MANUAL del adc español rev 1

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CAPITULO UNO DISPOSICIONES GENERALES I. ALCANCE Y APLICACIN A. Propsito El propsito principal de estas normas es obtener la mxima seguridad y bienestar de los buzos comerciales. Estas normas se aplican a todo tipo de trabajo, ya sea en la costa como en costa-fuera, que involucre operaciones de buceo. El objetivo de estas normas es complementar las reglas y regulaciones gubernamentales aplicables al igual que suplemental los cdigos industriales de las prcticas seguras para la operaciones de buceo. Nada de lo que contenga este manual debe reemplazar cualquier ley, regla o regulacin de alguna agencia gubernamental. B. Leyes Preservativas Es expresamente suministrado y declarado que en una situacin de emergencia se requiere el salvamento del personal, cualquier compaa de buceo, sus oficiales, directores, agentes o empleados pueden actuar en desacuerdo con los procedimientos de operacin y recomendaciones establecidos en las normas. CAPITULO DOS REQUISITOS PARA EL PERSONAL I. CALIFICACIONES DEL PERSONAL A. General Cada persona comprometida en operaciones de buceo debe poseer las calificaciones necesarias para el trabajo asignado. La designacin de los niveles de destreza en estas normas incluye tres (3) elementos principales: * Competencia Tcnica * Experiencia en el Campo * Competencia en el Buceo Las personas asignadas para actividades especficas de buceo debern poseer lo siguiente: 1.Conocimiento y Destreza obtenida mediante entrenamiento o * Tcnicas y procedimientos de Buceo * Procedimientos de Emergencia * Fisiologa relacionada con el Buceo * Equipo de Buceo * Primeros Auxilios y C.P.R. 2.Familiaridad con los procedimientos y habilidad en el uso de herramientas, equipo y aparatos asociados con las tareas asignadas. experiencia en lo siguiente:

3.Para personas que se desempean como buzos, o que de otra forma estn expuestas a condiciones hiperbricas, calificaciones fsicas para tales actividades presentadas en la Seccin II, " Requisitos Mdicos " (Pags 2-6), y detalladas en la Seccin III. titulada "Recomendaciones y Normas Mdicas " (Pags 2-9). Estas calificaciones fsicas deben estar documentadas en un Formulario de Examen Fsico e Historia Clnica de la ASOCIACIN DE CONTRATISTAS DE BUCEO. 4.Para personas que operan cmaras de descompresin, conocimiento del funcionamiento de la cmara. Para la persona deficiente la experiencia y competencia requerida en el ejemplo anterior, se debe asignar a tareas limitadas, bajo la direccin de un individuo experimentado y calificado, con el fin de obtener la experiencia y el nivel de competencia requerido. B. Nivel de Calificaciones de Entrada La designacin de destreza mnima para el nivel de entrada en la tripulacin de buceo es un tender. El tender principiante debe obtener las calificaciones mnimas de entrada, relacionadas con la Experiencia y Habilidad Tcnica, Destreza en el Buceo, mediante la culminacin exitosa de un curso de estudios. Este puede ser tomado en la escuela acreditada de la Asociacin de Educadores de Buceo Comercial (A.C.D.E.), Escuela Militar, o equivalente. El personal que anteriormente haba sido empleado sin cumplir con estas calificaciones debe ser certificado por el contratista que lo emple; notificando ste que el candidato ha logrado un grado equivalente de entrenamiento, mediante una combinacin de experiencia en el campo e instruccin formal en el saln de clases. Los tenders pueden ser buzos o no. Los Tenders de Buceo deben cumplir tambin con los requisitos enunciados en la Seccin A-3 . C. Habilidad y Experiencia Mnima Requerida 1.Un nombramiento o designacin ms all de Tender requiere una cantidad mnima de experiencia en el campo y destreza en el Buceo. Adicional se requieren calificaciones tcnicas, detalladas separadamente en el Captulo 3 Seccin II, Procedimientos de Operaciones Especficas para el modo apropiado de buceo, bajo el ttulo "Calificaciones Mnimas del Personal". 2.La Experiencia en el Campo: Establece los das mnimos de experiencia en el campo; requeridos para obtener varias designaciones. La experiencia en el campo se define como los das en el campo (costa-fuera, lagos, muelles y ros) directamente participando como buzo, supervisores de buceo, buzos tenders en superficie, comprometidos en operaciones marinas. La experiencia en niveles de calificaciones deben ser sustituidas directamente por los requisitos de tiempo en nombramientos o designaciones inferiores para lograr una designacin suministrada. 3.Destreza en el Buceo: Establece un nmero mnimo de buceos mar-abierto requeridos para obtener varias designaciones. Todos los buceos deben ser realizados durante un perodo de 24 meses inmediatamente antes de expedir la designacin. El trabajo debe ser realizado durante cada buceo y con la correcta supervisin. Todos los buceos deben tener un mnimo de 20 minutos de tiempo en el fondo. Un nmero de buceos de corta duracin debe ser combinada para igualar un buceo de 20 minutos de tiempo en el fondo. 4.Para lograr nombramientos o designaciones superiores, se requiere el cumplimiento de entrenamiento y experiencia para todas las designaciones menores.

5. Calificaciones Mnimas: Buzo / Tender

Adecuada habilidad tcnica para el modo especfico de buceo, acuerdo a lo detallado en la Seccin, Procedimientos de Operaciones Especficas, Calificaciones Mnimas del Personal.

Total 50 Das en el Campo Total 10 Buceo Buzo

Apropiada habilidad tcnica para el modo especfico de buceo, acuerdo a lo detallado en la seccin, Procedimientos de Operaciones Especficas, Calificaciones Mnimas del Personal. Total 100 das en el campo Total 30 buceos. 6.Log Books Para el Personal de Buzos. Todos los buzos deben mantener un personal Dive Log (Log Book de Buzos profesionales de la ADC equivalente) que detallar todas las exposiciones hiperbricas. El Log Book debe estar identificado con el buzo que lo utiliza con fotografas, firmas, y direccin residencial. La siguiente informacin mnima debe estar introducida en el Log Book. Nombre y direccin del contratista de buceo Fecha del buceo Nombre u otra descripcin y lugar del buceo o de la embarcacin, desde operacin de buceo Profundidad mxima alcanzada en el buceo Tiempo en la superficie, tiempo en el fondo del mar, y el tiempo alcanzado en la superficie para cada exposicin hiperbrica Intervalo de superficie, s el buceo incluye el tiempo para la cmara de descompresin Tipo de aparatos respirables y uso de mezcla Tareas ejecutadas Tipo de descripcin de la tabla de descompresin y uso del inventario Cualquier DCS o herida ocurrida durante el buceo Seccin de comentarios Firma del buzo Firma del supervisor Lugar para el aval o estampilla de la compaa de buceo. donde fu llevada a cabo la

Las paginas adicionales deben ser suministradas para mostrar: Fechas de los chequeos de buceo, firmado por el mdico Un registro pertinente de todas las sesiones tratadas Un registro de todas las pruebas y mantenimientos de los equipos

Todos los buzos deben presentar a las autoridades de la compaa su Log Book Personal para la verificacin y el sello trimestral, pero no inferior a los intervalos anuales.

D. Supervisor de Buceo Designado Se nombrar una persona calificada para que se encargue de cada operacin de buceo. Las responsabilidades de cada persona designada deben incluir la planeacin del trabajo, coordinacin, registro y pronta respuesta a cualquier emergencia relacionada con el trabajo, al igual que el conocer todos los reglamentos guberna mentales apropiados. II. REQUISITOS MDICOS A. General Para personas encargadas de buceo o de otra manera est sujeta a condiciones hiperbricas, se le exigen los siguientes exmenes mdicos de la de la ADC: 1.Examen mdico inicial, excepto los estipulados en el Prrafo B2, que se presenta ms adelante. 2.Exmenes peridicos: Se recomienda anualmente, mnima cada dos (2) aos Anualmente, se sobrepasa los 35 aos 3.Exmenes despus de heridas o enfermedades relacionadas con un buceo y que son necesarios para determinar su aptitud para regresar a sus actividades de buceo.

B. Examen Fsico 1.Para personas encargadas de buzos o que de otra manera este sujeta a condiciones hiperbricas, el examen inicial, y los peridicos, incluyen lo siguiente: Historia Laboral Los test requeridos en la tabla 1 (pag. 2-8), segn sea necesario. Cualquier test necesario para establecer la presencia de cualquier condicin de relacionado en el prrafo "E" de esta seccin Cualquier test adicional que el mdico considere necesario para preparar requerido en el prrafo "D" de esta seccin. descalificacin, el reporte escrito

2.Si, dentro de un ao, la persona ha tenido un examen mdico amplio comparable al examen inicial de esta seccin y si los resultados de este examen, no indican la presencia de anomalas significantes que afecten los rganos, sistemas, o la salud general de la persona, o de cualquiera de las condiciones del prrafo "E" de esta seccin: dicho examen debe ser considerado satisfactorio los requisitos para el examen inicial. C. Examen despus de Heridas o Enfermedades. 1.Cualquier persona que se desempee como Buzo o que de otra manera est expuesta a condiciones hiperbricas, tendr que hacerse un examen despus de una enfermedad o herida relacionada con un buceo, que requiera hospitalizacin durante 72 horas o ms, (a menos que las leyes estatales o locales determinen otra cosa) o de una enfermedad de descompresin conocida con daos al sistema nervioso central o audiovestibular. 2.No se debe permitir a un Buzo regresar a trabajar como tal o de otra manera estar sujeto a condiciones hiperbricas, a menos que tenga autorizacin de un mdico. 3.El Mdico debe determinar la clase de examen para poder conocer la naturaleza de la herida o enfermedad. D. Reporte escrito presentado por el Mdico.

Cada vez que se requiera un examen Mdico, el Doctor debe emitir un reporte escrito donde manifieste la condicin fsica de la persona y su aptitud para estar en actividades de Buceo o hiperbricas. El reporte escrito debe estar acompaado de una copia de Formulario de examen/Historia clnica de la ADC o su equivalente. El mdico tambin debe endorsar la seccin mdica del personal Log Book E. Condiciones que causan descalificacin. Una persona que presente algunas de las siguientes condiciones, determinadas por estar descalificada para encargarse de actividades de Buceo o hiperbricas: Historia de ataques diferentes a las convulsiones febriles de la infancia. Enfermedad cstica o de cavidad de los pulmones, obstruccin o enfermedad restrictiva de los pulmones o neumotrax recurrentes. Inhabilidad crnica para igualar la presin del odo medio y seno. Importante enfermedad del sistema nerviosa perifrico o central o dao. Importantes anomalas cardacas. Alcoholismo crnico, abuso de droga o historia de sicosis. Hemoglobinopatas importantes. Malignidades importantes. Audicin bastante daada. Osteonecrosis importante. Condiciones crnicas que requieran continuo control mdico. Embarazo. el examen Mdico, del buzo.

