mineria

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Minerí a

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abarca temas básicos sobre minería en argentina desde el punto de vista de la seguridad e higiene.

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Diapositiva 1

Mineraintroduccin El sector minero es en su conjunto una actividad de alto riesgo y tiene connotaciones caractersticas propias que lo diferencian de cualquier otra actividad industrial y, as, el minero por su profesin y el entorno que lo marca, es el tpico trabajador que infravalora el riesgo y de por si asume el accidente como una cosa mas de su trabajo.

No es de extraar esta manera de comportarse, ya que el minero comienza su tarea con dos inconvenientes que no se dan en otro trabajo, la falta de luz y la dispersin de la gente.

La explotacin de los recursos minerales existentes en la naturaleza, es de las primeras actividades industriales realizadas por el hombre dando origen a lo que hoy en da conocemos como mineraLa actividad minera comprende la explotacin de canteras, minas metlicas, minas no metlicas y carbnRiesgos generales

Riesgos higinicosHay riesgos higinicos que son comunes a todo tipo de minera y otros propios de cada tipo

Los comunes: Polvo RuidoLos Propios de minera de interior Temperatura Gases: oxigeno (O2) Monxido de carbono (CO2) Dixido de carbono (CO2) xidos de nitrogeno (NO No2) Sulfuro de hidrogeno (SH2) Dixido de azufre (SO2) Hidrogeno (H2) Metano (CH4) Polvoes el contaminante ms comn de todo tipo de minera. Su produccin es consecuencia de la perforacin, arranque de material, transporte y voladuras. Cuando es inhalado produce neumoconiosis y dar origen a distintos tipos de enfermedades profesionales, tales como silicosis, antracosis, liparosis, etc.

La prevencin de la lucha contra el polvo se realiza mediante una adecuada ventilacin, inyeccin de agua en los medios de arranque y perforacin, regado de mineral, captacin de polvo en las maquinas y proteccin personal. Ruido

La mecanizacin produce unos niveles de ruido elevados y las explosiones de los explosivos utilizados para distintos fines de la minera, constituyen un importante riesgo para los trabajadores del sector. La mayora de las maquinas utilizadas en la minera son neumticas (martillos, cargadoras, vagones perforadores, etc.) y los espacios donde se realiza la tarea suelen ser reducidos, lo que hace que los niveles de presin sonora sean elevados.

Temperatura

La temperatura ambiente en el interior de las minas es un problema importante, en las minas profundas y en las que se explotan determinados minerales y esta asociado a la humedad relativa. Adems del gradiente geotrmico, el aumento de la temperatura en el interior de la mina se debe principalmente a la auto-comprensin adiabtica del aire de entrada, combustiones de rocas y minerales, motores de explosin y presencia de personas y animales; estos efectos pueden producir en los trabajadores irritabilidad, ansiedad, etc. La prevencin se realiza a base de una ventilacin correcta, con un estudio del circuito.Gases

Como consecuencia del recorrido del aire por las distintas labores de la mina, las combustiones habidas en el interior por maquinas, la oxidacin del terreno, los desprendimientos sbitos, putrefaccin de materias orgnicas, etc., el aire procedente del exterior se enrarece y llega a formar en su composicin una serie de gases que son los nocivos para la salud y alguno de ellos explosivos en determinadas ocasiones.Oxigeno

La cantidad de oxigeno dentro del aire de la mina, no puede ser nunca inferior al 19 por 100.Las principales causas de la disminucin de oxigeno en el aire de la mina son: procesos de oxidacin lenta de materias orgnicas (madera, combustibles, rocas), desprendimientos de gases por los carbones y las rocas, explosiones de gris y de polvo, incendios, respiracin de personas y animales, motores de combustin, etc.Riesgos especficosDe los trabajadores de canteras y plantas de tratamiento de ridosEn este apartado veremos los riesgos ms importantes en los diferentes tipos de minera: cantea, minas a cielo abierto y minas de interior. Todos los sistemas de minera tienen en comn como riesgo de accidente, el uso y manejo de explosivos y la electrificacin.ExplosivosNo se entiende la actividad minera sin la utilizacin de los explosivos. Por su naturaleza y composicin los explosivos son sustancias altamente peligrosas y sus accidentes son los derivados de su mal uso y defecto de clculo en cuanto a la cantidad. Los relativos al mal uso son las explosiones no deseadas, por golpes, corrientes elctricas por contacto, en el transporte, gases residuales, etc.

Desprendimiento de materiales

El desprendimiento de materiales de los cortes, es el riesgo mas importante de esta actividad y viene dado por la meteorizacin de las rocas, la falta de saneo y el mal calculo de los taludes.La maquinaria utilizada la podemos dividir en tres bloques: perforacin, carga y transporte y plantas de trituracin.

Transporte Los accidentes tpicos de transporte son los vuelcos y los atropellos, tanto en la carga como en la descarga. Para ellos, las pistas deben estar correctamente sealizadas y se debe dar preferencia a los cargados sobre los vacos. En los vertedores dejar un repie de proteccin para que no se descargue en los bordes. Sealizar las lneas elctricas, tanto las propias como las ajenas y utilizar prticos mviles para las lneas que tengan que atravesar las pistas.

