Módulo 4: Redes Sociales Colaborativas

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Instituto de Formación Política del Partido de la Revolución Democrática Curso “Escuela de Formación y Educación Política” Módulo 4: Redes Sociales Colaborativas Ulises Morales Briones Septiembre 2021 Ciudad de México

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Instituto de Formación Política del Partido de la Revolución

Democrática

Curso

“Escuela de Formación y Educación Política”

Módulo 4:

Redes Sociales Colaborativas

Ulises Morales Briones

Septiembre 2021

Ciudad de México

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“Gracias a la cooperación de la mano, de

los órganos del lenguaje y del cerebro, no

sólo en cada individuo, sino también en

la sociedad, los hombres fueron

aprendiendo a ejecutar operaciones cada

vez más complicadas, a plantearse y a

alcanzar objetivos cada vez más elevados.”

-Federico Engels.

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Contenido

Introducción ......................................................................................................... 5

1. Hombre y sociedad .......................................................................................... 6

Preguntas detonadoras..................................................................................... 6

1.1 El hombre como animal político. ................................................................. 6

1.2 La Comunidad Primitiva .............................................................................. 9

1.3 La Sociedad .............................................................................................. 10

1.4 El Estado .................................................................................................. 12

1.4.1 Thomas Hobbes ................................................................................. 14

1.4.2 John Locke ......................................................................................... 15

1.4.3 Jean Jacques Rousseau .................................................................... 16

Actividades sugeridas para reforzar el aprendizaje ........................................ 18

Bibliografía complementaria sugerida ............................................................. 19

2. Redes sociales colaborativas de carácter social ............................................ 20

Preguntas detonadoras................................................................................... 20

2.1 Las redes sociales .................................................................................... 20

2.2 La sociedad civil ....................................................................................... 23

2.3 Organizaciones de apoyo de carácter social ............................................ 25

2.3.1 Fundaciones filantrópicas ................................................................... 26

2.3.2 Las Organizaciones No Gubernamentales (ONG) ............................. 27

2.3.3 Las organizaciones de la sociedad civil (OSC) ................................... 29

2.3.4 Las asociaciones civiles (AC) ............................................................. 33

2.3.5 Sociedades Civiles (SC) ..................................................................... 35

2.3.6 Instituciones de asistencia privada (IAP) ............................................ 36

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Actividades para reforzar el aprendizaje ......................................................... 37

Bibliografía complementaria ........................................................................... 38

3. Otros tipos de redes sociales colaborativas ................................................... 40

Preguntas detonadoras................................................................................... 40

3.1 Organizaciones políticas ........................................................................... 40

3.1.1 Partidos políticos ................................................................................ 40

3.1.2 Asociaciones Políticas Nacionales (APN)........................................... 42

3.2. Alianzas ................................................................................................... 43

3.3 Grupo de afinidad. .................................................................................... 44

3.4 Organizaciones juveniles .......................................................................... 44

3.5 Sociedades Cooperativas ......................................................................... 45

Actividades para reforzar el aprendizaje ......................................................... 47

Bibliografía complementaria. .......................................................................... 48

Fuentes de consulta .............................................................................................. 50

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Redes Sociales Colaborativas

Introducción

El presente módulo tiene por objeto estudiar al ser humano en la colectividad –es

decir, como integrante de la sociedad–, así como, las formas de organización e

instituciones que en conjunto permiten orientar el esfuerzo de la comunidad hacía

el logro de determinados objetivos, metas y cometidos, de la propia sociedad y del

Estado, para ello, se desarrollarán tres capítulos: en el primero se estudiará al

hombre como miembro sociedad, la evolución histórica de las organizaciones

sociales y la figura del Estado, desde distintas la perspectiva de diversas disciplinas

y abordado por varios pensadores ilustres; en el segundo capítulo se desarrollarán

los conceptos de las redes sociales, la sociedad civil y las organizaciones de la

sociedad civil en un marco internacional y nacional; y por último en el tercer capítulo

se estudiarán otros tipos de redes sociales colaborativas que se encuentran

presentes en nuestra actualidad.

Es importante señalar que, al comenzar cada capítulo se establecerán una serie de

preguntas detonadoras, para que los participantes, de manera individual o en

equipo, discutan aspectos introductorios referentes a los temas a desarrollar, y por

su parte, al finalizar cada capítulo, se incluirán algunas actividades didácticas para

que los participantes fortalezcan los aprendizaje obtenidos; además, se

recomendará bibliografía complementaria para que los participantes puedan

ahondar en los temas de su interés.

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1. Hombre y sociedad

Preguntas detonadoras

¿El hombre es un animal, y de ser así, qué aspectos lo

diferencian del resto de los animales?

¿El hombre por naturaleza, es un ser social?

¿El ser humano es capaz de vivir en absoluta soledad

(es decir, que no interactúe con otras personas)?

¿Cuál es el fin último del Estado, y cuál es la

importancia de la sociedad en éste?

1.1 El hombre como animal político.

Según Jorge Llorente y Susana Ocegueda (2008), la ciencia ha descrito entre 1.5 y

2 millones de especies, siendo el ser humano una de estas; con base en la teoría

de la evolución el homo sapiens –del latín, homo “hombre” y sapiens “sabio”–, es

una especie del orden de los primates que pertenece a la familia de los homínidos,

resultado de millones de años de evolución. En este contexto surge la duda de,

¿cuáles son las diferencias y similitudes entre el ser humano y el resto de los

animales?, con el propósito de responder a dicha interrogante, en el siguiente

cuadro se resumen algunos aspectos relevantes al respecto:

Similitudes Diferencias

• Necesidades básicas/fisiológicas.

(comer, dormir y reproducirse,

principalmente).

• Composición fisiológica (con algunas

especies).

• Son resultado de procesos evolutivos.

• Sociabilidad básica.

• Procesos de aprendizaje

avanzados.

• Inteligencia superior.

• Racionalidad.

• Sociabilidad compleja.

• Lenguaje.

• Comportamiento.

• Actuar ético

Fuente: elaboración propia.

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De las similitudes antes listadas y para fines del desarrollo del presente capítulo,

destaca la sociabilidad (comportamiento social), entendiendo a esta como la

capacidad de los animales de relacionarse/interactuar entre sí, entre mismas o

diferentes especies, sin embargo, la sociabilidad del ser humano es más compleja

y desarrollada respecto a la de otras especies (delfines, elefantes, primates, entre

otros). En cuanto a la sociabilidad humana, Prestifilippo (2016) señala que “la

sociabilidad es la forma de estar juntos de los individuos en los que el contenido y

el fin de la relación es el simple estar juntos” (pág. 319), dentro de esta conducta

social se presenta un intercambio de pensamientos, creencias, sentimientos,

intereses y afinidades. Bajo este tenor, es muy probable que los participantes en

algún momento de su formación escolar hayan escuchado o leído que el ser

humano es un animal social, pero ¿qué significa ello?, al respecto Aristóteles (trad.

en 1988) señaló lo siguiente:

La comunidad perfecta de varias aldeas es la ciudad, que tiene ya, por así

decirlo, el nivel más alto de autosuficiencia, que nació a causa de las

necesidades de la vida, pero subsiste para el vivir bien. De aquí que toda

ciudad es por naturaleza, si también lo son las comunidades primeras. La

ciudad es el fin de aquéllas, y la naturaleza es fin. En efecto, lo que cada

cosa es, una vez cumplido su desarrollo, decimos que es su naturaleza, así

de un hombre, de un caballo o de una casa. Además, aquello por lo que

existe algo y su fin es lo mejor, y la autosuficiencia es, a la vez, un fin y lo

mejor.

De todo esto es evidente que la ciudad es una de las cosas naturales,

y que el hombre es por naturaleza un animal social, y que el insocial por

naturaleza y no por azar es o un ser inferior o un ser superior al hombre.

Como aquel a quien Homero vitupera: sin tribu, sin ley, sin hogar, porque el

que es tal por naturaleza es también amante de la guerra, como una pieza

aislada en el juego de damas.

La razón por la cual el hombre es un ser social, más que cualquier

abeja y que cualquier animal gregario, es evidente: la naturaleza, como

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decimos, no hace nada en vano, y el hombre es el único animal que tiene

palabra. Pues la voz es signo del dolor y del placer, y por eso la poseen

también los demás animales, porque su naturaleza llega hasta tener

sensación de dolor y de placer e indicársela unos a otros. Pero la palabra es

para manifestar lo conveniente y lo perjudicial, así como lo justo y lo injusto.

Y esto es lo propio del hombre frente a los demás animales: poseer,

él sólo, el sentido del bien y del mal, de lo justo y de lo injusto, y de los demás

valores, y la participación comunitaria de estas cosas constituye la casa y la

ciudad.

Por naturaleza, pues, la ciudad es anterior a la casa y a cada uno de

nosotros, porque el todo es necesariamente anterior a la parte.

En efecto, destruido el todo, ya no habrá ni pie ni mano, a no ser con

nombre equívoco, como se puede decir una mano de piedra: pues tal será

una mano muerta.

