respectiva resolución autorizante; Que por la Resolución Conjunta N° 11-SECLYT/13 y su modificatoria N° 10- SECLYT/14 se aprobó el procedimiento administrativo electrónico para las contrataciones de locación de servicios y de obra que deberán tramitar por Expediente Electrónico, mediante el Módulo “LOyS“ del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos-SADE; Que las citadas contrataciones encuadran en los términos del Decreto N° 224/13 y la Resolución Conjunta N° 11-MHGC-MMGC-MJGGC-SECLyT-13 y su modificatoria Resolución Conjunta N° 10-MHGC-MMGC-MJGGC-SECLyT-14, normativa mediante la cual se establece el régimen para la contratación de personas físicas bajo la modalidad de locación de servicios y de obra; Que atento lo expuesto precedentemente corresponde dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 2° del Decreto N° 224/13, EL SUBSECRETARÍO DE GESTION ADMINISTRATIVA

Y DE RECURSOS HUMANOS DE SEGURIDAD RESUELVE

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 62

Artículo 1°.- Autorízanse las contrataciones de diversas personas para prestar servicios en la Subsecretaría de Gestión Administrativa y de Recursos Humanos de

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Seguridad y en la Subsecretaria de Gestión Operativa de Seguridad, en el modo y forma que se detalla en el Anexo N° IF-2017-22743147-SSAGARHS, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir los importes mensuales, en una Orden de Pago. Artículo 3°.- Los importes a abonarse se depositarán en la cuenta corriente o caja de ahorro del Banco Ciudad de Buenos Aires, cuyos datos serán comunicados por los contratados a la Dirección General de Tesorería. Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a la Dirección General Contaduría, a la Dirección General de Administración de Recursos Humanos de Seguridad, a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad y pase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Administrativa y Legal de Seguridad. Cumplido, archívese. Porreca

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ANEXO

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Ministerio de Salud

RESOLUCIÓN N.° 625/SSASS/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 VISTO: el Expediente Electrónico Nº 22.714.189/MGEYA-DGADCyP/17, las solicitudes de los diferentes efectores en salud, y CONSIDERANDO: Que por dicho Expediente Electrónico se tramita una compensación presupuestaria a fin de adecuar los créditos correspondientes a diferentes unidades ejecutoras dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Que las Unidades de Organización solicitantes han manifestado que las modificaciones propuestas no tienen impacto en las metas físicas previamente planteadas; Que la presente gestión se enmarca en las previsiones del Decreto Nº 680/2016 que aprueba las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2017; Que se ha generado la planilla de "Modificaciones Presupuestarias" emitida por el mencionado sistema bajo los Requerimientos Nº 6862/DGADCyP/17, N° 6863/DGADCyP/17 y 6864/DGDCyP/17 y como documento GEDO IF Nº 22789449/DGADCyP/17, N° 22789720/DGADCyP/17 y N° 22789978/DGADCyP/17 de acuerdo a las previsiones del Artículo 9 del Capítulo III del Anexo del mencionado Decreto 680/2016; Que en función de lo expuesto, este nivel considera que corresponde adoptar las acciones tendientes a dar curso a lo solicitado por los efectores dependientes de este Ministerio de Salud. Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 675/GCABA/16 y el Decreto Nº 680/GCABA/16 (Capítulo IX - Artículo 38 - Apartado II) que aprueba las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2017,

EL SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACION DEL SISTEMA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1º.- Efectuar una compensación presupuestaria, consistente en la disminución e incremento de los créditos correspondientes al Inciso 2, -(Bienes de Consumo); Inciso 3, -(Servicios No Personales); Inciso 4, - (Bienes de Uso) e Inciso 5, - (Transferencias) de los diferentes Hospitales dependientes del Ministerio de Salud; de acuerdo al Comprobante de "Modificaciones Presupuestarias" obrantes bajo Informes Nº 22789449/DGADCyP/17, N° 22789720/DGADCyP/17 y N° 22789978/DGADCyP/17; que forman parte integrante de la presente a todos sus efectos.

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RESOLUCIÓN N.° 626/SSASS/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 VISTO: La Comunicación Oficial Nota N° 17555101/UPEHCE/2017, el Decreto Nº 224/GCABA/2013, la Resolución Conjunta Nº 11/SECLYT/2013, Resolución Nº 1619/GCABA/MHGC/2013, Resolución Nº 2390/MHGC/2014, Resolución 1727/GCABA/MHGC/2015 y Resolución N° 2720/GCABA/MHGC/2016; y CONSIDERANDO: Que, por el Decreto Nº 224/GCABA/2013 complementado por Resolución Nº 1619/GCABA/MHGC/2013, rectificada por Resolución Nº 2390/MHGC/2014, Resolución 1727/GCABA/MHGC/2015 y Resolución N° 2720/GCABA/MHGC/2016; se facultó al/la titular de la Vicejefatura de Gobierno, a los/as Ministros/as, Secretarios y Subsecretarios/as del Poder Ejecutivo y los/as funcionarios con rango equivalente dentro de dicha jurisdicción, a contratar a personas bajo los regímenes de locación de servicios o de obra, dentro de sus disponibilidades presupuestarias y hasta un monto máximo de pesos CINCUENTA Y CINCO MIL ($ 55.000) mensuales por contrato; Que, dicho Decreto establece en sesenta (60) días corridos el plazo máximo que podrá transcurrir desde el inicio de una prestación celebrada bajo el régimen de locación de servicios o de obra, hasta la firma de la respectiva Resolución autorizante; Que, por las presentes actuaciones tramita contratación bajo la figura de locación de servicios, correspondiente al año 2017; Que, por dicho Decreto Nº 224/GCABA/2013 se establece que la Locación de Obras y Servicios deberá tramitar por Expediente Electrónico, utilizando el Módulo "LOyS" del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE-; Que, la persona a contratar no se encuentra inscripta en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos creado por la Ley Nº 269; Que, asimismo, la persona que se indica en el Anexo I que figura en el IF/2017/22881286/DGAYDRH, ha declarado bajo juramento que no se encuentra revistando en la Planta Permanente o Transitoria del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ni se halla vinculada con éste, por contrato alguno o en calidad de pasante o asistente técnico, por convenios con alguna Universidad y que no percibe ningún subsidio por razones de falta de empleo. Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA DE SALUD

RESUELVE: Artículo 1º.- Autorízase la contratación bajo la figura de locación de servicios, del Sr. Iván Ravenna, DNI - 29.958.494, para prestar servicios en la Subsecretaria de Planificación Sanitaria-UPE-HCE, según modo y forma que se detalla en el Anexo I, que figura en IF/2017/22881286/DGAYDRH.

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ANEXO

Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y pase a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, dependiente del Ministerio de Hacienda, a sus efectos. Ruete

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Artículo 2º.- Delégase al titular de la Subsecretaria de Planificación Sanitaria la suscripción de los instrumentos contractuales correspondientes. Artículo 3º.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir los importes mensuales en una Orden de Pago, correspondiente a lo mencionado en el art. 1º de la presente. Artículo 4º.- A los efectos del cobro, mensualmente deberán adicionarse las certificaciones de servicios correspondientes. Artículo 5º.- Los importes a abonarse se depositarán en las cuentas corrientes o cajas de ahorro del Banco de la Ciudad de Buenos Aires cuyos datos fueran comunicados por los contratados a la Dirección General de Tesorería. Artículo 6º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la respectiva partida del presupuesto del año 2017. Artículo 7º.- Comuníquese a la Secretaría Legal y Técnica para su Registro y publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda con soporte Magnético de la presente y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Contaduría y a la Dirección General Administración y Desarrollo de Recursos Humanos de Salud. Cumplido, archívese. Ruete

RESOLUCIÓN N.° 627/SSASS/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 VISTO: Las Resoluciones N° 434/SSASS/2017 y 442/SSASS/2017, la CO/NO/2017/17555101/UPEHCE y el Decreto Nº 224/GCABA/2013; y CONSIDERANDO: Que, la Subsecretaria de Planificación Sanitaria, UPE - HCE, solicita dar de baja, a partir del 1° de Julio de 2017, el contrato de locación de servicios, del Sr. Alberto Jorge Wydler, DNI - 4.547.329, que fuera aprobado por las Resoluciones N° 434/SSASS/2017 y 442/SSASS/2017; Que, asimismo corresponde desafectar del presupuesto 2017, la suma de pesos ciento veintitrés mil ($ 123.000,00), correspondiente al período comprendido entre el 01 de Julio hasta el 31 de diciembre del presente año. Por ello;

EL SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA DE SALUD

RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto el contrato de locación servicios, del Sr. Alberto Jorge Wydler, DNI - 4.547.329, que fuera aprobado por las Resoluciones N° 434/SSASS/2017 y 442/SSASS/2017, a partir 1° de Julio de 2017.

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 66

ANEXO

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Artículo 2.- La Subsecretaria de Planificación Sanitaria, deberá proceder a la desafectación, de la suma de pesos ciento veintitrés mil ($ 123.000,00), correspondiente al período comprendido entre el 01 de Julio hasta el 31 de diciembre del presente año. Artículo 3.- Comuníquese a la Secretaría Legal y Técnica para su Registro y publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda con soporte Magnético de la presente y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Contaduría y a la Dirección General Administración y Desarrollo de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Ruete

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Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte

RESOLUCIÓN N.° 818/MDUYTGC/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 VISTO: La Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.666), su Decreto Reglamentario N° 95/GCBA/14, el Decreto N° 675/GCBA/16, la Resolución N° 671/MJGGC/14, el Expediente Electrónico N° 6.385.695-MGEYA-DGTALMJG/14, y CONSIDERANDO: Que, por Resolución N° 671/MJGGC/14 el Jefe de Gabinete de Ministros aprobó la contratación directa para la locación administrativa del inmueble ubicado en la Avenida Martín García N° 320/346/348/350/364/378, Nomenclatura Catastral: C: 3; S: 8; M: 72; P: 3E; inscripto en la matrícula FRE 3-7980 Partida matriz Nº 119324-08, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con entrada por el N° 346 de la Avenida Martín García de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con destino a oficinas administrativas pertenecientes a distintos Ministerios de este Gobierno de la Ciudad, habiéndose suscripto el correspondiente contrato de locacion administrativa con fecha 1° de agosto de 2014, registrado por la Dirección General Escribanía General bajo el N° 15.727; Que, el término de la locación se había pactado por el plazo de treinta y seis (36) meses, contados a partir del 1° de agosto de 2014 hasta el 31 de julio de 2017, con opción de prórroga a favor del locatario, por un período igual; Que, realizada la correspondiente consulta a la Dirección General Administración de Bienes y Concesiones sobre la existencia de un inmueble de similares características, se obtuvo una respuesta negativa; Que, en atención a que el inmueble continúa siendo idóneo para los mismos fines que se contratara originariamente y que se adecúa a los estándares de uso del espacio de los edificios de Gobierno, se procedió a negociar con la firma AB CONSULTORA S.A., CUIT N° 30-70848090-4 una prórroga por el plazo autorizado en el contrato y un nuevo canon locativo, para lo que se requirió una nueva tasación al Banco Ciudad de Buenos Aires; Que, en dicha tasación, de fecha 21 de junio de 2017, se estimó que el valor del canon locativo mensual del inmueble en cuestión es de PESOS NUEVE MILLONES SEISCIENTOS MIL ($9.600.000); Que, las negociaciones encaradas dieron por resultado una prórroga del plazo de vigencia de la locación por el término de treinta y seis (36) meses, computado desde el 1° de agosto de 2017 hasta el 31 de julio de 2020, por un nuevo canon por la suma total de PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y TRES MIL QUINIENTOS SETENTA Y SEIS ($499.563.576), cuya cuota inicial será de PESOS NUEVE MILLONES NOVECIENTOS MIL ($9.900.000), por lo que se encuentra dentro las previsiones del Anexo I del Decreto 95/GCBA/14, ya que no supera el límite del veinte por ciento por sobre la tasación efectuada por el Banco Ciudad de Buenos Aires, conforme lo prescribe el art. 28, inciso 12°, apartado e) de esa norma; Que, la Dirección General Escribanía General ha tomado la pertinente intervención en virtud de lo expresado en el apartado f) del inciso 12° del Artículo 28 del Anexo I del Decreto N° 95/GCABA/2014;

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Que, asimismo, resulta conveniente continuar la locación para ahorrar los costos que implicaría el traslado de todos los bienes que se encuentran en el edificio en caso de no renovarse la locación; Que, atento a las razones de conveniencia económica para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires puestas en evidencia en los párrafos precedentes, se estima adecuado en el presente caso autorizar la reseñada prórroga; Que, la Procuración General del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención de su competencia mediante Dictámenes Nros. IF-2017-19834759-PG y IF-2017-21181744-PGAAIYEP; Que, por las consideraciones expuestas se estima aconsejable la aceptación de los términos de renegociación del plazo y del canon locativo, y la suscripción de la correspondiente adenda para instrumentarla de acuerdo al Anexo I (IF-2017-22827246-DGTALMDUYT). Por ello, y en virtud de las competencias que le asigna el Decreto N° 675/GCBA/16 y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 95/GCBA/14,

EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE RESUELVE:

Artículo 1°- Apruébase la prórroga de la contratación directa para la locación administrativa con la firma AB CONSULTORA S.A., CUIT N° 30-70848090-4 sobre el inmueble ubicado en la calle Martín García N° 320/346/348/350/364/378, Nomenclatura Catastral: C: 3; S: 8; M: 72; P: 3E, inscripto en la matrícula FRE 3-7980, Partida matriz Nº 119324-08, con entrada por el N° 346 Avenida Martín García de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y la Adenda al Contrato de Locación Administrativa a suscribir por las partes que como Anexo I (IF-2017-22827246-DGTALMDUYT) forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°- Apruébase el gasto que irrogue la prórroga autorizada por el Artículo 1° de la presente, cuyo canon locativo se fija en la suma total de PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y TRES MIL QUINIENTOS SETENTA Y SEIS ($499.563.576) pagaderos de la siguiente manera: PRIMER SEMESTRE cuotas 1 a 6 de PESOS NUEVE MILLONES NOVECIENTOS MIL ($9.900.000) cada una; SEGUNDO SEMESTRE, cuotas 7 a 12 de PESOS ONCE MILLONES TRECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL ($ 11.385.000) cada una; TERCER SEMESTRE, cuotas 13 a 18 de PESOS DOCE MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS ($12.978.900) cada una; CUARTO SEMESTRE, cuotas 19 a 24 de PESOS CATORCE MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL CIENTO CINCUENTA Y SIETE ($14.666.157) cada una; QUINTO SEMESTRE, cuotas 25 a 30 de PESOS DIECISEIS MILLONES CUATROCIENTOS VEINTISEIS MIL NOVENTA Y CINCO ($16.426.095) cada una; SEXTO SEMESTRE, cuotas 31 a 36 DE PESOS DIECISIETE MILLONES NOVECIENTOS CUATRO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO ($17.904.444) cada una. Artículo 3°- El gasto que implique la presente gestión se imputará a la partida presupuestaria correspondiente al ejercicio 2017 por la suma de PESOS CUARENTA

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Y SEIS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO PESOS CON SETENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 46.545.224,77), y a las partidas presupuestarias de los ejercicios 2018, 2019 y 2020 por las sumas de PESOS CIENTO CUARENTA Y TRES MILLONES CIENTO CUATRO MIL QUINIENTOS ($ 143.104.500); PESOS CIENTO OCHENTA Y TRES MILLONES CIENTO SEIS MIL TRESCIENTOS DIECISIETE ($ 183.106.317); y PESOS CIENTO VEINTISEIS MILLONES OCHOCIENTOS SIETE MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS CON VEINTITRES CENTAVOS ($126.807.534,23), respectivamente. Artículo 4° - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de Contaduría y Tesorería dependientes del Ministerio de Hacienda, a la Dirección General de Escribanía General de la Secretaría Legal y Técnica y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Contaduría dependiente del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Moccia

RESOLUCIÓN N.° 821/MDUYTGC/17

Buenos Aires, 6 de octubre de 2017 VISTO: La Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, la Ley N° 5.460 (Texto consolidado por Ley N° 5.666), los Decretos Nros. 142/GCBA/14, 359/GCBA/15, 363/GCBA/15, 203/GCBA/16 y 675/GCBA/16, las Resoluciones Nros. 328-MDUGC/2013, 267-MDUGC/14, 324-MDUGC/15, 187-MDUYTGC/16, 507-MDUYTGC/16, los Expedientes Electrónicos Nros. 2769136/2013 y 2017-22471070-MGEYA-UPEPH, y CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución Nº 328-MDUGC/2013, que tramitó por Expediente N° 2769136/2013, se aprobaron los Pliegos de Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas de la Obra "Ajuste de la Red Pluvial de Captación IV", convocándose además a la Licitación Pública Nº 2.529/2013 para la presentación de ofertas para la contratación de la obra citada, la que se encuentra contemplada en el Plan Director de Ordenamiento Hidráulico de la Ciudad de Buenos Aires; Que el objeto de la Obra “Ampliación de la Red Pluvial IV" es la ejecución de conductos circulares con sus respectivas cámaras, sumideros, nexos y demás componentes secundarios, a fin de resolver en distintas ubicaciones problemas de anegamientos producidos por la falta de red de captación pluvial, complementarios al Plan Director de Ordenamiento Hidráulico. La localización de las obras, a definir por la Unidad Proyectos Especiales Plan Hidráulico (UPEPH), se extiende por todo el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, especialmente en las Cuencas de los Arroyos Vega y Medrano;

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ANEXO

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Que por Decreto Nº 142/GCBA/14 se aprobó la Licitación Pública antes mencionada, adjudicándosela a la firma ALTOTE SA - NAKU CONSTRUCCIONES SRL (UTE) por un monto de PESOS VEINTICUATRO MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y SEIS MIL CIENTO VEINTICINCO CON SETENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 24.536.125,77) y se delegó en el entonces señor Ministro de Desarrollo Urbano la facultad de suscribir el pertinente contrato y de dictar todos los actos administrativos que fueran necesarios para la ejecución del mismo hasta su finalización; Que el 23 de abril de 2014 se firmó el correspondiente contrato con sustento en lo dispuesto por el Decreto Nº 142/GCBA/14 referido; Que el 17 de junio de 2014 se dio inicio a la obra conforme al Acta de Inicio firmada; Que por Resolución N° 267-MDUGC/14 se aprobó el Balance de Economías y Demasías N° 1 (BED 1) sin modificación del plazo de obra; Que, por Resolución N° 324-MDUGC/15 se aprobó el Balance de Economías y Demasías N° 2 y se aprobó la extensión del plazo de obra fijándose como nueva fecha de finalización de las tareas de obra el 31 de enero de 2016; Que, por Resolución N° 187-MDUYTGC/16 se aprobó la ampliación de plazo N° 2 de ejecución de la obra, trasladando la fecha de finalización al 31 de mayo de 2016; Que, por Resolución N° 507-MDUYTGC/16 se aprobó el Balance de Economías y Demasías N° 3 y se aprobó la extensión del plazo de obra fijándose como nueva fecha de finalización de las tareas de obra el 31 de octubre de 2016;

Que al vencimiento del plazo contractual las obras encomendadas se encontraban finalizadas y que, existiendo un saldo disponible a favor del GCABA, se dispuso la neutralización del plazo de obra hasta tanto la UPEPH definiera los nuevos frentes a ejecutar, de acuerdo a los requerimientos surgidos del mapeo de reclamos, y que con fecha 31 de octubre de 2016 se suscribió el Acta de Neutralización correspondiente; Que se dio reinicio a la obra mediante el acta correspondiente a partir del día 2 de octubre de 2017; Que conforme lo informados por la Gerencia Operativa de la Unidad de Proyectos Especiales Plan Hidráulico en el IF-2017-22476279-UPEPH, se inició la construcción de un cruce Bajo Nivel sobre la Av. Ricardo Balbín y vías del FFCC Mitre, y que en virtud de las dudas que generó su construcción en algunos vecinos que han planteado judicialmente su temor a que se agrave la situación de la cuenca del Arroyo Medrano por la construcción del PBN Balbín, se concursó y encomendó a través de AUSA el estudio hidráulico por parte de la consultora CH2m Hill, que complementa los estudios realizados en el marco del Estudio Técnico de Impacto Ambiental oportunamente ejecutado; Que dicho estudio recomienda la ejecución de dos conducciones bajo las calles Holmberg y Tronador, que vinculen los sifones de descarga del PBN con el emisario del Arroyo Medrano, de modo de prevenir anegamientos en las calles citadas por la descarga en superficie de los mismos; Que AUSA ha informado que la construcción del PBN Balbín finalizará en el mes de febrero de 2018, y que las citadas conducciones hidráulicas no se encuentran contempladas en el contrato vigente y en consecuencia esta situación plantea un importante riesgo hídrico ante la inminencia del período de mayores lluvias en la cuenca; Que en virtud de lo expuesto, la UPEPH ha solicitado a la contratista Altote-Naku Construcciones (UTE) la incorporación de la ejecución de los conductos Holmberg y Tronador en el plan de trabajos de la Obra: "Ajuste de la Red Pluvial de Captación IV", tomando en consideración que la contratista ha desarrollado para la ejecución del "Ramal Escalada" un sistema de elaboración de conductos premoldeados de diámetro similar al requerido, que permite disponer en forma inmediata de las conducciones solicitadas;

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Que según informa la Inspección de la Obra mediante IF-2017-18873750-UPEPH: "Ajuste de la Red Pluvial de Captación IV", por Orden de Servicio N° 067 se solicitó a la Contratista la cotización de los trabajos necesarios para la ejecución de los frentes de obra descriptos, y por Nota de Pedido N° 80 la Contratista ha presentado una propuesta de Balance de Economías y Demasías; Que en relación al plazo de obra, la contratista presenta un nuevo plan de trabajos para la ejecución de las tareas que propone un plazo de la obra de cinco (5) meses a partir del 1° de octubre de 2017, fijando una nueva fecha de finalización de las obras para el 28 de febrero de 2018 que la Gerencia Operativa de Obras Hidráulicas considera apropiado para la ejecución de las tareas descriptas; Que la empresa ALTOTE SA - NAKU CONSTRUCCIONES SRL (UTE) ha renunciado en forma expresa al eventual reclamo de cualquier gasto improductivo y/o cualquier otro reclamo que surja con motivo de la presente Ampliación de Plazo en la pág. 7 del IF-2017-22478226-UPEPH;

Que por IF-2017-22476279-UPEPH la Gerencia Operativa Unidad de Proyectos Especiales Plan Hidráulico presta su conformidad a la tramitación de la presente ampliación de plazo; Que el señor Titular de la Unidad de Proyectos Especiales Plan Hidráulico (UPEPH) mediante IF-2017-22476755-UPEPH en relación al plazo de obra, considera apropiada la ampliación de plazo para la ejecución de las tareas arriba descriptas; Que ha tomado conocimiento y prestado conformidad la Subsecretaría de Obras mediante IF-2017-22553639-SSOBRAS; Que la Ley N° 5.460 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) estableció la estructura ministerial y las competencias actualmente vigentes para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Decreto N° 363/GCBA/15 aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con las responsabilidades primarias y objetivos de las Unidades de Organización integrantes de este Gobierno, siendo dicha estructura orgánica modificada parcialmente por el Decreto N° 675/GCBA/16 a partir del 1° de enero de 2017; Que por Decreto N° 203/GCBA/16 se estableció, entre otras cosas, los niveles de decisión y cuadro de competencias para los procedimientos de autorización de prórroga del plazo de ejecución de la obra. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 5.460 (Texto consolidado por Ley N° 5.666), los Decretos N° 359/GCBA/15, 363/GCBA/15, 203/GCBA/16 y 675/GCBA/16,

EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE RESUELVE:

Artículo 1º.- Apruébase el Acta de Neutralización de Plazos de la Obra "Ajuste de la Red Pluvial de Captación IV" suscripta el 31 de octubre de 2016, según Anexo I (IF-2017-18867844-UPEPH) que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Apruébanse la Ampliación del plazo de obra N°4, fijándose como nueva fecha de finalización de las tareas de obra el día 28 de febrero de 2018, y el Nuevo Plan de Trabajos y Curva de Inversión que se detallan en el Anexo II (IF-2017-22550505-UPEPH) que forman parte integrante de la presente. Artículo 3°.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (www.buenosaires.gob.ar), notifíquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, gírese a la Unidad Proyectos Especiales Plan Hidráulico para su

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RESOLUCIÓN N.° 90/SSOBRAS/17

Buenos Aires, 4 de octubre de 2017 VISTO: La Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, Ley N° 5.460 y 2.809 (texto consolidado Ley N° 5.666), Ley N° 2.809, los Decretos Nros. 1.254/GCBA/2008, y su modificatorio N°663/GCBA/2009, 141/GCBA/2016, 203/GCBA/2016 y 675/GCBA/2016, el Expediente Nº 16989878-DGOINFU/2017, y CONSIDERANDO: Que, por el Expediente citado en el visto, tramita la Licitación Pública N° 1239-SIGAF/2017 denominada "REMODELACIÓN DE OFICINAS DEL EDIFICIO CERVANTES, Calle J. D. Perón 3149/75 PLANTA BAJA Y 4° PISO", a ser ejecutada por la Dirección General de Obras de Infraestructura Urbana; Que por Decreto Nº 1.254/GCBA/2008, y su modificatorio, se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales para las Obras Públicas Mayores; Que por Decreto Nº 203/GCBA/2016 se establecieron los niveles de decisión para las contrataciones de obras públicas; Que mediante la Disposición DGTALMDUYT N° 56/17 se aprobaron los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas para la realización de la Obra mencionada, disponiendo asimismo el pertinente llamado a Licitación Pública para el día 23 de agosto de 2017 a las 13:00 horas; Que se fijó el presupuesto oficial en la suma de PESOS DIEZ MILLONES CIENTO NOVENTA Y SIETE MIL CIENTO TREINTA Y SEIS CON 32/100 ($10.197.136,32.-); Que conforme se acredita con las constancias obrantes en el actuado, se efectuaron las publicaciones y comunicaciones a los organismos de rigor, como así también se cursaron invitaciones a empresas inscriptas en el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas, de conformidad con la normativa vigente; Que los pliegos fueron publicados en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Que tal como luce en el Acta de Apertura Nº 40/2017, se recibieron las ofertas de las firmas: INSTALECTRO S.A., VILLAREX S.A. e INGECONS S.A.; Que efectuado el análisis de la documentación presentada, la Comisión de Preadjudicación, mediante Acta de Preadjudicación N° 40/2017 propuso adjudicar la obra "REMODELACIÓN DE OFICINAS DEL EDIFICIO CERVANTES, Calle J. D. Perón 3149-75 Planta Baja y 4° Piso", a la firma INGECONS S.A. por un monto total PESOS NUEVE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS SIETE ($9.384.207.-); Que el Acta de Preadjudicación se exhibió en la cartelera del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte y asimismo fue notificada a los oferentes sin producirse impugnación alguna. Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto Nº 203-GCBA/2016,

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ANEXO

conocimiento, notificación fehaciente de la Empresa Contratista y demás fines. Cumplido, archívese. Moccia

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EL SUBSECRETARIO DE OBRAS RESUELVE:

Artículo 1º.- Apruébase la Licitación Pública N° 1239/SIGAF/2017, para la realización de la Obra "REMODELACIÓN DE OFICINAS DEL EDIFICIO CERVANTES, Calle J. D. Perón 3149-75 PLANTA BAJA Y 4° PISO", realizada al amparo de lo establecido en la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064. Artículo 2º.- Adjudícase la Obra indicada en el artículo 1º de la presente Resolución a la firma INGECONS S.A., CUIT N° 30-68339933-3, por la suma total de PESOS NUEVE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS SIETE ($9.384.207.-). Artículo 3º.- Las erogaciones a que dé lugar la obra que se licita, serán imputadas a las partidas presupuestarias del ejercicio correspondiente. Artículo 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (www.compras.buenosaires.gob.ar), notifíquese a las empresas participantes, a la Dirección General de Obras de Infraestructura Urbana y remítase a la Subgerencia Operativa de Compras Licitaciones y Suministros dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal para la prosecución de su trámite. Cumplido, archívese. Palacio

RESOLUCIÓN N.° 579/SECTRANS/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 VISTO: La Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley Nº 5.666), los Decretos Reglamentarios N° 95/GCABA/2014, 114/GCABA/2016 y 411/GCABA/2016, la Disposición Nº 396/DGCyC/14, el Expediente N° 11320966/MGEYA/SECTRANS/17, y CONSIDERANDO: Que por las actuaciones consignadas en el Visto, tramita la Licitación Pública N° 768-1213-CME17 cuyo objeto es la adquisición de muebles de oficina con destino a diferentes dependencias de esta Secretaría de Transporte; Que mediante Resolución 2017-488-SECTRANS se adjudicaron los renglones 7, 8, 10, 12, 15, 17 a la firma ASCENSORES SERVAS S.A. por un monto total de Pesos setenta mil novecientos dieciséis ($70.916-), emitiéndose la Orden de Compra N° 768-10700-OC17 cuyo vencimiento operó el 03 de octubre de 2017; Que la empresa ASCENSORES SERVAS S.A., en fecha 29 de septiembre de 2017, presentó ante esta Secretaría de Transporte una solicitud de extensión del plazo de entrega, cuya copia obra en los presentes actuados; Que consultada la Unidad de Proyectos Especiales Movilidad Saludable acerca de su conformidad al respecto, la misma se ha manifestado de acuerdo, tal y como surge de la Nota N° NO-2017-22676634-UPEMS; Que consultada la Dirección General de Tránsito y Transporte, acerca de su conformidad al respecto, la misma se ha manifestado de acuerdo, tal y como surge de la Nota N° NO-2017-22764394-DGTYTRA;

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Que atento a que la entrega fuera de término de los bienes requeridos debe ser imputada a la empresa adjudicataria, resulta procedente la aplicación de la penalidad establecida en el artículo 122 de la Ley N° 2095 (texto consolidado Ley 5666) y artículo 21 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares; Que el artículo 120 del Decreto N° 95/2014, reglamentario de la Ley de Compras y Contrataciones, establece que "La prórroga otorgada al adjudicatario, no puede exceder en ningún caso el plazo fijado primitivamente para el cumplimiento del contrato"; Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 5 del Pliego de Clausulas Particulares, el plazo de entrega es de quince (15) días hábiles contados a partir del perfeccionamiento del contrato; Que, en base a todo lo expuesto, corresponde hacer lugar a la extensión del plazo en la fecha de entrega por igual término de tiempo contando a partir de la fecha en que operó el vencimiento de la Orden de Compra respectiva. Por ello, de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades conferidas por el art. 13 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5666), y reglamentado por el Anexo II del Decreto N° 95/GCBA/16 y sus modificatorios,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE RESUELVE

Articulo 1º.- Apruébase la prórroga del plazo de entrega correspondiente a la Orden de Compra N° 768-10700-OC17 emitida en el marco de la Contratación Menor Nº 768-1213-CME17 a la firma ASCENSORES SERVAS S.A. (CUIT N° 30-60596505-5), por un plazo de quince (15) días hábiles contados a partir del 4 de octubre de 2017, al amparo de lo establecido en el artículo 122 de la Ley 2095 (texto consolidado Ley 5666) y del artículo 120 del Decreto N° 95/GCBA/2014. Artículo 2°.- Notifíquese a la firma adjudicataria y publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y remítase a la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Secretaría de Transporte. Cumplido, archívese. Méndez

RESOLUCIÓN N.° 776/SSREGIC/17

Buenos Aires, 14 de septiembre de 2017 VISTO: El Expediente Nº 19.497.237/2017 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso: "Agencias comerciales de empleo, Turismo, inmobiliaria, etc." para el inmueble sito en la calle Florida Nº 537/41/47/49/57/59/63/67/71 y Tucumán Nº 536/40/46/48/54/58/60/62/66/68 - Planta Baja, 21º Piso, Depto. "E", U.F. Nº 1291 "Galería Jardín", con una superficie a habilitar de 45,91 m², y CONSIDERANDO: Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 2 del Distrito APH 51 "Catedral al norte" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Modificado para dicho distrito por Ley 3943 (BOCBA Nº 3831), el mismo se encuentra Protegido con Nivel de Protección Cautelar. Los usos son los correspondientes al Distrito de Zonificación C1;

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Que el Área Técnica competente de la Dirección General de Interpretación Urbanística, a través del Informe Nº 20269701-DGIUR-2017, considera que desde el punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el Distrito; Que los usos consignados permitidos son: "Agencias comerciales de empleo, Turismo, inmobiliaria, etc."; Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta alguna, por lo que no corresponde su visado; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a la Dirección General de Interpretación Urbanística. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE REGISTROS INTERPRETACION Y CATASTRO RESUELVE

Artículo 1º.- Déjese sin efecto la Resolución Nº 692-SSREGIC-2017 con fecha 7 de septiembre de 2017. Artículo 2º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización del uso: "Agencias comerciales de empleo, Turismo, inmobiliaria, etc." para el inmueble sito en la calle Florida Nº 537/41/47/49/57/59/63/67/71 y Tucumán Nº 536/40/46/48/54/58/60/62/66/68 - Planta Baja, 21º Piso, Depto. "E", U.F. Nº 1291 "Galería Jardín" con una superficie a habilitar de 45,91 m², (Cuarenta y cinco metros cuadrados con noventa y un decímetros cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 3º.- Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma,

modificación del inmueble, pintura de la fachada deberá ser consultada a la Dirección General de Interpretación Urbanística. Artículo 4º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su emisión; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 5º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Cruz

RESOLUCIÓN N.° 913/SSREGIC/17

Buenos Aires, 28 de septiembre de 2017 VISTO: Las Resoluciones Nros. 126-SSREGIC-2017 y 733-SSREGIC/17, y el EX-2017-21982086-MGEYA-SSREGIC, y

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Que por la Resolución Nº 126-SSREGIC/2017, se autorizó entre otros, el Contrato de Locación de Servicio del Sr. Agustín María de Pablo Pardo, D.N.I. Nº 37.863.560, para desempeñarse en la Subsecretaria Registros, Interpretación y Catastro, por el período comprendido entre el 01/02/2017 y el 31/12/2017 y por diferentes retribuciones mensuales; Que posteriormente, mediante la Resolución Nº 733-SSREGIC/17, se amplió el monto mensual de dicho contrato, a partir del 01/08/2017; Que por la referida actuación, la citada persona presentó la renuncia al aludido contrato, al partir del 01/09/2017; Que por lo expuesto, corresponde emitir el acto administrativo pertinente, aceptando la misma. Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE REGISTROS, INTERPRETACIÓN Y CATASTRO

RESUELVE Artículo 1º.- Acéptase, a partir del 01/09/2017, la renuncia presentada por el Sr. Agustín María de Pablo Pardo, D.N.I. Nº 37.863.560, a su Contrato de Locación de Servicio, que le fuera autorizado mediante la Resolución Nº 126-SSREGIC/17 y modificado posteriormente por la Resolución Nº 733-SSREGIC/17. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Gerencias Operativas de Oficina de Gestión Sectorial y de Recursos Humanos, de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte y, para su conocimiento, notificación del interesado y demás gestiones, remítase al área de Personal de esta Subsecretaría. Cumplido, archívese. Cruz

RESOLUCIÓN N.° 914/SSREGIC/17

Buenos Aires, 28 de septiembre de 2017 VISTO: El Expediente Nº 16.477.526/2017, por el que se consulta respecto al Proyecto de modificación y ampliación con demolición parcial para el inmueble existente ubicado en la calle Bolivar N° 1632/38/46/52, de acuerdo a la documentación obrante en RE-2017-16477520-SSREGIC, Nº de orden 5, y CONSIDERANDO: Que el predio en cuestión se encuentra emplazado en la Zona 2 del Distrito APH1 de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano; Que cabe mencionar que el inmueble motivo de consulta presenta Nivel de Protección Cautelar, (según Ley Firme Nº 2707, publicada en el BO Nº 2959 de fecha 26/06/2008) de acuerdo a la Base APH obtenida por Sistema Interno "Parcela Digital Inteligente" (PDI);

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CONSIDERANDO:

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Que el Área Técnica competente de la Dirección General de Interpretación Urbanística, mediante Informe Nº 22004979-DGIUR-2017, en cuanto a la normativa vigente, se informa que: a. En el Artículo 5.2.4.3 "Edificios Existentes Desactivados", establece: En los edificios existentes desactivados que cuenten con planos de obra aprobados con anterioridad al 01/05/1977, podrán realizarse ampliaciones dentro del volumen interno para el desarrollo de los usos permitidos de acuerdo al Parágrafo 4.13.2.1 punto 1) del presente Código. Lo precedente no será de aplicación para inmuebles con normas urbanísticas especiales dictadas (NE) ni para las actividades consignadas con la referencia general "NPC" y "UCDI" en la columna Observaciones del Cuadro de Usos No 5.2.1. b. El Artículo 4.1.1.3 Protección cautelar; establece: "Se encuentran afectados a este nivel los edificios cuyo valor reconocido es el de constituir la referencia formal y cultural del área, justificar y dar sentido al conjunto. Protege la imagen característica del área previniendo actuaciones contradictorias en el tejido y la morfología. 4.1.2 Grados de intervención: Para cada nivel de protección edilicia se admiten los grados de intervención señalados en el Cuadro N° 5.4.12, a saber: (...) 4.1.2.4 Grado de intervención 4: Toda propuesta de modificación por aumento de volumen de un edificio, deberá ser presentada previamente para su visado ante el Consejo, justificando un mejor uso social del volumen resultante y el resguardo de su calidad arquitectónica. Características: La intervención propuesta no afectará la conformación del edificio, debiendo integrarse con las características arquitectónicas predominantes del mismo." Apartado 4.2.1.2.1 Estilo, se establece: "No se permiten construcciones imitativas de estilo, ya que el objetivo de esta norma es proteger el genuino patrimonio arquitectónico y urbano, permitiendo actuaciones de diseño contemporáneo y contextuales con lo existente." c. Según Artículo 10.1.4 Proximidad a edificios y lugares declarados monumentos históricos o con valor patrimonial para la ciudad, establece: "En parcelas adyacentes a edificios catalogados, lugares declarados Monumento Histórico Nacional o Distritos APH, deberá consultarse a la Secretaría, en lo que respecta al tratamiento de fachadas y al contexto patrimonial." d. La Ley Nº 2930 "Plan Urbano Ambiental" (BOCBA Nº 3091), constituye la ley marco a la que deberá ajustarse la normativa urbanística vigente y las obras públicas, para lo que reza en su Artículo 8º "Hábitat y vivienda": "(...) promover tipologías edilicias que no den lugar a situaciones de segregación social ni a disrupciones morfológicas (...)". Y más adelante en su Art. 24º.- Instrumentos Normativos a) Código Urbanístico, establece: "(...) se tendrá por objetivo guiar la conformación de la ciudad, incluyendo tanto los espacios públicos como los espacios privados y las edificaciones que en los mismos se desarrollen, considerando tanto las dimensiones ambientales, morfológicas y funcionales de la ciudad en su totalidad, como las particularidades de sus diversas zonas, barrios y sectores. Con respecto al tejido edilicio parcelario se otorgará especial importancia a los criterios morfológicos y a los de admisibilidad de usos, que contemplen a la manzana y a la cuadra como unidades primarias de configuración del tejido urbano, toda vez que se las aprecie como aspectos deseables de los sectores consolidados (...)";

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Que efectuado el análisis de la documentación presentada en Nº de Orden 5: Memoria Descriptiva; en Nº de Orden 8: consulta de registro catastral; Nº de Orden 61 a 66: imágenes renderizadas de la propuesta involucrando linderos y entorno de implantación; en Nº de Orden 76: planos de propuesta con plantas, cortes, vistas; y documentación complementaria suministrada por Sistema Interno "Parcela Digital Inteligente" (PDI): se informa que: a. Se trata de la parcela 005 ubicada en una manzana típica delimitada por las calles Bolivar, Av. Caseros, Defensa; Dr. Enrique Finochietto, según Perimetral y ancho de calles obtenido por Sistema Interno "Parcela Digital Inteligente" (PDI). b. Dicha parcela posee 38,90 m. de frente sobre la LO de la calle Bolivar; una profundidad de 65,00 m. sobre su lado izquierdo y 60,79 m. sobre su lado derecho, y posee una superficie de 2183,10m², según se desprende de Consulta de Registro Catastral obtenida por Sistema Interno "Parcela Digital Inteligente" (PDI). c. En la mencionada parcela se evidencia un inmueble existente de tipología "entre medianeras" desarrollado en PB y 2 pisos con ocupación total de la parcela. Se trata de un edificio de carácter industrial, con techos de chapa a dos aguas, el cual alcanza una altura total de +14 m., aproximadamente, según Plano de Obra con número de expediente 110652 y Plano de Obra con número de expediente 58167 obtenido obtenida por Sistema Interno "Parcela Digital Inteligente" (PDI), así como lo declarado en documentación adjunta. d. Respecto de la situación actual de la manzana de emplazamiento, de acuerdo al relevamiento fotográfico e información suministrada por sistema "Parcela Digital Inteligente", se observa un tejido consolidado entre medianeras, con una serie de edificios que cuentan con Nivel de Protección Cautelar en las parcelas 001f, 002, 006, 007, 008, 009, 010, 011, 012 A, en tanto sobre Av. Caseros se destaca la presencia del edificio "Schindler", también con nivel de protección cautelar. e. Respecto a sus linderos, se observa: Sobre el lado izquierdo linda con la parcela 006 posee una edificación existente de PB + 1 piso, la cual posee nivel de protección cautelar, (Ley Firme Nº 2707 publicada en el BO Nº2959 de fecha 26/06/2008) según se desprende de la Base APH obtenida por Sistema Interno "Parcela Digital Inteligente" (PDI). Sobre el lado derecho linda con la parcela 004B que posee una edificación existente de PB + 1, la cual posee nivel de protección cautelar, según se desprende de la Base APH obtenida por Sistema Interno "Parcela Digital Inteligente" (PDI). f. En virtud de la situación contextual descripta, se propone una ampliación de superficie dentro de la impronta de la envolvente original, respetando el perfil edificado del inmueble, por encima del cual, se propone sobresalir con 3 volúmenes independientes entre sí, y retirados de las líneas perimetrales del inmueble,

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a los fines de localizar salas de máquinas y servicios, que alcanzarán una altura total de +16.80m, sin sobrepasar el plano límite del distrito. Dichos volúmenes sobresalientes del perfil existente, no impactarían morfológicamente dentro del conjunto arquitectónico a preservar, ponderando su compensación con la generación de 2 espacios urbanos intermedios y 1 de fondo, que garantizan la mejora de las condiciones ambientales del edificio y su entorno. g. En cuanto al FOS, resulta ponderable la apertura de 2 patios internos más un patio sobre el fondo la edificación existente, como también la apertura de 2 patios sobre cada latera, lo cual es presentado como una compensación volumétrica por los volúmenes sobresalientes generados. h. En lo relativo al tratamiento arquitectónico de los volúmenes en ampliación, se propone un diseño contemporáneo y contextual con lo existente, siguiendo los lineamientos verticales de la arquitectura de estilo del inmueble original, en adecuada integración con éste, sin imitaciones de estilo ni salientes o empleo de recursos que compitan con el capital patrimonial a preservar. Respecto de la fachada, la misma será restaurada, respetando fielmente sus características originales, en lo que deberá cuidarse su tratamiento con texturas y materiales adecuados, para su efectiva puesta en valor. i. Con respecto a los usos, el edificio se destinará a "Vivienda multifamiliar", el cual resulta permitido en el distrito, con las limitaciones y condiciones establecidas en el Cuadro de Usos 5.4.12.1 del Código de Planeamiento Urbano vigente; Que en tal sentido, el Área Técnica competente opina, dentro de sus competencias, que podrá autorizarse la propuesta puesta a consideración, toda vez que las obras solicitadas proponen una adecuada refuncionalización y reforma con ampliación del inmueble catalogado, sin alterar su espíritu morfológico- arquitectónico; en aras de su preservación y puesta en valor, acorde con el carácter patrimonial y relevante del entorno. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE REGISTROS, INTERPRETACIÓN Y CATASTRO RESUELVE

Artículo 1º.- Considerase factible desde el punto de vista urbanístico, en un todo de acuerdo a lo indicado en los considerandos que anteceden, el Proyecto de modificación y ampliación con demolición parcial para el inmueble existente ubicado en la calle Bolivar N° 1632/38/46/52, de acuerdo a la documentación obrante en RE-2017-16477520-SSREGIC, Nº de orden 5, debiendo cumplir con la restante normativa vigente que resulte de aplicación y que no haya sido expresamente contemplada en la presente. Artículo 2º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su emisión. Dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los organismos correspondientes, de no hacerlo caducarán de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 3º.- Regístrese, notifíquese; entréguese la presente al interesado y la documentación obrante en RE-2017-16477520-SSREGIC, Nº de orden 5. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Cruz

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RESOLUCIÓN N.° 915/SSREGIC/17

Buenos Aires, 28 de septiembre de 2017 VISTO: El Expediente Nº 15.554.335/2017, por el que se consulta sobre el proyecto de Obra Nueva a desarrollarse en el predio ubicado en la calle Juan Felipe Aranguren Nº 1061/65 (S.57-M.103-P.21) y CONSIDERANDO: Que el predio en cuestión, se halla emplazado en un Distrito R2bI de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano; Que la Gerencia Operativa de Supervisión Interpretación Urbana de la Dirección General de Interpretación Urbanística, mediante Informe Nº 22004671-DGIUR-17, hace saber que en cuanto al marco normativo vigente, corresponde aplicar lo dispuesto en el Capítulo 4.10. "Completamiento de Tejido" y en 4.10.3 PARCELAS FLANQUEADAS POR EDIFICIO ENTRE MEDIANERAS Y EDIFICIO DE PERÍMETRO LIBRE O SEMILIBRE (VER I.O), así como lo expresado en los Artículos 8º y 24º de la Ley 2930, Hábitat y Vivienda e Instrumentos Normativos a) Código Urbanístico - Plan Urbano Ambiental (BOCBA Nº 3091); Que la documentación adjunta consisten en: Memoria descriptiva, s/ RE-2017-18650702-SSREGIC del Orden Nº 86 del EE; Copia de perimetral y ancho de calles, s/ RE-2017-15554244-SSREGIC del Orden Nº 11 del EE; Copia consulta de registro catastral, s/ RE-2017-15554256SSREGIC del Orden Nº 10 del EE; Relevamiento de perfil medianero PLANO-2017-18650698-SSREGIC del Orden Nº 87 del EE; Copia MH-2436-78 de la parcela 10a, s/RE-2017-18651128-SSREGIC del Orden Nº 84 del EE; Axonometrías y volumetrías del entorno, s/RE-2017-18650693-SSREGIC del Orden Nº 83 del EE; Trazado de L.F.I. (Línea de Frente Interno), s/RE-2017-18650696-SSREGIC del Orden Nº 82 del EE; Propuesta grafica (plantas, corte, vista, volumetrías, renders y balance de superficies, s/ PLANO-2017-18651136-SSREGIC del Orden Nº 81 del EE; Nota CAAP con fecha 11 de julio de 2017, s/ IF-2017-16329041-DGIUR del Orden Nº 44; información suministrada por sistema interno PDI "Parcela Digital Inteligente", s/ IF-201720231539-DGIUR del Orden Nº 111 del EE; Que se trata de la parcela intermedia Nº 21, ubicado en la manzana típica delimitada por las calles Dr Juan Felipe Aranguren, Espinosa, Neuquén y Gainza. Dicha parcela posee un frente de 17.32m sobre la L.O., con una profundidad de 45.77m y 43.09m sobre sus lados izquierdo y derecho, respectivamente, con una superficie total de 762.70m2; Que respecto del área edificable de la parcela, de acuerdo a lo declarado y cálculos adjuntos en documentación gráfica, la misma resulta afectada por el trazado de la LFI=LIB de la manzana, la cual se ubica a una distancia de 29.40m respecto de la L.O. de la calle Aranguren, y a 60.43m de la L.O. de la calle Espinosa; Que sus linderos son: -Sobre el lateral izquierdo, linda con la parcela pasante nº 10A, frentista sobre Aranguren y la calle Neuquén, que posee un edificio de tipología "Entre Medianeras", que alcanza sobre la calle Aranguren, una altura de +19.89m(a NPT) sobre L.O., una

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altura de +22.69m(a NPT) sobre el 1er retiro; una altura de +25.49m (a NPT) sobre el 2do retiro y una altura total de +27.31m, el cual no tendería a la renovación, dado su alto grado de consolidación morfológica, según se desprende del Plano de Relevamiento Medianero adjunto por declaración jurada e imágenes que a tal fin se interponen. - Sobre el lateral derecho linda con parcela nº 22, que posee un edificio Entre medianeras, desarrollado en planta baja y 1 piso, con un bajo grado de consolidación morfológica, por lo que resultaría pasible de ampliación y/o renovación futura. Que en cuanto al entorno general de la cuadra y la manzana, se observa la presencia de edificios consolidados de alta densidad sobre las parcelas nº 1ª, 4, 5, 8ª, 10ª, 11ª, 11b, 12c, 13ª, 18b, y 29a; en tanto se observa a su vez sobre las restantes parcelas, edificaciones con un bajo nivel de consolidación morfológica y de mantenimiento, por lo que serían también pasibles de ampliación y/o renovación futura; Que, en virtud de lo expresado precedentemente y dadas las condiciones analizadas, el presente caso resulta encuadrable dentro los criterios establecidos en el Art. 4.10 ¨Completamiento de tejido¨, de acuerdo a los siguientes lineamientos urbanísticos: a. La altura predominante de los volúmenes que lindan con la parcela objeto de estudio, sobre el lateral izquierdo, con la parcela nº 10A, frentista sobre Aranguren y la calle Neuquén, que posee un edificio de tipología "Entre Medianeras", que alcanza sobre la calle Aranguren, una altura de +19.89m(a NPT) sobre L.O., una altura de +22.69m(a NPT) sobre el 1er retiro; una altura de +25.49m (a NPT) sobre el 2do retiro y una altura total de +27.31m, y por el otro lado, con la parcela nº 22, que posee un edificio Entre medianeras, desarrollado en planta baja y 1 piso, con un bajo grado de consolidación morfológica, por lo que resultaría pasible de ampliación y/o renovación futura. b. Es decir que al tratarse de un predio flanqueado por un edificio entre medianeras consolidado, que posee una altura mayor a la del distrito, y a su vez con un edificio entre medianeras por debajo de la altura del distrito, se admitirá materializar un edificio de tipología "Semilibre", que observa una separación de 6.00m mínimos respecto de la parcela nº 22 lindera derecha, y por otro lado se adosa a la parcela nº 10A lindera izquierda consolidada, hasta alcanzar una altura de +19.50m (a NPT) sobre la L.O., más dos retiros a +22.30 (a NPT) y +25.10m (a NPT) respectivamente, más un volumen de servicios y sala de máquinas, llegando a una altura total por todo concepto de +28.40m (a NPT), asimilando el perfil edificado de dicho lindero. c. Los muros paralelos a los ejes divisorios que quedaran expuestos al generar los retiros descriptos, deberán ser tratados arquitectónicamente como fachadas, sobre los cuales podrán abrirse vanos aptos para ventilación e iluminación de los locales, vinculados al espacio urbano lateral y de fondo conformados, de acuerdo con lo dispuesto en el Código de Planeamiento Urbano vigente. d. En cuanto a la ocupación del suelo (FOS), será de aplicación los parámetros del distrito, y de acuerdo a la pisada propuesta por los interesados según se desprende de la documentación gráfica adjunta, en lo que se destaca la conformación de espacio urbano propio en el fondo de la parcela a nivel de la PB, así como la conformación de un patio de aire y luz que mancomuna los 3 patios existentes de aire y luz del edificio consolidado en la parcela nº 10a, con un ancho libre mínimo de 3m respecto de dicho lindero y un largo total de 17.35m, logrando una efectiva integración del edificio con los vacíos existentes linderos.

e. Con respecto al factor de ocupación total (FOT) este no será de aplicación para el volumen objeto de enrase. f. Con relación a los usos se propone un edificio de destinado a "Vivienda multifamiliar con cocheras", los cuales resultan admitidos en el distrito, con las condiciones que establece el cuadro de usos 5.2.1 del Código de Planeamiento Urbano;

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Que por lo detallado precedentemente, la Gerencia Operativa de Interpretación Urbana opina, dentro de sus competencias, que podrá autorizarse la propuesta puesta a consideración, siempre de acuerdo a documentación en autos, presentada bajo declaración jurada, toda vez que la propuesta, encuadra en los términos del Cap. 4.10., Completamiento de Tejido, del Código de Planeamiento Urbano, así como dentro de los criterios morfológicos y funcionales promovidos por la Ley nº 2930, teniendo en cuenta a la cuadra y la manzana como unidades de configuración urbanística; Que lo expresado en los considerandos que anteceden no exime del cumplimiento de las restantes disposiciones vigentes que resulten de aplicación en el presente caso así como las contenidas en los Códigos de Planeamiento Urbano y de la Edificación, que no hayan sido expresamente contempladas en la presente, en la oportunidad de la presentación de la documentación de obra ante la Dirección General Registro de Obras y Catastro. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE REGISTROS INTERPRETACION Y CATASTRO RESUELVE

Artículo 1º.- Considerase factible desde el punto de vista urbanístico, en consonancia con los criterios promovidos por la Ley Nº 2930 y a su vez dentro de los términos previstos por el Capítulo 4.10 "Completamiento de tejidos", el proyecto presentado de "Obra Nueva" a desarrollarse en el predio de la calle Juan Felipe Aranguren Nº 1061/65 (S.57-M.103-P.21), debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación y de acuerdo a los siguientes lineamientos urbanísticos: a. La altura predominante de los volúmenes que lindan con la parcela objeto de estudio, sobre el lateral izquierdo, con la parcela nº 10A, frentista sobre Aranguren y la calle Neuquén, que posee un edificio de tipología "Entre Medianeras", que alcanza sobre la calle Aranguren, una altura de +19.89m(a NPT) sobre L.O., una altura de +22.69m(a NPT) sobre el 1er retiro; una altura de +25.49m (a NPT) sobre el 2do retiro y una altura total de +27.31m, y por el otro lado, con la parcela nº 22, que posee un edificio Entre medianeras, desarrollado en planta baja y 1 piso, con un bajo grado de consolidación morfológica, por lo que resultaría pasible de ampliación y/o renovación futura. b. Es decir que al tratarse de un predio flanqueado por un edificio entre medianeras consolidado, que posee una altura mayor a la del distrito, y a su vez con un edificio entre medianeras por debajo de la altura del distrito, se admitirá materializar un edificio de tipología "Semilibre", que observa una separación de 6.00m mínimos respecto de la parcela nº 22 lindera derecha, y por otro lado se adosa a la parcela nº 10A lindera izquierda consolidada, hasta alcanzar una altura de +19.50m (a NPT) sobre la L.O., más dos retiros a +22.30 (a NPT) y +25.10m (a NPT) respectivamente, más un volumen de servicios y sala de máquinas, llegando a una altura total por todo concepto de +28.40m (a NPT), asimilando el perfil edificado de dicho lindero.

c. Los muros paralelos a los ejes divisorios que quedaran expuestos al generar los retiros descriptos, deberán ser tratados arquitectónicamente como fachadas, sobre los cuales podrán abrirse vanos aptos para ventilación e iluminación de los locales, vinculados al espacio urbano lateral y de fondo conformados, de acuerdo con lo dispuesto en el Código de Planeamiento Urbano vigente.

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d. En cuanto a la ocupación del suelo (FOS), será de aplicación los parámetros del distrito, y de acuerdo a la pisada propuesta por los interesados según se desprende de la documentación gráfica adjunta, en lo que se destaca la conformación de espacio urbano propio en el fondo de la parcela a nivel de la PB, así como la conformación de un patio de aire y luz que mancomuna los 3 patios existentes de aire y luz del edificio consolidado en la parcela nº 10a, con un ancho libre mínimo de 3m respecto de dicho lindero y un largo total de 17.35m, logrando una efectiva integración del edificio con los vacíos existentes linderos. e. Con respecto al factor de ocupación total (FOT) este no será de aplicación para el volumen objeto de enrase. f. Con relación a los usos se propone un edificio de destinado a "Vivienda multifamiliar con cocheras", los cuales resultan admitidos en el distrito, con las condiciones que establece el cuadro de usos 5.2.1 del Código de Planeamiento Urbano. Artículo 2º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de emisión. Dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante él o los organismos correspondientes, de no hacerlo caducarán de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 3º.- Regístrese, notifíquese, entréguese la presente al interesado y la documentación gráfica obrante en PLANO-2017- 18651136-SSREGIC (Nº de Orden 81 del EE), publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Cruz

RESOLUCIÓN N.° 916/SSREGIC/17

Buenos Aires, 28 de septiembre de 2017 VISTO: El Expediente Nº 18.770.687/2017 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso: "Comercio Minorista: Elaboración y venta de pizza fugazza, faina, empanadas, postres, flanes, churros, grill; Café, Bar; Despacho de bebidas en general whiskería y Cervecería; Sin envío a Domicilio", para el inmueble sito en la Av. Callao N° 345, Planta Baja, Planta entrepiso, UF N° 1, con una superficie de 224,38m², y CONSIDERANDO: Que el predio en cuestión, se encuentra localizado en un Distrito de Zonificación APH50 - Zona 2 de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano; Que el Área Técnica competente de la Dirección General de Interpretación Urbanística, a través del Informe Nº 20540144-DGIUR-2017, indica que según el Parágrafo 5.4.12.50 DISTRITO APH50 - Avenida Callao 5.2 Usos en Inmuebles No Catalogados 4.2.1.3.2 Zona 2 Usos: Se admitirán los usos del Distrito R2aI; Que de acuerdo el Cuadro de Usos 5.2.1 a) se informa que:

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a. El Uso: "Alimentación en general, restaurant, cantina, pizzería, grill. Con servicio de envío a domicilio debe cumplir referencia 38 para estacionamiento. Ley N° 123: S.R.E. La actividad complementaria de música y canto, sólo podrá autorizarse en los distritos R2b III, C1, C2, C3, E2 y E3. Ley N° 123: s/C." se encuentran comprendido en la Clase B "LOCAL COMERCIAL c/exigencia de estacionamiento o carga y descarga" en el agrupamiento COMERCIO MINORISTA y resulta afectado por la Referencia "C", donde: "... El Consejo efectuará en cada caso el estudio para determinar la conveniencia de la localización propuesta, y en su caso, el F.O.S. correspondiente..." y la Referencias para guarda o estacionamiento vehicular "26", donde: "...Salón de 150m² o más: 20%, como mínimo, de la superficie total construida..." en el Distrito R2aI. b. El Uso: "Bar, café, whiskería, cervecería, lácteos, heladería, etc. Ley N° 123: S.R.E. La actividad complementaria de música y canto, sólo podrá autorizarse en los distritos R2b III, C1, C2, C3, E2 y E3. Ley N° 123: s/C." se encuentran comprendido en la Clase B "LOCAL COMERCIAL c/exigencia de estacionamiento o carga y descarga" en el agrupamiento COMERCIO MINORISTA y resulta Permitido hasta 750m², afectado por las referencias "26" donde: "...Salón de 150m² o más: 20%, como mínimo, de la superficie total construida..." y "38" donde: "...10% de la superficie del local será estacionamiento destinada para guarda, con un mínimo de 12,5m²..." en el Distrito R2aI; Que según el Parágrafo 5.3.4 CASOS ESPECIALES: "... Los requerimientos de carga, descarga, guarda y estacionamiento para vehículos previstos en el Cuadro de Usos N° 5.2.1, serán optativos para los edificios que se hallaren en las siguientes condiciones: a) En parcelas cuyo ancho libre sea menor de 10m (diez metros). Sin embargo, cuando dichas parcelas estén ubicadas en los Distritos R2a y superen los 200m2 de superficie, y cuando se trate de obras nuevas, será exigible un espacio guardacoches

con una superficie mínima de 80m2 o cumplir con el requerimiento de estacionamiento definido en el Cuadro de Usos N° 5.2.1. A estos efectos se permitirá compartir un acceso único entre predios linderos mediante la constitución de una servidumbre de paso..."; Que se visa el uso permitido "Bar, café, whiskería, cervecería, lácteos, heladería, etc. Ley N° 123: S.R.E. La actividad complementaria de música y canto, sólo podrá autorizarse en los distritos R2b III, C1, C2, C3, E2 y E3. Ley N° 123: s/C.", siendo de carácter optativo el cumplimiento de lo establecido por los requerimientos de carga, descarga, guarda y estacionamiento para vehículos y se deja constancia que este visado no implica la habilitación de los mismos; Que no se visa Toldos ni Publicidad, toda vez que no se lo solicita. Por tal motivo, no podrá contar con cartel publicitario sin previo visado; Que el Consejo del Plan Urbano Ambiental, mediante Dictamen N° 227-CPUAM-2017, indica que considera factible la localización de los usos "Comercio Minorista de Elaboración y venta de pizza, fugazza, faina, empanadas, postres, flanes, churros, grill; Café bar; Despacho de bebidas (sin envío a domicilio)", en el inmueble sito en la Av. Callao N° 345, Planta Baja, Planta entrepiso, UF N° 1, con una superficie de 224,38m². Se deja constancia que no podrá desarrollar la actividad complementaria de “música y canto" ya que no se encuentra autorizada en el Distrito de asimilación, debiendo regularizar las obras efectuadas para el desarrollo de la actividad ante el organismo competente; Que el Área Técnica competente, a través del Informe N° 22034877-DGIUR-2017, toma conocimiento de lo expuesto por el Consejo del Plan Urbano Ambiental. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

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Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización del uso: "Comercio Minorista: Elaboración y venta de pizza fugazza, faina, empanadas, postres, flanes, churros, grill; Café, Bar; Despacho de bebidas en general whiskería y Cervecería (Sin envío a Domicilio)", para el inmueble sito en la Av. Callao N° 345, Planta Baja, Planta entrepiso, UF N° 1, con una superficie de 224,38m² (Doscientos veinticuatro metros cuadrados con treinta y ocho decímetros cuadrados), debiendo cumplimentar con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2°.- Hágase saber al recurrente que no podrá desarrollar la actividad complementaria de “música y canto" ya que no se encuentra autorizada en el Distrito de asimilación, debiendo regularizar las obras efectuadas para el desarrollo de la actividad ante el organismo competente. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su emisión; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Cruz

RESOLUCIÓN N.° 917/SSREGIC/17

Buenos Aires, 28 de septiembre de 2017 VISTO: El Expediente Nº 12.615.710/2017 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso: "Casa de lunch"; "Café Bar"; "Despacho de bebidas, whiskería, cervecería"; "Com. min. art. librería, papelería, cartonería, impresos, filatelia, juguetería, disco y grabaciones" y "Club de música en vivo" para el inmueble sito en la Av. Callao Nº 966 Planta Baja. UF Nº 1 y 2 Unificadas, con una superficie a habilitar de 228,80 m², y CONSIDERANDO: Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 1 del Distrito APH 50 “Av. Callao“ de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007; Que el Área Técnica competente de la Dirección General de Interpretación Urbanística, a través del Informe Nº 21922519-DGIUR-2017, considera que desde el punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización del uso solicitado toda vez que los mismos se encuentran expresamente consignados en el Cuadro de Usos 5.2.1a del Código de Planeamiento Urbano para el Distrito C2 y resultan Permitidos en el Distrito de Zonificación APH50, Zona 1;

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EL SUBSECRETARIO DE REGISTROS, INTERPRETACIÓN Y CATASTRO RESUELVE

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Que los usos consignados permitidos son: "Bar, café, whiskería, cervecería, lácteos, heladería, etc. Ley N° 123: S.R.E. La actividad complementaria de música y canto, sólo podrá autorizarse en los distritos R2b III, C1, C2, C3, E2 y E3. Ley N° 123: s/C" resultan Permitidos, y para estacionamiento debe cumplir con la referencia "26" (Salón de 150m² o más: 20%, como mínimo, de la superficie total construida) y" Papelería, librería, cartonería, impresos, cotillón, filatelia, venta de discos y grabaciones, juguetes - Artículos de plástico y de embalaje - Artículos publicitarios (dos máquinas fotocopiadoras como actividad complementaria). Ley N° 123: S.R.E." Permitido hasta 1500m²; Que el requisito de Guarda de Automotores, no resulta obligatorio la referencia "26" porque el salón tiene una superficie menor de 150m²; Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta alguna, por lo que nocorresponde su visado; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a la Dirección General de Interpretación Urbanística. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE REGISTROS INTERPRETACION Y CATASTRO RESUELVE

Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización del uso: "Casa de lunch"; "Café Bar"; "Despacho de bebidas, whiskería, cervecería";

"Com. min. art. librería, papelería, cartonería, impresos, filatelia, juguetería, disco y grabaciones" y "Club de música en vivo" para el inmueble sito en la Av. Callao Nº 966 Planta Baja. UF Nº 1 y 2 Unificadas, con una superficie a habilitar de 228,80 m², (Doscientos veintiocho metros cuadrados con ochenta decímetros cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma, modificación del inmueble, pintura de la fachada deberá ser consultada a la Dirección General de Interpretación Urbanística. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su emisión; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese Cruz

RESOLUCIÓN N.° 918/SSREGIC/17

Buenos Aires, 28 de septiembre de 2017 VISTO: El Expediente Nº 18.046.349/2017 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso: "Café, Bar, Casa de comidas, Rotisería, Despacho de bebidas, whisquería, cervecería" para el inmueble sito en la calle Deheza Nº 3601 esq. Roque Pérez Nº 4720, PB. y Subsuelo, con una superficie de 95.70m², y

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CONSIDERANDO: Que el inmueble en cuestión está emplazado el Distrito de Zonificación R1bI del Código de Planeamiento Urbano y el mismo no se encuentra Catalogado; Que el Área Técnica competente de la Dirección General de Interpretación Urbanística, a través del IF Nº 20443217-DGIUR-2017, hace saber que de acuerdo a lo establecido en el Cuadro de Usos Nº 5.2.1 a) los usos solicitados "Café, Bar, Despacho de bebidas, whisquería, cervecería" está afectado a la referencia “C“, debiendo este Organismo estudiar la factibilidad de su localización; Que, mediante Orden 30 (RE-2017-20302877-SSREGIC), se adjunta Plancheta de Transferencia de habilitación, para los usos "Comercio minorista de venta Productos alimenticios, bebidas envasadas, Café y Despacho de bebidas", con fecha 27 de enero de 1983. A Orden 11 presenta Plano de Aguas en la cual se detecta local negocio con instalaciones de aguas para la provisión de local negocio. Que según relevamiento fotográfico de Orden 8 (IFMUL-2017-18046322-SSREGC), se visualiza que el local de referencia no va en desmedro de la zona, ni tampoco del inmueble, ni del normal desenvolvimiento barrial, según lo expresan las fotografías mencionadas. Que, por lo tanto, visto el punto precedente, y dado que no hubo modificación ni ampliación de usos y superficie, y que el mismo es un uso que viene desarrollándose en el local desde el año 1982 con una transferencia de titularidad del año 1983, con rubros similares, se entiende, que en primera instancia, no habría inconvenientes en acceder a la localización de los usos solicitados; Que en tal sentido, toma debida intervención el Consejo del Plan Urbano Ambiental, que a través del Dictamen 223-CPUAM-2017, expresa que, visto el IF-2017-20443217-DGIUR considera, desde el punto de vista urbanístico, factible la localización de los usos “Café bar, Casa de Comidas, Rotisería, despacho de bebidas, whisquería, cervecería“ para el inmueble sito la calle Deheza N° 3601, esquina Roque Pérez N° 4720 - Subsuelo y Planta Baja - Distrito RIbI - Superficie 95,70rn2, sin que resulte exigible el requerimiento de estacionamiento por ser la superficie del salón inferior a los 150m², de contar con servicio de delivery deberá materializar el requerimiento de estacionamiento de acuerdo a la referencia “38“. Se deja constancia que no podrá desarrollar la actividad complementaria de “música y canto“ ya que no se encuentra autorizada en el Distrito de implantación, asimismo deberá regularizar las obras realizadas ante el organismo competente; Que la conformidad prestada por el presente no puede interpretarse como eximición del cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos y condiciones establecidas en

los códigos de Planeamiento Urbano, de la Edificación, Habilitaciones y Verificaciones, ley Nº 962 y Ley Nº 123, sus decretos reglamentarios y modificatorios, que no hayan sido expresamente considerados en el mismo; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante 22084350-DGIUR-2017 toma conocimiento de lo informado por el Consejo del Plan Urbano Ambiental; Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

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Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización de los usos: "Café, Bar, Casa de comidas, Rotisería, Despacho de bebidas, whisquería, cervecería" para el inmueble sito en la calle Deheza Nº 3601 esq. Roque Pérez Nº 4720, PB. y Subsuelo, con una superficie de 95.70m² (Noventa y cinco metros cuadrados con setenta decímetros cuadrados), debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente que no podrá desarrollar la actividad complementaria de “música y canto“ ya que no se encuentra autorizada en el Distrito de implantación. Asimismo deberá regularizar las obras realizadas ante el organismo competente. Artículo 3º.- Comuníquese al interesado que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a la Dirección General de Interpretación Urbanística. Artículo 4º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su emisión; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 5º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Cruz

RESOLUCIÓN N.° 919/SSREGIC/17

Buenos Aires, 28 de septiembre de 2017 VISTO: El Expediente Nº 18.550.680/2017 por el que se solicita el visado de Aviso de Obra, consistente de en tareas de puesta en valor y reparación de fachadas para el inmueble sito en la calle Marcelo T. de Alvear Nº 1449 (007-034-028a), y CONSIDERANDO: Que el inmueble en cuestión se encuentra catalogado con Nivel de protección Cautelar, Ley 5095 BOCBA 4576 del 09/02/2015, debiendo cumplimentar lo normado en el Art. 5.4.12 del Código de Planeamiento Urbano; Que el Área Técnica competente de la Dirección General de Interpretación Urbanística, mediante Informe Nº 21975019-DGIUR-2017, hace saber que las obras propuestas, de acuerdo a la memoria técnica obrante en RE-2017-18550600- SSREGIC (Nro. de orden 5), consisten en limpieza de las superficies mediante hidrolavado, reparación de grietas y revoques desprendidos en molduras y balcones, aplicación de pintura en fachada color similar al existente, lijado y pintado de aberturas; Que las tareas descriptas en los puntos precedentes cumplimentan las normas correspondientes a los Grados de Intervención admitidos en edificios catalogados con Nivel de Protección Cautelar (Art. 5.4.12 del CPU) por lo que correspondería acceder a su visado. Se deja constancia que en el presente caso se admite la aplicación de pintura debido a que el revestimiento original ha sido recubierto en diversas oportunidades con este tipo de material, siendo impracticable su recuperación;

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EL SUBSECRETARIO DE REGISTROS INTERPRETACION Y CATASTRO RESUELVE

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Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a la Dirección General de Interpretación Urbanística. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE REGISTROS INTERPRETACION Y CATASTRO RESUELVE

Artículo 1º.- Déjese sin efecto la Resolución Nº 899-SSREGIC-2017 con fecha 26 de septiembre de 2017. Artículo 2º.- Vísase, desde el punto de vista del patrimonio urbano, el Aviso de Obra, consistente en tareas de puesta en valor y reparación de fachadas para el inmueble sito en la calle Marcelo T. de Alvear Nº 1449 (007-034-028a), debiendo cumplir con la normativa vigente para el Distrito en cuestión. Artículo 3º.- Comuníquese al interesado que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a la Dirección General de Interpretación Urbanística. Artículo 4º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su emisión. Dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación

pertinente ante el o los organismos correspondientes, de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 5º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Cruz

RESOLUCIÓN N.° 920/SSREGIC/17

Buenos Aires, 28 de septiembre de 2017 VISTO: El Expediente Nº 17.840.146/2017 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso:"Comercio Minorista: de artículos de perfumería y tocador; artefactos de iluminación y del hogar, bazar, platería, cristalería" para el inmueble sito en la calle México Nº 605 esquina Perú Nº 599 - U.F Nº1, Planta Baja y Sótano, con una superficie a habilitar de 242,00 m², y CONSIDERANDO: Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 4d del Distrito APH 1 de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007; Que el Área Técnica competente de la Dirección General de Interpretación Urbanística, a través del Informe Nº 18856771-DGIUR-2017, considera que desde el punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización del uso solicitado toda vez que los mismos se encuentran expresamente consignados en el Cuadro de Usos 5.4.12.1 del Código de Planeamiento Urbano y resultan Permitidos la zona 4d del Distrito APH 1 y no origina impacto relevante;

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Que los usos consignados permitidos son: "Comercio Minorista: Perfumería, artículos de limpieza y tocador; Bazar, Platería, Cristalería, Artefactos de iluminación y del Hogar, permitido hasta 1.500m² y con referencia IIIa de carga y descarga (Superficie no inferior a la que resulte de computar un espacio de 30m2 por cada camión que opere simultáneamente, considerándose 1 número de espacios para vehículos de carga para de 300 a 1.000m² Superficie total de la unidad de uso)"; Que la referencia IIIa de carga y descarga, se exime de cumplimentarla por ser la superficie menor a 300m²; Que no se visa Publicidad ni toldo, toda vez que no se lo solicita. Por tal motivo, no podrá contar con cartel publicitario ni toldo sin previo visado; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a la Dirección General de Interpretación Urbanística. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE REGISTROS INTERPRETACION Y CATASTRO RESUELVE

Artículo 1º.- Déjese sin efecto la Resolución Nº 541-SSREGIC-2017 con fecha 24 de agosto. Artículo 2º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización del uso: "Comercio Minorista: de artículos de perfumería y tocador; artefactos de iluminación y del hogar, bazar, platería, cristalería" para el inmueble sito en la calle México Nº 605 esquina Perú Nº 599 - U.F Nº1, Planta Baja y Sótano, con una

superficie a habilitar de 242,00 m² (Doscientos cuarenta y dos metros cuadrados), debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 3º.- Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma, modificación del inmueble, pintura de la fachada deberá ser consultada a la Dirección General de Interpretación Urbanística. Artículo 4º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su emisión; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 5º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Cruz

RESOLUCIÓN N.° 921/SSREGIC/17

Buenos Aires, 28 de septiembre de 2017 VISTO: El Expediente Nº 21.497.735/2017 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso: "Fabricación de masas y demás productos de pastelería y sándwiches cocción de productos de panadería cuando se reciba la masa ya elaborada" para el inmueble sito en la calle Defensa Nº 529- PB-UF Nº 4, con una superficie a habilitar de 43,83 m², y

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CONSIDERANDO: Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 3b del Distrito APH1 de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007, el mismo se encuentra con Nivel de protección Cautelar; Que el Área Técnica competente de la Dirección General de Interpretación Urbanística, a través del Informe Nº 21922670-DGIUR-2017, considera que desde el punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización del uso solicitado toda vez que los mismos se encuentran expresamente consignados en el Cuadro de Usos 5.4.12.1 del Código de Planeamiento Urbano y resultan Permitidos en el Distrito de Zonificación APH1, Zona 3b; Que los usos consignados permitidos son: "Fabricación de masas, sándwiches y demás productos de pastelería, cocción de productos de panadería, cuando se recibe la masa ya elaborada." Permitido hasta 100m²; Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta alguna, por lo que no corresponde su visado; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a la Dirección General de Interpretación Urbanística. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE REGISTROS INTERPRETACION Y CATASTRO RESUELVE

Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización del uso: "Fabricación de masas y demás productos de pastelería y sándwiches cocción de productos de panadería cuando se reciba la masa ya elaborada" para el inmueble sito en la calle Defensa Nº 529- PB-UF Nº 4, con una superficie a habilitar de 43,83 m², (Cuarenta y tres metros cuadrados con ochenta y tres decímetros cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma, modificación del inmueble, pintura de la fachada deberá ser consultada a la Dirección General de Interpretación Urbanística. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su emisión; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Cruz RESOLUCIÓN N.° 922/SSREGIC/17

Buenos Aires, 28 de septiembre de 2017 VISTO:

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 92

El Expediente Nº 20.371.882/2017 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso: "Comercio minorista de: "Productos alimenticios envasados; Maxi

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quiosco; Art. de Librería, papel, cartón, impresos, filatelia, juguetes, discos y grabados; Art. de perfumería y tocador; Art. personales y para regalos; Art. Para el hogar y afines" para el inmueble sito en la calle Carlos Calvo Nº 407- Planta Baja - UF 2, con una superficie a habilitar de 22,06 m², y CONSIDERANDO: Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 2b del Distrito APH 1 "San Telmo- Av. de Mayo" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº 1.181- GCBA-2007, el mismo se encuentra catalogado con nivel de Protección General; Que el Área Técnica competente de la Dirección General de Interpretación Urbanística, a través del Informe Nº 21915830-DGIUR-2017, considera que desde el punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el Distrito; Que los usos solicitados, están comprendidos en los expresamente consignados en el Cuadro de Usos Nº 5.4.12.1 como: Comercio Minorista(A) Local Comercial s/exigencia de estacionamiento o carga y descarga, como: Productos alimenticios y/o bebidas (excluido feria, mercado, supermercado y autoservicio) - (se opere o no por sistema de venta - autoservicio); Quiosco; Papelería, librería, cartonería, impresos, cotillón, filatelia, venta de discos y grabaciones, juguetes; Perfumería, artículos de limpieza y tocador; Textiles, pieles, cueros, artículos personales, del hogar y afines - Regalos. Los mismos se encuentran permitidos en la Zona 2b, del APH1 y afectados por la referencia 100 (esto es: hasta una superficie de 100 m²); Que se visan los usos solicitados "Comercio minorista de: Productos alimenticios envasados; Maxi quiosco; Art. de Librería, papel, cartón, impresos, filatelia, juguetes, discos y grabados; Art. de perfumería y tocador; Art. personales y para regalos; Art. para el hogar y afines", para el inmueble sito en la calle Carlos Calvo Nº 407- PB - UF 2, con una Superficie a habilitar: de 22,06 m², por estar permitidos en la Zona 2b del APH1. Se deja constancia que el visado no implica la habilitación de los mismos. Además se aclara que no podrá expender bebidas alcohólicas por existir el uso kiosco en el predio; Que no se visa publicidad, de acuerdo a la renuncia expresada en la Solicitud de Usos, RE-2017-20371845- SSREGIC en orden 16; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a la Dirección General de Interpretación Urbanística. Por ello, y en uso de las facultades conferidas, EL SUBSECRETARIO DE REGISTROS INTERPRETACION Y CATASTRO

RESUELVE Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización del uso: "Comercio minorista de: "Productos alimenticios envasados; Maxi quiosco; Art. de Librería, papel, cartón, impresos, filatelia, juguetes, discos y grabados; Art. de perfumería y tocador; Art. personales y para regalos; Art. Para el hogar y afines" para el inmueble sito en la calle Carlos Calvo Nº 407- Planta Baja - UF 2, con una superficie a habilitar de 22,06 m², (Veintidós metros cuadrados con seis decímetros cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso.

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Artículo 2º.- Notifíquese al interesado que no podrá expender bebidas alcohólicas por existir el uso kiosco en el predio. Artículo 3º.- Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma, modificación del inmueble, pintura de la fachada deberá ser consultada a la Dirección General de Interpretación Urbanística. Artículo 4º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su emisión; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 5º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Cruz

RESOLUCIÓN N.° 923/SSREGIC/17

Buenos Aires, 28 de septiembre de 2017 VISTO: El Expediente Nº 17.409.480/2017 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar los usos: "Restaurante - cantina; Café, bar; Casa de lunch y Despacho de bebidas, whiskería, cervecería" para el inmueble sito en la calle Av. Luis María Campos Nº 901/917/27/31/37/77/87, Arce Nº 902/20/40/60, Maure Nº 1835 y Arce Nº 920/930/940/960/970/998, "Solar de la Abadía", Nivel 1º -Local 206, con una superficie a habilitar de 39.10m², y CONSIDERANDO: Que el inmueble en cuestión se encuentra emplazado en el Distrito APH 39 "Corredor Luis María Campos entre Olleros y Av. Dorrego" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano; Que la Gerencia Operativa de Grandes Proyectos Urbanos de la Dirección General de Interpretación Urbanística, a través del Informe Nº 18253078-DGIUR-2017, hace saber que analizado los usos solicitados de acuerdo a la normativa vigente, informa: a) El conjunto en su totalidad del Centro Comercial Solar de la Abadía, responde al Distrito C3 según el Art. 5.5.3. del C.P.U. vigente a la época de reactivación del predio. Si bien los usos con la Ley Inicial del APH, resultarían admitidos, si tenemos en cuenta la habilitación del conjunto en su totalidad, también resulta permitido. b) La presente actividad se desarrollaría en las instalaciones de "EL SOLAR DE LA ABADÍA", el cual se encuentra habilitado bajo el rubro "Com. Min. Paseo de Compras/Grandes Tiendas", con una superficie de 2.500 m², donde los rubros a desarrollarse son los admitidos en el Distrito C3. c) Los usos "Café Bar,"; y "Despacho de Bebidas, whisquería, Cervecería“ se encuentran comprendidos en la Clase A en la "DESCRIPCIÓN SERVICIOS PARA LA VIVIENDA Y SUS OCUPANTES, en el Agrupamiento "Servicios Terciarios", en el rubro “Bar, Café, whisquería, cervecería, lácteos, heladería, etc.“, y resulta un uso "Permitido" en los distritos C2 y C3, para estacionamiento con el numeral "26" (Salón de 150m² o más: 20%, como mínimo, de la superficie total construida)

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d) Los usos “Restaurante, cantina" y "Casa de lunch" se encuentran comprendidos en la Clase A en la "DESCRIPCIÓN SERVICIOS PARA LA VIVIENDA Y SUS OCUPANTES, en el Agrupamiento "Servicios Terciarios", en el rubro "Alimentación en general, restaurant, cantina, pizzería, grill. Con servicio de envío a domicilio debe cumplir referencia 38 para estacionamiento. Ley N° 123: S.R.E. La actividad complementaria de música y canto, sólo podrá autorizarse en los distritos R2b III, C1, C2, C3, E2 y E3. Ley N° 123: s/C." y resulta un uso "Permitido" en los distritos C2 y C3, para estacionamiento con el numeral "26" (Salón de 150m² o más: 20%, como mínimo, de la superficie total construida) y "38" (10% de la superficie del local será estacionamiento destinada para guarda, con un mínimo de 12,5m²); Que, de la observación de la documentación presentada, surge que se adjunta Plano de ubicación del Paseo de compras; Plano del local; Contrato de Locación; Documentación Catastral; Fotos del local; Memoria descriptiva. Respecto al local, el

mismo se ubica en el interior del "EL SOLAR DE LA ABADÍA" en el Nivel 1, de ese Paseo de compras. Que, como el local se encuentra dentro del Paseo de Compras y la superficie es menor a 300m², no deberá cumplimentar con el requerimiento de estacionamiento; Que por lo expuesto, es opinión de la Gerencia Operativa Grandes Proyectos Urbanos que no existen inconvenientes desde un punto de vista urbanístico en acceder a la localización de los usos: "Restaurante - cantina"; "Café, bar"; "Casa de lunch" y "Despacho de bebidas, whiskería, cervecería" para el inmueble sito en Av. Luis María Campos 901/917/27/31/37/77/87- Arce 902/20/40/60 Maure 1835 y Arce Nº 920/930/940/960/970/998 -"Solar de la Abadía", Nivel 1º -Local 206- Superficie a habilitar: 39.10 m2. Distrito APH 39; Que se visan los usos solicitados, dejando constancia que el visado no implica la habilitación de los mismos; Que no se visa publicidad; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a la Dirección General de Interpretación Urbanística. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE REGISTROS, INTERPRETACIÓN Y CATASTRO RESUELVE

Articulo1º.- Déjese sin efecto la Resolución Nº 490-SSREGIC-2017 con fecha 16 de agosto de 2017. Artículo 2º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización de los usos: "Restaurante - cantina; Café, bar; Casa de lunch y Despacho de bebidas, whiskería, cervecería" para el inmueble sito en la calle Av. Luis María Campos Nº 901/917/27/31/37/77/87, Arce Nº 902/20/40/60, Maure Nº 1835 y Arce Nº 920/930/940/960/970/998, "Solar de la Abadía", Nivel 1º -Local 206, con una superficie a habilitar de 39.10m² (Treinta y nueve decímetros cuadrados con diez decímetros cuadrados), debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 3º.- Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma, modificación del inmueble, pintura de la fachada deberá ser consultada a la Dirección General de Interpretación Urbanística. Artículo 4º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su emisión; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente.

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Artículo 5º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente y copia al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese Cruz

RESOLUCIÓN N.° 924/SSREGIC/17

Buenos Aires, 28 de septiembre de 2017 VISTO: El Expediente Nº 6255047/DGROC/2013 de Ajustes de obra para la finca sita en la calle Gibson Nº 4034, y CONSIDERANDO: Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso destinadas a "Vivienda Multifamiliar". Que se trata de una ampliación conformada por un total de 73.69 m2 los cuales 36.21 m2 fueron ejecutados en forma reglamentaria (P. Baja: Paso, Sector patio semicubierto y Sector galería; P. Alta: Sector dormitorio, Baños y Paso), en tanto que 37.48 m2 en forma no reglamentaria (P. Baja: Sector patio semicubierto y Sector estar-comedor; P. Alta: dormitorio); según surge del cotejo entre el plano correspondiente a las obras existentes que fueran oportunamente aprobadas s/Nº de Orden 17 Pág. ½ (PLANO-2015-07850210-DGROC) y los planos presentados para regularizar la situación s/ Nº de Orden 53 (PLANO-2017-07195620-DGROC), con destino "Vivienda Multifamiliar". Que obra s/Nº de Orden 9 Pág. 12 a 13/33 (RE-2015-03365272-DGROC) la Memoria e Informe Técnico con carácter de declaración Jurada del profesional habilitado que interviene en el trámite de regularización. Que la finca en cuestión no se encuentra afectada a los presupuestos establecidos en el Título V del Código Civil; según consta Nº de Orden 9 Pág. 1 a 2/33 (RE-2015-03365272-DGROC). Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1. "Trabajos que requieren permiso de obra" y 4.6.4.2 "Iluminación y ventilación de locales de primera clase" ambos del Código de la Edificación. Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en contravención" del Código de la Edificación, modificado por la Ley Nº 962 (B.O.C.B.A. Nº 1607), Resolución Nº 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración General Nº 24.887. Que según informe de la D.G.R.O.C. de Nº de Orden 54 Pág. 1/3 (IF-2017-07198633-DGROC), las obras ejecutadas sin permiso citadas no afectan al inmueble ya que el resto de lo construido mantiene las condiciones reglamentarias originales de habitabilidad, iluminación y ventilación que deben satisfacer los locales, y según la declaración jurada del profesional interviniente s/Nº de Orden 9 Pág. 12 a 13/33 (RE-2015-03365272-DGROC), las mismas no comprometen la estabilidad, seguridad y salubridad pública de sus ocupantes y de terceras personas, haciéndose responsable por cualquier divergencia con la realidad o falseamiento, según lo prescripto en el inc. f) del artículo 2.4.3.3. "Aplicación de suspensión en el uso de la firma para tramitaciones ante la Municipalidad" del Código de la Edificación, asistiéndole al propietario las previsiones contempladas en el Artículo 6.3.1.2. "Obras ejecutadas en Contravención" inciso d) del Código de la Edificación.

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Por ello en uso de las atribuciones,

EL SUBSECRETARIO DE REGISTROS, INTERPRETACION Y CATASTRO RESUELVE

Artículo 1º.- Autorízase a la Dirección General de Registro de Obras y Catastro a proceder al registro de la documentación presentada s/ Nº de Orden 53 (PLANO-2017-07195620-DGROC), ampliación conformada por un total de 73.69 m2, para la finca sita en la calle: Gibson Nº 4034, Nomenclatura Catastral: Circ 01 Secc. 38 Manz. 161 Parc. 04, cuyo destino es "Vivienda Multifamiliar", frente a los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en contravención" del Código de la Edificación, con la constancia que la regularización de las obras antirreglamentarias se ajusta a las prescripciones del inciso d) de las citada norma. Artículo 2º.- Regístrese y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Registro de Obras y Catastro. Cumplido Archívese. Cruz

RESOLUCIÓN N.° 925/SSREGIC/17

Buenos Aires, 28 de septiembre de 2017 VISTO: El Expediente Nº 21835321/DGROC/2016 de Ajustes de obra para la finca sita en la calle Francisco Bilbao Nº 5015, y CONSIDERANDO: Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso destinadas a "Vivienda Unifamiliar". Que se trata de una ampliación conformada por un total de 56.96 m2 los cuales 38.91 m2 fueron ejecutados en forma reglamentaria (P. Baja: Sector estar, Sector baño y Cocina-Comedor diario), en tanto que 18.06 m2 en forma no reglamentaria (P. Baja: Lavadero); según surge del cotejo entre el plano correspondiente a las obras existentes que fueran oportunamente aprobadas s/Nº de Orden 4 Pág. 2/4 (PLANO-2016-21838684-DGROC) y los planos presentados para regularizar la situación s/ Nº de Orden 16 (PLANO-2017-07386561-DGROC), con destino "Vivienda Unifamiliar". Que obra s/Nº de Orden 3 Pág. 34 a 35/50 (RE-2016-21835845-DGROC) la Memoria e Informe Técnico con carácter de declaración Jurada del profesional habilitado que interviene en el trámite de regularización. Que la finca en cuestión no se encuentra afectada a los presupuestos establecidos en el Título V del Código Civil; según consta Nº de Orden 3 Pág. 5 a 6/50 (RE-2016-21835845-DGROC). Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1. "Trabajos que requieren permiso de obra" y 4.6.4.2 "Iluminación y ventilación de locales de primera clase" ambos del Código de la Edificación. Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en contravención" del Código de la Edificación, modificado por la Ley Nº 962 (B.O.C.B.A. Nº 1607), Resolución Nº 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración General Nº 24.887.

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Que según informe de la D.G.R.O.C. de Nº de Orden 18 Pág. 2/3 (IF-2017-07591790- DGROC), las obras ejecutadas sin permiso citadas no afectan al inmueble ya que el resto de lo construido mantiene las condiciones reglamentarias originales de habitabilidad, iluminación y ventilación que deben satisfacer los locales, y según la declaración jurada del profesional interviniente s/Nº de Orden 3 Pág. 34 a 35/50 (RE-2016-21835845-DGROC), las mismas no comprometen la estabilidad, seguridad y salubridad pública de sus ocupantes y de terceras personas, haciéndose responsable por cualquier divergencia con la realidad o falseamiento, según lo prescripto en el inc. f) del artículo 2.4.3.3. "Aplicación de suspensión en el uso de la firma para tramitaciones ante la Municipalidad" del Código de la Edificación, asistiéndole al propietario las previsiones contempladas en el Artículo 6.3.1.2. "Obras ejecutadas en Contravención" inciso d) del Código de la Edificación. Por ello en uso de las atribuciones, EL SUBSECRETARIO DE REGISTROS, INTERPRETACION Y CATASTRO

RESUELVE Artículo 1º.- Autorízase a la Dirección General de Registro de Obras y Catastro a proceder al registro de la documentación presentada s/ Nº de Orden 16 (PLANO-2017-07386561- DGROC), ampliación conformada por un total de 56.96 m2, para la finca sita en la calle: Francisco Bilbao Nº 5015, Nomenclatura Catastral: Circ 01 Secc. 62 Manz. 115 Parc. 28, cuyo destino es "Vivienda Unifamiliar", frente a los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en contravención" del Código de la Edificación, con la constancia que la regularización de las obras antirreglamentarias se ajusta a las prescripciones del inciso d) de las citada norma. Artículo 2º.- Regístrese y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Registro de Obras y Catastro. Cumplido Archívese. Cruz

RESOLUCIÓN N.° 926/SSREGIC/17

Buenos Aires, 28 de septiembre de 2017 VISTO: El Expediente Nº 3462372/DGROC/2016 de Ajustes de obra para la finca sita en la calle Balbastro Nº 1556, y CONSIDERANDO: Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso destinadas a "Vivienda Unifamiliar". Que se trata de una ampliación conformada por un total de 101.51 m2 de los cuales 55.71 m2 fueron ejecutados en forma reglamentaria (PB: estar-comedor, toilette, paso y baño), en tanto que 45.80 m2 en forma no reglamentaria (PB: cocina y dormitorios); según surge de los planos presentados para regularizar la situación s/ Nº de Orden 47 (PLANO-2016-24516923-DGROC), con destino "Vivienda Unifamiliar". Que obra s/Nº de Orden 18 Pág. 1 a 2/3 (RE-2016-03582645-DGROC) la Memoria e Informe Técnico con carácter de declaración Jurada del profesional habilitado que interviene en el trámite de regularización.

