MI OPINIÓN

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MI OPINIÓN CRÍTICA A LA LEY DE COMUNICACIÓN DE ECUADOR

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Crítica a la Ley de Comunicación de Ecuador. Columnas de opinión

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MI OPINIÓNCRÍTICA A LA LEY DE COMUNICACIÓN

DE ECUADOR

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Esta Es una publicación dE la asociación Ecuatoriana dE EditorEs dE pE-riódicos (aEdEp), quE sE difundE sin costo para El lEctor. contiEnE una sElEcción dE artículos dE opinión aparEcidos En los diarios Ecuatorianos con motivo dE la promulgación dE la lEy dE comunicación, por cuEnta dEl go-biErno dEl prEsidEntE rafaEl corrEa. la sEcuEncia dE los artículos no tiEnE ningún sEntido quE no sEa El quE imprimE El azar. sE solicita difundirla. agosto dE 2013.

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El proyecto de Ley de Comunicación será aprobado por la Asamblea Na-cional porque tienen los votos su-ficientes. Han sufrido cuatro años para hacer realidad el sueño de con-

trolar la información. La espera ha valido la pena porque lograron algo que parecía imposible: empeorar el proyecto original.

Han batido varios récords en el cami-no, entre ellos el de la sesión más larga del mundo, el proyecto más remendado de la historia, y será el menos debatido en la Asamblea de las mujeres, si, como dicen, llegan a votar en paquete sin más discusiones.

No es difícil adivinar la comunicación del futuro. Toda la información será ve-raz, verificada, contrastada, contextuali-zada, plural y oportuna; habrá vigilancia y castigo para asegurar su cumplimiento. Los medios serán vigilados por el Conse-jo de Regulación, veedurías, asambleas, cabildos populares, consejos consultivos, observatorios y millones de ciudadanos, porque cualquiera estará autorizado a denunciar el incumplimiento de los códi-gos de ética transformados en ley.

Nadie se atreverá a cometer infraccio-nes; el Consejo de Regulación suspen-derá inmediatamente la difusión de los contenidos y los responsables serán so-metidos a prisión, multas, suspensión de

los derechos políticos y el propio medio puede ser sometido a pública subasta.

Ningún periodista osará injuriar a la autoridad, publicar contenidos discri-minatorios ni informaciones inexactas o agraviantes. Para asegurar que no lo hagan, los propietarios, accionistas, di-rectivos y representantes legales serán responsables solidarios de las multas y compensaciones económicas y, siendo

El arquetipo de Torquemada

LOLO ECHEVERRÍA

El periodista Lolo Echeverría mantiene una columna de opinión en El Comercio

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"autores coadyuvantes", no tendrán sali-da posible: si publican algún contenido que constituya infracción, serán castiga-dos, y si no la publican serán acusados de censura previa.

Los titulares serán cautelosos pues la ley manda que sean coherentes y consis-tentes con el contenido de las noticias.

No publicarán denuncias, será impo-sible verificarlas; ni revelarán secreto al-guno porque solo se podrán publicar con justa causa y cuando no provoquen daño. Si cometen algún error o niegan el dere-cho a la réplica, los medios serán amo-nestados y obligados a pedir disculpas.

Para vigilar y castigar a los infracto-res serán nombrados siete inquisidores

quienes, al mando de un Torquemada, revivirán al que hace 535 años quemaba herejes. Se dice que el Inquisidor vivía en palacios y tenía una guardia de 250 hom-bres, que sufría delirios y temía ser asesi-nado; adornaba su mesa con un cuerno de unicornio como remedio contra el ve-neno. Se dice también que amasó una for-tuna con la confiscación de propiedades. Poco se sabe de Tomás de Torquemada, pero su importancia histórica, dice John Edward Longhurst, no reside en él como individuo sino en su arquetipo. Es éste, el arquetipo de Torquemada, el que vuelve a la vida con la Ley de Comunicación. (En El Comercio, 08.06.2013)

El preludio más simbólico de la ley: partidarios de Rafael Correa queman periódicos en los exteriores de la Corte Nacional de Justicia, el 15 de febrero de 2012

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La última versión de la Ley de Comu-nicación se aprobó el viernes. El Go-bierno festejó con tarima en la calle la aprobación de su ley más codicia-da. Mauro Andino y María Augusta

calle son los nombres de modaLos discursos concluyeron, Mauro An-

dino ha entregado a la presidenta, Ga-briela Rivadeneira, el texto definitivo de la mil veces apostillada y corregida Ley de Comunicación, con los alcances de úl-tima hora, y los asambleístas sólo espe-ran por una copia digital para votarla de inmediato. Por fin. En el bloque correís-ta todos buscan fundirse en un abrazo mientras los de oposición, que se han amordazado, permanecen de pie junto a sus escaños, levantando carteles por so-bre sus cabezas. Es el clímax emocional de la mañana. Embriagados por la eu-foria del momento histórico, los de PAIS dejan escapar un gesto de espontaneidad en un grito: Que-se-queden-con-la-mor-daza, que- se-queden-con-la-mordaza, se escuchó fuerte y claro unas tres veces. Ya en la sesión inaugural Virgilio Hernández se había encargado de decirles que sus votos no importaban. Ahora les cantan a coro que tampoco haría falta que abrieran la boca. Así transcurre la histórica jorna-da de aprobación de la ley más ansiada por el correísmo: con todas las caracte-

rísticas de una fiesta de la democracia.Pero ¿cómo así está Mauro Andino en-

tregando a la presidenta una copia de la ley? ¿No lo había hecho ya la víspera? Sí, en el antiguo salón del Senado, en pre-sencia de 70 compañeros de su bloque y ante las cámaras de todos los canales, que estuvieron ahí esperando por cinco horas. Para que "socialice usted con los demás asambleístas, señora presiden-ta", le había dicho Andino cuando ponía

El correísmo festeja el fin del periodismo

ROBERTO AGUILAR

El cronista Roberto Aguilar, de Hoy

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la carpeta de papeles en su mano. Algo debió ocurrir para que ahora se repita la misma escena, salvo que en esta ocasión no hay más de tres minutos para sociali-zar lo que haga falta. Al parecer lo del día anterior no fue sino un ensayo general con vestuario para la crítica.

La fiesta de verdad es hoy. Temprano empezaron a levantar la tarima y a las nueve y media de la manaña (la sesión está convocada para una hora después) la calle Piedrahita es un hervidero de mi-litantes verdeagüita con pitos y tambo-res, banderas y carteles. Al pie del esce-nario aún no hay nadie, solo un pelotón de policías haciendo guardia a lo largo de la valla antimotines dispuesta a lo ancho de la calle, pero encima ya está Pancho García, voz oficial de todo festejo correís-ta, proclamando su amor por el Gobierno y por la nueva ley. Dos pantallas gigantes

han sido instaladas para que la espera-da muchedumbre cuya llegada se espe-ra de un momento a otro pueda seguir desde la calle los pormenores de la se-sión histórica. A las barras altas pasan, en compactos grupos, los portadores de una identificación en la que se lee: "14 de junio, la palabra ya es de todos". Una reliquia. El resto de gente se va quedando afuera. La mayoría, militantes de base y campesinos arriados desde alguna parro-quia cercana, traídos y llevados en buses a cambio de comida, gente que no pres-tará la menor atención a cuanto ocurra en la pantalla o sobre la tarima pero hará bulto suficiente.

Adentro se repiten las escenas de asambleístas procurándose atención mediática y cámaras de televisión otor-gándosela. "Necesaria e impostergable", "Histórica", "Justa y necesaria"… Aquí y allá se alzan las voces de los correístas, repetitivas, intercambiables. En el rincón de uno de los corredores de acceso al he-miciclo legislativo Gilmar Gutiérrez salu-da con Cynthia Viteri y le pregunta, con cierto apremio: "¿Van a respetar la mo-ción del Tomás?".

Se refiere a la moción de Tomás Zeva-llos, ex asambleísta que propuso, el 11 de abril de 2012, votar la ley artículo por artículo. "La moción del Tomás" fue apro-bada por mayoría de votos y rige todavía, pues la sesión que está por empezar es la misma sesión número 136 que quedó entonces en suspenso. Pero los correístas quieren irse rápido y así será.

"¿Qué Tomás? –responde Cynthia Vite-ri–. "¿Moro?"

Un rumor de voces y de pasos los in-

María Augusta Calle, las manos

como bocina alrededor de la boca, da la voz de mando:

¡Alerta-alerta-alerta-que-camina…

Y-no-queremos-y-no-nos-da-la-gana…

No-nos-interesa-la-prensa-burguesa… !

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terrumpe. Fernando Cordero, que no ha aparecido en esta sede ni para dar los buenos días desde el día en que empezó el nuevo período de sesiones, ha ingresa-do al edificio con Gabriela Rivadeneira y ahora se dirige al estrecho cubículo que la prensa escrita comparte con la barra baja en un costado del hemiciclo. Saluda cordialmente con los dos asambleístas de oposición y entra, rodeado de cortesanos y amigos. Viteri y Gutiérrez lo ven pasar con nostalgia. Nunca habrían pensado que algo así pudiera ocurrir, pero el he-cho es que lo extrañan.

"Buenos días a todas las asambleístas presentes", saluda Rivadeneira al 40 por ciento de la sala. Son las las 10:55. Lo que viene a continuación consta con le-tras doradas en los anales del correísmo.

"La moción del Tomás" es la primera víctima de la jornada. María Augusta Ca-lle propone desconocerla y así se hace. Luego la misma asambleísta propone votar la ley título por título, siete veces en total, y así es como ocurre. Primero da un discurso Mauro Andino, emotivo orador de ojos bovinos. Y nadie más. Ni bien arranca, tras un breve carraspeo, su intervención leída, el rinconcito donde se sienta la oposición empieza a bullir y a reclamar la atención de todos los pre-sentes. Para ese momento la presidenta Gabriela Rivadeneira ya ha negado la pa-labra al número habitual de opositores de todas las sesiones, así que Cynthia Viteri se ha puesto de pie y se ha ata-do una mordaza al rostro. La siguen los CREO, que vinieron preparados para este momento, todos con carteles y camisas

blancas: son las imágenes de apertura de todos los noticieros de la noche.

"¡Ociosos, incompetentes! ¡Trabajen! ¡Dedíquense a trabajar!". Así dice Mauro Andino que le ha dicho el pueblo a la opo-sición en las urnas el 17 de febrero. El discurso del ponente de la ley está plaga-do de momentos brillantes como este. Él defiende su proyecto y asegura que nin-gún otro podría ser mejor garante de las libertades. Este, para empezar, condena con prisión de seis meses a tres años a todo aquel que ose "menoscabar" la li-bertad de expresión. "¿Qué más garantía quieren?". Andrés Páez se hunde en el teléfono celular (no para de enviar tuits) y, más elocuente que el resto, se sube la mordaza a la altura de la nariz mientras Andino habla.

Que-se-queden-con-la-mordaza, que- se-queden-con-la-mordaza. Andino ha puesto la ley en manos de la presidente por segunda ocasión en menos de 24 ho-ras y ahora recibe los abrazos y felicita-ciones de sus compañeros de bloque.