Todas las cosas se definen por su función y por sus facultades, de

suerte que cuando éstas ya no son tales no se puede decir que las cosas son

las mismas, sino del mismo nombre. Así pues, es evidente que la ciudad es

por naturaleza y es anterior al individuo; porque si cada uno por separado no

se basta a sí mismo, se encontrará de manera semejante a las demás partes

en relación con el todo. Y el que no puede vivir en comunidad, o no necesita

nada por su propia suficiencia, no es miembro de la ciudad, sino una bestia

o un dios (pág. 49-52).

En síntesis, Aristóteles (trad. en 1988) señala en su obra que el hombre es un ser

social ya que al igual que otros animales se agrupa entre sí, y en este sentido, la

sociabilización es parte de su naturaleza y la comunidad es un elemento sine qua

non para el ser social; además, el hombre se diferencia del resto de los animales

por tener palabra (lenguaje), ya que esta permite manifestar lo conveniente y lo

perjudicial, lo justo y lo injusto, lo bueno y lo malo; además, Aristóteles considera

que el hombre es un ser político ya que vive y se desarrolla en sociedad y en la

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ciudad (polis), el hombre no puede vivir aislado ya que su propia existencia depende

de la colectividad.

1.2 La Comunidad Primitiva

En el tema anterior se explicó qué es el ser humano y por qué se considera un

animal/ser social, entendiendo a este como una especie que desde sus orígenes ha

vivido y se ha desarrollado como parte de la colectividad, en este tenor, es

importante precisar qué se entiende por comunidad primitiva y cómo ha ido

desarrollándose a lo largo de la historia.

Se entiende por comunidad primitiva a al primer tipo de organización social y

económica de los grupos humanos (primitivos) que se surge durante los periodos

pleistoceno y holoceno, en esta fase la principal necesidad del ser humano era

sobrevivir toda vez que su principal enemigo era la naturaleza, la cual había sido

responsable de extinguir a diversas especies. Dentro de las principales

características de este tipo de organización destacan las siguientes: las

comunidades eran nómadas o seminómadas; su sistema productivo se basaba en

la caza, la pesca y la recolección, y esta se realizaba de manera colectiva con base

en la edad y características físicas de los individuos; no se tienen registros de

actividades económicas –intercambio de bienes (trueque)–; no existía la propiedad

privada; había ausencia de divisiones sociales (clases ni estratos sociales); se

empezaron a construir las primeras herramientas para el trabajo (principalmente a

base de hueso, piedra y madera); las tasas de supervivencia eran muy bajas; entre

otras.

Aunado a lo anterior, destaca lo señalado por Francisco Castillo (2001):

…al principio de los tiempos, existió un <<estado de naturaleza>> en el que

todos los seres humanos eran iguales en posición y riqueza, un estado en el

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que nadie era explotador ni explotado, y en el que la autosuficiencia, la

comunidad de bienes y la ayuda eran característicos …” (pág. 87).

Con el paso del tiempo, los sistemas económicos, políticos y sociales de las

comunidades fueron evolucionando, transitando hacía otras formas de organización

social, desde la comunidad primitiva hasta la sociedad actual.

1.3 La Sociedad

Para comprender el concepto de sociedad, siendo un concepto trascendental para

el desarrollo del presente módulo, se considera factible abordar la definición de

dicho concepto desde distintas disciplinas/ciencias: jurídica, sociológica y

antropológica, mismas que se presentan a continuación:

Según el diccionario jurídico mexicano de la Universidad Nacional Autónoma de

México (1984), la sociedad es:

…una unión moral ya que requiere del acuerdo libre e inteligente de varios

hombres para conseguir un fin común. El fin puede ser de muy diversa

naturaleza: mercantil, política, cultural, educativa, recreativa etc., pero en

todo caso se exige, para la existencia de la sociedad, que se dé el

consentimiento de alcanzar entre todos los socios ese fin.

Hay fines que no son indispensables al ser humano (p.e., el deporte)

y otros que si lo son (p.e., la procreación de la especie). De aquí que puedan

distinguirse algunas sociedades cuya existencia es necesaria, y en este

sentido se puede decir que son sociedades “naturales”, como la familia, y

otras cuya existencia depende de la voluntad de los hombres.

La sociedad se integra por hombres, seres racionales y libres (pág.

149).

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Respecto a la perspectiva de la Sociología, destaca la definición de Campos (2007),

contenida en su Diccionario de Sociología:

Agregado más o menos caótico de seres humanos, convencidos que forman

parte de una agrupación natural de personas, una unidad distinta de cada

cual de sus miembros, para cumplir, mediante la mutua cooperación, todos

o algunos de los fines de la vida. Se diferencia de una comunidad ya que en

esta última sus integrantes, además de compartir aquella creencia,

consideran que eso es bueno (pág. 28).

Por último, Campo (2008) señala en su Diccionario Básico de Antropología que

entiende por sociedad a la:

Agrupación de individuos que dependen entre sí para la subsistencia y que

comparten una visión más o menos común de la realidad a través de un

sistema social, político, económico y simbólico. La sociedad no siempre

corresponde a la idea de nación (pág. 151).

Con base en las definiciones anteriores, queda manifiesto que la sociedad implica

un conjunto de personas (seres humanos libres y racionales) que de manera

organizada (en la mayoría de los casos) interactúan entre sí en una escala temporal

y espacial determinada, con la finalidad de cumplir/lograr los fines u objetivos que

determine la propia colectividad en distintos ámbitos –cultura, política, económica,

etc.–, para ello, la sociedad establecerá las normas de conducta (normas sociales)

que las personas deberán observar en su actuar para preservar la existencia de

esta y para contribuir al bienestar social los individuos; además, es importante

señalar que, por excelencia la estructura base de la sociedad es la familia,

entendiendo a esta como un conjunto de personas que se encuentran cohesionadas

a través de vínculos de matrimonio, parentesco o adopción.

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1.4 El Estado

El Estado es una forma de organización sociopolítica, susceptible de derechos y

obligaciones, que se integra de tres elementos indispensables, territorio, poder y

población, y cuyo fin último es garantizar el bienestar común de las personas que

pertenecen a este –mismo que dependerá de su contexto social, político, cultural y

económico de cada sociedad–.

Actualmente, el Estado puede concebirse como una sociedad organizada en

términos jurídicos y políticos, a través de la cual se ejercerá el poder público y la

soberanía de su pueblo (dentro de su territorio), y que para tal efecto se compone

de tres poderes independientes entre sí: ejecutivo, legislativo y judicial, que de

manera articulada y sistemática contribuirán al logro de los cometidos del Estado:

salud, educación, seguridad, alimentación, trabajo, etc.

En términos generales existen dos tipos de Estado (no confundir con tipos de

gobierno) unitario y federalista, al respeto Dallada (2003) destaca lo siguiente:

La organización territorial del Estado hace la relación de poder con el

territorio. Las formas más extremas de esta relación son, por un lado, el

Estado unitario y, por el otro, la confederación y el Estado federal. A decir de

Karl Loewestein, el Estado unitario es más proclive a las formas autocráticas

de gobierno, en tanto supone una concentración del poder estatal en un

mismo centro geográfico, mientras que en el federalismo supone una forma

de control vertical sobre del poder.

…En la confederación estamos ante Estados soberanos que se unen como

un pacto para asegurarse de la defensa común y el otorgamiento de ciertas

ventajas y beneficios. El órgano supremo es la asamblea de la confederación

y cada Estado, como soberano que es, se reserva los derechos de secesión

y de nulificación. En la federación, en cambio, hay un solo Estado soberano,

aunque dentro del mismo existan varios estados autónomos facultados para

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darse sus propias normas; el origen del poder constituyente está en el pueblo

de los estados miembros que delegan facultades en el gobierno federal, el

acuerdo originario se basa en el cumplimiento a cumplirlo y a someterse a la

voluntad general por parte de sus miembros. No hay Derecho de secesión ni

de nulificación (pág. 193-194).

En el caso particular de la república mexicana, en el Artículo 40 de nuestra carta

magna, se establece la forma de Estado y de gobierno que adoptará el Estado

mexicano:

Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República

representativa, democrática, laica y federal, compuesta por Estados libres y

soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior, y por la Ciudad de

México, unidos en una federación establecida según los principios de esta

ley fundamental (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,

2021, pág. 50).

Aunado a lo anterior, en el Artículo 41 del citado ordenamiento jurídico se establece

que:

El pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión, en los

casos de la competencia de éstos, y por los de los Estados y la Ciudad de

México, en lo que toca a sus regímenes interiores, en los términos

respectivamente establecidos por la presente Constitución Federal y las

particulares de cada Estado y de la Ciudad de México, las que en ningún

caso podrán contravenir las estipulaciones del Pacto Federal (Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos, 2021, pág. 51).

Para ahondar en el tema, a continuación, se abordará el concepto de Estado desde

la óptica de diversos pensadores que han sido pioneros en la teoría del Estado.

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1.4.1 Thomas Hobbes

Fue un filósofo ingles ius naturalista y contractualista (1588-1679) que realizó

contribuciones a varios campos del conocimiento: política, ética, historia, teología,

física, entre otras. Se le considera como uno de los fundadores de la filosofía política

moderna, y dentro de sus obras destaca el libro Leviatán 1651.

