Minuta derecho de petición personeria municipal

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Derecho De Petición | Personería Municipal Página 1 de 3 Puerto Tejada, Abril 16 de 2015 Doctora: Lyda Eugenia Benítez González Personera Municipal Municipio de Puerto Tejada Asunto: Derecho de Petición Los abajo firmantes identificados como aparece al pie de nuestras firmas, residentes en el municipio de Puerto Tejada, en ejercicio del Derecho de Petición consagrado en el art 23 de la Constitución Política de Colombia y con el lleno de los requisitos del art.5 del Código Contencioso Administrativo, respetuosamente nos dirigimos a su despacho, con fundamento en los siguientes: HECHOS: 1. En dos de sus recientes ediciones digitales, el periódico “Mi Enlace Regional(http://www.mienlaceregional.com/), ha realizado sendas denuncias, una de ellas por intermedio del periodista Jaime Soto Palma según la cual se establecería un relleno sanitario de carácter regional en el predio denominado “El Cortijo”, en el municipio de Puerto Tejada, administrado por la empresa Caucaseo Limpia S.A. E.S.P; La segunda a través de la denominada Unidad investigativa de Enlace Regional y según la cual existen ”evidentes irregularidades en los contratos de concesión y operación con la empresa de servicios públicos OPSA S.A.” 2. Las denuncias realizadas por el medio antes mencionado en ningún momento han sido desmentidas ni aclaradas por la administración municipal. 3. Existen un notorio malestar e inconformidad en la población por lo que se considera un abuso en el aspecto tarifario y una pésima prestación tanto del servicio de aseo y recolección de los residuos sólidos como del servicio de acueducto que no cumple ninguna de las condiciones mínimas exigidas por la ley. RAZONES QUE FUNDAMENTAN LA PETICIÓN 1. El depósito de residuos sólidos se encuentra ubicado de manera provisional en un sitio que consideramos por demás inadecuado, entre otras razones, por su cercanía al casco urbano, a una vía principal de carácter interdepartamental y al rio Guengüé afluente principal del rio Paila, que suministra el agua al acueducto municipal y cuyas aguas tradicionalmente han sido recogidas en forma manual por una elevada cantidad de habitantes para su uso doméstico, dadas las enormes deficiencias en el servicio del acueducto local. 2. En ningún momento se ha socializado con la comunidad portejadeña la ubicación permanente del depósito de residuos sólidos en ese lugar y

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Puerto Tejada, Abril 16 de 2015 Doctora: Lyda Eugenia Benítez González Personera Municipal Municipio de Puerto Tejada Asunto: Derecho de Petición Los abajo firmantes identificados como aparece al pie de nuestras firmas, residentes en el municipio de Puerto Tejada, en ejercicio del Derecho de Petición consagrado en el art 23 de la Constitución Política de Colombia y con el lleno de los requisitos del art.5 del Código Contencioso Administrativo, respetuosamente nos dirigimos a su despacho, con fundamento en los siguientes: HECHOS:

1. En dos de sus recientes ediciones digitales, el periódico “Mi Enlace Regional” (http://www.mienlaceregional.com/), ha realizado sendas denuncias, una de ellas por intermedio del periodista Jaime Soto Palma según la cual se establecería un relleno sanitario de carácter regional en el predio denominado “El Cortijo”, en el municipio de Puerto Tejada, administrado por la empresa Caucaseo Limpia S.A. E.S.P; La segunda a través de la denominada Unidad investigativa de Enlace Regional y según la cual existen ”evidentes irregularidades en los contratos de concesión y operación con la empresa de servicios públicos OPSA S.A.”

2. Las denuncias realizadas por el medio antes mencionado en ningún momento han sido desmentidas ni aclaradas por la administración municipal.

3. Existen un notorio malestar e inconformidad en la población por lo que se considera un abuso en el aspecto tarifario y una pésima prestación tanto del servicio de aseo y recolección de los residuos sólidos como del servicio de acueducto que no cumple ninguna de las condiciones mínimas exigidas por la ley.

RAZONES QUE FUNDAMENTAN LA PETICIÓN

1. El depósito de residuos sólidos se encuentra ubicado de manera provisional en un sitio que consideramos por demás inadecuado, entre otras razones, por su cercanía al casco urbano, a una vía principal de carácter interdepartamental y al rio Guengüé afluente principal del rio Paila, que suministra el agua al acueducto municipal y cuyas aguas tradicionalmente han sido recogidas en forma manual por una elevada cantidad de habitantes para su uso doméstico, dadas las enormes deficiencias en el servicio del acueducto local.