María Augusta Calle, con complicado diseño étnico verdeagüita que acaso po-dría servir también como cortina, le abre los brazos a la distancia y ambos se fun-den en un apretón para la historia. Él sa-luda con el puño izquierdo a las barras altas, cuyos gritos son amortiguados por los cristales anti ruido. Levanta las ma-nos una y otra vez, las junta, las sacude en profundos gestos de júbilo y de gloria. Hoy la vida le sonríe: está de moda y es quincena.

Las siete votaciones de los seis títulos y las disposiciones finales de la ley trans-

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curren sin novedad y de manera expediti-va. El proceso no dura un cuarto de hora. A los 108 votos a favor se suman otros dos en los últimos títulos, que tratan so-bre la conformación de medios comuni-tarios y la repartición de frecuencias del espectro radioeléctrico: Lourdes Tibán y César Umajinga, de Pachakútik, decidie-ron en este caso ser fieles con la Conaie, que apoya la ley. Humberto Cholango los vigila desde las barras altas. Gabriela Ri-vadeneira suspende, no clausura la se-sión: quedan dos puntos que están pen-dientes desde abril del año pasado y así seguirán hasta las calendas griegas; uno tiene que ver el decreto presidencial que permite despidos en el sector público.

La fiesta empieza marcial y revoluciona-ria. María Augusta Calle, las manos como bocina alrededor de la boca, da la voz de mando: Alerta-alerta-alerta-que-cami-na… Y-no-queremos-y-no-nos-da-la-ga-na…No-nos-interesa-la-prensa-burgue-sa… Luego abandona a la carrera el salón del pleno, sacudiendo el puño izquierdo en alto, en dirección a la tarima de la calle Piedrahita, donde ya esperan Galo Mora y Betty Tola. Y cuando comienzan a pronunciar sus encendidísimos discur-sos, decenas de campesinos con la mira-da absorta empiezan el camino de regreso hacia el parque de El Arbolito, en busca de los buses que los lleven de vuelta a su parroquia. (En Hoy, 16.062013)

14 de junio de 2013: la minoría de la Asamblea Nacional sólo puede hacer gestos de protesta ante la votación mayoritaria que aprobó una inconstitucional Ley de Comunicación del co-rreísmo, una ley contraria a los estándares interamericanos sobre libertad de expresión

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En octubre de 2008 entró en vigencia la actual Constitución. El numeral 4 de su Primera Disposición Transito-ria ordenó que se aprobara una Ley de Comunicación en el plazo de 360

días, que venció en octubre de 2009 sin que la Asamblea Nacional hubiera cum-plido dicho mandato. Ante esa elocuen-te omisión, el presidente convocó a una consulta popular que se realizó en mayo de 2011, en la que, entre otras, le hizo al pueblo la siguiente pregunta (la novena de tal consulta): “¿Está usted de acuerdo que la Asamblea Nacional, sin dilaciones, (…), expida una Ley de Comunicación que cree un Consejo de Regulación que regule la difusión de contenidos en la televisión, radio y publicaciones de prensa escrita que contengan mensajes de violencia, explícitamente sexuales o discriminato-rios, y que establezca criterios de respon-sabilidad ulterior de los comunicadores o los medios emisores?”. Esa pregunta recibió el “sí” del 44,96% de quienes su-fragaron en aquella consulta, que según el Consejo Nacional Electoral equivalió al 51,68% de los “votos válidos”. Con ese “sí” quedó automáticamente reemplazado en todo el numeral 4 de la Primera Dis-posición Transitoria de la Constitución, ya que con esa respuesta el pueblo, de manera directa, dispuso expresamente

que sea la Asamblea Nacional la que en un “nuevo plazo”, muy distinto al original ya vencido, expidiera la Ley de Comuni-cación mencionada en la pregunta referi-da. Como el tiempo transcurría inexora-blemente sin que la Asamblea Nacional hubiera expedido aquella Ley de Comuni-cación que creara un Consejo de Regula-ción, según los términos de la antedicha pregunta ganadora, no faltó alguien del oficialismo que, por marzo o abril del pa-

¿El parto de la Ley de Comunicación?

EMILIO ROMERO PARDUCCI

Emilio Romero Parducci, jurista y columnista de El Universo

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sado año 2012, se permitiera sugerir que, ante la mora de la Asamblea Nacional, la Corte Constitucional bien podía expedir una “Ley Provisional de Comunicación”; pero como semejante disparate ni siquie-ra fue tomado en serio por el propio go-bierno, no obstante su desesperación por esa ley, el nuevo plazo establecido por la consulta también quedó vencido. Así, desde la consulta de mayo de 2011 hasta el 13 de mayo del presente año 2013, en que terminaron las funciones de la ante-rior Asamblea Nacional, esa Ley de Co-municación –cuya expedición se ordenó en esa consulta– no logró ser aprobada; con lo cual resultó que desde que aquella ley fuera ordenada por la Constitución de Montecristi ya habían transcurrido para entonces casi cinco años.

¿Por qué en casi cinco años esa ley no pudo ser aprobada, no obstante la gran mayoría oficialista con que contaba la Asamblea Nacional que terminó sus fun-ciones hace poco? Porque, en mi opinión, los asambleístas constituyentes que apro-baron en el año 2008 el citado numeral 4 de la Primera Disposición Transitoria de la Constitución no sabían exactamen-te lo que hacían, ya que –por lo menos los de buena fe– nunca imaginaron que las verdaderas intenciones que estuvie-ron detrás de ese “proyecto” fueron las de producir un cuerpo legal que restringiera la libertad de expresión; la misma que es uno de los derechos humanos más prote-gidos en los Estados de derecho, no solo por sus constituciones sino, como en el caso del Ecuador, por sus tratados e ins-trumentos internacionales de derechos humanos, que reconozcan “derechos más

favorables” a los contenidos en su propia Constitución, como son el Pacto de San José y la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión de la CIDH, que, en cuanto a esos “derechos más favora-bles”, están por encima de dicha Consti-tución, según sus inapelables arts. 424, 426 y 428.

Por eso, cuando algunos asambleístas responsables de la anterior Asamblea ca-yeron en la cuenta de esas intenciones, empezaron a surgir las dificultades que acabaron por impedir que esa Asamblea aprobase la ley en cuestión. Porque en-tendieron que en el Ecuador no se ne-cesitaba realmente una Ley de Comuni-cación, pero que, si por capricho o para ordenar mejor las cosas había que ex-pedir una, lo único que había que hacer era, por una parte, recoger toda la nor-mativa que ya existía regada en la legis-lación nacional, y ordenarla, y, por otra, desarrollar, sin sesgos ni revanchismos, con la debida técnica jurídica, las corres-pondientes disposiciones supraconstitu-cionales de los tratados e instrumentos internacionales ya referidos y los siguien-tes artículos de la Constitución: 16 al 20; 66, numerales 6 y 7; 384; 424; y, 426.

Mas ahora parece que la inédita ma-yoría que hoy ostenta el oficialismo en la nueva Asamblea Nacional ha decidi-do, después de casi cinco años de fra-casos, con todos los plazos vencidos, expedir la tal ley, como siempre se ideó desde el principio, sin tomar en cuenta para nada los numerales 4 y 8 del art. 11 de la Constitución, que dicen: “Ninguna norma jurídica podrá restringir el conte-nido de los derechos ni de las garantías

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constitucionales”; y, “Será inconstitucio-nal cualquier acción u omisión de carác-ter regresivo que disminuya, menoscabe o anule injustificadamente el ejercicio de los derechos”.

Porque esas normas serán las que se empiecen por violar, por ejemplo, si se eleva a la categoría de ley la falsedad aquella de que los medios de comunica-ción masiva prestan un “servicio públi-co”, como se anuncia en los arts. 5, 74 y 90 del proyecto que tengo a la vista (para jugar con las concesiones y todo el em-brollo administrativo de los verdaderos “servicios públicos”); o si al Consejo de Regulación ordenado en la respuesta a la novena pregunta de la consulta popular se le confieren facultades controladoras y hasta sancionadoras, que ni siquiera fue-ron mencionadas en esa pregunta, como se sugiere en el art. 46 del mismo; o si –albarda sobre albarda– además de tal consejo recargado, se crea una “Super-intendencia de Comunicación” o como se llame, a sabiendas de que esos organis-mos, tan preferidos antaño por nuestras

viejas dictaduras, ahora son, según el gran paraguas del art. 213 de la de Mon-tecristi, instituciones públicas “de vigi-lancia, auditoría, intervención y control”.

Para entender lo de los “servicios pú-blicos”, los que no quieren entenderlo, que acudan a la página 909 de esa “bi-blia” que se llama Enciclopedia de la Po-lítica, de Rodrigo Borja (edición de 1998); y, para los que no conocen lo que pueden ser las superintendencias ad hoc, que re-cuerden o averigüen las historias de la Superintendencia de Piladoras (1964) o de la Superintendencia de Precios (1973).

Para terminar, al margen de la ingenui-dad de estas reflexiones, agrego que, dada la innegable realidad actual, con todos los votos que le sobran, la Asamblea bien podría hacer lo que le venga en gana, y expedir y aprobar –en paquete– cualquier cosa con el nombre de Ley de Comuni-cación; así como también podría aprobar una nueva Ley del Embudo o disponer la derogación de la Ley de la Gravedad. ¡Y festejarlo! ¡¿Para qué serían, si no, las ur-nas?! (En El Universo, 14.06.2013)

La Ley de Comunicacion, en realidad Ley de

Medios, convierte a todos quienes ejercemos el

periodismo en funcionarios estatales.

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Estado, y la confusión entre el Derecho, como sistema de normas vinculantes para el poder, y "los derechos" individua-les como facultades de las personas -que no deberían pertenecer a la esfera de lo público- acarrean un grave riesgo: que los gobiernos consideren que respecto de los derechos individuales, transformados en patrimonio estatal, las autoridades tendrían "poder de disposición", o sea, facultad de modificarlos, condicionarlos,

La gran confusión comenzó con la Constitución de Montecristi. Con-tinuó con algunas leyes orgánicas, prosperó con varios actos adminis-trativos, reglamentos y otros actos

del poder. Adquirió plenitud con las polí-ticas públicas que suplen a la Ley.

1.- En qué consiste la gran confu-sión?.- El art. 1 de la Constitución de-clara que el Ecuador es un "Estado cons-titucional de derechos y justicia". No es lo mismo decir que se trata de un "Estado de Derecho", en que el poder está someti-do sistemáticamente a las leyes, y en que es susceptible de rendición de cuentas y de responsabilidades políticas y jurídi-cas efectivas. La redacción de esa norma constitucional implica, para el buen en-tendedor, que los "derechos" individuales se habrían convertido en atributo y ca-racterística distintiva del poder político, en factor del poder. Bajo el nuevo sistema legal uno de los elementos constitutivos de la organización política son los dere-chos fundamentales. Esto significa que, de algún modo, los derechos, como po-testades humanas de cada persona, pa-saron, por arte de referéndum, del patri-monio privado al patrimonio público.

