MARCO FISCAL DE MEDIANO PLAZO 2020-2030

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Alcalde Municipal Moniquirá

Ancisar Parra Ávila

Secretario de Hacienda

Henry Arístides Velandia Roncancio

Auxiliar Administrativo (E)

Blanca Stella Peña Rodríguez

Asesor Financiero

Ana Cecilia Zambrano Salazar

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TABLA DE CONTENIDO

Contenido 1 CONTEXTO Y ANTECEDENTES .................................................................................................... 7

1.1 Generalidades ..................................................................................................................... 7

1.2 Situación Económica ........................................................................................................... 8

1.3 Indicadores de Pobreza ..................................................................................................... 10

2 DIAGNOSTICO FINANCIERO E INSTITUCIONAL .......................................................................... 14

2.1 Análisis de Ingresos ........................................................................................................... 14

2.1.1 Ingresos Totales ........................................................................................................ 14

2.1.2 Ingresos Corrientes de Libre Destinación ................................................................. 15

2.1.3 Ingresos Tributarios................................................................................................... 16

2.1.4 Ingresos No Tributarios ............................................................................................. 17

2.1.5 Ingresos del Sistema General de Participaciones ..................................................... 17

2.1.6 Recursos de Capital ................................................................................................... 19

2.2 Análisis de Gatos ............................................................................................................... 20

2.2.1 Gastos Totales ........................................................................................................... 21

2.2.2 Gastos de funcionamiento ........................................................................................ 21

2.2.3 Gastos de Inversión ................................................................................................... 22

2.2.4 Servicio de la deuda .................................................................................................. 23

2.2.5 Análisis de la estructura organizacional .................................................................... 24

3 CONTENIDOS DEL MARCO FISCAL DE MEDIANO PLAZO ........................................................... 25

3.1 Informe de resultados fiscales de la vigencia fiscal anterior ...................................................... 25

3.1.1 En materia de Ingresos. ............................................................................................. 25

3.1.2 En materia de gastos ................................................................................................. 27

3.2 Estimación del costo fiscal de las exenciones tributarias .......................................................... 29

3.2.1 Impuesto Predial ....................................................................................................... 30

3.2.2 Impuesto de Industria y Comercio ............................................................................ 31

3.2.3 Espectáculos Públicos ............................................................................................... 32

3.2.4 Exenciones de la estampilla procultura .................................................................... 32

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3.2.5 Excepciones de la estampilla adulto mayor .............................................................. 33

3.2.6 Exenciones del Impuesto de Hidrocarburos ............................................................. 33

3.3 Relación de los pasivos exigibles y de los pasivos contingentes que pueden afectar la situación

financiera de la entidad territorial ....................................................................................................... 33

3.3.1 Pasivos ciertos o exigibles ................................................................................................ 34

3.4 Costo fiscal de los proyectos de ordenanza o acuerdo sancionados en la vigencia fiscal anterior 36

3.5 El Plan Financiero ................................................................................................................ 38

3.5.1 Estimación de los Ingresos ................................................................................................ 39

3.5.2 Estimación de los Gastos .................................................................................................. 46

3.5.3 Gastos de Funcionamiento ................................................................................................ 46

3.5.4 Gastos de Inversión .......................................................................................................... 49

3.5.5 Servicio de la Deuda ........................................................................................................ 50

3.6 Las metas de superávit primario, el nivel de deuda pública y un análisis de su sostenibilidad ...... 50

3.6.1 Las metas de superávit primario ........................................................................................ 51

3.6.2 Nivel de deuda pública y análisis de su sostenibilidad .......................................................... 52

3.7 Acciones y medidas específicas en las que se sustenta el cumplimiento de las metas, con sus

correspondientes cronogramas de ejecución ...................................................................................... 54

3.7.1 Acciones de rápida ejecución e inmediato resultado y de impacto significativo ....................... 55

3.7.2 Acciones de impacto a mediano y largo plazo ..................................................................... 55

3.7.3 Ajustes al Plan de Desarrollo, Replantear el POAI y/o el Plan Indicativo y los demás

instrumentos de planeación. .......................................................................................................... 55

REFRENCIAS BIBLIOGRAFICAS ......................................................................................................... 57

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TABLA DE CONTENIDO ILUSTRACIONES

Ilustración 1Pirámide distribución poblacional ......................................................................................... 7

Ilustración 2 Representación Actividades Económicas ............................................................................... 9

Ilustración 3 Histórico Ingresos Totales últimas Cinco Vigencias Fiscales ........................................ 14

Ilustración 4 Histórico Ingresos Corrientes de Libre Destinación Ultimas Cinco Vigencias .............. 15

Ilustración 5 Histórico Ingresos Tributarios Ultimas Cinco Vigencias Fiscales .................................. 16

Ilustración 6 Histórico de Ingresos No Tributarios Cinco Vigencias Fiscales..................................... 17

Ilustración 7 Histórico de Recursos del Sistema General de Participaciones ................................... 18

Ilustración 8 Histórico del comportamiento de los Recursos de Capital .......................................... 20

Ilustración 9 Histórico del comportamiento de los Gastos Totales .................................................. 21

Ilustración 10 Histórico comportamiento Gastos de Funcionamiento ............................................. 22

Ilustración 11 Histórico Gastos de Inversión..................................................................................... 23

TABLA CONTENDIO TABLAS

Tabla 1Incidencia de Pobreza Multidimensional Moniquirá 2017 ................................................... 10

Tabla 2 Incidencia de Pobreza Multidimensional para Boyacá 2013 ................................................ 12

Tabla 3 Ingresos Vigencia Fiscal 2018 ............................................................................................... 26

Tabla 4 Gastos de funcionamiento vigencia 2018 ............................................................................ 28

Tabla 5 Gastos de Inversión Vigencia Fiscal de 2018 ........................................................................ 28

Tabla 6 Recursos Invertidos en deuda pública vigencia 2018........................................................... 29

Tabla 7 Relación de Pasivos del Municipio de Moniquirá ................................................................. 34

Tabla 8 Costo Fiscal de Acuerdos Vigencia 2018 .............................................................................. 36

Tabla 9 Proyección de Ingresos Totales ............................................................................................ 39

Tabla 10 Proyección Ingresos Corrientes de Libre Destinación ........................................................ 39

Tabla 11 Ingresos con destinación específica ................................................................................... 41

Tabla 12 Proyección Recursos Sistema General de Participaciones ................................................. 43

Tabla 13 Proyección Recursos de Capital .......................................................................................... 44

Tabla 14 Proyección de recursos de Inversión SGR .......................................................................... 45

Tabla 15 Proyección de Gastos de Funcionamiento ......................................................................... 47

Tabla 16 Proyección de Límite de Gastos de Funcionamiento ......................................................... 47

Tabla 17 Proyección de Gastos Organismos de Control ................................................................... 48

Tabla 18 Proyección de Gastos de Inversión .................................................................................... 49

Tabla 19 Metas de Superávit Primario .............................................................................................. 51

Tabla 20 Capacidad de Endeudamiento............................................................................................ 52

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PRESENTACION

El Marco Fiscal de Mediano Plazo es un instrumento de planificación presupuestal que contiene los

elementos financieros necesarios para la toma de decisiones de la entidad territorial en materia fiscal,

en un horizonte de 10 años, tiempo para el cual se proyecta. Está contenido en la ley 819 de 2003 o

ley de responsabilidad fiscal la cual congrega entre otras, la Ley 358 de 1997, La 549 de 1999, La 550

de 1999 y la Ley 617 de 2000; buscando con esto brindarles a las entidades territoriales herramientas

para que el proceso de descentralización en Colombia sea una realidad principalmente en materia

fiscal.

El Marco Fiscal de Mediano plazo está definido en el artículo 5 de la Ley 819 de 2003 y para las

entidades territoriales debe contener a) El Plan Financiero; b) las metas de superávit primario, así

como el nivel de deuda pública y un análisis de sostenibilidad; c) las acciones y medidas específicas

en las que se sustenta el cumplimiento de las metas con sus correspondientes cronogramas de

ejecución: d) un informe de resultados fiscales de la vigencia anterior; e) Un estimación del costo fiscal

de las exenciones tributarias existentes en la vigencia anterior; f) Una relación de los pasivos exigibles

y de los pasivos contingentes que pueden afectar la situación financiera de la entidad territorial; g) El

costo fiscal de los proyectos de acuerdo sancionados durante la vigencia anterior.

Este instrumento de planeación financiera es proyectado sobre la situación real del municipio, con

base en un estudio del comportamiento histórico de los ingresos y gastos de la entidad. Su elemento

principal el plan financiero es una proyección de ingresos y gastos en un horizonte de diez (10) años

y su estimación es congruente con la situación existente que en materia financiera presente la entidad.

En consecuencia, el Marco Fiscal de Mediano Plazo que se presenta al Concejo Municipal de

Moniquirá a título informativo como instrumento de planeación financiera es una proyección a 10 años,

está en constante cambio y movimientos de acuerdo al comportamiento de la dinámica y situación

financiera de la entidad. Por lo tanto, este Marco Fiscal está sujeto a las variaciones que en materia

de planeación financiera decida la administración municipal, y en consecuencia, las proyecciones del

Plan Financiero en ingresos y gastos pueden verse afectadas con la implementación del nuevo Plan

de Desarrollo Municipal y el cambio de la administración municipal en el año 2020.

Sin embargo, es necesario mantener un equilibrio entre las proyecciones realizadas dentro del Plan

Financiero presente con el fin de dar continuidad a nuestro Plan de Desarrollo 2016-2019 “Grandes

Cambios Grandes Resultados” y a su vez ser consecuentes con los objetivos y metas propuestas para

el cuatrienio.

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El documento se estructura en tres grandes capítulos, el primero de ellos presenta las generalidades

de la entidad, la situación socioeconómica y los indicadores de pobreza del municipio. Un segundo

capítulo desarrolla el comportamiento histórico de las finanzas del municipio, tanto en ingresos como

en gastos, a partir de la vigencia 2014 hasta el 2018. Y por último un tercer capítulo que da cuenta del

contenido del Marco Fiscal de Mediano Plazo con un informe de los resultados fiscales de la vigencia

anterior, la estimación del costo fiscal de las exenciones existentes en la vigencia anterior, la relación

de pasivos exigibles y pasivos contingentes, el costo fiscal de los Acuerdos de la vigencia 2018, el

Plan financiero formulado en ingresos por fuente de financiación y los gastos estimados de

funcionamiento e inversión.

En este capítulo se presenta también, los límites de gastos de funcionamiento (Ley 617 de 2000), el

análisis de los recursos trasferidos a los organismos de control y su respectivo limite fiscal; y en materia

de gastos e inversiones el análisis de la constitución de vigencias futuras en funcionamiento e

inversión. Sumado a lo anterior, se presenta la capacidad de endeudamiento de la entidad haciendo

un análisis de la Ley 358 de 1997, solvencia y sostenibilidad; Ley 819 de 2003 superávit primario y

capacidad de pago, con su respectivo análisis y gráfico que ilustra el comportamiento del indicador; y

finalmente, se presentan las acciones en materia fiscal de rápida ejecución e inmediato resultado y de

impacto significativo para la entidad.

Así las cosas y expuesto el contenido del documento, remito a título informativo el Marco Fiscal de

Mediano Plazo 2020-2030, dando cumplimiento a la Ley 819 de 2003, Estatuto Orgánico de

Presupuesto Municipal, y demás normatividad vigente que ordena la inclusión de este documento

como parte integral del Proyecto de Presupuesto de la vigencia fiscal en este caso de 2020.

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2020 - 2030

ENTIDAD TERRITORIAL MUNICIPIO DE MONIQUIRA

1 CONTEXTO Y ANTECEDENTES

1.1 Generalidades

El Municipio de Moniquirá está ubicada en la provincia de Ricaurte, región Centro Oriente, con un

entorno de desarrollo intermedio de acuerdo con la clasificación del Departamento Nacional de

Planeación, y de acuerdo con la Ley 617 de 2000 es de categoría sexta, y tiene una extensión de

220km2, y una población de 21.182 Habitantes para el año 2019.

La población del municipio de Moniquirá se distribuye geográficamente en 50.59% de la población en

el área urbana y el 49.41% en el área rural. Del total poblacional, 10.633 equivalente al 50.2% son

hombres y 10.549 equivalente al 49.8% son mujeres (DANE, proyecciones de población 2019).

Ilustración 1Pirámide distribución poblacional

Fuente: Elaboración propia a partir de datos DANE proyección de población 2019

De conformidad con la proyección poblacional desagregada por sexo y edad la mayoría de población

se concentra entre los rangos de edad de 4 a 24 años, tanto para hombres como para mujeres. De

-4.28-4.33-4.16-3.96-3.81

-3.56-2.85

-2.37-2.71

-2.98-2.95-2.89-2.66

-2.20-1.78

-1.30-1.39

4.034.06

3.913.763.663.55

2.952.59

2.973.24

3.032.82

2.482.07

1.741.361.58

Distribución poblacional

Mujeres Hombres

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ahí se infiere, que el municipio cuenta con un potencial de población joven que puede aprovechar la

entidad para mejorar las condiciones económicas y sociales del municipio a un futuro próximo.

Geográficamente el municipio se ubica en una región con muchas posibilidades de desarrollo gracias

al clima templado que le ofrece no solo las posibilidades de desarrollar el turismo como fuente de

ingresos y dinámica del comercio y la economía local; también le ofrece opciones para mejorar la

productividad en la cosecha de cultivos como caña panelera, frutales, café y demás variedad de

productos agrícolas que puede ofrecer el clima. Debido a lo anterior, se puede consolidar como un

municipio próspero en la producción y comercialización del bocadillo, de ahí el nombre de ciudad dulce

de Colombia.

1.2 Situación Económica

Siendo capital de provincia le permite proyectarse como un polo de desarrollo económico que atrae

parte del comercio de los municipios aledaños no solo del departamento de Boyacá, también de los

municipios como Barbosa, Puente Nacional, Vélez entre otros en el departamento de Santander.

Gracias a esa centralidad Moniquirá se presenta como un eje de concentración de actividades y

servicios que dinamizan su economía y le permiten mostrarse como potencia del territorio, frente a los

demás municipios de la provincia.

De ahí, que las principales ramas de la economía del municipio se concentran en las siguientes

actividades: agricultura, ganadería, caza, silvicultura y pesca con una representación porcentual de

29.50%, explotación de minas y canteras equivalente a1.44%, industria manufacturera un 3.43%,

suministro de electricidad, gas y agua un 1.90%, construcción con 9.73%, la actividad de comercio,

reparación, restaurantes y hoteles un 12.52%, el sector transporte, almacenamiento y comunicaciones

un 13.62%, los establecimientos financieros, seguros y otros servicios representan un 11.77% y las

actividades de servicios sociales y personales un 16.09%. (DNP, a partir de información DANE 2015).

A continuación, se presenta la gráfica de representación de las actividades económicas.

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Ilustración 2 Representación Actividades Económicas

Fuente: Elaboración propia a partir de datos DANE 2015.

En economía rural, el territorio se representa en Unidades de Producción Agropecuaria-UPA y de

acuerdo con el Censo Nacional Agropecuario, DANE-2014, las unidades de producción agropecuaria

(UPA) entre 0 y 1 Hectárea de extensión corresponde al 46.64% del territorio rural, y Unidades de

Producción Agraria entre 1 y 3 Hectáreas el 30.84% del territorio. Esto indica la gran división de terreno

que tiene el municipio, lo que significa que existe mayor diversidad de cultivos.

Del total de Unidades de Producción Agropecuaria el 8% tiene acceso a maquinaria para su

producción, el 6.70% tiene acceso a infraestructura, el 3.34% tiene acceso a crédito, el 40.81% tiene

acceso a riego y el 3.06% tiene acceso a asistencia técnica. (Censo Nacional Agropecuario, DANE -

2014).

La producción agrícola del municipio de concentra en cultivos transitorios y cultivos permanentes. En

relación con los primeros los cultivos más representativos son el fríjol con una producción de 15.37%

equivalente de 166 Ton, el maíz con 84.63% equivalente a una producción de 914 Ton; y los cultivos

permanentes se concentran en el cultivo de caña panelera con 47.63% y una producción de 9.500

Ton, el cultivo de Yuca con un 15.64% que equivalen a 3.120 Ton, el plátano cuenta con 13.54% y

2.700 Ton y otros cultivos de menor proporción con un 23.19% y 4.626 Ton de producción ( Evaluación

Agropecuaria Municipal, Minagricultura-2016).

