MANUAL PARA UNA SANA CONVIVENCIA · contruyamos de manera conjunta una cultura escolar de sana...

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I.E. FE Y ALEGRÍA VILLA DE LA CANDELARIA MANUAL PARA UNA SANA CONVIVENCIA Versión 3 2016

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I.E. FE Y ALEGRÍA VILLA DE LA CANDELARIA

MANUAL PARA UNA SANA

CONVIVENCIA

Versión 3

2016

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Contenido

ESCUDO INSTITUCIONAL ............................................................................................................ 6

HIMNO DE FE Y ALEGRIA ............................................................................................................ 6

PRESENTACIÓN ............................................................................................................................. 7

1. IDENTIFICACIÓN DE LA INSTITUCIÓN ............................................................................. 8

1.1. Reseña histórica ................................................................................................................... 8

1.2. Filosofía de la institución educativa Fe y Alegría Villa de la Candelaria ..................... 9

1.3. Misión ..................................................................................................................................... 9

1.4. Visión ...................................................................................................................................... 9

1.5. Política y objetivos de calidad ............................................................................................. 9

1.6. Objetivos de calidad ............................................................................................................. 9

1.7. Objetivos institucionales .................................................................................................... 10

1.8. Principios y valores de Fe y Alegría ................................................................................ 10

1.9. Perfiles .................................................................................................................................. 12

1.9.1. Perfil del Estudiante .................................................................................................... 12

1.9.2 Perfil del Rector y Coordinadores ............................................................................. 13

1.9.3. Perfil del docente ......................................................................................................... 13

1.9.4. Perfil del docente orientador ...................................................................................... 14

1.9.5. Perfil de los padres de familia ................................................................................... 14

1.9.6. Perfil de Personal de apoyo, administrativo y logístico ......................................... 14

2. OBJETIVOS, JUSTIFICACIÓN Y MARCO JURÍDICO DEL MANUAL DE

CONVIVENCIA ............................................................................................................................... 15

2.1 Objetivos del Manual De Convivencia .............................................................................. 15

2.2. Justificación al manual de convivencia ........................................................................... 16

2.3. Marco jurídico del manual de convivencia ...................................................................... 16

2.3.1. Marco constitucional ................................................................................................... 16

2.3.2. Marco legal ................................................................................................................... 18

2.3.3. Decretos reglamentarios y demás normatividad vigente ...................................... 18

3. EL GOBIERNO ESCOLAR ....................................................................................................... 20

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3.1. El gobierno escolar y la organización institucional ........................................................ 20

3.2. Comunidad educativa ........................................................................................................ 20

3.2.1. Los estudiantes ............................................................................................................ 20

3.2.2. Los docentes ................................................................................................................ 20

3.2.3. Los padres de familia o acudientes .......................................................................... 20

3.2.4. Los Directivos Docentes ............................................................................................. 20

3.3. Obligatoriedad del gobierno escolar ................................................................................ 21

3.4. Órganos del gobierno escolar ........................................................................................... 21

3.5. El rector ................................................................................................................................ 21

3.6. Integración del consejo directivo ...................................................................................... 22

3.6.1. Funciones del consejo directivo ................................................................................ 22

3.7. Consejo académico ............................................................................................................ 23

3.7.1. Funciones del consejo académico ............................................................................ 23

4. OTROS ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN ............................................................................ 24

4.1. Comité escolar de convivencia ..................................................................................... 24

4.1.1. Integración del comité escolar de convivencia ....................................................... 24

4.1.2. Funciones del comité escolar de convivencia. ....................................................... 25

4.1.3. De los Comités Escolares De Convivencia ............................................................. 25

4.2. Equipo de mediación escolar ............................................................................................ 26

4.2.1 Integración equipo de mediación escolar ................................................................. 26

4.2.2 Principios de la mediación escolar ............................................................................ 26

4.2.3. Funciones del mediador escolar ............................................................................... 27

4.3. Representación de los estudiantes. ................................................................................. 27

4.4. El Consejo Estudiantil. ....................................................................................................... 27

4.4.1 Representantes de grado ............................................................................................... 28

4.5. Personero de los Estudiantes. .......................................................................................... 29

4.5.1. Funciones y perfil del personero estudiantil ............................................................ 29

4.6. El representante de los estudiantes al consejo Directivo ............................................. 30

4.7. Contralor escolar ................................................................................................................. 30

4.7.1. Funciones del contralor escolar ................................................................................ 30

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4.8. Asociación de egresados .............................................................................................. 31

4.9. Representación de los padres de familia. ....................................................................... 31

El consejo de padres de familia. .............................................................................................. 31

4.10.1. Funciones del Consejo de Padres.......................................................................... 31

4.11. De la revocatoria del mandato a los representantes elegidos ante los órganos del

gobierno escolar y los otros órganos de participación democrática ................................... 32

5. LOS ESTUDIANTES Y EL AMBIENTE ESCOLAR .............................................................. 33

5.1. De las admisiones, las matrículas y la calidad de estudiante ..................................... 33

5.1.1. Adquisición de la calidad de estudiante ................................................................... 33

5.1.2. Matrícula. ...................................................................................................................... 33

5.1.3. Pérdida de la calidad de estudiante ......................................................................... 33

5.1.4. La Admisión .................................................................................................................. 34

5.1.5. Comité de Admisiones ................................................................................................ 34

5.2. De la permanencia en la institución educativa Fe y Alegría Villa de la Candelaria . 34

5.2.1. Causales de exclusión. ............................................................................................... 34

5.2.2. Garantía del Debido proceso ..................................................................................... 35

5.3. De los actos de graduación ............................................................................................... 35

5.3.1. Ceremonia de graduación. ......................................................................................... 35

5.3.2. Uniforme para graduación .......................................................................................... 35

5.4. Bienestar comunitario y ambiente escolar ...................................................................... 35

5.4.1. Reglas de higiene personal, de prevención y de salud pública ........................... 35

5.5. De los bienes personales y los de uso colectivo ........................................................... 36

5.5.1. Ambiente escolar ......................................................................................................... 36

6. DE LOS DERECHOS, DEBERES Y/O RESPONSABILIDADES DE CADA

INTEGRANTE DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA. .................................................................. 37

6.1. De los alumnos ................................................................................................................... 37

6.1.1. Deberes y derechos .................................................................................................... 37

6.1.2. Deberes de los estudiantes. ...................................................................................... 37

6.1.3. Derechos de los estudiantes ..................................................................................... 40

6.2. De los padres de familia. ................................................................................................... 41

6.2.1. Deberes y derechos .................................................................................................... 41

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6.3. De los directivos y docentes de la institución. ................................................................ 42

6.3.1. De los deberes y derechos. ....................................................................................... 42

6.4. Del rector de la institución. ................................................................................................ 43

6.4.1. De los deberes y derechos ........................................................................................ 43

6.5. Del personal de servicios y de apoyo logístico y/o administrativo .............................. 45

6.5.1. De los deberes y derechos ........................................................................................ 45

6.5.2. Derechos personales de servicios y de apoyo logístico y/o administrativo ....... 45

7. DE LAS DEFINICIONES, SITUACIONES CONVIVENCIALES, LOS PROTOCOLOS DE

ATENCIÓN Y LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL ............................................................... 45

7.1 Definiciones. ......................................................................................................................... 45

7.2 Situaciones. .......................................................................................................................... 47

7.2.1. Situaciones Tipo I. ....................................................................................................... 47

7.2.2 Situaciones Tipo II: ....................................................................................................... 48

7.2.3 Situaciones Tipo III: ...................................................................................................... 49

7.3. Protocolos de atención: ..................................................................................................... 49

7.3.1 De los protocolos para la atención de Situaciones Tipo l: ..................................... 50

7.3.2. De los protocolos para la atención de Situaciones Tipo II: ................................... 51

7.3.3 De los protocolos para la atención de Situaciones Tipo III: ................................... 52

7.4. Ruta de atención Integral. ................................................................................................. 53

7.4.1. Componentes de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. ... 53

7.4.2. Protocolos de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar: ......... 57

8. PROCEDIMIENTOS Y ACCIONES CORRECTIVAS .......................................................... 58

8.1. Debido proceso. .................................................................................................................. 58

8.2. Principios del debido proceso convivencial. ................................................................... 58

8.3. Conducto regular convivencial. ........................................................................................ 58

8.4. Conducto regular académico. ........................................................................................... 59

8.5. Principios del debido proceso académico. ..................................................................... 59

8.6. Procedimiento de aplicación del conducto regular académico. .................................. 59

8.7. Procedimientos para estudiantes sancionados ............................................................ 60

9. DE LOS VALORES DESTACADOS Y LOS ESTIMULOS. ................................................. 60

9.1. Estímulos para los estudiantes. ........................................................................................ 60

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9.2. Estímulo para los docentes. .............................................................................................. 60

10. SISTEMA INSTITUCIONAL EVALUATIVO. ........................................................................ 61

10.1. Criterios de evaluación. ................................................................................................... 61

10.2. Criterios de promoción ..................................................................................................... 62

10.3 Criterios de no promoción ................................................................................................ 62

10.4. Criterios para determinar la valoración definitiva por área ........................................ 64

10.5. Acciones de seguimiento para el mejoramiento del desempeño de los estudiantes

durante el año escolar ............................................................................................................... 64

10.6. Instancias, procedimientos y mecanismos de atención y resolución de

reclamaciones de padres de familia y estudiantes sobre la evaluación y promoción. .... 65

10.7. Criterios y procesos para garantizar la promoción al grado siguiente de aquellos

estudiantes que no la obtuvieron en el año lectivo anterior ................................................. 65

10.8. Promoción anticipada. ..................................................................................................... 66

11. DE LA REFORMA DEL MANUAL DE CONVIVENCIA. ..................................................... 66

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ESCUDO INSTITUCIONAL

HIMNO DE FE Y ALEGRIA

CORO

Fe que da la Alegría, Fe que da la Ilusión, Construimos unidos

La esperanza de Dios. (Bis)

ESTROFAS Esperanza que es Vida,

Es justicia y amor No quedar satisfechos

Mientras haya dolor. (Bis)

Formaremos un pueblo De noble corazón,

Donde nuestros hermanos No sufran opresión, (Bis)

Por Colombia luchemos,

Con afán, con ardor, Expresando en la vida,

La exigencia de amor. (Bis)

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PRESENTACIÓN

La comunidad de la institución educativa Fe y Alegría Villa de la Candelaria, consciente de la necesidad de construir paso a paso su vida interna como COMUNIDAD y después de realizar una revisión y corrección minuciosa del manual de convivencia, presenta los acuerdos y normas que permitirán mediar y resolver los conflictos que ocurren en su interior de manera justa y con la plena observancia de las disposiciones constitucionales y legales, con especial énfasis en el debido proceso y el ejercicio del derecho de defensa como garantías de las personas en un Estado Social de Derecho como el nuestro. Se tiene claro que en una sociedad pluralista y diversa como la nuestra, se establece la libertad de expresión como principio fundador de un estado garantista, y en ese sentido no se debe dejar de lado que la Institución Educativa está formando a las niñas y los jóvenes para que logren una identidad basada en criterios y valores firmes, que les permita participar activamente en la sociedad futura. La ley general de educación, ley 115 en el artículo 73, establece que las Instituciones Educativas deben definir su carácter propio, es decir, expresar públicamente su identidad y el tipo de educación que ofrece a la sociedad. La constitución de 1991 en el artículo 68, reconoce el derecho de los padres de familia a elegir el tipo de educación y de escuela que prefieran para sus hijos menores. La institución educativa Fe y Alegría Villa de la Candelaria asume este Manual para fortalecer su accionar educativo y contribuir a la calidad de la educación.

CONTRUYAMOS DE MANERA CONJUNTA UNA CULTURA ESCOLAR DE SANA

CONVIVENCIA Y SOLUCION PACÍFICA DE CONFLICTOS.

“EL QUE PIENSA DISTINTO A MI NO ES MI ENEMIGO, ES SOLO MI CONTRADICTOR QUE ME DA LA POSIBILIDAD DE APRECIAR OTRA REALIDAD”

LA CONVIVENCIA ESCOLAR La convivencia escolar se puede entender como la acción de vivir en compañía de otras

personas en el contexto escolar de manera pacífica y armónica. Se refiere al conjunto de relaciones que ocurren entre las personas que hacen parte de la comunidad educativa, el

cual debe enfocarse en el logro de los objetivos educativos y su desarrollo integral

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1. IDENTIFICACIÓN DE LA INSTITUCIÓN 1.1. Reseña histórica La Institución educativa Fe y Alegría Villa de la Candelaria nace en calidad de Escuela en 1980, bajo la dirección de la Hermana Teresa Forero y como respuesta a las necesidades educativas del sector. Inicia sus labores con cuatro grupos ubicados en la caseta de la acción comunal y en los sótanos de la casa de la emisora hasta 1983, cuando se inicia la construcción de la actual planta física. En 1988 asume la dirección el señor Rubén Darío Aguilar hasta 1998, tiempo en el cual se construyen algunos salones, el restaurante escolar y el aula múltiple y se tiene capacidad para un total de 800 niños distribuidos en 20 grupos y con 20 educadores. En 1998 asume la dirección la Hermana Marta María Restrepo de la comunidad de las Hermanas Hospitalarias de la Santa Cruz. En 1999 se inicia el ciclo de secundaria con el grado sexto. La Resolución No. 7004 del 3 de agosto de 1999 da aprobación al colegio Fe y Alegría Villa de la Candelaria desde preescolar hasta noveno. En el año 2000 por Resolución Departamental No. 4578 del 01 de julio aprueba los estudios para los niveles de preescolar, primaria y secundaria. El 27 de noviembre del 2002 por Resolución No. 16248, aprueba la Institución educativa Fe y Alegría Villa de la Candelaria. En el año 2004 se continuó con el ciclo de educación Media y Técnica en sistemas de información (Resolución Municipal 715 del 23 noviembre de 2004) mediante convenio de articulación con la Escuela Superior de Mercadeo ESUMER; graduando la primera promoción de bachilleres técnicos en Informática con énfasis en Sistemas de Información. En este mismo año se da inicio al ciclo de educación preescolar. En el 2005 se realiza un nuevo convenio con el Instituto Tecnológico de Antioquia para el Ciclo de la media Técnica en informática, con el apoyo económico de la Secretaría de Educación. En el 2007 la Institución es vinculada por la secretaría de educación de Medellín a los proyectos de calidad, siendo de gran beneficio para la misma es sus programas académicos, administrativos y comunitarios. En noviembre de 2008 se le concede la Certificación en procesos de gestión de la calidad ISO 9001-2000. En el 2009 a través de la Resolución 03353 de abril de 2009 se cambia el título que se otorgaba a los bachilleres técnicos por: Desarrollo de Software. Igualmente se gradúan los primeros bachilleres académicos, bajo la Resolución 10979 de noviembre de 2009. En el 2011 siguiendo las orientaciones dadas desde Secretaría de Educación se adopta un nuevo convenio de articulación para la media técnica con el Instituto Tecnológico Metropolitano (ITM). En el 2013 se inicia un nuevo convenio para la media técnica con el Politécnico Jaime Isaza Cadavid, el cual se encarga desde ese año de los procesos académicos para graduar a los jóvenes como técnicos en Desarrollo de Software.

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1.2. Filosofía de la institución educativa Fe y Alegría Villa de la Candelaria

En la Institución Educativa, como parte integral del movimiento Alegría y siguiendo las orientaciones del padre José María Vélaz, se pretende orientar de manera coherente y práctica a los educandos para que participen del proceso de formación y, de esta forma, propendan por mejores condiciones de vida a través de la educación. Cada uno de los estamentos de la comunidad educativa debe fomentar los valores religiosos, éticos, espirituales, culturales, investigativos y étnicos; ya que sin ellos sería de difícil aprehensión una educación integral.

1.3. Misión

La institución educativa Fe y Alegría Villa de la Candelaria es una institución de carácter oficial que presta servicios educativos en los niveles de preescolar, básica primaria, básica secundaria y media técnica pretendiendo formar hombres y mujeres en valores humanos éticos y sociales conscientes de sus potencialidades y de la realidad que los rodea, competentes para influir y transformar su contexto.

1.4. Visión

La institución educativa Fe y Alegría Villa de la Candelaria será una institución reconocida por la calidad de sus procesos pedagógicos: formativos, académicos y tecnológicos que trascienda el ambiente escolar al contexto social desde la formación integral del ser humano.

1.5. Política y objetivos de calidad

"Brindar un servicio educativo de calidad, basado en los principios de inclusión, participación y comunicación asertiva; que favorezca la mejora continua en los procesos pedagógicos y de convivencia escolar".

1.6. Objetivos de calidad

Mantener activos mecanismos de comunicación que faciliten la interacción permanente entre los miembros de la comunidad educativa.