PerforistaEl perforista es el encargado de los trabajos de perforacin de acuerdo con los esquemas de voladura previamente establecidos por el Director Facultativo, para ello utiliza equipos de trabajo tales como carros de perforacin manuales o carros de perforacin ms modernos con cabina acondicionada, tanto para el polvo como para el ruido.El perforista adems se encarga del mantenimiento bsico de su equipo de trabajo, reposicin del combustible necesario para su funcionamiento, revisin de niveles, etc.

ArtilleroEl artillero se encarga de la recepcin, control, distribucin y manipulacin de explosivos, con sus respectivos complementos: detonadores, cordn detonante, explosor, etc. Adems, prepara la carga, los cartuchos cebo y el cordn detonante para la voladura. Realiza el retacado de los barrenos,Comprobando que el conjunto cumple con las disposiciones delEsquema de tiro diseado. El trabajador que desempee estasTareas debe estar en posesin de la cartilla de artillero actualizada.

Palista

El palista realiza su trabajo en los tajos o en la plaza de la explotacin, desplazndose de un tajo a otro, o bien cargando vehculos. Si ha habido empleo de explosivo su tarea consistir en cargar el material del frente a la caja del dumper o a los camiones o vehculos de transporte y, en algunos casos, volcar el material del frente directamente en la tolva del machaqueo primario. Su trabajo por lo tanto est condicionado por otra mquina mvil.En el caso de estar trabajando en la planta, su trabajo consistir en la limpieza de la instalacin de machaqueo y en la carga de camionesCon los diferentes tamaos de los almacenamientos, salvo los materiales almacenados directamente en silos.

Conductor de Dumper o volquete

El conductor de dumper, tiene su mbito de trabajo por las pistas de acceso a los tajos de la explotacin y evidentemente en los propios tajos. Su misin consiste en transportar la carga mineral/estril y descargarlo en planta/escombrera. Su trabajo durante la carga ha de estar coordinado con otra maquinaria mvil (pala, retroexcavadora, etc.)

Su entorno de trabajo vara dependiendo de la complejidad de la planta y del tipo de tratamiento de los minerales. El operador lleva a cabo sus tareas desde la sala de control, realizando visitas de inspeccin y mantenimiento preventivo de las instalaciones.

Operador de planta

Los equipos de proteccin no eliminan los riesgos, Pero s son muy eficaces para disminuir las consecuencias de los accidentes.

El casco es de uso obligatorio en todas las explotaciones mineras.Recuerda que cualquier piedra o material puede salir despedido de las cintas y caer sobre la cabeza causando un accidente grave a quien recibe el golpe.

Utiliza siempre botas de seguridad, te protegern no slo de Pinchazos en las plantas de los pies o de cada de objetos, Sino tambin de golpes y torceduras en los tobillos.No utilices equipos de proteccin individual defectuosos .

En el caso de tener que manipular piezas de la instalacin, utiliza los guantes de seguridad contra riesgos mecnicos. Protegern contra posibles cortes, roces y pinchazos en lasManos.

Siempre que te muevas por la planta utiliza protectores auditivos, Que disminuyen el ruido recibido en tus odos. Recuerda Que los protectores no son aisladores del ruido y que debes poder or las conversaciones entre dos personas.Para proteger los ojos frente a las proyecciones de partculas o el polvo, en general, de debe usar siempre gafas cerradas.

En ambientes pulvgenos, aunque sea durante cortos perodos de tiempo, colcate una mascarilla adecuada. Llvala siempre contigo, hoy en da hay muchos modelos que cabenEn el bolsillo.

Cuando trabajes en alturas o silos utiliza el arns y los sistemas Anticadas (cuerdas, mosquetones, etc.).Metodologa de trabajo CAPACITACIN Y ENTRENAMIENTO

La capacitacin es parte importante del Programa de Seguridad e Higiene Minera y es una herramienta importante para concientizar, sensibilizar y elevar la cultura de seguridad de los trabajadores en general.En cumplimiento con esto es para todo trabajador que fue declarado apto en el examen mdico pre-ocupacional, se le est capacitando y entrenando en la labor que ha de desarrollar, instruyndose especialmente en las reglas de Seguridad e Higiene Minera y reconocimiento general de la mina por un periodo de 04 das.

Es de vital importancia para la buena marcha de los trabajos y se desarrollar programas de capacitacin integral permanente en forma diaria, semanal, mensual y anual, dando nfasis a la capacitacin tcnica y la seguridad. Se cumplir, por ejemplo, el siguiente cronograma para el personal de mina.1er. da: Entrega e instruccin sobre la importancia de los implementos de proteccin personal; recomendaciones sobre vas de acceso; informacin de los horarios de entrada y salida y horarios de disparo en la mina; recorrido de las labores mineras en compaa del Ingeniero de Seguridad; estudio de las reglas bsicas de seguridad de la Empresa y Reglamento de Seguridad e Higiene Minera

2do. da: Uso de barretillas y tcnicas sobre desatado de rocas sueltas; formas de comprobar la ventilacin de la mina; nociones elementales sobre enmaderado, perforacin y voladura; informacin sobre vas de escape y sobre Evacuacin Minera; gases de mina; uso y manejo de explosivos.

3er. da: Tiros fallados y eliminacin en labores mineras; transporte subterrneo; voladura secundaria; desatracado de chimeneas campaneadas; trnsito por chimeneas y caminos de tajeos; trabajos en galeras y armado de cuadros; precauciones y cuidados de la mquina perforadora.

