Mapa Conceptual de La Politica Publica

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  • MAPA CONCEPTUAL DE POLTICA PBLICA PARA LA PREVENCIN, PROTECCIN, ATENCIN, ASISTENCIA Y REPARACIN INTEGRAL A LAS VCTIMAS

    COMPONENTE DE POLITICA

    DESCRIPCIN LINEAS DE ACCION DEL COMPONENTE MEDIDAS DERECHOS INSTANCIA

    Componente de Verdad

    Busca reconocer a las vctimas, sus familiares y la sociedad en general el derecho a conocer la verdad acerca de los hechos, los motivos y las circunstancias en que se cometieron las violaciones que trata el artculo 3 de la Ley.

    a) Verdad Histrica. Promueve procesos de construccin, recuperacin, difusin y preservacin de la memoria histrica, sobre los motivos y circunstancias en que se cometieron las violaciones a los derechos humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario en Colombia. b) Verdad Judicial. Desarrolla acciones orientadas a garantizar a las vctimas, testigos, defensores y otros sujetos, el acceso, publicidad o derecho a obtener informacin, en el marco de los procesos judiciales de las violaciones a los DDHH y el DIH.

    Construccin de la memoria.

    Derecho a la verdad Subcomit de Medidas de satisfaccin

    Proteccin y preservacin de la memoria histrica.

    Difusin y apropiacin colectiva de la verdad y la memoria.

    Acceso a informacin judicial sobre el esclarecimiento de los hechos.

    Derecho a la justicia

    Subcomit de prevencin, proteccin y

    garantas de no repeticin

  • COMPONENTE DE POLITICA

    DESCRIPCIN LINEAS DE ACCION DEL COMPONENTE MEDIDAS DERECHOS INSTANCIA

    Componente de Justicia

    Este componente busca el esclarecimiento de las violaciones, la

    identificacin de los responsables y su respectiva sancin.

    a) Verdad Judicial. La verdad judicial en este componente, se complementa con el componente de verdad anteriormente sealado. De esta manera, se desarrollan las acciones que se deben realizar para que la verdad judicial, que resulta de los procesos judiciales, sea conocida por las vctimas, y por la sociedad en su conjunto. As mismo, este componente deber incorporar una estrategia de lucha contra la impunidad, que contiene lneas de intervencin orientadas a mejorar la capacidad institucional de las entidades concernidas, teniendo como fundamento la articulacin entre las entidades competentes en esta materia. b) Acceso a la Justicia. Disea e implanta mecanismos efectivos de acceso a la justicia y proteccin de los derechos de las vctimas, contra las violaciones a los derechos humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario en Colombia.

    Esclarecimiento de los hechos

    Derecho a la verdad Derecho a la Justicia

    Subsistema de Justicia (Sistema

    Nacional de Derechos

    Humanos). El Ministerio de Justicia es el

    coordinador de este subsistema y la

    secretara tcnica la ejerce el Programa

    Presidencial de Derechos Humanos.

    Identificacin de los responsables

    Sancin

    Componente de Prevencin y Proteccin

    Integra las acciones y medidas encaminadas a promover y salvaguardar el respeto y la garanta de los derechos humanos de todas las personas, grupos y comunidades sujetos a la jurisdiccin del Estado colombiano y en especial de aquellos en situacin de riesgo extraordinario o

    a) La prevencin, corresponde a evitar la ocurrencia de violaciones a los DDHH y DIH, y neutralizar o superar las causas y circunstancias que generan riesgo en el marco del conflicto.

    b) La proteccin se orienta a salvaguardar los derechos a la vida e integridad personal, mediante la adopcin de medidas especiales para personas,

    Prevencin Temprana

    Derecho a la Vida Derecho a la Integridad Derecho a la Libertad Derecho a la Seguridad personal Derecho a la Proteccin de Tierras

    Subcomit de prevencin, proteccin y

    garantas de no repeticin - PPGNR Prevencin Urgente

  • COMPONENTE DE POLITICA

    DESCRIPCIN LINEAS DE ACCION DEL COMPONENTE MEDIDAS DERECHOS INSTANCIA

    extremo. grupos o comunidades en situacin de riesgo extraordinario o extremo. Adems se articulan las acciones orientadas a la Proteccin Patrimonial, de Tierras y Territorios, que buscan garantizar a las vctimas el derecho a la propiedad y usufructo de sus tierras o de los territorios colectivos, en riesgo de ser abandonados o despojados.

