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MANUAL DE ORGANIZACIÓN MUNICIPAL

MARZO 2013

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ÍNDICE:

Página.

INTRODUCCION………….….………………………………………………..…….……………………………………………………………….………….3

MARCO JURIDICO NORMATIVO….………………………………………………………………………………………………………………………4

ATRIBUCIONES DEL AREA.…….…………………………...……………………………………………………………………………………… ……6

MISION …………………………………………………………………………………………………………………………………………………………....8

VISION………………………………………………………….........................................................................................................9

OBJETIVO………………………………………………………………………………………………………………………….................................10

ESTRUCTURA ORGANIZA……………………………………………...…………………………………………………………….......................11

ORGANIGRAMA GENERAL………………………………………………………………………………………………………………………………..12

HOJA DE VALIDACION………………………………………………………………………………………………………………………………………13

HOJA DE ACTUALIZACION………………………………………………………………………………………………………………...……………..14

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INTRODUCCION.

El propósito es presentar una cadena de valor que inicia con la planeación, presupuestación, programación;

pasa por la ejecución de los planes y programas; y concluye con la forma en que se administran y controlan los

recursos humanos, financieros y materiales; a fin de garantizar que tanto los servidores públicos municipales

como los ciudadanos conozcan la estructura del Municipio y la forma en que se divide el trabajo.

En esta herramienta administrativa y normativa, se busca la transparencia del quehacer público para dar una

clara rendición de cuentas a los ciudadanos, así como para modernizar de manera integral la Administración

Pública Municipal, haciéndola eficiente, sustentada en valores de honestidad, legalidad, equidad y eficiencia,

que permitan el desarrollo de una cultura de servicio.

En su elaboración, participaron los servidores públicos que son titulares de las dependencias y entidades del

municipio, tomado como base los objetivos, estrategias y líneas de acción del Plan Municipal de Desarrollo, que

en materia de Administración Pública Municipal establece la obligación de continuar perfeccionando las

estructuras administrativas del Ayuntamiento, para simplificar y agilizar los trámites y servicios que demandas

la sociedad

Antecedentes históricos

El nombre antiguo más conocido del municipio es "Huehutocan" cuyas raíces (provenientes del náhuatl) tienen

varias interpretaciones.

Huehuetoca proviene de huehue, “viejo” y toca, “enterrar a otro, o seguir a alguno”, de lo que se derivaría

"viejo enterrado o viejo que es seguido". De la misma manera puede tener como raíces huehuetl, atabal o

guitarra” y can, lugar que se traduciría como "lugar de atabales o guitarras".

Huehuetoca muestra los signos de su antigüedad en su nombre: a pesar de

las interpretaciones divergentes se acepta que deriva de Huehuetocan,

topónimo náhuatl formado a partir de la raíz huehuetl, que significa viejo;

así, Huehuetoca sería el "lugar delos viejos". Como en la culturanáhuatl

lafigura del viejo o anciano está vinculada al conocimiento y a la sabiduría,

el significado completo del nombre sería "lugar de los viejos sabios". A

pesar del origen de su nombre, el pueblo tuvo población tanto náhuatl

como otomí.

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La Revolución Mexicana trajo para Huehuetoca el reparto agrario, con la expropiación y parcelación del

latifundio de la hacienda de Xalpa, para formar los ejidos de Huehuetoca, Coyotepec y San Juan Zitlaltepec.

Fue así que la tierra comenzó a ponerse en manos de los trabajadores del campo, peones hasta entonces,

confirmando la tradición campesina del pueblo. Asimismo, desde este momento la vocación ferrocarrilera del

pueblo conoció su mejor momento: con dos estaciones de tren, la gente pudo buscar nuevas oportunidades

de trabajo para asegurar el bienestar familiar en la ciudad de México.

Los orígenes de la economía del municipio se remontan a principios del siglo XX con la llegada del ferrocarril, en

estos años la población se dedicaba principalmente a la agricultura y a la ganadería, el nacimiento de las

industrias data aproximadamente en los años 60; era notable en estos tiempos que la oferta de empleo

satisfacía las necesidades de la población de aproximadamente 2,000 habitantes, pero actualmente los

asentamientos humanos con los que contamos son de aproximadamente 200,000 habitantes, con este

incremento es notoria la demanda en este rubro, solo así evitaremos hacer de nuestro municipio un dormitorio

ya que un gran número de huehuetoquenses tienen que trasladarse a los Municipios de la periferia para poder

llevar a cabo su actividad laboral.

El municipio de Huehuetoca puede considerarse como estratégico, gracias a la ubicación geográfica que ocupa

dentro del territorio estatal, pues su localización lo convierte en un potencial polo de desarrollo, tanto para la

inversión industrial y comercial, así como para el crecimiento urbano-habitacional.

Su cercanía con la zona metropolitana de la ciudad de México, así como de la propia capital del país, además de

su colindancia con el estado de Hidalgo, fortalecen al Municipio porque:

Forma parte de una región geopolítica en crecimiento, tanto urbano como industrial.

La extensión territorial que posee el municipio permite un desarrollo integral ordenado y planificado.

La temperatura promedio que existe, es favorable para la explotación de diversas especies de granos,

frutas y legumbres.

Posee dos vías de comunicación importantes que son la autopista México-Querétaro y el Circuito Exterior

Mexiquense.

Las vías de comunicación hacia el estado de Hidalgo es directa hacia el municipio de Tula, asimismo,

Huehuetoca se convierte en un municipio de interconexión con los municipios de Zumpango, Tequixquiac y

Apaxco por la colindancia existente. Como se muestra en el mapa

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MARCO NORMATIVO.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México.

Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

Bando Municipal.

Convenios

Reglamentos

Demás ordenamientos jurídicos y administrativos, aplicables en la materia.

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ATRIBUCIONES DEL AREA.

La Facultad Reglamentaria se otorga al Municipio y significa la capacidad de Instrumentar y aplicar las leyes

Federales y Estatales en el ámbito de su territorio, a través de reglamentos y disposiciones Administrativas. La

facultad reglamentaria es importante, con ella se proporciona al Ayuntamiento solidez jurídica en el ejercicio

de su Administración Pública.

En la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; en su Artículo 115 señala que Los Estados

adoptarán, para su régimen interior, la forma de Gobierno Republicano, Representativo, Popular, teniendo

como base de su divisiónterritorial y de su organización política y administrativa el Municipio libre, conforme a

las bases siguientes:

I. Cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un

Presidente Municipal y el número de Regidores y Síndicos que la ley determine. La competencia que esta

Constitución otorga al Gobierno Municipal se ejercerá por el Ayuntamiento de manera exclusiva y nohabrá

autoridad intermedia alguna entre éste y el gobierno del Estado.

II. Los municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la

ley.Tendrán facultades para aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipalque deberán expedir las

legislaturas de los Estados, los Bandos de Policía y Gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones

administrativas de general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la Administración Pública

Municipal. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE HUEHUETOCA, MÉXICO 2013– 2015

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL

III. Los Municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos siguientes:

a) Agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales;

b) Alumbrado público.

c) Limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos;

d) Mercados y centrales de abasto.

e) Panteones.

f) Rastro.

g) Calles, parques y jardines y su equipamiento;

h) Seguridad pública, policía preventiva municipal y tránsito;

i) Los demás que las Legislaturas locales determinen según las condicionesterritoriales y socioeconómicas de

los Municipios, así como su capacidad administrativa y financiera.

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En la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; señala en el

Artículo 112.- La base de la división territorial y de la organización política yadministrativa del Estado, es el

Municipio libre; su denominación y la de sucabecera, será las que señale la ley.

En el Artículo 113.- El Municipio será gobernado por un Ayuntamiento con la competencia que le otorga la

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la presente Constitución y las leyes que de ellas

emanen.

Artículo 116.- El Ayuntamiento será la asamblea deliberante y tendrán autoridad y competencia propia en los

asuntos que se sometan a su decisión, pero la ejecución de ésta corresponderá exclusivamente al Presidente

Municipal. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE HUEHUETOCA, MÉXICO 20013– 2015

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL

Artículo 123.- El Ayuntamiento, en el ámbito de su competencia, desempeñaráfacultades normativas, para el

régimen de su Gobierno y Administración, así como funciones de inspección, concernientes al cumplimiento de

las disposiciones deobservancia general aplicables.

Artículo 124.- El ayuntamiento expedirá el Bando Municipal, que será promulgado y publicado el 5 de febrero

de cada año; los reglamentos; y todas las normas necesarias para su organización y funcionamiento, conforme

a las previsiones de la Constitución General de la República, de la Constitución Estatal, de la Ley Orgánica

Municipal y demás ordenamientos aplicables.

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MISION

Gobernar el Municipio de Huehuetoca llevando a cabo un “trabajo responsable”, con sentido humanista y

amplia participación ciudadana, con transparencia, eficacia y austeridad, que fomente un entorno saludable,

productivo y sustentable, a través del estímulo a las inversiones, brindando servicios de calidad que ayuden a

disminuir los contrastes sociales, impulsando el crecimiento económico y que mejore la calidad de vida de los

habitantes.

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VISION.

Ser un gobierno municipal cercano y sensible a las necesidades de las familias y los habitantes, eficaz y eficiente

en la prestación de servicios públicos, que gracias a su “Trabajo Responsable” logre la transformación de

Huehuetoca en un Municipio innovador, con más y mejor infraestructura, generoso en oportunidades, con

identidad propia, posicionándolo a nivel regional como ejemplo de crecimiento sustentable.

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OBJETIVO

Contar con un instrumento de organización y de planeación lo suficientemente eficaz, que permita

atender las necesidades de la Administración Pública Municipal, previsto en el corto, mediano y largo

plazo, e Impulse y mantenga el desarrollo Administrativo de este H. Ayuntamiento de Huehuetoca,

Estado de México, y locoloque en una mejor posición dentro delSistema de Municipio del Estado

México

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Estructura Organizacional.

Presidente Municipal.

Objetivo: Coordinar y llevar a cabo acciones que contribuyan al desarrollo y mejoramiento del Municipio,

desempeñar una adecuado gestión administrativa y prestación de servicios públicos municipales, vigilando el

buen funcionamiento y operación de toda la administración, a través de la planeación, dirección, coordinación

y control los programas encomendados a cada una de las unidades administrativas que integran la estructura,

todo lo anterior, con base en las disposiciones contenidas en las leyes y reglamentos vigentes.

Funciones:

I. Presidir y dirigir las sesiones del H. Ayuntamiento;

II. Ejecutar los acuerdos del H. Ayuntamiento e informar su cumplimiento;

III. Promulgar y publicar en la Gaceta Municipal, el Bando Municipal y ordenar la difusión de las normas de

carácter general y reglamentos aprobados por el H. Ayuntamiento;

IV. Asumir la representación jurídica del Municipio.

V. Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias a los integrantes del H. Ayuntamiento;

VI. Proponer al H. Ayuntamiento los nombramientos de Secretario, Tesorero y Titulares de las Dependencias y

Organismos Auxiliares de la Administración Pública Municipal;

VII. Presidir las comisiones que le asigne la ley o el H. Ayuntamiento;

VIII. Contratar y concertar en representación del H. Ayuntamiento y previo acuerdo de éste, la realización

de obras y la prestación de servicios públicos, con participación propia, del Estado, de terceros o de otros

Ayuntamientos.

IX. Verificar que la recaudación de las contribuciones y demás ingresos propios del Municipio se realicen

conforme a las disposiciones legales aplicables;

X. Vigilar la correcta inversión de los fondos públicos;

XI. Supervisar la administración, registro, control, uso, mantenimiento y conservación adecuados de los bienes

del Municipio;

XII. Tener bajo su mando los cuerpos de seguridad pública, tránsito y bomberos municipales, en los términos

que establezca la ley;

XII Bis. Vigilar y ejecutar los programas y subprogramas de protección civil y realizar las acciones

encaminadas a optimizar los programas tendientes a prevenir el impacto de los fenómenos perturbadores.

XIII. Vigilar que se integren y funcionen en forma legal las dependencias, unidades administrativas y

organismos desconcentrados o descentralizados y fideicomisos que formen parte de la estructura

administrativa;

XIV. Vigilar que se integren y funcionen los consejos de participación ciudadana municipal y otros órganos

de los que formen parte representantes de los vecinos;

XV. Informar por escrito al Ayuntamiento, dentro de los tres primeros días hábiles del mes de Diciembre de

cada año, en sesión solemne de cabildo, del estado que guarda la Administración Pública Municipal y delas

labores realizadas durante el ejercicio;

XVI. Cumplir y hacer cumplir dentro de su competencia, las disposiciones contenidas en las leyes y

reglamentos Federales, Estatales y Municipales, así como aplicar, a los infractores las sanciones

correspondientes o remitirlos, en su caso, a las autoridades correspondientes;

XVII. Promover el desarrollo institucional del H. Ayuntamiento, entendido como el conjunto de acciones

sistemáticas que hagan más eficiente la Administración Pública Municipal mediante la capacitación y

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profesionalización de los Servidores Públicos Municipales, la elaboración de planes y programas de mejora

administrativa, el uso de tecnologías de información y comunicación en las áreas de la gestión, implantación

de indicadores del desempeño o de eficiencia en el gasto público, entre otros de la misma naturaleza.