4to. da: Evaluacin oral y escrita. Para el dictado de los cursos de capacitacin se cuenta con una sala de capacitacin implementado con mobiliario adecuado, proyector multimedia, televisor de 21, un VHS y una biblioteca de Seguridad.Tipos de minas

A cielo abierto

Que es la minera a cielo abierto?

La Minera a cielo abierto, es el proceso de explotacin minera que no es realizado en galeras subterrneas, sino en la superficie de la tierra. Consta de hacer grandes excavaciones con maquinas y explosivos, con el posterior uso del cianuro (sustancia hipertoxica) para poder retirar minerales como el cobre, oro, plata, etc. Traducindolo al criollo, se realizan grandes explosiones, dejando crteres de 200 a 800 metros de profundidad. La principal mina a cielo abierto es:

CanterasLas canteras son generalmente de tamao pequeo, que explotan materiales que no requieren una concentracin posterior, sino, como mucho, una trituracin o clasificacin por tamaos. Los materiales obtenidos en canteras son los ridos, las rocas industriales y las rocas ornamentales.

Inconvenientes de la minera a cielo abierto

Al realizarse la explotacin en la superficie, se destruyen ecosistemas a lo largo de kilmetros, adems, para separar los minerales valiosos del resto, se utilizan qumicos venenosos que se esparcen por el ambiente, provocando todo tipo de envenenamientos (por metales pesados, arsnico o cianuro) y enfermedades.Tambin existe el peligro de los gases que se liberan durante los procesos de minera y del conocido "drenaje cido" (la acidificacin del agua). En la extraccin de uranio se utiliza un proceso que se denomina lixiviacin con cido sulfrico (que requiere un consumo de 500 litros de agua por segundo) al entrar este en contacto con las vetas de mercurio, se libera gas Radn y otros derivados radiactivos.

En la extraccin de oro se utiliza el proceso de lixiviacin con cianuro, que produce daos ambientales a largo y corto plazo, entre otras razones por los desechos de cianuro que se filtran y pueden acabar contaminando ros subterrneos (en ocasiones incluso han envenenado afluentes cercanos).

Minera subterrnea

La minera tiene por objetivo extraer recursos minerales de la tierra. La minera subterrnea, por su parte, abarca todas las actividades encaminadas a extraer materias primas depositadas debajo de la tierra y transportarlas hasta la superficie.

El acceso a los recursos se efecta por galeras y pozos que estn comunicados con la superficie. En el presente captulo se examina nicamente la extraccin subterrnea de recursos minerales slidos.

La minera subterrnea abarca todas las labores destinadas a explotar materias primas por medios tcnicos. Adems de la extraccin y el transporte, comprende las actividades de prospeccin y exploracin, la dotacin de infraestructura (conexin a la red vial, construccin de depsitos e instalaciones exteriores tales como oficinas administrativas, talleres, etc.), as como las medidas destinadas a garantizar la seguridad de los mineros. Las actividades mineras incluyen: Arranque Carga Extraccin Ventilacin Desage Entibacin

Riesgos en la minera subterrnea

La minera subterrnea se divide en dos grandes sectores, la energtica y la no energtica, teniendo ambas fundamentalmente los mismo riesgos, diferencindose la energtica de la no energtica en la explosin de la gris y polvo de carbn.

Polvo de carbn

La explosin de polvo de carbn es el accidente mas grave q puede ocurrir en la minera de carbn. Esta catstrofe se origina como consecuencia de la ignicin de polvo de carbn, en los frentes de arranque o cortes de preparacin, que hay en suspensin en el ambiente.La energa que haga posible la explosin la explosin puede tener puede terne su origen en una explosin de gris, chispa elctrica, o de los barrenos de la pega.

La prevencin debe comenzar por un estudio de caractersticas del carbn, segn el mtodo de U.B Bureau of Mines, que toma como patrn el polvo del carbn, de Pittsburg un correcto calculo y retacado de las voladuras, una buena ventilacin y limpieza del deposito de carbones en galeras y cintas transportadoras. Para evitar las posibles propagaciones, el mtodo mas empleado es el de barreras de agua o polvo inerte.Las minas, para su explotacin, se dividen en tres sectores: arranque, preparacin y transporte.La maquinaria es la perforacin propiamente dicha y de descombro.En la perforacin se debe tener en cuenta el asentamiento y la rotura de las barreras, por lo que el martillo o yumbo y el corte no deben haber operarios.En el descombro y segn la maquinaria empleada los riesgos sern derivados de su mal empleo, siendo dos comunes a todas: el que el maquinista sobresalga del galibo de la maquina o del estribo y la situacin del ayudante, que debe colocarse detrs de la maquina y fuera de su radio de accin.ArranqueTransporte

Hay distintos mtodos de transporte, tanto de estril como de mineral, en vagones, cintas transportadoras, etc., teniendo todos ellos un accidente tpico que es el atrapamiento. Para su prevencin se deben proyectar y realizar galeras suficientemente amplias, sealizando el sistema de transporte y dando una buena iluminacin. Las cintas transportadoras tienen que estar protegidas en su recorrido y disponer de cable de paro de emergencia.Si el sistema es por vagones es importante dimensionar el tipo de carril y que este fuertemente sujeto a las soleras.El personal solamente puede utilizar los medios de transporte permitidos y respetar las normas de seguridad existentes para ello.Ventilacin

