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SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
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MANUAL DEL SISTEMA DE GESTION DE LA SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO (SG-SST)
CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CENTRAL COLINA PRIMERA
ETAPA P.H.
ELABORADO POR
CAMILO BOSSA VENEGAS
LUIS EDUARDO URBANO
BOGOTA, DICIEMBRE DE 2017
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CONTENIDO
1. CAPITULO I .................................................................................................... 6
1.1. INTRODUCCION.................................................................................... 6
1.2. PRESENTACION DEL CONJUNTO RESIDENCIAL .............................. 6
1.3. MISION DEL CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CENTRAL COLINA
PRIMERA ETAPA P.H. EN EL (SG-SST) ........................................................... 7
1.4. VISION DEL CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CENTRAL COLINA
PRIMERA ETAPA P.H. EN EL (SG-SST) ........................................................... 7
1.5. INFORMACION DEL CONJUNTO RESIDENCIAL ................................. 7
1.6. ORGANIGRAMA .................................................................................... 8
1.7. LOCALIZACION ..................................................................................... 9
1.8. SISTEMA DE GESTION DE LA SEGURIDAD SALUD Y TRABAJO
((SG-SST)). ......................................................................................................... 9
1.9. OBJETIVO DE LA IMPLEMENTACIÓN DEL (SG-SST) EN EL
CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CENTRAL COLINA PRIMERA ETAPA
P.H. 10
1.10. ALCANCE ............................................................................................ 10
1.11. MARCO LEGAL.................................................................................... 11
1.12. DEFINICIONES .................................................................................... 15
1.13. ABREVIATURAS .................................................................................. 22
1.14. POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO ..................... 23
1.15. RECURSOS ......................................................................................... 23
1.15.1. RECURSOS HUMANOS................................................................ 23
1.15.2. RECURSOS TECNICOS ............................................................... 24
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1.15.3. RECURSOS FINANCEROS .......................................................... 24
1.16. ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA DE GESTION DE LA SEGURIDAD
SALUD Y TRABAJO ......................................................................................... 25
1.17. SUB PROGRAMA DE MEDICINA PREVENTIVA Y DEL TRABAJO, O
DE CONDICIONES DE SALUD ........................................................................ 25
1.18. SUB PROGRAMA DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL, O DE
CONDICIONES DE SEGURIDAD ..................................................................... 25
1.19. PARTES INTERESADAS EN EL SISTEMA DE GESTION DE LA
SEGURIDAD SALUD Y TRABAJO ................................................................... 26
CAPITULO II ......................................................................................................... 27
2.1. RESPONSABILIDADES EN EL CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE
CENTRAL COLINA PRIMERA ETAPA P.H. ...................................................... 27
2.2. RESPONSABILIDADES DE LA ASEGURADORA DE RIESGOS
LABORALES ARL ............................................................................................. 28
2.3. COMITÉ PARITARIO COPASST O VIGÍA DE SEGURIDAD Y COMITÉ
DE CONVIVENCIA LABORAL .......................................................................... 28
2.4. RESPONSABILIDADES DE LOS TRABAJADORES ............................ 29
2.5. CAPACITACION EN SEGURIDAD SALUD Y TRABAJO ..................... 29
2.6. DOCUMENTACION ............................................................................. 30
2.7. CONSERVACION DE DOCUMENTOS ................................................ 32
2.8. COMUNICACIÓN ................................................................................. 34
CAPITULO III ........................................................................................................ 35
3.1. IDENTIFICACION DE PELIGROS ........................................................ 35
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3.2. EVALUACION INICIAL DEL SISTEMA DE GESTION DE LA
SEGURIDAD SALUD Y TRABAJO ................................................................... 36
3.3. PLANIFICACION DEL SISTEMA DE GESTION DE LA SEGURIDAD
SALUD Y TRABAJO ......................................................................................... 37
3.4. OBJETIVOS DEL SISTEMA DE GESTION DE LA SEGURIDAD SALUD
Y TRABAJO ...................................................................................................... 39
3.5. INDICADORES .................................................................................... 42
3.5.1. INDICADORES DE ESTRUCTURA...................................................... 42
3.5.2. INDICADORES DE PROCESO ............................................................ 47
3.5.3. INDICADORES DE RESULTADO ........................................................ 50
CAPITULO IV ....................................................................................................... 55
4.1. GESTION DE PELIGROS Y RIESGOS ................................................ 55
4.2. ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL EPP ............................. 55
4.3. MEDIDAS DE PREVENCION Y CONTROL ......................................... 56
4.4. PREVENCION, PREPARACION EMERGENCIAS ............................... 56
4.5. GESTION DEL CAMBIO ...................................................................... 58
4.6. ADQUISICIONES ................................................................................. 59
4.7. CONTRATACION ................................................................................. 59
CAPITULO V ........................................................................................................ 62
5.1. AUDITORIA Y ALCANCE DE AUDITORIA ........................................... 62
5.2. REVISION POR LA ALTA DIRECCION ................................................ 63
5.3. INVESTIGACION DE INCIDENTES ..................................................... 66
CAPITULO VI ....................................................................................................... 68
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6.1. MEJORAMIENTO ................................................................................. 68
6.2. MEJORA CONTINUA ........................................................................... 69
CAPITULO VII ...................................................................................................... 71
7.1. CAPACITACION................................................................................... 71
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1. CAPITULO I
1.1. INTRODUCCION
El Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) consiste
en el desarrollo de un proceso lógico y por etapas, basado en el ciclo de mejora
continua PHVA (Planificar, Hacer, verificar y Actuar) y tiene como propósito
anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la
seguridad y la salud en el trabajo buscando una integración de la acción conjunta
entre el empleador, trabajadores, contratistas, subcontratistas, etc,
El sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo (SG-SST) del Conjunto
Residencial Parque Central Colina Primera Etapa P.H.se caracteriza por su
capacidad de adaptarse al tamaño y características de su naturaleza laboral
dependiente, tiene la capacidad de centrarse en la identificación y control de los
peligros y riesgo asociados con su actividad.
1.2. PRESENTACION DEL CONJUNTO RESIDENCIAL
El Conjunto Residencial Parque Central Colina Primera Etapa P.H. está
compuesto por 816 unidades de vivienda, fue construido en el año 2007,
actualmente tiene un consejo de administración compuesto por 9 propietarios.
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1.3. MISION DEL CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CENTRAL COLINA
PRIMERA ETAPA P.H. EN EL (SG-SST)
El Conjunto Residencial Parque Central Colina Primera Etapa P.H. trabaja en el
diseño e implementación del sistema de gestión de la seguridad y salud en el
trabajo (SG-SST) en busca de ofrecer a sus trabajadores, proveedores,
contratistas y subcontratistas un lugar seguro para el desarrollo de su trabajo.
1.4. VISION DEL CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CENTRAL COLINA PRIMERA ETAPA P.H. EN EL (SG-SST)
Para el año 2019, El Conjunto Residencial Parque Central Colina Primera Etapa
P.H., tendrá implementado su sistema de seguridad y salud en el trabajo (SG-
SST) logrando un impacto positivo en la salud y bienestar de sus trabajadores,
proveedores, contratistas y subcontratistas haciendo que el Conjunto Residencial
sea un lugar seguro para el trabajo.
1.5. INFORMACION DEL CONJUNTO RESIDENCIAL
RAZÓN SOCIAL Conjunto Residencial Parque Central
Colina Primera Etapa P.H.
NIT 900.208.663-2
PERSONERÍA JURÍDICA ESCRITURA 304 DEL 16 DE ENERO
2008
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DIRECCIÓN Carrera 56 N° 153-84
CIUDAD Bogotá D.C.
DEPARTAMENTO Cundinamarca
TELÉFONO (+57 1) 4750353
REPRESENTANTE LEGAL Jorge García Giraldo
DOCUMENTO R. LEGAL C.C. 79.122.290 de Bogotá
UNIDADES FAMILIARES 816
1.6. ORGANIGRAMA
ADMINISTRADOR
REPRESENTANTE LEGAL
REVISADO: NOVIEMBRE 09 DE 2017
ORGANIGRAMA CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CENTRAL COLINA PRIMERA
ASAMBLEA
GENERAL DE
REVISOR FISCAL
CONSEJO
DE
ADMINISTRACIÓN
COMITÉ
DE
CONVIVENCIA
CONTADOR ASISTENTE
CONTRATO
DE
SEGURIDAD
OTROS CONTRATOS
*MTTO ASCENSORES
*MTTO PLANTA ELÉCTRICA
*MTTO BOMBAS AGUA POTABLE
*MTTO TANQUES AGUA POTABLE
*MTTO RED CONTRA INCENDIO
*MTTO CIRCUITO CERRADO
*MTTO TALANQUERAS
*MEJORAS LOCATIVAS
*MTTO FACHADAS
*OTROS SERVICIOS
CONTRATO
DE
ASEO Y MANTENIMIENTO
ASESOR
JURÍDICO
(ABOGADO)
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1.7. LOCALIZACION
El Conjunto Residencial Parque Central Colina Primera Etapa P.H. se encuentra
ubicado en la ciudad de Bogotá D.C., Localidad de Suba, Barrio Cantagallo,
Código Postal 111156, en la dirección catastral Carrera 56 N° 153 – 84.
Fuente: Google Maps, Año 2017.
1.8. SISTEMA DE GESTION DE LA SEGURIDAD SALUD Y TRABAJO ((SG-SST)).
El Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) consiste
en el desarrollo de un proceso lógico y por etapas, basado en el ciclo de mejora,
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continua PHVA (Planificar, Hacer, verificar y Actuar); se basa en el trabajo en
equipo entre el empleador y sus trabajadores, proveedores, contratistas y
subcontratistas
y busca anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la
seguridad y la salud en el trabajo. El Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud
en el Trabajo (SG-SST), se caracteriza por su capacidad de adaptarse al tamaño y
características de la empresa u organización y por su capacidad de ser compatible
con otros sistemas de gestión que pueda tener la empresa.
1.9. OBJETIVO DE LA IMPLEMENTACIÓN DEL (SG-SST) EN EL CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CENTRAL COLINA PRIMERA ETAPA P.H.
La implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo
(SG-SST) tiene como objetivo en El Conjunto Residencial Parque Central Colina
Primera Etapa P.H. garantizar condiciones de trabajo seguras y saludables en el
desarrollo de las diferentes actividades productivas, a través de la promoción de la
salud y de la identificación, evaluación y control de los riesgos ocupacionales, con
el fin de evitar la presentación de accidentes de trabajo y de enfermedades
laborales y otras situaciones que afecten la calidad de vida de sus trabajadores,
proveedores, contratistas y subcontratistas.
1.10. ALCANCE
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Este Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo (SG-SST) aplica a
todos sus trabajadores, proveedores, contratistas y subcontratistas que
desarrollan su trabajo para El Conjunto Residencial Parque Central Colina
Primera Etapa P.H.
1.11. MARCO LEGAL
El Conjunto Residencial Parque Central Colina Primera Etapa P.H. opera bajo el
cumplimiento de la normatividad nacional vigente aplicable en materia de
seguridad y salud en el trabajo, en armonía con los estándares mínimos del
Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos
Laborales. A continuación un listado histórico de la normatividad en salud y
seguridad (SST).
