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RDP BORRADORES Página 1 de 84 FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO – FONADE SERVICIO GEOLÓGICO COLOMBIANO CONVENIO INTERADMINISTRATIVO No. 211045 OFERTA PÚBLICA DE CONTRATO CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PARA LAS ACTIVIDADES DE EVALUACION DOCUMENTAL E INSPECCCIONES DE CAMPO REQUERIDAS PARA APOYAR AL SGC EN LA FISCALIZACION INTEGRAL DE LOS TITULOS MINEROS - GRUPO 1 CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PARA LAS ACTIVIDADES DE EVALUACION DOCUMENTAL E INSPECCCIONES DE CAMPO REQUERIDAS PARA APOYAR AL SGC EN LA FISCALIZACION INTEGRAL DE LOS TITULOS MINEROS - GRUPO 2 REGLAS DE PARTICIPACION BOGOTÁ D.C., FEBRERO DE 2012

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FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO – FONADE SERVICIO GEOLÓGICO COLOMBIANO

CONVENIO INTERADMINISTRATIVO No. 211045

OFERTA PÚBLICA DE CONTRATO

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PARA LAS ACTIVIDADES DE EVALUACION DOCUMENTAL E INSPECCCIONES DE CAMPO REQUERIDAS PARA APOYAR AL SGC EN LA FISCALIZACION INTEGRAL DE LOS TITULOS MINEROS -

GRUPO 1

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PARA LAS ACTIVIDADES DE EVALUACION DOCUMENTAL E INSPECCCIONES DE CAMPO REQUERIDAS PARA APOYAR AL SGC EN LA FISCALIZACION INTEGRAL DE LOS TITULOS MINEROS -

GRUPO 2

REGLAS DE PARTICIPACION

BOGOTÁ D.C., FEBRERO DE 2012

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TABLA DE CONTENIDO

CAPÍTULO PRIMERO 6�

1.� INFORMACIÓN GENERAL DEL PROCESO DE SELECCIÓN 6�

1.1.� INTRODUCCIÓN 6�1.2.� OBJETO DEL PROCESO DE SELECCIÓN 9�1.3.� LOCALIZACIÓN Y DESCRIPCIÓN GENERAL DEL PROYECTO 9�1.4.� PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO 9�1.5.� PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO 10�1.6.� FUENTES DE FINANCIACIÓN 10�1.7.� RÉGIMEN JURÍDICO Y FUNDAMENTOS DE LA MODALIDAD DE SELECCIÓN

11�1.8.� PROGRAMA PRESIDENCIAL DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN 11�1.9.� DEFINICIONES GENERALES DE TÉRMINOS APLICABLES A LOS PROCESOS

DE FONADE. 11�1.10.� CONFLICTO DE INTERESES. 12�CLASES Y EFECTOS 12�1.11.� ACREDITACIÓN DE PERSONAL CON LIMITACIONES - LEY 361 DE 1997 (APLICA

COMO CRITERIO DE DESEMPATE) 15�

2.� DEL TRÁMITE DEL PROCESO DE SELECCIÓN 16�

2.1.� CRONOGRAMA GENERAL 16�2.2.� DOCUMENTOS DEL PROCESO DE SELECCIÓN 17�2.3.� COMUNICACIÓN CON LOS INTERESADOS Y OFERENTES 17�2.4.� PROCESO DE SELECCIÓN 18�2.4.1.� Publicación de las reglas de participación 18�2.4.2.� Retiro de las reglas de participación 18�2.4.3.� Plazo del proceso de selección 18�2.4.3.1.� Inicio y finalización del término para presentar ofertas 18�2.4.4.� Audiencias 19�2.4.4.1.� Audiencia de precisión del contenido y alcance de las reglas de participación. 19�2.4.4.2.� Audiencia de Cierre 19�2.4.5.� Observaciones a las reglas de participación 19�2.4.6.� Modificación de las reglas de participación 19�2.4.7.� EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 20�2.4.7.1.� Verificación de los requisitos mínimos de carácter jurídico, técnico y financiero, y

término para subsanar 20�2.4.7.2.� Apertura de sobres económicos 22�2.4.7.3.� Asignación de puntaje y Determinación del Orden 23�2.4.7.4.� Publicación del informe de evaluación y recomendación de aceptación de la oferta -

Observaciones al informe de evaluación y recomendación de aceptación de la oferta.

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26�2.4.8.� CAUSALES DE RECHAZO 27�2.4.9.� DESEMPATE DE OFERTAS 29�2.4.10.� DEFINICIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN 30�2.4.10.1.� Declaratoria de fallido 30�2.4.10.2.� Aceptación de la oferta de contrato 30�2.5.� SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO 30�

3.� DEL OFERENTE Y SU OFERTA 31�

3.1.� CONDICIONES GENERALES 31�3.1.1.� MODALIDADES DE PARTICIPACIÓN 31�3.1.2.� RESPONSABILIDAD EN LA ELABORACIÓN DE LA OFERTA 31�3.1.3.� VIGENCIA DE LA OFERTA 32�3.1.4.� IDIOMA Y MONEDA DE LA OFERTA 32�3.1.5.� OFERTAS ALTERNATIVAS O PARCIALES 32�3.1.6.� DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTRANJERO 32�3.1.6.1.� Consularización 32�3.1.6.2.� Apostille 33�3.1.6.3.� Títulos obtenidos en el exterior 33�3.1.6.4.� Autorización para el ejercicio temporal de la profesión en Colombia 33�3.1.7.� FORMA, IDENTIFICACIÓN, ESTRUCTURA DE LA OFERTA Y RESPONSABILIDAD EN LA

PRESENTACIÓN DE LA MISMA 33�3.2.� REQUISITOS MINIMOS 34�3.2.1.� REQUISITOS DE CARÁCTER JURÍDICO 34�3.2.1.1.� Carta de presentación de la oferta 34�3.2.1.2.� Acreditación de la existencia y la representación legal 35�3.2.1.3.� Documento de constitución del consorcio o unión temporal. 36�3.2.1.4.� Capacidad de contratación (K) y capacidad residual (Kr) – Formato 06 37�3.2.1.5.� Garantía de seriedad de la oferta 38�3.2.1.6.� Certificación de pagos al sistema de seguridad social y de aportes parafiscales 39�3.2.1.7.� Reciprocidad 39�3.2.1.8.� Certificado de Antecedentes Fiscales de la Contraloría General de la República40�3.2.1.9.� Certificado de Antecedentes Disciplinarios Procuraduría General de la Nación 40�3.2.1.10.� Acreditación del Pago de los Derechos de Participación. 40�3.2.1.11.� Otros Documentos: 41�3.2.2.� REQUISITOS DE CARÁCTER FINANCIERO 42�3.2.3.� REQUISITOS DE EXPERIENCIA ESPECIFICA DEL OFERENTE 44�3.2.3.1.� Acreditación y Verificación de la Experiencia Específica del oferente. 45�3.2.3.2.� Requisitos de Experiencia Específica del Personal principal requerido 47�3.2.3.2.1.� Relación del personal principal requerido (aplica para cada grupo) 47�3.2.3.2.2.� Acreditación y Verificación de la experiencia específica del personal principal requerido 51�3.2.4.� OFERTA ECONÓMICA 52�3.2.5.� CONDICIONES Y DOCUMENTOS EXIGIDOS A LOS OFERENTES QUE SEAN

PERSONAS NATURALES EXTRANJERAS SIN DOMICILIO EN EL PAÍS, O

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PERSONAS JURÍDICAS EXTRANJERAS QUE NO TENGAN ESTABLECIDA

SUCURSAL EN COLOMBIA CON LA FINALIDAD DE VERIFICAR LA CAPACIDAD

JURÍDICA, Y LA CAPACIDAD FINANCIERA. 53�

CAPÍTULO CUARTO 57�

4.� CONDICIONES CONTRACTUALES GENERALES 57�

4.1.� OBJETO 57�4.2.� MODIFICACIÓN DEL CONTRATO 57�4.3.� PLAZO EJECUCIÓN CONTRACTUAL 58�4.4.� CONDICIONES PREVIAS A LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE INICIO 58�4.5.� PRÓRROGA DEL PLAZO DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL 58�4.6.� SUSPENSIÓN 58�4.7.� VALOR DEL CONTRATO 59�4.7.1.� PRECIO UNITARIO FIJO CON FORMULA DE REAJUSTE 59�4.7.2.� MODIFICACIÓN DEL VALOR DEL CONTRATO 59�4.7.3.� MAYORES CANTIDADES 60�4.7.4.� ÍTEMS O ACTIVIDADES NO PREVISTAS 60�4.8.� FORMA DE PAGO 61�4.8.1.� REQUISITOS DE PAGO 61�4.8.2.� ANTICIPO 62�4.8.3.� AMORTIZACIÓN 62�4.8.4.� REQUISITOS PARA EL DESEMBOLSO DEL ANTICIPO 62�4.8.5.� REGLAS PARA EL MANEJO E INVERSIÓN DEL ANTICIPO: 62�4.9.� OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 63�4.9.1.� OBLIGACIONES DE CARÁCTER GENERAL 63�4.9.2.� OBLIGACIONES RELACIONADAS CON EL PERSONAL REQUERIDO PARA LA EJECUCIÓN DEL

OBJETO CONTRACTUAL 63�4.9.3.� OBLIGACIONES DE INFORMACIÓN 74�4.9.4.� OBLIGACIONES PREVIAS A LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE INICIO 75�4.10.� OBLIGACIONES DE FONADE 75�4.11.� INTERVENTORÍA 75�4.12.� CLÁUSULA PENAL DE APREMIO 76�4.13.� CLAUSULA PENAL PECUNIARIA 76�4.14.� PROCEDIMIENTO PARA EXIGIR EL PAGO DE LA CLÁUSULA PENAL DE

APREMIO Y/O CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA: 76�4.15.� COMPENSACIONES 77�4.16.� GARANTÍAS 77�4.16.1.� ANTICIPO: DE BUEN MANEJO Y CORRECTA INVERSIÓN Y AMORTIZACIÓN DEL ANTICIPO77�4.16.2.� CUMPLIMIENTO: 77�4.16.3.� DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES LABORALES: 77�4.16.4.� CALIDAD DEL SERVICIO: 78�4.16.5.� DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL 78�4.16.6.� TÉRMINO PARA SU ENTREGA 78�4.16.7.� REQUISITOS GENERALES 78�

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4.17.� CESIÓN DEL CONTRATO 79�4.18.� CESIÓN DE LOS DERECHOS ECONÓMICOS DEL CONTRATO 79�4.19.� SUBCONTRATOS 79�4.20.� CONOCIMIENTO DEL CONTRATISTA SOBRE LAS CONDICIONES PARA LA

EJECUCIÓN DEL CONTRATO 79�4.21.� OMISIONES 79�4.22.� PREVENCIÓN DE RIESGOS 79�4.23.� DAÑOS A PERSONAS, OBRAS, BIENES, EQUIPOS, DATOS, PROGRAMAS Y

SERVICIOS, ACTIVIDADES U OBLIGACIONES MAL EJECUTADOS: 80�4.24.� INDEMNIDAD 80�4.25.� SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 81�4.26.� PERFECCIONAMIENTO 81�4.27.� REQUISITOS DE EJECUCIÓN 81�4.28.� TERMINACIÓN ANTICIPADA 81�4.29.� CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR 82�4.30.� LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO 83�4.31.� PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO

83�4.32.� CONFIDENCIALIDAD E INFORMACIÓN PRIVILEGIADA 83�

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REGLAS DE PARTICIPACION

CAPÍTULO PRIMERO

1. INFORMACIÓN GENERAL DEL PROCESO DE SELECCIÓN

1.1. INTRODUCCIÓN

ANTECEDENTES

Mediante Resolución No. 18 0074 de 27 de enero de 2004, el Ministerio de Minas y Energía delegó en el Instituto Colombiano de Geología y Minería (Ingeominas) funciones que, como autoridad minera y concedente le otorga el Código de Minas, dentro de las que se incluye la fiscalización a los títulos mineros otorgados, ello sin perjuicio de la delegación hecha a los gobernadores de departamento, de acuerdo con el artículo 320 del Código de Minas, a la cual nos referiremos posteriormente.

Recientemente, en el marco del proceso de reorganización del Sector Minas y Energía, considerando la necesidad de especializar a Ingeominas en la investigación científica del potencial de recursos del subsuelo, en el seguimiento y monitoreo de amenazas de origen geológico, en el control y aplicación de la ciencia y tecnología nuclear con fines pacíficos y en el manejo y la utilización del reactor nuclear, el Decreto 4131 del 3 de noviembre de 2011, cambió la naturaleza jurídica de Ingeominas, de establecimiento público a Instituto Científico y Técnico, con personería jurídica, autonomía administrativa, técnica, financiera y patrimonio independiente, adscrito al Ministerio de Minas y Energía y parte del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI), denominándolo Servicio Geológico Colombiano.

De igual forma, con el fin de buscar mayor eficiencia en la administración del recurso minero, el Decreto 4134 del 3 de noviembre de 2011, creó la Agencia Nacional de Minería (ANM), como agencia estatal de naturaleza especial, adscrita al Ministerio de Minas y Energía, encargada de ejercer las funciones de autoridad minera o concedente en el territorio nacional; administrar los recursos minerales del Estado y conceder derechos para su exploración y explotación; celebrar y hacer seguimiento a los contratos de concesión y demás títulos mineros, cuando le sea delegada esa función por el Ministerio de Minas y Energía; liquidar, recaudar, administrar y transferir las regalías y otras contraprestaciones y fomentar la seguridad minera y coordinar y realizar las actividades de salvamento minero, entre otras funciones.

Corresponde al Servicio Geológico Colombiano ejercer las funciones que, por competencia directa o por delegación, se le habían asignado a Ingeominas hasta que entre en operación la ANM, lo cual deberá ocurrir dentro de los seis (6) meses siguientes a la expedición del Decreto 4131 de 2011.

En este sentido, el Servicio Geológico Colombiano ejerce, a partir de la entrada en vigencia del Decreto 4131 de 2011, las funciones de fiscalización y vigilancia de las obligaciones derivadas de los títulos mineros que habían sido delegadas a Ingeominas por el Ministerio de Minas y Energía, en la Resolución No. 18 0074 de 27 de enero de 2004. Mediante Resolución 182306 del 22 de diciembre de 2011 del Ministerio de Minas y Energía delegó al Servicio Geológico Colombiano las funciones de vigilancia y control de la ejecución de títulos

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mineros efectuada en los Gobernadores de Antioquia, Bolívar, Boyacá, Caldas, Cesar y Norte de Santander, condicionada a que se celebre el contrato correspondiente con el contratista a quien se le acepte la oferta derivada del presente proceso de selección.

Las funciones de fiscalización y vigilancia tienen por objeto el título minero que, de acuerdo con el artículo 14 del Código de Minas, se otorga mediante contrato de concesión minera, inscrito en el Registro Minero Nacional, y confiere a su titular el derecho a explorar y explotar minas de propiedad estatal, sin perjuicio de los derechos provenientes de las licencias de exploración, permisos o licencias de explotación, contratos de explotación y contratos celebrados sobre áreas de aporte, otorgados con anterioridad a la entrada en vigencia del Código. En este orden de ideas, el artículo 318 del Código de Minas, establece:

“La autoridad minera directamente o por medio de los auditores que autorice, ejercerá la fiscalización y vigilancia teniendo en cuenta lo previsto en el artículo 279 de este Código, de la forma y condiciones en que se ejecuta el contrato de concesión tanto por los aspectos técnicos como por los operativos y ambientales, sin perjuicio de que sobre estos últimos la autoridad ambiental o sus auditores autorizados, ejerzan igual vigilancia en cualquier tiempo, manera y oportunidad.”

Para el ejercicio de estas funciones por parte del Servicio Geológico Colombiano, como se verá en los numerales siguientes, se ha estimado conveniente contar con la colaboración de particulares en la ejecución de determinadas labores de apoyo a la fiscalización minera, a fin de contar con el personal y la capacidad técnica y operativa requerida para la fiscalización integral a todos los títulos mineros del territorio colombiano, con los más altos estándares de auditoría y gestión.

La consolidación de la fiscalización integral de los títulos mineros, bajo criterios unificados en todo el territorio nacional, que cubra entre otros la verificación de los aspectos técnicos y económicos con énfasis en la seguridad minera, de una forma focalizada y especializada, con rigor técnico, personal altamente calificado y la duración suficiente, permitirá ejercer un mayor y mejor control de las actividades mineras en el país, y por esta vía promover la institucionalización de un sector minero sostenible.

Para tal efecto, el Servicio Geológico Colombiano suscribió con FONADE el convenio Interadministrativo No.211045 el cual tiene por objeto “Gerencia del proyecto de ejecución de actividades de apoyo a la fiscalización integral de los títulos mineros” el día 27 de diciembre de 2011.

En desarrollo de dicho convenio, FONADE tiene la obligación de adelantar los procesos de selección y contratación requeridos, para lo cual, adelantará el presente proceso de selección.

LUGAR DE EJECUCION Las actividades derivadas del presente proceso de selección se refieren a los títulos mineros inscritos en el Registro Minero Nacional discriminados de la siguiente manera:

GRUPO No. 01

DEPARTAMENTO ZONA Exploración,

construcción y montaje

Explotación TOTAL

GENERAL

CUNDINAMARCA 1 448 603 1051 TOLIMA 1 309 254 563 META 1 136 119 255 HUILA 1 75 113 188

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CHOCO 2 97 17 114 MAGDALENA 1 66 22 88

CORDOBA 2 53 23 76 QUINDIO 1 35 32 67

RISARALDA 1 36 31 67 SUCRE 2 16 23 39

BOGOTA 1 12 26 38 ANTIOQUIA 1 1021 476 1497

ARAUCA 2 14 14 28 CAQUETA 1 13 18 31

CASANARE 2 73 70 143 BOLIVAR 1 350 84 434

TOTAL

2754 1925 4679

PROYECTO DE INTERÉS NACIONAL

- PIN

8 12 20

Zona 1: Comprende los departamentos en los que el desplazamiento solamente involucra transporte terrestre.

Zona 2: Comprende los departamentos en los que el desplazamiento involucra además de transporte terrestre, el aéreo, fluvial o la combinación de estos.

Proyectos de interés nacional – PIN: Comprende los títulos mineros que dado los altos niveles de producción y su impacto social, ambiental y económico han sido clasificados mediante acto administrativo como proyectos de interés nacional.

GRUPO No. 02

DEPARTAMENTO ZONA Exploración,

construcción y montaje

Explotación TOTAL GENERAL

BOYACA 1 930 467 1397 SANTANDER 1 385 252 637

NORTE SANTANDER 1 514 240 754

VALLE 1 126 148 274 CAUCA 2 125 108 233 NARIÑO 2 93 96 189 CALDAS 1 168 150 318 CESAR 1 246 84 330

ATLANTICO 1 51 48 99 GUAJIRA 1 52 14 66

PUTUMAYO 2 19 23 42 GUAINIA 2 26 10 36 VICHADA 2 2 7 9

GUAVIARE 2 2 3 5 VAUPES 2 4 1 5

TOTAL

2743 1651 4394 PROYECTO DE

INTERÉS NACIONAL - PIN 5 19 24

Zona 1: Comprende los departamentos en los que el desplazamiento solamente involucra

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transporte terrestre. Zona 2: Comprende los departamentos en los que el desplazamiento involucra además de transporte terrestre el aéreo, fluvial o la combinación de estos. Proyectos de interés nacional – PIN: Comprende los títulos mineros que dado los altos niveles de producción y su impacto social, ambiental y económico han sido clasificados mediante acto administrativo como proyectos de interés nacional.

Alcance El alcance de las actividades de apoyo a la fiscalización integral objeto de la presente contratación se encuentra señalado en el Anexo 01 – Documento de estudios previos Grupo No. 01 y Documento de estudios previos Grupo No. 02 y en el Anexo 11 - Documento técnico Grupo No. 01 – Fiscalización integral y Documento Técnico Grupo No. 02 – Fiscalización Integral. 1.2. OBJETO DEL PROCESO DE SELECCIÓN FONADE, en desarrollo del Convenio Interadministrativo 211045 suscrito con el SERVICIO GEOLÓGICO COLOMBIANO, está interesado en contratar:

• ACTIVIDADES DE EVALUACION DOCUMENTAL E INSPECCIONES DE CAMPO REQUERIDAS PARA APOYAR AL SERVICIO GEOLOGICO COLOMBIANO EN LA FISCALIZACION INTEGRAL DE LOS TITULOS MINEROS- GRUPO 1.

• ACTIVIDADES DE EVALUACION DOCUMENTAL E INSPECCIONES DE CAMPO REQUERIDAS PARA APOYAR AL SERVICIO GEOLOGICO COLOMBIANO EN LA FISCALIZACION INTEGRAL DE LOS TITULOS MINEROS - GRUPO 2.

1.3. LOCALIZACIÓN Y DESCRIPCIÓN GENERAL DEL PROYECTO El proyecto incluye la realización de actividades en los departamentos señalados en el acápite - lugar de ejecución - del numeral 1.1 de las presentes reglas de participación. �

1.4. PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO Se ha estimado, para el cumplimiento del objeto de los contratos derivados del presente proceso de selección, producto de cada grupo, un presupuesto oficial estimado incluido los tributos que se causen por el hecho de su celebración, ejecución y liquidación, discriminado así:

GRUPO OBJETO PRESUPUESTO OFICIAL

ESTIMADO - POE

GRUPO 1

ACTIVIDADES DE EVALUACION DOCUMENTAL E INSPECCIONES DE

CAMPO REQUERIDAS PARA APOYAR AL SERVICIO GEOLOGICO

COLOMBIANO EN LA FISCALIZACION INTEGRAL DE LOS

TITULOS MINEROS- GRUPO 1.

$ 150.271.250.165,00

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GRUPO OBJETO PRESUPUESTO OFICIAL

ESTIMADO - POE

GRUPO 2

ACTIVIDADES DE EVALUACION DOCUMENTAL E INSPECCIONES DE

CAMPO REQUERIDAS PARA APOYAR AL SERVICIO GEOLOGICO

COLOMBIANO EN LA FISCALIZACION INTEGRAL DE LOS

TITULOS MINEROS - GRUPO 2.

$148.016.818.892,00

NOTA: El Presupuesto Oficial Estimado se encuentra desagregado por ítems en el Anexo 01 Documento de Estudios Previos. 1.5. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El plazo previsto para la ejecución de cada uno de los contratos derivados del presente proceso de selección es de VEINTISIETE (27) MESES, contados a partir de la suscripción del acta de inicio. 1.6. FUENTES DE FINANCIACIÓN FONADE cuenta para el presente proceso de contratación con el (los) certificado(s) de disponibilidad presupuestal a continuación señalado(s): GRUPO 1:

No. CDP Fecha CDP Código Presupuestal

Centro de Costo Descripción del Rubro Monto

4847 01-02-12 2-1-7-1-01-08-00-01 041186 HONORARIOS – VIGENCIA ACTUAL $ 329.268.683,10

4847 01-02-12 2-1-7-1-01-08-00-01 211045 HONORARIOS – VIGENCIA ACTUAL $ 49.759.111.023,90

Total $ 50.088.379.707,00

GRUPO 2:

No. CDP Fecha CDP Código Presupuestal

Centro de Costo Descripción del Rubro Monto

4848 01-02-12 2-1-7-1-01-08-00-01 041186 HONORARIOS – VIGENCIA ACTUAL $ 49.337.682.623,00

Total $ 49.337.682.623,00

Expedido(s) por el responsable del Fondo de Ejecución de Proyectos. Que mediante acta número 97 del 31/01/2012 La Junta Directiva APROBÓ las vigencias futuras en el presupuesto de aplicaciones para las vigencias 2013, 2014 con cargo al rubro Fondo Gerencia de Proyectos por la suma de DOSCIENTOS VEINTE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL CIENTO NOVENTA Y SIETE PESOS CON NOVENTA Y SIETE CENTAVOS ( $ 220.693.665.197.53).

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1.7. RÉGIMEN JURÍDICO Y FUNDAMENTOS DE LA MODALIDAD DE SELECCIÓN El presente proceso de selección se adelanta mediante la modalidad de selección de qué trata el numeral 6.1 del manual de contratación de derecho privado de FONADE, adoptado mediante Resolución No. 325 del 9 de septiembre de 2011, teniendo en cuenta que se trata de la contratación de una prestación de servicio cuya cuantía es superior a 200 SMMLV. El procedimiento a seguir será el previsto en el numeral 7.1 del precitado manual. Lo anterior de conformidad con lo previsto en el parágrafo 1 del artículo 32 de la Ley 80 de 1993 modificado por el artículo 15 de la Ley 1150 de 2007. 1.8. PROGRAMA PRESIDENCIAL DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN Toda persona que llegue a conocer casos de corrupción en las entidades del Estado debe reportar el hecho al programa presidencial de lucha contra la corrupción, a través de los teléfonos (1) 5 60 10 95, (1) 5 65 76 49 y (1) 5 62 41 28, al fax (1) 5 65 86 71, a la línea gratuita nacional 01 8000 913 040, al sitio de denuncias del programa en la página de Internet www.anticorrupcion.gov.co, por correspondencia o personalmente en la carrera 8ª No. 7 – 27 de Bogotá D.C. También puede reportar el hecho a la página www.fonade.gov.co. 1.9. DEFINICIONES GENERALES DE TÉRMINOS APLICABLES A LOS PROCESOS DE

FONADE.

1. El valor del Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (SMMLV), a tener en cuenta para conversiones que se requieran en el desarrollo del presente proceso, para el K, el Kr y el presupuesto oficial estimado por grupo (POE), será aquel vigente al año en que se presenta la oferta, al resultado de la operación matemática que se realice para hacer esta conversión, se debe aplicar el procedimiento de redondeo indicado en estas reglas de participación.

2. A la totalidad de los resultados de cada una de las operaciones aritméticas que se realicen en desarrollo de este proceso, se les aplicará la metodología de redondeo a continuación señalada.

� Redondeo: Para el presente proceso, es el procedimiento mediante el cual

se eliminan todos los decimales.

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� Reglas de redondeo: Se aplican a la unidad situada en la siguiente posición

al número entero al que se pretenda ajustar, es decir, a los dos primeros números decimales, así:

� Si los dos primeros decimales son mayor o igual que 50, el número

entero se incrementará en una unidad. Ejemplo 1: 12,546891 = 13. Ejemplo 2: 12,500891 = 13.

� Si los dos primeros decimales son menores que 50, el número

entero no se modifica. Ejemplo 1: 12,499891 = 12. Ejemplo 2: 12,407891 = 12.

Las únicas y exclusivas excepciones a la aplicación de esta regla, se presentarán en los siguientes casos: a) durante la asignación de puntaje que establece el literal b del numeral 2.4.7.3 Procedimiento en el cual se tendrán en cuenta todos los decimales que sean necesarios para que no se presente empate, y b) en el cálculo de los factores de carácter financiero establecidos en el numeral 3.2.2.

3. En el evento en que la fecha de cierre del término para presentar oferta del presente

proceso sea prorrogada mediante adenda, los documentos que en estas reglas de participación se requieran en términos relacionados con la fecha de cierre, se contarán a partir de la fecha de cierre señalada en la adenda respectiva.

4. En el evento de que se presenten en las ofertas correspondientes a este proceso discrepancias entre cantidades expresadas en letras y números, prevalecerán las expresadas en letras.

1.10. CONFLICTO DE INTERESES. Sin perjuicio de las inhabilidades e incompatibilidades previstas en la Ley, para efectos del presente proceso de selección se entiende por Conflicto de Interés la situación en virtud de la cual una persona en razón de su actividad se enfrenta a distintas alternativas de conducta con relación a intereses económicos directos e incompatibles, ninguno de los puede privilegiar en atención a sus obligaciones legales o contractuales. Clases y Efectos En atención a las actividades que constituyen el objeto de la contratación en el presente proceso de selección existirán dos clases de conflictos de interés, de conformidad con lo que se señala a continuación:

1.10.1. Las situaciones susceptibles de constituir conflictos de interés que se prediquen en relación con los funcionarios y asesores del SERVICIO GEOLÓGICO COLOMBIANO que formen parte del Comité Evaluador, así como el Director General, el Director de Servicio Minero y el Secretario General.