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Que la finca en cuestión no se encuentra afectada a los presupuestos establecidos en el Título V del Código Civil; según consta Nº de Orden 12 Pág. 1 a 2/3 (RE-2016-03462356-DGROC). Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1. "Trabajos que requieren permiso de obra", 4.6.4.2 "Iluminación y ventilación de locales de primera clase" y 4.6.4.3 "Iluminación y ventilación de locales de segunda clase" todos del Código de la Edificación. Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en contravención" del Código de la Edificación, modificado por la Ley Nº 962 (B.O.C.B.A. Nº 1607), Resolución Nº 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración General Nº 24.887. Que según informe de la D.G.R.O.C. de Nº de Orden 58 Pág. 2/3 (IF-2017-06860286-DGROC), las obras ejecutadas sin permiso citadas no afectan al inmueble ya que el resto de lo construido mantiene las condiciones reglamentarias originales de habitabilidad, iluminación y ventilación que deben satisfacer los locales, y según la declaración jurada del profesional interviniente s/Nº de Orden 18 Pág. 1 a 2/3 (RE-2016-03582645-DGROC), las mismas no comprometen la estabilidad, seguridad y salubridad pública de sus ocupantes y de terceras personas, haciéndose responsable por cualquier divergencia con la realidad o falseamiento, según lo prescripto en el inc. f) del artículo 2.4.3.3. "Aplicación de suspensión en el uso de la firma para tramitaciones ante la Municipalidad" del Código de la Edificación, asistiéndole al propietario las previsiones contempladas en el Artículo 6.3.1.2. "Obras ejecutadas en Contravención" inciso d) del Código de la Edificación. Por ello en uso de las atribuciones,

EL SUBSECRETARIO DE REGISTROS, INTERPRETACION Y CATASTRO RESUELVE

Artículo 1º.- Autorízase a la Dirección General de Registro de Obras y Catastro a proceder al registro de la documentación presentada s/ Nº de Orden 47 (PLANO-2016-24516923-DGROC), ampliación conformada por un total de 101.51 m2, de los cuales 55.71 m2 fueron ejecutados en forma reglamentaria, en tanto que 45.80 m2 en forma no reglamentaria para la finca sita en la calle: Balbastro Nº 1556, Nomenclatura Catastral: Circ 01 Secc. 44 Manz. 135 Parc. 05, cuyo destino es "Vivienda Unifamiliar", frente a los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en contravención" del Código de la Edificación, con la constancia que la regularización de las obras antirreglamentarias se ajusta a las prescripciones del inciso d) de las citada norma. Artículo 2º.- Regístrese y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Registro de Obras y Catastro. Cumplido Archívese. Cruz

RESOLUCIÓN N.° 927/SSREGIC/17

Buenos Aires, 28 de septiembre de 2017 VISTO: El Expediente Nº 4457884/DGROC/2013 de Ajustes de obra para la finca sita en la calle Rufino José Cuervo Nº 2617, y

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Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso destinadas a "Vivienda Unifamiliar“. Que se trata de una ampliación conformada por un total de 72.19 m2 los cuales 25.39 m2 fueron ejecutados en forma reglamentaria (2º Piso: Sector SUM y Balcón, P. Techo: Sector tanques de reserva), en tanto que 46.80 m2 en forma no reglamentaria (2º Piso: Sector SUM); según surge del cotejo entre el plano correspondiente a las obras existentes que fueran oportunamente aprobadas s/Nº de Orden 28 Pág. 1 a 5 y 29 a 34/41 (PLANO-2015-21806056-DGROC) y los planos presentados para regularizar la situación s/ Nº de Orden 33 (PLANO-2015-38369321-DGROC), con destino "Vivienda Unifamiliar“. Que obra s/Nº de Orden 24 Pág. 2 a 3/17 (RE-2015-19757434-DGROC) la Memoria e Informe Técnico con carácter de declaración Jurada del profesional habilitado que interviene en el trámite de regularización. Que la finca en cuestión no se encuentra afectada a los presupuestos establecidos en el Título V del Código Civil; según consta Nº de Orden 27 Pág. 45 a 46/120 (RE-2015-21805919-DGROC). Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene el Artículo 2.1.1.1. "Trabajos que requieren permiso de obra" del Código de Edificación y el Artículo 5.4.1.2 “Distrito R1b: a) R1bI – Disposiciones Particulares - inc. a) FOT “ del Código de Planeamiento Urbano. Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en contravención" del Código de la Edificación, modificado por la Ley Nº 962 (B.O.C.B.A. Nº 1607), Resolución Nº 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración General Nº 24.887. Que según informe de la D.G.R.O.C. de Nº de Orden 50 Pág. 1/3 (IF-2017-05732982-DGROC), las obras ejecutadas sin permiso citadas no afectan al inmueble ya que el resto de lo construido mantiene las condiciones reglamentarias originales de habitabilidad, iluminación y ventilación que deben satisfacer los locales, y según la declaración jurada del profesional interviniente s/Nº de Orden 24 Pág. 2 a 3/17 (RE-2015-19757434-DGROC), las mismas no comprometen la estabilidad, seguridad y salubridad pública de sus ocupantes y de terceras personas, haciéndose responsable por cualquier divergencia con la realidad o falseamiento, según lo prescripto en el inc. f) del artículo 2.4.3.3. "Aplicación de suspensión en el uso de la firma para tramitaciones ante la Municipalidad" del Código de la Edificación, asistiéndole al propietario las previsiones contempladas en el Artículo 6.3.1.2. "Obras ejecutadas en Contravención" inciso d) del Código de la Edificación. Por ello en uso de las atribuciones,

EL SUBSECRETARIO DE REGISTROS, INTERPRETACION Y CATASTRO

RESUELVE Artículo 1º.- Autorízase a la Dirección General de Registro de Obras y Catastro a proceder al registro de la documentación presentada s/ Nº de Orden 33 (PLANO-2015-38369321-DGROC), ampliación conformada por un total de 72.19 m2, para la finca sita en la calle: Rufino José Cuervo Nº 2617, Nomenclatura Catastral: Circ 15 Secc. 81 Manz. 98a Parc. 15, cuyo destino es "Vivienda Unifamiliar“, frente a los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en contravención" del Código de la Edificación, con la constancia que la regularización de las obras antirreglamentarias se ajusta a las prescripciones del inciso d) de las citada norma. Artículo 2º.- Regístrese y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Registro de Obras y Catastro. Cumplido Archívese. Cruz

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CONSIDERANDO:

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RESOLUCIÓN N.° 928/SSREGIC/17

Buenos Aires, 28 de septiembre de 2017 VISTO: El Expediente Nº 28675248/DGROC/2015 de Ajustes de obra para la finca sita en la calle Terrero Nº 844, y CONSIDERANDO: Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso destinadas a "Vivienda Multifamiliar“. Que se trata de una modificación bajo parte cubierta sin aumento de superficie reglamentaria y una ampliación conformada por un total de 79.26 m2 los cuales 12.07 m2 fueron ejecutados en forma reglamentaria (P. Baja: Auxiliar de Portería, Baño y Proyección balcón; P. Techo: Alero y Lavadero), en tanto que 67.19 m2 en forma no reglamentaria (PB: Sector estar-comedor-cocina; P. Alta: estar-comedor- cocina, escalera y dormitorio; P. Techo: escalera), según surge del cotejo entre el plano correspondiente a las obras existentes que fueran oportunamente aprobadas s/Nº de Orden 6 Pág. 8 a 15/30 (PLANO-2015-28675632-DGROC) y los planos presentados para regularizar la situación s/ Nº de Orden 39 (PLANO-2016-23324585-DGROC), con destino "Vivienda Multifamiliar“. Que obra s/Nº de Orden 50 Pág. 1 a 2/3 (RE-2017-09947917-DGROC) la Memoria e Informe Técnico con carácter de declaración Jurada del profesional habilitado que interviene en el trámite de regularización. Que la finca en cuestión no se encuentra afectada a los presupuestos establecidos en el Título V del Código Civil; según consta Nº de Orden 3 Pág. 8 a 9/106 (RE-2015-28675290-DGROC). Que según informe de inspección DGFYCO (Nº de ticket 93510 del 4 de enero de 2017) de la Nota Nº 06293492/DGFYCO/2017, según consta a Nº de Orden 45, observó que lo graficado en planos coincide totalmente con lo ejecutado en la finca. Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1. "Trabajos que requieren permiso de obra" y 4.6.4.2 “Iluminación y ventilación de locales de primera clase“ ambos del Código de la Edificación y el Artículo 4.3.6 “Línea de Frente Interno“ del Código de la Planeamiento Urbano. Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en contravención" del Código de la Edificación, modificado por la Ley Nº 962 (B.O.C.B.A. Nº 1607), Resolución Nº 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración General Nº 24.887. Que según informe de la D.G.R.O.C. de Nº de Orden 52 Pág. 1/3 (IF-2017-11952462-DGROC), las obras ejecutadas sin permiso citadas no afectan al inmueble ya que el resto de lo construido mantiene las condiciones reglamentarias originales de habitabilidad, iluminación y ventilación que deben satisfacer los locales, y según la declaración jurada del profesional interviniente s/Nº de Orden 50 Pág. 1 a 2/3 (RE-2017-09947917-DGROC), las mismas no comprometen la estabilidad, seguridad y salubridad pública de sus ocupantes y de terceras personas, haciéndose responsable por cualquier divergencia con la realidad o falseamiento, según lo prescripto en el inc.

f) del artículo 2.4.3.3. "Aplicación de suspensión en el uso de la firma para tramitaciones ante la Municipalidad" del Código de la Edificación, asistiéndole al propietario las previsiones contempladas en el Artículo 6.3.1.2. "Obras ejecutadas en Contravención" inciso d) del Código de la Edificación.

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Por ello en uso de las atribuciones,

EL SUBSECRETARIO DE REGISTROS, INTERPRETACION Y CATASTRO RESUELVE

Artículo 1º.- Autorízase a la Dirección General de Registro de Obras y Catastro a proceder al registro de la documentación presentada s/ Nº de Orden 39 (PLANO-2016-23324585-DGROC), ampliación conformada por un total de 79.26 m2, para la finca sita en la calle: Terrero Nº 844, Nomenclatura Catastral: Circ 05 Secc. 57 Manz. 11 Parc. 30, cuyo destino es "Vivienda Multifamiliar“, frente a los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en contravención" del Código de la Edificación, con la constancia que la regularización de las obras antirreglamentarias se ajusta a las prescripciones del inciso d) de las citada norma. Artículo 2º.- Regístrese y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Registro de Obras y Catastro. Cumplido Archívese. Cruz

RESOLUCIÓN N.° 929/SSREGIC/17

Buenos Aires, 28 de septiembre de 2017 VISTO: El Expediente Nº 17.963.410/2017 por el que se solicita la localización del uso "Oficinas descentralizadas" y el Visado de Publicidad, para el inmueble sito en la calle Perú Nº 1222/24 Planta Baja, con una superficie a habilitar de 852,22 m², y CONSIDERANDO: Que se trata de un inmueble en cuestión está emplazado en el Distrito de Zonificación APH 1 zona 3d, y el mismo no se encuentra Catalogado; Que el Área Técnica competente de la Dirección General de Interpretación Urbanística, mediante Informe Nº 19728689-DGIUR-2017, indica que mediante IFMUL-2017-19646850-SSREGIC (Orden 26), el recurrente presenta Esquema de Publicidad; Que la propuesta de Publicidad "Letrero frontal simple", el mismo es Permitido, y acompaña los lineamientos de la fachada del Inmueble, y que los mismos cumplimentan con la Normativa vigente, no habría inconvenientes en acceder al visado en cuestión; Que por lo expuesto la Gerencia Operativa, no tendría inconvenientes en acceder al visado de propuesta de "Publicidad Letrero frontal simple" IFMUL -2017- 19646850-SSREGIC (Orden 26), para el inmueble sito en la calle Perú Nº 1222/24 Planta Baja; Que por IF 22179708-DGIUR-2017 el Área Técnica hace saber que el recurrente que por error involuntario se omitió expedir la localización del uso solicitado "Oficinas descentralizadas" para el inmueble mencionado. Mediante IFMUL -2017- 17963392-SSREGIC, el recurrente presenta declaración jurada solicitando "Oficinas descentralizadas" con una superficie de 852,22 m²;

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Que siendo que el uso propuesto, está expresamente consignado en el Cuadro de usos 5.4.12.1 del Código de Planeamiento Urbano y resulta Permitido para la zona d del Distrito APH 1 "Zona de amortiguación"; con referencia 9 de estacionamiento (1 módulo cada 250m² de la superficie total construida) y IIIa de carga y descarga (Superficie no inferior a la que resulte de computar un espacio de 30m² por cada camión que opere simultáneamente, considerándose al número de espacios según la siguiente relación: 1 Número de espacios para vehículos de carga, Superficie total de la unidad de uso de 300 a 1.000m²); Que, por lo tanto, está Gerencia Operativa, no tendría inconvenientes en acceder a la localización de usos "Oficinas descentralizadas" con una superficie de 852,22 m² y publicidad (IFMUL -2017-19646850SSREGIC), para el inmueble sito en la calle Perú Nº 1222/24 PB; Que, respecto a la referencia 9 de Estacionamiento, de ser un inmueble posterior al 01/05/77, deberá cumplimentar con 3 módulos para estacionamiento o según Parágrafo "... 7.7.1.8 Servidumbre; El predio sirviente podrá estar ubicado en otra manzana a una distancia no mayor que 200 m medidos sobre la vía pública en línea recta o quebrada, entre las intersecciones de la Línea Municipal con los ejes divisorios de ambos predios...", según el Código de la Edificación;

Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a la Dirección General de Interpretación Urbanística. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE REGISTROS INTERPRETACION Y CATASTRO RESUELVE

Artículo 1º.- Déjese sin efecto la 627-SSREGIC-2017 con fecha 31 de agosto de 2017. Artículo 2º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización del uso: "Oficinas descentralizadas" para el inmueble sito en la calle Perú Nº 1222/24 Planta Baja, con una superficie a habilitar de 852,22 m² (Ochocientos cincuenta y dos metros cuadrados con veintidós decímetros cuadrados), debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso Artículo 3º.- Vísase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial, el "Esquema de Publicidad" obrante a IFMUL -2017- 19646850-SSREGIC (Orden 26). Artículo 4º.- Comuníquese al interesado que deberá cumplimentar la referencia 9 de Estacionamiento con 3 (tres) módulos o según Parágrafo "... 7.7.1.8 Servidumbre; El predio sirviente podrá estar ubicado en otra manzana a una distancia no mayor que 200 m medidos sobre la vía pública en línea recta o quebrada, entre las intersecciones de la Línea Municipal con los ejes divisorios de ambos predios...", según el Código de la Edificación; Artículo 5º.- Hágase saber al recurrente, que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o modificación del toldo y/o publicidad deberá ser consultada a la Dirección General de Interpretación Urbanística. Artículo 6º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su emisión; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 7º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente Disposición y el Esquema de Publicidad obrante a IFMUL -2017- 19646850-SSREGIC al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Cruz

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RESOLUCIÓN N.° 930/SSREGIC/17

Buenos Aires, 28 de septiembre de 2017 VISTO: El Expediente Nº 5.755.667/2017 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso: "Comercio minorista de productos alimenticios en general; Productos alimenticios envasados; Bebidas en general envasadas; Masas, bombones, sándwiches (sin elaboración); Helados (sin elaboración) y Café, bar y Despacho de bebidas, whiskería, cervecería", para el inmueble sito en la calle Charcas N° 2599, Planta Baja, Planta Sótano, UF N° 2, con una superficie de 107,01m², y CONSIDERANDO: Que el predio en cuestión, se encuentra emplazado en un Distrito R2aI de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano; Que el Área Técnica competente de la Dirección General de Interpretación Urbanística, a través del Informe Nº 20419145-DGIUR-2017, en tal sentido, de acuerdo al Cuadro de Usos 5.2.1. a), informa que: a. Los usos "Comercio minorista de, productos alimenticios en general; productos alimenticios envasados; bebidas en general envasadas", se encuentran comprendidos en el rubro "Productos alimenticios y/o bebidas (excluido feria, mercado, supermercado y autoservicio), (se opere o no por sistema de venta autoservicio) - Tabaco, productos de tabaquería y cigarrería". Teniendo Referencia "200" por lo que resulta permitido para una superficie de hasta 200m². b. Los usos "Comercio minorista de masas, bombones, sándwiches (sin elaboración); Helados (sin elaboración); Café, bar y despacho de bebidas, whiskería, cervecería", se encuentran comprendidos en el rubro "Bar, café, whiskería, cervecería, lácteos, heladería, etc.", teniendo Referencia "C" por lo que el Consejo efectuará en cada caso el estudio para determinar la conveniencia de la localización propuesta, para el Distrito R2aI; y teniendo Referencia 26 para estacionamiento; Que del estudio realizado por el Área Técnica se informa que: a. Se trata de una parcela de esquina. b. La superficie que se pretende habilitar es de aproximadamente 107,01m². c. Los usos de los lotes adyacentes son: Lateral izquierdo: (CHARCAS 2589): 193): vivienda multifamiliar. Lateral derecho: (ECUADOR 1321): vivienda multifamiliar. Frente: (CHARCAS 2602) local comercial d. La cuadra (ambas acera), tiene un porcentaje del uso Residencial de aproximadamente 34.00%. e. En relación al requerimiento de estacionamiento, el mismo resultaría optativo dado que la superficie del salón resulta menor a 150m². f. El uso solicitado deberá encontrarse admitido en el Reglamento de Copropiedad; Que el Consejo del Plan Urbano Ambiental, mediante Dictamen N° 226-CPUAM-2017, indica que considera admisible desde el punto de vista urbanístico, la localización de los usos "Comercio Minorista de: Productos Alimenticios en general; de Productos alimenticios envasados: de bebidas en general envasadas; de masas, bombones,

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sándwiches (s/elaboración); de helados (s/elaboración): Café Bar. Despacho de bebidas, Whiskería. Cervecería“, para el inmueble sito en la calle Charcas N° 2599, Planta Sótano y Planta Baja, U.F. N° 2, con una superficie de 107,01m², dejando expresa constancia que no podrá desarrollar la actividad de música y/o canto, por encontrarse el local en un distrito residencial, como así también deberá regularizar las obras ejecutadas ante el organismo correspondiente; Que el Área Técnica competente, a través del Informe N° 22143802-DGIUR-2017, toma conocimiento de lo expuesto por el Consejo del Plan Urbano Ambiental. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE REGISTROS, INTERPRETACIÓN Y CATASTRO RESUELVE

Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización del uso: "Comercio minorista de productos alimenticios en general; Productos alimenticios envasados; Bebidas en general envasadas; Masas, bombones, sándwiches (sin elaboración); Helados (sin elaboración) y Café, bar y Despacho de bebidas, whiskería, cervecería", para el inmueble sito en la calle Charcas N° 2599, Planta Baja, Planta Sótano, UF N° 2, con una superficie de 107,01m² (Ciento siete metros cuadrados con un decímetro cuadrado), debiendo cumplimentar con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2°.- Hágase saber al recurrente que no podrá desarrollar la actividad de música y/o canto, por encontrarse el local en un distrito residencial, como así también deberá regularizar las obras ejecutadas ante el organismo correspondiente. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su emisión; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Cruz

RESOLUCIÓN N.° 931/SSREGIC/17

Buenos Aires, 28 de septiembre de 2017 VISTO: El Expediente Nº 20.068.897/2017 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso: "Comercio minorista de: Carne, Lechones, Achuras, Embutidos; Verduras, frutas, carbón en bolsas; Aves muertas y peladas, Chivitos, Productos de Granja, Huevos (hasta 60 docenas); Productos Alimenticios en General; Bebidas en General Envasadas; Artículos de Limpieza (en góndola separada); Semillas, plantas y herramientas para jardinería" para el inmueble sito en la calle Gral. Venancio Flores Nº3655/57, con una superficie a habilitar de 304,15 m², y

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Que se trata de un inmueble afectado al Distrito APH 53 "Floresta" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007, el mismo se encuentra Catalogado con Nivel de Protección General. Corresponden los usos del distrito de zonificación R1bII; Que el Área Técnica competente de la Dirección General de Interpretación Urbanística, a través del Informe Nº 22024189-DGIUR-2017, considera que desde el punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el Distrito; Que los usos consignados permitidos en Inmueble Catalogado con Nivel de Protección General, se regirá por el Cuadro de Usos Nº 5.2.1 del Código de Planeamiento Urbano correspondientes al distrito de zonificación R1bII; Que los usos solicitados, se encuadran en los expresamente consignados en el Cuadro de Usos Nº 5.2.1: en el ítem: Comercial Minorista:(A) LOCAL COMERCIAL s/exigencia de estacionamiento o carga y descarga; como: "Productos alimenticios y/o bebidas (excluido feria, mercado, supermercado y autoservicio), (se opere o no por sistema de venta autoservicio) - Tabaco, productos de tabaquería y cigarrería. Ley N° 123: S.R.E", en "Perfumería, artículos de limpieza y tocador. Ley N° 123: S.R.E. y en "Semillería, plantas, artículos y herramientas para jardinería. Ley N° 123: S.R.E."", los mismos se encuentran permitidos en el distrito de zonificación R1bII y afectados por la referencia EE / SA. (Esto es: en edificio existente o sobre avenida); Que se visan los usos solicitados: "Comercio Minorista de: "Carne, Lechones, Achuras, Embutidos; Verduras, frutas, carbón en bolsas; Aves muertas y peladas, Chivitos, Productos de Granja, Huevos (hasta 60 docenas); Productos Alimenticios en General; Bebidas en General Envasadas; Artículos de Limpieza (en góndola separada); Semillas, plantas y herramientas para jardinería" por estar permitidos en el Distrito R1bII. Se deja constancia que el visado no implica la habilitación de los mismos; Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta alguna, por lo que no corresponde su visado;

Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a la Dirección General de Interpretación Urbanística. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE REGISTROS INTERPRETACION Y CATASTRO RESUELVE

Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización del uso: "Comercio minorista de: Carne, Lechones, Achuras, Embutidos; Verduras, frutas, carbón en bolsas; Aves muertas y peladas, Chivitos, Productos de Granja, Huevos (hasta 60 docenas); Productos Alimenticios en General; Bebidas en General Envasadas; Artículos de Limpieza (en góndola separada); Semillas, plantas y herramientas para jardinería" para el inmueble sito en la calle Gral. Venancio Flores Nº3655/57, con una superficie a habilitar de 304,15 m², (Trescientos cuatro metros cuadrados con quince decímetros cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma, modificación del inmueble, pintura de la fachada deberá ser consultada a la Dirección General de Interpretación Urbanística.

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CONSIDERANDO:

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Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su emisión; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Cruz

RESOLUCIÓN N.° 932/SSREGIC/17

Buenos Aires, 28 de septiembre de 2017 VISTO: El Expediente Nº 20.904.573/2017 por el que se solicita el Visado de Publicidad y Toldos, para el inmueble sito en la Av. de Mayo Nº 979, y CONSIDERANDO: Que se trata de un inmueble está emplazado en la Zona 10e del Distrito APH 1 "Conjunto Avenida de Mayo", y el mismo se encuentra Catalogado con Nivel de Protección Estructural; Que el Área Técnica competente de la Dirección General de Interpretación Urbanística, mediante Informe Nº 22084102-DGIUR-2017, indica que mediante IFMUL-2017-21309955-SSREGIC (Orden 19), el recurrente presenta esquema de Toldo rebatible; a Orden 21 (IFMUL-2017-21309956-SSREGIC), presenta esquema de "Publicidad Letras sueltas"; Que la propuesta de Publicidad "Letras sueltas" y propuesta de "Toldo rebatible", son Permitidas, y acompañan los lineamientos de la fachada del Inmueble Catalogado, y que cumplimenta con la Normativa vigente; no habría inconvenientes en conceder el visado correspondiente; Que la Gerencia Operativa, no tendría inconvenientes en acceder al visado de propuesta de "Publicidad y Toldo rebatible" IFMUL -2017- 21309955-SSREGIC (Orden 19) e IFMUL-2017-21309956SSREGIC (Orden 21), para el inmueble sito en la Av. De Mayo Nº 979 PB; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a la Dirección General de Interpretación Urbanística. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE REGISTROS INTERPRETACION Y CATASTRO RESUELVE

Artículo 1º.- Vísase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial, el "Esquema de Publicidad y Toldos" obrante a IFMUL -2017- 21309955-SSREGIC (Orden 19) e IFMUL-2017-21309956-SSREGIC (Orden 21), para el inmueble sito en la Av. de Mayo Nº 979, debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente, que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o modificación del toldo y/o publicidad deberá ser consultada a la Dirección General de Interpretación Urbanística.

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Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su emisión; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente y el Esquema de Publicidad y Toldo obrante a IFMUL -2017- 21309955-SSREGIC e IFMUL-2017-21309956-SSREGIC al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Cruz

RESOLUCIÓN N.° 933/SSREGIC/17

Buenos Aires, 28 de septiembre de 2017 VISTO: El Expediente Nº 21.848.358/2017 por el que se solicita el visado de Aviso de Obra y la localización de los usos "De productos alimenticios envasados" y "De bebidas en general envasadas ; De artículos de limpieza; De artículos de perfumería y tocador; De artefactos de iluminación y del hogar; De bazar, platería, cristalería y Café Bar", en el inmueble sito en la Av. Callao Nº 1043/45, Planta Baja, UF Nº 1, con una superficie a habilitar de 135,00m² y según lo expresado en Memoria Técnica obrante en RE-2017-21848316-SSREGIC, Nº de Orden 5, y CONSIDERANDO: Que el inmueble en cuestión se encuentra afectado a la Zona 1 del Distrito APH 50, “Av. Callao“ de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano. Se admitirán los usos del Distrito C2; Que el Área Técnica competente de la Dirección General de Interpretación Urbanística, mediante Informe Nº 22249952-DGIUR-2017, considera que desde el punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización del uso solicitado toda vez que el mismo se encuentran expresamente consignados en el Cuadro de Usos 5.2.1a .del Código de Planeamiento Urbano para el Distrito C2 y resultan Permitidos en el Distrito de Zonificación APH50, Zona 1; Que los usos consignados permitidos son: "Bar, café, whiskería, cervecería, lácteos, heladería, etc. Ley N° 123: S.R.E. La actividad complementaria de música y canto, sólo podrá autorizarse en los distritos R2bIII, C1, C2, C3, E2 y E3. Ley N° 123: s/C" resultan Permitidos, y para estacionamiento debe cumplir con la Referencia "26" (Salón de 150m² o más: 20%, como mínimo, de la superficie total construida) y "Productos alimenticios y/o bebidas (excluido feria, mercado, supermercado y autoservicio), (se opere o no por sistema de venta autoservicio) - Tabaco, productos de tabaquería y cigarrería. Ley N° 123: S.R.E." resultan Permitidos con una Superficie máxima 500m²; "Perfumería, artículos de limpieza y tocador. Ley N ° 123: S.R.E." Permitido y "Bazar, Platería, Cristalería, Artefactos de iluminación y del Hogar. Ley N° 123: S.R.E." Permitido; Que con respecto al requisito de Guarda de Automotores, no resulta obligatorio la Referencia "26" porque el salón tiene menos de 150m²;

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Que el Área Técnica competente informa que en el local se realizarán tareas menores de pintura en el interior, puesta a punto de las instalaciones existentes, colocación de pisos en el salón, renovación de cielorraso. Se deja constancia que no se realizaran ningún tipo de trabajos de modificación de la fachada existente ni de partes comunes; Que según lo expuesto precedentemente, se autorizan las tareas a realizar consignadas en la Memoria Técnica obrante en RE-2017-21848316-SSREGIC, Nº de Orden 5, ya que no alterarían los valores patrimoniales del inmueble en cuestión;

Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a la Dirección General de Interpretación Urbanística. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE REGISTROS, INTERPRETACIÓN Y CATASTRO RESUELVE

Artículo 1º.- Vísase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial, el Aviso de Obra, para el inmueble sito en la Av. Callao Nº 1043/45, Planta Baja, UF Nº 1, según lo expresado en la Memoria Técnica obrante en RE-2017-21848316-SSREGIC, Nº de Orden 5, debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización de los usos: "De productos alimenticios envasados" y "De bebidas en general envasadas ; De artículos de limpieza; De artículos de perfumería y tocador; De artefactos de iluminación y del hogar; De bazar, platería, cristalería y Café Bar", en el inmueble sito en la Av. Callao Nº 1043/45, Planta Baja, UF Nº 1, con una superficie a habilitar de 135,00m² (Ciento treinta y cinco metros cuadrados), debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 3º.- Hágase saber al recurrente, que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a la Dirección General de Interpretación Urbanística. Artículo 4º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su emisión. Dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los organismos correspondientes, de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 5º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Cruz

RESOLUCIÓN N.° 934/SSREGIC/17

Buenos Aires, 28 de septiembre de 2017 VISTO: El Expediente Nº 17.285.672/2017 por el que se solicita el Visado de Publicidad, para el inmueble sito en la Av. de Mayo Nº 1217, y

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Que se trata de un inmueble está emplazado en la Zona 10e del Distrito APH 1 "Conjunto Avenida de Mayo", y el mismo se encuentra Catalogado con Nivel de Protección Estructural, según el Código de Planeamiento Urbano; Que el Área Técnica competente de la Dirección General de Interpretación Urbanística, mediante Informe Nº 22147986-DGIUR-2017, indica que mediante Memoria descriptiva RE -2017- 17285670-SSREGIC (Orden 5), el recurrente presenta Esquema de Publicidad y fotografía de fachada; Que la propuesta de Publicidad "Letrero frontal simple iluminado", es Permitida, y acompaña los lineamientos de la fachada del Inmueble Catalogado, y que cumplimenta con la Normativa vigente; no habría inconvenientes en conceder el visado correspondiente; Que la Gerencia Operativa Grandes Proyectos Urbanos, no tendría inconvenientes en acceder al visado de propuesta de "Publicidad" RE -2017- 17285670-SSREGIC (Orden 5), para el inmueble sito en la Av. De Mayo Nº 1217 PB; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a la Dirección General de Interpretación Urbanística. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE REGISTROS INTERPRETACION Y CATASTRO RESUELVE

Artículo 1º.- Vísase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial, el "Esquema de Publicidad" obrante a Memoria descriptiva RE -2017- 17285670-SSREGIC (Orden 5), para el inmueble sito en la Av. de Mayo Nº 1217, debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente, que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o modificación del toldo y/o publicidad deberá ser consultada a la Dirección General de Interpretación Urbanística. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su emisión; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente y el Esquema de Publicidad obrante a RE - 2017- 17285670-SSREGIC al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Cruz

RESOLUCIÓN N.° 935/SSREGIC/17

Buenos Aires, 28 de septiembre de 2017 VISTO: la ley 5460 el decreto 363-GCBA-2015, el Expediente Electrónico Nº 17074729/MGEYA/DGROC/2016 y la Nota Nº 21982882/DGAINST/2017, y

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CONSIDERANDO:

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Que con fecha 25 septiembre de 2017, esta Subsecretaria de Registros Interpretación y Catastro ha tomado conocimiento mediante comunicación oficial Nº 21982882/DGAINST/2017 emitida por la Procuración General de la Ciudad, en referencia de lo resuelto en los autos caratulados caratulados “MANES, PEDRO GASTÓN C/ GCBA S/ AMPARO“ Expte Nro 30.707/2017-0, en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Nº 4, Secretaría N° 8; Que se ha resuelto: "...(..). Hacer lugar a la medida cautelar solicitada ordenando al G.C.B.A. suspenda la aplicación de la disposición Nº 162- DGIUR-2016 y la clausura y paralización inmediata de la obra en la Avenida Del Libertador 3858 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires..."; Que ante la Dirección General de Registro de Obras Y Catastro tramita Expediente administrativo electrónico Nº 17074729/MGEYA/DGROC/2016 en el cual se registraron planos con trata "obra nueva", con fecha 16 de febrero del 2017 teniendo en cuenta como antecedente la Disposición Nº 162-DGIUR-2016; Que en virtud de la manda judicial, es menester realizar el acto administrativo válido, que proceda a suspender el registro de planos con trata "obra nueva" efectuados para la finca sita en la calle Avda. del Libertador Nº 3858 de esta Ciudad, hasta tanto se dicte sentencia definitiva en autos; Que corresponde, dar intervención a la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras, a efectos de que tome conocimiento de la presente y actúe en el ámbito de sus misiones y funciones; Por ello y en virtud de las facultades conferidas en la ley Nº 5460 el decreto Nº 363-GCBA-2015,

EL SUBSECRETARIO DE REGISTROS INTERPRETACIÓN Y CATASTRO RESUELVE:

Artículo 1º.-Suspéndase el registro de planos con trata "obra nueva" de fecha 16 de febrero del 2017, para la finca sita en la calle Avda del Libertador Nº 3858 de esta Ciudad, hasta tanto se expida la justicia en lo Contencioso Administrativo Y Tributario en autos caratulados "MANES, PEDRO GASTÓN C/GCBA S/ AMPARO“.- Artículo 2º.-Dése intervención a la Gerencia Operativa de Registro de Obras, dependiente de la Dirección General de Registro de Obras Y Catastro, a efectos de que proceda a tomar conocimiento de la presente resolución, y agregar copia de la misma al expediente electrónico Nº 17074729/DGROC/2016, notificando a la parte interesada.-

Artículo 3º.-Dése intervención por cuerda separada del presente a la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras a los efectos de notificarlo de la presente resolución.- Artículo 4º.- Regístrese. Cruz RESOLUCIÓN N.° 945/SSREGIC/17

Buenos Aires, 29 de septiembre de 2017 VISTO:

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 111

CONSIDERANDO:

El Expediente Nº 18.886.640/2017 por el que se consulta sobre la factibilidad de

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localizar el uso: "Restaurante, cantina"; "Casa de lunch"; "Café bar"; "Confitería" y "Despacho de bebidas, whisqueria, cervecería" para el inmueble sito en la calle Reconquista Nº 1040 Planta Baja - Planta Subsuelo - UF Nº 1, con una superficie a habilitar de 323,22 m², y CONSIDERANDO: Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 3 del Distrito APH 51 "Catedral al norte" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Modificado para dicho distrito por Ley 3943 (BOCBA Nº 3831), el mismo se encuentra Catalogado con Nivel de Protección: Cautelar; Que el Área Técnica competente de la Dirección General de Interpretación Urbanística, a través del Informe Nº 22140771-DGIUR-2017, considera que desde el punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización del uso solicitado toda vez que los mismos se encuentran expresamente consignados en el Cuadro de Usos 5.2.1a .del Código de Planeamiento Urbano para el Distrito C2 y resultan Permitidos en el Distrito de Zonificación APH 51, Zona 3; Que los usos consignados permitidos en el Cuadro de Usos 5.2.1 del Código de Planeamiento Urbano para el Distrito C2: "Alimentación en general, restaurant, cantina, pizzería, grill. Con servicio de envío a domicilio debe cumplir referencia 38 para estacionamiento. Ley N° 123: S.R.E. La actividad complementaria de música y canto, sólo podrá autorizarse en los distritos R2b III, C1, C2, C3, E2 y E3. Ley N° 123: s/C" resultan Permitidos, y para estacionamiento debe cumplir con la referencia "26" (Salón de 150m² o más: 20%, como mínimo, de la superficie total construida)." y "Bar, café, whiskería, cervecería, lácteos, heladería, etc. Ley N° 123: S.R.E. La actividad complementaria de música y canto, sólo podrá autorizarse en los distritos R2b III, C1, C2, C3, E2 y E3. Ley N° 123: s/C" - III: complementario a actividad principal (20% de sup. total). Ley N° 123: s/C." resulta Permitido debiendo cumplir con la Referencia "26" para estacionamiento y las normas de tejido; Que el requisito de Guarda de Automotores, referencia "26" no resulta obligatorio toda vez que el salón tiene una superficie menor de 150m²; Que se visan los usos Permitidos siempre y cuando el Reglamento de copropiedad lo autorice, se deja constancia que el visado no implica la habilitación de los usos solicitados; Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta alguna, por lo que no corresponde su visado; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a la Dirección General de Interpretación Urbanística. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE REGISTROS INTERPRETACION Y CATASTRO

RESUELVE

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 112

Artículo 1º. Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización del uso: "Restaurante, cantina"; "Casa de lunch"; "Café bar"; "Confitería" y "Despacho

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de bebidas, whisqueria, cervecería" para el inmueble sito en la calle Reconquista Nº 1040 Planta Baja - Planta Subsuelo - UF Nº 1, con una superficie a habilitar de 323,22 m², (Trescientos veinte tres metros cuadrados con veinte dós decímetros cuadrados) considerando que se visan los usos permitidos en tanto sean conformes con el Reglamento de Copropiedad, debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma, modificación del inmueble, pintura de lafachada deberá ser consultada a la Dirección General de Interpretación Urbanística. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su emisión; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Cruz

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Ministerio de Cultura

RESOLUCIÓN N.º 1584/MCGC/17

Buenos Aires, 20 de febrero de 2017 VISTO: El EX-2017-03777884- -MGEYA-DGLBYPL, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182- GCABA-15, la Resolución Nº 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15 y la Resolución N° 5041-SC-2005, y CONSIDERANDO: Que, el señor Director General de la Dirección General del Libro, Bibliotecas y Promoción de la Lectura propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2017; Que, la citada Dirección General ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15;,

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I, IF-2017-05147456- -MCGC-, y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente a los Contratos de Locación de Servicios mencionados en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2017. Artículo 6º.- Para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General del Libro, Bibliotecas y Promoción de la Lectura, quien deberá publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Técnica,

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 114

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Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Petitt

RESOLUCIÓN N.º 3299/MCGC/17

Buenos Aires, 10 de abril de 2017 VISTO: El EX-2017-06349009- -MGEYA-DGLBYPL, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15 y la Resolución Nº 5041-SC-2005, y CONSIDERANDO: Que por la Resolución N° 2717-MCGC-17, se aprobó el contrato de Locación de servicios perteneciente a, SCARLATA EMILIANO DAMIAN, CUIT N° 20-32238869-2, para la Dirección General del Libro, Bibliotecas y Promoción de la Lectura, dependiente del Ministerio de Cultura; Que, habiéndose comprobado la existencia de un error involuntario por parte de la citada Dirección General, en la carga del importe de las cuotas en el Sistema Integrado de Administración Financiera (SIGAF), del cual el Anexo I, número SADE IF- 2017-6893785-MCGC, parte integrante de la citada Resolución toma sus datos, resulta necesario rectificar el citado acto administrativo; Por ello; y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15,

EL MINISTRO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.- Rectifíquese la Resolución N° 2717-MCGC-17, conforme los datos que se consignan en el nuevo Anexo I, IF-2017-08495252- -MCGC, y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General del Libro, Bibliotecas y Promoción de la Lectura quien deberá publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Petitt

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 115

ANEXO

ANEXO

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RESOLUCIÓN N.º 3890/MCGC/17

Buenos Aires, 26 de abril de 2017 VISTO: El EX-2017-08888481- -MGEYA-DGLBYPL, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182- GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15, y CONSIDERANDO: Que, el señor Director General de la Dirección General del Libro, Bibliotecas y Promoción de la Lectura propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2017; Que, la citada Dirección General ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15;

EL MINISTRO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I, IF-2017-09682611- -MCGC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente a los Contratos de Locación de Servicios mencionados en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2017. Artículo 6º.- Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General del Libro, Bibliotecas y Promoción de la Lectura quien deberá publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Técnica,

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 116

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Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Petitt

RESOLUCIÓN N.º 7827/MCGC/17

Buenos Aires, 24 de agosto de 2017 VISTO: El EX-2017-16969127- -MGEYA-DGLBYPL, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15 CONSIDERANDO: Que, el señor Director General de la Dirección General del Libro, Bibliotecas y Promoción de la Lectura propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2017; Que, la citada Dirección General ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755- MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15;

EL MINISTRO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I,SADE IF-2017-19358212- -MCGC, y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente a los Contratos de Locación de Servicios mencionados en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2017.

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 117

ANEXO

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Artículo 6º.- Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General del Libro, Bibliotecas y Promoción de la Lectura quien deberá publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Técnica,

Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Petitt

RESOLUCIÓN N.º 9045/MCGC/17

Buenos Aires, 25 de septiembre de 2017 VISTO: El EX-2017-19142413- -MGEYA-DGMUS, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182- GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15, y CONSIDERANDO: Que, el señor Director General de la Dirección General de Música propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2017; Que, la citada Dirección General ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15;

EL MINISTRO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I, IF-2017-21994078- -MCGC-, y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente a los Contratos de Locación de Servicios mencionados en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes.

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 118

ANEXO

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Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2017. Artículo 6º.- Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Música quien deberá publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de

Hacienda y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Petitt

RESOLUCIÓN N.º 9046/MCGC/17

Buenos Aires, 25 de septiembre de 2017 VISTO: El EX-2017-19142781- -MGEYA-DGMUS, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182- GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15, y CONSIDERANDO: Que, el señor Director General de la Dirección General de Música propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2017; Que, la citada Dirección General ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15;

EL MINISTRO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo IIF-2017-21994315- -MCGC-, y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente a los Contratos de Locación de Servicios mencionados en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago.

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 119

ANEXO

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Artículo3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2017. Artículo 6º.- Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Música quien deberá publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de

Hacienda y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Petitt

RESOLUCIÓN N.º 9047/MCGC/17

Buenos Aires, 26 de septiembre de 2017 VISTO: El EX-2017-19143597- -MGEYA-DGMUS, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182- GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15, y CONSIDERANDO: Que, el señor Director General de la Dirección General de Música propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2017; Que, la citada Dirección General ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15;

EL MINISTRO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I, IF-2017-22009184- -MCGC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución.

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 120

ANEXO

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Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente a los Contratos de Locación de Servicios mencionados en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2017. Artículo 6º.- Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Música quien deberá publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de

Hacienda y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Petitt

RESOLUCIÓN N.º 9048/MCGC/17

Buenos Aires, 26 de septiembre de 2017 VISTO: El EX-2017-19143475- -MGEYA-DGMUS, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182- GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15, y CONSIDERANDO: Que, el señor Director General de la Dirección General de Música propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2017; Que, la citada Dirección General ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15;

EL MINISTRO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 121

ANEXO

Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido,

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documento y demás datos se consignan en el Anexo I, IF-2017-22009273- -MCGC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente a los Contratos de Locación de Servicios mencionados en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2017. Artículo 6º.- Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Música quien deberá publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de

Hacienda y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Petitt

RESOLUCIÓN N.º 9058/MCGC/17

Buenos Aires, 26 de septiembre de 2017 VISTO: El EX-2017-18145690- -MGEYA-DGFYEC, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182- GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15, y CONSIDERANDO: Que, la señora Directora General de la Dirección General de Festivales y Eventos Centrales propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2017; Que, la citada Dirección General ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15;

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 122

ANEXO

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EL MINISTRO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I, IF-2017-22010063- -MCGC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente a los Contratos de Locación de Servicios mencionados en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2017. Artículo 6º.- Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Festivales y Eventos Centrales quien deberá publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Técnica, Administrativa y

Legal del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Petitt

RESOLUCIÓN N.° 865/EATC/17

Buenos Aires, 4 de octubre de 2017 VISTO: La Ley Nº 2855 (Texto consolidado por la Ley N° 5.666), el Decreto Nº 224-GCABA-13, Resolución Conjunta Nº 11/SECLYT/13, el Expediente Electrónico: EX -2017-21987391-MGEYA-DGTALEATC y acumulados y, CONSIDERANDO: Que, la señora Directora General del Ente Autárquico Teatro Colón propicia la contratación de diversas personas para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2017; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, las contrataciones referidas han sido previstas en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en el Decreto Nº 224-GCABA-2013;

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 123

ANEXO

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Que, la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ente Autárquico Teatro Colón, ha tomado la intervención que le compete conforme lo dispuesto por Resolución Conjunta Nº11/SECLYT/13. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 224-GCABA-13,

LA DIRECTORA GENERAL DEL ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN

RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébese la contratación de las personas cuyos nombres, apellidos, documentos y demás datos se consignan en el Anexo I IF-2017-22553589-DGTALEATC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Autorícese a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente a los Contratos de Locación de Servicios mencionados en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.- A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. Los contratados deberán proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorro en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.- Los contratados se comprometen a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.- El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2017. Artículo 6º.- Publíquese en el Boletin Oficial y pase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ente Autárquico Teatro Colon, para su conocimiento y demás efectos. Alcaraz

RESOLUCIÓN N.° 868/EATC/17

Buenos Aires, 4 de octubre de 2017 VISTO: La Ley Nº 2855 (Texto consolidado por la Ley N° 5.666), el Decreto Nº 224-GCABA-13, Resolución Conjunta Nº 11/SECLYT/13, el Expediente Electrónico: EX -2017- 22206115 -MGEYA-DGTALEATC y acumulados y, CONSIDERANDO: Que, la señora Directora General del Ente Autárquico Teatro Colón propicia la contratación de diversas personas para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2017; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, las contrataciones referidas han sido previstas en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en el Decreto Nº 224-GCABA-2013;

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 124

ANEXO

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Que, la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ente Autárquico Teatro Colón, ha tomado la intervención que le compete conforme lo dispuesto por Resolución Conjunta Nº11/SECLYT/13. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 224-GCABA-13,

LA DIRECTORA GENERAL DEL ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN

RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébese la contratación de las personas cuyos nombres, apellidos, documentos y demás datos se consignan en el Anexo I IF-2017-22502202 -DGTALEATC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Autorícese a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente a los Contratos de Locación de Servicios mencionados en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.- A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. Los contratados deberán proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorro en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.- Los contratados se comprometen a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.- El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2017. Artículo 6º.- Publíquese en el Boletin Oficial y pase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ente Autárquico Teatro Colon, para su conocimiento y demás efectos. Alcaraz

RESOLUCIÓN N.° 870/EATC/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 VISTO: La Ley Nº 2855 (Texto consolidado por la Ley N° 5.666), el Decreto Nº 224-GCABA-13, Resolución Conjunta Nº 11/SECLYT/13, el Expediente Electrónico: EX -2017- 2668616 -MGEYA-DGTALEATC y, CONSIDERANDO: Que, la Directora General del Ente Autárquico Teatro Colón por Resolución Nº 006-EATC-2017, aprobó la contratación de diversas personas para el desarrollo de actividades en el marco de la programación artística prevista para el ejercicio 2017; Que, a tal efecto el Sr. Elias Guillermo Oscar fue contratado para desempeñarse en calidad de Asistente Administrativo, por el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del corriente año;

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 125

ANEXO

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Que, por razones personales, el Sr. Elias Guillermo Oscar presentó su renuncia al contrato de Locación de Servicios que lo vinculara con el Ente, con efecto a partir del día 1 de octubre de 2017. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 224-GCABA-13,

LA DIRECTORA GENERAL DEL ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN

RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptese la renuncia del Sr. Elias Guillermo Oscar, DNI N° 24.481.023 al contrato de locación de servicios, que lo vinculara con el Ente Autárquico Teatro Colon, con efecto a partir del 1 de octubre de 2017. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletin Oficial y pase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ente Autárquico Teatro Colon, para su conocimiento y demás efectos. Alcaraz

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 126

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Ministerio de Modernización, Innovación y

Tecnología

RESOLUCIÓN N.° 167/ENTUR/17

Buenos Aires, 6 de octubre de 2017 VISTO: Las Leyes Nros. 600, 2.627, su modificatoria y 5.460, la Resolución Nº 165/ENTUR/17, el Expediente Electrónico N° 21.876.656/ENTUR/2017, y CONSIDERANDO: Que por Ley Nº 2.627 y su modificatoria, se creó el Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Ley Nº 5.460, se aprobó la nueva Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose al Ente de Turismo en la órbita del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, en virtud de los dispuesto por el artículo 38 de la citada norma, modificatorio del artículo 1º de la Ley Nº 2.627 de creación del Ente; Que la Ley Nº 600 declara al Turismo como actividad socioeconómica de interés público y cultural para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 8 de la norma, prevé las atribuciones del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires incluyendo, entre otras: fomentar y apoyar la iniciativa que contribuya a la promoción del turismo y a la excelencia de los servicios; y crear las herramientas necesarias para posicionar a Buenos Aires como sede de congresos, ferias, exposiciones y convenciones; Que conforme la Resolución Nº 165/ENTUR/17, la Dirección General de Promoción Turística tiene entre sus responsabilidades primarias, analizar e informar respecto de la procedencia de las solicitudes de auspicios y/o declaraciones de interés de eventos que se realizan en la ciudad y que sean presentadas ante el Ente de Turismo; Que por el Expediente citado en el Visto, tramita la solicitud presentada por la Sra. Ligia Janeiro, tendiente a obtener el auspicio institucional por parte del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para la primera edición de la "Feria EC. Emprendedores Creativos. Arte y Diseño de vanguardia “, a realizarse entre los días 2 y 5 de noviembre de 2017, en el Centro Cultural Borges, sito en la calle Viamonte 525, de esta ciudad; Que la Dirección General de Promoción Turística de este Organismo, propicia el otorgamiento del auspicio solicitado, ello en vista de la importancia que representa para nuestra Ciudad, pudiendo el turista disfrutar de la manifestación cultural que ofrece la Ciudad de Buenos Aires, así como también tendrá la posibilidad de llevarse de modo material una parte de su experiencia de viaje, incentivando el Segmento de Turismo de Compras, Arte, Moda y Diseño de nuestra Ciudad; Que la presente solicitud no conlleva pedido de exención de aranceles, tasas y/o contribuciones, ni ocasiona erogación alguna por parte de este Ente; Que ha tomado debida intervención la Subgerencia Operativa de Asuntos Legales mediante la emisión del Dictamen N° IF 22941703/DGTALET/17; Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias;

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EL PRESIDENTE DEL ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE: Artículo 1º.- Otórgase el auspicio institucional para la primera edición de la "Feria EC. Emprendedores Creativos. Arte y Diseño de vanguardia “, a realizarse entre los días 2 y 5 de noviembre de 2017, en el Centro Cultural Borges, sito en la calle Viamonte 525 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 2º.- Déjase constancia que el auspicio concedido no implica exención de aranceles, tasas y/o contribuciones y no ocasiona erogación alguna al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ni implica autorización alguna para ejercer funciones que son propias del Ente de Turismo de la Ciudad de Buenos Aires. Artículo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al requirente, remítase copia a la Dirección General Promoción Turística, dependiente del Ente Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido. Archívese. Robredo

RESOLUCIÓN N.° 168/ENTUR/17

Buenos Aires, 6 de octubre de 2017 VISTO: Las Leyes Nros. 2.627, su modificatoria y 5.460, el Decreto Nº 477/11, la Resolución Nº 782/MHGC/17, las Disposiciones Nros. 34/DGCG/11, 468/DGCYC/16 y 246/DGCYC/17, el Expediente Electrónico Nº 20.408.619/DGPRT/17 y CONSIDERANDO: Que por Ley N° 2.627 y su modificatoria, se creó el Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Ley N° 5.460, se aprobó la nueva Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose al Ente de Turismo en la órbita del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, en virtud de lo dispuesto por el artículo 38 de la citada norma, modificatorio del artículo 1° de la Ley N° 2.627 de creación del Ente; Que es su función fomentar el turismo nacional e internacional y desarrollar estrategias de mercado que tiendan a promocionar a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como destino turístico, así como representarla, como administración local de turismo, ante todo aquellos organismos nacionales, internacionales, gubernamentales y no gubernamentales, entidades públicas y privadas, empresas y particulares; Que por Decreto N° 477/11, se aprobó el nuevo régimen de viáticos, alojamiento y pasajes, destinado a misiones transitorias de carácter oficial en el interior y exterior del país; Que el artículo 2° del Decreto mencionado estableció que, los viajes oficiales que los funcionarios y/o agentes realicen deben redundar en un beneficio concreto para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Disposición N° 34/DGCG/11 aprobó el procedimiento para las asignaciones en concepto de viáticos, alojamiento y pasajes;

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 128

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Que el Anexo I de la mentada Disposición estableció que los fondos para tales conceptos serán depositados en la cuenta de la repartición, y los responsables de la Caja Chica Común de la misma deberán entregarlos al funcionario o agente autorizado a viajar, quien será el responsable de la rendición; Que el punto 11 del Anexo VI de ese cuerpo normativo establece que el monto solicitado se rendirá, en conceptos de "Viáticos" en su totalidad y en forma no documentada mediante el formulario "Declaración Jurada de Viáticos, Alojamiento y Pasajes" aprobado por el Anexo III del Decreto N° 477/11; Que por Disposición N° 468/DGCYC/16, se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, su Anexo y Especificaciones Técnicas, llamándose a la Licitación Pública N° 623-1390-LPU16 bajo la modalidad de Convenio Marco de Compras para la Contratación de un Servicio de reserva y contratación de pasajes, alojamiento, comidas, traslados, y demás servicios de viaje conexos que puedan ser requeridos desde el GCABA, emisión, envío y entrega de pasajes, Vouchers y demás documentación que se confeccione con motivo de la prestación de estos servicios, al

amparo de lo establecido en los artículos 31 y 45 de la Ley Nº 2.095 y Decreto Nº 1145/09 y concordantes y la Resolución Conjunta Nº 9/MHGC/MJGGC/SECLYT/11, la que fuera aprobada mediante Resolución N° 782/MHGC/17, adjudicándose a las firmas FURLONG - FOX S.A. (Renglones Nro. 1 a 4) y RICAAR S.R.L. (Renglones Nro. 1 a 4); Que mediante Disposición N° 246/DGCYC/17 se aprobó la Guía de Uso del Convenio Marco de Compras para la Contratación de pasajes, alojamiento, comidas y traslados, y demás servicios de viaje conexos que puedan ser requeridos por los agentes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Que entre los días 12 y 15 de octubre de 2017 se participará del Workshop organizado por el Instituto Nacional de Promoción Turística -Inprotur, y la "Feria FITPAR" que se desarrollarán en la ciudad de Asunción, República del Paraguay; Que el impacto turístico de los eventos representan una auténtica oportunidad para nuestra Ciudad en particular, para presentar al mercado nuestros productos y servicios turísticos; Que a efectos de participar de dichos eventos, resulta necesario designar a la persona que concurrirá en representación del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por el Expediente mencionado en el Visto, se solicitó la autorización del viaje del señor Roberto Damián Klopsch, D.N.I. Nº 32.636.278, Gerente Operativo de Mercados Nacionales y Regionales, de la Dirección General Promoción Turística del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, debiendo asignar los viáticos correspondientes estipulados por el Decreto Nº 477/11; Que la Subsecretaría de Relaciones Internacionales e Institucionales prestó conformidad para la realización del viaje en cuestión; Que en virtud de lo expuesto, se ha realizado la reserva presupuestaria pertinente mediante la solicitud de entrega de fondos correspondiente por la suma total de PESOS ONCE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 62/100 ($11.455,62) contra los créditos del presente ejercicio; Que la Gerencia Operativa de Asuntos Legales, ha tomado la intervención de su competencia, mediante la emisión de Dictamen N° 23002189/DGTALET/17; Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por artículo 11º, inciso k) de la Ley Nº 2.627.

EL PRESIDENTE DEL ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 129

Artículo 1º.- Autorízase el desplazamiento del señor Roberto Damián Klopsch, D.N.I.

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Nº 32.636.278, Gerente Operativo de Mercados Nacionales y Regionales, de la Dirección General Promoción Turística del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para participar del Workshop organizado por el Instituto Nacional de Promoción Turística - Inprotur y la "Feria FITPAR" a realizarse en la ciudad de Asunción, República del Paraguay, entre los días 12 al 15 de octubre de 2017, ocasionando gastos entre los días 11 al 16 de octubre de 2017, inclusive; Artículo 2º.- Entréguese a favor de la Dirección General Promoción Turística del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los términos del Decreto Nº 477/11, correspondiendo la suma de PESOS ONCE MIL CUATROCIENTOS

CINCUENTA Y CINCO CON 62/100 ($11.455,62) en concepto de viáticos, contra los créditos del presente ejercicio. Artículo 3°.- Remítase a la Dirección General de Contaduría, a los efectos de depositar la suma detallada en el Artículo 2º de la presente, al Beneficiario N° 2.105, Cuenta Corriente del Banco de la Ciudad de Buenos Aires Nº 20.244/4 Sucursal Nº 52. Artículo 4º.- Desígnase a la persona autorizada a viajar en el artículo 1º de la presente Resolución, como responsable de la administración y rendición de los fondos que se le entreguen de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2º de la presente. Artículo 5º.- La cobertura de alojamiento y pasajes de la persona autorizada, se gestionará bajo el procedimiento previsto en el Decreto Nº 477/11 y al amparo de lo establecido en la operatoria instrumentada a través de la Licitación Pública N° 623-1390-LPU16, aprobada por Resolución N° 782/MHGC/17 y de la Guía de Uso del Convenio Marco de Compras aprobada por Disposición N° 246/DGCYC/17. Artículo 6º.- El gasto que involucre el cumplimiento de la presente medida, deberá ser imputado contra los créditos asignados al Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el actual ejercicio. Artículo 7º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Promoción Turística del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Contaduría, dependiente del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Robredo

RESOLUCIÓN N.° 169/ENTUR/17

Buenos Aires, 6 de octubre de 2017 VISTO: Las Leyes Nros. 2.627 y su modificatoria, 5.460 y 5.724, el Decreto N° 680/16, el Expediente Electrónico N° 21.400.164/ENTUR/17, y CONSIDERANDO: Que por Ley Nº 2.627 y su modificatoria, se creó el Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Ley Nº 5.460, se aprobó la nueva Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose al Ente de Turismo en la órbita del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, en virtud de lo dispuesto por el artículo 38 de la citada norma, modificatorio del artículo 1º de la Ley Nº 2.627 de creación del Ente;

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Que mediante Ley Nº 5.724 se aprobó el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio 2017; Que, mediante Decreto Nº 680/16, se aprobaron las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio 2017; Que el Capítulo IX de dicha normativa estipula los niveles de aprobación de las modificaciones de los créditos presupuestarios; Que el apartado II del artículo 38 del citado capítulo determina la competencia del Ministro del Área o de la Máxima Autoridad de la Jurisdicción o Entidad para aprobar las modificaciones de créditos presupuestarios; Que la Subgerencia Operativa de Presupuesto y Control de Gastos del Ente de Turismo, ha ingresado en el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera la modificación requerida, bajo el Requerimiento Nº 6061-SIGAF-2017, el cual fue comunicado a la Oficina de la Gestión Pública y Presupuesto según la intervención de su competencia; Que la presente adecuación presupuestaria se fundamenta en la necesidad de optimizar la ejecución presupuestaria del ejercicio en curso y no modifica metas; Que la Subgerencia Operativa de Asuntos Legales ha tomado la debida intervención que resulta de su competencia, mediante la emisión del Dictamen N° IF 23009511-DGTALET/17; Por ello, en uso de las facultades contempladas en el Decreto Nº 680/16;

EL PRESIDENTE DEL ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébase la modificación presupuestaria ingresada al Sistema de Gestión y Administración Financiera (SIGAF) bajo Requerimiento Nº 6061-SIGAF-

2017, el que como Anexo IF N° 22939614-DGTALET/17, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Robredo

RESOLUCIÓN N.° 170/ENTUR/17

Buenos Aires, 6 de octubre de 2017 VISTO: Las Leyes Nros. 2.627 y su modificatoria, 5.460 y 5.724, el Decreto N° 680/16, el Expediente Electrónico N° 22.000.968/ENTUR/17, y

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 131

ANEXO

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Que por Ley Nº 2.627 y su modificatoria, se creó el Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Ley Nº 5.460, se aprobó la nueva Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose al Ente de Turismo en la órbita del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, en virtud de lo dispuesto por el artículo 38 de la citada norma, modificatorio del artículo 1º de la Ley Nº 2.627 de creación del Ente; Que mediante Ley Nº 5.724 se aprobó el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio 2017; Que, mediante Decreto Nº 680/16, se aprobaron las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio 2017; Que el Capítulo IX de dicha normativa estipula los niveles de aprobación de las modificaciones de los créditos presupuestarios; Que el apartado II del artículo 38 del citado capítulo determina la competencia del Ministro del Área o de la Máxima Autoridad de la Jurisdicción o Entidad para aprobar las modificaciones de créditos presupuestarios; Que la Subgerencia Operativa de Presupuesto y Control de Gastos del Ente de Turismo ha ingresado en el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera la modificación requerida, bajo el Requerimiento Nº 6747-SIGAF-2017, el cual fue comunicado a la Oficina de la Gestión Pública y Presupuesto según la intervención de su competencia; Que la presente adecuación presupuestaria se fundamenta en la necesidad de optimizar la ejecución presupuestaria del ejercicio en curso y no modifica metas; Que la Subgerencia Operativa de Asuntos Legales ha tomado la debida intervención que resulta de su competencia, mediante la emisión del Dictamen N° IF 23012263-DGTALET/17; Por ello, en uso de las facultades contempladas en el Decreto Nº 680/16;

EL PRESIDENTE DEL ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébase la modificación presupuestaria ingresada al Sistema de Gestión y Administración Financiera (SIGAF) bajo Requerimiento Nº 6747-SIGAF-

2017, el que como Anexo IF N° 22897519-DGTALET/17, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Robredo

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 132

CONSIDERANDO:

ANEXO

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RESOLUCIÓN N.° 171/ENTUR/17

Buenos Aires, 6 de octubre de 2017 VISTO: Las Leyes Nros. 2.627, su modificatoria, y 5.460, el Decreto N° 363/15, el Expediente Electrónico Nº 22.384.739/ENTUR/2017, y, CONSIDERANDO: Que por Ley Nº 2.627 y su modificatoria, se creó el Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Ley N° 5.460 se aprobó la nueva Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose al Ente de Turismo en la órbita del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, en virtud de lo dispuesto por el artículo 38 de la citada norma, modificatorio del art. 1º de la Ley Nº 2.627 de creación del Ente; Que el Decreto N° 363/15, en su Artículo 7º, instituyó, a partir del 10 de diciembre de 2015, el Régimen Modular de las Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores de este Gobierno; Que por el Expediente citado en el Visto, tramita la ratificación de las Sras. María Laura Bruzoni, D.N.I. N° 25.826.590, CUIL 23-25826590-4 y Manal Badr, D.N.I. N° 92.681.881, CUIL 27-92681881-9 y la designación de la Srita. María Dolores Voget, D.N.I. N° 34.682.528, CUIL 27-34682528-1 como personal de Planta de Gabinete de la Presidencia del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a partir del 2 de septiembre de 2017; Que la Gerencia Operativa de Asuntos Legales ha tomado la intervención de su competencia, mediante la emisión del Dictamen Nº 22557946-DGTALET/17; Por ello, en uso de las facultades otorgadas por la Ley N° 2.627,

EL PRESIDENTE DEL ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE: Artículo 1º.- Ratifícase, a partir del 2 de septiembre de 2017, a la Sra. María Laura Bruzoni, D.N.I. N° 25.826.590, CUIL 23-25826590-4 como personal de Planta de Gabinete de la Presidencia del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con doce mil (12.000) Unidades Retributivas Mensuales, en las condiciones establecidas por el artículo 7º del Decreto Nº 363/15. Artículo 2º.- Ratifícase, a partir del 2 de septiembre de 2017, a la Sra. Manal Badr, D.N.I. N° 92.681.881, CUIL 27-92681881-9 como personal de Planta de Gabinete de la Presidencia del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con ocho mil quinientas (8.500) Unidades Retributivas Mensuales, en las condiciones establecidas por el artículo 7º del Decreto Nº 363/15. Artículo 3º.- Desígnase, a partir del 2 de septiembre de 2017, a la Srita. María Dolores Voget, D.N.I. N° 34.682.528, CUIL 27-34682528-1 como personal de Planta de

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Gabinete de la Presidencia del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con tres mil cuatrocientos (3.400) Unidades Retributivas Mensuales, en las condiciones establecidas por el artículo 7º del Decreto Nº 363/15. Artículo 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Robredo

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Ministerio de Ambiente y Espacio Público

RESOLUCIÓN N.° 1642/MAYEPGC/17

Buenos Aires, 4 de octubre de 2017 VISTO: La Ley Nº 5460 (TO Ley N° 5.666), su Decreto Reglamentario N° 363/15 y modificatorio, el Decreto N° 3468/90 y 735/10, la Resolución Nº 1298-MAYEPGC-10, el Expediente Electrónico Nº 22415776-MGEYA-UPEJOL/17, y; CONSIDERANDO: Que por Ley Nº 5460 se establecieron los Ministerios del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre ellos, el Ministerio de Ambiente y Espacio Público; Que por Decreto Nº 363/15 y modificatorios se estableció la estructura orgánico funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General; Que por Decreto N° 3468/90 se dejó establecida la prohibición de instalar construcciones, estructuras de cualquier índole, carpas, quioscos y cualquier otra edificación en la Plaza de la República, exceptuando aquellas instalaciones autorizadas por ley, decreto del Poder Ejecutivo Nacional u ordenanza y las que autorizare el Departamento Ejecutivo mediante Decreto; Que de acuerdo a lo antedicho, mediante Decreto N° 735/10 se modificó el artículo 2° del Decreto N° 3.468/90 estableciendo que corresponde a este Ministerio autorizar la colocación de instalaciones en la Plaza de la República como excepción a la prohibición mencionada precedentemente; Que por Resolución Nº 1298-MAYEPGC/10 se aprobó el procedimiento administrativo que deberá llevarse a cabo para tramitar las solicitudes de uso de la Plaza de la República que tramiten en el ámbito de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público, en el marco de lo dispuesto en el artículo 2° del Decreto N°3468/90; Que, por el expediente citado en el Visto, la Sra. Jimena Manzanares en carácter de Directora General de la Unidad de Coordinación Legal e Institucional UPEJOL, solicita la autorización para el uso temporario y revocable de la Plaza de la República, a los fines de llevar a cabo la instalación y el emplazamiento de los "Anillos Olímpicos Buenos Aires 2018" en el marco de los "Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018"; Que dicha autorización implicará el uso de la Plaza de la República desde el día 30 de Septiembre de 2017 y hasta el día 31 de Octubre del 2018; Que, de acuerdo a la memoria descriptiva incorporada a los actuados, los anillos se develarán al momento exacto en el que falte un año para que inicie la celebración de Buenos Aires 2018. Los anillos se encuentran fuertemente asociados al Movimiento Olímpico y todas las ediciones de los Juegos que se han realizado en la historia; Que con el fin de llevar a cabo dicha instalación montarán una estructura de aluminio de 6.00 metros x 2.70 metros; Que el desarrollo del mencionado evento será responsabilidad del solicitante, debiendo arbitrar los medios necesarios para evitar la producción de daños y que, en caso de que eventualmente se produzcan, asumirá la responsabilidad que aquel insuma;

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Que a los fines mencionados en el considerando anterior, el permisionario adoptará en el espacio público referido las necesarias medidas de seguridad para personas o cosas, asumiendo la responsabilidad por los eventuales daños a terceros o a la estructura vial en caso de practicar actos que impliquen riesgos por sí o a través de la contratación de la correspondiente póliza de seguros; Que el predio permisionado deberá ser restituido en óptimas condiciones de limpieza; Que el presente permiso no autoriza a realizar el corte de calles ni a estacionar libremente, debiendo en caso de ser necesario, tramitar dicha solicitud ante la autoridad correspondiente; Que queda expresamente prohibido el despacho de alimentos y bebidas en general, como así también la venta de bebidas alcohólicas y la reventa de productos comerciales, artesanales y/o industriales en los espacios públicos cedidos para su uso. Por ello, en uso de las facultades establecidas en el Decreto N° 3468/90,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO RESUELVE

Artículo 1º.- Autorízase a la Unidad de Coordinación Legal e Institucional UPEJOL, el uso temporario y revocable de la Plaza de la República desde el día 30 de Septiembre de 2017 y hasta el día 31 de Octubre del 2018 (contemplando armado y desarme), a los fines de llevar a cabo la instalación y el emplazamiento de los "Anillos Olímpicos Buenos Aires 2018" en el marco de los "Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018". Artículo 2º.- El solicitante deberá cumplimentar con las obligaciones detalladas en el Acta Compromiso que deberá suscribir ante la Dirección General de Ordenamiento del Espacio Público, como condición ineludible de su realización, por medio de la cual el solicitante asuma el carácter de garante del espacio solicitado, el que deberá ser restituido el día y la hora fijados, desmantelado, limpio y sin daños. Artículo 3º.- La Dirección General de Fiscalización del Espacio Público, en el marco de sus competencias, dispondrá el control del correcto ejercicio del permiso otorgado. Artículo 4º.- Quedan totalmente prohibidas tanto la ocupación de zonas parquizadas y/o espacios verdes como obstrucción de rampas de acceso de personas discapacitadas ni la precepción de sumas de dinero alguno por parte de los concurrentes, siendo el evento libre y gratuito conforme a la legislación vigente. Artículo 5º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese al solicitante. Comuníquese a la Subsecretaría de Uso del Espacio Público y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Ordenamiento del Espacio Público. Cumplido archívese. Macchiavelli

RESOLUCIÓN N.° 1643/MAYEPGC/17

Buenos Aires, 4 de octubre de 2017 VISTO: La Ley Nº 5460 (T.C. Ley N° 5.666), su Decreto Reglamentario N° 363/15 y modificatorio, el Decreto N° 3468/90 y 735/10, la Resolución Nº 1298-MAYEPGC-10, el Expediente Electrónico Nº 22416461-MGEYA-UPEJOL/17, y;

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Que por Ley Nº 5460 se establecieron los Ministerios del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre ellos, el Ministerio de Ambiente y Espacio Público; Que por Decreto Nº 363/15 y modificatorios se estableció la estructura orgánico funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General; Que por Decreto N° 3468/90 se dejó establecida la prohibición de instalar construcciones, estructuras de cualquier índole, carpas, quioscos y cualquier otra edificación en la Plaza de la República, exceptuando aquellas instalaciones autorizadas por ley, decreto del Poder Ejecutivo Nacional u ordenanza y las que autorizare el Departamento Ejecutivo mediante Decreto; Que de acuerdo a lo antedicho, mediante Decreto N° 735/10 se modificó el artículo 2° del Decreto N° 3.468/90 estableciendo que corresponde a este Ministerio autorizar la colocación de instalaciones en la Plaza de la República como excepción a la prohibición mencionada precedentemente; Que por Resolución Nº 1298-MAYEPGC/10 se aprobó el procedimiento administrativo que deberá llevarse a cabo para tramitar las solicitudes de uso de la Plaza de la República que tramiten en el ámbito de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público, en el marco de lo dispuesto en el artículo 2° del Decreto N°3468/90; Que, por el expediente citado en el Visto, la Sra. Jimena Manzanares en carácter de Directora General de la Unidad de Coordinación Legal e Institucional UPEJOL, solicita la autorización para el uso temporario y revocable de la Plaza de la República y del Obelisco, a los fines de realizar un evento denominado "Un año para los Juegos" y un mapping sobre el monumento en el marco de la celebración de los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018; Que dicha autorización implicará el uso de la Plaza de la República, desde las 20:00 horas del día 04 de Octubre de 2017 y hasta las 01:00 horas del día 07 de Octubre del corriente año, siendo el evento el día 05 de Octubre de 2017, en el horario de 10:30 a 12:00 horas y el día 06 de Octubre del corriente año, en el horario de 20:00 a 01:00 horas; Que, de acuerdo a la memoria descriptiva incorporada a los actuados, el evento a llevarse a cabo consiste en un acto sobre el inicio de la cuenta regresiva para el comienzo de los Juegos Olimpicos, donde habrá palabras alusivas del Jefe de Gobierno, Horacio Rodríguez Larreta y del Presidente de la Nación, Ing. Mauricio Macri, entre otros, descubrimiento de los anillos, fotos y rueda de prensa; Que con el fin de llevar a cabo dicho evento montarán una tarima de 4.00x2.00x0.40 metros, una tarima de 5.00x4.00 metros en dos niveles, un grupo electrógeno y vallas

de contención. Y para el mapping colocarán una estructura de 2.57x2.57 metros y una carpa de 4.00x4.00 metros; Que el desarrollo del mencionado evento será responsabilidad del solicitante, debiendo arbitrar los medios necesarios para evitar la producción de daños y que, en caso de que eventualmente se produzcan, asumirá la responsabilidad que aquel insuma; Que a los fines mencionados en el considerando anterior, el permisionario adoptará en el espacio público referido las necesarias medidas de seguridad para personas o cosas, asumiendo la responsabilidad por los eventuales daños a terceros o a la estructura vial en caso de practicar actos que impliquen riesgos por sí o a través de la contratación de la correspondiente póliza de seguros; Que el predio permisionado deberá ser restituido en óptimas condiciones de limpieza; Que el presente permiso no autoriza a realizar el corte de calles ni a estacionar libremente, debiendo en caso de ser necesario, tramitar dicha solicitud ante la autoridad correspondiente;

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CONSIDERANDO:

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Que queda expresamente prohibido el despacho de alimentos y bebidas en general, como así también la venta de bebidas alcohólicas y la reventa de productos comerciales, artesanales y/o industriales en los espacios públicos cedidos para su uso. Por ello, en uso de las facultades establecidas por el Decreto N° 735/10,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO RESUELVE

Artículo 1º.- Autorízase a la Unidad de Coordinación Legal e Institucional UPEJOL, el uso temporario y revocable de la Plaza de la República y del Obelisco, desde las 20:00 horas del día 04 de Octubre de 2017 y hasta las 01:00 horas del día 07 de Octubre del corriente año, siendo el evento el día 05 de Octubre de 2017, en el horario de 10:30 a 12:00 horas y el día 06 de Octubre del corriente año, en el horario de 20:00 a 01:00 horas, a los fines de realizar un evento denominado "Un año para los Juegos" y un mapping sobre el monumento en el marco de la celebración de los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018. Artículo 2º.- El solicitante deberá cumplimentar con las obligaciones detalladas en el Acta Compromiso que deberá suscribir ante la Dirección General de Ordenamiento del Espacio Público, como condición ineludible de su realización, por medio de la cual el solicitante asuma el carácter de garante del espacio solicitado, el que deberá ser restituido el día y la hora fijados, desmantelado, limpio y sin daños. Artículo 3º.- La Dirección General de Fiscalización del Espacio Público, en el marco de sus competencias, dispondrá el control del correcto ejercicio del permiso otorgado. Artículo 4º.- Quedan totalmente prohibidas tanto la ocupación de zonas parquizadas y/o espacios verdes como obstrucción de rampas de acceso de personas discapacitadas ni la precepción de sumas de dinero alguno por parte de los concurrentes, siendo el evento libre y gratuito conforme a la legislación vigente. Artículo 5º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese al solicitante. Comuníquese a la Subsecretaría de Uso del Espacio Público y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Ordenamiento del Espacio Público. Cumplido archívese. Macchiavelli

RESOLUCIÓN N.° 1655/MAYEPGC/17

Buenos Aires, 6 de octubre de 2017 VISTO: La Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064, los Decretos Nº 1254-GCBA/08, N° 203-GCBA/16 y N° 606-GCBA/16 y los Expedientes Electrónicos Nº 11044233/EMUI/16 y N° 20584050/MAYEPGC/17; y CONSIDERANDO: Que por Expediente Electrónico N° 20584050/MAYEPGC/17,tramita la Contratación Directa Nº 7513/SIGAF/2017 para las Zonas N° 6, 12 y 15 de la obra "Ejecución, Rehabilitación y Mantenimiento de Aceras de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", al amparo de lo establecido en el inciso f) del Artículo 9 de la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, los Decretos N° 1.254-GCABA/08, y Nº 203-GCABA/16;

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Que por Decreto N° 359-GCABA/2017 se autorizó la referida contratación cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA MIL SEISCIENTOS CUATRO CON 37/100 ($294.390.604,37), siendo el Presupuesto Oficial para la Zona N° 6 de PESOS OCHENTA Y TRES MILLONES CIENTO DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 53/100 ($83.117.497,53); para la Zona N° 12 de PESOS CIENTO TRECE MILLONES QUINIENTOS VEINTICUATRO MIL DOSCIENTOS VEINTISÉIS CON 18/100 ($113.524.226,18) y para la Zona N° 15 de PESOS NOVENTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA CON 66/100 ($97.748.880,66); Que el mentado Decreto estableció que el presente proceso de contratación directa se regirá por los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2016-25573767-EMUI) y de Especificaciones Técnicas (PLIEG-2016-23659156- EMUI) aprobados por el Decreto Nº 606-GCBA/2016; que la rigen al amparo de lo establecido en el inciso f) del Artículo 9 de la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, los Decretos N° 1.254-GCABA/08, y Nº 203- GCBA/16 y que los Pliegos aprobados regirán exclusivamente respecto de las Zonas N° 6, 12 y 15; Que asimismo, se delegó en el Ministro de Ambiente y Espacio Público la facultad de realizar la convocatoria, emitir las circulares con y sin consulta que resulten necesarias, aprobar el procedimiento y adjudicar la contratación, incluyendo la ampliación del total adjudicado, la prórroga del plazo de duración, y la rescisión del contrato suscripto, en caso de corresponder, de conformidad con la normativa aplicable, designar a los firmantes de la contrata, el acta de comienzo de los trabajos y todos los actos que deban dictarse durante el procedimiento de la contratación directa y ejecución del contrato hasta su finalización; Que obra en las actuaciones la afectación presupuestaria correspondiente (IF-2017-22103097-DGTALMAEP); Que en consecuencia, corresponde efectuar el pertinente llamado para la Contratación Directa Nº 7513/SIGAF/2017 para las Zonas N° 6, 12 y 15 de la obra "Ejecución, Rehabilitación y Mantenimiento de Aceras de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";

Que, conforme lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley Nacional N° 13.064, la presente Contratación deberá anunciarse en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio de internet de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 3° del Decreto N° 359-GCABA/2017,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO RESUELVE

Artículo 1º.-Convócase a Contratación Directa Nº 7513/SIGAF/2017 para las Zonas N° 6, 12 y 15 de la obra "Ejecución, Rehabilitación y Mantenimiento de Aceras de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", al amparo de lo establecido en el inciso f) del Artículo 9 de la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, los Decretos N° 1.254-GCABA/08, y Nº 203-GCABA/16, cuya apertura del Sobre N° 1 se llevará a cabo el día 20 de octubre de 2017 a las 12 hs., en la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio, sito en la Av. Martin García 346, 3º piso, al amparo de lo establecido en la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064. Artículo 2°.- Publíquese por 3 (tres) días en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con 8 (ocho) días de anticipación. Artículo 3°.-. La presentación de ofertas se realizará en la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones de este Ministerio hasta las 11 horas del día 20 de octubre de 2017.

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Artículo 4º.- Establécese que los Pliegos de Bases y Condiciones aprobados por el artículo 1° de la presente, serán gratuitos y podrán ser consultados en el sitio de internet, http://www.buenosaires.gob.ar/areas/hacienda/compras/consulta/ y retirados en la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, Av. Martin García 346, 3º piso. Artículo 5°.- Desígnase como autoridad de aplicación a la Subsecretaría Vías Peatonales. Artículo 6º.- Facúltase a la Subsecretaría de Vías Peatonales a emitir las Circulares Con y Sin Consulta técnicas que resulten necesarias en este procedimiento, así como toda otra documentación tendiente a lograr la adjudicación de la presente obra, y a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal a emitir las Circulares Con y Sin Consulta de carácter no técnico. Artículo 7º.- Remítanse las invitaciones y publíquese la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires de acuerdo a lo establecido en el artículo 3° de la presente Resolución, en la Cartelera Oficial de la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones y en el sitio de internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires http://www.buenosaires.gob.ar/areas/hacienda/compras/consulta/ Artículo 8º.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Remítase a la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio para la prosecución del trámite licitatorio y comuníquese a la Subsecretaría Vías Peatonales. Macchiavelli

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Jefatura de Gabinete de Ministros -

Ministerio de Hacienda

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 6/MJGGC/17

Buenos Aires, 4 de octubre de 2017 VISTO: La Ley N° 2624 y la Ley N° 5460 (texto consolidado por Ley N° 5666), los Decretos N° 363/GCABA/15 y modificatorios y N° 75/17, la Resolución N° 247/AGC/17 y el Expediente Electrónico Nº 21878428/DGDSCIV/17, y CONSIDERANDO: Que por la Ley Nº 2624 se creó la Agencia Gubernamental de Control (AGC) como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se determinó su organización y competencia, a efectos de controlar, fiscalizar y regular en el marco del ejercicio del poder de policía en lo que respecta a la seguridad, salubridad e higiene alimentaria de los establecimientos públicos y privados, a las habilitaciones de todas aquellas actividades comprendidas en el Código respectivo como así también el otorgamiento de permisos para ciertas actividades y a las obras civiles, públicas y privadas, comprendidas por el Código de la Edificación; Que por el artículo 7° de la mencionada norma se establece que la Agencia será administrada por un Director Ejecutivo con rango de Subsecretario. Que, por la Ley Nº 5.460, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciéndose las responsabilidades primarias de cada una de las unidades de organización y se fijaron las remuneraciones de las autoridades superiores del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Resolución Nº 247/AGC/17 se aprobó la estructura orgánica funcional de la Agencia Gubernamental de Control de la Ciudad de Buenos Aires, estableciéndose las misiones y funciones de las unidades de organización que integran su organigrama; Que mediante Decreto N° 75/17 se creó, el “Suplemento por Función Ejecutiva“, de carácter mensual remunerativo, destinado a determinados cargos de autoridades superiores con rango de Subsecretario o Director General; Que asimismo, por dicho texto normativo se han establecido los parámetros para la asignación de los niveles I y II del "Suplemento por Función Ejecutiva" y se ha delegado en el Ministro de Hacienda y en el Jefe de Gabinete de Ministros la facultad de determinar conjuntamente aquellos cargos que percibirán el suplemento referido y su correspondiente nivel. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo. 5° del Decreto N° 75/17,

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Artículo 1°.- Determínase que las Direcciones Generales Fiscalización y Control y Habilitaciones y Permisos, dependientes de la Dirección Ejecutiva de la Agencia Gubernamental de Control, percibirán, a partir del 01 de septiembre de 2017, el “Suplemento por Función Ejecutiva“ nivel I. Artículo 2°.- Determínase que las Direcciones Generales Higiene y Seguridad Alimentaria y Fiscalización y Control de Obras, dependientes de la Dirección Ejecutiva de la Agencia Gubernamental de Control, percibirán, a partir del 01 de septiembre de 2017, el “Suplemento por Función Ejecutiva“ nivel II. Artículo 3°.- Determínase que la Dirección Ejecutiva de la Agencia Gubernamental de Control percibirá, a partir del 01 de septiembre de 2017, el “Suplemento por Función Ejecutiva“ nivel I. Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a la Dirección General Desarrollo del Servicio Civil del Ministerio de Hacienda y a la Dirección Legal y Técnica de la Agencia Gubernamental de Control de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Mura - Miguel

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EL MINISTRO DE HACIENDA Y EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVEN

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Ministerio de Hacienda - Ministerio de

Hábitat y Desarrollo Humano

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 2304/MHGC/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 VISTO: La Ley Nº 471 (texto consolidado por Ley N° 5666), el Convenio Colectivo de Trabajo, instrumentado por las Resoluciones Nº 2777/MHGC/2010, 2778/MHGC/2010 y 2779/MHGC/2010 y las Actas Nros. 27/2013 y 6/2014 Comisión Paritaria Central instrumentadas por las Resoluciones Nros. 114/MHGC/2014 y 1287/MHGC/2014 respectivamente y el Expediente Electrónico Nº 17451197/MGEYA/DGSD/2017 y CONSIDERANDO: Que en el marco de lo establecido en el Título II de la Ley Nº 471(texto consolidado por Ley N° 5666) de Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se han llevado a cabo negociaciones colectivas entre representantes gremiales y el Gobierno de la Ciudad, en relación a la creación de Plantas Transitorias del personal; Que aquéllas dieron como resultado los acuerdos consagrados en las Actas Nros. 27/2013, instrumentada por la Resolución Nº 114/MHGC/2014, para continuar con el pase a dicha Planta en forma progresiva del personal contratado bajo todas las modalidades existentes en el ámbito del Gobierno de la Ciudad y Acta N° 6/2014, instrumentada por Resolución N° 1287/MHGC/2014, por la que se establecieron las pautas de aplicación de dicho régimen; Que el artículo 44 de la Ley Nº 471 (texto consolidado por Ley N° 5666) y artículo 20 del Convenio Colectivo de Trabajo, instrumentado por las Resoluciones Nº 2777/MHGC/2010, 2778/MHGC/2010 y 2779/MHGC/2010, prevén la prestación de servicios de carácter transitorio o eventual, no incluidos en las funciones propias del régimen de carrera y que no puedan ser cubiertos por personal de planta permanente; Que en consecuencia mediante Resolución Conjunta N° 106/MMGC/2015, se incorporó, entre otras personas, al señor Jeremías Lugones, CUIL N° 20-33537519-0, al citado Régimen en la Dirección General de Servicios y Dependencia, de la ex-Subsecretaría de Tercera Edad, del entonces Ministerio de Desarrollo Social; Que según surge de los presentes actuados por Resolución N° 765/MHYDHGC/2017, se dispuso aceptar a partir del 8 de mayo de 2017, su renuncia; Que la citada Dirección General, dependiente del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, manifiesta que resulta necesario incorporar en su reemplazo a la señora Andrea Paola Cavalcanti, CUIL N° 27-23425310-2, quien revistaba bajo la modalidad contractual de Locación de Servicios, al régimen de prestación de servicios que prevén las normas citadas anteriormente, con el objeto de lograr mayor eficacia en el cumplimiento de las funciones asignadas; Que resulta necesario sancionar una norma que permita su incorporación a la Planta en cuestión, cuyo mecanismo de ingreso, egreso y percepción de haberes sea dinámico y eficiente; Que la Dirección General de Planificación y Control Operativo, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda, ha tomado su debida intervención;

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Que conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, conforme la Ley N° 5460 (texto consolidado Ley N° 5666) y las facultades conferidas por Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios

LA MINISTRA DE HÁBITAT Y DESARROLLO HUMANO Y EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVEN Artículo 1°.- Establécese que a partir del 1° de agosto de 2017, la señora Andrea Paola Cavalcanti, CUIL N° 27-23425310-2, que revistaba bajo la Modalidad Contractual de Locación de Servicios, queda comprendido en los términos del artículo 44 de la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 5666) y el artículo 20 del Convenio Colectivo de Trabajo, instrumentado por las Resoluciones Nros. 2777/MHGC/2010, 2778/MHGC/2010 y 2779/MHGC/2010, en la partida 4530.0000, de la Dirección General de Servicios y Dependencia, de la Secretaría de Tercera Edad, dependiente del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, con un salario bruto de $ 15.236,00. Artículo 2°.- El personal comprendido en lo dispuesto por el Artículo 1 de la presente Resolución, deberá presentar dentro de un plazo de (60) días a contar a partir de la fecha en que se origina la misma, Aptitud Médica y Reincidencia, a fin de dar cumplimiento a las condiciones de ingreso, conforme lo prescripto por la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 5666). Vencido el plazo sin que se hubiere cumplimentado lo requerido, será dado de baja en forma automática. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Servicios y Dependencia, de la Secretaría de Tercera Edad, a la Gerencia Operativa de Gestión de Recursos Humanos de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, jurisdicciones dependientes del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano y a la Dirección General de Administración y Liquidacion de Haberes, de la Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Tagliaferri - Mura

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Ministerio de Hacienda - Ministerio de Salud

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 2303/MHGC/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 VISTO: La Ordenanza N° 36432 (texto consolidado por Ley N° 5666), modificada por Ley N° 5774 y el Expediente Electrónico Nº 20018093/MGEYA-DGDIYDP/2017, y CONSIDERANDO: Que, según surge de los presentes actuados, la Dirección General Docencia, Investigación y Desarrollo Profesional de la Subsecretaría de Planificación Sanitaria peticiona designar con carácter interino al señor Omar Enrique Fernández, CUIL 20-27701974-5, como Instructor Técnico, en la Carrera de Técnicos en Esterilización, en el Instituto Superior de Tecnicaturas para la Salud, dependiente del Ministerio de Salud; Que, a tal efecto, es oportuno dictar un acto administrativo de acuerdo a lo dispuesto por el Estatuto del Docente Municipal para Áreas de Enseñanza Específica, aprobado por Ordenanza N° 36432 (texto consolidado por Ley N° 5666) y modificada por Ley N° 5774; Que, atento a lo expuesto, resulta necesario acceder a lo requerido; Que es de hacer notar que la Dirección General de Planificación y Control Operativo, del Ministerio de Hacienda, ha tomado la debida intervención en lo que respecta a su competencia. Por ello, conforme la Ley N° 5460 (texto consolidado por Ley N° 5666) y los términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios,

LA MINISTRA DE SALUD Y EL MINISTRO DE HACIENDA RESUELVEN

Artículo 1°.- Designar con carácter interino al señor Omar Enrique Fernández, CUIL 20-27701974-5, como Instructor Técnico, de la Carrera de Técnicos en Esterilización, en el Instituto Superior de Tecnicaturas para la Salud, dependiente del Ministerio de Salud, partida 4001.0043.0481, de acuerdo a lo dispuesto por el Estatuto del Docente Municipal para Áreas de Enseñanza Específica aprobado por Ordenanza N° 36432 (texto consolidado por Ley N° 5666) y modificada por Ley N° 5774. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Docencia, Investigación y Desarrollo Profesional del Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Asuntos Legales de Recursos Humanos (Área Proyectos de Normas), de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, dependiente de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 2305/MHGC/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 VISTO: La Ley N° 2155 (texto consolidado por Ley N° 5666), el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el Expediente Electrónico N° 19284907/2017 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Niños "Dr. Ricardo Gutiérrez", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 298/HGNRG/2017, designó con carácter interino, a la Dra. Andrea Fabiola Avila Pineda, D.N.I. 18.877.409, CUIL. 27-18877409-7, como Médico de Planta Asistente (Oftalmología) con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 (texto consolidado por Ley N° 5666) y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006, y modificatorias. Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 5666), ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE HACIENDA RESUELVEN

Artículo 1°.- Convalídase en todos sus términos lo dispuesto por Disposición N° 298/HGNRG/2017. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Asuntos Legales de Recursos Humanos (Area Proyectos de Normas) dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 2306/MHGC/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 VISTO: La Ley N° 2155 (texto consolidado por Ley N° 5666), el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el Expediente Electrónico N° 16551732/2017 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. Juan A. Fernández", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 715/HGAJAF/2017, designó con carácter interino al Dr. Ricardo Mario Heguilen, D.N.I. 11.994.618, CUIL. 20-11994618-3, como Jefe Sección Diálisis, con 40 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 (texto consolidado por Ley N° 5666) y Resolución N° 375/SSySHyF/2006 y modificatorias, reteniendo sin percepción de haberes el cargo de Médico de Planta Consultor Principal, titular, del citado Hospital; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 5666), ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE HACIENDA RESUELVEN

Artículo 1°.- Convalídase en todos sus términos lo dispuesto por Disposición N° 715/HGAJAF/2017; Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Asuntos Legales de Recursos Humanos (Área Proyectos de Normas), dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 2307/MHGC/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 VISTO: La Ley N° 2155 (texto consolidado por Ley N° 5666), el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el Expediente Electrónico N° 17148492/2017 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. Cosme Argerich", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 398/HGACA/2017, designó con carácter interino al Dr. Lionel Federico Wachs, D.N.I. 32.395.045, CUIL. 20-32395045-9, como Médico de Planta Asistente (Clínica Médica), con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 (texto consolidado por Ley N° 5666) y Resolución N° 375/SSySHyF/2006 y modificatorias; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 5666), ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE HACIENDA RESUELVEN

Artículo 1°.- Convalídase en todos sus términos lo dispuesto por Disposición N° 398/HGACA/2017; Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Asuntos Legales de Recursos Humanos (Área Proyectos de Normas), dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 2308/MHGC/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 VISTO: La Ley N° 2155 (texto consolidado por Ley N° 5666), el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el Expediente Electrónico N° 18309086/2017 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. Ignacio Pirovano", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 701/HGAIP/2017, designó con carácter interino, a la Dra. Ana Silvia Yastremiz, D.N.I. 30.394.499, CUIL. 27-30394499-6, como Médica de Planta Asistente Especialista en Clínica Médica con Orientación en Cuidados Paliativos, con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 (texto consolidado por Ley N° 5666) y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias. Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 5666), ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE HACIENDA RESUELVEN

Artículo 1°.- Convalídase en todos sus términos lo dispuesto por Disposición N° 701/HGAIP/2017. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Asuntos Legales de Recursos Humanos (Area Proyectos de Normas) dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 2310/MHGC/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 VISTO: La Ley N° 2155 (texto consolidado por Ley N° 5666), el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el Expediente Electrónico N° 11432076/2017 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital "Bernardino Rivadavia", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 396/HBR/2017, designó con carácter interino, al Dr. Demian Eloy Cobelo, D.N.I. 33.863.290, CUIL. 20-33863290-9, como Especialista en la Guardia Médica Asistente (Anestesiología), con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 (texto consolidado por Ley N° 5666) y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006, y modificatorias, correspondiéndole percibir el Suplemento por "Area de Urgencia" (código 051) y el Suplemento por " Función Crítica", cesando como Especialista en la Guardia Médico Suplente, ambos cargos en el citado Hospital. Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 5666), ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE HACIENDA RESUELVEN

Artículo 1°.- Convalídase en todos sus términos lo dispuesto por Disposición N° 396/HBR/2017. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Asuntos Legales de Recursos Humanos (Area Proyectos de Normas) dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la

Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 2311/MHGC/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 VISTO: La Ley N° 2155 (texto consolidado por Ley N° 5666), el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el Expediente Electrónico N° 16304961/2017 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital Infanto Juvenil “Dra. Carolina Tobar García“, del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 64/HIJCTG/2017, designó con carácter interino, a la Lic. Vanesa Verónica Aban, D.N.I. 29.248.849, CUIL. 27-29248849-7, como Trabajadora Social de Planta Asistente Adjunta, con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 (texto consolidado por Ley N° 5666) y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 5666), ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE HACIENDA RESUELVEN

Artículo 1°.- Convalídase en todos sus términos lo dispuesto por Disposición N° 64/HIJCTG/2017. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Asuntos Legales de Recursos Humanos (Área Proyectos de Normas) dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 2312/MHGC/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 VISTO: La Ley N° 2155 (texto consolidado por Ley N° 5666), el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el Expediente Electrónico N° 24996595/2016 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. Juan A. Fernández“, del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 878/HGAJAF/2016, designó con carácter interino, a la Dra. Agostina Mariel Avallone, DNI. 32.371.365, CUIL. 27-32371365-6, como Profesional Médico de Guardia Asistente Adjunto, con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 (texto consolidado por Ley N° 5666) y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias, correspondiéndole percibir el suplemento por "Area de Urgencia" (código 051). Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 5666), ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE HACIENDA RESUELVEN

Artículo 1°.- Convalídase en todos sus términos lo dispuesto por Disposición N° 878/HGAJAF/2016. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Asuntos Legales de Recursos Humanos (Area Proyectos de Normas), dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 2313/MHGC/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 VISTO: La Ley N° 2155 (texto consolidado por Ley N° 5666), el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el Expediente Electrónico N° 17772265/2017 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. Carlos G. Durand", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 428/HGACD/2017, designó con carácter interino al Dr. Guillermo Julián Randazzo, D.N.I. 28.911.739, CUIL. 20-28911739-4, como Médico de Planta Asistente especialista en Otorrinolaringología, con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 (texto consolidado por Ley N° 5666) y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias, cesa como Médico de Planta Especialista en Otorrinolaringología, reemplazante, del citado Hospital; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 5666), ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE HACIENDA RESUELVEN

Artículo 1°.- Convalídase en todos sus términos lo dispuesto por Disposición N° 428/HGACD/2017. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Asuntos Legales de Recursos Humanos (Área Proyectos de Normas), de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 2314/MHGC/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 VISTO: La Ley N° 2155 (texto consolidado por N° 5.666), el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el Expediente Electrónico N° 11818743/2017 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital Neuropsiquiátrico "Dr. José T. Borda", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 141/HNJTB/2017, designó con carácter interino al Dr. Hernán Alberto De Arriba, D.N.I. 28.694.628, CUIL. 20-28694628-4, como Jefe de Sección Asistencial N° 17, con 40 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y Resolución N° 375/SSySHyF/2006 y modificatorias, reteniendo sin percepción de haberes el cargo de Médico de Planta Asistente, del citado Hospital. Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 5.666), ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE HACIENDA RESUELVEN

Artículo 1°.- Convalídase en todos sus términos lo dispuesto por Disposición N° 141/HNJTB/2017. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Asuntos Legales de Recursos Humanos (Área Proyectos de Normas), de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 2315/MHGC/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 VISTO: La Ley N° 2155 (texto consolidado por Ley N° 5.666), el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el Expediente Electrónico N° 11382943/2017 (DGAYDRH) y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital de Quemados, del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 103/HQ/2017, designó con carácter interino al Dr. Pablo Andrés González, DNI. 24.229.597, CUIL. 20-24229597-9, como Médico de Planta de Hospital Adjunto (Cirugía Plástica y Reparadora), con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 (texto consolidado por Ley 5.666) y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias, reteniendo sin percepción de haberes el cargo de Profesional de Guardia Médico, del Hospital General de Agudos "Dr. Abel Zubizarreta", dependiente del Ministerio de Salud; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 5.666), ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto 363/2015 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE HACIENDA RESUELVEN

Artículo 1º.- Convalídase en todos sus términos lo dispuesto por Disposición N° 103/HQ/2017. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, y a la Gerencia Operativa Asuntos Legales de Recursos Humanos (Área Proyectos de Normas), dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la

Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

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Disposición Vicejefatura de Gobierno

DISPOSICIÓN N.° 34/DGDGAS/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 VISTO: La Ley Nº 2.095 (texto consolidado por la Ley Nº 5.666), el Decreto Reglamentario N° 326/17, la Disposición N° 396-DGCYC/14, el Expediente Electrónico N° 13883862-DGCYC/17, y CONSIDERANDO: Que mediante el actuado citado en el Visto, tramita la Contratación Directa por Exclusividad N° 7728-SIGAF/17, mediante el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF), cuyo objeto es la contratación del "Servicio de Consultoría Profesional para la Elaboración de un Plan de Sostenibilidad para los Centros de Abastecimientos Municipal y un Polo Gastronómico en el Barrio 31", al amparo de lo establecido en el inciso 5 del artículo 28 de la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 5666) y su Decreto Reglamentario N° 326/17, con destino a la Dirección General de Desarrollo Gastronómico de la Subsecretaría de Bienestar Ciudadano dependiente de la Secretaria de Desarrollo Ciudadano de la Vicejefatura de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que en primer lugar corresponde poner de resalto que la contratación del servicio que nos ocupa tiene como objetivo el desarrollo de una consultoría que incluya la proyección de un plan estratégico de sostenibilidad, modernización y dinamización de los Centros de Abastecimiento Municipal y la elaboración de un Informe sobre la factibilidad y proyección del funcionamiento de un Polo Comercial dentro del Barrio 31, a fin de generar un posicionamiento en conjunto entre los tres (3) centros comerciales que actualmente se encuentran en funcionamiento; Que por la Disposición N° 396-DGCYC/14, se aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para la contratación de bienes y servicios; Que asimismo, resulta menester destacar que la presente contratación se encuadra en el inciso 5 del artículo 28 de la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y su Decreto Reglamentario N° 326/17, por cuanto se trata de un servicio que deberá ser prestado exclusivamente por una determinada persona, en virtud de no existir sustitutos convenientes, atento lo manifestado por esta Dirección General de Desarrollo Gastronómico mediante Informe N° 22395219-DGDGAS/17; Que por otra parte, a través de la Nota N° 12031585-DGDGAS/17 esta Dirección General solicitó que se otorgue la excepción contemplada en la Disposición N° 372-DGCYC/2013 respecto de la obligatoriedad prevista en el artículo 1° de la Resolución N° 424-MHGC/2013 de tramitar las compras y contrataciones por el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (BAC), atento que la persona humana a contratar no presenta sucursales en el país, por lo que no se encuentra constituida en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUUP); Que en ese marco, la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Vicejefatura de Gobierno, mediante las Notas Nros. 12462779-DGTALAVJG/17 y 13876071-DGTALAVJG/17 solicitó a la Dirección General Compras y Contrataciones

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dependiente del Ministerio de Hacienda, la excepción de contratación por el sistema Buenos Aires Compras (BAC) en virtud de lo manifestado ut supra; Que, en este sentido, mediante Informe N° 13941021-DGCYC/17 la mencionada Dirección General Compras y Contrataciones expresó que atento el tenor del requerimiento efectuado y analizados sus fundamentos, los mismos resultan atendibles resultando procedente dar curso a la excepción solicitada y a la habilitación del Sistema Integrado de Administración Financiera (SIGAF), encuadrando asimismo la presente contratación en el inciso 5 del artículo 28 de la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y su Decreto Reglamentario N° 326/17; Que en este contexto, esta Dirección General de Desarrollo Gastronómico procedió a la elaboración del proyecto de Pliego de Bases y Condiciones Particulares, y a su vez confeccionó el Pliego de Especificaciones Técnicas que habrán de regir la presente contratación en su carácter de órgano técnico; Que el Presupuesto Oficial para la contratación del servicio que nos ocupa, asciende a la suma de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL ($ 2.400.000); Que atento a lo expuesto, corresponde el dictado del presente acto administrativo. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Anexo I del Decreto N° 326/17,

EL DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO GASTRONÓMICO DISPONE

Artículo 1°.- Apruébanse los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas para la contratación del "Servicio de Consultoría Profesional para la Elaboración de un Plan de Sostenibilidad para los Centros de Abastecimientos Municipal y un Polo Gastronómico en el Barrio 31", con destino a la Dirección General de Desarrollo Gastronómico de la Subsecretaría de Bienestar Ciudadano dependiente de la Secretaria de Desarrollo Ciudadano de la Vicejefatura de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los que como Anexos I y II (PLIEG N° 22893264-DGDGAS/17 e IF N° 22395215-DGDGAS/17), se agregan y forman parte integrante de la presente Disposición, al amparo de lo establecido en el inciso 5 del artículo 28 de la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 5666) y su Decreto Reglamentario N° 326/17, fijándose como presupuesto oficial para la aludida contratación la suma de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL ($ 2.400.000.-). Artículo 2°.- Llámase a Contratación Directa por Exclusividad N° 7728-SIGAF/17 mediante el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF), fijándose como fecha de apertura el día 13 de agosto de 2017 a las 12:00 horas, a realizarse en la Subgerencia Operativa Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Vicejefatura de Gobierno, sita en Avenida Rivadavia 611, piso 10°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 3°.- Comunícase a la Unidad Operativa de de Adquisiciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal con motivo de remitir la invitación de rigor a la persona humana Matilde Olivero (RUC N° 215389530019), a la casilla de correo electrónico [email protected], de acuerdo a lo establecido en el apartado d) del inciso 5 del artículo 28 del la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y su Decreto Reglamentario N° 326/17. Artículo 4°.- Publíquese la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el sitio de internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y exhíbase copia en la Cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones de la

Vicejefatura de Gobierno. Cumplido, remítase a la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal en prosecución del trámite. Villar Sánchez

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ANEXO

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DISPOSICIÓN N.° 35/DGDGAS/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 VISTO: La Ley Nº 2.095 (texto consolidado por la Ley Nº 5.666), el Decreto Reglamentario N° 326/17, la Disposición N° 34-DGDGAS/17, el Expediente Electrónico N° 13883862-DGCYC/17, y CONSIDERANDO: Que por la Disposición mencionada en el visto se aprobaron los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas para la contratación del "Servicio de Consultoría Profesional para la Elaboración de un Plan de Sostenibilidad para los Centros de Abastecimientos Municipal y un Polo Gastronómico en el Barrio 31", con destino a esta Dirección General de Desarrollo Gastronómico de la Subsecretaría de Bienestar Ciudadano dependiente de la Secretaria de Desarrollo Ciudadano de la Vicejefatura de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se dispuso el llamado a Contratación Directa por Exclusividad N° 7728-SIGAF/17, al amparo de lo establecido en el inciso 5 del artículo 28 de la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 5666) y su Decreto Reglamentario N° 326/17; Que sin embargo, se deslizó un error material involuntario en la consignación de la fecha de apertura de la presente contratación; Que en atención a que el artículo 120 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Decreto Nº 1510/97 (B.O.C.B.A. Nº 310) dispone la rectificación de errores materiales en cualquier momento materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión; Que atento a lo expuesto, corresponde el dictado del presente acto administrativo. Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1510/97 (texto consolidado por Ley N° 5.666),

EL DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO GASTRONÓMICO DISPONE

Artículo 1º.- Rectifíquese el artículo 2º de la Disposición N° 34-DGDGAS/17 el que quedará redactado del siguiente modo: Artículo 2°.- "Llámase a Contratación Directa por Exclusividad N° 7728-SIGAF/17 mediante el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF), fijándose como fecha de apertura de ofertas el día 13 de octubre de 2017 a las 12:00 horas, a realizarse en la Subgerencia Operativa Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Vicejefatura de Gobierno, sita en Avenida Rivadavia 611, piso 10°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires". Artículo 2º.- Publíquese la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el sitio de internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y exhíbase copia en la Cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Vicejefatura de Gobierno. Cumplido, remítase a la Unidad Operativa de Adquisiciones

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de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal en prosecución del trámite. Villar Sánchez

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Jefatura de Gabinete de Ministros

DISPOSICIÓN N.° 53/ISC/17

Buenos Aires, 29 de septiembre de 2017 VISTO: El Decreto Nº 680/16, el Expediente N° 22.093.039-MGEYA-DGTALMJG/17, y CONSIDERANDO: Que, por la citada actuación, tramita una modificación presupuestaria entre partidas del Inciso 3- Servicios no Personales, del presupuesto asignado a la Unidad Ejecutora 608- Instituto Superior de la Carrera Administrativa; Que, dicha modificación, responde a necesidades presupuestarias de la mencionada unidad ejecutora, para las cuales la Partida Principal 3.5- Servicios Especializados, Comerciales y Financieros, del Programa 10-Capacitación del Personal, no cuenta con crédito suficiente; Que, a tal fin, se propone incrementar la partida citada anteriormente por compensación con el crédito asignado al mismo programa, pero de las Partidas Principales 3.3- Mantenimiento, Reparación y Limpieza, y 3.5- Servicios Especializados, Comerciales y Financieros, dado que cuentan con saldo suficiente para ello; Que, en función de lo expuesto, se considera conveniente la adopción de acciones tendientes a dar curso a lo solicitado; Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 680/16 que aprueba las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2017,

LA COORDINADORA GENERAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO SUPERIOR DE LA CARRERA

DISPONE Artículo 1º.- Apruébase la modificación presupuestaria, consistente en la compensación de los créditos asignados al Inciso 3- Servicios no Personales, del Programa 10- Capacitación del Personal, de acuerdo al Comprobante de "Modificaciones y Compensaciones Presupuestarias" que, a todos sus efectos como IF-2017-22312111-DGTALMJG forma parte integrante de la presente. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio Jefatura de Gabinete de Ministros y a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda. Cumplido archívese. Martelli

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ANEXO

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DISPOSICIÓN N.° 4/DGISIS/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 VISTO: El Decreto Nº 67/GCABA/10, el Decreto N° 501/GCABA/12, la Resolución N° 18/GCABA/SECLYT/MHGC/MMGC/MJGGC/12, la Resolución N° 72/ASINF/2017, el Expediente Electrónico N° 03371776-MGEYA-ASINF-2017, y CONSIDERANDO: Que por el Decreto Nº 67/GCABA/10 se aprobó el "Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"; Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 16 del Anexo I del mencionado Decreto, corresponde al titular de la Unidad de Organización receptora de los fondos aprobar los gastos mediante acto administrativo, siendo responsable de la oportunidad, mérito y conveniencia de dichas erogaciones; Que asimismo por el Decreto N° 501/GCABA/12 se aprobó "el Régimen de Asignación de Gastos de Movilidad en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"; Que por medio de la Resolución N° 18/GCABA/SECLYT/MHGC/MMGC/MJGGC/12 se estableció que el procedimiento de solicitud, rendición y devolución de gastos por movilidad deberá tramitar por Expediente Electrónico, conforme lo establecido en el Decreto N° 196/GCABA/11 y el Decreto N° 501/GCABA/2012, utilizando el Módulo “EE“ del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE; Que atento lo previsto en el Anexo I de la de la Resolución mencionada en el acápite anterior, que establece el Procedimiento para el Régimen de Gastos de Movilidad, corresponde aprobar los gastos de movilidad efectuados por la Dirección General de Integración de Sistemas de la Agencia de Sistemas de Información en el 3° (tercer) trimestre del año 2.017 por un importe de PESOS NUEVE MIL con 00/100 ($9.000,00.-); Que bajo Orden N° 60 luce el Anexo Firma Conjunta (IF-22847430-DGISIS-2.017) mediante el cual, el suscripto y la Sra. Vanina Luján, responsable de la administración y rendición de los fondos asignados en concepto de Caja Chica Común, Viáticos y Movilidad de la Dirección General de Integración de Sistemas suscribieron la planilla de resumen trimestral correspondiente a los gastos de movilidad del 3º (tercer) trimestre del año 2017 de esta Dirección General de Integración de Sistemas de la Agencia de Sistemas de Información; Que en este sentido, bajo Orden N° 61 obra el Informe N° 22847433-DGISIS-2017 mediante el cual se solicitó la rendición de los fondos de movilidad correspondientes al 3º (tercer) trimestre del año 2017; Que mediante Resolución 72/ASINF/2017 se ratificó y designo a los nuevos responsables de la administración y rendición de los fondos asignados en concepto de Caja Chica Común, Viáticos y Movilidad de la Dirección General de Integración de Sistemas de esta Agencia de Sistemas de Información; Que de acuerdo con la normativa vigente, corresponde el archivo de la rendición en la Contaduría General (sin intervención del Departamento Responsables).