AÑO LEY / RESOLUCIÓN / DECRETO
1979 Ley 9 es el Código Sanitario Nacional.
1979 Resolución 2400 Estatuto de la Seguridad industrial
1979 Resolución 2413 SST en el sector de la construcción.
1984 Decreto 614, Plan Nacional de SST
1986 Resolución 2013 Comité Paritario de SST
1987 Decreto 1335, Seguridad minera subterránea
1989 Resolución 1016, reglamenta los programas de SST en las empresas.
1990 Resolución 1792, valores límites contra ruido
1990 Resolución 9030, Seguridad en emisiones ionizantes
1991 Decreto 1843, Uso y manejo de plaguicidas
1992 Resolución 1075, Prevención de la fármaco dependencia, alcoholismo y
tabaquismo en el trabajo.
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1992 Resolución 10834, Clasificación toxica plaguicidas.
1993 Decreto 2222, Reglamento de higiene y seguridad en labores mineras a
cielo abierto.
1994 Decreto Ley 1295 Reglamenta al Sistema General de Riesgos Laborales
1994 Decreto 1772 Reglamenta la afiliación y cotización al Sistema de Riesgos
Laborales
1996 Decreto 1530 afiliación empresas, accidente de trabajo con muerte,
empresas temporales.
1997 Ley 361, integración laboral a personas discapacitadas
1998 Ley 436, Seguridad en el manejo de asbesto.
1999 Decreto 917 Manual único de calificación invalidez
2001 Decreto 875, Ratifica el convenio de ginebra sobre la seguridad en el uso
de asbesto.
2002 Resolución 058, normas en emisiones ambientales para incineradores y
hornos crematorios.
2002 Decreto 1609 Transporte de sustancias peligrosas
2002 Decreto 1607 modifica la tabla de clasificación de actividades económicas
para el SGRP.
2002 Ley 776 modifica el decreto 1295 de 1994 en el tema de prestaciones
económicas y de prescripción de derechos.
2003 ley 797 reforma el sistema general de pensiones.
2003 Ley 828, control a la evasión del sistema de seguridad Social
2003 Decreto 2090 define las actividades de alto riesgo y modifica su régimen de
pensiones
2003 Decreto 2800 reglamenta la afiliación de los independientes al Sistema de
Riesgos Laborales
2003 Ley 860 requisitos para obtener la pensión de invalidez
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2004 Decisión 584 instrumento andino de seguridad y salud en el trabajo de la
comunidad andina de naciones.
2004 Circular Unificada del Ministerio de Protección Social, Instrucciones al
empleador y a las Administradoras de Riesgos Laborales.
2005 Decreto 3615 afiliación colectiva de independientes modificado por el
decreto 2313 de 2006
2005 Resolución 1570, sistema de información único para registro de ATEP en
las empresas, ARPs, EPSs, y juntas.
2005 Resolución 0156, Se adoptan los formatos de informe de Accidente de
Trabajo y Enfermedad Profesional.
2005 Decreto 195, limites exposición campos electromagnéticos
2006 Ley 1010 definición, constitución y sanciones Acoso Laboral
2006 Resolución 627 Norma Nacional de emisión de ruido y ruido ambiental
2007 Resolución 1401, procedimientos legales para investigación y reporte de los
accidentes de trabajo
2007 Resolución 2346, Practica de evaluaciones medicas e Historia Clínica
Ocupacional.
2007 Resolución 1855, Sistema de garantía de la calidad en el SGRP.
Estándares mínimos.
2007 Resolución 2844, Guías de Atención Integral en SST
2007 Resolución 2646, programa empresarial riesgo psicosocial.
2008 Proyecto de ley 103 Comisión séptima del Senado definición ATEP
2008 Resolución 1013 Guías de Atención Integral en SST.
2008 Resolución 3673 Reglamento Técnico de Trabajo Seguros en alturas
derogada
2009 Circular_070_de_2009_trabajo_en_alturas
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2009 Resolución 736 Complementa la anterior resolución sobre la certificación de
competencia para trabajo en alturas – SENA
2009 Resolución 1486 Lineamientos técnicos certificación trabajo en alturas
2009 Resolución 1918, practica de las evaluaciones médicas ocupacionales y la
guarda, archivo y custodia de las mismas
2009 Resolución 736 Modifica Certificación competencias para trabajo en Alturas
aplaza su implementación a Julio de 2010.
2009 Decreto 2566 Adopta tabla Enfermedades Ocupacionales
2009 Circular 070 Procedimiento e instrucciones trabajo en altura
2012 Resolución 1409 Reglamento Técnico para protección contra caídas en
Trabajo en alturas
2012 Ley 1562/12
2013 Resolución 1441 de 2013 MSPS – HABILITACION
2013 Resolución 2087 de 2013 afiliación independientes
2013 Resolucion_2415_de_2013 afiliaciones ante ARL reglamenta parcialmente
la Ley 1562 de 2012, resoluciones 1747 de 2008, 2377 de 2008, 990 y 2249
de 2009, 1004 de 2010, 445 y 476 de 2011 y 3214 de 2012
2013 Resolución 378 medidas para garantizar la seguridad en el transporte
público terrestre
2013 Resolución 1903 modifica el numeral 5° del articulo 10 y el parágrafo 4° del
artículo 11 de la resolución 1409 de 2012 y se dictan otras disposiciones
2014 Resolución 1565 Plan estratégico de seguridad Vial para empresa con un
número de vehículos directos o contratados superior a 10 diez.
2014 Decreto 1443
2015 Decreto 1072 de 2015
2017 DECRETO 52 DEL 12 ENERO DE 2017 Modificación del artículo
2.2.4.6.37. del Decreto 1072 de
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(Ver Matriz Legal Aplicable Para El Conjunto Residencial Parque Central
Colina Primera Etapa P.H CÓDIGO: MSG-002.)
1.12. DEFINICIONES
Para el presente sistema de Gestión De La Seguridad Y Salud En El Trabajo (SG-
SST), se aplican las siguientes definiciones contenidas en el decreto 1072 de 2015
capítulo 6, artículo 2.2.4.6.2.
Acción correctiva: Acción tomada para eliminar la causa de una no conformidad detectada u otra situación no deseable. Acción de mejora: Acción de optimización del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SGSST, para lograr mejoras en el desempeño de la organización en la seguridad y la salud en el trabajo de forma coherente con su política. Acción preventiva: Acción para eliminar o mitigar la(s) causa(s) de una no conformidad potencial u otra situación potencial no deseable. Actividad no rutinaria: Actividad que no forma parte de la operación normal de la organización o actividad que la organización ha determinado como no rutinaria " por su baja frecuencia de ejecución. Actividad rutinaria: Actividad que forma parte de la operación normal de la organización, se ha planificado y es estandarizable. Alta dirección: Persona o grupo de personas que dirigen y controlan una empresa. Amenaza: Peligro latente de que un evento físico de origen natural, o causado, o inducido por la acción humana de manera accidental, se presente con una severidad suficiente para causar pérdida de vidas, lesiones u otros impactos en la salud, así como también daños y pérdidas en los bienes, la infraestructura, los medios de sustento, la prestación de servicios y los recursos ambientales. Auto-reporte de condiciones de trabajo y salud: Proceso mediante el cual el trabajador o contratista reporta por escrito al empleador o contratante las condiciones adversas de seguridad y salud que identifica en su lugar de trabajo.
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Centro de trabajo. Se entiende por Centro de Trabajo a toda edificación o área· a cielo abierto destinada a una actividad económica en una empresa determinada. Ciclo PHVA: Procedimiento lógico y por etapas que permite el mejoramiento continuo a través de los siguientes pasos: Planificar: Se debe planificar la forma de mejorar la seguridad y salud de los trabajadores, encontrando qué cosas se están haciendo incorrectamente o se pueden mejorar y determinando ideas para solucionar esos problemas. Hacer: Implementación de las medidas planificadas. Verificar: Revisar que los procedimientos y acciones implementados están consiguiendo los resultados deseados. Actuar: Realizar acciones de mejora para obtener los mayores beneficios en la seguridad y salud de los trabajadores. Eficacia: Es la capacidad de alcanzar el efecto que espera o se desea tras la realización de una acción. Eficiencia: Relación entre el resultado alcanzado y los recursos utilizados. Emergencia: Es aquella situación de peligro o desastre o la inminencia del mismo, que afecta el funcionamiento normal de la empresa. Requiere de una reacción inmediata y coordinada de los trabajadores, brigadas de emergencias y primeros auxilios y en algunos casos de otros grupos de apoyo dependiendo de su magnitud. Evaluación del riesgo: Proceso para determinar el nivel de riesgo asociado al nivel de probabilidad de que dicho riesgo se concrete y al nivel de severidad de las consecuencias de esa concreción. Evento Catastrófico: Acontecimiento imprevisto y no deseado que altera significativamente el funcionamiento normal de la empresa, implica daños masivos al personal que labora en instalaciones, parálisis total de las actividades de la empresa o una parte de ella y que afecta a la cadena productiva, o genera, destrucción parcial o total de una instalación. . Identificación del peligro: Proceso para establecer si existe un peligro y definir las características de éste. . Indicadores de estructura: Medidas verificables de la disponibilidad y acceso a recursos, políticas y organización con que cuenta la empresa para atender las demandas y necesidades en Seguridad y Salud en el Trabajo. Indicadores de proceso: Medidas verificables del grado de desarrollo e implementación del (SG-SST). Indicadores de resultado: Medidas verificables de los cambios alcanzados en el período definido, teniendo como base la programación hecha y la aplicación de recursos propios del programa o del sistema de gestión. Matriz legal: Es la compilación de los requisitos normativos exigibles a la empresa acorde con las 'actividades propias e inherentes de su actividad productiva, los
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cuales dan los lineamientos normativos y técnicos para desarrollar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo -(SG-SST), el cual deberá actualizarse en la medida que sean emitidas nuevas disposiciones aplicables. Mejora continua: Proceso recurrente de optimización del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, para lograr mejoras en el desempeño en este campo, de forma coherente con la política de Seguridad y Salud en el Trabajo SST de la organización. Medevac: El término Medevac (Evacuación Médica) hace referencia al plan de respuesta ante situaciones de emergencia médica y deriva del inglés Medical Evacuation. Se define como la movilización de todos los recursos disponibles (propios o de terceros) para lograr que los pacientes con alto riesgo de mortalidad/morbilidad y discapacidad, accedan a la mejor atención médica disponible en el menor tiempo posible. No conformidad: No cumplimiento de un requisito. Puede ser una desviación de estándares, prácticas, procedimientos de trabajo, requisitos normativos aplicables, entre otros. Peligro: Fuente, situación o acto con potencial de causar daño en la salud de los trabajadores, en los equipos o en las instalaciones. Condiciones de salud: El conjunto de variables objetivas y de auto -reporte de condiciones fisiológicas, psicológicas y socioculturales que determinan el perfil sociodemográfico y de morbilidad de la población trabajadora. Condiciones y medio ambiente de trabajo: Aquellos elementos, agentes o factores que tienen influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores. Quedan específicamente incluidos en esta definición, entre otros: a)· las características generales de los locales, instalaciones, máquinas, equipos, herramientas, materias primas, productos y demás útiles existentes en el lugar de trabajo; b) Los agentes físicos, químicos y biológicos presentes en el ambiente de trabajo y sus correspondientes intensidades, concentraciones o niveles de presencia; c) los procedimientos para la utilización de los agentes citados en el apartado anterior, que influyan en la generación de riesgos para los trabajadores y; d) la organización y ordenamiento de las labores, incluidos los factores ergonómicos o biomecánicos y psicosociales. Descripción sociodemográfica: Perfil socio demográfico de la población trabajadora, que incluye la descripción de las características sociales y demográficas de un grupo de trabajadores, tales como: grado de escolaridad, ingresos, lugar de residencia, composición familiar, estrato socioeconómico, estado civil, raza, ocupación, área de trabajo, edad, sexo y turno de trabajo. Efectividad: Logro de los objetivos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo con la máxima eficacia y la máxima eficiencia.