La atmosfera en el interior de las minas debe ser similar a la de la calle, pero por distintos motivos se asocian al aire que entra en la mina otros gases, que lo puede hacer irrespirable: esta circunstancia adversa se combate mediante una correcta ventilacin que los diluye y a su ves nos ayuda a controlar el polvo y regula la temperatura y humedad ambiente.Barreno-voladuraEn la vida del minero esta presente el explosivo, tanto en el interior como en el exterior. Su uso es muy peligroso, para ello hay que manejarlo bajo unas normas de seguridad establecidas ya que el uso indebido ha causado gran cantidad de accidentes graves y mortales. Los explosivos son utilizados en la minera para romper o debilitar materiales generalmente rocas de gran dureza.

Las propiedades ms importantes de los explosivos determinando sus caractersticas requiere una cuidadosa atencin segn se vaya a utilizar; estabilidad qumica permanecen inalterables en unas adecuadas condiciones de almacenamiento; velocidad de explosin reaccin qumica del explosivo, si es muy eleva se le llama detonacin; potencia explosiva es la cantidad de explosivo; poder rompedor depende directamente de la potencia explosiva y la velocidad de detonacin; resistencia al agua propiedad por la cual algunos explosivos se mantienen inalterables al agua, ante la humedad vara segn su composicin; calidad de propagacin posibilidad de transmitir la detonacin de un cartucho a otro que estn en contacto o prximo a ellos; humos productos resultantes de una explosin (gases y polvo).

Tipos de explosivos

Plvoras de minaGelatinosos PulverulentosHidrogeles De seguridadCarga, retacado y disparo de barrenos

En la minera de interior principalmente tenemos galeras, transversales, recortes vamos a describir las acciones y tiles para efectuar una voladura, el explosivo se introduce en un agujero que previamente se ha barrenado en la roca eso es el barreno, para introducir el explosivo en cartuchos se usa una vara llamada atacador, a un de los cartuchos que se introduce se le coloca un detonador llamado cartucho-cebo, se siguen introduciendo ms cartuchos en el agujero y se coloca finalmente una arcilla a esta arcilla se le llama retacado, el retacado consigue un buen rendimiento e impide que los gases salgan por la boca o que se llama bocazo, despus se unen los cables de los detonadores de los cartuchos-cebo y estos cables se unen a una lnea que va hasta el refugio introduciendo dichos cables a un aparato que genera una corriente elctrica denominado explosor, despus se acciona dicho explosor para dispara todos los cartuchos introducidos en los barrenos, al conjunto de todos los barrenos que se hacen en una labor se denomina pega. Todo esta labor lo harn las personas poseedoras de la Cartilla de Artillero, certificado que mediante un examen lo otorgar la Direccin Regional de la Minera y Energa.

Legislacin vigenteDECRETO 249/2007HIGIENE Y SEGURIDAD PARA LA ACTIVIDAD MINERA

DISPOSICIONES GENERALESARTICULO 1 Este Reglamento es aplicable a toda actividad minera descripta en los artculos 2 al 5 del Cdigo de Minera. Se excluyen: las refineras de Petrleo; la fabricacin de objetos de barro, loza y porcelana; la fabricacin de Vidrio y productos de vidrio; la fabricacin de productos de arcilla para la Construccin; la fabricacin de cemento, cal y yeso; la fabricacin de otros Productos minerales no metlicos; las industrias bsicas de hierro y acero y lasIndustrias bsicas de metales no ferrosos cuya actividad principal sea industrial Manufacturera. Las empresas cuyo cdigo de actividad principal est dentro del CIIU 300000 "Industrias Manufactureras" seguirn cumpliendo las normas del Decreto Nmero. 351/79 y sus modificatorios.

ARTICULO 2.- El presente reglamento ser de aplicacin obligatoria en todo elTerritorio de la REPUBLICA ARGENTINA.PRINCIPIOS GENERALESDEBERESDel empleador:

ARTICULO 4.- El empleador deber aplicar los criterios de prevencin para Evitar enfermedades y accidentes del trabajo. A tal fin, en el marco de sus Responsabilidades, desarrollar una accin permanente con el fin de mejorar los Niveles de seguridad y de proteccin existentes. Con la intervencin, Asesoramiento y seguimiento de la aseguradora de riesgos del trabajo a la que Est afiliado, debe:a) identificar, evaluar y minimizar los factores de riesgo existentes en su Establecimiento;b) controlar los riesgos en sus fuentes;c) llevar a cabo un programa de prevencin de accidentes y enfermedades Profesionales;d) disponer de un programa para actuar en caso de emergencias;e) proveer los equipos y elementos de proteccin personal a los trabajadores Que se desarrollen tareas en su establecimiento, acorde a los riesgos a que Estn expuestos;f) instrumentar las acciones necesarias para que la prevencin, la higiene y la Seguridad sean actividades integradas a las tareas que cada trabajador Desarrolle en la empresa;g) informar y capacitar a los trabajadores acerca de los riesgos relacionados con Sus tareas;h) definir las responsabilidades de la lnea de supervisin y del personal Operativo;i) dar prioridad en el programa preventivo, a las medidas de ingeniera por Sobre el uso de elementos de proteccin personal; yj) cumplir con las normas de Higiene y Seguridad en el Trabajo establecidas por la autoridad competente.

