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Reglamento de Evaluación, Calificación y Promoción Escolar DECRETO N° 67 Escuela Particular N° 519 San Bernardo Padre las Casas 2020

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Reglamento de Evaluación, Calificación y Promoción

Escolar DECRETO N° 67

Escuela Particular N° 519

San Bernardo

Padre las Casas

2020

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Nombre del Establecimiento

Corporación Educacional San

Bernardo

Dirección La Paz 161

Comuna Temuco

Provincia Cautín

Región La Araucanía

Teléfono 45 2 337435

Rol Base Datos 5725

Dependencia Particular Subvencionado

Área Educación

Nivel de Enseñanza Enseñanza Básica

Matrícula

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FUNDAMENTACIÓN

La Educación tiene como función esencial el desarrollo integral del individuo, tal como lo explicita

la definición y declaración de principios de nuestro “Proyecto Educativo el cual apunta a un

currículum con base en el desarrollo de habilidades cognitivas y desarrollo integral de los

estudiantes, apuntando directamente a las nuevas bases curriculares” Tanto de educación básica

como de Educación Parvularia.

Visto:

Que la Dirección de acuerdo con el equipo técnico pedagógico del Establecimiento y el

Consejo de Profesores han formulado Estrategias, Formas y Procedimientos de Evaluación para los

diferentes niveles de aprendizajes y cursos con sus correspondientes asignaturas

La Escuela San Bernardo de Padre las Casas es una Comunidad Educativa que resguarda el

ejercicio del Derecho a la Educación con énfasis en la formación de ciudadanas y ciudadanos

con base en la garantía de la plena igualdad de oportunidades a través del reconocimiento

de la diversidad como riqueza y el despliegue de los talentos.

Para su elaboración se consideraron los instrumentos de gestión institucional junto a las

orientaciones y normativas ministeriales vigentes, tales como: Proyecto Educativo

Institucional, el Reglamento de Convivencia Escolar, los planes exigidos por normativa, las

orientaciones del Equipo PIE , del Consejo de Profesores y las orientaciones del Decreto

Supremo Nº67/2018 que aprueba normas mínimas nacionales sobre evaluación,

calificación y promoción se presenta a continuación el Reglamento Interno de Evaluación,

Calificación y Promoción Escolar del Establecimiento.

El Reglamento de Evaluación, Calificación y Promoción Escolar del colegio San Bernardo se

articula con el PEI del Establecimiento en su Misión y Visión, donde se compromete con

procesos formativos que permitan que el estudiante sea un protagonista activo de su

proceso de enseñanza aprendizaje en un entorno de acogida y sana convivencia, y en su

Visión, donde se busca formar personas que actúen siempre de manera éticamente

responsable dentro de la sociedad”.

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ANTECEDENTES

Artículo 1. El presente Reglamento de Evaluación, Calificación y Promoción Escolar, es el

instrumento mediante el cual el Colegio San Bernardo, declara los procedimientos para la

evaluación periódica de los logros y aprendizajes de las y los estudiantes.

Este Reglamento se activa prioritariamente en función de movilizar los sellos formativos de

“Valores y principios cristianos, Excelencia educativa, alianza familia escuela, Escuela

nutritiva” y de reforzar la trayectoria educativa de las y los estudiantes para que concluyan

de manera exitosa el nivel educativo que imparte.

Las disposiciones del presente Reglamento de evaluación es responsabilidad de cada

persona que acepta vincularse con el Establecimiento leerlo comprensivamente, analizarlo,

cumplirlo, respetarlo y hacerlo cumplir.

Artículo 2. El presente Reglamento de evaluación se encuentra disponible en la plataforma

educativa del establecimiento , tales como página web www.colegiosanbernardo.cl y

plataforma educativa webclass.cl. Este reglamento será socializado con las familias en la

primera reunión del año escolar, y serán entregadas por la Profesora o el Profesor Jefe.

Artículo 3. Se entenderá por Reglamento de Evaluación al documento técnico que guarda

estrecha coherencia con el Proyecto Educativo Institucional y Reglamento Interno del

establecimiento y que establece los procedimientos de carácter objetivo y transparente

para la evaluación periódica de los logros y aprendizajes de los alumnos, basados en las

normas mínimas nacionales sobre evaluación, calificación y promoción por medio del nuevo

decreto de evaluación N° 67.

