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MANUAL DEL PROCESO DE PROCESOS JUDICIALES ZONAL ZS-CZ6-GB-P03 Versión 1.0 05/11/2014

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Contenido 1. INFORMACIÓN BÁSICA ................................................................................................................ 2

2. LINEAMIENTOS DEL PROCESO ..................................................................................................... 3

3. ROLES .......................................................................................................................................... 4

4. GLOSARIO DE TÉRMINOS ............................................................................................................ 5

5. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCESO ........................................................................................... 7

6. PROCEDIMIENTO DEL PROCESO DE PROCESOS JUDICIALES ZONAL ........................................... 8

6.1. PROPÓSITO .............................................................................................................................. 8

6.2. ALCANCE .................................................................................................................................. 8

6.3. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES ............................................................................................... 8

7. INDICADORES ............................................................................... ¡Error! Marcador no definido.

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1. INFORMACIÓN BÁSICA

Proceso PROCESOS JUDICIALES ZONAL

Código ZS-CZ6-GB-P03

Descripción PROPÓSITO Patrocinar al Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público en el marco de la gestión y administración de los bienes inmuebles que son asignados a INMOBILIAR. DISPARADOR Requerimiento de patrocinio institucional ENTRADAS

1. Requerimiento interno de patrocinio en procesos judiciales

2. Recibir citación del juez

ACTIVIDADES PRINCIPALES

Elaborar demanda

Presentar demanda en Juzgado

Inscribir demanda en el Registro de la Propiedad.

Participar en diligencias.

Ejecutar sentencia si es favorable.

Utilizar recursos de apelación, si esta no es favorable.

Presentar recurso en Corte Nacional de Justicia.

Presentar acción en Corte Constitucional. PROCESOS RELACIONADOS

Expropiación de Bienes Inmuebles

Productos/Servicios del Proceso

Sentencia

Tipo de Proceso Zonal Sustantivo

Responsables del Proceso

Director Nacional de Derechos Litigiosos

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Tipo del cliente Clientes Internos y Externos

Marco Legal

Constitución de la República del Ecuador Decreto Ejecutivo 798 Publicado en Registro Oficial N° 485 del 06 de julio del 2011. Reforma Decreto Ejecutivo N° 50 Publicado en Suplemento de Registro Oficial N° 57 del 13 de Agosto del 2013. RESOLUCIÓN-INMOBILIAR-DSI-2014-0006 Publicada en Registro Oficial N°113 del 24 de marzo del 2014. Decreto Ejecutivo 1301, de 17 de septiembre de 2012, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 799 de 28 de septiembre de 2012 Norma de Aplicación al Decreto Ejecutivo 1301, de 12 de noviembre de 2013, publicado en el Registro Oficial No. 138 de 05 de diciembre de 2013 Código Civil Código de Procedimiento Civil

2. LINEAMIENTOS DEL PROCESO.

EL presente Manual es una representación general de un proceso judicial.

Para la aplicación operativa de cada proceso judicial, se deberá aplicar lo establecido en el

Código de Procedimiento Civil y normativa legal vigente.

Los procesos judiciales pueden ser:

o Ordinarios

o Verbal Sumarios

o Especiales

o Ejecutivos

o Diligencias Previas

o Mediación y Arbitraje

o Acciones de Protección

o Impugnación de Glosas

o Reclamos administrativos

o Autorización de inscripción de bienes inmuebles

o Otros

El patrocinio, impulso y seguimiento del juicio debe ser permanente por parte del analista

designado.

Antes de ingresar la demanda se debe contar con toda la documentación habilitante.

Se debe participar activamente en la diligencias solicitadas por el juez.

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La utilización de los recursos permitidos por la ley (apelación, casación y de hecho); la

alegación de la nulidad procesal, la acción extraordinaria de protección, solamente se

utilizarán cuando la sentencia no sea favorable o haya violaciones de las solemnidades

sustanciales que haya influido en la misma.