De conformidad con lo anterior, para efectos del presente proceso de selección existirá conflicto de interés cuando:

El resultado del proceso de selección beneficie de manera directa a alguno de los sujetos susceptibles de incurrir en conflicto de interés identificados en el numeral 5.1 por ser accionista o inversionista de un oferente o miembro de un oferente Plural o

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por haber tenido dicha condición en los dos (2) años anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selección.

a. El resultado del presente proceso de selección beneficie de manera directa a

alguno de los sujetos susceptibles de incurrir en conflicto de interés identificados en el numeral 1.10.1., en el evento en que como asesor, consultor o como consecuencia de cualquier otro tipo de relación comercial o laboral vigente con un oferente o miembro de un oferente Plural al momento de la presentación de la oferta o dentro de los dos (2) años anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selección pueda derivarse un beneficio económico por el sólo hecho de la aceptación de la oferta.

b. El resultado del proceso de selección beneficie de manera directa a alguno de los sujetos susceptibles de incurrir en conflicto de interés identificados en el numeral 1.10.1, por tener relaciones de parentesco dentro del tercer grado de consanguinidad, segundo de afinidad, único civil o sean cónyuges o compañeros permanentes de alguno de los asesores de un oferente o un miembro de un oferente Plural, o de alguno de los socios o accionistas de un oferente o un miembro de un oferente Plural al momento de la presentación de la oferta o dentro de los dos (2) años anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selección.

c. El resultado del proceso de selección beneficie de manera directa a alguno de los sujetos susceptibles de incurrir en conflicto de interés identificados en el numeral 1.10.1., por tener relaciones de carácter comercial con alguno de los asesores de un oferente o un miembro de un oferente Plural al momento de la presentación de la oferta, siempre que tales relaciones comerciales se encuentren relacionadas con el presente proceso de selección o que por su naturaleza puedan derivar en cualquier forma de lucro a favor del sujeto susceptible de incurrir en conflicto de interés, como consecuencia del resultado del proceso de selección.

De conformidad con lo establecido en el artículo 40 de la ley 732 de 2002 los servidores públicos que se encuentren en las situaciones de conflicto de interés arriba descritas deberán declararse impedidos para actuar en todo lo relacionado con el trámite del presente proceso de selección y hasta la suscripción del Contrato.

En los casos a), b), c) y d) anteriormente señalados, el sujeto incurso en conflicto de interés deberá declararse impedido dentro de los dos (2) Días Hábiles siguientes a la presentación de las ofertas y no participará en ninguna de las actividades previstas en el presente proceso de selección posteriores a su declaratoria de impedimento.

Para los efectos de los literales anteriores, se entiende que existe un beneficio directo cuando el sujeto que puede incurrir en conflicto de interés obtiene un ingreso, aumenta el valor de un activo, o recibe cualquier otro tipo de beneficio de carácter económico como consecuencia directa e inmediata del resultado del presente proceso.

1.10.2. Las situaciones susceptibles de constituir conflictos de interés en las que puedan incurrir los oferentes en razón de relaciones contractuales anteriores a la celebración

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del o los Contratos de Prestación de Servicios objeto del presente proceso de selección De conformidad con lo anterior, para efectos del presente proceso de selección, existirá conflicto de interés en relación con los oferentes cuando:

a. El oferente Individual o el miembro de un oferente Plural que a la fecha de cierre del presente proceso de selección o dentro de los dos (2) años anteriores a la fecha de cierre sea beneficiario de un título minero vigente o sea socio de una sociedad que sea beneficiario de un título minero vigente. Esta situación constitutiva de conflicto de interés se extiende al representante legal de la Persona Jurídica que sea beneficiario de un título minero vigente.

b. El oferente Individual o el miembro de un oferente Plural que a la fecha de cierre del presente proceso de selección o dentro de los dos (2) años anteriores se desempeñe como operador minero de un título minero vigente. Esta situación constitutiva de conflicto de interés se extiende al representante legal de la Persona Jurídica que tenga la calidad de operador minero.

c. El oferente Individual o el miembro de un oferente Plural que dentro de los dos (2) años anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selección haya elaborado o asesorado en su elaboración a un titular minero en los Programas de Trabajos y Obras o Programa de Trabajos e Inversiones según sea el caso u otros estudios técnicos mineros. Esta situación constitutiva de conflicto de interés se extiende al representante legal de la Persona Jurídica que haya elaborado o asesorado en su elaboración a un titular minero en los trabajos mencionados en el presente numeral.

d. El oferente Individual o el miembro de un oferente Plural que dentro de los dos (2) años anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selección haya elaborado o asesorado en su elaboración a un titular minero de los Planes de Manejo Ambiental Estudios de Impacto Ambiental u otros estudios técnicos ambientales. Esta situación constitutiva de conflicto de interés se extiende al representante legal de la Persona Jurídica que haya elaborado o asesorado en su elaboración a un titular minero en los trabajos mencionados en el presente numeral.

e. El oferente Individual o el miembro de un oferente Plural que dentro de los dos (2) años anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selecion se encuentre prestando o haya prestado servicios de asesoría o consultoría contable, legal o financiera que pueda tener relación con los títulos mineros objeto de fiscalización integral; que en el mismo período se encuentre prestando o haya prestado servicios de consultoría, auditoría interna en materia técnica-minera, en seguridad e higiene minera, ambiental, económica y jurídica, para los titulares mineros sobre los que se desarrolla el objeto del contrato. Esta situación constitutiva de conflicto de interés se extiende al representante legal de la Persona Jurídica que haya elaborado o asesorado en su elaboración a un titular minero en los trabajos mencionados en el presente numeral.

f. El oferente Individual o el miembro de un oferente Plural que dentro de los dos (2) años anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selección se encuentre ejerciendo o haya ejercido la representación judicial o de poder a los titulares mineros sobre los que se desarrolla el objeto del contrato, en los

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últimos dos (2) años contados a partir de la publicación de las presentes reglas de participación. Esta situación constitutiva de conflicto de interés se extiende al representante legal de la Persona Jurídica que haya elaborado o asesorado en su elaboración a un titular minero en los trabajos mencionados en el presente numeral.

El conflicto de intereses en que incurra el oferente, señalado en el literal a) del presente numeral producirá el rechazo de la oferta.

En los casos en los que el oferente esté incurso en una de las situaciones que constituyen conflicto de interés señalados en los literales b), c), d), e) y f), del numeral 1.10.2 deberá señalarlo en el formato contenido en el Anexo No. 12 de las presentes reglas de participación. En este caso, el título minero sobre el que recae el conflicto de interés será retirado del objeto del contrato para el cual se le acepte la oferta.

1.11. ACREDITACIÓN DE PERSONAL CON LIMITACIONES - LEY 361 DE 1997 (APLICA COMO CRITERIO DE DESEMPATE)

El oferente que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 361 de 1997 tenga vinculado laboralmente personal con limitaciones, como mínimo del 10% de su nomina, deberá acreditar tal circunstancia mediante certificación expedida por la oficina de trabajo, en la que conste el nombre e identificación del personal que se encuentra en esta situación, a dicha certificación se acompañará la copia del carné de Afiliado al Sistema de Seguridad Social en Salud, en el que ello se acredite, de acuerdo con el artículo 5º de la citada disposición. En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, se tendrá en cuenta para cumplir este requisito que todos los integrantes, acrediten lo señalado en el párrafo anterior. NOTA: La omisión de la información requerida en este numeral al momento de la presentación de la oferta, no será subsanable por ser criterio de desempate, en todo caso, la no presentación de la información requerida no restringe la participación del oferente, ni es causal de rechazo de la oferta.

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CAPÍTULO SEGUNDO 2. DEL TRÁMITE DEL PROCESO DE SELECCIÓN

2.1. CRONOGRAMA GENERAL

ACTIVIDAD TERMINO LUGAR

A Aviso de convocatoria pública. xx de febrero de 2012 FONADE - Pagina web

www.fonade.gov.co

B Publicación de las reglas de participación. xx de febrero de 2012 FONADE - Pagina web

www.fonade.gov.co

C

Audiencia de precisión del contenido y alcance de las reglas de participación – Riesgos

xx de febrero de 2.012

FONADE (calle 26 No. 13-19, Bogotá D.C. Auditorio).

D Observaciones a las reglas de participación.

Desde el xx de febrero de 2.012 hasta el xx de febrero de 2.012.

FONADE - Pagina web www.fonade.gov.co

E Respuesta a las observaciones a las reglas de participación.

xx de febrero de 2.012. FONADE - Pagina web www.fonade.gov.co

F Inicio del término para presentar ofertas.

Desde la publicación de las reglas de participación.

FONADE. Calle 26 No. 13-19 Sala de entrega de ofertas Auditorio

G Pago de los derechos de participación.

Desde la fecha de “inicio del término para presentar ofertas”

hasta la fecha y hora establecida para la “finalización del término

para presentar ofertas”.

El pago de los derechos de participación se deberá realizar en la cuenta de ahorros del Sistema Nacional de Recaudo No.49 25 02 976 del Banco de Bogotá, a nombre de FONADE; en efectivo o cheque de gerencia. Deberá indicar en la consignación el nombre o razón social del oferente, anotando el número del proceso: OPC 0XX-2012. Ver Numeral 3.2.1.10 y el Anexo No. 13 (Guía para realizar adecuadamente la consignación del valor de los derechos de participación)

H Finalización del término para presentar ofertas.

xx de febrero de 2012 hasta las 10:00 a.m.

FONADE. Calle 26 No. 13-19 Sala de entrega de ofertas Auditorio

I Audiencia de Cierre xx de febrero de 2012 A las 2:30 pm.

FONADE. Calle 26 No. 13-19 Sala de entrega de ofertas Auditorio

EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

J Evaluación de las ofertas y Publicación del Informe de

Dentro de los veintiún (21) días hábiles siguientes a la fecha

FONADE - Pagina web www.fonade.gov.co

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ACTIVIDAD TERMINO LUGAR evaluación y recomendación de aceptación de la oferta.

prevista para el cierre del término para presentar ofertas.

K Observaciones al Informe

de evaluación y recomendación de aceptación de la oferta.

Por el termino de dos (2) días hábiles contados a partir del día hábil siguiente al término de publicación del informe de evaluación y recomendación de la oferta.

FONADE - Pagina web www.fonade.gov.co y de acuerdo con lo establecido en las reglas de participación.

L

Informe de respuesta a observaciones al informe de evaluación y recomendación de aceptación de la oferta.

Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al vencimiento del término establecido para formular observaciones al informe de evaluación y recomendación de la oferta.

FONADE - Pagina web www.fonade.gov.co

DEFINICIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN

M Aceptación de la oferta Fecha señalada a través de la pagina web FONADE

FONADE. Calle 26 No. 13-19, Auditorio. Bogotá D.C.

NOTA: Las fechas que regirán el proceso de selección, serán aquellas que se consignen en las reglas de participación definitivas.

2.2. DOCUMENTOS DEL PROCESO DE SELECCIÓN Hacen parte del presente proceso de selección:

1) El aviso de convocatoria pública. 2) El certificado de disponibilidad presupuestal y las vigencias futuras que amparan el

presente proceso de selección. 3) Estas reglas de participación, junto con sus anexos y adendas, incluidos los

Documentos de Estudios Previos para cada grupo los cuales hacen parte integral de estas reglas de participación.

4) Documento técnico Grupo No. 01 – Fiscalización integral y Documento Técnico Grupo No. 02 – Fiscalización Integral – Anexo 11.

5) Las respuestas de aclaración emitidas por FONADE en los medios dispuestos para ello.

6) Las adendas emitidas por FONADE en los medios dispuestos para ello. 7) El acta de finalización del término para presentar ofertas. 8) Las ofertas que sean presentadas. 9) Las actas de audiencia. 10) Las solicitudes de aclaración a las ofertas y sus respectivas respuestas. 11) El informe de evaluación de los requisitos económicos, jurídicos, técnicos y

financieros, y las observaciones presentadas en relación con él. 12) Los documentos que se expidan en desarrollo del proceso de selección.

2.3. COMUNICACIÓN CON LOS INTERESADOS Y OFERENTES

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FONADE publicará en su página web (www.fonade.gov.co ) la totalidad de los documentos relacionados en el numeral anterior y a tal publicación se encontrará sujeta su obligatoriedad frente a los interesados y oferentes. Por regla general, los interesados y oferentes podrán enviar comunicaciones a la dirección electrónica ([email protected]), o radicarlas en el Centro de Radicación e Información de FONADE (en adelante CRIF), con la indicación clara del número de proceso al cual se refiere. Las horas señaladas en las presentes reglas de participación para la expedición de documentos por parte de FONADE y/o para la recepción de aquellos que deban ser presentados por los interesados u oferentes, se sujetarán a la hora legal de la República de Colombia señalada por la División de Metrología de la Superintendencia de Industria y Comercio. 2.4. PROCESO DE SELECCIÓN El presente proceso de selección inicia formalmente a partir de la fecha de publicación de las reglas de participación en la página web de FONADE (www.fonade.gov.co ). El proceso de selección se encuentra dividido en las siguientes fases: 2.4.1. Publicación de las reglas de participación Estas serán publicadas en la página web de FONADE, con todos sus anexos, en la fecha señalada en el numeral 2.1 de estas reglas. Para todos los efectos, las reglas de participación oficiales son las publicadas en la página web de FONADE. 2.4.2. Retiro de las reglas de participación (NO APLICA PARA ESTE PROCESO) 2.4.3. Plazo del proceso de selección El plazo del presente proceso de selección será aquel término que transcurrirá entre la fecha a partir de la cual se podrán presentar ofertas y la de su finalización. 2.4.3.1. Inicio y finalización del término para presentar ofertas De acuerdo con las fechas establecidas en el numeral 2.1 de estas reglas (cronograma general), en las casillas correspondientes a “inicio del término para presentar ofertas” y “finalización del término para presentar ofertas”, los interesados podrán presentar sus ofertas, de acuerdo con las siguientes reglas: a. Las ofertas deberán ser radicadas y entregadas de conformidad con las fechas

indicadas en el numeral 2.1. de estas reglas, en FONADE, ubicado en la siguiente dirección: Calle 26 No.13-19, Sala de recepción de ofertas - Auditorio, Bogotá D.C., República de Colombia, salvo lo dispuesto en el literal e) del presente numeral.

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b. Para la recepción de ofertas se deberá, diligenciar el formato de registro diseñado por FONADE para tal fin. En cualquier caso el oferente es el único y exclusivo responsable de la entrega de la oferta (sobres 1 y 2). El sobre contentivo de la oferta económica permanecerá en el sitio dispuesto para su reserva y custodia, y será abierto en la audiencia de cierre de que trata el numeral 2.4.4.2.

c. Si el día y hora exactos previstos para “la finalización del término para presentar ofertas”, la oferta de que se trate se encuentra entregada conforme lo indicado en los literales precedentes, la misma se entenderá recibida en tiempo.

d. Una vez vencido el término para presentar ofertas, se levantará un acta suscrita por los asistentes en la cual se consignará: el nombre o razón social del oferente, fecha y hora de la presentación de la oferta, si la carta de presentación está incluida y firmada, el número de folios, el número de la garantía de seriedad de la oferta adjunta y las observaciones, si las hubiese.

e. Las ofertas enviadas por correo sólo serán aceptadas si tal envío se realiza utilizando servicios de mensajería especializada, de conformidad con lo establecido en la Ley 1369 de 2009 o las normas que lo modifiquen. La fecha y hora de entrega de las ofertas así remitidas será la de su radicación en el CRIF. Las ofertas se entenderán recibidas oportunamente siempre que la fecha y hora de recepción no sean anteriores a la fecha y hora establecidas para el “inicio del término para presentar ofertas”, ni posteriores a la fecha y hora previstas para “la finalización del término para presentar ofertas”, de acuerdo con el numeral 2.1 de estas reglas (Cronograma General).

2.4.4. Audiencias 2.4.4.1. Audiencia de precisión del contenido y alcance de las reglas de

participación. En la fecha y hora establecidas en el numeral 2.1 de estas reglas (Cronograma General), se llevará a cabo audiencia pública en la cual se realizará la presentación general del proyecto. En la misma audiencia, serán absueltas las solicitudes de aclaración formuladas por los asistentes en relación con el contenido y alcance da las reglas de participación. De todo lo actuado se levantará un acta que será publicada en la página web de FONADE. Las solicitudes que no sean resueltas en la respectiva audiencia lo serán en documento que será publicado en la página web de FONADE dentro del término de respuesta a las observaciones a las reglas de participación. 2.4.4.2. Audiencia de Cierre FONADE en primera instancia con base en las ofertas económicas y lo previsto en las presentes reglas de participación (ver numeral 2.4.7), realizará la apertura de los sobres económicos de acuerdo con lo indicado en el numeral 2.4.7.2 y establecerá un orden de acuerdo con lo indicado en el numeral 2.4.7.3, con lo que se dará por concluida la audiencia. 2.4.5. Observaciones a las reglas de participación De acuerdo con lo establecido en el numeral 2.1 (Cronograma General) de las presentes reglas de participación. 2.4.6. Modificación de las reglas de participación

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FONADE podrá modificar las presentes reglas de participación únicamente mediante adenda que será publicada de acuerdo con lo señalado en el numeral 2.3 (Comunicación con los interesados y oferentes). Con posteridad a la “finalización del término para presentar ofertas”, FONADE podrá modificar el Cronograma General, exclusivamente, mediante comunicación escrita que publicará de acuerdo con lo establecido en el numeral 2.3, con sujeción a las normas legales y reglamentarias pertinentes. 2.4.7. Evaluación de las ofertas El Comité Evaluador designado por FONADE para el presente proceso será el órgano responsable de la evaluación de las ofertas presentadas y de la determinación del orden de las mismas, con sujeción a lo establecido en las presentes reglas de participación. El Comité Evaluador recomendará al funcionario competente aceptar la oferta de los contratos objeto del presente proceso de selección, la cual se ajustará a los resultados contenidos en el informe de la evaluación de los requisitos mínimos de carácter económico, jurídico, técnico y financiero. El procedimiento de evaluación de las ofertas se resume en el siguiente cuadro general:

ORDEN FACTORES DE EVALUACIÓN CALIFICACIÓN

1. Requisitos mínimos de carácter jurídico, técnico y financiero Cumple / No Cumple

2. Oferta económica Cumple / No Cumple o

100 PUNTOS (Mecanismo de Media seleccionado)

FONADE, en la audiencia de cierre procederá, en primera instancia, con base en las ofertas económicas y lo previsto en las presentes reglas de participación, a realizar la apertura de los sobres económicos para cada uno de los grupos, de acuerdo con lo indicado en el numeral 2.4.7.2 y a establecer un orden para cada uno de los grupos, según lo señalado en el numeral 2.4.7.3. Con lo que se dará por concluida la audiencia de cierre. Posteriormente FONADE, dentro del plazo de evaluación según el numeral 2.1 verificará el cumplimiento de los requisitos mínimos de carácter jurídico, técnico y financiero, de aquellos oferentes ubicados en los tres primeros lugares del orden antes establecido para cada grupo, según lo señalado en el numeral 2.4.7.3. En caso que ninguno de los tres oferentes cumpla con los requisitos mínimos de carácter jurídico, técnico y financiero exigidos, se verificará la oferta de quien se encuentre cuarto en el orden establecido, y en el evento que este tampoco cumpla, se verificará la de quien se encuentra en quinto lugar, y así sucesivamente hasta obtener un oferente que dé cumplimiento a los requisitos jurídicos, técnicos y financieros exigidos, si los hubiere Este procedimiento se realizará para cada uno de los grupos que componen este proceso. 2.4.7.1. Verificación de los requisitos mínimos de carácter jurídico, técnico y

financiero, y término para subsanar El Comité Evaluador verificará el cumplimiento de las exigencias relativas a la capacidad

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jurídica, la capacidad financiera y las condiciones de experiencia de los oferentes, para lo cual podrá solicitar, si resulta necesario, la aclaración de los mismos. FONADE se reserva el derecho de verificar integralmente la autenticidad, exactitud y coherencia de la información aportada por el oferente, pudiendo acudir para ello a las personas, empresas o entidades respectivas de donde provenga la información. FONADE se reserva el derecho de verificar y solicitar complementar, subsanar o aclarar la información presentada por el oferente para la acreditación de las exigencias establecidas en las presentes Reglas de Participación, en cualquier estado en que se encuentre el proceso de selección. La respuesta a la solicitud de aclaraciones deberá ser presentada por el oferente dentro del plazo que dadas las condiciones particulares del requerimiento, conceda el comité evaluador. A continuación se presentan los requisitos mínimos de carácter jurídico, técnico y financiero que deberán cumplir los oferentes. El contenido de cada uno de tales requisitos se desarrolla en el capítulo 3.

1. Requisitos de carácter jurídico (ver numeral 3.2.1): a. Carta de presentación de la oferta b. Acreditación de la existencia y la representación legal c. Documento de constitución del consorcio o unión temporal d. Capacidad de contratación (K) y capacidad residual de contratación (Kr) e. Garantía de seriedad de la oferta f. Certificación de pagos al sistema de seguridad social y de aportes parafiscales g. Reciprocidad h. Certificado de antecedentes fiscales de la Contraloría General de la República. i. Certificado de antecedentes disciplinarios de la Procuraduría General de la

Nación j. Pago de los derechos de participación

2. Requisitos de carácter financiero (ver numeral 3.2.2): a. Capital de trabajo b. Índice de Liquidez c. Nivel de endeudamiento

3. Requisitos de Experiencia específica del oferente (ver numeral 3.2.3)

4. Otros documentos (ver numeral 3.2.1.11)

NOTA: Los documentos de que trata el numeral 4 - Otros documentos (ver numeral 3.2.1.11) podrán ser subsanados por los oferentes, no obstante dichos documentos deberán ser aportados por el oferente a quien se le acepte la oferta previa suscripción del contrato.

En los casos en que se solicite aclarar, subsanar o presentar documentación, por esta circunstancia, no será posible acreditar hechos ocurridos con posterioridad a la fecha establecida para la finalización del término para presentar ofertas. Tratándose de la experiencia específica del oferente, el Comité Evaluador podrá solicitar, si resulta necesario, la aclaración de la misma, sin que con ello se pueda completar, adicionar, modificar o mejorar la oferta. La documentación solicitada o aquella que bajo los mismo

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términos aporte el oferente debe corresponder a los proyectos relacionados en la oferta, razón por la cual, no podrá solicitarse, ni aceptarse el aporte de documentos de proyectos diferentes a los allí aportados. 2.4.7.2. Apertura de sobres económicos El siguiente procedimiento se realizará de manera independiente para las ofertas económicas de cada uno de los grupos que componen el presente proceso de selección. a. Se determinará con la participación de los asistentes, al azar, de manera

independiente para cada uno de los grupos, cuál de los cinco (5) mecanismos establecidos en el presente numeral, se utilizará para asignar el puntaje correspondiente a las ofertas económicas de cada grupo respectivo: “oferta más baja”, “media geométrica”, “media aritmética”, “media aritmética alta” o “media aritmética baja”.

MECANISMO 1 “Oferta más baja”

El primer lugar en el orden lo ocupará la oferta con el menor valor total ofertado, en segundo lugar el oferente con el valor total ofertado inmediatamente superior, y así sucesivamente.

MECANISMO 2 “Media geométrica”

En el evento en que el mecanismo establecido corresponda media geométrica se utilizará para establecer la asignación de puntaje y el orden el procedimiento indicado en el numeral 2.4.7.3.

MECANISMO 3 “Media aritmética”

En el evento en que el mecanismo establecido corresponda media aritmética se utilizará para establecer la asignación de puntaje y el orden el procedimiento indicado en el numeral 2.4.7.3.

MECANISMO 4 “Media aritmética alta”

En el evento en que el mecanismo establecido corresponda media aritmética alta se utilizará para establecer la asignación de puntaje y el orden el procedimiento indicado en el numeral 2.4.7.3.

MECANISMO 5 “Media aritmética baja”

En el evento en que el mecanismo establecido corresponda media aritmética baja se utilizará para establecer la asignación de puntaje y el orden el procedimiento indicado en el numeral 2.4.7.3.

Para el cálculo y determinación del orden se tomarán en consideración el “VALOR TOTAL DE LA OFERTA” para cada uno de los grupos, previamente hecha su verificación aritmética.

b. Se dará apertura al sobre económico de cada oferente (sobre No. 2), verificando la acreditación del pago de los derechos de participación, la cual será un requisito para

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incluir dicha oferta en el orden a establecer. En caso que no se acredite el pago de tales derechos, dicha oferta no será tenida en cuenta en la determinación del orden y asignación de puntaje (esto último cuando el mecanismo establecido sea media geométrica, media aritmética, media aritmética alta o media aritmética baja).

c. Será leído el valor total de cada una de las ofertas económicas verificando lo siguiente: • Se verificará que en la oferta económica, cada uno de los ítems allí relacionados

cuenten con un valor mayor a cero pesos, y se haya diligenciado en la casilla correspondiente el valor parcial de todos y cada uno de los ítems indicados en el formato 07 so pena de dar aplicación al numeral 2.4.8.

• Se verificará que cada uno de los valores unitarios de los ítems de la oferta económica no exceda al 110% del valor unitario del ítem correspondiente, en el presupuesto oficial, So pena de dar aplicación al numeral 2.4.8.

• Se verificará que el valor consignado en la casilla “valor total antes de IVA” corresponda a la sumatoria de los valores parciales de cada uno de los ítems del presupuesto. En caso contrario se procederá a realizar la respectiva corrección aritmética. Si la casilla destinada al valor total antes de IVA no incluye ningún valor en pesos o se incluye cero pesos ($0), se realizará la sumatoria de los valores parciales de todos los ítems del presupuesto.

• A la totalidad de los resultados de las operaciones matemáticas realizadas se les aplicará el procedimiento de redondeo establecido en las presentes reglas de participación, si resulta necesario.

• En el evento en que en el formato 07 para cada uno de los grupos presentado con la oferta existan errores y/o modificaciones en la descripción de los ítems, en el código respectivo, en la unidad y/o en la cantidad correspondiente, se entenderá que el oferente acoge en su integridad la descripción, codificación, unidades y/o cantidades establecidas en el formato 07 para cada uno de los grupos anexo a las presentes reglas de participación, en concordancia con las especificaciones técnicas del proyecto.

• Realizadas las verificaciones y, de ser el caso, aplicados los procedimientos señalados en las viñetas anteriores, se verificará que en la oferta económica impresa o la resultante de la verificación aritmética, el valor indicado en la casilla “VALOR TOTAL OFERTA GRUPO 1” no sea superior al 100% ni inferior al 90% del valor indicado en el numeral 1.4 de estas reglas de participación, so pena de dar aplicación al numeral 2.4.8.

• Realizadas las verificaciones y, de ser el caso, aplicados los procedimientos señalados en las viñetas anteriores, se verificará que en la oferta económica impresa o la resultante de la verificación aritmética, el valor indicado en la casilla “VALOR TOTAL OFERTA GRUPO 2” no sea superior al 100% ni inferior al 90% del valor indicado en el numeral 1.4. de estas reglas de participación, so pena de dar aplicación al numeral 2.4.8.

