Memoria de actividades de la Sindicatura de Cuentas …actividades... · La Memoria anual de...
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Edición: octubre de 2016
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Sindicatura de Cuentas de Cataluña
Av. Litoral, 12-14
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Tel. +34 93 270 11 61
Fax +34 93 270 15 70
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Publicación sujeta a depósito legal de acuerdo con lo previsto en el Real decreto 635/2015, de 10 de julio
MANEL RODRÍGUEZ TIÓ, secretario general de la Sindicatura de Cuentas de Cataluña, C E R T I F I C O: Primero, que en Barcelona, el día 19 de abril de 2016, reunido el Pleno de la Sindicatura de Cuentas, bajo la presidencia del síndico mayor, l. Sr. D. Jaume Amat Reyero, con la asistencia de los síndicos Sr. D. Andreu Morillas Antolín, Sr. D. Jordi Pons Novell, H. Sr. D. Joan-Ignasi Puigdollers Noblom, Sra. Dª Maria Àngels Servat Pàmies, Sra. Dª Emma Balseiro Carreiras y Sr. D. Miquel Salazar Canalda, actuando como secretario el secretario general de la Sindicatura, Sr. D. Manel Rodríguez Tió, previa deliberación se acuerda aprobar la Memoria de actividades de la Sindicatura de Cuentas de Cataluña, ejercicio 2015, cuyo proyecto fue presentado por el secretario general, elaborado de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 57 de la Ley 18/2010, de 7 de junio, de la Sindicatura de Cuentas de Cataluña. Segundo, que en la misma reunión del Pleno también se acuerda aprobar la Cuenta de la Sindicatura de Cuentas de Cataluña del ejercicio 2015 que, de acuerdo con los artículos 54.3.d y 55 de la Ley 18/2010, de 7 de junio, fue elaborado por la interventora de la Sindicatura de Cuentas, Sra. Dª Maria Guiu Sallent, y que se presenta como anexo a la Memoria de actividades de la Sindicatura, ejercicio 2015. Y, para que así conste y surta los efectos que correspondan, firmo este certificado, con el visto bueno del síndico mayor. Barcelona, 22 de abril de 2016 Vº Bº El síndico mayor [Firma] [Firma] Jaume Amat Reyero
Av. Litoral, 12-14, 08005 Barcelona – tel. +34 93 270 11 61 – fax +34 93 270 15 70 – [email protected] – www.sindicatura.cat
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
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ÍNDICE
1. INTRODUCCIÓN ............................................................................................................. 9
2. COMPOSICIÓN DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA SINDICATURA DE
CUENTAS ....................................................................................................................... 9
2.1. COMPOSICIÓN DEL PLENO .................................................................................... 9
2.2. COMPOSICIÓN DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO .................................................. 10
3. ACTIVIDAD DE LA SINDICATURA DE CUENTAS ......................................................... 10
3.1. ACTIVIDAD FISCALIZADORA ................................................................................. 10
3.2. ACTIVIDAD DE LOS ÓRGANOS COLEGIADOS ........................................................ 20
3.3. ACTIVIDAD DE LAS COMISIONES Y OTROS ........................................................... 21
3.4. ACTIVIDADES JURISDICCIONALES CON SU ORIGEN EN LAS COMPETENCIAS
DE LA SINDICATURA DE CUENTAS ....................................................................... 21
4. RELACIONES DE LA SINDICATURA CON OTRAS INSTITUCIONES ............................ 21
4.1. PARLAMENTO DE CATALUÑA ............................................................................... 22
4.2. TRIBUNAL DE CUENTAS Y ÓRGANOS DE CONTROL EXTERNO
AUTONÓMICOS .................................................................................................... 26
4.3. ÓRGANOS ESTATUTARIOS ................................................................................... 31
4.4. EURORAI ............................................................................................................ 31
5. OTRAS ACTIVIDADES INSTITUCIONALES ................................................................... 32
6. GESTIÓN DE LOS SERVICIOS DE SECRETARÍA GENERAL ........................................ 35
6.1. DIRECCIÓN DE LA ASESORÍA JURÍDICA ............................................................... 35
6.2. DIRECCIÓN DE GOBIERNO INTERIOR ................................................................... 36
6.3. DIRECCIÓN DE SERVICIOS DOCUMENTALES ........................................................ 40
6.4. DIRECCIÓN DE SERVICIOS INFORMÁTICOS .......................................................... 40
7. LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO ............................................................................. 42
8. ANEXO: NOTAS RESUMEN DE LOS INFORMES APROBADOS EN EL AÑO 2015 ....... 43
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
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1. INTRODUCCIÓN
La Memoria anual de actividades y la Cuenta de la Sindicatura de Cuentas se presentan al
Parlamento de Cataluña en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley
18/2010, de 7 de junio, de la Sindicatura de Cuentas de Cataluña, y en el artículo 167 del
Reglamento del Parlamento de Cataluña, aprobado por el Pleno del Parlamento el 22 de
diciembre de 2005.
Mediante esta Memoria, la Sindicatura facilita a la cámara legislativa y a los ciudadanos
en general información sobre las actividades que ha llevado a cabo durante el año 2015,
con un énfasis especial en el grado de cumplimiento del Programa anual de actividades
y en la gestión realizada.
La Memoria informa de la actividad de la institución, tanto sobre la actividad fiscalizadora
como sobre la derivada de las demás competencias que la normativa le otorga, y da
cuenta de los principales acontecimientos que han tenido lugar en la Sindicatura de
Cuentas en el año 2015. Recoge también las relaciones que ha mantenido la Sindicatura
de Cuentas con otras instituciones, e informa de otros aspectos relativos a la organización
y funcionamiento ordinarios del órgano fiscalizador.
2. COMPOSICIÓN DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA SINDICATURA
DE CUENTAS
En este apartado se explican los hechos más relevantes que tuvieron lugar en la Sin-
dicatura de Cuentas de Cataluña durante el año 2015 respecto a la composición de los
órganos de gobierno de esta institución.
2.1. COMPOSICIÓN DEL PLENO
Durante el año 2015 el Pleno de la Sindicatura de Cuentas de Cataluña tuvo la siguiente
composición:
• Síndico mayor: Jaume Amat Reyero
• Síndicos: Andreu Morillas Antolín
Jordi Pons Novell
Joan-Ignasi Puigdollers Noblom
Maria Àngels Servat Pàmies
Emma Balseiro Carreiras
Miquel Salazar Canalda
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2.2. COMPOSICIÓN DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO
La Comisión de Gobierno de la Sindicatura de Cuentas está constituida por el síndico
mayor, que es su presidente, y por dos síndicos más escogidos por el Pleno de entre sus
miembros.
Durante el año 2015 la Comisión de Gobierno tuvo la siguiente composición:
• Síndico mayor: Jaume Amat Reyero
• Síndicos: Andreu Morillas Antolín
Jordi Pons Novell
3. ACTIVIDAD DE LA SINDICATURA DE CUENTAS
La Sindicatura de Cuentas es una institución creada con la finalidad principal de fiscalizar
el sector público de Cataluña. A continuación se presenta la actividad de la Sindicatura de
Cuentas de Cataluña en cuanto al ámbito de la fiscalización, a la tramitación de escritos
que informan de presuntas irregularidades, y a la actividad de los órganos colegiados y de
la Comisión Técnica.
3.1. ACTIVIDAD FISCALIZADORA
3.1.1. Programa anual de actividades
De acuerdo con el artículo 37 de la Ley 18/2010, de 7 de junio, de la Sindicatura de
Cuentas, el Programa anual de actividades debe incluir los informes de fiscalización que la
institución prevé realizar durante el año, los que no se pudieron finalizar en el año anterior y
los que pueda encargar el Parlamento durante el ejercicio. El Reglamento del Parlamento
de Cataluña, en su artículo 161, especifica que este Programa debe presentarse cada año
al Parlamento antes del 1 de diciembre del ejercicio precedente.
El Programa anual de actividades correspondiente al ejercicio 2015 fue aprobado por el
Pleno de la Sindicatura de Cuentas en la sesión del 18 de noviembre de 2014 y enviado al
Parlamento de Cataluña el 28 de noviembre de 2014.
El contenido del Programa anual de actividades del ejercicio 2015 fue modificado me-
diante acuerdos del Pleno de la Sindicatura de Cuentas. Estas modificaciones también
fueron notificadas al Parlamento.
El origen de los trabajos de fiscalización es diverso:
• La Ley de la Sindicatura de Cuentas prevé que anualmente la institución elabore un
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informe sobre la Cuenta general de la Generalidad de Cataluña y otro sobre la Cuenta
general de las corporaciones locales.
• Otras normas con rango de ley, y concretamente el Texto refundido de la Ley de fi-
nanzas públicas de Cataluña, también prevén que la Sindicatura realice determinadas
fiscalizaciones con carácter anual. El artículo 71.5 del Texto refundido de la Ley de
finanzas públicas de Cataluña establece que la Sindicatura de Cuentas debe presentar
al Parlamento un informe de fiscalización de las entidades a las que se refiere el apar-
tado 4 de este artículo cuando su presupuesto supere los 150 M€ o la cifra que deter-
mine anualmente la Ley de presupuestos. Esta obligación condiciona, dado el volumen
limitado de recursos materiales y personales de la Sindicatura de Cuentas, la capacidad
de la institución para fiscalizar a la mayoría de las entidades del sector público de
Cataluña, y puede cuestionar su necesaria independencia.
• El Parlamento de Cataluña, mediante una resolución, puede encomendar a la Sindi-
catura la realización de un informe concreto, de acuerdo con lo previsto en el artículo
168 del Reglamento del Parlamento y el artículo 36.f de la Ley 18/2010, de la Sindicatura
de Cuentas.
• La Sindicatura de Cuentas tiene la capacidad de actuar de oficio, y de incluir en el
Programa anual de actividades aquellas otras fiscalizaciones que considere que debe
llevar a cabo.
El detalle de las fiscalizaciones previstas en la última versión del Programa anual de acti-
vidades para el año 2015 figura a continuación. Siguiendo la estructura del propio Pro-
grama, los trabajos están agrupados por departamentos sectoriales; las indicaciones entre
paréntesis indican el origen del trabajo o el tipo de modificación o concreción que se ha
establecido respecto al Programa del año anterior:
L: Ley
LSC: Ley de la Sindicatura de Cuentas
O: De oficio
RP: Resolución del Parlamento
*: Informe en el que se amplía el periodo de fiscalización respecto al Programa anual
de actividades de 2014
**: Informe en el que hay cambio del período de fiscalización
***: Informe en el que hay cambio de objeto
Departamento Sectorial A (responsable: síndica doña Emma Balseiro Carreiras)
Trabajos iniciados
• Gestió d’Infraestructures, SAU. Ejercicio 2010 (L)
• Gestió d’Infraestructures, SAU. Ejercicio 2011 (L)
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• Instituto Catalán de Finanzas. Ejercicio 2011 (L)
• Equipaments i Edificis de Catalunya, SA. Ejercicio 2011 (L)
• Delegaciones del Gobierno de la Generalidad en el exterior de España. Ejercicio 2011 (O)
• Gestión de activos inmobiliarios de la Generalidad de Cataluña. Ejercicios 2011-2014
(O) (***)
• Programa 211, Administración de Justicia y Ministerio Fiscal. Objetivo estratégico: Opti-
mizar y reordenar eficientemente los recursos humanos de la Administración de Justicia.
Ejercicio 2012 (O)
• Programa 222, Tráfico y seguridad vial. Objetivos estratégicos: Dedicar a la seguridad
vial los recursos obtenidos de las sanciones de tráfico; potenciar la investigación y el
desarrollo. Ejercicio 2012 (O)
• Programa 661, Emprendimiento y fomento empresarial. Ejercicio 2012 (O)
• Departamento de Interior. Contratación administrativa. Ejercicio 2013 (O)
Trabajos a iniciar
• Centro de Iniciativas para la Reinserción. Ejercicio 2013 (O)
• Centro de Atención y Gestión de Llamadas de Urgencia 112. Ejercicio 2014 (O)
• Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural. Subven-
ciones. Ejercicio 2014 (O)
• Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales. Gastos de personal. Ejer-
cicio 2014 (O) (**)
Departamento Sectorial B (responsable: síndico don Miquel Salazar Canalda)
Trabajos iniciados
• Aguas Ter Llobregat. Ejercicios 2010 y 2011 (L)
• Centro de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información. Ejercicios 2010, 2011 y
2012 (L)
• Servicio de Empleo de Cataluña. Resolución 637/IX del Parlamento (RP)
Trabajos a iniciar
• Instituto Catalán del Suelo. Ejercicios 2010-2013 (L)
• Agencia Catalana del Agua. Ejercicios 2011, 2012 y 2013 (L)
• Infraestructuras Ferroviarias de Cataluña. Ejercicios 2011-2014 (L)
• Agencia de la Vivienda de Cataluña. Ejercicios 2012 y 2013 (L)
• Agencia de Apoyo a la Empresa Catalana. Ejercicios 2012 y 2013 (L)
• Infraestructures.cat. Ejercicios 2012, 2013 y 2014 (L)
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Departamento Sectorial C (responsable: síndico don Andreu Morillas Antolín)
Trabajos iniciados
• Consorcio Mar Parque de Salud de Barcelona. Ejercicio 2011 (L)
• Fundació Privada de Gestió Sanitària de l’Hospital de la Santa Creu i Sant Pau. Ejer-
cicios 2010, 2011 y 2012. Resolución 236/X del Parlamento (RP y L)
• Hospital Clínico y Provincial de Barcelona. Ejercicios 2010, 2011 y 2012. Resolución
21/X del Parlamento (RP y L)
• Fundació Privada de l’Hospital de la Santa Creu i Sant Pau. Resolución 234/X del
Parlamento (RP)
• Irregularidades recurrentes en los consorcios y las empresas del ámbito sanitario. Reso-
lución 964/X del Parlamento (RP)
• Instituto Catalán de las Mujeres. Ejercicio 2012 (O)
• Instituto de Diagnóstico por la Imagen. Ejercicio 2013 (O)
Trabajos a iniciar
• Instituto Catalán de Oncología. Ejercicios 2011-2014 (L) (**)
• Corporación Sanitaria Parc Taulí de Sabadell. Ejercicios 2012, 2013 y 2014 (L) (**)
• Consorcio Sanitario de Terrassa. Resolución 508/X del Parlamento (RP)
• Hospital Comarcal de El Baix Llobregat. Resolución 938/X del Parlamento (RP)
• Consorcio de Servicios Sociales de Barcelona. Ejercicio 2014 (O)
Decaimiento del Programa anual de actividades del ejercicio 2014
• Cumplimiento de las observaciones y recomendaciones realizadas en los informes del
área del Departamento de Bienestar Social y Familia. Ejercicio 2013 (O)
Departamento Sectorial D (responsable: síndico don Jordi Pons Novell)
Trabajos iniciados
• Universidad Autónoma de Barcelona. Ejercicios 2010, 2011 y 2012 (L)
• Consorcio del Palacio de la Música Catalana. Ejercicios 2010-2013 (O) (*)
• Departamento de Enseñanza. Instituto Abierto de Cataluña. Ejercicio 2011 (O)
• Agregado de las universidades públicas de Cataluña. Ejercicios 2012 y 2013 (O)
• Instituto Catalán de las Empresas Culturales. Aportaciones reintegrables y subven-
ciones. Ejercicios 2012 y 2013 (O)
• Consorcio Escuela Industrial de Barcelona. Ejercicio 2013 (O)
• Universidad de Girona. Gastos de personal. Ejercicio 2013 (O)
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Trabajos a iniciar
• Universidad de Barcelona. Ejercicios 2011-2014 (L) (*)
• Universidad Politécnica de Cataluña. Ejercicios 2011-2014 (L) (*)
• Corporació Catalana de Mitjans Audiovisuals, SA. Ejercicios 2013 y 2014 (L) (*)
• Campus Diagonal-Besòs. Ejercicios 2008-2014 (O)
• Consorcio Museo de Arte Contemporáneo de Barcelona. Ejercicio 2013 (O)
• Fundació Privada per a l’Escola Superior de Música de Catalunya. Ejercicio 2013 (O)
• Intracatalònia, SA. Ejercicio 2013 (O)
• Profesores asociados de las universidades públicas de Cataluña. Curso 2013-2014 (O)
• Agencia Catalana del Patrimonio Cultural. Ejercicio 2014 (O)
• Consorcio de Servicios Universitarios de Cataluña. Ejercicio 2014 (O)
Decaimiento del Programa anual de actividades del ejercicio 2014
• Cumplimiento de la disposición adicional decimosexta de la Ley de presupuestos de la
Generalidad para 2012 (O)
Departamentos sectoriales E y F, del sector local (responsables: síndicos don Joan-
Ignasi Puigdollers Noblom y doña Maria Àngels Servat Pàmies)
Trabajos iniciados
• Cuenta general de las corporaciones locales. Ejercicio 2013 (LSC)
• Ayuntamiento de Creixell. Resolución 65/X del Parlamento (RP)
• Grupo Consejo Comarcal de El Barcelonès. Resolución 281/IX del Parlamento (RP)
• Ayuntamiento de Torrelles de Foix. Remanente de tesorería. Ejercicios 2010, 2011 y
2012 (O)
• Ayuntamiento de Balaguer. Cuenta general. Ejercicio 2012 (O)
• Consorcio de Comunicación Local y entes dependientes. Ejercicio 2012 (O)
• Entidades municipales descentralizadas del municipio de Valls de Valira. Remanente de
tesorería. Ejercicio 2012 (O)
• Ferrocarril Metropolità de Barcelona, SA. Ejercicio 2012 (O)
• Mancomunidad de Municipios del Penedès-Garraf. Ejercicio 2012 (O)
• Memoria de las cuentas generales de los municipios. Ejercicio 2012 (O)
• XALOC, organismo autónomo de la Diputación de Girona. Ejercicio 2013 (O) (**)
• Ayuntamiento de L’Hospitalet de Llobregat. Contratación administrativa. Ejercicio 2013 (O)
• Consejo Comarcal de El Vallès Occidental y consorcios en los que participa. Ejercicio
2013 (O)
• Gastos ejecutados sin crédito presupuestario de los ayuntamientos. Ejercicio 2013 (O)
• Diputaciones de Cataluña. Gastos de personal. Ejercicio 2013 (O)
• Gestión recaudatoria municipal. Ejercicio 2013 (O)
• Control interno en municipios de más de 100.000 habitantes (O)
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Trabajos a iniciar
• Cuenta general de las corporaciones locales. Ejercicio 2014 (LSC)
• Ayuntamiento de Castelldefels. Contratación. Ejercicio 2013 (O)
• Ayuntamiento de Sant Feliu de Llobregat. Ejercicio 2013 (O)
• Contabilización de ingresos de los capítulos 4 y 7. Ejercicio 2014 (O)
• Consejo Comarcal de El Pla de l’Estany. Ejercicio 2013 (O)
• Ayuntamiento de El Masnou. Ejercicio 2014 (O)
• Ayuntamiento de Sant Andreu de la Barca. Capítulos 1 y 2 de gastos. Ejercicio 2014 (O)
• Mercados de Abastecimientos de Barcelona, SA (Mercabarna). Ejercicio 2014 (O)
Decaimiento del Programa anual de actividades del ejercicio 2014
• Análisis de las cuentas generales de las corporaciones locales. Ejercicio 2012 (O)
Departamento Sectorial G (responsable: síndico mayor, don Jaume Amat Reyero)
Trabajos iniciados
• Cuenta general de la Generalidad de Cataluña. Ejercicio 2013 (LSC)
• Aportaciones de capital público a Spanair. Resolución 232/X del Parlamento (RP)
• Empresas públicas, consorcios, fundaciones y entidades autónomas no administrativas
de la Generalidad de Cataluña. Análisis de las cuentas. Ejercicios 2011 y 2012 (O)
• Fiscalización de los partidos políticos con representación parlamentaria. Gastos de per-
sonal. Ejercicio 2012 (O)
• Autoridad Catalana de Protección de Datos. Ejercicio 2013 (O)
• Rendición de cuentas de los partidos políticos y de las asociaciones y fundaciones
vinculadas. Ejercicio 2013 (O)
Trabajos a iniciar
• Cuenta general de la Generalidad de Cataluña. Ejercicio 2014 (LSC)
• Instituto Catalán de Finanzas. Ejercicios 2012, 2013 y 2014 (L)
• Encargos de gestión. Ejercicio 2013 (O)
• Empresas públicas, consorcios, fundaciones y entidades autónomas no administrativas
de la Generalidad de Cataluña. Análisis de las cuentas. Ejercicios 2013 y 2014 (O)
• Autoridad Catalana de la Competencia. Ejercicio 2014 (O) (**)
• Rendición de cuentas de los partidos políticos y de las asociaciones y fundaciones
vinculadas. Ejercicio 2014 (O)
• Elecciones a las cámaras agrarias del año 2015 (L)
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
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• Elecciones al Consejo General de Aran del año 2015 (O)
• Elecciones al Parlamento de Cataluña del año 2015 (O)
• Ejecución de inversiones financiadas con sistemas alternativos (O)
3.1.2. Informes aprobados por el Pleno de la Sindicatura de Cuentas en el
año 2015
Durante el año 2015, el Pleno de la Sindicatura de Cuentas de Cataluña aprobó un total de
treinta y tres informes de fiscalización del Programa anual de actividades, que se detallan
en el siguiente cuadro:
Informes aprobados en el año 2015, con fechas de aprobación por el Pleno y de envío al Parlamento
Informe
Aprobación
por el Pleno
Envío al
Parlamento
1/2015: Departamento de Enseñanza. Instituto Abierto de Cataluña. Ejercicio 2011 10.02.2015 12.03.2015
2/2015: Memoria de las cuentas generales de los municipios. Ejercicio 2012 10.03.2015 17.04.2015
3/2015: Consorcio Escuela Industrial de Barcelona. Ejercicio 2013 26.03.2015 06.05.2015
4/2015: Servicio de Empleo de Cataluña. Resolución 637/IX del Parlamento 26.03.2015 26.05.2015
5/2015: Cuenta general de las corporaciones locales. Ejercicio 2013 21.04.2015 03.06.2015
6/2015: Autoridad Catalana de Protección de Datos. Ejercicio 2013 21.04.2015 03.06.2015
7/2015: Consorcio Mar Parque de Salud de Barcelona. Ejercicio 2011 21.04.2015 03.06.2015
8/2015: Agregado de las universidades públicas de Cataluña. Ejercicios 2012 y
2013 05.05.2015 17.06.2015
9/2015: Aportaciones de capital público a Spanair, SA. Resolución 232/X del
Parlamento 05.05.2015 17.06.2015
10/2015: Entidades municipales descentralizadas del municipio de Les Valls de
Valira. Remanente de tesorería. Ejercicio 2012 19.05.2015 01.07.2015
11/2015: Instituto de Diagnóstico por la Imagen. Ejercicio 2013 19.05.2015 01.07.2015
12/2015: Departamento de Interior. Contratación administrativa. Ejercicio 2013 19.05.2015 01.07.2015
13/2015: Mancomunidad Intermunicipal del Penedès i Garraf. Ejercicio 2012 09.06.2015 22.07.2015
14/2015: Aguas Ter Llobregat. Ejercicios 2010 y 2011 22.06.2015 05.08.2015
15/2015: Instituto Catalán de las Mujeres. Ejercicio 2012 28.07.2015 09.10.2015
16/2015: Consorcio del Palacio de la Música Catalana. Ejercicios 2010-2013 28.07.2015 09.10.2015
17/2015: Universidad Autónoma de Barcelona. Ejercicios 2010, 2011 y 2012 28.07.2015 09.10.2015
18/2015: Control interno en municipios de más de 100.000 habitantes 28.07.2015 09.10.2015
19/2015: Partidos políticos con representación parlamentaria. Gastos de perso-
nal, ejercicio 2012 22.09.2015 26.10.2015
20/2015: Programa 661, Emprendimiento y fomento empresarial. Ejercicio 2012 22.09.2015 26.10.2015
21/2015: Instituto Catalán de las Empresas Culturales. Aportaciones reintegrables
y subvenciones. Ejercicios 2012 y 2013 06.10.2015 17.11.2015
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
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Aprobación Envío al Informe por el Pleno Parlamento
22/2015: Cuenta general de la Generalidad de Cataluña. Ejercicio 2013 06.10.2015 18.11.2015
23/2015: Fundació per a l’Escola Superior de Música de Catalunya. Ejercicio 2013 20.10.2015 02.12.2015
24/2015: Ayuntamiento de Balaguer. Cuenta general. Ejercicio 2012 03.11.2015 11.12.2015
25/2015: Ayuntamiento de L’Hospitalet de Llobregat. Contratación administrativa. Ejercicio 2013 01.12.2015 18.12.2015
26/2015: Intracatalònia, SA. Ejercicio 2013 15.12.2015 11.02.2016
27/2015: Ferrocarril Metropolità de Barcelona, SA. Ejercicio 2012 15.12.2015 11.02.2016
28/2015: Hospital Comarcal de El Baix Llobregat. Resolución 938/X del Parlamento 15.12.2015 11.02.2016
29/2015: Elecciones al Consejo General de Aran del año 2015 15.12.2015 21.01.2016
30/2015: Gestió d’Infraestructures, SAU (GISA). Ejercicio 2010 15.12.2015 11.02.2016
31/2015: Gestió d’Infraestructures, SAU (GISA). Ejercicio 2011 15.12.2015 11.02.2016
32/2015: Fundació Privada Hospital de la Santa Creu i Sant Pau. Resolución 234/X del Parlamento 22.12.2015 11.02.2016
33/2015: Empresas públicas, consorcios, fundaciones y entidades autónomas no administrativas de la Generalidad. Análisis de las cuentas. Ejercicios 2011 y 2012 22.12.2015 02.03.2016
3.1.3. Análisis de los informes aprobados durante 2015
El siguiente cuadro incluye la clasificación de los informes de fis-calización aprobados durante el año 2015 según la tipología de los trabajos:
Tipo de informe de fiscalización Número
Regularidad 9
Financiera 1
Limitada de regularidad 7
Limitada de legalidad 4
Partidos políticos / contabilidad electoral 2
Cuenta general de la Generalidad de Cataluña 1
Cuenta general de las corporaciones locales 1
Otros (indicadores, rendición, etc.) 8
Total 33
La fiscalización de regularidad incluye tanto la fiscalización finan-ciera como la de cumplimiento de la legalidad.
En el siguiente cuadro se muestra el número de informes apro-bados durante el año 2015 en función de su origen:
Dos informes de 2015.
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
18
Origen del informe Número
De oficio 21
Ley de finanzas públicas (art. 71 del Texto refundido) 5
Ley de la Sindicatura de Cuentas 2
Resolución del Parlamento 4
Otras normas 1
Total 33
El origen de oficio se refiere a los informes que se han incorpo-rado al Programa anual de actividades por decisión directa del Pleno. Los demás informes tienen su origen en la Ley de la Sin-dicatura, en el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña o en resoluciones del Parlamento de Cataluña.
Observaciones de los informes aprobados
El siguiente cuadro incluye la clasificación de las observaciones derivadas de los informes aprobados durante el año 2015, según las áreas a las que hacen referencia:
Áreas de revisión objeto de observaciones Número
Cuentas, presupuestos y aspectos financieros 135
Gastos de personal 32
Contratación 117
Subvenciones 44
Otros 123
Total 451
Este cuadro incluye las observaciones de todos los informes, in-cluidos los informes sobre cuentas generales y sobre rendición de cuentas o similares. 3.1.4. Publicidad de los informes
Aprobación y publicación de notas resumen de los informes
Con el objetivo de contribuir a una mejor comunicación y más amplia difusión de los trabajos de fiscalización, el Pleno de la Sindicatura acordó que se elaborara y publicara un documento de resumen del informe –llamado nota resumen– con los datos
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básicos de contextualización del trabajo y las observaciones y recomendaciones más relevantes de la fiscalización. Según el acuerdo del Pleno, la nota resumen debe tener una estructura y una extensión determinadas y debe ser aprobada por el Pleno junto con el informe, en el momento en que se presente el pro-yecto de informe para la aprobación definitiva. Las notas resu-men han de publicarse en la sede electrónica de la Sindicatura junto con el informe correspondiente, y deben estar disponibles en catalán, castellano e inglés. El Pleno estableció que la implan-tación de las notas resumen fuese de aplicación a partir del informe 1/2015. Los 33 informes aprobados por la Sindicatura a lo largo del año 2015, acompañados de la correspondiente nota resumen, se pueden consultar en el sitio web de la Sindicatura de Cuentas, en el apartado Informes. Las notas resumen ofrecen una síntesis de la actividad fiscali-zadora desarrollada por la Sindicatura a lo largo del año. La reco-pilación de las 33 notas resumen aprobadas en 2015 se presenta en un anexo en esta memoria.
Edición electrónica y envío telemático de los informes
El año 2015 ha sido el primero en que la Sindicatura ha editado y publicado sus informes exclusivamente en formato electrónico, en virtud del acuerdo del Pleno de 23 de septiembre de 2014 (DOGC 6736, de 27 de octubre de 2014). La supresión de la edi-ción en papel ha conllevado un ahorro en papel y en costes de distribución, permitiendo a la vez una mejora en los tiempos de publicación. Dicho acuerdo establecía también que los proyectos de informe y los informes aprobados se remitiesen, a partir del informe 1/2015, por vía telemática a sus destinatarios. Todos los informes aprobados por el Pleno de la Sindicatura de Cuentas son enviados al Parlamento de Cataluña. Una vez el Parlamento los ha admitido a trámite, la Sindicatura, en cumpli-miento de lo dispuesto en la Ley 18/2010, de la Sindicatura de Cuentas, los publica en su sede electrónica y los envía:
• a los miembros u órganos competentes en la gestión y direc-ción del ente fiscalizado;
• al departamento de la Generalidad competente en materia de finanzas, y
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• si procede, según la tipología del informe, a otros departamentos de la Generalidad con competencias sobre la materia.
