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MEDIO AMBIENTE

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Principales novedades legislativas

Jurisprudencia

Legislación 1. Unión Europea 2. Estado 3. Comunidades autónomas

ÍNDICE

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Orden IET/359/2016, de 17 de marzo, del Ministerio de Industria, Energía y Turismo por la que se establecen las obligaciones de aportación al Fondo Nacional de Eficiencia Energética en el año 2016 (BOE de 19 de marzo de 2016).

La Directiva 2012/27/UE, de 25 de octubre de 2012, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la eficiencia energética establece en su artículo 7 la obligación de justificar, por parte de cada Estado miembro, una cantidad de ahorro de energía acumulado para el periodo 2014-2020. Por otra parte, la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y eficiencia (en adelante, Ley 18/2014), establece un sistema nacional de obligaciones de eficiencia energética en virtud del cual se asigna a las empresas comercializadoras de gas y electricidad, a los operadores de productos petrolíferos al por mayor, y a los operadores de gases licuados de petróleo al por mayor una cuota anual de ahorro energético denominada obligación de ahorro. Para hacer efectivo el cumplimiento de las obligaciones anuales de ahorro energético, deberán realizar una contribución financiera anual al Fondo Nacional de Eficiencia Energética, a ingresar en cuatro pagos iguales a lo largo de 2016, no más tarde del 31 de marzo, del 30 de junio, del 30 de septiembre y del 31

de diciembre, por el importe resultante de multiplicar su obligación de ahorro anual por la equivalencia financiera correspondiente.El objetivo del citado Fondo es la puesta en marcha de un mecanismo de apoyo económico y financiero, asistencia técnica, formación e información y otras medidas que permitan aumentar la eficiencia energética en los diferentes sectores y ayudar a conseguir el objetivo de ahorro establecido.

01PRINCIPALES NOVEDADESLEGISLATIVAS

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Así, la presente Orden da cumplimiento al artículo 70.1 de la citada Ley 18/2014, mediante el establecimiento de:

a) El objetivo de ahorro energético en el año 2016. En concreto, para el año 2016 se establece un objetivo de ahorro agregado de 262 kteps o 3.046,51 GWh. La equivalencia financiera para el año 2016 se establece en 0,789728 millones de

euros por ktep ahorrado, ó 67.916,58 euros por GWh ahorrado.

b) Los porcentajes de reparto entre los correspondientes sujetos obligados.

c) Las cuotas u obligaciones de ahorro resultantes y su equivalencia económica.

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JURISPRUDENCIA02Sentencia, de 1 de marzo de 2016 (rec. 3102/2014), de la Sección 5 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo

La presente Sentencia ha sido dictada en el marco de un recurso de casación frente a la Sentencia nº 350/2014, de 19 de junio de 2014 (rec. 299/2012), de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, que resolvía un recurso interpuesto por una entidad gestora de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos frente a una Resolución del Director General de Cambio Climático y Educación Ambiental de la Consellería de Medi Ambient i Mobiliat del Gobern de les Illes Balears, por la que autorizaba a a dicha entidad gestora para realizar su actividad en el ámbito territorial de las Islas Baleares.La problemática de la presente Sentencia se ha centrado en dilucidar si se permite el traslado de los residuos para su gestión fuera del territorio de la Isla de Mallorca.Concretamente, la Sentencia se detiene en la prohibición del traslado de estos residuos para su tratamiento a otra Comunidad Autónoma y, por tanto, fuera de la Isla de Mallorca, considerando la Comunidad Autónoma que estaba justificado por el principio de territorialidad que fuese la única concesionaria de la Isla quien los tratase. La citada sentencia del Tribunal Supremo indica, a tal efecto, sobre la base de la sentencia de instancia que “el Plan de Mallorca organiza el sistema de gestión de residuos cuando su tratamiento se desarrolla en la isla, pero no puede entenderse que da cobertura a una prohibición de traslado de residuos genérica e incondicionada, contraria a los principios de libre circulación, libertad de empresa y libre competencia que demanda el acervo comunitario. La existencia de un único concesionario y de una sola instalación de tratamiento de residuos determina la necesidad de acudir a aquél y a ésta cuando vayan a tratarse dichos residuos en Mallorca, pero no impide que los gestores de residuos puedan favorecer su traslado fuera del ámbito territorial de la isla”.Por lo expuesto, el Tribunal Supremo desestima el recurso de casación planteado por la recurrente confirmando la sentencia de instancia, pues entiende que no se puede impedir el traslado de los residuos a otra Comunidad Autónoma.

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LEGISLACIÓN031. Unión Europea

Etiqueta ecológica

Decisión (UE) 2016/397, de 16 de marzo de 2016, de la Comisión, que modifica la Decisión 2014/312/UE, por la que se establecen los criterios ecológicos para la concesión de la etiqueta ecológica de la UE a las pinturas y barnices de interior y exterior (DOUE de 18 de marzo de 2016).

