MEDIO ABIERTO: MEDIDAS Y ... - Comunidad de Madrid

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Ponencia 2009 (Grupo Convivencia Luis Amigó) 1 MEDIO ABIERTO: MEDIDAS Y ACTUACIONES EN LOS CASOS DE MALTRATO FAMILIAR ASCENDENTE MEDIO ABIERTO Dentro de la organización funcional de la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor, el Área de Menores en Conflicto Social se constituye con dos programas diferenciados ÁREA DE MENORES EN CONFLICTO SOCIAL PROGRAMA DE PROGRAMA DE REPARACIONES REPARACIONES EXTRAJUDICIALES EXTRAJUDICIALES PROGRAMA DE PROGRAMA DE EJECUCI EJECUCIÓN DE N DE MEDIDAS EN MEDIO MEDIDAS EN MEDIO ABIERTO ABIERTO Hablaremos de menores infractores en medio abierto para referirnos a aquellos menores que se han comprometido con la realización de una solución extrajudicial como respuesta educativa y alternativa al proceso judicial establecido en la Ley Orgánica Reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores (LORPM), sea una u otra la fórmula acordada; y aquellos otros que tienen que cumplir alguna de las medidas judiciales denominadas de medio abierto, que pueden contener determinadas obligaciones o restricciones judiciales pero que no son privativas de libertad. Comparten ambas intervenciones ser respuestas educativas a las conductas infractoras, las primeras por iniciativa del Ministerio Fiscal, y las segundas por resolución del juez de menores; y se diferencian fundamentalmente en las estrategias, métodos y técnicas propias de intervención: MEDIACIÓN-SOLUCIÓN DEL CONFLICTO y SUPERVISIÓN-APOYO EDUCATIVO INDIVIDUALIZADO.

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MEDIO ABIERTO: MEDIDAS Y ACTUACIONES EN LOS CASOS DE MALTRATO FAMILIAR ASCENDENTE

MEDIO ABIERTO

Dentro de la organización funcional de la Agencia de la Comunidad de Madrid para la

Reeducación y Reinserción del Menor Infractor, el Área de Menores en Conflicto

Social se constituye con dos programas diferenciados

ÁREA DE MENORES EN CONFLICTO SOCIAL

PROGRAMA DEPROGRAMA DEREPARACIONESREPARACIONES

EXTRAJUDICIALESEXTRAJUDICIALES

PROGRAMA DEPROGRAMA DEEJECUCIEJECUCIÓÓN DE N DE

MEDIDAS EN MEDIOMEDIDAS EN MEDIOABIERTOABIERTO

Hablaremos de menores infractores en medio abierto para referirnos a aquellos

menores que se han comprometido con la realización de una solución extrajudicial

como respuesta educativa y alternativa al proceso judicial establecido en la Ley

Orgánica Reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores (LORPM), sea una

u otra la fórmula acordada; y aquellos otros que tienen que cumplir alguna de las

medidas judiciales denominadas de medio abierto, que pueden contener determinadas

obligaciones o restricciones judiciales pero que no son privativas de libertad.

Comparten ambas intervenciones ser respuestas educativas a las conductas

infractoras, las primeras por iniciativa del Ministerio Fiscal, y las segundas por

resolución del juez de menores; y se diferencian fundamentalmente en las estrategias,

métodos y técnicas propias de intervención: MEDIACIÓN-SOLUCIÓN DEL

CONFLICTO y SUPERVISIÓN-APOYO EDUCATIVO INDIVIDUALIZADO.

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Las soluciones extrajudiciales realizadas al amparo del art. 19 de la LORPM, son

intervenciones educativas que se llevan a efecto en fase pre-judicial, y que parten del

compromiso del menor, además de la audiencia al Letrado defensor y la aceptación

de su padres o representantes legales, de satisfacer a la víctima o perjudicado,

mediante la presentación de disculpas o/y mediante la realización de tareas de

reparación del daño ocasionado.

El proceso mediador, regulado en el art. 5 del Reglamento de la LORPM, R. D.

