MEXICO SISTEMAS DE COMPRAS GUBERNAMENTALES A NIVEL … · Ha cumplido con las normas de...

44
MEXICO SISTEMAS DE COMPRAS GUBERNAMENTALES A NIVEL ESTATAL PUEBLA Octubre, 2003 Gerencia de Contrataciones Dirección Subregional para Colombia y México Región de América Latina y el Caribe Documento del Banco Mundial ▬▬▬▬▬ 72471 Public Disclosure Authorized Public Disclosure Authorized Public Disclosure Authorized Public Disclosure Authorized Public Disclosure Authorized Public Disclosure Authorized Public Disclosure Authorized Public Disclosure Authorized

Transcript of MEXICO SISTEMAS DE COMPRAS GUBERNAMENTALES A NIVEL … · Ha cumplido con las normas de...

Page 1: MEXICO SISTEMAS DE COMPRAS GUBERNAMENTALES A NIVEL … · Ha cumplido con las normas de licitación, y el desempeño ha sido equivalente al promedio de otros países. Además, la

MEXICO

SISTEMAS DE COMPRAS

GUBERNAMENTALES A NIVEL

ESTATAL

PUEBLA

Octubre, 2003

Gerencia de Contrataciones

Dirección Subregional para Colombia y México

Región de América Latina y el Caribe

Documento del Banco Mundial

▬▬▬▬▬

72471 P

ublic

Dis

clos

ure

Aut

horiz

edP

ublic

Dis

clos

ure

Aut

horiz

edP

ublic

Dis

clos

ure

Aut

horiz

edP

ublic

Dis

clos

ure

Aut

horiz

edP

ublic

Dis

clos

ure

Aut

horiz

edP

ublic

Dis

clos

ure

Aut

horiz

edP

ublic

Dis

clos

ure

Aut

horiz

edP

ublic

Dis

clos

ure

Aut

horiz

ed

Page 2: MEXICO SISTEMAS DE COMPRAS GUBERNAMENTALES A NIVEL … · Ha cumplido con las normas de licitación, y el desempeño ha sido equivalente al promedio de otros países. Además, la

2

EQUIVALENCIAS MONETARIAS

(Tasa de cambio efectiva al 1o. de julio del 2003)

Unidad monetaria = $ Pesos Mexicanos

1 $ = $0.0956 Dólares

$1 Dólar = $10.4545

AÑO FISCAL

Del 1º de enero al 31 de diciembre

ABREVIATURAS Y ACRONIMOS

ABA Barra Americana de Abogados (American Bar Association)

CMU Dirección Subregional para Colombia y México (Country Management Unit)

Compranet Sistema de Compras Electrónicas Gubernamentales

INPC Índice Nacional de Precios al Consumidor

ISO Organización Internacional para la Estandarización (International Organization for

Standardization)

Ley de

Adquisiciones

Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y

Municipal del Estado de Puebla

Ley de Obra

Pública

Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con los mismos del Estado de

Puebla

OCS Servicios Centrales de Operación (Operations Core Services)

PIB Producto Interno Bruto

PREM Unidad para la Reducción de la Pobreza y Gerencia Económica (Poverty Reduction

and Economic Management Unit)

Directora Subregional para

Colombia y México:

Isabel Guerrero

Asesor para la Región de

América Latina y el Caribe:

Bernard Becq

Gerente de Contrataciones: Lea D. Braslavsky

Page 3: MEXICO SISTEMAS DE COMPRAS GUBERNAMENTALES A NIVEL … · Ha cumplido con las normas de licitación, y el desempeño ha sido equivalente al promedio de otros países. Además, la

3

INDICE

INDICE

3

ANTECEDENTES Y OBJETIVOS

4

RESUMEN

5

1. CARACTERISTICAS DEMOGRAFICAS Y ECONOMICAS

7

2. INSTITUCIONALIDAD

2.1 Marco Jurídico

2.2 Política de Adquisiciones

2.3 Coordinación Inter e Intrainstitucional

2.4 Recomendaciones

8

8

9

12

13

3. PROCEDIMIENTOS Y PRACTICAS GENERALES

3.1 Planeación y Presupuestación

3.2 Elaboración de Bases

3.3 Publicación de Convocatoria

3.4 Presentación de Ofertas

3.5 Apertura de Ofertas

3.6 Evaluación de Ofertas

3.7 Adjudicación

3.8 Servicios de Consultoría

3.9 Contratación

3.10 Recomendaciones

14

14

17

17

18

19

20

21

23

23

24

4. RECURSOS HUMANOS

4.1 Recomendaciones

26

26

5. MECANISMOS PARA CONSTRUIR INTEGRIDAD

27

6. EVALUACIÓN DEL RIESGO Y PLAN DE ACCION

6.1 Plan de Acción

31

32

Bibliografía 33

Anexo 1. Indicadores de Puebla 34

Anexo 2. Marco Legal y Regulatorio 35

Anexo 3. Taller de Análisis del Sistema de Compras Gubernamentales

Anexo 3.1 Evaluación de los participantes

Anexo 3.2 Comentarios de los participantes

Anexo 3.3 Nombres de los participantes

Anexo 3.4 Recomendaciones consensuadas

36

41

42

43

44

Page 4: MEXICO SISTEMAS DE COMPRAS GUBERNAMENTALES A NIVEL … · Ha cumplido con las normas de licitación, y el desempeño ha sido equivalente al promedio de otros países. Además, la

4

ANTECEDENTES Y OBJETIVOS

Los sistemas de contrataciones gubernamentales constituyen un apartado de relevancia

considerable ya que coadyuvan a cumplir con las funciones de utilidad pública y

satisfacción del interés general por parte de los poderes públicos, y al mismo tiempo

impulsan y fomentan la actividad económica. En este sentido, la historia del

financiamiento del Banco Mundial a proyectos del Gobierno Federal revela varias

fortalezas. Ha cumplido con las normas de licitación, y el desempeño ha sido

equivalente al promedio de otros países. Además, la adopción de las normas para la

selección y contratación de consultores en proyectos financiados por el Banco ha

demostrado a las dependencias ejecutoras nacionales que su aplicación se ha traducido

en una mejoría en la calidad de los servicios contratados.

La descentralización en México, caracterizada por una transferencia de

responsabilidades y recursos de programas federales hacia estados y municipios, exige

actualizar y modernizar el sistema de compras y contrataciones de bienes, obras y

servicios, así como crear capacidades para su manejo bajo principios de economía y

eficiencia.

En el año 2001, el Banco analizó el sistema mexicano de compras a nivel federal. La

evaluación del sistema de compras de Puebla se llevó a cabo aplicando la misma

metodología que se utilizó para la Federación, y donde la participación de todos los

interesados jugó un papel muy importante. Esta metodología, con un fuerte enfoque

participativo, demostró su pertinencia y permitió sostener un diálogo con las

autoridades gubernamentales –que es por naturaleza fuente de clarificación y de

comprensión mutua- centrado en la propuesta de recomendaciones para que las

contrataciones sean consistentes con los principios y prácticas internacionalmente

aceptadas.

Este informe presenta las conclusiones de un trabajo conjunto, del Gobierno Estatal y

del Banco Mundial. Las Cámaras de la Construcción, del Comercio, de Empresas de

Consultoría, y de la Industria de la Transformación, así como universidades locales y

organizaciones no gubernamentales, incluida Transparencia Mexicana, fueron

entrevistadas, y jugaron un papel importante en la discusión que condujo a la

preparación de este informe. Las recomendaciones del estudio fueron presentadas en un

Taller de Análisis realizado el 8 de agosto del 2003 en la capital poblana (véase Anexo

3).

El Equipo del Banco responsable de la preparación de las evaluaciones estatales (2002)

y talleres de análisis de las recomendaciones correspondientes (2003) está compuesto

por Bernard Becq, Lea D. Braslavsky, Luiz Gazoni, Silvia Porche, Rosa Valencia

Estrada (LCOPR), los consultores Sergio Huacuja Betancourt (Jurídico), Roberto Gary

Ortiz (Tecnología de la información), Faustino Barrón (Moderador) y Benjamín Santa

María (Diagnósticos Estatales).

Page 5: MEXICO SISTEMAS DE COMPRAS GUBERNAMENTALES A NIVEL … · Ha cumplido con las normas de licitación, y el desempeño ha sido equivalente al promedio de otros países. Además, la

5

RESUMEN

INSTITUCIONALIDAD

Marco Jurídico

Revisar las leyes de adquisiciones y obra pública, considerando la

posibilidad de expedir cuerpos normativos unitarios y simplificados.

Estipular que se permita la participación en concursos a empresas no

inscritas en el listado de contratistas; dejando este requerimiento como

condición para firmar contrato.

Permitir la inscripción de empresas extranjeras en igualdad de

condiciones que las nacionales y las asentadas dentro del Estado,

cuando se concursen obras con recursos estatales.

Preparar y publicar los reglamentos de las leyes actualizadas.

Política de Adquisiciones

Planear y ejecutar sectorialmente la adquisición de compras

consolidadas.

Consolidar la batería de indicadores sobre número de operaciones,

valor y tiempo, para medir eficacia del proceso de contratación de

obra pública.

Coordinación Inter e Intrainstitucional

Revisar el Código Civil para legalizar la firma electrónica con el

objetivo de utilizar Compranet para recibir ofertas electrónicas.

Contratar personal con experiencia en compras gubernamentales, por

parte del Órgano de Fiscalización.

PROCEDIMIENTOS Y PRÁCTICAS GENERALES

Planeación y Presupuestación

Suprimir las preferencias para empresas localizadas dentro del estado.

Fijar los umbrales en función de la capacidad institucional.

Elaboración de Bases

Para adquisiciones, contar con bases estándar, para que las

condiciones de presentación y evaluación de ofertas no sean

casuísticas.

Incluir en las bases los modelos de contratos.

Publicación de Convocatoria

Integrar todas las publicaciones al sistema de Compranet,

garantizando de esta manera una mayor difusión.

Presentación de Ofertas

Legislar un mayor plazo para preparar propuestas.

No licitar ninguna obra pública sin proyecto ejecutivo.

Hacer la apertura simultánea de las ofertas técnicas y económicas, con

excepción de consultorías.

Eliminar la garantía de seriedad de la oferta y crear una lista de no

elegibilidad con las empresas que no hagan honor a su oferta.

Apertura de Ofertas

Hacer una apertura simultánea de las ofertas técnicas y económicas.

No eliminar ninguna oferta; las irregularidades identificadas deben ser

documentadas para su consideración durante la evaluación.

Proteger la propiedad industrial e intelectual, y otros derechos y

figuras afines eliminando la revisión de ofertas por los licitantes y

definiendo la información que debe ser pública.

Page 6: MEXICO SISTEMAS DE COMPRAS GUBERNAMENTALES A NIVEL … · Ha cumplido con las normas de licitación, y el desempeño ha sido equivalente al promedio de otros países. Además, la

6

Evaluación de Ofertas

Realizar la evaluación de las ofertas por parte de comités sin la

intervención de cámaras empresariales, para evitar posibles conflictos

de interés, favoritismo o clientelismo.

Introducir mecanismos de gobernabilidad en la conformación de

comités: la elección mediante escrutinio secreto, un sistema de listas

para que un suplente reemplace al titular, y la rotación de miembros

propietarios.

Adjudicación

Eliminar la estipulación de que los proveedores con residencia y

domicilio fiscal en el estado o municipio de que se trate tendrán

preferencia para ser adjudicatarios.

Servicios de Consultoría

Distinguir legalmente entre los procesos de selección y evaluación de

consultores y la compra de un bien o contratación de una obra.

Contratación

Contar con contratos estándar para mitigar el tratamiento casuístico de

aspectos contractuales.

RECURSOS HUMANOS

Crear el servicio civil de carrera en Puebla, específicamente para la

función de las adquisiciones gubernamentales.

Diseñar y ejecutar un programa de actualización permanente para el

personal dedicado a las contrataciones gubernamentales, con especial

énfasis para el personal municipal.

Promover la creación de un posgrado en la universidad sobre

contrataciones gubernamentales.

MECANISMOS PARA CONSTRUIR INTEGRIDAD

Simplificar procesos administrativos, reforzamiento del seguimiento,

control y evaluación ex post de contratos independientemente de las

auditorias.

Aceptar los mecanismos de arbitraje.

Page 7: MEXICO SISTEMAS DE COMPRAS GUBERNAMENTALES A NIVEL … · Ha cumplido con las normas de licitación, y el desempeño ha sido equivalente al promedio de otros países. Además, la

7

1. CARACTERÍSTICAS DEMOGRÁFICAS Y ECONÓMICAS

El Estado de Puebla representa el 1.7% de la superficie del país y, por su tamaño, es el

vigésimo primero entre los estados de la República Mexicana. De acuerdo a la

información del Consejo Nacional de Población de 2000, la entidad tiene una población

de 5.7 millones de habitantes (el 5.71 por ciento del país), y registró una tasa de

crecimiento promedio anual del 1.88 en el periodo 1995-2000. Tiene 217 municipios

regidos por sus respectivos ayuntamientos, y una población urbana que representa casi

el 70 por ciento del total estatal.

Puebla es uno de los estados que mejor ejemplifica la diversidad cultural y pluriétnica

en México, y ocupa el quinto lugar en población indígena a nivel nacional. Casi el trece

por ciento de la población de 5 o más años habla lengua indígena –existen 7 lenguas

diferentes, dominando el náhuatl-.

En la entidad existen 142 municipios con características rurales y 4,065 localidades

donde viven 1.33 millones de habitantes, de los cuales 433,684 son indígenas, lo que se

traduce en un reto para cualquier programa estatal y municipal, porque la agregación de

demandas por servicios proviene de una multiplicidad de territorios desconectados entre

sí.

Tomando en cuenta el índice de marginación que elabora el Consejo Nacional de

Población, se ubica a Puebla en “Alto”, es decir, en el lugar 7º a nivel nacional, después

de Chiapas, Guerrero, Oaxaca, Veracruz, Hidalgo y San Luis Potosí. Como una

expresión de la calificación anterior, 4 de cada 10 habitantes estatales vive en

localidades con menos de 5,000 habitantes.

La economía del Estado de Puebla representó el 2.9 por ciento del valor agregado

nacional, ubicándose en el 13° lugar en el país en el año 2000. El PIB per capita se

estimó en 6,573 dólares ajustados en el año 2000. Todavía el 30 por ciento de la

población se encuentra ocupado en el sector primario; la quinta parte en la manufactura,

y el 14 por ciento en el comercio.

