Modulos, Guia de Estudio

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Universidad Católica de Salta. Materia: Elementos de Derecho Cartular Módulos de orientación de derecho cartular cliclo lectivo 2012. Cátedra Dr. Raul Bernardo Etcheverry. Advertencias importantes: Estos módulos solo son una guía de orientación para el posterior estudio. Estos módulos constituyen un material complementario de estudio. Estos módulos no tienen el contenido suficiente como para aprobar la materia, ni tratan todos los temas del programa obligatorio. No es posible estudiar la materia de estos módulos. Los alumnos deben estudiar la materia de los libros de texto indicados en el programa del curso como bibliografía, u otra de similar calidad académica. Todos los temas mencionados en la presente guía deben ser profundizados y completados. EL PRESENTE MATERIAL ES SOLO UNA GUÍA Y SE ACLARA EXPRESAMENTE QUE NO SIRVE COMO MATERIAL DE ESTUDIO. UNIDAD I : MÓDULO I: Introducción a la teoría de los títulos de crédito : Objetivos y aspectos a tener en cuenta: Conocer conceptos, contenidos y diferencias; profundizar los temas.

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Universidad Católica de Salta.

Materia: Elementos de Derecho Cartular

Módulos de orientación de derecho cartular cliclo lectivo 2012.

Cátedra Dr. Raul Bernardo Etcheverry.

Advertencias importantes:

Estos módulos solo son una guía de orientación para el posterior estudio.

Estos módulos constituyen un material complementario de estudio.

Estos módulos no tienen el contenido suficiente como para aprobar la materia, ni tratan

todos los temas del programa obligatorio.

No es posible estudiar la materia de estos módulos.

Los alumnos deben estudiar la materia de los libros de texto indicados en el programa del

curso como bibliografía, u otra de similar calidad académica.

Todos los temas mencionados en la presente guía deben ser profundizados y completados.

EL PRESENTE MATERIAL ES SOLO UNA GUÍA Y SE ACLARA EXPRESAMENTE

QUE NO SIRVE COMO MATERIAL DE ESTUDIO.

UNIDAD I:

MÓDULO I: Introducción a la teoría de los títulos de crédito :

Objetivos y aspectos a tener en cuenta: Conocer conceptos, contenidos y diferencias; profundizar los temas.

1) Establecer la importancia de lograr una abstracción del crédito y cómo es tratado este tema en

el Derecho Argentino. Qué ocurre con la cesión de derechos

2) Determinar la naturaleza jurídica de:

-la obligación cambiaria (como surge la obligación: acto voluntario de quien la emite)

diferenciarlo del momento en que se perfecciona: teoría de la creación y teoría de la emisión

-del título de crédito (cosa mueble). Elementos del título: el documento y el crédito

3) Comprender a través de la abstracción de Vivante el concepto general de los títulos de crédito:

“documento necesario para ejercer el derecho literal y autónomo que en él se menciona”:

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Comprender los principios de abstracción, necesariedad, literalidad y autonomía del derecho, entre

otros.

4) Clasificar los Títulos de Crédito en orden a sus caracteres y funciones: Establecer ejemplos de

cada tipo:

Causales-Abstractos

Individuales o abstracción - En masa o en serie

Completos- Incompletos

Al portador- A la orden- Nominativos

Representativos de Mercadería-De abstracción- De contenido Monetario- Atributivos de

Servicios

Títulos Impropios

Documentos de Legitimación.

5) Distinguir entre los conceptos de Letra de Cambio: (promesa incondicionada…)- Pagaré

(promesa incondicionada…) – Cheque (orden de pago)

Establecer los sujetos que pueden intervenir en cada caso.

MÓDULO II: La Obligación cambiaria:

Objetivos y aspectos a tener en cuenta: Conocer conceptos, contenidos y diferencias; profundizar los temas

1) Distinguir la relación cartular y la relación fundamental (causal)

2) Determinar los caracteres propios de los títulos cambiarios:

abstracción- Completividad –Formalidad

3) Establecer las diferencias entre:

autonomía y abstracción

literalidad y completividad

4) Diferenciar el concepto de Titularidad y el de Legitimación (activa- pasiva)

MÓDULO III: Obligados Cambiarios. Solidaridad Cambiaria:

Objetivos y aspectos a tener en cuenta: Conocer conceptos, contenidos y diferencias; profundizar los temas

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1) Establecer quiénes pueden obligarse cambiariamente.

2) Cómo funciona la representación cambiaria.

3) Establecer las diferencias entre la solidaridad cambiaria y la solidaridad civil

4) Establecer todos los sujetos que podrían vincularse en referencia a una letra de cambio, un

pagaré y un cheque.

