MUNICIPALIDAD DE VICENTE LOPEZ

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MUNICIPALIDAD DE VICENTE LOPEZ SECRETARIA PLANEAMIENTO, OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE OBRAS MUNICIPALES DEPARTAMENTO DE PAVIMENTOS Y PLUVIALES OBRA : “SANEAMIENTO HIDRÁULICO EN EL SECTOR DE PEDRO GOYENA Y CARLOS GARDELLICITACIÓN PÚBLICA N°: EXPEDIENTE N°: 4119 001141/2019 FECHA Y HORA DE APERTURA: PRESUPUESTO OFICIAL: $ 8.600.000,00- VALOR DEL PLIEGO: $8.600,00-

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MUNICIPALIDAD DE VICENTE LOPEZ

SECRETARIA PLANEAMIENTO, OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE OBRAS MUNICIPALES DEPARTAMENTO DE PAVIMENTOS Y PLUVIALES

OBRA: “SANEAMIENTO HIDRÁULICO EN EL SECTOR DE PEDRO

GOYENA Y CARLOS GARDEL”

LICITACIÓN PÚBLICA N°:

EXPEDIENTE N°: 4119 – 001141/2019

FECHA Y HORA DE APERTURA:

PRESUPUESTO OFICIAL: $ 8.600.000,00-

VALOR DEL PLIEGO: $8.600,00-

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OBRA: “SANEAMIENTO HIDRÁULICO EN EL SECTOR DE PEDRO GOYENA Y

CARLOS GARDEL”

LICITACIÓN PÚBLICA N°:

INDICE GENERAL

01 - PLIEGO DE CLAUSULAS LEGALES ESPECIALES 02 - PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TECNICAS PARTICULARES 03 – DOCUMENTACIÓN GRÁFICA

PLANO N°01: PROYECTO PLANO N°02: DETALLES

04 - PLANILLAS

ANALIS DE PRECIOS DETERMINACIÓN DEL COEFICIENTE “K” PLAN DE TRABAJO CURVA DE INVERSIÓN PLANILLA DE CÓMPUTO LA PROPUESTA

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MUNICIPALIDAD DE VICENTE LOPEZ SECRETARIA DE PLANEAMIENTO, OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE OBRAS MUNICIPALES DEPARTAMENTO DE PAVIMENTOS Y PLUVIALES

OBRA: “EXTENSIÓN DESAGÜES PLUVIALES GOYENA Y GARDEL”

Dirección: Calle Pedro Goyena y Carlos Gardel, localidad de Olivos, Partido de Vicente López. Licitación Pública Nro: Expte. Nro:

PLIEGO DE CLÁUSULAS LEGALES ESPECIALES 1. DISPOSICIONES GENERALES 1.1. OBJETO Es objeto del presente pliego establecer en forma clara y precisa, las obligaciones que contraen y los derechos que adquieren, la Municipalidad de Vicente López, los oferentes y quien resulte adjudicatario de los trabajos licitados, para lo cual la Municipalidad establece las Bases y Condiciones que regirán en la Licitación, Adjudicación y Contratación de los trabajos que comprenden las tareas, provisión y colocación de materiales y mano de obra especializada para extensión de la red pluvial en la localidad de Olivos, en la intersección de las calles Pedro Goyena y Carlos Gardel. 1.2. CONSULTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS El presente Pliego de Bases y Condiciones podrá ser consultado en la Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos – Dirección General de Obras Municipales de la Municipalidad, hasta 72 (setenta y dos) horas contadas en días hábiles anteriores a la fecha de apertura de las propuestas y podrá ser adquirido en la Dirección de Compras y Licitaciones hasta 72 (setenta y dos) horas contadas en días hábiles anteriores a la mencionada. 1.3. VALOR DEL PLIEGO Fíjese el valor del pliego en $8.600,- (pesos ocho mil seiscientos). 2. INSTRUMENTOS CONTRACTUALES 2.1. DOCUMENTACIÓN A los efectos de la cotización y ejecución de los trabajos, establecerse la siguiente documentación: a) El presente Pliego de Cláusulas Especiales. b) El Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares y Planos. c) La Propuesta y planilla de ítems. d) Ordenanza Nro. 4507 (Seguridad en la vía pública). e) Ordenanza Nro. 7546. f) Ordenanza Nro. 18330. g) Pliego Único–Edición 1979–Especificaciones Técnicas y Legales M.V.L. h) Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias). i) Ley de Obras Públicas Nº 6021 de Buenos Aires y sus modificaciones, así como sus Decretos

Reglamentarios. j) Ordenanzas Generales para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires Nros. 37/69,

43/69 y 165/73. k) Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de la Administración para las Municipalidades

dictado por el Honorable Tribunal de Cuentas. l) Resolución 231/96 de la superintendencia de riesgos del Trabajo. m) Ordenanza Nº 35.790. n) Ley de Seguridad e Higiene Nro. 19.587. o) Ley de Riesgos del trabajo Nro. 24.557. p) Decreto 911/96 “Regulaciones para la Industria de la Construcción”. 2.2. ORDEN DE APLICACIÓN DE LOS DOCUMENTOS LICITATORIOS 2.2.1. En caso de discrepancia entre los documentos del contrato, se seguirá el siguiente orden de prelación, salvo expresa mención en contrario: 1) Pliegos. 2) Planos. 3) Notas aclaratorias previas al acto de licitación. 4) Contrato. 5) Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias). 6) Ley de Obras Públicas Nº 6021 de Buenos Aires y sus modificaciones, así como sus Decretos Reglamentarios. 7) Pliego Único - Edición 1979 - Especificaciones Técnicas y Legales M.V.L. 8) Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de la Administración para las Municipalidades dictado por el Honorable Tribunal de Cuentas. 9) Ordenanzas Generales Nros. 37/69, 43/69 y 165/73.

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3. PRESUPUESTO OFICIAL 3.1. El presupuesto oficial para la totalidad del plazo contractual asciende a $ 8.600.000,- (Pesos ocho millones seiscientos mil). 4. PLAZO DE EJECUCIÓN 4.1. El plazo de duración del contrato será de 90 (noventa) días, desde la firma del acta de inicio de los trabajos. 4.2. La Municipalidad podrá optar por ampliar los trabajos según las normas establecidas en la Ley de Obras Públicas 6021. 5. CAPACIDAD MÍNIMA TÉCNICA Y/O DE EJECUCIÓN REQUERIDA 5.1. No se admitirán ofertas de Oferentes, cuya Capacidad Técnica, otorgada por el Registro de Licitadores de Obras Públicas de la Provincia de Buenos Aires y/o Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas, sea inferior a la suma de pesos $ 8.600.000,- (Pesos ocho millones seiscientos mil). 6. CAPACIDAD MÍNIMA FINANCIERA Y/O DE CONTRATACIÓN REQUERIDA 6.1. No se admitirán ofertas de Oferentes, cuya Capacidad Financiera, otorgada por el Registro de Licitadores de Obras Públicas de la Provincia de Buenos Aires y/o Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas, sea inferior a la suma de $ 15.050.000,- (Pesos quince millones cincuenta mil). 7. ESPECIALIDAD Y EXPERIENCIA ESPECÍFICA 7.1. ESPECIALIDAD: En Ingeniería en el Registro de Licitadores del Ministerio de Obras Públicas de la Provincia de Buenos Aires y/o Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas. 7.2. EXPERIENCIA: Las firmas oferentes deberán contar con antecedentes en la ejecución de por lo menos 1 (una) obra de construcción civil de monto igual o superior a $34.400.000,- (pesos treinta y cuatro millones cuatrocientos mil) contratada por una repartición pública dentro de los últimos 5 (cinco) años, presentado documentación respaldatoria que lo avale. 8. PLAZO DE CONSERVACIÓN DE LAS OBRAS 8.1. Se establece el plazo de conservación de las obras en 365 (trescientos sesenta y cinco) días corridos a partir de la recepción provisoria total. 9. DE LOS OFERENTES 9.1. EXCLUSIONES No podrán participar como oferentes: a) Los inhabilitados por condena judicial. b) Los agentes de la administración pública Nacional, Provincial o Municipal como personas físicas, o como directores o administrador de personas jurídicas c) Los concursados o quebrados mientras no obtengan habilitación o quienes tengan convocatoria de acreedores pendiente. d) Las Empresas de cuyo directorio forman parte personas que hayan integrado sociedades dedicadas a este tipo de actividades, y que hayan sido objeto de rescisión de contratos por falta de cumplimiento e) Los que se hayan en proceso judicial pendiente con la Municipalidad. f) Los que hayan sido sancionados con multas o/ sanciones aplicadas por incumplimiento de contrato con esta Comuna. g) Los que se encuentren suspendidos o inhabilitados en el Registro de Proveedores de la Municipalidad de Vicente Lopez, o en su equivalente en cualquier Municipalidad o Provincia del País. h) Las personas físicas y/o jurídicas en estado de quiebra o liquidación. i) Las personas físicas y/o jurídicas que resulten evasoras y deudoras morosas tributarias y/o previsiones de orden nacional, provincial o municipal, declaradas tales por la autoridad competente. j) Las sociedades que posean acciones de otras sociedades oferentes. k) Las personas que se encuentran procesadas por delitos contra la propiedad, contra la Administración Pública o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción. 9.2. INSCRIPCIÓN DE CONTRATISTAS

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Los oferentes deberán acreditar la inscripción en el Registro de Contratistas para Empresas de Obras Públicas de la Municipalidad de Vicente López, cuya constancia de inscripción se entregará, hasta 24 (veinticuatro) horas corridas contadas en días hábiles anteriores al día fijado para la apertura de la Licitación, en la Dirección General de Obras Municipales. 9.3. CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN Los oferentes deberán tener capacidad legal para obligarse y además deberán acreditar su capacidad financiera y solvencia económica. 9.4. DOMICILIO Se considerará domicilio legal constituido del oferente, el domicilio que constituya en el ámbito del Partido de Vicente Lopez, a los fines de la presente Licitación, confome lo establecido en el artículo 6 del Pliego de Bases y Condiciones Generales; si lo modificara antes de vencido el plazo de validez de su oferta, deberá comunicar el cambio de domicilio en forma fehaciente al Municipio. El nuevo domicilio deberá estar también dentro del Partido. La Municipalidad de Vicente Lopez constituye domicilio en Av. Maipu 2609, localidad de Olivos, Partido de Vicente Lopez, Provincia de Buenos Aires. 9.5. EMPRESAS ASOCIADAS En el caso en que dos o más empresas se presenten asociadas a la licitación, deberán hacerlo en forma conjunta, mancomunada y solidaria, dando cumplimiento a los requisitos exigidos para las Uniones Transitorias de Empresas (U.T.E.) por la Ley de Sociedades Comerciales. Una vez presentadas a la licitación, las U.T.E. no podrán modificar su integración, y en caso de ser contratadas no podrán hacerlo hasta el cumplimiento total de las obligaciones emergentes del contrato, salvo expresa autorización del comitente. La U.T.E. deberá tener por Estatuto una duración superior al tiempo que demande la ejecución del contrato, incluido el plazo de garantía, y los trabajos a realizar deberán encontrarse comprendidos dentro de su giro comercial. En caso de resultar adjudicataria una U.T.E. deberá acreditar su inscripción en la Inspección General de Justicia, como requisito previo a la firma del contrato. La falta de cumplimiento del requisito determinará la revocación de la adjudicación con la pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta. Asimismo y a los efectos de su presentación, se deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Adquisición del Pliego en forma conjunta. b) La garantía que prevé el art. 10.4. deberá ser presentada o emitida en forma conjunta, del

mismo modo que todas las pólizas de seguros requeridas y detalladas en el articulo Nº 12 del presente pliego.

c) Un ejemplar o copia certificada del contrato que las obliga conjunta y solidariamente. d) Firma del contenido de toda documentación por las Empresas asociadas, y por un

Representante Técnico designado a tal efecto. 10. OFERTAS 10.1. SISTEMA DE CONTRATACIÓN Las obras se contratarán por AJUSTE ALZADO sobre la base del monto total establecido por el adjudicatario en su oferta, quedando entendido que las certificaciones parciales son al sólo efecto del pago a cuenta del importe total de la obra. Dentro del monto del contrato se entenderá incluido el costo de todos los trabajos que sin estar expresamente indicados en los documentos del contrato, sea imprescindible ejecutar o proveer para que la obra resulte en cada parte y en todo concluida con arreglo a su fin y al espíritu de esos documentos. Junto con la Oferta deberá presentarse un presupuesto detallado de la cotización ítem por ítem, siguiendo el listado de la planilla que se adjunta. La no presentación del presupuesto detallado será motivo para el rechazo de la Oferta. El costo de toda tarea o provisión que no este explicitada pero que sea necesaria para la ejecución de la obra conforme al su fin y al proyecto de la misma se supone prorrateado en los items indicados en la planilla. El Ajuste Alzado comprende toda la obra ejecutada conforme a su fin y respetando la normativa vigente. En caso de haber diferencia entre el monto total del ajuste alzado y la suma de los montos de cada item se estará al monto total del ajuste alzado y el contratista deberá subsanar la diferencia ajustando el monto del item. El oferente deberá presentar el análisis de precios unitarios según planilla adjunta y su propio cómputo de la obra. El cómputo de la obra será utilizado sólo a los fines de la certificación. No se reconocerá diferencia alguna a favor del Contratista entre volumen ejecutado en obra y el consignado en el presupuesto del Contrato, salvo que las diferencias provengan de ampliaciones o modificaciones expresamente autorizadas. 10.2. PLIEGO ÚNICO DE ESPECIFICACIONES La empresa oferente deberá manifestar mediante Declaración Jurada, que conoce los términos del Pliego Único de Especificaciones Técnicas y Legales de la Municipalidad de Vicente López (Edición 1979). 10.3. MANTENIMIENTO DE LAS OFERTAS

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Los oferentes deberán mantener sus propuestas por el término de 30 (treinta) días corridos a partir del día siguiente al de la apertura del Sobre Nº 2 “OFERTA”. 10.4. GARANTÍA DE LAS OFERTAS El mantenimiento de las ofertas, será garantizado con el equivalente al 1% (uno por ciento) del Presupuesto Oficial, pudiendo integrarse en cualquiera de las formas mencionadas en el Art. 10 del Pliego Único. La devolución de las garantías de las propuestas se hará sin indexaciones, ni intereses, dentro de los 60 (sesenta) días corridos de la adjudicación. Si el proponente desistiera de su oferta dentro de los 30 (treinta) días corridos contados desde el día posterior al de la apertura del Sobre Nº 2 “OFERTA”, perderá el depósito de garantía que menciona este artículo. 10.5. SUFICIENCIA DE LA OFERTA Se deberá entender que antes de presentar su oferta, el oferente se ha asegurado que sus cotizaciones cubrirán todas las obligaciones emergentes del Contrato. Se entenderá en consecuencia que deberá incluir en su cotización todos los trabajos, suministros, prestaciones y servicios previstos en el presente Pliego y aquellos que fueran menester para cumplir íntegramente con el objeto contractual. Antes de la presentación de su Oferta, los interesados deberán examinar los trabajos y servicios, todos los demás detalles que hagan al cumplimiento de sus obligaciones, debiendo obtener por su propia cuenta toda la información necesaria sobre todas las circunstancias que pueden influir o afectar su oferta. 10.6. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS Las ofertas deberán presentarse en la Dirección de Compras y Licitaciones hasta la fecha y hora indicada para el acto en único sobre cerrado y lacrado, sin identificación, el cual es mencionado en el Art. 8º del Pliego de Cláusulas Generales – Pliego Único – y deberá contener en su interior los siguientes sobres cerrados y lacrados individualizados con el nombre del oferente, según el Art. 9º del Pliego de Cláusulas Generales – Pliego Único -. La presentación de la oferta importará, de parte del oferente, en pleno conocimiento de toda la normativa que rige el procedimiento de selección, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión que sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas, como asi también de las Circulares con y sin consulta que se hubieren emitido, sin que pueda alegar en adelante su desonocimiento. 10.6.1. SOBRE Nº 1, con la leyenda “DOCUMENTACION”, nombre del oferente, licitación que se trata, fecha de apertura, hora y deberá contener: 1) La garantía de mantenimiento de las ofertas, según lo establecido en el Art. 10.4. del presente

Pliego. 2) El comprobante de haber adquirido el presente Pliego y demás documentos de la Licitación.

En caso de presentación de empresas en conjunto, dicho comprobante deberá ser extendido a nombre de ambas.

3) El presente Pliego y demás documentos de la licitación, con los recaudos que impone el último párrafo del Art. 3 y Art. 4 del Pliego Único – Edición 1979- debidamente firmado por el oferente y su Representante Técnico en todas sus fojas, con el correspondiente sello aclaratorio.

4) La constancia actualizada de la inscripción en el Registro de Contratistas.-(Art. 140 – Decreto-Ley 6769/53 – Ley Orgánica de las Municipalidades y Art. 96 del Decreto - Ordenanza Nº 165/73).

5) Constancia actualizada de la Capacidad Técnico – Financiera suficiente para ejecutar la obra que se licita, expedida por el Registro de Licitadores del Ministerio de Obras Públicas de la Provincia de Buenos Aires y/o Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas.

6) La declaración de que para cualquier cuestión judicial que se suscite se acepta la jurisdicción en lo Contencioso Administrativo del Departamento Judicial de San Isidro.

7) Declaración jurada suscripta por el representante legal de la empresa que la misma no se halla en proceso concursal en trámite.

8) Últimos 6 (seis) pagos de IVA, Ganancias y Aportes Previsionales con sus correspondientes formularios. Asimismo, la Municipalidad se reserva el derecho de realizar la pertinente consulta ante la AFIP a fin de verificar el cumplimiento impositivo del oferente conforme RG de la AFIP 4164 E/2017.

9) Original o copia legalizada de la inscripción en el impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Buenos Aires y/o Convenio multilateral según corresponda.

10) En caso de presentarse Personas Jurídicas deberán acreditar su constitución a través del estatuto o Contrato Social. Las S.A. deberán presentar copia autentificada del Acta de Directorio que autorice la concurrencia a la Licitación de que se trata.

11) En caso de presentarse dos o más empresas asociadas, deberán cumplimentar los requisitos establecidos en el Art. 9.5 del presente pliego.

12) Listado de obras ejecutadas en los últimos 5 (cinco) años según artículo 7 del presente Pliego que cuente con la documentación respaldatoria certificada correspondiente, a saber:

a) Contrato u orden de compra. b) Recepción provisoria y/o definitiva de las mismas.

La documentación de las obras que no presenten la totalidad de los incisos a) y b) no se tendrá en cuenta como experiencia específica, según el Artículo 7.2.

13) La constitución de domicilio legal dentro del Partido de Vicente López.

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14) Datos personales y número de inscripción en el Consejo Profesional que corresponda de la Provincia de Buenos Aires, del profesional que actuará como Representante Técnico.

15) Declaración jurada, manifestando conocer los términos del Pliego Único (edición 1979). 16) Contrato de locación de servicios con el representante técnico. 17) Para el caso de sociedades, declaración jurada suscrita por el representante legal donde se

indique nombres, documentos de identidad y cargo de los directivos y responsables de la misma.

18) Certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos de la Provincia de Buenos Aires, del que resulte que el oferente, en caso de personas físicas, o que los directores o miembros del organismo de administración, para el caso de sociedades, se encuentran libres de deudas en ese Registro.