    Garantas de no repeticin (lnea de accin del componente de reparacin integral, que se trabaja en el Subcomit PPGNR)

    Derecho al retorno o la reubicacin

    Proteccin

    Proteccin de bienes patrimoniales

    Componente de Atencin y Asistencia

    De acuerdo con lo contemplado en el artculo 49 de la Ley 1448 de 2011, la Asistencia est dirigida a restablecer los derechos de las vctimas, garantizar las condiciones para llevar una vida digna y garantizar su incorporacin a la vida social, econmica y poltica, a travs de un conjunto integrado de medidas, programas y recursos de orden poltico, econmico, social, fiscal, entre otros.

    Segn lo contemplado en el artculo 49 de la Ley 1448 de 2011, las medidas de atencin estn dirigidas a brindar informacin, orientacin y acompaamiento jurdico y psicosocial, con el propsito de facilitar el ejercicio de los derechos a la verdad, la justicia y la reparacin integral de la poblacin vctima. As mismo, la asistencia constituye un conjunto integrado de medidas, programas y recursos de orden poltico, econmico, social, fiscal, dirigidos a restablecer los derechos de las vctimas, garantizar su incorporacin a la vida social, econmica y poltica.

    Acciones de dar informacin y orientacin.

    Derecho a la Subsistencia Mnima (alojamiento, alimentacin, atencin mdica y psicosocial y vestuarios - en la emergencia) Derecho a la Salud Derecho a la Educacin Derecho a la Identificacin Derecho a la Reunificacin Familiar Derecho a la

    Subcomit de Atencin y Asistencia

    Acompaamiento jurdico y psicosocial.

    Ayuda Atencin Humanitaria

    Identificacin (Incluye entrega de documentos y de libretas militares).

    Asistencia en Salud

    Asistencia en Educacin

  • COMPONENTE DE POLITICA

    DESCRIPCIN LINEAS DE ACCION DEL COMPONENTE MEDIDAS DERECHOS INSTANCIA

    Alimentacin alimentacin Derecho al Retorno y la Reubicacin Derecho al trabajo Reunificacin familiar

    Generacin de ingresos

    Asistencia Funeraria

    Componente de Reparacin Integral

    Este componente tiene como objetivo reparar de manera integral, adecuada, diferenciada, transformadora y efectiva a las vctimas, por el dao sufrido como consecuencia de las violaciones a los derechos humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario en Colombia. Para tal fin, contempla las medidas de restitucin, indemnizacin, rehabilitacin, satisfaccin y garantas de no repeticin.

    A. Restitucin. Corresponde al restablecimiento de la situacin existente de las vctimas, antes de las violaciones a los derechos humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario en Colombia. Segn lo contenido en la ley 1448 de 2011, el decreto 4800 y Plan Nacional de Atencin y Reparacin Integral a Vctimas, en el marco de la restitucin se contemplan varias medidas.

    Restitucin de tierras que busca el restablecimiento del goce jurdico y material de las tierras y territorios abandonados forzosamente o despojados.

    Derecho a la Vivienda Derecho al Trabajo Derecho a la Restitucin de Tierras Derecho a la Reparacin Integral Derecho al Retorno y la Reubicacin

    Subcomit de Restitucin

    Restitucin de vivienda, tiene como fin atender de manera progresiva a las vctimas cuyas viviendas hayan sido afectadas por despojo, abandono, prdida o menoscabo, a travs del subsidio familiar de vivienda rural o urbana.