2.4.7.3. Asignación de puntaje y Determinación del Orden La asignación de puntaje para los mecanismos de media geométrica”, “media aritmética”, “media aritmética alta” o “media aritmética baja, se realizará durante la audiencia de cierre de manera independiente para cada uno de los grupos en los que se presente esta situación. ASIGNACIÓN DE PUNTAJE Cuando el mecanismo seleccionado al azar sea la “media geométrica”, “media aritmética”, “media aritmética alta” o “media aritmética baja, la asignación de puntaje se realizará con el

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RDP BORRADORES

siguiente procedimiento: a. El Comité Evaluador, con las

2.4.7.2., aplicará el mecanismo seleccionadocorrespondiente a las antes indicada en los lproceso de selección, caso en el cual a la mismaprevisto para la calificación de las seleccionado se hará, según el caso, de acuerdo con las siguientes fórmulas: Cuadro 1.

MECANISMO

FÓRMULA Donde:GX

N

Cuadro 2.

MECANISMO

FÓRMULA Donde:GX

N

Cuadro 3.

MECANISMO

FÓRMULA Donde:AAAX

Cuadro 4.

MECANISMO

FÓRMULA Donde:ABA

X

b. Una vez aplicado el mecanismo seleccionado se procederá a la asignación de los

puntajes teniendo en cuenta dos rectas, cuya aplicación se realizará conforme al valor de las ofertas, las cuales podrán ser superior o inferior a la media de que se trate.

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Comité Evaluador, con las ofertas económicas, según lo establecido en el aplicará el mecanismo seleccionado, con el fin de asignar el puntaje

correspondiente a las ofertas económicas, salvo que, con fundamento en la verificación literales anteriores, se determine que sólo una

proceso de selección, caso en el cual a la misma le será otorgado el máximo puntaje previsto para la calificación de las ofertas económicas. La aplicación del mecanismo seleccionado se hará, según el caso, de acuerdo con las siguientes fórmulas:

Media Geométrica

Donde: G = Media geométrica de los valores totales de las ofertas hábiles.Xn = Valor de cada oferta hábil.

N = Número de ofertas hábiles.

Media Aritmética

Donde: G = Media aritmética de los valores totales las ofertasXn = Valor de cada oferta hábil.

N = Número de ofertas hábiles.

Media Aritmética Alta

Donde: AA = Media aritmética alta de los valores de las ofertas hábiles.A = Media aritmética de los valores de las ofertas hábiles.Xa = Valor de la oferta hábil más alta.

Media Aritmética Baja

Donde: AB = Media aritmética baja de los valores de las ofertas hábiles.A = Media aritmética de los valores de las ofertas hábiles.

Xb = Valor de la oferta hábil más baja.

Una vez aplicado el mecanismo seleccionado se procederá a la asignación de los puntajes teniendo en cuenta dos rectas, cuya aplicación se realizará conforme al valor de

s, las cuales podrán ser superior o inferior a la media de que se trate.

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lo establecido en el numeral el fin de asignar el puntaje

s económicas, salvo que, con fundamento en la verificación anteriores, se determine que sólo una oferta continúa en el

le será otorgado el máximo puntaje s económicas. La aplicación del mecanismo

seleccionado se hará, según el caso, de acuerdo con las siguientes fórmulas:

Media geométrica de los valores totales de las ofertas hábiles.

Media aritmética de los valores totales las ofertas hábiles.

Media aritmética alta de los valores de las ofertas hábiles. ofertas hábiles.

Media aritmética baja de los valores de las ofertas hábiles. Media aritmética de los valores de las ofertas hábiles.

Una vez aplicado el mecanismo seleccionado se procederá a la asignación de los puntajes teniendo en cuenta dos rectas, cuya aplicación se realizará conforme al valor de

s, las cuales podrán ser superior o inferior a la media de que se trate.

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1.) Recta para valores superiores a la media: La ecuación de la recta Y2 se

construirá para asignar el puntaje a las superior al valor de la mediconformidad con las siguientes condiciones:

i. Fórmula:

Donde:

Para asignar el puntaje correspondiente para cada una de las aplicará la siguiente fórmula:

Donde: X = Puntaje a asignar Y2 = Porcentaje obtenido PM = Puntaje máximo

2.) Recta para valores inferiores o iguales a la media: La ecuación de la recta Y1

se construirá para asignar el puntaje a las sea inferior o igual a la media de que se trate. Su construcción se realiza de conformidad con la

i.

Donde:

Para asignar el puntaje correspondiente para cadaplicará la siguiente fórmula:

Como resultado de la asignación de puntaje de las orden para cada uno de los gruposcualquiera de las medias DETERMINACIÓN DEL ORDEN El siguiente procedimiento se realizará de manera independiente para las ofertas económicas de cada uno de los grupos que componen el presente proceso de selección.

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Recta para valores superiores a la media: La ecuación de la recta Y2 se construirá para asignar el puntaje a las ofertas económicas cuyo valor total sea superior al valor de la media de que se trate. Su construcción se realiza de conformidad con las siguientes condiciones:

Fórmula:

Po = Presupuesto oficial estimado Pi = Valor total de la oferta económica a = Valor de la media obtenida

Y2 = Porcentaje obtenido (entre 0 y 100%).

Para asignar el puntaje correspondiente para cada una de las aplicará la siguiente fórmula:

Donde: X = Puntaje a asignar Y2 = Porcentaje obtenido PM = Puntaje máximo

Recta para valores inferiores o iguales a la media: La ecuación de la recta Y1 se construirá para asignar el puntaje a las ofertas económicas cuyo valor total sea inferior o igual a la media de que se trate. Su construcción se realiza de conformidad con las siguientes condiciones:

Fórmula:

Po = Presupuesto oficial estimado

Pi = Valor total de la oferta económica a = Valor de la media obtenida

K = 2 Y1 = Porcentaje obtenido (entre 0 y 100%).

Para asignar el puntaje correspondiente para cada una de las aplicará la siguiente fórmula:

Como resultado de la asignación de puntaje de las ofertas económicas, se para cada uno de los grupos en que el mecanismo seleccionado haya sido una

cualquiera de las medias.

DETERMINACIÓN DEL ORDEN

El siguiente procedimiento se realizará de manera independiente para las ofertas económicas de cada uno de los grupos que componen el presente proceso de

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Recta para valores superiores a la media: La ecuación de la recta Y2 se s económicas cuyo valor total sea

a de que se trate. Su construcción se realiza de

Y2 = Porcentaje obtenido (entre 0 y 100%).

Para asignar el puntaje correspondiente para cada una de las ofertas se

Recta para valores inferiores o iguales a la media: La ecuación de la recta Y1 s económicas cuyo valor total

sea inferior o igual a la media de que se trate. Su construcción se realiza de

Y1 = Porcentaje obtenido (entre 0 y 100%).

a una de las ofertas se

s económicas, se determinará un en que el mecanismo seleccionado haya sido una

El siguiente procedimiento se realizará de manera independiente para las ofertas económicas de cada uno de los grupos que componen el presente proceso de

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En caso que el mecanismo seleccionado sea alguna de las “Medias”, el primer lugar en el orden, lo ocupará la oferta económica que haya obtenido el mayor puntaje, y el segundo lugar la oferta económica que obtenga el puntaje inmediatamente inferior al que ocupo el primer lugar, y así sucesivamente; en los demás casos (oferta más baja) el orden será el establecido directamente al aplicar el mecanismo.

OFERENTE

PUNTAJE FACTOR ECONÓMICO

Primer lugar Segundo lugar ……

Efectuado el procedimiento anterior y establecido el orden de las ofertas económicas, se dará por concluida la audiencia de cierre. Posteriormente, la Entidad verificará el cumplimiento de los requisitos jurídicos, técnicos y financieros de los oferentes que ocupen los TRES (3) primeros lugares del orden antes establecido para cada uno de los grupos. En el evento en que en el orden establecido existan menos de tres (3) oferentes, se verificará el cumplimiento de los requisitos jurídicos, técnicos y financieros de tales oferentes, conforme lo previsto en las presentes reglas de participación.

En caso que el oferente ubicado en el primer lugar del orden de establecido no cumpla con los requisitos jurídicos, técnicos y financieros exigidos, se aceptará la oferta de quien se encuentre segundo en el orden, en el evento que este tampoco cumpla, se aceptará la oferta de quien se encuentra en tercer lugar. En caso de que como resultado de la evaluación efectuada el tercer oferente tampoco de cumplimiento a los requisitos mínimos de carácter jurídico, técnico y financiero, FONADE evaluará la oferta del siguiente oferente en el orden establecido y así sucesivamente hasta obtener un oferente que de cumplimiento a tales requisitos. En el caso en que se hubiese presentado una única oferta para cualquiera de los grupos que componen el presente proceso, en la audiencia de cierre y de apertura de sobres económicos, FONADE verificará el cumplimiento de los requisitos contenidos en el numeral 2.4.7.2 y en el numeral 2.4.7.3, con lo que se da por concluida la audiencia de cierre y de apertura de sobres económicos. Posteriormente FONADE verificará el cumplimiento de los requisitos mínimos de carácter jurídico, técnico y financiero del único oferente que haya presentado oferta según lo señalado en el numeral 2.4.7.1, realizado esto, FONADE pasará a lo señalado en el numeral 2.4.7.4.

2.4.7.4. Publicación del informe de evaluación y recomendación de aceptación de la oferta - Observaciones al informe de evaluación y recomendación de aceptación de la oferta.

• PUBLICACIÓN DEL INFORME DE EVALUACIÓN Y RECOMENDACIÓN DE

ACEPTACIÓN DE LA OFERTA Una vez realizada la verificación de los requisitos mínimos de carácter económico, jurídico, técnico y financiero, la Entidad procederá a la publicación del informe de evaluación y recomendación de aceptación de la oferta de cada grupo en su página web (www.fonade.gov.co ), según lo establecido en el numeral 2.1 de las presentes reglas de participación.

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• OBSERVACIONES AL INFORME DE EVALUACIÓN Y RECOMENDACIÓN DE ACEPTACIÓN DE LA OFERTA

Dentro del término señalado en el numeral 2.1 y hasta las 17:00:00 horas del último día establecido, podrán presentarse las observaciones correspondientes por los oferentes, de conformidad con el numeral 2.3. Vencido el término señalado para presentar las observaciones al informe de evaluación y recomendación de aceptación de la oferta, estas serán publicadas como lo señala el cronograma general (numeral 2.1). El documento de respuestas a las observaciones realizadas al informe de evaluación y recomendación de aceptación de la oferta, será publicado según lo señale el numeral 2.1 (cronograma general).

• ORDEN DE ACEPTACION DE OFERTA(S) DE CONTRATO El orden para la aceptación de ofertas de cada uno de los grupos será el siguiente: FONADE, en consideración del principio de equidad conforme al cual se permitirá la mayor participación posible en la ejecución de los proyectos que adelantan las entidades del Estado, así como la mayor eficiencia en la gestión pública establece las siguientes reglas para las aceptaciones de oferta de contrato del presente proceso de selección por grupos: El orden de aceptación de ofertas será aquel que se determine con base en el número de oferentes que se encuentran habilitados para el correspondiente grupo, es decir aquel grupo en donde existan menos oferentes habilitados será el primero en el cual se aceptará la oferta. Si para ambos grupos existe el mismo número de oferentes habilitados, la aceptación de la oferta se realizará primero al grupo con mayor presupuesto oficial estimado. El oferente podrá ocupar un lugar en el orden de uno (1) o los dos (2) grupos que hacen parte del presente proceso, sin embargo, solo se aceptará la oferta de contrato para un (1) único grupo por oferente. Devolución de Documentos: A los oferentes que tengan una calificación de “no cumple” en los requisitos mínimos de carácter jurídico, técnico y financiero y/o hayan incurrido en una cualquiera de las causales de rechazo, les serán devueltos dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato derivado del presente proceso de selección, el original de la garantía de seriedad presentada en el sobre No. 1, previa solicitud escrita, sin embargo a estos, no se les devolverá la oferta económica original, teniendo en cuenta que el sobre fue abierto en la audiencia de cierre y de apertura de sobres económicos 2.4.8. Causales de rechazo FONADE rechazará las ofertas, en los siguientes casos: a. Cuando el comité evaluador haya solicitado presentar algún documento o subsanar o

aclarar alguna información necesaria para el cumplimiento de los requisitos mínimos de carácter jurídico, técnico, financiero y de experiencia específica, y el oferente no aporte, subsane o aclare lo pertinente, en los plazos y condiciones señalados por el comité evaluador.

b. Cuando FONADE en cualquier estado del proceso de selección evidencie, que

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alguno(s) de los documentos que conforman la oferta contiene(n) información inconsistente o contradictoria.

c. Cuando la oferta sea presentada luego de la fecha y/o hora exactas señaladas para la finalización del término para presentar ofertas.

d. Cuando la oferta sea alternativa o parcial, o cuando en ella se formulen condiciones contractuales y/o técnicas diferentes a las establecidas en las presentes reglas de participación.

e. Cuando presentada la oferta mediante consorcio, unión temporal, o cualquier otra modalidad de oferta conjunta, luego de la fecha señalada para la entrega de ofertas, se modifique el porcentaje de participación de uno o varios de sus integrantes, o uno o algunos de ellos desistan o sean excluidos de participar en el consorcio, unión temporal o la modalidad de asociación escogida o se modifique el representante del consorcio o unión temporal o la modalidad de asociación escogida o se modifiquen o incluyan los grupos a los cuales presenta oferta.

f. Cuando el oferente o uno de los integrantes del consorcio o unión temporal no cuente con la capacidad jurídica suficiente para la presentación de la oferta.

g. Cuando el oferente o uno de los integrantes del consorcio o unión temporal se encuentre incurso en alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad previstas en la Constitución y la Ley.

h. Cuando una persona natural o jurídica participe en más de una oferta, bien sea como oferente individual o como integrante de un consorcio o unión temporal. En este caso, se rechazarán todas las ofertas que incurran en la situación descrita.

i. Cuando el oferente persona natural o jurídica o uno de los integrantes del consorcio o unión temporal haya participado como contratista o subcontratista en la elaboración de los estudios, diseños y proyectos que tengan relación directa con el objeto del presente proceso de selección.

j. Cuando al oferente, persona natural o jurídica, o a uno de los integrantes del consorcio o unión temporal se les haya aceptado la oferta para la realización de la interventoría al contrato objeto del presente proceso.

k. Cuando no se presente la oferta económica impresa. (FORMATO 07) l. Cuando el valor total de la oferta económica no esté impresa. m. Cuando en la evaluación económica, el oferente presente en la oferta económica

impresa o en la resultante de la verificación aritmética un “VALOR TOTAL OFERTA GRUPO 1” superior al 100% o inferior al 90% del valor indicado en el numeral 1.4 de estas reglas de participación

n. Cuando en la evaluación económica, el oferente presente en la oferta económica impresa o en la resultante de la verificación aritmética un “VALOR TOTAL OFERTA GRUPO 2” superior al 100% o inferior al 90% del valor indicado en el numeral 1.4 de estas reglas de participación.

o. Cuando, en la oferta económica impresa o en la resultante de la verificación aritmética, uno cualquiera de los valores unitarios de los ítems exceda al 110% del valor unitario del correspondiente precio unitario oficial estipulado al ítem en el Anexo 01 Documento de Estudios Previos.

p. Cuando, en la oferta económica impresa, se presente algún valor en moneda extranjera.

q. Cuando el oferente, en la oferta económica impresa, no diligencie, o consigne cero pesos ($0), en la casilla correspondiente al valor parcial de uno o varios ítems cuya cantidad diferente de cero esté indicada en el formato 07.

r. Cuando no presente la garantía de seriedad en formato para particulares y el recibo de pago de la prima de forma simultánea con la oferta.

s. Cuando la oferta no cumpla, con cualquiera de los requisitos mínimos de carácter jurídico, técnico, financiero, y de experiencia exigidos para participar en el presente proceso.

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t. Cuando no se efectué el pago para los grupos en que presente oferta de los derechos de participación requeridos o habiendo presentado el recibo de pago de los derechos de participación este no corresponda al requerido en las presentes reglas de participación. La presente causal de rechazo se verificará y aplicará al momento de la apertura de los sobres económicos.

u. Cuando el representante legal de la sociedad tenga restricciones para contraer obligaciones en nombre de la persona jurídica, y no allegue de forma simultánea con la oferta el documento de autorización expresa del órgano competente.

v. Cuando la oferta sea presentada en la modalidad de consorcio o unión temporal y no sé de cumplimiento a lo dispuesto en el literal d) del numeral 3.2.3.1.

w. Cuando una persona natural o jurídica participe en más de una oferta para el mismo grupo, bien sea como oferente individual o como integrante de un consorcio o unión temporal. En este caso, se rechazarán todas las ofertas que incurran en la situación descrita.

x. Cuando el oferente no mantenga su conformación (miembros y porcentajes de participación) o identidad para presentar la oferta a más de uno de los grupos propuestos. En este caso, se rechazarán todas las ofertas que incurran en la situación descrita.

y. Cuando el oferente Individual o su representante legal, el integrante de un oferente Plural o sus representantes legales, a la fecha de cierre del presente proceso de selección o dentro de los dos (2) años anteriores a la fecha de cierre sean beneficiario de un título minero vigente o sean socios de una sociedad que sea beneficiario de un título minero vigente.

z. Cuando se evidencie que uno o varios de los profesionales que componen el personal principal requerido hayan sido ofrecidos por dos o más oferentes para grupos distintos. En este caso, se rechazarán todas las ofertas que incurran en la situación descrita.

2.4.9. Desempate de ofertas En caso de empate, FONADE aplicará los criterios de desempate de conformidad con las siguientes reglas sucesivas y excluyentes: 1. Experiencia especifica del oferente: Si se presenta el empate entre dos o más de dos

ofertas se aplicará el siguiente procedimiento: Se considerará como primera en el orden aquella que haya acreditado el mayor valor de contratos, expresados en SMLMV, para el cumplimiento del requisito mínimo de experiencia específica del oferente de que trata el literal A del numeral 3.2.3 de las presentes reglas de participación.

2. De persistir el empate se preferirá la oferta de bienes y servicios nacionales frente a la oferta de bienes y servicios extranjeros. Para el presente proceso de selección, se tendrá como nacional aquella oferta en la cual el oferente individual sea de origen colombiano, y en caso de oferente plural, como mínimo el 51% de la participación de sus integrantes sea de origen colombiano.

3. Si persiste el empate se dará aplicación a lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 361 de

1997, conforme al cual se preferirá en igualdad de condiciones al oferente que tenga vinculado laboralmente el mayor número de personas con limitaciones (calificada como tal en el carné de afiliado al sistema de seguridad en salud) que no puede ser inferior al 10% de sus empleados en nómina.

En caso de Consorcios o Uniones Temporales, dicho requisito deberá ser cumplido por todos los integrantes.

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4. Si persistiera el empate después de la verificación de los criterios anteriores, se utilizará

como instrumento el sorteo por medio de balotas en el cual los participantes señalarán el mecanismo que deseen. (balota con mayor número, con menor número, etc.) para escoger el adjudicatario.

2.4.10. Definición del proceso de selección 2.4.10.1. Declaratoria de fallido FONADE declarará fallido el proceso de selección de UNO (1) o de los DOS (2) grupos, únicamente, cuando: a. Existan motivos o causas que impidan la escogencia objetiva de una oferta. b. No se presente ninguna oferta. c. Habiéndose presentado únicamente una oferta, ésta incurra en alguna causal de

rechazo. d. Habiéndose presentado más de una oferta, ninguna de ellas se ajuste a los

requerimientos y condiciones consignados en estas reglas de participación. e. En caso de que ninguno de los oferentes haya ampliado la vigencia de su oferta en el

evento en que el proceso de selección supere el término de vigencia inicial de las ofertas.

2.4.10.2. Aceptación de la oferta de contrato La aceptación de la oferta de cada uno de los grupos y consecuente decisión de contratar por parte del ordenador de gasto, se podrá efectuar a través de un mensaje de datos, fax o cualquier otro procedimiento comercial aceptado. 2.5. SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO El oferente deberá presentarse ante FONADE, con el fin de firmar el respectivo contrato de cada uno de los grupos, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al aviso que, para el efecto, le dé la entidad. Si el oferente con quien se decide contratar no acepta dicha decisión y no suscribe el contrato y sin perjuicio de hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta, o si dentro del plazo comprendido entre la aceptación de la oferta y la suscripción del contrato sobreviene una inhabilidad o incompatibilidad o se evidencia que el oferente se encuentra incurso en alguna causal de rechazo prevista en las reglas de participación, FONADE desistirá de la aceptación de la oferta y podrá contratar, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, con el oferente calificado en el siguiente lugar del orden del respectivo grupo, siempre y cuando su oferta fuere favorable para FONADE, estuviere vigente a la fecha y este no haya ocupado el primer lugar en el orden de otro grupo, caso en el cual se podrá contratar con el siguiente y así sucesivamente, siempre y cuando estos no se encuentren en ninguna de las situaciones descritas para el desistimiento. Si éste o alguno de estos, tampoco suscriben el contrato, dentro del plazo previsto en la comunicación respectiva, se aplicarán las mismas reglas con los siguientes oferentes en el orden, en tanto existan más oferentes favorables.

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CAPÍTULO TERCERO 3. DEL OFERENTE Y SU OFERTA

3.1. CONDICIONES GENERALES 3.1.1. Modalidades de participación Podrán presentar oferta personas naturales, personas jurídicas, consorcios, uniones temporales o cualquier otra modalidad de asociación prevista en la ley. Las condiciones de participación previstas en las presentes reglas de participación para los consorcios o uniones temporales, se harán extensivas a cualquier modalidad de asociación prevista en la Ley escogida por los oferentes. El oferente podrá presentar oferta para UNO (1) o los DOS (02) grupos que hacen parte del presente proceso, sin embargo, solo se aceptará oferta de contrato de un grupo por oferente. Ninguno de los miembros que integran los consorcios o uniones temporales, que hayan formulado oferta para UNO (1) o los DOS (02) grupos del presente proceso de selección, podrá participar individualmente o a través de otras formas asociativas, o de terceras personas para presentar oferta para el mismo grupo o grupos diferentes al ofertado, so pena de resultar incurso en causal de rechazo prevista en el numeral 2.4.8 de las presentes reglas de participación. 3.1.2. Responsabilidad en la elaboración de la oferta Los oferentes deberán elaborar por su cuenta y riesgo la oferta, de acuerdo con lo solicitado en estas reglas de participación, las cuales harán parte integral del contrato. Se consideran como documentos oficiales del proceso de selección las reglas de participación y sus anexos, publicados en la página web de FONADE. La presentación de la oferta lleva implícitos el conocimiento y la aceptación, por parte del oferente, de todas las condiciones conforme las cuales se ejecutará el contrato, incluyendo las propias del sitio de trabajo, tales como la información social, cultural, técnica, hidrológica, geológica, geomorfológica y sismológica, geotécnica, topográfica y cartográfica, estudios de impacto ambiental, las leyes y normas que rigen para la región, entre otras, de tal manera que la oferta presentada deberá reflejar la totalidad de los costos en que se incurrirá para alcanzar la realización del objeto del contrato derivado de este proceso de selección. Así mismo, deberá tener en cuenta la movilización y permanencia en el sitio de los trabajos, tanto del personal como de los insumos, la situación de orden público, el factor climático y ambiental, así como los demás aspectos que puedan incidir en la ejecución del contrato. Por lo anterior es obligación del interesado, para elaborar su oferta, realizar las inspecciones necesarias a los sitios donde se adelantará la ejecución del contrato, y conocer las condiciones de suministro de materiales, mano de obra, transporte de personal y materiales, condiciones técnicas del sitio especifico y sus alrededores, aspectos sociales, de orden público, climáticos, ambientales y las demás en las que se ejecutará el objeto de los contratos derivados del presente proceso. Igualmente deberá considerar los aspectos relacionados en la Descripción y Aspectos Generales del Proyecto.

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3.1.3. Vigencia de la oferta La oferta deberá permanecer vigente por un período mínimo de ciento veinte (120) días calendario, contados a partir de la fecha prevista para la finalización del término para presentar ofertas. FONADE podrá solicitar, si ello fuere necesario, la ampliación de la vigencia de la oferta y, por ende, la ampliación de la garantía de seriedad de la misma, por el término que se requiera. Durante el período de su vigencia, la oferta será irrevocable, de tal manera que el oferente no podrá retirarla, ni modificar los términos o condiciones de la misma, so pena de que FONADE haga efectiva la garantía de seriedad de la oferta, de acuerdo con lo establecido en el numeral 3.2.1.5. Si por cualquier circunstancia se amplía el trámite del proceso de selección y el oferente presenta una ampliación a la garantía de seriedad de la oferta que comprenda tal ampliación, se entenderá que amplía su oferta y mantiene la totalidad de sus condiciones. En el evento en que el proceso de selección supere el término de vigencia de las ofertas exigido en este numeral y alguna(s) oferta(s) venza(n) sin que el(los) oferente(s) la(s) haya(n) ampliado y/o sin que haya(n) ampliado la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta, se entenderá que desiste(n) de participar en el proceso de selección. 3.1.4. Idioma y moneda de la oferta Toda la información y datos que tenga que presentar el oferente en su oferta deberán estar en idioma castellano. En los casos en que deba aportar información que se encuentre en un idioma diferente, deberá presentar su correspondiente traducción oficial al castellano. Todos los valores que se estimen en la oferta económica deberán presentarse en pesos colombianos, so pena de dar aplicación de lo establecido en el numeral 2.4.8. 3.1.5. Ofertas alternativas o parciales No se aceptarán ofertas alternativas ni parciales. 3.1.6. Documentos otorgados en el extranjero Los documentos otorgados en el extranjero deberán cumplir con los requisitos previstos en los artículos 65, 259 y 260 del Código de Procedimiento Civil Colombiano y 480 del Código de Comercio Colombiano y en la Resolución 2201 del 22 de julio de 1997 proferida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia o con el requisito de la apostille contemplado en la Ley 455 de 1998, según sea el caso, siempre que de conformidad con dichas disposiciones así se requiera. 3.1.6.1. Consularización Al tenor de lo previsto en el artículo 480 del Código de Comercio, “los documentos otorgados en el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo país, y la firma de tales funcionarios lo será a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste, por el de una nación amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el régimen de los poderes.” En el caso de sociedades, conforme lo prevé el citado artículo del Código de Comercio “al

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autenticar los documentos a que se refiere este artículo los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo país. (C.P.C. artículo 65)”. Surtido el trámite anteriormente señalado, tales documentos deberán ser presentados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia para la correspondiente legalización de la firma del cónsul y demás trámites a que haya lugar. 3.1.6.2. Apostille Tratándose de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior, conforme lo prevé la Ley 455 de 1998, no se requerirá del trámite de Consularización señalado previamente, siempre que provenga de uno de los países signatarios de la Convención de La Haya del 5 de octubre de 1961, sobre abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros. En este caso solo será exigible la apostille, trámite que consiste en el certificado mediante el cual se avala la autenticidad de la firma y el título a que ha actuado la persona firmante del documento y que se surte ante la autoridad competente en el país de origen. Si la Apostilla está dada en idioma distinto del castellano, deberá presentarse acompañada de una traducción oficial a dicho idioma y la firma del traductor legalizada de conformidad con las normas vigentes. 3.1.6.2.1. La consularización o Apostilla de los documentos otorgados en el exterior deberán

presentarse en original. 3.1.6.3. Títulos obtenidos en el exterior El oferente que ofrezca personal con títulos académicos otorgados en el exterior, deberá acreditar la convalidación y homologación de estos títulos ante el Ministerio de Educación Nacional, para lo cual deberá iniciar con suficiente anticipación los trámites requeridos. Este requisito no se exigirá cuando se trate de profesionales titulados y domiciliados en el exterior que pretendan ejercer temporalmente la profesión en Colombia. El Ministerio de Educación Nacional homologa los estudios de pregrado (universitarios) por disciplina y/o licenciatura y los de postgrado en los niveles de especialización, maestría y doctorado. 3.1.6.4. Autorización para el ejercicio temporal de la profesión en Colombia En el evento que el oferte a quien se le hay aceptado la oferta del presente proceso de selección hubiere ofrecido personal titulado y domiciliado en el exterior en los términos señalados en las presentes reglas de participación, deberá presentar la autorización para el ejercicio temporal de la profesión en Colombia expedida por el Consejo Profesional Nacional de Ingeniería y sus Profesiones Auxiliares para el caso de ingenieros y profesionales afines, para las demás profesiones por la autoridad respectiva. 3.1.7. Forma, identificación, estructura de la oferta y responsabilidad en la

presentación de la misma La presentación de la oferta debe cumplir con los siguientes requisitos: a. La oferta debe ser presentada en idioma castellano, escrita por cualquier medio

mecánico, numeradas en la parte inferior todas las hojas que contiene, cada una de ellas conformará un folio.