En el año 2015 el envío de los proyectos de informe y de los informes se hizo mediante la extranet de las administraciones catalanas (EACAT) a aquellos entes que estuviesen adheridos. El envío de los informes al Tribunal de Cuentas y al Parlamento de Cataluña se efectuó en un dispositivo de almacenamiento externo acompañado de una carta u oficio en papel, en cumplimiento del acuerdo del Pleno de la Sindicatura de septiembre de 2014. 3.1.5. Otros trabajos
En el punto 5 de la Resolución 964/X, de 5 de marzo de 2015, del Parlamento de Cata-luña, se encargó a la Sindicatura de Cuentas la elaboración de un informe, que se de-bería presentar al Gobierno y al Parlamento en el plazo de un mes, relativo a las irregu-laridades recurrentes en los consorcios y las empresas del ámbito sanitario que cons-taban en los distintos informes de fiscalización presentados al Parlamento de Cataluña durante la décima legislatura, con la finalidad de impulsar las medidas necesarias para su corrección. El Pleno de la Sindicatura de Cuentas de Cataluña, en la sesión del 21 de abril de 2015, acordó que el informe elaborado por el Departamento Sectorial C sobre este encargo se presentase como la respuesta al apartado 5 de la Resolución 964/X y que fuese remitido por el síndico mayor a la presidenta del Parlamento Este envío se efectuó el 24 de abril de 2015.
3.2. ACTIVIDAD DE LOS ÓRGANOS COLEGIADOS
3.2.1. Pleno
El Pleno, formado por siete síndicos, es el órgano colegiado de la institución encargado principalmente de ejercer la función fiscalizadora mediante el análisis y la aprobación de todos los informes de fiscalización, además del resto de funciones que le encomienda la Ley 18/2010, de la Sindicatura de Cuentas. Durante el año 2015 el Pleno de la Sindicatura de Cuentas se reunió en veintiuna sesiones ordinarias y cinco sesiones extraordinarias.
3.2.2. Comisión de Gobierno
La Comisión de Gobierno tiene competencias relativas al régimen interior, al régimen presupuestario y a la distribución de tareas internas, entre otras que le atribuye la Ley 18/2010. La componen el síndico mayor y dos miembros designados por el Pleno. En el año 2015 la Comisión de Gobierno se reunió ocho veces.
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3.3. ACTIVIDAD DE LAS COMISIONES Y OTROS
3.3.1. Comisión Técnica
El Pleno de la Sindicatura de Cuentas, mediante el Acuerdo de 6 de junio de 2007, creó la Comisión Técnica. En 2015 esta Comisión estuvo presidida por el síndico mayor e integrada por los supervisores de los diferentes departamentos sectoriales, la directora de la Asesoría Jurídica y el director del Gabinete Técnico. Su finalidad es aportar pro-puestas para mejorar la calidad técnica de los informes y dar apoyo en todo lo relacio-nado con las normas y los manuales de fiscalización. En el año 2015 la Comisión Técnica se reunió seis veces.
3.3.2. Comisión de Formación
La Comisión de Formación es un órgano paritario formado por representantes de la Sindicatura y de su personal con la finalidad de gestionar la formación del personal de la Sindicatura de Cuentas. En el año 2015 la Comisión de Formación se reunió ocho veces.
3.3.3. Equipo de Revisión Interna de Calidad (ERIC)
El Pleno de la Sindicatura de Cuentas, mediante un acuerdo del 28 de julio de 2015 y con el objetivo de mejorar los informes de fiscalización, aprobó el procedimiento de revisión interna de calidad de los trabajos de fiscalización de regularidad. Para llevar a cabo estas tareas se creó el Equipo de Revisión Interna de Calidad (ERIC) con la participación del director del Gabinete Técnico y de un letrado de la Asesoría Jurídica de la Sindicatura de Cuentas. El nuevo procedimiento se puso en marcha el 15 de septiembre de 2015.
3.4. ACTIVIDADES JURISDICCIONALES CON SU ORIGEN EN LAS COMPETENCIAS DE LA
SINDICATURA DE CUENTAS
Durante el ejercicio 2015 la Sección de Enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas abrió catorce procedimientos de responsabilidad contable derivados de los informes de la Sin-dicatura de Cuentas de Cataluña. Actualmente todos estos procedimientos se encuentran en fase de instrucción.
4. RELACIONES DE LA SINDICATURA CON OTRAS INSTITUCIONES
Para el adecuado ejercicio de su actividad, la Sindicatura de Cuentas mantiene relaciones con el Parlamento de Cataluña, del cual depende orgánicamente, con los órganos autonó-micos de control externo y con el Tribunal de Cuentas.
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4.1. PARLAMENTO DE CATALUÑA
La Sindicatura envía los informes de fiscalización que elabora al Parlamento de Cataluña, que, de acuerdo con la Ley, es su destinatario principal. Esto es así en tanto que la Sin-dicatura de Cuentas, como órgano técnico vinculado a la cámara catalana, depende orgá-nicamente de esta institución y, pese a la necesaria independencia en el ejercicio de su labor fiscalizadora, debe dar cuenta a la cámara legislativa catalana de su gestión.
4.1.1. Sesiones de la Comisión de la Sindicatura de Cuentas del Parlamento
Las relaciones ordinarias entre el Parlamento y la Sindicatura se articulan por medio de la Comisión parlamentaria de la Sindicatura de Cuentas, ante la cual son convocados a comparecer los síndicos para presentar los informes que elabora la Sindicatura. De acuer-do con lo establecido por el Reglamento del Parlamento, la Comisión de la Sindicatura tramita los informes de fiscalización del sector público de la Generalidad y también el informe sobre la Cuenta general de las corporaciones locales. En lo referente a los infor-mes de fiscalización del sector público local y de las universidades públicas, solo se debaten en comisión si los grupos parlamentarios así lo solicitan. Durante el ejercicio 2015 la Mesa de la Comisión de la Sindicatura de Cuentas del Parla-mento de Cataluña estuvo constituida por el presidente, Joan Morell Comas, por el vice-presidente, Dionís Guiteras Rubio, y por el secretario, José Antonio Coto Roquet, hasta el 4 de agosto, fecha en que se disolvió el Parlamento de Cataluña. En el año 2015 la Comisión de la Sindicatura del Parlamento se reunió en cuatro ocasiones, concretamente en las sesiones de los días 3 de febrero, 3 de marzo, 14 de abril y 2 de junio, para tramitar un total de trece informes de fiscalización.
Reunión de la Comisión de la Sindicatura de Cuentas en el Parlamento el 14 de abril. De izquierda a derecha: el síndico Jordi Pons, el síndico mayor, Jaume Amat, y el diputado presidente de la Comisión, Joan Morell.
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Los informes tramitados en las diferentes sesiones son los que se detallan a continuación. En la sesión del día 3 de febrero de 2015: • Informe 18/2014: Televisió de Catalunya, SA. Ejerci-
cios 2010, 2011 y 2012 Ponente: síndico Jordi Pons Novell Resolución 935/X, de 5 de febrero de 2015, del Par-lamento de Cataluña
• Informe 29/2014: Corporación Catalana de Medios Audiovisuales. Ejercicios 2010, 2011 y 2012 Ponente: síndico Jordi Pons Novell Resolución 936/X, de 5 de febrero de 2015, del Par-lamento de Cataluña
• Informe 30/2014: Grupo Corporación Catalana de Medios Audiovisuales. Ejercicios 2010, 2011 y 2012 Ponente: síndico Jordi Pons Novell Resolución 937/X, de 5 de febrero de 2015, del Parlamento de Cataluña
• Informe 22/2014: Consorcio Sanitario Integral. Ejercicios 2009, 2010 y 2011 Ponente: síndico Andreu Morillas Antolín Resolución 938/X, de 5 de febrero de 2015, del Parlamento de Cataluña
• Informe 23/2014: Publicidad de las subvenciones concedidas por el Departamento de Cultura. Ejercicios 2012 y 2013 Ponente: síndico Jordi Pons Novell Resolución 939/X, de 5 de febrero de 2015, del Parlamento de Cataluña
En la sesión del día 3 de marzo de 2015: • Informe 24/2014: Instituto Catalán de Evaluaciones
Médicas. Ejercicios 2010 y 2011 Ponente: síndico Andreu Morillas Antolín Resolución 962/X, de 5 de marzo de 2014, del Par-lamento de Cataluña
• Informe 25/2014: Gestión económica de los centros docentes públicos del Departamento de Enseñanza. Ejercicio 2011 Ponente: síndico Jordi Pons Novell Resolución 963/X, de 5 delamento de Cataluña
marzo de 2015, del Par- El síndico Andreu Morillas presenta un informe en la Comisión parlamentaria del 3 de marzo.
El síndico Jordi Pons presenta un in-forme en la Comisión parlamentaria del 3 de febrero.
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• Informe 27/2014: Corporación de Salud de El Maresme y La Selva. Resolución 636/IX del Parlamento Ponente: síndico Andreu Morillas Antolín Resolución 964/X, de 5 de marzo de 2015, del Parlamento de Cataluña.
En la sesión del día 14 de abril de 2015: • Informe 28/2014: Departamento de Enseñanza. Ges-
tión económica del Complejo Educativo de Tarra-gona. Ejercicio 2011 Ponente: síndico Jordi Pons Novell Resolución 1013/X, de 16 de abril de 2015, del Parla-mento de Cataluña
• Informe 31/2014: Reg Sistema Segarra-Garrigues, SAU. Ejercicios 2010 y 2011 Ponente: síndica Emma Balseiro Carreiras Resolución 1014/X, de 16 de abril de 2015, del Parla- La síndica Emma Balseiro presenta un
informe en la Comisión parlamentaria del 14 de abril de 2015.
mento de Cataluña
• Informe 32/2014: Análisis de la evolución del endeu-damiento financiero de la Generalidad de Cataluña. Ejercicios 2008-2012 Ponente: síndico mayor, Jaume Amat Reyero Resolución 1015/X, de 16 de abril de 2015, del Parlamento de Cataluña
En la sesión del día 2 de junio de 2015: • Informe 34/2014: Ayuntamiento de Creixell. Resolu-
ción 65/X del Parlamento Ponente: síndico Joan-Ignasi Puigdollers Noblom
• Informe 1/2015: Departamento de Enseñanza. Insti-tuto Abierto de Cataluña. Ejercicio 2011 Ponente: síndico Jordi Pons Novell Resolución 1045/X, de 4 de junio de 2015, del Parla-mento de Cataluña
A estas sesiones de la Comisión de la Sindicatura del El síndico Joan-Ignasi Puigdollers pre-senta un informe en la Comisión parla-mentaria del 2 de junio.
Parlamento de Cataluña asistieron los miembros del Ple-no de la institución fiscalizadora. Todas las sesiones están grabadas por el Canal Parlament y se pueden consultar en el sitio web de la Sindicatura de Cuentas, en el apartado Actividad parlamentaria, mediante un enlace a la web del Parlamento.
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4.1.2. Comparecencia del síndico mayor ante el Pleno del Parlamento
El síndico mayor, Jaume Amat Reyero, compareció ante el Pleno del Parlamento en la sesión del día 19 de marzo para presentar el informe 15/2014 sobre la Cuenta general de la Generalidad correspondiente al ejercicio 2012, de acuerdo con lo previsto en el artículo 163.5 del Reglamento del Parlamento de Cataluña. La sesión plenaria contó con la pre-sencia de los miembros del Pleno de la Sindicatura de Cuentas.
Comparecencia del síndico mayor ante el Pleno del Parlamento, el 19 de marzo, para presentar el informe relativo a la Cuenta general de la Generalidad del ejercicio 2012.
En su intervención, el síndico mayor resumió las observaciones más relevantes derivadas de la fiscalización de la Cuenta general de la Generalidad de Cataluña de 2012, y pidió cambios legislativos, especialmente en cuanto a la Ley de finanzas públicas de Cataluña. El Pleno del Parlamento aprobó la Resolución 987/X, de 19 de marzo de 2015, relativa al informe de la Cuenta general de la Generalidad de Cataluña, ejercicio 2012. 4.1.3. Entrega del informe sobre la Cuenta general de la Generalidad
El 24 de noviembre, la Sindicatura entregó al Parlamento el informe 22/2015 sobre la Cuenta general de la Generalidad correspondiente al ejercicio 2013. En un acto en el Parlamento
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El síndico mayor, Jaume Amat, entrega el informe sobre la Cuenta general de la Generalidad del ejercicio 2013 a la presidenta del Parlamento, Carme Forcadell.
de Cataluña, el síndico mayor, acompañado de los miembros del Pleno de la Sindicatura, en-tregó a la presidenta del Parla-mento, Carme Forcadell Lluís, en presencia del resto de los miembros de la Mesa, el informe de fiscalización de la Cuenta ge-neral, en soporte físico y electró-nico, y también presentó el Pro-grama anual de actividades de la Sindicatura de Cuentas de Cataluña para el año 2016, que, de acuerdo con el artículo 161 del Reglamento del Parlamento, debe presentarse antes del 1 de diciembre. El informe incluye la fiscalización de las cuentas de la Administración general de la Generalidad, de las entidades autónomas de carácter administrativo –veintitrés– y de las entidades gestoras de la Seguridad Social –Servicio Catalán de la Salud, Instituto Catalán de la Salud e Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales– y tiene por objeto verificar la adecuación de la información económica y financiera presentada a los prin-cipios contables y la normativa aplicable. También incorpora las cuentas del sector público no administrativo, formado por un total de doscientas una entidades incluidas en la Ley de presupuestos. El objeto del trabajo en este caso es determinar el censo de entidades que deben unir sus cuentas a la Cuenta general de la Generalidad y realizar una comprobación formal de las cuentas presentadas.
4.2. TRIBUNAL DE CUENTAS Y ÓRGANOS DE CONTROL EXTERNO AUTONÓMICOS
La Sindicatura de Cuentas mantiene contactos regulares con el Tribunal de Cuentas y con los órganos de control externo (OCEX) autonómicos, en virtud de los principios de coope-ración y colaboración que rigen sus relaciones. En 2015 tuvo lugar una reunión de presidentes del Tribunal de Cuentas y de los órganos de control externo de las comunidades autónomas, el 18 de noviembre en la sede del Tribunal de Cuentas, en Madrid, que contó con la participación del síndico mayor, Jaume Amat Reyero. Asistieron el presidente del Tribunal, Ramón Álvarez de Miranda García, y los presidentes de las doce instituciones de control autonómicas. Para articular su cooperación, el Tribunal de Cuentas y los órganos de control externo autonómicos tienen constituidas tres comisiones de coordinación: la de Comunidades
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Reunión de la Comisión de Coordinación de Comunidades Autónomas de los OCEX, el 16 de febrero en Oviedo, a la que asistió el síndico Andreu Morillas (en primer plano, a la derecha).
Autónomas, la de Corporaciones Locales y la de Normas y Procedimientos. En 2015 la Sindicatura participó en las siguientes reuniones de las comisiones de coordinación:
• La Comisión de Coordinación de Corporaciones Locales se reunió tres veces en 2015. El síndico Joan-Ignasi Puigdollers Noblom y la síndica Maria Àngels Servat Pàmies, res-ponsables de la fiscalización del sector público local en el Pleno de la Sindicatura, asistieron a la reunión del 5 de febrero en Sevilla, en la sede de la Cámara de Cuentas de Andalucía, que estuvo dedicada de forma monográfica al análisis de las repercu-siones para el control externo de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración local. Los días 11 y 12 de mayo el síndico y la síndica participaron en las reuniones de la Comisión de Corporaciones Locales y de la plataforma de rendición de cuentas, cele-bradas en Pamplona, en la sede de la Cámara de Comptos de Navarra. En la tercera reunión, que tuvo lugar el 1 de octubre en Madrid, en la sede del Tribunal de Cuentas, participó el síndico Joan-Ignasi Puigdollers Noblom.
• La Comisión de Coordinación de Comunidades Autónomas se reunió el día 16 de febrero en la sede de la Sindicatura de Cuentas del Principado de Asturias, en Oviedo, con la participación del síndico Andreu Morillas Antolín. Los miembros de las insti-
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Apretón de manos del presidente del Tribunal de Cuentas, Ramón Álvarez de Miranda, y el síndico mayor de la Sin-dicatura de Cuentas, con motivo de la firma del convenio de colaboración entre ambas instituciones.
tuciones de control externo informaron sobre los respectivos programas de fiscali-zaciones para el año 2015 y abordaron la realización de una fiscalización horizontal sobre el uso de las encomiendas de gestión por los entes del sector público.
Convenio con el Tribunal de Cuentas En el ámbito de la colaboración entre la Sindicatura y el Tribunal de Cuen-tas para mejorar la fiscalización del sector público local, ambas institu-ciones firmaron el 2 de noviembre el Convenio de colaboración para la im-plantación de medidas de coordi-nación de la remisión telemática de la información a la que se refiere el artí-culo 218.3 de la Ley reguladora de las haciendas locales (LRHL), así co-mo de los acuerdos adoptados con omisión del trámite de fiscalización previa. El convenio lo firmaron, en la sede de la Sindicatura de Cuentas, en Barcelona, el presidente del Tribunal de Cuentas, Ramón Álvarez de Miranda García, y el síndico mayor de la Sindicatura de Cuentas de Cataluña, Jaume Amat Reyero, en presencia de la consejera de corporaciones locales del Tribunal de Cuentas, María José de la Fuente y de la Calle, y del síndico Joan-Ignasi Puigdollers Noblom.
4.2.1. Constitución de la Asociación de Órganos de Control Externo Autonómicos (ASOCEX)
Los órganos de control externo autonómicos, en una reunión el 2 de junio en Madrid, acordaron constituir la Asociación de Órganos de Control Externo Autonómicos (ASOCEX), de la que forman parte los doce órganos de control externo autonómicos: la Cámara de Comptos de Navarra, la Sindicatura de Cuentas de Cataluña, la Sindicatura de Cuentas de la Comunidad Valenciana, el Consello de Contas de Galicia, el Tribunal Vasco de Cuentas Públicas, la Cámara de Cuentas de Andalucía, la Audiencia de Cuentas de Canarias, la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid, la Sindicatura de Cuentas de las Islas Baleares, el Consejo de Cuentas de Castilla y León, la Sindicatura de Cuentas del Prin-cipado de Asturias y la Cámara de Cuentas de Aragón. De acuerdo con sus estatutos fundacionales, la Asociación tiene por objeto fomentar la cooperación entre sus miembros y establecer líneas de coordinación en materias de interés común, garantizar el intercambio de información y de experiencias en el ejercicio de la auditoría pública y, en general, fomentar el debate e impulsar iniciativas conjuntas en
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Los presidentes de los OCEX y del Tribunal de Cuentas, en la sede del Tribunal, el 18 de noviembre. De izquierda a derecha: José Antonio Redondo (Galicia), Heliodoro Robleda (Navarra), Antonio Laguarta (Aragón), Arturo Canalda (Madrid), Javier Medina y Ramón Álvarez de Miranda (consejero y presidente, respectivamente, del Tribunal de Cuentas), Avelino Viejo (Asturias), Rafael Vicente (Valencia), José Luis Bilbao (País Vasco), Joan Rosselló (Baleares), Jaume Amat (Cataluña), Antonio M. López (Andalucía), Rafael Díaz (Canarias).
todas aquellas cuestiones de relevancia que puedan contribuir a mejorar el control externo del sector público. Para conseguir estos objetivos, la Asociación lleva a cabo principal-mente cuatro actividades:
• Editar la revista Auditoría Pública, como vehículo de comunicación, reflexión y expresión sobre el ámbito de actuación de los órganos de control y de difusión de la labor fis-calizadora, y convocar el premio periodístico Auditoría Pública.
• Elaborar el boletín de los OCEX, como elemento de comunicación de los miembros de la Asociación y de divulgación y proyección pública de sus tareas.
• Mantener un sitio web donde se puedan consultar todos los informes de fiscalización de los miembros de la Asociación, ayudando a hacer más visible la actividad fiscalizadora y contribuyendo a reforzar la transparencia del sector público.
• Organizar toda clase de actividades formativas conjuntas tales como cursos, semi-narios, jornadas o congresos.
El órgano supremo de gobierno de la Asociación es la Conferencia de Presidentes, inte-grada por los presidentes de los OCEX.
La Conferencia de Presidentes celebró cuatro reuniones a lo largo del año 2015 –los días 24 de marzo, 2 de junio, 17 de junio y 18 de noviembre–. El síndico mayor, Jaume Amat
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Reyero, asistió a las reuniones del 24 de marzo, en Madrid; del 17 de junio, en Oviedo, y del 18 de noviembre, en Madrid. 4.2.2. Revista Auditoría Pública
En el año 2015 la ASOCEX asumió la edición y publicación de la revista Auditoría Pública, financiada por sus miembros, para divulgar la labor de los órganos de control externo y fomentar el estudio y el conocimiento de la auditoría pública. La revista incluye artículos, entrevistas y casos prácticos relacionados con la fiscalización de los fondos públicos, a cargo de académicos y profesionales de la auditoría pública.
La revista mantiene la publicación de un número de ejemplares en papel y está disponible en formato electrónico en Internet, en la página web de la revista, www.auditoriapublica.com, y en el sitio web de la ASOCEX, www.informesocex.es. En 2015 se han publicado los números 65 y 66, que salieron en los meses de junio y noviembre, respectivamente. El número 65 de la revista incluye una colaboración de la ayudante de auditoría Emma Puerta Bonet, adscrita al Departamento Sectorial D de la Sindicatura, que firma el artículo titulado “Auditando la incertidumbre: hábitos y prácticas de los centros docentes públicos de Cataluña” (pág. 21-30). 4.2.3. Boletín de los OCEX
Con el objetivo de servir de vehículo de comunicación interno de los OCEX y también para proyectar su labor diaria al exterior, los miembros de la ASOCEX promovieron la publi-cación de un boletín bimensual que incluye información sobre las novedades en materia de auditoría, la actividad institucional y los últimos informes publicados por los OCEX. El primer número vio la luz en el mes de marzo de 2015, y durante este año se han publicado cuatro números más, en los meses de mayo, julio, septiembre y noviembre. El boletín incluye una entrevista o un artículo en profundidad sobre un tema de actualidad relacionado con el control externo, una recopilación de noticias sobre la actividad insti-tucional de los OCEX y una relación de los últimos informes de fiscalización emitidos por cada uno de ellos, con un enlace a los trabajos. El boletín de los OCEX se puede consultar en www.auditoriapublica.com, y también en la sede electrónica de la Sindicatura de Cuentas de Cataluña.
4.2.4. Repositorio de los informes de los OCEX
Otra de las actividades de la ASOCEX dirigida a dar mayor visibilidad a la labor de los órganos de control externo ha sido la creación, en 2015, de un sitio web donde se re-
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Una de las sesiones del seminario internacional sobre contratación pública, en San Petersburgo.
cogen todos los informes de fiscalización aprobados por los OCEX, que a fecha de hoy suman cerca de 6.000 trabajos realizados por los doce órganos autonómicos de control externo. La Sindicatura de Cuentas ha aportado casi 750 documentos.
4.3. ÓRGANOS ESTATUTARIOS
La Sindicatura de Cuentas, por razón de su actividad, mantiene relaciones periódicas con el Consejo de Garantías Estatutarias, el Síndico de Agravios y el Consejo del Audiovisual de Cataluña, todos ellos órganos creados por el Estatuto de autonomía y que dependen del Parlamento de Cataluña. En el año 2015 el síndico mayor participó en tres reuniones con los presidentes de dichos órganos, el 5 de febrero, el 30 de junio y el 5 de noviembre, en las que se abordaron asuntos de interés común relacionados con la actividad de las respectivas instituciones.
4.4. EURORAI
La Organización Europea de las Instituciones Regionales de Control Externo del Sector Público (EURORAI, en sus siglas en inglés) es una red de cooperación que reúne a un centenar de instituciones de control regionales o subestatales de alrededor de Europa, creada en 1992, siendo la Sindicatura de Cuentas de Cataluña miembro fundador. EURORAI promueve el intercambio de conocimiento y experiencias entre sus miembros mediante la organización de seminarios sobre temas de interés relacionados con la fis-calización de los fondos públicos. En 2015 el síndico mayor, Jaume Amat Reyero, asistió al seminario internacional “La auditoría de la contratación pública a nivel regional y local”, organizado por EURO-RAI en colaboración con la Cámara de Control y Cuentas de San Petersburgo, en la ciu-dad rusa el día 3 de junio. El síndico mayor participó tam-bién en el Foro Internacional de las Instituciones de Control Externo del Sector Público en el Palacio Nacional de Con-gresos de San Petersburgo.
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5. OTRAS ACTIVIDADES INSTITUCIONALES
A lo largo del año 2015, la Sindicatura ha participado en numerosos actos, conferencias, jornadas y seminarios, y ha recibido distintas visitas de carácter institucional: • El 21 de enero de 2015 la supervisora del Departamento Sectorial B, Montserrat Travé
Borza, y el auditor del Departamento Sectorial F, Albert Valero Tamayo, asistieron como ponentes a la tercera edición del Posgrado de Auditoría Pública en la Escuela de Administración Pública de Cataluña.
• El 17 de marzo el síndico Miquel Salazar Canalda asistió al acto de celebración de los 10 años de la Agencia Catalana del Consumo, en el Palacio Real de Pedralbes de Barcelona.
• El 23 de marzo la Sindicatura organizó una sesión práctica del Máster interuniversi-
tario en Gestión Pública, organizado por la Universidad de Barcelona, la Universidad Autónoma de Barcelona y la Universidad Pompeu Fabra y dirigido, entre otros, por el catedrático de Hacienda pública Antoni Castells Oliveres, quien fue consejero de Eco-nomía y síndico de la Sindicatura de Cuentas. El síndico mayor, Jaume Amat Reyero, el síndico Andreu Morillas Antolín y el director del Gabinete Técnico, Rafael Morales Rosales, impartieron la sesión formativa a los 31 alumnos del máster que visitaron la Sin-dicatura, acompañados del exconsejero Antoni Castells Oliveres.
• El síndico mayor, Jaume Amat Reyero, participó en la inauguración de la sexta Jornada
de Auditoría del Sector Público, titulada “La gestión del riesgo en el sector público”, el 16 de abril, en la sede del Colegio de Censores Jurados de Cuentas de Cataluña. La Jornada contó con la asistencia de los síndicos Joan-Ignasi Puigdollers Noblom, Maria Àngels Servat Pàmies, Emma Balseiro Carreiras y Miquel Salazar Canalda, y también de personal de auditoría y de la Asesoría Jurídica de la Sindicatura.
El síndico mayor, flanqueado por la interventora general de la Generalidad de Cataluña y por el presidente del Colegio de Censores Jurados de Cuentas de Cataluña, durante la inauguración de la sexta Jornada de Auditoría del Sector Público.
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• El 6 de mayo, el síndico mayor recibió en la sede de la Sindicatura de Cuentas a Wendel Regís Ramos, miembro del Tribunal de Cuentas del Estado de Bahía (Brasil).
• Los días 28, 29 y 30 de mayo, el síndico Andreu Morillas Antolín asistió a la XXXI reunión anual del Círculo de Economía, en Sitges, con el lema “Para consolidar la recuperación: dimensiones políticas, económicas y empresariales”.
• El VI Congreso Catalán de Contabilidad y Dirección, organizado por la Asociación Catalana de Contabilidad y Dirección (ACCID) y que tuvo lugar los días 28 y 29 de mayo en la Universitat Abat Oliba CEU de Barcelona, contó con la asistencia del síndico mayor, Jaume Amat Reyero, el síndico Joan-Ignasi Puigdollers Noblom, la síndica Emma Balseiro Carreiras y personal de auditoría de la Sindicatura. El síndico mayor entregó el I Premio Ferran Termes, que recayó en el jurista y exdecano del Colegio de Abogados de Barcelona Jaume Alonso Cuevillas. El Premio Ferran Termes, que recibe el nombre del que fue síndico mayor de la Sindicatura de Cuentas entre los años 1991 y 2001, es un galardón que distingue los trabajos de investigación y divulgación sobre la mejora de la transparencia y la eficiencia en la gestión pública.
Acto de entrega del I Premio Ferran Termes durante el VI Congreso Catalán de Contabilidad y Dirección.
• El 12 de junio el síndico mayor asistió al acto conmemorativo del 15 aniversario de la creación del Consejo del Audiovisual de Cataluña (CAC), en el Parlamento de Cataluña, presidido por Artur Mas y Núria de Gispert, presidentes de la Generalidad y del Parla-mento, respectivamente.
• Los días 18 y 19 de junio, síndicos y personal de la Sindicatura de Cuentas participaron en los Encuentros Técnicas y el Foro Tecnológico de los OCEX, organizados por la Sin-
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
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Miembros del Pleno de la Sindicatura delante de la estatua de Rafael Casanova, con motivo de la ofren-da floral de la Diada de Cataluña. De izquierda a derecha: Manel Rodríguez, Joan-Ignasi Puigdollers, Andreu Morillas, Jaume Amat, Jordi Pons y Miquel Salazar.
dicatura de Cuentas del Principado de Asturias en Oviedo. Estas jornadas se celebran cada dos años y están orientadas a fomentar el debate y el intercambio de cono-cimientos entre los profesionales de los órganos de control externo. La supervisora Beatriz Ortega Ortega, y la directora de la Asesoría Jurídica, Marta Junquera Bernal, presentaron una ponencia sobre la normativa universitaria, y la ayudante de auditoría Emma Puerta Bonet presentó otra sobre la problemática en la gestión económica de los centros docentes públicos no universitarios de Cataluña.
• El 15 de julio el síndico Miquel Salazar Canalda asistió a la jornada Evaluación Eco-nómica de Políticas Públicas, organizada por el Departamento de Economía y Cono-cimiento, en el Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada en Barcelona.
• El 7 de septiembre el síndico mayor asistió al acto de toma de posesión del fiscal jefe del Tribunal de Cuentas, Miguel Ángel Torres Morato, en Madrid, en la sede del Tribunal.
• Con motivo de la Diada Nacional de Cataluña, la Sindicatura de Cuentas participó en los actos institucionales convocados para conmemorar los hechos del Once de Sep-tiembre. El 9 de septiembre el síndico mayor, Jaume Amat Reyero, asistió a la entrega de la Medalla de Honor del Parlamento, en la cámara catalana, y también al acto
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
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convocado por la Generalidad de Cataluña en la plaza Sant Jaume de Barcelona. El día
11 el Pleno ofreció la ofrenda floral en el monumento de Rafael Casanova.
• El 15 de octubre el síndico mayor asistió al acto institucional para conmemorar el Día
Nacional en memoria de las víctimas de la Guerra Civil y la represión franquista, en el
Palacio de la Generalidad.
• La sesión constitutiva del Pleno de la XI legislatura, el 26 de octubre en el Parlamento de
Cataluña, contó con la asistencia del síndico mayor, Jaume Amat Reyero. En aquella
sesión el Parlamento eligió como presidenta de la cámara a Carme Forcadell Lluís, que
sustituyó en el cargo a Núria de Gispert Català.