MÓDULO IV: La Letra de Cambio:

Objetivos y aspectos a tener en cuenta: Conocer conceptos, contenidos y diferencias; profundizar los temas

1) Analizar el concepto de letra de cambio en cuanto a su función y como título de crédito

2) a) Determinar los requisitos formales para la confección de una letra de cambio:

Lugar y fecha de creación

Monto expresado en números y en letras

Vencimiento: plazo para el pago

Promesa incondicionada

Denominación

Beneficiario

Nombre y domicilio del Girado

Lugar de pago

Firma del Librador

b) Determinar que ocurre si faltan los requisitos remarcados

c) Determinar que ocurre si faltan algunos de los requisitos subrayados

d) Cuál es la importancia de la fecha de creación del documento

e) Porqué es necesario que conste el beneficiario

f) Qué ocurre cuando existen alteraciones respecto a los requisitos del documento

g)Cláusulas admisibles

3) Determinar los requisitos de fondo para la confección de una letra de cambio:

Capacidad: obligados cambiarios

Declaración de voluntad

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Objeto

Causa

3) Función de cada sujeto que interviene en el documento

4) Determinar en qué consiste la aceptación, sus efectos y las formalidades que deben cumplirse

para que se produzca

5) Facultades del girado ante la presentación de la letra para su aceptación.

Establecer desde cuando es un obligado cambiario.

6) Establecer las diferencias entre el pagaré y la letra de cambio

UNIDAD II:

Módulo I: Circulación Cambiaria:

Objetivos y aspectos a tener en cuenta: Conocer conceptos, contenidos y diferencias; profundizar los temas

ENDOSO: modo propio y genuino de circulación de la cambiaria.

– Sujetos:

Endosante: aquel que transmite el documento

Endosatario: aquel que recibe el documento

- Efectos del endoso:

- Plenos:

* Efecto legitimante

* Efecto traslativo

* Efecto vinculante

- Restringidos: Ciertas cláusulas limitan los efectos del endoso.

1) Sin garantía

2) Prohibido el endoso

3) En procuración

4) En prenda

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-Endosos limitativos de posteriores transferencias cartulares.

1) No a la orden

2) No endosable

Analizar cuales son los efectos del endoso con posterioridad a la realización del protesto o del

tiempo oportuno para hacer efectivo el mismo. Analizar, a su vez, cuales son las diferencias entre

cada una de las cláusulas.

- Caracteres

unilateral

incondicional

formalmente accesorio

integral

irrevocable

Transmisión mediante cesión de créditos. Operatoria. Antecedentes.

Modulo II: Vencimiento y extinción de las obligaciones cambiarias:

Objetivos y aspectos a tener en cuenta: Conocer conceptos, contenidos y diferencias; profundizar los temas

VENCIMIENTO

PAGO

Consecuencias del pago: Se extingue la cambial o el pagaré, si quien efectuó el pago fue el

aceptante de la letra o el librador del pagaré respectivamente. Es decir, se extinguen los derechos

emergentes del título y no hay otro obligado cambiario a quien se le pueda exigir el título. A

diferencia de ello, si quien efectúa el pago resulta ser un avalista o un endosante, éstos pueden ir

contra aquellos obligados anteriores a éste.

PROTESTO

Es un acto que tiene por objeto constatar una obligación cambiaria insatisfecha, como ser la falta

de aceptación en la cambial o la falta de pago en ambos institutos (letra de cambio y pagaré).

Asimismo, en aquellos títulos que son “a la vista” o a “cierto tiempo vista” el protesto es utilizado,

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también, para determinar en que día se ha efectuado dicha vista o de constatar la negativa de

asentar la misma.

Tener en cuenta cuales son los plazos para levantar protesto y cual es la forma de hacerlo. Analizar

la importancia de efectuar el protesto en tiempo oportuno.

Cuestiones que recordar con referencia al protesto:

1) Si se levanta protesto por falta de aceptación, no es necesario levantarlo por falta de pago

2) La falta del protesto por falta de pago, no impide el ejercicio de la acción directa.

3) El protesto por falta de aceptación permite que el portador ejerza anticipadamente las acciones

de regreso.

Modulo III: Garantías Cambiarias:

Objetivos y aspectos a tener en cuenta: Conocer conceptos, contenidos y diferencias; profundizar los temas

EL AVAL: Acto jurídico cambiario de típica naturaleza cartular.

