Manual de Procedimientos de Tramites

117

Transcript of Manual de Procedimientos de Tramites

Page 1: Manual de Procedimientos de Tramites
Page 2: Manual de Procedimientos de Tramites
Page 3: Manual de Procedimientos de Tramites
Page 4: Manual de Procedimientos de Tramites
Page 5: Manual de Procedimientos de Tramites
Page 6: Manual de Procedimientos de Tramites
Page 7: Manual de Procedimientos de Tramites
Page 8: Manual de Procedimientos de Tramites
Page 9: Manual de Procedimientos de Tramites
Page 10: Manual de Procedimientos de Tramites
Page 11: Manual de Procedimientos de Tramites
Page 12: Manual de Procedimientos de Tramites
Page 13: Manual de Procedimientos de Tramites

14

Page 14: Manual de Procedimientos de Tramites
Page 15: Manual de Procedimientos de Tramites
Page 16: Manual de Procedimientos de Tramites
Page 17: Manual de Procedimientos de Tramites
Page 18: Manual de Procedimientos de Tramites
Page 19: Manual de Procedimientos de Tramites
Page 20: Manual de Procedimientos de Tramites
Page 21: Manual de Procedimientos de Tramites

RESERVA DERAZON SOCIAL

Canasta de TrámitesNº 1

Concesionaria del Registro deComercio de Bolivia

Page 22: Manual de Procedimientos de Tramites
Page 23: Manual de Procedimientos de Tramites

procesa la consulta tomando en cuenta la normativavigente para el uso del nombre comercial, debiéndoseemitir el resultado de la consulta.

1.5 DOCUMENTO EMITIDO

Certificado de Control de Homonimia.

1.6 VALOR DEL CONTENIDO

La información proporcionada en el documento referido,solamente debe ser utilizada para fines de consulta uorientación al comerciante para el uso del nombrecomercial. Dicho documento no implica reserva denombre y no acredita ningún derecho por la informaciónproporcionada. Se hace notar que el derecho deprotección al nombre comercial, respecto al Registrode Comercio, únicamente surte efecto a partir de suinscripción en el mismo.

1.7 PLAZO DEL TRÁMITE

Un día hábil, a computarse a partir del día siguientehábil al ingreso del trámite ante el Registro de Comercio.

TRAMITE Nº 1

1.1 CONCEPTO

A fin de establecer si el nombre comercial no seencuentra registrado, el trámite de consulta de Controlde Homonimia se constituye en el mecanismo operativodel cliente para conocer la viabilidad del uso del nombre.

1.2 MARCO LEGAL

El derecho al nombre comercial y la protección quemerece éste se encuentra regulado en los Art. 470 al474 del Código de Comercio. El concepto básico de suformación se encuentra regido por la libertad de sucreación, sin que pueda ser idéntico al de otro yainscrito, similar, o que induzca a la confusión. Asimismo,no puede incluir el nombre de otro comerciante que nosea titular de la sociedad y/o empresa.

1.3 REQUISITOS

El cliente debe presentar en Ventanilla de Atención alCliente, el siguiente documento:

- Formulario Nº 0010/03 de solicitud de Control deHomonimia, debidamente llenado y firmado por elcliente.

1.4 PROCEDIMIENTO

Presentado el formulario en Ventanilla de Atención alCliente, se efectúa el cobro correspondiente y se

CONTROL DE HOMONIMIA O CONSULTADE NOMBRE

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

25

FORMULARIO Nº 0010/03

Page 24: Manual de Procedimientos de Tramites

ACTIVIDADES DEINICIACION

Canasta de TrámitesNº 2

Concesionaria del Registro deComercio de Bolivia

MATRICULA DE

COMERCIOMATRICULA

INSCRIPCIÓN

Page 25: Manual de Procedimientos de Tramites

PARA RECORDAR

DEL REGISTRO

FUNDEMPRESA es la concesionaria del Registro de Comercio y t iene por objeto promover eldesarrollo empresarial.

La Fundación para el Desarrollo Empresarial – FUNDEMPRESA, se constituye en una entidadprivada sin fines de lucro, regida por el Código Civil, con personería jurídica reconocida medianteResolución Prefectural del Dpto. de La Paz Nº 541/2001.

PRINCIPIOS DEL REGISTRO

El principio de oponibilidad, es la fuerza legal que logra el acto de comercio al ser registrado, esdecir, que surte efecto frente a terceros. Ello, conlleva la fuerza jurídica de la inscripción, ya quelo no inscrito no existe.

ACERCA DE FUNDEMPRESA

Nuestra Misión:

Somos una fundación privada sin fines de lucro, especializada y líder en la administración transparente,eficiente y oportuna de registros públicos vinculados a la actividad comercial del país y de informaciónempresarial.

Administramos registros públicos y generamos información como insumo para el conocimiento yaprendizaje sobre la actividad empresarial y a part ir de el lo impulsamos proyectos y serviciosorientados a propiciar la formalización de la economía y un entorno favorable y competitivo parael desarrollo del empresario boliviano.

Realizamos nuestro trabajo apoyados en tecnología de punta, acercando nuestros servicios a losclientes, generando sinergias y complementariedad de capacidades instaladas, con talento humanoespecializado, altamente calif icado y abierto al trabajo en equipo, la innovación y el aprendizajecon t inuo , basados en p r inc ip ios de t ransparenc ia y exce lenc ia de nues t ros se rv i c ios .

CONSULTAS

Contamos con una página Web www.fundempresa.org.bo renovada e interact iva en formapermanente, entre el Registro de Comercio y el usuario, en el cual se encuentra toda la informaciónrelativa al Registro de Comercio, al procesamiento de los trámites, los formularios de solicitud deregistro disponible en línea para su l lenado e impresión entre otra información de importancia.

Page 26: Manual de Procedimientos de Tramites

2.1 CONCEPTO

Se entiende por comerciante individual o empresaunipersonal a la persona natural que ejerce el comercioen forma individual y por cuenta propia, haciendo deesta una actividad económica habitual.

2.2 MARCO LEGAL

El ejercicio individual del comercio se encuentraregulado en el Art. 5 num. 1) del Código de Comercio.

2.3 REQUISITOS

El cliente debe presentar en Ventanilla de Atención alCliente, los siguientes documentos:

1. Formulario Nº 0020/03 de solicitud de Matrícula deComercio con carácter de declaración jurada,debidamente llenado y firmado por el comercianteindividual (propietario) o representante legal de laempresa.

2. Si el capital inicial es de Bs 27.736 o mayor, presentarel balance de apertura firmado por el comercianteindividual (propietario) o el representante legal y elprofesional que interviene, acompañando larespectiva solvencia profesional original otorgadapor el Colegio de Contadores o Auditores. Si elcapital inicial es menor a Bs. 27.736 los comerciantesno tienen la obligatoriedad de presentar el balancede apertura.

3. Cédula de identidad original del comerciante individualo propietario (únicamente para verificación) yfotocopia simple de la misma firmada por el titular.En caso de no presentar la cédula de identidadoriginal, debe presentar fotocopia legalizada de lamisma emitida por el Departamento de Identificaciónde la Policía Nacional.

Si el comerciante individual o propietario es extranjerodebe presentar el documento original que acreditesu radicatoria en el país (únicamente paraverificación), debiendo constar en el mismoalternativamente: Visa de objeto determinado,

permanencia temporal de un año, permanenciatemporal de dos años, visa múltiple o permanenciaindefinida, acompañando una fotocopia simple de dichodocumento firmada por el titular. En su caso puedetambién presentar certificación original o fotocopialegalizada extendida por el Servicio Nacional deMigración SENAMIG.

4. En caso de tener representante legal, se debe adjuntarel Testimonio de Poder correspondiente en original ofotocopia legalizada, debiendo obviarse el requisitoexigido en el punto 3.

2.4 PROCEDIMIENTO

Presentada la documentación requerida en Ventanillade Atención al Cliente, ésta debe efectuar la constatacióndel cumplimiento de los requisitos exigidos así como laverificación de la fotocopia simple de la cédula deidentidad con la original presentada, la misma que unavez verificada debe ser devuelta en forma inmediata alcliente. Posteriormente, se efectúa el cobro del arancelcorrespondiente y la emisión del código de trámite queidentifica el cargo de recepción.

Ingresado el trámite, se remite en el día al Jefe deOficina de Sede o Gerencia de Área, para el reparto alAnalista Jurídico, quien luego de efectuar la revisióncorrespondiente y verificar el cumplimiento de lasformalidades legales establecidas, puede efectuar elregistro del comerciante o en su caso observar el trámite.

- En el primer caso, se otorga el número de Matrículade Comercio al comerciante individual o empresaunipersonal, y se procede a digitar las partespertinentes de la documentación que corresponda altrámite. Luego, se procede a la digitalización de ladocumentación en el sistema informático y archivofísico correspondiente, pudiendo Ventanilla deAtención al Cliente extender la respectiva Matrículade Comercio y el certificado correspondiente en sucaso.

- En el segundo caso, se emite una nota de devolucióndel trámite en la que se determinan las razones porlas que el mismo ha sido observado y como puede

29

TRAMITE Nº 2

INSCRIPCIÓN DE COMERCIANTE INDIVIDUAL OEMPRESA UNIPERSONAL

FORMULARIO Nº 0020/03

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 27: Manual de Procedimientos de Tramites

subsanarse; derivándose la documentación deltrámite a Ventanilla de Atención al Cliente, para sudevolución.

2.5 DOCUMENTO EMITIDO

Matrícula de Comercio. En caso de presentar testimoniode poder, se debe extender además, el Certificado deRegistro de Testimonio de Otorgamiento de Poder.

2.6 PLAZO DEL TRÁMITE

Un día hábil, computable a partir del día hábil siguienteal ingreso del trámite ante el Registro de Comercio.

30

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 28: Manual de Procedimientos de Tramites

3.1 CONCEPTO

La sociedad de responsabilidad limitada, es aquellacuyo capital está integrado por cuotas de capital norepresentadas por títulos negociables, cuyo giro seefectúa bajo una razón social o denominación, seguidodel aditamento “Sociedad de ResponsabilidadLimitada”, o su abreviatura “S.R.L”, o, la palabra“Limitada” o la abreviatura “Ltda.”, en las que laresponsabilidad de los socios se limita a su aportesocietario.

La sociedad colectiva, es aquella en que los socios,actuando bajo una denominación responden deobligaciones sociales en forma solidaria e ilimitada.

La sociedad en comandita simple, es aquellaconstituida por uno o varios socios llamados gestoreso colectivos que asumen la responsabilidad por lasobligaciones en forma solidaria e ilimitada, mientrasque otros socios llamados comanditarios respondenexclusivamente con el capital que se han obligado aaportar en la sociedad.

3.2 MARCO LEGAL

Las sociedades comerciales referidas, se encuentranreguladas en el Código de Comercio: SociedadColectiva Art. 173 al 183, Sociedad en ComanditaSimple Art. 184 al 194 y Sociedad de ResponsabilidadLimitada Art. 195 al 216.

3.3 REQUISITOS

El cliente debe presentar en Ventanilla de Atención alCliente, los siguientes documentos:

1. Formulario Nº 0020/03 de solicitud de Matrícula deComercio con carácter de declaración jurada,debidamente llenado y firmado por el representantelegal.

2. Balance de apertura firmado por el representantelegal y el profesional que interviene, acompañandola respectiva solvencia profesional original otorgadapor el Colegio de Contadores o Auditores.

3. Testimonio de escritura pública de constitución social,en original o fotocopia legalizada legible. Elmencionado instrumento debe contener los aspectosprevistos en el Art.127 del Código de Comercio yadecuarse a las normas correspondientes al tiposocietario respectivo establecidas en el mismo cuerponormativo.

4. Publicación del testimonio de constitución en unperiódico de circulación nacional que contenga laspartes pertinentes referidas a:

a. Introducción notarial de la escritura pública enla que conste el Nº de instrumento, lugar, fecha,Notaria de Fe Pública y Distrito Judicial.

b. Transcripción in extenso y textual de las cláusulasestablecidas en los incisos 1 al 7 del Art.127 delCódigo de Comercio.

c. Conclusión y concordancia de la intervención delNotario de Fe Pública. (Adjuntar página completadel periódico en que se efectúa la publicación)

5. Testimonio de poder del representante legal originalo fotocopia legalizada legible, para el caso en el quela escritura pública de constitución no determine elnombramiento del mismo. No se requiere la inclusióndel acta de asamblea. Si el representante legal esextranjero debe presentar el documento original queacredite la radicatoria en el país (únicamente paraverif icación), debiendo constar en el mismoalternativamente: visa de objeto determinado,permanencia temporal de un año, permanenciatemporal de dos años, visa múltiple o permanenciaindefinida, acompañando una fotocopia simple dedicho documento firmada por el titular. En su caso,puede también presentar certificación original ofotocopia legalizada extendida por el Servicio Nacionalde Migración SENAMIG.

3.4 PROCEDIMIENTO

Presentada la documentación requerida en Ventanillade Atención al Cliente, se efectúa la constatación delcumplimiento de los requisitos exigidos, el cobro del

31

TRAMITE Nº 3

INSCRIPCIÓN DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDADLIMITADA (S.R.L.), SOCIEDAD COLECTIVA OSOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLEFORMULARIO Nº 0020/03

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 29: Manual de Procedimientos de Tramites

arancel correspondiente y la emisión del código detrámite que identifica el cargo de recepción. En casoque el representante legal sea extranjero, Ventanillade Atención al Cliente debe efectuar la verificación dela fotocopia simple con el documento original queacredite la radicatoria del mismo, y una vez verificadodebe ser devuelto dicho original en forma inmediata alcliente.

Ingresado el trámite, se remite en el día al Jefe deOficina de Sede o Gerencia de Área, para el repartoal Analista Jurídico, quien luego de efectuar el análisisjurídico y verificar el cumplimiento de las formalidadeslegales establecidas, puede efectuar el registro de lasociedad o en su caso observar el trámite.

- En el primer caso, se otorga el número de Matrículade Comercio a la sociedad, y se procede a digitarlas partes pertinentes de la documentación quecorresponda al trámite. Luego, se procede a ladigitalización de la documentación en el sistemainformático y archivo físico correspondiente, pudiendoVentanilla de Atención al Cliente extender larespectiva Matrícula de Comercio y los certificadospertinentes.

- En el segundo caso, se emite una nota de devolucióndel trámite en la que se determinan las razones por

las que el mismo ha sido observado y cómo puedesubsanarse; derivándose la documentación del trámitea Ventanilla de Atención al Cliente, para su devolución.

En caso de reingreso del trámite, adjuntando testimoniode aclarativa, complementación o modificación alinstrumento de constitución, el Analista Jurídico deberealizar el procedimiento indicado precedentemente yen caso de proceder al registro debe digitar en formavinculante también los datos de dichos documentosdentro del mismo registro de la escritura de constitución.

3.5 DOCUMENTO EMITIDO

Matrícula de Comercio, Certificado de Registro deTestimonio de Constitución de Sociedad y Certificadode Registro de Testimonio de Otorgamiento de Poder.

3.6 PLAZO DEL TRÁMITE

Dos días hábiles, computables a partir del día hábilsiguiente al ingreso del trámite ante el Registro deComercio.

32

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 30: Manual de Procedimientos de Tramites

4.1 CONCEPTO

La sociedad anónima es un tipo societario integradopor socios que responden y están obligados hasta elmonto de los aportes que hayan suscrito. El capital enestas sociedades, se encuentra representado poracciones cuyos títulos son negociables.

Las sociedades en comandita por acciones, sonaquellas sociedades en las cuales los socios gestoresresponden por las obligaciones sociales como lossocios de la sociedad colectiva y los socioscomanditarios limitan su responsabilidad al monto delas acciones que hayan suscrito.

4.2 MARCO LEGAL

Las sociedades comerciales referidas se encuentranreguladas en el Código de Comercio: Sociedad AnónimaArt. 217 al 355 y Sociedad en Comandita por AccionesArt. 356 al 364.

4.3 REQUISITOS

El cliente debe presentar en Ventanilla de Atención alCliente los siguientes documentos:

1. Formulario Nº 0020/03 de solicitud de Matrícula deComercio con carácter de declaración jurada,debidamente llenado y firmado por el representantelegal.

2. Balance de apertura firmado por el representantelegal y el profesional que interviene, acompañandola respectiva solvencia profesional original otorgadapor el Colegio de Contadores o Auditores.

3 .Tes t imon io de l a esc r i t u ra púb l i ca deconstitución social, en original o fotocopia legalizadalegible, con la inserción del acta de fundación de lasociedad que contenga la resolución de aprobaciónde estatutos y designación del directorio provisional.El mencionado instrumento debe contener losaspectos previstos en el Art.127 del Código deC o m e r c i o y a d e c u a r s e a l a s n o r m a s

correspondientes al tipo societario respectivoestablecidas en el mismo cuerpo normativo.

4. Estatuto de la sociedad, el mismo que puede seri nse r tado en l a esc r i t u ra cons t i t u t i va oinstrumentalizado por separado en un testimonionotarial.

5. Publicación del testimonio de constitución en unperiódico de circulación nacional que contenga laspartes pertinentes referidas a:

a. Introducción notarial de la Escritura Pública en laque conste el Nº de Instrumento, lugar, fecha,Notaria de Fe Pública y Distrito Judicial.

b. Transcripción in extenso y textual de las cláusulasestablecidas en los incisos 1 al 7 del Art. 127 delCódigo de Comercio.

c. Conclusión y concordancia de la intervención delNotario de Fe Pública. (Adjuntar página completadel periódico en que se efectúa la publicación).

6. Testimonio de poder del representante legal originalo fotocopia legalizada legible que contenga el actade su nombramiento, para el caso en el que la escriturapública de constitución no determine el nombramientodel mismo. Si el representante legal es extranjero,debe presentar el documento original que acredite laradicatoria en el país (únicamente para verificación),debiendo constar en el mismo alternativamente: Visade objeto determinado, permanencia temporal de unaño, permanencia temporal de dos años, visa múltipleo permanencia indefinida, acompañando una fotocopiasimple de dicho documento firmada por el titular. Ensu caso puede también presentar Certificación originalo fotocopia legalizada extendida por el ServicioNacional de Migración SENAMIG.

7. Certificado de depósito bancario emitido por cualquierentidad financiera del país, que consigne el capitalpagado en dinero. La cuenta corriente bancaria debeestar a nombre de la sociedad en formación.

TRAMITE Nº 4

INSCRIPCIÓN DE SOCIEDAD ANÓNIMA (S.A.) OSOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONESCONSTITUIDAS POR ACTO ÚNICO

33

FORMULARIO Nº 0020/03

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

INSCRIPCIÓN

Page 31: Manual de Procedimientos de Tramites

4.4 PROCEDIMIENTO

Presentada la documentación requerida en Ventanillade Atención al Cliente, ésta efectúa la constatacióndel cumplimiento de los requisitos exigidos, el cobrodel arancel correspondiente y la emisión del códigode trámite que identifica el cargo de recepción. Encaso que el representante legal sea extranjero,Ventanilla de Atención al Cliente debe efectuar laverificación de la fotocopia simple con el documentooriginal que acredite la radicatoria del mismo, y unavez verificado debe ser devuelto dicho original enforma inmediata al cliente.

Ingresado el trámite, se remite en el día al Jefe deOficina de Sede o Gerencia de Área, para el repartoal Analista Jurídico quien luego de efectuar el análisisjurídico y verificar el cumplimiento de las formalidadeslegales establecidas, puede efectuar el registro de lasociedad o en su caso observar el trámite.

- En el primer caso, se otorga el número de Matrículade Comercio a la sociedad, y se procede a digitarlas partes pertinentes de la documentación quecorresponda al trámite. Luego, se procede a ladigitalización de la documentación en el sistemainformático y archivo físico correspondiente,pudiendo Ventanilla de Atención al Cliente extenderla respectiva Matrícula de Comercio y los certificadospertinentes.

- En el segundo caso, se emite una nota de devolucióndel trámite en la que se determinan las razones porlas que el mismo ha sido observado y como puedesubsanarse; derivándose la documentación del trámitea Ventanilla de Atención al Cliente, para su devolución.

En caso de reingreso del trámite, adjuntando testimoniode aclarativa, complementación o modificación alinstrumento de constitución, el Analista Jurídico deberealizar el procedimiento indicado precedentemente yen caso de proceder al registro, debe digitar en formavinculante también los datos de dichos documentosdentro del mismo registro de la escritura de constitución.

4.5 DOCUMENTO EMITIDO

Matrícula de Comercio, Certificado de Registro deTestimonio de Constitución de Sociedad y Certificadode Registro de Testimonio de Otorgamiento de Poder.En caso que los estatutos consten en un instrumentoseparado al de la constitución se debe extenderCertificado de Registro de Estatutos de sociedadcomercial.

4.6 PLAZO DEL TRÁMITE

Cinco días hábiles, computables a partir del día hábilsiguiente al ingreso del trámite ante el Registro deComercio.

34

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 32: Manual de Procedimientos de Tramites

5.1 CONCEPTO

Las sociedades anónimas constituidas por suscripciónpública están integradas por socios que responden yestán obligados hasta el monto de los aportes quehayan suscrito. El capital en estas sociedades, seencuentra representado por acciones cuyos títulos sonnegociables.

5.2 MARCO LEGAL

La sociedad comercial referida se encuentra reguladapor el Código de Comercio, Art. 217 al 355 y Art. 356al 364.

5.3 REQUISITOS

Aprobado el Programa de Fundación de SociedadesAnónimas y en Comandita por Acciones, éste esejecutado por los promotores a los fines de lasuscripción del contrato, efectivización de aportes y lareal ización de la junta general const i tut iva.

El cliente debe presentar en Ventanilla de Atención alCliente los siguientes documentos:

1. Registro del Programa de Fundación contenido enel Trámite Nº 36 de la Canasta Nº 6.

2. Formulario Nº 0020/03 de solicitud de Matrícula deComercio con carácter de declaración juradadebidamente llenado y firmado por el representantelegal.

3. Balance de apertura firmado por el representantelegal y profesional que interviene, acompañando larespectiva solvencia profesional original otorgadapor el Colegio de Contadores o Auditores.

4. Testimonio de la escritura pública de constituciónsocial, en original o fotocopia legalizada legible, conla inserción del Acta de la Junta General Constitutivade la sociedad que contenga la aprobación deestatutos y designación del directorio, representanteso administradores y síndicos. El mencionadoinstrumento debe contener los aspectos previstos

en el Art.127 del Código de Comercio y adecuarse alas normas correspondientes al tipo societariorespectivo establecidas en el mismo cuerpo normativo.

5. Estatuto de la sociedad, el mismo que puede serinsertado en la escritura constitutiva o instrumentalizadopor separado en un testimonio notarial.

6. Publicación del testimonio de constitución en un mediode circulación nacional que contenga las partespertinentes referidas a:

a. Introducción notarial de la Escritura Pública en laque conste el Nº de instrumento, lugar, fecha, Notariade Fe Pública y Distrito Judicial.

b. Transcripción in extenso y textual de las cláusulasestablecidas en los incisos 1 al 7 del Art.127 delCódigo de Comercio.

c. Conclusión y concordancia de la intervención delNotario de Fe Pública. (Adjuntar página completadel periódico en que se efectúa la publicación)

7. Testimonio de poder del representante legal, en originalo fotocopia legalizada legible, que contenga el actade su nombramiento, para el caso en el que la escriturapública de constitución no determine el nombramientodel mismo. Si el representante legal es extranjerodebe presentar el documento original que acredite laradicatoria en el país (únicamente para verificación),debiendo constar en el mismo alternativamente: Visade objeto determinado, permanencia temporal de unaño, permanencia temporal de dos años, visa múltipleo permanencia indefinida, acompañando una fotocopiasimple de dicho documento firmada por el titular. Ensu caso puede también presentar Certificación originalo fotocopia legalizada extendida por el ServicioNacional de Migración SENAMIG.

8. Certificado de depósito bancario emitido por cualquierentidad financiera del país, que consigne el capitalpagado en dinero. La cuenta corriente bancaria debeestar a nombre de la sociedad en formación.

TRAMITE Nº 5

INSCRIPCIÓN DE SOCIEDAD ANÓNIMA (S.A.) O ENCOMANDITA POR ACCIONES, CONSTITUIDAS PORSUSCRIPCIÓN PÚBLICA DE ACCIONES

35

FORMULARIO Nº 0020/03

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 33: Manual de Procedimientos de Tramites

5.4 PROCEDIMIENTO

Presentada la documentación requerida en Ventanillade Atención al Cliente, ésta efectúa la constatación delcumplimiento de los requisitos exigidos, el cobro delarancel correspondiente y la emisión del código detrámite que identifica el cargo de recepción. En casoque el representante legal sea extranjero, Ventanillade Atención al Cliente debe efectuar la verificación dela fotocopia simple con el documento original queacredite la radicatoria del mismo, y una vez verificadodebe ser devuelto dicho original en forma inmediata alcliente.

Ingresado el trámite, se remite en el día al Jefe deOficina de Sede o Gerencia de Área, para el repartoal Analista Jurídico quien luego de efectuar el análisisjurídico y verificar el cumplimiento de las formalidadeslegales establecidas, puede efectuar el registro de lasociedad o en su caso observar el trámite.