En su obra, Hobbes (trad. en 2005) señala que todos los hombres son iguales por

naturaleza en las facultades del cuerpo y el espíritu, sin embargo, siempre hay una

guerra todos contra todos y el instinto de conservación del hombre es el que lo

impulsa a crear un pacto de unión que garantice su seguridad (protección del

individuo, de la colectividad y de la propiedad privada), mismo que da origen al

Estado (leviatán) el cual podrá ejercer su fuerza y poder contra el individuo que

violente a dicho pacto, ya que este cede su derecho de defensa a la autoridad.

Al respecto, Hoobs (trad. en 2005) en su citada obra, señala:

El único camino para erigir semejante poder común, capaz de defenderlos

contra la invasión de los extranjeros y contra las injurias ajenas,

asegurándoles de tal suerte que por su propia actividad y por los frutos de la

tierra puedan nutrirse a sí mismos y vivir satisfechos, es conferir todo su

poder y fortaleza a un hombre o a una asamblea de hombres, todos los

cuales, por pluralidad de votos, puedan reducir sus voluntades a una

voluntad.

Esto equivale a decir: elegir un hombre o una asamblea de hombres que

represente su personalidad; y que cada uno considere como propio y se

reconozca a sí mismo como autor de cualquiera cosa que haga o promueva

quien representa su persona, en aquellas cosas que conciernen a la paz y a

la seguridad comunes; que, además, sometan sus voluntades cada uno a la

voluntad de aquél, y sus juicios a su juicio. Esto es algo más que

consentimiento o concordia; es una unidad real de todo ello en una y la

misma persona, instituida por pacto de cada hombre con los demás, en forma

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tal como si cada uno dijera a todos: autorizo y transfiero a este hombre o

asamblea de hombres mí derecho de gobernarme a mi mismo, con la

condición de que vosotros transferiréis a él vuestro derecho, y autorizaréis

todos sus actos de la misma manera. Hecho esto, la multitud así unida en

una persona se denomina ESTADO, en latín, CIVITAS. Esta es la generación

de aquel gran LEVIATÁN, o más bien (hablando con más reverencia), de

aquel dios mortal, al cual debemos, bajo el Dios inmortal, nuestra paz y

nuestra defensa. Porque en virtud de esta autoridad que se le confiere por

cada hombre particular en el Estado, posee y utiliza tanto poder y fortaleza,

que por el terror que inspira es capaz de conformar las voluntades de todos

ellos para la paz, en su propio país, y para la mutua ayuda contra sus

enemigos, en el extranjero (pág. 140-141).

1.4.2 John Locke

Fue filósofo, médico inglés (1632-1704), liberalista y contractualista, cuyas

aportaciones influyeron en la revolución inglesa, se caracterizó por defender los

derechos individuales y la división de poderes. Consideraba que el hombre estaba

en un estado de perfecta libertad, al disponer de su propiedad y tener libre acción.

para garantizar este estado, los hombres crearon un pacto social para ser

gobernados por un régimen político facultado para crear las leyes positivas y

defender las naturales, a través de los poderes de gobierno.

El contrato social que propone Locke (trad. 2018), es resultado de una transición

del estado natural del hombre –en este todos los hombres son libres, viven y se

relacionan en armonía, tienen los mismos derechos y se rigen por derechos

naturales (a la vida, la libertad y la propiedad)–, hacia la sociedad civil, entendiendo

a esta última como aquella en la que los hombres deciden conformar una sociedad

política organizada, previo consentimiento de todos sus integrantes, que establezca,

a través de un contrato social los mecanismos para salvaguardar la vida de los

hombres y para proteger sus derechos naturales (principalmente la propiedad). De

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esta manera el Estado tiene como fin velar por los derechos naturales de los

hombres y por el bienestar social.

Locke (trad. en 2018), en su Segundo Tratado sobre el Gobierno Civil dispuso lo

siguiente:

Si el hombre en su estado de naturaleza tan libre es como se dijo, si señor

es absoluto de su persona y posesiones, igual a los mayores y por nadie

subyugado, ¿por qué irá a abandonar su libertad y ese imperio, y se someterá

al dominio y dirección de cualquier otro poder? Pero eso tiene obvia

respuesta, pues aunque en el estado de naturaleza le valiera tal derecho,

resultaba su goce y seguidamente expuesto a que lo invadieran los demás;

porque siendo todos tan reyes como él y cada hombre su parejo, y la mayor

parte observadores no estrictos de la justicia y equidad el disfrute de bienes

en ese estado es muy inestable, en zozobra. Ello le hace desear el abandono

de una condición que, aunque libre, llena está de temores y continuados

peligros; y no sin razón busca y se une en sociedad con otros ya reunidos, o

afanosos de hacerlo para esa mutua preservación de sus vidas, libertades y

haciendas, a que doy el nombre general de propiedad.

El fin, pues, mayor y principal de los hombres que se unen en

comunidades políticas y se ponen bajo el gobierno de ellas, es la

preservación de su propiedad; para cuyo objeto faltan en el estado de

naturaleza diversos requisitos

1.4.3 Jean Jacques Rousseau

Fue un filósofo, escritor y pedagogo francés (1712-1778), dentro de sus principales

obras se encuentran, Discurso sobre el origen y los fundamentos de la desigualdad

entre los hombres, y El contrato social; se caracterizó por ser crítico de las teorías

de John Locke y de Thomas Hobbes. Sus aportaciones contribuyeron al desarrollo

de la revolución francesa y de la teoría política republicana.

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En El contrato social, Rousseau (2017), señala entre otros aspectos que, el hombre

ha nacido libre por naturaleza, pero esta encadenado a todas partes. El pacto

mediante el cual un grupo de personas se convierte en un pueblo constituido se

conoce como contrato social, del cual se conforma una entidad artificial (Estado)

que actúa por decisión y en representación de la mayoría, para defender y proteger

de toda fuerza a la colectividad y a sus bienes.

En este contexto y con relación al contrato social, Rousseau (2017), señala que:

Las cláusulas de este contrato se hallan determinadas hasta tal punto por

la naturaleza del acto, que la menor modificación las haría vanas y de efecto

nulo; de suerte que, aun cuando jamás hubiesen podido ser formalmente

enunciadas, son en todas partes las mismas y doquiera están tácitamente

admitidas y reconocidas, hasta que, una vez violado el pacto social, cada

cual vuelve a la posesión de sus primitivos derechos y a recobrar su libertad

natural, perdiendo la convencional, por la cual renunció a aquélla.

Estas cláusulas, debidamente entendidas, se reducen todas a una

sola, a saber: la enajenación total de cada asociado con todos sus derechos

a toda la humanidad…

Por tanto, si se elimina del pacto social lo que no le es de esencia,

nos encontramos con que se reduce a los términos siguientes: “Cada uno

de nosotros pone en común su persona y todo su poder bajo la suprema

dirección de la voluntad general, y nosotros recibimos además a cada

miembro como parte indivisible del todo.” Este acto produce

inmediatamente, en vez de la persona particular de cada contratante, un

cuerpo moral y colectivo, compuesto de tantos miembros como votos tiene

la asamblea, el cual recibe de este mismo acto su unidad, su yo común, su

vida y su voluntad.

Esta persona pública que así se forma, por la unión de todos los

demás, tomaba en otro tiempo el nombre de ciudad y toma ahora el de

república o de cuerpo político, que es llamado por sus miembros Estado,

cuando es pasivo; soberano, cuando es activo; poder, al compararlo a sus

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semejantes; respecto a los asociados, toman colectivamente el nombre de

pueblo, y se llaman en particular ciudadanos, en cuanto son participantes

de la autoridad soberana, y súbditos, en cuanto sometidos a las leyes del

Estado… (pág. 10-11).

Actividades sugeridas para reforzar el aprendizaje

• Ver el video “la comunidad primitiva”: disponible es

https://www.youtube.com/watch?v=ekyVi1dBtKk y posteriormente elabore un

mapa mental en el que se identifiquen los periodos que comprenden la

comunidad primitiva y las principales características de cada uno de estos.

• Ingresar a Google Académico, buscar dos artículos de revistas o capítulos de

libro, leerlos y con base en lo aprendido, elaborar un ensayo de una hoja de

extensión, cuyo tema sea ¿qué es la sociedad y cuál la importancia del individuo

en esta?

• Grabar un video de entre uno y tres minutos y subirlo a Facebook, en el que

explique con sus propias palabras el concepto de Estado y cuáles son las

principales características del Estado mexicano. Se sugiere compartir el video

entre sus compañeros.

• Organizar equipos de tres o cuatro personas, y debatir el siguiente tema ¿El ser

humano es bueno o malo por naturaleza?

• Complemente lo aprendido con la bibliografía complementaria sugerida, y

elabore un cuadro sinóptico en el que se identifiquen los aspectos más

relevantes de la concepción del concepto de Estado de Hobbes, Locke y

Rousseau.