19) Constancia de visita a obra. 10.6.2. SOBRE Nº 2: (con la leyenda OFERTA) Cuyo contenido deberá ser firmado por el proponente y su Representante Técnico, con sellos aclaratorios y deberá contener: 1) La propuesta de la obra formulada en planilla entregada por la Municipalidad o copia textual

de la misma, por duplicado. 2) Planilla de Cómputo, con los ítems correspondientes llegando al monto total de la obra y todo

lo exigido en el presente Pliego, por duplicado. 3) Análisis de precios detallados por ítem, según modelo, por duplicado. 4) Planillas de determinación del Coeficiente “K”, por duplicado. 5) Una planilla con el plan de trabajo de la obra. 6) Curva de Inversión, con montos y porcentuales parciales y acumulados, por duplicado. La presentación de la propuesta, implica que el proponente ha examinado la documentación que integra el presente Pliego y que ha reconocido en el terreno donde corresponda las informaciones sobre la naturaleza del suelo y subsuelo y de todo otro dato que pueda influir en el desarrollo de la obra. La cotización deberá consignarse en letras y números. En caso de diferencia se tendrán como válidas las consignadas en letras. Será causal de rechazo de la oferta si se detectara en la etapa de estudio los análisis de precios, cuantías, rendimientos, precio de insumo, productos o materiales, consumo de combustibles, subvaluados o que tiendan a distorsionar la composición en los distintos precios unitarios y que no permitan la real y efectiva comparación de las ofertas económicas. 10.7. ACLARACIONES DE OFICIO O POR CONSULTAS QUE SE FORMULEN La Dirección General de Obras Municipales podrá realizar aclaraciones de Oficio o evacuar las consultas que por escrito formulen los adquirentes de la Documentación de la Licitación. Las mismas serán realizadas durante el llamado a Licitación y hasta 72 (setenta y dos) horas corridas contadas en dias hábiles anteriores a la fecha de apertura establecida, para las consultas por escrito y hasta 48 (cuarenta y ocho) horas corridas contadas en dias hábiles anteriores a la fecha de la licitación para las aclaraciones de oficio. Dichas aclaraciones y respuestas, serán incorporadas al legajo completo y formarán parte del mismo. 10.8. OMISIÓN DE LAS ESPECIFICACIONES La omisión aparente en las especificaciones, referentes a detalles de las descripciones de determinados puntos, serán considerados en el sentido de que sólo deberá prevalecer la mejor práctica general establecida y también se empleará materiales de primera calidad y/o mano de obra competentes. Todas las interpretaciones de las especificaciones de las tareas, se harán en base al espíritu que se desprende ut-supra y a lo que establece al respecto la Ley 6021. Al presentar su oferta, el oferente reconoce haber estudiado todos los aspectos y factores que influyen en la ejecución de las tareas, como así también la totalidad de la documentación de la misma y en prueba de conformidad deberá adjuntar a su oferta copia firmada del presente pliego y las planillas que lo componen. Si el Contratista creyera advertir errores en la documentación técnica, tiene la obligación de señalarlo a la Dirección General de Obras Municipales, para que sean corregidos si corresponde. Si el Contratista no los señalara oportunamente, serán a su cargo los trabajos que fueran necesarios ejecutar para corregir las fallas, y estos trabajos no podrán justificar ampliaciones de plazos. 10.9. FORMA DE COTIZAR El Oferente deberá cotizar su oferta básica, con carácter obligatorio, en pesos, a los efectos de hacerla procedente y válida. Se destaca que para que una oferta pueda ser considerada válida, es condición que se refiera a la ejecución integral de la obra licitada. Se aclara que los impuestos, tasas y contribuciones nacionales, provinciales y municipales serán abonados por el Contratista. 10.10. VISITA A OBRA La presentación de la propuesta a la presente Licitación Pública implica que la Empresa oferente ha examinado el presente Pliego de Cláusulas Legales Especiales, el Pliego de Especificaciones Técnicas, Planos y que ha reconocido el sitio donde se llevaran a cabo los trabajos, teniendo presente todo dato que pueda influir en la evaluación económica de su oferta y en el alcance y

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previsiones para el normal desarrollo de los trabajos de la obra, en el plazo de ejecución contractual. Para tal fin el contratista deberá, concertar la visita a Obra, confirmando su asistencia ante la Dirección General de Obras Municipales, Departamento de Arquitectura, la cual se realizará 2 (dos) horas corridas, contadas en días hábiles, posteriores al vencimiento del plazo para la adquisición de los pliegos, conforme lo establece el art. 1.2. del presente documento. La constancia de haber efectuado la visita a obra será extendida por esta última, a petición del contratista. 10.11. APERTURA DE LAS OFERTAS 10.11.1. Se abrirá en primer término el Sobre Nº 1 "DOCUMENTACIÓN”. Verificada la presencia de la documentación enumerada para el mismo, se procederá a labrar un Acta en que se detallaran las propuestas enumeradas por Orden de Apertura, los documentos presentadas por cada uno de los proponentes y las observaciones que cada uno de ellos mereció. La mesa licitadora que dirija el Acto podrá pedir en cualquier momento, explicaciones a los oferentes; no se admitirán otras explicaciones ni observaciones que interrumpan el acto, pudiendo hacerse solo ellas una vez abiertas y leída la última documentación presentada. 10.11.2. Luego se abrirá el Sobre Nº 2 "PROPUESTA", solamente de aquellas empresas que hayan cumplido satisfactoriamente para la Municipalidad, con lo requerido en el presente Pliego para el Sobre Nº 1 denominado "DOCUMENTACIÓN”. Las autoridades de la apertura procederán al comienzo del acto a leer la nómina de empresas que hayan cumplido con el Sobre Nº 1, las de aquellas empresas que no hayan cumplido tal requisito, y cuáles son los motivos. Al finalizar la lectura de los Sobres Nº 2, se dejará constancia en Acta del monto de las propuestas, las ofertas rechazadas expresando en cada caso la causa y a quienes pertenecen y toda observación que se formule por los presentes a la “Documentación”. Leída el Acta, será suscrita por el funcionario que presidió el acto, por los oferentes y demás asistentes que deseen hacerlo. Para formular impugnaciones a las Propuestas los oferentes tendrán 24 (veinticuatro) horas corridas contadas en días hábiles, luego de iniciado el periodo de vistas, para iniciar expediente. Para la viabilidad de las impugnaciones, el oferente deberá depositar en la Tesorería General un valor equivalente al 0,5 % (cero punto cinco por ciento) del Presupuesto Oficial, acompañando comprobante del mismo en su presentación. Dicho depósito será reintegrado al recurrente, solo en caso que la impugnación prospere. 10.11.3. VISTA DE LAS PRESENTACIONES El plazo al efecto se fija en 48 (cuarenta y ocho) horas corridas contadas en días hábiles posteriores al cierre del Acto de Apertura. Durante el mismo las ofertas serán exhibidas en la Municipalidad (Dirección de Compras y Licitaciones) a los fines de que todos los oferentes pueden examinarlas, y formular las eventuales impugnaciones u observaciones que estimen pertinentes, las que deberán efectuarse dentro de las 24 (veinticuatro) horas posteriores al vencimiento del término mencionado. Cumplido el mismo, se declarará concluido el período de vistas e impugnaciones y las actuaciones quedarán reservadas para su evaluación. 10.11.4. RECHAZO DE OFERTAS Será causal de rechazo de las propuestas en el Acto de Apertura de la Licitación, la omisión de cualquiera de los recaudos exigidos en el Art. 10.6.1. inciso 1), 2) y 3) del Sobre Nº1 “DOCUMENTACIÓN”. La omisión de los recaudos exigidos en los incisos restantes del Art. 10.6.1. podrá ser suplido dentro de las 48 (cuarenta y ocho) horas del acto de apertura. Del Sobre Nº 2 “PROPUESTA”, será causal de rechazo de las ofertas en el acto de apertura la omisión de los incisos 1), 2) y 3). Los incisos restantes podrán ser suplidos dentro de las 48 (cuarenta y ocho) horas del acto de apertura. 10.11.5. MEJORAS DE OFERTAS Si resultasen dos o más propuestas igualmente convenientes, se podrá invitar a los oferentes que las hayan formulado a que las mejoren. Las propuestas de mejoras se presentarán también bajo sobre cerrado que se abrirá el día y hora que al efecto se fije, labrándose actas en presencia de los interesados que concurran. Las propuestas de mejoras no serán susceptibles de impugnaciones. La Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos resolverá sin más trámite, elaborando el orden de mérito definitivo. 10.11.6. DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DE LA OFERTA La garantía de la oferta será devuelta: a) A todos los oferentes cuya oferta fuera rechazada o declarada inadmisible. b) A los oferentes que no estén incluidos en la adjudicación. c) Al oferente que lo solicite después de vencido el plazo de Mantenimiento de la Oferta. 10.12. FACULTAD DE LA MUNICIPALIDAD La Municipalidad, podrá interrumpir el proceso Licitatorio en cualquier etapa del mismo, podrá a su exclusivo juicio desestimar todas las presentaciones efectuadas, basados en razones de oportunidad, conveniencia o merito, sin que estas decisiones puedan originar a favor de los Oferentes, derecho a reclamo o compensación económica de ninguna especia o naturaleza.

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11. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y ADJUDICACIÓN DE LOS TRABAJOS 11.1. La Municipalidad, si lo considera conveniente, podrá solicitar a los oferentes ampliaciones del plazo de mantenimiento de las ofertas a lo cual los oferentes deberán acceder o de lo contrario retirar su oferta. Si existiera una sola oferta válida, la Municipalidad podrá adjudicar los trabajos, previa valuación de su conveniencia, mediante Resolución fundada. La Municipalidad se reserva el derecho de rechazar totalmente las propuestas, sin que ello cree derecho alguno a favor de los proponentes, ni obligación alguna para la Municipalidad. Por otra parte, se rechazarán las propuestas en caso de comprobarse las siguientes anomalías: a) Que un mismo representante técnico se halle interesado en dos o más propuestas. b) Que exista acuerdo tácito entre dos o más oferentes o representantes técnicos. Los proponentes que resulten inculpados perderán la garantía que determina el Art. 10.4. y serán suspendidos del registro de contratistas y sus representantes técnicos serán pasibles de la sanción que legalmente corresponda y su actuación sometida al Colegio Profesional correspondiente. 11.2. CONDICIONES Y FORMALIZACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN La documentación presentada por los oferentes será analizada por la Comisión Permanente de estudios de Propuestas, que determinará, una vez emitido el correspondiente informe técnico por la Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos (Dirección General de Obras Municipales), cuál es la oferta más conveniente. La Dirección General de Obras Municipales podrá requerir a los oferentes, para la correcta evaluación de todas las ofertas, la información complementaria que estime pertinente para el mejor cumplimiento de su contenido. 11.3. ADJUDICACIÓN La Municipalidad de Vicente López, procederá a adjudicar las obras dentro de los 10 (diez) días corridos de que se hallan resuelto los plazos previstos para las impugnaciones y/u observaciones, y formalizará el pertinente contrato de obra Pública, suscripto por las partes. 11.4. GARANTÍA DEL CONTRATO Y ANTICIPO FINANCIERO El adjudicatario afianzará con el 5% (cinco por ciento) del valor del monto de la adjudicación en concepto de Garantía de Contrato, pudiendo integrarse en cualquiera de las formas mencionadas en el Art. 21 del Pliego Único. En caso de presentar Seguros de Caución, se deberá adjuntar la fotocopia autenticada del recibo de pago del mismo, previo a la firma del contrato y a favor de la Municipalidad de Vicente López. La póliza de caución de garantía del anticipo financiero, equivalente al 30% (treinta por ciento) del monto de obra. 11.5. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO Adjudicados los trabajos se intimará a la Contratista que concurra a firmarlo dentro de los 5 (cinco) días corridos a partir de la fecha de notificación. En caso de que el adjudicatario no concurriese a formalizar el contrato dentro del plazo estipulado anteriormente se le aplicará una multa equivalente al 3% (tres por ciento) del depósito de garantía por mantenimiento de oferta. Si transcurridos 10 (diez) días corridos desde el vencimiento del plazo, no se hubiese formalizado el contrato, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación de los trabajos sin necesidad de interpelación judicial, con pérdida de deposito de garantía que se hubiese constituido y sin perjuicio de la responsabilidad civil que le pudiera corresponder al adjudicatario. También podrá la Municipalidad a su exclusivo criterio adjudicar la obra al proponente que resultare más conveniente. 11.6. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 11.6.1. Proveer al personal de las herramientas y equipos de seguridad acordes a la labor a desarrollar, conforme ley vigente. 11.6.2. El Contratista deberá conocer todas las leyes, decretos, reglamentos y demás normas jurídicas y técnicas que serán aplicables directa o indirectamente a este contrato, obligándose a observarlas fielmente y a hacer que sus empleados, dependientes, representantes o personas que de él dependan las obedezcan. 11.6.3. Cumplir estrictamente con la legislación laboral conforme a las disposiciones y reglamentos vigentes o que dictaren con posterioridad las autoridades competentes Nacionales o Provinciales y acatar y hacer acatar las disposiciones legales y reglamentarias que por Ley le correspondan (Ley de Higiene y Seguridad del Trabajo Nº 19.587/72, su decreto reglamentario Nº 611/96 y la Resolución 231/96 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo). 11.6.4. El contratista deberá acreditar el pago puntual del personal que emplee en los trabajos. Asimismo deberá acreditar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones laborales, previsionales y de obra social respecto del personal bajo su Dependencia. 11.6.5. El contratista deberá disponer en la zona de trabajo de los equipos propuestos para las tareas antes de iniciarse la ejecución de los trabajos de cada ítem para los cuales se prevé su utilización. En el caso de no concretarse la puesta en zona del equipo indicado, el contratista

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deberá reemplazarlo, bajo su exclusivo riesgo y responsabilidad, por otro de similares características, capacidad, estado y rendimiento. Las demoras que pudieran producirse por la puesta en zona del equipo, o por su reemplazo por otro similar no podrán ser invocados como causales de prórroga del plazo contractual o para pretender justificar demoras en el plan de trabajos. 11.7. PERSONAL OBRERO El contratista empleará el número necesario y suficiente de personal idóneo a juicio de la Inspección. La Dirección General de Obras Municipales podrá ordenar al contratista la desafectacion de los obreros que por su incapacidad o mala fe perjudiquen la buena marcha de los trabajos. El contratista deberá cumplir con las leyes, ordenanzas y disposiciones generales que reglamenten el trabajo. El contratista, dentro de la suma total fijada por el contrato, está obligado a tener en la obra hasta su recepción provisoria el personal necesario para su cuidado de día y noche. El incumplimiento de estas órdenes dará lugar a la suspensión de la obra hasta su efectivo cumplimiento, sin reconocimiento de prórrogas motivadas por estas razones. 12. SEGUROS EN GENERAL El Oferente dentro de las 96hs hábiles de su designación como Adjudicatario, deberá presentar las siguientes coberturas. En caso de no cumplimiento, no se procederá a la emisión de la correspondiente orden de compra. La contratista deberá suscribir, por su cuenta y cargo, los seguros que a continuación se detallan: 12.1. DE RIESGOS DEL TRABAJO El contratista deberá presentar el contrato celebrado con la Aseguradora de Riesgos del Trabajo, conjuntamente con: a) Constancia de inscripción de dicho contrato expedido por la Superintendencia de Riesgos del

Trabajo. b) Nómina de personal destacado en los trabajos denunciado ante la A.R.T. c) Denuncia de ubicación de los trabajos efectuada ante la A.R.T. d) Constancia de cumplimiento en lo dispuesto por el Art. 12 de la Resolución 552/01 de la S.R.T. e) Constancia de cumplimiento de lo establecido en la Resolución 51/97 de la S.R.T (Programa de

Seguridad). f) Certificado de Cobertura. El contratista será el único responsable de todo accidente de trabajo que ocurra tanto a su personal como al de eventuales terceros subcontratistas, por lo que deberá verificar y dar cumplimiento a las disposiciones establecidas por la Ley 24.557, o la que en el futuro la reemplace o haga sus veces. En el caso el contratista subcontrate a una empresa o autónomo/s, deberá presentar una nota con membrete en original y firmada donde exprese el vínculo comercial. El Subcontratado deberá también presentar las coberturas correspondientes. En caso de tener que ejecutar trabajos en el plazo de conservación de la obra, deberá presentar nuevamente lo solicitado en el presente artículo. El contratista deberá asegurarse contra la responsabilidad que surge de lo mencionada en el “Riesgo en Construcción” y mantener dicho seguro respecto de todo personal empleado por ella, o por sus agentes, contratistas, subcontratistas, para los fines del contrato. 12.2. RESPONSABILIDAD CIVIL EMERGENTE DE LA ACTIVIDAD PROPIA DE LA CONSTRUCCIÓN El contratista deberá adquirir un seguro de Responsabilidad Civil, en la cual figure la ubicación municipal donde se desarrollarán los trabajos, por un monto equivalente a $3.000.000,- (Pesos tres millones) por siniestro, que contemple la Responsabilidad Civil emergente a consecuencia de pérdidas, lesiones, daños y/o muerte de terceros y/o daños a la propiedad de terceros, provocados y/o derivados de la realización/ejecución de los trabajos objetos de este pliego. La póliza deberá cubrir la responsabilidad extracontractual del asegurado por daños materiales producidos a bienes de terceros que concurran en conexión mediata, inmediata, directa o indirecta con la ejecución del contrato de construcción y/o montaje objeto de cobertura y que hubieran acaecido en las adyacencias del sitio de desarrollo de los trabajos, por el período de vigencia del presente pliego. Asimismo, la póliza deberá contemplar la responsabilidad civil emergente de la utilización de equipos de los cuales el asegurado se sirva, utilice o sean objeto de riesgo, en relación a sus operaciones o actividades tendientes al desarrollo de los trabajos. Riesgo derivado de la responsabilidad civil cruzada Comprenderá la aplicación de la cobertura a cada una de las partes que intervengan directa o indirectamente en la ejecución de los trabajos a ejecutar. 12.3. DE VIDA El contratista deberá contratar un Seguro Colectivo de Vida Obligatorio, que cubra a todo el personal afectado, de acuerdo a la legislación vigente. 12.4. DE ACCIDENTES PERSONALES A FAVOR DE LA INSPECCIÓN DE OBRA Y/O SUBCONTRATISTAS El contratista deberá adquirir un Seguro de Accidentes Personales para el Inspector de Obra y/o todos los Subcontratistas de la obra, designado por la Municipalidad de Vicente López, según lo

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establecido en el art. 16 del presente pliego, que deberá cubrir muerte, invalidez total permanente e invalidez parcial permanente por una suma de $2.000.000,- (Pesos dos millones) en jornada laboral e in itinere. Asimismo, se deberá incluir un adicional por asistencia médica por un monto de $ 10.000 (pesos diez mil). Por último, el certificado de accidentes Personales deberá contar con Cláusula de no Repetición a favor de la Municipalidad de Vite López. 12.5. AUTOMOTOR OBLIGATORIO El contratista deberá acreditar ante la Dirección General de Obras Municipales, las pólizas de seguro Obligatorio automotor de cada uno de los vehículos involucrados o que se involucren en los trabajos a realizar. En el supuesto caso que alguno de los vehículos o máquinas no posean el seguro obligatorio mencionado, deberán adquirir uno, a los fines de garantizar el cumplimiento de las normativas vigentes en la materia. Todos los choferes o encargados de los equipos y/o maquinarias a utilizar en obra, deberán tener su cobertura correspondiente. 12.6. CONDICIONES GENERALES PARA TODOS LOS SEGUROS a) Las pólizas mencionadas deberán ser emitidas a nombre de la Contratista con indicación del

asegurado tal como se halle suscrito el contrato. b) Todos los seguros deberán ser contratados en Compañías Aseguradoras de reconocida

solvencia y seriedad, a juicio exclusivo de la Municipalidad de Vicente López. Asimismo deberá presentar certificación expedida por la Superintendencia de Seguros de la Nación que acredite el cumplimiento de relaciones técnicas en materia de capital mínimo, de cobertura de compromisos exigibles y siniestros líquidos a pagar.

c) El contratista se obligará a contratar seguros en los cuales LA MUNICIPALIDAD DE VICENTE LÓPEZ, CUIT 30-99900605-8 deberá figurar como coasegurada y/o beneficiaria y se deberá, asimismo, anexar las cláusulas de “no anulación de la póliza” y de “no repetición”.

d) Los gastos que origine la contratación de los seguros, serán a cargo del contratista y el costo estará incluido en los gastos generales. Para todos los casos las franquicias correspondientes a las pólizas contratadas, estarán a cargo del contratista.

e) Cada uno de los seguros deberá contar con el recibo de cancelación del premio respectivo. Si tal premio se abona en cuotas ello deberá ser comunicado Oficialmente la Dirección General de Obras Municipales conjuntamente con el plan de pagos suscrito, debiendo consecuentemente presentar los comprobantes de cancelación de cada una de ellas, en las fechas previstas en el mencionado plan según lo establecido por la Legislación Vigente.

f) Todos los seguros deberán presentarse dentro de las 96 horas hábiles de su designación como Adjudicatario. De no obtener las pólizas definitivas en el plazo establecido, podrá presentarse un Certificado de cobertura, el que tendrá una vigencia de 5 (días) desde la fecha de presentación en la Mesa de Entradas de la Dirección General de Obras Municipales; el mismo deberá cumplimentar todas las disposiciones contenidas en este artículo. Sin embargo, no se conformará ningún certificado de obra y/o no se autorizará ningún pago hasta la presentación de la póliza correspondiente.

g) El contratista será el único responsable de los perjuicios que ocasionaren la falta de cumplimiento en los seguros quedando la Municipalidad de Vicente López exenta de responsabilidad respecto de cualquier siniestro que se produjera.

h) El contratista adoptará los recaudos necesarios a fin de mantener actualizada la vigencia de las pólizas, sus montos, las cuotas de cancelación el premio, etc. quedando la Municipalidad de Vicente López exenta de tal circunstancia.

i) En cualquier momento, durante el transcurso de la obra la Municipalidad de Vicente López podrá solicitar a la Contratista el cambio de la Compañía Aseguradora, siempre que la misma no satisfaga sus intereses.

j) Todos los seguros originales deberán ser presentados con póliza de seguro cuya vigencia coincida con el plazo de obra. Asimismo si la contratista no cumplimenta la presentación de dichas pólizas originales no se procederá al pago de los certificados.

k) Todas las presentaciones deberán ser efectuadas en la Mesa de Entradas de la Dirección General de Obras Municipales con anterioridad a la iniciación de los trabajos o la fecha de cobertura amparada por la misma.

l) La póliza de responsabilidad civil será exclusiva para esta obra licitada y tendrá como único coasegurado a este Municipio, no pudiendo presentarse pólizas genéricas en las cuales se cubran siniestros de obras trabajos para otros asegurados.

m) Todas las pólizas de anticipio financiero, ejecución de contrato y fondo de reparo presentados deberán tener certificada la autenticidad de la firma de quien conforma la póliza emitida por la empresa aseguradora ante escribano público y se deberá acompañar la legalización por el colegio de Escribano correspondiente.

13. ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJOS 13.1. ACTA DE INICIACIÓN El contratista comenzará con los trabajos dentro de los 5 (cinco) días corridos de firmado el contrato. En ese intervalo deberá presentarse en la Dirección General de Obras Municipales el Representante Técnico del mismo presentando contrato visado por el Colegio de Profesionales que corresponda y se labrará el Acta respectiva. Desde la fecha del acta, corren los plazos para la ejecución de los trabajos.