- En el primer caso, se otorga el número de Matrículade Comercio a la sociedad, y se procede a digitarlas partes pertinentes de la documentación quecorresponda al trámite. Luego, se procede a ladigitalización de la documentación en el sistemainformático y archivo físico correspondiente, pudiendoVentanilla de Atención al Cliente extender larespectiva Matrícula de Comercio y los certificadospertinentes.

- En el segundo caso, se emite una nota de devolucióndel trámite en la que se determinan las razones porlas que el mismo ha sido observado y como puedesubsanarse; derivándose la documentación del trámitea Ventanilla de Atención al Cliente, para su devolución.

En caso de reingreso del trámite, adjuntando testimoniode aclarativa, complementación o modificación alinstrumento de constitución, el Analista Jurídico deberealizar el procedimiento indicado precedentemente yen caso de proceder al registro, debe digitar en formavinculante también los datos de dichos documentosdentro del mismo registro de la escritura de constitución.

5.5 DOCUMENTO EMITIDO

Matrícula de Comercio, Certificado de Registro deTestimonio de Constitución de Sociedad y Certificado deRegistro de Testimonio de Otorgamiento de Poder. Encaso que los estatutos consten en un instrumentoseparado al de la constitución se debe extenderCertificado de Registro de Estatutos de SociedadComercial.

5.6 PLAZO DEL TRÁMITE

Cinco días hábiles, computables a partir del día hábilsiguiente al ingreso del trámite ante el Registro deComercio.

36

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 34: Manual de Procedimientos de Tramites

6.1 CONCEPTO

Sociedades que integran al tipo de las anónimas yque invisten naturaleza pública y privada, es decirmixta por el origen de los aportes que constituyen sucapital. En ellas, el Estado interviene en la direccióny administración de la sociedad a la par de losparticulares, suscribiendo acciones para su constitución.

6.2 MARCO LEGAL

La constitución de sociedades de economía mixta seregula por lo dispuesto en los Art. 424 al 442 delCódigo de Comercio y otras d isposic ionescomplementarias.

6.3 REQUISITOS

El cliente debe presentar en Ventanilla de Atención alCliente los siguientes documentos:

1. Formulario Nº 0020/03 de solicitud de Matrícula deComercio con carácter de declaración jurada,debidamente llenado y firmado por el representantelegal.

2. Balance de apertura firmado por el representantelegal y el profesional que interviene, acompañandola respectiva solvencia profesional original otorgadapor el Colegio de Contadores o Auditores.

3. Testimonio de escritura pública de constitución enoriginal o fotocopia legalizada legible, expedido porNotario de Gobierno, que debe contener:

a. Propuesta de formación de la sociedad.

b. Nº y fecha de decreto supremo que autorice laconstitución, apruebe el proyecto de contrato deconstitución, estatutos y la determinación delcapital y porcentajes de participación de lossectores público y privado. (Adjuntar fotocopiasimple).

c. Nº y fecha de Ley expresa que autorice el aporteestatal. (Adjuntar fotocopia simple).

d. Convenio suscrito entre el sector público y el sectorprivado, para la formación de la sociedad, conformelo previsto en el Art. 428 num. 2) del Código deComercio.

e. Acta de fundación con la aprobación de estatutosy la designación del directorio provisional de lasociedad.

4. Estatuto de la sociedad, el mismo que puede seri nse r tado en l a esc r i t u ra cons t i t u t i va oinstrumentalizado por separado en un testimonionotarial.

5. Publicación del testimonio de constitución en unperiódico de circulación nacional que contenga laspartes pertinentes referidas a:

a. Introducción notarial de la escritura pública en laque conste el Nº de instrumento, lugar, fecha, Notariade Fe Pública y Distrito Judicial.

b. Transcripción in extenso y textual de las cláusulasestablecidas en los incisos 1 al 7 del Art.127 delCódigo de Comercio.

c. Conclusión y concordancia de la intervención delNotario de Fe Pública. (Adjuntar página completadel periódico en que se efectúa la publicación).

6. Testimonio de poder del representante legal, en originalo fotocopia legalizada legible, que contenga el actade su nombramiento, para el caso en el que la escriturapública de constitución no determine el nombramientodel mismo. Si el representante legal es extranjerodebe presentar el documento original que acredite laradicatoria en el país (únicamente para verificación),debiendo constar en el mismo alternativamente: Visade objeto determinado, permanencia temporal de unaño, permanencia temporal de dos años, visa múltipleo permanencia indefinida, acompañando una fotocopiasimple de dicho documento firmada por el titular. Ensu caso puede también presentar Certificación originalo fotocopia legalizada extendida por el ServicioNacional de Migración SENAMIG.

TRAMITE Nº 6

INSCRIPCIÓN DE SOCIEDAD DE ECONOMÍAMIXTA (S.A.M.)

37

FORMULARIO Nº 0020/03

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 35: Manual de Procedimientos de Tramites

7. Certificado de depósito bancario emitido por cualquierentidad financiera del país, que consigne el capitalpagado en dinero. La cuenta corriente bancaria debeestar a nombre de la sociedad en formación.

6.4 PROCEDIMIENTO

Presentada la documentación requerida en Ventanillade Atención al Cliente, ésta efectúa la constatacióndel cumplimiento de los requisitos exigidos, el cobrodel arancel correspondiente y la emisión del códigode trámite que identifica el cargo de recepción. Encaso, que el representante legal sea extranjero,Ventanilla de Atención al Cliente debe efectuar laverificación de la fotocopia simple con el documentooriginal que acredite la radicatoria del mismo, y unavez verificado debe ser devuelto dicho original enforma inmediata al cliente.

Ingresado el trámite, se remite en el día al Jefe deOficina de Sede o Gerencia de Área, para el repartoal Analista Jurídico quien luego de efectuar el análisisjurídico y verificar el cumplimiento de las formalidadeslegales establecidas, puede efectuar el registro de lasociedad o en su caso observar el trámite.

- En el primer caso se otorga el número de Matrículade Comercio a la sociedad, y se procede a digitarlas partes pertinentes de la documentación quecorresponda al trámite. Luego se procede a ladigitalización de la documentación en el sistemainformático y archivo físico correspondiente,pudiendo Ventanilla de Atención al Cliente extenderla respectiva Matrícula de Comercio y los certificadospertinentes.

- En el segundo caso, se emite una nota dedevolución del trámite en la que se determinanlas razones por las que el mismo ha sido observadoy como puede subsanarse; derivándose ladocumentación del trámite a Ventanilla de Atenciónal Cliente, para su devolución.

En caso de reingreso del trámite, adjuntandotestimonio de aclarativa, complementación omodificación al instrumento de constitución, el AnalistaJurídico debe realizar el procedimiento indicadoprecedentemente y en caso de proceder al registro,debe digitar en forma vinculante también los datosde dichos documentos dentro del mismo registro dela escritura de constitución.

6.5 DOCUMENTO EMITIDO

Matrícula de Comercio, Certificado de Registro deTestimonio de Constitución de Sociedad y Certificadode Registro de Testimonio de Otorgamiento de Poder.En caso que los estatutos consten en un instrumentoseparado al de la constitución se debe extenderCertificado de Registro de Estatutos.

6.6 PLAZO DEL TRÁMITE

Cinco días hábiles, computables a partir del día hábilsiguiente al ingreso del trámite ante el Registro deComercio.

38

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 36: Manual de Procedimientos de Tramites

7.1 CONCEPTO

Las sociedades constituidas en el extranjero puedenoperar en Bolivia, para el ejercicio habitual de actosde comercio, como sucursal o representaciónpermanente.

7.2 MARCO LEGAL

Las sociedades constituidas en el extranjero parael ejercicio habitual de actos de comercio en Bolivia,deben a ese efecto dar cumplimiento a lo establecidoen los Art. 413, 416 y 417 del Código de Comercio.

7.3 REQUISITOS

El cliente debe presentar en Ventanilla de Atención alCliente los siguientes documentos:

1. Formulario Nº 0020/03 de solicitud de Matrícula deComercio con carácter de declaración jurada,debidamente llenado y firmado por el representantelegal de la sociedad en Bolivia.

2. Balance de apertura debidamente firmado por elrepresentante legal y el profesional que interviene,acompañando la solvencia profesional originalrespectiva otorgada por el Colegio de Contadoreso Auditores.

3. Testimonio en original o fotocopia legalizada legiblede la escritura pública de apertura de sucursal orepresentación permanente de sociedad comercialconstituida en el extranjero, que contenga la minutadebidamente suscrita por el representante legalfacultado al efecto y la protocolización previa ordenjudicial, del contrato constitutivo de la sociedad,sus modificaciones, estatutos y reglamentos queacrediten su existencia legal en el país de origen,así como la autorización legal o resolución delórgano administrativo competente de la sociedadpara establecer sucursal o representaciónpermanente en el país, estableciendo el capitalasignado en moneda nacional, la designación delrepresentante legal de la misma y fijar el domicilioen un lugar del territorio de la República.

4. Publicación in extenso en un periódico de circulaciónnacional, del testimonio de la escritura pública deapertura de sucursal o representación permanentede sociedad comercial y protocolización de losdocumentos remitidos del país de origen, deconformidad al Art. 132 del Código de Comercio.(Adjuntar página completa del periódico en que seefectúa la publicación)

5. Testimonio de poder del representante legal en originalo fotocopia legalizada legible, para el caso en el quela escritura pública referida en el punto tres, nocontenga las facultades del mismo. Si el representantelegal es extranjero debe presentar el documentooriginal que acredite la radicatoria en el país(únicamente para verificación), debiendo constar enel mismo al ternat ivamente: Visa de objetodeterminado, permanencia temporal de un año,permanencia temporal de dos años, visa múltiple opermanencia indefinida, acompañando una fotocopiasimple de dicho documento firmada por el titular. Ensu caso, puede también presentar certificación originalo fotocopia legalizada extendida por el ServicioNacional de Migración SENAMIG.

6. Certificado de depósito bancario emitido por cualquierBanco en nuestro país que acredite que el capitalasignado en dinero para sus operaciones en Boliviaha sido íntegramente depositado. La cuenta bancariadebe estar a nombre de la sucursal.

7. En cuanto a las sociedades extranjeras de tipo noprevisto, éstas, deben adecuarse a lo establecido enel Art. 418 del Código de Comercio.

7.4 PROCEDIMIENTO

Presentada la documentación requerida en Ventanillade Atención al Cliente, ésta efectúa la constatación delcumplimiento de los requisitos exigidos, el cobro delarancel correspondiente y la emisión del código de trámiteque identifica el cargo de recepción. En caso que elrepresentante legal sea extranjero, Ventanilla de Atenciónal Cliente debe efectuar la verificación de la fotocopiasimple con el documento original que acredite laradicatoria del mismo y una vez verificado debe ser

TRAMITE Nº 7

INSCRIPCIÓN DE SOCIEDAD CONSTITUIDA EN ELEXTRANJERO

39

FORMULARIO Nº 0020/03

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 37: Manual de Procedimientos de Tramites

devuelto dicho original en forma inmediata al cliente.

Ingresado el trámite, se remite en el día al Jefe deOficina de Sede o Gerencia de Área, para el repartoal Analista Jurídico quien luego de efectuar el análisisjurídico y verificar el cumplimiento de las formalidadeslegales establecidas, puede efectuar el registro de laapertura de la sucursal o representación permanente,de sociedad comercial constituida en el extranjero, oen su caso observar el trámite.

- En el primer caso se otorga el número de Matrículade Comercio a la sucursal o representaciónpermanente, y se procede a digitar las partespertinentes de la documentación que correspondaal trámite. Luego, se procede a la digitalización dela documentación en el sistema informático y archivofísico correspondiente, pudiendo Ventanilla deAtención al Cliente extender la respectiva Matrículade Comercio y los certificados correspondientes.

- En el segundo caso, se emite una nota de devolucióndel trámite en la que se determinan las razones porlas que el mismo ha sido observado y como puedesubsanarse; derivándose la documentación deltrámite a Ventanilla de Atención al Cliente, para sudevolución.

En caso de reingreso del trámite, adjuntando testimoniode aclarativa, complementación o modificación alinstrumento, el Analista Jurídico debe realizar elprocedimiento indicado precedentemente y en caso deproceder al registro, debe digitar en forma vinculantetambién los datos de dichos documentos dentro delmismo registro de la escritura aclarada, complementadao modificada.

7.5 DOCUMENTO EMITIDO

Matrícula de Comercio, Certificado de Registro deTestimonio de Apertura de Sucursal de SociedadConstituida en el Extranjero o Certificado de Registro deTestimonio de Representación Permanente de SociedadConstituida en el Extranjero y Certificado de Registro deTestimonio de Otorgamiento de Poder.

7.6 PLAZO DEL TRÁMITE

Cinco días hábiles, a computarse a partir del día siguientehábil del ingreso del trámite ante el Registro de Comercio.

40

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 38: Manual de Procedimientos de Tramites

8.4. PROCEDIMIENTO

Presentada la documentación requerida en Ventanillade Atención al Cliente, ésta efectúa la constatación delcumplimiento de los requisitos exigidos y la gestión dela última actualización, realizándose el cobro del arancelcorrespondiente y la emisión del código de trámite queidentifica el cargo de recepción.

Ingresado el trámite, dicha repartición verificará losdatos de la sociedad en relación con los datos contenidosen el formulario de solicitud y balance, si éstos guardanrelación se registrará la actualización de la Matrículapor la gestión que corresponda así también el balancepresentado, consiguientemente se introducirán en elsistema los cambios básicos proporcionados.

Luego se procede a la digitalización de la documentaciónen el sistema informático y archivo físico correspondiente,pudiendo Ventanilla de Atención al Cliente extender larespectiva Actualización de Matrícula de Comercio ycertificado pertinente.

En caso que se adviertan observaciones, Ventanilla deAtención al Cliente emite una nota de devolución deltrámite en la que se determinan las razones por las queel mismo ha sido observado y como puede subsanarse.

8.5 DOCUMENTO EMITIDO

Certificado de Actualización de Matrícula de Comercioy Certificado de Registro de Balance.

8.6 PLAZO DEL TRÁMITE

Dos días hábiles, computables a partir del día hábilsiguiente al ingreso del trámite ante el Registro deComercio.

8.1 CONCEPTO

La sociedad comercial y/o empresa unipersonal ocomerciante individual, debe en forma anual actualizarla vigencia de su Matrícula por un nuevo período ogestión y modificar únicamente los siguientes datosbásicos relativos al giro social: dirección, Nº de RUCo NIT, Nº de Licencia de Funcionamiento Municipal,teléfono, casilla, fax, correo electrónico. En cuanto acualquier cambio relativo a la constitución de lasociedad o empresa, consiguientes modificaciones, uo t r a i n f o r m a c i ó n o p e r a t i v a n o i n d i c a d aprecedentemente, el cliente debe cumplir previamentecon los requisitos, procedimiento y arancel establecidopara cada trámite.

8.2 MARCO LEGAL

El D.S.26215 en su Art. 9 inc. a), establece laobligatoriedad anual de la actualización de Matrículadel Registro de Comercio, así como el Art. 6 inc. e)del D.L.16833 del Reglamento de la Dirección Generalde Registro de Comercio y Sociedades por Acciones.

8.3 REQUISITOS

1. Formulario Nº 0020/03 de solicitud de Actualizaciónde Matrícula con carácter de declaración juradadebidamente llenado y firmado por el representantelegal.

2. Balance original y estado de resultados, de lagestión vencida con la constancia de presentaciónal Servicio de Impuestos Nacionales o a la entidadbancaria autorizada al efecto.

3. En caso de solicitar el cambio de dirección,acompañar la publicación en un periódico decirculación nacional del aviso de cambio dedirección. (Adjuntar página completa)

4. En caso de solicitar el cambio de RUC o NIT,acompañar fotocopia simple del mismo.

5. En caso de solicitar el cambio de Nº de Licenciade Funcionamiento, acompañar fotocopia simplede la misma.

MATRICULA DE

COMERCIOMATRICULA

TRAMITE Nº 8

ACTUALIZACIÓN DE MATRÍCULA

41

FORMULARIO Nº 0020/03

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 39: Manual de Procedimientos de Tramites

9.1 CONCEPTO

Adopción por los titulares, socios o accionistas de laempresa unipersonal o sociedad comercial, ajustándosea la ley y a los estatutos sociales, de un nuevo tiposocietario. La transformación no importa la pérdida dela identidad de la sociedad, ya que esta no se disuelve,ni altera sus derechos y obligaciones.

9.2 MARCO LEGAL

Esta figura se encuentra regulada por el Código deComercio, en los Art. 398 al 404 y D.S.21532 yD.S.24051.

9.3 REQUISITOS

El cliente, debe presentar en Ventanilla de Atención alCliente los siguientes documentos:

1. Formulario Nº 0030/03 (para sociedad comercial) oFormulario Nº 0032/03 (para empresa unipersonalo comerciante individual) de solicitud de Registrode Modificaciones con carácter de declaración jurada,debidamente llenado y firmado por el representantelegal, tratándose de sociedad comercial.

2. Testimonio de la escritura pública de transformación,en original o fotocopia legalizada legible, quecontenga la transcripción del acta de asamblea desocios o junta de accionistas en la que conste laaprobación de la transformación de la sociedad, asícomo la transcripción del balance especial detransformación incluyendo la firma del representantelegal de la sociedad y profesional que interviene.

3. Publicación in extenso en un periódico de circulaciónnacional, del testimonio de la escritura pública detransformación de conformidad a los Arts 401 y 132del Código de Comercio. (Adjuntar página completadel periódico en que se efectúa la publicación)

4. Testimonio de poder del representante legal, en unejemplar original o fotocopia legalizada legible, en

la que se inserte el acta de asamblea de socios ojunta de accionistas en la que conste su nombramiento.Si el representante legal es extranjero debe presentarel documento original que acredite la radicatoria enel país (únicamente para verificación), debiendoconstar en el mismo alternativamente: Visa de objetodeterminado, permanencia temporal de un año,permanencia temporal de dos años, visa múltiple opermanencia indefinida, acompañando una fotocopiasimple de dicho documento firmada por el titular. Ensu caso puede también presentar certificación originalo fotocopia legalizada extendida por el ServicioNacional de Migración SENAMIG.

5. Notificaciones personales a los acreedores haciendoconocer la disponibilidad del balance especial en lasede social, en las que conste el cargo original de surecepción. Al respecto, cabe hacer notar que laconstatación de veracidad y destinatario de dichasnotificaciones son de íntegra responsabilidad de lassociedades o empresas unipersonales que setransforman, no así del Registro de Comercio.

6. Adicionalmente, la empresa transformada, debecumplir con los requisitos exigidos para el tipo desociedad comercial cuya estructura se adopte en latransformación.

7. En caso que la sociedad comercial o comercianteindividual se encuentren sujetos a regulación sectorial,deben acreditar la autorización de la Superintendenciarespectiva.

8. Para efectuar el presente trámite es requisitoindispensable que la sociedad comercial o la empresaunipersonal que se pretende transformar cuente conla Matrícula de Comercio actualizada.

9.4 PROCEDIMIENTO

Presentada la documentación requerida en Ventanillade Atención al Cliente, ésta efectúa la constatación delcumplimiento de los requisitos exigidos, el cobro del

42

TRAMITE Nº 9

TRANSFORMACIÓN

FORMULARIOS Nº 0030/03 – Nº 0032/03

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 40: Manual de Procedimientos de Tramites

- En el segundo caso, se emite una nota de devolucióndel trámite en la que se determinan las razones porlas que el mismo ha sido observado y cómo puedesubsanarse; derivándose la documentación del trámitea Ventanilla de Atención al Cliente, para su devolución.En caso de reingreso del trámite, adjuntandotestimonio de aclarativa, complementación omodificación al instrumento, el Analista Jurídico deberealizar el procedimiento indicado precedentementey en caso de proceder al registro debe digitar enforma vinculante los datos de dichos documentosdentro del mismo registro de la escritura aclarada,complementada o modificada.

9.5 DOCUMENTO EMITIDO

Certificado de Transformación y Certificado de Registrode Testimonio de Otorgamiento de Poder.

9.6 PLAZO DEL TRÁMITE

Siete días hábiles, computables a partir del día hábilsiguiente al ingreso del trámite ante el Registro deComercio.

arancel correspondiente y la emisión del código detrámite que identifica el cargo de recepción. En casoque el representante legal sea extranjero, Ventanillade Atención al Cliente debe efectuar la verificación dela fotocopia simple con el documento original queacredite la radicatoria del mismo, y una vez verificadodebe ser devuelto dicho original en forma inmediataal cliente.

Ingresado el trámite, se remite en el día al Jefe deOficina de Sede o Gerencia de Área, para el repartoal Analista Jurídico quién luego de efectuar el análisisjurídico y verificar el cumplimiento de las formalidadeslegales establecidas, puede efectuar el registrocorrespondiente o en su caso observar el trámite.

- En el primer caso, se efectúa el registro de latransformación y se procede a digitar las partespertinentes de la documentación que correspondaal trámite. Luego se procede a la digitalización dela documentación en el sistema informático y archivofísico correspondiente, pudiendo Ventanilla deAtención al Cliente extender los respectivoscertificados.

43

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 41: Manual de Procedimientos de Tramites

10.1 CONCEPTO

Existe Fusión cuando dos o más sociedades sedisuelven, sin liquidarse, para constituir una nueva(Fusión propiamente dicha); o cuando una ya existenteincorpora a otra u otras que, se disuelven sinliquidarse. (Fusión por absorción)

10.2 MARCO LEGAL

Esta figura se encuentra regulada en el Código deComercio, en Art. 405 al 412.

10.3 REQUISITOS

El cliente debe presentar en Ventanilla de Atenciónal Cliente los siguientes documentos:

1. Formulario Nº 0031/03 de solicitud de Registrode Fusión con carácter de declaración jurada,deb idamente l lenado y f i rmado por e lrepresentante legal.

2. Balances especiales de corte practicados a lafecha del acuerdo, por cada uno de losparticipantes en la fusión, acompañando lasolvencia profesional original otorgada por elColegio de Contadores o Auditores, de acuerdoa lo dispuesto por el num. 2) del Art. 406 delCódigo de Comercio.

3. Compromiso de fus ión suscr i to por losrepresentantes de las sociedades Intervinientes,aprobado por la asamblea de socios o junta deaccionistas.

4. Testimonio de escritura pública de acuerdo definitivode la fusión, sea ésta propiamente dicha o porabsorción, en original o fotocopia legalizadalegible, que debe contener los aspectos indicadosen los num. 1) al 5) del Art. 407 del Código deComercio, así como debe contener una cláusulaen la que expresamente se señale haberse dadocumplimiento a lo dispuesto por el Art. 406 inc.2) del Código de Comercio.

5. Publicación in extenso en un periódico de circulaciónnacional del testimonio de la escritura pública deacuerdo definitivo de fusión. (Adjuntar página completadel periódico en que se efectúa la publicación)

6. Testimonio de poder del representante legal, en unejemplar original o fotocopia legalizada legible, en laque se inserte el acta de asamblea de socios o juntade accionistas en la que conste su nombramiento. Siel representante legal es extranjero debe presentar eldocumento original que acredite la radicatoria en elpaís (únicamente para verificación), debiendo constaren el mismo alternativamente: Visa de objetodeterminado, permanencia temporal de un año,permanencia temporal de dos años, visa múltiple opermanencia indefinida, acompañando una fotocopiasimple de dicho documento firmada por el titular. Ensu caso puede también presentar certificación originalo fotocopia legalizada extendida por el ServicioNacional de Migración SENAMIG.

7. Adicionalmente, en caso de tratarse de una fusiónpropiamente dicha, la sociedad emergente de la mismadebe cumpl i r y adecuarse a las normascorrespondientes al tipo societario respectivo, conformea lo dispuesto por el Art. 408 del Código de Comercio.

8. En caso de ser sociedades comerciales sujetas aregulación sectorial, deben acreditar la autorizaciónde la Superintendencia respectiva.

9. Para efectuar el presente trámite es requisi toindispensable que las sociedades comerciales o lasempresas unipersonales que se pretenden fusionarcuenten con las Matrículas de Comercio actualizadas.

10.4 PROCEDIMIENTO

Presentada la documentación requerida en Ventanilla deAtención al Cliente, ésta efectúa la constatación delcumplimiento de los requisitos exigidos, el cobro delarancel correspondiente y la emisión del código de trámiteque identifica el cargo de recepción. En caso que el

44

T R A M I T E N º 1 0

FUSIÓN DE SOCIEDADES

FORMULARIO Nº 0031/03

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 42: Manual de Procedimientos de Tramites

representante legal sea extranjero, Ventanilla deAtención al Cliente debe efectuar la verificación dela fotocopia simple con el documento original queacredite la radicatoria del mismo, y una vez verificadodebe ser devuelto dicho original en forma inmediataal cliente.

Una vez recibido el trámite se remite en el día al Jefede Oficina de Sede o Gerencia de Área, para elreparto al Analista Jurídico quién luego de efectuarel análisis jurídico y verificar el cumplimiento de lasformalidades legales establecidas, puede efectuar elregistro correspondiente o en su caso observar eltrámite.