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Para lo anterior es importante considerar los siguientes conceptos a la base:

Evaluación: El Conjunto de acciones lideradas por los profesionales de la educación para que tanto

ellos como los estudiantes puedan obtener e interpretar la información sobre el aprendizaje, con

el objeto de adoptar decisiones que permitan promover el progreso del aprendizaje y

retroalimentar los procesos de enseñanza.

a) Evaluación formativa: la evidencia del desempeño de los estudiantes se obtiene,

interpreta y es usada por docentes y estudiantes, para tomar decisiones

pedagógicas acerca de los siguientes pasos en el Proceso Enseñanza Aprendizaje.

b) Calificación: Representación del logro en el aprendizaje a través de un proceso de

evaluación, que permite transmitir un significado compartido respecto a dicho

aprendizaje mediante un número, símbolo o concepto.

c) Curso: Etapa de un ciclo que compone un nivel, modalidad, formación general

común o diferenciada y especialidad si corresponde, del proceso de enseñanza y

aprendizaje que se desarrolla durante una jornada en un año escolar determinado,

mediante los Planes y Programas previamente aprobados por el Ministerio de

Educación.

d) Promoción: Acción mediante la cual el estudiante finaliza satisfactoriamente un

curso, transitando al curso inmediatamente superior o egresando del nivel de

educación básica.

e) Criterios de Logro: corresponden a aspectos del objetivo de aprendizaje que

permiten mirar y valorar el trabajo de cada estudiante. Estos suelen tomar la forma

de dimensiones de una rúbrica o, en ocasiones, de indicadores de evaluación, según

cómo se decida evaluar ese aprendizaje.

f) Semestre: es el período calendario en el que se desarrollan las actividades

académicas y los programas de estudio, de cada asignatura, impartidas por el

establecimiento.

g) Tareas: Se refiere a las actividades de enseñanza y aprendizaje realizadas al interior

del aula o que producto del tiempo, pueden ser terminadas en el hogar.

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Artículo 4. El Establecimiento trabaja con un período escolar de régimen semestral, de

acuerdo a lo establecido en el Calendario Escolar Regional de cada año, emanado desde la

Secretaría Regional Ministerial de Educación, con un total de 38 semanas en régimen con

Jornada Escolar Completa desde 3° básico hasta 8° año básico y con un total de 40 semanas

con un régimen sin jornada escolar completa para Transición II, primero y segundo básico.

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DE LA EVALUACIÓN PARA EL APRENDIZAJE

El colegio San Bernardo considera la evaluación como una herramienta central en el logro

de los objetivos; permite al docente y al estudiante evidenciar el avance en la trayectoria

del aprendizaje, reflexionar sobre ellas y ajustar los procesos pedagógicos, según la

información obtenida; permite conocer la diversidad en el aula de manera más precisa y

obtener la información necesaria para tomar decisiones pedagógicas pertinentes frente a

las necesidades que surgen durante el desarrollo del proceso de aprendizaje.

Para lo anterior es importante considerar los siguientes aspectos dentro de la evaluación.

Artículo 5. Tipos de Evaluación:

a) La Evaluación formativa será usada para monitorear y acompañar el aprendizaje de los

estudiantes, así promoverá la reflexión, la autonomía de los alumnos para continuar

aprendiendo; respecto de los propósitos evaluativos, la evaluación diagnóstica se

entenderá como un tipo de evaluación formativa, pues permitirá identificar el lugar en el

que se encuentra el estudiante y tomar decisiones para ajustar la planificación, las

estrategias o actividades y la retroalimentación de los estudiantes.

Por lo tanto, la evaluación formativa no refiere solo a instrumentos, sino a un conjunto de

herramientas y estrategias que son utilizadas por los docentes durante el proceso de

enseñanza y aprendizaje para identificar las metas de aprendizaje de los estudiantes, cuál

es el estado actual de aprendizaje de estos alumnos en relación a esas metas y cuáles son

los pasos necesarios para cerrar la brecha entre los dos estados anteriores.

