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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE ADQUISICIONES ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PUERTO VARAS. Julio 2013 _________________________________________________________________ Municipalidad de Puerto Varas, Departamento de Adquisiciones. 1

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE ADQUISICIONES

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PUERTO VARAS.

Julio 2013

_________________________________________________________________Municipalidad de Puerto Varas, Departamento de Adquisiciones.

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Índice de Contenidos

TÍTULO I Antecedentes Generales. 4

Artículo 1º: Objetivos del Manual. 4Artículo 2º: Normativa que regulan los procesos de compras. 4Artículo 3º: Definiciones. 4Articulo 4º: Principios que rigen el proceso de compras públicas. 7Artículo 5º: Planificación de Compras. 8Artículo 6º: Plan de Adquisiciones. 9Artículo 7º: Proceso de Gestión de Abastecimiento. 9Artículo 8º: Monto de la Contratación. 10Artículo 9º: Compras Excluidas. 10

TÍTULO II: Procedimientos de Compras. 11

Artículo 10º: Proceso de Compras y Contrataciones. 11

TÍTULO III: Convenios Marco. 13

Artículo 11º: Compras mediante Convenio Marco. 13Artículo 12º: Adquisiciones Vía Convenio Marco compras mayores 13a 3 UTM hasta 1.000 UTM.Artículo 13º: Procedimiento de Grandes Compras (mayores a 1.000 UTM) 14en Convenios Marco.

TÍTULO IV: Licitación Pública. 15

Artículo 14º: Definición. 15Artículo 15º: Tipos de Licitación. 15Artículo 16º: Procedimiento de Compras. 151. Solicitud de Pedido. 162. Elaboración y Aprobación de Bases. 163. Publicación de las Bases. 174. Evaluación de Ofertas. 195. Adjudicación y Notificación de Ofertas. 19Artículo 17º: Garantías. 20Artículo 18º: Usos y características de las Garantías. 20

TÍTULO V: Licitación Privada y Trato Directo: 22

Artículo 19º: Definiciones. 22Artículo 20º: Contexto Legal. 22Artículo 21º: Antecedentes obligatorios. 23Artículo 22º: Publicación del Decreto Exento en el Portal. 23Artículo 23º: Procedimientos Tratos Directos. 25

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TÍTULO VI: Emergencias, Urgencias e Imprevistos: 26

Artículo 24º: Definiciones. 26

TÍTULO VII: Contrato de Suministros. 26

Artículo 25º: Procedimiento. 26

TÍTULO VIII: Gestión de Contratos. 28

Artículo 26º: Redacción y Aprobación del Contrato. 28Artículo 27º: Causales de Término de Contrato. 29

TÍTULO IX: Gestión de Reclamos. 29

TÍTULO X: Procedimientos de Pago. 29

TÍTULO XI: Compras menores a 3 UTM. 30

Artículo 28º: Anulación de Ordenes de Compra. 30

ANEXOS. 31

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TITULO I ANTECEDENTES GENERALES.

Artículo 1º: Objetivo del Manual.

El presente Manual de Procedimientos de Adquisiciones, en adelante el “Manual”, tiene por objetivo establecer el procedimiento relativo a la adquisición de bienes y la contratación de servicios que efectúe la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas, en adelante la “Municipalidad”, que se financien con recursos provenientes del presupuesto institucional que anualmente se aprueba de conformidad con la normativa vigente y recursos que reciba como aporte de otras entidades.

Artículo 2º: Normativa que regulan los procesos de compras.

• Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios, y sus modificaciones.

• Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la ley N° 19.886, en adelante “el Reglamento”, y sus modificaciones.

• Dictámenes de la Contraloría General de la Republica.

Artículo 3°: Definiciones.

Para los efectos del presente Reglamento los siguientes conceptos tienen el significado que se indican a continuación, ya sea en plural o singular:

1. Adjudicación: Acto administrativo fundado, de índole patrimonial, por medio del cual la Municipalidad selecciona a uno o más oferentes para la suscripción de un Contrato de Suministro y Servicios, regido por la Ley N° 19.886.

2. Adjudicatario: Proveedor al cual le ha sido aceptada una oferta o una cotización en un Proceso de Compras, para la suscripción del contrato definitivo.

3. Bases: Documento debidamente aprobado, que contiene el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por la Municipalidad, que describen los bienes y servicios a contratar, regula el Proceso de Compras y el contrato definitivo, incluyendo las Bases Administrativas y Bases Técnicas.

4. Bases Administrativas: Documentos aprobados por la Municipalidad que contienen, de manera general y/o particular, las etapas, plazos, mecanismos de consulta y/o aclaraciones, criterios de evaluación, mecanismos de adjudicación, modalidades de evaluación, cláusulas del contrato definitivo, y demás aspectos administrativos del Proceso de Compras.

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5. Bases Técnicas: Documentos aprobados por la Municipalidad que contienen de manera general y/o particular, las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del bien o servicio a contratar.

6. Catálogo de Convenios Marco: Lista de bienes y/o servicios y sus correspondientes condiciones de contratación, previamente licitados y adjudicados por la Dirección y puestos, a través del Sistema de Información, a disposición de la Municipalidad

7. Certificado de Inscripción Registro de Proveedores: Documento emitido por la Dirección o por un tercero autorizado, que acredita que una determinada persona natural o jurídica se encuentra inscrita en el Registro de Proveedores o en alguna de sus categorías.

8. Contratista: Proveedor que suministra bienes o servicios a las entidades licitantes, en virtud de la Ley de Compras y del presente Reglamento.

9. Contrato de Suministro y Servicio: Contrato que tiene por objeto la compra o el arrendamiento, incluso con opción de compra, de bienes muebles o servicios.

10. Convenio Marco: Procedimiento de contratación realizado por la Dirección de Compras, para procurar el suministro directo de bienes y/o servicios a las entidades licitantes, en la forma, plazo y demás condiciones establecidas en dicho convenio.

11. Entidad Licitante: Cualquier organismo regido por la Ley de Compras, que llama o invita a un Proceso de Compras, en estos efectos, la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas.

12. Licitación o Propuesta Pública: Procedimiento administrativo de carácter concursal mediante el cual las Entidades realizan un llamado público a través del Sistema de Información, convocando a los Proveedores para que, sujetándose a las bases fijadas, formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará y aceptará la más conveniente.

13. Licitación o Propuesta Privada: Procedimiento administrativo de carácter concursal, previa resolución fundada que lo disponga, mediante el cual las Entidades invitan a determinados Proveedores a través del Sistema de Información, para que, sujetándose a las bases fijadas, formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará y aceptará la más conveniente.

14. Oferente: Proveedor que participa en Proceso de Compras, presentando una oferta o cotización.

15. Plan Anual de Compras: Lista de bienes y/o servicios de carácter referencial, que una determinada Entidad planifica comprar o contratar durante un año

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calendario y que debe informarse de acuerdo a las instrucciones que al efecto imparta la Dirección de Compras.

16. Proceso de Compras: Proceso de adquisición o contratación de bienes y/o servicios, a través de algún mecanismo establecido en la Ley de Compras o en el Reglamento, incluyendo los Convenios Marcos, Licitación Pública, Licitación Privada y Tratos o Contratación Directa.

17. Proveedor: Persona natural o jurídica, chilena o extranjera, o agrupación de las mismas, que puedan proporcionar bienes y/o servicios a las Entidades.

18. Proveedor Inscrito: Proveedor que se encuentra inscrito en alguna de las categorías del Registro de Proveedores.

19. Registro de Proveedores: Registro electrónico oficial de Proveedores, a cargo de la Dirección, de conformidad a lo prescrito por la Ley de Compras.

20. Sistema de Información: Sistema de Información y de otros medios para la compra y contratación electrónica de las Entidades, administrado y licitado por la Dirección de Compras y compuesto por software, hardware e infraestructura electrónica, de comunicaciones y soporte que permite efectuar los Procesos de Compra.

21. Términos de Referencia: Pliego de condiciones que regula el proceso de Trato o Contratación Directa y la forma en que deben formularse las cotizaciones.

22. Trato o Contratación Directa: Procedimiento de contratación que en virtud de la concurrencia de ciertas causales establecidas en la Ley de Compras, se efectúa sin la concurrencia de los requisitos señalados para la Licitación Pública o Privada.

23. Usuario: Persona natural o jurídica, que realiza sus Procesos de Compra como demandante, como oferente o requiriendo información, a través del Sistema de Información, sea Entidad Licitante u Oferente.

Autorizaciones presupuestarias:

Las Entidades deberán contar con las autorizaciones presupuestarias que sean pertinentes, previamente a la resolución de adjudicación del contrato definitivo en conformidad a la Ley de Compras y al Reglamento.

Representante de la Entidad:

La Municipalidad efectúa sus Procesos de Compras a través de su representante legal, quién para estos efectos será el Alcalde, o él o la funcionaria en las que se delegue el ejercicio de facultades suficientes.

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Para efectos de la utilización del Sistema de Información, la Municipalidad informará y acreditará el nombre de un representante a la Dirección, acompañando una copia de los antecedentes legales correspondientes; quien, cumplidos que sean los requisitos legales, hará uso de la clave maestra para operar en el Sistema de Información, a través de un medio seguro, para participar en los Procesos de Compra y permitir que otros funcionarios de la Municipalidad puedan a su vez actuar en dichos Procesos de Compra.

El representante de Municipalidad o en quien se haya delegado tal función, será exclusivamente responsable del uso de la clave maestra, de la entrega de claves secundarias y de comunicar oportunamente a la Dirección de cualquier cambio en la persona de su representante o en las facultades de las que está investida.

Notificaciones:

Todas las notificaciones, salvo las que dicen relación con lo dispuesto en el Capítulo V de la Ley de Compras, que hayan de efectuarse en virtud de las demás disposiciones de dicha ley y en virtud del presente Reglamento, incluso respecto de la Resolución de Adjudicación, se entenderán realizadas, luego de las 24 horas transcurridas desde que la Entidad publique en el Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación.