La terminación de cada proceso dependerá del seguimiento, impulso; y celeridad en la

sustanciación procesal.

En la sustanciación procesal, las partes pueden llegar a un acuerdo, que podría poner fin

al proceso.

Es importante acotar que cuando INMOBILIAR ha presentado una demanda, la contraparte

puede presentar una acción de protección en cualquier parte del proceso.

La sentencia será recibida por el Director Nacional de Derechos Litigiosos, la misma que

deberá ser enviada al Experto en Análisis Técnico y Derecho Litigioso Zonal, con copia al

Coordinador Zonal.

3. ROLES

Analista Zonal de Derechos Litigiosos.- Ejecuta y da seguimiento a los procesos judiciales y

extrajudiciales que se desarrollen en la Dirección Nacional de Derechos Litigiosos.

Corte Constitucional.- Es el máximo órgano de control, de interpretación constitucional y de

administración de justicia en esta materia. Ejerce la jurisdicción nacional y su sede es la ciudad

de Quito. La Corte Constitucional tiene como atribución principal ser la máxima instancia de

interpretación de la Constitución, de los tratados internacionales, de los derechos humanos

ratificados por el Estado ecuatoriano, a través de sus dictámenes y sentencias. Sus decisiones

tendrán carácter vinculante.

Corte Nacional de Justicia.- Es el máximo órgano jurisdiccional de Ecuador, tiene competencia

sobre todo el territorio nacional y su sede se encuentra en la ciudad de Quito. Está integrada

por salas especializadas.

Corte Provincial de Justicia.- Esta integrada por Juezas y Jueces necesarios para atender las

causas, que provendrán de la carrera judicial, el libre ejercicio profesional y la docencia

universitaria.

Director Nacional de Derechos Litigiosos.- Dirige y controla los procesos de patrocinio a la

Institución en los procesos judiciales y extrajudiciales en el marco de la gestión de bienes

muebles e inmuebles en los que tiene competencia INMOBILIAR.

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Director Nacional de Legalización de Bienes.- Dirige y supervisa acciones legales y trámites

pertinentes con la finalidad de efectivizar la dotación de infraestructura requerida por las

diferentes entidades del Sector Público.

Experto Zonal de Derechos Litigiosos.- Coordina y organiza los procesos litigiosos e informa el

avance de los mismos al Director.

Juzgado.- Dependencia u organismo público que tiene como fin la resolución de litigios con

resultado de cosa juzgada.

Las diferentes salas especializadas de la Corte Nacional de Justicia conocen los recursos de

casación y revisión en las materias de su especialidad y los demás asuntos que se establecen

en la ley. Desarrolla el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos

de triple reiteración.

Procurador Judicial.- Es el mandatario que tienen poder para comparecer en juicio por otro.

Rol desempeñado por el Coordinador General de Asesoría Jurídica, se puede decir que como

representante de una persona por medio de un poder especial de Procuración Judicial, toda

persona capaz tiene el derecho de tener un procurador judicial tanto el actor como el

demandado. Dicha procuración judicial se la confiere únicamente a un abogado.

Registro de la Propiedad.- Institución Pública que tiene por objeto la registración de la

constitución, transmisión, modificación y extinción de los derechos reales sobre bienes

inmuebles.

4. GLOSARIO DE TÉRMINOS

Acción extraordinaria de protección.- Es un recurso que propone revisar y revocar las

sentencias, autos definitivos y resoluciones con fuerza de sentencia, que se hayan dictado

violando el debido proceso o cualquier otro derecho consagrado en la Constitución.

Demanda.- Petición en el que las pretensiones son formuladas por uno o varios de los actores.

En el mismo se pretende que un juez intervenga, ya sea a partir de la protección o el

reconocimiento del pedido.

Diligencias.- Son las acciones emitidas por un Juez competente, que tiene por objeto dejar

constancia de un acto con trascendencia procesal en la sustanciación de un pleito.