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b. La oferta debe ser presentada en dos (2) sobres separados, cerrados y perfectamente

identificados cada uno de ellos, como se establece en el literal e. del presente numeral.

c. La documentación del Sobre No. 1 y del Sobre No 2 debe estar debidamente legajada o argollada de tal forma que no exista posibilidad de pérdida de documentos.

d. Los dos (2) sobres deben tener el siguiente contenido: •••• SOBRE No. 1: REQUISITOS MINIMOS DE CARÁCTER JURIDICO, TECNICO,

FINANCIERO Y DE EXPERIENCIA ESPECIFICA DEL OFERENTE - Se debe anexar en medio magnético el contenido de los Formatos 03 y 04 debidamente diligenciados.

•••• SOBRE No. 2: OFERTA ECONÓMICA IMPRESA Y EN MEDIO MAGNETICO (FORMATO 07) y Acreditación de pago de los derechos de participación. Un sobre independiente por cada grupo ofertado.

e Los sobres se deben identificar, cada uno de la siguiente manera:

FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO - FONADE

Oferta Pública de Contrato OPC XXX-2012

OBJETO: GRUPO(S): CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PARA LAS ACTIVIDADES DE EVALUACION DOCUMENTAL E INSPECCCIONES DE CAMPO

REQUERIDAS PARA APOYAR AL SGC EN LA FISCALIZACION INTEGRAL DE LOS TITULOS MINEROS

Sobre No: ___

Contenido: _______________________ Oferente: ______________________________ Nit o C.C. del Oferente: _________________

Dirección, Ciudad: _____________ Teléfono: _____________

Fax: _____________ La responsabilidad de la presentación de la oferta como se indica en los literales anteriores de este numeral, así como el estricto cumplimiento de lo establecido en el numeral 2.4.3.1. en especial en cuanto se refiere al termino, modo, lugar y tiempo de presentación de la oferta; es total, rotunda y exclusiva del oferente, quien debe propender porque se haga en completa concordancia a lo ordenado en estas reglas de participación, por lo que la entidad no asume ninguna responsabilidad por la perdida, confusión o extravío de documentos que no hayan sido elaborados y entregados con el debido cuidado como lo señala las reglas de participación. 3.2. REQUISITOS MINIMOS 3.2.1. Requisitos de carácter jurídico 3.2.1.1. Carta de presentación de la oferta El oferente, en esta, deberá manifestar con total claridad a qué grupo o grupos presenta oferta.

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De acuerdo con el modelo del Formato 01 suministrado, la carta de presentación de la oferta debe estar suscrita por la persona natural o por el representante legal de la persona jurídica o por el representante designado por los miembros del consorcio, de la unión temporal, y avalada por un Ingeniero en minas o ingeniero de minas y metalurgia o ingeniero geólogo o geólogo. Se deberá anexar copia de la cédula de ciudadanía de quien suscribe la oferta y de quien la avala, al igual que copia de la matrícula o tarjeta profesional de este último. Cuando el oferente o su representante tengan la condición de Ingeniero de minas o ingeniero de minas y metalurgia o ingeniero geólogo o geólogo, no será necesario el aval de otra persona con igual profesión. Quien suscriba la carta de presentación de la oferta deberá: a. Persona jurídica: Tener la calidad de representante legal o apoderado del oferente,

con facultad expresa de actuar en nombre y representación del mismo. En este último caso, la facultad de representación debe comprender las de presentar la oferta, celebrar el contrato (en caso de que se acepte su oferta) y liquidarlo. Si la presentación de la oferta implica la trasgresión del deber establecido en el numeral 7º del artículo 23 de la ley 222 de 1995, o si el representante legal tiene limitaciones derivadas de los estatutos sociales, el oferente individual o el integrante de la oferta conjunta deberá, además, allegar autorización de la junta de socios o asamblea general de accionistas, según corresponda.

b. Consorcio o unión temporal: Tener la calidad de representante del consorcio o unión

temporal, con facultad expresa de actuar en nombre y representación del mismo. Tal facultad de representación debe comprender las de presentar la oferta, celebrar el contrato (en caso de que se acepte su oferta) y liquidarlo.

3.2.1.2. Acreditación de la existencia y la representación legal Los oferentes que tengan la calidad de personas jurídicas deberán presentar el certificado de existencia y representación legal, o sus documentos equivalentes en caso de personas jurídicas extranjeras, expedido dentro de los 30 días calendario anteriores a la fecha señalada para el cierre del término para presentar ofertas, donde evidencie que el objeto social permite ejecutar el contrato objeto del presente proceso de selección. Así mismo, en tal documento deberá constar que la duración de la sociedad no es inferior a la duración del contrato objeto del presente proceso de selección y un (1) año más. Deberá adjuntarse fotocopia del documento de identificación del representante legal de la persona jurídica. Si el representante legal de la sociedad tiene restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, deberá adjuntarse el documento de autorización expresa del órgano competente. Los oferentes que tengan la calidad de personas naturales deberán presentar fotocopia de su documento de identificación. Las ofertas presentadas por personas naturales de origen extranjero que se encuentren dentro del país, deberán estar acompañadas de la autorización correspondiente, expedida de conformidad con las normas de control migratorio vigentes. Los oferentes plurales (uniones temporales o consorcios) deberán presentar el certificado de existencia y representación legal de las personas jurídicas y/o la fotocopia de la cédula de ciudadanía de las personas naturales que los conforman.

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Los oferentes extranjeros (personas naturales extranjeras sin domicilio en Colombia o las personas jurídicas extranjeras sin sucursal establecida en Colombia) o los integrantes extranjeros del oferente plural, para acreditar la existencia y representación legal deberán cumplir con lo establecido en el numeral 3.4 del presente documento. 3.2.1.3. Documento de constitución del consorcio o unión temporal. El oferente, con la oferta, deberá anexar un documento suscrito por todos los integrantes de la forma asociativa escogida, o por sus representantes debidamente facultados, en el que conste la constitución de la unión temporal o el consorcio, según corresponda, en el cual se exprese lo siguiente: a. Identificación de cada uno de sus integrantes: Nombre o razón social, tipo y número

del documento de identificación y domicilio. b. Designación del representante: Deberá allegarse su identificación. En cualquier caso

el representante principal del consorcio o unión temporal que se designe debe ser aquel integrante que tenga la mayor participación porcentual dentro del consorcio o unión temporal. Si existe paridad entre todos los integrantes o algunos de los integrantes con respecto a la mayor participación porcentual dentro del consorcio o unión temporal, el representante principal podrá ser escogido entre cualquiera de ellos que tenga dicha mayoría. En caso de que éste integrante sea una persona jurídica, el representante principal del consorcio o unión temporal que se designe, debe ser el representante legal de dicha persona jurídica.

c. Indicación de los términos y extensión de la participación en la oferta y en la ejecución

del contrato de cada uno de los integrantes de la forma asociativa para el caso de uniones temporales, así como las reglas básicas que regularán sus relaciones, para cualquier forma de oferente plural.

d. Indicación de la participación porcentual de cada uno de los integrantes en la forma asociativa correspondiente. La sumatoria de los porcentajes de participación no podrá exceder del 100%.

e. Indicación del grupo o grupos para los cuales se integra la forma asociativa. Con la suscripción del documento de constitución del consorcio o unión temporal, se entenderá para todos los efectos legales y contractuales que el representante del consorcio o unión temporal tiene las siguientes facultades referentes a la etapa precontractual, contractual y poscontractual:

� Presentación de la oferta y representación del consorcio o unión temporal en todas las diligencias del proceso de selección.

� Suscribir el contrato y sus modificaciones. � Suscribir el acta de liquidación y notificarse del acta de liquidación unilateral.

Con la suscripción del documento de constitución del consorcio o unión temporal, se entenderá para todos los efectos legales y contractuales que la duración de la forma de asociación escogida, no será inferior al lapso comprendido entre la fecha de entrega de la oferta y la liquidación del contrato objeto del presente proceso de selección.

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Cualquier manifestación contraria a lo previsto en los incisos precedentes o que condicione tales preceptos, se entenderá por no escrita. El documento deberá ir acompañado de aquellos otros que acrediten que quienes lo suscriben tienen la representación y capacidad necesarias para dicha constitución y para adquirir las obligaciones solidarias derivadas de la oferta y del contrato resultante. Cualquier modificación al documento de constitución del consorcio o unión temporal deberá ser suscrita por la totalidad de integrantes del consorcio o unión temporal, y deberá tener la aprobación previa de FONADE. Sin perjuicio de lo anterior, el oferente deberá tener en cuenta que después de la presentación de la oferta, no podrá modificar los literales a, b d y e del presente numeral, ni tampoco alguno de los integrantes podrá desistir o ser excluido en la participación, so pena de aplicar el numeral 2.4.8. (Causales de rechazo). 3.2.1.4. Capacidad de contratación (K) y capacidad residual (Kr) – Formato 06 El oferente persona natural o jurídica o cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal deberá acreditar que se encuentra inscrito, calificado y clasificado al momento de presentar la oferta, en el certificado de inscripción en el registro único de proponentes – RUP, el cual deberá encontrarse en firme al momento del cierre y cuya fecha de expedición no puede ser superior a 45 DÍAS CALENDARIO, contados a partir de la fecha señalada para la finalización del término para presentar oferta y este(os) documento(os) debe(n) demostrar que esta(n), calificado(s) y clasificado(s) en alguna o varias de las siguientes actividades, especialidades y grupos: Como PROVEEDOR, así:

Actividad Especialidad Grupo

03 PROVEEDOR 23 Servicios 15 Servicio de Supervisión e Inspección

y/o como CONSULTOR, en cualquiera de las siguientes especialidades, así:

Actividad Especialidad

02 CONSULTOR

02 Industria

04 Energía

05 ambiental

10 otros

12 Auditoría y Revisoría Fiscal

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El oferente deberá tener, al momento de presentación de la oferta, una capacidad de contratación (K) y una capacidad residual de contratación (Kr) como PROVEEDOR O CONSULTOR igual o superior a:

Capacidad de contratación (K) (expresado en SMMLV)

Capacidad de contratación residual (Kr) (expresado en SMMLV)

1.5 veces el valor total del presupuesto oficial estimado del grupo ofertado – Numeral 1.4. -

1.0 veces el valor total del presupuesto oficial estimado del grupo ofertado–

Numeral 1.4. - En caso de ofertas presentadas en consorcio o unión temporal, la capacidad de contratación y la capacidad residual de contratación (K y Kr) se entenderán como la suma de las capacidades individuales de cada integrante. Para verificar la capacidad de contratación residual (Kr), el oferente, persona natural o jurídica o cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, según corresponda, deberá suministrar, en formatos independientes, la información de contratos vigentes, para lo cual podrá utilizar el número de formatos que requiera. En caso de que el oferente, o alguno de sus integrantes, no tengan contratos vigentes, deberá manifestarlo expresamente en la casilla de “observaciones” del formato 06 y suscribirlo debidamente. Los oferentes extranjeros o los miembros de consorcios o uniones temporales que tengan tal calidad con sucursal en Colombia, deberán cumplir con lo exigido en el presente numeral. 3.2.1.5. Garantía de seriedad de la oferta El oferente deberá anexar a su oferta, a favor del Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo – FONADE, una garantía consistente en póliza de seguro� que ampare la seriedad de su oferta, por un valor equivalente, como mínimo, al diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial estimado del grupo ofertado, indicado en el numeral 1.4, con una vigencia igual a la señalada en el numeral 3.1.3 contada a partir de la fecha indicada en el cronograma general para la “finalización del término para presentar ofertas”. En caso de requerirse la ampliación de la vigencia de la oferta, la vigencia de la garantía de seriedad deberá ser igualmente, ampliada. La garantía debe ser tomada, en formato entre particulares, a nombre del oferente persona natural o de la razón social que figura en el certificado de existencia y representación legal expedido por la cámara de comercio o su equivalente, sin utilizar sigla, a no ser que el certificado de existencia y representación legal de la cámara de comercio, o su equivalente, establezca que la firma podrá identificarse con la sigla. Cuando se trate de consorcios o uniones temporales, deberá tomarse la garantía a nombre de todos y cada uno de los integrantes y deberá indicarse su respectivo porcentaje de participación en la forma asociativa correspondiente. Junto con la garantía de seriedad de la oferta el oferente debe anexar el recibo de pago de la prima.

El oferente que presente oferta para ambos grupos podrá constituir pólizas independientes para cada uno de ellos o una única póliza en la cual se amparen ambos grupos; en este caso

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dicha garantía deberá especificar de manera expresa los grupos a los cuales se presenta y el amparo corresponderá al 10% de la sumatoria del valor del presupuesto oficial estimado de ambos grupos.

3.2.1.6. Certificación de pagos al sistema de seguridad social y de aportes parafiscales

Cuando el oferente sea persona natural deberá adjuntar una certificación expedida por la entidad promotora de salud y pensión dentro de los 30 días calendario anteriores a la fecha señalada para el cierre del término para presentar ofertas, que demuestre estar afiliado al sistema de seguridad social en salud y en pensiones o fotocopia de las planillas de pago en donde conste el valor cancelado, el periodo de cotización, la fecha de pago y la entidad Promotora de Salud, Pensión y riesgos profesionales a la que se encuentre afiliado, cuando ello haya lugar. En el caso de personas jurídicas, deberán presentar una certificación, expedida por el Revisor Fiscal, cuando este exista de acuerdo con los requerimientos de la Ley, o por el Representante Legal cuando no se requiera Revisor Fiscal, donde se certifique el pago de los aportes a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje. Dicho documento debe certificar que, a la fecha de presentación de su oferta, ha realizado el pago de dichos aportes correspondientes a los últimos seis (6) meses, contados a partir de la citada fecha, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos. Cuando se trate de una persona jurídica que no tenga más de seis (6) meses de constituida, deberá acreditar los mencionados pagos a sus empleados, a partir de la fecha de su constitución. En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las obligaciones mencionadas deberá manifestar que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el cumplimiento del mismo. En este evento el oferente deberá anexar certificación expedida por la entidad con la cual existe el acuerdo de pago. Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus miembros integrantes, deberá aportar el certificado aquí exigido. Este requisito no será aplicable a las personas naturales extranjeras sin domicilio en Colombia ni a las personas jurídicas extranjeras sin sucursal establecida en Colombia. 3.2.1.7. Reciprocidad Los oferentes de bienes o servicios extranjeros recibirán, dentro del proceso de selección, igual tratamiento que aquellos que realicen ofrecimientos de bienes o servicios nacionales siempre que exista un acuerdo, tratado o convenio entre el país de origen de los bienes o servicios y la República de Colombia, conforme con el cual a las ofertas de bienes o servicios colombianos se le concede, en ese país, el mismo tratamiento otorgado a sus nacionales en cuanto a las condiciones, requisitos, procedimientos y criterios para la adjudicación de los contratos celebrados con el sector público. En los casos en que la reciprocidad no tenga por causa un tratado, acuerdo o convenio entre la República de Colombia y el país de que se trate, ella será demostrada mediante un informe que al efecto expida la misión diplomática colombiana en el país de origen de los bienes o

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servicios ofrecidos y que se deberá presentar junto con la oferta. 3.2.1.8. Certificado de Antecedentes Fiscales de la Contraloría General de la

República El oferente, persona natural o jurídica, y cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, según corresponda, deberán presentar el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República. Lo anterior, sin perjuicio de la verificación que la entidad adelantará directamente. Este requisito no será aplicable a las personas naturales extranjeras sin domicilio en Colombia ni a las personas jurídicas extranjeras sin sucursal establecida en Colombia.

3.2.1.9. Certificado de Antecedentes Disciplinarios Procuraduría General de la Nación

El oferente, persona natural o jurídica, y cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, deberán presentar el Certificado de Antecedentes Disciplinarios expedido por la Procuraduría General de La Nación. Lo anterior, sin perjuicio de la verificación que la entidad adelantará directamente. Este requisito no será aplicable a las personas naturales extranjeras sin domicilio en Colombia ni a las personas jurídicas extranjeras sin sucursal establecida en Colombia. 3.2.1.10. Acreditación del Pago de los Derechos de Participación. El interesado en participar en el presente proceso de selección deberá cancelar el valor de los derechos de participación de cada grupo al que presente oferta, así:

GRUPO VALOR

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PARA LAS ACTIVIDADES DE EVALUACION DOCUMENTAL E

INSPECCCIONES DE CAMPO REQUERIDAS PARA APOYAR AL SGC EN LA FISCALIZACION INTEGRAL

DE LOS TITULOS MINEROS - GRUPO 1

$150.271.251,oo NO REEMBOLSABLE.

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PARA LAS ACTIVIDADES DE EVALUACION DOCUMENTAL E

INSPECCCIONES DE CAMPO REQUERIDAS PARA APOYAR AL SGC EN LA FISCALIZACION INTEGRAL

DE LOS TITULOS MINEROS - GRUPO 2

$148.016.819,oo

NO REEMBOLSABLE.

Para la acreditación del pago de los derechos de participación deberá acompañar su oferta con el comprobante de ingreso expedido por la Tesorería de FONADE y/o copia del recibo de consignación independiente por cada grupo al que presente oferta o, mediante una única consignación por valor de $ 298.288.070,oo en caso de que presente oferta para ambos grupos. El pago de los derechos de participación podrá realizarse en efectivo o cheque de gerencia en el Banco de Bogotá, en la cuenta de ahorros del Sistema Nacional de Recaudo No. 49 25 02 976, a nombre del FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO – FONADE. NIT 899.999.316-1.

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El pago de los derechos de participación para cada grupo deberá hacerse en el lapso comprendido entre la fecha de “inicio del término para presentar ofertas” hasta la fecha y hora establecida para la “finalización del término para presentar ofertas”, según lo indica el numeral 2.1. Ver Anexo No. 13 (Guía para realizar adecuadamente la consignación del valor de los derechos de participación). El no pago de los derechos de participación en el plazo y valor indicado en el presente numeral, será causal de la aplicación del numeral 2.4.8. NOTA: FONADE podrá suspender el proceso de selección en cualquiera de sus etapas, cuando aparezcan circunstancias técnicas, económicas, de fuerza mayor, orden de autoridad, razones de utilidad o conveniencia que puedan justificar esta decisión. La decisión de suspender el proceso será motivada e informada a los interesados y/o oferentes y en ella se establecerá el plazo de la misma, el cual podrá ser prorrogado de la misma manera. Si existen razones que así lo justifiquen, el proceso de selección podrá incluso ser cancelado. Esta decisión requiere de la respectiva justificación y será informada a los interesados y/o oferentes. En este evento, FONADE procederá a la devolución de lo pagado por las reglas de participación. 3.2.1.11. Otros Documentos: En el caso de personas naturales es necesario adjuntar los siguientes documentos

• Libreta Militar • Certificación Bancaria

El oferente deberá anexar a la oferta la certificación de la cuenta bancaria reportada en la creación de terceros.

• Registro Único Tributario – RUT. El oferente deberá anexar a la oferta fotocopia del Registro Único Tributario RUT.

En caso de persona jurídica, es necesario adjuntar los siguientes documentos

• Certificado de antecedentes disciplinarios (Procuraduría) • Boletín de Responsabilidad Fiscal de la Contraloría • Registro Único Tributario – RUT.

El oferente deberá anexar a la oferta fotocopia del Registro Único Tributario RUT. • Certificación Bancaria

El oferente deberá anexar a la oferta la certificación de la cuenta bancaria reportada en la creación de terceros.

• Formato de creación de terceros Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus miembros integrantes, deberán aportar cada uno de los documentos señalados en el presente numeral y el Nit. del Consorcio. Formato de Creación de Terceros. El formato de creación terceros deberá descargarse de la página Web de la entidad: http://www.fonade.gov.co, deberá seleccionar del Menú Principal la opción “Información a Contratistas”, luego seleccionar la opción “Requisitos para el pago” y en la lista: FORMATOS que aparece el link “Información General y Tributaria de Terceros” de acuerdo con lo siguiente:

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Al seleccionar el link le muestra el siguiente cuadro con lo cual podrá almacenar el formato de creación de terceros, el cual deberá diligenciar y entregar.

NOTA: El Oferente deberá presentar con la oferta los documentos relacionados en este numeral, no obstante su NO presentación no será causal de rechazo. 3.2.2. Requisitos de carácter financiero La capacidad financiera del oferente, como requisito mínimo, se verificará con base en los factores financieros denominados: a) capital de trabajo, b) índice de liquidez y c) nivel de endeudamiento, que se revisarán con fundamento en la información del certificado de inscripción en el registro único de proponentes – RUP, el cual se debe adjuntar a la oferta, como lo requiere el inciso primero del numeral 3.2.1.4. de estas reglas. La verificación a continuación señalada se realizará para cada uno de los grupos ofertados de manera independiente

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a) El capital de trabajo se verificará de la siguiente manera: � Si el oferente es una persona natural o jurídica: Debe cumplir lo siguiente:

CT ≥ 20% POE

Donde, CT = AC – PC CT = Capital de trabajo. AC = Activo corriente PC = Pasivo corriente POE = Presupuesto oficial estimado del grupo para el cual se presenta.

Si CT, es mayor o igual al 20 % del POE el oferente cumple SI CT, es menor al 20 % del POE el oferente no cumple.

� Si el oferente es un consorcio o una unión temporal: Debe cumplir:

CT=� CTi � CTi ≥ 20 % POE

Donde, �CTi = Sumatoria de capital de trabajo de los integrantes CT = Capital de trabajo del consorcio o la unión temporal. CTi = Capital de trabajo de cada uno de los integrantes. POE = Presupuesto oficial estimado.

Si CT, es mayor o igual al 20 % POE el oferente cumple SI CT, es menor al 20 % POE el oferente no cumple

b) El índice de liquidez se verificará de la siguiente manera:

� Si el oferente es una persona natural o jurídica: Debe cumplir:

LIQ. = AC / PC ≥ 1,0

Donde, LIQ. = Índice de liquidez. AC = Activo corriente. PC = Pasivo corriente.

Si LIQ es mayor o igual a 1 el oferente cumple SI LIQ es menor a 1 el oferente no cumple

� Si el oferente es un consorcio o una unión temporal: Debe cumplir: � ACi LIQ. = ------------ ≥ 1,0 � PCi Donde, LIQ. = Índice de liquidez del consorcio o la unión temporal. ACi = Activo corriente de cada uno de los integrantes. PCi = Pasivo corriente de cada uno de los integrantes.

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Si LIQ es mayor o igual a 1 el oferente cumple SI LIQ es menor a 1 el oferente no cumple

c) El nivel de endeudamiento se verificará de la siguiente manera:

� Si el oferente es una persona natural o jurídica: Debe cumplir:

NE = PT / AT ≤ 0,70

Donde, NE = Nivel de endeudamiento. PT = Pasivo total. AT = Activo total.

Si NE es menor o igual a 0,70 el oferente cumple SI NE es mayor a 0,70 el oferente no cumple

� Si el oferente es un consorcio o una unión temporal: Debe cumplir:

� PTi NE = ------------ ≤ 0,70 � ATi Donde, NE = Nivel de endeudamiento del consorcio o la unión temporal. PTi = Pasivo total de cada uno de los integrantes. ATi = Activo total de cada uno de los integrantes.

Si NE es menor o igual a 0,70 el oferente cumple SI NE es mayor a 0,70 el oferente no cumple

Los oferentes extranjeros (personas naturales extranjeras sin domicilio en Colombia o las personas jurídicas extranjeras sin sucursal establecida en Colombia) o los integrantes extranjeros del oferente plural, para acreditar la CAPACIDAD FINANCIERA deberán cumplir con lo establecido en el numeral 3.4 del presente documento.

3.2.3. Requisitos de experiencia especifica del oferente La verificación de los requerimientos señalados en esta sección (3.2.3) y su respectiva evaluación se realizará independiente para cada uno de los grupos que hacen parte del presente proceso. El oferente debe acreditar en su oferta, que cuenta con experiencia específica en: ASESORÍA, CONSULTORÍA, AUDITORÍA Y/O INTERVENTORÍA, EN LOS SUBSECTORES MINERO, ENERGÉTICO Y/O DE HIDROCARBUROS. La experiencia específica debe ser acreditada con la EJECUCIÓN DE MINIMO UNO (1) Y MÁXIMO DIEZ (10) contratos terminados en los últimos DIEZ (10) AÑOS, contados estos a partir de la fecha establecida para el cierre del término para presentar ofertas y cumplir también las siguientes condiciones:

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a. Con los contratos aportados, el oferente deberán acreditar como mínimo el 7.0% del

valor del POE, expresado en SMLMV en Auditorias, asesorías y/o consultorías ejecutadas en el sector minero, energético y/o de hidrocarburos, ejecutados en Colombia en los últimos 10 años.

b. Los contratos aportados deberán sumar, en su conjunto, un valor igual o superior a 1.3 VECES el valor del POE, expresado en SMMLV

Para demostrar la experiencia especifica el oferente debe presentar con su oferta el FORMATO No. 03 debidamente diligenciado e indicando en él toda la información allí solicitada. Así mismo, debe anexar la documentación adecuada y pertinente, que acredite clara y verazmente la realización de los contratos relacionados, cuyo número debe ser máximo el señalado en el inciso segundo del presente numeral. Los documentos de los contratos presentados y aportados con la oferta, que acrediten los relacionados en el FORMATO No. 03 deben permitir al Comité Evaluador realizar eficazmente la verificación y evaluación del factor técnico establecido en este numeral. La oferta deberá cumplir los requisitos antes señalados.

• INVOCACIÓN DE MERITOS DE EXPERIENCIA

El Oferente podrá invocar méritos, es decir aportar la experiencia de que trata el presente numeral, a través de su empresa matriz y/o de su(s) filial(es). Las compañías de las cuales se invoquen méritos, asumen la responsabilidad solidaria con el Oferente , por las obligaciones derivadas de la oferta y del eventual contrato a suscribir, para tal fin el Oferente debe obtener por parte del Representante Legal de dichas compañías una manifestación expresa en la que se haga constar que en el evento en que le sea adjudicado el contrato, éste se compromete a ejecutar y a suscribir el contrato en calidad de obligadas solidarias y a constituir un apoderado en Colombia con facultades para notificarse de actuaciones administrativas y judiciales. El Oferente deberá obtener de dichas compañías manifestación expresa de que se ha proferido la autorización respectiva de su máximo órgano directivo.

Para que la invocación de méritos de experiencia sea válida, además de lo anterior, el Oferente deberá demostrar que la casa matriz, cuenta con una participación accionaria en la filial de mínimo el treinta por ciento (30%).