Artículo 4º: Principios que rigen el proceso de compras públicas.

a. Libre concurrencia al Llamado: El procedimiento concursal se regirá por los principios de libre concurrencia de los oferentes al llamado administrativo y de igualdad ante las bases que rigen el contrato.

Infringen este principio:

a. Las prórrogas automáticas de contrato, cuyos montos excedan las 1.000 UTM, a menos que existan motivos fundados para establecer dichas cláusulas y así se hubiese señalado en las Bases. (Art. 12º de el Reglamento)

b. La exigencia de garantías desproporcionadas.

c. Exigir experiencia para participar en licitaciones.

d. Invalidar actos por errores no esenciales en ofertas.

b. Igualdad de condiciones ante Bases y no discriminación arbitraria.

Las Bases de licitación deberán establecer las condiciones que permitan alcanzar la combinación más ventajosa entre todos los beneficios del bien o servicio por adquirir y todos sus costos asociados, presentes y futuros.

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Estas condiciones no podrán afectar el trato igualitario que las entidades deben dar a todos los oferentes, ni establecer diferencias arbitrarias entre éstos, como asimismo, deberán proporcionar la máxima información a los proveedores, contemplar tiempos oportunos para todas las etapas de la licitación y evitarán hacer exigencias meramente formales, como, por ejemplo, requerir al momento de la presentación de ofertas documentos administrativos, o antecedentes que pudiesen encontrarse en el Registro de Proveedores, en el caso de los oferentes inscritos.

c. Sujeción estricta a las Bases.

Los procedimientos de licitación se realizarán con estricta sujeción, de los participantes y de la entidad licitante, a las bases administrativas y técnicas que la regulen. Las bases serán siempre aprobadas previamente por la autoridad competente. El reglamento de compras públicas determinará las características que deberán reunir las bases de las licitaciones.

d. Principio de la no formalización.

El procedimiento debe desarrollarse con sencillez y eficacia, de modo que las formalidades que se exijan sean aquéllas indispensables para dejar constancia indubitada de lo actuado y evitar perjuicios a los particulares. (Artículo 13º Ley de Compras 19.886.)

e. Transparencia y Publicidad

Los organismos públicos regidos por la Ley 19.886 deberán cotizar, licitar, contratar, adjudicar, solicitar el despacho y, en general, desarrollar todos sus procesos de adquisición y contratación de bienes, servicios y obras a que alude la presente ley, utilizando solamente los sistemas electrónicos o digitales que establezca al efecto la Dirección de Compras y Contratación Pública.

Los organismos públicos regidos por esta ley no podrán adjudicar contratos cuyas ofertas no hayan sido recibidas a través de los sistemas electrónicos o digitales establecidos por la Dirección de Compras y Contratación Pública.

Artículo 5º: Planificación de Compras.

Etapas de Planificación de Compras:

1. Definición de Requerimiento. Contempla las siguientes actividades:1.1.- Revisión de Stocks de productos o insumos.1.2.- Analizar datos históricos (lo comprado y consumido en el año)1.3.- Reuniones de trabajo con directivos de departamentos municipales que necesitan insumos estratégicos.

2. Selección de Mecanismos de Compra. Contempla las siguientes actividades:2.2.- Determinar tipo de compra y tiempos que demorará el proceso.

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3. Reunión Equipo de Trabajo. Contempla las siguientes actividades:3.1.- Reunión de Encargado/a de Adquisiciones con autoridades municipales para validar las previsiones y revisar si existen nuevos proyectos. Se actualiza listado de compras.

4. Validación Presupuestaria. Contempla las siguientes actividades:4.1.- Se valida la aprobación presupuestaria para listado de compras.

5. Elaboración de Plan de Compras. Contempla las siguientes actividades:5.1.- Se elabora un Plan de Compras con sus actividades de seguimiento e identificación de responsables (programa de ejecución de actividades)

6. Subida del Plan al portal. Contempla las siguientes actividades:6.1.- Subida del Plan de Compras a la plataforma virtual de mercado publico.

7. Seguimiento del Plan. Contempla las siguientes actividades:7.1.- Seguimiento en el año del Plan Anual de Compras en base a programa.

Artículo 6º: Plan de Adquisiciones

El Departamento de Adquisiciones, para cumplir de manera efectiva y planificada las necesidades de abastecimiento de bienes y/o contratación de servicios del municipio, solicitará a cada departamento municipal, en el mes de noviembre de cada año, un Plan Anual de Adquisiciones que requieran del proceso de compras públicas, el que deberá estar terminado en el mes de enero, a objeto de su consideración en la aprobación del presupuesto municipal. Este plan, que se materializará en un documento formal que deberá contar con la firma y visto bueno del jefe de departamento respectivo, servirá de insumo para confeccionar el Plan Anual de Compras obligatorio para las entidades públicas.

Artículo 7º: Proceso de Gestión de Abastecimiento.

El Proceso de Gestión de Abastecimiento de la Municipalidad de Puerto Varas considera las siguientes etapas:

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Artículo 8º: Monto de la contratación.

La Ilustre Municipalidad de Puerto Varas será responsable de determinar el posible monto de las contrataciones, para los efectos de determinar el mecanismo de contratación que corresponde.

No sé podrá fragmentar las contrataciones con el propósito de variar el mecanismo de contratación que corresponda aplicar.

En situaciones en donde no sea posible estimar el monto efectivo de la contratación, la municipalidad deberá efectuar dicha contratación a través de una Licitación Pública, para asegurar el cumplimiento de la Ley de Compras.

Toda adjudicación de bienes o contratación de servicios que involucren montos iguales o superiores a las 500 UTM, deberán contar con la aprobación y el acuerdo favorable del Concejo Municipal conforme a lo indicado en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, como asimismo aquellos que comprometen al municipio por un plazo que exceda el periodo alcaldicio, (art 65 letra i) siempre y cuando dichos recursos hayan ingresado al municipio.

Artículo 9º: Compras excluidas.

a. Las contrataciones de bienes y servicios cuyos montos sean inferiores a 3 UTM.

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b. Las contrataciones directas, inferiores a 100 UTM, con cargo a los recursos destinados a operaciones menores (caja chica), siempre que el monto total de dichos recursos haya sido aprobado por resolución fundada y se ajuste a las instrucciones presupuestarias vigentes.

c. Las contrataciones que se financien con gastos de representación, en conformidad a la ley de presupuestos respectiva y a sus instrucciones presupuestarias.

d. Los pagos por concepto de gastos comunes o consumos básicos de agua potable, electricidad, gas de cañería u otros similares, respecto de los cuales no existían alternativas o sustitutos razonables

Titulo II Procedimientos de Compras.

Artículo 10º: Procesos de Compras y Contrataciones.

Los contratos que celebre la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas, a titulo oneroso, para el suministro de bienes y de los servicios que se requieran para el desarrollo de sus funciones, se ajustarán a la Ley 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, al Decreto 250 que aprueba el reglamento de la Ley 19.886 y al presente Manual interno.

Las adquisición o compra de los elementos necesarios para el funcionamiento municipal se efectuará a través del Departamento de Adquisiciones, procurando satisfacer en forma oportuna la necesidad de que se trate y adoptando las medidas destinadas a cautelar los intereses municipales, en especial, en lo relativo a precio, duración, garantías, servicios de mantención, plazos de entrega y otros de similar naturaleza.

Para tales efectos, la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas deberá cotizar, licitar, contratar, adjudicar y solicitar el despacho y, en general desarrollar sus procesos de adquisiciones y contrataciones de bienes y servicios a través del sistema www.mercadopublico.cl en los términos previstos en la Ley 19.886, el Reglamento de la Ley y éste Manual.

Las adquisiciones o contrataciones de bienes o servicios serán efectuadas por la municipalidad a través de

1. Convenios Marco. 2. Licitación Pública. 3. Licitaciones Privadas. 4. Trato o Contratación Directa.5. Contrato de Suministros.

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1. Convenios Marco:

Es un procedimiento de contratación realizado por la Dirección de Compras y Contratación Pública para procurar el suministro directo de bienes y/o servicios a las entidades públicas, en la forma, plazo y demás condiciones establecidas en dicho acuerdo, según se consigna en el Artículo 2° del Reglamento. Dicho procedimiento no es obligatorio para las municipalidades pero siendo su utilización recomendable en todos los procesos de compras públicas realizadas por ésta municipalidad por las ventajas en precios y condiciones ofrecidas y adjudicadas previamente en la licitación pública efectuada por la Dirección de Compras y Contratación Pública; por la ventaja en la agilidad del proceso de compra y el ahorro trasciende en la gestión y no solamente en el precio, este Municipio lo aplicará, según satisfaga sus intereses y la legalidad vigente.

2. Licitación Pública:

Consiste en un procedimiento administrativo de carácter concursal mediante el cuál la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas realiza un llamado público, convocando a los interesados para que, sujetándose a las bases fijadas, formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará y aceptará la más conveniente.

Cuando las contrataciones superen las 1.000 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), la Licitación Pública será siempre obligatoria, y se efectuará de acuerdo a los artículos 19 al 43 del Reglamento de Compras Públicas.

3. Licitación Privada:

Es un procedimiento administrativo de carácter concursal, previa resolución fundada que lo disponga, mediante el cual la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas invita a determinadas personas para que, sujetándose a las bases fijadas, formulen propuestas de entre las cuales seleccionará y aceptará la más conveniente.

4. Trato o Contratación Directa.

Es un procedimiento de contratación que por la naturaleza de la negociación debe efectuarse sin la concurrencia de los requisitos señalados para la Licitación Pública o Privada.

La Licitación Privada o el Trato o Contratación Directa proceden, con carácter de excepcional, en las circunstancias enumeradas en el artículo 10º del Reglamento de compras públicas y artículo 8º de la Ley 19.886.

5. Contrato de Suministros.

El Contrato de Suministros tiene por objetivo la contratación o el arrendamiento, incluso con opción de compra de bienes muebles o servicios. La contratación de este

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sistema se regirá de acuerdo a lo establecido en el capítulo VIII del Reglamento de la Ley 19.866 de Compras Públicas.