El sector comercial ocupa casi la mitad de las unidades económicas en la entidad, sin

embargo, en términos del personal ocupado, el 42 por ciento se ocupa en el sector

manufacturero, que contribuye con una cuarta parte del PIB estatal.

La industria textil ocupa el 45 por ciento de personal ocupado, participando en el valor

agregado total nacional con el 8.5 por ciento. Grandes grupos de capital privado

nacional, sector público y trasnacional que utilizan tecnologías avanzadas se localizan

en Puebla, por ejemplo, las grandes empresas como HYLSA (acerera), PEMEX

(petrolera), y las transnacionales Procter&Gamble que produce goma de mascar, y

Volkswagen que tiene casi 11,000 empleados que produjeron en el primer semestre del

2003 aproximadamente 150,000 vehículos.

En promedio, para el año 2000, casi la quinta parte de la población estatal ocupada

percibió menos de un salario mínimo –que equivale aproximadamente al contingente

poblacional que subsiste con menos de un dólar diario, la tercera parte recibió de 1 a 2

salarios mínimos, y la cuarta parte registró de 2 a 5 salarios (véase Anexo 1).

Page 8: MEXICO SISTEMAS DE COMPRAS GUBERNAMENTALES A NIVEL … · Ha cumplido con las normas de licitación, y el desempeño ha sido equivalente al promedio de otros países. Además, la

8

2. INSTITUCIONALIDAD

En este informe se entiende por institucionalidad al conjunto de normatividad,

reglamentación, política y mecanismos de coordinación inter e intrainstitucional para

regular las compras estatales.

2.1 Marco jurídico

Las compras estatales están reguladas por diversos ordenamientos normativos,

incluyendo la Constitución Política del Estado, códigos, leyes, reglamentos decretos,

circulares, acuerdos, lineamientos, convenios y formatos que directa, indirecta y/o

supletoriamente sancionan lo relativo a las adquisiciones de bienes y contratación de

obras públicas y servicios, las responsabilidades de los funcionarios públicos del

Estado, y la fiscalización (véase Anexo 2). Esta inflación normativa tiene el riesgo de

traducirse en políticas confusas o incompletas, y en falta de certeza jurídica tanto para el

servidor público como para el particular.

La Constitución de Puebla dispone que una ley reglamente y fije las facultades de los

funcionarios en materia de planeación, formación de programas y presupuestos,

ejecución de objetivos, supervisión, evaluación e información, así como la coordinación

de los sectores público, social y privado del Estado. El Código Civil para el Estado sólo

contempla las disposiciones generales aplicables a los contratos, como es el caso de lo

dispuesto en materia de obras a precio alzado.

En materia de contrataciones, los principales cuerpos legales en el Estado son la Ley de

Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal (Ley

de Adquisiciones), reglamentaria de la Constitución y decretada en el año 2001, y la Ley

de Obras Publicas y Servicios relacionados con los mismos (Ley de Obra Pública),

promulgada en marzo del 2003, que rigen a los tres poderes del estado.

Ninguna de las leyes anteriormente citadas cuenta con un reglamento, lo que obliga a

las áreas requirentes a efectuar múltiples consultas y referencias a distintas fuentes

normativas para generar lineamientos administrativos. Además, existe el riesgo latente

de que existan contradicciones regulatorias y discrecionalidad en la aplicación de la

Ley.

Tanto la Ley de Adquisiciones como la Ley de Obra Pública tienen disposiciones

específicas para efectuar procedimientos de licitación pública por medios electrónicos,

lo que facilita la participación de las personas y empresas como proveedores o

contratistas.

Cuando el Estado o los municipios realizan adquisiciones, arrendamientos, o requieren

la prestación de servicios o la ejecución de obras públicas financiadas total o

parcialmente con fondos federales, incluyendo los proyectos financiados por el Banco

Mundial, las leyes federales aplican. No hay obligación de observar el principio anterior

cuando se trata de aportaciones federales directas a estados y municipios.

La Ley de Adquisiciones y la Ley de Obra Pública establecen que los pedidos o

contratos que se celebren con cargo total o parcial a fondos estatales, incluso aquéllos

que se finquen en el marco de los convenios entre los gobiernos estatal y municipal,

Page 9: MEXICO SISTEMAS DE COMPRAS GUBERNAMENTALES A NIVEL … · Ha cumplido con las normas de licitación, y el desempeño ha sido equivalente al promedio de otros países. Además, la

9

están sujetos a las disposiciones de estas leyes. Asimismo, la ejecución de las obras

públicas con cargo total o parcial a fondos estatales que realicen los municipios, se rigen

por el ordenamiento respectivo.

Cuando se concursan obras con recursos estatales, no se permite la inscripción de

empresas extranjeras. Es importante subrayar que esta disposición, limita el juego de la

libre competencia –con la reducción de precios que se puede derivar- y, por supuesto, se

puede considerar como una práctica discriminatoria.

2.2 Política de Adquisiciones

El control de la aplicación de la Ley de Adquisiciones está a cargo de la Secretaría de

Desarrollo, Evaluación y Control de la Administración Pública (SEDECAP), que tiene

facultades para dictar políticas y procedimientos sobre el ejercicio del gasto a nivel

estatal y, específicamente, sobre las adquisiciones y las obras públicas. La Secretaría de

Desarrollo Urbano, Ecología y Obras Públicas es la dependencia encargada del control

de la aplicación de la Ley de Obra pública, sin perjuicio de la intervención de otras

dependencias del propio Ejecutivo con facultades para interpretar las disposiciones de

esta Ley para efectos administrativos.

EL Comité Estatal de Adjudicaciones (Comité de Adquisiciones) es un organismo con

personalidad jurídica y patrimonio propios, sectorizado en la Secretaría de Finanzas y

Administración, creado para garantizar la eficacia y la transparencia en la adjudicación

y contratación de adquisiciones, arrendamientos y servicios a cargo de las dependencias

de la administración pública estatal. Cuenta con un reglamento interior que se ocupa de

su organización y funcionamiento.

La desconcentración es parte de las políticas del Comité de Adquisiciones, pero hay

bienes que por su naturaleza y volumen se adquieren mediante consolidación para no

perder mejores condiciones de compras en función de economías de escala. Las

dependencias pueden realizar adquisiciones hasta por 70,000 pesos en una sola

operación, sin necesidad de que intervenga dicho Comité. Según la dependencia de que

se trate, su unidad de adquisiciones puede variar en denominación, responsabilidad y

funciones; pueden existir varias unidades dentro de una misma dependencia.

En el año 2001 el Comité de Adquisiciones recibió la certificación ISO-9002, luego de

haber acreditado y satisfecho las exigencias que se requieren de acuerdo con los

estándares internacionales de las empresas certificadoras.

Por otra parte, existe un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y

patrimonio propios, denominado Comité Estatal de Obra Pública y Servicios

Relacionados (Comité de Obra), integrado al sector de la Secretaría de Desarrollo

Urbano, Ecología y Obras Públicas. Es responsable del establecimiento de los

mecanismos necesarios para la celebración del procedimiento de contratación de obras

públicas y servicios relacionados con las mismas y la adjudicación de contratos

correspondientes a cargo de las dependencias de la administración pública estatal. El

reglamento correspondiente ha sido actualizado y por Ley tendrá que ser expedido a

más tardar en julio del 2003.

Page 10: MEXICO SISTEMAS DE COMPRAS GUBERNAMENTALES A NIVEL … · Ha cumplido con las normas de licitación, y el desempeño ha sido equivalente al promedio de otros países. Además, la

10

La Ley de Adquisiciones establece que cada municipio puede, sin estar obligado,

constituir su propio Comité Municipal de Adjudicaciones (Comité Municipal) para

conducir los procedimientos de adquisiciones y obras públicas, que puede tener la

naturaleza de organismo descentralizado u órgano desconcentrado del Ayuntamiento, a

elección de éste, sin perjuicio de que se pueda celebrar convenio con el Comité de

Adquisiciones o el Comité de Obra Pública, según corresponda, para efectos de que éste

colabore con el Gobierno Municipal en las licitaciones y adjudicaciones que sean

competencia de este último, incluyendo las adjudicaciones que se realizan con cargo a

aportaciones federales. En general, una de las limitantes de los comités a nivel estatal y

municipal es que regulan pero sin supervisión y evaluación como parte del

procedimiento de contratación.

Los municipios que no constituyan su comité de obras públicas o no celebren convenios

con el Comité de Obra Pública podrán celebrar contratos de obras públicas y servicios

relacionados con las mismas siempre y cuando adjudiquen estos contratos a los

contratistas incluidos en el listado de contratistas calificados y se sujeten a los

procedimientos que prevé la legislación estatal, cuyas desventajas son comentadas más

adelante.

En materia de control y vigilancia del gasto público y de la gestión de las áreas de

contrataciones públicas, la SEDECAP también tiene la máxima responsabilidad en el

ámbito del Poder Ejecutivo, además de la función de emitir medidas preventivas para

procurar el estricto apego a las disposiciones aplicable, y para verificar y vigilar el

cumplimiento de la normatividad en la materia por parte de las dependencias. Realiza

auditorias y revisión con sus propios recursos, pero también se apoya en firmas y

despachos de contadores, los cuales son contratados con base en lo que establece la Ley

de Adquisiciones, mediante procedimientos de concurso por invitación o adjudicación

mediante invitación a cuando menos tres personas.

La Ley de Obra Pública obligan a integrar y operar un listado de contratistas, en el cual

se clasifica a las personas inscritas de acuerdo con su actividad, capacidad técnica y su

ubicación y tiene por objeto facilitar a la administración pública estatal la información

completa, confiable y oportuna, sobre las personas con capacidad de prestar servicios,

en la cantidad, calidad y oportunidad que se requiera. Este listado no es obligatorio para

la presentación de ofertas pero lo es para la adjudicación de contratos.

En particular, existen dos listados: (i) uno especializado, en el que deben inscribirse las

personas físicas o morales que cuenten con los elementos técnicos, artísticos, científicos

o tecnológicos que se requieran para ejecutar un trabajo de elevado grado de dificultad;

y (ii) el general, que se integra con todos aquellos contratistas, que no están inscritos en

el listado especializado. Tratándose de obras públicas y servicios relacionados a cargo

de los municipios el Presidente Municipal debe solicitar al Comité de Obra la relación

actualizada de personas inscritas en el Padrón de Contratistas, previo al procedimiento

de licitación.

Las administraciones públicas municipales pueden establecer, sus propios lineamientos

respecto de sus listados de proveedores respectivos, observando en lo conducente lo

contenido en las disposiciones de la legislación estatal, que puede aplicarse

supletoriamente.

Page 11: MEXICO SISTEMAS DE COMPRAS GUBERNAMENTALES A NIVEL … · Ha cumplido con las normas de licitación, y el desempeño ha sido equivalente al promedio de otros países. Además, la

11

La inscripción en un listado se puede considerar como una forma de precalificación de

concursantes, que desde el proceso de registro se solicita a las personas físicas y

empresas proporcionar información sobre su especialidad, experiencia, capacidad

financiera y recursos con los que cuentan para obligarse en términos contractuales. Es

importante notar que el registro de inscripción quebranta los principios de no

discriminación y de libre competencia –y la reducción de costos que normalmente

conlleva- ya que empresas de otros estados o extranjeras no pueden participar en ningún

concurso de obra sin cumplir el requisito.

En los procesos de concurso por invitación, las invitaciones se giran con base en la

información que existe en el padrón de proveedores o de contratistas, según sea el caso,

sin que exista evidencia documental de que se permita la participación de otras

empresas en dichos procesos.

En materia de adquisiciones mediante adjudicación y contratación directa, la legislación

en la materia señala que en presencia de desastres naturales o por la especialización de

bienes o servicios –distintos a la contratación de asesoría técnica para la realización de

investigaciones de mercado, el mejoramiento del sistema de adquisiciones,

arrendamientos y servicios, la verificación de precios, la ejecución de pruebas de

calidad y otras actividades vinculadas con el objeto de la Ley- que hagan necesaria su

pronta contratación, el titular de la dependencia de que se trate, debe contar previamente

con la autorización del Gobernador del Estado.

Los procedimientos que se aplicaron en la entidad en el año 2002 fueron los siguientes,

donde se destaca la alta incidencia de procedimientos competitivos:

ADQUISICIONES

MÉTODO MONTO

MILL $MN

PORCENTAJE

DEL TOTAL

Licitación pública 664.90 73.5

Concurso por invitación (3 personas) 49.37 5.5

Invitación (cuando menos 3 personas) 170.68 18.8

Adjudicación directa 20.00 2.2

En el caso de obra pública, los procedimientos que se aplicaron en el año 2002 fueron

los siguientes –no se incluyen adjudicaciones directas de baja cuantía bajo

responsabilidad de las dependencias:

OBRA PÚBLICA

MÉTODO MONTO

MILL $MN

PORCENTAJE

DEL TOTAL

Concurso por invitación (3 personas) 200.00 20.0

Licitación 1,600.00 80.0

Concurso por invitación (5 personas) 200.00 20.0

En la entidad no existe una medición detallada y consistente, en términos del PIB, de

servicios, inversiones y compras del sector público, desagrada por tipo nivel de

gobierno y poder público, que permita la aplicación de conceptos, políticas y medidas

acordes al nivel de desarrollo del sector de la pequeña y mediana industria en el estado.

Page 12: MEXICO SISTEMAS DE COMPRAS GUBERNAMENTALES A NIVEL … · Ha cumplido con las normas de licitación, y el desempeño ha sido equivalente al promedio de otros países. Además, la

12

La Ley de Adquisiciones señala que el Comité correspondiente, los comités

municipales, la Secretaría de Finanzas y Administración, la SEDECAP, los

ayuntamientos y las contralorías municipales, en el ámbito de su competencia, pueden

contratar asesoría técnica para la realización de investigaciones de mercado, el

mejoramiento del sistema de adquisiciones, arrendamientos y servicios, la verificación

de precios, la ejecución de pruebas de calidad y otras actividades vinculadas con el

suministro de bienes y la contratación de servicios.

El Órgano de Fiscalización Superior, institución del Congreso del Estado, audita en

forma posterior a su ejercicio y realización, los ingresos y egresos, así como el manejo,

custodia y aplicación de fondos y recursos de los Poderes del Estado y los

ayuntamientos, así como el cumplimiento de los objetivos contenidos en los planes y

programas respectivos, debiendo entregar al Congreso el informe del resultado de la

revisión de la Cuenta Pública. El Órgano de Fiscalización, al no contar con capacidad

para el análisis de las compras, limita su revisión a los aspectos de carácter contable.