F. Retiro de las condiciones hiperbricas Con base a los resultados del examen mdico, se determinar si la salud del paciente est materialmente daada para continuar exponindose a condiciones hiperbricas. El mdico en su reporte escrito indicar las limitaciones o restricciones que se deban aplicar a las actividades de la persona. G. Registro Mdico 1.Se debe mantener y establecer un Registro preciso, sujeto a las especificaciones mdicas de esta seccin. El registro debe incluir aquellos exmenes fsicos especificados en esta, adems de los del formulario de examen/historia clnica de la ADC y los reportes escritos del mdico. 2.El registro mdico se debe mantener durante por lo menos cinco (5) aos, por lo menos desde la fecha de la ltima exposicin hiperbrica, a menos que la ley indique lo contrario. TABLA 1 PRUEBA MEDICA PARA BUCEO PRUEBA INICIAL PERIODICO OBSERVACIONES Historia & Fsico X X Incluye predisposicin a la inconsciencia, vmito, ataque cardaco, problemas con el transporte de 02, prdida seria de sangre o cualquier otra cosa que acuerdo a la opinin del mdico interferir con el trabajo submarino efectivo.

Rayos X Al Pecho X X PA (Proyeccin: 14" x 17" mnima. ) Rayos X, Huesos y Articulaciones X Se requiere inicialmente como lo indique el mdico. EKG: Standard (12L) X Se requiere inicialmente para establecer la lnea de base, anualmente despus de los 35 aos. EKG: Stress Se requiere solamente como lo indique el mdico. Funcin Pulmonar X X Hacerlo. Audiograma X X Audiometra; audiograma por conduccin sea, segn se indique. EEG Se requiere solamente como lo indique el mdico. Agudeza Visual X Se requiere inicialmente y como lo indique el mdico. Ceguera ante los colores X Se requiere inicialmente. Hemoglobina, Hematocritos, Recuento de Glbulos Blancos X X Urianlisis de Rutina X X III. RECOMENDACIONES Y NORMAS MDICAS A. Introduccin. Las recomendaciones que se presentan son establecidas por el Comit Mdico, de educacin y seguridad de la ASOCIACIN DE CONTRATISTAS DE BUCEO. Se deben usar con los formularios de examen fsico/ Historia clnica de la ADC. Tratan aspectos especficos de la aptitud fsica de la persona para bucear. Estas normas se ofrecen en lo que nosotros creemos, en la mayora de los casos; como los requisitos mnimos. Cuando el mdico que practica el examen tiene dudas sobre la aptitud mdica del paciente, debe hacer consultas, buscar otras opiniones y recomendaciones de un especialista en el campo. Se debe prestar mucha atencin a las anteriores historias clnicas y de buceo. Excluyendo las condiciones mdicas que conllevan a una descalificacin, los doctores deben identificar y prestar cuidado a enfermedades mentales o fsicas menores, crnicas, recurrentes o temporales, que puedan distraer la atencin del buzo y lo lleve a ignorar factores relacionados con su propia seguridad y la de otras personas. Las normas en general se aplican a todos los buzos, pero en una forma ms estricta a los candidatos de buceo para el nivel de entrada. Se debe tener en cuenta la historia clnica, laboral, edad, etc., de la persona. El espectrum del buceo comercial incluye tareas industriales ejecutadas por debajo de la superficie para profundizar el buceo de saturacin. Las descripciones de trabajo y hasta las incapacidades del lmite de trabajo debe variar mucho. Las normas, en general, se aplican a todos los buceos. Algunas consideraciones deben ser dadas al asunto de la historia mdica, historia laboral, edad, etc. No hay una edad mnima o mximo lmite, siempre que se cumplan los requisitos. Es muy importante tener en cuenta la necesidad de que los buzos tengan reservas adecuadas de aptitud cardiovascular y pulmonar para emplearlas en casos de emergencia. La falla de estas reservas puede posiblemente conducir a la culminacin de una carrera de buceo profesional. El mdico debe emitir un juicio profesional adecuado para determinar si, en circunstancias particulares, se puede garantizar una prueba adicional. La descalificacin por incapacidad de conocer cualquiera de estas normas deben ser terminadas en caso de que las bases relatadas, solamente especifiquen las funciones de trabajo de posicin que siendo aplicadas por, y acomodaciones razonables asumidas no pueden ser hechas. Sobre la aplicacin de la compaa de la ADC acuerdo con el examen mdico, en particular con las circunstancias mdicas, la variedad permitida debe ser otorgada en efecto hasta el prximo examen peridico del buzo. En este tiempo la variacin permitida es el asunto del examen mdico examinado y comentado. Los exmenes mdicos deben tener una lista de las funciones de trabajos esenciales (Descripcin del trabajo) para examinar cada examen mdico de buceo comercial. El examen mdico es fomentado para hacer cualquier recomendacin para acomodaciones razonables necesarias para la persona a conocer estas normas. Los tems nombrados dentro de estas normas se refieren a las casillas en el Formulario de Examen fsico / Historia Clnica de la ADC. Estos formularios se consiguen en las oficinas de la ADC y todos los mdicos que practiquen exmenes fsicos de buceo de la ADC, deben usarlos. Si desea cualquier aclaracin de las normas recomendadas, favor contactar al y Seguridad de la ADC. B. Normas de Exmenes Fsicos de la ADC. Comit Mdico, de Educacin

Esto se refiere y explica las casillas enumeradas del Formulario del Examen Fsico de la ADC, en las paginas 3 y 4. La historia del paciente est registrada en las paginas 1 y 2 de l Formulario. Despus de la Seccin III, Pags 2-4, se anexa una copia de estos formularios. El empleo de ellos brinda calidad y consistencia en toda la Industria de buceo comercial. Se puede conseguir en la Oficina de la ADC. No.1 Nombre Registrar No.2 Nmero de Seguro Social Registrar No.3 Altura No se establecen lmites No.4 Peso Se aplicarn las normas de peso relacionadas a continuacin. Si un buzo excede estas normas y el mdico competente opina que el aumento se debe a una aptitud fsica y construccin muscular, es conveniente una variacin. Los individuos que estn dentro de estos pesos, pero que presentan un exceso de tejidos adiposos sern descalificados. ALTURA Pulg.(cm) 64 (162.56) 65 (165.10) 66 (167.64) 67 (170.18) 68 (172.72) 69 (175.26) 70 (177.80) 71 (180.34) PESO MAX. Lbs. (Kg.) 164 (73.80) 169 (76.05) 174 (78.30) 179 (80.55) 184 (82.50) 189 (85.05) 194 (87.30) 199 (89.55) ALTURA Pulg.(cm) 72 (182.88) 73 (185.42) 74 (187.96) 75 (190.50) 76 (193.04) 77 (195.58) 78 (198.12) PESO MAX. Lbs. (Kg.) 205 (92.25) 211 (94.95) 218 (98.10) 224 (100.80) 230 (103.50) 236 (106.20) 242 (108.90)

No.5 Temperatura El buzo debe estar libre de cualquier enfermedad / infeccin que pueda temperatura anormal.

causarle una

No.6 T ensin Arterial La tensin arterial cuando la persona est en descanso no debe exceder de 140 / 90 mm hg. En caso de hipertensin aparente, se debe hacer diariamente repetidas determinaciones de Tensin Arterial; antes de una decisin final. No.7 Pulso / Ritmo Taquicardia persistente, arritmia severa, excepto del tipo de senos, del corazn o del sistema vascular sern motivos de descalificacin. No.8 Higiene Debe ser buena No.9 Nutricin Debe ser buena No.10 Fsico Registrar No.11 Visin a Distancia Debe tener una visin en ambos ojos, corregida a 20/40, O.U. No.12 Visin de Cerca Sin corregir - J16 No.13 Visin a Colores disturbios importantes

Registrar No.14 Campo de Visin Debe ser normal con cualquier discrepancia documentada No.15 Lentes de Contacto Registrar si se usan No.16 Cabeza, Cara y Cuero Cabelludo Causas para rechazo: a)Deformaciones de crneo como depresiones, exstitis, etc., a un grado tal individuo usar el equipo requerido. b)Deformaciones del crneo de cualquier grado, asociado con la evidencia Cerebral, Mdula Espinal o Nervios Perifricos. c)Prdida o ausencia congnita de la sustancia sea del crneo. No.17 Cuello Causas para rechazo: a)Nervios cervicales, si es sintomtico. b)Quistes congnitos de origen fisura branquial o aquellos que se desarrollan de los remanentes del conducto tiroglosal, con o sin vas fistulosas. c)Fstula, drenaje crnico, de cualquier tipo. d)Contraccin espstica de los msculos del cuello, persistente y crnico. No.18 Ojos Sin enfermedades activas. Ciruga en la vista puede ser causa de restriccin No.19 Fundus (Fondos) Sin enfermedades No.20 Hasta No. 24 Odos, Nariz, Garganta y Trompa de Eustaquio. Las siguientes condiciones ameritan descalificacin: enfermedad aguda, otitis, seria aguda u otitis media, perforacin de la membrana del tmpano, (No.23), cualquier obstruccin respiratoria, faringeal o nasal, sinusitis crnica, impedimentos para hablar debido a defectos orgnicos o inhabilidad para igualar la presin debido a cualquier causa. No.25 Boca a)Los candidatos deben tener un alto grado de salud dental, cualquier anomala de la dentadura o mal formacin de la mandbula podra afectar la habilidad del buzo para retener, en forma fcil y segura, la boquilla estndars del equipo de buceo; esto lo descalificara. b)Las prtesis dentales movibles no se deben usar mientras se buceo. c)Registre la fecha de su Rayo-X dental ms reciente. Registre el nombre y direccin del odontlogo para conseguir el examen de Rayos-X en caso de necesitarse para identificacin en la autopsia. No.26 Pulmones y Pecho (Incluyendo Senos) Pulmonar: Defectos adquiridos y congnitos que puedan afectar o restringir la funcin pulmonar, causar obstruccin del aire o afectar el equilibrio de perfusin-ventilacin, sern motivos de descalificacin, tanto para el inicio como continuacin de un entrenamiento. En general, enfermedad pulmonar u obstruccin crnica de cualquier tipo, sern motivos de descalificacin. que le impida al de Enfermedad

o rechazo.

No.27 Corazn (Presin, Tamao, Ritmo, Sonidos). Sistema Cardiovascular: No debe haber evidencia de enfermedades arritmia se debe investigar. No.28 Pulso Registrar

cardacas y cualquier

No.29 Sistema Vascular Sistema Cardiovascular: Este sistema no debe presentar ninguna anomala de importancia. La taquicardia y arritmia persistentes excepto del tipo sinus, evidencia de arteriosclerosis ( en el examen se debe incluir un test oftalmolgico de los vasos de la retina ), vrices y hemorroides marcada, sern causas para descalificacin. No.30 Abdomen y Vscera a)La lcera pptica debe ser motivo de rechazo, a menos que se cure o candidato halla, dure o tenga por lo menos tres (3) meses sin medicacin. b)Cualquier otra enfermedad gastrointestinal crnica (Ej.: Colitis ulcerativa, motivos de rechazo. No.31 Hernia Cualquier hernia abdominal es motivo de rechazo, a menos que se haga satisfactoria. cicatrice y el Colelitiasis) son

una correccin

No.32 Sistema Endocrino Cualquier desorden endocrino que requiera control diario o intermitente es motivo de descalificacin. Diabetes, tratada ya sea con insulina, agente hipoglicmico oral o dieta controlada es causa para descalificacin. No.33 Sistema Genital - Urinario a)Enfermedades venreas sern motivo de expulsin, hasta que sean adecuadamente. b)Evidencia o historia de nefrolitiasis se debe investigar y tratar por c)Evidencia o historia de mal funcionamiento o retencin del sistema investigar y tratar. tratadas

completo. urinario, se debe

No.34 Extremidades superiores (Resistencia, ROM). Cualquier dao en la funcin msculo-esqueltico se debe evaluar cuidadosamente con los requisitos generales que puedan interferir con la ejecucin de la persona como buzo. No.35 Extremidades inferiores (Excepto los pies) Cualquier dao en la funcin musculo-esqueltico, se debe evaluar cuidadosamente con los requisitos generales que puedan interferir con la ejecucin de la persona con buzo. No.36 Pies Cualquier dao en la funcin msculo-esqueltico, se debe evaluar evaluar cuidadosamente con los requisitos generales que puedan interferir con la ejecucin de la persona como buzo. No.37 Columna Vertebral Cualquier dao de la funcin msculo-esqueltico o de la estructura esqueltica se debe evaluar cuidadosamente con los requisitos generales que puedan interferir con la ejecucin de la persona como buzo. No.38 Piel - Vasos Linfticos No debe haber enfermedad crnica, activa o aguda en la piel o en el sistema linftico.