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Solo se considerará un mayor plazo por lluvia cuando los días tomados mensualmente superen a los indicados en el cuadro siguiente:

Se define como "Día de lluvia" el período de 24 (veinticuatro) horas utilizado por el Servicio Meteorológico Nacional como unidad de tiempo, el que se refiere a su registro de lluvia diaria, mediante el cual la precipitación supere a los 5 (cinco) milímetros. Por cada día de lluvia que se produzca en día hábil que sobrepase el valor consignado en el cuadro precedente en el mes correspondiente, se adicionará un día al plazo contractual, salvo que sus consecuencias determine una real paralización de los trabajos en los días subsiguientes, en cuyo caso, a requerimiento de la empresa, la Inspección podrá propiciar una prórroga por los días que correspondan al motivo señalado, determinado por el Departamento Ejecutivo. Igual procedimiento se seguirá en los casos en los que se registren paralizaciones de los trabajos como consecuencia de días de lluvia correspondientes a días no laborables. 13.2. VIGILANCIA, SEGURIDAD E HIGIENE El Contratista deberá dar estricto cumplimiento a las disposiciones de la Ley de Seguridad e Higiene Nº 19587, de la Ley de Riesgos del Trabajo Nº 24.557, de las resoluciones emanadas de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo y de toda otra normativa vigente relacionada con la materia. En particular, deberá observar todas las disposiciones del Decreto 911/96: “Reglamento para la Industria de la Construcción”. Por ello el contratista presentara antes del comienzo de la obra el programa de prevención a desarrollar, la capacitación prevista, el reglamento interno en la materia y la organización del servicio de medicina e higiene y seguridad en el trabajo. Los gastos que demande el cumplimiento de lo establecido en este artículo serán incluidos por el contratista en gastos generales. El contratista deberá entregar mensualmente a la Inspección la información estadística sobre accidentes y enfermedades de trabajo y toda otra documentación exigible en cumplimiento de la normativa. Ante el incumplimiento de estas disposiciones, la Inspección suspenderá la certificación de los trabajos. 13.3. INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS El contratista deberá cumplir con todas las disposiciones reglamentarias, emanadas de autoridad competente, vigentes en el lugar de las obras, y será responsable por las multas y resarcimientos a que dieran lugar infracciones cometidas por él o su personal. 13.4. ABASTECIMIENTO DE MATERIALES El contratista tendrá siempre en la obra la cantidad de materiales que a juicio de la Inspección se necesite para su buena marcha y no podrá utilizarlos en otros trabajos que no sean de la obra contratada. Estará también obligado a usar métodos y enseres que a juicio de la Inspección aseguren la calidad satisfactoria de la obra y su terminación dentro del plazo fijado en el contrato. Sin embargo, el hecho de que la Inspección nada observe sobre el particular, no eximirá al contratista de la responsabilidad que le concierne por la mala calidad de las obras ejecutadas o por la demora en terminarlas. 13.5. APROBACIÓN DE MATERIALES, ENSAYOS Y PRUEBAS Los materiales y las materias primas de toda clase a incorporar en obra, serán sin uso y de la mejor calidad y tendrán las formas y dimensiones descriptas en los planos, en la documentación del contrato o las exigidas por la Inspección. El contratista depositará en obra, con suficiente tiempo para su examen y aprobación, las muestras de los materiales que la Inspección determine, las que servirán para comparar los abastecimientos correspondientes a los trabajos. Los materiales y los elementos de toda clase que la Inspección rechazare, serán retirados de la obra por el contratista a su costa, dentro del plazo que la orden de servicio respectiva fije. Transcurrido ese plazo sin haber dado cumplimiento a la orden, el contratista se hará pasible de la multa que se establezca en el PRESENTE PLIEGO. Los materiales y elementos defectuosos o rechazados que llegasen a colocarse en la obra, a igual que los de buena calidad puestos en desacuerdo con las reglas del arte, serán reemplazados por el contratista, estando a su cargo los gastos a los que los trabajos de sustitución dieran lugar. El comitente podrá hacer todos los ensayos y pruebas que considere convenientes para comprobar si los materiales o estructuras son los que se determinan en el Pliego de Especificaciones Técnicas. 13.6. CORRECCIÓN DE TRABAJOS DEFECTUOSOS Cuando un trabajo resultare defectuoso, ya sea por fallas del material o de la ejecución, el contratista lo corregirá si es posible o, en caso contrario, lo demolerá y reconstruirá a su costa, sin que ello pueda justificar ampliación de plazo. El comitente establecerá cuándo corresponde corregir un trabajo defectuoso, debiendo la corrección realizarse a satisfacción de aquel. 13.7. RELACIONES CON OTROS CONTRATISTAS

Mes Ene Feb Mar Abr May Jun Jul Ago Sep Oct Nov Dic

Días Lluvia

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a) Subcontratistas: El contratista solamente podrá subcontratar parte de sus trabajos si media la autorización previa del comitente, y la aceptación del subcontratista. La subcontratación no exime al contratista de sus obligaciones con relación al comitente. El comitente podrá denegar la autorización a la subcontratación, sin que tal negativa otorgue derecho alguno al contratista ni justifique atrasos en el plan de trabajos.

b) Responsabilidad: El contratista es el único responsable, ante el comitente, de todo lo hecho por sus subcontratistas. Esto no exime tampoco al subcontratista de su responsabilidad, quien deberá agregar al subcontrato, una garantía de manera concordante a lo establecido en el presente pliego.

c) Otros contratistas: El contratista está obligado a permitir la ejecución de los trabajos, ajenos a su contrato, que el comitente encomiende a otros contratistas, y acatará las órdenes que dé la Inspección para evitar interferencias. Estará igualmente obligado a unir en forma apropiada su obra a la de los demás contratistas o a la que realice directamente el comitente, ajustándose a las indicaciones que se le impartan y a los planos y especificaciones.

Si el contratista experimentare demoras o fuese estorbado en sus trabajos por causas imputables a otros contratistas, deberá dar inmediatamente cuenta del hecho a la Inspección para que ésta tome las determinaciones pertinentes. 13.8. PAGO DE PERSONAL EMPLEADO El contratista deberá acreditar el pago puntual del personal que emplee en la obra. Si dejara de abonar los sueldos y jornales será emplazado a hacerlo dentro de los 5 (cinco) días corridos siguientes a su notificación. El incumplimiento de este emplazamiento motivará la suspensión de la obra sin interrupción del plazo contractual (hasta tanto sean abonados los sueldos y jornales), la suspensión del trámite de pago de los certificados de obra y/o rescisión del contrato por parte de la Municipalidad.- La comprobación del cumplimiento de lo anteriormente dispuesto será debidamente documentado ante la Dirección General de Obras Municipales, y/o la inspección de la Obra al extender el correspondiente certificado de obras o trabajos, sin perjuicio de las medidas que oportunamente se pudieran adoptar a los fines de una mejor verificación y que el Contratista se obliga a cumplimentar. Si por causa de Auditorias practicadas por disposición de la Municipalidad o por cualquier medio llegara a su conocimiento el incumplimiento del Contratista y/o sus Subcontratistas, la Municipalidad queda autorizada a retener los importes de cualquier crédito que el Contratista tenga devengado en virtud del Contrato de que se trata o por cualquier obligación pendiente a su favor, hasta tanto el Contratista acredite a satisfacción de la Municipalidad el cumplimiento de tales obligaciones laborales, previsionales y/o de seguridad social. El Contratista deberá realizar los aportes previsionales a las Cajas respectivas, tanto en su carácter de Empresario como los correspondientes a su personal. El Contratista deberá cumplir las reglamentaciones de carácter Nacional, Municipal, de Salud Pública y de Trabajo, como así los convenios laborales, relativos al personal, siendo único responsable de las infracciones en que incurra. El Contratista será responsable y por tanto se obliga a cumplir y hacer cumplir todas las normas relativas a Salud y Seguridad en el Trabajo, Ley Nº 19587, Decreto Nº 351/79, Resolución Nº 1069/91 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación y toda otra norma que pudiera dictarse sobre el particular en el futuro y que hagan a la creación y mantenimiento de las Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo. El Contratista acordará contractualmente con él o los Subcontratistas de que él dependan la coordinación de la Higiene, Seguridad y Medicina del Trabajo, y exigirá de éstos el cumplimiento del Programa de Prevención de Riesgos Laborales. El Contratista designará el Profesional Especializado que asumirá ante las Autoridades Administrativas Competentes, la Dirección General de Obras Municipales y/o la Inspección de Obra y como Responsable de la Higiene, Seguridad y Medicina del Trabajo en un todo de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19587, Decreto Nº 351/79, Resolución obligatoria y deberá realizarse por escrito y en forma previa a la firma del Contrato. El profesional designado será responsable por la presentación a la Dirección General de Obras Municipales y/o a la Inspección de la Obra y dentro de los 15 (quince) días de adjudicados los trabajos del Programa de Prevención de Riesgos Laborales y confeccionará y actualizará en forma permanente el Legajo Técnico de Obra. Dicho Legajo deberá estar a disposición de las Autoridades competentes, de la Dirección General de Obras Municipales y/o de la Inspección de la Obra. El Contratista, de por sí, se obliga al pago de las patentes, impuestos, tasas y gravámenes, presentes y futuros, de carácter nacional, internacional o municipal que lo graven. El Contratista reembolsará al Comitente dentro de los 3 (tres) días de cualquier intimación que le hicieran, todas las sumas que éste se viera obligado a pagar en virtud de reclamos de carácter judicial o administrativo promovidos, ya sea por el personal del Contratista y/o sus Subcontratistas respecto de esas personas u organismos. La falta de cumplimiento de esta obligación dará derecho al Comitente a proceder a la inmediata Rescisión del Contrato por culpa del Contratista y a reclamar los daños e intereses que correspondan. 13.9. PERMISOS La Empresa Contratista deberá tramitar, por si, y a su exclusivo costo y cargo, todos los permisos necesarios para la realización completa de los trabajos.

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13.10. PROGRAMACIÓN Y CONTROL DE AVANCE DE OBRA La empresa Contratista preparará una programación de obra por método de camino crítico, que será presentada a la Dirección para su aprobación. Asimismo deberá tener en obra un diagrama calendario de esa programación día a día. En el mismo se asignarán todos los recursos de los proyectos, indicando todos los hitos de la construcción y el plazo de cumplimiento de los mismos, como así también las habilitaciones parciales estimadas. Todos los retrasos o demoras en la ejecución de la obra, se fundamentarán en base a esta programación de obra. 13.11. DOCUMENTACIÓN FOTOGRÁFICA Durante el transcurso de la obra, el Contratista hará sacar por su cuenta y cargo, fotografías de las distintas etapas de la obra, en un número no superior a 50. De esas fotografías entregará a la Inspección de Obra, sin cargo alguno y en oportunidad de suscribir cada certificado mensual de obra, 2 copias de cada fotografía, en tamaño de 13 cm. x 18 cm. y los archivos digitales en CD). 13.12. PLANO CONFORME A OBRA La empresa adjudicataria deberá presentar los planos conforme a obra conjuntamente con el último certificado. Se deberá presentar un juego de Planos Conforme Obra completos a la Inspección de obra para su aprobación, ejecutados en AUTOCAD 2007 o superiores, con su Archivo ploteado en papel. En los mismos deberá consignarse, con total exactitud, la obra realmente ejecutada en todos sus detalles planimétricos. La Inspección de Obra exigirá, asimismo, la presentación de Memorias y Cálculos de las Obras especiales como los planos de detalle de las mismas. Las dimensiones de los planos y las escalas serán oportunamente fijadas por la Inspección de Obras. El último certificado de obra no será abonado, hasta la aprobación de los planos por la Dirección General de Obras Municipales. 13.13. CIERRE DE OBRA El contratista ejecutará el cierre de las obras, cuando corresponda, en la extensión que se indique en el Pliego de Especificaciones Técnicas y/o donde lo designare la Inspección de Obra de acuerdo con las reglamentaciones municipales en vigor o, en su defecto, en la forma que en las mencionadas cláusulas se establezca. El cerco es de propiedad del contratista, quien lo retirará cuando lo disponga la Inspección. Ésta podrá disponer que el cerco quede colocado después de la Recepción Provisoria, en cuyo caso su conservación quedará a cargo del comitente hasta que se dé al contratista la orden de retirarlo. 14. CERTIFICACIÓN Y PAGOS 14.1. CERTIFICACIÓN DE LOS TRABAJOS Durante los 5 (cinco) primeros días hábiles de cada mes se procederá a la medición de los trabajos ejecutados el mes anterior, la que se realizará con la intervención de la Inspección y el Representante Técnico de la Empresa labrándose el Acta de Medición respectiva. Los ítems se medirán en las unidades expresadas en las planillas de presupuesto y cómputos, y su pago se efectuará en relación a la cantidad de tareas realizadas y su cotización por categoría. 14.2. PRESENTACIÓN DE LOS CERTIFICADOS DE LOS TRABAJOS EJECUTADOS Los certificados se presentarán por TRIPLICADO, en la Dirección General de Obras Municipales y para su recepción deberá contar con la siguiente documentación: 1) Acta de Medición, firmada por la Inspección y el Representante Técnico. 2) La factura. 3) Aportes Jubilatorios depositados de acuerdo a los porcentajes vigentes de la Caja de Previsión Social para el Profesional interviniente. 4) Último recibo de pago de todos los seguros solicitados en el presente Pliego, originales o copias autenticadas. La aprobación de los certificados de los trabajos por parte de la Dirección General de Obras Municipales, se producirá dentro de los 5 (cinco) días hábiles de su presentación. Si se detectaran errores no salvados por la Empresa, la Dirección General de Obras Municipales procederá a la devolución de los mismos y el atraso en que incurriere en el pago de los trabajos por dicha causa no devengará ajuste alguno y automáticamente se extenderá el plazo para abonar los mismos. 14.3. DEDUCCIONES DE LOS CERTIFICADOS Por cada certificado se deducirá lo siguiente: 1) El 15% (quince por ciento) en concepto de Fondo de Reparos, cuya devolución se efectuará después de la Recepción Definitiva de los trabajos. La Contratista podrá solicitar la sustitución de la retención por Fondo de Reparos, (15 % quince por ciento) por su equivalente en Póliza de Seguro de Caución con cláusula de Reajuste automático.

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Dicha Póliza se presentará conjuntamente con lo requerido en el Art. 14.2 del presente Pliego y fotocopias autenticadas de recibo de pago. 2) El indicado en el Art. 15 de corresponder. 3) Lo consignado en el Art. 16 de corresponder. 4) El porcentaje correspondiente en concepto de reintegro del anticipo financiero. 14.4. FORMA DE PAGO La Municipalidad abonará al Contratista en la siguiente forma: El 30% (treinta por ciento) de anticipo financiero contra la presentación de la póliza de caución y la factura dentro de los 5 (cinco) días de realizada la Orden de Compra, el cual será amortizado en los certificados de obra mensuales y el 70% (setenta por ciento) será abonado por la Municipalidad al Contratista contra la presentación de los certificados mensuales, dentro de los 15 (quince) días corridos de la aprobación del mismo por la Dirección General de Obras Municipales. 15. SANCIONES 15.1. MORA El Contratista quedará constituido en mora automáticamente, por el sólo hecho de excederse de los plazos estipulados en el Contrato o demoras que superen los 5 (cinco) días, en el cumplimiento de las órdenes de servicio expedidas por la Dirección General de Obras Municipales, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial y estará obligado al pago de la multa correspondiente, debiendo descontar su importe de los certificados a su favor, y sí estos fueren insuficientes del depósito de garantía y/o garantía de contrato. 15.2. MULTAS Por incumplimiento de las obligaciones contractuales, el Contratista se hará pasible de las siguientes multas: a) Por demora en la ejecución de los trabajos: el 2%o (dos por mil) del monto del contrato por cada día de demora. b) Por interrupción de los trabajos sin causa justificada: el 2%o (dos por mil) del monto del contrato por cada día corrido de suspensión. c) Por demora en la terminación de los trabajos: el 3%o (tres por mil) del monto del contrato por cada día de demora d) Por incumplimiento de las obligaciones contractuales del Pliego de Cláusulas Especiales y/o Generales y/u Órdenes de Servicio: el 3%o (tres por mil) del monto del contrato por cada día de demora. e) Por demora en el cumplimiento parcial del plan de trabajos: el 2%o (dos por mil) del monto del contrato por cada día corrido de demora. f) Por incumplimiento de la limpieza de la zona de trabajo (parcial y Final): el 2%o (dos por mil) del monto del contrato por cada día corrido de demora. 15.3. APLICACIÓN DE MULTAS Resuelta por la Secretaria de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos la aplicación de una multa como consecuencia del incumplimiento por parte del contratista de las cláusulas contractuales, el importe de la misma será deducido del primer certificado a cobrar por el mismo o en su defecto, por las garantías constituidas previa sanción del decreto o resolución correspondiente. En este último caso, queda obligado el contratista a completar la garantía afectada en el término de 10 (diez) días hábiles, bajo apercibimiento de rescisión del contrato. La aplicación de la multa no libera al contratista de las demás penalidades que correspondieren. 16. INSPECCIÓN 16.1. INFRAESTRUCTURA La Empresa adjudicataria deberá facilitar los medios necesarios para efectuar las inspecciones en cuyo caso los costos que esto demande estarán a exclusivo cargo de la Contratista. 16.2. CONTROL El cumplimiento de las obligaciones del Contratista será fiscalizado en forma permanente por la Municipalidad (Dirección General de Obras Municipales) a través de la Inspección, designada por la misma. Dicha inspección tendrá a su cargo la supervisión e inspección. Cada cuadrilla de trabajo de la empresa contratista deberá estar constantemente controlada por un Inspector designado por la Dirección General de Obras Municipales con el fin de garantizar la correcta ejecución de los trabajos y el permanente contacto con dicha dependencia. La inspección de obra será ejercida por un profesional independiente o consultora designada por el Secretaria de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Vicente López. 16.3. RETRIBUCIÓN DE LA INSPECCIÓN El contratista tendrá a su cargo una retribución del 0,5% (cinco décimas procentuales) del contrato para la inspección. 16.4. ÓRDENES DE SERVICIO El contratista deberá proveer a la Inspección de un Libro de Ordenes por triplicado.

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Las órdenes, citaciones, o instrucciones que la inspección deba transmitir al contratista o representantes serán extendidas en este Libro en el que aquellos deberán justificarse. El original será agre.gado al expediente de licitacion, el duplicado quedará en poder del contratista y el triplicado quedará adherido al Libro de Órdenes. Este Libro estará en poder de la Inspección. La negativa a notificarse en cualquier orden motivará la suspensión inmediata de los trabajos sin interrupción del plazo contractual. En cada orden se consignará el término dentro del cual deberá cumplirse la misma. 16.5. CALIDAD El Contratista será el único responsable de la correcta ejecución de los trabajos que realice, por lo tanto, deberá cuidar que dichos trabajos resulten completos y adecuados a su fin, ajustándose al Pliego y a las reglas del arte. La Inspección realizará el seguimiento permanente de los trabajos y colaborará con la Dirección General de Obras Municipales, sugiriendo procesos técnicos y operativos para el mejor logro de los objetivos buscados. 16.6. OBLIGACIONES DEL REPRESENTANTE TÉCNICO El representante Técnico firmará y gestionará las prestaciones que diera lugar a tramitaciones de carácter técnico, y estará en todas las operaciones de ese carácter que sea necesario realizar en el curso de la ejecución debiendo firmar todas las Actas respectivas. La incomparecencia del Representante Técnico o su negativa a la firma de las actas inhabilita al contratista para reclamos inherentes a la operación realizada ante la Dirección General de Obras Municipales, en ese caso podrá realizar los trabajos sin interrupción del plazo contractual. 16.7. RESPONSABILIDAD DE LOS TRABAJOS REALIZADOS El contratista es siempre responsable de la correcta ejecución de las obras debiendo respetar la única forma y dimensiones que se deduzcan de los planos, y responderá de los desperfectos que puedan producirse durante la ejecución y conservación hasta la recepción final, excepto los producidos por causas no imputables a la obra misma. La Dirección General de Obras Municipales podrá exigir la reconstrucción de toda la obra que a su solo juicio, hubiese sido mal ejecutada por deficiencia en la calidad de materiales o en la mano de obra. Las órdenes que a este efecto se expida, deberán ser cumplidas por el contratista dentro del plazo que se le fija, por su cuenta y sin reclamo a derecho alguno, si se llegare a comprobar en la demolición que han existido falencias atribuibles a éste. 16.8. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA El contratista será en todos los casos responsables de los daños y perjuicios ocasionados por la impericia de sus agentes u obreros como también de la mala fe o falta de honradez en el empleo de materiales. El contratista responderá en todos los casos, directamente a la Municipalidad y a terceros, de los daños producidos a las personas o a las cosas con motivo de los trabajos, cualquiera sea su causa o naturaleza, quedando entendido que por ello no tendrá derecho a pedir compensaciones. En ningún caso la Municipalidad será responsable de los daños y perjuicios ocasionados durante la ejecución de los trabajos de poda. El contratista será directamente responsable por el uso indebido de materiales, máquinas o implementos patentados, y cubrirá a la Municipalidad de cualquier reclamo o demanda que por tal motivo pudiera originarse. En el caso que estas demandas prosperasen, el contratista deberá restituir a la Municipalidad todos los gastos y costos a que se diere lugar, pudiendo hacerse efectivo el depósito de garantía si al recibir definitivamente los trabajos existiera juicio de reclamación pendiente. El contratista o Representante Técnico en obra autorizado y aceptado por la Dirección General de Obras Municipales deberán hallarse permanentemente en obra durante la ejecución de los trabajos. No podrán ejecutarse tareas sin la presencia de las personas especificadas en este artículo bajo pena de suspensión de las mismas sin interrupción de los plazos contractuales. 17. INVARIABILIDAD DE PRECIOS CONTRACTUALES Los precios estipulados en el contrato serán invariables, sin perjuicio de la aplicación del régimen de redeterminación de precios establecido en la Ordenanza Nro. 35.790. Únicamente en el caso que el origen del financiamiento de la obra determinara la apliación de otro régimen de redeterminación (provincial o nacional), dicho régimen se explicitará en la normativa aplicable a la presente contratación (cláusula 2.1.). Todos los gastos que demande el cumplimiento de las obligaciones impuestas por el contrato y para las cuales no se hubiere establecido ítem en el mismo, se considerarán incluidos, sin admitirse prueba en contrario, entre los gastos generales y prorrateados entre los precios contractuales. 18. ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJOS 18.1. RECEPCIÓN PROVISORIA Terminados los trabajos conforme al contrato se procederá recibirlas provisoriamente, labrándose el Acta respectiva.