Para contratar a través de este sistema, la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas deberá llamar a Licitación Pública el suministro de servicios y/o materiales que utilice en forma constante, con el propósito de reducir los tiempos de espera en la ejecución de obras y prestación de servicios. Las órdenes de compra se emitirán a medida que se vayan requiriendo los bienes y/o servicios.

Bajo esta modalidad, el Municipio podrá contratar en forma directa a los proveedores adjudicados, de acuerdo a las condiciones establecidas en el contrato respectivo.

TITULO III. CONVENIOS MARCO.

Artículo 11º: Compras mediante Convenio Marco.

Modalidad de adquisición en la cual se establecen precios y condiciones de compra para bienes y servicios, por medio de una licitación pública realizada por la Dirección de Compras y Contratación Pública (DCCP).

Tales bienes y servicios se disponen en un Catálogo Electrónico (Chilecompra Express) mediante el cual los organismos públicos acceden directamente, pudiendo emitir una orden de compra a los proveedores, simplificando con ello los procesos de compra.

Artículo 12º: Adquisiciones vía Convenio Marco para compras mayores a 3 UTM y hasta 1.000 UTM.

Procedimiento de compra:

a. Cada Departamento o Unidad Municipal deberá contar con una clave de observador de Convenio Marco, de lo contrario, deberá solicitar obligatoriamente dicha clave vía correo electrónico dirigido al Administrador del Portal del Municipio, que en este caso es el jefa/a de Departamento de Administración y Finanzas, indicando en dicho correo, los siguientes datos: nombre completo, rut, cargo y correo electrónico del solicitante.

b. El usuario con clave de observador de Convenio Marco deberá ingresar al portal www.mercadopublico.cl con dicha clave y buscar el bien o servicio requerido en la plataforma Tiendas Express, imprimiendo el ID respectivo, que es el código del producto o servicio a adquirir con su respectivo precio. (incluyendo impuestos)

c. El Departamento o Unidad Municipal solicitante completará, en base a lo cotizado en el Catálogo Tiendas Express, los siguientes documentos y los deberá ingresar al Departamento de Contabilidad para su imputación presupuestaria:

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• Formulario de Solicitud Multifunción: Convenio Marco (Anexo 1), firmado por el Jefe de Departamento Solicitante para firma de Directora de Administración y Finanzas.

• Certificado de Disponibilidad Presupuestaria (Anexo 2), para firma de Directora de Administración y Finanzas.

• Ficha de antecedentes o ID del bien o servicio obtenido de la página www.mercadopublico.cl

d. Una vez firmado y visado el Formulario de Solicitud de Compra por Convenio Marco y el respectivo Certificado de Disponibilidad Presupuestaria por el Jefe/a de Administración y Finanzas, se deberá ingresar dichos documentos, mediante Libro de Correspondencia o su equivalente, al Departamento de Adquisiciones, quien será la Unidad responsable de adquirir el producto y/o servicio emitiendo directamente al proveedor respectivo una orden de compra.

e. Una vez aceptada la Orden de Compra por parte del Proveedor, el Departamento o Unidad Municipal Solicitante debe verificar la entrega del bien o realización del servicio, dependiendo de lo que esté establecido en las bases de licitación de cada convenio marco, y velar por la correcta recepción de la Factura de pago.

Es recomendable revisar los documentos adjuntos a la ficha de los proveedores de los respectivos Convenios Marco, ya que en ellos podría encontrar condiciones comerciales que podrían hacer más conveniente su adquisición (como porcentajes de descuentos y plazo de entrega de los productos o servicios, por ejemplo.)

Si los departamentos municipales no cuentan con los perfiles técnicos para ingresar al sistema y necesitan de una Capacitación para tales efectos, deberán solicitarla vía Oficio al Departamento de Adquisiciones con copia a Administración Municipal, para planificar y coordinar dichas capacitaciones.

Artículo 13º: Procedimientos de Grandes Compras (mayores a 1.000 UTM) en Convenios Marco.

a. De la Intención de Compra.

“En las adquisiciones vía convenio marco superiores a 1.000 UTM, las entidades deberán comunicar, a través del Sistema, la intención de compra a todos los proveedores que tengan adjudicado en Convenio Marco el tipo de producto requerido (Artículo 14º bis del Reglamento).”

En este tipo de compras, los documentos que contienen la llamada “Intención de Compra” no son bases de licitación, por lo tanto, no corresponde que en su texto se contengan disposiciones propias de un pliego de condiciones aplicables a una licitación pública.

Documento de Intención de Compra siempre debe indicar, a lo menos:

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• La fecha de decisión de compra: mínimo 10 días corridos antes de la emisión de la orden de compra. La recomendación es contemplar plazos amplios, superiores al mínimo, que permitan a los proveedores preparar adecuadamente sus ofertas.

• La descripción del bien o servicio requerido: debe corresponder a alguna de las categorías y tipos de productos adjudicados en el Catálogo de ChileCompra Express. Este bien o servicio debe estar adjudicado en una licitación de convenio marco, o bien, incorporado posteriormente al catálogo en conformidad a la cláusula de actualización de productos de las bases de licitación.

• La cantidad y las condiciones de entrega: el lugar y plazos de entrega, entre otros, deben encontrarse detallados en el documento de Intención de Compra, y no pueden ser modificadas por la municipalidad con posterioridad a la publicación de dicho documento.

• Los criterios de evaluación: la Intención de Compra debe definir taxativamente cuáles son los criterios que se emplearon para evaluar las ofertas recibidas, así como sus ponderaciones, con la finalidad de seleccionar a la oferta ganadora.

TITULO IV: LICITACIÓN PÚBLICA.

Artículo 14º: Definición.

“Procedimiento administrativo de carácter concursal mediante el cual la Administración realiza un llamado público, convocando a los interesados para que, sujetándose a las bases fijadas, formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará y aceptará la más conveniente”

Artículo 15º: Tipos de Licitación Pública.

Existen tres tipos de Licitaciones Públicas: (Artículo 19 bis Reglamento de la Ley.)

• Licitaciones públicas para contrataciones iguales o inferiores a 100 UTM. (L1)

• Licitaciones públicas para contrataciones superiores a 100 UTM e inferiores a las 1.000 UTM. (LE)

• Licitaciones públicas para contrataciones iguales o superiores a 1.000 UTM. (LP)

Artículo 16º: Procedimiento de Compras.

El procedimiento de Compras que se implementará en la municipalidad estará compuesto por las siguientes etapas:

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1. Solicitud de Pedido.2. Elaboración y Aprobación de Bases.3. Publicación de Bases.4. Evaluación de Ofertas.5. Adjudicación y Notificación de Ofertas.

1. Solicitud de Pedido.

El objetivo de ésta etapa es generar una definición clara y precisa de los aspectos mas relevantes del producto o servicio que se necesita comprar o contratar.

La definición de los requerimientos es una etapa relevante del proceso y en gran medida determinará la eficiencia y eficacia del proceso de compras públicas efectuada por la municipalidad.

El Departamento o Unidad Municipal Solicitante, previo al proceso de requerimiento, deberá confirmar la disponibilidad presupuestaria para la adquisición del bien o servicio al Departamento de Administración y Finanzas de la Municipalidad. Ésta confirmación presupuestaria, en los casos de adquisiciones mayores a 100 UTM o en actividades específicas, podrá ser un Decreto Exento.

Una vez confirmada la disponibilidad presupuestaria correspondiente, se deberá completar e ingresar la Solicitud de Pedido (Anexo 3) al Departamento de Adquisiciones para iniciar el proceso de licitación.

La Solicitud de Pedido contendrá los siguientes aspectos:

• Fecha de la Solicitud• Unidad Solicitante• Nombre de la Licitación.• Objetivos.• Cantidad de bienes o servicios requeridos • Especificación Técnica del bien o servicio requerido.• Presupuesto disponible.• Firma o Vº Bº del Jefe de Departamento o Unidad Municipal.

2. Elaboración y Aprobación de las Bases.

Como definición, las Bases de Licitación son documentos aprobados por la autoridad competente que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, que describen los bienes y servicios a contratar y regulan el Proceso de Compras y el contrato definitivo. Incluyen las Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos correspondientes.

Las Bases de licitación, de acuerdo a lo aprobado en el siguiente Manual, serán elaboradas por el Departamento de Adquisiciones de acuerdo a la Solicitud de Pedido

_________________________________________________________________Municipalidad de Puerto Varas, Departamento de Adquisiciones.

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respectiva, revisadas por la Unidad de Asesoría Jurídica y aprobadas por acto administrativo formal, mediante Decreto Exento de Aprobación de Bases. (Anexo 4)

Aprobación de Bases.

Las Bases de una Licitación Pública se aprobarán mediante la visación de Decreto Exento de Aprobación de Bases, el cual deberá ser redactado por el Departamento o Unidad Municipal Solicitante y deberá ser obligatoriamente enviado vía correo electrónico al Jefe o a las/os funcionaria/os del Departamento de Adquisiciones.

Una vez elaboradas las Bases y el Decreto Exento de Aprobación de Bases, el conducto posterior es la visación y aprobación de dichos documentos.

Componentes de un Decreto: deben contener a lo menos:

Vistos: en esta parte debe hacerse referencia a las normas legales y administrativas que autorizan y regulan la decisión que se adopta por medio del decreto.

Considerando: en esta parte se expresan los argumentos que se usan para tomar una decisión en un sentido u otro.

Resuelvo: esta es la parte decisoria del decreto, en donde se toma una decisión, en este caso, la de autorizar la publicación de las Bases.

El proceso de visación del decreto se inicia de acuerdo al siguiente orden:1. Firma de Jefe/a de Departamento Solicitante.2. Firma y Timbre VºBº de Jefe/a de Adquisiciones.3. Firma Jefe/a de Departamento de Administración y Finanzas.4. Firma y Timbre Jefe/e de Unidad de Control. 5. Firma Administrador/a Municipal.6. Firma Secretario Municipal.7. Timbre Oficina de Partes.

El asesor jurídico tendrá como función elaborar los contratos respectivos, y visará los decretos exentos referidos sólo a las licitaciones que excedan las 100 UTM.

3. Publicación de las Bases.

Una vez completado la etapa anterior, y con los documentos administrativos debidamente firmados y timbrados, corresponde la etapa de Publicación de las Bases.