No.39 Ano y Recto Cualquier condicin que interfiera con la funcin normal, Ej.: estrechamiento, prolapso, hemorroides severa, puede ser causa de descalificacin. No.40 Tono Esfnter Analizar y Registrar No.41 Examen Plvico Debe estar dentro de los lmites normales. El embarazo en cualquiera de sus etapas es motivo de descalificacin. Cualquier desorden mestrual manifestado por hemorragia prolongada o anormal, al igual que dolores fuertes es motivo de descalificacin. No.42 Examen Neurolgico Sensorial: Un examen completo del sistema nervioso perifrico y central debe mostrar el funcionamiento normal, pero anomalas menores localizadas tales como: parches de anestesia, son permisibles siempre que se pueda excluir enfermedad generalizada del sistema nervioso. Cualquier historia de ataque ( aparte de las convulsiones febriles de la infancia ) ciruga intracraneal, prdida de la consistencia, fuerte herida a la cabeza que involucre una inconsciencia o conmocin cerebral no momentnea, son causas de rechazo. Si hay dudas sobre la gravedad de la herida en la cabeza, se recomienda hacer estudios y consultas especiales. No.43 Nervios Craneales Hacer y Registrar No.44 Reflejos Deben ser normales, cualquier anomala debe ser documentada y estar libre No.45 Funcin Cerebral Probar y Registrar No.46 Resistencia y Tono de los Msculos Examine y Registre No.47 Propriocepcin - Sterognosis Examine y Registre No.48 Romberg Hacer y Registrar No.49 Unterberger Opcional (Si se hace, Regstrelo). No.50 Nistagmus Hacer y Registrar No.51 Sensaciones Hacer y Registrar No.52 Diferentes Observaciones y Diagrama Dermatome Hacer y Registrar. Conclusiones y comentarios No.53 Uroanlisis El uroanlisis anual debe incluir el color, ph, gr. especfico, glucosa, estar dentro de los lmites normales. No.54 Pruebas de Sangre a)Hematologa: Cualquier anemia importante o historia de enfermedad hemoltica se debe evaluar; cuando se debe a un estado variante de hemoglobina, ser motivo de descalificacin. albmina, micro y debe de patologa.

b)Serologa: Si es positivo, causa rechazo hasta que se aclare y trate c)Todos los candidatos para labores de buceo deben haber realizado un Sickle Cell (Clula Hoz) y se debe notar en el registro de salud. No.55 Funcin Pulmonar Pruebas de la funcin pulmonar:

adecuadamente. test del SIDA y de

a)Todos los buzos deben tener pruebas peridicas de la funcin pulmonar para establecer el volumen expiratorio forzado a un (1) segundo (FEV1) y capacidad vital forzada (FVC), registrando la mayor de las tres (3) medidas. b)Un FEV1 / FVC x 100 radio por debajo del 75% requieren pruebas especiales de la funcin pulmonar para determinar la aptitud. No.56 Rayos- X a)x 17 pecho - sin patologa dentro de lmites normales. b)Espina sacro-lumbar c)Huesos largos - cualquier lesin, especialmente yuxta-articular, se deben determinar la aptitud del paciente para bucear. No.57 Electrocardiograma Exmenes ECG: Examen inicial y anualmente despus de los 35 aos. No.58 Audiograma La prdida de la audicin en cualquiera de los odos de 35 db o ms a frecuencias sobre 3.000 hz a un mnimo de 6.000 hz, indica que el candidato debe visitar a un especialista para obtener su opinin, a menos que el mdico que haga el examen est convencido que esta prdida de audicion no vaya a progresar por las continuas actividades de buceo. Cuando haya dudas de la funcin de los laberintos, se requiere un examen especial. No.59 SMA-12 Opcional, se hace se debe registrar. No.60 Pantalla de Droga Hacer y Registrar C. Siquitrico La naturaleza especial de los deberes del buceo requiere una estimacin cuidadosa de la aptitud temperamental y emocional del individuo. Los desrdenes en la personalidad, neurosis, inmadurez, inestabilidad sern causas de descalificacin. Tartamudeo severo descalifica. Cualquier evidencia presente o pasada de enfermedad siquitrica ser motivo de descalificacin, a menos que el mdico que practique el examen dictamine que es de naturaleza menor y que no es recurrente. Se debe prestar particular atencin a cualquier evidencia presente o pasada en alcohol o abuso de droga. Cualquier anomala se debe registrar en el bloque No.52 del Formulario de Examen Fsico. D. Temperamento La naturaleza especial de los deberes del buceo requiere una estimacin cuidadosa de la aptitud temperamental y emocional del individuo. Sntomas recurrentes o enfermedad orgnica del Sistema Nervioso, sern motivos de descalificacin. No se aceptar ninguna persona con cualquier forma de epilepsia, o herida en la cabeza con secuelas o desorden de personalidad. Las tendencias neurticas, inmadurez emocional o inestabilidad, mal comportamiento, sern motivos de descalificacin. Tartamudez y otro impedimento para hablar descalifican. La inteligencia debe ser normal. Cualquier anomala se debe registrar en el Bloque No.52 del Formulario de Examen Fsico. evaluar para adicionales

CAPITULO TRES PROCEDIMIENTOS OPERACIONALES I. PROCEDIMIENTOS GENERALES DE OPERACIONES A. Manual de Operaciones / Prcticas Seguras 1.Cada empleador desarrollar y mantendr un Manual de Operaciones / Prcticas Seguras, que estar disponible en el sitio de buceo, para cada miembro del equipo. Este Manual debe suministrar los parmetros de seguridad y salud de los buzos. El Manual de Operaciones / Prcticas Seguras debe cumplir con o exceder los requisitos de las Normas del Consenso de la A D C, para las operaciones de buceo comercial. 2.La A D C Consensus Standards para Operaciones de Buceo Comercial debe ser usada como grupo de pautas mnimas para asistir a las compaas de buceo en desarrollo de sus propias Prcticas Especifcas de seguridad/Manual de Operaciones. Cada empleado es responsable de completar, modificar y/o complementar cualquiera de los procedimientos, listas y normas de acuerdo con las regulaciones gubernamentales aplicables y como es dictado por las polticas especficas y prcticas del empleado. B. Ayuda de Emergencia 1.Cada empleador debe desarrollar y mantener una lista de las fuentes disponible de ayuda de emergencia, equipo y asistencia profesional, con sus nmeros telefnicos e instrucciones para establecer contacto con ellos. 2.Cada contratista deber tener una lista disponible en el sitio principal de la compaa, en la oficina de Operaciones en el campo y tambin deber entregrsela a aquellas personas que puedan necesitarlas, para cumplir con el Plan de Respuestas de Emergencia de la Compaa. 3.La lista deber incluir la informacin necesaria para la Requisicin de o acceso a los siguientes tipos de ayuda de Emergencia adecuados para la clase de Operaciones de Buceo en la que se est trabajando: Cmara de Descompresin ( cuando no sea requerida de otra forma por el seccin). Hospital o facilidad para tratamiento mdico. Llamada del mdico. Centros de coordinacin de Rescate del Guardacostas de los Estados Unidos. Debe haber disponible y accesible comunicaciones de doble va, en cualquier sitio de trabajo hiperbrico o de buceo, con el fin de atender las emergencias, cuando sea necesario. prrafo "G" de esta

C. Primeros Auxilios 1.Se deben proporcionar y tener listos, en el sitio de trabajo, todos los suministros auxilios adecuados, para el tipo de operacin que se est realizando. de primeros

2.Adems de los suministros de primeros auxilios, en el sitio de trabajo, tambin debe haber disponible un Manual de Primeros Auxilios de la Cruz Roja Americana o equivalente y un resucitador manual tipo bolsa con mscara transparente y tubo. D. Planeacin y Evaluacin La evaluacin de una Operacin de buceo incluir un anlisis de los riesgos del trabajo de los aspectos de salud y seguridad de lo siguiente:

Modo del buceo Condiciones peligrosas bajo el agua y en la superficie Suministro de gas respirable (incluyendo reservas) Proteccin termal Sistemas y Equipos de Buceo Asignaciones del Equipo de buceo y aptitud fsica de los miembros del equipo de buceo, incluyendo cualquier condicin que pueda hacer a un miembro del equipo no apto para bucear. Designacin del buceo repetido o estado del gas inerte residual de los miembros de buceo. Procedimientos de descompresin y de tratamiento (Incluyendo las correcciones de altitud o altura). Procedimientos de Emergencia

E. Instrucciones al Equipo de Buceo 1.Los miembros del equipo de buceo deben recibir las siguientes instrucciones: Las tareas a emprender Procedimientos de seguridad para el modo de buceo. Cualquier riesgo no usual o condiciones ambientales que probablemente afecten la seguridad de las operaciones de buceo. __1|_""_2._1|""''""-__1|Z"__1|t""__1|""__1|" El buzo no responda correctamente a las comunicaciones o seales de otro miembro del equipo de buceo. Las comunicaciones entre el buzo, el tender, el supervisor de buceo y en las operaciones con barcos en movimiento, la persona que controla la embarcacion se pierdan y no se puedan establecer rpidamente. El buzo comienza a usar la reserva de gas respirable que l mismo gas respirable que se encuentra en el sitio de buceo. transporta o la reserva de

G. Procedimientos a Realizar despus del Buceo. 1.Despus de la culminacin de cada buceo, el buzo deber: Ser cuestionado sobre su condicin fsica Ser instruido para que reporte cualquier problema fsico o efecto fisiolgico los sntomas de enfermedad por descompresin o embolia gaseosa. Ser informado de la ubicacin de una cmara de descompresin operacional. Ser alertado de los peligros potenciales de vuelos despus de un buceo. 2.Despus de la finalizacin de un buceo por fuera de los lmites de descompresin, se recomienda lo siguiente: Tomar las medidas necesarias para mantener al buzo consciente y cerca a descompresin por lo menos una hora. Instruir a tales buzos para que permanezcan dentro del tiempo de viaje de Cmara de descompresin, para un adicional de cinco (5) horas. profundidad/ tiempo de la cmara de dos (2) horas de la adverso que incluya