29.5

1.44

3.43

1.99.7312.52

13.62

11.77

16.09

Representación porcentual Actividades Económicas

Agricultura, ganadería, caza,silvicultura y pesca

Explotación de minas y canteras

Industria manufacturera

Suministro de electricidad, gas yagua

Construcción

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1.3 Indicadores de Pobreza

Por otra parte y tratándose del territorio es preciso analizar los indicadores de pobreza oficiales como

la pobreza monetaria que mide el porcentaje de la población con ingresos por debajo del salario

mínimo de ingresos mensuales necesarios para cubrir las necesidades básicas insatisfechas, y la

pobreza multidimensional calculada con el índice de Pobreza Multidimensional (IPM), que mide los

hogares con privaciones en 5 dimensiones básicas de bienestar, distintas a la carencia de ingresos

(DNP,2017).

Las dos mediciones son necesarias para la formulación de políticas públicas de inclusión y protección

social, acceso a bienes y servicios públicos etc., que permitan mejorar las condiciones y calidad de

vida de la población de la entidad territorial. Así las cosas, si bien ambas mediciones buscan

aproximarse al nivel de pobreza de la población, las dos desde diferentes enfoques miden la calidad

de vida; la pobreza monetaria es unidimensional y solo se concibe como la falta de ingresos. Por otro

lado, la noción de la pobreza multidimensional se define como la ausencia de oportunidades o de

acceso a mínimo de capacidades necesarios para el desarrollo de cada persona (DNP, 2017)

Como a nivel local o municipal las mediciones de pobreza tanto monetaria como multidimensional aún

no se han dado de manera oficial, aunque, en el año 2017 se llevó a cabo un análisis de las privaciones

de pobreza multidimensional de acuerdo con los datos del SISBEN 2016 y los resultados obtenidos

de la totalidad de hogares 7.222 de los cuales 3.267 corresponden a la cabecera municipal y 3.955 al

resto del municipio, fue el siguiente:

Tabla 1Incidencia de Pobreza Multidimensional Moniquirá 2017

Dimensión Indicador Que mide el Indicador

Incidencia de Pobreza

Multidimensional

Condiciones Educativas del

Hogar

Bajo Logro Educativo

Se considera que un hogar esta privado cuando el promedio del logro educativo de las personas de 15 y más que lo componen es menor a 9 años escolares 78,39 %

Analfabetismo

Se consideran como privados aquellos hogares donde al menos una persona de 15 años o más no saben leer no escribir. 18,01%

Condiciones de la niñez y la juventud

Inasistencia escolar Se considera que un hogar está privado, si al menos uno de los niños entre 6 y 16 años no asiste al colegio 6,38%

Rezago escolar

Se considera que un hogar tiene privación en la variable si alguno de los niños entre 7 y 17 años tiene rezago escolar, de acuerdo con la normatividad establecido. 24,87%

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Dimensión Indicador Que mide el Indicador

Incidencia de Pobreza

Multidimensional

Barrera a acceso a servicios para el cuidado de la primera infancia

Se considera que un hogar es privado si al menos uno de los niños entre 0 y 5 años del hogar no tiene acceso simultáneo a los servicios para el cuidado integral de la primera infancia 7,7%

Trabajo Infantil Se considera privado un hogar, si uno de los niños del hogar entre 12 y 17 años se encuentra ocupado. 0,69%

Trabajo

Desempleo de larga duración

Se considera privado un hogar en donde haya por lo menos una persona económicamente activa en desempleo de larga duración (más de 12 meses) 20,37%

Empleo informal

Se considera privado un hogar si alguno de las personas económicamente activas no se encuentra ocupada con afiliación a pensiones 85,89%

Salud Sin aseguramiento en salud

Se considera privado un hogar en el que alguno de sus miembros, mayor a cinco años, no se encuentra asegurado a seguridad social en salud. 22,21%

Acceso a servicios Públicos

Domiciliarios condiciones de la

vivienda

Sin acceso a fuentes de agua mejorada

Hogar Urbano se considera privado si no tiene servicio público de acueducto en la vivienda. Hogar rural: se considera privado cuando obtiene el agua para los alimentos de pozo con o sin bomba, agua lluvia, rio, manantial, carro tanque, u otra fuente. Hogar Rural: Se considera privado cuando obtiene el agua para preparar alimentos de pozo con o sin bomba, agua lluvia, rio, manantial, carro tanque u otra fuente 27,76%

Inadecuada eliminación de excretas

Hogar urbano: se considera como privado si no tiene servicio público de alcantarillado. Hogar rural: se considera como privado si tiene inodoro sin conexión, letrina, bajamar o no tiene servicio sanitario. 29,3%

Pisos inadecuados Se consideran en privaciones los hogares que tiene pisos en tierra 12,49%

Paredes exteriores inadecuadas

Hogar urbano: se considera privado si el material se las paredes exteriores es madera burda, tabla, tablón, guadua, otro vegetal, zinc, tela, cartón, desechos o sin paredes. Hogar rural: se considera privado si el material de las paredes exteriores es guadua, otro vegetal, zinc, tela, cartón, desechos o sin paredes. 1,32%

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Dimensión Indicador Que mide el Indicador

Incidencia de Pobreza

Multidimensional

Hacinamiento Crítico

Número de personas por cuarto para dormir excluyendo cocina, baño y garaje e incluyendo sala comedora: Urbano: el hogar se encuentra en privación si duermen tres (3) o más personas pro cuarto. Rural: El hogar se encuentra en privación si duermen más de 3personas por cuarto 22,86%

Fuente: Prosperidad Social a partir de la base SISBEN. Cálculos Grupo de Focalización. Consolidación Dirección de Gestión y

Articulación de la Oferta Social, 2017

Ahora, es indispensable exteriorizar un panorama sobre estos indicadores a nivel departamental, con

el fin de poner en contexto el escenario que vive el departamento y de esta manera tener una idea de

los niveles de pobreza que pueden ser un referente para los indicadores del municipio. Para este

análisis se tomaron las vigencias 2013,2014 y 2015, teniendo en cuenta que las últimas mediciones a

nivel nacional corresponden a estos años.

Tabla 2 Incidencia de Pobreza Multidimensional para Boyacá 2013

Código DANE

Departamento

Condiciones educativas del hogar

Condiciones de la niñez y juventud

Bajo logro educativo

Analfabetismo Inasistencia

escolar Rezago escolar

Barreras de acceso a servicios para el cuidado

de la primera infancia

Trabajo infantil

15 Boyacá 2013 65,28 13,10 5,36 32,76 11,82 6,16

15 Boyacá 2014 63,17 10,91 4,32 29,91 10,02 6,67

15 Boyacá 2015 61,85 12,83 4,48 32,83 10,70 9,72

Trabajo Salud Acceso a servicios públicos domiciliarios y condiciones de la

vivienda

Desempleo de larga duración

Empleo informal

Sin aseguramiento

en salud

Barreras de

acceso a servicio de salud

Sin acceso a fuente de

agua mejorada

Inadecuada eliminación de excretas

Pisos inadecuados

Paredes exteriores

inadecuadas

Hacinamiento crítico

7,23 79,56 10,41 6,35 4,51 12,27 7,91 0,46 13,57

8,10 80,11 8,14 7,64 10,47 10,37 7,87 0,31 13,52

7,48 80,84 9,63 6,42 5,94 9,61 5,40 0,50 11,11 Fuente: DNP a partir de la GEIH del DANE

Lo anterior, permite referenciar los indicadores con el departamento y analizar la situación del

Municipio que en todo caso están los indicadores de la medición del año 2017, están por debajo de

las condiciones que los indicadores arrojados por el departamento en las vigencias 2013, 2014 y 2015

en cada uno de los indicadores de IPM.

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Ahora bien, dentro de las generalidades de la entidad territorial es preciso poner en contexto que el

Municipio en las últimas vigencias fiscales no ha suscrito ningún Programa de Saneamiento Fiscal en

aplicación de las Leyes 617 de 2000 y 550 de 1999. Tampoco ha sido afectada con medidas

preventivas o correctivas con relación al manejo de los recursos del Sistema General de

Participaciones en cuanto a cumplimiento se refiere. Así mismo, ha cumplido con las normas de

responsabilidad fiscal en materia de límite de gasto, endeudamiento y cobertura del pasivo pensional

con los aportes al FONPET.

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2 DIAGNOSTICO FINANCIERO E INSTITUCIONAL

El diagnóstico Financiero e Institucional de la entidad parte del análisis del comportamiento de los

ingresos y de los gastos sobre un histórico de las últimas cuatro vigencias fiscales. Este análisis

permite visualizar el escenario financiero que ha manejado el municipio y a partir de allí tomar las

proyecciones de estos para las próximas vigencias fiscales.

2.1 Análisis de Ingresos

2.1.1 Ingresos Totales

El comportamiento de los ingresos en las cuatro vigencias anteriores se representa en el siguiente

esquema gráfico que permite ver la evolución del comportamiento de los ingresos en cada una de las

vigencias fiscales. Para el presente estudio se toman los cinco años anteriores con el fin de revisar el

avance de los mismos en el término de cada una de las vigencias fiscales. Este ejercicio se toma por

fuente de financiación, para analizar la importancia de cada una, frente al respaldo económico que

representa presupuestalmente.

Ilustración 3 Histórico Ingresos Totales últimas Cinco Vigencias Fiscales

Fuente: Elaboración propia a partir de ejecuciones presupuestales entidad y operaciones efectivas de caja DNP

Como se observa, el comportamiento de los ingresos de la entidad para las ultimas 5 vigencias fiscales

presenta una tendencia ascendente con un recaudo mayor en el año 2018, con muy poca diferencia

frente al 2017, estas dos vigencias tienen un comportamiento similar en cuanto a recaudo se refiere.

24,548,057

29,912,959 29,489,328

32,705,29434,481,800

2014 2015 2016 2017 2018

INGRESOS TOTALES

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Por otra parte, en el año 2016 Y 2014 presentan el nivel más bajo de las cuatro cinco vigencias fiscales

anteriores.

2.1.2 Ingresos Corrientes de Libre Destinación

Se definen los ingresos corrientes como aquellos que se perciben en la entidad de manera recurrente

y continúa, por lo tanto, hacen parte de este concepto los recursos que percibe la entidad por los

diferentes conceptos de los tributos propios del municipio, así como las transferencias del Sistema

General de Participaciones correspondientes al 42% para gastos de funcionamiento. En efecto,

comprenden los recursos propios de la entidad, los impuestos, las tasas y contribuciones reguladas

por la ley y los Acuerdos Municipales. El comportamiento de los I.CL.D de las últimas cinco vigencias

fiscales se presentan así:

Ilustración 4 Histórico Ingresos Corrientes de Libre Destinación Últimas Cinco Vigencias

Fuente: Elaboración propia a partir de ejecuciones presupuestales entidad y operaciones efectivas de caja DNP

Se puede concluir del gráfico anterior, que el año de mayor recaudo de Ingresos Corrientes de Libre

Destinación es el 2018 con un recaudo de ($ 5.920.742) millones de pesos. Por el contrario, el año de

menor ingreso por este concepto es la vigencia 2014 con un recaudo de ($ 4.177.361) millones de

pesos. Lo anterior pone en evidencia el crecimiento continuo en el proceso de recaudo proyectado por

la secretaria de hacienda en cuanto a políticas fiscales.

2014 2015 2016 2017 2018

4,177,361 4,363,130

4,885,645

5,574,4465,920,742

1. INGRESOS CORRIENTES

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2.1.3 Ingresos Tributarios

Los ingresos tributarios son aquellos que derivan de un gravamen especial y son clasificados como

directos e indirectos. Los ingresos clasificados como impuestos directos en los municipios están

compuestos por el impuesto predial unificado, el impuesto de circulación y tránsito, y la sobretasa para

la corporación ambiental, no obstante, esta no se clasifica como ingreso corriente, sino como una renta

cedida. Los impuestos tributarios directos los paga directamente la persona natural o jurídica que

soportan la carga tributaria, quien paga el impuesto es el mismo sujeto que lo genera.

Los ingresos tributarios indirectos están compuestos por el impuesto de industria y comercio, el

impuesto de avisos y tableros, el impuesto de espectáculos públicos, el impuesto de degüello de

ganado menor, la ocupación del espacio público entre otros. “Los impuestos tributarios indirectos son

percibidos por el Estado de personas intermediarias de personas que trasladan el tributo a otras que

finalmente son quienes soportan la carga. Quien le paga al Estado y soporta el tributo pueden ser

personas diferentes” (Velasco, 2016, p. 187).

Ilustración 5 Histórico Ingresos Tributarios Ultimas Cinco Vigencias Fiscales

Fuente: Elaboración propia a partir de ejecuciones presupuestales entidad y operaciones efectivas de caja DNP

Se aprecia en la gráfica anterior el comportamiento de los ingresos tributarios de las vigencias

anteriores, incluida la vigencia 2018. Se puede considerar un aumento esta última vigencia frente a

2017 y 2016.

3,050,066 3,024,6673,352,632

4,025,841

4,477,636

INGRESOS TRIBUTARIOS

2014 2015 2016 2017 2018

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2.1.4 Ingresos No Tributarios

Son recursos que proceden de diferentes fuentes y dentro de esta clasificación que define el Decreto

111 de 1996, se encuentran las tasas, las contribuciones especiales, las contribuciones parafiscales,

las multas entre otros, así como las trasferencias del orden nacional procedentes del Sistema General

de Participaciones. Sin embargo y para este ejercicio las trasferencias del SGP se presentan en otro

acápite posterior.

Ilustración 6 Histórico de Ingresos No Tributarios Cinco Vigencias Fiscales

Fuente: Elaboración propia a partir de ejecuciones presupuestales entidad y operaciones efectivas de caja DNP

2.1.5 Ingresos del Sistema General de Participaciones

Los recursos del Sistema General de Participaciones corresponden a los dineros que transfiere la

Nación de conformidad con lo mandado por los artículos 356 y 357 de la Constitución Nacional y del

acto legislativo 01 de 2001 y 04 de 2007, a las entidades territoriales como departamentos, municipios,

resguardos indígenas; para el financiamiento de sectores como educación, salud, agua potable y

saneamiento básico y propósito general, en las competencias derivadas de la Ley 715 de 2001 y 1176

de 2007.

186,000 188,957

257,269

155,291

193,424

0

50,000

100,000

150,000

200,000

250,000

300,000

1.2. INGRESOS NO TRIBUTARIOS

INGRESOS NO TRIBUTARIOS

2014 2015 2016 2017 2018

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En este sentido, y de acuerdo a los estipulados definidos en el parágrafo transitorio 3 del artículo 4 del

Actos Legislativo 4 de 2007, que define el crecimiento del Sistema General de Participaciones, a partir

de 2017 el cual se calculara de la siguiente manera: “ El Sistema General de Participaciones de los

departamentos, distritos y municipios se incrementará anualmente en un porcentaje igual al promedio

de la variación porcentual que hayan tenido los ingresos corrientes de la Nación durante los cuatro (4)

años anteriores, incluido el correspondiente al aforo del presupuesto en ejecución.

Para efectos del cálculo de la variación de los ingresos corrientes de la Nación a que se refiere el

inciso anterior, estarán excluidos los tributos que se arbitres por medidas de estado de excepción salvo

que el Congreso, durante el año siguiente, les otorgue el carácter permanente…”. No obstante, la

asignación de recursos del SGP a las entidades territoriales puede variar de acuerdo con el

comportamiento anual de cada una de las variables de distribución definidas por la ley para la

respectiva participación sectorial o especial (Orientaciones para la programación y ejecución de los

recursos del Sistema General de Participaciones SGP, DNP, 2017).

Por lo anterior, el comportamiento de los recursos del Sistema General de Participaciones de las

últimas vigencias fiscales para el municipio de Moniquirá se presenta en el siguiente esquema gráfico:

Ilustración 7 Histórico de Recursos del Sistema General de Participaciones

Fuente: SICODIS DNP 2019

El grafico anterior refleja el ingreso de los recursos de las transferencias del Sistema de

Participaciones y los recursos de cofinanciación nacional como aquellos que financian entre otros, al

sector salud en lo referente a la cancelación del programa de régimen subsidiado en salud. En este

11,503,70712,147,086

14,831,852

16,326,19315,340,597

2014 2015 2016 2017 2018

4.2. TRANSFERENCIAS NACIONALES (SGP, etc.)

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gráfico se ve como el mayor ingreso se registró en la vigencia de 2017 con ($16.326.193) millones de

pesos, contrario a la vigencia 2014 con ingresos por la suma de ($ 11.503.707) millones de pesos; las

demás vigencias manejan unos ingresos similares sin mayor diferencia.

