Miraflores, · 2011. 11. 21. · miraflores ~ municipalidad de miraflores anexo n° cÓdigo...

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'- - MIRAFLORES QJ MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES ACUERDO DE CONCEJO W -201l/MM Miraflores, EL ALCALDE DE MIRAFLORES; POR CUANTO; El Concejo Distrital de Miraffores en Sesión . ............ de la fecha; CONSIDERANDO; Que, en mérito de la Ley W 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que se encuentra reconocida en la Constitución Política del Perú y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, según lo establecido en el artículo IV del Título Preliminar de la Ley W 27972, los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, de acuerdo con el artículo 55 de la Ley W 27972, constituyen el patrimonio de cada municipalidad, sus bienes, rentas y derechos. En ese sentido, todo acto de disposición o de garantía sobre el patrimonio municipal debe ser de conocimiento público; Que, según el artículo 56, numeral B, de la Ley W 27972, son bienes de las municipalidades, todos los demás que adquiera cada municipio. Asimismo, el artículo 59 de dicho cuerpo normativo, prescribe que los bienes municipales pueden ser transferidos, concesionados en uso o explotación arrendados o modificado su estado de posesión o propiedad mediante cualquier otra modalidad, por acuerdo del Concejo Municipal; Que, acorde con lo expresado, según el artículo 9, numeral 25 de la citada Ley W 2797i le corresponde al Concejo Municipal aprobar la donación o la cesión en uso de bienes muebles e inmuebles de la municipalidad a favor de entidades públicas o privadas sin fines de lucro y la venta de sus bienes en subasta pública; Que, de otra parte, de acuerdo con lo señalado en el artículo lB de la Ley W 29151. Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, las entidades deben procurar el uso económico y social de sus bienes y de los que se encuentran bajo su administración, conforme a los procedimientos establecidos en el reglamento de la referida Ley, y atendiendo a los fines y objetivos institucionales; Que, mediante Resolución de Gerencia de Administración y Finanzas W 253-2011- GAF/MM, de fecha 29 de setiembre de 20", se aprueba la baja de un total de treinta y dos (32) unidades vehiculares, por la causal de mantenimiento y/o reparación onerosa, de acuerdo con la recomendación de la Unidad de Talleres de la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial; Que, según el artículo 122 del Decreto Supremo W 007-200B-VIVIENDA. Reglamento de la Ley W 29151, la disposición de los muebles dados de baja por las entidades deberá ejecutarse dentro de los cinco (5) meses de emitida la Resolución de Baja correspondiente, mediante la donación, entre otros actos de disposición;

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    MIRAFLORES

    QJ MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES

    ACUERDO DE CONCEJO W -201l/MM

    Miraflores,

    EL ALCALDE DE MIRAFLORES;

    POR CUANTO;

    El Concejo Distrital de Miraffores en Sesión ............. de la fecha;

    CONSIDERANDO;

    Que, en mérito de la Ley W 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que se encuentra reconocida en la Constitución Política del Perú y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente;

    Que, según lo establecido en el artículo IV del Título Preliminar de la Ley W 27972, los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción;

    Que, de acuerdo con el artículo 55 de la Ley W 27972, constituyen el patrimonio de cada municipalidad, sus bienes, rentas y derechos. En ese sentido, todo acto de disposición o de garantía sobre el patrimonio municipal debe ser de conocimiento público;

    Que, según el artículo 56, numeral B, de la Ley W 27972, son bienes de las municipalidades, todos los demás que adquiera cada municipio. Asimismo, el artículo 59 de dicho cuerpo normativo, prescribe que los bienes municipales pueden ser transferidos, concesionados en uso o explotación arrendados o modificado su estado de posesión o propiedad mediante cualquier otra modalidad, por acuerdo del Concejo Municipal;

    Que, acorde con lo expresado, según el artículo 9, numeral 25 de la citada Ley W 2797i le corresponde al Concejo Municipal aprobar la donación o la cesión en uso de bienes muebles e inmuebles de la municipalidad a favor de entidades públicas o privadas sin fines de lucro y la venta de sus bienes en subasta pública;

    Que, de otra parte, de acuerdo con lo señalado en el artículo lB de la Ley W 29151. Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, las entidades deben procurar el uso económico y social de sus bienes y de los que se encuentran bajo su administración, conforme a los procedimientos establecidos en el reglamento de la referida Ley, y atendiendo a los fines y objetivos institucionales;

    Que, mediante Resolución de Gerencia de Administración y Finanzas W 253-2011-GAF/MM, de fecha 29 de setiembre de 20", se aprueba la baja de un total de treinta y dos (32) unidades vehiculares, por la causal de mantenimiento y/o reparación onerosa, de acuerdo con la recomendación de la Unidad de Talleres de la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial;

    Que, según el artículo 122 del Decreto Supremo W 007-200B-VIVIENDA. Reglamento de la Ley W 29151, la disposición de los muebles dados de baja por las entidades deberá ejecutarse dentro de los cinco (5) meses de emitida la Resolución de Baja correspondiente, mediante la donación, entre otros actos de disposición;

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    MIRAFLORES

    ~ MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES

    Que, asimismo, el artículo 124 del acotado Decreto Supremo W 007-2008-VIVIENDA prescribe que la unidad orgánica responsable del control patrimonial emitirá el informe técnico que sustente el acto de disposición o administración a realizar, el mismo que se elevará a la Oficina General de Administración o la que haga sus veces, la que, de encontrarlo conforme emitirá la Resolución aprobatoria respectiva dentro los quince (15) días de recibido el citado informe:

    Que, en concordancia con lo indicado, el artículo 50 de la Ordenanza W 361 /MM del 08 de setiembre de 2011, que aprueba el Reglamento de Altas, Bajas, Actos de Disposición y Saneamiento de Bienes Patrimoniales de la Municipalidad de Miraflores, señala que la Gerencia de Administración y Finanzas, a solicitud de la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial, evaluará el expediente administrativo de los bienes dados de baja, si pueden ser vendidos en subasta pública o subasta restringida, donados o destruidos o incinerados:

    Que, de otra parte, mediante Carta Externa W 32009-201/, del 14 de septiembre de 20", que contiene el Oficio W 223-20"-MDSC/ALC suscrito por el Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Clemente, Pisco: la Carta Externa W 19600-2011, del 07 de junio de 2011, que contiene el Oficio W 220-20"-ALC-MDSL suscrito por el Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Luis: la Carta Externa W 19964-2011 del 09 de junio de 2011, que contiene el Oficio W 0119-20"-MPL-L/A suscrito por el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Luya, Lamud, Amazonas: la Carta Externa W 22217-2011 del 27 de junio de 2011, suscrito por el Alcalde de la Municipalidad Distrital del Rímac, solicitan a esta corporación la donación de unidades vehiculares a fin de emplearlas en diversas actividades al servicio de la colectividades de las jurisdicciones mencionadas:

    Que, es conveniente precisar que en el caso de la Municipalidad Distrital del Rímac, en virtud del Acuerdo de Concejo W 093-2011 /MM, de fecha 13 de octubre de 2011, se aprobó el Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad de Miraflores y dicha entidad, con el fin de otorgársele en calidad de afectación en uso, hasta el 31 de diciembre de 2011, diversas unidades vehiculares entre las que se encuentran cuatro (4) unidades que ahora les serán donadas, al haberse aprobado la baja de dichos bienes según consta en la Resolución de Gerencia de Administración y Finanzas W 253-20"-GAF/MM del 29 de setiembre de 2011:

    Que, de igual modo, a través de la Carta Extema W 4120-2011, de fecha 04 de febrero de 20", presentada por la Asociación Buscando Bienestar para la Tercera Edad: Carta Externa W 5899-20", de fecha 18 de febrero de 20", de la Asociación de Desarrollo Integral - INADEJ: Carta Externa N" 27853-2011, de fecha 15 de agosto de 2011, de la Asociación Emaús "Madre Teresa de Calcuta": Carta Externa W 29937-2011, del 29 de agosto de 2011, de la Fundación Cuna Nazareth, solicitan a la Municipalidad de Miraflores la donación de unidades vehiculares en desuso, entro otras especies, a efectos de poder cumplir sus objetivos de ayuda y asistencia social que realizan como entidades sin fines de lucro:

    Que, al respecto, según Informe W 055-20"-CP/SGLCP-GAF/MM, el Responsable de Control Patrimonial concluye y recomienda respecto de los vehículos indicados que fueron dados de baja, que los mismos se otorguen en donación de acuerdo a los requerimientos registrados en la Unidad de Control Patrimonial, a favor de las entidades públicas e instituciones privadas sin fines de lucro que figuran como solicitantes, según la distribución que obra en anexo como parte integrante: precisando respecto de las instituciones privadas que se ha verificado la documentación de su constitución y autorización ante las Entidades competentes. Adicionalmente, señala que con relación a los vehículos dados de baja, no existen papeletas por infracción que estén pendientes de pago ni órdenes de captura, conforme se evidencia de los reportes emitidos por el Servicio de Administración Tributaria -SAT, que obran en los actuados. Cabe precisar que lo indicado es igualmente recomendado por la Subgerencia de Logística y Control

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    ~ MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES

    Patrimonial, según se aprecia del Informe N" 370-2011-SGLCP-GAF/MM, de fecha 12 de octubre de 2011:

    Que, por su parte, la Gerencia de Administración y Finanzas, mediante Informe N° 131-2011-GAF/MM del 13 de octubre de 201 /, en atención a lo expresado por las unidades orgánicas referidas, señala que sobre la disposición final de las treinta y dos (32) unidades vehiculares dados de baja, éstas pueden ser donadas a las entidades e instituciones solicitantes, de conformidad con lo señalado en el artículo 59 de la Ley N" 27972: que concuerda con la recomendación en atención a lo informado por el responsable de la Unidad de Control Patrimonial, en razón del elevado grado de deterioro de los bienes fungibles mencionados, y teniéndose en cuenta los gastos onerosos que demanda su custodia, debe procederse a la disposición final de los mismos, a realizarse a través de la donación conforme a lo previsto en el artículo 59 de la Ley N" 27972:

    Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Legal N" 347-2011-GAJ/MM, de fecha 03 de noviembre de 2011, concluye que es procedente efectuar la donación de las unidades vehiculares dadas de baja, a favor de las entidades mencionadas en líneas precedentes, toda vez que tal acto se encuentra conforme a la normatividad aplicable, y por lo cual es necesario que el Concejo Municipal apruebe el mismo a través del correspondiente Acuerdo de Concejo que deberá emitirse para tal efecto:

    Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9 y 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N" 27972, el Concejo por .. .,., . ., ............ ., y con dispensa del trámite de aprobación del acta:

    ACORDÓ:

    Artículo Primero,- APROBAR la donación de las treinta y dos (32) unidades vehiculares dadas de baja, que se detallan en la Resolución de Gerencia de Administración y Finanzas N" 253-20"-GAF/MM. conforme a la distribución obran te en el Anexo que forma parte integrante del presente acuerdo, a favor de las Municipalidad Distritales de San Clemente, San Luis y Rímac, y la Municipalidad Provincial de Luya, Lamud: así como de la Asociación Buscando Bienestar para la Tercera Edad: Asociación de Desarrollo Integral -INADEJ: Asociación Emaús "Madre Teresa de Calcuta", y la Fundación Cuna Nazareth.

    Artículo Segundo.- PRECISAR que la donación de las unidades vehiculares otorgadas en favor de la Municipalidad Distrital del Rímac, surtirá efectos legales a partir del O 1 de enero de 2012, únicamente respecto de aquellas que fueron concedidas en afectación en uso a la mencionada municipalidad, según se corrobora del Acuerdo de Concejo N"093-20 11 /MM del 13 de octubre de 2011. Para los efectos correspondientes, la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial, en coordinación con las áreas competentes, realizarán los actos necesarios para formalizar la donación en referencia.

    Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia de Administración y Finanzas, yola Subgerencias de Logística y Control Patrimonial y de Contabilidad y Finanzas, el cumplimiento del presente acuerdo según lo que a cada una corresponde.

    Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación del presente dispositivo en el portal institucional de la municipalidad (www.miraflores.gob.pe).

    POR TANTO:

    Regístrese, comuníquese y cúmplase.