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18.2. CONSERVACIÓN Quedará a cargo del contratista la conservación de la obra durante el plazo especificado en el art. 8º debiendo correr a su cargo todas las reparaciones necesarias que deriven del uso de las obras y arreglo de cuanto defecto o vicio constructivo apareciera durante ese plazo sin perjuicio de la responsabilidad establecida en la legislación de fondo sobre la materia. Si mientras rige esa obligación el contratista no hiciera, dentro de los plazos prudenciales que fijará la Dirección General de Obras Municipales las reparaciones necesarias, el señor Intendente Municipal mandará ejecutarlas por cuenta de aquel y con cargo al depósito de garantía sin que puedan reclamar perjuicios ni indemnizaciones de ningún género por el contratista, quien limita a esa suma su responsabilidad por cuanto a lo demás se obliga conforme a derecho. 18.3. RECEPCIÓN DEFINITIVA Vencido el plazo de conservación de las obras se procederá a la recepción definitiva previa constatación de que la obra se encuentra en perfecto estado, salvo la acción natural del uso. Esta recepción definitiva da derecho al contratista a solicitar la devolución de las garantías. 18.4. IMPREVISTOS ADICIONALES Las alteraciones del proyecto que produzcan aumentos o reducciones de obras, se regirán por las prescripciones correspondientes para estos casos, previstos por la Ley de Obras Publicas de la Provincia de Buenos Aires Nº 6.021. Para determinar el porcentaje de mayor o menor gasto que deba ser regularizado, como consecuencia de alteraciones por modificación, ampliación o supresión de trabajos, el estudio se practicará, en todos los casos, respetando las condiciones previstas en la documentación contractual y/o licitatoria para formular la oferta, todo de conformidad con lo dispuesto por la mencionada Ley y sus modificatorias. Todos los trabajos que no estando indicados en los documentos contractuales, fueran no obstante indispensables para que las obras respondan a su fin, no serán considerados imprevistos ni adicionales, debiendo el contratista efectuarlo sin cargo alguno para la Municipalidad. Cuando se ordene la ejecución de obras cuyos precios unitarios no figuren en la propuesta, los mismos serán establecidos de común acuerdo entre el contratista y la Municipalidad, debiendo contar con Decreto aprobatorio del Departamento Ejecutivo Municipal. 18.5. DECRETO Nº 4041 DE LA GOBERNACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Se suscribe en todos sus términos al Decreto Nº 4.041 del Gobernador de la Provincia de Buenos Aires para incluir en los contratos que se celebren, cláusulas mediante las cuales se deje expresamente a salvo la potestad del Poder Ejecutivo para revocarlos en sede administrativa cuando se comprobare administrativamente la existencia de graves irregularidades que hubiesen posibilitado la obtención indebida de ventajas por parte del contratante; y/o la existencia de vicios conocidos por el contratante particular que afectaran originalmente al contrato, susceptible de acarrear su nulidad; y/o que el contrato fue celebrado mediante prevaricato, cohecho, violencia o cualquier otra maqui-nación fraudulenta que diera lugar a la acción penal o que fuera objeto de condena penal. 18.6. RESCISIÓN DEL CONTRATO Cuando el contratista no diera inicio a los trabajos en la forma estipulada, los paralizara, los realizara con suma lentitud o empleare en ellos materiales que no fueren los convenientes, o realizara actos que de cualquier manera pudieran perjudicar los trabajos y/o signifiquen de cualquier forma el incumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente, y en general cuando por mala fe o negligencia pudieran comprometerse los intereses del Municipio, el señor Intendente Municipal, previo informe de la Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos, podrá aplicar penalidades que correspondan, pudiendo llegar a resolver la rescisión del contrato sin más trámite y sin que el contratista tenga derecho a reclamación alguna por ningún concepto, perdiendo además el depósito de garantía y quedando responsable directo por todo el daño o perjuicio causado. Rescindido el contrato, la Municipalidad podrá continuar los trabajos por cuenta del contratista, debiéndose previamente dejar establecido el estado de los trabajos efectuados a satisfacción, para constituir con ello el crédito del contratista saliente. La Municipalidad podrá hacer uso de los útiles y enseres afectados, sin que el contratista tenga derecho a la indemnización y aquellos que no fueran utilizables serán retirados por éste en forma inmediata de la zona de trabajo, y en caso de no hacerlo así dentro de las 24 (veinticuatro) horas de notificado lo podrá hacer retirar la Municipalidad por cuenta del mismo, terminados los trabajos y pagadas las cuentas, de quedar saldo a favor le será entregado al contratista saliente el pago del crédito anteriormente establecido, previa deducción del importe de los perjuicios que la Municipalidad hubiese sufrido por efectos de la rescisión. La Municipalidad se reserva el derecho de hacer públicas las causas que motivaron la rescisión y dar cuenta a los organismos oficiales que crea conveniente.

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ANEXO I

NÓMINA DE ASEGURADORAS DE CAUCIONES PARA PRESENTAR EN LAS DISTINTAS GARANTIAS SOLICITADAS, A EXCEPCION DE LOS CASOS EN QUE EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES ESTABLEZCA ALGO DIFERENTE. Afianzadora Latinoamericana Cía. Arg. De Seguros S.A. Alba (*) Allianz Compañía Argentina de Seguros S.A. Aseguradora de cauciones S.A. ACG/SURA Aseguradora de Créditos y Garantías Cía de Seguros Berkley Compañía de Seguros .S.A. Cofase Argentina (*) Chubb Cía de Seguros S.A. Crédito y Caución S.A. (*) Cosena (*) Fianzas y Créditos S.A. QBE – HSBC La Buenos Aires S.A. Insur Cía de Seguros S.A.(*) La Holando Sudamericana Cía de Seguros S.A. (*) Mapfre Cía de Seguros S.A. Nación Seguros Provincia Seguros S.A. Prudencia (*) Sancor Coop de Seguros LTD SMG Seguros S.A. (*) Testimonio Seguros (*) Zurich Cía de Seguros S.A. Nota: (*) Sólo cauciones de éstas aseguradoras hasta $ 5.000.000.-

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SECRETARIA DE PLANEAMIENTO, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS MUNICIPALES

DEPARTAMENTO DE PAVIMENTOS Y PLUVIALES

OBRA: “SANEAMIENTO HIDRÁULICO EN EL SECTOR DE PEDRO GOYENA Y CARLOS GARDEL”

PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TECNICAS PARTICULARES

CAPÍTULO Nº 1: MEMORIA DESCRIPTIVA .................................................................................. 2

CAPÍTULO Nº 2: TRABAJOS PRELIMINARES ............................................................................. 2

CAPÍTULO Nº 3: TRABAJOS COMPLEMENTARIOS .................................................................... 3

CAPÍTULO Nº 4: DEMOLICIONES ................................................................................................ 3

CAPÍTULO Nº 5: MOVIMIENTO DE SUELOS ............................................................................... 4

CAPÍTULO Nº 6: HORMIGÓN DE CEMENTO PORTLAND ........................................................... 5

CAPÍTULO Nº 7: ACERO EN BARRAS PARA HORMIGÓN ........................................................ 11

CAPÍTULO Nº 8: CAÑERÍAS DE HORMIGÓN ............................................................................. 12

CAPÍTULO Nº 9: RELLENO DE EXCAVACIONES ...................................................................... 13

CAPÍTULO Nº10: CÁMARAS DE INSPECCIÓN ........................................................................... 14

CAPÍTULO Nº11: SUMIDEROS TIPO S4...................................................................................... 14

CAPÍTULO Nº12: CALZADA DE HORMIGÓN SIMPLE H-30 DE 18 CM DE ESPESOR ............... 15

CAPÍTULO Nº13: SELLADO DE JUNTAS EN PAVIMENTOS DE HORMIGÓN ............................ 15

CAPÍTULO Nº14: VEREDAS......................................................................................................... 16

CAPÍTULO Nº15: INTERFERENCIAS ........................................................................................... 17

CAPITULO Nº16: LIMPIEZA DE OBRA ........................................................................................ 18

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PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TECNICAS PARTICULARES

CAPÍTULO Nº 1: MEMORIA DESCRIPTIVA Los trabajos a contratar tienen por finalidad la mejora del escurrimiento y captación hidráulica del sector urbano ubicado en la intersección de las calles Pedro Goyena y Carlos Gardel en la localidad de Olivos. En un somero resumen de los trabajos a realizar, éstos comprenden:

Construcción de un nuevo ramal sobre la calle Pedro Goyena hasta el colector principal de la calle Debenedetti.

Construcción de un nuevo ramal sobre la calle J.B. Justo hasta el colector principal de la calle Debenedetti.

Ejecución de nuevas cámaras de inspección.

Ejecución de nuevos sumideros tipo S4.

Adecuación del badén de hormigón existente en J. B. Justo y Bermúdez.

Reconstrucción de pavimentos de hormigón existentes en las calles intervenidas.

Las pautas y parámetros que se fijan en la presente licitación son de forma general y no taxativa y conducen a una mínima condición de aceptabilidad, se verificará la mejor ejecución y óptima prestación. Cada reconstrucción será autorizada por la inspección por orden de servicio, y se registrará con un número correlativo dentro de un círculo en un plano del Partido. En ambos casos se indicará la superficie de la reconstrucción. Las mismas se identificarán con números corridos según fecha de terminación.

CAPÍTULO Nº 2: TRABAJOS PRELIMINARES

Art. 2.1. Plan de trabajo Previo al comienzo de la obra, se deberá realizar un plan de trabajo, donde se indique la duración de los mismos por sectores de la obra, previendo en dicho plan los cortes de calle necesarios para la correcta realización de los mismos y será entregado a la D.D.O. para su aprobación con 15 días de antelación, a los efectos de poder realizar las comunicaciones necesarias con la Secretaría de Tránsito Transporte Público y Seguridad Vial, para prever los desvíos necesarios y la comunicación a las Empresas de Transporte Público de Pasajeros. En todo momento de la obra se facilitará el acceso de los vecinos frentistas a sus casas y se realizarán los corrimientos necesarios de servicios para evitar que los mismos sufran corte alguno. Art. 2.2. Cartel de Obra El Contratista deberá colocar al momento de la firma del Decreto de Adjudicación, 2 (dos) Carteles de Obra, en el lugar que le señale la Dirección de Obra (en adelante D.O.). Para su cotización se deberá considerar cartel de 3.00 x 2.00m sostenido por postes de palmera empotrados en el piso. Se colocarán carteles con la leyenda: “DISCULPÁ LAS MOLESTIAS” de 1.00x0.70m en diversos sectores donde se coloque el cerco de obra. Todos los carteles serán según leyenda y textos a suministrar por la Dirección General de Obras Municipales. Art. 2.3. Exigencias de Obrador Una vez firmado el contrato, y previo a su entrada a la obra, el Contratista someterá a la aprobación de la Dirección de Obra el proyecto de obrador y depósitos mediante la presentación de plano de ubicación. El Contratista deberá usar áreas en el interior del predio que no interfieran con las obras a ejecutar y ajustará las instalaciones a las observaciones que hiciese la D.D.O. En el obrador se instalarán depósitos y servicios sanitarios (baños químicos) para los obreros y empleados del Contratista y de sus Subcontratistas, los cuales deberán ser desagotados tres veces por semana (lunes, miércoles y viernes). Estos locales deberán estar dentro de los límites del área donde se realizarán los trabajos, serán a prueba de clima, acondicionados para su uso, deberán tener cerradura de seguridad tipo Trabex. El Costo de los mismos será incluido en los precios totales de los trabajos y estarán a exclusivo cargo del Contratista. A la terminación de la obra, antes de la recepción provisoria y previa autorización de la DDO, el Obrador será desmontado y retirado por el Contratista a su exclusivo cargo. Art. 2.4. Cerco de Obra y protecciones El Contratista deberá ejecutar los cercos de obra que determinen las reglamentaciones vigentes de Vicente López. Éstos serán lo suficientemente robustos a fin de garantizar la seguridad de los transeúntes. Deberán ser prolijos, con estructura y deberán mantenerse en buen estado de conservación durante toda la duración de la obra. No se aceptarán carteles publicitarios. El Contratista deberá efectuar las protecciones, de acuerdo a las necesidades que resulten del avance de obra. En caso de colocar cerco de obra sobre la acera éste deberá estar correctamente señalizado e iluminado. El contratista deberá construir un cerco de obra con una estructura rectangular de 1,40 x 3,00 m de hierro tubular de sección cuadrada de 30 x 30 mm, con refuerzos a 45º en las esquinas. Sobre la misma estará soldada una malla metálica de cuadricula de 15 x 15 cm. Dicha estructura se encontrará anclada con mortero de cemento a un bloque de hormigón de 20 x 20 x 40 cm.

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Art. 2.5. Seguridad La empresa se hará responsable por cualquier robo, acto de vandalismo, deterioro o rotura de los trabajos que se produzcan durante el período de la obra.

Art. 2.6. Cierre parcial o total de calles El cierre parcial o total de la calle deberá ser autorizado por la dirección, a pedido del contratista mediante nota de pedido con una anticipación mínima de 3 (tres) días.

CAPÍTULO Nº 3: TRABAJOS COMPLEMENTARIOS

Art. 3.1. Energía Eléctrica La energía eléctrica para uso de obra se tomará del alumbrado público existente. Se colocará un tablero de obra a cargo de la contratista con las protecciones correspondientes. A la finalización de la obra, los materiales usados serán retirados quedando en propiedad del Contratista. Art. 3.2. Agua de Construcción Se utilizará la conexión de agua dentro de la zona provista por AySA previo trámite ante dicha entidad. De existir algún impedimento para utilizar la misma, la empresa proveerá un tanque cisterna a fin de suministrar la provisión de agua de construcción.

Art. 3.3. Equipos y Herramientas El Contratista proveerá todas las herramientas comunes, especiales y de corte mecánico, soldadoras, compresores, equipos, máquinas de todo tipo y transporte necesarios para la ejecución correcta de las tareas previstas en su contrato. Todos los equipos y herramientas deberán ser conservados en condiciones de uso apropiadas para terminar los trabajos en los plazos previstos. La Contratista, deberá poseer equipo y herramientas, cuya antigüedad no será mayor de los 10 años. CAPÍTULO Nº 4: DEMOLICIONES Art. 4.1. Generalidades El Contratista realizará la demolición de todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la obra, según el proyecto de la presente licitación. Las demoliciones se ejecutarán con el mayor cuidado, a fin de

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conservar, en cuanto sea posible, los materiales que se extraigan, y no dañar las construcciones ni instalaciones lindera. El Contratista retirará todos los materiales de demolición en un término específico indicado por la D.D.O. y seleccionará aquellos otros que por su limpieza o condición pudieran ser utilizados nuevamente. El Contratista deberá tener en cuenta que cualquier daño, deterioro o rotura que se produjera en las fincas linderas, o en bienes de terceros que se originen como consecuencia del desarrollo de las obras, deberá repararlo a su costa y a entera satisfacción del damnificado. Art. 4.2. Replanteo y demarcación del pavimento a ejecutar: Antes de proceder a la rotura del pavimento se ejecutará el replanteo y demarcación con máquina aserradora de juntas sobre la base de instrucciones que impartirá la Inspección. Se procederá a ejecutar la nivelación del pavimento existente a fin de garantizar el perfecto escurrimiento de las aguas y que no se afecten los umbrales de los frentistas de la obra a ejecutar.

Art. 4.3. Rotura del Pavimento:

La rotura del pavimento existente se ejecutará de la siguiente forma y secuencia:

1- Aserrado del perímetro del sector a tratar a una profundidad de 0,07 (siete) Metros. 2- Utilización de martillo neumático a fin de lograr bloques de rotura de dimensiones adecuadas conforme a lo solicitado por la inspección de obra. Se incluye la carga, transporte, retiro del material hasta 200 hm. y toda otra tarea necesaria para efectuar dicho trabajo de acuerdo a las instrucciones de la Inspección de Obra. CAPÍTULO Nº5: MOVIMIENTO DE SUELOS Art. 5.1. Descripción de los trabajos Se aplica la denominación de movimiento de suelos a cualquier clase de material natural que se encuentre en los lugares en que deban practicarse las excavaciones ya sea que se trate de arena, fango, arcilla, tosca, etc. La ejecución de los distintos tipos o categorías de excavaciones, incluirán entibaciones y apuntalamientos, provisión, hinca y extracción de tablestacas y apuntalamientos de estas en caso necesario, la eliminación del agua de las excavaciones, la depresión de las napas subterráneas, el bombeo y drenaje, el empleo de explosivos para la disgregación del terreno, las pasarelas y puentes para el pasaje de peatones y vehículos, las medidas de seguridad a adoptar, la conservación y reparación de instalaciones existentes. Se ejecutarán las excavaciones de acuerdo a los niveles y dimensiones señaladas en los planos o en las instrucciones especiales dadas por la Inspección. En los casos de excavaciones destinadas a la colocación de cañerías premoldeadas, aquellas no se efectuarán con demasiada anticipación, debiendo llegarse a una profundidad cuya cota sea superior por lo menos en diez centímetros a la definitiva de fundación, debiendo la excavación remanente practicarse inmediatamente antes de efectuarse la colocación. Donde el terreno no presente en el fondo de la excavación la consistencia necesaria a juicio de la Inspección se consolidará el mismo según el procedimiento que la Inspección colocar cañerías se recortará el fondo de la excavación con la pendiente necesaria para que cada caño repose en forma continua en toda su longitud, con excepción del enchufe alrededor del cual se formará un hueco para facilitar la ejecución de la junta. No se permitirá apertura de zanjas en las calles antes de que haya acopiado el material necesario para llevar a cabo las obras que se han de construir en aquellas. Las excavaciones deberán mantenerse secas durante la ejecución de los trabajos. El Contratista deberá adoptar todas las medidas necesarias para evitar inundaciones, sean ellas provenientes de las aguas superficiales o de las aguas de infiltración del subsuelo. Art. 5.2. Bombeo y depresión de napas Las obras se construirán con las excavaciones en seco, debiendo el Contratista adoptar todas las precauciones y ejecutar todos los trabajos concurrentes a ese fin por su exclusiva cuenta y riesgo. Para defensa contra avenidas de aguas superficiales se construirán ataguías, tajamares o terraplenes, si ello cabe, en la forma que proponga el Contratista y apruebe la Inspección. Para la eliminación de las aguas subterráneas el Contratista dispondrá de los equipos de bombeo necesarios y ejecutará la depresión de las napas mediante procedimientos adecuados. Queda entendido que el costo de todos los trabajos y la provisión de materiales y planteles que al mismo fin se precisarán se considerarán incluidos en los precios que se contraten para las excavaciones. El Contratista al adoptar el método de trabajo para mantener en seco las excavaciones, deberá eliminar toda posibilidad de daño, desperfectos y perjuicios directos o indirectos a la edificación o instalaciones próximas o de

cualquier otro orden, de todos los cuales será único responsable. Art. 5.3. Defensa de excavaciones Si la Inspección juzgara necesario tomar precauciones para evitar el derrumbe de las excavaciones, el Contratista estará obligado a efectuar apuntalamientos, entibaciones o tablestacados de protección durante la ejecución de las obras, no se reconocerá indemnización alguna por tablestacados de protección durante la ejecución de las obras, no se reconocerá indemnización alguna por tablestacados u otros materiales o implementos que el Contratista no pudiera extraer. Cuando deban practicarse excavaciones en lugares próximos a las líneas de edificación o cualquier construcción existente, o hubiera peligro inmediato o remoto de ocasionar perjuicios o producir derrumbes, el Contratista efectuará por su cuenta el apuntalamiento prolijo y conveniente de la construcción cuya estabilidad pueda peligrar. Si fuera tan inminente la producción del derrumbe que se considere imposible evitarlo, el Contratista procederá previa las formalidades del caso, a efectuar la demoliciones necesarias.

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Si no hubiere previsto la producción de tales hechos o no hubiera adoptado las precauciones del caso y tuviera lugar algún derrumbe, o se ocasionasen daños a las propiedades o vecinos ocupantes, al público, etc., será de su exclusiva cuenta la reparación, de todos los daños y perjuicios que se produjeran. Art. 5.4. Acopio La tierra o materiales extraídos de las excavaciones que deban emplearse en ulteriores rellenos se depositarán provisoriamente en los sitios más próximos a ellas en que sea posible hacerlo y siempre que con ello no se ocasione entorpecimientos innecesarios al tránsito cuando no sea imprescindible suspenderlo, como así también el libre escurrimiento de las aguas superficiales, ni se produzca cualquier otra clase de inconvenientes que a juicio de la Inspección pudieran evitarse. El material que no ha de emplearse en rellenos será retirado al tiempo de hacer las excavaciones. Los permisos, depósitos de garantía y derechos municipales necesarios para realizar depósitos en la vía pública serán de exclusiva cuenta del Contratista. Si el Contratista tuviera que realizar depósitos provisorios y no pudiera o no le conviniera efectuarlos en la vía pública y en consecuencia debiera recurrir a la ocupación de terrenos o zonas de propiedad fiscal o particular deberá gestionar previamente la autorización del propietario respectivo, conviniendo el precio del alquiler. Finalizados los trabajos y una vez desocupado el terreno respectivo remitirá igualmente testimonio de que no existen reclamaciones ni deudas pendientes derivadas de la ocupación. Tal formalidad no implicará responsabilidad alguna para el Comitente y tan solo se exige como recaudo para evitar ulteriores reclamaciones en su carácter de contratante de los trabajos. Art. 5.5. Excavaciones Como ancho de excavación se reconocerán los límites que se fijan a continuación, aún cuando el Contratista adopte para la ejecución un ancho distinto:

- Para caños premoldeados:

Ø [m.] Ancho de excavación [m.]