• Los días del 4 al 6 de noviembre, la directora de la Asesoría Jurídica, Marta Junquera
Bernal, y la supervisora Beatriz Ortega Ortega impartieron una ponencia sobre respon-
sabilidad contable en las III Jornadas de Fiscalización y Control de las Universidades
Públicas, en la Universidad Miguel Hernández de Elche.
• El 30 de noviembre, el síndico mayor asistió a la conferencia “La criminalidad eco-
nómica y la integridad del sistema financiero”, a cargo de Juan Manuel Vega Serrano,
director del Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención de Blanqueo de Capitales e
Infracciones Monetarias, en el Círculo Financiero de La Caixa.
6. GESTIÓN DE LOS SERVICIOS DE SECRETARÍA GENERAL
La labor fiscalizadora de la Sindicatura de Cuentas es el resultado de la actividad de los
departamentos sectoriales, que tienen encomendada esta función. Su desarrollo con los
niveles de calidad inherentes a esta función requiere también, tanto respecto a la orga-
nización interna como a las relaciones externas, del apoyo de la Asesoría Jurídica y los
servicios administrativos. Por este motivo, en esta Memoria se comentan algunos de los
aspectos de funcionamiento de la Sindicatura de Cuentas que se consideran relevantes
para poder conocer cuál ha sido su gestión durante el año 2015.
6.1. DIRECCIÓN DE LA ASESORÍA JURÍDICA
Las tareas que la Asesoría Jurídica ha llevado a cabo durante 2015 de forma regular se
concretan en el apoyo jurídico a los órganos y departamentos de fiscalización de la
Sindicatura mediante la emisión de los correspondientes informes o notas –se han re-
suelto un total de ciento una consultas, entre verbales y escritas–, la instrucción de los
procedimientos de actuaciones previas a la exigencia de responsabilidad contable y la
participación en la Comisión Técnica y en la Mesa de Contratación de la Sindicatura.
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
36
6.1.1. Tramitación de actuaciones previas a la exigencia de responsabilidad
contable
Los letrados adscritos a la Asesoría Jurídica llevan a cabo la instrucción de las actuaciones
previas a la exigencia de responsabilidad contable. Estos procedimientos se tramitan en la
Sindicatura de Cuentas por delegación del Tribunal de Cuentas; no obstante, hay que
tener presente que la competencia jurisdiccional para la exigencia de responsabilidad
contable corresponde a dicho Tribunal. La función de los letrados designados por la
Comisión de Gobierno de la Sindicatura de Cuentas consiste en realizar la fase instructora
de estos procedimientos. Una vez que se concluye esta fase los procedimientos se envían
al Tribunal de Cuentas, donde se inicia el procedimiento jurisdiccional propiamente dicho,
que acaba con el correspondiente auto o sentencia.
En el año 2015 los letrados instructores de la Sindicatura han enviado al Tribunal de
Cuentas, una vez concluidos, dieciocho procedimientos de actuaciones previas a la exi-
gencia de responsabilidad contable.
6.1.2. Tramitación de escritos que informan de presuntas irregularidades
De forma periódica, en la Sindicatura de Cuentas se reciben escritos que informan de
presuntas irregularidades en distintos ámbitos del sector público. Durante el ejercicio 2015
se han recibido trece escritos de este tipo. Después de analizarlos, la Sindicatura de Cuen-
tas ha facilitado a los denunciantes la información pertinente en cada caso, y ha enviado la
información al departamento correspondiente de la Sindicatura, para que la tenga en
cuenta de cara a eventuales fiscalizaciones o trabajos sobre los hechos descritos.
6.2. DIRECCIÓN DE GOBIERNO INTERIOR
Dentro de este apartado de la Memoria se incluyen las actividades llevadas a cabo por las
diferentes áreas en las que se estructura la Dirección de Gobierno Interior: Área de Gestión
de Personal, Área de Contratación Administrativa y Régimen Interior y Área de Presu-
puestos y Contabilidad.
6.2.1. Área de Gestión de Personal
La información más relevante en materia de personal relativa a 2015 es la siguiente:
b) Plantilla de la Sindicatura de Cuentas
Durante el año 2015 la plantilla de personal ha aumentado en dos efectivos, por la
reincorporación de dos funcionarios que estaban en situación administrativa de servicios
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
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especiales y comisión de servicios, respectivamente. Así pues, la plantilla de la Sindicatura
de Cuentas de Cataluña a 31 de diciembre de 2015 tenía la siguiente estructura:
Plantilla 1.1.2015 31.12.2015
Personal funcionario
Grupo A, subgrupo A1
Auditores 30 31
Letrados 4 5
Técnicos superiores 4 4
Informáticos 2 2
Documentalistas 0 0
Grupo B, subgrupo A2
Técnicos ayudantes de auditoría 25 25
Correctores de estilo de grado medio 1 1
Técnicos de grado medio 5 5
Grupo C, subgrupo C1
Administrativos 15 15
Grupo D, subgrupo C2
Auxiliares administrativos 4 4
Conductores polivalentes 1 1
Agrupación profesional
Ujieres 2 2
Personal eventual
Jefe/a de comunicación 1 1
Total 94 96
La plantilla de la Sindicatura se ha reducido en cerca de un 10% en los últimos siete años.
Del año 2009 hasta el 2015, el personal al servicio de la Sindicatura ha disminuido en
nueve personas –cinco por jubilación y cuatro que se encuentran prestando servicios en
otras administraciones–, sin que se haya podido cubrir ninguna de estas plazas.
b) Procesos selectivos
De acuerdo con las medidas de austeridad implantadas durante el año 2015, no se ha
llevado a cabo ningún proceso selectivo.
c) Formación
El Plan de formación elaborado por la Comisión de Formación y aprobado por el Pleno de
la Sindicatura de Cuentas el 19 de enero de 2015 está diseñado en función de las nece-
sidades formativas de los diferentes colectivos que integran la plantilla de la Sindicatura.
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
38
Su objetivo es atender a los requisitos básicos de la formación continua, es decir, facilitar
el reciclaje y la actualización de los conocimientos técnicos necesarios para llevar a cabo
las funciones que el personal tiene encomendadas, y potenciar las habilidades requeridas
para lograr una mayor calidad en el cumplimiento de las tareas encomendadas.
Como complemento a la formación interna planificada dentro del Plan de formación del
ejercicio, a lo largo del año 2015 se han atendido todas aquellas solicitudes que a título
individual ha presentado el personal para asistir a actividades formativas organizadas por
otras instituciones. La Comisión de Formación ha velado para que, dentro de las nece-
sidades del servicio, se hayan atendido todas las peticiones, siempre que la formación
solicitada se inscribiese en alguna de las modalidades especificadas en el artículo 2 de los
estatutos de la Comisión de Formación.
El Plan de formación de la Sindicatura para el año 2015 generó un total de 3.207,5 horas
lectivas, de las que 2.818 horas correspondieron a formación interna y 389,5 horas a
formación externa.
6.2.2. Área de Contratación y Régimen Interior
Convenios
La Sindicatura ha seguido colaborando con varias instituciones con la acogida de alumnos
en prácticas para complementar su formación. Durante el año 2015 se han suscrito los
siguientes convenios:
• Convenio de cooperación educativa con la Fundació Universitat Pompeu Fabra en un
programa de prácticas académicas externas para acoger a cuatro estudiantes de dife-
rentes grados de la Universidad Pompeu Fabra y del Grado en Traducción e Inter-
pretación.
• Convenio con la Escuela de Administración Pública de Cataluña para la realización de
prácticas profesionales del Máster oficial en Gestión Pública.
En el ámbito de la fiscalización se han firmado los siguientes convenios:
• Convenio de colaboración con el Tribunal de Cuentas para la implementación de me-
didas de coordinación en el envío telemático de la información a la que se refiere el
artículo 218.3 del Texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales.
• Convenio de colaboración con el Tribunal de Cuentas para la coordinación del envío
telemático de las cuentas generales de las entidades locales.
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
39
• Firma del anexo del Convenio de colaboración con los órganos de control externo de
las comunidades autónomas para contribuir a la edición de la revista Auditoría Pú-
blica, a la convocatoria del premio periodístico Auditoría Pública, y a la organización
de actividades formativas.
Contratación administrativa
En el año 2015 desde el Área de Contratación y Régimen Interior de la Sindicatura de
Cuentas de Cataluña se tramitaron los siguientes contratos:
• A instancias de la Dirección de Servicios Informáticos, se inició un procedimiento res-
tringido para el mantenimiento de la web, intranet y programación en lenguaje Java y
.Net.
• A instancias de los Servicios Documentales de la Sindicatura, se inició un procedimiento
negociado sin publicidad ya que la prórroga del contrato del servicio de traducción del
catalán al castellano de informes de fiscalización, memorias y otros documentos simi-
lares agotaba su vigencia.
En cuanto a los servicios propios de la Sindicatura de Cuentas de Cataluña y otros servi-
cios indirectamente relacionados, se licitaron y adjudicaron los siguientes contratos:
• Tres procedimientos negociados sin publicidad para los servicios básicos de mante-
nimiento, limpieza y suministro de energía eléctrica.
• Diferentes pólizas de seguros para cubrir determinados riesgos relacionados con los
equipos, las instalaciones y las personas que prestan servicios a la institución.
Actuaciones de régimen interior
Las actuaciones llevadas a cabo en el ámbito del régimen interior de la Sindicatura de
Cuentas de Cataluña estuvieron dirigidas principalmente a la coordinación con la pro-
piedad del edificio donde la Sindicatura tiene su sede para llevar a cabo las tareas propias
de mantenimiento del edificio y, en concreto, ciertas actuaciones de mejora en las zonas
comunes de la segunda planta.
También se hicieron tareas de revisión y actualización del inventario de bienes de la Sin-
dicatura y se tomaron medidas para el ahorro de los consumibles derivados del uso de las
impresoras mediante la sustitución de estas por equipos multifunción.
Durante el ejercicio 2015 se han registrado de entrada y salida en el Registro General de la
Sindicatura de Cuentas un total de 15.236 documentos: 2.409 en soporte papel y 12.827
por vía telemática (EACAT).
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
40
6.2.3. Área de Presupuestos y Contabilidad
El Área de Presupuestos y Contabilidad gestionó durante el ejercicio 2015 el presupuesto
de la Sindicatura de Cuentas de Cataluña, de 11.121.602,05 €, con el detalle que consta
en el apartado 7 de esta Memoria.
6.3. DIRECCIÓN DE SERVICIOS DOCUMENTALES
En este apartado de la Memoria de la Sindicatura se incluyen las actividades llevadas a cabo
por las diferentes áreas en las que se estructura la Dirección de Servicios Documentales.
6.3.1. Área de Ediciones y Publicaciones
La edición de los informes exclusivamente en formato digital coincidió con cambios en los
procedimientos para realizar su depósito legal, a raíz de la aprobación del Real decreto
635/2015, de 10 de julio, por el que se regula el depósito legal de las publicaciones en
línea. La Sindicatura de Cuentas fue una de las entidades invitadas a realizar pruebas con
el nuevo portal del Servicio de Depósito Legal de la Biblioteca de Cataluña para el depó-
sito de documentos electrónicos.
6.3.2. Área de Documentación
La biblioteca de la Sindicatura de Cuentas de Cataluña es un centro documental espe-
cializado en las materias de contabilidad, auditoría y finanzas públicas. El catálogo de la
biblioteca está automatizado a través del programa informático Biblio 3000, y la consulta
solo se puede hacer desde la intranet de la Sindicatura.
6.3.3. Área de Servicios Lingüísticos
El Área de Servicios Lingüísticos de la Sindicatura de Cuentas tiene como función principal
el control de la calidad lingüística de todos los documentos de la institución. Para conse-
guir que los documentos sean lingüísticamente correctos, el Área de Servicios Lingüísticos,
además de revisar los textos emitidos por cualquier departamento de la Sindicatura,
también asesora lingüísticamente al personal y elabora propuestas de adecuación lingüís-
tica y formal de los textos a las normas gramaticales, al estilo de redacción y a los criterios
formales de la propia Sindicatura.
6.4. DIRECCIÓN DE SERVICIOS INFORMÁTICOS
Los Servicios Informáticos de la Sindicatura de Cuentas de Cataluña llevan a cabo varias
actividades en el ámbito de la planificación, elaboración y gestión de los servicios infor-
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
41
máticos, que incluye los proyectos informáticos, las aplicaciones y todo tipo de recursos
informáticos de la Sindicatura.
En el ejercicio 2015, en el marco del Plan director de tecnologías de la información de la
Sindicatura de Cuentas de Cataluña, se desarrollaron las siguientes actividades:
Apoyo a la gestión de proyectos
Se actualizó el Team Mate, gestor de proyectos de auditoría corporativo, con una sesión
para el personal de fiscalización, para hacer divulgación de la nueva versión.
Web institucional
Transparencia y protección de datos
En ejercicio de la publicidad activa que las instituciones públicas están obligadas a hacer
por ley, la Sindicatura incorporó en su web un nuevo apartado de transparencia donde se
puede consultar la información relativa a la organización, la gestión económica, la con-
tratación, la actividad fiscalizadora y los trámites administrativos que se pueden hacer por
vía telemática.
En la página web se añadieron las notas resumen de los informes en tres idiomas –catalán,
castellano e inglés– y las cuentas anuales del ente fiscalizado en el caso de los informes
de regularidad.
Datos de la web
Según los datos de los que dispone la Sindicatura de Cuentas, la página web institucional
registró un total de 40.144 sesiones de cerca de 25.000 usuarios a lo largo del año 2015.
Envío telemático de datos
Se diseñó una herramienta para que los interventores de los entes locales puedan enviar
telemáticamente la información relativa a los acuerdos y las resoluciones adoptados en
contra de sus reparos, sobre las anomalías detectadas en materia de ingresos y sobre los
acuerdos adoptados con omisión del trámite de fiscalización previa.
Se pusieron en marcha los envíos del servicio eTram de la AOC (Administración Abierta de
Cataluña) para que los ciudadanos puedan ejercer los derechos ARCO que garantiza la
Ley de protección de datos y el derecho de acceso a la información de la Ley de la
transparencia.
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
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7. LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO
La Liquidación del presupuesto de la Sindicatura de Cuentas del ejercicio 2015 se
presenta a continuación de forma resumida. Su detalle se puede consultar en la Cuenta de
la Sindicatura de Cuentas, que se entrega al Parlamento como anexo de esta Memoria.
Créditos autorizados y modificaciones del presupuesto de gastos
Concepto Importe
Importe inicial del presupuesto para 2015 11.121.602,05
Incrementos por incorporación de remanentes del presupuesto de 2014 940.128,05
Importe definitivo del presupuesto para 2015 12.061.730,10
Importes en euros.
Liquidación del estado de gastos
Concepto Importe
Obligaciones reconocidas 9.024.990,25
Remanente del presupuesto de gastos del ejercicio 2015 2.096.611,80
Importes en euros.
Realización de las obligaciones reconocidas
Concepto Importe
Pagos líquidos 8.898.959,09
Pendiente de pago 126.031,16
Importes en euros.
Por otro lado, la clasificación económica del presupuesto de gastos para 2015 es la
siguiente:
Clasificación económica del presupuesto de gastos
Capítulo
Créditos
iniciales
Créditos
definitivos
(sin IR *)
Obligaciones
reconocidas
Presupuesto
disponible
(sin IR *)
Capítulo 1 7.324.430,58 7.324.430,58 6.790.388,91 534.041,67
Capítulo 2 2.117.229,47 2.594.001,17 2.123.177,46 470.823,71
Capítulo 4 10.000,00 28.000,00 18.000,00 10.000,00
Capítulo 6 1.638.742,00 1.143.970,30 84.823,88 1.059.146,42
Capítulo 8 31.200,00 31.200,00 8.600,00 22.600,00
Total presupuesto 2015 11.121.602,05 11.121.602,05 9.024.990,25 2.096.611,80
Importes en euros.
* IR: Incorporación de remanentes.
De acuerdo con el artículo 54.2 de la Ley 18/2010, de la Sindicatura de Cuentas, se hace
constar que el Interventor de la Sindicatura de Cuentas de Cataluña no emitió ninguna
objeción por escrito durante este ejercicio.
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
43
8. ANEXO: NOTAS RESUMEN DE LOS INFORMES APROBADOS EN EL AÑO
2015
Se reproducen a continuación las notas resumen de todos los informes aprobados por el
Pleno de la Sindicatura durante el año 2015. Las notas resumen tienen efectos meramente
informativos.
Informe 1/2015, relativo al Departamento de Enseñanza, Instituto Abierto de
Cataluña, ejercicio 2011
Barcelona, 18 de marzo de 2015
La Sindicatura de Cuentas de Cataluña, en cumplimiento de su Programa anual de
actividades, emite este informe de fiscalización del Instituto Abierto de Cataluña
(IOC), ejercicio 2011.
El informe fue aprobado por el Pleno de la Sindicatura en la sesión del 10 de febrero
de 2015, siendo ponente el síndico Jordi Pons Novell.
Este informe tiene su origen en el informe de fiscalización 25/2014 de la Sindicatura
de Cuentas, relativo al Departamento de Enseñanza, gestión económica de los cen-
tros docentes públicos, ejercicio 2011. Se consideró oportuno hacer un informe espe-
cífico del IOC por sus especificidades organizativas, las actividades que presta y el
volumen de recursos que gestiona.
El IOC es un centro docente público no presencial que imparte enseñanzas de gra-
duado en educación secundaria, ciclos formativos de grado medio y grado superior,
bachillerato, cursos para el acceso a los ciclos formativos de grado superior e idio-
mas, y también hace la preparación para las pruebas de acceso a la universidad y
algunos cursos de formación no reglada.
El modelo de organización docente del IOC incluye profesores propios y profesores
colaboradores. Las retribuciones de los profesores propios las abona el Depar-
tamento de Enseñanza y no forman parte del presupuesto del IOC.
En el curso 2011-2012 el IOC tenía 35.877 alumnos, 115 profesores propios, 451 pro-
fesores colaboradores y 11 personas de administración y servicios. Las obligaciones
reconocidas por el IOC en el ejercicio 2011 fueron de 3,07 M€.
En el apartado 3.1 del informe se resumen las principales observaciones que se des-
prenden del trabajo realizado, de las que se destacan las siguientes:
La Ley de educación (LEC) encomienda a la Administración educativa la orga-
nización de las enseñanzas en la modalidad de educación no presencial mediante
un centro singular, y la creación y regulación de un registro en el que consten los
datos de los alumnos que se acogen a la modalidad de educación no presencial
en enseñanzas de educación básica. También establece un plazo de tres años,
que finalizaba el 17 de julio de 2012, para crear y regular el centro no presencial.
Esta regulación no ha sido aprobada a la fecha de finalización del trabajo de
campo de esta fiscalización (noviembre de 2014).
El IOC no utiliza el software SAGA (Sistema de administración y gestión académi-
ca), creado por el Departamento de Enseñanza para la gestión de los centros do-
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
44
centes, sino que utiliza programas específicos y un programa de contabilidad fi-
nanciera para la gestión económica, lo que dificulta la gestión presupuestaria del
centro.
Todos los puestos docentes del IOC se proveen mediante adjudicaciones provi-
sionales con la concesión de comisiones de servicios que se renuevan anual-
mente. De acuerdo con la normativa, las comisiones de servicios pueden tener una
duración máxima de dos años. Una vez finalizado este período se debe convocar
la provisión del puesto. No se ha obtenido información sobre el tiempo que los
profesores del IOC llevan en comisión de servicios.
La jornada del profesorado propio del IOC en el curso 2011-2012 era de veinti-
cinco horas en vez de las treinta que establecía la normativa. Además, las normas
de organización y funcionamiento del IOC y el Reglamento de régimen interior
establecían un régimen de teletrabajo y determinadas compensaciones horarias
que no se ajustaban a la normativa vigente en materia de profesorado del Depar-
tamento de Enseñanza.
No existe una normativa aprobada por el Departamento de Enseñanza sobre la
contratación de profesorado colaborador que incluya el número de profesores
colaboradores que deben contratarse, los criterios de selección, el sistema retri-
butivo y los aspectos que debe recoger el contrato.
En el apartado 3.2 del informe la Sindicatura formula un conjunto de recomendaciones
al Departamento de Enseñanza y al IOC, de las que se destacan las siguientes:
Es preciso que, lo antes posible, el Gobierno apruebe la normativa reguladora del
centro singular de educación no presencial previsto en la LEC, que incluya las
competencias de sus órganos de dirección y su régimen de autonomía de gestión.
Sería conveniente revisar las situaciones administrativas de los profesores del IOC
y corregir las situaciones que no se ajusten a la normativa.
Sería conveniente hacer un análisis de la capacidad docente, la dedicación y los
cometidos encomendados a los profesores propios del IOC y establecer un marco
regulador de sus condiciones de trabajo que recoja las especificidades propias
del centro no presencial.
Es necesario regular la figura del profesor colaborador: incluir la forma de determi-
nar su número, la forma de selección (que debe cumplir los principios de publi-
cidad, concurrencia, mérito y capacidad), el sistema retributivo y la duración de las
colaboraciones. Además, hay que garantizar el cumplimiento de la normativa so-
bre incompatibilidades.
Informe 2/2015, relativo a la Memoria de las cuentas generales de los muni-
cipios, ejercicio 2012
Barcelona, 22 de abril de 2015
La Sindicatura de Cuentas de Cataluña, en cumplimiento de su Programa anual de
actividades, emite el informe sobre la Memoria como integrante de la Cuenta general
de los ayuntamientos correspondiente al ejercicio 2012.
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
45
El informe fue aprobado por el Pleno de la Sindicatura en la sesión del día 10 de
marzo de 2015, siendo ponente el síndico Joan-Ignasi Puigdollers.
El objeto del trabajo ha sido el de analizar las memorias a fin de detectar las áreas
débiles, insuficientes o incompletas, o las carencias que se producen en su elabo-
ración. El resultado ha permitido ofrecer algunas recomendaciones para mejorar su
elaboración.
El trabajo se ha realizado sobre una muestra de 189 municipios de los 920 munici-
pios que habían entregado su Cuenta general del ejercicio 2012 a fecha 1 de abril de
2014.
En el apartado 3.1 del informe se resumen las principales observaciones que se des-
prenden del trabajo realizado, de las que se destacan las siguientes:
La mayoría de las memorias no consiguen el objetivo de completar, comentar y
ayudar a comprender el resto de las cuentas y estados que configuran la Cuenta
general de las corporaciones locales, a causa de incumplimientos formales o de
contenido o por la introducción de factores con falta de fiabilidad que pueden
inducir a confusión.
Las memorias que elaboran algunas corporaciones locales presentan formatos y
estructuras no adecuados.
Las aplicaciones informáticas que las corporaciones locales utilizan para llevar la
contabilidad del ente generan párrafos estándar para la configuración de algunos
de los apartados de la Memoria que el gestor debe rellenar con una información
mínima que le pide la aplicación. Esta información muchas veces es incompleta.
La forma en que se obliga a enviar la Memoria –mediante dos archivos en formato
xml independientes–, si bien facilita el tratamiento y la explotación de la informa-
ción, en algunas ocasiones hace que esta información no se corresponda fiel-
mente con la de la Memoria realmente aprobada por el Pleno de la corporación.
Puesto que el objetivo prioritario de la Memoria es proporcionar la información nece-
saria para, junto con el resto de las cuentas y estados, reflejar la imagen fiel del ente,
en el apartado 3.2 del informe la Sindicatura formula un conjunto de recomenda-
ciones, de las cuales se destacan las siguientes:
Es preciso que la aplicación que se utilice para confeccionar la contabilidad local
sea capaz de generar todas las cuentas y estados integrados en la Memoria. En este
sentido se recomienda a los usuarios que se encarguen de que los programadores
desarrollen las aplicaciones para que así sea y también de que las actualizaciones
del programa sean aplicadas en las versiones utilizadas por el ente local.
Se recomienda que la Memoria respete un formato mínimo de publicación, que se
incluya un índice informativo de los contenidos, que haya uniformidad en la expo-
sición y jerarquización en los apartados expositivos y que se siga el orden de
presentación y la estructura que establece la ICAL (Instrucción de contabilidad
para la Administración local), para evitar así la simple edición de una serie de
cuentas y estados sin dar otra información.
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
46
Es preciso que se respeten los esquemas establecidos en la normativa para el archi-
vo que generan las diferentes aplicaciones, de forma que se hagan constar todos
los apartados preceptivos independientemente de que exista información o no.
En caso de que no se haya producido ningún movimiento en el transcurso del
ejercicio de aquellos conceptos contables para los cuales habría que incluir infor-
mación, hay que hacer constar en la Memoria los saldos inicial y final con mo-
vimiento nulo de las cuentas afectadas. De este modo se pondría de manifiesto de
forma expresa la inexistencia de movimientos del hecho objeto de información.
Sería preciso que la normativa concretara los criterios que deben condicionar la
inclusión en la Memoria de determinada información y no dejar únicamente a
criterio de la corporación local la consideración de que algunos importes sean
significativos o no. Así, todas las entidades locales aplicarían criterios uniformes y
equivalentes.
Mientras la normativa no establezca criterios comunes para todas las corpo-
raciones locales para la inclusión de determinada información en la Memoria, cada
corporación debería indicar cuáles son los criterios que utiliza.
Informe 3/2015, relativo al Consorcio Escuela Industrial de Barcelona, ejer-
cicio 2013
Barcelona, 13 de mayo de 2015
La Sindicatura de Cuentas de Cataluña ha emitido el informe de fiscalización 3/2015,
relativo al Consorcio Escuela Industrial de Barcelona (CEIB), ejercicio 2013, en cum-
plimiento de su Programa anual de actividades.
El informe, presentado por el síndico Jordi Pons Novell como ponente, fue aprobado
por el Pleno de la Sindicatura en la sesión del 26 de marzo de 2015.
El trabajo realizado ha incluido la fiscalización de la Liquidación presupuestaria del
ejercicio 2013 y la revisión del cumplimiento de la legislación aplicable en los ámbitos
contable, presupuestario, de contratación y de retribuciones del personal.
El CEIB es titular de la Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica Industrial de Bar-
celona (EUETIB) y está integrado por la Generalidad de Cataluña, la Diputación de
Barcelona y la Universidad Politécnica de Cataluña (UPC).
Los edificios e instalaciones que ocupa la EUETIB en el recinto de la Escuela Indus-
trial de Barcelona son propiedad de la Diputación y están cedidos en uso al CEIB. Se
prevé que el Consorcio se traslade al Campus Diagonal-Besòs en el año 2015.
La liquidación del presupuesto de 2013 presenta derechos liquidados por 17,07 M€ y
obligaciones reconocidas por 13,07 M€. Los ingresos provienen, principalmente, de
la aportación de la Generalidad de Cataluña, de los ingresos de matrícula de los
estudiantes y de la aportación de la Diputación de Barcelona. Los gastos corres-
ponden, principalmente, a personal, a la aportación por inversiones en el Campus
Diagonal-Besòs y a bienes corrientes y servicios.
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
47
En el apartado de conclusiones del informe se resumen las principales observa-
ciones que se desprenden del trabajo realizado, de las que se destacan las
siguientes:
El CEIB se constituyó con la finalidad última de integrar la EUETIB en la UPC, pero
a 31 de diciembre de 2014 todavía no se había hecho. La EUETIB sigue siendo
una escuela adscrita a la UPC, aunque, de hecho, funciona como una escuela
propia de la UPC.
El CEIB es considerado una entidad participada de forma no mayoritaria por la
Generalidad. Eso hace que no se le apliquen determinadas medidas establecidas
por la Generalidad, especialmente en materia de empleo público, que son
aplicables tanto a la Generalidad como a las universidades públicas. Teniendo en
cuenta que en el CEIB prestan servicios funcionarios de la UPC, funcionarios de la
Diputación de Barcelona y personal contratado por el CEIB, se da la circunstancia
de que en una misma organización hay personas que desempeñan labores
equivalentes pero que tienen condiciones laborales diferentes, hecho que puede
dificultar la gestión. En opinión de la Sindicatura, en el CEIB concurren un conjunto
de aspectos que hacen que se pueda considerar un consorcio del sector público
de la Generalidad.
Por otro lado, a 31 de diciembre de 2014 el CEIB no había adaptado sus estatutos
de acuerdo con lo establecido por la disposición transitoria sexta de la Ley
27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Adminis-
tración local (LRSAL), y a partir del 1 de enero de 2015 quedará, en principio,
adscrito a la Generalidad.
El profesorado de la UPC que imparte docencia en la EUETIB, de acuerdo con los
Estatutos del CEIB, debería formar parte de la plantilla del CEIB y, por lo tanto,
debería ser el propio CEIB quien le abonara las retribuciones directamente. El
personal de administración y servicios (PAS) de la UPC adscrito al CEIB, de
acuerdo con los Estatutos del CEIB, forma parte de su plantilla y, por lo tanto,
debería abonarle las retribuciones directamente.
El CEIB ha registrado una aportación a la Fundació b_TEC para la financiación de las
obras del Campus Diagonal-Besòs como transferencia corriente en el capítulo 4 del
presupuesto de 2013. Del trabajo realizado se desprende que esta obligación es
una transferencia de capital que debería haberse registrado con cargo al capítulo 7
del presupuesto de 2014, ya que la aprobación del gasto no se hizo hasta ese
ejercicio. En consecuencia, las obligaciones reconocidas del presupuesto de gastos
del ejercicio 2013 están sobrevaloradas y el remanente de tesorería a 31 de diciem-
bre de 2013 está infravalorado en 1,49 M€.
En el apartado de conclusiones del informe se hacen varias recomendaciones que,
desde el punto de vista de la Sindicatura, contribuirían a mejorar la gestión del CEIB
y a corregir algunos de los aspectos indicados en el apartado de observaciones. De
estas se destaca la siguiente:
Habría que impulsar la integración definitiva de la EUETIB en la UPC para cumplir
la finalidad para la cual se constituyó el CEIB. Mientras no se haga la integración,
el CEIB debe adaptar sus estatutos y tomar las medidas necesarias para cumplir lo
dispuesto por la LRSAL.