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Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTEGRACION DE SISTEMAS DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN

DISPONE Artículo 1°.- Apruébanse los gastos de movilidad efectuados por la Dirección General de Integración de Sistemas de la Agencia de Sistemas de Información en el 3º (tercer) trimestre del año 2.017 por un importe de PESOS NUEVE MIL con 00/100 ($ 9.000,00.-) de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 501/GCABA/10 y la Resolución Nº 18/GCABA/SECLYT/MHGC/MMGC/MJGGC/12, cuya planilla de resumen trimestral se encuentra registrada en SADE como Anexo Firma Conjunta (IF-22847430-DGISIS-2.017). Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y remítase a la Dirección General Contaduría del Ministerio de Hacienda para la prosecución de su trámite. Brillarelli

DISPOSICIÓN N.° 8/DGIASINF/17

Buenos Aires, 6 de octubre de 2017 VISTO: El Decreto Nº 67/GCABA/10, el Decreto N° 501/GCABA/12, la Resolución N° 18/GCABA/SECLYT/MHGC/MMGC/MJGGC/12, el Expediente Electrónico N° 03371554-MGEYA-ASINF-2017, y CONSIDERANDO: Que por el Decreto Nº 67/GCABA/10 se aprobó el "Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"; Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 16 del Anexo I del mencionado Decreto, corresponde al titular de la Unidad de Organización receptora de los fondos aprobar los gastos mediante acto administrativo, siendo responsable de la oportunidad, mérito y conveniencia de dichas erogaciones; Que asimismo por el Decreto N° 501/GCABA/12 se aprobó "el Régimen de Asignación de Gastos de Movilidad en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"; Que por medio de la Resolución N° 18/GCABA/SECLYT/MHGC/MMGC/MJGGC/12 se estableció que el procedimiento de solicitud, rendición y devolución de gastos por movilidad deberá tramitar por Expediente Electrónico, conforme lo establecido en el Decreto N° 196/GCABA/11 y el Decreto N° 501/GCABA/2012, utilizando el Módulo “EE“ del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE; Que atento lo previsto en el Anexo I de la de la Resolución mencionada en el acápite anterior, que establece el Procedimiento para el Régimen de Gastos de Movilidad, corresponde aprobar los gastos de movilidad efectuados por la Dirección General de Infraestructura de la Agencia de Sistemas de Información en el 3° (tercer) trimestre del año 2.017 por un importe de PESOS TREINTA MIL con 00/100 ($30.000,00.-);

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ANEXO

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Que bajo Orden N° 65 luce el Anexo Firma Conjunta (IF-22869457-DGIASINF-2.017) mediante el cual, el suscripto y el Sr. Silvio Rodriguez, responsable de la administración y rendición de los fondos asignados en concepto de Caja Chica Común, Viáticos y Movilidad de la Dirección General de Infraestructura suscribieron la planilla de resumen trimestral correspondiente a los gastos de movilidad del 3º (tercer) trimestre del año 2017 de esta Dirección General de Infraestructura de la Agencia de Sistemas de Información; Que en este sentido, bajo Orden N° 66 obra el Informe N° 22762447-DGIASINF-2017 mediante el cual el suscripto solicitó la rendición de los fondos de movilidad correspondientes al 3º (tercer) trimestre del año 2017; Que de acuerdo con la normativa vigente, corresponde el archivo de la rendición en la Contaduría General (sin intervención del Departamento Responsables). Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE INFRAESTRUCTURA DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN

DISPONE

Artículo 1°.- Apruébanse los gastos de movilidad efectuados por la Dirección General de Infraestructura de la Agencia de Sistemas de Información en el 3º (tercer) trimestre del año 2.017 por un importe de PESOS TREINTA MIL con 00/100 ($ 30.000,00.-) de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 501/GCABA/10 y la Resolución Nº 18/GCABA/SECLYT/MHGC/MMGC/MJGGC/12, cuya planilla de resumen trimestral se encuentra registrada en SADE como Anexo Firma Conjunta (IF-22869457- DGIASINF-2.017). Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y remítase a la Dirección General Contaduría del Ministerio de Hacienda para la prosecución de su trámite. Richetti

DISPOSICIÓN N.° 12/CGSI/17

Buenos Aires, 4 de octubre de 2017 VISTO: El Decreto Nº 67/GCABA/10, la Resolución N° 51/MHGC/10, las Resoluciones Conjuntas Nro. 10/SECLYT/13, 3/SECLYT/15, la Resolución Nº 74/MHGC/15, la Resolución Nº 74/MHGC/16, las Disposiciones Nros. 181/DGCG/10, 9/DGCG/10, 183/DGCG/13, 36/DGCG/15, el Expediente Electrónico N° 4056957-MGEYA-CGSI-2017, y CONSIDERANDO: Que por el Decreto Nº 67/GCABA/10 se aprobó el "Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";

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ANEXO

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Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 16 del Anexo I del Decreto Nº 67/GCABA/10 corresponde al titular de la Unidad de Organización receptora de los fondos aprobar los gastos mediante acto administrativo, siendo responsable de la oportunidad, mérito y conveniencia de dichas erogaciones; Que por intermedio de la Resolución N° 51/MHGC/10 y su modificatoria se aprobó la reglamentación de citado Decreto; Que mediante Resolución Nº 74/MHGC/15 se modificó el artículo 16 de la reglamentación para el régimen de asignación de fondos aprobado por Resolución N° 51/MHGC/2010, quedando redactado de la siguiente manera: “Artículo 16. Los responsables de la administración y rendición de Fondos deberán dar el alta patrimonial de los bienes adquiridos cuando corresponda; las constancias de la tramitación respectiva formarán parte de la rendición y serán condición para su aprobación; Que además, serán responsables del ingreso, validez y veracidad de los datos correspondientes a los comprobantes de respaldo de los gastos efectuados, en el módulo de fondos del SIGAF, que resulten definidos por la Dirección General de Contaduría“; Que asimismo se modificó el artículo 17 de la reglamentación para el régimen de asignación de fondos aprobado por Resolución N° 51/MHGC/2010, quedando redactado de la siguiente manera: “Artículo 17. La revisión de las formalidades de los comprobantes se centrarán en los datos ingresados en el módulo de fondos por parte de los responsables de la aprobación del Gasto. Los cálculos aritméticos junto con las imputaciones presupuestarias serán validados por el SIGAF, perfeccionando de esta manera la tarea de revisión de la rendición; Que en tal sentido, el control de las retenciones impositivas, en los casos que corresponda, consistirá en verificar la correcta aplicación de las alícuotas, conceptos impositivos, montos no sujetos a retención y demás contemplaciones que deban considerarse de acuerdo con la normativa vigente en materia de retenciones, según la condición impositiva del proveedor y el concepto facturado objeto del pago; Que la aprobación de las rendiciones de Caja Chica Común que no merezca observaciones de la repartición revisora requerirá un Informe de dicha repartición revisora a los efectos de su aprobación;

Que mediante Disposición N° 9/DGCG/10 se estableció el procedimiento para la asignación en concepto de Caja Chica, Caja Chica Especial y Fondos; Que asimismo mediante Disposición N° 183/DGCG/13 se modificó los Anexos I, II, III, IV, V, VI, VII, X y XI de la Disposición N° 9/DGCG/10; Que mediante Disposición Nº 36/DGCG/15 se remplazaron los Anexos III, V, VII, IX, X y XI; Que en este sentido, el punto 1 del Anexo III de la Disposición Nº 36/DGCG/15, reglamentaria del Decreto 67/GCABA/10, establece que en dichos actos administrativos se deberán aprobar como anexo las planillas 2 y 3 del Anexo V de la misma; Que también, el artículo 1º de la Disposición Nº 181/DGCG/10 establece que "Las rendiciones de Fondos regulados por el Decreto 67/GCABA/10 que efectúen las reparticiones del Ministerio de Hacienda y los Organismos Descentralizados que le dependan y que gestionen por el SIGAF, deberán acompañar a partir del 1° de octubre de 2010 a las mismas, las constancias del registro en el Módulo de Bienes del SIGAF del alta patrimonial de los bienes adquiridos con los fondos que se rinden"; Que por Resolución conjunta Nº 10/SECLYT/13 y modificatoria Resolución Nº 3/SECLYT/15 se estableció el procedimiento de Solicitud, Rendición y Reposición de Caja Chica Común el cual deberá tramitar por Expediente Electrónico, conforme lo establecido en el Decreto Nº 196/GCABA/11, utilizando el Módulo "EE" del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos - SADE;

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Que mediante Resolución Nº 74/MHGC/16 se determinaron los montos de las cajas chicas de las diversas Jurisdicciones y Reparticiones del gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que en este sentido bajo Orden Nº 101 obra el Anexo Firma Conjunta (IF-22738682-CGSI-2.017) mediante el cual el suscripto y la Srta. Stephanie Acuña Maxwell, Auxiliar de Funcionario, suscribieron el Resumen de Comprobantes por Fecha correspondientes a la Caja Chica Común N° 4 de esta Coordinación General de Seguridad Informática de la Agencia de Sistemas de Información; Que asimismo bajo Orden Nº 100 obra el Anexo Firma Conjunta (IF-22738793-CGSI-2.017) mediante el cual el suscripto y la Srta. Stephanie Acuña Maxwell, Auxiliar de Funcionario, suscribieron el Resumen de Comprobantes por Imputación correspondientes a la Caja Chica Común N° 4 de esta Coordinación General de Seguridad Informática de la Agencia de Sistemas de Información; Que en este sentido se deja constancia que los gastos de los comprobantes Nros 26, 38, 49, 50 y 75 se realizaron por cuestiones operativas; Que, todos los gastos se realizaron dentro de las actividades inherentes a esta Agencia de Sistemas de Información; Que los bienes adquiridos con los fondos que se rinden en la presente resultan no inventariables; Que de acuerdo con la normativa vigente, corresponde el archivo de la rendición en la Contaduría General (sin intervención del Departamento Responsables); Que por ello resulta necesario aprobar los gastos efectuados en la Caja Chica Común Nº 4/2017 de la Coordinación General de Seguridad Informática de la Agencia de Sistemas de Información por un importe de PESOS VEINTICUATRO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO con 37/100 ($ 24.794,37.-), y las planillas anexas en función de lo establecido en el punto 1 del Anexo III de la Disposición Nº 36/DGCG/15. Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por el artículo 16 del Decreto Nº 67/GCABA/10 y el Punto Nº 1 de la Disposición Nº 36/DGCG/15,

EL COORDINADOR GENERAL DE SEGURIDAD INFORMATICA DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN

DISPONE Artículo 1°.- Apruébanse los gastos efectuados oportunamente por la Caja Chica Común Nº 4/2017 de la Coordinación General de Seguridad Informática de la Agencia de Sistemas de Información por un importe de PESOS VEINTICUATRO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO con 37/100 ($ 24.794,37.-), y las planillas anexas a dicha rendición de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 67/GCABA/10, la Resolución N° 51/MHGC/10, la Disposición Nº 36/DGCG/15 registradas en SADE bajo Anexo Firma Conjunta (IF-22738682-CGSI-2.017) y Anexo Firma Conjunta (IF-22738793-CGSI-2.017). Artículo 2°.- Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y remítase a la Dirección General Contaduría del Ministerio de Hacienda para la prosecución de su trámite Linares

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ANEXO

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Ministerio de Hacienda

DISPOSICIÓN N.° 1/UFOMC/17

Buenos Aires, 26 de septiembre de 2017 VISTO Ley N° 4.352, la Resolución N° 2541/GCABA/MH/2016, el Convenio de Préstamo N° 8628 AR suscripto con fecha 10 de noviembre de 2016 entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.666), su Decreto Reglamentario 326/GCABA/17, la Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley 5.666), el Decreto 363/GCABA/2015 y el EX-2017-18890297- -MGEYA-DGTALMH, CONSIDERANDO Que la Ley N° 4.352 declaró de interés público y crítico las obras en el marco del Plan Hidráulico de la Ciudad de Buenos Aires, prioritaria la cuenca del Arroyo Vega y autorizó al Poder Ejecutivo a contraer en el mercado internacional y/o nacional uno o más empréstitos con Organismos Multilaterales de Crédito, Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) y/o cualquier otro Banco y/o Instituciones de Desarrollo y Fomento Internacionales y/u Organismos y/o Agencias Gubernamentales, estableciendo que el financiamiento autorizado debe destinarse a las obras en el marco del Plan Hidráulico; Que la referida Ley estableció además que el préstamo a suscribirse se rija por la ley y jurisdicción que corresponda de acuerdo a los usos y costumbres generalmente aceptados según el tipo de operación que se instrumente; Que asimismo, se autorizó al Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires a suscribir el respectivo convenio de préstamo con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) para financiar el Proyecto de Asistencia a la Gestión del Riesgo de Inundaciones para la Ciudad de Buenos Aires, suscribiéndose dicho convenio con fecha 10 de noviembre de 2016 identificado con el número 8628 AR, cuyos términos y condiciones fueron aprobados por la Resolución N° 2541/GCABA/MH/2016; Que dicho convenio permite al Gobierno de la Ciudad gestionar eficientemente el riesgo de inundaciones y mejorar el sistema de drenaje en las cuencas de los Arroyos Cildáñez, Maldonado y Vega financiando las obras de readecuación de la red de desagües pluviales de la cuenca del Arroyo Vega y medidas complementarias, Ramales Secundarios del Arroyo Maldonado y Obras de Remediación de la Cuenta del Arroyo Cildáñez, resultantes del Proyecto de Asistencia a la Gestión del Riesgo de Inundaciones para la Ciudad de Buenos Aires; Que asimismo, en vista de la complejidad, envergadura y características del Proyecto de Asistencia a la Gestión del Riesgo de Inundaciones para la Ciudad de Buenos Aires es necesario contratar un servicio de consultoría para la "Auditoría Externa Contable y Financiera" del mismo y que, dada la fuente de financiamiento de dicho Programa, las contrataciones pertinentes se regirán, por las "Normas, Condiciones y Procedimientos del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) relativos a la Adquisición de Bienes y Contratación de Obras" y por las "Normas, Condiciones y Procedimientos del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) relativos a Contratación de Servicios de Consultoría", ambas de enero de 2011 revisadas en 2014;

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Que las Normas, Condiciones y Procedimientos arriba mencionados establecen un procedimiento en el cual en la primera etapa se invita a las firmas consultoras internacionales a expresar interés en el servicio a contratar a fin de confeccionar una lista corta de no menos de seis (6) candidatos, presentando los datos necesarios para formarse un juicio acerca de la idoneidad y experiencia de las mismas, y en la etapa posterior proceder a preparar un Pedido de Propuestas (PP) que hace las veces de pliego a los efectos de la presentación de ofertas y de licitar la contratación de los servicios únicamente entre los integrantes de la mencionada lista corta; Que con fecha 28 de julio de 2017 se remitieron las invitaciones a once (11) firmas vía correo electrónico a fin de que pudieran expresar interés; Que en ese sentido, y a efectos de dar cumplimiento a las Normas, Condiciones y Procedimientos referidos, resulta necesario designar a tres (3) miembros para que integren la Comisión Evaluadora del Pedido de Propuestas a cargo de evaluar las propuestas técnicas; Que por otra parte, se ha procedido a solicitar a la Dirección General de Compras y Contrataciones la excepción de tramitación en BAC de la presente contratación mediante NO-2017-21271959-DGCYC Que oportunamente se delegará la ejecución del procedimiento de contratación en la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, a través de su Unidad Operativa de Adquisiciones; Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

LA UNIDAD DE FINANCIAMIENTO CON ORGANISMOS MULTILATERALES DE CREDITO

DISPONE Artículo 1º.- Desígnanse a los integrantes de la Comisión Evaluadora del Pedido de Propuestas para la contratación de la "Auditoría Externa Financiera y Contable" del Proyecto de Asistencia a la Gestión del Riesgo de Inundaciones para la Ciudad de Buenos Aires, conforme a las "Normas, Condiciones y Procedimientos del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) relativos a la Adquisición de Bienes y Contratación de Obras" y por las "Normas, Condiciones y Procedimientos del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) relativos a la contratación de Servicios de Consultoría", ambas de enero de 2011 revisadas en 2014, la cual estará conformada por la señora Mariela Marchione, DNI Nº 29.118.668, Titular de la Unidad de Financiamiento con Organismos Multilaterales de Crédito, el Lic. Nicolás Martín Rosenfeld, D.N.I 22.707.783, Director General de Crédito Público y el Cdor. Oscar Raúl Taft, D.N.I 8.383.677, de la Dirección Técnica, Administrativa y Legal; todas áreas dependientes del Ministerio de Hacienda. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del Ministerio de Hacienda, para la prosecución de su trámite. Cumplido, archívese. Marchione

DISPOSICIÓN N.° 2/UFOMC/17

Buenos Aires, 28 de septiembre de 2017 VISTO

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 167

Ley N° 4.352, la Resolución N° 2541/GCABA/MH/2916, el Convenio de Préstamo N° 8628 AR suscripto con fecha 10 de noviembre de 2016 entre el Gobierno de la Ciudad

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Autónoma de Buenos Aires y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.666), su Decreto Reglamentario 326/GCABA/17, la Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley 5.666), el Decreto 363/GCABA/2015 y el EX-2017-18890297- -MGEYA-DGTALMH, CONSIDERANDO Que la Ley N° 4.352 declaró de interés público y crítico las obras en el marco del Plan Hidráulico de la Ciudad de Buenos Aires, prioritaria la cuenca del Arroyo Vega y autorizó al Poder Ejecutivo a contraer en el mercado internacional y/o nacional uno o más empréstitos con Organismos Multilaterales de Crédito, Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) y/o cualquier otro Banco y/o Instituciones de Desarrollo y Fomento Internacionales y/u Organismos y/o Agencias Gubernamentales, estableciendo que el financiamiento autorizado debe destinarse a las obras en el marco del Plan Hidráulico; Que la referida ley estableció además que el préstamo a suscribirse se rija por la ley y jurisdicción que corresponda de acuerdo a los usos y costumbres generalmente aceptados según el tipo de operación que se instrumente; Que asimismo, se autorizó al Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires a suscribir el respectivo convenio de préstamo con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) para financiar el Proyecto de Asistencia a la Gestión del Riesgo de Inundaciones para la Ciudad de Buenos Aires, suscribiéndose dicho convenio con fecha 10 de noviembre de 2016, identificado con el número 8628 AR, cuyos términos y condiciones fueran aprobados por Resolución N° 2541/GCABA/MH/2016; Que dicho convenio permite al Gobierno de la Ciudad gestionar eficientemente el riesgo de inundaciones y mejorar el sistema de drenaje en las cuencas de los Arroyos Cildáñez, Maldonado y Vega financiando las obras de readecuación de la red de desagües pluviales de la cuenca del Arroyo Vega y medidas complementarias, Ramales Secundarios del Arroyo Maldonado y Obras de Remediación de la Cuenta del Arroyo Cildáñez, resultantes del Proyecto de Asistencia a la Gestión del Riesgo de Inundaciones para la Ciudad de Buenos Aires; Que asimismo, en vista de la complejidad, envergadura y características del Proyecto de Asistencia a la Gestión del Riesgo de Inundaciones para la Ciudad de Buenos Aires, es necesario contratar servicios de consultoría para la "Auditoría Externa Contable y Financiera" del mismo y que, dada la fuente de financiamiento de dicho programa, las contrataciones pertinentes se regirán, según corresponda, por las "Normas, Condiciones y Procedimientos del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) relativos a la Adquisición de Bienes y Contratación de Obras" y por las "Normas, Condiciones y Procedimientos Banco Internacional de Reconstrucción y

Fomento (BIRF) relativos a Contratación de Servicios de Consultoría", ambas de Enero de 2011 revisadas en 2014; Que las Normas, Condiciones y Procedimientos arriba mencionados establecen un procedimiento en el cual en la primera etapa se invita a las firmas consultores internacionales a expresar interés a fin de preparar una lista corta de no menos de seis (6) candidatos, presentando los datos necesarios para formarse un juicio acerca de la idoneidad y experiencia de los mismas, y en la etapa posterior se procede a preparar un Pedido de Propuestas (PP) que hace las veces de pliego a los efectos de la presentación de ofertas y de licitar la contratación de los servicios únicamente entre los integrantes de la mencionada lista corta; Que con fecha 28 de julio de 2017 se remitieron las invitaciones a once (11) firmas vía correo electrónico a fin de que pudieran expresar interés;

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Que por DI-2017-1-UFOMC se aprobó la integración de la Comisión Evaluadora de las Expresiones de Interés; Que con fecha 14 de agosto de 2017 se recibieron las expresiones de interés, contabilizándose un total de seis (6) presentantes y habiéndose efectuado la evaluación y análisis de los antecedentes y de la situación particular de cada una de las firmas o grupos de firmas consultoras respecto de la contratación de servicios que se propicia, contando con el informe fundado de la Comisión Evaluadora del Pedido de Propuestas IF-2017-22284770-UFOMC Que asimismo, se ha procedido a solicitar la excepción de tramitación en BAC del presente procedimiento a la Dirección General de Compras y Contrataciones, excepción que fue otorgada por NO-2017-21271959-DGCYC; Que por su parte corresponde encomendar la ejecución del procedimiento de contratación en la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, a través de su Unidad Operativa de Adquisiciones; Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

LA TITULAR DE LA UNIDAD DE FINANCIAMIENTO CON ORGANISMOS MULTILATERALES DE CRÉDITO

DISPONE Art. 1°._ Apruébase la integración de la Lista Corta de las firmas consultoras habilitadas para participar del procedimiento delicitación de los servicios de "Auditoría Externa Contable y Financiera Proyecto de Asistencia a la Gestión del Riesgo de Inundaciones para la Ciudad de Buenos Aires", que a continuación se detallan: 1- Deloitte & Co. S.A. 2- Grant Thornton. 3- Price Waterhouse & Co. S.R.L. 4- Moore Stephens - Suárez & Menéndez. 5- PKF - Villagarcía & Asociados. 6- Estudio Ratto Villares y Asociados. Art. 2°._ Encomiéndase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, a través de su Unidad Operativa de Adquisiciones, la realización del procedimiento licitatorio, realizando todos los actos necesarios a tal fin, incluyendo el dictado del acto administrativo necesario para materializar la

contratación, la emisión de circulares ampliatorias o aclaratorias al Pedido de Propuesta aprobado por el artículo 2° de la presente disposición. Art. 3°._ Las erogaciones con causa en el Contrato de Servicios de “Auditoría Externa Contable y Financiera Proyecto de Asistencia a la Gestión del Riesgo de Inundaciones para la Ciudad de Buenos Aires“ serán imputadas a las partidas presupuestarias correspondientes al presente ejercicio y previsionadas en los ejercicios presupuestarios subsiguientes, según sus montos y plazos de ejecución, siendo el presupuesto estimado en cincuenta mil dólares (50.000 USD). Art. 4°._ Publícase en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio de Internet de la Ciudad de Buenos Aires, remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda para la prosecución de su trámite y notificación de la Lista Corta a las empresas o grupos de empresas que participaron del procedimiento de formación de la misma y de la Carta de Invitación y Pedido de Propuestas a los integrantes de la Lista Corta. Marchione

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Ministerio de Justicia y Seguridad

DISPOSICIÓN N.° 85/SAISSP/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 VISTO: La Ley Nº 5688, la Nota N° 22908435/SAISSP/17 y el Expediente Electrónico N° 22155561/MGEYA/SGISSP/17, y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 5688 establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la mencionada ley erige al Instituto Superior de Seguridad Pública como una instancia de apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública y órgano rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores involucrados en todo el sistema, entre los que se destaca a los aspirantes al Cuerpo de Bomberos de la Ciudad de Buenos Aires; Que el ingreso al Cuerpo de Bomberos se produce previa aprobación del Curso de Formación Inicial y los exámenes que al efecto establezca el Instituto Superior de Seguridad Pública (Art. 280 y 281 inc. 7 Ley 5688); Que desde otra perspectiva, en el Libro IV referido al Instituto Superior de Seguridad Pública, la norma prescribe que para egresar como bombero calificado del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad se debe aprobar íntegramente el Curso de Formación Inicial para Aspirante a Bombero, incluidas las prácticas profesionalizantes, visitas, seminarios, talleres y conferencias que se establezcan para contribuir a la formación integral técnico humanista del futuro bombero (Art. 396 Ley 5688); Que el contenido del plan de estudios, la organización de la estructura curricular, los contenidos mínimos exigidos y los objetivos para el dictado de cada materia, las prácticas profesionalizantes y sus objetivos, las actividades extracurriculares y de extensión como así también la duración y demás aspectos que hacen al desarrollo del curso mencionado son establecidos por el Instituto Superior de Seguridad Pública (Art. 397 Ley 5688); Que corolario de ello, por la Resolución N° 20/ISSP/17 se aprobó el "Curso de Formación Inicial para Aspirantes al Cuerpo de Bomberos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"; Que conforme reza el artículo 7 del Anexo I de la Resolución 14/ISSP/13 "Reglamento del Instituto Superior de Seguridad Pública", entre los fines y objetivos de esta casa de estudios, se encuentra el realizar todo tipo de actividad académica que fortalezca su labor; Que en este marco, resultando relevante el desarrollo de prácticas profesionalizantes y actividades extracurriculares dentro del referido Curso, mediante la Nota N° 22908435/SAISSP/2017 la Sra. Directora de Docencia y Contenidos del Instituto Superior de Seguridad Pública elevó a consideración de esta Instancia una propuesta de actividad denominada "Taller de Comunicaciones Operativas", destinado a los alumnos del "Curso de Formación Inicial para Aspirantes al Cuerpo de Bomberos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";

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Que el taller de referencia se presenta como una intervención educativa transversal e integradora, centrada en la formación esencialmente práctica de los alumnos en cuestiones relativas a la composición del mensaje en las situaciones operativas, la importancia de la fluidez y exactitud en la comunicación cotidiana y de emergencia, la responsabilidad y relevancia de la comunicación operativa diligente para la eficiencia y eficacia del trabajo en equipo, entra otras cuestiones; Que esta actividad tiene como objetivo hacer conocer a los destinatarios las estrategias de comunicación operativa existentes, permitir internalizarlas mediante la práctica y así contribuir a erradicar los vicios de comunicación que habitualmente se presentan en el desempeño profesional; Que a la luz de todo lo expuesto, se impone dictar el acto administrativo correspondiente. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL SECRETARIO ACADÉMICO DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA

DISPONE

Artículo 1.- Aprobar el "Taller de Comunicaciones Operativas", destinado a los alumnos del Curso de Formación Inicial para Aspirantes al Cuerpo de Bomberos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", que como Anexo IF N° 22911957/SAISSP/2017 forma parte integrante de la presente Disposición. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Sra. Directora del Instituto Superior de Seguridad Pública, a la Dirección de Docencia y Contenidos del del Instituto Superior de Seguridad Pública y al Coordinador de Capacitación e Instrucción Policial del Instituto Superior de Seguridad Pública. Cumplido, archívese. Unrein

DISPOSICIÓN N.° 357/DGGAYE/17

Buenos Aires, 2 de octubre de 2017 VISTO: La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires Artículos 103, 104 y ccs, la Ley 5460 y su modificatoria 5503, el Código de Edificación 6.3 y ss y 6.4 y ss, los Decretos Nº 1510/97, 55/10, 363/15, 675/16, 396/12 y 369/16, EX-2017-19390648-MGEYA-DGGAYE, EX-2017-20389454-MGEYA-DGGAYE, EX-2017-21113972-MGEYA-DGGAYE, y la DI-2016-352-DGGAYE;

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ANEXO

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Que el día 23 de agosto de 2017, el M.M.O. Carlos Vázquez, profesional de la Gerencia Operativa Técnica de la Dirección General Guardia de Auxilio y Emergencias del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, concurrió por pedido ingresado por línea 103 a la propiedad ubicada en la calle Malabia Nº 1341/1345, procediendo a la clausura inmediata y preventiva de la totalidad del inmueble en virtud de haberse constatado "en momentos que se llevaba a cabo el llenado de un tabique de Hormigón Armado apoyado en pared medianera con la propiedad sita en Malabia 1337 destinada a vivienda multifamiliar, el colapso parcial de la misma"; Que dicha clausura fue ratificada mediante disposición Nº DI-2017-352-DGGAYE; Que conforme surge del informe IF-2017-21695577-DGGAYE, elaborado por la Gerencia Operativa Técnica de esta DGGAyE, se constató que "a la vista, los trabajos documentados oportunamente en el Plan de Trabajo fueron realizados de manera satisfactoria. En el resto del inmueble no se observan signos evidentes de riesgo estructural inminente como así también a linderos"; Que en consecuencia deviene necesario dictar el acto administrativo correspondiente; Por ello:

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL GUARDIA DE AUXILIO Y EMERGENCIAS

DISPONE Artículo 1º: Déjase sin efecto la clausura por motivos de seguridad estructural de la totalidad del inmueble de la calle Malabia Nº 1341/1345, que fuera ratificada por DI-2017-352-DGGAYE.- Artículo 2º: Notificar al/los propietario/s de la finca citada, a la Subsecretaría de Emergencias, Direcciones Generales de Registro de Obras y Catastro, de Fiscalización y Control de Obras a la Fiscalía General, Policía de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Lachavanne

DISPOSICIÓN N.° 358/DGGAYE/17

Buenos Aires, 2 de octubre de 2017 VISTO: La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires Artículos 103, 104 y ccs, la Ley 5460 y su modificatoria 5503, el Código de Edificación 6.3 y ss y 6.4 y ss, los Decretos Nº 1510/97, 55/10, 363/15, 675/16, 396/12 y 369/16; EE Nº EX-2017-22019998-MGEYA-DGGAYE; CONSIDERANDO: Que el día 22 de septiembre del año 2017 la arquitecta Mónica López, profesional de la Gerencia Operativa Técnica de la Dirección General Guardia de Auxilio y Emergencias del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, concurrió por pedido Nº 2017/00038400 ingresado por Línea 103 Emergencias a la propiedad ubicada en la calle Suárez Nº 1061, C.A.B.A., a efectos de realizar una inspección edilicia sobre dicha finca;

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CONSIDERANDO:

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Que de acuerdo al informe técnico elaborado por el profesional interviniente, "se pudo constatar en el predio de referencia, que en el sector posterior del mismo, a continuación de un patio interno, la existencia de una construcción que ocupaba todo el ancho de la parcela. Esta estaba realizada con el método denominado "autoconstrucción". El mismo constaba de dos unidades en planta baja y una en planta alta a la que se accedía por una escalera de metal. Dichas construcciones estaban realizadas en madera y chapa y todas estaban sustentadas sobre una "parrilla" de madera que elevaba toda la construcción aproximadamente un metro de altura. Después de realizar una minuciosa inspección de este emparrillado de madera se pudo constatar la ausencia de varias unidades verticales de sustentación, algunas con inclinación importante y varias piezas horizontales con marcada degradación de material. Al mismo tiempo y sobre el sector en el que se visualizaba una pieza vertical con inclinación, el piso del mismo presentaba un hundimiento central junto con una sensible inestabilidad al paso sobre el mismo"; Que como resultado de esta verificación, y al no encontrarse dadas las condiciones mínimas de seguridad estructural, el profesional interviniente procedió a la clausura inmediata y preventiva de todo el sector de referencia, identificado -por personal de I.V.C. que se encontraba presente en el lugar- como unidades Nº 3, Nº 4 y Nº 10, medida que fue comunicada por Acta de Notificación Nº 1419/DGGAYE/2017; Que las obras pertinentes a los fines de la regularización del inmueble deberán ser realizadas bajo la supervisión de un profesional matriculado, que tome a su cargo las tareas de restablecer las condiciones de seguridad de la edificación y toda su estructura, y hacia los habitantes de la propiedad y/o personas que circulan por el lugar; Que la medida ha sido efectuada de conformidad con lo previsto por los Decretos Nº 1510/97 en su Artículo 12º y Decretos Nº 660/11 y 369/16, y los Artículos 6.3 y 6.4 del Código de Edificación, habiéndose confeccionado Acta de Notificación Nº 1419/DGGAYE/2017; en consecuencia deviene necesario dictar el acto administrativo correspondiente; Por ello:

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL GUARDIA DE AUXILIO Y EMERGENCIAS

DISPONE Artículo 1º: Ratificar la clausura parcial por motivos de seguridad estructural del sector posterior del inmueble de la calle Suárez Nº 1061, C.A.B.A., conformado por dos unidades en planta baja y una en planta alta, identificadas entre por sus moradores con los números 3, 4 y 10.- Artículo 2º: Intimar al/los Propietario/s del referido inmueble para que dentro del perentorio plazo de diez (10) días a partir de su notificación proceda/n a realizar las tareas necesarias a fin de restablecer las condiciones de seguridad para sus ocupantes y personas que circulan por el lugar.- Artículo 3º: Previo a lo dispuesto en el Art. 2°, y en el perentorio plazo de tres (3) días, deberá acreditarse ante esta Dirección General Guardia de Auxilio y Emergencias un plan de trabajo suscripto por profesional matriculado con encomienda profesional respectiva.- Artículo 4º: Las obras para restablecer las condiciones de seguridad deberán ser realizadas bajo la dirección de un profesional, el cual deberá tomar a su cargo los trabajos para restablecer definitivamente el estado estructural y/o acciones de reconstrucción, las cuales deberán ser ejecutadas en forma inmediata y continua.-

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Artículo 5º: Notificar al/los propietario/s, a la Subsecretaría de Emergencias, Direcciones Generales de Registro de Obras y Catastro, de Fiscalización y Control de Obras, a la Fiscalía General, Policía de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Lachavanne DISPOSICIÓN N.° 9625/DGHP/17

Buenos Aires, 28 de septiembre de 2017 VISTO el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97 ratificado por la Resolución N° 41/98, las Leyes Nº 2624, N° 2147, N° 2542, N° 2176, la Resolución Nº 247/2017, El Expediente Electrónico Nº 21823067/AGC/2017; y CONSIDERANDO: Que, por la Ley Nº 2624 se creó la Agencia Gubernamental de Control (AGC), entidad autárquica con funciones de controlador, fiscalización y regulación en materia de seguridad de establecimientos públicos y privados, salubridad e higiene alimentaria, habilitaciones y permisos, y obras civiles públicas y privadas, en aplicación de las normas y Códigos respectivos, y todo otra normativa relacionada con su ámbito de control y fiscalización; Que, a través de la Resolución Nº 247-AGC/17 y modificatorias se estableció la estructura orgánica funcional de la AGC, aprobándose las respectivas misiones y funciones de sus distintas áreas entre las que se encuentra la Dirección General de Habilitaciones y Permisos; Que, entre las competencias asignadas a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos se encuentra la de entender en el otorgamiento de habilitaciones conforme la normativa vigente en la materia en los establecimientos comerciales, industriales, de servicios, espectáculos y entretenimientos públicos; Que las leyes 2147 y 2542 vinieron a reglamentar lo relacionado a la actividad "teatro independiente", otorgando definiciones y contemplando los requisitos exigibles para el desarrollo de la actividad; Que el artículo 32 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires expresa: "La Ciudad distingue y promueve todas las actividades creadoras. Garantiza la democracia cultural; asegura la libre expresión artística y prohíbe toda censura; facilita el acceso a los bienes culturales; fomenta el desarrollo de las industrias culturales del país; propicia el intercambio; ejerce la defensa activa del idioma nacional; crea y preserva espacios; propicia la superación de las barreras comunicacionales; impulsa la formación artística y artesanal; promueve la capacitación profesional de los agentes culturales; procura la calidad y jerarquía de las producciones artísticas e incentiva la actividad de los artistas nacionales; protege y difunde las manifestaciones de la cultura popular; contempla la participación de los creadores y trabajadores y sus entidades, en el diseño y la evaluación de las políticas; protege y difunde su identidad pluralista y multiétnica y sus tradiciones. Esta Constitución garantiza la preservación, recuperación y difusión del patrimonio cultural, cualquiera sea su régimen jurídico y titularidad, la memoria y la historia de la Ciudad y sus barrios";

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Que en la búsqueda de garantizar el desarrollo de las actividades culturales, y a los efectos de acercar a la comunidad en su totalidad a las mismas como así también facilitar el acceso a éstas, es que la Ciudad de Buenos Aires ha mantenido una inclinación constante a fomentar estos espacios;

Que en ese orden de ideas, fue sancionada la Ley N° 2176 la cual tuvo por objeto "promover los derechos culturales previstos en el artículo 32 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, ordenar el marco legal y principios rectores de las políticas culturales"; Que en su artículo 2 entiende a la cultura como "el conjunto de manifestaciones, representaciones, procedimientos y modalidades de la creatividad humana, individual y colectiva, que incluye lo aprendido, acumulado y permanentemente enriquecido, que determina la singularidad de una sociedad y/o comunidad, las diversidades que la integran como totalidad histórica, situada en un espacio definido y abarca los modos de vida, las formas de vivir en sociedad y/o comunidad, los sistemas de valores, las tradiciones y las creencias"; Que en correspondencia con la concepción plasmada, esta Dirección General no puede dejar de reparar que la cultura en su conjunto fue asumida como prioridad estratégica y política de Estado en el territorio de la CABA; Que el Art. 3 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97 ratificado por la Resolución N° 41/98, establece: " Los Ministros y demás funcionarios del Poder Ejecutivo y los titulares de los órganos directivos de entes descentralizados podrán dirigir o impulsar la acción de sus inferiores jerárquico mediante órdenes, instrucciones, circulares y reglamento internos, a fin de asegurar celeridad, economía, sencillez y eficacia de los tramites..."; Que cabe destacar que el procedimiento administrativo está regido por el principio de oficialidad, entre otros. El referido tiene como supuesto la impulsión de oficio de las actuaciones por parte de la Administración como una herramienta más mediante la cual ésta vela por el interés general; Que ello así, y manteniendo un ánimo orientado a prestar cabal colaboración con el fomento de las actividades culturales, es que esta Dirección General advierte que, en el ámbito de sus competencias, debe atenderse a las solicitudes de habilitación en tramitación ante la misma y que involucren el rubro Teatro Independiente, en el entendimiento de que este es uno a través de los cuales se refleja la actividad cultural; Que, en consideración a la cooperación asumida, la presente pretende erradicar la dilación en la resolución de los mencionados trámites, ejecutando una acción expeditiva que permita dar respuesta a las solicitudes demoradas y finalizar las mismas; Que en esa línea se considera necesario efectuar el análisis de las solicitudes de habilitación hasta la fecha presentadas y que se encuentren en trámite para el desarrollo del rubro Teatro Independiente, comprendido en las leyes N° 2147 Y 2542, para su remisión a esta Dirección General para la prosecución del trámite correspondiente, cuando se cumplan mínimamente las exigencias reglamentarias; Que en relación a esto último es dable destacar que, en concordancia con el art 2.1.8 del Código de Habilitaciones y Verificaciones y las leyes 2147 y 2542, el legislador no ha considerado a la actividad Teatro Independiente dentro de aquellas cuyo desarrollo representan un alto grado de criticidad ya que puede librarse al uso con la sola presentación de la solicitud de habilitación; Que asimismo esta Dirección General entiende que, luego del respetivo análisis de cada solicitud y siempre que ello sea requerido a los efectos de otorgar la habilitación, puede la misma arrogarse la facultad de modificar algunos de los términos bajo los cuales la misma es solicitada cuando se observe que con la documentación acompañada no se cumplimenten los requisitos exigidos por la normativa para esa condición, pero si se cumplan cuando esa variable sea modificada;

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Que de igual manera debe considerarse la posibilidad, cuando sea necesario, de hacer lugar a la solicitud condicionando su funcionamiento al cumplimiento de exigencias propias del desarrollo de la actividad siempre que no se encuentren afectadas las condiciones de higiene, seguridad y moralidad exigidas para su explotación; Que sin perjuicio de ello, tanto del Decreto 93/06 como del Decreto 197/17 se observa que los mismos procuraron otorgarles un rol más participativo a los profesionales técnicos y notariales que intervienen en el trámite de habilitación. Son ellos quienes certifican el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Código de Habilitaciones y Verificaciones, como así también toda otra normativa aplicable a la materia, que en el caso serían las leyes N° 2147 Y 2542; Que en esa línea debe entenderse que los profesionales intervinientes velan por el cumplimiento de los requisitos exigidos por el plexo normativo aplicable, cada uno en el ámbito de sus incumbencias, asumiendo con ello la respectiva responsabilidad que la descripta intervención conlleva; Que asimismo se observa que el desarrollo de las actividades descriptas estarán sujetas a las respectivos controles derivados del Poder de Policía contemplado en el art 104 inc. 11 de la CCABA, a través de los cuales una vez otorgada la habilitación comercial, el establecimiento será pasible de inspección por los organismos de control, siendo esta la autoridad competente, a efectos de verificar el cumplimiento de las condiciones declaradas y demás normativa vigente en la materia; Que en cumplimiento al debido procedimiento, se ha dado intervención a la Subgerencia Operativa Dictámenes IV quien se ha expedido por Informe N° -2017-22092159-AGC Manifestando "que no existiría óbice legal, en caso de estimarlo conveniente el Sr. Director General de Habilitaciones y Permisos, para la emisión del acto sometido a consideración"; Que, por todo lo expuesto, corresponde disponer las medidas que tiendan al cumplimiento de los fines indicados, teniendo como prioridad la actividad cultural. Por ello, en virtud de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL

DISPONE Artículo 1°- Instrúyase a las Gerencia Operativa de Recreación Salud y Educación, o aquella que en el futuro la remplace, a efectuar el análisis de las solicitudes de habilitación hasta la fecha presentadas y que se encuentren en trámite para el desarrollo del rubro Teatro Independiente, comprendido en las leyes N° 2147 y 2542, para su remisión a esta Dirección General para la prosecución del trámite correspondiente, aun cuando no se adapten estrictamente a las exigencias reglamentarias siempre que se reúnan condiciones aceptables de higiene, seguridad y moralidad. Artículo 2°- Dese al Registro. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Gerencia Operativa Recreación Salud y Educación. Cumplido, archívese. Pérez Lorgueilleux

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DISPOSICIÓN N.° 9789/DGHP/17

Buenos Aires, 3 de octubre de 2017 VISTO: LA LEY 2231/06, LA ORDENANZA 40.473/84 EL DECRETO 579/09 LA RESOLUCIÓN N° 263/AGC/2017, Y EL EXPEDIENTE N° 108309*742017, Y CONSIDERANDO: Que por Expediente N° 10830974/2017, la empresa GABRIEL PABLO ROJO, CUIT N° 20-10921192-4 solicita la renovación en el Registro de Fabricantes, Reparadores, Instaladores y Mantenedores de Instalaciones Fijas contra Incendios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en carácter de Reparador, Mantenedor en el rubro agua; Categoría C Que el establecimiento desarrolla la actividad en Campillo Nº 2445, Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que de la documentación agregada a las presentes actuaciones se desprende el cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa vigente aplicable al presente trámite; Que la empresa prestara el servicio en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, funcionando bajo la supervisión técnica de un Ingeniero matriculado quien será el responsable de garantizar el cumplimiento de las normas vigentes y supervisar el funcionamiento del establecimiento; Que, la empresa deberá mantener vigentes todos los certificados, constancias y demás documentación presentada en este acto hasta el vencimiento de la presente renovación, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de suspender, sin intimación previa y de manera inmediata, la inscripción en este Registro; Que, la Gerencia Operativa Registro Público de Lugares Bailables y la Subgerencia Operativa Registro de Servicios de Prevención contra Incendios evaluaron las actuaciones y conforme surge del informe precedente; se desprende que la empresa ha dado cumplimiento a lo establecido con lo dispuesto en la resolución N° 263/AGC/2017; Que la Gerencia Operativa de Dictámenes ha tomado la intervención que le compete mediante el Informe Nº IF-2017-22623186-AGC conforme lo establecido por la Resolución N° 66/AGC/2013. Por ello y en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS DISPONE

Artículo 1°. Renuevase la inscripción en el Registro de Fabricantes, Reparadores, Instaladores y Mantenedores de Instalaciones Fijas contra Incendios, en carácter de Reparador, Mantenedor Categoría C en el rubro agua, Gases, bajo el Número 63/17, a la empresa GABRIEL PABLO ROJO CUIT N° 20-10921192-4, con domicilio comercial en la calle Campillo N° 2445 Ciudad Autónoma De Buenos Aires.

Artículo 2°. La presente inscripción tendrá validez por un (1) año desde la fecha de suscripción del acto administrativo, transcurrido el cual caducará de pleno derecho. La empresa está obligada a mantener vigente los certificados y demás constancias vigentes hasta el momento del vencimiento de la renovación, bajo apercibimiento de suspender la inscripción sin intimación previa y de manera inmediata.

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Artículo 3°.El titular deberá iniciar el correspondiente trámite de renovación de inscripción con una antelación mínima de sesenta (60) días hábiles. Artículo 4°. Regístrese. Notifíquese al interesado. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Pérez Lorgueilleux

DISPOSICIÓN N.° 9848/DGHP/17

Buenos Aires, 4 de octubre de 2017 VISTO: LA LEY 5641/2016, LA RESOLUCIÓN N° 2/AGC/2017, Y EL EXPEDIENTE N° 20776509/2017, Y CONSIDERANDO: Que por Expediente N° 20776509/2017 la empresa EDITORIAL PRIMERA LINEA SA. CUIT N° 30-61799996-6 solicita la inscripción en el Registro Público de Productores de Eventos Masivos (Registro Productores); Que de la documentación agregada a las presentes actuaciones se desprende el cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa vigente aplicable al presente trámite; Que la inscripción en el Registro de Productores autoriza al titular a solicitar permisos especiales para el desarrollo de eventos masivos entendiéndose como tales a los espectáculos públicos y diversiones públicas de carácter eventual en predios no habilitados para tal fin; Que el periodo de vigencia de la inscripción en el Registro de Productores es de un año (1) a partir de la firma del acto administrativo y caduca de pleno derecho y sin necesidad de intimación previa; Que la Resolución 2/AGC/2017 estableció un régimen de permanencia, la suspensión, la baja del Registro y eventual inhabilitación el Registro de Productores, conforme el artículo nº 7; Que con motivo de la aplicación del régimen de sanciones ante el incumplimiento de lo dispuesto en el art. 7º, el productor suspendido no podrá ejercer la actividad hasta cumplido el plazo de la suspensión; Que, la empresa deberá mantener vigentes todos los certificados, constancias y demás documentación presentada en este acto hasta el vencimiento de la presente inscripción, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de suspender, sin intimación previa y de manera inmediata, la inscripción en este Registro; Que la Subgerencia Operativa Registro de Servicios de Prevención contra Incendios y la Gerencia Operativa Registró Público de Lugares Bailables evaluaron las actuaciones y conforme surge del informe precedente se desprende que la empresa ha dado cumplimiento a lo establecido con el dispuesto en la Resolución N°2/AGC/2017; Que la Gerencia Operativa de Dictámenes ha tomado la intervención que le compete mediante el IF-2017-22791290-AGC conforme lo establecido por la Resolución 66/AGC/2013. Por ello y en uso de las facultades que le son propias;

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Artículo 1°. Inscríbase en el Registro Público de Productores de Eventos Masivos; bajo

el Número 81/17 la empresa EDITORIAL PRIMERA LINEA SA CUIT N° 30-61799996-6 con domicilio en la calle BALCARCE N° 353 PISO 1° B de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que opera en el mercado con el nombre "EDITORIAL PRIMERA LINEA SA". Artículo 2°. La presente inscripción tendrá validez por un (1) año desde la fecha de suscripción del acto administrativo, transcurrido el cual caducará de pleno derecho. La empresa está obligada a mantener vigente los certificados y demás constancias vigentes hasta el momento del vencimiento de la registración, bajo apercibimiento de suspender la inscripción sin intimación previa y de manera inmediata. La empresa deberá iniciar el correspondiente trámite de renovación de inscripción con una antelación mínima de 30 días previos a su vencimiento. Artículo 3°. Regístrese. Notifíquese al interesado. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese Pérez Lorgueilleux

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EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS DISPONE:

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Ministerio de Salud

DISPOSICIÓN N.° 130/IZLP/17

Buenos Aires, 29 de septiembre de 2017 VISTO: La Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley N° 5666) , el Decreto Reglamentario Nº 326/17, Y Expediente Electrónico Nº 19815036-MGEYA-IZLP2017, y CONSIDERANDO: Que mediante la ley mencionada en el Visto se establecen las normas básicas que contienen los lineamientos que debe observar el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios, y regular las obligaciones y derechos que se derivan de los mismos; Que mediante el artículo 85 de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley N° 5.666), cuya reglamentación se encuentra en el artículo 85 del Decreto Reglamentario Nº 326/17 se implementó el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominándoselo en adelante como Buenos Aires Compras (BAC); Que por Resolución N° 596/MHGC/11 se aprobaron las Políticas, Términos y Condiciones de Uso del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones, denominado Buenos Aires Compras (BAC); Que la Dirección General de Compras y Contrataciones por Disposición N° 302/DGCYC/13 aprobó el Procedimiento para la Administración de Perfiles y de Usuarios BAC y la matriz de asignación de Perfiles de Usuarios en el Ambiente Comprador; Que por Disposición Nº 396/DGCyC/14 la Dirección General de Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 18, Inciso j) de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.666) aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que por la citada actuación tramita la Adquisición de Instrumental de Laboratorio para el Sector Producción de Productos Biológicos de este Instituto, por un monto estimado de Pesos: Treinta y Siete Mil Seiscientos Sesenta. ($37.660,00); Que la presente licitación cuenta con la correspondiente Solicitud de Gasto para solventar el gasto en cuestión. Que los insumos, cuya adquisición se gestiona en los presentes actuados no se encuentran dentro del listado de compras que realiza el Nivel Central, por lo que corresponde su gestión bajo la modalidad prevista en el artículo 38 de la Ley 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5.666) . Que teniendo en cuenta que el Dr. Oscar E. Lencinas, Director del Instituto de Zoonosis Luis Pasteur se encuentra con licencia médica y el Subdirector Médico Veterinario Dr. Gabriel A. Pisapia con licencia ordinaria, se delega la firma por Resolución 54-MSGC-16, en el jefe de Departamento Prevención y Control de Zoonosis Dr. José Luis Molina; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley Nº 5666) Decreto Reglamentario Nº 326/17;

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EL JEFE DEL DTO. CONTROL Y PREVENCION DE ZOONOSIS

EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DEADQUISICIONES DISPONE

Artículo 1º.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, que se visualiza en Buenos Aires Compras BAC, para la Adquisición de Instrumental de Laboratorio, por un monto estimado de Pesos: Treinta y Siete Mil Seiscientos Sesenta. ($37.660,00), con imputación a la partida correspondiente al Ejercicio en vigor. Artículo 2º.- Llamase a Contratación Directa-Régimen Especial Contratación Menor Nº 445- 2407-CME17 al amparo de lo establecido en el artículo 38 de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley Nº5.666), cuya reglamentación se encuentra en el Art. 38 del Decreto Reglamentario Nª 326/17 y conforme el Pliego al que se alude en el artículo 1º, fijase fecha de apertura de ofertas para el día 13 octubre de 2017 a las 11:00 horas. Artículo 3º.- Valor del Pliego: sin cargo.- Artículo 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, portal www.buenosairescompras.gob.ar, en el Sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y remítase a la Oficina de Compras, para la prosecución de su trámite. Molina

DISPOSICIÓN N.° 137/IZLP/17

Buenos Aires, 6 de octubre de 2017 VISTO: La Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley N° 5666), el Decreto Reglamentario Nº 326/17 y Expediente Electrónico Nº 22744279-MGEYA-IZLP-2017, y CONSIDERANDO: Que mediante la ley mencionada en el Visto se establecen las normas básicas que contienen los lineamientos que debe observar el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios, y regular las obligaciones y derechos que se derivan de los mismos; Que por la citada actuación tramita la adquisición de maquina cortadora de pelo de animales por un monto estimado de Pesos: Noventa y Cinco Mil Trescientos Ochenta ($95.380,00 ); Que la presente licitación cuenta con la correspondiente Solicitud de Gasto para solventar el gasto en cuestión. Que por Disposición Nº 396/DGCyC/14 la Dirección General de Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 18, Inciso j) de la Ley N° 2.095 texto consolidado por Ley N° 5666 aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales;

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ANEXO

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Que los insumos que se gestionan en el presente actuado no se encuentran dentro de los procesos licitatorios que se efectúan a Nivel Central, por lo que corresponde su gestión bajo la modalidad prevista en el artículo 31 de la Ley 2.095 texto consolidado por Ley Nº 5666; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley Nº 5656), el Decreto Reglamentario Nº 326/17;

EL DIRECTOR DEL INSTITUTO DE ZOONOSIS LUIS PASTEUR EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES

DISPONE Artículo 1º.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, que se visualiza en Buenos Aires Compras BAC, para la adquisición de maquina cortadora de pelo para animales para este instituto, por un monto estimado de Pesos: Noventa y Cinco Mil, Trescientos Ochenta ($95.380,00 ), con imputación a la partida correspondiente al Ejercicio en vigor. Artículo 2º.- Llamase a Licitación Pública Nº 445-1463-LPU17 al amparo de lo establecido en el artículo 31 de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley N° 5666 )y conforme el Pliego al que se alude en el artículo 1º, fijase fecha de apertura de ofertas para el día 13 de octubre de 2017 a las 08:00 horas. Artículo 3º.- Valor del Pliego: sin cargo.-

Artículo 4º.- Publíquese el llamado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de un (1) día, en el portal www.buenosairescompras.gob.ar y en el Sitio de Internet de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 5º.- Remítase a la Oficina de Compras para la prosecución de su trámite. Lencinas

DISPOSICIÓN N.° 137/DGADCYP/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 VISTO: la Ley Nº 2095 (Texto consolidado por Ley Nº 5666), el Decreto Reglamentario Nº 326-GCABA/17 y el Expediente Electrónico N° 19.581.398/MGEYA-DGADCYP/2017, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita la Contratación Directa Nº 401-1012-CDI17, al amparo de lo establecido en el Artículo 28 apartado 5 -Exclusividad- de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley Nº 5666) y su Decreto Reglamentario Nº 326-GCABA/17, que se gestiona bajo el Sistema Buenos Aires Compras (BAC), en el marco de lo dispuesto por el artículo 85 -Informatización de las Contrataciones- de la Ley de Compras y Contrataciones citada y su Decreto Reglamentario, para la contratación del "Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de equipos marca CECAR instalados en diversos Hospitales del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" por un plazo de veinticuatro (24) meses;

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ANEXO

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Que por Disposición Nº 117-DGADCYP/17 se aprobaron los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, sus Anexos, y de Especificaciones Técnicas, y se llamó a la citada Contratación Directa, fijándose fecha límite para la recepción de la oferta el día 15 de septiembre de 2017 a las 11:00 h, por un monto aproximado de PESOS SEIS MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL ($ 6.696.000.-), IVA incluido; Que la convocatoria y los pliegos de aplicación se publicaron en el Portal Buenos Aires Compras y en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido en los artículos 28, 93 y 97 de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley Nº 5666), su Decreto Reglamentario Nº 326-GCABA/17; Que, asimismo, se cursaron Comunicaciones Oficiales a la Dirección General Contaduría del Ministerio de Hacienda, a las Subsecretarías de Administración del Sistema de Salud y de Planificación Sanitaria, a las Direcciones Generales Hospitales y Coordinación, Tecnologías y Financiamiento en Salud, y a los efectores destinatarios del servicio objeto de la contratación que nos ocupa; Que el acto administrativo de convocatoria fue publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, juntamente con los pliegos de aplicación; Que a través del Sistema Buenos Aires Compras (BAC), se cursó invitación a cotizar a la firma CECAR ESTERILIZACIÓN S.A., única empresa autorizada en la República Argentina, con carácter de "exclusiva", para la venta, reparación, mantenimiento, repuestos y la totalidad de la mano de obra de todos los equipos de esterilización que fabrica; Que se encuentra registrada en el Sistema Buenos Aires Compras (BAC) la adquisición de pliegos de la gestión que nos ocupa por parte de una empresa, y la confirmación de una oferta en dicho Sistema; Que con fecha 15 de septiembre de 2017 a las 11:00 h, se realizó la apertura de la propuesta presentada por la firma CECAR ESTERILIZACIÓN S.A. (CUIT Nº 30-70850694-6) por un monto de PESOS SEIS MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL ($ 6.696.000.-), generándose el Acta de Apertura correspondiente;

Que mediante Informe N° IF-2017-21638246-DGCTFS, avalado mediante Informe N° IF-2017-21862177-DGCTFS, la Dirección General Coordinación, Tecnologías y Financiamiento en Salud, área técnica competente en la materia, realizó el análisis de la propuesta, destacando que la misma cumple con los requisitos exigidos; Que en base al asesoramiento técnico efectuado, el precio estimado, y demás antecedentes del proceso, la propuesta en cuestión resulta admisible y conveniente, al amparo de lo establecido en el Artículo 110 - Criterio de selección de las ofertas- de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley Nº 5666); Que el gasto que genera la presente contratación cuenta con reflejo presupuestario en la partida correspondiente, con cargo a los ejercicios 2017, 2018 y 2019; Que toda vez que el gasto compromete ejercicios futuros, tomaron debida intervención los organismos pertinentes, conforme lo establecido en las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobadas por Decreto Nº 680/16; Que en atención al estado del procedimiento y al régimen especial contemplado en el artículo 28, apartado 5, de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley Nº 5666) y reglamentado por Decreto Nº 326-GCABA/17 y modificatorios, corresponde dictar el acto administrativo que resuelve en definitiva la gestión que nos ocupa; Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección General Legal y Técnica de este Ministerio de Salud. Por ello, y en ejercicio de las competencias establecidas en la Ley Nº 2095 (Texto consolidado por Ley N° 5666) y el Decreto N° 326-GCABA/17,

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LA DIRECTORA GENERAL ADMINISTRATIVA, CONTABLE Y PRESUPUESTO

DISPONE Artículo 1°.- Apruébase la Contratación Directa Nº 401-1012-CDI17, al amparo de lo establecido en el Artículo 28 apartado 5 -Exclusividad- de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley Nº 5666) y su Decreto Reglamentario Nº 326-GCABA/17, gestionada bajo el Sistema Buenos Aires Compras (BAC) en el marco de lo dispuesto por el artículo 85 -Informatización de las Contrataciones- de la Ley de Compras y Contrataciones citada, para la contratación del "Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de equipos marca CECAR instalados en diversos Hospitales del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" por un plazo de veinticuatro (24) meses. Artículo 2º.- Adjudícase a la firma CECAR ESTERILIZACIÓN S.A. (CUIT Nº 30-70850694-6) la contratación citada en el Artículo 1º de la presente por un monto total de PESOS SEIS MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL ($ 6.696.000.-), por cumplir su propuesta con los pliegos que rigen el procedimiento y ser oferta conveniente, al amparo de lo establecido en el Artículo 110 -Criterio de selección de ofertas- de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley Nº 5666), conforme el siguiente detalle:

RENGLÓN DESTINATARIO UNIDAD CANTIDAD MONTO MONTO

UNITARIO $ TOTAL $ 1 Hospital de MES 24 23.000.- 552.000.-

Quemados 2 Hospital de

Rehabilitación MES 24 7.000.- 168.000.- Respiratoria María Ferrer

3 Hospital Donación MES 24 14.000.- 336.000.- Santojanni

4 Hospital Cecilia MES 24 23.000.- 552.000.- Grierson 5 Grierson

Hospital Cecilia MES 24 14.000.- 336.000.- 6 Hospital General

de Agudos mes 24 46000.- 1.104.000.- Teodoro Alvarez

7 Hospital General MES 24 14.000.- 336.000.-

Teodoro Alvarez de Agudos

8 Hospital Municipal

De Oncología MES 24 23.000.- 552.000.- María Curie

9 Hospital de

Oftalmología MES 24 46.000.- 1.104.000.- Santa Lucía

10 Hospital de

Odontología José MES 24 23.000.- 552.000.- Dueñas.

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11 Instituto de

Rehabilitación MES 24 23.000.- 552.000.- Psicofísica

12 Hospital General de Niños Ricardo MES 24 23.000.- 552.000.- Gutiérrez

TOTAL 6.696.000.- Artículo 3°.- La erogación que demande la presente gestión será imputada a la correspondiente partida presupuestaria con cargo a los ejercicios 2017, 2018 y 2019. Artículo 4°.- Autorízase a la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones a emitir la respectiva Orden de Compra. Artículo 5°.- Publíquese y para su notificación y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones del Ministerio de Salud. Filippo

DISPOSICIÓN N.° 209/HBU/17

Buenos Aires, 27 de septiembre de 2017 VISTO: el Expediente Electrónico N° EX-2017-20158644-MGEyA-HBU, la Ley 2095/GCBA/2006 (Texto Consolidado por Ley 5666), Resolución Nº 424/GCABA/MHGC/13 Resolución Nº 607-MHGC-13, los Decretos N° 1145-GCABA/09 y N° 95-2014-AJG, y CONSIDERANDO: Que por la citada actuación tramita la Adquisición de Insumos para la Unidad de Hemoterapia de este Hospital de Gastroenterología "Dr. Carlos BONORINO UDAONDO"; Que dicha adquisición se realiza bajo la modalidad de Contratación Electrónica del Sistema Buenos Aires Compras del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Que obra la Solicitud de Gastos Nº 439-5827-SG17 debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria con cargo al Ejercicio 2017; Que por Disposición Nº 396/DGCyC/2014, la Dirección General de Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Articulo Nº 87 de la Ley Nº 2095 aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los procesos de Compras y Contrataciones mediante BAC; Que se confeccionó el Pliego de Bases y Condiciones Generales, Particulares y de Especialidades Técnicas para su autorización; Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 95-AJG-2014, reglamentario de la Ley Nº 2095,

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL DE GASTROENTEROLOGIA "DR. CARLOS BONORINO UDAONDO"

DISPONE

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 185

Art. 1º.- Autorícese el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, Particulares y

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de Especificaciones Técnicas correspondiente a la Licitación Privada N° 439-0062-LPR17 de acuerdo al Art. 31, Ley 2095/2006 (Texto Consolidado por Ley 5666).- Art. 2º.- Remítase al Gerente Operativo de Gestión Administrativa Económica y Financiera (División Compras y Contrataciones), para la prosecución de su trámite. Sosa

DISPOSICIÓN N.° 210/HBU/17

Buenos Aires, 27 de septiembre de 2017 VISTO: el Expediente Electrónico N° EX-2017-21105566-MGEyA-HBU, la Ley 2095/GCBA/2006 (Texto Consolidado por Ley 5666), la Resolución Nº 424/GCABA/MHGC/13, la Resolución Nº 607-MHGC-13, los Decretos N° 1145-GCABA/09 y N° 95-2014-AJG, y CONSIDERANDO: Que por la citada actuación tramita la Adquisición de Insumos para la Unidad de Laboratorio de este Hospital de Gastroenterología "Dr. Carlos BONORINO UDAONDO"; Que dicha adquisición se realiza bajo la modalidad de Contratación Electrónica del Sistema Buenos Aires Compras del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Que obra la Solicitud de Gastos Nº 439-5896-SG17 debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria con cargo a los Ejercicios 2017 y 2018; Que por Disposición Nº 396/DGCyC/2014, la Dirección General de Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Articulo Nº 87 de la Ley Nº 2095 aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los procesos de Compras y Contrataciones mediante BAC; Que se confeccionó el Pliego de Bases y Condiciones Generales, Particulares y de Especialidades Técnicas para su autorización; Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 95-AJG-2014, reglamentario de la Ley Nº 2095,

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL DE GASTROENTEROLOGIA "DR. CARLOS BONORINO UDAONDO"

DISPONE Art. 1º.- Autorícese el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, Particulares y de Especificaciones Técnicas correspondiente a la Licitación Pública N° 439-1372-LPU17 de acuerdo al Art. 28 Inc. 1º, Ley 2095/2006 (Texto Consolidado por Ley 5666).- Art. 2º.- Remítase al Gerente Operativo de Gestión Administrativa Económica y

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ANEXO

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DISPOSICIÓN N.° 220/HBU/17

Buenos Aires, 4 de octubre de 2017 VISTO: el Expediente Electrónico Nº 21105566/MGEyA/HBU/2017, la Ley 2095/GCBA/2006, Texto consolidado por Ley 5666, la Resolución Nº 424/GCABA/MHGC/13, la Resolución Nº 607-MHGC-13, los Decreto N° 1145-GCABA/09 y N° 95-2014-AJG, y CONSIDERANDO: Que por la citada actuación tramita la Adquisición de Insumos destinados al Servicio de Laboratorio de este Hospital de Gastroenterología “Dr. Carlos BONORINO UDAONDO“ no incluida en la canasta básica con destino a los hospitales dependientes del Ministerio de Salud; Que dicha adquisición se realiza bajo la modalidad de Contratación Electrónica del Sistema Buenos Aires Compras del gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Qué obra la Solicitud de Gastos Nº 439-5896-SG17 debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria con cargo a los Ejercicios 2017 y 2018; Qué por Disposición Nº 396/DGCyC/2014, la Dirección General de Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Articulo Nº 87 de la Ley Nº 2095, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los procesos de Compras y Contrataciones mediante BAC; Qué por Disposición DI-2017-210-HBU se autorizó el Pliego de Bases y Condiciones Generales, Particulares y de Especialidades Técnicas; Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 95-AJG-2014, reglamentario de la Ley Nº 2095,

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL DE GASTROENTEROLOGIA "DR. CARLOS BONORINO UDAONDO"

DISPONE Art. 1º.- Apruébese el Llamado a Apertura de la Licitación Pública 439-1372-LPU17, para el día 18 de octubre de 2017 a la hora 11:00 bajo la modalidad de Contratación Electrónica del Sistema Buenos Aires Compras del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, al amparo de lo establecido en el Articulo 31°, de la Ley Nº 2095(Texto consolidado por Ley 5666), para la Adquisición de Insumos para Laboratorio, por un monto aproximado de Pesos Un Millón Novecientos Cinco Mil Trescientos ($ 1.905.300,00).- Art. 2º.- Establézcase el pliego SIN VALOR.- Art. 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial por el termino de un (1) día; en pagina Web www.buenosaires.gob.ar/hacienda/compras/contrataciones-consultas y Portal BAC www.buenosairescompras.gob.ar.-

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 187

ANEXO

Financiera (División Compras y Contrataciones), para la prosecución de su trámite. Sosa

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DISPOSICIÓN N.° 222/HBU/17

Buenos Aires, 4 de octubre de 2017 VISTO: el Expediente Electrónico N° EX-2017-20768386-MGEyA-HBU, la Ley 2095/GCBA/2006 (Texto Consolidado por Ley 5666), la Resolución Nº 424/GCABA/MHGC/13, la Resolución Nº 607-MHGC-13, los Decretos N° 1145-GCABA/09 y N° 95-2014-AJG, y CONSIDERANDO: Que por la citada actuación tramita la Adquisición de Lámpara para Luminaria Scialítica destinada al Departamento Quirúrgico de este Hospital de Gastroenterología "Dr. Carlos BONORINO UDAONDO"; Que dicha adquisición se realiza bajo la modalidad de Contratación Electrónica del Sistema Buenos Aires Compras del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Que obra la Solicitud de Gastos Nº 439-5921-SG17 debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria con cargo al Ejercicio 2017; Que por Disposición Nº 396/DGCyC/2014, la Dirección General de Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Articulo Nº 87 de la Ley Nº 2095 aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los procesos de Compras y Contrataciones mediante BAC; Que se confeccionó el Pliego de Bases y Condiciones Generales, Particulares y de Especialidades Técnicas para su autorización; Que habiendo quedado Desierto el proceso de compra Nº 439-2547-CME17, se procede a efectuar un nuevo llamado; Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 95-AJG-2014, reglamentario de la Ley Nº 2095;

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL DE GASTROENTEROLOGIA "DR. CARLOS BONORINO UDAONDO"

DISPONE Art. 1º.- Autorícese el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, Particulares y de Especificaciones Técnicas correspondiente a la Contratación Menor N° 439-2794-CME17, de acuerdo al Art. 38° Ley 2095/2006 (Texto Consolidado por Ley 5666),- Art. 2º.- Remítase al Gerente Operativo de Gestión Administrativa Económica y Financiera (División Compras y Contrataciones), para la prosecución de su trámite. Sosa

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 188

Art. 4º.- Remítase al Gerente Operativo de Gestión Administrativa Económica y Financiera (División Compras y Contrataciones), para la prosecución de su trámite. Sosa

ANEXO

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DISPOSICIÓN N.° 223/HBU/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 VISTO: el Expediente Electrónico Nº 20768386/MGEyA/HBU/2017, la Ley 2095/GCBA/2006, Texto Consolidado por Ley 5666, la Resolución Nº 424/GCABA/MHGC/13, la Resolución Nº 607-MHGC-13, los Decreto N° 1145-GCABA/09 y N° 95-2014-AJG, y CONSIDERANDO: Qué por la citada actuación tramita la Adquisición de Lámpara para Luminaria Scialítica destinada al Dpto. Quirúrgico de este Hospital de Gastroenterología “Dr. Carlos BONORINO UDAONDO“; Que dicha adquisición se realiza bajo la modalidad de Contratación Electrónica del Sistema Buenos Aires Compras del gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Qué obra la Solicitud de Gastos Nº 439-5921-SG17 debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria con cargo al Ejercicio 2017; Qué por Disposición Nº 396/DGCyC/2014, la Dirección General de Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Articulo Nº 87 de la Ley Nº 2095, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los procesos de Compras y Contrataciones mediante BAC; Que habiendo quedado Desierto el proceso de compra Nº 439-2547-CME17, se procede a efectuar un nuevo llamado; Qué por Disposición DI-2017-222-HBU se autorizó el Pliego de Bases y Condiciones Generales, Particulares y de Especialidades Técnicas; Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 95-AJG-2014, reglamentario de la Ley Nº 2095,

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL DE GASTROENTEROLOGIA "DR. CARLOS BONORINO UDAONDO"

DISPONE Art. 1º.- Apruébese el Llamado a Apertura de la Contratación Menor 439-2794-CME17, para el día 12 de octubre de 2017 a la hora 10:00 bajo la modalidad de Contratación Electrónica del Sistema Buenos Aires Compras del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, al amparo de lo establecido en el Articulo 38°, de la Ley Nº 2095(Texto consolidado por Ley 5666), para la Adquisición de Lámpara para Luminaria Scialítica, por un monto preventivo aproximado de Pesos Veintitrés Mil ($ 23.000,00).- Art. 2º.- Establézcase el pliego SIN VALOR.- Art. 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial por el termino de un (1) día; en pagina Web www.buenosaires.gob.ar/hacienda/compras/contrataciones-consultas y Portal www.buenosairescompras.gob.ar.- Art. 4º.- Remítase al Gerente Operativo de Gestión Administrativa Económica y Financiera (División Compras y Contrataciones), para la prosecución de su trámite. Sosa

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DISPOSICIÓN N.° 224/HBU/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 VISTO: el Expediente Electrónico Nº 20158644/MGEyA/HBU/2017, la Ley 2095/GCBA/2006, Texto consolidado por Ley 5666, la Resolución Nº 424/GCABA/MHGC/13, la Resolución Nº 607-MHGC-13, los Decreto N° 1145-GCABA/09 y N° 95-2014-AJG, y CONSIDERANDO: Qué por la citada actuación tramita la Adquisición de Insumos destinados a la Unidad Hemoterapia de este Hospital de Gastroenterología “Dr. Carlos BONORINO UDAONDO“ no incluida en la canasta básica con destino a los hospitales dependientes del Ministerio de Salud; Que dicha adquisición se realiza bajo la modalidad de Contratación Electrónica del Sistema Buenos Aires Compras del gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Qué obra la Solicitud de Gastos Nº 439-5827-SG17 debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria con cargo al Ejercicio 2017; Qué por Disposición Nº 396/DGCyC/2014, la Dirección General de Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Articulo Nº 87 de la Ley Nº 2095, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los procesos de Compras y Contrataciones mediante BAC; Qué por Disposición DI-2017-209-HBU se autorizó el Pliego de Bases y Condiciones Generales, Particulares y de Especialidades Técnicas; Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 95-AJG-2014, reglamentario de la Ley Nº 2095,

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL DE GASTROENTEROLOGIA "DR. CARLOS BONORINO UDAONDO"

DISPONE Art. 1º.- Apruébese el Llamado a Apertura de la Licitación Privada 439-0062-LPR17, para el día 17 de octubre de 2017 a la hora 11:00 bajo la modalidad de Contratación Electrónica del Sistema Buenos Aires Compras del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, al amparo de lo establecido en el Articulo 31°, de la Ley Nº 2095(Texto consolidado por Ley 5666), para la Adquisición de Insumos para Hemoterapia, por un monto aproximado de Pesos Seiscientos Noventa y Siete Mil Cuatrocientos Noventa ($ 697.490,00).- Art. 2º.- Establézcase el pliego SIN VALOR.- Art. 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial por el termino de un (1) día; en pagina Web www.buenosaires.gob.ar/hacienda/compras/contrataciones-consultas y Portal www.buenosairescompras.gob.ar.- Art. 4º.- Remítase al Gerente Operativo de Gestión Administrativa Económica y Financiera (División Compras y Contrataciones), para la prosecución de su trámite. Sosa

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DISPOSICIÓN N.° 282/HIFJM/17

Buenos Aires, 3 de octubre de 2017 VISTO el Expediente Electronico N° 22379273/2017 y los términos de la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 5454), el Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por Decreto N° 114/GCBA/2016 y su modificatorio Decreto N° 411/GCBA/2016, la Resolución Conjunta N° 9-MHGC-MJGGC-SECLYT/11, las Resoluciones N° 596/MHCG/l 1 y N° 1160/MHGC/l 1, las Disposiciones N° 115-DGCYC-11 y N° 119/DGCYC-11, el E.E. N° 6588567-MGEYA-HNBM-2014 B.A.C.; y CONSIDERANDO: Que por la citada actuación tramita el proceso de compras N° 423-2753-CME17 para la ADQUISICION DE REACTIVOS con destino a la Unidad Virologìa y Unidad de trabajo Zoonosis del Hospital de Infecciosas Fco. Javier Muñiz. Que, la presente contratación se realiza bajo la modalidad de contratación electrónica del Sistema Buenos Aires Compras del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Que, obra la Solicitud de Gasto 423-5848-SG17 debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria con cargo al presente ejercicio y ejercicio futuro. Que, este proceso de compras tramita por el módulo Expediente Electrónico (E.E.) del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE) en cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución Conjunta N°9/MHGC-MJGGC-SECLYT/11. Que, por disposición N° 396-DGCYC/14 la Dirección General de Compras y Contrataciones en carácter de órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por los artículos N° 85 de la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 5454), el Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por Decreto N° 114/GCBA/2016 y su modificatorio Decreto N° 411/GCBA/2016, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los procesos de Compras y Contrataciones mediante BAC. Que, se publica en www.buenosairescompras.gob.ar el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares, conteniendo el detalle de productos a licitar, así como las condiciones y modalidades propias de la contratación entre los que se cuentan los requisitos técnicos de los bienes económicos y financieros, condiciones de entrega y garantías. Que en virtud de los términos de la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 5454), el Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por Decreto N° 114/GCBA/2016 y su modificatorio Decreto N° 411/GCBA/2016, el suscripto se encuentra facultado para realizar el llamado a Contratacion Directa, aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas y designar los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas. Por ello

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DE LA UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES DISPONE:

Artículo 1º: Apruébanse los Pliego de Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas sin valor el cual podrá ser consultado en la pagina www.buenosairescompras.gob.ar Artículo 2º: Llámase a Apertura de ofertas del Proceso de Compras BAC Nº 423-2753-CME17 para el día 19/10/2017 a la hora 10:00, bajo la modalidad de contratación electrónica del Sistema Buenos Aires Compras del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, para la ADQUISICION DE REACTIVOS con destino a la Unidad Virologìa y Unidad de trabajo Zoonosis del Hospital de Infecciosas Fco. J. Muñiz, al amparo de lo establecido en el artículo N° 38 de la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 5454), el Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por Decreto N° 114/GCBA/2016 y su modificatorio Decreto N° 411/GCBA/2016, por un monto aproximado de pesos NOVENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS ($96.400,00). - Artículo 3º: Regístrese, Publíquese en Internet en el portal Buenos Aires Compras, boletín oficial y en la página Web oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Nogueras

DISPOSICIÓN N.° 368/HGAT/17

Buenos Aires, 3 de octubre de 2017 VISTO: El Expediente Electrónico N° 22236825/17 y la Ley 2095 promulgada por Decreto N° 1772/GCBA/2016 (B.O.C.B.A. N° 2557) (texto consolidado por Ley N° 5454), el Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por Decreto N° 114/GCBA/2016 y su modificatorio Decreto N° 411/GCBA/2016, Decreto N° 1145/06 y Resolución N° 1160/MHGC/11 y; CONSIDERANDO: Que por la citada actuación tramita la reparación de Instrumental con destino a Centro Quirúrgico no incluida en la canasta básica con destino a los hospitales dependientes del Ministerio de Salud; Que, obra la Solicitud de Gasto N° 438-5929-SG17 debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria con cargo al ejercicio 2017. Que, obra el Pliego de Cláusulas Particulares y de Especificaciones Técnicas; Que, por Disposición N° 396-DGCyC-2014, la Dirección General de Compras y Contrataciones en su carácter de Órgano rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Art. 85 de la Ley 2095 (texto consolidado por Ley N° 5454), aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Por ello, y de acuerdo a las facultades conferidas en la Ley 2095/06 (texto consolidado por Ley 5454), su modificatoria N° 4764, Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por Decreto N° 114/16 y su modificatorio Decreto 411/16

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ANEXO

LA DIRECTORA DEL HOSPITAL DE INF. FCO. J. MUÑIZ EN SU CARÁCTER DE MAXIMA AUTORIDAD

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EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GRAL. DE AGUDOS DR. ENRIQUE TORNU DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DISPONE Artículo 1°- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas que como anexo forman parte integrante de la presente. Articulo 2°- Llamase a Contratación Menor N° 438-2730-CME17, para el día 10 de Octubre de 2017 a las 11:30 hs, para la reparación de Instrumental con destino a Centro Quirúrgico al amparo de lo establecido en el Artículo 38°, de la Ley 2095 (texto consolidado por Ley 5454), para por un monto aproximado de $: 22.800,00 (pesos veintidós mil ochocientos pesos). Articulo 3°- Establézcase el pliego SIN VALOR, el que podrá ser consultado en la Pagina www.buenosairescompras.gob.ar Portal BAC. Articulo 4°- Remítase las invitaciones de acuerdo a lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria Ley N° 4764 y su decreto Reglamentario N° 95/14; publíquese en Internet, pagina Web, www.buenosaires.gov.ar-hacienda-licitaciones y compras-consulta de compras, portal BAC www.buenosairescompras.gob.ar. Articulo 5°- Remítase al Gerente Operativo de Gestión Administrativa Económica y Financiera (División Compras y Contrataciones), para la prosecución de su trámite. Castañiza

DISPOSICIÓN N.° 374/HGAT/17

Buenos Aires, 4 de octubre de 2017 VISTO: El Expediente Electrónico N° 22611031/17 y la Ley 2095 promulgada por Decreto N° 1772/GCBA/2016 (B.O.C.B.A. N° 2557) (texto consolidado por Ley N° 5454), el Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por Decreto N° 114/GCBA/2016 y su modificatorio Decreto N° 411/GCBA/2016, Decreto N° 1145/06 y Resolución N° 1160/MHGC/11 y; CONSIDERANDO: Que por la citada actuación tramita la adquisición de no incluida en la canasta básica con destino a los hospitales dependientes del Ministerio de Salud; Que, obra la Solicitud de Gasto N° 438-6099-SG17 debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria con cargo al ejercicio vigente Que, obra el Pliego de Cláusulas Particulares y de Especificaciones Técnicas; Que, por Disposición N° 396-DGCyC-2014, la Dirección General de Compras y Contrataciones en su carácter de Órgano rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Art. 85 de la Ley 2095 (texto consolidado por Ley N° 5454), aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Por ello, y de acuerdo a las facultades conferidas en la Ley 2095/06 (texto consolidado por Ley 5454), su modificatoria N° 4764, Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por Decreto N° 114/16 y su modificatorio Decreto 411/16

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 193

ANEXO

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EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GRAL. DE AGUDOS DR. ENRIQUE TORNU

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES DISPONE

Artículo 1°- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas que como anexo forman parte integrante de la presente. Articulo 2°- Llamase a Contratación Menor N° 438-2778-CME17, para el día 11 de octubre de 2017 a las 11: 30 hs, para la REPARACION DE MICROSCOPIOS con destino a Patrimonio al amparo de lo establecido en el Artículo 38°, de la Ley 2095 (texto consolidado por Ley 5454), por un monto aproximado de pesos 9000 pesos nueve mil. Articulo 3°- Establézcase el pliego SIN VALOR, el que podrá ser consultado en la Pagina www.buenosairescompras.gob.ar Portal BAC. Articulo 4°- Remítase las invitaciones de acuerdo a lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria Ley N° 4764 y su decreto Reglamentario N° 95/14; publíquese en Internet, pagina Web, www.buenosaires.gov.ar- hacienda-licitaciones y compras-consulta de compras, portal BAC www.buenosairescompras.gob.ar. Articulo 5°- Remítase al Gerente Operativo de Gestión Administrativa Económica y Financiera (División Compras y Contrataciones), para la prosecución de su trámite. Castañiza

DISPOSICIÓN N.° 482/HGAPP/17

Buenos Aires, 18 de septiembre de 2017 VISTO: El EX-2017-07531043-MGEYA-HGAPP y el Parte de Recepción Definitiva Nº 193585-HGAPP-2017, y CONSIDERANDO: Que, por el EX-2017-07531043-MGEYA-HGAPP se autorizó la adquisición de material descartable con destino a la División Farmacia emitiéndose en consecuencia la Orden de Provisión N° 426-3921-OC17 a favor de la firma BARRACA ACHER ARGENTINA S.R.L. habiéndose fijado su vencimiento el día 25-07-2017; Que, la firma antes mencionada procedió a la entrega de los renglones Nº 2 y 5 con fecha 24-08-2017 según Parte de Recepción Definitiva N° 193585-HGAPP-2017; es decir, vencido el plazo establecido de tres (3) meses calendario; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Artículos N° 9° de la Ley N° 2095 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promulgada por Decreto 1772-GCBA-2006 (BOCBA N° 2557);

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ANEXO

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Art. 1°.- Impónese a la firma BARRACA ACHER ARGENTINA S.R.L. CUIT 30-51612669-4 adjudicataria de la Orden de Provisión N° 426-3921-OC17 domiciliada en Doblas 1510 de esta Capital de acuerdo con lo previsto en el Art. 121°, 123° y 127º inc. a) y c) de la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las penalidades que a continuación se detallan: Una multa de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO ($ 458,00) por mora en el cumplimiento de la entrega sobre el vencimiento original. Art. 2°.- Pase a la Subgerencia Operativa Administración General la que notificará fehacientemente a la firma respectiva de los términos de la presente (Conf. Capítulo VI Art. 60/65 del DNU Nº 1510/97 - BOCBA Nº 310), y a la Sección Compras y Contrataciones el cual deberá cumplimentar el procedimiento previsto en el Art. 135° de la Ley N° 2095/06 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo debiendo procederse a la caratulación del respectivo Antecedente de Cancelación de Cargo y Formación del Legajo Único (Conf. Disposición Nº 146-DGCyC-2009 - BOCBA Nº 3271). Artículo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial y en el Portal de Buenos Aires Compras de acuerdo a lo establecido en la Disposición Nº 222-DGCYC-2017. Artículo 4º.- Remítase a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda a fin que proceda a deducir el importe consignado el Art.1º de las facturas de la empresa que se encuentren al cobro. De no contar con acreencias, deberá tomar la intervención de su competencia el Departamento Control de Ingresos de la Contaduría

General, para que por su intermedio la Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), formule el cargo e ingrese el importe pertinente. Pagano

DISPOSICIÓN N.° 508/HGAPP/17

Buenos Aires, 6 de octubre de 2017 VISTO el Expediente Nº EX-2017-22899909-MGEYA-HGAPP y las disposiciones de la Ley N° 2.095/G.C.A.B.A/06 (texto consolidado por Ley 5666) el Decreto Reglamentario N° 326/17 y las contenidas en las Cláusulas Particulares. CONSIDERANDO Que, por el mencionado actuado tramita la adquisición de Insumos para Quimica Guardia (gases en sangre) con aparatologia en prestamo con destino a este Hospital. Que, obra Solicitud de Gasto Nº 426-6378-SG17 debidamente valorizada. Que el proceso de compras se ajustara a los términos de la Ley 2.095/G.C.A.B.A/06 (texto consolidado por Ley 5666) el Decreto Reglamentario N° 326/17. Que, el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales que rigen las contrataciones han sido aprobados por el Órgano Rector según Disposición Nº 396-DGCyC/2014. Que, por lo expuesto, corresponde aprobar los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares que regirán en el proceso de compras que se propicia y efectuar el llamado a LICITACIÓN PÚBLICA bajo los términos del Artículo 31 de la Ley 2.095/G.C.A.B.A/06(texto consolidado por Ley 5666) el Decreto Reglamentario N° 326/17 de aplicación en el ámbito de la Cuidad Autónoma de Buenos Aires. Por ello, en uso de las competencias establecidas

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EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS PARMENIO PIÑERO

DISPONE:

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EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS P. PIÑERO

DISPONE Art. 1°.-Apruebase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares disponible en el Sistema Buenos Aires Compras (BAC). Art. 2°.- Llámese a LICITACION PUBLICA N° 426-1471-LPU17 para el día 13/10/2017 a las 10.00 horas al amparo de lo establecido en el Artículo 31de la Ley 2.095/G.C.A.B.A/06 (texto consolidado por Ley 5666) el Decreto Reglamentario N° 326/17 para la adquisición de Insumos para Quimica Guardia (gases en sangre) con aparatologia en préstamo con destino a este Hospital por la suma estimada de PESOS novecientos setenta y siete mil cuatrocientos ($ 977.400). Art. 3º.- El Pliego de Bases y Condiciones se suministrará en forma gratuita. Art. 4°.- Remítanse las invitaciones y efectúese la publicidad del presente llamado de acuerdo a los términos de los artículos 93 y 97 de la Ley 2.095/G.C.A.B.A/06 (texto consolidado por Ley 5666) el Decreto Reglamentario N° 326/17. Art. 5°.- Regístrese y remítase a la Sección Compras y Contrataciones para la prosecución de su trámite. Pagano

DISPOSICIÓN N.° 509/HGAPP/17

Buenos Aires, 6 de octubre de 2017 VISTO el Expediente Nº EX-2017-22897669-MGEYA-HGAPP y las disposiciones de la Ley N° 2.095/G.C.A.B.A/06 (texto consolidado por Ley 5666) el Decreto Reglamentario N° 326/17 y las contenidas en las Cláusulas Particulares. CONSIDERANDO Que, por el mencionado actuado tramita la adquisición de Insumos para Quimica Guardia con aparatologia en prestamo con destino a este Hospital. Que, obra Solicitud de Gasto Nº 426-6488-SG17 debidamente valorizada. Que el proceso de compras se ajustara a los términos de la Ley 2.095/G.C.A.B.A/06 (texto consolidado por Ley 5666) el Decreto Reglamentario N° 326/17. Que, el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales que rigen las contrataciones han sido aprobados por el Órgano Rector según Disposición Nº 396-DGCyC/2014. Que, por lo expuesto, corresponde aprobar los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares que regirán en el proceso de compras que se propicia y efectuar el llamado a LICITACIÓN PÚBLICA bajo los términos del Artículo 31 de la Ley 2.095/G.C.A.B.A/06(texto consolidado por Ley 5666) el Decreto Reglamentario N° 326/17 de aplicación en el ámbito de la Cuidad Autónoma de Buenos Aires. Por ello, en uso de las competencias establecidas

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 196

ANEXO

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Art. 1°.-Apruebase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares disponible en el Sistema Buenos Aires Compras (BAC). Art. 2°.- Llámese a LICITACION PUBLICA N° 426-1470-LPU17 para el día 13/10/2017 a las 10.00 horas al amparo de lo establecido en el Artículo 31de la Ley 2.095/G.C.A.B.A/06 (texto consolidado por Ley 5666) el Decreto Reglamentario N° 326/17 para la adquisición de Insumos para Quimica Guardia con aparatologia en préstamo con destino a este Hospital por la suma estimada de PESOS un millón trescientos ochenta y tres mil setecientos ($ 1.383.700). Art. 3º.- El Pliego de Bases y Condiciones se suministrará en forma gratuita. Art. 4°.- Remítanse las invitaciones y efectúese la publicidad del presente llamado de acuerdo a los términos de los artículos 93 y 97 de la Ley 2.095/G.C.A.B.A/06 (texto consolidado por Ley 5666) el Decreto Reglamentario N° 326/17. Art. 5°.- Regístrese y remítase a la Sección Compras y Contrataciones para la prosecución de su trámite. Pagano

DISPOSICIÓN N.° 515/HGACA/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 VISTO el Expediente Nº 2017-22608311-MGEYA-HGACA, la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por la Ley Nº 5666) y el Decreto Reglamentario Nº 326/17 (BOCBA Nº 5202 de 31 de agosto de 2017, vigentes en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires y; CONSIDERANDO: Que, por el mencionado Expediente tramita la PROVISION DE INSUMOS (Marcapasos - PACIENTE: Rubio Alvarez Jorge, DNI: 95.385.643) con destino a la Unidad de Electrofisiología de este Establecimiento Asistencial; Que, por Nota Nº NO-2017-22068097-HGACA la Dirección de este nosocomio autoriza la compra y solicita se gestione la misma por la modalidad de compra correspondiente; Que, se importó la Solicitud de Gastos N° 412-6289-SG17 debidamente valorizada de acuerdo a lo establecido en el Art. 78 de la Ley 2.095/06 y su modificatoria Ley 4764/14 y su Decreto Reglamentario Nº DECTO-2017-326-AJG; Que, se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos por un importe de PESOS CUARENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS ($ 42.300,00), encuadrando la compra en los alcances del Art. 38 de la Ley Nº 2.095/06 y su modificatoria; Que, por Disposición 171-DGCyC-08 del 07/07/08, la Dirección General de Compras y Contrataciones, como órgano rector, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que, mediante Resolución 1.226-MS-GCBA-07 del 4/6/07, se designa a este Establecimiento Asistencial como Unidad Operativa de Adquisiciones a fin de establecer la gestión que tiene a su cargo en las Contrataciones y Adquisiciones en forma habitual;

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 197

ANEXO

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS P. PIÑERO

DISPONE

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Que, mediante Decreto 326/17, apruébase la reglamentación del art. 85 de la Ley 2095 e implementase el Sistema Electrónico de Adquisición y Contratación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, denominándose en adelante como Buenos Aires Compras (BAC); Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Art. 13º del Decreto Nº DECTO-2017-326-AJG reglamentario del Art. 13º de la Ley 2.095 (B.O.C.B.A. Nº 2.557) y su modificatoria;

EL DIRECTOR DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DR. COSME ARGERICH EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES

DISPONE: Art. 1 ° Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que forman parte de la presente. Art. 2 ° Llámase a Contratación Menor Nº 412-2776-CME17, cuyo Acto de Apertura tendrá lugar el día 11 de Octubre de 2017 a las 09:00 hs., para la PROVISION DE

INSUMOS (Marcapasos - PACIENTE: Rubio Alvarez Jorge, DNI: 95.385.643), por un monto aproximado de PESOS CUARENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS ($ 42.300,00), con destino a la Unidad de Electrofisiología, enmarcado en los alcances del Art. 38 de la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Art. 3 ° El gasto que demanda la presente será imputado al presente ejercicio y registra un compromiso futuro para el ejercicio 2018 según Solicitud de Gastos N° 412-6289-SG17. Art. 4 ° Establécese el pliego SIN VALOR, el que podrá ser consultado en la Oficina de Compras y Contrataciones de esta Unidad Operativa de Adquisiciones, en la página web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en Buenos Aires Compras (BAC). Art. 5 ° Pase, para la prosecución de su trámite a la División Compras. Hernández

DISPOSICIÓN N.° 522/HGNPE/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 VISTO el Expediente N°22703120/HGNPE/2017, la Ley N° 2095 promulgada por Decreto Nº 1772/GCBA/2006 (B.O.C.B.A. Nº 2557), (texto consolidado por Ley 5666), Ley 4764, Decreto 326/17; CONSIDERANDO: Que, por la citada actuación tramita la adquisición de insumos varios para Cirugía Cardiovascular, no incluída en la canasta básica con destino a los hospitales dependientes del Ministerio de Salud. Que, obra la Solicitud de Gastos Nº 417-6113-SG17 debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria con cargo de lo ejercicio 2017.