2.- El poder de disposición de los de-rechos.- La innovación que introdujo la Constitución de 2008 en la definición de

La gran confusión

FABIÁN CORRAL

Fabaián Corral, jurista y columnista de El Comercio

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someterlos a "políticas", marcarlos por la ideología dominante, o transformarlos en "servicio público". Esto ya ocurrió con la Ley Orgánica de Comunicación.

3.- Servicio público y derechos fun-damentales.- La tesis que maneja el Ré-gimen y que, como era previsible, triunfó ampliamente en la Asamblea Nacional, es que la comunicación es un servicio público. Esto significa que se trataría de una prestación que le correspondería por naturaleza al Estado, y que éste, en ejer-cicio de su soberanía, podría, discrecio-nalmente, concesionarlo o delegarlo para que, en forma condicional y temporal, lo ejerza un delegado o concesionario. En igual forma, podría revocar tal autoriza-ción y asumirla o entregar la delegación a otro transitorio prestador del servicio. Con la vigencia de la Ley Orgánica de Comunicación que "transformó" en ser-vicio público a la información y comuni-cación, se plantea un evidente problema conceptual y jurídico frente las normas constitucionales que, contrariando tal te-sis, declaran y consagran como derecho de las personas, o como ahora se dice, de los ciudadanos, a la "comunicación", y a todo lo que ella contiene (generar, recibir, intercambiar y difundir información; y, el derecho a opinar y expresar libremente su pensamiento). No existe ninguna dis-posición constitucional que atribuya la calidad de servicio público a la comuni-cación, tampoco se la incluye entre los sectores estratégicos reservados al Es-tado (arts. 313, 314, 315), ni se alude a ella como actividad que corresponda a la Administración Pública (arts. 225, 226).

No existe ninguna disposiciónconstitucional que atribuya la calidad de servicio público a la comunicación, tampoco se la incluye entre los sectores estratégicos reservados al Estado

4.- ¿El "garantismo" y sus principios en entredicho?.- Los ideólogos de la Constitución del 2008 se preciaron, y lo siguen haciendo, de que la se trata de una normativa sustancialmente "garantista de los derechos fundamentales." Pero si el derecho a la comunicación se convierte en potestad pública, si la opinión queda regulada hasta el extremo, si prevalece el interés estatal, si ahora todo ello es po-testad estatal, la pregunta que surge es ¿en qué quedan los principios de: acción afirmativa para promoción de los dere-chos; aplicación directa ante las autori-dades; prohibición de restricción; inter-pretación más favorable; inalienabilidad e irrenunciabilidad; desarrollo normativo progresivo; prohibición de disminución, menoscabo o anulación, etc. contenidos en el art. 11 de la Constitución?

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5.- Dos artículos esenciales.- La lec-tura de dos artículos de la Constitución (18 y 66), en contraste con el concepto de "servicio público de comunicación" (atri-buto del Estado) deja serias dudas sobre la coherencia de la Ley Orgánica, y acer-ca del principio de prevalencia absoluta de los derechos fundamentales sobre el ordenamiento jurídico local. Quedan se-rias dudas sobre la efectiva vigencia de los Tratados y Convenios Internacionales de Derechos Humanos, ratificados por el Ecuador, y sobre su jerarquía normativa, pues la misma Constitución los coloca so-bre las leyes orgánicas (arts. 424 y 425).

6.- Lo de fondo.- Más allá de los as-pectos jurídicos puntuales -que son mu-chos- lo de fondo, a mi entender, está en resolver este dilema desde la lógica co-mún: cómo los derechos fundamentales, cuya titularidad radica en las personas, y que, por su naturaleza e íntima vin-culación con el fuero interno de los in-dividuos, no corresponden al concepto común de prestaciones estatales típicas (agua potable, electricidad, saneamiento, vialidad, etc.), pueden pasar, en virtud de una ley, del patrimonio moral y jurídico privado, al patrimonio público? ¿Cómo un derecho se transforma en potestad es-tatal? ¿Se puede renunciar a los derechos que singularizan a las personas? ¿Puede una ley convertir en público lo que es ín-timo, privado y personal, como el derecho a la opinión libre? ¿Cómo se conducirán las instituciones del poder frente a la li-bertad de conciencia? ¿Habrá libertad de conciencia y de opinión, si el mandato de la Ley es propiciar la obediencia absoluta

a la Constitución y a las leyes, frente a las cuales, entonces, no puedo discrepar, ni cuestionar su dirección y contenido?

7.- Un debate parcial.- El debate so-bre la Ley de Comunicación se ha cir-cunscrito fundamentalmente al tema de los medios de comunicación, que es im-portante pero no único. De algún modo se ha soslayado el problema central: el que tiene que ver con el patrimonio de las personas, el traslado de la moral a la Ley, la codificación de la ética, la minusvalía de los derechos, el desequilibrio entre el ejercicio de los derechos y las responsa-bilidades y sanciones administradas por el Estado. Estos temas no corresponden solamente a los medios de comunicación, que son apenas canales de expresión. Pertenecen a cada una de las personas, tanto más si la democracia es un sistema basado en la opinión libre de los electo-res. (En El Comercio, 11.07.2013)

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mediático va orientado a proteger la ima-gen de una persona, la que estaría siendo afectada por una campaña de prensa que difunde información para desprestigiarlo. Sin embargo, en ninguna parte de la defi-nición legal se determinan las caracterís-ticas de la información difundida, su ve-racidad o el origen de esta. Simplemente se exige la intención perversa y dolosa en su difusión, la que resulta muy difícil de determinar por su subjetividad y que, por

La reciente Ley Orgánica de Comu-nicación crea una figura novedo-sa en nuestra legislación, esto es, la del linchamiento mediático. Su contorno lo establece como “…la

difusión de información que, de manera directa o a través de terceros, sea pro-ducida de forma concertada y publicada reiterativamente a través de uno o más medios de comunicación con el propósito de desprestigiar a una persona natural o jurídica o reducir su credibilidad públi-ca…”. Linchar es, según el órgano rector de nuestro idioma, “ejecutar sin proceso y tumultuariamente a un sospechoso o a un reo”, término que tiene su origen en Charles Lynch, juez estadounidense del siglo XVIII, reacio a cumplir reglas del de-bido proceso en forma previa a una eje-cución.

Pues bien, ajustando lo dicho a la fi-gura comentada, se trataría de prohibir y sancionar a aquel medio o medios de co-municación concertados, concordados, conciliados o conspirados, que produz-can y publiquen reiterativamente (¿reite-radamente?), o sea, más de una vez, in-formación de cualquier tipo (no precisa) con el propósito, intención o finalidad, de desprestigiar a una persona natural o ju-rídica o reducir (¿afectar?) su credibilidad pública. Es evidente que el linchamiento

Linchamiento mediático

XAVIER ZAVALA EGAS

Xavier Zavala Egas, jurista y columnista de El Universo

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lo general, se debe deducir de los hechos objetivos. Es decir, cuando la ley define, prohíbe y sanciona una conducta dolo-sa (intencional), en su descripción exige hechos objetivos y materiales que le per-mitan al juzgador deducir la real inten-ción de su autor, ya que, de lo contrario, jamás podría llegar a su psiquis y saber cuál fue su real deseo. En el caso del hur-to, por ejemplo, se exige que lo sustraído sea una cosa ajena, si el autor sabe que es ajeno lo que sustrae pudiéramos de-ducir el dolo en su conducta.

Si el linchamiento mediático exigie-ra que lo difundido sea falso, ambiguo,

descontextualizado, espurio, insidioso o inexacto, pudiéramos suponer que, efec-tivamente, existe el propósito de despres-tigiar. Pero, tal y como está la figura, es prohibirles a los medios de comunicación que investiguen, por ejemplo, a un fun-cionario público sobre eventuales entuer-tos con los recursos públicos, ya que, se-guramente, su nombre saldría en varias ocasiones en los medios de comunicación y cualquiera diría que existe un lincha-miento mediático. En tal virtud, quedan abiertas las suposiciones sobre la real intención del legislador. (En El Universo, 25.07.2013)

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El periodista, analista crítico de la so-ciedad y su cultura, testigo presen-cial de los hechos que construyen y deconstruyen la realidad ante nues-

tros ojos. Investigador agudo, suscitador e informador social de la verdad de los problemas económicos, políticos, jurídi-cos, estéticos, sociológicos, tecnológicos, deportivos. Cronista ético de su tiempo, historiador en vivo, relator del drama, la comedia, la tragedia y la gloria humanas, ha pretendido ser sustituido en las últi-mas décadas por una sola de sus partes “el comunicador”, reducido a su vez al papel de un especialista en empaquetar contenidos de conformidad a las necesi-dades del mercado noticioso sometido a los requerimientos del poder –económico y político- y a la reproducción de su he-gemonía.

Ese prospecto de comunicador, suerte de mutilado periodista reducido a la vez tanto a las posibilidades como a las limita-ciones del marketing, donde sus sentidos desaparecen y sus contenidos se subordi-nan a la eficacia del “vender más”, ahora se enfrenta a una nueva amputación. En la novísima Ley Orgánica de Comunica-ción (LOC) emitida en Ecuador y presen-tada por el presidente Correa, como glo-bo de ensayo internacional, el periodista, pasa por ley de ser un ser humano que

ejercía “el mejor oficio del mundo”, como lo definió Gabriel García Márquez, a ser una tipología nueva de cosa, una espe-cie de micrófono o pantalla, cuya función se limita a transmitir datos “contextua-lizados, precisos y oportunos”, “veraces” —por verificados no por verdaderos, in-

Marcelo Larrea, fue candidato a la Presi-dencia de Ecuador, actualmente es presi-dente de la Federación Nacional de Perio-distas del Ecuador FENAPE, que agrupa a todos los Colegios de Periodistas del país.

MARCELO LARREA

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novación lingüística que esconde la sutil pretensión de ignorar cuando no de asesi-nar o sepultar la verdad —. Legalmente, el periodista solo merece su reconocimiento como ser humano cuando le correspon-da asumir su “responsabilidad ulterior”, es decir, las sanciones administrativas, pecuniarias, civiles y penales que la ley prevé se le apliquen.

La LOC establece que la calificación de esas cualidades y el soltar la guilloti-na frente a su incumplimiento, es potes-tad subjetiva y privativa del Big Brother, quien trasciende de las páginas de la tor-mentosa ficción orwelliana a la realidad en calidad de Panóptico omnipresente, con el título de Superintendente de la In-formación y la Comunicación. Él tiene la misión de observar a todos, exactamen-te como en el diseño de la penitenciaría de Jeremy Bentham (1791), solo que aho-ra en la versión del siglo XXI, 222 años después, sus funciones no se limitan a observar (opticón) a todos (pan) los presi-diarios, sino a toda la ciudadanía, que es la fuente de las fuentes de información, a los periodistas que obran con ella y la procesan, a los medios que la publican o difunden.

El Superintendente no sólo es el pes-quisa de todos y todas, tiene funciones de acusador, juez y finalmente de verdugo de lo que piensen, expresen, informen, opi-nen, comuniquen, con potestades para aplicar directamente sanciones adminis-trativas de carácter pecuniario, así como para decretar su retractación pública —abolida en Francia en 1791, condenada hace 222 años como vergonzosa práctica del absolutismo monárquico—. Además si

considerase insuficiente el castigo, para que no quede duda del carácter punitivo de la LOC, el Gran Hermano puede or-denar el enjuiciamiento civil y penal de sus víctimas.