ARTICULO 5.- Toda empresa minera que inicie o reinicie trabajos mineros Deber informar a la aseguradora de riesgos del trabajo la ubicacin de la Explotacin, los nombres del propietario y del responsable de Higiene y Seguridad en el Trabajo, QUINCE (15) das antes de iniciar los trabajos, a fin de Que aquella realice el relevamiento correspondiente, antes del inicio de losTrabajos. Adems, deber prever y adoptar en su caso, las medidas que de acuerdo conLos principios de la ciencia y de la tcnica resulten aconsejables para proteger laSalud de los trabajadores, las instalaciones, a terceros y el ambiente de trabajo.ARTICULO 6.- Las empresas mineras debern establecer reglamentos internos De "normas de prevencin" e informarlos a la aseguradora de riesgos del Trabajo, para que sta los apruebe, siempre y cuando cumplan con las Disposiciones de este Reglamento. Asimismo, debern implementar un Programa de elaboracin de "procedimientos seguros de trabajo" de sus operaciones, dando prioridad a las de mayor riesgo. Estos procedimientos debenSer revisados peridicamente y actualizados cuando corresponda.

ARTICULO 7.- Los empleadores debern informar al personal sobre la poltica De la empresa en materia de Higiene y Seguridad, los programas respectivos y Las instrucciones operativas especficas de su tarea, de manera que conozcan y Entiendan los riesgos y las medidas de prevencin requeridas. Debern capacitar al personal para un desempeo seguro de los trabajos, con Las normas de procedimiento correspondientes y llevando un registro de estaActividad, de acuerdo a lo establecido en el captulo 4 del presente Reglamento.Del Trabajador. ARTICULO 8.- Los trabajadores deben cumplir con la totalidad de los deberes y Obligaciones de las Leyes Nmero. 19.587 y 24.557 y sus reglamentos, con las Disposiciones del presente Reglamento, de los reglamentos internos, de los Procedimientos de trabajo y de las instrucciones operativas especficas de cada Tarea.

ARTICULO 9.- Cada trabajador velar por su propia seguridad y salud en elTrabajo y por la de otras personas a las que pueda afectar su actividad. DeConformidad con las instrucciones escritas y orales del empleador, deber:

a) usar adecuadamente las mquinas, aparatos, herramientas, sustanciasPeligrosas, equipos de transporte y cualquier otro medio para el desarrollo de suTrabajo;b) mantener el orden y limpieza de su lugar de trabajo;c) utilizar correctamente los medios y equipos de proteccin facilitados por elEmpleador y mantenerlos en condiciones higinicas de uso;d) utilizar los dispositivos de seguridad existentes o que se instalen en losMedios relacionados con su actividad o en los lugares de trabajo;e) informar en forma inmediata a su superior jerrquico o al servicio dePrevencin, acerca de cualquier situacin que entrae un riesgo para laSeguridad y la salud de los trabajadores;f) cooperar con el empleador con el fin de garantizar condiciones de trabajo sinRiesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores;g) someterse a los exmenes mdicos de salud y cumplir con las prescripcionesE indicaciones que a tal efecto se le formulen; yh) asistir a los cursos de capacitacin que le brinde el empleador por s o porMedio de la aseguradora de riesgos del trabajo.SERVICIOS DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO Y DE MEDICINA DEL TRABAJOARTICULO 11.- Los Servicios de Higiene y Seguridad en el Trabajo internos oExternos debern estar dirigidos por los especialistas comprendidos en elArtculo 11 del Decreto Numero. 1338/96, sustituido por el artculo 24 del DecretoNumero. 491/97. Asimismo los empleadores podrn optar por implementar esteServicio segn lo establecido en el inciso c) del citado artculo 11.En el futuro, los Servicios de Higiene y Seguridad en el Trabajo de la actividadMinera podrn estar dirigidos por ingenieros en minas y gelogos, que cumplanCon los requisitos establecidos en los apartados I y V del inciso a) del artculo 11Del Decreto Nmero. 1338/96, sustituido por el artculo 24 del Decreto Numero. 491/97.

