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1 INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO FORMACIÓN CIUDADANA EN LA CONSTRUCCIÓN DE UNA NUEVA SOCIEDAD MANUAL DE CONVIVENCIA ELSA CRISTINA CASTRO, OMAIRA MENESES, YAMILE BELEÑO, LUCIA ATENCIA. 03/04/2008

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INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO

FORMACIÓN

CIUDADANA

EN LA CONSTRUCCIÓN

DE

UNA NUEVA

SOCIEDAD

MANUAL DE CONVIVENCIA

ELSA CRISTINA CASTRO, OMAIRA MENESES, YAMILE BELEÑO, LUCIA ATENCIA. 03/04/2008

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PRESENTACIÓN La IENSS, ha manifestado su interés en la formación ciudadana y la convivencia armónica de las nuevas generaciones representadas en su comunidad educativa, motivo por el cual diseñó en el año 2.003 el Proyecto de Convivencia “Abriendo Caminos en la construcción de una Nueva Sociedad” dada la importancia que cobra el tema hoy día tanto para la sociedad colombiana como para cualquier sociedad del mundo. El propósito fundamental de la cartilla FORMACION CIUDADANA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UNA NUEVA SOCIEDAD, en primer lugar es de formación académica y ciudadana. En segundo lugar, promueve el diálogo e incorpora a sus prácticas cotidianas pautas para la búsqueda creativa de alternativas de solución a los conflictos para transformarlos en oportunidades de aprendizaje y evolución. En tercer lugar sirve de material de consulta y reflexión frente a la problemática que afecta la sana convivencia en la comunidad normalista, y el entorno. La cartilla, invita a los miembros de la comunidad educativa normalista, a que como ciudadanos participen en la construcción de una nueva sociedad, que resuelva pacíficamente sus diferencias, a través de la mediación, la negociación, el diálogo y el cumpliendo de las obligaciones acordadas en el Manual de Convivencia y pactos de aula para recuperar el respeto, la tolerancia y la solidaridad.

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Manual de Convivencia

• Decreto 2787 de 1.987 • Constitución Política de 1.991 • Decreto 272 de 1.998 • Ley 115 de 1.994 • Decreto 1860 de 1.995 • Decreto 3012 de 1.997 • Decreto 1108 de 1.994. • Proyecto Educativo Institucional (PEI) • Ley 1098 de 2.006-Código de la infancia y la adolescencia. Para la Institución es motivo de satisfacción presentar a través del Proyecto de Convivencia "ABRIENDO CAMINO HACIA LA CONSTRUCCIÓN DE UNA NUEVA SOCIEDAD", el Manual de Convivencia, producto del trabajo cooperativo de los diferentes estamentos que conforman la comunidad educativa, atendiendo al Enfoque Crítico Mediado por la Comunicación el cual es el norte que guía todas las acciones encaminadas a la formación de maestros de alta calidad que han de desempeñarse en los niveles del Preescolar y Básica Primaria de las Instituciones Educativas del municipio de Sincelejo y del Departamento de Sucre y Colombia. En este manual se encuentran aspectos relevantes de la Organización de los diferentes Estamentos que conforman la comunidad educativa, con el apoyo a las directrices emanadas por el Ministerio de Educación Nacional a través de sus leyes, reglamentos, resoluciones y normas vigentes pero con un estilo propio, el cual ha surgido producto de las necesidades y expectativas del contexto y que gracias a la autonomía institucional nos permiten asumir los deberes, derechos, estímulos, acciones pedagógicas y responsabilidades en aspectos claves, tales como: PACTOS DE AULA, MEDIACIÓN Y CONSENSO aspectos que buscan favorecer y mantener la convivencia armónica. Esperamos que este Manual, brinde un referente importante no solo para los miembros de la Institución, sino de todas aquellas personas que buscan mantener ambientes agradables de confraternidad y hermandad y más en nuestro caso que estamos formando a los futuros docentes de la región y el país.

CAPITULO I ARTICULO 1º. OBJETO DEL ACUERDO. Modificar y actualizar el Manual de convivencia de la Institución Educativa Normal Superior Sincelejo de Sincelejo incorporarlo como eje articulador del PEI en concordancia con el código de la infancia y la adolescencia. Ley 1098 de 2.006.

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ARTICULO 2º DEFINICIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA Y LOS TÉRMINOS DE INTERÉS EN EL PROYECTO DE CONVIVENCIA. Los establecimientos educativos tendrán un reglamento o Manual de Convivencia en el cual se definen los derechos y obligaciones de los estudiantes. Los padres o tutores y los educandos al firmar la matricula correspondiente en representación de sus hijos estarán aceptando el mismo. (Decreto 1860. de 1.994). El Manual de convivencia la Institución Educativa Normal Superior Sincelejo se ha cualificado con el Proyecto de Convivencia denominado: "Abriendo Caminos en la construcción de una nueva sociedad". Este pretende promover el diálogo, como opción que contribuya al desarrollo de procesos de participación, análisis, concertación y a la búsqueda de alternativas de solución a la problemática que afectan la sana convivencia. La parte significativa de este proyecto es la incorporación de elementos dinamizadores tales como: LA MEDIACIÓN: entendida como la tercera parte neutral que facilita el proceso de resolución de conflictos y ayuda a los litigantes a negociar un acuerdo, lo cual da funcionalidad a los pactos de aula. LOS PACTOS DE AULA son: acuerdos conscientes resultantes de un proceso de comunicación desde las diferentes miradas de los actores del proceso educativo que se hace para convenir o aceptar ciertas condiciones fundamentales para llevar a cabo un trabajo o un modo de vida. Articulo 3. DEL HORIZONTE INSTITUCIONAL. FILOSOFÍA: La Institución Educativa Normal Superior de Sincelejo desde la reflexividad filosófica y la toma de conciencia crítica, promueve la formación de personas autónomas, reflexivas y productivas, con habilidades comunicativas para interactuar armónicamente en los ambientes que contacten y capaces de tomar decisiones tendientes a su crecimiento personal en procura de acciones transformadoras de la realidad. VISIÓN: La Institución Educativa Normal Superior de Sincelejo, es vista como formadora de maestros de alta calidad ética, pedagógica y científica, productora de resultados de investigación pedagógica y convertida en centro de consultaría en asuntos educativos para instituciones de Preescolar y Básica Primaria. MISIÓN: La Institución Educativa Normal Superior de Sincelejo es una Institución Educativa Oficial, dedicada a la iniciación del proceso de formación de maestros de reconocida idoneidad ética, pedagógica e investigativa, calificados para asumir la orientación en el proceso de formación que se desarrolla en establecimientos educativos de nivel de Preescolar y el ciclo de Básica Primaria, de manera coherente, consistente y pertinente.

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La Institución, en su quehacer pedagógico, está dedicada al desarrollo de operaciones intelectuales superiores que permiten fomentar actitudes de crecimiento personal, de interacción participativa y de conciencia reflexiva que se evidencia en nuestra proyección comunitaria, como reflejo de una Comunidad Pedagógica y científica. PRINCIPIOS: La Institución Educativa Normal Superior de Sincelejo está funcionando de acuerdo con una organización académica y administrativa. La primera, en atención a su esencia y la segunda, para garantizar el desarrollo armónico de su naturaleza. Ha definido para ello los principios descritos a continuación: • Respeto por la dignidad de las personas. • Respeto y reconocimiento por las diferencias individuales. • Complementariedad para el logro de objetivos. • Búsqueda del bienestar personal y familiar entre los miembros de la comunidad educativa. • Orientar procesos educativos encaminados a desarrollar habilidades de pensamiento superior: meta cognición, autorregulación, reflexión, criticidad, debate argumentado, desarrollo humano e inteligencia emocional. • Fomento de la comunicación como eje articulador en el proceso de formación, para que potencialice la capacidad de participación y toma de decisiones. • Abordar el proceso pedagógico desde una perspectiva problémica para desarrollar la observación, la comparación, el análisis la síntesis, la reflexión crítica, con propósitos de construir el saber pedagógico. • Orientar los procesos pedagógicos y didácticos dirigidos a fortalecer la práctica del quehacer pedagógico básico en la formación inicial del maestro. • Concibe la planeación y la evaluación como actividades permanentes, que guían la gestión académica y administrativa. ARTICULO 4.OBJETIVOS Los objetivos primordiales de la IENSS. Son: OBJETIVOS INSTITUCIONALES: • El desarrollo integral de los educandos y la formación de un maestros de alta calidad para desempeñarse en Preescolar y Básica Primaria, atendiendo al perfil de hombre y maestro definido en el PEI. Para ello se precisan dos categorías en los objetivos institucionales: Los Objetivos Educativos y los Estratégicos Globales. EDUCATIVOS:

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• Formar una persona libre y critica en el acceso al conocimiento, mediante el estudio de contenidos y el desarrollo de proyectos pedagógicos para desempeñarse con autonomía y continuar su proceso de formación como educador en el nivel de Preescolar y Básica Primaria. • Reafirmar compromisos positivos, desarrollando en el educando actitudes responsables para con su familia y demás personas con quienes se relaciona, para participar eficientemente en el desarrollo de la Institución en donde le corresponda desempeñarse. • Articular el Ciclo Complementario con programas de Educación Superior para garantizar la continuidad y cualificación en formación docente. • Desarrollar en los estudiantes un sistema de capacidades intelectuales que le permitan: • La familiarización, resignificación, producción y creación de conocimientos para enseñar mediante el estudio de la pedagogía y especialmente la didáctica. • La apropiación de los saberes extraescolares, incorporándolos a los programas escolares del nivel Preescolar y Básica Primaria. • La integración teórica y práctica de las áreas de conocimiento y formación en el Nivel de Preescolar y en el Ciclo de Básica Primaria. • Manejar adecuadamente la libertad de procesos de pensamiento, así como la igualdad de oportunidades, para participar en el desarrollo de un servicio educativo de alta calidad ética, pedagógica, científica e investigativa mediante el ejercicio de la Práctica Pedagógica. • Convertir en hábito de conducta diaria, los valores humanos relativos a la convivencia, autonomía, autoestima, respeto, honestidad, sentido de responsabilidad y de pertenencia, equidad, solidaridad y justicia, mediante el desarrollo de proyectos pedagógicos y la observación de una disciplina general en la institución para un desempeño idóneo en su profesión. • Desarrollar la capacidad para la operación artística, la comprensión estética, la creatividad, la familiarización con los diferentes medios de expresión artística y el conocimiento, valoración y respeto por los bienes artísticos y culturales mediante el desarrollo de proyectos pedagógicos y actividades propias de su campo. • Desarrollar la capacidad para elaborar conceptos básicos, mediante la aplicación del método científico, de acuerdo con la organización del universo, teniendo en cuenta los requerimientos en el nivel de Preescolar y en el Ciclo de Básica Primaria. • Velar por la importancia de la salud y la higiene, la prevención integral de problemas socialmente relevantes, la educación física, la recreación el deporte y la utilización adecuada del tiempo libre, a través del desarrollo de contenidos y la práctica de comportamientos relacionados con la salud, los buenos modales y la actividad física, para contribuir en la generación de salud y paz en su entorno. Estos Objetivos se conciben en forma de procesos, porque su logro es responsabilidad de todos, desde el Preescolar hasta el Ciclo Complementario de formación docente, en el marco de las diferentes actividades y actitudes asumidas por la Institución.