Recurso de apelación.- Es el medio que permite a los litigantes llevar ante el tribunal de

segundo grado, una resolución estimada injusta, para que la modifique o revoque, según sea

el caso.

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Recursos de casación.- Es un recurso extraordinario que tiene por objeto anular una sentencia

judicial que contiene una incorrecta interpretación o aplicación de la ley o que ha sido dictada

en un procedimiento que no ha cumplido las solemnidades legales.

Resolución.- En un acto de desarrollo, de ordenación e impulso o de conclusión o decisión.

Resolución Judicial.- Es el acto procesal proveniente de un tribunal, mediante el cual resuelve

las peticiones de las partes, o autoriza u ordena el cumplimiento de determinadas medidas.

Resolución Administrativa.-Consiste en una orden escrita dictada por la máxima autoridad de

un servicio público que tiene carácter general, obligatorio y permanente, y se refiere al ámbito

de competencia del servicio.

Sentencia.- Es una resolución judicial dictada por un juez o tribunal que pone fin a un proceso

judicial, además declara o reconoce el derecho o razón de una de las partes, obligando a la

otra a pasar por tal declaración y cumplirla.

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5. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCESO

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6. PROCEDIMIENTO DEL PROCESO DE PROCESOS JUDICIALES

6.1. PROPÓSITO

Garantizar el patrocinio al Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público en todos los

procesos judiciales.

6.2. ALCANCE

El proceso parte desde la necesidad institucional interna de iniciar o defender un proceso judicial, su participación y seguimiento permanente, contempla la aplicación del Código de Procedimiento Civil y la normativa legal vigente, relacionado a la particularidad del proceso judicial, hasta la emisión de la sentencia y sus diferentes instancias.

6.3. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES

ACTIVIDAD ROL DESCRIPCIÓN DOCUMENTO Y/O

REGISTRO

Recibir y reasignar la

solicitud

Director Nacional de

Derechos Litigiosos

Parte de varios procesos internos, cuando la Dirección Nacional de Legalización de Bienes solicita el patrocinio al Director Nacional de Derechos Litigiosos en determinado proceso judicial.

Expediente

Designar responsable del

proceso

Experto Zonal de Derechos

Litigiosos

El Experto recibe el expediente y designa un Analista responsable para iniciar el proceso.

Memorando

Revisar expediente

Analista Zonal de Derechos

Litigiosos

El Analista inicia con la verificación de la documentación en el expediente. Si el expediente está completo se elabora la demanda, caso contrario se recopila los documentos faltantes.

Demanda

Recibir y reasignar demanda

Experto Zonal de Derechos

Litigiosos

Una vez elaborada la demanda, el Experto recibe y reasigna la misma para que el Director Nacional de Derechos Litigiosos la valide.

Demanda

Validar demanda

Director Nacional de

Derechos Litigiosos

El Directo valida la demanda y la remite al Procurador Judicial para que sea firmada.

Demanda

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Firmar demanda Procurador

Judicial

El Coordinador General de Asesoría Jurídica en calidad de Procurador Judicial del Director General de INMOBILIAR sumilla la demanda y remite a la Dirección Nacional de Derechos Litigiosos (ingreso sala de sorteos y posterior trámite).

Demanda

Calificación de la demanda

Juzgado

El Juez de la causa, si acepta el tramite:

1. El juez de la causa acepta el trámite, califica la demanda, y ordena diligencias tales como:

Consignación de valores del avalúo catastral en la cuenta que mantiene la unidad judicial en el Banco Nacional de Fomento.

Diligencia de ocupación.

Inscripción de la demanda en el registro de la propiedad del Cantón en el que está ubicado el inmueble expropiado

Citación a los demandados, Procurador General del Estado y otros (según el caso).

Designación de peritos (en algunos casos).

