Manual de Organización y Funciones · 2014. 5. 16. · AGROBANCO MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y...
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MANUAL ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES INSTITUCIONAL CÓDIGO 001_19-OM-06-2002
ELABORACION : División de Organización y Métodos
REVISION : Órgano de Control Institucional
Oficial de Cumplimiento
Oficial de Cumplimiento Normativo
Área Legal
Departamento de Inspectoría
Área de Desarrollo
Área de Riesgos
Área de Finanzas
Área Comercial
Área de Administración
Área de Auditoría Interna
Área de Fondos Administrados y Fideicomisos
CONFORMIDAD : Gerencia General
APROBACION : Directorio Sesión N°305 -2014 del 14/04/14
Acuerdo N° 2495-04-2014
VIGENCIA : Abril 2014 Modificaciones
Se establece la Secretaría del Directorio, dependiente del Directorio.
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CAPITULO INDICE PAGINA
1
INDICE
I N D I C E
I. INTRODUCCION ................................................................................................................................................... 3
1. OBJETIVO ........................................................................................................................... 3
2. DEFINICIONES ..................................................................................................................... 3
3. ALCANCE ............................................................................................................................ 4
4. APROBACIÓN ...................................................................................................................... 4
II. FINALIDAD DEL BANCO ..................................................................................................................................... 5 1. ROL ................................................................................................................................... 5
2. MISIÓN ............................................................................................................................... 5
3. VISIÓN ............................................................................................................................... 5
4. VALORES ............................................................................................................................ 5
III. CONSTITUCIÓN DEL BANCO .............................................................................................................................. 7 1. CONSTITUCIÓN ................................................................................................................... 7
2. BASE LEGAL ....................................................................................................................... 7
3. DEFINICIÓN......................................................................................................................... 7
4. AUTORIDAD ........................................................................................................................ 8
5. NIVELES ORGANIZATIVOS .................................................................................................... 8
IV. ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL ....................................................................................................................... 9 CONFORMACIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA .................................................................... 9
V. FUNCIONES DE LOS ÓRGANOS DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA ............................................................ 11 1. ÓRGANOS DE DIRECCIÓN ................................................................................................... 11
2. ÓRGANOS DE CONTROL ..................................................................................................... 11
3. ÓRGANOS DE APOYO Y ASESORÍA ...................................................................................... 12
4. ÓRGANOS DE LÍNEA .......................................................................................................... 12
5. ÓRGANOS NO ESTRUCTURADOS ........................................................................................ 13
VI. FUNCIONES DE LAS UNIDADES ORGÁNICAS ............................................................................................... 14 1. ÓRGANOS DE DIRECCIÓN ................................................................................................... 14
A. DIRECTORIO.................................................................................................................. 14 B. GERENCIA GENERAL ...................................................................................................... 18
2. ÓRGANOS DE CONTROL ..................................................................................................... 20
A. ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL ............................................................................ 20 B. OFICIAL DE CUMPLIMIENTO ............................................................................................. 24 C. OFICIAL DE CUMPLIMIENTO NORMATIVO .......................................................................... 26 D. ÁREA DE AUDITORÍA INTERNA ......................................................................................... 27 E. SECRETARIA DEL DIRECTORIO ........................................................................................ 29
3. ÓRGANOS DE APOYO ........................................................................................................ 31
A. ÁREA LEGAL .................................................................................................................. 31 B. ÁREA DE DESARROLLO .................................................................................................. 35 C. ÁREA DE RIESGOS ......................................................................................................... 46 D. DEPARTAMENTO DE INSPECTORÍA .................................................................................. 55
4. ÓRGANOS DE LÍNEA .......................................................................................................... 56
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INDICE
A. ÁREA COMERCIAL .......................................................................................................... 56 B. ÁREA DE FINANZAS ........................................................................................................ 62 C. ÁREA DE ADMINISTRACIÓN ............................................................................................. 67 D. ÁREA DE FONDOS ADMINISTRADOS Y FIDEICOMISOS ........................................................ 73
VII.- DEL MARCO NORMATIVO ................................................................................................................................ 77 a. MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES “MOF” .............................................................. 77 b. AUTONOMIA Y REGIMEN DE PODERES ............................................................................. 77 c. CUADRO DE ASIGNACION DE PERSONAL “CAP” ................................................................. 78 d. MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS “MNP” .............................................................. 78 e. REGLAMENTOS/CATALOGOS ........................................................................................... 78 f. CIRCULARES ................................................................................................................. 79 g. INSTRUCTIVOS NORMATIVOS DE GERENCIA ..................................................................... 79
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INTRODUCCIÓN
I. INTRODUCCION
1. OBJETIVO
El propósito del Manual de Organización y Funciones Institucional es definir la estructura orgánica
del Banco Agropecuario, y establecer las líneas de autoridad, responsabilidad y coordinación que
son indispensables para que exista un orden administrativo en la Institución así como tener
establecidas las funciones asignadas a cada una de las unidades orgánicas, con la finalidad de que
se logren los objetivos para los que ha sido creado el Banco.
Los principales objetivos de este Manual son:
Definir la estructura orgánica del Banco, las funciones, responsabilidades y líneas de autoridad.
Establecer la conformación, ubicación y dependencia administrativa de las distintas unidades
orgánicas de la Institución, definiendo la relación y coordinación que debe existir entre éstas. .
Describir los roles y funciones generales de cada unidad orgánica.
Definir el marco normativo, así como los niveles autorizados a aprobar la confección y
actualización de políticas, normas y procedimientos que garanticen el buen funcionamiento del
Banco.
Servir de herramienta de consulta sobre la organización del Banco y las funciones y
responsabilidades de las diferentes unidades orgánicas.
2. DEFINICIONES
La estructura orgánica es la base de la organización del Banco sobre la cual se establecen los
niveles de jerarquías, dependencias, responsabilidades y se integran y relacionan cada una de las
unidades orgánicas individuales. Se ha definido cinco tipos de agrupaciones orgánicas en
AGROBANCO, de acuerdo al tipo de funciones que realizan: de dirección, de control, de línea, de
apoyo y asesoría, y las no estructuradas.
Las funciones son el conjunto de tareas, actividades y responsabilidades, definidas en concordancia
con los objetivos generales de la institución, para cada una de las unidades orgánicas individuales
y que deben ser cumplidas en forma obligatoria por todos los trabajadores del Banco. El
incumplimiento será sancionado de acuerdo a lo normado en el Reglamento de Trabajo del Banco.
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INTRODUCCIÓN
3. ALCANCE
El ámbito de este manual comprende a todos los funcionarios y empleados que forman parte de la
estructura orgánica de AGROBANCO.
4. APROBACIÓN
El Manual de Organización y Funciones del BANCO AGROBANCO, ha sido aprobado por el
Directorio.
Este Documento Normativo debe ser revisado periódicamente por los Gerentes del Banco, quienes
propondrán sus modificaciones al Gerente General, a través del Área de Desarrollo.
Por su naturaleza, confidencialidad y la importancia administrativa que reviste el presente Manual, es
patrimonio institucional por lo que está prohibida su divulgación y/o reproducción parcial o total fuera
del ámbito institucional, salvo que se cuente con la autorización de la Gerencia General.
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FINALIDAD DEL BANCO
II. FINALIDAD DEL BANCO
1. ROL
AGROBANCO es en esencia un Banco de Desarrollo Agropecuario.
Banco de Desarrollo que apoya con servicios financieros y asistencia técnica a pequeños y
medianos productores que generan excedentes económicos en el sector agropecuario,
preferentemente asociados, y promueve su desarrollo e inserción en la economía.
2. MISIÓN
Brindar soluciones financieras innovadoras, competitivas y efectivas para el desarrollo de los
empresarios agropecuarios, promoviendo la asistencia técnica y la capacitación.
3. VISIÓN
Ser los aliados estratégicos en el desarrollo del sector rural, haciendo del productor agropecuario
un empresario del campo.
4. VALORES
La política de AGROBANCO establece que sus negocios se deben conducir de acuerdo a sus
objetivos con la mayor eficiencia y dedicación posible, acorde con los estándares éticos y
profesionales más elevados, a fin de merecer la confianza de sus clientes y del público en general. El
trabajador del Banco Agropecuario conducirá los negocios y funciones encomendadas, a todo nivel,
conforme a las metas y objetivos prefijados, distinguiendo en todos los casos sus asuntos
particulares.
