MANUAL DEL CONSEJERO. ESTRUCTURA ACTUALPROPUESTA Presidente. Vicepresidente. Tesorero. Secretario....

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MANUAL DEL CONSEJERO

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MANUAL DEL

CONSEJERO

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ESTRUCTURA

ACTUAL PROPUESTA

•Presidente.

•Vicepresidente.

•Tesorero.

•Secretario.

•Comisario

•Auditor.

•Vocales.

•Presidente.

•Tesorero.

•Secretario.

•Consejeros

** Sin comités **

Consejeros “asociados”

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FUNCIONES DEL CONSEJO

1. Determinar la misión y los propósitos de la organización.

2. Conocer la misión, propósitos, metas, directrices, programas, servicios, fortalezas y necesidades de la organización.

3. Conocer el acta constitutiva de ORGANIZACIÓN.

4. Evaluar el entorno y participar activamente en la planeación anual.

5. Determinar y supervisar los programas y servicios de la organización.

6. Revisar y aprobar el presupuesto anual.

7. Revisar y aprobar las metas financieras anuales.

8. Revisar y aprobar los planes anuales de procuración de fondos.

9. Asegurar que la estructura financiera de la organización sea capaz de soportar las necesidades actuales y las estrategias a largo plazo. Garantizar que la organización cuente con suficientes recursos.

10. Administrar eficientemente los recursos.

11. Aprobar y establecer políticas importantes para la organización.

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FUNCIONES DEL CONSEJO

12. Elegir, supervisar, evaluar, aconsejar, estimular, apoyar, recompensar y, si se considera necesario, cambiar al director ejecutivo.

13. Asegurar la base de empleados para sustentar las metas a largo plazo.

14. Proponer como candidatos al consejo directivo a hombres y mujeres con una trayectoria brillante y distinguida

15. Revisar en forma anual su desempeño.

16. Revisar en forma anual los resultados obtenidos por la organización.

17. Aprobar las acciones importantes de la organización (programas, servicios, gastos de capital).

18. Revisar el cumplimiento con las leyes relevantes que afectan a la organización, así como sus programas y operaciones. Asegurar la integridad legal y ética, mantener la transparencia.

19. Aprender a cerca de la organización, leer sus reportes financieros y otros documentos, así como mantenerse al tanto de sus programas, finanzas y administración.

20. Promover la transparencia y visibilidad de la organización

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FUNCIONES DEL CONSEJO

En lo individual, cada consejero debe:

• Desempeñar las funciones que le corresponden como integrante del consejo, con responsabilidad y de acuerdo con el nivel de capacidad que se espera.

• Cumplir con sus funciones y asignaciones especiales con buena voluntad y entusiasmo.

• Aceptar las decisiones del consejo directivo con buena voluntad.

• Evitar pedir favores especiales al personal, como solicitudes de información detallada, sin consultar primero por lo menos con el director, el consejo o el presidente consejo.

• Servir a la organización en conjunto, y no a un grupo o sector con intereses especiales.

• Evitar el surgimiento de un conflicto de intereses que pueda colocar al consejo o a la organización en una situación difícil, e informar oportunamente al consejo directivo sobre cualquier posible conflicto.

• Evitar aceptar favores u obsequios de personas que mantengan relaciones de trabajo con la organización, u ofrecerlos.

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PERFIL DEL CONSEJERO

• Promotor

• Facilitador

• Gestor

• Negociador

• Comunicador

HABILIDADES:

• Comprometido con la organización y sus valores; Comprensión de los objetivos, estructura y programas.

• Honesto: Congruente con lo que piensa, dice y hace.

• Sensible: Que capte, entienda, comprenda y respete las diferencias o realidades especificas.

• Abierto: Tolerante y con capacidad para interactuar.

• Innovador: Creativo, rompe paradigmas, busca diferentes formas.

• Altruista

• Tiene disponibilidad de tiempo para participar activamente con ORGANIZACIÓN

CARACTERÍSTICAS:

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FUNCIONES DEL CONSEJERO

- Convocar y dirigir todas las reuniones de consejo

- Coordinarse con el director para todas las cuestiones administrativas

- Firmar los documentos y cheques de gastos

- Gestionar recursos

- Representar al ORGANIZACIÓN

- Enterar a los consejeros de las situaciones extraordinarias

- Revisar las actividades de la asociación

- Tomar decisiones

- Acompañar al director a las visitas a los centros de trueque

- Revisar y aprobar los estados financieros mensuales

- Elaborar el presupuesto anual junto con el director

PRESIDENTE

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FUNCIONES DEL CONSEJERO

PRESIDENTE

- Convocar a la planeación estratégica.

- Fortalecimiento institucional, consejo y staff.