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    ~ MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES

    ANEXO

    N° CÓDIGO VEHíCULO AÑO

    MUNICIPALIDAD PATRIMONIAL MARCA PLACA

    SERIE MOTOR O ASOCIACIÓN 1 MUN. DIST. SAN

    67.82.5000.0009 CAMIONETA NISSAN PGR-033 KA24423249M 1997 CLEMENTE - PISCO

    2 MUN. DIST. SAN 67.82.5000.0002 CAMIONETA CHEVROLET 00-1817 959950 1992 CLEMENTE - PISCO

    3 MUN. DIST. DE 67.82.0500.0001 AUTOMOVIL DAEWOO BQB-087 F8CV769975 2001 SAN LUIS

    • MUN. DIST. DE 67.82.5000.0055 CAMIONETA DAEWOQ RIU-772 F8CB993898 1999 SAN LUIS 5 MUN. DIST. DE

    67.82.5000.0059 CAMIONETA DAEWOO QQ-1545 F8CB759987 2001 SAN LUIS

    • MUN. PROV. DE 67.82.5000.0003 CAMIONETA TOYOTA QG-9858 5K-1002766 1991 LUYA - LAMED 1 MUN. PROV. DE

    67.82.6800.0011 MOTOCICLETA YAMAHA MG-80128 G318E025046 2004 LUYA - LAMED 8 MUN. PROV. DE

    67.82.6800.0016 MOTOCICLETA YAMAHA MG-88883 G318E025826 2005 LUYA - LAMED 9 MUN. PROV. DE

    67.82.6800.0019 MOTOCICLETA YAMAHA MG-88749 G318E025623 2005 LUYA - LAMED 10 MUN. PROV. DE

    67.82.6800.0013 MOTOCICLETA YAMAHA MG-79638 G318E025072 2004 LUYA - LAMED 11 MUN. PROV. DE

    67.82.6800.0062 MOTOCICLETA YAMAHA MG-45255 G318E023895 2003 LUYA - LAMED 12 MUN. PROV. DE

    67.82.6800.0003 MOTOCICLETA YAMAHA MG-45208 G318E023890 2003 LUYA - LAMED

    13 MUN. PROV. DE 67.82.6800.0017 MOTOCICLETA YAMAHA MG-88796 G318E025B03 2005 LUYA - LAMED ,. MUN.PROV. DE 67.82.6800.0010 MOTOCICLETA YAMAHA MG-45237 G318E023880 2003 LUYA - LAMED

    15 MUN. PROV. DE 67.82.6800.0012 MOTOCICLETA YAMAHA MG-79660 G318E024761 2004 LUYA - LAMED ,. MUN. PROV. DE 67.82.6800.0015 MOTOCICLETA YAMAHA MG-88734 G318E025566 2005 LUYA - LAMED

    11 MUN. DIST. DEL 67.82.5000.0006 CAMIONETA CHEVROLET PGF-039 387021 1995 RÍMAC

    18 MUN. DIST. DEL 67.82.6800.0002 MOTOCICLETA YAMAHA MG-45235 G318E023886 2003 RÍMAC

    19 MUN, DIST. DEL 67.82.6800.0005 MOTOCICLETA. YAMAHA MG-45439 G318E023834 2003 RÍMAC

    20 MUN. DIST. DEl 67.82.6800.0006 MOTOCICLETA YAMAHA MG-45206 G318E023941 2003 RÍMAC

    21 MUN. DIST. DEL 67.82.6800.0007 MOTOCICLETA YAMAHA MG-45486 G318E023949 2003 RÍMAC

    22 MUN. DIST. DEL 67.82.6800.0008 MOTOaClETA YAMAHA MG-45207 G318E023971 2003 RÍMAC

    23 MUN. DIST, DEL 67.82.6800.0014 MOTOCICLETA. YAMAHA MG-79637 G318E024792 2004 RÍMAC

    2. MUNo DISTo DEL 67.82.5000.0002 CAMIONETA* CHEVROLET 00-1817 959950 1992 RÍMAC

    25 MUN. DIST. DEL 67.82.5000.0005 CAMIONETA* CHEVROlET 00-6328 201098 1993 RÍMAC

    2. MUN. DISTo DEL 67.82.5000.0011 CAMIONETA* CHEVROlET PGV-898 551110 1998 RÍMAC

    21 MUNo DISTo DEL 67.82.5000.0058 CAMIONETA* CHEVROLET PGV-899 545031 1997 RÍMAC

    28 Asociación Buscando 67.82.5000.0004 CAMIONETA CHEVROlET 00-3046 114489 1992 Bienestar para la

    Tercera Edad 29 Integradón Nacional

    67.82.5000.0057 CAMIONETA TOYOTA RO-9042 1PZOO13685 1992 de la Juventud -INADE]

    30 CARRETA DE EMAUS Madre Teresa 67.82.8825.0001 METAL

    CAMENA ZG-6520 NO TIENE 1992 de Cakuta

    31 Fundación Cuna 67.82.6800.0064 MOTOCICLETA JIAlING MG-19525 139FM2000000163 2000 Nazareth

    32 Fundación Cuna 67,82.6800,0066 MOTOCICLETA JIAlING MG-19535 139FM2000000027 2000 Nazareth . V.r Acuerdo ~ Conf;./O N" 093 201 l{MM del 13 d. OC:'U~ d. 201,. Conv.nio .U.f;rlto el 28 ~ odu~ d. 201 l.

  • LA \

    MUNICIPALIDAD DE MIRAFLDRES

    Miraflores, 18 de Noviembre de 2011

    DICTAMEN

    COMISiÓN DE REGIDORES DE ASUNTOS JURIDICOS

    ASUNTO: PROPUESTA DE DONACiÓN DE 32 UNIDADES VEHICULARES DADAS DE BAJA

    SEÑORITA SECRETARIA GENERAL:

    Ha Ingresado a la Comisión de Regidores de Asuntos Jurídicos para Dictamen, la Propuesta de Acuerdo de Concejo para Aprobar la Donación de la treinta dos (32) unidades vehiculares dadas de bala, enviado por Secretaria General vla correo eleclrOnlco de fecha 15 de noviembre de 20 11 .

    . '--.Fn reunión ordInaria en la fecha , la Comisión de Regidores de Asuntos Jurídicos, realizó el estudio y análisis:

    1. ANTECEDENTES

    a) La Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, precisa en ei articulo 11 del litulo preliminar que dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.

    b) El articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972 , los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo Integral, sostenible y armónico de su circunscripción .

    c) De acuerdo con el articulo 55 de la Ley N° 27972, son bienes que constituyen el patrimonio de cada municipalidad, sus bienes rentas y derechos. En ese sentido, todo acto de disposición o de garantía sobre el patrimonio municipal debe ser de conocimiento público.

    d) Asimismo, el articulo 56, numeral 8, de la Ley N° 27972, son bienes de las municipalidades, todos los demás que adquiera cada municipio. Asimismo, el articulo 59 de dicho cuerpo normativo, prescribe que los bienes municipales pueden ser transferidos, concesionados en uso o explotación , arrendados o modificados su estado de posesión o propiedad mediante cualquier modalidad, por acuerdo del Concejo Municipal.

    e) Según el articulo 9, numeral 25 de la Ley N° 27972, le corresponde al Concejo Municipal, aprobar la donación o la cesión en uso de bienes muebles e inmuebles de la municipalidad a favor de entidades públicas o privadas sin fines de lucro y la venta de sus bienes en subasta pública.

    f) De acuerdo a lo señalado en el articulo 18 de la Ley N° 29151 , Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, las entidades deben procurar el uso económico y social de sus bienes y de los que se encuentran bajo su administración, conforme a los procedimientos establecidos en el reglamento de la referida ley, y atendiendo a los fines y objetivos institucionales.

    g) Mediante resolución de Gerencia de Administración y Finanzas N' 253-2011- GAF/MM de fecha 29 de setiembre de 2011, se aprueba la baja de un total de treinta y dos (32) unidades vehiculares .

    1

  • por la causal de mantenimiento y/o reparación onerosa, de acuerdo con la recomendación de la Unidad de Talleres de la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial.

    h) Según el articulo 122 del Decreto Supremo N °007-2008-VIVIENDA, Reglamento de la Ley N0 29151, la disposición de los muebles dados de baja por la entidades deberá ejecutarse dentro de los cinco (5) meses de em"ida le Resolucl6n de Baja correspondiente, mediante donación, en lre otros actos de disposición.

    1} El ertlculo 124 del acotado Decreto Supremo N" 007-200B-VIVIENDA, prescribe que la unidad orgánica responsable del control patnmonlal emitirá el infonme técnico que sustente el acto de disposición o administración a rea lizar, el mismo que se elevará a la Oficina General de AdministraCión o la que haga sus veces, la que de encontrarlo conforme emitirá la Resolución aprobatona respectiva dentro de los quince (15) días de recibido el citado informe

    J) En concordancia con lo indicado, el articulo 50 de la Ordenanza N° 361/MM del 08 de setiembre de 201t , que apnueba el Reglamento de Altas, Bajas, Actos de Disposlclón y Saneamiento de Bienes Patnmonlales da la Municipalidad de Mlraflores , sellala que la Gerencia de Administración y Finanzas, a sollCítud de la Subgerencla de Loglstica y Control Patrimonial, evaluara el expediente administrativo de los bienes dados de baja, si pueden ser vendidos en subasta publica o subasta restringida, donados o destruidos o incinerados

    A k) Mediante Carta Externa N° 32009-201 " del 14 de setiembre de 2011, que contiene el OficIo N° 223-2011 MNSC/ALC suscrito por el Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Clemente, Pisco, la Carta Externa N° 19600-201' , del 07 de junio de 2011, que contiene el Oficio N" 220-2011-ALC-MDSL, suscrito por el Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Luis; la Carta Externa N°19964-2011 del 09 de junio de 201" que contiene el Oficio N° 0119-201'-MPL-lIA suscrito por el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Luya, Lamud, Amazona; la Carta Externa N°2221 7-2011 del 27 de junio de 201" suscrito por el Alcalde de la Municipalidad Distrital del Rimac, solicitan a esta corporación la donación de unidades vehiculares a fin de emplearlas en diversas actividades al servicio de las colectividades de las jurisdicciones mencionadas.

    Se precisa que en I caso de la Municipalidad del Rimac, en virtud del Acuerdo de Concejo N° 093-20111MM , de fecha 13 de octubre de 2011 , se aprobó el Convenio de Cooperación Interinstltucional entre la Municipalidad de Miraflores y dicha entidad, con el fin de otorgársele en calidad de afectación en uso, hasta el 31 de diciembre del 2011, diversas un idades vehiculares, entre las que se encuentran cuatro (4) unidades que ahora serán donadas, al haberse aprobado la baja de dichos bienes según consta en la Resolución de Gerencia de Administración y Finanzas N° 253-201'-GAF/MM del 29 de setiembre de 20" .

    m) A través de Carta Externa N° 4120-20" , de fecha 04 de febrero de 201" presentada por la Asociación Buscando Bienestar parta la tercera edad: Carta Externa N° 5899-201' , de fecha 18 de febrero de 201" de la Asociación de Desarrollo Integral - INADEJ ; Carta Externa N" 27853-2011 , de fecha 15 de agosto de 2011 , de la Asociación Emaus "Madre Teresa de Calcuta"; Carta Externa 29937-2011 , de 29 de agosto de 2011, de la Fundación Cuna Nazareth, solicitan a la Municipalidad de Miraflores la donación de unidades vehiculares en desuso, entre otras especies, a efecto de poder cumplir sus objetivos de ayuda y asistencia social que realizan como entidades sin fines de lucro

    n) Según Informe N°055-201'-CP/SGLCP-GAF/MM, el Responsable de Control Patrimonial concluye y recomienda respecto de los vehículos indicados que fueron dados de baja, que los mismos se otorguen en donación de acuerdo a los requerimientos registrados en la Unidad de Control Patrimonial, a favor de las entidades publicas e instituciones privadas sin fines de lucro que figuran como solicitantes, según la distribución que obra en anexo como parte integrante; precisando respecto de las instituciones privadas que se ha verificado la documentación de su constitución y autorización ante las entidades competentes. Adicionalmente, señala que con relación a los vehículos dados de baja, no existen papeletas por infracción que estén pendientes de pago ni

    2

  • ordenes de captura, conforme se evidencia de los reportes emitidos por el Servicio de Administración Tributaria -SAT. que obran en los actuados. Cabe precisar que lo indicado es igualmente recomendado por la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial, según se aprecia del Informe N° 370-2011 -SGLCP-GAF/MM, de fecha 12 de octubre de 2011 .

    o) La Gerencia de Administración y Finanzas . mediante Informe N° 131 -201 - GAF del 13 de octubre de 2011 , en atención a lo expresado por las unidades orgánicas referidas . se~ala que sobre la disposición final de las treinta y dos (32) unidades vehiculares dada.s de baja, estas pueden ser donadas a las entidades e instituciones soliCitantes. de conformidad con lo se~alado en el articulo 59 de la Ley N°27972; que concuerda con la recomendación en atención a lo informado por el responsable de la Unidad de Control Patrimonial, en razón del elevado grado de deterioro de los bienes fungibles mencionados, y teniéndose en cuenta los gastos onerosos que demanda su custodia, debe procederse a la disposición final de los mismos, a realizarse a través de una donación conforme a lo previsto en el articulo 59 de la Ley N° 27972.

    p) La Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Legal N" 347-2011-GAJ/MM de fecha 03 de noviembre de 2011 , concluye que es procedente efectuar la donacIón de las unidades vehiculares dadas de baja, a favor de las entidades mencionadas en lineas precedentes. toda vez que tal acto se encuentra conforme a la normatividad aplicable, y por lo cual es necesario que el Concejo Municipal apruebe el mismo a través del correspendlente Acuerdo de Concelo.