1774/2004, es voluntario y tiene distintas posibilidades o fórmulas, según se produzca

o no un encuentro entre las partes, o se satisfaga materialmente mediante una

actividad directa o indirecta: conciliación, reparación del daño, reparación social,

actividad educativa o prestaciones de servicios en beneficio a la comunidad. En la literatura científica se conoce a estas intervenciones como los Programas de

diversificación o de diversión, siendo una de las principales características de los

mismos minimizar los efectos institucionales o de la intervención del ámbito de la

justicia, y “distraer” a los infractores del sistema penal.

El Programa de Reparaciones Extrajudiciales diferencia, según las características de

la fórmula de solución extrajudicial y del proceso que se planifica para su consecución,

entre:

Conciliación

Reparación del daño

Reparación social

Actividades - Tareas Socioeducativas

Prestaciones de Servicio en Beneficio a la Comunidad

Por otro lado, tenemos que tener presente las posibilidades de conciliación entre el

menor infractor y la víctima-perjudicado establecida en el art. 51.3 de la LORPM, una

vez iniciada la ejecución de la medida acordada judicialmente.

En cuanto a las medidas propiamente dichas, el Art. 7 de la LORPM que define las

medidas susceptibles de ser impuestas a los menores, así como las reglas generales

de determinación de las mismas, establece como medidas de medio abierto:

Libertad Vigilada

Prestaciones en Beneficio de la Comunidad

Asistencia a Centro de Día

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Tareas Socioeducativas

Permanencia fin de semana (en domicilio)

Tratamiento ambulatorio

Convivencia con otra familia, persona o grupo educativo

Estas son las medidas que conocemos como actuaciones desarrolladas en medio

abierto, en el propio ámbito social o comunitario de residencia del menor; y como el

resto de las medidas implican una programación individualizada y una intervención

preferentemente socioeducativa: y tienen como objetivos últimos el aumento de la

responsabilidad y de la competencia social de los menores infractores, buscando con

ello evitar la reincidencia en las conductas infractoras. En general tienen que ver con los Programas intensivos o tratamientos intermedios,

con un trabajo muy focalizado en los individuos. Se trata de modelos de intervención

que, basados en la propia comunidad, son “individualizados”. Utilizados tanto para los

grupos de riesgo como en los casos de menores con medidas judiciales. Ya la Recomendación Nº R (92) 16, relativa a las Reglas Europeas sobre las

Sanciones y Medidas aplicadas en la Comunidad, adoptada por el Comité de Ministros

del Consejo de Europa, el 19 de octubre de 1992, indica sobre los métodos de

trabajo:

La ejecución debe basarse en programas individuales y el desarrollo de

relaciones de trabajo apropiadas entre el delincuente, la persona responsable y

las organizaciones comunitarias o personas individuales en la comunidad.

Los métodos serán adaptados a cada caso particular. Los profesionales

dispondrán de un margen suficiente para ello. Cuando sea detectada una

necesidad individual, ayuda personal, social o material, y resulte necesaria para

la ejecución: debe ser atendida.

Las instrucciones deben ser prácticas y precisas, no deben imponer unas

exigencias mayores que las contenidas en la misma decisión (judicial). Las

actividades de control deben basarse también en el principio de intervención

mínima. Serán proporcionales a la sanción y limitadas a los fines asignados.

Los métodos deben basarse en las técnicas profesionales, estar actualizados

teniendo en cuenta los avances de la investigación, del trabajo social y otros

dominios de la actividad a la que concierne.

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Métodos ratificados posteriormente en otras recomendaciones de este organismo

europeo, como en la Recomendación Rec (2003) 20, del Comité de Ministros del

Consejo de Europa, sobre los nuevos modelos de tratamiento de la delincuencia

juvenil y el rol de la justicia de menores, en dónde se establece como objetivos de la

justicia de menores y las medidas que se adopten en este ámbito: la prevención del

delito; la resocialización y reinserción del delincuente; y atender los intereses de las

víctimas. Por otro lado, la colaboración de la familia en la intervención con los menores es

básica para la consecución de los objetivos perseguidos. La propia LORPM prevé en

su art. 40, p.2 letra c) sobre la suspensión de la ejecución del fallo, la necesidad de

colaboración de la familia del menor, incluso con su compromiso de participar en

determinados programas, para que el juez de menores pueda suspender, en interés

del menor, la ejecución de una medida que pudiera implicar privación de libertad por

otra, por ejemplo, de libertad vigilada. En los casos que nos ocupan, los de maltrato/violencia familiar ascendente, es posible

también plantearse entre los objetivos de la intervención, en consonancia con la

legislación vigente, evitar la judicialización del conflicto familiar mediante los procesos

de mediación y solución extrajudicial del conflicto, y en conjunto:

Fomentar los propios recursos personales del menor y sus progenitores para la

solución de conflictos, mediante el desarrollo de las habilidades relacionadas con

la comunicación interpersonal y la negociación.