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Bibliografía complementaria sugerida

Política, Aristóteles (libro):

https://bcn.gob.ar/uploads/ARISTOTELES,%20Politica%20(Gredos).pdf

Leviatán, Thomas Hobbs (libro). Disponible en:

file:///C:/Users/user/AppData/Local/Temp/leviathan.pdf

El contrato social, Jean Jacques Rousseau (libro). Disponible en:

https://prd.org.mx/libros/documentos/El_contrato_social.pdf

Carta sobre la tolerancia / Segundo Tratado sobre Gobierno Civil (libro). Disponible

en:

https://www.prd.org.mx/libros/documentos/libros/Carta-Tolerancia.pdf

Los orígenes filosóficos de la noción de soberanía nacional en el contractualismo

político de Thomas Hobbes, John Locke y Jean-Jacques Rousseau, Anderson

Vichinkeski (Revista), Disponible en:

https://www.redalyc.org/pdf/1736/173636985019.pdf

Tres contratos, tres incertidumbres: la conformación de soluciones institucionales

en Hobbes, Locke y Rousseau, Diego Solís y Josafat Cortez (Artículo). Disponible

en:

http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S2007-

43872019000100321

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2. Redes sociales colaborativas de carácter social

Preguntas detonadoras

¿Qué son las redes sociales y cómo ha influido el

internet en estas?

¿Qué es la sociedad civil y cuál es la diferencia con el

concepto de sociedad?

¿Qué organizaciones de apoyo de carácter social

conoce?

¿En caso de constituir una organización de la sociedad

civil, cuál sería su objeto y por qué?

2.1 Las redes sociales

Para comenzar, se considera importante definir qué se entiende por red, esta puede

ser comprendida como un conjunto de elementos/personas/agrupaciones que se

organizan para el cumplimiento de un determinado fin, propósito u objetivo. Estas

redes pueden ser de diversos tipos, económicas, culturales, políticas, académicas,

sociales, entre otras, para efectos del desarrollo del presente tema, estas últimas

son las que se desarrollaran a continuación.

Las redes sociales han existido desde que el hombre ha vivido en sociedad, y para

el estudio de estas el análisis de redes sociales plantea una propuesta teórica y

metodológica que comprende aportaciones de varias ciencias –sociología,

psicología, antropología, matemáticas, etc.–, que en conjunto estudian las

relaciones entre los individuos, y de estos respecto a organizaciones de diversas

índoles, identificando como es que estas redes influyen en el actuar y el

comportamiento del individuo y la colectividad. Para dicho análisis, las redes se

integran de actores (nodos) y enlaces (líneas) que interactúan entre sí.

Page 21: Módulo 4: Redes Sociales Colaborativas

21

Conforme a lo referido por Ávila (2021), el estudio y la investigación de las redes

sociales contribuye a diversos campos del saber: metodológico, teórico y conceptual

–de lo atributivo a lo relacional, a orientaciones macrosociales, a orientaciones micro

sociales, a la relación macro/mico y a una teoría de la acción–; en la esfera de los

métodos, algoritmos y técnicas, y; en el campo de la recolección de datos y del

muestreo.

Por otra parte, y en relación con el concepto de red social, destaca lo señalado por

Ávila (2012):

…el concepto y la idea de red es una construcción integradora que exige

igualmente un nivel de análisis integrador; implica la interrelación de los

individuos bajo condiciones específicas de intercambio social y ofrecimiento

de soporte emocional como forma de afrontar las adversidades.

… se interpreta la red como una forma de proporcionar apoyo afectivo, moral,

económico o social… ...como una estructura que configura mecanismos de

sobrevivencia para otorgar bienestar social y económico que permita

solucionar problemáticas asociadas tanto al ordinario desarrollo del grupo

como para cubrir las necesidades surgidas de la ausencia del Estado y del

núcleo social en general, es decir, la red constituye un mecanismo para el

afrontamiento de la pobreza y la desigualdad (pág. 23 y 24).

Aunado a lo anterior Ávila (2012) considera que las redes sociales presentan un

carácter dinámico que es determinado por el flujo continuo de intercambios que se

presentan en estas, el cual comprende una combinación de elementos emocionales

y el intercambio de diversas unidades de circulación de productos, que incluyen

información, alimentos, salud, consejos, apoyo afectivo y diversos factores más.

Por su parte, Sanchez y García (2007) refieren que las redes sociales han

contribuido a la autoconstrucción de una sociedad civil mexicana, en este sentido,

señalan que:

Page 22: Módulo 4: Redes Sociales Colaborativas

22

Las redes sociales aparecen como consecuencia de la creciente

diferenciación y complejización de la sociedad, caracterizándose por una

complementariedad entre comunicación vertical y horizontal, la articulación

de diversas organizaciones, su carácter político, económico o mixto definido

por los actores sociales que la integran, por medio de relaciones básicamente

informales, con objetivos y estrategias establecidas a través de decisiones

colectivas y compartidas, teniendo a la confianza como instrumento que

reduce la incertidumbre y la complejidad, por lo que es fuente de cooperación

y solidaridad.

Las redes sociales como formas organizativas, ocupan un lugar

relevante en el proceso de construcción de la sociedad civil en México,

porque permiten a las organizaciones desarrollar sus acciones colectivas con

mayores potencialidades, sobre todo debido a que bajo tal estructura pueden

optimizar su capacidad de reflexividad, además de avanzar en lo relativo a

su funcionamiento y liderazgo (141).

Derivado del nacimiento del internet en 1969, la sociedad ha transitado hacia un

contexto global y virtual/digital. A través de la World Wide Web, cualquier individuo

con un dispositivo tecnológico puede acceder y compartir información en tiempo

real; crear perfiles en diversas plataformas para compartir sus intereses, gustos y

preferencias; entablar comunicación con personas que se ubiquen en cualquier

parte de globo terráqueo; acceder a un sinfín de bienes y servicios, etc.

Debido al impacto que actualmente tienen las redes sociales en las esferas

económica, política, social y cultural, diversas disciplinas han centrado su objeto de

estudio a dichas redes, en este sentido, destaca lo señalado por Lorenzo et al.

(2011) que:

El aumento de popularidad de las redes sociales ha trascurrido en paralelo

al desarrollo de la Web 2.0, una web más social que ha permitido comunicar,

entretener y compartir. Los usuarios han pasado de una etapa en la que eran

Page 23: Módulo 4: Redes Sociales Colaborativas

23

considerados meros consumidores de contenidos creados por terceros, a

una etapa en la que los contenidos son producidos por los propios usuarios

con conocimientos básicos en el uso de internet. El análisis de las redes

sociales ha irrumpido en muchas ciencias sociales en los últimos veinte años

como una nueva herramienta de análisis de los individuos y de sus relaciones

sociales. Principalmente se han utilizado para el estudio de hábitos, gustos y

formas de relacionarse de los grupos sociales, ya que se centran en las

relaciones de los individuos y no en las características de los mismos (raza,

edad, ingresos, educación) (pág. 146).

En términos políticos, las redes sociales digitales juegan un papel determinante, ya

que actualmente un muy alto porcentaje de las personas reciben noticias a través

de este medio, además, las personas pueden interactuar con otros individuos para

compartir sus opiniones, para debatir temas en común y para formar grupos o

asociaciones orientadas al logro de objetivos en particular.

2.2 La sociedad civil

Como resultado de las redes sociales colaborativas, la sociedad de manera

colectiva y voluntaria se ha organizado para incidir en la toma de decisiones del

ámbito público y para llevar a cabo diversas actividades, que pueden ser con fines

lucrativos o sociales. En este contexto, es importante conocer qué es la sociedad

civil.

La Organización de los Estados Americanos señala en su sitio web que:

La Sociedad Civil está constituida por diversos componentes, tales como

instituciones cívicas y sociales, y organizaciones que dan forma a la

fundación de una sociedad funcional. La presencia de una sociedad civil

sólida es esencial para asegurar la democracia para la paz, seguridad y

Page 24: Módulo 4: Redes Sociales Colaborativas

24

desarrollo… (Organización de los Estados Americanos, 2021, párrafo

primero).

Por su parte, la definición de sociedad civil del Banco Interamericano de Desarrollo

(2021), es la siguiente:

El Grupo BID considera “sociedad civil” a una amplia gama de organizaciones

(OSCs): asociaciones; instituciones académicas y sin fines de lucro; grupos

profesionales y grupos de responsabilidad social corporativa; organizaciones

no gubernamentales y sin fines de lucro; sindicatos; fundaciones;

instituciones religiosas; grupos de jóvenes; grupos indígenas; grupos de

personas afro-descendientes; organizaciones formales e informales que

pertenecen y / o representan los intereses de la comunidad con perspectivas

filantrópicas, éticas, culturales, étnicas, religiosas y científicas.

Las OSCs pueden desarrollar una o varias actividades como

promoción, investigación, microcrédito, educación. Pueden operar a nivel

local, nacional, e internacional simultáneamente siempre que pertenezcan a

uno o varios de los países prestatarios o no prestatarios del Grupo BID

(Banco Interamericano de Desarrollo, 2015, párrafos primero y segundo).

Con base en las definiciones anteriores se observa que, la sociedad civil se integra

por un conjunto de organizaciones o instituciones de diversas índoles –cuyos

miembros se asocian de manera voluntaria–, que son ajenas a la estructura política

de los Estados, que no tienen fines de lucro y que contribuyen al desarrollo de

actividades encaminadas al bienestar social, a escalas local, nacional e

internacional.

A continuación, se abordará qué son las organizaciones de apoyo de carácter social

que considera la sociedad civil, y posteriormente, se estudiará cada una de estas

en particular.