2. El Juez previo a aceptar el

trámite y calificar la demanda puede ordenar la consignación de los valores en la cuenta que mantiene la Unidad Judicial en el Banco Nacional de Fomento, luego de lo cual la calificará y ordenará las diligencias antes mencionadas.

Cumplimiento de las diligencias

Juzgado

El Juez encargado de la sustanciación, solicita diligencias en función al tipo de procesos:

Citación a los demandados

Contestación a demandas(*)

Citación Informe de Audiencia y/o Junta de conciliación (en

algunos casos)

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Inscripción de la demanda

Peritaje

Audiencia y/o Junta de conciliación

Apertura del término probatorio

Alegatos

Audiencia de estrados En algunos casos, se recibe una citación judicial (*) como demandado, y/o en representación del interés Estatal, es cuando inicia la participación de la Dirección Nacional de Derechos Litigiosos para lo cual es importante que el Analista Zonal Designado ejecute el patrocinio y de seguimiento al proceso.

Emitir sentencia Juzgado

Una vez que sea cumplido con las diligencias ordenadas por el Juez, procede a emitir la sentencia, cuyo resultado puede ser favorable o no, a la presentación de la demanda.

Sentencia

Recibir y remitir sentencia

Director Nacional de

Derechos Litigiosos

El Director recibe la sentencia enviada a través de casillero judicial y/o correo electrónico a INMOBILIAR, y la remite al Experto Zonal de Derechos Litigiosos con copia al Coordinador Zonal.

Sentencia

Recibir y reasignar sentencia

Experto Zonal de Derechos

Litigiosos

El Experto recibe la sentencia y la remite al analista responsable.

Sentencia

Recibir sentencia Analista Zonal de Derechos

Litigiosos

El Analista recibe la sentencia, y la misma es favorable y no es apelada por la otra parte, el Analista, solicita copias certificadas de la sentencia arma el expediente, y lo reasigna a la Dirección Nacional de Legalización de Bienes para el proceso de Expropiación de Bienes Inmuebles, caso contrario se utilizará el recurso de apelación.

Sentencia

Recibir y reasignar

Recurso de Apelación

Experto Zonal de Derechos

Litigiosos

El Experto en caso de que la sentencia sea perjudicial al Estado procede bajo directrices del Director Nacional de Legalización a elaborar el borrador del escrito de apelación y lo reasigna al

Recurso de Apelación

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Director Nacional de Derechos Litigiosos para su validación y posterior tramite.

Validar recurso de apelación

Director Nacional de

Derechos Litigiosos

El Director recibe el borrador del escrito solicitando el recurso de apelación, lo valida y remite al Procurador Judicial para su firma.

Recurso de Apelación

Firmar recurso de apelación

Procurador Judicial

El Coordinador General de Asesoría Jurídica en calidad de Procurador Judicial revisa, firma, autoriza a los abogados responsables del trámite para que se presente el recurso de apelación, admitido el mismo el proceso será remitido a la Corte Provincial de Justicia.

Recurso de Apelación

Dictar Sentencia Corte

Provincial de Justicia

La Corte Provincial de Justicia, podrá según petición de las partes señalar el día y hora para audiencia de estrados, dicta la sentencia en méritos del proceso, la misma que es remitida a través del casillero judicial y/o correo electrónico a INMOBILIAR.

Sentencia

Recibir y remitir sentencia

Director Nacional de

Derechos Litigiosos

El Director recibe la sentencia y la remite al Experto Zonal de Derechos Litigios con copia al Coordinador Zonal.

Sentencia

Recibir y reasignar sentencia

Experto Zonal de Derechos

Litigiosos

El Experto recibe la sentencia y la remite al analista responsable.

Sentencia

Recibir sentencia Analista Zonal de Derechos

Litigiosos

El Analista recibe la sentencia de ser favorable y la otra parte no apela, causa ejecutoria, remitirá al Juzgado de origen para su cumplimiento o ejecución. Caso contrario se utilizara el recurso de casación.