2.1.6 Recursos de Capital

Los recursos de capital de acuerdo los define el artículo 31 del Decreto 111 de 1996 o Estatuto

Orgánico de Presupuesto en los siguientes términos: “Los recursos de capital comprenderán: Los

recursos del balance, los recursos del crédito interno y externo con vencimiento mayor a un año de

acuerdo con los cupos autorizados por el Congreso de la República, los rendimientos financieros, el

diferencial cambiario originado por la monetización de los desembolsos del crédito externo y de las

inversiones en moneda extranjera, las donaciones, el excedente financiero de los establecimientos

públicos del orden nacional …..”.

En consecuencia, en esta fuente de ingresos se clasifican los recursos de saldos de vigencias

anteriores que como recursos del balance se adicionan al presupuesto de ingresos y gastos de la

entidad territorial. Así mismo, ingresan recursos por concepto de crédito en caso de que aplique a la

entidad, los recursos de cofinanciación de los niveles nacionales y departamentales destinados a

inversión. La característica de estos recursos es que no son recurrentes y su destinación al gasto se

enfoca específicamente a inversión.

En el siguiente esquema gráfico se presenta el comportamiento de estos recursos en las últimas

vigencias fiscales del Municipio de Moniquirá.

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Ilustración 8 Histórico del comportamiento de los Recursos de Capital

Fuente: Ejecuciones presupuestales secretaria de hacienda Moniquirá y operaciones efectivas de caja DNP

Se refleja en el esquema anterior, que en la vigencia 2018 ingresaron al municipio como recursos de

capital la suma de ($7.361.378) millones de pesos, compuestos por los recursos del balance, recursos

de cofinanciación departamental y nacional; así como los recursos de desahorro FONPET para

inversión, para cancelación de Bonos Pensionales y FOMAG sin situación de fondos; etc.

2.2 Análisis de Gatos

De acuerdo con el artículo 36 del Decreto 111 de 1996 “El presupuesto de gastos se compondrá de

los gastos de funcionamiento, del servicio de la deuda pública y de los gastos de inversión”.

“En el proyecto de presupuesto de inversión se indicarán los proyectos establecidos en el plan

operativo anual de inversión, clasificado según lo determine el Gobierno Nacional”.

En los mismos términos el artículo 38 al referirse al presupuesto de gastos establece que : “En el

presupuesto de gastos solo se podrán incluir apropiaciones que correspondan: a) A créditos

judicialmente reconocidos; b) A gastos decretados conforme a la Ley; c) Las destinadas a dar

cumplimiento a los planes y programas de desarrollo económico y social y a las de las obras públicas

de que tratan los artículos 339 y 341 de la Constitución Política, que fueren aprobados por el Congreso

Nacional….”etc.

4,216,826

6,942,880

4,480,522

5,222,482

7,361,378

2014 2015 2016 2017 2018

4. INGRESOS DE CAPITAL

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2.2.1 Gastos Totales

El análisis de estos recursos comprende la totalidad de los gastos de la entidad durante la respectiva

vigencia fiscal, incluyendo recursos de funcionamiento, recursos de inversión y servicio de la deuda

pública. En tal sentido, se presenta el siguiente gráfico que da cuenta de los gastos ejecutados en

cada año.

Ilustración 9 Histórico del comportamiento de los Gastos Totales

Fuente: Ejecuciones presupuestales Secretaria de Hacienda y operaciones efectivas de caja DNP

Se aprecia en el gráfico anterior como los gastos totales en la vigencia 2018 ascendieron a

($26.260.858) millones de pesos, indicando con esto que es la mayor inversión realizada durante esta

las cinco últimas vigencias fiscales, seguida de la inversión y el gasto de la vigencia 2015 con

($25.636.519) millones de pesos. Por el contrario, las vigencias de menor gasto e inversión

corresponden a la vigencia 2014 con ($21.958.098), y a la vigencia 2017 con ($24.228.403) millones

de pesos.

2.2.2 Gastos de funcionamiento

Los gastos de funcionamiento son aquellos que están destinados al cubrimiento de las necesidades

de los órganos que hacen parte de la administración municipal, para el caso se incluyen los gastos de

21,958,098

25,363,519

24,274,206 24,228,403

26,260,858

GASTOS TOTALES

GASTOS TOTALES

2014 2015 2016 2017 2018

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los organismos de control como La Personería Municipal y El Concejo Municipal dentro de los

parámetros previstos en el artículo 10 de la Ley 617 de 2000, y los gastos de la administración central.

Componen estos gastos, los de personal asociados a la nómina como salarios, vacaciones, primas

reglamentarias, auxilio de transporte, bonificaciones, servicios personales indirectos, contribuciones

inherentes a la nómina al sector público y privado, aportes a la seguridad social, gastos generales

entre otros.

Ilustración 10 Histórico comportamiento Gastos de Funcionamiento

Fuente: Elaboración propia a partir de ejecuciones presupuestales Secretaria de Hacienda y operaciones efectivas de caja

DNP

Referente a los gastos de funcionamiento se puede apreciar que la vigencia de mayor valor ejecutado

es el 2018 con la suma de ($4.153.488), frente a la vigencia 2014 con el mínimo de gastos por la suma

de ($2.435.898); esto reconoce el argumento anterior en lo referente al valor total de gastos por

vigencia fiscal.

2.2.3 Gastos de Inversión

Los gastos de inversión obedecen a los programas y proyectos definidos en el Plan Operativo Anual

de Inversión en función de la ejecución del Plan de Desarrollo Municipal. El Plan Operativo Anual de

Inversiones está definido en el artículo 8 del decreto 111 de 1996 en los siguientes términos: “El Plan

operativo anual de inversiones señalará los proyectos de inversión clasificados por sectores, órganos

2,435,898

2,903,3243,163,669 3,041,393

4,153,488

2.1. FUNCIONAMIENTO

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

2014 2015 2016 2017 2018

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y programas. Estos proyectos deben estar debidamente incluidos en el Banco de Programas y

Proyectos de la entidad”.

Ilustración 11 Histórico Gastos de Inversión

Fuente: Elaboración propia a partir de ejecuciones presupuestales Secretaria de Hacienda y operaciones efectivas de caja DNP

De acuerdo con el gráfico anteriormente presentado el mayor gasto en inversión social se llevó a cabo

en la vigencia 2015 con ($22.439.115) millones de pesos, seguida de la vigencia 2018 con una

inversión por la suma de ($ 21.653.622) millones de pesos. Este análisis confirma el anterior

planteamiento cuando se habla de la mayor inversión en gastos totales en las vigencias 2015 y 2018

como los años de mayor gasto en el municipio. El comportamiento de la vigencia 2016 y 2017 es muy

similar, y la vigencia 2014 la de menor inversión con ($19.491.463) millones de pesos.

2.2.4 Servicio de la deuda

En el presupuesto de gastos también se incluyen los recursos que soportan la deuda pública de las

entidades territoriales cuando esta tiene obligaciones o acreencias con bancos a título de deuda

pública. El municipio de Moniquirá ha contado con la financiación de una deuda la cual se terminó de

pagar durante la vigencia de 2018, quedando el municipio a paz y salvo por este concepto con la

banca nacional.

19,491,463

22,439,115

21,109,136 21,179,274

21,653,622

5. GASTOS DE CAPITAL (INVERSION)

GASTOS DE INVERSION

2014 2015 2016 2017 2018

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2.2.5 Análisis de la estructura organizacional

El municipio de Moniquirá ha contado en las últimas vigencias con una planta de personal compuesta

por 48 cargos aprobados, distribuidos en 6 niveles de ocupación, vinculados por carrea administrativa

24, de libre nombramiento y remoción 10, de periodo 3 y trabajadores oficiales 14. El valor mensual

de la nómina del personal de la administración central asciende a la suma de Ciento Dieciséis Millones

cincuenta y un mil quinientos sesenta y siete pesos ($ 116.051.567).

Así mismo, dentro de su nómina de personal cuenta con 26 pensionados los cuales reciben un salario

mensual de conformidad con la Ley y con los actos administrativos en los cuales se les declaró la

pensión. El valor de la nómina mensual de pensionados asciende a la suma de Veinticinco millones

cuarenta mil trescientos siete pesos ($ 25.040.307).

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3 CONTENIDOS DEL MARCO FISCAL DE MEDIANO PLAZO

3.1 Informe de resultados fiscales de la vigencia fiscal anterior

De acuerdo con el análisis del capítulo anteriormente descrito, el informe de resultados en materia

fiscal de la vigencia 2018 se podría expresar sobre los siguientes considerandos.

3.1.1 En materia de Ingresos.

A manera general, se estimaron unos ingresos que podrían ingresar a la entidad territorial durante la

vigencia fiscal de 2018 por cada una de las fuentes de financiación, como ingresos corrientes dentro

de los que se tiene los ingresos tributarios directos como el impuesto predial unificado e indirectos

como el impuesto de industria y comercio, avisos y tableros, impuesto de vehículos, ocupación de

vías, sobretasa a la gasolina, entre otros.

Así mismo, se proyectaron ingresos no tributarios como los recursos del Sistema General de

Participaciones de Libre Destinación y los recursos de transferencias derivadas de la Ley 99 de 1993;

igual que recursos tributarios como tasas, rentas contractuales, multas y sanciones y venta de bienes

y servicios. Estos recursos al igual que los enunciados en el anterior párrafo corresponden a ingresos

corrientes de libre destinación sobre los cuales se establece como máximo un tope del 80% para

gastos de funcionamiento, de conformidad con los límites de gastos reglado por la Ley 617 de 2000.

En relación con los ingresos diferentes a los gastos de funcionamiento la entidad proyecto recursos

por concepto de ingresos tributarios directos los que provienen del impuesto predial, los recursos de

transporte de hidrocarburos; y las estampillas del orden municipal y departamental. De igual forma,

como ingresos no tributarios destinados a gastos de inversión se encuentran las transferencias del

nivel departamental como los convenios departamentales para alimentación escolar. Y por último

dentro de los recursos de Ingresos Corrientes están las Transferencias del Sistema General de

Participaciones en cada uno de los sectores de inversión definidos por la Ley 715 de 2001 y 1176 de

2007.

En conclusión, la entidad proyecto un estimado total de ($35.720.369.734,23) de los cuales ingresaron

a la entidad en la vigencia la suma de ($34.481.800.890.65), distribuidos en los siguientes

componentes.

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Tabla 3 Ingresos Vigencia Fiscal 2018

DENOMINACION Estimativo inicial Estimativo Final Reconocimientos Final

INGRESOS 22.380.811.017,00 35.720.369.734,23 34.481.800.890,65

INGRESOS CORRIENTES 22.357.811.017,00 25.905.429.148,27 26.749.366.000,79

INGRESOS CORRIENTES DE LIBRE DESTINACION 5.277.628.069,00 5.343.346.390,00 5.920.142.680,35

INGRESOS TRIBUTARIOS 3.845.500.000,00 3.886.665.447,00 4.477.636.885,13

IMPUESTOS DIRECTOS 1.900.000.000,00 1.900.000.000,00 2.261.044.587,00

IMPUESTOS INDIRECTOS 1.945.500.000,00 1.986.665.447,00 2.216.592.298,13

Industria y Comercio 450.000.000,00 450.000.000,00 517.156.342,13

Avisos y Tableros 67.500.000,00 67.500.000,00 34.386.167,00

Impuesto de Vehículos Automotores 80.000.000,00 80.000.000,00 53.306.810,00

Delineación Urbana, Estudios y Licencias Urbanísticas 180.000.000,00 180.000.000,00 322.461.915,00

Impuesto de Alumbrado Público 450.000.000,00 491.165.447,00 491.165.447,00

Impuesto de Espectáculos Púbicos 1.000.000,00 1.000.000,00 208.000,00

Ocupación de vías 1.000.000,00 1.000.000,00 3.028.510,00

Publicidad Exterior Visual 1.000.000,00 1.000.000,00 ,00

Sobretasa a la Gasolina 700.000.000,00 700.000.000,00 783.812.798,00

Otros Impuestos Tributarios 15.000.000,00 15.000.000,00 11.066.309,00

INGRESOS NO TRIBUTARIOS 1.432.128.069,00 1.456.680.943,00 1.442.505.795,22

TRANSFERENCIAS Y PARTICIPACIONES 1.230.728.069,00 1.255.280.943,00 1.255.272.410,00

SGP Propósito General Libre Destinación (42%) 1.224.528.069,00 1.249.080.943,00 1.249.080.943,00

Transferencias Eléctricas - Funcionamiento Ley 99 (10%)

6.200.000,00 6.200.000,00 6.191.467,00

TASAS 4.400.000,00 4.400.000,00 979.406,00

RENTAS CONTRACTUALES 165.000.000,00 165.000.000,00 134.481.978,12

MULTAS, SANCIONES E INTERESES 12.000.000,00 12.000.000,00 23.503.731,10

VENTA DE BIENES Y SERVICIOS 20.000.000,00 20.000.000,00 28.268.270,00

INGRESOS CORRIENTES PARA GASTOS DIFERENTES A FUNCIONAMIENTO

17.080.182.948,00 20.562.082.758,27 20.829.223.320,44

INGRESOS TRIBUTARIOS 1.280.000.000,00 1.771.108.478,89 2.497.015.107,89

ESTAMPILLAS 280.000.000,00 340.925.568,00 732.128.994,00

INGRESOS NO TRIBUTARIOS 15.800.182.948,00 18.790.974.279,38 18.332.208.212,55

TRANSFERENCIAS DEL NIVEL NACIONAL 56.000.000,00 56.000.000,00 55.723.233,00

Trasferencias Eléctricas ISAGEN para Inversión 90% 56.000.000,00 56.000.000,00 55.723.233,00

TRANSFERENCIAS DEL NIVEL DEPARTAMENTAL 6.000.000,00 6.000.000,00 7.404.928,00

Impuesto del Tabaco y Cigarrillos (Transferencia Indeportes Ley 1289/2009)

6.000.000,00 6.000.000,00 7.404.928,00

CONVENIOS DEPARTAMENTALES 1.122.137.240,00 2.378.338.671,21 2.130.454.905,38

Convenios Alimentación Escolar (VF) 1.122.137.240,00 1.053.507.831,88 1.053.507.831,88

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DENOMINACION Estimativo inicial Estimativo Final Reconocimientos Final

SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES 3.485.144.049,00 3.434.041.179,00 3.434.041.179,00

SGP EDUCACIÓN 828.187.766,00 725.120.045,00 725.120.045,00

SGP Educación Calidad Educativa 406.387.728,00 365.965.357,00 365.965.357,00

SGP Educación Matricula Oficial Gratuidad (SSF) 421.800.038,00 359.154.688,00 359.154.688,00

SGP Alimentación Escolar 77.933.360,00 90.942.264,00 90.942.264,00

SGP Apoyo Integral a la Primera Infancia 65.303.741,00 ,00 ,00

SGP Agua Potable y Saneamiento Básico 822.686.229,00 893.057.568,00 893.057.568,00

SGP PROPÓSITO GENERAL INVERSIÓN (58%) 1.691.032.953,00 1.724.921.302,00 1.724.921.302,00

SGP- PG. Deporte (4% de SGP -PG. Inversión) 57.986.146,00 53.558.299,00 53.558.299,00

SGP- PG. Cultura (3% de SGP -PG. Inversión) 43.476.109,00 40.168.724,00 40.168.724,00

SGP- PG. Otros Sectores (83% de SGP -PG. Inversión) 1.589.570.698,00 1.631.194.279,00 1.631.194.279,00

FONDOS ESPECIALES 100.000.000,00 100.000.000,00 175.531.000,00

Contribución sobre Contratos de Obra Pública (Fondo de Seguridad Ley 418 de 1997)

100.000.000,00 100.000.000,00 175.531.000,00

FONDO LOCAL DE SALUD 11.030.901.659,00 12.476.784.429,17 12.518.052.967,17

REGIMEN SUBSIDIADO 10.835.860.454,00 11.928.268.712,96 11.933.434.571,96

SALUD PUBLICA 164.041.205,00 281.930.745,00 284.581.327,00

OTROS GASTOS EN SALUD 31.000.000,00 266.584.971,21 300.037.068,21

RECURSOS DE CAPITAL 23.000.000.00 7.502.068.323,38 7.631.378.826,25

Fuente: Ejecución presupuestal de ingresos vigencia 2018, Secretaria de Hacienda

Analizando la tabla anterior y comparando los ingresos inicialmente proyectados como presupuesto

inicial, con los recaudos definitivos que ingresaron a la entidad, el aumento fue del 35.09%. Ahora, la

proporción de recursos ingresados frente a la proyección estimada final es del 96.53% del total de la

proyección estimada final. En conclusión, los ingresos adicionados al presupuesto inicial corresponden

a la suma de ($15.143.682.968,86), una reducción por valor de ($1.804.124.251,63).