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CAPITULO II ADMISIÓN Y MATRICULA Articulo 5. ADMISIÓN: La admisión es el acto por el cual la IENSS, selecciona a aquellos estudiantes que de acuerdo con los requisitos y prioridades establecidas por la Institución puedan matricularse en los grados que esta ofrece, para ser admitido debe cumplir con los requisitos y procedimientos que a continuación se señalan en las directrices emanadas por el Ministerio de Educación Nacional, Resolución 1515 de Julio 3 de 2.003 y las resoluciones expedidas por la Secretaria de Educación Municipal. Articulo 4. DIRECTRICES CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO A NIÑOS, NIÑAS Y JOVENES DESVINCULADOS DEL CONFLICTO ARMADO Y MENORES DE EDAD HIJOS DE PERSONAS DESMOVILIZADAS. ARTICULO III. Resolución 2620 del 2.004 de septiembre 01. Articulo 3. Artículo 6. MATRICULAS. La matrícula es el acto jurídico (contrato) que formaliza la vinculación del aspirante admitido como estudiante regular de la Institución. Los estudiantes aspirantes a esta Institución deben presentar certificación de buen comportamiento. Los aspirantes a los grados 10º y 11º preferencialmente deben ser de otras Normales. Aspirante que haya perdido dos o más años no podrá ser matriculado. Estudiante de la IENS que pierda dos o más años consecutivos pierde el derecho a ser matriculado. El aspirante a 6º grado debe tener menos de 14 años. La matricula se realiza previo cumplimiento de todos los requisitos exigidos, así: Nivel Preescolar: El Ministerio de Educación mediante Decreto 2247 de Septiembre 11 de 1.997 estableció normas relativas a la prestación del servicio educativo del nivel preescolar, y es la única norma que ha sido expedida a nivel nacional durante esta década, la cual se transcribe a continuación:

La prestación de servicio público educativo del nivel preescolar se ofrecerá a los educandos de 5 (cinco) años cumplidos en el nivel de Transición.

Para el ingreso de los grados de Educación Preescolar se exigen los siguientes documentos:

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• Diligenciamiento del formulario de inscripción. • Registro Civil (original), certificado de vacunas. • Fotocopia del grupo sanguíneo. • Certificado de vinculación a un sistema de seguridad social o SISBEN, de conformidad con lo establecido con la ley 100 de 1993. • Fólder colgante, tamaño oficio. • Fotocopia de la Cédula de los padres. • Certificado de vecindad. • Fotocopia de la carta de desplazado, desmovilizado, desvinculado de grupos armados, expedido por la red de solidaridad, si es el caso. • Fotocopia del Jefe de Cabildo si pertenece a un Resguardo Indígena. • Certificado expedido por la I.E.N.S.S. donde certifique que tiene hermanos estudiando en esta Institución Educativa, si es el caso. • Certificado del hogar de bienestar de donde procede o de una institución educativa si estudió. • Orden de matrícula, expedida por el rector. • Consignación de los derechos académicos.

NIVEL BÁSICA PRIMARIA: • Diligenciamiento del formulario de inscripción. • Registro Civil (original). • Fotocopia del grupo sanguíneo. • Certificado de vinculación a un sistema de seguridad social o SISBEN, de conformidad con lo establecido con la ley 100 de 1.993. • Fólder colgante, tamaño oficio. • Fotocopia de la Cédula de los padres. • Certificado de vecindad. • Fotocopia de la carta de desplazado, desmovilizado, desvinculado de grupos armados, expedido por la red de solidaridad, si es el caso. • Fotocopia del Jefe de Cabildo si pertenece a un Resguardo Indígena. • Certificado expedido por la I.E.N.S.S. donde certifique que tiene hermanos estudiando en esta Institución Educativa, si es el caso. • Boletín del grado anterior y/o certificados de estudios cursados en otras instituciones. • Orden de matrícula, expedida por el rector. • Consignación de los derechos académicos. NIVEL BÁSICA, SECUNDARIA Y MEDIA. Además de los requisitos de Básica Primaria, se solicita los siguientes: • Diligenciamiento del formulario de inscripción. • Registro Civil (original).

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• Fotocopia del grupo sanguíneo. • Certificado de vinculación a un sistema de seguridad social o SISBEN, de conformidad con lo establecido con la ley 100 de 1.993. • Fólder colgante, tamaño oficio. • Fotocopia de la Cédula de los padres. • Certificado de vecindad. • Fotocopia de la carta de desplazado, desmovilizado, desvinculado de grupos armados, expedido por la red de solidaridad, si es el caso. • Fotocopia del Jefe de Cabildo si pertenece a un Resguardo Indígena. • Certificado expedido por la I.E.N.S.S. donde certifique que tiene hermanos estudiando en esta Institución Educativa, si es el caso. • Boletín del grado anterior y/o certificados de estudios cursados en otras instituciones. • Certificado de buen comportamiento. • Orden de matricula, expedida por el rector. • Consignación de los derechos académicos. La matricula extraordinaria o de transferencia será autorizada de conformidad con las normas vigentes. La matrícula podrá renovarse en los siguientes eventos: • Cuando el alumno haya sido promovido al grado siguiente. • Cuando a juicio de la comisión de evaluación y promoción el estudiante sea promovido a un grado superior dentro del mismo período académico. • Cuando repruebe el año cursado de acuerdo con lo establecido en el artículo 53 del Decreto 1860 de 1.994 y el Decreto 230 de 2.002, manifieste su voluntad de repetirlo y no tenga antecedentes disciplinarios reiterativos. • Presentarse dentro de los plazos fijados por la institución la orden de matrícula. • Presentarse a la hora y fecha indicada por la Institución, acompañado por sus padres o representante legal con su documentación en regla. Todos los estudiantes en el momento de la matricula deben firmar: • El documento S. I. E. (sistema de información escolar) • Si un estudiante no se matricula o hace renovación de la misma en el periodo establecido por la Institución sin informar previamente por escrito a la I.E.N.S.S., la Institución podrá disponer del cupo sin lugar a reclamaciones por parte del estudiante afectado. • Es estudiante Normalista quien se matricula en cualquiera de los niveles y ciclos ofrecidos por la IENSS, se considera estudiantes activo. Si el padre de familia o acudientes retira oficialmente la documentación del estudiante queda en condiciones de retirado.

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El estudiante que deja de asistir a las actividades pedagógicas, a partir de cualquier fecha pero no retira oficialmente su documentación, adquiere la condición de estudiante en receso. El estudiante en receso o retirado para ser nuevamente admitido dependerá del seguimiento registrado en el observador del alumno. CICLO COMPLEMENTARIO ADMISIÓN: Para ser admitido en el Ciclo Complementario de Formación Docente el solicitante deberá: Acreditar estudios completos de bachillerato y su título de bachiller con profundización en pedagogía. • Solicitar la inscripción conforme a los instructivos que se establezcan. • Cumplir con los requisitos de admisión fijados. • Además, se tiene en cuenta el Decreto 0642 de abril 2001. • Para diligenciar la matricula, los estudiantes deberán presentar los siguientes documentos: • Fotocopia del Diploma. • Fotocopia del acta de grado. • Fotocopia del documento de identificación. • Fotocopia del resultado pruebas ICFES. • Fotocopia de la consignación. • Un fólder colgante. • Certificado médico. Los estudiantes de otra institución, además de los documentos anteriores, deben traer los certificados de estudio de 6º a 11º grado. (Ver reglamento Ciclo Complementario de Formación Docente páginas 3, 4 y 5).

CAPITULO III

GOBIERNO ESCOLAR ARTÍCULO 7 El Gobierno Escolar está conformado por los siguientes organismos: • Rector. • Consejo Directivo • Consejo Académico

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Además de las anteriores instancias, la Institución Educativa Normal Superior de Sincelejo, cuenta con los siguientes entes: • Consejo de Estudiante • Personero de los estudiantes • Asociación de egresados •Asociación de Padres de Familia •Cuerpo de Directivos Docentes •Jefes de Núcleos Disciplinares. ARTÍCULO 8 Consejo Directivo. Es la instancia Directiva, de participación de la Comunidad Educativa y de orientación académica y administrativa de la institución. Está integrado por: El Rector quien lo convocará y presidirá, dos representantes de los docentes de la institución, dos representantes de los Padres de Familia, un representante de los estudiantes que debe estar cursando el último grado de educación que ofrezca la institución, un representante de los ex alumnos de la institución y un representante de los sectores productivos del área de influencia del sector productivo. Para la elección de los integrantes de este consejo se procederá como lo establece el Artículo 21 del Decreto 1860 de 1994. ARTICULO 9. FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO. Las funciones del Consejo Directivo de los establecimientos educativos serán las siguientes: Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los alumnos del establecimiento educativo y después de haber agotado los procedimientos previstos en el reglamento o manual de convivencia: Adoptar el manual de convivencia y el reglamento de la institución: Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos alumnos: Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado: Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado por el rector: Participar en la planeación y evaluación del proyecto educativo institucional, del currículo y del plan de estudios y someterlos a la consideración de la secretaría de educación respectiva o del organismo que haga sus veces, para que verifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los reglamentos: Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa:

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Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del alumno que han de incorporarse al reglamento o manual de convivencia. En ningún caso pueden ser contrarios a la dignidad del estudiante: Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la institución: Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas:

Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa: Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles: Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y de estudiantes: Reglamentar los procesos electorales previstos en el presente Decreto: Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los provenientes de pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres y responsables de la educación de los alumnos, tales como derechos académicos, uso de libros de texto y similares, y Darse su propio reglamento. ARTICULO 10: Consejo Académico. Es la instancia superior para participar en la orientación Pedagógica de la Institución. Está integrado por el Rector, quien lo convoca y lo preside, los Directivos Docentes y un docente por cada área definida en el Plan de Estudio. (Artículo 145 de la Ley 115 de 1994, Artículo 24 del Decreto 1860 de 1994). La IENSS por su estructura organizacional acordó internamente conformar cuatro Núcleos disciplinares: HOMBRE MUJER Y SOCIEDAD CIENCIA Y TECNOLOGÍA EXPRESIÓN Y COMUNICACIÓN PEDAGOGÍA (Funciones en el capítulo VI – Articulo 23)

ARTICULO 11. FUNCIONES CONSEJO ACADÉMICO Cumplirá las siguientes funciones:

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Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del proyecto educativo institucional: Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en el presente decreto: Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución: Participar en la evaluación institucional anual: Integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica del rendimiento de los educandos y para la promoción, asignarles sus funciones y supervisar el proceso general de evaluación: Recibir y decidir los reclamos de los alumnos sobre la evaluación educativa, y las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el proyecto educativo institucional. REGLAMENTO DEL CONSEJO ACADÉMICO El Consejo Académico de la Institución Educativa Normal Superior de Sincelejo. CONSIDERANDO: * Que en virtud de la Resolución 3140 del 10 de Diciembre de 2003 la IENSS fue acreditada en calidad y desarrollo. Que como Institución Educativa, la Normal Superior de Sincelejo cuenta con los niveles de Preescolar, Básica Primaria, Básica Secundaria, Media Académica y Ciclo Complementario de formación de docentes los cuales se desarrollan en el centro educativo base en dos jornadas: Matinal y Vespertina. * Que teniendo en cuenta su Proyecto Educativo Institucional, las características propias de la comunidad educativa, el proceso educativo y su misión de formar formadores, es imperativo imparte educación de calidad. * Que para el cumplimiento del anterior considerando, se hace necesario reglamentar las actividades y funciones del Consejo Académico. En mérito de lo expuesto, el Consejo Académico de la Institución Educativa Normal Superior de Sincelejo. RESUELVE: CAPITULO I. Definición y Atribuciones:

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Artículo 1. El Consejo Académico está conformado por el Rector quien lo preside y convoca; los Coordinadores por jornada y nivel; un docente por cada una de las áreas del pensum académico institucional; un docente por nivel y jornada en preescolar y básica primaria, los jefes de núcleo disciplinarios y un representante del ciclo complementario. PARÁGRAFO 1. Todos los integrantes tienen voz y voto. PARÁGRAFO 2. Los docentes representantes de las áreas serán quienes hagan las veces de Jefes de Área. Artículo 2. Cualquier integrante del Consejo Académico podrá invitar, previo acuerdo de las mayorías de este organismo, a aquellas personas que por sus funciones ayuden al debate de la agenda planteada, para lo cual el rector cursará la debida invitación. Estos invitados tendrán vos y voto en la toma de decisiones.

Artículo 3. Las citaciones a las reuniones ordinarias y extraordinarias se harán mínimo con 8 horas de anticipación y debe anexar a ellas la agenda y los materiales que se requieran para su desarrollo.

PARÁGRAFO: Al finalizar cada sesión, el Consejo determinará los temas centrales de la próxima agenda. Artículo 4. Para efectos de su organización, el Consejo Académico dispondrá de una Secretaría donde repose todo el archivo de este organismo: Actas, resoluciones, correspondencia enviada y recibida, informes, etc. PARÁGRAFO: Al frente del archivo, de la redacción de los actas y su lectura por sesión estarán un a Secretaría asignada por el rector. CAPITULO II. – ASISTENCIA Artículo 5. La asistencia a la Sesiones del Consejo Académico es obligatoria por todos sus miembros y las inasistencias o retiros deben ser notificadas ante el Rector. Artículo 6. La impuntualidad y la inasistencia injustificada a dos reuniones será causal para llamados de atención por parte del rector. CAPITULO III. - DE LAS SESIONES Artículo 7. El quórum requerido para sesionar el Consejo Académico estará conformado por la mitad más uno del total de sus integrantes.

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Artículo 8. El Consejo Académico celebrará sesiones ordinarias cada mes y extraordinarias cuando se requieran. Ambas tendrán un término máximo de duración de 3 horas.

PARÁGRAFO: Las reuniones extraordinarias también pueden ser convocadas por las tres cuartas partes del organismo, ajustadas a lo estipulado en el artículo 3. Artículo 9. Las intervenciones de cada uno de los miembros del Consejo no deberán exceder de 5 sobre el tema en curso, excepto cuando se trate de presentación de informe especial. Artículo 10. Cuando alguno de los integrantes del Consejo considere que hay suficiente ilustración, quien preside debe someter la propuesta a la aprobación de la plenaria . CAPITULO IV. - DECISIONES Y VOTACIONES - Artículo 11. Las votaciones de cada uno de los miembros del Consejo serán de carácter nominal. PARÁGRAFO: En caso de empate se reabrirá el debate hasta lograr el desempate. Artículo 12. Lo debatido y lo aprobado en el Consejo Académico, es responsabilidad de dicho organismo y no de sus integrantes. ARTICULO 12 El Rector. Es el representante legal de la Institución ante las autoridades educativas y ejecutor de las decisiones del Gobierno Escolar. ARTÍCULO 13: El consejo de estudiantes: Es el máximo organismo colegiado de participación de los estudiantes está integrado por los voceros o representantes de cada uno de los grados que ofrece la institución. Para tal designación, el Consejo Directivo deberá convocar dentro de las primeras semanas del calendario académico, a sendas asambleas integradas por los alumnos de cada grado, con el fin de que elijan desde su seno y mediante votación secreta su vocero estudiantil para el año lectivo en curso. Los alumnos del nivel Preescolar y de los tres primeros grados de primaria serán convocados a una asamblea conjunta para elegir su vocero único entre los estudiantes que cursan el tercer grado. Al Consejo de estudiante le corresponde darse su propia organización interna, realizar actividades afines o complementarias que se le ha atribuya y elegir y asesorar al representante de los estudiantes al Consejo Directivo. Corresponde al Consejo de Estudiantes:

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Darse su propia organización interna: Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo del establecimiento y asesorarlo en el cumplimiento de su representación: Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil, y Las demás actividades afines o complementarias con las anteriores que le atribuyan el manual de convivencia. PARÁGRAFO: El Núcleo de Hombre, Mujer y Sociedad es el encargado de asesorar y direccionar los procesos del Gobierno Escolar atendiendo las disposiciones estipuladas en el PEI. ARTICULO 14 El Personero de los estudiantes se selecciona del último semestre del Ciclo Complementario de Formación Docente que la Institución ofrece, elegido en forma democrática. El personero tendrá las siguientes funciones: Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir la colaboración del consejo de estudiantes, organizar otros u otras formas de deliberación: Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos: Presentar ante el rector o el Director Administrativo, según sus competencias, las solicitudes de oficio o a petición de parte que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes, y Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo o el organismo que haga sus veces, las decisiones del rector respecto a las peticiones presentadas por su intermedio. El personero de los estudiantes será elegido dentro de los treinta días calendario, siguientes al de la iniciación de clases de un período lectivo anual. Para tal efecto el rector convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto. El ejercicio del cargo de personero de los estudiantes es incompatible con el de representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo.

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ARTICULO 15: Representante de los Estudiantes. El representante de los estudiantes es un alumno perteneciente al Consejo de estudiantes delegado por éste al Consejo directivo. La designación se hará mediante voto secreto, previa postulación voluntaria o del mismo consejo. Será elegido quien obtenga el mayor número de votos y se hará en el período de elección del personero o con un plazo máximo de 8 días calendario luego de elegido el Consejo de Estudiante.

ARTICULO 16: Regla para la organización del Consejo de estudiante, elección de representante ante el Consejo directivo y elección del personero. Según la Ley 115 de 1994, la institución organiza su Gobierno Escolar, con la participación de toda la comunidad normalista. Para la elección de los miembros del consejo de estudiantes y el personero se tendrán en cuenta las siguientes reglas: • Documentación amplia sobre las funciones de su cargo • Realización de campaña en dos secciones con la asamblea general de estudiantes, Asociación de Padres de Familia y los Docentes • Durante 8 días realizarán jornadas de divulgación y presentación de propuestas de los estudiantes CAPITULO IV. DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES. Del código de la infancia y adolescencia. Ley 1098 de 2006 Libro 1 capitulo 2. Derechos y libertades Se entiende por derecho la facultad que tiene toda persona de poder exigir el respeto a su dignidad. Son derechos de los niños, niñas y adolescentes: 1. Derecho a la vida y a la calidad de vida y a un ambiente sano. 2. Derecho a la integridad personal. 3. Derecho a la rehabilitación y a la resocialización. 4. Derecho de protección 5. Derecho a la libertad y seguridad personal. 6. Derecho a tener una familia y a no ser separado de ella. 7. Custodia y cuidado personal. 8. Derecho a los alimentos. 9. Derecho a la identidad. 10. Derecho al debido proceso. 11. Derecho a la salud. 12. Derecho a la educación

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13. Derecho al desarrollo integral en la primera infancia. 14. Derecho a la recreación, participación en la vida cultural y en las artes. 15. Derecho a la participación de los niños, las niñas y adolescentes. 16. Derecho de asociación y reunión. 17. Derecho a la intimidad. 18. Derecho a la información. 19. Derecho a la protección laboral de los adolescentes autorizados para trabajar: edad mínima para trabajar 15 años, con autorización de un inspector de trabajo. 20. Derecho de los niños, las niñas y los adolescentes con discapacidad. 21. Libertades fundamentarías. LOS DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES DE LA IENSS. • Derecho a diligenciar la matricula en compañía de uno de los padres o acudientes en el tiempo estipulado para ello. • Participar en la construcción y revisión de los pactos de aula. • Ser tratado con respeto, comprensión y justicia. • Tener una identidad personal y familiar y gozar de un buen nombre. • Desarrollar libremente su personalidad, respetando los derechos de los demás. • Participar en los procesos de aprendizaje dentro de un ambiente sano, moral, social y psicológico. • Velar porque el quehacer escolar sea racional y pedagógico, con objetivos claros y de carácter formativo. • Exigir el cumplimiento del plan curricular. • Participar en un proceso evaluativo de manera integral, continuo, cualitativo, atendiendo a los logros, cognitivo,

Actitudinal y Praxiologico. • Expresar, discutir y examinar con libertad, doctrinas, opiniones o conocimientos dentro del debido respeto a las diferencias. • Ser escuchado, orientado o asistido por quienes tienen la responsabilidad de su formación. • Conocer antes de iniciar cada periodo los estándares, propósitos, logros y competencias propuestos para las distintas disciplinas. • Recibir las explicaciones debidas cuando no se cumplen las horas de clases establecidas en el horario. • Conocer los resultados, correcciones u observaciones a sus trabajos a la mayor brevedad posible. • Conocer los informes de su situación académica y de convivencia antes de la fecha en que deben consignarse en los boletines. • Solicitar revisión de notas a los tres días siguientes de haber recibido el boletín. • Ser promovido al grado siguiente después de haber aprobado las áreas respectivas y con un comportamiento que se ajuste al manual de convivencia.