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
48
Informe 4/2015, relativo al Servicio de Empleo de Cataluña, Resolución 637/IX
del Parlamento
Barcelona, 3 de junio de 2015
La Sindicatura de Cuentas de Cataluña ha emitido el informe de fiscalización 4/2015,
relativo al Servicio de Empleo de Cataluña (SOC), de acuerdo con su Programa anual
de actividades y en cumplimiento de la Resolución 637/IX del Parlamento de
Cataluña, de encargo al órgano de control externo de elaboración de un informe de
fiscalización de las subvenciones concedidas por el SOC en los ejercicios 2009 y
2010.
El informe, presentado por el síndico Miquel Salazar como ponente, fue aprobado por
el Pleno de la Sindicatura en la sesión del 26 de marzo de 2015.
El alcance material del encargo ha consistido en el análisis de la gestión económico-
financiera de las subvenciones para valorar si se ha llevado a cabo de acuerdo con
la normativa de aplicación. Eso ha supuesto el análisis del cumplimiento y mante-
nimiento de los requisitos y condiciones exigidas a los beneficiarios para la con-
cesión, de la compatibilidad de las ayudas con otras posibles subvenciones con-
cedidas con la misma finalidad, de la correcta contabilización de los pagos y de la
revisión de la justificación de los gastos correspondientes.
El SOC es un organismo autónomo con personalidad jurídica propia, adscrito al
Departamento de Empresa y Empleo, que tiene encomendada por ley la gestión de
las políticas activas de empleo.
El SOC es el responsable en Cataluña de la gestión y ejecución de los recursos del
Fondo Social Europeo (FSE) y cuenta con el Departamento de Empresa y Empleo
como organismo colaborador.
El programa operativo del FSE de la comunidad autónoma de Cataluña (2007-2013),
presentado por España y aprobado por la Unión Europea, designa al SOC organismo
intermedio del programa encargado de ejecutar determinadas actividades dentro de
las funciones que corresponden a la autoridad de gestión, papel atribuido por los
responsables europeos a la Administración General del Estado.
El presupuesto de gastos del organismo fiscalizado fue de 766,57 M€ en 2009 y de
835,32 M€ en 2010. En 2009 la plantilla estaba constituida por 1.467 personas y en
2010, por 1.404.
En el apartado 3 del informe se resumen las principales observaciones y recomen-
daciones resultantes del trabajo realizado, de las cuales se destacan las siguientes:
El SOC dispone de varios sistemas de información pero no de una base de datos
íntegra de las subvenciones gestionadas, hecho que no permite conocer de forma
puntual e inmediata las subvenciones concedidas en un determinado ejercicio y
tampoco hacer el seguimiento de su tramitación.
Se ha constatado la complejidad normativa de las convocatorias de las subven-
ciones para acogerse a los programas de formación. Esta complejidad, que afecta
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
49
tanto a las normas del mismo departamento como a disposiciones de rango su-
perior, repercute en primera instancia en los gestores del SOC, pero también en
los aspirantes a la subvención, en los beneficiarios y, fundamentalmente, en los
usuarios de este servicio.
La documentación que consta en los expedientes en muchos aspectos no acredita
de forma fehaciente que los beneficiarios cumplan los requisitos. Tampoco pone
de manifiesto las tareas de control y verificación efectuadas por los gestores, ya
que estas no quedan debidamente documentadas. Además, los documentos
soporte de las revisiones no están estandarizados.
El SOC hace visitas in situ para verificar que los beneficiarios cumplen las obli-
gaciones, pero no elabora un plan de visitas previo donde se explicite la población
a revisar, los criterios de selección de la muestra y el alcance de las revisiones.
Las incidencias detectadas respecto a los criterios de valoración y su motivación
en los informes de valoración se refieren al establecimiento de subcriterios de
valoración que no están previstos ni en las bases ni en las convocatorias, y a la
falta de motivación o insuficiente motivación de las puntuaciones concedidas en
los informes de valoración.
La Sindicatura entiende que el SOC debe iniciar un procedimiento de reintegro en
aquellos supuestos en los que, de acuerdo con la normativa aplicable, el gasto no
está justificado o bien cuando la justificación es insuficiente, y, en general, en
todos los casos en los que así lo prevé la ley, teniendo en cuenta que el período de
prescripción para ejercer este derecho es de cinco años a contar desde la fecha
límite prevista para su justificación.
A resultas de la fiscalización efectuada, la Sindicatura considera que el SOC de-
bería replantearse si los sistemas tradicionalmente establecidos de prestación de
los programas mediante convocatoria de líneas de subvención son los más
adecuados para cumplir sus objetivos.
Informe 5/2015, relativo a la Cuenta general de las corporaciones locales,
ejercicio 2013
Barcelona, 10 de junio de 2015
La Sindicatura de Cuentas de Cataluña, en cumplimiento de su Programa anual de
actividades, ha emitido el informe 5/2015, sobre la Cuenta general de las corpo-
raciones locales relativa al ejercicio 2013, que, según la ley, tiene el objetivo de
constatar que los entes locales rinden sus cuentas generales de acuerdo con la
normativa correspondiente.
El informe, presentado por el síndico Joan-Ignasi Puigdollers como ponente, fue
aprobado por el Pleno de la Sindicatura en la sesión del día 21 de abril de 2015.
El trabajo tiene por objeto verificar que las cuentas generales enviadas se ajustan a la
normativa en cuanto a entes integrantes y cuentas que las forman, que las cuentas
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
50
enviadas están debidamente aprobadas y que han sido enviadas a la Sindicatura de
Cuentas dentro del plazo previsto, así como verificar la formulación de las cuentas y
los estados anuales con la revisión y validación de los datos contables entregados.
Las observaciones más relevantes que se desprenden del trabajo efectuado, reco-
gidas en el apartado de conclusiones del informe, se resumen a continuación:
El grado de presentación de la Cuenta general hasta el 15 de octubre de 2014, por
tipo de ente local, ha sido el siguiente:
Tipo de ente
Número
de entes
Entregada hasta 15.10.14 Rendida completa hasta 15.10.14
Número % Número %
Diputaciones 4 4 100 4 100
Consejos comarcales 41 37 90 33 80
Entidades metropolitanas 1 1 100 1 100
Mancomunidades 76 33 43 30 39
Ayuntamientos 947 770 81 680 72
Entidades municipales
descentralizadas 63 40 63 39 62
Totales 1.132 885 78 787 70
De un total de 885 entes locales que han entregado la Cuenta general a la Sindica-
tura antes del 15 de octubre de 2014, 787 cumplen todos los requisitos exigidos
por la ley para que las cuentas se consideren debidamente rendidas.
Los resultados obtenidos mejoran respecto a los obtenidos para el ejercicio 2012
para todos los grupos de entes locales.
En términos generales, el nivel de cumplimiento normativo del contenido de las
cuentas de las entidades que han enviado la Cuenta general es deseablemente
mejorable. Un total de 98 cuentas generales de las 885 entregadas a la Sindicatura
eran incompletas.
Se siguen incumpliendo los plazos legales establecidos tanto para la aprobación
como para la rendición de la Cuenta general a la Sindicatura. El período medio en-
tre la aprobación definitiva de la Cuenta general y su envío a la Sindicatura se ha
acortado en seis días respecto al del año anterior y se ha situado en treinta y tres
días.
En el apartado 2.2 del informe la Sindicatura formula un conjunto de recomenda-
ciones para mejorar el contenido de las cuentas que deben presentarse y los resul-
tados de la rendición. Se destacan las siguientes:
Los entes locales, siempre en función de sus posibilidades, deberían potenciar el
área de gestión económico-financiera, la de administración y contabilidad y la uni-
dad responsable de control interno de la entidad, para conseguir el cumplimiento
estricto de la legislación vigente y alcanzar la plena responsabilización en materia
económica, financiera y patrimonial.
El Pleno de la corporación debería incluir en el acuerdo aprobatorio de la Cuenta
general una referencia expresa a enviarla a la Sindicatura en el plazo más breve
posible.
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
51
Los entes locales deberían iniciar los trámites de disolución de sus entes depen-
dientes que no hayan tenido ninguna actividad en los últimos ejercicios ni tengan
ninguna previsión de que en un futuro la reiniciarán. Los entes locales que formen
parte de mancomunidades que manifiestamente incumplen año tras año la obli-
gación de rendir cuentas porque la función o la prestación del servicio para la cual
fueron creadas ha acabado o no se está llevando a cabo, deberían disolver estas
mancomunidades.
Los entes locales supramunicipales y la Administración de la Generalidad deben
facilitar la asistencia que por mandato legal deben prestar a los entes locales que
la requieran. La Generalidad debería establecer los criterios de coordinación de
esa asistencia.
En cuanto a la regulación del ámbito objetivo de la Cuenta general, se propone
que se reduzca la información complementaria, porque se considera excesiva y,
en cambio, que se incorpore determinada información, como sería un estado con-
ciliatorio entre el resultado presupuestario y el resultado económico-patrimonial.
La Generalidad de Cataluña debería establecer un procedimiento unificado para el
envío y depósito de la información económico-financiera que prevé la normativa de
los entes del sector público local.
Informe 6/2015, relativo a la Autoridad Catalana de Protección de Datos, ejer-
cicio 2013
Barcelona, 10 de junio de 2015
La Sindicatura de Cuentas ha emitido el informe de fiscalización 6/2015, relativo a la
Autoridad Catalana de Protección de Datos, ejercicio 2013, en cumplimiento de su
Programa anual de actividades.
El informe, presentado por el síndico mayor, Jaume Amat, como ponente, fue apro-
bado por el Pleno de la Sindicatura en la sesión del 21 de abril de 2015.
El trabajo realizado incluye la revisión de las cuentas anuales y la comprobación de
que la actividad de la Autoridad Catalana de Protección de Datos (APDCat) se ha de-
sarrollado de acuerdo con la normativa que le es de aplicación.
Las cuentas anuales fiscalizadas han sido aprobadas y enviadas por los órganos
competentes en el plazo establecido, y de acuerdo con la normativa aplicable.
La APDCat es una entidad de derecho público, regulada por la Ley 32/2010 y reco-
nocida por el Estatuto de autonomía de 2006, que se relaciona con el Gobierno me-
diante el Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales. Sus funciones
principales son velar por el cumplimiento de la legislación vigente sobre protección
de datos de carácter personal, resolver reclamaciones de tutela, gestionar el Registro
de Protección de Datos y ejercer la potestad de inspección y la potestad sanciona-
dora en materia de protección de datos.
Durante el ejercicio 2013 la Asesoría Jurídica de la APDCat ha resuelto 256 actua-
ciones, ha elaborado 37 informes sobre proyectos de disposiciones, ha dado res-
puesta a 487 consultas y ha incoado 73 procedimientos sancionadores.
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
52
La APDCat contaba con una plantilla de 36 personas, y su presupuesto definitivo era
de 2,9 M€.
En el apartado de conclusiones se pone de manifiesto que las cuentas anuales
expresan en todos los aspectos significativos la imagen fiel del patrimonio y de la
situación financiera de la APDCat a 31 de diciembre de 2013, y también los resulta-
dos y la liquidación del presupuesto del ejercicio finalizado en aquella fecha.
El informe incluye una serie de observaciones sobre aspectos que la entidad debería
corregir. Son las que se resumen a continuación:
A la fecha de realización de este informe el Gobierno no había aprobado los Esta-
tutos de la APDCat tal y como establece la Ley 32/2010.
En la presentación de las cuentas anuales faltan algunos documentos requeridos
por la normativa.
Ciertos conceptos como, por ejemplo, el efectivo en la cuenta de tesorería, la pe-
riodificación de las pagas extraordinarias y determinados ingresos de gestión
están contabilizados de forma errónea.
Las modificaciones de crédito no se han realizado en la gestión del presupuesto y
algunos conceptos, como pueden ser los anticipos al personal, no están reflejados
en la partida presupuestaria correspondiente.
Hay dos facturas del mismo acreedor que deberían haber sido tramitadas por el
procedimiento negociado de acuerdo con la normativa de contratación.
La Sindicatura recomienda a la APDCat que contabilice las operaciones del ejercicio
de acuerdo con su naturaleza en las cuentas financieras y presupuestarias ade-
cuadas y que haga las modificaciones presupuestarias necesarias para que el pre-
supuesto refleje adecuadamente los créditos.
Informe 7/2015, relativo al Consorcio Mar Parque de Salud de Barcelona, ejer-
cicio 2011
Barcelona, 10 de junio de 2015
La Sindicatura de Cuentas de Cataluña ha emitido el informe de fiscalización relativo
al Consorcio Mar Parque de Salud de Barcelona (CMPS), ejercicio 2011, en cum-
plimiento de su Programa anual de actividades y de lo dispuesto en el artículo 71 del
texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña.
El informe, presentado por el síndico Andreu Morillas como ponente, fue aprobado
por el Pleno de la Sindicatura en la sesión del 21 de abril de 2015.
El CMPS es una entidad dotada de personalidad jurídica propia e independiente de
la de sus miembros y plena capacidad de obrar, cuya gestión se realiza mediante
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
53
una organización común entre la Administración de la Generalidad, mediante el
departamento competente en el ámbito de la salud, y el Ayuntamiento de Barcelona,
en el marco del convenio de colaboración que ambas partes formalizaron el 27 de
enero de 2010.
El objeto del Consorcio es la prestación de servicios sanitarios, sociosanitarios y de
desarrollo del conocimiento en los ámbitos de la sanidad y las ciencias de la salud,
principalmente en el ámbito territorial de la ciudad de Barcelona.
Para la prestación de los servicios asistenciales, el Consorcio se subrogó en la titu-
laridad de los convenios y contratos suscritos por el Instituto Municipal de Asistencia
Sanitaria (IMAS), organismo autónomo administrativo del Ayuntamiento de Barcelona,
con el Servicio Catalán de la Salud (CatSalut), y en otros contratos o convenios para
la prestación de servicios asistenciales, docentes y de investigación suscritos por el
IMAS con entidades públicas o privadas. El Consorcio asumió también los bienes
muebles e inmuebles de titularidad del IMAS y sus activos y pasivos.
El CMPS es una organización integral de servicios que reúne todos los niveles de la
atención sanitaria, con dispositivos en el ámbito de la investigación y la docencia,
formado por diez centros con 1.400 camas y 3.338 profesionales: Hospital del Mar,
Hospital de l’Esperança, Instituto Municipal de Investigación Médica (IMIM), Centro
Fórum del Hospital del Mar, Centro Peracamps, Centro de Salud Mental de Sant
Martí, Dispensario de Toxicomanías de la Barceloneta, servicios de atención a la
salud sexual y reproductiva en Ciutat Vella, servicios de atención a la salud sexual y
reproductiva en Sant Martí, y centros asistenciales Dr. Emili Mira i López (CAEMIL),
de Santa Coloma de Gramenet.
El CMPS gestionó un presupuesto de 315,33 M€ en 2011, con un déficit de 6,85 M€.
El Balance de situación al cierre del ejercicio 2011 presentaba un volumen de activo
y de pasivo de 316,58 M€ y la Cuenta de pérdidas y ganancias presentó pérdidas por
5,96 M€.
De acuerdo con el objeto, el alcance y la metodología utilizada en este informe, y
detallados en la introducción, la opinión de la Sindicatura es que, excepto por los
efectos de los hechos descritos en las observaciones 3, 4 y 6, las cuentas anuales
expresan en todos los aspectos significativos la imagen fiel del patrimonio y de la
situación financiera del CMPS a 31 de diciembre de 2011, y también los resultados,
los flujos de efectivo y la liquidación presupuestaria correspondientes al ejercicio
anual finalizado en aquella fecha, según el marco normativo de información financiera
aplicado y, en particular, los principios y criterios contables que contiene.
En el apartado 3 del informe se resumen las principales observaciones y recomen-
daciones del trabajo realizado, de las cuales se destacan las siguientes:
En el ejercicio fiscalizado el Consorcio contabilizaba el patrimonio y sus opera-
ciones de acuerdo con el Plan general de contabilidad. No obstante, como con-
sorcio participado mayoritariamente por la Generalidad, le era de aplicación el
Plan general de contabilidad pública de la Generalidad.
El saldo deudor por prestación de servicios al CatSalut al cierre del ejercicio 2011,
de 80,94 M€, estaba sobrevalorado en 55,60 M€, puesto que correspondía a in-
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
54
gresos por aportaciones y subvenciones del CatSalut que no constaban como
obligaciones reconocidas en el presupuesto de gastos del CatSalut. Los ingresos
presupuestarios del ejercicio también están sobrevalorados en 29 M€, importe
correspondiente a las aportaciones del CatSalut no reconocidas por esta entidad.
El Consorcio registró los bienes muebles objeto de la cesión de los Centros asis-
tenciales del Dr. Emili Mira i López como Subvenciones, donaciones y legados, en
el pasivo del balance, cuando debería haberlo hecho como Patrimonio recibido en
adscripción.
Dada la situación económica de la sociedad vinculada CRC-Mar, SA, que poste-
riormente presentó concurso de acreedores, el Consorcio debería haber efectuado
las correcciones valorativas por deterioro de los créditos de dudoso cobro y
registrado un gasto equivalente, al menos, al importe del saldo deudor neto con
CRC-Mar, SA.
El Consorcio no tenía ningún órgano de control económico y financiero interno para
asistir a las mesas de contratación, contrariamente a lo que dispone la normativa.
En cuanto a la contratación, en 2011 algunos proveedores facturaron al Consorcio
importes superiores a los gastos que les habían sido adjudicados por la compra de
diferentes servicios y suministros. La entidad no tenía implementado un procedi-
miento para hacer el seguimiento del gasto vinculado a los contratos adjudicados.
En relación con las obras del Servicio de Neuroangiografía del Hospital del Mar, no
hay constancia del procedimiento utilizado para adjudicar la redacción del pro-
yecto a la empresa adjudicataria, a la que se encargaron también varios contratos
menores que, dado el importe global de contratación, hubieran requerido la con-
vocatoria de los procedimientos previstos en la normativa. Los criterios de adju-
dicación de las obras, con preeminencia del precio y los plazos de ejecución, no
se corresponden con la demora y el coste final de los trabajos realizados.
El Consorcio adjudicó diferentes contratos de suministros y de servicios por el pro-
cedimiento negociado sin publicidad, aduciendo razones de especificidad técnica,
sin que estuviera suficientemente justificada la imposibilidad de promover la con-
currencia de otros licitadores o sin fomentar adecuadamente la competencia
efectiva.
La Sindicatura aprecia dos supuestos de incompatibilidades en relación con el
servicio de asesoramiento jurídico y el de secretaría general contratados por el
Consorcio.
En cuanto a los gastos de personal, se incluyen cinco observaciones relacionadas
con el pago de indemnizaciones por despido improcedente, con los contratos de
alta dirección y las retribuciones de los directivos, y con el régimen de incompa-
tibilidades de los profesionales del Consorcio que prestaban actividad docente en
los centros universitarios concertados con el CMPS.
Finalmente, en cuanto a las recomendaciones, la Sindicatura hace especial mención
al establecimiento de circuitos y procedimientos internos para el seguimiento de la
contratación y al establecimiento de medidas para garantizar una concurrencia
efectiva en todos los procesos de contratación.
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
55
Informe 8/2015, relativo al Agregado de las universidades públicas de Cata-
luña, ejercicios 2012 y 2013
Barcelona, 25 de junio de 2015
La Sindicatura de Cuentas de Cataluña ha emitido el informe 8/2015, Agregado de
las universidades públicas de Cataluña, ejercicios 2012 y 2013, en cumplimiento de
su Programa anual de actividades.
El informe, presentado por el síndico Jordi Pons Novell como ponente, fue aprobado
por el Pleno de la Sindicatura en la sesión de los días 5 y 6 de mayo de 2015.
En este informe se presenta el agregado de datos de las universidades públicas de
Cataluña correspondiente a los ejercicios 2012 y 2013. Este agregado se ha ela-
borado con datos económicos rendidos por las universidades y con datos estadís-
ticos facilitados por la Secretaría de Universidades e Investigación.
Este informe se estructura en tres partes: las dos primeras se refieren a las siete
universidades presenciales y la tercera recoge la información relativa a la Universitat
Oberta de Catalunya (UOC), cuyos datos, por ser una universidad no presencial y
por tener forma jurídica de fundación, no son homogéneos con los de las otras uni-
versidades.
El texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña establece un plazo
para la rendición de cuentas de las universidades públicas que finaliza el 30 de abril
del año siguiente al del cierre. Las cuentas de los ejercicios 2012 y 2013 fueron
recibidas por la Sindicatura de Cuentas fuera del plazo establecido, salvo las de la
Universidad Rovira i Virgili (URV). El Patronato de la Fundació per a la Universitat
Oberta de Catalunya (FUOC) también aprobó las cuentas anuales de los ejercicios
2012 y 2013 fuera del plazo establecido legalmente, que es de seis meses desde la
fecha de cierre.
En cuanto a la información rendida, las cuentas anuales de algunas universidades no
incluyen toda la información ni los estados que establece el Plan general de conta-
bilidad pública (PGCP) para las universidades públicas de Cataluña.
En el apartado de conclusiones se resumen los aspectos más destacables que se
desprenden del trabajo realizado, de los cuales se destacan los siguientes:
Variables generales
En el curso 2012-2013 en las universidades públicas presenciales había 150.397
alumnos matriculados. En ese mismo curso se matricularon por primera vez 40.293
alumnos y se titularon 29.296 estudiantes. El número de profesores a 31 de diciembre
de 2013 era de 15.295 (11.067 profesores equivalentes a tiempo completo) y el de
personal de administración y servicios (PAS), de 8.481.
El análisis del número de alumnos matriculados y de nuevo ingreso pone de mani-
fiesto la existencia de algunos estudios con un número total de alumnos muy redu-
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
56
cido y de titulaciones impartidas en varias universidades que, en algunas de ellas,
tienen un número muy reducido de alumnos.
Al cabo de cinco años de haber iniciado los estudios, aproximadamente un 41% de
los alumnos se ha titulado, un 20% sigue en los mismos estudios y un 39% ni se ha
titulado ni sigue en los mismos estudios.
En el curso 2012-2013 la UOC tenía 43.248 alumnos matriculados (lo que equivale a
21.774 alumnos a tiempo completo), se incorporaron 10.878 alumnos nuevos y se
titularon 4.816 estudiantes. En este mismo curso académico la UOC disponía de 260
profesores propios y 3.406 profesores docentes colaboradores, mientras que el
personal de gestión era de 471.
Aspectos económicos
Los derechos liquidados de las siete universidades públicas presenciales han sido
en conjunto de 1.372,41 M€ en el ejercicio 2012 y de 1.338,02 M€ en el 2013. Las
obligaciones reconocidas han sido en conjunto de 1.433,30 M€ en 2012 y de
1.398,56 M€ en 2013.
Las subvenciones que las universidades reciben de la Generalidad y del resto de las
administraciones públicas son su fuente principal de financiación de la actividad
docente e investigadora. Los ingresos por transferencias y subvenciones (corrientes
y de capital) equivalen a un 66,87% de los ingresos liquidados en 2012 y a un
65,94% de los de 2013.
El capítulo de gastos de personal supone un 61,06% de las obligaciones reconocidas
en 2012 y un 62,86% en 2013. Si se considera solo el gasto corriente, el de personal
representa un 74,15% en 2012 y un 74,21% en 2013.
El ejercicio 2013 era el último en la ejecución del Plan de inversiones universitarias
(PIU) 2007-2013. El importe inicial, de 635,00 M€, fue modificado por varios acuerdos
de Gobierno, el último de los cuales, del 30 de diciembre de 2014, estableció un
importe definitivo de 423,60 M€. La reducción del importe total ha tenido una distri-
bución desigual entre universidades.
A 31 de diciembre de 2013 cuatro universidades presentaban remanentes genéricos
negativos (déficit que deberán financiar) por un total de 225,11 M€. Las otras tres
universidades presentaban remanentes genéricos positivos por un total de 16,70 M€.
El endeudamiento agregado a 31 de diciembre de 2012 y de 2013 era de 266,40 M€
y de 247,68 M€, respectivamente, y correspondía en gran parte a anticipos reintegra-
bles del Estado para la financiación de parques científicos y tecnológicos. La situa-
ción de déficit de algunas universidades puede comprometer seriamente su capa-
cidad para generar los recursos necesarios para devolver los préstamos.
En cuanto a la FUOC, en el ejercicio 2012 recibió subvenciones por las actividades
por 29,23 M€ y en 2013 por 22,23 M€ y subvenciones de capital por 5,50 M€ en 2012
y por 4,55 M€ en 2013. Los ingresos por matrícula fueron de 59,76 M€ en 2012 y de
56,25 M€ en 2013. A 31 de diciembre de 2012 y de 2013 la FUOC tenía un fondo de
maniobra (activo corriente menos pasivo corriente) negativo de 94.984 € y 11,34 M€,
respectivamente.
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
57
Indicadores
En el apartado 3.12 se presentan algunos indicadores orientativos del agregado de
las universidades públicas catalanas presenciales calculados por la Sindicatura
utilizando datos académicos del curso 2012-2013 y datos económicos del ejercicio
2013. Los valores de los indicadores constituyen una aproximación a los que se
podrán obtener cuando se haya implantado un sistema de contabilidad analítica con
unas bases comunes para todas las universidades.
Recomendaciones
La Sindicatura señala en el informe un conjunto de aspectos que deben ser objeto de
una atención especial por parte de la Administración de la Generalidad y de las uni-
versidades, de los cuales se destacan los siguientes:
Continuar la aplicación de las medidas impulsadas en el ámbito de la racionali-
zación de la oferta de titulaciones.
Continuar los trabajos de homogeneización de criterios de contabilización y com-
pletar el desarrollo e implantación de un sistema de contabilidad analítica común
que permita obtener magnitudes básicas e indicadores comparables para las
diferentes universidades. La implantación de la contabilidad analítica es el instru-
mento indispensable para obtener los costes de las titulaciones, elemento básico
para fijar los precios públicos de las enseñanzas.
Aprobar los gastos de personal de las universidades con carácter previo a la apro-
bación de los presupuestos de cada una de las universidades y dentro del año
anterior al de la ejecución del gasto.
Hacer un seguimiento preciso de los planes de estabilización presupuestaria, im-
pulsar las medidas y actuaciones necesarias para su implementación, actualizarlos
con nuevas medidas cuando sea necesario y cumplir la normativa vigente en
materia de estabilidad presupuestaria aplicable a las universidades.
Informe 9/2015, relativo a las aportaciones de capital público a Spanair, SA,
Resolución 232/X del Parlamento
Barcelona, 25 de junio de 2015
La Sindicatura de Cuentas de Cataluña ha emitido el informe 9/2015, relativo a las
aportaciones de capital público a Spanair, SA, en cumplimiento de su Programa
anual de actividades y de la Resolución 232/X del Parlamento de Cataluña.
El informe, presentado por el síndico mayor, Jaume Amat, como ponente, fue apro-
bado por el Pleno de la Sindicatura en la sesión de los días 5 y 6 de mayo de 2015.
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
58
La Resolución 232/X del Parlamento de Cataluña determina que, dada la partici-
pación de la Generalidad de Cataluña en las entidades Instituto Catalán de Finanzas
(ICF), Centrals i Infraestructures per a la Mobilitat i les Activitats Logístiques, SAU
(CIMALSA) y Empresa de Promoció i Localització Industrial de Catalunya, SA –cono-
cida como Avançsa–; y la participación del Ayuntamiento de Barcelona en Fira de
Barcelona, Consorcio de Turismo de Barcelona y Catalana d’Iniciatives, SCR, de
Règim Comú, SA, la Sindicatura de Cuentas elabore un informe de fiscalización rela-
tivo a la gestión contable y económica de las aportaciones de capital público que la
compañía aérea Spanair, SA ha recibido desde el año 2009.
La metodología usada en el trabajo, teniendo en cuenta que Spanair, SA es una
compañía en liquidación, ha sido, por un lado, la utilización de la información incluida
en las cuentas anuales de las diferentes entidades que participaron directa o indi-
rectamente en la aportación de fondos a Spanair, SA desde el ejercicio 2009 y, por
otro lado, la circularización a todas esas entidades a fin de confirmar los datos
referentes a las aportaciones efectuadas.
De acuerdo con el objeto y alcance de este informe, el trabajo de fiscalización se
presenta en ocho apartados, uno para cada entidad que aportó directa o indirec-
tamente recursos a Spanair, SA. En cada apartado se analizan, por cada año fis-
calizado, las aportaciones de cualquier tipo en la financiación de la compañía
Spanair, SA o entidades relacionadas.
Informe 10/2015, relativo a las entidades municipales descentralizadas del
municipio de Les Valls de Valira, remanente de tesorería, ejercicio 2012
Barcelona, 8 de julio de 2015
La Sindicatura de Cuentas de Cataluña ha emitido el informe 10/2015, relativo a las
entidades municipales descentralizadas del municipio de Les Valls de Valira, rema-
nente de tesorería, ejercicio 2012, en cumplimiento de su Programa anual de
actividades.
El informe, presentado por el síndico Joan-Ignasi Puigdollers como ponente, fue
aprobado por el Pleno de la Sindicatura en la sesión del día 19 de mayo de 2015.
El trabajo tiene por objeto obtener una razonable seguridad sobre si la información
que refleja el Estado del remanente de tesorería a 31 de diciembre de 2012 de las
siete entidades siguientes: Arcavell i la Farga de Moles, Ars, Asnurri, Bescaran, Civís,
Os de Civís y Sant Joan Fumat, se presenta conforme a los principios y normas
contables que son de aplicación.
Este trabajo se ha visto limitado por la ausencia de determinada información soli-
citada, así como por algunas carencias de la información entregada, sobre todo
relativas a los aprovechamientos forestales.
Las observaciones más relevantes que se desprenden del trabajo efectuado, reco-
gidas en el apartado 3.1 del informe, se resumen a continuación:
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
59
Solo Os de Civís aprobó la Cuenta general dentro del plazo que marca la nor-
mativa y ninguna de las siete entidades la rindió a la Sindicatura respetando el
plazo establecido.
La gestión y el control de los aprovechamientos forestales se hizo sin cumplir con
todas las obligaciones que indica la normativa.
Los pliegos que regulan la cesión de los aprovechamientos de caza no reflejan
adecuadamente el régimen jurídico aplicable a los aprovechamientos especiales
del dominio público.
El reconocimiento de los derechos presupuestarios no siempre se hizo con los
criterios adecuados.