Instruir a tales buzos de los peligros de volar a alturas superiores a los 800 emergencia, dentro:

pies, excepto en una

- 12 horas despus de una descompresin de un buceo de no saturacin. - 24 horas despus de una descompresin de un buceo de saturacin con HeO2. 3.En cualquier buceo que ocasione enfermedad por descompresin, se debe a la autoridad mdica adecuada, antes de volar y despus del tratamiento. H. Peligros en las Operaciones de Buceo 1.Se deben notificar las operaciones de buceo planeadas, incluyendo el inicio diario y las horas de terminacin, a aquellas personas que se encuentren cerca del rea y cuya actividad puede interferir con o presentar un riesgo para las Operaciones de buceo. Estas actividades incluyen operaciones de demolicin submarina, Movimiento de embarcaciones en superficie, movimiento de material directamente sobre las operaciones de buceo. 2.Las operaciones de buceo no se deben realizar en ninguna parte donde haya cerca condiciones o actividades que presenten peligros para la seguridad del buzo o que puedan daar al personal de apoyo, mientras realizan sus trabajos. 3.En ningn caso se le exigir al buzo bucear contra su voluntad. I. Condiciones de Peligro Bajo el Agua. Antes de ejecutar cualquier tarea bajo el agua, se debe realizar un anlisis de los riesgos en el trabajo (Job Hazard Analysis) (JHA) (Ver X, Pagina 3-9). El propsito de este anlisis es determinar los riesgos bajo el agua que incluyen pero no se limitan a: Peligro de que el buzo caiga o enrede. Riesgos de presiones diferenciales, incluyendo pero limitadas a: Descargas submarinas, dragado, entradas, bombas, esclusas, succiones o alcantarillas. Cualquier actividad que exponga al buzo a presin diferencial. Situaciones peligrosas con energa, que incluyen, pero no se limitan a: Proteccin catdica activa, sonares de alta densidad, propelas, bombas, embarcaciones o cualquier aparato mecnico, cuya Operacin involuntaria presente peligros para el buzo. Todos estos dispositivos sern desactivados y se deben marcar sus controles, antes del comienzo de cada Operacin de buceo. Buceo en lquido contaminado, que incluye pero no se limita a: Contaminacin qumica, micro-biolgica o radiolgica. Cualquier amenaza txica para el buzo. Acceso limitado o situaciones de penetracin. Un buzo que entra a una tubera, tnel, naufragio o estructura confinada o similarmente encerrada, (diferente a un hbitat), deber: Tener un tender bajo el agua, en el punto de entrada. Estar equipado con un suministro de reserva de gas respirable, el cual es transportado por el mismo buzo. Operaciones que involucren explosivo J. Condicin o Dao Temporal Los buzos no deben bucear o de otra manera exponerse a condiciones hiperbricas si tienen daos o condicin temporal conocida; ya que puede tener efectos adversos a la salud o interferir materialmente con la habilidad de la persona para realizar una tarea de buceo especfica o estar expuesto, en forma segura a condiciones hiperbricas. Estas incluyen, pero no se limitan a fros, intoxicacin alcohlicas o sus consecuencias, influencias de drogas, embarazo, enfermedades respiratorias o del odo medio, infecciones del odo externo o de la piel, excesiva fatiga o problemas emocionales . Al buzo se le debe consultar antes de tomar tal determinacin. En ningn caso, al buzo se le solicitar bucear o exponerse a condiciones hiperbricas contra su voluntad, excepto para los procedimientos de tratamiento. K. Inspeccin de los Sistemas, Equipos y Herramientas. 1.Antes de iniciar las operaciones de buceo, el personal deber verificar que todos los sistemas operacionales, los equipos y herramientas que se usan en este tipo de operaciones de buceo estn trabajando correctamente, que sean las adecuadas para la tarea, y que estn de acuerdo con el Captulo 4, " Sistemas y Equipos de Buceo" (Paginas 4-3 ff). 2.Los sistemas operaciones, equipos y herramientas usados en las operaciones de buceo deben ser inspeccionados diariamente y se deben controlar durante toda la operacin, esto debe ser hecho por personas designadas. 3.Cada persona comprometida en una operacin de buceo como buzos, deber inspeccionar su equipo de buceo y verificar su disponibilidad operacional, antes de cada uso. L. Entrada y Salida del Agua Debe haber un medio seguro para entrar o salir del agua desde la plataforma de buceo,tal como: una escalera, plataforma (tarima) u otro dispositivo apropiado. Este medio se debe extender un mnimo d e tres (3) pies por

debajo de la superficie del agua. Adems, los medios para entrar o salir del agua deben ser los adecuados para facilitar el rescate del personal. M. Cmara de Descompresin 1.Para cualquier buceo superior a los 80 pies de agua de mar, buceos superiores a los 60 pies de agua de mar, cuando se hacen desde embarcaciones en movimiento, o para buceos que requieran descompresin, debe haber una cmara de descompresin de doble esclusa que tengan una capacidad mnima de 6 ATA equivalente a 165 pies) y lista para ser usada en el sitio de buceo. 2.Antes de iniciar la movilizacin de trabajos que no requieran normalmente una camara de descompresin, se debe realizar un anlisis de los riesgos en el trabajo (JHA), con el fin de determinar, si se va a necesitar una cmara de descompresin en el sitio de buceo, que incluya pero que no se limite a: Ubicacin del sitio de buceo Operaciones de Buceo repetido Riesgos de que el buzo quede atrapado o se enrede Otros peligros o factores que puedan hacer que el buzo recurra a una descompresin obligatoria Operaciones con embarcaciones en movimiento. N. Buceo en Alturas Para cualquier operacin de buceo que se realice a una altura suficiente sobre el nivel del mar, se deben realizar los procedimientos de descompresin que tomen en cuenta la presin reducida en superficie. O. Exposicin Trmica Se deben tomar las precauciones adicionales para proteger al buzo contra exposicin Trmica adversa, mientras est encargado de un buceo. P. Buzo Stand-By Cuando sea asignado, un buzo Stand-By debe estar en cubierta, adecuadamente vestido y listo para bucear Q. Seal de Advertencia Para reas donde haya trfico martimo, se deben desplegar las seales de advertencias adecuadas cerca al sitio de trabajo; de tal forma que sean visibles. Estas pueden incluir, pero no estar limitadas a figuras, luces, banderas o letreros . Para mayor informacin ver Apndice C. (Pag. 6-30). R. Suministro del Gas de Reserva 1.Siempre debe haber un suministro de gas de reserva, el cual es transportado por el buzo, cuando se hacen buceos a profundidades superiores a los 60 pies de agua de mar, en buceos que requieran descompresin, sin tener en cuenta la profundidad; cuando no se pueda realizar un ascenso directo a la superficie; o cuando se est realizando un buceo con campana, excepto cuando se use equipo pesado. 2.El suministro de gas de reserva respirable, que es transportado por el buzo, deber brindar una mezcla fisiolgicamente apropiada para las profundidades involucradas. 3.Los suministros de gas de reserva respirable, que son transportados por el buzo, deben proporcionar una indicacin positiva para el buzo; de que su reserva ha sido accionada. Tal indicacin puede ser el requerimiento para el buzo de abrir una vlvula, una seal visual u otros mtodos apropiados. 4.El suministro de gas de reserva, transportado por el buzo, debe durar lo suficiente para que el buzo lo pueda usar hasta que llegue a la superficie o para que llegue a otra fuente de medio ambiente respirable, o para que pueda esperar hasta que sea alcanzado por el buzo Stand-By, quin va equipado con otra fuente de medio respirable. 5.En todos los casos, la activacin de la reserva del buzo ocasionar que el buceo sea abortado. Los motivos para activar la reserva del buzo, deben ser verificadas y corregidas antes de l uso continuo del equipo asignado. S. Comunicaciones Debe haber un sistema de Audio - Comunicacin que opere en dos (2) vas, entre el buzo y un miembro del equipo de buceo en el sitio de buceo, excepto lo permitido en el prrafo II, B, 1, "SCUBA", en los Procedimientos Especficos de Operaciones (Pg. 3-22). T. Rcord de Buceo de la Compaa Cada empleado deber establecer y mantener un registro de cada exposicin hiperbrica. Este registro debe contener lo siguiente: Nombre y Direccin de la Compaa Ubicacin, tiempo y fecha de las operaciones de buceo. Nombres del supervisor de buceo, buzo y tender. Profundidad del buceo Tiempo del fondo Temperatura aproximada del agua y proteccin trmica usada Condiciones ambientales (Estado aproximado del mar, visibilidad y corriente bajo el agua). Tablas de descompresin y programa usado

Tiempo transcurrido desde la ltima exposicin a presin, si es menos de 24 horas, o designacin de buceo repetido. Mezcla respirable usada y su composicin Tipo de trabajo realizado Tipo de equipo de buceo usado Cualquier condicin no usual En cada buceo que se sospeche que haya enfermedad por descompresin, o que los sntomas sean evidentes, se debe registrar y mantener la siguiente informacin adicional: Descripcin de los sntomas de la enfermedad por descompresin, incluyendo profundidad y tiempo del ataque o de la aparicin. Descripcin y resultados de los tratamientos. U. Evaluacin del Procedimiento de Descompresin Cada Empleador deber: Investigar y evaluar cada incidente de enfermedad por descompresin, tomando como base la informacin registrada, y teniendo en cuenta la ejecucin pasada de la Tabla de Descompresin usada y la susceptibilidad del individuo. Tomar la accin correctiva apropiada, para reducir la posibilidad de que se repita la enfermedad por descompresin. Preparar una evaluacin por escrito del procedimiento de Descompresin, incluyendo cualquier accin correctiva que se tome, dentro de los 45 das del incidente de la enfermedad por descompresin. V. Posicionamiento Las embarcaciones desde las cuales se realizan las operaciones de buceo, deben proporcionar una plataforma segura para el trabajo. Las operaciones de Seguridad desde embarcaciones de posicin dinmica se cubren o se tratan en otra seccin de este normas. W. Equipos para Proteccin Personal 1.Cuando sea necesario, se debe usar el equipo de proteccin personal aprobado por ANSI. Estos tems incluyen, pero no se limitan a: Equipo de proteccin para la cabeza Equipo de proteccin para los pies Equipo de proteccin para los ojos Dispositivo o equipo personal de flotacin adecuadas de acuerdo a las normas regulatorias. Proteccin a los odos Arns de seguridad con doble cierre elstico aprobado Equipo de respiracin 2.Cuando sea necesario, se debe usar ropa protectora personal, para que proteja de los peligros que se puedan encontrar en el ambiente de trabajo. X. Anlisis de Riesgos Laborales (JHA) El propsito de este Anlisis de Riesgos Laborales es identificar los riesgos asociados con cada paso de un trabajo, y desarrollar soluciones que eliminaran o guardaran contra los riesgos. Mantener las frases cortas y simples. 1.Secuencia de Pasos Bsicos de Trabajo Analizar el trabajo en pasos observables. Tratar de que no sean tan general detallados. Si el trabajo es complejo, descomponerlo en varias tareas: preparar un JHA para cada tarea. Comenzar con un verbo activo, por ejemplo, desconectar, chequear, invertir, reunir, aislar, comenzar, detener, etc. Nmero de cada paso 2.Riesgos Potenciales Identificar los riesgos posibles asociados con cada paso. Lista opuesta de pasos de trabajos . Considerar las causas de los accidentes potenciales (Estirar, torcer, deslizar, caer, cortar, exprimir etc.) Considerar riesgos del medio ambiente o de salud (Vapores, gases, calor, ruido, txicos, etc.) 3.Procedimientos Recomendados de Seguridad y Proteccin Desarrollo de soluciones para cada riesgo potencial. Lista opuesta de riesgos. Controles detallados, por ejemplo, ventilar, aislar, permitir el fro, seguro, guardar, entrenar, etc.) Lista del equipo personal protegido (PPE) requerido por ejemplo, guantes, proteccin para los ojos, respiradores, proteccin de cada, etc. 4.Responsabilidad Asignada Asignar a una persona especfica la responsabilidad para implementar los procedimientos de seguridad o proteccin requerida. 5.Personal Involucrado Identificar las preparaciones de las personas, repasar y aprobar el JHA. Distribuir la JHA a todas el personal envuelto en el trabajo o tarea.