  • COMPONENTE DE POLITICA

    DESCRIPCIN LINEAS DE ACCION DEL COMPONENTE MEDIDAS DERECHOS INSTANCIA

    Medidas para la promocin del empleo rural y urbano destinadas a brindar las herramientas necesarias para que las vctimas puedan entrar a competir en el mercado laboral en igualdad de condiciones.

    Estrategias relacionadas con los mecanismos para el acceso a crditos en condiciones especiales para las vctimas, permitindoles la recuperacin de su capacidad productiva haciendo uso de lneas de crdito de redescuento.

    Retornos y reubicaciones y las acciones desarrolladas para el restablecimiento y la reparacin de una persona desplazada por causa del conflicto armado interno, dada por la posibilidad de retornar al lugar habitual de residencia, o reubicarse en otro distinto, en condiciones de voluntariedad, seguridad y dignidad.

    Transversal a todos los Subcomits

  • COMPONENTE DE POLITICA

    DESCRIPCIN LINEAS DE ACCION DEL COMPONENTE MEDIDAS DERECHOS INSTANCIA

    B. Rehabilitacin. Consiste en el conjunto de estrategias, planes, programas y acciones de carcter jurdico, mdico, psicolgico y social dirigidos al restablecimiento de las condiciones fsicas y psicosociales de las vctimas.

    Rehabilitacin fsica y mental. Derecho a la Salud Derecho a la Reparacin Integral

    Subcomit de rehabilitacin

    Rehabilitacin psicosocial

    Rehabilitacin social y comunitaria.

    C. Indemnizacin. Consiste en una compensacin econmica entregada a las vctimas por los perjuicios causados con ocasin de las violaciones a los derechos humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario en Colombia, lo anterior, teniendo en cuenta la naturaleza y el impacto del hecho victimizante, el dao causado y el estado de vulnerabilidad actual de la vctima, desde un enfoque diferencial y con observancia de los principios de progresividad y gradualidad.

    Entrega de la Indemnizacin administrativa.

    Derecho a la Reparacin Integral

    Subcomit de Indemnizacin

    Acompaamiento para la inversin adecuada de los recursos, con el propsito de que las vctimas puedan reconstruir su proyecto de vida en diferentes componentes (formacin tcnica o profesional para las vctimas o sus hijos, creacin o fortalecimiento de empresas productivas o activos productivos, adquisicin o mejoramiento de vivienda nueva o usada o adquisicin de inmuebles rurales).

  • COMPONENTE DE POLITICA

    DESCRIPCIN LINEAS DE ACCION DEL COMPONENTE MEDIDAS DERECHOS INSTANCIA

    D. Medidas de Satisfaccin. Restablecimiento de la dignidad de las vctimas y difundir la verdad sobre lo sucedido, con el fin de proporcionar bienestar y contribuir a mitigar su dolor.

    Reparacin simblica, (aceptaciones pblicas de hechos y solicitudes de perdn pblico, acciones en materia de memoria histrica, conmemoraciones: da nacional de la memoria, museo nacional de la memoria).

    Derecho a la Verdad Derecho a la Reparacin Integral Derecho a la Justicia

    Subcomit de medidas de Satisfaccin

    Exencin de la prestacin del servicio militar

    E. Garantas de no repeticin: Cuando las violaciones graves y manifiestas a las normas Internacionales de Derechos Humanos o las infracciones al Derecho Internacional Humanitario ya han sido consumadas, el Estado debe adoptar programas y proyectos de no repeticin que incluyan acciones afirmativas, econmicas y polticas que desarrollen medidas adecuadas para que las vctimas no vuelvan a ser objeto de violaciones a los Derechos Humanos ni infracciones al Derecho Internacional Humanitario.

    Eficacia de la garanta del derecho al acceso a la justicia

    Derecho a la Vida Derecho a la Integridad Derecho a la Libertad Derecho a la Seguridad personal Derecho a la Proteccin de Tierras Derecho al retorno o la reubicacin Derecho a la justicia

    Subcomit de prevencin, proteccin y

    garantas de no repeticin

    Impulso a la investigacin de conductas violatorias de los derechos humanos en el marco del conflicto armado.