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• Reclamar con debida cordura y siguiendo el conducto regular cuando se sienta lesionado en sus intereses (docente, orientador de grupo, coordinador, coordinación de bienestar, rector, consejo directivo). • Representar a la institución en todo tipo de eventos para los cuales sea elegido o seleccionado. • Conocer, aplicar y hacer sugerencias al manual de convivencia. · Ser estimulado a desarrollar su espíritu de investigación, sus capacidades y habilidades individuales. • Conocer el observador y registro llevado por docentes y orientador de grupo. • Ser auxiliado en caso de accidente u otra eventualidad. • Elegir y ser elegido en los diferentes cargos en los cuales pueden tener participación, personero, consejo de estudiante, mediador, representante del grupo y/o monitor. • Disfrutar del descanso, recreación y deporte en los tiempos previstos para ello. • Participar en la planeación, ejecución y evaluación del PEI. • Tener acceso a medios que faciliten la comunicación interna, tales como: emisiones radiales, revistas, periódicos, que sirvan de instrumentos afectivos al libre pensamiento y a la libre expresión (articulo 14 y 17 Ley 10/98 de 2.006). Para que los derechos se cumplan es pertinente el cumplimiento de algunas obligaciones por parte del estado, la sociedad, la institución educativa, los padres de familia y los estudiantes que para el caso de la IENSS se establecen según los planteamientos de la ley de infancia y adolescencia y en lo relacionado con los estudiantes estos surgen como resultado de los pactos de aula. Articulo 17. OBLIGACIONES DE LOS ESTUDIANTES: Son obligaciones de los estudiantes matriculados en la I. E. N. S. S, toda responsabilidad que asume al matricularse y que están en el deber de cumplir, además de: • Mostrar vocación pedagógica mediante sus actitudes y su rendimiento académico. • Participar en todas las actividades programadas por la institución y que requieran su presencia. • Evidenciar calidad ética, pedagógica y científica en el ejercicio de su quehacer cotidiano: en el aula de clases, en la institución educativa y al entrar y al salir de ella. • Contribuir de manera constructiva a la convivencia en el medio escolar y en la comunidad.

• Asistir diariamente a la institución educativa con una presentación personal coherente con lo estipulado, Uniforme de diario:

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a) Varones: Jeans clásico azul oscuro, camisuéter encajado, zapatos negros y medias azul oscuro. (Ver fotos), no usar aretes, pircing o accesorios. b) Mujeres: falda a cuadros en la mitad de la rodilla, camisuéter encajado, zapatos negros y medias blancas debajo de la rodilla.(ver fotos), no usar pirsing, maquillajes ni accesorios extravagantes o de colores diferentes a los de los uniformes. Uniforme de Educación Física: a) Camiseta y sudadera blanca con los colores de la institución, zapatos tenis blancos y medias blancas. (ver fotos) no usar aretes, pircing o accesorios extravagantes o de colores diferentes a los del uniforme. Uniforme de la promoción: solo se utilizará en eventos especiales. Portar uniforme dentro y fuera de la institución con sencillez, si por algún motivo asiste al colegio a actividades extracurriculares programadas en la escuela y haya opción de no portar el uniforme, vestirse recatadamente. • Hacer buen uso de celulares, mantenerlos apagados en el aula de clases. • Responsabilizarse de sus pertenencias dentro de la instrucción. • Acordar con los coordinadores de nivel y el director de grupo las excursiones y las salidas de campo. Todo bajo la responsabilidad de los padres. • Portar el carné de salud y accidente • Utilizar un vocabulario respetuoso, adecuado, ético y respetuoso en todo tipo de

comunicación. • Preservar, cuidar y responder por el estado de los recursos físicos y materiales, ayudas educativas, propiedad de la institución, que le sean confiados para su utilización o dispuestos para su bienestar tales como: aula de clases, sala de informática, biblioteca, laboratorios, canchas deportivas, baterías sanitarias, comedor u otros espacios que utilice dentro de la institución. • Mantener las paredes limpias y sin letreros, dibujos con mensajes obscenos que causen daños a la integridad moral de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa, o cualquier expresión de otro tipo que dañe la planta física. • Asistir puntualmente a todas las actividades programadas por la institución y cumplir las obligaciones académicas que derivan de cada una de ellas. • Permanecer dentro del aula de clases aprovechando el tiempo libre cuando falte un docente. • Informar oportunamente al orientador de grupo o a los directivos del plantel cuando se cometa cualquier falta, contra lo establecido en el presente manual. • Respetar los valores y símbolos patrios e institucionales como también a las autoridades legalmente constituidas. • Atender y acatar todo llamado de atención que le formulen sus superiores.

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• Respetar y atender las ordenes del monitor, mediador, representante del curso, en ausencia del orientador del curso o docente. • Entregar en la oficina de bienestar y/o coordinación todo objeto que se encuentre y que no le pertenezca. • Estudiar y aplicar las políticas institucionales en los pactos de aula y en el manual de convivencia además de la interacción del quehacer cotidiano al interior y fuera de la institución.

• Ser portador y comunicador oportuno, de toda correspondencia (citaciones, informes, comunicados, etc.) con la familia o acudiente, como único mediador o canal principal entre los estamentos. • Velar por el cumplimiento de mis padres o acudientes legal de las citas a reuniones, citaciones a los actos institucionales o a llamados de atención (escuela de padres, cursos de capacitación, reuniones, citaciones de seguimiento y estudio de casos desde bienestar) • Reconocer al otro en su diferencia • Mantener relaciones intra e inter personales que favorezcan el clima de trabajo institucional. • Participar en actividades académicas, culturales, deportivas y artísticas que se desarrollen dentro y fuera de la institución con responsabilidad. • Justificar oportunamente la inasistencia a clases, ante el orientador de grupo y/o coordinador. • Cuidar y mantener aseado el salón de clases; los diferentes espacios de trabajo. Patios y demás dependencias del plantel. • Proteger el medio ambiente dentro y fuera de la institución. • Realizar el descanso fuera de las aulas de clases • Quien porte armas y objetos punzantes atentando contra la integridad física de las demás personas. • Abstenerse de ingerir licor o drogas alucinógenas dentro o fuera de los predios de la institución., formar pandillas, fomentar peleas, dentro y fuera de la institución. • Evitar las manifestaciones amorosas como besos, caricias y otros comportamientos inapropiados dentro de la institución o fuera de ella si está en actividades escolares. • Entregar las sillas y el salón limpio y en buen estado al finalizar el año lectivo.

• Informar a los padres o acudientes responsables, en caso del mal rendimiento académico. Articulo 22. OBLIGACIONES DE LA FAMILIA: (Código de infancia y adolescencia). La I. E. N. S. S se acoge a lo reglamentado en el código de la infancia y la adolescencia para establecer políticas coherentes con la misión y visión

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Institucional en bien del dsus miembros.

Uniformes de la IENSS

En lo referente a las obligaciones de la familia tendremos en cuentaGARANTIA DE DERECHOS Y PREVENCION Capítulo I. · Promover la igualdad, el· Proteger contra cualquier acto que amenace o vulnere su vida,integridad. · Cualquier tipo de violencia entre la familia debe ser sancionada.· Participar en los espacios democráticos deejecución de políticas, planes, programas yla adolescencia y la familia.· Formarles, orientarles y estimularles en el ejercicio de susresponsabilidades y en el desarroll· Promover el ejercicio responsable de los derechos sexuales ycolaborar con le escuela en la educación sobre· Inscribirlos en el registro civil, salud, educación, recreación, buenproporcionales una buena nutrición y desarrollo físico y

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Institucional en bien del desarrollo humano, ético, científico y pedagógico de todos

Uniformes de la IENSS

En lo referente a las obligaciones de la familia tendremos en cuentaGARANTIA DE DERECHOS Y PREVENCION

· Promover la igualdad, el afecto, la solidaridad y el respeto de sus· Proteger contra cualquier acto que amenace o vulnere su vida,

· Cualquier tipo de violencia entre la familia debe ser sancionada.· Participar en los espacios democráticos de discusión, diseño,ejecución de políticas, planes, programas y proyectos de interés para la infancia, la adolescencia y la familia. · Formarles, orientarles y estimularles en el ejercicio de susresponsabilidades y en el desarrollo de su autonomía. · Promover el ejercicio responsable de los derechos sexuales ycolaborar con le escuela en la educación sobre este tema. · Inscribirlos en el registro civil, salud, educación, recreación, buen

uena nutrición y desarrollo físico y psicológico adecuado.

humano, ético, científico y pedagógico de todos

En lo referente a las obligaciones de la familia tendremos en cuenta el artículo 41:

afecto, la solidaridad y el respeto de sus integrantes. · Proteger contra cualquier acto que amenace o vulnere su vida, dignidad e

· Cualquier tipo de violencia entre la familia debe ser sancionada. discusión, diseño, formulación y

proyectos de interés para la infancia,

· Formarles, orientarles y estimularles en el ejercicio de sus derechos y

· Promover el ejercicio responsable de los derechos sexuales y reproductivos y

· Inscribirlos en el registro civil, salud, educación, recreación, buen trato y psicológico adecuado.

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· Abstenerse de realizar todo acto y conducta que implique maltrato físico, sexual o psicológico y asistir a los centros de orientación y tratamiento cuando sea requerida. · Abstenerse a exponer a los niños, niñas y adolescentes a explotación económica. · Prevenirles y mantenerles informados sobre los efectos nocivos del uso y consumo de sustancias psicoactivas legales o ilegales. · Proporcionarles a los niños, niñas y adolescentes con discapacidad trato digno e igualitario con todos los miembros de la familia y generar condiciones de equidad, de oportunidades y autonomía para que puedan ejercer sus derechos. Habilitar espacios adecuados y garantizarles su participación en los asuntos relacionados en su entorno familiar y social. Los directores y educadores de los centros públicos o privados de educación formal, no formal e informal no podrán imponer sanciones que conlleven maltrato físico o psicológico de los estudiantes a su cargo, o adoptar medidas que de alguna manera afecten su dignidad. Así mismo, queda prohibida si inclusión bajo cualquier modalidad, en los manuales de convivencia escolar. Articulo 19. OBLIGACIONES DEL ESTADO: De las obligaciones del estado en el mismo capítulo, Art. 41, este es el contexto institucional en el desarrollo integral de los niños, las niñas y los adolescentes. En cumplimiento de sus funciones en los niveles nacional, departamental, distrital y municipal deberá: 1. Garantizar y asegurar el ejercicio de los derechos de los niños, niñas y adolescentes y restablecerlos cuando estos hayan sido vulnerados. 2. Asegurar las condiciones para el ejercicio de los derechos y prevenir su amenaza o afectación a través del diseño y la ejecución de políticas públicas sobre infancia y adolescencia. 3. Garantizar la asignación de los recursos necesarios para el cumplimiento de las políticas públicas de niñez y adolescencia, en los niveles nacional, departamental, distrital y municipal para asegurar la prevalencia de sus derechos. 4. Asegurar la protección y el efectivo restablecimiento de los derechos que han sido vulnerados. 5. Promover la convivencia pacífica en el orden familiar y social. 6. Investigar y sancionar severamente los delitos en los cuales los niños, las niñas y las adolescentes son víctimas, y garantizar la reparación del daño y el restablecimiento de sus derechos vulnerado. 7. Resolver con carácter prevalente los recursos, peticiones o acciones judiciales que presenten los niños, las niñas y los adolescentes, su familia o la sociedad para la protección de sus derechos.