Los resultados de las acciones implementadas deberán formar parte del informe anual, al que se refiere la

fracción XV del presente artículo;

XVIII. Promover el patriotismo, la conciencia cívica, las identidades Nacional, Estatal y Municipal, y el aprecio

a los más altos valores de la República, el Estado, y el Municipio, con la celebración de eventos, ceremonias

y en general todas las actividades colectivas, que contribuyan a estos propósitos, en especial el puntual

cumplimiento del Calendario Cívico Oficial;

XIX. Autorizar y/u otorgar subsidios, cooperaciones, donativos y apoyos económicos a los sectores social y

privado para la ejecución de programas prioritarios, así como a las personas del Municipio con necesidades

extremas, en términos que establezca la Ley; y

XX. Suscribir convenios de coordinación y colaboración con el gobierno del Estado de México, a través de la

Secretaria de Seguridad Ciudadana y con otros Municipios, para establecer la política Estatal coordinadora

de la entidad; así como para que antes de que sean designados los mandos municipales, estos ya hayan sido

evaluados, certificados y cumplan con el programa de capacitación de mandos en el marco del Sistema

Nacional de Seguridad Publica.

Las demás que le confieran la Ley Orgánica Municipal vigente para la Entidad y otros ordenamientos

aplicables.

Sindico Municipal. Objetivo: La procuración y defensa de los derechos e intereses del Municipio, en especial los de carácter

patrimonial y la función de contraloría interna con el fin de contar con una administración funcional.

Funciones:

I. Procurar, defender y promover los derechos e intereses Municipales; representar legal y jurídicamente a los

Ayuntamientos en los litigios en los que éstos fueran parte; así como la gestión de los negocios de la

hacienda Municipal, facultándolos para otorgar y revocar poderes generales y especiales a terceros o

mediante carta poder u oficio para la debida representación legal y jurídica del H. Ayuntamiento; pudiendo

convenir en los mismos;

II. Revisar y firmar los cortes de caja de la Tesorería Municipal;

III. Cuidar que la aplicación de los gastos se haga llenando todos los requisitos legales y conforme al

presupuesto respectivo;

IV. Vigilar que las multas que impongan las Autoridades Municipales ingresen a la Tesorería, previo

comprobante respectivo;

V. Asistir a las visitas de inspección que realice el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México a la

Tesorería e informar de los resultados al Ayuntamiento;

VI. Hacer que oportunamente se remitan al Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México las cuentas

de la Tesorería Municipal y remitir copia del resumen financiero a los miembros del H. Ayuntamiento;

VII. Intervenir en la formulación del inventario general de los bienes muebles e inmuebles propiedad del

Municipio, haciendo que se inscriban en el libro especial, con expresión de sus valores y de todas las

características de identificación, así como el uso y destino de los mismos;

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VIII. Regularizar la propiedad de los bienes inmuebles Municipales, para ello tendrán un plazo de ciento

veinte días hábiles, contados a partir de la adquisición;

IX. Inscribir los bienes inmuebles municipales en el Registro Público de la Propiedad, para iniciar los trámites

correspondientes tendrán un plazo de ciento veinte días hábiles contados a partir de aquel en que concluyó

el proceso de regularización;

X. Vigilar que los Oficiales Mediadores. Conciliadores y Calificadores, observen las disposiciones legales en

cuanto a las garantías que asisten a los detenidos;

XI. Participar en los remates públicos en los que tenga interés el Municipio, para que se finquen al mejor

postor y se guarden los términos y disposiciones prevenidos en las leyes respectivas;

XII. Verificar que los remates públicos se realicen en los términos de las leyes respectivas;

XIII. Verificar que los funcionarios y empleados del Municipio cumplan con hacer la manifestación de

bienes que prevé la Ley de Responsabilidades para los Servidores Públicos del Estado y Municipios;

XIV. Admitir, tramitar y resolver los recursos administrativos que sean de su competencia;

XV. Revisar las relaciones de rezagos para que sean liquidados;

XVI. Revisar el informe mensual que le remita el Tesorero, y en su caso formular las observaciones

correspondientes.

XVII. Las demás que les señalen las disposiciones aplicables.

Regidores Objetivo: Garantizar que los planes, programas y acciones que lleven las diferentes áreas se cumplan dentro de

los plazos establecidos.

Funciones:

I. Asistir puntualmente a las sesiones que celebre el ayuntamiento;

II. Suplir al Presidente Municipal en sus faltas temporales, en los términos establecidos por la Ley Orgánica

Municipal del Estado de México en su artículo 55;

III. Vigilar y atender el sector de la Administración Municipal que les sea encomendado por el H.

Ayuntamiento;

IV. Participar responsablemente en las comisiones conferidas por el H. Ayuntamiento y aquéllas que le designe

en forma concreta el Presidente Municipal;

V. Proponer al H. Ayuntamiento, alternativas de solución para la debida atención de los diferentes sectores de

la Administración Municipal;

VI. Promover la participación ciudadana en apoyo a los programas que formule y apruebe el H. Ayuntamiento;

VII. Las demás que les otorgue la Ley Orgánica Municipal del Estado de México y otras disposiciones aplicables.

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Secretaria Particular.

Objetivo: Organizar la agenda de trabajo, recibir, controlar, tramitar y dar continuidad a los asuntos que le

hayan sido encomendados por el Presidente Municipal.

Funciones:

I.- Recepción, revisión, distribución y archivo de la documentación dirigida al C. Presidente, así como control de

documentación para la firma del Ejecutivo Municipal.

II.- Hacer del conocimiento del público los requisitos indispensables para la recepción de peticiones y

solicitudes de apoyo tales como: copia de la credencial de elector vigente, comprobante de domicilio reciente y

la documentación a la que se refiere la solicitud.

III.- El trámite de documentación de acuerdo a las indicaciones del Ejecutivo Municipal.

IV.- El envío de documentación e información a diferentes Dependencias Federales, Estatales, Tribunales, así

como las áreas del Ayuntamiento para su respectivo trámite de acuerdo a indicaciones del C. Presidente

Municipal.

V. Control y evaluación de seguimiento de solicitudes de apoyos clasificadas por rutas de las diferentes

comunidades del Municipio, así como de la Cabecera Municipal.

VI. Distribución de correspondencia.

VII. Elaboración de informe bimestral.

VIII. Elaboración, coordinación y distribución de la agenda diaria del C. Presidente a las diferentes áreas del

H. Ayuntamiento.

IX. Coordinación de audiencias públicas que atiende el Presidente Municipal.

X. Coordinación de reuniones del Gabinete Municipal.

XI. Coordinación de giras de trabajo del C. Presidente Municipal.

XII. Coordinación de eventos en la que se contará con la presencia del C. Presidente Municipal.

XIII. Designación de funcionarios que representen al C. Presidente Municipal en reuniones y/o eventos a

lasque no le fuera posible asistir.

XIV. Control mediante bitácora de las reuniones que se celebran en la sala de cabildos y las demás que le

confiera el Presidente Municipal.

Coordinación de comunicación social.

Objetivo: Elaborar y ejecutar los programas de difusión del actual Gobierno Municipal, así como mantener

informada a la ciudadanía y a los medios de comunicación sobre las actividades del mismo, a través de

cualquier canal de comunicación impreso y/o digital.

Funciones:

I. Desarrollar los programas y acciones del Gobierno Municipal en materia de Comunicación Social, en

coordinación con el H. Ayuntamiento y las diferentes áreas de la Administración Pública Municipal para la

difusión de programas, eventos y acciones, así como obras y actividades emprendidas por los mismos.

II. Desarrollar los conceptos y diseños del Gobierno Municipal para difundir la imagen institucional;

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III. Revisar la información referente al Gobierno Municipal que se publique a través de los medios de

comunicación, en cuanto a su veracidad y fuentes de información.

IV. Coordinar la cobertura de los eventos con grabación de video, fotografías, grabación de voz, recepción de

medios de comunicación y apoyo en la logística; y

V. Las demás que señalen las Leyes, Reglamentos vigentes y disposiciones aplicables.

Coordinación de planeación.

Objetivo: Estructurar los programas sociales, de tal manera que se describan elementos necesarios para medir

su eficiencia y eficacia a través de indicadores que midan el impacto social de los programas integrados

mediante un sistema de información.

Funciones:

La Coordinación de Planeación se encarga de la elaboración de políticas y demás actividades relativas a la

planeación, programación, presupuestación y evaluación; apoya en la integración del Plan de Desarrollo

Municipal; sistematiza la información sobre el seguimiento y la evaluación del Plan de Desarrollo Municipal y

los planes de desarrollo de las diferentes áreas que comprende la Administración Pública Municipal; participar

en la elaboración del proyecto de presupuesto anual de ingresos y egresos, se encarga de proporcionar apoyo

conceptual, técnico y metodológico a las diferentes áreas que componen la Administración Pública Municipal

para el buen desempeño de sus tareas de planeación, programación, presupuestación y ejecución; y las demás

que por la naturaleza de su función le corresponda de acuerdo a la Ley de Planeación del Estado de México y

Municipios.

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Desarrollo Económico. Objetivo: Promover la competitividad económica del Municipio, fomentando una cultura emprendedora a los

entes que detentan la actividad económica, teniendo como objetivos básicos los siguientes: Promover la

inversión interna y externa, generación de empleos, autosuficiencia económica y elevar el nivel de vida de los

Huehuetoquenses.

Funciones:

I. Promover y fomentar una mejora regulatoria en lo referente a la gestión de trámites empresariales, a

través de la instalación de la ventanilla para el Sistema Único de Gestión Empresarial (SUGE) y la integración

en el mismo de la automatización de los trámites Estatales y Municipales, estableciendo dicha ventanilla

como única instancia que regule las solicitudes de apertura rápida de empresas y del programa de

regulación administrativa, de conformidad con el convenio de coordinación en materia regulatoria y

simplificación administrativa.

II. Difundir entre la comunidad empresarial y la ciudadanía en general, los requisitos y herramientas aplicables

para la apertura de empresas y pequeños negocios, así como la reglamentación de los ya existentes.

III.- Brindar atención empresarial. Orientando y vinculando al empresario, a las diferentes estancias de

Gobierno Estatal y Municipal, para la solución de sus demandas.

IV. Atender en forma coordinada con Desarrollo Urbano y Obras Públicas, los servicios públicos, que demande

el sector empresarial, con la finalidad de hacer más atractivos parques y zonas industriales, buscando con

estas acciones detonar inversión interna y externa.

V. Coadyuvar en la promoción y coordinación de programas de capacitación y adiestramiento de la fuerza

laboral administrativa y operativa del Municipio.

VI. Proponer ante Cabildo proyecto para el otorgamiento de incentivos por parte de las Autoridades

Municipales, buscando fomentar la inversión productiva en el Municipio.

VII. Promover, gestionar y en su caso organizar ferias, exposiciones y otros eventos similares que fomenten el

desarrollo económico del Municipio.

VIII. Gestionar las peticiones que los diferentes departamentos de la Administración Pública Municipal

solicitan a las empresas y/o a la iniciativa privada garantizando la transparencia en la aplicación de apoyos y

recursos.

IX. Gestionar y coordinar ante las diferentes instancias de gobierno recursos y programas de apoyo, tales

como; (Fomento al autoempleo, compromiso con emprendedoras, compromiso social con el empleo,

proyectos productivos, etc.), en beneficio de micro pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) ya

establecidas y emprendedores de nuevos proyectos.

X. Promover y gestionar ante las diferentes instancias de gobierno, así como con empresas particulares cursos,

talleres y actualización en temas relevantes (Contables, Fiscales, de Administración, etc.)

XI. Proponer al H. Ayuntamiento, la creación de un sistema municipal de microcréditos, constituido en un

fideicomiso público creado mediante acuerdos de Cabildo, que tendrá como objetivo fundamental, atender

prioritariamente a ciudadanos emprendedores de pequeños negocios, promoviendo el fácil acceso a

recursos financieros e impulsando su cultura empresarial, teniendo como fin implícito el fomento a la

inversión y el autoempleo a las familias Huehuetoquenses; y

XII. Las demás que señalen las Leyes, reglamentos vigentes y disposiciones aplicables.

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Servicio Municipal de Empleo. Objetivo: ser el enlace entre las empresas de la región que cuentan con vacantes disponibles y la población

económicamente activa que busca oportunidades de trabajo.

Funciones:

I. Integrar una bolsa de trabajo del Municipio, con las vacantes que ofrecen las empresas de la región;

II. Identificar y reclutar el perfil adecuado del personal que solicitan las empresas;

III. Canalizar a los prospectos para cubrir las vacantes, mediante una carta de envío;

IV. Realizar y coordinar de forma individual ferias de empleo;

V. Promover programas de capacitación al sector empresarial y laboral, en coordinación con instituciones y

organismos públicos y privados para alcanzar mejores niveles de productividad y calidad de la base

empresarial instalada en el Municipio, difundir los resultados y efectos de dichos programas.

VI. Promover la capacitación de los trabajadores, en las empresas de la región en coordinación con Fomento

Económico.

VII. Las demás que señalen las Leyes, Reglamentos vigentes y disposiciones aplicables.

Registro civil.

Objetivo: implementar mecanismos de difusión para informar a la sociedad los requisitos que exige la ley para

los levantamientos registrales y que la sociedad se vea beneficiada con los servicios que presta el registro civil.

Función:

La Oficialía del Registro Civil es la institución de carácter público de interés social, mediante la cual el Estado, a

través de su titular, investido de fe pública inscribe, registra, autoriza, certifica y da solemnidad a los actos

relativos al estado civil de las personas; expide las actas relativas al nacimiento, reconocimiento de hijos,

adopción, matrimonio, divorcio, defunción y otorga ordenes de inhumación; de acuerdo a lo establecido en el

Código Civil y el reglamento correspondiente.

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Derechos Humanos.

Objetivo: Difundir entre la población los derechos humanos para el conocimiento de sus derechos y hacerlos

valer.