3.1.2 En materia de gastos

Los gastos de la vigencia 2018 ascienden a la suma de ($29.260.858.799,18) distribuidos en gastos

de funcionamiento y gastos de inversión así: Los gastos de alcaldía tuvo unos gastos por la suma de

($3.836.165.897,14), los gastos del concejo municipal fueron de ($201.524.776,00) y la personería

municipal por la suma de ($115.797.370,07).

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Tabla 4 Gastos de funcionamiento vigencia 2018

CONCEPTO APROPIACION DEFINITIVA ONBLIGACIONES GASTOS 35.720.369.734,23 29.260.858.766,18

GASTOS FUNCIONAMIENTO 4.416.235.082,00 4.153.488.043,21

ALCALDÍA MUNICIPAL 4.083.573.510,00 3.836.165.897,14

CONCEJO MUNICIPAL 215.475.272,00 201.524.776,00

PERSONERIA MUNICIPAL 117.186.300,00 115.797.370,07

Fuente: Ejecución presupuestal ingresos Secretaria de Hacienda

En inversión social el municipio distribuyó los gastos en los diferentes sectores de inversión atacando

las necesidades de la población y buscando el logro de metas propuestas para la vigencia, en el Plan

de Desarrollo 2016-2019. Esta inversión se refleja en el siguiente cuadro que compila el gasto por

cada sector de inversión.

Tabla 5 Gastos de Inversión Vigencia Fiscal de 2018

CONCEPTO APROPIACION DEFINITIVA

ONBLIGACIONES

GASTOS DE INVERSIÓN 27.408.077.276,29 21.912.539.873,54

EDUCACIÓN 1.807.868.389,54 1.349.697.588,10

ALIMENTACIÓN ESCOLAR 2.083.983.142,89 2.059.242.788,00

FONDO LOCAL DE SALUD 12.476.784.429,17 12.116.261.364,96

AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO 1.601.589.418,36 857.586.289,26

CULTURA 558.257.556,00 436.418.048,00

RECREACIÓN Y DEPORTES 384.927.157,00 381.727.157,00

OTROS SECTORES 8.493.899.421,33 4.711.606.638,22

EQUIPAMIENTO MUNICIPAL 1.427.998.477,00 816.936.036,00

DESARROLLO INSTITUCIONAL 1.256.000.000,00 1.054.138.238,45

VIVIENDA 260.000.000,00 3.066.667,00

MEDIO AMBIENTE 583.946.430,66 524.488.075,00

ATENCION A GRUPOS VULNERABLES- PROMOCIÓN SOCIAL- NIÑEZ, INFANCIA, ADOLESCENCIA Y JUVENTUD

1.209.206.134,26 502.880.857,45

PROMOCIÓN DEL DESARROLLO 10.000.000,00 ,00

DESARROLLO AGROPECUARIO 375.851.280,00 325.847.420,00

SECTOR TRANSPORTE 2.243.833.051,41 888.041.066,48

PREVENCIÓN DE DESASTRES 561.478.429,00 222.420.036,84

JUSTICIA, SEGURIDAD Y CONVIVENCIA 466.585.619,00 288.442.923,00

DESARROLLO COMUNITARIO 64.000.000,00 59.945.318,00

GESTION Y GERENCIA DEL TURISMO 35.000.000,00 25.400.000,00

Fuente: Ejecución presupuestal gastos Secretaria de Hacienda

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Los recursos invertidos en la deuda pública en la vigencia 2018 se presentan en la siguiente tabla:

Tabla 6 Recursos Invertidos en deuda pública vigencia 2018

SERVICIO DE LA DEUDA 33.880.492,00 33.880.492,00

SERVICIO DE DEUDA 33.880.492,00 33.880.492,00

Amortizaciones 33.333.520,00 33.333.520,00

Intereses 546.972,00 546.972,00

Fuente: Ejecución presupuestal gastos Secretaria de Hacienda

3.2 Estimación del costo fiscal de las exenciones tributarias

La exención es una figura jurídica tributaria establecida en la ley, que tiene como principio la liberación

total o parcial de la obligación de pago de un impuesto previamente establecido, atendiendo a razones

de equidad o de política económica.

“Concretamente, a través de las exenciones tributarias, el legislador impide el nacimiento de la

obligación tributaria en relación con determinados sujetos o disminuye la cuantía de esta, por

consideraciones de política fiscal. Así, si bien en principio, respecto del contribuyente, se concreta el

hecho generador del tributo, éste se excluye de forma anticipada de la obligación tributaria, por

disposición legal1, mediante una técnica de desgravación que le permite al legislador ajustar la carga

tributaria, de manera que consulte los atributos concretos del sujeto gravado o de la actividad sobre la

que recae la obligación tributaria, siempre con sujeción a criterios razonables y de equidad fiscal2.”

(Sentencia C-748 de 2009 MP- Rodrigo Escobar Gil)

Dentro de la citada Sentencia se establece que las exenciones hacen parte de la política fiscal, también

están cobijadas por los principios de legalidad y certeza tributaria. Por lo anterior los elementos

principales de cualquier exención deben estar definidos por el legislador, las asambleas

departamentales o los concejos municipales a iniciativa del ejecutivo teniendo en cuenta el artículo

154 de la norma superior.

Al respecto la sentencia en mención establece lo siguiente: “Esta Corporación, en reiteradas

oportunidades, ha establecido que, así como el legislador goza de amplia potestad de configuración

normativa para establecer tributos y definir sus elementos esenciales, es natural que, de la misma

forma, goce del poder suficiente para consagrar beneficios tributarios, por razones de política

económica o para realizar la igualdad real y efectiva en materia fiscal3.”

1 Cfr. Corte Constitucional, Sentencia C-804 de 2001. 2 Cfr. Corte Constitucional, Sentencia C-511 de 1996. 3 Cfr. Corte Constitucional, Sentencias C-341 de 1998, y C-250 de 2003.

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Dentro de las exenciones tributarias que establece el Estatuto Tributario Acuerdo 011 de 2012, para el Municipio de Moniquirá se encuentran las siguientes:

3.2.1 Impuesto Predial Artículo 21 Acuerdo No 011 de 2012. “Exclusiones” estarán excluidos del impuesto predial unificado

los siguientes inmuebles:

1. Los predios beneficiados con la exclusión del impuesto en virtud de convenios o tratados

internacionales en los términos que señalen dichos convenios.

2. Los predios de propiedades de las misiones diplomáticas, embajadas o consulados

acreditadas en nuestro país.

3. Los inmuebles de propiedad de la iglesia católica y otras iglesias o templos diferentes a estas

reconocidas por el estado colombiano, destinados al culto de vivienda de las comunidades

religiosas, a las curias diocesanas y arquidiocesanas, casas episcopales y curales, y

seminarios conciliares.

4. Los predios que se encuentran definidos como parques naturales.

5. Los inmuebles de propiedad del municipio de Moniquirá a menos que se encuentren en

posesión o usufructo de particulares.

6. De acuerdo con el artículo 674 del código civil, los bienes de uso público con excepción de

las construcciones, edificaciones o cualquier tipo de mejora sobre los bienes de uso público

de la Nación, cuando estén en manos de particulares.

Artículo 22. Exoneración. Estarán exonerados del impuesto predial unificado los siguientes

inmuebles por el término de 5 años contados a partir del 2013.

Parágrafo. Los predios que estén ubicados en las reservas forestales del municipio de Moniquirá, los

cuales deben allegar la certificación de CORPOBOYACA, donde conste que el predio está incluido en

esa área que compone la reserva, así como de la Oficina de Planeación, y cuyo uso actual exclusivo,

sea para la conservación de las especies nativas y de bosques naturales.

La Oficina de Planeación Municipal deberá delimitar la zona e identificar los números prediales y las

áreas de cada predio a exonerar, con apoyo de la información expedida por CORPOBOYACA.

Incentivos por pronto pago. La secretaria de Hacienda efectuará descuentos por pronto pago para

el impuesto predial unificado. El pago oportuno del tributo se efectuará a más tardar el mes de Junio,

del año respectivo, sin embargo, se conceden los siguientes beneficios por pronto pago a los

contribuyentes que se encuentren a paz y salvo por las vigencias anteriores:

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1. Si se cancela entre los meses de enero a abril se obtiene un descuento del 15%

2. Si cancela en el mes de mayo, obtendrá un descuento del 10%

3. Si se cancela dentro del mes de junio se obtendrá un descuento del 5% y

4. Si se paga el mes de julio no habrá descuento el pago será neto, y a partir de agosto se

cancelarán intereses por mora.

3.2.2 Impuesto de Industria y Comercio

Artículo 44. Actividades excluidas del impuesto de industria y comercio. Son actividades no

sujetas al Impuesto de Industria y Comercio, las determinadas en el numeral 2 del artículo 259 del

Decreto ley 1333 de 1986 y normas concordantes. Cuando las entidades a que se refiere el literal d)

del numeral 2 del artículo 259 del Decreto Ley 1333 de 1986, realicen actividades industriales o

comerciales, serán sujetos del impuesto de industria y comercio en lo relativo a tales actividades. Son

excluidas las actividades que no son sujetos pasivos, no están gravadas o no tienen que presentar

declaraciones. Las actividades excluidas son:

1. La explotación de canteras y minas diferentes de sal, esmeraldas y metales preciosos

cuando las regalías y participaciones para el Municipio sean iguales o superiores a

lo que corresponda pagar por concepto de Industria y Comercio y de Avisos y

Tableros.

2. Las actividades realizadas por los establecimientos educativos públicos, entidades

de beneficencia, cultuales y deportivas, los sindicatos, las asociaciones de

profesionales y gremiales sin ánimo de lucro, los partidos políticos, las empresas

sociales del estado, los centros de salud y los hospitales públicos y gremiales

vinculados al Sistema Nacional de Salud.

3. La primera etapa de trasformación realizada en los predios rurales cuando se trate

de actividades de producción agropecuaria, con excepción de toda industria donde

haya proceso de trasformación por elemental que esta sea.

4. Producción primaria agrícola, avícola y ganadera

5. Producción destinada a las exportaciones.

Parágrafo. Cuando las entidades señaladas en el numeral 2 de este artículo realicen actividades

mercantiles (industriales o comerciales) serán sujetos del impuesto de industria y comercio en

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lo relativo a tales actividades. Para que dichas entidades puedan gozar del beneficio

presentarán a la Secretaría de Hacienda, certificado de cámara de comercio donde conste la

actividad sin ánimo de lucro.

Se entiende por primera etapa de trasformación de actividades de producción agropecuarias

aquellas en la cual no intervienen agentes externos mecanizados, tales como enfriamiento,

calentamiento, maquinado, lavado o secado de los productos agrícolas.

Declaración de Industria y Comercio y su complementario de avisos y tableros. Las personas Naturales

y Jurídicas o Asimiladas, Las Entidades Sin Ánimo de Lucro con régimen especial y demás entidades

que a 31 de diciembre de cada vigencia, que hayan sido clasificadas como Grandes Contribuyentes

por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, deberán

presentar la declaración del Impuesto de Industria y Comercio y su complementario de avisos y

tableros, de acuerdo a los ingresos brutos obtenidos en el año inmediatamente anterior con corte a

(31 de diciembre de 2018) en el formulario prescrito por la Secretaria de Hacienda Municipal en los

siguientes plazos.

PLAZOS PARA PRESENTAR EL IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO Y SU COMPLEMENTARIO 2019

DEL 1 DE ENERO AL 30 DE ABRIL SIN SANCIONES

A PARTIR DEL 1 DE MAYO SANCIONES

3.2.3 Espectáculos Públicos

Artículo 75. Exclusión y exoneración espectáculos públicos

Están excluidas del impuesto municipal de espectáculos públicos las exhibiciones

cinematográficas establecidas por el artículo 22 de la Ley 814 de 2003.

Estas exoneraciones del pago del impuesto de espectáculos públicos a los eventos que tengan

como fin captar recursos destinados a obras de beneficio social para los sectores vulnerables

de la población del Municipio definidos por la administración, y aquellos realizados por Comités

de Acción Social del Municipio y/o de la Primera Dama y/o gestión social.

3.2.4 Exenciones de la estampilla pro cultura

Parágrafo del Artículo 109. Se exceptúan del uso de la estampilla pro cultura, los convenios

interadministrativos celebrados directamente con entes descentralizados del municipio, con

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otros Municipios, con el Departamento o con la Nación, los contratos de empréstito, los

contratos de seguros y los contratos del régimen de seguridad social en salud.

Se excluyen del cobro de la estampilla por solicitud de constancias a las entidades públicas del

orden nacional, departamental y municipal, y a su vez a los dignatarios de las Juntas de Acción

Comunal, Comuneros, Veedores y Jueces de Paz y reconsideración, en el ejercicio de sus

funciones y el interés general.

3.2.5 Excepciones de la estampilla adulto mayor

Se exceptúan del uso de la estampilla pro-anciano, los convenios interadministrativos

celebrados directamente con entes descentralizados del Municipio, con otros Municipios, con el

Departamento o con la Nación, los contratos de empréstito, los contratos de seguros y los

contratos del Régimen de Seguridad Social en Salud.

3.2.6 Exenciones del Impuesto de Hidrocarburos

De este impuesto quedan exceptuados los oleoductos de uso privado para el servicio exclusivo

de explotación de petróleo de propiedad particular; pero en caso de que estos trasporten

petróleo de terceros se causará el impuesto ya establecido, pero solo sobre el volumen de

petróleo trasportado a dichos terceros.

Relacionar en anexo No. 1 los Actos Administrativos, la fecha de expedición, el tiempo de duración, la

estimación del costo fiscal y los demás efectos sobre los ingresos de la ET.

3.3 Relación de los pasivos exigibles y de los pasivos contingentes que pueden afectar la situación

financiera de la entidad territorial

Con la expedición de la Ley 819 de 2003 se deben incluir los pasivos dentro del Marco Fiscal de Mediano Plazo

como un componente necesario para tomar determinación en el entendido del manejo presupuestal a que haya

lugar.

“La adecuada gestión de las obligaciones contingentes es fundamental de los principios de disciplina fiscal,

sostenibilidad de la deuda, reducción del riesgo fiscal, defensa jurídica y transparencia en la administración de

los recursos públicos y para efectos del MFMP es necesario identificar, valorar, mitigar y establecer control y

seguimiento de estas obligaciones (valoración de los compromisos fiscales y presupuestales), en especial los

pasivos contingentes originados por las garantías otorgadas en operaciones de crédito público, contratos de

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participación público privada y por los procesos judiciales en contra que comúnmente se denominan sentencias

y conciliaciones.

En los pasivos contingentes el valor depende de la ocurrencia de hechos futuros e inciertos, que a su vez

pueden ser endógenos o exógenos respecto a quien responde por esa contingencia. En los análisis fiscales

generalmente sólo se incluyen los pasivos tradicionales como la deuda y cuentas por pagar, sin incluir el análisis

el impacto de la materialización de alguna obligación contingente, dado su difícil valoración o porque sus efectos

fiscales sólo se reflejan en el momento en que se presenta la contingencia.

Los pasivos exigibles, se originan principalmente en sentencias y/o conciliaciones por diversos pleitos, ya sea

laboral, contractual. De acuerdo con la valoración hecha por el propio municipio, se ha estimado pasivos

contingentes y exigibles con el siguiente detalle” (Marco Fiscal de Mediano Plazo, 2018-2027), sentencias

judiciales falladas que obedecen principalmente a fallos judiciales generados por algún tipo de incumplimiento

por parte de la administración municipal.