Facilitar la comunicación adecuada entre padres e hijos; así como las pautas

educativas adecuadas y eficaces en el ámbito familiar; la definición de los roles y

las responsabilidades que le son propias a cada miembro del sistema familiar.

Y por supuesto, no sólo informar sino en su caso motivar, para que sea la propia

familia la que demande o acuda a los recursos especializados propios de su

medio social, cuando requieran de un apoyo o una intervención profesional más

prolongada o sistemática.

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RECURSOS ESPECÍFICOS DEL MEDIO ABIERTO PARA LOS CASOS DE VIOLENCIA FAMILIAR ASCENDENTE

Además de los técnicos designados para la ejecución de las actuaciones o de las

medidas, actualmente la Agencia cuenta con una red de siete Centros de Día en

distintas localidades de la Comunidad de Madrid, y un Programa –Elfos- también

especializado para la atención de estos menores y sus familias si fuera necesario

mediante tres tipos diferenciados de actividades e intervenciones:

ACTIVIDADESSOCIOEDUCATIVAS

PROGRAMA DE APOYO FAMILIAR

APOYO PSICOLÓGICO

CENTROS DE DCENTROS DE DÍÍAA

Así como un programa de apoyo familiar especialmente dirigido a la problemática más

común que presentan los casos de maltrato familiar:

PROGRAMA DE APOYO FAMILIAR

PROGRAMA DE PROGRAMA DE APOYO FAMILIAR APOYO FAMILIAR

CENTROS DE DÍACENTROS DE DÍA GRUPO DE CONVIVENCIAGRUPO DE CONVIVENCIA

MEDIO ABIERTO MEDIO ABIERTO ÁÁREA DE REA DE MENORES EN CONFLICTO SOCIALMENORES EN CONFLICTO SOCIAL

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El programa de apoyo familiar se ha diseñado para dar respuesta a cuatro realidades

diferenciadas pero conectadas; la individualización de la intervención en cada caso

determinará que intervenciones y sesiones se llevan a efecto, sin olvidar que el

Consentimiento y la Colaboración de los menores y sus familias; y por su puesto la

garantía de Confidencialidad por parte de los profesionales son requisitos necesarios:

Menor: apoyoMenor: apoyoIndividualIndividual

❏❏ Reconomiento Reconomiento del sistema del sistema familiar del que familiar del que forma parte y de forma parte y de su influencia en su su influencia en su desarrollodesarrollo

❏❏ ExpresiExpresióón de n de emociones y emociones y sentimientossentimientos

❏❏ Emplear Emplear habilidades y habilidades y estrategias estrategias adecuadas en las adecuadas en las relaciones relaciones intrafamiliaresintrafamiliares

MediaciMediacióónnpadrespadres--hijoshijos

❏❏ Mejora de laMejora de lacapacidad decapacidad deexpresar el conflictoexpresar el conflictovivido, y de escucharvivido, y de escuchara la otra partea la otra parte

❏❏ Fomento de la Fomento de la negociacinegociacióón y la n y la cooperacicooperacióón para n para llegar a acuerdosllegar a acuerdos

❏❏ Mantenimiento de Mantenimiento de los acuerdos y su los acuerdos y su revisirevisióónn

Apoyo adultos: Apoyo adultos: Figuras Figuras

ParentalesParentales

❏❏ Asumir la Asumir la responsabilidad responsabilidad que les que les corresponde como corresponde como adultosadultos

❏❏ Fomentar las Fomentar las habilidades, habilidades, estrategias y estilos estrategias y estilos educativos educativos adecuados en las adecuados en las relaciones con sus relaciones con sus hijos/ashijos/as

❏❏ Manejo de Manejo de hhhh. de . de solucisolucióón de n de conflictos conflictos intrafamiliaresintrafamiliares