La publicación de las Bases de licitación se realizará a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl y será de responsabilidad del Departamento de Adquisiciones.

En el Sistema de Información se publicarán los siguientes archivos escaneados:

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1. El Decreto Exento de Aprobación de Bases.2. Las Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos.

Plazos Asociados.

Los plazos mínimos de publicación de las bases en el portal serán los indicados en el artículo 25º del Reglamento de Compras Públicas.

Plazos entre publicación y cierre:

MONTO DE LA ADQUISICIÓN PLAZO DE PUBLICACIÓNIgual o Superior a 1.000 UTM (LP) Mínimo 20 días.Igual o Superior a 100 UTM e Inferior a 1.000 UTM (LE) Mínimo 10 días.Iguales o Inferiores a 100 UTM (L1) Mínimo 5 días.

El Departamento de Adquisiciones tendrá la facultad de aumentar el plazo de publicación, cuando observe que la licitación esta pronto a cerrar y no existan los oferentes en número suficiente para hacer una adecuada comparación de ofertas, siempre y cuando esté estipulado en las respectivas Bases.

Las preguntas formuladas por los Proveedores deberán efectuarse a través del Sistema de Información, no pudiendo los proveedores contactarse de ninguna otra forma con la municipalidad o sus funcionarios por la respectiva licitación durante el curso del proceso.

El Departamento de Adquisiciones deberá dar respuesta a las preguntas a través del Sistema de Información, dentro del plazo establecido en las Bases.

Consideraciones.

• Los plazos indicados son en días corridos.

• Los plazos mínimos pueden ser reducidos a la mitad en el evento que se trate de bienes o servicios de simple y objetiva especificación, y que razonablemente conlleve un esfuerzo menor en la preparación de las ofertas. Esta reducción de plazo tiene que estar indicada en el respectivo Decreto Exento de Aprobación de Bases. Solo se podrán reducir los plazos de licitaciones LE y LP.

• El plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15 horas.

Apertura de las Ofertas.

De acuerdo al Reglamento de compras públicas, el acto de apertura se efectuará a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl, liberándose automáticamente las ofertas en el día y hora establecido en los plazos de la Ficha Electrónica de la Licitación del Portal.

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El Departamento de Adquisiciones de la Municipalidad de Puerto Varas, será la unidad encargada de efectuar el acto de apertura, en dicho acto se efectuará la revisión de toda la documentación exigida a los oferentes y se levantará un Acta de Apertura que consignará el nombre de los oferentes participantes, detalle de los documentos requeridos, presentación de dichos documentos por los oferentes y observaciones en caso que las hubieren.

Todas las ofertas deberán presentarse en formato electrónico a través del Portal de Internet de compras públicas (www.mercadopublico.cl )

4. Evaluación de las Ofertas.

De acuerdo al Art. 37, 4° párrafo, del Reglamento de Compras Públicas: “En las licitaciones en las que la evaluación de las ofertas revista gran complejidad y en todas aquellas superiores a 1.000 UTM, las ofertas deberán ser evaluadas por una comisión de al menos tres funcionarios públicos, con responsabilidad administrativa, internos o externos al organismo respectivo, de manera de garantizar la imparcialidad y competencia entre los oferentes. Excepcionalmente, y de manera fundada, podrán integrar esta comisión personas ajenas a la administración y siempre en un número inferior a los funcionarios públicos que la integran.

Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán tener conflictos de interés con los oferentes. (Artículo 37º del reglamento de la ley N° 19.886).

La Comisión Evaluadora elaborará un Informe comparativo y fundado de las propuestas, proponiendo a la autoridad competente la que sea más conveniente al interés municipal, señalando el orden de precedencia de dichas ofertas, de acuerdo a los resultados de la aplicación de un sistema de evaluación técnica y económica, según los criterios mínimos establecidos en las bases.

5. Adjudicación y Notificación de las Ofertas.

La Autoridad Municipal aceptará la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, establecidos en las Bases.

El proceso de Adjudicación contempla las siguientes etapas:

a. Resolución de adjudicación: se adjudicará a través de un Decreto Exento de Adjudicación por la o las autoridades competentes (Anexo 4), el respectivo Informe o Acta de Evaluación (Anexo 5) y el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria.

b. Notificación de Adjudicación: una vez que se haya adjudicado la licitación, se procederá a notificar la decisión al adjudicatario mediante el portal www.mercadopublico.cl como a si mismo a los demás oferentes que hubiesen participado en la Propuesta Pública.

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c. Publicación en Página Web: se publicará e informará en el sitio www.mercadopublico.cl

La Entidad Licitante no podrá adjudicar la licitación a una oferta que no cumpla sustancialmente con las condiciones y requisitos establecidos en las Bases.

Es obligatorio establecer en las Bases de Licitación Cláusulas Tipo de Readjudicación, en caso de que el proveedor adjudicado se rehúse a suscribir el contrato o no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las Bases. Para tales efectos, se adjudicará al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas.

Por lo tanto, los documentos necesarios para adjudicar una licitación son:1. Informe o Acta de Evaluación, firmado por la comisión evaluadora.2. Certificado de Disponibilidad Presupuestaria, firmado por la Jefatura de

Administración y Finanzas.3. Decreto Exento de Adjudicación.

El procedimiento de visación del Decreto Exento de Adjudicación es el siguiente:1. Firma de Jefe/a de Departamento Solicitante.2. Firma y Timbre VºBº de Jefe/a de Adquisiciones.3. Firma Jefe/a de Departamento de Administración y Finanzas.4. Firma y Timbre Jefe/e de Unidad de Control.5. Firma Administrador/a Municipal.6. Firma Secretario Municipal.7. Timbre Oficina de Partes.

Si no se puede cumplir con la fecha de adjudicación establecida en la Ficha Electrónica de Licitación, se deberá subir obligatoriamente una Resolución o Decreto Exento de Modificación de Fecha de Adjudicación (Anexo 6) junto a los documentos necesarios para adjudicar una licitación.

Artículo 17º: Garantías.

Las garantías son instrumentos financieros, que representan una caución a favor de quien se emite, en éste caso, la Municipalidad.

Su objetivo es proteger los intereses fiscales, son de uso restringido y se utilizan solamente en contratos de mayor cuantía, donde existe riesgo de incumplimiento que pudiera afectar de manera importante la operación del organismo público y la calidad del servicio que se presta a la ciudadanía.

Artículo 18º: Usos y características de las Garantías.

1. Garantías de la Seriedad de la Oferta.

Características Garantías de la Seriedad de la Oferta.Objetivo Garantizar que el oferente mantenga las condiciones de _________________________________________________________________

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la oferta enviada hasta que se suscriba el contrato, acepte la orden de compra, o bien caucione el fiel cumplimiento del contrato.

Presentación Previo al cierre de presentación de ofertas y apertura de éstas. El oferente deberá entregarla en formato papel en Oficina de Partes.

Vigencia Corto plazo. Por el tiempo estimado de evaluación de ofertas y definición de resultados.

Devolución No mas de 10 días hábiles para lo proveedores no adjudicados, luego de publicados los resultados.En caso de proveedor adjudicado, se restituye contra entrega de Boleta de Fiel Cumplimiento del Contrato.

Monto Valor fijo total, en función del monto total del contrato y del riesgo, se sugiere entre 100 mil a 200 mil pesos.

2. Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.

Características Garantías de la Seriedad de la Oferta.Objetivo Garantizar el correcto cumplimiento por parte del

proveedor adjudicado, de todos los compromisos que derivan del contrato. Es obligatoria para las compras mayores a 1.000 UTM.

Presentación Al momento de suscribir el contrato. Reemplaza a la Boleta de Seriedad de la Oferta, en caso que se haya requerido.

Vigencia De Largo Plazo. Por la duración del contrato mas 60 días hábiles.

Devolución 60 días hábiles posteriores al término del contrato.Monto El monto puede oscilar entre un 5% a un 30% del

monto del contrato.

Procedimiento para la custodia y mantención de Garantías.

Las Boletas de Garantías serán recepcionadas por la Oficina de Adquisiciones de la Municipalidad, que se encargará de informar y entregar dicha Boleta al Departamento de Administración y Finanzas del municipio.

El procedimiento de custodia de garantías, tanto de seriedad de las ofertas como del fiel cumplimiento de los contratos será responsabilidad del Departamento de Administración y Finanzas, esto implica como funciones:

Recepción de las Boletas de Garantía (desde Oficina de Adquisiciones) Mantención y custodia de las Boletas. Devolución de las Boletas de Garantías.

TITULO V: LICITACIÓN PRIVADA Y TRATO DIRECTO.

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Artículo 19º: Definiciones:

Licitación o Propuesta Privada

Si en las Licitaciones Públicas respectivas no se hubieran presentado interesados, en tal situación, procederá la Licitación Privada y, en caso de no presentarse interesados nuevamente se procederá mediante Trato o Contratación Directa.

La Licitación Privada es un procedimiento administrativo de carácter concursal, previa resolución fundada que lo disponga (Decreto Exento), mediante el cual la Administración invita a determinadas personas para que, sujetándose a las bases fijadas, formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará y aceptará la más conveniente.

El procedimiento es idéntico al realizado para la Licitación Pública, salvo que la convocatoria para éste tipo de licitación es cerrada, es decir, la municipalidad podrá invitar a participar a un mínimo de tres posibles proveedores interesados que tengan negocios de naturaleza similar a los que son objeto de la Licitación y respecto de los cuales tenga una cierta expectativa de recibir respuesta a las invitaciones efectuadas.

Trato o Contratación Directa

Procedimiento de contratación que, por naturaleza de la negociación que conlleva, debe efectuarse sin la concurrencia de los requisitos señalados para la licitación o propuesta pública y para la privada. Tal circunstancia deberá ser acreditada según lo determine el reglamento.

Las causales o circunstancias en que procede un Trato o Contratación Directa están estipuladas en el artículo 8º de la Ley 19.886 y artículo 10º del Reglamento de la Ley.

Artículo 20º: Contexto Legal.