ARTICULO 12.- El Servicio de Higiene y Seguridad en el Trabajo tiene comoMisin fundamental implementar la poltica fijada por el establecimiento en laMateria, tendiente a determinar, promover y mantener adecuadas condicionesAmbientales en los lugares de trabajo, propendiendo a proteger la vida,Preservar la integridad psicofsica de los trabajadores, como as tambinPreservar los bienes materiales. ARTICULO 13.- Para dar cumplimiento a lo establecido en el artculo precedente,Los empleadores adoptarn los recaudos necesarios para que los responsablesDe los Servicios de Higiene y Seguridad en el Trabajo lleven a cabo, comoMnimo, las funciones y tareas que se indican seguidamente:a) planificar y organizar las actividades de higiene y seguridad en el trabajo;b) establecer las normas de procedimiento para el transporte de carga en elInterior de la mina y del transporte por ferrocarril;c) intervenir en la redaccin de los manuales de procedimientos operativos deTrabajo y en sus modificaciones o actualizaciones;d) redactar y poner en conocimiento de todos los trabajadores, normas deProcedimiento acerca del manejo manual de materiales y elementos de trabajo;e) adoptar las medidas necesarias para controlar la potabilidad del agua de usoHumano, a travs de la evaluacin de los resultados de los anlisisBacteriolgicos y fsico-qumicos exigibles por la legislacin vigente. Asimismo,Debern controlar la higiene y calidad de los recipientes para transporte delAgua de uso humano;f) verificar las condiciones de habitabilidad de las viviendas, relevar lasCondiciones de higiene de los servicios sanitarios, comedor, proveedura yControlar la eficacia de los desages cloacales;g) efectuar el relevamiento y las determinaciones de contaminantes ambientalesQue fuesen necesarias;h) redactar y poner en conocimiento de todos los trabajadores, las normas deProcedimiento para el uso, manipulacin y almacenamiento de sustanciasPeligrosas;i) asesorar en la seleccin, uso y asignacin de los elementos de proteccinPersonal, de acuerdo a los riesgos existentes, estableciendo al mismo tiempoRequisitos de calidad de dichos elementos;j) efectuar un relevamiento de los dispositivos de seguridad de mquinas yHerramientas, llevar un registro escrito del mantenimiento efectuado a losVehculos de transporte, examinar peridicamente los elementos de los equiposDe izar y controlar las condiciones operativas de todos los aparatos sometidos haPresin interna;k) controlar que la adquisicin, el manipuleo y el uso de explosivos, se realiceRespetando la legislacin vigente;l) arbitrar los medios necesarios para que se realice el control efectivo delEstado de las fortificaciones y escombreras;m) seleccionar los elementos, medios y equipos contra incendio necesarios yAdecuados, para cada tipo de riesgo y para hacer frente a las situaciones deEmergencia que puedan presentarse;n) mantener un registro de siniestralidad actualizado;o) realizar las investigaciones de los accidentes y enfermedades profesionalesOcurridos;p) planificar, organizar y llevar a cabo la capacitacin continua en prevencin deRiesgos, de acuerdo a la naturaleza de los mismos y teniendo en cuenta el tipoDe explotacin y cada puesto y etapa de trabajo; yq) suministrar toda aquella informacin que le sea requerida por laSUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO u otra autoridad competente o la aseguradora de riesgos del trabajo, a fin de poder efectuar las investigaciones de accidentes y enfermedades profesionales. Asimismo deber adoptar los medios necesarios para facilitar las inspecciones o auditoras de los entes mencionados precedentemente.CAPACITACION

ARTCULO 32.- La empresa deber confeccionar un Programa de CapacitacinQue, como mnimo, deber contemplar:a) identificacin de los riesgos y su impacto en la salud, acorde a la tareaRealizada y a las caractersticas geolgicas de la explotacin;b) nociones de primeros auxilios, cuando el riesgo a que el trabajador estExpuesto as lo amerite;c) conocimiento de dicho programa por todos los niveles jerrquicos de laEmpresa, adecundolo a cada uno de ellos;d) un registro de la actividad;

e) cambios de puestos de trabajo;f) niveles educacionales alcanzados;g) la emisin de certificados, acreditando la asistencia de los trabajadores a losDiferentes cursos; yh) registro en libro foliado de las capacitaciones alcanzadas con indicacin deTemas, contenidos, responsables de la capacitacin, su duracin y fecha y firmaDel personal capacitado.

MEDIDAS GENERALES DE PREVENCION

ARTCULO 33.- En las explotaciones mineras debern existir los mediosNecesarios y seguros para el acceso y salida del personal desde cualquier lugar.Los caminos de circulacin autorizados dentro de la mina, debern permitir unTrnsito seguro del personal.

ARTICULO 34.- Todos los accesos y vas de escape de minas, talleres, oficinas yOtros edificios se mantendrn permanentemente libres de equipos, materiales yDesperdicios que puedan impedir o dificultar el trnsito.ARTICULO 35.- La empresa minera deber contar con planos de la mina yRegistros del avance de los trabajos. Los planos y registros se guardarn en laOficina del responsable de la explotacin, donde quedarn a disposicin de losServicios de emergencia, de la aseguradora de riesgos del trabajo y en caso deRequerimiento, de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO.ARTICULO 37.- La empresa minera reunir datos geolgicos sobre lasExplotaciones y depsitos naturales de agua que puedan existir dentro de laPropiedad, para tomar precauciones a fin de proteger a las personas contraInundaciones de agua o barro y otros desastres naturales.

ARTICULO 38.- Para explotar una mina subterrnea en zonas muy prximas aLabores de otra empresa minera, previamente se deber realizar elCorrespondiente trmite ante las autoridades competentes.

ARTICULO 39.- Se debern adoptar previsiones contra posibles inundaciones enTodo pique o labor que comunique con galeras subterrneas y se encuentreUbicado en depresiones del terreno.EXPLOSIVOS

ARTCULO 86.- La adquisicin, manipulacin y uso de explosivos quedarnSujetos a lo dispuesto por la Ley Nacional de Armas y Explosivos Numero. 20.429 ySus normas modificatorias y reglamentarias.

ARTICULO 87.- Cuando se empleen camiones u otros vehculos para elTransporte de explosivos en el interior del establecimiento, la distancia mnimaEntre DOS (2) de ellos deber ser de CIEN METROS (100m) y su velocidadMxima de SESENTA KILOMETROS POR HORA (60 km. /h) en pavimento, deCUARENTA KILOMETROS POR HORA (40 km. /h) en camino de tierra y deVEINTE KILOMETROS POR HORA (20 km. /h) en tneles de minas subterrneas.Se deben colocar carteles en el transporte indicando "Peligro Explosivos".