Algunas obligaciones presupuestarias derivadas de contratos de obra se reco-
nocieron a partir de las certificaciones de obra sin ajustar el importe al indicado en
las facturas recibidas (había habido un cambio del tipo de IVA vigente).
Algunas entidades pagaron gastos que, según sus competencias, no correspondía
que hubieran asumido.
La entidad de Bescaran contabilizó erróneamente la devolución de 200.002 € de
una subvención recibida y no justificada dentro de plazo.
No se hizo el seguimiento de los proyectos de gasto con financiación afectada.
El efecto del conjunto de las observaciones que se han puesto de manifiesto durante
el trabajo de fiscalización realizado ha sido, para cada entidad, el siguiente:
Remanente de tesorería para gastos generales a 31.12.2012
Entidad municipal
descentralizada
Remanente calculado
por la entidad
Impacto de las
observaciones
Remanente calculado
por la Sindicatura
Arcavell i la Farga de Moles 31.741,15 (15.760,53) 15.980,62
Ars 12.604,18 5.563,26 18.167,44
Asnurri 64.369,00 (15.915,83) 48.453,17
Bescaran 207.712,38 (204.543,09) 3.269,29
Civís 19.551,28 15.226,73 34.778,01
Os de Civís 27.286,78 (66.589,52) (39.302,74)
Sant Joan Fumat 21.094,17 (106.445,40) (85.351,23)
Importes en euros.
En el apartado 3.2 del informe la Sindicatura formula un conjunto de recomenda-
ciones a fin de mejorar la gestión e información contable de las entidades fiscali-
zadas, cuyo resumen consiste en que las entidades deberían revisar las obligaciones
pendientes de pago y, en caso de ser procedente, darlas de baja de la contabilidad;
también deberían pedir asistencia y cooperación técnica, económica o jurídica,
cuando consideren que la necesitan, a los entes supramunicipales y, particular-
mente, al Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio
Natural, en relación con la gestión forestal.
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
60
Informe 11/2015, relativo al Instituto de Diagnóstico por la Imagen, ejercicio
2013
Barcelona, 8 de julio de 2015
La Sindicatura de Cuentas de Cataluña ha emitido el informe 11/2015, relativo al Ins-
tituto de Diagnóstico por la Imagen (IDI), ejercicio 2013, en cumplimiento de su Pro-
grama anual de actividades.
El informe, presentado por el síndico Andreu Morillas como ponente, fue aprobado
por el Pleno de la Sindicatura en la sesión del 19 de mayo de 2015.
En diciembre de 1990 el Gobierno de la Generalidad autorizó al Servicio Catalán de
la Salud (CatSalut) a que creara la empresa pública Centro de Resonancia Magnética
de la Ciudad Sanitaria Vall d’Hebron, adscrita al CatSalut como una entidad de de-
recho público, con personalidad jurídica propia y sometida al ordenamiento jurídico
privado. Su objetivo principal era la gestión, administración y ejecución de los ser-
vicios de diagnóstico de alta tecnología, mediante la utilización de técnicas de reso-
nancia magnética en el ámbito de la Ciudad Sanitaria de Vall d’Hebron.
En noviembre de 1992 el Gobierno de la Generalidad autorizó al CatSalut para que
modificara la denominación y los estatutos del Centro de Resonancia Magnética de la
Ciudad Sanitaria Vall d’Hebron, dada la necesidad de ampliar su objetivo y el ámbito
en que se desarrollaban sus actuaciones. Así, la entidad pasó a denominarse Insti-
tuto de Diagnóstico por la Imagen (IDI), bajo la misma forma jurídica y adscripción
que hasta entonces.
De acuerdo con el artículo 2 de sus Estatutos, el objetivo primordial del Instituto es
gestionar, administrar y ejecutar los servicios de diagnóstico por la imagen y de medi-
cina nuclear.
Durante el año 2012, el Consejo de Administración del IDI aprobó una propuesta de
transformación del Instituto en entidad gestora de todos los servicios de radiodiag-
nóstico, radiología intervencionista y medicina nuclear del Instituto Catalán de la Sa-
lud (ICS). En este marco, en abril de 2013 formalizó un acuerdo para gestionar con-
juntamente los servicios de diagnóstico por la imagen y de medicina nuclear del ICS,
en los ámbitos territoriales de Girona, Tarragona y las Tierras del Ebro.
En el año 2013 el IDI gestionaba un total de treinta y ocho equipos tecnológicos
distribuidos en los diferentes centros del ICS que acogían unidades del IDI y contaba
con una plantilla de 364 personas.
El Balance de situación del Instituto a 31 de diciembre de 2013 presentaba un
volumen de activo y de pasivo de 43,59 M€ y consiguió un resultado positivo de
1,15 M€. El presupuesto definitivo de 2013 fue de 35,68 M€.
De acuerdo con el objeto, el alcance y la metodología utilizada en este informe, la
opinión de la Sindicatura es que, excepto por los efectos de los hechos descritos en
las observaciones 2 y 5, las cuentas anuales expresan en todos los aspectos signi-
ficativos la imagen fiel del patrimonio y de la situación financiera del IDI a 31 de di-
ciembre de 2013, y también los resultados y flujos de efectivo correspondientes al
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
61
ejercicio anual finalizado en aquella fecha, según el marco normativo de información
financiera aplicado y, en particular, los principios y criterios contables que este
marco contiene.
En el apartado 3 del informe se resumen las principales observaciones y recomen-
daciones del trabajo realizado, de las cuales se destacan las siguientes:
En la cuenta Construcciones del Balance falta registrar el valor de las cesiones de
uso de los espacios de los diferentes centros hospitalarios donde el IDI realiza su
actividad (observación 2). Figuran también obras activadas realizadas en espacios
sobre los cuales tampoco está formalizada la correspondiente cesión de uso. Ade-
más, puesto que la formalización de las cesiones de uso fue por un período de
treinta años, la amortización de las inversiones realizadas se debería haber adap-
tado a este plazo.
El IDI no sigue puntualmente las fases de la gestión presupuestaria, y durante el
año y al final del ejercicio elabora la Liquidación del presupuesto y transpone los
importes de la Cuenta de resultados de la contabilidad financiera con las concilia-
ciones oportunas, hecho que no permite hacer el adecuado seguimiento presu-
puestario de las operaciones (observación 5).
En cuanto a la contratación, la entidad utilizó el procedimiento negociado para ad-
judicar once contratos de servicios o suministros. En estos casos, no consta que el
órgano de contratación negociara con los licitadores las ofertas presentadas.
En el año 2013 al menos seis proveedores facturaron al IDI importes superiores a
los gastos que, en el mismo período, les habían sido adjudicados mediante pro-
cedimientos de contratación. Por otro lado, el IDI efectuó gastos vinculados al su-
ministro de radiofármacos y material de intervencionismo cuya adjudicación habría
requerido los correspondientes procedimientos de contratación. También hizo pró-
rrogas de contratos del suministro de material fungible no previstas en los pliegos
de condiciones ni en los contratos que se habían formalizado en el año 2011.
El IDI adjudicó directamente ciertos servicios, como el asesoramiento jurídico, cer-
tificaciones de calidad o servicios de formación y mejora en la gestión de calidad,
que habrían requerido procedimientos abiertos a la concurrencia de otros prove-
edores.
En materia de personal, el informe incluye cinco observaciones que hacen refe-
rencia a la contratación de personal laboral temporal sin que en los expedientes se
haya justificado la necesidad urgente; la prestación de servicios por personal
externo en condiciones que podrían determinar el reconocimiento de una relación
laboral; la realización de actividades complementarias por parte del personal sin
amparo en los convenios vigentes o sin aprobación formal de las retribuciones por
el órgano competente; las retribuciones a directivos no previstas inicialmente en
los contratos o sin aprobación formal del órgano competente y, finalmente, un caso
de incompatibilidad de un segundo empleo en el sector público.
En cuanto a las recomendaciones, la Sindicatura incluye siete, relativas a la mejora y
actualización de los registros auxiliares del inmovilizado; a la necesidad de formalizar
las prórrogas de ciertos convenios; a la mejora de los procedimientos de seguimiento
interno de la ejecución de los contratos; a la necesidad de prever el mantenimiento
de los equipos en los contratos iniciales, cuando estos tengan características de
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
62
exclusividad técnica; a la conveniencia de que el Instituto organice una bolsa de
trabajo para la contratación de personal temporal; a la regulación de la prestación de
servicios por parte de personal externo y, finalmente, al establecimiento de los proce-
dimientos necesarios para que el Consejo de Administración apruebe la creación o
modificación de las retribuciones que así lo requieran.
Informe 12/2015, relativo al Departamento de Interior, contratación administra-
tiva, ejercicio 2013
Barcelona, 8 de julio de 2015
La Sindicatura de Cuentas de Cataluña ha emitido el informe 12/2015, relativo al De-
partamento de Interior, contratación administrativa, ejercicio 2013, en cumplimiento
de su Programa anual de actividades.
El informe, presentado por la síndica Emma Balseiro Carreiras como ponente, fue
aprobado por el Pleno de la Sindicatura en la sesión del 19 de mayo de 2015.
El trabajo realizado ha tenido por objeto la fiscalización de legalidad de la contra-
tación administrativa del Departamento de Interior correspondiente al año 2013, con
la finalidad de obtener una evidencia razonable de que se ha ajustado a la normativa
que le es de aplicación.
De acuerdo con el artículo 3.6 del Decreto 200/2010, de 27 de diciembre, de crea-
ción, denominación y determinación del ámbito de competencia de los depar-
tamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña, el Departamento de
Interior ejerce las funciones relacionadas con la seguridad ciudadana, el tráfico, las
emergencias y la protección civil, la prevención, extinción de incendios y salvamento,
los espectáculos públicos y las actividades recreativas y cualquier otra que le atri-
buyan las leyes y otras disposiciones.
En el ejercicio 2013 el Departamento de Interior formalizó 451 expedientes de contra-
tación con un importe adjudicado de 21,8 M€. De estos expedientes, 61 correspon-
den a contratos no menores, con un importe adjudicado de 19,2 M€, y 390 a contra-
tos menores, con un importe adjudicado de 2,6 M€. Además, el Departamento forma-
lizó 49 modificaciones o prórrogas de contratos de ejercicios anteriores, por 28,7 M€.
En el apartado de conclusiones del informe se resumen las principales observaciones
que se desprenden del trabajo realizado, de las que se destacan las siguientes:
En dos expedientes de contratación, el Departamento no envió a la Comisión Euro-
pea la documentación preceptiva de acuerdo con la normativa vigente. Otros dos
contratos fueron clasificados incorrectamente según el CPV (Vocabulario común
de los contratos públicos) y se licitaron sin publicidad comunitaria.
En tres contratos se consideraron los criterios de solvencia como criterios de valo-
ración de las ofertas, y en tres expedientes, estos criterios se definieron de forma
genérica, sin estar suficientemente detallados.
En ninguno de los expedientes correspondientes a licitaciones por el procedi-
miento negociado consta un soporte justificativo de que se hubiese llevado a cabo
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
63
la negociación, que es un elemento esencial del mismo, y un expediente no incluye
el soporte documental de la invitación al procedimiento a más de una empresa.
En tres expedientes tramitados por el procedimiento negociado sin publicidad por
motivos de imperiosa urgencia no se dan las circunstancias que justifican la apli-
cación de este procedimiento y, por lo tanto, con una mejor planificación, se po-
dían haber tramitado por procedimiento ordinario.
Las tramitaciones de doce expedientes de modificaciones de contratos se hicieron
con posterioridad a su vigencia y en uno se modificaron las condiciones del con-
trato, lo cual habría tenido que suponer la realización de una nueva licitación.
Finalmente, se incorporan recomendaciones relativas a la planificación de los proce-
dimientos contractuales, a la concreción de los requisitos mínimos de solvencia en el
momento de establecer los criterios de valoración y a la formalización de las adjudi-
caciones que, en opinión de la Sindicatura, pueden contribuir a mejorar la gestión de
la contratación del Departamento de Interior.
Informe 13/2015, relativo a la Mancomunidad Intermunicipal del Penedès
y Garraf, ejercicio 2012
Barcelona, 29 de julio de 2015
La Sindicatura de Cuentas de Cataluña ha emitido el informe relativo a la Mancomu-
nidad Intermunicipal del Penedès y Garraf (en adelante, la Mancomunidad), corres-
pondiente al ejercicio 2012, en cumplimiento de su Programa anual de actividades.
El informe, presentado por la síndica Maria Àngels Servat como ponente, fue apro-
bado por el Pleno de la Sindicatura en la sesión del 9 de junio de 2015.
El trabajo realizado ha tenido por objeto la fiscalización de regularidad de la Cuenta
general de la Mancomunidad del ejercicio 2012 para verificar que se presenta de
conformidad con el marco normativo de información financiera aplicable y que du-
rante el período fiscalizado la Mancomunidad ha desarrollado su actividad de acuer-
do con la normativa que le es de aplicación.
La Mancomunidad, que se constituyó el 9 de julio de 1981, es un ente local no territorial
con personalidad jurídica propia. Está integrada por los treinta y tres municipios que
conforman las comarcas de L’Alt Penedès y El Garraf y tiene su domicilio en Vilanova i
la Geltrú.
Durante el ejercicio 2012, las principales actividades de la Mancomunidad han sido
la organización y la prestación de forma mancomunada de las obras y servicios
necesarios para la gestión de los residuos sólidos urbanos y la gestión del agua, a
cambio del cobro de una cuota anual a los ayuntamientos. Además, también ha reali-
zado otras actividades como por ejemplo el análisis de la calidad del agua, el ser-
vicio de acogida de animales domésticos, el servicio de atención y seguimiento de
drogodependencias y la promoción del desarrollo local.
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
64
El Balance de situación de la Mancomunidad a 31 de diciembre de 2012 presentaba
un volumen de activo y de pasivo de 41,14 M€ y se logró un resultado positivo de
0,42 M€. El presupuesto definitivo del ejercicio 2012 ascendió a 25,30 M€, de los
cuales se reconocieron derechos por 25,10 M€ y obligaciones por 24,64 M€.
En el apartado 3 del informe, la Sindicatura concluye que a causa de los posibles
efectos de la limitación descrita en la observación 1 y de los efectos muy signi-
ficativos de los hechos descritos en la observación 4, la Cuenta general no expresa la
imagen fiel del patrimonio y de la situación financiera de la Mancomunidad a 31 de
diciembre de 2012, y de los resultados y la liquidación presupuestaria correspon-
dientes al ejercicio anual finalizado en aquella fecha.
El informe incluye una limitación al alcance en la fiscalización de las cuentas de inmo-
vilizado y del patrimonio recibido en cesión, puesto que la Mancomunidad no dis-
pone de un inventario de bienes ni de ningún detalle o registro auxiliar de estas
cuentas, además de las observaciones que se resumen a continuación.
Respecto al control interno, se destaca la grave falta de segregación de funciones
que supone el hecho de que la función interventora haya sido desempeñada por el
gerente de la Mancomunidad, puesto que la fiscalización y la aprobación de las
operaciones recaen en la misma persona. Hay que destacar también que la persona
al frente de los servicios contables efectuó un ingreso en su cuenta corriente parti-
cular que con posterioridad devolvió a raíz de la detección de este hecho por la
Sindicatura. Por este motivo, la Sindicatura no puede determinar si se han producido
situaciones similares no detectadas durante los trabajos de fiscalización.
En relación con las cuentas de la Mancomunidad, se destacan las siguientes obser-
vaciones:
La Mancomunidad reconoce, cada año, obligaciones sin un gasto real que las
soporte a fin de agotar el presupuesto de gastos, y deja de reconocer ingresos
presupuestarios en el ejercicio en que se cobran, cuando no los necesita para la
financiación de su actividad. En el ejercicio 2012, el efecto neto de las obliga-
ciones reconocidas sin gasto real y de los ingresos no reconocidos supone que el
Resultado presupuestario del ejercicio se encuentra infravalorado en 1,26 M€ y el
Remanente de tesorería, en 7,92 M€. Asimismo, los resultados de ejercicios ante-
riores se deberían aumentar en 5,68 M€ y el Resultado económico-patrimonial se
debería aumentar en 0,97 M€.
La Mancomunidad sigue el criterio de contabilizar los ingresos bancarios para can-
celar las deudas más antiguas en vez de las facturas a las que se refiere el pago.
Además, las facturas que la Mancomunidad hace a los ayuntamientos, estos las
pagan directamente al proveedor que presta el servicio en vez de a la Manco-
munidad, compensando después contablemente los saldos correspondientes.
La Mancomunidad no repercute IVA en las cuotas que corresponden a los servi-
cios prestados en la planta de selección y compostaje, pero sí se está deduciendo
el IVA soportado, hecho que vulnera la normativa y supone una contingencia fiscal
para la Mancomunidad, sin perjuicio de que pueda hacer la regularización corres-
pondiente.
En cuanto a los gastos de personal, se destaca la falta de parte de la información
requerida en la Relación de puestos de trabajo (RPT) y en la plantilla; la falta de
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
65
procesos de selección en la contratación de personal; la realización de una jorna-
da inferior a la que establece la normativa vigente; el cobro, por parte de algunos
trabajadores, de complementos no previstos en la RPT, y el cobro por el pre-
sidente de la Mancomunidad de una cantidad fija al mes sin que tenga que pre-
sentar justificantes del gasto, no incluida en los conceptos retributivos ni prac-
ticada la correspondiente retención del IRPF.
En relación con la contratación administrativa, las principales observaciones del infor-
me hacen referencia a lo siguiente:
Se ha detectado un exceso de contratación directa sin ninguna justificación para
hacerlo, cuando los importes de la licitación superan los límites para la con-
tratación menor. Se ha encontrado también contratación con garantías inferiores a
las requeridas en los pliegos y falta de publicidad de la adjudicación.
En cuanto a la valoración de las ofertas, el informe destaca que los pliegos no
determinan la forma en que se deben valorar los criterios no objetivables, pero
tampoco dan preponderancia a los criterios que se pueden cuantificar. Además,
los informes de valoración de los técnicos no están debidamente motivados.
Se han encontrado cambios en las cláusulas de los contratos respecto a las pre-
visiones del pliego de condiciones, y cláusulas de revisión de precios que incum-
plen la normativa.
Uno de los contratos se adjudicó a un precio de adjudicación más bajo que el de
la oferta presentada y se renunció a parte de las mejoras propuestas por el adju-
dicatario, sin que en el expediente conste ninguna justificación.
La Sindicatura formula siete recomendaciones, relativas a la necesidad de que la
Mancomunidad agilice el nombramiento de un funcionario interventor; realice un
inventario de sus bienes; corrija ciertas prácticas contables como la de registrar obli-
gaciones que no son gasto real y/o dejar de contabilizar ingresos presupuestarios;
mejore la gestión en lo referente a los cobros de los deudores; implemente un circuito
de control de los gastos y pagos que garantice que todos tienen la correspondiente
autorización y se eviten pagos indebidos; mejore los procedimientos de contratación
a fin de garantizar una adecuada segregación de funciones y permita la concurrencia
en igualdad de condiciones a todos los posibles licitadores, y finalmente recomienda
que los ayuntamientos paguen las facturas directamente a la Mancomunidad.
Informe 14/2015, relativo a Aguas Ter Llobregat, ejercicios 2010 y 2011
Barcelona, 1 de septiembre de 2015
La Sindicatura de Cuentas de Cataluña ha emitido el informe 14/2015, relativo a
Aguas Ter Llobregat (ATLL), ejercicios 2010 y 2011, en cumplimiento de su Programa
anual de actividades.
El informe, presentado por el síndico Miquel Salazar como ponente, fue aprobado por
el Pleno de la Sindicatura en la sesión del 22 de junio de 2015.
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
66
El alcance material de la fiscalización ha consistido en el análisis de los estados
financieros para verificar que representan de forma razonable la situación patrimonial
y financiera de la entidad y que incluyen la información necesaria y suficiente para su
adecuada comprensión e interpretación; el análisis de la liquidación presupuestaria y
la evaluación de su correcta realización en términos económicos y financieros y el
análisis del cumplimiento de la legalidad aplicable tanto desde el punto de vista con-
table, fiscal y presupuestario como de funcionamiento, y especialmente en relación
con la contratación.
En el período fiscalizado, ATLL era una entidad de derecho público de la Gene-
ralidad de Cataluña que estuvo adscrita mediante la Agencia Catalana del Agua
(ACA) al Departamento de Medio Ambiente y Vivienda hasta que en diciembre de
2010 fue reestructurada, hecho que supuso su adscripción al Departamento de Terri-
torio y Sostenibilidad.
El objeto social de ATLL lo constituía la gestión conjunta y coordinada de las con-
cesiones para el abastecimiento en alta de las poblaciones incluidas en el ámbito te-
rritorial definido por el Decreto legislativo 3/2003, y la prestación del servicio público
competencia de la Generalidad de Cataluña de producción y suministro de agua po-
table para abastecer a poblaciones a través de la red Ter-Llobregat.
Como hecho posterior al periodo fiscalizado, hay que decir que ATLL fue disuelta y,
con efectos de 1 de enero de 2013, la gestión y prestación del servicio público de
abastecimiento fueron privatizadas mediante concesión; su adjudicación está pen-
diente de litigio.
El presupuesto de ingresos y gastos de la entidad fiscalizada fue de 347,93 M€ en el
año 2010 y de 153,07 M€ en 2011.
En el apartado 5 del informe se presentan las conclusiones resultantes del trabajo
realizado, de las cuales se destacan las siguientes:
Planta de osmosis de Sant Joan Despí: pérdida por la cesión y baja de la planta
Según el convenio y la adenda firmados en noviembre de 2006 y junio de 2010,
respectivamente, entre la ACA, la Entidad Metropolitana de Servicios Hidráulicos y
Tratamiento de Residuos (EMSHTR), ATLL y Aguas de Barcelona (AGBAR), la
entidad fiscalizada una vez recibidas las nuevas instalaciones las cedió a la Enti-
dad Metropolitana, que a su vez las cedió a AGBAR, que debe pagar el precio de
la cesión a ATLL, 22,99 M€, durante veinte años. La cesión supuso una baja en el
inmovilizado de 59,57 M€ y una pérdida neta de 27,75 M€.
Evolución de la tarifa de abastecimiento y plan económico y financiero
A finales de 2012, en el marco de las actuaciones relacionadas con la adjudica-
ción inminente de la concesión de la gestión, se aprobó aplicar a partir de noviem-
bre un incremento de tarifa del 70% respecto a la prevista en el plan económico y
financiero para principios de 2012. También se aprobó una nueva estructura de la
tarifa de abastecimiento que permitiría alcanzar el 82% de los componentes fijos y
el 18% de los componentes variables, que durante 2010 y 2011 eran de un 56% y
de un 44%, respectivamente.
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
67
Límites de endeudamiento a largo plazo
ATLL no superó el límite de endeudamiento establecido para el ejercicio 2011,
pero en 2010, con un saldo vivo a 31 de diciembre de 645,37 M€, superó en
2,44 M€ el límite de 642,93 M€ legalmente establecido para ese ejercicio.
Aplazamiento a proveedores
En 2011 hubo un incremento en el pasivo que correspondía al aplazamiento en el
pago a proveedores, entre los cuales destacaba AGBAR, con un importe pendiente
de 11,12 M€, y un conjunto de veintiséis proveedores por un total de 77,34 M€.
Incumplimiento del límite de incremento de la masa salarial en 2010
A pesar de las restricciones presupuestarias en materia de personal recogidas en
las leyes de presupuestos de los años 2010 y 2011, en 2010 ATLL, de acuerdo con
el Convenio colectivo de trabajo de la empresa para los años 2008-2011, aplicó un
incremento del 1,2% sobre los principales conceptos retributivos. Respecto al
concepto Plus convenio, que representa aproximadamente un 8% de la masa sa-
larial total del conjunto de los trabajadores, ATLL aplicó incrementos del 8% y del
10% en función de la categoría profesional del trabajador. Con estos incrementos
se superó el límite establecido para 2010, sin tener la autorización escrita de los
departamentos correspondientes para hacerlo. En 2011 este incumplimiento no se
produjo.
Contratación
En la preparación de la licitación y en lo referente a los pliegos de cláusulas admi-
nistrativas particulares, el desglose que se hizo de los criterios valorables de forma
subjetiva no era suficiente, ya que la valoración de los subcriterios quedaba muy
abierta a los juicios de valor. En lo referente al criterio valorable de forma objetiva
(precio), se previó una fórmula que no permitía una distribución suficientemente
amplia de las puntuaciones.
En los informes de valoración del análisis de ofertas no había explicaciones que
sustentaran de forma motivada la concesión de puntos.
En lo referente a los procedimientos negociados, en ninguno de los expedientes
negociados de la muestra seleccionada hay evidencia de que se haya procedido a
la negociación de los aspectos sustanciales a contratar.
Informe 15/2015, relativo al Instituto Catalán de las Mujeres, ejercicio 2012
Barcelona, 28 de octubre de 2015
La Sindicatura de Cuentas de Cataluña ha emitido el informe 15/2015, relativo al
Instituto Catalán de las Mujeres (ICD), ejercicio 2012, en cumplimiento de su Pro-
grama anual de actividades.
El informe, presentado por el síndico Andreu Morillas como ponente, fue aprobado
por el Pleno de la Sindicatura en la sesión del 28 de julio de 2015.
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
68
El objeto del informe es la fiscalización financiera limitada a la ejecución y liquidación
del presupuesto del ICD correspondiente al ejercicio 2012 y, también, la fiscalización
del cumplimiento de la normativa aplicable a la actividad del Instituto, en particular la
relativa a las subvenciones concedidas, el gasto de personal y la contratación admi-
nistrativa.
El ICD es un organismo autónomo de carácter administrativo, adscrito, mediante el
Decreto 572/2006, de 19 de diciembre, al Departamento de Bienestar Social y Fa-
milia, con personalidad jurídica y patrimonio propio y plena capacidad de obrar para
el cumplimiento de sus finalidades. Se regula por la Ley 11/1989, de 10 de julio, de
creación del Instituto Catalán de la Mujer,1 por las normas que la desarrollan, y por la
legislación general sobre entidades autónomas.
El artículo 2 de la ley de creación establece que el objetivo del ICD es elaborar y
ejecutar todos los proyectos y propuestas relativos a la promoción de la mujer, para
hacer efectivo el principio de igualdad dentro del ámbito de las competencias de la
Generalidad.
En el ejercicio 2012 el ICD aprobó un presupuesto de 9,70 M€ y disponía de cinco
sedes territoriales en Barcelona, Girona, Lleida, Tarragona y Tierras del Ebro. La
plantilla del Instituto la integraban cuarenta y siete personas.
En el apartado 3 del informe se hace un seguimiento de las quince observaciones y
recomendaciones que la Sindicatura hizo en su anterior informe del ICD, emitido en
2006 y relativo al ejercicio 2004, de las cuales diez habían sido resueltas, una se
había resuelto parcialmente y cuatro eran hechos no corregibles.
En el apartado 4 del informe se resumen las principales observaciones y recomen-
daciones del trabajo realizado, que son las siguientes:
Tanto en la convocatoria de subvenciones a entidades locales como en la de sub-
venciones a entidades sin ánimo de lucro, las bases preveían que en el caso de
que el importe máximo fijado en la convocatoria fuese insuficiente para atender
todas las solicitudes que alcanzaran la puntuación mínima, se aplicaría una reduc-
ción proporcional de las subvenciones propuestas. No obstante, la Resolución no
explicitaba con suficiente claridad la forma en que se determinaría la proporcionali-
dad para poder considerar el procedimiento como de concurrencia competitiva.
La Sindicatura considera que el procedimiento de justificación de la subvención en
la convocatoria para entidades locales no está previsto en la Orden del Depar-
tamento de Economía y Finanzas de 1 de octubre de 1997, sobre tramitación, jus-
tificación y control de ayudas y subvenciones, que era la normativa aplicable en el
período fiscalizado.
En los expedientes revisados de las subvenciones tramitadas no hay constancia
de la motivación de la puntuación alcanzada en la valoración de cada uno de los
criterios, ni tampoco del cálculo del importe concedido.
1. El Instituto Catalán de la Mujer pasó a denominarse Instituto Catalán de las Mujeres mediante la Ley
11/2005, de 7 de julio.
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
69
En la documentación justificativa de las subvenciones a entidades se pone de
manifiesto una falta de concreción en la parte de los gastos indirectos imputada a
la actividad subvencionada.
La Sindicatura considera que el ICD debería modificar los formularios que facilita a
las entidades beneficiarias de las subvenciones para formalizar la justificación de
los gastos, para concretar al máximo la parte de los gastos directos y la parte de
los indirectos de la actividad que son subvencionados.
Finalmente, el plazo medio de pago del ICD a los adjudicatarios de los contratos
de servicios es superior al que se establece en el texto refundido de la Ley de
contratos del sector público.
Informe 16/2015, relativo al Consorcio del Palacio de la Música Catalana, ejer-
cicios 2010-2013
Barcelona, 28 de octubre de 2015
La Sindicatura de Cuentas de Cataluña ha emitido el informe 16/2015, relativo al Con-
sorcio del Palacio de la Música Catalana, ejercicios 2010-2013, en cumplimiento de
su Programa anual de actividades.
El informe, presentado por el síndico Jordi Pons Novell como ponente, fue aprobado
por el Pleno de la Sindicatura en la sesión del 28 de julio de 2015.
El objeto de la fiscalización ha sido analizar la actividad del Consorcio del Palacio de
la Música Catalana (CPMC) en los ejercicios 2010, 2011, 2012 y 2013, aunque
cuando ha sido necesario, y a fin de facilitar la comprensión, se ha incluido infor-
mación de ejercicios anteriores y posteriores. Los aspectos que hacen referencia a la
gestión, el control interno y el funcionamiento se entienden delimitados al tiempo que
el CPMC tuvo actividad.
El CPMC fue constituido en 1983 por la Generalidad, el Ayuntamiento de Barcelona y
la Diputación de Barcelona para gestionar el Palacio de la Música Catalana (PMC). El
CPMC y la Associació Orfeó Català (AOC), entidad propietaria del PMC, suscribieron
un convenio de cesión de las instalaciones que integraban el PMC por un periodo
inicial de veinte años que fue ampliado a setenta años en 2001. En el año 2002 el Mi-
nisterio de Cultura sustituyó a la Diputación de Barcelona como miembro del CPMC.