Page 25: Módulo 4: Redes Sociales Colaborativas

25

2.3 Organizaciones de apoyo de carácter social

Existen agrupaciones o asociaciones de individuos que no pertenecen a la

estructura política del Estado y que se organizan por voluntad propia para la

consecución de determinados objetivos sociales, principalmente aquellos que

contribuyen a la disminución de las desigualdades sociales y a favorecer el

bienestar común de los grupos sociales más desfavorecidos o en situación de

vulnerabilidad. En este contexto, destacan varios tipos de organizaciones de

carácter social: fundaciones filantrópicas, organizaciones no gubernamentales,

organizaciones de la sociedad civil, asociaciones civiles, instituciones de asistencia

privada, sociedades civiles, entre otras. La naturaleza de este tipo de asociaciones

es no lucrativa, es decir, no buscan un beneficio económico sino exclusivamente

realizar actividades orientadas al bienestar social o al interés público.

Este tipo de organizaciones se encuentran establecidas en la fracción III del Artículo

27 de la Constitución Federal, que establece:

Las instituciones de beneficencia, pública o privada, que tengan por objeto el

auxilio de los necesitados, la investigación científica, la difusión de la

enseñanza, la ayuda recíproca de los asociados, o cualquier otro objeto lícito,

no podrán adquirir más bienes raíces que los indispensables para su objeto,

inmediata o directamente destinados a él, con sujeción a lo que determine la

ley reglamentaria (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,

2021, pág. 33).

A continuación, se desarrollarán en términos generales, los principales tipos de

organizaciones de carácter social, identificando sus características, objeto y el

marco normativo que las regula, además, se señalarán algunos ejemplos de estas.

Page 26: Módulo 4: Redes Sociales Colaborativas

26

2.3.1 Fundaciones filantrópicas

Para establecer una definición de fundación filantrópica, es importante que en un

primer término se tenga conocimiento de qué es una fundación y posteriormente,

de qué es la filantropía.

Una fundación se puede concebir como un grupo o asociación de individuos

(personas físicas o morales) que de manera voluntaria y sin fines de lucro se

organizan para el logro de terminados objetos sociales, humanitarios, culturales,

entre otros.

Por su parte, la palabra filantropía deriva del griego filos y ánthropos que puede

traducirse como el amor a la humanidad, y esta se refiere a aquel sentimiento de

empatía de los seres humanos que se caracteriza por brindar ayuda a las personas

de manera desinteresada, con la única pretensión de buscar su bien. En este

sentido, “la filantropía permite que la sociedad civil crezca y se democratice, y puede

ser un instrumento estratégico de cambio social si se vincula con las causas, los

problemas, los actores, las regiones y los enfoques que promueven este cambio”

(Carrillo Collard et al., 2009, pág. 8).

Es así que, podemos definir a una fundación filantrópica como aquella organización

sin fines de lucro que tienen por objeto ayudar a las personas de forma altruista,

coadyuvando a la mejora en su calidad de vida, o bien al bienestar social, de los

sectores más vulnerables, principalmente.

Los fines de las fundaciones filantrópicas son diversos, y estos dependerán del

contexto espacial, temporal y socioeconómico de la sociedad en la que se

constituyan, algunos de los fines más relevantes son los siguientes:

• Protección de derechos humanos;

• Sociales y culturales

• Educación;

Page 27: Módulo 4: Redes Sociales Colaborativas

27

• Trabajo;

• Aspectos sanitarios (seguridad e higiene);

• Generación, aplicación y divulgación del conocimiento;

• Ambientales/sostenibilidad;

• Alimenticios;

• Seguridad;

• Deportivos;

• Entre otros.

En un contexto internacional, existen fundaciones altruistas de países desarrollados

que pretenden disminuir la brecha económica que históricamente se ha suscitado

entre estos y los países en vías de desarrollo, a través del otorgamiento de apoyos,

bienes y servicios, fundamentalmente en materia de educación, seguridad,

alimentación y salud, que contribuyan a mejorar la calidad de vida de los más

desfavorecidos.

Por último, es importante precisar que las fundaciones filantrópicas en su mayoría

se constituyen como organizaciones no gubernamentales, organizaciones de la

sociedad civil o asociaciones civiles.

2.3.2 Las Organizaciones No Gubernamentales (ONG)

Las ONG son agrupaciones de personas que son independientes del Estado y de

la administración pública y no tienen fines de lucro, su objeto es contribuir al

bienestar social y/o al cumplimiento de un fin de interés social, el alcance de sus

actividades puede ser local, regional o internacional. Dependiendo de su país de

origen, las ONG pueden constituirse como fundaciones, asociaciones civiles, OSC,

etc...

En relación con la definición de ONG, destaca lo señalado por Rodríguez (2017):

Page 28: Módulo 4: Redes Sociales Colaborativas

28

El término ONG fue acuñado en 1945 por la ONU (Artículo 71 del Capítulo

X de la Carta de Naciones Unidas), primer organismo internacional que

reconoció su papel y aceptó que sus representantes participaran en el

Consejo Económico y Social, aunque sin derecho a voto. Desde 1960

también participan en foros de la Organización de las Naciones Unidas

para la Alimentación y la Agricultura (FAO, por su sigla en inglés), la

Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Organización Mundial de

la Salud (OMS). Por su parte, la sociedad civil organizada, poco a poco,

ha ido sustituyendo el mencionado término de ONG por el de

Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC), que ha sido retomado por

diversas instituciones gubernamentales mexicanas (pág. 64-65).

En particular, en México, las ONG están normadas en la Ley Federal de Fomento a

las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil (LFFAROSC),

publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en 2014.

Algunos ejemplos de ONG que existen en la actualidad son los siguientes:

Internacionales:

• Médecins Sans Frontières

• World wide fund for nature

• Amnistía Internacional

• Fundación Wikimedia.

• Greenpeace.

• Partners in Health.

• Mercy Corps.

• CARE International.

• Peace Bridges International

• Save the Children.

Page 29: Módulo 4: Redes Sociales Colaborativas

29

Nacionales:

• Academia Mexicana de Derechos Humanos, A.C.

• Centro de Derechos Humanos Victoria Díez, A.C.

• Amnistía Internacional Sección Mexicana, A.C.

• Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos

• Programa Casa Refugiados Amnistía Internacional Sección Mexicana

• Unidad de Atención Sicológica Sexológica y Educativa para el crecimiento

Persona

• Centro de Estudios Fronterizos y de Promoción de los Derechos Humanos A.C.

• Yolia Niñas de la Calle, A.C.

• Manos Unidas

• Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo, A.C.

2.3.3 Las organizaciones de la sociedad civil (OSC)

Según el Instituto Nacional de Desarrollo Social (INDESOL), las OSC:

…son agrupaciones constituidas por individuos, fundamentados en lazos

asociativos que pueden realizar actividades de defensa y respeto a los

derechos humanos, de apoyo o asistencia a terceros sin fines de lucro ni

de proselitismo partidista, político-electoral o religioso, que no persiguen

beneficios personales sino sociales comunitarios. Esencialmente su

origen responde al derecho de todo miembro de la sociedad de ejercer su

participación ciudadana como la clave para la existencia de una mayor

corresponsabilidad de los gobiernos y los ciudadanos (Instituto Nacional

de Desarrollo Social, 2018, párrafo sexto).

En referencia con la definición de las OSC destaca lo señalado por Rodríguez

(2017):

Page 30: Módulo 4: Redes Sociales Colaborativas

30

En México, el área de Desarrollo Político de la Secretaría de Gobernación

(Segob) asumió como definición de OSC: “una asociación de ciudadanos

que, haciendo uso de recursos simbólicos y materiales, capacidades

organizacionales y afinidades emotivas y morales, actúa colectivamente

a favor de alguna causa y persigue un interés material o simbólico

situándose por fuera del sistema político, y sin seguir la lógica del

mercado” (Olvera, 1998: 2 y 2002: 398).

En cambio, el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e

Informática (INEGI) las reporta entre las Instituciones sin Fines de Lucro y las

define en su glosario como: “entidades jurídicas o sociales creadas para

producir bienes y servicios, cuyo estatuto jurídico no les permite ser fuente

de ingreso, beneficio u otra ganancia financiera para las unidades que las

establecen, controlan o financian; están institucionalmente separadas del

gobierno, son autónomas y no imponen coercitivamente la participación en

ellas”. (pág. 94).

Con base en lo dispuesto por el INDESOL, los pasos para crear una OSC en la

república mexicana son los siguientes: Definir los puntos principales de la misma

–objeto social, número de integrantes, figura jurídica, mecanismos de

financiamiento, representantes legales, causas y procedimientos de liquidación y

aspectos relacionados al patrimonio de la organización–; Constituir la organización

social –solicitar autorización a través del Módulo Único de Autorización de Uso de

Denominaciones y Razones Sociales de la Secretaría de Economía–; Acudir ante

un notario público –elaborar el acta de constitución de la organización, que deberá

contener la siguiente información: nombres de los asociados, razón social, domicilio,

duración, actividades a la que se dedicará la organización, derechos y obligaciones

de los asociados, integración y funcionamiento de sus órganos, y nombres y

facultades de los representantes legales–; Inscribir la asociación en el Sistema de

Administración Tributaria –obtener cédula de inscripción al Registro Federal de

Contribuyentes–, y por último; obtener la Clave Única de Inscripción al Registro

Page 31: Módulo 4: Redes Sociales Colaborativas

31

Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil, de la organización (Instituto

Nacional de Desarrollo Social, 2018).

