Ministerio de Agricultura y Riego

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INSTITUCIONES PBLICAS

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAOFacultad de Ciencias ContablesContabilidad de Empresas Agroindustriales

INTRODUCCINEl presente trabajo fue elaborado para dar a conocer la importancia y beneficios que brinda el Ministerio de Agricultura y Riego a la sociedad.

INDICE

Ministerio de Agricultura y RiegoPg. 3 Importancia Beneficios

Servicios Nacional de Sanidad AgrariaPg. 5 Importancia Beneficios

Banco Agropecuario Agro BancoPg. 6

Institucin Nacional de Innovacin AgrariaPg. 7 Objetivo general mbito de competencia

Autoridad Nacional del AguaPg. 8

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y RIEGOEl Ministerio de Agricultura fue creado bajo la Ley N 9711, formulada el 31 de diciembre del ao 1942, durante el gobierno del presidente, Dr. Manuel Prado Ugarteche y en un contexto de conflicto global, pues aconteca la Segunda Guerra Mundial.

En el marco de su creacin el Ministerio de Agricultura cont con las Direcciones de Agricultura, Ganadera, Aguas e Irrigacin, Colonizacin y Alimentacin Nacional.El presidente Prado Ugarteche dictamin, a travs de la mencionada ley, que se autorizase abrir los crditos necesarios para la vigencia del portafolio y que el Poder Ejecutivo velase por el funcionamiento de las diversas reparticiones del Ministerio y de sus Secciones, indispensables para el estudio de los problemas de la costa, sierra y montaa, de acuerdo con las necesidades de las diversas regiones del pas, como lo indica la ley textualmente.El 2 de enero de 1943 fue firmada La Ley N 9711 y fue publicada en el diario oficial El Peruano el 26 de febrero de 1943.El flamante Ministerio de Agricultura entra en funciones el 1 de junio de 1943, siendo su primer ministro el Sr. Benjamn Roca Garca. IMPORTANCIAEl Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI) es importante ya que tiene como poltica agraria promover el desarrollo de las familias campesinas y al pequeo productor a travs de planes y programas del sector, que tienen como objetivo central elevar la competitividad del agro, la tecnificacin de los cultivos, fomentar un mayor acceso a los mercados y, en consecuencia, lograr elevar la calidad de vida de las familias del campo.Conducir la poltica nacional agraria, aplicable en todos los niveles de gobierno, generando bienes y servicios de excelencia a los sectores productivos agrarios, promoviendo, en un ambiente sostenible, el crecimiento y desarrollo competitivo.

BENEFICIOS

Sector agrario competitivo, sostenible e inclusivo, con organizaciones eficientes, eficaces y transparentes en su gestin, basadas en un uso intensivo de tecnologas de informacin, operadas por equipos humanos de alta calificacin y rendimiento; en el marco de un desarrollo agrario descentralizado, participativo y concertado, garantizando la soberana alimentaria y contribuyendo a mejorar el nivel y calidad de vida de la poblacin peruana.Lineamientos de la Poltica AgrariaEl Ministerio de Agricultura y Riego cuenta con los siguientes lineamientos de trabajo:1. Impulsar el desarrollo de la asociatividad y de la actividad empresarial en el agro, bajo un enfoque de cadenas productivas y de clster.2. Consolidar la institucionalidad agraria, pblica y privada, articulando la intervencin de la poltica sectorial en los tres niveles de gobierno, generando una descentralizacin efectiva y su orientacin al productor agrario, a travs de un desarrollo rural con enfoque territorial.3. Fomentar la innovacin agraria y el desarrollo tecnolgico en el agro.4. Promover la capitalizacin agraria y la modernizacin productiva en el sector.5. Consolidar la mejora de las condiciones de sanidad agraria; y la calidad e inocuidad de los alimentos.6. Promover el desarrollo productivo en las pequeas unidades de produccin agraria, con criterios de focalizacin y gradualidad, a fin de generar economas rurales sostenibles, bajo un enfoque inclusivo.7. Contribuir a la seguridad alimentaria nacional, basados en la oferta nacional competitiva de alimentos.8. Mejorar la eficiencia de la gestin del agua y su uso sostenible, bajo un enfoque de cuencas.9. Promover el manejo eficiente de los recursos: suelo, forestal y fauna silvestre, conservando su biodiversidad y respetando a las comunidades campesinas y nativas, bajo un enfoque de desarrollo sostenible.

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIAEl Servicio Nacional de Sanidad Agraria SENASA, es un Organismo Pblico Tcnico Especializado Adscrito al Ministerio de Agricultura con Autoridad Oficial en materia de Sanidad Agraria, Calidad de Insumos, Produccin Orgnica e Inocuidad agroalimentaria.