3.2.3.1. Acreditación y Verificación de la Experiencia Específica del oferente. Los contratos con los que pretendan acreditar la experiencia específica deben cumplir o tener en cuenta lo siguiente: a. El contrato deberá estar terminado en la fecha prevista para la finalización del término

para presentar ofertas. Para el presente proceso selección, se tomará como fecha de terminación del contrato la del recibo final de los productos objeto del mismo, suscrito por el contratante o su representante.

b. Para el presente proceso no es válido acreditar la experiencia específica a través de contratos ejecutados bajo la modalidad de administración delegada.

c. En los casos en que el contrato o los contratos hayan sido celebrados en consorcio,

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unión temporal o bajo cualquier otra forma de participación conjunta, será tenida en cuenta la experiencia específica en su totalidad y el valor de acuerdo al porcentaje de participación.

d. En caso de consorcios o uniones temporales, la experiencia será la sumatoria de las experiencias específicas de los integrantes que la tengan. Si la totalidad de la experiencia específica es acreditada por uno solo de los integrantes del consorcio, unión temporal, este deberá tener una participación igual o superior al 60% en el consorcio, unión temporal. Si la experiencia específica es acreditada por más de uno de los integrantes del consorcio, unión temporal, aquel que aporte el mayor valor en contratos, respecto de los otros integrantes, deberá tener una participación igual o superior al 50% en el consorcio, unión temporal. De igual manera los demás integrantes del oferente plural que aporten la experiencia específica, deberán tener un porcentaje de participación en el consorcio o unión temporal MINIMO del 25% cada uno.

e. No será considerada la experiencia adquirida en calidad de subcontratista, cuando quiera que el contrato principal haya sido celebrado con una entidad pública.

f. No será considerada la experiencia que se pretenda acreditar con convenios interadministrativos para cuyo desarrollo se haya subcontratado la totalidad de la ejecución del contrato.

g. El oferente deberá presentar, para la acreditación de la experiencia: Certificaciones, constancias o cualquier otro documento expedido por el contratante, su representante o por el interventor o supervisor del contrato. La documentación presentada para la acreditación de la experiencia deberá permitir en conjunto la verificación de la siguiente información:

1) Nombre del contratante. 2) Nombre del contratista. 3) Objeto del contrato. 4) Valor total del contrato. 5) Lugar de ejecución. 6) Fecha de inicio del contrato. 7) Constancia de recibo final del objeto del contrato, con indicación de la fecha

correspondiente. 8) Si el contrato se ejecutó en consorcio, unión temporal u otra forma conjunta,

deberá indicar el nombre de sus integrantes y el porcentaje de participación de cada uno de ellos. Cuando en la certificación no se indique el porcentaje de participación, deberá adjuntarse certificación del oferente individual o del integrante del oferente plural que desea hacer valer la experiencia, en la que se haga constar dicho porcentaje de participación. Tratándose de personas jurídicas, la referida certificación deberá suscribirse por su representante legal y, además, por el contador público o el revisor fiscal, según sea el caso. Si se trata de personas naturales, la certificación deberá estar suscrita por ellas y por contador público.

h. En los casos en que el contrato haya sido ejecutada en virtud de un contrato de fiducia

mercantil, deberá presentarse certificación expedida por la sociedad fiduciaria titular del patrimonio autónomo, en la que se indique, además de la información exigida en el literal g) del presente numeral, el nombre del o los fideicomitentes y el nombre de la persona natural o jurídica que ejecutó el contrato.

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El valor total del o los contratos celebrados que se aporten para acreditar la experiencia específica será aquel que tuvieron a la fecha del informe de recibo final o la del acta de recibo final suscrito por el contratante o su representante o a la terminación del contrato, y la conversión a salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) se hará conforme al vigente en el año de recibo final o terminación. En caso de presentar el valor en moneda extranjera, se aplicará lo siguiente:

1. Cuando el valor esté dado en dólares americanos (USD) se convertirá a pesos colombianos utilizando para esa conversión la tasa representativa del mercado (TRM) vigente para la fecha de recibo final o terminación.

2. Cuando el valor esté dado en moneda extranjera diferente al dólar americano, se realizará su conversión a dólares americanos de acuerdo con las tasas de cambio estadísticas publicadas por el Banco de la República, teniendo en cuenta la fecha de recibo final o de su terminación y, posteriormente, se procederá a su conversión a pesos colombianos de conformidad con la TMR vigente para la fecha de recibo final o de su terminación, según corresponda

NOTA: Las certificaciones de experiencia se consideran expedidas bajo la gravedad del juramento y por tanto el contenido se desvirtúa con prueba en contrario.

3.2.3.2. Requisitos de Experiencia Específica del Personal principal requerido

3.2.3.2.1. Relación del personal principal requerido (aplica para cada grupo)

La relación del personal principal requerido deberá ser presentada por el oferente utilizando exclusivamente el Formato 04, incluyendo la información allí requerida, la cual deberá ser soportada de conformidad con los criterios y condiciones establecidas en el siguiente numeral. El personal principal requerido, con su perfil mínimo, es el relacionado a continuación:

PERSONAL PRINCIPAL REQUERIDO GRUPO 1:

Personal Principal requerido para la ejecución del objeto contractual

Cantidad Cargo a desempeñar

Formación Académica

Experiencia general

Experiencia Específica % de dedicación en la duración

total del contrato Como:

1 Director de Proyecto

Administrador de Empresas,

Economista, profesional de la

Ingeniería en cualquiera de sus áreas, Geólogo o Abogado, deberá

contar con título de pregrado y matrícula

profesional vigente

25 años, en el ejercicio de su

profesión

15 años como director en entidades públicas o privadas cuyo objeto social comprenda

actividades relacionadas con: a) Asesorías, consultorías y/o auditorias, en

entidades estatales y/o privadas, tanto colombianas como extranjeras, de los subsectores minero, energético y/o de

hidrocarburos y/o b) Realización de actividades de interventoría o

de estudios y diseños en Colombia o en el extranjero en relación con actividades o

proyectos en los subsectores energéticos, minero, de hidrocarburos o de

infraestructura en túneles.

100%

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RDP BORRADORES Página 48 de 84

Personal Principal requerido para la ejecución del objeto contractual

Cantidad Cargo a desempeñar

Formación Académica

Experiencia general

Experiencia Específica % de dedicación en la duración

total del contrato Como:

1 Subdirector Técnico

Ingeniero en Minas, Ingeniero

de Minas y Metalurgia,

Ingeniero Geólogo, deberá contar con título de pregrado

y matrícula profesional vigente

20 años, en el ejercicio de su

profesión

10 años de experiencia como Director o Subdirector o en cargos del nivel directivo en

empresas públicas o privadas cuyo objeto social comprenda actividades relacionadas con:

a) Asesorías, consultorías y/o auditorias, en entidades estatales y/o privadas, tanto colombianas como extranjeras, de los subsectores minero, energético y/o de

hidrocarburos y/o b) Realización de actividades de interventoría o

de estudios y diseños en Colombia o en el extranjero en relación con actividades o

proyectos en los subsectores energéticos, minero, de hidrocarburos o de

infraestructura en túneles.

100%

1 Subdirector Jurídico

Abogado con título de pregrado

obtenido en una institución de

educación superior en Colombia y

tarjeta profesional vigente en Derecho

15 años, en el ejercicio de su

profesión

8 años como Director o Subdirector o en cargos del nivel directivo en empresas públicas o

privadas cuyo objeto social comprenda actividades relacionadas con :

a) Asesorías, consultorías y/o auditorias, en entidades estatales y/o privadas, tanto colombianas como extranjeras, de los subsectores minero, energético y/o de

hidrocarburos y/o b) Realización de actividades de interventoría o

de estudios y diseños en Colombia o en el extranjero en relación con actividades o

proyectos en los subsectores energéticos, minero, de hidrocarburos o de

infraestructura en túneles.

100 %

1 Subdirector Económico

Economista, Profesional en

Finanzas, Ingeniero Industrial,

Contador Público, Administrador de Empresas. con

título de pregrado y matrícula

profesional vigente

15 años, en el ejercicio de su

profesión

8 años de experiencia como Director o en cargos del nivel directivo en empresas públicas o privadas, cuyo objeto social comprenda

actividades relacionadas con: a) Asesorías, consultorías y/o auditorias, en

entidades estatales y/o privadas, tanto colombianas como extranjeras, de los subsectores minero, energético y/o de

hidrocarburos y/o a) Realización de actividades de interventoría

o de estudios y diseños en Colombia o en el extranjero en relación con actividades o proyectos en los subsectores energéticos,

minero, de hidrocarburos o de infraestructura en túneles.

100%

1 Subdirector Administrativo

Administrador de Empresas, Ingeniero

Administrativo o Ingeniero Industrial

con título de pregrado y matrícula

profesional vigente

15 años, en el ejercicio de su

profesión

8 años de experiencia específica en el área administrativa como Director o Subdirector o en

cargos del nivel directivo en empresas públicas o privadas, en actividades de logística, manejo de

personal y/o control de producción.

100%

2

Coordinador de Grupo de

títulos mineros diferentes a los Proyectos de

Interés Nacional

Ingeniero de Minas, Ingeniero

de Minas y Metalurgia o

Ingeniero Geólogo, con título de pregrado y matrícula

profesional vigente

5 años, en el ejercicio de su

profesión

3 años en coordinación o supervisión de proyectos o grupos de trabajo en el sector

minero, interventoría de proyectos en el sector minero o seguimiento a obligaciones de títulos

mineros.

100%

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Personal Principal requerido para la ejecución del objeto contractual

Cantidad Cargo a desempeñar

Formación Académica

Experiencia general

Experiencia Específica % de dedicación en la duración

total del contrato Como:

2

Coordinador Temas

Ambientales y de

Comunidades

Profesional de la ingeniería en

cualquiera de sus áreas, Geólogo,

con título de pregrado y matrícula

profesional vigente y con título de post

grado en áreas ambientales

5 años, en el ejercicio de su

profesión

3 años como responsable en la elaboración y evaluación de estudios de impacto ambiental y/o

elaboración y ejecución de planes de manejo ambiental de proyectos mineros.

100%

2

Coordinador de Grupo de

Proyectos de Interés

Nacional

Ingeniero de Minas, Ingeniero

de Minas y Metalurgia o

Ingeniero Geólogo. con título de pregrado y matrícula

profesional vigente

5 años, en el ejercicio de su

profesión

3 años deberán ser en coordinación de proyectos o grupos de trabajo en el sector minero o

supervisión o seguimiento a proyectos de minería a gran escala.

Se entiende por proyectos de minería a gran escala, los que contemplen altos niveles de

producción, infraestructura, inversión, impacto social y ambiental, de conformidad con la

clasificación de Proyectos de Interés Nacional descrita en documento técnico del Grupo 1.

100%

CARTAS DE COMPROMISO: El oferente deberá presentar, junto con su oferta, las cartas de compromiso de la totalidad del personal principal requerido, debidamente suscritas y diligenciadas a través del formato 13. El personal anteriormente descrito, será de carácter obligatorio en el proyecto, por lo cual los oferentes lo deberán tener en cuenta y considerar en su totalidad, al momento de elaborar su oferta económica. PERSONAL PRINCIPAL REQUERIDO GRUPO 2:

Personal Principal requerido para la ejecución del objeto contractual

Cantidad Cargo a desempeñar

Formación Académica

Experiencia general

Experiencia Específica % de dedicación en la duración

total del contrato Como:

1 Director de Proyecto

Administrador de Empresas,

Economista, profesional de la

Ingeniería en cualquiera de sus áreas, Geólogo o Abogado, deberá

contar con título de pregrado y matrícula

profesional vigente

25 años, en el ejercicio de su

profesión

15 años como director en entidades públicas o privadas cuyo objeto social comprenda

actividades relacionadas con: a) Asesorías, consultorías y/o auditorias, en

entidades estatales y/o privadas, tanto colombianas como extranjeras, de los subsectores minero, energético y/o de

hidrocarburos y/o b) Realización de actividades de interventoría

o de estudios y diseños en Colombia o en el extranjero en relación con actividades o proyectos en los subsectores energéticos,

minero, de hidrocarburos o de infraestructura en túneles.

100%

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RDP BORRADORES Página 50 de 84

Personal Principal requerido para la ejecución del objeto contractual

Cantidad Cargo a desempeñar

Formación Académica

Experiencia general

Experiencia Específica % de dedicación en la duración

total del contrato Como:

1 Subdirector Técnico

Ingeniero en Minas, Ingeniero

de Minas y Metalurgia,

Ingeniero Geólogo, deberá contar con título de pregrado

y matrícula profesional vigente

20 años, en el ejercicio de su

profesión

10 años de experiencia como Director o Subdirector o en cargos del nivel directivo en

empresas públicas o privadas cuyo objeto social comprenda actividades relacionadas con:

a) Asesorías, consultorías y/o auditorias, en entidades estatales y/o privadas, tanto colombianas como extranjeras, de los subsectores minero, energético y/o de

hidrocarburos y/o b) Realización de actividades de interventoría

o de estudios y diseños en Colombia o en el extranjero en relación con actividades o proyectos en los subsectores energéticos,

minero, de hidrocarburos o de infraestructura en túneles.

100%

1 Subdirector Jurídico

Abogado con título de pregrado

obtenido en una institución de

educación superior en Colombia y

tarjeta profesional vigente en Derecho

15 años, en el ejercicio de su

profesión

8 años como Director o Subdirector o en cargos del nivel directivo en empresas públicas o

privadas cuyo objeto social comprenda actividades relacionadas con :

a) Asesorías, consultorías y/o auditorias, en entidades estatales y/o privadas, tanto colombianas como extranjeras, de los subsectores minero, energético y/o de

hidrocarburos y/o b) Realización de actividades de interventoría

o de estudios y diseños en Colombia o en el extranjero en relación con actividades o proyectos en los subsectores energéticos,

minero, de hidrocarburos o de infraestructura en túneles.

100 %

1 Subdirector Económico

Economista, Profesional en

Finanzas, Ingeniero Industrial,

Contador Público, Administrador de Empresas. con

título de pregrado y matrícula

profesional vigente

15 años, en el ejercicio de su

profesión

8 años de experiencia como Director o en cargos del nivel directivo en empresas públicas o privadas, cuyo objeto social comprenda

actividades relacionadas con: a) Asesorías, consultorías y/o auditorias, en

entidades estatales y/o privadas, tanto colombianas como extranjeras, de los subsectores minero, energético y/o de

hidrocarburos y/o b) Realización de actividades de interventoría

o de estudios y diseños en Colombia o en el extranjero en relación con actividades o proyectos en los subsectores energéticos,

minero, de hidrocarburos o de infraestructura en túneles.

100%

1 Subdirector Administrativo

Administrador de Empresas, Ingeniero

Administrativo o Ingeniero Industrial

con título de pregrado y matrícula

profesional vigente

15 años, en el ejercicio de su

profesión

8 años de experiencia específica en el área administrativa como Director o Subdirector o en

cargos del nivel directivo en empresas públicas o privadas, en actividades de logística, manejo de

personal y/o control de producción.

100%

2

Coordinador de Grupo de

títulos mineros diferentes a los Proyectos de

Interés Nacional

Ingeniero de Minas, Ingeniero

de Minas y Metalurgia o

Ingeniero Geólogo, con título de pregrado y matrícula

profesional vigente

5 años, en el ejercicio de su

profesión

3 años en coordinación o supervisión de proyectos o grupos de trabajo en el sector

minero, interventoría de proyectos en el sector minero o seguimiento a obligaciones de títulos

mineros.

100%

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RDP BORRADORES Página 51 de 84

Personal Principal requerido para la ejecución del objeto contractual

Cantidad Cargo a desempeñar

Formación Académica

Experiencia general

Experiencia Específica % de dedicación en la duración

total del contrato Como:

2

Coordinador Temas

Ambientales y de

Comunidades

Profesional de la ingeniería en

cualquiera de sus áreas, Geólogo,

con título de pregrado y matrícula

profesional vigente y con título de post

grado en áreas ambientales

5 años, en el ejercicio de su

profesión

3 años como responsable en la elaboración y evaluación de estudios de impacto ambiental y/o

elaboración y ejecución de planes de manejo ambiental de proyectos mineros.

100%

2

Coordinador de Grupo de

Proyectos de Interés

Nacional

Ingeniero de Minas, Ingeniero

de Minas y Metalurgia o

Ingeniero Geólogo. con título de pregrado y matrícula

profesional vigente

5 años, en el ejercicio de su

profesión

3 años deberán ser en coordinación de proyectos o grupos de trabajo en el sector minero o

supervisión o seguimiento a proyectos de minería a gran escala.

Se entiende por proyectos de minería a gran escala, los que contemplen altos niveles de

producción, infraestructura, inversión, impacto social y ambiental, de conformidad con la

clasificación de Proyectos de Interés Nacional descrita en documento técnico del Grupo 2.

100%

CARTAS DE COMPROMISO: El oferente deberá presentar, junto con su oferta, las cartas de compromiso de la totalidad del personal principal requerido, debidamente suscritas y diligenciadas a través del formato 13.

El personal anteriormente descrito, será de carácter obligatorio en el proyecto, por lo cual los oferentes lo deberán tener en cuenta y considerar en su totalidad, al momento de elaborar su oferta económica.

3.2.3.2.2. Acreditación y Verificación de la experiencia específica del personal principal requerido

Para efectos de la evaluación, el oferente deberá presentar, junto con su oferta, la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos mínimos exigidos para el equipo de trabajo principal señalado en el numeral anterior. No obstante, el oferente a quien se le acepte la oferta deberá contar para la ejecución del objeto contractual, con la totalidad del equipo humano indicado en el numeral 4.10.1 de las presentes reglas de participación.

Las certificaciones o contratos aportados para efectos de demostrar las condiciones exigidas para el equipo de trabajo principal requerido, deberán permitir evidenciar lo siguiente:

� Nombre del contratante � Nombre del contratista/empleado � Objeto � Cargo desempeñado � Fechas de inicio y terminación � Firma del personal competente

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b. Las certificaciones de experiencia en idioma diferente al castellano deberán acompañarse de la traducción oficial correspondiente.

c. La experiencia general de los profesionales cuando se solicite, se computará a partir de la terminación y aprobación del pensum académico de educación superior. Para el caso de los profesionales cuya tarjeta o matricula profesional no indique la fecha de su expedición, deberán aportar el documento expedido por el ente correspondiente en donde se indique la fecha de expedición de la misma o la certificación expedida por el ente de educación superior respectivo en donde conste la fecha de terminación y aprobación del pensum académico.

d. Los estudios de educación superior (pregrado y postgrado), así como los estudios técnicos se acreditarán mediante fotocopia de los diplomas respectivos o certificados de obtención del título correspondiente.

e. El valor total del o los proyectos ejecutados que se aporten para acreditar la experiencia específica será aquel que tuvieron a la fecha de recibo del informe final o la del acta de recibo final por el contratante o su representante o a la terminación del proyecto, y la conversión a salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) se hará conforme al vigente en el año de recibo final o terminación.

f. Uno o varios profesionales del personal principal requerido no podrá ser ofertado por

oferentes diferentes para el grupo No. 01 y 02 so pena de dar aplicación a lo previsto en el numeral 2.4.8 de las presentes reglas de participación.

3.2.4. Oferta Económica La verificación de los requerimientos señalados en esta sección (3.2.4) se realizará independiente para cada uno de los grupos que hacen parte del presente proceso. El oferente debe formular su oferta económica exclusivamente en los Formatos 07 MEDIANTE UNA HOJA DE CÁLCULO DE FORMATO EXCEL, EL CUAL DEBERÁ PRESENTAR EN MEDIO FÍSICO Y MAGNÉTICO, teniendo en cuenta, entre otros, los siguientes aspectos: 3.2.4.1. Todos los valores deben estar expresados en pesos colombianos.

3.2.4.2. Todos los valores deberán estar ajustados al peso, es decir, sin decimales.

Para el efecto, se aplicará la metodología de redondeo indicada en las presentes reglas de participación.

3.2.4.3. El plazo de ejecución del contrato señalado en el numeral 1.5.

3.2.4.4. La forma y el sistema de pago señalados en el capítulo cuarto de las presentes reglas de participación.

3.2.4.5. La información contenida en los Documentos de Estudios Previos para cada

grupo – Anexo No. 01 y el Documento técnico Grupo No. 01 – Fiscalización integral y Documento Técnico Grupo No. 02 – Fiscalización Integral – Anexo 11.

3.2.4.6. Las condiciones y especificaciones técnicas del contrato, así como la

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información técnica, hidrológica, geológica, geomorfológica y sismológica, geotécnica, topográfica y cartográfica, estudios de impacto ambiental y las leyes y normas que rigen para la región y las propias del sitio donde se desarrollará el proyecto. De igual forma, todos los costos que se requieran para la correcta ejecución del objeto de los contratos derivados del presente proceso de selección, entre ellos los generados por el transporte del personal, equipo, servicios públicos, herramientas y materiales. Del mismo modo, deberá considerar las condiciones, climáticas, ambientales y de orden público y las variaciones de precios por el cambio de año.

3.2.4.7. La totalidad de los tributos, independientemente de la denominación que asuman o del nivel territorial del que provengan, que se causen o llegaren a causar por la celebración, ejecución y liquidación de los contratos objeto del presente proceso de selección, los cuales serán de su cargo exclusivo.

3.2.4.8. El VALOR DE LA OFERTA debe estar entre el 90% y el 100% del valor total del Presupuesto Oficial Estimado, indicado en el numeral 1.4 para cada uno de los grupos.

3.2.4.9. No podrá, en ningún caso, modificar los ítems (codificación y descripción), las

unidades de medida ni las cantidades.

3.2.4.10. El valor unitario de cada uno de los ítems contenidos en el Formato 07, no podrá ser superior al 110% del valor unitario indicado para cada uno de ellos en el Presupuesto Oficial Estimado de cada grupo.

3.2.4.11. En caso de presentarse discrepancias entre las cantidades y/o Items del

formato 07 de las presentes reglas de participacion y el formato 07 diligenciado y el entregado por el oferente primará el formato 07 publicado en la página web de la entidad..

3.2.4.12. El oferente debe formular oferta económica independiente para cada uno de

los grupos a los cuales presente oferta, discriminando:

� VALOR TOTAL OFERTA GRUPO 1 � VALOR TOTAL OFERTA GRUPO 2

� Realizadas las verificaciones y, de ser el caso, aplicados los

procedimientos señalados en las viñetas anteriores, se verificará que la oferta económica impresa o la resultante de la verificación aritmética, el valor indicado en la casilla “VALOR TOTAL OFERTA GRUPO 1” no sea superior al 100% ni inferior al 90% del valor indicado en el numeral 1.4 de estas reglas de participación, so pena de dar aplicación al numeral 2.4.8.

� Realizadas las verificaciones y, de ser el caso, aplicados los

procedimientos señalados en las viñetas anteriores, se verificará que la oferta económica impresa o la resultante de la verificación aritmética, el valor indicado en la casilla “VALOR TOTAL OFERTA GRUPO 2” no sea superior al 100% ni inferior al 90% del valor indicado en el numeral 1.4. de estas reglas de participación, so pena de dar aplicación al numeral 2.4.8.

3.2.5. CONDICIONES Y DOCUMENTOS EXIGIDOS A LOS OFERENTES QUE SEAN

PERSONAS NATURALES EXTRANJERAS SIN DOMICILIO EN EL PAÍS, O

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PERSONAS JURÍDICAS EXTRANJERAS QUE NO TENGAN ESTABLECIDA SUCURSAL EN COLOMBIA CON LA FINALIDAD DE VERIFICAR LA CAPACIDAD JURÍDICA, Y LA CAPACIDAD FINANCIERA.�

3.2.5.1. CAPACIDAD JURIDICA Personas Naturales: Las personas naturales extranjeras, deberán acreditar su existencia mediante la presentación de copia de su pasaporte, y si se encuentra residenciado en Colombia, mediante la presentación de copia de la Cédula de Extranjería expedida por la autoridad competente.

Personas Jurídicas: Las personas jurídicas extranjeras deberán cumplir los siguientes requisitos:

Acreditar su existencia y representación legal, para lo cual deberá presentar un documento expedido por la autoridad competente en el país de su domicilio, expedido por lo menos dentro de los cuatro (4) meses anteriores a la fecha de cierre, en el que conste su existencia, objeto, fecha de constitución (que en todo caso deberá ser anterior a la fecha de cierre), vigencia, nombre del representante legal de la sociedad o de la persona o personas que tengan la Capacidad Jurídica para comprometerla y sus facultades señalando expresamente, si fuere el caso, que el representante no tiene limitaciones para presentar la Propuesta. En el evento en que conforme a la jurisdicción del Interesado extranjero no hubiese un documento que contenga la totalidad de la información, presentarán los documentos que sean necesarios para acreditar lo solicitado en el presente literal expedidos por las respectivas autoridades competentes. Si en la jurisdicción no existiese ninguna autoridad o entidad que certifique la información aquí solicitada, el Oferente extranjero deberá presentar una declaración juramentada de una persona con Capacidad Jurídica para vincular y representar a la sociedad en la que conste que (1) no existe autoridad u organismo que certifique lo solicitado en el presente numeral� (2) la información requerida en el presente numeral� y (3) la Capacidad Jurídica para vincular y representar a la sociedad de la persona que efectúa la declaración y de las demás personas que puedan representar y vincular a la sociedad, si las hay.

Acreditar que su objeto social principal o complementario permite la celebración y ejecución del Contrato, para lo cual presentará un extracto de sus estatutos sociales o un certificado del representante legal o funcionario autorizado (esta persona deberá aparecer en los documentos señalados en el literal (a) anterior).Para estos efectos, la autorización se entiende contenida dentro de las autorizaciones generales otorgadas para comprometer a la sociedad.

Acreditar la suficiencia de la Capacidad Jurídica de su(s) representante(s) legal(es) o de su(s) apoderado(s) especial(es) en Colombia para la suscripción del Contrato, para lo cual presentará un extracto de sus estatutos sociales o un certificado del representante legal o funcionario autorizado (esta persona deberá aparecer en los documentos señalados en el literal (a) anterior).

Acreditar que su duración es por lo menos igual al Plazo Total Estimado del Contrato y cinco (5) años más, para lo cual presentará un extracto de sus estatutos sociales o un certificado del representante legal o funcionario autorizado(esta persona deberá aparecer en los documentos señalados en el literal (a) anterior).

Si (el)(los)representante(s) legal(es) tuviere(n) limitaciones estatutarias para presentar la Propuesta o suscribir el Contrato y en general para efectuar cualquier acto derivado del proceso licitatorio o de su eventual condición de adjudicatario, deberá adjuntarse una

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autorización del órgano social competente de la sociedad en la cual se eliminen dichas limitaciones(se entenderá que se verificará la limitación respecto de la(s) persona(s) que esté(n) facultada(s) para actuar en el presente proceso y no respecto de aquellos representantes que no estén representando al oferente en la presente oferta cerrada de contrato, de manera que la limitación solamente deberá levantarse respecto de aquél (aquellos) representante(s) que suscriban documentos que sean presentados en la Propuesta, o si la duración de la sociedad no fuese suficiente en los términos de estas reglas de participación, se adjuntará un documento en el que conste que el órgano social competente ha decidido aumentar el plazo de la sociedad en caso de resultar Adjudicatario y antes de la suscripción del Contrato o de la constitución de la sociedad si se presenta bajo promesa de sociedad futura.

Adicionalmente a lo exigido en los literales (a) y (e) anteriores, si la Propuesta fuera suscrita por una persona jurídica extranjera a través de la sucursal que se encuentre abierta en Colombia y/o por el representante de ésta, deberá acreditarse la Capacidad Jurídica de la sucursal y/o de su representante, mediante la presentación del original del certificado de existencia y representación legal en una fecha de expedición máximo de un (1) mes antes de la fecha de cierre del presente proceso de selección por la Cámara de Comercio de la ciudad de la República de Colombia en la cual se encuentre establecida la sucursal. Cuando el representante legal de la sucursal tenga limitaciones para presentar la Propuesta, suscribir el Contrato o realizar cualquier otro acto requerido para la contratación en caso de resultar Adjudicatario, se deberá presentar en la Propuesta copia del acta en la que conste la decisión del órgano social competente correspondiente de la sociedad extranjera, que autorice la presentación de la Propuesta, la celebración del Contrato y la realización de los demás actos requeridos para la contratación en caso de resultar Adjudicatario.