Algunas estrategias de monitoreo del aprendizaje a implementar en la institución serán:

Palito preguntón, pizarritas, luces de aprendizaje, tarjetas ABCD, Escribe comenta y

avanza, ticket de salida, mi error favorito, check list, otros.

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El principal propósito de la evaluación formativa es la retroalimentación, esto es, proveer

información a cada estudiante para que pueda progresar hacia o incluso más allá de los

objetivos de aprendizaje. Idealmente, la evaluación formativa se realiza durante el proceso

de aprendizaje, no al final de una unidad de trabajo o período escolar.

b) La Evaluación sumativa, certificará los aprendizajes logrados, mediante una calificación.

La evaluación sumativa se aplicará luego de un conjunto de aprendizajes, correspondientes

a una unidad o al término de ella, considerando los contenidos tratados durante el proceso.

El docente aplicará distintos instrumentos de evaluación en el proceso de enseñanza-

aprendizaje. Este tipo de evaluación será calificada y tendrá varios momentos durante el

desarrollo de la unidad, ésta última llevándose a cabo por medio de ponderaciones que

den respuesta a los procedimientos llevado a cabo por los estudiantes y que permitan

demostrar el avance y logro de aprendizaje de los mismos.

En este marco, el establecimiento asume que existen diferentes formas de evaluar, entre las

que se cuentan pruebas escritas, observación de desempeños, entrevistas, trabajos

prácticos, elaboración de mapas conceptuales , portafolios, revisión de cuadernos,

bitácoras entre otros.

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Con todo, las y los docentes procurarán implementar actividades de evaluación que

promuevan el desarrollo de habilidades por sobre la memorización de contenidos,

considerando el trabajo colaborativo (en equipo) como una práctica y estrategia constante a

trabajar con los estudiantes.

El colegio San Bernardo potenciará la evaluación formativa (sin calificación) a través de las

siguientes prácticas, implementando estrategias para la:

a) Retroalimentación

b) Monitoreo constante

c) Autoevaluación

d) Coevaluación

Artículo 6. El Establecimiento considera la retroalimentación como una estrategia de

evaluación formativa, de manera efectiva, especifica y oportuna. Es decir, que permita que

los estudiantes ajusten o reelaboren su aprendizaje, por lo tanto, debiera desarrollarse antes

y/o con posterioridad de la calificación o certificación. Por otra parte, que él o la docente

profundice la reflexión respecto de cómo su práctica pedagógica influye sobre el progreso

de los y las estudiantes y la ajuste en función de esa reflexión.

Algunas de las estrategias y procedimientos de retroalimentación que el Establecimiento

considerará son:

a) Socialización y análisis de los resultados de los instrumentos aplicados.

b) Apoyos dirigidos con los estudiantes.

c) Que los estudiantes Conozcan y comprendan el objetivo de aprendizaje que se pretende alcanzar.

d) Compare su nivel actual de desempeño con el que se establece en el objetivo. e) Facilitar el desarrollo de la autorreflexión y la autorregulación del aprendizaje

f) Otros.

Artículo 7. Los docentes estructurarán el diseño de la evaluación en base a las Unidades de Estudio

de las diferentes asignaturas. Los alumnos deberán ser evaluados en todos las asignaturas del plan

de estudios, siendo dividido el año escolar en dos semestres lectivos y como lo declara el ministerio

de educación en sus programas de estudio en cuatro unidades para el año lectivo.

El docente en todas asignatura deberá realizar una evaluación diagnóstica al inicio de cada unidad

de aprendizaje, por medio de diferentes estrategias, para luego de ello dar inicio a las unidades

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correspondientes en cada semestre. Posteriormente a ello los docentes realizarán el análisis de

los resultados de manera articulada con los docentes de las asignaturas correspondientes y su

posterior retroalimentación de resultados con los estudiantes.

La Planificación, Coordinación y Supervisión del proceso evaluativo estará a cargo de la Unidad

Técnico Pedagógica (UTP) del establecimiento, correspondiéndole a la Dirección la responsabilidad

última.