    11. CONCLUSiÓN

    Por las consideraciones antes expuestas. la Comisión acoge los fundamentos de la propuesta de adenda de convenio y de acuerdo al dispuesto por la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y por los artlculos 2, 4 Y 9 del Reglamento de la Comisiones de Regidores. los miembros integrantes de la Comisión de Regidores de Asuntos Juridicos. per UNANIMIDAD de los presentes;

    ACORDARON:

    Recomendar al Pleno de Concejo, aprobar la propuesta de Donación de treinta y dos (32) unidades vehicu/ares dada de baja.

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    " AÑO DEL CENTENARIO DE MACHU PICCHU PARA EL MUNDO" IlIRAFLOR&. - .. -lU MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES

    Gerencia de Asesoría Jurídica

    INFORME LEGAL NO 347 -2011-GAl/MM

    A Dra. Roxana Calderón Chávez Secretaria General

    MU~IPAlIDAO OE MIRAFLORES ecretana General ,

    De

    Asunto

    Referencia

    Fecha

    Dr. Grimaldo Vera Franck Gerente de Asesoría Jurídica HORA

    Opinión Legal - Disposición Final de Unidades veh~ic;u~l~a~re~s~fi~E~~ Proveído NO 959 -2011-SG/MM Proveído NO 869 -2011-GM/MM Informe NO 131 -2011-GAF/MM Informe NO 370 -2011-SGLCP-GAF/MM Informe NO 055 -2011-CP/SLCP-GAF/MM

    Miraflores, 03 de noviembre de 2011

    En relación a la opinión legal solicitada sobre la disposición final de treinta y dos (32) unidades vehiculares en situación de baja mediante Resolución de Gerencia de Administración y Finanzas NO 253-2011-GAF/MM, se debe decir lo siguiente:

    ANTECEDENTE

    Con fecha 29 de setiembre de 2011, mediante Resolución de Gerencia de Administración y Finanzas NO 253-2001-GAF/MM, se aprueba la baja de treinta y dos (32) unidades vehiculares de propiedad de la Municipalidad de Miraflores, por la causal establecida en el artículo 31, literal e) de la Ordenanza NO 361/MM, que aprueba el Reglamento de Altas, Bajas, Actos de Disposición y Saneamiento de Bienes Patrimoniales de la Municipalidad de Miraflores, que determina que la baja de bienes muebles puede producirse por mantenimiento antieconómico y/o reparación onerosa.

    ANÁLISIS

    Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y que dicha autonomía, reconocida en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, ello en concordancia con lo prescrito en el artículo II del Título Preliminar de la Ley NO 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

    El artículo 196, inciso 1 de la Carta Magna, dispone que son bienes y rentas de las municipalidades los bienes muebles e inmuebles de su propiedad, ello concordado con lo establecido en el artículo 55 de la Ley NO 27972, en relación que los bienes, rentas y derechos de cada municipalidad constituyen su patrimonio, y en ese sentido todo acto de disposición o de garantía sobre el patrimonio municipal debe ser de conocimiento público.

    Que, el artículo 56, inciso 8 de la Ley precitada, prescribe que son bienes de la municipalidad todos los demás que adquiera el municipio. Por otro lado, su artículo 59 prescribe que los bienes municipales pueden ser transferidos, concesionados en uso o explotación, arrendados o modificado su estado de posesión o propiedad mediante cualquier otra modalidad, por acuerdo del concejo municipal.

    Asimismo, el artículo 64 de la Ley NO 27972, establece que las municipalidades, por excepción, pueden donar o permutar bienes de su propiedad a los Poderes del Estado o a otros organismos del Sector Público, se debe tener presente que las donaciones a favor de una municipalidad están exoneradas de todo impuesto, conforme a Ley de la materia .

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    "AÑO DEL CENTENARIO DE MACHU PICCHU PARA EL MUNDO"

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    1M! MUNICIPALIDAD DE MIRA FLORES ~ Gerencia de Asesoría Jurfdica

    Por otro lado, el artículo 3 de la Ley NO 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, norma que los bienes estatales comprenden los bienes muebles e inmuebles, de dominio privado y de dominio público, que tienen como titular al Estado o a cualquier entidad pública que conforma el Sistema Nacional de Bienes Estatales, independientemente del nivel de gobierno al que pertenezcan; asimismo su artículo 8, literal f), prescribe que los gobiernos locales y sus empresas son entidades que forman parte del Sistema Nacional de Bienes Estatales, en cuanto administran o disponen de bienes estatales.

    Que, el artículo 9, de la Ley precitada, menciona que los actos que realizan los gobiernos locales, respecto de los bienes de su propiedad, así como los de dominio público que se encuentran bajo su administración, se ejecutan conforme a lo dispuesto por la Ley N° 27972, así como a la Ley y su Reglamento, en lo que fuera aplicable.

    Es pertinente mencionar que el artículo 18 de la Ley N° 29151, establece que las entidades públicas deben procurar el uso económico y social de sus bienes y de los que se encuentren bajo su administraciÓn, conforme a los procedimientos establecidos en el reglamento de la Ley referida, atendiendo a los fines y objetivos institucionales.

    Además de lo referido, el artículo 122 del Reglamento de la Ley NO 29151, aprobado con Decreto Supremo NO 007-2008-VIVIENDA, determina que la disposición de los bienes muebles dados de baja por las entidades deberá ejecutarse dentro de los cinco (5) meses de emitida la Resolución de Baja correspondiente, mediante la donación, entre otras opciones; que en concordancia con su artículo 128, establece que la donación se utiliza inclusive para la transferencia de dominio de bienes muebles entre entidades públicas.

    Igualmente, hay que tener presente que el artículo 124 del Reglamento en mención, norma que la unidad orgánica responsable del control patrimonial emitirá el informe técnico que sustente el acto de disposición o administración a realizar, el mismo que se elevará a la Oficina General de Administración o la que haga de sus veces, la que de encontrarlo conforme, emitirá la Resolución aprobatoria respectiva dentro de los quince (15) días de recibido el citado Informe, y que en caso de los gobiernos, como se ha mencionado en los considerandos anteriores, dicho acto administrativo deberá realizarse mediante Acuerdo de Concejo Municipal.

    De forma adicional, se debe especificar que el artículo 50 de la Ordenanza NO 361jMM, que aprueba el Reglamento de Altas, Bajas, Actos de Disposición y Saneamiento de Bienes Patrimoniales de la Municipalidad de Miraflores, especifica que "la Gerencia de Administración y Finanzas a solicitud de la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial, evaluará el expediente administrativo de los bienes dados de baja, si pueden ser vendidos en subasta pública o subasta restringida, donados o destruidos o incinerados. El expediente, conjuntamente con la recomendación y proyecto de Acuerdo de Concejo, será enviado a través de la Gerencia de Administración y Finanzas a la Gerencia Municipal para su aprobación por el Concejo Municipal; sea ésta que se trate de venta por subasta pública o subasta restringida, donación o incineración ".

    A razón de la normatividad vigente citada, con fecha 12 de octubre de 2011, la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial emite el Informe N° 370-2011-SGLCP-GAFjMM, por el cual adjunta el Informe NO 055-2011-CPjSLCP-GAF-MM, de fecha 10 de octubre de 2011, elaborado por el Responsable de Control Patrimonial, por el cual se recomjenda la disposiciÓn final mediante la donaciÓn de treinta y dos (32) ynidades vehicylares. dados de baja mediante ResoluciÓn de Gerencja de AdmjnistraciÓn y Finanzas N° 253-20U-GAFIMM, en razón de los requerimientos efectuados a la Entidad, por diversas municipalidades e instituciones privadas sin fines de lucro, consignando a su vez que sobre dichas unidades no existen papeletas de infracción, ni órdenes de captura pendientes en la provincia de Lima, como se puede constatar en los reportes emitidos por la página web del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

    De forma posterior, la Gerencia de Administración y Finanzas, mediante Informe NO 131-2011-GAFjMM, de fecha 14 de octubre de 2011, remite la documentación respectiva sobre la disposición final de las unidades vehiculares que ocupan el espacio requerido para otras

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    " AÑO DEL CENTENARIO DE MACHU PICCHU PARA EL MUNDO"

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    labores del personal de la Unidad de Talleres de la Municipalidad, lo que debe producirse acorde a lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley NO 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

    A lo dicho, se debe tener presente que, a razón de las diversas solicitudes presentadas por entidades públicas y privadas a la Municipalidad de Miraflores para la donación de unidades vehiculares, la donación a efectuarse acorde con la normatividad citada, se disgrega de la siguiente manera:

    Solicitydes remitidas por Entidades Públicas

    1. Municipalidad Distrital de San Clemente - Pisco -Ica

    1

    2

    CODIGO VEHíCULO MARCA PLACA SERIE MOTOR AÑO PATRIMONIAL

    67.82.5000.0009 CAMIONETA NISSAN PGR-033 KA24423249M 1997

    67.82.5000.0002 CAMIONETA CHEVROLET 00-1817 959950 1992

    Sobre la donación solicitada por dicha Municipalidad, cabe mencionar que mediante Informe Legal N° 314-2011- GAJ/MM, de fecha 03 de octubre de 2011, la Gerencia de Asesoría Legal, remite a la Secretaria General, la sustentación pertinente sobre la donación de dichas unidades vehiculares, en relación a su solicitud presentada a través de Carta Externa N° 32009-2011.

    2. Municipalidad de San Luis -Lima

    CODIGO VEHíCULO MARCA PLACA SERIE MOTOR AÑO PATRIMONIAL

    1 67.82.0500.0001 AUTOMOVIL DAEWOO BQB-087 F8CV769975 2001

    2 67.82.5000.0055 CAMIONETA DAEWOO RIU-772 F8CB993898 1999

    3 67.82.5000.0059 CAMIONETA DAEWOO QQ-1545 F8CB759987 2001

    3. Municipalidad Provincial de Luya - Lamed -Región Amazonas

    ~~DIGO PATRIMONIAL VEHíCULO MARCA PLACA

    SERIE MOTOR AÑO

    1 67.82.5000.0003 CAMIONETA TOYOTA QG-9858 5K-1002766 1991

    2 67.82.6800.0011 MOTOCICLETA YAMAHA MG-80128 G318E025046 2004

    3 67.82.6800.0016 MOTOCICLETA YAMAHA MG-88883 G318E025826 2005

    4 67.82.6800.0019 MOTOCICLETA YAMAHA MG-88749 G318E025623 2005

    5 67.82.6800.0013 MOTOCICLETA YAMAHA MG-79638 G318E025072 2004

    6 67.82.6800.0062 MOTOCICLETA YAMAHA MG-45255 G318E023895 2003

    7 67.82.6800.0003 MOTOCICLETA YAMAHA MG-45208 G318E023890 2003

    8 67.82.6800.0017 MOTOCICLETA YAMAHA MG-88796 G318E025803 2005

    9 67.82.6800.0010 MOTOCICLETA YAMAHA MG-45237 G318E023880 2003

    10 67.82.6800.0012 MOTOCICLETA YAMAHA MG-79660 G318E024761 2004

    11 67.82.6800.0015 MOTOCICLETA YAMAHA MG-88734 G318E025566 2005

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    " At::IO DEL CENTENARIO DE MACHU PICCHU PARA EL MUNDO"

    MIRA~ORI!8

    ~ MUNICIPALIDAD DE MIRA FLORES W' Gerencia de Asesoría Jurídica 4. Municipalidad Distrital del Rímac Lima