Promover estrategias que conlleven al cumplimiento de las políticas de inclusión definidas por la institución.

Propiciar espacios de participación para los miembros de la comunidad educativa, que dinamicen los procesos escolares.

Direccionar la mejora continua en los procesos pedagógicos y de convivencia. .

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1.7. Objetivos institucionales

Formar hombres y mujeres con proyectos de vida basados en valores, éticos, sociales, familiares, culturales; capaces de identificar su contexto y de influir en él significativamente.

Fomentar y desarrollar las habilidades, destrezas e intereses de los estudiantes; propiciando el respeto por la diferencia en todos los campos de la actividad humana, a través de la participación de los diferentes actores de la comunidad educativa en la toma de decisiones.

Facilitar en los integrantes de la comunidad educativa que las interacciones tanto al interior como al exterior de la Institución Educativa sean armónicas y consensuadas.

Propiciar de manera continua la autonomía y el respeto como valores que conllevan a una educación integral y democrática desde la Institución.

1.8. Principios y valores de Fe y Alegría

Los principios fundamentales para el sistema educativo están consignados en la constitución política de 1991 y la ley general de educación de 1994 de la siguiente manera: “La educación es un derecho de las personas y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura. La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia y en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del medio ambiente”. Teniendo en cuenta lo anterior, la Institución busca que la persona sea protagonista de sus aprendizajes, que el alumno(a) se descubra y valore como persona y sea responsable de su vida y de la realidad en que vive participando activamente; pretendiendo que eleven su autoestima y que la experiencia de aprender sea en sí misma una experiencia de construcción de la propia personalidad. Un proceso de construcción, deconstrucción y reconstrucción permanente, que los aprendizajes preparen para la vida a personas capaces de encontrar su propio rol en la sociedad. La Institución seleccionará contenidos pertinentes apropiados para cada edad, que correspondan al mundo de intereses y necesidades del grupo, de su entorno natural y social y que los alumnos construyan saberes útiles que les permitan aprender a solucionar diferentes problemas de su vida cotidiana. Los principios se basarán en los siguientes criterios:

Aprendizaje como experiencia placentera para alumnos y docentes: El aprendizaje debe ser una experiencia gratificante y debe dar lugar a un disfrute placentero de alumnos y docentes, porque se aprende para ser mejor, para actuar en la realidad y mejorar la calidad de vida. Despertar el interés auténtico por conocer, estudiar e

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investigar; es poner en el camino correcto a personas que seguirán aprendiendo y mejorando toda la vida.

Participación democrática: requiere claridad en las relaciones docente-alumno, en los roles a desempeñar, en el significado de la disciplina pero, sobre todo, en el convencimiento de que solamente en el ejercicio autónomo de la libertad se pueden construir verdaderas relaciones democráticas.

El docente, mediador cognitivo y afectivo: El docente diseña cuidadosamente las actividades que han de provocar los aprendizajes, elige y pone los retos que los alumnos deben asumir y enfrentar para lograr la construcción de conocimientos, el desarrollo de habilidades y de actitudes; y pone al alcance los medios que han de necesitar, motiva y promueve el uso de estrategias dadas y propias. Asume la tarea de enseñar como el acompañamiento en el proceso de empoderamiento de los educandos.

El docente crea un clima afectivo favorable, guía y orienta a los educandos en la construcción de sus propios saberes. Los alumnos son los verdaderos protagonistas en el proceso educativo. Se involucran directamente en el proceso de construcción de sus aprendizajes al interactuar entre ellos, con sus maestros y con los recursos y materiales que se emplean.

Demuestran adhesión a los valores que se fomentan y los incorporan a su actuar en la vida cotidiana, de tal manera que pueda ser autónomo en la vida de su comunidad, en función del logro de sus objetivos, con las características de su propio modo de sentir y actuar.

Los valores que se fomentarán son:

Nota: estos principios se toman de la Constitución Política de Colombia, la ley general de educación y los principios rectores de Fe y Alegría. Además de nuestro enfoque en el proyecto de calidad.

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Se incluyen además los principios del Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar: (Art. 5, Ley 1620) Participación. En virtud de este principio las entidades y establecimientos educativos deben garantizar su participación activa para la coordinación y armonización de acciones, en el ejercicio de sus respectivas funciones, que permitan el cumplimiento de los fines del Sistema. Al tenor de la Ley 115 de 1994 y de los artículos 31, 32, 43 Y 44 de la Ley 1098 de 2006, los establecimientos educativos deben garantizar el derecho a la participación de niños, niñas y adolescentes en el desarrollo de las estrategias y acciones que se adelanten dentro de los mismos en el marco del Sistema. En armonía con los artículos 113 y 288 de la Constitución Política, los diferentes estamentos estatales deben actuar en el marco de la coordinación, concurrencia, complementariedad y subsidiariedad; respondiendo a sus funciones misionales. Corresponsabilidad. La familia, los establecimientos educativos, la sociedad y el Estado son corresponsables de la formación ciudadana, la promoción de la convivencia escolar, la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes desde sus respectivos ámbitos de acción, en torno a los objetivos del Sistema y de conformidad con lo consagrado en el artículo 44 de la Constitución Política y el Código de Infancia y la Adolescencia. Autonomía: Los individuos, entidades territoriales e instituciones educativas son autónomos en concordancia con la Constitución Política y dentro de los límites fijados por las leyes, normas y disposiciones Diversidad: El Sistema se fundamenta en el reconocimiento, respeto y valoración de la dignidad propia y ajena, sin discriminación por razones de género, orientación o identidad sexual, etnia o condición física, social o cultural. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir una educación y formación que se fundamente en una concepción integral de la persona y la dignidad humana, en ambientes pacíficos, democráticos e incluyentes. Integralidad: La filosofía del sistema será integral, y estará orientada hacia la promoción de la educación para la autorregulación del individuo, de la educación para la sanción social y de la educación en el respeto a la Constitución y las leyes.

1.9. Perfiles

Los perfiles de los integrantes de la comunidad educativa de la institución educativa Fe y Alegría Villa de la Candelaria estarán orientados al cumplimiento de los objetivos de la Institución.

1.9.1. Perfil del Estudiante

Ser jóvenes constructores de sus proyectos de vida, en los cuales involucren no sólo su propio bienestar futuro, sino también el de su familia y la sociedad que lo rodea.

Poseer los conocimientos, habilidades y destrezas básicas para que así puedan aprovechar con éxito las oportunidades y desafíos que se presenten en los niveles

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laboral, académico, investigativo, cultural, artístico, deportivo, recreativo, afectivo, social y/o comunitario

Destacarse en valores tales como: Espíritu de superación, responsabilidad, honestidad, liderazgo, solidaridad, tolerancia, respeto y amor por la vida.

Ser persona con sentido crítico, analítico y propositivo, que viva y actúe democráticamente y que luche de diversas formas, dentro de los parámetros constitucionales contra todo tipo de injusticias y atropellos, para mejorar su entorno y por ende contribuir a la construcción de un orden social más humano.

Tener sentido de pertenencia con la Institución o entidad en la que actualmente estudie o trabaje, con el sector donde viva, con Medellín, con Antioquia y con Colombia.

1.9.2 Perfil del Rector y Coordinadores

Capacidad de comunicarse con los diferentes estamentos de la comunidad educativa, sin establecer barreras con sus características de personalidad.

Capacidad de confiar en los demás y de liderar procesos institucionales.

Dar oportunidad de participar en la gestión organizacional a través de los consejos que integran el Gobierno Escolar.

Que tenga sentido de pertenencia con la comunidad educativa Fe y Alegría Villa de la Candelaria y viva su filosofía.

Abierto al dialogo, con capacidad para formar y trabajar en equipo.

Conocedor y respetuoso de la normatividad educativa vigente.

Poseer cualidades personales, profesionales como: sincero, honesto, justo, dinámico, eficiente, responsable, solidario, colaborador, ejemplar, comprensivo, original, objetivo y creativo.

Infundir confianza y seguridad a los integrantes de la comunidad educativa Fe y Alegría Villa de la Candelaria.

Poseer un proyecto de vida claramente definido, en el que su profesión sea el eje central.

1.9.3. Perfil del docente

Maneja con dominio los contenidos indispensables para potenciar el desarrollo crítico y constructivo de sus educandos.

Tienen manejo de grupo, control organizado de todos los pasos metodológicos de su proceso enseñanza aprendizaje.

Tiene una actitud abierta al cambio, a las modificaciones e innovaciones pedagógicas, tendientes a mejorar los ambientes de aprendizaje.

Se identifica y se compromete con los fines, la filosofía, la construcción y aplicación del manual de convivencia en busca de la calidad educativa de la Institución.

Prepara para la vida y el desempeño posterior en cualquier ámbito de la sociedad.

Incrementa en el estudiante la capacidad de liderazgo.

Conoce las normas y reglamentaciones vigentes del presente manual de convivencia.

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Tiene sentido crítico, analítico para identificar, reportar y hacer seguimiento a los casos que afecten la convivencia escolar.

Propicia la identificación del educando teniendo en cuenta su formación integral, enseñanzas y vivencias dentro de la sociedad.

1.9.4. Perfil del docente orientador

Que comparta y vivencie la filosofía de la comunidad educativa Fe y Alegría Villa de la Candelaria.

Buena conducta moral dentro y fuera de la comunidad educativa Fe y Alegría Villa de la Candelaria.

Dedicación a las actividades de bienestar Estudiantil y en general a las que programe la comunidad educativa Fe y Alegría Villa de la Candelaria.

Dispuesto al diálogo y la reflexión.

Conocedor de los programas de proyección a la comunidad y demás que contribuyan a la formación integral de los alumnos.

Con disposición para trabajar en equipo.

Con capacidad de análisis y persuasión.

Que tenga buenas relaciones humanas.

1.9.5. Perfil de los padres de familia

Ser personas comprometidas con la Institución para favorecer la formación y el aprovechamiento de las oportunidades y desafíos del mundo exterior de sus hijos.

Tener sentido de pertenencia por la Institución, colaborando para que se convierta en una de las mejores Instituciones Educativas de Medellín y de Antioquia.

Destacarse por valores tales como: Responsabilidad en la formación de sus hijos, honestidad, afectividad, comprensión, colaboración, respeto y tolerancia.

Ser persona con sentido crítico, analítico y propositivo, que viva y actúe democráticamente y que luche de diversas formas dentro de los parámetros constitucionales contra todo tipo de injusticia y atropello, mejorando su entorno y contribuyendo a un orden social más humano.

1.9.6. Perfil de Personal de apoyo, administrativo y logístico

Personal de apoyo administrativo: Las secretarias. Personal de apoyo logístico: los vigilantes y el personal de aseo. Éstos no tienen contrato directo con la Institución, sino a través de una empresa prestadora de servicios. Quienes deben:

Tener identidad y sentido de pertenencia hacia la Institución.

Ser personas que cumplan eficientemente todas las funciones inherentes a su respectivo cargo.

Esforzarse por hacer las cosas cada día mejor.

Tener iniciativa y ponerla al servicio de la Institución llevándola a la práctica en favor del progreso del establecimiento educativo.

Destacarse por valores tales como: Compromiso con espíritu de servicio a la comunidad, responsabilidad, honestidad, respeto y tolerancia.

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Ser persona con sentido crítico, analítico y propositivo, que viva y actúe democráticamente y que luche de diversas formas dentro de los parámetros constitucionales contra todo tipo de injusticia y atropello, mejorando su entorno y contribuyendo a un orden social más humano. 2. OBJETIVOS, JUSTIFICACIÓN Y MARCO JURÍDICO DEL MANUAL DE

CONVIVENCIA

2.1 Objetivos del Manual De Convivencia El Manual de Convivencia establece un conjunto de normas en cuanto a derechos, deberes y compromisos de los integrantes de la comunidad educativa, este agregado normativo se encuentra debidamente concordado con normas de diferente jerarquía como son: Constitución Política, Leyes, Decretos Reglamentarios y Resoluciones Ministeriales. El Manual de Convivencia es también una guía que nos permite conocernos y reconocernos como institución y como elementos orientadores y generadores de cultura, educación y cohesión social. El objetivo del presente Manual de Convivencia es el promover la percepción y el conocimiento de nuestra Institución Educativa, su filosofía y la participación como tal dentro de la sociedad y la comunidad educativa en general. Los objetivos del Manual de Convivencia se enmarcan dentro de un orden normativo vigente y por tal motivo propende por el bienestar del ser humano a partir de la educación y la formación, en la búsqueda de un ambiente de libertad, respeto y solidaridad. PARÁGRAFO: Se incluyen además los objetivos presentes en el sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar (Art. 4. Ley 1620): 1. Fomentar, fortalecer y articular acciones de diferentes instancias del Estado para la convivencia escolar, la construcción de ciudadanía y la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes de los niveles educativos de preescolar, básica y media. 2. Garantizar la protección integral de los niños, niñas y adolescentes en los espacios educativos, a través de la puesta en marcha y el seguimiento de la ruta de atención integral para la convivencia escolar, teniendo en cuenta los contextos sociales y culturales particulares. 3. Fomentar y fortalecer la educación en y para la paz, las competencias ciudadanas, el desarrollo de la identidad, la participación, la responsabilidad democrática, la valoración de las diferencias y el cumplimiento de la ley, para la formación de sujetos activos de derechos. 4. Promover el desarrollo de estrategias, programas y actividades para que las entidades en los diferentes niveles del Sistema y los establecimientos educativos fortalezcan la ciudadanía activa y la convivencia pacífica, la promoción de derechos y estilos de vida saludable, la prevención, detección, atención y seguimiento de los casos de violencia escolar, acoso escolar o vulneración de derechos sexuales y reproductivos e incidir en la prevención y mitigación de los mismos, en la reducción del embarazo precoz de adolescentes y en el mejoramiento del clima escolar. 5. Fomentar mecanismos de prevención, protección, detección temprana y denuncia de

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todas aquellas conductas que atentan contra la convivencia escolar, la ciudadanía y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes de preescolar, básica y media, particularmente, las relacionadas con acoso escolar y violencia escolar incluido el que se pueda generar a través del uso de la internet, según se defina en la ruta de atención integral para la convivencia escolar 6. Identificar y fomentar y mecanismos y estrategias de mitigación de todas aquellas situaciones y conductas generadoras de situaciones de violencia escolar. 7. orientar estrategias y programas de comunicación para la movilización social, relacionadas con la convivencia escolar, la construcción de ciudadanía y la promoción de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. 8. Contribuir la prevención del embarazo en la adolescencia y a la reducción de enfermedades de transmisión sexual

2.2. Justificación al manual de convivencia

La Institución Educativa consciente de la posición que le ha señalado el momento histórico y con la responsabilidad que debe regir sus destinos, debe proporcionar los medios para integrar la comunidad y que en última instancia se imparta una sólida educación integral. Intentamos ahora trazar unos lineamientos que pongan en acción realizaciones positivas y concretas. El manual de convivencia debe basarse en la comprensión, la tolerancia y el respeto por la dignidad humana, ya que la firmeza de cualquier institución y en especial la nuestra, se construye desde la convivencia armónica teniendo como base fundamental los valores, el respeto mutuo y la comunicación, todas estas como consecuencia de la interacción humana.

2.3. Marco jurídico del manual de convivencia

2.3.1. Marco constitucional Desde el punto de vista normativo, se debe tener en cuenta que la fuente principal de las actuaciones en la Institución Educativa tienen como referente la Constitución Política de Colombia, que consagra el acceso a la educación, como un derecho fundamental, del cual debe ser garante en primera instancia el Estado colombiano y en forma complementaria la sociedad y la familia. Igualmente debe el Estado tener asociados programas de recreación y propender por una cultura incluyente de toda la diversidad étnica que comprende el pueblo Colombiano. El texto fundamental consagra en su artículo 45: “El adolescente tiene derecho a la protección y a la formación integral”. El estado y la sociedad garantizarán la participación activa de los jóvenes en los organismos públicos y privados que tengan a cargo la protección, educación y el progreso de la juventud. El artículo 67 prescribe La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura.