    Fortalecimiento de estrategias pedaggicas y de comunicacin encaminadas a la promocin de valores relacionados con la cultura poltica democrtica

    Lucha contra la impunidad

    Reconciliacin

  • COMPONENTE DE POLITICA

    DESCRIPCIN LINEAS DE ACCION DEL COMPONENTE MEDIDAS DERECHOS INSTANCIA

    F. Reparacin Colectiva. Segn lo dispuesto en la Ley 1448 de 2011 en el artculo 151 el Programa de Reparacin Colectiva dirigido a sujetos de reparacin colectiva que hayan sufrido un dao colectivo ocasionado por la violacin de los derechos colectivos; la violacin grave y manifiesta de los derechos individuales de los miembros de los colectivos; o un impacto colectivo por la violacin de derechos individuales, ocurridas con ocasin del conflicto armado interno. Debe entenderse a la reparacin colectiva como un derecho del que son titulares los grupos, pueblos u organizaciones sociales y polticas que hayan sido afectadas por el dao, por lo que se busca garantizar la reparacin justa, adecuada y proporcional a las vctimas colectivas de la violencia como frmula para el trnsito hacia la paz duradera y la convivencia. La Reparacin Colectiva para sujetos tnicos. De acuerdo con los decretos-ley 4633, 4634 y 4635 de 2011, se concibe la reparacin colectiva cuando un pueblo o comunidad, como sujeto colectivo, haya sufrido el menoscabo de sus derechos a causa de hechos victimizantes individuales que impacten a la

    Restitucin de territorios y retorno y/o reubicacin para sujetos colectivos.

    Derecho a la Reparacin Integral

    Subcomit de Reparacin Colectiva

    Reconocimiento y dignificacin de los sujetos de reparacin colectiva mediante la reconstruccin y preservacin de la memoria histrica.

    Generacin de empleo y autoempleo para sujetos de reparacin colectiva.

    Cogestin, coordinacin y priorizacin para el goce efectivo de derechos

    Restitucin de derechos de grupos sociales y polticos.

    Rehabilitacin comunitaria y reconstruccin del tejido social.

  • COMPONENTE DE POLITICA

    DESCRIPCIN LINEAS DE ACCION DEL COMPONENTE MEDIDAS DERECHOS INSTANCIA

    totalidad del colectivo o de hechos que afecten al colectivo en pleno, causando daos a la integridad tnica y cultural, al territorio, a la autonoma y a la libre circulacin. La formulacin y consulta previa de un Plan Integral de Reparacin Colectiva - PIRC, segn los decretos ley, es necesario la caracterizacin de los daos y afectaciones con la participacin y el consentimiento de la comunidad afectada y con estos resultados, se proceder a la formulacin de medidas necesarias para reparar integral y colectivamente a la comunidad frente a los daos causados. Esta reparacin precisa medidas diferenciales en la dimensin material e inmaterial.

    Reparacin de las afectaciones ocasionadas al ambiente.

  • EJES TRANSVERSALES

    Enfoque Diferencial

    Segn el artculo 13 de la Ley 1448 de 2011, el principio de enfoque diferencial reconoce que hay poblaciones con caractersticas particulares en razn de su edad, gnero, orientacin sexual y situacin de discapacidad. As mismo el reconocimiento de ste enfoque implica que el Estado ofrecer especiales garantas y medidas de proteccin a los grupos expuestos a mayor riesgo de las violaciones tales como mujeres, jvenes, nios y nias, adultos mayores, personas en situacin de discapacidad, campesinos, lderes sociales, miembros de organizaciones sindicales, defensores de derechos humanos y vctimas de desplazamiento forzado.