Comparación con la fianza: Se deberá lograr diferenciar ambos institutos (fianza/ aval) a partir de

las siguientes nociones:

- naturaleza jurídica

- obligación principal/ accesoria

- declaración unilateral/ contrato

- tipo de garantía: objetiva/ subjetiva

- autonomía o no del acto cambiario

- nulidad de la obligación garantizada

- beneficio de excusión y división

- repetición/ reembolso

- viabilidad de condicionar la garantía

Sujetos del aval: avalista y avalado

Principio general: art. 32

Modulo IV: Pagaré:

Objetivos y aspectos a tener en cuenta: Conocer conceptos, contenidos y diferencias; profundizar los temas

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Principalmente, el alumno deberá lograr establecer cuales son las diferencias entre dicho instituto

y la letra de cambio.

UNIDAD III:

Módulo I y II:Cheque Factura de crédito, conformada y titulos valores derecho financiero:

Objetivos y aspectos a tener en cuenta: Conocer conceptos, contenidos y diferencias; profundizar los temas

El objetivo de este módulo es que puedan conocer los dos tipos de cheque que están vigentes en

este momento. Sus requisitos escenciales y los defectos que éstos puedan tener al emitirse.

Además es necesario que sepan como pueden ser emitidos estos instrumentos; el a la orden,

cruzado, etc.

Es importante también conocer sobre los endosos: cuantos pueden hacerse (circular BCRA 4755),

quienes pueden hacerlos (legitimaciones activa y pasiva), donde y de que manera.

Respecto de los defectos que puedan tener los cheques deben poder resolver para un futuro cliente

que puede hacerse con dicho instrumento: reclamo judicial, reclamo extrajudicial, etc. Prescripción

y caducidad de acciones.

Es muy importante que conozcan las fechas de cómo se libran los dos tipos de cheques.

Ver los cheques certificados, su registro y su problemática.

Analizar y estudiar bien los casos en que no se paga un cheque por negativa del banco y las

distintas alternativas.

Ver normas generales de BCRA y supletorias. Estudiar el tema de robo de cheques y su

problemática.

Módulo III: Factura Conformada – Factura de Crédito:

En este módulo deben estudiar las dos leyes que regulan ambos institutos. Deben analizar como se

distingue una de otra y que diferencias tienen. Deben saber cual es la que actualmente se utiliza y

cual ha caído en desuso y sus razones.

Deben analizar también el decreto 6601/63 y ver que relevancia tiene en la actualidad.

Estos dos institutos deben además, ser analizados, como títulos de crédito con todos los alcances

que dicha situación significa.

Módulo IV: Los Títulos valores en el derecho financiero:

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Objetivos y aspectos a tener en cuenta: Conocer conceptos, contenidos y diferencias; profundizar los temas

Deben a analizar todas las normas, circulares y legislación que regula el mercado financiero

argentino. Dichas normas están citadas, sin ser taxativa la lista, en el programa de la materia.

Lo que se pretende es que tenga el conocimiento de cómo funcionar el mercado financiero, el

mercado de valores y en general el mercado bursátil y extra bursátil.

En el ámbito societario que sepan distinguir las acciones de las obligaciones negociables y ambos

regímenes normativos.

Deben analizar también los nuevos instrumentos financieros.

UNIDAD IV: Actividad procesal Cabiaria:

MODULO I: introducción a la vía ejecutiva. solidaridad cambiaria

Objetivos y aspectos a tener en cuenta: Conocer conceptos, contenidos y diferencias; profundizar los temas

■ Acción ejecutiva: art. 60 decr/ley.

■ Solidaridad cambiaria: art. 51 decr/ley.

→ Ius electioni

→ Ius variandi

MODULO II: Acciones cambiarias:

Objetivos y aspectos a tener en cuenta: Conocer conceptos, contenidos y diferencias; profundizar los temas

■ Letra de cambio y Pagaré:

→ 1) Directa: aquella que se ejerce contra el principal obligado al pago.∙ Aceptante y Avalista en letra de cambio.∙ Librador y Avalista en pagaré.

→ 2) De Regreso: aquella que se ejerce contra los restantes obligados cambiarios.∙ Librador y su avalista y endosantes en letra de cambio.∙Endosantes y Avalistas en pagaré.

2.1) A término

2.2) Anticipado

2.3) Reembolso

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■ Cheque:

→ 1) De Regreso: en el cheque la acción es siempre de regreso.

1.1) A término

1.2) Anticipado

1.3) Reembolso

■ Cuadro sinóptico: (ver cuadro I)

MODULO III: Defensas y excepciones procesales :

Objetivos y aspectos a tener en cuenta: Conocer conceptos, contenidos y diferencias; profundizar los temas

■ Interacción entre legislación nacional y legislación local: art. 5, 75 inc.75 y 121 C.N.