2.3 Coordinación Inter e Intrainstitucional

El Ejecutivo del Estado puede celebrar convenios de coordinación y colaboración

administrativa sobre las materias que regula la Ley de Adquisiciones con los poderes

legislativo y judicial, así como con los Ayuntamientos de la entidad, con el fin de

optimizar recursos en beneficio del estado y sus municipios.

La SEDECAP realiza actividades en coordinación y apoyo con las contralorías de los

municipios en los que se cuenta con esa instancia de fiscalización, pero no interviene de

manera directa o por sí misma en la revisión del ejercicio del gasto de los municipios.

Existe un Convenio de Coordinación y Colaboración celebrado en 2001 entre la Cámara

de Diputados del H. Congreso de la Unión, por conducto de la Auditoria Superior de la

Federación, y el H. Congreso del Estado de Puebla, a través de su Órgano de

Fiscalización Superior, y que tiene como objeto de realizar el seguimiento y evaluación

del ejercicio de aportaciones federales y recursos reasignados previstos en el

Presupuesto de Egresos de la Federación, correspondiente al ejercicio fiscal inmediato

anterior, a través de su análisis financiero, de conformidad a los programas de trabajo de

cada una de las instituciones involucradas, y promover respecto de la entidad federativa

y los municipios la rendición transparente y oportuna de cuentas públicas a la legislatura

local, mediante la realización de auditorias y revisiones físicas, conforme al programa

de acciones del Órgano de Fiscalización.

El Ejecutivo Federal y el Ejecutivo del Estado celebraron Acuerdo de Coordinación que

tiene por objeto la realización de un programa de coordinación especial denominado

“Fortalecimiento del Sistema Estatal de Control y Evaluación de la Gestión Pública y

Colaboración en Materia de Desarrollo Administrativo y Modernización”. En virtud de

dicho acuerdo y del proceso de federalización para fortalecer al estado y municipios en

la descentralización de funciones, el Gobierno del Estado se compromete a

implementar, con el apoyo de Compranet, un sistema electrónico de contrataciones

gubernamentales que garantice la aplicación transparente de los recursos, que permita

conocer las licitaciones de bienes, servicios y obra pública, los resultados de los

concursos, el origen y destino de los recursos públicos, las obras y acciones que se están

realizando y que simplifique el pago de las bases y demás trámites relacionados con la

Page 13: MEXICO SISTEMAS DE COMPRAS GUBERNAMENTALES A NIVEL … · Ha cumplido con las normas de licitación, y el desempeño ha sido equivalente al promedio de otros países. Además, la

13

participación en licitaciones públicas del nivel estatal, específicamente a través de un

sitio en Internet (www.puebla.compranet.gob.mx).

2.4 Recomendaciones

Las recomendaciones fundamentales sobre institucionalidad son las siguientes:

(a) la revisión de la legislación en Adquisiciones y Obra Pública y, en consecuencia, la

preparación y publicación de los reglamentos de las leyes actualizadas,

(b) la estipulación en el marco legal que se permita la participación en concursos a

empresas no inscritas en un listado de contratistas; dejando este requerimiento como

condición para firmar contrato,

(c) permitir la inscripción de empresas extranjeras en igualdad de condiciones que las

nacionales y las asentadas dentro del Estado, cuando se concursen obras con

recursos estatales, para asegurar transferencia de tecnología y reducción de precios,

(d) planear y ejecutar sectorialmente la adquisición de compras consolidadas,

(e) la revisión del Código Civil para legalizar la firma electrónica, con el objetivo de

utilizar Compranet para recibir ofertas electrónicas, ya que está demostrado que

abren el mercado y contribuyen a la reducción de precios,

(f) planear sectorialmente la consolidación en forma consolidada de bienes y servicios

de uso generalizado para reducir costos y obtener mejores condiciones de compra,

(g) consolidar la batería de indicadores sobre número de operaciones, valor y tiempo,

para medir eficacia del proceso de contratación de obra pública, y

(h) la contratación de personal con experiencia en compras gubernamentales, por parte

del Órgano de Fiscalización.

Page 14: MEXICO SISTEMAS DE COMPRAS GUBERNAMENTALES A NIVEL … · Ha cumplido con las normas de licitación, y el desempeño ha sido equivalente al promedio de otros países. Además, la

14

3. PROCEDIMIENTOS Y PRÁCTICAS GENERALES

3.1 Planeación y Presupuestación

Las disposiciones estatales establecen la obligatoriedad de planear, programar y

presupuestar adecuadamente los recursos que se aplicarán en todas y a cada una de las

actividades gubernamentales. Sin embargo, la planeación no se respeta durante el

ejercicio del presupuesto por la asignación tardía de recursos a las dependencias. Ello

limita la competencia y le imprime opacidad al proceso de contratación, debido por lo

menos a dos riesgos (i) recurrir a la adjudicación directa, que es discrecional y no

competitiva o (ii) emprender un proceso de licitación en corto tiempo, lo que impide

una integración correcta de ofertas, y previsiblemente generará que los precios de los

contratos se incrementen desmedidamente al momento de la licitación.

Los principales proyectos y programas anuales del gobierno y las estimaciones de

presupuesto público asignadas a los mismos se definen en el Decreto de Presupuesto de

Egresos del Estado que se aprueba cada año por el Congreso Local. Se exige a las

dependencias estatales que se ajusten a los objetivos, metas y previsiones establecidos

en el Presupuesto, lo que les obliga a no iniciar procedimiento de contratación alguno

fuera de los montos, parámetros y supuestos definidos y autorizados; cualquier

erogación que realicen las dependencias relacionada con adquisiciones o

arrendamientos o realización de obras, requerirá la autorización de inversión de la

Secretaría de Finanzas y Administración en forma específica y previa al ejercicio del

gasto correspondiente.

La Ley de Adquisiciones y la Ley de Obra Pública establecen la obligatoriedad de

ajustarse a los objetivos y prioridades de los planes de desarrollo para llevar a cabo la

planeación de las adquisiciones y obras públicas. De conformidad con lo que establece

la primera, las dependencias deben formular un programa anual de adquisiciones,

arrendamientos y servicios –con carácter informativo, que no implica compromiso

alguno de contratación- que se debe difundir, y preferir la utilización de los bienes o

servicios que se producen en el Estado y en el país, sobre los extranjeros.

Tratándose de licitaciones nacionales, la legislación especifica que los bienes deben

tener grado de contenido nacional equivalente a cuando menos 50 por ciento. Además,

hay un margen de preferencia para las empresas nacionales, con respecto a las que se

encuentran domiciliadas en el extranjero; las primeras deberán contar, en la

comparación económica de las propuestas, con un margen hasta del diez por ciento de

preferencia en el precio respecto de los bienes y servicios de importación. Es oportuno

comentar que esta política pude ser calificada como discriminatoria.

El Decreto de Presupuesto de Egresos del Estado para cada ejercicio fiscal establece

parámetros para la aplicación de cada método de contratación, y no existe una forma de

cálculo de umbrales explícita para cada categoría de contratación. El monto asignado

está en función del tamaño de la dependencia pero no del monto de la compras per se, lo

que origina que en las dependencias con mayor presupuesto los límites para una

licitación sean altos. Cabe aclarar que este procedimiento es el mismo que se aplica a las

compras a nivel nacional. La legislación marca que el Ejecutivo del Estado, a través de

la Secretaría de Finanzas y Administración, durante el ejercicio del presupuesto puede

Page 15: MEXICO SISTEMAS DE COMPRAS GUBERNAMENTALES A NIVEL … · Ha cumplido con las normas de licitación, y el desempeño ha sido equivalente al promedio de otros países. Además, la

15

adecuar los montos y lineamientos para la contratación de obra pública, con base en un

10 por ciento adicional sobre la variación del INPC.

La Ley de Adquisiciones y la Ley de Obra Pública indican que cuando por razón del

monto de la adquisición, arrendamiento o servicio o de las obras a realizar, resulte

inconveniente llevar a cabo el procedimiento de licitación pública por el costo que éste

represente, las dependencias podrán fincar pedidos o celebrar contratos sin ajustarse a

dicho procedimiento. La Ley de Obra Pública reformada en el 2003 marca que con una

licitación desierta se puede recurrir a la adjudicación directa.

En el año 2002, los sistemas de selección de proveedores para adquisiciones,

arrendamientos y servicios relacionados con bienes muebles, fueron:

- Licitación Pública. Se aplica como regla general para la contratación pública,

cuando los montos y supuestos en que se realizan las adquisiciones no se encuadran

en los casos siguientes.

- El concurso por invitación, cuyo procedimiento es equivalente al de licitación pero

sin bases. Se giran invitaciones a cuando menos tres proveedores –en la mayoría de

los casos del estado- y se requiere igual número de ofertas susceptibles de análisis

técnico.

- La adjudicación mediante invitación a cuando menos tres personas, y en la mayoría

de los casos está limitado a proveedores dentro del estado.

- La adjudicación directa es la norma para adquisiciones menores de 15,000 pesos y

para compras mayores sólo se considera como excepción. En virtud de este método

la autoridad gubernamental actúa discrecionalmente a fin de adjudicar, por causas

específicas o técnicas y de forma directa, bienes o servicios requeridos mediante un

proceso de negociación con un proveedor en particular.

Los umbrales de los métodos de selección de proveedores fueron los siguientes:

ADQUISICIONES

Licitación pública Desde 900,000 pesos

Concurso por invitación (3 personas, 3

ofertas evaluadas)

De 380,001 a 900,000 pesos

Invitación (3 personas):

- Sin intervención de Comité

- Con intervención de Comité

De 15,001 a 70,000 pesos

De 70,001 a 380,000 pesos

Adjudicación directa Hasta 15,000 pesos

En el caso de la obra pública y servicios relacionados a la misma, los sistemas de

selección de contratistas fueron:

- Licitación pública. Se aplica como regla general para la contratación pública cuando

el monto de la obra rebasa 240,000 pesos.

- Concurso por invitación a cuando menos cinco personas. Es el método por el cual se

giran invitaciones a igual número de personas o empresas, cuando la cuantía de la

obra es superior a 480,001 e inferior a 960,000 pesos.

- Concurso por invitación a cuando menos tres personas. Es el método por el cual se

giran invitaciones a igual número de personas o empresas, en cuyo caso se deberá

Page 16: MEXICO SISTEMAS DE COMPRAS GUBERNAMENTALES A NIVEL … · Ha cumplido con las normas de licitación, y el desempeño ha sido equivalente al promedio de otros países. Además, la

16

contar con un mínimo de tres ofertas para evaluar técnicamente; cuando el monto es

inferior a 480,000 pesos pero superior a 240,001.

- La adjudicación directa se ejerce como opción cuando la cuantía de la obra no

rebase 240,000 pesos.

Los umbrales de los métodos de selección de contratistas fueron los siguientes:

OBRA PUBLICA

Licitación pública Desde 960,000 pesos

Invitación (5 personas) De 480,001 a 960,000 pesos

Invitación (3 personas, 3 ofertas

evaluadas)

De 240,001 a 480,000 pesos

Adjudicación directa Hasta 240,000 pesos

Cabe comentar que tanto en adquisiciones como en obras públicas, la adquisición de

una misma cantidad en una repartición grande se puede realizar mediante una

adjudicación directa, lo que además limita la competencia, mientras que una institución

pequeña se ve obligada a realizar una licitación pública.

En función de las condiciones de elegibilidad, los procedimientos de adjudicación están

clasificados como nacionales o internacionales. La Ley de Adquisiciones estipula que

solamente se realizarán licitaciones de carácter internacional en los siguientes casos:

cuando resulte obligatorio conforme a lo establecido en los tratados, cuando, previa

investigación de mercado que realice la adjudicante, no exista oferta de proveedores

nacionales respecto a bienes o servicios en cantidad o calidad requeridas o sea

conveniente en términos de precio, cuando habiéndose realizado una licitación de

carácter nacional, no se presente alguna propuesta o ninguna cumpla con los requisitos

establecidos, y cuando así se estipule para las contrataciones financiadas con créditos

otorgados conforme a las disposiciones vigentes. Asimismo, se indica que podrá

negarse la participación de proveedores extranjeros en licitaciones internacionales

cuando su país de origen no conceda trato recíproco a los proveedores de bienes o

servicios mexicanos.

Existen en la legislación disposiciones sobre preferencias que generan distorsiones que

limitan las alternativas y desalientan la eficiencia económica y, por tanto, incrementan

los precios: (i) la Ley de Egresos del Estado prevé que las dependencias y entidades, en

el ejercicio del gasto de inversiones públicas, buscarán aprovechar al máximo la mano

de obra e insumos locales y la capacidad instalada, por lo que, en igualdad de

condiciones en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás

circunstancias pertinentes, se debe dar prioridad a los contratistas y proveedores locales

en la adjudicación de contratos de obra pública y de adquisiciones, arrendamiento y

prestación de servicios de cualquier naturaleza; y (ii) la Ley de Adquisiciones y la Ley

de Obra Pública señalan que en los procedimientos de adjudicación y contratación de

carácter nacional e internacional, las instancias adjudicantes y contratantes deben optar,

en igualdad de condiciones, por el empleo de los recursos humanos del Estado o en su

defecto, del país, y por la adquisición y arrendamiento de bienes producidos en el

Estado o el país, que cuenten por lo menos con 50 por ciento de contenido nacional. Las

disposiciones enunciadas anteriormente pueden ser calificadas como discriminatorias.

Page 17: MEXICO SISTEMAS DE COMPRAS GUBERNAMENTALES A NIVEL … · Ha cumplido con las normas de licitación, y el desempeño ha sido equivalente al promedio de otros países. Además, la

17

3.2 Elaboración de Bases

Las bases de licitación las prepara el área solicitante. En el caso de adquisiciones, no

existen bases estándar para las contrataciones estatales. En el caso de obras públicas,

existen cuatro bases de licitación: (i) dos para obras, y (ii) dos para servicios,

diferenciándose cuando se trata de recursos federales y estatales.

Los ordenamientos que rigen las compras y las obras públicas prevén desde las

convocatorias y bases de licitación, el plazo, lugar, condiciones de entrega y formas de

pago, con la especificación de que debe señalarse con toda claridad y sin ambigüedad, la

fecha exacta en que será exigible la obligación de pago a cargo de la dependencia, y

demás condiciones aplicables.