Grupos deGrupos dePadres y MadresPadres y Madres

❏❏ Crear un espacio en Crear un espacio en ddóónde las familias nde las familias sean capaces de sean capaces de compartir y compartir y aprender de las aprender de las experiencias experiencias propias y ajenaspropias y ajenas

❏❏ Fomentar las Fomentar las capacidades de capacidades de participar y participar y compartir compartir conocimientos y conocimientos y experiencias en experiencias en grupogrupo

❏❏ Crear vCrear víínculos e nculos e incentivos de incentivos de autoayuda y apoyo autoayuda y apoyo en el grupoen el grupo

La intervención terapéutica, de aquellos casos que lo requieren, se lleva a efecto en el

Recurso de Convivencia Luís Amigó, o cuando corresponden en los Servicios

Sociales especializados.

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5%561.086TOTALES

5 %39795LIBERTAD VIGILADA

6%17291REPARACIONES EXTRAJUDICIALES

%nTOTALMEDIDAS Y R. ExtrajudicialesMaltrato ámbito familiar

Estudio sobre los perfiles y características de los menores con medidas de medio abierto o actuaciones de mediación y reparación extrajudicial durante los meses de octubre de 2008 a abril de 2009

Durante los siete meses que van desde octubre de 2008 a abril de 2009 se ha

intervenido, y en muchos casos se sigue interviniendo, en un total de 56 casos de

maltrato familiar ascendente, en los que se ha adoptado una medida de libertad

vigilada o una solución extrajudicial. Por otro lado, otros menores han aceptado asumir

una medida de convivencia con otra familia, persona o grupo educativo, que no

recogemos en este estudio para hacerlo en otro complementario dada la singularidad

de las situaciones de los menores y la especificidad del tratamiento que se desarrolla

en el Grupo de Convivencia Luís Amigo de esta Agencia.

Reparaciones extrajudiciales N = 17 Libertad Vigilada N = 39

Si contemplamos los casos de este subtipo de maltrato-violencia familiar en los que

se ha adoptado la medida de convivencia con otra persona, familia o grupo educativo,

nos situaríamos en un porcentaje del 6% sobre el total de los casos de medio abierto

en el periodo de estudio.

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Altas maltrato/violencia intrafamiliarAnual 2008

6%1832.948TOTALES

7 %1792.455MEDIO ABIERTO

0,8 %4493REPARACIONES EXTRAJUDICIALES

%nAltasMEDIDAS Y R. Extrajudiciales

Pese a que se ha registrado un aumento significativo de los casos en los que el

Ministerio Fiscal ha optado por una solución extrajudicial durante este periodo, con

respecto a los registrados en el año 2008; los porcentajes generales siguen siendo los

mismos si comparamos el anual 2008 y los siete meses de estudio.

En cuanto al reparto porcentual según sexo, destaca la aproximación al cincuenta

por cien; mientras que el porcentaje anual de altas 2008 en medio abierto fue de un

83% varones y 17 % mujeres.

Estudio: Varones= 54% / Mujeres= 46 %

9

21

30

8

18

26

0

5

10

15

20

25

30

HOMBRES MUJERES

REPARACIONES L.V. TOTAL CASOS

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Nacionalidad españolaAltas 2008 Medio Abierto - Estudio 08/09

8 2 %

6 3% 6 5%

94 %

8 5% 8 7 ,5 0%

0 %

1 0 %

2 0 %

3 0 %

4 0 %

5 0 %

6 0 %

7 0 %

8 0 %

9 0 %

10 0 %

A n u a l 0 8 E s t u d i o 0 8 / 0 9

R E P A R A C IO N E S M .A .-L .V . % s o b re T o ta les

En cuanto a las edades

Altas 2008 edades Altas 2008 edades : 18 años = 27% / 17 = 25% 16 = 17% / 19 = 13% / 15= 9% / 14= 5% / + 19 años =4%

02468

1012141618

14 15 16 17 18 19 + DE 19

REPARACIONES L.V. TOTAL ESTUDIO

ESTUDIO ESTUDIO 08/0908/09: EDADES : EDADES

Sobre el origen de los y las menores, los porcentajes de las columnas de la derecha

nos muestran como, en estos momentos, claramente es un problema que se

manifiesta en las familias españolas

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Acerca de quién o quiénes formulan la denuncia, si bien el porcentaje mayor

corresponde a los padres o la familia, llama la atención el importante número de casos

en los que es la madre quien denuncia la agresión

Estudio 08/09Estudio 08/09Víctima - Denuncia

65%

29%6%

64%

28% 8%

0%10%

20%

30%

40%

50%

60%70%

Reparaciones L.V.