3.2.5.2. Apoderado

Las personas naturales extranjeras sin residencia en Colombia, y las personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia, deberán acreditar un apoderado domiciliado en Colombia, debidamente facultado para presentar la Propuesta, participar y comprometer a su representado en las diferentes instancias de la presente oferta cerrada de contrato, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran, así como el Contrato, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con el presente documento.

Dicho apoderado podrá ser el mismo apoderado único para el caso de personas extranjeras que participen en Consorcio o Unión Temporal y en tal caso, bastará para todos los efectos, la presentación del poder común otorgado por todos los participantes del Consorcio o Unión Temporal con los requisitos de autenticación, Consularización y traducción exigidos en el Código de Comercio de Colombia. El poder a que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el mismo acto de constitución del Consorcio o Unión Temporal.

Para fines de claridad únicamente, las personas naturales y jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia podrán designar a más de una persona como su apoderado en Colombia, caso en el cual podrá indicar a su entera discreción las condiciones o las limitaciones a los apoderados. En todo caso, si no se precisan tales condiciones y/o limitaciones, FONADE presumirá que cualquiera de los apoderados podrá suscribir y vincular al oferente extranjero sin domicilio en Colombia que no sea Consorcio o Unión Temporal.

3.2.5.3. Capacidad Financiera

Personas Jurídicas y Naturales

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Debe presentar con la propuesta el último balance, de acuerdo al cierre fiscal en cada país de origen.

Las cifras que contengan dichos balances deben presentarse en moneda colombiana de conformidad con los Artículos 50 y 51 del Decreto 2649 de 1993 y demás normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan.

En el evento en que por las prácticas contables del país de origen los rubros que correspondan a las cuentas de capital de trabajo, índice liquidez y nivel de endeudamiento difieran de las establecidas en los literales a, b) y c) del numeral 3.2.2 se deben aportar junto con la información financiera, certificación suscrita por la persona natural o por el representante legal (persona jurídica) y avalada por un contador público inscrito en la Junta Central de Contadores Colombiana en la que conste tal circunstancia y en la que se indique con claridad los rubros que corresponden a las cuentas ya señaladas, se debe adjuntar tarjeta profesional del contador público y certificación expedida por la junta Central de Contadores sobre su vigencia

Con base en la información suministrada de la manera indicada en este numeral la entidad verificará el capital de trabajo, índice de liquidez y nivel de endeudamiento del oferente, y estos deben cumplir mínimo con los valores indicados en el numeral 3.2.2.

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CAPÍTULO CUARTO

4. CONDICIONES CONTRACTUALES GENERALES

4.1. OBJETO El objeto del contrato es la ejecución, por parte del contratista del proyecto denominado “CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PARA LAS ACTIVIDADES DE EVALUACION DOCUMENTAL E INSPECCCIONES DE CAMPO REQUERIDAS PARA APOYAR AL SGC EN LA FISCALIZACION INTEGRAL DE LOS TITULOS MINEROS – GRUPOS 1 Y 2” , de acuerdo con la descripción, especificaciones y demás condiciones establecidas en las presentes reglas de participación, los documentos e información técnica suministrada por FONADE y la oferta presentada por EL CONTRATISTA, todo lo cual hace parte integral del contrato. Las reglas de participación y adendas referidas en esta cláusula se entienden incorporadas al contrato aún cuando en este no se reproduzcan. En el evento en que se presente alguna contradicción entre, de una parte, las reglas de participación y este contrato, y de otra, la oferta presentada por el CONTRATISTA, prevalecerá el contenido de aquellos documentos. En el evento en que la contradicción se presente entre las reglas de participación y el presente contrato, prevalecerá el contenido de aquellas. La descripción técnica detallada y completa del proyecto está contenida en el documento de estudios previos de cada uno de los grupos Anexo No. 01 y en el Anexo No. 11. 4.2. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO El plazo, valor, condiciones, cambios, ajustes, aclaraciones, inclusión o exclusión de ítems, entre otras, establecidas en el contrato inicial, procederán a través de modificaciones contractuales suscritas por las partes. Sin autorización previa y escrita de FONADE, previo concepto de la interventoría, El CONTRATISTA no podrá apartarse de las condiciones y especificaciones contractuales que le resultan exigibles en virtud del contrato. En el evento en que lo haga perderá el derecho a reclamar el reconocimiento y pago de cualquier suma que resulte de la modificación y será responsable de los daños que por esa acción le cause a FONADE Y/O al SERVICIO GEOLÓGICO COLOMBIANO, sin perjuicio de la obligación de dar cumplimiento al contrato con base en las especificaciones exigibles. EL CONTRATISTA deberá manifestar expresamente y por escrito al momento de la suscripción de las modificaciones, adiciones, aclaraciones, prorrogas, suspensiones, otrosí, actas y demás documentos que se suscriban en la ejecución del contrato, si tales modificaciones, ajustes o correcciones generan mayor valor; en caso de que el contratista suscriba el documento sin la manifestación anterior se entenderá que cumplirá lo acordado sin que haya lugar a mayores valores o pago adicional alguno. La celebración de las modificaciones implica la obligación de modificar las garantías o de informar a la aseguradora con respecto al documento modificatorio, obligación que en cualquier caso corresponde y estará a cargo de EL CONTRATISTA y que deberá adelantarse dentro de los tres (3) días posteriores a la suscripción del documento.

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4.3. PLAZO EJECUCIÓN CONTRACTUAL El plazo para la ejecución contractual es de 27 MESES, contados a partir de la fecha de suscripción del acta de inicio, de conformidad con la cronograma suministrado por EL CONTRATISTA y aprobado por el INTERVENTOR. 4.4. CONDICIONES PREVIAS A LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE INICIO

a. Perfeccionamiento del contrato, el cual se da con la suscripción del contrato por las partes contratantes y el registro presupuestal efectuado por FONADE.

b. Aprobación de FONADE de la garantía entregada por EL CONTRATISTA. c. La acreditación por parte de EL CONTRATISTA al interventor de todo el personal

requerido necesario para el inicio de la ejecución del contrato y que el mismo se encuentra afiliado a los sistemas de seguridad social en salud, pensiones y riesgos profesionales, incluso los trabajadores independientes, y que los pagos de las cotizaciones respectivas se encuentran al día.

Cumplidos los anteriores requisitos, la negativa o retraso por parte de EL CONTRATISTA a la suscripción del acta de inicio dará lugar a la efectividad de las cláusulas contractuales a que haya lugar. 4.5. PRÓRROGA DEL PLAZO DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL El plazo de ejecución podrá ser prorrogado mediante la suscripción del documento modificatorio contractual que así lo disponga, en el cual, deberán señalarse las circunstancias o hechos que lo motivaron y la fecha o condición que defina el nuevo plazo de ejecución del contrato. Para prorrogar el contrato previamente se requiere:

a) La solicitud y justificación técnica correspondiente por parte de EL CONTRATISTA y la interventoría.

b) Ajuste de la nueva programación del cronograma a prorrogar, por parte de EL CONTRATISTA aprobada por la interventoría.

c) Aval y concepto de la gerencia del proyecto. Si, por circunstancias imputables a EL CONTRATISTA o cuyo riesgo de concreción fue asumido por este, resulta necesaria la prórroga del plazo para la ejecución del contrato y como consecuencia de ello debe adicionarse el valor del contrato de interventoría, FONADE descontará dicho valor de las sumas que EL CONTRATISTA le adeude, en caso tal de que no sea posible efectuar dicho descuento, FONADE podrá reclamarlo judicialmente. De tal descuento se deberá dejar constancia en el documento de prórroga. Lo anterior, sin perjuicio de la exigibilidad o efectividad de la cláusula penal de apremio y/o cláusula penal pecuniaria y de las acciones que pueda iniciar FONADE para obtener la indemnización de los perjuicios adicionales que tales circunstancias le generen. 4.6. SUSPENSIÓN El plazo de ejecución del contrato podrá ser suspendido mediante suscripción de un documento contractual que así lo disponga, en el cual se señalarán las causas que motivaron la suspensión. Deberá incluirse el plazo y/o condición que se consideren necesarios para el reinicio del contrato.

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4.7. VALOR DEL CONTRATO El valor inicial estimado del contrato es por la suma de ______________________________________________________, incluido el IVA y demás impuestos y tributos a que haya lugar para la celebración, legalización, ejecución y liquidación del contrato. 4.7.1. Precio unitario fijo con formula de reajuste El presente contrato se pacta por el sistema de precios unitarios fijos (valor por unidad de recurso, obra, trabajo, servicio o bien, el cual remunera la totalidad de las actividades y/o suministros que sean necesarios para la ejecución de su objeto, de conformidad con lo pactado), con fórmula de reajuste, en consecuencia, el valor real del contrato será la suma de los resultados que se obtengan al multiplicar las cantidades ejecutadas y/o entregadas a satisfacción de FONADE por los valores o precios unitarios pactados para el respectivo ítem. Cada precio unitario comprende todos los costos directos e indirectos derivados de la ejecución de la respectiva actividad y/o suministro que hacen parte del objeto del contrato. Incluye entre otros los gastos de administración, salarios y prestaciones sociales del personal, incremento salariales y prestacionales, desplazamiento, transporte, alojamiento y alimentación del equipo de trabajo, del contratista, honorarios, asesorías en actividades objeto del contrato, computadores, licencias de utilización del software, impuestos a cargo del contratista, transporte, garantías y bodegaje de equipos y materiales, las deducciones a que haya lugar y en general todo costo en que incurra el contratista para la ejecución de cada una de las actividades objeto de este contrato. FÓRMULA DE REAJUSTE El reajuste de precios se hará con base en el Índice de Precios al Consumidor – IPC, calculados por el DANE. Los reajustes se realizarán por una sola vez cada doce (12) meses y empezarán a regir a partir del primero de mayo de 2013. P1= Po*IPC1*IPC2

Donde, P1 = Valor reajustado del mes de la Prestación del servicio. Po = Valor acta mensual obtenido a partir de los valores unitarios contractuales. IPC1= Sumatoria del IPC mensual, desde el 01 de mayo de 2012 hasta el 30 de abril de 2013. Con éste IPC se realizaría el reajuste de precios por doce meses. IPC2= Sumatoria del IPC mensual, desde el 01 de mayo de 2013 hasta el 30 de abril de 2014. Con éste IPC se realizaría el reajuste de precios por doce meses o hasta finalizar el contrato. Este valor aplicaría solamente para el segundo año de reajuste. 4.7.2. Modificación del valor del Contrato El valor del contrato inicialmente estimado podrá ser modificado en razón de la necesidad de ejecución de mayores cantidades y/o ítems no previstos necesarios para la terminación del objeto del contrato, o para la realización de actividades que se consideren técnicamente

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convenientes u oportunas con ocasión de la ejecución del objeto inicial. Las modificaciones al valor correspondientes a mayores cantidades ajustarán el valor inicialmente contratado y se denominarán adición de contrato. Las modificaciones al valor correspondientes a ítems no previstos, o para la realización de actividades que se consideren técnicamente convenientes u oportunas con ocasión de la ejecución del objeto inicial se denominarán contrato adicional, y no podrán superar el 50% del valor inicial. Para modificar el valor del contrato previamente se requiere:

a. La solicitud, justificación técnica y presupuesto correspondiente por parte de la interventoría.

b. Aval y concepto técnico del gerente de convenio. c. Certificado de disponibilidad presupuestal.

4.7.3. Mayores cantidades � EL CONTRATISTA está obligado a ejecutar las mayores cantidades que resulten necesarias para la ejecución del objeto contractual, a los mismos precios contenidos en la oferta económica, previa autorización de la interventoría. En caso de presentarse mayores cantidades, estas podrán compensarse mediante acta suscrita entre el interventor y EL CONTRATISTA. Cuando las mayores cantidades impliquen el aumento del valor inicialmente estimado del contrato, deberá procederse de conformidad con lo establecido para la adición del contrato. 4.7.4. Ítems o Actividades No Previstas� Son ítems o actividades no previstas aquellas necesarias para el cumplimiento del objeto contractual o técnicamente conveniente u oportuno, no pactada desde el inicio del contrato. Si durante el desarrollo del objeto contractual surge la necesidad de ejecutar ítems o actividades no previstas contractualmente, EL CONTRATISTA los deberá ejecutar, previa celebración del contrato adicional correspondiente. La necesidad de ejecutar los nuevos ítems será determinada por FONADE, previo concepto de la interventoría. Le está prohibido a EL CONTRATISTA ejecutar ítems o actividades no previstos en el contrato, sin que, previamente, se haya suscrito el respectivo contrato adicional. Cualquier ítem que ejecute sin la celebración previa del documento contractual será asumido por cuenta y riesgo de EL CONTRATISTA, de manera que FONADE no reconocerá valores por tal concepto. Para la determinación del precio de los ítems o actividades no previstos y, por lo tanto, para la elaboración del análisis de precios unitarios, por parte de EL CONTRATISTA, se tendrá en cuenta el valor de los insumos, entendido como aquel que corresponde a las tarifas de los equipos, precios de los insumos y/o materiales básicos y las tarifas de personal, contenido en los respectivos análisis de precios unitarios de los ítems o actividades previstas y en la lista de precios de insumos. En el evento en que en el análisis de los precios unitarios de los ítems o actividades previstas y/o en la lista de precios de insumos se hayan consignado valores diferentes para un mismo insumo, se aplicará el menor valor. Si el precio de uno o algunos de los insumos necesarios para la determinación del valor del nuevo ítem o actividad no se encuentra en los análisis de precios unitarios, ni en la lista de precios de insumos, será acordado entre EL CONTRATISTA y el interventor previa verificación y aval de los precios

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por parte del Área de Estudios Previos. Los precios que se acuerden por los ítems o actividades no previstos, en ningún caso, serán superiores a los del mercado al momento en que el que se celebre el contrato adicional. 4.8. FORMA DE PAGO FONADE pagará al contratista el valor del contrato por el sistema de precios unitarios fijos con formula de reajuste así:

� Pagos parciales mensuales hasta por el 90% del valor contra el informe mensual consolidado y previa verificación de cada uno de los entregables que soportan la fiscalización de cada título minero con el correspondiente oficio de aprobación de la Interventoría, y de la respectiva factura en la que se amortiza proporcionalmente el anticipo. Los desembolsos deberán ser refrendados por el interventor en los formatos que FONADE suministra para el efecto.

� El último pago correspondiente al saldo del diez por ciento del valor total por concepto

de rete garantía, se realizará una vez: a) Se haya liquidado el contrato, b) Se haya cumplido con cada una de las obligaciones del contratista en el desarrollo del contrato, c) se haya aprobado por parte de la Subgerencia de Contratación la garantía de calidad del servicio, en las condiciones determinadas por FONADE, la cual se diligenciará con el acta de recibo final de la prestación del servicio, suscrita por el contratista, interventor y supervisor del contrato, y será presentada para aprobación y liquidación final del contrato.

El sistema de pago del contrato es por precio unitario fijo con fórmula de ajuste. En consecuencia, el valor definitivo del contrato será la suma de los resultados que se obtengan al multiplicar las cantidades ejecutadas por el contratista y entregadas a FONADE a su entera satisfacción, por los valores o precios unitarios fijos pactados para el respectivo ítem según la propuesta económica. 4.8.1. Requisitos de pago Los pagos y el desembolso de recursos relacionados con el contrato quedan sometidos, además de las condiciones anteriormente previstas, Al cumplimiento de los siguientes requisitos: a. Deberán ser refrendados por el interventor en los formatos que FONADE suministre para

el efecto. b. La acreditación por parte de EL CONTRATISTA al interventor de que todo el personal

necesario para el inicio de la ejecución del contrato se encuentra afiliado a los sistemas de seguridad social en salud, pensiones y riesgos profesionales, incluso los trabajadores independientes, y que los pagos de las cotizaciones respectivas se encuentran al día

c. Se realizarán dentro de los diez (10) días calendario siguientes a las fechas de radicación de las facturas o cuentas, según sea el caso, o de la fecha en que EL CONTRATISTA subsane las glosas que se le formulen.

d. Deberá haberse producido el ingreso efectivo de los recursos del proyecto a la Tesorería de FONADE.

e. Toda vez que los impuestos y retenciones que surjan por la celebración, ejecución y liquidación del contrato corren por cuenta de EL CONTRATISTA, FONADE hará las retenciones del caso y cumplirá las obligaciones fiscales que ordene la ley.

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f. Todos los documentos de pago deberán ser avalados por el interventor contratado por FONADE.

4.8.2. Anticipo FONADE desembolsará a EL CONTRATISTA, a título de anticipo, el DIEZ POR CIENTO (10%) del valor del contrato inicial. 4.8.3. Amortización El valor entregado como anticipo será amortizado con cada cuenta correspondiente a las actas de corte e informes de fiscalizaciones aprobados por la Interventoría del proyecto, en un porcentaje igual al entregado a título de anticipo, pero en todo caso, su amortización total deberá realizarse en la última acta de corte e informe de fiscalizaciones aprobados por la Interventoría del proyecto, lo anterior significa que para el pago del acta final ya debe haberse amortizado la totalidad del anticipo entregado. EL CONTRATISTA podrá amortizar en las actas de corte e informes de fiscalizaciones aprobados por la Interventoría del proyecto un porcentaje mayor al acordado. 4.8.4. Requisitos para el desembolso del anticipo Para el desembolso del anticipo, se requiere previamente el cumplimiento de la totalidad de los requisitos de pago y adicionalmente los siguientes:

a. Suscripción del acta de inicio. b. Aprobación de FONADE a la garantía entregada por EL CONTRATISTA. c. La acreditación por parte de EL CONTRATISTA al interventor de que todo el personal

necesario para el inicio de la ejecución del contrato se encuentra afiliado a los sistemas de seguridad social en salud, pensiones y riesgos profesionales, incluso los trabajadores independientes, y que los pagos de las cotizaciones respectivas se encuentran al día

d. Aprobación por parte de la interventoría del plan de manejo e inversión del anticipo, en el cual se contemple los tiempos e inversiones de conformidad con las cuales se ejecutará el anticipo.

e. La apertura de una cuenta corriente conjunta entre el contratista y el interventor para el manejo del anticipo.

4.8.5. Reglas para el manejo e inversión del anticipo: Para el manejo e inversión del anticipo, se aplicarán las siguientes reglas:

a. EL CONTRATISTA deberá invertir, en forma directa y de manera inequívoca, el anticipo

en el objeto contractual, con sujeción al plan de manejo e inversión. b. El anticipo se manejará en una cuenta corriente de manejo conjunto entre EL

CONTRATISTA y la interventoría, de tal forma que los cheques que se giren con cargo a ella necesiten, para ser pagados, la firma del CONTRATISTA o su designado y la del Interventor.

c. El interventor y EL CONTRATISTA deberán elaborar y firmar el documento de solicitud de pago del anticipo para su desembolso, la cual deberá ser registrada por el interventor con los documentos soporte, quien se asegurará de que siga el trámite correspondiente para el pago respectivo.

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d. El anticipo debe manejarse de acuerdo con el plan de manejo e inversión del mismo aprobado por FONADE, el cual deberá ajustar a los porcentajes indicados en la oferta.

e. EL CONTRATISTA debe permitirle a la interventoría, sin ningún tipo de restricción, la revisión permanente del flujo de fondos.

f. EL CONTRATISTA deberá rendir a la interventoría un informe mensual de gastos contra la cuenta, incluyendo los soportes de los mismos (según el manual de Interventoría) y anexando copia del extracto bancario de dicha cuenta.

g. En todo caso, la ejecución del anticipo deberá justificarse con gastos necesarios para la ejecución del contrato.

h. Los rendimientos financieros que sean generados por los recursos del anticipo deberán ser transferidos a la cuenta en que FONADE maneja los recursos para el desarrollo de este proyecto, una vez ejecutado el valor entregado por este concepto. EL CONTRATISTA deberá remitir copia del correspondiente recibo de consignación.

4.9. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA Sin perjuicio de las demás obligaciones que se desprendan de la Constitución Política de la República de Colombia, de las normas que regulan el ejercicio de la ingeniería y sus profesiones afines y auxiliares, de las contenidas en las normas técnicas y ambientales pertinentes, de las particulares que correspondan a la naturaleza del contrato a celebrar, de aquellas contenidas en otros apartes de las presentes reglas de participación y de las consignadas específicamente en el Anexo 11 - Documento técnico Grupo No. 01 – Fiscalización integral y Documento Técnico Grupo No. 02 – Fiscalización Integral de las presentes reglas de participación, EL CONTRATISTA contrae, entre otras, las siguientes: 4.9.1. Obligaciones de carácter general 4.9.1.1. Acreditar, en las oportunidades que así se requiera, que se encuentra al día en el

pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios al Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF y las cajas de compensación familiar, de todo el personal vinculado directamente a la ejecución del contrato, incluido los independientes que presten sus servicios para la ejecución de la obra.

4.9.1.2. Indemnizar y/o asumir todo daño que se cause a terceros, a bienes propios o de

terceros, o al personal contratado para la ejecución del contrato, por causa o con ocasión del desarrollo del mismo.

4.9.1.3. EL CONTRATISTA debe responder por el pago de todos los impuestos, tasas,

gravámenes y contribuciones establecidas por las diferentes autoridades nacionales, departamentales o municipales y dentro de estos mismos niveles territoriales, las contribuciones, tasas, derechos, tarifas, y multas establecidos por las diferentes autoridades ambientales, que afecten la celebración, ejecución y liquidación del contrato y las actividades que de él se deriven. Estos pagos deben soportarse con las certificaciones correspondientes expedidas y/o validadas por las autoridades competentes.

4.9.1.4. El primer día hábil de cada semana el CONTRATISTA entregara a la interventoría

una (1) copia de la totalidad de actas de visita realizadas en la semana inmediatamente anterior.

4.9.2. Obligaciones relacionadas con el personal requerido para la ejecución del objeto

contractual

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Suministrar y mantener, durante la ejecución del contrato el personal ofrecido y requerido para la ejecución del objeto contractual, relacionado a continuación, el cual deberá cumplir con las calidades técnicas o profesionales y la experiencia general y específica exigidas en las presentes reglas de participación. En todo caso, EL CONTRATISTA deberá contar con los profesionales o técnicos requeridos, para cumplir con el objeto contractual, que en ningún caso podrán estar comprometidos más del 100% de su tiempo incluyendo la dedicación requerida para la ejecución del contrato derivado del presente proceso y con contratos en ejecución con FONADE o con terceros. Además de lo anterior, deberá contar con una oficina central que, entre otros aspectos, le preste soporte en asuntos de orden técnico, legal, administrativo, financiero y contable. PERSONAL PRINCIPAL REQUERIDO GRUPO 1:

Personal Principal requerido para la ejecución del objeto contractual

Cantidad Cargo a desempeñar

Formación Académica

Experiencia general

Experiencia Específica % de dedicación en la duración

total del contrato Como:

1 Director de Proyecto

Administrador de Empresas,

Economista, profesional de la

Ingeniería en cualquiera de sus áreas, Geólogo o Abogado, deberá

contar con título de pregrado y matrícula profesional vigente

25 años, en el ejercicio de su

profesión

15 años como director en entidades públicas o privadas cuyo objeto social comprenda

actividades relacionadas con: a) Asesorías, consultorías y/o auditorias, en

entidades estatales y/o privadas, tanto colombianas como extranjeras, de los subsectores minero, energético y/o de

hidrocarburos y/o b) Realización de actividades de interventoría

o de estudios y diseños en Colombia o en el extranjero en relación con actividades o proyectos en los subsectores energéticos,

minero, de hidrocarburos o de infraestructura en túneles.

100%

1 Subdirector Técnico

Ingeniero en Minas, Ingeniero de Minas y Metalurgia, Ingeniero

Geólogo, deberá contar con título de

pregrado y matrícula profesional vigente

20 años, en el ejercicio de su

profesión

10 años de experiencia como Director o Subdirector o en cargos del nivel directivo en

empresas públicas o privadas cuyo objeto social comprenda actividades relacionadas con:

a) Asesorías, consultorías y/o auditorias, en entidades estatales y/o privadas, tanto colombianas como extranjeras, de los subsectores minero, energético y/o de

hidrocarburos y/o b) Realización de actividades de interventoría

o de estudios y diseños en Colombia o en el extranjero en relación con actividades o proyectos en los subsectores energéticos,

minero, de hidrocarburos o de infraestructura en túneles.

100%

1 Subdirector Jurídico

Abogado con título de pregrado

obtenido en una institución de

educación superior en Colombia y tarjeta profesional vigente

en Derecho

15 años, en el ejercicio de su

profesión

8 años como Director o Subdirector o en cargos del nivel directivo en empresas públicas o

privadas cuyo objeto social comprenda actividades relacionadas con :

a) Asesorías, consultorías y/o auditorias, en entidades estatales y/o privadas, tanto colombianas como extranjeras, de los subsectores minero, energético y/o de

hidrocarburos y/o b) Realización de actividades de interventoría

o de estudios y diseños en Colombia o en el extranjero en relación con actividades o proyectos en los subsectores energéticos,

minero, de hidrocarburos o de infraestructura en túneles.

100 %

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Personal Principal requerido para la ejecución del objeto contractual

Cantidad Cargo a desempeñar

Formación Académica

Experiencia general

Experiencia Específica % de dedicación en la duración

total del contrato Como:

1 Subdirector Económico

Economista, Profesional en

Finanzas, Ingeniero Industrial, Contador

Público, Administrador de

Empresas. con título de pregrado y

matrícula profesional vigente

15 años, en el ejercicio de su

profesión

8 años de experiencia como Director o en cargos del nivel directivo en empresas públicas o privadas, cuyo objeto social comprenda

actividades relacionadas con: a) Asesorías, consultorías y/o auditorias, en

entidades estatales y/o privadas, tanto colombianas como extranjeras, de los subsectores minero, energético y/o de

hidrocarburos y/o b) Realización de actividades de interventoría

o de estudios y diseños en Colombia o en el extranjero en relación con actividades o proyectos en los subsectores energéticos,

minero, de hidrocarburos o de infraestructura en túneles.

100%

1 Subdirector Administrativo

Administrador de Empresas, Ingeniero

Administrativo o Ingeniero Industrial

con título de pregrado y matrícula profesional vigente

15 años, en el ejercicio de su

profesión

8 años de experiencia específica en el área administrativa como Director o Subdirector o en

cargos del nivel directivo en empresas públicas o privadas, en actividades de logística, manejo de

personal y/o control de producción.

100%

2

Coordinador de Grupo de

títulos mineros diferentes a los Proyectos de

Interés Nacional

Ingeniero de Minas, Ingeniero de Minas y

Metalurgia o Ingeniero Geólogo,

con título de pregrado y matrícula profesional vigente

5 años, en el ejercicio de su

profesión

3 años en coordinación o supervisión de proyectos o grupos de trabajo en el sector

minero, interventoría de proyectos en el sector minero o seguimiento a obligaciones de títulos

mineros.

100%

2

Coordinador Temas

Ambientales y de

Comunidades

Profesional de la ingeniería en

cualquiera de sus áreas, Geólogo, con título de pregrado y

matrícula profesional vigente y con título de post grado en

áreas ambientales

5 años, en el ejercicio de su

profesión

3 años como responsable en la elaboración y evaluación de estudios de impacto ambiental y/o

elaboración y ejecución de planes de manejo ambiental de proyectos mineros.

100%

2

Coordinador de Grupo de

Proyectos de Interés

Nacional

Ingeniero de Minas, Ingeniero de Minas y

Metalurgia o Ingeniero Geólogo.

con título de pregrado y matrícula profesional vigente

5 años, en el ejercicio de su

profesión

3 años deberán ser en coordinación de proyectos o grupos de trabajo en el sector minero o

supervisión o seguimiento a proyectos de minería a gran escala.