En el Artículo 5 de la LFFAROSC, se establece que las actividades de las OSC

objeto de fomento son las siguientes:

I. Asistencia social, conforme a lo establecido en la Ley de Asistencia Social

y en la Ley General de Salud;

II. Apoyo a la alimentación popular;

III. Cívicas, enfocadas a promover la participación ciudadana en asuntos de

interés público;

IV. Asistencia jurídica;

V. Apoyo para el desarrollo de los pueblos y comunidades indígenas;

VI. Promoción de la equidad de género;

VII. Aportación de servicios para la atención a grupos sociales con

discapacidad;

VIII. Cooperación para el desarrollo comunitario en el entorno urbano o rural;

IX. Apoyo en la defensa y promoción de los derechos humanos;

X. Promoción del deporte;

XI. Promoción y aportación de servicios para la atención de la salud y

cuestiones sanitarias;

XII. Apoyo en el aprovechamiento de los recursos naturales, la protección del

ambiente, la flora y la fauna, la preservación y restauración del equilibrio

ecológico, así como la promoción del desarrollo sustentable a nivel regional

y comunitario, de las zonas urbanas y rurales;

XIII. Promoción y fomento educativo, cultural, artístico, científico y

tecnológico;

XIV. Fomento de acciones para mejorar la economía popular;

XV. Participación en acciones de protección civil;

XVI. Prestación de servicios de apoyo a la creación y fortalecimiento de

organizaciones que realicen actividades objeto de fomento por esta ley;

Page 32: Módulo 4: Redes Sociales Colaborativas

32

XVII. Promoción y defensa de los derechos de los consumidores;

XVIII. Acciones que promuevan el fortalecimiento del tejido social y la

seguridad ciudadana,

XIX. Las que determinen otras leyes (Cámara de Diputados del H. Congreso

de la Unión, 2018).

Es importante mencionar que, a través del Registro Federal de las OSC, se lleva a

cabo el registro de las organizaciones que realizan su solicitud y cumplen los

requisitos establecidos en el marco normativo en la materia –LFFAROSC y su

Reglamento–. Es así que, a través del Sistema de Información del Registro Federal

de las OSC los ciudadanos pueden acceder a ciertos tipos de datos, entre los cuales

se encuentran los Directorios de las OSC que cuentan con su registro

correspondiente. Con base en la información de los Directorios de las OSC, con

fechas de corte al 31 de diciembre de 2015 y al 30 de junio de 2021, se observa que

en periodo 2015-2021 el número de OSC registradas incrementó en 35.5 puntos

porcentuales (11,365 OSC) transitando de 31,998 a 43,363 OSC registradas en el

periodo referido. Esta tendencia es reflejo del interés cada vez mayor de los

ciudadanos por contribuir a causas sociales, en beneficio de los sectores

vulnerables de la sociedad.

En la siguiente tabla se muestra la distribución de las OSC por tipo en México, con

base en el Directorio de las OSC de 2021:

Tipo de OSC Abs. Rel.

Asociación Civil 41,269 95.17%

Asociación de Beneficencia Privada 125 0.29%

Fundación 3 0.01%

Institución de Asistencia Privada 1,193 2.75%

Institución de Asistencia Social Privada 22 0.05%

Institución de Beneficencia Privada 45 0.10%

Sociedad Civil 351 0.81%

Otra 355 0.82%

Total 43,363 100% Fuente; elaboración propia con base en Directorios de organizaciones de la sociedad civil inscritas

en el Registro Federal de las OSC al 30 de junio de 2021. Disponible en:

Page 33: Módulo 4: Redes Sociales Colaborativas

33

https://datos.gob.mx/busca/dataset/registro-federal-de-las-organizaciones-de-la-sociedad-

civil/resource/ea8d7732-0151-4809-b081-007633e55c04?inner_span=True

En la tabla anterior se puede observar que a nivel nacional destaca el porcentaje de

AC, ya que representan más del 95% del total de OSC, es decir, 95 de cada 100

OSC mexicanas corresponden a la figura jurídica de AC; asimismo, las OSC que se

presentan en una menor medida son las Instituciones de Asistencia Social Privada

y las Fundaciones, respectivamente.

Por último, es importante señalar que en México, las OSC mexicanas financian sus

actividades por medio de dos tipos de fuentes de ingreso: autogenerados

–derivados de la comercialización de productos con base en su objeto social, cobro

de cuotas de recuperación, y en su caso, por los intereses generados por su

patrimonio–, y externos –derivan de donativos privados (deducibles o no de

impuestos) y recursos públicos– (Becker et al. 2016).

2.3.4 Las asociaciones civiles (AC)

Con base en lo dispuesto por el INDESOL (2015), una AC:

…es una persona moral, que se encuentra conformada por personas físicas

generalmente (aunque también puede constituirse de otras personas

morales), que se encuentran reunidas de manera duradera por un interés

colectivo, el cual no debe ser con un fin de lucro (no debe tener como finalidad

una ganancia económica) y además, debe ser lícito (no debe ser ilegal o

contrario a derecho). Si sus fines coinciden con los enlistados en el artículo

5º de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por

Organizaciones de la Sociedad Civil, serán sujetos de fomento (pág. 22).

La característica principal de este tipo de organización es que no buscan fines de

lucro, y sus actividades a desarrollar puede ser de diversas índoles: social, cultural,

ambiental, deportivo, de generación/difusión/divulgación del conocimiento, etc.

Page 34: Módulo 4: Redes Sociales Colaborativas

34

En México, el fundamento jurídico de este tipo organizaciones se encuentra en el

Artículo 2670 del Código Civil Federal, en el cual se señala que “Cuando varios

individuos convinieren en reunirse, de manera que no sea enteramente transitoria,

para realizar un fin común que no esté prohibido por la ley y que no tenga carácter

preponderantemente económico, constituyen una asociación” (Código Civil Federal,

2021, pág. 255). Además, en la fracción V del Artículo 25 de este Código se

establece que dentro de la figura de personas morales se encuentran “Las

asociaciones distintas de las enumeradas que se propongan fines políticos,

científicos, artísticos, de recreo o cualquiera otro fin lícito, siempre que no fueren

desconocidas por la ley” (Código Civil Federal, 2021, pág. 4).

Este tipo de OSC se deberán constituir a través de un contrato de asociación civil,

en el que se establezca el acta constitutiva, misión y estructura de la organización,

conforme a las disposiciones que se establezcan en el Código Civil de la Entidad

Federativa que corresponda.

Algunos ejemplos de asociaciones civiles en México y en el mundo, son los

siguientes:

Internacionales:

Synergos

Oxfam

Asociación Un techo para mi país

Protección, Derechos Humanos y Desarrollo

Greenpeace

Amnistía Internacional

Asociación de Remediadores Ambientales.

Nacionales:

• Alianza Cívica.

• Consorcio para el Diálogo Parlamentario y la Equidad.

Page 35: Módulo 4: Redes Sociales Colaborativas

35

• México contra la Corrupción y la Impunidad.

• Confederación Nacional de Consejos de Instituciones de la República Mexicana

• Fundación Chi´ K´ ak´ nab para la Conservación de la Biodiversidad, el

Desarrollo Sustentable y la Cultura

• La Academia Mexicana de Derechos Humanos.

• Unidos por el Desarrollo Sustentable del Campo

2.3.5 Sociedades Civiles (SC)

En el Artículo 2688 del Código Civil Federal se precisa que, “Por el contrato de

sociedad los socios se obligan mutuamente a combinar sus recursos o sus

esfuerzos para la realización de un fin común, de carácter preponderantemente

económico, pero que no constituya una especulación comercial” (Código Civil

Federal, 2021, pág. 257). Este contrato deberá constar por escrito y deberá

inscribirse en el Registro de Sociedades Civiles, además, el contrato deberá tener

la siguiente información: nombres de los otorgantes capaces de obligarse, razón

social, objeto de la sociedad el importe de capital y aportación de los socios.

En este tipo de organizaciones, los socios aportan y combinan sus recursos o

esfuerzos para el logro de un fin común de carácter preponderantemente económico

pero que no constituye una especulación comercial, es decir, los miembros de la SC

pretenden recibir una remuneración monetaria por los bienes o servicios

(principalmente profesionales) que ofertan, sin embargo, el fin de la SC no es la

obtención de ganancias sino la producción, venta o prestación de determinado

bien/servicio que contribuya el bienestar social de la población.