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Política de seguridad y salud en el trabajo: Es el compromiso de la alta dirección de una organización con la seguridad y la salud en el trabajo, expresadas formalmente, que define su alcance y compromete a toda la organización. Registro: Documento que presenta resultados obtenidos o proporciona evidencia de las actividades desempeñadas. . Rendición de cuentas: Mecanismo por medio del cual las personas e instituciones informan sobre su desempeño. Revisión proactiva: Es el compromiso del empleador o contratante que implica la iniciativa y capacidad de anticipación para el desarrollo de acciones preventivas y correctivas, así como la toma de decisiones para generar mejoras en el SGSST. Revisión reactiva: Acciones para el seguimiento de enfermedades laborales, incidentes, accidentes de .trabajo y ausentismo laboral por enfermedad. Requisito Normativo: Requisito de seguridad y salud en el trabajo impuesto por una norma vigente y que aplica a las actividades de la organización. Riesgo: Combinación' de la probabilidad de que ocurra una o más exposiciones o eventos peligrosos y la severidad del daño que puede ser causada por éstos. Valoración del riesgo: Consiste en emitir un juicio sobre la tolerancia o no del riesgo estimado. Vigilancia de la salud en el trabajo o vigilancia epidemiológica de la salud. En el trabajo: Comprende la recopilación, el análisis, la interpretación y la difusión continuada y sistemática de datos a efectos de la prevención. La vigilancia es indispensable para la planificación, ejecución y evaluación de los Sistemas de seguridad y salud en el trabajo, el control de los trastornos y lesiones relacionadas con el trabajo y el ausentismo laboral por enfermedad, así como para la protección y promoción de la salud de los trabajadores. Dicha vigilancia comprende tanto .la vigilancia de la salud de los trabajadores como la del medio ambiente de trabajo. Parágrafo 1: En aplicación de lo establecido en el artículo 10 de la Ley 1562 de 2012, para todos los efectos se entenderá como seguridad y salud en el trabajo todo lo que antes de la entrada en vigencia de dicha ley hacía referencia al término SST. Parágrafo 2: Conforme al parágrafo anterior a partir de la fecha de publicación del presente decreto se entenderá el Comité Paritario de SST como Comité Paritario en Seguridad y Salud en el Trabajo y el' Vigía en SST como Vigía en Seguridad y Salud en el Trabajo, quienes tendrán las funciones establecidas en la normatividad vigente. Sistema General de Riesgos laborales: Es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan.
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Riesgos Laborales: Son riesgos laborales el accidente que se produce como consecuencia directa del trabajo o labor desempeñada y la enfermedad que haya sido catalogada como profesional por el Gobierno Nacional. Accidente de Trabajo: Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte. Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo. Igualmente el que se produzca durante el traslado de los trabajadores desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador. Enfermedad Profesional: Se considera enfermedad profesional todo estado patológico permanente o temporal que sobrevenga como consecuencia obligada y directa de la clase de trabajo que desempeña el trabajador, o del medio en que se ha visto obligado a trabajar, y que haya sido determinada como enfermedad profesional por el gobierno nacional. SST: Conjunto de disciplinas que tienen como finalidad la promoción de la salud en el trabajo a través del fomento y mantenimiento del más elevado nivel de bienestar en los trabajadores, previniendo alteraciones de la salud generadas por las condiciones de trabajo, protegiéndolos contra los riesgos resultantes de la presencia de agentes nocivos y colocándolos en un cargo acorde con sus aptitudes físicas y psicológicas. Condiciones de trabajo: Es el conjunto de características de la tarea, del entorno y de la organización del trabajo, las cuales interactúan produciendo alteraciones positivas o negativas y que, directa o indirectamente, influyen en la salud y la vida del trabajador. Condiciones de Salud: Son los factores de riesgo del ambiente social y del laboral, de las condiciones sociales y económicas derivadas de la forma de vinculación al proceso productivo que influyen en la salud del trabajador. Panorama de Factores de Riesgo: Información detallada sobre las condiciones de riesgo laboral, así como el conocimiento de la exposición a que están sometidos los distintos grupos de trabajadores afectados por ellos. Dicha información implica una acción continua y sistemática de observación y medición, de manera que exista un conocimiento actualizado a través del tiempo, que permitan una adecuada orientación de las actividades preventivas posteriores. Factores de Riesgo: Aquellas condiciones del ambiente, la tarea, los instrumentos, los materiales, la organización y el contenido del trabajo que encierran un daño potencial en la salud física o mental, o sobre la seguridad de las personas.
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Comité Paritario: Organismo de promoción y vigilancia de las normas y reglamentos de SST dentro de la empresa. Riesgo: La probabilidad de ocurrencia de un evento generado por una condición de trabajo capaz de desencadenar alguna lesión o daño de la salud e integridad del trabajador; daño en los materiales y equipos o alteración del ambiente laboral y extra laboral. Priorización de Riesgos: Consiste en el ordenamiento secuencial de la severidad de los factores de riesgo identificados, según su grado de peligrosidad y/o de riesgo, con el fin de desarrollar acciones de control, corrección y prevención en orden prioritario. Salud: Es el completo bienestar físico, mental y social y no solamente la ausencia de enfermedad o invalidez. (O.M.S.). Trabajo: Es una actividad vital del hombre. Capacidad no enajenable del ser humano caracterizada por ser una actividad social y racional, orientada a un fin y un medio de plena realización. Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo: El Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) consiste en el desarrollo de un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora, continua y que incluye la política, la organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, la auditoría y las acciones de mejora con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y la salud en el trabajo. Con actividades tendientes a preservar, mantener y mejorar la salud individual y colectiva de los trabajadores en sus ocupaciones y que deben ser desarrolladas en sus sitios de trabajo en forma integral e interdisciplinaria. Morbilidad: Número proporcional de personas que enferman en una población en un tiempo determinado. Mortalidad: Número proporcional de personas que mueren en una población en un tiempo determinado. Ausentismo: Se denomina al número de horas programadas, que se dejan de trabajar como consecuencia de los accidentes de trabajo o las enfermedades laborales. Incidente de trabajo: Evento imprevisto que sobreviene por causa o con ocasión del trabajo, sin consecuencias directas para la salud del trabajador. Incidencia: Medida dinámica de la frecuencia con que se presentan o inciden por primera vez, los eventos de salud o enfermedades en el periodo. Prevalencia: Medida de la frecuencia con que existe un evento de salud o enfermedad en el momento, independientemente de cuándo se haya originado. Tasa El coeficiente o tasa es la relación existente entre la población que presenta un hecho particular, la población susceptible a ese hecho.
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Proporción: Es la relación existente entre parte de una población y el total de la misma. Expresa la relación de una parte con el todo. Índice o razón: Es el cociente entre dos números que muestra la relación de tamaño entre ellos. Se define como la relación existente entre dos poblaciones o universos diferentes. Letalidad: Proporción de muertos por un evento o una enfermedad determinada, con los casos de ese evento o de enfermedad. Cronograma: Registro de las actividades del plan de acción del programa, en el cual se consignan las tareas, los responsables y las fechas de realización. Valoración del factor de riesgo: Procedimiento mediante el cual se asigna valor matemático a un factor de riesgo. Expresa la severidad o peligrosidad a la que se somete el trabajador expuesto. Grado de riesgo: Relación matemática entre la concentración o la intensidad y el tiempo que un trabajador se encuentra expuesto a un factor de riesgo, con la concentración o la intensidad y tiempo de exposición permitidos. Grado de peligrosidad: Relación matemática obtenida del producto entre la probabilidad de ocurrencia, la intensidad de la exposición, las consecuencias más probables derivadas de una condición de riesgo específica. Programa de vigilancia epidemiológica: Conjunto de acciones y metodologías encaminadas al estudio, evaluación y control de los factores de riesgo presentes en el trabajo y de los efectos que genera en la salud. Se apoya en un sistema de información y registro. Inspecciones de Seguridad: Es la detección de los riesgos mediante la observación detallada de las áreas o puestos de trabajo y debe incluir: instalaciones locativas, materias primas e insumos, almacenamientos, transporte, maquinaria y equipos, operaciones, condiciones ambientales, sistemas de control de emergencias, vías de evacuación y todas aquellas condiciones que puedan influir en la salud y seguridad de los trabajadores. Mantenimiento Preventivo: Es aquel que se hace a la máquina o equipos, elementos e instalaciones locativas, de acuerdo con el estimativo de vida útil de sus diversas partes para evitar que ocurran daños, desperfectos o deterioro. Normas de Seguridad: Son las reglas que deben seguirse para evitar daños que puedan derivarse como consecuencia de la ejecución de un trabajo. Especifican o determinan detalladamente las instrucciones a seguir en la operación, manipulación de máquinas y herramientas. Monitoreo ambiental: Medición de las concentraciones o niveles de contaminantes a los cuales están expuestos los trabajadores durante su jornada diaria.
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Plan de emergencias: Conjunto de normas y procedimientos generales destinados a prevenir y a controlar en forma oportuna y adecuada, las situaciones de riesgo en una empresa. Investigación de accidente de trabajo: Técnica utilizada para el análisis de un accidente laboral, con el fin de conocer el desarrollo de los acontecimientos y determinar las causas y las medidas de control para evitar su repetición. Exámenes ocupacionales: Valoración del estado de salud a través de exámenes físicos, pruebas funcionales y complementarias, de acuerdo con la exposición a riesgos específicos, que se realizan al trabajador para investigar la aparición de lesiones patológicas incipientes de origen profesional o no. Grado de satisfacción: Indicador primario de lo que significa la calidad de la atención. En este sentido representa la evaluación que hacen trabajador y proveedor de la calidad del programa.
1.13. ABREVIATURAS
Para los efectos del presente manual, se tienen las siguientes abreviaturas:
ARL Administradora de Riesgos Laborales
(SG-SST) Sistema De Gestión De La Seguridad Y Salud En El Trabajo
SST Seguridad y Salud en el Trabajo
EPP Equipo de Protección Personal
EPS Entidad Promotora De Salud
AT Accidente De Trabajo
SPA Sustancia Psicoactiva
EL Enfermedad Laboral
SVE Sistema De Vigilancia Epidemiológica
PRL Prevención De Riesgos Laborales
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P.H. Propiedad Horizontal
1.14. POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
El Conjunto Residencial Parque Central Colina Primera Etapa P.H. ha definido la
política de seguridad y salud en el trabajo por escrito, tiene alcance en todos sus
puntos de trabajo. y todos sus trabajadores, independiente de su forma de
contratación o vinculación, incluyendo los contratistas y subcontratistas.
(Ver Política De Salud Y Seguridad En El Trabajo Para El Conjunto
Residencial Parque Central Colina Primera Etapa P.H. CÓDIGO: DSG-001)
1.15. RECURSOS
Para el desarrollo del Sistema de gestión de Seguridad y Salud en el trabajo (SG-
SST) El Conjunto Residencial Parque Central Colina Primera Etapa P.H. dispone
de recursos humanos, financieros, técnicos y físicos necesarios para garantizar el
cumplimiento de los Objetivos establecidos.