6.Revisar el Anlisis de Riesgos Laborales La JHA debe ser examinada y actualizada peridicamente cuando el equipo nuevo, productos, o procedimientos son introducidos en el sitio de trabajo. Esto especialmente verdadero si un accidente ha ocurrido en una tarea que ha sido u JHA ejecutado. Y. Formularios de Anlisis de Riesgos Laborales El formulario de Anlisis de Riesgos Laborales de la ADC en la pagina siguiente puede ser copiado y usado como es, o modificado para satisfacer las necesidades individuales de la compaa. II. ASIGNACIONES Y RESPONSABILIDADES Ttulos, tareas, responsabilidades y capacidades del personal encargado en la variedad del buceo comercial exactamente. El empleado es responsable de asignar al personal para una operacin de buceo y asegurar que todo el personal est calificado para mejorar las tareas en las que ellos estn asignados. Las siguientes descripciones indican las tareas mnimas y las responsabilidades de los miembros del equipo de buceo. A. Supervisor de Buceo Una persona calificada debe ser designada por escrito, estar encargada de cada operacin de buceo. El supervisor de buceo es el encargado del planeamiento y ejecucin de la operacin de buceo, incluyendo la responsabilidad para la seguridad y la salud del equipo de buceo. En llevar a cabo estas responsabilidades, su tarea debe incluir pero no necesariamente estar limitada con lo siguiente: Estar completamente enterado de todos las agencias gubernamentales relevantes de las reglas regulatorias que se aplican en la operacin de buceo y en el modo de buceo empleado, y las Prcticas Bsicas Seguras del Empleado / Manual de Operaciones . Ver que todas las reglas y regulaciones sean seguidas. Mientras que actualmente en tareas, estar en control inmediato y disponible para implementar los procedimientos de emergencia. El supervisor de buceo no esta permitido para bucear sin otro supervisor calificado o conducir al buzo en presencia del cual tambin ha sido nombrado y designado para asumir responsabilidad. Asegurarse antes de bucear; a partir directamente de la operacin de buceo, que los masters del arte, pilotos de sumergibles, maestros de puerto, gerentes de instalaciones costa afuera, tuberas, sitios de ingeniera civil en subterrneos interiores y todas las personas responsables para cualquier cosa que afecte la operacin de buceo que son realizadas. Suministrar una copia de las Prcticas de Seguridad / Manual de Operaciones a la persona encargada de la embarcacin o de la facilidad, con modificaciones escritas necesarias para especificar las condiciones operacionales. Asegurar que las operaciones de buceo sean mantenidas desde un lugar conveniente y seguro en la superficie. Desarrollar o modificar y producir unas listas de chequeo para su operacin antes y despus del buceo. Desarrollar e implementar procedimientos de emergencia / contingencia. Tener conciencia de los procedimientos a seguir para obtener un suministro mdico en caso de un accidente, relacionado con el buceo o no. Asegurar un sistema de comunicaciones de dos (2) medios que esta disponible en el sitio de buceo para obtener asistencia de emergencia. Mejorar un Anlisis de Riesgos Laborales para cada tarea emprendida. Establecer un plan de buceo que asegure las mezclas respirables suficiente, suministrar y apropiar el equipo disponibles para asegurar y oportunamente completar la tarea de trabajo. Personalmente verificar que todo e l personal d el equipo de buceo sean calificados y fsicamente poder mejorar las tareas asignadas. El debe hacer una evaluacin de la condicin fsica de los buzos antes de cada buceo para determinar si cualquier dao fsico es resiente el cual debe ser perjudicial para su salud y seguridad en el agua o bajo condiciones hiperbricas. Asignar las tareas de todos los miembros del equipo de buceo y personalmente dirigir con ellos durante toda la operacin de buceo. Asegurar que el equipo de buceo asignado para usarse sea: Apto para la operacin de buceo planeada Suficiente para regular los requisitos para el modo de buceo utilizado. Inspeccionar antes de cada buceo y en buena orden de trabajo. Asegurar que todos las instrucciones operacionales relevantes, manuales, tablas de descompresin, programaciones de tratamiento, y publicaciones regulatorias que son disponibles en el sitio de buceo y que son mantenidos reflejen los actuales cambios y/o desarrollos. Asegurar la informacin detallada de su equipo de buceo y suministrar al personal incluyendo: Tareas para ser emprendidas. Riesgos no usuales o condiciones ambientales. Modificaciones de los procedimientos de las normas o procedimientos de seguridad necesarios para la operacin de buceo especfica.

Mantener una profundidad, tiempo en el fondo y mezcla respirable del perfil del lugar de buceo para cada buzo durante el buceo. Asegurar que cada buzo este constantemente atendido mientras este en el agua. Asegurar que el buceo sea terminado cuando: El buzo solicite la terminacin. El buzo deje de responder a la comunicacin o la comunicacin este prdida entre el buzo y los miembros del equipo en el lugar del buceo. Comunicacin este perdida entre la persona encargada y el supervisor de buceo durante las operaciones. El buzo comienza a usar su suministro de gas respirable de reserva. Asegurar despus de cada buceo: La condicin fsica y el bienestar del buzo ser chequeado por observacin visual e interrogacin verbal. El buzo es instrudo para reportar cualquier problema fsico o sntomas de enfermedades de descompresin o embolia de gas arterial. El buzo es aconsejado en el lugar encargarse de la operacin de la cmara de descompresin. El buzo est familiarizado con los peligros ligeros despus del buceo o viajes de altitudes altas en el sitio de buceo. Asegurar despus de cualquier tratamiento o buceo exterior los limites de no descompresin. El buzo es instruido para seguir atento y cerca de la cmara de descompresin por menos una hora. El miembro del equipo de buceo entrenado est disponible para operar la cmara de descompresin. Reportar todos los accidentes envueltos con el personal como es requerido por las reglas del empleado y las regulaciones gubernamentales relevantes. Mantener y someter reportes requeridos por el empleado y las regulaciones gubernamentales relevantes concernientes con las operaciones de buceo y el mantenimiento del equipo, prueba o reparacin. B. Buzo El buzo es asignado por el supervisor para mejorar las tareas submarinas especficas: El buzo debe tener por lo menos 18 aos de edad, ser modificadamente certificado "Para entrar a bucear" tener conocimientos de la teora y prctica del buceo, un gran conocimiento del uso del equipo de buceo, y de las tareas asignadas. Todos los buzos deben tener un Log Book de buceo actualizado, el cual puede ser utilizado para establecer los niveles de experiencia. Cada buzo para llevar a cabo sus tareas y responsabilidades debe: Realizar todas las tareas asignadas por el supervisor de buceo. En caso de que el sea asignado a una tarea en la cual no se considere calificado o entrenado y/o experto, el debe inmediatamente informar al supervisor de buceo. Leer, entender y acatar con las polticas de todos los empleados y con las regulaciones gubernamentales, aplicables tales como ellos las relatan en sus calificaciones o ejecutarlas mientras esta encargado de las operaciones de buceo . Mantener un nivel elevado del estado fsico. Inmediatamente obedecer todos los comandos o instrucciones del supervisor de buceo para regresar a la superficie, detener primero la descompresin, o campana. Asegurar que la profundidad de su buceo haya sido establecido antes de su ascenso. Transicin segura desde el agua para la cmara de descompresin, sin demora evitable. Actuar como un buzo stand-by cuando sea dirigido a hacerlo. Mientras actu como buzo stand-by, el buzo debe: Estar vestido lo suficientemente para permitir entrar de inmediato al agua, y estar a la profundidad siempre y cuando las circunstancias lo requieran. Seguir a su estacin durante el buceo completo y la descompresin en el agua. Monitorear el radio de buceo constantemente siguiendo la lnea de los eventos del buceo. No ser asignado a tareas que puedan interferir con sus labores como buzo stand-by, mientras hay un buzo en el agua. Actuar como operador de la cmara como lo requiere el supervisor de buceo. Acatar las regulaciones o instrucciones referente al uso, mantenimiento, reparacin y prueba de los equipos de buceo suministrados para la operacin. Reportar al supervisor de buceo cualquier tratamiento o enfermedad mdica reciente, para una determinacin apropiada que pueda ser de acuerdo con su estado fsico para bucear. Reportar inmediatamente todos los sntomas o enfermedades sospechosas pronto y preciso. Reportar al supervisor de buceo que defecto o mal funcionamiento del equipo buceo suministrado para la operacin de buceo. Seguir todo el tiempo las practicas de seguridad de buceo durante la operacin de buceo tanto en tierra como en el agua. Brindar la atencin al supervisor de buceo en cualquier pregunta. Estar alerto por la seguridad de los dems como la propia. Asistir en el tratamiento del nuevo personal o tenders.