AGROBANCO hace suyos los siguientes valores, que interioriza en su operatividad y desarrollo:
Orientación al Cliente, La actuación del personal aplicando correctamente las políticas de
atención, de negocios y de riesgos, se debe dirigir a satisfacer al cliente de AGROBANCO,
asesorándolo de manera efectiva para lograr la atención de sus demandas, escuchando sus
requerimientos para entenderlo y conocer sus necesidades e innovar continuamente para lograr
una calidad de servicio reconocida por su trato cordial, sumamente profesional de respuesta
rápida y eficaz.
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FINALIDAD DEL BANCO
Vocación de Servicio, El profesionalismo, la honestidad en el desarrollo de todas las labores
que realiza el personal lo caracterizan por el desempeño de una gestión eficiente con alto
compromiso ético, una alta motivación por superar las dificultades materiales , técnicas ,
culturales caracterizan al personal de Agrobanco, cada quién da todo lo que puede dar de sí
para contribuir al desarrollo de la organización el aprendizaje continuo y el mantener vigentes
sus capacidades y competencias que pretende siempre el logro de la excelencia como hábito de
acción para brindar el mejor servicio a los clientes..
Trabajo en Equipo, La mística de servicio, la solidaridad y el trabajo conjunto caracterizan al
personal de AGROBANCO, los resultados que se obtienen son producto de la actuación de
todos, donde cada quién realiza eficientemente sus labores y colabora de manera franca con sus
colegas aportando positivamente con críticas constructivas para mejorar continuamente, la
intensidad y entusiasmo deben caracterizar al personal de AGROBANCO, alineado a la pro-
actividad y al sentido de colaboración tanto interna como externa.
Transparencia (Honestidad), La idoneidad moral, la actuación técnica sustentada
objetivamente aplicando el conocimiento y experiencia del personal idóneo seleccionado con
transparencia en función de sus meritos profesionales, permiten una alta capacidad de gestión
eficaz y eficiente en las decisiones de negocios y administrativas, actuando con claridad tal que
permita el entendimiento de colegas y clientes para lograr los objetivos de servicio.
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CONSTITUCIÓN DEL BANCO
III. CONSTITUCIÓN DEL BANCO
1. CONSTITUCIÓN
El BANCO AGROBANCO fue constituido mediante Escritura Pública de fecha 17 de Junio del 2002,
otorgada ante el Notario Público Leonardo Bartra Valdivieso e inscrita en la Ficha 11382875 del
Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao, con fecha 20 de Junio del
2002, al amparo de la Ley de Creación del Banco Agropecuario Nº 27603.
2. BASE LEGAL
Ley N° 27603, Ley de Creación del Banco Agropecuario.
Ley N° 28590, Ley que modifica diversos Artículos de la Ley N° 27603. Ley de Creación del
Banco Agropecuario.
Ley N° 28818, Ley que modifica la Ley N° 27603 y deroga el artículo 5° de la Ley N° 28590.
Ley N° 28881, Ley que modifica el Artículo 7° de la Ley de Creación del Banco Agropecuario,
ampliando el capital.
Ley N° 29064, Ley de relanzamiento del Banco Agropecuario – AGROBANCO.
Decreto Supremo 214-2006 – EF, Aprobación de Lineamientos del Banco Agropecuario.
Decreto de Urgencia N° 007-2008 “Modifican la Ley de Relanzamiento del banco Agropecuario-
AGROBANCO”.
Decreto Legislativo Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y
Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros.
Decreto Legislativo 995 que modifica Ley 29064 “Ley de Relanzamiento del Banco
Agropecuario”.
3. DEFINICIÓN
El BANCO AGROBANCO es una Persona Jurídica de derecho privado, de capital mixto.
Las actividades del Banco están sujetas al régimen de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema
Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, la Ley
General de Sociedades y a las disposiciones establecidas en la Ley N° 29064, Ley de relanzamiento
del Banco Agropecuario – AGROBANCO así como en el Decreto Legislativo N° 995.
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CONSTITUCIÓN DEL BANCO
4. AUTORIDAD
Los Órganos de Dirección del Banco son:
La Junta General de Accionistas
El Directorio
Gerencia General
5. NIVELES ORGANIZATIVOS
Los niveles organizacionales definidos en relación a las funciones, atribuciones, responsabilidades y
nivel de interrelación en AGROBANCO son los siguientes:
NIVELES ORGANIZATIVOS
Directorio
Gerencia General
Área
División
Departamento
Sección
Unidad
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ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL
IV. ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL
CONFORMACIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA
Directorio
Órgano de Control Institucional
Oficial de Cumplimiento
Oficial de Cumplimiento Normativo
Secretaría del Directorio
Área de Auditoría Interna
Gerencia General
Área Legal
Área de Desarrollo
Área de Riesgos
Departamento de Inspectoría
Área Comercial
Área de Finanzas
Área de Administración
Área de Fondos Administrados y Fideicomisos
(*) Ver Organigrama en anexo adjunto.
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ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL
ORGANIGRAMA
ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE AGROBANCO
Directorio
Gerencia General
Área Legal
Comité de Auditoria
Comité de RiesgosOficial de
Cumplimiento *
Órgano de Control
Institucional
Área de Desarrollo
Área de Riesgos
Área Comercial Área de Finanzas Área de Administración
* Función realizada a tiempo parcial por la Gerencia Legal
** Función realizada a tiempo parcial por la Gerencia de Desarrollo
Departamento de
Inspectoría
Revisado por:
Gerencia GeneralElaborado por:
Servicio de OyM
Aprobado por:
Directorio
Leyenda: Estructura Orgánica
Acuerdo de Directorio
N° 2495-04-2014
Sesión 305-2014
14/04/14
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Oficial de
Cumplimiento
Normativo **
Auditoria Interna
Área de Fondos
Administrados y
Fideicomisos
Secretaría del
Directorio
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ÓRGANOS DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA
FUNCIONES DE LOS ÓRGANOS
V. FUNCIONES DE LOS ÓRGANOS DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA
La estructura orgánica del Banco Agropecuario se ha definido y agrupado en: órganos de dirección,
de control, de apoyo y asesoría, de línea y en órganos no estructurados.
1. ÓRGANOS DE DIRECCIÓN
Los Órganos de Dirección tienen la misión de guiar y conducir al Banco al logro de los objetivos de la
institución. Estos órganos, definen la misión y visión del Banco, formulando las políticas y estrategias
a seguir por los responsables de las unidades orgánicas. También evalúan el cumplimiento de
dichos objetivos y aprueban los ajustes pertinentes para el óptimo funcionamiento del Banco y la
consecución de los objetivos, así como los niveles de riesgos y los controles requeridos.
En AGROBANCO, los Órganos de Dirección están estrechamente vinculados con los demás órganos
de la institución haciendo participes a todos los trabajadores que conforman el equipo de
AGROBANCO en la consecución de los objetivos trazados, así como en el desarrollo de la cultura y
valores institucionales.
Los órganos de Dirección de BANCO AGROBANCO son: la Junta General de Accionistas, el
Directorio y la Gerencia General. Los actos y atribuciones de la Junta General de Accionistas se
establecen en el Estatuto como en el Reglamento de Organización y Funciones respectivamente.
2. ÓRGANOS DE CONTROL
Los Órganos de Control son las unidades encargadas de medir y controlar el cumplimiento de los
planes, la eficiencia y efectividad de los procedimientos y procesos, y de recomendar medidas para
corregir las desviaciones que permitan asegurar el logro de los objetivos trazados. También evalúan
el cumplimiento de las políticas, normas y procedimientos, así como el sistema de control interno.
Si bien en AGROBANCO existen unidades especializadas en funciones de control interno, todas las
unidades orgánicas del Banco están obligadas a ejercer continuamente la función de control para
garantizar el correcto funcionamiento de éste. Los Órganos de Control elaboran los informes que
permiten a los Órganos de Dirección medir el progreso, e identificar las desviaciones ocurridas en los
planes para adoptar las acciones correctivas necesarias.
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ÓRGANOS DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA
FUNCIONES DE LOS ÓRGANOS
La misión fundamental de las unidades de control es prevenir y minimizar los riesgos a los que está
expuesto el Banco. Ellas identifican y evalúan los diferentes riesgos, recomendando oportunamente
las medidas y acciones correctivas pertinentes.