1.15.1. RECURSOS HUMANOS
El Conjunto Residencial Parque Central Colina Primera Etapa P.H. contempla
aspectos de capacitación, funciones en la gestión del Sistema de Gestión de la
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Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) a todo nivel que garantizan el
cumplimiento estricto, la planeación y programación de cada una de las
actividades del procedimiento de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST).
Adicionalmente, el Conjunto Residencial gestionará todas las actividades de
prestación de servicios de asesoría y ejecución técnica, para la corrección de
Factores de Riesgo presentes en las diferentes áreas de trabajo, con
profesionales experimentados en el tema.
1.15.2. RECURSOS TECNICOS
El Conjunto Residencial Parque Central Colina Primera Etapa P.H. contempla
aspectos tecnológicos en cuanto a la optimización de los equipos actualmente
utilizados así como el análisis a futuro de nuevos equipos tecnológicos si así se
requiriera. Igualmente el Conjunto Residencial cuenta con espacios físicos
suficientes para la capacitación del personal, dotado con otros recursos como son:
Equipos de cómputo, sillas, televisor, DVD, Video Beam, salones de reuniones,
oficina con puestos de trabajo, etc.
1.15.3. RECURSOS FINANCEROS
El Conjunto Residencial Parque Central Colina Primera Etapa P.H. contempla para
el año 2018, año de la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y
Salud en el Trabajo (SG-SST), un monto en el presupuesto del Conjunto
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Residencial enfocado en todos los recursos que se requieran para asegurar el
100% de la implementación del sistema así como su sostenimiento en el tiempo.
1.16. ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA DE GESTION DE LA SEGURIDAD SALUD Y TRABAJO
El Conjunto residencial parque central Colina primera etapa, exigirá a sus
contratistas un informe sobre la organización del sistema de la seguridad salud y
trabajo (SG-SST) que en la actualidad adelanta, el cual debe estar enmarcado en
la normatividad vigente.
1.17. SUB PROGRAMA DE MEDICINA PREVENTIVA Y DEL TRABAJO, O DE CONDICIONES DE SALUD
El Conjunto residencial parque central Colina primera etapa, exigirá a sus
contratistas un informe sobre las condiciones de salud de sus trabajadores de
acuerdo a los lineamientos trazados en su propio Sistema de Gestión de la
Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).
1.18. SUB PROGRAMA DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL, O DE CONDICIONES DE SEGURIDAD
El Conjunto residencial parque central Colina primera etapa, exigirá a sus
contratistas un informe sobre las condiciones de higiene y seguridad industrial de
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sus trabajadores de acuerdo a los lineamientos trazados en su propio sistema de
gestión
1.19. PARTES INTERESADAS EN EL SISTEMA DE GESTION DE LA SEGURIDAD SALUD Y TRABAJO
Se considera partes interesadas en el sistema de gestión los siguientes:
Empleados propios del conjunto
Contratistas del conjunto
Subcontratistas del conjunto
Proveedores
Trabajadores Cooperados
Residentes en el conjunto
Visitantes al conjunto
Aseguradora de riesgos ARL
Entidades promotoras de salud EPS
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CAPITULO II
2.1. RESPONSABILIDADES EN EL CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CENTRAL COLINA PRIMERA ETAPA P.H.
El Conjunto Residencial Parque Central Colina Primera Etapa P.H. ha definido las
responsabilidades en el (SG-SST) para los siguientes cargos:
Asamblea General De Copropietarios
Representante De La Asamblea General De Copropietarios Ante El Sistema
de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST)
Revisor Fiscal
Consejo De Administración
Administrador-Representante Legal
Asistente De Administración
Asesor Legal (Abogado)
Contador
(Ver Documento de Responsabilidades En El Conjunto Residencial Parque
Central Colina Primera Etapa P.H CÓDIGO: DSG-002).
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2.2. RESPONSABILIDADES DE LA ASEGURADORA DE RIESGOS
LABORALES ARL
Las Administradoras de Riesgos Laborales – ARL, dentro de las obligaciones que
le confiere la normatividad vigente en el Sistema General de Riesgos Laborales,
capacitarán al Comité Paritario o Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo –
COPASST o Vigía en Seguridad y Salud en el Trabajo en los aspectos relativos al
Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) y prestarán
asesoría y asistencia técnica a sus empresas y trabajadores afiliados, en la
implementación del presente capítulo.
2.3. COMITÉ PARITARIO COPASST O VIGÍA DE SEGURIDAD Y COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL
De acuerdo a la legislación y normas que regulan la conformación y
funcionamiento del Comité paritario de seguridad salud y trabajo COPASST,
VIGÍA Y COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL y teniendo en cuenta la
organización administrativa que tiene el Conjunto Residencial Parque central
Colina primera Etapa, en el cual solo figura una persona dentro de la nómina, NO
es posible la conformación de estos entes fiscalizadores o verificadores de las
condiciones de salud y trabajo, sin embargo el administrador del Sistema de
Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) verificara el
funcionamiento de dichos comités conformados al interior de las empresas
contratistas como la de seguridad y vigilancia y aquella encargada del aseo y
mantenimiento de las instalaciones del conjunto. El administrador solicitara las
actas de conformación y reunión mensual que se adelante en esas empresas, en
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las cuales conste que se ha tratado el tema correspondiente a las condiciones de
trabajo en el conjunto Residencial Parque central Colina primera Etapa P.H.
2.4. RESPONSABILIDADES DE LOS TRABAJADORES
En El Conjunto Residencial Parque Central Colina Primera Etapa P.H., los
trabajadores, de conformidad con la normatividad vigente tendrán entre otras, las
siguientes responsabilidades:
1. Procurar el cuidado integral de su salud;
2. Suministrar información clara, veraz y completa sobre su estado de salud;
3. Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del Sistema de Gestión de la
Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa;
4. Informar oportunamente al empleador o contratante acerca de los peligros y
riesgos latentes en su sitio de trabajo;
5. Participar en las actividades de capacitación en seguridad y salud en el trabajo
definido en el plan de capacitación del SG–SST; y
6. Participar y contribuir al cumplimiento de los objetivos del Sistema de Gestión
de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST.
2.5. CAPACITACION EN SEGURIDAD SALUD Y TRABAJO
El Conjunto Residencial Parque Central Colina Primera Etapa P.H. solicitará a sus
contratistas y subcontratistas y demás partes interesadas que deban implementar
El Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) según la
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normatividad vigente el programa de capacitación el cual deberá estar enfocado
en la identificación de los peligros y control de los riesgos asociados a las
actividades desarrolladas con el fin de minimizar la posibilidad de ocurrencia de
accidentes de trabajo y enfermedades laborales, este programa deberá establecer
los temas de capacitación, los recursos a utilizar, este programa y deberá incluir
indicadores que aseguren la interiorización del tema por cada uno de los
empleados.(cobertura y eficacia)
El Conjunto Residencial Parque Central Colina Primera Etapa P.H, implementara
un plan de capacitación con su auxiliar administrativa en los temas de manejo de
video-terminales, pausas activas y riesgo biomecánico. Para ello gestionara
programas virtuales con la ARL correspondiente.
(Ver Matriz De Capacitación Para El Conjunto Residencial Parque Central
Colina Primera Etapa P.H CÓDIGO: MSG-004.)
2.6. DOCUMENTACION
El Conjunto Residencial Parque Central Colina Primera Etapa P.H. mantiene
disponibles y debidamente organizados los siguientes documentos en relación al
Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST):
1. La política del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-
SST);
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2. Las responsabilidades asignadas: la asamblea general de propietarios, el
consejo de administración, el administrador de la copropiedad, la asistente de
Administración.
3. La matriz de identificación de peligros y evaluación y valoración de los riesgos;
4. El informe de las condiciones de salud, perfil sociodemográfico de la población
trabajadora y los programas de vigilancia epidemiológica en caso de que los
contratistas lo hayan considerado necesario según sus sistemas de gestión.
5. El plan de trabajo anual en seguridad y salud en el trabajo - SST del Conjunto
Residencial, firmado por el responsable del Sistema de Gestión de la Seguridad y
Salud en el Trabajo (SG-SST);
6. El programa de capacitación anual en seguridad y salud en el trabajo SG- SST,
así como de su cumplimiento incluyendo los soportes de inducción, reinducción y
capacitaciones de los trabajadores dependientes, contratistas y cooperados;
7. Los procedimientos e instructivos internos de seguridad y salud en el trabajo;
8. Registros de entrega de equipos y elementos de protección personal;
9. Registro de entrega de los protocolos de seguridad y hojas de seguridad de los
productos químicos utilizados cuando aplique y demás instructivos internos de
seguridad y salud en el trabajo;
10. Los reportes y las investigaciones de los incidentes, accidentes de trabajo y
enfermedades laborales de acuerdo con la normatividad vigente;
11. La identificación de las amenazas junto con la evaluación de la vulnerabilidad y
sus correspondientes planes de prevención, preparación y respuesta ante
emergencias;
12. Los reportes de la existencia de programas de vigilancia epidemiológica si el
sistema de gestión de las empresas contratistas lo administran;
13. Formatos de registros de las inspecciones a las instalaciones, máquinas o
equipos ejecutadas;
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14. La matriz legal actualizada que contemple las normas del Sistema General de
Riesgos Laborales que le aplican Conjunto Residencial y
15. Evidencias de las gestiones adelantadas para el control de los riesgos
prioritarios.
(Ver: Matriz De Control De Documentos Del Sistema De Gestión De La
Seguridad Y Salud En El Trabajo Código: MSG-001.)
2.7. CONSERVACION DE DOCUMENTOS
El Conjunto Residencial Parque Central Colina Etapa 1 conserva los registros y
documentos que soportan el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el
Trabajo (SG-SST) de manera controlada, garantizando su legibilidad, fácil
identificación y fácil acceso, protegidos contra daño, deterioro o pérdida. El
responsable del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-
SST) tiene acceso a todos los documentos y registros exceptuando el acceso a las
historias clínicas ocupacionales de los trabajadores dado que no tiene perfil de
médico especialista en seguridad y salud en el trabajo.
La conservación de la documentación del Sistema de Gestión de la Seguridad y
Salud en el Trabajo (SG-SST) se hace de forma electrónica y física.
Los siguientes documentos y registros, deben ser conservados por un periodo
mínimo de veinte (20) años, contados a partir del momento en que cese la relación
laboral del trabajador con la empresa. EL conjunto residencial velará por el estricto
cumplimiento del artículo 2.2.6.4.13 del decreto 1072 de 2015 en lo referente a:
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1. Los resultados de los perfiles epidemiológicos de salud de los trabajadores, así
como los conceptos de los exámenes de ingreso, periódicos y de retiro de los
trabajadores, en caso que no cuente con los servicios de médico especialista en
áreas afines a la seguridad y salud en el trabajo;
2. Cuando la empresa cuente con médico especialista en áreas afines a la
seguridad y salud en el trabajo, los resultados de exámenes de ingreso, periódicos
y de egreso, así como los resultados de los exámenes complementarios tales
como paraclínicos, pruebas de monitoreo biológico, audiometrías, espirometrías,
radiografías de tórax y en general, las que se realicen con el objeto de monitorear
los efectos hacia la salud de la exposición a peligros y riesgos; cuya reserva y
custodia está a cargo del médico correspondiente;
3. Resultados de mediciones y monitoreo a los ambientes de trabajo, como
resultado de los programas de vigilancia y control de los peligros y riesgos en
seguridad y salud en el trabajo;
4. Registros de las actividades de capacitación, formación y entrenamiento en
seguridad y salud en el trabajo; y,
5. Registro del suministro de elementos y equipos de protección personal.
Para los demás documentos y registros, el empleador deberá elaborar y cumplir
con un sistema de archivo o retención documental, según aplique, acorde con la
normatividad vigente y las políticas de la empresa.