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Que, obra el Pliego de Bases y Condiciones Generales, Particulares y de Especificaciones Técnicas; Que, por Disposición Nº 396/DGCyC/2014 (B.O.C.B.A. Nº 2968), la Dirección General de Compras y Contrataciones en carácter de Organo Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Artículo Nº 85 de la Ley Nº 2095, ( texto consolidado por Ley 5666) aprobó el Pliego Unico de Bases y Condiciones Generales; Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Art. 13 del Decreto Nº 326/17 , reglamentario de la Ley Nº 2095, (B.O.C.B.A. Nº 2557), (texto consolidado por Ley 5666);

EL SUB- DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS "DR. PEDRO DE ELIZALDE" EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES

DISPONE: Art. 1º.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas que como anexo forman parte integrante de la presente. Art. 2° Llámese a Licitación Pública 417-1458-LPU17, para el día 19/10/2017 a las 10:00 horas, al amparo de lo establecido en el Artículo 31, de la Ley Nº 2095, ( texto consolidado por la Ley 5666); para la adquisición de insumos varios para Cirugía Cardiovascular, por un monto aproximado de pesos: un millón ochenta y nueve mil trescientos treinta y dos ( $ 1089332.00). Art.3º. Establézcase el pliego sin valor, el que puede ser consultado en www.buenosairescompras.gob.ar. Art.4°.Publíquese en Boletín Oficial, Internet,,www.buenosairescompras.gob.ar . Art.5°.-Remítase al Gerente Operativo de Gestión Administrativa Económica Financiera (División Compras y Contrataciones), para la prosecución de su trámite. Bonina

DISPOSICIÓN N.° 524/HGNPE/17

Buenos Aires, 6 de octubre de 2017 VISTO, el Expediente Electrónico N° 22838486/HGNPE/17, la Ley N° 2.095 promulgada por Decreto Nº 1772/GCBA/2006 (B.O.C.B.A. Nº 2557) (texto consolidado por Ley 5666), Ley 4764/13, Decreto Reglamentario Nº 326/2017, y; CONSIDERANDO: Que por la citada actuación tramita la adquisición de TCA y Paño Estéril para el servicio de Cirugía Cardiovascular, no incluida en la canasta básica con destino a los hospitales dependientes del Ministerio de Salud; Que, obra la Solicitud de Gastos Nº 417-6393-SG17 debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria con cargo al ejercicio 2017; Que, obra el Pliego de cláusulas Particulares y de Especificaciones Técnicas;

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Que, por Disposición Nº 396/DGCyC/14 la Dirección General de Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Artículo Nº 85 de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley 5666), aprobó el pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Por ello y en uso de las facultades conferidas en la Ley 2095/06 (texto consolidado por Ley 5666), su modificatoria Nº 4764, Decreto Reglamentario Nº 326/17

EL SUBDIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS "DR. PEDRO DE ELIZALDE" EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES

DISPONE Art. 1º.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas que como anexo forman parte integrante de la presente. Art. 2° - Llámese a Contratación Menor Nº 417-2804-CME17 , para el día 12/10/2017, a las 10:00 horas, al amparo de lo establecido en el Artículo 38, de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley 5666), para la adquisición de TCA y Paño Estéril para el servicio de Cirugía Cardiovascular, por un monto aproximado de pesos: treinta y cuatro mil ($ 34.000,00). Art. 3º.- Establézcase el pliego SIN VALOR, el que podrá ser consultado en la Página - www.buenosairescompras.gob.ar - portal BAC Art. 4° - Remítanse las invitaciones de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley 5666), su modificatoria ley nº 4764 y su decreto Reglamentario Nº 326/17; publíquese en Internet, página Web, www.buenosaires.gov.ar - hacienda - licitaciones y compras - consultas de compras.-, portal BAC www.buenosairescompras.gob.ar Art.5°.-Remítase al Gerente Operativo de Gestión Administrativa Económica y Financiera (División Compras y Contrataciones), para la prosecución de su trámite. Bonina

DISPOSICIÓN N.° 525/HGNPE/17

Buenos Aires, 6 de octubre de 2017 VISTO, el Expediente Electrónico N° 22838667/HGNPE/17, la Ley N° 2.095 promulgada por Decreto Nº 1772/GCBA/2006 (B.O.C.B.A. Nº 2557) (texto consolidado por Ley 5666), Ley 4764/13, Decreto Reglamentario Nº 326/2017 y; CONSIDERANDO: Que por la citada actuación tramita la adquisición de celda para oxígeno y sensor de flujo, con destino al Servicio de Terapia, no incluida en la canasta básica con destino a los hospitales dependientes del Ministerio de Salud; Que, obra la Solicitud de Gastos Nº 417-6389-SG17 debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria con cargo al ejercicio 2017;

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ANEXO

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Que, obra el Pliego de cláusulas Particulares y de Especificaciones Técnicas; Que, por Disposición Nº 396/DGCyC/14 la Dirección General de Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Artículo Nº 85 de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley 5666), aprobó el pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Por ello y en uso de las facultades conferidas en la Ley 2095/06 (texto consolidado por Ley 5666), su modificatoria Nº 4764, Decreto Reglamentario Nº 326/17

EL SUBDIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS "DR. PEDRO DE ELIZALDE" EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES

DISPONE Art. 1º.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas que como anexo forman parte integrante de la presente. Art. 2° - Llámese a Contratación Menor Nº 417-2805-CME17 , para el día 12/10/2017, a las 10:30 horas, al amparo de lo establecido en el Artículo 38, de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley 5666), para la adquisición celda para oxigeno y sensor de flujo, con destino al Servicio de Terapia, por un monto aproximado de pesos: diecisiete mil ciento cuarenta y siete con 80/100 ( $ 17.147,80) Art. 3º.- Establézcase el pliego SIN VALOR, el que podrá ser consultado en la Página - www.buenosairescompras.gob.ar- portal BAC Art. 4° - Remítanse las invitaciones de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley 5666), y su decreto Reglamentario Nº 326/2017; publíquese en Internet, página Web, www.buenosaires.gov.ar - hacienda - licitaciones y compras - consultas de compras.-, portal BAC www.buenosairescompras.gob.ar Art.5°.-Remítase al Gerente Operativo de Gestión Administrativa Económica y Financiera (División Compras y Contrataciones), para la prosecución de su trámite. Bonina

DISPOSICIÓN N.° 634/HGARM/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 VISTO el Expediente Nº 21971244/MGEYA/HGARM-17 y la ley Nº 2.095/06 (texto Consolidado por Ley 5666), y reglamentada por Dec. Reg. Nº 95-GCBA/2014 modificado por Decreto Nº 411/GCBA/2016, vigente en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y; Decreto Nº 1145/09 y Resolución Nº 1160/11 y; CONSIDERANDO: Que en el mencionado actuado tramita la Adquisición de Sistema de Reconstrucción Craneal 3D para el Pcte: Esquivel Pablo, solicitado por el Servicio de Neurocirugía de este establecimiento asistencial.

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ANEXO

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Que, obra la solicitud de gasto Nº 430-5914 -SG17 debidamente valorizada con la afectación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación que demanda la presente de acuerdo a lo establecido en el Art.78 de la ley 2095/06 y su modificatoria ley 4764/2014 Dec. Reg. Nº 95-AJG/2014. Que se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos por un importe de Pesos Ciento Cincuenta Mil ($ 150.000,00), encuadrando la compra en los alcances de los Art. 38º de la Ley 2095/06 y su modificatoria. Que mediante el citado Expediente se tramita la Contratación Menor Nº 430- 2683-CME17 por la cual, el proceso de compra que por la presente cursa se encuadra en los términos del Art. 38º de la Ley 2095/GCABA/06 (texto Consolidado por Ley 5666) y el Dto. Reglamentario 95/GCBA/2014 modificado por 411/GCBA/2016. Que por Disposición Nº 396/DGCyC/2014 la Dirección General de Compras y Contrataciones en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Art. 85 de la Ley 2.095 (texto Consolidado por Ley 5666), aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. Que mediante la Resolución Nº 1.226/MSGC/07 (B.O.C.B.A. Nº 2714), se constituyó como Unidad Operativa de Adquisición en el ámbito del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires al Hospital General de Agudos José María Ramos Mejía. Que mediante Dto 1145/09, en su Art Nº1 apruébase la reglamentación del Art 83 de la Ley 2095 e implementase el Sistema Electrónico de Adquisición y Contratación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominándose en adelante como Buenos Aires Compras (BAC). Por ello y en uso de las facultades conferidas en la Ley Nº 2095/GCABA/06 (texto Consolidado por Ley 5666), reformada por Ley Nº 4.764-2014 reglamentada por Dec. Reg. Nº 95-AJG/2014 modificado por Dto. Nº 114/16 y su modificatorio Dto. 411/16. Que por EE Nº 2017-20428449-DGAYDRH- se tramita la designación de la Subdirección del Hospital General de Agudos José María Ramos Mejía al Dr. Juan Pablo Rossini. Que por resolución- Resol-2017-1768-MSGC la Ministra de Salud, Dra. Ana Bou Pérez designa al Dr. Juan Pablo Rossini a cargo de la firma del despacho de la Dirección del Hospital General de Agudos José María Ramos Mejía.

Que a fin de evitar dilaciones administrativas que podrían resultar perjudiciales para la salud de la comunidad, el presente acto administrativo es firmado por el Dr. Juan Pablo Rossini. Por ello y en base a las competencias establecidas en Decreto Reglamentario Nº 95/GCBA/2014 modificado por el Decreto Nº 114/GCBA/2016 y su modificatorio Decreto Nº 411/GCBA/2016 Por ello:

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GRAL. DE AGUDOS JOSE MARIA RAMOS MEJIA EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES

DISPONE: Art. 1º.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Art. 2º.- Llámese a Contratación Menor Nº 430- 2683 -CME17 para el día 13 de Octubre de 2017 a las 10:00 hs. al amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley 2095/06 (texto Consolidado por Ley 5666), reformada por Ley Nº 4764/2014 y reglamentada por Dec. Reg. Nº 95-AJG/2014, tramita la Adquisición de Sistema de Reconstrucción Craneal 3D para el Pcte: Esquivel Pablo, solicitado por el Servicio de Neurocirugía, de este establecimiento asistencial, por la suma estimada de Pesos Ciento Cincuenta Mil ($ 150.000,00).

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Art. 3º.- El gasto que demanda la presente será imputado al presente ejercicio y a ejercicio futuro, según Solicitud de Gasto 430- 5914-SG17. Art. 4º.- Establézcase el pliego sin valor el que podrá ser consultado en la página www.buenosairescompras.gob.ar - Portal BAC. Art. 5º.- Remítase las invitaciones y efectúese la publicidad del presente llamado de acuerdo a los términos de la Ley 2095/GCABA/06 (texto Consolidado por Ley 5666), reformada por Ley Nº 4764/2014 y reglamentada por Dec. Reg. Nº 95-AJG/2014 modificado por Dto. Nº 114/16 y su modificatorio Dto. 411/16. Art. 6º.- Publíquese para su notificación y demás efectos en el Boletín Oficial, en el portal de compras electrónicas BAC y en sitio Web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Art. 7º.- Pase al Dto. De Economía y Finanzas / División Compras y Contrataciones y División Programación y Presupuesto para realizar las previsiones presupuestarias, cumplido archívese. Rossini

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Ministerio de Educación

DISPOSICIÓN N.° 603/DGAR/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 VISTO : La Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley Nº 5.666), el Decreto Reglamentario Nº 326/ 17, la Resolución Nº 424/GCABA/MHGC/13, la Disposición Nº 396/DGCYC/14, , la Disposición N° 534/DGAR/17, el Expediente N° 2017-14902857-MEGC, y CONSIDERANDO: Que por el actuado mencionado en el Visto tramita la contratación de una agencia de viajes estudiantiles, para un servicio de organización integral de dos viajes de estudios al Parque Nacional Cataratas del Iguazú, en Prov. de Misiones, y Parque Nacional El Palmar, en Prov. de Entre Ríos respectivamente, correspondiente a la premiación del concurso de reciclado "Sumá Verde", llevado a cabo por el Programa Escuelas Verdes, del Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en conjunto con el Ministerio de Ambiente y Especio Público y el Ministerio de Modernización de la misma ciudad, a realizarse entre Segunda y tercer semana del mes de octubre; Que, a tales fines, por Disposición Nº 534/DGAR/17 se aprobaron los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2017-18501505- DGAR) y el Pliego de Especificaciones Técnicas (IF-2017-20557894-DGAR), y se dispuso el llamado a Contratación Menor Nº 550-2231-CME17, para el 15 de septiembre a las 11:00 hs. Que la mencionada Disposición ha sido debidamente publicada en el Boletín Oficial y en la página Buenos Aires Compras del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el sistema Buenos Aires Compras generó el 15 de Septiembre de 2017 a las 11:00 horas el Acta de Apertura la cual informa la recepción de la oferta correspondiente a la firma Autotransporte Colprim S.A. Que el programa Escuelas Verdes dependiente de la Unidad Ministro, prestó el asesoramiento técnico correspondiente (NO-2017-21333340-MEGC); Que la presente contratación de acuerdo lo reglamentado en el Artículo 38 de la Ley N° 2095 (texto consolidado según Ley 5.666), Decreto Reglamentario Nº 326/17, carece de Dictamen de evaluación de ofertas, por lo que no se reciben impugnaciones; Que se propicia la adjudicación según asesoramiento técnico realizado por el Programa Escuelas Verdes (NO- 2017-21333340-MEGC) por única oferta el renglón N° 1 a la firma Autotransporte Colprim S.A. por un importe de pesos ochocientos noventa mil ($ 890.000,00); Que la mencionada firma se encuentra debidamente inscripta en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores; Que se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado su debida intervención. Por ello, y en virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 2095 (texto consolidado según Ley 5.666), Decreto Reglamentario N° 326/17.

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EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS

DISPONE Artículo 1.- Apruébase la Contratación Menor Nº 550-2231-CME17 al amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley N° 2.095, (texto consolidado según Ley 5.666), y su Decreto Reglamentario N° 326/17 realizada por la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones del Ministerio de Educación, para la contratación de dos viajes de estudios al Parque Nacional Cataratas del Iguazú, en Prov. De Misiones, y Parque Nacional El Palmar, en Prov. de Entre Ríos respectivamente, correspondiente a la premiación del concurso "Sumá Verde", solicitado por el Programa Escuelas Verdes y adjudícase por única oferta y según asesoramiento técnico el renglón N° 1 a favor de la firma Autotransporte Colprim S.A. por un importe de pesos ochocientos noventa mil ($ 890.000); Artículo 2.- El gasto que demanda la presente fue imputado a las partidas presupuestarias correspondientes. Artículo 3.- Emitir la respectiva Orden de Compra a favor de la firma Autotransporte Colprim S.A. (CUIT N° 30-70705476-6). Artículo 4.- Pase a la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones a los fines de la publicación de la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y en la Pagina web del Sistema de Compras “BAC“ www.buenosairescompras.gob.ar y para notificar a la empresa en los términos del Art. 62 y subsiguientes y cc. de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires (texto consolidado por Ley N° 5.666). Peire

DISPOSICIÓN N.° 605/DGAR/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 VISTO: La Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley 5.666), el Decreto Reglamentario Nº 326/AJG/17, la Resolución Nº 424/GCABA/MHGC/13, la Disposición Nº 396/DGCYC/14, el EX-2017-16165060-MGEYA-UEICEE, y CONSIDERANDO: Que por el actuado mencionado en el Visto tramita la contratación insumos para impresoras, servidor y equipos UPS para la Unidad de Evaluación Integral de la Calidad y Equidad Educativa (UEICEE) ente descentralizado en el ámbito del Ministerio de Educación; Que mediante Disposición Nº 492/DGAR/17, la Dirección General de Administración de Recursos aprobó los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y dispuso el llamado a Contratación Menor Nº 550-2311-CME17 para el día 6 de septiembre de 2017 a las 12:00 hs, al amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley 5.666); Que la mencionada Disposición ha sido debidamente publicada en el Boletín Oficial y en la página Buenos Aires Compras del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que las circulares aclaratorias 1, 2 y 3 de 2017 realizadas por las firmas ARG. COLOR S.R.L., GRANET S.A. y WALTER ALSINA forman parte de la presente contratación;

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Que el sistema Buenos Aires Compras generó el 6 de septiembre de 2017 a las 12:00 horas, el Acta de Apertura la cual informa la recepción de las ofertas correspondientes a las firmas ARG. COLOR S.R.L., GRANET S.A., H&M ARGENTINA S.A., JUAN ERNESTO IBARRA, OFINSUMOS S.A., TACCO CALPINI S.A. y WALTER ALSINA; Que la Unidad de Evaluación Integral de la Calidad y Equidad Educativa prestó el asesoramiento técnico correspondiente (NO-2017-20801752-UEICEE); Que la presente contratación de acuerdo lo reglamentado en el Artículo 38 de la Ley N° 2095 (texto consolidado según Ley 5.666), Decreto Reglamentario Nº 326/AJG/17, carece de Dictamen de evaluación de ofertas, por lo que no se reciben impugnaciones; Que se propicia la adjudicación de los renglones N° 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 según asesoramiento técnico y oferta más conveniente a favor de la firma ARG. COLOR S.R.L; Que la mencionada firma se encuentra debidamente inscripta en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores; Que se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado su debida intervención. Por ello, y en virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 2095 (texto consolidado según Ley N° 5.666), el Decreto Reglamentario Nº 326/AJG/17, EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS

DISPONE Artículo 1.- Apruébase la Contratación Menor Nº 550-2311-CME17 al amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.666), realizada por la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones del Ministerio de Educación, para la contratación insumos para impresoras, servidor y equipos UPS para la Unidad de Evaluación Integral de la Calidad y Equidad Educativa (UEICEE) ente descentralizado en el ámbito del Ministerio de Educación, y adjudícanse los renglones N° 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 por oferta más conveniente y según asesoramiento técnico a favor de la firma ARG. COLOR S.R.L (CUIT 30714275824) por un total de pesos ciento cincuenta y cuatro mil cuatrocientos noventa y tres con 59/100 ($154,493.59). Artículo 2.- Ratifíquese las circulares con consulta. Artículo 3.- El gasto que demanda la presente fue imputado a la partida presupuestaria correspondiente. Artículo 4.- Emitir la respectiva Orden de Compra a favor de la firma ARG. COLOR S.R.L (CUIT 30714275824). Artículo 5.- Pase a la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones a los fines de la publicación de la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y en la Pagina web del Sistema de Compras “BAC“ www.buenosairescompras.gob.ar y su notificación fehaciente a las firmas intervinientes conforme a las previsiones establecidas en los Art. 62 y subsiguientes y cc. de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (texto consolidado por Ley 5.666)". Peire

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DISPOSICIÓN N.° 606/DGAR/17

Buenos Aires, 6 de octubre de 2017 VISTO: La Ley N° 2.095, (Texto consolidado según la Ley 5.666), su Decreto Reglamentario N°326/GCABA/17, la Disposición Nº 396/DGCYC/14, la Resolución Nº 424/GCABA/MHGC/13, el Expediente Electrónico N° 19566205/DGEGE/2017, y CONSIDERANDO: Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la contratación del servicio integral (viaje y estadía) para la delegación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de los alumnos distinguidos en la instancia Jurisdiccional de Olimpiadas de Construcciones y Electromecánica y así puedan asistir a la Instancia Nacional de las Olimpiadas 2017, que se desarrollará en la ciudad de Mar del Plata, en la provincia de Buenos Aires, entre el 05 y 10 de noviembre próximo, solicitado por la Dirección General de Educación de Gestión Estatal perteneciente a la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa; Que la presente Licitación Pública puede encuadrarse dentro de los términos del Artículo 31, concordante con el primer párrafo del Artículo 32 de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado según la Ley N° 5.666), su Decreto Reglamentario N°326/GCABA/17; Que por intermedio de la Resolución Nº 424/GCABA/MHGC/13, se estableció que a partir del 1° de agosto de 2013 las adquisiciones y contrataciones regidas por la Ley N° 2.095 que realicen todas las jurisdicciones dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberán realizarse por medio del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (BAC); Que por Disposición Nº 396/GCABA/DGCYC/14 el Órgano Rector ha aprobado el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para procesos de compras y contrataciones; Que la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones elaboró los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y Dirección General de Educación de Gestión Estatal elaboró las especificaciones técnicas; Que se informa la existencia de crédito presupuestario en el inciso 3.5.2 de la Cuenta Escritural nº 210141/100 para llevar adelante ese pedido; Que obra la Solicitud de Gastos debidamente valorizada en su etapa preventiva de fondos, con cargo al ejercicio 2017. Por ello, y en virtud de lo dispuesto por la Ley N° 2.095 (Texto consolidado según la Ley N° 5.666) y su Decreto Reglamentario N°326/GCABA/17;

EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACION DE RECURSOS DISPONE

Artículo 1.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2017-22570348-DGAR) y Pliego de Especificaciones Técnicas (IF-2017-22570371-DGAR), que regirán la presente Licitación.

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Artículo 2.- Llámese a Licitación Pública Nº 550-1450-LPU17 para el día 11 de octubre de 2017 a las 11:00 hs. al amparo de lo establecido en el Artículo 31, concordante con el primer párrafo del Artículo 32 de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado según la Ley N° 5.666) y su Decreto Reglamentario N°326/GCABA/17, por intermedio del Sistema de compras electrónicas BAC para la contratación del servicio integral (viaje y estadía) para la delegación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de los alumnos distinguidos en la instancia Jurisdiccional de Olimpiadas de Construcciones y Electromecánica y así puedan asistir a la Instancia Nacional de las Olimpiadas 2017, que se desarrollará en la ciudad de Mar del Plata, en la provincia de Buenos Aires, entre el 05 y 10 de noviembre próximo, solicitado por la Dirección General de educación de Gestión Estatal perteneciente a la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, por un monto de pesos un millón setecientos setenta y seis mil ($1.776.000). Artículo 3.- El gasto que demande la presente será imputado en las partidas respectivas. Artículo 4.- Remitir las invitaciones conforme lo establecido en el Art. 95° de la Ley 2095, (texto consolidado según ley 5.666) y su Decreto Reglamentario N°326/GCABA/17, publíquese el llamado en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de un (1) día, con tres (3) días de anticipación, y en la página Web, www.buenosaires.gob.ar - Hacienda - Licitaciones y Compras - Consultas de Compras, conforme lo normado por el Artículo N° 100 de la Ley 2095 su Decreto Reglamentario N° 326/GCABA/17, y en el sitio www.buenosairescompras.gob.ar, conforme la normativa citada. Artículo 5.- Publíquese en el Boletín oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo a lo establecido en el Artículo 94 del Decreto Reglamentario N°326/GCABA/17. Artículo 6.- Remítase a la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones a efecto de la prosecución del trámite. Peire

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ANEXO

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Ministerio de Cultura

DISPOSICIÓN N.° 157/CCGSM/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 VISTO: lo actuado en la presente documentación, y teniendo en cuenta los términos de la Ley Nº 2095 (Texto Consolidado por Ley N° 5.666), reglamentada por Decreto Nº 326-AJG-2017 (B.O. Nº 2557), mediante la cual se establecen las normas básicas para los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y las Disposiciones Nos 132-CCGSM-2017 y 149-CCGSM-2017, y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Expediente Electrónico Nº 20465112-MGEYA-CCGSM-2017, tramita la Licitación Privada Nº 543-006464-LPR-2017, en un todo de acuerdo con lo establecido en el artículo 31º, concordante con el artículo 32º de la Ley Nº 2095, por la “PROVISIÓN, INSTALACIÓN Y HABILITACIÓN DE CUATRO (4) NUEVOS ASCENSORES“, con destino a ESTE CENTRO CULTURAL GRAL. SAN MARTÍN, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS CULTURALES Y NUEVAS AUDIENCIAS, del MINISTERIO DE CULTURA, a través del procedimiento electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominado Buenos Aires Compras (BAC); Que, se previeron los fondos necesarios para hacer frente a la erogación respectiva con cargo a los Ejercicios 2017 y 2018; Que, la presente Licitación se realiza conforme al PLIEGO UNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES DE LA DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DEL MINISTERIO DE HACIENDA; Que, por Disposición Nº 132-CCGSM-2017, se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas, y se estableció el pertinente llamado a Licitación Pública mediante la modalidad de compra electrónica; Que, por Disposición Nº 149-CCGSM-2017, se deja sin efecto la Nº 145-CCGSM-2017 que había aprobado y adjudicado la presente Licitación, en virtud de haberse detectado un error en el Sistema de Compras Electrónicas "BAC" (Buenos Aires Compra), en el cual no se registró la totalidad de la documentación requerida en los dos Pliegos aprobados por la mencionada Disposición Nº 132-CCGSM-2017 para la totalidad de las empresas oferentes, dejando explicitado que el presente proceso de compra pasa a ser de Etapa Múltiple o Doble Sobre, siendo la fecha de apertura de la Preselección de Ofertas el 29/09/2017; Que, una vez subsanado el error, y, tal como surge en el Acta de Apertura IF Nº 22866405-CCGSM-2017), se recibieron siete (7) ofertas, quedando calificadas por la Comisión Evaluadora de Ofertas como admisibles para participar en el Acto de Apertura del segundo sobre las siguientes Ofertas: ASCENSORES TESTA S.A. CUIT 30-55541552-0 LIOTRON S.A. CUIT 30-71252693-5 ASCENSORES SERVAS S.A. CUIT 30-60596505-5

Que, vencido el plazo para formular impugnaciones, se procederá a la apertura del segundo sobre; Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

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EL DIRECTOR GENERAL DEL

CENTRO CULTURAL GRAL SAN MARTIN EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES

DISPONE: Artículo 1º. - Apruébase el Dictamen de Pre-selección de Ofertas IF. Nº 22866405-CCGSM-2017, de la Licitación Privada Nº 543-006464-LPR-2017, en un todo de acuerdo con lo establecido en el Artículo 31º, concordante con el párrafo 1º del Artículo 32º de la Ley N 2095, efectuado por la Comisión Evaluadora de Ofertas designada por Disposición Nº 111-CCGSM-2017 de la Dirección General del Centro Cultural Gral. San Martin, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS CULTURALES Y NUEVAS AUDIENCIAS del MINISTERIO DE CULTURA. Artículo 2º. - Regístrese, y para su conocimiento y demás fines vuelva a la Gerencia Operativa Gestión de Operaciones. Cumplido, archívese. Pimentel

DISPOSICIÓN N.° 159/DGTALMC/17

Buenos Aires, 28 de septiembre de 2017 VISTO: La Ley 5.240, el Decreto 205/2017, la Resolución N° 2016-3330-MCGC, el Expediente N° 2017-221995999/MGEYA -DGTALMC y, CONSIDERANDO: Que el artículo 3° de la Ley 5.240 establece que los Centros Culturales deberán inscribirse en el Registro de Usos Culturales dependiente de la Subgerencia Operativa de Regímenes de Promoción Cultural de la Dirección General de Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio, o la que en el futuro la reemplace, conforme lo establecido en su Anexo I, hoy Gerencia Operativa de Regímenes de Promoción Cultural; Que el artículo 4° de la norma prevé que para funcionar los Centros Culturales deben iniciar el trámite de habilitación en el organismo competente a tal fin; Que a los efectos de iniciar el trámite de habilitación ante la autoridad competente, los Centros Culturales deben contar con la inscripción en el Registro de Usos Culturales referido en el artículo 3° de la mencionada Ley; Que mediante Resolución N° 3330-MCGC-2016 se creó en forma digital el Registro de Usos Culturales previsto en la ley 5.240, el cual depende de la Gerencia de Regímenes de Promoción Cultural dependiente de esta Dirección General y se aprobó el procedimiento para la inscripción de los Centros Culturales en el mencionado registro; Que en la mencionada norma se estableció que la inscripción en el referido registro es al sólo y único efecto de permitir el inicio del trámite de habilitación previsto en el artículo 4 de la ley 5.240 sin que ello implique autorización para funcionar; Que el Decreto N° 205-2017 realizó modificaciones en la estructura organizativa del Ministerio de Cultura, modificando las responsabilidades primarias del la Dirección General, Técnica, Administrativa y Legal por la cual se procedió al reemplazo de la Subgerencia Operativa de Regímenes de Promoción Cultural por la Gerencia Operativa de Regímenes de Promoción Cultural

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Que habiendo cumplido "WOCH S.A.", CUIT 30-71214819-1, representada por su Presidente Alicia Haydee DE BAGGE, DNI 5.589.994, con los requisitos formales y acompañado la documentación requerida conforme la Ley 5.240 y la Resolución N° 3330-MCGC-2016, con relación al Centro Cultural "GORRITI ART CENTER", sito en Av. Juan B. Justo 1617 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Gerencia Operativa de Regímenes de Promoción Cultural ha procedido a la inscripción del mismo en el Registro de Usos Culturales, debiendo expedirse la presente como constancia de inscripción. Por ello, y en uso de las facultades que le confiere el Decreto N° 363-GCBA/15 y su modificatorio Decreto N° 141-GCBA/16,

EL DIRECTOR GENERAL TECNICO, ADMINISTRATIVO Y LEGAL DISPONE

Artículo 1°.- Dése por cumplida la inscripción en el Registro de Usos Culturales (Ley 5.240) -formato digital- , del Centro Cultural "GORRITI ART CENTER" a cargo de "WOCH S.A.", CUIT 30-71214819-1, representada por su Presidente Alicia Haydee DE BAGGE, DNI 5.589.994 sito en Av. Juan B. Justo 1617 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quien podrá presentar esta disposición ante la Agencia Gubernamental de Control para el inicio del trámite de habilitación previsto en la Ley 5.240, dejando constancia que la inscripción no implica autorización para funcionar como tal. Artículo 2°.- Hágase saber al Centro Cultural "GORRITI ART CENTER", que deberá presentar el informe anual establecido en el artículo 3° de la Ley 5.240 y de conformidad a lo normado por la resolución N° 3330-MCGC-2016 ante la Gerencia Operativa de Regímenes de Promoción Cultural dependiente de esta Dirección General o la que en el futuro la reemplace, bajo apercibimiento de caducidad de la inscripción. Artículo 3°.- Hágase saber al Centro Cultural "GORRITI ART CENTER", que deberá dar cumplimiento con lo requerido en el art. 2 de la presente hasta tanto obtenga la habilitación definitiva por la Agencia Gubernamental de Control, circunstancia ésta que tendrá que poner en conocimiento de la Gerencia Operativa de Regímenes de Promoción Cultural o la que en el futuro la reemplace. Artículo 4°.- Pase a la Gerencia Operativa de Regímenes de Promoción Cultural, quien notificará al Centro Cultural "GORRITI ART CENTER" a cargo de "WOCH S.A.". Comuníquese a la Agencia Gubernamental de Control dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Cumplido, archívese. Álvarez Sáez

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Ministerio de Modernización, Innovación y

Tecnología

DISPOSICIÓN N.° 51/UCCUPEJOL/17

Buenos Aires, 4 de octubre de 2017 VISTO: La Ley Nº 2095 (Texto consolidado por Ley Nº 5666), el Decreto N° 326/17, el Expediente Electrónico Nº 21.981.668/MGEYA-UPEJOL/2017, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el visto tramita la Contratación Directa N° 9982-1140-CDI17, bajo el marco del artículo 28 inciso 5° -Exclusividad- de la Ley Nº 2095 (Texto consolidado por Ley Nº 5666) y su Decreto Reglamentario, que se gestiona bajo el Sistema Buenos Aires Compras (BAC), en el marco de lo dispuesto por el artículo 85 -Informatización de las contrataciones- de la Ley de Compras y Contrataciones citada, para la "Provisión de Equipamiento Deportivo Pentatlón Moderno (Pistolas Láser) JOJ Buenos Aires 2018" con destino a los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018; Que, de acuerdo a los antecedentes de las actuaciones, el Área funcional Técnica denominada Dirección de Equipamiento Deportivo del Comité Organizador de los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires2018, dependiente de las Direcciones de Relaciones Deportivas y Servicios, de Deportes y Sedes y Ejecutiva de dicho Comité, integrado por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través de la Unidad de Proyectos Especiales Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018 y el Comité Olímpico Argentino, solicitó a esta Unidad de Compras y Contrataciones la adquisición del equipamiento deportivo que resulta esencial e imprescindible para la realización de los Juegos Olímpicos a celebrarse, acompañando la documentación necesaria y el Pliego de Especificaciones Técnicas para llevar a cabo la contratación; Que, en tal sentido, acompañó la lista del equipamiento deportivo necesario para este deporte remitida por la Unión Internacional del Pentatlón Moderno UIPM, con el detalle de los proveedores recomendados y homologados con exclusividad para la competición de Pentatlón Moderno, manifestando que para el equipamiento de "PISTOLAS LASER" Pentachot y Ecoaims Optical Sport Shooting son proveedores oficiales y únicos para la provisión de este equipamiento deportivo para los Juegos Olímpicos de la Juventud; Que, asimismo, se destaca que con motivo de que dicha Unión Internacional informó el carácter opcional de las pistolas láser, se consultó por el área funcional involucrada a la Federación Argentina de Pentatlón Moderno y Biathlón sobre la necesidad de adquirir este equipamiento, la que destacó el carácter necesario del mismo para los Juegos Olímpicos a celebrarse en el año 2018 y ratificó las marcas únicas homologadas conforme lo que había informado la Unión Internacional de Pentatlón Moderno; Que, habiendo el área funcional equipamiento deportivo de la Unidad de Proyectos Especiales Juegos Olímpicos de la Juventud, expedido consulta a las firmas anteriormente mencionadas acerca si poseían acuerdo de representación, distribución

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y/o comercialización en Argentina, la firma Ecoaims Optical Sport Shooting fue la única que acreditó tal carácter; Que, conforme las constancias obrantes en el actuado, Ecoaims Optical Sport Shooting, certifica que la empresa KA ARGENTINA S.A., es el representante EXCLUSIVO para Argentina y quien está autorizado para promover, comercializar, vender, instalar y mantener los productos de, Ecoaims Optical Sport Shooting en Argentina; Que, en ese orden de ideas, el encuadre legal de la contratación que nos ocupa se fundamenta en la exclusividad invocada y acreditada en los actuados mediante la respectiva documentación y lo informado por el área técnica en cuanto a que la firma KA ARGENTINA S.A. es la que única que está autorizada para promover, comercializar, vender, instalar y mantener los productos de Ecoaims Optical Sport Shooting en Argentina y en consecuencia proveer el equipamiento de Pentatlón Moderno Pistolas Láser que se adquieren, no existiendo en el mercado sustituto conveniente alguno; Que, tratándose de productos totalmente importados, en razón asimismo de los plazos de entrega fijados enlos pliegos, la contratación se gestiona en EUROS por ser Finlandia el país de origen del objeto del procedimiento; Que obra agregada la Solicitud de Gasto debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria en etapa preventiva, por el monto estimado de la contratación que asciende a la suma de EUROS TREINTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS OCHO (36.908.-), en su equivalente en pesos por ser moneda de curso legal en la República Argentina con impacto sobre la partida presupuestaria y los Ejercicios Presupuestarios correspondientes; Que, de conformidad con lo dispuesto en las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobadas por Decreto Nº 680/16, la autorización y el compromiso de gastos quedan subordinados al crédito que para cada ejercicio se consigne en los respectivos presupuestos anuales; Que por Disposición Nº 396/DGCyC/14, el Director General de Compras y Contrataciones, en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 87 de la Ley Nº 2095, (Texto consolidado por Ley Nº 5666), aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que se encuentran incorporados los pliegos que han de regir la contratación que se propicia; Que la evaluación técnica de la oferta, la efectuará el Área funcional Técnica denominada Dirección de Equipamiento Deportivo del Comité Organizador de los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018, dependiente de las Direcciones de Relaciones Deportivas y Servicios, en su carácter de área con competencia específica en la materia objeto de la contratación que nos ocupa, limitándose a dichos aspectos su intervención en la instancia de preadjudicación; Que la Dirección General Compras y Contrataciones se ha pronunciado sobre los Pliegos que han de regir la contratación, en las materias de penalidades y seguros previstas en los pliegos de la contratación; Que ha tomado intervención la Unidad de Coordinación Legal e Institucional de la Unidad de Proyectos Especiales Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018. Por ello, y en ejercicio de las competencias establecidas en la Ley Nº 2095 (Texto consolidado por Ley Nº 5666) y el Decreto 326/17,

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Artículo 1º.- Apruébanse el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y su Anexo, que como Anexos, registrados bajo Nº PLIEG-2017-22824557-UCCUPEJOL, PLIEG-2017-228244623-UCCUPEJOL e IF-2017-20239649-UCCUPEJOL respectivamente, forman parte integrante de la presente Disposición, para la "la "Provisión de Equipamiento Deportivo Pentatlón Moderno (Pistolas Láser) JOJ Buenos Aires 2018" con destino a los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018, por un monto estimado de EUROS TREINTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS OCHO (36.908.-). Artículo 2º.- Llámase a Contratación Directa N° 9982-1140-CDI17, al amparo de lo establecido en elartículo 28 inciso 5º -Exclusividad- de la Ley Nº 2095 (Texto consolidado por Ley Nº 5666) y el Decreto Reglamentario, que se gestiona bajo el Sistema Buenos Aires Compras (BAC), en el marco de lo dispuesto por el artículo 85 de la Ley de Compras y Contrataciones citada, en base a la documentación aprobada por el Artículo 1º de la presente, y fíjase fecha límite para la recepción de la propuesta para el día 11 de Octubre de 2017 a las 13:00 horas. Artículo 3º.- Establécese que los Pliegos de Bases y Condiciones que rigen la Contratación Directa convocada por el Artículo 2º de la presente se suministran en forma gratuita. Artículo 4º.- Delegase en el Área funcional Técnica denominada Dirección de Equipamiento Deportivo del Comité Organizador de los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018, dependiente de las Direcciones de Relaciones Deportivas y Servicios el asesoramiento técnico de la oferta y de la contratación. Artículo 5º.- La erogación que demande la presente gestión cuenta con imputación presupuestaria sobre las partidas correspondientes. Artículo 6º.- Remítase solicitud de cotización a la firma KA ARGENTINA S.A., y publíquese en el portal, en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de conformidad con lo establecido en el Artículo 28 inciso 5º apartados d) y e) de la Ley Nº 2095 (Texto consolidado por Ley Nº 5666) y su Decreto Reglamentario. Artículo 7º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Grigera

DISPOSICIÓN N.° 52/UCCUPEJOL/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 VISTO: La Ley Nº 2095 (Texto consolidado por Ley Nº 5666), el Decreto N° 326/17, el Expediente Electrónico Nº 21.325.955-MGEYA-UPEJOL/2017, y

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ANEXO

LA TITULAR DE LA UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DE LA UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES

JUEGOS OLÍMPICOS DE LAS JUVENTUD BUENOS AIRES 2018 DISPONE

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Que por el Expediente citado en el visto tramita la Contratación Directa N° 9982-1113-CDI17, bajo el marco del artículo 28 inciso 5° -Exclusividad- de la Ley Nº 2095 (Texto consolidado por Ley Nº 5666) y su Decreto Reglamentario, que se gestiona bajo el Sistema Buenos Aires Compras (BAC), en el marco de lo dispuesto por el artículo 85 -Informatización de las contrataciones- de la Ley de Compras y Contrataciones citada, para la "Provisión de Equipamiento Deportivo Esgrima y Pentatlón Moderno con Servicio de Instalación, Mantenimiento, y Desinstalación" para los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018" con destino a los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018; Que, de acuerdo a los antecedentes de las actuaciones, el Área funcional Técnica denominada Dirección de Equipamiento Deportivo del Comité Organizador de los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018, dependiente de las Direcciones de Relaciones Deportivas y Servicios, de Deportes y Sedes y Ejecutiva de dicho Comité, integrado por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través de la Unidad de Proyectos Especiales Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018 y el Comité Olímpico Argentino, solicitó a esta Unidad de Compras y Contrataciones la adquisición del equipamiento deportivo que resulta esencial e imprescindible para la realización de los Juegos Olímpicos a celebrarse, acompañando la documentación necesaria y el Pliego de Especificaciones Técnicas para llevar a cabo la contratación; Que, asimismo, el área técnica mencionada manifestó que existiendo una íntima relación entre los deportes de Esgrima y Pentatlón Moderno, por el hecho de que ambos comparten parte del equipamiento respectivo del campo de juego en razón de que en los dos se practica esgrima, considerando asimismo la situación que asiste a nuestro país en su aspecto económico en resguardo de la celeridad y economía procesal, y siendo que, sólo una de las marcas homologadas por las federaciones respectivas posee representación oficial en el país, solicitó que se unifiquen los requerimientos de estos deportes y por tal motivo procedió a realizar un único Pliego de Especificaciones Técnicas, englobando las disciplinas de los dos eventos deportivos ; Que, en tal sentido, acompañó Cartas de la Federación Internacional de Esgrima FIE y de la Unión Internacional de Pentatlón Moderno UIPM que adjuntan la lista del equipamiento necesario proveedores exclusivos, recomendados u homologados para la competición de Esgrima y Pentatlón Moderno, manifestando que para el equipamiento de "Esgrima" Absolute Fencing Gear INC., Allstar Fecht-Center GMBH&CO.KG y Favero Electronic Design son proveedores oficiales y únicos para la provisión de este equipamiento deportivo para los Juegos Olímpicos de la Juventud;

Que, habiendo el área funcional equipamiento deportivo de la Unidad de Proyectos Especiales Juegos Olímpicos de la Juventud, expedido consulta a las firmas anteriormente mencionadas acerca si poseían acuerdo de representación, distribución y/o comercialización en Argentina, la firma Absolute Fencing Gear INC. fue la única que acreditó tal carácter; Que, conforme las constancias obrantes en el actuado, Absolute Fencing Gear INC., certifica que la empresa KA ARGENTINA S.A., es el representante EXCLUSIVO para Argentina y quien está autorizado para promover, comercializar, vender, instalar y mantener los productos de, Absolute Fencing Gear INC. En Argentina;

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CONSIDERANDO:

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Que, en ese orden de ideas, el encuadre legal de la contratación que nos ocupa se fundamenta en la exclusividad invocada y acreditada en los actuados mediante la respectiva documentación y lo informado por el área técnica en cuanto a que la firma KA ARGENTINA S.A. es la que única que está autorizada para promover, comercializar, vender, instalar y mantener los productos de Absolute Fencing Gear INC. En Argentina y en consecuencia proveer el equipamiento de Esgrima y Pentatlón Moderno que se adquieren y llevar a cabo correctamente el servicio de mantenimiento a contratar, no existiendo en el mercado sustituto conveniente alguno; Que, tratándose de productos y mano de obra totalmente importados, en razón asimismo de los plazos de entrega fijados en los pliegos, la contratación se gestiona en DOLARES por ser ESTADOS UNIDOS el país de origen del objeto del procedimiento; Que obra agregada la Solicitud de Gasto debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria en etapa preventiva, por el monto estimado de la contratación que asciende a la suma de DOLARES DOSCIENTOS TRES MIL SEISCIENTOS VEINTE (U$D203.620.-), con su valor de cambio a moneda nacional de curso legal al día anterior a dicha afectación con impacto sobre la partida presupuestaria y los Ejercicios Presupuestarios correspondientes; Que, de conformidad con lo dispuesto en las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobadas por Decreto Nº 680/16, la autorización y el compromiso de gastos quedan subordinados al crédito que para cada ejercicio se consigne en los respectivos presupuestos anuales; Que por Disposición Nº 396/DGCyC/14, el Director General de Compras y Contrataciones, en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 87 de la Ley Nº 2095, (Texto consolidado por Ley Nº 5666), aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que se encuentran incorporados los pliegos que han de regir la contratación que se propicia; Que la evaluación técnica de la oferta, la efectuará el Área funcional Técnica denominada Dirección de Equipamiento Deportivo del Comité Organizador de los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018, dependiente de las Direcciones de Relaciones Deportivas y Servicios, en su carácter de área con competencia específica en la materia objeto de la contratación que nos ocupa, limitándose a dichos aspectos su intervención en la instancia de preadjudicación; Que la Dirección General Compras y Contrataciones se ha pronunciado sobre los Pliegos que han de regir la contratación, en las materias de penalidades y seguros previstas en los pliegos de la contratación;

Que ha tomado intervención la Unidad de Coordinación Legal e Institucional de la Unidad de Proyectos Especiales Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018. Por ello, y en ejercicio de las competencias establecidas en la Ley Nº 2095 (Texto consolidado por Ley Nº 5666) y el Decreto 326/17,

LA TITULAR DE LA UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DE LA UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES

JUEGOS OLÍMPICOS DE LAS JUVENTUD BUENOS AIRES 2018 DISPONE

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 216

Artículo 1º.- Apruébanse el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y su Anexo, que, como Anexos, registrados bajo N.º PLIEG-2017-22822460-UCCUPEJOL, PLIEG-2017- 22822545-UCCUPEJOL e IF-

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2017-20239649-UCCUPEJOL respectivamente, forman parte integrante de la presente Disposición, para la "Provisión de Equipamiento Deportivo Esgrima y Pentatlón Moderno con Servicio de Instalación Mantenimiento y Desinstalación Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018" con destino a los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018, por un monto estimado de DOLARES DOSCIENTOS TRES MIL SEISCIENTOS VEINTE (U$D203.620.-). Artículo 2º.- Llámase a Contratación Directa N° 9982-1113-CDI17, al amparo de lo establecido en el artículo 28 inciso 5º -Exclusividad- de la Ley Nº 2095 (Texto consolidado por Ley Nº 5666) y el Decreto Reglamentario, que se gestiona bajo el Sistema Buenos Aires Compras (BAC), en el marco de lo dispuesto por el artículo 85 de la Ley de Compras y Contrataciones citada, en base a la documentación aprobada por el Artículo 1º de la presente, y fíjase fecha límite para la recepción de la propuesta para el día 12 de octubre de 2017 a las 15:00 horas. Artículo 3º.- Establécese que los Pliegos de Bases y Condiciones que rigen la Contratación Directa convocada por el Artículo 2º de la presente se suministran en forma gratuita. Artículo 4º.- Delegase en el Área funcional Técnica denominada Dirección de Equipamiento Deportivo del Comité Organizador de los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018, dependiente de las Direcciones de Relaciones Deportivas y Servicios el asesoramiento técnico de la oferta y de la contratación. Artículo 5º.- La erogación que demande la presente gestión cuenta con imputación presupuestaria sobre las partidas correspondientes. Artículo 6º.- Remítase solicitud de cotización a la firma KA ARGENTINA S.A., y publíquese en el portal, en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de conformidad con lo establecido en el Artículo 28 inciso 5º apartados d) y e) de la Ley Nº 2095 (Texto consolidado por Ley Nº 5666) y su Decreto Reglamentario. Artículo 7º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Grigera

DISPOSICIÓN N.° 53/UCCUPEJOL/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 VISTO: La Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley Nº 5.666), su decreto reglamentario N°326-AGJ/2017, el Expediente Electrónico Nº 20.374.891-MGEYA-UPEJOL/2017, la Disposición N° 33-UCCUPEJOL/2017, y

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 217

ANEXO

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Que por la actuación citada en el Visto, tramita la Licitación Pública de Etapa Única Nº 9982-1316-LPU17, al amparo de lo establecido en los artículos 31, primera parte del artículo 32 y concordantes de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley Nº 5.666), el Decreto Reglamentario Nº 95-GCABA/14, que se gestiona bajo el Sistema Buenos Aires Compras (BAC), en el marco de lo dispuesto por el artículo 85-Informatizacion de las Contrataciones- de la Ley de Compras y Contrataciones citada y su Decreto Reglamentario Nº 1145- GCABA/09, para la contratación del "Servicio de Gestión de Alojamiento" con destino a los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018 y sus eventos asociados, a desarrollarse durante el año calendario 2018, destinado a aquellos participantes que no se alojarán en la Villa Olímpica de la Juventud; es decir los integrantes de los Comités Olímpicos Nacionales, de las Federaciones Internacionales, los Socios de Marketing, el Staff del Comité Olímpico Internacional y Personal de Prensa, entre otros; Que por Disposición N° 33-UCCUPEJOL/2017 se aprobaron los pliegos de aplicación, y se convocó a la presente licitación, fijando fecha de apertura de ofertas para el día 06 de octubre de 2017 a las 11:00 horas; Que la convocatoria junto con los pliegos que rigen la presente contratación se publicaron en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se cursaron las comunicaciones de rigor y las invitaciones a las empresas del rubro a través del Sistema Buenos Aires Compras (BAC); Que, asimismo el acto administrativo de llamado fue publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; Que en esta instancia del procedimiento se recibieron solicitudes por parte de firmas interesadas en el proceso, mediante el Portal Buenos Aires Compras y mediante Nota ingresada por la Mesa de Entradas de esta Unidad, registrada bajo N°419-UPEJOL-UCYC-2017, solicitando prórroga a la fecha fijada para la apertura de ofertas, toda vez que requieren plazo complementario a los fines de confeccionar sus ofertas; Que por lo anteriormente expuesto, esta Unidad considera conveniente hacer lugar y prorrogar la apertura de ofertas, a fin de garantizar la libre competencia, la máxima concurrencia e igualdad de ofertas, cumplimentando con lo dispuesto en el Artículo N° 7 de la ley 2.095 (según texto consolidado por Ley Nº 5.666); Que en consecuencia, se estima oportuno postergar la fecha de apertura de ofertas de la presente licitación; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 13 de la ley 2095 (texto consolidado por Ley Nº 5.666), el Decreto Reglamentario Nº 326-AGJ/2017,

LA TITULAR DE LA UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

DE LA UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES "JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018"

DISPONE Artículo 1º.- Postergase la apertura de ofertas establecida por Disposición N° 33-UCCUPEJOL/2017, en la Licitación Pública Nº 9982-1316-LPU17, correspondiente al "Servicio de Gestión de Alojamiento" con destino a los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018 y sus eventos asociados. Artículo 2º.- Fijase nueva fecha de apertura de ofertas para el día 13 de octubre de 2017 a las 11.00 horas. Artículo 3º.- Publíquese. Grigera

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 218

CONSIDERANDO:

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DISPOSICIÓN N.° 54/UCCUPEJOL/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 VISTO: la Ley Nº 2095 (Texto consolidado por Ley N° 5666), el Decreto Reglamentario Nº 95/14, modificado por Decretos Nº 114/16 y Nº 411/16, el Decreto Nº 1145/09, las Resoluciones Nro. 91-UPEJOL/17, 106-UPEJOL/17, el Expediente Electrónico Nº 17.260.981/MGEYA-UPEJOL/2017, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita la Licitación Pública de Etapa Múltiple Nº 9982-1123-LPU17, al amparo de lo establecido en los artículos 31, segunda parte del 32 y concordantes de la Ley Nº 2095 (Texto consolidado por Ley Nº 5.666) y del Decreto Reglamentario Nº 95- GCABA/14, que se gestiona bajo el Sistema Buenos Aires Compras (BAC), en el marco de lo dispuesto por el artículo 85 - Informatización de las contrataciones - de la Ley de Compras y Contrataciones citada y su Decreto Reglamentario Nº 1.145-GCABA/09, para la "Adquisición de Placas Calefactoras y Frigobares", necesarios para brindar un mejor servicio a los residentes de la Villa Olímpica de la Juventud, donde se recibirá y alojará a los participantes de los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018; Que por Resolución N° 91-UPEJOL/17 se aprobaron los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y su anexo, y se llamó a la citada Licitación Pública, por un monto estimado de PESOS TRES MILLONES SESENTA Y UN MIL ($ 3.061.000,00.-), fijándose fecha de apertura del Sobre N° 1 para el día 22 de agosto de 2017 a las 14:00 horas; Que por Resolución N° 106-UPEJOL/17 se postergó la fecha de apertura del Sobre N° 1 para el día 25 de agosto de 2017 a las 14:00 horas, por las razones oportunamente esgrimidas en el citado acto administrativo; Que la convocatoria, y la postergación se publicaron en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que los actos administrativos de llamado y postergación fueron publicados en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, juntamente con los pliegos que rigen la contratación; Que asimismo, se cursaron las comunicaciones de rigor y las invitaciones a las empresas del rubro a través del Sistema Buenos Aires Compras (BAC); Que, se encuentra registrada en el Sistema BAC la adquisición de pliegos de la gestión de marras por parte de seis (6) firmas del rubro, de las cuales dos (2) confirmaron su oferta en el citado Sistema; Que con fecha 25 de agosto de 2017 a las 14:00 horas operó la apertura del Sobre N°1, a través del portal Buenos Aires Compras (BAC) habiendo presentado propuestas las firmas LICICOM S.R.L (CUIT: 30711500363) y BENEDETTI S.A.I.C (CUIT: 30544339199), en cumplimiento de la normativa vigente; Que las firmas cotizantes presentaron en tiempo y forma las pólizas correspondientes a las garantías de mantenimiento de oferta previamente individualizadas en el Sistema BAC; Que las empresas oferentes presentaron documentación complementaria, conforme lo solicitado por los evaluadores de las propuestas en los términos de lo previsto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares;

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Que por Resolución N° 128/UPEJOL/17 de fecha 15 de septiembre de 2017, se aprobó el Dictamen de Preselección de Ofertas y se fijó fecha de apertura del Sobre N° 2, en el cuál se declararon preseleccionadas las ofertas presentadas por las firmas: LICICOM S.R.L. para los Renglones Nro. 1 y 2, y BENEDETTI S.A.I.C para el Renglón N° 2, desestimando su oferta respecto al Renglón N° 1, por las razones oportunamente esgrimidas en dicho acto administrativo; Que, con fecha 18 de septiembre a las 11:00 horas operó la apertura del Sobre N° 2 y la Comisión Evaluadora de Ofertas procedió a la evaluación económica de las propuestas presentadas por los oferentes; Que la Comisión de Evaluación de Ofertas, luego de evaluar las propuestas presentadas, el análisis contable, los requisitos técnicos y los antecedentes económicos y administrativos y demás extremos del proceso, mediante Dictamen emitido el 29 de septiembre de 2017, aconsejó adjudicar la contratación de marras a la firma BENEDETTI SAIC respecto del Renglón N° 2 por cumplir con todos los requisitos solicitados en los pliegos de aplicación para los citados renglones y ser conveniente, conforme lo dispuesto en el Art. 110° de la Ley N° 2095 (Texto Consolidado por Ley N° 5666); Que los montos cotizados por la firma LICICOM S.R.L. para los Renglones Nro. 1 y 2, resultan inconvenientes dado que exceden el presupuesto oficial; Que, la oferta propuesta por la firma BENEDETTI S.A.I.C para el Renglón N° 1, resultó ser desestimada por parte del Área funcional Técnica "Villa Olímpica de la Juventud", quedando fracasado dicho Renglón; Que, en consecuencia, el monto total de la contratación que nos ocupa asciende a la suma de PESOS NOVECIENTOS VEINTITRÉS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS ($923.832,00); Que el Dictamen de Preadjudicación fue notificado a las empresas oferentes mediante BAC y debidamente publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, y en el Portal Buenos Aires Compras, sin que se presentara impugnación alguna; Que el gasto que genera la contratación que nos ocupa cuenta con imputación presupuestaria en la partida correspondiente; Que ha tomado intervención la Unidad de Coordinación Legal e Institucional en el ámbito de las facultades que le son propias; Que, en consecuencia, en base a los antecedentes reseñados, corresponde el dictado del acto administrativo por medio del cual se apruebe y adjudique parcialmente el presente procedimiento; Por ello, y en ejercicio de las facultades que le son propias,

LA TITULAR DE LA UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DE LA UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES

"JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018" DISPONE

Artículo 1º.- Apruébase la Licitación Pública de Etapa Múltiple Nº 9982-1123-LPU17 al amparo de lo establecido en el artículo 31, segundo párrafo del artículo 32 y concordantes de la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 5666), y el Decreto Reglamentario N° 95/14, y modificatorios, que se gestiona bajo el Sistema Buenos Aires Compras (BAC), para la "Adquisición de Placas Calefactoras y Frigobares", necesarios para brindar un mejor servicio a los residentes de la Villa Olímpica de la Juventud, donde se recibirá y alojará a los participantes de los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018".

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Artículo 2°.- Adjudícase a la firma BENEDETTI S.A.I.C (CUIT: 30-54433919-9) el Renglón N° 2 por un monto total de PESOS NOVECIENTOS VEINTITRES MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS ($923.832,00.-), por cumplir con los pliegos que rigen el procedimiento y ser oferta conveniente bajo el amparo de lo establecido en el Art. 110° de la Ley N° 2.095. Artículo 3º.- Declárase fracasado el Renglón N° 1 por exceder la oferta de la firma LICICOM S.R.L. el presupuesto oficial, y por haber sido desestimada por parte del Área funcional Técnica "Villa Olímpica de la Juventud" la oferta de la firma BENEDETTI S.A.I.C. Artículo 4°- El gasto que demande la presente contratación se imputa a la partida presupuestaria correspondiente. Artículo 5°- Emítase la respectiva Orden de Compra por la Unidad de Compras y Contrataciones. Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Buenos Aires Compras; regístrese en el Portal de Compras www.buenosairescompras.gob.ar para su publicación y notificación a los oferentes en los términos dispuestos por el Decreto Nº 1145/09, para su conocimiento y demás efectos. Grigera

DISPOSICIÓN N.° 55/UCCUPEJOL/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 VISTO: La Ley Nº 2095 (Texto consolidado por Ley Nº 5666), el Decreto Reglamentario Nº 326-GCABA/17 y el Expediente Electrónico Nº 21.324.846/MGEYA-upejol/2017, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita la Licitación Pública Nº 9982-1388-LPU17, al amparo de lo establecido en el artículo 31, primera parte del artículo 32 y concordantes de la Ley Nº 2095 (Texto consolidado por Ley Nº 5666), el Decreto Reglamentario Nº 326-GCABA/17 que se gestiona bajo el Sistema Buenos Aires Compras (BAC), en el marco de lo dispuesto por el artículo 85- Informatización de las Contrataciones- de la Ley de Compras y Contrataciones citada y su Decreto Reglamentario, para la "Provisión de equipamiento deportivo de Hockey con Servicio de Instalación, Mantenimiento y Desinstalación, con destino a la Unidad de Proyectos Especiales Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018", dependiente del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

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Que, de acuerdo a los antecedentes de las actuaciones, el Área funcional Técnica denominada Dirección de Equipamiento Deportivo del Comité Organizador de los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018, dependiente de las Direcciones de Relaciones Deportivas y Servicios, de Deportes y Sedes y Ejecutiva de dicho Comité, integrado por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través de la Unidad de Proyectos Especiales Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018 y el Comité Olímpico Argentino, solicitó a esta Unidad de Compras y Contrataciones la adquisición del equipamiento deportivo que resulta esencial e imprescindible para la realización de los Juegos Olímpicos a celebrarse, acompañando la documentación necesaria y el Pliego de Especificaciones Técnicas para llevar a cabo la contratación; Que, en tal sentido, acompañó, asimismo, Carta de la Federación Internacional de Hockey FIH que avala los términos del requerimiento efectuado en cuanto a los equipamientos y las marcas homologadas; Que, tratándose de productos totalmente importados, en razón asimismo de los plazos de entrega fijados en los pliegos, la contratación se gestiona en DÓLARES ESTADOUNIDENSES; Que el monto estimado de la contratación asciende a la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS SIETE MIL CUATROCIENTOS (U$S 207.400.-), con impacto sobre la partida presupuestaria y los Ejercicios Presupuestarios correspondientes; Que, en ese orden de ideas, obra registrada la Solicitud de Gastos debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria en etapa preventiva, por el monto estimado de la licitación en su equivalente en pesos conforme al tipo de cambio vendedor, vigente en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires al cierre del día anterior al de dicha afectación que asciende a la suma de PESOS TRES MILLONES

QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS NOVENTA($ 3.598.390-) con cargo en la partida correspondiente; Que, de conformidad con lo dispuesto en las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobadas por Decreto Nº 680/16, la autorización y el compromiso de gastos quedan subordinados al crédito que para cada ejercicio se consigne en los respectivos presupuestos anuales; Que por Disposición Nº 396/DGCyC/14, el Director General de Compras y Contrataciones, en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 87 de la Ley Nº 2095, (Texto consolidado por Ley Nº 5666), aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que se encuentran incorporados los pliegos que han de regir la contratación que se propicia; Que la evaluación técnica de la oferta, la efectuará el Área funcional Técnica denominada Dirección de Equipamiento Deportivo del Comité Organizador de los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018, dependiente de las Direcciones de Relaciones Deportivas y Servicios, en su carácter de área con competencia específica en la materia objeto de la contratación que nos ocupa, limitándose a dichos aspectos su intervención en la instancia de preadjudicación; Que la Dirección General Compras y Contrataciones se ha pronunciado sobre los Pliegos que han de regir la contratación, en las materias de penalidades y seguros previstas en los pliegos de la contratación; Que ha tomado intervención la Unidad de Coordinación Legal e Institucional de la Unidad de Proyectos Especiales Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018. Por ello, y en ejercicio de las competencias establecidas en la Ley Nº 2095 (Texto consolidado por Ley Nº 5666) y el Decreto 326/17,

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LA TITULAR DE LA UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DISPONE

Articulo 1º.- Apruébanse los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas que como Anexos Nros PLIEG-2017-22948154-UCCUPEJOL, PLIEG-2017-22948282-UCCUPEJOL, IF-2017-20239649-UCCUPEJOL e IF-2017-22143592-UCCUPEJOL, respectivamente, forman parte integrante de la presente Disposición, para la "Provisión de equipamiento deportivo de Hockey con Servicio de Instalación Mantenimiento y Desinstalación, con destino a la Unidad de Proyectos Especiales Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018", dependiente del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por un monto estimado de DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS SIETE MIL CUATROCIENTOS (U$S 207.400-). Artículo 2º.- Llámase a Licitación Pública Nº 9982-1388-LPU17, al amparo de lo establecido en el artículo 31, primera parte del artículo 32 y concordantes de la Ley Nº 2095 (Texto consolidado por Ley Nº 5666) y el Decreto Reglamentario Nº 326/17, que se gestiona bajo el Sistema Buenos Aires Compras (BAC), en el marco de lo dispuesto por el artículo 85 de la Ley de Compras y Contrataciones citada y su Decreto Reglamentario Nº 1145-GCABA/09, en base a la documentación licitatoria aprobada por el Artículo 1º de la presente, y fíjase fecha de apertura de ofertas para el día 17 de Octubre de 2017 a las 11:00 horas. Artículo 3º.- Establécese que los Pliegos de Bases

y Condiciones que rigen la Licitación Pública convocada por el Artículo 2° se suministran en forma gratuita. Artículo 4º.- Establécese que el Área funcional Técnica denominada Dirección de Equipamiento Deportivo del Comité Organizador de los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018, dependiente de las Direcciones de Relaciones Deportivas y Servicios el asesoramiento técnico de la oferta y de la contratación. Artículo 5º.- La erogación que demande la presente gestión cuenta con imputación presupuestaria sobre la partida correspondiente. Artículo 6º.- Remítanse invitaciones y cúrsense las comunicaciones de acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 2095 (Texto consolidado por Ley Nº 5666) y su Decreto Reglamentario y publíquese por el plazo de un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el portal www.buenosairescompras.gob.ar, y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 7º.- Publíquese y comuníquese. Grigera

DISPOSICIÓN N.° 56/UCCUPEJOL/17

Buenos Aires, 6 de octubre de 2017 VISTO: La Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley Nº 5.666), el Decreto Reglamentario 326/2017 y el Expediente Electrónico Nº 22032695-MGEYA-UPEJOL/2017, y,

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 223

ANEXO

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Que por la actuación citada en el Visto tramita la solicitud de contratación como Licitación Pública Nº 9982-1422-LPU17 al amparo de lo establecido en el artículo 31, primera parte del artículo 32 y concordantes de la Ley Nº 2095 (Texto consolidado por Ley Nº 5.666), el Decreto Reglamentario Nº 326/2017 que se gestiona bajo el Sistema Buenos Aires Compras (BAC), en el marco de lo dispuesto por el artículo 85 - Informatización de las contrataciones - de la Ley de Compras y Contrataciones citada y su Decreto Reglamentario Nº 1.145-GCABA/09, para la contratación de un "Servicio de lavandería para el residente para la Villa Olímpica de los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018"; Que conforme resulta de la solicitud de contratación suscripta por la titular del área funcional "Villa Olímpica de la Juventud" dependiente del Comité Organizador de los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018 (del cual la Unidad de Proyectos Especiales Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018 forma parte) -mediante Informe N° IF-2017- 22810625-UPEJOL-, se observa que el servicio a contratar, incluye el servicio de lavandería para prendas de uso personal sin cargo para los 6.592 residentes de la Villa Olímpica de la Juventud con asistencia personalizada, asegurando disponibilidad de lavadoras y secadoras de ropa como también la mano de obra para la ejecución del servicio; Que corresponde señalar que el referido evento deportivo resulta de suma importancia y trascendencia para la República Argentina y principalmente para la Ciudad de Buenos Aires tal como se desprende del Contrato de Ciudad Sede (Contrato registrado en la Escribanía General de la Ciudad de Buenos Aires el 25-06-2014 bajo el Nro. 15447), toda vez que los Juegos tienen por objeto instalar en la ciudadanía el rol de los mismos como promotor del deporte, la inclusión, la cultura, la educación, el cuidado del medio ambiente y los valores olímpicos: amistad, respeto y excelencia; Que el área funcional denominada "Villa Olímpica de la Juventud" ha elaborado el Proyecto de Pliego de Especificaciones Técnicas que se somete a consulta pública y ha estimado razonable fijar un presupuesto estimado de PESOS CINCO MILLLONES SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO ($5.789.398 ) de acuerdo al Informe N° IF-2017-20688470-UPEJOL; Que resulta adecuado tener en cuenta que la presente licitación tiene por finalidad la contratación de servicios a prestarse en la Villa Olímpica de la Juventud, espacio donde residirán todas las delegaciones Internacionales que participen de Los Juegos Olímpicos de la Juventud a llevarse a cabo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires del 6 al 18 de octubre de 2018, con la trascendencia internacional y la responsabilidad que ello conlleva, razón por la cual el evento deberá contar con los estándares exigidos para un acontecimiento de esa envergadura, y cumplir en tiempo y forma con

todas las obligaciones que ha asumido el Gobierno de la Ciudad Autónoma de buenos Aires como Ciudad organizadora, siendo la fecha de celebración de los mismos inamovible, por lo que resulta de vital importancia realizar contrataciones de forma exitosa y acordes a los requerimientos, teniendo en cuenta la trascendía internacional del evento, sin perder de vista los principios rectores de la contratación pública; Que el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales ha sido aprobado mediante Disposición N°396/DGCYC/14 del Director General de Compras y Contrataciones en su carácter de titular del Órgano Rector del Sistema de Contrataciones y de acuerdo con las facultades otorgadas por el artículo 87 de la Ley N° 2.095; Que el Proyecto de Especificaciones Técnicas que se someten a consulta pública han sido redactados en un todo de acuerdo al Pliego Único de Bases y Condiciones Generales que servirá como base para esta contratación;

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 224

CONSIDERANDO:

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Que es responsabilidad de esta Unidad y del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en su conjunto velar por la trasparencia de los procedimientos y la amplia concurrencia de ofertas, siendo que las contrataciones públicas afectan de manera directa los intereses de la ciudadanía, y teniendo en cuenta que allí se ponen en juego los recursos de los que dispone la sociedad para su desarrollo y bienestar; Que, en este sentido, es responsabilidad de esta Unidad asegurar una utilización transparente y eficiente de los recursos comprometidos para la realización de los Juegos Olímpicos de la Juventud, en el marco de los criterios rectores de austeridad y ahorro que han de guiar la gestión del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Que atento el monto y la complejidad que conlleva la presente contratación, y a los fines de contar con el mejor servicio; en uso de los las competencias que la ley le confiere, se entiende que resulta conveniente realizar una etapa previa a la convocatoria a Licitación Pública, en el marco de lo previsto por el Art. 88 de la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley Nº 5.666) y por el Art. 86 Inc. 12, el Decreto Reglamentario 326/2017, dándole la posibilidad a los potenciales oferentes de realizar sugerencias, observaciones y/o advertir deficiencias del pliego de especificaciones técnicas que se somete a consulta y que forman parte del Expediente Electrónico Nro. 22.032.695-MGEYAUPEJOL/2017 previo a que se apruebe el texto definitivo de los mismos; Que, asimismo, en el marco del procedimiento de elaboración participada del pliego de especificaciones técnicas, resulta prudente fijar una audiencia con potenciales oferentes interesados en el servicio; Que la elaboración participada de Pliegos posibilita la contribución en las etapas de gestación y diseño de las contrataciones, a sectores que estén vinculados a la temática de la contratación, con el objetivo de conocer sus opiniones y escuchar recomendaciones al respecto, y de promover reglas de juego claras y definidas en conjunto; Que, si bien las opiniones y/o recomendaciones que emitan los interesados serán de carácter consultivo y no vinculante para la confección del texto definitivo del pliego, la puesta en marcha de este procedimiento brindará a la contratación beneficios relevantes y concretos, como ser la mejora en la calidad técnica de las decisiones, mayor transparencia en los procesos de toma de decisiones, promoción del debate público y mayor legitimidad en la adjudicación que finalmente se adopte; Que las sugerencias, observaciones y/o advertencias de deficiencias deberán ser realizadas y remitidas por escrito a través del sitio de internet al correo electrónico de la Unidad de Compras y Contrataciones de UPEJOL

([email protected]) y/o mediante sobre cerrado dirigido a la Unidad de Compras y Contrataciones de UPEJOL, el cual podrá ser entregado en Mesa de Entradas, sita en Adolfo Alsina 1659, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y serán tenidas en cuenta o no de manera fundada al momento de aprobar el texto definitivo del Pliego; Que se encuentra incorporado a la presente el proyecto de pliego de especificaciones técnicas que ha de regir la contratación que se propicia; Que se acompaña al expediente de referencia el listado de posibles cámaras que nuclean a posibles interesados en la presente consulta pública, a quienes se estima conveniente invitar a participar del procedimiento, para lo cual se enviarán las comunicaciones oficiales correspondientes con la invitación respectiva; Que ha tomado la intervención que le compete la Unidad de Coordinación Legal de esta Unidad de Proyectos Especiales;

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Que, a fin de fomentar la mayor cantidad de opiniones de posibles oferentes y dada la relevancia de la presente contratación, se considera que resulta pertinente publicar la apertura del presente proceso de elaboración participada de pliego, en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en el sitio de intranet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme el art. 85 del Anexo I del Decreto Reglamentario 326/2017; Por ello, de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades conferidas por el artículo 13 de la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) y reglamentado por el Anexo II el Decreto Reglamentario 326/2017

LA TITULAR DE LA UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DE LA UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES

"JUEGOS OLIMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018" DISPONE

Artículo 1º.- Apruébese la apertura de la instancia para la formulación de sugerencias y observaciones al Proyecto de Pliego de Especificaciones Técnicas que, como Anexo Nro. IF-2017- 22810877-UPEJOL, forma parte integrante de la presente Disposición para la contratación del "Servicio de lavandería para el residente para la Villa Olímpica de los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018", por un monto estimado de PESOS CINCO MILLLONES SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO ($5.789.398 ) por el plazo de 10 días hábiles administrativos. Artículo 2°.-Establecese que la instancia de formulación de sugerencias y observaciones al Proyecto de Pliego de Especificaciones Técnicas, cuya publicación se llevará a partir del día 9 de Octubre de 2017, al amparo de lo establecido en el Art. 88 de la Ley 2095 y su Decreto Reglamentario. Artículo 3°- Fíjese audiencia con los potenciales oferentes interesados para el día 13 de octubre de 2017 a las 11.00 horas en las oficinas de UPEJOL ubicadas en la Calle Alsina 1659 2° piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Articulo 4°- Publíquese la presente Convocatoria Pública en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Artículo 5º.- Publíquese la apertura del procedimiento en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por un plazo mínimo de diez (10) días hábiles- Artículo 6º.- Difúndase la apertura de la presente instancia invitando a los interesados a realizar las sugerencias que consideren pertinentes. Grigera

DISPOSICIÓN N.° 1889/DGINC/17

Buenos Aires, 4 de octubre de 2017 VISTO: Las Leyes N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y N° 5.724, el Decreto Nº 326/GCABA/17, la Disposición Nº 1700/DGINC/17, el Expediente Electrónico N° 21242903/DGTALMMIYT/17, y

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ANEXO

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CONSIDERANDO: Que por el Expediente mencionado en el Visto, tramita la adquisición de pasajes aéreos, alojamiento y traslados, para el invitado internacional disertante de la "XI Conferencia CMD", Michele de Lucchi, con destino a esta Dirección General Industrias Creativas de la Subsecretaría de Desarrollo Económico, dependiente del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología; Que a fin de concretar la contratación precitada resultó oportuna la celebración de una Contratación Directa en su modalidad de Contratación Menor encuadrada en lo dispuesto por el artículo 38 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y el Decreto Reglamentario N° 326/GCABA/17; Que el Anexo II del Decreto N° 326/GCABA/17 fijó los niveles de decisión y el cuadro de competencias para los procedimientos de selección bajo el régimen especial de contratación de bienes y servicios establecido en el artículo citado, facultando a realizarla al Director General o funcionario con rango de responsabilidades equivalentes; Que el artículo 27, apartado b) de la Ley N° 5.724 fijó en pesos doce con cincuenta centavos ($ 12,50) el monto de las Unidades de Compras y de Multas establecidas en la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5.666); Que en tal sentido, por la Disposición Nº 1700/DGINC/17 se aprobaron los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, y se dispuso el llamado de la Contratación Menor N° 649-2599-CME17, para el día 22 de septiembre de 2017 a las 11:00 horas, por un monto total de pesos ciento cincuenta y ocho mil cien ($158.100.-), al amparo de lo establecido en el artículo 38 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.666); Que conforme surge del Acta de Apertura BAC se recibieron dos (2) ofertas, presentadas por las firmas Viajes Apolo S.R.L., CUIT Nº 30-56103388-5, y Cristian Germán Facundo Arce, CUIT Nº 20-20536397-2; Que de acuerdo al análisis realizado de la documentación recibida y requisitos cumplimentados, corresponde adjudicar la totalidad de la contratación a la firma Viajes Apolo S.R.L., CUIT Nº 30-56103388-5, por un monto total de pesos ciento sesenta y ocho mil quinientos ($ 168.500.-); Por ello, y en uso de las facultades conferidas por Anexo II del Decreto N° 326/GCABA/17,

EL DIRECTOR GENERAL DE INDUSTRIAS CREATIVAS DISPONE:

Artículo 1°.- Apruébase la Contratación Directa en su modalidad de Contratación Menor Nº 649-2599-CME17, realizada al amparo de lo establecido en el artículo 38 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y su Decreto Reglamentario, que tramita la adquisición de pasajes aéreos, alojamiento y traslados, para el invitado internacional disertante de la "XI Conferencia CMD", Michele de Lucchi, con destino a esta Dirección General Industrias Creativas de la Subsecretaría de Desarrollo Económico, dependiente del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología. Artículo 2°.- Adjudícase la totalidad de los renglones a la firma Viajes Apolo S.R.L., CUIT Nº 30-56103388-5, por un monto total de pesos ciento sesenta y ocho mil quinientos ($ 168.500.-). Artículo 3º.- El gasto que demande la presente contratación se imputará al ejercicio del año en curso.