En AGROBANCO los órganos de control son: Órgano de Control Institucional, el Oficial de
Cumplimiento, el Oficial de Cumplimiento Normativo y el Área de Auditoría Interna.
3. ÓRGANOS DE APOYO Y ASESORÍA
Los Órganos de Apoyo y Asesoría son las unidades encargadas de brindar el soporte necesario en
aspectos legales, de asesoría, consultoría y otros requeridos por las demás unidades para la
realización de sus actividades.
Su misión es permitir que el Banco funcione adecuadamente, previendo, programando y cubriendo
todos los aspectos relacionados con su actividad, tanto desde el punto de vista interno como del
externo.
Los Órganos de Apoyo de AGROBANCO son: Área Legal, Área de Desarrollo, Área de Riesgos, el
Departamento de Inspectoría y la Secretaría del Directorio.
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4. ÓRGANOS DE LÍNEA
Los Órganos de Línea son las unidades encargadas de la generación de los negocios rentables, del
manejo eficiente de las operaciones bancarias y de la administración de los recursos del Banco. Su
misión principal es la de generar ingresos que permitan cubrir los costos operativos y generar
excedentes que aseguren la continuidad futura del Banco, mediante la colocación o inversión de los
recursos disponibles asumiendo riesgos razonables.
Para la realización de sus actividades y la consecución de sus objetivos, los órganos de línea
desarrollan relaciones comerciales con clientes y son los encargados directos de manejar todos los
procesos bancarios relacionados con el otorgamiento y la recuperación de los créditos y de las
inversiones de recursos disponibles; así como el manejo de los procesos operativos, contables y
administrativos de soporte a todas las unidades orgánicas del Banco.
En AGROBANCO los Órganos de Línea son: Área Comercial, Área de Administración, Área de
Finanzas y el Área de Fondos Administrados y Fideicomisos.
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ÓRGANOS DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA
FUNCIONES DE LOS ÓRGANOS
5. ÓRGANOS NO ESTRUCTURADOS
Los órganos no estructurados son las unidades que tienen como objetivo fundamental proteger los
intereses del Banco, evitando delegar demasiada autoridad en un solo Funcionario, para la toma de
decisiones complejas, mediante la conformación de los Comités.
Los comités tienen la misión de informar, evaluar y adoptar en forma coordinada decisiones
colegiadas principalmente por consenso, estimulando de esta manera el intercambio de ideas y
exposición de motivos y alternativas.
Se cuenta con los siguientes comités:
Directorio
Comité de Gerencia
Comité de Auditoria
Comité de Riesgos
Comité de Créditos
De acuerdo a las circunstancias y ante la complejidad de las situaciones, el Directorio del Banco
como la Gerencia General disponen la conformación de otros comités o comités especiales, cuya
vigencia pueden o no tener carácter permanente y sus actividades varían de acuerdo al fin para el
cual han sido conformados.
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FUNCIONES DE LAS UNIDADES ORGANICAS
ORGANOS DE DIRECCIÓN
DIRECTORIO
VI. FUNCIONES DE LAS UNIDADES ORGÁNICAS
1. ÓRGANOS DE DIRECCIÓN
A. DIRECTORIO
MISIÓN
El Directorio es la Unidad Orgánica de mayor jerarquía, responsable ante la Junta General de
Accionistas y tiene por misión la dirección y el control general sobre las operaciones financieras y
administrativas del Banco.
Son atribuciones y obligaciones del Directorio:
a. Aprobar los reglamentos, documentos y manuales que estime necesarios para el adecuado
funcionamiento del banco, incluyendo el código de ética o documentos similares que regulen
los conflictos de intereses, los cuales deben estar conforme a los lineamientos aprobados por
la Junta General de Accionistas. El Directorio podrá delegar esta facultad en el Gerente
General, siempre que las leyes de la materia o los lineamientos aprobados por la Junta
General de Accionistas no asignen esta función de manera exclusiva al Directorio.;
b. Aprobar, modificar y supervisar la implementación del plan estratégico del Manual de
Organización y Funciones del banco, de los manuales de políticas y procedimientos, así como
de la política de seguimiento, control y manejo de riesgos, los cuales deben estar conforme a
los lineamientos aprobados por la Junta General de Accionistas. El Directorio podrá delegar
esta facultad en el Gerente General, siempre que las leyes de la materia o los lineamientos
aprobados por la Junta General de Accionistas no asignen esta función de manera exclusiva
al Directorio”;
c. Aprobar, modificar y supervisar la implementación del Plan Estratégico, del Manual de
Organización y Funciones del Banco, de los manuales de políticas y procedimientos, así como
de la política de seguimiento, control y manejo de riesgos, los cuales deben estar conformes
con los lineamientos aprobados por la Junta;
d. Designar y remover al Gerente General y demás Gerentes, establecer sus facultades y fijar
sus remuneraciones;
e. Designar a los apoderados del Banco y establecer sus facultades;
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FUNCIONES DE LAS UNIDADES ORGANICAS
ORGANOS DE DIRECCIÓN
DIRECTORIO
f. Autorizar el establecimiento de sucursales, agencias, Oficinas Regionales, Centros Especiales
de Atención Remota, Servicios de Orientación y Asistencia Rápida y otras oficinas, así como
su traslado, conversión, transformación o cierre; para lo cual se deberá cumplir con los
requisitos y procedimientos establecidos por la Superintendencia de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones;
g. Dirigir y administrar los negocios de la sociedad, acordando las medidas que estime
adecuadas, así como pronunciarse en los casos particulares que le someta la gerencia o en
los que juzgue conveniente intervenir;
h. Autorizar la celebración de los actos y contratos que requiera el desenvolvimiento de los
negocios de la sociedad, pudiendo delegar dicha facultad en otras instancias del Banco, salvo
aquellos que constituyan atribución específica de las Juntas Generales de Accionistas
conforme a ley y al presente Estatuto;
i. Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones;
j. Proponer a la Junta General de Accionistas la emisión de obligaciones por el Banco;
k. Aprobar la contratación de créditos con instituciones financieras del país y del exterior, previo
acuerdo del Ministerio de Economía y Finanzas; pudiendo delegar esta facultad a las distintas
instancias del Banco;
l. Formular y someter a la Junta General de Accionistas, la memoria, los estados financieros
auditados y la propuesta de aplicación de utilidades;
m. Comunicar a la Junta General de Accionistas las vacancias que se produzcan en su seno;
n. Autorizar la venta, permuta o transferencia en cualquier otra forma onerosa de los bienes
muebles e inmuebles del Banco cuyo valor contable no supere el quince por ciento (15%) del
monto del capital social, así como el establecimiento de gravámenes sobre ellos, fijando los
términos y condiciones de tales operaciones;
o. Efectuar donaciones dentro del marco legal aplicable, respecto de los bienes muebles e
inmuebles cuyo valor contable no supere el quince por ciento (15%) del monto del capital
social; y aceptar donaciones;
p. Conocer de los informes de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras
Privadas de Fondos de Pensiones y de la Contraloría General de la República referidos a la
actividad del Banco, así como de los emitidos por los Auditores, y disponer la adopción de las
medidas correctivas a que hubiere lugar;
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FUNCIONES DE LAS UNIDADES ORGANICAS
ORGANOS DE DIRECCIÓN
DIRECTORIO
q. Autorizar viajes al exterior del Presidente del Directorio, los otros directores, el Gerente
General y los demás funcionarios y trabajadores del Banco, cuando se originen y fundamenten
en el servicio de éste, determinando el monto de los viáticos y de cualquier otro gasto en el
que sea necesario incurrir, dentro del marco legal aplicable;
r. Aprobar las operaciones de crédito, pudiendo delegar esta facultad a las distintas instancias
del Banco. Estas operaciones se deberán otorgar conforme a las modalidades, condiciones y
plazos que fije el Directorio en el reglamento que apruebe de manera previa;
s. Autorizar, de manera excepcional, el otorgamiento de créditos a los micro y pequeños
productores que acrediten la conducción del predio mediante certificado de posesión, siempre
que presenten un proyecto viable y cuenten con sus garantías;
t. Velar por la integridad de los sistemas de contabilidad y la existencia de los debidos sistemas
de control, en particular, control de riesgos financieros y no financieros y cumplimiento de la
ley, así como establecer los incentivos, sanciones y medidas correctivas que fomenten el
adecuado funcionamiento del sistema de control interno del Banco;
u. Designar a los funcionarios que, conforme a lo previsto en el artículo 22 de la Ley de
Relanzamiento del Banco Agropecuario – AGROBANCO – Ley No. 29064 tendrán la facultad
de autenticar y dar fe pública de los actos en los que intervenga el Banco y establecer los
procedimientos y las formalidades para el ejercicio de dicha facultad;
v. Pronunciarse sobre los asuntos no comprendidos en los incisos anteriores que pudieran
someterle el Presidente del Directorio o el Gerente General;
w. Conceder licencia a los Directores y al Gerente General;
x. Supervisar los negocios y operaciones del Banco, velar por el cumplimiento del Estatuto, de
las disposiciones de la Junta General de Accionistas y del propio Directorio;
y. Establecer los lineamientos para el otorgamiento de créditos destinados a los pequeños
productores agropecuarios asociados de las zonas rurales de extrema pobreza;
z. Ejercer las demás atribuciones y obligaciones que le correspondan por ley o conforme a este
Estatuto; entre las cuales se encuentran las señaladas en los artículos 18º y 19º de la Ley de
Relanzamiento del Banco Agropecuario - Ley No. 29064.