(Ver: Procedimiento Para El Registro De Documentos Código: PSG-001).
(Ver: Procedimiento Para Conservación De Documentos Y Registros Código:
PSG-002).
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2.8. COMUNICACIÓN
El Conjunto Residencial Parque Central Colina Primera Etapa P.H. plantea y
establece mecanismos eficaces para:
1. Recibir, documentar y responder adecuadamente a las comunicaciones internas
y externas relativas a la seguridad y salud en el trabajo;
2. Divulgar de manera efectiva el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en
el Trabajo (SG-SST) a sus trabajadores, proveedores, contratistas y
subcontratistas; y
3. Disponer de canales efectivos que permitan recolectar inquietudes, ideas y
aportes de sus trabajadores, proveedores, contratistas y subcontratistas en
materia de seguridad y salud en el trabajo para que sean consideradas y
atendidas por responsable del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el
Trabajo (SG-SST) en el conjunto.
(Ver Procedimiento Para La Comunicación Código: PSG-003)
(Ver Formato De Control Documental Código: FSG-001)
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CAPITULO III
3.1. IDENTIFICACION DE PELIGROS
El Conjunto Residencial Parque Central Colina Primera Etapa P.H. aplica la
metodología de la guía Técnica Colombiana GTC-45 para la identificación de
peligros y valoración de riesgos mediante la recolección de información de todas
las actividades rutinarias y no rutinarias que se llevan a cabo en el conjunto
residencial por todos los trabajadores independiente de su forma de contratación.
Esta metodología le ha permitido al conjunto Residencial priorizar y establecer los
controles necesarios en pro de la salud y seguridad de las personas que laboran
allí. La actividad ha contado con la participación y compromiso de todos los niveles
del Conjunto Residencial.
Como resultado de la actividad se ha diseñado una matriz de identificación de
peligros y valoración de riesgos que será revisada anualmente o cuando se
presente un accidente de trabajo mortal o cuando surja algún cambio en las
actividades o instalaciones del conjunto que conlleven nuevas actividades de tipo
laboral.
(Ver Matriz de Identificación de Peligros y Valoración de Riesgos: MSG-003)
(Ver Procedimiento Para La Identificación de Peligros y Valoración de
Riesgos: PSG-004).
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3.2. EVALUACION INICIAL DEL SISTEMA DE GESTION DE LA
SEGURIDAD SALUD Y TRABAJO
El Conjunto Residencial Parque Central Colina Primera Etapa P.H. ha realizado la
evaluación inicial con el fin de identificar las prioridades en seguridad y salud en el
trabajo tomando como base los estándares mínimos contemplados en el decreto
1111 contando para esto con un profesional idóneo de conformidad con la
normatividad vigente, y ha establecido un plan de trabajo para ser ejecutado en el
año 2018.
El resultado obtenido en la evaluación inicial para el Conjunto Residencial fue del
10%. A continuación se ilustran los resultados.
ESTÁNDAR OBJETIVO REAL
RECURSOS (10%) 10% 2%
GESTIÓN INTEGRAL DEL SISTEMA DE
GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN
EL TRABAJO (15%)
15% 1%
GESTIÓN DE LA SALUD (20%) 20% 2%
GESTIÓN DE PELIGROS Y RIESGOS (30%) 30% 0%
GESTIÓN DE AMENAZAS (10%) 10% 5%
VERIFICACIÓN DEL SG –SST (5%) 5% 0%
MEJORAMIENTO (10%) 10% 0%
TOTAL 100% 10%
Crítico
RESULTADO EVALUACIÓN INICIAL
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(SG-SST)
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Tabla 1: Resultado Evaluación Inicial
Gráfica 1: Resultado Evaluación Inicial Objetivo vs. Real Obtenido.
(Ver Scanner del Documento Físico de la Evaluación Inicial: DSG-003).
3.3. PLANIFICACION DEL SISTEMA DE GESTION DE LA SEGURIDAD SALUD Y TRABAJO
El CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CENTRAL COLINA PRIMERA adoptará
mecanismos para planificar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el
Trabajo (SG-SST), basado en la evaluación inicial y otros datos disponibles que
aporten a este propósito.
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Dentro de este contexto EL CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CENTRAL
COLINA PRIMERA ETAPA ha realizado la planificación del SISTEMA DE
GESTION DE LA SEGURIDAD SALUD Y TRABAJO; teniendo en cuenta los
siguientes aspectos:
1. El cumplimiento con la legislación nacional vigente en materia de riesgos
laborales incluidos los estándares mínimos del Sistema de Garantía de Calidad
del Sistema General de Riesgos Laborales;
2. La definición de cada uno de los componentes: Política, Objetivos,
Planificación, Aplicación, Evaluación Inicial, Auditoría y Mejora del Sistema de
Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST); y
3. El mejoramiento continuo de los resultados en seguridad y salud en el trabajo
de la empresa.
La planificación ha permitido definir:
1. Prioridades en materia de seguridad y salud en el trabajo;
2. Objetivos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-
SST);
3. Plan de trabajo anual para alcanzar cada uno de los objetivos, en el que se
especifican metas, actividades, cronograma, responsables y recursos
necesarios;
4. Indicadores que permiten evaluar el Sistema de Gestión de la Seguridad y
Salud en el Trabajo; y,
5. Recursos financieros, humanos, técnicos y de otra índole requeridos para la
implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo
(SG-SST).
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3.4. OBJETIVOS DEL SISTEMA DE GESTION DE LA SEGURIDAD SALUD Y
TRABAJO
El CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CENTRAL COLINA PRIMERA ETAPA,
en concordancia con su política de Seguridad salud y trabajo en la cual se
expresa la protección a la salud de los trabajadores, la identificación de peligros y
valoración de riesgos y finalmente el cumplimiento de la normatividad en
seguridad salud y trabajo, establece para su cumplimiento los siguientes
objetivos:
1. Implementar acciones de prevención, preparación y respuesta ante
emergencias
El Conjunto Residencial Parque Central Colina Primera Etapa efectuara un
análisis de vulnerabilidad y establecerá los procedimientos y recursos necesarios
para controlar las amenazas potenciales que puedan generar accidentes de
trabajo.
El Conjunto Residencial Parque Central Colina Primera Etapa identificara los
peligros, valorara los riesgos y establecerá los procedimientos y recursos
necesarios para minimizar la posibilidad de presentación de accidentes de trabajo
y enfermedades laborales.
2. Establecer garantías en la contratación.
El Conjunto Residencial Parque Central Colina Primera Etapa establecerá un
mecanismo que permita garantizar a todos los trabajadores, contratistas,
subcontratistas y demás partes interesadas el cumplimiento de las normas de
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seguridad salud y trabajo durante la relación laboral con el conjunto; con el fin de
minimizar la ocurrencia de accidentes de trabajo y enfermedades de tipo laboral.
3. Verificar las adquisiciones
El Conjunto Residencial Parque Central Colina Primera Etapa implementará un
mecanismo que garantice de manera eficaz que los productos y servicios
adquiridos por el conjunto cumplan con las especificaciones de seguridad para no
generar accidentes de trabajo o enfermedades laborales.
4. Promover el mejoramiento continuo.
El Conjunto Residencial Parque Central Colina Primera Etapa implementará y
mantendrá el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, dándole
cumplimiento al Decreto 1072 de 2015, para ello el conjunto se compromete a
implementar medidas preventivas y correctivas, con base en los resultados de las
diferentes evaluaciones, las auditorías y la revisión por la Asamblea General de
Copropietarios y su representante ante el Sistema de Gestión de la Seguridad y
Salud en el Trabajo (SG-SST), de igual manera garantizará la disponibilidad
recursos para mantener un ambiente de trabajo seguro y saludable, a los
trabajadores, contratistas y sub-contratistas del conjunto en el desempeño de sus
funciones.
5. Capacitación obligatoria
El Conjunto Residencial Parque Central Colina Primera Etapa, desarrollará un
plan de capacitación y entrenamiento orientado a la administración del sistema y a
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(SG-SST)
VERSIÓN 01
CODIGO
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la prevención de los peligros y riesgos del conjunto, para adoptar las medidas
necesarias y pertinentes que contribuyan a la eliminación de las condiciones que
puedan generar accidentes de trabajo o enfermedades laborales.
6. Definición de los indicadores que miden los objetivos del (SG-SST)
El Conjunto Residencial Parque Central Colina Primera Etapa definirá los
indicadores de estructura, proceso y resultado con el fin de poder efectuar un
seguimiento y realizar una evaluación al Sistema de Gestión de la Seguridad y
Salud en el Trabajo (SG SST) y así poder garantizar su cumplimiento.
7. Gestionar el cambio en la organización.
El Conjunto Residencial Parque Central Colina Primera Etapa definirá los
procedimientos que permitan obtener la información necesaria para establecer,
modificar o corregir las condiciones laborales, así mismo establecerá una
metodología que permita identificar, valorar, controlar y evaluar los peligros y
riesgos que existan, o puedan generarse durante el desarrollo de las actividades.
8. Adopción de medidas de prevención y control.
El Conjunto Residencial Parque Central Colina Primera Etapa, efectuara un
análisis de las actividades realizadas con el fin de establecer los controles
necesarios: (eliminación, sustitución, controles de ingeniería controles
administrativos y entrega de elementos de protección personal), de igual manera
definirá la metodología para identificar las condiciones inseguras y así evitar que
se presenten accidentes de trabajo o enfermedades laborales.
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(SG-SST)
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9. Auditoría y revisión por la alta dirección (Asamblea general de copropietarios).
El Conjunto Residencial Parque Central Colina Primera Etapa definirá las
directrices para la realización de una auditoria y así evaluar de manera proactiva la
estructura y el proceso de gestión Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en
el Trabajo (SG-SST).
10. Implementación de acciones de investigación.
El Conjunto Residencial Parque Central Colina Primera etapa definirá un
procedimiento que de acuerdo con la normatividad existente permita realizar la
investigación de los accidentes de trabajo, con el fin de implementar las acciones
necesarias para que no se presenten nuevamente.
3.5. INDICADORES
El Conjunto Residencial Parque Central Colina Primera etapa tiene en cuenta los
indicadores, de estructura, proceso y resultado con el fin de evaluar el Sistema de
Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).
3.5.1. INDICADORES DE ESTRUCTURA
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Tipo de indicador Estructura
Nombre indicador Índice de divulgación de la Política de SST
Definición El Conjunto Residencial Colina Primera Etapa, define la Política de Seguridad Salud y Trabajo, está documentada cumpliendo los requisitos normativos y se divulgara a todas sus partes interesadas.
Límite Debe ser comunicar a todas las partes interesadas
Método de cálculo La política debe estar documentada, firmada, publicada y cumplir los requisitos normativos, la comunicación puede efectuarse por medio de carteleras en la página web, por medio de folletos.
Fuente de información para el cálculo
E-mail, carteleras, folletos, otros.