- En el primer caso, tratándose de fusión porabsorción el Analista Jurídico procede a su registroen la Matricula de la sociedad o empresaabsorbente o incorporante y cancelará lasMatrículas de las sociedades o empresasincorporadas o absorbidas.

Tratándose de fusión propiamente dicha para laconstitución de una nueva sociedad o empresa,el Analista Jurídico procede al otorgamiento de laMatrícula de Comercio a la nueva sociedad y enconsecuencia procede a la cancelación de lasMatrículas de Comercio de las sociedadesfusionadas.

En ambos casos se procede a digitar las partespertinentes de la documentación que correspondaal trámite. Luego, se procede a la digitalización dela documentación en el sistema informático yarchivo físico correspondiente incorporando lascarpetas comerciales a las sociedades o empresasfusionadas a la carpeta comercial de la sociedadabsorbente o en su caso de la nueva sociedad.

Concluido el proceso de registro, Ventanilla deAtención al Cliente extiende los respectivoscertificados.

- En caso de existir observaciones al trámite, se emiteuna nota de devolución en la que se especifiquelas observaciones que determinan las razones porlas que el mismo ha sido observado y cómo puedesubsanarse; derivándose los documentos aVentanilla de Atención al Cliente, para su devolución.

En caso de reingreso del trámite, adjuntando testimoniode aclarativa, complementación o modificación alinstrumento, el Analista Jurídico debe realizar elprocedimiento indicado precedentemente y en casode proceder el registro debe digitar en forma vinculantetambién los datos de dichos documentos dentro delmismo registro de la escritura aclarada, complementadao modificada.

10.5 DOCUMENTOS EMITIDOS

Se otorga los siguientes documentos:

1. En caso de tratarse de fusión propiamente dicha,se otorga nueva Matrícula de Comercio, Certificadode Fusión y Cancelación de Matrícula de lasSociedades disueltas, así como Certificado deRegistro de Testimonio de Otorgamiento de Poder.

2. En caso de tratarse de fusión por absorción oincorporación, se otorga Certificado de Fusión yCancelación de Matrícula de las Sociedadesdisueltas.

10.6 PLAZO DEL TRÁMITE

Siete días hábiles, computables a partir del día hábilsiguiente al ingreso del trámite ante el Registro deComercio.

45

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 43: Manual de Procedimientos de Tramites

11.1 CONCEPTO

Se entiende por sucursal al establecimiento decomercio que funciona bajo la administración ydependencia de la casa matriz y cuyo patrimonioforma también parte integrante de ésta; constituidaa los fines de extender la actividad comercial de lasociedad en un lugar distinto al de su sede o domicilioprincipal. Asimismo, de conformidad a lo establecidopor la Ley de Bancos y Entidades Financieras Nº1488 se entiende por agencia la oficina urbana oprovincial que funcionalmente depende de unasucursal o directamente de la oficina central de unaentidad de intermediación financiera, siendo estesector únicamente el habilitado para aperturaragencias. (En caso de tratarse de contratos deagencias de sociedades comerciales, su tramitaciónse sujetará a contratos comerciales)

11.2 MARCO LEGAL

Estas figuras se encuentran reguladas en el Art. 29inc. 6), Art. 30 del Código de Comercio, Art. 34 delD.S. 15191 y Ley de Bancos y Entidades Financieras.

11.3 REQUISITOS

El cliente debe presentar en Ventanilla de Atenciónal Cliente los siguientes documentos:

1. Formulario Nº 0021/03 de solicitud de Registro deApertura de Sucursal de Sociedad Comercial oEmpresa Unipersonal constituidas en Bolivia o ensu caso Formulario Nº 0022/03 de solicitud deRegistro de Apertura de Agencia de EntidadFinanciera, con carácter de declaración juradadebidamente llenado y firmado por el representantelegal de la sociedad.

2. Copia legalizada notarial en la que conste latranscripción del acta de aprobación de aperturade sucursal o agencia y en la que se determinela designación de representante legal de la misma

(Requisito exigible únicamente en caso desociedades comerciales)

3. Poder otorgado al representante legal de la sucursalo agencia, en un ejemplar original o fotocopialegalizada legible. Si el representante legal esextranjero debe presentar el documento original queacredite la radicatoria en el país (únicamente paraverificación), debiendo constar en el mismoalternativamente: Visa de objeto determinado,permanencia temporal de un año, permanenciatemporal de dos años, visa múltiple o permanenciaindefinida, acompañando una fotocopia simple dedicho documento firmada por el titular. En su casopuede también presentar certificación original ofotocopia legalizada extendida por el ServicioNacional de Migración SENAMIG. (Requisito exigibleúnicamente en caso que el representante legal dela sucursal o agencia sea sujeto distinto alrepresentante legal de la sociedad matriz)

4. En caso de tratarse de sociedades sujetas aregulación sectorial, debe ser adjuntada laResolución Administrativa que autorice la aperturade sucursal o agencia.

5. Para efectuar el presente trámite es requisitoindispensable que la sociedad comercial o empresaunipersonal cuente con la Matrícula de Comercioactualizada.

11.4 PROCEDIMIENTO

El cliente debe presentar la documentación requeridaen Ventanilla de Atención al Cliente, ésta efectúa laconstatación del cumplimiento de los requisitosexigidos, el cobro del arancel correspondiente y laemisión del código de trámite que identifica el cargode recepción. En caso que el representante legal seaextranjero, Ventanilla de Atención al Cliente debeefectuar la verificación de la fotocopia simple con eldocumento original que acredite la radicatoria delmismo, y una vez verificado debe ser devuelto dicho

46

T R A M I T E N º 11

APERTURA DE SUCURSAL DE SOCIEDAD COMERCIAL YEMPRESA UNIPERSONAL CONSTITUIDAS EN BOLIVIA /APERTURA DE AGENCIA DE ENTIDAD FINANCIERA

FORMULARIOS Nº 0021/03 – Nº 0022/03

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 44: Manual de Procedimientos de Tramites

original en forma inmediata al cliente.

Ingresado el trámite, se remite en el día al Jefe deOficina de Sede o Gerencia de Área, para el repartoal Analista Jurídico quien luego de efectuar el análisisjurídico y verificar el cumplimiento de las formalidadeslegales establecidas, puede efectuar el registro de laapertura de la sucursal o agencia, o en su casoobservar el trámite.

- En el primer caso, el Analista Jurídico procede adigitar las partes pertinentes de la documentaciónque corresponda al trámite. Luego, se procede ala digitalización de la documentación en el sistemainformático y archivo físico correspondiente,pudiendo Ventanilla de Atención al Cliente extenderlos respectivos certificados de registro.

- En el segundo caso, se emite una nota dedevolución del trámite en la que se determinan lasrazones por las que el mismo ha sido observadoy como puede subsanarse; derivándose ladocumentación del trámite a Ventanilla de Atenciónal Cliente, para su devolución.

En caso de reingreso del trámite, adjuntandotestimonio de aclarativa, complementación omodificación al instrumento, el Analista Jurídico deberealizar el procedimiento indicado precedentemente,y en caso de proceder el registro debe digitar enforma vinculante también los datos de dichosdocumentos dentro del mismo registro de la escrituraaclarada, complementada o modificada.

11.5 DOCUMENTO EMITIDO

Certificado de Registro de Apertura de Sucursal desociedad comercial o empresa unipersonalconstituidas en Bolivia o en su caso Certificado deRegistro de Agencia de entidad financiera; yCertificado de Registro de Testimonio de Otorgamientode Poder.

11.6 PLAZO DEL TRÁMITE

Dos días hábiles, computables a partir del día hábilsiguiente al ingreso del trámite ante el Registro deComercio.

11.7 EMPRESAS UNIPERSONALES

La empresa unipersonal o comerciante individual querequiera registrar la apertura de sucursal debepresentar los siguientes documentos:

1. Formulario Nº 0021/03 de solicitud de Registro deApertura de Sucursal de Sociedad o EmpresaUnipersonal constituida en Bolivia, con carácterde declaración jurada debidamente llenado yfirmado por el propietario o representante legal dela empresa unipersonal.

2. Para efectuar el presente trámite es requisitoindispensable que la empresa unipersonal cuentecon la Matrícula de Comercio actualizada.

47

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 45: Manual de Procedimientos de Tramites

MODIFICACIONES ALA CONSTITUCION

Canasta de TrámitesNº 3

Concesionaria del Registro deComercio de Bolivia

ESCRITURA

REGLAMENTOS

Page 46: Manual de Procedimientos de Tramites

PARA RECORDAR

DEL REGISTRO

Al consti tuirse la Matrícula de Comercio en el documento que acredita la existencia legal delcomerciante, la norma prevé la prelación del Registro de Comercio sobre cualquier registro públicoo terceros sobre asuntos de carácter comercial, es decir, que la otorgación de la Matrícula deComercio y la inscripción de sus actos, contratos y/o documentos sean éstos públicos o privados,es requisito de indispensable presentación para hacer valer los efectos oponibles de sus derechosfrente a terceros.

PRINCIPIOS DEL REGISTRO

El principio de prioridad o rango, consiste en la aplicación preferente de la primacía en el tiempoy en el derecho con respecto al acto registrado. Es decir que los documentos deben tener un ordencronológico y los mismos no son excluyentes entre sí o se anteponen a otro ya registrado, es asícomo se determina el grado o prelación de la prenda.

ACERCA DE FUNDEMPRESA

Nuestros Valores:

Nos une la vocación para administrar eficientemente registros públicos, para contribuir al desarrolloempresarial y el compromiso con los objetivos institucionales.

Nos distingue la transparencia, honestidad, idoneidad profesional y la dedicación en nuestro trabajo.

Valoramos la creatividad y capacidad de innovación, la apertura del aprendizaje y el trabajo enequipo y el compromiso con la excelencia en el trabajo.

CONSULTAS

Contamos con una cuenta de correo electrónico [email protected] exclusiva para que elusuario se comunique en forma directa con el Registro de Comercio, a f in de solicitar cualquierinformación inherente a FUNDEMPRESA, a l Regist ro de Comercio o sobre asuntos de losprocedimientos de trámites.

Page 47: Manual de Procedimientos de Tramites

5. Para efectuar el presente trámite es requisitoindispensable que la sociedad comercial cuente conla Matrícula de Comercio actualizada.

12.4 PROCEDIMIENTO

Presentada la documentación requerida en Ventanillade Atención al Cliente, ésta efectúa la constatación delcumplimiento de los requisitos exigidos, el cobro delarancel correspondiente y la emisión del código detrámite que identi f ica el cargo de recepción.

Ingresado el trámite, se remite en el día al Jefe deOficina de Sede o Gerencia de Área, para el reparto alAnalista Jurídico quien luego de efectuar el análisisjurídico y verificar el cumplimiento de las formalidadeslegales establecidas, puede efectuar el registrocorrespondiente o en su caso observar el trámite.

- En el primer caso se efectúa el registro de lamodificación, aclaración y/o complementación y seprocede a digitar las partes pertinentes de ladocumentación que corresponda al trámite. Luego,se procede a la digitalización de la documentaciónen el s istema informático y archivo f ís icocorrespondiente, pudiendo Ventanilla de Atención alCliente extender el certificado de registro.

- En el segundo caso, se emite una nota de devolucióndel trámite en la que se determinan las razones porlas que el mismo ha sido observado y como puedesubsanarse; derivándose la documentación del trámitea Ventanilla de Atención al Cliente, para su devolución.

En caso de reingreso del trámite, adjuntando testimoniode aclarativa, complementación o modificación alinstrumento, el Analista Jurídico debe realizar elprocedimiento indicado precedentemente y en caso deproceder al registro, debe digitar en forma vinculantetambién los datos de dichos documentos dentro delmismo registro de la escritura aclarada, complementadao modificada.

12.1 CONCEPTO

Acto mediante el cual se realiza la modificación,aclaración y/o complementación de actos ydocumentos comerciales ya existentes, que requierende la corrección, aditamento, rectificación y/oestablecimiento de variantes a las cláusulas yaestablecidas.

12.2 MARCO LEGAL

Estas figuras se encuentran contempladas en elCódigo de Comercio, Art. 29 num. 4) y 5), Art. 128 y132 y Art. 32 del D.S. 15191.

12.3 REQUISITOS

El cliente debe presentar en Ventanilla de Atenciónal Cliente los siguientes documentos:

1. Formulario Nº 0030/03 de solicitud de Registrode Modificaciones y Cambios operativos desociedad comercial con carácter de declaraciónjurada, debidamente llenado y firmado por elrepresentante legal de la sociedad.

2. Testimonio de la escritura pública de modificación,aclaración y/o complementación a la escritura deconstitución y/o estatutos, en original o fotocopialegalizada legible, la misma que debe contener elacta de su aprobación por la asamblea de socioso junta de accionistas.

3. Publicación in extenso en un medio de circulaciónnacional del testimonio de la escritura pública demodificación, aclaración y/o complementación.(Adjuntar página completa del periódico en quese efectúa la publicación)

4. En caso de tratarse de sociedades sujetas aregulación sectorial, se debe adjuntar la resoluciónadministrativa que autorice la modificacióncorrespondiente.

51

TRAMITE Nº 12

MODIFICACIONES, ACLARACIONES Y/OCOMPLEMENTACIONES

FORMULARIOS Nº 0030/03 – Nº 0032/03

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

ESCRITURA

REGLAMENTOS

Page 48: Manual de Procedimientos de Tramites

12.5 DOCUMENTO EMITIDO

Certificado de Registro de Modificación.

12.6 PLAZO DEL TRÁMITE

Siete días hábiles, computables a partir del día hábilsiguiente al ingreso del trámite ante el Registro deComercio.

12.7 EMPRESA UNIPERSONAL

La empresa unipersonal o comerciante individual querequiera registrar cambios o modificaciones debepresentar los siguientes requisitos:

1. Formulario Nº 0032/03 de solicitud de Registro deCambios en empresa unipersonal o comercianteindividual con carácter de declaración jurada,debidamente llenado y firmado por el propietariode la empresa.

2. Para efectuar el presente trámite es requisitoindispensable que la empresa unipersonal cuentecon la Matrícula de Comercio actualizada.

12.8 DOCUMENTO EMITIDO

Certificado de Registro de Modificación.

52

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 49: Manual de Procedimientos de Tramites

5. Para efectuar el presente trámite es requisitoindispensable que la sociedad comercial cuente conla Matrícula de Comercio actualizada.

13.4 PROCEDIMIENTO

Presentada la documentación requerida en Ventanillade Atención al Cliente, ésta efectúa la constatación delcumplimiento de los requisitos exigidos, el cobro delarancel correspondiente y la emisión del código detrámite que identifica el cargo de recepción.

Ingresado el trámite, se remite en el día al Jefe deOficina de Sede o Gerencia de Área, para el reparto alAnalista Jurídico quién luego de efectuar el análisisjurídico y verificar el cumplimiento de las formalidadeslegales establecidas, puede efectuar el registrocorrespondiente o en su caso observar el trámite.

- En el primer caso, se efectúa el registro del aumentode capital y se procede a digitar las partes pertinentesde la documentación que corresponda al trámite.Luego, se procede a la digitalización de ladocumentación en el sistema informático y archivofísico correspondiente, pudiendo Ventanilla deAtención al Cliente extender el respectivo certificadode registro.

- En el segundo caso, se emite una nota de devolucióndel trámite en la que se determinan las razones porlas que el mismo ha sido observado y cómo puedesubsanarse; derivándose la documentación del trámitea Ventanilla de Atención al Cliente, para su devolución.

En caso de reingreso del trámite, adjuntando testimoniode aclarativa, complementación o modificación alinstrumento, el Analista Jurídico debe realizar elprocedimiento indicado precedentemente y en caso deproceder al registro, debe digitar en forma vinculantetambién los datos de dichos documentos dentro delmismo registro de la escritura aclarada, complementadao modificada.

13.1 CONCEPTO

Acto mediante el cual el propietario de una empresaunipersonal o los socios de una sociedad comercialo de una sucursal constituida en el extranjero, conajuste a la ley y a los estatutos societarios, aumentansu capital social o el de su(s) sucursal(es) con lafinalidad de fortalecer la gestión económica de lamisma.

13.2 MARCO LEGAL

Esta figura se encuentra contemplada en el Códigode Comercio, Art. 142, 201, 209, 343 y 350.

13.3 REQUISITOS

El cliente debe presentar en Ventanilla de Atenciónal Cliente los siguientes documentos:

1. Formulario Nº 0030/03 de solicitud de Registro deModificaciones de Sociedades Comerciales concarácter de declaración jurada debidamentellenado y firmado por el representante legal de lasociedad.

2. Testimonio de escritura pública de aumento decapital y consiguiente modificación a la escrituraconstitutiva y/o estatutos en original o fotocopialegalizada legible, que contenga la transcripcióndel acta de asamblea de socios o junta deaccionistas que apruebe el aumento de capital yla consiguiente modificación a la escrituraconstitutiva y/o estatutos.

3. Publicación in extenso en un periódico decirculación nacional, del testimonio de la escriturapública respectiva. (Adjuntar página completa delperiódico en que se efectúa la publicación)

4. En caso de ser sociedades comerciales ocomerciante individual sujetos a regulaciónsectorial, deben acreditar la autorización de laSuperintendencia respectiva.

53

TRAMITE Nº 13

AUMENTO DE CAPITAL

FORMULARIOS Nº 0030/03 – Nº 0032/03

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 50: Manual de Procedimientos de Tramites

13.8 AUMENTO DE CAPITAL SUSCRITO YPAGADO DE SOCIEDADES ANÓNIMAS

Las sociedades anónimas que requieran registrar elacta de capital suscrito y pagado hasta el autorizado,deben presentar en Ventanilla de Atención al Clientelos siguientes documentos:

1. Formulario Nº 0030/03 de solicitud de Registro deModificaciones de Sociedades Comerciales concarácter de declaración jurada, debidamente llenadopor el representante legal. Especificar en el espaciotitulado “Otras Modificaciones”: aumento de capitalpagado y/o suscrito.

2. Copia legalizada notarial del acta de la junta deaccionistas en la que se determine el aumento decapital pagado y/o suscrito, o testimonio de laescritura pública de aumento de capital pagado y/osuscrito, en la que conste la transcripción del actade la junta de accionistas en la que se determineel aumento.

3. Para efectuar el presente trámite es requisitoindispensable que la sociedad comercial cuentecon la Matrícula de Comercio actualizada.

13.5 DOCUMENTO EMITIDO

Certificado de Registro de Modificación.

13.6 PLAZO DEL TRÁMITE

Siete días hábiles, computables a partir del día hábilsiguiente al ingreso del trámite ante el Registro deComercio.

13.7 EMPRESAS UNIPERSONALES

La empresa unipersonal o comerciante individual querequiera registrar aumento de capital debe presentarlos siguientes documentos:

1. Formulario Nº 0032/03 de solicitud de Registro deCambios en Empresa Unipersonal o ComercianteIndividual con carácter de declaración jurada,debidamente llenado y firmado por el propietariode la empresa y/o representante legal.

2. Para efectuar el presente trámite es requisitoindispensable que la empresa unipersonal cuentecon la Matrícula de Comercio actualizada.

54

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 51: Manual de Procedimientos de Tramites

5. Para efectuar el presente trámite es requisitoindispensable que la sociedad comercial cuente conla Matrícula de Comercio actualizada.

14.4 PROCEDIMIENTO

Presentada la documentación requerida en Ventanillade Atención al Cliente, ésta efectúa la constatación delcumplimiento de los requisitos exigidos, el cobro delarancel correspondiente y la emisión del código detrámite que identifica el cargo de recepción.

Ingresado el trámite, se remite en el día al Jefe deOficina de Sede o Gerencia de Área, para el reparto alAnalista Jurídico quién luego de efectuar el análisisjurídico y verificar el cumplimiento de las formalidadeslegales establecidas, puede efectuar el registrocorrespondiente o en su caso observar el trámite.

- En el primer caso, se efectúa el registro de disminuciónde capital y se procede a digitar las partes pertinentesde la documentación que corresponda al trámite.Luego, se procede a la digital ización de ladocumentación en el sistema informático y archivofísico correspondiente, pudiendo Ventanilla deAtención al Cliente extender el respectivo certificadode registro.

- En el segundo caso, se emite una nota de devolucióndel trámite en la que se determinan las razones porlas que el mismo ha sido observado y cómo puedesubsanarse; derivándose la documentación del trámitea Ventanilla de Atención al Cliente, para su devolución.

En caso de reingreso del trámite, adjuntando testimoniode aclarativa, complementación o modificación alinstrumento, el Analista Jurídico debe realizar elprocedimiento indicado precedentemente y en caso deproceder al registro, debe digitar en forma vinculantetambién los datos de dichos documentos dentro delmismo registro de la escritura aclarada, complementadao modificada.

14.1 CONCEPTO

Acto mediante el cual el propietario de una empresaunipersonal o los socios de una sociedad comercialo de una sucursal constituida en el extranjero, conajuste a la ley y a los estatutos societarios, disminuyensu capital social o el de su(s) sucursal(es) con lafinalidad de adecuar su capacidad económica.

14.2 MARCO LEGAL

Estas figuras se encuentran contempladas en elCódigo de Comercio, Art. 142, 204 num. 6), 209, 352,353 y 354.

14.3 REQUISITOS

El cliente debe presentar en Ventanilla de Atenciónal Cliente los siguientes documentos:

1. Formulario Nº 0030/03 de solicitud de Registro deModificaciones de Sociedades Comerciales, concarácter de declaración jurada debidamentellenado y firmado por el representante legal de lasociedad.

2. Testimonio de escritura pública de disminuciónde capital y consiguiente modificación a la escrituraconstitutiva y/o estatutos en original o fotocopialegal izada legible, debiendo contener latranscripción del acta de asamblea de socios ojunta de accionistas que apruebe la disminuciónde capital y la consiguiente modificación a laescritura constitutiva y/o estatutos.

3. Publicación in extenso en un periódico decirculación nacional, por tres veces consecutivas,del testimonio de la escritura pública respectiva.(Adjuntar páginas completas del periódico en quese efectúan las publicaciones)

4. En caso de ser sociedades comerciales ocomerciante individual sujetos a regulaciónsectorial, deben acreditar la autorización de laSuperintendencia respectiva.

55

TRAMITE Nº 14

DISMINUCIÓN DE CAPITAL

FORMULARIOS Nº 0030/03 – Nº 0032/03

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 52: Manual de Procedimientos de Tramites

1. Formulario Nº 0032/03 de solicitud de Registrode Cambios de Empresa Unipersonal oComerciante Individual con carácter de declaraciónjurada.

2. Para efectuar el presente trámite es requisitoindispensable que la empresa unipersonal cuentecon la Matrícula de Comercio actualizada.

14.5 DOCUMENTO EMITIDO

Certificado de Registro de Modificación.

14.6 PLAZO DEL TRÁMITE

Siete días hábiles, computables a partir del día hábilsiguiente al ingreso del trámite ante el Registro deComercio.

14.7 EMPRESAS UNIPERSONALES

La empresa unipersonal o comerciante individual querequiera registrar disminución de capital debepresentar los siguientes requisitos:

56

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 53: Manual de Procedimientos de Tramites

del cumplimiento de los requisitos exigidos, el cobro delarancel correspondiente y la emisión del código de trámiteque identifica el cargo de recepción. Ingresado el trámite,se remite en el día al Jefe de Oficina de Sede o Gerenciade Área, para el reparto al Analista Jurídico quién luegode efectuar el análisis jurídico y verificar el cumplimientode las formalidades legales establecidas, puede efectuarel registro correspondiente o en su caso observar eltrámite.

- En el primer caso, se efectúa el registro de latransferencia de cuotas de capital y se procede a digitarlas partes pertinentes de la documentación quecorresponda al trámite. Luego, se procede a ladigitalización de la documentación en el sistemainformático y archivo físico correspondiente, pudiendoVentanilla de Atención al Cliente extender el respectivocertificado de registro.

- En el segundo caso, se emite una nota de devolucióndel trámite en la que se determinan las razones porlas que el mismo ha sido observado y cómo puedesubsanarse; derivándose la documentación del trámitea Ventanilla de Atención al Cliente, para su devolución.

En caso de reingreso del trámite, adjuntando testimoniode aclarativa, complementación o modificación alinstrumento, el Analista Jurídico debe realizar elprocedimiento indicado precedentemente y en caso deproceder al registro, debe digitar en forma vinculantetambién los datos de dichos documentos dentro del mismoregistro de la escritura aclarada, complementada omodificada.

15.5 DOCUMENTO EMITIDO

Certificado de Registro de Modificación.

15.6 PLAZO DEL TRÁMITE

Siete días hábiles, computables a partir del día hábilsiguiente al ingreso del trámite ante el Registro deComercio.

15.1 CONCEPTO

Acto mediante el cual, el titular de las cuotas decapital las transfiere a favor de uno o más socios y/ode terceros ajenos al giro social, debiendo para talefecto, tomarse en cuenta la normativa interna de lasociedad, y las disposiciones previstas en el Códigode Comercio.

15.2 MARCO LEGAL

Esta figura se encuentra regulada en el Código deComercio, en sus Art. 204 num. 6), 209, 212, 214 y215.

15.3 REQUISITOS

El cliente debe presentar en Ventanilla de Atenciónal Cliente los siguientes documentos:

1. Formulario Nº 0030/03 de Solicitud de Registrode Modificaciones de sociedades comerciales concarácter de declaración jurada debidamentellenado y firmado por el representante legal.