En 1990 se constituyó la Fundació Orfeó Català – Palau de la Música Catalana (en
adelante, la Fundación) con el objeto de estimular y fomentar toda clase de activi-
dades culturales, especialmente en el aspecto musical, para que, con el apoyo eco-
nómico y promocional, facilite la realización y contribuya en la gestión de las inicia-
tivas y los proyectos desarrollados en el PMC.
En julio de 2009 tuvieron lugar una serie de hechos que supusieron la sustitución de
los antiguos responsables de la entidad y el inicio de una nueva etapa en la gestión
del PMC, que se completó con el traspaso de la gestión a la Fundación a partir del 1
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
70
de enero de 2012 y la firma por parte del CPMC, la Fundación y la AOC del llamado
Convenio Tribanda el 20 de julio del mismo año.
Como consecuencia de los hechos ocurridos en julio de 2009 se inició un proceso
penal contra los antiguos responsables del PMC por varios delitos, entre los cuales
está el de malversación de fondos del CPMC, que en marzo de 2015 seguía en fase
de instrucción. También se inició un procedimiento de responsabilidad contable que
se encuentra en fase jurisdiccional por un presunto alcance, cuyo importe (3,65 M€
de principal más intereses) coincidía a la fecha de la liquidación provisional (abril de
2013) con el importe de la presunta malversación de fondos públicos del CPMC del
proceso penal.
En los ejercicios 2010 y 2011 el CPMC siguió con la misma actividad que la que
había realizado desde su creación, es decir, la gestión de los edificios que integran
el PMC. Desde el 1 de enero de 2012 la actividad se traspasó a la Fundación.
En el apartado de conclusiones del informe se resumen las principales observa-
ciones que se desprenden del trabajo realizado agrupadas en cuatro aspectos:
1. Observaciones sobre la firma del Convenio Tribanda y sus adendas posteriores.
2. Observaciones sobre el Fondo Especial Voluntario (FEV) y los resarcimientos al
CPMC por parte del Juzgado de Instrucción número 30 de Barcelona. El Convenio
Tribanda y la adenda de 20 de diciembre de 2012 regulan el llamado FEV como un
fondo común de las tres entidades afectadas por el presunto desfalco cometido
por la antigua dirección del CPMC y que debe nutrirse de los resarcimientos que
se reciban de los presuntos culpables.
3. Observaciones sobre la subvención nominativa al CPMC prevista en el presu-
puesto de la Generalidad para 2012 y la aportación de 1,17 M€ realizada en 2012
por el CPMC a la Fundación.
4. Observaciones sobre la gestión y la actividad del CPMC, de las cuales se destaca
que en los ejercicios 2010 y 2011 no se introdujeron cambios relevantes en la ges-
tión y funcionamiento del CPMC en relación con los existentes antes de julio de
2009. En los ejercicios 2012 y 2013, sin ajustarse a la legislación vigente, se vació
de facto de contenido.
En el apartado de conclusiones también se presenta un conjunto de recomenda-
ciones que la Sindicatura considera que se deberían aplicar con carácter inmediato:
1. El CPMC y las administraciones consorciadas deben tomar las medidas nece-
sarias para que los fondos resarcidos por el Juzgado de Instrucción número 30
con destino al CPMC le sean restituidos por la Fundación y la AOC, ya que son
cantidades entregadas a cuenta con carácter provisional hasta que haya una sen-
tencia en el proceso penal.
2. El CPMC debe registrar contablemente las cantidades resarcidas como un pasivo,
lo que supone regularizar con cargo a Patrimonio el importe de 0,70 M€ registrado
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
71
como ingreso en los ejercicios 2010 y 2011 y registrar un importe deudor por las
cantidades entregadas a la AOC y a la Fundación (1,72 M€).
3. Las administraciones consorciadas deben promover un marco de relaciones entre
las entidades integrantes del PMC que se ajuste a la legalidad aplicable a las ad-
ministraciones públicas y que incluya las medidas de control de la Fundación que
garanticen que los fondos públicos que se aporten tengan el mismo nivel de con-
trol que si se aportaran al CPMC.
4. El CPMC debe agilizar la tramitación del expediente de revocación de la aporta-
ción de 1,17 M€ realizada a la Fundación en 2012. Hay que tener en cuenta que, si
no se recuperara este importe, implicaría una pérdida patrimonial para el CPMC
que dejaría sus fondos propios en una situación delicada.
5. Las administraciones públicas deben velar por que la gestión de las instalaciones
del PMC se desarrolle con el máximo respeto a los principios de economía, efi-
ciencia y transparencia en la gestión de los recursos públicos.
Informe 17/2015, relativo a la Universidad Autónoma de Barcelona, ejercicios
2010, 2011 y 2012
Barcelona, 28 de octubre de 2015
La Sindicatura de Cuentas de Cataluña ha emitido el informe 17/2015, relativo a la
Universidad Autónoma de Barcelona, ejercicios 2010, 2011 y 2012, en cumplimiento
de su Programa anual de actividades.
El informe, presentado por el síndico Jordi Pons Novell como ponente, fue aprobado
por el Pleno de la Sindicatura en la sesión del 28 de julio de 2015.
La fiscalización de regularidad efectuada incluye la revisión de las cuentas anuales
de la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB) de los ejercicios mencionados para
verificar que se presentan según el marco normativo de información financiera apli-
cable y, en particular, según los principios y criterios contables que contiene.
También incluye la comprobación de que durante el período fiscalizado la UAB ha
desarrollado su actividad de acuerdo con la normativa que le es de aplicación.
El período fiscalizado se caracteriza por la crisis económica, por las medidas de
contención del gasto y de reducción del déficit público dictadas tanto por el Go-
bierno del Estado como por el de la Generalidad, y por la fuerte reducción de las
aportaciones públicas a la financiación, que han acarreado importantes tensiones de
tesorería a la Universidad. Desde el punto de vista de la actividad propia de las
universidades, la plena implantación del Espacio Europeo de Educación Superior con
los estudios de grado y másteres oficiales y la progresiva desaparición de los ciclos,
y los cambios en los precios públicos universitarios con un fuerte aumento en el
curso 2012-2013 y la introducción de un sistema de pago en función de la renta a
partir del curso 2011-2012, son los elementos más destacados.
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
72
En el curso 2012-2013 la UAB tenía 30.952 alumnos matriculados; se incorporaron
8.342 nuevos alumnos y se titularon 6.332. En el año 2012 la UAB contaba con 3.247
PDI (personal docente e investigador) y 1.753 PAS (personal de administración y
servicios). El presupuesto de 2012 fue de 297,86 M€; los derechos liquidados, de
299,55 M€, y las obligaciones reconocidas, de 313,74 M€. A 31 de diciembre de 2012
el déficit acumulado según las cuentas anuales de la Universidad era de 65,14 M€ y
según la Sindicatura, de 66,47 M€.
En el apartado de conclusiones del informe se presenta la opinión de auditoría y se
resumen las principales observaciones y recomendaciones que se desprenden del
trabajo realizado.
De acuerdo con el objeto, el alcance y la metodología utilizada en el informe, deta-
llados en su introducción, la opinión de la Sindicatura es que, excepto por los po-
sibles efectos de la limitación descrita en la observación 2 y por los hechos descritos
en la observación 1, las cuentas anuales presentan en todos los aspectos signifi-
cativos la imagen fiel del patrimonio y de la situación financiera de la UAB a 31 de
diciembre de 2012, y también los resultados, los flujos de efectivo y la liquidación
presupuestaria en aquella fecha, de acuerdo con el marco normativo de información
financiera aplicable y, en particular, con los principios y criterios contables que
contiene.
Las dos observaciones mencionadas en la opinión de auditoría son las siguientes:
1. En opinión de la Sindicatura, a 31 de diciembre de 2012 el remanente de tesorería
presentado por la UAB estaba sobrevalorado en 11,88 M€ (el remanente afecta-
do estaba sobrevalorado en 10,55 M€ y el remanente genérico, infravalorado en
1,33 M€). Los deudores y los fondos propios del Balance estaban sobrevalorados
en 9,44 M€.
2. Los importes registrados como ingresos y gastos y los saldos pendientes de cobro
y pago con la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación
(AGAUR) no han sido conciliados. En consecuencia, la Sindicatura no ha podido
concluir sobre dichos importes.
A continuación se destacan otras observaciones incluidas en el apartado de con-
clusiones del informe:
La información sobre los remanentes facilitada por la UAB no ha permitido hacer
un análisis completo y obtener una conclusión sobre su clasificación a 31 de
diciembre de 2012.
A 31 de diciembre de 2012 la UAB tenía 45,42 M€ pendientes de cobro de la
Generalidad generados en el ejercicio 2011 y anteriores. El retraso en el pago por
parte de la Generalidad genera importantes tensiones de tesorería a la Univer-
sidad, gastos financieros y puede comprometer su capacidad de actuación.
A 31 de diciembre de 2012 la UAB presentaba una situación financiera delicada,
con un remanente de tesorería genérico negativo de 65,14 M€. A 19 de diciembre
de 2012 la Comisión Económica del Consejo Social aprobó las líneas generales y
el calendario para elaborar el Plan de estabilización presupuestaria.
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
73
En los tres ejercicios fiscalizados la aprobación del gasto de personal por parte del
Gobierno de la Generalidad se hizo una vez transcurrido todo el ejercicio.
La Universidad abonó al PAS funcionario varios conceptos retributivos no incluidos
en el Decreto 1/1997, regulador de la función pública en Cataluña, en cumpli-
miento de varios acuerdos suscritos con los representantes de ese personal.
La UAB aplicó incorrectamente una reducción de 22,5 horas anuales a la jornada
laboral del PAS aprobada por la Junta del Consejo Interuniversitario de Cataluña el
29 de mayo de 2012 en cumplimiento de la Ley 5/2012.
La UAB no aplicó ninguna medida en relación con la disposición adicional vigé-
simo cuarta de la Ley 5/2012 en cuanto a la reducción de la jornada y de las
retribuciones del PAS interino.
El Plan de emeritaje aprobado por la UAB supone, en opinión de la Sindicatura, la
creación de una nueva categoría de profesorado no prevista en la normativa
vigente al convertir en eméritos a los profesores que tengan más de 60 años y no
hayan cumplido 69 que lo soliciten. En mayo de 2012 la UAB suspendió la apli-
cación de este Plan en cuanto a la incorporación de nuevos profesores.
El Reglamento de profesorado de la UAB prevé la figura de los “colaboradores de
docencia e investigación”, que no se corresponde con ninguna de las categorías
de PDI previstas en la normativa. La regulación de esta figura incluye algunos
aspectos que podrían dar lugar a situaciones asimilables a una contratación labo-
ral y que podrían suponer la creación de categorías de PDI no previstas en la
normativa vigente.
Del análisis realizado de las retribuciones individuales del PAS y del PDI se des-
prenden varias observaciones, cuyo detalle figura en el apartado 2.5.1 del informe.
La normativa reguladora de los programas de formación continua de la UAB
vigente en los ejercicios fiscalizados no incluía aspectos como dedicación y retri-
bución del profesorado o procedimiento aplicable en caso de que un curso sea
deficitario. La UAB no facilitó un detalle de los cursos gestionados por la Escuela
de Posgrado que permitiera analizar su gestión en el período fiscalizado.
En la fiscalización de los expedientes de contratación tramitados por la Uni-
versidad en los ejercicios fiscalizados se han observado varias incidencias que se
detallan en el apartado 3 del informe.
En el apartado de conclusiones también se incluye un conjunto de recomendaciones
que contribuirían a mejorar los aspectos indicados en el informe, de las cuales se
destacan las dos siguientes:
La UAB debería hacer un análisis de las diferentes entidades en las que participa
teniendo en cuenta sus finalidades, estructura, actividades y recursos gene-
rados/aportados y adoptar, si procede, las medidas organizativas y económicas
adecuadas con el objetivo de que sean útiles a las finalidades de la Universidad y
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
74
mejoren su eficacia y eficiencia. Asimismo, la UAB debería ejercer sobre las enti-
dades en las que participa de forma mayoritaria un nivel de control equivalente al
de sus propios servicios.
El Consejo Social debe velar por el cumplimiento de la normativa vigente en mate-
ria de estabilidad presupuestaria, elaborar un plan de estabilidad presupuestaria,
impulsar las medidas para su cumplimiento y hacer el seguimiento.
Informe 18/2015, relativo al control interno en municipios de más de 100.000
habitantes
Barcelona, 28 de octubre de 2015
La Sindicatura de Cuentas de Cataluña ha emitido el informe 18/2015, relativo al
control interno en los municipios de más de 100.000 habitantes correspondiente al
ejercicio 2012, en cumplimiento de su Programa anual de actividades.
El informe, presentado por el síndico Joan-Ignasi Puigdollers como ponente, fue
aprobado por el Pleno de la Sindicatura en la sesión del día 28 de julio de 2015.
El objeto del trabajo ha sido el análisis y la verificación de la función de control inter-
no que ejerce la Intervención en los municipios de más de 100.000 habitantes.
Las observaciones más relevantes que pueden hacerse del trabajo efectuado, reco-
gidas en el apartado 3.1 del informe, se resumen a continuación:
El ejercicio de la función interventora se vería favorecido si se dispusiera de
manuales de procedimientos internos de las unidades gestoras e, incluso, de la
misma Intervención. Además, la disposición de procedimientos normalizados facili-
taría la realización de los controles necesarios para someter estas tareas a sis-
temas de supervisión y revisión permanentes.
La diversidad de metodología y la falta de un desarrollo reglamentario del control
interno hace que en general no haya aplicaciones informáticas específicas para
gestionar el control interno, ya sea en el ejercicio de la función interventora a través
de la fiscalización previa plena o previa limitada, en el control posterior por
muestreo, en la función de control financiero o en la de auditoría.
Cada ayuntamiento ha establecido su propia normativa que desarrolla la fisca-
lización previa limitada. De lo que se ha observado, se puede destacar lo siguiente:
• El régimen de fiscalización previa limitada se aplicó en nueve de los diez ayun-
tamientos analizados.
• En los ayuntamientos de Sabadell y Lleida se aprobó el procedimiento de fisca-
lización previa limitada pero no se desarrolló.
• Los ayuntamientos de Barcelona y Terrassa no desarrollaron los procedi-
mientos de la fiscalización previa limitada con la concreción de los aspectos
que había que revisar según la tipología de los expedientes.
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
75
En la fiscalización previa, además de reparos de carácter suspensivo, la Inter-
vención puede efectuar las observaciones complementarias que considere opor-
tunas. Puesto que no hay desarrollo reglamentario alguno que lo establezca, no
existe una clasificación que permita ordenar los informes de fiscalización según la
importancia, el registro y el seguimiento de las observaciones.
Los resultados de la revisión efectuada de la fiscalización previa plena y previa
limitada han sido satisfactorios, en general. El control posterior por muestreo
debería abarcar todos los ámbitos donde se aplica la fiscalización previa limitada;
no obstante, dependiendo de los medios disponibles, puede ser que determinados
ámbitos queden al margen de este control posterior obligatorio y, por lo tanto, este
resulta insuficiente. En este sentido, el Ayuntamiento de Barcelona no llevó a cabo
el control posterior sobre el total de los organismos autónomos sujetos a fisca-
lización previa limitada, y el de Sabadell no elaboró los correspondientes informes
de fiscalización plena posterior.
La Intervención en el Ayuntamiento de Sabadell no ejerció la función de control
financiero aunque las sociedades municipales contrataban servicios de auditoría
financiera y que diferentes centros gestores contrataban auditorías sobre servicios
gestionados de forma indirecta.
En general la Intervención no realizó el control de eficacia porque, aunque los
ayuntamientos disponían de presupuesto por programas, los órganos rectores de
las corporaciones no definían los objetivos explícitos y cuantificables a alcanzar.
Falta también el desarrollo de la contabilidad analítica.
En el apartado 3.2 del informe la Sindicatura formula un conjunto de recomen-
daciones para mejorar el ejercicio de las funciones de control interno de las cor-
poraciones locales. Se destacan las siguientes:
Los entes locales deberían potenciar, siempre en función de sus posibilidades, el
área de gestión económico-financiera, la de administración y contabilidad y la
unidad responsable del control interno de la entidad.
Habría que hacer el desarrollo reglamentario del ejercicio del control interno y del
régimen estatutario de los funcionarios con habilitación de carácter estatal.
Los municipios de gran población deberían iniciar los procedimientos para segre-
gar las funciones de control interno y las de gestión contable.
Habría que impulsar el desarrollo de modelos y procedimientos de fiscalización
estándar que, por un lado, homogeneizaran el ejercicio de la función interventora
y, por otro, facilitaran el análisis y seguimiento de las advertencias tanto de los
órganos de control interno como de los de control externo.
En aquellos casos en los que no haya un plan de auditorías y control financiero, o
cuando este plan no esté actualizado, la Intervención debería establecer y aprobar
un plan anual donde se definieran los objetivos, el alcance, la metodología y los
medios asignados para ejercer el control financiero de las entidades locales y de
sus entes dependientes, y también de las subvenciones concedidas con cargo al
presupuesto municipal.
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
76
Sería preciso que los ayuntamientos definieran unos objetivos explícitos y cuan-
tificables que permitieran hacer un seguimiento de la gestión en términos de
eficacia y desarrollar un plan de contabilidad analítica. También sería necesario
establecer unos criterios de contenido mínimo para las dos memorias obligatorias
para los municipios de más de 50.000 habitantes relativas al cumplimiento de los
objetivos programados y a los costes y rendimientos de los servicios.
Informe 19/2015, relativo a los partidos políticos con representación parla-
mentaria, gastos de personal, ejercicio 2012
Barcelona, 28 de octubre de 2015
La Sindicatura de Cuentas de Cataluña ha emitido el informe de fiscalización
19/2015, relativo a los partidos políticos con representación parlamentaria, gastos de
personal, ejercicio 2012, en cumplimiento de su Programa anual de actividades.
El informe, presentado por el síndico mayor, Jaume Amat Reyero, como ponente, fue
aprobado por el Pleno de la Sindicatura de Cuentas en la sesión del día 22 de
septiembre de 2015.
El alcance de la fiscalización es limitado, ya que se ha restringido a la revisión y aná-
lisis de los procedimientos de gestión de personal y de los aspectos legales y econó-
micos relacionados. Sin embargo, este informe también contiene algunos aspectos
relativos al cumplimiento de la normativa referente a la protección de datos de
carácter personal, a la prevención de riesgos laborales y a la representación de los
trabajadores.
Para fiscalizar los gastos de personal de los partidos políticos se ha verificado y
analizado toda la documentación solicitada por la Sindicatura de Cuentas y enviada
por los partidos.
Como limitación al alcance del trabajo efectuado, hay que indicar que, después de
reiteradas solicitudes, no se ha obtenido del Partido Popular (PP) la documentación
necesaria y suficiente para poder fiscalizar sus gastos de personal.
Otra limitación deriva del hecho de que la documentación financiera presentada
por los partidos políticos no agrega ni consolida la de toda la organización. La
contabilidad facilitada, en general, solo recoge los gastos de personal de la sede
central de cada partido.
El gasto de personal de los nueve partidos políticos que obtuvieron representación
parlamentaria en 2012 se eleva a 11,78 M€, lo que representa un 29,6% del total de
los gastos contabilizados. Esta cifra es un 9,9% inferior respecto al año 2011.
La plantilla de personal de los partidos fiscalizados era de 283 personas a 31 de
diciembre de 2012, 22 personas menos que al comienzo del ejercicio. De estas 283
personas, un 69% tenía contrato indefinido y un 31% tenía contratos de duración
determinada.
Como conclusiones generales de este informe se pueden mencionar las dos limita-
ciones ya descritas y una serie de observaciones para cada partido fiscalizado, las
más significativas de las cuales son las siguientes:
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
77
En la documentación presentada de todos los partidos falta la provisión contable
por el concepto de periodificación de las pagas extras.
En la documentación presentada de tres partidos no se han localizado algunos de
los contratos laborales en vigor.
En la documentación presentada de la mayoría de los partidos falta uno o todos los
requisitos vinculados a la Ley orgánica de protección de datos personales y no
consta que se hayan desarrollado todos los requisitos vinculados a prevención de
riesgos y salud laboral.
En tres de los partidos políticos fiscalizados, no había una correcta segregación de
funciones en la gestión de la nómina.
Se han detectado varios errores en el registro contable o en la regularización de
gastos de personal de la documentación presentada por seis partidos.
En la revisión de las nóminas de dos partidos se ha observado la existencia de
complementos fuera de convenio.
En dos partidos se han pagado como servicios profesionales externos actividades
que podrían representar una relación laboral.
Informe 20/2015, relativo al Programa 661, Emprendimiento y fomento empre-
sarial, ejercicio 2012
Barcelona, 28 de octubre de 2015
La Sindicatura de Cuentas de Cataluña ha emitido el informe 20/2015, relativo al
Programa 661, Emprendimiento y fomento empresarial, ejercicio 2012, en cumpli-
miento de su Programa anual de actividades.
El informe, presentado por la síndica Emma Balseiro Carreiras como ponente, fue
aprobado por el Pleno de la Sindicatura en la sesión del día 22 de septiembre de
2015.
Se ha fiscalizado la parte del programa gestionada por la Secretaría de Economía
y Finanzas del Departamento de Economía y Conocimiento de la Generalidad de
Cataluña.
El trabajo realizado ha tenido por objeto analizar la Memoria del programa presu-
puestario y el grado de consecución de sus objetivos, así como verificar que el pro-
grama se ha ejecutado conforme a la normativa de aplicación.
La Ley 1/2012, de 22 de febrero, aprobó los presupuestos de la Generalidad de
Cataluña para 2012, de los cuales formaba parte el Programa 661, incluido dentro del
presupuesto por programas de la Generalidad de Cataluña en el Área de gasto 6,
Fomento y regulación de sectores productivos, y la Política 66, Desarrollo empre-
sarial. El programa, con un coste total de 43,48 M€, fue gestionado por el Depar-
tamento de Empresa y Empleo en un 17% y por el Departamento de Economía y
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
78
Conocimiento en un 83%, del cual un 86,2% (31,13 M€) correspondía a gastos eje-
cutados por la Secretaría de Economía y Finanzas.
En el apartado de conclusiones del informe se resumen las principales observa-
ciones que se desprenden del trabajo realizado, de las que destacan las siguientes:
En la Memoria del programa presupuestario no se establecen los datos referentes
a los recursos aplicados y obtenidos, ni tampoco se dispone de un sistema de
contabilidad analítica que permitan evaluar la eficiencia y economía de su gestión.
Del análisis efectuado, se evidencia que la elaboración de la Memoria del pro-
grama presupuestario es más un trámite que una herramienta de gestión.
La descripción que se hace en la Memoria del diagnóstico de la situación y de la
misión del programa se adecua a lo establecido en la Guía para la planificación y
presupuestación estratégica de la Generalidad de Cataluña. En cambio, la defi-
nición de los objetivos estratégicos y operativos, a pesar de ser coherente, es muy
genérica y no se refiere a ningún periodo temporal. Por otro lado, los indicadores
no reúnen todos los requisitos establecidos por la Guía y, por lo tanto, no permiten
valorar adecuadamente el grado de consecución de los objetivos del programa.
Cinco aportaciones dinerarias a diferentes entidades deberían haber recibido la
calificación jurídica de subvenciones y deberían estar sujetas a la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, general de subvenciones y al Real decreto legislativo, 887/2006,
de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley general de subven-
ciones, así como al Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña.
El convenio relativo a una subvención no preveía la justificación del coste total de
la actividad subvencionada, contrariamente a lo establecido en el artículo 95.b del
Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña.
En el informe se recomienda que el programa presupuestario concrete con mayor
precisión los objetivos estratégicos y operativos para que supongan un reto en la
gestión pública, y que se mejore la definición de los indicadores vinculándolos
explícitamente con los objetivos operativos a fin de poder valorar correctamente su
eficacia. Se recomienda también ampliar la información contenida en las memorias
para la utilización del programa presupuestario e implementar un sistema de conta-
bilidad de costes como herramientas útiles de gestión económica y eficiente de los
recursos humanos y materiales.
Informe 21/2015, relativo al Instituto Catalán de las Empresas Culturales, apor-
taciones reintegrables y subvenciones, ejercicios 2012 y 2013
Barcelona, 25 de noviembre de 2015
La Sindicatura de Cuentas de Cataluña ha emitido el informe 21/2015, relativo al Ins-
tituto Catalán de las Empresas Culturales (ICEC), aportaciones reintegrables y subven-
ciones, ejercicios 2012 y 2013, en cumplimiento de su Programa anual de actividades.
El informe, presentado por el síndico Jordi Pons Novell como ponente, fue aprobado
por el Pleno de la Sindicatura en la sesión del 6 de octubre de 2015.
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
79
El objeto de este informe es la fiscalización de la actividad de fomento realizada por
el ICEC en los ejercicios 2012 y 2013, tanto en lo referente a las convocatorias y la
concesión de ayudas como al cumplimiento de las obligaciones por parte de los
beneficiarios.
El gasto total objeto de fiscalización ha sido de 63,77 M€. Se ha revisado una muestra
de veintitrés convocatorias con un importe concedido de 38,60 M€ y una muestra de
ciento noventa y cinco beneficiarios que incluyen subvenciones de concurrencia,
excluidas de concurrencia y ayudas en la doble modalidad de aportaciones rein-
tegrables y subvenciones con un importe concedido de 36,16 M€.
En el apartado de conclusiones del informe se resumen las principales observaciones
que se desprenden del trabajo realizado, de las que se destacan las siguientes:
Entre los representantes de los sectores de la creación y de las empresas cultu-
rales de los órganos de gobierno del ICEC hay algunos que podrían estar afec-
tados por alguna causa de abstención, en particular, en el ejercicio de la com-
petencia del Consejo de Administración de aprobar las bases reguladoras de las
subvenciones del ICEC. No hay ninguna evidencia de que algún miembro de los
órganos de gobierno se abstuviera en los procedimientos tramitados en los ejer-
cicios 2012 y 2013.
En los ejercicios fiscalizados el ICEC no disponía de un plan estratégico de sub-
venciones con el contenido establecido por el artículo 8 de la Ley general de
subvenciones (LGS).
Las bases generales reguladoras de la concesión de las ayudas del ICEC apro-
badas por el Consejo de Administración el 31 de octubre de 2012 establecen
como formas de acreditación del gasto la cuenta justificativa con justificantes de
gasto, la cuenta justificativa simplificada y la cuenta justificativa con informe del
auditor. La Orden del Departamento de Economía y Finanzas del 1 de octubre de
1997, sobre tramitación, justificación y control de ayudas y subvenciones, que
seguía vigente en el período fiscalizado, no prevé la cuenta justificativa con infor-
me del auditor ni la cuenta justificativa simplificada como formas de justificación.
En consecuencia, las bases de las convocatorias del ICEC que prevén estas for-
mas de justificación no se ajustan a la normativa aplicable.
Varias convocatorias prevén la constitución de una comisión asesora como órgano
encargado de valorar las solicitudes y confeccionar una propuesta de resolución.
Del trabajo realizado se desprenden observaciones relativas a la falta de justifi-
cación de las valoraciones otorgadas, la introducción de criterios y procedimientos
no previstos en las bases y la falta de justificación de los criterios utilizados para la
distribución de las ayudas.
Los informes del auditor que acompañan a treinta y siete de los expedientes anali-
zados de subvenciones de concurrencia no siempre se pronuncian de forma clara
sobre el cumplimiento del artículo 31.3 de la LGS, de acuerdo con el cual, cuando
el importe del gasto subvencionable supere los importes previstos en la Ley de
contratos del sector público para los contratos menores, el beneficiario debe
solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores. Por otro lado, en
cuatro casos el informe del auditor no se pronuncia sobre las otras fuentes de
financiación obtenidas, y en uno de estos casos, además, tampoco lo hace sobre
la memoria de actuación.
El artículo 94 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña esta-
blece que, excepcionalmente, se pueden conceder directamente subvenciones
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
80
innominadas o genéricas siempre que se acredite la imposibilidad de promover la
concurrencia pública por las especificidades del subvencionado o de las activi-
dades a desarrollar. En opinión de la Sindicatura, la justificación de la impo-
sibilidad de promover la concurrencia en todos los expedientes analizados se
basa en aspectos subjetivos o de oportunidad y no en una verdadera imposi-
bilidad de promover la concurrencia. En diecinueve expedientes las subvenciones
se deberían haber incluido en el presupuesto del ICEC como subvenciones nomi-
nativas; en tres expedientes, por razón de su objeto, podrían haber estado inclui-
das en las convocatorias de subvenciones de concurrencia existentes, y en nueve
expedientes se podría haber aprobado una convocatoria de concurrencia para
estas subvenciones.
Para ocho de los expedientes analizados de subvenciones excluidas de concu-
rrencia los informes de los interventores o de los auditores, según el caso, no se
pronuncian expresamente sobre todos los aspectos que forman parte de la
justificación, como sería el caso del cumplimiento del artículo 31.3 de la LGS. Asi-
mismo, para tres de los ocho expedientes indicados tampoco se pronuncian sobre
el importe y la procedencia de la financiación de la actividad subvencionada.
Las bases reguladoras de las ayudas en la doble modalidad de aportaciones
reintegrables y subvenciones prevén la obligación del beneficiario de devolver un
determinado porcentaje de la subvención percibida a partir del momento en que
los ingresos generados cubren un determinado nivel de gastos. Esta obligación no
se ajusta a la normativa vigente en materia de subvenciones.
Los convenios y/o propuestas de resolución de once de los expedientes ana-
lizados en la doble modalidad de aportaciones reintegrables y subvenciones fijan
los criterios de devolución de las ayudas a lo largo de los treinta primeros meses
de explotación; sin embargo, teniendo en cuenta la naturaleza de los proyectos
(exposiciones y productos audiovisuales y editoriales), su capacidad para generar
ingresos podría ser sustancialmente inferior. Asimismo, para siete expedientes
correspondientes a la explotación de espectáculos teatrales se han establecido
unos plazos de reintegro muy posteriores a la explotación de los espectáculos.
Por último, en el apartado de conclusiones del informe se hacen varias recomenda-
ciones que, en opinión de la Sindicatura, contribuirían a mejorar la gestión del ICEC y
a corregir algunos de los aspectos indicados en el apartado de observaciones.
Informe 22/2015, relativo a la Cuenta general de la Generalidad de Cataluña,
ejercicio 2013
Barcelona, 25 de noviembre de 2015
La Sindicatura de Cuentas de Cataluña ha emitido el informe 22/2015, sobre la
Cuenta general de la Generalidad de Cataluña, ejercicio 2013, en cumplimiento de su
Programa anual de actividades.