Función:

La Defensoría Municipal de los Derechos Humanos, es un órgano creado por el H. Ayuntamiento, con

autonomía en sus decisiones y en el ejercicio presupuestal, cuyas atribuciones y funciones se encuentran

establecidas en la Ley Orgánica Municipal del Estado de México y en el Reglamento de Organización y

Funcionamiento de las Defensorías Municipales de Derechos Humanos del Estado de México, y demás

disposiciones aplicables.

El Defensor Municipal de Derechos Humanos deberá coordinar sus acciones con la Comisión de Derechos

Humanos del Estado de México, a través del Visitador General de la región a la que corresponda el Municipio.

Secretaría del H. Ayuntamiento.

Objetivo: Coadyuvar al buen funcionamiento de la política interna del municipio y servir como enlace directo

entre regidores, presidencia municipal y directores del Ayuntamiento, precisando las funciones de cada unidad

orgánica para deslindar responsabilidades, evitar duplicaciones y detectar omisiones; coadyuvando de esta

manera a la ejecución correcta de las labores encomendadas al personal y propiciar la uniformidad en el

trabajo.

Función:

I. Realizar el trámite inicial de la cartilla militar;

II. Expedir las constancias de identidad, vecindad, residencia, a los habitantes del Municipio;

III. Otorgar los permisos para los eventos que pretendan realizar los particulares;

IV. Fomentar y coordinar acciones que involucren la participación de la Administración Pública Municipal, para

atender las demandas de los Delegados, Subdelegados, Consejos de Participación Ciudadana y Consejos

Vecinales;

V. Las contenidas en la Ley Orgánica Municipal y demás ordenamientos respectivos.

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Gobierno Objetivo: Mantener la Paz social dentro del territorio municipal.

Funciones: La Coordinación de Gobierno es el encargado de conducir la política interior del Municipio; las

relaciones Ejecutivo Municipal con las demás Autoridades Municipales, así como con las Autoridades de otras

Entidades Federativas y Municipales; informar sobre Seguridad Pública; velar por la protección de los

habitantes, el orden público y la prevención de delitos; planear y ejecutar las políticas Municipales en materia

de población.

Eventos y logística.

Objetivo: Mejorar la difusión de los programas incrementar y mejorar la cobertura de las actividades del

gobierno municipal, así como la reducción de carencia de la difusión de las actividades de la administración

municipal.

Funciones:

I. Proporcionar lo necesario en los eventos y/o giras del titular del Ejecutivo Municipal y las que se le turne

para su atención;

II.- Definir la imagen general de cada uno de los eventos de tipo social, cultural y político;

III. Coordinar y ejecutar el perifoneo, montaje, iluminación, sonorización y proyección de video en cada uno de

los eventos en coordinación con las áreas encargadas;

IV. Supervisar la ejecución de los eventos de logística;

V. Reportar de manera inmediata al Secretario del Ayuntamiento, los sucesos de relevancia ocurridos durante

el evento; y

VI. Las demás que le confiera el H. Ayuntamiento de acuerdo con las necesidades del Municipio y su

reglamento vigente.

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Archivo Municipal Objetivo: Mejorar el estado de conservación de la documentación depositada en el archivo municipal de

Huehuetoca, con la finalidad de a) contribuir a la preservación a largo plazo del patrimonio cultural escrito; y b)

mejorar la gestión de la información administrativa, en busca de reducir los tiempos de repuesta a las

solicitudes de información.

Funciones: El Archivo Municipal tiene encomendada la administración de dos grandes fondos documentales: El

Administrativo y el Histórico, en los términos de lo establecido en la Ley de Documentos Administrativos e

Históricos, así como en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información.

En cuanto al primero, su objetivo principal es perfeccionar continuamente la organización de su acervo, de

acuerdo con los lineamientos y dictámenes emitidos por el Archivo General del Poder Ejecutivo del Estado de

México, para responder con eficiencia las solicitudes de información y datos personales presentadas tanto por

los funcionarios de la Administración Municipal como por la ciudadanía. El Archivo tiene la responsabilidad de

asesorar la gestión documental en las dependencias administrativas municipales, así como supervisar que el

ingreso de volúmenes documentales a su acervo, provenientes de tales dependencias, se haga con apego a los

lineamientos preestablecidos en los dictámenes arriba citados.

En lo que hace al segundo fondo, además de tomar las decisiones competentes en cuanto a los criterios de

organización documental, es prioridad del Archivo el poner la memoria histórica y el patrimonio cultural del

Municipio al servicio de la comunidad, a través del estudio profesional de sus importantes secciones

documentales, la difusión de los resultados de dicha investigación y la extensión de los mismos a la población

del Municipio.

Control Patrimonial.

Objetivo: Control Patrimonial, es el órgano encargado de conducir, resguardar, actualizar, el registro de bienes

muebles e inmuebles propiedad del H. Ayuntamiento de Huehuetoca, también es el encargado de otorgar los

resguardos de los bienes muebles e inmuebles a las entidades que integran la Administración Pública

Municipal, debe planear y ejecutar las políticas municipales en materia de Control Patrimonial y de coadyuvar

con la dependencia encargada del Registro de Bienes Muebles ante el Instituto de la Función Registral del

Estado de México.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN MUNICIPAL Página 22

Funciones:

I. Formular y mantener actualizado un inventario de los bienes que integran el acervo patrimonial del H.

Ayuntamiento.

II. Practicar visitas a las Dependencias Municipales, con el objeto de verificar la existencia de los bienes que

obran en los inventarios respectivos.

III. Elaborar los documentos correspondientes de uso y resguardo respecto de los Bienes Municipales.

IV. Planear y llevar a cabo las acciones necesarias para proteger física y legalmente el Patrimonio Municipal,

coordinándose para ello con la Sindicatura y la Secretaría Municipal.

V. Proporcionar a las dependencias del H. Ayuntamiento los informes que le soliciten en materia de Bienes

Patrimoniales.

VI. Las demás que señalen las Leyes, reglamentos vigentes y disposiciones aplicables.

Oficialía de partes. Objetivo: Establecer un control de solicitudes y peticiones de los ciudadanos en general, así como de los entes

gubernamentales.

Funciones:

I). Recibir los documentos que se hayan presentado en la Oficialía de Partes, a petición de parte interesada,

expidiendo su constancia respecto a la recepción de los documentos mediante sello oficial.

II) Instrumentar las medidas y registros necesarios para el adecuado funcionamiento de la Oficialía de Partes;

III) Rendir los informes y reportes estadísticos que le sean solicitados por la Secretaría del Ayuntamiento;

IV) La Oficialía de Partes tiene la obligación de remitir los escritos de forma inmediata y en un término no

mayor de una hora a la autoridad o dependencia de que se trate para su estudio y resolución.

v) La Oficialía de Partes tendrá a su cargo el seguimiento de los oficios de peticiones, a efecto de solicitar a

los titulares de las diferentes dependencias que conforman la Administración Municipal, las respuestas en

tiempo y forma, entregando a los interesados la documentación que proceda cuando así sea necesario.

VI) Las demás que señalen las leyes, reglamentos vigentes y disposiciones aplicables.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN MUNICIPAL Página 23

Unidad de Información. Objetivo: Incrementar la promoción del Acceso a la Información de los huehuetoquenses para así tener mayor

difusión de los logros de la Administración 2013-2015 y transparentar los actos de sus gobernantes.

Funciones:

I. Promover la transparencia de la gestión pública y la rendición de cuentas de los sujetos obligados hacia la

sociedad, bajo el principio de máxima publicidad;

II. Facilitar el acceso de los particulares a la información pública, a sus datos personales, a la corrección o

supresión de estos, mediante procedimientos sencillos y expeditos, de manera oportuna y gratuita;

III. Contribuir a la mejora de la gestión pública y a la toma de decisiones en las políticas gubernamentales,

mediante mecanismos que alienten la participación ciudadana en el acceso a la información;

IV. Promover una cultura de transparencia y acceso a la información en coordinación con el Instituto de

Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios;

V. Garantizar a través de este órgano el acceso a la información pública;

VI. La protección de datos personales;

VII. El acceso, corrección y supresión de datos personales en posesión de los sujetos obligados;

VIII. El derecho a la intimidad y privacidad de los particulares, en relación con sus datos personales; y

IX. Las demás que le confieran la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México

y Municipios y otros ordenamientos.

Junta Municipal de Reclutamiento. Objetivo. Difundir y llevar a cabo los tramites de cartilla del servicio militar, para jóvenes anticipados y remisos,

así como la orientación a la ciudadanía para reposición y resello del documento de pre cartilla y cartilla.

Funciones:

La Junta Municipal de Reclutamiento es una Unidad Administrativa Colegiada, integrada por el C. Presidente

Municipal, quien a su vez es Presidente de la misma, un regidor y tres miembros de la sociedad civil y tiene

como función, de acuerdo con la Ley del Servicio Militar, la inscripción de los mexicanos en edad militar que

residen en el Municipio en las fechas designadas por la Secretaría de la Defensa Nacional, la organización del

sorteo y las demás operaciones preliminares de la conscripción.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN MUNICIPAL Página 24

Tesorería Municipal.

Objetivo: Sanear las finanzas del municipio para poder pagar nomina y a proveedores en los tiempos

establecidos.

Funciones:

I) Administrar la Hacienda Pública Municipal;

II) Determinar, liquidar, recaudar, fiscalizar y administrar las contribuciones obtenidas;

III) Proponer la política de ingresos de la Tesorería Municipal;

IV) Coordinar las funciones inherentes al Catastro Municipal, a través de la jefatura correspondiente;

V) Supervisar las funciones inherentes a la Coordinación de Reglamentos y

VI) Las demás que señalen las disposiciones legales aplicables y el H. Ayuntamiento.

Reglamentos Objetivo: El gobierno de Huehuetoca se propone atreves de la coordinación de Reglamentos, estructurar

acciones de Gobierno, que se desarrollaran durante el presente periodo constitucional, para llegar a un

equilibrio en materia comercial, donde las partes involucradas como son: comercio informal, grupo de

comerciantes en vía publica, población civil y autoridades lleguen a una ubicación optima para sus funciones,

mediante una planeación estratégica que dé resultados inmediatos.

Funciones:

La Tesorería Municipal, a través de la Coordinación de Reglamentos Municipales, tiene por atribución, vigilar

que las actividades comerciales, industriales y de prestación de servicios que se desarrollen dentro del

territorio Municipal por personas físicas o morales, cumplan con los requisitos que estipulan las leyes

Federales, Estatales y Municipales en la materia, y que se realice el pago de los derechos correspondientes de

forma oportuna; así como controlar, normar, regular, coordinar, verificar y sancionar el comercio establecido,

ambulante, en vía pública y todas aquellas actividades de comercio, industrial y de prestación de servicios que

se realicen dentro del territorio Municipal.

Para el ejercicio de cualquier actividad comercial, industrial o de prestación de servicios por parte de los

particulares se requiere de permiso, licencia o autorización según sea el caso, expedido por la Tesorería

Municipal, por conducto de la Coordinación de Reglamentos; y para la instalación de industrias, instituciones

privadas en que se imparta educación en cualquiera de sus niveles, se requerirá la aprobación del H.

Ayuntamiento.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN MUNICIPAL Página 25

Catastro Municipal Objetivo: Brindar los servicios catastrales a la población del Municipio, así como desarrollar un sistema digital

cual facilite el acceso a las verificaciones catastrales y cartográficas.

Funciones:

I. Llevar el registro y control de predios localizados dentro del territorio Municipal;

II. Asignar clave catastral a los predios de acuerdo a su zona de localización;

III. Recibir las manifestaciones catastrales de los propietarios o poseedores de bienes inmuebles;

IV. Realizar las acciones para la consolidación, conservación y buen funcionamiento del catastro;

V. Realizar propuestas, reportes y documentos para integrar y mantener actualizada la información catastral

del Estado;

VI. Elaborar y mantener actualizada la cartografía catastral Municipal;

VII. Proporcionar información catastral a quien lo solicite, mediante petición escrita;

VIII. Proponer la modificación, actualización y creación de Áreas homogéneas y bandas de valor catastral;

IX. Difundir dentro de su territorio las tablas de valor aprobadas por la Legislatura;

X. Aplicar tablas de valor aprobadas por la Legislatura, en la determinación del valor catastral de los inmuebles

en los casos que se refiere este artículo;

XI. Obtener de las autoridades o instituciones de carácter Federal o Estatal; de las personas físicas o morales

los documentos, datos o informes que sean necesarios para la integración y actualización de la información

catastral del Municipio;

XII. Expedir a petición de parte legítima, constancias y certificaciones de los instrumentos que obren en los

archivos respecto de bienes inmuebles de propiedad privada; y

XIII. Las demás que señalen las leyes, reglamentos vigentes y disposiciones aplicables.

Servicios:

I. Certificación de Clave Catastral;

II. Certificación del Valor Catastral;

III. Certificación de Plano Manzanero;

IV. Constancia de Identificación Catastral;

V. Levantamiento Topográfico Catastral;

VI. Verificación de Linderos.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN MUNICIPAL Página 26

Contraloría Interna Municipal. Objetivo: Supervisar y vigilar la adecuada prestación del servicio público municipal, así como la correcta

aplicación de los recursos humanos, materiales y financieros que manejan las dependencias y organismos del

H. Ayuntamiento de Huehuetoca México, para lo cual sus acciones se encaminan a la asesoría y previsión para

dar transparencia, legalidad de la gestión pública del H. Ayuntamiento Constitucional de Huehuetoca.