2. Testimonio de escritura pública de transferenciade cuotas de capital y consiguiente modificacióna la escritura constitutiva en original o fotocopialegalizada legible, que contenga la trascripcióndel acta de asamblea de socios que apruebe latransferencia de cuotas de capital y consiguientemodificación a la escritura constitutiva.

3. Publ icación in extenso en un per iódico decirculación nacional, del testimonio de la escriturapública respectiva. (Adjuntar página completa delperiódico en que se efectúa la publicación)

4. Para efectuar el presente trámite es requisitoindispensable que la sociedad comercial cuentecon la Matrícula de Comercio actualizada.

15.4 PROCEDIMIENTO

Presentada la documentación requerida en Ventanillade Atención al Cliente, ésta efectúa la constatación

57

TRAMITE Nº 15

TRANSFERENCIA DE CUOTAS DE CAPITAL DESOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

FORMULARIO Nº 0030/03

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 54: Manual de Procedimientos de Tramites

16.4 PROCEDIMIENTO

Presentada la documentación requerida en Ventanillade Atención al Cliente, ésta efectúa la constatación delcumplimiento de los requisitos exigidos, el cobro delarancel correspondiente y la emisión del código detrámite que identifica el cargo de recepción.

Ingresado el trámite, se remite en el día al Jefe deOficina de Sede o Gerencia de Área, para el reparto alAnalista Jurídico quién luego de efectuar el análisisjurídico y verificar el cumplimiento de las formalidadeslegales establecidas, puede efectuar el registrocorrespondiente o en su caso observar el trámite.

- En el primer caso, se efectúa el registro de latransferencia, y se procede a digitar las partespertinentes de la documentación que correspondaal trámite. Luego, se procede a la digitalización dela documentación en el sistema informático y archivofísico correspondiente, pudiendo Ventanilla deAtención al Cliente extender el respectivo certificadode registro.

- En el segundo caso, se emite una nota de devolucióndel trámite en la que se determinan las razones porlas que el mismo ha sido observado y cómo puedesubsanarse; derivándose la documentación deltrámite a Ventanilla de Atención al Cliente, para sudevolución.

En caso de reingreso del trámite, adjuntando testimoniode aclarativa, complementación o modificación alinstrumento, el Analista Jurídico debe realizar elprocedimiento indicado precedentemente y en caso deproceder al registro, debe digitar en forma vinculantetambién los datos de dichos documentos dentro delmismo registro de la escritura aclarada, complementadao modificada.

16.1 CONCEPTO

Acto mediante el cual el comerciante individual oempresa unipersonal transfiere la misma a favor deotra persona natural. En caso que la transferenciainvolucre a dos o más personas naturales o jurídicas,éstas deben efectuar su transformación a algún tiposocietario establecido en el Código de Comercio yremitirse al trámite que le sea pertinente.

16.2 MARCO LEGAL

El Código de Comercio regula a la empresa mercantilen su Art. 448 y siguientes. Asimismo el Art. 452 delindicado cuerpo legal dispone que la responsabilidaddel enajenante frente a terceros cesa previo elcumplimiento de determinados requisitos.

16.3 REQUISITOS

El cliente debe presentar en Ventanilla de Atenciónal Cliente, los siguientes documentos:

1. Formulario Nº 0032/03 de Solicitud de Registrode Cambios de Empresa Unipersonal oComerciante Individual, con carácter dedeclaración jurada, debidamente llenado por elpropietario o representante legal.

2. Testimonio de la escritura pública de transferenciade empresa unipersonal, en original o fotocopialegalizada.

3. Aviso de la transferencia en un periódico decirculación nacional, por tres días consecutivos.(Adjuntar página completa del periódico en quese efectúan las publicaciones. Art. 452 inc. 1 delCódigo de Comercio)

4. Para efectuar el presente trámite es requisitoindispensable que la empresa unipersonal cuentecon la Matrícula de Comercio actualizada.

58

T R A M I T E N º 1 6

TRANSFERENCIA DE EMPRESA UNIPERSONAL

FORMULARIO Nº 0032/03

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 55: Manual de Procedimientos de Tramites

16.5 DOCUMENTO EMITIDO

Certificado de Registro de Transferencia de EmpresaUnipersonal.

16.6 PLAZO DEL TRÁMITE

Cinco días hábiles, a computarse a partir del díasiguiente hábil del ingreso del trámite ante el Registrode Comercio.

59

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 56: Manual de Procedimientos de Tramites

CAMBIOSOPERATIVOS

Canasta de TrámitesNº 4

Concesionaria del Registro deComercio de Bolivia

Licencia Func.

NIT

Telefono

Fax

Casilla de Correo

Correo Electrónico

Page 57: Manual de Procedimientos de Tramites

PARA RECORDAR

DEL REGISTRO

El contrato de prenda sin desplazamiento se constituye mediante instrumento público y se inscribeen el Registro de Comercio, así como, su modif icación, anulación, ext inción y cancelación.

PRINCIPIOS DEL REGISTRO

El principio de publicidad cumple y desarrolla la función principal del Registro de Comercio que esla oponibil idad, es decir, que la publicidad del acto registrado permite conocer la verif icación dehechos o actos jurídicos comerciales, otorgándole al Registro de Comercio un ámbito de público.Así, los particulares están facultados a conocer en cualquier momento los actos registrados víacertificaciones u otras formas que facilita el Registro de Comercio.

ACERCA DE FUNDEMPRESA

Para la prestación de los servicios del Registro de Comercio, FUNDEMPRESA cuenta con oficinassedes de atención al público en las nueve capitales de departamento, es decir en las ciudadesde La Paz, Santa Cruz, Cochabamba, Tarija, Sucre, Oruro, Potosí, Trinidad y Cobija; incluyendoen otras ciudades como El Alto y Montero. Así también, se prevé la próxima apertura en otrasciudades provinciales, haciendo del Registro de Comercio un órgano técnico con administracióndescentralizada al alcance de todos los comerciantes del país.

CONSULTAS

FUNDEMPRESA cuenta con personal calificado para dar un servicio de información al público encada oficina sede, atendida por profesionales abogados, que de manera personal y directa, porteléfono, por correo electrónico y por la página Web, pueden brindar información oportuna sobreFUNDEMPRESA, el Registro de Comercio y el procesamiento de trámites.

Page 58: Manual de Procedimientos de Tramites

(Adjuntar página completa del periódico en que seefectúa la publicación)

3. En el caso de cambio de número de Licencia deFuncionamiento Municipal, acompañar fotocopiasimple de la Licencia de Funcionamientomodificada.

4. En el caso de cambio de número de RUC o NIT,acompañar además fotocopia simple del mismo.

5. Para efectuar el presente trámite es requisitoindispensable que la sociedad comercial o laempresa unipersonal cuente con la Matrícula deComercio actualizada.

17.3.2 PROCEDIMIENTO

El cliente debe presentar la documentación requeridaen Ventanilla de Atención al Cliente, la misma queprevia su constatación efectúa el cobro del arancelcorrespondiente y emite el código de trámite queidentifica el cargo de recepción.

Ingresado el trámite, en Ventanilla de Atención alCliente se efectúa el cambio solicitado en el sistemainformático, y procede a extender el certificado deregistro del cambio operado. Luego, se procede a ladigitalización de la documentación en el sistemainformático y archivo físico correspondiente.

En caso de advertirse observaciones al trámite,Ventanilla de Atención al Cliente puede emitir la notade devolución en la que se especifique los aspectosque dieron lugar a la observación del mismo o en sucaso informar verbalmente al cliente, y efectuar ladevolución al mismo.

17.3.3 DOCUMENTO EMITIDO

Certificado de Registro de Cambio Operativo.

17.3.4 PLAZO DEL TRÁMITE

Un día hábil, computable a partir del día hábil siguienteal ingreso del trámite ante el Registro de Comercio.

17.1 CONCEPTO

Son cambios o modificaciones de datos referencialesde la sociedad comercial o comerciante individual, aefectos de la actualización de los mismos en elRegistro de Comercio.

17.2 MARCO LEGAL

Estos cambios se encuentran regulados en el Códigode Comercio, en su Art. 30.

17.3 CAMBIOS OPERATIVOS DE DIRECCIÓNY/O LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO,RUC O NIT, TELÉFONO, FAX, CASILLADE CORREO POSTAL, CORREOELECTRÓNICO

Los cambios operativos referidos se pueden realizaren forma anual al momento de la actualización deMatrícula de Comercio, como consecuencia de dichotrámite sin costo alguno. Sin embargo si pornecesidades propias de la sociedad comercial ocomerciante individual, éstos requieren efectuar eltrámite en forma independiente en cualquier otromomento de la gestión, se deben sujetar al presentetrámite y al arancel individual establecido al efecto:

17.3.1 REQUISITOS

El cliente debe presentar en Ventanilla de Atenciónal Cliente los siguientes documentos:

1. Formulario Nº 0030/03 (para sociedad comercial)ó Formulario Nº 0032/03 (para empresaunipersonal o comerciante individual) de solicitudde Registro de Modificaciones y CambiosOperativos con carácter de declaración jurada,debidamente l lenado y f i rmado por elrepresentante legal o propietario según sea elcaso.

2. En el caso de cambio de dirección, acompañarla publicación en un periódico de circulaciónnacional del aviso de cambio de dirección.

63

T R A M I T E N º 1 7

CAMBIOS OPERATIVOS

FORMULARIOS Nº 0030/03 – Nº 0032/03

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Licencia Func.

NIT

Teléfono

Fax

Casilla de Correo

Correo Electrónico

Page 59: Manual de Procedimientos de Tramites

e. Formato del listado del libro de ventas y comprasIVA.

3. Para efectuar el presente trámite es requisitoindispensable que la sociedad comercial o laempresa unipersonal cuente con la Matrícula deComercio actualizada.

17.4.4 PROCEDIMIENTO

El cliente debe presentar la documentación requeridaen Ventanilla de Atención al Cliente, la misma queprevia su constatación efectúa el cobro del arancelcorrespondiente y emite el código de trámite queidentifica el cargo de recepción.

Ingresado el trámite, el mismo se remite en el día alJefe de Oficina de Sede o Gerencia de Área, paraque éste remita mediante proveído la documentaciónal encargado de Sistemas de Área para su respectivoanálisis e informe dentro de las 24 horas de recibidoel mismo.

Una vez elaborado el informe técnico, la Jefatura deSede efectúa el registro del cambio de sistemacontable y la digitación de las partes pertinentes dela documentación correspondiente al trámite. Luego,se procede a la digitalización de la documentaciónen el s istema informát ico y archivo f ís icocorrespondiente, pudiendo Ventanilla de Atención alCliente extender la resolución de autorización decambio de sistema contable.

En caso que el informe técnico emitido por elencargado de Sistemas de Área establezca requerirun cambio o complemento en la estructura presentada,el Jefe de Oficina emite una nota de observación enla que se determinan las razones por las que el trámitefue observado y como pueden subsanarse las mismas,derivándose los documentos a Ventanilla de Atenciónal Cliente, para su devolución.

En mérito a que no puede determinarse que unsistema contable sea bueno o malo, o fundamentarsetécnicamente su contenido, la entidad únicamenteprocede a autorizar el cambio de sistema manual auno electrónico o computarizado. La resolución debeespecificar “no existir responsabilidad por el contenidotécnico de los módulos o por su incorrecta utilización”.

17.4.2 MARCO LEGAL

Este cambio se encuentra regulado en el Códigode Comercio, en su Art. 40.

17.4.3 REQUISITOS

El cliente debe presentar en Ventanilla de Atenciónal Cliente los siguientes documentos:

1. Formulario Nº 0030/03 (para sociedad comercial)ó Formulario Nº 0032/03 (para empresaunipersonal o comerciante individual), de solicitudde Registro de Modificaciones y CambiosOperativos con carácter de declaración jurada,debidamente l lenado y f i rmado por e lrepresentante legal, en caso de sociedadcomercial.

2. Presentar un informe elaborado por el auditor,contador o empresa, que diseñó el sistemacontable que contenga la siguiente información:

a. Descripción susinta del sistema módulos yopciones.

b. Plan de cuentas.

c. Descripción de centros de costos (en caso deno contar con centros de costos, se debehacer constar a través de una nota elaboradaal efecto).

d. Manual de operaciones.

17.4 CAMBIO DE SISTEMA CONTABLE

FORMULARIO Nº 0030/03

17.4.1 CONCEPTO

Este trámite se refiere al cambio que puede optarla sociedad comercial o comerciante individual enel manejo del sistema contable que obligatoriamentedebe llevar, a fin de obtener del Registro deComercio la autorización para que sus asientos yanotaciones se realicen con el uso y empleo demedios mecánicos o electrónicos sobre hojasremovibles o tarjetas.

64

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 60: Manual de Procedimientos de Tramites

17.4.6 PLAZO DEL TRÁMITE

Tres días hábiles, computables a partir del día hábilsiguiente al ingreso del trámite ante el Registro deComercio.

17.4.5 DOCUMENTO EMITIDO

Resolución de Autorización de Cambio de SistemaContable.

65

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 61: Manual de Procedimientos de Tramites

QUIEBRAS

Canasta de TrámitesNº 5

Concesionaria del Registro deComercio de Bolivia

Page 62: Manual de Procedimientos de Tramites

PARA RECORDAR

DEL REGISTRO

Todo comerciante tiene la obligación de matricularse en el Registro de Comercio debiendo los juecesante quién ocurren estos, exigir que acrediten previamente al juicio su matriculación; así como, elregistro de los actos, contratos y documentos a fin de que surtan plena prueba.

PRINCIPIOS DEL REGISTRO

El principio de tracto sucesivo, consiste en la protección esencial de derechos reconocidos einscritos, es decir, que su aplicación implica el análisis del antecedente registral y de la legitimacióndel derecho, debiendo estar la tradición de los actos en forma ordenada, continua e interrumpida,a fin de garantizar la protección de los derechos.

ACERCA DE FUNDEMPRESA

Nuestras oficinas cuentan con una red privada Fundempresa-Datacom-Fram e Relay “On-Line”,moderno sistema computarizado conectado en línea a nivel nacional con todas las oficinas sedes,con un software especializado que permite un alto nivel de confiabilidad, transparencia y eficiencia,logrando tiempos de respuesta efectivos para todos los trámites.

CONSULTAS

FUNDEMPRESA, cuenta con buzones de sugerencias, instalados en cada oficina sede y disponibleen la pagina Web www.fundempresa.org.bo, a fin de recibir las impresiones del publico usuariosobre la prestación del servicio, como un instrumento interactivo destinado a la mejora continua.

Page 63: Manual de Procedimientos de Tramites

Ingresado el trámite, se remite en el día al Jefe deOficina de Sede o Gerencia de Área, para el repartoal Analista Jurídico quién luego de efectuar el análisisjurídico y verificar el cumplimiento de las formalidadeslegales establecidas, puede efectuar el registrocorrespondiente o en su caso observar el trámite.

- En el primer caso, se efectúa el registro deltestimonio judicial y se procede a digitar las partespertinentes de la documentación que correspondaal trámite. Luego, se procede a la digitalizaciónde la documentación en el sistema informático yarchivo físico correspondiente, pudiendo Ventanillade Atención al Cliente extender el respectivocertificado de registro.

- En el segundo caso, se emite una nota dedevolución del trámite en la que se determinanlas razones por las que el mismo ha sido observadoy cómo puede subsanarse; derivándose ladocumentación del trámite a Ventanilla de Atenciónal Cliente, para su devolución.

18.5 DOCUMENTO EMITIDO

Certificado de Registro de Resolución Judicial.

18.6 PLAZO DEL TRÁMITE

Dos días hábiles, computables a partir del día hábilsiguiente al ingreso del trámite ante el Registro deComercio.

18.1 CONCEPTO

La quiebra se refiere a la situación legal en la queuna sociedad comercial o comerciante individual enforma momentánea, temporal o definitiva se encuentraimposibilitado del cumplimiento de las obligacionescontraídas.

18.2. MARCO LEGAL

Esta figura se encuentra regulada en el Código deComercio, del Art. 1542 al 1693.

18.3. REQUISITOS

El cliente debe presentar en Ventanilla de Atenciónal Cliente los siguientes documentos:

1. Formulario Nº 0060/03 de solicitud de Registro deTrámites Judiciales, con carácter de declaraciónjurada, debidamente llenado y firmado por elrepresentante legal de la sociedad comercial ocomerciante individual y/o el solicitante.

2. Testimonio judicial que contenga las resolucionesjudiciales de cualquiera de los siguientesdocumentos, en original o fotocopia legalizadapor autoridad competente:

- Auto declarativo de quiebra.- Resolución de designación de síndicos.- Resolución que disponga la detención del

quebrado.- Auto revocatorio de la declaración de quiebra.

18.4 PROCEDIMIENTO

Presentada la documentación requerida en Ventanillade Atención al Cliente, ésta efectúa la constatacióndel cumplimiento de los requisitos exigidos, el cobrodel arancel correspondiente y la emisión del códigode trámite que identifica el cargo de recepción.

69

T R A M I T E N º 1 8

DECLARACIÓN DE QUIEBRA O AUTO DEREVOCATORIA

FORMULARIO Nº 0060/03

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 64: Manual de Procedimientos de Tramites

- Resolución judicial por la que se declare la quiebradel comerciante.

19.4 PROCEDIMIENTO

Presentada la documentación requerida en Ventanillade Atención al Cliente, ésta efectúa la constatación delcumplimiento de los requisitos exigidos, el cobro delarancel correspondiente y la emisión del código detrámite que identif ica el cargo de recepción.

Ingresado el trámite, se remite en el día al Jefe deOficina de Sede o Gerencia de Área, para el repartoal Analista Jurídico quién luego de efectuar el análisisjurídico y verificar el cumplimiento de las formalidadeslegales establecidas, puede efectuar el registrocorrespondiente o en su caso observar el trámite.

- En el primer caso, se efectúa el registro deltestimonio judicial y se procede a digitar las partespertinentes de la documentación que correspondaal trámite. Luego, se procede a la digitalización dela documentación en el sistema informático y archivofísico correspondiente, pudiendo Ventanilla deAtención al Cliente extender el respectivo certificadode registro.

- En el segundo caso, se emite una nota de devolucióndel trámite en la que se determinan las razones porlas que el mismo ha sido observado y cómo puedesubsanarse; derivándose la documentación deltrámite a Ventanilla de Atención al Cliente, para sudevolución.

19.5 DOCUMENTO EMITIDO

Certificado de Registro de Resolución Judicial.

19.6 PLAZO DEL TRÁMITE

Dos días hábiles, computables a partir del día hábilsiguiente al ingreso del trámite ante el Registro deComercio.

19.1 CONCEPTO

Esta figura consiste en llevar a cabo un procedimientojudicial que tiene por objeto evitar la quiebra delcomerciante y posibilitar a determinados acreedoresprivilegiados perseguir el cobro de sus créditos enforma conjunta con otros en similar circunstancia, alos fines de establecer un convenio con la sociedadcomercial o comerciante individual insolvente.

19.2 MARCO LEGAL

Esta figura se encuentra regulada en el Código deComercio, del Art. 1487 al 1541.

19.3 REQUISITOS

El cliente debe presentar en Ventanilla de Atención alCliente los siguientes documentos:

1. Formulario Nº 0060/03 de solicitud de Registro deTrámites Judiciales, con carácter de declaraciónjurada, debidamente llenado y firmado por elrepresentante legal de la sociedad comercial ocomerciante individual y/o el cliente.

2. Testimonio judicial que contenga la resoluciónjudicial que admita el procedimiento del concursopreventivo, en original o fotocopia legalizada porautoridad competente.

3. En su caso, testimonio judicial que contenga lasresoluciones de cualquiera de los siguientesdocumentos, en original o fotocopia legalizada porautoridad competente:

- Resolución judicial que homologue lasdeliberaciones de la junta de acreedoresconteniendo el acta del convenio respectivo.

- Resolución judicial que dé por concluido elproceso del concurso.

70

T R A M I T E N º 1 9

CONCURSO PREVENTIVO

FORMULARIO Nº 0060/03

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 65: Manual de Procedimientos de Tramites

REGISTROS YOTROS

Canasta de TrámitesNº 6

Concesionaria del Registro deComercio de Bolivia

REGISTRO

ADMINISTRATIVOREGISTRO

ADMINISTRATIVORESOLUCION

ADMINISTRATIVA Nº GRAVÁMENES

MODIFICACIONES

CANCELACIONES

MEMO

RIAL

RESOLUSIONES

ANOTACIONES

PREVENTIVAS

DEMANDASJUDICIALES

CANCELACIONES

REGISTROCONTRATO

CONTRATO

COMERCIAL

COMERCIO DOCUMENTOS

FUNDACION DE

SOCIEDADES

ANONIMAS Y

EN COMANDITAVALORES

TITULOS REGISTRO

MEMORIA

ANUAL

Page 66: Manual de Procedimientos de Tramites

PARA RECORDAR

DEL REGISTRO

Todo comerciante tiene la obligación de informar al Registro de Comercio, cualquier cambio omutación relativa a su actividad comercial y a la pérdida de su calidad de comerciante, para tomarnota de ello en el registro citado. Lo mismo, con respecto a sucursales, agencias o establecimientosde comercio y demás actos, contratos y documentos sujetos a registro.

PRINCIPIOS DEL REGISTRO

El principio de competencia reglada, consiste en la facultad concedida al Registro de Comercio deotorgar la Matrícula de Comercio que reconoce la calidad de comerciante e inscribir los actos,contratos y documentos que prevé la norma expresa, es decir, aquellos contemplados en el Códigode Comercio y disposiciones complementarias. Es así, que FUNDEMPRESA como Concesionariodel Registro de Comercio, se encuentra facultado para administrar y procesar los tramites previstosen el presente Manual de Procedimientos de Trámites.

ACERCA DE FUNDEMPRESA

Para brindar una adecuada prestación del servicio registral, FUNDEMPRESA cuenta con un Archivofísico descentralizado en tres oficinas sedes de las ciudades de La Paz, Santa Cruz y Cochabamba,habiéndose implementado la modernización del Archivo, su ordenamiento, regularización y saneamientode la documentación. También, se llevó a cabo la introducción de información de datos e imágenesde los actos, contratos y documentos registrados en el sistema SIREP, configurándose a su vez, unArchivo digital.

CONSULTAS

Las personas naturales o jurídicas pueden solicitar información al Registro de Comercio sobre lamatriculación de los comerciantes o de sus actos, contratos y documentos, que le sean relativos yse encuentren debidamente inscritos; debiendo para ello, presentar el formulario respectivo conindicación de los datos requeridos.

Page 67: Manual de Procedimientos de Tramites

20.1 CONCEPTO

Acto mediante el cual una sociedad comercial,comerciante individual o empresa unipersonal osucursal, otorga, modifica o revoca la facultad deadministración y representación legal de los bieneso negocios del comerciante.

20.2 MARCO LEGAL

Esta figura se encuentra regulada en el Código deComercio, en sus Art. 29 num. 5), 72, 165, 1237 ysiguientes concordantes con el Art. 33 del D.S. 15191y Art. 804 y 812 del Código Civil.

20.3 REQUISITOS

El cliente debe presentar en Ventanilla de Atenciónal Cliente los siguientes documentos:

1. Formulario Nº 0070/03 solicitud de Registro deActos de Comercio, con carácter de declaraciónjurada, debidamente llenado y firmado por elrepresentante legal de la sociedad comercial ocomerciante individual o cliente.

2. Testimonio notarial de otorgamiento de podergeneral o especial y/o revocatoria que contengala transcripción del acta correspondiente quedetermine dicho otorgamiento o revocatoria, asícomo la acreditación de la personería delotorgante; en un ejemplar original o fotocopialegalizada legible.

3. Para efectuar el presente trámite es requisitoindispensable que la sociedad comercial o laempresa unipersonal cuente con la Matrícula deComercio actualizada.

20.4 PROCEDIMIENTO

Presentada la documentación requerida en Ventanillade Atención al Cliente, ésta efectúa la constatacióndel cumplimiento de los requisitos exigidos, el cobrodel arancel correspondiente y la emisión del códigode trámite que identifica el cargo de recepción.

Ingresado el trámite, se remite en el día al Jefe deOficina de Sede o Gerencia de Área, para el reparto alAnalista Jurídico quién luego de efectuar el análisisjurídico y verificar el cumplimiento de las formalidadeslegales establecidas, puede efectuar el registrocorrespondiente o en su caso observar el trámite.

- En el primer caso, se efectúa el registro de laotorgación de poder y/o de revocatoria y se procedea digitar las partes pertinentes de la documentaciónque corresponda al trámite. Luego, se procede a ladigitalización de la documentación en el sistemainformático y archivo físico correspondiente, pudiendoVentanilla de Atención al Cliente extender elrespectivo certificado de registro.

- En el segundo caso, se emite una nota de devolucióndel trámite en la que se determinan las razones porlas que el mismo ha sido observado y como puedesubsanarse; derivándose la documentación deltrámite a Ventanilla de Atención al Cliente, para sudevolución.