    1

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    6

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    1

    2

    3

    4

    CÓDIGO VEHíCULO MARCA PLACA SERIE MOTOR AÑO PATRIMONIAL

    67.82.5000.0006 CAMIONETA CHEVROLET PGF-039 387021 1995

    67.82.6800.0002 MOTOCICLETA YAMAHA MG-45235 G318E023886 2003

    67.82.6800.0005 MOTOCICLETA. YAMAHA MG-45439 G318E023834 2003

    67.82.6800.0006 MOTOCICLETA YAMAHA MG-45206 G318E023941 2003

    67.82.6800.0007 MOTOCICLETA YAMAHA MG-45486 G318E023949 2003

    67.82.6800.0008 MOTOCICLETA YAMAHA MG-45207 G318E023971 2003

    67.82.6800.0014 MOTOCICLETA. YAMAHA MG-79637 G318E024792 2004

    En relación a la donación a efectuarse a favor de la Municipalidad en referencia, cabe aclarar que mediante el Informe NO 055-2011-CPjSGLCP-GAFjMM, el Responsable de Control Patrimonial, recomienda la asignación de once (11) unidades vehiculares, sin embargo, al respecto se tiene que con fecha 13 de octubre de 2011, mediante Acuerdo de Concejo NO 093-2011jMM, se aprueba la suscripción del Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad del Rímac y la Municipalidad de Miraflores, que en su Cláusula Quinta dispone la afectación en uso de, entre otras, cuatro (4) unidades vehiculares con la siguiente descripción:

    CÓDIGO VEHíCULO MARCA PLACA SERIE MOTOR AÑO PATRIMONIAL

    67.82.5000.0002 CAMIONETA CHEVROLET 00-1817 959950 1992

    67.82.5000.0005 CAMIONETA CHEVROLET 00-6328 201098 1993

    67.82.5000.0011 CAMIONETA CHEVROLET PGV-898 551110 1998

    67.82.5000.0058 CAMIONETA CHEVROLET PGV-899 545031 1997

    Siendo que el plazo de vigencia de dicho Convenio vence el 30 de diciembre del 2011, ti! debe establecer que sobre la disposiciÓn final de dichas unidades vehiculares. mediante donaciÓn. la misma debe formalizarse mediante el Acuerdo de Concejo respectivo, una vez concluido dicho plazo.

    Solicitudes remitidas por Instituciones Privadas sin fines de lucro

    CODIGO 1 PATRIMONIAL

    VEHíCULO 1 MARCA 1 PLACA I SERIE MOTOR I AÑO Asociación Buscando Bienestar para la Tercera Edad

    67.82.5000.0004 1 CAMIONETA 1 CHEVROLET I 00-3046 I 114489 I 1992 Integración Nacional de la Juventud -INADEJ

    67.82.5000.0057 1 CAMIONETA 1 TOYOTA I RP·9042 I lPZOO13685 I 1992 EMAUS Madre Teresa de Calcuta

    67.82.8825.0001 1 CARRETA PE METAL 1 CAMENA I ZG-6520 I NO TIENE I 1992 Fundación Cuna Nazareth Traperra EMAUS NAZARETH

    67.82.6800.0064 1 MOTOCICLETA. T JIALlNG I MG·19525 I 139FM2000000163 I 2000

  • " Af'lO DEL CENTENARIO DE MACHU PICCHU PARA EL MUNDO"

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    l2lf.\I MUNICIPALIDAD DE MIRA FLORES V' Gerencia de Asesoría Jurídica

    67.82.6800.0066 MOTOCICLETA. JIALlNG MG-19535 139FM2000000027 2000

    Sobre las donaciones solicitadas por las instituciones privadas sin fines de lucro en mención, se debe mencionar que las mismas han remitido documentación sustentatoria de su titularidad como tales, como copia simple de sus Estatutos, vigencia de poderes, entre otros.

    Sobre lo dicho, se puede concluir, en concordancia a lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley NO 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que toda disposición de bienes de propiedad de la municipalidad debe realizarse mediante la aprobación del Acuerdo de Concejo pertinente, debiendo contarse con los informes sustentatorios de las unidades orgánicas encargadas de la entidad.

    De igual forma, debe tenerse presente lo dispuesto por el artículo 68 de la Ley en mención, la cual norma que el acuerdo municipal de donación, cesión o concesión, debe fijar de manera inequívoca el destino que tendrá el bien donado y su modalidad.

    Por último, el artículo 9, inciso 25 de la Ley NO 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe que es atribución del Concejo Municipal el de aprobar la donación de bienes muebles de la municipalidad a favor de las entidades públicas o privadas sin fines de lucro.

    Estando la documentación puesta en consideración adjunta al presente Informe Legal, y contando con los informes técnicos de las unidades orgánicas involucradas, requisitos establecidos en el artículo 124 del Reglamento de la Ley N0 29151, Y el artículo 50 de la Ordenanza N° 361/MM, para la efectivización de la donación; y conforme a lo dispuesto en el artículo 49, literal b) del Reglamento de Organización y Funciones -ROF de la Entidad, aprobado por Ordenanza NO 347 /MM, que dispone que la Gerencia de Asesoría Jurídica tiene la función de revisar, proponer, visar y/o dar trámite, según corresponda, a los documentos que, de conformidad con sus respectivas funciones, formulen las unidades orgánicas, se emite el presente Informe Legal, conteniendo la sustentación legal sobre la donación descrita en los considerandos precedentes.

    CONCLUSIONES

    Se concluye, según lo dispuesto por los considerandos del presente Informe Legal, y de acuerdo a la normatividad vigente citada, que es procedente la donación de las unidades vehiculares en referencia, por lo tanto se da OPINIÓN FAVORABLE para la aprobación del Acuerdo de Concejo Municipal que formaliza el acto de disposición a favor de diversas municipalidades, y entidades privadas sin fines de lucro, ello en concordancia con lo dispuesto por los artículos 59 y 64 de la Ley NO 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

    Atentamente,

  • A:

    DE:

    · AÑO DEL CENTENARIO DE MACHU PICCHU PARA El MUNDO

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    O JIIUNtclPALlDAD DE MIRAFLORES

    O.r.nel. de Admlnl$lreelon y finen, ••

    INFORME N° )3/ -2011-GAF/MM

    Dr, Sergio Meza Salazar Gerente Municipal

    c.P,C Gloria Pau León Gerente de Administración y Finanzas

    MUNICIPAUDAD DE !.\IRAFlORES Gerencia Municipal

    1 4 no. 201\ RECIBI (Sin Verificar Cont

    Hcra: ¡t8.~ .,. Firma: .... ..

    ASUNTO: DiSposición final de 32 unidades vehiculares en situación de baja

    REFERENCIA: a) Informe N° 370-2011-SGLCP-GAF/ MM b) Informe N° 055-2011-CP/SGLCP-GAF/ MM c) Resolución GAF W 253-2011-GAF/MM

    FECHA: Miraftores, 13 de octubre de 2011

    Por el presente me dirijo a usted, en atención a los documentos de la referencia, con la Finalidad de informarle lo siguiente:

    Mediante Informe N° 055-2011-CP/SGLCP-GAF/MM de fecha 10 de octubre de 2011, el Responsable de Control Patrimonial solicitó a la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial, se proceda a la dispoSición final de 32 unidades vehiculares dadas de baja mediante Resolución de Gerencia de Administración y Finanzas N° 253-2011-GAF/ MM de fecha 29 de setiembre de 2011 ' , en virtud a las solicitudes de donación presentadas por entidades públicas e instituciones privadas.

    Al respecto, dicho Responsable sostiene que en razón a que dichas unidades vehiculares ocupan el espacio requerido para otras labores del personal de la Unidad de Talleres de esta Municipalidad, se deberá proceder a la Disposición Final de los citados bienes muebles; por tal motivo, la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial, en aplicación de lo previsto en lel artículo 59° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades,' formuló en el documento de la referencia a) las siguientes propuestas:

    a) ( Donación: Se sugiere que los mencionados bienes sean donados a favor de las entidades públicas e instituciones privadas que presentaron sus solicitudes ante esta Entidad; precisándose que los gastos del traslado, recojo y demás actos que se deriven de la donación, serán de responsabilidad del donatario,

    Dicha donación deberá ser autorizada por el Concejo Municipal, adjuntándose la propuesta de donación en virtud a las comunicaciones y solidtudes remitidas por entidades públicas e instituciones privadas, salvo mejor parecer,

    b) Subasta: A través de la modalidad de Subasta Pública o Subasta Restringida, para lo cual previamente se deberá establecer el valor de dichos bienes mediante una Tasación, para posteriormente proceder a la conformación del respectivo Comité de Subasta, y realizar el proceso respectivo.

    Por lo expuesto, se remite el presente informe para el pronunciamiento de su Despacho, respecto a las propuestas anotadas, a fin de continuar con el trámite correspondtente.

    Atentamente,

    ._-_. Gi""'o"7ril""."'PIU León

    Ge,_ de AdmINUIlOOn T F"" ."

    1 De conformidad con lo ~Isto en ej ClrtícuIo 34" de 1.:1 Ordenant.cl N° 361/MM, DOr la cual se aprobó el Reglamento de Altas, Balas, Actos de DIsposICIÓn Final V SaneamIento de 6Iene5 p/ltrmorvale!l2 t.l 'I'Iu~ 01 M'U',I'k:III!S , Articulo SS" de a !.Av ~ ~1fl1. · Lc5 tMrleI rrt.¡tjO,~ pWOen ser tran~erid01, c~ en uso o e;.cp!otad60, arrend~oos o rr'lCÓflCilloo su escaóo Oe OOS€5ICwl o orop¡eóad meo.anll! rualQuoet ctr. IIIOOIloió, OW AC'UEItOO DU CONCDO MUNIOPAl. CualQuier lJal'lsferenaa elE prOO'edad o c.oncesiÓfl sobre bienes mUI'IIClp.a;es se hace a trave; de SUbasta olIJI¡ca, COI'Iforme a Ley EstDS acros detJen ser puestOS en COOI)C'In'IIento de la Contuloria General de! 11 ~bh(a efl un OIazo no maYor oe SIete (07), NJO responsabhdall

    Calle Tarata N" 160· PISO 11 - Mlr8flores - Teléfono 617-7272 - Anexo 7294 - 7299

  • --

    MUNICIPALIDAD DE M/RAFLORES Gerencia de Administración y Finanzas Sub Gerencia de Logística y Control Patrimonial

    A:

    INFORME N° 3iO -2011-SGLCP·GAF/MM

    CPC. GLORIA PAU LEON Gerente de Administración y Finanzas

    MUNICIPAL/DAD DE MIRAFLORES Geren~¡a de Administrac.¡ón y Fin.n¡u

    (SIn verificar contenido)

    ASUNTO:

    REF. :

    Disposición Final de 32 vehiculo dados de baja R~ 6~.:....2r~ .. L Informe W055-2011-CP/SLCP-GAF/MM Ho",.?;.2.~ .. firm~.

    f

    FECHA: Miraflores. 1 Z [:l:1, iOll

    )

    Adjunto al presente el informe emitido por el responsable de control patrimonial quien solicita la disposición final de 32 vehículos dados de baja mediante Resolución de Gerencia de Administración y Finanzas N°253-2011-GAF/MM de fecha 29 de setiembre de 2011. consignando en el mismo dos cuadros de distribución sugeridos en virtud a las solicitudes de donación efectuadas por entidades públicas e instituciones privadas sin fines de lucro.

    Al respecto. este despacho concuerda con la recomendación señalada por el responsable de control patrimonial emitida mediante documento de la referencia. ya que esta se efectúa en merito a lo dispuesto en el artículo 50 del Reglamento de Altas. Bajas. actos de Disposición y Saneamiento de Bienes Patrimoniales. aprobado con Ordenanza N°361/MM de fecha 08 de setiembre de 2011.

    Asimismo. en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 122 del Reglamento de la Ley N°29151. Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales. señala que la disposición de los bienes muebles dados de baja por las entidades deberá efectuarse dentro de los (5) meses de emitida la Resolución de Baja correspondiente. mediante: Subasta pública o restringida. Donación. Transferencia. Permuta o Destrucción,

    Aspectos que hago de su conocimiento para que por intermedio de su despacho se solicite a la Gerencia Municipal la autorización o disposición que corresponda.

    s

  • • HIRA.FLORES

    g Municipalidad de Miratlores

    INFORME N° 055 ·2011·CP/SGLCP·GAF/MM

    A. PEDRO CESAR RUIZ CERNA Subgerenle de Logistica y Control Patrimonial

    DE: EDUARDO MARTIN DIAZ HINOSTROZA Responsable de Control Patrimonial

    Asunto: Solicito Disposición Final de 32 vehiculos dados de baja

    Fecha: 10 de octubre de 2011

    Mediante el presente, con relación a las diversas solicitudes de donación de vehiculos dados de baja efectuada por entidades públicas e instituciones privadas sin fines de lucro, informo a usted lo siguiente:

    Antecedentes:

    Mediante Carta Externa N" 16829-2011 Y N"32009-2011, la Municipalidad Distrital de San Clemente, ubicada en la Provincia de Pisco, Departamento de lea señala que en su ciudad el recojo de residuos sólidos se efectúa utilizando volquetes, por no contar con Compactadoras de Basura acordes para tal fin, por lo que solicitan la cesión de una unidad vehicular de estas caracteristicas, asimismo solicitan bajo la misma modalidad una Camioneta Pick Up para el servicio de Seguridad Ciudadana en la jurisdicción del distrito de San Clemente.