Funciones:

En materia de responsabilidades, corresponde a la Contraloría Interna Municipal, iniciar, instruir, investigar y

determinar la responsabilidad de los servidores públicos derivado del incumplimiento de la normatividad

vigente y en especial de las obligaciones conferidas en el artículo 42 de la Ley de Responsabilidades de los

Servidores Públicos del Estado de México y Municipios.

Para los casos en los que la Contraloría Interna Municipal, determine iniciar procedimientos administrativos

disciplinarios y/o resarcitorios, se apegará en todo momento en lo dispuesto en el Código de Procedimientos

Administrativos del Estado de México y la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y

Municipios y demás normatividad aplicable en la materia.

Corresponde a la Contraloría Interna Municipal a través de su titular realizar el inicio, instrucción, identificación

y determinación de las responsabilidades administrativas resarcitorias y/o disciplinarias, así como imponer,

registrar y ejecutar las sanciones administrativas por acción u omisión de los Servidores Públicos de los entes

que integran la Administración Publica Municipal, con exclusión de los de elección popular cuya acción de inicio

de instrucción será atribución de la Contraloría del Poder legislativo, no obstante deberá remitir

obligatoriamente las posibles acciones que estos cometan, violatorias a la Ley de Responsabilidades de los

Servidores Públicos del Estado de México y Municipios.

Corresponde a la Contraloría Interna Municipal a través de su titular conocer de los procedimientos

administrativos resarcitorios en contra de los elementos de Seguridad Pública Municipal, en ejercicio de las

atribuciones que se le otorgan en el respectivo acuerdo delegatorio de facultades.

Para los casos en los que aplique sanción de inhabilitación que establece la ley de la materia, se sujetará a lo

expresamente establecido en la misma.

Contra las resoluciones administrativas que dicte o ejecute el Contralor Interno y/o el Presidente Municipal en

su carácter de superior jerárquico, el afectado dentro de los quince días siguientes a que surta efectos su

notificación tendrá la opción de interponer recurso de inconformidad ante el Síndico Municipal, o bien podrá

interponer juicio ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, conforme a las disposiciones del Código de

Procedimientos Administrativos del Estado de México, si el afectado una vez concluido el termino establecido

no interpone recurso de inconformidad o juicio, la resolución quedará firme y causara ejecutoria.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN MUNICIPAL Página 27

Administración.

Objetivo: proveer los recursos materiales, técnicos, humanos, y organizacionales, a las Dependencias

Administrativas, que integran el Gobierno Municipal; apoyándolos en dotar lo necesario para el cumplimiento

de las funciones encomendadas a cada área.

Funciones:

I. Se de cumplimiento de las relaciones laborales entre el Municipio y los servidores públicos; cuya

responsabilidad recaerá en el Coordinador de Recursos Humanos;

II. Se seleccione, contrate y capacite al personal que requieran las dependencias públicas municipales;

atribución delegada al Coordinador de Recursos Humanos;

III. Se de cumplimiento a las disposiciones que en materia de adquisiciones, enajenaciones, arrendamientos de

bienes o servicios establecen las leyes y reglamentos; cuya responsabilidad y buen manejo de las

adquisiciones recae en el titular de la Coordinación de Recursos materiales y Adquisiciones;

IV. Se adquieran bienes y servicios, a través de la Coordinación de Recursos materiales y Adquisiciones, que

requiera para su buen mantenimiento el Ayuntamiento y sus unidades administrativas;

V. Tendrá a su cargo la Planeación Municipal, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Planeación y su

Reglamento; y

VI. Las demás que señalen las Leyes, Reglamentos vigentes y disposiciones aplicables.

Recursos humanos. Objetivo: Establecer lineamientos y políticas que garanticen el funcionamiento y desarrollo administrativo en

materia de Recursos Humanos, así como, implementar criterios que permitan la correcta selección,

contratación y capacitación de los servidores públicos de cada Dependencia que integran la actual

administración del Municipio de Huehuetoca.

Funciones:

I. Integrar y controlar los expedientes, nombramientos, renuncias, permisos y vacaciones, así como llevar el

control y registro de asistencias, puntualidad, comisiones, permisos y disciplina de los servidores públicos

del H. Ayuntamiento.

II. Emitir los reportes de altas y bajas, deducciones y prestaciones extraordinarias para la emisión de la

nómina;

III. Demás que le confiera la Ley de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado de México y

Municipios; Ley del Instituto de Seguridad Social del Estado de México y Municipios y demás disposiciones

aplicables;

IV. Vigilar que las relaciones laborales están sujetas a la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y

Municipios; así como su respectivo reglamento; y

V. Las demás que señalen las Leyes, Reglamentos vigentes y disposiciones aplicables.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN MUNICIPAL Página 28

Adquisiciones y recursos materiales. Objetivo: Proveer de recursos materiales a la administración para el buen funcionamiento de las áreas,

concientizando a los encargados de las mismas para el cuidado de estos.

Funciones:

La Coordinación de Adquisiciones y Recursos Materiales es la dependencia administrativa que estará a cargo de

la Dirección de Administración, misma que se encargará de adquirir y contratar bienes y/o servicios que las

dependencias administrativas del H. Ayuntamiento requieran para la realización de sus funciones y programas

que tienen encomendados y deberán determinarse con base a la planeación racional de sus necesidades y

recursos, velando por el presupuesto asignado, la calidad del servicio de los proveedores de bienes y servicios.

Debiendo cumplir con los lineamientos establecidos en el libro decimo tercero del código administrativo para el

estado de México, su reglamento; la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público y su

reglamento, normatividad vigente y demás disposiciones legales aplicables.

Mantenimiento y control vehicular. Objetivo: prestar servicio a las diferentes unidades automotores del parque vehicular con las que cuenta las

diversas dependencias del H. Ayuntamiento.

Funciones:

I. Coordinar el mantenimiento preventivo programado (el cual consiste en efectuar cambios periódicos de

aceite, filtros y refacciones menores);

II. Coordinar el mantenimiento correctivo programado (el cual consiste en efectuar las reparaciones mayores,

incluyendo hojalatería y pintura, así como electricidad automotriz);

III. Establecer un control mediante bitácoras de mantenimientos en las que se registran las reparaciones por

Unidad efectivas en coordinación con cada mecánico ya sea de maquinaria de construcción, camiones

pesados y ligeros, unidades automotrices de Seguridad Pública y servicio utilitario y unidades en general; y

IV. Las demás que señalen las Leyes, Reglamentos vigentes y disposiciones aplicables. Control y actividades que

deberá de presentar ante la Dirección de administración de forma semanal.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN MUNICIPAL Página 29

Servicios Generales. Objetivo: realizar las aportaciones en materia de servicios de forma veraz, eficaz y oportuna a todas y cada una

de las dependencias que conforman la Administración Pública Municipal.

Funciones:

I) Reparación, instalación y mantenimiento de los bienes muebles e inmuebles, patrimonio del H.

Ayuntamiento.

II) Verificar el uso y asignación de los bienes para su aprovechamiento.

Sistemas e informática. Objetivo: asesorar, brindar soporte técnico, solucionar toda clase de problemas que presenten los equipos de

cómputo de las diferentes áreas que integran la administración ya sea en hardware o en software, en

telecomunicaciones (red de datos, red de voz, redes inalámbricas etc.), programación web y programación de

bases.

Funciones:

I. Solicitar y regular la adquisición de equipos de cómputo, servicios de TIC (Tecnologías de Información y

Comunicación) para que estos cumpla con las características mínimas que ayuden a mejorar el desempeño

de cada una de las áreas del H. Ayuntamiento;

II. Regular y supervisar el tráfico de datos en la Intranet (red local), de la conexión a Internet con la finalidad

de evitar pérdida de datos y/o de conexión que traigan como consecuencia la suspensión de los servicios y

procesos internos o externos (Bancos, CURP, herramientas Estatales y Federales, etc.).

III. Administrar y mantener actualizado el sitio web del H. Ayuntamiento (www.huehuetoca. gob.mx),

mediante las noticias que se generan por las diferentes actividades que realiza la Administración Municipal

(culturales, sociales, educativas, etc.), y que son del dominio e interés de la población en general en

coordinación con Comunicación Social;

IV. Las demás que le confiera el H. Ayuntamiento de acuerdo con las necesidades del Municipio y su

reglamento vigente.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN MUNICIPAL Página 30

Almacén. Objetivo: Mejorar el servicio y mantener el cuidado del material almacenado para entregarlos en buenas

condiciones y proporcionarlo eficientemente.

Funciones:

I. Control físico de las recepciones de los productos adquiridos a proveedores por el H. Ayuntamiento.

II. Tener el registro de entradas y salidas, así como el resguardo de todo tipo de materiales, productos, bienes,

herramientas, etc. propiedad del H. Ayuntamiento en las instalaciones del almacén.

III. Revisión detallada de los materiales, productos, bienes, herramientas, etc. conforme a la documentación

que los ampara, asegurándose de que se trata de los solicitados en las órdenes de entrega y/o pedido.

IV. Vigilar y controlar la existencia de materiales en las instalaciones del almacén; y

V. Las demás que le confiera el H. Ayuntamiento de acuerdo con las necesidades del Municipio y su

Reglamento vigente.

Intendencia.

Objetivo: Brindar un buen servicio de limpieza a las áreas que integran la administración 2013-2015.

Funciones: La Jefatura de Intendencia dependerá de la Dirección de Administración, encargada de realizar las

acciones de limpieza dentro de las oficinas administrativas así como la de los baños, pisos, escaleras, ventanas,

muros, mobiliario, equipo y puertas de los inmuebles que ocupa el Ayuntamiento para el ejercicio de sus

funciones, y éstas se realicen dentro de un ambiente óptimo de seguridad e higiene.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN MUNICIPAL Página 31

Desarrollo Social.

Objetivo: administrar con eficiencia, transparencia y responsabilidad los programas que contribuyan a la

disminución de la marginación y pobreza de las comunidades que presentan este problema social; además de

generar la igualdad de oportunidades entre los habitantes Huehuetoquenses en materia de salud,

alimentación, educación, fomento agropecuario vivienda y género.

Funciones:

I. Promover y gestionar los estímulos académicos para los estudiantes de escasos recursos, con un alto

rendimiento académico;

II. En materia de vivienda, canalizar los apoyos Federales, Estatales y Municipales a las familias de escasos

recursos que cumplan con los requisitos que marca la normatividad del programa;

III. Ser el enlace del programa Oportunidades en el Municipio;

IV. Gestionar ante los sectores públicos y privado, los programas de apoyo para las personas más

desprotegidas económicamente dentro del Municipio;

V. Implementar programas de asistencia social y de apoyo a la economía familiar, otorgando productos

básicos de primera necesidad;

VI. Para los programas Federales, Estatales y Municipales; se buscará en todo momento, cumplir con las reglas

de operación, citados por los mismos de todos y cada uno de ellos, para así poder realizar la distribución de

estos beneficios a la ciudadanía de forma transparente, equitativa y responsable.

Fomento agropecuario. Objetivo: impulsar y gestionar apoyos y programas en las actividades agropecuarias, generando el

mejoramiento de las condiciones de vida de la población campesina del Municipio, así como obtener el

crecimiento de las actividades agropecuarias contribuyendo al desarrollo rural sustentable.

Funciones:

I. Promover la mejora de tierras de cultivo, con abonos orgánicos;

II. Difundir la nivelación de terrenos ejidales, así como el saneamiento, desazolve y conservación de los

jagüeyes, para el mejor aprovechamiento de las aguas pluviales;

III. Impulsar la tecnificación y el riego en la agricultura de los ejidos del Municipio;

IV. Difundir a los productores la administración de la materia prima, la reducción de costos y la calidad de las

semillas, abonos, alimentos para ganado entre otros;

V. Colaborar con el sector ganadero con campañas de vacunación según sea el caso en el brote de

enfermedades, apoyado por el Gobierno Estatal y Federal.

VI. Gestionar paquetes de especies menores a bajo costo, para que la ciudadanía en general pueda adquirirlos;

VII. Elaborar los programas de fomento agropecuario Municipal;

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN MUNICIPAL Página 32

VIII. Proteger y conservar los recursos forestales y acuícolas del Municipio en coordinación con las diversas

áreas de la administración Pública Municipal;

IX. Expedir guías zoosanitarias para el traslado de ganado y constancias de producto agrícola o pecuario, según

sean requeridos por los productores; y

X. Las demás que señalen las leyes, reglamentos vigentes y disposiciones aplicables.

Instituto Municipal para la Protección de los Derechos de la Mujer. Objetivo: Promover y fomentar las condiciones para alcanzar la igualdad de trato y oportunidades entre

mujeres y hombres.

Funciones:

I. Identificar la problemática y realizar estudios sobre la situación de las mujeres del Municipio.

II. Participar en la organización de campañas, foros seminarios, talleres y pláticas en las que se promueva la

cultura de la igualdad mujeres y hombres.

III. Capacitación de las mujeres para integrarlas al desarrollo económico del Municipio.

IV. Difusión de los Derechos Humanos de las mujeres y las niñas.

V. Realizar pláticas para prevención de la violencia en sus diferentes tipos y modalidades.

VI. Realizar eventos de formación y capacitación en género y derechos humanos al interior del Ayuntamiento;

VII. Coadyuvar en el desarrollo de las actividades de las oficinas del Ayuntamiento en materia de género;

VIII. Promover que en la planeación y presupuestación de las políticas municipales se incorpore la

perspectiva de género;

IX. Coadyuvar en la conformación del Sistema Estatal para la igualdad de trato y oportunidades, para prevenir,

atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, en la adecuada publicidad de los acuerdos

generados en el mismo;

X. Promover la igualdad entre mujeres y hombres en los ámbitos público y privado así como la prevención

atención sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres en el Municipio;

XI. Gestionar recursos entre los organismos públicos y privados de cualquier orden de gobierno que apoyen en

el cumplimiento de sus objetivos y atribuciones; y

XII. Las demás que señalen las leyes, reglamentos vigentes y disposiciones aplicables.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN MUNICIPAL Página 33

Instituto Municipal de la Juventud. Objetivo: Planear y ejecutar la política pública para los jóvenes, para ello en los planes y programas que se

realicen deberán incluir acciones específicas para garantizar el ejercicio de los derechos de los jóvenes.