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Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de un (1) día. Notifíquese a las empresas oferentes. Remítase a la Subgerencia Operativa Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, para la prosecución de su trámite. Radivoy DISPOSICIÓN N.° 1890/DGINC/17

Buenos Aires, 4 de octubre de 2017 VISTO: Las Leyes N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y N° 5.724, el Decreto Nº 326/GCABA/17, las Disposición Nº 1788/DGINC/17, el Expediente Electrónico N° 21684691/DGTALMMIYT/17, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente mencionado en el Visto, tramita la contratación de dos servicios de producción integral para la Semana de Diseño Buenos Aires 2017 y el Festival Internacional de Diseño Buenos Aires 2017, con destino a esta Dirección General Industrias Creativas, dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Económico del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, por un importe total de pesos un millón doscientos mil ($ 1.200.000); Que a fin de concretar la contratación precitada resultó oportuna la celebración de una Contratación Directa en su modalidad de Contratación Menor encuadrada en lo dispuesto por el artículo 38 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y el Decreto Reglamentario N° 326/GCABA/17; Que el Anexo II del Decreto N° 326/GCABA/17 fijó los niveles de decisión y el cuadro de competencias para los procedimientos de selección bajo el régimen especial de contratación de bienes y servicios establecido en el artículo citado, facultando a realizarla al Director General o funcionario con rango de responsabilidades equivalentes; Que el artículo 27, apartado b) de la Ley N° 5.724 fijó en pesos doce con cincuenta centavos ($ 12,50) el monto de las Unidades de Compras y de Multas establecidas en la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5.666); Que en tal sentido, por la Disposición Nº 1788/DGINC/17 se aprobaron los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, y se dispuso el llamado de la Contratación Menor N° 649-2639-CME17, para el día 02 de octubre de 2017 a las 11:00 horas; Que conforme surge del Acta de Apertura BAC, se recibieron tres (3) ofertas presentadas por las firmas Semiramis Producciones S.R.L., CUIT Nº 30-71061420-9, Tiempo Beta S.R.L., CUIT Nº 30-70965094-3; y Unlock Entertainment S.R.L., CUIT Nº 30-71220660-4; Que según consta en el Informe N° IF-2017-22811042-DGINC, de acuerdo al análisis realizado de la documentación recibida y los requisitos cumplimentados, corresponde adjudicar la totalidad de los renglones a la firma Tiempo Beta S.R.L., CUIT Nº 30-70965094-3, por un monto total de pesos un millón cincuenta mil ($ 1.050.000.-);

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Que de acuerdo a lo expuesto precedentemente, corresponde dictar el acto administrativo que apruebe la contratación en cuestión y efectúe la adjudicación pertinente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por Anexo II del Decreto N° 326/GCABA/17, EL DIRECTOR GENERAL DE INDUSTRIAS CREATIVAS

DISPONE: Artículo 1°.- Apruébase la Contratación Directa en su modalidad de Contratación Menor Nº 649-2639-CME17, realizada al amparo de lo establecido en el artículo 38 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y su Decreto Reglamentario, que tiene por objeto la contratación de un (1) servicio de producción integral para la Semana de Diseño Buenos Aires 2017 y el Festival Internacional de Diseño Buenos Aires 2017, con destino a esta Dirección General Industrias Creativas, dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Económico del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología. Artículo 2°.- Adjudícase la totalidad de los renglones a la firma Tiempo Beta S.R.L., CUIT Nº 30-70965094-3, la contratación por un monto total de pesos un millón cincuenta mil ($ 1.050.000.-). Artículo 3º.- El gasto que demande la presente contratación se imputará al ejercicio del año en curso. Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de un (1) día. Notifíquese a las empresas oferentes. Remítase a la Subgerencia Operativa Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, para la prosecución de su trámite. Radivoy

DISPOSICIÓN N.° 1909/DGINC/17

Buenos Aires, 6 de octubre de 2017 VISTO las Disposiciones N° 1060-DGINC-2017, N° 1304-DGINC-2017 y CONSIDERANDO: Que por Disposición N°1060-DGINC-2017 se convocó a equipos creativos que posean contenidos o desarrollos tecnológicos para la industria audiovisual, de música y de videojuegos, tanto para televisión, medios digitales, cine, transmedia, afines y/o complementarios, para presentar un proyecto empresarial con el fin de su puesta en marcha o despegue, a fin de participar del concurso "Semillero BA de Negocios Audiovisuales, de Videojuegos y de Música - Segunda Edición"; Que por Disposición N° 1304-DGINC-2017 se prorrogó el plazo para la presentación de la documentación requerida para participar del programa "Semillero BA de Negocios Audiovisuales, de Videojuegos y de Música" - Segunda Edición, desde el día 11 de Agosto hasta el 24 de Agosto de 2017, inclusive;

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Que cumplido el plazo y los procedimientos, prescriptos en las normas antes mencionadas, para la selección de proyectos, corresponde el dictado del pertinente acto administrativo, Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE INDUSTRIAS CREATIVAS DISPONE:

Artículo 1°.- Apruébase la nómina de los proyectos seleccionados que participarán del "Semillero BA de Negocios Audiovisuales, de Videojuegos y de Música", a saber: Pulsa EX Nº 19230180-DGINC- 2017 De Atar Contenidos EX Nº 19172684-DGINC- 2017 Alfalfa EX Nº 19363696-DGINC- 2017 Fiord Estudio EX Nº 19351802-DGINC- 2017 Vamos Productora EX Nº 19342565-DGINC- 2017 Cavalry Bear EX Nº 18155338-DGINC- 2017 HD Games Studio EX Nº 19215436-DGINC- 2017 Digi Learnnials EX Nº 18280952-DGINC- 2017 Mortadela Contenidos EX Nº 19360909-DGINC- 2017 Trespé Transmedia EX Nº 19362160-DGINC- 2017 Cine Pilots EX Nº 19365845-DGINC- 2017 Cazacuentos EX Nº 19350821-DGINC- 2017 The Nothing Box EX Nº 19318783-DGINC- 2017 Dupla EX Nº 19316394-DGINC- 2017 Level Up EX Nº 19359494-DGINC- 2017 Triple Frontera EX Nº 19363227-DGINC- 2017

Artículo 2°.- Apruébese la nómina de proyectos suplentes en caso de decisión de baja de alguno de los proyectos ganadores, en el siguiente orden descendiente de mérito: 1- Coghlan Films EX Nº 19178477-DGINC- 2017 2- Feminism Sans Fronteras EX Nº 18152909-DGINC- 2017 3- La Casa Del Árbol EX Nº 19366541-DGINC- 2017 4- Arteria Producciones EX Nº 19206513-DGINC- 2017 5- Sinapsis Audiovisual EX Nº 19364223-DGINC- 2017 6- Grupo Asociado de Guionistas (GAG) EX Nº 19354169-DGINC- 2017 Artículo 3°: Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese al Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología. Cumplido, archívese. Radivoy

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Ministerio de Ambiente y Espacio Público

DISPOSICIÓN N.° 394/DGALUM/17

Buenos Aires, 5 de septiembre de 2017 VISTO: La Ley Nacional de Obras Públicas N° 13064, aplicable en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sobre la base de lo dispuesto en la Cláusula Transitoria N° 3 de la Ley N° 70, la Ley N° 5460, el Decreto N° 413/AJG/16, las Resoluciones Nros. 1010/MAYEPGC/15, 1086-MAYEPGC/15, 2104MHGC/2017, 2209/MHGC/017, 2256/MHGC/2017, los Expedientes Electrónicos N° 6.191.740/DGALUM/2015 y N° 19912123/DGALUM/2017, y CONSIDERANDO: Que por el expediente N° 6.191.740/DGALUM/2015 tramitó la Licitación Pública N° 652/SIGAF/2015 para la contratación del "Servicio Integral de Mejora y Mantenimiento del Alumbrado Público, y su Sistema Integral de Telegestión"; Que por Decreto N° 413/AJG/16 el Jefe de Gobierno, aprobó la Licitación Pública de referencia y adjudicó la Zona 1 de la mencionada contratación a la empresa MANTELECTRIC I.C.I.S.A.; Que en el numeral 2.1.1., apartado f) del Pliego de Condiciones Particulares, se definen las tareas de Adecuación, Remodelación y Optimización o similar del alumbrado público; Que en el ítem 2.28.1 y siguientes del Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rige la Licitación Pública Nº 652/SIGAF/2015, aprobado mediante la Resolución N° 1010-MAYEPGC/15 y su rectificatoria N° 1086-MAYEPGC/15, se establece que: "Durante la vigencia del contrato, el GCBA podrá encomendar a la contratista, la ejecución de obras de Adecuación, Remodelación, Reacondicionamiento, Reemplazo, Ampliación, Remoción, Optimización y/o similares de las instalaciones que conforman el sistema de Alumbrado Público existente..." (...) "La encomienda de las obras se resolverá a solo juicio del GCBA..." por lo que se encomendarán las tareas a la empresa adjudicataria de la zona 1; Que por el Expediente Electrónico N° 19912123/DGALUM/2017, tramita la encomienda para la ejecución de los trabajos de traslado de una columna de alumbrado público ubicada en la calle Reconquista N° 1071, perteneciente a la Comuna 01 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que dicho requerimiento se efectúa porque entorpece con la creación de una dársena para camión de caudales de los bancos ubicados en dicha dirección que encara la Dirección Gral. Infraestructura de transporte; Que la Gerencia Operativa Planificación y Obras, área técnica dependiente de la Dirección General de Alumbrado, se ha presentado en el lugar del motivo tomando la debida intervención a fin de constatar la procedencia de la solicitud y proyectar la reubicación de la columna con la finalidad de mantener el servicio de alumbrado; Que además elaboró el cómputo y presupuesto correspondiente para la ejecución de los trabajos proyectados (IF-2017-19963227-DGALUM), el cual por la aplicación de los ítems de mano de obra y materiales del Anexo VIa del Pliego de Bases y Condiciones,

asciende a la suma de PESOS VEINTICUATRO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 97/100 ($24.348,97);

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Que la determinación de los precios de las tareas encomendadas ha sido realizada de conformidad con lo establecido por el numeral 2.28.4 del PCP, aplicando los nuevos precios unitarios de las Planillas de Cómputos Obras de Adecuación, Remodelación y Optimización del Alumbrado Público de los Anexos VI y VI a (aprobadas en el Artículo 2° de las Resoluciones N° 2104, 2209, 2256 del MHGC/2017) para los trabajos que se realicen a partir del 1° de abril de 2017, tomando las propuestas de las contratistas y con el descuento todo ello establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Nº 652-SIGAF/15, a fin de obtener el menor presupuesto para la realización de las obras, siendo el contratista de la Zona 1 quien llevará a cabo la obra por este monto; Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ALUMBRADO

DISPONE Artículo 1º.- Encomiéndase trasladar la columna existente en la calle Reconquista N° 1071 e identificada con N° de piquete 110I/2010 6,30 metros en dirección a la calle Ricardo Rojas, manteniendo su alimentación en forma subterránea, según cómputo IF-2017-19963227-DGALUM que como Anexo forma parte Integrante del Expediente Electrónico N° 19912123/DGALUM/2017, a la empresa MANTELECTRIC I.C.I.S.A. Zona 1, en el marco de la Licitación Pública Nº 652/SIGAF/2015. Artículo 2º.- Apruébase el gasto correspondiente a la ejecución de los trabajos encomendados por el Artículo 1º, el cual asciende a la suma de PESOS VEINTICUATRO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 97/100 ($24.348,97). Artículo 3º.- Fíjase para la ejecución de la obra un plazo de DIEZ (10) días, el cual se computará a partir de las cero (0,00) horas del día siguiente al de la notificación fehaciente de la presente. Artículo 4º.- La certificación de los trabajos, cuya encomienda se efectúa, se realizará a mes vencido y a medición de lo hecho, y hasta la suma máxima aprobada por Artículo 2º de la presente. Artículo 5º.- Impútese el gasto a la partida presupuestaria correspondiente. Artículo 6º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese a la empresa contratista. Comuníquese a la Gerencia Operativa Inspecciones y Certificación, a la Gerencia Operativa Planificación y Obras y a la Gerencia Operativa Actividad Tecnológica, todas ellas dependientes de la Dirección General de Alumbrado. Cumplido, remítase a los mismos fines a la Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio Público, a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, y a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda. Reyno Grondona

DISPOSICIÓN N.° 401/DGALUM/17

Buenos Aires, 12 de septiembre de 2017 VISTO:

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 232

ANEXO

La Ley Nacional de Obras Públicas N° 13064, aplicable en el ámbito de la Ciudad

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Autónoma de Buenos Aires sobre la base de lo dispuesto en la Cláusula Transitoria N° 3 de la Ley N° 70, la Ley N° 5460, el Decreto N° 413/AJG/16, las Resoluciones Nros. 1010/MAYEPGC/15, 1086-MAYEPGC/15, 2104/MHGC/2017, 2209/MHGC/017, 2256/MHGC/2017, los Expedientes Electrónicos N° 6.191.740/DGALUM/2015 y N° 18041344/DGALUM/17, N° 18041163/DGALUM/17, N° 18040466/DGALUM/17, N° 18041274/DGALUM/17, N° 18040954/DGALUM/17 Y N° 19046754/DGALUM/17 y CONSIDERANDO: Que por el expediente N° 6.191.740/DGALUM/2015 tramitó la Licitación Pública N° 652/SIGAF/2015 para la contratación del "Servicio Integral de Mejora y Mantenimiento del Alumbrado Público, y su Sistema Integral de Telegestión"; Que por Decreto N° 413/AJG/16 el Jefe de Gobierno, aprobó la Licitación Pública de referencia y adjudicó la Zona 2 de la mencionada contratación a ALUMINI ENGENHARIA S.A. CAPIME TECNOLOGIA S.A. (U.T.); Que en el numeral 2.1.1., apartado f) del Pliego de Condiciones Particulares, se definen las tareas de Adecuación, Remodelación y Optimización o similar del alumbrado público; Que en el ítem 2.28.1 y siguientes del Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rige la Licitación Pública Nº 652/SIGAF/2015, aprobado mediante la Resolución N° 1010-MAYEPGC/15 y su rectificatoria N° 1086-MAYEPGC/15, se establece que: "Durante la vigencia del contrato, el GCBA podrá encomendar a la contratista (...) la ejecución de Traslados o Remociones de instalaciones y/o de parte de ellas y/o de sus elementos constitutivos, cuando estos trabajos le sean requeridos en el marco de los servicios especiales que presta a particulares. (...) "La encomienda de las obras se resolverá a solo juicio del GCBA..."; Que por medio de la actuación N° 19046754/DGALUM/17, tramita la convalidación por la ejecución de las tareas de energización de los puntos verdes de las Plazas El Ángel Gris, Sudamericana, Villa Soldati, Roque Sáenz Peña y Manuel Belgrano, pertenecientes a las Comunas 7, 8, 11 y 13 respectivamente de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la obra en cuestión fue ejecutada en ausencia de un acto administrativo que lo ordene, toda vez que, primó la necesidad de continuar brindando un servicio esencial de reconversión, actualización tecnológica y eficiencia energética del sistema de alumbrado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que las tareas fueron encomendadas por la GOIyC a través de las ordenes de servicio N° 244 y 245 y a raíz del pedido de colaboración efectuado por el Director Gral. Reciclado (NO-2017-16837524/DGREC) el cual fue autorizado por la Dirección General de Alumbrado Público de la Ciudad; Que por comunicación N° 291 la contratista de la zona 2 informó la finalización de las tareas que le fueron ordenadas, acompañando planillas de medición y planos los

cuales fueron asociados a expedientes electrónicos n° 18041344/DGALUM/17, N° 18041163/DGALUM/17, N° 18040466/DGALUM/17, N° 18041274/DGALUM/17 y N° 18040954/DGALUM/17;

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Que la Gerencia Operativa Planificación y Obras, analizó la información aportada, previamente verificada por la Gerencia Operativa de Inspección y Certificación y realizó el cómputo y presupuesto correspondiente (IF-2017-19162214-DGALUM), conforme a los nuevos precios unitarios de las Planillas de Cómputos Obras de Adecuación, Remodelación y Optimización del Alumbrado Público de los Anexos VI y VIa del Pliego de Bases y Condiciones Nº 652-SIGAF/15, aprobados en los anexos mencionados en los Artículos 2° de las Resoluciones N° 2104, 2209, 2256del MHGC/2017, para los trabajos que se realicen a partir del 1° de abril de 2017, y asciende a la suma de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MIL SETECIENTOS NOVENTA CON 52/100 ($ 273.790,52); Que asimismo la determinación de los precios de las tareas ordenadas ha sido realizada de conformidad con lo establecido por el numeral 2.28.4 del PCP, tomando las propuestas de las contratistas y aplicando el descuento en caso de corresponder, a fin de obtener el menor presupuesto para la realización de las obras, siendo el contratista de la Zona 2 quien llevará a cabo la obra por este monto; Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ALUMBRADO

DISPONE Artículo 1º.- Convalídase la ejecución de los trabajos de energización de los puntos verdes ubicados en las Plazas El Ángel Gris, Sudamericana, Villa Soldati, Roque Sáenz Peña y Manuel Belgrano, pertenecientes a las Comunas 7, 8, 11 y 13 respectivamente de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según planos aportados en expedientes que tramitan en forma conjunta al presente y cómputo IF-2017-19162214-DGALUM que como Anexo forma parte Integrante del Expediente Electrónico N° 19046754/DGALUM/17, a la empresa ALUMINI ENGENHARIA S.A. CAPIME TECNOLOGIA S.A. (U.T.) zona 2, en el marco de la Licitación Pública Nº 652/SIGAF/2015. Artículo 2º.- Apruébase el gasto correspondiente por la ejecución de los trabajos convalidados en el Artículo 1º, el cual de la aplicación de los Ítems aprobados por Resoluciones 2104, 2209, 2256/MHGC/2017 del Anexo VI del Pliego de Bases y Condiciones N° 652/SIGAF/2015, asciende a la suma de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MIL SETECIENTOS NOVENTA CON 52/100 ($ 273.790,52). Artículo 3º.- La certificación de los trabajos, cuya convalidación se efectúa, se realizará a mes vencido y a medición de lo hecho, y hasta la suma máxima aprobada por Artículo 2º de la presente. Artículo 4º.- Impútese el gasto a la partida presupuestaria correspondiente. Artículo 5º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese a la empresa contratista. Comuníquese a la Gerencia Operativa Inspecciones y Certificación, a la Gerencia Operativa Planificación y Obras y a la Gerencia Operativa Actividad Tecnológica, todas ellas dependientes de la Dirección General de Alumbrado. Cumplido, remítase a los mismos fines a la Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio Público, a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, y a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda. Reyno Grondona

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ANEXO

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DISPOSICIÓN N.° 402/DGALUM/17

Buenos Aires, 12 de septiembre de 2017 VISTO: La Ley Nacional de Obras Públicas N° 13064, aplicable en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sobre la base de lo dispuesto en la Cláusula Transitoria N° 3 de la Ley N° 70, la Ley N° 5460, el Decreto N° 413/AJG/16, las Resoluciones Nros. 1010/MAYEPGC/15, 1086-MAYEPGC/15, 2104/MHGC/2017, 2209/MHGC/017, 2256/MHGC/2017, los Expedientes Electrónicos N° 6.191.740/DGALUM/2015 y N° 18499784/DGALUM/17 y CONSIDERANDO: Que por el expediente N° 6.191.740/DGALUM/2015 tramitó la Licitación Pública N° 652/SIGAF/2015 para la contratación del "Servicio Integral de Mejora y Mantenimiento del Alumbrado Público, y su Sistema Integral de Telegestión" mediante el procedimiento de Licitación Pública Nacional e Internacional; Que por Decreto N° 413/AJG/16 el Jefe de Gobierno, aprobó la Licitación Pública de referencia y adjudicó la Zona 1 de la mencionada contratación a MANTELECTRIC I.C.I.S.A.; Que en el numeral 2.1.1., apartado f) del Pliego de Condiciones Particulares, se definen las tareas de Adecuación, Remodelación y Optimización o similar del alumbrado público; Que en el ítem 2.28.1 y siguientes del Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rige la Licitación Pública Nº 652/SIGAF/2015, aprobado mediante la Resolución N° 1010-MAYEPGC/15 y su rectificatoria N° 1086-MAYEPGC/15, se establece que: "Durante la vigencia del contrato, el GCBA podrá encomendar a la contratista (...) la ejecución de Traslados o Remociones de instalaciones y/o de parte de ellas y/o de sus elementos constitutivos, cuando estos trabajos le sean requeridos en el marco de los servicios especiales que presta a particulares. (...) "La encomienda de las obras se resolverá a solo juicio del GCBA..."; Que por medio de la actuación N° 18499784/DGALUM/17, tramita la convalidación por la ejecución de las tareas de energización de los puntos verdes de las Plaza Nueva Pompeya (Traful y Av. Sáenz) y del Parque Thays (Dr. Carlos Vaz Ferreira, Gral. Bragadier Juan Francisco Quiroga, Av. Del Libertador, Av. Callao), pertenecientes a las Comunas 2 y 4 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la obra en cuestión fue ejecutada en ausencia de un acto administrativo que lo ordene, toda vez que, primó la necesidad de continuar brindando un servicio esencial de reconversión, actualización tecnológica y eficiencia energética del sistema de alumbrado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que las tareas fueron encomendadas por la GOIyC a través de las ordenes de servicio N° 211 y 212 y a raíz del pedido de colaboración efectuado por el Director Gral. Reciclado (NO-2017-16837524/DGREC) el cual fue autorizado por la Dirección General de Alumbrado Público de la Ciudad; Que por comunicación N° 209 la contratista de la zona 1 informó la finalización de las tareas que le fueron ordenadas, acompañando planillas de medición y planos;

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Que la Gerencia Operativa Planificación y Obras, analizó la información aportada, previamente verificada por la Gerencia Operativa de Inspección y Certificación y realizó el cómputo y presupuesto correspondiente (IF-2017-19611436-DGALUM), conforme a los nuevos precios unitarios de las Planillas de Cómputos Obras de Adecuación, Remodelación y Optimización del Alumbrado Público de los Anexos VI y VIa del Pliego de Bases y Condiciones Nº 652-SIGAF/15, aprobados en los anexos mencionados en los Artículos 2° de las Resoluciones N° 2104, 2209, 2256del MHGC/2017, para los trabajos que se realicen a partir del 1° de abril de 2017, y asciende a la suma de PESOS TREINTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE CON 63/100 ($ 37.967,63); Que asimismo la determinación de los precios de las tareas ordenadas ha sido realizada de conformidad con lo establecido por el numeral 2.28.4 del PCP, tomando las propuestas de las contratistas y aplicando el descuento en caso de corresponder, a fin de obtener el menor presupuesto para la realización de las obras, siendo el contratista de la Zona 1 quien llevará a cabo la obra por este monto; Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ALUMBRADO

DISPONE Artículo 1º.- Convalídase la ejecución de los trabajos de energización de los puntos verdes ubicados en las Plaza Nueva Pompeya (Traful y Av. Sáenz) y del Parque Thays (Dr. Carlos Vaz Ferreira, Gral. Bragadier Juan Francisco Quiroga, Av. Del Libertador, Av. Callao), pertenecientes a las Comunas 2 y 4 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según planos aportados y cómputo IF-2017-19611436-DGALUM que como Anexos forman parte Integrante del Expediente Electrónico N° 18499784/DGALUM/17, a la empresa MANTELECTRIC I.C.I.S.A zona 1, en el marco de la Licitación Pública Nº 652/SIGAF/2015. Artículo 2º.- Apruébase el gasto correspondiente por la ejecución de los trabajos convalidados en el Artículo 1º, el cual de la aplicación de los Ítems aprobados por Resoluciones 2104, 2209, 2256/MHGC/2017 del Anexo VI del Pliego de Bases y Condiciones N° 652/SIGAF/2015, asciende a la suma de PESOS TREINTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE CON 63/100 ($ 37.967,63). Artículo 3º.- La certificación de los trabajos, cuya convalidación se efectúa, se realizará a mes vencido y a medición de lo hecho, y hasta la suma máxima aprobada por Artículo 2º de la presente. Artículo 4º.- Impútese el gasto a la partida presupuestaria correspondiente. Artículo 5º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese a la empresa contratista. Comuníquese a la Gerencia Operativa Inspecciones y Certificación, a la Gerencia Operativa Planificación y Obras y a la Gerencia Operativa Actividad Tecnológica, todas ellas dependientes de la Dirección General de Alumbrado. Cumplido, remítase a los mismos fines a la Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio Público, a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, y a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda. Reyno Grondona

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 236

ANEXO

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DISPOSICIÓN N.° 403/DGALUM/17

Buenos Aires, 14 de septiembre de 2017 VISTO: el Decreto N° 413/AJG/16, Resoluciones N° 2104-MHGC/17, N° 2209-MHGC/17 y N° 2256-MHGC/17 y la Disposición Nº 265-DGALUM/2017, y; CONSIDERANDO: Que por Decreto N° 413/AJG/16 el Jefe de Gobierno aprobó y adjudicó la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 652/SIGAF/2015 para la contratación del "Servicio Integral de Mejora y Mantenimiento del Alumbrado Público y su Sistema Integral de Telegestión"; Que en el numeral 2.1.1., apartado f) del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, que rige la contratación, se definen las tareas de Adecuación, Remodelación y Optimización o similar del alumbrado público; Que asimismo dicho plexo normativo establece en el ítem 2.28.1 y siguientes que: "Durante la vigencia del contrato, el GCBA podrá encomendar a la contratista, la ejecución de obras de Adecuación, Remodelación, Reacondicionamiento, Reemplazo, Ampliación, Remoción, Optimización y/o similares de las instalaciones que conforman el sistema de Alumbrado Público existente..." (...) "La encomienda de las obras se resolverá a solo juicio del GCBA..."; Que por Disposición Nº 265-DGALUM/2017 el Director General de Alumbrado encomendó a la empresa AUTOTROL S.A.C.I.A.F. e I-CONSTRUMAN S.A. (U.T.E), contratista de la Zona 3 la ejecución de los trabajos de Optimización del Alumbrado Público en el sector 09 comprendido por la Av. Lope de Vega (exc.), Tinogasta (inc.), Bermúdez (inc.) y J. P. Varela (inc.), perteneciente a la Comuna 11 de CABA; Que el Artículo 2° de dicha Disposición estableció "Apruébase el gasto correspondiente a la ejecución de los trabajos encomendados por el Artículo 1º, el cual de la aplicación de los Ítems del Anexo VI del Pliego de Bases y Condiciones N° 652/SIGAF/2015 aprobados por Resoluciones 1718, 1748 y 1749/MHGC/2017, asciende a la suma de PESOS TRES MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO CON 71/100 ($3.896.185,71)"; Que el monto aprobado surge de la aplicación de los Ítems del Anexo VIa del Pliego de Bases y Condiciones Particulares donde se fijó el cuadro tarifario para determinar el valor de las obras complementarias; Que por Resoluciones N° 2104-MHGC/17, N° 2209-MHGC/17 y N° 2256-MHGC/17, el Ministro de Hacienda aprobó los nuevos precios unitarios de la Planilla de Cómputos Obras de Adecuación, Remodelación y Optimización del Alumbrado Público - Anexo VI y VI a del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, de las empresas contratistas MANTELECTRIC I.C.I.S.A., ALUMINI ENGENHAIA S.A. - CAPIME TECNOLOGIA S.A. UTE y AUTOTROL S.A.C.I.A.F.EI. - CONTRUMAN S.A. UTE, respectivamente, disponiendo asimismo que dichos precios serán aplicables a los trabajos que se realicen a partir del 1° de abril de 2017; Que en consecuencia, el gasto correspondiente a la ejecución de los trabajos encomendados, resultantes de la aplicación de los Ítems del Anexo VIa, resulta modificado por los términos de las resoluciones citadas anteriormente;

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Que se adjunta al actuado el IF 21115793-DGALUM/17, con el análisis y determinación del nuevo monto de los trabajos; Por lo expuesto, resulta conveniente dictar el acto administrativo por el cual se adecue el monto establecido en el Artículo 2° de la Disposición Nº 265-DGALUM/2017 aprobando el nuevo monto teniendo en cuenta lo resuelto por el Ministerio de Hacienda; Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL ALUMBRADO DISPONE

Artículo 1º.- Apruébase el nuevo monto para la obra encomendada por Disposición Nº 265-DGALUM/2017, el cual asciende a la suma de PESOS CUATRO MILLONES CIENTO TREINTA Y SEIS MIL CIENTO DOCE CON NOVENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 4.136.112,96). Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese a la empresa contratista. Comuníquese a la Gerencia Operativa Inspecciones y Certificación, a la Gerencia Operativa Planificación y Obras y a la Gerencia Operativa Actividad Tecnológica, todas ellas dependientes de la Dirección General de Alumbrado. Cumplido, remítase a los mismos fines a la Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio Público, a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, y a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda Cumplido, archívese. Reyno Grondona

DISPOSICIÓN N.° 404/DGALUM/17

Buenos Aires, 14 de septiembre de 2017 VISTO: el Decreto N° 413/AJG/16, Resoluciones N° 2104-MHGC/17, N° 2209-MHGC/17 y N° 2256-MHGC/17 y la Disposición Nº 264-DGALUM/2017, y; CONSIDERANDO: Que por Decreto N° 413/AJG/16 el Jefe de Gobierno aprobó y adjudicó la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 652/SIGAF/2015 para la contratación del "Servicio Integral de Mejora y Mantenimiento del Alumbrado Público y su Sistema Integral de Telegestión"; Que en el numeral 2.1.1., apartado f) del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, que rige la contratación, se definen las tareas de Adecuación, Remodelación y Optimización o similar del alumbrado público; Que asimismo dicho plexo normativo establece en el ítem 2.28.1 y siguientes que: "Durante la vigencia del contrato, el GCBA podrá encomendar a la contratista, la ejecución de obras de Adecuación, Remodelación, Reacondicionamiento, Reemplazo, Ampliación, Remoción, Optimización y/o similares de las instalaciones que conforman el sistema de Alumbrado Público existente..." (...) "La encomienda de las obras se resolverá a solo juicio del GCBA...";

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 238

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Que por Disposición Nº 264-DGALUM/2017 el Director General de Alumbrado encomendó a la empresa AUTOTROL S.A.C.I.A.F. e I-CONSTRUMAN S.A. (U.T.E), contratista de la Zona 3 la ejecución de los trabajos de Optimización del Alumbrado Público en el sector comprendido por la Av. Gaona (excl.), Av. Boyacá (excl.), Av. Juan B. Justo (excl.), Tte. Gral. Donato Álvarez (excl.), perteneciente a la Comuna 11 de CABA; Que el Artículo 2° de dicha Disposición estableció "Apruébase el gasto correspondiente a la ejecución de los trabajos encomendados por el Artículo 1º, el cual asciende a la suma de PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS VEINTIUN MIL QUINIENTOS SESENTA Y OCHO CON 83/100 ($ 2.921.568,83)"; Que el monto aprobado surge de la aplicación de los Ítems del Anexo VIa del Pliego de Bases y Condiciones Particulares donde se fijó el cuadro tarifario para determinar el valor de las obras complementarias; Que por Resoluciones N° 2104-MHGC/17, N° 2209-MHGC/17 y N° 2256-MHGC/17, el Ministro de Hacienda aprobó los nuevos precios unitarios de la Planilla de Cómputos Obras de Adecuación, Remodelación y Optimización del Alumbrado Público - Anexo VI y VI a del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, de las empresas contratistas MANTELECTRIC I.C.I.S.A., ALUMINI ENGENHAIA S.A. - CAPIME TECNOLOGIA S.A. UTE y AUTOTROL S.A.C.I.A.F.EI. - CONTRUMAN S.A. UTE, respectivamente, disponiendo asimismo que dichos precios serán aplicables a los trabajos que se realicen a partir del 1° de abril de 2017; Que en consecuencia, el gasto correspondiente a la ejecución de los trabajos encomendados, resultantes de la aplicación de los Ítems del Anexo VIa, resulta modificado por los términos de las resoluciones citadas anteriormente;

Que se adjunta al actuado el IF 21115619-DGALUM/17, con el análisis y determinación del nuevo monto de los trabajos; Por lo expuesto, resulta conveniente dictar el acto administrativo por el cual se adecue el monto establecido en el Artículo 2° de la Disposición Nº 264-DGALUM/2017 aprobando el nuevo monto teniendo en cuenta lo resuelto por el Ministerio de Hacienda; Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL ALUMBRADO DISPONE

Artículo 1º.- Apruébase el nuevo monto para la obra encomendada por Disposición Nº 264-DGALUM/2017, el cual asciende a la suma de PESOS TRES MILLONES CIENTO DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES CON OCHENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 3.102.473,85). Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese a la empresa contratista. Comuníquese a la Gerencia Operativa Inspecciones y Certificación, a la Gerencia Operativa Planificación y Obras y a la Gerencia Operativa Actividad Tecnológica, todas ellas dependientes de la Dirección General de Alumbrado. Cumplido, remítase a los mismos fines a la Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio Público, a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, y a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda Cumplido, archívese. Reyno Grondona

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 239

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DISPOSICIÓN N.° 405/DGALUM/17

Buenos Aires, 14 de septiembre de 2017 VISTO: el Decreto N° 413/AJG/16, Resoluciones N° 2104-MHGC/17, N° 2209-MHGC/17 y N° 2256-MHGC/17 y la Disposición Nº 180-DGALUM/2017, y; CONSIDERANDO: Que por Decreto N° 413/AJG/16 el Jefe de Gobierno aprobó y adjudicó la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 652/SIGAF/2015 para la contratación del "Servicio Integral de Mejora y Mantenimiento del Alumbrado Público y su Sistema Integral de Telegestión"; Que en el numeral 2.1.1., apartado f) del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, que rige la contratación, se definen las tareas de Adecuación, Remodelación y Optimización o similar del alumbrado público; Que asimismo dicho plexo normativo establece en el ítem 2.28.1 y siguientes que: "Durante la vigencia del contrato, el GCBA podrá encomendar a la contratista, la ejecución de obras de Adecuación, Remodelación, Reacondicionamiento, Reemplazo, Ampliación, Remoción, Optimización y/o similares de las instalaciones que conforman el sistema de Alumbrado Público existente..." (...) "La encomienda de las obras se resolverá a solo juicio del GCBA..."; Que por Disposición Nº 180-DGALUM/2017 el Director General de Alumbrado encomendó a la empresa AUTOTROL S.A.C.I.A.F. e I-CONSTRUMAN S.A. (U.T.E), contratista de la Zona 3 la ejecución de los trabajos de Optimización del Sistema de Alumbrado Público en el sector comprendido por las calles Balbastro (excl.), Av. La Plata (excl.), Av. Cobo (excl.) y Av. J. M. Moreno (excl.), perteneciente a la Comuna 07 de CABA; Que el Artículo 2° de dicha Disposición estableció "Apruébase el gasto correspondiente a la ejecución de los trabajos encomendados por el Artículo 1º, el cual asciende a la suma de PESOS NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 95/100 ($ 958.357,95)"; Que el monto aprobado surge de la aplicación de los Ítems del Anexo VIa del Pliego de Bases y Condiciones Particulares donde se fijó el cuadro tarifario para determinar el valor de las obras complementarias; Que por Resoluciones N° 2104-MHGC/17, N° 2209-MHGC/17 y N° 2256-MHGC/17, el Ministro de Hacienda aprobó los nuevos precios unitarios de la Planilla de Cómputos Obras de Adecuación, Remodelación y Optimización del Alumbrado Público - Anexo VI y VI a del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, de las empresas contratistas MANTELECTRIC I.C.I.S.A., ALUMINI ENGENHAIA S.A. - CAPIME TECNOLOGIA S.A. UTE y AUTOTROL S.A.C.I.A.F.EI. - CONTRUMAN S.A. UTE, respectivamente, disponiendo asimismo que dichos precios serán aplicables a los trabajos que se realicen a partir del 1° de abril de 2017; Que en consecuencia, el gasto correspondiente a la ejecución de los trabajos encomendados, resultantes de la aplicación de los Ítems del Anexo VIa, resulta modificado por los términos de las resoluciones citadas anteriormente;

Que se adjunta al actuado el IF 21115293-DGALUM/17, con el análisis y determinación del nuevo monto de los trabajos;

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 240

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Por lo expuesto, resulta conveniente dictar el acto administrativo por el cual se adecue el monto establecido en el Artículo 2° de la Disposición Nº 180-DGALUM/2017 aprobando el nuevo monto teniendo en cuenta lo resuelto por el Ministerio de Hacienda; Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL ALUMBRADO DISPONE

Artículo 1º.- Apruébase el nuevo monto para la obra encomendada por Disposición Nº 180-DGALUM/2017, el cual asciende a la suma de PESOS UN MILLON SETECIENTOS DIEZ MIL QUINIENTOS CUARENTA Y TRES CON NOVENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 1.710.543,99). Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese a la empresa contratista. Comuníquese a la Gerencia Operativa Inspecciones y Certificación, a la Gerencia Operativa Planificación y Obras y a la Gerencia Operativa Actividad Tecnológica, todas ellas dependientes de la Dirección General de Alumbrado. Cumplido, remítase a los mismos fines a la Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio Público, a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, y a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda Cumplido, archívese. Reyno Grondona

DISPOSICIÓN N.° 406/DGALUM/17

Buenos Aires, 14 de septiembre de 2017 VISTO: el Decreto N° 413/AJG/16, Resoluciones N° 2104-MHGC/17, N° 2209-MHGC/17 y N° 2256-MHGC/17 y la Disposición Nº 179-DGALUM/2017, y; CONSIDERANDO: Que por Decreto N° 413/AJG/16 el Jefe de Gobierno aprobó y adjudicó la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 652/SIGAF/2015 para la contratación del "Servicio Integral de Mejora y Mantenimiento del Alumbrado Público y su Sistema Integral de Telegestión"; Que en el numeral 2.1.1., apartado f) del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, que rige la contratación, se definen las tareas de Adecuación, Remodelación y Optimización o similar del alumbrado público; Que asimismo dicho plexo normativo establece en el ítem 2.28.1 y siguientes que: "Durante la vigencia del contrato, el GCBA podrá encomendar a la contratista, la ejecución de obras de Adecuación, Remodelación, Reacondicionamiento, Reemplazo, Ampliación, Remoción, Optimización y/o similares de las instalaciones que conforman el sistema de Alumbrado Público existente..." (...) "La encomienda de las obras se resolverá a solo juicio del GCBA...";

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Que por Disposición Nº 179-DGALUM/2017 el Director General de Alumbrado encomendó a la empresa AUTOTROL S.A.C.I.A.F. e I-CONSTRUMAN S.A. (U.T.E), contratista de la Zona 3 la ejecución de los trabajos de Optimización del Sistema de Alumbrado Público en el sector comprendido por las Av. F. Beiro (excl.), R. Gutierrez (incl.), Av. Lastra (excl.), Ing. José Cubas (incl.) y Av. Segurola (excl.), perteneciente a la Comuna 11 de CABA; Que el Artículo 2° de dicha Disposición estableció "Apruébase el gasto correspondiente a la ejecución de los trabajos encomendados por el Artículo 1º, el cual asciende a la suma de PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS QUINCE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y UNO CON 03/100 ($ 2.915.551,03)"; Que el monto aprobado surge de la aplicación de los Ítems del Anexo VIa del Pliego de Bases y Condiciones Particulares donde se fijó el cuadro tarifario para determinar el valor de las obras complementarias; Que por Resoluciones N° 2104-MHGC/17, N° 2209-MHGC/17 y N° 2256-MHGC/17, el Ministro de Hacienda aprobó los nuevos precios unitarios de la Planilla de Cómputos Obras de Adecuación, Remodelación y Optimización del Alumbrado Público - Anexo VI y VI a del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, de las empresas contratistas MANTELECTRIC I.C.I.S.A., ALUMINI ENGENHAIA S.A. - CAPIME TECNOLOGIA S.A. UTE y AUTOTROL S.A.C.I.A.F.EI. - CONTRUMAN S.A. UTE, respectivamente, disponiendo asimismo que dichos precios serán aplicables a los trabajos que se realicen a partir del 1° de abril de 2017; Que en consecuencia, el gasto correspondiente a la ejecución de los trabajos encomendados, resultantes de la aplicación de los Ítems del Anexo VIa, resulta modificado por los términos de las resoluciones citadas anteriormente;

Que se adjunta al actuado el IF 21115141-DGALUM/17, con el análisis y determinación del nuevo monto de los trabajos; Por lo expuesto, resulta conveniente dictar el acto administrativo por el cual se adecue el monto establecido en el Artículo 2° de la Disposición Nº 179-DGALUM/2017 aprobando el nuevo monto teniendo en cuenta lo resuelto por el Ministerio de Hacienda; Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL ALUMBRADO DISPONE

Artículo 1º.- Apruébase el nuevo monto para la obra encomendada por Disposición Nº 179-DGALUM/2017, el cual asciende a la suma de PESOS CINCO MILLONES DOSCIENTOS VEINTISEIS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y DOS CON CINCUENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 5.226.932,58). Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese a la empresa contratista. Comuníquese a la Gerencia Operativa Inspecciones y Certificación, a la Gerencia Operativa Planificación y Obras y a la Gerencia Operativa Actividad Tecnológica, todas ellas dependientes de la Dirección General de Alumbrado. Cumplido, remítase a los mismos fines a la Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio Público, a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, y a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda Cumplido, archívese. Reyno Grondona

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DISPOSICIÓN N.° 407/DGALUM/17

Buenos Aires, 14 de septiembre de 2017 VISTO: el Decreto N° 413/AJG/16, Resoluciones N° 2104-MHGC/17, N° 2209-MHGC/17 y N° 2256-MHGC/17 y la Disposición Nº 177-DGALUM/2017, y; CONSIDERANDO: Que por Decreto N° 413/AJG/16 el Jefe de Gobierno aprobó y adjudicó la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 652/SIGAF/2015 para la contratación del "Servicio Integral de Mejora y Mantenimiento del Alumbrado Público y su Sistema Integral de Telegestión"; Que en el numeral 2.1.1., apartado f) del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, que rige la contratación, se definen las tareas de Adecuación, Remodelación y Optimización o similar del alumbrado público; Que asimismo dicho plexo normativo establece en el ítem 2.28.1 y siguientes que: "Durante la vigencia del contrato, el GCBA podrá encomendar a la contratista, la ejecución de obras de Adecuación, Remodelación, Reacondicionamiento, Reemplazo, Ampliación, Remoción, Optimización y/o similares de las instalaciones que conforman el sistema de Alumbrado Público existente..." (...) "La encomienda de las obras se resolverá a solo juicio del GCBA..."; Que por Disposición Nº 177-DGALUM/2017 el Director General de Alumbrado encomendó a la empresa AUTOTROL S.A.C.I.A.F. e I-CONSTRUMAN S.A. (U.T.E), contratista de la Zona 3 la ejecución de los trabajos de Optimización del Sistema de Alumbrado Público en el sector comprendido por la Av. Rivadavia, Mariano Acosta, Av. J. B. Alberdi, Azul, Av. Directorio y Portela, perteneciente a la Comuna 10 de CABA; Que el Artículo 2° de dicha Disposición estableció "Apruébase el gasto correspondiente a la ejecución de los trabajos encomendados por el Artículo 1º, el cual asciende a la suma de PESOS DOS MILLONES CIENTO SESENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS DIEZ CON 91/100 ($2.164.910,91.-)"; Que el monto aprobado surge de la aplicación de los Ítems del Anexo VIa del Pliego de Bases y Condiciones Particulares donde se fijó el cuadro tarifario para determinar el valor de las obras complementarias; Que por Resoluciones N° 2104-MHGC/17, N° 2209-MHGC/17 y N° 2256-MHGC/17, el Ministro de Hacienda aprobó los nuevos precios unitarios de la Planilla de Cómputos Obras de Adecuación, Remodelación y Optimización del Alumbrado Público - Anexo VI y VI a del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, de las empresas contratistas MANTELECTRIC I.C.I.S.A., ALUMINI ENGENHAIA S.A. - CAPIME TECNOLOGIA S.A. UTE y AUTOTROL S.A.C.I.A.F.EI. - CONTRUMAN S.A. UTE, respectivamente, disponiendo asimismo que dichos precios serán aplicables a los trabajos que se realicen a partir del 1° de abril de 2017; Que en consecuencia, el gasto correspondiente a la ejecución de los trabajos encomendados, resultantes de la aplicación de los Ítems del Anexo VIa, resulta modificado por los términos de las resoluciones citadas anteriormente;

Que se adjunta al actuado el IF 21114954-DGALUM/17, con el análisis y determinación del nuevo monto de los trabajos;

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Por lo expuesto, resulta conveniente dictar el acto administrativo por el cual se adecue el monto establecido en el Artículo 2° de la Disposición Nº 177-DGALUM/2017 aprobando el nuevo monto teniendo en cuenta lo resuelto por el Ministerio de Hacienda; Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL ALUMBRADO DISPONE

Artículo 1º.- Apruébase el nuevo monto para la obra encomendada por Disposición Nº 177-DGALUM/2017, el cual asciende a la suma de PESOS TRES MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL CIENTO VEINTISIETE CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 3.865.127,69). Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese a la empresa contratista. Comuníquese a la Gerencia Operativa Inspecciones y Certificación, a la Gerencia Operativa Planificación y Obras y a la Gerencia Operativa Actividad Tecnológica, todas ellas dependientes de la Dirección General de Alumbrado. Cumplido, remítase a los mismos fines a la Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio Público, a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, y a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda Cumplido, archívese. Reyno Grondona

DISPOSICIÓN N.° 408/DGALUM/17

Buenos Aires, 14 de septiembre de 2017 VISTO: el Decreto N° 413/AJG/16, Resoluciones N° 2104-MHGC/17, N° 2209-MHGC/17 y N° 2256-MHGC/17 y la Disposición Nº 274-DGALUM/2017, y; CONSIDERANDO: Que por Decreto N° 413/AJG/16 el Jefe de Gobierno aprobó y adjudicó la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 652/SIGAF/2015 para la contratación del "Servicio Integral de Mejora y Mantenimiento del Alumbrado Público y su Sistema Integral de Telegestión"; Que en el numeral 2.1.1., apartado f) del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, que rige la contratación, se definen las tareas de Adecuación, Remodelación y Optimización o similar del alumbrado público; Que asimismo dicho plexo normativo establece en el ítem 2.28.1 y siguientes que: "Durante la vigencia del contrato, el GCBA podrá encomendar a la contratista, la ejecución de obras de Adecuación, Remodelación, Reacondicionamiento, Reemplazo, Ampliación, Remoción, Optimización y/o similares de las instalaciones que conforman el sistema de Alumbrado Público existente..." (...) "La encomienda de las obras se resolverá a solo juicio del GCBA..."; Que por Disposición Nº 274-DGALUM/2017 el Director General de Alumbrado encomendó a la empresa ALUMINI ENGENHARIA S.A. -CAPIME TECNOLOGIA S.A. (U.T), contratista de la Zona 2, la ejecución de los trabajos de Optimización del Alumbrado Público en la Av. Cerviño entre Av. Int. Bullrich y John Fitzgerald Kennedy, perteneciente a la Comuna 14 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

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Que el Artículo 2° de dicha Disposición estableció "Apruébase el gasto correspondiente a la ejecución de los trabajos encomendados por el Artículo 1º, el cual asciende a la suma de PESOS UN MILLÓN CUATROCIENTOS CUATRO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y UNO CON 73/100 ($ 1.404.641,73)"; Que el monto aprobado surge de la aplicación de los Ítems del Anexo VIa del Pliego de Bases y Condiciones Particulares donde se fijó el cuadro tarifario para determinar el valor de las obras complementarias; Que por Resoluciones N° 2104-MHGC/17, N° 2209-MHGC/17 y N° 2256-MHGC/17, el Ministro de Hacienda aprobó nuevos precios unitarios de la Planilla de Cómputos Obras de Adecuación, Remodelación y Optimización del Alumbrado Público - Anexo VI y VI a del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, de las empresas contratistas MANTELECTRIC I.C.I.S.A., ALUMINI ENGENHAIA S.A. - CAPIME TECNOLOGIA S.A. UTE y AUTOTROL S.A.C.I.A.F.EI. - CONTRUMAN S.A. UTE, respectivamente, disponiendo asimismo que dichos precios serán aplicables a los trabajos que se realicen a partir del 1° de abril de 2017; Que en consecuencia, el gasto correspondiente a la ejecución de los trabajos convalidados, proveniente de la aplicación de los Ítems del Anexo VIa, resulta modificado por los términos de las resoluciones citadas anteriormente;

Que se adjunta al actuado el IF 21115970-DGALUM/17, con el análisis y determinación del nuevo monto de los trabajos; Por lo expuesto, resulta conveniente dictar el acto administrativo por el cual se adecue el monto establecido en el Artículo 2° de la Disposición Nº 274-DGALUM/2017 aprobando el nuevo monto teniendo en cuenta lo resuelto por el Ministerio de Hacienda; Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL ALUMBRADO DISPONE

Artículo 1º.- Apruébase el nuevo monto para la obra encomendada por Disposición Nº 274-DGALUM/2017, el cual asciende a la suma de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS NOVENTA Y UN MIL TRESCIENTOS NUEVE CON CINCUENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 1.491.309,59). Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese a la empresa contratista. Comuníquese a la Gerencia Operativa Inspecciones y Certificación, a la Gerencia Operativa Planificación y Obras y a la Gerencia Operativa Actividad Tecnológica, todas ellas dependientes de la Dirección General de Alumbrado. Cumplido, remítase a los mismos fines a la Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio Público, a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, y a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda Cumplido, archívese. Reyno Grondona

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 245

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Secretaría Legal y Técnica

DISPOSICIÓN N.° 1/DGCL/17

Buenos Aires, 24 de agosto de 2017 VISTO: La Resolución N° 6/MMGC/15 y EE N°14560336/MGEYA/DGCL/17 y, CONSIDERANDO: Que por Resolución N°6/MMGC/15 se aprobó el procedimiento General de Registro de Asistencia del Personal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires comprendido en la Ley N° 471 y en la Ordenanza N° 41.455; Que el artículo 1° del Anexo I de dicha Resolución establece que las Autoridades Superiores de cada repartición serán los encargados de nombrar a los Responsables Administrativos de Presentismo, para cumplir con las obligaciones allí dispuestas. Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por la Resolución N° 6/MMGC/15,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL COORDINACIÓN LEGAL

DISPONE ArtÍculo 1°.- Desígnase en carácter de Responsable Administrativo de Presentismo titular, a la agente María Alicia Tourn , CUIL N° 27-20680297-4, de conformidad con el IF-2017-18885397-DGCL, que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente. ArtÍculo 2°.- Desígnase en carácter de Responsable Administrativo de Presentismo suplente, a la gente Alicia Alejandra González, CUIL N° 27-25839158-1, de conformidad con el IF-2017-18885440-DGCL, que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente. ArtÍculo 3°.- Desígnase en carácter de Responsable Administrativo de Presentismo suplente, a la agente Cintia Pamela Rojas, CUIL N° 27-29130697-2, de conformidad con el IF-2017-18885582-DGCL, que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente. ArtÍculo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Gerencia Operativa Auditoría y Sistemas de Control de la Dirección General Planificación y Control Operativo y a la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, ambas dependientes de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Serra

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 246

ANEXO

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Ministerio de Salud

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 50/HIFJM/17

Buenos Aires, 3 de octubre de 2017 VISTO el Expediente N° 18728989/17 y los términos de Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 5454), el Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por Decreto N° 114/GCBA/2016 y su modificatorio Decreto N° 411/GCBA/2016, la Resolución Conjunta N° 9-MHGC-MJGGC-SECLYT/11, las Resoluciones N° 596/MHCG/l 1 y N° 1160/MHGC/l 1, las Disposiciones N° 115-DGCYC-11 y N° 119/DGCYC-11, el E.E. N° 2726712-MGEYA-HNBM-2014 B.A.C.; y CONSIDERANDO: Que, por la citada actuación tramita el Proceso de Compra N° 423-2269-CME17 para la ADQUISICIÓN DE CANULAS PLASTICAS con destino a la División Farmacia del Hospital de Infecciosas Fco. J. Muñiz; Que, obra Solicitud de Gastos Nº 423-4580-SG17 debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria para el presente ejercicio y ejercicio futuro; Que, en virtud de los términos de la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 5454), el Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por Decreto N° 114/GCBA/2016 y su modificatorio Decreto N° 411/GCBA/2016, la Directora del Hospital de Infecciosas Francisco Javier Muñiz, mediante Disposición Nº 232/HIFJM/2017 llamó a Proceso de Compra 423-2269-CME17 para el día 30/08/2017 a las 12:00 hs al amparo de lo establecido en el Artículo Nº 38 de la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 5454), el Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por Decreto N° 114/GCBA/2016 y su modificatorio Decreto N° 411/GCBA/2016, y presta conformidad al Pliego de Cláusulas Particulares y Especificaciones Técnicas; Que, según surge del acta de apertura se presentó una (1), oferta de la firma: DEALER MEDICA S.R.L; Que obra el Acta de Asesoramiento Técnico efectuada por el jefe de la Sección Drogueria Sr. Carlos Fornari; Que, en función al Cuadro Comparativo de Precios resulta conveniente adjudicar a la firma: DEALER MEDICA S.R.L (RENGLON Nº 1) de conformidad a lo dispuesto por el Artículo Nº 109 de la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 5454), el Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por Decreto N° 114/GCBA/2016 y su modificatorio Decreto N° 411/GCBA/2016; Por ello, en virtud de las facultades conferidas por la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 5454), el Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por Decreto N° 114/GCBA/2016 y su modificatorio Decreto N° 411/GCBA/2016, y lo dispuesto en los artículos 5º y 6º del Decreto Nº 392/10, el Decreto N° 1.145/09 y el Decreto N° 109/12.

LA DIRECTORA CONJUNTAMENTE CON EL GERENTE OPERATIVO DE GESTION ADMINISTRATIVA ECONOMICA Y FINANCIERA

DEL HOSPITAL DE INFECCIOSAS FRANCISCO JAVIER MUÑIZ DISPONEN

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 247

Art.1º- Apruébese el Proceso de Compra Nº 423-2269-CME17, realizada al amparo de lo establecido en el Art. 38 Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 5454), el

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Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por Decreto N° 114/GCBA/2016 y su modificatorio Decreto N° 411/GCBA/2016, por el Hospital de Infecciosas Francisco Javier Muñiz. Art.2º- Adjudíquese la ADQUISICIÓN DE CANULAS PLASTICAS con destino a la División Farmacia del Hospital de Infecciosas Fco. J. Muñiz, a la firma: DEALER MEDICA S.R.L (RENGLON Nº 1) por la suma total de pesos CIENTO DIECISEIS MIL CIENTO SESENTA ($ 116.160,00). - Renglón Cantidad Unidad Precio Unitario Precio Total 1 12000 U $9,68 $116.160,00 TOTAL $116.160,00 Art.3º- La erogación que insuma la presente contratación se imputó a la partida presupuestaria correspondiente al presente ejercicio y ejercicio futuro. Art.4º- Autorícese a emitir la respectiva Órden de Compra. Art.5º- Regístrese, para su conocimiento y demás efectos. Bertoldi - Nogueras

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 79/HGAZ/17

Buenos Aires, 27 de julio de 2017 VISTO el Expediente Nº 14657230/2017, por la cual se tramita la Contratación Menor Nº 1623/2017, Art. 38, según la Ley N° 2095 (Texto consolidado según Ley Nº 5666), los Decretos Reglamentarios Nº 95/GCABA/2014, modificado por Dto. Nº 114/16 y su modificatorio Dto. Nº 411/16 y Dto. Nº 1145/GCBA/09, CONSIDERANDO: Que por los presentes actuados se tramita la adquisición de material biomédico para farmacia. Que se procedió a imputar en el código contable correspondiente los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión en el respectivo presupuesto en vigor. Que mediante Disposición Nº 240/HGAZ/2017 se dispuso el llamado a Contratación Menor Nº 1623/2017 para el día 19/07/2017 a las 12:00 hs., al amparo de lo establecido en el Art. 38 de la Ley Nº 2095 (Texto consolidado según Ley Nº 5666), los Decretos Reglamentarios Nº 95/GCABA/2014, modificado por Dto. Nº 114/16 y su modificatorio Dto. Nº 411/16 y Dto. Nº 1145/GCBA/09 Que conforme lo establece el Art. 13 del Decreto reglamentario esta Unidad Operativa de Adquisiciones se encuentra facultada para aprobar esta licitación. Que estos insumos solicitados no están comprendido en la Orden de compra Abierta, debiéndose proceder a realizar la compra por este medio. Que tal lo indicado en el Acta de Apertura se recibieron (18) ofertas.

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 248

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Que según Cuadro Comparativo de Precios que ordena la reglamentación y en base al cual se elabora el Dictamen de Evaluación de Ofertas, por la cual resultan preadjudicatarias las firmas: CARDIOPACK ARGENTINA S.A. (Reng.1,2,3,4), CIRUGIA ARGENTINA S.A. (Reng. 5,6,7), STORING INSUMOS MEDICOS S.R.L. (Reng. 8), DCD PRODUCTS SRL (Reng 10,11,12), DROGUERIA MARTORANI S.A. (Reng. 14). Que no obran impugnaciones a la preadjudicación. Por ello y en un todo de acuerdo con las normas del Reglamento de Contrataciones del Estado Ley Nº 2095 (Texto consolidado según Ley Nº 5666), los Decretos Reglamentarios Nº 95/GCABA/2014, modificado por Dto. Nº 114/16 y su modificatorio Dto. Nº 411/16 y Dto. Nº 1145/GCBA/09 Por ello,

LA SUBDIRECTORA MEDICA A/C DE LA DIRECCIÓN DEL HOSPITAL GRAL. DE AGUDOS DR. ABEL ZUBIZARRETA

CONJUNTAMENTE CON EL GERENTE OPERATIVO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA ECONÓMICA Y FINANCIERA

DISPONEN: Art.1º- Apruébese la Contratación Menor N° 1623/17, realizada al amparo de lo establecido en el Art. 38 de la Ley Nº 2095, (Texto consolidado según Ley Nº 5666), los Decretos Reglamentarios Nº 95/GCABA/2014,modificado por Dto. Nº 114/16 y su modificatorio Dto. Nº 411/16 y Dto. Nº 1145/GCBA/09; por esta Unidad Operativa de Adquisiciones y adjudicase la adquisición de material biomédico para el servicio de farmacia para la firmas: CARDIOPACK ARGENTINA S.A. (Reng.1,2,3,4) por la suma de pesos doce mil doscientos cuarenta y tres con 60/100 ($12.243,60), CIRUGIA ARGENTINA S.A. (Reng. 5,6,7) por la suma de pesos trece mil doscientos cuarenta y uno con 28/100 ($13.241,28) STORING INSUMOS MEDICOS S.R.L. (Reng. 8) por la suma de pesos novecientos ochenta con 00/100 ($980,00), DCD PRODUCTS SRL (Reng. 10,11,12) por la suma de pesos ciento noventa y tres mil ciento dieciséis con 00/100 ($193.116,00), DROGUERIA MARTORANI S.A. (Reng. 14) por la suma de pesos cuatro mil setecientos noventa con 00/100 ($4.790,00). Total de la adjudicación: Pesos doscientos veinticuatro mil trescientos setenta con 88/100 ($224.370,88) según el siguiente detalle:

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Art.2º-Dicho gasto se imputará a la partida del presupuesto del ejercicio 2017/18. Art.3º-Autorizase a emitir las respectivas órdenes de compra, con proyectos de órdenes de compra, previa afectación provisoria a través de la Dirección General Administrativo Contable y Presupuesto. Kelly - Borelli

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 86/HGAZ/17

Buenos Aires, 9 de agosto de 2017 VISTO el Expediente Nº 12594386/2017, por la cual se tramita la Contratación Directa Nº 698/2017, Art. 28 inc 1, según la Ley N° 2095 (Texto consolidado según Ley Nº 5666), los Decretos Reglamentarios Nº 95/GCABA/2014, modificado por Dto. Nº 114/16 y su modificatorio Dto. Nº 411/16 y Dto. Nº 1145/GCBA/09, CONSIDERANDO: Que por los presentes actuados se tramita la adquisición de reactivos para orinas para el servicio de Laboratorio. Que se procedió a imputar en el código contable correspondiente los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión en el respectivo presupuesto en vigor. Que mediante Disposición Nº 188/HGAZ/2017 se dispuso el llamado a Contratación Directa Nº 698/2017 para el día 13/07/2017 a las 10:00 hs., al amparo de lo establecido en el Art.28 inc.1 de la Ley Nº 2095 (Texto consolidado según Ley Nº 5666), los Decretos Reglamentarios Nº 95/GCABA/2014, modificado por Dto. Nº 114/16 y su modificatorio Dto. Nº 411/16 y Dto. Nº 1145/GCBA/09 Que conforme lo establece el Art. 13 del Decreto reglamentario esta Unidad Operativa de Adquisiciones se encuentra facultada para aprobar esta licitación. Que tal lo indicado en el Acta de Apertura se recibieron (3) ofertas. Que según Cuadro Comparativo de Precios que ordena la reglamentación y en base al cual se elabora el Dictamen de Evaluación de Ofertas , por la cual resulta preadjudicataria la firma: MEDI SISTEM S.R.L. (Reng. 1), Que no obran impugnaciones a la preadjudicación. Que mediante Disposición Nº 274/HGAZ/17 se aprueba el ingreso y permanencia en el Hospital de (1) sistema lector de tiras de orinas Modelo: COBAS u411 Marca ROCHE ANMAT Nº PM-740-12 provisto por la firma MEDI SISTEM S.R.L., con destino al Servicio de Laboratorio Central, recibido en préstamo por el término de la vigencia de la Orden de Compra o hasta el agotamiento total de los insumos entregados en cumplimiento de la misma. Por ello y en un todo de acuerdo con las normas del Reglamento de Contrataciones del Estado Ley Nº 2095 (Texto consolidado según Ley Nº 5666), los Decretos Reglamentarios Nº 95/GCABA/2014, modificado por Dto. Nº 114/16 y su modificatorio Dto. Nº 411/16 y Dto. Nº 1145/GCBA/09 Por ello,

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LA SUBDIRECTORA MEDICA A/C DE LA DIRECCIÓN DEL HOSPITAL GRAL. DE AGUDOS DR. ABEL ZUBIZARRETA

CONJUNTAMENTE CON EL GERENTE OPERATIVO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA ECONÓMICA Y FINANCIERA

DISPONEN: Art.1º- Apruébese la Contatación Directa N° 698/17, realizada al amparo de lo establecido en el Art. 28 inc.1 de la Ley Nº 2095, (Texto consolidado según Ley Nº 5666), los Decretos Reglamentarios Nº 95/GCABA/2014, modificado por Dto. Nº 114/16 y su modificatorio Dto. Nº 411/16 y Dto. Nº 1145/GCBA/09; por esta Unidad Operativa de Adquisiciones y adjudicase la adquisición de reactivos para orinas incluido el ingreso de (1) sistema lector de tiras de orinas Modelo: COBAS u411 Marca ROCHE ANMAT Nº PM-740-12 provisto por la firma: MEDI SISTEM S.R.L. autorizado por Disposición Nº 274-HGAZ-17 por la suma de pesos cuatrocientos cincuenta mil seiscientos nueve con 60/100 ($ 450.609,60). Total de la adjudicación: Pesos cuatrocientos cincuenta mil seiscientos nueve con 60/100 ($ 450.609,60) según el siguiente detalle: Renglón Cantidad Precio unitario Precio total 1 240 1877,54 450.609,60 Total 450.609,60 Art.2º-Dicho gasto se imputará a la partida del presupuesto del ejercicio 2017/18. Art.3º-Autorizase a emitir las respectivas órdenes de compra mediante el Sistema electrónico de buenos Aires Compras (B.A.C.) previa afectación provisoria a través de la Dirección General Administrativo Contable y Presupuesto Kelly - Borelli

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 100/HGAZ/17

Buenos Aires, 25 de septiembre de 2017 VISTO el Expediente Nº 20745390/2017, por la cual se tramita la Compra Menor Nº 2542/2017, Art. 38, según la Ley N° 2095 (Texto consolidado según Ley Nº 5666), y el Decreto Nº 326/GCABA/2017 (BOCABA 5202), CONSIDERANDO: Que por los presentes actuados se tramita la adquisición de medicamentos para el servicio de Farmacia y Traumatología Que se procedió a imputar en el código contable correspondiente los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión en el respectivo presupuesto en vigor. Que mediante Disposición Nº 319/HGAZ/2017 se dispuso el llamado a Compra Menor Nº 2542/2017 para el día 18/09/2017 a las 10:00 hs., al amparo de lo establecido en el Art. 38 de la Ley Nº 2095 (Texto consolidado según Ley Nº 5666), y el Decreto Nº 326/GCABA/2017, (BOCABA 5202) Que conforme lo establece el Art. 13 del Decreto reglamentario esta Unidad Operativa de Adquisiciones se encuentra facultada para aprobar esta licitación.

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Que el renglón 1 (ertapenem sódico 1 gramo inyectable) no está comprendido en la Orden de Compra Abierta y sin Stock en UPE-UOAC Que tal lo indicado en el Acta de Apertura se recibieron (8) ofertas. Que según Cuadro Comparativo de Precios que ordena la reglamentación y en base al cual se elabora el Dictamen de Evaluación de Ofertas, por la cual resultan preadjudicatarias las firmas: MSD ARGENTINA SRL (Reng. 1), ARTHROS SRL (Reng. 2) Que no obran impugnaciones a la preadjudicación. Por ello y en un todo de acuerdo con las normas del Reglamento de Contrataciones del Estado Ley Nº 2095 (Texto consolidado según Ley Nº 5666), y el Decreto Nº 326/GCABA/2017, (BOCABA 5202) Por ello,

LA SUBDIRECTORA MEDICA A/C DE LA DIRECCIÓN DEL HOSPITAL GRAL. DE AGUDOS DR. ABEL ZUBIZARRETA

CONJUNTAMENTE CON EL GERENTE OPERATIVO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA ECONÓMICA Y FINANCIERA

DISPONEN: Art.1º- Apruébese la Compra Menor N° 2542/17, realizada al amparo de lo establecido en el Art. 38 de la Ley Nº 2095, (Texto consolidado según Ley Nº 5666), y el Decreto Nº 326/GCABA/2017 (BOCABA 5202); por esta Unidad Operativa de Adquisiciones y adjudícase la adquisición de medicamentos para las firmas: MSD ARGENTINA SRL (Reng.1) por la suma de pesos ochenta y un mil ochocientos treinta y cinco con 20/100 ($ 81.835,20), ARTHROS SRL (Reng. 2) por la suma de

pesos ciento treinta y seis mil con 00/100 ($ 136.000,00) Total de la adjudicación: Pesos doscientos diecisiete mil ochocientos treinta y cinco con 20/100 ($ 217.835,20) según el siguiente detalle: Renglón Cantidad Precio unitario Precio total 1 60 1.363,92 81.835,20 2 20 6.800,00 136.000,00 Total 217.835,20 Art.2º-Dicho gasto se imputará a la partida del presupuesto del ejercicio 2017 Art.3º-Autorizase a emitir las respectivas órdenes de compra, con proyectos de órdenes de compra, previa afectación provisoria a través de la Dirección General Administrativo Contable y Presupuesto. Kelly - Borelli

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 101/HGAZ/17

Buenos Aires, 27 de septiembre de 2017 VISTO el Expediente Nº 19898606/2017, por la cual se tramita la Contratación Directa Nº 1032/2017, Art. 28 inc.5, según la Ley N° 2095 (Texto consolidado según Ley Nº 5666), y el Decreto Nº 326/GCABA/2017 (BOCABA 5202),

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Que por los presentes actuados se tramita la reparación de ecógrafo General Electric modelo Logiq P5 para el servicio de Radiología. Que se procedió a imputar en el código contable correspondiente los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión en el respectivo presupuesto en vigor. Que mediante Disposición Nº 286/HGAZ/2017 se dispuso el llamado a Contratación Directa Nº 1032/2017 para el día 12/09/2017 a las 10:00 hs., al amparo de lo establecido en el Art. 28 inc. 5 de la Ley Nº 2095 (Texto consolidado según Ley Nº 5666), y el Decreto Nº 326/GCABA/2017, (BOCABA 5202) Que conforme lo establece el Art. 13 del Decreto reglamentario esta Unidad Operativa de Adquisiciones se encuentra facultada para aprobar esta licitación. Que tal lo indicado en el Acta de Apertura se recibió (1) oferta. Que según Cuadro Comparativo de Precios que ordena la reglamentación y en base al cual se elabora el Dictamen de Evaluación de Ofertas, por la cual resulta preadjudicataria la firma: ALLMEDIC S.A. (Reng. 1). Que no obran impugnaciones a la preadjudicación. Por ello y en un todo de acuerdo con las normas del Reglamento de Contrataciones del Estado Ley Nº 2095 (Texto consolidado según Ley Nº 5666), y el Decreto Nº 326/GCABA/2017, (BOCABA 5202) Por ello,

LA SUBDIRECTORA MEDICA A/C DE LA DIRECCIÓN DEL HOSPITAL GRAL. DE AGUDOS DR. ABEL ZUBIZARRETA

CONJUNTAMENTE CON EL GERENTE OPERATIVO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA ECONÓMICA Y FINANCIERA

DISPONEN: Art.1º- Apruébese la Contratación Directa N° 1032/17, realizada al amparo de lo establecido en el Art. 28 inc. 5 de la Ley Nº 2095, (Texto consolidado según Ley Nº 5666), y el Decreto Nº 326/GCABA/2017 (BOCABA 5202); por esta Unidad Operativa de Adquisiciones y adjudícase la reparación de ecógrafo General Electric modelo Logiq P5 para la firma: ALLMEDIC S.A. (Reng.1) por la suma de pesos treinta y un mil novecientos cuarenta y cuatro con 00/100 ($ 31.944,00) Total de la adjudicación: Pesos treinta y un mil novecientos cuarenta y cuatro con 00/100 ($ 31.944,00) según el siguiente detalle: Renglón Cantidad Precio unitario Precio total 1 1 31.944,00 31.944,00 Total 31.944,00 Art.2º-Dicho gasto se imputará a la partida del presupuesto del ejercicio 2017 Art.3º-Autorizase a emitir las respectivas órdenes de compra, con proyectos de órdenes de compra, previa afectación provisoria a través de la Dirección General Administrativo Contable y Presupuesto. Kelly - Borelli

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 253

CONSIDERANDO:

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DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 102/HGAZ/17

Buenos Aires, 2 de octubre de 2017 VISTO el Expediente Nº 16959298/2017, por la cual se tramita la Contratación Directa Nº 890/2017, Art. 28 inc.5, según la Ley N° 2095 (Texto consolidado según Ley Nº 5666), y el Decreto Nº 326/GCABA/2017 (BOCABA 5202), CONSIDERANDO: Que por los presentes actuados se tramita la reparación de mesa para cirugía marca Pettinari para el servicio de Quirófano. Que se procedió a imputar en el código contable correspondiente los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión en el respectivo presupuesto en vigor. Que mediante Disposición Nº 281/HGAZ/2017 se dispuso el llamado a Contratación Directa Nº 890/2017 para el día 18/09/2017 a las 10:00 hs., al amparo de lo establecido en el Art. 28 inc. 5 de la Ley Nº 2095 (Texto consolidado según Ley Nº 5666), y el Decreto Nº 326/GCABA/2017, (BOCABA 5202) Que conforme lo establece el Art. 13 del Decreto reglamentario esta Unidad Operativa de Adquisiciones se encuentra facultada para aprobar esta licitación. Que tal lo indicado en el Acta de Apertura se recibió (1) oferta. Que según Cuadro Comparativo de Precios que ordena la reglamentación y en base al cual se elabora el Dictamen de Evaluación de Ofertas, por la cual resulta preadjudicataria la firma: PETTINARI METAL S.A.C.I.F.I y A (Reng. 1). Que no obran impugnaciones a la preadjudicación. Por ello y en un todo de acuerdo con las normas del Reglamento de Contrataciones del Estado Ley Nº 2095 (Texto consolidado según Ley Nº 5666), y el Decreto Nº 326/GCABA/2017, (BOCABA 5202) Por ello,

LA SUBDIRECTORA MEDICA A/C DE LA DIRECCIÓN DEL HOSPITAL GRAL. DE AGUDOS DR. ABEL ZUBIZARRETA

CONJUNTAMENTE CON EL GERENTE OPERATIVO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA ECONÓMICA Y FINANCIERA

DISPONEN: Art.1º- Apruébese la Contratación Directa N° 890/17, realizada al amparo de lo establecido en el Art. 28 inc. 5 de la Ley Nº 2095, (Texto consolidado según Ley Nº 5666), y el Decreto Nº 326/GCABA/2017 (BOCABA 5202); por esta Unidad Operativa de Adquisiciones y adjudícase la reparación de mesa para cirugía marca Pettinari para la firma: PETTINARI METAL S.A.C.I.F.I y A (Reng.1) por la suma de pesos nueve mil ochocientos con 00/100 ($ 9.800,00) Total de la adjudicación: Pesos nueve mil ochocientos con 00/100 ($ 9.800,00) según el siguiente detalle: Renglón Cantidad Precio unitario Precio total 1 1 9.800,00 9.800,00 Total 9.800,00

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 254

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Art.2º-Dicho gasto se imputará a la partida del presupuesto del ejercicio 2017 Art.3º-Autorizase a emitir las respectivas órdenes de compra, con proyectos de órdenes de compra, previa afectación provisoria a través de la Dirección General Administrativo Contable y Presupuesto. Kelly - Borelli

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 103/HGAZ/17

Buenos Aires, 2 de octubre de 2017 VISTO el Expediente Nº 19850923/2017, por la cual se tramita la Contratación Directa Nº 1027/2017, Art. 28 inc.1, según la Ley N° 2095 (Texto consolidado según Ley Nº 5666), y el Decreto Nº 326/GCABA/2017 (BOCABA 5202), CONSIDERANDO: Que por los presentes actuados se tramita la adquisición de insumos inmunohematología para el servicio de Hemoterapia. Que se procedió a imputar en el código contable correspondiente los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión en el respectivo presupuesto en vigor. Que mediante Disposición Nº 287/HGAZ/2017 se dispuso el llamado a Contratación Directa Nº 1027/2017 para el día 13/09/2017 a las 10:00 hs., al amparo de lo establecido en el Art. 28 inc. 1 de la Ley Nº 2095 (Texto consolidado según Ley Nº 5666), y el Decreto Nº 326/GCABA/2017, (BOCABA 5202) Que conforme lo establece el Art. 13 del Decreto reglamentario esta Unidad Operativa de Adquisiciones se encuentra facultada para aprobar esta licitación. Que tal lo indicado en el Acta de Apertura se recibió (1) oferta. Que según Cuadro Comparativo de Precios que ordena la reglamentación y en base al cual se elabora el Dictamen de Evaluación de Ofertas, por la cual resulta preadjudicataria la firma: FELSAN SRL (Reng. 1 al 7). Que no obran impugnaciones a la preadjudicación. Por ello y en un todo de acuerdo con las normas del Reglamento de Contrataciones del Estado Ley Nº 2095 (Texto consolidado según Ley Nº 5666), y el Decreto Nº 326/GCABA/2017, (BOCABA 5202) Por ello,

LA SUBDIRECTORA MEDICA A/C DE LA DIRECCIÓN DEL HOSPITAL GRAL. DE AGUDOS DR. ABEL ZUBIZARRETA

CONJUNTAMENTE CON EL GERENTE OPERATIVO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA ECONÓMICA Y FINANCIERA

DISPONEN: Art.1º- Apruébese la Contratación Directa N° 1027/17, realizada al amparo de lo establecido en el Art. 28 inc. 1 de la Ley Nº 2095, (Texto consolidado según Ley Nº 5666), y el Decreto Nº 326/GCABA/2017 (BOCABA 5202); por esta Unidad Operativa de Adquisiciones y adjudícase la adquisición de insumos inmunohematología para la firma: FELSAN SRL (Reng.1 al 7) por la suma de pesos ciento diez mil cuatrocientos sesenta con 00/100 ($ 110.460,00) Total de la adjudicación: Pesos ciento diez mil cuatrocientos sesenta con 00/100 ($ 110.460,00) según el siguiente detalle:

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Art.2º-Dicho gasto se imputará a la partida del presupuesto del ejercicio 2017 Art.3º-Autorizase a emitir las respectivas órdenes de compra, con proyectos de órdenes de compra, previa afectación provisoria a través de la Dirección General Administrativo Contable y Presupuesto. Kelly - Borelli

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 106/HGAZ/17

Buenos Aires, 2 de octubre de 2017 VISTO el Expediente Nº 20327015/2017, por la cual se tramita la Compra Menor Nº 2476/2017, Art. 38, según la Ley N° 2095 (Texto consolidado según Ley Nº 5666), y el Decreto Nº 326/GCABA/2017 (BOCABA 5202), CONSIDERANDO: Que por los presentes actuados se tramita la adquisición de Material biomédico para el servicio de Farmacia Que se procedió a imputar en el código contable correspondiente los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión en el respectivo presupuesto en vigor. Que mediante Disposición Nº 299/HGAZ/2017 se dispuso el llamado a Compra Menor Nº 2476/2017 para el día 19/09/2017 a las 10:00 hs., al amparo de lo establecido en el Art. 38 de la Ley Nº 2095 (Texto consolidado según Ley Nº 5666), y el Decreto Nº 326/GCABA/2017, (BOCABA 5202) Que conforme lo establece el Art. 13 del Decreto reglamentario esta Unidad Operativa de Adquisiciones se encuentra facultada para aprobar esta licitación. Que tal lo indicado en el Acta de Apertura se recibieron (13) ofertas.

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 256

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Que según Cuadro Comparativo de Precios que ordena la reglamentación y en base al cual se elabora el Dictamen de Evaluación de Ofertas, por la cual resultan preadjudicatarias las firmas: CIRUGIA ARGENTINA S.A. (Reng. 1 al 9), DROGUERIA FARMATEC S.A. (Reng. 10 y 11), EZEQUIEL MARTIN LINARES (Reng. 12), COVIDIEN ARGENTINA SA (Reng. 13). Que no obran impugnaciones a la preadjudicación. Por ello y en un todo de acuerdo con las normas del Reglamento de Contrataciones del Estado Ley Nº 2095 (Texto consolidado según Ley Nº 5666), y el Decreto Nº 326/GCABA/2017, (BOCABA 5202) Por ello,

LA SUBDIRECTORA MEDICA A/C DE LA DIRECCIÓN DEL HOSPITAL GRAL. DE AGUDOS DR. ABEL ZUBIZARRETA

CONJUNTAMENTE CON EL GERENTE OPERATIVO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA ECONÓMICA Y FINANCIERA

DISPONEN: Art.1º- Apruébese la Compra Menor N° 2476/17, realizada al amparo de lo establecido en el Art. 38 de la Ley Nº 2095, (Texto consolidado según Ley Nº 5666), y el Decreto Nº 326/GCABA/2017 (BOCABA 5202); por esta Unidad Operativa de Adquisiciones y adjudícase la adquisición de material biomédico para las firmas: CIRUGIA ARGENTINA S.A. (Reng. 1 al 9) por la suma de pesos doscientos mil quinientos diecisiete con 84/100 ($ 200.517,84), DROGUERIA FARMATEC S.A. (Reng. 10 y 11) por la suma de pesos dos mil doscientos cincuenta con 00/100 ($ 2.250,00), EZEQUIEL MARTIN LINARES (Reng. 12) por la suma de pesos setenta y un mil novecientos treinta y cinco con 00/100 ($ 71.935,00), COVIDIEN ARGENTINA SA (Reng.13) por la suma de pesos cuarenta y dos mil trescientos cincuenta con 00/100 ($ 42.350,00). Total de la adjudicación: Pesos trescientos diecisiete mil cincuenta y dos con 84/100 ($ 317.052,84) según el siguiente detalle:

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Art.2º-Dicho gasto se imputará a la partida del presupuesto del ejercicio 2017/2018 Art.3º-Autorizase a emitir las respectivas órdenes de compra, con proyectos de órdenes de compra, previa afectación provisoria a través de la Dirección General Administrativo Contable y Presupuesto. Kelly - Borelli

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 201/HBR/17

Buenos Aires, 6 de octubre de 2017 VISTO Expediente Electrónico N° 22167676-MGEYA-HBR-2017, la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 5.666) y su Decreto Reglamentario Nº 326/17 modificatorio del Decreto Reglamentario Nº 95/14, CONSIDERANDO Que, por la citada actuación se tramita el Proceso de Compra Nº: 431-1150-CDI17 bajo la modalidad de Contratación Directa para la ADQUISICIÓN DE CARDIODESFIBRILADOR-PTE. HERRERA LUIS, CON DESTINO AL SERVICIO DE CARDIOLOGIA, bajo el nuevo sistema de compras electrónicas BAC, siguiendo la normativa vigente y el Decreto Nº: 1145/09 (ANEXO I PROCEDIMIENTO BUENOS AIRES COMPRA); Que, dada la Urgencia se inicio una Contratación Directa en el Sistema BAC, por lo que se cargo la Solicitud de Gasto 431-6360-SG17 y dado que el Sistema permite evitar los pasos de Pliego y Disposición al Llamado, se procedió a tramitar , la Contratación Directa Nº 431-1150-CDI17 cuya apertura se realizó el día 02/10/2017 a las 13:15 horas, al amparo de lo establecido en el Articulo Nº 28° inciso 2º de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 5.666) y su Decreto Reglamentario Nº 326/17 modificatorio del Decreto Reglamentario Nº 95/14, Que, tal como luce en el Acta de Apertura (BAC) se recibieron dos (2) ofertas de las firmas: TRUST MED GROUP S.A. Y FILOBIOSIS S.A. Que, obra el cuadro comparativo de precios y su recomendación (BAC), según lo manifestado en el Informe Técnico de fecha 04/10/2017, de los cuales surge que corresponde la adjudicación de la oferta presentada por: TRUST MED GROUP S.A. (Renglón Nº 1), por resultar oferta más conveniente conforme los términos del artículo 110 de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 5.666) y su Decreto Reglamentario Nº 326/17 modificatorio del Decreto Reglamentario Nº 95/14, Que, según Memorando nº 5127/DGCyC/08, han quedado sin efecto las verificaciones por parte de la Dirección General de Compras y Contrataciones en los procedimientos licitatorios que lleven a cabo; Que, en consecuencia y atento lo actuado, procede el dictado del presente acto administrativo por medio del cual se apruebe y adjudique el presente procedimiento.

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Por ello, y en uso de las facultades conferidas en el art. 111º de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 5.666) y su Decreto Reglamentario Nº 326/17 modificatorio del Decreto Reglamentario Nº 95/14, y lo dispuesto en los Artículos 6º del Decreto 392/2010;

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL "BERNARDINO RIVADAVIA" EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES

Y EL GERENTE OPERATIVO DE GESTION ADMINISTRATIVA ECONOMICA Y FINANCIERA

DISPONEN:

Art. 1º - Apruébese la CONTRATACION DIRECTA Nº 431-1150-CDI17 realizada al amparo de los establecido en el Artículo Nº 28, inciso 2º de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 5.666) y su Decreto Reglamentario Nº 326/17 modificatorio del Decreto Reglamentario Nº 95/14, y adjudíquese la ADQUISICIÓN DE CARDIODESFIBRILADOR-PTE. HERRERA LUIS, CON DESTINO AL SERVICIO DE CARDIOLOGIA a favor de la siguiente firma : TRUST MED GROUP S.A. (Renglón Nº 1), por un Importe de PESOS: DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL CON 00/100 ($ 295.000,00). Art. 2º - Dicho gasto se imputara a la correspondiente Partida Presupuestaria del ejercicio 2017. Art. 3º - Exhíbase copia de la presente en la cartelera oficial del Hospital Bernardino Rivadavia por el termino de un (1) día. Art. 4º - Emítase la respectiva Orden de Compra. Art. 5º - Regístrese, publíquese en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, BAC y Boletín Oficial, por el término de un (1) día, notifíquese a la empresa Oferente. Maiorano - Fernández Rostello

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 205/HGAT/17

Buenos Aires, 26 de septiembre de 2017 VISTO: El Expediente Electrónico N° 16795272/2017 y la Ley 2095 (texto consolidado por Ley N° 5454), el Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por Decreto N° 114/GCBA/2016 y su modificatorio Decreto N° 411/GCBA/2016, vigentes en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires y; CONSIDERANDO: Que se procedió a imputar el código contable correspondiente a los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión con el respectivo movimiento presupuestario por un importe de $ 79.865 (pesos setenta y nueve mil ochocientos sesenta y cinco), Que por Disposición N° 171-DGCyC-2008 la Dirección General de Compras y Contrataciones en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Art. 85 de la Ley 2095, modif... Ley 4764 aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y en virtud de los términos del Art. 13 de la Ley, y su decreto reglamentario; se autoriza a este organismo a efectuar el llamado de Contratación;

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Que mediante Disposición N° 2017-241-HGAT, se dispuso el llamado a Licitación Privada N° 49/2017, Proceso de Compra N° 438-0049-LPR17, para el día 07 de agosto de 2017 a las 11:00 horas, al amparo de lo establecido en el Art. 31 de la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad de Buenos Aires N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 5454), el Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por Decreto N° 114/GCBA/2016 y su modificatorio Decreto N° 411/GCBA/2016, para la la adquisición de CUBRE Y PORTA OBJETOS, con destino a Farmacia, Que de acuerdo a lo manifestado en Acta de Apertura y a lo evaluado del Cuadro Comparativo de Precios que ordena la reglamentación en vigencia, fueron analizadas las ofertas de: STORING INSUMOS MEDICOS SRL, LUIS ALBERTO SUAREZ SUCESION, QUIMICA CORDOBA SA, RAUL JORGE POGGI, SILVANA GRACIELA CHARAF, ERNESTO VAN ROSSUM Y CIA SRL, GLADYS ELSA PERUGINO reunida la Comisión Evaluadora de Ofertas designada mediante Disposición N° 15, con el objeto de considerar la propuesta recibida para la presente, y según surge de lo manifestado precedentemente, ha resuelto adjudicar a favor de las firmas: ERNESTO VAN ROSSUM Y CIA SRL, para los renglones 1-2 por un importe de $ 25.460 (pesos veinticinco mil cuatrocientos sesenta), GLADYS ELSA PERUGINO para los renglones 3-4-5 por un importe de $ 8400 (pesos ocho mil cuatrocientos) Art. 108 de la Ley, puesto que cumple con las exigencias administrativas del pliego que rige la presente contratación. Que de acuerdo a lo estipulado en la Ley 2095(texto consolidado por Ley N° 5454), el Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por Decreto N° 114/GCBA/2016 y su modificatorio Decreto N° 411/GCBA/2016, se procede al dictado del presente Acto Administrativo,

Que por Decreto N° 392/2010, Art.6°, se le asignan al Gerente Operativo, las facultades y competencias previstas para los Coordinadores de Gestión Económica Financiera, Que por Resolución N° 2016-223-MSGC, se ha cubierto el cargo de Gerente Operativo de la Gerencia Operativa de Gestión Administrativa Financiera, del Hospital Gral. De Agudos Dr. Enrique Tornu, al Lic. Javier Fuentes. Por ello y en un todo de acuerdo con las normas de la Ley de Compras y Contrataciones en la Ley 2095(texto consolidado por Ley N° 5454), el Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por Decreto N° 114/GCBA/2016 y su modificatorio Decreto N° 411/GCBA/2016,

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GRAL. DE AGUDOS DR. ENRIQUE TORNU

Y EL GERENTE OPERATIVO DE GESTION ADM. ECON. FINANCIERA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DISPONEN Artículo 1°-Apruébese la Licitación Privada N° 49/2017, proceso de compra 438-0049-LPR17 sistema BAC, realizada al amparo de lo establecido en el Art. 31 de la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad de Buenos Aires, Ley 2095 (texto consolidado por Ley N° 5454), el Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por Decreto N° 114/GCBA/2016 y su modificatorio Decreto N° 411/GCBA/2016, por el Hospital Gral. De Agudos Dr. Enrique Tornu. Artículo 2°-Adjudíquese la adquisición de PORTA Y CUBRE OBJETOS con destino a Farmacia favor de las firmas: ERNESTO VAN ROSSUM Y CIA SRL, para los renglones 1-2 por un importe de $ 25.460 (pesos veinticinco mil cuatrocientos sesenta), GLADYS ELSA PERUGINO para los renglones 3-4-5 por un importe de $ 8400 (pesos ocho mil cuatrocientos). Ascendiendo el importe total a la suma de $ 33.860 (pesos treinta y tres mil ochocientos sesenta).

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Artículo 3°- Dicho gasto se imputara a la partida del ejercicio en vigencia y ejercicios futuros Artículo 4°- Autorizase al Hospital Gral. De Agudos Dr. Enrique Tornu, a emitir la respectiva Orden de Compra, conforme con las cantidades aprobadas. Artículo 5°-Regístrese para su conocimiento y demás efectos, notifíquese conforme Art. 109 de la Ley 2095 (texto consolidado por Ley N° 5454), el Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por Decreto N° 114/GCBA/2016 y su modificatorio Decreto N° 411/GCBA/2016, Publíquese por el termino de 1 (un) días en la pagina de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en la Cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones. Pase a la Dirección Contaduría General. Fuentes - Castañiza

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 209/HGAT/17

Buenos Aires, 29 de septiembre de 2017 VISTO: El Expediente Electrónico N° 20283563/2017 y la Ley 2095 (texto consolidado por Ley N° 5454), el Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por Decreto N° 114/GCBA/2016 y su modificatorio Decreto N° 411/GCBA/2016, vigentes en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires y; CONSIDERANDO: Que se procedió a imputar el código contable correspondiente a los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión con el respectivo movimiento presupuestario por un importe de $ 14.520 (pesos catorce mil quinientos veinte), Que por Disposición N° 171-DGCyC-2008 la Dirección General de Compras y Contrataciones en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Art. 85 de la Ley 2095, modif... Ley 4764 aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y en virtud de los términos del Art. 13 de la Ley, y su decreto reglamentario; se autoriza a este organismo a efectuar el llamado de Contratación; Que mediante Disposición N° 2017-319-HGAT, se dispuso el llamado a Contratación Directa N° 1052/2017, Proceso de Compra N° 438-1052-CDI17, para el día 12de septiembre de 2017 a las 12:00 horas, al amparo de lo establecido en el Art. 28, Inc. 5 de la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad de Buenos Aires N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 5454), el Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por Decreto N° 114/GCBA/2016 y su modificatorio Decreto N° 411/GCBA/2016, para la REPARACION DE ROTULADORA DE RX, con destino a Patrimonio, Que de acuerdo a lo manifestado en Acta de Apertura y a lo evaluado del Cuadro Comparativo de Precios que ordena la reglamentación en vigencia, fue analizada la oferta de: GRAN BUENOS AIRES RAYOS X SA reunida la Comisión Evaluadora de Ofertas designada mediante Disposición N° 15, con el objeto de considerar la propuesta recibida para la presente, y según surge de lo manifestado precedentemente, ha resuelto adjudicar a favor de la firma: GRAN BUENOS AIRES RAYOS X SA, para el renglón 1 por un importe de $ 15.600 (pesos quince mil seiscientos) Art. 109 de la Ley, puesto que cumple con las exigencias administrativas del pliego que rige la presente contratación.

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Que de acuerdo a lo estipulado en la Ley 2095(texto consolidado por Ley N° 5454), el Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por Decreto N° 114/GCBA/2016 y su modificatorio Decreto N° 411/GCBA/2016, se procede al dictado del presente Acto Administrativo, Que por Decreto N° 392/2010, Art.6°, se le asignan al Gerente Operativo, las facultades y competencias previstas para los Coordinadores de Gestión Económica Financiera, Que por Resolución N° 2016-223-MSGC, se ha cubierto el cargo de Gerente Operativo de la Gerencia Operativa de Gestión Administrativa Financiera, del Hospital Gral. De Agudos Dr. Enrique Tornu, al Lic. Javier Fuentes.

Por ello y en un todo de acuerdo con las normas de la Ley de Compras y Contrataciones en la Ley 2095(texto consolidado por Ley N° 5454), el Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por Decreto N° 114/GCBA/2016 y su modificatorio Decreto N° 411/GCBA/2016,

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GRAL. DE AGUDOS DR. ENRIQUE TORNU

Y EL GERENTE OPERATIVO DE GESTION ADM. ECON. FINANCIERA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DISPONEN Artículo 1°-Apruébese la Contratación Directa N° 1052/2017, proceso de compra 438-1052-CDI17 sistema BAC, realizada al amparo de lo establecido en el Art. 28 , Inc. 5 de la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad de Buenos Aires, Ley 2095 (texto consolidado por Ley N° 5454), el Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por Decreto N° 114/GCBA/2016 y su modificatorio Decreto N° 411/GCBA/2016, por el Hospital Gral. De Agudos Dr. Enrique Tornu. Artículo 2°-Adjudíquese la REPARACION DE ROTULADORA RX con destino a Patrimonio a favor de la firma: GRAN BUENOS AIRES RAYOS X SA, para el renglón 1 por un importe de $ 15.600 (pesos quince mil seiscientos). Ascendiendo el importe total a la suma de $ 15.600 (pesos quince mil seiscientos). Artículo 3°- Dicho gasto se imputara a la partida del ejercicio en vigencia Artículo 4°- Autorizase al Hospital Gral. De Agudos Dr. Enrique Tornu, a emitir la respectiva Orden de Compra, conforme con las cantidades aprobadas. Artículo 5°-Regístrese para su conocimiento y demás efectos, notifíquese conforme Art. 109 de la Ley 2095 (texto consolidado por Ley N° 5454), el Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por Decreto N° 114/GCBA/2016 y su modificatorio Decreto N° 411/GCBA/2016, Publíquese por el termino de 1 (un) días en la pagina de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en la Cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones. Pase a la Dirección Contaduría General. Fuentes - Castañiza

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 210/HGAT/17

Buenos Aires, 29 de septiembre de 2017 VISTO: El Expediente Electrónico N° 18822876/2017 y la Ley 2095 (texto consolidado por Ley N° 5454), el Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por Decreto N° 114/GCBA/2016 y su modificatorio Decreto N° 411/GCBA/2016, vigentes en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires y;

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 262

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CONSIDERANDO: Que se procedió a imputar el código contable correspondiente a los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión con el respectivo movimiento presupuestario por un importe de $ 43.705,44 (pesos cuarenta y tres mil setecientos cinco con cuarenta y cuatro), Que por Disposición N° 171-DGCyC-2008 la Dirección General de Compras y Contrataciones en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Art. 85 de la Ley 2095, modif... Ley 4764 aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y en virtud de los términos del Art. 13 de la Ley, y su decreto reglamentario; se autoriza a este organismo a efectuar el llamado de Contratación; Que mediante Disposición N° 2017-300-HGAT, se dispuso el llamado a Licitación Privada N° 58/2017, Proceso de Compra N° 438-0058-LPR17, para el día 11 de septiembre de 2017 a las 11:00 horas, al amparo de lo establecido en el Art. 31 de la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad de Buenos Aires N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 5454), el Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por Decreto N° 114/GCBA/2016 y su modificatorio Decreto N° 411/GCBA/2016, para la adquisición de EQUIPOS DESCARTABLES PARA CIRUGIA, con destino a Centro Quirúrgico, Que de acuerdo a lo manifestado en Acta de Apertura y a lo evaluado del Cuadro Comparativo de Precios que ordena la reglamentación en vigencia, fueron analizadas las ofertas de: EURO SWISS SA, LABORATORIOS IGALTEX SRL reunida la Comisión Evaluadora de Ofertas designada mediante Disposición N° 15, con el objeto de considerar la propuesta recibida para la presente, y según surge de lo manifestado precedentemente, ha resuelto adjudicar a favor de la firma: LABORATORIOS IGALTEX SRL, para el renglón 1 por un importe de $ 46.560 (pesos cuarenta y seis mil quinientos sesenta) Art. 108 de la Ley, puesto que cumple con las exigencias administrativas del pliego que rige la presente contratación. Que de acuerdo a lo estipulado en la Ley 2095(texto consolidado por Ley N° 5454), el Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por Decreto N° 114/GCBA/2016 y su modificatorio Decreto N° 411/GCBA/2016, se procede al dictado del presente Acto Administrativo, Que por Decreto N° 392/2010, Art.6°, se le asignan al Gerente Operativo, las facultades y competencias previstas para los Coordinadores de Gestión Económica Financiera,

Que por Resolución N° 2016-223-MSGC, se ha cubierto el cargo de Gerente Operativo de la Gerencia Operativa de Gestión Administrativa Financiera, del Hospital Gral. De Agudos Dr. Enrique Tornu, al Lic. Javier Fuentes. Por ello y en un todo de acuerdo con las normas de la Ley de Compras y Contrataciones en la Ley 2095(texto consolidado por Ley N° 5454), el Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por Decreto N° 114/GCBA/2016 y su modificatorio Decreto N° 411/GCBA/2016,

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GRAL. DE AGUDOS DR. ENRIQUE TORNU

Y EL GERENTE OPERATIVO DE GESTION ADM. ECON. FINANCIERA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DISPONEN

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 263

Artículo 1°-Apruébese la Licitación Privada N° 58/2017, proceso de compra 438-0058-LPR17 sistema BAC, realizada al amparo de lo establecido en el Art. 31 de la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad de Buenos Aires, Ley 2095 (texto consolidado

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por Ley N° 5454), el Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por Decreto N° 114/GCBA/2016 y su modificatorio Decreto N° 411/GCBA/2016, por el Hospital Gral. De Agudos Dr. Enrique Tornu. Artículo 2°-Adjudíquese la adquisición de EQUIPOS DESCARTABLES PARA CIRUGIA con destino a Centro Quirúrgico favor de la firma: LABORATORIOS IGALTEX SRL, para el renglón 1 por un importe de $ 46.560 (pesos cuarenta y seis mil quinientos sesenta). Ascendiendo el importe total a la suma de $ 46.560 (pesos cuarenta y seis mil quinientos sesenta). Artículo 3°- Dicho gasto se imputara a la partida del ejercicio en vigencia y ejercicios futuros Artículo 4°- Autorizase al Hospital Gral. De Agudos Dr. Enrique Tornu, a emitir la respectiva Orden de Compra, conforme con las cantidades aprobadas. Artículo 5°-Regístrese para su conocimiento y demás efectos, notifíquese conforme Art. 109 de la Ley 2095 (texto consolidado por Ley N° 5454), el Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por Decreto N° 114/GCBA/2016 y su modificatorio Decreto N° 411/GCBA/2016, Publíquese por el termino de 1 (un) días en la pagina de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en la Cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones. Pase a la Dirección Contaduría General. Fuentes - Castañiza

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 212/HGAT/17

Buenos Aires, 2 de octubre de 2017 VISTO: El Expediente Electrónico Nº 21336052/HGAT/17 encuadrada en los en los términos del Decreto Nº 433/GCBA/16, y CONSIDERANDO: que por ella se tramitó la adquisición de fosfomicina, librándose la Orden de Compra Nº 74-HGAT-17 a favor de la empresa Alpha Medical Group S.R.L. por un importe de PESOS DOCE MIL DOSCIENTOS CUARENTA ($ 12240.00.-); Que se utilizó este mecanismo de abastecimiento para hacer frente a aquellos gastos de imprescindible necesidad tendientes a asegurar la prestación de los servicios, que por la celeridad con que deben llevarse a cabo, no pudieron ser gestionados desde su inicio a través de los procedimientos vigentes en materia de Compras y Contrataciones del Estado o mediante el régimen de Caja Chica; Que esta adquisición es necesaria e imprescindible para la atención de la población así lo requiera; Que los proveedores se encuentran inscriptos en el sistema BAC; Que se han invitado a cotizar a la cantidad necesaria de proveedores, contando con la documentación que respalda dicho temperamento; Que la presente contratación, cuya aprobación se gestiona, por un importe de PESOS DOCE MIL DOSCIENTOS CUARENTA ($ 12240.00.-); que acumula un monto en el mes de octubre de PESOS DOCE MIL DOSCIENTOS CUARENTA ($ 12240.00.-) mensuales, quedando un saldo de PESOS QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA ($ 587760.00.-);

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 264

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Que este nivel deja expresa constancia que el remito vinculado al presente Expediente Electrónico se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente, el cual obra en poder de este efector y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas; Que la erogación que genera el presente gasto cuenta con respaldo presupuestario; Que el Decreto 433/GCBA/16 que derogó el Decreto 556/GCBA/10 y su modificatorio, Decreto 752/GCBA/10, constituye medios excepcionales de aprobación de gastos que, de ningún modo, como en el presente caso, no sustituyen los procedimientos administrativos de selección de contratista de la Administración Activa; Que por Dto. 392/2010 Artículo 5° y 6º.-, se aprueba este tipo de mecanismo. Por ello,

EL DIRECTOR MEDICO DEL HOSPITAL GRAL. DE AGUDOS ENRIQUE TORNÚ

CONJUNTAMENTE CON EL GERENTE OPERATIVO DE GESTION ADMINISTRATIVA ECONOMICO Y FINANCIERA

DISPONEN Artículo 1.- Apruébase el gasto de imprescindible necesidad para el normal funcionamiento de este Establecimiento la adquisición de fosfomicina, correspondiente a la firma: Alpha Medical Group S.R.L.; Remito N° 0001-00005765, Orden de Compra N° 74-HGAT-17, por un monto de PESOS DOCE MIL DOSCIENTOS CUARENTA ($ 12240.00.-); autorízase a emitir la documentación necesaria para el cobro por parte del proveedor. Artículo 2.- Dicho gasto se imputa a la partida presupuestaria correspondiente al presupuesto del Hospital Gral. de Agudos "Dr. Enrique Tornú", de acuerdo a la solicitud de Gasto Nº 53.405. Artículo 3.- Regístrese, y pase a sus efectos a la Gerencia Operativa Administración, Registro y Control Contable del Ministerio de Salud. Fuentes - Castañiza

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 250/HGNPE/17

Buenos Aires, 28 de septiembre de 2017 VISTO: El Expediente electrónico Nro 19905516/17, la Ley N° 2.095 promulgada por Decreto Nº 1.772/GCBA/2.006 (B.O.C.B.A. Nº 2.557) (texto consolidado por Ley 5454), Ley 4764/13, Decreto Reglamentario Nº 95/2014, modificado por Decreto Nº 114/GCBA/2016 y su modificatorio Decreto Nº 411/GCBA/2016, el Decreto Nº 1145-GCBA /09, Resolución Nº 424/GCBA/MHGC/13 Resolución Nro 1160/MHGC/11 y; CONSIDERANDO: Que mediante el presente actuado tramita la adquisición de Microplaca (Ayuda Médica Paciente Boaretto, Augusto) para el servicio de Neurocirugía; Que obra la Solicitud de Gasto 417-5395-SG17 debidamente valorizadas y su correspondiente afectación presupuestaria con cargo al ejercicio 2017;

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 265

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Que, por Disposición DI-2017-458-HGNPE se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y se dispuso el llamado de la Contratación Menor Nº 417-2418-CME17, para el día 13/09/2017 a las 10:30 hs, al amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley 5454) Que tal como luce en el Acta de Apertura se recibieron 2 ofertas de las firmas: CIRUGIA DE AVANZADA S.R.L., ORL MEDIC S.A. Que se cumplimentó con el cuadro comparativo de precios que ordena la reglamentación, por el que se preadjudicó a favor de la firma: Cirugía de Avanzada S.A. (Renglón 1) Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 13 del Decreto reglamentario N° 95/14 modificado por Decreto Nº 114/GCBA/2016 y su modificatorio Decreto Nº 411/GCBA/2016 y lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Nº 392/10;

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GRAL. DE NIÑOS DR. PEDRO DE ELIZALDE

CONJUNTAMENTE CON EL GERENTE OPERATIVO DE GESTION ADMINISTRATIVO ECONOMICO FINANCIERO

DISPONEN: Artículo 1°. Apruébese la Contratación Menor Nº 417-2418-CME17 realizada al amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley 5454) y adjudicase la adquisición de Microplaca (Ayuda Médica Paciente Boaretto, Augusto) para el servicio de Neurocirugía a la siguiente empresa Cirugía de Avanzada S.A. (Renglón 1) por un monto de pesos: ciento cinco mil quinientos ochenta ($ 105.580,00); ascendiendo la contratación a un importe total de pesos: ciento cinco mil quinientos ochenta ($ 105.580,00), según el siguiente detalle: CIRUGIA DE AVANZADA S.R.L. Reng 1: Cant 4,00 u -Precio Unitario $ 26.395,00 Precio Total $105.580,00

Articulo 2º.- Dicho gasto se imputará a la correspondiente Partida del Presupuesto en vigor. Articulo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Articulo 4º - Autorizase a emitir la respectiva Orden de Compra. Articulo 5º - Remítase en prosecución de su tramite a la División Compras y Contrataciones de este establecimiento. Fakih - Garrote

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 261/HGNPE/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 VISTO: El Expediente electrónico Nro. 21697379/17, la Ley N° 2095 promulgada por Decreto Nº 1772/GCBA/2.006 (B.O.C.B.A. Nº 2557) (texto consolidado por Ley 5666), Ley 4764/13, Decreto Reglamentario Nº 326/17, y;

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 266

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Que mediante el presente actuado tramita la adquisición de sondas para el Servicio de Farmacia; Que obra la Solicitud de Gasto 417-6151-SG17 debidamente valorizadas y su correspondiente afectación presupuestaria con cargo al ejercicio 2017; Que, por Disposición DI-2017-499-HGNPE se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y se dispuso el llamado de la Contratación Menor Nº 417-2643-CME17, para el día 28 de septiembre de 2017 a las 10:30 hs, al amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley 5666); Que tal como luce en el Acta de Apertura se recibieron 3 ofertas de las siguientes firmas: Raúl Jorge Poggi, Droguería Martorani S.A., HM Biomedic S.R.L; Que se cumplimentó con el cuadro comparativo de precios que ordena la reglamentación, por el que se preadjudicó a favor de las firmas: Droguería Martorani S.A. (renglón 3) y HM Biomedic S.R.L. (renglones 1,2 y 5) , Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 13 del Decreto reglamentario N° 326/17;

EL SUBDIRECTOR DEL HOSPITAL GRAL. DE NIÑOS DR. PEDRO DE ELIZALDE

CONJUNTAMENTE CON EL GERENTE OPERATIVO DE GESTION ADMINISTRATIVO ECONOMICO FINANCIERO

DISPONEN: Artículo 1°. Apruébese la Contratación Menor Nº 417-2643-CME17 realizada al amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley 5666) y adjudicase la adquisición de sondas para el Servicio de Farmacia a las siguientes empresas: HM Biomedic S.R.L.(renglones 1,2 y 5) por un monto de pesos: Once mil ciento catorce con 00/100 ($ 11114,00) y Droguería Martorani S.A. (renglón 3) por un monto de pesos: Trece mil ochocientos ochenta y cinco con 00/100 ($ 13885,00), ascendiendo la contratación a un importe total de pesos: Veinticuatro mil novecientos noventa y nueve con 00/100 ($ 24999,00), según el siguiente detalle: HM Biomedic S.R.L. Reng 1: Cant. 50 U. Precio Unitario $ 84,54 Precio Total $ 4227,00 Reng 2: Cant. 50 U. Precio Unitario $ 68,87 Precio Total $ 3443,50 Reng 5: Cant. 50 U. Precio Unitario $ 68,87 Precio Total $ 3443,50

Droguería Martorani S.A. Reng 3: Cant. 50 U. Precio Unitario $ 277,70 Precio Total $ 13885,00 Renglones desiertos: 4 Articulo 2º.- Dicho gasto se imputará a la correspondiente Partida del Presupuesto en vigor. Articulo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Articulo 4º - Autorizase a emitir la respectiva Orden de Compra. Articulo 5º - Remítase en prosecución de su tramite a la División Compras y Contrataciones de este establecimiento. Fakih - Bonina

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CONSIDERANDO:

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DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 271/HGAP/17

Buenos Aires, 26 de septiembre de 2017 VISTO: el Expediente Electrónico N° 2017-21212585-MGEYA-HGAP, la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley Nº 5454) y el Decreto Reglamentario N° 326/17, y; CONSIDERANDO: Que, por los presentes actuados el Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna", gestiona la adquisición de colchones neumáticos antiescaras con Fondos del Plan Sumar, para el servicio de Ortopedia y Traumatología, en el marco de lo dispuesto por el artículo 38 de la Ley 2095 (texto consolidado por Ley Nº 5454); Que, se efectuaron las afectaciones preventivas correspondientes para hacer frente a la erogación en cuestión conforme Solicitud de Gasto 425-5944-SG17; Que, mediante Disposición Nº DI-2017-493-HGAP se dispuso el llamado a Contratación Menor - Proceso de Compra N°425-2596-CME17, estableciendo como fecha de apertura de ofertas el 22/09/2017'a las 11:30 hs., a través del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones, Buenos Aires Compras (B.A.C.); Que, habiendo tenido lugar el acto de apertura, el Sistema Buenos Aires Compras (B.A.C.), confirmó 4 (cuatro) ofertas correspondientes a las firmas: DROGUERIA FARMATEC S.A., Silvana Graciela Charaf, OSTEOLIFE SRL y HM Biomedic SRL; Que, la Comisión de Evaluación de Ofertas con sustento en las constancias del sistema aconsejó adjudicar la contratación de marras a favor de la Firma: HM Biomedic SRL (Renglón N° 1 ) por la suma de Pesos: nueve mil ciento cincuenta y seis - $ 9.156,00, por cumplir y reunir la totalidad de los requisitos exigidos en los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas, resultando ser la más conveniente a los intereses de la Administración. Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley Nº 5454) y Decreto Reglamentario N° 326/17,

LA GERENTE OPERATIVA GESTION ADMINISTRATIVA ECONOMICA FINANCIERA Y EL

DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. JOSE M. PENNA", EN CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICION

DISPONEN Artículo 1º.- Apruebase la Contratación Menor - Proceso de Compra N° 425-2596-CME17, realizada al amparo de lo establecido en el Art. 38 de Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley Nº 5454) y Decreto Reglamentario N° 326/17, por el Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna" para la adquisición de colchones neumáticos antiescaras con Fondos del Plan Sumar, para el servicio de Ortopedia y Traumatología y adjudicase a la firma: HM Biomedic SRL (Renglón N° 1) por la suma de Pesos: nueve mil ciento cincuenta y seis - $ 9.156,00, según el siguiente detalle: R. Cantidad Unidad P. Unitario P. Total 1 3 unidad $ 3.052,00 $ 9.156,00

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Artículo 2º.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del presupuesto en vigor. Artículo 3°.- Autorizase a emitir la respectiva Orden de Compra. Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Administrativo Contable y Presupuesto a fin de efectuar la imputación presupuestaria correspondiente, cumplido gírese al Hospital General de Agudos "Dr. José M. Penna". Dalpiaz - San Martín

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 274/HGAIP/17

Buenos Aires, 2 de octubre de 2017 VISTO: el Expediente Electrónico N° 19924961/17, por el cual el Hospital General de Agudos Ignacio Pirovano, gestiona la Contratación de Servicio Externo de Pacientes PET-TC, pacientes: Julieta Lombardo, Zulema Pinto Almada y Eusebia Quispe., en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 5666), el Decreto Reglamentario N° 326/GCBA/2017, Decreto 1145/GCBA/09, la Resolución N° 1226/MSGC/07, la Resolución 1181/MSGC-MHGC/08, la Resolución N° 1802/MSGC-MHGC/08, Art. 6° del Decreto 392/GCBA/10, el Decreto 335/11, la Resolución 648/MMGC/13, la Resolución 424/MHGC/13, la Resolución 607/MHGC/13, y CONSIDERANDO: Que se procedió a imputar en el código contable correspondiente los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión con el respectivo movimiento presupuestario; Que se dispuso el llamado a Contratación Directa BAC N° 427-1039-CDI17 para el día 06/09/2017 a las 10:00 hs., al amparo de lo establecido en el Articulo 28° Inciso 2° de la Ley 2095 (Texto consolidado por Ley N° 5666), Decreto Reglamentario N° 326/GCBA/2017; Que la presente contratación corresponde por bienes y/o servicios vinculados a prestaciones de salud que por la celeridad con que debe llevarse a cabo se encuadra en el Artículo 28º inciso 2º de la Ley 2095 y su Decreto Reglamentario Nº 326/GCBA/2017, prescindiéndose de la instancia prevista en el Artículo 92º de la Ley, como asimismo, de la aprobación del Pliegos de Bases y Condiciones Particulares; Que se procedió a notificar a la Cámara Argentina de Comercio y a la Unión Argentina de Proveedores del Estado; Que se procedió a invitar a las firmas inscriptas en el Registro de Proveedores a través del Sistema Buenos Aires Compras; Que tal como luce en el Acta de Apertura se recibieró 1 (una) oferta de la firma: Fundación Centro Diagnóstico Nuclear; Que obra el Cuadro Comparativo de Precios que ordena la reglamentación; Que obra el Acta de Asesoramiento Técnico.