■ Clasificación:

→ Exceptiones in rem (reales)

→ Excepciones in personam (personales)

■ Art. 544 CPCCN:

- inc. 1) Incompetencia

- inc. 2) Falta de personería

- inc. 3) Litispendencia

- inc. 4) Inhabilidad de título / Falsedad de título → absoluta

→ relativa

- inc. 5) Prescripción: su diferencia con la caducidad.

- inc. 6) Pago documentado → total→ parcial

- inc. 7) Compensación

- inc. 8) Quita / Espera / Remisión / Novación / Transacción / Conciliación

- inc. 9) Cosa Juzgada

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■ Prescripción y Caducidad:

- Prescripción: liberación del deudor en razón de la inactividad del acreedor durante el período de tiempo que marca la ley para iniciar la pertinente acción ejecutiva ante la falta de pago por el obligado cambiario. (*Letra de cambio y pagaré: tres años –acción directa-, un año – acción de regreso a término y anticipada-, seis meses –acción de reembolso; *Cheque: un año –acción de regreso a término y anticipada, seis meses –acción de reembolso).

- Caducidad: el documento se perjudica dando lugar a la caducidad, cuando el deudor se ve liberado de su obligación, en virtud de que el acreedor no ha cumplido con alguna de las diligencias que le exige la ley (presentar el título al cobro en término, levantar protesto por falta de aceptación o de pago si era requisito del documento).

■ Jurisprudencia:

Excepción de Falsedad:

“La excepción de falsedad de título, prevista en el art. 544 inc. 4° del Cód. Procesal, no es la vía adecuada para examinar la nulidad o falsedad ideológica que el interesado atribuye a la escritura que suscribió” (CNCiv., sala I, Sises S.A. c. De medio, Mario).

“No es requisito el desconocimiento de las firmas insertas en el título ejecutivo –exigencia que sólo cabe a quien lo pretende inhábil- si se alega la falsedad instrumental de otros recaudos del documento, pues de tal modo resultan atacadas sus formas extrínsecas” (CNCom., sala A, Blokar S.A. c. Prats, Juan).

Excepción de Inhabilidad de Título:

“La excepción de inhabilidad de título es inadmisible si falta una negativa expresa y categórica de la deuda, o bien si, no obstante invocarse el exceso incurrido en la intimación de pago, no se deposita la suma que se considera deber” (CNCiv., sala A, Kelin, Monik c. Ovsejevich de Slavutzky, Elsa).

“Es improcedente la excepción de inhabilidad de título fundada en un alegado abuso de firma en blanco, pues admitirla conduciría a indagar los acuerdos precedentes al libramiento del cheque, cuestión causal ajena al juicio ejecutivo” (CNCom., sala A, Protel S.A: c. Cableacero S.A.).

MODULO IV: Otras acciones emergentes del derecho cambiario:

Objetivos y aspectos a tener en cuenta: Conocer conceptos, contenidos y diferencias; profundizar los temas

■ Acción causal: art. 61 decr/ley.

- Requisitos: → Que existan acciones derivadas de la relación que dio origen a la emisión del documento (relación subyacente o causal).→ Que no haya habido novación.→ Que actor y demandado hayan sido partes en la relación causal.

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→ Cumplimiento de requisitos formales, que el título no esté perjudicado.→ Que el portador ponga a disposición el título.

■ Acción de enriquecimiento: art. 62 decr/ley.

- Requisitos: → Pérdida de acciones cambiarias→ Falta de acción causal→ Enriquecimiento indebido del deudor

■ Acción regresiva extrajudicial: la resaca. Art. 56 decr/ley.

■ Acción entre coobligados u obligados parigrado: art. 59 decr/ley y arts. 689, 716 y 717 C.C. Rige el régimen de solidaridad civil. El codeudor que abonó la totalidad de la deuda puede repetir contra su coobligado cambiario por la parte que no le competía responder.

■ Acción entre el librador que no provee de fondos y el aceptante: excepcionalmente puede el girado repetir del librador que no cumplió la provisión de fondos prometida, la suma pagada en virtud de situaciones particulares que los vinculan.

■ Acción del portador contra el simple girado:

- Principio: no existe acción del portador contra el simple girado.

- Excepciones: dos supuestos:→ Cesión de crédito efectuada sobre la provisión de fondos del librador al tomador.→ Cesión de crédito efectuada por el librador al tomador contra el girado posvencimiento del cartular, mediante entrega del documento que respalde tal derecho.

■ Daños y perjuicios: acción extra cambiaria emergente del incumplimiento de la obligación cambiaria contra el obligado cambiario ante la falta de pago del documento debido a los perjuicios que tal accionar ocasiona al legitimado al cobro.