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8. Promover en todos los estamentos de la sociedad, el respeto a la integridad física, psíquica e intelectual y el ejercicio de los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes y la forma de hacerlos efectivos. 9. Formar a los niños, las niñas y los adolescentes y a las familias en la cultura del respeto a la dignidad, el reconocimiento de los derechos de los demás, la convivencia democrática y los valores humanos y en la solución pacifica de los conflictos. 10. Apoyar a las familias para que estas puedan asegurarles a sus hijos e hijas desde su gestación los alimentos necesarios para su desarrollo físico, psicológico e intelectual, por lo menos hasta que cumpla los 18 años de edad. 11. Garantizar y proteger la cobertura y calidad de la atención a las mujeres gestantes y durante el parto; de manera integral durante los primeros 5 años de vida del niño, mediante servicios y programas de atención gratuita de calidad, incluida la vacunación obligatoria contra toda enfermedad prevenible, con agencia de responsabilidad familiar. 12. Garantizar la inscripción y el trámite del registro civil de nacimiento mediante un procedimiento eficaz y gratuito. Para el efecto, la Registradora Nacional Del Estado Civil y el Ministerio de la Protección Social conjuntamente reglamentarán el tramite administrativo que garantice que el niño o niña salga del centro médico donde nación, con su registro civil de nacimiento y certificado de nacido vivo. 13. Garantizar que los niños, las niñas y los adolescentes tengan acceso al sistema de seguridad social en salud de manera oportuna. Este derecho se hará efectivo mediante afiliación inmediata del recién nacido a uno de los regímenes de ley. 14. Reducir la morbilidad y mortalidad infantil, prevenir y erradicar la desnutrición, especialmente en los menores de 5 años, y adelantar los programas de vacunación y prevención de las enfermedades que afectan a la infancia y a la adolescencia y de los factores de riesgo de la discapacidad. 15. Asegurar los servicios de salud y subsidios alimentarios definidos en la legislación del sistema de seguridad social en salud para mujeres gestantes y latentes, familias en situación de debilidad manifiesta de Erradicar del sistema educativo las prácticas pedagógicas discriminatorias o excluyentes y las sanciones que conlleven maltrato, o menoscabo de la dignidad o integridad física, psicológica o moral de los niños, las niñas y a adolescentes. 16. Prevenir y atender en forma prevalente, las diferentes formas de violencia y todo tipo de accidentes que atenten contra el derecho a la vida y la calidad de vida. 17. Garantizar las condiciones para que los niños, las niñas desde su nacimiento, tengan acceso a una educación idónea y de calidad, bien sea en instituciones educativas cercanas a su vivienda o mediante la utilización de tecnologías que garanticen dicho acceso, tanto en los entornos rurales como urbanos. 18. Asegurar los medios y condiciones que les garanticen la permanencia en el sistema educativo y el cumplimiento de su ciclo completo de formación.

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19. Garantizar un ambiente escolar respetuoso de la dignidad y los derechos humanos de los niños, las niñas y los adolescentes y desarrollar programas de formación de maestros para la promoción del buen trato. 20. Erradicar del sistema educativo las prácticas pedagógicas discriminatorias o excluyentes y las sanciones que conlleven maltrato, o menoscabo de la dignidad o integridad física, psicológica o moral de los niños, las niñas y los adolescentes 21. Atender las necesidades educativas específicas de los niños, las niñas y los adolescentes con discapacidad, con capacidades excepcionales y en situaciones de emergencia. 22. Garantizar la etnoeducación para los niños, las niñas y los adolescentes indígenas y de otros grupos étnicos, de conformidad con la Constitución Política y la ley que regule la materia. 23. Diseñar y aplicar estrategias para la prevención y el control de la deserción escolar y para evitar la expulsión de los niños, las niñas, los niños y adolescentes del sistema educativo. 24. Fomentar el deporte, la recreación y las actividades de supervivencia, y facilitar los materiales y útiles necesarios para su práctica regular y continuada. 25. Fomentar la participación en la vida cultural y en las artes, la creatividad y producción artística, científica y tecnológica de niños, niñas y adolescentes y consagrar recursos especiales para esto. 26. Prevenir y atender la violencia sexual, las violencias dentro de la familia y el maltrato infantil y promover la difusión de los derechos sexuales y reproductivos. 27. Prestar especial atención a los niños, niñas y adolescentes que se encuentren en situación de riesgos, vulneración o emergencia. 28. Protegerlos contra los desplazamientos arbitrarios que los alejen de su hogar o de su lugar de residencia habitual. 29. Asegurar que no sean expuestos a ninguna forma de explotación económica o a la mendicidad y abstenerse de utilizarlos en actividades militares, operaciones psicológicas, campañas cívico-militares y similares. 30. Protegerlo contra la vinculación y reclutamiento en grupos armados al margen de la ley. 31. Asegurar alimentos a los niños, las niñas y los adolescentes que se encuentran en proceso de protección y restablecimiento de sus derechos, sin perjuicio de las demás personas que deben prestar alimentos en los términos de la presente ley, y garantizar mecanismos efectivos de exigibilidad y cumplimiento de las obligaciones alimentarias. 32. Erradicar las peores formas de trabajo infantil, el trabajo de los niños y las niñas menores de 15 años, proteger a los adolescentes autorizados para trabajar, y garantizar su acceso y la permanencia en el sistema educativo. 33. Promover estrategias de comunicación educativa para transformar los patrones culturales que toleran el trabajo infantil y resaltar el valor de la educación como proceso fundamental para el desarrollo de la niñez. 34. Asegurar la presencia del niño, niña o adolescente en todas las actuaciones que sean de su interés o que lo involucren cualquiera sea su naturaleza, adoptar las medidas necesarias para salvaguardar su integridad física, sicológica y

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garantizar el cumplimiento de los términos señalados en la ley o en los reglamentos frente al debido proceso. Procurar la presencia en dichas actuaciones de sus padres, de las personas responsables o de su representante legal. 35. Buscar y ubicar a la familia de origen o las personas con quien conviven a la mayor brevedad posible cuando sean menores de edad no acompañados. 36. Garantizar la asistencia de un traductor o un especialista en comunicación cuando las condiciones de edad, discapacidad o cultura de los niños, las niñas o los adolescentes lo exijan. 37. Promover el cumplimiento de las responsabilidades asignadas en el presente código a los medios de comunicación. PARÁGRAFO: Esta enumeración no es taxativa y en todo caso el estado deberá garantizar de manera prevalente, el ejercicio de todos los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes consagrados en la constitución política, los tratados y convenios internacionales de derechos humanos y en este código.

Articulo 19. OBLIGACIONES DE LA SOCIEDAD: (Código de infancia y adolescencia). En cuanto a la sociedad es pertinente el Art.40: En cumplimiento de los principios de corresponsabilidad y solidaridad, las organizaciones de la sociedad civil, las asociaciones, las empresas, el comercio organizado, los gremios económicos y demás personas jurídicas, así como las personas naturales, tienen la obligación y la responsabilidad de tomar parte activa en el logro de la vigencia efectiva de los derechos y garantías de los niños, las niñas y los adolescentes .En este sentido, deberán: • Desarrollar acciones para prevenir las vulneraciones y asegurar el ejercicio de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. • Participar en la formulación, gestión, evaluación y seguimiento de las políticas públicas de la infancia y la adolescencia. • Denunciar a través de cualquier medio la vulneración de los derechos. Articulo 20. OBLIGACIONES DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS: (Código de infancia y adolescencia) Para cumplir con la Misión la institución educativa ha de garantizar lo contemplado en los artículos 42, 43, 44 y 45. Artículo 42. (Código de infancia y adolescencia) 1. Facilitar el acceso de los niños, niñas y adolescentes al sistema educativo y garantizar su permanencia. 2. Brindar una educación pertinente y de calidad.

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3. Respetar en toda circunstancia la dignidad de los miembros de la comunidad educativa. 4. Facilitar la participación de los estudiantes en la gestión académica del centro educativo. 5. Abrir espacios de comunicación con los padres de familia para el seguimiento del proceso educativo y propiciar la democracia en las relaciones dentro de la comunidad educativa. 6. Organizar programas de nivelación de los niños y niñas que presente dificultades de aprendizaje o estén retrasados en el ciclo escolar y establecer programas de orientación psicopedagógica y psicológica. 7. Respetar, permitir y fomentar la expresión y el conocimiento de las diversas culturas nacionales y extranjeras y organizar actividades culturales extracurriculares con la comunidad educativa para tal fin. 8. Estimular las manifestaciones e inclinaciones culturales de los niños, niñas y adolescentes y promover su producción artística, científica y tecnológica. 9. Garantizar la utilización de los medios tecnológicos de acceso y difusión de la cultura y dotar al establecimiento de una biblioteca adecuada. 10. Organizar actividades conducentes al conocimiento, respeto y conservación del patrimonio ambienta, cultural, arquitectónico y arqueológico nacional. 11.Fomentar el estudio de idiomas nacionales y extranjeros y de lenguajes especiales. 12.Evitar cualquier conducta discriminatoria por razones de sexo, etnia, credo, condición socio-económica o cualquier otra que afecte el ejercicio de sus derechos. Articulo 43. (Código de infancia y adolescencia) Las instituciones de educación primaria y secundaria, públicas y privadas tendrán la obligación fundamental de garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar. Para tal efecto, deberán:

1. Formar a los niños, niñas y adolescentes en el respeto por los valores fundamentales de la dignidad humana, los derechos humanos, la aceptación, la tolerancia hacia las diferencias entre personas. Para ello deberán inculcar un trato respetuoso y considerado hacia los demás, especialmente hacia quienes presentan discapacidades, especial vulnerabilidad o capacidades sobresalientes.

2. Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato, agresión física o psicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demás compañeros y de los profesores. 3. Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivos, correctivos y reeducativos para impedir la agresión física o psicológica,

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los comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia niños y adolescentes con dificultades en el aprendizaje, en el lenguaje o hacia niños y adolescentes con capacidades sobresalientes o especiales. Articulo 44. Obligaciones complementarias de las instituciones educativas: (Código de infancia y adolescencia) Los directivos y docentes de los establecimientos académicos y la comunidad educativa en general pondrá en marcha mecanismos para: 1. Comprobar la inscripción del registro civil de nacimiento. 2. Establecer la detección oportuna, el apoyo y orientación en caso de malnutrición, maltrato, abandono, abuso sexual, violencia intrafamiliar y explotación económica y laboral, las formas contemporáneas de servidumbre y esclavitud, incluida las peores formas de trabajo infantil. 3. Comprobar la afiliación de los estudiantes a un régimen de salud. 4. Garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar. 5. Proteger a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato, agresión física o psicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demás compañeros o profesores. 6. Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo, correctivo y reeducativo para impedir la agresión física y psicológica, los comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia los niños, niñas y adolescentes con dificultades de aprendizaje, en el lenguaje o hacia los niños, niñas y adolescentes con capacidades sobresalientes o especiales. 7. Prevenir el tráfico y consumo de todo tipo de sustancia psicoactiva que produce dependencia dentro de las instalaciones educativas y solicitar a las autoridades competentes acciones efectivas contra el tráfico, venta y consumo alrededor de las instituciones educativas. 8. Coordinar los apoyos pedagógicos, terapéuticos, tecnológicos necesarios para el acceso y la integración educativa de los niños, niñas y adolescentes con discapacidad. 9. Reportar a las autoridades competentes, las situaciones de abuso, maltrato o peores formas de trabajo infantil detectadas en niños, niñas y adolescentes. 10. Orientar a la comunidad educativa para la formación en la salud sexual y reproductiva y la vida en pareja. Articulo 45. (Código de infancia y adolescencia) Prohibición de sanciones crueles, humillantes o degradantes. ARTICULO 21 .ESTIMULOS.