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La educación formará a Colombianos en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia; y en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del medio ambiente. El Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación, que será obligatoria entre los cinco y los quince años de edad y que comprenderá como mínimo, un año de preescolar, nueve de educación básica. La educación será gratuita en las instituciones del Estado, sin perjuicio del cobro de derechos académicos a quienes puedan sufragarlos. Corresponde al Estado regular y ejercer la suprema inspección y vigilancia de la educación con el fin de velar por su calidad, por el cumplimiento de sus fines y por la mejor formación moral, intelectual y física de los educandos; garantizar el adecuado cubrimiento del servicio y asegurar a los menores las condiciones necesarias para su acceso y permanencia en el sistema educativo. La Nación y las entidades territoriales participarán en la dirección financiera y administrativa de los servicios educativos estatales, en los términos que señala la Constitución y la Ley. Siendo la educación un derecho, el colegio abrirá espacios de participación al alumno, el acceso a los bienes de la cultura, de la sociedad y de la espiritualidad en el respeto a las diferencias y valores que armonizan las relaciones humanas. El artículo 68, dice que “El Estado garantizará las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra.” La comunidad educativa participará en la dirección de las instituciones de educación. La enseñanza estará a cargo de personas de reconocida idoneidad ética y pedagógica. La ley garantizará la profesionalización y dignidad de la actividad docente. Los padres de familia tendrán el derecho a escoger el tipo de educación para sus hijos menores. En los establecimientos del Estado ninguna persona podrá ser obligada a recibir educación religiosa. Los integrantes de los grupos étnicos tendrán derecho a una formación que respete y desarrolle su identidad cultural. La erradicación del analfabetismo y la educación de personas con limitaciones físicas o mentales, o con capacidades excepcionales son obligaciones del Estado. La institución educativa Fe y Alegría Villa de la Candelaria asumirá como compromiso con los padres de familia y los alumnos, la obligación de dar cumplimiento y calidad al servicio educativo, procurando tener docentes profesionales con el perfil requerido por la institución.

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El artículo 70 de la Constitución dice “El Estado tiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades, por medio de la educación permanente y la enseñanza científica, técnica, artística y profesional en todas las etapas del proceso de creación de la identidad nacional. La cultura en sus diversas manifestaciones es fundamento de la nacionalidad. El Estado reconoce la igualdad y dignidad de todas las personas que conviven en el país. El Estado promoverá la investigación, la ciencia, el desarrollo y la difusión de los valores culturales de la Nación. La Institución a partir de los proyectos de vida, de historia y pedagogía estrechará lazos de pertenencia e identidad con la comunidad educativa y la sociedad.

2.3.2. Marco legal

Prescribe la ley en el artículo 87 que “Los establecimientos educativos tendrán un manual de convivencia, en el cual se definan los derechos y obligaciones del estudiantes. Los padres o tutores y los educandos al firmar la matrícula correspondiente en representación de sus hijos, estarán aceptando el mismo.”

2.3.3. Decretos reglamentarios y demás normatividad vigente

Decreto 1860 de agosto 03 de 1994, por medio de la cual se reglamenta parcialmente la ley 115 de 1994 en los aspectos pedagógicos y organizaciones generales. La ley 375 de julio 4 de 1997, la ley de la juventud. Decreto Ley 2277 de 1979, por la cual se adopta normas sobre el ejercicio docente. Resolución Nacional 13342 de 1984, la cual reglamenta el decreto 2277, referente a funciones docentes administrativas y operativas. Ley 715 del 21 de diciembre del 2001, Ley de competencias. Ley 734 del 2002, Nuevo código disciplinario. Ley 1098/2006 Código de Infancia y Adolescencia. Decreto 1290 que establece el Sistema de Evaluación Institucional. Resolución ministerial No. 1600 del 08 de marzo de 1994, por el cual se establece el Proyecto de Educación para la Democracia en todos los niveles de educación formal. Ley 1620 del 15 de marzo de 2013, por la cual se crea el sistema nacional de convivencia escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar.

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Finalmente, el decreto 1965, del 11 de septiembre de 2013; por el cual se reglamenta la ley 1620 de 2013, que crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar.

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3. EL GOBIERNO ESCOLAR 3.1. El gobierno escolar y la organización institucional ¿Qué es gobierno escolar? Es el conjunto de organismos que orientan, dirigen y administran la Institución Educativa en los aspectos pedagógicos, académicos, administrativos, financieros, culturales y sociales. Su propósito es evitar que se desarrollen formas autoritarias y verticales de dirección, buscando que el proceso de gestión educativa en cada una de las etapas, cuente con la mayor participación posible de todos los miembros de la comunidad educativa.

3.2. Comunidad educativa

Según lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley 115 de 1994, la comunidad educativa está constituida por las personas que tienen responsabilidades directas en la organización, desarrollo y evaluación del proyecto educativo institucional que se ejecuta en un determinado establecimiento o institución educativa. Se compone de los siguientes estamentos:

3.2.1. Los estudiantes

Constituyen el centro del proceso Educativo, quienes deben participar activamente en su propia formación.

3.2.2. Los docentes

Orientadores del proceso formativo de los educandos.

3.2.3. Los padres de familia o acudientes

Son los representantes directos del alumno en la institución y deben vincularse activamente a la misma. 3.2.4. Los Directivos Docentes (Rector y Coordinador), quienes ejercen funciones de dirección, coordinación, supervisión e inspección en la programación de asesoría, en todas las actividades que lleve a cabo la Institución Educativa. Todos los miembros de la comunidad educativa son competentes para participar en la dirección de las instituciones de educación y lo harán por medio de sus representantes en los órganos del gobierno escolar, usando los medios y procedimientos establecidos por la ley.

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3.3. Obligatoriedad del gobierno escolar

Todos los establecimientos educativos deberán organizar un gobierno para la participación democrática de todos los estamentos de la comunidad educativa, según lo dispone el artículo 142 de la Ley 115 de 1994. El gobierno escolar en las instituciones estatales se regirá por las normas establecidas en la ley y en el Decreto 1860 de 1994.

3.4. Órganos del gobierno escolar

El Gobierno Escolar en los establecimientos educativos estatales estará constituido por los siguientes órganos:

El Rector, como representante del establecimiento ante las autoridades educativas y ejecutor de las decisiones del gobierno escolar.

El Consejo Directivo, como instancia directiva, de participación de la comunidad educativa y de orientación académica y administrativa del establecimiento.

El Consejo Académico, como instancia superior para participar en la orientación pedagógica del establecimiento.

3.5. El rector

Es el educador que ejerce funciones de dirección, supervisión e inspección y programación de asesoría. Sus funciones son:

Presidir el Consejo Directivo y el Consejo Académico de la institución y coordinar los distintos órganos del gobierno escolar.

Representar el establecimiento ante las autoridades educativas y la comunidad escolar.

Formular planes anuales de acción y de mejoramiento de calidad y dirigir su ejecución.

Dirigir el trabajo de los equipos docentes y establecer contactos interinstitucionales para el logro de las metas educativas.

Realizar el control sobre el cumplimiento de las funciones correspondientes al personal docente y administrativo y reportar las novedades e irregularidades del personal a la Secretaria de Educación.

Participar en la definición de perfiles para la selección de personal docente y en su selección definitiva.

Distribuir las asignaciones académicas y demás funciones de docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo.

Realizar la evaluación anual del desempeño de los docentes, directivos docentes y personal administrativo a su cargo.

Imponer las sanciones disciplinarias propias del sistema de control interno disciplinario de conformidad con las normas vigentes.

Suministrar información oportuna al departamento o municipio de acuerdo con sus requerimientos.

Velar por la permanente asistencia de los menores de la Institución, procurar evitar que se presente la deserción escolar e investigar las causas de la misma, si ésta

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se presentare, conforme al artículo 313 del Código del menor.

Responder por la calidad de la prestación del servicio en la Institución.

Rendir informe al Consejo Directivo de la Institución al menos cada seis meses.

Administrar el Fondo de Servicios Educativos y los recursos que por incentivos se le asignen en los términos de la ley.

Publicar una vez al semestre en lugares públicos y comunicar por escrito a los padres de familia, los docentes a cargo de la asignatura, los horarios y la asignación académica de cada uno de ellos.

3.6. Integración del consejo directivo El Consejo Directivo de los establecimientos educativos estatales estará integrado por:

El Rector, quien lo presidirá y convocará ordinariamente una vez por mes y extraordinariamente cuando lo considere conveniente.

Dos representantes del personal docente, elegidos por mayoría de los votantes en una asamblea de docentes.

Dos representantes de los padres de familia elegidos por la mayoría de votos de asamblea del consejo de padres

Un representante de los estudiantes elegido por el Consejo de Estudiantes, entre los alumnos que se encuentren cursando el último grado de educación ofrecido por la institución.

Un representante de los egresados elegido por el Consejo Directivo, de ternas presentadas por las organizaciones que aglutinen la mayoría de ellos o en su defecto, por quien haya ejercido en el año inmediatamente anterior el cargo de representante de los estudiantes.

Un representante de los sectores productivos organizados en el ámbito local o subsidiariamente de las entidades que auspicien o patrocinen el funcionamiento del establecimiento educativo. El representante será escogido por el Consejo Directivo de candidatos propuestos por las respectivas organizaciones.

Los representantes en los órganos colegiados serán elegidos para períodos anuales, pero continuarán ejerciendo sus funciones hasta cuando sean reemplazados. En caso de vacancia, se elegirá su reemplazo para el resto del período.

3.6.1. Funciones del consejo directivo

Las funciones del Consejo Directivo de la institución educativa son los siguientes:

Tomar las decisiones que afectan el funcionamiento de la institución excepto las que sean competencia de otra autoridad.

Servir de instancia para resolver los conflictos que se presentan entre docentes y administrativos con los alumnos del establecimiento educativo y después de haber agotado los procedimientos previstos en el presente manual de convivencia.

Adoptar el manual de convivencia o constitución escolar de conformidad con las normas vigentes.

Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos alumnos.

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Aprobar el plan de actualización del personal de la Institución Educativa presentado por el Rector.

Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, del currículo y del plan de estudios.

Estimular y controlar el buen funcionamiento de la Institución Educativa.

Establecer criterios y medidas formativas para el buen desempeño académico y social del alumno.

Participar en la evaluación anual de los docentes y personal administrativo de la Institución.

Recomendar criterios de participación de la Institución Educativa en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas.

Establecer el procedimiento para el uso de las instalaciones en actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa.

Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural en otras Instituciones Educativas y la conformación de organizaciones juveniles.

Reglamentar los procesos electorales para la participación de la comunidad educativa en el gobierno escolar y en otros órganos de participación.

Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los provenientes de pagos legalmente autorizados y la forma de recolectarlos.

Darse su propio reglamento. Las decisiones del Consejo Directivo se tomarán por mayoría simple de quienes lo conforman. Acerca de las actas y acuerdos del Consejo Directivo se tiene que de cada reunión se levantará un acta. Sus decisiones se formalizarán mediante resoluciones, los cuales deben ser firmados y comunicados por todos los miembros.

3.7. Consejo académico

El Consejo Académico está integrado por el Rector quien lo preside, los directivos docentes y un docente por cada área definida en el plan de estudios. Se tendrá representación de cada una de las áreas integradoras del plan de estudios de la Institución.

3.7.1. Funciones del consejo académico

El Consejo Académico tendrá las siguientes funciones:

Liderar la orientación pedagógica del establecimiento, organizando el plan de estudios y supervisando su ejecución.

Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes académicos necesarios.

Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del Proyecto Educativo Institucional y sugerir los ajustes necesarios.

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Fijar criterios y diseñar los instrumentos necesarios de evaluación académica del Proyecto Educativo Institucional; hacerlos cumplir y revisar su eficacia periódicamente.

Participar en la evaluación institucional anual.

Elaborar y presentar al Consejo Directivo, durante el tiempo de planeación Institucional anual el programa de capacitación docente y las necesidades de ayudas y recursos didácticos requeridos por cada una de las áreas.

Integrar los comités de docentes y padres de Familia que sean necesarios para la evaluación del rendimiento y la promoción de los educandos, asignándoles sus funciones y supervisar el proceso general de la evaluación.

Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento académico de la Institución, resolver los conflictos académicos que se presenten entre los docentes y de éstos con los alumnos, de acuerdo con su competencia y el conducto regular establecido.

Establecer estímulos de carácter académico para docentes y alumnos, y colaborar en la búsqueda de recursos económicos para el cubrimiento cuando ello sea necesario.

Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le sean atribuidas en el Proyecto Educativo Institucional.

4. OTROS ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN

4.1. Comité escolar de convivencia

Todas las instituciones educativas y centros educativos oficiales y no oficiales del país deberán conformar el comité escolar de convivencia, encargado de apoyar la labor de promoción y seguimiento a la convivencia escolar, a la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, así como del desarrollo y aplicación del manual de convivencia y de la prevención y mitigación de la violencia escolar. (Art. 22. Ley 1620 DE 2013)

4.1.1. Integración del comité escolar de convivencia

El comité escolar de convivencia estará conformado por:

El rector del establecimiento educativo, quien preside el comité.

El personero estudiantil.

El docente con función de orientación.

El coordinador.

El presidente del consejo de padres de familia.

El presidente del consejo de estudiantes.

Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar. PARAGRAFO: el comité podrá invitar con voz pero sin voto a un miembro de la comunidad educativa conocedor de los hechos, con el propósito de ampliar

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información.

4.1.2. Funciones del comité escolar de convivencia.

Son funciones del comité: 1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes. 2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa. 3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelantan en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa. 4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo. 5. Activar la ruta de atención integral para la convivencia escolar definida en el artículo de la ley1620 de convivencia escolar de 2013, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riego de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este comité de acuerdo a lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del sistema y de la ruta. 6. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. 7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité. 8. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía. PARAGRAFO: este comité debe darse su propio reglamento, el cual debe abarcar lo correspondiente a sesiones, y demás aspectos procedimentales, como aquellos relacionados con la elección y permanencia en el comité del docente que lidere procesos y estrategias de convivencia escolar. 4.1.3. De los Comités Escolares De Convivencia

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Sesiones: El comité escolar de convivencia definirá en su reglamento interno la periodicidad para las sesiones ordinarias y convocará a sesiones extraordinarias serán convocadas por el presidente del comité escolar de convivencia, cuando las circunstancias lo exijan o por solicitud de cualquiera de los integrantes del mismo. Quórum decisorio: El quórum decisorio del comité escolar de convivencia será el establecido en su reglamento. En cualquier caso, este comité no podrá sesionar sin la presencia del presidente. Actas: De todas las sesiones que adelante el comité escolar de convivencia se deberá elaborar un acta, la cual deberá contener como mínimo los requisitos establecidos en el artículo 10 del Decreto 1965 de 2013. PARÁGRAFO: El comité escolar de convivencia deberá garantizar el derecho a la intimidad y a la confidencialidad de los datos personales que sean tratados en el marco de las actuaciones que éste adelante, conforme a lo dispuesto en la Constitución Política, los tratados internacionales, en la Ley 1098 de 2006, en la Ley estatutaria 1581 de 2012, en el Decreto 1377 de 2013 y demás normas aplicables a la materia. 4.2. Equipo de mediación escolar De conformidad al Acuerdo Municipal 75 de 2010, por medio del cual se establece la “Mediación Escolar” como una estrategia alternativa para la solución de conflictos en las Instituciones educativas oficiales de básica primaria, básica secundaria y media del Municipio de Medellín. De ahí que cada Institución deba crear una Comisión de Mediación Escolar, la cual será una instancia del Comité Escolar de Convivencia que intervendrá en el momento en el que se presente un conflicto. Ésta deberá definir un espacio dentro del Establecimiento que sea reconocido por toda la comunidad educativa como el lugar donde se llevarán a cabo las mediaciones. 4.2.1 Integración equipo de mediación escolar La selección de los mediadores debe partir de la motivación intrínseca que tenga el estudiante para participar como tal. El Comité de Convivencia debe realizar una selección rigurosa de los mediadores que intervendrán en los procesos de solución de conflictos, quienes serán alumnos de los grados superiores con capacidad de Liderazgo y promoción de la convivencia pacífica o que se distingan por su desempeño comportamental acorde con los deberes estudiantiles quienes además recibirán capacitación en solución pacífica de conflictos (Circular 14 de 2014). El enfoque poblacional está conformado entonces por:

Estudiantes

Docentes

Padres de familia

4.2.2 Principios de la mediación escolar

Voluntariedad: Querer participar.

Imparcialidad: Libre de tendencia o favoritismo, no se relacionan juicios

(correcto/incorrecto), ni forzar acciones. Se hace referencia a la neutralidad donde

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desaparecen los roles sociales (estudiante, docente, padre de familia).

Confidencialidad: Reserva sobre los contenidos tratados.

Transformación interpersonal: Crear espacios de encuentro para escuchar y

reconocer preocupaciones y emociones.

Autodeterminación: Se anima a las partes a tomar responsabilidad de sus

acciones pasadas y de su comportamiento futuro.

Seguridad: Se crean un entorno que es seguro física y emocionalmente. 4.2.3. Funciones del mediador escolar

• Clarificar a los mediados acerca del proceso y el propósito de mediación, y dar a conocer unas reglas básicas para la comunicación y el entendimiento.

