MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PIURA - … · Subsidio por Gastos de Sepelio y Luto al Sr. Daniel...

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, . MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PIURA RESOLUCION DE ALCALDIA 292 - 2012-A/MPP San Miguel de Piura, 02 de mano de 2012 Visto, los expedientes de Registros N° 00001341, N°00000817 y N 0 00000959, de fechas 06, 09 Y 10 de Enero de 2012, presentado por los hermanos Castulo Ferro Córdova y Daniel Ferro Castro, solicitando Subsidio por fallecimiento Y Gastos de Sepelio y luto del extinto servidor municipal Castulo Ferro Alabarca, y; CONSIDERANDO Que, mediante Informe N°00026-2012-ESC-UPT-OPER/MPP, de fecha 10 de Enero de 2012,la Unidad de Procesos Técnicos señala que don Castulo Ferro Córdova, es trabajador empleado nombrado de esta Municipalidad Provincial de Piura, y adjunta acta de nacimiento donde registra como hijo del causante don Castulo Ferro Alabarca, quien falleció el día 04 de Enero de 2012, tal como se constata en el Acta de Defunción que corre a folios 07; de igual manera mediante Informe N°0041-2012-ESC-UPT-OPER/MPP, de fecha 12 de Enero de 2012, la Unidad de Remuneraciones señala que el administrado Daniel Ferro Castro, ha corrido con los gastos de sepelio tal como se demuestra en Boleta de Venta original N°000639, por concepto de compra de ataúd, alquiler de capilla por el importe de SI. 1,500.00 nuevos soles, y Recibo de Caja N°003756 por los servicios funerales de un mausoleo por el importe de SI. 6,000.00 nuevos soles, los mismos que corren a folios 03 y 05; Que, mediante los expedientes del visto, el servidor empleado nombrado Castulo Ferro Córdova, solicita pago de subsidio de fallecimiento por la muerte de su señor padre don Castulo Ferro Alabarca, pensionista de la Municipalidad Provincial de Piura; asimismo el administrado Daniel Ferro Castro, solicita pago de gastos de sepelio, por la muerte de su señor padre Castulo Ferro Alabarca; Que, la Oficina de Personal a través de los Informes N°135-2012- OPER/MPP, N0276-2012-0PER/MPP y N°307-2012-0PER/MPP, señala que de acuerdo al Artículo 144 0 Y 145° del Decreto Supremo N.o 005-90-PCM, 'V'" Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa Y de /5::: .RPm/. uneraciones del Sector Público, U[ .. .]. En el caso de fallecimiento de " <: v\f.O'v/,vc <. 'ro ~', •.•.Q 1"\ ~~C&\\.O\p., iii, ~ "1' ~ ~3 Que, mediante expediente de registro N°00001423, de fecha 11.01.2012, la Caja Piura SAC., solicita descontar al causante don Castulo Ferro Córdova, el importe de SI. 12,549.86 por el pagaré N°71-01-3539828, .... " . como consecuencia de la Carta de Autorización de Descuento Voluntario que ~',' firmó don Castulo Ferro Alabarca antes de fallecer; .. \ :.;'

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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PIURA

RESOLUCION DE ALCALDIAN° 292 - 2012-A/MPP

San Miguel de Piura, 02 de mano de 2012

Visto, los expedientes de Registros N° 00001341, N°00000817 yN000000959, de fechas 06, 09 Y 10 de Enero de 2012, presentado por loshermanos Castulo Ferro Córdova y Daniel Ferro Castro, solicitando Subsidiopor fallecimiento Y Gastos de Sepelio y luto del extinto servidor municipalCastulo Ferro Alabarca, y;