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La I.E.N.S.S., la asociación de padres de familia, docentes y otra entidad con la aprobación del consejo directivo otorgaran incentivos a los alumnos que se distingan por su rendimiento académico y comportamental, espíritu investigativo y práctica pedagógica, cooperación o que sobresalga en certamen deportivos culturales o científicos y por perseverancia.

Estos estímulos podrán ser: • Mención en actos públicos como: Izada de banderas, jornadas culturales y en publicaciones escritas y radiales de la Institución. • Publicación o difusión de trabajos en los periódicos murales, en las carteleras, o cualquier otro medio. • Ser elegido para los cargos de representación de los estudiantes representante al consejo directivo, personero, delegado, mediador representante del grupo, monitor o cualquier otro. • Menciones especiales, con notificación al padre de familia y anotación en el "libro observador del alumno”. • Derecho a representar la Institución, en todo tipo de certamen o eventos de carácter local, nacional o internacional y con ayuda económica de la Institución, de la Asociación de Padres de Familia o de terceros. • Integrar comisiones o redes como grupo de apoyo que promuevan la sana convivencia dentro y fuera de la Institución. • Los que obtenga el primer puesto por su rendimiento académico y comportamiento disciplinar se harán acreedores a la MATRICULA DE HONOR, igualmente Los estudiantes que obtenga el mayor puntaje en las pruebas SABER e ICFES • Para el Pre-Escolar, todos los niños serán estimulados (reconocimiento) de acuerdo a sus actitudes. • Exoneración al pago de matrícula del primer semestre del ciclo complementario a los estudiantes de 11º que ocupen primero y segundo puesto. ARTÍCULO 22: FALTAS. Para los efectos del presente manual se considera faltas todo incumplimiento de los deberes previstos en el capítulo IV. Articulo 23 Clasificación de las faltas: Falta leve: La constituye el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones definidos en el Capítulo IV. Art. 18. (Ejemplos: no portar el uniforme en forma adecuada y/o incompleto (según el modelo de la institución), no cumplimiento de los deberes escolares, falta de colaboración en el aseo del aula y su entorno, uso de celulares durante las aulas de clases, descuido y abandono de prendas personales…) Articulo 24 Faltas leves contempladas en este manual.

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PARÁGRAFO: La reincidencia por tres ocasiones, así como por la persistencia en violar los deberes o hacer caso omiso constituye falta grave. Frente a la ocurrencia de una falta calificada como leve dialogar en primera instancia con las partes implicadas para reconocer los errores, promover la reconciliación y asumir el compromiso adquirido. El compromiso se evidenciará en el observador y/o acta de compromiso. En segunda instancia interviene la mediación para comunicar al director de grupo y asentarlo en el observador de alumno.

En tercera instancia se hace el llamado al Padre de Familia o acudiente donde interviene el coordinador y el equipo de Bienestar Institucional. Cuando el padre de Familia se ha citado en más de una ocasión y no ha habido cambios comportamentales se incurre en una falta grave. (ARTICULO 21. PROCEDIMIENTOS ESTABLECIDOS EN LOS PACTOS DE AULA)

Falta Grave: es la violación a las obligaciones definidas en el Capitulo 4, Artículo 18, evidenciados en el observador del alumno. (Ejemplos: uso inadecuado de los uniformes y presentación personal (uso de camisetas diferentes a los uniformes y uso de gorras en espacios no adecuados dentro de la institución); hacer caso omiso a los llamados de atención de los docentes, directivos y administrativos; Utilización de vocabularios inadecuados, obscenos y/o vulgar de manera verbal o escrita; esconder o deteriorar objetos, prendas y útiles pertenecientes a los compañeros, hurto comprobado…). Frente a la ocurrencia de una falta grave, se tomará una de las siguientes medidas: 1-.seguimiento de un programa especial con la orientación del equipo de Bienestar Institucional (psicólogo trabajador social y coordinador con el acompañamiento de los padres de familia). La no asistencia del Padre de Familia se enviará a casa el estudiante hasta cuando éste se presente. 2- Si el estudiante reincide después de lo pactado y evidenciado en el observador del alumno, a la coordinación, el rector y/o consejo directivo fijará los correctivos que inicialmente serán de (3) días de suspensión, asumiendo las consecuencias en pruebas practicadas en los días estipulados. 3-Dependiendo de su actitud y voluntad de rectificación, su Matricula del grado que cursa y para el próximo grado quedará a la consideración del consejo directivo con algunas condiciones: • Pérdida del cupo para el año siguiente. • Cancelación inmediata de su matrícula.

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PARÁGRAFO: Cuando un estudiante sea sorprendido o se le pruebe la ejecución de un hecho reprobable se podrá aplicar la medida correctiva sin observar el procedimiento 1y 2. CAPITULO VI: DE LOS DOCENTES: ARTICULO. 23. El personal Docente se clasifica en Docentes, Docente orientador de grupo jefe de Área, Docente jefe de núcleo disciplinar, Equipo de bienestar Institucional y Docentes Directivos. DOCENTE: El que cumple una jornada laboral con una asignación de tiempo completo y dependen de los coordinadores. DOCENTE ORIENTADOR DE GRUPO: Orienta a los estudiante del grupo asignado sobre su rendimiento académico y comportamiento en coordinación con el equipo de Bienestar Institucional y los coordinadores. JEFE DE AREA: Es escogido por los docentes de áreas respectivas y es vocero en el consejo académico. Depende del jefe de núcleo. JEFE DE NUCLEO DISCIPLINAR: Depende del coordinador y es elegido por los docentes integrantes de cada núcleo. Es el responsable del desarrollo de los procesos curriculares relativos a las áreas dentro de su núcleo y tiene autoridad funcional sobre los docentes del núcleo. EQUIPO DE BIENESTAR: Su función es orientar a los estudiantes o comunidad en acciones de sicoorientación, bienestar o desarrollo comunitario. Depende de los coordinadores y rector.

DOCENTES DIRECTIVOS: Desarrollan funciones de dirección. Son directivos el rector y los coordinadores. ARTICULO 24. ESTIMULOS PARA DOCENTES: • Además de los contemplados en el Decreto 2277/79 articulo del 37 al 43 los docentes de IENSS gozarán de los siguientes estímulos: • Apoyarlo para su capacitación en eventos educativos: Seminarios encuentros, foros y congresos. • Estímulos verbales y escrito con copia a la hoja de vida del docente por parte de los directivos por destacarse en: • Sentido de pertenencia a la Institución • Responsabilidad en el cumplimiento de sus funciones. • Iniciativa en su trabajo y aportes acordes con la misión Institucional.

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• Docentes que se destacan por trabajo Investigativos considerados como innovación educativa. • Asignación de horas extras. CAPITULO VII CURRICULO. ARTICULO 25: AREAS DE FORMACIÓN EN EDUCACIÓN BASICA Y MEDIA: se establecerá áreas obligatorias y fundamentales y áreas optativas con sus respectivas disciplina atendiendo lo establecido en el articulo 23 de la ley 115 de 1994. Son áreas obligatorias y fundamentales las siguientes: • Ciencias Naturales y Educación Ambiental (Química Física Y biología) • Ciencias Sociales (Historia, Geografía Constitución Política Colombiana cívica y Democracia y filosofía) • Educación Artística (Artes Plásticas, música) • Educación Ética y en valores Humanos • Educación Física (Aprovechamiento del tiempo libre, Fomento de la cultura, recreación y Deporte Formativo. • Educación Religiosa • Humanidades (Lengua Castellana e idioma (a) Extranjero (Ingles) • Matemática (Matemática, geometría y Estadísticas) • Tecnología e Informática • Procesos pedagógicos e investigativos. Estas áreas se desarrollan a través de 4 núcleos Disciplinares y están organizados así: • Núcleo Disciplinar Ciencia y Tecnología. • Núcleo Disciplinar Hombre, Mujer y Sociedad. • Núcleo Disciplinar Pedagogía. • Núcleo disciplinar Expresión y Comunicación.

ARTÍCULO 26: EVALUACIÓN INTEGRAL: la evaluación como parte fundamental de todo acto pedagógico, guarda coherencia acorde con el enfoque institucional y las directrices contempladas en el Decreto 230 del 11 de febrero de 2002. Lo anterior, amerita tener en cuenta, una breve explicación de los elementos relevantes que hacen parte del proceso evaluativo. A partir, de la Misión es importante resaltar que la Institución, está dedicada a la formación de maestros de reconocida idoneidad ética, pedagógica e investigativa, calificados para desempeñarse en establecimientos educativos en el nivel de Preescolar y Básica Primaria. En este quehacer pedagógico, la Institución está

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dedicada al desarrollo de las operaciones intelectuales superiores, lo que implica hacer seguimiento a las habilidades de pensamiento en el proceso de enseñanza para potenciar los procesos de pensamiento tales como comprensión, análisis, síntesis y evaluación. Teniendo en cuenta así los saberes, saber ser o estar y saber hacer. Al lado de ello, encontramos que la filosofía institucional se centra en "la toma de conciencia crítica promoviendo la formación de personas autónomas, reflexivas y productivas, con habilidades comunicativas para interactuar armónicamente en los ambientes que contacten. Capaces de tomar decisiones tendientes a su crecimiento personal en procura de acciones transformadoras de la realidad"1 Al llegar aquí, nos encontramos en la necesidad de resignificar el quehacer en el aula y empezar a plantear una didáctica que brinde la flexibilidad necesaria para responder a dicha filosofía. Ejemplo de ello, consiste en la implementación de estrategias, técnicas y actividades tales como la pedagogía de la pregunta, las redes semánticas, la argumentación, la producción textual entre otras, que permitan el ejercicio del debate, discusiones y consensos desde los diferentes campos del saber. Basándose en lo anterior, aparece un plan de clase que da cuenta de la articulación de los estándares de competencia, la selección de los conocimientos declarativos y procedimentales, los propósitos y los logros en sus tres componentes (cognitivo-saberes; actitudinal- saber ser o estar y lo praxiológico saber hacer). Cabe aclararse que esto no explica todo el proceso relacionado con el acto pedagógico, por lo tanto a partir de los logros se diseñan los indicadores de logro, preguntas atendiendo a la taxonomía de bloom, estrategias-técnicas y actividades y la evaluación como un proceso continuo, flexible y permanente; coherente con los elementos planeados, además de las competencias básicas y las específicas propias de los saberes relacionados con las diferentes áreas. De acuerdo con el Decreto 230 de 2002, la Institución se acoge al capítulo presentado en dicho decreto cono Normas Técnicas Curriculares, permitiendo así abordar la evaluación como un proceso en permanente cualificación a medida que

1 1._________ Proyecto Educativo Institucional. Normal Superior de Sincelejo,

Filosofía. Pág. 35. 2003.