ARTICULO 88.- Despus de cada voladura, el responsable tcnico deberExaminar el rea para detectar la presencia de explosivos no detonados y seguirLas instrucciones establecidas en el Programa de Seguridad. Dicho Programa deSeguridad deber ser confeccionado por el responsable de Higiene y SeguridadEn el Trabajo y suscripto por el representante tcnico acorde a lasCaractersticas geolgicas de la explotacin, al tipo de explosivos empleados y aLo establecido en la Ley Numero. 20.429 y normas consecuentes. Asimismo y deConformidad con lo dispuesto en el artculo 18 del Decreto Numero. 170/96,Reglamentario de la Ley Numero. 24.557, la aseguradora de riesgos del trabajo debeBrindar asesoramiento para la confeccin del mencionado plan.ARTICULO 89.- El manejo y uso de explosivos estar a cargo exclusivamente dePersonal entrenado especficamente y autorizado por la empresa, previaSeleccin de acuerdo a criterios psicofsicos que aseguren su confiabilidad eIdoneidad.

ARTICULO 90.- En la operacin de carga con explosivos en minas a cieloAbierto, deben determinarse previamente las distancias y reas dentro de lasCuales no se podrn efectuar trabajos diferentes a dicha operacin. En elDesarrollo de galeras subterrneas o chimeneas no se podrn cargar explosivosMientras se realice cualquier otra actividad en el frente.

ARTICULO 92.- Est estrictamente prohibido volver a examinar una detonacinFallida, sin haber dejado pasar al menos TREINTA (30) minutos. El acercamientoAl rea de voladura ser autorizado por el responsable tcnico.

ARTCULO 93.- Las empresas debern establecer normas internas de seguridadPara el transporte de explosivos dentro del establecimiento minero.

ARTICULO 94.- Se debe llevar a los frentes de trabajo solamente la cantidad deExplosivos, detonantes y accesorios necesarios para cada voladura en elMomento de cargar los barrenos, salvo que se otorgue una autorizacin escritaEspecial del empleador. TRANSPORTE DE PERSONAL Y MOVIMIENTO DE MATERIALES

ARTICULO 111.-: Los vehculos utilizados para el transporte de personal dentroDe las explotaciones cumplirn con lo siguiente:a) sern cubiertos;b) dispondrn de asientos fijos;c) sern acondicionados e higienizados adecuadamente;d) no transportarn simultneamente, en un mismo habitculo, trabajadores yMateriales o equipos, salvo que existan separaciones adecuadas para uno u otroFin; ye) dispondrn de escaleras para ascenso y descenso de los trabajadores.No se deber transportar trabajadores de pie.

ARTICULO 112.- Las personas que trabajen o transiten en reas donde circulanEquipos automotores debern hacerlo provistos de chalecos o cintas reflectorasEn su ropa y en el casco, ubicadas en el frente, la parte trasera y en losCostados.ARTCULO 113.- Cuando se transporte personal fuera de la mina se cumplirCon las normas de la Ley Nacional de Trnsito Numero. 24.449 y sus normasModificatorias y reglamentarias. El trnsito dentro de la empresa se regir porLas normas de procedimiento que adopte la misma, teniendo que cumplir comoMnimo con las exigencias anteriores.

ARTICULO 114.- Todo vehculo o mquina que circule en el interior de la minaDeber tener luces reglamentarias, bocina, alarmas, frenos de emergencia,Buena visibilidad y dems condiciones de seguridad para su operacin. DeberSer operado slo por personal instruido y autorizado por la empresa, cumpliendoToda la reglamentacin nacional, provincial y/o municipal.

ARTCULO 115.- Los lugares de operacin de equipos de transporte estarnIluminados y sealizados adecuadamente.

ARTCULO 116.- Los operadores o conductores de vehculos y mquinasVerificarn el estado de los mismos antes de iniciar el trabajo e informarn a suSupervisin las fallas detectadas para su reparacin.

ARTCULO 117.- Las vas de trnsito del equipo de transporte debenPermanecer libres y en buen estado.ARTICULO 118.- El personal encargado del movimiento del material pesadoDeber recibir un entrenamiento completo en cuanto a conocimientos y uso deCables y equipos de izado.Los equipos para izar as como sus cables, guas y soportes, sernInspeccionados peridicamente, verificando que cumplan con los factores deSeguridad de acuerdo a las cargas para las que se los utilice.

ARTICULO 119.- Los ascensores para el transporte de personal o de materialesContarn con dispositivos adecuados y un programa de mantenimientoPreventivo, debidamente registrado.

MINERIA SUBTERRANEA CONSIDERACIONES GENERALES

ARTICULO 143.- Sern aplicables a la minera subterrnea todas las Disposiciones de los Ttulos I, II y III de este Reglamento y las especficas que Se indican a continuacin.

ARTCULO 144.- En toda mina en explotacin debern existir al menos dos vasPrincipales de comunicacin con la superficie, de manera que la interrupcin deUna de ellas no afecte el trnsito expedito por la otra.El personal ser informado acerca de las vas de escape y su utilizacin. Se Harn peridicamente simulacros de evacuacin.La empresa deber evaluar la conveniencia de establecer un local o varios, Especialmente preparados para servir de refugio temporario de personas en Casos de emergencia, dotados de elementos de comunicacin y supervivencia.