Y los pasivos contingentes del sector central que pueden ser generadas por un hecho a futuro incierto, hechos

sometidas a alguna condición en particular

3.3.1 Pasivos ciertos o exigibles

Tabla 7 Relación de Pasivos del Municipio de Moniquirá

DEMANDANTE DESCRICPION INSTANCIA DEL

PROCESO

PRETENCION FECHA DE LA

DEMANDA

VALOR PRESENTE

DE LA PRETENCION

VALOR FUTURO DE

LA PRETENCION

MONITUR REPARACION DIRECTA

SEGUNDA INSTANCIA

5.000.000 02/12/2014 1.974.764 1.687.296

HERNANDO WALTEROS

REPARACION DIRECTA

PRIMERA INSTANCIA

1.162.600.000 05/07/2016 326.525.708 392.330.066

MUNICIPIO DE MONIQUIRA

NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO

DE DERECHOS

PRIMERA INSTANCIA

35.000.000 01/09/2016 9.768.962 11.811.072

MIGUEL ANGEL RAMOS AVILA

NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO

DE DERECHOS

SEGUNDA INSTANCIA

51.547.303 09/10/2013 14.903.663 18.814.553

LUIS ORACIO ROCERO OBANDO

ACCION POPULAR PRIMERA INSTANCIA

14/12/2007

RUBEN DARIO PACHECO MERCHAN

ACCION POPULAR PRIMERA INSTANCIA

05/05/2010

OMAIRA RODRIGUEZ

RUEDA

ACCION POPULAR PRIMERA INSTANCIA

23/04/2010

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DEMANDANTE DESCRICPION INSTANCIA DEL

PROCESO

PRETENCION FECHA DE LA

DEMANDA

VALOR PRESENTE

DE LA PRETENCION

VALOR FUTURO DE

LA PRETENCION

JOSE ELIADES BELTRAN

NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO

DE DERECHOS

PRIMERA INSTANCIA

80.000.000 27/11/2013 22.123.664 30.367.656

COOPERATIVA PANELEROS

COOOPERADOS MONIQUIRA

NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO

DE DERECHOS

SEGUNDA INSTANCIA

25.000.000 18/12/2014 7.759.381 8.112.000

DORA CECILIA SANCHEZ

ESTUPIÑAN

NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO

DE DERECHOS

PRIMERA INSTANCIA

6.809.475 23/03/2014 1.934.197 2.485.430

MIYRIAM MERCEDES VELANDIA

BERNAL

NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO

DE DERECHOS

PRIMERA INSTANCIA

3.301.158 10/12/2015 1.025.479 1.029.961

MARTIN CEPEDA

FONSECA

ACCION POPULAR PRIMERA INSTANCIA

23/04/2010

FABIO EDUARDO VALBUENA MORENO

ACCION POPULAR PRIMERA INSTANCIA

28/09/2011

DEFENSORIA DEL PUEBLO REGIONAL BOYACA

ACCION POPULAR PRIMERA INSTANCIA

04/09/2014

MANUEL SILVESTRE ALARCON

ACCION POPULAR PRIMERA INSTANCIA

27/07/2009

GLORIA OLIVA CASTRO

VELAZQUES

EJECUTIVO PRIMERA INSTANCIA

217.699 15/06/2015 66.281 70.639

MARCOS ENRIQUE SUAREZ

FAJARDO

EJECUTIVO PRIMERA INSTANCIA

12.248.071 10/03/2010 3.623.610 5.028.699

MARTIN HERNAN PEREZ

CUERVO

EJECUTIVO PRIMERA INSTANCIA

3.837.000 12/11/2008 1.105.449 1.703.909

ADELAIDA GUZMAN

GUERRERO

REPARACION DIRECTA

SEGUNDA INSTANCIA

800.000.000 27/02/2013 219.060.316 315.823.627

MUNICIPIO DE MONIQUIRA

ACCION DE LESIVIDAD

SEGUNDA INSTANCIA

08/05/2013

MUNICIPIO DE MONIQUIRA

CONTROVERSIAS CONTRACTUALES

PRIMERA INSTANCIA

18/03/2015

MUNICIPIO DE MONIQUIRA

ACCION DE REPETICION

PRIMERA INSTANCIA

50.000.000 11/02/2016 14.263.422 16.872.960

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DEMANDANTE DESCRICPION INSTANCIA DEL

PROCESO

PRETENCION FECHA DE LA

DEMANDA

VALOR PRESENTE

DE LA PRETENCION

VALOR FUTURO DE

LA PRETENCION

MUNICIPIO DE MONIQUIRA

EJECUTIVO PRIMERA INSTANCIA

24.199.361 14/04/2016 7.533.515 7.432.675

DISTRITOS Y MUNICIPIOS

DE COLOMBIA

ACCION DE GRUPO PRIMERA INSTANCIA

EDGAR ARIZA ULLOA

NULIDAD PRIMERA INSTANCIA

16/12/2015

MINISTERIO DE SALUD Y

PROTECCION SOCIAL

COBRO COACTIVO PRIMERA INSTANCIA

85.000.000 17/03/2015 25.125.767 28.684.032

CLAUDIA PATRICIA

MENDOZA MESA

EJECUTIVO PRIMERA INSTANCIA

25.000.000 07/09/2016 7.252.266 8.112.000

MINISTERIO DE SALUD Y

PROTECCION SOCIAL

COBRO COACTIVO PRIMERA INSTANCIA

304.000.000 22/11/2013 87.479.706 110.958.745

Fuente Asesor Jurídico 2019

3.4 Costo fiscal de los proyectos de ordenanza o acuerdo sancionados en la vigencia fiscal anterior

En la siguiente tabla se presenta la relación de los Acuerdos aprobados por el Concejo Municipal en

la vigencia 2018.

Tabla 8 Costo Fiscal de Acuerdos Vigencia 2018

No de Acuerdo

Título Efecto Fiscal

001 Por el cual se adicionan las reservas presupuestales constituidas de la vigencia 2017 para ser ejecutadas en la vigencia 2018, al presupuesto de ingresos y gastos vigencia fiscal 2018, Municipio de Moniquirá-Boyacá.

Efecto Fiscal periodo determinado

002 Por el cual se adicionan recursos para garantizar la prestación de los servicios en salud Régimen Subsidiado vigencia 2018 y recursos procedentes del FONPET para pago de mesadas pensionales y Bono Pensional, y se crean rubros, al presupuesto de ingresos y gastos de la vigencia fiscal de 2018 del Municipio de Moniquirá

Efecto Fiscal periodo determinado

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No de Acuerdo

Título Efecto Fiscal

003 “Por medio del cual se autoriza al Alcalde Municipal de Moniquirá- Boyacá, para asumir compromisos que afectan la vigencia fiscal 2019, bajo la modalidad de vigencia futura ordinaria, para la ejecución de un proyecto de inversión con recursos provenientes del Convenio 616 FIT 2017 suscrito con el departamento administrativo para la Prosperidad Social

Efecto Fiscal periodo determinado

004 Por el cual se adiciona la última doceava vigencia fiscal 2017 al presupuesto de ingresos y gastos vigencia fiscal 2018, municipio de Moniquirá-Boyacá.

Efecto Fiscal periodo determinado

005 Por medio del cual se autoriza el incremento del salario mensual del Alcalde Municipal y Moniquirá- Boyacá y se dictan otras disposiciones.

Efecto Fiscal periodo determinado

006 Por el cual se efectúa un traslado dentro del presupuesto de gatos e inversiones vigencia fiscal 2018, Municipio de Moniquirá-Boyacá.

Efecto Fiscal periodo determinado

007 Por el cual se adiciona al presupuesto de ingresos y gastos vigencia fiscal 2018, recursos sin situación de fondos procedentes del FONPET para cancelación de un Bono Pensional.

Efecto Fiscal periodo determinado

008 Por medio del cual se adicionan los recursos del Balance y se crean nuevos rubros en el presupuesto de ingresos y gastos de la vigencia fiscal de dos mil dieciocho (2018) del Municipio de Moniquirá-Boyacá

Efecto Fiscal Predeterminado

009 “Por medio del cual se modifica el Acuerdo 014 de 1995 y se deroga el Acuerdo 004 de 1998 (Consejo Territorial de Planeación)

No tiene Efectos Fiscales

010 “Por medio del cual se realiza un crédito, un contra crédito y se crean rubros en el presupuesto de gastos del Municipio de Moniquirá-Boyacá, de la vigencia fiscal de 2018

No tiene Efectos Fiscales

011 Por medio del cual se crean rubros y se adicionan recursos correspondientes al ajuste de las once doceavas vigencia Fiscal de 2018, recursos procedentes de Transporte de Hidrocarburos y Recursos del FONPET por concepto de un Bono Pensional Sin Situación de Fondos al presupuesto

Efecto Fiscal Periodo Determinado

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No de Acuerdo

Título Efecto Fiscal

de Ingresos y Gastos vigencia fiscal de 2018, Municipio de Moniquirá-Boyacá

012 Por el cual se ajusta el Fondo Local de Salud en el presupuesto de Ingresos y Gastos de la vigencia de 2018 del Municipio de Moniquirá- Boyacá.

Efecto Fiscal Periodo Determinado

Fuente: Elaboración propia a partir de Informe Concejo Municipal

3.5 El Plan Financiero

EL Plan Financiero lo define el artículo 7 del Decreto 111 de 1996 en los siguientes términos: “Plan

Financiero es un instrumento de planificación y gestión financiera del sector público, que tiene como

base las operaciones efectivas de las entidades…tomará en consideración las previsiones de

ingresos, gastos, déficit y su financiación compatible con el programa anual de caja y las política

cambiaria y monetaria”. Por lo tanto, por medio de este instrumento es posible establecer el monto de

los recursos disponibles para la ejecución del Plan de Desarrollo y el monto total por año del periodo

de gobierno el cual se materializa en el Plan Operativo Anual de Inversiones.

Este elemento estratégico que hace parte del Marco Fiscal de Mediano Plazo es un componente más

del sistema presupuestal que sirve de base para la proyección del presupuesto anual y el Plan

Operativo Anual de Inversiones; es por esta razón que debe ser aprobado por el órgano de política

fiscal al tiempo con la presentación ante el Concejo Municipal del presupuesto para la siguiente

vigencia fiscal.

El Plan Financiero consiste en la estimación de ingresos y gastos, sin dejar de lado las condiciones

particulares de la entidad territorial en el entendido de considerar los pasivos que tiene el municipio,

hacer seguimiento a los procesos jurídicos en contra de la administración en todos los niveles, y tener

claridad en la estructura de ingresos y gastos, con el fin de establecer de manera clara el cumplimiento

de los límites de gastos de funcionamiento de conformidad con la Ley 617 de 2000 y la capacidad de

endeudamiento de la entidad y el sostenibilidad de la deuda pública de acuerdo con la Ley 388 de

1997 y Ley 819 de 2003.

El Plan Financiero se proyecta a 10 años de periodos fiscales, permitiendo con esto definir las políticas

que se deben adoptar tanto en ingresos como en gastos; y de ser necesario establecer un mecanismo

financiero en caso de alguna eventualidad que surja como consecuencia de algún imprevisto

financiero no contemplado.

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3.5.1 Estimación de los Ingresos

La proyección de los ingresos se estructura sobre el comportamiento histórico de los recursos propios

o fuentes endógenas de la entidad. La proyección de los recursos de fuentes exógenas como el

Sistema General de Participaciones se fundamenta en base en las políticas macroeconómicas del

Banco de la República, y la aplicación de los puntos porcentuales que éstas definan sobre el posible

crecimiento de la economía en los siguientes años.

Tabla 9 Proyección de Ingresos Totales

NOMBRE COMPLETO 2019 2020 2021 2022 2023 2024

INGRESOS 22.351.641.417 22.882.002.760 23.428.274.944 23.990.935.293 24.570.475.452 25.167.401.816

INGRESOS CORRIENTES 17.628.941.405 18.157.809.647 18.702.543.937 19.263.620.255 19.841.528.862 20.436.774.728

INGRESOS CORRIENTES DE LIBRE DESTINACION 6.082.099.175 6.264.562.150 6.452.499.015 6.646.073.985 6.845.456.205 7.050.819.891

RECURSOS DE CAPITAL 4.722.700.012 4.724.193.113 4.725.731.007 4.727.315.038 4.728.946.590 4.730.627.088

NOMBRE COMPLETO 2025 2026 2027 2028 2029 2030

INGRESOS 25.782.235.971 26.415.515.151 27.067.792.706 27.739.638.588 28.431.639.846 29.144.401.142

INGRESOS CORRIENTES 21.049.877.970 21.681.374.309 22.331.815.538 23.001.770.005 23.691.823.105 24.402.577.798

INGRESOS CORRIENTES DE LIBRE DESTINACION 7.262.344.488 7.480.214.822 7.704.621.267 7.935.759.905 8.173.832.702 8.419.047.683

RECURSOS DE CAPITAL 4.732.358.001 4.734.140.842 4.735.977.168 4.737.868.584 4.739.816.742 4.741.823.344

3.5.1.1 Ingresos Corrientes de Libre Destinación - ICLD

Tabla 10 Proyección Ingresos Corrientes de Libre Destinación

INGRESOS CORRIENTES DE LIBRE DESTINACION 5.373.554.808 5.534.761.452 5.700.804.296 5.871.828.425 6.047.983.277 6.229.422.776

INGRESOS TRIBUTARIOS 3.902.138.671 4.019.202.831 4.139.778.916 4.263.972.284 4.391.891.452 4.523.648.196

IMPUESTOS DIRECTOS 2.314.190.402 2.383.616.114 2.455.124.597 2.528.778.335 2.604.641.685 2.682.780.936

Impuesto Predial Unificado 2.061.438.455 2.123.281.609 2.186.980.057 2.252.589.459 2.320.167.142 2.389.772.157

Impuesto Predial Unificado Vigencias Anteriores 252.751.947 260.334.505 268.144.541 276.188.877 284.474.543 293.008.779

IMPUESTOS INDIRECTOS 1.587.948.269 1.635.586.717 1.684.654.319 1.735.193.948 1.787.249.767 1.840.867.260

Industria y Comercio 499.075.292 514.047.551 529.468.977 545.353.047 561.713.638 578.565.047

Avisos y Tableros 53.273.688 54.871.899 56.518.056 58.213.597 59.960.005 61.758.805

Impuesto de Vehículos Automotores 25.123.804 25.877.518 26.653.844 27.453.459 28.277.063 29.125.375

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Delineación Urbana, Estudios y Licencias Urbanísticas 132.933.379 136.921.380 141.029.022 145.259.892 149.617.689 154.106.220

Impuesto de Alumbrado Público 244.494.020 251.828.841 259.383.706 267.165.217 275.180.174 283.435.579

Impuesto de Espectáculos Púbicos 1.000.000 1.030.000 1.060.900 1.092.727 1.125.509 1.159.274

Ocupación de vías 1.578.788 1.626.152 1.674.936 1.725.184 1.776.940 1.830.248

Publicidad Exterior Visual 0 0 0 0 0 0

Sobretasa a la Gasolina 619.071.000 637.643.130 656.772.424 676.475.597 696.769.865 717.672.960

Otros Impuestos Tributarios 11.398.298 11.740.247 12.092.455 12.455.228 12.828.885 13.213.752

INGRESOS NO TRIBUTARIOS 1.471.416.137 1.515.558.621 1.561.025.379 1.607.856.141 1.656.091.825 1.705.774.580

TRANSFERENCIAS Y PARTICIPACIONES 1.292.930.582 1.331.718.500 1.371.670.055 1.412.820.156 1.455.204.761 1.498.860.904

SGP Propósito General Libre Destinación (42%) 1.286.553.371 1.325.149.972 1.364.904.472 1.405.851.606 1.448.027.154 1.491.467.969

Transferencia Eléctrica - Funcionamiento Ley 99 (10%) 6.377.211 6.568.527 6.765.583 6.968.551 7.177.607 7.392.935

TASAS 1.008.788 1.039.052 1.070.223 1.102.330 1.135.400 1.169.462

Subdivisión de Predios 0 0 0 0 0 0

Guías de Movilización de Ganado 0 0 0 0 0 0

Propaganda y Perifoneo 1.008.788 1.039.052 1.070.223 1.102.330 1.135.400 1.169.462