De conformidad con lo establecido en el literal r) del artículo 30 y a propuesta del Gerente General, el
Directorio:
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FUNCIONES DE LAS UNIDADES ORGANICAS
ORGANOS DE DIRECCIÓN
DIRECTORIO
a. Determina los parámetros para categorizar a los productores agropecuarios;
b. Aprueba y modifica las políticas y lineamientos generales aplicables para el otorgamiento de
Créditos;
c. Determina las restricciones e impedimentos para que una persona pueda realizar operaciones
con el Banco;
d. Aprueba el tarifario general del Banco, el cual requiere opinión favorable de la Gerencia de
Finanzas;
e. Determina las políticas y las condiciones en las que procede tomar un seguro agropecuario
por los créditos que vaya a otorgar el Banco para cubrir los riesgos originados por factores
exógenos o ajenos al prestatario;
f. Aprueba anualmente una línea especial de financiamiento para el otorgamiento de préstamos
a favor de los pequeños agricultores de las zonas de extrema pobreza, cuyo monto no podrá
exceder de dos (2) Unidades Impositivas Tributarias, debiendo considerar condiciones de
crédito preferenciales, incluidas las garantías, plazo y tasas distintas y más favorables que las
aplicables a los créditos ordinarios. Para el otorgamiento de dichos créditos, el Banco
Agropecuario dará preferencia a los agricultores asociados;
g. Reservará una línea de crédito de hasta el veinticinco por ciento (25%) de los fondos del
Banco para destinarla a los pequeños productores agropecuarios de las zonas rurales de
extrema pobreza; y
h. Aprueba la política de canalización de recursos a través de las instituciones financieras
supervisadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de
Fondos de Pensiones.
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FUNCIONES DE LAS UNIDADES ORGANICAS
ORGANOS DE DIRECCIÓN
GERENCIA GENERAL
B. GERENCIA GENERAL
MISIÓN
La Gerencia General tiene por misión administrar las actividades del Banco, así como de resolver los
asuntos que requieran su intervención, de acuerdo a las resoluciones del Directorio, teniendo la
representación judicial y administrativa del Banco.
Son atribuciones y obligaciones del Gerente General:
a. Planificar, programar, organizar y supervisar las actividades y las operaciones de las
dependencias del Banco, según las políticas establecidas por el Directorio, pudiendo para tal
fin delegar en parte su autoridad en otros funcionarios de gerencia de la Oficina Principal o en
los jefes de las agencias descentralizadas (Gerentes Regionales).
b. Representar a la sociedad, con las facultades generales y especiales previstas en el Código
Procesal Civil.
c. Ejecutar y hacer ejecutar los acuerdos de la Junta General y del Directorio, así como las
disposiciones de este último.
d. Proponer al Directorio, el nombramiento de los gerentes de línea.
e. Proporcionar al Directorio la información, estudios y recomendaciones que se requiera para
facilitar sus decisiones y darle cuenta de los asuntos que corresponda.
f. Decidir sobre la contratación o remoción del personal del Banco, con sujeción a la política que
establezca el Directorio y las facultades que éste le asigne. Aplicar sanciones y ejecutar otras
acciones relacionadas con la administración del Banco.
g. Conceder licencias con o sin goce de haber a los funcionarios y demás trabajadores del Banco
y designar a sus reemplazantes mientras dure la licencia.
h. Decidir sobre la compra de equipos, muebles y enseres y autorizar los gastos propios del
funcionamiento del Banco, ciñéndose al Plan Anual de Adquisiciones y a las respectivas
autorizaciones presupuestales.
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FUNCIONES DE LAS UNIDADES ORGANICAS
ORGANOS DE DIRECCIÓN
GERENCIA GENERAL
i. Dar y tomar en arrendamiento o comodato bienes inmuebles, en función de las necesidades
operativas del Banco.
j. Participar con voz en las sesiones de Junta General de Accionistas y de Directorio y actuar en
ellas como Secretario, salvo que dichos órganos de gobierno hayan designado a otro
funcionario con ese objeto o acuerden que la reunión tenga carácter reservado.
k. Llevar la custodia de los Libros de Actas de Juntas Generales de Accionistas, de las Sesiones
del Directorio, de la Matrícula de Acciones y de los demás libros de la sociedad; asimismo de
expedir constancias y certificaciones respecto del contenido de los libros y registros de la
sociedad.
l. Formular el presupuesto, cuadro de metas y planes operativos de la institución.
m. Firmar el Balance General y los demás estados financieros, así como todo otro documento
que le corresponda autorizar por razón de su cargo, según el Estatuto o disposiciones legales
o reglamentarias; y las demás que le señalen la Ley General de Sociedades, otras normas
legales, el Estatuto, los reglamentos internos, y el Directorio.
n. Designar a los jefes de las oficinas descentralizadas;
o. Proponer al Directorio los límites máximos de las líneas de crédito destinadas a atender a los
pequeños productores agropecuarios en zonas de extrema pobreza, en cumplimiento de lo
señalado en el artículo 23 de la Ley de Relanzamiento del Banco Agropecuario –
AGROBANCO - Ley No. 29064; y,
p. Las demás que le señalen la Ley General de Sociedades – Ley No. 26887, otras normas
legales, este Estatuto, los reglamentos internos y el Directorio.
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FUNCIONES DE LAS UNIDADES ORGANICAS
ORGANOS DE CONTROL
ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL - OCI
2. ÓRGANOS DE CONTROL
A. ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL
MISIÓN
Como órgano del Sistema Nacional de Control regulado por la Ley N° 27785, Ley Orgánica del
Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, es misión del Órgano de
Control Institucional promover la correcta y transparente gestión de los recursos y bienes del Estado
asignados o dados en administración al Banco, cautelando la legalidad y eficiencia de sus actos y
operaciones, así como el logro de sus resultados, mediante la ejecución de acciones y actividades de
control, para contribuir con el cumplimiento de los fines y metas institucionales; y como Unidad de
Auditoría Interna, forma parte del control del Sistema Financiero regulado por la Resolución de la
Superintendencia de Banca y Seguros N° 11699-2008, y en apoyo a la labor de supervisión y control
que realiza dicha entidad, es misión del Órgano de Control Institucional del Banco, cautelar la
adecuada implantación y funcionamiento de un Sistema de Control Interno efectivo y eficiente,
elemento vital para una administración bancaria prudente. Asimismo efectúa evaluaciones de la
gestión integral de riesgos, debiendo sujetarse a las disposiciones especificas que regulan su
actividad en el Reglamento de Auditoría Interna.
UBICACIÓN
El Órgano de Control Institucional es una unidad de control que reporta en forma directa al Directorio.
FUNCIONES
Ejercer el control interno posterior a los actos y operaciones del Banco, sobre la base de los
lineamientos y cumplimiento del Plan Anual de Control, a que se refiere el Artículo 7° de la
Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de
la República, así como el control externo a que se refiere el Artículo 8° de la citada Ley, por
encargo de la Contraloría General.
Efectuar auditorias a los estados financieros y presupuestarios de la entidad, así como a la
gestión de la misma, de conformidad con las pautas que señale la Contraloría General así
como la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP u otras Entidades de Control.