El artículo 55 de la LOC, al definir a la Superintendencia de la Información y la Comunicación, señala: “es el orga-nismo técnico de vigilancia, auditoría, intervención y control, con capacidad sancionatoria… que cuenta con amplias atribuciones para hacer cumplir la nor-mativa de regulación de la Información y la Comunicación” .

Es visible la inspiración de la ley correísta en la ley franquista promulgada en 1938, en plena Guerra Civil, cuya vigencia se extendió por décadas con el objetivo de suprimir la libertad de prensa

Tales funciones se cumplirán bajo un bifásico criterio de libertad de expresión definido en el Artículo 17 que textual-mente dice: “Todas las personas tienen derecho a expresarse y opinar libremente de cualquier forma y por cualquier me-dio, y serán responsables por sus expre-

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siones de acuerdo a la ley” . El instituir ese género de responsabilidad otorga a la ley una clara capacidad punitiva, para imponer responsabilidades sobre infor-maciones, expresiones y opiniones, abo-liendo la libertad de información, expre-sión y opinión. Se trata de una versión actualizada de aquella norma constan-te en la Ley de Prensa del Generalísimo Francisco Franco: “todo español podrá expresar libremente sus ideas mientras no atente a los principios fundamenta-les del Estado”, disposición con la cual el caudillo se vanagloriaba de que en Es-paña había libertad de expresión.

Los medios de comunicación y los pe-riodistas, que por ley pasan a ser “ad-ministrados” por la Superintendencia, están sujetos a un sistema de tortura permanente, que se expresará en co-municaciones y amonestaciones escritas “para llamar la atención sobre prácticas que deben ser mejoradas o corregidas porque ponen o pueden poner en riesgo los derechos a la comunicación” .

En estos aspectos esenciales es visi-ble la inspiración de la ley correísta en la ley franquista promulgada en 1938, en plena Guerra Civil, cuya vigencia se ex-tendió por décadas con el objetivo de su-primir la libertad de prensa y someter al conjunto de los medios de comunicación a su servicio.

Evidentemente, si hay algo que al Su-perintendente le disguste en la transmi-sión del “comunicador”, ejercerá sus fa-cultades punitivas. Estas incluyen desde el castigo de dar disculpas públicas su-cesiva e insistentemente difundidas para

ubicar al periodista y al medio en la picota —forma snobista de la “retractación” ins-tituida bajo la inspiración del moralismo conservador que autodefine a Rafael Co-rrea—, hasta el pago de cifras crecientes, sin perjuicio de su procesamiento civil y penal.

Esta suerte de panóptico, a la vez Big Brother y Superman, está definido en la LOC ecuatoriana, como un vigilante poli-cíaco, expresamente como “fiscalizador y supervisor de la Información y la Comuni-cación”. Es además acusador, juez y parte del proceso y verdugo. Indirectamente de-signado por el presidente de la república, quien presenta todos los candidatos a esa poderosísima función, representa nada más y nada menos que al poder político, en contradicción con los considerandos de la misma ley que señalan como objeti-vo la “erradicación de la influencia del po-der económico y del poder político sobre los medios de comunicación”.

El Superintendente es la encarnación ecuatoriana del Ministro de la Verdad, el Miniver de George Orwell, propietario pri-vado y administrador público de la ver-dad, con funciones ejecutivas, legislativas y judiciales, a más de facultades legales supranormales otorgadas por ley, tanto que es competente para perseguir no solo hechos, sino propósitos, que él, ante él, puede identificarlos, definirlos, acusarlos, juzgarlos y sancionarlos, sin que al perio-dista le asista el derecho a la defensa y al debido proceso.

Sus facultades inquisitoriales son tan vastas que tiene la competencia de —cito literalmente— “requerir a los ciudadanos, instituciones y actores relacionados a la

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comunicación, información sobre sí mis-mos que fuere necesaria para el cumpli-miento de sus atribuciones”, liquidando los derechos a la privacidad, a la intimi-dad, al ámbito de la vida espiritual, fa-miliar, personal, que la evolución jurídica universal incluida la ecuatoriana, protege de cualquier intromisión.

No solo los periodistas están bajo su vi-gilancia y castigo, este policía del pensa-miento y la información, puede acechar, acusar, juzgar y sancionar al medio de co-municación que publique o difunda esos “datos” e incluso, más allá, a la fuente de esos datos, a la persona o las personas que cometieron la maledicencia de revelar cualquier cosa que el poder considere que deba mantenerse oculta.

La superposición del carácter perse-cutorio y punitivo de la LOC, sobre sus declaraciones relativas a la libertad de expresión y opinión, reserva de la fuen-te, secreto profesional, libre ejercicio de la comunicación, prohibición de la censu-ra previa, evidencia su carácter bifásico, cualidad que emula las metodologías pro-pias del nazismo y su sangrientamente célebre ministro de propaganda, Joseph Goebbels.

En contraste con el dominio de la ob-sesión policíaca y punitiva, los elementos que pudieren ser considerados progresi-vos en la LOC, como la redistribución del espectro radioeléctrico y la introducción del sector comunitario, mutan su sentido. Los medios comunitarios en lugar de ser

un vehículo de una genuina democrati-zación de la comunicación, parecen estar destinados a obrar como instrumentos de subordinación al poder político y en con-secuencia de control, vigilancia y castigo, no solo de quienes los produzcan, sino de las comunidades en las que actúen.

La LOC emitida en Ecuador, abre las puertas a la criminalización del periodis-mo, de la comunicación, la información y el pensamiento, es un paso hacia una sociedad panópticamente disciplinaria, donde la calidad de ciudadanos de todas y todos se invierte en la de presidiarios del Estado y del ejercicio impune del poder.

La ley contradictoria consigo misma, inconstitucional, violatoria de los dere-chos humanos consagrados en la legis-lación ecuatoriana e internacional, entra en abierto conflicto con las realizaciones de la revolución alfarista de 1895, que consagró las libertades de pensamiento (derecho consustancial del ser humano), conciencia, opinión, expresión, prensa, asociación y las caracterizó como una ga-rantía frente a la intromisión del gobierno en la vida de las personas.

La sociedad ecuatoriana que enfrenta en esa LOC una regresión histórica sin precedentes ha empezado ya a responder. En las redes sociales con el humor propio de las verdades profundas, la han cali-ficado no como una Ley de Medios, sino como Ley de Miedos, desnudando el pavor a la verdad que destila la piel de quienes la elaboraron.

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La obsesión del presidente Rafael Correa contra el periodismo independiente y la prensa privada final-mente se plasmó en una ley inconstitucional, regre-siva, represiva y antidemocrática.

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El Estado de propagandaCÉSAR MONTÚFAR

Callémonos. Se puede molestar si pensamos en voz alta; rabiará si osamos escribir lo que sentimos; si narramos lo que vemos. Callé-monos; mejor la hoja en blanco,

el lienzo vacío, el silencio a la mentira, a la complicidad, a la condescendencia, al acomodo. Mejor encendamos el televi-sor que en segundos tronará la voz del supremo mostrándonos la única Verdad: “avanzamos”; “tenemos Patria”. Mejor pensemos que con esas “hermosas carre-teras”, con “tan monumentales obras”, no hay motivo para el descontento. Sería molesto, ofensivo para con la majestad del poder.

Callémonos. Se aprobó la Ley de Co-municación y desde hoy “la Patria será para siempre” porque todo lo que lea-mos, miremos, escuchemos en los me-dios de comunicación será veraz, verifi-cado, oportuno, contextualizado y plural. Desde hoy morirá la “prensa corrupta”, flaquearán las “gorditas horrorosas”, se amordazará a los “periodistas medio-cres”. Se acabaron las preguntas incó-modas, las entrevistas polémicas, los comunicadores incisivos. La voz oficial reinará en torrentes de propaganda. Es así como debe ser. Es así la única for-ma de salvar esta revolución, de ejercer nuestro derecho “al buen vivir” “en el me-

jor lugar del mundo”. Si no lo hacemos podría regresar la partidocracia, comer-nos el imperialismo. Ahora sí podremos creer sanamente en cada eslogan oficial, en cada jingle propagandístico del Go-bierno, sin las odiosas interferencias del gran hermano, las narcovalijas, los chuc-ky seven, los come cheques. Seremos re-volucionarios, evolucionarios. Seremos hombres y mujeres nuevos. Es cosa del

César Montúfar, ex asambleísta

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pasado la protesta, el grito, el llanto. Des-de hoy se instaurará en el Ecuador un es-tado de propaganda; la publicidad oficial sustituirá a la realidad; una “realidad” entre comillas.

Sí, un estado de propaganda en vez de un Estado constitucional de derechos y justicia. Con la Ley de Comunicación esa será la principal política pública. Ya ha sido prioridad desde el 2007 pero ahora se instaurará con más fuerza. Es muy simple: consiste en callar a todos y solo dejar que hable el poder; silenciar la disi-dencia, abolir la crítica y poner todos los parlantes a la propaganda gubernamen-tal. Manera fácil de resolver los proble-

mas nacionales con una ineludible con-dición: nuestro silencio y aplauso a cada gesto del supremo; nuestra aceptación, sin reparos, al “mundo” creado por las agencias de publicidad.

Aquello hasta que la realidad nos esta-lle en la cara; hasta que la ineficiencia, la corrupción, la falta de empleo y oportuni-dades queme nuestros pies y, entonces, echemos a correr con ansias, enojo, total desesperación a ese país de libertad que siglos atrás un hombre llamado Chusig escribió que podía existir. Gracias a EL COMERCIO por invitarme a compartir nuevamente este espacio. (En El Comer-cio: 17.06.2013)

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En esta columna hemos expresado en varias ocasiones los reparos que te-nemos a la actual Ley de Comuni-cación aprobada por el oficialismo; reparos de forma y de fondo.

Pero en esta ocasión me voy a referir a una reciente declaración realizada por el padre de la Ley, la que ha sido difundida por medios de comunicación públicos, lo cual me asegura que la noticia ha cum-plido con todos los procedimientos de verificación y contrastación, pues nadie mejor que los medios públicos para cum-plir con la Ley.

Según noticia publicada por la agencia de noticias Andes, y que se puede en-contrar fácilmente en la web, el padre de la Ley ha dicho que:

“…La verdadera posibilidad de diversi-ficar la palabra y democratizar la comu-nicación, el tema de réplica cuando un poblador ha sido vulnerado en sus dere-chos, ha generado que algunos medios se hayan confabulado e iniciado un lincha-miento mediático a la Ley de Comunica-ción, para distorsionar la verdad y con-fundir…”.

Y cuando habla el padre de la Ley, to-dos escuchamos, pues nadie mejor que él para entender el alcance y espíritu de la misma.

Debo confesar, amables lectores, que

Cuando habla el padre...PEDRO X. VALVERDE RIVERA

dicha declaración me ha causado profun-da confusión, pues, hasta antes de esta, creía haber entendido la Ley; claro, no con la profundidad ni el sustento deonto-lógico que con seguridad tiene el padre de la Ley, pues pretenderlo habría resultado demasiado soberbio para un mortal co-mún y corriente como yo. Pero sí creía ha-ber comprendido, por lo menos, quiénes eran los sujetos obligados por la misma.