Antes del inicio del año escolar cada docente deberá elaborar la matriz de Objetivos de

aprendizaje, la cual organizará la cobertura curricular a ser trabajada durante el año

(planificación anual), con los estudiantes en la asignatura que corresponda. Del mismo modo el

profesor deberá elaborar y entregar a UTP mensualmente su planificación, una semana antes del

inicio de cada unidad, considerando aspectos solicitados previamente que incluyen: Objetivos de

aprendizaje, actividades, recursos, describiendo semanalmente mecanismos de evaluación

formativa y sumativa todo lo anterior considerando el modelo del diseño universal de aprendizaje

(DUA), la diversificación de estrategias en el proceso de enseñanza- aprendizaje.

Las unidades de aprendizaje considerarán procesos continuos de evaluación tanto formativas y

sumativas vinculándolos con los O.A trabajados durante la unidad, respetando el formato

institucional.

Los procedimientos e instrumentos de evaluación sumativa, deberán ser entregada a UTP en un

plazo no inferior a 3 días, antes de su aplicación, para su revisión, corrección y posterior

devolución.

Al iniciar cada unidad de aprendizaje, el profesor de cada asignatura, deberá entregar a sus

estudiantes en forma escrita los Objetivos de aprendizaje y/o (indicadores de desempeño) a ser

trabajados durante la unidad, a fin de anticipar a los estudiantes a nuevos saberes. Lo anterior debe

ser visto y firmado por el apoderado. Además, el docente debe explicitar clase a clase las

habilidades y/o metas de aprendizaje a ser desarrolladas por sus estudiantes a modo de potenciar

la meta cognición.

Para tal efecto se considerará el siguiente esquema para el diseño de la enseñanza:

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DISEÑO DE LA ENSEÑANZA

Nombre de la unidad

Curso

Objetivos actitudinales (Procesos)

Metas de aprendizaje/Objetivos de aprendizaje

Indicadores de evaluación/niveles de desempeño de los estudiantes

Métodos /actividades de enseñanza aprendizaje /(progreso.)

Evaluación /Nivel de logro de los estudiantes. (Producto)

Sumativa, ponderaciones.

Artículo 9. Los estudiantes y sus apoderados deben ser informados por escrito de las metas de

aprendizaje, objetivos y procedimientos evaluativos y sus ponderaciones, técnicas e instrumentos

a realizar, durante el desarrollo de la unidad. Los apoderados deberán conocer los aprendizajes

alcanzados, pero también lo que deben ir mejorando. (dialogar estrategia)

Artículo 10. Los estudiantes podrán tener la cantidad máxima de 1 evaluación sumativa diaria,

considerando un nivel de exigencia para su aprobación de un 60 %, realizando previamente

las adecuaciones que regula el Decreto Exento N°83 del 2015.

Artículo 11. Las y los profesionales de la educación discutirán y acordarán criterios de

evaluación y tipos de evidencias centrales en cada asignatura.

Si una situación evaluativa requiere de más tiempo del estipulado originalmente, se

procurará que no represente una carga excesiva de trabajo para una o un estudiante o un

grupo de estudiantes. El colegio San Bernardo promoverá evitar el trabajo fuera del período

contemplado en el Plan de Estudios que implementa. (los trabajos prácticos deben ser

realizados dentro de la jornada de clases). Y monitoreados de manera permanente.

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Artículo 12. Se comunicará, reflexionará y tomarán decisiones con foco en el proceso, el

progreso y los logros de aprendizaje de los aspectos evaluativos formativos y sumativos de

los estudiantes a través de las siguientes instancias:

a) Análisis de equipos, reuniones de asignaturas, ciclo y niveles.

b) Consejo técnico pedagógico

c) Entrevista con apoderados, entre otros

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DE LA CALIFICACIÓN

Artículo 13: La escala evaluativa será de 1,0 a 7,0 en todos los niveles de Enseñanza General Básica.

La cantidad de calificaciones que se utilicen para calcular la calificación final del período escolar

adoptado y de final de año de una asignatura o módulo de cada curso, deberá ser coherente con

la planificación que para dicha asignatura o módulo realice el profesional de la educación. Esta

definición y los ajustes que se estimen necesarios deberán sustentarse en argumentos pedagógicos

y se acordarán con el jefe técnico-pedagógico debiendo ser informados con anticipación al

estudiante. * (se describe la propuesta mínima en el cuadro que a continuación se presenta)

De acuerdo a la planificación diseñada por el profesor de cada asignatura y en acuerdo con los

establecido con la Unidad Técnico Pedagógica, la cantidad de evaluaciones semestrales a ser

registradas será la siguiente:

ASIGNATURA CANTIDAD MÍNIMA DE CALIFICACIÓN

DEGLOSADA EN

Lenguaje 3 Dependerá de los O.A de la unidad y habilidades a trabajar.