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Por ello, y en un todo de acuerdo con las normas del Reglamento de Contrataciones del Gobierno de la Ciudad, Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 5666), el Decreto Reglamentario N° 326/GCBA/2017, Decreto 1145/GCBA/09, la Resolución N° 1226/MSGC/07, la Resolución 1181/MSGC-MHGC/08, la Resolución N° 1802/MSGC-MHGC/08, Art. 6° del Decreto 392/GCBA/10, el Decreto 335/11, la Resolución 648/MMGC/13, la Resolución 424/MHGC/13, la Resolución 607/MHGC/13,

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS IGNACIO PIROVANO CONJUNTAMENTE CON EL GERENTE OPERATIVO

DISPONEN Artículo 1°.- Apruébese la Contratación Directa BAC N° 427-1039-CDI17 realizada al amparo de lo establecido en el Articulo 28 Inciso 2° de la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 5666), el Decreto Reglamentario N° 326/GCBA/2017, por la cual el Hospital General de Agudos Ignacio Pirovano gestiona la Contratación de Servicio Externo de Pacientes PET-TC, pacientes: Julieta Lombardo, Zulema Pinto Almada y Eusebia Quispe, adjudícase a la firma: Fundación Centro Diagnóstico Nuclear (Renglón: 1) por la suma de pesos DIECISIETE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y DOS CON 56/100 ($ 17.632,56), ascendiendo el total de la presente Contratación a la suma de pesos DIECISIETE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y DOS CON 56/100 ($ 17.632,56) de acuerdo al siguiente detalle: Renglón Cantidad Unidad Precio Precio Proveedor

Unitario Total 1 3 Unidades $ 5.877,52 $ 17.632,56 Fundación Centro Diagnóstico Nuclear Total: PESOS DIECISIETE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y DOS CON 56/100 ($ 17.632,56). Artículo 2°.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del ejercicio 2017. Artículo 3°.- Autorízase a emitir la respectiva Orden de Compra. Artículo 4°.- Regístrese para su conocimiento y demás efectos, publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, pase al Ministerio de Salud, Dirección General Administrativa Contable y Presupuesto. Artículo 5°.- Cumplido, vuelva a este Hospital a efectos de la prosecución del trámite. Bennazar - Cuba

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 277/HGAIP/17

Buenos Aires, 3 de octubre de 2017 VISTO:

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el Expediente Electrónico N° 17046502/2017 por la cual el Hospital General de Agudos Ignacio Pirovano tramita la adquisición de insumos para el Depto.

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Maternoinfantojuvenil, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 5666), el Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por Decreto N° 114/GCBA/2016 y su modificatorio Decreto N° 411/GCBA/2016, Resolución Nº 1802/MSGC-MHGC/08, Art. 6° del Decreto 392/GCBA/10, Decreto 335/11, la Resolución 648/MMGC/13, la Resolución 424/MHGC/13, la Resolución 607/MHGC/13, y CONSIDERANDO: Que se procedió a imputar al código contable correspondiente los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión habiendo realizado la correspondiente afectación presupuestaria; Que mediante Disposición N° 635/HGAIP/17 se autorizaron los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y las Cláusulas Administrativas llamándose a Contratación Menor BAC N° 427-2012-CME17, para el día 22 de agosto de 2017 a las 13:00 horas al amparo de lo establecido en el Artículo 38° de la Ley 2.095 y su Decreto Reglamentario 95/GCBA/14, y conforme lo establecido en el Art. 92° de la precitada Ley; Que se procedió a notificar a la Cámara Argentina de Comercio y a la Unión Argentina de Proveedores del Estado; Que se procedió a invitar a las firmas inscriptas en el Registro de Proveedores a través del Sistema Buenos Aires Compras; Que tal como luce en el Acta de Apertura se recibieron 3 (tres) ofertas de las firmas Droguería Farmatec S.A., Silvana Graciela Charaf y Proveeduría Médica S.R.L.; Que de acuerdo a Acta de Asesoramiento Técnico se descarta la única oferta presentada por el Renglón N° 1; Que por el Renglón N° 3 no se recibieron ofertas resultando desierto; Que obra el Cuadro Comparativo de Precios que ordena la reglamentación. Por ello, y en un todo de acuerdo con las normas del Reglamento de Contrataciones del Gobierno de la Ciudad, Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 5666), el Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por Decreto N° 114/GCBA/2016 y su modificatorio Decreto N° 411/GCBA/2016, Resolución Nº 1802/MSGC-MHGC/08, Art. 6° del Decreto 392/GCBA/10, Decreto 335/11, la Resolución 648/MMGC/13,

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS IGNACIO PIROVANO CONJUNTAMENTE CON EL GERENTE OPERATIVO

DISPONEN Artículo 1°.- Apruébese la Contratación Menor BAC N° 427-2012-CME17, realizada al amparo de lo establecido en el Artículo 38° de la Ley N° 2095 (texto consolidado por

Ley N° 5666), el Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por Decreto N° 114/GCBA/2016 y su modificatorio Decreto N° 411/GCBA/2016, el Hospital General de Agudos Ignacio Pirovano tramita la adquisición de insumos para el Depto. Maternoinfantojuvenil, adjudícase a la firma: Droguería Farmatec S.A. (Renglón 2) por la suma de PESOS ONCE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 12/100 ($ 11.853,12), ascendiendo la presente contratación a la suma de PESOS ONCE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 12/100 ($ 11.853,12) según el siguiente detalle: Reng Cantidad Unidad Precio Unitario Precio Total Proveedor 2 2 Unidades $ 5.926,56 $ 11.853,12 Droguería Farmatec S.A.

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MONTO TOTAL: PESOS ONCE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 12/100 ($ 11.853,12). Artículo 2°.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del ejercicio 2017. Artículo 3°.- Autorízase a emitir la respectiva Orden de Compra. Artículo 4°.- Regístrese para su conocimiento y demás efectos, publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, pase al Ministerio de Salud, Dirección General Administrativa Contable y Presupuesto.. Artículo 5°.- Cumplido, vuelva a este Hospital a efectos de la prosecución del trámite. Bennazar - Cuba

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 311/HGAPP/17

Buenos Aires, 29 de septiembre de 2017 VISTO el Expediente Nº EX-2017-20300466-MGEYA-HGAPP y las disposiciones de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley 5666) el Decreto Reglamentario N° 326/17 y las contenidas en las Cláusulas Particulares. CONSIDERANDO: Que, por los presentes actuados se tramita la CONTRATACION MENOR Nº 426-2471-CME17 con destino al HOSPITAL PIÑERO, dependiente del Ministerio de Salud. Que, se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión. Que, por Disposición Nº DI-2017-464-HGAPP se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones y se dispuso el llamado a CONTRATACION MENOR Nº 426-2471-CME17 para el día 13/09/2017, al amparo de lo establecido en el Art. 38 de la Ley 2095/06, (texto consolidado por Ley 5666) el Decreto Reglamentario N° 326/17. Que, tal como luce en el Acta de Apertura se recibió una (1) oferta de la siguiente firma: BIODIAGNOSTICO S.A. Que, se cumplimento el Cuadro Comparativo de Precios que ordena la reglamentación, del cual es el fiel reflejo el Dictamen de Evaluación de ofertas y por el que se pre-adjudico a favor de la firma BIODIAGNOSTICO S.A. (renglón 1) basándose en el Art. 109 de la Ley Nº 2095/2006(texto consolidado por Ley 5666) el Decreto Reglamentario N° 326/17 de aplicación en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en un todo de acuerdo al asesoramiento técnico oportunamente brindado. Que por Disposición N° DI-2017-500-HGAPP el Sr. Director del Hospital General de Agudos Parmenio Piñero autoriza en función del decreto Nº 566/10 el ingreso en calidad de préstamo un equipo de sistema para Electroforesis modelo G26 marca Interlab, provisto por BIODIAGNOSTICO S.A. por el termino de la licitación o hasta el consumo total de los insumos adquiridos. Por ello y en un todo de acuerdo con las normas de la Ley 2095/2006, (texto consolidado por Ley 5666) el Decreto Reglamentario N° 326/17 vigentes en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires,

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EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS P. PIÑERO CONJUNTAMENTE CON LA GERENTE OPERATIVA

DE GESTION ADMINISTRATIVA, ECONOMICA Y FINANCIERA DISPONEN

Art. 1º- Apruébese la CONTRATACION MENOR N° 426-2471-CME17, realizada al amparo de lo establecido en el Art. 38 de la Ley 2095 (texto consolidado por Ley 5666) el Decreto Reglamentario N° 326/17 y adjudicase la adquisición de determinaciones proteinogramas con aparatologia en préstamo a la empresa : BIODIAGNOSTICO S.A. (renglón 1) por la suma de PESOS: ciento sesenta y un mil ciento cincuenta y siete

con 60/100 ($ 161.157,60) con destino a este hospital ascendiendo el total de la contratación a la suma de PESOS: ciento sesenta y un mil ciento cincuenta y siete con 60/100 ($ 161.157,60) según el siguiente detalle: Renglón Firma adjudicataria Cantidad Precio Unitario Precio Total 1 BIODIAGNOSTICO S.A. 1620 $ 99.48 $ 161.157,60 Art. 2º-Dicho gasto se imputara a la Partida presupuestaria correspondiente al año en curso y compromiso futuro. Art. 3º- Autorizase a la Sección Compras y Contrataciones a emitir la respectiva orden de Compra. Art. 4º- Regístrese y remítase a la Sección Compras y Contrataciones en prosecución de su trámite. Efrón - Pagano

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Resolución Comunal Junta Comunal 12

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N.° 22.892.931/COMUNA12/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 VISTO: La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, las Leyes N° 3263 y N° 1777, el Decreto Nº 166/2013 y su modificatorio Decreto N° 55/2014, Planilla de Inspección de Árboles Nº 120/2017. CONSIDERANDO: Que conforme surge del artículo 10 inciso a) de la Ley 1777, concordante con lo establecido por el artículo 128 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, las Comunas tienen competencia exclusiva en materia de planificación, ejecución y control de los trabajos de mantenimiento urbano de las vías secundarias y otras de menor jerarquía, según normativa vigente; Que con fecha 7 de mayo de 2013 se sancionó el Decreto nº 166/2013 por medio del cual se transfirió a las Comunas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires las misiones, funciones y responsabilidades establecidas en la Ley N° 3263, a excepción de las previstas en el artículo 1° de dicho Decreto, todo ello de conformidad con las competencias otorgadas por la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y por la Ley N° 1777; Que la Ley N° 3263 de arbolado público urbano prevé en su artículo 15 que la Autoridad de Aplicación podrá efectuar tareas de tala o extracción en diferentes supuestos; Que conforme la delegación efectuada por el Decreto N° 166/2013 corresponde a las Comunas la aplicación del artículo 15 de la Ley N° 3263, a excepción de los casos previstos en los incisos d), e) y g) del mismo; Que de ello se desprende que la Comuna podrá disponer la extracción de árboles en aquellos casos en que el árbol esté seco, o que por su estado sanitario, fisiológico o por sus condiciones físicas no sea posible su recuperación o para garantizar la seguridad de las personas y/o bienes, o cuando se encuentre fuera de la línea de plantación respecto al resto de los árboles de la vereda, constituyendo un obstáculo; Que, asimismo, el último párrafo del mismo artículo establece que siempre que no mediaran situaciones excepcionales que no admitan demora, se deberá fijar un cartel junto al ejemplar a ser extraído o talado por el plazo de diez (10) días corridos, en el que se informe sobre las circunstancias que motivan la decisión respectiva, indicando las vías de contacto con la autoridad competente; Que la Ley N° 3263 establece, en sus artículos 5° a 7°, los recaudos a seguir en caso de plantación y/o reposición de arbolado público urbano; Que el artículo 28 e incisos concordantes del art. 27 de la ley 1777, ponen en cabeza del Presidente de la Junta Comunal funciones de administración general; Que de acuerdo a lo que surge de los informes de Inspección citados en el visto y a lo indicado por el área comunal de Inspecciones y Certificaciones mediante planilla de Inspección de árboles N° 120/2017, corresponde efectuar la extracción de los ejemplares ubicados en las calles Pacheco 2793, Plaza 2838; en un todo de acuerdo a la normativa vigente.

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Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA COMUNAL N° 12 RESUELVE

Artículo 1°.- Autorícese a realizar la tarea de extracción de los ejemplares ubicados en las calles Pacheco 2793, Plaza 2838; conforme a la planilla de Inspección en los autos citados en el visto. Artículo 2°.- Encomiéndese a la Empresa MANTELECTRIC, CUIT 30-52029200-0 a realizar las tareas de extracción de los ejemplares individualizados en el artículo anterior. Artículo 3°.- Fíjese un cartel junto al/los ejemplar/es a ser talado/s por el plazo de diez (10) días corridos, en el que se informe sobre las circunstancias que motivan la decisión respectiva, indicando las vías de contacto con la autoridad competente. Artículo 4°.- Comuníquese a la Junta Comunal. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese. Cumplido, archívese. Roca

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Acta Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos

Aires

ACTA DE DIRECTORIO N.° 4413/IVC/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 VISTO el EX-2017-10267590-MGEYA-IVC, y; CONSIDERANDO: Que por EX-2017-10267590-MGEYA-IVC tramita la Licitación Pública Nº 47/17 -Adquisición de Muebles para el personal del Instituto; Que mediante IF-2017-10338322-IVC, la Gerencia General"(...) solicita la adquisición de muebles para el personal del Instituto que cumplen funciones tanto en el Edificio Finochietto, la delegación Castañares del Departamento de Seguridad, como en las distintas oficinas móviles instaladas en los Barrios. Ello a fin de garantizar un ambiente de trabajo apropiado para las tareas que desarrolla el Organismo y fomentando, de este modo, su eficiencia"; Que mediante IF-2017-11741934-IVC la Gerencia General realiza un pedido extra de muebles; Que a través del IF-2017-17341634-IVC, la Gerencia Operativa Licitaciones de Obra Pública, Contrataciones y Adjudicaciones propone efectuar la presente Licitación conforme las Disposiciones del Art. 25 y 31 de la Ley Nº 2095 de Compras y Contrataciones, modificada por la Ley Nº 4764 y reglamentada por el Decreto Nº 95/14 (Texto consolidado por Ley Nº 5666 - BOCBA 5014 del 24/11/2016); Que por Acta de Directorio Nº ACDIR-2016-4011-IVC, de fecha 28 de Diciembre de 2016, aprobatoria del Plan Anual de Compras y Contrataciones para el ejercicio 2017, en su Art. 2º, se delegó en el Gerente General la aprobación de los procesos que se encuentran incorporados en el Plan Anual de Compras y Contrataciones, como así también sus prórrogas y/o ampliaciones, la autorización del llamado, la aprobación de la documentación licitatoria y el dictado de todos los actos administrativos que fueran menester hasta la adjudicación de las mismas; Que asimismo se delegó en la entonces Gerencia de Coordinación General Técnica, Administrativa y Legal, la emisión de circulares aclaratorias o explicativas y modificatorias de carácter no sustancial, con o sin consulta, la fijación de la fecha de recepción de la documentación licitatoria y la apertura de sobres; Que por encontrarse la presente licitación incluida en el Renglón Nº 9 del Plan Anual de Compras y Contrataciones para el ejercicio 2017, por Disposición Nº DISFC-2017-991-IVC, de fecha 08 de Agosto de 2017, se autorizó el llamado a Licitación Pública Nº 47/17 - Adquisición de Muebles para el personal del Instituto; Que por Art. 2º de la mencionada Disposición se aprobó el Pliego de Condiciones Particulares y los Anexos que regirán la presente licitación y toda la documentación adjunta que servirá de base para el llamado; Que por Art. 6º de la misma se fijó fecha de recepción de la documentación licitatoria y la apertura de sobres para el día 18 de Agosto de 2017; Que por Disposición Nº DISFC-2017-1033-IVC, de fecha 16 de Agosto de 2017, la entonces Subsecretaría Técnica, Administrativa y Legal fijó como nueva fecha de

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recepción de la documentación respectiva y apertura de los sobres el día 28 de Agosto de 2017; Que por Disposición Nº DISFC-2017-1070-IVC (DI-2017-19226298-IVC), de fecha 23 de Agosto de 2017 se aprobó la emisión de la Circular Sin Consulta Nº 1; Que con fecha 31 de agosto de 2017, la Dirección General Proyectos Tecnológicos y Gestión Documental, Secretaría Legal y Técnica del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notificó a la Gerencia General y a la entonces Subsecretaría Técnica Administrativa y Legal de la detección de un error en la generación de documentos con numeración especial, habiéndose duplicado el número asignado a la Disposición de aprobación de la Circular mencionada supra (IF-2017-20556535- IVC); Que mediante NO-2017-20478280-DGPRTGD, la Dirección General Proyectos Tecnológicos y Gestión Documental manifiesta que "(...) para resolver el error es necesario generar nuevamente la disposición"; Que por Disposición Nº DISFC-2017-1187-IVC, de fecha 11 de Septiembre de 2017 se ratificó lo actuado por la Gerencia Operativa de Obra Pública, Contrataciones y Adjudicaciones y se aprobó nuevamente la Circular Sin Consulta N°1; Que en la fecha prefijada, se procedió a la apertura de ofertas según consta en el Acta de Apertura de Ofertas Nº 94/17 (IF-2017-19780608-IVC) de la presente Licitación, y se recibieron las ofertas de las empresas que a continuación se detallan: Oferta Nº 1 - TRESCOM S.R.L. (RE-2017-19845749-IVC); Oferta Nº 2 - CONCEPT OFFICE S.R.L. (RE-2017-19845735-IVC); Oferta Nº 3 – ESTABLECIMIENTOS CAPORASO SACIFIYA (RE-2017-19845717-IVC), todo de conformidad al Anexo I (IF-2017-21321051-IVC) que forma parte del presente; Qué llamada a intervenir, la Gerencia General emite el correspondiente informe técnico conforme surge del IF-2017-20102850-IVC; Que por Acta de Preadjudicación N° 38/17 de fecha 08 de Septiembre de 2017, obrante en IF-2017-20622766-IVC, la Comisión de Evaluación de Ofertas recomienda "Desestimar la Oferta Nº 1 de la empresa TRESCOM S.R.L. para los Renglones Nº 20, 40, 50, 80, 110, 130, 140 y 170; la Oferta Nº 2 de la empresa CONCEPT OFFICE S.R.L. para los Renglones Nº 30, 60 y 160; la Oferta Nº 3 de la empresa ESTABLECIMIENTOS CAPORASO SACIFIYA para los Renglones Nº 10, 20, 30, 40, 50, 70, 80, 90, 100, 140, 150, 170 y 180, por resultar los precios ofertados inconvenientes; Que asimismo recomienda "Adjudicar la Licitación Pública Nº 47/17 - Adquisición de Muebles para el personal del Instituto, en los términos del Art. 31 de la Ley 2095 (Texto Consolidado por la Ley N° 5666 - BOCBA del 24/11/2016) - por un total de Pesos Un Millón Cuarenta y Ocho Mil Setecientos Ochenta con 00/100 ($ 1.048.780,00.-) todo ello, conforme surge del Anexo I adjunto a la presente, y por resultar sus ofertas convenientes, razonables y ajustarse a los requerimientos de la documentación licitatoria, de la siguiente manera: Renglón Nº 30, 60, 120 y 190 a la Oferta Nº 1 de la empresa TRESCOM S.R.L. por un total de Pesos Cuatrocientos Diecinueve Mil Cincuenta y Dos con 00/100 ($ 419.052,00.-); Renglón Nº 10, 20, 40, 50, 70, 80, 90, 100, 110, 130, 140, 150, 170 y 180 a la Oferta Nº 2 de la empresa CONCEPT OFFICE S.R.L. por un total de Pesos Seiscientos Diecinueve Mil Setecientos Treinta y Dos con 00/100 ($ 619.732,00.-); Renglón Nº 160 a la Oferta Nº 3 de la empresa ESTABLECIMIENTOS CAPORASO SACIFIYA por un total de Pesos Nueve Mil Novecientos Noventa y Seis con 00/100 ($ 9.996,00.-);

Que se han cumplido los plazos de publicación y de exhibición como así también con los establecidos para formular impugnaciones, sin haber recibido presentación alguna al respecto; Que el gasto que demanda la presente licitación será solventado conforme la afectación presupuestaria efectuada mediante formulario de Solicitud de Gastos Nº 31897/2017; Que la Dirección General Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete;

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Que, luego de un breve debate, el presente tema es sometido a votación y se aprueba por los miembros presentes; Por ello

SE RESUELVE: Articulo 1°.-Aprobar la Licitación Pública Nº 47/17 para la Adquisición de Muebles para el personal del Instituto, en los términos del Art. 31 de la Ley 2095 (Texto Consolidado por la Ley N° 5666 - BOCBA del 24/11/2016). Articulo 2º.-Adjudicar la Licitación Pública Nº 47/17 - Adquisición de Muebles para el personal del Instituto, por un total de Pesos Un Millón Cuarenta y Ocho Mil Setecientos Ochenta con 00/100 ($ 1.048.780,00.-) todo ello, conforme surge del Anexo I (IF-2017-21321051-IVC) adjunto a la presente, y por resultar sus ofertas convenientes, razonables y ajustarse a los requerimientos de la documentación licitatoria, de la siguiente manera: Renglón Nº 30, 60, 120 y 190 a la Oferta Nº 1 de la empresa TRESCOM S.R.L. por un total de Pesos Cuatrocientos Diecinueve Mil Cincuenta y Dos con 00/100 ($ 419.052,00.-); Renglón Nº 10, 20, 40, 50, 70, 80, 90, 100, 110, 130, 140, 150, 170 y 180 a la Oferta Nº 2 de la empresa CONCEPT OFFICE S.R.L. por un total de Pesos Seiscientos Diecinueve Mil Setecientos Treinta y Dos con 00/100 ($ 619.732,00.-); Renglón Nº 160 a la Oferta Nº 3 de la empresa ESTABLECIMIENTOS CAPORASO SACIFIYA por un total de Pesos Nueve Mil Novecientos Noventa y Seis con 00/100 ($ 9.996,00.-). Articulo 3º.-Desestimar la Oferta Nº 1 de la empresa TRESCOM S.R.L. para los Renglones Nº 20, 40, 50, 80, 110, 130, 140 y 170; la Oferta Nº 2 de la empresa CONCEPT OFFICE S.R.L. para los Renglones Nº 30, 60 y 160; la Oferta Nº 3 de la empresa ESTABLECIMIENTOS CAPORASO SACIFIYA para los Renglones Nº 10, 20, 30, 40, 50, 70, 80, 90, 100, 140, 150, 170 y 180, por resultar los precios ofertados inconvenientes. Articulo 4º.- Disponer que el gasto que demanda la presente licitación será solventado conforme la afectación presupuestaria efectuada mediante formulario de Solicitud de Gastos Nº 31897/2017. Articulo 5º.-Encomendar a la Gerencia Operativa Licitaciones de Obra Pública, Contrataciones y Adjudicaciones la notificación de lo resuelto a cada uno de los oferentes mediante Cédula de Notificación, la que deberá ser diligenciada conforme las disposiciones del Art. 62 y 63 y cc de la Ley de Procedimientos Administrativos aprobada por el DNU Nº 1510/GCBA/97, (Texto consolidado por Ley 5666 – BOCBA 5014 del 24/11/16). Articulo 6º.- Encomendar a la Gerencia Operativa Licitaciones de Obra Pública, Contrataciones y Adjudicaciones promover la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de un día.

Articulo 7º.- Encomendar a la Gerencia Operativa Adquisición de Bienes y Servicios promover la publicación en la página web de la CABA. Articulo 8º.- Comunicar a la Gerencia General, a las Direcciones Generales Técnica, Administrativa y Legal y de Administración y Finanzas, y a la Gerencia Operativa Adquisición de Bienes y Servicios. Cumplido pase Gerencia Operativa Licitaciones de Obra Pública, Contrataciones y Adjudicaciones en prosecución de su trámite. Se da por aprobado el presente punto firmando al pie los miembros del Directorio. Vázquez Gregotti – Fernández – Garcilazo – Maquieyra

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ANEXO

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ACTA DE DIRECTORIO N.° 4414/IVC/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 VISTO el EX-2017-07163788-MGEYA-IVC, y; CONSIDERANDO: Que por EX-2017-07163788-MGEYA-IVC tramita la Contratación Menor N° 11/17 para la Contratación del Servicio de alquiler de quince (15) baños químicos; Que la Gerencia General "(...) solicita el alquiler de baños químicos a instalarse junto a las oficinas móviles, con un servicio de limpieza semanal, que se encuentran en los Barrios Fraga, Rodrigo Bueno, Carrillo, Villa 20 y Villa 1-11-14, destinadas como puntos de atención a los vecinos y puestos de trabajo para los proyectos habitacionales desarrollados por este organismo.", y agrega que "Cabe destacar que resulta de urgente necesidad contar con los baños instalados para la sanidad del personal de este Instituto que hoy en día se encuentra prestando funciones en las oficinas móviles." (IF-2017-07164885-IVC); Que es por ello que mediante IF-2017-11457993-IVC, la entonces Dirección General Asuntos Jurídicos efectúa el correspondiente encuadre conforme las Disposiciones del Art. 38 de la Ley Nº 2095 de Compras y Contrataciones, modificada por la Ley Nº 4764 y reglamentada por el Decreto Nº 95/14 (Texto consolidado por Ley Nº 5666 - BOCBA 5014 del 24/11/2016); Que por Art 1° del Acta de Directorio Nº ACDIR-2017-4228-IVC, de fecha 30 de Mayo de 2017, se autorizó el llamado a Contratación Menor N° 11/17para la Contratación del Servicio de alquiler de quince (15) baños químicos; Que por Art. 2º de la mencionada Acta se aprobó el Pliego de Condiciones Particulares y toda la documentación adjunta que servirá de base para el presente llamado; Que asimismo por Art. 4 se dispuso que la entonces Subsecretaría Técnica Administrativa y Legal, (Gerencia Operativa Licitaciones de Obra Pública, Contrataciones y Adjudicaciones) fijará la fecha de recepción de la documentación respectiva y apertura de los sobres y emitirá circulares aclaratorias o explicatorias con o sin consulta relacionadas con el presente llamado como así también realizará todas las publicaciones de ley; Que por Disposición Nº DISFC-2017-635-IVC, de fecha 02 de Junio de 2017, la entonces Subsecretaría Técnica, Administrativa y Legal fijó como fecha de recepción de la documentación respectiva y apertura de los sobres para el día 16 de Junio de 2017; Que en la fecha prefijada, se procedió a la apertura de ofertas conforme Acta de Apertura de Ofertas Nº 48/17 (IF-2017-14322814-IVC) de la que surge que se recibió la Oferta Nº 1 de la empresa B A SANI S.A. (RE-2017-14323702-IVC) todo de conformidad al Anexo I (IF-2017-21577361-IVC), que forma parte de la presente); Qué llamada a intervenir, la Gerencia General efectúa la evaluación del cumplimiento de las especificaciones técnicas conforme surge del IF-2017-14563501-IVC;

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Que se realizó el análisis de la documentación presentada por el oferente conforme surge del Estudio de Ofertas agregado mediante IF-2017-14972072-IVC; Que a través de cédula de notificación de fecha 4 de Septiembre incorporada mediante PV-2017-20431174-IVC se intimó a la empresa BA SANI S.A. a que en el plazo perentorio de un (1) día y bajo apercibimiento de no aplicar el procedimiento de Redeterminación de Precios previsto en la Ley N° 2809, integre la documentación requerida, por lo que teniendo en cuenta que no se ha efectuado presentación alguna, se entiende que dicha empresa desiste del procedimiento mencionado; Que por Acta de Preadjudicación N° 39/17 (IF-2017-20960671-IVC) de fecha 12 de Septiembre del corriente, la Comisión de Evaluación de Ofertas recomienda "Adjudicar la Contratación Menor Nº 11/17 para la Contratación del Servicio de alquiler de quince (15) baños químicos, Renglones Nº 10, 20, 30, 40 y 50, a la Oferta Nº 1 de la empresa B A SANI S.A., en los términos del Art. 38 de la Ley 2095 (Texto Consolidado por la Ley N° 5666 - BOCBA del 24/11/2016), por un total de Pesos Seiscientos Cuarenta y Cinco Mil Ochocientos Cuarenta con 00/100 ($ 645.840,00.-) todo ello, conforme surge del Anexo I adjunto a la presente, y por resultar su oferta conveniente, razonable y ajustarse a los requerimientos de la documentación licitatoria"; Que la presente se dicta en virtud de lo expuesto y conforme la reserva efectuada por este Directorio de la facultad de adjudicar todas las contrataciones no abarcadas por las delegaciones conferidas por Acta de Directorio Nº ACDIR-2016- 4011-IVC de fecha 28 de Diciembre de 2016, aprobatoria del Plan Anual de Compras y Contrataciones del Organismo para el Ejercicio 2017; Que la Gerencia Operativa Económica Financiera ha contemplado el presente gasto mediante Formulario de Solicitud de Gastos Nº 23433/2017 (DOCFI-2017- 09427055-IVC); Que se han cumplido los plazos de publicación y de exhibición como así también con los establecidos para formular impugnaciones, sin haber recibido presentación alguna al respecto; Que la Dirección General Técnica Administrativa y Legal ha tomado la intervención que le compete; Que, luego de un breve debate, el presente tema es sometido a votación y se aprueba por los miembros presentes. Por ello;

SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar y Aprobar la Contratación Menor Nº 11/17 para la Contratación del Servicio de alquiler de quince (15) baños químicos. Articulo 2º.- Adjudicar la Contratación Menor Nº 11/17 para la Contratación del Servicio de alquiler de quince (15) baños químicos, Renglones Nº 10, 20, 30, 40 y 50, a la Oferta Nº 1 de la empresa BASANI S.A., en los términos del Art. 38 de la Ley 2095 (Texto Consolidado por la Ley N° 5666 - BOCBA del 24/11/2016), por un total de Pesos Seiscientos Cuarenta y Cinco Mil Ochocientos Cuarenta con 00/100 ($ 645.840,00.-) todo ello, conforme surge del Anexo I (IF-2017-21577361-IVC) adjunto a la presente, y por resultar su oferta conveniente, razonable y ajustarse a los requerimientos de la documentación licitatoria. Articulo 3º.- Disponer que el presente gasto será solventado conforme la afectación presupuestaria efectuada mediante Formulario de Solicitud de Gastos Nº 23433/2017.

Articulo 4º.- Establecer que la Gerencia Operativa Licitaciones de Obra Pública, Contrataciones y Adjudicaciones notificará lo resuelto al oferente mediante Cédula de Notificación, la que deberá ser diligenciada conforme las disposiciones del Art. 62 y 63 y cc de la Ley de Procedimientos Administrativos aprobada por el DNU Nº 1510/GCBA/97 (Texto consolidado por Ley Nº 5666 - BOCBA 5014 del 24/11/2016).

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Articulo 5º.- Encomendar a la Gerencia Operativa Licitaciones de Obra Pública, Contrataciones y Adjudicaciones promover la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de un día. Articulo 6º.- Encomendar a la Gerencia Operativa Adquisición de Bienes y Servicios la publicación en la página web de la CABA. Articulo 7º.- Comunicar a la Gerencia General, y a las Direcciones Generales Administración y Finanzas y Técnica Administrativa y Legal. Cumplido pase a la Gerencia Operativa Licitaciones de Obra Pública, Contrataciones y Adjudicaciones en prosecución de su trámite. Se da por aprobado el presente punto firmando al pie los miembros del Directorio Vázquez Gregotti – Fernández – Garcilazo - Maquieyra

ACTA DE DIRECTORIO N.° 4418/IVC/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 CONSIDERANDO: Que por EX-2017-14004939-MGEYA-IVC tramita la Licitación Pública Nº 33/17 para la Realización de trabajos de acondicionamiento edilicio en el 4to piso del edificio ubicado en la calle Dr. Enrique Finochietto 435; Que mediante IF-2017-14013392-IVC obrante en el Orden 3, la Gerencia General "(...) solicita la adquisición de trabajos de acondicionamiento edilicio para el edificio ubicado en la calle Dr. Enrique Finochietto 435 (Ciudad Autónoma de Buenos Aires)..." y agrega que "Dicho pedido se fundamenta en la necesidad de equipar las instalaciones del Edificio Finochietto de un espacio que pueda ser utilizado por los empleados del Instituto como salón comedor, siendo que desde la instalación de las oficinas del Organismo en dicho edificio, en junio de 2016, los empleados no cuentan con un espacio adecuado para tal fin."; Que asimismo expresa que "(...) la administración del edificio no corresponde a este Instituto, motivo por el cual se solicitó la intervención de Intendencia, habiendo ésta asumido el compromiso de solucionar la necesidad planteada. Sin embargo, a pesar de los pedidos reiterados en numerosas oportunidades, aún no se ha dado respuesta"; Que por otra parte manifiesta que "En vista de ello, teniendo presente la demora generada por los compromisos incumplidos y la presente necesidad de dar continuidad al equipamiento de las oficinas, resulta pertinente iniciar una contratación que permita brindar urgente respuesta a un reclamo legítimo de los empleados para mejorar sus condiciones cotidianas de trabajo." y agrega que "Frente a esta situación los empleados del Instituto se ven obligados a utilizar los espacios comunes, como son las salas de reuniones y de capacitación, como un comedor diario.";

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ANEXO

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Por último expresa "(...) que en los últimos meses el Instituto ha atravesado un fuerte proceso de reorganización que ha involucrado la reformulación de su estructura orgánico funcional, la reubicación de puestos de trabajo, la adecuación edilicia de algunos espacios y el aumento de recursos humanos en diversas áreas. Todo ello agrava la situación, ya que, los empleados se ven forzados a almorzar en sus escritorios, debido a la falta de un espacio común con esos fines específicos. Por otra parte, la ausencia de un descanso propio para consumir alimentos puede provocar fatiga y por lo tanto un decremento de productividad, lo que reduce el rendimiento tan necesario para el funcionamiento del instituto. El almuerzo juega un papel importante en nuestro bienestar físico y profesional y en cómo nos desempeñamos durante el día. Todo ello puede aumentar el estrés y dañar la integridad emocional de los empleados, generando un clima laboral desgastante."; Que a través del IF-2017-16657307-IVC (Orden 27) la Gerencia Operativa Licitaciones de Obra Pública, Contrataciones y Adjudicaciones propone efectuar la presente Licitación conforme las Disposiciones del Art. 25 y 31 de la Ley Nº 2095 de Compras y Contrataciones, modificada por la Ley Nº 4764 y reglamentada por el Decreto Nº 95/14 (Texto consolidado por Ley Nº 5666 - BOCBA 5014 del 24/11/2016); Que por Acta de Directorio Nº ACDIR-2016-4011-IVC, de fecha 28 de Diciembre de 2016, aprobatoria del Plan Anual de Compras y Contrataciones para el ejercicio 2017,

en su Art. 2º, se delegó en el Gerente General la aprobación de los procesos que se encuentran incorporados en el Plan Anual de Compras y Contrataciones, como así también sus prórrogas y/o ampliaciones, la autorización del llamado, la aprobación de la documentación licitatoria y el dictado de todos los actos administrativos que fueran menester hasta la adjudicación de las mismas; Que asimismo se delegó en la entonces Gerencia de Coordinación General Técnica, Administrativa y Legal, la emisión de circulares aclaratorias o explicativas y modificatorias de carácter no sustancial, con o sin consulta, la fijación de la fecha de recepción de la documentación licitaria y la apertura de sobres; Que por encontrarse la presente licitación incluida en el Renglón Nº 96 del Plan Anual de Compras y Contrataciones para el ejercicio 2017, por Disposición Nº DISFC-2017-912-IVC (Orden 39), de fecha 26 de Julio de 2017, se autorizó el llamado a Licitación Pública Nº 33/17 para la Realización de trabajos de acondicionamiento edilicio en el 4to piso del edificio ubicado en la calle Dr. Enrique Finochietto 435; Que por Art. 2º de la mencionada Disposición se aprobó la documentación licitatoria integrada por el Pliego de Condiciones Particulares y los Anexos que regirá la presente licitación y toda la documentación adjunta que servirá de base para el llamado; Que por Art. 5º de la misma se fijó fecha de recepción de la documentación licitatoria y la apertura de sobres para el día 17 de Agosto de 2017; Que en la fecha prefijada, se procedió a la apertura de ofertas según consta en el Acta de Apertura de Ofertas Nº 92/17 (IF-2017-18909523-IVC) de la presente Licitación obrante en el Orden 49, y se recibieron las ofertas de las empresas que a continuación se detallan: Oferta Nº 1 - ANDARIEGA S.R.L. (RE-2017-18940537-IVC, Orden 50); Oferta Nº 2 - INDUSTRIAS MAS S.R.L. (RE-2017-18946651-IVC, Orden 51); Oferta Nº 3 - MODUFOX S.R.L (RE-2017-18946603-IVC, Orden 52), todo de conformidad al Anexo I (IF-2017-21788171-IVC) que forma parte del presente; Que llamada a intervenir, la Gerencia General efectúa la evaluación del cumplimiento de las especificaciones técnicas conforme surge del IF-2017- 19475743-IVC (Orden 56) manifestando que "(...) cumplen con las especificaciones detalladas en el Pliego correspondiente a dicha contratación.";

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Que por Acta de Preadjudicación N° 40/17 de fecha 14 de Septiembre de 2017, obrante en Orden 64 (IF-2017-21086180-IVC), la Comisión de Evaluación de Ofertas recomienda "Desestimar la Oferta Nº 1 de la empresa ANDARIEGA S.R.L. y la Oferta Nº 2 de la empresa INDUSTRIAS MAS S.R.L., por resultar los precios ofertados inconvenientes."; Que asimismo recomienda "Adjudicar la Licitación Pública Nº 33/17 para la Realización de trabajos de acondicionamiento edilicio en el 4to piso del edificio ubicado en la calle Dr. Enrique Finochietto 435, con el fin de equipar al mismo de un espacio que pueda ser utilizado por los empleados del Instituto como salón comedor, de acuerdo a lo previsto en el artículo 31 de la ley Nº 2095/06 (Texto Consolidado por la Ley N° 5666 - BOCBA del 24/11/2016) - por un total de Pesos Un Millón Ciento Ochenta y Dos Mil Trescientos Siete con 00/100 ($ 1.182.307,00.) a la Oferta Nº 3 de la empresa MODUFOX S.R.L., todo ello conforme surge del Anexo I adjunto a la presente, y por resultar su oferta conveniente, razonable y ajustarse a los requerimientos de la documentación licitatoria.";

Que se han cumplido los plazos de publicación y de exhibición como así también con los establecidos para formular impugnaciones, sin haber recibido presentación alguna al respecto; Que el gasto que demanda la presente licitación será solventado conforme la afectación presupuestaria efectuada mediante formulario de Solicitud de Gastos Nº 3328/2017 (DOCFI-2017-14545706-IVC / Orden 10); Que la Dirección General Técnica Administrativa y Legal ha tomado la intervención que le compete. Por ello;

SE RESUELVE: 1°) Aprobar la Licitación Pública Nº 33/17 para la Realización de trabajos de acondicionamiento edilicio en el 4to piso del edificio ubicado en la calle Dr. Enrique Finochietto 435, con el fin de equipar al mismo de un espacio que pueda ser utilizado por los empleados del Instituto como salón comedor. 2º) Adjudicar la Licitación Pública Nº 33/17 para la Realización de trabajos de acondicionamiento edilicio en el 4to piso del edificio ubicado en la calle Dr. Enrique Finochietto 435, con el fin de equipar al mismo de un espacio que pueda ser utilizado por los empleados del Instituto como salón comedor, de acuerdo a lo previsto en el artículo 31 de la ley Nº 2095/06 (Texto Consolidado por la Ley N° 5666 - BOCBA del 24/11/2016) - por un total de Pesos Un Millón Ciento Ochenta y Dos Mil Trescientos Siete con 00/100 ($ 1.182.307,00.-) a la Oferta Nº 3 de la empresa MODUFOX S.R.L., todo ello conforme surge del Anexo I (IF-2017- 21788171-IVC) adjunto a la presente, y por resultar su oferta conveniente, razonable y ajustarse a los requerimientos de la documentación licitatoria. 3º) Desestimar la Oferta Nº 1 de la empresa ANDARIEGA S.R.L. y la Oferta Nº 2 de la empresa INDUSTRIAS MAS S.R.L., por resultar los precios ofertados inconvenientes. 4º) Disponer que el gasto que demanda la presente licitación será solventado conforme la afectación presupuestaria efectuada mediante formulario de Solicitud de Gastos Nº 3328/2017 (DOCFI-2017-14545706-IVC ) 5º) Encomendar a la Gerencia Operativa Licitaciones de Obra Pública, Contrataciones y Adjudicaciones la notificación de lo resuelto a cada uno de los oferentes mediante Cédula de Notificación, la que deberá ser diligenciada conforme las disposiciones del Art. 62 y 63 y cc de la Ley de Procedimientos Administrativos aprobada por el DNU Nº 1510/GCBA/97, (Texto consolidado por Ley 5666 - BOCBA 5014 del 24/11/16).

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6º) Encomendar a la Gerencia Operativa Licitaciones de Obra Pública, Contrataciones y Adjudicaciones promover la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de un día. 7º) Encomendar a la Gerencia Operativa Adquisición de Bienes y Servicios la publicación en la página web de la CABA. 8º) Comunicar a la Gerencia General, y a las Direcciones Generales Administración y Finanzas y Técnica Administrativa y Legal. Cumplido pase a la Gerencia Operativa Licitaciones de Obra Pública, Contrataciones y Adjudicaciones en prosecución de su trámite. Vázquez Gregotti – Fernández – Garcilazo - Maquieyra

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 284

ANEXO

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Poder Judicial Resolución Fiscalía General - Ministerio Público de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires

RESOLUCIÓN N.º 312/FG/17

Buenos Aires, 4 de octubre de 2017

VISTO: La resolución FG Nro. 408/2009 y la necesidad de brindar seguridad jurídica respecto de la asignación de casos penales y contravencionales. Y CONSIDERANDO: Mediante la Resolución FG 408/2009, se dispuso que en los casos de archivo fundamentados en los arts. 201 y 202 del Código Procesal Penal, el/la Fiscal de Cámara podrá apartar a el/la Fiscal del caso “excepcionalmente cuando criterios relacionados a una eficiente administración de justicia encomienden hacerlo”. Sin embargo, si bien en dicha ocasión se entendió que esa posibilidad excepcional de apartamiento de el/la Fiscal del caso no estaba necesariamente reñida con la letra de los arts. 201 y 202 del Código Procesal Penal, en mi criterio la interpretación no es adecuada con el sistema que integralmente rige la actuación del Ministerio Público Fiscal. En efecto, la Ley 1903 discierne perfectamente las facultades de reorganización del trabajo asignadas a el/la Fiscal General y las facultades de conducción del caso por parte de el/la Fiscal de primera instancia una vez que le fue asignado (arts. 18 inc. 4, 31 incs. 4 y 5 ). Al respecto, es importante destacar que la Legislatura interpretó en la ley referida el principio de estructura jerárquica a que se refiere el art. 125 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, restringiendo a el/la Fiscal General la posibilidad de dar instrucciones para casos particulares, manteniendo la decisión en manos de el/la Fiscal del caso cuando se conformen equipos de trabajo y delimitando el rol de los/las fiscales de Cámara a la intervención ante las instancias de apelación y demás que les acuerden las leyes y reglamentos. En punto a esto último, parece claro que el/la Fiscal General no puede delegar funciones de las que carece y entre ellas se encuentra la de incidir en la decisión de casos particulares, sea con directivas específicas o apartando a el/la Fiscal de primera o segunda instancia. En consecuencia, las normas que complementan el Código Procesal Penal en lo que hace a definir el rol de los/las fiscales, tienen una importancia esencial en su interpretación y, por ello, la referencia hecha en sus arts. 201 y 202 a que simplemente corresponde dar al fiscal de grado las directivas necesarias para que continúe el ejercicio de la acción no puede ser interpretada como que está habilitado su desplazamiento.

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En punto a ello, también cabe recordar que el ejercicio de la acción por parte del Ministerio Público Fiscal no responde necesariamente a los mismos intereses y motivaciones que la víctima, aunque deba ser escuchada, y por lo tanto la ley contempla tanto los mecanismos de revisión como ejercicio directo de la acción e inclusive los de recusación. Por otra parte, en el sistema desfomalizado que rige nuestro procedimiento penal y contravencional, los/las fiscales de Cámara no cuentan con la inmediación que si tiene el/la Fiscal del caso con la prueba, de manera que no

es pertinente extremar las facultades de revisión al punto de determinar el apartamiento de quien dispuso el archivo en revisión. Finalmente, si se estuviera ante el excepcional caso de negligencia en el ejercicio de la acción por parte de la Fiscalía de Primera Instancia, corresponde disponer los mecanismos disciplinarios pertinentes, pero no puede soslayarse que los/las fiscales son magistrados/as en el ejercicio de sus funciones y deben ser respetados y considerados en consecuencia (arts. 126 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 12 y 13 de la Ley 1903). Por tales consideraciones, el apartamiento de un/a Magistrado/a de su rol constitucionalmente asignado es un acto de gravedad que no puede dejarse al arbitrio de una coyuntural diferencia de criterio sobre el trámite de un caso y sobre todo cuando, como se señaló, el conocimiento de la evidencia por parte del órgano revisor tiene las limitaciones propias de la desformalización y la falta de inmediación. En consecuencia, entiendo pertinente modificar la Resolución FG 408/2009 y establecer que la única hipótesis en la que el/la Fiscal de Cámara puede desplazar del conocimiento del caso a un/a Fiscal de grado es la prevista en el art. 200 del Código Procesal Penal, sin perjuicio de que en las otras situaciones de revisión éste/a deberá adecuarse a los criterios de investigación indicados por la Fiscalía de Cámara. Por todo ello, el Fiscal General Adjunto a cargo de la Fiscalía General,

RESUELVE: Artículo 1.- DEROGAR el Artículo 2 de la Resolución FG Nª 408/2009.- Artículo 2.- ESTABLECER como criterio general de actuación, que los/las fiscales de Cámara no pueden desplazar a el/la Fiscal del caso cuando se haga lugar a un pedido de revisión en los términos de los arts. 201 y 202 del Código Procesal Penal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 3. ACLARAR que lo establecido en los artículos 3, 4, 5 y 6 de la resolución FG Nª 408/2009 solo regirá para los casos de apartamiento contemplados en su artículo 1. Artículo 4. ESTABLECER como criterio general de actuación, que en los casos de revisión de archivo en los términos de los artículos 201y 202 del Código Procesal Penal, los/las fiscales de primera instancia deberán ajustar su función a las recomendaciones efectuadas por el/la Fiscal de Cámara respecto de la evidencia a colectar, sin perjuicio de resolver posteriormente conforme su criterio particular y según la evaluación directa de los medios de evaluación del caso reunidos. Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y en la página de Internet del Ministerio Público Fiscal, a todos los integrantes del Ministerio Público Fiscal, comuníquese al Presidente del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Sr. Defensor General, a la Sra. Asesora General Tutelar, al Presidente de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas y, por su intermedio, a los Sres/as. jueces de Primera Instancia del mismo fuero, a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y al Tribunal Superior de Justicia. Oportunamente, archívese. Cevasco

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Organos de Control Resolución Procuración General de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires

RESOLUCIÓN N.° 350/PG/17

Buenos Aires, 4 de octubre de 2017 VISTO: La Ley Nº 1.218 (texto consolidado por Ley Nº 5.666), los Decretos Nº 1444/MCBA/1993, Nº 131/GCABA/1996, Nº 163/GCABA/2003, Nº 804/GCABA/2009, Nº 678/GCABA/2011, Nº 191/GCABA/2012 y Nº 500/GCABA/2012, la Resolución Nº 337/PG/2010, la Disposición N° 16/DGTALPG/2017, y el EE N° 7502440/PG/2017, y CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 1.218 (texto consolidado por Ley N° 5.666) fija las obligaciones, deberes, atribuciones y competencia de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el Decreto Nº 804/GCABA/2009, modificado parcialmente por los Decretos Nº 678/GCABA/2011, Nº 191/GCABA/2012 y Nº 500/GCABA/2012, establece la estructura orgánica y funcional de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el Decreto Nº 1444/MCBA/1993, modificado parcialmente por los Decretos Nº 131/GCABA/1996 y Nº 163/GCABA/2003, fija la dotación y nivel jerárquico del personal que desempeña funciones de Auxiliar de funcionario; Que por Resolución 337/PG/2010 se designó a la agente Mabel Aurora Guarella (DNI Nº 16.224.800, CUIL Nº 27-16224800-1) como auxiliar de funcionario de la Dirección Jurídica de Contrataciones de esta Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con una remuneración equivalente a Nivel División; Que por Disposición 16/DGTALPG/2017 la citada agente fue transferida, a partir del 12 de abril de 2017, de la Dirección General de Relaciones Contractuales a la Dirección OGESE y Compras dependiente de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de esta Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, atento lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que ordene el cese de la auxiliatura de marras; Por ello, y en uso de facultades que le son propias,

EL PROCURADOR GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.- Cese, a partir del 12 de abril de 2017, la agente Mabel Aurora Guarella (DNI Nº 16.224.800, CUIL Nº 27-16224800-1) como Auxiliar de Funcionario con Nivel División de la Dirección Jurídica de Contrataciones, dependiente de la Dirección General de Relaciones Contractuales de esta Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

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Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Procuración General Adjunta de Asuntos Patrimoniales y Fiscales y a la Dirección General de Relaciones Contractuales, ambas dependientes de esta Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Para su conocimiento y

demás efectos, remítase a las Direcciones Recursos Humanos y Técnica Jurídica y Legal dependientes de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de este Organismo y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Astarloa

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Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires

RESOLUCIÓN N.° 144/SGCBA/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 VISTO: La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires (BOCBA N° 47), la Ley N° 70 (BOCBA N° 539), el Decreto N° 501/12 (BOCBA N° 4.019), la Resolución Conjunta N° 18-MHGC-MMGC-MJGGC-SECLYT/12 (BOCBA N° 4.044), la Resolución Nº 2.617-MHGC/16 (BOCBA N° 4.952), la Disposición N° 223-DGCG/10 (BOCBA N° 3.553), el Expediente Electrónico N° 2.520.300-MGEYA-SGCBA/17, y CONSIDERANDO: Que el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires le otorga a la Sindicatura General de la Ciudad personería jurídica propia y autarquía administrativa y financiera; Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a; Que de la autarquía mencionada se desprenden facultades de administración propias que han sido puestas en cabeza de la Sra. Síndica General, según reza el inciso 8) del artículo 130 de la Ley N° 70, al enunciar: "Administrar su presupuesto, resolviendo y aprobando los gastos del organismo"; Que por el Decreto Nº 501/12 se aprobó el "Régimen de Asignación de Gastos de Movilidad"; Que por Resolución Conjunta Nº 18-MHGC-MMGC-MJGGC-SECLYT/12 se aprobó el procedimiento administrativo para la Solicitud, Rendición y Devolución de Gastos por Movilidad y se estableció su tramitación por Expediente Electrónico; Que por Resolución N° 2.617-MHGC/16 se aprobó la actualización del monto tope diario para el "Régimen de Gastos de Movilidad"; Que por Disposición N° 223-DGCG/10 se aprobó el procedimiento para el "Régimen de Gastos de Movilidad"; Que por el formulario C42 N° 162.941/17 se asignaron a esta Sindicatura General los fondos en concepto de Gastos de Movilidad, correspondientes al tercer trimestre del ejercicio en curso; Que se confeccionó la "Planilla de Resumen Trimestral" del tercer trimestre de 2017 generándose mediante "Anexo Firma Conjunta" N° IF 22.805.237-SGCBA/17; Que corresponde dictar el acto administrativo que apruebe el gasto en cuestión; Que la Subgerencia Operativa Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que resulta de su competencia, mediante la emisión del Dictamen N° IF 22.675.569-GGTALSGCBA/17. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 130, inciso 8) de la Ley N° 70,

LA SÍNDICA GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

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Artículo 1°.- Apruébase el gasto, en concepto de "Gastos de Movilidad" del tercer

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trimestre de 2017 de esta Sindicatura General de la Ciudad por la suma de PESOS CUARENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 31/100 ($ 49.853,31). Artículo 2°.- Apruébase la “Planilla de Resumen Trimestral“ del tercer trimestre de 2017 que como “Anexo Firma Conjunta“ Nº IF 22.805.237-SGCBA/17, forma parte integrante de la presente. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a la Dirección General de Contaduría General del Ministerio de Hacienda y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia General Técnica, Administrativa y Legal. Cumplido archívese. Freda

RESOLUCIÓN N.° 145/SGCBA/17

Buenos Aires, 5 de octubre de 2017 VISTO: La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires (BOCBA N° 47), las Leyes N° 70 (BOCBA N° 539) y N° 5.724 (BOCBA N° 5.035), el Decreto N° 680/16 (BOCBA N° 5.038), el Expediente Electrónico N° 22.388.855-MGEYA-SGCBA/17, y CONSIDERANDO: Que el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires le otorga a la Sindicatura General de la Ciudad personería jurídica propia y autarquía administrativa y financiera; Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a; Que la Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 5.666) fijó los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y estableció la organización y funcionamiento de sus órganos; Que de la autarquía otorgada a esta Sindicatura General se desprenden facultades de administración propias que han sido puestas en cabeza del/de la Síndico/a General, según reza el inciso 8) del artículo 130 de la Ley N° 70, al enunciar: "Administrar su presupuesto, resolviendo y aprobando los gastos del organismo"; Que por Ley N° 5.724 se aprobó el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2017; Que por el Expediente citado en el Visto, se ha planteado la necesidad de resolver insuficiencias crediticias, a nivel de incisos y partidas principales y parciales, correspondientes al Programa 16 (Control Interno del Gobierno Central y Organismos Descentralizados); Que a tal efecto, se propicia la compensación correspondiente utilizando para tales fines las facultades conferidas por el Decreto N° 680/16, que aprueba las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2017; Que la implementación del procedimiento propuesto, no modificará el crédito total asignado a la Jurisdicción 8 - Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires; Que corresponde la comunicación del presente acto administrativo a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda;

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Que la Subgerencia Operativa Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que resulta de su competencia, mediante la emisión del Dictamen N° 22.798.275-GGTALSGCBA/17. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 130, inciso 8) de la Ley N° 70,

LA SÍNDICA GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébase la compensación presupuestaria y modifícanse los créditos presupuestarios, a efectos de afrontar los gastos obrantes en el Requerimiento N° 6.960 que como Anexo Nº IF 22.850.488-GGTALSGCBA/17, forma parte integrante de la presente. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia General Técnica, Administrativa y Legal. Cumplido, archívese. Freda

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ANEXO

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Comunicados y Avisos Jefatura de Gabinete de Ministros

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARIA DE PLANIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y COORDINACIÓN DE GESTIÓN Comunicación - E.E. N° 23.053.269-MGEYA-DGPLE/17 Convocatoria a formular sugerencias y observaciones al anteproyecto de pliego

de bases y condiciones particulares Resolución Convocante: RESOL-2017-137-SECPECG Objeto: "Concurso 1° Vínculo de Impacto Social 2017". Procedimiento de selección: Concurso Público. Encuadre legal: Artículo 88° y concordantes de la Ley 2.095 (según texto consolidado por ley 5.666) y su Decreto Reglamentario Nº 326/2017. Plazo para presentar sugerencias y observaciones: 17 de noviembre de 2017. Reuniones de debates e intercambio de opiniones: Desde el 17 de noviembre al 15 de diciembre de 2017

Fernando Benegas Secretario

Inicia: 10-10-2017 Vence: 23-10-2017

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Ministerio de Hacienda

MINISTERIO DE HACIENDA SUBSECRETARIA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS DIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO DEL SERVICIO CIVIL Comunicación - E.E. Nº 13.107.106-DGDSCIV/17 En el marco del Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición del Régimen Gerencial, convocado por Resolución Nº 1809/MHGC/17 para cubrir el cargo Gerencia Operativa Curriculum de la Dirección General Planeamiento Educativo dependiente del Ministerio de Educación, que tramitara por Expediente Electrónico Nº 2017-13107106-DGDSCIV, el Comité de Selección, a través de la Dirección General Desarrollo del Servicio Civil, comunica la nómina de postulantes que integran la terna final, la que se detalla a continuación: Apellido y Nombre Documento de Identidad Armendaris, Maria Celina DNI Nº 22533194 Sarquis, Patricia Noemi DNI Nº 16667293 Simón, Javier José DNI Nº 17366777

Rosio Echaide Directora General

Inicia: 10-10-2017 Vence: 10-10-2017

MINISTERIO DE HACIENDA SUBSECRETARIA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS DIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO DEL SERVICIO CIVIL Comunicado - E.E. Nº 15.554.703-DGDSCIV/17 En el marco del proceso de selección entre los inscriptos en el Registro de Aspirantes a Empleo Público de la COPIDIS, convocado por Resolución N°2118-MHGC-17 para la cobertura de dieciocho (18) puestos de Abogados para el Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, la Dirección General Desarrollo del Servicio Civil en virtud de lo encomendado en la Resolución N° 537/MMGC/15, comunica que la nómina de postulantes que integran el orden de mérito definitivo tal como surge del Acta N° 4:

Documento de Apellido y Nombre Puntaje Final Identidad

1 28463901 Plaza, Ariel Alejandro 75 2 33087408 Ayala, Guillermo David 75 3 21141148 Cabanellas Moreno, Rodrigo Martín 75

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4 13653553 Mennella, Patricia Mónica 74 5 18321479 Belluomini, Marisa 72 6 31940581 Prozapas, Martín Gabriel 71 7 92611357 Labandera, Ricardo Alberto 71 8 25940233 Longo Mercader, María Lorena 70 9 24753024 Ciallella, Christian Fernando 69 10 35094514 Degraf, Stephanie 69 11 12549212 Palacios, Alfredo Antonio 69 12 29646699 Pantano, Eduardo Nicolás 69 13 21731785 Meerfeld, María Hilda 69 14 12011794 Riquelme, Sergio Gustavo 68 15 20323329 Pérez, Silvia Andrea 66 16 29124929 Moreira, Diego Jesús 65 17 14900528 Farías, María Gabriela 65 18 26188891 Barraza, Yanina Inés 59

Rosio Echaide Directora General

Inicia: 10-10-2017 Vence: 10-10-2017

MINISTERIO DE HACIENDA SUBSECRETARIA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS DIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO DEL SERVICIO CIVIL Comunicado - E.E. Nº 15.555.299-DGDSCIV/17 En el marco del proceso de selección entre los inscriptos en el Registro de Aspirantes a Empleo Público de la COPIDIS, convocado por Resolución N°2124/MHGC/17 para la cobertura de diez (10) puestos de Nutricionistas para el Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, la Dirección General Desarrollo del Servicio Civil en virtud de lo encomendado en la Resolución N° 537/MMGC/15, comunica que la nómina de postulantes que integran el orden de mérito definitivo tal como surge del Acta N° 4:

Documento de Apellido y Nombre Puntaje Final Identidad

1 20383985 Fernández Acevedo, Aurelia 80 2 92873217 Urrutia Lucas, Susan Johanna 80 3 23235271 Pallotti, Marina Beatriz 79 4 25568814 Marchesini, María Elena 79 5 30892844 Casanova Rivas, Mariela 73 6 24383621 Villar, Flavia Marina 70 7 31679473 Correa, Tania Romina 69

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Rosio Echaide Directora General

Inicia: 10-10-2017 Vence: 10-10-2017

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Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL DE REHABILITACION "MANUEL ROCCA" Comunicado - Inscripción de Aspirantes - Nota Nº 67-HRR/17

Docentes para Interinatos y/o Suplencias para 2018 El Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires comunica que se realizará la inscripción de docentes aspirantes al ejercicio de la docencia en Educación Especial en los siguientes cargos: Maestro de Atípicos Ciegos, Motores, Múltiples y Sordos; Maestro Celador; Maestro de Grado-Alfabetización y Maestro de Materias Complementarias: Educación Plástica, Educación Física, Actividades Prácticas y Música. Fecha: 23 de octubre al 23 de noviembre de 2017: Aspirantes a interinatos y/o Suplencias para el año 2018. Lugar: Junta de Clasificación Docente Hospital de Rehabilitación "Manuel Rocca", Av. Segurola 1949, 1º piso, Capital Federal, Tel.: 4630-4727. Horario: lunes a viernes de 9.30 a 11.30 hs. y de 13.00 a 15.00 hs

María J. Von Zeschau Jefa Unidad Internación

Inicia: 9-10-2017 Vence: 13-10-2017

MINISTERIO DE SALUD Llamado a Concurso Atención Primaria de la Salud - Comunicado Nº 3/DGAYDRH/17 Convocase a Concurso Cerrado a todas las unidades de organización para la cobertura de cinco (5) cargos de Profesionales Psicólogos, tres (3) cargos de Profesionales Nutricionistas, catorce (14) cargos de Profesionales Farmacéuticos y seis (6) cargos de Profesionales Fonoaudiólogos, con 30 horas semanales de labor, en carácter de interino, para el turno vespertino en las áreas de "Atención Primaria de la Salud", de acuerdo al detalle que obra en el Anexo I (IF-2017-20623490- -DGAYDRH), de conformidad con lo dispuesto por el artículo 10.1.2 de la Ordenanza N° 41.455 y modificatorias, su Decreto Reglamentario N° 2745/87 y modificatorios, la Resolución N° 375/SSySHyF/06 y la Resolución N° 727/MSGC/06. RESOLUCION N° 2017-1981-MSGC y DISPOSICION N° 2017-224-DGAYDRH Expediente Electrónico N° 2017-20547087-MGEYA-DGAYDRH.

PARA EL ÁREA PROGRAMATICA DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "CARLOS G. DURAND"

ESPECIALIDAD CANTIDAD TURNO

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NUTRICIONISTA 1 Vespertino FONOAUDIOLOGIA 1 Vespertino FARMACIA 1 Vespertino TOTAL 3

PARA EL ÁREA PROGRAMATICA DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "JUAN A FERNANDEZ"

ESPECIALIDAD CANTIDAD TURNO FONOAUDIOLOGIA 2 Vespertino FARMACIA 3 Vespertino TOTAL 5

PARA EL ÁREA PROGRAMATICA DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDO "JOSE M. PENNA"

ESPECIALIDAD CANTIDAD TURNO NUTRICIONISTA 2 Vespertino FONOAUDIOLOGIA 1 Vespertino PSICOLOGÍA 2 Vespertino FARMACIA 1 Vespertino TOTAL 6

PARA EL ÁREA PROGRAMATICA DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "PARMENIO PIÑERO"

ESPECIALIDAD CANTIDAD TURNO FONOAUDIOLOGIA 1 Vespertino PSICOLOGÍA 1 Vespertino FARMACIA 2 Vespertino TOTAL 4

PARA EL ÁREA PROGRAMATICA DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DONACION FRANCISCO SANTOJANNI"

ESPECIALIDAD CANTIDAD TURNO FONOAUDIOLOGIA 1 Vespertino PSICOLOGÍA 2 Vespertino FARMACIA 2 Vespertino TOTAL 5

PARA EL ÁREA PROGRAMATICA DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "JOSÉ MARÍA RAMOS MEJÍA"

ESPECIALIDAD CANTIDAD TURNO FARMACIA (CESAC) 2 Vespertino FARMACIA (HTAL) 1 Vespertino TOTAL 3

PARA EL ÁREA PROGRAMATICA DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "COSME ARGERICH"

ESPECIALIDAD CANTIDAD TURNO

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FARMACIA 1 Vespertino TOTAL 1

PARA EL ÁREA PROGRAMATICA DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. IGNACIO PIROVANO"

ESPECIALIDAD CANTIDAD TURNO FARMACIA 1 Vespertino TOTAL 1 Requisitos: Son requisitos para presentarse a concurso los exigidos para el ingresos a la Carrera de Profesionales de la Salud, establecidos en la Ordenanza N° 41.455, modificatorias y su decreto reglamentario y modificatorios. Periodo de Inscripción: desde el 15 de Septiembre y hasta el 16 de Octubre 2017 inclusive. Lugar y horarios de Inscripción: Dirección General Administración y Desarrollo de Recursos Humanos, Carlos Pelegrini N° 313, 9° piso, de 9 a 14hs. Más Información: www.buenosaires.gob.ar/salud/recursos-humanos

Maria R. Reggi Directora General

Inicia: 11-9-2017 Vence: 17-10-2017

MINISTERIO DE SALUD DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y DESARROLLO DE RECURSOS HUMANOS Rectificación - Comunicado N° 2-DGAYDRH/17

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES LLAMADO A CONCURSO ATENCIÓN PRIMARIA DE LA SALUD

Convocase a Concurso Público para la selección de quince (15) cargos de Profesionales Médicos Especialistas (Medicina General y Familiar), en carácter de titular, para desempeñarse en el turno vespertino en las áreas de "Atención Primaria de la Salud", de acuerdo al detalle que obra en el Anexo I, (IF-2017-20611354- -DGAYDRH), que forma parte integrante de la presente. RESOLUCION N° 2017-1980-MSGC y DISPOSICION N° 2017-225-DGAYDRH - Expediente Electrónico N° 2017-20548506-MGEYA-DGAYDRH.

PARA EL ÁREA PROGRAMATICA DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "JUAN A FERNANDEZ"

ESPECIALIDAD CANTIDAD TURNO Medicina General y Familiar 4 Vespertino TOTAL 4

PARA EL ÁREA PROGRAMATICA DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDO

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"JOSE M. PENNA" ESPECIALIDAD CANTIDAD TURNO Medicina General y Familiar 1 Vespertino TOTAL 1

PARA EL ÁREA PROGRAMATICA DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS

"PARMENIO PIÑERO" ESPECIALIDAD CANTIDAD TURNO Medicina General y Familiar 1 Vespertino TOTAL 1

PARA EL ÁREA PROGRAMATICA DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS

"DR. IGNACIO PIROVANO" ESPECIALIDAD CANTIDAD TURNO Medicina General y Familiar 3 Vespertino TOTAL 3

PARA EL ÁREA PROGRAMATICA DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS

"DONACION FRANCISCO SANTOJANNI" ESPECIALIDAD CANTIDAD TURNO Medicina General y Familiar 2 Vespertino TOTAL 2

PARA EL ÁREA PROGRAMATICA DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS

"JOSÉ MARÍA RAMOS MEJÍA" ESPECIALIDAD CANTIDAD TURNO Medicina General y Familiar 2 Vespertino TOTAL 2

PARA EL ÁREA PROGRAMATICA DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS

"DR. ENRIQUE TORNU" ESPECIALIDAD CANTIDAD TURNO Medicina General y Familiar 1 Vespertino TOTAL 1

PARA TRAILER

ESPECIALIDAD CANTIDAD TURNO Medicina General y Familiar 1 Vespertino TOTAL 1

Requisitos: Son requisitos para presentarse a concurso los exigidos para el ingresos a la Carrera de Profesionales de la Salud, establecidos en la Ordenanza N° 41.455, modificatorias y su decreto reglamentario y modificatorios. Periodo de Inscripción: desde el 15 de Septiembre y hasta el 16 de Octubre 2017 inclusive Lugar y horarios de Inscripción: Dirección General Administración y Desarrollo de Recursos Humanos, Carlos Pellegrini N° 313, 9° piso, de 9 a 14hs. Más Información: www.buenosaires.gob.ar/salud/recursos -humanos

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 299

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Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 300

María R. Reggi Directora General

Inicia: 12-9-2017 Vence: 17-10-2017

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Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano

MINISTERIO DE HABITAT Y DESARROLLO HUMANO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL Comunicado - Expediente N° 5.722.935-DGSD/17 Concurso Público - Resolución Nº 252/MHYDHGC/17 En el marco del Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición convocado por Resolución Nº 252/MHYDHGC/2017 para cubrir el cargo de Médico dependiente de la Dirección General Servicios y Dependencia, Secretaría de Tercera Edad del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, el Comité de Selección comunica la nómina de postulantes que integran el orden de mérito final, el que se detalla a continuación: Apellido y Nombre Documento de Identidad Rivazza, Andrea Laura (D.N.I: 17466533) Rossi, Alejandra Gabriela (D.N.I: 27939486)

Hugo Aragno Director General

Inicia: 9-10-2017 Vence: 10-10-2017

MINISTERIO DE HABITAT Y DESARROLLO HUMANO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL Comunicado - Expediente N° 5.724.511-DGSD/17 Concurso Público - Resolución Nº 251/MHYDHGC/17 En el marco del Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición convocado por Resolución Nº 251/MHYDHGC/2017 para cubrir el cargo de Promotor Social dependiente de la Dirección General Servicios y Dependencia, Secretaría de Tercera Edad del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, el Comité de Selección comunica la nómina de postulantes que integran el orden de mérito final, el que se detalla a continuación: Apellido y Nombre Documento de Identidad Apellido y Nombre Documento de Identidad Ramos, Adriana Claudia (D.N.I: 23553083) Croas, Rosana Inés (D.N.I: 21110325) Lanni, Karina Paola (D.N.I: 24249132) Maldonado, María Constanza (D.N.I: 31703234) Biale, Evangelina (D.N.I: 17836955) Fernández Garbin, Nicolás Ezequiel (D.N.I: 32845498) Negro,Alejandra Beatriz (D.N.I: 29792192) Fernandez,Maria Macarena (D.N.I 34027668) Rodríguez, María Andrea (D.N.I: 21925412)

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 301

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Filardo, Melisa (D.N.I: 31662326) Salas, Alicia Beatriz (D.N.I: 17708145) Noriega, Guadalupe (D.N.I: 30659008) Spinetta Fukuma, Paula (D.N.I: 27711615) Páez, Verónica Carla (D.N.I: 33738851) Estrada, Soledad (D.N.I: 30979968) Adrogue, Valeria (D.N.I: 20404151) Vijnovsky, Gabriel (D.N.I: 26194182) López, María Belén (D.N.I: 31075873) Metallo, Alejandra Noemí (D.N.I: 17856829) De Trana, Paola (D.N.I: 29987216) Gargano, María Verónica (D.N.I: 22235097) Rico Zorrilla, Carolina (D.N.I: 32877830) Totino, María Soledad (D.N.I: 27285724) Álvarez Iturain, Analía Roxana (D.N.I: 29703648) Olguín, Jesica (D.N.I: 31626341) Martínez Marin, Daniela Mariana (D.N.I: 35069500) Grosso, Lidia Susana (D.N.I: 10431794) Gutiérrez, María Monserrat (D.N.I: 25315263) Eleta, Andrea (D.N.I: 27535823) Castro, Lorena Natalia (D.N.I: 25865070) Ragalzi, Sandra Mariel (D.N.I: 16995256) Babor, Jacinta Valeria (D.N.I: 23090768)

Hugo Aragno

Director General Inicia: 9-10-2017 Vence: 10-10-2017

MINISTERIO DE HABITAT Y DESARROLLO HUMANO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL Comunicado - Concurso Público - Expediente N° 5.724.995-DGSD/17 Resolución Nº 253/MHYDHGC/17 En el marco del Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición convocado por Resolución Nº 253/MHYDHGC/2017 para cubrir el cargo de Talleristas dependiente de la Dirección General Servicios y Dependencia, Secretaría de Tercera Edad del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, el Comité de Selección comunica la nómina de postulantes que integran el orden de mérito final, el que se detalla a continuación: Apellido y Nombre Documento de Identidad Apellido y Nombre Documento de Identidad Arrivillaga, Agustina (D.N.I: 31433491) Ramos, Adriana Claudia (D.N.I: 23553083) Mendez, Analía (D.N.I: 23473926) Kühnert, Nicolás Alberto (D.N.I: 28422098) Rote, María Soledad (D.N.I: 29697705) Prado, María Cecilia (D.N.I: 23643515) Seminara, Ginette (D.N.I: 35229531)

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 302

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Abelaira, Paula Micaela (D.N.I: 32575222) Mandaradoni, María Guadalupe (D.N.I: 29751243) Gutiérrez, María Fernanda (D.N.I: 32129248) Iervasi, Marina (D.N.I: 29543276) Carvajal, María Teresa (D.N.I: 14902079) Olguín, Jésica (D.N.I: 31626341) Negro, Alejandra Beatriz (D.N.I: 29792192) Grosso, Lidia Susana (D.N.I: 10431794) De la Reta, Adriana Beatriz (D.N.I: 17450181) Loo, Maria Andrea (D.N.I: 16475805) Vidal, Fabiana Beatriz (D.N.I: 21142954) Fernández, María Macarena (D.N.I: 34027668) Marcus, Carolina (D.N.I: 27859866) Torrez, Eliana (D.N.I: 31415425) Martínez, Ruiz Federico (D.N.I: 31469210) Paredes, Carlos (D.N.I: 25682050) Álvarez, Natalia (D.N.I: 26971468) Álvarez Iturain, Analía Roxana (D.N.I: 29703648) Barilari, María (D.N.I: 20606519) Arguello, Sandra Mara (D.N.I: 14728008) Borquez, Alejandro Ezequiel (D.N.I: 30223135) Martínez Marin, Daniela Mariana (D.N.I: 35069500) Vijnovsky, Gabriel (D.N.I: 26194182) Ragalzi, Sandra Mariel (D.N.I: 16995256) Marelli, Carolina Lujan (D.N.I: 26718140)

Purdon, Leticia (D.N.I: 14741525) Spinelli, Graciela (D.N.I: 17125219) Puyo, Mayra Lucila (D.N.I: 31661410) Loustau, Cecilia (D.N.I: 29480001) Waimberg, Malena (D.N.I: 32268886) Garate Ferrero, Josela (D.N.I: 36259933) Lascano, Cecilia (D.N.I: 29634060) Dubois, Vanina (D.N.I: 32793226) Josiowicz, Jesica (D.N.I: 31641646) Cerminara, Priscila Ayelen (D.N.I: 34873903) Drusetich, German (D.N.I: 35255042)

Hugo Aragno Director General

Inicia: 9-10-2017 Vence: 10-10-2017

MINISTERIO DE HABITAT Y DESARROLLO HUMANO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL Comunicado Rectificatorio - Resolución Nº 253/MHYDHGC/17 Concurso Público - Expediente N° 5724995-DGSD/17

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 303

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En el marco del Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición convocado por Resolución Nº 253/MHYDHGC/2017 para cubrir el cargo de Talleristas dependiente de la Dirección General Servicios y Dependencia, Secretaría de Tercera Edad del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, el Comité de Selección comunica la nómina de postulantes Rectificatoria que integran el orden de mérito final, el que se detalla a continuación: Apellido y Nombre Documento de Identidad Apellido y Nombre Documento de Identidad Arrivillaga, Agustina (D.N.I: 31433491) Ramos, Adriana Claudia (D.N.I: 23553083) Mendez, Analía (D.N.I: 23473926) Kühnert, Nicolás Alberto (D.N.I: 28422098) Rote, María Soledad (D.N.I: 29697705) Prado, María Cecilia (D.N.I: 23643515) Seminara, Ginette (D.N.I: 35229531) Abelaira, Paula Micaela (D.N.I: 32575222) Mandaradoni, María Guadalupe (D.N.I: 29751243) Gutiérrez, María Fernanda (D.N.I: 32129248) Iervasi, Marina (D.N.I: 29543276) Carvajal, María Teresa (D.N.I: 14902079) Olguín, Jésica (D.N.I: 31626341) Negro, Alejandra Beatriz (D.N.I: 29792192) Grosso, Lidia Susana (D.N.I: 10431794) De la Reta, Adriana Beatriz (D.N.I: 17450181) Loo, Maria Andrea (D.N.I: 16475805) Vidal, Fabiana Beatriz (D.N.I: 21142954) Fernández, María Macarena (D.N.I: 34027668) Marcus, Carolina (D.N.I: 27859866) Torrez, Eliana (D.N.I: 31415425) Martínez, Ruiz Federico (D.N.I: 31469210) Paredes, Carlos (D.N.I: 25682050) Álvarez, Natalia (D.N.I: 26971468) Álvarez Iturain, Analía Roxana (D.N.I: 29703648) Barilari, María (D.N.I: 20606519) Borquez, Alejandro Ezequiel (D.N.I: 30223135) Martínez Marin, Daniela Mariana (D.N.I: 35069500) Vijnovsky, Gabriel (D.N.I: 26194182) Ragalzi, Sandra Mariel (D.N.I: 16995256) Marelli, Carolina Lujan (D.N.I: 26718140) Purdon, Leticia (D.N.I: 14741525)

Spinelli, Graciela (D.N.I: 17125219) Puyo, Mayra Lucila (D.N.I: 31661410) Loustau, Cecilia (D.N.I: 29480001) Waimberg, Malena (D.N.I: 32268886) Garate Ferrero, Josela (D.N.I: 36259933) Lascano, Cecilia (D.N.I: 29634060) Dubois, Vanina (D.N.I: 32793226) Josiowicz, Jesica (D.N.I: 31641646) Cerminara, Priscila Ayelen (D.N.I: 34873903) Drusetich, German (D.N.I: 35255042)

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Inicia: 9-10-2017 Vence: 10-10-2017

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 305

Hugo Aragno Director General

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Licitaciones Jefatura de Gabinete de Ministros

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y URBANA Obra Centro Barrial, Barrio 31, Retiro, Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Licitación Pública N° 1405-SIGAF/17 E.E. N° 9.843.145-MGEYA-DGOPDU/17 Se llama a Licitación Pública N°1405-SIGAF/17 cuya apertura se realizará el día 11 de octubre de 2017 a las 16 horas, para la contratación de la "OBRA CENTRO BARRIAL, BARRIO 31, RETIRO, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES", al amparo de lo establecido en la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, los Decretos N° 1.254-GCABA/08 y Nº 203-GCABA/16, con un Presupuesto Oficial estimado de Pesos diecisiete millones ($ 17.000.000.-). Autorizante: Resolución N° 142-SSIVCG/17. Repartición Destinataria: Secretaría de Integración Social y Urbana. Adquisición y Consulta de Pliegos: sede de la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Secretaría de Integración Social y Urbana, sita en calle Av. Martín García 346 Piso 4°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de 10:00 a 15:00 hs. Los pliegos se entregaran en formato digital. Valor del Pliego: sin valor comercial Visita a Obra: se establece la Visita a Obra para el día 04 de octubre de 2017 a las 10 horas, debiendo concurrir los interesados a la calle Gendarmería Nacional y Calle 4 - Retiro - Oficina Portal de la Secretaría de Integración Social y Urbana. Lugar de Presentación de las Ofertas: en la sede de la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Secretaría de Integración Social y Urbana, sita en calle Av. Martín García 346 Piso 4°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado y hasta el horario indicado para la apertura de ofertas. Fecha y hora de Apertura: 11 de octubre de 2017 a las 16:00 horas. Lugar de Apertura: sede de la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Secretaría de Integración Social y Urbana, sita en calle Av. Martín García 346 Piso 4°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Plazo de Ejecución de la Obra: nueve (09) meses, contados a partir de la fecha de suscripción de la respectiva Contrata.

Diego Fernández Secretario

Inicia: 3-10-2017 Vence: 10-10-2017

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JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y URBANA-DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS E INFRAESTRUCTURA Proyecto de Transformación Urbana del Área Metropolitana de Buenos Aires - Licitación Pública Nacional N° 1412/SIGAF/2017 País: República Argentina Proyecto: Proyecto de Transformación Urbana del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA). Préstamo Nº: BIRF 8706-AR. Solicitud de Ofertas - Enfoque Nacional Nº: 1412-SIGAF/2017. Título del Contrato: Infraestructura de Media Tensión en el Marco de la Integración Social y Urbana de la Villa 31 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA). Referencia Nº: AR-UFOMC-28520-CW-RFB. El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha solicitado del Banco Mundial, financiamiento para sufragar el costo del "Proyecto de Transformación Urbana del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA)" y se propone destinar parte de los fondos a la cancelación de pagos previstos en el contrato de "Infraestructura de Media Tensión en el Marco de la Integración Social y Urbana de la Villa 31 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA)". El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través de la Secretaría de Integración Social y Urbana (SECISYU), invita ahora a los Licitantes elegibles a presentar ofertas cerradas por las obras comprendidas por la construcción de la "Infraestructura de Media Tensión", cuya finalidad será el reemplazo de la provisión actual del Barrio 31 Carlos Mugica (conocido como Villa 31 y 31 bis), Retiro, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La infraestructura será desarrollada en etapas, a saber: Etapa 1: Se desarrollará en el área de EDENOR. El sector se denomina "Containera" donde actualmente se construyen edificios con viviendas de distintas etapass. En estas nuevas construcciones se incluirán las 4 (cuatro) Cámaras Transformadoras (CT). Etapa 2 de acuerdo a lo indicado en el plano de Etapas. Estos CT conformarán un anillo de MT, que serán vinculados en el futuro al anillo del Barrio Carlos Mugica. : Abarca una nueva urbanización en el proyecto, que se desarrolla en el área de concesión de EDENOR. El sector se denomina "Barrio YPF . Abarca 13 (trece) Cámaras Transformadoras Etapa 3: La ETAPA 3 abarca tres fracciones y su denominación son: A) CT YPF 14: consiste en la puesta en servicio del CT YPF 14. Este CT será utilizado para reemplazar el CT 777570 (no figura en plano) en el interior del Barrio Carlos Mugica. y se conectará desde la CT del Galpón vecino, en el área de EDENOR.

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 307

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B) GALPÓN CT B31 20 - CALLE TERMINAL CT B31 22: Abarca los CT correspondientes a la línea de Edesur: el CT B31 20 y el área de la nueva calle lindante a la terminal de Retiro que incluirá un nuevo CT. Este tramo además servirá para vincular el CT 76702 con la otra red existente del barrio y así aumentar su confiabilidad. C)Esta etapa es la correspondiente a los CT B31 1 y B31 2 que serán vinculados con la red de MT de la Etapa 1, pertenecientes al área de concesión de EDENOR. Etapa 4: Esta etapa incluirá todas las obras restantes para completar el MP, a ejecutar en la periferia del Barrio Carlos Mugica. Esta red conformará un anillo de MT que se vinculará con lo ejecutado en la ETAPA 1. Se cerrará un anillo de MT en sí mismo. El Plazo total de Obra es de 382 días corridos a partir de la firma del Acta de Inicio. El Plan de trabajos a presentar por los Oferentes debe tener en cuenta no solo las Etapas descriptas sino comenzar los trabajos desde los CT Existentes energizados. Se realizarán Recepciones Parciales Provisorias a convenir con la Gerencia de Proyecto No se aplicará un margen de preferencia nacional. La contratación se realizará mediante convocatoria pública nacional utilizando la Solicitud de Ofertas (SDO) que se especifique en las "Regulaciones de Adquisiciones para Prestatarios: Las Adquisiciones en el Financiamiento de Proyectos de Inversión del Banco Mundial", Julio 2016, y está abierta a todos los Licitantes, como se define en las Regulaciones de Adquisiciones. Los licitantes elegibles interesados pueden pedir más información y revisar el Documento de Licitación en las oficinas de la Secretaría de Integración Social y Urbana del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en el sitio web indicado al final del presente anuncio. Los Licitantes elegibles interesados pueden solicitar el Documento de Licitación en Español, previa presentación de una solicitud por escrito en el domicilio consignado más abajo. Las ofertas se deben enviar al domicilio consignado más abajo, a más tardar a las 11:00 hs. del día 10 de noviembre de 2017. No se permitirá presentar ofertas en forma electrónica. No se aceptarán ofertas tardías. Las ofertas se abrirán públicamente, en presencia de los representantes designados por los Licitantes y de cualquier persona que decida asistir, en el domicilio consignado más abajo, a las 12:00 hs. del día 10 de noviembre de 2017. Todas las Ofertas deben ir acompañadas de una El Licitante deberá incluir con su oferta una Garantía de Seriedad de la Oferta (Póliza de Seguro de Caución) que figura en la Sección IV Formularios de Licitación. La Garantía de Seriedad de la Oferta deberá ser por la suma de: Pesos Argentinos quinientos mil (AR$ 500.000) y deberá ser válida por un período de veintiocho (28) días posteriores a la fecha límite de validez de la Oferta, o de cualquier período de prórroga, si ésta se hubiera solicitado. Las cláusulas de la Póliza de Seguro de Caución, no se deberán oponer a las normas que rigen esta Licitación y deberá constituirse el fiador como deudor liso, llano y principal pagador, con renuncia expresa a los beneficios de excusión y división, y extendida de acuerdo a las normas de la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) de la Argentina. La Compañía Aseguradora que emita la Póliza de Seguro de Caución deberá contar con la autorización para operar de la Superintendencia de

Seguros de la Nación (SSN) de la Argentina. En todos los seguros, la o las Compañías Aseguradoras no podrán dejar sin efecto la vigencia de las pólizas, sin comunicar al Contratante esta circunstancia con una antelación no menor de 15 días, a contar desde la fecha de notificación fehaciente. El domicilio mencionado más arriba es:

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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires / Jefatura de Gabinete de Ministros / Secretaría de Integración Social y Urbana / Dirección General de Obras e Infraestructura. Atención: Arq. Luis Gradin. Dirección: Av. Martín García 346. Piso/Oficina: 4to. Piso. Ciudad: Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Código postal: C1165ABP. Días y horario de atención: Lunes a Viernes de 10:00 hs. a 16:00 hs. País: Argentina. Teléfono: 54 11 6573-0898. Correo electrónico: [email protected] Sitio web: http://www.buenosaires.gob.ar/hacienda/compras/contrataciones-consultas

Diego Fernández Secretario

Inicia: 06-10-2017 Vence: 31-10-2017

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y URBANA - DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS E INFRAESTRUCTURA Proyecto de Transformación Urbana del Área Metropolitana de Buenos Aires - Licitación Pública Nacional N°1414-SIGAF/17 País: República Argentina Proyecto: Proyecto de Transformación Urbana del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA). Préstamo Nº: BIRF 8706-AR. Solicitud de Ofertas - Enfoque Nacional Nº: 1414-SIGAF/2017. Título del Contrato: Sectores de Renovación de la Infraestructura en el Barrio 31 Carlos Mugica, Retiro, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Referencia Nº: AR-UFOMC-10277-CW-RFB. El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha solicitado del Banco Mundial, financiamiento para sufragar el costo del "Proyecto de Transformación Urbana del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA)" y se propone destinar parte de los fondos a la cancelación de pagos previstos en el contrato de "Sectores de Renovación de la Infraestructura en el Barrio 31 Carlos Mugica, Retiro, Ciudad Autónoma de Buenos Aires".

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El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través de la Secretaría de Integración Social y Urbana (SECISYU), invita ahora a los Licitantes elegibles a presentar ofertas cerradas por Las Obras referenciadas que consisten en la renovación y construcción de la infraestructura de redes colectoras de cloaca, redes distribuidoras de agua, redes y sumideros pluviales en el Barrio 31 Carlos Mugica (conocido como Villa 31 y 31 bis), Retiro, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como así también de obras de renovación a nivel de superficie como pavimentos de hormigón, veredas de pavimento intertrabado, canteros para parquización y alumbrado público. Mayor detalle sobre las características de las obras se presentan en la Sección VII, Requisitos de las Obras, del Documento de Licitación. El plazo previsto de ejecución de la obra será de 427 días. No se aplicará un margen de preferencia nacional. La contratación se realizará mediante convocatoria pública nacional utilizando la Solicitud de Ofertas (SDO) que se especifique en las "Regulaciones de Adquisiciones para Prestatarios: Las Adquisiciones en el Financiamiento de Proyectos de Inversión del Banco Mundial", Julio 2016, y está abierta a todos los Licitantes, como se define en las Regulaciones de Adquisiciones. Los licitantes elegibles interesados pueden pedir más información y revisar el Documento de Licitación en las oficinas de la Secretaría de Integración Social y Urbana del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en el sitio web indicado al final del presente anuncio. Los Licitantes elegibles interesados pueden solicitar el Documento de Licitación en Español, previa presentación de una solicitud por escrito en el domicilio consignado más abajo. Las ofertas se deben enviar al domicilio consignado más abajo, a más tardar a las 11:00 hs. del día 13 de noviembre de 2017. No se permitirá presentar ofertas en forma electrónica. No se aceptarán ofertas tardías. Las ofertas se abrirán públicamente, en presencia de los representantes designados por los Licitantes y de cualquier persona que decida asistir, en el domicilio consignado más abajo, a las 12:00 hs. del día 13 de noviembre de 2017 Todas las Ofertas deben ir acompañadas de una Garantía de Seriedad de la Oferta (Póliza de Seguro de Caución) por la suma de Pesos Argentinos Dos Millones Doscientos Mil ($ 2.200.000). El domicilio mencionado más arriba es:. Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires / Jefatura de Gabinete de Ministros / Secretaría de Integración Social y Urbana / Dirección General de Obras Proyecto y Diseño Urbano. Atención: Arq. Luis Gradin. Dirección: Av. Martín García 346. Piso/Oficina: 4to. Piso. Ciudad: Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Código postal: C1165ABP. Días y horario de atención: Lunes a Viernes de 10:00 hs. a 16:00 hs. País: Argentina. Teléfono: 54 11 5030-9400. Interno 4516 Correo electrónico: [email protected] Sitio web: http://www.buenosaires.gob.ar/hacienda/compras/contrataciones-consultas

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Diego Fernández Secretario

Inicia: 6-10-2017 Vence: 31-10-2017 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y URBANA Circular Nº 3 con Consulta - Infraestructura troncal, barrio Retiro - Licitación Pública Nº 1336 /SIGAF/2017 E.E. N° 19.247.530-MGEYA-DGOPDU/2017 Licitación Pública Nº 1336 /SIGAF/2017 Objeto: “Infraestructura troncal de calles Carlos H. Perette, feria y terminal de ómnibus, barrio Retiro, Ciudad Autónoma de Buenos Aires” PREGUNTA N°1: Solicitamos tenga a bien suministrarnos la siguiente información complementaria: Detalle de la Cámara de conexión de cloacas. RESPUESTA: Se hace saber que se encuentra en el plano tipo AySA C - 04 - 1 de la página n° 59 del documento licitatorio PLANO-2017-19248941-DGOPDU aprobado por Resolución N° 265/SECISYU/2017. PREGUNTA N°2: Solicitamos tenga a bien suministrarnos la siguiente información complementaria: Estudios de suelos que dispongan de la zona de implantación de las obras. RESPUESTA: Conforme los términos de los Pliegos Licitatorios aprobados por Resolución N°265/SECISYU/2017 queda a cargo del adjudicatario la realización del estudio de suelo pertinente. PREGUNTA N°3: Solicitamos tenga a bien suministrarnos la siguiente información complementaria: Formato de los análisis de precios a ser presentados en la licitación. RESPUESTA: El análisis de precios no cuenta con un formato modelo, sin perjuicio de ello deberá cumplir con la información solicitada en el punto 2.1.3.2 del Pliego de Condiciones Particulares correspondiente a la presente licitación. PREGUNTA N° 4: Se observa que es necesario contar con un espacio para acopio del material de excavación, que luego se usara para relleno. Solicitamos se detalle la ubicación y espacio disponible que se podrá destinar para este acopio de materiales arriba mencionado y para el obrador. RESPUESTA: Se hace saber que dicha información se encuentra en los artículos n° 1.2.4 y 2.5.2.3 del Pliego de Especificaciones Técnicas correspondiente a la presente licitación. PREGUNTA N°5: ¿Qué rigidez nominal debe considerarse para las tuberías cloacales de PRFV DN800 mm PN 10, SN 5.000 o SN 10.000?