RENTAS CONTRACTUALES 99.852.804 102.848.388 105.933.840 109.111.855 112.385.211 115.756.767

Arrendamiento Bienes Inmuebles 37.685.921 38.816.499 39.980.994 41.180.423 42.415.836 43.688.311

Alquiler de Maquinaria 3.265.883 3.363.859 3.464.775 3.568.719 3.675.780 3.786.053

Plaza de Mercado 58.901.000 60.668.030 62.488.071 64.362.713 66.293.594 68.282.402

MULTAS, SANCIONES E INTERESES 48.507.644 49.962.873 51.461.760 53.005.612 54.595.781 56.233.654

Multas de Gobierno 48.507.644 49.962.873 51.461.760 53.005.612 54.595.781 56.233.654

Multas Código Nacional de Policía 10.109.056 10.412.328 10.724.698 11.046.438 11.377.832 11.719.167

VENTA DE BIENES Y SERVICIOS 29.116.318 29.989.808 30.889.502 31.816.187 32.770.673 33.753.793

Otros Ingresos por Venta de Bienes y Servicios 29.116.318 29.989.808 30.889.502 31.816.187 32.770.673 33.753.793

INGRESOS CORRIENTES DE LIBRE DESTINACION 6.416.305.459 6.608.794.623 6.807.058.461 7.011.270.215 7.221.608.322 7.438.256.571

INGRESOS TRIBUTARIOS 4.659.357.642 4.799.138.371 4.943.112.522 5.091.405.898 5.244.148.075 5.401.472.517

IMPUESTOS DIRECTOS 2.763.264.364 2.846.162.295 2.931.547.164 3.019.493.579 3.110.078.386 3.203.380.738

Impuesto Predial Unificado 2.461.465.321 2.535.309.281 2.611.368.559 2.689.709.616 2.770.400.905 2.853.512.932

Impuesto Predial Unificado Vigencias Anteriores 301.799.043 310.853.014 320.178.604 329.783.963 339.677.481 349.867.806

IMPUESTOS INDIRECTOS 1.896.093.278 1.952.976.076 2.011.565.358 2.071.912.319 2.134.069.689 2.198.091.779

Industria y Comercio 595.921.999 613.799.659 632.213.648 651.180.058 670.715.459 690.836.923

Avisos y Tableros 63.611.570 65.519.917 67.485.514 69.510.080 71.595.382 73.743.243

Impuesto de Vehículos Automotores 29.999.136 30.899.110 31.826.083 32.780.866 33.764.292 34.777.220

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Delineación Urbana, Estudios y Licencias Urbanísticas 158.729.406 163.491.289 168.396.027 173.447.908 178.651.345 184.010.886

Impuesto de Alumbrado Público 291.938.646 300.696.805 309.717.710 319.009.241 328.579.518 338.436.904

Impuesto de Espectáculos Púbicos 1.194.052 1.229.874 1.266.770 1.304.773 1.343.916 1.384.234

Ocupación de vías 1.885.155 1.941.710 1.999.961 2.059.960 2.121.759 2.185.412

Publicidad Exterior Visual 0 0 0 0 0 0

Sobretasa a la Gasolina 739.203.149 761.379.244 784.220.621 807.747.240 831.979.657 856.939.047

Otros Impuestos Tributarios 13.610.164 14.018.469 14.439.023 14.872.194 15.318.360 15.777.911

INGRESOS NO TRIBUTARIOS 1.756.947.817 1.809.656.252 1.863.945.939 1.919.864.317 1.977.460.247 2.036.784.054

TRANSFERENCIAS Y PARTICIPACIONES 1.543.826.731 1.590.141.533 1.637.845.779 1.686.981.152 1.737.590.587 1.789.718.305

SGP Propósito General Libre Destinación (42%) 1.536.212.008 1.582.298.368 1.629.767.319 1.678.660.338 1.729.020.149 1.780.890.753

Transferencias Eléctricas - Funcionamiento Ley 99 (10%) 7.614.723 7.843.165 8.078.460 8.320.814 8.570.438 8.827.551

TASAS 1.204.546 1.240.682 1.277.903 1.316.240 1.355.727 1.396.399

Subdivisión de Predios 0 0 0 0 0 0

Guías de Movilización de Ganado 0 0 0 0 0 0

Propaganda y Perifoneo 1.204.546 1.240.682 1.277.903 1.316.240 1.355.727 1.396.399

RENTAS CONTRACTUALES 119.229.470 122.806.354 126.490.545 130.285.261 134.193.819 138.219.633

Arrendamiento Bienes Inmuebles 44.998.961 46.348.929 47.739.397 49.171.579 50.646.727 52.166.128

Alquiler de Maquinaria 3.899.635 4.016.624 4.137.123 4.261.237 4.389.074 4.520.746

Plaza de Mercado 70.330.874 72.440.801 74.614.025 76.852.445 79.158.019 81.532.759

MULTAS, SANCIONES E INTERESES 57.920.664 59.658.284 61.448.032 63.291.473 65.190.217 67.145.924

Multas de Gobierno 57.920.664 59.658.284 61.448.032 63.291.473 65.190.217 67.145.924

Multas Código Nacional de Policía 12.070.742 12.432.864 12.805.850 13.190.025 13.585.726 13.993.298

VENTA DE BIENES Y SERVICIOS 34.766.406 35.809.399 36.883.681 37.990.191 39.129.897 40.303.794

Otros Ingresos por Venta de Bienes y Servicios 34.766.406 35.809.399 36.883.681 37.990.191 39.129.897 40.303.794

Fuente: Elaboración propia a partir de ejecuciones presupuestales con corte septiembre 2019

3.5.1.2 Ingresos con Destinación Específica por Acto Administrativo

Tabla 11 Ingresos con destinación específica

INGRESOS CORRIENTES PARA GASTOS DIFERENTES A FUNCIONAMIENTO 10.762.655.424 11.085.535.087 11.418.101.139 11.760.644.174 12.113.463.499 12.476.867.404

INGRESOS TRIBUTARIOS DIRECTOS 1.319.717.996 1.359.309.536 1.400.088.822 1.442.091.487 1.485.354.231 1.529.914.858

Sobretasa Bomberil 210.726.992 217.048.802 223.560.266 230.267.074 237.175.086 244.290.339

Sobretasa Corporación Autónoma Regional 409.214.374 421.490.805 434.135.529 447.159.595 460.574.383 474.391.615

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Impuesto por Transporte de Oleoductos y Gaseoductos 348.354.812 358.805.456 369.569.620 380.656.709 392.076.410 403.838.702

Impuesto por Transporte de Oleoductos y Gaseoductos 351.421.818 361.964.473 372.823.407 384.008.109 395.528.352 407.394.203

ESTAMPILLAS 455.968.793 469.647.857 483.737.292 498.249.411 513.196.894 528.592.800

Estampilla Pro Cultura 139.816.489 144.010.984 148.331.313 152.781.253 157.364.690 162.085.631

Estampilla Pro Adulto Mayor 316.152.304 325.636.873 335.405.979 345.468.159 355.832.203 366.507.170

Fuente: Elaboración propia a partir de ejecuciones presupuestales 2019 corte septiembre

CONCEPTO 2024 2025 2026 2027 2028 2029 2030

INGRESOS TRIBUTARIOS DIRECTOS 2.093.394.786 2.156.196.629 2.220.882.528 2.287.509.00

4 2.356.134.27

4 2.426.818.302 2.499.622.851

Sobretasa Bomberil 218.900.196 225.467.202 232.231.218 239.198.155 246.374.099 253.765.322 261.378.282

Sobretasa Corporación Autónoma Regional 471.039.286 485.170.464 499.725.578 514.717.345 530.158.866 546.063.632 562.445.541

Impuesto por Transporte de Oleoductos y Gaseoductos 578.680.915 596.041.343 613.922.583 632.340.260 651.310.468 670.849.782 690.975.276

Impuesto por Transporte de Oleoductos y Gaseoductos 824.774.389 849.517.621 875.003.149 901.253.244 928.290.841 956.139.566 984.823.753

ESTAMPILLAS 874.200.307 900.426.316 927.439.105 955.262.278 983.920.147 1.013.437.751 1.043.840.884

Estampilla Pro Cultura 282.863.673 291.349.583 300.090.071 309.092.773 318.365.556 327.916.523 337.754.018

Estampilla Pro Adulto Mayor 591.336.634 609.076.733 627.349.035 646.169.506 665.554.591 685.521.228 706.086.865

Fuente: Elaboración propia a partir de ejecuciones presupuestales 2019 corte septiembre

3.5.1.3 Recursos Sistema General de Participaciones

Los recursos del Sistema General de Participaciones están determinados por la Ley 715 de 2001 y

1176 de 2007, que a partir de lo determinado en el Acto Legislativo 04 de 2007 se definieron las reglas

para que las entidades territoriales contaran con un crecimiento anual de la base del Sistema General

de Participaciones así: “Entre el año 2011 y el año 2016 el incremento será igual a la tasa de inflación

causada, más una tasa de crecimiento real del 3%”. (Ministerio de Hacienda ,2016). Así miso, quedó

definido un crecimiento adicional para educación, y mediante el mismo Acto Legislativo se contempló

también que de acuerdo con el crecimiento de la economía sobre el 4% en la vigencia, se asignarán

recursos adicionales a las entidades territoriales para financiar los programas de Primera Infancia.

La Ley también define las competencias de las entidades territoriales en cada uno de los sectores de

inversión, así como la asignación y distribución de estos recursos y su respectiva destinación de

acuerdo con las competencias definidas. Con estos recursos, las entidades territoriales deben

financiar el sector Educación calidad, Educación gratuidad, Alimentación Escolar, Agua Potable y

Saneamiento Básico, Salud, Deporte y Recreación, Cultura y demás sectores de inversión contenidos

dentro del componente de Propósito General.

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Tabla 12 Proyección Recursos Sistema General de Participaciones

Nombre completo 2019 2020 2021 2022 2023 2024

SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES 8.986.968.635 9.256.577.694 9.534.275.024 9.820.303.275 10.114.912.373 10.418.359.745

SGP EDUCACIÓN 695.078.873 715.931.239 737.409.176 759.531.452 782.317.395 805.786.917

SGP Educación Calidad Educativa 329.113.516 338.986.921 349.156.529 359.631.225 370.420.162 381.532.767

SGP Educación Matricula Oficial Gratuidad (SSF) 365.965.357 376.944.318 388.252.647 399.900.227 411.897.233 424.254.150

SGP Alimentación Escolar 99.339.704 102.319.895 105.389.492 108.551.177 111.807.712 115.161.943

SGP Apoyo Integral a la Primera Infancia 0 0 0 0 0 0

SGP Agua Potable y Saneamiento Básico 942.053.392 970.314.994 999.424.444 1.029.407.177 1.060.289.392 1.092.098.074

SGP PROPÓSITO GENERAL INVERSIÓN (58%) 2.118.075.807 2.181.618.081 2.247.066.624 2.314.478.622 2.383.912.981 2.455.430.370

SGP- PG. Deporte (4% de SGP -PG. Inversión) 74.753.870 76.996.486 79.306.381 81.685.572 84.136.139 86.660.223

SGP- PG. Cultura (3% de SGP -PG. Inversión) 56.065.403 57.747.365 59.479.786 61.264.180 63.102.105 64.995.168

SGP- PG. Otros Sectores (83% de SGP -PG. Inversión) 1.987.256.534 2.046.874.230 2.108.280.457 2.171.528.871 2.236.674.737 2.303.774.979

SGP Régimen Subsidiado Continuidad S.S.F 4.938.239.472 5.086.386.656 5.238.978.256 5.396.147.604 5.558.032.032 5.724.772.993

SALUD PUBLICA 194.181.387 200.006.829 206.007.033 212.187.244 218.552.862 225.109.448

NOMBRE COMPLETO 2025 2026 2027 2028 2029 2030 SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES 10.730.910.537 11.052.837.854 11.384.422.989 11.725.955.679 12.077.734.349 12.440.066.380

SGP EDUCACIÓN 829.960.525 854.859.340 880.505.121 906.920.274 934.127.882 962.151.719

SGP Educación Calidad Educativa 392.978.750 404.768.112 416.911.155 429.418.490 442.301.045 455.570.076

SGP Educación Matricula Oficial Gratuidad (SSF) 436.981.775 450.091.228 463.593.965 477.501.784 491.826.838 506.581.643

SGP Alimentación Escolar 118.616.802 122.175.306 125.840.565 129.615.782 133.504.255 137.509.383

SGP Apoyo Integral a la Primera Infancia 0 0 0 0 0 0

SGP Agua Potable y Saneamiento Básico 1.124.861.016 1.158.606.847 1.193.365.052 1.229.166.004 1.266.040.984 1.304.022.213

SGP PROPÓSITO GENERAL INVERSIÓN (58%) 2.529.093.282 2.604.966.080 2.683.115.062 2.763.608.514 2.846.516.770 2.931.912.273

SGP- PG. Deporte (4% de SGP -PG. Inversión) 89.260.030 91.937.831 94.695.966 97.536.845 100.462.950 103.476.839

SGP- PG. Cultura (3% de SGP -PG. Inversión) 66.945.023 68.953.374 71.021.975 73.152.634 75.347.213 77.607.630

SGP- PG. Otros Sectores (83% de SGP -PG. Inversión) 2.372.888.228 2.444.074.875 2.517.397.121 2.592.919.035 2.670.706.606 2.750.827.804

SGP Régimen Subsidiado Continuidad S.S.F 5.896.516.182 6.073.411.668 6.255.614.018 6.443.282.438 6.636.580.912 6.835.678.339

SALUD PUBLICA 231.862.731 238.818.613 245.983.171 253.362.667 260.963.547 268.792.453

Fuente: Elaboración propia a partir de datos SICODIS -DNP

El cuadro anterior presenta la proyección de los recursos del Sistema General de participaciones a

partir de las cifras de la presente vigencia fiscal. Vale la pena aclarar que se proyectó sobre el cálculo

inicialmente previsto por la Ley 715 de 2001; es decir aplicando lo definido hasta la vigencia 2016. No

obstante, el valor previsto para cada vigencia proyectada puede variar de acuerdo con las nuevas

reglas que definan para proyectar los recursos para las entidades territoriales.

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3.5.1.4 Recursos de Capital

La proyección de los recursos de capital está supeditada a los conceptos que lo integran, como por

ejemplo los recursos del balance, los recursos de cofinanciación y los recursos de crédito según

aplique y sea el caso. Por lo tanto, y para efectos del presente ejercicio de proyección se tomarán los

recursos del balance la presente vigencia, sin que esta acción quiera decir que sean estos recursos

aquellos con los que siempre se deba contar la entidad. También se tiene en cuenta los recursos de

desahorro del FONPET, y los rendimientos financieros que genera la entidad con las cuentas de ahorro

y corriente que generan rendimientos. No se incluyen los recursos de cofinanciación teniendo en

cuenta que son valores inciertos y que su ingreso no depende de la voluntad de la entidad, sino de la

gestión que se adelante para su financiación.

Tabla 13 Proyección Recursos de Capital

RECURSOS DE CAPITAL 3.860.077.129 3.861.570.230 3.863.108.124 3.864.692.155 3.866.323.707 3.868.004.205

RENDIMIENTOS DE OPERACIONES FINANCIERAS 49.770.032 51.263.133 52.801.027 54.385.058 56.016.610 57.697.108

RECURSOS DEL BALANCE 3.810.307.097 3.810.307.097 3.810.307.097 3.810.307.097 3.810.307.097 3.810.307.097

RECURSOS DE CAPITAL 3.869.735.118 3.871.517.959 3.873.354.285 3.875.245.701 3.877.193.859 3.879.200.461

RENDIMIENTOS DE OPERACIONES FINANCIERAS 59.428.021 61.210.862 63.047.188 64.938.604 66.886.762 68.893.364

RECURSOS DEL BALANCE 3.810.307.097 3.810.307.097 3.810.307.097 3.810.307.097 3.810.307.097 3.810.307.097

Fuente: Elaboración propia a partir de ejecuciones presupuestales 2019 corte septiembre

3.5.1.5 Sistema General de Regalías

Los recursos del Sistema General de Regalías provienen de lo reglado en la Ley 1530 de 2012 por la

cual se regula el Sistema General de Regalías, de conformidad con el artículo 360 de la Constitución

Nacional.