El informe, presentado por el síndico mayor, Jaume Amat, como ponente, fue apro-
bado por el Pleno de la Sindicatura en la sesión del 6 de octubre de 2015, con dos
votos particulares sobre su fundamentación, del síndico Jordi Pons y de la síndica
Emma Balseiro.
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
81
El objetivo del informe es emitir una opinión sobre si la información económica y
financiera presentada se adecua a los principios contables que son aplicables, y
también sobre si se ha cumplido la legalidad. En el informe también se proponen,
cuando procede, las medidas de carácter general que se consideran necesarias para
mejorar la gestión de la Generalidad.
La Ley de finanzas públicas de Cataluña determina que las diferentes partes que
deben formar la Cuenta general son las siguientes:
la cuenta de la Administración general de la Generalidad,
la cuenta de las entidades autónomas de carácter administrativo y
la cuenta del Servicio Catalán de la Salud (CatSalut), el Instituto Catalán de la Sa-
lud (ICS) y el Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales (ICASS).
La Ley determina que a estas cuentas, la Sindicatura deberá unir:
las cuentas de las entidades autónomas de carácter comercial, industrial, finan-
ciero o análogo;
las cuentas de las empresas públicas;
las cuentas de otros entes de derecho público, como los consorcios o las funda-
ciones, cuyos presupuestos han sido aprobados por el Parlamento, y
las cuentas de las cuatro diputaciones provinciales (la ley todavía lo mantiene,
aunque estas cuentas también se presentan en la Cuenta general de las corpo-
raciones locales).
El presupuesto para 2013 no estaba aprobado a 1 de enero de 2013, por lo que el
ejercicio 2013 se inició con un presupuesto prorrogado. Los criterios de aplicación de
esta prórroga se establecieron por medio del Decreto 170/2012, de 27 de diciembre,
para garantizar que durante su vigencia no se superara el límite de gasto no
financiero autorizado para 2013 en el Acuerdo de Gobierno de 31 de julio de 2012.
La Administración del Estado revisó el objetivo de déficit durante el ejercicio 2013 y
eso supuso la modificación de los porcentajes de crédito prorrogados establecidos
en el ejercicio anterior. La prórroga presupuestaria ha estado vigente para todo el
ejercicio 2013.
El resultado de los trabajos de fiscalización realizados permite manifestar que la
Cuenta general de la Generalidad de Cataluña correspondiente al ejercicio 2013,
elaborada por la Intervención General de la Generalidad de Cataluña, se ha pre-
sentado de acuerdo con los principios y normas contables y presupuestarias que son
de aplicación, y que la actividad económico-financiera que refleja se ha llevado a
cabo de acuerdo con el principio de legalidad. Sin embargo, los trabajos de fisca-
lización se han visto afectados por los aspectos que se muestran en las observa-
ciones expuestas en el informe.
En el apartado de conclusiones se describen treinta observaciones que detallan las
deficiencias o los aspectos a mejorar más destacados, la mayoría de los cuales son
observaciones recurrentes de ejercicios anteriores.
De todas las observaciones y recomendaciones se pueden destacar las siguientes:
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
82
La normativa catalana sigue sin regular la necesidad de presentar una única
cuenta consolidada que recoja toda la actividad económico-financiera del sector
público catalán.
Las necesidades de financiación del ejercicio 2013 han sido de 3.860 M€, según los
cálculos de la Intervención General de la Administración del Estado, y suponen un
déficit del 2% del PIB de Cataluña, frente a un objetivo de déficit previsto del 1,58%.
De acuerdo con la información facilitada por la Intervención General de la Gene-
ralidad, la inversión ejecutada y no imputada al presupuesto del ejercicio 2013 se
estima en 137,43 M€, hecho que representa una disminución del 73,5% respecto al
año anterior.
Dado el carácter financiero de las operaciones con censos enfitéuticos, las cuotas
censales pagadas anualmente y el gasto por la redención anticipada deberían
registrarse en los capítulos 9 y 3 del presupuesto de gastos por la parte del capital
y del coste financiero, respectivamente.
Se han detectado criterios de registro incorrectos en varias aplicaciones presu-
puestarias que se detallan en el informe.
Las liquidaciones del presupuesto de la Administración general, el CatSalut, el ICS
y el ICASS no incluyen una parte del gasto realizado durante el ejercicio 2013, por
falta de crédito presupuestario suficiente. El gasto realizado durante el año 2013 y
no contabilizado fue de 2.309 M€. De estos, al CatSalut le corresponden 1.579 M€.
El gasto comprometido en 2012 y reconocido en 2013 fue de 1.793 M€.
El endeudamiento de la Administración general está contabilizado por el valor de
emisión mientras que en la Cuenta general de endeudamiento consolidada se
presenta por el valor de reembolso, de acuerdo con la normativa contable.
El Estado del remanente de tesorería consolidado presentado no distingue el
remanente de tesorería afectado del no afectado. La elevada cifra negativa de este
estado financiero, 4.234 M€ a 31 de diciembre de 2013, puede generar tensiones
de tesorería.
El importe del riesgo vivo por avales concedidos a 31 de diciembre de 2013 es de
4.410 M€, que sigue siendo elevado, a pesar de que ha disminuido un 11,8%
respecto a 2012.
La Administración de la Generalidad sigue aplicando el Plan general de conta-
bilidad pública de la Generalidad de Cataluña aprobado en 1996. Este Plan sigue
pendiente de adaptación al nuevo Plan general de contabilidad pública aprobado
en 2010.
El sector público administrativo debe mejorar los inventarios, adecuarlos y actua-
lizarlos de forma que coincidan con los registros contables.
La cuenta de inversiones financieras permanentes de la Administración general
incorpora una serie de importes que la Sindicatura considera que deberían ha-
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
83
berse contabilizado como resultados del ejercicio en el momento en que se
produjeron y, por lo tanto, no deberían formar parte de esta cuenta del Balance.
Como recomendación general, se mantiene la advertencia efectuada en ejercicios
anteriores en el sentido de que la Sindicatura constata la delicada situación finan-
ciera de la Generalidad al cierre del ejercicio 2013 a partir de los parámetros pre-
sentados y fiscalizados en cuanto a las necesidades de financiación, el remanente
de tesorería, los fondos propios negativos, el elevado endeudamiento financiero y los
compromisos de gasto de ejercicios futuros.
Los principales datos de la evolución del estado consolidado de la Cuenta general
de 2013 y de su situación son los siguientes:
El resultado presupuestario consolidado de 2013 presenta unas obligaciones reco-
nocidas (gastos) no financieras de 26.494 M€ y unos derechos liquidados (in-
gresos) no financieros de 23.291 M€, con un déficit no financiero de 3.203 M€, que
se ha reducido respecto a los 3.596 M€ de 2012 y a los 6.760 M€ de 2011.
El endeudamiento financiero vivo y consolidado fue de 48.019 M€, lo que repre-
senta un incremento del 13,5% respecto al ejercicio anterior.
El remanente de tesorería consolidado se eleva a 4.234 M€ negativos en 2013.
El estado de compromisos de gasto adquiridos con cargo a ejercicios futuros con-
solidado se eleva a 97.466 M€.
De la evolución de los datos consolidados en los últimos cuatro ejercicios se pue-
de ver que, aunque la situación sigue siendo negativa, las cifras han ido mejo-
rando tanto respecto a las necesidades de financiación como a la evolución del
remanente de tesorería, pero la cuenta general de endeudamiento consolidada
sigue creciendo sobre todo por la carga financiera.
En 2013 la Generalidad de Cataluña cumplió el objetivo de deuda pública y la
regla de gasto, pero se desvió del objetivo de estabilidad presupuestaria.
Los datos más destacables de la Cuenta de la Administración de la Generalidad son
los siguientes:
La liquidación del presupuesto presenta unos ingresos liquidados de 38.187 M€ y
unos gastos reconocidos de 37.336 M€, con un superávit de 851 M€, como resul-
tado de la gestión presupuestaria, y un déficit no financiero de 3.235 M€.
El total de los ingresos liquidados, de 38.187 M€, muestra un incremento de
2.811 M€ respecto al ejercicio anterior (7,9%).
Los ingresos tributarios representan aproximadamente el 44,1% del total de los
derechos liquidados.
La disposición adicional tercera del Estatuto de autonomía de Cataluña establece
que la inversión del Estado en Cataluña en infraestructuras debe equipararse a la
participación relativa de Cataluña en el PIB del Estado por un período de siete años.
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
84
Estas inversiones también se pueden utilizar para liberar peajes o construir auto-
vías alternativas. El Estado hizo aportaciones a la Generalidad en los ejercicios
2009 y 2010 en cumplimiento de esta disposición. Durante los ejercicios 2011,
2012 y 2013 el Estado no ha reconocido ni transferido ningún importe en cumpli-
miento de lo establecido en la disposición adicional mencionada. El importe presu-
puestado inicialmente por la Generalidad por este concepto para esos ejercicios
ha sido de 671 M€ para 2011 y de 219 M€ para 2012 y 2013.
El total de las obligaciones reconocidas ha sido de 37.336 M€, con un incremento
de 3.413 M€ respecto al ejercicio anterior (10,1%). El grado de ejecución ha sido
del 99% del crédito definitivo.
El personal de la Generalidad a 31 de diciembre de 2013 era de 124.094 efectivos,
inferior a los 124.316 del año anterior, y se reconocieron en concepto de retribu-
ciones 4.471 M€, mientras que para 2012 la cifra fue de 4.611 M€.
Durante el ejercicio 2013, la Generalidad ha continuado utilizando diferentes meca-
nismos extraordinarios de financiación creados por el Estado español. El detalle de
estas operaciones es el siguiente:
• Pago a proveedores (fase II): 737,66 M€
• Pago a proveedores (fase III): 1.489,23 M€
• Fondo de liquidez autonómico (tramos I y II): 10.835,26 M€ (dispuestos)
En cuanto a la contratación administrativa llevada a cabo por la Generalidad y su
sector público dependiente durante el año 2013, se firmaron 22.573 contratos por
un valor de 1.239 M€.
En cuanto a las entidades autónomas de carácter administrativo, se presentan las
cuentas rendidas por las veintitrés entidades que están en el presupuesto. Todas han
sido presentadas tal y como dispone la normativa. Hay que destacar que tres de
estas entidades (Consejo Catalán del Deporte, Servicio Catalán de Tráfico y Servicio
de Empleo de Cataluña) representan el 78,82% del presupuesto total agregado.
Informe 23/2015, relativo a la Fundació per a l’Escola Superior de Música de
Catalunya, ejercicio 2013
Barcelona, 10 de diciembre de 2015
La Sindicatura de Cuentas de Cataluña ha emitido el informe 23/2015, relativo a la
Fundació per a l’Escola Superior de Música de Catalunya, ejercicio 2013, en cumpli-
miento de su Programa anual de actividades.
El informe, presentado por el síndico Jordi Pons Novell como ponente, fue aprobado
por el Pleno de la Sindicatura en la sesión del 20 de octubre de 2015.
El trabajo de esta fiscalización limitada ha incluido los siguientes aspectos: fiscalizar
la liquidación presupuestaria; revisar el cumplimiento de la legislación aplicable en
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
85
los ámbitos contable, presupuestario, de contratación y de retribuciones del per-
sonal, y calcular un conjunto de indicadores económicos de la actividad de la fun-
dación. El ámbito temporal de este informe ha sido el ejercicio 2013.
La fundación es una entidad del sector público de la Generalidad, adscrita al Depar-
tamento de Enseñanza, constituida en noviembre de 2000 con el objeto fundacional
de gestionar la Escuela Superior de Música de Cataluña (ESMUC), y de promover
iniciativas y actividades relacionadas con las enseñanzas superiores de música y de
posgrado. La representación del Departamento de Enseñanza en el Patronato de la
fundación es mayoritaria.
El número de alumnos equivalentes a tiempo completo en los cursos 2012-2013 y
2013-2014 fue de 700 y 677, respectivamente. El gasto por titulado de grado se sitúa
en torno a los 58.000 €. El ingreso por matrícula representa un 15,83% del gasto por
alumno. Las transferencias de la Generalidad representan un 81,33% de los ingresos
corrientes.
La liquidación del presupuesto de 2013 presenta derechos liquidados por 10,91 M€ y
obligaciones reconocidas por 10,90 M€. Los ingresos provienen principalmente de
la aportación de la Generalidad de Cataluña (8,87 M€) y de los ingresos de matrícula
de los estudiantes (1,73 M€). Los gastos corresponden principalmente a personal
(9,52 M€) y a bienes corrientes y servicios (1,37 M€).
En el apartado de conclusiones del informe se resumen las principales observacio-
nes que se desprenden del trabajo realizado, de las que se destacan las siguientes:
En el ejercicio fiscalizado el gerente tenía un contrato de cuarenta horas con la
fundación y a la vez, mediante un convenio de prestación de servicios entre la
fundación y el Consorcio del Auditorio y la Orquesta, tenía una dedicación equi-
valente a media jornada en esta entidad sin la autorización del Gobierno por razón
de especial interés público. En este caso concreto, esta prestación de servicios es
contraria a la Ley 13/2005, de incompatibilidades de los altos cargos al servicio de
la Generalidad.
La fundación no dispone del catálogo de puestos de trabajo ni de la plantilla de
personal docente a los que hacen referencia el Convenio colectivo de trabajo de la
fundación y el Reglamento general de la ESMUC, respectivamente.
En el año 2012 se hizo una modificación del Convenio colectivo sin contar con el
informe favorable conjunto del departamento competente en materia de función
pública y del Departamento de Economía y Conocimiento, preceptivo de acuerdo
con el artículo 28 de la Ley de presupuestos de la Generalidad para 2012, prorro-
gados para 2013, el cual también dispone que son nulos de pleno derecho los
acuerdos adoptados en materia de retribuciones del personal laboral con omisión
del trámite de informe y en contra de un informe desfavorable.
La fundación ha abonado varios complementos salariales que no se ajustan a la
normativa vigente.
La jornada de trabajo del profesorado de la ESMUC del año 2013 no se ajustaba a
la normativa vigente.
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
86
La fundación no tiene establecido un procedimiento para controlar situaciones de
incompatibilidad o pluriempleo de sus profesores.
En la fiscalización de los gastos de bienes corrientes y servicios se han observado
algunos conceptos para los cuales no se han aplicado los procedimientos que
correspondían en materia de contratación.
Por último, en el apartado de conclusiones del informe se hacen varias recomenda-
ciones que, en opinión de la Sindicatura, contribuirían a mejorar la gestión de la funda-
ción y a corregir algunos de los aspectos indicados en el apartado de observaciones.
Informe 24/2015, relativo al Ayuntamiento de Balaguer, Cuenta general, ejer-
cicio 2012
Barcelona, 16 de diciembre de 2015
La Sindicatura de Cuentas de Cataluña ha emitido el informe 24/2015, relativo al
Ayuntamiento de Balaguer, Cuenta general del ejercicio 2012, en cumplimiento de su
Programa anual de actividades.
El informe, presentado por el síndico Joan-Ignasi Puigdollers como ponente, fue
aprobado por el Pleno de la Sindicatura en la sesión del 3 de noviembre de 2015.
El objeto del trabajo ha sido la revisión de las cuentas anuales del Ayuntamiento de
Balaguer del ejercicio 2012 para verificar si se presentan de conformidad con el
marco normativo de información financiera que es de aplicación y, en particular, con
los principios y criterios contables que este marco contiene.
La Sindicatura no puede expresar ninguna opinión sobre estas cuentas anuales del
Ayuntamiento de Balaguer a causa del efecto muy significativo de las limitaciones
que afectan a los siguientes aspectos:
El reflejo contable de la información contenida en la Cuenta de recaudación al
cierre del ejercicio entregada por el Organismo Autónomo de Gestión y Recau-
dación de Tributos Locales de la Diputación de Lleida.
El reflejo contable de los derechos por subvenciones de titularidad municipal que
financian actividades ejecutadas por los entes dependientes del Ayuntamiento.
La cuantificación de las desviaciones de financiación existentes al cierre del
ejercicio.
La identificación y valoración de los elementos del inmovilizado no financiero y la
valoración de la amortización del inmovilizado del ejercicio.
En el apartado 3.1 del informe, además de la opinión, se recogen las observaciones
más significativas que se han puesto de manifiesto en el desarrollo del trabajo de
fiscalización.
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
87
Los importes ajustados por la Sindicatura en las cuentas y estados no modifican la
opinión expresada y tienen únicamente la finalidad de plasmar el efecto cuantitativo
de aquellos hechos que se deberían haber registrado de acuerdo con lo establecido
por la normativa contable y sin haber tenido en cuenta los ajustes que se habrían
considerado necesarios si no se hubieran producido las limitaciones expuestas en la
opinión.
En el apartado 3.2 del informe, la Sindicatura formula un conjunto de recomenda-
ciones sobre la necesidad de hacer una revisión a fondo de la situación existente
respecto a los procedimientos administrativos y los criterios contables aplicados,
tanto desde el punto de vista de la adecuación a la normativa como de la correcta
gestión de la información contable, y también de los mecanismos de control interno
establecidos.
Informe 25/2015, relativo al Ayuntamiento de L’Hospitalet de Llobregat,
contratación administrativa, ejercicio 2013
Barcelona, 23 de diciembre de 2015
La Sindicatura de Cuentas de Cataluña ha emitido el informe 25/2015, relativo al
Ayuntamiento de L’Hospitalet de Llobregat, contratación administrativa, ejercicio
2013, en cumplimiento de su Programa anual de actividades.
El informe, presentado por el síndico Joan-Ignasi Puigdollers como ponente, fue
aprobado por el Pleno de la Sindicatura en la sesión del 1 de diciembre de 2015.
El trabajo tiene por objeto fiscalizar la contratación administrativa del Ayuntamiento
de L’Hospitalet de Llobregat (excluidos sus entes dependientes) correspondiente al
ejercicio 2013 para comprobar que la contratación se ha hecho de acuerdo con los
principios de contratación del sector público y con las normas legislativas y regla-
mentarias vigentes.
Las observaciones más relevantes que se desprenden del trabajo efectuado, reco-
gidas en el apartado 3.1 del informe, se resumen a continuación:
En varios expedientes de contratos de suministro y en un expediente de servicios
fiscalizados no están los informes con los motivos de la necesidad de las contra-
taciones licitadas.
En dos expedientes de contratación de suministro fiscalizados en los que como
criterio de valoración, además del precio, se establecía la posibilidad de presentar
mejoras, estas mejoras no han sido puntuadas de forma concreta ni tampoco han
sido ponderadas en los pliegos de cláusulas administrativas.
En ninguno de los expedientes de contratación de obras, de suministros y de
servicios fiscalizados que han sido licitados mediante procedimientos negociados
se ha acreditado la existencia de un proceso de negociación de las condiciones
de los contratos.
De los doce contratos menores fiscalizados, algunos responden a la adquisición
de bienes o servicios que se requieren repetidamente y otros son de pedidos que
tienen características similares.
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
88
Informe 26/2015, relativo a Intracatalònia, SA, ejercicio 2013
Barcelona, 17 de febrero de 2016
La Sindicatura de Cuentas de Cataluña ha emitido el informe 26/2015, relativo a Intra-
catalònia, SA, ejercicio 2013, en cumplimiento de su Programa anual de actividades.
El informe, presentado por el síndico Jordi Pons Novell como ponente, fue aprobado
por el Pleno de la Sindicatura en la sesión del 15 de diciembre de 2015.
El trabajo de esta fiscalización ha incluido la revisión del Balance y la Cuenta de
pérdidas y ganancias de Intracatalònia, SA del ejercicio 2013 para verificar que se
presentan según el marco normativo de información financiera aplicable y, en par-
ticular, según los principios y criterios contables que contiene. También se ha efec-
tuado una revisión del convenio de colaboración con la Generalidad de Cataluña y
del cumplimiento de la legislación aplicable en los ámbitos contable, presupuestario,
de contratación y de retribuciones de personal.
Intracatalònia, SA es una sociedad del sector público de la Generalidad constituida
en 1999 por el Consorcio Local y Comarcal de Comunicación. En el año 2013 estaba
participada en un 70% por la Generalidad y en un 30% por TVC Multimèdia, SL
(sociedad unipersonal cuyo socio único es la Corporación Catalana de Medios Au-
diovisuales). Su razón social es Intracatalònia, SA y su nombre comercial es Agència
Catalana de Notícies (ACN).
En el año 2013 el importe neto de la cifra de negocios fue de 1,23 M€, recibió subven-
ciones de explotación de la Generalidad de 2,16 M€ y tuvo pérdidas de 0,23 M€. La
subvención de explotación de la Generalidad, que incluye una aportación extraor-
dinaria de 0,36 M€ concedida para paliar el déficit de la sociedad, es inferior en un
28,48% a la establecida inicialmente en el convenio de colaboración con la Gene-
ralidad de Cataluña formalizado el 16 de julio de 2010. Por otro lado, en el ejercicio
2013 la sociedad no recibió ninguna aportación de capital (el convenio preveía
inicialmente un importe anual de 0,43 M€).
En el apartado de conclusiones del informe se resumen las principales observacio-
nes que se desprenden del trabajo realizado, de las que se destacan las siguientes:
En el ejercicio 2013 Intracatalònia, SA no rindió cuentas a la Sindicatura, hecho
que incumple el artículo 39.4 de la Ley 18/2010, de la Sindicatura de Cuentas, y el
artículo 71.3 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña.
Los Estatutos de Intracatalònia, SA no se han adaptado a los cambios que ha
habido desde su constitución en la actividad de la sociedad y en sus órganos de
administración.
En el ejercicio 2013 Intracatalònia, SA incumplió las limitaciones vigentes sobre
incrementos de plantilla y contratación de personal.
En el ejercicio 2013 Intracatalònia, SA tenía suscritos varios contratos laborales
por obra o servicio que, en opinión de la Sindicatura, no reunían todos los requi-
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
89
sitos fijados por la normativa aplicable a estos tipos de contratos, hecho que
podría hacer que fueran considerados contratos indefinidos por las autoridades
laborales.
Intracatalònia, SA abonó varias cantidades en concepto de indemnización por
despido a seis trabajadores fruto de negociaciones entre las partes como conse-
cuencia de las demandas interpuestas por los trabajadores. La Sindicatura con-
sidera que Intracatalònia, SA debería haber esperado a la resolución del Juzgado
de lo Social respecto a las demandas interpuestas antes de abonar ningún importe
adicional a los trabajadores, y haber actuado de acuerdo con lo que declarase la
sentencia firme.
En el apartado de conclusiones del informe también se hacen varias recomenda-
ciones que, en opinión de la Sindicatura, contribuirían a mejorar la gestión de Intra-
catalònia, SA y a corregir algunos de los aspectos indicados en el apartado de
observaciones. De estas recomendaciones se destacan las siguientes:
Intracatalònia, SA debería modificar sus Estatutos para adaptarlos a su realidad.
Intracatalònia, SA debería tomar las medidas necesarias para cumplir la normativa
laboral en materia de contratación de personal y las limitaciones presupuestarias
sobre gasto de personal.
Informe 27/2015, relativo a Ferrocarril Metropolità de Barcelona, SA, ejercicio
2012
Barcelona, 17 de febrero de 2016
La Sindicatura de Cuentas de Cataluña ha emitido el informe 27/2015, relativo a
Ferrocarril Metropolità de Barcelona, SA (FMB), ejercicio 2012, en cumplimiento de su
Programa anual de actividades.
El informe, presentado por la síndica Maria Àngels Servat como ponente, fue apro-
bado por el Pleno de la Sindicatura en la sesión del 15 de diciembre de 2015, con los
votos particulares en contra de los síndicos Jordi Pons y Emma Balseiro.
El trabajo es una fiscalización de regularidad de la Cuenta general de FMB del ejer-
cicio 2012 para verificar si se presenta de conformidad con el marco normativo de
información financiera aplicable y, en particular, con los principios y criterios con-
tables que este marco normativo contiene. También incluye la comprobación de que,
durante el período fiscalizado, FMB ha desarrollado su actividad de acuerdo con la
normativa que le es de aplicación.
FMB es una sociedad anónima de capital íntegramente público, participada al 100%
por el Área Metropolitana de Barcelona (AMB), que empezó a operar a 31 de
diciembre de 1924. Tiene como actividad principal el transporte colectivo subterrá-
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
90
neo de viajeros en la ciudad de Barcelona y municipios de su entorno metropolitano,
en coordinación con la AMB y la Autoridad del Transporte Metropolitano (ATM).
FMB da servicio de transporte a 2,4 millones de habitantes en ocho municipios, a
través de ocho líneas de metro con una longitud total de 104,9 km, 139 estaciones y
165 trenes. De estos trenes, FMB tiene la propiedad de 66 y el resto los arrenda a la
ATM. Las líneas 9 y 10 del metro fueron construidas por IFERCAT, que cedió su uso a
FMB a cambio de un canon de 49,74 M€ anuales.
La actividad de FMB se financia a través de los ingresos directos derivados de los
billetes de transporte (255,40 M€ en 2012) y, por la parte no cubierta, mediante las
subvenciones procedentes de la Administración General del Estado, la Generalidad
de Cataluña, el Ayuntamiento de Barcelona y la AMB, las cuales se comprome-
ten anualmente a través de un contrato programa (187,54 M€ en 2012). A 31 de
diciembre de 2012, FMB tenía una deuda a cobrar por el contrato programa de
228,85 M€.
Como resultado del acuerdo de la ATM de garantizar la financiación del transporte
público y sanear la deuda acumulada, el 6 de noviembre de 2014 FMB contrató la
refinanciación de la deuda con entidades financieras por 472,30 M€ y con ven-
cimiento a 31 de diciembre de 2031, con el aval del Ayuntamiento de Barcelona y
con el compromiso de la ATM de abonar a FMB una subvención finalista por el im-
porte de los compromisos adquiridos.
En opinión de la Sindicatura, excepto por los efectos que pudieran tener los hechos
descritos en las observaciones 5, 6 y 8 del informe, las cuentas anuales de FMB
correspondientes al ejercicio 2012 expresan, en todos los aspectos significativos, la
imagen fiel del patrimonio y de la situación financiera a 31 de diciembre de 2012, y
los resultados de sus operaciones y de los flujos de efectivo correspondientes al
ejercicio finalizado en aquella fecha, y contienen la información necesaria y suficiente
para su interpretación y comprensión adecuadas, de conformidad con los principios
y normas contables aplicables.
Las observaciones 5, 6 y 8 del informe son las siguientes:
Los activos construidos a cargo de la Generalidad de Cataluña y otras administra-
ciones, cedidos a FMB entre los años 1967 y 2011, y que ascienden a 1.086,93 M€,
nunca han sido reconocidos en el Balance de FMB ni han sido amortizados.
El saldo a cobrar por aportaciones del contrato programa 2011-2012 incluye
11,81 M€ que no han sido reconocidos por la ATM y para los cuales no hay ningún
compromiso futuro de consignación presupuestaria. FMB no debería haber reco-
nocido este importe como un ingreso en la Cuenta de pérdidas y ganancias ni
como un saldo a cobrar de la ATM.
En aplicación del Real decreto ley 20/2012, FMB redujo una paga extraordinaria al
personal con la retención de una catorceava parte del salario base más anti-
güedad, sin incluir los incentivos al rendimiento y sin incluir tampoco ninguno de
los otros conceptos retributivos de los que dispone el personal. Por otro lado, la
aplicación del acuerdo de personal de 5 de diciembre de 2012, por el que se
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
91
ampliaba el período de disfrute de las vacaciones en un mes a cambio del pago
de una catorceava parte del salario base y antigüedad en 2015 (pagado como
anticipo en diciembre de 2012), vulnera el cumplimiento de dicho Real decreto en
tanto que supone el pago a los trabajadores del importe equivalente al que el Real
decreto ley obliga a reducir.
Otras observaciones y recomendaciones relevantes son las siguientes:
En el ejercicio 2012 la Intervención de la AMB, que es quien debía ejercer la fun-
ción interventora de FMB, no emitió ningún informe de control financiero.
Solo dieciséis de los cincuenta trenes arrendados a la ATM e inicialmente des-
tinados a la línea 9 estaban dando servicio en esa línea. Del resto, veintiséis trenes
fueron destinados a la renovación/ampliación de flota de la línea 2 y de la línea 4, y
ocho trenes estaban inactivos. Además no entraron en funcionamiento los seis
trenes contabilizados dentro del inmovilizado en curso aunque se recibieron entre
marzo y junio de 2011; por lo tanto, no se dotó ninguna amortización ni se traspasó
a ingreso la parte correspondiente de las subvenciones con las que se financiaron.
En el perfil del contratante de la página web de FMB no constaba ni el órgano que
aprobó las Instrucciones internas de contratación ni la fecha en que se aprobaron.
Además, las Instrucciones no incluían aspectos como las garantías, las modifica-
ciones de contrato y las prórrogas. En los expedientes fiscalizados tampoco es-
taba formalizada la aprobación de los pliegos por parte del órgano de contratación
correspondiente.
En la valoración de siete expedientes de la muestra fiscalizada, las fórmulas utili-
zadas para valorar las ofertas económicas dan puntuaciones muy similares a la
oferta más económica y a la más cara, hecho que disminuye la importancia relativa
del criterio económico frente al criterio técnico. Por otro lado, los pliegos de bases
no establecían los criterios objetivos que había que cumplir para obtener la pun-
tuación concreta de cada oferta, y permitían un exceso de discrecionalidad a la
hora de valorarlas.
En la mayoría de los expedientes analizados con importes superiores al límite para
ser considerados contratos menores no se formalizó el correspondiente contrato y,
en dos de ellos, el contrato firmado incluía modificaciones esenciales. Por lo tanto,
se debería haber efectuado una nueva licitación que permitiera la concurrencia en
igualdad de condiciones de otros posibles licitadores.
En los contratos para la adquisición de material codificado inferiores a 50.000 €, el
órgano que decidía la adjudicación era el propio departamento de aprovisio-
namientos. Tampoco se exigía la garantía preceptiva en los contratos para la ad-
quisición de material codificado y en los contratos de importe inferior a 200.000 €.
Con relación al sistema de control interno, la Sindicatura recomienda que se limiten
los poderes bancarios otorgados a los órganos directivos de FMB, que se re-
duzcan sus límites y que sean mancomunados. Asimismo, recomienda que se
reduzca el número de usuarios genéricos informáticos, y que el acceso a las bases
de datos de personal y de proveedores quede restringido solo al personal en-
cargado de estas funciones.