• Buscar un equilibrio de poder que conduzca a ajustes. • Ayudar a las partes a examinar sus necesidades e intereses y a reconciliarlos. • Identificar el rango completo de los problemas, detallarlos y enfocar los más

relevantes. • Identificar los recursos disponibles para la solución del conflicto. • Como tercero, ajeno al problema mismo, analizar ambas posiciones

imparcialmente y facilitar un camino que resulte apropiado para todos. • Comunicarse con las partes y ayudarlas a comunicarse entre sí, al promover una

comunicación abierta y honesta. • Mantener el control del proceso, de manera que las partes no sientan

irregularidades, que sientan que han sido escuchadas y entendidas. • Balancear el poder entre las partes, reducir la tensión y la cólera. Manejar las

emociones. • Si es posible (no es un requisito) lograr el compromiso de mediación, asegurarse

de que las partes se sienten responsables del acuerdo tomado y están listas para aceptarlo.

• En caso de no haber cambio comportamental y actitudinal, referir las partes al comité de convivencia escolar.

4.3. Representación de los estudiantes.

El Consejo de Estudiantes (Decreto 1860 de 1994, articulo. 29).

El Personero de los Estudiantes (Ley 115 de 1994, articulo. 94 y Decreto 1860 de 1994, articulo. 28).

Representante al Consejo directivo (Ley 115 de 1994, artículo. 93 y Decreto 1860 de 1994, artículo 21).

Contraloría Escolar: ACUERDO MUNICIPAL N° 41 DE 2010 “Por el cual se crea la Contraloría Escolar en las Instituciones Educativas Oficiales del Municipio de Medellín”

4.4. El Consejo Estudiantil.

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Es el máximo órgano del estamento estudiantil, el cual asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación democrática por parte de los educandos. (Decreto 1860 de 1994, artículo 29). Estará integrado por la unión de representantes de grado y cada uno de ellos saldrá de la votación secreta de los integrantes de los grupos. Son funciones del Consejo Estudiantil:

Darse su propia organización interna.

Asesorar al representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo del establecimiento en el cumplimiento de su representación.

Invitar a deliberaciones a aquellos estudiantes que presentan iniciativa sobre el desarrollo de la vida estudiantil.

Formular críticas constructivas y proponer alternativas de solución a los problemas que afectan a los estudiantes o demás miembros de la comunidad educativa en la Institución Educativa, respetando el conducto regular, la honra y dignidad de las personas.

Liderar la lucha, dentro de los parámetros constitucionales, contra todo tipo de injusticia y atropello por parte de cualquier estamento de la Institución Educativa y propender por mejorar las condiciones de estudio y de vida de la comunidad educativa y por contribuir a la construcción de un orden social más humano.

Las demás actividades finales o complementarias con las anteriores que la atribuya el manual de convivencia.

4.4.1 Representantes de grado

Los representantes de grado son estudiantes elegidos de manera democrática en cada uno de los grupos, quienes asumen el rol de ser portavoz de sus compañeros de curso ante distintos estamentos de la comunidad educativa, estos conforman el consejo de estudiantes. Se busca que tenga las siguientes características:

Que sea líder sin tener diferencias

Buen compañero tanto para jugar como para estudiar

Quién defienda los intereses de la clase y cumpla las funciones que tiene el cargo de representante

Que sea una persona en la que se pueda confiar porque es responsable y comprometida

Que tenga iniciativa para hacer propuestas y plantee formas de llevarlas a cabo

Que sea capaz de alcanzar acuerdos y llegar a conseguir el consenso dando argumentos, escuchado la opinión de los demás y dialogando

Que sea educado y sepa relacionarse con los demás correctamente

Que tenga capacidad de trabajo y se esfuerce para conseguir los proyectos de la clase

Son funciones del representante de grado

Ser portavoz del grupo ante el docente y la comunidad educativa

Facilitar el contacto entre sus compañeros/as y el resto de profesorado.

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Transmitir a su docente titular posibles anomalías tanto académicas como de convivencia al interior del grupo.

Asistir y participar activamente en las reuniones del consejo de estudiantes

Informar a sus compañeros de los acuerdos del Consejo de estudiantes.

Ayudar a organizar los grupos de trabajo y las actividades concretas acordadas en el aula.

Coordinarse con padres y profesores para canalizar la colaboración y participación de los compañeros en las actividades que se organicen la institución.

Al ingresar al aula de clase debe revisar que el aseo se halla efectuado de manera correcta así mismo que los muebles y enseres estén en buen estado.

Que vele por el cumplimiento de las normas acordadas en la clase y trabaje porque se desarrollen las actividades correctamente

4.5. Personero de los Estudiantes.

El personero de los estudiantes será un alumno o alumna que esté cursando el grado undécimo (11°) y estará encargado de propiciar el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes, consagrados en la constitución política colombiana, las leyes, los reglamentos y en el presente manual de convivencia, de acuerdo con ello entre otras tendrá las siguientes funciones:

Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podrá: utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir colaboración del Consejo de Estudiantes y organizar foros, seminarios u otras formas de deliberación

Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presentan los educandos sobre vulneraciones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos.

Presentar los recursos ordinarios o extraordinarios consagrados en el manual de convivencia, ante los funcionarios o instancias correspondientes, respecto a las decisiones que nieguen o no satisfagan completamente las peticiones realizadas.

Las demás consagradas en la ley y los decretos reglamentarios. El personero de los estudiantes será elegido dentro de los treinta días calendario siguiente a la iniciación de clase de cada año académico. Para tal efecto el Rector, por medio de los profesores del área de sociales, quienes a su vez lideran el Proyecto de Democracia, convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría y mediante voto secreto. Es requisito indispensable que los candidatos a la personería se inscriban ante los profesores del área de sociales, y presenten su programa a más tardar la tercera semana de haber iniciado clases. Durante la tercera y la cuarta semana hasta el día de las elecciones realizarán sus respectivas campañas.

4.5.1. Funciones y perfil del personero estudiantil

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Poseer liderazgo positivo en busca de mejorar la convivencia escolar en la Institución.

Ser modelo de tolerancia, respeto, responsabilidad y cumplimiento del deber.

Tener espíritu cívico.

Tener excelente comunicación, manifestar buenos modales y respeto a los miembros de la comunidad educativa.

Tener un alto sentido de pertenencia, lealtad y amor por la Institución.

Tener un buen desempeño académico.

4.6. El representante de los estudiantes al consejo Directivo

El representante de los estudiantes al Consejo Directivo es un alumno, delegado por los alumnos ante la máxima instancia del gobierno escolar. La designación se hará mediante voto secreto, previa postulación voluntaria o del Consejo de Estudiantes. Será elegido quien obtenga el mayor número de votos y se hará en el periodo de elección del personero. Las calidades del estudiante que aspire al Consejo Directivo son las mismas que para aspirar a Personero Estudiantil.

4.7. Contralor escolar

Será un estudiante que se encuentre debidamente matriculado en la Institución Educativa, que curse el grado décimo o undécimo del nivel de educación media técnica o académica, elegido democráticamente por los estudiantes matriculados. Es requisito para ser candidato a Contralor Escolar presentar el plan de trabajo. Parágrafo: La responsabilidad del Contralor Escolar, es incompatible con la del Personero Estudiantil y con la del representante de los Estudiantes ante el Consejo Directivo.

4.7.1. Funciones del contralor escolar

Liderar la Contraloría Escolar en la respectiva institución educativa.

Ser vocero de la Contraloría Escolar ante la comunidad educativa.

Convocar a los integrantes de la Contraloría Escolar a una reunión ordinaria cada dos meses, o extraordinaria cuando sea necesaria.

Representar la Contraloría Escolar ante la Red de Contralores Escolares.

Representar la Contraloría Escolar ante la Contraloría General de Medellín.

Solicitar a la Contraloría General de Medellín que realice las verificaciones que se consideren necesarias frente a las actuaciones de los gestores fiscales, a fin de que ésta determine si es procedente o no adelantar alguna acción de control fiscal.

Solicitar a la Contraloría General de Medellín las capacitaciones que estime necesarias para el adecuado desarrollo de las funciones que corresponden a la Contraloría Escolar.

Verificar la publicación en lugar visible de los informes de ejecución presupuestal de ingresos y gastos del Fondo de Servicios Educativos.

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Verificar que el Rector o Director Rural publique semestralmente en cartelera las contrataciones que se haya celebrado con cargo a los Fondos de Servicios Educativos en la vigencia fiscal y la población beneficiada a través de los programas de gratuidad y derechos académicos y complementarios, restaurantes escolares, fondo de protección escolar, presupuesto participativo y otros proyectos que tenga la Institución Educativa.

4.8. Asociación de egresados entidad que agrupa a los ex alumnos de la institución

favoreciendo su participación en algunos asuntos de la vida escolar

4.9. Representación de los padres de familia.

El consejo de padres de familia.

El Consejo de padres, está conformado por la representación de un padre de familia de cada grupo, elección que se hace en la primera asamblea general de padres grupo mediante voto secreto y participación democrática. En reunión convocada por el Rector, elegirá dentro de los primeros treinta días del año lectivo a los dos representantes de los padres de familia al Consejo Directivo (artículo 8 del Decreto 1286/2005), caso en el cual el consejo de padres solamente elegirá a un padre como miembro del consejo directivo”.

4.10.1. Funciones del Consejo de Padres.

Contribuir con el rector en el análisis, difusión y uso de los resultados de las evaluaciones periódicas de competencias y pruebas de estado.

Exigir que el establecimiento con todos sus estudiantes participe en las pruebas de competencias y de estado realizadas por el instituto colombiano para el fomento de la Educación Superior ICFES.

Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice el establecimiento educativo, orientadas a mejorar las competencias de los estudiantes en las distintas áreas, incluida la ciudadana y la creación de la cultura de la legalidad.

Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y en el logro de los objetivos planteados.

Promover actividades de formación de los padres de familia encaminadas a desarrollar estrategias de acompañamiento de los estudiantes para facilitar el afianzamiento de los aprendizajes, fomentar la práctica de hábitos de estudio extraescolares, mejorar la autoestima y el ambiente de convivencia y especialmente aquellas destinadas a promover los derechos del niño.

Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y concertación entre todos los estamentos de la comunidad educativa.

Presentar propuestas de mejora del Manual de convivencia en el marco de la Constitución y la ley.

Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física y mental de los educandos, la solución de las dificultades de aprendizaje, la detección de problemas de integración escolar y el mejoramiento del medio ambiente:

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Elegir al padre de familia que participará en la comisión de evaluación y promoción de acuerdo con el Decreto 1290 de 2009.

Presentar propuestas de modificación del PEI que surjan de los padres de familia de conformidad con lo previsto en los artículos 14,15 y 16 del Decreto 1860 de 1994

Elegir los dos representantes al Consejo Directivo del establecimiento con la excepción establecida en el parágrafo 2 del artículo 9 del decreto 1286/2005.

4.11. De la revocatoria del mandato a los representantes elegidos ante los órganos

del gobierno escolar y los otros órganos de participación democrática

A cualquier representante elegido ante los órganos del gobierno escolar o los otros órganos de participación de la Institución Educativa, se le podrá revocar el mandato por una o varias de las siguientes razones:

No corresponda al perfil exigido para desempeñar eficientemente el cargo.

No está cumpliendo a cabalidad con las funciones propias del cargo para el cual fue elegido.

Su comportamiento está afectando la imagen del grupo o estamento que lo eligió. La revocatoria se podrá someter a votación con base en petición escrita de mínimo el 10% de personas que hayan participado en su elección. En la votación deberá participar mínimo la mitad más uno de los electores, y para ser aprobada la mencionada revocatoria se deberá obtener la mayoría calificada de los votantes, es decir, las dos terceras partes. Antes de proceder el trámite de un proceso de revocatoria del mandato se le debe dar la oportunidad a la persona representante, para que ejerza su derecho a la defensa ante sus electores, y si fuera el caso, para que presente voluntariamente su renuncia al cargo. Revocatoria del mandato de los representantes o jefes de área. Inicialmente se deberá tratar de llegar a un acuerdo con el docente que representa el área para que exponga los descargos y en todo caso pueda ejercer su derecho a la defensa en debida forma. Si lo anterior no es posible, la revocatoria se podrá hacer por consenso o por mayoría simple de los demás profesores de área, se le deberá comunicar por escrito al compañero revocado, al Coordinador General y al Rector.

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5. LOS ESTUDIANTES Y EL AMBIENTE ESCOLAR 5.1. De las admisiones, las matrículas y la calidad de estudiante 5.1.1. Adquisición de la calidad de estudiante Para adquirir la calidad de estudiante de la institución educativa Fe y Alegría Villa de la Candelaria, es necesario aceptar su constitución escolar; haber sido oficialmente admitido como tal en la Institución, previo cumplimiento de los requisitos legales o previa aprobación de la solicitud de readmisión o transferencia; y legalizar la matricula. 5.1.2. Matrícula. Las familias según el artículo 42 de la Constitución Política son los responsables de la formación de sus hijos, su presencia en el acto de matrícula y en las actividades propias del proceso formativo de los estudiantes como reuniones, formaciones y otros son de carácter obligatorio. En la Institución no se matricularán estudiantes solos, por consiguiente el acudiente es el padre o la madre. Habrá casos especiales, debidamente justificados y autorizados por los padres, en los cuales el acudiente podrá ser otra persona mayor de edad que tenga autoridad sobre el alumno y que pueda responder por los actos de éste.

5.1.3. Pérdida de la calidad de estudiante

Son causales para perder la calidad de estudiante: Se pierde la calidad de estudiante de la Institución de acuerdo con las siguientes situaciones:

Cuando se ha cursado y aprobado el grado undécimo (11º), del nivel de educación media y se obtiene el título de Bachiller.

Cuando no se formalice la renovación de matrícula dentro de los plazos (Máximo un mes después de haber terminado el proceso anual vigente de matrícula) con el cumplimiento de los requisitos previstos. Cuando haya un caso de fuerza mayor se debe poner en conocimientos del Comité de Admisiones verbalmente o por escrito de la situación en forma argumentada será éste quien se pronuncie sobre la admisión o no.

Cuando así lo determine una medida disciplinaria o formativa, conforme a lo establecido en este Manual de Convivencia.

Por retiro voluntario, cuando dicha voluntad provenga del alumno y del padre de familia o acudiente.

Cuando a un estudiante se le cancele matrícula de conformidad con el proceso disciplinario o se retire en forma voluntaria del establecimiento, habiendo cometido y/o ha acumulado faltas gravísimas que podían ocasionar su desescolarización o la pérdida del cupo, no será admitido nuevamente hasta no haber cumplido por

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fuera del plantel, un período mínimo de dos años. Esta decisión la aprobara el Consejo Directivo.

Retiro sin cancelar matrícula, cuando el estudiante ha acumulado un 15% de inasistencia escolar continua sin justificación (desertor). En estos casos el estudiante no será admitido de nuevo hasta no haber cumplido fuera del plantel, un período de un año.

5.1.4. La Admisión

La admisión es el acto por el cual la Institución Educativa, selecciona la población estudiantil que voluntariamente solicita inscripción, trátese de personal nuevo o antiguo, a quienes de acuerdo con los requisitos y prioridades establecidas por la Institución pueden matricularse en alguno de los cursos que ésta ofrece. Dicha selección será realizada a partir del previo análisis de la documentación exigida para el ingreso, la cual consta de:

Informe académico de años anteriores

Hoja de vida del estudiante

Documentación de identificación de estudiante y sus padres (registro civil, tarjeta de identidad o cédula de ciudadanía de acuerdo a la edad)

Otros requeridos por el comité de admisiones

5.1.5. Comité de Admisiones

En la Institución habrá un comité de Admisiones cuya función principal será estudiar y decidir sobres las solicitudes de cupos para alumnos nuevos, transferencias y readmisiones. Estará integrados por:

El Rector quien lo presidirá.

El coordinador General, en ausencia del rector éste lo presidirá.

Un representante de los educadores.

La secretaria como persona activa en el manejo de la información.

5.2. De la permanencia en la institución educativa Fe y Alegría Villa de la Candelaria

Según el Artículo 96 de la Ley 115 de 1994, el reglamento interno o Manual de convivencia de la institución establecerá las condiciones de permanencia del alumno en el plantel y el procedimiento en caso de exclusión. La no promoción por primera vez de un determinado grado por parte del alumno, no será causal de exclusión del respectivo establecimiento, cuando no esté asociado a otra causal expresamente contemplada en el manual de convivencia. 5.2.1. Causales de exclusión. Según el artículo 67 de la Constitución Nacional, la educación es un Derecho, y así lo respetamos y cumplimos, pero fallos de la Honorable Corte Constitucional y de la Corte

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Suprema lo elevan al rango de fundamental, dentro de la categoría de derecho - deber. Por lo tanto, se pueden excluir alumnos de la Institución en los siguientes casos:

Por bajo rendimiento académico, perder consecutivamente dos veces cualquier grado de la básica secundaria o media. Según Sentencia de la Corte Constitucional T-569 del 7 de diciembre de 1994 y Expediente de la Corte Suprema de Justicia 5358 del 22 de septiembre de 1998.