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FUNCIONES DE LAS UNIDADES ORGANICAS
ORGANOS DE CONTROL
ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL - OCI
Ejecutar las acciones y actividades de control a los actos y operaciones del Banco, que
disponga la Contraloría General, así como las que sean requeridas por el Presidente del
Directorio, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP u otras Entidades de Control,
dentro del ámbito de su competencia. Cuando estas últimas tengan carácter de no
programadas, su realización será comunicada a la Contraloría General por el Jefe del
Órgano de Control Institucional. Se consideran actividades de control, entre otras,
evaluaciones, diligencias, estudios, investigaciones, pronunciamientos, supervisiones y
verificaciones.
Efectuar control preventivo sin carácter vinculante, al órgano de más alto nivel del Banco con
el propósito de optimizar la supervisión y mejora de los procesos, prácticas e instrumentos de
control interno, sin que ello genere pre-juzgamiento u opinión que comprometa el ejercicio de
su función, vía el control posterior.
Remitir los informes resultantes de sus acciones de control a la Contraloría General, así
como, al Presidente del Directorio, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP.
Actuar de oficio, cuando en los actos y operaciones del Banco, se advierten indicios
razonables de ilegalidad, de omisión o de incumplimiento, efectuando exámenes especiales,
informando al Directorio para que adopte las medidas correctivas y las acciones de control
correspondientes.
Recibir directamente la denuncia de acuerdo al ámbito de su competencia y de orientar al
ciudadano que requiera acogerse a los alcances de la Ley N° 29542, debiendo derivar con
inmediatez la denuncia a la CGR para su trámite correspondiente.
Formular, ejecutar y evaluar el Plan Anual de Control aprobado por la Contraloría General y el
Directorio del Banco, de acuerdo a los lineamientos y disposiciones emitidas para el efecto.
Efectuar el seguimiento de las medidas correctivas, como resultado de las acciones y
actividades de control ejecutadas por los órganos conformantes del Sistema Nacional de
Control, por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP y las Sociedades de Auditoría,
comprobando su materialización efectiva, conforme a los términos y plazos respectivos. Dicha
función comprende efectuar el seguimiento de los procesos judiciales y administrativos
derivados de las acciones de control.
Apoyar a las Comisiones que designe la Contraloría General, Superintendencia de Banca,
Seguros y AFP u otra Entidad de Control, para la ejecución de las acciones de control en el
ámbito del Banco. Asimismo, el Jefe del Órgano de Control Institucional y el personal de
dicho Órgano colaborarán, por disposición de la Contraloría General, en otras acciones de
control externo, por razones operativas o de especialidad.
Formular y proponer el presupuesto anual del Órgano de Control Institucional para su
aprobación correspondiente por el Banco, en base a la normatividad y lineamientos
impartidos por la Alta Dirección.
Cumplir diligentemente con los encargos, citaciones y requerimientos que le formule la
Contraloría General, Superintendencia de Banca y Seguros u otra Entidad de Control.
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FUNCIONES DE LAS UNIDADES ORGANICAS
ORGANOS DE CONTROL
ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL - OCI
Realizar acciones y actividades de control a los sistemas y procesos implantados por el
Banco para la administración, ejecución y control de sus operaciones y negocios.
Otras funciones que le asignen la Contraloría General, la Superintendencia de Banca,
Seguros y AFP y el Directorio, que se encuentren dentro del ámbito de su competencia.
El Órgano de Control Institucional tiene los siguientes procesos y actividades definidas:
AUDITORIA OPERATIVA
Desarrollar las acciones y actividades de control de su competencia, establecidas en el Plan
Anual de Control del Órgano de Control Institucional, y otras acciones de control asignadas
por el nivel inmediato superior o los órganos de control correspondientes.
Recibir directamente la denuncia de acuerdo al ámbito de su competencia y de orientar al
ciudadano que requiera acogerse a los alcances de la Ley N° 29542, debiendo derivar con
inmediatez la denuncia a la CGR para su trámite correspondiente, cautelando la reserva de la
identidad del denunciante y el contenido de la denuncia.
Verificar que las Unidades Auditadas cumplan con las políticas, normas y procedimientos
implantados para dichas unidades así como con el sistema de control interno establecidos
por el Banco.
Analizar los procesos y recomendar cuando fuere pertinente, las modificaciones de
procedimientos y controles que permitan minimizar riesgos y elevar la calidad del servicio al
cliente, sin que ello genere prejuzgar o generar opinión que comprometa su posterior
participación fiscalizadora.
Desarrollar las acciones y actividades de control para determinar si el registro contable de las
operaciones se efectúe de acuerdo al Plan de Cuentas autorizado por la Superintendencia de
Banca, Seguros y AFP y con sujeción a los Principios de Contabilidad Generalmente
Aceptados.
Auditar las operaciones relacionadas con la actividad financiera que realiza el Banco, tanto
con recursos propios como con recursos que administra y que estas se enmarquen dentro de
los contratos establecidos y normas de los organismos reguladores y de control.
Verificar que los recursos humanos y equipos, sean utilizados adecuadamente.
Evaluar la confidencialidad, elementos de protección y la eficiencia de los Sistemas de
Información.
Redactar y elevar al nivel inmediato superior, los informes de los exámenes realizados,
planteando las recomendaciones correspondientes para la corrección de las desviaciones
detectadas en las áreas evaluadas, a fin de fortalecer los controles existentes y prevenir
riesgos.
Hacer el seguimiento a las observaciones y recomendaciones efectuadas.
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FUNCIONES DE LAS UNIDADES ORGANICAS
ORGANOS DE CONTROL
ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL - OCI
Realizar otras funciones que le sean encomendadas por el nivel inmediato superior dentro del
ámbito de su competencia.
AUDITORIA DE CRÉDITOS
Desarrollar las acciones y actividades de control de su competencia, establecidas en el Plan
Anual de Control del Órgano de Control Institucional, y otras acciones de control asignadas
por el nivel inmediato superior o los órganos de control correspondientes.
Verificar que las Unidades Auditadas cumplan con las políticas, normas y procedimientos
crediticios y similares implantados, así como con el sistema de control interno establecidos
por el Banco.
Desarrollar las acciones y actividades de control, para determinar si las carpetas de los
deudores cumplen con los requerimientos mínimos establecidos por los entes de control, así
como, su correcto registro en el sistema mecanizado; verificando que en ambos casos se
encuentren actualizadas, documentadas y en orden.
Auditar las operaciones relacionadas con la actividad financiera, tanto con recursos propios
como con recursos que administra y que estas se enmarquen dentro de los contratos
establecidos y normas de los organismos reguladores y de control.
Redactar y elevar al nivel inmediato superior, los informes de los exámenes realizados,
planteando las recomendaciones correspondientes para la corrección de las desviaciones
detectadas en las áreas evaluadas, a fin de fortalecer los controles existentes y prevenir
riesgos.
Hacer seguimiento a las observaciones y recomendaciones efectuadas.
Realizar otras funciones que le sean encomendadas por el nivel inmediato superior dentro del
ámbito de su competencia.
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FUNCIONES DE LAS UNIDADES ORGANICAS
ORGANOS DE CONTROL
OFICIAL DE CUMPLIMIENTO
B. OFICIAL DE CUMPLIMIENTO
MISIÓN
Coordinar, vigilar y controlar el sistema de prevención de lavado de activos y financiamiento del
terrorismo, verificando el cumplimiento de las normas y procedimientos de acuerdo a las leyes
vigentes.
. UBICACIÓN
La Oficialía de Cumplimiento es una unidad de control que reporta en forma directa al Directorio.
FUNCIONES
Verificar la adecuada aplicación de las normas y procedimientos diseñados por el Banco para
prevenir y/o detectar operaciones inusuales y/o sospechosas.
Reportar al Directorio las posibles señales de alerta, operaciones inusuales y/u operaciones
sospechosas que comprometan la responsabilidad del personal del Banco.
Actuar como interlocutor válido ante las autoridades y organismos supervisores competentes.
Mantener informado al Directorio y al personal del Banco, sobre las modificaciones
normativas, de leyes y de reglamentos; y su adecuación a la normativa interna del Banco,
respecto al sistema de prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
Informar al Directorio su actuación en esta materia y proponer sistemas de control
adecuados.