La Ley de Adquisiciones ordena que las bases incluyan las instrucciones para elaborar y

entregar las propuestas, así como criterios claros y detallados para la adjudicación de los

contratos, para la evaluación de la calidad de los servicios, y en general, los requisitos

que deben cumplir quienes deseen participar; y la información relativa a la garantía de

seriedad de las ofertas que se exigible. La Ley de Obra Pública señala que los

organismos convocantes deben emitir bases indicando criterios claros y detallados para

la adjudicación de los contratos.

Tanto el Comité de Adquisiciones como el Comité de Obra Pública cuentan con grupos

técnicos que se encargan de la integración o en su caso, revisión de convocatoria y

bases, modificación y adecuación de las bases técnicas que se integran en los paquetes

de información de las licitaciones o en los procesos de invitación a proveedores o

contratistas. Los comités realizan por sí mismos, o en algunos casos, forman parte del

equipo de evaluación de las ofertas recibidas.

3.3 Publicación de Convocatoria

Las convocatorias para compras que se deban licitar son emitidas bajo la

responsabilidad, según sea el caso, del Comité o comités municipales que corresponda

la adjudicación del contrato.

Las convocatorias se deben publicar por lo menos en un diario de circulación nacional

(o al menos estatal, en el caso de los municipios), así como en el Diario Oficial de la

Federación si se trata de una licitación internacional, sin perjuicio de hacerlo también en

el Periódico Oficial del Estado si el convocante lo considera conveniente. Entre las

fechas de publicación de la convocatoria para la licitación y la de presentación y

apertura de proposiciones, debe transcurrir un lapso de cuando menos quince días

naturales, contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria; en tanto que

en el caso de las licitaciones internacionales, no puede ser inferior a veinte días

naturales, contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria. Estos plazos

para la preparación de ofertas antes del cierre de los procedimientos de licitación limitan

la competencia y podrían hacer cuestionable la transparencia del proceso de licitación y,

además, impiden la preparación de propuestas correctamente integradas, tomando en

cuenta factores tales como la complejidad de la compra, grado de subcontratación,

tiempo para transmitir las ofertas, etc.

Page 18: MEXICO SISTEMAS DE COMPRAS GUBERNAMENTALES A NIVEL … · Ha cumplido con las normas de licitación, y el desempeño ha sido equivalente al promedio de otros países. Además, la

18

Empero la convocante, siempre que exista causa justificada, puede modificar los plazos

u otros aspectos establecidos en la convocatoria o en las bases de licitación, a partir de

la fecha en que sea publicada la convocatoria y hasta el sexto día natural previo al acto

de presentación y apertura de propuestas, inclusive; también puede ampliar los plazos

de entrega. No es necesario hacer la publicación del aviso respectivo, cuando las

modificaciones deriven de las juntas de aclaraciones, siempre que se entregue copia del

acta respectiva a cada uno de los licitantes que hayan adquirido las bases de la

correspondiente licitación.

Cualquier modificación a las bases de la licitación, derivada del resultado de la o las

juntas de aclaración, es considerada como parte integrante de las propias bases de

licitación. Pero en ningún caso pueden implicar la sustitución de las adquisiciones,

arrendamientos o servicios convocados originalmente, en adición de otros de distintos

rubros o en variación significativa de sus características. Puede afirmarse que la

modificación de plazos para la presentación de ofertas puede dar lugar a prácticas

discriminatorias en los procesos concursales e impedir a los licitantes la integración

correcta de ofertas.

Las convocatorias deben indicar los lugares, fechas y horarios en que los interesados

pueden obtener las bases de la licitación y, en su caso, el costo y forma de pago de las

mismas, que se fija en razón de la recuperación de las erogaciones por publicación y de

la reproducción de los documentos que se entreguen. Los interesados pueden revisar las

bases previamente a su pago, que es requisito para participar en la licitación, tanto en el

domicilio señalado por la convocante como en los medios de difusión electrónica.

Asimismo, deben estipular la fecha, hora y lugar de celebración de las dos etapas del

acto de presentación y apertura de ofertas y de la visita al sitio de realización de los

trabajos. También deben mencionar el plazo de ejecución de los trabajos determinados

en días naturales, indicando la fecha estimada de los mismos y los términos en que se

desahogarán las fases de los procedimientos de adjudicación.

La Ley de Adquisiciones señala que las convocatorias deben contener, invariablemente,

la indicación de que no serán objeto de negociación ninguna de las condiciones

contenidas en las bases de la licitación, así como en las propuestas presentadas por los

licitantes. Al respecto, la Ley de Obra Pública aclara que el procedimiento de licitación

pública inicia con la convocatoria emitida por el organismo convocante, que

invariablemente debe contener la indicación de que no pueden ser objeto de negociación

ninguna de las condiciones contenidas en las bases de licitación ni las proposiciones

presentadas por los licitantes.

Uno de los problemas más serios es que se han presentado casos en que por razones de

urgencia o motivos de coyuntura política, no se cuenta con los diseños finales para

convocar a licitaciones públicas y para la presentación de propuestas de obras públicas,

causando eventuales contingencias en la realización de obras que llegan a repercutir en

aumentos de costos que terminan siendo reconocidos a través de convenios

modificatorios.

3.4 Presentación de Ofertas

La Ley de Adquisiciones y la Ley de Obra Pública requieren que se presenten, en dos

etapas, ofertas en dos sobres, cerrados, que contengan por separado, la propuesta legal y

Page 19: MEXICO SISTEMAS DE COMPRAS GUBERNAMENTALES A NIVEL … · Ha cumplido con las normas de licitación, y el desempeño ha sido equivalente al promedio de otros países. Además, la

19

la técnica y la económica, incluyendo en esta última la garantía de seriedad de las

ofertas; y que se abran públicamente. En caso de requerir especificaciones técnicas,

éstas deberán ser incluidas en el primer pliego o sobre de los mencionados.

Merece destacarse que el sistema de dos sobres retrasa el proceso de evaluación y

facilita que una oferta solvente sea eliminada, porque permite devolver o rechazar

ofertas por razones no substanciales, sin conocer sus precios.

De acuerdo con la Ley de Adquisiciones, los licitantes y proveedores deben garantizar

la seriedad de las ofertas en los procedimientos de adjudicación, en cuyo caso la

garantía consiste en cheque cruzado o fianza por 10 por ciento del importe de cada

pedido o contrato o en su caso del período correspondiente a la garantía relativa de la

operación de los equipos. Si el proveedor a quien se adjudique el contrato deja de

firmarlo por causas imputables a él, pierde la garantía de seriedad que hubiere otorgado

en favor del contratante. La convocante debe conservar en custodia las garantías que

sean otorgadas por este concepto hasta la fecha del fallo, cuando se devolverán a los

licitantes, excepto la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, hasta el

momento en que constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente.

La Ley de Obra Pública sólo señala que los organismos convocantes deben incluir en

las bases para las licitaciones públicas que emitan los datos sobre las garantías que

deban otorgar los participantes y contratistas, en su caso.

En general, las garantías de seriedad que deben otorgar los licitantes se constituyen a

favor de la Secretaría de Finanzas y Administración en el caso de dependencias o de las

Tesorerías Municipales, según corresponda.

Puede afirmarse que el alto costo de la garantía de seriedad, por un lado, limita la

competencia, y por el otro lado, abre la posibilidad de que se conozca el precio de las

ofertas a través de la compañía afianzadora o que por un error aritmético una oferta sea

descalificada.

3.5 Apertura de Ofertas

No existen diferencias entre los procedimientos de apertura de ofertas para los distintos

tipos de contratación. La apertura de ofertas se realiza en acto público al que pueden

asistir los representantes de las empresas licitantes, a efecto de dar transparencia a los

actos y eventos en general. Previamente al acto de presentación y apertura de

propuestas, la convocante puede efectuar el registro de participantes, así como realizar

revisiones preliminares a la documentación distinta a la propuesta legal, técnica y

económica.

En la primera etapa, se procederá a la apertura de la propuesta técnica y legal y se

desecharán las que hubieren omitido alguno de los requisitos esenciales exigidos,

declarándose descalificados los concursantes cuyas propuestas hayan sido desechadas,

devolviéndose en ese momento su documentación.

El lapso entre la apertura y evaluación de las ofertas técnicas y la apertura de las ofertas

económicas de las empresas cuyas propuestas hubieren sido aceptadas es variable, de

acuerdo al tipo de bienes u obras a licitar, pero debe hacerse dentro de los veinte días

Page 20: MEXICO SISTEMAS DE COMPRAS GUBERNAMENTALES A NIVEL … · Ha cumplido con las normas de licitación, y el desempeño ha sido equivalente al promedio de otros países. Además, la

20

naturales siguientes a la recepción y apertura de ofertas técnicas y de acuerdo a lo que se

hubiese establecido en las bases de licitación.

En la segunda etapa, una vez que se haya dado a conocer el resultado legal y técnico, se

procederá a la apertura de las propuestas económicas de los licitantes cuyas propuestas

legales y técnicas hayan sido aceptadas, y se dará lectura en voz alta al importe de las

propuestas que cubran los requisitos exigidos, salvo cuando rebasen el monto máximo

autorizado, en cuyo caso podrá optarse por indicar únicamente que no se aceptan por tal

motivo. Por lo menos un licitante, si asistiere alguno, y un servidor público del Comité

o Comité Municipal que esté presente, rubricarán las propuestas económicas; pero si

alguno se niega a hacerlo, no se invalidará el acto.

Es importante señalar que el procedimiento en dos etapas conlleva el riesgo de opacidad

porque permite devolver o rechazar ofertas por razones no substanciales, sin conocer

sus precios. Las ofertas que son devueltas antes de conocer su precio, son

irrecuperables, sin dar oportunidad para ulterior revisión y análisis. Adicionalmente, es

evidente que todas las ofertas son revisadas por todos los licitantes, sin respetarse la

confidencialidad del proceso, lo que tiene el riesgo generar presión para que se suscite

una descalificación entre competidores.

3.6 Evaluación de Ofertas

Las ofertas se evalúan según los criterios definidos en las bases, seleccionándose la

oferta solvente de menor costo. La evaluación es realizada por el Comité de

Adquisiciones y el Comité de Obra Pública, donde participan, además de los

funcionarios públicos, representantes del sector social, el privado y universidades.

Adicionalmente, en el caso de comités municipales, participan representantes de

organizaciones vecinales. Para la evaluación de ofertas en concursos de obras públicas y

sus servicios, también se ha recurrido a empresas privadas (outsourcing). Los cargos

máximos son honoríficos y designados los miembros propietarios y suplentes. La

estructura administrativa de los comités está conformada por personal técnico que

recibe un ingreso.

Con la finalidad de dotar de transparencia a los procesos de adjudicación y contratación

de obra y de involucrar a la sociedad en la propuesta de soluciones, específicamente el

Comité de Obra Pública cuenta con un órgano consultivo que permite a los

representantes de los sectores público –miembros propietarios y suplentes- y privado

opinar y aportar propuestas para lograr la eficiencia, transparencia y especialización en

los procedimientos de adjudicación de obras públicas y servicios relacionados con las

mismas.

En opinión de los funcionarios del Comité de Adquisiciones y del Comité de Obra

Pública, la participación de representantes del sector privado en los comités ha traído

efectos favorables, porque se ha logrado recuperar la confianza de la iniciativa privada

estatal al comprobar la transparencia con la que se manejan los procesos licitatorios en

el gobierno estatal y municipal, lo que ha traído como resultado que se incremente la

participación de empresas, tanto poblanas como de otras entidades federativas, para

convertirse en proveedores y contratistas del gobierno. El porcentaje de

inconformidades no alcanzó en el año 2001 el 2 por ciento sobre el total de las

Page 21: MEXICO SISTEMAS DE COMPRAS GUBERNAMENTALES A NIVEL … · Ha cumplido con las normas de licitación, y el desempeño ha sido equivalente al promedio de otros países. Además, la

21

operaciones de compras, y de ese porcentaje ninguna prosperó por haberse determinado

la improcedencia de las mismas –extemporaneidad o desistimiento-

Al respecto, cabe comentar que el Gobierno del Estado interpreta la participación del

sector privado como parte del proceso de participación de la sociedad civil en general.

Sin embargo, si se trata de las cámaras empresariales, al representar a las empresas que

presentan ofertas, suscitan un conflicto de interés o riesgo de favoritismo o clientelismo

si participan en la evaluación de sus propias ofertas.

También puede mencionarse que los proveedores y contratistas pueden participar

mediante el sistema de pre-bases, por el cual participan en la elaboración de una versión

final de bases antes de iniciar un proceso de licitación.

En los casos de excepción a la licitación pública, como es la invitación o la adjudicación

directa, hay espacio para un mejoramiento de la evaluación de las ofertas.

El convocante, siempre que exista causa justificada, puede negociar a la baja los precios

contenidos en las propuestas de los licitantes, hasta antes de la adjudicación. El caso es

excepcional y por iniciativa del Comité, cuando se presenta el riesgo de que una

licitación pueda declararse desierta.

3.7 Adjudicación

La normatividad aplicable a las contrataciones públicas obliga a las dependencias y

entidades convocantes a emitir un dictamen que sirva como base para la emisión del

fallo, en donde deberá hacerse constar el análisis de las ofertas y las razones para

admitirlas o desecharlas, debiendo, en su caso, fundar y motivar legalmente las causas

de una descalificación.

Tanto para adquisiciones como para obras públicas, la convocante deberá establecer los

procedimientos y los criterios de evaluación clara y detalladamente, para determinar la

solvencia de las propuestas, dependiendo de las características, complejidad y magnitud

de los trabajos a realizar. En el caso de servicios, se establecen criterios de adjudicación

basados en la ecuación costo-beneficio.

En la evaluación de las propuestas, en ningún caso pueden utilizarse mecanismos de

puntos o porcentajes, excepto cuando se trate de servicios, en los que se demuestre la

conveniencia de aplicar dichos mecanismos para evaluar objetivamente la solvencia de

las ofertas, de acuerdo con los lineamientos que para tal efecto emita el Comité que

corresponda.

Si resultare que dos o más propuestas son solventes porque satisfacen la totalidad de los

requerimientos solicitados por el convocante, el contrato se adjudicará a quien presente

la oferta cuyo precio sea el más bajo, incluyendo un margen hasta de diez por ciento de

preferencia en el precio respecto de los bienes y servicios de importación, conforme a

las reglas que establezcan el Gobierno del Estado y los Ayuntamientos, a través de los

comités que corresponda.