Por mal comportamiento o faltas de disciplina al Manual de Convivencia luego de agotado el debido proceso institucional y por resolución del Consejo Directivo. Según Sentencia de la Corte Constitucional T-439 de 1994.

Por mal comportamiento y bajo rendimiento académico. Según Sentencia de la Corte Constitucional T-316 de 1994.

5.2.2. Garantía del Debido proceso

Todos los procesos implementados en la institución educativa Fe y Alegría Villa de la Candelaria de tipo comportamental o académico deberán regirse de acuerdo al debido proceso establecido en este manual dándole cumplimiento al artículo 29 de la Constitución Política.

5.3. De los actos de graduación

5.3.1. Ceremonia de graduación.

Según el artículo 10 de la Ley 715 de 2001, el Rector es el representante del establecimiento ante las autoridades educativas y la comunidad escolar. El Rector en acuerdo con los directores de grupos del grado undécimo señalará el lugar, el día y la hora del acto de graduación.

5.3.2. Uniforme para graduación

Para efectos de la graduación de bachilleres, los alumnos y alumnas usarán el uniforme de gala. (Se les permitirá usar toga pero, debajo debe portar el uniforme).

5.4. Bienestar comunitario y ambiente escolar

5.4.1. Reglas de higiene personal, de prevención y de salud pública

Todos los integrantes de la Institución deberán observar las reglas de higiene personal, de prevención y de salud pública que a continuación se señalan: a) Bañarse diariamente. b) Lavarse las manos antes de comer y después de utilizar los servicios sanitarios. c) Mantener la ropa y calzado limpios.

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d) Procurar tener siempre un aroma corporal agradable, un aliento fresco, uñas cortas y limpias. Acatar pautas de prevención del alcoholismo, drogadicción, tabaquismo y embarazo adolescente tales como:

a) Abstenerse de consumir productos que contengan sustancias psicoactivas. b) Mantenerse informados de las consecuencias y efectos negativos que produce en el organismo el consumo de licor, drogas o cigarrillo. c) Desarrollar estrategias para enfrentar la presión de personas que inducen al consumo de tales sustancias y aprender a rechazar su ofrecimiento. d) Promover actividades con especialistas para el manejo de una sexualidad responsable entre los jóvenes.

Participar y contribuir en la conservación de la salud pública con actitudes tales como: a) Arrojar los desperdicios y basuras solamente en los sitios destinados o adecuados para ello. b) Abstenerse de contaminar o dañar corrientes de agua, cultivos, alimentos y en general bienes de uso común. c) Aplicarse las vacunas y medicamentos que requiera para prevenir enfermedades o restablecer la salud. d) Abstenerse de venir a la Institución Educativa cuando tenga una enfermedad infectocontagiosa.

5.5. De los bienes personales y los de uso colectivo

Los integrantes de la Institución seguirán los siguientes criterios de respeto, valoración y compromiso para la utilización y conservación de los bienes personales y de uso colectivo: a) Cuidar los bienes propios y no descuidarlos. b) Darle uso adecuado a los bienes personales y los comunitarios. c) Tomar conciencia del esfuerzo que significa adquirir bienes que nos facilitan el desarrollo personal y comunitario, lo cual se traduce en el empeño por su defensa y conservación. d) Respetar la naturaleza y destinación de los bienes propios tanto como la de los bienes de los demás.

5.5.1. Ambiente escolar

Todo miembro de la comunidad educativa de la institución educativa Fe y Alegría Villa de la Candelaria, debe ser consciente de la vital importancia y trascendencia que tiene la conservación del ambiente. Por ello en relación con el ambiente escolar, se compromete a practicar las siguientes pautas mínimas de comportamiento: a) Comprender que el ambiente es patrimonio común y en consecuencia, todos debemos participar de su cuidado y manejo.

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b) Lograr la preservación y restauración del ambiente general y del escolar en particular, así como la conservación y mejoramiento. c) Regular las conductas individuales y colectivas, respecto del ambiente escolar, a fin de que apunten a su conservación y correcto aprovechamiento.

6. DE LOS DERECHOS, DEBERES Y/O RESPONSABILIDADES DE CADA

INTEGRANTE DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA.

6.1. De los alumnos Siguiendo el principio humano de la corresponsabilidad queremos aludir a que cada Derecho va en estrecha relación con un Deber y que ambos son necesarios para una sana y equilibrada convivencia y no puede existir el uno sin el otro por ley de la naturaleza. 6.1.1. Deberes y derechos 6.1.2. Deberes de los estudiantes. 1. Conocer y difundir el presente manual de convivencia, asumiendo que a mayor edad y permanencia en la institución educativa, mayor es la exigencia sobre la autodisciplina que la persona debe haber desarrollado. 2. Cumplir con los requerimientos necesarios y exigidos por la institución educativa para realizar su matrícula. 3. Ingresar a la institución educativa única y exclusivamente con el material necesario para desarrollar sus labores académicas. 4. Respetarse a sí mismo y a los demás miembros dentro y fuera de la institución educativa. 5. Conocer la filosofía, la misión y la visión enmarcadas dentro del Proyecto Educativo Institucional 6. Respetar los símbolos patrios y de la Institución Educativa. 7. Solicitar y presentar oportunamente y a quien corresponda los permisos que necesite por escrito y con firma del padre de familia o acudiente. 8. Contribuir, conservar y promover un ambiente sano, evitando ruidos, gritos, basuras y cualquier otro desorden que afecte el bienestar de las personas. 9. Portar correctamente el uniforme y usarlo de acuerdo con las especificaciones del Manual de Convivencia (ver descripción de uniforme). 10. Reconocer y respetar las diferencias étnicas, religiosas, sexuales y culturales de todos los miembros de la comunidad educativa. 11. Asistir puntualmente a la Institución y a todos los actos programados. 12. Firmar libros, actas y formatos reglamentarios cuando se le solicitan. 13. Estar dispuesto al diálogo civilizado con el fin de fortalecer las relaciones interpersonales y superar los conflictos (Ver conductos regulares). 14. Llevar oportunamente a los padres de familia la información que envíe la Institución Educativa. 15. Permanecer en el aula de clases, aún en ausencia del profesor.

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16. Hacer buen uso de los servicios que presta la institución como: restaurante escolar, biblioteca, laboratorio, salas de sistemas, emisora y tienda escolar. 17. Asistir y presentar las actividades de nivelación y planes de mejoramiento programado por la institución en cada una de las áreas. 18. Cultivar con esmero su sentido de pertenencia a la institución, al barrio, al municipio y a la Nación, desarrollando así su dimensión psicosocial y afectiva. 19. Responder por las pérdidas o daños causados a los enseres de la institución o de los compañeros. 20. Participar postulándose o eligiendo de manera democrática a los representantes de los distintos organismos que existen en la Institución. (Gobierno Escolar) 21. Cumplir con los compromisos académicos, participar en las clases, respetar y promover la participación de los demás. 22. Evitar vender artículos, realizar rifas o pedir cuotas no autorizadas por la Institución. 23. Presentar las excusas que justifiquen su inasistencia o impuntualidad y responsabilizarse por las actividades académicas correspondientes. 24. No traer, distribuir, consumir y/o vender cigarrillos, licores, material pornográfico, armas, drogas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o cualquier otro elemento que ponga en riesgo la salud física y mental propia o de cualquier otro miembro de la comunidad educativa. PARÁGRAFO: A continuación se hace la descripción detallada del uniforme de los estudiantes. Todos los estudiantes matriculados en la institución educativa Fe y Alegría Villa de la Candelaria, deben portar los uniformes definidos por la institución de la siguiente manera: UNIFORME DE GALA PARA CABALLEROS:

Pantalón clásico color verde de acuerdo al modelo.

Camiseta blanca que lleva logo y franja institucional en la manga, de acuerdo al modelo, esta debe ir por dentro del pantalón.

Correa negra clásica en cuero.

Medias o calcetines negros, no tobilleras ni con diseños en colores.

Zapato negro de atadura.

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UNIFORME DE GALA PARA LAS DAMAS:

Jomber verde con cordoncillo al cuello, talle bajo. La altura de la falda debe ser a la rodilla. De acuerdo al modelo.

Camisa blanca con ribete en la manga y cuello del mismo tono del jomber.

Medias blancas arriba.

Zapatos negros de atadura.

UNIFORME DE EDUCACION FÍSICA PARA TODOS:

Camiseta blanca con mangas verdes, lleva logo y franja institucional, de acuerdo al modelo.

Sudadera verde oscuro bota recta (no entubada) lleva en los laterales franja con logo institucional.

Medias blancas.

Tenis completamente blanco, con cordones blanco. Si se usa camisilla interior esta debe ser de color blanco.

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Con ambos uniformes se usa chaqueta de color verde oscuro, sin chompa, y franja lateral en las mangas con logo institucional.

Los caballeros no deben portar con el uniforme accesorios tales como aretes, pírsines, gorras, pasamontañas u otros que sean llamativos o extravagantes. El corte de cabello es clásico, evitando rapados, colas, copetes altos, tinturas u otros modelos impuestos por la moda. Las damas no deben portar con el uniforme aretes largos ni estrafalarios, pírsines, el maquillaje en el rostro o uñas, así como la tintura del cabello debe ser moderado y discreto (no colores fuertes), los accesorios del cabello deben ser llevados de acuerdo a los tonos del uniforme. Buscando garantizar que se cumpla con estas directrices dadas, la institución delegará la confección y distribución de los uniformes a través de un proveedor, divulgando a la comunidad educativa los datos específicos de quién preste el servicio y los costos establecidos para la adquisición del mismo. Sin embargo no es obligatoria la adquisición a dicho proveedor, pero si se deberá cumplir con los parámetros definidos por la institución.

6.1.3. Derechos de los estudiantes

1. Recibir una educación pertinente y de calidad, que garantice su permanencia dentro del sistema educativo. 2. Toda persona tiene derecho al libre desarrollo de su personalidad sin más limitaciones que las que le imponen los derechos de los demás. 3. Establecer comunicación en forma apropiada con los integrantes de los diferentes estamentos de la Comunidad Educativa y ambiente social al que pertenece.

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4. Recibir un buen trato de compañeros y profesores. 5. Hablar y expresar sus inquietudes y opiniones ante cualquier miembro de la comunidad. 6. Hacer reclamos justificados. 7. Ser protegido contra toda forma de maltrato, agresión, abandono, violencia, descuido, trato negligente, explotación, abuso y/o acoso sexual, discriminación, o cualquiera que atente contra su integridad. 8. Ser tratado con igualdad, sin ningún tipo de discriminación por su género, etnia, credo, condición socio económica. 9. Elegir y ser elegido en los distintos entes del gobierno escolar. 10. Contar con programas de nivelación cuando se presenten dificultades de aprendizaje y/o estén retrasados en el ciclo escolar. 11. Opinar sobre los problemas, enunciando críticas positivas, siguiendo los canales regulares de la comunicación, manifestando sus reclamos en forma debida, justa y corrigiendo sus equivocaciones. 12. Tener docentes idóneos y con conocimientos actualizados para el área asignada. 13. Ser informado oportunamente sobre horarios, actividades escolares y extracurriculares. 14. Contar con una programación dosificada de trabajos, talleres, tareas y evaluaciones, respetando el cronograma de actividades académicas previamente establecido. 15. Tener en cuenta las responsabilidades ordinarias, cuando las condiciones físico-psíquicas del alumno así lo requieran. 16. Conocer su estado académico 17. Ser estimulado cuando se haga merecedor a ello bien sea en forma grupal o individual. 18. Que sean respetados sus bienes y pertenencias. 19. Participar en actividades extracurriculares tendientes a favorecer el crecimiento personal y la proyección institucional. 20. Que se le estimule en toda manifestación e inclinación cultural, artística, deportiva, tecnológica, científica; siempre y cuando no interrumpa ni altere las actividades curriculares y se pueda contar con el espacio físico para dicha actividad. 21. Disfrutar de un ambiente sano, limpio y adecuado que facilite su formación. 6.2. De los padres de familia. 6.2.1. Deberes y derechos 6.2.1.1. Deberes y/o Responsabilidades de los padres de familia 1) Asistir a la entrega de notas, citaciones, reuniones y eventos institucionales. 2) Justificar por escrito las llegadas tardes e inasistencias a clase de sus hijos. 3) Brindar cualquier información necesaria para la atención integral del alumno. 4) Tratar de manera respetuosa a directivos, docentes y personal de apoyo. 5) Proveer a sus hijos espacios y ambientes en el hogar, que generen confianza, ternura, cuidado y protección de sí y de su entorno físico, social y ambiental. 6) Participar en la formulación, planeación y desarrollo de estrategias que promuevan la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos, la participación y la democracia, y el fomento de estilos de vida saludable.

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7) Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en el proceso pedagógico que adelante el establecimiento educativo para la convivencia y la sexualidad. 8) Participar en la revisión y ajuste del manual de convivencia a través de las instancias de participación definidas en el proyecto educativo institucional del establecimiento educativo. 9) Asumir responsabilidades en actividades para el aprovechamiento del tiempo libre de sus hijos para el desarrollo de competencias ciudadanas. 10) Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el manual de convivencia y responder cuando su hijo incumple alguna de las normas allí definidas. 11) Conocer y seguir la Ruta de Atención Integral cuando se presente un caso de violencia escolar, la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos o una situación que lo amerite, de acuerdo con las instrucciones impartidas en el manual de convivencia del respectivo establecimiento educativo. 12) Utilizar los mecanismos legales existentes y los establecidos en la Ruta de Atención Integral a que se refiere esta Ley, para restituir los derechos de sus hijos cuando éstos sean agredidos. 13) Suministrar a sus hijos los insumos mínimos para el desarrollo de las actividades académicas.

6.2.1.2. Derechos de los padres de familia

1) Recibir con anterioridad las citaciones, circulares y boletines. 2) Recibir en forma periódica información sobre el rendimiento académico y comportamental de sus hijos. 3) Participar en los espacios democráticos de discusión, diseño y ejecución de planes y programas contemplados en el Proyecto Educativo institucional. 4) Elegir y ser elegidos en igualdad de condiciones ante el Consejo de Padres, y demás órganos de la institución. 5) Recibir explicaciones claras y precisas sobre el proceso educativo que se lleva en la Institución Educativa. 6) Participar en los programas de formación y capacitación que los apoyen en la educación de sus hijos. 7) Decidir de manera libre y voluntaria los proveedores y marcas tanto de útiles escolares como de uniformes, destinados a las actividades escolares de sus hijos, procurando cumplir con las especificaciones dadas por la institución. 6.3. De los directivos y docentes de la institución. 6.3.1. De los deberes y derechos. 6.3.1.1. Deberes y/o Responsabilidades de los directivos y docentes. 1) Fomentar instancias de diálogo y reflexión con los padres, alumnos, compañeros y demás personal. 2) Tratar de manera cordial y respetuosa a todos los miembros de la institución educativa. 3) Mantener un sistema de evaluación formativo y permanente, cumpliendo con los parámetros exigidos por la Ley.

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4) Dedicar diariamente un espacio de tiempo personal a la investigación y al crecimiento personal, como eje fundamental de su Proyecto de Vida. 5) Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar, violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten a estudiantes del establecimiento educativo, acorde con los artículos 11 y 12 de la Ley 1146 de 2007 y demás normatividad vigente, con el manual de convivencia y con los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. Si la situación de intimidación de la que tienen conocimiento se hace a través de medios electrónicos igualmente deberá reportar al comité de convivencia para activar el protocolo respectivo. 6) Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la construcción de ambientes de aprendizajes democráticos y tolerantes que potencien la participación, la construcción colectiva de estrategias para la resolución de conflictos, el respeto a la dignidad humana, a la vida, a la integridad física y moral de los estudiantes. 7) Participar de los procesos de actualización y de formación docente y de evaluación del clima escolar del establecimiento educativo. 8) Contribuir a la construcción y aplicación del manual de convivencia. 9) Establecer y entregar a los padres de familia al inicio del año escolar, la lista completa de útiles de uso pedagógico para el año lectivo, que incluye textos, uniformes e implementos educativos que corresponden a cada grado. Se aclara que estos implementos son de uso personal, por lo tanto no es responsabilidad de los estudiantes entregarlos a la institución educativa. (La institución estipulará un tiempo prudente que permita a los padres de familia la adquisición de dichos materiales, no siendo obligatorio presentarlos al inicio del año escolar)

6.3.1.2. Derechos de los directivos y docentes

1) Recibir trato respetuoso por parte de todos los miembros de la comunidad. 2) Ejercer la profesión de acuerdo con la ley. 3) Elegir y ser elegido en igualdad de condiciones para los órganos del gobierno escolar. 4) Participar en los cursos de mejoramiento, actualización y profesionalización. 5) Disfrutar de sus vacaciones y permisos, debidamente justificados y solicitados por escrito. 6) Que se le aplique el debido proceso cuando se presenten dificultades. 7) Que su vida privada sea respetada. 8) Participar en los espacios democráticos de discusión, diseño y ejecución de planes y programas contemplados en el Proyecto Educativo institucional. 9) Ser estimulado cuando se haga merecedor a ello bien sea en forma grupal o individual. 10) Que se le estimule en toda manifestación e inclinación cultural, artística, deportiva, tecnológica y científica; siempre y cuando no interrumpa ni altere las actividades curriculares y se pueda contar con el espacio físico para dicha actividad. 6.4. Del rector de la institución. 6.4.1. De los deberes y derechos

6.4.1.1. Deberes del rector.

1) Representar a la institución social y administrativamente, según su nombramiento.