Permanecer atento y cerca de la cmara de descompresin por lo menos una hora siguiendo el tratamiento por lmites de no descompresin y exposiciones hiperbricas. Conocer y observar las reglas para buceo o viajes de altitudes altas en el sitio de buceo. Asegurarse que el equipo de buceo haya sido correctamente mantenidos, preparados y probados antes de cada buceo. Este requisito nunca debe ser delegado para otros. Mantener un Log Book de Buceo en el cual se detallen todos los buceos, exmenes mdicos, cursos realizados, y el mantenimiento del equipo personal. Asegurar que sus certificados mdicos estn al da y registrados en el Log Book de Buceo. Presentar su Log Book al supervisor de buceo en cada trabajo. Mantener certificados de Primeros Auxilios y CPR. C. Tender El tender es asignado por el supervisor de buceo para atender continuamente al buzo. El debe dedicarse tiempo completo y atencin para atender al buzo, es asignado desde la preparacin del buceo hasta su terminacin incluyendo cualquier descompresin en el agua si es requerida. El no debe ser asignado para cualquier otra tarea mientras el buzo este debajo del agua. El debe: Asistir al buzo en su vestida y desvestida, y confirmar que el equipo del buzo este en completo funcionamiento. Tender el umbilical de buceo y tener conciencia de la profundidad del buzo y su posicin en todo momento. Colocar y operar todo el equipo, dirigido por el supervisor o su representante. En caso de que el sea asignado a una tarea en la cual el no se considere calificado o entrenado y/o con experiencia, el inmediatamente deber informar al supervisor de buceo o su representante. Realizar rutina de mantenimiento a los equipos de buceo. Reparar dicho equipo as como el es calificado y comprobado para hacerlo. Asistir en el sitio de trabajo como es requerido o dirigido. Estar alerta e inmediatamente reportar las condiciones las cuales pueden ser peligrosas o inseguras. Mantener un certificado de Primeros Auxilios o CPR. As como el tender gane ms experiencia, su rea de responsabilidad se expandir . Sus labores y responsabilidades deben incluir: Cuando sea calificado, apropiadamente para operar la cmara de descompresin como es requerido en la descompresin o tratamiento. El operador de la cmara de descompresin, debe ser responsable de: Mantenimiento adecuado de la profundidad de la cmara de descompresin como lo es requerido en la plan de descompresin o protocolo de tratamiento. Mantenimiento adecuado del plan de ventilacin de los niveles de oxgeno y dixido de carbono siguiendo los limites de seguridad. Descompresar o tratar al buzo de acuerdo con el plan como es dirigido por el supervisor de buceo. Mantener comunicacin con los ocupantes de la cmara. Adecuadamente completar todos los papeles como es requerido por las polticas del empleado y/o regulaciones gubernamentales. Mientras opere la cmara, el tender no debe ser asignado o cualquier otra tarea. Antes de ser expuesto a condiciones hiperbricas, el tender debe ser mdicamente certificado "Para entrar a bucear". Ejecutar tareas limitadas como buzo cuando sean dirigidas por el supervisor. El tender que bucea debe ser el sujeto de las labores y responsabilidades del buceo en las limitaciones de su asignaciones. Cuando se requiera, subir a la cmara con el buzo durante la descompresin o tratamiento. Este tender de adentro debe estar familiarizado y alerta con los sntomas de toxicidad por oxgeno. D. Tcnico Soportador de Vida El tcnico soportador de vida es directamente responsable del supervisor de buceo. El debe poseer el conocimiento y habilidad de mejorar las labores nombradas anteriormente en el alcance de sus asignaciones. Este conocimiento y experiencia debern ser obtenidos por una combinacin de entrenamiento formal, y entrenamiento y experiencia en el sitio. Es recomendado que los Tcnicos Soportadores de Vida mantengan un Log Book Personal el cual incluya los detalles de experiencia laboral y calificaciones. Las labores y responsabilidades del Tcnico Soportador de Vida variaran dependiendo del modo de buceo empleado, pero como mnimo el debe: Conducir las operaciones que deben ser requeridas y dirigidas por el supervisor de buceo. Mejorar las tareas de suministro de buceo asignadas. Mantener un adecuado suministro correcto de mezcla de gas respirable para el buzo. Tener en Stand-By bancos. Seguir las tablas en uso correctamente y exactamente Cambiar las mezclas de gases respirables en el tiempo apropiado y profundidad. Registrar los datos por consumo de gases. Asistir en el mantenimiento de todos los equipos de buceo. Asistir en el entrenamiento de tenders y del nuevo personal.

Reportar al supervisor de buceo cualquier situacin o condiciones de inseguridad Mantener certificado de Primeros Auxilios y CPR, y tener adems conocimiento de trabajo de procedimientos de emergencia y el diagnstico y tratamiento de enfermedades por descompresin. En el modo del buceo por saturacin los Tcnicos Soportadores de Vida estn empleados para controlar y monitorear el medio ambiental hiperbrico y el sistema en el cual los buzos viven durante el buceo de saturacin. Sus labores en este modo de buceo incluyen, pero no se limitan a: Mantener una atmsfera apropiada, (Por ejemplo; niveles correcto de oxgeno, dixido de carbono y otros gases), y presin compuesta en la saturacin de acuerdo con la poltica del empleado y como es dirigida por el supervisor de buceo. Mantener un ambiente apropiado, (Por ejemplo; temperatura y humedad), los niveles convenientes para la actual profundidad como los dictados por la comodidad del buzo. Descompresar a los buzos de acuerdo a lo establecido en los planes dirigidos por el supervisor de buceo. Mantener comunicacin con los buzos. Calibracin de intervalos regulares de todos los instrumentos monitoreados los cuales se requiere, por sus diseos, calibraciones peridicas o en cualquier momento, la exactitud del instrumento es sospechosa. Mantener un registro preciso de los eventos, en el formulario del log de saturacin, apartado del sistema de buceo. Todos las lecturas y acciones tomadas durante el turno debe estar dentro en el Log. Deben incluir: Lecturas de oxgeno y dixido de carbono. Cambios de profundidad, lecturas temperatura y humedad. Cambios de gases, y detalles del uso de BIBS Cambios del dixido de carbono Recorridos mdicos, con los registros de los artculos asegurados dentro o fuera. Ciclos de sueo individual del buzo. Baos, fluidez, y drenajes. Instrumentos de calibracin Sistema encendido o apagado de la campana y tripulacin TUP. Cambios de escenarios en el control del sistema ambiental, registros del estado del equipo. Higiene y desinfeccin de la cmara, Profilaxis del odo de los buzos. Cualquier evento normal en las rutinas de la cmara. Solicitar los requisitos del buzo en el buceo completo junto con las materias concernientes con la seguridad y el bienestar del buzo las cuales son puntualmente llevadas a cabo. Estas incluyen dichos artculos como comidas, bebidas, entretenimiento, higiene personal y lavandera, materias sanitarias, etc. Estar consciente en todo momento de los artculos, colocados dentro o afuera del sistemas, y supervisar cada una de sus operaciones. Prevenir los artculos prohibidos en la entrada del sistema. Aconsejar al supervisor de buceo el estado del buzo a intervalos regulares o condiciones dictadas. Estar alerta en las emergencias. Mantener el trafico mnimo en el control de la van. Estar consciente en todo momento de las acciones llevadas a cabo por el personal temporal bajo su supervisin. El debe estar informado de antemano de cada actividad a realizar en el buceo completo, el suministro de su equipo, o cerca del vecindario del otro personal. III. LISTA DE PROCEDIMIENTOS DE SEGURIDAD Las siguientes son las pautas mnimas que requieren modificacin para cada modo de buceo para conocer las necesidades individuales de las compaas: A. Practicas Seguras / Manual de Operaciones Lista de Procedimientos de Seguridad Asignaciones y Responsabilidades delos Miembros del equipo de buceo Lista de Procedimientos de los Equipos Procedimientos de Emergencia para Incendios, Caractersticas de los Equipos, Condiciones Adversas del Medio Ambiente, Heridas/Enfermedades Mdicas. Herramientas Individuales para procedimientos Especficos, Sistemas y Equipos Asociados. Disponibilidad de los miembros del equipo en el lugar de buceo. Copia de la persona en cargada de la embarcacin B. Ayuda de Emergencia Cmara de Descompresin ( Fuera del Lugar) Hospital cercano / Facilidad de tratamiento mdico Transporte de emergencia de aire o tierra Llamada del mdico Centros de Coordinacin de Rescate de la Guardia Costera Norteamericana Otros centro de rescate de emergencia que no sea la Guardia Costera Dos medios de comunicacin disponibles en el sitio y respuesta de emergencia comprobada.

C. Primeros Auxilios Equipo de Primeros Auxilios Manual de Primeros Auxilios Manual del Resucitador tipo bolsa D. Planificacin y Evaluacin Anlisis de Riesgos Laborales Modo de buceo/equipos/sistema (s) Medios de Entrada y Salida de Agua Suministro de gas respirable incluyendo reservas (establecido y probado) Proteccin termal (todos los miembros del equipo de buceo) Evaluaciones del equipo de buceo/ informacin y conveniencia del buceo Estado del gas inerte de los miembros del equipo de buceo (repeticin de diseos) Descompresin y/o procedimientos de tratamiento (incluyendo altitud). Procedimientos y mtodos de comunicaciones de todo el personal involucrado en la operacin de buceo. Procedimientos de emergencia. Colocacin de la estacin de buceo. Cualquier modificacin necesaria para las Prcticas Seguras / Manual de operaciones. Designacin escrita del supervisor de buceo dada a la persona encargada de la embarcacin o medio. Reporte del tiempo natural y planeado de la operacin de buceo, y la participacin planeada de la embarcacin o facilidad del equipo y del personal de la persona encargada. E. Riesgos en Operaciones de Buceo Trfico en la superficie de la embarcacin y/o trfico vehicular. Gra en el rea / operaciones en el prtico de la gra. Signos registrados del buzo. Sistema critico de buceo o plataforma con superficie de contacto y sin ningn personal del equipo de buceo informado. F. Condiciones de Riesgos Submarinos Buzo enredado y/o atrapado Presiones diferenciales Lockout / Tagout Lquido contaminado/ txico Acceso limitado / espacio confinado / penetracin Uso de explosivos o actividades ssmicas Sonar submarino Proteccin catdica G. Cuidado del Registro Descripcin del proyecto / terminacin realizada de los registros Registros de buceo y tratamiento, reportes de accidentes. Terminaciones individuales de las entradas de buceo a los Logs. IV. LISTA DE PROCEDIMIENTOS PARA EL EQUIPO Las siguientes son las pautas mnimas que se requieren para cada modo de buceo, para conocer las necesidades individuales de la compaa: A. Preparacin del Equipo 1.Armar y preparar todo el equipo de buceo, tanto el equipo primario como los repuestos para los buzos, incluyendo todos los accesorios de los equipos y herramientas. 2.Chequear todos los cascos y mascaras. B. Equipo General 1.Chequear que todos los accesorios de los equipos, herramientas, luces, sistemas especiales, repuestos, etc., estn en el lugar y estn funcionando. C. Preparacin del Suministro de Gas Respirable 1.Chequear que el suministro de reserva primario y conveniente estn disponibles, con una capacidad en trminos de pureza, volumen contenido el suministro de presin para completar el servicio de todos los buzos, incluyendo descompresin, recompresion y accesorios del equipo a travs de todas las fases de la operacin planeada 2.Verificar que todos los sistemas de suministro de gas respirable tengan instalado un tanque de volumen conveniente en la lnea de suministro de aire entre el origen del suministro y la conexin de la manguera del buzo. El sistema de filtracin debe ser instalado entre el tanque de volumen y el origen del aire. 3.Verificar que todos los suministros de mangueras corrientes desde el compresor y hasta el mismo tengan forros adecuados, que no pase cerca de reas de mucho calor tales como lneas de vapor, son libres