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avanzan la pedagogía, epistemología, psicología y sociología entre otras; donde formulan propuestas de recomendaciones. Dentro de este contexto, se reafirman los conceptos de Logro, Indicadores de Logro, Competencias, Estándares y se anexan los juicios valorativos. Debe quedar bastante claro que, en relación a lo sugerido en el Decreto 230 de 2002 en literal g. (g. Los informes de evaluación), se aclara que aunque las instituciones educativas son autónomas para elaborar y diseñar el formato del informe de evaluación, debe ser "Tan claro para el estudiante como para los padres de familia; de tal manera, que uno u otro puedan tener fácilmente una visión precisa sobre las DEBILIDADES o FORTALEZAS del estudiante en sus respectivos campos"2 Desde esta perspectiva, a través del Consejo Académico de la Institución, se hizo una revisión crítica de los formatos tales como planillas y boletín haciéndose los ajustes pertinentes atendiendo a lo establecido en el 230 y al enfoque, visión, misión y filosofía Institucional. Así mismo, se acordó la entrega de cinco informes escritos propuestos en el mismo capítulo del Decreto 230 de 2002 (4 boletines escritos por período y 1 boletín final), en donde se hace é n f a s i s d e l a s FORTALEZAS, DI F ICULTADES Y RECOMENDACIONES acorde a los logros propuestos por los docentes en las diferentes áreas. De igual manera la institución se acoge a las categorías presentadas en el mismo Decreto. Estas son EXCELENTE, SOBRESALIENTE, ACEPTABLE, INSUFICIENTE Y DEFICIENTE. Los críticos en cuanto a la promoción, evaluación de los estudiantes y conformación de las comisiones de evaluación y promoción, reposan en los protocolos del Consejo Académico. CRITERIOS PARA LOS JUICIOS VALORATIVOS POR ÁREA: Los logros se redactan por período teniendo en cuenta los procesos. Se deben redactar los logros atendiendo a los 3 componentes: Cognitivo Actitudinal Praxiológico.

2 2. _____________ Decreto 230 de 2002. Ministerio de Educación Nacional. Los

informes de evaluación. Página 87.

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• Los juicios valorativos se deben diseñar con base en los logros establecidos. • Si la valoración del logro es: E - S se emite una fortaleza. • Si la valoración del logro es: I - D se emite una debilidad. • Si la valoración del logro es: A - se emite una recomendación. • Redactar las fortalezas, debilidades y recomendaciones, se deben utilizar máximo 100 caracteres. • Las debilidades y recomendaciones se deben redactar en términos motivacionales. COMISIONES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN: Son las encargadas de definir la evaluación y promoción de los estudiantes y de hacer recomendaciones y actividades de refuerzo a estudiantes que presentan dificultades académicas. Las comisiones se conforman para cada grado y están integradas por: tres docentes, un padre de familia que no sea docente de la Institución , el rector o su delegado. Las comisiones analizaran los casos de los estudiantes con desempeños excepcionalmente alto con el fin de recomendar actividades especiales o de promoción anticipada .Los establecimientos educativos tienen que garantizar un mínimo de promoción del 95% del total de educando que finalicen en la institución educativa. Al finalizar el año, la comisión de evaluación y promoción de cada grado será la encargada de terminar cuales educandos deberán repetir un grado determinado.

LAS RECUPERACIONES Todo educando que haya obtenido insuficiente o deficiente en la evaluación final de una o mas áreas presentará una nueva evaluación de esas áreas a mas tardar la semana anterior al comienzo del siguiente año escolar. Esta evaluación se basara en un programa de refuerzo pertinente con las dificultades que presento el educando y que el profesor del área le entregara al finalizar el año escolar. REPROBACIÓN a-Un estudiante pierde el año cuando su valoración es insuficiente o deficiente en tres o más áreas.. b- cuando reprueba las áreas de Matemática y Lengua Castellana durante dos o más grados consecutivos de la educación Básica. c-Cuando el estudiante ha dejado de asistir injustificadamente a más del 25% de las actividades académicas desarrolladas en el año.

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Para el ciclo complementario remitirse al reglamento académico ciclo complementario de formación docente 2004. CAPITULO VIII DISPOSICIONES VARIAS: ARTICULO 29: JORNADA LABORAL según resolución rectoral OO2 de 2004. Se establece la jornada laboral para los docentes y directivos docentes, que deberán dedicar todo el tiempo de su jornada laboral al desarrollo propio de las funciones de sus cargos dedicación mínima 8 horas diarias). Orientadores de grupos y orientadores escolares es el tiempo que deben dedicar al cumplimiento del calendario, horario, para el desarrollo del currículo escolar a la atención y preparación de su disciplina o área, a la investigación de asuntos pedagógicos y formación de estudiante. Los docentes y coordinadores deben permanecer en la Institución durante toda la jornada de trabajo atendiendo el siguiente horario por niveles: • Preescolar y Básica primaria de 6:50am a 1:00 p.m. Matinal. La vespertina de 12:45 Pm a 6:45 p.m. • Básica Secundaria y Media de 6:50am a 100 p.m. Matinal • Básica Secundaria Vespertina 1:00pm a 6:45 p.m. • Ciclo Complementario de Formación pedagógica se regirá por lo propuesto en el artículo tercero del Decreto 3012 de 1.997. ARTÍCULO 30: ENTRADA Y SALIDA DE ESTUDIANTE: • Preescolar de 7:45 Am a 12:00 M. • Básica Primaria Matinal 7.00 a.m. a 12:15. Pm • Básica Primaria Vespertina 1:15 PM -a 6:10 p.m. • Básica Secundaria y Media Matinal .7:00 a.m. a 1:00 p.m. • Básica Secundaria Vespertina 1:15 p.m. a 6:30pm. PARÁGRAFO: Los estudiantes de la Básica Secundaria y Media que no lleguen a tiempo perderán la primera hora de clase, la puerta de entrada es cerrada a las 7:00am para volverse abrir a las 7:55 a.m., previa anotación de los coordinadores para el seguimiento respectivo. "La Corte Constitucional insiste en que toda comunidad requiere de un mínimo de orden y del imperio de la autoridad para que pueda subsistir en ella una civilizada convivencia, evitando el caos que podría generarse si cada individuo, sin atender reglas ni preceptos, hiciera su absoluta voluntad, aun en contravía de los intereses comunes en un mal entendido concepto del derecho al libre desarrollo de la personalidad.

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Ello resulta más claro y de evidente necesidad cuando se trata de regir los destinos de los establecimientos educativos, en especial durante los periodos de la niñez y la adolescencia, que exigen el mayor cuidado y la mejor orientación del alumno en el plano estrictamente académico, en su formación moral y en el cultivo de sus valores esenciales" (cfr. Corte constitucional .Sentencia T-366 de Agosto 6 de 1997 .M.P Dr. José Gregorio Hernández Galindo). La Corte Constitucional, encargada de interpretar la Constitución, ha proferido sentencias sobre el derecho a la Educación en los casos de reprobación de grados y de faltas disciplinarias. Pueden examinarse algunos. • El derecho a la Educación no se vulnera por la pérdida del año: “Recibir una nota acorde con el desempeño del estudiante y por esa razón perder el año no es conducta que vulnere el derecho a la Educación. Solamente en los eventos en que los establecimientos educativos no observen el debido proceso al aplicar una sanción vulneran este derecho fundamental"(Sentencia T-O92 del 3 de marzo de 1994). • El derecho a la Educación no se vulnera por excluir un estudiante debido a su mal comportamiento: " La educación se caracteriza por ser un derecho-deber que implica obligaciones y derechos a cargo de los planteles educativos, del estudiante y de los padres de familia. Uno de los deberes del educador es someterse a las reglas de comportamiento establecidas por la Institución y la inobservancia de las mismas permite a los colegios adoptar las medidas disciplinarias pertinentes, siempre y cuando se respete el debido proceso. El derecho al libre desarrollo de la personalidad no puede ejercerse en detrimento de la comunidad estudiantil que tiene derecho a la disciplina y al orden "(Sentencia T-569DEL 7 de diciembre de 1994). 3-No se vulnera el derecho a la educación si la Institución prescinde de un estudiante por mal rendimiento académico: "No se puede desconocer que la permanencia de una persona en un sistema educativo está condicionada por su concurso activo en la labor formativa o bajo el mantenimiento de un mínimo de convivencia, de manera que resulta valido el retiro de un alumno, cuando la indisciplina o la falta de rendimiento adquieran tal entidad que impidan al alumno no aprender, por causas originadas en su comportamiento "(Sentencia T-316 del 12 de Julio de 1994). 4-Tampoco se vulnera el derecho a la educación si la Institución sanciona a los estudiantes por mal rendimiento académico: " Si bien es cierto que el estado debe garantizar el acceso a la educación, el estudiante también está obligado a mantenerse en ella demostrando su capacidad

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y competencia. Por lo tanto, el incumplimiento de las obligaciones académicas y de las reglas de comportamiento establecidas por la Institución educativa puede dar origen a las sanciones previstas en el reglamento e inclusive, puede generar la desvinculación del alumno, sin que con ellos se vulnere el derecho a la educación "(Sentencia T-439 del 12 de octubre de 1993).

De esta sentencia de la Corte, ya convertida en doctrina constitucional, se deduce lo siguiente: • La educación es un derecho fundamental, pero no absoluto, sino limitado. • La educación es un derecho -deber que da derechos y exige deberes a todos, a las Instituciones, a los estudiantes y a los padres de familia. • Una de las obligaciones de los estudiantes consiste en tener un rendimiento académico acorde con las exigencias de la Institución. • La Institución puede sancionar a los estudiantes por bajo rendimiento, tanto como por la pérdida de año como con la exclusión del establecimiento. • El respeto por la disciplina y el orden en la Institución es parte del derecho de los estudiantes a la educación. • El límite del derecho a la educación y del derecho al libre desarrollo de la personalidad, como todo derecho de los demás. • Los estudiantes que no cumplen con el deber de rendir académicamente están violando el derecho a la educación de los demás. • Lo mismo sucede con la indisciplina que viola el derecho de los demás al orden y a la disciplina, necesarios para permitir el buen rendimiento académico. CAPITULO IX. GLOSARIO PEDAGOGÍA CRÍTICA: La pedagogía crítica se enfrenta a los problemas reales que se espera que sean analizados, comprendidos y transformados en beneficio de la comunidad afectada. Decimos, entonces, que la pedagogía crítica es contextualizada porque examina las prácticas educativas en su contexto y analiza sus vínculos políticos y sociales. Consideramos relevante aclarar algunos conceptos en torno a este enfoque. La pedagogía crítica encuentra su sustento en la teoría crítica. En la escuela de Frankfurt los intelectuales y filósofos polemizaron sobre la fuente del conocimiento. El carácter puramente instrumental del conocimiento fue enfrentado al conocimiento como fuente de liberación, como elemento indispensable para descubrir los significados que se esconden detrás de los grandes discursos. La teoría crítica inventó una nueva manera de leer la realidad, capaz de responder a las problemáticas sociales del mundo moderno; esta corriente se ha constituido en un punto de referencia en la búsqueda de una educación desde el enfoque crítico.