0.60 1.00

0.80 1.20

1.00 1.40

- Conductos hormigonados "In - Situ":

Ancho de excavación = Diámetro interno + 1.20 m.

- Obras accesorias:Se tomará como ancho de excavación el que surja de los planos respectivos como

ancho de la estructura, no reconociéndose en ningún caso excepto indicación expresa por parte de la Inspección, otras medidas que las indicadas en planos.

La profundidad de excavación se medirá desde la superficie del terreno natural o vereda y en el caso de excavaciones en zonas pavimentadas 0,20 m por debajo de la superficie del mismo hasta el plano de fundación de las estructuras. Para el caso de caños de hormigón premoldeados, se considerará como superficie de fundación la de apoyo de fuste. Art. 5.6. Cateos e interferencias El presente ítem incluye cualquier tipo de excavación (manual o mecánica) que haya que efectuar en correspondencia con el cruce de instalaciones subterráneas (electricidad, gas, servicios sanitarios, etc.) que interfieren con la traza de la obra, como así los cateos necesarios para la localización de las mencionadas instalaciones. Art. 5.7. Retiro de excedentes Estará a cargo del Contratista el transporte del suelo producto de las excavaciones y que no haya sido utilizado. El transporte, así como el lugar en el que se realice el depósito, estará a cargo del Contratista. El Contratista deberá retirar fuera del ámbito de la obra todos los materiales provenientes de la demolición a su exclusiva cuenta y cargo, debiendo considerarlo en su oferta. La descarga de los mismos no podrá realizarse dentro del partido de Vicente López. No se permitirán materiales desechados en la vía pública. CAPÍTULO Nº6: HORMIGÓN DE CEMENTO PORTLAND

Art. 6.1. Definición y condiciones generales El hormigón de cemento portland, estará constituido por una mezcla, homogénea de los siguientes materiales y de calidad aprobada: agua, cemento portland normal, agregado fino, agregado grueso, y aditivos proporcionados en forma tal que se obtengan las características generales que se indican a continuación: Los aditivos podrán ser: un agente incorporador de aire en combinación con retardador de fraguado o un aditivo reductor del contenido de agua según especificaciones. Todo los materiales componentes del hormigón y la mezcla resultante deberán cumplir con los requisitos contenidos en estas especificaciones.

Art. 6.2. Tipos de hormigón El contratista proveerá el tipo de hormigón que se indica a continuación, el que deberá cumplir con las especificaciones que se detallan en el cuadro "B".

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CUADRO A: Tipo de Hormigón

Hormigón Tipo

Estructura y/o elemento estructural en que deberá emplearse

I Hº Aº para estructuras convencionales, tales como losas y tabiques de conductos, alcantarillas, muros de ala, etc.

CUADRO B: Requisitos a cumplir

Hormigón Tipo

Resist. Caract.a 28 dias Kg/cm2

Relac. a /c max.

Cont. Cemen.min. Kg/m3

Asent. Min.-Max.

Tam. Max. mm

Agreg. Aire Incorp.%

I 210 0.50 300 3 - 7 38 4.5 ± 1

Art. 6.3. Materiales El Contratista deberá indicar en sus análisis de precios las cantidades de cemento, piedra, arena, agua y aditivos que utilizará en la preparación de los hormigones que se especifican en los planos respectivos, los que deberán cumplir con los valores indicados en el cuadro "B". Dentro de los treinta (30) días posteriores a la firma del contrato y como mínimo veinte (20) días antes de comenzar con las tareas de hormigonado, el Contratista deberá entregar a la Inspección muestras de los materiales a utilizar según se determina en el CIRSOC, texto que se considera incorporado en las presentes especificaciones. Los materiales entregados por el contratista serán ensayados, según las normas vigentes, en el Laboratorio que designe el Comitente y si los mismos cumplen con las exigencias previstas en las normas respectivas se procederá a la aprobación de las mismas y se elaborarán hormigones según las proporciones indicadas por el Contratista en su propuesta a efectos de determinar si cumple con las exigencias previstas en el cuadro "B". En caso que así sea, se procederá a la aprobación del dosaje. Si así no ocurriese se determinarán por parte del Comitente las proporciones de cada material que sean necesarios para la obtención de las características estipuladas en el cuadro "B", quedando obligado el Contratista a adoptar las mismas para la elaboración de sus hormigones, no reconociéndose pago adicional alguno por este concepto. El Contratista no tendrá derecho a la prórroga de los plazos contractuales por las demoras que se sucedan del rechazo parcial o total de los materiales o de la dosificación propuesta. A los efectos de la verificación del dosaje propuesto por el Contratista o el adoptado por la Comitente, en el caso de rechazo del primero, y a los efectos de la obtención de la "Resistencia Característica" (g'bk), se admitirá que la misma se relacione con la "Resistencia Media" (g'm) mediante la siguiente expresión:

g'm = 1,33 g'bk

Una vez aprobadas las dosificaciones y los materiales a utilizar el Contratista deberá ajustarse a ellos y no podrá variarlos sin la autorización de la Inspección. Sin perjuicio de ello el Contratista deberá realizar los ajustes de las cantidades de agua que sean necesarios en función del contenido de humedad que tengan los áridos.

Art. 6.4. Extracción de muestras y preparación de probetas Las muestras de hormigón para ensayo de resistencia se tomarán del pastón en el momento en que el hormigón se está colocando en la obra; si esto no fuera posible y se tomará en la descarga de la hormigonera, deberá ser representativa. Se extraerá hormigón de distintos lugares del pastón o durante distintos momentos de la descarga. No se permitirá mezclar muestras tomadas de distintos pastones. Las probetas serán moldeadas inmediatamente después de haberse extraído la muestra. Los moldes serán metálicos cilíndricos de 15 cm de diámetro y 30 cm de altura, torneados interiormente y provisto de su base metálica plana torneada o cepillada. Antes del moldeo se aceitará el interior del molde y la base y se impermeabilizarán las juntas en forma tal que se eviten pérdidas de agua. El hormigón se colocará en tres capas de 10 cm de altura, cada capa será punzonada 28 veces con una varilla metálica de 60 cm de largo y 16 mm de diámetro. La operación de punzonado se hará uniformemente sobre toda la superficie de la capa. Terminado el punzonado de la última capa, se alisará la superficie con mortero del mismo hormigón, empleando una cuchara de albañil, luego las probetas se cubrirán con una baldosa, vidrio o chapa metálica plana para evitar en lo posible la evaporación de agua. Antes de ser sometidas a ensayos, el Laboratorio preparará la base superior en la forma indicada por la Norma A.S.T.M.- C 31. Inmediatamente después de moldeadas las probetas se colocarán en un lugar protegido, bajo techo en forma de no favorecer la evaporación y a temperaturas comprendidas entre 16º y 27º C durante 24 horas. Al cabo de ese tiempo, se desmoldará y se pintará sobre la superficie curva el número que la identifique. En ningún caso se hará la identificación en las bases de las probetas. Antes de transcurridas las 48 horas del momento que fueron moldeadas las probetas serán retiradas de los moldes e inmediatamente enviadas al Laboratorio, debidamente embaladas y protegidas contra la pérdida de humedad utilizando un medio de transporte que permita su llegada veinticuatro (24) horas antes del momento del Ensayo. Todos los gastos de extracción de muestras, de embalaje y transporte serán por exclusiva cuenta del Contratista. La Inspección podrá ordenar, cada día que se hormigone, la preparación de un mínimo de tres probetas de un mismo pastón para ser ensayadas a los veintiocho días.

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Art. 6.5. Cambio de materiales o proporciones por orden de la Inspección: Si durante la ejecución de la obra resultara imposible obtener con materiales suministrados por el Contratista, hormigones de la trabajabilidad y resistencia requeridas por estas especificaciones, la Inspección podrá ordenar el cambio de proporciones o de materiales, o de ambos a la vez, de acuerdo con lo que sea necesario para obtener las propiedades deseadas. Toda modificación así dispuesta será por cuenta exclusiva del Contratista que no recibirá compensación alguna por los cambios ordenados.

Art. 6.6. Medición de los materiales: La medición de los materiales se hará en peso, salvo que se autorizara especialmente otro procedimiento. El cemento envasado en sus bolsas originales, no necesita ser pesado en obra. El Contratista proporcionará todos los elementos de medida los cuales deberán estar construidos de manera tal que se pueda ejercer un fácil control sobre las cantidades que se emplearán, de modo que ellas puedan ser aumentadas o disminuidas cuando se desee. Todos los aparatos de medida deberán ser aprobados por la Inspección antes de su empleo. El peso de los elementos deberá obtenerse con una aproximación del 2 %. El dispositivo de medición del agua permitirá obtener una aproximación del 0,5 %, no debiendo estar afectado la exactitud de la medida por la variación de presión de la cañería.

Art. 6.7. Determinación de la Consistencia del hormigón: Sobre el hormigón en estado fresco (recién mezclado) se realizarán ensayos en la cantidad que la Inspección lo establezca, a efectos de determinar la consistencia, la que será determinada mediante el Ensayo de Asentamiento realizado de acuerdo con la Norma IRAM 1536. Cada vez que se determine la consistencia se realizará dos (2) ensayos con la mayor rapidez posible sobre otras tantas porciones de hormigón correspondiente a la misma muestra. El promedio de los dos resultados deberá estar comprendidos entre los valores límites especificados, si esto no sucediere se efectuarán dos nuevos ensayos sobre otras dos porciones de hormigón no anteriormente ensayados de la misma muestra. Si el promedio de los dos últimos ensayos está dentro de los límites especificados, se considerará que la consistencia es adecuada y se autorizará a volcar el hormigón sobre los encofrados. En caso contrario, se considerará que el hormigón no satisface los requisitos de consistencia exigidos. Cuando esto ocurra, no se autorizará a colocar el hormigón en obra, debiendo el mismo ser retirado del lugar de trabajo.

Art. 6.8. Determinación del contenido de aire: El contenido de aire será determinado en la frecuencia que la Inspección determine. Si el contenido del aire se encontrase fuera de los límites establecidos, el ensayo será repetido nuevamente con otra porción de hormigón perteneciente al mismo pastón, en caso de que con este nuevo se verifique que el contenido de aire se encuentra dentro de los límites especificados se da por aprobado el pastón autorizándose a la colocación en obra, de lo contrario el mismo será rechazado y deberá ser retirado del lugar de trabajo. El ensayo que se realizará de acuerdo a los procedimientos indicados en la Norma IRAM 1602 NIO - Método de Presión.

Art. 6.9. Falta de cumplimiento de las especificaciones referentes a resistencia: Desde el punto de vista mecánico, para satisfacer los requisitos mínimos de calidad exigidos en el cuadro "B" cada clase de hormigón colocado en obra, deberá cumplir, sin excepción las siguientes condiciones mínimas:

1) En ningún caso se aceptará que los resultados de más de dos (2) ensayos consecutivos cualesquiera arrojen resistencias individuales menores que el de la "Resistencia Característica" especificada.

2) El promedio de los resultados de tres (3) ensayos consecutivos cualesquiera, deberá ser igual o mayor que el valor de la Resistencia Característica especificada.

3) La Resistencia Característica a Compresión será igual o mayor que la especificada.

La falta de cumplimiento de una cualquiera de las tres condiciones precedentes significará que el hormigón colocado en la estructura o parte de ella, representada por las probetas ensayadas, no satisface los requisitos de resistencia exigidos en estas especificaciones, en cuyo caso el hormigón será rechazado y la Inspección ordenará la demolición y reconstrucción por cuenta del Contratista de la parte de obra representada por las probetas que no hayan satisfecho las condiciones de resistencia, no reconociéndose además prórroga en el plazo contractual por tal causa. Los resultados de resistencia obtenido a los siete (7) días, tendrán carácter solamente informativos, siendo determinantes para la aprobación o rechazo de las estructuras, los valores determinados con probetas de veintiocho días de edad.

Art. 6.10. Mezclado de hormigón El equipo para mezclar será tal que los agregados, el cemento y el agua, queden uniformemente mezclados y que la descarga del material mezclado se produzca sin segregación. El mezclado se efectuará en una hormigonera de capacidad mayor de 0,25 m3 que asegure una distribución uniforme del material a través de la masa. El pastón se descargará en su totalidad antes de cargar nuevamente el tambor. El volumen de cada pastón no será mayor que la capacidad fijada por el fabricante de la hormigonera. El número de vueltas del tambor de la hormigonera será de 18 a 22 por minuto. La duración del mezclado se medirá desde el momento en que todos los materiales sólidos se encuentren en la hormigonera siempre que toda el agua para la mezcla se introduzca antes de que haya pasado una cuarta parte del tiempo fijado para la mezcla. Los tiempos de mezclado serán como mínimo:

1- Para hormigonera de 0,75 m3 de capacidad o menor: 1 minuto y medio.

2- Para hormigonera de más de 0,75m3 de capacidad: se aumentará el tiempo anterior en 15 segundos por cada 0,40 m3 adicional o fracción.

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Antes de iniciar los trabajos la Inspección aprobará los equipos a utilizar y los controlará periódicamente. En los casos en que el volumen requerido sea menor de 2 m3, el mezclado podrá efectuarse a mano, para lo que requerirá autorización de la Inspección y deberá hacerse sobre una tarima impermeable. Se mezclarán primero en seco el cemento y el agregado fino, hasta que adquiera color uniforme. Se agregará después el agua y el agregado grueso y toda la masa se paleará hasta obtener una mezcla homogénea de la consistencia requerida. El hormigón que después de media hora de haber sido mezclado aún no hubiera sido colocado o que muestre evidencias de haber iniciado el fraguado, será desechado.

Art. 6.11. Conducción del hormigón El hormigón deberá ser conducido desde la hormigonera hasta los encofrados tan rápidamente como sea posible y por métodos adecuados que prevengan la segregación. Cualquier hormigón transferido de un elemento de transporte a otro, deberá ser pasado a través de una tolva de forma cónica y no deberá ser dejado caer verticalmente de una altura de más de dos (2) metros. Los métodos y los equipos para el manejo y depósito del hormigón en los encofrados, estarán sujetos a la aprobación de la Inspección. Los camiones mezcladores o agitadores usados para el transporte del hormigón preparado en la central deberán ajustarse a las exigencias del PRAEH - (III-B-2-3 y sig.). Los equipos sin agitación para la conducción del hormigón mezclado en la central, podrán ser usados para mezclas con asentamiento menor o igual que cinco (5) centímetros y para una distancia de transporte de no más de un (1) kilómetro y siempre con la aprobación por escrito de la Inspección. El hormigón podrá ser conducido por una bomba de desplazamiento positivo mediando una previa autorización de la Inspección. El equipo de bombeo deberá ser del tipo pistón o del tipo de presión por pulsación (SQUEEZE TYPE). La tubería deberá ser de acero rígido, o una manguera flexible de alta resistencia para trabajo pesado. El diámetro de la tubería deberá ser por lo menos tres (3) veces el máximo tamaño nominal del agregado grueso del hormigón a ser bombeado. La distancia de bombeo no deberá exceder los límites recomendados por el fabricante del equipo. La bomba deberá recibir una alimentación continua de hormigón. Cuando el bombeo se haya completado, el hormigón remanente en la tubería deberá ser expulsado evitando su incorporación al hormigón colocado. Después de cada operación, el equipo deberá ser limpiado completamente y el agua de limpieza vertida fuera del área de encofrados.

Art. 6.12. Vertido del hormigón Inmediatamente antes de vertirse el hormigón debe requerirse de la Inspección la aprobación respecto de la correcta colocación de las armaduras, de los dispositivos que eviten su desplazamiento, de la ubicación, dimensiones y preparación de los moldes y encofrados, de la limpieza de estos últimos, de las armaduras, hormigoneras y elementos de conducción. Si el encofrado fuera de madera se lo mojara completamente excepto en tiempo frío, o se aceitará. Se eliminará toda el agua del sitio que ocupará el hormigón antes de iniciar su colocación. Cualquier corriente de agua será desviada convenientemente. El encofrado de muros o secciones de poco espesor y de altura considerable, estará provisto de aberturas o dispositivos que permitan colocar el hormigón de modo que evite la segregación o acumulación del mismo, endurecido en los moldes. Si fuera necesario, en algunas partes, la conducción de hormigón por conductos o canaletas, la Inspección establecerá las condiciones que ha de cumplir el equipo (pendientes, presión, velocidad, tiempo, etc.) y las formas de operar en el mismo.

Art. 6.13. Compactación del hormigón Durante e inmediatamente después de su colocación en los encofrados el hormigón será compactado hasta alcanzar la máxima densidad posible, sin producir su segregación. La operación deberá permitir un llenado completo de los moldes y la estructura terminada estará libre de acumulaciones de árido grueso (nido de abejas), vacíos y otras imperfecciones que perjudiquen la resistencia, durabilidad y aspecto de la misma. Después de finalizada la operación, el hormigón debe envolver perfectamente a las armaduras, vainas y demás elementos incluidos dentro de la masa de hormigón. Cuando el hormigón es colocado por camadas, cada una de ellas deberá ser compactada inmediatamente, no permitiéndose la colocación de la camada siguiente hasta tanto la anterior no haya sido totalmente compactada. La Compactación se realizará por vibración mecánica de alta frecuencia, aplicada mediante vibradores de inmersión, operados únicamente por personal calificado, completado con apisonado, varilleo, compactación manual y golpeteo o vibración de encofrados. Los vibradores deberán ser capaces de transmitir al hormigón una frecuencia de 8.000 vibraciones por minuto como mínimo en tanto que la amplitud de la vibración será tal que permita una compactación satisfactoria. El diámetro del elemento vibrante deberá ser tal que permita ser introducido en los moldes de los elementos estructurales a efectos de lograr la compactación del hormigón contenido en ellos. Bajo ningún concepto se empleará la vibración como medio de transporte del hormigón colocado en los encofrados. El tipo de marca, número de elementos vibradores, forma de aplicación, amplitud, duración de la vibración, etc., deberá ser aprobado por la Inspección. El Contratista dispondrá de un equipo auxiliar de similares características a efectos de su utilización en casos de emergencia y en condiciones de funcionamiento y listos para su inmediato empleo. La vibración se aplicará en el lugar en que se depositó el hormigón debiendo quedar terminada en un plazo máximo de 15 minutos contados a partir de que el hormigón tomó contacto con los encofrados. Los elementos vibrantes se colocarán y extraerán en posición vertical, revibrando la capa de hormigón colocada previamente a efectos de lograr la identificación de ambas. La extracción del mismo se efectuará lentamente no debiendo quedar cavidad alguna en el lugar de inserción. Los vibradores se insertarán a distancias uniformemente espaciadas entre si, siendo dicha distancia menos que el doble del radio del círculo dentro del cual la vibración es efectiva. En cada lugar de inserción el vibrador será mantenido el tiempo necesario y suficiente para producir la compactación. La misma será interrumpida tan pronto cese el desprendimiento de grandes burbujas de aire y se observe la aparición de agua y lechada en la superficie. Durante el vibrado se evitará el contacto de éste con los encofrados y armaduras, como así también el desplazamiento de las mismas. No se admitirá el apisonado ni la compactación manual como únicos medios de compactación. Las losas de menos de veinte (20) centímetros de espesor, serán preferentemente compactadas

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con vibradores de superficie, reglas vibrantes, etc. Las mismas operarán a una velocidad de 3.000 a 4.500 R.P.M. Los encofrados se proyectarán teniendo en cuenta las presiones adicionales provocadas por el vibrado, tomando los recaudos necesarios para evitar la fuga de mortero a través de las juntas del encofrado.

Art. 6.14. Hormigonado continuo El hormigón se depositará en forma continua o en capas no mayores de 0,30 m de espesor de manera tal que al colocar una sobre otra no deberá producirse la formación de juntas y planos de debilitamiento dentro de la sección. Si una sección no puede hormigonarse en forma continua podrán emplearse juntas de construcción de acuerdo a lo especificado en el apartado siguiente. Art. 6.15 Juntas de construcción Las juntas de construcción se deberán ubicar en las secciones de menor esfuerzo de corte; no siendo esto posible, la Inspección exigirá la colocación de armadura adicional, la que continuará a través de la junta. Las operaciones a realizar previamente a la continuación del hormigonado, consistirán en el arenado húmedo o desbastado con agua y aire (cut gren), de modo que no queden partículas sueltas de agregados u hormigón dañado o muy poroso, luego se verterá una capa de mortero o lechada de cemento cuya relación agua-cemento sea menor que la del hormigón, se ajustarán los moldes y se colocará el nuevo hormigón antes del fraguado de la lechada. Todas las juntas de construcción serán autorizadas y aprobadas por la Inspección quien podrá variar el esquema propuesto precedentemente y adaptarlo a las características y circunstancias que la obra aconseje.