Coordinar la realización de programas de divulgación y formación del personal en esta
materia; así como, vigilar el cumplimiento de estos programas.
Recibir los informes de operaciones inusuales y/o sospechosas; así como la lista de clientes
exceptuados que remita el personal del Banco.
Llevar un control de las señales de alerta detectadas por el software de monitoreo, así como
las comunicadas por el personal; tomando contacto, según corresponda, con los
responsables de la atención y gestión del clientes.
Revisar y evaluar las operaciones inusuales identificadas; así como la(s) lista(s) de cliente(s)
propuestos a ser exceptuados del Registro de Operaciones. Si el caso lo amerita, el Oficial de
Cumplimiento convocará al Comité de Prevención de Lavado de Activos.
Dar respuesta a las informaciones requeridas por la Unidad de Inteligencia Financiera del
Perú, sobre personas naturales y jurídicas investigadas o procesadas por temas vinculados al
lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
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FUNCIONES DE LAS UNIDADES ORGANICAS
ORGANOS DE CONTROL
OFICIAL DE CUMPLIMIENTO
Identificar, en atención a los procedimientos establecidos en el manual de prevención del
lavado de activos y el financiamiento del terrorismo, a las personas naturales o jurídicas que
tengan la condición de clientes sensibles.
Presentar al Directorio informes trimestrales y semestrales sobre la situación del sistema de
prevención de lavado de activos y su cumplimiento dentro del Banco.
Elaborar un Plan Anual de Trabajo, el mismo que deberá ser presentado para su aprobación
en el Directorio antes del 31 de diciembre de cada año.
Brindar las facilidades y proporcionar la información necesaria requerida por Auditoría
Interna, Auditores Externos, Superintendencia de Banca y Seguros, Clasificadoras de
Riesgos u otra Entidad competente en materia de prevención del lavado de activos y el
financiamiento del terrorismo.
Verificar la adecuada conservación y custodia de los documentos relacionados al sistema de
prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, tales como: Registro de
operaciones, revisión de operaciones inusuales, reportes de operaciones sospechosas, entre
otros.
Proponer, de ser el caso, la implementación de nuevas señales de alerta para que sean
incorporadas en el Manual de prevención de Lavado de Activo y el financiamiento del
terrorismo.
Velar y vigilar el adecuado cumplimiento del sistema de prevención, para detectar
operaciones inusuales y/o sospechosas de lavado de activos y de financiamiento del
terrorismo, respecto de todos aquellos fondos o comisiones de confianza que el Banco
mantenga en administración a la fecha, así como aquellos por crearse y que el Banco asuma
en administración en el futuro.
Cumplir con las demás funciones que le asigne el Directorio, dentro del ámbito de su
competencia.
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FUNCIONES DE LAS UNIDADES ORGANICAS
ORGANOS DE CONTROL
OFICIAL DE CUMPLIMIENTO NORMATIVO
C. OFICIAL DE CUMPLIMIENTO NORMATIVO
MISIÓN
Vigilar el cumplimiento normativo aplicable al Banco, así como orientar al personal del Banco
respecto a la importancia del cumplimiento normativo, y de las responsabilidades que se derivan en
caso de incumplimiento.
. UBICACIÓN
El Oficial de Cumplimiento es una unidad de control que reporta en forma directa al Directorio.
FUNCIONES
Asesorar al Directorio del Banco en el manejo efectivo del cumplimiento de normativa
aplicable a nuestra institución.
Informar de manera continua y oportuna al Directorio y a la Gerencia General respecto a las
acciones necesarias para un buen cumplimiento normativo y las posibles brechas existentes,
así como de los principales cambios en el ambiente normativo que puedan producir un
impacto en las operaciones del Banco.
Vigilar el cumplimiento normativo aplicable al Banco.
Informar semestral al Directorio y a la Gerencia General sobre el progreso de la
implementación de las medidas de adecuación normativa.
Orientar al personal del Banco respecto a la importancia del cumplimiento normativo, y de las
responsabilidades que se derivan en caso de incumplimiento.
Asegurar la existencia de procedimientos y controles para garantizar que el personal cumple
las decisiones adoptadas y las funciones encomendadas.
Brindar seguridad razonable al Directorio y al Gerencia General de que las políticas y
procedimientos relacionados con el cumplimiento normativo logrando que el Banco cumpla
con los requerimientos regulatorios.
Proponer para la aprobación del Directorio antes del 31 de diciembre de cada año, un
programa de cumplimiento anual que exponga las actividades programadas y la
implementación de éstas y sus recomendaciones, el cual deberá estar a disposición de la
Superintendencia de Banca, Seguros y AFP.
Proponer al Directorio medidas correctivas en caso de presentarse fallas en la aplicación de
la función de Cumplimiento Normativo.
Cumplir con las demás funciones que le asigne el Directorio, dentro del ámbito de su
competencia.
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FUNCIONES DE LAS UNIDADES ORGANICAS
ORGANOS DE CONTROL
SECRETARÍA DEL DIRECTORIO
D. ÁREA DE AUDITORÍA INTERNA
MISIÓN
Promover la correcta y transparente gestión de los recursos y bienes del Banco, cautelando la legalidad
y eficiencia de sus actos y operaciones; así como el logro de sus resultados mediante la ejecución de
acciones y actividades de control para contribuir con el cumplimiento de los fines y metas
institucionales. UBICACIÓN
Auditoría Interna es una unidad de control que reporta en forma directa al Directorio.
FUNCIONES
Elaborar y proponer al Directorio para su aprobación, por medio de la Gerencia General, el Plan
Anual de Control; evaluando y asegurando su cumplimiento, de acuerdo a los lineamientos y
disposiciones emitidas para tal efecto.
Presentar el Plan de Trabajo Anual de Auditoría al Directorio para su aprobación.
Evaluar el eficiente funcionamiento de los sistemas de control interno del Banco, sobre la base
de los lineamientos y cumplimiento del Plan de Trabajo Anual de Auditoría
Asegurar la oportuna y adecuada elaboración y emisión de informes que le sean solicitados por
los organismos internos y externos competentes, sobre la base del resultado de las acciones y
actividades de control realizadas.
Actuar de Oficio cuando en los actos y operaciones del Banco se adviertan indicios razonables
de ilegalidad, de omisión o de incumplimiento, informando al Titular para que adopte las medidas
correctivas pertinentes.
Efectuar el control preventivo con el propósito de contribuir al mejoramiento de los sistemas
administrativos, de gestión y de control interno, sin que en ningún caso conlleve a interferencia
con el control posterior que corresponda.
Garantizar la revisión de los procedimientos administrativos, operativos, financieros y las
actividades que realizan las unidades orgánicas del Banco, a través de auditorías y exámenes
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FUNCIONES DE LAS UNIDADES ORGANICAS
ORGANOS DE CONTROL
SECRETARÍA DEL DIRECTORIO
especiales en concordancia con la Ley, el Estatuto del Banco, Reglamentos y demás
disposiciones legales y administrativas.
Evaluar continuamente el cumplimiento de los manuales de políticas y procedimientos y demás
normas internas de la empresa, así como proponer modificaciones a los mismos.
Efectuar el seguimiento a la implementación de las medidas correctivas que adopte el Banco,
como resultado de las acciones y actividades de control ejecutadas por la Superintendencia de
Banca, Seguros y AFP y las Sociedades de Auditoría, y otras por encargo de la Alta Dirección
comprobando su materialización efectiva, conforme a los términos y plazos respectivos. Dicha
función comprende efectuar el seguimiento de los procesos judiciales y administrativos derivados
de las acciones de control.
Verificar la adecuada administración de la tecnología de información y políticas de seguridad de
la información.
Verificar el cumplimiento del sistema de prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
Efectuar arqueos generales de caja y valores, de cuyo resultado dejará constancia en los
registros correspondientes.
Ejecutar acciones y actividades a los actos y operaciones del Banco, que sean requeridas por el
Directorio, el Gerente General o lo estime por conveniente el Auditor Interno.
Evaluar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en los reglamentos, directivas o normas
específicas emitidas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP que le son aplicables al
Banco, como es el caso de los relacionados con la Evaluación de Cartera de Créditos, Riesgo
País, Basilea II o el Sistema de Atención al Usuario, entre otros.
Cumplir con las demás funciones que le asigne el Directorio, dentro del ámbito de su
competencia.