Funciones:

I. Promover la recuperación de espacios públicos para las actividades culturales, deportivas y sociales de los

jóvenes en las diferentes comunidades.

II. Fomentar y gestionar la asignación de espacios y autorización de bardas para grafiti en los fraccionamientos

como en las comunidades para que los jóvenes expresen sus ideas y sean plasmadas.

III. Promover acciones, convenios con establecimientos que les proporcionen un descuento y programas

sociales para los jóvenes del Municipio.

IV. Promover, fomentar, difundir, proporcionar información, cursos de orientación y prevención de adicciones,

métodos anticonceptivos a los jóvenes del Municipio.

V. Acceso y permanencia en el sistema educativo hasta el nivel medio superior de jóvenes discapacitados,

indígenas, mujeres embarazadas, con alto grado de marginación y pobreza de acuerdo a la Ley de Juventud

en el Estado de México.

VI. Realizar de manera anual una campaña de promoción de la salud juvenil, la que de manera especial se

aborden temas de desorden alimenticios, depresión, enfermedades de transmisión sexual y embarazos no

deseados; y

VII. Las demás que señalen las leyes, reglamentos vigentes y disposiciones aplicables.

Jurídico. Objetivo: programar, proyectar, ordenar y efectuar todas las acciones, defensas y excepciones propias de la

seguridad jurídica del Ayuntamiento de Huehuetoca.

Funciones:

I. Promover todo género de juicios.

II. Presentar denuncias y querellas de carácter penal.

III. Oponer todos los medios de defensa y las excepciones en todos los procedimientos en que el Municipio o

sus dependencias sean demandados.

IV. Dictaminar y proponer al Ayuntamiento y al Presidente, los casos en que se requiera iniciar acciones

jurídicas para defender los derechos del Municipio.

V. Brindar asesoría jurídica a los integrantes del Ayuntamiento en sus respectivas comisiones edilicias.

VI. Asesorar y dirigir en su caso en materia legal a las Dependencias, organismos y Entidades de la

Administración Pública Municipal que lo requieran y que no cuenten con Departamento Jurídico.

VII. Asesorar jurídica y gratuitamente a la ciudadanía.

VIII. Las Demás que establezcan los diferentes ordenamientos legales.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN MUNICIPAL Página 34

Desarrollo Urbano y obras públicas. Objetivo: planeará, programará, presupuestará, ejecutará, conservará y dará mantenimiento a las obras de

infraestructura y equipamiento que se realizaren dentro del territorio Municipal.

Funciones:

I. Ajustarse a las políticas, objetivos y prioridades señalados en los planes que establezca el Gobierno del

Estado de México a nivel Estatal, Municipal, Sectorial y Regional; ajustándose a los rubros de:

a) De desarrollo urbano, rural, social y económico;

b) Corto, mediano y largo plazo;

c) A los recursos observados en los mismos planes; y

d) En observancia de las normas y lineamientos que de ellos deriven.

II. Este ente administrativo se regulará por lo dispuesto en el Código Administrativo para el Estado de México,

los reglamentos y demás disposiciones legales aplicables.

Se considera obra pública todo trabajo que tenga por objeto crear, construir, conservar, demoler o modificar

bienes inmuebles por su naturaleza o disposición de la ley, sean destinados a un servicio público o al uso

común.

Obras Públicas. Objetivo: Mejorar el desarrollo urbano de las poblaciones dotándoles de una mejor infraestructura en vialidad

y urbana, mejorando así su nivel de vida.

Funciones:

I. Realizar la programación y ejecución de las obras públicas y servicios relacionados, que por orden expresa

del H. Ayuntamiento requieran prioridad;

II. Planear y coordinar los proyectos de obras públicas y servicios relacionados con las mismas que autorice el

Ayuntamiento, una vez que se cumplan los requisitos de licitación previstos en la Sección Primera, del Título

Segundo, del Reglamento del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México y su

reglamento así como las demás que determine la Ley;

III. Proyectar las obras públicas y servicios relacionados, que realice el Municipio incluyendo la conservación y

mantenimiento de edificios, monumentos, calles, parques y jardines;

IV. Construir y ejecutar todas aquellas obras públicas y servicios relacionados, que aumenten y mantengan la

infraestructura municipal y que estén consideradas en el programa respectivo;

V. Determinar y cuantificar los materiales y trabajos necesarios para programas de construcción y

mantenimiento de obras públicas y servicios relacionados; según lo dispuesto en las Secciones Primera y

Tercera del Título Segundo, del Reglamento del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado

de México.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN MUNICIPAL Página 35

VI. Vigilar que se cumplan y lleven a cabo los programas de construcción y mantenimiento de obras públicas y

servicios relacionados;

VII. Cuidar que las obras públicas y servicios relacionados cumplan con los requisitos de seguridad y observen

las normas de construcción y términos establecidos;

VIII. Vigilar la construcción en las obras por contrato y por administración que hayan sido adjudicadas a los

contratistas;

IX. Administrar y ejercer, en el ámbito de su competencia, de manera coordinada con el Tesorero Municipal,

los recursos públicos destinados a la planeación, programación, presupuestación, adjudicación,

contratación, ejecución y control de la obra pública, conforme a las disposiciones legales aplicables y en

congruencia con los planes, programas, especificaciones técnicas, controles y procedimientos

administrativos aprobados;

X. Verificar que las obras públicas y los servicios relacionados con la misma, hayan sido programadas,

presupuestadas, ejecutadas, adquiridas y contratadas en estricto apego a las disposiciones legales

aplicables;

XI. Integrar y verificar que se elaboren de manera correcta y completa las bitácoras y/o expedientes abiertos

con motivo de la obra pública y servicios relacionados con la misma, conforme a lo establecido en las

disposiciones legales aplicables;

XII. Promover la construcción de urbanización, infraestructura y equipamiento urbano;

XIII. Formular y conducir la política municipal en materia de obras públicas e infraestructura para el

desarrollo;

XIV. Cumplir y hacer cumplir la legislación y normatividad en materia de obra pública;

XV. Proyectar, formular y proponer al Presidente Municipal, el Programa General de Obras Públicas, para la

construcción y mejoramiento de las mismas, de acuerdo a la normatividad aplicable y en congruencia con el

Plan de Desarrollo Municipal y con la política, objetivos y prioridades del Municipio y vigilar su ejecución;

XVI. Dictar las normas generales y ejecutar las obras de reparación, adaptación y demolición de inmuebles

propiedad del Municipio que le sean asignadas;

XVII. Ejecutar y mantener las obras públicas que acuerde el H. Ayuntamiento, de acuerdo a la legislación y

normatividad aplicable, a los planes, presupuestos y programas previamente establecidos, coordinándose,

en su caso, previo acuerdo con el Presidente Municipal, con las autoridades Federales, Estatales y

Municipales concurrentes;

XVIII. Vigilar que la ejecución de la obra pública adjudicada y los servicios relacionados con ésta, se sujeten a

las condiciones contratadas;

XIX. Autorizar para su pago, previa validación del avance y calidad de las obras, los presupuestos y

estimaciones que presenten los contratistas de obras públicas municipales;

XX. Formular el inventario de la maquinaria y equipo de construcción a su cuidado o de su propiedad,

manteniéndolo en óptimas condiciones de uso;

XXI. Coordinar y supervisar que todo el proceso de las obras públicas que se realicen en el municipio se

realice conforme a la legislación y normatividad en materia de obra pública; XXII. Controlar y vigilar el

inventario de materiales para construcción;

XXIII. Integrar y autorizar con firma, la documentación que en materia de obra pública, deba presentarse al

Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México;

XXIV. Formular las bases y expedir la convocatoria a los concursos para la realización de las obras públicas

municipales, de acuerdo con los requisitos que para dichos actos señale la legislación y normatividad

respectiva, vigilando su correcta ejecución; y

XXV. Las demás que señalen las leyes, ordenamientos, reglamentos y disposiciones vigentes aplicables.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN MUNICIPAL Página 36

Servicios públicos. Objetivo: proporcionara los servicios públicos, que requieran las diversas comunidades y dependencias del

Municipio, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica Municipal, el

Bando Municipal y demás disposiciones legales y aplicables.

Funciones:

I. Planear, organizar, supervisar, controlar y mantener en condiciones la operación los Servicios Públicos

Municipales como son limpia, disposición de desechos sólidos; así como el alumbrado público, el

mantenimiento de vialidades;

II. Dar mantenimiento y preservar las áreas verdes, recreativas, panteones y otros que no estén expresamente

asignados a otra dependencia;

III. Realizar las observaciones correspondientes, a los servicios públicos que serán entregados al Municipio, por

los fraccionadores urbanos, cuando estos se pretendan municipalizar;

IV. Fomentar la participación de la comunidad para brindar servicios públicos de calidad dentro del Municipio;

V. Observar el cumplimiento de las disposiciones legales aplicables, relativas a la prestación de los servicios

públicos municipales a su cargo;

VI. Informar al Oficial Conciliador sobre las infracciones cometidas al Bando Municipal en materia de servicios

públicos;

VII. Prestar los servicios públicos municipales de manera adecuada a las comunidades;

VIII. Proponer convenios de coordinación de acciones, entre el H. Ayuntamiento y las distintas

comunidades que conforman el municipio de Huehuetoca, para el adecuado funcionamiento de los

servicios públicos;

IX. Organizar el barrido de calles, banquetas, plazas, jardines, mercados y demás áreas públicas;

X. Vigilar la aplicación y cumplimiento de las normas de limpia y desechos en el municipio de Huehuetoca;

XI. La Recolección de basura, desperdicios o desechos que se generen en las casas habitación, oficinas,

edificios, mercados, calles, vía pública, plazas, parques y establecimientos comerciales de prestación de

servicios;

XII. Auxiliar a las distintas dependencias de la Administración Pública Municipal en los de servicios públicos, que

sean requeridos para el correcto funcionamiento del área solicitante;

XIII. Coordinar el transporte escolar y turístico;

XIV. Brindar el servicio de alumbrado público, de manera gratuita; así como la reparación de luminarias y/o

ampliación, deben de ser solicitada a través de un oficio dirigido al Presidente Municipal;

XV. Tendrá a su cargo la administración de los Panteones Municipales, así como observar y hacer cumplir lo

establecido en el Reglamento de Panteones, y las demás disposiciones administrativas relacionadas con el

servicio público de panteones;

XVI. Proporcionar mantenimiento a los parques, jardines y áreas verdes, que se encuentran el Municipio

conservándolos limpios y en buen estado los parques; y

XVII. Regular y autorizar el transporte y depósito final de residuos sólidos municipales en sitios previamente

establecidos de acuerdo a las normas ambientales.

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Imagen Urbana. Objetivo: proporcionará mantenimiento, a las calles, plazas, parques, a los jardines, áreas verdes con las que

cuenta el Municipio conservándolos limpios y en buen estado; y será la encargada de promover, vigilar, la

imagen urbana para darle una identidad propia al Municipio, en especial la del primer cuadro y accesos a

Huehuetoca.

Funciones:

I) El color de las fachadas de las viviendas, establecimientos comerciales y construcciones en general;

II) El estilo arquitectónico que determine el H. Ayuntamiento para las construcciones;

III) Restricción de niveles de construcción.

Alumbrado Público y electrificación.

Objetivo: Cubrir la demanda ciudadana de energía eléctrica para satisfacer sus necesidades, mejorando la

calidad de vida de cada uno de ellos. Con los paneles de alumbrados soleres estaremos colaborando

principalmente con la ecología, además de lograr un importante ahorro económico.

Funciones: La dirección de electrificación, es la encargada de hacer enlace con la Comisión Federal de

Electricidad, el Gobierno Municipal y demás entes análogos para el desarrollo de proyectos de ampliación,

gestión y/o actualización de las líneas de electrificación en el territorio del Municipal.

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Desarrollo Urbano. Objetivo: Mejorar el desarrollo urbano de las poblaciones dotándoles de una mejor infraestructura en vialidad

y urbana, mejorando así su nivel de vida.

Funciones:

I. Formular y administrar la zonificación y su Plan de Desarrollo Urbano Municipal, así como proceder a su

evaluación, participando con el Estado cuando sea necesario;

II. Verificar que concuerde el Plan de Desarrollo Urbano Municipal, con el libro Quinto del Código

Administrativo del Estado de México y su Reglamento; y el Plan Estatal de Desarrollo Urbano.

III. Fomentar la participación de la comunidad en la elaboración, ejecución, evaluación y modificación del Plan

de Desarrollo Urbano Municipal;

IV. Coordinar con la Dirección de Servicios Públicos Municipales los planes y programas de desarrollo urbano;

V. Definir las políticas en materia de reservas territoriales y ecológicas, crear y administrar dichas reservas;

VI. Notificar al Presidente Municipal, de la posibilidad de que el Ayuntamiento pueda ejercer indistintamente

con el Estado, el derecho preferente para adquirir inmuebles y destinarlos a servicios públicos;

VII. Desarrollo Urbano se constituyen como autoridad para cancelar permisos de construcción, ampliación,

modificación, siempre y cuando no se ajusten al destino que se les otorgue, en materia de reparación,

excavación, demolición, alineamiento y número oficial; y vigilar que reúnan las condiciones necesarias de

seguridad de conformidad con los capítulos primero y segundo, título quinto del Libro Quinto del Código

Administrativo del Estado de México vigente.