Pedro Valverde, abogado, maestro universitario, columnista de El Universo

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Pero no, yo he estado equivocado. Hay un detalle muy importante que se me ha pasado por alto y es que, al parecer, la propia Ley de Comunicación se protege a sí misma.

Es como una especie de campo mag-nético que la defiende de los linchadores mediáticos.

Veamos lo que dice el texto de la Ley al respecto:

“Art. 26. Linchamiento mediático.- Queda prohibida la difusión de informa-ción que, de manera directa o a través de terceros, sea producida de forma concer-tada y publicada reiterativamente a tra-vés de uno o más medios de comunica-ción con el propósito de desprestigiar a una persona natural o jurídica o reducir su credibilidad pública”.

Como notarán a simple vista, parece que el texto legal no prevé la posibilidad de que una ley pueda ser sujeto de lin-chamiento mediático; sin embargo, el pa-dre de la Ley, que la conoce mejor que na-

die, nos ha explicado que la Ley sí puede ser linchada.

Y es que además es una idea brillan-te que deberíamos tomar como punto de referencia para reformar el mismísimo Li-bro Segundo del Código Civil. Se imagi-nan si todas las leyes tuvieran tremenda protección? Ya nadie podría lincharlas ni ofender su bien ganado prestigio. Porque la verdad, no está bien que haya tanta insensibilidad con las leyes, que una vez que nacen, también tienen su corazonci-to, ¿no?

Lo que sí recomiendo es una urgente reforma a la Ley, para que quienes no te-nemos el privilegio de conocerla tan bien, podamos comprenderlo con la simple lec-tura. Que se agregue, en el artículo 26 a continuación de donde dice “…a una per-sona natural o jurídica..”, la frase: “…o a una Ley…”.

Una humilde sugerencia que, espero, sea tomada como lo que es, una crítica constructiva. (En El Universo, 17.07.2013)

Si la Ley de Comunicacion hubiera existido

hace mas de diez anos, ningun periodico

habria podido publicar absolutamente nada

acerca del feriado bancario.

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Se conformó el Consejo de Regula-ción más rápido que volando. No se necesitaba más, en realidad. Para dar forma una dependencia más de la Secretaría de Propaganda, tam-

bién conocida como Secom, no se requie-re dar muchas vueltas.

El Consejo de Regulación cuya misión principal será tratar de someter el dere-cho a la libertad de pensamiento, a las condiciones de confiscación que plantea la nueva Ley de Incomunicación bajo la figura del "servicio" público o del "bien" público, como indistintamente nombra la Ley a lo que es un derecho humano fun-damental. La lista de quienes deberán ser sancionados de forma ejemplificadora, a estas alturas ya es gruesa y predecible. El presidente del Consejo de Regulación, fiel funcionario de la SECOM ha señalado con la luz que le caracteriza que la Ley ha sido mancilllada y linchada. La "mamá" del mamotreto (el asambleísta Mauro An-dino), como corresponde, también ha sa-lido en defensa de la honra mancillada de su tierna hija y ha bramado: "están lin-chado mediáticamente la Ley". Al cadalso con quienes molesten el tierno mounstri-to que acunan.

Así que las filas del panóptico del pen-samiento se engrosarán con quienes han

osado criticar la Ley Mordaza. Y luego vendrán otros. Porque vivimos en la nue-va era. La del "vigilar y castigar", tal como lo describió Michel Foucault en su céle-bre texto del 75: “Castigar con una seve-ridad atenuada, quizá, pero para castigar con más universalidad y necesidad".

Para eso tenemos en el Consejo a un fiel subsecretario de la SECOM protago-nista entre otros hechos de una audien-

La confiscación y los confiscadores

CÉSAR RICAURTE

César Ricaurte, director de Fundamedios, columnista de Hoy

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MI OPINIÓN: crítica a la Ley de Comunicación de Ecuador

cia en el seno de la CIDH donde contó que fue maltratado en los medios privados, porque en lugar de utilidades le dieron un pollo ahumado. Está un oscuro per-sonaje cuyas recientes actividades tienen que ver más con el cyberbulling que con la defensa de derechos humanos, como ahora se cuenta en una biografía oficial construida ad-hoc. Y está el maestro de ceremonias de cada acto correista que debía lavarse la cara con jabón académi-co, pero que en realidad le reza a la virgen de la Revolución cada noche y abjura de los abominables demonios de los medios privados que conoció profundamente en una pasantía de dos semanas en un canal

de televisión. Los otros dos integrantes del Consejo, son meras comparsas. Una asesora de la Ministra Soliz que apresu-radamente fue instruida de abandonar el puesto por un fin superior que tiene vista a la Superintendencia de Información. Y una señora que fue secretaria de la Co-misión de Betty Carrillo para representar a la Defensoría de los Derechos del Señor Gobierno, ex Defensoría del Pueblo.

Así están las cosas, en estas horas os-curas.

Pero en las cavernas sin luz hay que hablar más duro para que el eco de la voz nos guíe y evitemos perdernos más en sus fríos vericuetos. (En Hoy, 25.06.2013)

Cuando callan a un periodista,

callan tu derecho a saber.

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Las opisición y resistencia al proyecto de Ley de Comunicación, expuesta públicamente por los periodistas ecuatorianos, en ca-lles y documentos, en aulas y publicaciones, fueron desoídas por el sordo autoritarismo correísta

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y regulación social y política de la esfera pública. En el marco de las contradiccio-nes señaladas, la ley inclina el péndulo en favor del poder político gracias al con-trol que le otorga, desde una novísima teoría de los medios, de las instancias de regulación, control y sanción creadas, el Consejo de Regulación y la Superinten-dencia de Comunicación. Si bien los me-dios tienen como espacio para actuar y defender su trabajo las contradicciones

La ley de Comunicación retrata de modo perfecto las contradicciones ideológicas que persiguen a la revo-lución ciudadana entre el creciente activismo del Estado, en todos los

campos, y la defensa de libertades y de-rechos, como en este caso los de informa-ción y expresión. La Ley afirma y promue-ve lo mismo que limita y restringe. Los ejemplos abundan: prohíbe expresamen-te la censura previa, pero introduce dis-posiciones que conducen inevitablemen-te a imponerla. La información se define como un derecho de los ciudadanos y a la vez como un servicio público, promueve el ejercicio de ese derecho, pero lo ins-cribe en un amplio campo de interven-ción, regulación y control estatal. Define como una de las responsabilidades de los medios la crítica a los poderes públicos y privados, pero a la vez crea mecanismos de rectificación y réplica tan amplios que inevitablemente tienden a limitarla.

Que sea contradictoria significa que la ley afirma lo mismo que niega, que se puede argumentar, sobre un mismo tema, de modo opuesto. Las contradic-ciones se desprenden de las ambigüe-dades ideológicas de la revolución entre principios y postulados liberales de la de-mocracia, en los que no cree, y su activis-mo estatal como instrumento de control

En un mar de contradiccionesFELIPE BURBANO

Felipe Burbano, sociólogo, maestro universitario, columnista de Hoy

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de la propia ley, lo positivo que hay en ella, tendrán que hacerlo en condiciones de enorme desventaja política. Al Consejo y a la Superintendencia se unirá, desde adentro de cada uno de los medios, el fa-moso defensor de audiencias o lectores, quien será designado –de acuerdo con un confuso artículo de la Ley- por un órga-no estatal. En lugar de ser un mecanis-mo de autorregulación, a través del cual los ciudadanos interactúan críticamente con las salas de redacción, los defensores serán una suerte de interventores esta-tales –comisarios de contenidos y calidad periodísticas, en los términos definidos por los principios deontológicos conte-nidos en la ley- dentro del propio medio. Sobre el linchamiento mediático hay poco que decir, más allá de que se trata de un

mecanismo abierto y desembozado para la protección de políticos y funcionarios públicos corruptos, ineficientes y men-tirosos, pero impracticable, por suerte, gracias a la forma cómo se lo define. Los medios fácilmente podrán evitarlo sin renunciar a la crítica y denuncia, aun-que pendan sobre ellos múltiples meca-nismos de control e intimidación bajo la figura del periodismo responsable. Los mecanismos más utilizados serán, con toda seguridad, el derecho a la réplica y a la rectificación, apoyados en amenazas de multas gigantescas. Ya veremos a los canales y periódicos inundados de cartas de funcionarios y políticos exigiendo rec-tificaciones para salvar su honor, pres-tigio y credibilidad, por más inmorales y farsantes que sean. (En Hoy: 09.07. 2013)

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La ley inclina el pendulo en favor del poder

politico gracias al control que le otorga, desde

una novisima teoria de los medios, de las instancias de regulacion, control y sancion

creadas, el Consejo de Regulacion y la Superintendencia de Comunicacion.

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bondades del régimen, la apología de los valores de la españolidad encarnados en el caudillo y, sobre todo, los discursos de ese personaje de voz aflautada. Como para que nadie olvide que gobernaba por la gracia de Dios.

Cuando el No-Do ya había recorrido largo trecho, en 1966 el ministro de Tu-rismo y Comunicación, Fraga Iribarne, impulsó una ley de prensa que busca-

No-DoSIMÒN PACHANO

Junto con los cuerpos policiales es-pecializados y con los grupos de choque, los regímenes autoritarios valoran enormemente la propagan-da como uno de los instrumentos

para mantener la paz de funeraria que tienen como objetivo. El ejemplo que vie-ne a la cabeza cuando se habla de esto es la Alemania nazi, con Göering repitiendo la mentira hasta que se convierta en ver-dad. Mientras las bandas de las camisas pardas se encargaban de los cuerpos, la propaganda trabajaba en los cerebros. Pero es menos conocido lo que hizo du-rante un tiempo bastante más largo su hermana gemela, la dictadura franquis-ta. Fueron los años del No-Do, que ahora podemos conocerlos gracias a la televi-sión española.

A inicios de la década del cuarenta se instauró el programa Noticiarios y Do-cumentales (sintetizado en No-Do para el consumo masivo). La receta era senci-lla y eficaz. Consistía básicamente en la proyección obligatoria en todos los cines, antes del inicio de la película, de un noti-ciario que recogía las realizaciones del ré-gimen y sobre todo de su caudillo. Era lo que ahora llamaríamos una cadena, pero propia de la época prehistórica en que no había televisión. Allí estaban infaltable-mente las inauguraciones de obras, las

Simón Pachano, sociólogo, maestro universitario, columnista de El Universo

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ba, entre otros fines, darles un carácter moderno y jurídico a esas acciones. Sin asomo alguno de ironía, la ley comenza-ba afirmando que la libertad de expresión estaba plenamente vigente. Más adelan-te, se explayaba en lo que verdaderamen-te importaba, como cuando establecía que el gobierno tendrá derecho a cono-cer todo lo referido a las finanzas de los medios y a comprobar su tiraje (artículo 25). Hacía al medio responsable de todo lo que se decía en sus páginas, incluso de las opiniones de los columnistas y de los entrevistados (artículo 39). Para mayor eficiencia, les daba a los directores de los medios la facultad de vetar los conteni-dos (artículo 37), con lo que aseguraba la autocensura y las opiniones indeseables eran eliminadas en la víspera. Por si algo faltara, los responsables de los medios

debían consultar al gobierno sobre los contenidos, directamente, sin un Conse-jo que hiciera de intermediario (artículo 4) y obligaba a publicar información de interés general (artículo 6). Finalmente, como corresponde a un régimen orgullo-samente nacionalista, en las empresas periodísticas y editoriales solamente po-dían participar personas naturales o jurí-dicas españolas (artículo 50), no fuera a ser que se filtraran las ideas descabella-das que andan dando vueltas en el mun-do exterior.