CONSIDERANDO

Que, mediante Informe N°00026-2012-ESC-UPT-OPER/MPP, defecha 10 de Enero de 2012,la Unidad de Procesos Técnicos señala que donCastulo Ferro Córdova, es trabajador empleado nombrado de estaMunicipalidad Provincial de Piura, y adjunta acta de nacimiento donde registracomo hijo del causante don Castulo Ferro Alabarca, quien falleció el día 04 deEnero de 2012, tal como se constata en el Acta de Defunción que corre a folios07; de igual manera mediante Informe N°0041-2012-ESC-UPT-OPER/MPP, defecha 12 de Enero de 2012, la Unidad de Remuneraciones señala que eladministrado Daniel Ferro Castro, ha corrido con los gastos de sepelio tal comose demuestra en Boleta de Venta original N°000639, por concepto de comprade ataúd, alquiler de capilla por el importe de SI. 1,500.00 nuevos soles, yRecibo de Caja N°003756 por los servicios funerales de un mausoleo por elimporte de SI. 6,000.00 nuevos soles, los mismos que corren a folios 03 y 05;

Que, mediante los expedientes del visto, el servidor empleadonombrado Castulo Ferro Córdova, solicita pago de subsidio de fallecimiento porla muerte de su señor padre don Castulo Ferro Alabarca, pensionista de laMunicipalidad Provincial de Piura; asimismo el administrado Daniel FerroCastro, solicita pago de gastos de sepelio, por la muerte de su señor padreCastulo Ferro Alabarca;

Que, la Oficina de Personal a través de los Informes N°135-2012-OPER/MPP, N0276-2012-0PER/MPP y N°307-2012-0PER/MPP, señala que deacuerdo al Artículo 1440 Y 145° del Decreto Supremo N.o 005-90-PCM,

'V'" Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa Y de/5::: .RPm/. uneraciones del Sector Público, U[ .. .]. En el caso de fallecimiento de" <: v\f.O'v/,vc<. 'ro ~',•.•.Q 1"\~~C&\\.O\p., iii ,~ "1'~~3

Que, mediante expediente de registro N°00001423, de fecha11.01.2012, la Caja Piura SAC., solicita descontar al causante don CastuloFerro Córdova, el importe de SI. 12,549.86 por el pagaré N°71-01-3539828,

.... " . como consecuencia de la Carta de Autorización de Descuento Voluntario que~',' firmó don Castulo Ferro Alabarca antes de fallecer;

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Que, asimismo, la Gerencia de Asesoría Jurídica, indica que, losgastos de sepelio, al amparo del Articulo 145° de la norma antes citadaestablece que se otorga a quien haya corrido con los gastos pertinentes, por loque el administrado Daniel Ferro Castro, hijo del causante anexa la Boleta deVenta y Recibo de Caja originales, donde se demuestra que él asumió el gastode sepelio de su padre el ex pensionista Castulo Ferro Alabarca, por lo que, lecorresponde otorgar el beneficio de dos remuneraciones, al haber acreditado elgasto;

familiar directo del servidor, cónyuge, hijos o padres, dicho subsidio será dedos remuneraciones totales [...]". De igual forma el siguiente artículo de lacitada norma, dispone U[ ... ] El subsidio por gastos de sepelio será de dos (2)remuneraciones totales, en tanto se dé cumplimiento a lo señalado en la partefinal del inciso j) del articulo 1420

, que establece: El subsidios por fallecimientodel servidor y sus familiares directos, así como por gastos de sepelio oSERVICIO FUNERARIO COMPLETO (D.L. 22482, Articulo 21°,24° a 32°)~otorga a quien haya corrido con los gastos pertinentes ....), Por lo tanto,este beneficio solo se otorga a quien haya sufragado los gastos de sepelio, esdecir, a una sola persona y por única vez;

Que, asimismo la Oficina de Personal, manifiesta que el occisotiene pendiente una deuda de un préstamo a la CMAC PIURA SAC,ascendente a la suma de S/.12,549.86 nuevos soles, es necesario honrar tal

iJA' / deuda, que puede ser efectuada a través de la nivelación de pensiones del

!J fallecido pensionista, pendiente, ascendente a la suma de S/.24,725.37 nuevossoles, datos proporcionado por la Unidad de Remuneraciones, asimismo lossubsidios de fallecimiento y gastos por sepelio corresponde a los deudos por

;;:~Q:!.~::0~\el fallecimiento del titular, mas no por el titular que disponga su uso;