Sentencia

Ejecutar sentencia

Juzgado

La sentencia notificada a las partes procesales, a través del casillero judicial o correo electrónico, con las copias certificadas, el Analista encargado del proceso arma el expediente y solicita a la Dirección Nacional de Legalización de Bienes, culmine con la legalización.

Sentencia

Utilizar recurso de casación

Analista Zonal de Derechos

Litigiosos

En caso, que la sentencia emitida por la Corte Provincial no sea favorable, se analizará la pertinencia de interponer el

Recurso de Casación

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recurso de casación.

Recibir y reasignar

Recurso de Casación

Experto Zonal de Derechos

Litigiosos

El Experto recibe y reasigna el Recurso de Casación para que el Director Nacional de Derechos Litigiosos la valide.

Recurso de Casación

Firmar recurso de casación

Procurador Judicial

El Coordinador General de Asesoría Jurídica en calidad de Procurador Judicial analiza, firma, autoriza a los abogados responsables del trámite para que se presente el recurso de casación, a la Corte Nacional de Justicia.

Recurso de Casación

Dictar sentencia Corte Nacional

de Justicia

La Corte Nacional de Justicia analiza el recurso de casación y emite una sentencia, que puede ser favorable o no, las misma que es enviada a través de casillero judicial y/o correo electrónico a las partes procesales.

Sentencia

Recibir y remitir sentencia

Director Nacional de

Derechos Litigiosos

El Director recibe la sentencia y la remite al Experto Zonal de Derechos Litigios con copia al Coordinador Zonal.

Sentencia

Recibir sentencia Analista Zonal de Derechos

Litigiosos

El Analista recibe la sentencia de ser favorable, ejecutoriada la sentencia, será remitida al juzgado de origen para su cumplimiento y ejecutoría. Caso contrario se deberá analizar la factibilidad de la utilización de la acción extraordinaria de protección.

Acción extraordinaria de protección

Recibir y reasignar Acción

de Protección

Experto Zonal de Derechos

Litigiosos

El Experto recibe y reasigna la Acción de Protección para que el Director Nacional de Derechos Litigiosos la valide.

Acción de Protección

Firmar acción de protección

Procurador Judicial

El Coordinador General de Asesoría Jurídica en calidad de Procurador Judicial analiza su pertinencia, firma, entrega al funcionario encargado, y se presenta la acción extraordinaria de protección, para que sea remitida a la Corte Constitucional.

Acción de protección

Emitir resolución Corte

Constitucional

La Corte Constitucional analiza la acción extraordinaria de protección, resuelve la admisión o inadmisión del mismo. La sentencia es notificada a través de

Resolución

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casillero judicial o electrónico a las partes procesales.

Recibir y remitir resolución

Director Nacional de

Derechos Litigiosos

El Director recibe la resolución y la remite al Experto Zonal de Derechos Litigios con copia al Coordinador Zonal.

Memorando

Recibir resolución

Analista Zonal de Derechos

Litigiosos

El Analista recibe la resolución, y ponen en conocimiento de sus superiores para su análisis y posterior trámite. Si la sentencia es favorable, y causa ejecutoría la Corte Nacional enviará el proceso al Juzgado de origen para su cumplimiento o ejecución.

Oficio

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FIRMAS DE REVISÓN Y APROBACIÓN

Acciones Nombre Cargo Firma Fecha

Elaborado Por:

Ing. Sonia Lucía Pazmiño

Analista de Procesos

Aprobado Por:

Dr. Bolívar González Coordinador Zonal

Validado por:

Dr. Marco Vinicio Landázuri

Subdirector Técnico de Gestión de Bienes

CONTROL DE HISTORIAL DE CAMBIOS

Versión Descripción del Cambio Fecha de Actualización

1.0 Emisión Inicial 05/11/2014