Art. 6.16 Colocación del hormigón bajo agua: El hormigón no debe ser depositado dentro del agua, ni expuesto a su acción antes de que se inicie el fraguado, excepto si la Inspección lo autoriza previamente y por escrito. En este caso los trabajos se realizarán bajo la supervisión directa de aquella, de acuerdo a lo que se indica a continuación: El hormigón colocado bajo agua o expuesto a su acción antes de que se inicie el fraguado tendrá resistencias cilíndricas, media y mínimo 10 % mayores que el hormigón de la misma clase que se coloque fuera del agua. El contralor de calidad se realizará tomando las muestras inmediatamente antes de colocarlo bajo el agua. No se colocará hormigón bajo agua si esta tiene temperatura inferior a 2ºC. Con el objeto de evitar la segregación, el hormigón colocado bajo agua será cuidadosamente depositado de modo que en posición definitiva forme una masa compacta. Para su colocación se empleará una tolva con tubería u otro método previamente aprobado por la inspección. Una vez colocado no debe ser movido, manipulado ni sometido a operación alguna posteriormente. En el punto que se deposite el hormigón el agua debe estar tranquila. No se colocará donde existan corrientes de agua o aguas en movimiento. Los encofrados o ataguías utilizadas para dar forma al hormigón colocado bajo el agua, serán estancos. No se permitirá realizar bombeos mientras se está colocando el hormigón, ni tampoco hasta veinticuatro horas después de colocado. El hormigón se depositará en forma continua desde el principio al final y hasta que alcance la altura deseada. Mientras se lo deposita, la superficie superior será mantenida, en todo momento, lo más horizontal que sea posible, se evitará la formación de vetas en el hormigón depositado. La tolva será estancada y suficientemente grande como para permitir que la corriente del hormigón sea continua. La tubería será de diámetro superior a 25 cm y estará construida por secciones unidas por juntas estancas. Los medios que la soporten serán tales que permita el libre movimiento del extremo de descarga sobre cualquier punto de la superficie que ocupará la masa de hormigón en obra. Además el mecanismo de soporte será tal que permitirá bajar rápidamente la tubería para estrangular el pasaje del hormigón. Al iniciar el trabajo el extremo de descarga deberá hallarse cerrado. Su construcción impedirá la entrada de agua a la tubería; esta tubería deberá encontrarse siempre llena de hormigón, hasta la parte inferior de la tolva. Volcado un pastón dentro de la tolva para introducir la salida de hormigón por la tubería se levantará un poco el extremo inferior de esta pero sin desenterrarlo del hormigón en buenas condiciones, es necesario que el extremo inferior de la tubería quede siempre enterrado en la masa fresca. El balde tendrá una capacidad mínima de cuatrocientos (400) decímetros cúbicos y deberá estar completamente lleno cuando se lo baje para depositar el hormigón. La bajada será suave y se realizará cuidadosamente hasta asentar el balde sobre el hormigón ya depositado. Una vez descargado el balde por medio de las puertas móviles colocadas en su fondo, se lo levantará suavemente, con el objeto de evitar movimientos bruscos del agua y la consiguiente agitación de la mezcla depositada. El agua podrá ser desagotada cuando el hormigón sea suficientemente resistente como para soportar la presión hidrostática, pero en ningún caso antes de tres (3) días a partir de la fecha en el que se dio fin a la colocación de la mezcla. La lechada y todo otro material de mala calidad, deberá ser eliminado de la superficie expuesta del hormigón. Para ello, se utilizarán métodos de trabajo que no perjudiquen la calidad de aquel.

Art. 6.17 Hormigón de conducto en túnel El Contratista someterá a la aprobación de la Inspección el procedimiento que proyecte adoptar para la ejecución de conductos en túnel, atendiendo siempre muy especialmente el mantenimiento de las secciones de hormigón y el acabado perfectamente liso de las paredes internas del conducto. Al extraerse los moldes deberá demostrarse que no han quedado huecos en la masa de hormigón entre el conducto y la tierra, y asimismo, que no ha penetrado tierra en la masa del hormigón. Para el control de la ejecución de estos conductos, los moldes deberán estar provistos de adecuadas ventanillas de inspección en cantidad suficiente. Se admitirá que los pastones sean vertibles por chimeneas o pozos siempre que el hormigón no resulte disgregado, pues en tal caso el hormigonado deberá efectuarse por bombeo.

Art. 6.18 Hormigonado en tiempo frío El hormigón no se preparará ni colocará cuando la temperatura del ambiente y lejos del calor artificial sea inferior a 5º C. Cuando se permita hormigonar en tiempo frío se observarán las siguientes reglas: a) Los inertes que contengan escarcha no se emplearán.

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b) La temperatura mínima del pastón en el tambor de la hormigonera y en el momento de su colocación será de 10º C. c) Si la temperatura diez horas antes de la operación se ha mantenido en 0º C o menos, los materiales y el agua se calentarán a no menos de 20º C y no más de 60º C. Para colocar hormigón en tiempo frío el Contratista deberá tomar las precauciones necesarias y establecerá el sistema apropiado, el cual tendrá que ser aprobado previamente por la Inspección. Todo hormigón dañado por acción de las heladas será reemplazado a cargo del Contratista. Antes de colocar el hormigón los moldes estarán libres de escarcha y de hielo. Inmediatamente después de colocado se protegerá el hormigón en todas sus partes expuestas a la intemperie con paja, tela alquitranada u otros medios. Si se emplea estiércol para dicha protección no debe tener contacto con el hormigón. Los métodos de calentamiento de los materiales y de protección del hormigón serán aprobados por la Inspección. No se mezclarán con el hormigón sales, productos químicos u otros materiales extraños con el propósito de evitar congelación.

Art. 6.19 Curado El hormigón colocado en obra deberá ser protegido contra la pérdida de humedad y las bajas temperaturas. Con ese objeto durante los siete (7) primeros días se mantendrá constantemente humedecido y convenientemente protegido. Este plazo mínimo se reducirá a tres (3) días si se utilizara cemento de alta resistencia inicial. Si el hormigón se colocara en una época del año en que pudieran sobrevenir bajas temperaturas, se lo protegerá en forma adecuada para evitar que, en los plazos establecidos en este inciso, la temperatura de la superficie sea menor de 10º C, y si hubiere peligro de heladas se adoptarán precauciones especiales para protegerlo contra las mismas durante las primeras 72 horas. Si los encofrados son quitados antes de terminar el plazo establecido para el curado, el humedecimiento de las superficies del hormigón será iniciado inmediatamente, después de desencofrar. Para dar cumplimiento a lo establecido sobre la necesidad de mantener constantemente humedecidas las superficies, podrá hacerse uso de riego continuo sobre la superficies recién desencofradas o de riego discontinuo sobre un espesor doble de arpillera o material similar que cubra totalmente las superficies recién desencofradas. En este último caso, el riego debe realizarse con la frecuencia que sea necesaria para dar cumplimiento a lo establecido (superficies constantemente humedecidas). Aquellas superficies que, debido a su posición, no puedan ser cubiertas por la arpillera, serán sometidas a riego continuo. El curado podrá realizarse por humedecimiento, por aplicación de compuestos líquidos especiales o a vapor. En caso de utilizar compuestos para curado los mismos deberán ser previamente autorizada por la Inspección; los mismos deberán ser a base de solventes volátiles y cumplirán las especificaciones ASTM-C- 309, "LIQUID MEMBRANE-FORMING COMPOUDS FOR CURING CONCRETE". Para uso general el compuesto será transparente y contendrá una tintura desvanescente que permita apreciar el área cubierta. Cuando la superficie quede expuesta al sol el compuesto contendrá un pigmento blanco de forma que el coeficiente de reflectividad no sea menor del 60 % del que corresponde al óxido de magnesio. Los compuestos de curado deberán ser aplicados de acuerdo a las recomendaciones del fabricante, de forma de obtener membrana continua y uniforme sobre toda el área; deberán ser aplicados no antes de un curado por humedecimiento de 24 Horas. No se aplicarán compuestos para curado: a) Sobre superficies no alisadas donde a opinión de la Inspección, sus irregularidades puedan impedir que la membrana forme un sello efectivo. b) Sobre la superficie que tengan temperaturas substancialmente distintas de la recomendada por el fabricante para la fabricación del producto. c) Donde se requiera adherencia con el hormigón a colocar posteriormente.

El compuesto será pulverizado en dos capas colocadas inmediatamente una después de la otra, realizándose la operación mediante equipos rociadores adecuados. Las superficies cubiertas con el compuesto recibirán la máxima protección durante el período de curado establecido con el fin de evitar la rotura de la membrana. Si después de la aplicación y antes que el compuesto haya secado suficientemente como para resistir el daño, lloviese, o si la membrana resultara perjudicada por cualquier causa antes de finalizar el período de curado, se procederá a cubrir inmediatamente la superficie con la cantidad de compuesto a fin de reconstruir la membrana.

Art. 6.20 Encofrados y Moldes El contratista deberá someter a la aprobación de la Inspección planos indicativos del sistema que adopte en la formación de los encofrados y cimbras y colocación de los moldes, pudiendo aquella exigir la comprobación de estabilidad de las partes que estime necesario. Queda entendido que la aprobación de los planos no exime al Contratista de su responsabilidad por la buena ejecución y terminación de los trabajos y por accidentes que pudieran ocurrir. Las distintas partes deberán tener la resistencia y rigidez necesaria para soportar sin deformaciones no solo las cargas estáticas sino también las acciones dinámicas que se produzcan durante la ejecución de los trabajos. Deberá preocuparse asimismo, para las partes en contacto con el hormigón, la suficiente hermeticidad para evitar filtraciones del mortero. Los planos de encofrados consignarán los detalles y montaje, elementos de fijación y unión, grampas, bulones, alambres, cuñas, gatos, empalmes de puntales, número de distribución de puntales, empalmes, etc. Se deberán diseñar los moldes de forma tal que permitan depositar el hormigón lo más directamente posible en su posición final y realizar la inspección, comprobación y limpieza de la forma más directa. El contratista dispondrá aberturas temporarias o secciones articuladas o móviles en los encofrados cuando ello se requieran para estos propósitos y dichas aberturas o puertas de inspección serán cuidadosamente ajustadas para que se respeten estrictamente las líneas y pendientes indicadas en los planos. Las ataduras, tensores, soportes, anclajes, riostras, separadores, y otros dispositivos similares que quedan empotrados en el hormigón deberán llevar barras de metal roscado para facilitar la remoción de los moldes. No se dejarán separadores de madera en los moldes.

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Los agujeros que resulten en el hormigón al sacar parte de los tensores y ataduras, serán rellenados cuidadosamente con mortero de cemento. El Contratista será responsable por el montaje y mantenimiento de los moldes dentro de las tolerancias especificadas y se asegurará que la totalidad de las superficies del hormigón terminado queden dentro de estos límites. Se deberán limpiar todas las superficies de los moldes en forma cuidadosa antes de su armado y lubricados con aceite mineral que no manche. Todo aceite en exceso será quitado de los moldes antes de la colocación del hormigón, debiendo evitarse que las armaduras de acero y los elementos empotrados se ensucien con aceite. Las tablas de encofrados en contacto con las superficies que deban quedar a la vista serán cepilladas y carecerán de nudos sueltos u otros defectos y su colocación se ejecutará de manera que se obtengan superficies lisas y uniformes, debiendo ser verticales y horizontales las juntas del encofrado. Todas las aristas vivas a la vista serán chaflanadas con molduras o filetes triangulares cepillados, salvo indicación en contrario de la Inspección. La superficie interna de los encofrados recibirá una mano de aceite mineral de elevado poder de penetración, que no deje película sobre la superficie que pueda ser absorbida por el hormigón. La aplicación del aceite se hará con anticipación a la colocación de la armadura; si no se aplica aceite se utilizará agua, mojándolos completamente, salvo en casos de heladas. Los moldes interiores para la construcción de conductos (circulares, rectangulares, etc.), cámaras y demás obras en la que deban circular agua, serán metálicos y aseguraran superficie interiores perfectamente lisas, salvo casos especiales, en que la Inspección podrá autorizar por escrito, el uso de madera cepillada.

6.21 Desencofrado y terminación Se procederá con las debidas precauciones, debiendo ser desmontados sin golpes violentos, evitando las sacudidas y trepidaciones. No se iniciará hasta que el hormigón haya obtenido la necesaria resistencia para soportar su propio peso y cualquier sobrecarga de la construcción. En ningún caso se desencofrará sin la previa autorización de la Inspección, la autorización no relevará al Contratista en forma alguna de la responsabilidad total referente a la seguridad de los trabajos. Los plazos necesarios de la permanencia del encofrado son:

Paredes de Conducto 16 horas

Cámaras laterales de vigas y muros 2 días

Columnas y pilares 7 días

Losas 10 días

Vigas 15 días

Los plazos indicados deben ser aumentados un número igual de días a aquellos en que la temperatura ambiente en el lugar donde está la estructura, ha descendido debajo de cinco (5) grados centígrados. En caso de que empleen cemento de alta resistencia inicial los plazos podrán reducirse de acuerdo a las indicaciones de la Inspección. Inmediatamente después de removidos los moldes, grampas, bulones, etc., utilizados para asegurar aquellos, deberán cubrirse los vacíos y se procederá a rellenar los huecos empleando para esta operación un mortero compuesto de una parte de cemento y dos partes de arena medidas un volumen. CAPÍTULO Nº 7: ACERO EN BARRAS PARA HORMIGÓN

Art. 7.1 Alcance de los trabajos Las tareas a realizar de acuerdo a éstas especificaciones comprenderán la provisión de la mano de obra, materiales, equipos, y la ejecución de todos los trabajos necesarios para el suministro e instalación de las armaduras de acero en la obra, en la forma indicada en los planos, como lo ordene la Inspección y conforme a estas especificaciones. Las tareas de cortado, doblado, limpieza, colocación y afirmado en posición de las armaduras de acero se harán de acuerdo a las especificaciones del Proyecto Reglamento Argentino de Estructuras de Hormigón, debiéndose tomar las medidas consignadas en plano solamente válidas a los efectos del cómputo métrico de las armaduras, debiendo adoptarse para los radios de doblado lo dispuesta en la norma antes mencionada. En los planos de armadura entregados, se marcarán la ubicación de los empalmes de las barras y la forma de anclaje de los mismos. El número de los empalmes será el mínimo posible y en los de barras paralelas estarán desfasados entre si; todos los empalmes serán previamente aprobados por la Inspección. Art. 7.2 Normas de aplicación Los aceros para armaduras deberán cumplir con las disposiciones contenidas en el reglamento CIRSOC, PRAEH y en las Normas IRAM que se indican en la "Tabla I", en todo lo que no se oponga a las presentes Especificaciones. Las dimensiones y conformación superficial de las barras serán las indicadas en las Normas IRAM citadas. A efectos de verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos especificados, el Comitente extraerá y ensayará muestras de las distintas partidas recibidas en obra, de acuerdo a lo establecido en el PRAEH-Art.II B-9-9 y los resultados del ensayo interpretado, según lo expresado en el Art.IIB-9-10. TABLA I

IRAM 502 Barras de acero de sección ccular. para hormigón armado laminado en caliente.

IRAM 528 Barras de acero conformadas, de dureza natural para hormigón armado.

IRAM 537 Barras de acero conformadas, laminadas en calientes y estiradas en frío.

IRAM 671 Barras de acero conformadas, laminadas en caliente y torsionadas en frío.

IRAM IAS U 50006 Mallas de acero para hormigón armado

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El alambre para atar deberá ser de hierro negro recocido de diámetro no menor al calibre Nº 16 SWG. En todo aquel caso en que no se especifique el tipo de acero a utilizar, se entiende que el mismo corresponde al Tipo III ADN 420, definido por el PRAEH.

Art. 7.3 Almacenamiento El acero será almacenado, fuera del contacto del suelo, en lotes separados de acuerdo a su calidad, diámetro, longitud y procedencia de forma que resulte fácilmente accesible para su retiro e inspección. El acero que ha sido cortado y doblado de acuerdo a las planillas de armadura será marcado con el número correspondiente a la planilla (si lo hubiese), utilizando alguna forma de rótulo inalterable a los agentes atmosféricos o colocando las barras en depósitos con marcas. Art. 7.4 Preparación y colocación El Contratista cortará y doblará el acero de acuerdo a la planilla de armaduras y a lo consignado en planos. El corte será efectuado con cizalla o sierra. No se permitirá soldaduras en armaduras fuera de las correspondientes a las mallas soldadas, sin aprobación escrita por parte de la Inspección. No se permitirá enderezar ni volver a doblar las barras cuyo doblado no corresponda a lo indicado en los planos o que presenten torceduras, las que no serán aceptadas. Se colocarán las barras con precisión y serán aseguradas en posición de modo que no resulten desplazados durante el vaciado del hormigón. Se adoptarán precauciones para no alterar la posición de las barras dentro del hormigón ya colocado. El Contratista podrá usar para soportar las armaduras, apoyos, ganchos, espaciadores u otro tipo de soporte utilizado para tal fin. Mediante autorización expresa por escrito de la Inspección, podrán usarse separadores de hormigón. Las barras serán fuertemente atadas en todas las intersecciones. Los empalmes de barras de armaduras se realizarán exclusivamente por yuxtaposición. CAPÍTULO Nº 8: CAÑERÍAS DE HORMIGÓN

Art. 8.1 Descripción Este ítem comprende la ejecución de conductos de desagüe pluvial mediante la utilización de caños prefabricados de hormigón simple y/o armado. La ubicación, tipo y diámetro de las cañerías, para cada uno de los tramos en los cuales se ha previsto su colocación, se indican en los planos de proyecto. Cuando no se especifique el tipo de caño a emplear se entiende que los mismos corresponden a cañerías premoldeadas de hormigón simple. Art. 8.2 Normas a Cumplir Los caños de hormigón simple premoldeados, deberán cumplir con la Norma IRAM 1517 N.P. o sus modificatorias en tanto que las características del material, tolerancias admisibles y ensayos a que deben ser sometidos, son los especificados en la Norma IRAM 1506, las que se consideran incorporadas a esta documentación. Los caños de Hormigón armado premoldeados, cumplirán con la Norma IRAM 1506 N.I.O. y sus modificatorias y/o ampliaciones. La Inspección rechazará sin más trámite los caños y tramos que presenten dimensiones incorrectas, fracturas o grietas que abarquen todo el espesor o puedan afectarlo, irregularidades superficiales notorias a simple vista, desviación de su colocación superior al 1 % (uno por ciento) de la longitud del caño con respecto al eje del tramo, falta de perpendicularidad entre el plano terminal de la espiga o el plano base del enchufe y el eje del caño. La Inspección podrá disponer que se realicen los “ENSAYOS DE CARGA EXTERNA“ que entienda necesario, a exclusiva cuenta del Contratista.

Art. 8.3 Método Constructivo Su realización se hará de acuerdo a las normas habituales para este tipo de tareas, debiendo fundamentalmente respetase las cotas y pendientes indicadas en los planos de proyecto, como así también un perfecto tomado de juntas en las cabeceras de los caños. Efectuadas las excavaciones en las profundidades y pendientes requeridas, se acondicionará la superficie de asiento de los caños de modo que se presente lisa, convenientemente compactada y en las cotas de desagüe proyectadas. En los casos en que la naturaleza de los suelos de asiento lo requiera, los mismos serán mejorados con adición de agregado pétreo fino en la cantidad que indique la Inspección o, en su defecto, serán reemplazados por suelos aptos, a cargo y cuenta del Contratista. Aprobada la base de asiento por la Inspección, se procederá a bajar los caños que no hayan sido rechazados, perfectamente limpios, especialmente las juntas. En lo referente a las juntas, se humedecerá la espiga del caño a colocar y el enchufe del ya colocado y se aplicará de inmediato en el ángulo entrante, en la mitad inferior del colocado, el mortero de cemento puro suficientemente consistente para evitar su escurrimiento, procediéndose a introducir la espiga del próximo caño en el enchufe del caño ya colocado de modo que queden perfectamente centrados, a fin de asegurar un espesor uniforme de junta. Una vez calzado el nuevo caño se concluirá por rellenar la junta con mortero compuesto por una parte de cemento y dos partes de arena fina, hasta formar un chanfle de protección con el mismo mortero. En días secos y calurosos, las juntas deberán mantenerse húmedas durante las primeras 24 hs de ejecutadas y protegidas de la acción del sol. Deberá lograrse un perfecto alineamiento en los distintos tramos y continuidad entre las superficies internas de los caños consecutivos, mediante alisado de la junta correspondiente a identificación de los resaltos producidos mediante la aplicación de mortero de cemento puro.

Art. 8.4 Construcción en Obra En caso de que los caños se fabriquen en obra, el hormigón se ajustará a las siguientes normas: a) La composición granulométrica de la mezcla debe ser tal que los agregados finos y gruesos se encuentren ligados íntimamente de manera que el producto terminado resulte compacto e impermeable.

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b) La preparación de hormigones y morteros se efectuará a máquina y la fabricación deberá hacerse en forma continua de tal manera que los volúmenes preparados sean utilizados inmediatamente en el moldeo de los caños. No se permitirá el luso de morteros y hormigones después de transcurridos 15 minutos de fabricados.

c) Cantidad de cemento: la cantidad mínima de cemento a utilizar por metro cúbico será de 400 Kg.

d) Agregados gruesos: Las dimensiones de los mismos estarán comprendidas entre los 5 y 20 milímetros, empleándose los que corresponden según el hormigón a preparar, en tanto que la dimensión máxima del agregado deberá ser menor que la cuarta parte del espesor del caño. La granulometría entre los tamaños máximo y mínimo deberá ser gradual, de modo de lograr la máxima compacidad del hormigón.

e) Moldes: Los moldes empleados en la fabricación serán de tamaño, forma, resistencia e impermeabilidad tal que las piezas resulten dentro de las tolerancias, perfectas en cuanto a la rectitud de los ejes, exactitud en los diámetros interno, espesores, longitudes, formas y dimensiones, perpendicularidad de las caras terminales con el eje longitudinal, etc. Las superficies exteriores y particularmente las interiores deberán resultar completamente

lisas.

CAPÍTULO Nº 9 RELLENO DE EXCAVACIONES

Art. 9.1. Descripción de los trabajos Consiste en el relleno de la sección de canal sobrante luego de la construcción del conducto proyectado, hasta llegar a la cota de terreno natural más quince centimetros (15 cm).