20.5 DOCUMENTO EMITIDO

De acuerdo al trámite realizado se emite el certificadocorrespondiente a:

- Registro de Testimonio de Otorgamiento de Poder.- Registro de Testimonio de Revocatoria de Poder.- Registro de Testimonio de Revocatoria de Poder y

Nuevo Otorgamiento.

20.6 PLAZO DEL TRÁMITE

Dos días hábiles, computables a partir del día hábilsiguiente al ingreso del trámite ante el Registro deComercio.

73

T R A M I T E N º 2 0

REGISTRO DE OTORGAMIENTO DE PODER Y/O DEREVOCATORIA

FORMULARIO Nº 0070/03

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 68: Manual de Procedimientos de Tramites

jurídico y verificar el cumplimiento de las formalidadeslegales establecidas, puede efectuar el registrocorrespondiente o en su caso observar el trámite.

- En el primer caso, se efectúa el registro deltestimonio judicial, y se procede a digitar las partespertinentes de la documentación que correspondaal trámite. Luego, se procede a la digitalización dela documentación en el sistema informático y archivofísico correspondiente, pudiendo Ventanilla deAtención al Cliente extender el respectivo certificadode registro correspondiente.

- En el segundo caso, se emite una nota de devolucióndel trámite en la que se determinan las razones porlas que el mismo ha sido observado y cómo puedesubsanarse; derivándose la documentación deltrámite a Ventanilla de Atención al Cliente, para sudevolución.

21.5 DOCUMENTO EMITIDO

Certificado de Registro de Resolución Judicial.

21.6 PLAZO DEL TRÁMITE

Dos días hábiles, computables a partir del día hábilsiguiente al ingreso del trámite ante el Registro deComercio.

21.1 CONCEPTO

Acto mediante el cual los derechos emergentes dela separación o desvinculación matrimonial referidosa los acuerdos de libre disposición patrimonial vinculano refieren a sociedades comerciales o comercianteindividual. En caso de que uno o ambos cónyugessean comerciantes, deben inscribir dicho instrumentoen el Registro de Comercio, a los fines de precautelarlos derechos establecidos.

21.2 MARCO LEGAL

Esta figura se encuentra regulada en el Código deComercio, en su Art. 29 num. 1 concordante con elArt. 14 de su Reglamento.

21.3 REQUISITOS

El cliente debe presentar en Ventanilla de Atenciónal Cliente los siguientes documentos:

1. Formulario Nº 0060/03 de solicitud de Registro deTrámites Judiciales, con carácter de declaraciónjurada, debidamente llenado y firmado por elcliente.

2. Testimonio Judicial que contenga la sentencia dedivorcio o de anulación, debidamente ejecutoriada,en original o fotocopia legalizada legible.

21.4 PROCEDIMIENTO

Presentada la documentación requerida en Ventanillade Atención al Cliente, ésta efectúa la constatacióndel cumplimiento de los requisitos exigidos, el cobrodel arancel correspondiente y la emisión del códigode trámite que identifica el cargo de recepción.

Ingresado el trámite, se remite en el día al Jefe deOficina de Sede o Gerencia de Área, para el repartoal Analista Jurídico quién luego de efectuar el análisis

74

T R A M I T E N º 2 1

LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD CONYUGAL

FORMULARIO Nº 0060/03

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 69: Manual de Procedimientos de Tramites

Ingresado el trámite, se remite en el día al Jefe deOficina de Sede o Gerencia de Área, para el reparto alAnalista Jurídico quién luego de efectuar el análisisjurídico y verificar el cumplimiento de las formalidadeslegales establecidas respecto a: convocatoria (Art. 288y 289), quórum, orden del día, competencia, votacióny firmas autorizadas en el acta, puede efectuar el registrocorrespondiente o en su caso observar el trámite.

- En el primer caso, se efectúa el registro del acta, yse procede a digitar las partes pertinentes de ladocumentación que corresponda al trámite. Luego,se procede a la digitalización de la documentaciónen el sistema informático y archivo f ísicocorrespondiente, pudiendo Ventanilla de Atención alCliente extender el respectivo certificado de registro.

- En el segundo caso, se emite una nota de devolucióndel trámite en la que se determinan las razones porlas que el mismo ha sido observado y cómo puedesubsanarse; derivándose la documentación deltrámite a Ventanilla de Atención al Cliente, para sudevolución.

22.5 DOCUMENTO EMITIDO

Certificado de Registro de Acta. (Debiendo figuraralternativamente, dependiendo del caso: de asambleaordinaria, de asamblea extraordinaria; de junta ordinaria;de junta extraordinaria, de reunión de directorio)

22.6 PLAZO DEL TRÁMITE

Dos días hábiles, computables a partir del día hábilsiguiente al ingreso del trámite ante el Registro deComercio.

22.1 CONCEPTO

Documento referente a las deliberaciones y acuerdosestablecidos en los órganos de administración y/odecisión de la sociedad comercial.

22.2 MARCO LEGAL

Esta figura se encuentra regulada en el Código deComercio, en sus Art. 29 num. 11 y 301.

22.3 REQUISITOS

El cliente debe presentar en Ventanilla de Atenciónal Cliente los siguientes documentos:

1. Formulario Nº 0070/03 solicitud de Registro deActos de Comercio, con carácter de declaraciónjurada debidamente llenado y firmado por elrepresentante legal de la sociedad comercial ocliente.

2. Copia notariada del acta, en original o fotocopialegalizada legible.

3. En el caso de sociedades anónimas, acompañarlas publicaciones en periódico de circulaciónnacional de las convocatorias correspondientesconforme a lo establecido en el Art. 288 del Códigode Comercio. (Adjuntar páginas completas delperiódico en que se efectúan las publicaciones),salvo el caso establecido en el Art. 299 del Códigode Comercio.

4. Para efectuar el presente trámite es requisitoindispensable que la sociedad comercial cuentecon la Matrícula de Comercio actualizada.

22.4 PROCEDIMIENTO

Presentada la documentación requerida en Ventanillade Atención al Cliente, ésta efectúa la constatacióndel cumplimiento de los requisitos exigidos, el cobrodel arancel correspondiente y la emisión del códigode trámite que identifica el cargo de recepción.

75

T R A M I T E N º 2 2

REGISTRO DE ACTA

FORMULARIO Nº 0070/03

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 70: Manual de Procedimientos de Tramites

- En el primer caso, se efectúa el registro de laresolución administrativa, y se procede a digitar laspartes pertinentes de la documentación quecorresponda al trámite. Luego, se procede a ladigitalización de la documentación en el sistemainformático y archivo físico correspondiente,pudiendo Ventanilla de Atención al Cliente extenderel respectivo certificado de registro correspondiente.

- En el segundo caso, se emite una nota de devolucióndel trámite en la que se determinan las razones porlas que el mismo ha sido observado y cómo puedesubsanarse; derivándose la documentación deltrámite a Ventanilla de Atención al Cliente, para sudevolución.

23.5 DOCUMENTO EMITIDO

Certificado de Registro de Resolución Administrativa.

23.6 PLAZO DEL TRÁMITE

Dos días hábiles, computables a partir del día hábilsiguiente al ingreso del trámite ante el Registro deComercio.

23.1 CONCEPTO

Documento de resolución emitido por la autoridadadministrativa competente.

23.2 MARCO LEGAL

Esta figura se encuentra regulada en el Código deComercio, en su Art. 29 num. 11, y D.S. 27384.

23.3 REQUISITOS

El cliente debe presentar en Ventanilla de Atenciónal Cliente los siguientes documentos:

1. Formulario Nº 0070/03 solicitud de Registro deActos de Comercio, con carácter de declaraciónjurada, debidamente llenado y firmado por elrepresentante legal de la sociedad comercial ocomerciante individual o cliente.

2. Copia o testimonio notarial de la resoluciónadministrativa, en original o fotocopia legalizadalegible.

3. Para efectuar el presente trámite es requisitoindispensable que la sociedad comercial o laempresa unipersonal cuente con la Matrícula deComercio actualizada.

23.4 PROCEDIMIENTO

Presentada la documentación requerida en Ventanillade Atención al Cliente, ésta efectúa la constatacióndel cumplimiento de los requisitos exigidos, el cobrodel arancel correspondiente y la emisión del códigode trámite que identifica el cargo de recepción.

Ingresado el trámite, se remite en el día al Jefe deOficina de Sede o Gerencia de Área, para el repartoal Analista Jurídico quién luego de efectuar el análisisjurídico y verificar el cumplimiento de las formalidadeslegales establecidas, puede efectuar el registrocorrespondiente o en su caso observar el trámite.

76

T R A M I T E N º 2 3

FORMULARIO Nº 0070/03

REGISTRO DE RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

REGISTRO

ADMINISTRATIVOREGISTRO

ADMINISTRATIVORESOLUCION

ADMINISTRATIVA Nº

Page 71: Manual de Procedimientos de Tramites

del cumplimiento de los requisitos exigidos, el cobrodel arancel correspondiente y la emisión del código detrámite que identifica el cargo de recepción.

Ingresado el trámite, se remite en el día al Jefe deOficina de Sede o Gerencia de Área, para el reparto alAnalista Jurídico quién luego de efectuar el análisisjurídico y verificar el cumplimiento de las formalidadeslegales establecidas, puede efectuar el registrocorrespondiente o en su caso observar el trámite.

- En el primer caso, se efectúa el registro del gravameny/o modificación y/o cancelación, según sea el caso,y se procede a digitar las partes pertinentes de ladocumentación que corresponda al trámite. Luego,se procede a la digitalización de la documentaciónen el sistema informático y archivo físicocorrespondiente, pudiendo Ventanilla de Atenciónal Cliente extender el respectivo certificado deregistro correspondiente.

- En el segundo caso, se emite una nota de devolucióndel trámite en la que se determinan las razones porlas que el mismo ha sido observado y cómo puedesubsanarse; derivándose la documentación deltrámite a Ventanilla de Atención al Cliente, para sudevolución.

En caso de reingreso del trámite, adjuntando testimoniode aclarativa, complementación o modificación alinstrumento, el Analista Jurídico debe realizar elprocedimiento indicado precedentemente y en caso deproceder al registro, debe digitar en forma vinculantetambién los datos de dichos documentos dentro delmismo registro de la escritura aclarada, complementadao modificada.

24.5 DOCUMENTO EMITIDO

De acuerdo al trámite realizado se emite el Certificadocorrespondiente:

- Cert i f icado de Registro de Test imonio deConstitución de Gravamen.

24.1 CONCEPTO

Acto mediante el cual, se gravan los bienespatrimoniales de la sociedad comercial o comercianteindividual, a los fines de garantizar el cumplimientode una obligación; así como, la cancelación omodificación de sus efectos.

24.2 MARCO LEGAL

Esta figura se encuentra regulada en el Código deComercio, en sus Art. 29 num. 7), 887, y 47 de D.L.Nº 16833.

24.3 REQUISITOS

El cliente debe presentar en Ventanilla de Atenciónal Cliente los siguientes documentos:

1. Formulario Nº 0080/03 solicitud de Registro deContratos de Comercio, con carácter dedeclaración jurada, debidamente llenado y firmadopor el representante legal de la sociedad comercialo comerciante individual o cliente.

2. Testimonio de escritura pública de constitución degravamen y/o de modificación de gravamen y/ode cancelación de gravamen, según sea el caso,en original o fotocopia legalizada legible.

3. En caso que el gravamen afecte a bienesinmuebles comprendidos dentro del patrimoniocomercial, deberá adjuntarse el testimonio de laescritura pública correspondiente con la inscripciónen el Registro de Derechos Reales.

4. Para efectuar el presente trámite es requisitoindispensable que la sociedad comercial o laempresa unipersonal cuente con la Matrícula deComercio actualizada.

24.4 PROCEDIMIENTO

Presentada la documentación requerida en Ventanillade Atención al Cliente, ésta efectúa la constatación

77

T R A M I T E N º 2 4

REGISTRO DE GRAVAMEN, MODIFICACIÓN Y/OCANCELACIÓN

FORMULARIO Nº 0080/03

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

GRAVÁMENES

MODIFICACIONES

CANCELACIONES

Page 72: Manual de Procedimientos de Tramites

- Certif icado de Registro de Testimonio deModificación de Gravamen.

- Certif icado de Registro de Testimonio deCancelación de Gravamen.

24.6 PLAZO DEL TRÁMITE

Dos días hábiles, computables a partir del día hábilsiguiente al ingreso del trámite ante el Registro deComercio.

78

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 73: Manual de Procedimientos de Tramites

79

Ingresado el trámite, Ventanilla de Atención al Clienteefectúa el registro correspondiente. Luego se procedea la digitalización de la documentación en el sistemainformático y archivo físico, pudiendo Ventanilla deAtención al Cliente extender el respectivo certificadode registro .

25.5 DOCUMENTO EMITIDO

Certificado de Registro de Memoria Anual.

25.6 PLAZO DEL TRÁMITE

Dos días hábiles, computables a partir del día hábilsiguiente al ingreso del trámite ante el Registro deComercio.

25.7 EJEMPLARES ADICIONALES

Por cada ejemplar adicional que sea requerido, el cliente,a tiempo de presentarlo debe efectuar el pago de acuerdoal arancel correspondiente.

25.1 CONCEPTO

Documento relativo a la compilación de actos referidosa la gestión administrativa de la sociedad anónima,a los fines de contar con una memoria de relacióncronológica de la actividad comercial.

25.2 MARCO LEGAL

Esta figura se encuentra regulada en el Código deComercio, únicamente para las sociedades anónimas,en los Art. 285, 331 y 24 del D.S. Nº 15195 y Art.62del D.L.16833. Asimismo, ello, no exime o excluye aotros comerciantes que voluntariamente requierancontar con este documento.

25.3 REQUISITOS

El cliente debe presentar en Ventanilla de Atenciónal Cliente los siguientes documentos:

1. Formulario Nº 0070/03 solicitud de Registro deActos de Comercio, con carácter de declaraciónjurada, debidamente llenado y firmado por elrepresentante legal de la sociedad comercial, enla que conste la fecha de la junta de accionistasen la que se aprobó la memoria anual referida.

2. Un ejemplar legible de la memoria anual aprobadopor la junta ordinaria de accionistas. La memoriaanual debe contener el balance general, estadode resultados y toda otra información adicionalque deba ser conocida por los accionistas.

3. Para efectuar el presente trámite es requisitoindispensable que la sociedad comercial cuentecon la Matrícula de Comercio actualizada.

25.4 PROCEDIMIENTO

El cliente debe presentar la documentación requeridaen Ventanilla de Atención al Cliente, la misma queefectúa la constatación de los requisitos establecidosy emite el código de trámite que identifica el cargode recepción.

T R A M I T E N º 2 5

REGISTRO DE LA MEMORIA ANUAL

FORMULARIO Nº 0070/03

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

MEMORIA

ANUAL

Page 74: Manual de Procedimientos de Tramites

26.4 PROCEDIMIENTO

Presentada la documentación requerida en Ventanillade Atención al Cliente, ésta efectúa la constatación delcumplimiento de los requisitos exigidos, el cobro delarancel correspondiente, y la emisión del código detrámite que identifica el cargo de recepción. Estassolicitudes no amerita registro alguno en los libroscorrespondientes, ya que tan solo se limitarán alprocesamiento del trámite.

Estas notas o memoriales cuando correspondan sontramitadas en el Registro de Comercio o en su caso sonremitidas ante la SUPERINTENDENCIA DE EMPRESASa los fines de su tramitación correspondiente y conformea su competencia.

- En el primer caso, Ventanilla de Atención al Clienteremite el trámite al Jefe de Oficina de Sede o Gerenciade Área quién dispondrá el procesamientocorrespondiente a cada caso.

- En el segundo caso Ventanilla de Atención al Clienteremite el trámite al Jefe de Oficina de Sede quién asu vez remite a Gerencia de Área para el envíomediante nota de atención correspondiente ante lainstitución requerida; instancia ésta que procesa losolicitado conforme a los procedimientos establecidos,pudiendo emitir contestación o resultado del trámiteen forma directa al interesado y/o a través delConcesionario del Registro de Comercio, debiendoen ambos casos enviar al Concesionario la copiacorrespondiente de respuesta para su archivo en lacarpeta comercial.

26.5 DOCUMENTO EMITIDO

En caso que el trámite sea procesado por elConcesionario del Registro de Comercio, se extiendela respuesta correspondiente o la fotocopia del memorialpresentado con la constancia del proveído, debidamentelegalizada por el Concesionario del Registro de Comercio.En caso que el trámite sea remitido a la instituciónpertinente, la contestación o resultado del mismo debe

26.1 CONCEPTO

Todo memorial o solicitud que presenten los clientesno relacionados con la obtención de un registro oinformación contemplada en los trámites señaladosen el presente Manual, dirigidos por asuntos de interéspropios de las sociedades comerciales o comerciantesindividuales, ante el Concesionario del Registro deC o m e r c i o – F U N D E M P R E S A oSUPERINTENDENCIA DE EMPRESAS. Este trámiteno amerita registro alguno.

26.2 MARCO LEGAL

Art. 7 inc. h) de la Constitución Política del Estado(Art. 9 inc. j) y Art. 30 Parágrafo II del D.S. 26215 delReglamento de la Concesión al Registro de Comercio.

26.3 REQUISITOS

El cliente debe presentar ante Ventanilla de Atenciónal Cliente los siguientes documentos:

1. Formulario Nº 0070/03 de registro de actos decomercio, debidamente firmado por el cliente, concarácter de declaración jurada.

2. Nota de solicitud o memorial, que contenga ladescripción expresa del requerimiento debidamentefundado y acreditando interés legal según sea elcaso.

En caso necesario, puede acompañar a la solicitudo memorial referidos documentos que el interesadoconsidere pertinentes.

En caso que la solicitud sea relativa a la extensiónde fotocopias simples de actos registrados desociedades comerciales o comerciantes individualesque cursen en las carpetas comerciales del Registrode Comercio, el interesado debe adicionalmente a lacancelación del arancel del trámite, proceder acancelar el monto correspondiente al número defotocopias emitidas a la empresa fotocopiadora.

80

T R A M I T E N º 2 6

MEMORIAL O SOLICITUD

FORMULARIO Nº 0070/03

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

MEMO

RIAL

Page 75: Manual de Procedimientos de Tramites

correspondiente el trámite, lo debe efectuar dentrode los plazos detallados a continuación, computablesa partir del día hábil siguiente al ingreso del trámite.

a) En el caso que las instituciones destinatarias seencuentren en la misma ciudad en la que sepresentó el trámite, 24 horas.

b) En el caso que las instituciones destinatarias nose encuentren en la misma ciudad en la que sepresentó el trámite, 72 horas.

ser remitido en forma directa al interesado y/o a travésdel Concesionario del Registro de Comercio.

26.6 PLAZO DEL TRÁMITE

En caso que el trámite sea procesado por elConcesionario del Registro de Comercio, se establecedos días hábiles, a computarse a partir del día hábilsiguiente al ingreso del trámite.

En caso que el Concesionario del Registro deComerc io deba remi t i r an te la ins tanc ia

81

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 76: Manual de Procedimientos de Tramites

procede a digitar las partes pertinentes de ladocumentación que corresponda al trámite. Luego,se procede a la digitalización de la documentaciónen el sistema informático y archivo físicocorrespondiente, pudiendo Ventanilla de Atención alCliente extender el respectivo certificado de registro.

- En el segundo caso, se emite una nota de devolucióndel trámite en la que se determinan las razones porlas que el mismo ha sido observado y cómo puedesubsanarse; derivándose la documentación deltrámite a Ventanilla de Atención al Cliente, para sudevolución.

En caso de reingreso del trámite, adjuntando testimoniode aclarativa, complementación o modificación alinstrumento, el Analista Jurídico debe realizar elprocedimiento indicado precedentemente y en caso deproceder al registro, debe digitar en forma vinculantetambién los datos de dichos documentos dentro delmismo registro del testimonio aclarado, complementadoo modificado.

27.5 DOCUMENTO EMITIDO

Certificado de Registro de Resolución Judicial,(Certificado de Registro de Anotación Preventiva,Certificado de Registro de Demanda Judicial, Certificadode Registro de Resolución Judicial, Certificado deCancelación de Registro de Demanda Judicial,Certificado de Registro de Cancelación de AnotaciónPreventiva).

27.6 PLAZO DEL TRÁMITE

Dos días hábiles, computables a partir del día hábilsiguiente al ingreso del trámite ante el Registro deComercio.

27.1 CONCEPTO

Actos judiciales dictados por un juez o tribunal encausa contenciosa o mediante petición voluntaria,que se encuentren vinculados a una actividadcomercial.

27.2 MARCO LEGAL

Esta figura se encuentra prevista en el Código deComercio, en su Art. 29 num. 7) y 11 y Art. 47 inc. b)del D.L. 16833.

27.3 REQUISITOS

El cliente debe presentar en Ventanilla de Atenciónal Cliente, los siguientes documentos:

1. Formulario Nº 0060/03 solicitud de Registro deTrámites Judiciales con carácter de declaraciónjurada, debidamente llenado y firmado por elcliente.

2. Testimonio judicial u oficio que contenga laresolución expresa que dispone el registro de laanotación preventiva, la cancelación de la misma,o en su caso la resolución expresa de la autoridadcompetente.

27.4 PROCEDIMIENTO

Presentada la documentación requerida en Ventanillade Atención al Cliente, ésta efectúa la constatacióndel cumplimiento de los requisitos exigidos, el cobrodel arancel correspondiente y la emisión del códigode trámite que identifica el cargo de recepción.

Ingresado el trámite, se remite en el día al Jefe deOficina de Sede o Gerencia de Área, para el repartoal Analista Jurídico quién luego de efectuar el análisisjurídico y verificar el cumplimiento de las formalidadeslegales establecidas, puede efectuar el registrocorrespondiente o en su caso observar el trámite.

- En el primer caso, se efectúa el registro deldocumento judicial, según sea el caso, y se

82

T R A M I T E N º 2 7

RESOLUCIONES JUDICIALES, ANOTACIONESPREVENTIVAS, DEMANDAS JUDICIALES Y/OCANCELACIONESFORMULARIO Nº 0060/03

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

RESOLUSIONES

ANOTACIONES

PREVENTIVAS

DEMANDASJUDICIALES

CANCELACIONES

Page 77: Manual de Procedimientos de Tramites

la resolución judicial de interdicción o en su casoobservar el trámite.

- En el primer caso, el Analista Jurídico procede adigitar las partes pertinentes de la documentacióncorrespondiente al trámite. Luego, se procede a ladigitalización de la documentación en el sistemainformático y archivo físico correspondiente, pudiendoVentanilla de Atención al Cliente extender losrespectivos registros de documentos.

- En caso de existir observaciones al trámite, se emiteuna nota de devolución del trámite en la que seespecifique las observaciones que determinan lasrazones por las que el mismo ha sido observado ycómo puede subsanarse; der ivándose losdocumentos a Ventanilla de Atención al Cliente, parasu devolución.

28.5 DOCUMENTO EMITIDO

Certificado de Registro de Resolución Judicial.

28.6 PLAZO DEL TRÁMITE

Dos días hábiles, computables a partir del día hábilsiguiente al ingreso del trámite ante el Registro deComercio.

28.1 CONCEPTO

Referente a todos aquellos actos judiciales dictadospor un juez o tribunal en causa contenciosa o mediantepetición voluntaria, que se encuentren vinculados alimpedimento o prohibición del ejercicio de la actividadcomercial por interdicción.

28.2 MARCO LEGAL

Esta figura se encuentra prevista en el Código deComercio, en sus Art. 19 y 29 num. 3) y Art. 29 delD.L. 16833.

28.3 REQUISITOS

El cliente debe presentar en Ventanilla de Atenciónal Cliente los siguientes documentos:

1. Formulario Nº 0060/03 solicitud de Registro deTrámites Judiciales con carácter de declaraciónjurada, debidamente llenado y firmado por elcliente.

2. Testimonio judicial u oficio que contenga ladeclaración de interdicción, en original o copialegalizada firmada por la autoridad competente.

28.4 PROCEDIMIENTO

El cliente debe presentar la documentación requeridaen Ventanilla de Atención al Cliente, la misma queprevia su constatación efectúa el cobro del arancelcorrespondiente y emite el código de trámite queidentifica el cargo de recepción.

Ingresado el trámite, el mismo se remite en el día alJefe de Oficina de Sede o Gerencia de Área, para elreparto al Analista Jurídico quién luego de efectuarel análisis legal y verificar el cumplimiento de lasformalidades establecidas en el Código de Comercioy el presente Manual, puede efectuar el registro de

83

T R A M I T E N º 2 8

REGISTRO DE RESOLUCIÓN JUDICIAL DEINTERDICCIÓN

FORMULARIO Nº 0060/03

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 78: Manual de Procedimientos de Tramites

- En el primer caso, el Analista Jurídico procede adigitar las partes pertinentes de la documentacióncorrespondiente al trámite. Luego, se procede a ladigitalización de la documentación en el sistemainformático y archivo físico correspondiente,pudiendo Ventanilla de Atención al Cliente extenderel respectivo certificado de registro.

- En caso de existir observaciones al trámite, se emiteuna nota de devolución del trámite en la que seespecifique las observaciones que determinan lasrazones por las que el mismo ha sido observado ycómo puede subsanarse; der ivándose losdocumentos a Ventanilla de Atención al Cliente, parasu devolución.