En muchos casos, las SC se integran por grupos de profesionistas que brindan

servicios profesionales: contadores, arquitectos, abogados, médicos, etc…

Algunos ejemplos de sociedades civiles mexicanas son:

• Centro Integral de Atención y Prevención Psicológica

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36

• Agencia Regional de Cooperación para el Impulso y Desarrollo de Negocios

• Promotores de la Autogestión para el Desarrollo Social

• Asesoría Integral para el Desarrollo de Capacidades

• Servicios Integrales para el Desarrollo Campesino

• Conservatorio de la Cultura Gastronómica Mexicana

2.3.6 Instituciones de asistencia privada (IAP)

Según la OSC Convergencia de Organismos Civiles, A.C (2017) una IAP es:

…aquella entidad que tiene personalidad jurídica y patrimonio propio. Trabaja

sin fines de lucro y está integrada por particulares, con el objeto de brindar

servicios asistenciales en alguna de las siguientes áreas: salud, educación,

discapacidad, rehabilitación de personas con problemas de adicciones,

ancianos desamparados, niños en situación de calle o huérfanos, y

actividades de asistencia social.

Las personas que en vida quieran constituir una institución de

asistencia privada deberán presentar a la Junta de Asistencia Privada o el

símil en su estado una solicitud por escrito…

A través de las Juntas de Asistencia Privada, cada entidad federativa supervisará y

brindará asesoría respecto a las actividades de las IAP. Actualmente y conforme al

Directorio Nacional de Instituciones de Asistencia Social, actualmente operan

Juntas de Asistencia Privada en 16 estados de la república mexicana. El marco

normativo que regula a este tipo de OSC, será atribución de cada entidad federativa

En particular, para el caso de la Ciudad de México, las IAP se encuentran reguladas

por la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal. En el

Artículo 3º de este ordenamiento jurídico se establece que:

Las instituciones, al realizar los servicios asistenciales que presten, lo harán

sin fines de lucro y deberán someterse a lo dispuesto por esta Ley, su

Page 37: Módulo 4: Redes Sociales Colaborativas

37

reglamento, sus estatutos y demás ordenamientos jurídicos aplicables en la

materia. Dicho servicio deberá otorgarse sin ningún tipo de discriminación,

mediante personal calificado y responsable, a fin de garantizar el respeto

pleno de los derechos humanos, así como la dignidad e integridad personal

de los sujetos de asistencia social (Ley de Insituciones de Asistencia Privada

para el Distrito Federal., 2014, pág. 1).

Algunos ejemplos de IAP en México son:

• Formación Integral de la Mujer

• Asociación Alzheimer y Enfermedades Mentales y Similares

• Niños y Niñas de la Sierra

• Casa Esperanza para Niños

• Crecer México

• Asociación Abraza Un Corazón

• Fundación San Judas Tadeo

Actividades para reforzar el aprendizaje

• Organizar equipos de tres o cuatro personas, y debatir los siguientes temas

¿Cómo incide el internet en las redes sociales? y ¿Actualmente, ¿cómo

impactan las redes sociales virtuales en el actuar y pensar del ser humano?

• Ver el video “¿ONG, OSC ó Asociación Civil (AC)? ¿Qué son?”: disponible es

https://www.youtube.com/watch?v=dFutELYkzvA\ y posteriormente elabore un

cuadro sinóptico en el que se identifiquen las diferencias y similitudes entre

ONG, OSC y AC.

• Ingresar algún Repositorio, buscar dos artículos de revistas o capítulos de libro,

leerlos y con base en lo aprendido, elaborar un ensayo de una hoja de

extensión, cuyo tema sea ¿cuál es el rol del Estado entorno a las OSC?

Page 38: Módulo 4: Redes Sociales Colaborativas

38

• Grabar un video de entre uno y tres minutos y subirlo a Tik-tok, en el que

explique con sus propias palabras cómo contribuyen las OSC al bienestar social

de la sociedad mexicana. Se sugiere compartir el video entre sus compañeros.

• Elija un tipo de OSC y con base en la normatividad aplicable elabore un

documento en el que se desarrollen los elementos mínimos indispensables para

su constitución.

Bibliografía complementaria

Redes sociales y análisis de redes: Aplicaciones en el contexto comunitario y virtual,

José Hernando Ávila (libro). Disponible en:

file:///C:/Users/user/AppData/Local/Temp/Dialnet-

RedesSocialesYAnalisisDeRedes-511130.pdf

Planeta Web 2.0: inteligencia colectiva o medios fast food, Cristóbal Cobo Romaní

et al (libro). Disponible en:

https://libros.metabiblioteca.org/bitstream/001/133/8/978-84-934995-8-7.pdf

Fundaciones Filantrópicas y Cooperación al Desarrollo, Organización para la

Cooperación y el Desarrollo Económicos (libro). Disponible en:

https://www.oecd.org/development/stats/31670558.pdf

Manual del marco normativo para las Organizaciones de la Sociedad Civil:

conociendo nuestros derechos y obligaciones, Ana María Salazar Sánchez et al.

(libro). Disponible en:

http://indesol.gob.mx/cedoc/pdf/I.%20SOCIEDAD%20CIVIL/MARCO%20LEGAL%

20DE%20OSC%27s/Manual%20del%20Marco%20Normativo%20para%20las%20

Organizaciones%20de%20la%20Sociedad%20Civil%20Conociendo%20nuestros

%20derechos%20y%20obligaciones.pdf

Page 39: Módulo 4: Redes Sociales Colaborativas

39

Redes sociales virtuales, ¿de qué depende su uso en España? Carota Lorenzo-

Romero, et al. (artículo de revista):

https://www.redalyc.org/pdf/818/81822806011.pdf

Redes sociales y reflexividad: su importancia en la construcción de la sociedad civil

en México, José Aranda Sánchez (artículo de revista). Disponible en:

https://www.redalyc.org/articulo.oa?id=10414204

El desarrollo de las ONG de México y su coincidencia con los Objetivos para el

Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas, Laura Rodríguez Cardozo (artículo de

revista). Disponible en: https://www.redalyc.org/pdf/174/17454620003.pdf

Page 40: Módulo 4: Redes Sociales Colaborativas

40

3. Otros tipos de redes sociales colaborativas

Preguntas detonadoras

¿Aparte de las OSC qué otro tipo de redes sociales

existen?

¿Qué organizaciones políticas se consideran en el

marco jurídico mexicano?

¿Qué es una alianza, un grupo de afinidad y una

organización juvenil?

¿Por qué las sociedades cooperativas no se consideran

sociedades mercantiles?

3.1 Organizaciones políticas

En el contexto nacional, las organizaciones políticas se encuentran normadas en el

marco jurídico en materia electoral, con base en este, el sistema político mexicano

considera a los partidos políticos y las agrupaciones políticas nacionales, mismos

que se abordarán a continuación.

3.1.1 Partidos políticos

En el Artículo 3 de la Ley General de Partidos Políticos (LGPP) se estable que los

partidos políticos son:

…son entidades de interés público con personalidad jurídica y patrimonio

propios, con registro legal ante el Instituto Nacional Electoral o ante los

Organismos Públicos Locales, y tienen como fin promover la participación del

pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de los órganos de

representación política y, como organizaciones de ciudadanos, hacer posible

el acceso de éstos al ejercicio del poder público (Ley General de Partidos

Políticos, 2021, pág. 2).

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Los partidos políticos pueden ser de carácter nacional o local, los primeros se

encuentran facultados para participar en elecciones de carácter federal, estatal,

distrital y municipal, y los segundos se encuentran facultados para participar en

elecciones de carácter estatal, distrital y municipal.

Actualmente, los partidos políticos nacionales que mantienen su registro en el

Instituto Nacional Electoral (INE) son los siguientes:

• Partido de la Revolución Democrática

• Partido Acción Nacional

• Partido del Trabajo

• Partido Revolucionario Institucional

• Partido Verde Ecologista de México

• Movimiento Ciudadano

• Morena

• Partido Encuentro Solidario

• Redes Sociales Progresistas

• Fuerza por México

Para conservar su registro en el INE los partidos políticos nacionales se encuentran

obligados a mantener un determinado número de militantes: 3,000 militantes en por

lo menos 20 entidades federativas o 200 distritos electorales uninominales y el

equivalente a cuando menos el 0.26% del Padrón Electoral Federal utilizado en la

elección federal ordinaria inmediata anterior.

Es importante señalar que, conforme a la legislación en la materia, los partidos

políticos podrán constituir frentes, coaliciones y fusiones, al respecto, en el Artículo

85 de la LGPP se señala en qué consisten estas figuras:

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1.Los partidos políticos podrán constituir frentes, para alcanzar objetivos

políticos y sociales compartidos de índole no electoral, mediante acciones y

estrategias específicas y comunes.

2. Los partidos políticos, para fines electorales, podrán formar coaliciones

para postular los mismos candidatos en las elecciones federales, siempre

que cumplan con los requisitos establecidos en esta Ley.

3. Dos o más partidos políticos podrán fusionarse para constituir un nuevo

partido o para incorporarse en uno de ellos.

Como se observa, estos tipos de asociaciones se diferencian por los fines que

persigue: los frentes se orientan al cumplimiento de objetivos políticos y sociales,

las coaliciones se asocian al cumplimiento de fines electorales y las fusiones se

refieren a la constitución de un nuevo partido político.

3.1.2 Asociaciones Políticas Nacionales (APN)

En el Artículo 20 de la LGPP se señala que las APN son “Las agrupaciones políticas

nacionales son formas de asociación ciudadana que coadyuvan al desarrollo de la

vida democrática y de la cultura política, así como a la creación de una opinión

pública mejor informada” (Ley General de Partidos Políticos, 2021, pág. 10).