El SENASA, mantiene un sistema de Vigilancia Fitosanitaria y Zoosanitaria, que protegen al pas del ingreso de plagas y enfermedades que no se encuentran en el Per. Adems de un sistema de cuarentena de plagas de vegetales y animales, en lugares donde existe operaciones de importacin.IMPORTANCIAEl SENASA, brinda los servicios de inspeccin, verificacin y certificacin fitosanitaria y zoosanitaria, diagnostica, identifica y provee controladores biolgicos. Adems registra y fiscaliza los plaguicidas, semillas y viveros; de igual manera, los medicamentos veterinarios, alimentos para animales, a los importadores, fabricantes, puntos de venta y profesionales encargados y emite licencias de internamiento de productos agropecuarios.BENEFICIOEl SENASA, capacita a profesionales y tcnicos elevando su nivel para ofrecer un mejor servicio. Tambin capacita a productores, autoridades y poblacin rural y urbana; logrando cambios de actitud y mayor conciencia de la sanidad agraria del pas.

Asimismo, implementa normas y recomendaciones de organismos internacionales suscribe protocolos y convenios con organismos de sanidad agraria de otros pases, conquistando mercados para la exportacin de productos agropecuarios.

El SENASA, que interacta con organismos pblicos y privados, nacionales y extranjeros, firma alianzas estratgicas con Universidades, Gobiernos Locales y organizaciones de productores, vinculndolos en los procesos de proteccin y mejora de la sanidad agropecuaria del pas.

Mediante Ley N 27603 - Ley de Creacin del Banco Agropecuario publicada el 21 de diciembre de 2001, se cre el Banco Agropecuario como empresa integrante del sistema financiero nacional, dedicada a otorgar crditos al sector agropecuario.El 21 de julio de 2007 se public la Ley N 29064 - Ley de Relanzamiento del Banco Agropecuario AGROBANCO - la cual establece las normas de adecuacin y funcionamiento, as como las actividades de transformacin y comercializacin de los productos del sector.El Banco Agropecuario, en adelante AGROBANCO, es el principal instrumento de apoyo financiero del Estado para el desarrollo sostenido y permanente del sector agropecuario, con especial nfasis en las actividades agrcola, ganadera, forestal, acucola, agroindustrial, y los procesos de transformacin, comercializacin y exportacin de productos naturales y derivados de dichas actividades.AGROBANCO es una persona jurdica de derecho privado, de capital mixto, sujeta al rgimen de la Ley N 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgnica de la Superintendencia de Banca y Seguros; de la Ley General de Sociedades, y de las disposiciones de su Ley de Relanzamiento.La Direccin y Gestin de AGROBANCO es autnoma y se sujeta a su Ley de Relanzamiento y a su Estatuto. La mxima instancia de gobierno es la Junta General de Accionistas. En las Juntas de Accionistas del Banco Agropecuario, las acciones del Estado son representadas por el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE).

INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACION AGRARIAAgricultura y Riego, responsable de disear y ejecutar la estrategia nacional de innovacin agraria. El INIA es autoridad tcnico normativa en materia de semillas, seguridad de la biotecnologa moderna, registro nacional de papa nativa peruana, camlidos sudamericanos domsticos, entre otros. Asimismo, para el acceso a recursos genticos es la autoridad en la administracin y ejecucin; para los derechos de obtentor de variedades vegetales es la autoridad competente en la ejecucin de las funciones tcnicas; y para el aprovechamiento sostenible de las plantas medicinales, representa al Ministerio de Agricultura y Riego en la formulacin de las estrategias, polticas, planes y normas para su ordenamiento, aprovechamiento y conservacin.OBJETIVO GENERALPromover y ejecutar diversas actividades que faciliten el desarrollo y fortalecimiento de la innovacin tecnolgica agraria nacional para la seguridad alimentaria e incremento de los niveles de competitividad de la produccin agraria orientada, especialmente, a la inclusin social de los pequeos y medianos productores.MBITO DE COMPETENCIAEl Instituto Nacional de Innovacin Agraria (INIA) tiene a su cargo la investigacin, la transferencia de tecnologa, la asistencia tcnica, la conservacin de recursos genticos en el mbito de su competencia y la produccin de semillas, reproductores y plantones de alto valor gentico, que ejerce a nivel nacional; asimismo, es responsable de la zonificacin de cultivos y crianzas y de establecer lineamientos de poltica del servicio de extensin agraria, en coordinacin con los organismos que realizan servicios de extensin agropecuaria del sector agrario y en el marco de las polticas sectoriales .

La Autoridad Nacional del Agua (ANA), es el ente rector y la mxima autoridad tcnico-normativa del Sistema Nacional de Gestin de los Recursos Hdricos, as tambin, un organismo especializado adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego (Minagri).

La ANA fue creada el 13 de marzo del 2008 por el decreto legislativo N 997, con el fin de administrar conservar, proteger y aprovechar los recursos hdricos de las diferentes cuencas de manera sostenible, promoviendo a su vez la cultura del agua.VISIN.Ser la Institucin pblica reconocida y legitimada como la mxima autoridad en la gestin integrada de los recursos hdricos y sus bienes asociados.MISIN.Administrar, conservar y proteger los recursos hdricos de las diferentes cuencas, optando por un desarrollo sostenible y una responsabilidad compartida entre el gobierno y la sociedad, incentivando la cultura del agua que reconozca su valor econmico, social y ambiental.Pg. 8