29.5 DOCUMENTO EMITIDO

Certificado de Registro de Resolución Judicial.

29.6 PLAZO DEL TRÁMITE

Dos días hábiles, a computarse a partir del día siguientehábil del ingreso del trámite ante el Registro deComercio.

29.1 CONCEPTO

Acto judicial mediante el cual el Juez o tribunalcompetente, determina la incapacidad de las personasnaturales o jurídicas para el ejercicio del comercio.

29.2 MARCO LEGAL

El Código de Comercio dispone en su Art. 29 num.3) que deben inscribirse en el Registro de Comerciolas sentencias o resoluciones que prohíban a loscomerciantes el ejercicio del comercio.

29.3 REQUISITOS

El cliente debe presentar en Ventanilla de Atenciónal Cliente, los siguientes documentos:

1. Formulario Nº 0060/03 de solicitud de Registro deTrámites Judiciales con carácter de declaraciónjurada, debidamente l lenado y f i rmado.

2. Testimonio judicial que contenga la resoluciónexpresa de la declaratoria de la incapacidad parael ejercicio del comercio.

29.4 PROCEDIMIENTO

El cliente debe presentar la documentación requerida en Ventanilla de Atención al Cliente, la misma queprevia su constatación efectúa el cobro del arancelcorrespondiente y emite el código de trámite queidentifica el cargo de recepción.

Ingresado el trámite, el mismo se remite en el día alJefe de Oficina de Sede o Gerencia de Área, para elreparto al Analista Jurídico quién luego de efectuarel análisis legal y verificar el cumplimiento de lasformalidades legales establecidas, puede efectuar elregistro del documento o en su caso observar eltrámite.

84

T R A M I T E N º 2 9

REGISTRO DE DECLARACIÓN DE INCAPACIDADPARA EL EJERCICIO DEL COMERCIO

FORMULARIO Nº 0060/03

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 79: Manual de Procedimientos de Tramites

la emancipación y/o habilitación, o en su caso observarel trámite.

- En el primer caso, el Analista Jurídico procede adigitar las partes pertinentes de la documentacióncorrespondiente al trámite. Luego, se procede a ladigitalización de la documentación en el sistemainformático y archivo físico correspondiente, pudiendoVentanilla de Atención al Cliente extender elrespectivo certificado de registro.

- En caso de existir observaciones al trámite, se emiteuna nota de devolución del trámite en la que seespecifique las observaciones que determinan lasrazones por las que el mismo ha sido observado ycómo puede subsanarse; der ivándose losdocumentos a Ventanilla de Atención al Cliente,para su devolución.

30.5 DOCUMENTO EMITIDO

Certificado de Registro de Resolución Judicial.

30.6 PLAZO DEL TRÁMITE

Dos días hábiles, computables a partir del día hábilsiguiente al ingreso del trámite ante el Registro deComercio.

30.1 CONCEPTO

Actos judiciales dictados por un juez o tribunal encausa contenciosa o mediante petición voluntaria,que se encuentren vinculados al libre ejercicio de laactividad comercial, como emergencia de laemancipación de la patria potestad y del matrimonio.

30.2 MARCO LEGAL

Esta figura se encuentra prevista en el Código deComercio, en sus Art. 13, 29 num. 2), y 28 del D.L.16833.

30.3 REQUISITOS

El cliente debe presentar en Ventanilla de Atenciónal Cliente los siguientes documentos:

1. Formulario Nº 0060/03 de solicitud de Registrode Trámites Judiciales con carácter dedeclaración jurada, debidamente llenado yfirmado por el cliente.

2. Testimonio judicial u oficio que contenga laresolución judicial, en original o copia legalizadafirmada por la autoridad competente.

30.4 PROCEDIMIENTO

El cliente debe presentar la documentación requeridaen Ventanilla de Atención al Cliente, la misma queprevia su constatación efectúa el cobro del arancelcorrespondiente y emite el código de trámite queidentifica el cargo de recepción.

Ingresado el trámite, el mismo se remite en el día alJefe de Oficina de Sede o Gerencia de Área, para elreparto al Analista Jurídico quién luego de efectuarel análisis legal y verificar el cumplimiento de lasformalidades establecidas en el Código de Comercioy el presente Manual, puede efectuar el registro de

85

T R A M I T E N º 3 0

EMANCIPACIONES Y/O HABILITACIONES

FORMULARIO Nº 0060/03

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

REGISTRO

Page 80: Manual de Procedimientos de Tramites

reparto al Analista Jurídico quién luego de efectuar elanálisis legal y verificar el cumplimiento de lasformalidades establecidas en el Código de Comercio yel presente Manual, puede efectuar el registro delcontrato comercial o en su caso observar el trámite.

- En el primer caso, el Analista Jurídico procede adigitar las partes pertinentes de la documentacióncorrespondiente al trámite. Luego, se procede a ladigitalización de la documentación en el sistemainformático y archivo físico correspondiente, pudiendoVentanilla de Atención al Cliente extender el respectivocertificado de registro.

- En caso de existir observaciones al trámite, se emiteuna nota de devolución del trámite en la que seespecifique las observaciones que determinan lasrazones por las que el mismo ha sido observado ycómo puede subsanarse; der ivándose losdocumentos a Ventanilla de Atención al Cliente, parasu devolución.

En caso de reingreso del trámite, adjuntando testimoniode aclarativa, complementación o modificación alinstrumento, el Analista jurídico debe realizar elprocedimiento indicado precedentemente y en caso deproceder al registro, debe digitar en forma vinculantetambién los datos de dichos documentos dentro delmismo registro de la escritura aclarada, complementadao modificada.

31.5 DOCUMENTO EMITIDO

Certificado de Registro de Contrato Comercial.

31.6 PLAZO DEL TRÁMITE

Dos días hábiles, computables a partir del día hábilsiguiente al ingreso del trámite ante el Registro deComercio.

31.1 CONCEPTO

Es aquel acuerdo cuya prestación, en función delfenómeno circulatorio, tiene por objeto la realizaciónde actos propios del tráfico económico de la sociedadcomercial o comerciante individual, persiguiéndoseun beneficio de orden patrimonial.

31.2 MARCO LEGAL

Esta figura se encuentra prevista en el Código deComercio, en su Art. 786 y siguientes y otrasdisposiciones especiales.

31.3 REQUISITOS

El cliente debe presentar en Ventanilla de Atenciónal Cliente los siguientes documentos:

1. Formulario Nº 0080/03 de solicitud de Registro deContratos Comerciales con carácter de declaraciónjurada, debidamente llenado y firmado por elrepresentante legal de la sociedad comercial ocomerciante individual o cliente.

2. Testimonio notarial de escritura pública quecontenga el contrato correspondiente, original ofotocopia legalizada legible.

3. Para efectuar el presente trámite es requisitoindispensable que la sociedad comercial o laempresa unipersonal cuente con la Matrícula deComercio actualizada.

31.4 PROCEDIMIENTO

El cliente debe presentar la documentación requeridaen Ventanilla de Atención al Cliente, la misma queprevia su constatación efectúa el cobro del arancelcorrespondiente y emite el código de trámite queidentifica el cargo de recepción.

Ingresado el trámite, el mismo se remite en el día alJefe de Oficina de Sede o Gerencia de Área, para el

86

T R A M I T E N º 3 1

REGISTRO DE CONTRATOS COMERCIALES

FORMULARIO Nº 0080/03

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

CONTRATO

CONTRATO

COMERCIAL

Page 81: Manual de Procedimientos de Tramites

Ventanilla de Atención al Cliente para su entrega alinteresado.

- En caso de existir observaciones al trámite, se emiteuna nota de devolución del trámite en la que seespecifique las observaciones que determinan lasrazones por las que el mismo ha sido observado ycómo puede subsanarse; derivándose los documentosa Ventanilla de Atención al Cliente, para su devolución.

32.5 DOCUMENTO EMITIDO

Rótulo de Resellado en el documento presentado.

32.6 PLAZO DEL TRÁMITE

Dos días, computables a partir del día hábil siguienteal ingreso del trámite ante el Registro de Comercio,dependiendo del número de ejemplares.

32.1 CONCEPTO

El resellado es un mecanismo de acreditación de unacto, contrato o documento comercial ya registrado,mediante la impresión del rótulo de registro en eldocumento presentado.

32.2 MARCO LEGAL

Esta figura se encuentra prevista en el Art. 9 num. g)del Decreto Supremo Nº 26215, del Reglamento deConcesión del Registro de Comercio.

32.3 REQUISITOS

El cliente debe presentar en Ventanilla de atenciónal Cliente los siguientes documentos:

1. Formulario Nº 0050/03 de solicitud de Reselladoy/o Legalización, con carácter de declaraciónjurada, debidamente llenado y firmado por el cliente.

2. Testimonio notarial del documento registrado, enor ig ina l o fo tocop ia lega l izada leg ib le ,acompañando la cantidad de ejemplares que serequieran resellar.

32.4 PROCEDIMIENTO

El cliente debe presentar la documentación requeridaen Ventanilla de Atención al Cliente, la misma queprevia su constatación efectúa el cobro del arancelcorrespondiente y emite el código de trámite queidentifica el cargo de recepción.

Ingresado el trámite, el mismo se remite en el día alJefe de Oficina de Sede o Gerencia de Área, para elreparto al Analista Jurídico o funcionario responsablede resellados, quién debe revisar la documentaciónpresentada y el cumplimiento de las formalidadesestablecidas y emitir el rótulo correspondiente deldocumento registrado o en su caso observar el trámite.

- En el primer caso, el Jefe de Oficina o Gerenciade Área firma el rótulo correspondiente y remite a

87

T R A M I T E N º 3 2

RESELLADO DE DOCUMENTO REGISTRADO

FORMULARIO Nº 0050/03

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 82: Manual de Procedimientos de Tramites

previamente inscrito en el Registro de DerechosReales o el registro correspondiente, en el que seencuentre transcritas las actas referidas en el incisoprecedente.

4. En caso de cancelación de fianza, testimonio deescritura pública de cancelación de fianza.

5. Para efectuar el presente trámite es requisitoindispensable que la sociedad comercial cuente conla Matrícula de Comercio actualizada.

33.4 PROCEDIMIENTO

El cliente debe presentar la documentación requeridaen Ventanilla de Atención al Cliente, la misma que previasu constatación efectúa el cobro del arancelcorrespondiente y emite el código de trámite queidentifica el cargo de recepción.

Ingresado el trámite, el mismo se remite en el día alJefe de Oficina de Sede o Gerencia de Área, para elreparto al Analista Jurídico quién luego de efectuar elanálisis legal y verificar el cumplimiento de lasformalidades establecidas, puede efectuar el registrode fianza o en su caso observar el trámite.

- En el primer caso, el Analista Jurídico procede adigitar las partes pertinentes de la documentacióncorrespondiente al trámite. Luego, se procede a ladigitalización de la documentación en el sistemainformático y archivo físico correspondiente, pudiendoVentanilla de Atención al Cliente extender el respectivocertificado de registro.

- En caso de existir observaciones al trámite, se emiteuna nota de devolución del trámite en la que seespecifique las observaciones que determinan lasrazones por las que el mismo ha sido observado ycómo puede subsanarse; der ivándose losdocumentos a Ventanilla de Atención al Cliente, parasu devolución.

33.1 CONCEPTO

Acto mediante el cual los directores titulares, suplentesy síndicos constituyen fianza para garantizar lasresponsabilidades emergentes del desempeño desus cargos, durante el ejercicio de sus funciones, asícomo la cancelación de las mismas.

33.2 MARCO LEGAL

La fianza puede ser constituida en dinero en efectivo,títulos valores, póliza de fianza, boleta de garantía ycualquier otra modalidad que sea aceptada por lasociedad y se ajuste a lo determinado por el estatutode la misma y a la resolución de la junta general quedetermine el monto y tipo de fianza, conforme a loestablecido en los Art. 312 y 342 del Código deComercio y Art. 50 del D.L. 16833.

33.3 REQUISITOS

El cliente debe presentar en Ventanilla de Atenciónal Cliente los siguientes documentos:

1. Formulario Nº 0070/03 de solicitud de Actos deComercio, con carácter de declaración jurada,debidamente llenado y firmado por el interesado.

2. Testimonio de escritura pública de constitución defianza en el que se encuentre transcrita la partepertinente del acta de la junta general quedetermine la modalidad y el monto de la fianza,así como el acta de junta de accionistas en la queconste el nombramiento del directorio y/o síndico.En caso que éstos hubieran sido reelegidos, debetranscribirse el acta o actas en la(s) que sedetermine(n) dicha reelección y constenexpresamente los nombres de los directores y/osíndicos.

3. En caso que la modalidad de fianza ofrecida seaen bienes inmuebles o bienes muebles sujetos aregistro, debe presentar ante el Concesionario delRegistro de Comercio el testimonio de la escriturapública de constitución de fianza en bienes,

88

T R A M I T E N º 3 3

CONSTITUCIÓN Y CANCELACIÓN DE FIANZA DESÍNDICOS Y DIRECTORES

FORMULARIO Nº 0070/03

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 83: Manual de Procedimientos de Tramites

33.6 PLAZO DEL TRÁMITE

Dos días hábiles, computables a partir del día hábilsiguiente al ingreso del trámite ante el Registro deComercio.

En caso de reingreso del trámite, adjuntandotestimonio de aclarativa, complementación omodificación al instrumento, el Analista Jurídico deberealizar el procedimiento indicado precedentementey en caso de proceder el registro, debe digitar enforma vinculante también los datos de dichosdocumentos dentro del mismo registro de la escrituraaclarada, complementada o modificada.

33.5 DOCUMENTO EMITIDO

Certificado de Registro de Fianza o Certificado deRegistro de Cancelación de Fianza.

89

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 84: Manual de Procedimientos de Tramites

reparto al Analista Jurídico quién luego de efectuar elanálisis legal y verificar el cumplimiento de lasformalidades establecidas, puede efectuar el registro oen su caso observar el trámite.

- En el primer caso, el Analista Jurídico procede adigitar las partes pertinentes de la documentacióncorrespondiente al trámite. Luego, se procede a ladigitalización de la documentación en el sistemainformático y archivo físico correspondiente, pudiendoVentanilla de Atención al Cliente extender el respectivocertificado de registro.

- En caso de existir observaciones al trámite, se emiteuna nota de devolución del trámite en la que seespecifique las observaciones que determinan lasrazones por las que el mismo ha sido observado ycómo puede subsanarse; derivándose los documentosa Ventanilla de Atención al Cliente, para su devolución.

34.5 DOCUMENTO EMITIDO

Certificado de Registro de Auxiliar de Comercio.

34.6 PLAZO DEL TRÁMITE

Dos días hábiles, computables a partir del día hábilsiguiente al ingreso del trámite ante el Registro deComercio.

34.1 CONCEPTO

Son Auxiliares de Comercio, las personas queactuando por cuenta propia o ajena, cumplen laborde ayuda y complemento para la actividad comercial.

34.2 MARCO LEGAL

Los Auxiliares de Comercio se encuentran reguladospor los Art. 72 al 124 del Código de Comercio. Enrelación a los factores o administradores ydependientes de las sociedades comerciales ocomerciante individual, los poderes otorgados a éstospor sus mandantes, deben ser inscritos en el Registrode Comercio. En el caso de los corredores y martilleroso rematadores, éstos deben inscribirse en el Registrode Comercio, así como registrar el fin de su actividad,sujetos al presente trámite.

34.3 REQUISITOS

El cliente debe presentar en Ventanilla de Atenciónal Cliente los siguientes documentos:

1. Formulario Nº 0100/03 de solicitud de Registro deAuxiliares de Comercio, con carácter de declaraciónjurada debidamente llenado y firmado por el cliente,adjuntando fotocopia simple de su cédula deidentidad.

2. En caso de tratarse de corredores, deben acreditarla autor izac ión de la Super in tendenc iacorrespondiente.

34.4 PROCEDIMIENTO

El cliente debe presentar la documentación requeridaen Ventanilla de Atención al Cliente, la misma queprevia su constatación efectúa el cobro del arancelcorrespondiente y emite el código de trámite queidentifica el cargo de recepción.

Ingresado el trámite, el mismo se remite en el día alJefe de Oficina de Sede o Gerencia de Área, para el

90

T R A M I T E N º 3 4

REGISTRO DE AUXILIARES DE COMERCIO

FORMULARIO Nº 0100/03

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

COMERCIO

Page 85: Manual de Procedimientos de Tramites

jurídico y verificar el cumplimiento de las formalidadeslegales establecidas, puede efectuar el registrocorrespondiente o en su caso observar el trámite.

- En el primer caso, se efectúa el registro de documentocomercial, según sea el caso, y se procede a digitarlas partes pertinentes de la documentación quecorresponda al trámite. Luego, se procede a ladigitalización de la documentación en el sistemainformático y archivo físico correspondiente, pudiendoVentanilla de Atención al Cliente extender el respectivocertificado de registro correspondiente.

- En el segundo caso, se emite una nota de devolucióndel trámite en la que se determinan las razones porlas que el mismo ha sido observado y cómo puedesubsanarse; derivándose la documentación del trámitea Ventanilla de Atención al Cliente, para su devolución.

En caso de reingreso del trámite, adjuntando testimoniode aclarativa, complementación o modificación alinstrumento, el Analista Jurídico debe realizar elprocedimiento indicado precedentemente y en caso deproceder al registro, debe digitar en forma vinculantetambién los datos de dichos documentos dentro delmismo registro de la escritura aclarada, complementadao modificada.

35.5 DOCUMENTO EMITIDO

Certificado de Registro de Documento Comercial.

35.6 PLAZO DEL TRÁMITE

Tres días hábiles, a computarse a partir del siguientedía hábil a su ingreso ante el Registro de Comercio.

35.1 CONCEPTO

Este tipo de trámite implica el registro de cualquieracto o documento relacionado con la actividadmercantil prevista en el Código de Comercio y noincluida en la canasta de trámites.

35.2 MARCO LEGAL

Estos actos comerciales se encuentran regulados enlos Art. 53 y 54 del Reglamento del Código deComercio.

35.3 REQUISITOS

El cliente debe presentar en Ventanilla de Atenciónal Cliente los siguientes documentos:

1. Formulario Nº 0070/03 de Solicitud de Registrode Actos de Comercio con carácter de declaraciónjurada, debidamente llenado por el representantelegal de la sociedad comercial o comercianteindividual.

2. Testimonio notarial o documento que contenga elacto comercial, debiendo cumplir con lasformalidades legales establecidas para cada casoen particular.

3. Para efectuar el presente trámite es requisitoindispensable que la sociedad comercial o laempresa unipersonal cuente con la Matrícula deComercio actualizada.

35.4 PROCEDIMIENTO

Presentada la documentación requerida en Ventanillade Atención al Cliente, ésta efectúa la constatacióndel cumplimiento de los requisitos exigidos, el cobrodel arancel correspondiente y la emisión del códigode trámite que identifica el cargo de recepción.

Ingresado el trámite, se remite en el día al Jefe deOficina de Sede o Gerencia de Área, para el repartoal Analista Jurídico quién luego de efectuar el análisis

91

T R A M I T E N º 3 5

REGISTRO DE OTROS DOCUMENTOS COMERCIALES

FORMULARIO Nº 0070/03

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

DOCUMENTOS

Page 86: Manual de Procedimientos de Tramites

que corresponda al trámite. Luego, se procede a ladigitalización de la documentación en el sistemainformático y archivo físico correspondiente, pudiendoVentanilla de Atención al Cliente extender el certificadode registro.

- En caso de observación se emite una nota dedevolución del trámite en la que se determinan lasrazones por las que el mismo ha sido observado ycómo puede subsanarse ; de r i vándose ladocumentación del trámite a Ventanilla de Atenciónal Cliente, para su devolución.

- En caso de reingreso del trámite, adjuntando testimoniode aclarativa, complementación o modificación alinstrumento, el Analista Jurídico debe realizar elprocedimiento indicado precedentemente y en casode proceder al registro, debe digitar en forma vinculantetambién los datos de dichos documentos dentro delmismo reg is t ro de la escr i tu ra ac la rada,complementada o modificada.

36.4 DOCUMENTO EMITIDO

Certificado de Registro del Programa de Fundación deSociedad Anónima o en Comandita por Acciones.

36.5 PLAZO DEL TRÁMITE

Dos días hábiles, computables a partir del día hábilsiguiente al ingreso del trámite ante el Registro deComercio.

36.1 CONCEPTO

El programa de fundación constituye el marco basepara la suscripción pública de acciones, que debe serformulado por los promotores de la sociedad y sujetoa aprobación del órgano competente, de conformidada los Art. 222, 223 y 224 del Código de Comercio.

36.2 REQUISITOS

El cliente debe presentar en Ventanilla de Atenciónal Cliente los siguientes documentos:

1. Formulario Nº 0070/03 de solicitud de actos decomercio, con carácter de declaración jurada,debidamente llenado y firmado por el o lospromotores.

2. Testimonio de escritura pública del programa defundación suscrito por los promotores, quecontenga los aspectos establecidos en el Art. 222del Código de Comercio.

3.Resolución Administrat iva emit ida por laSuperintendencia de Empresas que apruebe elprograma de fundación y autorice su publicidad.

36.3 PROCEDIMIENTO

Presentada la documentación requerida en Ventanillade Atención al Cliente, ésta efectúa la constatacióndel cumplimiento de los requisitos exigidos, el cobrodel arancel correspondiente y la emisión del códigode trámite que identifica el cargo de recepción.

Ingresado el trámite, se remite en el día al Jefe deOficina de Sede o Gerencia de Área, para el repartoal Analista Jurídico quién luego de efectuar el análisisjurídico y verificar el cumplimiento de las formalidadeslegales establecidas, puede efectuar el registro delprograma de fundación de sociedades anónimas y encomandita por acciones a ser constituida porsuscripción pública, sin asignar ni inscribir sobrematrícula de comercio alguna, debiendo proceder adigitar las partes pertinentes de la documentación

92

T R A M I T E N º 3 6

REGISTRO DEL PROGRAMA DE FUNDACIÓN DESOCIEDADES ANÓNIMAS Y EN COMANDITA POR ACCIONES,A CONSTITUIRSE MEDIANTE SUSCRIPCIÓN PUBLICA.

FORMULARIO Nº 0070/03

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

FUNDACION DE

SOCIEDADES

ANONIMAS Y

EN COMANDITA

Page 87: Manual de Procedimientos de Tramites

digitar la parte pertinente de la documentacióncorrespondiente al trámite, emite el rótulo a seradherido en el título, y remite al Jefe de Oficina deSede o Gerencia de Área para la f i rmacorrespondiente, quien a su vez debe remitir unejemplar para la digitalización de la documentaciónen el sistema informático y archivo f ís icocorrespondiente, debiendo ser devuelto el originala Ventanilla de Atención al Cliente para su entregaal interesado.

- En caso de existir observaciones al trámite, se emiteuna nota de devolución del trámite en la que seespecifique las observaciones que determinan lasrazones por las que el mismo ha sido observado ycómo puede subsanarse; der ivándose losdocumentos a Ventanilla de Atención al Cliente, parasu devolución.

37.5 DOCUMENTO EMITIDO

Rótulo de constancia de registro adherido al Titulo-Valor.

37.6 PLAZO DE TRÁMITE

Dos días hábiles, computables a partir del día hábilsiguiente al ingreso del trámite ante el Registro deComercio.

37.1 CONCEPTO

Este t rámite se ref iere al registro que puedevoluntariamente realizar el socio accionista titular deregistrar el título valor que acredite su derechopropietario ante el Registro de Comercio.

37.2 MARCO LEGAL

Regulado por el inc. h) del Art.51 del D.L. 16833.

37.3 REQUISITOS

El cliente debe presentar en Ventanilla de Atenciónal Cliente los siguientes documentos:

1. Formulario Nº 0070/03 de solicitud de Registro deActos de Comercio, con carácter de declaraciónjurada, debidamente llenado y firmado por elpropietario de las acciones o su representantedebidamente facultado.

2. Dos ejemplares, uno en original y otro en fotocopialegalizada por los personeros facultados por lasnormas internas de la sociedad comercial, de lostítulos-valores de los que se requiere el registro.

37.4 PROCEDIMIENTO

El cliente debe presentar la documentación requeridaen Ventanilla de Atención al Cliente, la misma queefectúa la constatación de los requisitos establecidosy efectúa el cobro del arancel correspondiente,emitiendo el código de trámite que identifica el cargode recepción.

Ingresado el trámite, el mismo se remite en el día alJefe de Oficina de Sede o Gerencia de Área, para elreparto al Analista Jurídico quién luego de efectuarel análisis legal y verificar el cumplimiento de lasformalidades legales establecidas, puede efectuar elregistro de los títulos valores, o en su caso observarel trámite.

- En el primer caso, el Analista Jurídico procede a

93

T R A M I T E N º 3 7

REGISTRO DE TÍTULOS - VALORES DE SOCIEDADCOMERCIAL

FORMULARIO Nº 0070/03

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

VALORES

TITULOS

Page 88: Manual de Procedimientos de Tramites

la digitalización de la documentación en el sistemainformático y archivo físico correspondiente, pudiendoVentanilla de Atención al Cliente extender elcertificado de registro.