En el citada Ley se establece que las ANP sólo podrán participar en procesos

electorales federales a través de acuerdos de participación con un partido político o

una coalición. Asimismo, en el Artículo 22 de dicha Ley se señala que para adquirir

el registro como ANP se deben acreditar ante el INE los siguientes requisitos:

…a) Contar con un mínimo de 5,000 asociados en el país y con un órgano

directivo de carácter nacional; además, tener delegaciones en cuando menos

7 entidades federativas, y

b) Contar con documentos básicos, así como una denominación distinta a

cualquier otra agrupación o partido.

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43

… (Ley General de Partidos Políticos, 2021, pág. 10).

En la actualidad, 87 ANP cuentan con su registro ante el INE, entre estas se

encuentran las siguientes:

• A favor de México

• Agrupación Nacional Emiliano Zapata

• Alianza Popular del Campo y la Ciudad

• Cambio Democrático Nacional

• Consejo Nacional de Desarrollo Indígena, A. C.

• Popular Socialista

• Renovación Nacional

3.2. Alianzas

Las alianzas se pueden entender como aquel acuerdo o unión entre personas,

grupos o entre Estados, para el cumplimiento de determinados objetivos, los cuales

pueden ser de naturaleza académica, científica, económica, laboral, cultural,

política, entre otras. Este tipo de organizaciones pueden llevarse a cabo entre

miembros de los sectores público, privado y/o social.

En términos políticos estas alianzas pueden traducirse en frentes y coaliciones entre

partidos políticos, lo cual ya se ha explicado con anterioridad, un ejemplo de este

tipo de alianzas es la coalición electoral “Va por México”, conformada por el PRD,

PRI y el PAN para las elecciones federales de 2021.

Por su parte, en el sector económico este tipo de organizaciones se llevan a cabo

entre empresas para que, a través de un trabajo conjunto y colaborativo se logren

objetivos que sean mutuamente benéficos para las organizaciones.

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3.3 Grupo de afinidad.

Los grupos de afinidad son grupos de activistas –generalmente son grupos

pequeños y no jerárquicos–, en los que existe confianza mutua entre sus

integrantes, los cuales comparten una visión respecto al activismo que practican y

llevan a cabo de manera conjunta las actividades que les permitan lograr el

cumplimiento de sus objetivos.

El término de grupo de afinidad se le atribuye a la Federación Anarquista Ibérica, la

cual los consideraba como organizaciones básicas creadas por los anarquistas para

difundir su ideología.

A lo largo de la historia algunos grupos de afinidad han sido la base organizativa en

ciertos movimientos sociales: antinucleares, feministas, ambientalistas, culturales,

etc.

3.4 Organizaciones juveniles

Las organizaciones juveniles son grupos de jóvenes de un mismo rango de edad

que tienen intereses o afinidades en común –en diversos ámbitos, político,

educativo, cultural, religioso, deportivo, científico, militar, etc.–, los cuales se

organizan de manera colegiada para el logro de determinados objetivos comunes.

Estas organizaciones pueden ser formales e informales, para el caso de las

primeras, pueden construirse como fundaciones, ONG, AC, entre otras.

Algunos ejemplos de organizaciones juveniles nacionales e internacionales son los

siguientes:

Nacionales

• Balance, promoción para el desarrollo y juventud

• Cuenta Conmigo Diversidad Sexual Incluyente

• Fundación de Apoyo a la Juventud

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45

• Fundación Comparte Vida

• Fábrica de Artes y Oficios, Faro Tláhuac

• Foro de Jóvenes con Liderazgo

Internacionales

• Federación Mundial de la Juventud Democrática

• Cámaro Junior Internacional

• Cruz Roja Juventud

• Unión Internacional de Juventudes Socialistas

• Organismo Internacional de Juventud en Iberoamérica

• Organización Mundial del Movimiento Scout

3.5 Sociedades Cooperativas

La Organización de las Naciones Unidas señala que una cooperativa es “una

asociación de personas que se han unido de forma voluntaria para satisfacer sus

necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales en común mediante

una empresa de propiedad conjunta y de gestión democrática” (Organización de las

Naciones Unidas, 2012, párrafo primero).

En la república mexicana, este tipo de organizaciones se encuentran reguladas por

la Ley General de Sociedades Cooperativas, publicada en el DOF en 1994. En el

Artículo 2 de dicho ordenamiento jurídico se establece que:

La sociedad cooperativa es una forma de organización social integrada por

personas físicas con base en intereses comunes y en los principios de

solidaridad, esfuerzo propio y ayuda mutua, con el propósito de satisfacer

necesidades individuales y colectivas, a través de la realización de

actividades económicas de producción, distribución y consumo de bienes y

servicios. (Ley General de Sociedades Cooperativas, 2021, pág. 1).

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46

En México, las sociedades cooperativas puedes ser de tres tipos: de consumidores

de bienes y/o servicios, de productores de bienes y/o servicios, y de ahorro y

préstamo.

Este tipo de sociedades pertenecen al sector social de la economía, y dentro de sus

características principales se encuentran las siguientes: se reconoce un voto por

socio, serán de capital variable, habrá igualdad en los derechos y obligaciones de

sus socios, tendrán una duración indefinida y se integrarán con un mínimo de cinco

socios –salvo el caso de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo se

constituirán con un mínimo de 25 socios–.

Con base en lo dispuesto en el Artículo 6 la citada Ley, las sociedades cooperativas

deberán observar en su funcionamiento los siguientes principios:

I.- Libertad de asociación y retiro voluntario de los socios;

II.- Administración democrática;

III.- Limitación de intereses a algunas aportaciones de los socios si así se

pactara;

IV.- Distribución de los rendimientos en proporción a la participación de los

socios;

V.- Fomento de la educación cooperativa y de la educación en la economía

solidaria;

VI.- Participación en la integración cooperativa;

VII.- Respeto al derecho individual de los socios de pertenecer a cualquier

partido político o asociación

religiosa, y

VIII.- Promoción de la cultura ecológica (Ley General de Sociedades

Cooperativas, 2021, pág. 2).

Algunos ejemplos de Sociedades Cooperativas son los siguientes:

Internacionales:

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• Zen-Noh

• Zenkyoren

• Crédit Agricole

• National Agricultural Co-operative Federation

• Groupma

• Co-operative Group

• Edeka Zentrale AG & Co.

• Corporación Mondragón

Nacionales:

• Cooperativa La Cruz Azul

• Cooperativa Pascual Boing

• La Istmeña

• Caja Popular Mexicana

• Cooperativa Bomintzha

• El Barrio

• Cuauhtémoc

• La Unión

Actividades para reforzar el aprendizaje

Ingrese al Directorio de APN registradas (disponible en: https://www.ine.mx/actores-

politicos/agrupaciones-politicas-nacionales/directorio-apn/) seleccione alguna de su

interés, lea su programa de trabajo y elabore un resumen de una cuartilla de este.

Grabar un video de entre uno y tres minutos y subirlo a WhatsApp, en el que

explique con sus propias cuál es el rol de los partidos políticos en el sistema político

mexicano. Se sugiere compartir el video entre sus compañeros.

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Vea el video “Sobre el papel de las organizaciones sociales juveniles”, disponible

en https://www.youtube.com/watch?v=hwHlfLEoGeM y con base en lo aprendido

elabore un mapa conceptual con las ideas más importantes del tema.

Con base en una búsqueda de información internet, busque cinco Sociedades

Cooperativas en México y elabore una tabla en la que se señale el objeto de cada

una de estas.

Bibliografía complementaria.

Apuntes de derecho electoral. Una contribución institucional para el conocimiento

de la ley como valor fundamental de la democracia. Tribunal Electoral del Poder

Judicial de la Federación (libro): Disponible en:

https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/11/5459/27.pdf

Programa de Acción Mundial para los Jóvenes, ONU (libro). Disponible en:

https://www.un.org/esa/socdev/documents/youth/publications/wpay2010SP.pdf

Alianzas Sociales en América Latina: enseñanzas extraídas de colaboraciones

entre el sector privado y organizaciones de la sociedad civil, Banco Interamericano

de Desarrollo (libro). Disponible en:

https://publications.iadb.org/publications/spanish/document/Alianzas-sociales-en-

Am%C3%A9rica-Latina-Ense%C3%B1anzas-extra%C3%ADdas-de-

colaboraciones-entre-el-sector-privado-y-organizaciones-de-la-sociedad-civil.pdf

Los partidos políticos y las elecciones en México: del partido hegemónico a los

gobiernos divididos, García Reyes y Christian Uziel (artículo de revista). Disponible

en: https://www.redalyc.org/pdf/4264/426439978006.pdf

Las Sociedades Cooperativas, una expresión de Economía Social Solidaria. El caso

de la cooperativa de productores de artesanías Erandi, Manuel Vázquez Hernández

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(artículo de revista), Disponible en:

https://www.redalyc.org/pdf/510/51046653002.pdf

Antecedentes de las sociedades cooperativas en México, Carlos Muñiz Díaz y J.

Dolores Alanís Tavira (artículo de revista), Disponible en:

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