Por cuenta de la ley 1942 de 2018 se llevó a cabo la distribución y asignación de los recursos tanto en

presupuesto de ingresos como el gasto de los recursos del Sistema General de Regalías para el

siguiente bienio; en gastos de funcionamiento destinados al fortalecimiento de los Órganos Colegiados

de Decisión (OCAD), como también aquellos recursos destinados a inversión tanto en los fondos

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beneficiarios del Sistema General de Regalías, como los destinados al cubrimiento de las inversiones

de la entidades territoriales, municipios y departamentos.

Tabla 14 Proyección de recursos de Inversión SGR

Entidad Moniquirá - Boyacá

Fuente: Grupo GFT - DIFP Fecha Reporte: jueves, 22 de agosto de 2019

Concepto 2019 2020 2021 2022 2023 2024

ASIGNACIONES DIRECTAS (AD) $ 1.035.511 $ 1.034.127 $ 1.121.295 $ 1.185.817 $ 1.174.202 $ 1.232.149

FONDO DE DESARROLLO REGIONAL (FDR) $ 0 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0

+ Monto que podrá destinarse a compensar asignaciones directas 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

+ Monto para inversión regional 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

FONDO DE COMPENSACIÓN REGIONAL (FCR) $ 887.068.320 $ 911.743.010 $ 864.448.436 $ 838.668.665 $ 869.755.742 $ 850.049.128

+ Fondo de Compensación Regional (FCR) ->60% 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

+ Fondo de Compensación Regional (FCR) ->40% (Especificas) 887.068.320,00 911.743.010,00 864.448.436,00 838.668.665,00 869.755.742,00 850.049.128,00

FONDO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA E INNOVACION (FCTel) $ 0 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0

FONDO DE AHORRO Y ESTABILIZACION -FAE-(AHORRO) $ 0 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0

FONDO DE AHORRO PENSIONAL TERRITORIAL (FONPET) $ 128.095.779 $ 135.885.577 $ 122.473.441 $ 115.818.122 $ 125.040.451 $ 120.053.995

ASIGNACION PAZ $ 0 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0

Total $ 1.016.199.610 $ 1.048.662.714 $ 988.043.172 $ 955.672.604 $ 995.970.395 $ 971.335.272

1. Concepto 2025 2026 2027 2028

2. ASIGNACIONES DIRECTAS (AD) $ 1.309.658 $ 1.340.753 $ 1.440.190 $ 1.525.581

3. FONDO DE DESARROLLO REGIONAL (FDR) $ 0 $ 0 $ 0 $ 0

4. + Monto que podrá destinarse a compensar asignaciones directas 0,00 0,00 0,00 0,00

5. + Monto para inversión regional 0,00 0,00 0,00 0,00

6. FONDO DE COMPENSACIÓN REGIONAL (FCR) $ 820.635.258 $ 821.748.932 $ 785.474.721 $ 760.579.136

7. + Fondo de Compensación Regional (FCR) ->60% 0,00 0,00 0,00 0,00

8. + Fondo de Compensación Regional (FCR) ->40% (Especificas) 820.635.258,00 821.748.932,00 785.474.721,00 760.579.136,00

9. FONDO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA E INNOVACION (FCTel) $ 0 $ 0 $ 0 $ 0

10. FONDO DE AHORRO Y ESTABILIZACION -FAE-(AHORRO) $ 0 $ 0 $ 0 $ 0

11. FONDO DE AHORRO PENSIONAL TERRITORIAL (FONPET) $ 112.409.730 $ 113.351.676 $ 103.989.936 $ 98.003.999

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12. ASIGNACION PAZ $ 0 $ 0 $ 0 $ 0

13. Total $ 934.354.646 $ 936.441.361 $ 890.904.847 $ 860.108.716

Fuente: SICODIS 2019 DNP

En la anterior tabla se presenta la proyección de los recursos del Sistema General de Regalías para

los próximos años. Esta proyección está sujeta a cambios y modificaciones en razón a la producción

del recurso y a la fluctuación del precio del crudo.

3.5.2 Estimación de los Gastos

La proyección de gastos se sustenta sobre el formato de la estructura del Plan Financiero suministrado

por el Ministerio de Hacienda para la vigencia 2018. El formato que corresponde al 2019 aún no ha

sido publicado por el Ministerio por lo tanto este formato puede variar en su contenido una vez sea

expedido para la formulación del Marco Fiscal de Mediano Plazo de la presente vigencia.

Indicar, para cada componente, los supuestos que sustentan las proyecciones del plan Financiero

contenido en la hoja “Plan Financiero” del archivo de Excel incluido en el Kit Financiero. Utilice un

Anexo No. 5 para indicar los supuestos (si es necesario).

3.5.3 Gastos de Funcionamiento

La proyección de gastos de funcionamiento de las próximas vigencias fiscales se programa con base

en los gastos que a la vigencia 2019 se han ejecutado con corte a septiembre. No obstante, los gastos

de funcionamiento de la vigencia anterior cobran cierta importancia, en razón a que es un referente a

tener en cuenta para regular los gastos a ejecutarse en las diferentes dependencias de la

administración municipal.

Otra situación para tener presente es el total de Ingresos Corrientes de Libre Destinación recaudados

por la administración municipal en la respectiva vigencia fiscal, con el fin de establecer el límite máximo

para tener en cuenta en la utilización de los recursos para el funcionamiento de la entidad. También

es importante tener presente el límite máximo de gasto de los organismos de control como la

Personería y el Concejo Municipal y en ese contexto tener presente lo reglado por el artículo 10 de la

Ley 617 de 2000. A continuación, se presenta la proyección de estos gastos teniendo en cuenta los

parámetros planteados anteriormente.

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Tabla 15 Proyección de Gastos de Funcionamiento

2019 2020 2021 2222 2223 2224

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 3.479.449.316 3.583.832.796 3.691.347.780 3.802.088.213 3.916.150.859 4.033.635.385

SERVICIOS PERSONALES 2.080.943.840 2.143.372.155 2.207.673.320 2.273.903.519 2.342.120.625 2.412.384.243

GASTOS GENERALES 494.478.485 509.312.839 524.592.225 540.329.991 556.539.891 573.236.088

TRANSFERENCIAS CORRIENTES 243.769.165 251.082.240 258.614.707 266.373.148 274.364.343 282.595.273

FONPET BONOS PENSIONALES Y MESADAS PENSIONALES 333.416.016 343.418.497 353.721.052 364.332.683 375.262.664 386.520.544

CONCEJO MUNICIPAL 207.570.519 213.797.635 220.211.564 226.817.911 233.622.448 240.631.122

PERSONERIA MUNICIPAL 119.271.291 122.849.430 126.534.913 130.330.960 134.240.889 138.268.116

2225 2226 2227 2228 2229 2230

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 4.154.644.447 4.279.283.780 4.407.662.293 4.539.892.162 4.676.088.927 4.816.371.595

SERVICIOS PERSONALES 2.484.755.771 2.559.298.444 2.636.077.397 2.715.159.719 2.796.614.511 2.880.512.946

GASTOS GENERALES 590.433.170 608.146.166 626.390.551 645.182.267 664.537.735 684.473.867

TRANSFERENCIAS CORRIENTES 291.073.131 299.805.325 308.799.485 318.063.469 327.605.373 337.433.535

FONPET BONOS PENSIONALES Y MESADAS PENSIONALES 398.116.160 410.059.645 422.361.434 435.032.277 448.083.245 461.525.743

CONCEJO MUNICIPAL 247.850.055 255.285.557 262.944.124 270.832.447 278.957.421 287.326.143

PERSONERIA MUNICIPAL 142.416.159 146.688.644 151.089.303 155.621.982 160.290.642 165.099.361

Fuente: Elaboración propia a partir de proyecciones MFMP

3.5.3.1 Metas de los límites del gasto de funcionamiento de la administración

Las metas límites de gastos de funcionamiento están definidas por la Ley 617 de 2000 en su artículo

6 que define el Valor máximo de los gastos de funcionamiento de los distritos y municipios en los

siguientes términos: “ Durante cada vigencia fiscal los gastos de funcionamiento de los distritos y

municipios no podrán superar como proporción de sus ingresos corrientes de libre destinación, los

siguientes: categoría especial límite 50%; Primera 65%; Segunda y Tercera 70%; y Cuarta, Quinta y

Sexta el 80%”. Por lo anterior y teniendo en cuenta que el Municipio de Moniquirá pertenece a la

categoría sexta, el límite de estos gastos es de máximo el 80% de sus Ingresos Corrientes de Libre

Destinación; los cuales se presentan en el siguiente cuadro.

Tabla 16 Proyección de Límite de Gastos de Funcionamiento

CUMPLIMIENTO DE LEY 617/2000 2019 2020 2021 2022 2023 2024

ICLD BASE PARA CALCULO LEY 617 7.368.652 7.589.711 7.817.403 8.051.924 8.293.480 8.645.017

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 3.479.449 3.583.532 3.691.347 3.802.088 3.916.150 4.033.635

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CUMPLIMIENTO DE LEY 617/2000 2019 2020 2021 2022 2023 2024

RELACION GF/ICLD 47,22 47,22 47,22 47,22 47,22 46,66

LIMITE LE 617 DE 2000 32,78 32,78 32,78 32,78 32,78 33,34 Fuente: Elaboración propia a partir de cálculos de la entidad

La tabla anterior muestra cómo puede ser el comportamiento y la relación de gastos de funcionamiento

sobre los Ingresos Corrientes de Libre Destinación frente al porcentaje de remanente para inversión,

en cumplimiento del artículo 6 de la Ley 617 de 2000 antes en mención.

3.5.3.2 Metas de los límites del gasto de órganos de control

Hacen parte de los organismos de control de la entidad territorial los Concejos Municipales, las

Personerías y en algunos casos las Contraloría Municipales. El municipio de Moniquirá cuenta con el

Concejo Municipal y la Personería, que, para el efecto, estos organismos deben dar cumplimiento al

artículo 10 de la Ley 617 de 2000 en los siguientes términos: “Artículo 10. Valor máximo de los gastos

de los Concejos, Personerías, Contraloría Distritales y Municipales. Durante cada vigencia fiscal, los

gastos de los Concejos no podrán superar el valor correspondiente al total de los honorarios que se

causen por número de sesiones autorizado en el artículo 20 de esta ley, más el uno punto cinco por

ciento (1.5%) de los Ingresos Corrientes de Libre Destinación.

Los gastos de personerías, contralorías distritales y municipales, donde las hubiere, no podrán superar

los siguientes límites”: para el caso del municipio de Moniquirá por ser se sexta categoría, no podrá

superar los 150 salarios mínimos los gastos de la Personería Municipal y el Concejo no podrá superar

más del valor correspondiente a las 70 sesiones ordinarios, 20 sesiones extraordinarias más el 1.5%

de los Ingresos Corrientes de Libre Destinación.

En el siguiente cuadro se presenta la proyección de los gastos de los organismos de control, de

acuerdo con la proyección de los Ingresos Corrientes de Libre Destinación para cada vigencia fiscal.

Tabla 17 Proyección de Gastos Organismos de Control

GASTOS FUNCIONAMIENTO 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024

CONCEJO MUNICIPAL 201.524.776,00 207.570.519 213.797.635 220.211.564 226.817.911 233.622.448 240.631.122

PERSONERIA MUNICIPAL 115.797.370,07 119.271.291 122.849.430 126.534.913 130.330.960 134.240.889 138.268.116

GASTOS FUNCIONAMIENTO 2025 2026 2027 2028 2029 2030

CONCEJO MUNICIPAL 247.850.055 255.285.557 262.944.124 270.832.447 278.957.421 287.326.143

PERSONERIA MUNICIPAL 142.416.159 146.688.644 151.089.303 155.621.982 160.290.642 165.099.361

Fuente: Elaboración propia a partir de proyecciones MFMP

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3.5.3.3 Vigencias Futuras en Gastos de Funcionamiento

El municipio de Moniquirá no tiene constituidas vigencias futuras con gastos de funcionamiento.

3.5.4 Gastos de Inversión

Los gastos de inversión del Plan Financiero se soportan sobre la ejecución de recursos de inversión

de la vigencia 2018. Por lo anterior, se consolida la inversión proyectada en dos sectores a saber:

formación bruta de capital que reúne todas las inversiones realizadas dentro de cada sector de

inversión enfocadas más a inversión en obra pública e infraestructura y el resto de las inversiones

realizadas, enfocadas a la inversión en sectores sociales y gasto público social.

Tabla 18 Proyección de Gastos de Inversión

CONCEPTO 2019 2020 2021 2022 2023 2024

GASTOS DE CAPITAL INVERSIÓN 22.818.767 22.825.613 22.832.460 22.839.310 22.846.162 22.853.016

FORMACIÓN BRUTA DE CAPITAL FIJO 7.637.387 7.639.678 7.641.970 7.644.263 7.646.556 7.648.850

RESTO DE INVERSIONES 15.181.380 15.185.934 15.190.490 15.195.047 15.199.606 15.204.166

CONCEPTO 2025 2026 2027 2028 2029 2030

GASTOS DE CAPITAL INVERSIÓN 22.859.872 22.866.730 22.873.590 22.880.452 22.887.316 22.894.182

FORMACION BRUTA DE CAPITAL FIJO 7.651.145 7.653.440 7.655.736 7.658.033 7.660.330 7.662.628

RESTO DE INVERSIONES 15.208.727 15.213.290 15.217.854 15.222.419 15.226.986 15.231.554

Fuente: Elaboración propia a partir de proyecciones MFMP-2020-2030

Las anteriores proyecciones están sujetas a la dinámica de la administración y la planeación del gasto

que propongan las próximas administraciones de conformidad con sus respectivos Planes de

Desarrollo. Sin embargo, es un referente a tener en cuenta para regular la inversión social de cada

vigencia.

3.5.4.1 Vigencias Futuras en Gastos de Inversión

Las vigencias futuras en gastos de inversión de años anteriores se resumen en un proyecto que está

en proceso de ejecución en cofinanciación con el Departamento de la Prosperidad Social. Las

vigencias fueron autorizadas mediante el Acuerdo No 003 de 2018 “Por medio del cual se autoriza al

Alcalde Municipal de Moniquirá- Boyacá, para asumir compromisos que afectan la vigencia fiscal 2019,

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bajo la modalidad de vigencia futura ordinaria, para la ejecución de un proyecto de inversión con

recursos provenientes del Convenio 616 FIT 2017 suscrito con el departamento administrativo para la

Prosperidad Social”. La fuente de financiación es cofinanciación Nacional Departamento para la

Prosperidad Social y el compromiso se termina en la presente vigencia.

3.5.5 Servicio de la Deuda

El Municipio de Moniquirá no cuenta con deuda pública a la fecha, por lo tanto, la capacidad de

endeudamiento se presenta en el acápite de nivel de deuda pública y análisis de sostenibilidad.

3.6 Las metas de superávit primario, el nivel de deuda pública y un análisis de su sostenibilidad

Las metas de superávit primario a que se refiere este ítem corresponden a determinar si en el horizonte

de tiempo para el cual fue proyectado el Marco Fiscal la entidad puede garantizar el pago de los

intereses de la deuda adquirida. Por lo tanto, cuando se habla de superávit primario la entidad debe

estimar y efectuar el siguiente ejercicio: tomar los ingresos corrientes definidos como aquellos ingresos

que recibe la entidad de manera recurrente (Decreto 111 de 1996), más la suma de los ingresos de

capital (también en los términos definidos en el Estatuto Orgánico de Presupuesto), descontado los

recursos del crédito, privatizaciones, descapitalizaciones de empresas públicas etc.); menos los

gastos de funcionamiento, los gastos de inversión y los gastos de operación comercial. Sin embargo,

no hay que desconocer que este ejercicio se debe adelantar para cada vigencia fiscal que presente

deuda, con el fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones en cada una de las vigencias

fiscales que presenten deuda, pues de lo que se trata es de garantiza un endeudamiento sostenible,

de tal manera que en el tiempo se cumplan con los siguientes reglas: Intereses/ Ahorro operacional

multiplicado por 100 menor o igual de 40%; y el saldo de la deuda/ ingresos corrientes multiplicado

por 100 < 80%; y ahorro primario/intereses multiplicado por 100 mayor o igual a 100%.