    Subcomit de Enfoque Diferencial

    Articulacin Nacin - Territorio

    Segn lo dispuesto por el Decreto 4800 de 2011, se entiende como la relacin estratgica entre las entidades nacionales y territoriales con el propsito de prevenir, asistir, atender y reparar integralmente a las vctimas en los trminos del artculo 3 de la Ley 1448 de 2011. La articulacin entre el nivel nacional y territorial busca el reconocimiento de la heterogeneidad de las entidades territoriales en cuanto a sus capacidades fiscales, administrativas y financieras, y el desarrollo de diversos mecanismos, herramientas y estrategias a partir de los principios constitucionales y legales de corresponsabilidad, coordinacin, concurrencia, complementariedad, subsidiariedad, eficiencia, equilibrio de recursos y competencias. La articulacin nacin - territorio a travs de la gestin de las entidades territoriales toma en cuenta la potencialidad econmica y la atencin a los temas sociales, culturales y ambientales. Para esto integra espacios, actores, la produccin de bienes y servicios, as como las polticas pblicas de intervencin con reconocimiento de la diversidad geogrfica, histrica, econmica, ambiental, tnica y cultural e identidad regional.

    Subcomit de Nacin - Territorio

  • Enfoque Psicosocial.

    El enfoque psicosocial comprende lo que resulta de la interaccin entre la vida mental individual y la vida mental de los colectivos. Es una perspectiva que reconoce la interdependencia entre lo psicolgico y lo social. Para desarrollar la aplicabilidad de ste enfoque la UARIV, es la encargada de disear las directrices del enfoque psicosocial y las dems entidades del SNARIV debern adoptarlas en el marco de sus competencias. (Decreto 4800 de 2011 - Art 163.) El enfoque psicosocial para vctimas del conflicto armado colombiano recoge los principios generales que define la Ley de Vctimas: el enfoque de daos, la integralidad de las medidas, el enfoque de derechos, el diferencial y el transformador. De la misma forma se ha definido los objetivos del enfoque psicosocial en los procesos de reparacin: Atender el sufrimiento que surge como consecuencia de los daos causados por las graves violaciones al DIH y al DDHH, Dar sentido a las medidas de reparacin para que sean coherentes con la experiencia de sufrimiento de las vctimas. Mitigar los daos, y Promover el restablecimiento de las vctimas De manera adicional, en la atencin que busca la Reparacin Integral de las vctimas, el enfoque psicosocial est orientado a tres propsitos: Reconocimiento y la dignificacin: busca incorporar al quehacer de la atencin acciones que eviten la retraumatizacin y la revictimizacin, lo cual se traduce en lograr una prctica de la atencin de accin sin dao. Las atenciones focalizadas: atienden las necesidades psicosociales que se dan en el marco de los procesos de atencin, asistencia y reparacin integral. La atencin psicosocial con propsitos de rehabilitacin.

    Subcomit de rehabilitacin

    Participacin efectiva de las Vctimas.

    Como participacin efectiva de las vctimas se entiende el ejercicio que estas hacen del derecho a la participacin a travs del uso y disposicin real y material de los mecanismos democrticos y los instrumentos previstos en la Constitucin y las leyes. Segn el Decreto 4800 de 2011 Art 261, se entiende por participacin aquel derecho de las vctimas a informarse, intervenir, presentar observaciones, recibir retroalimentacin y coadyuvar de manera voluntaria, en el diseo de los instrumentos de implementacin, seguimiento y evaluacin de las disposiciones previstas en la Ley 1448 de 2011 y los planes, programas y proyectos implementados para fines de materializar su cumplimiento.

    Transversal a todos los Subcomits

    Sistemas de Informacin

    Contempla las acciones encaminadas a desarrollar l Registro nico de Vctimas (RUV) y la Red Nacional de Informacin (RNI) como elementos transversales para que los componentes de la poltica de atencin, asistencia y reparacin integral se implementen y sean el medio para que se genere el engranaje requerido entre las entidades responsables para prestar las medidas contempladas en la Ley 1448 de 2011.

    Subcomit de Sistemas de Informacin

    Fuente: Ley 1448 de 2011 - Decreto 4800 de 2011 - Decreto 1725 de 2012 - CONPES 3726 de 2011 Subdireccin de coordinacin tcnica del SNARIV - Unidad para la Atencin y Reparacin Integral a las Vctimas Fecha de actualizacin: 20 de mayo de 2014