Según la Ley de Adquisiciones, dentro de los criterios de adjudicación, puede

establecerse el relativo a costo-beneficio, siempre y cuando sea definido, medible y

Page 22: MEXICO SISTEMAS DE COMPRAS GUBERNAMENTALES A NIVEL … · Ha cumplido con las normas de licitación, y el desempeño ha sido equivalente al promedio de otros países. Además, la

22

aplicable a todas las propuestas. Se adjudicará el contrato, de entre los licitantes, a aquél

cuya propuesta resulte solvente porque reúna, conforme a los criterios de adjudicación

establecidos en las bases de licitación, las condiciones legales, técnicas y económicas

exigidas, considerando en particular los aspectos de calidad requeridos por la

solicitante, y que garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones

respectivas.

Si el proveedor a quien se hubiere adjudicado el contrato como resultado de una

licitación, no lo firma -por causas imputables a él- perderá a favor del contratante la

garantía de seriedad que otorgó.

Tanto para las obras como para sus servicios, deberá verificarse, entre otros aspectos, el

cumplimiento de las condiciones legales exigidas al licitante; que el personal propuesto

cuente con la experiencia, capacidad y recursos necesarios para la realización de los

trabajos solicitados por la convocante en los respectivos términos de referencia y que la

integración de las plantillas y el tiempo de ejecución correspondan al servicio ofertado.

Si se trata de servicios relacionados, se debe verificar el cumplimiento de las

condiciones legales exigidas al licitante, que el personal propuesto por éste cuente con

la experiencia, capacidad y recursos necesarios para la realización de los trabajos

solicitados, y que los tabuladores de sueldos, la integración de las plantillas y el tiempo

de ejecución correspondan al servicio ofertado.

Una vez que el Comité de Obra Pública asignó un contrato, se entrega toda la

información relativa al mismo a la dependencia o entidad solicitante de los trabajos,

para que ella sea la que administre el contrato y se ocupe de la relación con las empresas

adjudicadas durante el desarrollo de los proyectos y hasta su terminación.

La Ley de Obra Pública estipula que, a juicio del organismo convocante y cuando tenga

la posibilidad de hacerlo, debe comunicar al público la información correspondiente a

las convocatorias y bases de las licitaciones y, en su caso, las modificaciones que

tuvieren, las actas de las juntas de aclaraciones y de visita a instalaciones, los fallos de

dichas licitaciones o las cancelaciones de éstas, y los datos relevantes de los contratos

adjudicados, sean por licitación pública, invitación o adjudicación directa, a través de

los medios de difusión electrónica que se hayan establecido. La información debe ser

remitida por las dependencias a la SEDECAP y a los comités respectivos o al Presidente

Municipal, en su caso, a través de los medios convencionales de comunicación o de

difusión electrónica, conforme al procedimiento administrativo que para tal efecto

hayan establecido las autoridades antes mencionadas.

Mediante el uso del sistema Compranet que desarrolló y tiene en operación a nivel

federal la Secretaría de la Función Pública, y gracias a los convenios con el Gobierno

del Estado de Puebla, las dependencias, entidades y los ayuntamientos someten a

escrutinio público la información relativa a los fallos de las licitaciones y los cambios

que sufran estas en los supuestos previstos por la Ley, por la amplia difusión que tiene

desde que ingresa a dicho sistema. Compranet puede ser consultado libremente por

cualquier persona, a través de medios electrónicos (www.puebla.compranet.gob.mx),

por lo cual su uso en ambos sentidos convierte en pública la información,

independientemente de que se hubiere comunicado el fallo en un acto público.

Page 23: MEXICO SISTEMAS DE COMPRAS GUBERNAMENTALES A NIVEL … · Ha cumplido con las normas de licitación, y el desempeño ha sido equivalente al promedio de otros países. Además, la

23

3.8 Servicios de Consultoría

No existe en el marco legal poblano una distinción entre los procesos de selección de

consultores y la compra de un bien o contratación de una obra, pero se reconoce el

carácter intelectual del servicio de consultoría. La contratación de consultorías se realiza

utilizando los mismos procedimientos que para cualquier otro servicio, sin emplearse el

procedimiento de listas cortas con 6 firmas consultoras.

Generalmente, en la evaluación de las propuestas de consultoría participan servidores

públicos de las áreas técnicas relacionadas con el objeto de la contratación y los

responsables de los procedimientos son parte del personal de las unidades compradoras.

Atendiendo a las características propias de cada servicio y siempre y cuando se

demuestre su conveniencia, se utilizarán mecanismos de puntos y porcentajes para

evaluar las propuestas.

La Ley de Adquisiciones también establece que para evaluar y determinar si una

empresa satisface o no los perfiles técnicos requeridos, deberá analizarse los títulos o

cédulas académicos y profesionales de los empresarios y del personal de dirección de la

empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato.

Es en el componente de los servicios profesionales relacionados con obras públicas

donde tienen una importancia mayor los criterios técnicos, la cual puede realizarse por

adjudicación directa, lo cual se convierte en una limitante al juego de la libre

competencia; es una práctica discrecional y opaca. La Ley indica que al evaluar las

propuestas de los licitantes, se deberá verificar, entre otros aspectos, que el personal

propuesto cuente con la experiencia, capacidad y recursos necesarios para la realización

de los trabajos solicitados por la convocante en los respectivos términos de referencia;

que los tabuladores de sueldos, la integración de las plantillas y el tiempo de ejecución

correspondan al servicio ofertado.

Los consultores, así como los licitantes que participen para la contratación de cualquier

otro servicio, están obligados a presentar las garantías que exigen tanto la Ley de

Adquisiciones como la Ley de Obra Pública.

La selección del método de consultores, de acuerdo con las normas del Banco Mundial

que son adoptados por el Gobierno cuando el primero financia estos servicios, está

basada en el procedimiento de lista corta y selección por puntos, el cual ha generado dos

mercados paralelos: las empresas consultoras de alta calidad no están dispuestas a

participar en concursos donde el criterio de selección es el precio.

3.9 Contratación

No existen contratos estándar ni se especifican contenidos mínimos en estos

instrumentos. La Ley de Adquisiciones regula los tipos, procedimientos y formalidades

de adjudicación de contratos, sus restricciones, formas, modalidades y garantías

necesarios para ser suscritas por la administración pública estatal y municipal, así como

la modificación y terminación de los mismos.

Los contratos de obras públicas y servicios relacionados que regula la Ley de Obra

Pública se consideran de derecho público y pueden ser de tres tipos (i) sobre la base de

Page 24: MEXICO SISTEMAS DE COMPRAS GUBERNAMENTALES A NIVEL … · Ha cumplido con las normas de licitación, y el desempeño ha sido equivalente al promedio de otros países. Además, la

24

precios unitarios o (ii) a precio alzado, en cuyo caso el importe de la remuneración o

pago total fijo que deba cubrirse al contratista se hace por los trabajos totalmente

terminados y ejecutados en el plazo establecido; o (iii) mixtos, cuando contengan una

parte de los trabajos sobre la base de precios unitarios y otra, a precio alzado.

Los licitantes y proveedores deben garantizar, el cumplimiento de los pedidos o

contratos, así como el pago de la indemnización por vicios ocultos, en cuyo caso las

garantías deben constituirse al menos por el 10 por ciento del monto total contratado.

Los titulares de las adjudicantes o contratantes deben fijar las bases, forma, porcentajes

y vigencia a las que deben sujetarse las garantías a ser constituidas, considerando que la

garantía de cumplimiento sólo puede constituirse mediante fianza, cheque certificado o

de caja e hipoteca.

A su vez, la Ley de Obra Pública exige que las personas físicas o jurídicas que celebren

los contratos sobre la materia regulada por la misma, deban garantizar la seriedad de las

ofertas en los procedimientos de adjudicación. Todos los contratos de obras públicas y

servicios relacionados deben contener forma y términos de garantizar la correcta

inversión de los anticipos y el cumplimiento del contrato. Asimismo, señala los plazos

que deben atenderse para la recepción, revisión y trámite de las estimaciones de los

trabajos ejecutados, los cuales no pueden ser mayores de cinco días hábiles, siguientes a

la presentación de las estimaciones, dentro de los cuales la dependencia correspondiente

debe proceder al pago, que en condiciones normales, conforme a las bases de licitación,

se efectúa dentro de los veinte días naturales posteriores a la recepción de las

estimaciones recibidas.

3.10 Recomendaciones

Respecto a las prácticas y procedimientos generales poblanos, a continuación se

presentan las siguientes recomendaciones:

(a) la preferencia por una empresa instalada en el territorio genera distorsiones que

limitan las opciones, incrementan los precios y desalientan la eficiencia económica;

sólo debiera admitirse cuando el objeto de la licitación imponga la proximidad de la

empresa por razones técnicas, por ejemplo, de mantenimiento, limpieza, etc.,

(b) es recomendable fijar los umbrales en función de la capacidad institucional,

(c) debiera contarse con bases y contratos estándar, para que las condiciones de

presentación y evaluación de ofertas no sean casuísticas y estén regidas por los

principios de mejores prácticas; los modelos de contratos deben ser parte de las

bases,

(d) legislar un mayor plazo para preparar propuestas,

(e) no licitar ninguna obra pública sin proyecto ejecutivo,

(f) hacer la apertura simultánea de las ofertas técnicas y económicas para eliminar

opacidad, discrecionalidad y reducir el tiempo para evaluación; ello exige que las

bases estén dirigidas a la funcionalidad, con especificaciones suficientemente

abiertas,

(g) en el caso de consultoría, hacer la apertura de ofertas técnicas y económicas en dos

etapas, dado que el precio es secundario,

(h) la garantía de seriedad de oferta no debería determinarse como porcentaje del monto

de la oferta sino con un valor fijo o eliminarse creando un sistema como el vigente a

Page 25: MEXICO SISTEMAS DE COMPRAS GUBERNAMENTALES A NIVEL … · Ha cumplido con las normas de licitación, y el desempeño ha sido equivalente al promedio de otros países. Además, la

25

nivel nacional, en el cual se penaliza a una empresa que no haga honor a su oferta,

impidiéndole participar en concursos públicos por un plazo determinado,

(i) no eliminar ninguna oferta; las irregularidades identificadas deben ser documentadas

para su consideración durante la evaluación,

(j) deben protegerse la propiedad industrial e intelectual, y otros derechos y figuras

afines eliminando la revisión de ofertas por los licitantes y definiendo la

información a ser pública, y

(k) la evaluación de las ofertas debería realizarse por comités sin la intervención de

cámaras empresariales, para evitar posibles conflictos de interés, favoritismo o

clientelismo,

(l) eliminar la estipulación de que los proveedores con residencia y domicilio fiscal en

el estado o municipio de que se trate tendrán preferencia para ser adjudicatarios; la

preferencia por una empresa instalada en el territorio genera distorsiones que

incrementa los precios; sólo debiera admitirse cuando el objeto de la licitación

imponga la proximidad de la empresa por razones técnicas, por ejemplo, de

mantenimiento, limpieza, etc.,

(m) distinguir legalmente entre los procesos de selección y evaluación de consultores y

la compra de un bien o contratación de una obra,

(n) es importante introducir mecanismos de gobernabilidad en la conformación de

comités: elección mediante escrutinio secreto, un sistema de listas para que un

suplente reemplace al titular, y la rotación de miembros propietarios, y

(o) debiera contarse con contratos estándar, para mitigar el tratamiento casuístico de

aspectos contractuales.

Page 26: MEXICO SISTEMAS DE COMPRAS GUBERNAMENTALES A NIVEL … · Ha cumplido con las normas de licitación, y el desempeño ha sido equivalente al promedio de otros países. Además, la

26

4. RECURSOS HUMANOS

Existe la voluntad del Gobierno para contar con servidores públicos con habilidades

profesionales en relación con las contrataciones públicas, y así incrementar el nivel de

eficiencia y transparencia de las compras estatales. La presente administración ha

emprendido acciones para dotar a los recursos humanos que se ocupan de las funciones

de contratación de las herramientas, equipo e infraestructura necesarios para satisfacer

los requerimientos del sistema, incluyendo la capacitación del personal.

Sin embargo, la selección y desarrollo de recursos humanos no está estructurado dentro

de un programa de “profesional certificado”, dado que diplomados, postgrados y niveles

de maestría en coordinación con las instituciones académicas no existen en el estado de

Puebla.

Como resultado de las tareas que ha emprendido la SEDECAP, se ha logrado que los

funcionarios que participan en las contrataciones gubernamentales lleven a la práctica la

de rendición de cuentas a la ciudadanía, para reforzar los criterios de honradez, eficacia,

transparencia y eficiencia que deben orientar sus tareas.

El Comité de Adquisiciones y el Comité de Obra cuentan con el personal que tiene

conocimientos especializados para tareas que se les tienen asignadas, particularmente en

adquisiciones, planeación, tramitación y estimación de costos, independientemente de

que pueden apoyarse en las propias áreas requirentes para emitir los dictámenes

correspondientes, derivados de las evaluaciones técnicas para sustentar la aprobación o

rechazo de las ofertas recibidas en las licitaciones. No obstante, en ambos comités, se

detectó que existe sobrecarga de trabajo.

El Gobierno Estatal al mismo tiempo ha promovido la institucionalización de cuerpos

interdisciplinarios en los ayuntamientos cuyo volumen de operaciones lo ameriten,

encargados de cuidar el ejercicio de los recursos utilizados para compras y obras.

Cuando las compras se realizan en municipios más pequeños, la calidad de los recursos

humanos asignados es crítica.

4.1 Recomendaciones

En materia de recursos humanos, las recomendaciones pueden ser resumidas de la

siguiente manera:

(a) crear el servicio civil de carrera, específicamente para la función de las

adquisiciones gubernamentales,

(b) diseñar y ejecutar un programa de actualización permanente para el personal

dedicado a las contrataciones gubernamentales, con especial énfasis para el personal

municipal, y

(c) promover la creación de un posgrado en la universidad sobre contrataciones

gubernamentales.

Page 27: MEXICO SISTEMAS DE COMPRAS GUBERNAMENTALES A NIVEL … · Ha cumplido con las normas de licitación, y el desempeño ha sido equivalente al promedio de otros países. Además, la

27

5. MECANISMOS PARA CONSTRUIR INTEGRIDAD

De acuerdo con los índices, de Corrupción y Buen Gobierno y de percepción de la

corrupción, publicados por la institución denominada Transparencia Mexicana, el

Estado de Puebla está clasificado en “Media” y en la posición 29 a nivel nacional.