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2) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones emanadas del Ministerio. 3) Propiciar un diálogo cordial y respetuoso. 4) Mantener las condiciones físicas indispensables para el desarrollo de las actividades académicas. 5) Velar por el buen funcionamiento institucional: académica, comunitaria, financiera y administrativamente 6) Liderar el comité escolar de convivencia acorde con lo estipulado en los artículos 11,12 Y 13 de la Ley 1620 de 2013. 7) Incorporar en los procesos de planeación institucional el desarrollo de los componentes de prevención y de promoción, y los protocolos o procedimientos establecidos para la implementación de la ruta de atención integral para la convivencia escolar. 8)Liderar la revisión y ajuste del proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el sistema institucional de evaluación anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, en el marco del Plan de Mejoramiento Institucional. 9)Reportar aquellos casos de acoso y violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes del establecimiento educativo, en su calidad de presidente del comité escolar de convivencia, acorde con la normatividad vigente y los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral y hacer seguimiento a dichos casos.

6.4.1.2. Derechos del rector.

1) Recibir trato respetuoso por parte de todos los miembros de la comunidad. 2) Ejercer la profesión de acuerdo con la ley. 3) Participar en los cursos de mejoramiento, actualización y profesionalización. 4) Disfrutar de sus vacaciones y permisos, debidamente justificados y solicitados por escrito. 5) Que se le aplique el debido proceso cuando se presenten dificultades. 6) Que su vida privada sea respetada. 7) Participar y liderar los espacios democráticos de discusión, diseño y ejecución de planes y programas contemplados en el Proyecto Educativo institucional. 8) Ser estimulado cuando se haga merecedor a ello.

6.4.1.3. De las responsabilidades asignadas al establecimiento educativo

1) Garantizar a sus estudiantes, educadores, directivos docentes y demás personal de los establecimientos escolares el respeto a la dignidad e integridad física y moral en el marco de la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos. 2) Implementar el comité de escolar de convivencia y garantizar el cumplimiento de sus funciones acorde con lo estipulado en los artículos 11,12 Y 13 de la Ley 1620 3) Desarrollar los componentes de prevención, promoción y protección a través del manual de convivencia, y la aplicación de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, con el fin de proteger a los estudiantes contra toda forma de acoso, violencia escolar y vulneración de los derechos humanos sexuales y reproductivos, por parte de los demás compañeros, profesores o directivos docentes.

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4) Revisar y ajustar el proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el sistema institucional de evaluación de estudiantes anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, a la luz de los enfoques de derechos, de competencias y diferencial, acorde con la Ley General de Educación, la Ley 1098 de 2006 y las normas que las desarrollan. 5) Revisar anualmente las condiciones de convivencia escolar del establecimiento educativo e identificar factores de riesgo y factores protectores que incidan en la convivencia escolar, protección de derechos humanos, sexuales y reproductivos, en los procesos de autoevaluación institucional o de certificación de calidad, con base en la implementación de la Ruta de Atención Integral y en las decisiones que adopte el comité escolar de convivencia. 6) Emprender acciones que involucren a toda la comunidad educativa en un proceso de reflexión pedagógica sobre los factores asociados a la violencia y el acoso escolar y la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos y el impacto de los mismos incorporando conocimiento pertinente acerca del cuidado del propio cuerpo y de las relaciones con los demás, inculcando la tolerancia y el respeto mutuo. 7) Desarrollar estrategias e instrumentos destinados a promover la convivencia escolar a partir de evaluaciones y seguimiento de las formas de acoso y violencia escolar más frecuentes. 8) Adoptar estrategias para estimular actitudes entre los miembros de la comunidad educativa que promuevan y fortalezcan la convivencia escolar, la mediación y reconciliación y la divulgación de estas experiencias exitosas. 9) Generar estrategias pedagógicas para articular procesos de formación entre las distintas áreas de estudio. 6.5. Del personal de servicios y de apoyo logístico y/o administrativo 6.5.1. De los deberes y derechos Todos los dados por la empresa contratante. 6.5.2. Derechos personales de servicios y de apoyo logístico y/o administrativo Todos los dados por la empresa contratante.

7. DE LAS DEFINICIONES, SITUACIONES CONVIVENCIALES, LOS PROTOCOLOS DE ATENCIÓN Y LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL

7.1 Definiciones. Para efectos del presente manual se entiende por: 1. Conflictos. Son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o percibida entre una o varias personas frente a sus intereses. 2. Conflictos manejados inadecuadamente. Son situaciones en las que los conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros

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de la comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados. 3. Agresión escolar. Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la comunidad educativa que busca afectar negativamente a otros miembros de la comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica. a. Agresión física. Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras. b. Agresión verbal. Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas. c. Agresión gestual. Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros. d. Agresión relacional. Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros. e. Agresión electrónica. Es toda .acción que busque afectar negativamente a otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía. 4. Acoso escolar (bullying): De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente. por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes, ante la indiferencia o complicidad de su entorno. 5. Ciberacoso escolar (ciberbullying): De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado. 6. Violencia sexual: De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 1146 de 2007, "se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor". 7. Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es toda situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes 8. Restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es el conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan para la

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restauración de su dignidad e integridad como sujetos de derechos, y de su capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados.

7.2 Situaciones.

Las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, se clasifican en tres tipos:

7.2.1. Situaciones Tipo I.

Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud (Decreto 1965 de 2013)

a) Cualquier manifestación de irrespeto a un miembro de la comunidad educativa b) Llegar tarde a la institución o a cualquier espacio académico o comunitario citado

por ésta, sin excusa justificada. c) Perturbar o interrumpir el normal desarrollo de las clases o actividades escolares,

generando indisciplina y el saboteo d) Consumir sin autorización alimentos o bebidas en el salón de clase, o en las

actividades escolares. e) Presentación personal no acorde con lo exigido en el presente manual de

convivencia f) Permanecer sin autorización en lugares no permitidos o en el salón de clases

durante los descansos o en actos comunitarios g) Permanecer fuera del aula de clase, negarse a entrar a ella o ausentarse de la

misma sin autorización h) Manifestaciones exageradas o inapropiadas de afectividad en las relaciones

interpersonales i) Esconder, arrojar o voltear morrales y objetos personales de los compañeros j) Utilizar inadecuadamente los servicios del colegio y los materiales de trabajo k) Comer y/o masticar goma de mascar, confites, bombón bum o dulces en general,

dentro del aula y en actos comunitarios l) Usar gorras, buzos, manillas, audífonos, maquillaje exagerado, pírsines, u otros

elementos que no hacen parte del uniforme m) Usar inadecuadamente en los espacios de clase y comunitarios elementos no

permitidos tales como: celulares, video juegos, tablets, radios, cámaras u otros equipos, que perturben el desarrollo de las clases u otras actividades, pero que además puedan dar ocasión a robos, peleas, entre otros.

n) Ser cómplice en actos de indisciplina, apoyando, celebrando o guardando silencio frente a los hechos sucedidos.

o) Traer al colegio juguetes de naturaleza bélica p) Realizar publicaciones en medios escritos o digitales en contra de la institución o

de cualquier miembro de la comunidad educativa q) Falsificar la firma del acudiente en documentos institucionales o excusas r) Generar alteraciones a la convivencia de personas o grupos a raíz de comentarios

mal intencionados

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s) Impedir la comunicación asertiva y efectiva entre los integrantes de la comunidad educativa

t) Ingresar a la institución de manera irregular o permanecer en ella en jornadas o días que no correspondan, alterando el desarrollo de las actividades académicas o comunitarias.

u) Ausentarse de la institución sin autorización v) Daño o hurto de mínima cuantía de muebles y enseres de la institución o la planta

física. w) Portar, usar , distribuir, vender o promocionar material pornográfico o denigrante

del ser humano x) Intimidar, quitar o pedir dinero, objetos o alimentos a los estudiantes y demás

miembros de la comunidad educativa

7.2.2 Situaciones Tipo II:

Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características: a. Que se presenten de manera repetida o sistemática. b. Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados.

a) Irrespetar a un miembro de la comunidad educativa mediante apodos denigrantes, burlas o abucheos, comentarios discriminatorios, vocabulario soez, insultante, ofensivo o falsos testimonios (agresión verbal)

b) Celebrar inadecuadamente cualquier evento haciendo bromas que atenten contra el aseo y la seguridad de los compañeros o de la institución

c) Agredir físicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa o a cualquier persona perteneciente al entorno escolar

d) Provocar, inducir o apoyar a otras personas para que se den enfrentamientos o peleas

e) Realizar cualquier conducta que sea determinada como acoso escolar (bullying) y/o ciberacoso (Ciberbullying)

f) Discriminar a las personas verbalmente o de hecho por motivos de género, raza, religión, nacionalidad, regionalismo o estrato socioeconómico

g) Conformar y/o pertenecer a grupos que dentro de la institución educativa promuevan el acoso escolar o el ciberacoso contra cualquier integrante de la comunidad educativa

h) Promover el consumo de bebidas embriagantes o sustancias psicoactivas o tóxicas dentro de la institución educativa o de las actividades programadas por ella

i) Consumo de bebidas embriagantes o sustancias psicoactivas tóxicas dentro de la institución educativa o de las actividades programadas por ella

j) Presentarse a la institución o a actividades externas a las que asista en representación del colegio en estado de embriaguez o bajo el efecto de sustancias psicoactivas

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k) Arrojar sustancias o químicos dentro del aula de clase o la institución, generando perjuicio a la integridad de los compañeros o a cualquier persona que esté alrededor de la misma.

l) Crear pánico y difundir falsas alarmas que pongan en riesgo la seguridad y la vida de los miembros de la comunidad educativa

m) Ingresar al colegio y usar en las actividades escolares armas o artefactos que puedan generar violencia o destrucción

7.2.3 Situaciones Tipo III:

Corresponden a esta tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente.

a) Conformar pandillas o grupos delictivos dentro de la institución b) Chantaje, amenaza, acoso sexual o acoso económico (extorsión) en contra de

cualquier integrante de la comunidad educativa c) Realizar o participar en actividades conducentes a la corrupción de menores d) Destruir o dañar intencionalmente la planta física, el mobiliario, materiales

didácticos y recursos que se encuentran en el colegio u otros lugares donde se realizan actividades escolares

e) Daño de archivos, alteración de información y atentados contra los sistemas informáticos del colegio

f) Portar, suministrar o vender tabaco, bebidas alcohólicas o cualquier sustancia tóxica, estupefaciente o psicotrópica dentro del colegio o en actividades escolares, dentro de la institución o actividades programadas por ella (Decreto 1108 de 1994 del código nacional de la policía).

g) Falsificar firmas, sellos o cualquier clase de documentos públicos o de la institución

h) Agresión física que genere daño a la salud y que conlleve a incapacidad por algún integrante de la comunidad educativa a cualquier otro integrante de la misma

i) Utilizar celulares, computadores u otros medios para fines de pornografía o de incitación a cualquier forma de violencia y que vaya en contra de los principios y valores de la institución

j) Difamar o agredir a un miembro de la comunidad educativa por medios escritos o digitales, como el correo electrónico, facebook u otra red

k) Portar armas de cualquier tipo (blancas o de fuego) l) Abandono de las obligaciones familiares que garanticen el acompañamiento al

proceso formativo de los estudiantes en la institución educativa. (situación en la cual incurren los padres de familia - acudientes)

7.3. Protocolos de atención: Los protocolos de los establecimientos educativos estarán orientados a fijar los procedimientos necesarios para asistir oportunamente a la comunidad educativa frente a

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las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

7.3.1 De los protocolos para la atención de Situaciones Tipo l:

1. Reunir inmediatamente a las partes involucradas en el conflicto y mediar de

manera pedagógica para que éstas expongan sus puntos de vista y busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo.

2. Fijar la forma de solución de manera imparcial, equitativa y justa, encaminada a buscar la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el grupo involucrado o en el establecimiento educativo. De esta actuación se dejará constancia en el formato de seguimiento a estudiantes (F2-DC)

3. Realizar seguimiento del caso y de los compromisos a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir a los protocolos consagrados en los artículos siguientes

La institución educativa implementará como estrategia formativa un protocolo diferenciador ante las siguientes situaciones tipo 1 Literal b, llegadas tarde:

1. Quien llegue tarde se le asignará a su ingreso un taller de carácter formativo en temas de valores como responsabilidad, puntualidad, sentido de pertenencia y respeto por sí mismo y por el otro.

2. Posterior a la elaboración del taller el estudiante socializa a través de una exposición frente a un grupo el tema abordado, presentando sus puntos de vista y aprendizajes.

Las situaciones tipo I, Iuego de ser atendidas en primera instancia y que presenten reiteración por tres (3) veces implicará:

1. citación al acudiente, con el cual se expondrá la situación y la firma de un

compromiso. 2. Al incumplimiento de este acuerdo se aplica sanción de suspensión escolar inicial

de un día. 3. Si la conducta se repite se lleva el caso al comité de convivencia.

Los numerales u, v, w, x

1. Desde la identificación de la situación se hace llamado al padre de familia para presentar la situación, en el diálogo se establece acuerdo de convivencia, reparación del daño y sanción con desescolarización.

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7.3.2. De los protocolos para la atención de Situaciones Tipo II:

En la institución educativa se identifican dentro de las situaciones tipo II que existen dos formas de actuación, las situaciones que se configuran como conflicto serán atendidas por mediadores escolares (bien sea estudiantes o docentes), estos deben dejar siempre registro escrito de las situaciones identificadas y los procedimientos y acuerdos a los cuales se llegan. Estas situaciones están definidas en los numerales a hasta el e de las situaciones tipo II. Cuando este tipo de situaciones pese a la actuación de los mediadores y la intervención propuesta los casos no son resueltos favorablemente, los mediadores deberán reportar el caso a coordinación para que este de continuidad y seguimiento al proceso además de aplicar correctivos y sanciones si es necesario, en una siguiente instancia coordinación podrá convocar el análisis del caso en el comité de convivencia. Las situaciones tipo II que se constituyen como faltas, deben ser reportadas por quien las detecta a la coordinación institucional los cuales actúan.

1. Notificación inmediata al acudiente o padre de familia 2. En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud

física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia

3. Cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos, remitir la situación a las autoridades administrativas, en el marco de la Ley 1098 de 2006, actuación de la cual se dejará constancia

4. Adoptar las medidas para proteger a los involucrados en la situación de posibles acciones en su contra, actuación de la cual se dejará constancia

5. Generar espacios en los que las partes involucradas y los padres, madres o acudientes de los estudiantes, puedan exponer y precisar lo acontecido preservando en cualquier caso, el derecho a la intimidad, confidencialidad y demás derechos

6. Determinar las acciones restaurativas que busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo; así como las consecuencias aplicables a quienes han promovido, contribuido o participado en la situación reportada

Si hay reincidencia de las situaciones por la cuales se hace el proceso, se convocará al comité de convivencia escolar donde se determinaran otras acciones correctivas o sancionatorias que ameriten. PARÁGRAFO: Cuando el comité escolar de convivencia adopte como acciones o medidas la remisión de la situación al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para el restablecimiento de derechos, o al Sistema de Seguridad Social para la atención en salud integral, estas entidades cumplirán con lo dispuesto en el artículo 45 del Decreto 1965.

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7.3.3 De los protocolos para la atención de Situaciones Tipo III:

Quien identifica una situación tipo III, deberá notificar de manera inmediata al presidente del comité de convivencia escolar, en ausencia de este al coordinador de la respectiva jornada. Éste tras el reporte deberá:

1. En casos de daño al cuerpo o a la salud garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia.

2. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia.

3. El presidente del Comité Escolar de Convivencia de manera inmediata y por el medio más expedito, pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional, actuación de la cual se dejará constancia.