Responsable Administrador del sistema
Periodicidad del reporte Semestral
Personas que conocerán el reporte
Asamblea general de copropietarios, Consejo de administración, Revisor fiscal.
Interpretación Permite conocer el grado de divulgación de la política de seguridad salud y trabajo con pleno cumplimiento de los requisitos establecidos a los diferentes actores en el sistema
Tipo de indicador Estructura
Nombre indicador Índice de divulgación de Objetivos
Definición El Conjunto Residencial Colina Primera Etapa, define los Objetivos de Seguridad Salud y Trabajo, están documentados cumpliendo los requisitos normativos y se divulgaran a todas sus partes interesadas.
Límite Debe ser comunicar a todas las partes interesadas
Método de cálculo La política debe estar documentada, firmada, publicada y cumplir los requisitos normativos, la comunicación puede efectuarse por medio de carteleras en la página web, por medio de folletos.
Fuente de información para el cálculo
E-mail, carteleras, folletos, otros.
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(SG-SST)
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CODIGO
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MANUAL DEL (SG-SST) Página 44 de 71
Responsable Administrador del sistema
Periodicidad del reporte Semestral
Personas que conocerán el reporte
Asamblea general de copropietarios, Consejo de administración, Revisor fiscal.
Interpretación Divulgación de la política de seguridad salud y trabajo con pleno cumplimiento de los requisitos establecidos a los diferentes actores en el sistema
Tipo de indicador Estructura
Nombre indicador Plan de trabajo anual en seguridad y salud en el trabajo
Definición El Conjunto Residencial Colina Primera Etapa, definirá un plan de trabajo en seguridad salud y trabajo con un cronograma en el cual se establecen todas las actividades con el fin de minimizar la probabilidad de ocurrencia de accidentes o enfermedades de tipo laboral.
Límite Debe estar documentado
Método de cálculo Se tiene documentado y se hace seguimiento al plan de trabajo. Se establecerá el número de actividades realizadas
Fuente de información para el cálculo
Plan de trabajo anual
Responsable Administrador del sistema
Periodicidad del reporte Mensual
Personas que conocerán el reporte
Asamblea general de copropietarios, Consejo de administración, Revisor fiscal.
Interpretación Establece el número de actividades realizadas
Tipo de indicador Estructura
Nombre indicador Asignación de responsabilidades
Definición El Conjunto Residencial Colina Primera Etapa, definirá en los distintos niveles las responsabilidades frente al desarrollo del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo
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(SG-SST)
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CODIGO
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Límite Debe estar documentado y se debe evidenciar la comunicación a las partes interesadas.
Método de cálculo Está documentado (si – no); está comunicado (si – no)
Fuente de información para el cálculo
Evidencias de comunicación a las partes interesadas..
Responsable Administrador del sistema
Periodicidad del reporte Anual
Personas que conocerán el reporte
Asamblea general de copropietarios, Consejo de administración, Revisor fiscal.
Interpretación Define la comunicación de responsabilidades de cada parte administrativa frente al sistema de gestión.
Tipo de indicador Estructura
Nombre indicador Asignación de recurso humano
Definición El Conjunto Residencial Colina Primera Etapa, asignara personal para el desarrollo del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo
Límite Según estructura administrativa.
Método de cálculo Se ha asignado personal (si – no)
Fuente de información para el cálculo
Manual de funciones
Responsable Administrador del sistema
Periodicidad del reporte Anual
Personas que conocerán el reporte
Asamblea general de copropietarios, Consejo de administración, Revisor fiscal.
Interpretación Define el personal que estará encargado de administrar el sistema de gestión.
Tipo de indicador Estructura
Nombre indicador Método para identificar los peligros
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(SG-SST)
VERSIÓN 01
CODIGO
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Definición El Conjunto Residencial Colina Primera Etapa, definirá un método para identificar los peligros, para evaluar y calificar los riesgos, en el que se incluye un instrumento para que los trabajadores reporten las condiciones de trabajo peligrosas;
Límite Se cuenta con una metodología en para identificar los riesgos y los trabajadores o partes interesadas cuentan con un formato para el reporte de actos y condiciones peligrosas. (si – no).
Método de cálculo verificación de documentos en el SG-SST
Fuente de información para el cálculo
SG-SST
Responsable Administrador del sistema
Periodicidad del reporte Anual
Personas que conocerán el reporte
Asamblea general de copropietarios, Consejo de administración, Revisor fiscal.
Interpretación Define la posibilidad de contar con un procedimiento para la identificación de peligros y valoración de los riesgos, además define la posibilidad de contar con un instrumento para la identificación de actos y condiciones inseguras por los diferentes actores dentro del SG-SST.
Tipo de indicador Estructura
Nombre indicador Plan para prevención y atención de emergencias
Definición La existencia de un plan para prevención y atención de emergencias en la organización;
Límite Se cuenta con un plan de emergencias (si – no).
Método de cálculo verificación de documentos en el SG-SST
Fuente de información para el cálculo
SG-SST
Responsable Administrador del sistema
Periodicidad del reporte Anual
Personas que conocerán el reporte
Asamblea general de copropietarios, Consejo de administración, Revisor fiscal.
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(SG-SST)
VERSIÓN 01
CODIGO
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Interpretación Define la posibilidad de contar con un procedimiento de actuación en caso de emergencia.
Tipo de indicador Estructura
Nombre indicador Capacitación
Definición Define la existencia del plan de capacitación para el cumplimiento del SG SST
Límite si - no
Método de cálculo Actividades de capacitación planteadas para la administración del sistema, la identificación de peligros y la evaluación de los riesgos, entre otros
Fuente de información para el cálculo
SG-SST
Responsable Administrador del sistema
Periodicidad del reporte Anual
Personas que conocerán el reporte
Asamblea general de copropietarios, Consejo de administración, Revisor fiscal.
Interpretación Actividades de capacitación planteadas para la administración del sistema, la identificación de peligros y la evaluación de los riesgos
3.5.2. INDICADORES DE PROCESO
Tipo de indicador: Proceso
Nombre indicador Evaluación inicial (línea base);
Definición Se establece nivel de cumplimiento del conjunto frente al SG-SST antes de iniciar la consultoría
Límite Según resolución 1111 de 2017
Método de cálculo Según resolución 1111 de 2017
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CODIGO
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Fuente de información para el cálculo:
Documentos existentes en el Conjunto residencial Colina Primera Etapa y entrevista al administrador del conjunto.
Responsable Consultores
Periodicidad del reporte Única, antes de iniciar la consultoría
Personas que conocerán el reporte:
Administrador del Conjunto, consejo de administración
Interpretación Grado de cumplimiento de los requisitos exigidos en materia de seguridad salud y trabajo contenidos en el decreto 1072 de 2015.
Tipo de indicador: Proceso
Nombre indicador Plan de trabajo I.P.T.
Definición Determina el número de actividades ejecutadas con respecto al número de actividades propuestas en el mes
Límite 90%
Método de cálculo
Responsable Administrador del sistema
Periodicidad del reporte Mensual
Personas que conocerán el reporte:
Asamblea general de copropietarios, Consejo de administración, Revisor fiscal.
Interpretación Indica el porcentaje de actividades desarrolladas y/o ejecutadas en el plan de trabajo durante el mes con respecto al número total de actividades propuestas durante el mismo periodo
Tipo de indicador: Proceso
Nombre indicador Índice plan de capacitación “I.P.C”
Definición Ejecución del Plan de Capacitación en Seguridad y Salud en el Trabajo;
Límite 90%
Método de cálculo
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(SG-SST)
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CODIGO
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Fuente de información para el cálculo:
Registros de asistencia a la capacitación,
Responsable Administrador del sistema SG-SST
Periodicidad del reporte Mensual
Personas que conocerán el reporte:
Administrador del Conjunto, consejo de administración
Interpretación Indica el grado de cumplimiento con el cual se está atendiendo el programa de capacitación.
Tipo de indicador: Proceso
Nombre indicador Intervención de los peligros identificados y los riesgos priorizados I.P.R.
Definición Número de peligros identificados y gestionados en un periodo correspondiente a un mes con respecto al número de peligros identificados en el mismo periodo
Límite 90%
Método de cálculo
Fuente de información para el cálculo:
Formato de identificación de peligros MSG-003
Responsable Administrador del sistema
Periodicidad del reporte Mensual
Personas que conocerán el reporte:
Asamblea general de copropietarios, Consejo de administración, Revisor fiscal.
Interpretación Indica el porcentaje de cumplimiento con el cual se gestionan o atiende para la eliminación o reducción de los riesgos identificados durante el mes
Tipo de indicador: Proceso
Nombre indicador Índice de cumplimiento de los procesos de reporte e investigación de los incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales. “I.R.A.T”
Definición Cumplimiento de los procesos de reporte e investigación de los incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales
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(SG-SST)
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Límite 100%
Método de cálculo
Fuente de información para el cálculo:
documentos emitidos a las ARL
Responsable Administrador del sistema
Periodicidad del reporte Mensual
Personas que conocerán el reporte:
Asamblea general de copropietarios, Consejo de administración, Revisor fiscal.
Interpretación Indica el porcentaje de cumplimiento con el cual se reportan los accidentes de trabajo y enfermedades laborales a las ARL durante el mes
3.5.3. INDICADORES DE RESULTADO
Tipo de indicador: Resultado
Nombre indicador Índice de Frecuencia de Accidentes de Trabajo con incapacidad I.F.
Definición Expresa el total de A.T. incapacitantes ocurridos durante el último año, por cada 100 trabajadores de tiempo completo y multiplicado por K = 240.000
Límite 100%
Método de cálculo
Fuente de información para el cálculo:
Archivo de reporte de accidentalidad, formato de reporte de accidentes enviados a la ARL
Responsable Administrador del sistema
Periodicidad del reporte Anual
Personas que conocerán el reporte:
Asamblea general de copropietarios, Consejo de administración, Revisor fiscal.
Interpretación Por cada 100 trabajadores en El Conjunto Residencial Parque Central Colina Primera Etapa, se presentan X accidentes de trabajo en el año
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(SG-SST)
VERSIÓN 01
CODIGO
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Tipo de indicador: Resultado
Nombre indicador Índice de Severidad de Accidentes de Trabajo I.S.
Definición Es la relación entre el número de días perdidos y cargados por accidentes de trabajo, durante un año y el total de HHT durante el mismo periodo y multiplicado por K
Límite 50%
Método de cálculo
Fuente de información para el cálculo:
Archivo de reporte de accidentalidad, formato de reporte de accidentes enviados a la ARL
Responsable Administrador del sistema
Periodicidad del reporte Anual
Personas que conocerán el reporte:
Asamblea general de copropietarios, Consejo de administración, Revisor fiscal.
Interpretación Indica que por cada N° HHT AÑO horas trabajadas al año en El Conjunto Residencial Parque Central Colina Primera Etapa se pierden yy días por accidentes de trabajo.
Tipo de indicador: Resultado
Nombre indicador Índice de Lesiones Incapacitantes por accidentes de trabajo I. L. I.
Definición Corresponde a la relación entre los índices de frecuencia y severidad de Accidentes de Trabajo con Incapacidad. Es un índice global de comportamiento de lesiones incapacitantes que no tiene unidad, su utilidad radica en la comparación entre diferentes periodos.