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FUNCIONES DE LAS UNIDADES ORGANICAS
ORGANOS DE CONTROL
SECRETARÍA DEL DIRECTORIO
E. SECRETARIA DEL DIRECTORIO
MISIÓN
Asistir en forma permanente en la gestión administrativa y docuentaria de los procesos que se
ejecuten en las sesiones del Directorio UBICACIÓN
Secretaría del Directorio es una unidad de control que reporta en forma directa al Directorio.
FUNCIONES
Apoyar a la Presidencia del Directorio en la elaboración de las esquelas de notificación para el
Directorio y de las agendas respectivas.
Elaborar los proyectos de Actas de Directorio y certificaciones de acuerdos.
Apoyar a la Gerencia General en redactar los proyectos de Actas de Junta General de Accionistas.
Redactar los proyectos de Actas de los Comités que integren los miembros del Directorio.
Asistir a los Directores en sus gestiones, preparación de documentos y en sus agendas
relacionadas con el cumplimiento de los encargos del Directorio.
Apoyar a los miembros del Directorio en la preparación del Plan de Trabajo Anual del Directorio y
sus Comités (Auditoría y Riesgos).
Elaborar la matriz de Seguimiento de Acuerdos y Pedidos del Directorio y hacer el seguimiento
respectivo.
Preparar y despachar la correspondencia con los miembros del Directorio.
Mantener informado a los miembros del Directorio de todo hecho de importancia en la empresa o
por indicación del Presidente del Directorio o a solicitud del Gerente General.
Elaborar las ayudas memorias e informes que sean requeridos por los miembros del Directorio.
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FUNCIONES DE LAS UNIDADES ORGANICAS
ORGANOS DE CONTROL
SECRETARÍA DEL DIRECTORIO
Apoyar en la custodia de los Libros de Actas de la Junta General de Accionistas, de Directorio, de
los Comités de Directorio, del Libro de Matrícula de Acciones y de los Libros de Certificados de
acciones.
Apoyar los trabajos y actividades de la Presidencia del Directorio.
Cumplir con las demás funciones que le asigne el Directorio, dentro del ámbito de su competencia.
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FUNCIONES DE LAS UNIDADES ORGANICAS
ORGANOS DE APOYO
ÁREA LEGAL
3. ÓRGANOS DE APOYO
A. ÁREA LEGAL
MISIÓN
Prestar asesoría en todos los actos institucionales que tengan implicancia de orden legal, con el fin
de que los negocios y operaciones del Banco se realicen de acuerdo a la legislación vigente y la
normatividad inherente.
UBICACIÓN
La Oficina Legal es una unidad de asesoría que reporta en forma directa a la Gerencia General.
FUNCIONES
Formular el presupuesto anual del área, en base a la normatividad y lineamientos impartidos
por la Alta Dirección, que permita la preparación del planeamiento estratégico y el
presupuesto anual del Banco.
Asesorar en los actos de carácter legal, permitiendo que los negocios y operaciones del
Banco se realicen conforme a las disposiciones legales vigentes.
Asistir, a requerimiento de la Alta Dirección, a los Directorios y Juntas de Accionistas, dando
el soporte legal necesario.
Redactar las actas de las Juntas Universales de Accionistas, estableciendo con FONAFE la
Agenda y los acuerdos correspondientes.
Estudiar, calificar y presentar los informes del análisis resultante de la titulación y demás
documentos de orden legal que presenten los clientes para la obtención de créditos.
Intervenir, redactar, revisar y opinar sobre acuerdos, convenios, contratos privados o por
escritura pública y cualquier otro documento o acto con consecuencias legales en el que
participe el Banco.
Redactar contratos de carácter crediticio, específicamente de créditos y/o de otorgamiento de
garantías.
Patrocinar al Banco en las acciones judiciales que se inicien en su contra y, en general, en
toda acción judicial en que estén comprendidos los intereses del Banco. No se incluyen los
procesos judiciales de recuperación de créditos, los que se encuentran a cargo de la
Subgerencia de Recuperaciones. Tampoco se incluyen aquellos procesos penales
supervisados o tramitados directamente por la Unidad de Inspectoría.
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FUNCIONES DE LAS UNIDADES ORGANICAS
ORGANOS DE APOYO
ÁREA LEGAL
Estudiar e interpretar las normas legales relacionadas con las actividades de la institución, en
especial las inherentes al sector agropecuario; coordinando su difusión con las unidades
involucradas.
Llevar el control e inscribir en los Registros Públicos los mandatos, poderes y revocatorias
que el Banco otorgue.
Supervisar a los Estudios Abogados Externos por la prestación de los servicios y actividades
legales derivadas que contrate la Oficina Legal.
Sistematizar, compilar, actualizar y difundir la legislación relacionada con la Institución y las
actividades que desarrolla.
Propender el estudio y análisis de temas legales relacionadas con nuestra actividad dentro
del marco general del sistema financiero.
Levantar observaciones que formulen los Registradores Públicos de los contratos
presentados para su inscripción.
Visar contratos o convenios que celebre la institución.
Gestionar ante instituciones y organismos públicos y privados las reclamaciones de orden
administrativo legal correspondiente.
Tener bajo su cargo al Oficial de Atención al Usuario y al Responsable de Atención de
Reclamos.
Cumplir con las demás funciones que le asigne la Gerencia General, dentro del ámbito de su
competencia.
La Oficina Legal tiene los siguientes procesos y actividades definidas: UNIDAD DE CONTRATOS
Estudiar la titulación de los documentos legales que presentan los solicitantes de créditos,
formulando las observaciones y proponiendo las subsanaciones correspondientes.
Elaborar contratos tipo relacionados con créditos directos (Primer Piso) y su revisión
permanente para mantenerlos actualizados a los nuevos dispositivos legales o su
perfeccionamiento.
Elaborar contratos especiales, con organismos internacionales o entidades locales (como las
IFIS – Segundo Piso) y asesorar a las Gerencias involucradas en la negociación de los
términos contractuales, cuidando los intereses del Banco.
Elaborar contratos para nuevos productos, de acuerdo a las políticas que el Banco disponga.
Elaborar contratos de servicios del Banco, para la adquisición de Bienes y Servicios.
Estudiar los poderes de los clientes y preparar un informe dando la conformidad respectiva.
Atender todo lo referente a Garantías, constitución, ampliación, modificación, reducción,
levantamiento, etc.
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FUNCIONES DE LAS UNIDADES ORGANICAS
ORGANOS DE APOYO
ÁREA LEGAL
Supervisar y calificar a los Estudios Abogados Externos por la prestación de los servicios de
estudios de títulos y poderes.
Dar apoyo a la Gerencia del área en temas de gestión e informes de carácter jurídico, actas u
otros de similar naturaleza.
Revisar los dispositivos legales, efectuando los comentarios sobre su implicancia en el
desarrollo de las actividades del Banco.
Asesorar a las Gerencias en los asuntos legales que le sean solicitados.
Cumplir con las demás funciones que le asigne el nivel inmediato superior dentro del ámbito
de su competencia.
OFICIALÍA DE ATENCIÓN AL USUARIO
Velar por la implementación y el cumplimiento de las normas vigentes en materia de
protección al consumidor, transparencia de información, atención al usuario y demás
disposiciones establecidas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
Velar porque el Banco cuente con un óptimo sistema de atención de reclamos.
Coordinar con las unidades organizacionales del Banco la implementación de las políticas y
procedimientos para el funcionamiento del sistema de atención al usuario y su debido
cumplimiento.
Proponer medidas que permitan al Banco mejorar el funcionamiento del sistema de atención
al usuario y sus elementos mínimos.
Verificar que los medios de difusión de tasas de interés, comisiones y gastos, así como de las
operaciones y servicios que utilice la institución cumplan con la normativa vigente.
Verificar que el personal encargado de brindar asesoría a los usuarios con relación a las
operaciones y servicios que brinda la empresa, así como con relación a las materias
contenidas en los contratos, cumpla con los requerimientos de capacitación establecidos en
el marco normativo vigente.
Comprobar que el contenido de los formularios contractuales utilizados por la institución
cumpla con las disposiciones señaladas en el Reglamento de Transparencia de Información y
Contratación con Usuarios del Sistema Financiero.
Velar porque la institución remita las comunicaciones periódicas as sus clientes en los plazos
pactados, así como que las comunicaciones previas referidas a las modificaciones
contractuales sean remitidas según lo dispuesto en el Reglamento de Transparencia de
Información y Contratación con Usuarios del Sistema Financiero.