VIII. Informar y orientar a toda la ciudadanía sobre los trámites que deban realizar para la obtención de

licencias, autorizaciones y permisos de construcción, ampliación, modificación, reparación, excavación,

demolición, alineamiento y número oficial, conexión de agua potable y drenaje a las redes municipales,

cambio de uso de suelo y de la construcción actual a un uso permitido; Para la autorización de cualquier

licencia, autorización, permisos, ampliaciones, modificaciones, cédulas de zonificación, fusiones,

regulaciones, multas, cuantificaciones, suspensiones, dictámenes, autorizaciones y licencias de usos de

suelo, sanciones, resoluciones, retiros de sellos y demoliciones deberá, contar con el visto bueno,

aprobación previa, y validez del titular de la Dirección de Desarrollo Urbano.

IX. Autorización y regularización de números oficiales, las nomenclaturas de las calles y avenidas, callejones,

andadores y demás vías de comunicación dentro del Municipio;

X. Intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra;

XI. Participar en coordinación con las instancias Federales y Estatales en la planeación y regularización de los

centros urbanos involucrados en los procesos de conurbación;

XII. Poner en consideración del Cabildo los reglamentos y disposiciones necesarias para regular el desarrollo

urbano;

XIII. Expedir las licencias municipales de construcción, ampliación, modificación, reparación, excavación y

demolición, alineamiento y número oficial a particulares, comercios, desarrollos urbanos e industriales;

según lo dispuesto en el capitulo Sexto, titulo Cuarto del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado

de México vigente.

XIV. Para el otorgamiento de la licencia de construcción, se deberá contar necesariamente con la firma de

perito, quien tendrá domicilio en la municipalidad, e inscrito en un Colegio de Arquitectos y/o Ingenieros,

con reconocimiento oficial, para garantizar la supervisión de obra, requerimientos y en su caso

responsabilidades derivadas de la obra y/o la incongruencia del proyecto.

XV. Coordinarse con los entes administrativos del Estado de México, Sindicatura Municipal y la Tesorería

Municipal en los asuntos relativos a las subdivisiones, fusiones, re lotificaciones, áreas no urbanizables,

construcciones privadas, conjuntos habitacionales y de condominios.

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XVI. Coordinarse con la Coordinación de Reglamentos, en lo concerniente a la vía pública e imagen urbana

y uso de suelo, para la instalación de industrias, comercios, establecimientos de servicios; la instalación de

depósitos de combustible e industrias de alto riesgo y que los comercios dispongan de lugares de

estacionamientos de vehículos que señalen los planes de desarrollo urbano y el Código Administrativo del

Estado de México en su Libro Quinto;

XVII. Para que los particulares lleven a cabo la construcción de fosas sépticas, baños públicos,

establecimientos de hospedajes, establecimientos de cría y producción de animales domésticos; y de

descarga de aguas negras y/o residuales, además de los requisitos previstos por el Libro Quinto del Código

Administrativo del Estado de México, se deberán contar con el visto bueno y autorización escrita de

instituto de Salud del Estado de México y tener supervisión previa de esta Subdirección para liberar dicha

acción;

XVIII. Realizar el cobro correspondiente de los derechos de construcción de los asentamientos irregulares en

el ejido bajo una supervisión estricta de la Subdirección de Desarrollo Urbano;

XIX. Aplicar sanciones a la persona que tenga materiales para construcción, obstáculos, estorbos u otros

objetos que obstruyan la vía pública; de acuerdo a la magnitud del problema se aplicará la multa

correspondiente según artículo 151 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado

de México; a este efecto la Dirección de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, a través de la Subdirección de

Desarrollo Urbano atendiendo a las condiciones particulares de cada caso, podrá conceder un termino no

mayor a ocho días a partir de que se produzca el estorbo en la vía pública, para que el particular o

encargado de la edificación lo retire, su pena de que se aplique la multa correspondiente y se proceda a el

retiro del material o estorbo, con el apoyo y auxilio de la Dirección de Seguridad Pública, cuyo retiro será a

costa del particular y el destino final de los materiales u obstáculos lo decidirá la Dirección de Desarrollo

Urbano y Obras Públicas.

XX. Para poder dictaminar un cambio de uso de suelo deberá presentar todos y cada uno de los estudios que se

soliciten según lo establecido en el capitulo quinto, titulo Cuarto, así como el capitulo primero, titulo

séptimo del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, de acuerdo a la normatividad

Estatal y Municipal y aprobación del H. Ayuntamiento.

XXI. Se constituye como autoridad para investigar, determinar e iniciar procedimientos administrativos, a

las personas físicas y morales que violenten por acción u omisión disposiciones municipales en materia de

desarrollo urbano, así como para la cancelación de permisos, licencias y autorizaciones, cuando se

contravengan las disposiciones y condiciones en que fueron área quien determine la resolución definitiva

que en derecho corresponda;

XXII. Aplicar una multa, conforme lo dispuesto en el articulo 5.75 fracción VI., inciso b del Código

Administrativo del Estado de México, al particular o persona jurídico colectiva, que desatienda un citatorio

de comparecencia personal de esta Subdirección Municipal y se podrá duplicar en caso de reincidencia u

omisión ante las citaciones y/o requerimientos de esta dirección.

a) Las notificaciones, requerimientos y plazos que determine la Dirección de Desarrollo Urbano y, por

conducto de sus notificadores habilitados para tales efectos, estarán sujetos a lo previsto por los

artículos 24, 25, 26, 27 y 28 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México;

XXIII. La multa señalada en la fracción anterior, también será aplicable cuando el particular o la persona

jurídico colectiva, que haya contravenido las disposiciones municipales en materia de desarrollo urbano,

regularicen su situación o construcción o bien cambie su situación jurídica y motive que esta Dirección se

encuentre en posibilidad de proceder al retiro de sellos de suspensión de obra; y

XXIV. Expedir dictámenes, cédulas informativas de zonificación, proyectar el plan de desarrollo urbano, así

como proceder a su evaluación, participando con el Estado cuando sea necesario.

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La dirección de Desarrollo Urbano, procurará en el ámbito de sus atribuciones:

I. Prevenir y evitar asentamientos humanos irregulares tanto en predios ejidales, como en propiedad privada

dentro del territorio Municipal;

II. Prevenir, evitar y combatir las subdivisiones y fraccionamientos clandestinos, que propicien el crecimiento

urbano desordenado, dando aviso a la Procuraduría General de Justicia del Estado;

III. La observancia y cumplimiento, del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, C. vigente

para la ordenación y regularización de la población del Municipio de Huehuetoca; en Coordinación con la

Unidad de Tenencia de la Tierra;

IV. La elaboración y ejecución de los planes de Desarrollo Urbano, así como su inscripción en el Instituto de la

Función Registral, instrumentando lo necesario para su publicación en la Gaceta de Gobierno del Estado;

V. Prevenir, evitar cualquier tipo de construcción en áreas de uso común dentro de los conjuntos urbanos, tal

y como lo establecen el Manual de Propietarios y Reglamento Interior de Condóminos; y

VI. Las demás que señalen las leyes, reglamentos vigentes y disposiciones aplicables.

Ecología. Objetivo: conservar y proteger el medio ambiente en el territorio Municipal, mediante la participación de la sociedad, en la preservación y restauración del equilibrio ecológico, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Protección al Medio Ambiente del Municipio de Huehuetoca, así como en la Ley General de Protección al Medio Ambiente, el Código para la Biodiversidad del Estado de México, (De la Conservación Ecológica y Protección al Medio Ambiente para el Desarrollo Sustentable). Funciones: I. Realizar estudios para conocer las condiciones ambientales del Municipio; II. Elaborar, ejecutar, supervisar y evaluar programas de medio ambiente para evitar la contaminación a la atmósfera, suelo y agua en el Municipio.; III. Promover campañas de limpieza, anticontaminación visual, forestación, reforestación, cultura del agua y ambiental, reciclaje, reutilización de materiales y otras; IV. Proponer medidas regulatorias para el control de todo tipo de emisiones que contaminen o alteren las condiciones del medio ambiente; V. Llevar a cabo inspecciones y auditorias ambientales a industrias en coordinación con otras dependencias; VI. Regular y realizar un inventario de las fuentes fijas y móviles para evitar la contaminación ambiental; VII. Trabajar conjuntamente con las Autoridades Estatales y Federales para preservar, restaurar, proteger la protección al ambiente y actualizar el control en materia de equilibrio ecológico; VIII. Combatir el deterioro ecológico y la contaminación ambiental, vigilando que se cumplan las disposiciones legales aplicables; IX. Promover y fomentar la educación ambiental e investigación ecológica en coordinación con las Autoridades e Instituciones Educativas, la ciudadanía y los sectores respectivos; X. Coadyuvar con las dependencias Federales y Estatales para preservar, restaurar, proteger al medio ambiente; implementando las medidas necesarias para el caso de contingencias ambientales;

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XI. Prevenir y sancionar la realización de obras y actividades públicas o privadas que puedan causar desequilibrio ecológico o perjuicio al ambiente; XII. Establecer los criterios y mecanismos de prevención y control ecológico para la obtención de la licencia de funcionamiento, para la prestación de un servicio público; XIII. Vigilar y sancionar a las personas físicas o morales, que intencional o imprudencialmente descarguen en la red de alcantarillado municipal aguas residuales, sin tratamiento previo o que contengan cualquier tipo de residuo contaminante; XIV. Expedir autorizaciones de poda, derribo y trasplante de vegetación en general, así como sancionara quien realice esta actividad sin la autorización previa; previo visto bueno de la Dirección de Desarrollo Urbano XV. Apoyar en la cuantificación de los daños causados a la vegetación urbana por accidentes de automóviles; en coordinación con la Dirección de Desarrollo Urbano. XVI. Vigilar que se realice el retiro oportuno de anuncios y propaganda autorizada en la vía pública o en las diferentes edificaciones; XVII. En coordinación con la Dirección de Seguridad Pública Municipal y/o con la Dirección de Protección Civil, Bomberos y Servicios Pre Hospitalarios, canalizar ante las autoridades competentes a vehículos y operadores de los mismos que depositen, tiren o derramen en las vías públicas del Municipio accidental o deliberadamente, materiales de desecho, ya sea de construcción, residuos sólidos, materiales industriales peligrosos, no peligrosos y de cualquier tipo; XVIII. Los vehículos que transporten materiales pétreos o residuos contaminantes a la atmósfera deberán circular enlonados dentro del Municipio; XIX. En coordinación con la Dirección de Seguridad Pública Municipal, presentar ante el Oficial Conciliador a los transeúntes que tiren basura en cualquier lugar público; XX. Realizar visitas a comercios e industrias a fin de verificar que deberán de contar con cisternas para la separación de aguas residuales y aguas pluviales, además de plantas tratadoras de agua y que estos no descarguen al drenaje aguas que contenga algún residuo químico u otro residuo peligroso. Quien lo haga se hará acreedor a las sanciones correspondientes. XXI. Realizar visitas de verificación e imponer las sanciones que dicten los ordenamientos legales, los convenios de colaboración, en materia de Medio Ambiente; y XXII. Las demás que señalen las leyes, su reglamento vigente y disposiciones aplicables.

Tenencia de la tierra Objetivo: propiciar la convivencia armónica de la comunidad y mejoramiento de la vivienda y la elevación del bienestar social de los pobladores de los asentamientos humanos irregulares a través de su incorporación en los programas de desarrollo Municipal. Funciones: I. Por acuerdo del Presidente Municipal y en términos de la legislación aplicable, tramitar lo necesario en Coordinación con entidades estatales, federales y en su caso a los programas respectivos, la obtención de escrituraras públicas y/o los títulos de propiedad sobre los predios que se regularicen o enajenen, conforme a la legislación aplicable; II. Promover programas y alternativas en el reordenamiento urbano de los asentamientos irregulares, mediante la regularización de sus predios, para otorgarles seguridad jurídica a los propietarios de inmuebles;

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III. Promover y en su caso, coordinar programas, acciones e inversiones con las entidades paraestatales federales, en el ámbito de sus respectivas competencias, particularmente con los núcleos agrarios; IV. Satisfacer los requerimientos de suelo y reservas territoriales para el trámite de regularización la vivienda; V. Promover la reubicación de asentamientos humanos localizados en zonas de riesgo o inadecuadas para el desarrollo urbano; VI. Atender las necesidades de suelo para el desarrollo urbano y la vivienda de los centros de población afectados por emergencias y contingencias ambientales y urbanas; VII. Apoyar con asistencia técnica y promover el otorgamiento de financiamiento recuperable a los núcleos agrarios que lo soliciten, en la desincorporación del régimen ejidal o comunal de predios aptos para el desarrollo urbano y la vivienda; VIII. Promover ante las instituciones respectivas el otorgamiento de créditos preferenciales para construir y remodelar viviendas de interés social y popular, en favor de los beneficiarios de la regularización de la tenencia de la tierra; IX. Promover la regularización fiscal de predios no inscritos en el padrón; X. Coadyuvar ante las instituciones respectivas la restructuración de créditos, preferencialmente a los relacionados con vivienda de interés social y popular. XI. Las demás que señalen las leyes, reglamentos vigentes y disposiciones aplicables.