4. No obstante, lo dispuesto en el numeral anterior, se citará a los integrantes del comité escolar de convivencia en los términos fijados en el manual de convivencia. De la citación se dejará constancia.

5. El presidente del comité escolar de convivencia informará a los participantes en el comité, de los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de aquella información que pueda atentar contra el derecho a la intimidad y confidencialidad de las partes involucradas, así como del reporte realizado ante la autoridad competente.

6. Pese a que una situación se haya puesto en conocimiento de las autoridades competentes, el comité escolar de convivencia adoptará, de manera inmediata, las medidas propias del establecimiento educativo, tendientes a proteger dentro del ámbito de sus competencias a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada, actuación de la cual se dejará constancia.

7. El comité de convivencia escolar analizará a gravedad de la situación, el proceso individual del estudiante y a partir de allí tomará acciones las cuales pueden ir desde desescolarizaciones entre ocho y quince días o bien la cancelación de la matrícula, para lo cual se dejará constancia.

8. El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.

9. Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte del comité escolar de convivencia, de la autoridad que asuma el conocimiento y del comité municipal, distrital o departamental de convivencia escolar que ejerza jurisdicción sobre el establecimiento educativo en el cual se presentó el hecho

PARÁGRAFO: Para la activación de los protocolos de otras entidades, las autoridades que reciban por competencia las situaciones reportadas por los comités escolares de convivencia deberán cumplir con lo siguiente:

1. Adelantar la actuación e imponer de inmediato las medidas de verificación,

prevención o de restablecimiento de derechos de las partes involucradas en la

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situación reportada a que hubiere lugar, acorde con las facultades que para tal

efecto les confiera la Constitución y la ley, y conforme a los protocolos internos o

procedimientos que para el efecto tengan implementados las respectivas

entidades. 2. Realizar el reporte en el aplicativo que para el efecto se haya implementado en el

Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar. 3. Realizar el seguimiento a la situación puesta bajo su conocimiento hasta que se

logre el restablecimiento de los derechos de los involucrados. PARAGRAFO: En los protocolos de atención tipo I, II y III, se garantizará la confidencialidad de las actuaciones solo entre las partes involucradas. De igual manera se guardará confidencialidad a la identidad de los integrantes de la comunidad educativa que informe cualquiera de las situaciones descritas.

7.4. Ruta de atención Integral.

Define los procesos y los protocolos que deberán seguir las entidades e instituciones que conforman el Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, en todos los casos en que se vea afectada la convivencia escolar y los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes de las instituciones educativas, articulando una oferta de servicio ágil, integral y complementario

7.4.1. Componentes de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar.

7.4.1.1. El componente de promoción,

Que se centra en el desarrollo de competencias y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. Este componente determina la calidad del clima escolar y define los criterios de convivencia que deben seguir los miembros de la comunidad educativa en los diferentes espacios del establecimiento educativo y los mecanismos e instancias de participación del mismo, para lo cual podrán realizarse alianzas con otros actores e instituciones de acuerdo con sus responsabilidades. El decreto 1965 del 11 de septiembre de 2013, determina en su Artículo 36 las Acciones del Componente de Promoción. Se consideran acciones de promoción las políticas institucionales que se concentran en el fomento de la convivencia y en el mejoramiento del clima escolar, con el fin de generar un entorno para el ejercicio real y efectivo de los derechos humanos, sexuales y reproductivos en los términos establecidos en la Ley 1620 de 2013. Para garantizar este componente dentro de la institución educativa Fe y Alegría Villa de la Candelaria, el comité de convivencia escolar deberá:

Liderar el ajuste de los manuales de convivencia, conforme a lo establecido en el artículo 21 de la Ley 1620 de 2013 y en el Título III del presente Decreto.

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Proponer políticas institucionales que favorezcan el bienestar individual y colectivo, que puedan ser desarrolladas en el marco del proyecto educativo institucional -PEI, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 73 de la Ley 115 de 1994.

Liderar el desarrollo de iniciativas de formación de la comunidad educativa en temáticas tales como derechos humanos, sexuales y reproductivos, sexualidad, competencias ciudadanas, desarrollo infantil y adolescente, convivencia, y mediación y conciliación, para fortalecer el Sistema Nacional de Convivencia Escolar.

Fortalecer la implementación y evaluación de proyectos pedagógicos de educación para la sexualidad y construcción de ciudadanía desde preescolar, que correspondan a las particularidades socioculturales del contexto en el que se encuentra el establecimiento educativo. Estos proyectos deben garantizar el derecho que tienen niñas, niños y adolescentes de recibir información fundamentada en evidencia científica con el fin de que, progresivamente, vayan desarrollando las competencias que facilitan la toma de decisiones autónomas frente al ejercicio de la sexualidad y la realización de proyectos de vida.

Articular el diseño, implementación, seguimiento y evaluación de proyectos para el desarrollo de competencias ciudadanas orientados a fortalecer un clima escolar y de aula positivos que aborden como mínimo temáticas relacionadas con la clarificación de normas, la definición de estrategias para la toma de decisiones, la concertación y la negociación de intereses y objetivos, el ejercicio de habilidades comunicativas, emocionales y cognitivas a favor de la convivencia escolar, entre otros.

Generar mecanismos y herramientas para que el desarrollo de competencias ciudadanas y la formación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos se lleve a cabo de manera transversal en todas las áreas obligatorias y fundamentales del conocimiento y de la formación establecidas en el proyecto educativo institucional

La institución educativa para garantizar el componente de promoción y dar cumplimiento a los lineamientos de éste, integra dentro de sus acciones de la vida escolar actividades como:

Definir y ejecutar un sistema de inducción a estudiantes y familias nuevas en la institución, así como re inducción anual a estudiantes antiguos, buscando socializar las políticas institucionales relacionadas con la convivencia y el compromiso de éstos en su cumplimento.

Uso de medios informativos escritos y/o virtuales, que sean de acceso público, con mensajes e información para incentivar el reconocimiento de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, los valores y la convivencia escolar.

Vincular a los estudiantes del servicio social de alfabetización como miembros activos dentro del contexto escolar para favorecer ambientes de respeto, cuidado y conservación de un ambiente escolar favorable (en restaurante escolar, descansos, biblioteca, y otros espacios vulnerables para la convivencia)

Promover de manera permanente campañas pedagógicas y formativas, relacionadas con la higiene, el uso adecuado de bienes e insumos institucionales (restaurante, biblioteca, servicios sanitarios, servicios públicos, elementos

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tecnológicos), buen trato, valores, entre otros, que propendan por la educación para la convivencia.

Articular en los proyectos educativos institucionales acciones específicas desde cada uno de ellos, tendientes a mejorar la convivencia, el reconocimiento y respeto por los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

Implementar formación a padres de familia acerca de la sexualidad y asuntos relacionados con la convivencia.

Promover de manera conjunta con el personero escolar acciones tendientes a la participación de los estudiantes en tareas que mejoren la convivencia escolar, el reconocimiento y respeto por los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

7.4.1.2. El componente de prevención:

Que se ejecuta a través de un proceso continuado de formación para el desarrollo integral del niño, niña y adolescente, con el propósito de disminuir en su comportamiento el impacto de las condiciones del contexto económico, social, cultural y familiar. Incide sobre las causas que puedan potencialmente originar la problemática de la violencia escolar, sobre sus factores precipitantes en la familia y en los espacios sustitutivos de vida familiar, que se manifiestan en comportamientos violentos que vulneran los derechos de los demás, y por tanto quienes los manifiestan están en riesgo potencial de ser sujetos de violencia o de ser agentes de la misma en el contexto escolar. En el Artículo 37 del decreto 1965 del 2013. Define las acciones del componente de prevención. Se consideran acciones de prevención las que buscan intervenir oportunamente en los comportamientos que podrían afectar la realización efectiva de los derechos humanos, sexuales y reproductivos con el fin de evitar que se constituyan en patrones de interacción que alteren la convivencia de los miembros de la comunidad educativa. Hacen parte de las acciones de prevención:

- La identificación de los riesgos de ocurrencia de las situaciones más comunes que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, a partir de las particularidades del clima escolar y del análisis de las características familiares, sociales, políticas, económicas y culturales externas, que inciden en las relaciones interpersonales de la comunidad educativa, de acuerdo con lo establecido en el numeral 5 del artículo 17 de la Ley 1620 de 2013.

- El fortalecimiento de las acciones que contribuyan a la mitigación de las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos; identificadas a partir de las particularidades mencionadas en el numeral 1 de este artículo.

- El diseño de protocolos para la atención oportuna e integral de las situaciones más comunes que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos

En la institución educativa Fe y alegría Villa de la Candelaria, harán parte del componente de prevención:

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- Promover el fortalecimiento de proyecto de vida en los estudiantes, potenciando sus valores, toma de decisiones y autonomía, esta tarea se hará a través de las direcciones de grupo.

- Fortalecimiento de valores a partir de las tareas cotidianas de la vida escolar

- Garantizar los recursos desde disponibilidad y calidad, necesarios para las actividades cotidianas (uniformes, recipientes de basura, acompañamiento de docentes, estrategias adecuadas de aula)

- Tener claridad unificación y cumplimiento a las normativas por parte de docentes y directivos en relación a la convivencia escolar.

- Vincular a los padres de familia de manera permanente a los procesos educativos y formativos de los estudiantes.

- Promover la participación activa de los estudiantes en diferentes acciones que propendan por la convivencia y la garantía de los derechos humanos

7.4.1.3. El componente de atención.

Que desarrolla estrategias que permitan asistir al niño, niña, adolescente, al padre, madre de familia o al acudiente, o al educador de manera inmediata, pertinente, ética, e integral, cuando se presente un caso de violencia u acoso escolar o de comportamiento agresivo que vulnere los derechos humanos, sexuales y reproductivos, de acuerdo con el protocolo y en el marco de las competencias y responsabilidades de las instituciones y entidades que conforman el Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar. Este componente involucra a actores diferentes a los de la comunidad educativa únicamente cuando la gravedad del hecho denunciado, las circunstancias que lo rodean o los daños físicos y psicológicos de los menores involucrados sobrepasan la función misional del establecimiento educativo. El artículo 38 del decreto 1965. Determina las Acciones del componente de atención como aquellas acciones que permitan asistir a los miembros de la comunidad educativa frente a las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, mediante la implementación y aplicación de los protocolos internos de los establecimientos educativos y la activación cuando fuere necesario, de los protocolos de atención que para el efecto se tengan implementados por parte de los demás actores que integran el Sistema Nacional de Convivencia Escolar en el ámbito de su competencia. Dentro del componente de atención se establece dentro de la institución es importante el reconocimiento y activación de la Ruta de Atención, aplicable dependiendo del tipo de situación que se presente, así como la aplicación de acciones pedagógicas correctivas frente a comportamientos que alteren la convivencia escolar, entre estas acciones pedagógicas se pueden implementar:

- Proponer dentro de las aulas de clase con los estudiantes que comenten faltas, asignación de temas explícitos para presentar exposiciones o charla ante su grupo de estudiantes, buscando la reflexión sobre su falta.

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- Implementar los comparendos pedagógicos, los que consisten en charlas grupales con coordinación, padres de familia y alumnos que comenten faltas de tipo I para incentivar las actitudes de cambio y mejoría.

- Generación de grupos de acuerdo a las situaciones que infringen de manera reiterada, para que en jornada contraria a la académica para realizar actividades de tipo pedagógico y de apoyo institucional.

- Comunicación permanente con los padres y vinculación como familia las acciones pedagógicas que propendan por el mejoramiento de la convivencia escolar.

- Abrir espacios de diálogo, concertación y mejoramiento de la convivencia a través de los mediadores escolares

7.4.1.4. El componente de seguimiento.

Que se centra en el reporte oportuno de la información al Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar, del estado de cada uno de los casos de atención reportados.

7.4.2. Protocolos de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar:

La Ruta de Atención Integral inicia con la identificación de situaciones que afectan la convivencia por acoso o violencia escolar, los cuales tendrán que ser remitidos al Comité Escolar de Convivencia, para su documentación, análisis y atención a partir de la aplicación del Manual de Convivencia. Los protocolos y procedimientos de la ruta de atención integral deberán considerar como mínimo los siguientes postulados:

1. Puesta en conocimiento de los hechos por parte de las directivas, docentes y estudiantes del Colegio involucrados.

2. Puesta en conocimiento de los hechos a los padres de familia o acudientes de las víctimas y de los generadores de los hechos violentos.

3. Búsqueda de las alternativas de solución frente a los hechos presentados procurando encontrar espacios de conciliación, cuando proceda, garantizando el debido proceso, la promoción de las relaciones participativas, incluyentes, solidarias, de la corresponsabilidad y el respeto de los derechos humanos.

4. Garantía de la atención integral y el seguimiento pertinente para cada caso. Una vez agotada esta instancia, las situaciones de alto riesgo de violencia escolar o vulneración de derechos, sexuales y reproductivos de niños, niñas y adolescentes de los establecimientos educativos en los niveles de preescolar, básica y media que no puedan ser resueltas por las vías que establece el manual de convivencia y se requiera de la intervención de otras entidades o instancias, serán trasladadas por el Rector de la institución, de conformidad con las decisiones del Comité Escolar de Convivencia, al ICBF, la Comisaría de Familia, la Personería Municipal o Distrital o a la Policía de Infancia y Adolescencia, según corresponda.

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8. PROCEDIMIENTOS Y ACCIONES CORRECTIVAS

“EL OBJETIVO NO ES SANCIONAR, SINO FORMAR CIUDADANOS DE BIEN”. 8.1. Debido proceso. El debido proceso es una garantía para asegurar a todos los integrantes de la comunidad educativa sus derechos dentro de un proceso en su contra, es universal y sus principios no varían. El debido proceso tiene sus fundamentos en el Art. 29 de la Constitución Política Nacional de 1991 “el debido proceso se aplicará a toda clase de actuaciones, es decir, en todos los campos en los que se haga uso de la facultad disciplinaria para acciones correctivas”. El artículo 25 del decreto 1860 de 1994 indica que: corresponde al rector del establecimiento educativo: Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuyen la ley, los reglamentos y el manual de convivencia. Las sanciones deben ser proporcionales y adecuadas que no afecten la dignidad del estudiante.

8.2. Principios del debido proceso convivencial.

Legalidad: Constitución política nacional de 1.991, Ley 115 de 1.994; Decreto 1860 de 1.994; Artículo 319 Código del Menor Acuerdo 004/00 comité de convivencia.

Favorabilidad: Todas las acciones deben apuntar a beneficiar el estudiante.

Presunción de inocencia: Hasta que no se pruebe la culpabilidad en estrados judiciales.

Derecho a la defensa: Todo estudiante tiene derecho a argumentar sus actuaciones y a desvirtuar las acusaciones hechas en su contra, por sí mismo, por su representante o por medio de un defensor técnico.

Publicidad: Todos los miembros de la comunidad deben conocer ampliamente las normas y procedimientos que le serán aplicados.

Impugnación: Todo miembro de la comunidad educativa tiene derecho a controvertir las decisiones tomadas por la institución (procedimientos – instancias – decisiones).

Derecho a no ser juzgado dos veces por la misma causa: los estudiantes no pueden ser juzgados por el mismo hecho. No puede existir doble sanción.

Se indaga sólo la falta presuntamente cometida, no es acumulativa.

8.3. Conducto regular convivencial.

1. Docente que conoce la situación tipo I con el o los estudiantes implicados y deja

constancia escrita en el formato de seguimiento a estudiantes 2. Este mismo docente está llamado a hacer el seguimiento a las situaciones 3. Si se presentan las reiterancias ante situaciones tipo I, deben ser atendidas por el

director de grupo quien debe ser el que cite a los acudientes para firmar acuerdos y compromisos de mejoramiento.

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4. Cuando los compromisos son incumplidos se pasa el caso a coordinación para aplicar desescolarización en el caso de ser necesario.

5. Se pasa el caso al comité de convivencia escolar 6. Remisión a otras instancias cuando la situación no puede resolverse al interior de

la institución (Ruta de atención integral). Las situaciones tipo II serán notificadas al coordinador de la respectiva jornada quien aplicará el protocolo de atención para dicha situación En el caso de situaciones tipo III, se hace el reporte al presidente del comité de convivencia escolar o en su ausencia al coordinador de la jornada para activar el protocolo de atención y así mismo la ruta de atención en caso de ser necesario.

8.4. Conducto regular académico.

1. Docentes de área. 2. Docentes directores de grupos. 3. Coordinador. 4. Consejo académico. 5. Comités de evaluación y promoción. 6. Rector.

8.5. Principios del debido proceso académico.

Legalidad: Ley 115 de 1994, decreto 1290 de 2009, estándares de calidad, lineamientos curriculares.

Procedimientos: Criterios de evaluación conocidos ampliamente.