    Con Carta Extema Carta Extema N" 19600-2011, la Municipalidad de San Luis, requiere el apoyo de unidades vehiculares que les pemnitan superar algunas deficiencias que por el momento les aqueja, ello con la finalidad de garantizar un buen servicio y el bienestar de su comunidad, no sólo en el aspecto de limpieza sino también en lo que corresponde a la ejecución de obras.

    Con Carta Externa N"19964-2011, la Municipalidad Provincial de Luya - Lámud, ubicada en la Región Amazonas, solicita la donación de vehiculos que les permita cubrir las necesidades de seguridad y limpieza de sus distritos. Luya es una provincia considerada de extrema pobreza y con muy poca presencia del estado.

    La Municipalidad Distrital del Rimac tiene suscrito un convenio de cooperación interinstitucional con nuestra entidad, cuyo objeto radica en lograr el desarrollo de ayuda y cooperación entre ambos distritos, por lo que considerando este instrumento de cooperación solicitan en Carta Extema N"22217-2011 y N"23529-2011la donación de vehiculos.

    Mediante Resolución de Gerencia de Administración N"253-2011-GAF/MM de fecha 29 de setiembre de 2011, se aprueba la baja de 32 vehiculos de propiedad de la Municipalidad de Miraflores por la causal de mantenimiento y/o reparación onerosa, de confomnidad con lo previsto en el literal cl del articulo 31° del Reglamento de Altas, Bajas, Actos de Disposición y Saneamiento de Bienes Patrimoniales aprobado por Ordenanza N"361/MM.

    Todas la unidades vehiculares, exceptuando los vehiculos afectados en uso a la Municipalidad Distrital del Rimac, se encuentran ubicadas en las instalaciones de la Unidad de Talleres de la Subgerencia de Logistica y Control Patrimonial - Av. Angamos N"1850, causando molestias e incomodidad en las labores propias del personal mecánico del taller, ya que ocupan mucho espacio.

  • MIRAFLORES e Municipalidad de Miraflores

    Solicitudes de Donación entidades públicas:

    De acuerdo a lo expuesto en comunicaciones escritas y a lo coordinado durante las visitas de las principales autoridades y funcionarios de las entidades públicas antes señaladas, los vehiculos requeridos son los siguientes:

    Entidad Vehículo Placa Marca Código Patrimonial V. Histórico Total Unid.

    Municipalidad de San Camioneta PGR.()33 Nissan 67.82.5000.0009 65,578.48

    02 Clemente Camión XQ-2651 Dimex 67.82.1625.0002 317,777.36

    Entidad Vehiculo Placa Marea Código Patrimonial V. Histórico Total Unid.

    Automóvil SOS.()87 Daewoo 67.82.0500.0001 23,561.65

    Municipafidad de San Luis Camioneta RIU-772 Oaewoo 67.82.5000.0055 33,004.53 03

    Camioneta 00-1545 Oaewoo 67.82.5000.0059 32,059.31

    E!ítidad Vehiculo Código Patrimonial

    Camioneta OG-9858 Toyota 67.82.5000.0003 56,831.85

    Motocicleta MG-80128 Yamaha 67.82.6800.0011 14,990.00

    Motocicleta MG-88883 Yamaha 67.82.6800.0016 19,100.00

    Motocicleta MG-88749 Yamaha 67.82.6800.0019 19,100.00

    Motocicleta MG-79638 Yamaha 67.82.6800.0013 14,990.00 Municipalidad Provincial

    Motocicleta MG45255 Yamaha 67.82.6800.0062 13,013.00 11 de Luya - Lamud Motocicleta MG45208 Yamaha 67.82.6800.0003 13,013.00

    Motocicleta MG-88796 Yamaha 67.82.6800.0017 19,100.00

    Motocicleta MG45237 Yamaha 67.82.6800.0010 13,013.00

    Motocicleta MG-88734 Yamaha 67.82.6800.0015 19,100.00

    Motocicleta MG-79660 Yamaha 67.82.6800.0012 14,990.00

    Entidad Vehlculo Código Patrimonial

    Camioneta (') 00-1817 Chevrolet 67.82.5000.0002 70,919.67 Camioneta r) 00-6328 Chevrolet 67.82.5000.0005 69,068.02 Camioneta (') PGV-898 Chevrolet 67.82.5000.0011 59640.15 Camioneta J'l PGV-899 Chevrolet 67.82.5000.0058 59641.15

    Municipalidad Distrital del Camioneta PGF.()39 Chevrolet 67.82.5000.0006 65981.98

    Rímac Motocicleta MG45235 Yamaha 67.82.6800.0002 13,013.00 11

    Motocicleta MG45486 Yamaha 67.82.6800.0007 13,013.00 Motocicleta MG45206 Yamaha 67.82.6800.0006 13,013.00 Motocicleta MG45207 Yamaha 67.82.6800.0008 13,013.00 Motocicleta MG45439 Yamaha 67.82.6800.0005 13,013.00 Motocicleta MG-79637 Yamaha 67.82.6800.0014 14,990.00 , ..

    (j CamIonetas actualmente afectadas en uso a la MUnicIpalIdad Olstrital del Rlmac medIante Acuerdo de Concejo N"072-2011IMM del 25.08.2011., en ef marco del Convenio de Cooperación Interinslffucional suscrito con la referida entidad.

  • -,

    -

    MIRAFLORES ro Municipalidad de Miratlores

    Solicitudes de Donación instituciones privadas sin fines de lucro:

    Asimismo, se tienen registradas las solicitudes de la Asociación Buscando Bienestar para la Tercera Edad (Carta Externa N"4120-2011), Integración Nacional de la Juventud -INADEJ, de la Asociación de Desarrollo Integral (Carta Externa N"5899-2011), de la Asociación EMAÚS Madre Teresa de Calcuta y de la Fundación Cuna Nazareth Trapería EMAÚS NAZARETH (Carta Externa N"29937-2011).

    Entidad Vehículo Código Patrimonial

    Asoc.Busc.Bien.Tercera Edad Camioneta 00-3046 Chevrolet 67.82.5000.0004 64,380.37 INADEJ Camioneta RO-9042 Toyota 67.82.5000.0057 88,185.41 EMAUS MadreTeresa de Calcuta Carreta Metal-Madrina ZG-

  • "",0''', o MUNICIPALIDAD DE MJRAFLORES Gerencia da Administración y Finanzas

    RESOLUCION DE GERENCIA DE ADMINISTRACION y FINANZAS N° 2B -20U-GAF/MM Miraflores, 29 de setiemb;e de 2011

    LA GERENTE DE ADMINISTRACION y FINANZAS DE LA MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES

    VISTO, el Informe N° 309-2011-SGLCP-GAF/MM de fecha 23 de setiembre de 2011, emitido por la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial, el Informe NO 048-2011-CP/SLCP-GAF/MM de fecha 22 de setiembre de 2011 y el Informe N° 015-2011-CP/SLCP-GAF/MM de fecha 06 de julio de 2011, ambos emitidos por el Responsable de Control Patrimonial, en los cuales se formula la propuesta de baja de treinta y dos (32) unidades vehiculares de propiedad de esta Entidad; y

    CONSIDERANDO:

    Que, el artículo 3° de la Ley NO 29151, Ley General del Sistema Nacional de 81enes Estatales, presmbe que los bienes estatales comprenden los bienes muebles e inmuebles, de dominiO privado y de dominiO públiCO, que tienen como titular al Estado o a cualquier entidad pública que conforma el Sistema Nacional de Bienes Estatales, independientemente del nivel de gobierno al que pertenezcan;

    Que, el tercer párrafo del artículo 9° de la acotada Ley, establece que los actos que realizan los gobiernos locales, respecto de los bienes de su propiedad, así como los de dominio públiCO que se encuentran baJO Su administrac'lón, se ejecutan conforme a lo dispuesto en la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municlpalidade, y de acuerdo a lo previsto en la Ley N° 29151 Y su Reglamento, en lo que fuera aplicable;

    \

    \ Que, por Ordenanza NO 361/MM de fecha 08 de setiembre de 2011 se aprobó el Reglamento de Altas, Bajas, Actos de Disposición Final y Saneamiento de Bienes Patrimoniales de la Municipal'ldad de Mirafiores, el cual en su artículo 30° señala que el procedimiento de baja de bienes patrimoniales consiste en la extraCCIón física y contable de bienes patrimoniales de esta Entidad, mediante la respectiva resolución a ser emitida por esta Gerencia, en la que se deberá indicar expresamente las causales que originaron la baja, previo informe a ser expedido por la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial;

    Que, el artículo 34° de la acotada norma reglamentaria, establece que es procedente dar de baja a un bien por la causal de mantenimiento y/o reparación onerosa, cuando el costo de mantenimiento o reparaCión de un bien es significativo, en relación con su valor real. Se requerirá de un informe técnico en el cual se indicará el monto de la reparación a efectuar y la disponibilidad de los repuestos a utilizarse, Las solicitudes de baja se sustentarán en informes técnicos evacuados por personal especializado o avalados por un profeSional en la

    ".>{ !:~"d~>" materia, en 105 que se indicarán en forma detallad~, las características generales del bien¡ el estaco actual, el ~. motivo de la baja, el costo aproximado de reparacion;

    , ,J;¡jj,~~¡ :¡~bue, el Responsable de Control Patrimonial a través del Informe NO 048-2011-CP/SLCP-GAF/MM de fecha 22 ¡ Skle setiembre de 2011 y mediante el Informe NO 015-2011-CP/SLCP-GAF/MM de fecha 06 de JuliO de 2011,

    - ('" col remitió el Informe Técnico a la Subgerencia de Logística y Control Patrimonral, en el cual se formula la ",',,:,' propuesta para proceder a dar de baja a treinta y dos (32) unidades vehiculares, de conformidad con la

    causal descrita en el literal c) del artículo 31° de la norma reglamentaria antes mencionada;

    Que, al respecto, la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial mediante Informe NO 309-2011-SGLCP-GAF/MM de fecha 23 de setiembre de 2011, remitió a esta Gerencia los actuados referidos al procedimiento de baja de los citados bienes, sustentándose dicho procedimiento a través de los Informes TécniCOS y

    xpediente organizado, conteniendo todos los documentos probatorios que sustentan la baja por reparaCión \ erosa de treinta y dos unidades vehiculares inoperativas, en concordancia con lo expuesto por el

    esponsable de Control Patrimonial;

    1" c

  • """" ,,,~,

    O MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Ge~ncla de Administnlción y F;nam:as

    DESCRlPCION DE LOS VEHICULOS:

    I-N_'+_P_A_T_~_~_~_'N_IA_L_r-C_O_D_IG_O_I_NT_ERN_0-t __ V_EH_I_C_UL_O_+_M_'R_CA_-+_P_lA_CA_-t_S_'_Rl_'_M_O_T_O_R---.Jr-_S'_Rl_'_C_H_AS_'_~l 1 67.82.0500.0001 94.075.001.0001.10 AUTOMQVIl DAEWOO 8QB-087 F8CV769975 KLA4MllBDIC61,7396! 2001 j

    67.82.5000.0002 94.075.003.0001.07 CAMIONETA CHEVROlET 00-1817 959950 TFRI6HOL86% ! 1992 I 3 67.82.5000.0003 94.075.003.0001.11 CAMIONETA TOYOTA QG'9858 SK-I002766 KM36 0071721 I 1991 : f--+---+-----+---+--+---+----+--~---¡.-::.:.:-1' f---4+_'_7,_82_,'_O_0_o,_00_0_4+_9_4,_07_'_,O_O_3,_00_0_1_,1_7+_CA_M_'_ON_ET_A_f-C_H_E_V_RO_L_ET_+_O_O-_3_04_'-I ___ 1l_44_'_9 __ I-_T_F_Rl_'_H_D_Ll_0063 ' 1992 I