- En caso de existir observaciones al trámite, se emiteuna nota de devolución del trámite en la que seespecifique las observaciones que determinan lasrazones por las que el mismo ha sido observado ycómo puede subsanarse; der ivándose losdocumentos a Ventanilla de Atención al Cliente, parasu devolución.

38.5 DOCUMENTO EMITIDO

Certificado de Registro de Posesión en Cargo Público.

38.6 PLAZO DEL TRÁMITE

Un día hábil, a computarse a partir del siguiente díahábil a su ingreso ante el Registro de Comercio.

38.1 CONCEPTO

Es un acto por el que una persona natural asumeuna función pública, la cual por precepto de ley impideel ejercicio de la actividad comercial en formatemporal.

38.2 MARCO LEGAL

Esta figura se encuentra prevista en el Código deComercio, en su Art. 19 y Art. 40 del D.L. 16833.

38.3 REQUISITOS

El cliente debe presentar en Ventanilla de Atenciónal Cliente los siguientes documentos:

1. Formulario Nº 0070/03 de solicitud de Registro deActos de Comercio, con carácter de declaraciónjurada, debidamente llenado y firmado por elcliente.

2. Fotocopia legalizada del documento que contengala designación.

38.4 PROCEDIMIENTO

El cliente debe presentar la documentación requeridaen Ventanilla de Atención al Cliente, la misma queprevia su constatación efectúa el cobro del arancelcorrespondiente y emite el código de trámite queidentifica el cargo de recepción.

Ingresado el trámite, el mismo se remite en el día alJefe de Oficina de Sede o Gerencia de Área, para elreparto al Analista Jurídico quién luego de efectuarel análisis legal y verificar el cumplimiento de lasformalidades establecidas, puede registrar eldocumento correspondiente o en su caso observarel trámite.

- En el primer caso, el Analista Jurídico procede adigitar las partes pertinentes de la documentacióncorrespondiente al trámite. Luego, se procede a

94

T R A M I T E N º 3 8

POSESIÓN EN CARGO PÚBLICO QUE INHABILITE ELEJERCICIO DE COMERCIO

FORMULARIO Nº 0070/03

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 89: Manual de Procedimientos de Tramites

reparto al Analista Jurídico quién luego de efectuar elanálisis legal y verificar el cumplimiento de lasformalidades establecidas en el Código de Comercio yel presente Manual, puede efectuar el registro del actoaislado u ocasional en el libro correspondiente, sinasignación de Matrícula de Comercio o en su casoobservar el trámite.

- En el primer caso, el Analista Jurídico procede adigitar las partes pertinentes de la documentacióncorrespondiente al trámite. Luego, se procede a ladigitalización de la documentación en el sistemainformático y archivo físico correspondiente, pudiendoVentanilla de Atención al Cliente extender el respectivocertificado de registro.

- En caso de existir observaciones al trámite, se emiteuna nota de devolución del trámite en la que seespecifique las observaciones que determinan lasrazones por las que el mismo ha sido observado ycómo puede subsanarse; derivándose los documentosa Ventanilla de Atención al Cliente, para su devolución.

En caso de reingreso del trámite, adjuntando testimoniode aclarativa, complementación o modificación alinstrumento, el Analista Jurídico debe realizar elprocedimiento indicado precedentemente y en caso deproceder al registro, debe digitar en forma vinculantetambién los datos de dichos documentos dentro delmismo registro de la escritura aclarada, complementadao modificada.

39.5 DOCUMENTO EMITIDO

Certificado de Registro de Acto Aislado u Ocasional deComercio.

39.6 PLAZO DEL TRÁMITE

Dos días hábiles, computables a partir del día hábilsiguiente al ingreso del trámite ante el Registro deComercio.

39.1 CONCEPTO

Constituyen actos aislados u ocasionales de comercioaquellos realizados por personas naturales o jurídicasque no ejercen en forma habitual el comercio.

39.2 MARCO LEGAL

El Código de Comercio dispone en su Art. 415 quelas sociedades constituidas en el extranjero puedanrealizar actos aislados u ocasionales en la República,pero no pueden ejercer habitualmente actos decomercio sin antes cumplir con los requisitos exigidospor las leyes bolivianas.

Asimismo en aplicación a lo dispuesto por los Art. 27y 126 del Código de Comercio, las SOCIEDADESCOOPERATIVAS que realicen actos de comercioestarán sujetas a las disposiciones de la referidanormativa, por lo que en aplicación de ello debenefectuar el registro correspondiente a través delpresente trámite.

39.3 REQUISITOS

El cliente debe presentar en Ventanilla de Atenciónal Cliente, los siguientes documentos:

1. Formulario Nº 0070/03 de solicitud de Registro deActos de Comercio debidamente llenado y firmadopor el cliente.

2. Testimonio notarial que contenga el acto aisladou ocasional, en original o fotocopia legalizada.

39.4 PROCEDIMIENTO

El cliente debe presentar la documentación requeridaen Ventanilla de Atención al Cliente, la misma queprevia su constatación efectúa el cobro del arancelcorrespondiente y emite el código de trámite queidentifica el cargo de recepción.

Ingresado el trámite, el mismo se remite en el día alJefe de Oficina de Sede o Gerencia de Área, para el

95

T R A M I T E N º 3 9

REGISTRO DE ACTOS AISLADOS U OCASIONALESDE COMERCIO

FORMULARIO Nº 0070/03

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

REGISTRO

Page 90: Manual de Procedimientos de Tramites

FIN DEACTIVIDADES

Canasta de TrámitesNº 7

Concesionaria del Registro deComercio de Bolivia

CERRADO CERRADO

CERRADOCERRADO

Page 91: Manual de Procedimientos de Tramites

PARA RECORDAR

DEL REGISTRO

Conforme lo es tab lec ido en e l Cód igo de Comerc io , las soc iedades comerc ia les adqu ierenpersonalidad jurídica, es decir la calidad de sujetos de derecho, desde el momento de su inscripciónen el Registro de Comercio. El mismo texto legal dispone la obligación del comerciante de matricularsee inscribir todos sus actos, contratos y documentos en este Registro de Comercio.

PRINCIPIOS DEL REGISTRO

El principio de negación reglada, funda su aplicación en que el Registro de Comercio está obligadoa motivar las providencias que nieguen una inscripción, negativa que debe provenir únicamente, dela ocurrencia de cualquiera de las causales previstas taxativamente por la Ley o sus disposicionescomplementarias. Es decir, que el Registro deberá abstenerse de la inscripción cuando el acto noreúna las formalidades legales previstas para darle validez o que sean actos contrarios al ordenpúblico.

ACERCA DE FUNDEMPRESA

FUNDEMPRESA, cuenta con personal profesional altamente calificado, dotado de los elementos yestructuras de apoyo logístico necesarios para el procesamiento de los trámites, brindando unservicio uniforme y una atención personalizada, facil itando el ingreso y procesamiento de lostrámites desde cualquier of ic ina Sede del Registro de Comercio, real izando su act ividad conoportunidad, celeridad, transparencia e idoneidad.

CONSULTAS

FUNDEMPRESA pone a su alcance un Boletín Informativo con sumarios y textos completos decada capítulo referente a información, noticias y actividades del Registro de Comercio de Bolivia.

Page 92: Manual de Procedimientos de Tramites

el análisis legal y verificar el cumplimiento de lasformalidades establecidas, puede registrar la cancelaciónde la Matrícula de Comercio o en su caso observar eltrámite.

- En el primer caso, el Analista Jurídico procede a digitarlas partes pert inentes de la documentacióncorrespondiente al trámite. Luego, se procede a ladigitalización de la documentación en el sistemainformático y archivo físico correspondiente, pudiendoVentanilla de Atención al Cliente extender el respectivocertificado de registro.

- En caso de existir observaciones al trámite, se emiteuna nota de devolución del trámite en la que seespecifique las observaciones que determinan lasrazones por las que el mismo ha sido observado ycómo puede subsanarse; derivándose los documentosa Ventanilla de Atención al Cliente, para su devolución.

40.5 DOCUMENTO EMITIDO

Certificado de Registro de Cancelación de Matrícula deComercio de Comerciante Individual o EmpresaUnipersonal.

40.6 PLAZO DEL TRÁMITE

Seis días hábiles, computables a partir del día hábilsiguiente a su ingreso ante el Registro de Comercio.

40.1 CONCEPTO

Acto mediante el cual, el comerciante individual enforma voluntaria realiza la cancelación de su Matriculade Comercio como efecto del cierre de suestablecimiento de comercio.

40.2 MARCO LEGAL

Esta figura se encuentra prevista en el Código deComercio, en su Art. 30 y 12 del D.S.15191.

40.3 REQUISITOS

El cliente debe presentar en Ventanilla de Atenciónal Cliente los siguientes documentos:

1. Formulario Nº 0090/03 de solicitud de Registro deFinalización de Actividades, Cierre y Cancelaciónde Matrícula de Comercio, con carácter dedeclaración jurada, debidamente llenado y firmadopor el propietario o representante legal debidamentefacultado.

2. Balance original de cierre firmado por el propietarioo representante legal y por el profesional queinterviene, acompañando la solvencia profesionaloriginal otorgada por el Colegio de Auditores oContadores.

3. Para efectuar el presente trámite es requisitoindispensable que la empresa unipersonal ocomerciante individual cuente con la Matrícula deComercio actualizada.

40.4 PROCEDIMIENTO

El cliente debe presentar la documentación requeridaen Ventanilla de Atención al Cliente, la misma queprevia su constatación efectúa el cobro del arancelcorrespondiente y emite el código de trámite queidentifica el cargo de recepción.

Ingresado el trámite, el mismo se remite en el día alJefe de Oficina de Sede o Gerencia de Área, para elreparto al Analista Jurídico quién luego de efectuar

99

T R A M I T E N º 4 0

CANCELACIÓN DE MATRICULA DE COMERCIO DEEMPRESA UNIPERSONAL O COMERCIANTE INDIVIDUAL

FORMULARIO Nº 0090/03

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

CERRADO

Page 93: Manual de Procedimientos de Tramites

original otorgada por el Colegio de Contadores oAuditores.

3. Balance original de cierre (final) firmado por el o losl iquidador(es) y profesional que interviene,acompañando la solvencia profesional originalotorgada por el Colegio de Contadores o Auditores.En el caso de sociedades por acciones, tambiéndeberá ser suscrito por el síndico.

4. Proyecto de distribución de patrimonio.

5. Testimonio de escritura pública de disolucióny liquidación, en original o fotocopia legalizada legible,que contenga la transcripción de las siguientes actas:

a) Acta de asamblea de socios o junta extraordinariade accionistas que apruebe la disolución yliquidación de la sociedad y la designación delliquidador o comisión liquidadora.

b) Acta de asamblea de socios o junta extraordinariade accionistas que apruebe el balance final deliquidación y el proyecto de distribución depatrimonio.

6. Publicación in extenso en un periódico de circulaciónnacional, del testimonio de la escritura pública dedisolución y liquidación. (Adjuntar página completadel periódico en que se efectúa la publicación)

7. Publicación in extenso en un medio de circulaciónnacional, del acuerdo de distribución por tres vecesconsecutivas conforme a lo dispuesto por el Art. 392del Código de Comercio. (Adjuntar página completa)Requisito exigible únicamente en caso de existirdistribución.

8. Testimonio de poder del liquidador o comisiónliquidadora en el que se inserte el acta de sunombramiento. Si el liquidador es extranjero debepresentar el documento original que acredite laradicatoria en el país (únicamente para verificación),debiendo constar en el mismo alternativamente: Visade objeto determinado, permanencia temporal de unaño, permanencia temporal de dos años, visa múltiple

41.1 CONCEPTO

Se entiende por disolución a la finalización de laplenitud jurídica de la sociedad por alguna de lascausales que enumera el Art. 378 del Código deComercio, o disposiciones de la ley o del contratoconstitutivo, con efectos análogos. Se entiende porliquidación al procedimiento técnico jurídico que setraduce en un conjunto de operaciones destinadas ala extinción de la sociedad, mediante la definición delos negocios pendientes, realización del activo,depuración y cancelación del pasivo y finalmente ladistribución del patrimonio remanente, para producirsela consiguiente cancelación de la inscripción en elRegistro de Comercio, a los efectos de extinguir lapersonalidad jurídica de la sociedad.

Se aclara que el registro de los actos de disolución,liquidación y cancelación pueden efectuarse en unacto único cuando se cumplan los requisitos previstospara tal objeto acogiéndose a lo establecido en eltrámite 41. Asimismo en su caso, se puede efectuarel registro por separado de la disolución primeramentey posteriormente de la liquidación y cancelaciónconforme a lo previsto en los trámites 42 y 43.

41.2 MARCO LEGAL

Esta figura se encuentra regulada en el Código deComercio, en sus Art. 378 al 397 y Art. 24, 69 y 70de D.L. 16833.

41.3 REQUISITOS

El cliente debe presentar en Ventanilla de Atenciónal Cliente los siguientes documentos:

1. Formulario Nº 0090/03 de solicitud de Registro deFinalización de Actividades, Cierre y Cancelaciónde Matrícula, con carácter de declaración jurada,debidamente llenado y firmado por el representantelegal.

2. Balance original de liquidación e inventario firmadopor el o los liquidador(es) y el profesional queinterviene, acompañando la solvencia profesional

100

T R A M I T E N º 4 1

DISOLUCIÓN, LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD COMERCIAL YCONSIGUIENTE CANCELACIÓN DE MATRICULA DECOMERCIO

FORMULARIO Nº 0090/03

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 94: Manual de Procedimientos de Tramites

realizar el procedimiento indicado precedentemente yen caso de proceder al registro, debe digitar en formavinculante también los datos de dichos documentosdentro del mismo registro de la escritura aclarada,complementada o modificada.

41.5 DOCUMENTO EMITIDO

Certificado de Disolución, Liquidación de SociedadComercial y consiguiente Cancelación de Matrícula deComercio.

41.6 PLAZO DEL TRÁMITE

Siete días hábiles computables a partir del día hábilsiguiente a su ingreso ante el Registro de Comercio.

o permanencia indefinida, acompañando unafotocopia simple de dicho documento firmada porel titular. En su caso puede también presentarcertificación original o fotocopia legalizadaextendida por el Servicio Nacional de MigraciónSENAMIG.

9. Para efectuar el presente trámite es requisitoindispensable que la sociedad comercial cuentecon la Matrícula de Comercio actualizada.

41.4 PROCEDIMIENTO

El cliente debe presentar la documentación requeridaen Ventanilla de Atención al Cliente, la misma queprevia su constatación efectúa el cobro del arancelcorrespondiente y emite el código de trámite queidentifica el cargo de recepción.

En caso que el liquidador sea extranjero, Ventanillade Atención al Cliente debe efectuar la verificaciónde la fotocopia simple con el documento original queacredite la radicatoria del mismo, y una vez verificadodebe ser devuelto dicho original en forma inmediataal cliente.

Ingresado el trámite, el mismo se remite en el día alJefe de Oficina de Sede o Gerencia de Área, para elreparto al Analista Jurídico quién luego de efectuarel análisis legal y verificar el cumplimiento de lasformalidades establecidas, puede registrar ladisolución, liquidación de la sociedad comercial ycancelación de la Matrícula de Comercio o en sucaso observar el trámite.

- En el primer caso, el Analista Jurídico procede adigitar las partes pertinentes de la documentacióncorrespondiente al trámite. Luego, se procede ala digitalización de la documentación en el sistemainformático y archivo físico correspondiente,pudiendo Ventanilla de Atención al Cliente extenderel respectivo certificado.

- En caso de existir observaciones al trámite, seemite una nota de devolución del trámite en la quese especifique las observaciones que determinanlas razones por las que el mismo ha sido observadoy cómo puede subsanarse; derivándose losdocumentos a Ventanilla de Atención al Cliente,para su devolución.

En caso de reingreso del trámite, adjuntandotestimonio de aclarativa, complementación omodificación al instrumento, el Analista Jurídico debe

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S PA R A E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

101

Page 95: Manual de Procedimientos de Tramites

42.1 CONCEPTO

La disolución importa la finalización de la plenitudjurídica de la sociedad por alguna causal enumeradaen el Art. 378 del Código de Comercio, o disposicionesde la ley o del contrato constitutivo, con efectosanálogos, con las siguientes características:

1. Conserva la personalidad a los efectos de laliquidación.

2. Se modifica el objeto (realización del activo ycancelación del pasivo).

3. Se modifica el régimen de las relaciones internas.

42.2 REQUISITOS

El cliente debe presentar en Ventanilla de Atenciónal Cliente los siguientes documentos:

1. Formulario Nº 0090/03 de solicitud de Registro deDisolución, Liquidación y Cancelación de Matrículade Comercio, con carácter de declaración jurada,debidamente llenado y firmado por el representantelegal.

2. Testimonio de escritura pública de disolución enoriginal o fotocopia legalizada legible, en la quese establezca la causal legal de la disolución(D.L.16833) y se transcriba el acta de asambleade socios o junta de accionistas que apruebe ladisolución de la sociedad.

3. Publicación in extenso en un periódico decirculación nacional del testimonio de la escriturapública de disolución. (Adjuntar página completadel periódico en que se efectúa la publicación)

4. Para efectuar el presente trámite es requisitoindispensable que la sociedad comercial cuentecon la Matrícula de Comercio actualizada.

102

T R A M I T E N º 4 2

DISOLUCIÓN DE SOCIEDAD COMERCIAL

FORMULARIO Nº 0090/03

42.3 PROCEDIMIENTO

El cliente debe presentar la documentación requeridaen Ventanilla de Atención al Cliente, la misma que previasu constatación efectúa el cobro del arancelcorrespondiente y emite el código de trámite queidentifica el cargo de recepción.

Ingresado el trámite, el mismo se remite en el día alJefe de Oficina de Sede o Gerencia de Área, para elreparto al Analista Jurídico quien luego de efectuar elanálisis legal y verificar el cumplimiento de lasformalidades establecidas, puede registrar la disolucióno en su caso observar el trámite.

- En el primer caso, el Analista Jurídico procede adigitar las partes pertinentes de la documentacióncorrespondiente al trámite. Luego, se procede a ladigitalización de la documentación en el sistemainformático y archivo físico correspondiente, pudiendoVentanilla de Atención al Cliente extender el respectivocertificado de registro.

- En caso de existir observaciones al trámite, se emiteuna nota de devolución del trámite en la que seespecifique las observaciones que determinan lasrazones por las que el mismo ha sido observado ycómo puede subsanarse; derivándose los documentosa Ventanilla de Atención al Cliente, para su devolución.

En caso de reingreso del trámite, adjuntando testimoniode aclarativa, complementación o modificación alinstrumento, el Analista Jurídico debe realizar elprocedimiento indicado precedentemente y en caso deproceder al registro, debe digitar en forma vinculantetambién los datos de dichos documentos dentro delmismo registro de la escritura aclarada, complementadao modificada.

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

CERRADO

Page 96: Manual de Procedimientos de Tramites

42.4 DOCUMENTO EMITIDO

Certificado de Disolución de Sociedad Comercial.

42.5 PLAZO DEL TRÁMITE

Siete días hábiles computables a partir del día hábilsiguiente al ingreso ante el Registro de Comercio.

103

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 97: Manual de Procedimientos de Tramites

liquidación y el proyecto de distribución delpatrimonio.

6. Publicación in extenso en un periódico de circulaciónnacional, del testimonio de liquidación. (Adjuntarpágina completa)

7. Publicación in extenso en un periódico de circulaciónnacional, del acuerdo de distribución por tres vecesconsecutivas conforme a lo establecido en el Art.392 del Código de Comercio. (Adjuntar páginascompletas del periódico en que se efectúan laspublicaciones) Requisito exigible únicamente en casode existir distribución.

8. Testimonio de poder del liquidador en el que estéinserta el acta de su nombramiento. Si el liquidadores extranjero debe presentar el documento originalque acredite la radicatoria en el país (únicamentepara verificación), debiendo constar en el mismoalternativamente: Visa de objeto determinado,permanencia temporal de un año, permanenciatemporal de dos años, visa múltiple o permanenciaindefinida, acompañando una fotocopia simple dedicho documento firmada por el titular. En su casopuede también presentar certificación original ofotocopia legalizada extendida por el Servicio Nacionalde Migración SENAMIG.

9. Para efectuar el presente trámite es requisitoindispensable que la sociedad comercial cuente conla Matrícula de Comercio actualizada.

43.3 PROCEDIMIENTO

El cliente debe presentar la documentación requeridaen Ventanilla de Atención al Cliente, la misma que previasu constatación efectúa el cobro del arancelcorrespondiente y emite el código de trámite queidentifica el cargo de recepción.

En caso que el liquidador sea extranjero, Ventanilla deAtención al Cliente debe efectuar la verificación de lafotocopia simple con el documento original que acredite

43.1 CONCEPTO

Es el procedimiento técnico que se traduce en unconjunto de operaciones destinadas a la extinción dela sociedad, mediante la definición de los negociospendientes, realización del activo, depuración ycancelación del pasivo y finalmente la distribucióndel patrimonio remanente, para producirse laconsiguiente cancelación de la inscripción en elRegistro de Comercio y extinción de la personalidadjurídica de la sociedad.

43.2 REQUISITOS

El cliente debe presentar en Ventanilla de Atenciónal Cliente los siguientes documentos:

1. Formulario Nº 0090/03 de solicitud de Registro deFinalización de Actividades, Cierre y Cancelaciónde Matrícula, con carácter de declaración jurada,debidamente llenado y firmado por el representantelegal.

2. Balance original de liquidación e inventario firmadopor el o los liquidador(es) y el profesional queinterviene, acompañando la solvencia profesionaloriginal otorgada por el Colegio de Contadores oAuditores.

3. Balance original de cierre (final) firmado por el olos liquidador(es) y el profesional que interviene,acompañando la solvencia profesional originalotorgada por el Colegio de Contadores o Auditores.En el caso de sociedades por acciones tambiéndeberá ser suscrito por el síndico.

4.Proyecto de distribución de patrimonio.

5. Testimonio de escritura pública de liquidación, enoriginal o fotocopia legalizada legible, en la quese transcriba lo siguiente:

- Acta de asamblea de socios o junta generalextraordinaria de accionistas que apruebe laliquidación de la sociedad, el balance final de

104

T R A M I T E N º 4 3

LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD COMERCIAL YCONSIGUIENTE CANCELACIÓN DE MATRICULA DECOMERCIOFORMULARIO Nº 0090/03

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 98: Manual de Procedimientos de Tramites

43.4 DOCUMENTO EMITIDO

Certificado de Liquidación de Sociedad Comercialy consiguiente Cancelación de Matrícula de Comercio.

43.5 PLAZO DEL TRÁMITE

Siete días hábiles computables a partir del día hábilsiguiente al ingreso ante el Registro de Comercio.

105

la radicatoria del mismo, y una vez verificado debeser devuelto dicho original en forma inmediata alcliente.

Ingresado el trámite, el mismo se remite en el día alJefe de Oficina de Sede o Gerencia de Área, para elreparto al Analista Jurídico quién luego de efectuarel análisis legal y verificar el cumplimiento de lasformalidades establecidas, puede registrar laliquidación de la sociedad comercial y cancelaciónde la Matrícula de Comercio o en su caso observarel trámite.

- En el primer caso, el Analista Jurídico procede adigitar las partes pertinentes de la documentacióncorrespondiente al trámite. Luego, se procede ala digitalización de la documentación en el sistemainformático y archivo físico correspondiente,pudiendo Ventanilla de Atención al Cliente extenderel respectivo certificado de registro de liquidaciónde la sociedad comercial y cancelación deMatrícula de Comercio.

- En caso de existir observaciones al trámite, seemite una nota de devolución del trámite en laque se especifique las observaciones quedeterminan las razones por las que el mismo hasido observado y como puede subsanarse;derivándose los documentos a Ventanilla deAtención al Cliente, para su devolución.

En caso de reingreso del trámite, adjuntandotestimonio de aclarativa, complementación omodificación al instrumento, el Analista Jurídico deberealizar el procedimiento indicado precedentementey en caso de proceder el registro, debe digitar enforma vinculante también los datos de dichosdocumentos dentro del mismo registro de la escrituraaclarada, complementada o modificada.

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 99: Manual de Procedimientos de Tramites

5. Para efectuar el presente trámite es requisitoindispensable que la sociedad comercial cuentecon la Matrícula de Comercio actualizada.

44.4 PROCEDIMIENTO

El cliente debe presentar la documentación requeridaen Ventanilla de Atención al Cliente, la misma que previasu constatación efectúa el cobro del arancelcorrespondiente y emite el código de trámite queidentifica el cargo de recepción.

Ingresado el trámite, el mismo se remite en el día alJefe de Oficina de Sede o Gerencia de Área, para elreparto al Analista Jurídico quién luego de efectuar elanál is is legal y ver i f icar el cumpl imiento de lasformalidades establecidas en el Código de Comercio yel presente Manual, puede efectuar el registro deldocumento o en su caso observar el trámite.

- En el primer caso, el Analista Jurídico procede adigitar las partes pertinentes de la documentacióncorrespondiente al trámite. Luego, se procede a ladigitalización de la documentación en el sistemainformático y archivo físico correspondiente, pudiendoVentanilla de Atención al Cliente extender el respectivocertificado de registro.