Menos de una década después de la expedición de la ley, el franquismo murió con el caudillo. Mientras estuvo vigente, el largo espacio del No-Do fue aprovecha-do para hacer realidad el largo beso que no podían darse en los parques ni en las calles. (En El Universo, 29.07.2013)

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Es muy mal síntoma que una Ley tan importante como la de Comunica-ción llegue en medio de expresiones tan polarizadas.

Siempre puede haber sectores perdedores y ganadores frente a una nor-ma legal nueva, pero queda lugar para la duda razonable cuando el poder político tiene tantos motivos para cantar victoria. Y de qué modo.

Uno de los ganadores -junto con los ar-tistas y publicistas, que se beneficiarán del concepto de la producción nacional- pudiera ser el sector comunitario, para el cual habrá la tercera parte de frecuencias. Pero si bien se habla de democratizar la comunicación, la ley más bien propende a unificar y fortalecer la voz del poder.

Ya sabemos cómo el Gobierno ha usa-do hasta hoy los llamados medios pú-blicos y los medios incautados, y ya hay ejemplos del criterio usado en el reparto de medios comunitarios.

En cuanto a los privados, la Ley difi-cultará aún más su labor periodística, creando incluso sanciones administrati-vas que pueden en la práctica convertirse en censura previa. No solo habrá un Con-sejo de Regulación, cuya integración será con órganos afines al Gobierno, sino una Superintendencia, que también estará marcada por su falta de independencia y

podrá disponer la investigación de posi-bles delitos.

Nadie ignora que los medios que no de-penden del poder han tenido serias difi-cultades para buscar información, pues el Gobierno inclumple sistemáticamente la llamada Ley de Transparencia.

Ahora el funcionario ya no solo podrá quedarse callado para frenar una publi-cación, sino que contará con una serie de disposiciones para amedrentar más a pe-

No ley mordaza, cepoMARCO ARAUZ

Marco Arauz, subdirector y columnista de El Comercio

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riodistas y medios, así como para limitar la investigación.

No es nueva la pretensión de que los ciudadanos se conformen con informa-ción unidireccional. Es el mejor de los mundos para el poder, pero no existen las sociedades perfectas tal como éste las concibe.

Tarde o temprano, las autorrendiciones de cuentas, los autoprocesos de transpa-rencia y la propaganda sistemática en cadenas y en espacios privilegiados como las transmisiones de fútbol no resultan suficientes, más aún en un momento de alto desarrollo de las redes sociales.

Volverse regulador de un derecho uni-versal, el de la comunicación, al conver-tirlo en servicio público, suena brillante, tanto como la inclusión de la responsa-bilidad vinculante que ya fue usada en el juicio contra el diario El Universo y anunciada por el abogado defensor del presidente Rafael Correa, como una in-novación que iba a dar que hablar en el mundo jurídico.

Hoy han terminado por elaborar, no la mordaza, sino el cepo perfecto. Eso no resuelve en el largo plazo, sin embargo, la difícil ecuación entre poder y ciuda-danía, incluso si ésta sufre de adorme-cimiento por comodidad o miedo. Hasta tanto, y pese a que los dados están carga-dos, es muy pronto para cantar victoria o para bajar los brazos. (En El Comercio, 16.06.2013)

Nadie ignora que los medios que no

dependen del poder han tenido serias dificultades para

buscar información, pues el Gobierno

inclumple sistemáticamente la llamada Ley de

Transparencia.

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Todos funcionariosGONZALO ORTIZ CRESPO

La Ley de Comunicación, en realidad Ley de Medios, convierte a todos quienes ejercemos el periodismo en funcionarios estatales. El razona-miento es simple: si el periodismo es

un servicio público, tal como lo define la ley de marras, y los servicios públicos son prestados por el Estado, somos piezas del engranaje estatal.

Tal vez el silogismo suene a sofisma, pero no lo es si es que analizamos con detenimiento esta definición única en la historia de la comunicación humana de que el periodismo es un servicio público. El artículo 5 de la Ley Orgánica de Comu-nicación define a los medios de comuni-cación como las “empresas, organizacio-nes públicas, privadas y comunitarias, así como las personas concesionarias de frecuencias de radio y televisión, que prestan el servicio público de comunica-ción masiva que usan como herramienta medios impresos o servicios de radio, te-levisión y audio y video por suscripción, cuyos contenidos pueden ser generados o replicados por el medio de comunicación a través de Internet”. Esta definición trae graves consecuencias pues somete a los medios de comunicación al control asfi-xiante del Estado, que solo concesiona o permite la prestación del servicio, y que está listo a castigar cualquier desliz.

Volver a los medios de comunicación parte del sistema de propaganda estatal es el objetivo de la Ley que incluye medi-das como la hora diaria que los medios audiovisuales deberán transmitir conte-nidos de los ministerios; las constantes cadenas oficiales que ordenará (como or-dena hoy) el presidente de la República; la apabullante cantidad de obligaciones

Gonzalo Ortiz, periodista, maestro universitario, decano de Periodismo de la UIDE, columnista de Hoy

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MI OPINIÓN: crítica a la Ley de Comunicación de Ecuador

administrativas que deberán cumplir los medios (César Montúfar ha calculado que son más de 60); la presencia obligatoria

en los medios nacionales del defensor de la audiencia o del lector.

Es el Estado el que marca la cancha, pone las condiciones, impone las sancio-nes, es actor importante con el 33% de las frecuencias y su censor dentro del medio (a pesar de que la ley reitera que no habrá censura). Si incluso se obliga a los medios a cubrir las noticias que el Es-tado considere importantes, con aquella peregrina disposición de que “La omisión deliberada y recurrente de la difusión de temas de interés público constituye un acto de censura previa”.

¿Quién va a definir qué es un tema de interés público?

La Superintendencia y, en último tér-mino, el presidente de la República.

A lo largo de seis años, el economista Correa se ha quejado varias veces de que la prensa no ha cubierto algunos actos u obras de su administración. Así es, aquí y en todas partes, no por mala voluntad sino por las condiciones en que se trabaja en un medio, desde el tiempo requerido para procesar una noticia hasta lo rela-tiva que es toda novedad que llega a un medio, el cual debe balancear los hechos por su relevancia, su novedad y la cerca-nía a su audiencia.

En eso consiste su libertad, su res-ponsabilidad, su oficio, no en una dispo-sición legal. Y a todo esto y sobre todo esto la Superintendencia de Información y Comunicación, el gran Torquemada de la Revolución Ciudadana, que estará listo a aplicar las sanciones.

Es cruel y degradante que el periodista se convierta en “la voz del amo”. (En Hoy, el 21.07. 2013)

PROHIBIDOCriticar

LA LEY

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Por más que se sepa de la articula-ción entre ciertos intereses políti-cos y económicos y determinadas cadenas informativas, negar la im-portancia que en una sociedad tie-

ne la difusión libre de información y opi-niones es retrógrado a estas alturas de la historia, pues es indudable que en el mundo entero los medios de comunica-ción han jugado un papel clave en la in-vestigación y difusión de contenidos im-portantes para la vida de las sociedades y de un país.

No se puede pensar que la Ley de Co-municación del presidente Correa tiene la función de proteger a lectores, televi-dentes y radioescuchas, porque ha sido concebida desde un Gobierno que sis-temática se ha encargado de atacar a la prensa, al entablar juicios millonarios contra periodistas de investigación, como los autores de El gran hermano; autores de artículos de opinión, como Emilio Pa-lacio y periódicos como El Universo; que ha exhibido fotos de editorialistas en las sabatinas identificándolos como enemi-gos y convocando a un enardecido au-ditorio a linchamientos: "Conózcanlos. Esos son"; que ha escrito sobre los ros-tros de periodistas frases como "Mentira comprobada", que los ha insultado y de-nigrado de múltiples maneras.

Más allá de los discutibles contenidos de esta ley, armada sin la intención de recoger disensos y opiniones de minorías —que tan caras deberían ser a un Go-bierno— y de sus incoherencias de for-ma y fondo, lo más preocupante son los presupuestos ideológicos y filosóficos que la animan, al haber reducido una capa-cidad y un derecho humano, como el de la libertad inalienable de expresión, a un "servicio".

Cecilia Velasco, escritora, columnista de Hoy

Ley de ComunicaciónCECILIA VELASCO

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MI OPINIÓN: crítica a la Ley de Comunicación de Ecuador

El "derecho a la comunicación" supo-ne, en el caso de la presente ley, supeditar los fenómenos de investigación y difusión periodística, y de opinión, actividades todas que deberían implicar riqueza de pensamiento, a una actividad pragmáti-ca, en la que se entiende la comunicación bajo una sola determinada mirada.

Desde el punto de vista de los métodos seguidos para aprobarla, ya se sabe que los asambleístas oficialistas introduje-ron una serie de cambios de última hora contra todo principio democrático, como crear una Superintendencia, concebida como una especie de comisaría y la intro-ducción del "linchamiento mediático", de muy graves implicaciones, porque supo-ne la prohibición de que varios medios di-fundan investigaciones periodísticas. Se dice, por ejemplo: "La información o con-

tenidos considerados de entretenimiento, que sean difundidos a través de los me-dios de comunicación, adquieren la con-dición de información de relevancia pú-blica cuando en tales contenidos se viole el derecho a la honra de las personas u otros derechos constitucionalmente esta-blecidos."

Lo que quiere decir que si se hace una sátira de un personero público, en la que se crea que se ha ofendido la honra, el contenido se considerará de "relevancia pública", con las graves implicaciones que esto tendría.

Según la Ley de Comunicación, inte-lectuales como García Márquez, Vargas Llosa, Alejandro Carrión, Simón Espino-sa no habrían podido o no podrían ejercer el periodismo, porque no ostentan el tí-tulo de periodistas. (En Hoy, 25.06 2013)

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Cuando el oficialismo no pudo obte-ner que la Asamblea Nacional apro-bara la Ley de Comunicación, que el numeral 4 de la Primera Dispo-sición Transitoria de la Constitu-

ción de Montecristi había ordenado que se dictara antes de fines de octubre del 2009, tampoco logró entender el mensaje implícito de aquel fracaso político y conti-nuó en el empeño inútil de conseguir esa ley como sea, no obstante que el plazo constitucional para ello ya estaba venci-do en exceso.