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RESPUESTA: La rigidez nominal para los tubos DN 800 PN 10 será SN 10000.

Diego H. Fernández Secretario

Inicia: 6-10-2017 Vence: 6-10-2017

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTRO SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y URBANA Postergación - Licitación Pública N° 1332-SIGAF/17 E.E. Nº 18927447-2017-MGEYA-DGMV Licitación Pública Nº 1332-SIGAF/17 Ejecución, rehabilitación y mantenimiento de fachadas, medianeras y cubiertas del Barrio 31 de la Ciudad de Buenos Aires, Sector 1: "Feria Güemes" y Sector 2: "Paseo Comercial - Licitación Pública N° 1332-SIGAF/17. Postergación - Resolución N° 308-SECISYU/17 de fecha 9 de octubre de 2017 Nueva fecha de apertura: 19 de octubre de 2017 a las 12 horas.

Diego H. Fernández Secretario

Inicia: 10-10-2017 Vence: 11-10-2017

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Jefatura de Gabinete de Ministros

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y URBANA Programa de Integración Urbana y Equidad Educativa en el Barrio 31 y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - AR-L1260. - Licitación Pública Internacional N°: 1304/SIGAF/2017 Contrato de Préstamo BID en trámite Construcción del Polo Educativo María Elena Walsh - Etapa 1 Licitación Pública Internacional N°: 1304/SIGAF/2017 Circular Aclaratoria Nº 1 Al día 6 del mes de Septiembre de 2017 y en función a las consultas formuladas por posibles oferentes y de conformidad a la IAL 7.1 del Documento de Licitación, se emite la presente circular aclaratoria Nº 1 con consulta. Consulta Nº 1 Consulta: por medio de la presente solicitamos por favor, enviar en un archivo Excel la planilla de cotización. Respuesta: se informa que se podrá obtener un CD con esta información retirándolo por las oficinas de la Secretaría de Integración Social Urbana - Unidad Operativa de Adquisiciones, situada en Av. Martín García N° 346, Piso 4to, CABA, en el horario de 10 a 16 hs. Asimismo, se informa que la mencionada planilla también podrá ser solicitada al siguiente correo electrónico [email protected] Número: PLIEG-2017-21096213-SECISYU

Diego Fernández

Secretario Inicia: 15-9-2017 Vence: 17-10-2017

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y URBANA Circular sin consulta - Licitación Pública Internacional N°: 1304/SIGAF/2017 Programa de Integración Urbana y Equidad Educativa en el Barrio 31 y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - AR-L1260. Contrato de Préstamo BID en trámite Construcción del Polo Educativo María Elena Walsh - Etapa 1 Circular Modificatoria Nº 1 De conformidad a la cláusula IAL 8 - Modificación del Documento Licitación, del Pliego Licitatorio, se emite la presente circular que modifica el plazo para la presentación y apertura de las Ofertas. En este sentido: Sección II - Datos de la Licitación - Apartado D- Presentación y Apertura de las ofertas - Instrucciones a los Oferentes Clausula 22.1; Donde dice:

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IAO 22.1 Dirección del Contratante para fines de presentación de las Ofertas únicamente: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires/Jefatura de Gabinete de Ministros / Secretaría de Integración Social y Urbana/Dirección General de Obras e Infraestructura. Atención: Arq. Luis Gradín. Dirección: Av. Martín García 346. Piso/Oficina: 4to. Piso. Ciudad: Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Código postal: C1165ABP País: Argentina Teléfono: :5411 5030 9400 interno 4516 Correo electrónico: [email protected] Plazo para la presentación de Ofertas: Fecha: 16 DE OCTUBRE DE 2017. Hora: 11.00 HORAS Los Licitantes NO tendrán la opción de presentar Ofertas de manera electrónica. Debe decir: IAO 22.1 Dirección del Contratante para fines de presentación de las Ofertas únicamente: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires / Jefatura de Gabinete de Ministros / Secretaría de Integración Social y Urbana / Dirección General de Obras e Infraestructura. Atención: Arq. Luis Gradín. Dirección: Av. Martín García 346. Piso/Oficina: 4to. Piso. Ciudad: Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Código postal: C1165ABP. País: Argentina. Teléfono:5411 5030 9400 interno 4516 Correo electrónico: [email protected] Plazo para la presentación de Ofertas: Fecha: 17 DE OCTUBRE DE 2017. Hora: 11.00 HORAS Los Licitantes NO tendrán la opción de presentar Ofertas de manera electrónica. Sección II - Datos de la Licitación - Apartado D- Presentación y Apertura de las ofertas - Instrucciones a los Oferentes Clausula 25.1; Donde dice: IAO 25.1 Lugar donde se realizará la apertura de las Ofertas será en: Oficinas de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Lugar: Oficinas Palacio Lezama. Dirección: Av. Martín García 346. Piso/Oficina: 4to. Piso. Ciudad: Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Código postal: C1165ABP. País: Argentina. Fecha: 16 DE OCTUBRE DE 2017. Hora: 12.00 HORAS Debe decir: IAO 25.1 Lugar donde se realizará la apertura de las Ofertas será en:

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Oficinas de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Lugar: Oficinas Palacio Lezama. Dirección: Av. Martín García 346. Piso/Oficina: 4to. Piso. Ciudad: Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Código postal: C1165ABP. País: Argentina. Fecha: 17 DE OCTUBRE DE 2017. Hora: 12.00 HORAS El resto del Documento de Licitación se mantiene sin modificaciones.

Diego Fernández Secretario

Inicia: 7-9-2017 Vence: 17-10-2017

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Ministerio de Justicia y Seguridad

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DIRECCIÓN GENERAL ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES DE SEGURIDAD Contratación para el desarrollo de modelos de despliegue territorial con base matemática y de investigación operativa - Licitación Pública de Etapa Única BAC Nº 2900-1447-LPU17 EX-2017-22425921-DGAYCS. Llámase a Licitación Pública de Etapa Única BAC Nº 2900-1447-LPU17 cuya apertura se realizará el día 17 de octubre de 2017 a las 10 horas, para la contratación para el desarrollo de modelos de despliegue territorial con base matemática y de investigación operativa. Valor del pliego: Sin costo. Autorizante: Resolución Nº 58/SSAGARHS/17. Repartición destinataria: Dirección General Adquisiciones y Contrataciones de Seguridad. Adquisición y consulta de pliegos: www.buenosairescompras.gob.ar Lugar de apertura: www.buenosairescompras.gob.ar

Natalia Tanno Directora General

Inicia: 10-10-2017 Vence: 11-10-2017

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Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA CONTABLE Y PRESUPUESTO Obra Construcción de un nuevo pabellón para el traslado servicio de urgencias y otros en el Hospital General de Agudos Bernardino Rivadavia - Licitación Pública Nº 1379/SIGAF/17 E.E. Nº 19.461.377/MGEYA-DGRFISS/17 Se llama a Licitación Pública Nº 1379/SIGAF/2017- Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y Decreto Nº 1.254/08, para la contratación de la obra "CONSTRUCCIÓN DE UN NUEVO PABELLÓN PARA EL TRASLADO SERVICIO DE URGENCIAS Y OTROS EN EL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS BERNARDINO RIVADAVIA", sito en la Av. Gral. Las Heras 2670 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo la provisión de materiales, equipos y mano de obra especializada. Autorizante: Resolución Nº 2106-MSGC/17 Sistema de Contratación: Ajuste alzado. Presupuesto Oficial: $ 102.956.624,30.- Plazo de Ejecución: novecientos (900) días corridos Fecha de Apertura: 1 de noviembre de 2017 a las 11:00 horas. Monto Garantía de Oferta: $ 1.029.566,24 Visita Lugar de Obra: El 17 de octubre de 2017 a las 11:00 en el Hospital General de Agudos Bernardino Rivadavia, sito en la calle Av. Gral. Las Heras 2670 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Lugar de Encuentro: oficina de la Dirección del Hospital Consultas Técnicas: Deberán presentarse por escrito en el Ministerio de Salud - Gerencia Operativa Compras y Contrataciones - C. Pellegrini Nº 313 Piso 4º C.A.B.A., de lunes a viernes de 9 a 16 hs., hasta el día 20 de octubre de 2017. Retiro y consultas de pliegos: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones - Carlos Pellegrini 313 4º piso, C.A.B.A de lunes a viernes de 9 a 16 hs. o en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: www.buenosaires.gob.ar - Hacienda - Compras y Contrataciones - Consulta de Compras y Contrataciones. Lugar de apertura: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones - Carlos Pellegrini 313, 4º piso, C.A.B.A. Repartición Destinataria: Hospital General de Agudos Bernardino Rivadavia - Ministerio de Salud - GCBA. Valor del Pliego: los pliegos se suministran en forma gratuita.

Emilse Filippo Directora General

Inicia: 25-9-2017 Vence: 13-10-2017

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MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS “DR. PEDRO DE ELIZALDE” Adquisición de insumos varios cirugía cardiovascular - Licitación Pública BAC N° 417-1458-LPU17 Expediente Nº 22703120- 2017 Llámase a la Licitación Pública BAC N° 417-1458-LPU17, cuya apertura se realizará el día 19/10/17 a las 10 hs., para la adquisición de insumos varios cirugía cardiovascular. Autorizante: DI-2017-522-HGNPE Valor del pliego: Gratuito Adquisición y consultas de pliegos: portal www.buenosairescompras.gob.ar y en la página Web del GCBA Lugar de apertura: portal BAC, Of. de compras, Hospital Gral. de Niños “Dr. Pedro de Elizalde”, Av. Montes de Oca 40 (entrepiso) Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Buenos Aires Compras)

Ángel Bonina Subdirector Médico

Marcelo Fakih

Gerente Operativo de Gestión Administrativa, Económico Financiera

Inicia: 10-10-2017 Vence: 11-10-2017

MINISTERIO SALUD INSTITUTO DE ZOONOSIS “DR. LUIS PASTEUR” Adquisición de máquina cortadora de pelo - Licitación Pública BAC Nº 445-1463-LPU17 E.E. Nº 22744279-MGEYA-IZLP/2017 Se llama a Licitación Pública BAC Nº 445-1463-LPU17, cuya apertura se realizara el día 13/10/17 a las 8 hs., para la adquisición de máquina cortadora de pelo para animales. Autorizante: Disposición Nº 2017-137-IZLP. Valor del pliego: sin cargo Consultas de pliegos: Los pliegos de bases y condiciones se encuentran a disposición de los interesados para su consulta y adquisición en el sitio buenos Aires Compras: www.buenosairescompras.gob.ar. Asimismo, se encuentran publicados en la página Web del GCBA. Lugar de apertura: Se realizara a través del sistema BAC Buenos Aires Compras.

Oscar E. Lencinas Director

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Inicia: 10-10-2017 Vence: 10-10-2017

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MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL MATERNO INFANTIL “RAMÓN SARDÁ” Rectificación de Preadjudicacion - Licitación Pública BAC N° 435-1202-LPU17 Expediente N° 18593308/MGEYA/17 Licitación Pública BAC N° 435-1202-LPU17 Rubro comercial: Salud. Objeto de la contratación: adquisición de insumos descartables y útiles menores médicos para el Servicio de Farmacia Firmas preadjudicadas: Drogueria Martorani S.A. Renglón 1: cantidad 120 unidades - precio unitario: $ 53,77- precio total: $ 6.452,40 Juan Ernesto Ibarra Renglón 2: cantidad 100 unidades - precio unitario: $ 68,00- precio total: $ 6.800,00 Ceos Médica S.A. Renglón 3: cantidad 1000 unidades - precio unitario: $ 55,29- precio total: $ 55.290,00 Renglón 17: cantidad 600 unidades - precio unitario: $ 71,88- precio total: $ 43.128,00 Drogueria Farmatec S.A. Renglón 4: cantidad 18000 unidades - precio unitario: $ 0,10- precio total: $ 1.800,00 Renglón 15: cantidad 10000.unidades - precio unitario: $ 3,54- precio total: $ 35.400,00 Argentina Medical Products S.R.L. Renglón 5: cantidad 300 unidades - precio unitario: $ 155,00- precio total: $ 46.500,00 Fabrica Argentina De Papeles Termosensibles S.R.L. Renglón 6: cantidad 60 unidades - precio unitario: $ 19,36- precio total: $ 1.161,60 Renglón 7: cantidad 300 unidades - precio unitario: $ 39,93- precio total: $ 11.979,00 Becton Dickinson Argentina S.R.L. Renglón 8: cantidad 40000 unidades - precio unitario: $ 1,49- precio total: $ 59.600,00 Ernesto Van Rossum y Compañía S.R.L. Renglón 9: cantidad 10000 unidades - precio unitario: $ 0,71- precio total: $ 7.100,00 Drogueria Artigas S.A. Renglón 10: cantidad 800 unidades - precio unitario: $ 150,00- precio total: $ 120.000,00 Vicmor SR.L. Renglón 11: cantidad 60 unidades - precio unitario: $ 278,30- precio total: $ 16.698,00 Renglón 12: cantidad 120 unidades - precio unitario: $ 278,30- precio total: $ 33.396,00 Ceemed S.A. Renglón 13: cantidad 1000 unidades - precio unitario: $ 21,17- precio total: $ 21.170,00

Renglón 14: cantidad 2000 unidades - precio unitario: $ 21,17- precio total: $ 42.340,00 Adox S.A. Renglón 16: cantidad 900 unidades - precio unitario: $ 48,40- precio total: $ 43.560,00

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Legal: LEY 2095 Art. 108 Total preadjudicado: Pesos quinientos cincuenta y dos mil trescientos setenta y cinco ($ 552.375,00) Fundamento de la preadjudicación: Eduardo Comuzzi ,Dra. Briozzo Graciela, Dr. Morales Marcos. Vencimiento validez de oferta: 28/11/17

Rubén Almada Subdirector Médico

Diego A. Rizzo

Gerente Operativo de Gestión Administrativa, Económica y Financiera

Inicia: 10-10-2017 Vence: 10-10-2017

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DONACIÓN SANTOJANNI Preadjudicación - Adquisición de medicación - Licitación Pública Nº 434-947-LPU17 Expediente N° 14.722.782/MGEYA/17 Dictamen de Evaluación Nº 947/2017 Servicio: Farmacia Objeto de la Contratación: Adquisición de medicación. Proveedor: FARMED S.A. Renglón: 02- Cantidad: 1200 UNIDAD - Precio unitario: $ 64,00.- - Precio Total: $ 76.800,00.- Vencimiento de las ofertas: 16/10/2017 Monto total preadjudicado: $ 76.800,00.- Consultas: PORTAL BAC- https://www.buenosairescompras.gov.ar/

Federico Charabora Director Medico

Inicia: 10-10-2017 Vence: 10-10-2017

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL INFANTO JUVENIL "DRA. CAROLINA TOBAR GARCÍA" Preadjudicación - Licitación Pública BAC Nº 437-1293-LPU17 Expediente Electrónico N° 2017-19.923.680-MGEYA-HIJCTG Licitación Pública BAC Nº 437-1293-LPU17 Dictamen de Evaluación de Ofertas: De fecha 09 de octubre de 2017 Clase: etapa única Rubro comercial: Insumos para Laboratorio

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Objeto de la contratación: Adquisición de Hemogramas con equipo en comodato Firmas Preadjudicadas Gematec S.R.L. Renglón Nº 1- cantidad: 3000 u.- precio unit.: $ 45,00.- precio total: $ 135.000,00. Oferta Desestimada: Aadee S.A. - No presenta ANEXO Formulario Certificado de visita. El servicio interviniente confirma que el proveedor no efectuó la visita técnica, según Acta de Asesoramiento Nº 16/TG/2017. Monto Total Preadjudicado: Pesos ciento treinta y cinco mil.- ( $ 135.000,00.-) Fundamento de la Preadjudicación: Soledad Silvina Acosta, Alan Stanzu, Juan Manuel Gago. Vencimiento Validez de Oferta: 20 días hábiles, Renovables automáticamente por un plazo igual Decreto Nº 95/2014 Art. 102 Item 5 Lugar de exhibición del acta: Hospital Infanto Juvenil "Carolina Tobar Garcia" sito en Ramón Carrillo 315, UN (1) día a partir del 10/10/2017 en el Departamento de Compras y Contrataciones, el Portal Buenos Aires Compras y Pagina Web GCBA.

Guillermo F. Vega

Director

Jorge N. Coda Gerente Operativo de Gestión Administrativa,

Económica y Financiera

Inicia: 10-10-2017 Vence: 10-10-2017

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS "DR. RICARDO GUTIÉRREZ” Preadjudicación - Licitación Pública BAC Nº 420-1306-LPU17 Expediente N° 20147219/HGNRG/17 Licitación Pública BAC Nº 420-1306-LPU17 Clase: etapa única. Rubro comercial: Salud Objeto de la contratación: Adquisición de Equipos de cirugía Firma preadjudicada: Laboratorios Igaltex S.R.L. Renglón: 1 - cantidad: 250 u. - precio unitario: $ 914,14 - precio total: $ 228.535,00 Total preadjudicado: pesos doscientos veintiocho mil quinientos treinta y cinco con 00/100 ($ 228.535,00) Fundamento de la preadjudicación: Se preadjudicó de acuerdo a informe técnico, administrativo y contable, artículos 110 de la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 5.666) oferta más conveniente. Vencimiento validez de oferta: 14/12/17 Lugar de exhibición del acta: Un (1) día a partir de 10/10/17, en el sitio web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el portal de compras electrónicas B.A.C.

M. Cristina Galoppo Director Médica

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Mirta Ferrer

Gerente Operativa de Gestión Administrativa, Económica y Financiera

Inicia: 10-10-2017 Vence: 10-10-2017

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GRAL. DE NIÑOS DR. PEDRO DE ELIZALDE Preadjudicación - Adquisición de instrumental - Licitación Pública Nº 417-1331-LPU17 Expediente Nº 20.606.638/HGNPE/17 Autorizante: DI-2017-469-HGNPE Dictamen de Evaluación de Ofertas Rubro: Instrumental- Quirófano Firmas: Preadjudicadas : Reng Nº 1: Cant 1 P.Unitario $ 1468,00 Precio Total $ 1468,00 Propato Hnos S.A.I.C Reng Nº 2: Cant 1 P.Unitario $ 6193,00 Precio Total $ 6193,00 Propato Hnos S.A.I.C Reng Nº 3: Cant 1 P.Unitario $16955,00Precio Total $16955,00 Altech Med SRL Reng Nº 4: Desestimado Reng Nº 5: Cant 1 P.Unitario $ 1372,00 Precio Total $ 1372,00 Propato Hnos S.A.I.C Total: veinticinco mil novecientos ochenta y ocho ($ 25988,00) Encuadre legal: Art. 108 Ley 2.095 (texto consolidado por la ley 5666) Observaciones: se preadjudicó según informe Técnico

Ángel Bonina Sub Director Médico

Marcelo Fakih

Gerente Operativo de Gestión Administrativa, Económica y Financiera

Inicia: 9-10-2017 Vence:10-10-2017

MINISTERIO DE SALUD INSTITUTO DE REHABILITACIÓN PSICOFÍSICA Preadjudicación - Licitación Pública BAC Nº 446-1363-LPU17 EX-2017-21042577-MGEYA-IRPS. Licitación Pública BAC Nº 446-1363-LPU17. Dictamen de Preadjudicación de Ofertas BAC de fecha 9 de octubre de 2017. Rubro comercial: Salud. Objeto de la contratación: Adquisición de una silla de ruedas con destino al paciente

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Catán Sergio. Firma preadjudicada: Ortopedia RP S.R.L. Renglón: 1 - cantidad: 1 unid. - precio unitario: $48.000,00 - precio total: $48.000,00 Total preadjudicado: pesos cuarenta y ocho mil ($48.000,00). Fundamento de la preadjudicación: según Art. 110 de la Ley 2095 (texto consolidado por la Ley 5666) y el Decreto 326/17. Dra. Graciela Amalfi, Sra. Mirta Liliana Ballatore, Sra. Jesica Pavesse. Lugar de exhibición del acta: A través del sistema electrónico Buenos Aires Compras. www.buenosairescompras.gob.ar

Silvina Ajolfi Directora Médica a/c

Damián L. Gabás

Gerente Operativo de Gestión Administrativa, Económica y Financiera

Inicia: 10-10-2017 Vence: 10-10-2017

MINISTERIO DE SALUD INSTITUTO DE REHABILITACIÓN PSICOFÍSICA Preadjudicación - Licitación Pública BAC Nº 446-1397-LPU17 Exp N° -2017-21479444-MGEYA-IRPS. Licitación Pública BAC Nº 446-1397-LPU17. Dictamen de Pre Adjudicación de Ofertas BAC de fecha 9 de octubre de 2017 Rubro Comercial: Salud. Objeto de la contratación: Servicio de monitoreo con potenciales evocados. Firma preadjudicada: Rosa Cristina Guma Renglón:1 - cantidad: 20 unid. - precio unitario: $10.000,00 - precio total: $ 200.000,00 Total preadjudicado: Pesos doscientos mil ($200.000,00). Fundamento de la preadjudicación: según Art. 110 de la Ley 2095 (texto consolidado por la Ley 5666) y el Decreto 326/17. Dra. Graciela Amalfi, Sra. Mirta Liliana Ballatore, Sra. Jesica Pavesse. Lugar de exhibición del acta: A través del sistema electrónico Buenos Aires Compras. www.buenosairescompras.gob.ar

Silvina Ajolfi Directora Medica a/c

Damián L. Gabás

Gerente Operativo de Gestión Administrativa, Económica y Financiera.

Inicia: 10-10-2017 Vence: 10-10-2017

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 323

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Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL DE GASTROENTEROLOGÍA "DR. CARLOS BONORINO UDAONDO" Adquisición de Insumos Hemoterapia - Licitación Privada BAC Nº 439-0062-LPR17 EX-2017-20158644-MGEyA-HBU Llámese a Licitación Privada BAC Nº 439-0062-LPR17 Ley N° 2095, art 31, cuya apertura se realizará el día 17 de octubre de 2017 a las 11 hs., para la adquisición de Insumos Hemoterapia. Valor del pliego: sin valor. Autorizante: DI-2017-224-HBU Repartición destinataria: Hospital de Gastroenterología "Dr. C. Bonorino Udaondo" Fecha de impugnación: 11/10/17, a las 11 horas. Publicación del proceso de compra en: Sitio Web BAC www.buenosairescompras.gob.ar desde el día 6/10/17, a las 11 horas. Sitio Web del G.C.B.A. Realizar el ingreso de ofertas y documentación en forma electrónica: A través del Sitio Web BAC www.buenosairescompras.gob.ar Presentación de documentación física: desde el día 9/10/17 hasta el día 13/10/17 15 hs., en División Suministros, Compras y Contrataciones 2do. Piso Pabellón "A" Av. Caseros 2061 C.A.B.A. (en caso de no poder adjuntar la documentación de forma electrónica en el BAC). Apertura: La apertura se realiza automáticamente en el sistema BAC en el día y horario indicado para la misma. TE: 4306-4641 al 49 (INT 244) - FAX: 4306-3013 [email protected]

Eduardo Sosa Director

Inicia: 10-10-2017 Vence: 10-10-2017

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 324

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Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL MATERNO INFANTIL “RAMÓN SARDÁ” Preadjudicación - Contratación Directa BAC 435-0957-CDI17 Expediente N° 2017-18237892-MGEYA-HMIRS Contratación Directa BAC 435-0957-CDI17 Rubro comercial: Salud Objeto de la contratación: Servicio de Reparación de central de monitoreo para el sector de Neonatologia Firma pre adjudicada (Art.28 Inc.5-Exlusividad): Cehtro De Servicios Hospitalarios S.A. Renglón 1: cantidad 1 Unidad. - precio unitario: $ 11.042,00 - precio total: $ 11.042,00 Legal: LEY 2095 ART.109. Total pre adjudicado: PESOS once mil cuarenta y dos ($ 11.042,00). Fundamento de la pre adjudicación: Eduardo Comuzzi, Dra. Briozzo Graciela, Dr. Morales Marcos. Vencimiento validez de oferta: 15/12/2017

Ruben Almada Subdirector Médico

Diego Rizzo

Gerente Operativo de Gestión Administrativa Económica y Financiera

Inicia: 10-10-2017 Vence: 10-10-2017

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL MATERNO INFANTIL “RAMÓN SARDÁ” Preadjudicación - Contratación Directa BAC N° 435-1069-CDI17 Expediente N° 2017-20624276MGEYA-HMIRS Contratación Directa BAC 435-1069-CDI17- Rubro comercial: Salud. Objeto de la contratación: Servicio de reparación de electrobisturí para el servicio de cirugía Firma pre adjudicada (Art.28 Inc.5-Exlusividad): Electrodyne S.A. Renglón 1: cantidad - 1 unidad. - precio unitario: $ 7.070,33 - precio total: $ 7.070,33. Legal: LEY 2095 ART.109. Total pre adjudicado: PESOS siete mil setenta con 33/100 ($ 7.070,33). Fundamento de la preadjudicación: Eduardo Comuzzi, Dra. Briozzo Graciela, Dr. Morales Marcos.

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 325

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Vencimiento validez de oferta: 27/12/2017

Rubén D. Almada Subdirector Médico

Diego Rizzo

Gerente Operativo de Gestión Administrativa Económica y Financiera

Inicia: 10-10-2017 Vence: 10-10-2017

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL OFTALMOLOGICO "DR.PEDRO LAGLEYZE" Adjudicación - Contratación Directa BAC Nº 421-1086-CDI17 E. E. N° 20.909.891/MGEYA-HOPL/2017 Acto Administrativo de Aprobación: Disposición Firma Conjunta, DISFC Nº 05-HOPL/2017 con fecha 29/09/2017 Contratación Directa Nº 421-1086-CDI17 Objeto de la Contratación: Adquisición de Válvulas de Ahmed, a través del sistema BAC (Buenos Aires Compras). Firma Adjudicataria: Centro Óptico Casin S.A. C.U.I.T. 30-64539856-0 Renglón 1 - Descripción: 33.04.001.0018.1 valvula de ahmed.- 5 unidades - precio $ 33.976 - total unitario $ 169.880,00.- importe $ 169.880,00. Total Adjudicado pesos ciento sesenta y nueve mil ochocientos ochenta ($ 169.880,00.-)

Fernando Scattini Director Medico

Dora B. Salinas

Gerente Operativa Gestión Administrativa Económica y Financiera

Inicia: 10-10-2017 Vence: 10-10-2017

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 326

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Ministerio de Salud

MINISTERIO SALUD INSTITUTO DE ZOONOSIS LUIS PASTEUR Adquisición de Instrumental de Laboratorio - Contratación Menor BAC Nº 445-2407-CME17 E.E. Nº 19.815.036-MGEYA-IZLP/17 Se llama a Contratación Menor BAC Nº 445-2407-CME17, cuya apertura se realizara el día 13/10/2017 a las 11:00 hs., para La Adquisición de Instrumental de Laboratorio. Autorizante: Disposición Nº 2017-130- IZLP. Valor del pliego: sin cargo Consultas de pliegos: Los pliegos de bases y condiciones se encuentran a disposición de los interesados para su consulta y adquisición en el sitio buenos Aires Compras: www.buenosairescompras.gob.ar. Asimismo, se encuentran publicados en la página Web del GCBA. Lugar de Apertura: Se realizara a través del sistema BAC Buenos Aires Compras.

Oscar E. Lencinas Director

Inicia: 10-10-2017 Vence: 10-10-2017

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL INFECCIOSAS “FRANCISCO.J. MUÑIZ” Adquisición de Reactivos - Licitación Pública BAC N° 423-2753-CME17 Expediente N° 22379273/HIFJM/2017 Llámese a Licitación Pública BAC N° 423-2753-CME17 cuya Apertura se realizará el día 19/10/2017 a las 10:00 hs., para la Adquisición de Reactivos. Autorizante: Disposición Nº 282/HIFJM/2017 Repartición destinataria: Hospital de Infecciosas Francisco Javier Muñiz, con destino a la Unidad Virología y Zoonosis. Valor del Pliego: Sin valor. Adquisición y consultas de Pliegos: www.buenosairescompras.gob.ar Lugar de Apertura: Portal BAC - sistema de compras públicas.

Cristina M. Nogueras Directora Médica

Walter H. Bertoldi

Gerente Operativo de Gestión Administrativa, Económica y Financiera

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 327

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Inicia: 10-10-2017 Vence: 10-10-2017

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. COSME ARGERICH" Provisión de insumos - Contratación Menor BAC N° 412-2776-CME17 Exp N° 22.608.311/2017 Objeto: Llámase a Contratación Menor BAC N° 412-2776-CME17, cuya apertura se realizará el día 11/10/2017, a las 09.00 hs., para la provisión de insumos (Marcapasos) Autorizante: Disposición Nº DI-2017-515-HGACA Repartición destinataria: Hospital General de Agudos Dr. Cosme Argerich. Con destino al Servicio de Farmacia. Valor del pliego: Sin valor Consultas de pliegos: www.buenosairescompras.gob.ar Lugar de apertura: www.buenosairescompras.gob.ar

Néstor Hernández

Director Médico

Inicia: 10-10-2017 Vence: 10-10-2017

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. ENRIQUE TORNÚ” Reparación microscopio - Contratación Menor BAC N° 438-2778-CME17 Expediente N° 22.611.031/17/HGAT Llamase a Contratación Menor BAC N° 438-1988-CME17, cuya apertura se realizara el día 10/08//2017, a las 11:30 horas. Autorizante: Disposición N° 374/HGAT/2017 Repartición Destinataria: Hospital Gral. De Agudos Dr. E. Tornu, con destino al Servicio de Patrimonio Valor del pliego: sin valor Consultas de pliego: www.buenosairescompras.gob.ar Lugar de apertura: www.buenosairescompras.gob.ar

Luis Castañiza Director

Javier O. Fuentes Gerente Operativo

Inicia: 6-10-2017 Vence: 10-10-2017

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 328

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MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL DE ODONTOLOGÍA “DR. JOSÉ DUEÑAS” Preadjudicación - Contratación Menor BAC Nº 415-2402-CME17 Expediente Nº 19.803.078/HMO/17 Contratación Menor BAC Nº 415-2402-CME17 Rubro: Salud Objeto de la Contratación: Instrumental Menor Firmas preadjudicadas Concepto Dental Trade S.R.L Renglón 1: cant. 20 unidades precio unitario $ 49,35 total $ 987,00 Renglón 3: cant. 60 unidades precio unitario $ 28,87 total $ 1.732,20 Renglón 4: cant. 25 unidades precio unitario $ 661,50 total $ 16.537,50 Renglón 6: cant. 10 unidades precio unitario $ 500,94 total $ 5.009,40 Renglón 10: cant. 10 unidades precio unitario $ 36,68 total $ 366,80 Renglón 11: cant. 15 unidades precio unitario $ 48,32 total $ 724,80 Renglón 12: cant. 2.000 unidades precio unitario $ 12,08 total $ 24.160,00 Renglón 13: cant. 600 unidades precio unitario $ 19,30 total $ 11.580,00 Renglón 16: cant. 15 unidades precio unitario. $ 268,15 total $ 4.022,25 Renglón 17: cant. 5 unidades precio unitario. $ 808,90 total $ 4.044,50 Renglón 19: cant. 12 unidades precio unitario $ 703,00 total $ 8.436,00 Renglón 20: cant. 12 unidades precio unitario $ 703,00 total $ 8.436,00 Renglón 21: cant. 100 unidades precio unitario $ 26,50 total $ 2.650,00 Renglón 22: cant. 90 unidades precio unitario $ 26,50 total $ 2.385,00 Visup Farm S.R.L. Renglón 5: cant. 25 unidades precio unitario $ 2.069,00 total $ 51.725,00 Renglón 7: cant. 10 unidades precio unitario $ 580,00 total $ 5.800,00 Renglón 8: cant. 2 unidades precio unitario $ 3.848,00 total $ 7.696,00 Renglón 14: cant. 10 unidades precio unitario $ 307,00 total $ 3.070,00 Renglón 15: cant. 20 unidades precio unitario $ 149,00 total $ 2.980,00 Renglón 18: cant. 200 unidades precio unitario $ 27,00 total $ 5.400,00 Renglón 23: cant. 15 Unidades precio unitario $ 167,00 total $ 2.505,00 Renglón 26: cant. 4 unidades precio unitario $ 1.156,00 total $ 4.624,00 Plus Dental S.A Renglón 25: cant. 4 unidades precio unitario $ 1.637,00 total $ 6.548,00 Encuadre Legal: Ley 2.095 (Art. 108 y 109) Total Preadjudicado: Pesos Ciento Ochenta y Un Mil Cuatrocientos Diecinueve con 45/100 ($ 181.419,45.-) Fundamento de la Preadjudicación: Según el informe de los Asesores Técnicos. Renglón Desierto: 24 Renglones Anulados: 2 y 9

Alfredo Basovich

Director Médico

Leonardo Duckardt Subgerente Operativo

Inicia: 10-10-2017 Vence: 10-10-2017

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 329

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MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. COSME ARGERICH" Preadjudicación - Contratación Menor BAC N° 412-2554-CME17 Expediente N° 2017-20849864 Contratación Menor BAC N° 412-2554-CME17 Clase: etapa única Rubro comercial: salud Objeto de la contratación: provisión de insumos (Bolso de Obito, etc.) Firma(s) Preadjudicada(s): Juan Ernesto Ibarra Renglón 1 - 100 uni - precio unitario $ 68,00 - total renglón $ 6.800,00 Total Preadjudicado: pesos seis mil ochocientos ($ 6.800,00) Renglones Desiertos: 01 Fundamento de la preadjudicación: Dr. Claudia Poma, Dra. Marta Ferraris, Lic. Lilia Vazquez Vencimiento validez de oferta: 22/11/2017 Lugar de exhibición del acta: www.buenosairescompras.gov.ar

Néstor Hernández Director

Leonardo Rodríguez Mormandi

Gerente Operativo Inicia: 9-10-2017 Vence: 10-10-2017

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. COSME ARGERICH" Adjudicación - Contratación Menor BAC N° 412-2086-CME17 Expediente N° 2017-17522120 Contratación Menor BAC N° 412-2086-CME17 Clase: etapa única Rubro comercial: Salud. Objeto de la contratación: provisión de insumos medios de contraste (Cánula, etc.) Autorizador: DISFC-2017-229-HGACA Covidien Argentina SA Renglón 1 5 UNI Precio Unitario $ 375,10 Total Renglón $ 1.875,50 Renglón 2 5 UNI Precio Unitario $ 375,10 Total Renglón $ 1.875,50 Renglón 3 144 UNI Precio Unitario $ 146,41 Total Renglón $ 21.083,04 Cirugia Argentina S.A. Renglón 4 72 UNI Precio Unitario $ 52,50 Total Renglón $ 3.780,00 Foc S.R.L. Renglón 5 144 UNI Precio Unitario $ 60,58 Total Renglón $ 8.723,52

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 330

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Ceemed S.A. Renglón 6 400 UNI Precio Unitario $ 80,71 Total Renglón $ 32.284,00 Renglón 17 1000 UNI Precio Unitario $ 20,17 Total Renglón $ 20.170,00 Renglón 18 1000 UNI Precio Unitario $ 20,17 Total Renglón $ 20.170,00 Propato Hnos. S.A.I.C. Renglón 08 06 UNI Precio Unitario $ 3.510,00 Total Renglón $ 21.060,00 Ezequiel Martin Linares Renglón 9 3000 UNI Precio Unitario $ 12,05 Total Renglón $ 36.150,00 Droguería Farmatec S.A. Renglón 10 50 UNI Precio Unitario $ 4,33 Total Renglón $ 216,50 Renglón 11 50 UNI Precio Unitario $ 4,33 Total Renglón $ 216,50 DCD Products S.R.L. Renglón 14 14 UNI Precio Unitario $ 1.331,00 Total Renglón $ 18.634,00 Renglón 15 6 UNI Precio Unitario $ 1.331,00 Total Renglón $ 7.986,00 Renglón 16 2 UNI Precio Unitario $ 1.331,00 Total Renglón $ 2.662,00 Storing Insumos Medicos S.R.L. Renglón 19 20 UNI Precio Unitario $ 162,29 Total Renglón $ 3.245,80 Renglón 20 30 UNI Precio Unitario $ 186,49 Total Renglón $ 5.594,70 Akonic S.A. Renglón 21 100 UNI Precio Unitario $ 100,00 Total Renglón $ 10.000,00 Renglón 22 15 UNI Precio Unitario $ 710,00 Total Renglón $ 10.650,00 Total adjudicado: pesos doscientos veintiséis mil trescientos setenta y siete con seis centavos ($ 226.377,06) Fundamento de la preadjudicación: Dr. Kozima Shigeru, Sra. Lilia Vazquez, Dra. Nydia Silva Vencimiento validez de oferta: 17/10/17 Lugar de exhibición del acta: www.buenosairescompras.gov.ar

Néstor Hernández

Director

Leonardo Rodríguez Mormandi Gerente Operativo

Inicia: 10-9-2017 Vence: 11-10-2017

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL INFECCIOSAS “FRANCISCO J. MUÑIZ” Adjudicación - Contratación Menor BAC N° 423-2269-CME17 E.E. N° 18.728.989/HIFJM/17 Contratación Menor BAC N° 423-2269-CME17 Disposición Aprobatoria N° 50/HIFJM/17 Clase: Etapa única. Rubro comercial: Salud Objeto de la contratación: Adquisición de Cánulas Plásticas Firma adjudicada: Dealer Médica S.R.L. Renglón1: cand: 12.000 unidades - precio unitario $ 9,68 - precio total $ 116.160,00

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 331

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Encuadre legal: art.109 de la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 5454), el Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por Decreto N° 114/GCBA/2016 y su modificatorio Decreto N° 411/GCBA/2016 Total pre adjudicado: Ciento dieciséis mil ciento sesenta ($ 116.160,00) Lugar de exhibición del acta: portal buenos aires compras

Cristina M. Nogueras Directora Médica

Walter H. Bertoldi

Gerente Operativo de Gestión Administrativa, Económica y Financiera

Inicia: 10-10-2017 Vence: 10-10-2017

MINISTERIO DE SALUD DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA, CONTABLE Y PRESUPUESTO Adjudicación - Provisión de equipamiento médico - Contratación Menor N° 401-2287-CME17 E.E. Nº 18.846.077/MGEYA-DGADCYP/17 Clase: Etapa Única Rubro Comercial: Equipos Médicos y Quirúrgicos. Objeto de la contratación: "Provisión de equipamiento médico con destino al Centro de Salud y Acción Comunitaria sito en el Edificio de la Ex Liga Israelita, dependiente del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires". Acto administrativo de adjudicación: Disposición Nº 138-DGADCYP/17 del 09 de Octubre de 2017. Firmas adjudicatarias: PLUS DENTAL S.A. (CUIT N° 30-59943873-0) Domicilio: Marcelo T. Alvear 1962, CABA. Reglón 1. Cantidad 1. Precio unitario $ 33.000.- Precio total $ 33.000.- Reglón 5. Cantidad 1. Precio unitario $ 12.069.- Precio total $ 12.069.- Reglón 10. Cantidad 2. Precio unitario $ 166.050.- Precio total $ 332.100.- Monto total: $ 377.169.- INSTRUEQUIPOS S.A. (CUIT N° 33-56829370-9) Domicilio: Iguazú 218, CABA. Renglón 2. Cantidad 2. Precio unitario $ 7.042.- Precio total $ 14.084.- Reglón 3. Cantidad 1. Precio unitario $ 35.727.- Precio total $ 35.727.- Reglón 4. Cantidad 2. Precio unitario $ 4.146.- Precio total $ 8.292.- Reglón 8. Cantidad 2. Precio unitario $ 1.368.- Precio total $ 2.736.- Monto total: $ 60.839.- Monto total adjudicado: pesos cuatrocientos treinta y ocho mil ocho ($ 438.008.-).

Emilse Filippo Directora General

Inicia: 10-10-2017 Vence: 10-10-2017

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Ministerio de Educación

MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS GERENCIA OPERATIVA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES Adjudicación - Contratación Menor BAC Nº 550-2311-CME17 EX-2017-16165060- MGEYA-UEICEE Apruébase la Contratación Menor BAC Nº 550-2311-CME17 al amparo de lo establecido en el artículo 38 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.666), realizada por la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones del Ministerio de Educación, para la contratación de insumos para impresoras, servidor y equipos UPS para la Unidad de Evaluación Integral de la Calidad y Equidad Educativa (UEICEE) ente descentralizado en el ámbito del Ministerio de Educación, y adjudícanse los Renglones 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 por oferta más conveniente y según asesoramiento técnico a favor de la firma Arg. Color S.R.L. (CUIT 30714275824) por un total de pesos ciento cincuenta y cuatro mil cuatrocientos noventa y tres con 59/100 ($ 154,493.59). Norma: DI-2017-605-DGAR Clase: Etapa Única.

Joaquín Peire Director General

Graciela M. Testa Gerente Operativa

Inicia: 10-10-2017 Vence: 10-10-2017

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 333

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Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte

MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE SECRETARÍA DE TRANSPORTE Circular con Consulta - Licitación Pública Nacional E Internacional N° 1020/2017 Adquisición de Terminales Multipropósito (TM), del Sistema de Administración Centralizada y del Aplicativo para Pago Móvil e Internet para ser utilizados en el sistema de Estacionamiento Regulado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Se recuerda lo establecido en el Artículo 12 del Pliego de Bases y condiciones Particulares: A los fines de poder notificar a los interesados en la presente licitación, y sin perjuicio de la realización de las publicaciones que correspondieren, se solicita que todos los interesados envíen un correo electrónico a [email protected] informando sus datos de contacto, incluido una dirección de correo electrónico válido para recibir notificaciones. CIRCULAR ACLARATORIA CON CONSULTA Nº 11 Consulta 1: En relación a la licitación de referencia, nos surge una duda, que esperamos puedan despejar. En el pliego de condiciones particulares, en los articulos: 30.1.1. Cantidad de terminales instaladas. Puntaje máximo del ítem: 10 puntos 30.1.2. Antecedentes de capacidad de procesamiento del Sistema Central del Oferente. Puntaje máximo del ítem: 6 puntos 30.1.3. Antecedentes de instalaciones y capacidad de procesamiento del SPM y SPI ofertado. Puntaje máximo del ítem: 4 puntos Se señala que“..No se aceptarán oferentes que no cuenten con antecedentes propios en este punto, ya sea individualmente o por parte de alguno de los integrantes de la U.T...“ Quisieramos saber cual es el criterio a utilizar, para el caso de una empresa nacional, que representa a una empresa del exterior, mediante un acuerdo de representación y distribución de productos. En particular, si los antecedentes de la represntada, pueden ser referidos como propios de la representante, sin llegar a conformarse como UT. Respuesta: De conformidad con la Respuesta 1 de la Circular Con Consulta Nº 6, se informa que solo se computaran los antecedentes que sean propios. En caso de querer computar los antecedentes de otra compañía se deberá presentar en UT. Consulta 2 En los puntos 30.1.1, 30.1.2 y 30.1.3 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares referidos a la acreditación de antecedentes se menciona “No se aceptarán oferentes que no cuenten con antecedentes propios en este punto, ya sea individua/mente o por parte de alguno de los integrantes de la UT“. Al respecto consultamos: Una sociedad anónima constituida bajo la ley Argentina que se presentará como oferente en la licitación, y donde participa como accionista mayoritario una sociedad internacional con amplia experiencia en el campo de fabricación de terminales

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multipropósito y de soluciones para estacionamiento medido, ¿puede tomar la sociedad anónima constituida bajo la ley Argentina como propios los antecedentes del accionista internacional a los efectos de la licitación? Señalamos que la sociedad anónima local fue constituida, entre otros fines, a los efectos de presentarse específicamente en esta licitación de manera de garantizar al GCBA la provisión de productos y servicios por parte del fabricante durante toda la vida útil del contrato. Respuesta: De conformidad con la Respuesta 1 de la Circular Con Consulta Nº 6, se informa que solo se computaran los antecedentes que sean propios. En caso de querer computar los antecedentes de otra compañía se deberá presentar en UT.

Juan J. Méndez Secretario de Transporte

Inicia: 9-10-2017 Vence: 13-10-2017

MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE SECRETARÍA DE TRANSPORTE Circular modificatoria sin consulta Nº 3 - Licitación Pública Nacional e Internacional N° 1020/17 Adquisición de Terminales Multipropósito (TM), del Sistema de Administración Centralizada y del Aplicativo para Pago Móvil e Internet para ser utilizados en el sistema de Estacionamiento Regulado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Se recuerda lo establecido en el Artículo 12 del Pliego de Bases y condiciones Particulares: A los fines de poder notificar a los interesados en la presente licitación, y sin perjuicio de la realización de las publicaciones que correspondieren, se solicita que todos los interesados envíen un correo electrónico a [email protected] informando sus datos de contacto, incluido una dirección de correo electrónico válido para recibir notificaciones. 1) Por la presente se comunica que mediante Resolución N° 577/SECTRANS/2017 se prorrogó la fecha de apertura de ofertas para el día 25 de octubre de 2017 a las 12:00 horas.

Juan J. Méndez Secretario

Inicia: 9-10-2017 Vence: 13-10-2017

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 335

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Ministerio de Modernización, Innovación y

Tecnología

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES ECOPARQUE INTERACTIVO Recintos modulares de derivaciones - Licitación Pública N° 1341/SIGAF/2017 E. E. Nº 17.108.940-MGEYA-UPEEI/17 Licitación Pública N° 1341/SIGAF/2017 Clase: etapa única Objeto de la contratación: Recintos Modulares de Derivaciones. Consulta y retiro de Pliegos: La adquisición de los pliegos será a título gratuito a retirarse por mesa de entrada del edificio administrativo del Ecoparque Interactivo. República de la India Nº 3000 - CABA. Valor del Pliego: 0 Presentación de las ofertas: fecha límite para la presentación de las ofertas hasta las 15 horas del día 13 de octubre de 2017. En mesa de entrada del edificio administrativo del Ecoparque Interactivo. República de la India Nº 3000 - CABA. Fecha de apertura: la apertura de las ofertas se realizará en el Área de Compras del Ecoparque Interactivo a las 15 horas del día 13 de octubre de 2017. Autorizante: Resolución Nº RESOL-2017-145-UPEEI

Gonzalo Pascual Titular de Unidad

Inicia: 10-10-2017 Vence: 10-10-2017

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES "JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018" Preadjudicación - Adquisición de Banderas Protocolares y de Ceremonias - Licitación Pública N° 9982-1320-LPU17 E.E. N° 20.456.022-MGEYA-UPEJOL/17 Licitación Pública N° 9982-1320-LPU17 Objeto: "Adquisición de Banderas Protocolares y de Ceremonias para los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018“. Encuadre Legal: Ley N° 2.095 Fecha de apertura: 4 de octubre de 2017 Rubro: Cultura, Deporte y recreación. Repartición Solicitante: Unidad de Proyectos Especiales "Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018". Ofertas presentadas: 1) Flameart SRL Fundamento de Licitación fracasada: La oferta presentada por Flameart SRL resulta económicamente inconveniente por exceder el presupuesto oficial.

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 336

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Fecha Dictamen de Evaluación: 09/10/17.

Florencia Grigera Titular

Inicia: 10-10-2017 Vence: 10-10-2017

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018 Convocatoria a proveedores para confección participada de pliegos - Servicio de Lavandería para el residente para la Villa Olímpica de los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018 - Licitación Pública N° 9982-1422-LPU17 E.E. Nº 22.032.695-MGEYA-UPEJOL/17 Licitación Pública N° 9982-1422-LPU17 Se convoca a participar de la elaboración del pliego de Especificaciones Técnicas destinado para un "Servicio de Lavandería para el residente para la Villa Olímpica de los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018". Autorizante: DI-56-UCCUPEJOL/2017 Objeto: "Servicio de Lavandería para el residente para la Villa Olímpica de los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018". Descarga de Proyecto de Pliego: A través del sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del día 10 de octubre de 2017. Consultas/sugerencias al proyecto de pliego: Podrán realizarse consultas y acercar sus propuestas al correo electrónico: [email protected] y/o mediante sobre cerrado dirigido a la Unidad de Compras y Contrataciones de UPEJOL. Mesa de Entradas, sita en Adolfo Alsina 1659 2° piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Hasta el 23 de octubre inclusive.

Florencia Grigera Titular

Inicia: 9-10-2017 Vence: 23-10-2017

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 337

ANEXO

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Ministerio de Ambiente y Espacio Público

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO DIRECCION GENERAL TECNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL GERENCIA OPERATIVA COMPRAS Y CONTRATACIONES Ejecución, rehabilitación y mantenimiento de aceras de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Contratación Directa de etapa múltiple Nº 7513/SIGAF/17 E.E. N° 20.584.050/MGEYA-MAYEPGC/17 Se llama a la Contratación Directa de etapa múltiple Nº 7513/SIGAF/2017 para las zonas N° 6, 12 y 15 de la obra: "EJECUCIÓN, REHABLITACIÓN Y MANTENIMIENTO DE ACERAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES", al amparo de lo establecido en la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y el Decreto Nº 1254/GCBA/08. Autorizante: Resolución N° 1655/MAYEPGC/2017 Sistema de Contratación: Unidad de Medida. Presupuesto Oficial: pesos trescientos ochenta y ocho millones quinientos noventa y cinco mil novecientos sesenta y dos con 59/100.- ($ 388.595.962,59.-) Plazo de Ejecución: VEINTICUATRO (24) meses. Fecha de Apertura: 20 de Octubre de 2017, a las 12 hs. Consultas: Todas las consultas relacionadas a los pliegos y demás documentación, deberán ser presentadas por escrito, en la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones dependiente de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, sita en Av. Martín García 346, piso 3º, en el horario de 10 a 16hs. hasta el día 12 de Octubre de 2017. Retiro de pliego: En la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones sita en Av. Martín García 346, 3° piso. Recepción de Ofertas: En la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones - Av. Martin García 346, 3° Piso, C.A.B.A. hasta 11hs. del 20 de Octubre de 2017. Lugar de apertura: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones - Av. Martín García 346 3° Piso CABA. Valor del Pliego: Sin Valor.

Nicolás Naidich Director General

Inicia: 9-10-2017 Vence: 11-10-2017

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGA Circular sin consulta n° 1 - Contratación Directa N° 7513/SIGAF/2017

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 338

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E.E. N° 20.584.050/MAYEPGC/17 Obra: “ejecución, rehabilitación y mantenimiento de aceras de la ciudad autónoma de buenos aires”. En virtud del tiempo transcurrido desde la estimación del presupuesto oficial para la Licitación Pública de Etapa Múltiple Nº 1.090/SIGAF/2016, resulta necesaria la re- expresión del mismo. Es por ello que se aplica un factor corrector calculado en base a la variación de los costos entre la fecha de elaboración del pliego (julio 2016) y la fecha en que se realiza la nueva convocatoria para las Zonas N° 6, 12 y 15 que resultaron fracasadas en la licitación anterior, siendo el P.O total re-expresado de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y DOS CON CINCUENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 388.595.962,59); para la Zona N° 6 de PESOS CIENTO NUEVE MILLONES SETECIENTOS QUINCE MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO CON TREINTA Y UN CENTAVOS ($ 109.715.185,31), para la Zona N° 12 de PESOS CIENTO CUARENTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CIENTO TREINTA Y OCHO CON OCHO CENTAVOS ($ 149.852.138,08) y para la Zona N° 15 de PESOS CIENTO VEINTINUEVE MILLONES VEINTIOCHO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE CON VEINTE CENTAVOS ($ 129.028.639,20).

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 339

- Se establecen los siguientes precios máximos para los ítems que se detallan a

continuación:

Nuevos Valores Maximos Septiembre 2017

ITEMS DENOMINACION UNIDAD PRECIO

MAXIMO

4.1.2 hormigón elaborado H8 esp.:8cm. m² $ 884,73

5.1.4 baldosón de cemento 60cm x 40cm. m² $ 976,56

5.1.6 baldosa granítica ejecutada con

cemento gris en panes 40cm x40cm. m² $ 1.055,71

6.2.1 espesor 8 cm. Con demolición contrapiso existente m² $ 1.790,83

6.2.2 espesor 13 cm. destinadas para

acceso vehicular, con demolición contrapiso existente m² $ 2.348,35

7.4 Construcción de planteras de hormigón armado ml $ 557,92

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Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 340

- En función de lo establecido en el punto anterior, los precios máximos para cada una de las zonas no deberán superar los consignados a continuación:

P.O.MAXIMO

6 109.715.185,31$ 12 149.852.138,08$ 15 129.028.639,20$

ZONA

ANEXO - A I – PLANILLAS DE CÓMPUTO Y PRESUPUESTO ZONA 6

ZONA 6

ITEMS DENOMINACION UNIDAD CANTIDAD PRECIO

UNITARIO PRECIO TOTAL

DEMOLICION - DESMONTES Y/O RETIROS

1.1

Remoción y/o demolición de distinto tipo, retiro de elementos fuera de reglamento, para los siguientes

casos: 1.1.1 solado de cualquier tipo m² 400 $ 174,68 $ 69.870,24 1.1.2 contrapisos h.:12cm. m² 400 $ 272,07 $ 108.826,08 1.1.3 Vereda de H h. 12 cm m2 200 $ 317,55 $ 63.510,48 1.1.4 vereda asfaltica m2 100 $ 197,16 $ 19.715,52 1.1.5 canteros y/u otro elemento unid. 45 $ 1.768,46 $ 79.580,56 1.1.6 estructuras de hormigón armado m³ 15 $ 4.209,02 $ 63.135,27 1.2 Retiro de trincheras existentes. m² 100 $ 1.249,37 $ 124.936,68

1.3 Desmonte, excavación, perfilado m³ 6,93 $ 1.220,14 $ 8.455,58

1.4 Demolición muro existente, para los siguientes casos: 1.4.1 espesor de 0,15m. m² 3,42 $ 346,67 $ 1.185,62 1.4.2 espesor de 0,30m. m² 10 $ 707,39 $ 7.073,88 1.5 Retiro de tocón unid. 5 $ 985,96 $ 4.929,80

TRABAJOS CORRECTIVOS

2.1 Nivelación de tapas de servicios públicos (sup.>

0,30m.) unid. 25 $ 830,10 $ 20.752,38 2.2 Corrimiento de kioscos unid. 17 $ 12.267,87 $ 208.553,77

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Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 341

SUELOS 3.1 Provisión y colocación de tierra negra. m³ 20 $ 1.040,29 $ 20.805,84 3.2 Provisión y colocación de césped. m² 50 $ 349,93 $ 17.496,60 3.3 Provisión y colocación de tosca. m³ 11,52 $ 1.486,72 $ 17.126,97

3.4 Saneamiento del terreno con provisión de suelo

seleccionado. m³ 20 $ 1.521,43 $ 30.428,64 CONTRAPISOS

4.1

Ejecución de contrapiso peatonal y/o vehicular liviano de Hormigón de cascote esp.: 12cm.o de Hormigón

elaborado H8 esp. 8cm., según se indique, sobre terreno natural, previo retiro del existente,

compactación del suelo natural, retiro de los materiales excedentes, saneamiento en caso

necesario, y reemplazo de caños de desague pluvial; para los siguientes casos:

4.1.1 hormigón de cascote esp.:12cm. m² 5012 $ 750,17 $ 3.759.848,03 4.1.2 hormigón elaborado H8 esp.:8cm. m² 30356 $ 884,73 $ 26.856.863,88

SOLADOS

5.1

Provisión y colocación de solados de baldosas, incluyendo la remoción y retiro de solado existentede

cualquier tipo y provisión de las siguientes variedades:

5.1.1 baldosas calcárea 20cm x 20cm. m² 800 $ 1.156,39 $ 925.108,80 5.1.2 baldosón calcáreo de panes, 40cm x 40cm. m² 3560 $ 1.041,39 $ 3.707.339,86

5.1.3 baldosón calcáreo de señalización (táctil, guiadoras y

otros), 40cm x 40cm. m² 1050 $ 1.043,38 $ 1.095.549,84 5.1.4 baldosón de cemento 60cm x 40cm. m² 13660 $ 976,56 $ 13.339.842,38 5.1.5 baldosón de cemento de diseño, 40cm x 40cm. m² 839 $ 942,98 $ 791.161,56

5.1.6 baldosa granítica ejecutada con cemento gris en

panes 40cm x40cm. m² 10660 $ 1.055,71 $ 11.253.864,34 5.1.7 Idem anterior, liso de 40cm x 40cm. m² 250 $ 1.187,00 $ 296.749,20 5.1.8 Idem anterior, liso de 60cm x 40cm. m² 500 $ 1.160,64 $ 580.318,20

5.1.9 baldosa granítica ejecutada con cemento blanco en

panes, 40cm x 40cm. m² 250 $ 1.235,59 $ 308.896,50 5.1.10 Idem anterior, liso 40cm x 40cm. m² 235 $ 1.252,38 $ 294.308,45 5.1.11 Idem anterior, liso de 60cm x 40cm. m² 400 $ 1.264,38 $ 505.750,08

5.1.12 baldosas granítica ejecutada con cemento color en

panes, 40cm x 40cm. m² 2560 $ 1.091,68 $ 2.794.699,78 5.1.13 Idem anterior, liso de 40cm x 40cm. m² 2,88 $ 1.103,68 $ 3.178,59 5.1.14 Idem anterior, liso de 60cm x 40cm. m² 872 $ 1.196,61 $ 1.043.440,78

5.1.15 baldosa granítica de diseño (Símil goma y otros) 40cm

x 40cm. m² 500 $ 1.091,68 $ 545.839,80

5.1.16 Colocación de baldosas de cualquier tipo (incluye

traslado de baldosas, no incluye provisión). m² 873 $ 523,25 $ 456.795,50

5.1.17 solados especiales de distintas medidas, cuadradas,

rectangulares o irregulares: pórfido. m² 300 $ 1.276,45 $ 382.935,96

5.1.18

Ídem anterior, adoquines (provistos por GCBA) incluyendo la selección y traslado de los mismos

desde el deposito designado. m² 335 $ 895,49 $ 299.988,48 5.1.19 Ídem anterior, granitullo. m² 335 $ 1.101,21 $ 368.905,35 5.1.20 Ídem anterior, lajas. m² 335 $ 804,90 $ 269.640,29

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Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 342

5.2

Provisión y colocación de solados de pavimento intertrabado, espesor 8cm. aplicado sobre manto de

arena (esp.3cm.), retiro del solado y contrapiso existente hasta la profundidad que resulte necesaria.

5.2.1 color gris. m² 100 $ 940,75 $ 94.075,08 5.2.2 ídem anterior, color varios. m² 100 $ 1.144,62 $ 114.462,48

5.3

Construcción y/o reconstrucción de veredas de cemento alisado de 3cm. De espesor, incluyendo

remoción y retiro existente. m² 324 $ 406,78 $ 131.798,15 VEREDAS

6.1

Construcción y/o reconstrucción de veredas asfálticas, incluyendo remoción y retiro del contrapiso y solado existente, y reemplazo del caño del albañal,

para las siguientes variedades:

6.1.1 espesor 5 cm. m² 750 $ 473,38 $ 355.033,80 6.1.2 espesor 8 cm. m² 500 $ 606,74 $ 303.369,00

6.2

Construcción y/o reconstrucción de veredas de hormigón armado texturado, incluyendo remoción,

retiro del solado y contrapiso existente hasta la profundidad que resulte necesaria, y reemplazo del

caño de desague pluvial, para las siguientes variedades:

6.2.1 espesor 8 cm. Con demolición contrapiso existente m² 15101 $ 1.790,83 $ 27.043.335,91

6.2.2 espesor 13 cm. destinadas para acceso vehicular, con

demolición contrapiso existente m² 1000 $ 2.348,35 $ 2.348.346,00

6.3

construccion de veredas de hormigon armado H30, de color con terminacion llaneada mecanicamente,

espesor 15 cm, para uso industrial m2 60 $ 2.610,59 $ 156.635,42 CORDONES

7.1

Construcción y/o reconstrucción de cordón de hormigón armado recto, curvo o rebajado, incluyendo

la remoción y retiro excedente. ml 750 $ 809,66 $ 607.246,20

7.2 Construcción y/o reconstrucción de cordón cuneta de hormigón, incluyendo la remoción y retiro excedente. m² 50 $ 1.425,15 $ 71.257,56

7.3

Alineación y/o nivelación de cordones de granito existente, incluyendo las demoliciones necesarias

para su recolocación. ml 120 $ 1.166,18 $ 139.941,65 7.4 Construcción de planteras de hormigón armado ml 4960 $ 557,92 $ 2.767.305,02

VADOS

8.1

Ejecución y reconstrucción de vados de hormigón "in situ" comprendiendo: la demolición de la vereda,

contrapiso y cordón de pavimento existentes, construcción de solado de hormigón H21 (esp.:9cm.)

y reparación de cordón, ejecutando las juntas de dilatación perimetrales correspondientes. m² 1080 $ 2.723,46 $ 2.941.340,69

MAMPOSTERIA

9.1 Construcción y/o reconstrucción de mampostería de

ladrillos comunes de: 9.1.1 espesor de 0,15m. m² 10 $ 852,36 $ 8.523,64 9.1.2 espesor de 0,30m. m² 10 $ 1.704,73 $ 17.047,27

REVOQUES - AISLACIONES

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Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 343

10.1 Ejecución de revoque grueso y fino a la cal, previa

demolición de los sectores afectados. m² 20 $ 693,40 $ 13.867,92

10.2 Ejecución de aislación hidrófuga, previa demolición de

los sectores afectados. m² 20 $ 336,12 $ 6.722,50 PINTURAS

11.1 Provisión y aplicación de pintura, previa preparación de las superficies afectadas, para los siguientes tipos:

11.1.1 látex acrílica para exteriores (min.: 1 mano sellador y

3 manos pint.) m² 70 $ 340,24 $ 23.817,02

11.1.2 sintético brillante (min.: 1 mano convertidor de oxido

y 3 manos pint.) m² 70 $ 452,65 $ 31.685,81

11.1.3

Lasur microporoso de impregnación y acabado mate base agua para protección de madera (min.: 1 mano

imprimación y 2 manos acabado final) m² 70 $ 339,04 $ 23.732,94 ESTRUCTURAS

12.1 Ejecución de estructuras de hormigón, para los

siguientes casos: 12.1.1 tabique hormigón H21, cuantía 60 kg. m³ 10 $ 10.803,51 $ 108.035,14 12.1.2 losa hormigón H21, cuantía 80kg. m³ 10 $ 9.841,96 $ 98.419,60 12.1.3 viga de hormigón, cuantia 60kg. m³ 10 $ 11.256,62 $ 112.566,17 12.1.4 zapata para viga de hormigón, cuantia 80 kg. m³ 10 $ 9.335,42 $ 93.354,23

PROVISIONES Y MONTAJES

13.1 Provisión y montaje de reja galvanizada, altura de

2,00m. unid. 10 $ 17.322,65 $ 173.226,50

13.2 Provisión y montaje de rejilla horizontal galvanizada

para desagüe pluvial. ml 50 $ 2.813,33 $ 140.666,46 13.3 Provisión y montaje de banco de hormigón. unid. 70 $ 6.436,11 $ 450.527,62

13.4 Provisión y montaje de banco de madera y hierro.

Modelo: con respaldo y doble. unid. 7 $ 6.980,85 $ 48.865,92

13.5 Provisión y montaje de baranda metálica galvanizada. ml 19 $ 2.510,32 $ 47.696,14

13.6

Provisión y montaje de mesa de hormigón cuadrada de 0,70x0,70m. Con tablero de ajedrez incorporado y

cuatro bancos de hormigón. unid. 7 $ 7.254,30 $ 50.780,08

13.7 Provisión y montaje de bolardos de hormigón

armado. unid. 3 $ 894,45 $ 2.683,34 13.8 Provision y montaje de bolardos metalicos unid. 35 $ 1.578,15 $ 55.235,33

13.9 montaje y colocacion de bolardos de cualquier tipo

(sin provision) unid. 35 $ 644,93 $ 22.572,40

13.10 Provisión y colocación de alcorques metálicos según

plano unid. 35 $ 3.974,81 $ 139.118,36

13.11

Armado y fijación de gaviones tipo caja de 0,60x0,50x1,00m., relleno de adoquines (provistos

por el GCBA) incluyendo la selección y traslado de los mismos desde el depósito designado. unid. 20 $ 5.935,91 $ 118.718,16

CERCO DE OBRA ESPECIAL 14.1 Cerco fijo para obras especiales de 3mts x 2mts ml. 250 $ 143,71 $ 35.927,10

DOCUMENTACION GRAFICA

15.1 Elaboración de planos ejecutivos de obra (replanteo,

detalle). Gl 2 $ 21.567,00 $ 43.134,01

15.2 Elaboración de planos definitivos (Conforme a obra -

CAO). Gl 2 $ 13.352,57 $ 26.705,13

$ 109.715.185,31

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Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 344

Zona 12

ZONA 12

ITEMS DENOMINACION UNIDAD CANTIDAD PRECIO UNITARIO PRECIO TOTAL

DEMOLICION - DESMONTES Y/O RETIROS

1.1

Remoción y/o demolición de distinto tipo, retiro de elementos fuera de reglamento, para los

siguientes casos: 1.1.1 solado de cualquier tipo m² 400 $ 174,68 $ 69.870,24 1.1.2 contrapisos h.:12cm. m² 400 $ 272,07 $ 108.826,08 1.1.3 Vereda de H h. 12 cm m2 200 $ 317,55 $ 63.510,48 1.1.4 vereda asfaltica m2 100 $ 197,16 $ 19.715,52 1.1.5 canteros y/u otro elemento unid. 50 $ 1.768,46 $ 88.422,84 1.1.6 estructuras de hormigón armado m³ 15 $ 4.209,02 $ 63.135,27 1.2 Retiro de trincheras existentes. m² 17 $ 1.249,37 $ 21.239,24

1.3 Desmonte, excavación, perfilado m³ 100 $ 1.220,14 $ 122.014,20

1.4 Demolición muro existente, para los siguientes

casos: 1.4.1 espesor de 0,15m. m² 10 $ 346,67 $ 3.466,72 1.4.2 espesor de 0,30m. m² 10 $ 707,39 $ 7.073,88 1.5 Retiro de tocón unid. 5 $ 985,96 $ 4.929,80

TRABAJOS CORRECTIVOS

2.1 Nivelación de tapas de servicios públicos (sup.>

0,30m.) unid. 25 $ 830,10 $ 20.752,38 2.2 Corrimiento de kioscos unid. 11 $ 12.267,87 $ 134.946,56

SUELOS

3.1 Provisión y colocación de tierra negra. m³ 20 $ 1.040,29 $ 20.805,84 3.2 Provisión y colocación de césped. m² 50 $ 349,93 $ 17.496,60 3.3 Provisión y colocación de tosca. m³ 20 $ 1.486,72 $ 29.734,32

3.4 Saneamiento del terreno con provisión de suelo

seleccionado. m³ 20 $ 1.521,43 $ 30.428,64 CONTRAPISOS

4.1

Ejecución de contrapiso peatonal y/o vehicular liviano de Hormigón de cascote esp.: 12cm.o de

Hormigón elaborado H8 esp. 8cm., según se indique, sobre terreno natural, previo retiro del existente, compactación del suelo natural, retiro

de los materiales excedentes, saneamiento en caso necesario, y reemplazo de caños de

desague pluvial; para los siguientes casos: 4.1.1 hormigón de cascote esp.:12cm. m² 4094 $ 750,17 $ 3.071.192,70 4.1.2 hormigón elaborado H8 esp.:8cm. m² 36849 $ 884,73 $ 32.601.415,77

SOLADOS

5.1

Provisión y colocación de solados de baldosas, incluyendo la remoción y retiro de solado

existentede cualquier tipo y provisión de las siguientes variedades:

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Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 345

5.1.1 baldosas calcárea 20cm x 20cm. m² 500 $ 1.156,39 $ 578.193,00

5.1.2 baldosón calcáreo de panes, 40cm x 40cm. m² 3000 $ 1.041,39 $ 3.124.162,80

5.1.3 baldosón calcáreo de señalización (táctil,

guiadoras y otros), 40cm x 40cm. m² 4770 $ 1.043,38 $ 4.976.926,42 5.1.4 baldosón de cemento 60cm x 40cm. m² 21998 $ 976,56 $ 21.482.419,68

5.1.5 baldosón de cemento de diseño, 40cm x 40cm. m² 350 $ 942,98 $ 330.043,56

5.1.6 baldosa granítica ejecutada con cemento gris en

panes 40cm x40cm. m² 4860 $ 1.055,71 $ 5.130.748,66 5.1.7 Idem anterior, liso de 40cm x 40cm. m² 80 $ 1.187,00 $ 94.959,74 5.1.8 Idem anterior, liso de 60cm x 40cm. m² 1200 $ 1.160,64 $ 1.392.763,68

5.1.9 baldosa granítica ejecutada con cemento blanco

en panes, 40cm x 40cm. m² 450 $ 1.235,59 $ 556.013,70 5.1.10 Idem anterior, liso 40cm x 40cm. m² 324 $ 1.252,38 $ 405.769,95 5.1.11 Idem anterior, liso de 60cm x 40cm. m² 648 $ 1.264,38 $ 819.315,13

5.1.12 baldosas granítica ejecutada con cemento color

en panes, 40cm x 40cm. m² 31,36 $ 1.091,68 $ 34.235,07 5.1.13 Idem anterior, liso de 40cm x 40cm. m² 602 $ 1.103,68 $ 664.414,40 5.1.14 Idem anterior, liso de 60cm x 40cm. m² 1203 $ 1.196,61 $ 1.439.517,50

5.1.15 baldosa granítica de diseño (Símil goma y otros)

40cm x 40cm. m² 2,4 $ 1.091,68 $ 2.620,03

5.1.16

Colocación de baldosas de cualquier tipo (incluye traslado de baldosas, no incluye

provisión). m² 1193 $ 523,25 $ 624.234,86

5.1.17 solados especiales de distintas medidas,

cuadradas, rectangulares o irregulares: pórfido. m² 463 $ 1.276,45 $ 590.997,83

5.1.18

Ídem anterior, adoquines (provistos por GCBA) incluyendo la selección y traslado de los mismos

desde el deposito designado. m² 463 $ 895,49 $ 414.610,94 5.1.19 Ídem anterior, granitullo. m² 463 $ 1.101,21 $ 509.860,23 5.1.20 Ídem anterior, lajas. m² 463 $ 804,90 $ 372.667,03

5.2

Provisión y colocación de solados de pavimento intertrabado, espesor 8cm. aplicado sobre

manto de arena (esp.3cm.), retiro del solado y contrapiso existente hasta la profundidad que

resulte necesaria. 5.2.1 color gris. m² 100 $ 940,75 $ 94.075,08 5.2.2 ídem anterior, color varios. m² 100 $ 1.144,62 $ 114.462,48

5.3

Construcción y/o reconstrucción de veredas de cemento alisado de 3cm. De espesor, incluyendo

remoción y retiro existente. m² 478 $ 406,78 $ 194.442,94 VEREDAS

6.1

Construcción y/o reconstrucción de veredas asfálticas, incluyendo remoción y retiro del

contrapiso y solado existente, y reemplazo del caño del albañal, para las siguientes variedades:

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Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 346

6.1.1 espesor 5 cm. m² 750 $ 473,38 $ 355.033,80 6.1.2 espesor 8 cm. m² 500 $ 606,74 $ 303.369,00

6.2

Construcción y/o reconstrucción de veredas de hormigón armado texturado, incluyendo remoción, retiro del solado y contrapiso

existente hasta la profundidad que resulte necesaria, y reemplazo del caño de desague

pluvial, para las siguientes variedades:

6.2.1 espesor 8 cm. Con demolición contrapiso

existente m² 27215 $ 1.790,83 $ 48.737.460,22

6.2.2 espesor 13 cm. destinadas para acceso

vehicular, con demolición contrapiso existente m² 1000 $ 2.348,35 $ 2.348.346,00

6.3

construccion de veredas de hormigon armado H30, de color con terminacion llaneada

mecanicamente, espesor 15 cm, para uso industrial m2 60 $ 2.610,59 $ 156.635,42

CORDONES

7.1

Construcción y/o reconstrucción de cordón de hormigón armado recto, curvo o rebajado, incluyendo la remoción y retiro excedente. ml 680 $ 809,66 $ 550.569,89

7.2

Construcción y/o reconstrucción de cordón cuneta de hormigón, incluyendo la remoción y

retiro excedente. m² 50 $ 1.425,15 $ 71.257,56

7.3

Alineación y/o nivelación de cordones de granito existente, incluyendo las demoliciones

necesarias para su recolocación. ml 50 $ 1.166,18 $ 58.309,02

7.4 Construcción de planteras de hormigón armado ml 4395 $ 557,92 $ 2.452.077,74 VADOS

8.1

Ejecución y reconstrucción de vados de hormigón "in situ" comprendiendo: la

demolición de la vereda, contrapiso y cordón de pavimento existentes, construcción de solado de

hormigón H21 (esp.:9cm.) y reparación de cordón, ejecutando las juntas de dilatación

perimetrales correspondientes. m² 4770 $ 2.723,46 $ 12.990.921,37 MAMPOSTERIA

9.1 Construcción y/o reconstrucción de

mampostería de ladrillos comunes de: 9.1.1 espesor de 0,15m. m² 10 $ 852,36 $ 8.523,64 9.1.2 espesor de 0,30m. m² 10 $ 1.704,73 $ 17.047,27

REVOQUES - AISLACIONES

10.1 Ejecución de revoque grueso y fino a la cal,

previa demolición de los sectores afectados. m² 20 $ 693,40 $ 13.867,92

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Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 347

10.2 Ejecución de aislación hidrófuga, previa demolición de los sectores afectados. m² 20 $ 336,12 $ 6.722,50

PINTURAS

11.1

Provisión y aplicación de pintura, previa preparación de las superficies afectadas, para los

siguientes tipos:

11.1.1 látex acrílica para exteriores (min.: 1 mano

sellador y 3 manos pint.) m² 70 $ 340,24 $ 23.817,02

11.1.2 sintético brillante (min.: 1 mano convertidor de

oxido y 3 manos pint.) m² 70 $ 452,65 $ 31.685,81

11.1.3

Lasur microporoso de impregnación y acabado mate base agua para protección de madera

(min.: 1 mano imprimación y 2 manos acabado final) m² 70 $ 339,04 $ 23.732,94

ESTRUCTURAS

12.1 Ejecución de estructuras de hormigón, para los

siguientes casos: 12.1.1 tabique hormigón H21, cuantía 60 kg. m³ 10 $ 10.803,51 $ 108.035,14 12.1.2 losa hormigón H21, cuantía 80kg. m³ 10 $ 9.841,96 $ 98.419,60 12.1.3 viga de hormigón, cuantia 60kg. m³ 10 $ 11.256,62 $ 112.566,17

12.1.4 zapata para viga de hormigón, cuantia 80 kg. m³ 10 $ 9.335,42 $ 93.354,23 PROVISIONES Y MONTAJES

13.1 Provisión y montaje de reja galvanizada, altura

de 2,00m. unid. 10 $ 17.322,65 $ 173.226,50

13.2 Provisión y montaje de rejilla horizontal

galvanizada para desagüe pluvial. ml 50 $ 2.813,33 $ 140.666,46

13.3 Provisión y montaje de banco de hormigón. unid. 7 $ 6.436,11 $ 45.052,76

13.4 Provisión y montaje de banco de madera y

hierro. Modelo: con respaldo y doble. unid. 7 $ 6.980,85 $ 48.865,92

13.5 Provisión y montaje de baranda metálica

galvanizada. ml 20 $ 2.510,32 $ 50.206,46

13.6

Provisión y montaje de mesa de hormigón cuadrada de 0,70x0,70m. Con tablero de ajedrez

incorporado y cuatro bancos de hormigón. unid. 7 $ 7.254,30 $ 50.780,08

13.7 Provisión y montaje de bolardos de hormigón

armado. unid. 10 $ 894,45 $ 8.944,45

13.8 Provision y montaje de bolardos metalicos unid. 10 $ 1.578,15 $ 15.781,52

13.9 montaje y colocacion de bolardos de cualquier

tipo (sin provision) unid. 10 $ 644,93 $ 6.449,26

13.10 Provisión y colocación de alcorques metálicos

según plano unid. 20 $ 3.974,81 $ 79.496,21

13.11

Armado y fijación de gaviones tipo caja de 0,60x0,50x1,00m., relleno de adoquines

(provistos por el GCBA) incluyendo la selección y traslado de los mismos desde el depósito

designado. unid. 20 $ 5.935,91 $ 118.718,16 CERCO DE OBRA ESPECIAL

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Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 348

14.1 Cerco fijo para obras especiales de 3mts x 2mts ml. 250 $ 143,71 $ 35.927,10 DOCUMENTACION GRAFICA

15.1 Elaboración de planos ejecutivos de obra

(replanteo, detalle). Gl 2 $ 21.567,00 $ 43.134,01

15.2 Elaboración de planos definitivos (Conforme a

obra - CAO). Gl 2 $ 13.352,57 $ 26.705,13

$ 149.852.138,08

Zona 15

ZONA 15

ITEMS DENOMINACION UNIDAD CANTIDAD PRECIO

UNITARIO PRECIO TOTAL

DEMOLICION - DESMONTES Y/O RETIROS

1.1

Remoción y/o demolición de distinto tipo, retiro de elementos fuera de reglamento,

para los siguientes casos: 1.1.1 solado de cualquier tipo m² 400 $ 174,68 $ 69.870,24 1.1.2 contrapisos h.:12cm. m² 400 $ 272,07 $ 108.826,08 1.1.3 Vereda de H h. 12 cm m2 200 $ 317,55 $ 63.510,48 1.1.4 vereda asfaltica m2 100 $ 197,16 $ 19.715,52 1.1.5 canteros y/u otro elemento unid. 65 $ 1.768,46 $ 114.949,69 1.1.6 estructuras de hormigón armado m³ 15 $ 4.209,02 $ 63.135,27 1.2 Retiro de trincheras existentes. m² 20 $ 1.249,37 $ 24.987,34

1.3 Desmonte, excavación, perfilado m³ 150 $ 1.220,14 $ 183.021,30

1.4 Demolición muro existente, para los

siguientes casos: 1.4.1 espesor de 0,15m. m² 15 $ 346,67 $ 5.200,07 1.4.2 espesor de 0,30m. m² 15 $ 707,39 $ 10.610,82 1.5 Retiro de tocón unid. 5 $ 985,96 $ 4.929,80

TRABAJOS CORRECTIVOS

2.1 Nivelación de tapas de servicios públicos

(sup.> 0,30m.) unid. 35 $ 830,10 $ 29.053,33 2.2 Corrimiento de kioscos unid. 16 $ 12.267,87 $ 196.285,90

SUELOS

3.1 Provisión y colocación de tierra negra. m³ 20 $ 1.040,29 $ 20.805,84 3.2 Provisión y colocación de césped. m² 50 $ 349,93 $ 17.496,60 3.3 Provisión y colocación de tosca. m³ 20 $ 1.486,72 $ 29.734,32

3.4 Saneamiento del terreno con provisión de

suelo seleccionado. m³ 20 $ 1.521,43 $ 30.428,64 CONTRAPISOS

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Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 349

4.1

Ejecución de contrapiso peatonal y/o vehicular liviano de Hormigón de cascote

esp.: 12cm.o de Hormigón elaborado H8 esp. 8cm., según se indique, sobre terreno

natural, previo retiro del existente, compactación del suelo natural, retiro de los materiales excedentes, saneamiento en caso necesario, y reemplazo de caños de desague

pluvial; para los siguientes casos: 4.1.1 hormigón de cascote esp.:12cm. m² 3570 $ 750,17 $ 2.678.104,04 4.1.2 hormigón elaborado H8 esp.:8cm. m² 32137 $ 884,73 $ 28.432.568,01

SOLADOS

5.1

Provisión y colocación de solados de baldosas, incluyendo la remoción y retiro de solado existentede cualquier tipo y provisión

de las siguientes variedades: 5.1.1 baldosas calcárea 20cm x 20cm. m² 623 $ 1.156,39 $ 720.428,48

5.1.2 baldosón calcáreo de panes, 40cm x 40cm. m² 1200 $ 1.041,39 $ 1.249.665,12

5.1.3 baldosón calcáreo de señalización (táctil,

guiadoras y otros), 40cm x 40cm. m² 3600 $ 1.043,38 $ 3.756.170,88 5.1.4 baldosón de cemento 60cm x 40cm. m² 12580 $ 976,56 $ 12.285.154,99

5.1.5 baldosón de cemento de diseño, 40cm x

40cm. m² 925 $ 942,98 $ 872.257,98

5.1.6 baldosa granítica ejecutada con cemento gris

en panes 40cm x40cm. m² 11563 $ 1.055,71 $ 12.207.170,10 5.1.7 Idem anterior, liso de 40cm x 40cm. m² 1250 $ 1.187,00 $ 1.483.746,00 5.1.8 Idem anterior, liso de 60cm x 40cm. m² 300 $ 1.160,64 $ 348.190,92

5.1.9 baldosa granítica ejecutada con cemento

blanco en panes, 40cm x 40cm. m² 259 $ 1.235,59 $ 320.016,77 5.1.10 Idem anterior, liso 40cm x 40cm. m² 259 $ 1.252,38 $ 324.365,49 5.1.11 Idem anterior, liso de 60cm x 40cm. m² 350 $ 1.264,38 $ 442.531,32

5.1.12 baldosas granítica ejecutada con cemento

color en panes, 40cm x 40cm. m² 481 $ 1.091,68 $ 525.097,89 5.1.13 Idem anterior, liso de 40cm x 40cm. m² 481 $ 1.103,68 $ 530.869,31 5.1.14 Idem anterior, liso de 60cm x 40cm. m² 962 $ 1.196,61 $ 1.151.135,36

5.1.15 baldosa granítica de diseño (Símil goma y

otros) 40cm x 40cm. m² 125 $ 1.091,68 $ 136.459,95

5.1.16

Colocación de baldosas de cualquier tipo (incluye traslado de baldosas, no incluye

provisión). m² 1028 $ 523,25 $ 537.898,94

5.1.17

solados especiales de distintas medidas, cuadradas, rectangulares o irregulares:

pórfido. m² 370 $ 1.276,45 $ 472.287,68

5.1.18

Ídem anterior, adoquines (provistos por GCBA) incluyendo la selección y traslado de

los mismos desde el deposito designado. m² 370 $ 895,49 $ 331.330,56 5.1.19 Ídem anterior, granitullo. m² 370 $ 1.101,21 $ 407.447,70 5.1.20 Ídem anterior, lajas. m² 240 $ 804,90 $ 193.175,14

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Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 350

5.2

Provisión y colocación de solados de pavimento intertrabado, espesor 8cm.

aplicado sobre manto de arena (esp.3cm.), retiro del solado y contrapiso existente hasta

la profundidad que resulte necesaria. 5.2.1 color gris. m² 100 $ 940,75 $ 94.075,08 5.2.2 ídem anterior, color varios. m² 300 $ 1.144,62 $ 343.387,44

5.3

Construcción y/o reconstrucción de veredas de cemento alisado de 3cm. De espesor, incluyendo remoción y retiro existente. m² 560 $ 406,78 $ 227.799,26

VEREDAS

6.1

Construcción y/o reconstrucción de veredas asfálticas, incluyendo remoción y retiro del contrapiso y solado existente, y reemplazo

del caño del albañal, para las siguientes variedades:

6.1.1 espesor 5 cm. m² 920 $ 473,38 $ 435.508,13 6.1.2 espesor 8 cm. m² 600 $ 606,74 $ 364.042,80

6.2

Construcción y/o reconstrucción de veredas de hormigón armado texturado, incluyendo

remoción, retiro del solado y contrapiso existente hasta la profundidad que resulte

necesaria, y reemplazo del caño de desague pluvial, para las siguientes variedades:

6.2.1 espesor 8 cm. Con demolición contrapiso

existente m² 22300 $ 1.790,83 $ 39.935.526,84

6.2.2

espesor 13 cm. destinadas para acceso vehicular, con demolición contrapiso

existente m² 1000 $ 2.348,35 $ 2.348.346,00

6.3

construccion de veredas de hormigon armado H30, de color con terminacion

llaneada mecanicamente, espesor 15 cm, para uso industrial m2 60 $ 2.610,59 $ 156.635,42

CORDONES

7.1

Construcción y/o reconstrucción de cordón de hormigón armado recto, curvo o

rebajado, incluyendo la remoción y retiro excedente. ml 690 $ 809,66 $ 558.666,50

7.2

Construcción y/o reconstrucción de cordón cuneta de hormigón, incluyendo la remoción

y retiro excedente. m² 50 $ 1.425,15 $ 71.257,56

7.3

Alineación y/o nivelación de cordones de granito existente, incluyendo las demoliciones necesarias para su

recolocación. ml 60 $ 1.166,18 $ 69.970,82

7.4 Construcción de planteras de hormigón

armado ml 5260 $ 557,92 $ 2.934.682,34 VADOS

8.1

Ejecución y reconstrucción de vados de hormigón "in situ" comprendiendo: la

demolición de la vereda, contrapiso y cordón de pavimento existentes, construcción de

solado de hormigón H21 (esp.:9cm.) y reparación de cordón, ejecutando las juntas de dilatación perimetrales correspondientes. m² 3600 $ 2.723,46 $ 9.804.468,96

MAMPOSTERIA

9.1 Construcción y/o reconstrucción de

mampostería de ladrillos comunes de: 9.1.1 espesor de 0,15m. m² 10 $ 852,36 $ 8.523,64 9.1.2 espesor de 0,30m. m² 10 $ 1.704,73 $ 17.047,27

REVOQUES - AISLACIONES

10.1 Ejecución de revoque grueso y fino a la cal,

previa demolición de los sectores afectados. m² 20 $ 693,40 $ 13.867,92

10.2 Ejecución de aislación hidrófuga, previa demolición de los sectores afectados. m² 20 $ 336,12 $ 6.722,50

PINTURAS

11.1

Provisión y aplicación de pintura, previa preparación de las superficies afectadas,

para los siguientes tipos:

11.1.1 látex acrílica para exteriores (min.: 1 mano

sellador y 3 manos pint.) m² 70 $ 340,24 $ 23.817,02

11.1.2 sintético brillante (min.: 1 mano convertidor

de oxido y 3 manos pint.) m² 70 $ 452,65 $ 31.685,81

11.1.3

Lasur microporoso de impregnación y acabado mate base agua para protección de

madera (min.: 1 mano imprimación y 2 manos acabado final) m² 70 $ 339,04 $ 23.732,94

ESTRUCTURAS

12.1 Ejecución de estructuras de hormigón, para

los siguientes casos:

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Número: PLIEG-2017-23077239-DGTALMAEP Buenos Aires, Viernes, 06 de Octubre de 2017 Referencia: CONTRATACIÓN DIRECTA: N° 7513/SIGAF/2017 FIRMANTE: NICOLAS NAIDICH – DIRECTOR GENERAL ADMINISTRATIVO, TÉCNICO Y LEGAL

Nicolás Naidich Director General

Inicia: 9-10-2017 Vence: 11-10-2017

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 351

12.1.1 tabique hormigón H21, cuantía 60 kg. m³ 10 $ 10.803,51 $ 108.035,14 12.1.2 losa hormigón H21, cuantía 80kg. m³ 10 $ 9.841,96 $ 98.419,60 12.1.3 viga de hormigón, cuantia 60kg. m³ 10 $ 11.256,62 $ 112.566,17

12.1.4 zapata para viga de hormigón, cuantia 80 kg. m³ 10 $ 9.335,42 $ 93.354,23 PROVISIONES Y MONTAJES

13.1 Provisión y montaje de reja galvanizada,

altura de 2,00m. unid. 10 $ 17.322,65 $ 173.226,50

13.2 Provisión y montaje de rejilla horizontal

galvanizada para desagüe pluvial. ml 25 $ 2.813,33 $ 70.333,23

13.3 Provisión y montaje de banco de hormigón. unid. 5 $ 6.436,11 $ 32.180,54

13.4 Provisión y montaje de banco de madera y

hierro. Modelo: con respaldo y doble. unid. 5 $ 6.980,85 $ 34.904,23

13.5 Provisión y montaje de baranda metálica

galvanizada. ml 20 $ 2.510,32 $ 50.206,46

13.6

Provisión y montaje de mesa de hormigón cuadrada de 0,70x0,70m. Con tablero de ajedrez incorporado y cuatro bancos de

hormigón. unid. 5 $ 7.254,30 $ 36.271,49

13.7 Provisión y montaje de bolardos de

hormigón armado. unid. 15 $ 894,45 $ 13.416,68

13.8 Provision y montaje de bolardos metalicos unid. 15 $ 1.578,15 $ 23.672,29

13.9 montaje y colocacion de bolardos de

cualquier tipo (sin provision) unid. 15 $ 644,93 $ 9.673,88

13.10 Provisión y colocación de alcorques

metálicos según plano unid. 20 $ 3.974,81 $ 79.496,21

13.11

Armado y fijación de gaviones tipo caja de 0,60x0,50x1,00m., relleno de adoquines

(provistos por el GCBA) incluyendo la selección y traslado de los mismos desde el

depósito designado. unid. 20 $ 5.935,91 $ 118.718,16 CERCO DE OBRA ESPECIAL

14.1 Cerco fijo para obras especiales de 3mts x

2mts ml. 250 $ 143,71 $ 35.927,10 DOCUMENTACION GRAFICA

15.1 Elaboración de planos ejecutivos de obra

(replanteo, detalle). Gl 2 $ 21.567,00 $ 43.134,01

15.2 Elaboración de planos definitivos (Conforme

a obra - CAO). Gl 2 $ 13.352,57 $ 26.705,13

$ 129.028.639,20

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Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos

Aires

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD Ejecución de obras de recuperación de instalaciones de gas - Licitación Pública Nº 20/17 EX-2017-11670065-MGEYA-IVC Se llama a Licitación Pública N° 20/17 para la Contratación de la Ejecución de Obras de Recuperación de Instalaciones de Gas en Nudo 1 Edificio 90 (Ex.76), Edificio 91 (Ex.75), Edificio 92 (Ex.73), Edificio 94 (Ex.71), Nudo 6 Edificio 58 (Ex.42), Nudo 12 Edificio 41 (Ex.23) del Conjunto Urbano Soldati, ubicado entre las calles S/Nº (altura M. Acosta 3575), Av. Lacarra y Mariano Acosta, Comuna 8, Barrio Villa Soldati, Capital Federal. Disposición que autoriza el llamado: DISFC-2017-1223-IVC Presupuesto oficial: $ 20.000.000 Nº Parámetro de la Contratación: 111 Valor del pliego: 0 Plazo de ejecución: 12 meses Fecha de apertura: 18 de octubre de 2017. Hora: 11 hs Lugar: Gerencia Operativa Licitaciones de Obra Pública, Contrataciones y Adjudicaciones - Dr. Enrique Finochietto 435 - 2° piso - Subsecretaria Técnica Administrativa y Legal. El pliego podrá ser consultado en la página de Internet: www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras, y obtenido en forma gratuita en la Gerencia Operativa Licitaciones de Obra Pública, Contrataciones y Adjudicaciones, Dr. Enrique Finochietto 435 - 2° Piso - Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Publicar durante: 18 días.

María Migliore Gerente General

Inicia: 19-9-2017 Vence: 17-10-2017

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD Ejecución de viviendas y locales comerciales y obras exteriores - Licitación Pública Nº 37/17 EX-2017-16116111-MGEYA-IVC Se llama a Licitación Pública Nº 37/17 para la ejecución de 692 viviendas, 70 locales comerciales y obras exteriores correspondientes a la Etapa 2 del Barrio Fraga, delimitado por la Prolongación Av. Triunvirato, Av. Elcano, Guevara, Prolongación Céspedes, Prolongación Teodoro García y Vías FFCC Urquiza, del Barrio Chacarita de la Comuna 15 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Autorizante el llamado: DISFC -2017-1196-IVC Presupuesto oficial: $ 1.200.735.683,54

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 352

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Fecha de apertura: 20 de octubre de 2017 Hora: 11:00 hs. Parámetro de la Contratación: 111 Valor del pliego: 0 Plazo de ejecución: 14 meses Lugar: Gerencia Operativa Licitaciones de Obra Pública, Contrataciones y Adjudicaciones - Dr. Enrique Finochietto 435 - 2° Piso - Subsecretaria Técnica Administrativa y Legal. El pliego podrá ser consultado en la página de Internet: www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras, y obtenido en forma gratuita en la Gerencia Operativa Licitaciones de Obra Pública, Contrataciones y Adjudicaciones, Dr. Enrique Finochietto 435 - 2° piso - Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Publicar durante: 20 días.

María Migliore Gerente General

Inicia: 19-9-2017 Vence: 19-10-2017

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD Ejecución de cámara transformadora - Licitación Pública Nº 52/17 EX-2017-17209079-MGEYA-IVC Se llama a Licitación Pública N° 52/17 para la Contratación de la Ejecución de Cámara Transformadora (obra civil), Alumbrado Público, Redes de Comunicación, Red de Gas de Alta Presión y Planta Reguladora a Media Presión, Red Distribuidora de Media Presión hasta Regulador a Baja Presión de cada edificio, Red de Agua y conexiones hasta cada edificio, Red de Cloaca y conexiones hasta cada edificio; correspondientes al Barrio Orma, ubicado en la Calle Orma N° 3214, Circunscripción 2, Sección 26, Manzana 15, Fracción A y Parcelas 1a, 2a, 3a y 4a, Barrio Barracas, Comuna 4, CABA. Autorizante el llamado: DISFC -2017-1221-IVC Presupuesto oficial: $ 30.047.820,74.- Parámetro de la Contratación: 111 Valor del pliego: 0 Plazo de ejecución: 8 meses Fecha de apertura: 27 de octubre de 2017 Hora: 11 hs Lugar: Gerencia Operativa Licitaciones de Obra Pública, Contrataciones y Adjudicaciones - Dr. Enrique Finochietto 435 - 2° Piso - Subsecretaria Técnica Administrativa y Legal. El pliego podrá ser consultado en la página de Internet: www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras, y obtenido en forma gratuita en la Gerencia Operativa Licitaciones de Obra Pública, Contrataciones y Adjudicaciones, Dr. Enrique Finochietto 435 - 2° piso - Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Publicar durante: 21 días.