Se entiende por proyectos de minería a gran escala, los que contemplen altos niveles de

producción, infraestructura, inversión, impacto social y ambiental, de conformidad con la

clasificación de Proyectos de Interés Nacional descrita en documento técnico del Grupo 1.

100%

Personal Mínimo requerido para los títulos mineros diferentes a los Proyectos de Interés Nacional

Cantidad Cargo a desempeñar

Formación Académica

Experiencia general

Experiencia Específica % de dedicación en la duración

total del contrato Como:

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Personal Mínimo requerido para los títulos mineros diferentes a los Proyectos de Interés Nacional

Cantidad Cargo a desempeñar

Formación Académica

Experiencia general

Experiencia Específica % de dedicación en la duración

total del contrato Como:

16 Coordinador de grupo

Ingeniero de Minas, Ingeniero de Minas y

Metalurgia o Ingeniero Geólogo

5 años, en el ejercicio de su

profesión

3 años deberán ser en coordinación de proyectos o grupos de trabajo, interventoría de

proyectos o seguimiento a obligaciones de títulos mineros.

100%

180 Ingeniero

Ingeniero de Minas, Ingeniero de Minas y Metalurgia, Ingeniero Geólogo o Geólogos,

Ingeniero Civil, Ingeniero Mecánico, de los cuales como

mínimo el 50% deberán ser

Ingenieros de Minas, Ingeniero de Minas y

Metalurgia o Geólogos.

4 años, en el ejercicio de su

profesión

3 años de experiencia así: para los ingenieros de minas en diseño y

planeamiento minero, seguimiento y evaluación de proyectos mineros o fiscalización de títulos

mineros, y para los ingenieros geólogos o geólogos en valoración de reservas mineras o

estudios de prefactibilidad y factibilidad de proyectos mineros.

Para Ingenieros Civiles y Mecánicos en planeamiento y operación minera.

100%

58 Abogado Abogado con título de pregrado y matrícula profesional vigente

3 años, en el ejercicio de su

profesión

1 año de experiencia en seguimiento a obligaciones de títulos mineros 100%

2 Ingeniero de Sistemas

Ingeniero de sistemas, con título

de pregrado y matrícula profesional

vigente

3 años, en el ejercicio de su

profesión

1 año de experiencia en desarrollo de software y manejo de bases de datos 100%

3 Experto en

área ambiental

Ingeniero Ambiental, Geólogo o Ingeniero Geólogo, Ingeniero

de Minas o Ingeniero de Minas y

Metalurgia con especialización en el

área ambiental

3 años, en el ejercicio de su

profesión

1 año de experiencia en seguimiento de obligaciones ambientales de proyectos mineros

productivos.

100%

2 Experto Social

Sociólogo, antropólogo o

trabajador social

3 años, en el ejercicio de su

profesión

1 año de experiencia en evaluación social de procesos productivos 100%

31 Técnico

Técnico en secretariado, archivo documental o áreas

afines

1 año N.A. 100%

Personal Mínimo requerido para los títulos mineros de los Proyectos de Interés Nacional

Cantidad Cargo a desempeñar

Formación Académica

Experiencia general

Experiencia Específica % de dedicación en la duración

total del contrato Como:

1 Coordinador de grupo

Ingeniero de Minas, Ingeniero de Minas y

Metalurgia o Ingeniero Geólogo

5 años, en el ejercicio de su

profesión

3 años en coordinación de proyectos o grupos de trabajo o seguimiento de proyectos de minería a gran escala. Se entiende por

proyectos de minería a gran escala, los que contemplen altos niveles de producción,

infraestructura, inversión, impacto social y ambiental, de conformidad con la clasificación de Proyectos de Interés Nacional descrita en

documento técnico del Grupo 1.

100%

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Personal Mínimo requerido para los títulos mineros de los Proyectos de Interés Nacional

Cantidad Cargo a desempeñar

Formación Académica

Experiencia general

Experiencia Específica % de dedicación en la duración

total del contrato Como:

7 Ingeniero Ingeniero de Minas, Ingeniero de Minas y

Metalurgia

4 años, en el ejercicio de su

profesión

2 años en diseño y planeamiento minero, seguimiento y evaluación de proyectos mineros

a gran escala. Se entiende por proyectos de minería a gran escala, los que contemplen altos niveles de producción, infraestructura,

inversión, impacto social y ambiental, de conformidad con la clasificación de Proyectos

de Interés Nacional descrita en documento técnico del Grupo 1.

100%

4 Geólogo Ingeniero Geólogo o Geólogo

4 años, en el ejercicio de su

profesión

2 años en valoración de reservas mineras o estudios de prefactibilidad y factibilidad de

proyectos mineros a gran escala. Se entiende por proyectos de minería a gran escala, los que

contemplen altos niveles de producción, infraestructura, inversión, impacto social y

ambiental, de conformidad con la clasificación de Proyectos de Interés Nacional descrita en

documento técnico del Grupo 1.

4 Abogado Abogado con título de pregrado y matrícula profesional vigente

4 años, en el ejercicio de su

profesión

2 años de experiencia en seguimiento de proyectos mineros a gran escala. Se entiende

por proyectos de minería a gran escala, los que contemplen altos niveles de producción,

infraestructura, inversión, impacto social y ambiental, de conformidad con la clasificación de Proyectos de Interés Nacional descrita en

documento técnico del Grupo 1.

100%

1 Ingeniero de Sistemas

Ingeniero de sistemas, con título

de pregrado y matrícula profesional

vigente

3 años, en el ejercicio de su

profesión

1 años de experiencia en desarrollo de software y manejo de bases de datos 100%

1 Experto en

área ambiental

Ingeniero Ambiental, Geólogo o Ingeniero Geólogo, Ingeniero

de Minas o Ingeniero de Minas y

Metalurgia con especialización en gestión ambiental

4 años, en el ejercicio de su

profesión

2 años de experiencia en seguimiento de obligaciones ambientales de proyectos mineros

a gran escala. Se entiende por proyectos de minería a gran escala, los que contemplen altos niveles de producción, infraestructura,

inversión, impacto social y ambiental, de conformidad con la clasificación de Proyectos

de Interés Nacional descrita en documento técnico del Grupo 1.

100%

1 Experto Social

Sociólogo, antropólogo o

trabajador social

4 años, en el ejercicio de su

profesión

2 años de experiencia en evaluación social de procesos productivos 100%

1

Experto en Seguridad Industrial y

Salud Ocupacional

Ingeniero de Minas o Ingeniero de Minas y

Metalurgia con estudios de posgrado en

Seguridad industrial y salud ocupacional

4 años, en el ejercicio de su

profesión 2 años en seguridad e higiene minera

1 Químico Químico o Ingeniero Químico

4 años, en el ejercicio de su

profesión

2 años en análisis de carbones bajo estándares ASTM 100%

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Personal Mínimo requerido para los títulos mineros de los Proyectos de Interés Nacional

Cantidad Cargo a desempeñar

Formación Académica

Experiencia general

Experiencia Específica % de dedicación en la duración

total del contrato Como:

1 Analista Económico

Economista, Administrador de

Empresas, Analista Financiero con

estudios de posgrado a nivel de

especialización.

4 años, en el ejercicio de su

profesión N.A. 100%

1 Abogado Tributario

Abogado con posgrado al nivel de especialización en derecho tributario

4 años, en el ejercicio de su

profesión

2 años en seguimiento a obligaciones de títulos mineros 100%

1 Contador Contador Público 4 años, en el

ejercicio de su profesión

N.A. 100%

1 Técnico

Técnico en secretariado, archivo documental o áreas

afines

1 año N.A. 100%

CARTAS DE COMPROMISO: El oferente deberá presentar, junto con su oferta, las cartas de compromiso de la totalidad del personal principal requerido, debidamente suscritas y diligenciadas a través del formato 13. PERSONAL PRINCIPAL REQUERIDO GRUPO 2:

Personal Principal requerido para la ejecución del objeto contractual

Cantidad Cargo a desempeñar

Formación Académica

Experiencia general

Experiencia Específica % de dedicación en la duración

total del contrato Como:

1 Director de Proyecto

Administrador de Empresas,

Economista, profesional de la

Ingeniería en cualquiera de sus áreas, Geólogo o Abogado, deberá

contar con título de pregrado y matrícula profesional vigente

25 años, en el ejercicio de su

profesión

15 años como director en entidades públicas o privadas cuyo objeto social comprenda

actividades relacionadas con: a) Asesorías, consultorías y/o auditorias, en

entidades estatales y/o privadas, tanto colombianas como extranjeras, de los subsectores minero, energético y/o de

hidrocarburos y/o b) Realización de actividades de interventoría

o de estudios y diseños en Colombia o en el extranjero en relación con actividades o proyectos en los subsectores energéticos,

minero, de hidrocarburos o de infraestructura en túneles.

100%

Page 69: MODELO DE REGLAS DE PARTICIPACION FONADEv6 FEB 02...contrato de prestacion de servicios para las actividades de evaluacion documental e inspeccciones de campo requeridas para apoyar

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Personal Principal requerido para la ejecución del objeto contractual

Cantidad Cargo a desempeñar

Formación Académica

Experiencia general

Experiencia Específica % de dedicación en la duración

total del contrato Como:

1 Subdirector Técnico

Ingeniero en Minas, Ingeniero de Minas y Metalurgia, Ingeniero

Geólogo, deberá contar con título de

pregrado y matrícula profesional vigente

20 años, en el ejercicio de su

profesión

10 años de experiencia como Director o Subdirector o en cargos del nivel directivo en

empresas públicas o privadas cuyo objeto social comprenda actividades relacionadas con:

a) Asesorías, consultorías y/o auditorias, en entidades estatales y/o privadas, tanto colombianas como extranjeras, de los subsectores minero, energético y/o de

hidrocarburos y/o b) Realización de actividades de interventoría

o de estudios y diseños en Colombia o en el extranjero en relación con actividades o proyectos en los subsectores energéticos,

minero, de hidrocarburos o de infraestructura en túneles.

100%

1 Subdirector Jurídico

Abogado con título de pregrado

obtenido en una institución de

educación superior en Colombia y tarjeta profesional vigente

en Derecho

15 años, en el ejercicio de su

profesión

8 años como Director o Subdirector o en cargos del nivel directivo en empresas públicas o

privadas cuyo objeto social comprenda actividades relacionadas con :

a) Asesorías, consultorías y/o auditorias, en entidades estatales y/o privadas, tanto colombianas como extranjeras, de los subsectores minero, energético y/o de

hidrocarburos y/o b) Realización de actividades de interventoría

o de estudios y diseños en Colombia o en el extranjero en relación con actividades o proyectos en los subsectores energéticos,

minero, de hidrocarburos o de infraestructura en túneles.

100 %

1 Subdirector Económico

Economista, Profesional en

Finanzas, Ingeniero Industrial, Contador

Público, Administrador de

Empresas. con título de pregrado y

matrícula profesional vigente

15 años, en el ejercicio de su

profesión

8 años de experiencia como Director o en cargos del nivel directivo en empresas públicas

o privadas, cuyo objeto social comprenda actividades relacionadas con:

a) Asesorías, consultorías y/o auditorias, en entidades estatales y/o privadas, tanto colombianas como extranjeras, de los subsectores minero, energético y/o de

hidrocarburos y/o b) Realización de actividades de interventoría

o de estudios y diseños en Colombia o en el extranjero en relación con actividades o proyectos en los subsectores energéticos,

minero, de hidrocarburos o de infraestructura en túneles.

100%

1 Subdirector Administrativo

Administrador de Empresas, Ingeniero

Administrativo o Ingeniero Industrial

con título de pregrado y matrícula profesional vigente

15 años, en el ejercicio de su

profesión

8 años de experiencia específica en el área administrativa como Director o Subdirector o en cargos del nivel directivo en empresas públicas o privadas, en actividades de logística, manejo

de personal y/o control de producción.

100%

2

Coordinador de Grupo de

títulos mineros diferentes a los Proyectos de

Interés Nacional

Ingeniero de Minas, Ingeniero de Minas y

Metalurgia o Ingeniero Geólogo,

con título de pregrado y matrícula profesional vigente

5 años, en el ejercicio de su

profesión

3 años en coordinación o supervisión de proyectos o grupos de trabajo en el sector

minero, interventoría de proyectos en el sector minero o seguimiento a obligaciones de títulos

mineros.

100%

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Personal Principal requerido para la ejecución del objeto contractual

Cantidad Cargo a desempeñar

Formación Académica

Experiencia general

Experiencia Específica % de dedicación en la duración

total del contrato Como:

2

Coordinador Temas

Ambientales y de

Comunidades

Profesional de la ingeniería en

cualquiera de sus áreas, Geólogo, con título de pregrado y

matrícula profesional vigente y con título de post grado en

áreas ambientales

5 años, en el ejercicio de su

profesión

3 años como responsable en la elaboración y evaluación de estudios de impacto ambiental

y/o elaboración y ejecución de planes de manejo ambiental de proyectos mineros.

100%

2

Coordinador de Grupo de

Proyectos de Interés

Nacional

Ingeniero de Minas, Ingeniero de Minas y

Metalurgia o Ingeniero Geólogo.

con título de pregrado y matrícula profesional vigente

5 años, en el ejercicio de su

profesión

3 años deberán ser en coordinación de proyectos o grupos de trabajo en el sector

minero o supervisión o seguimiento a proyectos de minería a gran escala.

Se entiende por proyectos de minería a gran escala, los que contemplen altos niveles de

producción, infraestructura, inversión, impacto social y ambiental, de conformidad con la

clasificación de Proyectos de Interés Nacional descrita en documento técnico del Grupo 2.

100%

Personal Mínimo requerido para los títulos mineros diferentes a los Proyectos de Interés Nacional

Cantidad Cargo a desempeñar

Formación Académica

Experiencia general

Experiencia Específica % de dedicación en la duración

total del contrato

Como:

16 Coordinador de grupo

Ingeniero de Minas, Ingeniero

de Minas y Metalurgia o

Ingeniero Geólogo

5 años, en el ejercicio de su

profesión

3 años deberán ser en coordinación de proyectos o grupos de trabajo, interventoría de

proyectos o seguimiento a obligaciones de títulos mineros.

100%

180 Ingeniero

Ingeniero de Minas, Ingeniero

de Minas y Metalurgia,

Ingeniero Geólogo o Geólogos,

Ingeniero Civil, Ingeniero

Mecánico, de los cuales como

mínimo el 50% deberán ser

Ingenieros de Minas, Ingeniero

de Minas y Metalurgia o

Geólogos.

4 años, en el ejercicio de su

profesión

3 años de experiencia así: para los ingenieros de minas en diseño y

planeamiento minero, seguimiento y evaluación de proyectos mineros o fiscalización de títulos

mineros, y para los ingenieros geólogos o geólogos en valoración de reservas mineras o

estudios de prefactibilidad y factibilidad de proyectos mineros.

Para Ingenieros Civiles y Mecánicos en

planeamiento y operación minera.

100%

58 Abogado

Abogado con título de pregrado y

matrícula profesional vigente

3 años, en el ejercicio de su

profesión

1 año de experiencia en seguimiento a obligaciones de títulos mineros 100%

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Personal Mínimo requerido para los títulos mineros diferentes a los Proyectos de Interés Nacional

Cantidad Cargo a desempeñar

Formación Académica

Experiencia general

Experiencia Específica % de dedicación en la duración

total del contrato

Como:

2 Ingeniero de Sistemas

Ingeniero de sistemas, con

título de pregrado y matrícula

profesional vigente

3 años, en el ejercicio de su

profesión

1 año de experiencia en desarrollo de software y manejo de bases de datos 100%

3 Experto en

área ambiental

Ingeniero Ambiental, Geólogo o

Ingeniero Geólogo, Ingeniero de Minas

o Ingeniero de Minas y Metalurgia

con especialización en el área ambiental

3 años, en el ejercicio de su

profesión

1 año de experiencia en seguimiento de obligaciones ambientales de proyectos mineros

productivos.

100%

2 Experto Social

Sociólogo, antropólogo o

trabajador social

3 años, en el ejercicio de su

profesión

1 año de experiencia en evaluación social de procesos productivos 100%

31 Técnico

Técnico en secretariado,

archivo documental o áreas afines

1 año N.A. 100%

Personal Mínimo requerido para los títulos mineros de los Proyectos de Interés Nacional

Cantidad Cargo a desempeñar

Formación Académica

Experiencia general

Experiencia Específica % de dedicación en la duración

total del contrato

Como:

1 Coordinador de grupo

Ingeniero de Minas, Ingeniero de Minas

y Metalurgia o Ingeniero Geólogo

5 años, en el ejercicio de su

profesión

3 años en coordinación de proyectos o grupos de trabajo o seguimiento de proyectos

de minería a gran escala. Se entiende por proyectos de minería a gran escala, los que

contemplen altos niveles de producción, infraestructura, inversión, impacto social y

ambiental, de conformidad con la clasificación de Proyectos de Interés Nacional descrita en

documento técnico del Grupo 2.

100%

7 Ingeniero Ingeniero de Minas, Ingeniero de Minas

y Metalurgia

4 años, en el ejercicio de su

profesión

2 años en diseño y planeamiento minero, seguimiento y evaluación de proyectos mineros a gran escala. Se entiende por

proyectos de minería a gran escala, los que contemplen altos niveles de producción,

infraestructura, inversión, impacto social y ambiental, de conformidad con la clasificación de Proyectos de Interés Nacional descrita en

documento técnico del Grupo 2.

100%

4 Geólogo Ingeniero Geólogo o Geólogo

4 años, en el ejercicio de su

profesión

2 años en valoración de reservas mineras o estudios de prefactibilidad y factibilidad de

proyectos mineros a gran escala. Se entiende por proyectos de minería a gran escala, los que contemplen altos niveles de producción, infraestructura, inversión, impacto social y

ambiental, de conformidad con la clasificación de Proyectos de Interés Nacional descrita en

documento técnico del Grupo 2.

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Personal Mínimo requerido para los títulos mineros de los Proyectos de Interés Nacional

Cantidad Cargo a desempeñar

Formación Académica

Experiencia general

Experiencia Específica % de dedicación en la duración

total del contrato

Como:

4 Abogado

Abogado con título de pregrado y

matrícula profesional vigente

4 años, en el ejercicio de su

profesión

2 años de experiencia en seguimiento de proyectos mineros a gran escala. Se entiende

por proyectos de minería a gran escala, los que contemplen altos niveles de producción, infraestructura, inversión, impacto social y

ambiental, de conformidad con la clasificación de Proyectos de Interés Nacional descrita en

documento técnico del Grupo 2.

100%

1 Ingeniero de Sistemas

Ingeniero de sistemas, con

título de pregrado y matrícula

profesional vigente

3 años, en el ejercicio de su

profesión

1 años de experiencia en desarrollo de software y manejo de bases de datos 100%

1 Experto en

área ambiental

Ingeniero Ambiental, Geólogo

o Ingeniero Geólogo, Ingeniero

de Minas o Ingeniero de Minas

y Metalurgia con especialización en gestión ambiental

4 años, en el ejercicio de su

profesión

2 años de experiencia en seguimiento de obligaciones ambientales de proyectos mineros a gran escala. Se entiende por

proyectos de minería a gran escala, los que contemplen altos niveles de producción,

infraestructura, inversión, impacto social y ambiental, de conformidad con la clasificación de Proyectos de Interés Nacional descrita en

documento técnico del Grupo 2.

100%

1 Experto Social

Sociólogo, antropólogo o

trabajador social

4 años, en el ejercicio de su

profesión

2 años de experiencia en evaluación social de procesos productivos 100%

1

Experto en Seguridad Industrial y

Salud Ocupacional

Ingeniero de Minas o Ingeniero de

Minas y Metalurgia con estudios de

posgrado en Seguridad industrial y salud ocupacional

4 años, en el ejercicio de su

profesión 2 años en seguridad e higiene minera

1 Químico Químico o Ingeniero Químico

4 años, en el ejercicio de su

profesión

2 años en análisis de carbones bajo estándares ASTM 100%

1 Analista Económico

Economista, Administrador de

Empresas, Analista Financiero con

estudios de posgrado a nivel de

especialización.

4 años, en el ejercicio de su

profesión N.A. 100%

1 Abogado Tributario

Abogado con posgrado al nivel

de especialización en derecho tributario

4 años, en el ejercicio de su

profesión

2 años en seguimiento a obligaciones de títulos mineros 100%

1 Contador Contador Público 4 años, en el

ejercicio de su profesión

N.A. 100%

1 Técnico

Técnico en secretariado,

archivo documental o áreas afines

1 año N.A. 100%

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CARTAS DE COMPROMISO: El oferente deberá presentar, junto con su oferta, las cartas de compromiso de la totalidad del personal principal requerido, debidamente suscritas y diligenciadas a través del formato 13 EL CONTRATISTA se obliga durante el desarrollo del Contrato a mantener al frente del contrato al Director de proyecto, a los Subdirectores, Coordinadores y demás personal de especialistas aprobados por FONADE. El Director de proyecto deberá tener autonomía para actuar en nombre del CONTRATISTA y para decidir con el Interventor cualquier asunto de orden técnico o administrativo en desarrollo del Contrato, siempre que sus decisiones no impliquen modificaciones en las condiciones contractuales.

El personal anteriormente descrito, será de carácter obligatorio en el proyecto, por lo cual los oferentes lo deberán tener en cuenta y considerar en su totalidad, al momento de elaborar su oferta económica.

4.9.2.1. Mantener al frente del contrato al profesional idóneo y aceptado por la Interventoría,

quien será el director de proyecto y representante de EL CONTRATISTA para decidir, con el interventor, sobre los aspectos relacionados con la ejecución del contrato.

4.9.2.2. EL CONTRATISTA deberá presentar al interventor del contrato, con quince (15)

días de antelación al inicio de la etapa donde desarrollará las actividades que le correspondan, los soportes correspondientes que acrediten las calidades y la experiencia específica del personal mínimo requerido para la ejecución del contrato.

En caso de incumplimiento por parte de EL CONTRATISTA en la presentación de los soportes del personal antes indicado, en el plazo señalado, se procederá a la aplicación de las sanciones contractuales correspondientes. La valoración de la documentación aportada para efectos de demostrar las condiciones requeridas para el personal requerido se sujetará a las siguientes reglas especiales:

a. Para la acreditación de la experiencia de cada uno de los integrantes del personal requerido deberán presentar la matrícula o tarjeta profesional vigente y certificaciones de los contratos ejecutados y terminados, su respectiva acta de liquidación o cualquier otro documento debidamente firmado por el contratante, que contenga, como mínimo, la siguiente información:

i. Nombre del contratante ii. Objeto del contrato iii. Cargo desempeñado iv. Fechas de inicio y terminación del contrato v. Firma del personal competente

b. Las certificaciones de experiencia en idioma diferente al castellano deberán

acompañarse de la traducción oficial correspondiente.

c. La experiencia general de los profesionales cuando se solicite, se computará a partir de la terminación y aprobación del pensum académico de educación

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superior.

Para el caso de los profesionales cuya tarjeta o matricula profesional no indique la fecha de su expedición, deberán aportar el documento expedido por el ente correspondiente en donde se indique la fecha de expedición de la misma o la certificación expedida por el ente de educación superior respectivo en donde conste la fecha de terminación y aprobación del pensum académico.

d. Los estudios de educación superior (pregrado y postgrado), así como los estudios técnicos se acreditarán mediante fotocopia de los diplomas respectivos o certificados de obtención del título correspondiente.

4.9.2.3. Obtener la aprobación de la interventoría con antelación al cambio de profesionales o

técnicos requeridos y ofrecidos. La solicitud de sustitución deberá contener las justificaciones correspondientes y estar acompañada de los soportes que acrediten el cumplimiento de las calidades profesionales o técnicas y la experiencia general y especifica del nuevo personal, el nuevo profesional deberá tener un perfil igual o superior al profesional a ser remplazado, quien cumplió con los requisitos exigidos en las reglas de participación, sin perjuicio de la regulación específica que sobre este aspecto se establece para el personal mínimo requerido.

4.9.2.4. Asumir el pago de los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones de todo el

personal que ocupe en la ejecución del contrato, así como garantizar que la celebración y ejecución de los subcontratos necesarios no darán lugar al surgimiento de ningún tipo de vínculo laboral entre el personal subcontratado y FONADE.

4.9.2.5. Responder por cualquier tipo de reclamación, judicial o extrajudicial, que instaure,

impulse o en la que coadyuve el personal o los subcontratistas contra FONADE, por causa o con ocasión del contrato.

Parágrafo 1. Las obligaciones relacionadas con el personal requerido para la ejecución del objeto contractual será objeto de especial verificación por la interventoría, y su incumplimiento, incluida la ausencia injustificada de una o varias de las personas que hacen parte del personal mínimo requerido, acarreará la imposición de las sanciones contractuales correspondientes. Parágrafo 2. EL CONTRATISTA no podrá contratar o vincular a las personas naturales o jurídicas que hayan participado en la elaboración de los estudios, diseños y proyectos que tengan relación directa con el objeto del contrato a celebrar. Por lo tanto, serán rechazadas por la interventoría o por FONADE las hojas de vida del personal que se pretenda contratar o vincular y que se encuentre incurso en la prohibición señalada. En este caso, EL CONTRATISTA tendrá que presentar un nuevo profesional o técnico, según corresponda.

4.9.3. Obligaciones de información

• Presentar informes mensuales, los cuales deberán ser aprobados por la interventoría y contener, para cada uno de los frentes de trabajo:

a. Avance de cada una de las actividades programadas. b. c. Registros fotográficos. d. Resumen de las actividades realizadas en el mes.

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e. Relación del personal empleado en el desarrollo del contrato. f. Informe de seguridad industrial.

• Presentar informe final, el cual deberá ser aprobado por la interventoría y contener:

a. Resumen de actividades y desarrollo del contrato. b. Documentación técnica, c. Acreditación, que se encuentra al día en el pago de aportes parafiscales

relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios al Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF y las cajas de compensación familiar, cuando corresponda.

d. Actualización de las pólizas que lo requieran.

4.9.4. Obligaciones previas a la suscripción del acta de inicio� Dentro de los cinco (5) días siguientes a la suscripción del contrato, EL CONTRATISTA deberá presentar, para aprobación de la interventoría plan de inversión del manejo del anticipo y cronograma de actividades

4.10. OBLIGACIONES DE FONADE Son obligaciones de FONADE las siguientes:

1. Entregar a EL CONTRATISTA el anticipo estipulado y pagarle el valor del contrato en la forma y bajo las condiciones previstas.

2. Formular las sugerencias por escrito sobre los asuntos que estime convenientes en el desarrollo del contrato, sin perjuicio de la autonomía propia del contratista del proyecto.

4.11. INTERVENTORÍA La Interventoría del contrato será ejecutada por la persona natural o Jurídica que Fonade seleccione, quien de manera permanente realizará el seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable y jurídico del contrato verificando además la correcta ejecución del objeto contratado. En particular la Interventoría ejercerá las siguientes funciones:

a) Aprobar las solicitudes de desembolso que el CONTRATISTA le presente, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el contrato.

b) Verificar que el contratista se encuentre al día con los pagos a seguridad social y parafiscal.

c) Certificar la correcta ejecución del contrato y los resultados esperados. d) Informar oportunamente a FONADE sobre el desarrollo del contrato o bien sobre su

cumplimiento. e) Las demás que fueren necesarias para vigilar el cabal cumplimiento del objeto

contractual. PARAGRAFO: El supervisor del contrato está facultado a solicitar informes, aclaraciones y explicaciones sobre el desarrollo de la ejecución contractual y será responsable por mantener informado a FONADE de los hechos o circunstancias que puedan constituir actos de corrupción tipificados como conductas punibles o que puedan poner o pongan en riesgo el cumplimiento del contrato, o cuando tal incumplimiento se presente.

