Modelo 347 - User Manual 2012
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ESPAA
Modelo 347 - Declaracin anual de operaciones con terceras personas
Abril 2012
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MODELO 347 - DECLARACIN ANUAL DE OPERACIONES CON TERCERAS PERSONAS - ....... 2 Introduccin ................................................................................................................................... 2 Periodicidad y plazo de presentacin ......................................................................................... 2 Normativa vigente .......................................................................................................................... 3 Informe ............................................................................................................................................ 4 Ejecucin ........................................................................................................................................ 5 Observaciones ............................................................................................................................. 15
Criterios de agrupacin de terceros ........................................................................................... 15 Cules son los terceros que deben aparecer en esta declaracin? ........................................ 16 Transacciones con indicadores CME ......................................................................................... 18 Fecha contable vs fecha de documento, ejercicio fiscal diferente al ao natural ...................... 18 Declaracin Colectiva................................................................................................................. 18 Registro Tipo 2: Inmuebles ........................................................................................................ 18 NIF Genrico para extranjeros ................................................................................................... 19 Clases de documentos: Arrendamientos, subvenciones, primas de seguros, etc. ................... 19 Modelo 340 ................................................................................................................................. 19 Establecimiento Permanente ..................................................................................................... 21 Transmisiones de inmuebles sujetas a IVA (Locales de negocio) ............................................ 22 Cobros en metlico .................................................................................................................... 22
Parametrizacin ........................................................................................................................... 24 Mantenimiento de la compaa declarante o Establecimiento Permanente .............................. 24 Terceros ..................................................................................................................................... 26 Clases de documentos ............................................................................................................... 26 Clave de contabilizacin ............................................................................................................ 26
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MODELO 347 - DECLARACIN ANUAL DE OPERACIONES CON TERCERAS
PERSONAS -
INTRODUCCIN
La declaracin anual de operaciones con terceros debe relacionar a las personas o entidades
con quienes se hayan efectuado operaciones que, en su conjunto y para cada una de ellas, superen
los 3.005,06 euros durante el ao natural que se declara. A estos efectos, han de computarse
separadamente las entregas de bienes y servicios de las adquisiciones de los mismos.
Las operaciones econmicas que se consideran son tanto las ventas - entregas de bienes y
prestaciones de servicios - realizadas por el declarante como sus compras - adquisiciones de bienes
y servicios -. En ambos casos se incluyen las operaciones tpicas, las habituales y las ocasionales,
incluso las operaciones inmobiliarias.
Con respecto al IVA, han de relacionarse las operaciones sujetas y no exentas, y las no
sujetas o exentas del mismo.
La declaracin o relacin anual que han de presentar los empresarios, profesionales y
entidades pblicas acerca de sus operaciones con terceras personas tiene una primordial finalidad:
servir como instrumento a la Inspeccin de los Tributos para el desarrollo de sus funciones de
comprobacin e inspeccin.
Mediante estas declaraciones la Administracin posee una valiosa fuente de datos que,
debidamente tratados informticamente y cruzados, facilitan en gran medida la comprobacin
tributaria de los obligados a presentarlas. En particular, respecto de los tributos cuya cuanta
depende de las relaciones con terceros - destacando el IVA -, as como el IRPF y el IS en la medida
que son funcin, principalmente, del volumen de operaciones.
En el portal de la Agencia Tributaria www.agenciatributaria.es > Modelos y formularios >
Todas las declaraciones > Modelos 300 al 399 > 347, est disponible la informacin detallada del
modelo 347 (Normativa, modelo, instrucciones, diseos de registro, etc.)
PERIODICIDAD Y PLAZO DE PRESENTACIN
La declaracin es anual y debe presentarse durante el mes de febrero de cada ao en
relacin con las operaciones realizadas durante el ao natural anterior. (Consultar Calendario del
contribuyente en el portal de la Agencia Tributaria www.agenciatributaria.es)
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NORMATIVA VIGENTE
La regulacin de la materia constituye el desarrollo reglamentario parcial de las obligaciones
de informacin a que se refiere la LGT art.111 y 112, y est contenida en el RD 2027/1995, sin
perjuicio de las disposiciones de los regmenes forales.
La orden EHA/3012/2008, de 20 de octubre, por la que se aprueba el modelo 347 de
Declaracin anual de operaciones con terceras personas, as como los diseos fsicos y lgicos y el
lugar, forma y plazo de presentacin.
La orden EHA/3378/2011, de 1 de diciembre, por la que se modifica la Orden
EHA/3012/2008, de 20 de octubre, por la que se aprueba el modelo 347 de declaracin anual de
operaciones con terceras personas, as como los diseos fsicos y lgicos y el lugar, forma y plazo de
presentacin.
Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio Artculo 32. Personas o entidades excluidas de la
obligacin de presentar Modelo 347.