Familia Madre Padre

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A. MALTRATO FAMILIAR ASCENDENTE:

PROGRAMA DE REPARACIONES EXTRAJUDICIALES

En general, dadas las características de la intervención en las soluciones

extrajudiciales con un menor tiempo de intervención, es posible aportar una visión más

global de las situaciones detectadas y lo resultados obtenidos.

En cuanto a los grupos de convivencia sorprende, en estos casos, que sólo algo más

de la mitad de ellos los menores convivan con la familia completa, sea nuclear o

reconstituida

Estudio 08/09 Soluciones ExtrajudicialesEstudio 08/09 Soluciones Extrajudiciales

Familias y convivencia

52,94

17,65

5,88

0

10

20

30

40

50

60

Grupo Familiar %

Padres-familia Madre Padre Otras

23,53%

En situaciones: 1 familia reconstituida,1 otros familiares y 2 emancipados/independientes

Así mismo en algo más de la mitad de los casos se han detectado pautas/estilos

educativas, en el ámbito familiar, que han sido valoradas como inadecuadas por el

profesional

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En más de la mitad de los casos se detectan prácticas disciplinarias inadecuadas

5,8829,41

17,65

52,94

0

10

20

30

40

50

60

Normas-pautas %

Inexistente Incoherente Permisiva Total

Estudio 08/09 Soluciones ExtrajudicialesEstudio 08/09 Soluciones ExtrajudicialesEstilos educativos-disciplina inadecuados

Casi la mitad del grupo presenta problemas personales-psicológicos importantes. Consumos de alcohol y cannabis.

Padres (11,76%) Madre (17,64%) Padre (5,88%)

41,18

29,4135,29

0

10

20

30

40

50

Dificultades más relevantes %

Personales Consumos Figuras parentales

Estudio 08/09 Soluciones ExtrajudicialesEstudio 08/09 Soluciones ExtrajudicialesDificultades más relevantes detectadas

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Otras: 2 Servicios Sociales correspondientes1 Tratamiento Psicológico

100%

53%

29%18%

0%

20%

40%

60%

80%

100%

Intervenciones

Mediación Encuentro Actividad Educativa Otras

Estudio 08/09 Soluciones ExtrajudicialesEstudio 08/09 Soluciones ExtrajudicialesIntervenciones realizadas

Otras: 2 Servicios Sociales correspondientes1 Tratamiento Psicológico

100%

53%

29%18%

0%

20%

40%

60%

80%

100%

Intervenciones

Mediación Encuentro Actividad Educativa Otras

Estudio 08/09 Soluciones ExtrajudicialesEstudio 08/09 Soluciones ExtrajudicialesIntervenciones realizadas

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Intervenciones realizadas con más frecuencia en los casos de reparación/solución

extrajudicial:

Fase de Mediación: mapa del conflicto; análisis de las conductas problemas;

conductas prosociales alternativas; asunción de normas por parte de los

menores; definición de roles de hijos y padres.

Actividades Educativas como resultado de los acuerdos alcanzados por las

partes: derivación a Centro de Día para la participación del menor en un Taller

de Habilidades Sociales; Autocontrol; Comunicación y relaciones

interpersonales; Habilidades de solución de conflictos; y un caso de derivación

para la realización de prestaciones de servicios en beneficio a la comunidad.