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En ningún caso el supervisor goza de la facultad de modificar el contenido y alcance del contrato suscrito entre EL CONTRATISTA y FONADE, ni de eximir, a ninguno de ellos, de sus obligaciones y responsabilidades. 4.12. CLÁUSULA PENAL DE APREMIO En caso de mora o retrasos por parte de EL CONTRATISTA en la ejecución de la programación del contrato, o de sus obligaciones relacionadas con ocasión de la ejecución del mismo, FONADE podrá imponer multas sucesivas a EL CONTRATISTA por cada quincena de retraso, por un valor equivalente al 1.0% del valor total del contrato, sin exceder el 10% de su valor total. Para efectos de la aplicación de la cláusula penal de apremio, FONADE y/o la interventoría verificarán semanalmente el cumplimiento del Cronograma de Trabajo y obligaciones a cargo de EL CONTRATISTA, de acuerdo con lo señalado en las reglas de participación, especificaciones técnicas, oferta presentada por EL CONTRATISTA y cláusulas del contrato. Para efectos de que EL CONTRATISTA cancele los valores por concepto de cláusula penal de apremio no se requiere que FONADE lo constituya en mora, el simple retardo imputable a EL CONTRATISTA dará origen al pago o compensación de las sumas previstas en este numeral. EL CONTRATISTA autoriza que FONADE descuente y compense de las sumas a su favor los valores correspondientes a la cláusula penal de apremio. De no existir tales saldos a favor de EL CONTRATISTA o de no resultar éstos suficientes para cubrir la totalidad del valor de la cláusula penal de apremio, FONADE podrá obtener el pago total o parcial de la cláusula penal mediante el ejercicio de las acciones legales a que haya lugar. 4.13. CLAUSULA PENAL PECUNIARIA En caso de incumplimiento parcial o definitivo en la ejecución oportuna del contrato o de las obligaciones a cargo de EL CONTRATISTA después de terminado el plazo de ejecución, FONADE podrá hacer efectiva la cláusula penal pecuniaria, a título de pena, por un monto equivalente hasta por el veinte por ciento (20%) del valor total del contrato. El pago del valor acá señalado a título de cláusula penal pecuniaria se considera como indemnización parcial y no definitiva de los perjuicios causados por el incumplimiento del contratista, razón por la cual, FONADE tendrá derecho a obtener de EL CONTRATISTA el pago de la indemnización correspondiente a los demás perjuicios que con dicho incumplimiento se le hayan irrogado. EL CONTRATISTA autoriza a FONADE a descontar y compensar de los saldos presentes o futuros a su favor, los valores correspondientes a la pena pecuniaria aquí estipulada. De no existir tales deudas o de no resultar suficientes para cubrir la totalidad de su valor, FONADE podrá obtener el pago de la pena pecuniaria mediante el ejercicio de las acciones legales a que haya lugar. El valor de la pena pecuniaria pactada se calculará sobre el valor total del contrato, incluidas las modificaciones al valor del mismo. 4.14. PROCEDIMIENTO PARA EXIGIR EL PAGO DE LA CLÁUSULA PENAL DE

APREMIO Y/O CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA:

a) Evidenciado un posible incumplimiento de las obligaciones a cargo de EL CONTRATISTA, FONADE lo citará a audiencia para debatir lo ocurrido. En la citación, se hará mención expresa y detallada de los hechos que la soportan, acompañando el informe de interventoría

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o de supervisión en el que se sustente la actuación y enunciará las normas o cláusulas posiblemente violadas y las consecuencias que podrían derivarse para EL CONTRATISTA en desarrollo de la actuación. En la misma se establecerá el lugar, fecha y hora para la realización de la audiencia, la que podrá tener lugar a la mayor brevedad posible, atendida la naturaleza del contrato y la periodicidad establecida para el cumplimiento de las obligaciones contractuales.

b) En desarrollo de la audiencia, el Subgerente de Contratación o su designado, presentará las circunstancias de hecho que motivan la actuación, enunciará las posibles normas o cláusulas posiblemente violadas y las consecuencias que podrían derivarse para EL CONTRATISTA en desarrollo de la actuación. Acto seguido se concederá el uso de la palabra al representante legal de EL CONTRATISTA o a quien lo represente, para que presenten sus descargos, en desarrollo de lo cual podrá rendir las explicaciones del caso, aportar pruebas y controvertir las presentadas por la entidad;

c) Hecho lo precedente, mediante comunicación motivada en la que se consigne lo ocurrido en desarrollo de la audiencia, FONADE procederá a decidir sobre la imposición o no de la sanción o declaratoria de incumplimiento. Contra la decisión así proferida EL CONTRATISTA podrá presentar descargos dentro de los tres (3) días siguientes a su envío. La decisión sobre los descargos será comunicada por FONADE por escrito.

d) En cualquier momento del desarrollo de la audiencia, Subgerente de Contratación o su designado, podrá suspender la audiencia cuando de oficio o a petición de parte, ello resulte en su criterio necesario para allegar o practicar pruebas que estime conducentes y pertinentes, o cuando por cualquier otra razón debidamente sustentada, ello resulte necesario para el correcto desarrollo de la actuación administrativa. En todo caso, al adoptar la decisión, se señalará fecha y hora para reanudar la audiencia. FONADE podrá dar por terminado el procedimiento en cualquier momento, si por algún medio tiene conocimiento de la cesación de situación de incumplimiento.

4.15. COMPENSACIONES

Para efectos de valores a favor de FONADE, referentes a cláusula penal de apremio, cláusula penal pecuniaria, , procederá la compensación.

4.16. GARANTÍAS El CONTRATISTA deberá constituir a favor de FONADE una garantía que consistirá en una póliza de seguro expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, en formato para entidades particulares o garantía bancaria expedida por un banco local, que otorgue los siguientes amparos: 4.16.1. Anticipo: De buen manejo y correcta inversión y amortización del anticipo Por un monto equivalente al (100%) del valor que EL CONTRATISTA reciba por este concepto, por el término de ejecución del contrato y ocho (8) meses más. El amparo cubrirá la totalidad de las sumas entregadas al contratista a título de anticipo. 4.16.2. Cumplimiento: Por un monto equivalente al treinta por ciento (30%) del valor del contrato, por el término de ejecución del contrato y ocho (8) meses más. 4.16.3. De salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales: Por un monto equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, por el término de ejecución del contrato y tres (3) años más.

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4.16.4. Calidad del Servicio: Por un monto equivalente al treinta por ciento (30%) del valor total del contrato, por el término de tres (3) años contados a partir del acta de recibo final. 4.16.5. De responsabilidad civil extracontractual Por el treinta por ciento (30%) del valor total del contrato, por el término de ejecución del contrato. Deberá constituirse en póliza anexa, conforme a lo dispuesto en la normatividad vigente que regula la materia. En ésta póliza deberán figurar como asegurados FONADE y EL CONTRATISTA y como beneficiarios FONADE y los terceros afectados. EL CONTRATISTA entregará a FONADE, a más tardar dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a la firma del presente contrato, las garantías a las que se refiere la presente cláusula y el comprobante de pago de las primas, con excepción de la llamada a amparar la calidad del servicio la cual la otorgará EL CONTRATISTA el día del acta de recibo final a satisfacción. En caso de que EL CONTRATISTA no entregue dentro del plazo antes señalado las respectivas garantías FONADE podrá adelantar las sanciones contractuales que estime pertinentes. EL CONTRATISTA debe mantener en todo momento de vigencia del contrato la suficiencia de las garantías otorgadas. En consecuencia, en el evento en que el plazo de ejecución del contrato y/o su valor se amplíe o aumente, respectivamente, EL CONTRATISTA deberá proceder a ampliar la vigencia de las garantías y/o el valor amparado de las mismas, según sea el caso, como condición previa y necesaria para el pago de las facturas pendientes de pago. De igual modo, EL CONTRATISTA deberá reponer las garantías cuando su valor se afecte por razón de los siniestros amparados. En el caso de los amparos cuya vigencia debe prolongarse con posterioridad al vencimiento del plazo de ejecución del contrato y/o de recibo final, el valor amparado también debe reponerse cuando el mismo se afecte por la ocurrencia de los riesgos asegurados con posterioridad a tales fechas. El pago de todas las primas y demás erogaciones de constitución, mantenimiento y restablecimiento inmediato de su monto, será de cargo exclusivo del contratista. 4.16.6. Término para su entrega EL CONTRATISTA entregará a FONADE, a más tardar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato, las garantías a las que se refiere el presente numeral, junto con el recibo que acredite el pago de la misma, con excepción de la relacionada en el numeral 4.19.4, la cual se otorgará por EL CONTRATISTA a más tardar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de recibo del informe final, previo recibo a satisfacción de la totalidad de la ejecución del contrato por parte de la Interventoría. En caso de que EL CONTRATISTA no entregue dentro del plazo antes señalado las respectivas garantías FONADE podrá adelantar las sanciones contractuales que estime pertinentes. 4.16.7. Requisitos generales En la póliza debe figurar como afianzadas cada una de las personas que integran la parte contratista. Los amparos de, salarios y prestaciones sociales e indemnizaciones laborales, Calidad y el de Responsabilidad Civil Extracontractual deben ser constituidos, en su oportunidad, a favor de FONADE y el SERVICIO GEOLÓGICO COLOMBIANO. La aprobación por parte de la Sugerencia de Contratación de FONADE de dichas pólizas es condición previa para realizar el último pago del contrato. El hecho de la constitución de las garantías previstas en la presente cláusula no exonera a EL CONTRATISTA de las responsabilidades contractuales y legales en relación con los riesgos asegurados.

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4.17. CESIÓN DEL CONTRATO El presente contrato se celebra en consideración a las calidades de EL CONTRATISTA; en consecuencia, no podrá cederlo en todo ni en parte, a ningún título, sin el consentimiento expreso, previo y escrito de FONADE. Dicha cesión, de producirse, requerirá, para su eficacia, de la suscripción de un documento por parte del cedente, el cesionario y la aprobación expresa de FONADE, de acuerdo con el procedimiento interno de FONADE para tal efecto. 4.18. CESIÓN DE LOS DERECHOS ECONÓMICOS DEL CONTRATO Los derechos económicos del contrato, no podrán cederse en todo ni en parte, a ningún título, sin el consentimiento expreso, previo y escrito de FONADE. Dicha cesión, de producirse, requerirá, para su eficacia, de la suscripción de un documento por parte del cedente, el cesionario y la aprobación expresa de FONADE, de acuerdo con el procedimiento interno de FONADE para tal efecto. 4.19. SUBCONTRATOS

En el evento en que EL CONTRATISTA subcontrate parcialmente la ejecución del contrato, podrá hacerlo con personas naturales o jurídicas que tengan la idoneidad y capacidad para desarrollar la actividad subcontratada.

No obstante lo anterior, EL CONTRATISTA continuará siendo el único responsable ante FONADE por el cumplimiento de las obligaciones del contrato. En consecuencia no hay lugar a solidaridad entre FONADE y EL CONTRATISTA y/o terceros.

4.20. CONOCIMIENTO DEL CONTRATISTA SOBRE LAS CONDICIONES PARA LA

EJECUCIÓN DEL CONTRATO Se entiende por las partes que EL CONTRATISTA ha hecho sus propias averiguaciones, estudios y proyecciones, y ha analizado las condiciones técnicas, sociales, de orden público, climatológicas, ambientales y las demás circunstancias relevantes bajo las cuales se adelantará la ejecución del contrato. En consecuencia, se considera conocedor de todos los elementos necesarios para tomar la decisión de asumir totalmente, a su riesgo, las obligaciones derivadas del contrato, tal como efectivamente lo hace con la presentación de la oferta y, posteriormente, de resultar adjudicatario, con la suscripción del mismo. 4.21. OMISIONES

Cualquier omisión, error o vicio en los ítems y/o cantidades contenidos en la oferta, y demás documentos e información técnica que al momento del estudio para la presentación de la oferta económica debió advertir el oferente o que advirtiéndolo no lo informó oportunamente a FONADE antes de la presentación de la oferta, será de su responsabilidad exclusiva y, en tal virtud, los mayores costos, atrasos en el cronograma de ejecución, defectos o vicios de la construcción serán asumidos íntegramente con su patrimonio. Así mismo, las omisiones o errores en el cálculo del personal, viáticos y, en general, cualquier otro componente de los precios unitarios, serán de exclusiva responsabilidad del oferente y, por tanto, FONADE no realizará ningún reconocimiento por estos conceptos.

4.22. PREVENCIÓN DE RIESGOS

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El CONTRATISTA es responsable, y deberá adoptar y cumplir con todas las medidas de seguridad y preventivas que tiendan a evitar la causación de daños y perjuicios físicos, económicos, técnicos, financieros, contables, jurídicos en desarrollo y ejecución del presente contrato.

4.23. DAÑOS A PERSONAS, OBRAS, BIENES, EQUIPOS, DATOS, PROGRAMAS Y SERVICIOS, ACTIVIDADES U OBLIGACIONES MAL EJECUTADOS:

1) El CONTRATISTA será el único responsable por la calidad y cumplimiento de las actividades (servicios, trabajos, obras, informes, etc.) y productos contratados, y por los daños que su personal, trabajadores, contratistas, proveedores o propios le ocasionen a las obras, lotes, equipos, datos y/o programas, bienes de propiedad de FONADE o de la entidad beneficiaria o suscriptora del respectivo convenio interadministrativo de gerencia de proyectos del que se derive el presente contrato, o de terceros y de las propiedades y bienes adyacentes. 2) El CONTRATISTA se obliga a responder y a asumir los costos de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados a cualesquier persona y/o bienes de particulares, de servicio público o de FONADE o de la entidad beneficiaria o suscriptora del respectivo convenio interadministrativo y de las propiedades y bienes adyacentes, por imprudencia, negligencia, impericia o descuido, por la inobservancia de las políticas, normas o procedimientos establecidos, dentro o fuera de las áreas donde se ha de ejecutar total o parcialmente el objeto del contrato, derivados de su actividad, de la de sus trabajadores, de la de sus contratistas o de la de sus proveedores. 3) El CONTRATISTA se obliga a responder y a asumir el riesgo, los daños o pérdida de las máquinas, equipos, informes y bienes de su propiedad o utilizados por este para la ejecución del presente contrato. 4) En el evento que cause algún daño a FONADE, a la entidad beneficiaria o suscriptora del convenio, a personal o contratistas de FONADE, o a terceros por acción u omisión del CONTRATISTA o del personal del CONTRATISTA o de sus proveedores o subcontratistas, el CONTRATISTA se obliga, a su costa, a: a) Responder por los daños y perjuicios que se ocasionen a las personas o bienes de FONADE, a la entidad beneficiaria o suscriptora del convenio y/o de terceros; b) Reparar o reponer las máquinas, bienes, equipos dañados o averiados por otros de iguales especificaciones técnicas; c) Recuperar los datos y/o programas dañados o averiados; d) Rehacer los servicios mal prestados y los trabajos mal ejecutados o con condiciones o especificaciones diferentes a las pactadas, y e) Realizar las acciones pertinentes para subsanar el daño causado, en forma oportuna, asumiendo todos los costos a que haya lugar. 5) El CONTRATISTA se obliga a reparar, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la fecha de su causación, los daños ocasionados a bienes de propiedad de FONADE, o de la entidad beneficiaria o suscriptora del convenio. Si los daños se causan a instalaciones, bienes o edificaciones de FONADE, o de la entidad beneficiaria o suscriptora del convenio que demanden su inmediata reparación, si el CONTRATISTA no acomete las reparaciones oportunamente de conformidad con la situación, FONADE procederá a efectuar los trabajos necesarios y descontará al CONTRATISTA la totalidad de los costos más el diez por ciento (10%) por costos de administración, los cuales serán descontados de los saldos pendientes de pago a favor del CONTRATISTA, y en el evento que no existieren dichos saldos FONADE podrá proceder, para el cobro de los valores mencionados, por la vía ejecutiva, para lo cual este contrato junto con los documentos en los que se consignen tales valores, prestan el mérito de título ejecutivo.

4.24. INDEMNIDAD EL CONTRATISTA mantendrá indemne y defenderá a su propio costo a FONADE de cualquier pleito, queja o demanda y responsabilidad de cualquier naturaleza, incluyendo obligaciones de carácter tributario, costos y gastos provenientes de actos y omisiones del

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contratista en el desarrollo de este contrato. EL CONTRATISTA se obliga a evitar que sus empleados y/o los familiares de los mismos, sus acreedores, sus proveedores y/o terceros, presenten reclamaciones (judiciales o extrajudiciales) contra FONADE, con ocasión o por razón de acciones u omisiones suyas, relacionadas con la celebración, ejecución y liquidación del presente contrato. Si ello no fuere posible y se presentaren reclamaciones o demandas contra FONADE, esta entidad podrá comunicar la situación por escrito a EL CONTRATISTA. En cualquiera de dichas situaciones, EL CONTRATISTA se obliga a acudir en defensa de los intereses de FONADE, para lo cual contratará profesionales idóneos que representen a la entidad y asumirá el costo de los honorarios de éstos, del proceso y de la condena, si la hubiere. Si FONADE estima que sus intereses no están siendo adecuadamente defendidos, lo manifestará por escrito a EL CONTRATISTA, caso en el cual acordará la mejor estrategia de defensa o, si FONADE lo estima necesario, asumirá directamente la misma. En este último caso, FONADE cobrará y descontará de los saldos a favor del contratista todos los costos que implique esa defensa, más un diez por ciento (10%) del valor de los mismos, por concepto de gastos de administración. Si no hubiere saldos pendientes de pago a favor de EL CONTRATISTA, FONADE podrá proceder, para el cobro de los valores a que se refiere este numeral, por la vía ejecutiva, para lo cual este contrato, junto con los documentos en los que se consignen dichos valores, prestará mérito ejecutivo. 4.25. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Las partes podrán buscar solucionar en forma ágil y directa las diferencias y discrepancias surgidas de la actividad contractual, mediante la conciliación, transacción o los mecanismos que las partes acuerden, según los procedimientos establecidos por la ley. 4.26. PERFECCIONAMIENTO El contrato se perfecciona con la suscripción del mismo por las partes y con el registro presupuestal efectuado por FONADE.

4.27. REQUISITOS DE EJECUCIÓN Perfeccionado el contrato, para su ejecución se requiere de la suscripción del acta de inicio de la etapa correspondiente de acuerdo con lo establecido en el plazo y condiciones del acta de inicio, previa verificación de:

1. Aprobación por parte de FONADE de las garantías entregadas por el CONTRATISTA.

2. Suscripción del acta de inicio. Para el cumplimiento del requisito referente a la entrega de las garantías, EL CONTRATISTA dispone de cinco (05) días hábiles, contados a partir de la suscripción del contrato. 4.28. TERMINACIÓN ANTICIPADA Con la suscripción del presente contrato el contratista autoriza expresamente a FONADE para terminar anticipadamente el mismo mediante oficio escrito que se comunicará al CONTRATISTA, en los siguientes eventos: a) Cuando las exigencias del servicio público lo requieran o la situación de orden público lo imponga; b) Por disolución de la persona jurídica

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del CONTRATISTA, o de una de las personas jurídicas que integran el respectivo consorcio o unión temporal; así como por la modificación de los miembros de éstos últimos, sin autorización de FONADE c) Por cesación de pagos, concurso de acreedores o embargos judiciales del CONTRATISTA, que puedan afectar de manera grave el cumplimiento del contrato; d) Cuando el CONTRATISTA, sin aducir causa que lo justifique, se abstenga de entregar a FONADE los documentos requeridos para el cumplimiento de los requisitos legales de ejecución del contrato, dentro del plazo establecido para ello; e) Cuando el CONTRATISTA, con posterioridad a la suscripción del acta de inicio, no diere principio a la ejecución del contrato, sin perjuicio de las sanciones contractuales a las que haya lugar; f) Cuando del incumplimiento de las obligaciones del CONTRATISTA se deriven consecuencias que hagan imposible o dificulten gravemente la ejecución del contrato, sin perjuicio de las sanciones contractuales a las que haya lugar; g) Si suspendidas todas o algunas de las obligaciones emanadas del presente contrato, el CONTRATISTA no reanudase la ejecución de las mismas dentro del plazo acordado entre las Partes una vez terminadas las causas que obligaron a la suspensión, sin perjuicio de las sanciones contractuales a las que haya lugar; h) Cuando el CONTRATISTA abandone o suspenda los trabajos total o parcialmente, sin acuerdo o autorización previa y escrita de FONADE, sin perjuicio de las sanciones contractuales a las que haya lugar; i) Cuando el CONTRATISTA ceda el contrato sin previa autorización expresa y escrita de FONADE sin perjuicio de las sanciones contractuales a las que haya lugar; j) Cuando el CONTRATISTA incurra en las conductas prohibidas en el Capítulo 2 del Título II de la Ley 418 de 1997, prorrogada por las leyes 548 de 1999 y 782 de 2002, y el artículo 25 de la Ley 40 de 1993 (pago de sumas de dinero a extorsionistas u ocultar o colaborar, por parte de algún directivo o delegado del CONTRATISTA en el pago por la liberación de una persona secuestrada que sea funcionaria o empleada del CONTRATISTA o de alguna de sus filiales); l) Por mutuo acuerdo; m) Por orden legal judicial; n) Por las demás causas dispuestas en la ley. Las partes acuerdan que el contrato se dará por terminado anticipadamente a partir de la fecha que señale la comunicación que se remita al CONTRATISTA por parte de FONADE; sin perjuicio de lo anterior, las partes suscribirán un acta de liquidación en la cual se dejará constancia de los hechos o circunstancias que motivaron la misma. Igualmente el CONTRATISTA tendrá derecho, previas las deducciones a que hubiere lugar de conformidad con el clausulado de este contrato, a que se le pague la parte de los trabajos recibidos a satisfacción por FONADE hasta la fecha de la terminación anticipada. Posteriormente el CONTRATISTA no podrá solicitar valores diferentes a los que resulten de lo allí consignado, razón por la cual renuncia a realizar cualquier reclamación o demanda por conceptos o valores distintos a los previstos en dicha acta. 4.29. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR Ninguna de las partes será responsable por el no cumplimiento de las obligaciones a su cargo derivado de circunstancias ajenas a ellas y cuya ocurrencia fue imprevisible e irresistible de conformidad con lo establecido en la ley. En estos casos, de común acuerdo, se señalarán nuevos plazos y se establecerán las obligaciones que cada parte asume para afrontar la situación. Cada una de las partes se obliga a comunicarle a la otra por escrito, dentro de los cinco (5) días siguientes a su ocurrencia, los hechos que en su concepto constituyan caso fortuito o fuerza mayor. La parte afectada con el caso fortuito o fuerza mayor debe realizar todo esfuerzo razonable para minimizar sus efectos y evitar su prolongación y no se exonerará del cumplimiento de las obligaciones pertinentes si omite la citada comunicación.

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La ocurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor no dará lugar a indemnizaciones o compensaciones a favor de la parte que resulte afectada. 4.30. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO Al producirse una cualquiera de las causas de terminación del contrato, se procederá a su liquidación bilateral en un plazo máximo de seis (6) meses, contados a partir de la ocurrencia del hecho o acto que genera la terminación. La liquidación por mutuo acuerdo se hará por acta firmada por las partes, en la cual deben constar los ajustes, revisiones y reconocimientos a que haya lugar y los acuerdos, transacciones y conciliaciones que alcancen las partes para poner fin a las posibles divergencias presentadas y poder declararse a paz y salvo. Las partes acuerdan que si el contratista no se presenta a la liquidación o no se llega a acuerdo sobre el contenido de la misma, ésta podrá ser practicada directa y unilateralmente por FONADE a través de documento escrito. La liquidación unilateral se realizará dentro del término de dos (02) meses contados a partir del vencimiento del plazo para liquidar el contrato de común acuerdo; lo anterior no obsta para que dentro de este plazo las partes lleguen a un acuerdo sobre la liquidación. 4.31. PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO EL CONTRATISTA manifiesta bajo la gravedad de juramento, que se entiende prestado con la suscripción del presente contrato, que los recursos que componen su patrimonio no provienen de lavado de activos, financiación del terrorismo, narcotráfico, captación ilegal de dineros y en general de cualquier actividad ilícita; de igual manera manifiesta que los recursos recibidos en desarrollo de éste contrato, no serán destinados a ninguna de las actividades antes descritas. Para efectos de lo anterior, EL CONTRATISTA autoriza expresamente a FONADE, para que consulte los listados, sistemas de información y bases de datos a los que haya lugar y, de encontrar algún reporte, FONADE procederá a adelantar las acciones contractuales y/o legales que correspondan. EL CONTRATISTA se obliga a realizar todas las actividades encaminadas a asegurar que todos sus socios, administradores, clientes, proveedores, empleados, etc., y los recursos de estos, no se encuentren relacionados o provengan, de actividades ilícitas, particularmente, de las anteriormente enunciadas”. 4.32. CONFIDENCIALIDAD E INFORMACIÓN PRIVILEGIADA EL CONTRATISTA adquiere las obligaciones que se describen a continuación, en relación con la información confidencial y/o privilegiada a la que tenga acceso en el desarrollo del presente contrato: a). Abstenerse en cualquier tiempo de divulgar, parcial o totalmente la Información Confidencial y/o privilegiada a cualquier persona natural o jurídica, entidades gubernamentales o privadas, excepto en los casos que se precisan a continuación: (i). Cuando la información sea solicitada por FONADE. (ii). En cumplimiento de una decisión judicial en firme, orden, requerimiento o una solicitud oficial expedida bien sea por un tribunal competente, una autoridad u órgano judicial o legislativo con competencia para ello, para lo cual deberá observarse el procedimiento establecido por FONADE para dar respuesta a tales decisiones, requerimientos o solicitudes, así como las competencias y delegaciones establecidas para la suscripción de las mismas. (iii). Cuando cualquier autoridad judicial, gubernamental o regulatoria la haya requerido legalmente, siempre y cuando la información confidencial y/o privilegiada se entregue a la mencionada autoridad cumpliendo con los mecanismos de cuidado, protección y manejo responsable de la información estipulados en

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esta cláusula, previa notificación a FONADE, con el fin de que puedan tomar las acciones administrativas y judiciales pertinentes y se observe el procedimiento establecido por FONADE para dar respuesta a tales requerimientos, así como las competencias y delegaciones establecidas para la suscripción de los mismos. b). Abstenerse en cualquier tiempo de utilizar, explotar, emplear, publicar o divulgar la Información Confidencial y/o privilegiada en una forma diferente a la autorizada en esta cláusula. c). Tomar todas las medidas necesarias para que la Información Confidencial y/o privilegiada que le sea suministrada en medio físico o electrónico, se transporte, manipule y mantenga en un lugar seguro y de acceso restringido. d). Instruir a todas aquellas personas que tengan acceso a la Información Confidencial y/o privilegiada sobre la forma de manipulación, utilización, manejo de medidas de seguridad y demás, para que la información subsista bien manejada y protegida. e) El uso de la Información Confidencial y/o privilegiada no otorga derecho ni constituye licencia a EL CONTRATISTA, para utilizarla sin observar los principios de la ética profesional, comercial y la competencia leal, ni otorgando, favoreciendo ni beneficiando a cualquier otra persona natural o jurídica. Para ello EL CONTRATISTA acuerda expresamente emplear todos los medios a su alcance para impedir esa utilización irregular de la Información Confidencial y/o privilegiada. PARÁGRAFO PRIMERO: Para todos los efectos, el término “información confidencial y/o privilegiada”, corresponde a la información que entrega FONADE para el desarrollo de las actividades propias del contrato, que debe ser cuidada, protegida y tratada de manera responsable por EL CONTRATISTA. PARÁGRAFO SEGUNDO: El incumplimiento de las obligaciones derivadas de la presente cláusula generará un incumplimiento del contrato. PARÁGRAFO TERCERO: FONADE adelantará las acciones judiciales pertinentes contra EL CONTRATISTA en el evento que éste, en cualquier tiempo, vulnere el compromiso adquirido en virtud de la presente cláusula.