Real Decreto 1/2010 de 8 de enero, modifica el artculo 32 e incluye apdo.5 en el artculo 35
(Prestaciones percibidas en metlico)
Real Decreto 1615/2011, de 14 de noviembre, por el que se introducen modificaciones en
materia de obligaciones formales en el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos
de gestin e inspeccin tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de
aplicacin de los tributos, aprobado por Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio. Las principales
novedades se refieren a la forma de suministrar la informacin contenida en dicho modelo que, con
carcter general, se exige que sea desglosada trimestralmente y al plazo de presentacin de la
declaracin que se anticipa al mes de febrero, si bien de forma transitoria el modelo 347
correspondiente a 2011 se presentar durante el mes de marzo de 2012. Asimismo modifica los
artculos 32 y 36 del Reglamento General aprobado por Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio.
Personas o entidades excluidas de la obligacin de presentar Modelo 347.
Notas informativas publicadas por la Direccin General de tributos (Vase por ejemplo la
relativa a arrendamientos de locales de negocio, cobros en metlico, etc.)
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Descripcin de los registros
Para cada declarante se incluirn dos tipos diferentes de registro, que se distinguen por la primera
posicin, con arreglo a los siguientes criterios:
Tipo 1: Registro del declarante: Datos identificativos y resumen de la declaracin.
Tipo 2: Registro del declarado y Registro de inmueble.
El orden de presentacin ser el del tipo de registro, existiendo un nico tipo de registro 1 y
tantos registros de tipo 2 como declarados e inmuebles tenga la declaracin, siendo diferentes los de
declarados y los de inmuebles.
INFORME
El informe RFIDESM347 lista y genera el fichero del modelo 347.
El informe RFASLDPC permite transferir el fichero de la declaracin al PC.
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EJECUCIN
La generacin de la declaracin del modelo 347 en SAP conlleva dos etapas:
1. Generacin del fichero con la declaracin.
2. Traspaso del fichero al PC.
1. Generacin del fichero con la declaracin - Ejecucin RFIDESM347 -
La generacin del fichero puede realizarse en dos pasos:
Una primera etapa donde podemos obtener el listado de la declaracin con el objeto de
verificar su contenido.
Una segunda etapa donde, una vez verificado que la informacin obtenida es la correcta, se
ejecuta el informe con obtencin del fichero.
Anlisis de los campos ms relevantes de la pantalla de seleccin del informe RFIDESM347:
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Sociedad: Introducir la compaa FI para la que se quiere realizar la declaracin. La AEAT
elimin la posibilidad de emisin de declaraciones colectivas. Si se introduce ms de una
compaa, el informe emite un error (Seleccionar slo una compaa).
Ejercicio: Introducir el ejercicio para el que se desea realizar la declaracin. Aquellas sociedades
que tienen un ejercicio no coincidente con el ao natural debern introducir, por ejemplo, en el
caso de que su ejercicio sea de marzo 2xxx a febrero 2xxx+1, dos ejercicios 2xxx y 2xxx + 1.
Atencin: deben ser introducidos como valores y no como rango. Despus se deber introducir el
rango de fechas contables o fecha factura adecuada (por ejemplo 01/01/2xxx al 31/12/2xxx).
El ejercicio que aparecer en la cabecera del fichero ser el primero de la lista de valores
introducida en dicho parmetro de seleccin.
General selections
Fecha contable: Introducir el rango de fecha de contabilizacin.
Report Details
Nmero de identificacin de la declaracin: La Agencia Tributara da un nmero a las
declaraciones. Este nmero se utiliza como identificador de la declaracin realizada. Es
necesario introducir un valor que no ser el que posteriormente d el programa de la AEAT.
Declaracin sustitutiva: Marcar este campo en el caso de que la declaracin que se est
realizando sea una declaracin sustitutiva. Como su nombre indica, una declaracin sustitutiva
es aquella declaracin que reemplaza totalmente a una declaracin realizada anteriormente.
Nmero de la declaracin sustituida: En el caso de haber realizado una declaracin sustitutiva,
es necesario introducir el nmero de identificacin de la declaracin que est siendo sustituida.
Declaracin complementaria: Marcar este campo en el caso de declaracin complementaria.
Una declaracin complementaria es aquella donde se incluyen aquellos terceros que, debiendo
haber sido declarados en una declaracin ya realizada, fueron totalmente omitidos.
Further selections
Establecimiento Permanente: En el caso de que se est ejecutando el Modelo 347 para un
Establecimiento Permanente ubicado en Espaa, introducir el valor ES.
Indicadores de IVA a excluir: Utilizar este campo para excluir aquellas transacciones que no
deben ser incluidas en la declaracin y que se identifican a travs de un indicador de impuestos.
Proveedores / Acreedores: Se puede seleccionar los terceros o se puede utilizar para excluir
determinados terceros que no deben incluirse en el Modelo. Si se deja en blanco, se
seleccionarn los terceros en base al resto de los parmetros del informe.
Clientes / Deudores: Se puede seleccionar los terceros o se puede utilizar para excluir
determinados terceros que no deben incluirse en el Modelo. Si se deja en blanco, se
seleccionarn los terceros en base al resto de los parmetros del informe.