Agua potable Objetivo: Instalar la mayor parte de redes en las zonas que se requieran dar mantenimiento correctivo y preventivo en las instalaciones que ya lo requieran, tener stock de materiales y herramientas para reducir el desperdicio de agua fomentando cultura del agua. Funciones: I. Proyectar, construir, administrar, supervisar, operar, autorizar y mantener los sistemas de agua potable, drenaje, alcantarillado y saneamiento de aguas residuales, dentro de la jurisdicción del Municipio de Huehuetoca; II. Planear, programar y ejecutar por sí o a través de terceros, las obras de introducción o ampliación de las líneas y/o redes de distribución de agua potable y alcantarillado, para la prestación de los servicios de suministro de agua potable, drenaje y tratamiento de aguas residuales; III. Establecer las medidas necesarias de uso, restricción y racionamiento de agua a los usuarios en época de escasez y aplicar las sanciones en que incurran por incumplimiento conforme a lo establecido por la Ley del Agua del Estado de México y demás disposiciones aplicables; IV. Efectuar visitas de verificación domiciliarias a fin de comprobar que los usuarios han cumplido con las disposiciones de la Ley del Agua del Estado de México, y de acuerdo a lo dispuesto por el Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México. V. Gestionar y/o promover cooperaciones y aportaciones en mano de obra, materiales y financieras, necesarios para el logro de sus objetivos; VI. Participar con las autoridades Federales, Estatales y Municipales competentes, así como con organizaciones no gubernamentales y particulares, a efecto de realizar acciones tendientes al ahorro y evitar la contaminación del agua; VII. Convenir previa autorización del H. Ayuntamiento con Autoridades Federales, Estatales, Municipales, con Organismos de otros Municipios, con organizaciones comunitarias o particulares, la realización conjunta de acciones u obras para la prestación de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento, así como la asunción y operación de sistemas;

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VIII. Proponer al H. Ayuntamiento para su aprobación, el Reglamento Municipal de Agua Potable y Saneamiento de Huehuetoca; IX. Formular y participar en coordinación con la Comisión Nacional del Agua y la Comisión del Agua del Estado de México, los planes y programas para la construcción de obras referentes a la prestación y mejoramiento de los servicios de agua potable, alcantarillado y acciones de saneamiento; X. Recibir agua en bloque de las fuentes de abastecimiento estatal y distribuirla a los núcleos de población, fraccionamientos y particulares; XI. Vigilar, controlar y supervisar la venta de agua en pipas por particulares; y XII. Las demás que apruebe el H. Ayuntamiento, o que determinen las leyes y reglamentos Estatales y Federales.

Sistema de drenaje y alcantarillado. Objetivo: regulará Y controlará las descargas de aguas residuales y pluviales dentro de la red de drenaje y alcantarillado y hasta su vertido en cuerpos de agua de propiedad nacional conforme a lo previsto en las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas. Funciones: I. Establecer condiciones específicas de pre-tratamiento, para las descargas no domésticas que lo requieran, para la remoción o reducción de concentraciones de determinados contaminantes, cuando se cuente con el sistema público de tratamiento respectivo; II. Otorgar permisos de descarga de aguas residuales no domésticas, al sistema de drenaje a su cargo; posterior al pago de derechos. III. Vigilar el cumplimiento de las disposiciones en materia de calidad de las descargas de aguas residuales preferentemente no domésticas al drenaje, que se establezcan en las diversas disposiciones legales; IV. Revisar los proyectos de obra de los sistemas de tratamiento que se pretendan construir por parte de particulares, que descarguen a los sistemas de drenaje aguas residuales no domésticas y en su caso, recomendar las modificaciones que estime convenientes; V. Es de carácter obligatorio que todo establecimiento de lavado de vehículos, cuente con sistema de captación y reciclaje de agua, cuidando que la que se utilice, sea tratada, dado el desabastecimiento y escasez que se tiene en el Municipio del vital líquido; en el supuesto que el establecimiento utilice agua potable, este deberá contar con un medidor autorizado por La Dirección de Agua Potable a y registrar su servicio comercial, y VI. Las demás que expresamente se le otorguen por mandato de ley.

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Seguridad Pública. Objetivo: salvaguardar la integridad y derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos y comprende la prevención especial y general de los delitos, y la sanción de las infracciones administrativas. Funciones: I. Salvaguardar la integridad, derechos y bienes de las personas; II. Preservar la libertad, el orden y la paz pública, con estricto apego al respeto de las Garantías Individuales, los Derechos Humanos y la Legalidad; III. Prevenir la comisión de delitos e infracciones previstas en los ordenamientos jurídicos correspondientes; IV. Auxiliar al Ministerio Público y a las autoridades judiciales, cuando así se lo soliciten; V. Así como las contenidas en el Reglamento Interno de Seguridad Pública y Vialidad Municipal; VI. Los elementos del cuerpo de Seguridad Pública pondrán a disposición de la autoridad competente, a toda persona que sea sorprendida infringiendo las disposiciones del Bando municipal, o en la comisión de algún delito; VII. El cuerpo de Seguridad Publica Municipal, deberá portar el uniforme, el equipo, los documentos oficiales, gafetes, identificaciones, armas, instrumentos y vehículos a su cargo, únicamente en el cumplimiento del servicio con responsabilidad y prudencia; VIII. La Dirección de Seguridad Publica, tiene estrictamente prohibido permitir la utilización de patrullas, equipos de radio, armamento, claves y Códigos a personas ajenas a la Dirección; IX. Conocer de complicaciones viales en el caso del transito vehicular y aportar ideas para la agilización de vialidades en horas pico y zonas de mayor afluencia vehicular. X. Mantener la fluidez del transito y prevenir la existencia de accidentes de peatones y de vehículo. XI. Atender con prontitud las llamadas de auxilio y desastres que reporten los ciudadanos. XII. Asegurar y remitir a las autoridades correspondientes a toda persona que participe en un hecho tipificado como delito. XIII. Llevar a cabo las acciones para la capacitación y adiestramiento del personal que labora en la Dirección de Seguridad Pública, para el mejor desempeño de su trabajo. XIV. El cuerpo de Seguridad Pública Municipal, además de las obligaciones que le impongan otros ordenamientos, deberán desempeñar su función con lealtad, honradez, legalidad, imparcialidad y eficacia en caso contrario se le sancionará de conformidad con la Ley de Seguridad del Estado de México y la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de México; y XV. El personal de Seguridad Pública y Vialidad, tiene la obligación de conocer el contenido del presente Bando, Reglamentos y demás disposiciones de Carácter Estatal y Municipales para su difusión, estricta observancia y debido cumplimiento. En materia de vialidad: I) Proponer a la Coordinación de Reglamentos, restringir o modificar la autorización de estacionamiento temporal de vehículos en vía pública y lugares de uso común, para realizar maniobras de carga y descarga previa justificación debidamente fundamentada y motivada; II) Mantener la fluidez del tránsito y así prevenir la existencia de accidentes de peatones y de vehículos; III) Agilizar el transito en bases, paraderos, áreas de acenso y descenso, evitando que se estacionen en doble o triple fila; IV) Fomentar y vigilar que los conductores de vehículos automotores, hagan alto total cuando les sea marcado por el paso de peatones; V) Evitar que los vehículos obstruyan las vialidades; VI) Evitar la colocación de objetos que obstaculicen y/o impidan el libre tránsito, sobre las vialidades principales del Municipio para reservar lugar de estacionamiento, esto con el fin de evitar congestionamientos viales deliberadamente sin motivo; VII) Evitar que vehículos (transporte pesado y público federal de carga y de servicio público) se estacionen en las vialidades principales del Municipio, obstruyendo la libre circulación de los vehículos poniendo en riesgo la integridad de terceros; VIII) Fomentar entre los alumnos de las escuelas del territorio Municipal, programas de educación vial y protección civil; e

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IX) Las demás que le confiera el H. Ayuntamiento de acuerdo con las necesidades del Municipio y su reglamento vigente

Protección civil y Bomberos. Objetivo: Incrementar las habilidades y competencias profesionales de los elementos de protección civil y bomberos a fin de asegurar una rápida y eficaz respuesta a las necesidades de la población en materia de protección civil. Funciones: I. Identificar y realizar un atlas de las zonas de riesgo, que por sus características puedan ser escenarios de emergencia desastre o calamidad pública, dentro del territorio Municipal, mismo que deberá publicarse en la gaceta Municipal, durante su primer año de gestión; II. Formular con las autoridades Estatales de la materia, planes operativos para prevenir riesgos, auxiliar y proteger a la población, estableciendo la normatividad en forma eficaz y oportuna en caso de desastre; III. Definir y poner en práctica instrumentos de concentración, que se requieran en el Municipio, así como con Municipios aledaños y con el gobierno Estatal, con la finalidad de coordinar acciones y recursos para la mejor ejecución de los planes operativos; IV. Coordinar sus acciones con el sistema Nacional y Estatal de Protección Civil y Bomberos; V. Crear y establecer los órganos y mecanismos que promuevan la participación comunitaria en materia de protección civil; VI. Organizar y promover la participación de los sectores público, social y privado en las materias de prevención, auxilio y restablecimiento, ante una eventualidad de algún siniestro o desastre, coordinando y planeando las tareas de dichos sectores; VII. Promover y organizar simulacros, con el objetivo de preparar a la población en caso de desastre; VIII. Cuando así se amerite, podrá constituirse en sesión permanente para tratar asuntos de su competencia; IX. Promover la capacitación en materia de protección civil y bomberos, con el objeto de identificar problemas y tendencias particulares, estableciendo normas y acciones que permitan su solución; X. Celebrar convenios con la Dirección General de Protección Civil y Bomberos Estatal a fin de integrar la reglamentación y regulación de los cuerpos de bomberos, servicios de atención pre hospitalaria, grupos voluntarios, que se encuentren en el Municipio y que sus acciones se realicen, conforme al reglamento respectivo; XI. Promover dentro del territorio Municipal, la cultura de protección civil, organizando y realizando acciones de prevención, educación y capacitación a la sociedad en general; XII. Realizar todas y cada una de las diligencias que sean necesarias para otorgar o negar el visto bueno que emita la Dirección de Protección Civil, Bomberos y Servicios Pre Hospitalarios a las personas físicas o morales, que pretendan obtener la licencia de funcionamiento de la empresa, giro o establecimiento, que solicite dicha autorización; y XIII. Las demás que les sean asignadas por otras disposiciones legales La Dirección de Protección Civil, Bomberos y Servicios Pre Hospitalarios, tendrá las siguientes atribuciones: I. Presentar ante el consejo, la propuesta del programa de Protección Civil y Bomberos Municipales; II. Promover la cultura de protección civil, dentro del territorio Municipal organizando acciones con las autoridades educativas y con la población en general;

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III. Instrumentar los procedimientos administrativos de verificación, en los asuntos de su competencia, con estricto apego al respeto de las garantías individuales y conforme a lo dispuesto por el artículo 128 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México; IV. Intervenir en los casos de fuga de gas e incendios, provocados por este elemento o por cualquier otro material o causa que ocasione este; V. Evitar el estancamiento de aguas pluviales o residuales, que pongan en peligro o en riesgo la seguridad de los habitantes; VI. Establecer las medidas de seguridad, que deban de satisfacer los comercios, industrias, servicios de construcción de inmuebles y demás disposiciones que se encuentren dentro del Reglamento de Protección Civil del Estado de México, coordinándose para ello con el Departamento de Reglamentos y la Dirección de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, a través de la Subdirección de Desarrollo Urbano Municipal; y. VII. Las demás que señalen las Leyes, los Reglamentos vigente y disposiciones aplicables.

Salud. Objetivo: Salvaguardar la salud de los huehuetoquenses en casos de siniestros. Funciones: I. Coordinar, administrar y colaborar en la regulación de funcionamiento del sistema de salud en el Municipio de Huehuetoca; II. Gestionar apoyos federales, estatales y municipales en materia de Salud; III. Brindar a la población el manejo del primer nivel de atención y especialidades básicas; IV. Apoyar en campañas de salud, a las diferentes comunidades en el municipio, V. Realizar conferencias sobre los diferentes temas de medicina preventiva; VI. Realizar acciones que fomente la salud en la población Huehuetoquense; VII. Gestionar el apoyo con el sistema de regulación sanitaria, para el control canino en coordinación con la misma y las diferentes áreas administrativas que tengan intervención.

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Educación. Objetivo: Gestionar ante las Autoridades Federales, Estatales y Municipales, los apoyos necesarios para impulsar la educación pública dentro del Municipio en los diferentes niveles educativos. Funciones: I. Promover los servicios educativos en los distintos niveles de acuerdo a las instituciones existentes; II. En coordinación con la Secretaría del Ayuntamiento, organizar las ceremonias conmemorativas de acuerdo al calendario cívico oficial; III. Promover permanentemente la investigación y actualización que sirva como base a la innovación educativa; IV. Promover y gestionar recursos, así como participar en el mantenimiento y equipamiento de las escuelas públicas ubicadas en el territorio municipal, de acuerdo con los programas y recursos disponibles; V. Coadyuvar con la Dirección de Seguridad Pública Municipal y/o la Dirección de Protección Civil, Bomberos y Servicios Pre Hospitalarios, la vigilancia y seguridad de los planteles escolares; VI. Promover la gestión de recursos para contribuir a la atención de las necesidades educativas, sin perjuicio de la participación directa de otras instancias; VII. Promover y apoyar los programas y acciones de capacitación y difusión dirigidas a los padres de familia y tutores, para que orienten y guíen adecuadamente la educación de sus hijos o pupilos, así como para fortalecer la integración familiar; VIII. Actualizar el registro y estadísticas de los planteles educativos federalizados, estatales y privados, que se encuentren en el territorio Municipal; IX. Apoyar a las autoridades competentes en la difusión de programas encaminados a la prevención de alcoholismo, tabaquismo, fármaco dependencia, conductas como la vagancia, la ociosidad y difusión de cultura, educación sexual y salud reproductiva; X. Promover jornadas cívicas en las instituciones educativas del Municipio con la participación del H. Ayuntamiento; XI. Coadyuvar con las autoridades educativas correspondientes el buen funcionamiento de los planteles escolares del Municipio; y XII. Promover la creación y el establecimiento de nuevas instituciones educativas, en todos los niveles para atender la demanda y la cobertura. XIII. Las demás que señalen las leyes, reglamentos vigentes y disposiciones aplicables.