A través del régimen que sanciona las responsabilidades de los servidores públicos, la

corrupción está controlada, ya que cualquiera de éstos que incurra en incumplimiento de

cualesquiera de las obligaciones que consigna la Ley correspondiente, da lugar a la

instauración de juicio político, declaración de procedencia o procedimiento de

responsabilidad administrativa.

La Constitución de Puebla señala que los servidores públicos de los poderes Ejecutivo y

Legislativo son responsables por las faltas o delitos en que incurran durante el

desempeño de sus funciones.

La Legislatura también es competente para fincar responsabilidades administrativas en

contra de diputados y servidores públicos de la propia Legislatura, presidentes, síndicos

y regidores municipales, y para girar instrucciones al Órgano de Fiscalización Superior

para que realice verificaciones y auditorias, finque responsabilidades administrativas,

emprenda acciones resarcitorias, y aplique las sanciones previstas en la Ley de

Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado. Esta última prevé sanciones

administrativas consistentes en suspensión, destitución e inhabilitación de los servidores

públicos que incurran en actos u omisiones contrarios a la legalidad, honradez, lealtad,

imparcialidad y eficiencia que debe caracterizar el desempeño de sus funciones, cargos,

empleos o comisiones.

Los supuestos de responsabilidades en que pueden incurrir los servidores públicos en

materia de adquisiciones son: la indebida planeación, programación y presupuesto, la

trasgresión de disposiciones de carácter presupuestal, la falta de elaboración del

programa anual de adquisiciones, la no remisión de información a autoridades

competentes, el no aseguramiento satisfactorio de bienes y personas, la inobservancia de

principios de simplificación administrativa, desconcentración de funciones y

racionalidad, el desacato de órdenes de autoridad competente, la falta de dictámenes de

comités de adquisiciones, la realización de procedimientos de adjudicación de contratos

fuera de la legislación, la suscripción de convenios en contravención de la Ley.

Igualmente, se consideran como supuestos de inobservancia de la norma que rige las

adquisiciones gubernamentales la autorización de pagos extemporáneos e

improcedentes, el incumplimiento de plazos de los procedimientos, la violación de

disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestal, la no conservación

ordenada y sistemática de información, la omisión de denunciar irregularidades de

servidores públicos, la calificación técnica o económica de proposiciones improcedente,

la provocación de daños o perjuicios patrimoniales, tanto al Estado como a particulares,

y la incursión en conflictos de interés.

Los titulares de los poderes Ejecutivo y Legislativo, han promovido tareas para evitar

que se lesione a la hacienda del Estado y se desprestigie la función pública. Ejemplos

de lo anterior son la incorporación de información relativa a las contrataciones

gubernamentales en la página de Compranet, la inserción de información en el propio

Page 28: MEXICO SISTEMAS DE COMPRAS GUBERNAMENTALES A NIVEL … · Ha cumplido con las normas de licitación, y el desempeño ha sido equivalente al promedio de otros países. Además, la

28

portal de Internet del Gobierno del Estado, de las finanzas y tareas de la Administración

a su cargo, tales como cifras sobre la captación y utilización de los recursos fiscales, el

pago de impuestos por medios remotos de comunicación electrónica, el marco legal del

Estado, las principales acciones ejercidas por la SEDECAP, que se convierten en

elementos útiles para que la población participe y vigile la gestión pública.

A nivel federal, recientemente el Congreso de la Unión de México aprobó la Ley

Federal de Transparencia y Acceso a la Información, que entró en vigor en junio del

2003. Las entidades federativas deberán regular el derecho de sus habitantes a recibir

información de las autoridades públicas y definir mecanismos para prevenir, sancionar y

erradicar la corrupción, mediante un conjunto de medidas preventivas en las que se

destaca crear, mantener y fortalecer sistemas para la declaración de los ingresos, activos

y pasivos por parte de las personas que desempeñan funciones públicas y para la

publicación de tales declaraciones, y sistemas para la contratación de funcionarios

públicos y para la adquisición de bienes y servicios por parte del Estado, que aseguren

la publicidad, equidad y eficiencia (véase Cuadro en la página siguiente). No se puede

hacer un balance por el momento sobre la calidad de la disposición federal sobre

transparencia. Sin embargo, la lectura del contenido jurídico suscita optimismo.

El Gobierno del Estado de Puebla está estudiando la promulgación de una Ley de

Transparencia. Los estados que aprobaron la Ley en la materia son Aguascalientes,

Colima, D.F., Durango, Jalisco, Michoacán, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí y

Sinaloa; los estados que ejecutan las disposiciones de la Ley son Sinaloa, Querétaro y

Jalisco.

Las disposiciones federales considerarán la restricción al máximo posible de la

atribución de facultades discrecionales a los funcionarios públicos respecto del

otorgamiento de autorizaciones y resoluciones administrativas, así como mecanismos

para la supervisión estricta de las facultades que se dejen subsistentes.

Además de las medidas de transparencia, una mayor simplificación de procesos

administrativos, reforzamiento del seguimiento, control y evaluación ex post de los

contratos independientemente de las auditorias, contribuyen a prevenir los riesgos de

lesión al interés público.

Page 29: MEXICO SISTEMAS DE COMPRAS GUBERNAMENTALES A NIVEL … · Ha cumplido con las normas de licitación, y el desempeño ha sido equivalente al promedio de otros países. Además, la

29

VENTANILLA ÚNICA ELECTRÓNICA

El primer día de la entrada en vigor de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, el nuevo centro denominado Sistema Integral de Solicitudes de Información (SISI), del Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI), registró un total de

925 solicitudes de información de las más diversas áreas y dependencias del gobierno federal y organismos desconcentrados, así

como un total de 2 mil 623 accesos a su página de Internet, hasta el cierre del sistema a las 18 horas. El SISI operará como una especie de ''ventanilla única electrónica'' para acceder a todas las demás unidades de enlace de la administración federal. El SISI comenzó a dar el servicio con nueve máquinas que funcionan como una ''ventanilla única cibernética'', que está conectada a

cada una de las poco más de 250 unidades de enlace de la administración pública que hoy liberaron su información por la Internet.

El sitio del SISI es www.ifai.org.mx.

La próxima tarea del IFAI será desconcentrar sus tareas, abrir módulos en los estados, establecer convenios con las universidades del país y explorar otro tipo de ''ventanillas electrónicas'', como el nuevo sistema e-Mexico, que enlaza a más de 2 mil 500

municipios y comunidades, así como establecimientos comerciales como Sanborns o instancias como Telmex. El secretario ejecutivo del IFAI -entre cuyas funciones se encuentran atender en forma ordinaria los requerimientos de información

y la comunicación institucional- reconoció que una de las preocupaciones que existían antes de inaugurar el SISI fue que se

registrara indiferencia por parte de los ciudadanos, tal como sucedió en Sinaloa, primer estado donde comenzó a funcionar la nueva ley de acceso. Por lo pronto, en las instalaciones ubicadas en Plaza Inn, de la avenida Insurgentes Sur, se observó durante la mañana un continuo

movimiento e interés de investigadores y periodistas para solicitar información. Entre los datos más solicitados estuvieron la nómina

de las distintas secretarías de Estado, trámites de las secretarías de Educación y de Hacienda, el registro de las concesiones otorgadas por la Secretaría de Comunicaciones, datos sobre contratos en Pemex y también en distintas dependencias federales.

EL PROCEDIMIENTO DE ACCESO

1. Presentar una solicitud vía Internet a cualquiera de las páginas web de las dependencias o al sitio denominado www.ifai.org.mx.

También se puede dirigir una carta a la unidad de enlace de cada dependencia o acudir personalmente a la dirección indicada. 2. Si se entra a la página de Internet www.ifai.org.mx, elegir primero el link ''solicitudes de información'' y después el de ''acceso a solicitante''. Se escribe un login y un password que servirá para acceder. Después se escriben los datos generales del solicitante, sin

tener que revelar datos personales. 3. Una vez que se ha realizado la solicitud de información, el Sistema Integral de Solicitudes de Información, también conocido por las siglas SISI, proporciona una página con la clave de solicitud, la fecha, el estado actual, el tipo de respuesta, la fecha de respuesta

y la dependencia específica a la cual fue dirigido. 4. En un plazo no mayor a los 20 días la dependencia en cuestión debe responder a la solicitud por la vía electrónica. Si el ciudadano no está de acuerdo con la información proporcionada puede acudir al Instituto Federal de Acceso a la Información Pública (IFAI).

Este instituto debe emitir una recomendación que será dirigida a la unidad de enlace correspondiente. 5. Si aún la persona no queda conforme con la resolución del IFAI puede ampararse y llevar el caso ante los tribunales competentes. 6. Finalmente, se puede solicitar asesoría personal a la dirección electrónica [email protected]

Una de las medidas importantes para garantizar a los proveedores y contratistas la

transparencia en los procesos de adquisiciones, es la existencia de un sistema de

administración de justicia expedito y confiable. Muchos de los problemas que en este

momento llegan a tribunales podrían ser resueltos a través de medios alternos para la

solución de conflictos como son la mediación o el arbitraje. Es difícil detener o

suspender la ejecución de un contrato esperando la resolución judicial; los retrasos para

obtener los bienes o servicios comprados lesionan el interés general y provocan pérdida

de empleos.

El Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado de Puebla y que data de 1986

años 50 contiene un capítulo sobre arbitraje, y se encuentra en estudio un proyecto de

reforma. Mientras tanto, de conformidad con lo dispuesto por el Código, las partes

pueden ejercer la conclusión anticipada del proceso, antes de dictarse en él sentencia

ejecutoria mediante (i) juicio arbitral o (ii) procedimiento convencional o ( iii) por la vía

contractual.

En la Ley de Adquisiciones está previsto el compromiso arbitral, aplicable en ciertos

casos y bajo ciertas condiciones; sólo puede convenirse respecto de aquéllas

controversias que determinen la SEDECAP o las contralorías municipales mediante

reglas de carácter general, previa opinión de los comités estatales o municipales de

adjudicaciones, según corresponda. En su caso, ello debe regularse en cláusula

Page 30: MEXICO SISTEMAS DE COMPRAS GUBERNAMENTALES A NIVEL … · Ha cumplido con las normas de licitación, y el desempeño ha sido equivalente al promedio de otros países. Además, la

30

compromisoria incluida en el contrato o mediante convenio independiente. En la

actualidad el índice de conciliación de controversias por incumplimiento de contratos es

mínimo.

La Ley de Obra Pública incluye la conciliación como vía administrativa de avenimiento

entre las partes, para evitar que particulares y los servidores públicos responsables de

las adquisiciones y proyectos negocien al margen de la ley soluciones a los desacuerdos

que se presentan en el desarrollo de las relaciones contractuales.

El Pleno del Tribunal Superior de Justicia, tiene facultades para establecer los

mecanismos necesarios para que se generalicen en el estado la mediación y la

conciliación, como medios en la resolución de los conflictos legales. Con el apoyo del

consejo para Iniciativas Legales en América Latina de ABA y USAID, el Poder Judicial

recibe asistencia técnica y administrativa para impulsar la mediación.

Por acuerdo de Pleno del Tribunal se constituyó el Centro Estatal de Mediación y

Conciliación para el Estado de Puebla, que inició sus operaciones el 3 de junio del 2002,

para cumplir con 3 objetivos fundamentales: (i) generar en la población conocimiento

sobre la existencia de medios alternativos para la solución de controversias, (ii) para

prestar el servicio de mediación tanto en la capital como en el interior del estado, y (iii)

crear centros de mediación públicos, privados y comunitarios que permitan la solución

de conflictos de manera ágil, flexible, imparcial, fundamentalmente gratuita o a bajo

costo.

Page 31: MEXICO SISTEMAS DE COMPRAS GUBERNAMENTALES A NIVEL … · Ha cumplido con las normas de licitación, y el desempeño ha sido equivalente al promedio de otros países. Además, la

31

6. EVALUACION DEL RIESGO Y PLAN DE ACCIÓN

El sistema de compras gubernamentales de Puebla está basado en marco legal sólido y

es coordinado por un gobierno comprometido con la transparencia. En el estado, sin

embargo, existe riesgos bajos debido a ineficiencias generadas por insuficientes

incentivos para la competencia, y falta de mecanismos de control antimonopolio.

A pesar de que el riesgo es bajo, existen asuntos en los cuales se puede trabajar para

mejorar el sistema, y son los siguientes:

Se establecen preferencias para proveedores y contratistas locales en la adjudicación

de contratos.

En general, los comités regulan pero sin supervisión y evaluación. Además, existe el

inconveniente de que si no hay convenio de cooperación técnica estado-municipio,

los comités estatales no intervienen en las adjudicaciones con cargo a aportaciones

federales, fuente fundamental de recursos para la infraestructura estatal y municipal,

para incrementar la comprensión de los diferentes sistemas de compras y

suministrarse mutuamente la información pertinente.

Una vez hecha la planeación de las compras, éstas no se ejecutan de acuerdo al plan

original, lo cual incentiva recurrir a procedimientos no competitivos.

El plazo para la preparación de ofertas conlleva el riesgo de que éstas no sean bien

estudiadas, preparadas y resulten serias; además, puede reproducir asimetría

informativa –solo participan los licitantes que obtuvieron información previo a la

convocatoria.

La apertura de ofertas se realiza en dos etapas, lo que permite devolver o rechazar

ofertas por razones no substanciales, sin conocer sus precios (ni consecuencias

económicas).

La garantía de seriedad de la oferta se define a través de un porcentaje en vez de un

monto fijo, y además un valor alto (10 por ciento) que limita la competencia en el

caso de las adquisiciones.

Se llama a licitación pública de obra sin contar con los diseños finales, creando de

esta manera una posibilidad de sobrecosto por precios unitarios indefinidos desde la

oferta. Ello abre la posibilidad al contratista para definir costos injustificadamente

altos.

No se respeta la confidencialidad del proceso en la apertura de las ofertas; además,

durante este acto se admite que las ofertas sean descalificadas sin evaluación de los

motivos.

No existen bases ni contratos estándares, lo que genera discrepancias en criterios de

evaluación y condiciones contractuales.