Proveedores / Acreedores NOI: Se puede seleccionar los terceros por su NOI (Nmero de
Operador Intracomunitario) o se puede utilizar para excluir determinados terceros que no deben
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incluirse en el Modelo. Si se deja en blanco, se seleccionarn los terceros en base al resto de los
parmetros del informe.
Clientes / Deudores NOI: Se puede seleccionar los terceros o se puede utilizar para excluir
determinados terceros que no deben incluirse en el Modelo. Si se deja en blanco, se
seleccionarn los terceros en base al resto de los parmetros del informe.
Pas Proveedor / Acreedor: Se puede seleccionar los terceros a travs del pas que figura en su
maestro. Si se deja en blanco, se seleccionarn los terceros en base al resto de los parmetros
del informe.
Pas Cliente / Deudor: Se puede seleccionar los terceros a travs del pas que figura en su
maestro. Si se deja en blanco, se seleccionarn los terceros en base al resto de los parmetros
del informe.
Output Control
Salida como fichero: Se activa este campo cuando se quiere obtener el fichero del modelo 347.
Este campo est relacionado con otro posterior, en el que se indicar dnde se quiere almacenar
el fichero dentro del sistema.
Salida en lista: Se activa este campo cuando se quiere poder visualizar la declaracin en
formato fichero en pantalla.
Informe de detalle: Se activa este campo cuando se quiere obtener un informe con el detalle de
los documentos que componen el importe declarado en el fichero por tercero y clave de
operacin.
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Informe de detalle cobros: Se activa este campo cuando se quiere obtener un informe con el
detalle de los documentos que componen el importe de los cobros en metlico declarado en el
fichero por tercero.
Importe lmite: Introducir el importe lmite a partir del cual debe ser declarado un tercero. En la
actualidad el importe es 3.005,06 euros.
Fichero inmueble (arrendamientos): Dado que en SAP no se tiene toda la informacin sobre
los inmuebles que posee la sociedad y que tiene arrendados, es necesario importar esta
informacin desde fuera. La sociedad deber generar externamente el/los registros de inmuebles
con el formato exacto especificado por la normativa, e importarlo al sistema. En este campo
deberemos indicar dnde est almacenado el fichero con los registros de los inmuebles (por
ejemplo, \\trans6.wdf.sap-ag.de\trans6\inmuebles).
Fichero de salida: Nombre completo bajo el cual se desea almacenar el fichero de la
declaracin (por ejemplo \\trans6.wdf.sap-ag.de\trans6\Modelo3472002) para despus poder
importarlo al PC con el programa RFASLDPC.
NIF genrico: Dado que en el modelo 347 deben ser declaradas algunas de las operaciones
realizadas con el extranjero (excepto las ya declaradas en otras declaraciones de carcter
peridico e informativo, como por ejemplo las del modelo 349, excepto las importaciones y
exportaciones, etc.), nos encontramos que estos terceros, a pesar de que pueden tener su propio
nmero de identificacin fiscal, ste no puede ser validado por el programa de la Agencia
Tributaria, aunque en la actualidad acepta el campo NIF en blanco. Para cubrir esta carencia la
Agencia Tributaria daba cada ao un NIF genrico para los extranjeros. Este NIF es el que debe
ser introducido en esta opcin del report (en la actualidad se admite el valor blanco) y el
programa se encarga de rellenar, en los registros de extranjeros, el campo NIF con este NIF
genrico. El hecho de ponerlo en la pantalla de seleccin es debido a que la Agencia Tributaria
otorgaba un NIF genrico que variaba de un ao a otro.
Special settings for Public Administration
Clase de documento para las Administraciones Pblicas: Incluir la clase de documento
utilizada por la clave de operacin D (Adquisiciones de bienes o servicios al margen de cualquier
actividad empresarial o profesional realizadas por Entidades Pblicas superiores a 3.005,06 ).
Output Medium
Tipo de soporte: Se cumplimentar con T para presentacin telemtica o C si se presenta en
DVD.
Additional selection
Exclusin Indicador CME: Permite excluir aquellas transacciones que tengan los indicadores
CME seleccionados. Es importante tener en cuenta que si un documento tiene un indicador CME
que ha sido excluido, ninguna lnea de ese documento ser seleccionada.
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Modelo 340: Este parmetro debe ser activado por aquellas entidades que entregan el modelo
340 por estar acogidas al rgimen de devolucin mensual de IVA. En caso de activarse, slo se
tendrn en cuenta las operaciones que estas entidades estn obligadas a incluir en el Modelo
347. Para ello es necesario incluir los valores de las clases de documentos en las
correspondientes pestaas existentes en la pantalla de seleccin del informe (Arrendamientos,
Ceuta y Melilla, entidades aseguradoras, etc.)
Incluir doc. con retenciones clientes: Si se activa este campo, el informe incluir documentos
sujetos a retencin, ya sea en factura como en pago de clientes.
Indicador de retencin: En el caso de que se quiera que slo determinados documentos sujetos
a retencin sean incluidos, incluir los indicadores de retencin para los que se quiere seleccionar
los documentos de los clientes.
Incluir doc. con retencin proveedores: Si se activa este campo, el informe incluir
documentos sujetos a retencin, ya sea en factura como en pago de proveedores.