Es que las segundas intenciones que en el año 2008 se encubrieron en aquel numeral 4 le impedían al oficialismo aceptar que una “ley de comunicación” era totalmente innecesaria para el Ecua-dor de entonces, que había vivido sin ella por 180 años y que lo máximo que legal-mente se habría podido hacer al respec-to era recoger, ordenar y complementar, en un nuevo cuerpo legal, la normativa comunicacional que entonces se encon-traba regada en la propia Constitución (arts. 16 al 20, numerales 6 y 7 del art. 66 y art. 384), en el Código de Procedi-miento Penal (arts. 383 al 389) y en la Ley de Radiodifusión y Televisión (menos sus consabidas disposiciones inconstitu-cionales), sin necesidad de incluir en ese nuevo cuerpo legal las normas de los ins-

Un policía del pensamiento

EMILIO ROMERO PARDUCCI

trumentos internacionales obligatorios para el país que contenían disposiciones sobre las libertades de pensamiento, opi-nión, información y expresión, más favo-rables a las reconocidas en la legislación nacional, por el “principio de aplicación directa e inmediato cumplimiento” (self executing) de que gozan los derechos hu-manos consagrados en esos instrumen-tos internacionales que, como se sabe, tienen valor supraconstitucional.

Emilio Romero Parducci, jurista y columnista de El Universo

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MI OPINIÓN: crítica a la Ley de Comunicación de Ecuador

En cambio, lo que legalmente no se habría podido hacer, de manera alguna, para satisfacer aquellas segundas inten-ciones del año 2008, era incorporar en ese nuevo cuerpo legal innecesario toda esa cadena de prohibiciones, limitacio-nes, restricciones, imposiciones y corta-pisas con que siempre soñó el oficialis-mo a medida en que iba construyendo a su enemigo (como diría Umberto Eco en la Universidad de Bolonia) y que aho-ra constan, desembozadas, maquilladas o escondidas, después de cinco años de pujos, en la recién parida Ley Orgáni-ca de Comunicación, también conocida como la “Ley Mordaza” o la “LOCA”, como la bautizó Alfonso Reece hace poco.

Y no podía hacerse legalmente seme-jante atrocidad, porque los derechos hu-manos relativos a las libertades de pen-samiento, de opinión, de información y de expresión, que hasta entonces esta-ban reconocidos, protegidos, defendidos y garantizados en la Constitución y en los instrumentos internacionales ante-dichos, no podían ser menguados, mer-mados, apocados, degradados, debilita-dos, mutilados ni —peor— suprimidos, por las siguientes razones: (i) porque el primer inciso del numeral 8 del art. 11 de la Constitución dice: «El contenido de los derechos se desarrollará de mane-ra progresiva a través de las normas, la jurisprudencia y las políticas públicas», para agregar de inmediato: «El Estado generará y garantizará las condiciones necesarias para su pleno reconocimien-to y ejercicio»; (ii) porque, como para que no quede duda de lo antedicho, el inciso

siguiente de ese mismo numeral agrega: «Será inconstitucional cualquier acción u omisión de carácter regresivo que dismi-nuya, menoscabe o anule injustificada-mente [como en un estado de excepción, por ejemplo] el ejercicio de los derechos»; y, (iii) porque, rubricando todo aquello, el numeral 4 de ese mismo artículo esta-blece la lógica consecuencia de cualquier violación al respecto, cuando dice: «Nin-guna norma jurídica [como las que abun-dan en la LOCA, por ejemplo] podrá res-tringir el contenido de los derechos ni de las garantías constitucionales»; peor con el auxilio de la sofistería o la monserga, que lo único que hacen en esos casos es insultar a la inteligencia.

Si los oficialistas no entendieran lo antedicho, sería bueno que se informa-ran de las enseñanzas que constan en la cuarta edición actualizada de las Leccio-nes de Derecho Constitucional del maes-tro Hernán Salgado Pesantes, que, para su beneficio, se transcriben a continua-ción: «… la progresividad de los derechos es un principio y una característica, que además impide la involución de cualquier derecho humano, es decir que se dé un retroceso en lugar de lograr avances sig-nificativos.- Nuestra Constitución, en el artículo 11, número 8, adopta este prin-cipio para que el contenido de los dere-chos —en general— se desarrolle de ma-nera progresiva y señala que este objetivo abarcará lo normativo, la jurisprudencia y las políticas públicas. El mandato cons-titucional reitera la obligación —o deber jurídico— del Estado ecuatoriano para “generar y garantizar las condiciones ne-

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cesarias para su pleno reconocimiento y ejercicio” (de los derechos).- Además, prohíbe todo carácter regresivo, median-te acciones u omisiones, “que disminu-ya, menoscabe o anule injustificadamen-te el ejercicio de los derechos”, y señala como inconstitucionales tales acciones u omisiones (…) La Constitución vigente dispone:: “Ninguna norma jurídica podrá restringir el contenido de los derechos ni de las garantías constitucionales” (art. 11, número 4). Esta disposición mejora la errada concepción que tuvo la codifi-cación constitucional de 1998 (…) la ac-tual Constitución señala que aquello que no podrá restringirse es el contenido de los derechos y de sus garantías constitu-cionales, lo cual es un principio aceptado pues la restricción del contenido signi-ficaría desnaturalizar la esencia misma del derecho humano…». (Ediciones Le-gales; 2012, págs. 71 y 72). Y que cons-te que son citas de un abogado, doctor en Jurisprudencia y doctor en Ciencias Políticas (Ph.D.), por la Universidad de Pantheon-Sorbona de París, que fue pre-sidente de la Corte Interamericana de De-rechos Humanos, con sede en Costa Rica, y magistrado del Tribunal Constitucional y de la Corte Suprema del Ecuador.

Ergo: ¡todo lo que ya existía en la legis-lación ecuatoriana y en los instrumentos internacionales referidos, a favor de las libertades de pensamiento, opinión, in-formación y expresión, en buen roman-ce, no pudo ni puede ser cambiado para peor, ni con un millón de votos!

Por eso es que —por decir lo mínimo—son totalmente inconstitucionales en su

¡Todo lo que ya existía a favor de las libertades de pensamiento, opinión, información y expresión, no pudo ni puede ser cambiado para peor!

fondo todas las novedades de la nueva Ley Orgánica de Comunicación que de cual-quier manera restringieren la libertad de expresión de la que ya gozaban los medios de comunicación social antes de que di-cha ley fuera parida y festejada; empezan-do por la más que arrogante viveza criolla de la Superintendencia de la Información y Comunicación, que se lleva el premio mayor, y terminando con la trampa del famoso “linchamiento mediático”, sin pa-sar por alto el ardid aquel de convertir el “derecho” a difundir información, garan-tizado como tal en el art. 18 de la Consti-tución, en un “deber” de los medios, para el aplauso obligado del régimen de turno.

Y mientras esa ley esté vigente, lo que tendremos en el Ecuador, en vez de una Ley de Comunicación, sería un “policía del pensamiento”, como diría el genial Bill Watterson, en boca de Calvin. (En El Universo, 07.07.2013)

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Tal y como lo habíamos previs-to, el Consejo de Regulación de la Comunicación, es un arma más del Gobierno para controlar, léase mantener ca-

llada, a la prensa. Los delegados del Go-bierno circularon por decenas de medios repitiendo como loros que el alto organis-mo sería independiente del poder políti-co, léase del Ejecutivo.

Pero la realidad ya está cantada y los loros ahora están en silencio, pues sus agendas se apretaron de forma repenti-na y ya no aceptan entrevistas. Segura-mente temen quedar en evidencia ante la ciudadanía y ante el periodismo nacio-nal, pues su palabra vuelve a quedar en deuda. Nos pidieron paciencia, exigieron que no hagamos conjeturas, hasta se rie-ron de nuestra seria preocupación de que el poderoso Consejo quede en manos del presidente Correa.

Patricio Barriga, un buen amigo, quien a pesar de que conoce muy bien cómo funcionan los medios y quién es quién dentro del periodismo nacional, se ha visto opacado por su silencio ante tan-ta agresión al gremio junto al que cre-ció profesional y personalmente durante más de 20 años. Ficha incondicional de la SECOM, léase de Fernando Alvarado, hoy preside el Consejo de Regulación.

Su papel podría ser de vital importancia para relajar las innecesariamente tensas relaciones entre medios independientes y el Gobierno. Pero ¿con qué cara va a sugerir, por ejemplo, que paren las agre-sivas cadenas si él mismo participó en la producción, aprobación y puesta al aire de varias de ellas?

Durante sus años en la Subsecreta-ría de Comunicación mostró más de una

Brujos, para mala suerte

JEANETTE HINOSTROZA

La periodista Jeanette Hinostroza, columnista de Hoy

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MI OPINIÓN: crítica a la Ley de Comunicación de Ecuador

vez su lealtad al poder político, cueste lo que cueste. ¿Cómo puede ahora garan-tizar que será independiente? Lo que se viene será una prueba de fuego para el flamante funcionario y todos estaremos observándolo.

Tamara Merizalde, por ahora solo es el reemplazo de Doris Solíz. Su dependecia es incuestionable.

Paulina Mogrovejo podría haber sido la única miembro independiente, lásti-ma que el defensor del Pueblo dejó ver de lado de quién está.

Roberto Wohlgemuth, representante de los gobiernos autónomos descentrali-zados. ¿Alguien me puede decir en qué gobierno descentralizado trabajó? Porque hasta donde conozco trabajaba en o para la SECOM, lo hemos visto en varios even-tos, pendiente de la llegada y abriéndole paso a Fernando Alvarado. Yo lo conozco más por su activa participación en el twi-

tter, pendiente de lo que los periodistas decimos e intercambiando opiniones, léa-se agresiones, con los famosos trolls de la red social. ¿Qué dice en su hoja de vida que le merezca obrar en nombre de quien ahora representa?

Y Hernán Reyes. Gran analista político y social. Inteligente, aunque poco caris-mático, sobre todo para la televisión. ¿In-dependiente? Tengo mis dudas. Su reto es convertir en realidad toda la teoría que ha escrito sobre lo que deben ser los me-dios de comunicación, con una televisión llena de programas que contribuyan en algo a la sociedad; sin tanta basura. Vea-mos si lo logra, o si solo se queda como el quinto miembro de un Consejo encar-gado de regular al buen periodismo y no a la mala prensa. El mayor temor ahora es que los malos pronósticos se vuelvan a cumplir. Para mala suerte… somos bru-jos. (En Hoy, 24.07.2013)

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Esta es otra de las tantas disposicio-nes confusas que trae la reciente-mente aprobada Ley Orgánica de Comunicación y que el artículo 26 define como: “…difusión de infor-

mación que… sea producida de forma concertada y publicada reiterativamente a través de uno o más medios de comu-nicación con el propósito de despresti-giar a una persona natural o jurídica o reducir su credibilidad pública.”

De la sola lectura de esta disposición, se desprenden varias conclusiones: la norma no define qué tipo de información se prohíbe; si yo publico algo que es cier-to y verificable sobre una persona podría también ser considerado linchamien-to porque no es requisito que lo difun-dido sea falso; se exige que la difusión sea “concertada”, entonces debería po-der demostrarse que algunos dueños de medios se reunieron a celebrar un pacto para difundir esta información; y, deter-mina que la publicación sea reiterada, lo cual tampoco es claramente definido, ¿repetir dos veces una noticia ya le da el carácter de “reiterada”?