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Surgió, entonces, la pedagogía crítica como una pedagogía respondiente, porque implica una reacción generada desde una reflexión consciente y responsable, la cual desencadena una acción dirigida a rebelarse contra las causas que provocan una situación que se considera carente del beneficio esperado. Muchos autores han dedicado sus reflexiones a este tema, como McCarthy (1995), Carr y Kemmis (1988), Guirox (1997), Rodríguez Rojo (1990, 1991, 1992), Martínez Bonafé (1987) y Giroux y Flecha (1992). De acuerdo con lo expuesto por McLaren (1997), a continuación señalamos algunas características que se le asignan a la pedagogía crítica: • Entiende la educación como un proceso de negociación que facilita la comprensión de los significados de la realidad. De ahí la importancia de la formación de la autoconciencia, que convierte a la comunicación biunívoca en un proceso de permanente construcción de significados que se apoyan en las experiencias personales. • Está encaminada a la transformación social en beneficio de los más débiles. La educación como acción emancipadora debe considerar las desigualdades sociales existentes en el mundo globalizado, así como adquirir un compromiso con la justicia y la equidad y con la emancipación de las ideologías dominantes. • Apuesta por la autonomía y el auto fortalecimiento. Debe permitir a los profesores, y a la comunidad educativa en general, identificar las limitaciones y potenciar las capacidades de tal forma que éstas sean la base para la auto superación. Entre los elementos que requiere la pedagogía crítica se pueden señalar los siguientes: la participación, la comunicación, la significación, la humanización, la transformación y la contextualización. Continuaremos nuestra disertación analizando este último aspecto. Una educación contextualizada utiliza el entorno como recurso pedagógico (Fernández y Justicia, 1987; Harlen, 1998). Una educación contextualizada será aquella que motive las relaciones del conocimiento con el contexto real del individuo y que lleve al conocimiento más allá, examinando las situaciones de otros contextos, analizando sus contradicciones y encuentros. PLAN DE ESTUDIOS: Art. 79. Ley 115 de 1994. "Es el esquema estructurado de las áreas obligatorias y fundamentales y de áreas optativas con sus respectivas asignaturas, que forman parte del currículo de los establecimientos educativos. En la educación formal, dicho plan debe establecer los objetivos por niveles, grados y áreas, la metodología, la distribución del tiempo y los criterios de

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evaluación y administración, de acuerdo con el PEI y con las disposiciones legales vigentes. ¿QUÉ SON LOS ESTÁNDARES DE COMPETENCIAS?: Son criterios claros y públicos que permiten conocer lo que deben aprender los niños, niñas y jóvenes, y establecen el punto de referencia de lo que están en capacidad de saber y saber hacer en contexto en cada una de las áreas y niveles. ESTÁNDARES DE CALIDAD: Es una pieza más de un complejo proceso de crecimiento en la calidad de la educación, que contribuye a la articulación entre los distintos componentes de los procesos de incremento de calidad. (Tomado al Tablero - Abril 19 de 2003- Entrevista Carlos Eduardo Vasco). LINEAMIENTOS CURRICULARES: Son criterios orientadores de orden nacional sobre la planeación y desarrollo de los currículos, sobre la función de las áreas y sobre nuevos enfoques para comprenderlas y crear ambientes de aprendizaje favorables para su aprendizaje. Además buscan fomentar el estudio de la fundamentación pedagógica de las disciplinas y el intercambio de experiencias en el contexto de los proyectos educativos institucionales. (Generado por Newtenberg). ¿QUÉ SON LOS LOGROS?: Son los alcances que se consideran deseables, valiosos y necesarios desde el saber (logros cognitivos) desde el ser o estar (logros actitudinales) y desde el hacer (logros praxiológicos) fundamentales para la formación integral de los educandos. ¿QUÉ SON LOS INDICADORES DE LOGROS? Son indicios, síntomas, señales, rasgos redactados acorde con las habilidades de pensamiento los cuales proporcionan las evidencias significativas en el avance para la consecución de los logros.

¿QUÉ SON LAS COMPETENCIAS?: Es un conjunto de conocimientos, actitudes, disposiciones y habilidades /cognitivas, socioafectivas y comunicativas), relacionadas entre sí para el

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desempeño flexible y con sentido de una actividad en contextos relativamente nuevos y retadores (Tomado de Vasco, p.p. 4-5 Documento de Trabajo). Esta noción de competencia propone que lo importante no es solo conocer, sino también saber hacer. Se trata, entonces, de que las personas puedan usar sus capacidades de manera flexible para enfrentar problemas nuevos de la vida cotidiana. LA ESCUELA: Un espacio idóneo para construir una cultura democrática y de convivencia. La escuela es un lugar privilegiado para practicar en ambientes reales las Competencias Ciudadanas. Las relaciones que se dan en la escuela pueden modelar un sistema social en el que todos aprenden a participar en la toma de decisiones e ir creando una verdadera cultura democrática y de convivencia. Las competencias Ciudadanas brindan las herramientas básicas para que las personas puedan respetar, defender y promover los Derechos Humanos. COMPETENCIAS CIUDADANAS: Las Competencias Ciudadanas son el conjunto de conocimientos y de habilidades cognitivas, emocionales y comunicativas que, articulados entre sí, hacen posible que el ciudadano actúe de manera constructiva en la sociedad democrática. PROCESOS COGNITIVOS. Hace referencia a los procesos que usa el hombre para interactuar con su entorno y para procesar la información. Almacena y recupera información recibida. PROCESOS COGNOSCITIVOS: Remite a los procesos de organización de la información y consolidación de estructuras conceptuales: imágenes, esquemas, redes, mapas, modelos y teorías: PENSAMIENTO - LENGUAJE. Cuando un estudiante llega a los procesos cognoscitivos de habla de NIVELES INTELECTUALES SUPERIORES. METAS DE COMPRESIÓN: Afirman explícitamente lo que se espera que los estudiantes lleguen a comprender. Definen de manera más específica las ideas, procesos, relaciones o preguntas que los estudiantes comprenderán mejor por medio de la indagación en cada una de las disciplinas.

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COMPRENSIÓN: Es la representación mental que surge en el lector a partir de las significaciones e interpretaciones que él hace al interactuar con el texto y el contexto. Teniendo en cuenta que al enfrentar una tarea de lectura se involucran procesos de autorregulación conocidos como procesos cognoscitivos de la comprensión.

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Bibliografía

KLEINMANN, VIVIANA. LIC. CÓMO LOGRAR LA DISCIPLINA EN EL AULA Y SABER APROVECHARLA. EDIT. BY CADEX INTERNACIONAL S.A MONTEVIDEO-URUGUAY MEN. ESTÁNDARES BÁSICOS DE COMPETENCIAS EN LENGUAJE, MATEMÁTICA, CIENCIAS Y CIUDADANÍA. DOCUMENTO N° 3 REPÚBLICA DE COLOMBIA. CÓDIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA. EDIC. ACTUALIZADA 2008 EDIT: MEME EDICIONES SUAREZ MEDINA GABRIEL ALFONSO, DE LA CASA ALA ESCUELA. ESPACIO ÉTICO. JIAMONI¨S GRAFICAS. Bogotá – Colombia MANUAL DE CONVIVENCIA DE LA IENSS. - GRÁFICAS LEALTAD, 2004.

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ANEXO 1

INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO NIVEL PRES-ESCOLAR .GRADO TRANSICIÓN

ACTA DE COMPROMISO

NOSOTROS NOMBRE DEL PADRE O ACUDIENTE NOMBRE DEL ESTUDIANTE PAPITO Y MAMITA TE RECUERDO QUE: Ustedes son parte importante para que yo pueda crecer en mi desarrollo personal y social, para alcanzar este desarrollo y poder crecer como persona, Ustedes tienen que COMPROMETERSE A: • Sé colaborador (a) con mi maestra, dile lo que necesitas saber de mí para que me comprendas y conozcas. • Enséñame siempre asistir a clases y a toda actividad que programe la institución, solo las enfermedades y otros sucesos muy graves justifiquen que falte. • Envía un justificativo escrito cada vez que tenga que faltar. • La lonchera con alimentos que preserven mi salud. • Ayúdame, a entrar y salir en el horario establecido por la Institución. • Lunes a Jueves .Entrada: 7:40 a.m. Salida: 11:45 a.m. Viernes. • No digas cosas desagradables de mi jardín, habla de este nuevo mundo mío, como de un lugar lindo y agradable. • Siempre que me acompañe al jardín, saluda a mi maestra dile algunas palabras agradables, pero enseguida déjame con ella y mis compañeros. • Llévame a pasear y conversa conmigo, de este modo recogeré grandes experiencias. • Lee libros, canta y juega conmigo. • Acude oportunamente a las citaciones que te haga mi maestra. • Oriéntame con paciencia y con constancia. • Corrígeme a tiempo y con amor • Ayúdame a fortalecer los acuerdos o pactos de aulas en mi desenvolvimiento cotidiano PACTOS DE AULA Para crecer como persona con la ayuda de mis padres y maestra.

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ME COMPROMETO: 1- Uso el uniforme de diario y de educación física en los días estipulados por la Institución manteniéndonos bien presentado (a). 2- Soy amable y comparto con mis compañeros. 3- Respeto el turno. 4- Digo por favor y gracias. 5- Saludo a maestra y compañeros cuando entro y salgo de la jornada escolar. 6- Solicito el uso de la pala abra levantando mi mano.

7- Ayudo con alegría ordenando los materiales que hay dentro fuera del salón.

8- Utilizó el sanitario adecuadamente y me lavo las manos. 9- Amo a Dios y a los amigos 10- Me encomiendo a Dios al comenzar y finalizar la jornada escolar. 11- Cuido la naturaleza. 12- Escucho a mi maestra y a mis compañeros cuando tiene el uso de la Palabra. 13- Controlo mi asistencia a clase. 14- Los conflictos los soluciono con el diálogo y el perdón. FIRMA DEL ESTUDIANTE FIRMA DEL PADRE O ACUDIENTE

Firmado en Sincelejo el día ____de ______________2oo5