- En caso de existir observaciones al trámite, se emiteuna nota de devolución del trámite en la que seespecifique las observaciones que determinan lasrazones por las que el mismo ha sido observado ycómo puede subsanarse; derivándose los documentosa Ventanilla de Atención al Cliente, para su devolución.

En caso de reingreso del trámite, adjuntando testimoniode aclarativa, complementación o modificación alinstrumento, el Analista Jurídico debe realizar elprocedimiento indicado precedentemente y en caso deproceder al registro, debe digitar en forma vinculantetambién los datos de dichos documentos dentro delmismo registro de la escritura aclarada, complementadao modificada.

44.1 CONCEPTO

Acto mediante el cual la sociedad extranjera determinavoluntar iamente el c ierre de la sucursal orepresentación permanente aperturada en el territorioboliviano.

44.2 MARCO LEGAL

El Código de Comercio dispone en su Art. 30 laobligación por parte del comerciante de informar alRegistro de Comercio cualquier cambio o mutaciónrelativa a las sucursales, agencias o establecimientosde comercio.

44.3 REQUISITOS

El cliente debe presentar en Ventanilla de Atenciónal Cliente, los siguientes documentos:

1. Formulario Nº 0090/03 de solicitud de Registro deFinalización de Actividades, cierre y Cancelaciónde Matrícula de sociedad constituida en elextranjero, con carácter de declaración jurada,debidamente llenado y firmado por el representantelegal.

2. Balance de cierre (final) firmado por el representantelegal de la sucursal, acompañando la solvenciaprofesional original otorgada por el Colegio deContadores o Auditores.

3. Testimonio de escritura pública de cierre de sucursalo representación permanente que contenga laminuta debidamente suscrita por el representantelegal facultado al efecto y la protocolización, previaorden judicial, del acta de la sociedad matriz quecontenga la voluntad de la sociedad de cerrar lasucursal o representación permanente aperturadaen Bolivia.

4. Publicación in extenso del Testimonio de la EscrituraPública respectiva. (Adjuntar página completa)

106

T R A M I T E N º 4 4

CIERRE DE SUCURSAL O REPRESENTACIÓNPERMANENTE DE SOCIEDAD CONSTITUIDA EN ELEXTRANJEROFORMULARIO Nº 0090/03

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

CERRADO

Page 100: Manual de Procedimientos de Tramites

44.6 PLAZO DEL TRÁMITE

Siete días hábiles, a computarse a partir del díasiguiente hábil del ingreso del trámite ante el Registrode Comercio.

44.5 DOCUMENTO EMITIDO

Certificado de Cierre de Sucursal de SociedadComercial Constituida en el Extranjero y Cancelaciónde Matrícula de Comercio o Certificado de Cierre deRepresentación Permanente de Sociedad ComercialConstituida en el Extranjero y Cancelación deMatrícula de Comercio.

107

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 101: Manual de Procedimientos de Tramites

45.1 CONCEPTO

Acto por el cual la sociedad determina voluntariamenteel cierre de la(s) sucursal(es) de sociedad comercialo empresa unipersonal o de agencia(s) bancarias yde entidades financieras aperturadas en el territoriode Bolivia.

45.2 MARCO LEGAL

El Código de Comercio dispone en su Art. 29 núm.6) que la apertura de establecimientos de comercio,sucursales o agencias y los actos que modifiquen lapropiedad de los mismos o su administración sonactos sujetos a inscripción.

Adicionalmente, el Art. 30 del mismo Código establecela obligación por parte del comerciante de informaral Registro de Comercio cualquier cambio o mutaciónrelativa a las sucursales, agencias o establecimientosde comercio.

45.3 REQUISITOS

El cliente debe presentar en Ventanilla de Atenciónal Cliente, los siguientes documentos:

1. Formulario Nº 0090/03 de solicitud de Registrode Final ización de Actividades, Cierre yCancelación de Matrícula, con carácter dedeclaración jurada, debidamente llenado y firmadopor el representante legal.

2. Copia legalizada notarial en la que conste latranscripción del acta correspondiente deaprobación del cierre de sucursal de sociedadcomercial constituida en Bolivia o del cierre de laagencia bancaria y de entidades financieras.

3. En caso de sociedades sujetas a regulaciónsectorial, la resolución administrativa que autorizael cierre de la sucursal o agencia.

4. Para efectuar el presente trámite es requisitoindispensable que la sociedad comercial cuentecon la Matrícula de Comercio actualizada.

45.4 PROCEDIMIENTO

El cliente debe presentar la documentación requeridaen Ventanilla de Atención al Cliente, la misma que previasu constatación efectúa el cobro del arancelcorrespondiente y emite el código de trámite queidentifica el cargo de recepción.

Ingresado el trámite, el mismo se remite en el día alJefe de Oficina de Sede o Gerencia de Área, para elreparto al Analista Jurídico quién luego de efectuar elanálisis legal y verificar el cumplimiento de lasformalidades legales establecidas, puede efectuar elregistro del documento o en su caso observar el trámite.

- En el primer caso, el Analista Jurídico procede adigitar las partes pertinentes de la documentacióncorrespondiente al trámite. Luego, se procede a ladigitalización de la documentación en el sistemainformático y archivo físico correspondiente, pudiendoVentanilla de Atención al Cliente extender elrespectivo certificado de registro.

- En caso de existir observaciones al trámite, se emiteuna nota de devolución del trámite en la que seespecifique las observaciones que determinan lasrazones por las que el mismo ha sido observado ycomo puede subsanarse; der ivándose losdocumentos a Ventanilla de Atención al Cliente, parasu devolución.

En caso de reingreso del trámite, adjuntando testimoniode aclarativa, complementación o modificación alinstrumento de cierre, el Analista Jurídico debe realizarel procedimiento indicado precedentemente y en casode proceder el registro, debe digitar en forma vinculantetambién los datos de dichos documentos dentro delmismo registro de la escritura de cierre.

45.5 DOCUMENTO EMITIDO

Certificado de Cierre de Sucursal de Sociedad Comercialo Certificado de Cierre de Agencia de entidad financiera.

108

T R A M I T E N º 4 5

CIERRE DE SUCURSAL DE SOCIEDAD COMERCIAL YEMPRESA UNIPERSONAL CONSTITUIDA EN BOLIVIA /CIERRE DE AGENCIA DE ENTIDAD FINANCIERA

FORMULARIO Nº 0090/03

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

CERRADO

Page 102: Manual de Procedimientos de Tramites

45.6 PLAZO DEL TRÁMITE

Tres días hábiles, a computarse a partir del díasiguiente hábil del ingreso del trámite ante el Registrode Comercio.

45.7 EMPRESAS UNIPERSONALES

La empresa unipersonal o comerciante individual querequiera registrar el cierre de sucursal debe presentarlos siguientes documentos:

1. Formulario Nº 0090/03 de solicitud de Registro deFinalización de Actividades, Cierre y Cancelaciónde Matrícula, con carácter de declaración jurada,debidamente llenado y firmado por el representantelegal.

2. Para efectuar el presente trámite es requisitoindispensable que la empresa unipersonal cuentecon la Matrícula de Comercio actualizada.

45.8 DOCUMENTO EMITIDO

Certificado de Cierre de Sucursal de ComercianteIndividual o Empresa Unipersonal.

109

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 103: Manual de Procedimientos de Tramites

BONOS

Canasta de TrámitesNº 8

Ca

na

sta

8Concesionaria del Registro de

Comercio de Bolivia

Page 104: Manual de Procedimientos de Tramites

PARA RECORDAR

DEL REGISTRO

El comerciante adquiere el derecho al uso del nombre comercial, cuando en primer término loinscriba en el Registro de Comercio, dando cumplimiento a los requisitos establecidos por el Códigode Comercio. El nombre comercial se forma libremente, sin embargo, no puede incluir el de otrocomerciante que no sea titular de la empresa, ni puede usarse nombre que pueda inducir a confusiónpor su semejanza con el de otra empresa del mismo ramo o actividad.

PRINCIPIOS DEL REGISTRO

Por el principio de presunción de buena fe y legalidad, todos los actos, contratos y documentossujetos a registro, son objeto por el Registro de Comercio de una revisión de los aspectos formalesque dieron lugar al acto de comercio. Así, el reconocimiento de los hechos jurídicos realizados porel comerciante aplicando las presunciones de buena fe y legalidad, se constituyen en verdaderos,lícitos y justos, entretanto no se demuestre lo contrario en justa causa.

ACERCA DE FUNDEMPRESA

El contrato de concesión y su marco regulator io establecen c laramente que la función deFUNDEMPRESA es administrar el Registro de Comercio, debiendo para ello, realizar todos los actosque el Código de Comercio establece, ejecutando sus funciones en estricto cumplimiento de esetexto legal y las demás disposiciones legales del ordenamiento jurídico del país, relativas a laactividad comercial.

CONSULTAS

Para una mejor atención, en cada departamento del país, FUNDEMPRESA cuenta con un Jefe deOficina con una amplia experiencia en asuntos legales inherentes al Derecho Comercial , cuyaprincipal función es permitir el correcto desarrollo de todos nuestros servicios.

Page 105: Manual de Procedimientos de Tramites

- En el primer caso, el Analista Jurídico procede adigitar las partes pertinentes de la documentacióncorrespondiente al trámite. Luego, se procede ala digitalización de la documentación en el sistemainformático y archivo físico correspondiente,pudiendo Ventanilla de Atención al Cliente extenderel respectivo certificado de registro.

Una vez efectuado el registro, el Analista Jurídicoy/o Jefe de Oficina elevará el informe a Gerenciade Área respectiva a los fines que ésta hagaconocer al ente encargado de autorizar la emisiónde valores en cumplimiento al Art. 444 inc. 6) delCódigo de Comercio.

- En caso de existir observaciones al trámite, seemite una nota de devolución del trámite en laque se especifique las observaciones quedeterminan las razones por las que el mismo hasido observado y cómo puede subsanarse;derivándose los documentos a Ventanilla deAtención al Cliente, para su devolución.

En caso de reingreso del trámite, adjuntandotestimonio de aclarativa, complementación omodificación al instrumento de Escritura Pública deDeclaración Unilateral de Voluntad para la Emisiónde Bonos, el Analista Jurídico debe realizar elprocedimiento indicado precedentemente y en casode proceder el registro, debe digitar en formavinculante también los datos de dichos documentosdentro del mismo registro de la Escritura Pública deDeclaración Unilateral de Voluntad para la Emisiónde Bonos.

46.5 DOCUMENTO EMITIDO

Certificado de Registro de Testimonio de Emisión deBonos.

46.6 PLAZO DEL TRÁMITE

Dos días hábiles, computables a partir del día hábilsiguiente al ingreso ante el Registro de Comercio.

46.1 CONCEPTO

Son títulos valores referidos a una operación crediticiaconstituida a cargo de la sociedad o entidad emisora.

46.2 MARCO LEGAL

Esta figura se encuentra regulada en el Art. 444 inc.6) y Art. 642 del Código de Comercio.

46.3 REQUISITOS

El cliente debe presentar en Ventanilla de Atenciónal Cliente los siguientes documentos:

1. Formulario Nº 0070/03 de solicitud de Registro deActos de Comercio, con carácter de declaraciónjurada, debidamente llenado y firmado por elrepresentante legal.

2. Testimonio de escritura pública de declaraciónunilateral de voluntad para la emisión de bonos,que contenga la transcripción del acta de la juntageneral extraordinaria de accionistas en caso desociedades anónimas, y asamblea de socios encaso de sociedades de responsabilidad limitada,que autorice la emisión de bonos.

3. Para efectuar el presente trámite es requisitoindispensable que la sociedad comercial cuentecon la Matrícula de Comercio actualizada.

46.4 PROCEDIMIENTO

El cliente debe presentar la documentación requeridaen Ventanilla de Atención al Cliente, la misma queprevia su constatación efectúa el cobro del arancelcorrespondiente y emite el código de trámite queidentifica el cargo de recepción.

Ingresado el trámite, el mismo se remite en el día alJefe de Oficina de Sede o Gerencia de Área, para elreparto al Analista Jurídico quién luego de efectuarel análisis legal y verificar el cumplimiento de lasformalidades establecidas, puede registrar la emisiónde bonos o en su caso observar el trámite.

113

T R A M I T E N º 4 6

EMISIÓN DE BONOS

FORMULARIO Nº 0070/03

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 106: Manual de Procedimientos de Tramites

CERTIFICADOS

Certificado deTradiciónComercial

Legalizacionde docimentos

Canasta de TrámitesNº 9

Concesionaria del Registro deComercio de Bolivia

CertificadosEspecificos

Page 107: Manual de Procedimientos de Tramites

PARA RECORDAR

DEL REGISTRO

Dentro del ordenamiento jurídico boliviano, el Código de Comercio se constituye en la Ley especialque regula las relaciones jurídicas derivadas de la actividad comercial, siendo su aplicación enorden preferente por encima de otra Ley u otras disposiciones.

PRINCIPIOS DEL REGISTRO

Conforme al principio de Seguridad Jurídica, el Registro de Comercio crea y ofrece certeza,veracidad y seguridad jurídica sobre la matriculación de los comerciantes y la inscripción de losactos, contratos y documentos sometidos a dicha formalidad, que en general se traducen en losprincipios de presunción de legalidad y fe pública, reflejando una realidad jurídica que surte efectosoponibles.

ACERCA DE FUNDEMPRESA

Un comerciante debe tener presente que de forma anual deberá apersonarse a cualquiera de lasoficinas Sedes del Registro de Comercio, a objeto de actual izar su Matrícula de Comercio conla finalidad de que esta permanezca en vigencia por una nueva gestión económica.

CONSULTAS

Para solicitar información estadística puede acudir a nuestras oficinas, tanto de la Gerencia Nacionalcomo a las oficinas departamentales.

Contamos entre otras, con información estadíst ica, acerca de trámites o empresas que estánregistradas por tipo societario, departamento, etc. Esta información también la encuentra en nuestrapágina Web.

Page 108: Manual de Procedimientos de Tramites

47.5 DOCUMENTO EMITIDO

Certificado de Inscripción de sociedad comercial ocomerciante individual.

47.6 PLAZO DEL TRÁMITE

Al momento.

47.1 CONCEPTO

Documento de certificación que acredita la inscripciónde una sociedad comercial o comerciante individualen el Registro de Comercio, en el que constan losdatos básicos: nombre comercial, Matrícula deComercio, objeto, domicilio, dirección y representantelegal.

47.2 MARCO LEGAL

Este acto de certificación se encuentra regulado enel Código de Comercio, en su Art. 27 y Art. 6 inc. a)y c) del D.L. 16833, así como también en el Art. 9 delDecreto Supremo Nº 26215.

47.3 REQUISITOS

El cliente debe presentar en Ventanilla de Atenciónal Cliente el siguiente documento:

- Formulario Nº 0040/03 de Solicitud de Certificación,con carácter de declaración jurada, debidamentellenado y firmado por el cliente.

47.4 PROCEDIMIENTO

El cliente debe presentar la documentación requeridaen Ventanilla de Atención al Cliente, la misma queprevia su constatación efectúa el cobro del arancelcorrespondiente y emite el código de trámite queidentifica el cargo de recepción, debiendo procesarla solicitud y entregar al cliente en forma inmediata.

117

T R A M I T E N º 4 7

CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN DE SOCIEDADCOMERCIAL O COMERCIANTE INDIVIDUAL

FORMULARIO Nº 0040/03

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 109: Manual de Procedimientos de Tramites

48.5 DOCUMENTO EMITIDO

Certificado de Registro del documento comercial que se solicita.

48.6 PLAZO DEL TRÁMITE

Al momento.

48.1 CONCEPTO

Documento de certificación que acredita la inscripciónde documentos ya registrados.

48.2 MARCO LEGAL

Este acto de certificación se encuentra regulado enel Código de Comercio, en su Art. 27 y Art. 6 inc. a)y c) del D.L.16833. Así también, en el Art. 9 delDecreto Supremo Nº 26215.

48.3 REQUISITOS

El cliente debe presentar en Ventanilla de Atenciónal Cliente el siguiente documento:

- Formulario Nº 0040/03 de solicitud de Registro deDocumentos, con carácter de declaración jurada,debidamente llenado y firmado por el solicitante.

48.4 PROCEDIMIENTO

El cliente debe presentar la documentación requeridaen Ventanilla de Atención al Cliente, la misma queprevia su constatación efectúa el cobro del arancelcorrespondiente y emite el código de trámite queidentifica el cargo de recepción, debiendo procesarla solicitud y entregar al cliente en forma inmediata.

118

T R A M I T E N º 4 8

CERTIFICADO DE REGISTRO DE DOCUMENTO

FORMULARIO Nº 0040/03

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 110: Manual de Procedimientos de Tramites

49.1 CONCEPTO

Documento de certificación que acredita la noinscripción de una persona natural o jurídica o deactos comerciales en el Registro de Comercio.

49.2 MARCO LEGAL

Este acto de certificación se encuentra regulado enel Código de Comercio, en su Art. 27 y Art. 6 inc. a)y c) del D.L. 16833, así como también en el Art. 9 delDecreto Supremo Nº 26215.

49.3 REQUISITOS

El cliente debe presentar en Ventanilla de Atenciónal Cliente el siguiente documento:

- Formulario Nº 0040/03 de solicitud de Certificación,con carácter de declaración jurada, debidamentellenado y firmado por el cliente.

49.4 PROCEDIMIENTO

El cliente debe presentar la documentación requeridaen Ventanilla de Atención al Cliente, la misma queprevia su constatación efectúa el cobro del arancelcorrespondiente y emite el código de trámite queidentifica el cargo de recepción.

Ingresado el trámite, el mismo se remite en el día alJefe de oficina de Sede o Gerencia de Área parareparto al Analista Jurídico o funcionario responsablede certificaciones, quién debe revisar y verificar lainexistencia de la inscripción de la persona naturalo jurídica, o del documento solicitado y digitar lainformación correspondiente a los fines de la emisiónde la certificación.

49.5 DOCUMENTO EMITIDO

Certificado de no inscripción.

49.6 PLAZO DEL TRÁMITE

Dos días hábiles, computables a partir del día hábilsiguiente al ingreso ante el Registro de Comercio.

119

T R A M I T E N º 4 9

CERTIFICADO DE NO INSCRIPCIÓN

FORMULARIO Nº 0040/03

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Page 111: Manual de Procedimientos de Tramites

50.1 CONCEPTO

Documento de certi f icación que proporcionainformación sobre la estructura de la sociedadcomercial, empresa unipersonal o comercianteindividual, sucursal, o actos específicos estipuladosen documentos ya registrados.

50.2 MARCO LEGAL

Este acto de certificación se encuentra regulado enel Código de Comercio, en su Art. 27 y Art. 6 inc. a)y c) del D.L. 16833. Así también, en el Art. 9 delDecreto Supremo Nº 26215.

50.3 REQUISITOS

El cliente debe presentar en Ventanilla de AtenciónAl Cliente el siguiente documento:

- Formulario Nº 0040/03 de solicitud de Certificación,con carácter de declaración jurada debidamentellenado y firmado por el cliente, en el que se debeindicar en forma clara la información requeridarelacionada a datos correspondientes únicamentea un determinado año.

50.4 PROCEDIMIENTO

El cliente debe presentar la documentación requeridaen Ventanilla de Atención al Cliente, la misma queprevia su constatación efectúa el cobro del arancelcorrespondiente y emite el código de trámite queidentifica el cargo de recepción.

Ingresado el trámite, el mismo se remite en el día alJefe de Oficina de Sede o Gerencia de Área, para elreparto al Analista Jurídico o funcionario responsablede cer t i f icac iones, qu ién debe rev isar ladocumentación presentada y el cumplimiento de lasformalidades establecidas, así como emitir el informecorrespondiente o en su caso observar el trámite.

- En el primer caso, el Jefe de Oficina o Gerente deÁrea revisa y emite el certificado correspondiente,derivando el mismo a Ventanilla de Atención al Clientepara su entrega al interesado.

- En caso de existir observaciones al trámite, se emiteuna nota de devolución del trámite en la que seespecifique las observaciones que determinan lasrazones por las que el mismo ha sido observado ycómo puede subsanarse; der ivándose losdocumentos a Ventanilla de Atención al Cliente, parasu devolución.

50.5 DOCUMENTO EMITIDO

Certificado Específico.

50.6 PLAZO DEL TRÁMITE

Tres días, computables a partir del día hábil siguienteal ingreso ante el Registro de Comercio.

120

T R A M I T E N º 5 0

CERTIFICADOS ESPECÍFICOS

FORMULARIO Nº 0040/03

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

CertificadosEspecificos

Page 112: Manual de Procedimientos de Tramites

- En el primer caso, el Jefe de Oficina o Gerente deÁrea revisa y emite el certificado correspondiente,remitiendo el mismo a Ventanilla de Atención al Clientepara su entrega al interesado.

- En caso de existir observaciones al trámite, se emiteuna nota de devolución del trámite en la que seespecifique las observaciones que determinan lasrazones por las que el mismo ha sido observado ycómo puede subsanarse; derivándose los documentosa Ventanilla de Atención al Cliente, para su devolución.

51.5 DOCUMENTO EMITIDO

Certificado de Tradición Comercial.

51.6 PLAZO DEL TRÁMITE

Siete días, computables a partir del día hábil siguienteal ingreso ante el Registro de Comercio.

51.1 CONCEPTO

Documento de certif icación que proporcionainformación de carácter histórico sobre la estructurade la sociedad comercial, empresa unipersonal ocomerciante individual, sucursal, o actos específicosest ipulados en documentos ya registrados;información ésta que podrá abarcar todos los actosregistrados a partir del otorgamiento de la Matrículade Comerc io o los que sean so l ic i tadosespecíficamente por el interesado.

51.2 MARCO LEGAL

Este acto de certificación se encuentra regulado enel Código de Comercio, en su Art. 27 y Art. 6 inc. a)y c) del D.L. 16833. Así también en el Art. 9 delDecreto Supremo Nº 26215.

51.3 REQUISITOS

El cliente debe presentar en Ventanilla de Atenciónal Cliente el siguiente documento:

- Formulario Nº 0040/03 de solicitud de Certificacióncon carácter de declaración jurada, debidamentellenado y firmado por el cliente.

51.4 PROCEDIMIENTO

El cliente debe presentar la documentación requeridaen Ventanilla de Atención al Cliente, la misma queprevia su constatación efectúa el cobro del arancelcorrespondiente y emite el código de trámite queidentifica el cargo de recepción.

Ingresado el trámite, el mismo se remite en el día alJefe de Oficina de Sede o Gerencia de Área, para elreparto al Analista Jurídico o funcionario responsablede cer t i f icac iones, qu ién debe rev isar ladocumentación presentada y el cumplimiento de lasformalidades establecidas así como emitir el informecorrespondiente o en su caso observar el trámite.

121

T R A M I T E N º 5 1

CERTIFICADO DE TRADICIÓN COMERCIAL

FORMULARIO Nº 0040/03

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Certificado deTradiciónComercial

Page 113: Manual de Procedimientos de Tramites

52.5 DOCUMENTO EMITIDO

Rótulo de Legalización, adherido a la fotocopiapresentada por el cliente, en el que conste el sello yfirma de Ventanilla de Atención al Cliente.

52.6 PLAZO DEL TRÁMITE

Un día hábil, computable a partir del día siguiente hábilal ingreso ante el Registro de Comercio.

52.1 CONCEPTO

Constancia y/o rótulo que acredita la legalización delos documentos cuyos originales se encuentran enel Archivo de Registro de Comercio a los fines de ley.

52.2 MARCO LEGAL

Este acto se encuentra regulado en el Art. 9 inc. k)del D.S. 26215 del Reglamento de la Concesión delRegistro de Comercio, así como en el Art. 1311 delCódigo Civil.

52.3 REQUISITOS

El cliente debe presentar en Ventanilla de Atenciónal Cliente los siguientes documentos:

1. Formulario Nº 0050/03 de solicitud de Reselladoy/o Legalización, con carácter de declaraciónjurada, debidamente llenado y firmado por el cliente.

2. Fotocopia simple de la Matrícula de Comercio,resolución administrativa u otros documentos cuyosoriginales cursan en el archivo del Registro deComercio, y sea en el número de ejemplares quese pretenda legalizar.

52.4 PROCEDIMIENTO

El cliente debe presentar la documentación requeridaen Ventanilla de Atención al Cliente, la misma queefectúa el cobro del arancel correspondiente y emiteel código de trámite que identifica el cargo derecepción. Dicha Ventanilla verificará la existenciade los documentos en la carpeta comercial (en formafísica o digital) y una vez constatado su contenidoidéntico, emite la legalización correspondiente o ensu caso observará el trámite extendiendo la nota deobservación con la explicación del caso.

122

T R A M I T E N º 5 2

LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS

FORMULARIO Nº 0050/03

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N TO S D E T R A M I T E S D E L R E G I S T R O D E C O M E R C I O D E B O L I V I A

Legalizacionde docimentos

Page 114: Manual de Procedimientos de Tramites
Page 115: Manual de Procedimientos de Tramites
Page 116: Manual de Procedimientos de Tramites
Page 117: Manual de Procedimientos de Tramites