Cultura Objetivo: Promover, fomentar, organizar, difundir, administrar, gestionar y vigilar las actividades artísticas y culturales que se realizan dentro del Municipio y la representación de éste fuera de la demarcación Municipal. Funciones: La Coordinación de Cultura garantizará el fomento de las distintas tradiciones, costumbres y valores que forjan la identidad mexiquense y municipal. La Coordinación de Cultura está integrada por un titular, un Subcoordinador, auxiliares, instructores de talleres y demás personal que determine el H. Ayuntamiento.

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La Coordinación de Cultura tendrá en resguardo para la creación, desarrollo y difusión de la cultura y las artes; los siguientes inmuebles propiedad del H. Ayuntamiento: Casa de Cultura “Sor Juana Inés de la Cruz”, Centro Sociocultural “Josefa Ortiz de Domínguez”, La Concha Acústica “José Luis Cuevas”, ésta última para que sea utilizada para actividades propias de la Coordinación de Cultura, está en estricto apego a lo que determine con la Secretaría del Ayuntamiento y las demás instalaciones que el H. Ayuntamiento designe a las comunidades del Municipio, para desarrollar la expresión y capacitación educativa, actividades culturales, artesanales, artísticas y recreativas. Los Servidores Públicos adscritos a la Coordinación de Cultura, los usuarios, profesores e instructores tendrán los derechos y obligaciones que señalen las leyes, su reglamento vigente y disposiciones aplicables.

Bibliotecas Municipales. Objetivo: ofrecer en forma democrática el acceso a los servicios de consulta de libros, impresos, digitales, y otros servicios culturales complementarios, de forma gratuita a toda persona que lo solicite para su consulta o préstamo, como orientación e información, que permitan a la población adquirir, transmitir, acrecentar y conservar en forma libre el conocimiento, en todas las ramas del saber para contribuir al desarrollo integral del individuo y su comunidad. Funciones: I) Organizar y conservar los materiales que integran su acervo y ponerlos a disposición de la comunidad para satisfacer sus necesidades formativas, informativas y recreativas. II) Difundir y promover el uso de los materiales, los servicios y las actividades que en ella se realizan. III) Fomentar la lectura de calidad entre la población; y IV) Las demás que señalen las Leyes, su Reglamento vigente y disposiciones aplicables.

Oficialía Mediadora-Conciliadora Y Calificadora. Objetivo: Procuración de la justicia publica municipal. Funciones: La Oficialía Mediadora-Conciliadora y Calificadora, para su funcionamiento; mediante su titular y oficiales Mediadores-Conciliadores y Calificadores adscritos, tendrán la responsabilidad de atender a los vecinos de su adscripción en los conflictos que no sean constitutivos de delito, ni de la competencia de los órganos judiciales o de otras autoridades, mediar conflictos vecinales intentando inducir a acuerdos basados en la conciliación; calificar las faltas administrativas de índole municipal; así mismo las acciones u omisiones que deban considerarse como faltas o infracciones al orden público y a la tranquilidad de las personas, de conformidad con la Ley Orgánica Municipal, la Ley de Mediación, Conciliación y Promoción de la Paz Social para el Estado de México, el presente Bando, los reglamentos respectivos y demás ordenamientos legales aplicables. La Oficialía

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Mediadora-Conciliadora y Calificadora, funcionará en dos turnos los cuales serán de veinticuatro por veinticuatro horas. Para la calificación de las faltas administrativas y la correspondiente imposición de las sanciones, así como el monto o alcance aplicable a imponer, el Oficial Mediador-Conciliador y Calificador, deberá tomar en cuenta la gravedad de las mismas, las condiciones económicas y particulares del infractor, su grado de cultura e instrucción y la actividad a la que se dedica, la reincidencia, el grado de afectación y beneficio obtenido, a fin de individualizar la sanción con apego a la equidad y la justicia.

DIF Objetivo: coadyuvar al pleno desarrollo de las familias del Municipio, principalmente en las zonas marginadas en los aspectos de alimentación, salud, rehabilitación, prevención y bienestar familiar. Funciones: I. Promover el bienestar social y prestar al efecto servicios de asistencia social, conforme a las normas de salud; II. El cuidado y asistencia a la mujer; III. La protección a la mujer y a los menores que trabajan; IV. Capacitación de la mujer en materia de nutrición, higiene, manualidades remunerativas, educación extraescolar y actividades que beneficien la economía en el hogar; V. Prestar servicios de asistencia jurídica y de orientación social a menores, personas de la tercera edad, discapacitados y familias de escasos recursos; VI. Intervenir en el ejercicio de la tutela de los menores que corresponda al Estado, en los términos del Código Civil del Estado de México y demás disposiciones legales relativas y aplicables. VII. Auxiliar al Ministerio Público, en la protección de incapaces y en los procedimientos civiles y familiares que les afecten de acuerdo con la Ley; VIII. Coadyuvar con las Autoridades Judiciales cuando lo soliciten en los juicios relacionados con divorcio, alimentos, guarda y custodia y demás juicios en materia familiar o penal según lo amerite el juzgador; IX. Promover la difusión de los programas del DIFEM, a través de los medios de comunicación disponibles; X. Desarrollar programas nutricionales para la familia; XI. Asesorar a las personas que ejerzan la patria potestad o tutela, cuando éstas lo soliciten, en materia de alimentación, educación formación moral; XII. Participar en las promociones deportivas, culturales y recreativas, que las dependencias del ramo programen; XIII. Realizar estudios e investigaciones; así como formular estadísticas sobre los problemas de la familia, los menores, personas de la tercera edad y de aquellas personas con discapacidad; XIV. Investigar y establecer procedimientos de erradicación de vicios, enfermedades y factores que afecten negativamente a la familia; XV. Programar actividades permanentes de prevención de acciones en el hogar, en la escuela y en la vía pública; XVI. Prestar ayuda técnica o moral para proteger la vida humana, en los periodos prenatales y en la infancia; XVII. Fomentar en la niñez los sentimientos de amor y apego a la familia, de respeto a la sociedad y de interés por nuestra cultura histórica; XVIII. Fomentar en la familia la práctica de sistemas de superación, económica, como huertos familiares, fruticultura, avicultura y otros; XIX. Realizar promociones propias y coordinadas, para hacer llegar a la familia satisfactores básicos y artículos necesarios; XX. Promover y organizar tareas para el desarrollo de la familia y mejoramiento de la comunidad;

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XXI. Operar establecimientos de asistencia social en beneficio de menores en estado de abandono, personas de la tercera edad y desamparados; XXII. Atender las funciones de auxilio a las instituciones de asistencia privada que se confíen, con sujeción a lo que disponga a la Ley de Beneficencia Privada; XXIII. La prevención de invalidez y la rehabilitación de inválidos; XXIV. El fomento de acciones de paternidad responsable, que propicien la preservación de los derechos de los menores a satisfacción de sus necesidades a la salud física y mental; XXV. Acudir inmediatamente al auxilio de los damnificados, en caso de desastre, como inundaciones, terremotos, derrumbes, explosiones, incendios y otros de naturaleza similar; XXVI. El DIF patrocinará juicios que estén autorizados por la Junta de Gobierno; XXVII. Las demás que señalen las leyes, reglamentos vigentes y disposiciones aplicables.

Instituto Municipal De Cultura Física Y Deporte De Huehuetoca. Objetivo: Fomentar la cultura del deporte dentro del municipio para erradicar vicios que pueden afectar a la comunidad de Huehuetoca. Funciones: I. Impulsar la práctica deportiva en todos los grupos y sectores del Municipio, especialmente en los niños y jóvenes; II. Propiciar la interacción familiar y social; III. Fomentar la salud física, mental, cultural y social de la población del Municipio; IV. Propiciar el uso adecuado y correcto de los tiempos libres; V. Promover e impulsar el deporte para los adultos mayores y las personas con capacidades diferentes; VI. Promover el cambio de actitudes y aptitudes; VII. Promover y desarrollar la captación de recursos humanos para el deporte; VIII. Elevar el nivel competitivo del deporte Municipal; IX. Promover la revaloración social del deporte y la cultura física; X. Promover fundamentalmente el valor del deporte para el primer nivel de atención a la salud; XI. Promover la identidad del Municipio de Huehuetoca, en el ámbito Municipal, Estatal, Nacional e Internacional a través del deporte; XII. Fomentar la integración familiar y social; y XIII. Facilitar a los deportistas el acceso a los servicios de salud.

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CONTRALORIA INTERNA MUNICIPAL

RESPONSABILIDADESDES

AUDITORIA FINANCIERA

DIRECCIÓN DE

JURIDICO

DIREC. PROTECCIÓN

CIVIL, BOMBEROS Y

SERVICIOS PRE

HOSPITALARIOS

DIRECCIÓN DE

SEGURIDAD

PÚBLICA Y VIALIDAD

MPAL.

SUB DE

PROTECCION CIVIL

BIBLIOTECAS

PÚBLICAS

MUNICIPALES

COORDINACIÓ

N DE CULTURA

DIRECCIÓN DE

EDUCACIÓN

SECRETARIA TÉCNICA

DEFENSORIA MPAL. DE LOS DERECHOS HUMANOS

COORDINACION DE PLANEACIÓN

COORDINACIÓ

N DE

GOBIERNO

UNIDAD DE

INFORMACIÓN JUNTA MPAL. DE

RECLUTAMIENTO

Y MODULO CURP

EVENTOS JEF. OFICIALIA

DE PARTES U. DE CTROL

PATRIMONIAL

ARCHIVO

MUNICIPAL LOGISTICA

COORD DE COMUNICACIÓN SOCIAL

OFICIALIA DEL REGISTRO CIVIL

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

REGIDORES

SINDICO MUNICIPAL

OFICIALIA MEDIADORA –

CONCILIADORA Y CALIFICADORA

SECRETARIA DEL H. AYUNTAMIENTO

SECRETARIA PARTICULAR

PROG. ESPECIALES

UNIDAD

TENENCIA DE LA

TIERRA

DIRECCIÓN

DESARROLLO URBANO

IMAGEN URBANA

DIRECCIÓN DE

ALUMBRADO PÚBLICO

Y ELECTRIFICACION

DIRECCIÓN DE AGUA

POTABLE

ALCANTARILLADO Y

SANEAMIENTO

DIRECCIÓN

SERVICIOS PÚBLICOS

COORDINACIÓN

ECOLOGÍA

ANTIRRABICO

PANTEONES

DIRECCION DE

FOMENTO

ECONÓMICO

SUBCOORDINACIÓN

DE SERVICIO MPAL. DE

EMPLEO

COORDINACION TURISMO

SALUD

INSTITUTO MPAL. DE

LA JUVENTUD

INSTITUTO MPAL. PARA LA

PROTECCIÓN DE LOS

DERECHOS DE LA MUJER

COORD. DE

FOMENTO

AGROPECUARIO

SUBDIRECCIÓN DE

DESARROLLO SOCIAL

DIRECCION DE

DESARROLLO SOCIAL

COORD DE

CATASTRO

MPAL.

COORDINACIÓN

DE

REGLAMENTOS

SUB DIR

DE

INGRESOS

SUB DIR

DE

EGRESOS

RECEPTO-

RIAS

REZAGO Y

EJECUCION FISCAL

PRESUPESTOS

NOMINAS

CTAS X PAGAR

CONTABILIDAD

PROG.

FEDERALE

S

TESORERIA

MUNICIPAL

NORMATIVIDA

D

JEFATURA DE

ALMACÉN

COORDINACIÓN DE

ADQUISISIONES Y

RECURSOS

MATERIALES

DIRECCIÓN DE

ADMINISTRACIÓN

JEFATURA DE

INTENDENCIA

COORDINACION DE

SERVICIOS GENERALES

COORD. DE

SISTEMAS E

INFORMÁTICA

COORD.

RECURSOS

HUMANOS

MTTO Y CTRL

VEHICULAR

JEFATRURA DE

PROGRAMACION

COORD DE

SUPERVISION Y

ESTIMACIONES

JEFATURA DE

PRECIOS UNITARIOS

COORDINACION

DE PROYECTOS

SUBDIRECCIÓN DE

OBRASPÚBLICAS

DIRECCIÓN DE

OBRAS PÚBLICAS

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HOJA DE VALIDACIÒN

____________________ ______________________

C.P BENITO JIMENEZ MARTINEZ LIC. OSCAR BASURTO CALZADILLA

PRESIDENTE MUNICIPAL SÍNDICO MUNICIPAL

____________________ ______________________

ING. EDUARDO BARRAGAN LICEA LIC. FRANCISCO VELASQUEZ ORTEGA

SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO COORDINADOR DE PLANEACION

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN MUNICIPAL Página 53

HOJA DE ACTUALIZACIÒN.

FECHA DE ACTUALIZACION VIGENCIA OBSERVACIONES

1 DE ENERO DE 2013 31 DE DICIEMBRE DE 2013