Esta norma también exige la intencio-nalidad de desprestigiar a una persona natural o jurídica o reducir su credibili-dad pública, algo difícil de verificar. Se-

gún el reconocido jurista Xavier Zavala Egas “cuando la ley define, prohíbe y san-ciona una conducta dolosa (intencional), en su descripción exige hechos objetivos y materiales que le permitan al juzgador deducir la real intención de su autor, ya que, de lo contrario, jamás podría llegar a su psiquis y saber cuál fue su real de-seo”, de tal forma que esta disposición deja abierta la posibilidad de todo tipo de

La cantinflada del ‘linchamiento mediático’

CÉSAR CORONEL GARCÉS

César Coronel, columnista de Hoy

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MI OPINIÓN: crítica a la Ley de Comunicación de Ecuador

interpretaciones por parte de quienes lle-guen a aplicar la ley.

Ahora bien, de manera general esta nor-ma –además de parecerme jurídicamen-te risible- es extremadamente peligrosa y es la cereza del pastel para liquidar al agonizante periodismo de investigación. La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos de la OEA dejó claro que “cualquier denuncia sosteni-da de corrupción… podría ser calificada por el órgano administrativo competente como “linchamiento mediático" y ser ob-jeto de las correspondientes sanciones.”

De haber estado vigente esta norma en los setenta en los Estados Unidos, jamás habría podido salir a la luz el escándalo de Watergate denunciado por el Washin-gton Post y que originó la renuncia del presidente Nixon. Para citar dos ejem-plos más criollos: el caso de la “garita 3”,

cuando en el año 97 algunos vigilantes de tránsito cobraban coimas a choferes en el Terminal Terrestre, denunciado por Ecuavisa; y, en un caso más reciente ape-nas el año pasado varios medios privados denunciaron las coimas que se cobraban en las comisarías del Guayas que lleva-ron a la remoción del gobernador Cuero y el encarcelamiento de la comisaria Qui-ñónez.

La mayoría de los actos de corrupción han sido denunciados por los medios de comunicación, no de ahora, desde siem-pre. Ojalá esta cantinflada del “lincha-miento mediático" solo sea un mal chiste y que la disposición se derogue. Cuando está en peligro el escrutinio de las accio-nes u omisiones de nuestros funciona-rios públicos, quienes nos perjudicamos directamente somos los ciudadanos. Que callar no se convierta en una opción. (En Hoy, 17.07. 2013)

Esta ley abre las puertas a la criminalizacion

del periodismo, de la comunicacion, de la

informacion y del pensamiento, es un paso hacia

una sociedad panopticamente disciplinaria, donde

la calidad de ciudadanos se connvierte en la de

presidiarios del Estado y del ejercicio impune

del poder.

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,,

,

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accionista, socio, anunciante o cualquier otra persona que en ejercicio de sus fun-ciones o en su calidad revise, apruebe o desapruebe los contenidos previos a su difusión a través de cualquier medio de comunicación, a fin de obtener de forma ilegítima un beneficio propio, favorecer a una tercera persona y/o perjudicar a un tercero."

Supuestamente se prohíbe la censura

El Consejo de Regulación tiene 11 fun-ciones. Ninguna le permite la censu-ra previa, pero las 11 le permiten un amplio margen de discrecionalidad. Es que la Ley de Comunicación na-

ció esquizofrénica, la pobre. Y no es que se la quiera linchar. El asunto es que es imposible "asesinar tumultuariamente", a algo que nació muerto y sostenido solo con el respirador artificial de la populari-dad presidencial. Algo que alcanza y sir-ve para todo, incluso para repartirse el país con otros caudillos. Nada más sos-tiene a la Ley de Comunicación. Que no se engañen los miembros del Consejo de la Inquisición y menos asambleístas que ahora quieren seguir atentando contra la más mínima lógica idiomática (como se encargaron de recordarnos los académi-cos de la Lengua) e introducir el "lincha-miento mediático" como delito en el Nue-vo Código Orgánico Penal.

La esquizofrénica ley (para quien al-guien pedía una junta de sicólogos) tiene artículos como el 18 que son como para unirse sin más demoras al pedido de que se instale urgente una junta médica o, mejor aún, una de espiritistas para saber qué mismo intenta normar. Veamos: "Art. 18.- Prohibición de censura previa.- Que-da prohibida la censura previa por parte de una autoridad, funcionario público,

La esquizofrenia ya es de todos

CÉSAR RICAURTE

César Ricaurte, director de Fundamedios, columnista de Hoy

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MI OPINIÓN: crítica a la Ley de Comunicación de Ecuador

previa. Para, renglón seguido, establecer-la: "Los medios de comunicación tienen el deber de cubrir y difundir los hechos de interés público. La omisión delibera-da y recurrente de la difusión de temas de interés público constituye un acto de censura previa." Porque la imposición de contenidos es sin ningún tipo de eufemis-mo, censura. Y habrá un Consejo que, además, deberá velar. Para que la censu-ra se imponga, sin más ni más. Por eso no estoy siendo sarcástico sino descripti-vo, cuando hablo de Inquisición.

Pero, aún la primera parte del artícu-lo 18 es una joya, elaborada por alguien que en su vida piso una sala de redacción o que seguramente hizo una pasantía de 15 días para luego declarase experto en medios. Tal como está formulado el artí-culo hace imposible la labor de editores y directores. Sencillamente, los medios deberían despedir a cualquiera que ten-ga la más mínima potestad de vigilar por la cantidad de contenidos. Sencillamente su labor es considerada censura previa y su trabajo está prohibido por Ley. Diga-mos que mañana un pésimo periodista se inventa una historia o no contrasta fuen-tes y el editor le canastea su nota. Bue-no, ese mal periodista puede demandar por censura previa al editor y al medio. Y peor aún, pueden ser acusados de haber-lo hecho para "a fin de obtener de forma ilegítima un beneficio propio, favorecer a una tercera persona y/o perjudicar a un tercero". Así de sencillo. Infortunadamen-te, la esquizofrenia se nos ha impuesto a todo un país. (En Hoy, 08.08.2013)

La Ley de Comunicación nació esquizofrénica Y no es que se la quiera linchar. El asunto es que es imposible “asesinar tumultuariamente”, a algo que nació muerto. Que no se engañen los miembros del Consejo de la Inquisición y menos asambleístas que ahora quieren seguir atentando contra la más mínima lógica idiomática (como se encargaron de recordarnos los académicos de la Lengua) e introducir el “linchamiento mediático” como delito en el Nuevo Código Orgánico Penal.

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No la necesita. No le hace falta. No es prioritaria… El Presidente muestra, cada vez que puede, una amplia indiferencia ante el desti-no de la Ley de comunicación. Un

desapego bien teatral cuando se recuerda el orden de prioridades que marcó ape-nas conoció el triunfo el 17 de febrero.

Para el correísmo, la Ley de comunica-ción es un trofeo de caza. Lo es porque el periodismo es un oficio irreverente. Y si el Presidente no lo cree, debiera desempol-var los textos de Javier Ponce. Irreveren-te, entonces. Hecho por personas que no entienden la prosopopeya del poder y que se ríen de ella. Y no la entienden porque hacen un trabajo totalmente efímero y democrático por antonomasia. Todos los días lidian con ciudadanos y circunstan-cias tan variadas como contradictorias. Dar cuenta de ello, es vivir alejado, por salud mental y profesional, de esa verdad única, unívoca y teológica de la cual ha-bla el Presidente.

¿Un contrapoder? Sí, contra todos los poderes que pretenden convertir la complejidad de las sociedades y de los individuos en el espejito de Blancanie-ves. Correa no ha inventado el odio con-tra un oficio que el poder reaccionario o autodenominado revolucionario (feudal, neoliberal, capitalista, comunista, boli-

variano, alfarista… ) siempre ha querido controlar.

Lo que es nuevo es la ignorancia crasa de aquellos que ahora pretenden conver-tir una mordaza en invento revoluciona-rio. Ignorancia académica, histórica, po-lítica. Ignorancia y mala fe que llevan a reescribir biografías como lo hacía el Mi-nisterio de la Verdad en la novela 1984 de Georges Orwell. Ahora periodistas que lucharon contra las dictaduras, que fue-

El trofeo de guerradel correísmo

JOSÉ HERNÁNDEZ

José Hernández, analista y subdirector de Hoy

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MI OPINIÓN: crítica a la Ley de Comunicación de Ecuador

ron perseguidos por Febres Cordero, que vivieron con guardaespaldas en la era de Bucaram o fueron declarados persona non grata por ciertos patricios naciona-les, son delincuentes. Asediados y perse-guidos.

Y esa ley ha sido ideada jurídicamente, y así se votará, por gente que participó en gobiernos que producían vergüenza. Go-biernos que movilizaron en su contra a ciudadanos decentes como Javier Ponce, Fernando Bustamante, Fánder Falconi, Virgilio Hernández… Hoy personas vícti-mas del peor de los alzheimer: el de la conciencia.

Aquellas personas (abogados, perio-distas de servicio de grupos económicos cuestionados, gestores de imagen...) hoy dan cursos de ética y dicen cómo debe hacerse este oficio. Prohibido olvidar.

Y luego está el Presidente. Cada día en-trega diplomas de buenos periodistas a aquellos que, con tan raras excepciones, hacen las preguntas que quiere oír y le felicitan: ¡Presidente, va usted por buen camino! Y el Presidente, visiblemente emocionado, les dice que aquí, y en toda Latinoamérica, hay un pésimo periodis-mo. No ellos; los otros.

Y nunca ha dicho, ¿dónde se ejerce y quién lo practica, el periodismo que a sus ojos (lo cual dicho por un político es irrelevante para este oficio) es el gran pe-riodismo. ¿Dónde señor Presidente? ¿En

los medios que controla su gobierno? ¿En cuáles para escudriñar y aprender, para analizar cómo hacen su trabajo con dine-ro público y cómo lo hacen éticamente?

Aprender es lo más importante en este oficio apasionante y desgraciado. Un ofi-cio pleno de decepciones. De avances pausados y retornos desbocados. Es cier-to: este oficio, hecho de buena fe y con denuedo profesional, nunca se parecerá a un reloj suizo. Es una maquinaria que avanza con el país. Con universidades cuyos profesores casi nunca han pisado un medio de comunicación. Con estu-diantes formados deficientemente y con una cultura general que marea. Con em-presas que, obligadas a invertir cada vez más en recursos humanos y necesidades tecnológicas, luchan por sobrevivir…

Un oficio que el presidente Correa y su gobierno contribuyen a que se vuelva ta-rea imposible. Sí, este oficio es deficiente (como la política y tantos otros oficios en el país) y decirlo no es aceptarlo: es que-rer cambiarlo, hacerlo más profesional-mente, enfocarlo más en la agenda públi-ca y en el interés general…

Eso no se logrará con una ley conce-bida como un trofeo de caza. Cualquier debate en ese contexto es pura ficción.

La conclusión es sencilla: el correísmo, aplicado al periodismo que siempre debe cambiar, es un enorme retroceso. (En Hoy, 02.06.2013)

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NOLO DIGAS*

*Mejor, no lo pienses