ARTICULO 145.- En las nuevas construcciones de minera subterrnea, los Pozos principales, planos inclinados o accesos principales desde el exterior, Salas de desage y subestaciones elctricas debern estar construidos con Materiales altamente resistentes al fuego.

ARTICULO 146.- En las minas nuevas en explotacin, las vas principales de Comunicacin con la superficie se construirn separadas por macizos o pilares, Diseados en base a las caractersticas geomecnicas que presente el Yacimiento, no pudiendo comunicar a un mismo recinto en el exterior.

ARTICULO 147.- No se permitir en los socavones o niveles de acceso y Transporte, partir con chimeneas desde el centro del techo. Dichas labores Debern siempre, partir de las cajas laterales y slo alcanzar la vertical del Respectivo nivel o socavn, despus del puente de seguridad obligado de cada Labor.La empresa debe realizar inspecciones peridicas con personal idneo, para Determinar el estado y estabilidad de techos, paredes y sus estructuras de Sostn, las cuales se registrarn.

ARTICULO 148.- Las reas de trabajo de una mina, cuya operacin haya sido Discontinuada por algn tiempo, debern ser exhaustivamente examinadas por El empleador antes de reanudar los trabajos, con intervencin del Servicio de Higiene y Seguridad en el Trabajo.Deber registrarse el resultado de la inspeccin, con el nombre del responsableY las recomendaciones de las tareas a ejecutar, antes de la reiniciacin de la Operacin.ARTCULO 151.- Los mineros que usen lmparas de seguridad no debern Abrirlas.

ARTCULO 152.- Todas las lmparas de seguridad con desperfectos debern serReemplazadas de inmediato.TRANSPORTE DE CARGA EN EL INTERIOR DE LA MINA

ARTCULO 158.- El empleador junto con la aseguradora de riesgos del trabajo,Establecer las normas de procedimiento aplicables en toda galera de la minaQue se utilicen para el transporte de carga. Dicho reglamento de transporteDeber especificar:a) alto y ancho normales de las galeras por las que transiten vehculos;b) espacios libres mnimos entre las cargas y el techo y los hastales de lasGaleras;c) cargas mximas a transportar;d) velocidad mxima de circulacin de los vehculos;e) normas que debern cumplirse respecto de las vas y el material rodante; yf) procedimientos especiales para determinados puntos de la red de transporte.FERROCARRILES Y EQUIPOS DE TRANSPORTE

ARTCULO 163.- Las locomotoras y vagones de servicio que se incorporen Estarn equipados con un dispositivo de alarma de avance y/o retroceso y con Elementos de iluminacin adecuados.ARTICULO 164.- El empleador dictar un reglamento interno de transporte por Ferrocarril que estar disponible cuando sea requerido por la aseguradora de Riesgos del trabajo y mantendr un registro de mantenimiento.ARTCULO 165.- En ausencia de luz natural se proveer de chalecos reflectoresAl personal que deba realizar operaciones en la va.MINERIA A CIELO ABIERTO

ARTCULO 183.- Toda mina a cielo abierto estar debidamente sealizada, Cercada o vigilada, para evitar que personas ajenas accedan inadvertidamente a Las zonas de trabajo y se deber cumplir con todas las disposiciones de los Ttulos I, II y III de este Reglamento y las que se indican a continuacin.

ARTICULO 184.- Las minas a cielo abierto se explotarn en bancos, los que Tendrn una altura y ancho mximo de acuerdo a las caractersticas de la roca y Al talud tcnicamente adecuado.

ARTICULO 185.- En los establecimientos cuya explotacin se haga por medios Hidrulicos, se tomarn precauciones para evitar deslizamientos o derrumbes Por el socavamiento de las bases.

ARTCULO 186.- No se permitirn trabajos simultneos en bancos prximos, Cuando representen condiciones inseguras para el personal.

ARTICULO 187.- Los frentes de explotacin y las paredes que circundan los Lugares de trabajo debern ser regularmente revisados y se adoptar las Medidas necesarias para mantener en condiciones seguras el sector de trabajo.

ARTICULO 188.- En las minas a cielo abierto en que la explotacin se hagaMediante tiro de arranque profundo y en aquellas en que se utilice equipoMecanizado para la carga, el empleador debe establecer normas yProcedimientos internos sobre:a) dimensionamiento de los bancos (altura y ancho);b) disposicin y profundidad de los barrenos, naturaleza y cantidad de lasCargas explosivas y, en general, condiciones de transporte y utilizacin de losExplosivos y procedimiento de resguardo antes de detonar;c) disposicin de las maquinarias de arranque, de carga y de transporte enRelacin al frente y las condiciones de su desplazamiento; yd) condiciones de circulacin del personal.

ARTICULO 189.- Los depsitos de materiales y las escombreras de residuos o deMinerales debern disearse para asegurar su estabilidad. Sern objeto deInspecciones que aseguren el cumplimiento de lo anteriormente dispuesto.

ARTICULO 190.- Quienes transiten o permanezcan en lugares de movimiento deVehculos usarn chaleco reflector o iluminacin personal en ausencia de luzNatural.