Matemática 3 Dependerá de los O.A de la unidad y habilidades a trabajar.

Historia y Geografía 3 Dependerá de los O.A de la unidad y habilidades a trabajar.

Cs Naturales 3 Dependerá de los O.A de la unidad y habilidades a trabajar.

Inglés 2 Dependerá de los O.A de la unidad y habilidades a trabajar.

Música 2 Dependerá de los O.A de la unidad y habilidades a trabajar.

Artes Visuales 2 Dependerá de los O.A de la unidad y habilidades a trabajar.

Tecnología 2 Dependerá de los O.A de la unidad y habilidades a trabajar.

Educación Física 2 Dependerá de los O.A de la unidad y habilidades a trabajar.

Religión 2 Dependerá de los O.A de la unidad y habilidades a trabajar.

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Cada evaluación realizada, cualquiera sea el tipo, una vez devuelta, debe ser revisada con los

estudiantes a modo de que exista la reflexión y retroalimentación pertinente. Además el docente

debe tener las evidencias que certifiquen el logro de aprendizajes de los estudiantes y su progreso

por medio de una bitácora actualizada.

En relación a las horas de libres disposición se llevarán a cabo talleres que se complementarán

con el plan de estudio y en relación a las nuevas políticas ministeriales, decreto de evaluación,

proyecto educativo institucional y sellos educativos del establecimiento para así dar respuesta a

potenciar un estudiante integral. Dichos talleres no serán calificados, pero si monitoreados y

retroalimentados de forma permanente como parte de la evaluación formativa y apuntando al

desarrollo integral de nuestros estudiantes.

Dichos talleres, serán los siguientes:

NOMBRE DEL TALLER NIVELES

Medio ambiente y sustentabilidad 3°-4°/ 5°- 6°

Jugando con las matemática 3° -4°/5°-6°/7°-8°

Lengua Inglesa (club de inglés Imagine

Dragons)

3°-4°/5°-6°/7°-8°

Expresión oral y escrita 3°-4°/ 5°-6/ 7°-8°

Actividad física y vida saludable 5° -6°/ 7°-8°

Informática 3° - 4°

Artístico – musical 7° - 8°

Artículo 13.- De la forma de evaluar y comunicar los resultados a los Padres y Apoderados:

Los apoderados serán informados de manera escrita , por parte del docente de cada asignatura del

diseño (ponderaciones de las mismas) , de los progresos de aprendizaje y sus respectivas

ponderaciones al igual que de las evaluaciones sumativas para certificar el logro de aprendizaje.

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Existirá un calendario mensual de evaluaciones sumativas (de cierre de unidad) , fijado desde UTP,

el cuál recibirán los estudiantes y apoderados con anterioridad y cuyas fechas deberán respetarse.

Además se enviarán por plataforma web class e incorporará el temario y la estrategia de evaluación

sumativa de desarrollar. Proceso que quedará estipulado al inicio de cada semestre de acuerdo a

las unidades a trabajar.

Los apoderados tendrán acceso a la plataforma para poder revisar el proceso calificativo de los

estudiantes, además, éstos, serán informados de manera constante, del logro y avance del

estudiante mediante un informe de progreso y certificación, además de una apreciación

cualitativa de parte del profesor jefe en fechas calendarizadas por la Unidad Técnica Pedagógica.

Se incluye además en este proceso las entrevistas entre docente y apoderados como una estrategia

de retroalimentación constante.

*La comunicación entre docentes, estudiantes y apoderados sobre la evaluación puede considerar tanto

evidencia formativa (comúnmente sin calificación) como sumativa (con calificación).