- Presentar un informe anual

- Firmar junto con el secretario toda la correspondencia que lo requiera, así como las actas

de consejo

- Convocar y dirigir las asambleas

Comunicación Presidente y staff informado

- Tejer redes y alianzas

- Liderar personalmente las iniciativas mas importantes para ORGANIZACIÓN

- Difundir en forma efectiva el trabajo de ORGANIZACIÓN

- Promover un buen ambiente, armonía, cooperación, motivación, crecimiento y desarrollo

de los diferentes actores de ORGANIZACIÓN

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REUNIONES DE CONSEJO

JUNTAS DE CONSEJO

REUNIONES

ASAMBLEAS

Ordinarias: Mensuales

Extraordinarias: Cuando es necesario

Especiales: Informe anual, planeación, capacitación/ taller de consejeros

Ordinarias: Ratificación del consejo

Extraordinarias: Cambios en estatutos

(Elaboración de minutas)

(Levantamiento de actas)

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REUNIONES DE CONSEJO

GENERALES

•El consejo podrá reunirse sin previa convocatoria si todos consejeros están presentes.

•Las juntas de Consejo serán presididas por el Presidente, y en su ausencia, por quien él designe

•Cada consejero gozará de voz y voto.

•Los puntos a tratar en las sesiones de trabajo se listarán en una orden del día.

•Las minutas o actas de las sesiones serán registradas y firmadas por el Presidente y el Secretario

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REUNIONES DE CONSEJO

CONVOCATORIA

- Previo a una sesión de trabajo deberá haber una convocatoria por parte del Presidente del Consejo.

- La convocatoria deberá presentarse por escrito y con 72 horas de anticipación a la fecha de la sesión.

- En caso de presentarse la necesidad de una reunión urgente, no será necesaria una convocatoria por escrito.

QUORUM LEGAL

- El quórum válido para que sesione el Consejo es el 50% + 1 de los miembros

- Si el consejo no estuviese representado en el porcentaje requerido, en la fecha fijada en la primera convocatoria, ésta se repetirá a los 30 min. En caso de segunda convocatoria, el consejo se considerarán instalado cualquiera que sea el número de consejeros que asista.

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REUNIONES DE CONSEJO

ASISTENCIA

- Los consejeros deberán asistir con puntualidad a las reuniones

- Los consejeros deberán asistir a las reuniones (juntas y asambleas) que se convoquen, atendiendo anualmente (calendario) cuando menos al 50% de dichas reuniones.

- En el caso de que deseen ser representados en las reuniones convocadas, los consejeros podrán nombrar un representante; la asistencia de un representante no podrá ser mayor al 50% de las reuniones.

- El director llevará un registro de asistencia

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REUNIONES DE CONSEJO

RESPONSABILIDADES DENTRO DE LAS REUNIONES

- Asistir a las sesiones y ejercer su derecho de voz y voto.

- Integrar el pleno del Consejo Directivo para resolver los asuntos de interés o en discusión.

- Presentar a consideración del Consejo Directivo proyectos o puntos de acuerdo.

- Prepararse para las reuniones del consejo directivo y participar en ellas

- Mantener el carácter confidencial de las reuniones y hablar en nombre del consejo directivo sólo cuando se les autorice.

- Periódicamente proponer temas para la agenda de las reuniones del consejo directivo, a fin de garantizar que se aborden asuntos importantes relacionados con la orientación institucional.

TODOS LOS CONSEJEROS:

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REUNIONES DE CONSEJO

RESPONSABILIDADES DENTRO DE LAS REUNIONES

- Convocar por escrito y con la anticipación establecida.

- Levantar y dirigir la sesión de trabajo: Conceder el uso de la palabra, consultar al Consejo si los asuntos incluidos en el orden del día han sido suficientemente comentados, hacer moción de orden.

- Solicitar al Secretario del Consejo, cuando sea necesario, someter a votación los diferentes argumentos para llegar a acuerdos y toma de decisiones.

- Vigilar el cumplimiento de los acuerdos tomados por el Consejo Directivo.

- Suspender la sesión de trabajo por grave alteración del orden en el recinto.

PRESIDENTE:

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REUNIONES DE CONSEJO

RESPONSABILIDADES DENTRO DE LAS REUNIONES

- Presentar a los miembros del Consejo la orden del día, con 72 horas de anticipación a la reunión, con la finalidad de integrar puntos de interés a tratar.

- Presentar a los consejeros la información relacionada con los puntos a tratar en la sesión.

- Tomar la votación de los integrantes del Consejo, y nota de los asuntos de importancia.

- Elaborar minutas o actas, presentarlas a consideración del Consejo, y llevar un archivo ellas.

- Informar del seguimiento y cumplimiento de los acuerdos tomados por el Consejo.

SECRETARIO:

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REUNIONES DE CONSEJO

- Los acuerdos y resoluciones del Consejo son por consenso o por votación expresa y abierta, en este último caso, por mayoría simple de votos de los integrantes del con derecho a voto. La votación expresa y abierta es aquella que es solicitada por el Presidente del Consejo y que se realiza en forma verbal e individual. El Presidente, con el resultado de la votación, hará la declaratoria desprendida de la misma.

  - En caso de empate, el voto de calidad del Presidente del Consejo decidirá finalmente la votación.

- Ningún integrante del Consejo con derecho a voto, podrá salir del recinto de la sesión de Trabajo mientras tenga efecto la votación

VOTACIÓN

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REUNIONES DE CONSEJO

- Las sesiones de trabajo serán a puerta cerrada y los asistentes con un asunto en particular, tendrán acceso a las mismas con autorización del Presidente.