Indicador de retencin: En el caso de que se quiera que slo determinados documentos sujetos
a retencin sean incluidos, incluir los indicadores de retencin para los que se quiere seleccionar
los documentos de los clientes.
Pestaas: Alquileres, cobros en metlico, subsidios, primas de seguros, ventas de inmuebles
sujetos a IVA, Ceuta y Melilla y Recibos compensacin rgimen especial agricultura.
Estos parmetros son utilizados por el informe, con dos objetivos diferentes:
a) Para poder reconocer y clasificar los documentos acorde con la normativa vigente del Modelo
347. Por ejemplo es necesario diferenciar alquileres y primas de seguros (slo entidades
aseguradoras) dentro de la clave de operacin B (compras), o clasificar acorde a claves de
operacin E (Subsidios y otras ayudas de las Entidades Pblicas), o rellenar adecuadamente
el campo de ventas de bienes inmuebles sujetas a IVA, al igual que los cobros en efectivo.
b) Para poder seleccionar slo las operaciones a los que estn obligados a incluir nica y
exclusivamente las entidades que presentan el Modelo 340 los arrendadores los alquileres,
cobros en metlico, subsidios (entidades pblicas), primas de seguros (entidades
aseguradoras), ventas de inmuebles sujetos a IVA, las operaciones sujetas al Impuesto
sobre la Produccin, los Servicios y la Importacin en las Ciudades de Ceuta y Melilla, las
operaciones satisfechas por compensaciones agrcolas.
Una vez cumplimentados los datos de la pantalla de seleccin se puede, como se ha comentado
anteriormente, ejecutar el informe sin o con generacin del fichero.
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Verificada que la informacin obtenida es la correcta, se ejecuta el informe con la generacin
del fichero activada. Se debe indicar dnde y con qu nombre se desea almacenar el fichero.
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El resultado de la ejecucin ser el mismo que el mencionado anteriormente pero con
generacin del fichero.
Si se ha marcado la opcin Detailed List Output, se obtendr un informe adicional con el
detalle de los documentos que conforman el importe declarado de un tercero.
Si se ha marcado la opcin Detailed List Incoming Payment, se obtendr un informe
adicional con el detalle de los documentos de cobro que conforman el importe de los cobros en
metlico declarado de un cliente.
Informe
Columnas
- Tax ID: NIF del tercero
- BP number: Nmero del cliente
- BP Name: Nombre del cliente
- Clearing document: Nmero documento del cobro
- Cleared document: Nmero documento factura
- GL Date: Fecha contabilizacin de la factura
- Doc Date: Fecha documento de la factura
- Do: Clase de documento de la factura
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- O: Clave de operacin, B Ventas, A Compras, D adquisiciones de bienes y servicios al
margen de cualquier actividad empresarial por entidades pblicas, E subvenciones otorgadas
por las Entidades pblicas (solo entidades pblicas).
- R: Importe arrendamiento locales de negocio.
- I: Importe primas de seguros (Solo entidades aseguradoras).
- RE: Ventas de inmuebles sujetas a IVA.
- Amount: Importe del cobro.
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2. Traspaso del fichero al PC RFASLDPC
El report RFASLDPC permite traspasar el fichero de la declaracin al PC.
Informacin que debe introducirse en esta pantalla de seleccin:
Fichero fuente: Se debe indicar dnde se almacen el fichero que se gener con el report
RFIDESM347. Es decir se debe poner la misma informacin que se introdujo en el report
RFIDESM347 en el campo Fichero de salida.
Unidad de disco destino: Se debe indicar en qu unidad se desea almacenar la
informacin.
Subdirectorio: Subdirectorio de la unidad de disco donde se desea almacenar la
declaracin.
Fichero de destino: Indicar la denominacin del fichero que contendr la declaracin.
3. Programa de ayuda y Prevalidacin de la declaracin.
Una vez grabada la declaracin en disquete o disco duro se debe proceder a su prevalidacin
con el programa de la Agencia Tributaria. La Agencia Tributaria tiene dos programas, uno que
permite realizar la declaracin de forma manual pero que a su vez permite importar declaraciones, y
el de prevalidacin. Las declaraciones deben ser entregadas prevalidadas. La ventaja del primer
programa es que permite la correccin de errores y aadir o modificar registros.
Se necesita instalar los programas de la Agencia Tributaria que se encuentran en la siguiente
direccin URL: www.agenciatributaria.es (men derecho)
> Descarga de programas de ayuda > Declaraciones Informativas > Modelo 347.
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> Descarga de programas de ayuda > Prevalidacin Cobol.
> Modelos y formularios > Todas las declaraciones > Modelos 300 al 399 > 347.
Instalar los programas e importar la declaracin obtenida para que sea validada.
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OBSERVACIONES
Criterios de agrupacin de terceros
Cules son los terceros que deben aparecer en esta declaracin?