1. Al ser la licitación pública la regla general, las causales de propuesta privada o trato directo son taxativas y de derecho estricto y por ende, deben constar en el acto administrativo que aprueba el convenio respectivo, y acreditar su concurrencia.

2. No basta para los fines de justificar un trato directo, la sola referencia a las disposiciones legales y reglamentarias que contienen la causal que fundamenta dicha modalidad de contratación, como tampoco la sola alusión a razones de índole interno de funcionamiento del Servicio.

Artículo 21º: Antecedentes obligatorios.

Una adquisición mediante Trato Directo requiere:

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a. La resolución o decreto alcaldicio exento que autoriza este procedimiento en donde se fundamenta la causal que justifica este mecanismo excepcional.

b. Sólo se podrá omitir la resolución o decreto cuando el Trato Directo invoque la causal f) del artículo 8 de la Ley «si se trata de servicios de naturaleza confidencial o cuya difusión puede afectar la seguridad nacional o el interés nacional, los que serán determinados por decreto supremo».

La Licitación Privada y el Trato Directo son MECANISMOS EXCEPCIONALES DE COMPRA, por tanto, por regla general las adquisiciones se deben efectuar a través del Catálogo Electrónico (Convenios Marco) o bien mediante Licitación Pública.

Artículo 22º: Publicación del Decreto Exento en el Portal.

La Entidad Licitante deberá publicar en el Sistema de Información, la resolución o decreto exento que autoriza la procedencia del Trato o Contratación Directa, especificando el bien y/o servicio contratado y la identificación del proveedor con quien se contrata, a más tardar dentro de un plazo de 24 horas desde la dictación de dicha resolución o decreto, a menos que el Trato o Contratación Directa sea consecuencia del caso establecido en la letra f) del Artículo 8 de la Ley de Compras.

Cuadro resumen de requisitos obligatorios para el Trato Directo y la Licitación Privada Art. 8° Ley de Compras – Art. 10° Reglamento

Causal Requiere Resolución Requiere un mínimo de 3 cotizaciones

Monto Máximo

1 Si en la licitación pública previa no se hubieran presentado interesados. En este caso procede primero la licitación privada y si no tuviera interesados se puede realizar Trato Directo.

Si Sí -

2 Si se tratara de contratos que correspondieran a la realización o terminación de un contrato que haya debido resolverse anticipadamente por falta de cumplimiento del contrato u otras causales, cuyo remanente no supere las 1000 UTM.

Si Si 1000 UTM

3 En caso de emergencia, urgencia o imprevisto calificado mediante resolución fundada del jefe superior de la entidad.

Si No

4 Si sólo existe un proveedor del bien o servicio.

Si No -

5 Si se tratara de convenios de prestación de servicios a celebrar con personas jurídicas extranjeras que deban ejecutarse fuera del territorio nacional.

Si Si -

6 Si se trata de servicios de naturaleza confidencial o cuya difusión pudiera afectar la seguridad nacional o el interés nacional, los que serán determinados por decreto supremo.

No No -

7.a. Si se requiere contratar la prórroga de un contrato de suministro o servicios, o contratar Servicios Conexos, respecto de un contrato suscrito con anterioridad, por considerar indispensable para las necesidades de la entidad y sólo por el

Si No 1000 UTM

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tiempo que procede a un nuevo proceso de compra.

7.b. Cuando la adquisición se financie con gastos de representación en conformidad a las instrucciones presupuestarias correspondientes.

Si No -

7.c. Cuando pueda afectarse la seguridad e integridad personal de las autoridades siendo necesario contratar directamente con un proveedor probado que asegure discreción y confianza.

Si No -

7.d Si se requiere contratar consultorías cuyas materias se encomiendan en consideración especial de las facultades del proveedor que otorgará el servicio o ellas se refieren a aspectos claves y estratégicos.

Si No

7.e Cuando la contratación de que se trate sólo pueda realizarse con los proveedores que sean titulares de los respectivos derechos de propiedad industrial, intelectual, licencias, patentes y otros.

Si No -

7.f Cuando por la magnitud e importancia que implica la contratación se hace indispensable recurrir a un proveedor determinado en razón de la confianza y seguridad que se derivan de su experiencia comprobada en la provisión de los bienes o servicios requeridos, y siempre que se estime fundadamente que no existen otros proveedores que otorguen esa seguridad y confianza.

Si No -

7.g Cuando se trate de la reposición o complementación de equipamiento o servicios accesorios, que deban necesariamente ser compatibles con los modelos, sistemas o infraestructura previamente adquirida por la entidad.

Si No -

7.h Cuando el conocimiento público que generaría el proceso licitatorio previo a la contratación pudiera poner en riesgo el objeto y la eficacia de la contratación.

Si No -

7.i Cuando se trate de la adquisición de bienes muebles a oferentes extranjeros, para ser utilizados o consumidos fuera de Chile (…) y en las que por razones de idioma, sistema jurídico sea del todo indispensable acudir a esta contratación.

Si No -

7.j Cuando el Costo de Evaluación de las ofertas, desde el punto de vista financiero o de utilización de recursos humanos resulta desproporcionado en relación al monto de la contratación.

Si No 100 UTM

7. k Cuando se trate de la compra de bs y/o ss que se encuentran destinados a la ejecución de proyectos específicos o singulares, de docencia, investigación o extensión, en que la utilización del procedimiento de licitación pública pueda poner en riesgo el objeto y la eficacia del proyecto que se trate.

Si No -

7.l Cuando, habiendo realizado una licitación pública previa para el suministro de bs y ss no se recibieran ofertas, o éstas resultaran inadmisibles por no ajustarse a los requisitos esenciales establecidos en las bases y la contratación es indispensable para el organismo.

Si No -

7.m Cuando se trate de la contratación de servicios especializados inferiores a 1000

Si No 1000 UTM

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UTM.8. Si las contrataciones son iguales o

inferiores a 10 UTM.Si Si 10 UTM

• Las cotizaciones requeridas pueden ser obtenidas por cualquier medio, es decir, email, foto de pantalla, etc. SIEMPRE DEBEN INCLUIR EL RUT DEL PROVEEDOR.

• Las empresas que cotizan no necesariamente deben estar registradas en mercadopublico.cl o en chileproveedores.cl, SIN EMBARGO, EL PROVEEDOR ADJUDICATARIO DEBE ESTAR EN ESTADO HABIL AL MOMENTO DE LA GENERACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA.-

Artículo 23º: Procedimientos Tratos Directos.

El Departamento o Unidad Municipal Solicitante deberá ingresar al Departamento de Contabilidad la Solicitud de Pedido Trato Directo, junto con todos los antecedentes que justifican y respaldan dicho procedimiento, con el objetivo de confirmar la Disponibilidad Presupuestaria para la adquisición del bien o servicio.

Una vez aprobada la Disponibilidad Presupuestaria respectiva, es necesario tener en cuenta los siguientes aspectos para proceder a redactar el Decreto Exento de Contratación Directa:

1. Justificar las causas y circunstancias del Trato Directo.

2. Evaluar y confeccionar, si amerita el caso, cuadros comparativos de ofertas.

3. Verificar si el proveedor es Hábil para contratar.

4. Verificar si es necesario solicitar Boletas de Garantía de Fiel Cumplimiento.

5. Acreditar la Disponibilidad Presupuestaria mediante Certificado.

6. Redactar y aprobar contrato si corresponde. (Tratos Directo sobre las 1.000 UTM es obligatorio el contrato.)

7. Publicar en el sistema antes de las 24 horas de plazo.

Una vez elaborado el Decreto Exento de Trato Directo por el departamento municipal solicitante, se deberá enviar obligatoriamente en formato word vía correo electrónico al Jefe de Adquisiciones para su revisión o al correo [email protected], procedimiento que se realizará junto con el Asesor Jurídico, con el objetivo de determinar su pertinencia con la Ley 19.886 y el Reglamento de la Ley de Compras.

Una vez revisado el Decreto y enviado al departamento municipal solicitante, el conducto posterior es la visación y aprobación de dicho documento.

El proceso de visación del Decreto se inicia de acuerdo al siguiente orden:

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8. Firma de Jefe/a de Departamento Solicitante.9. Firma y Timbre de Jefe/a de Adquisiciones.10. Firma Jefe/a de Departamento de Administración y Finanzas.11. Firma y Timbre Jefe/e de Unidad de Control.*12. Firma Administrador/a Municipal.13. Firma Secretario Municipal.14. Timbre Oficina de Partes.

*La Unidad de Control será la encargada de velar por el cumplimiento de las 24 horas que exige la Ley de Compras para subir al portal el Decreto Exento, por lo tanto, no visará Decretos Exentos que lleguen a dicho departamento los días viernes posterior a 14 horas, salvo las solicitudes emergencia, urgencia o improvisto.

TITULO VI: EMERGENCIAS, URGENCIAS O IMPREVISTOS.

Artículo 24º: Definiciones.

En conformidad a lo dispuesto en el Artículo 8 letra c de la Ley de Compras Públicas Nº 19.886, se podrá determinar como situación de emergencia, urgencia o improvisto, aquellas debidamente fundadas y/o calificadas mediante Decreto Alcaldicio, sin perjuicio de las disposiciones especiales para casos de sismos y catástrofes contenidas en la legislación pertinente, en tal caso, la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas podrá girar por el sistema mercadopublico en forma directa la Orden de Compra a un determinado proveedor, sin cotizar por el Sistema. En este caso, el Departamento Solicitante, deberá detallar claramente que da a lugar a la compra o contratación de un producto o servicio en forma rápida, por alguna necesidad debidamente fundada.

Todo Decreto Exento de Trato Directo que invoque la causal de Emergencia, Urgencia o Improvisto, deberá ir acompañado obligatoriamente de un Informe firmado y visado por la autoridad competente que justifique el procedimiento, acompañado de fotografías respectivas, si corresponde el caso.

TITULO VII: CONTRATO DE SUMINISTROS.

Artículo 25º: Procedimiento.

Si los productos o servicios requeridos no se encuentran disponibles en el catalogo de Convenio Marco, la Unidad Solicitante verificará si la institución cuenta con contratos de suministros vigentes para la adquisición de los productos o servicios requeridos. De existir contratos de suministros vigentes, la Unidad Solicitante usará éste procedimiento.