    TFR16HDL13'~-~---,-~993, ~ , 7

    s

    9

    67.82.5000.0005

    67.82.5000.0006

    67.82.5000.0009

    67.82.5000.0011

    67.82.5000.0055

    94.075.003.0001.21

    94.075.003.0001.22

    94.075.003.0001.26

    94.075.003.0001.29

    94.075.003.0001.31

    CAMIONETA

    CAMIONETA

    CAMIONETA

    CAMIONETA

    CAMIOtJETA

    CHEVROLET

    CHEVROLET

    NISSAN

    CHEVROLET

    OAEWOO

    00-6328 201098

    PGF-039 387021

    PGR·033 KA24423249M

    PGV-B98 551110

    RlU-772 F8C8993898

    8GGTFR6SHSAO,)S544 i 1995 i 0,

    [ 3N1UCA021 VO(,')~87 i 1997 ~ \ 1998 I 8GGTFR6SHWACS9544 ;

    I ,

    ! KLY7TllYBXCO·190SG . 1999 ~

    1-1-0+-67-,-82-.s-0-00-,-00-S-7--t--94-,-O,-S-,O-0-3,-00-0-1-,1-9+-CA-M-1O-N-ET-A~I--T-O-Y-O-TA-+--Ro--9-04-2-t--l-PZ-0-0-13-'-SS-+--PZJ-7S-0-00-S-414 I 1992 1 f-1-1+-67-,-82-,S-0-OO-,-00-S-S+-94-,-07-S-,O-0-3,-00-0-1-,'-S+-CA-M-IO-N-ET-A-f-C-H-'-VR-O-L-ET-+-PG-V---89-9-+--'-4-S0-3-1--f-S-G-G-TF-R'-'-Sh-"'-'A(l-~-]~~'-J

    12 67.82.5000.0059 94.075.003.0001.34 CAMIONETA DAEWOO QQ-1545 F8CB7S9987 KLA7T11ZBICQ.32953 I 2001 I 13 67.82.1625.0002 94.960.006.0001.13 CAMION DlMEX XO-2651 BYL45342 3AACLKRR7YS008)49! 2000 1,

    f---+ _______ -t ____________ +C~-O~M~P~A~cr~A~DO~R+------_+------_+-----------f---------___ ~I ____ _ CA~Rg:L DE CAMENA ZG-6520 NO TIENE T051 1992 :

    I --¡ 67.82.6800.0002 MOTOCICLETA YAMAHA MG-45235 G318E023886 9C6KG014040002111 ~~'

    67.82.6BOO.0003 94.610.618.0001.26 MOTOCICLETA YAMAHA MG-45208 G318E023890 9C6KG0140400020S8 1 2003 I

    14 67.82.8825.0001 94.610.013.0001.01

    IS 94.610.618.0001.25

    l' 17 67.82.6800.0005 94.610.618.0001.28 MOTOCICLETA. YAMAHA MG-45439 G318E023834 9C6KG01404~002.'J17 ¡ 2003 j

    '1-1_S+_67_,_82_,'_S_00_,_00_0_6+_94_,_'1_0_,'_IS_,_000_1_,'_9+_M_OT_O_O_C_L_ET_A---.Jr-Y_A_M_A_HA_+-M_G_-_4S_'_0'-t_G_3_I_SE_0_'_39_4_1---.Jr-9C_'_K_GO_l_4_04_GCGi.144: lOG) j: 119 67.82.6800.0007 94.610.618.0001.30 MOTOOCLETA YAMAHA MG-45486 G318E023949 9C6KG014040C02023 200:;_

    ,o 67.82.6800.0008 94.610.618.0001.31 MOTOCICLETA YAMAHA MG-45207 G31BE02397¡ 9C6KG014040(,Q2~~_ 2003 '

    67.82,6800.0010 94.610.618.0001.34 MOTOCICLETA YAMAHA MG-45237 G318E023880 9C6KG014040(lO;¡056 I ----;;1 '1 22 67.82.6800.0011 94.610.567.0001.01 MOTOCICLETA YAMAHA MG-80128 G318E025046

    23 67.82.6800.0012 YAMAHA 9C6KG014050004 416 120M MOToaCLETA MG-79660 G318E024761 94.610.567.0001.02 1

    ~~ 24 67.82.6800.0013 94.610.567.0001.03 MOToaCLETA YAMAHA MG-79638 G318E025072 9C6KG0140S0COS358! 2004 i \

    :,~4~?·n DE ;~; .... :";)5 67.82.6800.0014 94.610.567.0001.04 MOTOaCLEfA YAMAHA MG-79637 I G318E024792 9C6KG0140S00CJ.i42¡ I 2004 :

    --j 9C6KG014050005337 ¡ 2004 ~

    .:,),.-ia f~'-

  • ~

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    I·~ \.JlY

    MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Gerencia de Administración y Finanzas

    VALORIZACION DE LAS UNIDADES VEHICULARES: Cuenta Contable 1508.0201 Vehículo 1:m.010101 para Transporte Terrestre.

    N' CODIGO

    C001GO INTERNO PATRIMONIAL VEHICULQ

    VALOR LlBROS DEPREClAOON I VALOR ! 31.12.2010 ACUMUlADA RESIDUAL I PLACA

    ,

    1

    2

    67.82.0500.0001 94.075.00 1.0001.10

    67.82.5000.0002 94.075.003.0001.07

    BQB-087

    00-1817

    I ~-l ____________ -t ______________ t-____ A_UT_O_M_O_V_I_L ____ +-__ C-__ -1 ________ n_,_5'_1_.'_5t-______ n~.5_'_O. __ 65 ~

    CAMIONETA 70,919.67 70,918.67 i 1.00 1 3

    , 5

    6

    7

    67.82.5000.0003 94.075.003.0001.11

    67.82.5000.0004 94.075.003.0001.17

    67.82.5000.0005 94.075.003.0001.21

    67.82.5000,0006 94.075.003,0001.22

    67.82.5000.0009 94 .075.003.000 1.26

    QG-9858

    00-3046

    00-6328

    PGF-039

    PGR-Q33

    ~-le-__________ -t ______________ t-____ CA_M __ IO_N_ET_A ____ -l ________ +-_______ 56_,_83_1_.8_5+-______ 5_6_,8_3_0. __ 85~ CAMIONETA 64,380.37 64,379.37 i.OO I

    ~4---------+----------+----------~~----+---------+--------------~ ~-1 ____________ -+ ______________ t-____ CA __ M_IO_N_ET_A ____ -t ________ t-_______ 69_,O_6_8._O_2t-______ 6_9_,O_67_.0_2~!-1.00 1

    CAMIONETA 65,981.98 65,980.98 1.00 ~~----------~----------t-------------t------+----------1---------.-,

    CAMIONETA 65,578.48 65,577 .48 I 1.00 . , ,

    8 67.82.5000.0011 I 94.075.003.0001.29 CAMIONETA PGV-898 59,641.15 59,640.15 '¡ l.00

    9 67.82.5000,0055 94.075.003.0001.31 CAMIONETA RIU-772 33,004.53 33,003.53 ¡ LOO, ~

    10 67.82.5000.0057 94.Q75.003 .000 1.19 CAMIONETA RO-9042 88,185.41 88,184.41 i 1.00 ,

    11 67.82.5000.0058 94.075.003.0001.28 ,

    PGV-899 CAMIONETA I

    59,640 15 I CO I 59,641.15

    12 67.82.5000.0059 I 94.075.003.0001.34 CAMIONETA QQ-1545 32,059.31 . 32,058.31 1.08 -

    13 67.82.1625.0002 94.960.006.0001.13 CAMION COMPACTADOR XO-2651 317,777.36 317,776.3E I 1.00 -¡-

    l' ZG-6520 193,450.1é : 1.00 I I

    67.82.8825.0001 94.610.013 .000 1.0 1 CARRETA DE METAL 193,451.16

    15 67.82.6800.0002 94.610.618.0001.25 MOTOOCLETA , MG-45235 13,013.00 13,012.0C 1.00 : 16 MG-4520S

    17 MG-45439

    18 67.82.6800.0006 94.610.618.0001.29 MOTOCICLETA MG-45206

    I 19 I 67.82.6800.0007 94.610.618.0001.30 MOTOaCLETA MG-45486

    20 67.82.6800.0008 94.610.618.0001.31 MOTOCICLETA MG-45207 13,013.00

    MG-45237

    MG-80128

    MG-79660

    MG-79638

    MG-79637

    MG-88734

    MG-88883

    MG-88796

    29 67.82.6800.0019 94.610.567.0001.10 MOTOOCLETA MG-88749 19,100,00 19.099.0j 1.00

    30 57.82.6800.0062 94.610.618.0001.33 MOTQQCLETA MG-45255 13,013.00 1.00

    94 .51 o .618.000 1.19 MOTOCICLETA. MG-19525 1.00

    67.82.6800.0066

    ~~~~(!~~ 2 R .. ERNA f.~ ~Ierente ~'~ '~BQ-

    \~" ' ".s RECISANDOSE que se procede a dar de BAJA los bienes antes descritos, en concordoncia con la

    31 57.82.6800.0064

    94 .61 0.618.0001.20

    SI. 32.00

    MOTOCICLETA.

    3,549,88

    MG-19535 3,649.88

    SI. 1,447,845,85

    3,648.88 ,

    3.648.8E 1.00 i

    5/,1,447,813.85

    , ..... ~".",. ¡p'¡> propuesta formulada por la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial a través del Informe W 309-2011 SGLCP-GAFjMM de fecha 23 de setiembre de 2011, y en Virtud a lo expuesto por el Responsable de Control Patrimonial mediante Informe N° 048-2011-CPjSLCP-GAFjMM de fecha 22 de setiembre de 2011 e Informe

    I W 01S-2011-CPjSLCP-GAFjMM de fecha 06 de julio de 2011 respectivamen~e. Asimismo~ mediante Acuerde \ de Concejo W 072-2011 de fecha 25 de agosto de 2001 se aprobo el Convenio de CooperaCloo . Interinstitucional entre la Municipalidad del Rímac y esta Entidad, por el cual se acordó Afectar en Uso a la

    -

  • \

    -

    \

    -''',MC''O¡'-_'

    • C;

    MUNICIPALIDAD DE M1RAFLQRES Gerencia de Adm;ni~traci6n Y Finanl.u

    SEGUNDO.- EXCLUIR del inventario de bienes patrimoniales Y de los registros contables a los bienes

    muebles descritos en el Articula Primero.

    TERCERO.- ENCARGAR a la SubgerenCia de Logística y Control Patrimonial Y a la SubgerenCla de

    Contabilidad y Finanzas, el cumplimiento de la presente Resolución.

    REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

    r;~~Gr MUNICIPALIDAD DE MlRAFLORES l~·' , .". ~ --

    ·· .. · .. ··· .. Gi~;¡~ .. F p~;:; .. ;6~ G~rE)rlle da Admin¡ '00 v Finanzas

  • -

    SOLICITUDES DE DONACION

    DE VEHICULOS DADOS DE

    BAJA 2011

  • · .

    MUNICIPALIDAD DISTRITAL SAN CLEMENTE

    PISCO i','H];-, ¡"" I.;;y L'116í 'Ii~r ,'!B-I¡fj·ljli

    AlCALDIA

    Av AViaCión N';' 315 Tel! 543200 OISI. San Clemente Pisco - Perú

    ,..--------·.·-x' MUNICIPALIDAD DE MIRA! ; .. : .:':. '

    PATRIMONIO (Sin verificar contenido)

    '. 1-' 1\

    "

    ".) ? SET. 2011 RECtBI

    Hora: ............ _._ Firm

    I

    ºficIQ .. J'L~ 223·2011·MDSC/I\..\~

    CARTA EXTERNA

    32009 .. 2011 No /

    V /

    SEÑORES:

    Municipalidad Distrital de Miraflores - Lima

    Presente.-

    Atención ; r

    : Dr. Jorge Muñoz W,e~ls.

    SOhCItMI¡~

    Foljo~

    Observac.