2. En ningún momento se ha socializado con la comunidad portejadeña la ubicación permanente del depósito de residuos sólidos en ese lugar y

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muchísimo menos con carácter de regional, así como tampoco lo relacionado con el contrato de operación del acueducto municipal.

3. Dada la premura con la cual se empezó a depositar los residuos sólidos en “El Cortijo”, consideramos que no se ha realizado la adecuación que exige un verdadero relleno sanitario.

4. Tenemos información de la existencia de resoluciones de plan de cierre del ya mencionado depósito de residuos sólidos.

5. La administración Municipal no ha cumplido con su deber de informar a la comunidad clara y oportunamente sobre los detalles de las contrataciones realizadas para la prestación de los servicios antes mencionados, sin tener en cuenta que es esa comunidad la directamente afectada con las determinaciones tomadas.

6. La normatividad vigente en lo relativo a la prestación de los servicios públicos domiciliarios y la disposición final de los residuos sólidos

7. El decreto 838 de 23 de marzo de 2005 establece disposiciones muy claras en lo relativo a la disposición final de residuos sólidos como actividad complementaria del servicio público de aseo, estableciendo terminantemente que debe ser mediante la tecnología de relleno sanitario.

8. El mismo decreto en su Capítulo II del Título I, establece Procedimiento, criterios, metodología, prohibiciones y restricciones en la localización de áreas para la disposición final de residuos sólidos.

Con base en los anteriores HECHOS y RAZONES nos permitimos, muy comedidamente, formularle las siguientes:

PETICIONES

1. Nos proporcione información por escrito sobre las condiciones, desde el

punto de vista técnico y contractual, en las cuales se instala la

disposición final de residuos sólidos en el sitio denominado “El Cortijo”

2. Se sirva informarnos que conoce su despacho con relación a la empresa

SAS y su papel en la prestación del servicio de recolección y disposición

final de residuos sólidos.

3. Nos proporcione información sobre el conocimiento que tenga su

despacho con relación a cuales son los fundamentos legales para el

incremento de las tarifas de los servicios públicos de agua y aseo.

4. Conocemos que la CRC ha emito al menos dos planes de cierre del

depósito de residuos sólidos, quisiéramos conocer si en sus archivos

reposan dichos planes en caso contrario por su intermedio solicitar a

quien corresponda y proporcionarnos copias de los mencionados planes.

5. Frente a las múltiples inquietudes de la comunidad con relación a la

recolección y disposición final de los residuos sólidos en el municipio,

considera su despacho que la empresa Caucaseo es idónea para la

prestación del mencionado servicio.

6. Nos proporciones información sobre lo que conoce su despacho

respecto de la situación contractual real con relación a las empresas

OPSA y Caucaseo Limpia S.A E.S.P con relación a la operación del

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servicio de acueducto municipal y la recolección y disposición final de

residuos sólidos generados en nuestro municipio.

Atentamente Para efectos de recibir comunicación disponemos de los siguientes medios: Dirección: Calle 14 No. 19-46, Barrio Las Dos Aguas de Puerto Tejada Cel. : 3184212320 Correo Electrónico: [email protected] C.C. CRC

Ministerio del Ambiente Y Desarrollo Sostenible

Maribel Ortiz Caracas ___________________________________ C.C. Nro.______________ expedida en__________________No. Celular_______________ Sandra Yaneth Córdoba ___________________________________ C.C. Nro.______________ expedida en__________________No. Celular_______________ María Consuelo Castillo Lucumí ___________________________________ C.C. Nro.______________ expedida en__________________No. Celular_______________ Carlos Arturo Lasso Vásquez ___________________________________ C.C. Nro.______________ expedida en__________________No. Celular_______________ Diego Iván Vidal ___________________________________ C.C. Nro.______________ expedida en__________________No. Celular_______________ Noé Álvarez Zapata ___________________________________ C.C. Nro.______________ expedida en__________________No. Celular_______________ Héctor Fabio Tróchez González ___________________________________ C.C. Nro.______________ expedida en__________________No. Celular_______________ Álvaro Paniagua ___________________________________ C.C. Nro.______________ expedida en__________________No. Celular_______________ Kevin Yussep Lasso Zapata ___________________________________ C.C. Nro.______________ expedida en__________________No. Celular_______________ Andrés Lemos ___________________________________ C.C. Nro.______________ expedida en__________________No. Celular_______________