De no contar con contratos de suministros vigentes, las distintas unidades municipales podrán solicitar, previa confirmación de disponibilidad presupuestaria, al Departamento de Adquisiciones, evaluar la pertinencia de generar un contrato, considerando la periodicidad con que se requieren los productos o servicios respectivos.

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En caso de determinar que es necesario generar un nuevo contrato de suministro, la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas deberá llamar a Licitación Pública el suministro de servicios y/o materiales que utilice en forma constante, siguiendo las indicaciones de procedimientos para éste tipo de licitaciones mencionadas en el presente Manual, con el propósito de reducir los tiempos de espera en la adquisición de bienes y prestación de servicios. Las órdenes de compra se emitirán a medida que se vayan requiriendo los bienes y/o servicios.

Los contratos de suministros deberán ser utilizados por todas las unidades municipales, a excepción de los contratos de suministros que son solicitados para uso exclusivo de departamentos municipales específicos.

Procedimiento de adquisición vía contrato de suministros.

1. El Departamento o Unidad Municipal Solicitante enviará una Solicitud de Pedido Convenio de Suministros al Departamento de Contabilidad indicando los bienes o servicios de acuerdo a los precios establecidos en el respectivo Convenio de Suministros. (los proveedores deberán respetar obligatoriamente los precios ofertados en el convenio respectivo)

2. En la Solicitud de Pedido se deberá indicar explícitamente el código Id del Convenio de Suministros invocado, es decir, ID de la Licitación.

3. A la Solicitud de Pedido se le deberá adjuntar, si es que corresponde, la cotización respectiva y/o Decreto Exento que apruebe la actividad en la cuál se requieren dichos productos o servicios.

4. El Departamento de Contabilidad visará la Solicitud de Pedido y la enviará al Departamento de Adquisiciones.

5. El Departamento de Adquisiciones, con el gasto presupuestario aprobado, procederá a generar la Orden de Compra a través del portal www.mercadopublico.cl y se la enviará al proveedor respectivo vía internet.

6. La Unidad Solicitante se encargará de recepcionar los bienes o servicios solicitados.

El control de los saldos presupuestarios de los Convenios de Suministros será responsabilidad del Departamento de Adquisiciones, sin embargo, los Convenios de Suministros solicitados y generados para departamentos municipales específicos, serán controlados por dichos departamentos.

TITULO VIII: GESTIÓN DE CONTRATOS.

Artículo 26º: Redacción y Aprobación del Contrato.

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Para resguardar los intereses de la Municipalidad, las bases de licitación deberán estipular la suscripción de un contrato cuando estime que los montos y/o bienes o servicios involucrados, justifiquen la procedencia de dicho documento, el cual será elaborado por la Unidad Jurídica de la Municipalidad de Puerto Varas.

Antes de suscribir el Contrato, y si en las Bases de Licitación está estipulado la solicitud de Boleta de Garantía de Fiel Cumplimiento, el Departamento de Adquisiciones, deberá velar por la correcta emisión de dicha Boleta, informando al Proveedor Adjudicatario si la Boleta presenta errores o se encuentra sin observaciones.

El plazo para la suscripción del contrato será aquél estipulado en las respectivas Bases de Licitación, sin perjuicio que éste deberá ser suscrito entre el Represante Legal de la Municipalidad y Representante Legal del Proveedor Adjudicatario en un plazo no superior a los 30 días corridos a partir de la fecha de la notificación de la adjudicación.

Serán parte integrante del contrato las bases de licitación, las bases técnicas y sus aclaraciones, la oferta adjudicada y toda documentación cursada entre las partes. Se suscribirán cuatro ejemplares de idéntico tenor, quedando tres en poder de la Municipalidad y uno en poder de la empresa adjudicada, pudiendo solicitarse copia autorizada ante Notario, cuando corresponda o lo estime conveniente en su oportunidad la Municipalidad.

De las tres copias suscritas, éstas quedarán en poder de los siguientes departamentos municipales:

1. Departamento o Unidad Municipal Solicitante, 2. Unidad Jurídica.3. Departamento de Adquisiciones.

Una vez suscrito el contrato, el Departamento o Unidad Municipal Solicitante, deberá elaborar el respectivo Decreto de Aprobación del Contrato (Anexo 7), el cuál se deberá publicar en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, por parte del Departamento de Adquisiciones.

Finalmente, para aquellas compras que no requieran la suscripción de un Contrato, el Contrato se formalizará mediante la emisión de la Orden de Compra por parte del Municipalidad de Puerto Varas y la aceptación por parte del proveedor adjudicado, en conformidad con lo establecido en el Articulo 63 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas 19.886.-

Artículo 27º: Causales de Término de Contrato.

El contrato podrá ser modificado o terminado anticipadamente, en forma unilateral por la Municipalidad, y de pleno derecho, si el adjudicatario incurriera en alguna de las siguientes causales:

a) Por resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.b) Incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato.

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c) No ajustarse a las instrucciones técnicas que la Contraparte Técnica o Municipalidad le diere para la prestación del servicio.

d) Si el proveedor es acusado por el Ministerio Público por delito que merezca pena aflictiva.

e) Por quiebra, cesión de bienes o notoria insolvencia del proveedor.f) Si la institución no cumple con la entrega de lo ofertado, de acuerdo a lo

indicado en las presentes bases.g) Por traspaso, a cualquier título, del contrato.h) En general, si el proveedor no ha dado cumplimiento a las bases de licitación.

Sin perjuicio del término anticipado o modificación del contrato adjudicado, la Municipalidad podrá iniciar las acciones legales procedentes para exigir el pago de indemnización por daños y perjuicios que fueren procedentes.

TITULO IX: GESTION DE RECLAMOS.

Los reclamos que se hagan llegar a través del sistema instaurado por la Dirección de Compras Públicas, serán canalizados por el funcionario con el perfil de Gestor Institucional de la Municipalidad para que en un plazo de 48 horas, prepare los descargos respectivos.

Los descargos serán informados a la Dirección de Compras Públicas y al proveedor que haya hecho el reclamo por el Gestor Institucional.

En caso de que el reclamo necesite mayor tiempo del indicado por la Dirección de Compras Públicas, se deberá informar a dicha institución dentro de las 24 horas, que se está preparando la respuesta.

TITULO X: PROCEDIMIENTOS DE PAGO.

Una vez enviada la orden de compra a través del sitio de Internet www.mercadopublico.cl, el proveedor tendrá un plazo máximo de dos (2) días corridos para aceptarla o rechazarla. Si el proveedor no se pronunciare o rechazare la Orden de compra dentro del plazo estipulado, se informara al Municipio y este procederá a rechazar las Orden(es) compra(s) y hacer efectiva la Multa de acuerdo a lo estipulada en las Bases de Licitación.

Cancelación del bien y/o servicio.

Se cancelará al adjudicatario, en un plazo máximo de 30 días una vez recepcionado todos los documentos en la Dirección de Administración y Finanzas de la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas.

La cancelación se efectuará mediante cheque nominativo a nombre del adjudicado.

Para la cancelación de los bienes deberá acompañar los siguientes documentos:

_________________________________________________________________Municipalidad de Puerto Varas, Departamento de Adquisiciones.

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1. Factura, a nombre de la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas.

2. Certificado de Recepción conforme de los bienes o servicio adquirido emanado del Director y/o Encargado del Departamento o Unidad Municipal Solicitante.

3. Ordenes de compras emitidas y aceptadas a través del portal de mercado público y Orden de Compra Interna.

TITULO XI: COMPRAS MENORES A 3 UTM.

Según el artículo 53 del reglamento de la Ley 19.886, las contrataciones de bienes y servicios cuyos montos sean inferiores a 3 UTM podrán efectuarse fuera del sistema de información de acuerdo al siguiente procedimiento:

1. La Unidad Solicitante envía Solicitud de Pedido Compras Menores a 3 UTM al Departamento de Contabilidad para confirmar disponibilidad presupuestaria adjuntando 3 cotizaciones en formato papel.

2. El Departamento de Adquisiciones, una vez recepcionado la Solicitud de Pedido visada por Administración y Finanzas, generará la Orden de Compra Interna para la adquisición del bien o servicio.

3. Finalmente, solo se podrá adquirir un máximo de tres veces con un mismo proveedor durante el año en curso.

Articulo 28º: Anulación de Ordenes de Compra.

Las Órdenes de Compra que se requieran anular, deberán ingresar al Departamento de Adquisiciones con los siguientes documentos adjuntos:

1. Orden de Compra que se desea anular.

2. Memorandum indicando el motivo de la anulación firmado y visado por el Jefe de Departamento solicitante.

Para anular Ordenes de Compra extraviadas es necesario ingresar Memorando visado por el Jefe de Departamento solicitante.

Elaborado por Carlos Loaiza Morales.Adm. Público Lic. En Cs. Políticas.

ANEXOS:

_________________________________________________________________Municipalidad de Puerto Varas, Departamento de Adquisiciones.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE ADQUISICIONESILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PUERTO VARAS

Anexo 1 Formulario de Solicitud Multifunción: Convenio MarcoAnexo 2 Certificado de Disponibilidad PresupuestariaAnexo 3 Solicitud de Pedido Anexo 4 Decreto Exento de AdjudicaciónAnexo 5 Acta de EvaluaciónAnexo 6 Decreto Exento de Modificación de fechaAnexo 7 Decreto Exento Aprobación de Contrato

_________________________________________________________________Municipalidad de Puerto Varas, Departamento de Adquisiciones.

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_________________________________________________________________Municipalidad de Puerto Varas, Departamento de Adquisiciones.

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SOLICITUD DE PEDIDO.

FECHA DE SOLICITUD

1. INFORMACION GENERAL UNIDAD SOLICITANTE

UNIDAD SOLICITANTE

2. DESCRIPCION DEL PRODUCTO O SERVICIO

NOMBRE DE LA ADQUISICIÓN

OBJETIVOS

CANTIDAD DE BIENES O SERVICIOS REQUERIDOS

PRESUPUESTO

3. ESPECIFICACIONES TECNICAS DEL BIEN O SERVICIO REQUERIDO.

FIRMA Y TIMBRE UNIDAD SOLICITANTE

_________________________________________________________________Municipalidad de Puerto Varas, Departamento de Adquisiciones.