Page 32: MEXICO SISTEMAS DE COMPRAS GUBERNAMENTALES A NIVEL … · Ha cumplido con las normas de licitación, y el desempeño ha sido equivalente al promedio de otros países. Además, la

32

6.1 Plan de Acción

Para mitigar los riesgos enunciados anteriormente, se presenta el siguiente Plan de

Acción 2003-2005 ACCION

UNIDAD

RESPONSABLE EN

EL BANCO

MUNDIAL

UNIDAD

RESPONSABLE EN

PUEBLA

FECHA DE

CUMPLIMIENTO

1-Preparación y publicación de

reglamentos de las leyes de

adquisiciones y de obra pública

OCS/Legal SEDECAP y comités

de adjudicaciones

febrero 2004

2-Preparación de modelos de

documentos para licitación de

bienes

OCS/Legal SEDECAP y Comité

de Adquisiciones

junio 2005

3-Preparación de modelos de

documentos para licitación de

obra pública

OCS/Legal SEDECAP y Comité

de Obra Pública

junio 2005

4-Diseño de un programa de

capacitación para funcionarios

en compras gubernamentales

CMU SEDECAP y Comité

de Obra Pública

septiembre 2003

5-Oficio para regular el acto de

apertura de ofertas

OCS/CMU SEDECAP y comités

de adjudicaciones

diciembre 2003

6-Preparación de borrador para

discusión pública sobre

métodos para seleccionar

consultores

OCS SEDECAP y Comité

de Obra Pública

febrero 2004

7-Definir políticas para

selección de consultores

OCS/CMU SEDECAP y Comité

de Obra Pública

junio 2004

8-Evaluar los conocimientos del

funcionarios en compras

gubernamentales

CMU (monitoreo) SEDECAP y comités

de adjudicaciones

junio 2005

9-Diseñar y ejecutar un

programa ad hoc de

anticorrupción

PREM/CMU SEDECAP en proceso

10-Diseñar el sistema

electrónico para incluir

licitaciones

OCS/CMU Secretaría de la

Función Pública/

Compranet/

SEDECAP

julio 2005

11-Medir el mercado de

contrataciones por tipo de

gasto, nivel de gobierno y

poder público

PREM/CMU Secretaría de

Finanzas y

Administración

febrero 2004

Page 33: MEXICO SISTEMAS DE COMPRAS GUBERNAMENTALES A NIVEL … · Ha cumplido con las normas de licitación, y el desempeño ha sido equivalente al promedio de otros países. Además, la

33

Bibliografía

The World Bank (2002). Memorandum of the President of the IBRD and the IFC to the

Executive Directors on a CAS of the WBG for the United Mexican States,

Report No. 23849-ME, April 23, Washington.

The World Bank (2002). Project appraisal document on a proposed loan in the amount

of US$400.0 million to the United Mexican States for a Municipal Development

in Rural Areas Project, June 20, Washington.

Puebla (1991). Perfil Sociodemográfico, XI Censo General de Población y Vivienda,

Aguascalientes, México.

Puebla (1995). Perfil Sociodemográfico, INEGI, Aguascalientes, México.

Presidencia de la República (2001). 1er. Informe de Gobierno, Anexo, México.

Informe sobre Desarrollo Humano (2002). México, Programa de Naciones Unidas para

el Desarrollo.

Sistema Nacional de Información Municipal, Versión 7.0 (2003). Instituto Nacional

para el Federalismo y el Desarrollo Municipal, junio 24, México, D.F.

Diagnóstico de los Procedimientos de Adquisiciones del Estado de Puebla (2002),

Resumen Ejecutivo (Vol. I) y Características Generales (Vol. II), México, D.F.

Poder Judicial del Estado de Puebla (2003). Plan de Modernización del Poder Judicial

del Estado de Puebla, abril, México.

Page 34: MEXICO SISTEMAS DE COMPRAS GUBERNAMENTALES A NIVEL … · Ha cumplido con las normas de licitación, y el desempeño ha sido equivalente al promedio de otros países. Además, la

34

ANEXO 1

POBLACIÓN Y CRECIMIENTO

1990 1995 2000

Población 4.1 4.6 5.1 Millones

Tasa de Crecimiento (promedio anual) 2.52 2.31 2.09 %

('70-'90) ('90-'95) ('90-'2000)

OCUPACIÓN PRINCIPAL

1990 1995 2000

Profesionistas y técnicos 10.3 10.2 9.6 %

Trabajadores agropecuarios 36.5 40.1 27.0 %

Trabajadores en la industria 24.4 21.1 28.7 %

Trabajadores administrativos 5.4 4.7 5.1 %

Comerciantes y vendedores 10.4 12.7 16.8 %

Trabajadores en otros servicios 10.9 11.2 12.7 %

No especificado 2.1 0.0 NS %

SECTOR DE ACTIVIDAD

1990 1995 2000

Primario 36.9 40.4 27.1 %

Secundario 24.9 21.8 27.7 %

Terciario 35.1 37.7 45.3 %

No especificado 3.0 0.0 0.0 %

INGRESO POR TRABAJO

1990 1995 2000

No recibe ingresos 12.6 18.2 16.9 %

Menos de 1 SM (salario minimo) 25.9 30.6 20.1 %

De 1 a 2 SM 33.9 25.3 26.5 %

Más de 2 hasta 5 SM 18.4 18.0 23.6 %

Más de 5 SM 5.4 5.3 7.2 %

No especificado 3.8 2.6 5.8 %

FONDO DE INVERSION (Ramo 33, Aportaciones Federales)

1998 2000 2002

Fondo de Infraestructura Social 595 1,122 1,498 Millones

Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento

Municipal 342 841 1,170 Millones

INDICADORES DE PUEBLA

POBLACIÓN Y CRECIMIENTO

4.1

5.1

4.6

2.52

2.09

2.31

3.8

4.0

4.2

4.4

4.6

4.8

5.0

5.2

1990 1995 2000Año

Mil

lon

es

0.0

0.5

1.0

1.5

2.0

2.5

3.0

%

Población Tasa de crecimiento

OCUPACIÓN PRINCIPAL

10.3

9.6

36.5

40.1

27.0

24.4

21.1

28.7

5.4

4.7

5.1

10.4

12.7

16.8

10.9

11.2

12.7

2.1

0.0

0.0

10.2

0% 20% 40% 60% 80% 100%

1990

1995

2000

%

Profesionistas y

técnicos

Trabajadores

agropecuarios

Trabajadores en la

industria

Trabajadores

administrativos

Comerciantes y

vendedores

Trabajadores en otros

servicios

No especificado

y

SECTOR DE ACTIVIDAD

36.9 40.427.1

24.9 21.8

27.7

35.1 37.745.3

3.0

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

80%

90%

100%

1990 1995 2000 Año

Primario Secundario Terciario No especificado

INGRESO POR TRABAJO en el año 2000

16.9

20.1

26.5

23.6

7.25.8

No recibe ingresos

Menos de 1 SM

(salario minimo)

De 1 a 2 SM

Más de 2 hasta 5 SM

Más de 5 SM

No especificado

FONDO DE INVERSIÓN

595

1,122

1,498

342

841

1,170

0

200

400

600

800

1,000

1,200

1,400

1,600

1998 2000 2002

año

mil

lon

es

de p

eso

s

Fondo de

Infraestructura Social

Fondo de

Aportaciones para el

Fortalecimiento

Municipal

Page 35: MEXICO SISTEMAS DE COMPRAS GUBERNAMENTALES A NIVEL … · Ha cumplido con las normas de licitación, y el desempeño ha sido equivalente al promedio de otros países. Además, la

35

ANEXO 2

MARCO LEGAL Y REGULATORIO

La Constitución Política de los Estados Unidos, la Constitución de Puebla y las leyes que de ellas emanan integran el

orden jurídico a que están sujetos gobernantes y gobernados. Todas las personas que ejercen funciones de autoridad

deben hacer sólo lo que el orden jurídico les autoriza. Su artículo 40 señala que la forma adoptada por el Estado

mexicano es la Federal, ya que su naturaleza jurídica está compuesta por “...Estados libres y soberanos en todo lo

concerniente a su régimen interior, pero unidos en una Federación”. En este sentido, el artículo 124 establece la

competencia local por materia, en el principio que dispone que todos los asuntos que no estén expresamente

concedidos a la Federación, se entienden reservados en favor de los Estados (véase Anexo).

El sistema regulatorio en Puebla, como parte de la Federación, es concordante con lo que se establece para las

entidades federativas, por lo que está sujeto a un orden de normas jerárquicas establecidas, en el que la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos es la ley fundamental del país.

De acuerdo con la jerarquía de las disposiciones normativas, el orden que siguen las normas jurídicas es el siguiente:

a) Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

b) Constitución Política del Estado

c) Tratados y Convenios Internacionales

d) Leyes Federales

e) Leyes Locales

f) Reglamentos Administrativos

g) Decretos

h) Disposiciones Administrativas de naturaleza general (Circulares)

i) Disposiciones Administrativas (Acuerdos)

j) Disposiciones Administrativas (Convenios)

Cuando el Estado o los municipios realizan adquisiciones, arrendamientos, o requieren la prestación de servicios o la

ejecución de obras públicas financiadas total o parcialmente con fondos federales, son aplicables las disposiciones

federales de la materia.

Page 36: MEXICO SISTEMAS DE COMPRAS GUBERNAMENTALES A NIVEL … · Ha cumplido con las normas de licitación, y el desempeño ha sido equivalente al promedio de otros países. Además, la

36

ANEXO 3

TALLER DE ANÁLISIS DEL SISTEMA DE COMPRAS GUBERNAMENTALES

El día 8 de agosto de 2003 se realizó en la ciudad de Puebla de Zaragoza un Taller de Análisis del Sistema de Compras Gubernamentales al cual asistieron 38 invitados, principalmente

funcionarios públicos estatales de dependencias ejecutoras (véase Anexo 3.3). El taller comprendió etapas para presentación, motivación sensibilización al cambio, y presentación de las

recomendaciones durante 10 horas (véanse anexos 3.1 y 3.2). En sesión plenaria se realizó una redacción final de temas para un Plan de Acción, consensuado.

En un ejercicio de análisis paradigmático durante el taller, se expresaron las siguientes reflexiones:

Marco Jurídico;

- Actualizar la ley incorporando aspectos operativos, incluyendo formatos de contratos, convenios, terminaciones, rescisiones.

- La reglamentación de las leyes de la materia (estatal).

Política de Adquisiciones;

- Unificar criterios.

- Lagunas legales en la normatividad.

- Padrón de proveedores (verificación de datos y existencia física y legal de una empresa).

- Listado de contratistas y proveedores por especialidad.

- Eliminación del padrón de contratistas (es anticonstitucional).

- Modificar integración del comité.

- Difusión de criterios de los comités.

- Realizar una evaluación financiera de las empresas.

- Infraestructura de maquinaria y equipo de las empresas comprobable.

- Ausencia de verificación de la información de contratistas y prestadores de servicios.

Coordinación Inter e Intrainstitucional;

- Diversidad de normas y disposiciones (internacional, federal, estatal, etc.).

- Coordinación y comunicación entre dependencias involucradas.

Planeación y Presupuestación;

- Planeación oportuna y adecuada (tiempos).

- Contar con un catálogo de precios unitarios y garantizar su adecuada difusión.

Elaboración de Bases;

- En las especificaciones de un producto, eliminar la utilización del término “similar” pues las empresas optan por lo más barato y lo que no reúne la calidad concursada.

- Asesoramiento por parte de los comités para elaborar requisiciones.

Presentación de Ofertas;

Page 37: MEXICO SISTEMAS DE COMPRAS GUBERNAMENTALES A NIVEL … · Ha cumplido con las normas de licitación, y el desempeño ha sido equivalente al promedio de otros países. Además, la

37

- Licitar con un proyecto ejecutivo.

- Incapacidad técnica y financiera de prestadores de servicios y contratistas.

- Dictámenes de adjudicaciones inconsistentes y vagos.

Evaluación de Ofertas;

- Participación de proveedores en la elaboración de bases.

Recursos Humanos;

- Actualización y capacitación constante del personal.

- Contar con personal técnico especializado.

- Implantar y respetar el servicio civil de carrera para que la experiencia adquirida sea más eficiente y oportuna.

- Capacitación y especialización del personal que integran los comités.

- Contratación de personal en el comité de adquisiciones para eficientar los procedimientos.

Mecanismos Anticorrupción;

- Lentitud en el trámite de adquisiciones.

- Reducir tiempos.

- Instrumentar sistemas electrónicos efectivos para agilizar procedimientos.

- Implementar un programa de liberación oportuna de recursos y continuidad de los trabajos.

- Dotación de equipo de cómputo.

- La Contraloría debe ser más preventiva que correctiva.

- Transparentar todos los procedimientos de las adquisiciones y servicios, asimismo invitar en función al padrón y no al arbitrio del comité.

- Eliminar discrecionalidad en la asignación de obra y adquisiciones.

- Establecer mecanismos que garanticen la transparencia en los procesos de adjudicación.

- Publicación en los periódicos de mayor circulación de los proveedores o empresas ganadoras.

El mayor debate a lo largo de la presentación de las recomendaciones del Banco se centró en los mecanismos para la regulación del padrón de contratistas y proveedores. Al final del Taller, el

equipo del Banco Mundial aplicó un cuestionario prediseñado con 18 preguntas sobre los temas clave de las recomendaciones derivadas del diagnostico. La metodología consistió en la

aplicación automática del cuestionario mediante un sistema de votación, anónimo, denominado OptionFinder, que permite obtener inmediatamente los resultados de las preguntas.

El dispositivo de votación fue manejado por todos los asistentes, en pareja, en calidad de Focus Group –en calidad de método para obtener información cualitativa para la acción- dentro de

márgenes de error controlados.

Las preguntas del cuestionario fueron las siguientes:

1. ¿Considera usted que es siempre más económico elegir la oferta de menor precio?

- Si

- No

- Es indiferente

Page 38: MEXICO SISTEMAS DE COMPRAS GUBERNAMENTALES A NIVEL … · Ha cumplido con las normas de licitación, y el desempeño ha sido equivalente al promedio de otros países. Además, la

38

2. ¿Considera usted que limitar la competencia de participantes en una licitación es?

- Bueno

- Malo

- Es indiferente

3. ¿Considera usted que la evaluación de las ofertas puede tomar en cuenta factores distintos de las conveniencias del Estado al integrar el comité de evaluación miembros de las cámaras?

- No

- Si

- Es indiferente

4. En su opinión, ¿la adjudicación directa favorece a los intereses del Estado?

- Si

- No

- Es indiferente

5. ¿Considera usted que el uso de COMPRANET es muy sofisticado y no contribuye a la economía estatal?

