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MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA ECONOMIA Circular No.3 6 de Diciembre de 2010 “Año 52 de la Revolución” Asunto: Indicaciones a las Instituciones del Sistema Nacional de Salud. General: Nuestro Sector se encuentra trabajando en la descentralización del nuevo Programa de Formación del Médico Latinoamericano y en el ordenamiento de los servicios de la Atención Primaria de Salud, este último identificado como Compactación, Reorganización y Regionalización de los Servicios de Salud. Como resultado de este proceso, se producirá un excedente de equipos los cuales se ha decidido concentrar en la Empresa de Gestión de Compras y Asistencia Técnica Especializada GCATESA, en lo adelante GCATESA. Por lo anterior, se hace necesario establecer para las entidades del asunto las normativas que deben cumplir en este proceso mediante el siguiente: PROCEDIMIENTO: De los Recursos Materiales : A los recursos excedentes de la reorganización que la Sociedad Mercantil GCATESA recibirá se le aplicará el procedimiento siguiente: 1. Todas las entregas que realicen las unidades de salud, deberán estar amparadas con la documentación correspondiente, según lo establecido en el Manual de Activos Fijos Tangibles. Además se entregarán con un acta donde se exponga el valor inicial del recurso, lo depreciado hasta la fecha y el valor residual. GCATESA le dará alta a los mismos por el valor residual. 2. Cuando GCATESA proceda a recepcionar los medios en el almacén solicitará a Electromedicina la realización de un dictamen técnico donde se especifique el estado técnico de estos, y si requiere de reparación, así como el componente que se necesita reparar. Este proceder debe estar respaldado con una relación contractual entre las partes por concepto de servicios. 3. La entidad receptora (GCATESA) los recepcionará en la cuenta de Mercancías para la Venta de manera diferenciada y con contrapartida a la cuenta Otras Operaciones de Capital por el valor de todos los recursos recibidos y los situará en una subcuenta denominada Reorganización del MINSAP, que permita su debido control e identificación. PDF created with pdfFactory Pro trial version www.pdffactory.com

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MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA ECONOMIA Circular No.3

6 de Diciembre de 2010 “Año 52 de la Revolución”

Asunto: Indicaciones a las Instituciones del Sistema Nacional de Salud. General: Nuestro Sector se encuentra trabajando en la descentralización del nuevo

Programa de Formación del Médico Latinoamericano y en el ordenamiento de los servicios de la Atención Primaria de Salud, este último identificado como Compactación, Reorganización y Regionalización de los Servicios de Salud.

Como resultado de este proceso, se producirá un excedente de equipos los

cuales se ha decidido concentrar en la Empresa de Gestión de Compras y Asistencia Técnica Especializada GCATESA, en lo adelante GCATESA.

Por lo anterior, se hace necesario establecer para las entidades del asunto las

normativas que deben cumplir en este proceso mediante el siguiente: PROCEDIMIENTO: De los Recursos Materiales: A los recursos excedentes de la reorganización que la Sociedad Mercantil GCATESA recibirá se le aplicará el procedimiento siguiente:

1. Todas las entregas que realicen las unidades de salud, deberán estar amparadas con la documentación correspondiente, según lo establecido en el Manual de Activos Fijos Tangibles. Además se entregarán con un acta donde se exponga el valor inicial del recurso, lo depreciado hasta la fecha y el valor residual. GCATESA le dará alta a los mismos por el valor residual.

2. Cuando GCATESA proceda a recepcionar los medios en el almacén solicitará a Electromedicina la realización de un dictamen técnico donde se especifique el estado técnico de estos, y si requiere de reparación, así como el componente que se necesita reparar. Este proceder debe estar respaldado con una relación contractual entre las partes por concepto de servicios.

3. La entidad receptora (GCATESA) los recepcionará en la cuenta de Mercancías para la Venta de manera diferenciada y con contrapartida a la cuenta Otras Operaciones de Capital por el valor de todos los recursos recibidos y los situará en una subcuenta denominada Reorganización del MINSAP, que permita su debido control e identificación.

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ECONOMIA Circular No.3 6 de Diciembre de 2010

Página No. 2 4. GCATESA no puede entregar a ninguna unidad del Sistema de Salud, recursos de

la reorganización que no tengan la Certificación de su estado técnico hecha por los compañeros de Electromedicina.

5. En los casos en que las Unidades de Salud entreguen activos y útiles sin valor residual, GCATESA deberá registrar los mismos valorados al 20% del valor de adquisición o de referencia de mercado.

6. GCATESA para capitalizar los recursos en la cuenta Otras Operaciones de Capital, subcuenta Reorganización del Minsap, tiene que contar con una autorización expresa del Ministro de Salud Pública.

7. La Unidad que cede los activos procederá a dar baja de la Cuenta de Activos Fijos Tangibles y trasladarán el valor residual de los mismos a la Inversión Estatal como sigue:

Contabilización de las bajas de Activos Fijos Tangibles.

Cta. Scta Título de la Cuenta Debe Haber 375 600 240

xxx 0210 xxx

Depreciación Activos Fijos Tangibles (Subcuenta que corresponda ) Inversión Estatal Traslado autorizado de recursos por reestructuración administrativa (Subcuenta que corresponda)

XXX XXX

XXX

8. Este procedimiento se aplicará sin que medien relaciones de Compra Venta. Lic. María Elena Díaz Campos Directora de Finanzas y Contabilidad ps Vto. Bueno Lic. Pedro Hidalgo Prado Viceministro Registrado por: Dictaminado conforme: Dpto. Sistemas y Métodos Lic. Tania García Cabello Directora Jurídica

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