\lJ.!; Que, a través del Informe N" 170~2012~GAJ/MPP, de fecha 26 de~~ Enero de 2012, la Gerencia de Asesoría Juridica, resuelve respecto a lo

señalado en los Articulas 144° y 145° del D.S. 005-90-PCM, queda claro que elbeneficio de Subsidio por fallecimiento les corresponde a los deudos por el

. fallecimiento del titular, que en este caso es por deceso del ex pensionista

6. Castulo Ferro Alabarca, y que se otorga por tres remuneraciones, debiéndoseentregar en el orden de prelación indicado por la norma, asi también, debetenerse en cuenta que el beneficio de subsidio por fallecimiento le correspondeal trabajador Castulo Ferro Córdova, por fallecimiento de su señor padreCastulo Ferro Alabarca, esto por aplicación del segundo supuesto del articulo144° de la citada norma, el mismo que se otorga dos remuneraciones;

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¡\ : ,'~A" '> Que, en atención a ello, la Gerencia de Asesoria Jurídica OPINA?: ..f:tt."." que: 1.- ?e debe de otorga~ el pago d~. subsidi~ por falle~imiento..~\ ' " correspondiente a tres remuneraciones totales por el fallecimiento del titular ex

\pensionista Castulo Ferro Alabarca, la misma que debe ser otorgada a la CajaPiura S.A.C., esto de conformidad a la Carta de Autorización suscrita por elocciso el 18 de Mayo de 2010, la misma que corre a folios (37); 2.- Se debe deotorgar' el pago de subsidio por fallecimiento al trabajador empleado nombradoCastulo Ferro Córdova, de acuerdo al artículo 144° del Decreto Supremo

°OO5-90-PCM; 3.- Reconocer el pago de gastos de sepelio al administrado'l~OV/Ncl..;\ '

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Daniel Ferro Castro, hijo del occiso don Castulo Ferro Alabarca, al acreditarhaber sufragado los gastos de sepelio de su señor padre, de conformidad conel Artículo 1450 de la citada norma;

Que, en mérito a las consideraciones expuestas, de conformidadcon el proveído de Gerencia Municipal de fecha, 20 de Febrero de 2012, yenuso de las atribuciones conferidas por el artículo 20° inciso 6) de la LeyOrgánica de Municipalidades, Ley N° 27972;

SE RESUELVE:

ARTíCULO PRIMERO.- AUTORIZAR el pago por concepto deSubsidio por fallecimiento de familiar directo al trabajador empleado nombradoCastulo Ferro Córdova, de acuerdo al Articulo 1440 del D.S. 005-90-PCMcorrespondiente a dos remuneraciones totales.

ARTíCULO SEGUNDO.- AUTORIZAR el pago por concepto deSubsidio por Gastos de Sepelio y Luto al Sr. Daniel Ferro Castro, al haberacreditado con facturas que ha sufragado los costos del sepelio, cuyo montoasciende a dos remuneraciones de confoimidad con el inciso J) del Artículo1420 y 1450 del Reglamento.

ARTíCULO TERCERO.- AUTORIZAR el pago del préstamo dePagare N° 071-01-3539828 contraída por el extinto pensionista Castulo FerroAlabarca, a favor de la Caja Piura SAC., ascendente al importe de SI.12,549.86 Nuevos Soles, de conformidad con la Carta de Autorización suscritapor el occiso el 18 de Mayo de 2010, según documento enviado por lainstitución financiera, que será efectuada a través de la nivelación de pensionesdel fallecido servidor.

ARTICULO CUARTO.- Disponer que la Unidad deRemuneraciones, elabore el Compromiso del Subsidio por fallecimiento yGastos de Sepelio y luto del extinto servidor Cástula Ferro Córdova.

ARTíCULO QUINTO.- Dese cuenta a la Gerencia Municipal,Gerencia de Administración, Gerencia de Asesoría Jurídica, Oficina dePresupuesto, Oficina de Personal, Unidad de Procesos Técnicos, Unidad deRemuneraciones, y a los interesados para conocimiento y Fines.

REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPlASE y ARCHíVESE