    1·llmlCl~Al.IOAD ú!5TRlTAL DE: SAf'J Cl¡'HI"'lrr:

    SOLICITA CESIOI'! uf CO¡"~A(TADüRA ,

    Regi.trado por: 'JBaZdll el 14/09/11 a las 08 27 liras

    Alcalde Oistrital. u. Orgeln'ca ADI'1lIi15T~ClON DOCUI~ErHARIA y ARCHI (

    I ASUNTO : Cesión en Uso de c~mpactJdOra de Re~lduo~ Sülldo~ 'f e IlliIUI','! r

    Pjck~up, ambos en besuso. \ ¡

    Tengo el agrado de dirigirme a ust~d para expresarle mi cordial Silludo ('11 r1(Jlt;tH. rI. la Municipalidad Oistrital de San cfemente, Provl!lciJ di' PI',(O. Hl!glun le .'

    propio en calidad de Alcalde de la Comuna de este Oi:-,trlto

    El propósito del presente, e~ hacerle conocer qUl' 1(1 MU(lI{.IP.:,I;(!"i(~ q,.,

    recoge los residuos sólidos de I¡:¡ ciudad en volquf'!(", por n(¡ ·.rl~

    Compactadoras de Basura acordes para tal fin, razon por 1;:-1 cual ~OIIClto Ul' 'JlJ

    distinguido señor su apoyo, consistente en que nos ceda en Cnlid

  • MUNICIPALIDAD DISTRITAL SAN CLEMENTE

    PISCO

    Cr.;:.;;da Ilor lt:y 24161 Q"" OB-06·':I6 ALCALDIA

    Av Aviación N° 315 Tell 543200 Ois!. San Clemente Pisco - Perú

    -

    \

    resuelva en favor del pueblo de San Clenll·nt(~ (d qU(: .Ii~r~J(kCL'r.; junte" autoridades este gesto de desprendimiento de los ht;rrnélno,> Illlr,dlorino,> {'Ilc;,b, /."j\,", por su persona en calidad de Burgomaestre de esa Comuna di

  • -

    "Año del Centenario de Machu Pícchu ,iara el Mundo"

    OFICIO N2 220-2011-ALC-MDSL

    San Luis, 06 de Junio de 2011.

    Señor: Dr. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde del distrito de Miraflores Av. Larca N" 400 Miraflores

    De mi especial consideración:

    !!'.~!! CARTA EXTER No. W 19600-2011 Illml\\I:II\1 / 'olldt.ntc MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS

    ,hunto . soucnA A'OYO follo, , 2

    Rt~lf.tr.dO por: VBazan el 07/06/11 ZI las 16:06 Hru

    .v. Organlel : ADMINJSTAACION DOCUMENTARlA y AKCHI

    Mediante el presente me dirijo a usted en mi calidad de Alcalde distrital de San Luis, haciéndole llegar mi más cordial saludo.

    El presente se remite en el marco de la cordialidad que nos une, asi como en atención al principio de colaboración entre entidades, plasmado en el artículo 76' la Ley del Procedimiento Administrativo General N' 27444, que señala justamente que las relaciones entre las entidades se rigen por el criterio de colaboración, sin que ello importe renuncia a la competencia propia señalada por ley.

    En ese sentido, siendo que el objetivo de la gestión que presido y que estoy seguro también de su persona, siempre será el mayor desarrollo de nuestro distrito, asi como del bienestar de los vecinos san luisinos, buscando para ello aliados estratégicos, para que a través del intercambio de experiencias, asi como de apoyo interinstitucional, se logre superar los problemas que .aquejan a los vecinos, satisfaciendo con ello las necesidades legitimas que nos trasladan.

    Por ello, estimado Alcalde conocedor de su excelente calidad de persona, asi como de su especial vocación de servicio a los vecinos, solicito la colaboración de su institución a través de la facilitación temporal y por el tiempo que lo estime pertinente, de volquetes, compactádoras, cargadores frontales que nos permita superar algunas deficiencias que por el momento nos aqueja, ello con la finalidad de garantizar un buen servicio y el bienestar de la comunidad, no solo en el aspecto de limpieza pública, sino también en lo que corresponde a la ejecución de obras.

    r:¡ P-Ct fJ ID U 12/2.-.-5 y -i.\J,>rJ ')(l\J~

    101 DGllI

    CASA MUNICIPAL: Av. Del Aire 1540, Urb. Villa Jardín - San Luis Lima - Perú Teléfono: (511) 436-0210 www.munisanluis.gob .pe

  • "Año del Centenario de Machu Picchu para el Mundo"

    Además de lo expuesto, consideramos importante también que las relaciones entre ambas instituciones puedan abarcar otros aspectos, como aquellas de tipo cultural, turístico y demás, encontrándonos disponibles para efectuar reuniones de coordinación y afinamiento de actividades y puntos en concreto a tratar.

    Sin otro particular, agradeciendo de antemano la gentileza de la tramitación y atención del presente, me suscribo de usted, testimoniándole mi especial deferencia, consideración y amistad hacia vuestra persona.

    Atentamente,

    CASA MUNICIPAL: Av. Del Aire 1540, Urb. Villa Jardín - San Luis Lima - Perú Teléfono: (511) 436-0210 www.munisanluis.gob.pe

  • MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LUYA - LAMUD Región Amazonas

    . \J,~ (') 10~i-l Si l "Año del Centenario de Machu Plcchu para el Mundo"

    . ,(11 .

    (1J~V~ t7)1'~ : ID( 0,1 '1 li ~¡W~ \ I /¡0L- I OFICIO N° 0119-2011-MPL-UA.

    A f'I' . ~f .~. SEÑOR Dr. Jorge Muñoz Wells

    Lamud. 06 de Junio del 2011

    \10 (lO> Alcalde de la Municipalidad Distrital de Miraflores - Lima [J

    ASUNTO Solicito donación de bienes que se indica.

    Es grato dirigilTTle al Despacho de su digno cargo para expresa~e a Ud. y su digna Comuna Edil un fraternal saludo a nombre de la Municipalidad Provincial de Luya; al mismo tiempo, pedirle dispensas por pelTTlitimos dirigirnos a su representada para manifestarle lo siguiente:

    La provincia de Luya. está ubicada en la Región Amazonas, en el presente año esta cumpliendo 150 años de Creación PoIitica. cuenta con una pobtación de mas de 50 mit habitantes distribuidos eh sus 23 distritos. Es una provincia considerada en extrema pobreza con muy poca presencia del estado por la dispersión geográfica. sumándose la baja asignación de FONCOMUN a nuestra Municipalidad que no pelTTlite ejecutar proyectos de desarrollo integral en la provincia.

    La provincia de Luya, es considerada como la Capital Arqueológica del nororiente peruano por que en su interior contiene centenares de restos arqueológicos. históricos y naturales, resallando la Gran Fortalez:;:a ___ =:::-1 de Kuélap, considerada como una de las siete maravillas del Perú; asi como, los Sarcófagos de Karajl -! Z o:. cuya insigne se encuentra impregnado en núestra moneda nacional de un nuevo sol y muchas más d ;(1 G"> c: igual importancia, como son Puebla de Los Muertos, Las Cavernas de Quiocta. El Valle de Huaylla Belé » _ ~

    ~~'" & ~~b m C#'> '-

    La Capital Provincial es Lámud que junto con el distrito Luya. fOlTTlan una gran ciudad que alberga a un O ~ ~ población de más 12 mil haMantes y es la Provincia que tiene el 90% de los restos arqueológicos de g ~ toda la Región Amazonas, sin embargo es la menos favorecida del estado un ejemplo de ello es que e c:;:> .... todas las provincias que confolTTlan nuestra Región cuentan con menos nuestra ovlncja, 5 c-> ~ por lo expuesto solicito a Usted la donación de lo siguiente: MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES ~ ~ ~

    1. Camionetas C?('; I'cncia Municipal ~ i'.! ~ ti

    , ;o;..........r¡ " 2. Motocicletas 2 4 JUN. 2011 3. Camiones R E e 1 B 1 r -4. Moviliario(sillas, mesas, alTTlarios, etc.) (S,n Verlríe." CO'-rJ''''; 5. Computadoras Horu :.~A.~ F"m, .~ .. :,:" .

    Seguro de contar con vuestro apoyo, es propicia la oportunidad para reilerarle las muestras de mi especial consideración y estima personal.

    \5~~

    ~~ CARTA EXTER No. W 19964-2011 111111111111

    GVTIAP Gmglsec

    Bolld'Ulnt.

    A.unto

    Follo.

    ObU""IC,

    E-mail: [email protected]

    ; MUNICIPAUDAD PR.OVINCIAl LUYA lAMUD

    : SOLICITA OONACION , 1

  • MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LU Región Amazonas

    CARTA PODER

    Yo Grimaldo Vósquez Tan, identificado con DNI. W 33431557, con domicilio legal en el Jr. Lima W 198 de la Ciudad de Lámud, Alcalde de la Municipalidad Provincial de Luya, en uso de mis facultades y en mi nombre propio acepto:

    Que otorgo PODER al Señor Almagro Solazar Villegas, con DNI W 07815534, en calidad de Representante de la Municipalidad Provincial de Luya, poro que en representación de mi persona realice Coordinaciones y Gestiones ante la Municipalidad Distrito! de Miraflores - Lima, poro donaciones de vehículos a favor de la Corporación Edil que represento.

    Lámud, 06 de Junio del 2011.

    CERTIFICO; Que la firma qua aparece corresponde a: VAs QuE Z 7/16' G n, /I11l~~ o

    quien suscribió el presente documento en mi presencia identificá¡¡G¡¡se con T. L 1-

    tulr,~ H'~~ i:.t e-Y------------------_n~SL~f ll" F~ . __

    @"~tb>~- ~~tb>/O'~~ Jr, Lima N° 198 - Lámud - Teléfono: 041-830123 - Fax: 041-837006

    E-mail: [email protected]

    UD

  • MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RíMAC ALCALDíA

    /' /", • l' ! r, ,::) I ,.,' / "AÑO OEL CENTENARIO DE MACHUPICCHU PARA EL MUNDO" ~------~

    MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES SubgerenCla de loglsuca y Conlrol Palnmo",al Rlmac, 23 de Junio del 2011

    Oficio N° 204 - A - MDR - 2011 04 JUL. 2011

    RECIBIDO SEÑOR ..... .~.~::n.~y'~.i.~::~r conlenidO; JORGE MUÑoz WELLS '----. .. ................. ". ALCALDE DEL DISTRITO DE MIRAFLORES Presente.-

    De nuestra consideración.

    Tengo a bien dirigirme a Ud. a fin de saludarlo y manifestarle nuestros mayores deseos de éxito en la gestión edilicia que tan dignamente dirige al frente de la prestigiosa comuna Mirafl orina.

    De acuerdo a las conversaciones verbales sostenidas con nuestro representante Sr. Gustavo Fuentes Galindo sobre la posibilidad de que vuestro Concejo apruebe la relación de FLOTA Vehicular Sugerida de BAJA de la Municipalidad de Miraflores, es que nos permitimos adelantamos para solicitarle a Ud. Sr. Alcalde y a su digno Concejo Municipal se sirvan otorgamos en Calidad de Donación; una vez aprobada la baja de los mismos, los vehículos que se consignan en relación adjunta.

    Como es de vuestro conocimiento que la situación precaria en que recibimos la gestión, y dada la imposíbilidad de adquirir las maquinarias necesarias para brindar un servicio eficiente en nuestra comuna es que agradeceremos encarecidamente aceptar y aprobar lo solicitado.

    A nombre del Distrito del Rímacy anticipadamente agradezco a Ud. Sr. Alcalde y a vuestro Concejo Municipal por el invalorable. gesto de desprendimiento a favor de la comuna que represento.

    Atentamente

    a "UN/ICIPAI~ip;tr:IU1ALDfL RlIIAC ,;

    Ab···- ... ·· .. ··,·· .. ••·•·•• og. Enrique ramés Dlaz Alcal e

    ~ CARTA EXTER No, 22217-2011

    80llcltante : MUNICIPAUDAD DISTRITAL DEL RIMAC

    A.unto : APROBACION DE DONACION

    Fo,lIol : 2

    Ob.ervlC:.

    Regl.tr.do por: TVega el 27/06/11 11 la8 11:58 Hra •.

    u. OrglnlCl : ADMINISTRACION DOCUMENTARlA y ARCHI,

  • -

    MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RílV ALCALDíA

    "Año del Centenario de Machu Picchu para el Mundo"

    Oficio N° 211-A-2011-MDR

    SEÑOR JORGE MUNOZ WELLS Alcalde de la Municipalidad Distrital de Miraflores

    Presente.·

    De mi especial consideración

    ... _-'-A.unto .- : MUNICIP",UDAO DISTRlTAl DEL RlMJ : SOUCITA PR.ORROGA DE CONVENIO , 1 . R'g!ltradO por: VaaUn el 06/07/11 .. le. 16:3,. Hras

    . u. 0f'genJ0I : ADMINlSTRACION DOCUMENTARIA y AR

    Tenga a bien dirigirme a Ud, a fin de saludarlo y a través suyo al t;onceJo Miraflorino que dignamente Preside para quienes permítame expresarle mis saludos y parabienes,

    El motivo fundamental del presente es para solicitarle tenga a bien poner en consideración de su cuerpo Edilicio la prórroga del convenio interinstitucional entre la Municipalidad de Miraflores y la Municipalidad del Rimac de fecha 17 de Enero del 2011, el mismo que según adenda de fecha 12 de Abril del 2011 vencerá el 12 de Julio del 2011, dicha prórroga seria hasta el 30 de Setiembre del 2011, toda vez que esta pendiente la petición de DONACION cursada el 23 de Junio del presente año mediante Oficio No 204-A-MDR-2011 , así como es Ud. Sr. Alcalde sabedor de la aguda crisis que sostenemos en nuestra comuna, motivo especial por lo que le solicitamos nuevamente su apoyo.