Verificar que el Banco difunda las fórmulas y programas de liquidación de intereses y de pago
de conformidad a lo dispuesto en el Reglamento de Transparencia de Información y
Contratación con Usuarios del Sistema Financiero.
Coordinar con la Superintendencia, el INDECOPI y cualquier otra entidad pública o privada
que tenga que ver con temas de protección al consumidor.
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FUNCIONES DE LAS UNIDADES ORGANICAS
ORGANOS DE APOYO
ÁREA LEGAL
Remitir a la SBS un informe anual referido al funcionamiento del sistema de atención al
usuario, según lo indicado en el Reglamento de Transparencia de Información y Contratación
con Usuarios del Sistema Financiero.
Elaborar un Plan Anual de Trabajo señalando la metodología utilizada para las verificaciones
y revisiones del grado de cumplimiento del sistema de atención al usuario y las actividades a
realizarse, incluyendo el cronograma de ejecución.
Atender las observaciones del Órgano de Control Institucional – OCI, de la Unidad de
Auditoría Interna, y de los Auditores externos y demás órganos de control y supervisión.
Coordinar directamente con la Plataforma de Atención al Usuario (PAU), cuando se trate de
requerimientos y acciones efectuadas por ésta, en atención a las consultas y denuncias
presentadas ante dicho órgano por los usuarios de las empresas supervisadas o por
terceros.
Velar por la implementación y cumplimiento de las políticas y procedimientos del Banco,
referidos a la atención de reclamos.
Elaborar los informes trimestrales sobre evaluación de atención de reclamos, cumpliendo con
los requisitos establecidos por la normativa SBS.
Coordinar con la Gerencia General la implementación de las medidas necesarias para el
adecuado funcionamiento del Sistema de Atención al Usuario, de acuerdo a las políticas
generales establecidas por el Directorio, en cumplimiento de las disposiciones legales sobre
protección al consumidor, transparencia en la información y atención al usuario.
Cumplir con las demás funciones asignadas, dentro del ámbito de su competencia.
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FUNCIONES DE LAS UNIDADES ORGANICAS
ORGANOS DE APOYO
ÁREA DE DESARROLLO
B. ÁREA DE DESARROLLO
MISIÓN
Proponer las estrategias de desarrollo del Banco en concordancia con los objetivos establecidos por
el Directorio.
Dirigir y procesar la formulación del Plan Estratégico del Banco, así como su monitoreo y medición.
Diseñar estrategias de mercadeo, desarrollo de productos y calidad de servicio que permitan el
posicionamiento de la institución hacia nuestro cliente y público objetivo, con productos acorde a sus
requerimientos.
Administrar los procesos de transparencia de información, coordinando con las diferentes unidades
orgánicas del Banco el cumplimiento y control de los principios establecidos.
Diseñar, proponer y ejecutar la estrategia de imagen y comunicación del Banco, midiendo su
posicionamiento y la calidad de los servicios que ofrece para lograr mayor presencia y un elevado
nivel de satisfacción de los clientes.
Planificar, dirigir y llevar a cabo el presupuesto anual, llevando el control del mismo durante cada
ejercicio.
Proveer la gestión de tecnologías de información a nivel Banco, proporcionando servicios de
información a las distintas unidades y niveles de la organización, mediante la implantación de una
arquitectura de sistemas y una plataforma tecnológica y de telecomunicaciones que permita atender las
operaciones del Banco y brindel soporte de información para la toma de decisiones.
Desarrollar sistemas y diseñar procesos operativos, administrativos y de negocios óptimos, que
funcionen con altos estándares de calidad y seguridad a costos razonables.
UBICACIÓN
El Área de Desarrollo es un órgano de apoyo y reporta a la Gerencia General.
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FUNCIONES DE LAS UNIDADES ORGANICAS
ORGANOS DE APOYO
ÁREA DE DESARROLLO
FUNCIONES
Formular el programa anual de trabajo y el presupuesto del área, en base a la normatividad y
lineamientos impartidos por la Alta Dirección, así como de las políticas impartidas por los
órganos de control.
Elaborar la estrategia de comercialización y canales de distribución, coordinando la unidad de
Planeamiento Comercial.
Planificar campañas para incrementar la venta de los productos de acuerdo a las prioridades
definidas por el Banco así como la preparación de eventos y/o ferias que tienen relación
directa con los negocios del Banco.
Dirigir estudios de investigación de mercados que permita establecer oportunidades de
negocios y brindar nuevos productos.
Detectar oportunidades de mejora y proponer de manera sistemática ideas y conceptos a fin
de contar con productos competitivos, liderando los proyectos.
Coordinar con otras áreas del Banco las acciones correctivas necesarias para preservar la
calidad de la información de los clientes a fin de lograr el conocimiento de los mismos en
cuanto a comportamiento en el uso de productos bancarios, perfil económico y potencial de
negocios.
Diseñar y desarrollar nuevos productos y servicios bancarios, efectuando el seguimiento
correspondiente y evaluando la rentabilidad de los mismos, proponiendo ajustes y mejoras.
Diseñar el sistema de medición de calidad de los productos y servicios de acuerdo con el
modelo de la Calidad adoptado por el Banco.
Buscar, negociar y establecer incluir dentro de los productos crediticios aspectos referidos a
seguros, sea a nivel de desgravamen de crédito, riesgo climático, de precio, por incapacidad
o inhabilitación del productos u otros de similar naturaleza.
Analizar las posibilidades de llevar a cabo alianzas estratégicas con instituciones afines y
entidades vinculadas al quehacer y objetivos del Banco, de modo de consolidar su presencia
y facilitar el cumplimiento de su misión, desarrollando la relación institucional con los clientes,
así como con otras entidades e instituciones, mediante el establecimiento y concertación de
convenios y una más activa relación interinstitucional.
Monitorear la calidad del servicio que brindan las diferentes unidades del Banco.
Controlar y mantener actualizada la información registrada en la Página Web coordinando las
mejoras y cambios necesarios, que permitan su vigencia y uso constante así como participar
en el diseño de las publicaciones del Banco.
Informar y difundir las acciones del Banco a través de los medios de comunicación
establecidos; así como analizar las opiniones e informaciones vertidas en dichos medios.
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FUNCIONES DE LAS UNIDADES ORGANICAS
ORGANOS DE APOYO
ÁREA DE DESARROLLO
Diseñar y proponer y aplicar la política de prensa, relaciones públicas, publicidad y
atenciones oficiales, orientadas a mantener la buena imagen de la Institución ante la
colectividad.
Asumir las actividades protocolares de la Alta Dirección.
Elaborar programas de comunicaciones que provean un entendimiento continuo y mejorado
de la imagen de la institución, velando por su cumplimiento.
Apoyar la realización de actividades institucionales así como dirigir y coordinar eventos de
carácter sectorial, social y administrativos, sean por disposiciones gubernamentales o
similares, en apoyo a la Alta Dirección del Banco.
Mantener permanente comunicación con las unidades de negocios para coordinar las
actividades de prensa, relaciones públicas y atenciones oficiales en sus respectivas
jurisdicciones.
Dirigir el presupuesto anual, supervisar su ejecución y aprobar el uso de las partidas
presupuestales, sugiriendo las modificaciones y ampliaciones necesarias para ser aplicadas
sobre cualquier desviación de importancia, entre los gastos e ingresos reales y el
presupuesto establecido.
Buscar permanentemente oportunidades de innovación operativa, tecnológica y de procesos
que permitan obtener eficiencias económicas, de control y de servicio al cliente.
Investigar y proponer la adquisición de soluciones tecnologías, que permitan mayor
funcionalidad y ahorro de costos; manteniendo la plataforma informática en niveles
adecuados de vigencia y competencia.
Administrar la arquitectura tecnología del Banco, en cuanto a las computadoras personales,
tanto de escritorio como portátil, servidores, redes y equipos de telecomunicaciones de voz y
datos, redes y equipos de redes, evaluando permanentemente su correcto funcionamiento.
Administrar el software base, software financiero, software de oficina y software antivirus,
evaluando permanentemente su vigencia y actualización, asegurando que se encuentre en
los niveles óptimos, de acuerdo a las necesidades de los usuarios del Banco.
Asegurar los niveles de contingencia