Artículo 14.- De las evaluaciones atrasadas: El estudiante que no asiste a rendir una evaluación

sumativa, deberá ser justificado por el apoderado en forma personal en inspectoría, presentando

un documento que acredite el motivo de su inasistencia teniendo un máximo de 48 horas para

realizar dicha justificación. El profesor fijará una nueva fecha de evaluación cautelando que esta

no exceda más de 7 días, enviando comunicación escrita o por plataforma como vía de

comunicación oficial al hogar. Si el alumno no se presenta y no existe un motivo justificado en los

plazos establecidos será evaluado con la nota mínima. (previa discusión y análisis con la UTP y de

manera reiterada no asiste a rendir la evaluación). No se permitirá tomar evaluaciones sumativas

atrasadas en horario de clases. (salvo en casos y situaciones extremas y previa autorización con la

Unidad Técnica Pedagógica)

Cuando un estudiante presente inasistencias justificadas con una larga licencia médica y/o casos y

situaciones especiales (más de dos semanas) la UTP programará las evaluaciones y realizará un

calendario de fechas evaluativas, a fin de potenciar el aprendizaje del estudiante, dando los tiempos

necesarios según corresponda. UTP informará nuevas fechas al apoderado, estudiante, profesor

jefe y docentes involucrados.

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Nota: Existirá un horario y lugar establecido para la toma de evaluaciones atrasadas. Los

instrumentos de evaluación estarán disponibles en un lugar determinado por el establecimiento,

a cargo de un profesional responsable quien realizará el proceso de toma de evaluaciones.

Artículo 15.- El plazo para que los profesores entreguen el resultado de una evaluación o trabajo

práctico a los alumnos, será de 10 días hábiles como máximo. Todos los instrumentos de evaluación

con su respectiva calificación, deberán ser entregadas a los alumnos. (estas incluyen las

evaluaciones de todas las lecturas complementarias). Además cada proceso deberá ser

retroalimentado de forma permanente.

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DE LA PROMOCIÓN

Artículo 16 El proceso de toma de decisión sobre la promoción de los estudiantes que promueve el Decreto

67/2018 se basa en el tránsito desde la repitencia automática a la repitencia entendida como medida

excepcional, bajo la comprensión de que la repitencia no es la única ni la mejor alternativa para los

estudiantes con dificultades y que lo importante es generar los acompañamientos más pertinentes y

oportunos para dichos estudiantes de modo de hacer todo lo posible por evitar que repitan.

Una vez finalizado el proceso de evaluación, todos los alumnos que estén en condiciones de

repitentes, con un máximo de 2 promedios deficientes (inferiores a 4,0) y con un promedio general

anual inferior a 5,0 deberán ser sometidos discusión en el consejo de profesores junto a la

dirección del establecimiento, tomando una resolución definitiva y particular en cada uno de los

casos, habiendo aplicado mecanismos de monitoreo permanente, teniendo un registro de

evidencias de los estudiantes y que a pesar de ello queden rezagados en su aprendizaje. Se dejará

en acta dichos acuerdos y toma de desiciones. Tales acuerdos y resolución, quedarán archivados

y firmadas por la UTP. En el caso de que un estudiante repita por inasistencia (con un porcentaje

inferior a un 85%), será resolución del director del establecimiento la toma de decisiones de

acuerdo a su promoción.

Para lo anterior cada profesor debe dar cumplimento con las situaciones finales de sus

alumnos, en las fechas y plazos estipuladas por UTP.

Artículo 17 Los profesores jefes al finalizar cada semestre, deberán presentar un informe

cualitativo y cuantitativo sobre el proceso de enseñanza aprendizaje, progresión y nivel de

desempeño general del grupo curso en cada una de las asignaturas, tanto en reunión de

apoderados como en el consejo de evaluación semestral, buscando y registrando alternativas de

acción para superar las dificultades presentadas. (en las áreas pedagógica y actitudinal) Carpeta de

proceso que incluya informe de resultados cualitativos y cuantitativos.

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DE LA DIVERSIFICACIÓN DE LA ENSEÑANZA Y LA ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD

Artículo 18. La diversificación de la enseñanza se entiende como un ajuste gradual a la

intervención educativa respecto a las diferencias individuales, capacidades, ritmos y estilos

de aprendizaje de los estudiantes, para derribar las barreras al aprendizaje y la participación

como un proceso de toma de decisiones colaborativo en torno a las necesidades de apoyo

(pedagógicas y de gestión) que demandan las y los estudiantes.