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CERTIFICADO DE DISPONIBILIDADPRESUPUESTARIA

De conformidad al presupuesto aprobado para este Municipio por el Concejo

Municipal para el año 2013, certifico que a la fecha del presente documento, esta

institución cuenta con el presupuesto para financiar “Convenio de Servicios de

Banquetería Itinerante” correspondiente a la Licitación Pública ID 2852-107-L113.

__________________Jacqueline Werner Stange

Directora Finanzas

Puerto Varas, 12 de agosto de 2013.

_________________________________________________________________Municipalidad de Puerto Varas, Departamento de Adquisiciones.

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I. Municipalidad de Puerto VarasDepartamento de Aseo Ornato y Medio Ambiente.

PUERTO VARAS,

DECRETO EXENTO N°: ___________/

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE:

a) El Decreto Exento Nº 3183 del 25 de julio de 2013, que autoriza la compra de un Minicargador para realizar labores de limpieza de espacios públicos en diferentes sectores de la comuna de Puerto Varas y sus alrededores.

b) Las bases administrativas para “Adquisición de un Minicargador para la Municipalidad de Puerto Varas”

c) Lo dispuesto en la Ley N° 19.886, Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y sus modificaciones; en el D.S. N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.

d) El Decreto Exento N° 0001/2013 sobre la delegación de firmas en el Administrador Municipal, de documentación alcaldicia bajo la fórmula “Por orden del Señor Alcalde”;y

e) Las atribuciones que me confieren el Texto Refundido de la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades cuyo texto refundido fue fijado por el DFL 1 del 09.05.06, publicado en el Diario Oficial del 26.07.06;

C O N S I D E R A N D O:

La necesidad de contar con un Minicargador, con la finalidad de realizar labores de limpieza de espacios públicos en diferentes sectores de la comuna de Puerto Varas y sus alrededores.

R E S U E L V O:

1º.- APRUÉBESE, en todas sus partes las Bases Administrativas del llamado a Licitación Pública para “Adquisición de un Minicargador para la Municipalidad de Puerto Varas”, para realizar procedimiento en el sistema de información de Compras Publicas www.mercadopublico.cl.-

2°.- PUBLIQUESE Y LLAMESE a Licitación Pública denominada “Adquisición de un Minicargador para la Municipalidad de Puerto Varas”, a través del sistema de Compras Publica www.mercadopublico.cl.

3°.- IMPÚTESE el gasto que demanda esta Licitación por un monto de $19.999.900.- Iva incluido (léase diecinueve millones novecientos noventa y nueve mil novecientos pesos) al presupuesto municipal vigente año 2013.

Anótese, Comuníquese, publíquese en el portal de transparencia y una vez hecho, archívese.

“Por orden del Señor Alcalde”

MARITZA URIBE HIGUERA

Administradora Municipal

ALEXIA NARANJO LOYOLA Secretaria Municipal (S)

MUH/ANL/JWS/JSV/clm

_________________________________________________________________Municipalidad de Puerto Varas, Departamento de Adquisiciones.

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I. Municipalidad de Puerto VarasDepartamento de Personal

PUERTO VARAS,

DECRETO EXENTO N°___________/ VISTOS Y TENIENDO PRESENTE:

a) Lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 de “Ley y Contratación Pública Chilecompra”.

b) El Informe de la Comisión Evaluadora, correspondiente a la licitación ID 2852-101-L113 de fecha 01/08/2013.

c) El Acta de Apertura Electrónica de fecha 24/07/2013, correspondiente a la licitación pública ID 2852-101-L113 “Adquisición de Reloj Control de Asistencia”.

d) El Decreto Exento 2850 de fecha 05/07/2013, que autoriza la compra de dos Reloj Control destinados a registrar las asistencia del Personal del Departamento de Aseo, Ornato y Medio Ambiente y de la Dirección de Desarrollo Comunitario.

e) El Decreto Exento N° 3008 del 12/07/2013 que aprueba las Bases Administrativas del llamado a Licitación Pública “Adquisición de Reloj Control de Asistencia”.

e) El Decreto Exento Nº 001/2013, sobre delegación de firmas en la Administradora Municipal, de documentación alcaldicia bajo la fórmula "Por orden del Sr. Alcalde".

f) En uso de las facultades que me confiere la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, cuyo texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado fue fijado por D.F.L. 1 del 19/05/2006, publicado en el Diario Oficial del 26/07/2006.

CONSIDERANDO:

La necesidad de contar con un Reloj Control Biométrico para Asistencia de Funcionarios dependientes de las Unidades de DIDECO y Taller Municipal de la Municipalidad de Puerto Varas.

RESUELVO:

1º ADJUDIQUESE al Proveedor QWANTEC INGENIERIA LIMITADA, RUT 76.173.410-5, la Licitación Pública “Adquisición de Reloj Control de Asistencia”. El Proveedor adjudicado cumple con todos los requisitos solicitados por la Municipalidad en la Licitación indicada y se encuentra con estado Hábil en el Registro Electrónico de Proveedores del Estado.

2º IMPÚTESE el gasto que demande la presente adjudicación de la Licitación Pública “Adquisición de Reloj Control de Asistencia” ascendente a la suma de $711.144, IVA Incluido (léase setecientos once mil ciento catorce pesos), al Presupuesto Municipal Vigente.

Anótese, Comuníquese, Notifíquese al Adjudicatario, Publíquese en el Portal de Transparencia y una vez hecho, archívese.

“Por Orden del Señor Alcalde”

ALEXIA NARANJO LOYOLA

Administradora Municipal (S)

MARCELO VEGA DÍAZ

Secretario Municipal (S)

_________________________________________________________________Municipalidad de Puerto Varas, Departamento de Adquisiciones.

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ANL/MVD/JWS/RLJ/clm

INFORME EVALUACIÓN LICITACIÓN “Adquisición de Reloj Control de Asistencia”

ID. CHILECOMPRA Nº 2852-101-L113

Tipo de Reunión:Evaluación Técnica y Económica de la propuesta presentada

Fecha:01/08/2013

Hora: 10:00

Lugar: Oficina de Adquisiciones.

Asistentes.

• Roberto Loyola (Jefe de Personal). • Carlos Loaiza M.(Encargado Oficina Adquisiciones)

Objetivos: evaluar propuestas presentadas y corroborar que se adjunten todos los antecedentes solicitados en las bases administrativas de la presente licitación publica.

Desarrollo de la Reunión

1. Se revisa la Licitación Pública de “Adquisición de Reloj Control de Asistencia” aprobadas sus bases administrativas mediante Decreto Exento Nº 3008 de fecha 12/07/2013.

2. El presupuesto disponible para esta licitación es de $1.300.000.- Impuesto Incluido.

3. Se informa que en este proceso de licitación se recibieron a través del sistema de información, el total de nueve (9) ofertas.

4. Se realizaron 20 consultas en el Foro Preguntas y Respuestas, las cuales se adjuntan al Acta de Evaluación.

5. En la Apertura realizada el 24 de julio de 2013, fueron aceptadas siete (7) ofertas presentadas por:

Razón SocialRUT Estado en el

PortalGASTON JESUS MOREL PEZOA 6.915.301-1 Hábil

WILLI LEVI MUNDACA SERVICIOS DE INGENIERIA E I R L 76.348.800-4 Hábil

HUMBERTO GARETTO E HIJOS LIMITADA 81.771.100-6 Hábil

QWANTEC INGENIERIA LIMITADA 76.173.410-5 Hábil

INGENIERIA, INSTALACIONES Y SERVICIOS TELCOMT LIMITADA 76.963.070-8 Hábil

COMERCIAL ANDRES ANTONIO OTERO URIBE E.I.R.L. 76.058.391-k Hábil

COMERCIAL TOTALPACK LTDA 79.948.840-k Hábil

6. Se solicitó, mediante el Foro Inverso la siguiente Aclaración con respecto a la oferta presentada por QWANTEC INGENIERIA LIMITADA:

Nombre Oferta: Reloj control de asistencia con software de control para windows.

Proveedor: QWANTEC INGENIERIA LIMITADA

Etapa Apertura

Fecha Pregunta Consulta

Fecha Respuest

aRespuesta

Apertura Económica

24/7/2013 18:14:17

Estimados, en Anexo 3 de su oferta señalan como plazo de

entrega 1 día Hábil, solicito por favor aclarar si corresponde a lo solicitado en Bases, numeral 15 letra c, el cuál señala: Plazo de

24/7/2013 18:25:27

Estimados el tiempo de entrega efectivamente es 1

día(despacho del producto), sin embargo la coordinación de la instalación normalmente se

programa en un promedio de 2 a

_________________________________________________________________Municipalidad de Puerto Varas, Departamento de Adquisiciones.

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Entrega: corresponde al plazo que emane entre el envío de la orden de compra por parte de la Municipalidad a través del

portal www.chilecompra.cl y la instalación y funcionamiento

del producto.

3 días hábiles, luego de confirmados los requerimientos

(punto de red y enchufe)

7. Para efectos de establecer un método objetivo de evaluación, se deja establecido que se diseño y tuvo presente los siguientes criterios de evaluación y sus ponderaciones, de los cuales se deja constancia para efectos de la transparencia y publicidad del proceso respectivo:

Criterios PonderaciónPrecio 30%

Calidad del Producto 30%Plazo 20%

Garantía 20%TOTAL 100%

8. EVALUACIÓN ECONÓMICA Y TÉCNICA:

A.- Precio 30%

La Evaluación Económica se realizará de acuerdo al Anexo Económico y de acuerdo a la siguiente fórmula:

Precio = (Precio Oferta Más Económico/Precio Oferta a evaluar)*30

CUADRO COMPARATIVO PRECIO:

Razón SocialPrecio

Ofertado (Imp incl)

Precio Menor Oferta

Puntaje Total

GASTON JESUS MOREL PEZOA $1.297.100.-

$666.400.-

15.4WILLI LEVI MUNDACA SERVICIOS DE INGENIERIA E I R L $1.249.500.- 15.9HUMBERTO GARETTO E HIJOS LIMITADA $1.141.041.- 17.5QWANTEC INGENIERIA LIMITADA $711.144.- 28.1INGENIERIA, INSTALACIONES Y SERVICIOS TELCOMT LIMITADA $1.142.400.- 17.4COMERCIAL ANDRES ANTONIO OTERO URIBE E.I.R.L. $1.166.176.- 17.1COMERCIAL TOTALPACK LTDA $666.400.- 30

B.- Calidad del Producto 30%

De acuerdo a lo informado en el Anexo Nº 3, punto 1: Calidad del Producto.