El superávit primario está definido en la Ley 819 de 2003 y su sostenibilidad de presenta en la relación

que existe entre el pago de intereses y el ahorro primario, el cual se calcula con los ingresos corrientes

más los recursos de capital menos los gastos de funcionamiento, gastos de inversión y gastos de

operación comercial (SP=IC+RC-GF-GI-GOC). Por su parte la aplicación de la fórmula de ahorro

operacional que responde al indicador de sostenibilidad es:

Intereses *100 / Ahorro Operacional = menor o igual al 40%

Saldo de la deuda *100 /Ingresos Corrientes = menor del 80%

Ahorro primario/Intereses*100 = mayor o igual al 100%

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Las metas de superávit primario para el presente Marco Fiscal de Mediano Plazo están proyectadas

con un supuesto de deuda pública de (1.000) mil millones de pesos, a cuatro años de amortización de

capital y un año de periodo de gracia, tasa de interés DTF+4.5 efectiva anual.

Así las cosas, la proyección del superávit primario se calcula en relación de los intereses causados y

pagados en cada vigencia y el ahorro primario que se da en relación ingresos/ gastos, dado en el

horizonte de la deuda adquirida.

La medición del indicador de sostenibilidad de la deuda con relación al ejercicio de superávit primario

presentado es sostenible en el tiempo de acuerdo con el formato expuesto en el siguiente acápite a

partir de la vigencia 2019 y hasta el 2025, año en el cual se salda la supuesta deuda propuesta para

este ejercicio.

3.6.1 Las metas de superávit primario

Tabla 19 Metas de Superávit Primario

MONIQUIRÁ METAS DEL SUPERAVIT PRIMARIO

LEY 819 DE 2003 (millones de pesos)

CONCEPTOS 2017 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024

INGRESOS CORRIENTES

23.359

24.842

25.744

26.517

27.312

28.132

28.976

29.845

RECURSOS DE CAPITAL

8.517

7.944

6.160

5.385

5.487

5.651

5.821

5.996

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

3.048

4.153

3.550

3.657

3.766

3.879

3.996

4.115

GASTOS DE INVERSION

23.122

23.754

26.804

27.367

28.188

29.033

29.904

30.801

SUPERAVIT O DEFICIT

PRIMARIO 5.706 4.878 1.550 878 845 871 897 924

INDICADOR (superávit primario /

Intereses) > = 100%

73749,3% 891825,6% 0,0% 0,0% 0,0% 0,0% 0,0% 0,0%

SOSTENIBLE SOSTENIBLE

Millones de pesos

Servicio de la Deuda por:

2017 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024

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Intereses 8

1

-

-

-

-

-

-

Fuente: Elaboración propia a partir de proyecciones MFMP

3.6.2 Nivel de deuda pública y análisis de su sostenibilidad

En análisis de indicadores de deuda pública se define con base en el artículo 364 de la Constitución

Política, el cual dispuso como principio general del endeudamiento de las entidades territoriales que

no puede exceder su capacidad de pago. Para ello, la misma ley determino la medición de dos

indicadores como son solvencia y sostenibilidad, medición que se establece con el siguiente criterio

de cálculo y el supuesto de endeudamiento de (1.000) millones de pesos. Se toma este valor como

supuesto para el ejercicio, gracias a que la entidad no presenta deuda a la fecha, situación que no

permite realizar un análisis de la capacidad de endeudamiento de la entidad. En ese orden de ideas

se presenta el siguiente cuadro que permite hacer el análisis de los dos indicadores de solvencia y

sostenibilidad sin evento de riesgo y con evento de riesgo.

Tabla 20 Capacidad de Endeudamiento

REFERENTE DE LA CAPACIDAD DE ENDEUDAMIENTO

IPC PROYECTADO

MONIQUIRÁ 3,0% 3,0% 3,0% 3,0% 3,0% 3,0% 3,0% 3,0% 3,0% 3,0% 3,0%

Valores en millones de pesos PROYECCION CAPACIDAD LEGAL DE ENDEUDAMIENTO - LEY 358 DE 1997

Concepto

Capacidad de endeudamiento (Ley 358/97) 2019

2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 2027 2028 2029 2030

1. Ingresos corrientes Ley 358 de 1997 (1.1-1.2)

13.078 13.603 14.011 14.431 14.864 15.310 15.769 16.242 16.730 17.231 17.748 18.281

1.1 Ingresos corrientes (sin descontar vigencias futuras)

13.206 13.603 14.011 14.431 14.864 15.310 15.769 16.242 16.730 17.231 17.748 18.281

1.2 Vigencias futuras 128

2. Gastos de funcionamiento 4.033 4.154 4.279 4.407 4.540 4.676 4.816 4.961 5.109 5.263 5.421 5.583

3. Ahorro operacional (1-2) 9.045 9.448 9.732 10.024 10.324 10.634 10.953 11.282 11.620 11.969 12.328 12.698

4. Saldo neto de la deuda con nuevo crédito (4.1-4.2-4.3+4.4)

0 1.000 800 600 400 200 0 0 0 0 0 0

4.1 Saldo de la deuda antes de amortizaciones (4.1.1-4.1.2+4.1.3+4.1.4)

0 1.000 1.000 800 600 400 200 0 0 0 0 0

4.1.1 Saldo de la deuda a 31 de diciembre de la vigencia anterior

0 0 1.000 800 600 400 200 0 0 0 0 0

4.1.2 Saldo de la deuda a 31 de diciembre de la vigencia anterior - financiada con regalías

0 0 0

4.1.3 Valor de los créditos contratados en la vigencia y no desembolsados

0

4.1.4 Valor del nuevo crédito a contratar - proyección de desembolsos

1.000

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4.2 Amortizaciones de la vigencia (4.2.1-4.2.2+4.2.3)

0 0 200 200 200 200 200 0 0 0 0 0

4.2.1 Amortizaciones de deuda para la vigencia

0

4.2.2 Amortizaciones de deuda financiada con regalías

0

4.2.3 Amortizaciones del Nuevo Crédito 200 200 200 200 200

4.3 Créditos condonables 0

4.4 Amortizaciones de créditos condonables 0

5. Intereses de la vigencia (5.1-5.2+5.3) 0 50 100 90 80 70 60 0 0 0 0 0

5.1 Intereses de la deuda vigente 0

5.2 Intereses de la deuda financiada con regalías

0

5.3 Intereses del Nuevo Crédito 50 100 90 80 70 60

SOLVENCIA = Intereses / Ahorro operacional = (5/3) - Sin cobertura de riesgo

0% 1% 1% 1% 1% 1% 1% 0% 0% 0% 0% 0%

SOSTENIBILIDAD = Saldo deuda / Ingresos corrientes = (4/1) - Sin Cobertura de riesgo

0% 7% 6% 4% 3% 1% 0% 0% 0% 0% 0% 0%

SEMÁFORO: Estado actual de la entidad VERDE VERDE VERDE VERDE VERDE VERDE VERDE VERDE VERDE VERDE VERDE VERDE

SEMÁFORO: Estado actual de la entidad 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1

SOLVENCIA = Intereses / Ahorro operacional = (9/3) - Con cobertura de riesgo

#¡DIV/0! #¡DIV/0! 2% 2% 1% 1% 1% #¡DIV/

0! #¡DIV/

0! #¡DIV/

0! #¡DIV/

0! #¡DIV/

0!

SOSTENIBILIDAD = Saldo deuda / Ingresos corrientes = (18/1) Con cobertura de riesgo

0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0%

DATOS PARA ESTABLECER CUBERTURAS DE RIESGO LEY 819 DE 2003

2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 2027 2028 2029 2030

6. TASA DE INTERES IMPLICITA DE LOS CREDITOS #¡DIV/0! #¡DIV/0! 10% 11% 13% 18% 30%

#¡DIV/0!

#¡DIV/0!

#¡DIV/0!

#¡DIV/0!

#¡DIV/0!

7. PORCENTAJE DE COBERTURA EN TASA DE INTERES 0,741 0,741 0,741 0,741 0,741 0,741 0,741 0,741 0,741 0,741 0,741 0,741

8. TASA DE INTERES CON COBERTURA DE RIESGO #¡DIV/0! #¡DIV/0! 17,41% 19,59% 23,21% 30,47% 52,23%

#¡DIV/0!

#¡DIV/0!

#¡DIV/0!

#¡DIV/0!

#¡DIV/0!

9. INTERESES PROYECTADOS CON COBERTURA DE RIESGO #¡DIV/0! #¡DIV/0! 174 157 139 122 104

#¡DIV/0!

#¡DIV/0!

#¡DIV/0!

#¡DIV/0!

#¡DIV/0!

10. TASA REPRESENTATIVA DEL MERCADO (SUPUESTOS MACROECONOMICOS) 3.238,00 3.149,39

3.200,70

3.252,86

3.276,67

3.334,18

3.403,57

3.457,04

3.510,99

3.565,34

3.625,84

3.686,99

11. SALDO DEUDA EXTERNA EN PESOS=VALOR EN DOLARES POR LA TASA DE CAMBIO DE LA FILA 38

12. SALDO DE LA DEUDA INTERNA EN PESOS

13. TOTAL SALDO DE LA DEUDA EN PESOS 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

14. DIFERENCIA (SI HAY VALOR DIFERENTE A CERO; CORREGIR SALDOS FILAS 44 Y 45) 0 1.000 1.000 800 600 400 200 0 0 0 0 0

15. PORCENTAJE DE COBERTURA EN TASA DE CAMBIO 0,14095 0,14095

0,14095

0,14095

0,14095

0,14095

0,14095

0,14095

0,14095

0,14095

0,14095

0,14095

16. TASA REPRESENTATIVA DE MERCADO ESTRESADA 3.694 3.593 3.652 3.711 3.739 3.804 3.883 3.944 4.006 4.068 4.137 4.207

17. SALDO DE LA DEUDA EXTERNA CON COBERTURA DE RIESGO EN TASA DE CAMBIO 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

18. SALDO DE LA DEUDA TOTAL CON COBERTURA DE RIESGO EN TASA DE CAMBIO 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

19. DIFERENCIA EN SALDO POR COBERTURA 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

Fuente: Elaboración Propia a partir del Marco Fiscal de Mediano Plazo 2020-2023

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En cumplimiento de lo establecido en la Ley 358 de 1997 el municipio de Moniquirá presenta un

semáforo verde para el horizonte de la deuda supuesta. Por lo tanto, la solvencia es decir el cálculo

de los intereses sobre el ahorro operacional por cada vigencia del horizonte de la deuda se calcula en

1% por cada vigencia, este indicador debe ser menor o igual al 40%; cumpliendo ampliamente con

este indicador.

Ahora bien, si analizamos la cobertura del indicador solvencia sin cobertura de riesgo, se tiene que

para el horizonte de la capacidad de endeudamiento analizada dentro del Marco Fiscal de Mediano

Plazo, es decir con un posible endeudamiento de 1000 millones de pesos, el indicador presenta para

el año 2020 una solvencia de 1%, para la vigencia 2021 de 1%, para el 2022 de un 1% al igual que

para el 2022, y para el 2024 término de la supuesta deuda un 1% de solvencia con cobertura de riesgo.

Por su parte la cobertura de riesgo es una tasa de interés externa que se tiene en cuenta como margen

de riesgo. Esta tasa de interés la define la Resolución No 0908 del 30 de junio de 2017, emitida por la

Superintendencia financiera, presentando el indicador a partir del año 2021 con 2%, lo mismos para

el 2022 del 2% y los tres años restantes de posible deuda con1% de solvencia con cobertura de riesgo.

Para la sostenibilidad contiene el equivalente al saldo de la deuda sobre los ingresos corrientes de

libre destinación, para el 2020 es del 7%, para el 2021 de 6%, para el 2022 de 4%, para el 2023 de

3%, para el 2024 de 1%. La medición de este indicador debe ser menor o igual al 80%.

La sostenibilidad analizada con cobertura de riesgo presenta para la vigencia 2020 una sostenibilidad

con cobertura de riesgo de 0% para todas las vigencias del supuesto endeudamiento; concluyendo

con esto que los ingresos corrientes son suficientes para cubrir la deuda, aun aplicando la tasa de

interés que presenta la cobertura de riesgo.

En conclusión, cumple con los dos criterios de ley 358 y su semáforo es verde, que quiere decir que

tiene capacidad de endeudamiento.

3.7 Acciones y medidas específicas en las que se sustenta el cumplimiento de las metas, con sus

correspondientes cronogramas de ejecución

El municipio de Moniquirá no se encuentra en Programa de Saneamiento fiscal y financiero.

Así mismo, cumple con el artículo 6 de la Ley 617 de 2000, y no se encuentra en proceso de

restructuración de pasivos de la Ley 550 de 1999.

La entidad no requiere de un programa de saneamiento fiscal y financiero, es una entidad que puede

subsistir con sus recursos propios, sin tener en cuenta las trasferencias para funcionamiento de la Ley

715 de 2001, o trasferencias de libre destinación.

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3.7.1 Acciones de rápida ejecución e inmediato resultado y de impacto significativo

Las acciones de rápida ejecución que puede considerar la administración municipal para mejorar sus

indicadores de eficiencia fiscal y administrativa pueden ser:

a) Mejorar la capacidad de recaudo de impuesto predial, principalmente de aquellos predios que

se encuentran mora.

b) Tomar el censo de la base de datos de industria y comercio y adelantar una revisión de locales

y de las respectivas carpetas con el fin de verificar su pago oportuno.

c) Actualización del Estatuto tributario municipal

d) Tratar de disminuir los gastos de funcionamiento de la entidad

e) Fortalecer las áreas de gestión de la entidad territorial

3.7.2 Acciones de impacto a mediano y largo plazo

Adopción de medidas que impacten a mediano plazo como

a) Actualización de censo de contribuyentes

b) Proceso de recuperación de cartera

c) Actualización del estatuto tributario municipal

d) Cumplir con el pago de bonos y cuotas partes pensionales

e) Actualización de base de datos de historias laborales.

f) Hacer la gestión ante el FONPET para pago de bonos, cuotas partes y mesadas pensionales.

g) Optimizar la planta de personal existente.

3.7.3 Ajustes al Plan de Desarrollo, Replantear el POAI y/o el Plan Indicativo y los demás

instrumentos de planeación.

Al momento de presentación de este documento, se ha determinado el logro de metas propuestas

dentro del plan de desarrollo para la vigencia 2016, 2017 y 2018 así como la modificación de acuerdo

con las proyecciones de metas de producto para 2019. Dado que es el último año de vigencia del Plan

de Desarrollo “Grandes Cambios Grandes Resultados” vale la pena mencionar que en un alto

porcentaje el cumplimiento de metas propuestas es una realidad. Ahora, si se trata de rendir un informe

en relación con la ejecución de metas, en el Informe de Gestión que se presentará al culminar la

vigencia constitucional se hará un reporte de los logros obtenidos durante el periodo de gobierno.

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El Plan Operativo Anual de Inversiones es una herramienta de planificación de recursos de inversión

que permite programar la ejecución de recursos de inversión en cada vigencia fiscal. No obstante, el

Plan Anual de Inversiones debe recoger todos los programas y productos programados dentro del

Plan de Desarrollo, su ajuste corresponde en este caso al acuerdo para el cumplimiento de las metas

de producto propuestas para la vigencia fiscal.

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REFRENCIAS BIBLIOGRAFICAS Normatividad

Constitución Política de Colombia

Congreso de la República, Ley 358 de 1997

Congreso de la República, Ley 617 de 2000

Congreso de la República, Ley 715 de 2001

Congreso de la República, Ley 819 de 2003

Congresos de la República Ley 1530 de 2012

Congresos de la República Ley 1942 de 2018

Presidencia de la República, Decreto 111de 1996

Concejo Municipal Moniquirá: Acuerdo 011 de 2012

Páginas Web

www.DANE.gov.co,

www.DNP.gov.co,

www.contraloriagenradelarepublica.gov.co

www.portaleterritorial.gov.co

www.ministereriodehacienda.gov.co

Jurisprudencia

Corte Constitucional, Sentencia C 804 de 2001

Corte Constitucional, Sentencia C 511 de 1996

Corte Constitucional, Sentencia C 341 de 1998

Corte Constitucional, Sentencia C 250 de 2003

Documentos.

MFMP-2019-2029

Ejecuciones Presupuestales Secretaria de Hacienda Municipio de Moniquirá