Transacciones con indicadores CME
Fecha contable vs fecha de documento, ejercicio fiscal diferente al ao natural
Declaracin Colectiva
Registro Tipo 2: Inmuebles
NIF Genrico para extranjeros
Clases de documentos: Arrendamientos, subvenciones, primas de seguros
Modelo 340
Establecimiento Permanente
Transmisiones de inmuebles sujetos a IVA
Cobros en metlico
Criterios de agrupacin de terceros
Existen dos criterios por los que los terceros son agrupados y presentados como un nico
registro en el modelo 347. Los criterios son el NIF (Campo STCD1) y el domicilio fiscal (campo
FISKN). Es decir, en el caso de que un mismo tercero se d de alta dos veces, el informe agrupar
las transacciones de este tercero si ambos tienen el mismo NIF o si se ha cumplimentado el domicilio
fiscal. No estamos hablando de compensacin entre cliente y proveedor. Si un mismo tercero es
cliente y proveedor a la vez, se incluirn en la declaracin 347 dos veces (siempre y cuando superen
el importe de 3.005,06 ), una como cliente y otra como proveedor.
El criterio del NIF es vlido tambin para los terceros CPD.
El informe actual permite seleccionar por nmero de tercero, o excluir terceros por su
nmero, por nmero de NIF comunitario y por pas.
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Cules son los terceros que deben aparecer en esta declaracin?
Aquellos con los cuales hemos mantenido un volumen de negocio superior a 3.005,06 y la
normativa dice:...No se incluirn en el 347 aquellas operaciones respecto de las que exista una
obligacin de suministro de informacin peridica a la administracin tributaria a travs de
declaraciones especficas diferentes al modelo 347, en particular las siguientes:
Aquellas cuya contraprestacin haya sido objeto de retencin o ingreso a cuenta as como
cualquier operacin o rendimiento que deba declararse a travs de resmenes anuales de
retenciones. Modelo 190, modelo 180, modelo 296, etc.Debemos excluir aquellas
transacciones en las cuales exista una retencin del IRPF? La respuesta es que no, no todas
deben excluirse, y as se explica en una nota informativa publicada por la Direccin General de
Tributos en la pgina de la Agencia Tributaria:
Declaracin en el modelo 347 de operaciones de arrendamiento de locales de negocio sujetos a
retencin.
El artculo 33.2.i) del RGAT establece que quedan excluidas del deber de incluir en la declaracin
anual de operaciones con terceras personas:
i) En general, todas aquellas operaciones respecto de las que exista una obligacin peridica de
suministro de informacin a la Administracin tributaria estatal mediante declaraciones
especficas diferentes a la regulada en esta sub-seccin y cuyo contenido sea coincidente.
Los arrendadores exclusivamente (no los arrendatarios), debern consignar, en todo caso, en la
declaracin anual de operaciones con terceras personas las operaciones relativas a
arrendamientos de locales de negocio que superen el importe de 3.005,06, aunque las citadas
operaciones deban ser objeto de declaracin en el modelo 180 por estar sujetas a retencin, ya
que en el modelo 347 se exige a los arrendadores la consignacin de la referencia catastral, dato
que no se exige en el modelo 180, y que sin embargo tiene cierta entidad, por cuanto permite la
correcta y concreta identificacin del local arrendado.
El informe permite incluir documentos sujetos a retencin, ya sea retencin efectuada en la factura o
en el pago. Para ello deben activarse una serie de parmetros bajo Additional Selection.
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Estos parmetros permiten incluir documentos sujetos a retencin para clientes y/o
proveedores, teniendo en cuenta que en principio slo aplica para arrendadores de locales de
negocio sujetos a retencin (clientes).
Si se activa el parmetro Include With. Tax for Cust o Include With. Tax for Vendor, el
informe seleccionar todos aquellos documentos que estn sujetos a retencin, si cumplen las
condiciones para ser seleccionados.
Se debe introducir tambin el indicador de retencin para que as solo se seleccionen los
documentos de arrendamientos de locales de negocio sujetos a retencin con clave de operacin B
(Prestaciones de servicios Arrendador). Si no se indica, y est activado inclusin de retenciones,
se seleccionarn todos los documentos sujetos a retencin, sean de arrendamiento o no.
Las operaciones intracomunitarias que sean objeto de la declaracin recapitulativa de entregas y
adquisiciones comunitarias de bienes y servicios, modelo 349.
El informe no selecciona operaciones con terceros de la Unin Europea. Por lo que, tanto las
operaciones intracomunitarias de bienes como de servicios quedan excluidas del modelo 347 de
forma automtica.
Documentos con indicador de impuestos con clave de la UE= 1, 4, 5 y 9 no son seleccionados por el informe.
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Transacciones con indicadores CME
Aquellos documentos que tienen nica y exclusivamente indicadores CME no son
seleccionadas por el report RFIDESM347 (Modelo 347). La nica excepcin son los anticipos.
En la pantalla de seleccin en Additional Selection tenemos el parmetro Indicador CME a
excluir. Este parmetro sirve para excluir documentos seleccionados que usen estos indicadores
CME. Es importante tener en cuenta que si un documento tiene un indicador CME que ha sido
excluido, ninguna lnea de ese documento ser seleccionada.