Límite 5%
Método de cálculo
Fuente de información para el cálculo:
Resultados de cálculo de los índices de frecuencia y severidad
Responsable Administrador del sistema
Periodicidad del reporte Anual
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(SG-SST)
VERSIÓN 01
CODIGO
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Personas que conocerán el reporte:
Asamblea general de copropietarios, Consejo de administración, Revisor fiscal.
Interpretación No tiene unidad específica; compara resultados de diferentes periodos de tiempo
Tipo de indicador: Resultado
Nombre indicador Cumplimiento de los requisitos normativos aplicables “I.R.N.A.”
Definición Estima el porcentaje de cumplimiento de los requisitos establecidos en la matriz legal.
Límite 90%
Método de cálculo
Fuente de información para el cálculo:
Matriz de requisitos legales
Responsable Administrador del sistema de gestión
Periodicidad del reporte semestral
Personas que conocerán el reporte:
Asamblea general de copropietarios, Consejo de administración, Revisor fiscal.
Interpretación Manifiesta el grado de cumplimiento expresado en porcentaje de los requisitos establecidos en la legislación colombiana y que deben ser aplicados a las actividades que desarrolla el Conjunto Residencial Colina Primera Etapa.
Tipo de indicador: Resultado
Nombre indicador Índice de cumplimiento de los objetivos en seguridad y salud en el trabajo – SST ; “I C O”
Definición Establece el nivel de cumplimiento de los objetivos planteados y cumplidos en el SG-SST
Límite 90%
Método de cálculo
Fuente de información para el cálculo:
Numeral 3.4. Objetivos del sistema de gestión SG-SST “
Responsable Administrador del sistema de gestión
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Periodicidad del reporte Semestral
Personas que conocerán el reporte:
Asamblea general de copropietarios, Consejo de administración, Revisor fiscal.
Interpretación Muestra el cumplimiento de los objetivos planteados en el SG-SST, permite evaluar la gestión realizada por el Conjunto Residencial Colina Primera Etapa en cuanto al buen desarrollo del SG-SST.
Tipo de indicador: Resultado
Nombre indicador Índice de cumplimiento del plan de trabajo anual en seguridad y salud en el trabajo y su cronograma “I.C.S.S.T.”
Definición Evalúa el cumplimiento del plan de trabajo anual en seguridad y salud en el trabajo, realizado por el conjunto
Límite 90%
Método de cálculo
Fuente de información para el cálculo:
Programa plan de trabajo anual del SG-SST
Responsable Administrador del sistema de gestión
Periodicidad del reporte Anual
Personas que conocerán el reporte:
Asamblea general de copropietarios, Consejo de administración, Revisor fiscal.
Interpretación Manifiesta el porcentaje de cumplimiento de las actividades planteadas para el desarrollo del SG-SST, durante el periodo a evaluar. Numeral 14 SG-SST
Tipo de indicador: Resultado
Nombre indicador Índice de acciones de mejora “I.D.A.M.”
Definición La evaluación de las acciones preventivas, correctivas y de mejora incluidas las acciones generadas en las investigaciones de los incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales, así como de las acciones generadas en las inspecciones de seguridad
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Límite 90%
Método de cálculo
Fuente de información para el cálculo:
Acciones generadas en las investigaciones de los incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales, así como de las acciones generadas en las inspecciones de seguridad
Responsable: Administrador del sistema de gestión SG-SST
Periodicidad del reporte Anual
Personas que conocerán el reporte:
Asamblea general de copropietarios, Consejo de administración, Revisor fiscal.
Interpretación Permite evaluar el grado expresado en porcentaje con el cual el SG-SST se adapta o mejora su funcionamiento en pro y beneficio de los trabajadores.
Tipo de indicador: Resultado
Nombre indicador Índice de no conformidades “I.D.N.C.”
Definición Evaluación de las no conformidades detectadas en el seguimiento al plan de trabajo anual en seguridad y salud en el trabajo;
Límite 90%
Método de cálculo
Fuente de información para el cálculo:
Revisiones efectuadas por: el representante de la asamblea al SG-SST, el revisor fiscal, el consejo de administración, otras partes interesadas que hayan documentado su “no” conformidad.
Responsable: Administrador del sistema de gestión SG-SST
Periodicidad del reporte Anual
Personas que conocerán el reporte:
Asamblea general de copropietarios, Consejo de administración, Revisor fiscal.
Interpretación Permite evaluar el grado expresado en porcentaje con el cual el SG-SST se adapta o mejora su funcionamiento en pro y beneficio de los trabajadores.
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(SG-SST)
VERSIÓN 01
CODIGO
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MANUAL DEL (SG-SST) Página 55 de 71
CAPITULO IV
4.1. GESTION DE PELIGROS Y RIESGOS
El Conjunto Residencial Parque Central Colina Primera Etapa P.H., adopta
métodos para la identificación, prevención, evaluación, valoración y control de los
peligros y riesgos en la empresa.
(Ver Formato de Ingreso de Datos de Matriz de Peligros: FSG-004).
(Ver Procedimiento Para La Identificación de Peligros y Valoración de
Riesgos: PSG-004).
(Ver Matriz de Identificación de Peligros y Valoración de Riesgos: MSG-003).
4.2. ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL EPP
Los elementos de protección personal son los que el Conjunto Residencial Colina
Primera Etapa podrá exigir como mínimo a sus contratistas en el desarrollo de sus
actividades, de igual manera podrá exigir otros según la actividad y el análisis de
riesgos efectuado.
Los contratistas deberán acreditar con la debida documentación y de acuerdo a su
sistema de gestión los equipos de protección personal entregados a sus
empleados.
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(SG-SST)
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CODIGO
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MANUAL DEL (SG-SST) Página 56 de 71
(Ver Documento de Descripción de Elementos De Protección Personal EPP:
DSG-005).
(Ver Matriz de Elementos De Protección Personal EPP: MSG-006).
4.3. MEDIDAS DE PREVENCION Y CONTROL
El CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CENTRAL COLINA PRIMERA ETAPA
PH, solicitará a sus contratistas (seguridad, aseo, mantenimiento de ascensores,
entre otros), los programas de prevención y promoción de la seguridad y la salud
que tengan estimados para con sus trabajadores y velara por que se dé estricto
cumplimiento a dicho plan, también podrá sugerir capacitaciones que las
empresas contratistas puedan adelantar en beneficio del buen desarrollo de
actividades en el conjunto. Solicitará de manera especial se efectué y comunique
por parte de cada contratista a cada empleado el reconocimiento de riesgos
durante la jornada laboral y las medidas de control que tienen estimadas.
4.4. PREVENCION, PREPARACION EMERGENCIAS
El Conjunto Residencial Parque Central Colina Primera Etapa P.H. implementa y
mantiene las disposiciones necesarias en materia de prevención, preparación y
respuesta ante emergencias, con cobertura a todos los centros y turnos de trabajo
y todos los trabajadores, independiente de su forma de contratación o vinculación,
incluidos contratistas y subcontratistas, así como proveedores y visitantes.
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MANUAL DEL (SG-SST) Página 57 de 71
Para ello El Conjunto Residencial Parque Central Colina Primera Etapa P.H. ha
implementado un plan de prevención, preparación y respuesta ante emergencias
que considera los siguientes aspectos:
1. Identifica sistemáticamente todas las amenazas que puedan afectar al conjunto
residencial;
2. Identificar los recursos disponibles, incluyendo las medidas de prevención y
control existentes al interior del conjunto residencial para prevención, preparación
y respuesta ante emergencias, así como las capacidades existentes en las redes
institucionales y de ayuda mutua;
3. Analiza la vulnerabilidad del conjunto residencial frente a las amenazas
identificadas, considerando las medidas de prevención y control existentes;
4. Valora y evalúa los riesgos considerando el número de trabajadores expuestos,
los bienes y servicios del conjunto residencial;
5. Diseña e implementa los procedimientos para prevenir y controlar las amenazas
priorizadas o minimizar el impacto de las no prioritarias;
6. Formula el plan de emergencia para responder ante la inminencia u ocurrencia
de eventos potencialmente desastrosos;
7. Asigna los recursos necesarios para diseñar e implementar los programas,
procedimientos o acciones necesarias, para prevenir y controlar las amenazas
prioritarias o minimizar el impacto de las no prioritarias;
8. Implementa las acciones factibles, para reducir la vulnerabilidad de la empresa
frente a estas amenazas que incluye entre otros, la definición de planos de
instalaciones y rutas de evacuación;
9. Informa, capacita y entrena incluyendo a todos los trabajadores
independientemente de su tipo de contrato laboral, para que estén en capacidad
de actuar y proteger su salud e integridad, ante una emergencia real o potencial;
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(SG-SST)
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10. Realiza simulacros como mínimo una (1) vez al año con la participación de
todos los trabajadores independientemente de su tipo de contrato laboral así como
a la comunidad residente;
11. Conforma, capacita, entrena y dota la brigada de emergencias, acorde con su
nivel de riesgo y los recursos disponibles, que incluya la atención de primeros
auxilios;
12. Inspecciona con la periodicidad que sea definida en El Sistema de Gestión de
la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), todos los equipos relacionados con
la prevención y atención de emergencias incluyendo sistemas de alerta,
señalización y alarma, con el fin de garantizar su disponibilidad y buen
funcionamiento; y
13. Desarrolla programas o planes de ayuda mutua ante amenazas de interés
común, identificando los recursos para la prevención, preparación y respuesta
ante emergencias en el entorno del conjunto residencial articulándose con los
planes que para el mismo propósito puedan existir en la zona donde se ubica.
(Ver Documento Plan De Emergencias Del Conjunto Residencial Parque
Central Colina Primera Etapa P.H. De Enero de 2017 Implementado Por El
Asesor Jorge Iván Zubieta Salazar: DSG-004).
4.5. GESTION DEL CAMBIO
El CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CENTRAL COLINA PRIMERA ETAPA
PH, ha implementado un procedimiento para evaluar el impacto sobre la
seguridad y salud en el trabajo que puedan generar los cambios internos
(introducción de nuevos procesos, cambio en los métodos de trabajo, cambios en
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instalaciones, entre otros) o los cambios externos (cambios en la legislación,
evolución del conocimiento en seguridad y salud en el trabajo, entre otros).
(Ver Procedimiento Para Gestión Del Cambio: PSG-008).
4.6. ADQUISICIONES
El CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CENTRAL COLINA PRIMERA ETAPA
PH ha establecido un procedimiento con, el fin de garantizar que se identifiquen y
evalúen en las especificaciones relativas a las compras o adquisiciones de
productos y servicios, las disposiciones relacionadas con el cumplimiento del
Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST)
(Ver Procedimiento Para Adquisiciones: PSG-005).
4.7. CONTRATACION
El CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CENTRAL COLINA PRIMERA ETAPA
PH adopta y mantiene las disposiciones que garantizan el cumplimiento de las
normas de seguridad y salud en el trabajo, por parte de los proveedores,
trabajadores dependientes, trabajadores cooperados, trabajadores en misión,
contratistas y sus trabajadores o subcontratistas, durante el desempeño de las
actividades objeto del contrato.
