Módulo IX Cátedra parte 1 Logos

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Seminario: “VA DERECHO, VOY DERECHO” Módulo IX: Un espacio para innovadores sociales Dra. Ana Elena Fierro

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Seminario: “VA DERECHO, VOY DERECHO”

Módulo IX:

Un espacio para innovadores sociales

Dra. Ana Elena Fierro

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Control del Poder y

ciudadanía

Objetivo: Conocer mecanismos de control en manos

de los ciudadanos para evaluar el desempeño de la

autoridad y controlar el ejercicio del poder.

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Constitución control de Poder

• División de Poderes

• Esquema de frenos y contrapesos

• División de competencias entre

federación, estados municipios y OCA

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Tipos de Control

• Político o parlamentario (informes,

comparecencias) y voto

• Jurisdiccional

– Denuncia del particular

– Resolución Judicial

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Control Jurisdiccional CPEUM

Juicio de nulidad art. 73, XXIX H

Juicio de amparo art. 103 y 107

Juicio por responsabilidad patrimonial

art.113

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SUJETOS AUTORIDAD A evaluada Informa, justifica su actuar

B evaluadora Analiza, juzga conducta de A

OBJETOS

NORMAS, ACTOS Y

OMISIONES

LEGALIDAD Formal Competencia y procedimiento

Material Resultados establecidos en el

ordenamiento jurídico

FISCALIZACIÓN Formal Según los presupuestos y

programas con carácter normativo

Material Resultados establecidos en el

ordenamiento jurídico

PROCEDIMIENTOS LEGALIDAD Formal Juicio de nulidad

Material Juicio de constitucionalidad

FISCALIZACIÓN Formal Cuenta Pública

Material Evaluación

FINES * Apego estricto al ordenamiento jurídico (formal).

* Cumplimiento de los principios y fines constitucionales (material).

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Relación

Informa Explica Justifica

R

C

Demanda o Denuncia

Evalúa: examina, vigila e incide (vía sanciones o

incentivos).

A B

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Juicio de Nulidad 73 XIX H

• Denuncia: Cualquier persona afectada por un

acto de la autoridad

– Obra pública, Licitaciones, Multas, Permisos

– Impuestos

• Denunciado: Administración Publica: federal,

local, municipal

• Resuelve: Tribunal administrativo federal o local

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SUJETOS: ORGANOS

DEL ESTADO

A evaluada Cualquier autoridad administrativa federal, local o municipal

B evaluadora Tribunal de lo contencioso administrativo

OBJETOS:

NORMAS, ACTOS Y

OMISIONES

N.A.O.

Legalidad

Controversias que se susciten entre

la administración pública en sus

tres niveles y cualquier particular

Sanción

Calificación

N.A.O.

Reparación

PROCEDIMIENTOS Jurisdiccional ante tribunales autónomos o pertenecientes al Poder Judicial

FINES

*Apego estricto al ordenamiento jurídico (formal)

*Conlleva no abuso de autoridad

*Aprendizaje mediante precedentes y resarcimiento cuando proceda

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La categoría “Otros” contiene diversos conceptos: resolución de recurso de revocación, responsabilidad

resarcitoria, multas no fiscales, atención médica, etc., cuya evidencia estadística no es suficiente para

calcular porcentajes de estimación significativos

Nota: El tamaño de la muestra es de 5,400 expedientes analizados en 23 Entidades Federativas. El error de estimación absoluto teórico es de 1.3%, con un nivel de confianza del 95%

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Responsabilidad Patrimonial cpeum 113

párrafo 2°

• Denuncia cualquier ciudadano afectado

por una actividad administrativa irregular

(baches, médico negligente, obra pública)

• Denunciado: autoridad administrativa

federal o local

• Juez federal o local

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SUJETOS: ORGANOS DEL ESTADO

A evaluada

Cualquier órgano de la administración pública federal, local o municipal.

B Evaluadora

Tribunal de lo contencioso administrativo

OBJETOS: ACTOS Y OMISIONES

Legalidad Actividad administrativa irregular u omisa

Sanción Calificación del acto como regular o irregular Reparación

PROCEDIMIENTOS Jurisdiccional ante tribunales autónomos o pertenecientes al Poder Judicial

FINES *Apego estricto al ordenamiento jurídico (formal) *Cumplimiento de principios de eficiencia y eficacia

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Ejemplos Responsabilidad Patrimonial

• 10a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro XIX, Abril de 2013, Tomo 1; Pág. 899 Responsabilidad patrimonial del estado. La actuación negligente del personal médico que labora en las instituciones de seguridad social (IMSS e ISSSTE) queda comprendida en el concepto de "actividad administrativa irregular" a que se refiere el segundo párrafo del artículo 113 constitucional.

• [1] [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XVIII, Marzo de 2013, Tomo 3; Pág. 2073: Responsabilidad patrimonial del estado. Causas generadoras de la ruptura del túnel emisor poniente del sistema principal de drenaje del valle de México el 6 de septiembre de 2009 y su conexión con los daños producidos por la inundación que provocó, para efectos de la procedencia del pago indemnizatorio correspondiente.

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Consecuencias

Respecto del fin de este procedimiento la SCJN ha establecido que la responsabilidad patrimonial tiene 4 principales:

Compensación de daños;

Crear incentivos tendentes a la prevención de daños y accidentes;

Control del buen funcionamiento de la acción administrativa; y,

Demarcación de las conductas administrativas libres de la responsabilidad.

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Fuerte herramienta ciudadana

• " la razón de la responsabilidad patrimonial es propiciar y garantizar, en primer lugar, que la actividad administrativa sea regular y que la gestión pública se preste conforme a ciertos estándares de calidad, lo que encierra en sí mismo un derecho fundamental a una eficiente administración pública, pues si se incumple con esos estándares se tiene garantizado el derecho a la indemnización."[1]

• [1] [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XVIII, Marzo de 2013, Tomo 3; Pág. 2077 Responsabilidad patrimonial del estado. Su objetivo y fines en relación con la prestación de un servicio público

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Juicio de Amparo

• Control de constitucionalidad todo ejercicio del

poder debe estar apegado a la constitución.

• Cualquier acto de autoridad Legislativo,

Ejecutivo o Judicial.

• Demandar cualquier persona con interés

legitimo

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Control Constitucional CPEUM

• Poder Judicial de la Federación (art. 94)

• SCJN, Circuitos, Tribunales Colegiados y

Jueces

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Control Constitucional CPEUM

• Artículos 103 a 107

• Controversia Constitucional

• Acción de Inconstitucionalidad

• Amparo ( ciudadanos)

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Objeto: ◦ Normas o actos que vulneren los derechos

humanos contenidos en la cpeum y los tratados

internacionales

Sujetos: ◦ Cualquier autoridad

◦ Cualquier sujeto a quien se afecten sus derechos

personas físicas o morales

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• Amparo Indirecto:

– Contra normas generales (leyes, reglamentos, acuerdos)

– Contra actos de autoridad

– Art. 107, VII y VIII

– Conoce el Juez de distrito revisión del Colegiado

• Amparo Directo:

– Contra sentencias definitivas

– Artículo 107, III inciso a, V, VI y IX

– Tribunal Colegiado

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• Resolución

–Efectos entre partes

–Efectos generales Reforma D.O.F. 6 junio 2011

• Jurisprudencia

–Reiteración

–Por Contradicción

–Reforma D.O.F. 6 junio 2011

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• Fortalecimiento de los controles de

constitucionalidad

• Consolidación de un tribunal

constitucional

• Acceso a la justicia

• Mejor impartición de justicia