Artículo 19. En el proceso de diversificación, se aplicará el procedimiento pedagógico de

Evaluación Diversificada, el cual permite al docente identificar los niveles de logro de

aprendizajes curriculares, que alcanzan aquellos estudiantes que por diferentes necesidades

educativas están en una situación temporal o permanente, distinta de la mayoría.

Este procedimiento de evaluación se diferencia de los aplicados a la mayoría de los

estudiantes, según el criterio pedagógico, permite dar reales oportunidades educativas a

los alumnos con Necesidades Educativas Especiales (NEE, en adelante)

Las estrategias de evaluación diversificadas deberán tener como base las características del

curso, y las principales necesidades educativas de los mismos, o de estudiantes en particular

en relación con la asignatura o actividad de aprendizaje a desarrollar.

Artículo 20. Cuando las necesidades de apoyo de los estudiantes requieren disponer de

recursos y apoyos adicionales para acceder y progresar en el currículo correspondiente al

nivel, Se tomarán todas los recuerdos para que éstas puedan llevarse a cabo.

Artículo 21 Los estudiantes que presenten Necesidades Educativas Especiales Transitorias y/o

permanentes, serán evaluados y atendidos por docentes de educación diferencial y profesionales

de apoyo. Podrán ser parte del programa de integración escolar, de no ser así, los profesionales de

apoyo entregarán estrategias de apoyo al docente. Cada uno de ellos deberán incorporar prácticas

que potencien el aprendizaje de todos sus estudiantes.

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Se podrán realizar modificaciones al currículo y evaluaciones diferenciadas cuando los estudiantes

lo requieran, siempre y cuando estén avalados por informes médicos.

Las evaluaciones serán realizadas en base a sus competencias y de común acuerdo entre el equipo

de aula.

Cada docente durante el proceso y desarrollo de aprendizajes, en articulación con UTP y equipo

PIE y o Educadora diferencial, según corresponda, deberá contemplar en la planificación de sus

evaluaciones, mecanismos que permitan atender a los alumnos que presenten condiciones o

aptitudes diferentes a sus pares, utilizando criterios de evaluación diversificada, realizando

adaptaciones curriculares si se requiere. Se dejará establecido al inicio del año escolar los alumnos

con necesidades educativas especiales que requieran apoyo en el primer y segundo ciclo de EGB y

la modalidad de apoyo que se entregará. Tales como:

Modalidad de apoyo interno, equipo PIE

Coordinación entre el Equipo PIE v/s docentes de asignatura

Adecuación formal en planificación y evaluación si la situación lo amerita. (Registro por

escrito)

*Para fines de estudiantes que lo requieran de manera inmediata, se abordarán estrategias de

acompañamientos asociados a los artículo 11 y 12 de las orientaciones del decreto 67.

Art 22.

Medidas de acompañamiento:

El establecimiento educacional deberá, durante el año escolar siguiente, arbitrar las medidas

necesarias para proveer el acompañamiento pedagógico de los alumnos que lo requieran, según

lo dispuesto en el artículo anterior, hayan o no sido promovidos. Estas medidas deberán ser

autorizadas por el padre, madre o apoderado.

Las medidas de acompañamiento a las que hace alusión el Decreto 67/2018 refieren a una amplia

gama de acciones diseñadas y/o definidas por los equipos docentes y técnico-pedagógicos, en

conjunto con estudiantes, apoderados y otros profesionales o asistentes de la educación. Su

carácter es amplio, ya que deben responder a las necesidades particulares de cada estudiante y los

tiempos de su duración deben responder al impacto real en el mejoramiento de la situación de

cada estudiante, según se observe a partir del monitoreo que se haga de ellas.

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Acciones a ejecutar:

1.- Intensificar el aprendizaje/ monitoreo y apoyos tempranos.

2.- Diversificar las estrategias de enseñanza, aprendizaje y evaluación.

3.- Potenciar la evaluación formativa

4.- Club de tareas y/o academias.

5.- Red de tutorías, otros.

TOMAS FIGUEROA VERA

DIRECTOR

CORPORACIÓN EDUCACIONAL SAN BERNARDO