Requisitos Parámetros Puntajes Pje Final

1 Capacidad Mínima de usuarios:> 1.500 30

Total Puntaje *0,30

= 1.500 10< 1.500 0

2 Software de gestión para WindowsSí 10No 0

3 Soporte Telefónico y por email gratuitoSí 10No 0

4 Sí 20

_________________________________________________________________Municipalidad de Puerto Varas, Departamento de Adquisiciones.

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Gabinete Metálico Contenedor para reloj control

No 0

5 Incluye UPS para cada relojSí 10No 0

6 Incluye instalación y capacitación. Sí 10No 0

7 Puerto USBSí 10No 0

CUADRO COMPARATIVO CALIDAD DEL PRODUCTO.

Razón Social Puntaje Ponderador Puntaje Total

GASTON JESUS MOREL PEZOA 90

0,30

27WILLI LEVI MUNDACA SERVICIOS DE INGENIERIA E I R L 100 30HUMBERTO GARETTO E HIJOS LIMITADA 90 27QWANTEC INGENIERIA LIMITADA 100 30INGENIERIA, INSTALACIONES Y SERVICIOS TELCOMT LIMITADA 100 30

COMERCIAL ANDRES ANTONIO OTERO URIBE E.I.R.L.No

informa.0

COMERCIAL TOTALPACK LTDA 100 30

C.- Plazo de Entrega 20%

Corresponde al Plazo que emane entre el envío de la orden de compra por parte de la Municipalidad a través del portal www.chilecompra.cl y la instalación y funcionamiento del producto.

EP = (Plazo Menor Oferta/Plazo Oferta a Evaluar)*20

CUADRO COMPARATIVO PLAZO DE ENTREGA.

Razón SocialPlazo

Ofertado

Plazo Menor Oferta

Puntaje Total

GASTON JESUS MOREL PEZOA 3 días

3 días

20WILLI LEVI MUNDACA SERVICIOS DE INGENIERIA E I R L 5 días 12HUMBERTO GARETTO E HIJOS LIMITADA 3 días 20QWANTEC INGENIERIA LIMITADA 3 días 20INGENIERIA, INSTALACIONES Y SERVICIOS TELCOMT LIMITADA 16 días 3.7COMERCIAL ANDRES ANTONIO OTERO URIBE E.I.R.L. No indica 0COMERCIAL TOTALPACK LTDA 7 días 8.5

D.- Garantía del Producto 20%.

EG = (Plazo Garantía Oferta a Evaluar/Mayor Plazo Garantía Ofertada)*20

CUADRO COMPARATIVO GARANTIA DEL PRODUCTO.

Razón SocialGarantía Ofertada

Mayor Plazo

GarantíaPuntaje Total

_________________________________________________________________Municipalidad de Puerto Varas, Departamento de Adquisiciones.

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GASTON JESUS MOREL PEZOA 12 meses

24 meses.

10WILLI LEVI MUNDACA SERVICIOS DE INGENIERIA E I R L 12 meses 10HUMBERTO GARETTO E HIJOS LIMITADA 12 meses 10QWANTEC INGENIERIA LIMITADA 24 meses 20INGENIERIA, INSTALACIONES Y SERVICIOS TELCOMT LIMITADA 12 meses 10COMERCIAL ANDRES ANTONIO OTERO URIBE E.I.R.L. No indica 0COMERCIAL TOTALPACK LTDA 24 meses 20

CUADRO RESUMEN PUNTAJE FINAL.

Razón SocialPrecio30%

Calidad30%

Plazo de

Entrega20%

Garantía20%

Puntaje Total100%

GASTON JESUS MOREL PEZOA 15.4 27 20 10 72.4WILLI LEVI MUNDACA SERVICIOS DE INGENIERIA E I R L 15.9 30 12 10 67.9HUMBERTO GARETTO E HIJOS LIMITADA 17.5 27 20 10 74.5QWANTEC INGENIERIA LIMITADA 28.1 30 20 20 98.1INGENIERIA, INSTALACIONES Y SERVICIOS TELCOMT LIMITADA 17.4 30 3.7 10 61.1COMERCIAL ANDRES ANTONIO OTERO URIBE E.I.R.L. 17.1 0 0 0 17.1COMERCIAL TOTALPACK LTDA 30 30 8.5 20 88.5

9. Conforme a lo anteriormente expuesto, se concluye que la oferta presentada y evaluada del oferente QWANTEC INGENIERIA LIMITADA, RUT 76.173.410-5, es adjudicada conforme a lo requerido por la Municipalidad de Puerto Varas, por un monto de $711.144.- IVA INCLUIDO.

- Firman la siguiente Evaluación de Propuestas:

___________________________Roberto Loyola Jelbes

Jefe de Personal

_____________________________Carlos Loaiza Morales

Encargado de Adquisiciones.

Puerto Varas, 01 de Agosto de 2013.

_________________________________________________________________Municipalidad de Puerto Varas, Departamento de Adquisiciones.

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Ilustre Municipalidad de Puerto Varas Administración Municipal

PUERTO VARAS,VISTOS Y TENIENDO PRESENTE

a) Las bases de Licitación Nº 2852-93-L113 “Adquisición de Calzados para funcionarias Municipalidad Puerto Varas”, aprobadas mediante Decreto Nº 2700 del 27 de Junio 2013.

b) Ley 19.886, ley de bases sobre contratos administrativos de suministros y prestación de servicios Chile Compra.

c) Las ofertas aceptadas, según consta en la Apertura Electrónica de fecha 08.07.2013 ID Nº 2852-93-L113.

d) El informe de evaluación de fecha 18.07.2013.e) El decreto exento Nº 001/2012, que delega firmas en documentación al Administrador

Municipal o en quien lo subrogue legalmente, bajo la formula “Por orden del Sr. Alcalde”.f) Las atribuciones que me confiere la ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades,

cuyo texto refundido fue aprobado por D.F.L. 1, del 09.05.2006, publicado en D.O. del 26.07.2006.

CONSIDERANDO;

a) La necesidad de Adquirir Calzados, para se entregados como implementación de trabajo a funcionarias de la Municipalidad de Puerto Varas.

b) El retraso en el proceso de firmas, por lo que no se pudo adjudicar en el Portal el día 19/07/2013 según se estipulaba en las bases de licitación.

DECRETO Nº _______________/ EXENTO

1. MODIFIQUESE, La fecha de Cierre de Adjudicación que se realizara hasta el día lunes 29 de Julio de 2013.

2. ESTABLÉZCASE, que los puntos no modificados se mantendrán según Bases Originales.-

3. PUBLÍQUESE Y COMUNÍQUESE a los oferentes de la Licitación Nº 2852-93-L113 correspondientes a “Adquisición de Calzados para Funcionarias Municipales”, el cambio de fecha de Adjudicación.

ANOTESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE EN EL PORTAL DE TRANSPARENCIA y una vez hecho, ARCHIVESE.

“Por orden del Sr. Alcalde”

RICARDO MATAMALA MONTIEL ADMINISTRADOR MUNICIPAL(S)

ADRIANA SOTO NIETO SECRETARIA MUNICIPAL (S)

_________________________________________________________________Municipalidad de Puerto Varas, Departamento de Adquisiciones.

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RMM/ASN/CLM/vua.

PUERTO VARAS, VISTOS Y TENIENDO PRESENTE:

a) Lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.

b) El Decreto exento Nº 3.259 de fecha 31/07/2013, que adjudica la licitación Nº ID 2852-98-LE13, convenio de “Diseño de Herramientas de Gestión - Adquisiciones”.

c) La necesidad de mejorar y fortalecer la gestión interna de la Municipalidad de Puerto Varas a través de la aplicación y/o diseño de herramientas administrativas.

d) El Decreto Exento Nº 001/2013, sobre delegación de firmas en la Administradora Municipal, de documentación alcaldicia bajo la formula “Por Orden del Sr. Alcalde”.

e) En el uso de las facultades que me confiere la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, cuyo texto refundido fue fijado por el D.F.L. Nº 1 de fecha 09.05.2006 publicado en el Diario Oficial del 26.07.2006.

DECRETO Nº.______________________ (EXENTO)

1º APRUÉBESE, el convenio de “Diseño de Herramientas de Gestión - Adquisiciones”, entre la I. Municipalidad de Puerto Varas y el proveedor INGESSA CONSULTORES, Rut Nº 76.261.354-9, representada por don Fernando Meriño Jerez, Rut Nº 12.713.082-5

2º IMPÚTESE el gasto que demande la contratación “Diseño de Herramientas de Gestión - Adquisiciones”, por un monto de $5.500.000 (cinco millones quinientos mil pesos) Exento de impuestos, al ITEM presupuestario vigente.

3º DÉJESE, establecido que el cumplimiento y fiscalización del contrato aprobado en el presente decreto estará a cargo de la Unidad de Control interno de la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas.

ANOTESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE EN EL PORTAL DE TRANSPARENCIA, y una vez de hecho ARCHIVESE.

“POR ORDEN DEL SEÑOR ALCALDE”

MARITZA URIBE HIGUERA

ADMINISTRADORA MUNICIPAL ALEXIA NARANJO LOYOLA SECRETARIO MUNICIPAL (S)

MUH/ANL/JWS/MVD/goh

_________________________________________________________________Municipalidad de Puerto Varas, Departamento de Adquisiciones.

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