Art. 9.2. Materiales El material a utilizar, podrá ser el proveniente de la excavación. No deberá contener, ramas, raíces, hierbas u otras sustancias putrecibles, como asimismo todo material que se encuentre en él y entorpezca los trabajos. El material deberá tener las condiciones óptimas de humedad y desmenuzamiento que permita la correcta ejecución de los trabajos. Si el contenido de humedad del suelo sobrepasa el límite superior, el mismo será trabajado con rastras u otros equipos o dejado en reposo hasta que se pierda el exceso de humedad por evaporación. Si el contenido de humedad se encuentra por debajo del 80 % deberá agregarse la cantidad de agua necesaria para lograr el contenido de humedad óptimo.

Art. 9.3. Forma de ejecución El relleno de las excavaciones, una vez ejecutadas las estructuras de hormigón armado in-situ y/o colocados las cañerías de desagües pluviales previstos, se realizará con el material apto previamente acopiado producto de las mismas y/o con otro suelo apto aprobado por la Inspección. El relleno y compactación de las excavaciones a ambos lados de las estructuras construidas y por encima de las mismas, deberá realizarse con suelos aptos libres de piedras, cascotes y materiales putrescibles, semillas u otro material orgánico que pueda brotar y de todo tipo de residuo domiciliario o industrial; y deberán contar con la aprobación de la Inspección previo a su empleo en Obra. No se podrán utilizar residuos de demolición de obras para el relleno y compactación. El relleno de las excavaciones, salvo indicación en contrario por parte de la Inspección, se ejecutará con pala y a mano, o bien con máquinas que permitan una colocación controlada de suelo apto, en capas compactadas sucesivas de 0,20 m de espesor, de manera de llenar perfectamente los huecos entre la estructura y el terreno firme. En caso de existir zanjas paralelas al conducto construido, la Inspección podrá ordenar su relleno, también mediante capas compactadas sucesivas de 0,20 m de espesor. La compactación de dichas capas se realizará mediante vibrocompactadores, cuidando que el contenido de humedad sea el óptimo determinado a partir del Ensayo Próctor Normal, debiendo alcanzarse una densidad no inferior al 90 % de la obtenida con dicho Ensayo. Para el caso de las estructuras hormigonadas in-situ, el trabajo de relleno a ambos lados de las estructuras se deberá realizar entre los 7 y 14 días de completado el desencofrado de las estructuras de hormigón, previa autorización de la Inspección, debiendo respetarse los tiempos que garanticen que las estructuras de hormigón armado ejecutadas in-situ alcancen las resistencias necesarias. En las capas inferiores podrá realizarse compactación manual, con herramientas adecuadas, previa autorización de la Inspección. En caso de corresponder, el nivel superior de relleno compactado deberá permitir la reconstrucción de la calzada existente. En caso que la Inspección lo indique, el Contratista deberá utilizar material apto excedente para el perfilado de calles dentro de la zona de Obra. Dicho relleno y perfilado deberá realizarse en capas de un espesor no mayor de 20cms, compactando el material con medios mecánicos hasta alcanzar una densidad igual o superior al 95% de la correspondiente al ensayo Proctor Normal. La Contratista deberá adoptar las precauciones convenientes en cada caso para evitar que al ejecutarse los rellenos y compactaciones se deterioren las obras hechas o preexistentes, y estará a su cargo y a su exclusiva cuenta las reconstrucciones y/o reposiciones que fuesen necesarias. Antes de la ejecución de una capa de relleno compactado, el Contratista deberá escarificar levemente la superficie de la capa anterior. La Inspección deberá aprobar los orígenes o fuentes de provisión de suelos seleccionados aptos, cuando éstos sean externos de la Obra. Para ello, el Contratista deberá comunicar a la Inspección, con la antelación suficiente, los sitios que propone como proveedores de suelo y la cantidad a obtener de cada uno de ellos, indicando lugar, persona de contacto, teléfonos y direcciones, a los fines que la Inspección pueda efectuar los controles y revisiones que estime oportunos. En caso de rechazo de la Inspección a suelo ingresado a la zona de Obra, el Contratista deberá inmediatamente retirar el mismo, haciéndose cargo a su costo de los traslados y disposición final que correspondan.

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Art. 9.4. Ensayos La Inspección podrá solicitar al Contratista la ejecución de los ensayos de suelos y aguas que estime oportunos. Al respecto, el Contratista deberá efectuar la toma de muestras por personal capacitado, y realizar los controles en laboratorios propios o de terceros, cualquiera de ellos aprobado por la Inspección. Para incrementar la humedad, el Contratista deberá utilizar agua limpia, libre de impurezas o contaminantes. Para reducir la humedad, el Contratista deberá someter a aprobación de la Inspección, con la antelación suficiente, el método que proponga utilizar. En cada capa o donde lo indique la Inspección, el Contratista deberá ejecutar ensayos de control de la densidad por el método volumétrico de la arena, en las cantidades y ubicación que le indique la Inspección. Los ensayos de determinación de densidad deberán efectuarse con presencia de la Inspección, debiendo el Contratista elaborar los formularios de cada ensayo, que serán guardados apropiadamente. El Contratista elaborará un informe resumen de compactación, que elevará a la Inspección. Los trabajos de relleno y compactación, incluyendo los movimientos de suelo para ingreso del material, acopios transitorios y otros movimientos, no podrán afectar instalaciones existentes de infraestructura de servicios públicos, ni bienes u otras instalaciones de terceros, las que en caso de producirse deberán ser reparadas por el Contratista a su exclusivo costo. Art. 9.5. Imprevistos climáticos En caso que eventos climáticos o de otra naturaleza produzcan alteraciones de las capas compactadas ya ejecutadas, la Inspección podrá ordenar al Contratista, sin derecho a reclamo alguno, la ejecución de la reparación correspondiente, excavando el Contratista el material dañado y reconstruyendo el relleno y compactación.

CAPÍTULO Nº10: CÁMARAS DE INSPECCIÓN

Art. 10.1. Generalidades El presente artículo se refiere a la construcción de cámaras de inspección, en un todo de acuerdo a lo determinado en los planos respectivos, a las órdenes de la Inspección y a lo aqui especificado.

Art. 10.2. Materiales Se realizará de acuerdo a las reglas usuales normalmente para este tipo de obras, empleándose hormigón H21 TIPO I, según especificaciones contenidas en el capítulo correspondiente a "Hormigón de Cemento Portland". Se deberá ajustar en un todo a las dimensiones precisadas en el plano adjunto correspondiente y a las indicaciones que al respecto imparta la Inspección. El Contratista, podrá presentar variantes en lo que respecta a la ejecución de las chimeneas, materiales y/o métodos constructivos, lo cual deberá ser aprobado por el Comitente, sin que ello implique el reconocimiento de costo adicional. El marco y la tapa de acero de fundición para las cámaras de inspección serán realizadas en un todo de acuerdo a lo indicado en el plano tipo respectivo. Se dispondrán tapas marca REDISAN modelo “CALZADA DUCTIL” o calidad equivalente en las nuevas cámaras de inspección sobre calzada. El conjunto deberá resistir una carga de ensayo de 400 KN s/ Norma EN 124. Se instalarán burletes de goma en cada tapa para evitar el ruido por paso vehicular. Todos los marcos, tapas, rejas, escaleras etc, antes de ser colocados de acuerdo a los planos, serán limpiados y raspados para remover todo trozo de escama u oxidación y recibirán un baño de pintura asfáltica u otro material de protección aprobado por la Inspección. Los escalones empotrados en el hormigón, se podrán reemplazar por una escalera metálica, la que se colocará en posición una vez concluídas las tareas de hormigonado mediante brocas o grampas empotradas de modo de asegurar su inamovilidad.

CAPÍTULO Nº11: SUMIDEROS TIPO S4 Art. 11.1. Generalidades Este ítem comprende la ejecución del sumidero para calles pavimentadas en un todo de acuerdo a lo determinado en los planos respectivos y la presente especificación. La ubicación aproximada y tipo de sumidero se indica en cada caso en los planos de proyecto quedando a decisión de la Inspección la ubicación exacta de los mismos en el momento de su ejecución. La boca de cada sumidero tendrá una longitud mínima de 4 (cuatro) metros en todos los casos.

Art. 11.2. Materiales Todos los materiales necesarios para la construcción de cada uno de los sumideros provistos deberán responder a lo establecido en las presentes especificaciones, en tanto que en lo referente a los requisitos tecnológicos exigidos tanto para el hormigón como para el acero a utilizar deberán cumplir con lo especificado en el Artículo correspondiente a cada uno de ellos.

Art. 11.3. Sistema Constructivo Se realizará de acuerdo a las reglas del arte usuales para esta tarea, ajustándose en un todo a lo precisado en el plano correspondiente y a las indicaciones de la Inspección. Todo sumidero que no responda estrictamente a las medidas indicadas en el plano respectivo, será rechazado y el Contratista deberá ejecutarlo íntegramente de nuevo a su cargo no aceptándose reparaciones inadecuadas. El Contratista podrá proponer la ejecución de sumidero con elementos premoldeados, parciales o totales, pero su aceptación requerirá la aprobación del Comitente sin que ello implique el reconocimiento de mayor precio.

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Art. 11.4. Empalmes Para los empalmes de sumideros al conducto, se prohibe totalmente la colocación de cañerías en túnel. Cada sumidero debe tener su ingreso independiente al conducto o cámara de inspección, quedando totalmente prohibida la interconexión de sumideros.

CAPÍTULO Nº12: CALZADA DE HORMIGÓN SIMPLE H-30 DE 18 CM DE ESPESOR

Todas las repavimentaciones a ejecutar se realizarán según las siguientes especificaciones:

Art. 12.1. Ejecución de base de hormigón pobre H-15 de 0,12 m. de espesor. Una vez ejecutada la excavación de caja y/o saneamiento, y perfilada la subrasante y/o sub-base, se ejecutará una base de hormigón pobre de 0,12 m de espesor y un ancho según superficie de bache. En caso de incluir cordones tendrá un sobre-ancho de 0,50 m. El hormigón a utilizar estará conformado con piedra granítica de tamaño de 10 a 30 mm y un factor de cemento de 250 kg/m

3. Hormigón H-15 a los 7 días.

Incluye: Provisión de materiales, mano de obra, equipos varios, transporte, etc., todo incluido a fin de lograr la perfecta ejecución de los trabajos. Art. 12.2. Ejecución de calzada de hormigón simple H-30 de 0,18 m. de espesor. Se construirá una calzada de 0,18 m. de espesor, incluyendo cordones integrales. Se ejecutará con un hormigón elaborado que cumpla la norma IRAM 1666, del tipo H-30, cuya resistencia característica a la compresión se fija en 320 kg/cm

2 a los siete (7) días.

El contratista es el único responsable si el material elaborado no satisface las exigencias especificadas una vez colocadas en obra. La compactación y terminación superficial se ejecutarán en todo de acuerdo al Pliego Único. Juntas aserradas a plano de debilitamiento, tanto sean transversales como longitudinales, se ejecutarán cortando una ranura en el pavimento de profundidad igual a 1/3 de espesor del mismo y ancho mínimo posible, en ningún caso mayor a 10 mm mediante máquina aserradora. El aserrado se ejecutará dentro de los 2 (dos) días posteriores al hormigonado. Salvo indicación contraria, el tipo y número de máquinas, así como otros requisitos, serán establecidos en las listas de equipos, Art. 3.3 y el Pliego Único de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires. Art. 12.3. Curado del hormigón El contratista podrá proponer el curado mediante el recubrimiento con productos líquidos capaces de formar una película resistente, adherente e impermeable. La eficacia de dichos productos se establecerá previamente a su utilización de acuerdo con las normas IRAM 1673 y 1675, y será controlada en cualquier momento por la Inspección. El producto elegido debe acusar, en el momento de su aplicación un aspecto homogéneo y una viscosidad tal que permita su distribución satisfactoria y uniforme mediante la pulverización, la que se hará con equipo preferentemente mecánico, con tanque provisto de agitador y dispositivo que permita medir con precisión la cantidad de producto aplicado. Art. 12.4. Empalmes En aquellas uniones en las que no correspondan juntas las uniones entre el pavimento nuevo y el existente deberán ser continuas y uniformes. Se deberán utilizar adhesivos tipo especial para hormigones de marca reconocida que aprobará la inspección, de modo tal de obtener una total efectiva adherencia entre hormigones. Art. 12.5. Normas de Aplicación Complementaria Será de aplicación complementaria las especificaciones del Pliego Único de Vialidad de la Provincia de Bs As (edición 2007). CAPÍTULO Nº 13: SELLADO DE JUNTAS EN PAVIMENTOS DE HORMIGÓN

Art. 13.1. Generalidades Únicamente en los sectores de reconstrucción de pavimento con motivo de las obras de bacheo. Art. 13.2. Descripción de los trabajos a) Limpieza de junta: Se procederá a extraer la tierra, polvo o cualquier otro material que contenga la junta. Esta operación se realizará utilizando ganchos de dimensiones adecuadas, de uso manual, cepillos de acero para asegurar la limpieza del polvo remanente, que se efectuará en forma óptima por medio de aire comprimido.- b) Secado de las juntas: Las juntas y/o grietas deberán estar perfectamente secas y libres de cualquier sustancia que impida la adherencia del material que se incorporará, procedimiento de secado que se realizará por medio de lanzallamas o quemadores.- c) Imprimación de juntas: Se procederá luego de dar a las juntas tratadas una mano de pintura de Imprimación adecuada a fin de asegurar la perfecta adherencia del material a incorporar, utilizando para ello asfalto diluido de endurecimiento rápido o pinturas especiales aprobadas a tal fin por la Municipalidad.-

d) Sellado de juntas: Se sellarán las juntas y/o grietas tratadas según la descripción anterior, con material asfáltico o mezcla de ellos en distintas proporciones con inertes como talco industrial, cal en polvo, arena fina, etc. Colocada en caliente o mezcla de ellos o materiales debidamente preparados para su colocación. Para ello se empleará recipientes adecuados para regular la cantidad de mezcla que fluya a la junta. Se evitará en lo

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posible que la mezcla asfáltica manche la calzada, se repasará las juntas en las que se observe que el material asfáltico ha descendido, y terminado superficialmente con una plancha caliente. Se cuidará especialmente, que las juntas y grietas queden selladas en toda su altura. Como operación final se la espolvoreará con cal para que no se adhiera a los neumáticos.- . Art. 13.3. Características de los materiales a emplear:

Para mezclas se emplearán inertes de las siguientes características:

a) Inertes o Fillers:

% que pasa el tamiz 200 (70) 90 % % que pasa el tamiz 325 (44) 85 %

b) Arenas finas: Libres de sustancias extrañas. % que pasa el tamiz Nro. 10 (2mm) 100 % % que pasa el tamiz Nro. 20 (840U) 85 %

c) Asfalto: Unidad Valor Penetración, 25ºC-100gr.-5seg. 0,1mm 50-60 Ductibilidad a 25ºC-5cm/min.min cm 15 Punto de ablandamiento (An-Es) ºC 50-80

d) Asfalto Plástico: Unidad Valor Penetración 0,1mm 50-60 Punto de ablandamiento 0,1mm 80-93 Penetración a 25ºC, 100gr., 5seg. 0,1mm 50-60 Penetración a 0ºC, 200gr, 60seg. 0,1mm 30

e) Imprimaciones: 1-Asfaltos diluidos (ERI) Unidad Valor Viscosidad a 50ºC. SSF 75-150 Penetración a 25ºC-5cm/min mínimo cm 100 Solubilidad en CC14, mínimo % 99 2-Pinturas: Viscosidad Saybolt Furol a 50ºC 75-150 Densidad 0.900-0,940 Penetración a 25ºC-100gr.-5seg. 80-130 Ductibilidad a 250ºC-5cm/min-min +100

Art. 13.4. El costo de estas tareas se incluirá en el ítem: “Calzada de Hormigón”.- CAPÍTULO Nº14: VEREDAS Artículo 14.1 Replanteo, desmonte y demolición: Se realizará el replanteo de los sectores de vereda a intervenir, y el mismo deberá ser aprobado por la D.D.O. previo a la ejecución de las tareas. La empresa contratista presentará el plano final de proyecto conforme al replanteo ejecutado. Se demolerán la totalidad de las veredas pre-existentes a intervenir para la ejecución de los nuevos sumideros según se indica en plano, incluyendo demolición de contrapiso necesarios según proyecto, retiro y/o demolición de todo lo contemplado (columnas de alumbrado, columnas de cartelería, árboles, arbustos, raíces, canteros, desagües, cámaras en piso e instalaciones obsoletas, demolición de bases existentes de columnas de cartelería y todo otro elemento que afecte la ejecución de los sumideros. Ningún material producto de las demoliciones podrá emplearse en las nuevas construcciones. Todos los materiales deberán ser retirados con volquete, no se permitirá materiales en la vía pública. Artículo 14.2 Corte de raíz La empresa contratista, deberá realizar los cortes de raíces necesarios de los árboles en las áreas intervención. El corte de raíz a realizar será supervisado por la Dirección de Ecología de la Municipalidad de Vicente López y/o la D.D.O. Se deberá retirar todas las piezas, cortezas y raíces que surjan del mismo. Artículo 14.3 Reparación, provisión y colocación de caño de albañal La empresa proveerá y colocará los caños de desagüe bajo vereda que estuvieran dañados y/o afectados por la intervención de solados a realizar. Como criterio general, se utilizarán caños de PVC de 110 mm. y/o diámetro a definir por la D.D.O. de espesor 3.2 mm. A efectos de evitar el aplastamiento de las cañerías de PVC por falta de tapada, se deberá prever la utilización de cañería de hierro fundido, en los diámetros que correspondan, en los casos y situaciones más críticas. En las aceras donde el albañal sea de hierro fundido deberá reemplazarse por igual material. Los albañales tendrán como mínimo la misma pendiente que la acera, y terminarán en la cuneta con una apertura circular, dando continuidad al cordón.

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Articulo 14.4. Reparación de veredas Si hubiere solados preexistentes en el área donde se realice la intervención, y los mismos se vieran afectados por el desarrollo de los trabajos, o se deterioren debido al acopio de materiales y a la circulación de equipos afectados a la obra, se repararán las veredas y contrapisos, con el mismo tipo de solado existente en los sectores que sean definidos por la Inspección de Obra. La contratista realizará la provisión de material y la colocación de las mismas. Si la vereda no tuviera pavimento, será por cuenta del Contratista el apisonamiento hasta dejar el terreno en la forma primitiva y colocación de tepes si los hubiera. Los reclamos que presentaran los propietarios con motivo de la refacción de las veredas, deberán ser atendidos de inmediato por el Contratista y en caso de no hacerlo así la Inspección adoptará las medidas que crea conveniente y los gastos que se originasen se deducirán de los certificados a liquidar. CAPÍTULO Nº15: INTERFERENCIAS Art. 15.1. Generalidades Durante la elaboración del Proyecto Ejecutivo, se han estudiado las interferencias solicitadas a las empresas de servicios, de forma que la elección de la traza de los conductos, se ha elegido en función de los datos obtenidos de la documentación, tanto en planimetría como en altimetría. No obstante lo expuesto, la Contratista deberá catear la traza de los conductos a fin de verificar con precisión, en el terreno, los datos surgidos de la documentación. A los efectos de que una eventual demora en la obra contratada no resulte atribuible a la falta de diligencia en las gestiones tendientes a concretar la remoción de las instalaciones subterráneas o aéreas, consignadas o no en los planos, que interfieran la ejecución de la obra, se procederá de la siguiente manera: Art. 15.2. Del Pago De Los Costos De Tramitación y Ejecución La Contratista, luego de efectuado el replanteo, presentará a la Dirección y/o Inspección la constancia de haber solicitado a todos los Entes prestatarios de servicios públicos los planos de instalaciones que pudieran interferir la obra, y el presupuesto de la remoción de las instalaciones que efectivamente interfieran la obra en cuestión y acreditará tal solicitud ante la Dirección y/o Inspección. Cuando se trate de instalaciones imprevistas o nuevas emplazadas durante la ejecución de la obra y que interfieran su ejecución, la Contratista deberá solicitar los presupuestos de las remociones luego de haber tomado conocimiento de ello o de haberla detectado durante la construcción de la obra y elevar dichas constancias a la Dirección y/o Inspección. La responsabilidad de la Contratista en las gestiones no culmina con la solicitud del presupuesto de las remociones a los diferentes Entes, sino que deberá reiterar en tres (3) oportunidades esa solicitud, en caso de no tener respuesta. La Contratista, una vez recibido el presupuesto de los Entes propietarios de las instalaciones a remover, presentará tal documentación ante la Dirección y/o Comitente, quien será la encargada, previo análisis, de autorizar la ejecución de las tareas y aprobar el monto del presupuesto presentado. La Contratista deberá abonar a quienes corresponda los derechos y costos de remoción y reconstrucción de las instalaciones, luego de recibir la autorización de parte de la Municipalidad, previa presentación de la documentación original que acredite los gastos realizados por dichos conceptos (facturas, permisos, etc).

Art. 15.3. De La Ejecución De Las Remociones Todas las gestiones necesarias para la ejecución de las remociones deberán ser realizadas por el Contratista, quién deberá solicitar su ejecución al Ente estatal o privado luego de haber abonado los costos respectivos. Deberá asimismo la Contratista reiterar la solicitud de remoción al Ente, en caso de no tener respuesta, hasta obtener resolución favorable y sin perjuicio de la colaboración que pueda prestar la Inspección de la obra. Si correspondiera la realización de proyectos para la remoción y/o reconstrucción de instalaciones los mismos deberán ser elaborados por la Contratista. El pago de los honorarios profesionales se efectuará según lo establecido por el Colegio de Ingenieros Pertinente estará a cargo de la contratista. Si la remoción se ejecuta dentro del plazo de obra se considerarán incluidas dentro del costo de la obra todas las tareas adicionales que se generen por remociones, aún en el caso que el Contratista no pueda efectuar momentáneamente algún sector de obra y deba dejarlo inconcluso por no haberse realizado previamente la remoción de la instalación que lo interfiere. En todos los lugares en que el Contratista deba dejar sin ejecutar algún sector de obra por no haberse realizado previamente la remoción de la instalación que la Interfiere, deberá proceder a efectuar el vallado y balizamiento diurno y nocturno que ordene la Inspección de obra, durante el tiempo necesario y hasta que se efectúe la remoción.