REACH Reglamento (UE) 2016/266, de 7 de diciembre de 2015, de la Comisión, que modifica, con vistas a su adaptación al progreso técnico, el Reglamento (CE) n° 440/2008, por el que se establecen métodos de ensayo de acuerdo con el Reglamento (CE) n° 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y mezclas químicas (REACH) (DOUE 1 de marzo de 2016).

2. Estado

Fondo Nacional de Eficiencia EnergéticaOrden IET/359/2016, de 17 de marzo de 2016, del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, por la que se establecen las obligaciones de aportación al Fondo Nacional de Eficiencia Energética en el año 2016 (BOE de 19 de marzo de 2016).

TrasvasesOrden AAA/289/2016, de 3 de marzo de 2016, del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, por la que se autoriza un trasvase desde los embalses de Entrepeñas-Buendía, a través del acueducto Tajo-Segura, para los meses de marzo, abril y mayo de 2016, a razón de 20 hm³/mes (BOE de 7 de marzo de 2016).

3. Comunidades Autónomas

3.1 Comunidad Autónoma de Aragón

Impuestos medioambientalesOrden HAP/237/2016, de 29 de febrero de 2016, del Departamento de Hacienda y Administración Pública, por la se aprueban los modelos de declaración censal,

autoliquidación y pagos fraccionados de los nuevos Impuestos Medioambientales creados por la Ley 10/2015, de 28 de diciembre, de medidas para el mantenimiento de los servicios públicos en la Comunidad Autónoma de Aragón (BOA de 29 de marzo de 2016).

3.2 Comunidad Autónoma de Canarias

Zonas especiales de conservaciónOrden de 7 de marzo de 2016, de la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad, por la que se aprueban las medidas de conservación de las Zonas Especiales de Conservación integrantes de la Red Natura 2000 en la Comunidad Autónoma de Canarias, destinadas al mantenimiento o restablecimiento de sus hábitats, cuya delimitación coincide con espacios integrantes de la Red Canaria de Espacios Naturales Protegidos que cuentan con plan o normas de conservación aprobados, correspondiente a 12 zonas (BOC de 11 de marzo de 2016).

3.3 Comunidad Autónoma de Castilla y León

Rehabilitación, regeneración y renovación urbanísticaDecreto 6/2016, de 3 de marzo de 2016, de la Consejería de Fomento y Medioambiente de Castilla y León, por el que se modifica el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León para su adaptación a la Ley 7/2014, de 12 de septiembre, de medidas sobre rehabilitación, regeneración y renovación urbana, y sobre sostenibilidad, coordinación y simplificación en materia de urbanismo (BOCYL de 4 de marzo de 2016).

3.4 Comunidad Autónoma de Madrid

Actividad piscícolaOrden 222/2016, de 17 de febrero de 2016, de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, sobre establecimiento de vedas y regulación especial de la actividad piscícola en los ríos, arroyos y embalses de la Comunidad de Madrid, para el ejercicio de 2016 (BOCM de 2 de marzo de 2016).

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3.5 Comunidad Autónoma de Extremadura

Árboles singularesDecreto 35/2016, de 15 de marzo de 2016, de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio, por el que se declara un nuevo Árbol Singular en Extremadura y se descalifican otro (DOE de 21 de marzo de 2016).Caza Decreto 34/2016, de 15 de marzo de 2016, de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula el ejercicio de la caza, la planificación y ordenación cinegética (DOE de 21 de marzo de 2016).

3.6 Comunidad Autónoma de Galicia

Montes Decreto 23/2016, de 25 de febrero de 2016, de la Consellería del Medio Rural, por el que se regula la reinversión de los ingresos obtenidos por los montes vecinales en mano común en actuaciones de mejora y protección forestal (DOG de 9 de marzo de 2016).

Proyectos públicos de urgencia o excepcional interés Ley 3/2016, de 1 de marzo de 2016, de medidas en materia de proyectos públicos de urgencia o de excepcional interés (DOG de 8 de marzo de 2016).

3.7 Comunidad Autónoma de País Vasco

Zonas de especial de conservación Decreto 25/2016, de 16 de febrero de 2016, del Depar tamento de Medio Ambiente y Política Territorial, por el que se designa Zona Especial de Conservación Armañón (ES2130001) (BOPV de 8 de marzo de 2016).

3.8 Comunidad Autónoma de La Rioja

Programa de desarrollo rural de La RiojaOrden 9/2016, de 21 de marzo de 2016, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se modifica la Orden 25/2015, de 5 de junio, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se regulan las medidas de Agroambiente y Clima, y de

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Agricultura Ecológica, contenidas en el Programa de Desarrollo Rural de La Rioja, 2014-2020 (BOR de 23 de marzo de 2016).

3.9 Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

OrganizaciónOrden, 26 de febrero de 2016, de la Consejería de Agua Agricultura y Medio Ambiente, por la que se aprueba el Reglamento de Régimen interno del Consejo de Agricultura Ecológica de la Región de Murcia (BORM de 7 de marzo de 2016).

3.10 Comunidad Valenciana

Recursos naturales Orden 4/2016, de 9 de marzo de 2016, de la Consellería de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, por la que se acuerda iniciar el procedimiento de revisión y modificación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Turia (DOGV de 11 de marzo de 2016).

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