    La prórroga solicitada se refiere a los vehícúlos siguientes:

    • Unidad 103 Categoria Camión, tipo Compactador, Marca Valva, modelo NL-10, año 91, de placa XG-2616,

    • Unidad 401, categoría Camión, tipo Compactador, Marca, Dimex, Modelo 551-190, año 2000 de placa XO-335,

    • Unidad 105 Categoría Camión, tipo Tracto, Marca Volvo, Modelo NL-10, año 95 de Placa YG-7593, el mismo que va acompañado de la Unidad C-2, categoría SEM-REN lipa Carreta Marca Camena ,Modelo Madrina año92 sin numero de placa,

    Atentamente

  • Señor: JORGE MUÑOZ WELLS.

    Miraflores, 04 de febrero de 2011.

    MUNICIPALIDAD" f'IP~'lCJRE S Gerencia Mur" t.p:.d

    Alcalde de la Municipalidad Distrital de Miraflores. Presente.-

    De Nuestra Consideración:

    Por intermedio de la presente. saludo a Usted y la Municipalidad de la que Alcalde, a fin de presentar a la ASOCIACION BUSCANDO BIENESTAR PARA LA TERCERA EDAD, de la cual soy Presidente del Consejo Directivo; la cual se ha constituido por Escritura Pública del 04 de enero de 2011; por ante el Dr. FERNANDO MARIO MEDINA RAGGIO, Notario y Abogado de Lima.

    Nuestro objetivo, es la búsqueda de brindar una mejor calidad de vida y posibilidades de desarrollo para las personas de la tercera edad; las cuales muchas veces son discriminadas incluso por su propia familia, lo cual produce no solo un daño fisico, si no también psicológico. Lo que buscamos, es brindar calidad de vida y dignidad a nuestros adultos mayores.

    Es por ello que, recurro a vuestra corporación edil, para buscar nos ayude a gestionar el apoyo material que nos permita desarrollar nuestros objetivos. Conocedores de su espíritu solidario, buscamos canalizar apoyo material que pudiera ser donado (unidades vehiculares en desuso, que se encuentran en el Deposito Municipal de la Av. Angamos, por ejemplo) a nuestra Institución, de paso que aligeramos vuestra carga en cuanto al manejo y almacenaje de dichos bienes, a fin que, mediante la repotenciación y/o comercialización de dichas donaciones. pOdamos conseguir los fondos necesarios, que nos permitan alcanzar nuestros objetivos.

    Sin otro particular, y agradeciendo de antemano la atención que brinde a la presente, quedamos de Usted;

    Atentamente:

    ~OHANSON.

    IENESTAR PARA LA TERCERA EDAD.

    5 0lldlantt

    AuJO(o

    folloll

    Qbterva(.

    CARTA EXTE. No. ,

    4120-2011 ./ /

    SCHREIER JO HANSON EMILIO

    ASOCIACION BUSCANOO BIENESTAR PARA LA TI

    13

    Re9'strado por: V6BIIHI el 04/02/11 ~ 1118 08 : 19 HrlIs

    U. Df'9.1n1C4 : EQUIPO fUN CIONAL DE AOf4INISTRACION

  • :.,.

    ¡nade) 2 AsociCl(ión eje chw:mollo

    1"1/[ ¡da.il'('r, NU~G A9J'¡¡.II.I.AAa ~I 1

  • ~~ CARTA EXTER Ny

    ~ 27853-2011 , Sec,.."" CenweJ

    a U···" .. ,,· Asunto ._, Obnl"'la". , ", .. ',: ,,~ . . ..• ; .,¡ . I'o tonlpitldonl\. cstilhiliz~I(IIH j '

  • ~. -.

    Urna, f3 d¡; junio de ,2011 Nº 412-2011-E~/15

    CONSIDERANDO:

    Que, eJe acuerdo con io estatJlecido en los incisos x) del articulo 370 j b) del artículo 49 0 del Texto Único Ordenado de la I_ey del Impuesto a la Renta, aprobado por ei Decreto Supremo N° H9-2004-EF y modificatorias, se deducirán los gastos por concepto de donaciones otorgados en favoí de entidades sin fines de lucr·o. cuyo objeto social comprenda uno o varios de los siguientes fines: (i) beneficencia; (ii) asistencia o bienestar social; (iii) educación; (il/) culturales; (v) científicas; (vi) artísticas; (vii) literari8s; (v,ii) deportivas; (ix) salud; (x) patrimonio histórico cultural indígena; y otras dIO fines semejantf=s, siempre que cuenten con :a salificación orevia por parte c!ei Ministerio óe Economía y F~nanzas, mejiante '~esoiLic:'!Ón Ministerial;

    Que, el numerai 2.1 de! :ncis0 s) de! artícuio 21° del Regiamento de ia Ley del Impuesto a la Rerta,3probado por Decreto Suprema N" 122-94-EF Y modificatorIas, ser,aia qt,Je '¡as entidades sin- fines de \uc:-Q de'oerán estar calificadas' como er.tidades perce¡Jtoí3.S de donaciones, para cuyo efecto deben encontrarse inscritas G:-"> e! Registro Úr~lico de Cont!ibu'je:l~es 'j en el Repisiro de Entidades Exaneradas de! )~·í:p:Jesto :3 '~::~ Renta, a~ í como cumolir ::;on ¡os derlás r;~quisitos que se establezcan por Reso:ución ~.1inist2:-¡a':

    /~i\ Que la Resolución M\n'ster'al Na 767 -2008-EF!15 estabiecs :cs demás 11 '1)' -" '~,equisitos que deben presentar las entidades sin fines de lucro para ol)lener dicha \~,~\\ Ir '- ~f!iafificació¡l" asimismo, dispone que ésta será otorgada por un oenodo de tres (83) ciÍ~'CS, \~",ypudiendo ,solicitarse su renovación;

    Que, en tai sentido, la menclQ,lada Resolución M:nisterial señala fos reqUIsitos para la renovación de la calificación como en'idad perceptora::ie donaciones,

    \ ¡es cL:ales se encuentran recogidos en ei T'3XtO Único de- Procedimientos ,il..cJmir,istr2tivos .~ ¡'TUPA)' d,,1 Ministerio de Economía v Finanzas, 8or':Jbado por Decreto Suorecr,o ~i' ,15-

    "'~í.l- G~ r..' -', ,/::~-\ ~ .. ~~009-EF 'j modificatorias: /~ \ ~\ (:if \ o ,,' ~ ~ ...,.-r- - r-. t r 1\ J'" , ,'; < ¡,:, j~) Que, . EM/IUS !v,ADRE i eRE",-" Dc: c'~LCUTA na 2'C,0 c:alr,ca~o aoiC,O \~ '\, Jt:tidcd pErceptora de donaciones mediante la Resolución Ministeriai N° 608-2008-,,1=/15

  • SE RESUELVE:

    -

    JU .. ······iA ARELLANÓ" etario General

    Ministerio de Economía y Finanzas

    ARTíCULO 1°._ Renuévese la calificación de "EMAÚS MADRE TERESA \~.

  • I M_ -'JI:: ~.Jf SlJ i..::-..~ ~ , ... ~ J _ , JO":' ''' j '. Cl)n t ~(.:,

    , '1 t ~1 "("'1 tJ \"; .. , L..., 1

    ('T':lID i ACKHS .. ~ ,.~~ .. : .. : .. \~ RES~OcQU'M~T ~~2\ . " ........ " .......... _ ........ . iMITE 00 - -

    ~ CARTA EXTERNA No

    ~ 29937-2011

    Solicitante : fUNOACION CUNA NAZARETH

    Alunto : SOLICITA OOHACIOH DE MOB1lIARIO U OBJETO

    Folios 28

    ObleNiC. ADJ . FOLLETOS

    Reolsb"ado por: lV@Qa el 29/08/11 a las 15:43 Hrtls .

    U. Organlca : ADMINISTRACION DOCUMENTARlA y ARCHI

    ::;:;.;~~=;.;....;..;.a AV. CARLOS ALCORTA N" 251 • CHORRILLOS· LIMA· TELF.: 467·1263 FAX 251-6538 E-mali:[email protected]

    Inscrito en el Registro de Fundaclone. d. Lima· Ficha 560 Asiento 1 del 251·11-72

  • ')'

    Lima. ~.'

    22 de agosto de 2011

    KIITV TRINIDAD GUERRERO Secretaria General

    Ministerio de Economla y Finanzas

    No. 619-2011-EF/1S

    .~ CONSIDERANDO: /.:o"°)!i;i " ,c.. '. ~ . '.;.\ Que, de acuerdo con lo establecido en los incisos x) del artículo 3r y b) del

    ~ i '"'i artículo 49° del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el

    ,. j ~. Decreto Supremo N° 179-2004-EF Y modificatorias, se deducirán los gastos por concepto 7. _\ b\t- de donaciones otorgados en favor de entidades sin fines de lucro, cuyo objeto social

    ! comprenda uno o varios de los siguientes fines: (i) beneficencia; (ii) asistencia o bienestar ~ : social; (iii) educación; (iv) culturales; (v) científicas; (vi) artísticas; (vii) literarias; (viii)

    deportivas; (ix) salud: (x) patrimonio histórico cultural indígena; y otras de fines .. ""~::::::,,C% semejantes, siempre que cuenten con la calificación previa por parte del Ministerio de ~ ,l '/ :.~I conomía y Finanzas, mediante Resolución Ministerial;

    'J Que, el numeral 2.1 del inciso s) del artículo 21 ° del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por Decreto Supremo N° 122-94-EF Y modificatorias, señala que las entidades sin fines de lucro deberán estar calificadas como entidades perceptoras de donaciones, para cuyo efecto deben encontrarse inscritas en el Registro Único de Contribuyentes y en el Registro de Entidades Exoneradas del Impuesto a la Renta, así como cumplir con los demás requisitos que se establezcan por Resolución Ministerial;

    Que, la Resolución Ministerial N° 767-2008-EF/15 establece los demás requisitos que deben presentar las entidades sin fines de lucro para obtener dicha calificación, los cuales se encuentran recogidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por Decreto Supremo N° 115-2009-EF Y modificatorias;

    Que, la "FUNDACiÓN CUNA NAZARETH" ha cumplido con presentar la documentación señalada en las normas citadas en los considerandos precedentes;

    De conformidad con lo establecido en los incisos x) del artículo 37° y b) del artículo 49° del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N° 179-2004-EF Y modificatorias, el numeral 2.1 del inciso s) del artículo 21° del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N° 122-94-EF Y modificatorias, el Decreto Supremo W 115-2009-EF y modificatorias, y la Resolución Ministerial N° 767-2008-EF/15:

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    SE RESUELVE:

    ES COPIA AUTENTICADA

    ~ . __ .... _-- . __ . KITTY TRINIDAD GUERRERO

    Secretaria General Ministerio de Economla V Finanzas

    ARTíCULO 1°._ Califíquese a la "FUNDACiÓN CUNA NAZARETH", identificada con Registro Único de Contribuyentes N° 20148018392 e inscrita en la Partida N° 01953699 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima, como entidad perceptora de donaciones, para efecto de lo señalado en los incisos x) del artículo 37° y b) del artículo 49° del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N° 179-2004-EF Y modificatorias, sin perjuicio de las facultades que corresponden a la Administración Tributaria.

    ARTíCULO 2°._ La calificación señalada en el artículo anterior será por un periodo de tres (03) años, pudiendo solicitarse su renovación.

    ARTíCULO 3°._ Transcríbase la presente Resolución Ministerial a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT), dentro del plazo de diez (10) días calendarios contados a partir de la fecha de su emisión.

    Regístrese y comuníquese.

    LliiS-MiGüEi cAsmLARUBIO Ministro de Economla Y Finanzas