Fecha contable vs fecha de documento, ejercicio fiscal diferente al ao natural
Cul debe ser el criterio de seleccin, la fecha contable, la fecha del documento?
En teora el criterio es el de emisin de la factura o documento, es decir del documento. El problema
suele ocurrir con las facturas que son emitidas durante el mes de diciembre y que son enviadas
durante el mes de enero del ao siguiente, y por lo tanto, a veces contabilizadas en el ejercicio
siguiente.
Algunas sociedades basan el criterio en la fecha contable y otras desean hacerlo con la
fecha del documento. Si se desea realizar con la fecha del documento y cubrir la problemtica
comentada, basta con introducir un rango de fecha contable amplio (ms all de diciembre del ao
que est siendo declarado), la fecha del documento coincidiendo con el ao natural y como ejercicio,
introducir los dos ejercicios implicados. Los ejercicios deben ser introducidos como valores
individuales y no como rangos.
El criterio explicado es vlido tambin para aquellas sociedades que tienen un ejercicio fiscal
no coincidente con aos naturales.
Declaracin Colectiva
La declaracin colectiva ha sido eliminada por la Agencia Tributaria. Por lo tanto si al ejecutar
el informe se selecciona ms de una compaa, se emitir un error.
Registro Tipo 2: Inmuebles
Como se ha comentado anteriormente, el tipo de registro 2 de inmuebles deber ser generado
externamente con el formato especificado en la normativa. Una vez generado debe ser introducido
en el sistema, y en la pantalla de seleccin del report RFIDESM347 (modelo 347) especificar dnde
se encuentra almacenado el fichero. Se debe tener en cuenta que SAP no verifica el formato, es
decir si el formato es errneo, SAP no lo detecta. Ser posteriormente el programa de prevalidacin
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o el programa del modelo 347 de la Agencia Tributaria el que detectar los posibles errores del tipo
de registro 2 de inmuebles. Otro aspecto que es detectado por el programa de la Agencia Tributaria
es que en el caso de que exista un tipo de registro 2 de inmueble, el programa verifica que deba
existir un tipo de registro 2 de declarado con clave de operacin B y reconocida como operacin de
arrendamiento. Es decir, la sociedad debe haber emitido una factura de arrendamiento la cual debe
estar contabilizada en el sistema, y que si tiene una clase de documento especfica para
arrendamiento, el report habr sido capaz de generar el registro tipo 2 de declarado adecuado. Si no
existiese este registro tipo 2 con clave B y de arrendamiento, el programa de la Agencia Tributaria lo
detectara y emitira un error diciendo que existe un registro de inmueble para el que falta informacin
de la clave de operacin B.
NIF Genrico para extranjeros
Como se ha comentado anteriormente, determinadas operaciones con extranjeros deben ser
declaradas en el modelo 347. La Agencia Tributaria daba un NIF genrico para que fuese utilizado
para estos extranjeros, dado que su programa slo valida NIF espaoles. En la actualidad la Agencia
Tributaria acepta el campo NIF en blanco. En caso de introducir el NIF genrico en la pantalla de
seleccin del RFIDESM347, el programa cumplimentar este dato en los registros cuyo NIF este en
blanco.
Clases de documentos: Arrendamientos, subvenciones, primas de seguros, etc.
La normativa obliga a diferenciar las operaciones de arrendamiento, las subvenciones
entregadas (slo empresas integradas en la administracin pblica), las operaciones de primas de
seguros (slo empresas aseguradoras), las ventas de inmuebles sujetas a IVA y determinadas
operaciones realizadas por las entidades pblicas al margen de su actividad empresarial del resto de
operaciones y obliga a declararlas en registros tipo 2 independientes del resto. Para que SAP pueda
cumplir con este requisito es necesario poder distinguir, dentro del sistema, estas transacciones, y
para ello se ha utilizado el criterio de la clase de documento. Es muy importante parametrizar clases
de documento especficas y comenzar el ao contabilizando estas facturas con la clase de
documento creada a tal efecto. Si la parametrizacin no se lleva a cabo al inicio del ao y se
introducen facturas de estos conceptos con clases de documentos generales, el report RFIDESM347
no ser capaz de separar esta informacin y generar los registros tipo 2 adecuados.
Modelo 340
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REAL DECRETO 1065/2007, de 27 de julio.
Artculo 32. Personas o entidades excluidas de la obligacin de presentar Modelo 347.
1. No estarn obligados a presentar la declaracin anual:
Apdo. e) Los obligados tributarios que deban informar sobre las operaciones incluidas en los libros
registro del Impuesto sobre el Valor Aadido de acuerdo con el artculo 36 (Modelo 340), salvo
cuando realicen las operaciones siguientes:
Las subvenciones, los auxilios o las ayudas satisfechas por las entidades integradas en las
distintas Administraciones Pblicas a las que se refiere el prrafo segundo del artculo 31.2.
Slo para las administraciones pblicas.
Las operaciones a las que se refieren los apartados d), e), f), g), h) e i) del artculo 34.1.