Art. 15.4. De Los Contenidos Del Ítem Remociones: Todas las tareas que sean necesarias para posibilitar la ejecución de una remoción y que soliciten los Entes respectivos, serán obligatorias para el Contratista, quién deberá realizarlas en el momento en que lo soliciten dichos Entes y/o Dirección de Obra. A tal efecto, las remociones contemplarán los siguientes aspectos:

Remoción y reconstrucción de instalaciones.

Honorarios profesionales de los eventuales proyectos que requiera la remoción y/o reconstrucción.

Pago de ayuda de gremio Art. 15.5. De Los Análisis De Precios: Para el caso de que se tengan instalaciones que deban ser removidas por la empresa Contratista, como así también estructuras especiales o no que deban ser construidas a fin de resolver interferencias, y de las que no se haya previsto su cotización previa a la contratación de la obra, con posterioridad a la aprobación del proyecto por el cual se resolverá la interferencia, por la Municipalidad y el Ente prestatario del servicio público

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correspondiente, (en caso de corresponder), se procederá de la siguiente forma a los efectos de la determinación del precio a pagar por la misma:

Se realizará el cómputo de cada uno de los ítems de la remoción o interferencia a resolver.

Para el caso de los ítems componentes de la remoción, de los que se tenga precio cotizado de contrato, se adoptará ese precio.

Para el caso de los ítems componentes de la remoción de los que no se tenga precio de contrato, la firma Contratista presentará el análisis de precio correspondiente, el que será analizado por la Municipalidad, que finalmente, de corresponder, dispondrá la aprobación del correspondiente precio.

Una vez autorizada la ejecución de los trabajos de cada una de las remociones, en un todo de acuerdo a los análisis de precio aprobado, se compondrá de los gastos autorizados, con la aplicación del coeficiente “K”, descontado el componente de “beneficio”, hasta agotar el monto fijo previsto por el Municipio para el ítem “Remoción de Interferencias de Servicios”. Art. 15.6. Indicador Referencial: Se contempla un global tomando como indicador referencial $ 500.000 (quinientos mil pesos) del presupuesto oficial. En caso de certificarse el monto total estipulado contra presentación de análisis de precios, quedará a cargo de la Municipalidad de Vicente López todas aquellas intervenciones complementarias. CAPITULO Nº 16: LIMPIEZA DE OBRA

Art. 16.1. Limpieza general y periódica El Contratista deberá organizar su trabajo de modo que los residuos provenientes de todas las tareas correspondientes a su contrato, sean retirados periódicamente del área de la obra, para evitar perturbaciones en la marcha de los trabajos. No se permitirá quemar materiales combustibles en ningún lugar de la obra. Los materiales cargados en camiones deberán cubrirse completamente con lonas o folios plásticos a efectos de impedir la caída de materiales durante el transporte.

Art. 16.2. Limpieza final de obra El Contratista tendrá a su cargo la limpieza final de la obra en su totalidad y la entregará en perfectas condiciones de limpieza dejándola lista para su uso. No se admitirán en obra restos de polvo o materiales de ningún tipo. La limpieza final contempla los siguientes ítems:

Retiro de todos los residuos provenientes de la obra en bolsas cerradas.

Barrido de pisos.

Limpieza total cualquier sector que se vea afectado por la descarga y el traslado de materiales.

La empresa retirará todo excedente de obra y todos los residuos producto de la limpieza y someterá la misma a la aprobación de la D.D.O.

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CUENCAS

ESCALA 1:2500

12

34

5 6 78 9

10 11 12

20

0 m

m

12

34

5 6 78 9

10 12

Municipalidad de Vicente Lopez

Obra: SANEAMIENTO HIDRÁULICO EN

EL SECTOR DE PEDRO GOYENA Y

CARLOS GARDEL

ESCALA 1:750

RELEVAMIENTO TOPOGRÁFICO

ESCALA 1:750

PLANIMETRIA DE PROYECTO

ESCALA 1:200

GARDEL Y GOYENA

ESCALA 1:200

GARDEL Y J. B. JUSTO

ESCALA H1:500 - V 1:100

PERFILES LONGITUDINALES

ESCALA 1:200

J. B. JUSTO Y BERMUDEZ

Escala: Según Plano

Plano N°: 1

S

2

S4 S

2

S4

S

2

S

2

S

1

S3

S2

S

4

S

3

S

1

S1

S

2

S3

S

2

S

1

S

1

S

1

S

1

S1

S1

S

4

S

4

S

4

S1

S2

S

4

S

4

S1 S2

S

2

S

2

S

1

S

1

S

5

S1

S

2

S1

S

5

S

3

S

2

S

2 S

1

1

2

3

4

A

BC

9.55

9.6

6

9.8

0

9.6

2

9.7

1

9.8

5

9.6

9

9.7

8

9.8

8

9.7

7

9.8

5

9.9

4

9.8

5

9.8

1

9.9

0

9.8

2

10

.1

2

10

.0

7

9.77

9.87

9.81

10.05

10.13

10

.1

1

10

.0

3

9.86

9.94

9.89

10.04

10.10

Punto Fijo de Referencia

Marco de Tapa Cámara Cloacal

Cota: +10.00m.

10.129.93

9.9

9

S4S4

CARLOS GARDEL

DEBENEDETTI

Conducto Ø3.00m.

Cota de fondo: +4.55m.

Cota de Techo: +7.55m.

Punto Fijo de Referencia

Marco de Tapa Cámara Inspección

Cota: +9.55m.

10

.0

0

10

.1

3

10

.0

9

10

.5

1

10

.5

8

10

.4

9

10

.6

4

10

.7

6

10

.6

3

10

.6

5

10

.5

8

10.44

10.53

10.49

10.77

10.81

10.74

Punto Fijo de Referencia

Marco de Tapa

Cámara Cloacal

Cota: +12.24m.

9.70

9.5

7

9.6

7

9.5

2

S2S2

10

.6

4

10

.5

6

10

.7

0

10

.6

1

12

.0

1

12

.1

2

12

.0

7

12

.2

1

12

.2

9

12

.2

6

12

.2

3

12

.1

6

11.88

12.03

11.91

12.18

12.30

12.22

12

.1

8

12

.1

2

12

.2

4

12

.2

1

BERMUDEZ

PE

DR

O G

OY

EN

A

J. B

. JU

ST

O

Punto Fijo de Referencia

Marco de Tapa

Cámara Cloacal

Cota: +10.84m.

Conducto Ø3.00m.

Cota de fondo: +4.55m.

Cota de techo: +7.55m.

DEBENEDETTI

CARLOS GARDEL

BERMUDEZ

PE

DR

O G

OY

EN

A

JU

AN

B

. JU

ST

O

Conducto a Construir: 1Ø1.00m.

Cota inicio: +7.90m.

Cota final: +6.80m.

L = 70m. - i = 0.016

Sumidero S4 a Construir:

Cota cordón: +9.77m.

Cota labio vertedero: 9.70m.

Cota fondo: +8.50m.

Caño de nexo: 1Ø0.60m.

L = 4m.

Cota inicio: +8.60m.

Cota final: +8.30m.

Sumidero S4 a Construir:

Cota cordón: +9.85m.

Cota labio vertedero: 9.75m.

Cota fondo: +8.55m.

Caño de nexo: 1Ø0.60m.

L = 25m.

Cota inicio: +8.65m.

Cota final: +8.30m.

Sumidero S4 a Construir:

Cota cordón: +9.77m.

Cota labio vertedero: 9.70m.

Cota fondo: +8.50m.

Caño de nexo: 1Ø0.60m.

L = 4m.

Cota inicio: +8.60m.

Cota final: +8.30m.

Baden existente

a Reconstruir

Sumidero S4 a Construir:

Cota cordón: +10.64m.

Cota labio vertedero: +10.55m.

Cota fondo: +9.35m.

Caño de nexo: 1Ø0.60m.

L = 4m.

Cota inicio: +9.45m.

Cota final: +9.20m.

Sumidero S4 a Construir:

Cota cordón: +10.68m.

Cota labio vertedero: +10.60m.

Cota fondo: +9.40m.

Caño de nexo: 1Ø0.60m.

L = 4m.

Cota inicio: +9.50m.

Cota final: +9.20m.

Conducto a Construir: 1Ø0.80m.

Cota inicio: +9.00m.

Cota final: +6.80m.

L = 90m. - i = 0.024

Cámara de Inspección

a Construir

Cámara de Inspección

a Construir

Cámara de Inspección

a Construir

Ø1.00m. Hº

i=0.0157

Conducto Ø3.00m.

Ø0.60m. Hº

i=0.014

Pedro Goyena

Ga

rd

el

De

be

ne

de

tti

Ø0.80m. Hº

i=0.024

Conducto Ø3.00m.

Juan B. Justo

Ga

rd

el

De

be

ne

de

tti

C.I

C.I

C.I

Sumidero S4 a Construir:

Cota cordón: +9.77m.

Cota labio vertedero: 9.70m.

Cota fondo: +8.50m.

Sumidero S4 a Construir:

Cota cordón: +9.77m.

Cota labio vertedero: 9.70m.

Cota fondo: +8.50m.

Punto Fijo de Referencia

Marco de Tapa

Cámara Cloacal

Cota: +10.00m.

Sumidero S4 a Construir:

Cota cordón: +9.85m.

Cota labio vertedero: 9.75m.

Cota fondo: +8.55m.

Ø

0

.6

0

8

.3

0

8

.6

5

8.3

0

8.6

0 8.6

0

Ø0.60

8.3

0

Ø0.60

Ø1.00

7.9

0

C.I

GARDEL

GO

YE

NA

Cámara de Inspección

a Construir

Sumidero S4 a Construir:

Cota cordón: +10.68m.

Cota labio vertedero: +10.60m.

Cota fondo: +9.40m.

Ø

0

.

6

0

9

.

2

0

Ø0.80

9.0

0

C.I

GARDEL

J. B

. JU

ST

O

9

.

2

0

Ø

0

.

6

0

9

.

4

5

9

.

5

0

Sumidero S4 a Construir:

Cota cordón: +10.64m.

Cota labio vertedero: +10.55m.

Cota fondo: +9.35m.

Punto Fijo de Referencia

Marco de Tapa Cámara Cloacal

Cota: +12.24.

exist

BE

RM

UD

EZ

J. B. JUSTO

exist.(12.32)

12.15 12.01

exist. (11.97)

exist.(12.12)

exist.(12.23)

12.08

existexist

5.00 5.00

1.0

0

2.7

5

0.5

0

10.00

2.0

0

Badén y Media Calzada a

Demoler y Reconstruir

Page 38: MUNICIPALIDAD DE VICENTE LOPEZ

CORTE A-A

0.3

5

VA

RIA

BL

E

VARIABLE 0.50 - 4.50

0.150.15 0.50

0.10

0.80

0.2

00

.9

50

.1

9

0.15

0.4

5

1 Ø 6 mm c/10

2 Ø 8

0.10

VA

RIA

BL

E 0

.0

0 - 0

.6

0

B

PLANTA

I =

1.5

%

0.04

1.1

60

.2

0

1.29

0.1

5

Ø VARIABLE

0.1

3

0.05

0.14

0.0

5

0.50

0.20 0.10

0.60

0.15

0.0

8

AL

TU

RA

0.1

0

0.140.200.600.10

0.15

0.9

5

CO

RD

ON

PERFIL ACERO LAMINADO 50 x 50 x 6 mm

1 Ø 6 mm c/10

PERFIL DE PAVIMENTO

MODIFICADO

PERFIL Aº Lº

DE 50 x 50 x 6 mm

CORTE B-B

TAPA

B

C

C

A

A

1 Ø 6 mm c/10 cm

r 0.05

0.2

0

0.0

5

min

0

.

1

0

P

R

O

M

E

D

I

O

VEREDA

Ø 6 mm

0.1

50

.1

00

.1

00

.0

8

0.1

5-0

.8

3

0.15 0.30

VA

RIA

BL

E

0.02

0.1

0

VA

RIA

BL

E 0

.4

25

- 1

.0

3P

RO

ME

DIO

0.15

PERFIL PAVIMENTO EXISTENTE

0.21

0.14

0.1

0

0.10

Ø 6 mm

LA TAPA 0.02 x 0.07

AGUJERO PARA LEVANTAR

FeX = FeY = 7 Ø 6 mm

0.60

0.6

0

0.05

GUARNICION Aº Lº

FeX = FeY = 7 Ø 6 mm

CORTE C-C

0.1

0

0.60

i = V

AR

IAB

LE

I =

1.5

%

I =

1.5 %

I =

1.5 %

I =

1.5 %

I =

1.5 %

I =

1.5 %

I =

1.5 %

1 m

2 m

3 m

4 m

5 m

6 m

a = 0.35 m

SENTIDO DE LA CORRIENTE

ESQUEMA DE UBICACION

DE LA CAMARA

SUMIDEROS DE 1 A 6 m

L (m) = 1.50 + 0.50 n

0.50

VARIABLE S/ LONGITUD

VERTEDERO 1.30 a 6.30

1.00

A (m) = 0.90 + 0.30 n

SENTIDO DE LA CORRIENTE

A

(n: LONGITUD EN METROS)

L

MODIFICACION DE PAVIMENTO PARA

FORMACION DE OLLA

VARIANTE CON CAÑO DE

SALIDA LATERAL

0

.3

0 - 0

.5

0

0.2

3

ESCALA 1:50

ESCALA 1:100

a

0

.

3

0

EXCAVACION

HORMIGON SIMPLE

HORMIGON ARMADO

ROTURA Y RECONSTRUCCION

DE PAVIMENTO ESPESOR 0.15 m

ROTURA Y RECONSTRUCCION

DE VEREDA

PERFIL ACERO LAMINADO

50 x 50 x 6 mm

CAÑO SALIDA Ø

GUARNICION ACERO LAMINADO

50 x 50 x 6 mm

ITEM

UNIDAD

m3

m3

m3

m2

m2

m

m

m

1.740

0.690

4.80

0.40

1.30

1.66

3.65

0.194

2.095

0.906

0.261

5.80

2.06

2.30

0.40

4.80

2.727

1.107

0.328

8.40

2.46

3.30

0.40

4.80

3.405

1.492

0.395

11.45

2.86

4.30

0.50

4.80

4.177

1.864

0.462

14.95

3.26

5.30

0.50

4.80

4.322

2.030

0.528

18.90

3.66

6.30

0.50

4.80

1 m 2 m 3 m 4 m 5 m 6 m

LONGITUD DE VERTEDERO

σ' bk >= 210 Kg/cm2

σ ek >= 4400 Kg/cm2

20

0 m

m

1

23

4

5

1

23

4

5 6

Municipalidad de Vicente López

Obra: SANEAMIENTO HIDRÁULICO EN

EL SECTOR DE PEDRO GOYENA Y

CARLOS GARDEL

Escala: Según Plano

Plano N°: 2

6

Page 39: MUNICIPALIDAD DE VICENTE LOPEZ

MUNICIPALIDAD DE VICENTE LOPEZ SECRETARIA DE PLANEAMIENTO, OBRAS Y S. PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE OBRAS MUNICIPALES DEPARTAMENTO DE PAVIMENTOS Y PLUVIALES

ANÁLISIS DE PRECIOS

ITEM. N°: ……………………………………………………………………………….

a) MATERIALES:

/ x $/ = $/ / x $/ = $/ / x $/ = $/ / x $/ = $/ / x $/ = $/ / x $/ = $/ / x $/ = $/ TOTAL DE MATERIALES = $/

b) MANO DE OBRA: Oficial especializado: h/ x $/h = $/ Oficial: h/ x $/h = $/ ½ oficial: h/ x $/h = $/ Ayudante: h/ x $/h = $/ TOTAL MANO DE OBRA = $/ c) TRANSPORTE:

/ x Km. x $/Km. = $/ / x Km. x $/Km. = $/ / x Km. x $/Km. = $/ / x Km. x $/Km. = $/ / x Km. x $/Km. = $/ / x Km. x $/Km. = $/

TOTAL TRANSPORTE = $/

d) AMORTIZACION DE EQUIPOS:

Equipo: AE = $/h = $/ /h TOT. AMORTIZACIÓN DE EQUIPOS = $/ e) REPARACIONES Y REPUESTOS:

RR = $/h = $/ /h

TOT. REPARACIONES Y REPUESTOS = $/

f) COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES = $/

CL = $/h = $/ /h

TOTAL COMBUSTIBLE Y LUBRICANTES = $/ COSTO – COSTO = $/

PRECIO FINAL = C.C x K (planilla n° 6) = $/

Page 40: MUNICIPALIDAD DE VICENTE LOPEZ

MUNICIPALIDAD DE VICENTE LOPEZ SECRETARIA DE PLANEAMIENTO, OBRAS Y S. PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE OBRAS MUNICIPALES DEPARTAMENTO DE PAVIMENTOS Y PLUVIALES

DETERMINACIÓN DEL COEFICIENTE K

Obra:

HONORARIOS PROFESIONALES % de T

PRECIO (P) P = T + HP

COEFICIENTE K = P / CC =

COSTO-COSTO: (CC)

GASTOS GENERALES: (GG) % de (CC)

C = CC + GG

BENEFICIO: (B) % de C

GASTOS FINANCIEROS (GF) % de C

W = C + B + GF

GASTOS IMPOSITIVOS: (GI) % de W

GASTOS MUNICIPALES: (GM) % (W + GI)

T= W + GI + GM

Page 41: MUNICIPALIDAD DE VICENTE LOPEZ

MUNICIPALIDAD DE VICENTE LOPEZ SECRETARIA DE PLANEAMIENTO, OBRAS Y S. PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE OBRAS MUNICIPALES DEPARTAMENTO DE PAVIMENTOS Y PLUVIALES

PLAN DE TRABAJO

SE

MA

NA

S D

EL

C

AL

EN

DA

RIO

6

5

4

3

2

1

0

ITE

MS

Page 42: MUNICIPALIDAD DE VICENTE LOPEZ

|

MUNICIPALIDAD DE VICENTE LOPEZ SECRETARIA DE PLANEAMIENTO, OBRAS Y S. PUBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS MUNICIPALES

DEPARTAMENTO DE PAVIMENTOS Y PLUVIALES

CURVA DE INVERSION

ME

SE

S C

AL

EN

DA

RIO

6

5

4

3

2

1

0

10

0 %

50

%

MO

NT

O C

ER

TIF

ICA

DO

MO

NT

O A

CU

MU

LA

DO

0 %

Page 43: MUNICIPALIDAD DE VICENTE LOPEZ

OBRA: "SANEAMIENTO HIDRÁULICO EN EL SECTOR DE PEDRO GOYENA Y CARLOS GARDEL"

PLANILLA DE CÓMPUTO

Nº ITEM UNIDAD CANTIDADPRECIO

UNITARIOPRECIO PARCIAL TOTALES

1 TRABAJOS PRELIMINARES -$

1.1 Cartel de Obra u

1.2 Obrador gl

1.3 Cerco de Obra gl

1.4 Replanteo y Nivelación gl

2 DEMOLICION -$

2,1 Rotura y retiro de pavimentos existentes m2

3 MOVIMIENTO DE SUELOS -$

3,1 Excavación y retiro de excedentes m3

3,2 Tapado y Compactado m3

4 CONDUCTOS PLUVIALES -$

4,1 Provisión y colocación de conductos de H°A° Ø 600mm ml

4,2 Provisión y colocación de conductos de H°A° Ø 800mm ml

4,3 Provisión y colocación de conductos de H°A° Ø 1000mm ml

5 OBRAS DE ARTE -$

5,1 Sumideros S4 u

5,2 Cámaras de Inspección para conductos u

6 PAVIMENTOS -$

6,1 Pavimento Rígido m2

7 INTERFERENCIAS 500.000,00$

7,1 Remoción de Interferencias gl

8 LIMPIEZA PERIODICA Y FINAL DE OBRA -$

8,1 Limpieza periódica y final de obra gl

IMPORTE DE LA PROPUESTA

MUNICIPALIDAD DE VICENTE LÓPEZ

SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS MUNICIPALES

Page 44: MUNICIPALIDAD DE VICENTE LOPEZ

MUNICIPALIDAD DE VICENTE LOPEZ SECRETARIA DE PLANEAMIENTO, OBRAS Y S. PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE OBRAS MUNICIPALES DEPARTAMENTO DE PAVIMENTOS Y PLUVIALES

LA PROPUESTA

OBRA: La/s Empresa/s: ................................................................................................................. Con Domicilio Real en: ...................................................................................................... Con Domicilio Legal en: .................................................................................................... Impuesto a las Ganancias Nº: .......................................................................................... A los Ingresos Brutos N°: ................................................................................................. Inscripta en el Registro de Contratistas y/o proveedores de la Municipalidad de Vicente

López, según constancias que se adjuntan.

Depósito de Garantía de Oferta por Pesos: ......................................................................

Habiéndose compenetrado de todos los requisitos para la presentación de la oferta y de

todos los trabajos que deben realizarse, propone ejecutar los mismos de acuerdo a los

siguientes precios.

SON PESOS

Los precios que contiene la presente Propuesta se mantendrán por el mínimo de

días hábiles a partir del día siguiente de apertura de la Licitación.-

OBRA DESIGNACION CANTIDAD PRECIO