Metodologías coherentes con el modelo pedagógico, el enfoque y el Proyecto Educativo Institucional.

Estrategias de evaluación Institucional, tales como seguimiento, trabajo grupal, bimestral y autoevaluación.

8.6. Procedimiento de aplicación del conducto regular académico.

Para superar las dificultades presentadas durante el proceso académico de los y las estudiantes se procederá de la siguiente manera:

Los y las estudiantes que presenten bajo desempeño deberán acordar con el docente del área el plan de mejoramiento y establecer el compromiso entre las partes.

El director de grupo verificará los resultados obtenidos durante cada período académico y hará seguimiento a los planes de mejoramiento de cada área y/o asignatura. Informará por escrito a coordinación si encuentra alguna anomalía.

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Los y las estudiantes deberán presentarse en las fechas y horarios asignados para el plan de mejoramiento. Sólo las excusas médicas o por fuerza mayor confirmadas serán válidas para la no presentación oportuna de las actividades, en estos casos se establecerán nuevas fechas. Quien no se presente oportunamente no se le brindará ninguna otra oportunidad.

El docente de área y/o asignatura analizará los resultados obtenidos por los y las estudiantes en los planes de mejoramiento de cada área y determinará el nivel de cumplimiento de los logros evaluados, presentará un informe a la Comisión de evaluación y promoción la cual si lo considera pertinente podrá citar al alumno y al acudiente para justificar el porqué de su bajo rendimiento.

El consejo académico deberá analizar el rendimiento académico de los alumnos y organizará un plan de trabajo que incentive el mejoramiento académico.

8.7. Procedimientos para estudiantes sancionados

En los periodos de desescolarización, para garantizar un seguimiento académico y por consiguiente no abandonar el proceso enseñanza aprendizaje, el estudiante deberá desarrollar las temáticas abordadas en cada una de las asignaturas de manera autónoma e independiente, haciendo un registro que evidencie sus hallazgos en torno al trabajo realizado, el cual debe presentar a cada docente al reintegrarse a sus actividades académicas Los estudiantes que se matriculen con compromiso serán aquellos que no hayan sido promovidos, y aquellos que presentaron sanciones por situaciones tipo II y tipo III. La condición de estudiante con compromiso académico o disciplinario debe aparecer consignada en la respectiva ficha de seguimiento individual.

9. DE LOS VALORES DESTACADOS Y LOS ESTIMULOS.

9.1. Estímulos para los estudiantes.

1. Reconocimiento público y privado al esfuerzo y dedicación. 2. Comunicación a los padres de los alumnos sobresalientes. 3. Al final de cada periodo académico se hará el cuadro de honor con los mejores estudiantes de cada grupo. 4. Destacar en medios de comunicación institucionales (periódico, página web, otros). 5. Registrar los estímulos a los alumnos en la ficha de seguimiento.

9.2. Estímulo para los docentes.

1. Los estipulados en el decreto 2277 y 1278. 2. Se permitirá la participación en seminarios y talleres de actualización. 3. Fomentar encuentros y celebraciones culturales.

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10. SISTEMA INSTITUCIONAL EVALUATIVO. 10.1. Criterios de evaluación. Nos fundamentamos en:

Los estándares nacionales y los lineamientos curriculares definidos por el Ministerio de Educación Nacional. Los logros que determine la institución en cualquiera de las áreas, dimensiones y/o asignaturas.

Evaluamos el:

Saber: datos, hechos, informaciones, conceptos, conocimientos. Saber hacer: habilidades, destrezas técnicas para aplicar y transferir el saber a la actuación. Saber ser: normas, actitudes, intereses, valores que llevan a tener unas convicciones y asumir unas responsabilidades.

Las características de nuestro proceso evaluativo son:

Permanente: es el tipo de evaluación que valora todas las acciones que se presentan en la vida escolar y que fortalecen el proceso de aprendizaje. Sistemática: cada proceso y actividad que conforman la evaluación responden a una concepción global de la misma. Acumulativa: al término del periodo se elabora un boletín informativo en el que se reflejan los procesos desarrollados a lo largo del año escolar. Formativa: se retroalimenta el proceso formativo del estudiante a través de evaluaciones que desarrollen procesos de pensamiento, criterios propios, fundamentados y racionales. Consecuente: responde a los contenidos y estrategias pedagógicas realizadas. Cualitativa: que permita mirar al estudiante como persona en todas sus dimensiones.

Las técnicas e instrumentos que se utilizarán para evaluar y verificar el avance en

las competencias son:

Bimestral: es una prueba que recoge el aprendizaje del periodo académico, en algunas áreas se aplica escrita y en las demás a través de otras estrategias evaluativas acordes a área Cuando la prueba es escrita, se hace tipo pruebas saber, y aplica así de acuerdo a los ciclos de formación

- De primero a tercero serán evaluados en las áreas básicas (Lenguaje y matemáticas)

- Cuarto y quinto serán evaluados en humanidades (inglés – lenguaje), matemáticas ciencias sociales y ciencias naturales.

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- De sexto a undécimo todas las asignaturas que cursa el estudiante exceptuando educación artística, educación física, y media técnica.

En todos los casos, esta prueba se aplica en la novena semana del periodo académico, y tiene una valoración del 20% dentro del porcentaje total de la nota del periodo académico. Seguimiento: es el desempeño de cada estudiante en las actividades asignadas dentro y fuera del aula: presentación y entrega oportuna de tareas y trabajos, asistencia, participación en clase, pruebas orales y escritas, investigación, utilización correcta de los materiales de trabajo (cuaderno, carpeta, texto, etc.). Mínimo 3 actividades y máximo 8 actividades por período. Trabajo grupal: capacidad de los estudiantes de interactuar y asumir un rol grupal desde la responsabilidad y lo propositivo: exposiciones, dramatizaciones, investigación, etc. Autoevaluación y coevaluación: proceso de evaluación formativo desarrollado entre el docente y el alumno. Los estudiantes harán seguimiento constante de cada actividad que realizan, durante el período de manera tal que una semana previa a la culminación del período se concluirá la autoevaluación y coevaluación. Como resultado de este proceso se obtendrá una nota. Se debe cumplir, en cada período, con la implementación de los cuatro instrumentos estipulados anteriormente. Al culminar el período académico se calculan todas las notas para determinar el desempeño del estudiante. 10.2. Criterios de promoción Los estudiantes serán promovidos de un grado al siguiente cuando:

Son estudiantes de preescolar, en este caso todos los estudiantes son promovidos al grado siguiente de conformidad con el artículo 10 del decreto 2247 de 1997.

Estudiantes de 1° a 11° que obtienen desempeño superior, alto o básico en cada una de las áreas que tiene el plan de estudios de la institución.

Se aplica promoción anticipada de acuerdo a las condiciones que están explicadas en el respectivo numeral.

Los estudiantes que pierden un área son promovidos al siguiente grado durante el cual deben presentar plan de recuperación para alcanzar los desempeños básicos del área pendiente.

En el caso del grado undécimo solo se otorga el título de bachiller cuando el estudiante ha obtenido desempeño básico, alto o superior en la totalidad de las áreas, cumple con los requisitos de las horas de democracia y servicio social.

Los estudiantes de la media técnica que cumpla con los requisitos acordados con la institución articuladora.

10.3 Criterios de no promoción

Los estudiantes no son promovidos al siguiente grado cuando:

Obtienen desempeño bajo en dos o más áreas.

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Estudiantes que hayan dejado de asistir injustificadamente al 15% o más de las actividades académicas durante el año escolar.

En el caso de estudiantes de la media técnica que no cumplen con los mínimos requeridos en el proceso académico exigido por la entidad articuladora que exige la media técnica.

CONSIDERACIONES ESPECIALES PARA ESTUDIANTES DE LA MEDIA TÉCNICA Ser estudiante de la media técnica es hacer parte de una institución de educación superior, que oferta módulos de formación en informática con énfasis en desarrollo de software. Por ende estos estudiantes deben cumplir con unas condiciones y responsabilidades adicionales a su proceso de formación regular. Los criterios de ingreso a la media técnica son:

Estudiantes que optan voluntariamente seguir con la modalidad ofertada, con el apoyo y compromiso de su familia

Estudiantes con desempeño básico alto o superior en su proceso formativo en las áreas de matemáticas, español e informática

NOTA: La institución educativa no analizará ni considerará ningún cambio o retiro de modalidad durante el lapso del año escolar, puesto que se asume como una decisión voluntaria.

Cuando un estudiante se matricula en la media técnica, debe:

Asistir a 7 horas semanales de clase específicas de formación en la media técnica, en jornada contraria a la jornada académica ordinaria.

Cumplimiento del Proyecto Pedagógico Integrador (PPI)

Asistencia a las asesorías del PPI, en horario concertado con el asesor

En caso de compromiso con los semilleros ofertados por la alianza futuro digital, asistir y cumplir con el proceso convocado (en este caso se hará un reconocimiento de horas en la prestación del servicio social de alfabetización)

La media técnica es considerada en la institución educativa como un área de formación, que por ser una modalidad dependiente de una institución articuladora no podrá ser ni aplazada, ni reforzada en periodos de tiempo distintos a los académicos regulares. En este sentido si un estudiante de la media técnica incumple con los requisitos mínimos exigidos por dicha institución no podrá ser promovido al grado siguiente.

Son causales de pérdida de la media técnica

Inasistencia injustificada al 15% de las actividades programadas por la entidad articuladora en el proceso de la media técnica (clases, asesoría PPI)

Incumplimiento en la presentación del proyecto pedagógico integrador PPI

Obtener desempeño bajo en la valoración de las actividades de la media técnica

NOTAS:

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Un estudiante que no sea promovido en la media técnica, deberá repetir el grado en la media académica, puesto que la entidad articuladora no permite repitencia en el proceso. Cuando un estudiante no es promovido al grado siguiente se le garantiza el cupo para que continúe con su proceso formativo. Si este estudiante reincide en la repitencia el establecimiento se reserva el derecho de asignarle el cupo.

10.4. Criterios para determinar la valoración definitiva por área

Al finalizar el año escolar la valoración definitiva, presentada en el quinto informe, está determinada por el promedio de los cuatro períodos del año escolar.

10.5. Acciones de seguimiento para el mejoramiento del desempeño de los

estudiantes durante el año escolar

Durante el período académico el estudiante tiene la posibilidad, con el apoyo del docente, de mejorar sus desempeños bajos por medio de las estrategias que consideren pertinentes.

Actividades de apoyo: son un conjunto de actividades que se realizan con el propósito de ayudar a superar las dificultades que se han presentado en el desarrollo de las competencias de las distintas áreas, se realizan durante el periodo académico de manera permanente Entre estas actividades se deben incluir: asesorías, explicaciones, talleres en el aula.

Planes de mejoramiento: Son actividades que tienden a nivelar a los estudiantes que finalizados los periodos académicos no han alcanzado las competencias mínimas requeridas en los contenidos de aprendizaje.

Aquellos estudiantes que después de realizar las actividades de apoyo durante el período lo finalizan presentando dificultades en los logros, participarán en unos tiempos específicos programados por los docentes para realizar planes de mejoramiento. Se hace claridad que dichas actividades no se limitan a la entrega de un taller para realizar en casa o en el aula, sino que pueden incluir asesorías, clases, explicaciones.

La institución educativa, desde la entrega de boletines académicos a las familias dispone en el sitio web institucional http://iefavc.jimdo.com/, los planes de mejoramiento que cada estudiante debe presentar de acuerdo al reporte entregado, en éste documento se describen las fechas, actividades, tiempos de asesoría, fechas y estrategias de sustentación de aprendizajes.

Se determina que el tiempo para la presentación de dichas actividades de mejoramiento, serán solo las cuatro primeras semanas del periodo siguiente al que se presenta la insuficiencia, en caso que el alumno no se presente, o

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no alcance los logros mínimos esperados, podrá volver a presentarlas en el periodo siguiente hasta alcanzarlo.

Los planes de mejoramiento y actividades de apoyo, que se realizan permanentemente, tienen el propósito de nivelar aquellos estudiantes que no han logrado los desempeños básicos en las asignaturas.

10.6. Instancias, procedimientos y mecanismos de atención y resolución de

reclamaciones de padres de familia y estudiantes sobre la evaluación y promoción.

Instancias para las reclamaciones:

El docente de la asignatura.

Director de grupo.

Coordinador(a) de la jornada

Rector(a).

Consejo Académico.

Consejo Directivo. Procedimiento para las reclamaciones: El tiempo máximo para presentar la reclamación es cinco días hábiles después de recibido el boletín de calificaciones, teniendo en cuenta el siguiente procedimiento: 1. Dialogo personal del padre de familia y/o el estudiante con el docente de la asignatura, quien debe dar una respuesta inmediata. 2. Si establecido el diálogo anterior, no hay acuerdo, se hace reclamación por escrito para ser presentada a la siguiente instancia que es el director de grupo, quien tiene un máximo de tres días hábiles para responder por escrito la reclamación. 3. Agotados los dos pasos anteriores, la reclamación pasa a la tercera instancia, para ser atendida por el Coordinador(a), quien tiene un máximo de tres días hábiles para responder por escrito la reclamación. 4. Si el padre de familia se siente inconforme con los diálogos y decisiones tomadas anteriormente, acude a rectoría. Quien tiene un máximo de cinco días hábiles para responder por escrito la reclamación. 5. El rector(a) si lo cree necesario acude al Consejo académico, como órgano consultor, éste tiene cinco días hábiles para dar respuesta por escrito. 6. Por último, es el Consejo Directivo el encargado de tomar decisiones definitivas frente al caso.

10.7. Criterios y procesos para garantizar la promoción al grado siguiente de

aquellos estudiantes que no la obtuvieron en el año lectivo anterior

Para garantizar la promoción al grado siguiente de aquellos estudiantes que no la obtuvieron en el año lectivo anterior se establecen los siguientes criterios y procedimientos:

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Criterio

1. Todos los alumnos que reprobaron el año, pueden ser promovidos al siguiente grado si al culminar el primer período académico obtienen desempeño alto (4.0 – 4.7) en todas las áreas.

2. Presentar, sustentar y aprobar actividades de nivelación académica de todas las áreas con las temáticas abordadas en el primer periodo del grado al cual aspira (estas corresponden a las actividades de planes de mejoramiento del primer periodo). Para cumplir con este criterio el estudiante tendrá 2 semanas después de la solicitud entregada al consejo académico.

Procedimientos 1. Presentar solicitud escrita al consejo académico, firmada por los padres de familia, máximo cinco días hábiles después de la entrega de boletines del primer período. 2. El consejo académico estudia el caso y recomienda ante el consejo directivo la promoción anticipada al grado siguiente. 3. El consejo directivo ratifica la decisión tomada por el consejo académico

10.8. Promoción anticipada.

Durante el primer período del año escolar el consejo académico, previo consentimiento de los padres de familia, recomendará ante el consejo directivo la promoción anticipada al grado siguiente del estudiante que demuestre un rendimiento superior en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las competencias básicas del grado que cursa. La decisión será consignada en el acta del consejo directivo y, si es positiva, en el registro escolar. NOTAS:

Cuando un estudiante no es promovido al grado siguiente se le garantiza el cupo para que continúe con su proceso formativo.

Si este estudiante reincide en la repitencia el establecimiento se reserva el derecho de asignarle el cupo.

CONSIDERACION ESPECIAL PARA DECLARAR DESERTORES DEL SISTEMA ESCOLAR: Es considerado desertor de la institución educativa al estudiante que abandone sin causa probada y justificada el proceso formativo, en un porcentaje de inasistencia del 15% de forma consecutiva (30 días hábiles). El cupo para reingreso a la institución, está sujeto a disponibilidad, por lo tanto no se garantiza.

11. DE LA REFORMA DEL MANUAL DE CONVIVENCIA. El presente manual de convivencia de la Institución educativa Fe y Alegría Villa de la Candelaria, está vigente a partir de su aprobación por parte del Consejo Directivo del 25

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de febrero de 2016 y está concebido como una herramienta educativa para la comunidad educativa. El Consejo Directivo o una comisión permanente nombrada por esta corporación asumirán las reformas que considere necesarias, pensando siempre en el beneficio y operatividad de la Institución Educativa en relación con el aspecto comportamental de todos los miembros de la comunidad educativa de Fe y Alegría Villa de la Candelaria. Este Manual de Convivencia fue trabajado por una comisión de profesores, directivos docentes, padres de familia y alumnos de la Comunidad Educativa. EXCPECIÓN: El presente manual rige a partir de 26 de febrero del año 2016, sin embargo para el año lectivo 2016 se respetará el criterio de promoción anticipada para los estudiantes contemplado en la versión anterior del manual, garantizando así los compromisos con los cuales fueron matriculados, a partir del 2017 rige en su totalidad