2 casos de no consecución de objetivos: 1 por incumplimiento y 1 cambio de situación (cambio de circunstancias personales por emancipación)

Consecución de objetivos

12%

88%

Valoración positivaNo consecución

Estudio 08/09 Soluciones ExtrajudicialesEstudio 08/09 Soluciones ExtrajudicialesValoración de resultados según: mediador -

conclusión de expte. - satisfacción expresada por las partes

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B. MALTRATO FAMILIAR ASCENDENTE:

PROGRAMA DE MEDIO ABIERTO-LIBERTAD VIGILADA

38%

26%

18%15% 13%

10%0%5%

10%15%20%25%30%35%40%

Centro Día Servicios Sociales A. drogasTutela-protección Salud mental Terapia familiar

Estudio 08/09 Libertad VigiladaEstudio 08/09 Libertad VigiladaDerivaciones/otras

Estudio 08/09 Libertad VigiladaEstudio 08/09 Libertad VigiladaIntervenciones realizadas

• En seis casos ha intervenido protección (guarda o tutela); en 7 casos recursos especializados drogodependientes; en 5 servicios de salud mental; en 14 intervenciones terapéuticas (propia y CAF-CAI)

• Actividades educativasC. Día:Taller de HH.SS. Autocontrol impulsos, Educación de valores, Apoyo Psicológico, Apoyo-mediación familiar y grupo de padres.

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33%

10% 10%

21%

0%

5%

10%

15%

20%

25%

30%

35%

Personales/psicológicos No colaboración-familiaNo colaboración-menor Pronóstico favorable

Estudio 08/09 Libertad VigiladaEstudio 08/09 Libertad VigiladaDificultades de intervención/Evolución favorable

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C. MALTRATO FAMILIAR ASCENDENTE:

CONVIVENCIA EN GRUPO EDUCATIVO “LUÍS AMIGÓ”

La Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor

Infractor, a través de convenio de colaboración de octubre de 2007 con la Fundación

Amigó, creó el GRUPO DE CONVIVENCIA “Luis Amigó”, como hogar educativo-

convivencial, ubicado en Madrid capital y que atiende a nueve menores en régimen de

convivencia; y a treinta menores con la medida de libertad vigilada, preferentemente

en aquellos casos en los que se registra un grave conflicto en el propio ámbito familiar

del menor sujeto al cumplimiento de una u otra medida.

Los resultados registrados hasta la fecha han sido muy positivos, tanto de los menores

en régimen de convivencia como en aquello otros de la medida de medio abierto

mencionada.

Dada la singularidad de este recurso, así como su componente terapéutico en la

intervención, desarrollamos más extensamente el mismo en documento aparte.

Datos AÑO 2008 El año pasado se atendieron 48 menores, con una edad media de 16 años y 9 meses

Perfiles Menores Atendidos

14 grupo convivencia 34 libertad vigilada

12 medidas cautelares 18 procedentes de centros de

internamiento

15 chicas 33 chicos

40 españoles 8 de otros orígenes

20 menores vivían con sus dos

progenitores

34 casos corresponden a un

nivel socioeconómico medio o

alto

Sólo dos casos han alcanzado el

graduado en secundaria

El 43 % ha iniciado una

experiencia laboral

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MEDIA DE INTERVENCION FAMILIAR con los Menores del GRUPO DE

CONVIVENCIA: 1 vez por semana

Solo un 6,75% de las salidas a pernoctar con su familia han originado algún tipo de

conflicto o tensión en el núcleo familiar (10 de 148), ninguna de ellas graves.

Un dato significativo es que estas salidas, una vez iniciadas suelen regularizarse con

toda normalidad, como lo demuestra el hecho de que solo en veinte ocasiones (7,60%)

se ha producido la suspensión de estas salidas

MEDIA DE INTERVENCIONES con los Menores de Libertad Vigilada: 1,25

INTERVENCIONES A LA SEMANA

El índice de asistencia a las citas ha sido más que satisfactorio, alcanzando en la

intervención familiar cotas superiores a un 90% y en la intervención sobre los menores

superiores a un 75% de asistencia.

VALORACION DE LOS MENORES ATENDIDOS

De todos los aspectos evaluados el 87,5% de las respuestas son satisfactorias y no se

produce ninguna valoración negativa.

La media de la valoración obtenida de las encuestas de satisfacción de usuarios ha

sido de 4,31 (sobre 5) para la medida de Convivencia en Grupo Educativo y de 4,27

para la medida de Libertad Vigilada.

LIBERTAD VIGILADA GRUPO DE CONVIVENCIA

13%

48%

39% REGULAR

BIEN

MUY BIEN

4%

61%

35% REGULAR

BIEN

MUY BIEN