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Este procedimiento contempla los aspectos de:
1. seguridad y salud en el trabajo en la evaluación y selección de proveedores y
contratistas;
2. comunicación para la gestión de seguridad y salud en el trabajo con los
proveedores, trabajadores cooperados, trabajadores en misión, contratistas y
sus trabajadores o subcontratistas;
3. Verificación antes del inicio del trabajo y periódicamente, el cumplimiento de la
obligación de afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales,
considerando la rotación del personal por parte de los proveedores contratistas
y subcontratistas, de conformidad con la normatividad vigente;
4. Informa a los proveedores y contratistas al igual que a los trabajadores de este
último previo al inicio del contrato, los peligros y riesgos generales y
específicos de su zona de trabajo incluidas las actividades o tareas de alto
riesgo, rutinarias y no rutinarias, así como la forma de controlarlos y las
medidas de prevención y atención de emergencias. En este propósito, se debe
revisar periódicamente durante cada año, la rotación de personal y asegurar
que dentro del alcance de este numeral el nuevo personal reciba la misma
información;
5. Instruye a los proveedores, trabajadores cooperados, trabajadores en misión,
contratistas y sus trabajadores o subcontratistas, sobre el deber de informarle,
acerca de los presuntos accidentes de trabajo y enfermedades laborales
ocurridos durante el periodo de vigencia del contrato para que el empleador o
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contratante ejerza las acciones de prevención y control que estén bajo su
responsabilidad; y
6. Verifica periódicamente y durante el desarrollo de las actividades objeto del
contrato en El CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CENTRAL COLINA
PRIMERA ETAPA PH, el cumplimiento de la normatividad en seguridad y salud
el trabajo por parte de los trabajadores cooperados, trabajadores en misión,
proveedores, contratistas y sus trabajadores o subcontratistas.
(Ver Procedimiento Para Selección de Proveedores: PSG-006).
(Ver Formato de Evaluación de Proveedores: FSG-002).
(Ver Formato de Reevaluación de Proveedores: FSG-007).
(Ver Formato de Registro de Proveedores: FSG-006).
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CAPITULO V
5.1. AUDITORIA Y ALCANCE DE AUDITORIA
El Conjunto Residencial Parque Central Colina Primera Etapa P.H., efectuará una
Auditoria de cumplimiento del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el
Trabajo. (SG-SST). Esta auditoría de cumplimiento se realizará en el mes de
noviembre de 2018, posteriormente se realizará una auditoria anual la cual será
planificada con la participación del representante de la asamblea general ante el
sistema de gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. La auditoría se realiza con
personal externo a la administración.
Las auditorías las deberá realizar una persona que tenga el título de auditor
interno, otorgado por entidad reconocida y que no esté dentro del proceso
administrativo, los resultados de la auditoría deben ser comunicados al consejo de
administración. La auditoría deberá realizar análisis en cada uno de los aspectos
contemplados en el sistema tal y conforme se anuncia en el siguiente listado y
deberá tratarse de acuerdo a las regla y conceptos generales de auditoria.
La auditoría tendrá el siguiente alcance
1. El cumplimiento de la política de seguridad y salud en el trabajo;
2. El resultado de los indicadores de estructura, proceso y resultado;
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3. La participación de los trabajadores;
4. El desarrollo de la responsabilidad y la obligación de rendir cuentas;
5. El mecanismo de comunicación de los contenidos del Sistema de Gestión de la
Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), a los trabajadores;
6. La planificación, desarrollo y aplicación del Sistema de Gestión de la Seguridad
y Salud en el Trabajo (SG-SST);
7. La gestión del cambio;
8. La consideración de la seguridad y salud en el trabajo en las nuevas
adquisiciones;
9. El alcance y aplicación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el
trabajo (SG-SST) frente a los proveedores y contratistas;
10. La supervisión y medición de los resultados;
11. El proceso de investigación de incidentes, accidentes de trabajo y
enfermedades laborales, y su efecto sobre el mejoramiento de la seguridad y
salud en el trabajo en la empresa;
12. El desarrollo del proceso de auditoría; y
La evaluación por parte de la alta dirección.
5.2. REVISION POR LA ALTA DIRECCION
La alta dirección, en El Conjunto Residencial Parque Central Colina Primera Etapa
P.H., se considera a la ASAMBLEA GENERAL DE COPROPIETARIOS, ésta
entidad por medio de un delegado que será elegido durante la asamblea general
ordinaria, adelantara una revisión del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud
en el trabajo (SG-SST), por lo menos una (1) vez al año, se sugiere el mes de
agosto, de conformidad con las modificaciones en los procesos, resultados de las
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auditorías y demás informes que permitan recopilar información sobre su
funcionamiento.
Dicha revisión debe determinar en qué medida se cumple con la política y los
objetivos de seguridad y salud el trabajo y se controlan los riesgos. La revisión no
debe hacerse únicamente de manera reactiva sobre los resultados (estadísticas
sobre accidentes y enfermedades, entre otros), sino de manera proactiva y evaluar
la estructura y el proceso de la gestión en seguridad y salud en el trabajo.
La revisión de la alta dirección DELEGADO de la “ASAMBLEA GENERAL DE
COPROPIETARIOS” deberá permitir:
1. Revisar las estrategias implementadas y determinar si han sido eficaces para
alcanzar los objetivos, metas y resultados esperados del Sistema de Gestión
de la Seguridad y Salud en el Trabajo;
2. Revisar el cumplimiento del plan de trabajo anual en seguridad y salud en el
trabajo y su cronograma;
3. Analizar la suficiencia de los recursos asignados para la implementación del
Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo y el cumplimiento de
los resultados esperados;
4. Revisar la capacidad del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el
Trabajo (SG-SST), para satisfacer las necesidades globales de la empresa en
materia de seguridad y salud en el trabajo;
5. Analizar la necesidad de realizar cambios en el Sistema de Gestión de la
Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), incluida la revisión de la política y
sus objetivos;
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6. Evaluar la eficacia de las medidas de seguimiento con base en las revisiones
anteriores de la alta dirección y realizar los ajustes necesarios;
7. Analizar el resultado de los indicadores y de las auditorias anteriores del
Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST);
8. Aportar información sobre nuevas prioridades y objetivos estratégicos de la
organización que puedan ser insumos para la planificación y la mejora
continua;
9. Recolectar información para determinar si las medidas de prevención y control
de peligros y riesgos se aplican y son eficaces;
10. Intercambiar información con los trabajadores sobre los resultados y su
desempeño en seguridad y salud en el trabajo;
11. Servir de base para la adopción de decisiones que tengan por objeto mejorar la
identificación de peligros y el control de los riesgos y en general mejorar la
gestión en seguridad y salud en el trabajo de la empresa;
12. Determinar si promueve la participación de los trabajadores;
13. Evidenciar que se cumpla con la normatividad nacional vigente aplicable en
materia de riesgos laborales, el cumplimiento de los estándares mínimos del
Sistema de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos Laborales
que le apliquen;
14. Establecer acciones que permitan la mejora continua en seguridad y salud en
el trabajo;
15. Establecer el cumplimiento de planes específicos, de las metas establecidas y
de los objetivos propuestos;
16. Inspeccionar sistemáticamente los puestos de trabajo, las máquinas y equipos
y en general, las instalaciones de la empresa;
17. Vigilar las condiciones en los ambientes de trabajo;
18. Vigilar las condiciones de salud de los trabajadores;
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19. Mantener actualizada la identificación de peligros, la evaluación y valoración de
los riesgos;
20. Identificar la notificación y la investigación de incidentes, accidentes de trabajo
y enfermedades laborales;
21. Identificar ausentismo laboral por causas asociadas con seguridad y salud en
el trabajo;
22. Identificar pérdidas como daños a la propiedad, máquinas y equipos entre
otros, relacionados con seguridad y salud en el trabajo;
23. Identificar deficiencias en la gestión de la seguridad y salud en el trabajo; e
24. Identificar la efectividad de los programas de rehabilitación de la salud de los
trabajadores.
Parágrafo. Los resultados de la revisión de la alta dirección deben ser
documentados y divulgados al responsable del Sistema de Gestión de la
Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) quien deberá definir e implementar las
acciones preventivas, correctivas y de mejora a que hubiere lugar.
5.3. INVESTIGACION DE INCIDENTES
La investigación de las causas de los incidentes, accidentes de trabajo y
enfermedades laborales, debe adelantarse acorde con lo establecido en el
Decreto 1530. de 1996, la Resolución 1401 de 20.0.7 expedida por el entonces
Ministerio de la Protección Social, hoy Ministerio del Trabajo, y las disposiciones
que .los modifiquen, adicionen o sustituyan.
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CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CENTRAL COLINA PRIMERA ETAPA PH,
ha elaborado un procedimiento para el reporte e investigación de accidentes
laborales, de acuerdo al enunciado del artículo 32 del decreto único reglamentario
1072 de 2015.
(Ver Procedimiento Para El Reporte E Investigaciones De Los Incidentes,
Accidentes De Trabajo: PSG-007).
(Ver Formato de Investigación de Accidentes: FSG-003).
(Ver Formato de Reporte de Accidentes: FSG-009).
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CAPITULO VI
6.1. MEJORAMIENTO
Acciones preventivas y correctivas. EL CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE
CENTRAL COLINA PRIMERA ETAPA garantizará que, se definirán e
implementarán las acciones preventivas y correctivas necesarias, con base en los
resultados de la supervisión y medición de la eficacia del Sistema de Gestión de la
Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), de las auditorías y de la revisión por la
alta dirección.
Estas acciones entre otras, deben estar orientadas a:
1. Identificar y analizar las causas fundamentales de las no conformidades con
base en lo establecido en el presente decreto y las demás disposiciones que
regulan los aspectos del Sistema General de Riesgos laborales; y,
2. la adopción, planificación, aplicación, comprobación de la eficacia y
documentación de las medidas preventivas y correctivas.
Cuando se evidencie que las medidas de prevención y protección relativas a los
peligros y riesgos en Seguridad y Salud en el Trabajo son inadecuadas o pueden
dejar de ser eficaces, estas deberán someterse a una evaluación y jerarquización
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prioritaria sin demora por parte del CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE
CENTRAL COLINA PRIMERA ETAPA o contratista.
Todas las acciones preventivas y correctivas deben estar documentadas, ser
difundidas a, los niveles pertinentes Consejo de Administración, Representante
legal del conjunto, tener responsables y fechas de cumplimiento.
6.2. MEJORA CONTINUA
El CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CENTRAL COLINA PRIMERA ETAPA
debe dar las directrices y otorgar los recursos necesarios para la mejora continua
del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), con el
objetivo de mejorar la eficacia de todas sus actividades y el cumplimiento de sus
propósitos. Entre otras, debe considerar las siguientes fuentes para identificar
oportunidades de mejora:
1. El cumplimiento de los objetivos del Sistema de Gestión de la Seguridad y
Salud en el Trabajo (SG-SST);
2. Los resultados de la intervención en los peligros y los riesgos priorizados;
3. Los resultados de la auditoría y revisión del Sistema de Gestión de la
Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), incluyendo la investigación de los
incidentes, accidentes y enfermedades laborales;
4. Los resultados de los programa de promoción y prevención;
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5. El resultado de la supervisión realizado por la alta dirección; y
6. Los cambios en legislación que apliquen a la organización.
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CAPITULO VII
7.1. CAPACITACION
Los responsables de la ejecución de los Sistema de Gestión de la Seguridad y
Salud en el Trabajo (SG-SST) en El Conjunto Residencial Parque Central Colina
Primera Etapa P.H., deberán realizar el curso de capacitación virtual de cincuenta
(50) horas sobre el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-
SST) que defina el Ministerio del Trabajo en desarrollo de las acciones señaladas
en el literal a) del artículo 12 de la Ley 1562 de 2012, y obtener el certificado de
aprobación del mismo.