- Los visitantes permanecerán en el desarrollo de la sesión hasta que lo indique el Presidente,

- Cualquier persona con derecho a voz, sólo podrá hacer uso de la palabra previa autorización del Presidente y en el orden solicitado.

- En caso de que el Presidente se ausente momentáneamente del recinto, será suplido por el Consejero que él designe.

- En caso de que el Secretario esté ausente, el mismo secretario o el Presidente indicará quién lo suplirá.

- Para la presentación de asuntos, los expositores deberán solicitar el tiempo prudente, procurando una exposición ejecutiva clara, objetiva y comunicativa.

- Los expositores podrán hacer uso de la palabra hasta por diez minutos como máximo, salvo autorización del Presidente del Consejo.

DESARROLLO

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REUNIONES DE CONSEJO

- Cuando una persona haga uso de la palabra no podrá ser interrumpido salvo intervención del Presidente para acotar de acuerdo al tiempo máximo. - Los asistentes a la sesión se abstendrán de entablar polémicas o debates en forma de diálogo, así como realizar alusiones personales que pudiesen generar controversias o discusiones ajenas a los asuntos en debate.  - En caso de ocurrir una alusión personal, se tendrá derecho a réplica

- El presidente deberá mediar si el expositor se aparta de la exposición o debate o hace referencia inapropiada a cualquiera de los presentes.

DESARROLLO

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TRANSICIÓN

- Para ser admitido como miembro del consejo, se deberán satisfacer los siguientes requisitos:

  * Se admitido por el consejo directivo ante la solicitud de ingreso presentada por escrito y avalada por uno de los socios.

*Mostrara interés por coadyuvar a la realización del objeto social de la Asociación. 

- Los miembros del Consejo serán electos por el Consejo y podrán permanecer en su cargo hasta por seis años, a no ser que sean relevados del mismo por resolución del consejo.

- Los consejeros pueden ser reelectos después de dos años de haber dejado su cargo.

- Los candidatos a consejero deberán tener solvencia moral reconocida y alto espíritu de servicio.

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TRANSICIÓN

Los miembros del consejo sólo podrán ser removidos:

* Al dejar de cumplir los requisitos establecidos.

* Por separación voluntaria, renuncia o muerte.

* Por determinación de la mayoría del consejo, cuando no hayan cumplido cabalmente sus funciones.

* Al dejar de asistir cuando menos el 50% de las juntas de consejo.

* Cuando sean nombrados funcionarios públicos o desempeñen un puesto de elección popular.

* Cuando sean electos presidentes o para una posición directiva de algún partido u organización política.

* La remoción se hará en una sesión de consejo, por mayoría de votos de los miembros presentes.

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FINANZAS

FIRMA DE CHEQUES, INVERSIONES, RETIRO DE FONDOS Y DESEMBOLSO EN EFECTIVO

- El Consejo es el representante legal de la Asociación y gozará de las más amplias facultades en poderes generales para pleitos, cobranzas y actos de administración y de dominio.

- Las cuentas de cheques e inversiones que se abran a favor de la Institución, deberán de signarse en forma mancomunada. Las firmas que deberán registrarse son las del Presidente, el Tesorero y el Director Ejecutivo, y en ausencia del Director Ejecutivo, el Coordinador Administrativo. De acuerdo a la conveniencia se podrá manejar con pago de intereses.

- En caso de necesitar cuentas de inversiones, podrán utilizarse aquellas que al menos garanticen el capital original invertido con el fin de aprovechar aquellos instrumentos de inversión que optimicen los recursos de la Institución.

- Para el manejo de fondos y efectivo, y con base a la conveniencia de pagos a proveedores, prestadores de servicio e impuestos, se podrán utilizar los sistemas de pago electrónico interbancario, con el fin de disminuir la emisión de Cheques y los costos que éstos ocasionan.

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FINANZAS

FIRMA DE CHEQUES, INVERSIONES, RETIRO DE FONDOS Y DESEMBOLSO EN EFECTIVO

- Los pagos relativos a los servicios (agua, luz, teléfono, internet, servicios contables, impuestos, de auditoria, alarmas) y otros servicios fijos plenamente identificados y presupuestados, podrán domiciliarse o pagarse con pagos interbancarios, únicamente con la autorización del director ejecutivo, siempre y cuando los montos no rebasen lo autorizado en el presupuesto. Lo mismo aplicará para el respectivo pago de sueldos.

  - Los demás pagos a proveedores y prestadores de servicio, para el desarrollo de los programas sociales en la Sierra, podrán realizarse por el pago interbancario con la firma respectiva del director Ejecutivo y otra adicional, signándose el recibo o factura correspondiente como autorización, y en todo el comprobante que el sistema electrónico emite.

 

  DONATIVOS

  - LaIinstitución podrá otorgar donativos a otras instituciones que trabajen en proyectos indígenas, siempre y cuando los mismos estén contemplados en los objetivos del ORGANIZACIÓN y se autoricen por comité ejecutivo.