Las operaciones sujetas al Impuesto General Indirecto Canario realizadas en el mbito de
aplicacin de dicho impuesto. SE ELIMINAN por incluirse en el modelo 340 (Real Decreto
1/2010 de 8 de enero)
Las operaciones sujetas al Impuesto sobre la Produccin, los Servicios y la Importacin en las
Ciudades de Ceuta y Melilla.
Las operaciones satisfechas por compensaciones agrcolas (Incluidas por el Real Decreto 1/2010
de 8 enero)
A qu operaciones se refiere cuando dice apartados d), e), f), g), h) e i) del artculo 34.1?
d) Arrendamientos de locales de negocio.
e) Entidades aseguradoras, las operaciones de seguros (Slo entidades aseguradoras).
f) Agencias de viajes: prestaciones de servicio donde acten como mediadoras
h) Los cobros en metlico superiores a 6.000,00 .
g) Ventas de inmuebles sujetas a IVA.
2. En los supuestos regulados en el prrafo 1.e) de este artculo, los obligados tributarios debern
cumplimentar la declaracin anual de operaciones consignando exclusivamente las operaciones
citadas.
Por lo tanto, aquellas entidades que estn obligadas a entregar el Modelo 340 por estar bajo el
rgimen de devolucin mensual de IVA, deben incluir nica y exclusivamente las operaciones
mencionadas en el prrafo 1.e).
El informe incorpora una serie de parmetros que permiten realizar la seleccin de estas
operaciones.
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Lo primero que debe hacerse es activar el parmetro Model 340. Al activar este parmetro el
informe slo seleccionara los documentos que se incluyan en las siguientes pestaas:
Slo se seleccionarn las transacciones marcadas como arrendamientos de local de negocio,
subvenciones (Administraciones Publicas), primas de seguros (Aseguradoras), Ceuta y Melilla,
compensaciones agrcolas, ventas de inmuebles sujetas a IVA y cobros en metlico.
Para ello ser necesario indicar la clase de documento utilizada en cada caso. No pueden utilizarse
las mismas clases de documentos para tipos de operaciones distintas, pues este es el criterio que
utiliza el informe para poderla clasificar adecuadamente.
Establecimiento Permanente
En el caso de que se est ejecutando el Modelo 347 para un Establecimiento Permanente ubicado
en Espaa, introducir el valor ES. (Ver parametrizacin).
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Transmisiones de inmuebles sujetas a IVA (Locales de negocio)
Artculo 32. Personas o entidades excluidas de la obligacin de presentar Modelo 347.
1. Apdo. e) Los obligados tributarios que deban informar sobre las operaciones incluidas en los libros
registro del Impuesto sobre el Valor Aadido de acuerdo con el artculo 36 (Modelo 340), salvo
cuando realicen las operaciones siguientes: Las operaciones a las que se refieren los apartados d),
e), f), g), h) e i) del artculo 34.1.
i) las cantidades que se perciban en contraprestacin por transmisiones de inmuebles, efectuadas
o que se deban efectuar, que constituyan entregas sujetas en el Impuesto sobre el Valor Aadido.
Por lo tanto se trata de la venta y no de la contraprestacin recibida. El importe por la venta de
bienes inmuebles sujetos a IVA se almacena en el tipo de registro 2 en las posiciones de la 115 a la
129.
Se debe especificar la clase de documento utilizada para la venta de inmuebles sujetos a IVA en la
pestaa existente a tal efecto.
Cobros en metlico
El nuevo apartado 5 en el artculo 35 del RGAT, modific el criterio de imputacin de las
cantidades percibidas en metlico superiores a 6.000 euros, previstas en el artculo 34.1.h).
5. Cuando las cantidades percibidas en metlico previstas en el artculo 34.1.h) no puedan incluirse en
la declaracin del ao natural en el que se realizan las operaciones por percibirse con posterioridad a
su presentacin o por no haber alcanzado en ese momento un importe superior a 6.000 euros, los
obligados tributarios debern incluirlas separadamente en la declaracin correspondiente al ao natural
posterior en el que se hubiese efectuado el cobro o se hubiese alcanzado el importe sealado
anteriormente.
El informe incorpora una serie de campos para realizar la seleccin de los cobros en metlico:
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Incash Transaction: Clase de documento utilizada para los cobros en metlico. Este campo es
opcional. En el caso de que se utilice este criterio sin especificar la cuenta contable de caja, slo se
seleccionarn cobros en metlico de facturas contabilizadas en el ao que est siendo declarado. No
se tendrn en cuenta cobros correspondientes a facturas de aos anteriores.
Cash Limit for incash tran.: Este es el lmite establecido por la normativa. Se refiere al total de
cobros en metlico (acumulados) efectuados por un mismo cliente correspondiente a facturas
emitidas durante un ao natural con la misma clave de operacin. El lmite se establece por clave de
operacin, al igual que ocurre con las operaciones de ventas. En el caso de que a un cliente se le
facturen bienes y servicios (clave operacin B) y arrendamientos (clave operacin B +
Arrendamientos), la inclusin de este tercero se produce si el total de la clave de operacin B
(incluyendo arrendamientos) es superior a 3.005,06 . Lo mismo sucede con los cobros en metlico.