María Migliore Gerente General

Inicia: 19-9-2017 Vence: 20-10-2017

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 353

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INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD Mantenimiento integral de la flota completa de vehículos - Licitación Pública Nº 74/17 E. E. Nº 2017-10392859-MGEYA-IVC Desde: miércoles 04 de Octubre de 2017 al martes 10 de Octubre de 2017. Disposición que autoriza el llamado: DISFC-2017-1366-IVC Presupuesto Oficial: $ 970.000. Nº Parámetro de la Contratación: 4255 Valor del Pliego: 0 Provisión del servicio de mantenimiento integral de la flota completa de vehículos pertenecientes al Instituto de Vivienda de la Ciudad. Se llama a Licitación Pública para la contratación de un sistema para la Provisión del servicio de mantenimiento integral de la flota completa de vehículos pertenecientes al Instituto de Vivienda de la Ciudad. Fecha de Apertura: viernes 19 de octubre de 2017 Hora: 14:00 hs Lugar: Gerencia Operativa Licitaciones de Obra Pública, Contrataciones y Adjudicaciones - Dr. Enrique Finochietto 435 - 2° Piso - Subsecretaria Técnica Administrativa y Legal. El pliego podrá ser consultado en la página de Internet: www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras, y obtenido en forma gratuita en la Gerencia Operativa Licitaciones de Obra Pública, Contrataciones y Adjudicaciones, Dr. Enrique Finochietto 435 - 2° Piso - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

María Migliore Gerente General

Inicia: 4-10-2017 Vence:10-10-2017

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Ejecución de Infraestructura, Barrio Alvarado, ubicado en la intersección de la calles Australia, vías FF.CC., calle Agustín Magaldi y calle Alvarado del Barrio Barracas, Comuna 4, Capital Federal - Licitación Pública Nº 75/17 E.E. Nº 17.916.075-IVC/17 Nº Disposición que autoriza el llamado: DISFC-2017-1341-IVC Presupuesto Oficial: $ 32.952.446,35 Nº Parámetro de la Contratación: 111 Valor del Pliego: 0 Ejecución de Infraestructura, Barrio Alvarado, ubicado en la intersección de la calles Australia, vías FF.CC., calle Agustín Magaldi y calle Alvarado del Barrio Barracas, Comuna 4, Capital Federal.-

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 354

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Se llama a Licitación Pública para Ejecución de Cámara Transformadora (obra civil), Alumbrado Público, Redes de Comunicación, Red Distribuidora de Media Presión hasta Regulador a Baja Presión de cada edificio, Red de Agua y conexiones hasta cada edificio, Red de Cloaca y conexiones hasta cada edificio y Red Pluvial, correspondientes al Barrio Alvarado, ubicado en la intersección de la calles Australia, vías FF.CC., calle Agustín Magaldi y calle Alvarado del Barrio Barracas, Comuna 4, Capital Federal Fecha de Apertura: 02 de noviembre de 2017.- Hora: 11:00 hs Lugar: Gerencia Operativa Licitaciones de Obra Pública, Contrataciones y Adjudicaciones - Dr. Enrique Finochietto 435 - 2° Piso - Subsecretaria Técnica Administrativa y Legal. El pliego podrá ser consultado en la página de Internet: www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras, y obtenido en forma gratuita en la Gerencia Operativa Licitaciones de Obra Pública, Contrataciones y Adjudicaciones, Dr. Enrique Finochietto 435 - 2° Piso - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

María Migliore Gerente General

Inicia: 3-10-2017 Vence: 31-10-2017

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD Trabajos de confección, impresión y colocación de carteles - Licitación Pública Nº 77/17 E. E Nº 16.250.911/MGEYA-IVC/17 Desde: miércoles 04 de Octubre de 2017 al martes 10 de Octubre de 2017. Disposición que autoriza el llamado: DISFC-2017-1365-IVC Presupuesto Oficial: $3.200.000,00. Nº Parámetro de la Contratación: 1302 Valor del Pliego: 0 Contratación de trabajos de confección, impresión y colocación de carteles informativos y publicitarios para las obras que se encuentra ejecutando este Instituto de Vivienda, así como también, para aquellos lugares donde estén proyectando trabajos de acondicionamiento edilicio, alumbrado, mejoras en el espacio público, mejoramientos y construcción de vivienda a cargo del Instituto de Vivienda. Se llama a Licitación Pública para la contratación de trabajos de confección, impresión y colocación de carteles informativos y publicitarios para las obras que se encuentra ejecutando este Instituto de Vivienda, así como también, para aquellos lugares donde estén proyectando trabajos de acondicionamiento edilicio, alumbrado, mejoras en el espacio público, mejoramientos y construcción de vivienda a cargo del Instituto de Vivienda. Fecha de Apertura: viernes 19 de octubre de 2017 Hora: 11:00 hs Lugar: Gerencia Operativa Licitaciones de Obra Pública- Dr. Enrique Finochietto 435, 2º piso, sector L - Dirección General Técnica Administrativa y Legal. El pliego podrá ser consultado en la página de Internet: www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras, y obtenido en forma gratuita en la Gerencia Operativa Licitaciones de Obra Pública, Contrataciones y Adjudicaciones, Dr. Enrique Finochietto 435 - 2° Piso - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 355

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María Migliore

Gerente General Inicia: 4-10-2017 Vence:10-10-2017

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD Preadjudicación - Licitación Pública N° 52/16 ACTA DE PREADJUDICACIÓN N° 53/17 EX-2016-07124663-IVC Motivo: S/ Licitación Pública N° 52/16 para la Instalación de Iluminación de Emergencia, Nudos 1 a 12, del Conjunto Urbano Soldati, Barrio Villa Soldati, Capital Federal. De acuerdo a lo dispuesto por el Art. 8 del Acta de Directorio Nº ACDIR-2017-4091-IVC y el Art. 2 del Acta de Directorio Nº ACDIR-2017-4162-IVC, se reúnen los integrantes de la Comisión de Evaluación de Ofertas, Lic. María Migliore, Arq. Pedro Poklepovich Caride, Dra. Sandra Noemí Villar, Cdra. Verónica Paula Abad y Arq. Dolores Zulueta con el objeto de evaluar las Carpetas A, B, C y D integrantes de las ofertas presentadas en la Licitación Pública del Motivo, cuyo presupuesto oficial calculado por la Gerencia Operativa de Planeamiento y Evaluación, IF-2017-11486552-IVC, asciende a la suma total de Pesos Dieciocho Millones Seiscientos Treinta y Cinco Mil Doscientos Treinta y Uno con 24/100, ($ 18.635.231,24.-). Conforme surge del Acta de Apertura de Ofertas Nº 90/17 de la presente Licitación Pública, IF-2017-19286357-IVC, con fecha 15 de agosto de 2017, se recibió la Oferta N° 1 de la empresa TALA CONSTRUCCIONES S.A. (RE-2017-19476629-IVC), la Oferta N° 2 de la empresa HEXACOM S.A. (RE-2017-19476712-IVC) y la Oferta N° 3 de la empresa OPERYS S.R.L. (RE-2017-19476776-IVC). En primera instancia corresponde hacer mención del Art. 1.3.13 del P.C.G. “Vista de las Ofertas y Presentaciones“ que en su parte pertinente estipula: “Los oferentes tendrán acceso a las Ofertas, durante 3 días siguientes al de la apertura del Sobre Único... Durante ese lapso y los 3 (tres) días subsiguientes, podrán efectuar las observaciones que estimen oportunas. Vencido el plazo no tendrán derecho a formular reclamo alguno, ni efectuar presentaciones que hagan a la consideración de las Ofertas salvo que mediare un pedido expreso del IVC... Sin excepción todas las presentaciones se efectuarán en la Mesa de Entradas del IVC.“ Al respecto se deja constancia que con fecha 16 de agosto del corriente ha tomado vista de las ofertas la empresa TALA CONSTRUCCIONES S.A. y los días 17 y 18 de agosto la empresa HEXACOM S.A. (IF-2017-19286630-IVC). Se deja constancia que mediante IF-2017-19620133-IVC la empresa TALA CONSTRUCCIONES S.A. ha realizado observaciones, las que fueron oportunamente analizadas.

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Corresponde mencionar que el Estudio de Ofertas (IF-2017-20211001-IVC) ha sido efectuado conforme las previsiones establecidas por el Art 1.3.14 del P.C.G. "Aclaración de las Ofertas" el que establece que: "Con posterioridad a la apertura de las propuestas y a los efectos de realizar el estudio de las Ofertas el I.V.C. podrá requerir a los proponentes los elementos que estime necesarios, siempre que dicha solicitud no implique una violación a los principios del procedimiento de selección. De ser solicitados los mismos, deberán ser presentados por los Oferentes dentro del plazo que fije el I.V.C.(...) Tanto la solicitud como la respuesta se harán por escrito; en

ningún caso se podrá solicitar ni permitir cambio alguno en los precios ni demás aspectos substanciales de la Oferta." Continuando con el análisis, corresponde hacer mención al Art 1.3.15. del P.C.G. Análisis y Evaluación que en su parte pertinente suscribe: "Las Ofertas cuyo sobre, paquete o envoltorio no contenga los elementos requeridos en el Art. 1.3.4.1. "Modalidad SOBRE ÚNICO"... del P.C.G. y que a juicio del I.V.C. no corresponda que sean solicitados con posterioridad, serán declaradas inadmisibles en la instancia correspondiente." a) Documentación INEXCUSABLE Son considerados inexcusables, no pudiendo ser presentados con posterioridad a la presentación de la oferta, los requisitos que a continuación se enumeran: Modalidad SOBRE ÚNICO Carpeta A: a) Garantía de Oferta. i) Compromiso de conformar una U.T. o el Contrato respectivo. Carpeta C: a) Balance General y Estados Contables Parciales en caso de corresponder. Carpeta D: a) Oferta económica. b) Plan de trabajos completo. c) Cómputo y Presupuesto de la Oferta. d) Análisis de Precios o Estructura de Costos. (...) Los Oferentes deberán presentar el correspondiente Certificado de Capacidad de Contratación Anual para Licitación, expedido por el Registro Nacional de Constructores de Obra Pública, de acuerdo a lo establecido en el Art. 1.2.2. "Capacidad de Contratación. R.N.C.O.P." del P.C.G.. El Oferente deberá demostrar en dicho Certificado que posee una Capacidad Referencial de Contratación (CRC) correspondiente al tipo de obra definida en el P.C.P., igual o superior al valor que resulte de la fórmula indicada a continuación: Para Obra Nueva de Arquitectura La CRC deberá ser igual o mayor a: PO x 12 / PE. Donde: PO es el Presupuesto Oficial. PE es el plazo estimado de obra...“ VER Cuadros con el detalle de cumplimiento respecto de la Documentación Inexcusable. Asimismo se informa que las empresas oferentes cumplen con la Capacidad Referencial de Contratación conforme el Art. 1.3.15 del P.C.G. Por su parte, el Art. 1.3.15.1.1 Criterio de Evaluación de las Ofertas establece: "Las ofertas cuyo SOBRE ÚNICO no contengan los elementos requeridos en el Art. 1.3.4.1. "Modalidad SOBRE ÚNICO" del P.C.G. y que conforme detalle efectuado en el Art. 1.3.15. "Análisis y Evaluación" del P.C.G. no corresponda sean requeridos con posterioridad a la presentación de la oferta, serán declaradas inadmisibles en la instancia correspondiente.

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Para el estudio de la admisibilidad de las ofertas se dispondrá un orden de prelación de acuerdo al monto de las mismas, sin perjuicio de que - en la instancia correspondiente al análisis de conveniencia -, se consideren los demás requisitos exigidos por la documentación licitatoria. Establecido el orden de prelación se procederá a analizar las 3 (tres) primeras ofertas de acuerdo al orden de prelación precitado y en caso que alguna de éstas no reunieran los requisitos necesarios para su admisibilidad, se continuará con el estudio de la siguiente y así sucesivamente. Serán consideradas admisibles aquellas ofertas que den cumplimiento satisfactorio a los requisitos antedichos y que igualen o superen con el último balance de cierre de ejercicio aprobado, auditado y presentado ante la Inspección General de Justicia u Organismo de Contralor de la Jurisdicción correspondiente, las siguientes exigencias: 1. Patrimonio Neto: igual o mayor que el 20% (veinte por ciento) del Presupuesto Oficial. 2. Índice de Solvencia Total: igual o mayor que 1,30 (uno con treinta). Donde el índice es el cociente del activo total dividido por el pasivo total (evalúa la capacidad de la empresa para cumplir en término con los compromisos totales, con prescindencia del corto o largo plazo). Solvencia Total = Activo Total = ó > a 1,30 Pasivo Total 3. Índice de Liquidez Corriente: mayor a 1 (uno). Donde el índice es el cociente del activo corriente dividido por el pasivo corriente (evalúa la capacidad de la empresa para cumplir en término con sus compromisos a corto plazo). Liquidez Corriente = Activo Corriente > a 1 Pasivo Corriente 4. Prueba Ácida: igual o mayor a 0,70. Donde el índice es el cociente entre la diferencia de Activo Corriente menos Bienes de Cambio dividido el Pasivo Corriente (evalúa la capacidad de la empresa para cumplir en término con los compromisos a corto plazo). Prueba Ácida = (Activo Corriente - Bienes de Cambio) > a 0,70 Pasivo Corriente Se considerará "último balance de cierre de ejercicio" a aquel cuya fecha de cierre sea la más próxima a la fijada como límite para la presentación de las ofertas. Si a la fecha de apertura los Estados Contables correspondientes al cierre del último ejercicio tuviesen una antigüedad superior a los 6 (seis) meses, deberán asimismo presentar estados contables parciales con fecha de cierre al mes anterior de la citada fecha de apertura. Todas las presentaciones deberán contar con dictamen de razonabilidad (no certificación literal) de Contador Público cuya firma debe estar legalizada por el Consejo Profesional respectivo..." VER CUADRO N° 2 Evaluación del cumplimiento de los requisitos solicitados en el Art. 1.2.6. "Inhibiciones" del PCG. A fin de evaluar el cumplimiento de los requisitos del Art. 1.2.6 P.C.G., se ha realizado la consulta a las distintas áreas competentes del I.V.C. Se deja constancia que se han vinculado tanto las solicitudes como las respuestas recibidas por la Subsecretaría Gestión Social de la Vivienda, Direcciones Generales de Obras y por las Gerencias Operativas Adquisición de Bienes y Servicios y Asesoramiento y Control de Legalidad de Obra Pública y Suministros mediante IF-2017-20020936-IVC de donde surge que los oferentes cumplen con los requisitos en concepto de Inhibiciones.

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Con la información obrante en esta área y con aquella que surge del detalle de los saldos de los diferentes contratos se ha confeccionado el cuadro que seguidamente se agrega y que cuenta con el detalle de cumplimiento de las previsiones del Art. 1.2.6 del P.C.G. inc. b) del que surge que todas las empresas oferentes cumplimentan lo allí requerido. VER CUADRO N° 3 Cabe aclarar que mediante ME-2017-19287657-IVC se requirió al Departamento Redeterminaciones que tome debida intervención respecto de los puntos de su competencia dando respuesta mediante lo consignado mediante ME-2017-19609514-IVC. Habiendo analizado la documentación, tal como consta en el Estudio de Ofertas (IF-2017-20211001-IVC), con fecha 04 de septiembre del corriente, se realizó el examen de cumplimiento de los requisitos exigidos por la documentación licitatoria. Oferta Nº 1 - TALA CONSTRUCCIONES S.A. (RE-2017-19476629-IVC) La Oferta cumplimenta la requisitoria de la documentación licitatoria, sin perjuicio de ello se solicitaron subsanaciones de carácter formal las que fueron presentadas mediante RE-2017-20679776-IVC. Oferta Nº 2 - HEXACOM S.A. (RE-2017-19476712-IVC) La Oferta NO cumplimenta la requisitoria de la documentación licitatoria por no presentar al momento de la apertura de ofertas el Plan de Trabajos completo ya que omite presentar la Memoria Descriptiva conforme lo prescripto por el Art. 1.3.15. Inciso a) “Documentación INEXCUSABLE“, mencionado ut-supra. Asimismo se observa que presenta balance Regular al 30/06/2016 omitiendo la presentación de Estados Contables Parciales conforme lo dispuesto en el Art. 1.3.4.3, el cual establece, en su parte pertinente, "(...) Si a la fecha de apertura, los Estados Contables correspondientes al cierre del último ejercicio tuviesen una antigüedad superior a los 6 (seis) meses, deberán asimismo presentar estados contables parciales con fecha de cierre al mes anterior de la citada fecha de apertura. Todas las presentaciones deberán contar con dictamen de razonabilidad (no certificación literal) de Contador Público cuya firma debe estar legalizada por el Consejo Profesional respectivo. (...)". Por lo expuesto y conforme las prescripciones del Art. 1.3.15. "Documentación INEXCUSABLE", mencionado ut-supra, de donde surge que la documentación referida forma parte de los requisitos considerados inexcusables, corresponde declarar inadmisible la Oferta N° 2 de la empresa HEXACOM S.A. Oferta Nº 3 - OPERYS S.R.L. (RE-2017-19476776-IVC) La Oferta NO cumplimenta la requisitoria de la documentación licitatoria por no presentar al momento de la apertura de ofertas el Plan de Trabajos completo ya que omite presentar la Memoria Descriptiva conforme lo prescripto por el Art. 1.3.15. Por tal motivo y conforme las prescripciones del Art. 1.3.15. "Documentación INEXCUSABLE", mencionado ut-supra, de donde surge que la documentación referida forma parte de los requisitos considerados inexcusables. Asimismo se observa que presenta balance Regular al 31/10/2016 omitiendo la presentación de Estados Contables Parciales conforme lo dispuesto en el Art. 1.3.4.3, el cual establece, en su parte pertinente, "(...) Si a la fecha de apertura, los Estados Contables correspondientes al cierre del último ejercicio tuviesen una antigüedad superior a los 6 (seis) meses, deberán asimismo presentar estados contables parciales con fecha de cierre al mes anterior de la citada fecha de apertura. Todas las presentaciones deberán contar con dictamen de razonabilidad (no certificación literal) de Contador Público cuya firma debe estar legalizada por el Consejo Profesional respectivo. (...)". Por lo expuesto y conforme las prescripciones del Art. 1.3.15. "Documentación INEXCUSABLE", mencionado ut-supra, de donde surge que la documentación referida forma parte de los requisitos considerados inexcusables, corresponde declarar inadmisible la Oferta N° 3 de la empresa OPERYS S.R.L.

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Asimismo cabe destacar que se consultó a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires respecto de la forma de adjudicar la obra que por estos actuados tramita, quien se ha expedido favorablemente en IF-2017-22592982-PG exponiendo que “...podrá darse continuidad al procedimiento seguido y adjudicar de considerarlo oportuno y conveniente, la totalidad de las obras a la firma TALA CONSTRUCCIONES S.A....“ Se agrega copia. Por las consideraciones expuestas, esta Comisión de Evaluación de Ofertas recomienda: 1. Declarar Inadmisible en los términos del Art. 1.3.15. del P.C.G., la Oferta N° 2 de la empresa HEXACOM S.A. y la Oferta N° 3 de la empresa OPERYS S.R.L. 2. Adjudicar la Licitación Pública N° 52/16 para la Instalación de Iluminación de Emergencia, Nudos 1 a 12, del Conjunto Urbano Soldati, Barrio Villa Soldati, Capital Federal a la Oferta N° 1 de la empresa TALA CONSTRUCCIONES S.A. por un total de Pesos Diecinueve Millones Quinientos Un Mil Seiscientos Veintitres con 71/100 ($ 19.501.623,71.-) - OFERTA BONIFICADA - compuesta por: Renglón 1: Nudos 1 / 2 / 3 (incluyen a los Edificios 90, 91, 92, 93, 94, 85, 86, 87, 88, 89, 96 y 97) por un total de Pesos Cuatro Millones Quinientos Sesenta y Seis Mil Setecientos Cincuenta y Ocho con 79/100 ($ 4.566.758,79.-). Renglón 2: Nudos 4 / 7 / 8 (incluyen a los Edificios 65, 94, 95, 98, 99, 100, 61, 64, 67, 66, 68 y 69) por total de Pesos Cuatro Millones Cuatrocientos Setenta y Ocho Mil Seiscientos Cuatro con 59/100 ($ 4.478.604,59.-). Renglón 3: Nudos 5 / 6/ 12 (incluyen a los Edificios 46, 53, 56, 57, 59, 62, 48, 54, 58, 60, 63, 64, 27, 35, 36 y 41) por un total de Pesos Cinco Millones Setecientos Seis Mil Cuatrocientos Sesenta con 30/100 ($ 5.706.460,30.-). Renglón 4: Nudos 9 / 10 / 11 (incluyen a los Edificios 7, 12, 13, 17, 8, 14, 18, 23, 26, 34, 35, 40 y 45) por un total de Pesos Cuatro Millones Setecientos Cuarenta y Nueve Mil Ochocientos con 02/100 ($ 4.749.800,02.-). Todo ello, por resultar su oferta conveniente, oportuno, razonable y ajustarse a los requerimientos de la documentación licitatoria. Luego de concluida la labor de esta Comisión, se cierra el presente Acto firmando los suscriptos.

María Migliore Gerencia General

ANEXO

Inicia: 9-10-2017 Vence: 10-10-2017

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD Preadjudicación - Licitación Pública Nº 34/17 EX-2017-09222646-MGEYA-IVC Acta de Preadjudicación N° 50/17 Motivo: S/ Licitación Pública Nº 34/17 - Contratación mensual del Servicio de Provisión de Agua Envasada.

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De acuerdo a lo dispuesto por el Art. 8 del Acta de Directorio Nº ACDIR-2017-4091-IVC y el Art. 2 del Acta de Directorio Nº ACDIR-2017-4162-IVC, se reúnen los integrantes de la Comisión de Evaluación de Ofertas, Lic. María Migliore, Arq. Pedro Poklepovich Caride, Dra. Sandra Noemí Villar, Cdra. Verónica Paula Abad y Arq. Dolores Zulueta, con el objeto de evaluar la documentación de la Oferta presentada a la Licitación del Motivo, cuyo presupuesto estimado por la Gerencia Operativa de Adquisición de Bienes y Servicios (IF-2017-09385716-IVC / Orden 4) asciende a la suma de Pesos Tres Millones Quinientos Cuatro Mil con 00/100 ($ 3.504.000,00.-) habiendo, la Gerencia Operativa Económica Financiera, afectado el presente gasto conforme Formulario de Solicitud de Gastos Nº 27878/2017 (DOCFI-2017- 14835811-IVC / Orden 7). Conforme surge del Acta de Apertura de Ofertas Nº 91/17 (IF-2017-18849296-IVC) de la presente Licitación obrante en el Orden 42, con fecha 17 de Agosto de 2017, se recibió la Oferta N° 1 de la empresa FISCHETTI y CÍA. S.R.L (RE-2017-19272490-IVC / Orden 43), todo de conformidad al Anexo I que forma parte del presente. Llamada a intervenir la Gerencia Operativa Adquisición de Bienes y Servicios emite el correspondiente informe técnico conforme surge del IF-2017-19430829-IVC (Orden 47). Asimismo se dio competente intervención a la Dirección General Administración y Finanzas (Departamento Redeterminaciones), emitiendo el informe de Orden 52 (IF-2017-19783820-IVC), Orden 60 (IF-2017-21392548-IVC) y Orden 70 (IF-2017-22530255-IVC). Habiendo analizado la documentación que rige la presente licitación, se realizó el examen de cumplimiento de los requisitos exigidos por la documentación licitatoria, formulándose las siguientes observaciones: Oferta Nº 1 - FISCHETTI y CÍA. S.R.L (RE-2017-19272490-IVC / Orden 43): La oferta cumplimenta la requisitoria de la documentación licitatoria. Vale la pena destacar que, mediante RE-2017-20674012-IVC (Orden 55) la empresa realizó el endoso de la póliza presentada incorporando la cláusula correspondiente. Asimismo a través de RE-2017-22350270-IVC (Orden 65) presentó la respectiva estructura de costos subsanada. Conforme surge de la normativa legal vigente, se requirieron a la Dirección General de Compras y Contrataciones, Dirección de Control y Normatización - Departamento de Catalogación, del GCBA, precios indicativos, los que obran agregados en el IF-2017- 17629027-IVC (Orden 38) e IF-2017-19443601-IVC (Orden 49). Se adjunta consulta efectuada del estado registral de la misma incorporado en Orden 44 mediante IF-2017-19038816-IVC. Por lo hasta aquí expuesto, esta Comisión de Evaluación de Ofertas recomienda: 1.

Adjudicar la Licitación Pública Nº 34/17 para la Contratación mensual del Servicio de Provisión de Agua Envasada, en los términos del Art. 31 de la Ley 2095 (Texto Consolidado consolidado por la Ley N° 5666 - BOCBA del 24/11/2016), por un total de Pesos Tres Millones Doscientos Sesenta y Cuatro Mil con 00/100 ($ 3.264.000,00.-) a la Oferta Nº 1 de la empresa FISCHETTI y CÍA. S.R.L, todo ello, conforme surge del Anexo I adjunto a la presente, y por resultar su oferta conveniente, razonable y ajustarse a los requerimientos de la documentación licitatoria. Se deja constancia que corresponde publicar la presente y dar vista al oferente, en los términos del Artículo 108 del Decreto Nº 95/14, Reglamentario de la Ley de Compras y Contrataciones Nº 2095, y sus modificatorias. (Texto consolidado por Ley Nº 5666 - BOCBA 5014 del 24/11/2016). Luego de concluida la labor de esta Comisión, se cierra el presente Acto firmando los suscriptos.

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ANEXO

María Migliore Gerencia General

Inicia: 10-9-2017 Vence: 11-10-2017

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD Preadjudicación - Licitación Pública Nº 48/17 EX-2017-08395901-MGEYA-IVC Acta de Preadjudicación N° 54/17 Motivo: S/Licitación Pública Nº 48/17 - Provisión anual de artículos de limpieza para las dependencias del Organismo. De acuerdo a lo dispuesto por el Art. 8 del Acta de Directorio Nº ACDIR-2017-4091-IVC y el Art. 2 del Acta de Directorio Nº ACDIR-2017-4162-IVC, se reúnen los integrantes de la Comisión de Evaluación de Ofertas, Lic. María Migliore, Arq. Pedro Poklepovich, Dra. Sandra Noemí Villar, Cdra. Verónica Paula Abad y Arq. Dolores Zulueta, con el objeto de evaluar la documentación de las Ofertas presentadas a la Licitación del Motivo, cuyo presupuesto estimado por la Gerencia Operativa Adquisición de Bienes y Servicios (IF-2017-09753736-IVC / Orden 7) asciende a la suma de Pesos Novecientos Ochenta y Cinco Mil Doscientos Quince con 00/100 ($ 985.215,00.-) habiendo, la Gerencia Operativa Económica Financiera, afectado el presente gasto conforme Formulario de Solicitud de Gastos Nº 28812/2017 (IF-2017- 16084223-IVC / Orden 10). Conforme surge del Acta de Apertura de Ofertas Nº 95/17 (IF-2017-19824100-IVC) de la presente Licitación obrante en el Orden 62, con fecha 30 de Agosto de 2017, se recibieron las ofertas que a continuación se detallan: Oferta Nº 1 - WELLPACK S.A. (RE-2017-19853751-IVC, Orden 63); Oferta Nº 2 - VALOT S.A. (RE-2017-19894694-IVC, Orden 64); Oferta Nº 3 - SERVICIOS PARA LA HIGIENE S.A. (RE-2017-19853777-IVC, Orden 65); Oferta Nº 4 - DAWIDOWSKI, EZEQUIEL MARTÍN (RE-2017-19854801-IVC, Orden 66); Oferta Nº 5 - EUQUI S.A. (RE-2017-19854738-IVC, Orden 67), todo de conformidad al Anexo I que forma parte del presente. Vale la pena destacar que la empresa SERVICIOS PARA LA HIGIENE S.A. tomó vista de las presentes actuaciones mediante IF-2017-19854772-IVC (Orden 78), sin haber formulado observación alguna.

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En virtud de lo requerido por el Art. 110 de la Ley Nº 2095 de Compras y Contrataciones (Texto consolidado por Ley Nº 5666 - BOCBA 5014 del 24/11/2016) (Decreto reglamentario Nº 95/GCBA/14) que establece: "(...) Las micro y pequeñas empresas, cooperativas y talleres protegidos creados por Ley 778, tendrán un margen a favor del cinco por ciento (5%) en el valor ofertado en todos los procedimientos de contratación normados por la presente Ley, respecto de los restantes oferentes.(...)", se procede a efectuar la categorización de las empresas oferentes, en virtud de la documentación contable requerida y presentada por las mismas y lo prescripto por la Resolución Nº 50/SEPyME/2013 que versa: “Sustitúyese el Artículo 1° de la Resolución Nº 24 de fecha 15 de febrero de 2001 de la ex SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA y sus modificaciones, el que quedará redactado de la siguiente forma: "ARTICULO 1°.- A los efectos de lo dispuesto por el Artículo 1° del Título I de la Ley Nº 25.300, serán consideradas Micro, Pequeñas y Medianas Empresas aquéllas cuyas ventas totales anuales expresadas en

Pesos ($) no superen los valores establecidos en el cuadro que se detalla a continuación."

VER CUADRO N° 1 "SECTOR"

VER CUADRO N° 2 "Cuadro de categorización"

Llamada a intervenir, la Gerencia Operativa Adquisición de Bienes y Servicios realiza el estudio técnico correspondiente, el que obra agregado en el Orden 73 (IF-2017-21645601-IVC) y en el Orden 74 (IF-2017-21648261-IVC). Habiendo analizado la documentación que rige la presente contratación, se realizó el examen de cumplimiento de los requisitos exigidos por la documentación licitatoria, formulándose las siguientes observaciones: Oferta Nº 1 - WELLPACK S.A. (RE-2017-19853751-IVC, Orden 63): La oferta cumplimenta la requisitoria de la documentación licitatoria. Vale la pena destacar que mediante RE-2017-23035540-IVC (Orden 85), adjuntó la actualización del Certificado de Deudores Alimentarios Morosos. De acuerdo a lo manifestado por la Gerencia Operativa Adquisición de Bienes y Servicios mediante IF-2017-21645601-IVC (Orden 73) e IF-2017-21648261-IVC (Orden 74) "Todos los renglones ofertados cumplen con la especificación técnica del pliego.". Oferta Nº 2 - VALOT S.A. (RE-2017-19894694-IVC, Orden 64): La oferta cumplimenta la requisitoria de la documentación licitatoria. Vale la pena destacar que mediante RE-2017-22067527-IVC (Orden 82), adjuntó la actualización del Certificado de Deudores Alimentarios Morosos. Asimismo de acuerdo a lo manifestado por la Gerencia Operativa Adquisición de Bienes y Servicios mediante IF-2017-21645601-IVC (Orden 73) e IF-2017-21648261-IVC (Orden 74) "Se rechazan por no cumplir la especificación técnica del pliego las muestras de los renglones 230, 260, 390. El resto de los renglones ofertados cumplen con la especificación técnica del pliego.".

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Oferta Nº 3 - SERVICIOS PARA LA HIGIENE S.A. (RE-2017-19853777-IVC, Orden 65): La oferta cumplimenta la requisitoria de la documentación licitatoria. De acuerdo a lo manifestado por la Gerencia Operativa Adquisición de Bienes y Servicios mediante IF-2017-21645601-IVC (Orden 73) e IF-2017-21648261-IVC (Orden 74) "Se rechazan por no cumplir la especificación técnica del pliego las muestras de los renglones 20, 70, 100, 170, 190, 350 y 360. Asimismo se menciona que la oferta del renglón 370 no ha presentado la muestra correspondiente. El resto de los renglones ofertados cumplen con la especificación técnica del pliego.". Oferta Nº 4 - DAWIDOWSKI, EZEQUIEL MARTÍN (RE-2017-19854801-IVC, Orden 66): La oferta cumplimenta la requisitoria de la documentación licitatoria. Cabe aclarar que, mediante RE-2017-22183449-IVC (Orden 83) y RE-2017-22183433-IVC (Orden 84) el oferente presentó la documentación faltante al momento de realizada la apertura. Por otra parte se requirió, conforme lo establecido por el Inc. 4 del Art. 106 del Decreto Nº 95/14, reglamentario de la Ley de Compras Nº 2095 y su modificatoria, receptado por el Pliego de Condiciones Generales que rige la presente Licitación en su Artículo 22, que realice una mejora de su oferta para el Renglones Nº 170 y 190 la cual fue concedida, de acuerdo a lo expresado en el RE-2017-22599624-IVC (Orden 87). Asimismo de acuerdo a lo manifestado por la Gerencia Operativa Adquisición de Bienes y Servicios mediante IF-2017-21645601-IVC (Orden 73) e IF-2017-21648261-IVC (Orden 74) "Se rechaza por no cumplir la especificación técnica del pliego la muestra del Renglón 50, 100, 130, 140, 260, 330, 350 y 380. El resto de los renglones ofertados cumplen con la especificación técnica del pliego.". Cabe mencionar que mediante IF-2017-22085923 (Orden 79) el Señor DAWIDOWSKI, EZEQUIEL MARTÍN (Oferta N° 4) presenta nota para dejar sin efecto su oferta para los Renglones N° 260 y 360 manifestando que "(...) he cometido un error en el tipiado correspondiente a los precios de los renglones 260 y 360. Por lo que solicito no tener en cuenta los precios para dichos renglones (...)", es por ello que corresponde aplicar lo establecido en el Art. 106 Apartado 7 inc. a) del Decreto 95/14, reglamentario de la Ley de Compras y Contrataciones Nº 2095/06, el cual establece, en su parte pertinente, "(...) En caso de error evidente, debidamente comprobado a exclusivo juicio de la Unidad Operativa de Adquisiciones: a) La oferta: sin penalidades si el error es denunciado o advertido antes de la adjudicación. (...)" Oferta Nº 5 - EUQUI S.A. (RE-2017-19854738-IVC, Orden 67): La oferta cumplimenta la requisitoria de la documentación licitatoria. Vale la pena destacar que mediante RE-2017-22067492-IVC (Orden 80), el oferente presentó la documentación faltante al momento de realizada la apertura y mediante RE-2017-22067557-IVC (Orden 81) adjuntó la actualización del Certificado de Deudores Alimentarios Morosos. Asimismo de acuerdo a lo manifestado por la Gerencia Operativa Adquisición de Bienes y Servicios mediante IF-2017-21645601-IVC (Orden 73) e IF-2017-21648261-IVC (Orden 74) "Se rechazan por no cumplir la especificación técnica del pliego las muestras de los renglones 50, 90, 100, 190, 220, 250, 360 y 370. Asimismo se menciona que las ofertas de los renglones 10, 130, 170, 260 y 270 no han presentado las muestras correspondientes. El resto de los renglones ofertados cumplen con la especificación técnica del pliego.". Conforme surge de la normativa legal vigente, se requirieron a la Dirección General de Compras y Contrataciones, Dirección de Control y Normatización - Departamento de Catalogación, del GCBA, precios indicativos, mediante IF-2017-18825224-IVC (Orden 56) e IF-2017-22574144-IVC (Orden 86). Se adjunta consulta efectuada del estado registral de las empresas oferentes IF-2017- 19841535-IVC (Orden 68). Por lo hasta aquí expuesto, esta Comisión de Evaluación de Ofertas recomienda:

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1. Adjudicar la Licitación Pública Nº 48/17 - Provisión anual de artículos de limpieza para las dependencias del Organismo, en los términos del Art. 31 de la Ley de Compras y Contrataciones Nº 2095/06 y sus modificatorias (Texto Consolidado por la Ley N° 5666 - BOCBA del 24/11/2016), por un total de Pesos Seiscientos Nueve Mil Novecientos Ochenta y Siete con 50/100 ($ 609.987,50.-) todo ello, conforme surge del Anexo I adjunto a la presente, y por resultar sus ofertas convenientes, razonables y ajustarse a los requerimientos de la documentación licitatoria, de la siguiente manera: Renglón Nº 20 a la Oferta Nº 1 de la empresa WELLPACK S.A. por un total de Pesos Ochenta y Siete Mil Setecientos con 00/100 ($ 87.700,00.-); Renglones Nº 10, 30, 40, 50, 60, 80, 90, 110, 130, 180, 210, 220, 230, 240, 250, 260,

270, 280, 300, 320, 330, 340, 380, 390 y 400, a la Oferta Nº 3 de la empresa SERVICIOS PARA LA HIGIENE S.A. por un total de Pesos Cuatrocientos Once Mil Ciento Noventa y Siete con 50/100 ($ 411.197,50.-); Renglones Nº 170 y 190, a la Oferta Nº 4 del Señor DAWIDOWSKI, EZEQUIEL MARTÍN por un total de Pesos Cincuenta y Ocho Mil Ochocientos Cuarenta con00/100 ($ 58.840,00.-); Renglones Nº 70, 120, 140, 150, 160, 200, 290 y 310 a la Oferta Nº 5 de la empresa EUQUI S.A. por un total de Pesos Cincuenta y Dos Mil Doscientos Cincuenta con 00/100 ($ 52.250,00.-); 2. Desestimar la Oferta Nº 2 de la empresa VALOT S.A para los Renglones Nº 230, 260 y 390; la Oferta Nº 3 de la empresa SERVICIOS PARA LA HIGIENE S.A. para los Renglones Nº 20, 70, 100, 170, 190, 350 y 360; la Oferta Nº 4 del Señor DAWIDOWSKI, EZEQUIEL MARTÍN para los Renglones Nº 50, 100, 130, 140, 330, 350 y 380; y la Oferta Nº 5 de la empresa EUQUI S.A. para los Renglones Nº 50, 90, 100, 190, 220, 250, 360 y 370, por no cumplir con las especificaciones técnicas exigidas en la documentación licitatoria. 3. Desestimar la Oferta Nº 3 de la empresa SERVICIOS PARA LA HIGIENE S.A. para el Renglón Nº 370 y la Oferta Nº 5 de la empresa EUQUI S.A. para los Renglones Nº 10, 130, 170, 260 y 270, por no presentar las muestras solicitadas en la documentación licitatoria, de acuerdo a lo establecido en el Art. 104 Inc. d) - Causales de Rechazo de la Oferta, de la Ley de Compras Nº 2095 y sus modificatorias. 4. Desestimar la Oferta Nº 1 de la empresa WELLPACK S.A. para el Renglón Nº 30; la Oferta Nº 2 de la empresa VALOT S.A para el Renglón Nº 50; la Oferta Nº 3 de la empresa SERVICIOS PARA LA HIGIENE S.A. para los Renglones Nº 80 (Alternativa), 120, 140, 150, 160, 200, 290 y 310; la Oferta Nº 4 del Señor DAWIDOWSKI, EZEQUIEL MARTÍN para los Renglones Nº 10, 40, 90, 150, 160, 200, 250, 280, 290, 310 y 400; la Oferta Nº 5 de la empresa EUQUI S.A. para los Renglones Nº 30, 60, 80, 110, 180, 210, 230, 240, 280, 300, 320, 330, 340 y 390; por resultar los precios ofertados inconvenientes. 5. Desestimar la Oferta Nº 3 de la empresa SERVICIOS PARA LA HIGIENE S.A. para el Renglón Nº 100 (Alternativa) según lo establecido en el punto 15 del Pliego de Condiciones Particulares "FORMA DE COTIZAR (...)Sólo se admitirá cotización de producto ALTERNATIVO, si cotiza el producto base. Si este último es rechazado por no cumplir con las especificaciones técnicas, quedará desestimado el producto alternativo. (...)". 6. Desestimar la Oferta Nº 4 del Señor DAWIDOWSKI, EZEQUIEL MARTÍN para los Renglones Nº 260 y 360, en virtud de lo dispuesto en el Art. 106 Apartado 7 inc. a) del Decreto 95/14, reglamentario de la Ley de Compras y Contrataciones Nº 2095/06. 7. Declarar Desiertos los Renglones Nº 100, 350, 360 y 370 en virtud que las ofertas presentadas no cumplen con los requerimientos de la documentación licitatoria.

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Se deja constancia que corresponde publicar la presente y dar vista a los oferentes, en los términos del Artículo 108 del Decreto Nº 95/14, Reglamentario de la Ley de Compras y Contrataciones Nº 2095, y sus modificatorias. (Texto consolidado por Ley Nº 5666 - BOCBA 5014 del 24/11/2016). Luego de concluida la labor de esta Comisión, se cierra el presente Acto firmando los suscriptos. María Migliore

Gerencia General Inicia: 10-9-2017 Vence: 11-10-2017

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD Preadjudicación - Licitación Pública N° 53/17 ACTA DE PREADJUDICACIÓN N° 48/17 EX-2017-11666186-IVC Motivo: S/ Licitación Pública Nº 53/17 para la ejecución de la Obra de Recuperación de Pasarelas de Circulación Peatonal, Barrio Gral. de División Manuel Nicolás Savio, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. De acuerdo a lo dispuesto por el Art. 8 del Acta de Directorio Nº ACDIR-2017-4091-IVC y el Art. 2 del Acta de Directorio Nº ACDIR-2017-4162-IVC, se reúnen los integrantes de la Comisión de Evaluación de Ofertas, Lic. María Migliore, Arq. Pedro Poklepovich Caride, Dra. Sandra Noemí Villar, Cdra. Verónica Paula Abad y Arq. Dolores Zulueta, con el objeto de evaluar la documentación de las Ofertas presentadas a la Licitación del Motivo, cuyo presupuesto estimado por la Gerencia Operativa Conjuntos Urbanos, IF-2017-12496957-IVC, asciende a la suma total de Pesos Doce Millones Quinientos Diecisiete Mil Ochocientos Sesenta y Seis con 99/100, ($ 12.517.866,99.-). Conforme surge del Acta de Apertura de Ofertas Nº 107/17 de la presente Licitación Pública, IF-2017-20882773-IVC, con fecha 11 de septiembre de 2017, se recibieron las ofertas agregadas en el Anexo denominado Orden de Prelación, que se agrega al presente, de conformidad con el Art. 1.3.15.1 del P.C.G. VER CUADRO N° 1 ANEXO ORDEN DE PRELACIÓN En primera instancia corresponde hacer mención del Art. 1.3.13 del P.C.G. “Vista de las Ofertas y Presentaciones“ que en su parte pertinente estipula: “Los oferentes tendrán acceso a las Ofertas, durante 3 días siguientes al de la apertura del Sobre Único... Durante ese lapso y los 3 (tres) días subsiguientes, podrán efectuar las observaciones que estimen oportunas. Vencido el plazo no tendrán derecho a formular reclamo alguno, ni efectuar presentaciones que hagan a la consideración de las Ofertas salvo que mediare un pedido expreso del IVC... Sin excepción todas las presentaciones se efectuarán en la Mesa de Entradas del IVC.“ Al respecto se deja constancia que no se ha tomado vista alguna de las ofertas. Continuando con el análisis, corresponde hacer mención al Art 1.3.15. del P.C.G. Análisis y Evaluación que en su parte pertinente suscribe: "Las Ofertas cuyo sobre, paquete o envoltorio no contenga los elementos requeridos en el Art. 1.3.4.1. "Modalidad SOBRE

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ANEXO

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ÚNICO"... del P.C.G. y que a juicio del I.V.C. no corresponda que sean solicitados con posterioridad, serán declaradas inadmisibles en la instancia correspondiente." a) Documentación INEXCUSABLE Son considerados inexcusables, no pudiendo ser presentados con posterioridad a la presentación de la oferta, los requisitos que a continuación se enumeran: Modalidad SOBRE ÚNICO Carpeta A: a) Garantía de Oferta. i) Compromiso de conformar una U.T. o el Contrato respectivo. Carpeta C: a) Balance General y Estados Contables Parciales en caso de corresponder. Carpeta D: a) Oferta económica. b) Plan de trabajos completo. c) Cómputo y Presupuesto de la Oferta. d) Análisis de Precios o Estructura de Costos. (...) Los Oferentes deberán presentar el correspondiente Certificado de Capacidad de Contratación Anual para Licitación, expedido por el Registro Nacional de Constructores de Obra Pública, de acuerdo a lo establecido en el Art. 1.2.2. "Capacidad de Contratación. R.N.C.O.P." del P.C.G.. El Oferente deberá demostrar en dicho Certificado que posee una Capacidad Referencial de Contratación (CRC) correspondiente al tipo de obra definida en el P.C.P., igual o superior al valor que resulte de la fórmula indicada a continuación: Para Obra Nueva de Arquitectura La CRC deberá ser igual o mayor a: PO x 12 / PE. Donde: PO es el Presupuesto Oficial. PE es el plazo estimado de obra...“ Por lo expuesto se agrega cuadro con el detalle de cumplimiento respecto de la Documentación Inexcusable. VER CUADRO N° 2 DETALLE DE CUMPLIMIENTO Por su parte, el Art. 1.3.15.1.1 Criterio de Evaluación de las Ofertas establece: "Las ofertas cuyo SOBRE ÚNICO no contengan los elementos requeridos en el Art. 1.3.4.1. "Modalidad SOBRE ÚNICO" del P.C.G. y que conforme detalle efectuado en el Art. 1.3.15. "Análisis y Evaluación" del P.C.G. no corresponda sean requeridos con posterioridad a la presentación de la oferta, serán declaradas inadmisibles en la instancia correspondiente. Para el estudio de la admisibilidad de las ofertas se dispondrá un orden de prelación de acuerdo al monto de las mismas, sin perjuicio de que - en la instancia correspondiente al análisis de conveniencia -, se consideren los demás requisitos exigidos por la documentación licitatoria. Establecido el orden de prelación se procederá a analizar las 3 (tres) primeras ofertas de acuerdo al orden de prelación precitado y en caso que alguna de éstas no reunieran los requisitos necesarios para su admisibilidad, se continuará con el estudio de la siguiente y así sucesivamente. Serán consideradas admisibles aquellas ofertas que den cumplimiento satisfactorio a los requisitos antedichos y que igualen o superen con el último balance de cierre de ejercicio aprobado, auditado y presentado ante la Inspección General de Justicia u Organismo de Contralor de la Jurisdicción correspondiente, las siguientes exigencias: 1. Patrimonio Neto: igual o mayor que el 20% (veinte por ciento) del Presupuesto Oficial.

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2. Índice de Solvencia Total: igual o mayor que 1,20 (uno con veinte). Donde el índice es el cociente del activo total dividido por el pasivo total (evalúa la capacidad de la empresa para cumplir en término con los compromisos totales, con prescindencia del corto o largo plazo). Solvencia Total = Activo Total = ó > a 1,20 Pasivo Total 3. Índice de Liquidez Corriente: mayor a 1 (uno). Donde el índice es el cociente del activo corriente dividido por el pasivo corriente (evalúa la capacidad de la empresa para cumplir en término con sus compromisos a corto plazo). Liquidez Corriente = Activo Corriente > a 1 Pasivo Corriente 4. Prueba Ácida: igual o mayor a 0,70. Donde el índice es el cociente entre la diferencia de Activo Corriente menos Bienes de Cambio dividido el Pasivo Corriente (evalúa la capacidad de la empresa para cumplir en término con los compromisos a corto plazo). Prueba Ácida = (Activo Corriente - Bienes de Cambio) > a 0,70 Pasivo Corriente Se considerará "último balance de cierre de ejercicio" a aquel cuya fecha de cierre sea la más próxima a la fijada como límite para la presentación de las ofertas. Si a la fecha de apertura los Estados Contables correspondientes al cierre del último ejercicio tuviesen una antigüedad superior a los 6 (seis) meses, deberán asimismo presentar estados contables parciales con fecha de cierre al mes anterior de la citada fecha de apertura. Todas las presentaciones deberán contar con dictamen de razonabilidad (no certificación literal) de Contador Público cuya firma debe estar legalizada por el Consejo Profesional respectivo..." VER CUADRO N° 3 A fin de evaluar el cumplimiento de los requisitos del Art. 1.2.6 P.C.G., se ha realizado la consulta a las distintas áreas competentes del I.V.C. Se deja constancia que se han vinculado tanto las solicitudes como las respuestas recibidas por las Direcciones Generales Desarrollo Habitacional, Administración y Finanzas y por las Gerencias Operativas Adquisición de Bienes y Servicios y Control de Legalidad de Obra Pública y Suministros mediante IF-2017-21603881-IVC, de donde surge que los oferentes cumplen con los requisitos en concepto de Inhibiciones. Asimismo, cabe aclarar que mediante ME-2017-20907782-IVC se requirió al Departamento Redeterminaciones que tome debida intervención respecto de los puntos de su competencia dando respuesta mediante lo consignado mediante ME-2017-21435794 -IVC. Habiendo analizado la documentación, tal como consta en el Estudio de Ofertas (IF-2017-22591054-IVC), con fecha 22 de septiembre del corriente, se realizó el examen de cumplimiento de los requisitos exigidos por la documentación licitatoria, formulándose las siguientes observaciones: Oferta Nº 1 - CAHEM S.A. (RE-2017-21494309-IVC) Al momento de la presentación de las Ofertas la empresa no incluye la Memoria Descriptiva la cual forma parte del "Plan de Trabajos Completo". Ver Art. 1.3.15. Por tal motivo y conforme las prescripciones del Art. 1.3.15. "Documentación INEXCUSABLE", mencionado ut-supra, de donde surge que la documentación referida forma parte de los requisitos considerados inexcusables, corresponde declarar inadmisible la Oferta N° 1 de la empresa CAHEM S.A. Oferta Nº 2 - HEXACOM S.A. (RE-2017-21494355 -IVC)

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Presenta de manera incorrecta los Estados Contables Parciales conforme lo dispuesto en el Art. 1.3.4.3, el cual establece, en su parte pertinente, "(...) Si a la fecha de apertura, los Estados Contables correspondientes al cierre del último ejercicio tuviesen una antigüedad superior a los 6 (seis) meses, deberán asimismo presentar estados contables parciales con fecha de cierre al mes anterior de la citada fecha de apertura. Todas las presentaciones deberán contar con dictamen de razonabilidad (no certificación literal) de Contador Público cuya firma debe estar legalizada por el Consejo Profesional respectivo. (...)" Por lo expuesto y conforme las prescripciones del Art. 1.3.15. "Documentación INEXCUSABLE", mencionado ut-supra, de donde surge que la documentación referida forma parte de los requisitos considerados inexcusables, corresponde declarar inadmisible la Oferta N° 2 de la empresa HEXACOM S.A. Oferta Nº 3 - SERVICIOS DE ASISTENCIA INDUSTRIAL Y CONSTRUCCIONES S.R.L. (RE-2017-21494417-IVC) La Oferta cumplimenta la requisitoria de la documentación licitatoria, sin perjuicio de ello se solicitaron subsanaciones de carácter formal las que fueron presentadas mediante RE-2017-22585055-IVC. Oferta Nº 4 - KHALEESI S.R.L. (RE-2017-21494493-IVC) Presenta de manera incorrecta los Estados Contables Parciales conforme lo dispuesto en el Art. 1.3.4.3, el cual establece, en su parte pertinente, "(...) Si a la fecha de apertura, los Estados Contables correspondientes al cierre del último ejercicio tuviesen una antigüedad superior a los 6 (seis) meses, deberán asimismo presentar estados contables parciales con fecha de cierre al mes anterior de la citada fecha de apertura. Todas las presentaciones deberán contar con dictamen de razonabilidad (no certificación literal) de Contador Público cuya firma debe estar legalizada por el Consejo Profesional respectivo. (...)" Por lo expuesto y conforme las prescripciones del Art. 1.3.15. "Documentación INEXCUSABLE", mencionado ut-supra, de donde surge que la documentación referida forma parte de los requisitos considerados inexcusables, corresponde declarar inadmisible la Oferta N° 4 de la empresa KHALEESI S.R.L. Oferta Nº 5 - DOLCOR S.R.L (RE-2017-21494623-IVC) La Oferta no cumplimenta la requisitoria de la documentación licitatoria, en virtud de haber presentado parcialmente las subsanaciones solicitadas mediante PV-2017-22591013-IVC. Por las consideraciones expuestas, esta Comisión de Evaluación de Ofertas recomienda: 1. Declarar Inadmisible en los términos del Art. 1.3.15. del P.C.G., la Oferta N° 1 de la empresa CAHEM S.A., la Oferta N° 2 de la empresa HEXACOM S.A. y la Oferta N° 4 de la empresa KHALEESI S.R.L. 2. Desestimar la Oferta Nº 5 de la empresa DOLCOR S.R.L por no cumplimentar con los requerimientos de la documentación licitatoria. 3. Adjudicar la Licitación Pública N° 53/17 para la ejecución de la Obra de Recuperación de Pasarelas de Circulación Peatonal, Barrio Gral. de División Manuel Nicolás Savio, Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la Oferta N° 3 de la empresa SERVICIOS DE ASISTENCIA INDUSTRIAL Y CONSTRUCCIONES S.R.L. por un total de Pesos Trece Millones Quinientos Treinta y Tres Mil Cuatrocientos Nueve con 62/100, ($ 13.533.409,62.-), todo ello por resultar su oferta conveniente, razonable y ajustarse a los requerimientos de la documentación licitatoria. Luego de concluida la labor de esta Comisión, se cierra el presente Acto firmando los suscriptos.

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María Migliore Gerencia General

ANEXO

Inicia: 9-10-2017 Vence: 10-10-2017

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Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos

Aires

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD Prórroga - Contratación Directa Nº 2/16 Exp. N° 3.745.997/IVC/16 Disposición N° 1389-IVC/17 Se prorroga el llamado de la Contratación Directa N° 02/16 para Completamiento y Puesta en Servicio de la Instalación contra Incendio Nudos 1 al 12 del Conjunto Urbano Soldati en el Barrio Villa Soldati, CABA. Nueva Fecha de apertura: 23 de octubre de 2017 a las 14.00 hs. Presupuesto Oficial: $28.661.442,82 Plazo de ejecución: 9 meses

María Migliore

Gerente General

Inicia: 10-10-2017 Vence: 17-10-2017

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Banco Ciudad de Buenos Aires

BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES GERENCIA DE COMPRAS Preadjudicación - Carpeta de Compras N° 22.941 Se comunica a los señores oferentes la preadjudicación de la licitación pública - Carpeta de Compras N° 22.941 - que tramita la contratación del “Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo del instrumental del Laboratorio de Gemología y Ensayo de Materiales” por un período de 24 meses, con opción por parte del Banco a renovarlo por 12 meses más, a la firma Manfredo Guillermo Seifert y Jorge Alberto Albertengo S.H., sita en Profesor G. Simón 2764, Villa Ballester, provincia de Buenos Aires (CP 1653), en la suma total de $ 79.424 más IVA (pesos setenta y nueve mil cuatrocientos veinticuatro más IVA) - Importe trimestral: $ 9.928 más IVA. Consultas: Gerencia de Compras, sita en Sarmiento 611, 7° Piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el horario de 10 a 15 horas.

Marina A. Kon Jefe de Equipo

Servicios Periódicos y Grandes Contratos. Inicia: 10-10-2017 Vence: 10-10-2017

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Ente Regulador de los Servicios Públicos de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Contratación de un servicio de pintura para ambas sedes del Organismo - Licitación Pública Nº 19/17 Expediente N° 4044/E/17 Se llama a Licitación Pública Nº 19/17, cuya apertura se realizará el día 19/10/17, a las 12.00 hs., para la adquisición de: Contratación de un servicio de pintura para ambas sedes del Organismo. Autorizante: Disposición Nº 202/17. Repartición destinataria: Organismo. Valor del pliego: sin valor. Adquisición y consultas de pliegos: en el Departamento de Compras y Contrataciones, Área Administración Financiera, Gerencia de Administración del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la C.A.B.A., en Bmé. Mitre 760 Piso 9° de lunes a viernes en el horario de 11:00 a 17:00 hs., hasta 24 hs. antes de la apertura. Lugar de apertura: en el Departamento de Compras y Contrataciones, Área Administración Financiera, Gerencia de Administración del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la C.A.B.A., en Bmé. Mitre 760 Piso 9° C.A.B.A.

Leonor Colombo Gerente

Inicia: 9-10-2017 Vence: 10-10-2017

ENTE UNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE LA CIUDAD Preadjudicación - Licitación Pública Nº 20/E/2017 Expediente N° 4043/E/2017 Licitación Pública Nº 20/E/2017 Acta de Preadjudicación N° 19/2017, de fecha 09 de Octubre de 2017 Clase: Etapa única Rubro comercial: servicio de mantenimiento preventivo de aire acondicionado Objeto de la contratación: contratación de un servicio de mantenimiento de equipos de aire acondicionado Firmas preadjudicadas: Aasc S.A. Renglón 1 Item 1 - cantidad 12 mes. p. unitario: $ 38.900,00 - p. total: $ 466.800,00 Renglón 1 Item 2 - cantidad 01 un. p. unitario: $ 39.500,00 - p. total: $ 39.500,00 Subtotal: $ 506.300,00

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Total Preadjudicado: $ 506.300,00 Miembros de la Comisión de Preadjudicaciones firmantes del Acta Mariano C. Corazzi - Mariano A. Balanovsky - Matías H. Ojeda Vencimiento validez de oferta: VEINTE (20) días a contar de la fecha del acto de apertura. Si el oferente no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar la garantía de mantenimiento de oferta con una antelación mínima de DIEZ (10) días anteriores al vencimiento del plazo, aquella se considerará prorrogada automáticamente por un lapso igual al inicial. Lugar de exhibición del acta: Unidad Operativa de Adquisiciones, sito en Bartolomé Mitre 760, por 1 día a partir de 03/10/2017, en planta baja y piso 9.

Leonor R. Colombo Gerente de Administración

Inicia: 10-10-2017 Vence: 10-10-2017

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Fiscalía General - Ministerio Público de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires

MINISTERIO PÚBLICO FISCAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES FISCALÍA GENERAL UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES Circular con consulta - Licitación Pública OPM N° 10/17 Actuación Interna FG Nº 30-00036761 Licitación Pública OPM N° 10/17 Circular con Consulta Nº 1/17 Objeto: “Obra Combate de los Pozos 155” Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 9 de octubre de 2017. Por la presente, la Unidad Operativa de Adquisiciones del Ministerio Público Fiscal de la C.A.B.A. se dirige a los interesados en la Licitación Pública de Obra Pública Menor Nº 10/17, relativa a la obra de readecuación de oficinas del inmueble de la calle Combate de los Pozos 155 de esta Ciudad, a fin de poner en su conocimiento que, considerando los pedidos recibidos por interesados en el presente trámite, se efectuará una nueva visita para aquellos que no pudieron concurrir a la establecida en los antecedentes que fueran aprobados. Al efecto, se informa que el día 12 de octubre de 2017 a las 9 horas, puntual en el hall de entrada, se efectuará la visita del inmueble de referencia, a fin de dar cumplimiento con lo establecido en la cláusula 13 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado por la Disposición UOA N° 51/17. Finalmente, se informa a todos los interesados que hayan participado en la visita celebrada el pasado 6 de octubre, que la misma será válida a los fines de la presente, no siendo necesario su concurrencia a la que por la presente se dispone.

Diego Arduini Titular de la UOA

Inicia: 10-10-2017 Vence: 10-10-2017

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Fiscalía General - Ministerio Público de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires

MINISTERIO PÚBLICO FISCAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES FISCALÍA GENERAL UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES Circular sin Consulta - Contratación Directa Menor N° 24/17 Actuación Interna FG Nº 30-00036762 Contratación Directa Menor N° 24/17 Circular sin Consulta Nº 1/17 Objeto: “Contratación del servicio de soporte técnico y actualizaciones del producto Veeam Availability Suite Enterprise for Hyper-V para cincuenta y seis (56) sockets del Ministerio Público Fiscal de la C.A.B.A.” Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 6 de octubre de 2017. Por la presente, la Unidad Operativa de Adquisiciones del Ministerio Público Fiscal de la C.A.B.A. se dirige a los interesados en la Contratación Directa Menor Nº 24/17, relativa a la “Contratación del servicio de soporte técnico y actualizaciones del producto Veeam Availability Suite Enterprise for Hyper-V para cincuenta y seis (56) sockets del Ministerio Público Fiscal de la C.A.B.A.”, a efectos de poner en su conocimiento la rectificación de los requisitos aprobados para el presente trámite, en especial lo requerido en la cláusula 16 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado para la presente. Al efecto se informa que no será requerida para el trámite de referencia la garantía a la que hace mención la cláusula “16. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO”.

Diego Arduini Titular de la UOA

Inicia: 10-10-2017 Vence: 10-10-2017

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 376

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Defensor General - Ministerio Público CABA

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES MINISTERIO PÚBLICO DE LA DEFENSA Circular aclaratoria - Licitación Pública N° 5/17 Expediente N° 379/17 Licitación Pública N° 5/17 Objeto: Adquisición de Mobiliario 2017 Circular Aclaratoria Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 9 de octubre de 2017. Por medio de la presente se informa a los oferentes que, en el artículo 16 del Pliego de Condiciones Particulares de la Licitación Pública N° 5/17 - Expte. 379/17- se establece que el plazo de entrega de los elementos adquiridos es de cuarenta y cinco (45) días corridos contados a partir de la notificación de la Orden de Compra.

Jorge R. Costales Secretario General

José N. Traverso

Jefe Departamento Compras y Contrataciones

Inicia: 10-10-2017 Vence: 10-10-2017

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 377

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Ministerio Público Tutelar

MINISTERIO PÚBLICO TUTELAR SECRETARÍA GENERAL DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Adjudicación - Adquisición de Indumentaria para agentes del MPT - Contratación Menor N° 7/17 Expediente MPT0009 9/2017 Dispuesta mediante DISPOSICIÓN SGCA Nº 187/2017. Tipo de Procedimiento de Selección: Contratación Menor. Clase: etapa única. Rubro comercial: Textil, Confección y Calzado. Objeto de la contratación: Adquisición de Indumentaria para agentes del MPT. Firma adjudicada: RENGLONES 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7: A la firma A y M D´ESPOSITO S.R.L. Total adjudicado: pesos doscientos dos mil noventa y cuatro ($ 202.094,00.-) IVA incluido. Consulta del Acto Administrativo: Página web del Ministerio Público Tutelar de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: http://mptutelar.gob.ar/content/compras-2017.html

Paula Mazzucco Secretaria General

Inicia: 9-10-2017 Vence: 11-10-2017

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 378

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Subsecretaría de Obras Públicas de la Nación

MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA SUBSECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS Contratación y ejecución de obra denominada Palacio Nacional de las Artes - Paláis De Glace - Licitación Pública Nacional N° 81-0040-LPU17 Expediente N° 22.557.930-APN-DNA#MI/17 Tipo y número de procedimiento de selección: Licitación Pública Nacional N° 81-0040-LPU17 Sistema de contratación: AJUSTE ALZADO Objeto: Contratación y ejecución de obra denominada “Palacio Nacional de Las Artes - Palais de Glace” sito en la calle Posadas Nº 1725 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Presupuesto oficial: $140.296.650,56 (pesos ciento cuarenta millones doscientos noventa y seis mil seiscientos cincuenta con 56/100) Consulta y/o retiro de pliegos: los pliegos de este procedimiento estarán disponibles en forma gratuita en el sitio de internet HTTPS://CONTRATAR.GOB.AR Y/O EN LA PÁGINA WEB WWW.MININTERIOR.GOB.AR Los interesados en presentarse a cotizar, lo deberán hacer a través del sitio de internet HTTPS://CONTRATAR.GOB.AR Valor del pliego: sin valor Apertura: 27 DE NOVIEMBRE DE 2017 A LAS 13:00 HS. La apertura de ofertas se efectuará a través del sistema CONTRAT.AR y en forma electrónica y automática se generará el acta de apertura de ofertas correspondiente en acto público.

Jorge O. Sábato Subsecretario

LP 347 Inicia: 4-10-2017 Vence: 25-10-2017

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 379

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Edictos Oficiales Jefatura de Gabinete de Ministros

MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS DIRECCION GENERAL DE GESTION DE CALIDAD Y DEMANDA CIUDADANA Intimación - Expediente N° 23.029.977/17 Intímese a los titulares de los vehículos, que se detallan en el ANEXO IF-2017-23025418.DGGCDC de la presente publicación, relacionado al Expediente N°23029977/17; para que, en el término de 15 días hábiles computados a partir del vencimiento de la publicación del presente Edicto, retire la unidad o sus partes de la vía pública bajo apercibimiento de proceder de inmediato, conforme lo establece el art. 7 y 8 de la ley 342/00.

Carlos Ostuni Director General

Inicia: 10-10-2017 Vence: 12-10-2017

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 380

ANEXO

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Ministerio de Hacienda

MINISTERIO DE HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS Intimación - E.E. N° 24.410.020/16 En ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 3 del Código Fiscal (t.o. 2016) la Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hace saber al contribuyente METALES ZANZIBAR S.A, con inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos N° 901-559135-6, CUIT N° 30-71160337-5 con domicilio fiscal en Santander 5820, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que mediante Expediente Electrónico N° 24410020/2016, Cargo N° 21859/2017, se encuentra sometida a un proceso de inspección destinada a verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias sobre las cuales la Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ejerce potestad de recaudación y control. En cumplimiento de las atribuciones conferidas por el artículo 95 Código Fiscal (t.o. 2016), se intima a que se presente persona responsable de la firma debidamente autorizada o apoderado con poder amplio para el reconocimiento de deudas ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a efectos de notificarse del cargo de inspección y deberá poner a disposición de la agente Pomilio, Mariana, F.C. 419.266, dependiente del Departamento A de la Dirección Fiscalización 1 de la Dirección General de Rentas- AGIP, la documentación que a continuación se detalla con el objetivo de realizar la determinación del gravamen de acuerdo a lo que establece el art. 189 del código fiscal t.o. 2016: 1. Exhibir original y entregar copia de la Habilitación Municipal. 2. Exhibir original y entregar copia de Estatuto Social y modificaciones, en caso de corresponder. 3. Exhibir Libros de Actas de Asamblea y Actas de Directorio, en las cuales figure la designación de autoridades desde 2011 a la fecha. Aportar copia de las respectivas rúbricas y actas. 4. Exhibir Declaraciones Juradas Mensuales CM03 y sus correspondientes pagos, períodos 12/2011 a la fecha y Declaraciones Juradas Anuales ISIB CM05, años 2011 a 2016. 5. Entregar copia de Estados Contables al 31/12/2014, 31/12/2015 y 31/12/2016 (certificados en original) y sus respectivos Balances de Sumas y saldos. 6. Exhibir Libros Subdiarios Compras y Subdiarios Ventas, 01/2015 a la fecha, aportar copia de las respectivas rúbricas. 7. Exhibir Libro Inventario y Balances y Libro Diario, por los años 2015 y 2016. 8. Describa y explique de manera detallada mediante nota con carácter de Declaración Jurada la principal actividad y las secundarias que realiza y modo operativo de cómo las lleva a cabo y explique la operatoria de las redes de distribución. 9. Listado de sucursales y puntos de venta con domicilios que posee el contribuyente en el país. 10. Detallar mediante nota con carácter de Declaración Jurada los diez principales proveedores y clientes acompañando una fotocopia de factura de cada uno de ellos.

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 381

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11. Completar Formulario Anexo I y II Responsable por Deuda Ajena (Res. Nº 666 AGIP/2014). 12. DJ de IVA correspondientes a los períodos desde 1/2015 a la fecha. Para el caso de declarar débitos fiscales con alícuota diferenciales al 21%, presentar papel de trabajo del aplicativo de AFIP que exponga la conformación de los netos gravados según cada alícuota. 13. DJ Impuesto a las Ganancias años 2015 y 2016 con sus papeles de trabajo SIAP. 14. Papeles de trabajo que contengan cálculos y detalle de los coeficientes unificados de Convenio Multilateral utilizados sobre los ingresos de los años 2015 y 2016. 15. Aporte retenciones y percepciones del Impuesto sobre los Ingresos Brutos computadas por los períodos 12/2011 a la fecha. De constatarse el incumplimiento a la presentación de la documentación solicitada en los puntos 1 a 15 del presente, lo hará incurrir en infracción a los deberes formales, siendo pasible de las sanciones previstas en el artículo 103 del Código Fiscal (t.o. 2016). Con motivo de la no localización en el domicilio fiscal consignado según lo establecido por los artículos 21 y 23 del Código Fiscal ( t.o. 2016 ) y que no ha dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 27 del Código Fiscal (t.o.2016), se intima a: 1) Notificar ante la Administración el correspondiente cambio de domicilio, 2) Constituir un domicilio especial en la jurisdicción de la Ciudad de Buenos Aires según los términos de la Resolución N° 975/DGR/99, a los efectos tanto de la inspección como del procedimiento de la determinación de oficio y de la instrucción del sumario por la presunta comisión de infracciones a los deberes impositivos de naturaleza material o formal, bajo apercibimiento de que en caso de no dar cumplimiento a todos y cada uno de los aspectos contenidos por la presente intimación se considerarán válidas todas las notificaciones o comunicaciones que se efectúen por esta vía. Se notifica que el segundo día martes hábil posterior a la publicación de este Edicto, deberá hacerse presente persona responsable de la firma debidamente autorizada o apoderado con poder amplio para el reconocimiento de deudas ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en el Departamento A, de la Dirección de Fiscalización 1 de esta Dirección General de Rentas- AGIP, sito en Viamonte 900, 2do. Piso (sector Esmeralda), de 9:00 a 12:30 hs, bajo apercibimiento que en caso de no presentarse el responsable y/o no aportar la documentación requerida, la inspección concluirá con los elementos de juicio e información que obren en la Dirección General según lo prevée el art. 191 del Código Fiscal (t.o. 2016), ya sea a través de terceros o en su propio establecimiento y se procederá sin más trámite a realizar de oficio la determinación de la deuda sobre base presunta sin perjuicio de las sanciones que pudieran corresponder por la presunta comisión de las infracciones a los deberes de índole formal o material previstas y sancionadas por los artículos 95, 103 y 107 del Código Fiscal (t.o. 2016).

Alejandra Insua Directora Fiscalización 1

Inicia: 10-10-2017 Vence: 12-10-2017

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 382

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Ministerio de Educación

MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL DOCENTE Y NO DOCENTE GERENCIA OPERATIVA DE RECURSOS HUMANOS NO DOCENTES Citación - E.E. Nº 18.529.990/ESC201199/17 “La Gerencia Operativa de Recursos Humanos No docentes, dependiente de la Dirección General de Personal Docente y No Docente del Ministerio de Educación, notifica al agente Camargo Ivan (auxiliar de portería), DNINº 37.278.677, que dentro de los diez (10) días hábiles de publicado el presente, deberá comparecer ante el JIC N° 03 Distrito Escolar 12° y formular el descargo por las inasistencias que a continuación se detallan: 08/03/2017, 20/04/2017, 02/05/2017, 11/05/2017, 23/05/2017, 05/06/2017, 19/06/2017, 22/06/2017, 27/06/2017, 06/07/2017, 24/07/2017, 25/07/2017, 26/07/2017, 27/07/2017, 28/07/2017, 08/08/2017, 14/08/2017 y a partir del 17/08/2017 dejo de prestar servicios , en razón de encontrarse por tal circunstancia en la causal de cesantía prevista en el articulo 53 inc. b de la Ley 471 (texto Consolidado-Ley 5666), tramitada mediante Expediente Electrónico Nº 18529990/ESC201199/2017 Queda UD. notificado.-

Silvia A. Alonso Gerente Operativa

Inicia: 9-10-2017 Vence: 11-10-2017

MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL DOCENTE Y NO DOCENTE GERENCIA OPERATIVA DE RECURSOS HUMANOS NO DOCENTES Citación - E.E. Nº 21.105.487-DGCDO/17 “La Gerencia Operativa de Recursos Humanos No docentes, dependiente de la Dirección General de Personal Docente y No Docente del Ministerio de Educación, notifica al agente Cáceres Marcela Beatriz (auxiliar de portería), DNINº 20.863.994, que dentro de los diez (10) días hábiles de publicado el presente, deberá comparecer ante la Gerencia Operativa Clasificación y Disciplina Docente dependiente de la Direccion General Carrera Docente y formular el descargo por las inasistencias incurridas desde el 15/06/2015, en razón de encontrarse por tal circunstancia en la causal de cesantía prevista en el articulo 53 inc. b de la Ley 471 (texto Consolidado-Ley 5666), tramitada mediante Expediente Electrónico Nº 21105487-DGCDO-2017. Queda UD. notificada.-

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 383

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Gerente Operativa Inicia: 6-10-2017 Vence: 10-10-2017

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 384

Silvia A. Alonso

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Ministerio de Modernización, Innovación y

Tecnología

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - E.E. Nº 22.650.258/MGEYA-AJG/17 Notifícase al Sr. Ramón Sebastián Acuña (DNI 30.416.581) que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad www.buenosaires.gob.ar/trabajoBA. El mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a los Centros de Integración Laboral que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CIL CENTRAL: Bartolomé Mitre 575 CIL Nº 3: Junín 521 CIL Nº 4: Av. Suarez 2032 CIL Nº 5: Carlos Calvo 3307 CIL Nº 6: Patricias Argentinas 277 CIL Nº 7: Av. Rivadavia 7202 piso 2do. CIL Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) CIL Nº 9: Directorio 4344 CIL Nº 11: Francisco Beiró 4680 CIL Nº 12: Holmberg 2548 CIL Nº 13: Cabildo 3067 CIL Nº 14: Beruti 3325 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Paola Corbalán Directora General

Inicia: 9-10-2017 Vence: 11-10-2017

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 385

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Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos

Aires

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES DIRECCIÓN GENERAL REGULARIZACIÓN DOMINIAL, NOTARIAL Y CONSORCIAL Notificación - Memorandum N° 22.915.600-IVC/17 El Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hace saber a la Sra. FOLGAR, ELSA CARMEN (S/D) que deberá acercarse ante la Gerencia Operativa de Regularización Dominial, Departamento Regularización Dominial, sita en la calle Finochietto 435 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ,en el perentorio e improrrogable plazo de 10 dias hábiles desde recibida la presente comunicación a los fines de proseguir con el trámite de regularización dominial de la unidad de cuenta Nro. 72057, bajo apercibimiento de dejar sin efecto los derechos que le corresponden sobre la misma y posteriormente continuar con la regularización dominial de la unidad a favor del actual ocupante-

Marcela A. Cárdenas Directora General

Inicio: 9-10-2017 Vence: 11-10-2017

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 386

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Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES JUZGADO EN LO PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS N° 4 Citación - Oficio Judicial E.E. Nº 22.301.389/MGEYA/2017 Carátula: “MONDALGO MORALES, GUSTAVO RODRIGO S/ ART. 149 BIS, CP” Causa N° 8637/15 Tengo el agrado de dirigirme a Ud., en mi carácter de Jueza a cargo del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 4, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (sito en la calle Beruti 3345, 2° piso, de esta ciudad, teléfono 4014-5851), Secretaría a cargo del Dr. Alejandro Martín Pellicori, en relación a la causa n° 8637/15, caratulada: “Mondalgo Morales, Gustavo Rodrigo s/ art. 149 bis, CP”, a fin de solicitarle que tenga a bien publicar edictos a efectos de notificar a GUSTAVO RODRIGO MONDALGO MORALES (titular del DNI n° 94.650.285), el decreto que a continuación se transcribe: “Buenos Aires, 14 de septiembre de 2017. (…) líbrese oficio al Boletín Oficial de la ciudad, a fin de solicitar que se publiquen edictos durante cinco días, donde conste que este Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas N° 4, intima a Gustavo Rodrigo Mondalgo Morales (titular del DNI n° 94.650.285), a presentarse ante esta dependencia, sita en Beruti 3345, piso 2°, de esta ciudad, dentro del quinto día hábil de notificado, entre las 9:00 y 15:00 hs., a fin de estar a derecho, bajo apercibimiento de ley. Fdo: Graciela Dalmas (Juez). Ante mí: Alejandro Pellicori (Secretario).

Graciela Dalmas Juez

Inicia: 4-10-2017 Vence: 10-10-2017

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES JUZGADO EN LO PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS N° 14 Citación - Oficio Judicial E.E. Nº 22.302.093/MGEYA/2017 Carátula: “LEGAJO DE JUICIO EN AUTOS ROMERO GUETE WILLIAM HUMBERTO S/ INF. ART. 149 BIS CP” Causa N° 11 (D)/17

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 387

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“//n la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los veintisiete días del mes de septiembre del año dos mil diecisiete, siendo las 12:30 horas se constituyó el Dr. Carlos Horacio Aostri en su carácter de Titular interino del Juzgado de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas nro. 14, a fin de celebrar la AUDIENCIA ORDENADA EN LOS TÉRMINOS DEL ART. 213 CPP, en la causa N° 11(D)/17, caratulada “Legajo de juicio en autos “Romero Guete William Humberto s/ inf. art. 149 bis CP”. (Expte.: 732/17), y no habiendo comparecido el imputado, corresponde fijar una nueva audiencia en los mismos términos y notificar al imputado a través de edictos. Sr. Juez Resolvió: I. FIJAR una nueva audiencia en los términos del art. 213 del CPPCABA para el próximo 2 del mes de noviembre de 2017 a las 10:00 horas. II. Librar edictos a fin de notificar al Sr. William Humberto Romero Guete de lo resuelto en el punto uno. III. Notificar a las partes, mediante cédulas electrónicas. No siendo para más, firmó el Sr Juez. por ante mí, de lo que doy fe. Fdo.: Carlos Horacio Aostri, Juez. Ante mí: Martin Turtl. Secretario.”

Carlos Horacio Aostri Juez

Inicia: 4-10-2017 Vence: 10-10-2017

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES JUZGADO EN LO PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS N° 19 Citación - Oficio Judicial E.E. Nº 22.378.790/MGEYA/2017 Carátula: “HUAYTE, EDGAR S/ INFR. ART(S) 73, VIOLAR CLAUSURA IMPUESTA POR AUTORIDAD JUDICIAL O ADMINISTRATIVA C.C.” Causa N° 15.751/15 (Registro Interno 6395/C) ///dad de Buenos Aires, 28 de septiembre de 2017. En atención al estado de autos, toda vez que las notificaciones cursadas tanto el imputado como a su defensa han tenido resultado negativo, a fin de agotar todos los medios legales disponibles, cítese a Edgar Calle Huayte mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad, para que comparezca a este Juzgado a fin de estar a derecho en los presentes actuados, todo ello en virtud de los términos del artículo 63 del Código Procesal Penal de la Ciudad de Buenos Aires (de aplicación supletoria por el artículo 6 del Código Contravencional). Asimismo, líbrese oficio a la Cámara Nacional Electoral, a fin de que informe el ultimo domicilio registrado del nombrado como así también la mesa de votación asignada para las próximas elecciones legislativas del 22 de octubre de 2017.

Carlos Horacio Aostri Juez

Inicia: 4-10-2017 Vence: 10-10-2017

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 388

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Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES JUZGADO EN LO PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS N° 4 Notificación - Oficio Judicial E.E. Nº 22.643.878/MGEYA/2017 Carátula: “CEI BYESKOWNA, JUAN CRUZ S/ ART. 149 BIS, CP” Causa N° 18.267/17 En la Ciudad de Buenos Aires, a los veintinueve (29) días del mes de septiembre de dos mil diecisiete (…) S.S. RESUELVE: I.- DECRETAR las siguientes medidas cautelares, respecto del encausado JUAN CRUZ CEI BYESKOWNA (DNI n° 35.971.364), consistentes en: 1) la prohibición de acercarse a una distancia inferior a 300 metros del domicilio de la denunciante Irma Graciela Medina, sito en Arce 751, piso 5°, dto. “A”, de esta ciudad, y del colegio “Misericordia Belgrano”, sito en Av. Cabildo 1333, de esta ciudad, al cual concurren las hijas de la denunciante, Mía Celeste Cardozo y Martina Paz Dibiagi. 2) la prohibición de acercarse a una distancia inferior a 300 metros del lugar en que se encuentre la Sra. Irma Graciela Medina, y sus hijas Mía Celeste Cardozo y Martina Paz Dibiagi, con la obligación de retirarse de inmediato, en caso de encontrarse con alguna de ellas. 3) la prohibición de mantener contacto, ya sea personal, por terceras personas, o por cualquier medio, ya sea telefónicamente, por mensajes de texto, redes sociales, correo electrónico o cualquier otra vía, con la Sra. Irma Medina, y sus hijas Mía Celeste Cardozo y Martina Paz Dibiagi. (…) Fdo: Graciela Dalmas (Juez). Ante mí: Alejandro Pellicori (Secretario).

Graciela Dalmas Juez

Inicia: 6-10-2017 Vence: 12-10-2017

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 389

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Ministerio Público Fiscal

MINISTERIO PÚBLICO FISCAL – UNIDAD FISCAL SUDESTE – UNIDAD DE TRAMITACIÓN COMÚN FISCALÍA EN LO PENAL, CONTRAVENCIONAL Y FALTAS N° 17 Citación - Oficio Judicial E.E. Nº 22.480.848/MGEYA/2017 Carátula: “JORDAN ANGELO CORDOVA LLANA – ART. 52 - CC” Caso MPF N° 131237 P.O.S.F., tengo el agrado de dirigirme a Ud., en mi carácter de Funcionario de la Unidad Fiscal Sudeste con competencia en lo Penal, Contravencional y Faltas, sita en la calle Bartolomé Mitre 1735, Piso 3°, de esta Ciudad (tel. 5295-2500 int.2438), en el marco del CASO MPF 131237, caratulado “JORDAN ANGELO CORDOVA LLANA -Art 52 – CC”, en virtud de requerimiento efectuado la Fiscalía en lo Penal, Contravencional y Faltas N° 17, con el objeto de solicitarle tenga a bien publicar edicto en el Boletín Oficial, por el término de cinco (5) días hábiles, con el objeto de emplazar a: Jordán Ángelo Córdova Llana DNI 94.807.104 y a Carlos Córdova, que deberán presentarse ante esta sede fiscal, dentro de las 72 horas hábiles, de 09,00 a 15,00 horas, bajo apercibimiento de ser conducidos con el auxilio de la fuerza pública (art. 40 C.P.C) o de solicitar se los declare rebelde (art. 158 CPPCABA) de aplicación supletoria art. 6 de la ley 12) en caso de incomparecencia injustificada.

Jorge A. Hernando ABD Prosecretario Administrativo

Inicia: 4-10-2017 Vence: 10-10-2017

Nº 5230 - 10/10/2017 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 390

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Edictos Particulares Particular

Transferencia de Habilitación. E.E. N° 20.275.758/MGEYA-MGEYA/17 Ruth Marta Waksberg con domicilio Avenida Córdoba N° 2404, CABA. Comunica que transfiere a Oscar Salvador Alderete, con el mismo domicilio; la habilitación municipal sito en Avenida Córdoba N° 2404, 3º piso unidades funcionales 7 y 8; CABA que funciona como hotel sin servicio de comida (700.110) habilitado por Expediente N° 54395/2000 mediante Decreto Nº 2516/1998, de fecha 12/09/2000. Observaciones: número de habilitación anterior Exp de habilitación original Nº 102.162-1958 y oficio judicial de transferencia Nº 51/1989, los valores consignados de superficie y capacidad son los consignados en la habilitación original. Reclamos de ley en el mismo domicilio.

Solicitante: Oscar Salvador Alderete Inicia: 10-10-2017 Vence: 17-10-2017

Transferencia de Habilitación. E.E.N° 20.792.194/MGEYA-MGEYA/17 Consultorios Odontológicos Baradero Sociedad de Hecho con domicilio en Aguilar N° 2417, piso 1, 2 y 3, CABA avisa que transfiere la habilitación municipal del local sito en Aguilar N° 2417, Piso 1, 2 y 3, CABA, para funcionar en el carácter de 700190 centro médico u odontológico, otorgada por Expediente Nº 17463/1994, mediante Disposición Nº 1360/DGHYP/1994, en fecha 02/05/1994, superficie 182,80 m2 a Consultorios Odontológico Baradero S.R.L. con domicilio en Aguilar N° 2417, piso 1, 2 y 3, CABA. Reclamos de Ley y domicilio en el mismo local.

Solicitante: Consultorios Odontológico Baradero S.R.L. Inicia: 10-10-2017 Vence: 17-10-2017

Transferencia de Habilitación. E.E. N° 21.093.916/MGEYA-DGCCON/17 Roberto Souto, DNI 11.122.331, avisa que transfiere a Centro Médico Dra. Raya SRL, con domicilio en Av. Monroe 5163 2° piso de esta Ciudad, la Habilitación Municipal del Local sito en Av. Monroe 5163 1° piso Ciudad Autónoma de Buenos Aires, otorgada con fecha 23/06/2008 por Expte Nro. 82668-2007 Carpeta Nro 13151-2005, mediante Disposición Nro 2584/DGHP/2008 Según Ley 449/2000, para funcionar en el carácter de (700.340) consultorio profesional; (603.100) com. min. de artículos de óptica y fotografía. Superficie habilitada 109,61 m2.

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Observaciones: Consultorio Médico. Ventilación por medios mecánicos con plano registrado por Expediente Nro.47547-99.

Solicitante: Centro Médico Dra. Raya SRL

Inicia: 10-10-2017 Vence: 17-10-2017

Transferencia de Habilitación. E.E. N° 21.095.419/MGEYA-MGEYA/17 Analía Susana Martínez de Moran, Graciela Beatriz Martínez de Capurro, Susana Victoria Gómez de Martínez, S.H. con domicilio en Avenida Larrazábal Nº 801, CABA. Comunican que transfieren a Analía Susana Martínez con el mismo domicilio; la habilitación municipal sito en Avenida Larrazabal Nº 801; CABA que funciona como (205.007) estación de servicio habilitado por Expediente Nº 91690/1975. Observaciones: Oficio Judicial Nº 1577/1983, otorgada por Disposición Nº 2328/DGHP/1984 de fecha 13/02/1984; otórguese la transferencia de habilitación a nombre de Analía Susana a Martínez de Moran, Graciela Beatriz Martínez de Capurro, Susana Victoria Gómez de Martínez, para el local ubicado en la calle Larrazábal Nº 801, que funciona como estación de servicio, Habilitado por Exp. Nº 91690/1975. Reclamos de ley en el mismo domicilio.

Solicitante: Analía Susana Martínez Inicia: 10-10-2017 Vence: 17-10-2017

Transferencia de Habilitación. E.E. N° 21.382.960/MGEYA-MGEYA/17 Gustavo Abel Manerchia Masara, con domicilio Coronel R L. Falcón Nº 3406, piso 3 dpto. A, CABA, avisa que transfiere la habilitación municipal a Cervecería 11.25 S.R.L. número de CUIT 30-71526242-4 con domicilio en Av. Directorio Nº 685 CABA, del local ubicado en la calle Av. Directorio Nº 685, PB, U.F.0001, CABA, para funcionar en carácter de (602.010) casa de lunch, (602.020) café bar, (602.030) despacho de bebidas, wisquería, cervecería, otorgada por Expediente N° 2937773/2016. Superficie: 38,80m2. Observaciones: Sistema de Gestión Integral (SGI), Expediente de Habilitación N° 2937773/2016, otorgada por Disposición N° 8399/DGHP-2016en fecha 25/07/2016. Se ampara en los beneficios del Art. 1° de la Resolución N° 309-SJYSU-2004. Reclamos de ley en el mismo local.

Solicitante: Cervecería 11.25 S.R.L.

Inicia: 4-10-2017 Vence: 10-10-2017

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Transferencia de Habilitación. E.E. N° 21.594.348/MGEYA-MGEYA/17 Matías Iván Cipcic con DNI 30426407 comunica la intención de realizar la transferencia de habilitación comercial con código 800360 y rubro de local de baile clase “c” situado en la calle Hipólito Yrigoyen N° 947 local depto torre de la Ciudad de Buenos Aires, sección 12, manzana 077, parcela 003, partida matriz 216.312. Distrito de zonificación APH 1. con una superficie total 309,16m2 que tiene las siguientes observaciones: Sistema informático registro único de locales habilitados (RULH), Expediente de habilitación N° 989/2009, otorgada por Disposición N° 3757/DGHP/2009, en fecha 20/05/2009. Sujeto al cumplimiento de los artículos 10.2.20-10.2.21 del CVYH-la Ley 1540 relativa a ruidos molestos y a la inscripción en el registro público de lugares bailables - emplaz de uso, autoriz/disp N° 505-DGIUR-2008 presentar plano de ventilación-MEC P/Exp N° 49495-08, ante la DGROC-plano de conf. a obra contra incendio P/Exp N° 48586-08 y certif. de inspección final N° 462/08, extendido P/DGROC, en cumplim. del cap 4.12 del CE, certif de insp. final N° 0294, en cumplim de la Ord. N° 50250, Exped. por la superint. de bomberos, Certif. de APT-AMB. N° 9154, conf. Ley 123, modif. P/Leyes 452 y 1733 (Activ. Categ. S/RELEV EFECTO AMB), según Disp. N° 972-DGET-08 (Exp. 49481-08), Cap. max (400) pers de conf C/los DNU N° 01 y 02-GCABA-2005 y resol. Reglamentarias. A Morales Gloria Liliana con DNI 24614042 y CUIT 27-24614042-7 como nueva titular.

Solicitante: Morales Gloria Liliana

Inicia: 4-10-2017 Vence: 10-10-2017

Transferencia de Habilitación. E.E. N° 21.597.508/MGEYA-MGEYA/17 Rumena S.A (CUIT 33-71228690-9) domicilio Av La Plata N° 96 PB, EP, Locales 1, 2, 3 y 4, CABA, transfiere la habilitación municipal bajo Expediente N° 2037413/2012, con el rubro: (601.050) com. min. de helados (sin elaboración) (602.000) restaurante, cantina, (602.010) casa de lunch, (602.020) café, bar, (602.021) com. min. bar lácteo, (602.030) despacho de bebidas, whiskería, cervecería, (602.040) casa de comidas, rotisería, (602.050) com. min. elab. y vta de pizza, fugazza, faina, empan., postres, flanes, churros, grill, (602.060) parrilla, (602.070) confitería; a Mauxi S.A, con domicilio en Av La Plata N° 96, PB, EP, Locales 1, 2, 3 y 4, CABA, por expediente N ° 2037413/2012, mediante Disposición N° 6766/DGHP/2017, otorgada en fecha 17/07/2017, superficie habilitada 266.36 m2. Observaciones: Sin envío a domicilio. Reclamo de ley y domicilio de partes en el mismo establecimiento.

Solicitante: Mauxi S.A

Inicia: 4-10-2017 Vence: 10-10-2017

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Transferencia de Habilitación. E.E. N° 21.965.223/MGEYA-MGEYA/17 Centro Oftalmológico Dr. Charles S.A., CUIT Nº30-70908799-8, con domicilio en Av. Córdoba N°1866 P.B., planta sótano, UF Nº1 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, transfiere la habilitación municipal a Ocutech S.A., CUIT Nº 30-71551330-3, con domicilio en Av. Córdoba N°1866 P.B., planta sótano, UF Nº1 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, del local ubicado en Av. Córdoba N°1866 P.B., sótano, UF Nº1 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que funciona en carácter de (700.340) consultorio profesional, otorgada por Expediente N° 8067807/2016/DGHP, otorgada por Disposición Nº 3380/DGHP/2016, en fecha 22/03/2016. Superficie: 125,14 m2. Reclamos de ley en el mismo domicilio.

Solicitante: Ocutech S.A.

Inicia: 10-10-2017 Vence: 17-10-2017

Transferencia de Habilitación. E.E. N° 22.259.154/MGEYA-MGEYA/17 Textil Service S.R.L. representada por su apoderado Carlos Alberto Cabeza (DNI 16.171.154) con domicilio en Juan Agustín García N° 5033 CABA avisa que transfiere la habilitación municipal del local sito en Juan Agustín García N° 5033/5035 PB CABA para funcionar en el carácter de (503222) lavandería mecánica, otorgada por Expediente Nº 87280/2007, mediante Disposición Nº 2286/DGHP-2008, en fecha 12/06/2008, superficie 375 m2. Observaciones: categorización aprobada mediante Disp/1010/DGPYEA/07; a Textil Versalles S.R.L. representada por su gerente Carlos Alberto Cabeza (DNI 16.171.154) con domicilio en Juan Agustín García N° 5767 CABA. Reclamos de Ley y domicilio de partes en Juan Agustín García N° 5033 CABA.

Solicitante: Textil Versalles S.R.L.

Inicia: 10-10-2017 Vence: 17-10-2017

Transferencia de Habilitación. E.E. N° 22.259.873/MGEYA-MGEYA/17 Quitacapa S.A. representada por su apoderado Luciano Emanuel Montonati (DNI 27.659.778) con domicilio en Rodríguez Peña N° 507 piso 5º CABA, avisa que transfiere la habilitación municipal del local sito en Báez N°186/196 PB, piso 1º CABA superficie total: 199,75 m2 para funcionar en el carácter de (602000) restaurante, cantina (602010) casa de lunch (602020) café bar (602030) despacho de bebidas, wisquería, cervecería (602040) casa de comidas, rotisería.

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Observaciones: Sistema Informático MOST, Expediente de Transferencia de Habilitación Nº 814558/2010, otorgada por Disposición Nº 8932/DGHP/2012, en fecha 30/08/2012, se concede la presente en idénticos términos que la habilitación anterior otorgada por Expediente Nº 90063/1997, a B200 S.A. representada por su presidente Adrián Diego Boveri (DNI 27.938.531) con domicilio en Lavalle N° 1570 piso 2º depto. “F” CABA. Reclamos de Ley y domicilio de partes en Báez 186 CABA.

Solicitante: B200 S.A.

Inicia: 10-10-2017 Vence: 17-10-2017

Transferencia de Habilitación. E.E. N° 22.260.731/MGEYA-MGEYA/17 Kuniok S.A. representada por su presidente Ángela Coronel (DNI 10.201.079) con domicilio en Junín N° 683 piso 5º “B” CABA avisa que transfiere la habilitación municipal del local sito en Paraguay N° 3144/50 PB pisos 1º, 2º, 3º, 4º y 5º CABA para funcionar en el carácter de: (700200) Establecimiento particular de asistencia médica (EPAM), superficie: 1084,40 m2. Observaciones: Sistema Informático Registro Único de Locales Habilitados (RULH), Expediente de Habilitación Nº 68627/2004, otorgada por Decreto Nº 2516/1998, en fecha 09/06/2005, posee ventil. Mecánica por Exp. Nº 58782-2002, certif. de apt. ambiental Nº 1556 (28/09/2004), contrato de locación de (5) cocheras ubicadas en Soler Nº 3231, renovable anualmente en forma automática, plano conf. a obra de instal. Contra incendio, según Exp. Nº 47623-2003 y certif. Nº 3838-2005 y Exp. Nº 9248-05-8 de autoriz. ante el minist. de salud y ambiente de la nación, capacidad de (8) camas en terapia intensiva y (12) habit. con (23) camas, se deja constancia que mediante reg. Nº 14036-DGHP-2005 hace suyo el pedido de la presente habilitación; a Centro Médico Mansilla S.A. representada por su presidente Patricia Mara Saike (DNI 17.635.537) con domicilio en Av. Belgrano Nº 225 piso 1º “B” CABA. Reclamos de Ley y domicilio de partes en Paraguay 3150 CABA.

Solicitante: Centro Médico Mansilla S.A.

Inicia: 10-10-2017 Vence: 17-10-2017

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Particular

Retiro de Restos. E.E.N° 26.364.705/MGEYA-MGEYA/16 Se comunica a los Familiares que tengan deudos depositados en la bóveda de la Familia Noble (Noble-Chapar-Carrillo-Oyuela), Ubicada en el Cementerio de la Recoleta en el terreno formado por las sepulturas 4, 5 y 6 del Tablón N° 3 sección 6, y la sepultura 6 Tablón N° 9 y subsuelos y fracción, sección 6; pasen a retirar los deudos dentro de los 20 días, caso contrario serán cremados y depositados en el osario general.

Solicitante: Guadalupe Georgette Noble Inicia: 4-10-2017 Vence: 10-10-2017

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G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S"2017 Año de las Energías Renovables"

Hoja Adicional de FirmasBoletín Oficial

Número: Buenos Aires,

Referencia: Boletín Oficial N° 5230 - 10/10/2017

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