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
92
Informe 28/2015, relativo al Hospital Comarcal de El Baix Llobregat, Reso-
lución 938/X del Parlamento
Barcelona, 17 de febrero de 2016
La Sindicatura de Cuentas de Cataluña ha emitido el informe 28/2015, relativo al
Hospital Comarcal de El Baix Llobregat, Resolución 938/X del Parlamento.
El informe, presentado por el síndico Andreu Morillas como ponente, fue aprobado
por el Pleno de la Sindicatura en la sesión del 15 de diciembre de 2015, con un voto
particular.
La fiscalización tiene su origen en dicha resolución parlamentaria, que “encomienda a
la Sindicatura de Cuentas completar el informe de fiscalización 22/2014 en lo referente
a las obras de construcción del Hospital Comarcal de El Baix Llobregat, Moisès
Broggi, especialmente con relación a las irregularidades detectadas por la Sindicatura
de Cuentas, en el informe de fiscalización 29/2009, en el aumento del precio del
contrato de obra sin ninguna justificación y en la inclusión de intereses intercalarios,
que era contraria al pliego de cláusulas administrativas, y también si del pago de
dichas cantidades no justificadas se puede derivar una responsabilidad contable”.
El objeto del informe ha sido, pues, la fiscalización del coste final de las obras de
construcción del Hospital Comarcal de El Baix Llobregat, Moisès Broggi, y de su
pago. Por lo tanto, el período analizado ha sido desde la finalización del proyecto
constructivo, en diciembre de 2009, hasta marzo de 2015.
El Consorcio Sanitario Integral (CSI) es una entidad jurídica pública, de carácter
asociativo, dotada de personalidad jurídica plena e independiente de la de sus
miembros.
El Consorcio fue creado mediante el Decreto 240/1991 de la Generalidad de Cata-
luña como Consorcio para la Gestión del Hospital de la Cruz Roja de L’Hospitalet de
Llobregat.
El Acuerdo de Gobierno de la Generalidad de Cataluña de 5 de noviembre de 2002
aprobó el cambio de nombre del Consorcio Sanitario de la Cruz Roja de Cataluña por
el de Consorcio Sanitario Integral, y dio una nueva redacción a los Estatutos para
adaptarlos a una progresiva disminución de la participación de la Cruz Roja.
El Acuerdo de Gobierno de la Generalidad de Cataluña de 27 de abril de 2004 apro-
bó una nueva redacción de los Estatutos del CSI para adaptarlos a la incorporación
del Consejo Comarcal de El Baix Llobregat, del Ayuntamiento de Sant Joan Despí y
del Instituto Catalán de la Salud al Consorcio como nuevas entidades integrantes del
Consorcio. El 25 de enero de 2005, el Consejo Rector del CSI aprobó admitir también
al Ayuntamiento de L’Hospitalet de Llobregat como nueva entidad integrante.
La construcción del nuevo Hospital Comarcal de El Baix Llobregat, Moisès Broggi, se
inició en el año 2003. La gestión del proyecto constructivo fue a cargo de la sociedad
Sanitat Integral del Baix Llobregat (SIBLL), empresa pública íntegramente propiedad
del CSI.
A continuación se exponen las principales conclusiones de la fiscalización realizada:
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
93
En lo referente a la redacción de los proyectos, la Sindicatura destaca en el
informe la adjudicación directa de varios contratos al mismo despacho de arqui-
tectos que fue ganador del concurso de ideas para la redacción del anteproyecto
y el proyecto básico del nuevo hospital.
En cuanto a la contratación de las obras, se señalan varias anomalías, como la
firma del contrato con la empresa adjudicataria por un importe superior al estable-
cido en la adjudicación y la introducción de cambios sustanciales en el proyecto a
realizar que, en opinión de la Sindicatura, constituyen una novación contractual
que habría requerido la resolución del contrato anterior y un nuevo procedimiento
de licitación.
En relación con el requerimiento del Parlamento sobre la existencia de posibles
supuestos de responsabilidad contable, la Sindicatura detecta indicios de este tipo
de responsabilidad en las siguientes incidencias:
• Posible perjuicio económico derivado del pago de los intereses no previstos en
el Pliego de cláusulas administrativas particulares.
• Posible perjuicio económico derivado del incremento del coste de financiación
en contra del sistema establecido en el Pliego de cláusulas administrativas
particulares.
• Posible perjuicio económico derivado del pago por parte del CSI del importe de
los intereses correspondientes a la financiación de la obra generados desde el
31 de agosto de 2009 hasta el 1 de diciembre de 2009, puesto que no se había
efectuado la recepción de la obra y ese era el requisito esencial para empezar
a devengar los intereses, de acuerdo con el contrato.
La conclusión sobre la existencia de indicios de responsabilidad contable se hace
con todas las reservas y poniendo de manifiesto que únicamente se hace respecto a
la posible existencia de indicios, ya que la apreciación de la existencia de respon-
sabilidad contable únicamente corresponde a la jurisdicción contable ejercida por el
Tribunal de Cuentas, que es quien tiene atribuida la competencia para depurar estos
tipos de responsabilidades.
Informe 29/2015, relativo a las elecciones al Consejo General de Aran del año
2015
Barcelona, 27 de enero de 2016
La Sindicatura de Cuentas de Cataluña ha emitido el informe 29/2015, relativo a las
elecciones al Consejo General de Aran del año 2015, en cumplimiento de su Pro-
grama anual de actividades.
El informe, presentado por el síndico mayor, Jaume Amat, como ponente, fue apro-
bado por el Pleno de la Sindicatura en la sesión del 15 de diciembre de 2015.
El objetivo del informe es pronunciarse sobre la regularidad de las contabilidades
electorales presentadas por las formaciones políticas que han obtenido represen-
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
94
tación en el Consejo General de Aran y, en caso de apreciar irregularidades, pro-
poner la no adjudicación o la reducción de la subvención electoral.
Este informe se emite teniendo en cuenta la normativa que regula las subvenciones y
el control de la contabilidad electoral. El Pleno de la Sindicatura de Cuentas, en la
reunión de 19 de mayo de 2015, aprobó las instrucciones para la fiscalización de la
contabilidad electoral de las elecciones al Consejo General de Aran del 24 de mayo
de 2015.
Como limitaciones al alcance del trabajo realizado, hay que destacar que una re-
visión completa de los gastos y de los ingresos electorales de las diferentes for-
maciones políticas objeto del trabajo exigiría una fiscalización de toda la actividad
económico-financiera ordinaria de las formaciones políticas.
El Aran se divide en seis circunscripciones electorales que corresponden a los seis
terçons históricos. El Consejo General de Aran está integrado por trece miembros.
Los resultados de las elecciones del 24 de mayo de 2015 han sido los siguientes:
Resultados electorales de las elecciones al Consejo General de Aran del 24 de mayo de 2015
Candidatura
Resultados
electorales
Votos
computables Consejeros
Convergència Democràtica Aranesa – Partit Nacionalista Aranès (CDA-PNA) 1.972 1.972 7
Unitat d’Aran – Partit dels Socialistes de Catalunya – Candidatura de
Progrés (UA-PSC-CP) 2.193 1.900 5
Partit Renovador Arties-Garòs (PRAG) 130 130 1
Partido Popular (PP) 178 - -
Corròp Quate Lòcs (CQL) 177 - -
Votos en blanco y nulos 217 - -
Total 4.867 4.002 13
Fuente: Elaboración propia a partir del Edicto de 29 de mayo de 2015 de la Junta Electoral Provincial de Lleida.
Una vez revisadas las contabilidades electorales y los justificantes de gasto apor-
tados por cada formación política, la Sindicatura ha verificado el cumplimiento de los
límites de gasto fijados por la normativa electoral.
Los importes de la subvención electoral a recibir por cada formación política son los
siguientes:
Subvención electoral
Formación
política
Subvención por
gastos ordinarios
Subvención por
mailing
Total
subvención
Propuesta de
reducción
Subvención
pendiente de cobrar
CDA-PNA 3.186,64 1.602,41 4.789,05 - 4.789,05
UA-PSC-CP 2.561,20 - 2.561,20 - 2.561,20
PRAG 305,88 - 305,88 - 305,88
Total 6.053,72 1.602,41 7.656,13 - 7.656,13
Importes en euros.
Fuente: Elaboración propia.
En el apartado de conclusiones del informe se pone de manifiesto lo siguiente:
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
95
Todas las formaciones políticas que tienen la obligación de hacerlo han presen-
tado la contabilidad electoral a la Sindicatura de Cuentas de Cataluña en el plazo
establecido.
Todas las formaciones políticas han cumplido el límite general máximo de gasto
electoral y los sublímites de publicidad establecidos en la normativa.
De acuerdo con el objeto y alcance de este informe, la Sindicatura de Cuentas pro-
pone que no se aplique ninguna reducción o no adjudicación de la subvención
electoral prevista.
Por último, el informe incluye una serie de observaciones y una recomendación deri-
vadas de la fiscalización efectuada.
Informe 30/2015, relativo a Gestió d’Infraestructures, SAU (GISA), ejercicio
2010
Barcelona, 17 de febrero de 2016
La Sindicatura de Cuentas de Cataluña ha emitido el informe 30/2015, relativo a
Gestió d’Infraestructures, SAU (GISA), ejercicio 2010, en cumplimiento de su Pro-
grama anual de actividades.
El informe, presentado por la síndica Emma Balseiro como ponente, fue aprobado
por el Pleno de la Sindicatura en la sesión del 15 de diciembre de 2015.
El objeto del informe es la fiscalización de regularidad, por lo tanto, los objetivos
fijados en este trabajo se han dirigido a obtener una razonable seguridad de que la
información económico-financiera de la entidad se presenta conforme a los principios
contables que le son de aplicación y que en el desarrollo de su actividad económico-
financiera se ha actuado de acuerdo con la legislación vigente. El informe también se
emite en cumplimiento de la Resolución 113/IX del Parlamento de Cataluña.
En opinión de la Sindicatura, excepto por los hechos descritos en las observaciones
1, 3 y 4 del informe, las cuentas anuales de GISA expresan en todos los aspectos
significativos la imagen fiel del patrimonio y de la situación financiera a 31 de di-
ciembre de 2010, y también los resultados, los flujos de efectivo y la liquidación
presupuestaria correspondientes al ejercicio anual finalizado en aquella fecha, de
conformidad con el marco normativo de información financiera que es de aplicación
y, en particular, con los principios y criterios contables que contiene.
En el informe también se presentan las observaciones referentes a los análisis rela-
cionados con la Resolución 113/IX del Parlamento de Cataluña. Hay que subrayar
que el trabajo de la Sindicatura de Cuentas en relación con estos análisis se ha
fundamentado en la revisión y contrastación de evidencias documentales incluidas
en los registros de GISA y en los expedientes de contratación y, por lo tanto, no
incluye aquella otra información que las instancias judiciales que investigan los casos
a los que se refiere la Resolución podrían haber obtenido por otros medios.
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
96
En el apartado de conclusiones del informe se resumen las principales observacio-
nes que se desprenden del trabajo realizado, de las que destacan las siguientes:
El Balance de situación de GISA no recoge el importe de las obras en curso cuyos
contratos establecían que su pago se haría una vez fueran recepcionadas, y que a
31 de diciembre de 2010, según la información facilitada por GISA, estaban valo-
radas en 749,50 M€.
En cuanto a la compensación de costes a IFERCAT por sus actividades rela-
cionadas con el proyecto de la línea 9 del metro de Barcelona, puesto que el tramo
cuarto de esta línea ya se había puesto en funcionamiento durante el período
2009-2010, la Sindicatura considera que para el ejercicio 2010 IFERCAT lo debería
haber tenido en cuenta a la hora de refacturar a GISA los costes de la línea.
GISA contabilizó el ajuste para la correlación entre ingresos y gastos en función
del cálculo realizado sobre el total de ingresos y el total de gastos. La Sindicatura
considera que el ajuste debería haberse efectuado por el total de los ajustes
resultantes de cada una de las tipologías de obra, por 1,02 M€ en el pasivo del
Balance, con una diferencia respecto a la periodificación de activo contabilizada
por GISA de 3,70 M€.
Respecto a la liquidación presupuestaria, se recoge el saldo neto de la variación
del endeudamiento, mientras que, de acuerdo con las normas de elaboración
presupuestaria, había que registrar el mayor endeudamiento contraído en el capí-
tulo 9 de ingresos por 37,03 M€ y la amortización del ejercicio en el capítulo 9 de
gastos por 128,92 M€.
La liquidación presupuestaria incluye las variaciones de activos y pasivos del
Balance por 37,28 M€ para equilibrar la liquidación del presupuesto. La Sindicatura
considera que, de acuerdo con las normas presupuestarias, no es correcto.
De la fiscalización de las Instrucciones internas de contratación de GISA en la
versión vigente durante el ejercicio 2010, la Sindicatura concluye que, en términos
generales, garantizan el cumplimiento de los principios de publicidad, concu-
rrencia, transparencia, confidencialidad, igualdad de trato y no discriminación, y
hace recomendaciones de mejora.
De la revisión de los criterios de valoración de las ofertas, en el informe se des-
tacan varias observaciones referentes a la ponderación de los criterios objetivos y
de los sujetos a un juicio de valor, la valoración de los criterios y subcriterios, la
posibilidad de presentar servicios complementarios o adicionales o mejoras
tecnológicas, así como su valoración, que no está debidamente explicitada en los
pliegos, etc.
Respecto a la valoración de las ofertas anormales o desproporcionadas, sería pre-
ciso que el informe de los servicios técnicos sobre las justificaciones presentadas
por el licitador en el proceso contradictorio de audiencia estuviera suficientemente
motivado.
En el procedimiento de adjudicación negociado sin publicidad de importe inferior a
50.000 €, en el cual no se elabora pliego de cláusulas, las condiciones básicas de
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
97
la licitación deberían quedar suficientemente definidas en la invitación. Además, en
los contratos adjudicados mediante procedimiento negociado sin publicidad no
consta la forma de la negociación ni que se haya efectuado.
GISA contrató obras complementarias al mismo adjudicatario de la obra principal
mediante un procedimiento negociado sin publicidad en el cual se invitaba solo a
ese licitador, sin que queden acreditadas y justificadas en el expediente las cir-
cunstancias y las características que hicieron necesario el proyecto comple-
mentario y su adjudicación al contratista de la obra.
Se ha observado la formalización de modificaciones contractuales que, según la
jurisprudencia comunitaria, deberían haber sido previstas de forma clara, precisa e
inequívoca en los pliegos de cláusulas, sin modificar las condiciones esenciales de
la licitación, y deberían haberse justificado los requisitos de imprevisibilidad y de
necesidades de interés público.
La contratación de determinados servicios y suministros se realizó de acuerdo con
la orden interna “Procedimiento para el impulso y tramitación de contratos menores
y pedidos ordinarios”. El contenido de esta orden era contrario a lo establecido en
las Instrucciones internas de contratación de GISA para los contratos no menores,
según las cuales deberían tramitarse por procedimiento abierto, restringido o
negociado.
En tres de los expedientes revisados de contratos menores el trabajo se efectuó
con anterioridad a su adjudicación, y algunos contratos en los que se han de-
tectado aspectos relacionados con el objeto de los servicios o bienes adquiridos,
con el importe y con las fechas, deberían haberse licitado mediante procedi-
mientos abiertos o negociados.
Finalmente, en el informe se hacen recomendaciones referentes a la mejora de los
procedimientos de contratación y a la contabilización de las operaciones de acuerdo
con la realidad económica y presupuestaria de las operaciones y no solo con su
forma jurídica.
Informe 31/2015, relativo a Gestió d’Infraestructures, SAU (GISA), ejercicio
2011
Barcelona, 17 de febrero de 2016
La Sindicatura de Cuentas de Cataluña ha emitido el informe 31/2015, relativo a Ges-
tió d’Infraestructures, SAU (GISA), ejercicio 2011, en cumplimiento de su Programa
anual de actividades.
El informe, presentado por la síndica Emma Balseiro como ponente, fue aprobado
por el Pleno de la Sindicatura en la sesión del 15 de diciembre de 2015.
El objeto del informe es la fiscalización de regularidad, por lo tanto, los objetivos
fijados en este trabajo se han dirigido a obtener una razonable seguridad de que la
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
98
información económico-financiera de la entidad se presenta conforme a los principios
contables que le son de aplicación y que en el desarrollo de su actividad económico-
financiera se ha actuado de acuerdo con la legislación vigente.
En opinión de la Sindicatura, excepto por los hechos descritos en las observaciones
1, 3, 4 y 5 del informe, las cuentas anuales de GISA expresan, en todos los aspectos
significativos, la imagen fiel del patrimonio y de la situación financiera a 31 de
diciembre de 2011, y también los resultados, los flujos de efectivo y la liquidación
presupuestaria correspondientes al ejercicio anual finalizado en aquella fecha, de
conformidad con el marco normativo de información financiera que es de aplicación
y, en particular, con los principios y criterios contables que contiene.
En el apartado de conclusiones del informe se resumen las principales observacio-
nes que se desprenden del trabajo realizado, de las que destacan las siguientes:
El Balance de situación de GISA recoge el importe de los proyectos terminados o
puestos en servicio, cuyos contratos establecen que su pago se llevará a cabo una
vez sean recepcionados, pero no el importe valorado de los proyectos que
estaban en construcción, por 483,54 M€.
En cuanto a la compensación de costes a IFERCAT por sus actividades rela-
cionadas con el proyecto de la línea 9 del metro de Barcelona, puesto que el tramo
cuarto de esta línea ya se había puesto en funcionamiento durante el período
2009-2010, la Sindicatura considera que para el ejercicio 2011 IFERCAT lo debería
haber tenido en cuenta a la hora de refacturar a GISA los costes de la línea.
GISA contabilizó el ajuste para la correlación entre ingresos y gastos en función
del cálculo realizado sobre el total de ingresos y el total de gastos. La Sindicatura
considera que el ajuste debería haberse efectuado por el total de los ajustes
resultantes de cada una de las tipologías de obra, por 1,94 M€ en el pasivo del
Balance, con una diferencia respecto a la periodificación de activo contabilizada
por GISA de 4,96 M€.
Respecto a la liquidación presupuestaria, la sociedad registró en el capítulo 6 del
presupuesto de gastos los proyectos terminados o puestos en servicio total o par-
cialmente cuya certificación y recepción estaban pendientes de formalizar cuando,
según las normas de contabilidad presupuestaria, solo hay que registrar las obras
certificadas. Así pues, las inversiones reales de la liquidación presupuestaria de
gastos están sobrevaloradas en 417,37 M€. Por otra parte, GISA contabilizó el
saldo neto de la variación del endeudamiento, en vez de registrar el mayor endeu-
damiento contraído en el capítulo 9 de ingresos por 69,26 M€, y la amortización del
ejercicio en el capítulo 9 de gastos por 79,21 M€, de acuerdo con las normas de
elaboración presupuestaria.
Durante el período comprendido entre el 10 de febrero y el 25 de marzo de 2011
podría haber existido causa de incompatibilidad en un alto cargo, puesto que los
ceses en los cargos que tenía en varias empresas de objetos sociales rela-
cionados con el de GISA se elevaron a públicos el 28 de febrero y el 25 de marzo
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
99
de 2011. Este hecho podría ser constitutivo de una infracción grave prevista en la
Ley 13/2005, de incompatibilidades de los altos cargos al servicio de la Gene-
ralidad. Dada la situación descrita, se ha observado que una empresa adju-
dicataria podría haber incurrido en la prohibición para contratar del artículo 49.1.f
de la Ley de contratos del sector público en tres expedientes.
De la fiscalización de las Instrucciones internas de contratación de GISA en la
versión vigente durante el ejercicio 2011, la Sindicatura concluye que, en términos
generales, garantizan el cumplimiento de los principios de publicidad, concu-
rrencia, transparencia, confidencialidad, igualdad de trato y no discriminación.
De la revisión de los criterios de valoración de las ofertas, en el informe se des-
tacan varias observaciones referentes a la ponderación de los criterios objetivos y
de los sujetos a un juicio de valor, o la valoración de los criterios y subcriterios, la
posibilidad de presentar servicios complementarios o adicionales o mejoras tec-
nológicas, así como su valoración, que no está debidamente explicitada en los
pliegos, etc.
Respecto a la valoración de las ofertas anormales o desproporcionadas, se con-
sidera que el informe de los servicios técnicos sobre las justificaciones pre-
sentadas por el licitador en el proceso contradictorio de audiencia debería estar
suficientemente motivado.
En el procedimiento de adjudicación negociado sin publicidad de importe inferior a
50.000 €, en el cual no se elabora pliego de cláusulas, las condiciones básicas de
la licitación deberían haber quedado suficientemente definidas en la invitación.
Además, en los contratos adjudicados mediante procedimiento negociado sin
publicidad no consta la forma de la negociación ni que haya habido.
GISA contrató obras complementarias al mismo adjudicatario de la obra principal
mediante un procedimiento negociado sin publicidad en el cual se invita solo a ese
licitador, sin que quedaran acreditadas y justificadas en el expediente las cir-
cunstancias y las características que hicieron necesario el proyecto comple-
mentario y su adjudicación al contratista de la obra.
La contratación de determinados servicios y suministros se realizó de acuerdo con
la orden interna “Procedimiento para el impulso y tramitación de contratos menores
y pedidos ordinarios”. El contenido de esta orden era contrario a lo establecido en
las Instrucciones internas de contratación de GISA para los contratos no menores,
según las cuales deberían tramitarse por procedimiento abierto, restringido o
negociado.
Algunos contratos menores en los que se han detectado aspectos relacionados
con el objeto de los servicios o bienes adquiridos, con el importe y con las fechas,
deberían haberse licitado mediante procedimientos abiertos o negociados.
En el informe se presentan seis recomendaciones referentes a la mejora de los pro-
cedimientos de contratación y a la contabilización de las operaciones de acuerdo
con la realidad económica de las operaciones y no solo con su forma jurídica.
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
100
Informe 32/2015, relativo a la Fundació Privada Hospital de la Santa Creu i
Sant Pau, Resolución 234/X del Parlamento
Barcelona, 17 de febrero de 2016
La Sindicatura de Cuentas de Cataluña ha emitido el informe 32/2015, relativo a la
Fundació Privada Hospital de la Santa Creu i Sant Pau, en cumplimiento de la
Resolución 234/X del Parlamento.
El informe, presentado por el síndico Andreu Morillas como ponente, fue aprobado
por el Pleno de la Sindicatura en la sesión del 22 de diciembre de 2015.
La fiscalización objeto de este informe tiene su origen en la Resolución 234/X del
Parlamento de Cataluña, mediante la cual se instaba a la Sindicatura a fiscalizar el
valor contable de las fincas externas propiedad de la fundación. El ámbito temporal
del trabajo corresponde al ejercicio 2012.
En el año 2012 la División de Fincas Externas de la fundación gestionaba un conjunto
de novecientos treinta y tres inmuebles vinculados a noventa fincas –urbanas o
rústicas– procedentes mayoritariamente de donaciones, herencias y legados, y ubi-
cadas en veintidós municipios del territorio de Cataluña, la mayor parte de los cuales
se encontraban arrendados a terceros.
A 31 de diciembre de 2012, el valor neto contable de los inmuebles era de 156,19 M€,
después de aplicar la amortización y las pérdidas por el deterioro.
De acuerdo con la última tasación efectuada por expertos independientes en el
último trimestre de 2012, estos activos tenían un valor de mercado de 180,84 M€;
cinco de ellos representaban el 40,3% del valor de mercado total de las fincas.
La Sindicatura considera que, a pesar de las divergencias de valor detectadas entre
los informes de tasación de la fundación y los encargados por la Sindicatura durante
la fiscalización, el valor contable de las fincas de la fundación al cierre del ejercicio
2012 es razonable, excepto en el caso de la finca de Can Masdeu, que presenta una
diferencia entre los valores de tasación de 4,81 M€, puesto que entre las dos valo-
raciones hay divergencias en cuanto a las superficies y los usos de las fincas.
Entre los ejercicios 2008 y 2014, la fundación destinó parte de las rentas obtenidas
por la gestión de las fincas a finalidades no vinculadas de forma directa con la
financiación de la actividad asistencial: 15,30 M€ a la financiación de la rehabilitación
del recinto histórico del hospital, 3,93 M€ a la construcción del nuevo hospital,
2,13 M€ a la construcción del nuevo edificio de la fundación de investigación y
1,65 M€ a becas y al Plan de acción social. Todas estas actividades forman parte de
los objetivos de la fundación, de acuerdo con sus Estatutos.
Las cuentas anuales muestran también que los resultados positivos de ejercicios
anteriores de la División, 73,59 M€, se mantienen en su patrimonio y sirven para pa-
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
101
liar, en parte, el saldo de los resultados negativos acumulados, de 170,56 M€, de las
demás actividades de la fundación.
En el apartado de conclusiones, la Sindicatura formula tres observaciones relacio-
nadas con el procedimiento de contratación de la empresa tasadora, con la forma-
lización de un gravamen sobre unas fincas recibidas en legado y sobre los servicios
facturados entre empresas del grupo.
Informe 33/2015, relativo a las empresas públicas, consorcios, fundaciones
y entidades autónomas no administrativas de la Generalidad de Cataluña,
análisis de las cuentas, ejercicios 2011 y 2012
Barcelona, 9 de marzo de 2016
La Sindicatura de Cuentas de Cataluña ha emitido el informe 33/2015, relativo a las
empresas públicas, consorcios, fundaciones y entidades autónomas no admi-
nistrativas de la Generalidad de Cataluña, análisis de las cuentas, ejercicios 2011 y
2012, en cumplimiento de su Programa anual de actividades.
El informe, presentado por el síndico mayor, Jaume Amat, como ponente, fue apro-
bado por el Pleno de la Sindicatura en la sesión del 22 de diciembre de 2015.
El objetivo del informe es el análisis de las cuentas del sector no administrativo de la
Generalidad de Cataluña para ofrecer una visión global de este sector con parti-
cipación mayoritaria directa o indirecta de la Generalidad. Por este motivo, las en-
tidades incluidas en el informe son aquellas cuyos presupuestos han sido aprobados
por las correspondientes leyes de presupuestos de cada ejercicio. No se han
incluido las entidades del sector público no administrativo que están participadas
minoritariamente por la Generalidad.
Las cuentas anuales que se presentan en este informe no han sido fiscalizadas por la
Sindicatura de Cuentas. La Sindicatura ha fiscalizado algunas de las entidades inclui-
das en este informe de acuerdo con su Programa anual de actividades.
El informe se ha realizado a partir de la información recibida de las entidades y la
información remitida por la Intervención General de la Generalidad. También se han
consultado otras fuentes, como la base de datos elaborada por la Dirección General
del Patrimonio de la Generalidad referente a las entidades del sector público catalán.
Para poder disponer de una información que refleje la realidad económico-financiera
se han incluido, por tipos de entes, el Balance de situación, la Cuenta de pérdidas y
ganancias y la Liquidación del presupuesto de estas entidades, tanto individual como
agregada, para los ejercicios 2011 y 2012. A efectos comparativos se ha presentado
la misma información correspondiente al ejercicio 2010.
El informe contiene los siguientes apartados:
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
102
Análisis institucional del sector público no administrativo, con el año de creación, la
participación de la Generalidad, la dependencia, el ámbito de actividad y el objeto
social de cada entidad.
Análisis de los estados financieros individuales y agregados con diferentes ratios
del Balance y de la Cuenta de resultados.
Análisis de la Liquidación del presupuesto, por entidad y agregada, con las ratios
y los datos más significativos respecto a los derechos y obligaciones liquidados.
Análisis del personal, con los datos más significativos respecto a los recursos en
personal de todas las entidades analizadas: número medio de trabajadores, gasto
de personal, gasto medio por trabajador y peso relativo de este gasto en el global
de los gastos de explotación.
Los datos básicos agregados por tipos de entidades para el ejercicio 2012 se
pueden ver en los siguientes cuadros:
Distribución de las entidades por ámbito de actividad
Tipo
de entidad
Agricultura
y medio
ambiente
Cultura y
enseñanza
Infraestructuras,
transporte y
vivienda Investigación
Salud y
servicios
sociales Otros Total
EACIF - 1 - - - 2 3
EDP 5 8 9 3 13 9 47
SM 1 9 19 - 8 10 47
Consorcios 2 10 11 13 19 6 61
Fundaciones 1 7 - 27 6 2 43
Total 9 35 39 43 46 29 201
Principales datos económicos, ejercicio 2012
Tipo de
entidad
Presupuesto
inicial (M€) Balance (M€)
Resultado del
ejercicio (M€)
Número de
trabajadores
Gastos de personal /
gastos de explotación (%)
EACIF 24 31 (6) 102 14
EDP 6.014 20.870 (92) 12.306 20
SM 2.141 5.258 (209) 5.082 28
Consorcios 3.193 2.723 (29) 23.796 34
Fundaciones 705 1.130 (9) 8.493 49
Total 12.077 30.012 (345) 49.779 29
Fuente: Elaboración propia.
Clave:
EACIF: Entidades autónomas de carácter comercial, industrial, financiero o análogo
EDP: Entidades de derecho público
SM: Sociedades mercantiles
En el apartado de conclusiones del informe se destaca lo siguiente:
De las trece entidades de la primera legislatura se ha pasado a ciento noventa y
cuatro en 2010 y a doscientas once en 2011. A partir del año 2011 se observa un
cambio de tendencia, que ha situado el número de entidades en el ejercicio 2012
en doscientas una.
SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA — MEMORIA DE ACTIVIDADES DE 2015
103
Hay un porcentaje significativo de entidades de dimensión reducida, tanto en
número de trabajadores como en volumen anual de ingresos.
A 31 de diciembre de 2012, tres sociedades tenían un patrimonio neto negativo,
cuatro un patrimonio neto inferior a la mitad de su capital social y dos un patri-
monio neto inferior a dos terceras partes del capital social.
La aplicación de diferentes planes de contabilidad por parte de las entidades del
sector público no administrativo supone la utilización de criterios diferentes en el
reconocimiento de los recursos públicos que gestionan y eso dificulta el análisis de
los resultados agregados.
La normativa catalana no regula la elaboración de unas cuentas consolidadas que
recojan toda la actividad económica y financiera del sector público de la Gene-
ralidad de Cataluña.