Si el total cobrado en metlico de un tercero por clave de operacin B (incluyendo los cobros en
metlico de los arrendamientos) correspondiente a facturas emitidas en un ao natural supera los
6.000,00 , se debe actualizar el campo cobros en metlico, sin diferenciar si son cobros
procedentes de arrendamientos o de ventas u otros servicios (tipo de registro 2, posiciones de la 101
a la 115).
Si los cobros son de facturas emitidas en el ao que est siendo declarado, se actualizar el registro
tipo 2 de este tercero, incluyendo los cobros (posiciones 101 a 115) y el ao en que se hubieran
declarado las operaciones, en este caso el ao que est siendo declarado. (posiciones 132 a 135).
Si los cobros son de facturas emitidas en aos anteriores, se aadir un nuevo registro tipo 2 para
este tercero, incluyendo nica y exclusivamente el importe de los cobros en metlico (posiciones 101
a 115) y el ao en el que se declararon dichas operaciones (posiciones 132 a 135).
Correo recibido del Departamento de Gestin de la Agencia Tributaria en relacin a la incidencia
planteada.
En estos casos, en los que aparece ms de un registro con el mismo declarado, si se cobra un importe en
metlico superior a 6.000 euros no se tiene que fraccionar sino que debe consignarse el importe total en
uno de los registros, preferiblemente en el correspondiente a la operacin principal. La finalidad es saber
que se ha percibido una determinada cantidad en metlico pero no es necesario identificar en concepto de qu.
GL Accounting (Incoming): Este campo hace referencia a la cuenta de caja donde se imputan los cobros en
metlico. Este campo puede actuar slo o conjuntamente con el campo clase de documento, en cuyo caso se
seleccionarn los cobros contabilizados a la cuenta de caja y cuya clase de documento sea la introducida en
este campo. En este caso s se tienen en cuenta cobros en metlicos procedentes de facturas de aos
anteriores.
Si se trata de cobros en metlico procedentes de facturas del ao que est siendo declarado, se actualiza el
registro del tercero.
GL accounting (Incoming): Cuenta contable de caja donde se imputan los cobros en metlico. Si se
quiere que el informe tenga en cuenta los cobros correspondientes a operaciones declaradas en
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aos anteriores, este campo debe cumplimentarse. El informe analizar los cobros contabilizados en
esta caja, siempre y cuando la contrapartida sea una cuenta de cliente y exista una referencia a la
factura que se est cobrando.
PARAMETRIZACIN
Mantenimiento de la compaa declarante o Establecimiento Permanente
Existen determinados campos que deben ser informados para que la declaracin sea
correcta. En concreto los datos a mantener de la compaa declarante son los siguientes:
NIF
Nombre o razn social
Persona de contacto
Telfono de la persona de contacto
Customizing Gestin financiera Parametrizaciones bsicas de Gestin financiera Sociedad
Verificar y completar parmetros globales
Estos datos son utilizados para cumplimentar los datos del declarante en el registro tipo 1 -
Datos del declarante.
Cobro operaciones declaradas en el ao que est siendo declarado.
Cobro operaciones aos anteriores.
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Establecimiento Permanente
Aquellas empresas extranjeras que tienen un establecimiento permanente en Espaa deben
activar la funcionalidad de Establecimiento Permanente y dar de alta el mismo, para que la
informacin de la cabecera de los modelos contenga la informacin adecuada.
Existen determinados campos que deben ser informados para que la declaracin sea
correcta. En concreto los datos a mantener de la compaa declarante son los siguientes:
NIF
Nombre o razn social
Persona de contacto
Telfono de la persona de contacto
Customizing Gestin financiera Parametrizaciones bsicas de Gestin financiera Impuesto
sobre el volumen de negocios Parametrizaciones bsicas Centros en el extranjero:
Activar centros en el extranjero
Indicar NIF comunitario para centros en el extranjero
Los indicadores de impuestos (IVA) debern tener informado el Establecimiento Permanente para
poder ser utilizado por los documentos (facturas) de los mismos, y as ser seleccionados por los
diferentes informes (Modelo 340, Modelo 349, Modelo 347).
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Terceros
Los terceros espaoles deben tener mantenido el NIF / CIF en el maestro de terceros, sino
es as al ejecutar el informe obtendremos un error con los terceros espaoles sin NIF / CIF.
Clases de documentos
Es necesario crear clases de documentos especficas para las operaciones de arrendamiento
(clientes y proveedores), subvenciones, primas de seguros, etc.
Customizing Gestin financiera Parametrizaciones bsicas de Gestin financiera Documento
Cabecera de documento Definir clases de documento
Clave de contabilizacin
El modelo 347 slo selecciona documentos que tengan claves de contabilizacin definidas
como Efecto en el volumen de ventas / negocio.
Customizing Gestin financiera Parametrizaciones bsicas de Gestin financiera Documento
Posicin de documento Control Definir clave de contabilizacin.
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