de flexin axial por descompresin y parlisis, y no son fallas expuestas en la cubierta, en el caso de que ellos puedan ser derribados, daados y rotos por una maquinaria u otros medios. 4.Verificar que todos los suministros de presin y mangueras con superficie de contacto tengan lneas de seguridad y ayuda de tensin apropiada. 5.Compresores Determinar que el combustible, liquido refrigerante, lubricantes anticongelantes, estn disponibles para el servicio de todos los componentes durante la operacin. Todos los compresores deben estar completamente llenos, lubricados y servidos ( con todos los derrames completamente limpios) Verificar que el aceite en el compresor sea de un tipo apropiado. Chequear que el aceite del compresor no rebose de la marca de llenado; la contaminacin del suministro de aire puede resultar humos o nieblas de aceite. Chequear que el compresor vaco sea descargado lejos del rea de trabajo y especficamente que no sea contaminada la entrada del compresor. Chequear que los compresores no sean cubiertos durante la operacin. Chequear todos los filtros, los separadores de aceite y limpiadores para su limpieza. Limpiar toda la humedad condensada desde los filtros hasta el volumen del fondo de los tanques. Chequear que todas las vlvulas estn alineados. Chequear que todos los belt-guards estn apropiadamente en su lugar en las unidades del drive. Chequear que toda la presin de las vlvulas, chequear las vlvulas y descargadores automticos. D. Activacin del Suministro de Gas Respirable 1.Compresores Asegrese que todos los procedimientos de calentamiento estn completamente seguido. Chequear todos los petcocks, vlvulas de llenado, cpsulas de llenado, puntos de desages, vlvulas de limpieza y tapones de desage para la filtracin y malfuncin de cualquier especie. Chequear las salidas de todas las vlvulas y conectores. Verificar que haya una medida de presin funcionamiento apropiadamente en el receptor de requerimientos de envo. 2.Cilindros Chequear todos los cilindros para ser presin adecuada. Verificar disponibilidad y conveniencia de los cilindros de reserva.. Chequear los conectores y vlvulas para la operacin. Activar y chequear la liberacin. E. Mangueras de Gas Respirable 1.Asegurar que todas las mangueras tengan el conducto limpio y estn protegidos del calor excesivo y daos fsicos. 2.Chequear las mangueras de gas respirable y apropiar las salidas y fluidos. F. Prueba del Equipo con Suministro de Gas Respirable Activado 1.Chequear las vlvulas de escape y retencin. 2.Conectar todas las mangueras de gas respirables a los cascos, mascaras y cmara, hacer la conexin entre el suministro de reserva y el suministro primario de diversidad. 3.Asegurar la mezcla de gas respirable sea la ms conveniente para la profundidad y modo de buceo utilizado. 4.Verificar el fluido de los cascos y mscaras. 5.Conectar y probar todas las comunicaciones. 6.Chequear los fluidos de gas respirable desde el suministro primario y el de reserva hasta la cmara. G. Inspeccin de la Cmara Descompresin (Solamente antes del Buceo) 1.Chequear que la cmara este completamente libre y limpia de todos los materiales de combustible. 2.Chequear el suministro de aire y de reserva de la cmara y todas las medidas de presin. 3.Chequear que la cmara este limpia y libre de contaminantes. 4.Chequear todos los suministros BIBS de la cmara. Verificar que un suficiente medio de respiracin este disponible. 5.Verificar que el equipo mdico este disponible y cerca de la cmara. 6.Chequear todas las puertas y sellos. H. Preparacin Final 1.Verificar que todos los registros necesarios, logs y timesheets estn en la estacin de buceo. 2.Chequear que todas las tablas de descompresin y tratamiento estn listas y en la mano.

V. PROCEDIMIENTOS PARA OPERACIONES ESPECIFICAS A. Introduccin Los procedimientos para Operaciones Especificas varan con el modo de buceo empleado. Antes de iniciar la movilizacin, se debe realizar un anlisis de los peligros en el trabajo (JHA - APT), para determinar el tipo del modo de buceo que se va a emplear, el equipo necesario y los requisitos para manejar el trabajo. B. Buceo Autnomo (Scuba) A continuacin se relacionan los requisitos mnimos para las operaciones de buceo autnomo. 1.No se requieren comunicaciones de audio para un buzo que est acompaado por otro (compaero), o que se pueda comunicar con el tender en la superficie, mediante una lnea de seguridad, empleando seales de haladas. 2.El tiempo planeado para una operacin de buceo no se debe exceder los lmites de No-descompresin o la duracin del suministro de aire de los cilindros, sino tener en cuenta o excluyendo el suministro de reserva. La presin del cilindro se deber determinar inmediatamente antes de cada buceo. Las profundidades del buceo no deben exceder los 130 pies de agua de mar. 3.Cada buzo deber estar equipado con un cuchillo, un reloj de pulsera para buceo y un profundmetro. 4.Se deber usar un cinturn de pesas de suelte rpido, el cual debe ser el apropiado para el traje que est usando el buzo y para la profundidad a la cual va a trabajar. 5.Se deber usar un arns para el cilindro, con suelte rpido, para asegurar los cilindros de mezcla respirable para el buzo. 6.El cinturn con pesas y el arns para el cilindro se deben colocar en forma independiente, con el fin de que permita la liberacin o el suelte de uno de estos, sin interferir con el otro. 7.Se deber usar un dispositivo personal de flotacin, excepto cuando se hacen buceos en espacios cerrados. 8.Los cilindros de gas respirable comprimido, debern ser: i)Inspeccionados anualmente, tanto en el interior como en el exterior, para detectar si hay corrosin y la formacin de huecos (pitting). Si se encuentra algn defecto que pueda daar o deteriorar la seguridad de la vasija a presin, entonces se debe realizar un prueba hidrosttica j)Probados anualmente, por medio de una prueba neumtica y de escape (leak), empleando la mezcla respirable normalmente usada. Presurizar el cilindro a la mxima presin de trabajo permisible, marcada en la vasija, y mantenerla durante diez (10) minutos; probando para ver si se detectan escapes. k)Probados hidrostticamente cada cinco(5) aos. Esta prueba tambin se puede realizar cuando se haga cualquier reparacin, modificacin o alteracin que afecte los lmites de presin. La prueba debe ser a 1 1 veces la presin marcada en la vasija, dependiendo del cdigo para el que fue construida. l)Sacados de servicio si no cumplen con los requisitos de la prueba hidrosttica. Los resultados de las inspecciones y de las pruebas se deben registrar en el de Registro del Equipo m)Llenados en un sistema de gas comprimido, equipado con un dispositivo de alivio (relief), que controle la mxima presin de llenado. 14.Los buceos SCUBA no se deben realizar contra corrientes que excedan un (1) nudo. 15.Los buceos SCUBA no se deben realizar en espacios confinados fsicamente o encerrados. 16.Durante todos los buceos SCUBA, siempre deber estar disponible un buzo Stand- By, mientras haya un buzo en el agua. 17.Durante las operaciones de buceo, un buzo SCUBA, debe ser atendido con una lnea desde la superficie, o debe estar acompaado por otro buzo en el agua, y en continuo contacto visual durante las operaciones de buceo. 18.Los buzos SCUBA deben estar equipados con un suministro de gas respirable de reserva, transportado por ellos mismos. 19.La vlvula de suministro de gas respirable de reserva debe estar en posicin cerrada, antes del buceo. C. Buceo Suministrado o Abastecido desde la superficie A continuacin se detallan los requisitos mnimos necesarios para las operaciones de buceo suministradas o abastecidas desde la superficie 1.Antes de dar inicio a las operaciones, se debe determinar la profundidad aproximada de cada buceo. 2.Se debe emplear un cinturn con pesas adecuado para el traje y para la profundidad del buceo, excepto cuando las condiciones dicten algo diferente para la seguridad del buzo. 3.Se deber usar un arns de seguridad con un dispositivo de hebilla positiva. El arns deber distribuir la carga del cuerpo del buzo, y debe evitar cualquier traccin o tirn a la mscara o al casco del buzo, cuando se est hablando el umbilical que es acoplado al anillo de levantamiento del arns. Cuando se trabaja con Equipos pesados, los arneses se deben usar bajo otros tipos de equipos. 4.Los buceos con aire no deben exceder 190 pies de agua de mar; slo aquellos buceos con tiempo en el fondo de 30 minutos o menos, pueden ser realizados a profundidades de 220 pies de agua de mar.

5.La mezcla respirable suministrada al buzo, debe estar compuesta con los gases adecuados para la profundidad del buceo. 6.Los gases mezclados se debe usar como la mezcla respirable para buceos a profundidades superiores a los 220 pies de agua de mar. 7.En el sitio de trabajo, debe estar una cmara de descompresin lista para ser usada, cuando sea requerido por la seccin "M". (`Pag. 3-7). 8.Cada buzo debe ser atendido continuamente mientras est en el agua, por un miembro del equipo de buceo. 9.Cuando se estn realizando buceos en sitios confinados y cerrados; siempre debe hacer estacionado un buzo en el punto de entrada bajo el agua. 10.Cada operacin de buceo debe tener un suministro principal de gas respirable suficiente para que apoye a los buzos durante el tiempo del buceo planeado, incluyendo descompresin. 11.Excepto cuando se est usando un equipo de buceo o cuando el espacio fsico no lo permite lo permita, el buzo siempre debe llevar un suministro de gas respirable de reserva. D. Buceo con Aire Los siguientes son los requisitos mnimos a tener presente para las operaciones de buceo con aire suministrado desde la superficie. 1.Personal Mnimo b)Buceo con aire suministrado desde la superficie 0-80 pes de agua de mar, sin descompresin. Un (1) supervisor Un (1) buzo Un (1) tender Se puede reducir en aguas OSHA, por un (1) buzo, cuando no se apliquen dos (2). (Hacer el JHA). Se recomienda un miembro adicional en la tripulacin de buceo, cuando exista la posibilidad de que el buzo quede atrapado o que se presenten riesgos de atender a un buzo inconsciente incapacitado por qumicos, fsicos, elctricos o riesgos en cubierta, tal como, pero no limitados a lo siguiente: Buceos en ubicaciones remotas donde no hay disponible, en forma inmediata, ayuda de personas que no pertenezcan a la tripulacin de buceo; o sea, dentro del alcance de las comunicaciones del tender. Buceo de penetracin, tanto horizontal como vertical. Cualquier operacin con winche / gra, asociado con la operacin de buceo. El uso de cualquier equipo asistido desde la superficie por el buzo. Esto incluye Bomba Manual o Chorro, Water blasting ( Chorro de Agua ), Equipo de Soldadura o Corte o cualquier Herramienta neumtica o hidrulica. Buceo desde cualquier plataforma con un intervalo de aire extendido al agua. c)Buceo con aire suministrado desde la superficie 80-130 pes de agua de mar, o menos de 80 pes de agua de mar, cuando se requiera descompresin, o cuando hay buceos de penetracin. Un (1) supervisor Un (1) buzo Dos (2) tenders d)Buceo con aire suministrado desde la superficie 130-220 pes d agua de mar. Un (1) supervisor que no sea buzo Dos (2) buzos Dos (2) tenders d.Operaciones en aguas pocos profundas con grandes tripulaciones. Cuando las operaciones de buceo se realizan en aguas inferiores a los 130 pes de profundidad, y el tamao de la tripulacin de turno es de ocho (8) o ms personas, entonces un supervisor que no sea buzo debe ser parte de la tripulacin. Por ejemplo: Cuando dos (2) grupos de buceo de ocho (8) hombres estn trabajando en diferentes turnos, en una instalacin o embarcacin sencilla, se necesita un supervisor que no sea buzo en cada turno. Cuando dos (2) grupos de buceo de cuatro (4) hombres estn trabajando en el mismo turno, en diferentes sitios, en una instalacin o embarcacin sencilla, se requiera un supervisor que nos sea buzo. Cuando dos (2) grupos de buceo de cuatro (4) hombres estn trabajando en diferentes turnos en una instalacin o embarcacin sencilla, no se requiere un supervisor que no sea buzo; ya que hay solamente cuatro (4) personas en cubierta, en cualquier momento. 2. Calificaciones Mnimas del Personal a. Supervisor Debe estar entrenado o tener experiencia en las siguientes reas:

Procedimiento y tcnicas del buceo con aire Procedimiento de emergencia Fisiologa relacionado con el buceo Procedimientos del tratamiento para accidentes relacionados con del buceo. Operacin adecuada y uso de todos los equipos relacionados con el buceo con aire incluyendo las cmaras de descompresin. b. Supervisor (que no sea buzo) Un supervisor que no sea buzo, se define como un supervisor experimentado, acuerdo con las calificaciones mnimas, quin no est en la rotacin de buceo. c. Buzo Debe tener entrenamiento o experiencia en las siguientes reas: Tcnicas y procedimientos de buceo con aire. Procedimientos de emergencia Procedimientos del tratamiento para accidentes relacionados con el buceo. Operacin adecuada y uso de todos los equipos relacionados con el buceo con aire, incluyendo las cmaras de descompresin. Estar familiarizado con el tipo de trabajo del cual forma parte. d. Tender Un tender debe tener las mismas calificaciones de un buzo, pero con un nivel de experiencia inferior 3. Equipo Mnimo d)Buceo con aire en aguas poco profundas (0-80) pes de agua de mar, 60 pes de agua de mar, ( cuando se hace con embarcacin en movimiento) sin descompresin. Fuente adecuada de aire y tanque de volumen para soportar dos (2) buzos. Fuente de aire de emergencia Dos (2) grupos de mangueras de buceo cada una consistente en: Manguera para aire Miembro resistente Cable de comunicaciones Manguera neumofatmetro Un (1) juego de tablas de tratamiento y descompresin con aire. Un (1) Manual de Operaciones/ Prcticas Seguras Una (1) Estacin de Control, consistente en: Sistema de comunicaciones Profundmetros Una (1) escalera de buceo u otros medios seguros para sacar del agua a un buzo. Un (1) equipo bsico de primeros auxilios Dos (2) set de equipos de buceo, consistente en: Casco o mscara Cinturn con pesas, si es conveniente Ropa protectora Herramientas, segn se requieran Arns de seguridad Suministro de gas de reserva para buceo Cuchillo Dos (2) dispositivos para controlar el tiempo Un (1) libro de registros y/u hojas de buceo e)Buceo con aire a profundidad (superior a los 80 pes de agua de mar, 60 pes de agua de mar, cuando se hacen desde embarcaciones en movimiento). Todos los buceos fuera de los lmites de no descompresin. Dos (2) fuentes adecuadas de aire Dos (2) tanques de volumen Una (1) cmara de descompresin de doble compartimento Un (1) juego de tablas para tratamiento y descompresin con aire Una (1) escalera de buceo u otros medios seguros para sacar el buzo del agua. Una (1) estacin de buceo (todos las inmersiones a menos de 00 fsw fuera de los lmites de no descompresin o con equipo pesados). Dos (2) grupos de mangueras, consistente en: Manguera de aire Miembro resistente/tensin de alivio (Strain Relief). Cable de comunicacin Manguera neumofatmetro

Una (1) estacin de control, consistente en: Sistema de comunicaciones Profundmetros Dos (2) dispositivos para controlar el tiempo Un (1) equipo bsico de primeros auxilios Dos (2) Juegos de equipos de Buceo, consistentes en: Mscara o casco Cinturn con pesas, si es necesario Suministro de gas de reserva para buceo Ropa protectora Herramientas, segn se requiera Arns de seguridad Cuchillo Suministro adecuado de oxigeno Repuestos, segn se requieran Libro de registros y Hojas de buceo. E. Buceo con gases mezclados suministrados desde la superficie (HeO2). Los siguientes son los requisitos mnimos para las operaciones de buceo, con gases mezclados. ( HeO2 ) suministrados o abastecidos desde la superficie: 1. Personal Mnimo Un (1) supervisor (que no sea buzo) Dos (2) buzos Dos (2) tenders Un (1) tcnico soportador de vida 2. Calificaciones mnimas del personal c)Supervisor Debe tener entrenamiento o experiencia en las siguientes reas: Debe tener calificaciones requeridas para el supervisor de buceo con aire. Tcnicas y procedimientos del buceo con mezcla de gases. Seleccin adecuada de la mezcla de gas, para diferentes profundidades. Operacin de la consola de gas Equipo para el anlisis de la mezcla de gases. Procedimientos especiales de emergencia, relacionados con el buceo con gas mezclado. b)Buzo: Debe tener experiencia o entrenamiento en las siguientes reas: Todas las calificaciones requeridas para un buceo con aire. Tcnicas y procedimientos del buceo con mezcla de gases. Procedimientos operacionales para equipos de buceo con gas. c)Tender: Debe tener entrenamiento o experiencia en las siguientes reas: Calificaciones iguales a las del buceo con aire, con un nivel de experiencia inferior. Familiaridad con el equipo de mezcla de gases. d)Tcnico Soportador de Vida: Debe tener entrenamiento o experiencia en las siguientes reas: Tcnicas u procedimientos del buceo con mezcla de gases . Seleccin de la mezcla de gas para diferentes profundidades. Operaciones de la consola de gas. Equipos para anlisis de la mezcla de gases. Procedimientos de emergencia relacionados con el buceo con gases mezclados. Conocimiento bsico de las tcnicas del buceo con aire.

Procedimientos del tratamiento para accidentes de buceo. 3.Equipo Mnimo Un (1) Juego completo del equipo de buceo con aire a profundidad. Una (1) Consola de control de gas Un (1) Instrumento que analice el gas Una (1) Campana abierta (Clase II), con equipo de respiracin para emergencias y grupo de mangueras (220 pes de agua de mar o ms profundo) Un (1) suministro adecuado del gas pre-mezclado o del equipo de mezcla de gases. Dos (2) Moduladores de Helio Una (1) tabla de tratamiento y de descompresin con gases mezclados. Una (1) Escalera de buceo u otros medios seguros para sacar al buzo del agua.

D. Buceo en Campana Los siguientes son los requisitos mnimos para las operaciones de buceo en campana: 1.Campanas Abierta para Buceo (Clase II) Las campanas abiertas deben estar disponibles y se deben usar cuando los buceos a presin superen los siguientes lmites de tiempo/profundidad: 220 pes o dos (2) horas de descompresin en el agua. 2. Campanas Cerrada para buceo (Clase I) a)Procedimientos (1) Se debe usar una campana cerrada abajo de los 300 pes. (2) Se emplear un mnimo de dos (2) buzos para los buceos, empleando campana seca cerrada. b)Personal Mnimo: Un (1) Supervisor (que no sea buzo) Dos (2) Buzos de campana Un (1) Buzo de superficie Un (1) Tender Un (1) Tcnico Soportador de Vida Personal adicional necesario para conducir con seguridad las operaciones de buceo. c)Calificaciones Mnimas del Personal: (1) Supervisor Debe tener entrenamiento y experiencia en las siguientes reas: Todas las calificaciones requeridas para los supervisores de buceo con aire y con HeO2. Todos los procedimientos y tcnicas del buceo con campana. Seleccin adecuada de la mezcla de gas, para diferentes profundidades. Equipo para analizar la mezcla de gas. Procedimientos especiales de emergencia, relacionadas con buceo con campana. (2) Buzo Debe tener entrenamiento y experiencia en las siguientes reas: Todas las calificaciones requeridas para buceos con aire y con H2O2. Procedimientos y tcnicas para el buceo con campana Seleccin adecuada de la mezcla de gases, para diferentes profundidades Procedimientos operacionales para el equipo de buceo con campana. (3) Tender Debe tener experiencia o entrenamiento en las siguientes reas: Calificaciones iguales a las del buzo con aire, con un nivel de experiencia Familiaridad o conocimiento del equipo de gas mezclado y de campana. (4) Tcnico Soportador de Vida Debe tener entrenamiento o experiencia en las siguientes reas: Procedimientos y tcnicas del buceo con campana Seleccin adecuada de la mezcla, para diferentes profundidades. Operacin de la consola de gas. Equipo de anlisis de la mezcla de gases. Procedimientos de emergencia, relacionados con el buceo con campana Conocimiento bsico de las tcnicas del buceo con aire y con HeO2. Procedimientos para el tratamiento de accidentes de buceo. d)Equipo Mnimo:

inferior.

(1) Todo el equipo requerido para el buceo con mezcla de gases. (2) Equipo necesario para la operacin con campana (Dependiendo del tipo). G. Operaciones con Embarcaciones en Movimiento A continuacin, se detallan los requisitos mnimos para las operaciones con Embarcaciones en Movimiento. 1.Lmites de Tiempo/ Profundidad Los lmites mximos de tiempo / profundidad para las operaciones con embarcaciones en movimiento, son de 220 pies horas con descompresin en el agua. 2.Personal Mnimo c)Buceo con Aire (0-60 pes de agua de mar) Un (1) Supervisor Dos (2) Buzos Dos (2) Tenders Cuando la tripulacin es de ocho (8) personas o ms, por lo menos un miembro de la tripulacin debe ser un supervisor (que no sea buzo). b)Buceo con aire (60-220 pes de agua de mar). Un (1) (supervisor que no sea buzo) Tres (3) buzos Dos (2) tenders c)Buceo con gas mezclado o mezcla de gases (Cualquier profundidad) Un (1) Supervisor que no sea buzo Tres (3) buzos Dos (2) tcnico soportador de vida

3.Calificaciones Mnimas del Personal d)Supervisor Debe tener experiencia en las operaciones con embarcaciones en movimiento y conocimiento de todas las facetas del tiempo y profundidad para el trabajo a mano o buceo que se va a realizar. b)Buzo Debe estar familiarizado con las operaciones con embarcaciones en movimiento. c)Tender Gua Debe tener experiencia en las operaciones con embarcaciones en movimiento. d)Capitn de la Embarcacin Debe tener experiencia en las operaciones con embarcaciones en movimiento y debe contar con el visto bueno o a satisfaccin del superior. 4.Embarcacin e)La embarcacin debe contar con la aprobacin del supervisor y de la compaa de buceo. f)Cerca del operador del bote, debe haber un "Interruptor de Corte (Kill Switch)", para apagar de inmediato el motor. g)Para las operaciones con embarcaciones de posicin dinmica, consulte el captulo Seis "Guas para la Especificacin y Operaciones de Embarcaciones de Posicin Dinmica para Apoyo de Buceo". 5. Equipo Mnimo (Adicional al equipo normal requerido para el buceo Modo/Profundidad) a)En todas las operaciones con embarcaciones en movimiento, debe estar disponible una tercera manguera de buceo conectada al Manifold, para ser usada en caso de emergencia. b)En todos los trabajos con embarcaciones en movimiento, el buzo debe llevar una botella de reserva. c)En las operaciones con embarcaciones en movimiento, se debe usar una boya de descompresin de libre flotacin o equivalente cuando sea necesario realizar descompresin en el agua. d)Se debe emplear un medio para evitar que la manguera del buzo se enrede en las propelas de la embarcacin. e)Un suministro secundario de gas respirable al Manifold, para los buceos suministrados desde la superficie, debe ser suficiente para apoyar lo siguiente: Al buzo mientras regresa a la superficie. Al buzo durante la descompresin Al buzo Stand-By y al buzo principal, al mismo tiempo.

6.Procedimientos g)Deben haber comunicaciones constantes