- Si

- No

- Es indiferente

6. ¿Cree usted que la contratación de seguros encarece innecesariamente el costo final?

- No

- Si

- Es indiferente

7. ¿Cree usted que la figura del árbitro para resolver conflictos en la ejecución de un contrato es conveniente?

- No

- Si

- Es indiferente

8. ¿Cree usted que la economía del Estado se favorecería adoptando el sistema de pre-bases?

- No

- Si

- Es indiferente

9. ¿Cree usted que es conveniente descartar propuestas que se encuentren fuera del rango de precios unitarios estimados por la compradora?

- Si

- No

- Es indiferente

10. ¿Cree usted que con la apertura simultánea de las propuestas técnicas y económicas se puede manipular la evaluación?

Page 39: MEXICO SISTEMAS DE COMPRAS GUBERNAMENTALES A NIVEL … · Ha cumplido con las normas de licitación, y el desempeño ha sido equivalente al promedio de otros países. Además, la

39

- Si

- No

- Indiferente

11. En su opinión, ¿es suficiente el tiempo límite ofrecido para presentar ofertas en una licitación en esta entidad federativa?

- Si

- No

- Es indiferente

12. ¿Considera conveniente crear el servicio civil de carrera en esta entidad federativa?

- No

- Si

- Es indiferente

13. En su opinión, ¿la licitación sin proyecto definitivo encarece las compras?

- No

- Si

- Es indiferente

14. ¿Cree usted que abrir el mercado a la competencia con otras entidades federativas ayuda a las empresas de este Estado?

- No

- Si

- Es indiferente

15. ¿Cree usted que es subjetivo el criterio de selección de un consultor por puntos?

- Si

- No

- Es indiferente

Los resultados de la aplicación del cuestionario se presentan a continuación:

Consensos (votación superior al 95%);

- No siempre es más económico elegir la oferta de menor precio.

- La evaluación de las ofertas puede tomar en cuenta factores distintos de las conveniencias del estado al integrar el comité de evaluación miembros de las cámaras.

- El uso de Compranet no es sofisticado y contribuye a la economía estatal.

- La figura del árbitro para resolver conflictos en la ejecución de un contrato es conveniente.

- La economía del estado se favorecería adoptando el sistema de pre-bases.

- Es conveniente crear el servicio civil de carrera.

Page 40: MEXICO SISTEMAS DE COMPRAS GUBERNAMENTALES A NIVEL … · Ha cumplido con las normas de licitación, y el desempeño ha sido equivalente al promedio de otros países. Además, la

40

Acuerdos (votación superior al 70 y menor de 94%);

- Limitar la competencia de participantes en una licitación es malo.

- La adjudicación directa no favorece a los intereses del estado.

- La contratación de seguros no encarece el costo final.

- En la apertura simultánea de las propuestas técnicas y económicas no se puede manipular la evaluación.

- La licitación sin proyecto definitivo encarece las compras.

Diferencias de opinión (votación mayor al 60 pero inferior al 69%);

- Es conveniente descartar propuestas que se encuentren fuera del rango de precios.

- Es suficiente el tiempo límite ofrecido para presentar ofertas en una licitación.

- Abrir el mercado a la competencia con otros estados ayuda a las empresas del estado.

- Es subjetivo el criterio de selección de un consultor por puntos.

Como parte de los temas de evaluación del riesgo, las diferencias de opinión y desacuerdos revelan la necesidad de recomendar al Gobierno del Estado de Zacatecas el análisis profundo de las

siguientes cuestiones:

- La descalificación de propuestas que se encuentren fuera del rango de precios.

- El plazo mínimo para presentar ofertas en una licitación.

- La apertura de competencia, permitiendo la participación de empresas de otros estados.

- La selección de consultor por puntos.

Page 41: MEXICO SISTEMAS DE COMPRAS GUBERNAMENTALES A NIVEL … · Ha cumplido con las normas de licitación, y el desempeño ha sido equivalente al promedio de otros países. Además, la

41

ANEXO 3.1

EVALUACIÓN DE LOS PARTICIPANTES

CONCEPTO/CALIFICACION

Deficiente;

Insuficiente

(%)

Regular;

persisten dudas

(%)

Aceptable;

bueno; suficiente,

se amplió visión

(%)

Muy bueno; muy

buena; sobrado

(%) Instalaciones, sonido

3.0 58.0 39.0

Representatividad de participantes

3.0 34.0 63.0

Temario del taller

52.6 47.4

Formato del taller

39.5 60.5

Tiempo para análisis/discusión

2.7 10.5 86.8

Labor del facilitador/moderador

21.1 78.9

Tiempo para expresar opinión

2.6 7.9 81.6 7.9

Claridad sobre problemas/desafíos

2.6 31.6 65.8

Claridad sobre soluciones/acciones

44.76 55.3

Repetición de talleres

Para evaluar continuamente

(47.4)

Debieran ser rutinarios para

aumentar conocimiento

(52.6)

Page 42: MEXICO SISTEMAS DE COMPRAS GUBERNAMENTALES A NIVEL … · Ha cumplido con las normas de licitación, y el desempeño ha sido equivalente al promedio de otros países. Además, la

42

ANEXO 3.2

COMENTARIOS DE LOS PARTICIPANTES

Con el fin de conocer las impresiones sobre la forma y contenido del Taller de Análisis del Sistema de Compras Gubernamentales, el equipo del Banco Mundial solicitó a los participantes llenar

un cuestionario sobre 10 aspectos de la preparación y realización del evento realizado el 8 de agosto del 2003. El instrumento fue contestado por todos los participantes, cuyo nombre y

procedencia se presentan más adelante.

En relación a las instalaciones, sonido, y representatividad de los participantes, temario y formato del taller, la mayoría de los asistentes manifestaron que fueron entre aceptables/muy buenos,

sin embargo, los más altos puntajes de calificación fueron para representatividad y formato. En cuanto al tiempo para discusión y análisis de cada tema, la mayoría opinó que fue muy bueno. La

labor del moderador fue calificada como muy buena por casi el 79 por ciento de los participantes. El tiempo para expresar un punto de vista individual durante el taller fue considerado como

aceptable en casi el 82% de los casos, sin embargo un 8% expresó insatisfacción calificándolo como regular.

En lo que se refiere a la pregunta si al concluir el taller el participante consideraba que existía claridad sobre problemas y desafíos, se registró un porcentaje de casi el 66% en afirmativo. En la

siguiente pregunta, si después del taller el participante estimaba que existía claridad sobre las soluciones y acciones, las respuestas obtenidas fueron que se había ampliado la visión (45%) y

afirmativas en un 55 por ciento. Por último, se preguntó a los participantes si estimaban necesario continuar realizando talleres similares en el futuro y las respuestas obtenidas fueron que

debieran ser rutinarios para aumentar conocimiento (52.6%) y para evaluar continuamente (47.4%).

En el 66% de los cuestionarios para la evaluación del taller fueron anotados comentarios libres que se agrupan de la siguiente manera:

- Un participante anotó que se debió haber tenido un acercamiento con los comités de adjudicaciones para contar con una mejor visión sobre problemática y procedimientos.

- Otro participante preguntó porqué las obras financiadas con créditos internacionales utilizan reglas independientes, sin sujetarse a la legislación local.

- Dos participantes sugirieron que las preguntas del segundo cuestionarios aplicado con OptionFinder sean replanteadas e incluyan más opciones para respuesta.

- Seis de los participantes propusieron que en futuros talleres se incluya: el tema de inconformidades, la ejecución in situ, y corrupción; ejemplos de mejores prácticas en otros países,

bibliografía y direcciones de Internet, y proporcionar un cuadernillo con casos prácticos. Uno de estos participantes propuso que los talleres duren dos días.

- Cuatro participantes comentaron que es necesario ampliar y separar el tema de contrataciones de obra pública y servicios relacionados. Uno de ellos opinó que el tema de las contrataciones

gubernamentales es delicado, polémico y criticado, porque lo que felicita al Banco por el manejo sutil que hizo del tema.

- Otros cinco participantes opinaron que el taller fue muy bueno y útil para reafirmar conocimientos, y que deben ser frecuentes.

- Cuatro participantes registraron en sus cuestionarios que los talleres deben ser realizados a todos los niveles jerárquicos, especialmente los superiores, para impulsar nuevos paradigmas, así

como también en la Procuraduría, Seguridad Vial y Policía Estatal, por el tipo de compras que realizan. Uno de ellos comentó que en el país las quejas o denuncias debieran realizarse sin

afectar a los quejosos.

- Se encontraron tres felicitaciones al equipo del Banco Mundial por su nivel de conocimiento, calidad de comentarios y trabajo en equipo.

Page 43: MEXICO SISTEMAS DE COMPRAS GUBERNAMENTALES A NIVEL … · Ha cumplido con las normas de licitación, y el desempeño ha sido equivalente al promedio de otros países. Además, la

43

ANEXO 3.3

NOMBRES DE LOS PARTICIPANTES

Tito Armando Jiménez Ruíz SEGOB Ramón Icazbalceta Carrete SEDECAP

Alejandro Mariano Ortega SFA Raúl Howe Marañón SEDECAP

Alejandro Mariano Ortega SFA Rodrigo Rodríguez De la Rosa SEDECAP

Alma Bedolla Linares SFA Rosendo Muñóz Chetla SEDECAP

Carlos Pando Melendez SEDURBECOP Sara Pedraza López SEDECAP

Jorge Lerin Valenzuela SEDURBECOP Sebastián Carrasco Cacique SEDECAP

Víctor Manuel Sánchez Ruíz SSA Sergio Pérez Uvaldo SEDECAP

Josefina López Valerio SSA Alejandro Cornejo Bravo CAPCEE

Miguel Cervantes López SEDECAP Jorge Federico Solórzano Merinilla CAPCEE

Adolfo Acevedo Herrera SEDECAP Gerardo Figueroa Fuentes CCP

Alejandro Bernal Castillo SEDECAP Ivonne Martignon Sangermáin CCP

Amalia Gómez Popota SEDECAP Oswaldo Pérez Mendoza CEA

Armando Garcés Cozar SEDECAP Paulo Sergio Muleiro Quintana CEA

Aurora Hernández Mercado SEDECAP Alfonso Bonilla Espinosa CEASPUE

Carlos Luna Izquierdo SEDECAP Alfredo Ávile Salazar CEASPU

Elisa Imelda Cervantes de Alejandro SEDECAP Alberto Delgado Maccise CEOP

Enrique Díaz Benitez SEDECAP Sergio Suárez Ibáñez CEOP

Fernando Lara Chacón SEDECAP Carmen Victoria Ruíz Guerrero Fideicomiso R. T. Axtlixcayotl-Quetzalc.

Flor de Naranjo Tirado Alejo SEDECAP Gerardo de Jesús Andrade Méndez Fideicomiso R. T. Axtlixcayotl-Quetzalc.

Guillermina Hernández Mercado SEDECAP Miguel Cruz Fideicomiso del Paseo de San Francisco

José Antonio Abrego Guevara SEDECAP Paula Alatorre Guerrero Fideicomiso del Paseo de San Francisco

José Santiago Ponce Leal SEDECAP Salomón Azúcar Pérez Fideicomiso del Paseo de San Francisco

Juan Enrique Lira Vázquez SEDECAP Marco Polo Tenorio Rosas SEDECAP

Page 44: MEXICO SISTEMAS DE COMPRAS GUBERNAMENTALES A NIVEL … · Ha cumplido con las normas de licitación, y el desempeño ha sido equivalente al promedio de otros países. Además, la

44

ANEXO 3.4

RECOMENDACIONES CONSENSUADAS

MARCO JURIDICO

Debe dársele mayor peso a la evaluación de la capacidad técnica de

los licitantes, que ya se establece en la Ley de Adquisiciones.

La contratación de servicios de consultoría debe diferenciarse de la

de adquisiciones o de las obras públicas.

En la contratación de servicios de consultoría, dar mayor importancia

a los criterios técnicos, usando el mecanismo de las listas cortas, basándose en criterios de puntuación para efectos de su calificación.

Eliminar el Padrón de Proveedores y del Padrón de Contratistas, pues limita la libre participación de los interesados en proveer bienes o

prestar servicios en el Estado.

Instalar un sistema de medios remotos de comunicación electrónica

para el envío y recepción de propuestas en los procedimientos de

adjudicación de contratos, tal y como se tiene previsto en la legislación.

Diseñar una mayor simplificación de procesos administrativos y reforzamiento de seguimiento y control.

CONCESIONES

Ampliar el ámbito de concesiones a otros servicios públicos distintos

del agua y alcantarillado.

ELABORACION DE BASES

En materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios, los modelos

de contratos deben ser parte de las bases.

PRESENTACION DE OFERTAS

Hacer una apertura simultanea de las ofertas económicas y técnicas.

Legislar un plazo mínimo para preparar propuestas.

No licitar ninguna obra pública sin proyecto ejecutivo.

Permitir que la empresa que diseñó una obra pueda hacerse cargo de

la supervisión de la misma.

Eliminar la garantía de seriedad de la oferta y crear una lista de no

elegibilidad con las empresas que no hagan honor a su oferta.

APERTURA DE OFERTAS

No eliminar ninguna oferta durante el acto de apertura. Las irregularidades identificadas deben ser documentadas para su debida

consideración durante la evaluación de ofertas.

En los procedimientos de licitación pública deben proteger la

propiedad industrial e intelectual, y otros derechos y figuras afines,

eliminando la revisión de ofertas por los licitantes y definiendo la información a ser publica.

CONTRATACION

Utilizar contratos modelo de adquisiciones.

Eliminar de los contratos las cláusulas de extrema ventaja para el

gobierno.

Aceptar los mecanismos de arbitraje y promover el uso de otros

medios alternos tales como conciliación y mediación para la

resolución de controversias en los contratos.

CARRERA Y PROFESIONALIZACIÓN

Se debe crear el servicio civil de carrera, específicamente para la

función de las adquisiciones gubernamentales.

Crear un posgrado en la universidad sobre contrataciones

gubernamentales.

Diseñar un programa de actualización permanente para el personal

dedicado a las contrataciones gubernamentales.

Revisar los niveles de empleo y la escala salarial de los empleados

asignados a las actividades de contrataciones gubernamentales.

EVALUACION EX POST

Se debe crear una política de evaluación ex post de los contratos independientemente de las auditorias que son practicadas por la

SEDECAP y el OFSEP.