Manual de Induccion

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Ministerio de Hacienda Dirección General de Contrataciones Públicas Manual Inducción Elaborado por Departamento de Recursos Humanos Marzo, 2010

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Ministerio de Hacienda

Dirección General de Contrataciones Públicas

Manual Inducción

Elaborado por

Departamento de Recursos Humanos

Marzo, 2010

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INDICE PRESENTACION I. ASPECTOS GENERALES DE LA DGCP. 1.1 Reseña Histórica 1.2 Funciones de la DGCP 1.3 Logo de la DGCP 1.4 Estructura Organizativa 1.5 Organigrama 1.6 Resumen de Funciones de las distintas áreas de la DGCP.

II. POLITICAS Y NORMAS INSTITUCIONALES

2.1 Carnet de Identificación Personal 2.2 Periodo Probatorio 2.3 Jornada de Trabajo 2.4 Asistencia y Puntualidad 2.5 Permisos, tardanzas y Ausencias 2.6 Permisos especiales y licencias con disfrute de sueldo 2.7 Vestimenta 2.8 Deberes de los Servidores Públicos 2.9 De las prohibiciones a los servidores públicos 2.10 Régimen Disciplinario III. POLITICAS Y NORMAS INSTITUCIONALES 3.1 Beneficios y remuneración Art No.58 de la Ley No.41 08 3.1.1 Remuneraciones 3.1.2 Vacaciones 3.1.3 Bono Vacacional 3.1.4 Salario Número trece 3.2 Servicio de Salud y Seguridad social 3.3 Evaluación del desempeño 3.4 Programa de capacitación y desarrollo

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La Dirección General de Contrataciones Públicas, les da una cordial bienvenida a nuestra entidad, ya eres parte de nuestra gran familia y queremos darte la bienvenida con la entrega de nuestro “Manual de Inducción”, en el cual contiene las pautas y reglas básicas que permiten al empleado orientarse y conocer mejor la institución en términos de estructura organizativa, misión, visión, y valores; así como sus deberes y derechos con la finalidad de crear sinergias capaces de potenciar la productividad para obtener los resultados esperados por esta Dirección. Este documento te apoyará en tu rápida integración a la cultura de la organización y te guiará en el desempeño eficiente de tus labores. Nuestro compromiso como organización está enfocado en la calidad de los servicios que ofrecemos a los ciudadanos, propósito que sólo podemos lograr con un personal altamente comprometido con la misión institucional, debidamente capacitado, motivado y con vocación de servicio. Confíamos en que desde ahora y durante tu permanencia en la Institución, cumplirás con tus obligaciones laborales dentro del marco de los principios del “Código de Ética del Servidor Público” y las “Normas de Comportamiento Ético de la Dirección General de Contrataciones Públicas”, las cuales promueven el más alto grado de honestidad, integridad y moralidad en el ejercicio de las funciones del Estado.

Dr. Eric Hazim Director General Contrataciones Públicas.

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I. ASPECTOS GENERALES DE LA DGCP

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1.1RESEÑA HISTORICA El dieciocho (18) de agosto del año dos mil seis se promulga la ley No.340-06 sobre Compra y Contratación de Bienes, Servicios, obras y Concesiones, la misma fue modificada en fecha seis (06) de diciembre del año dos mil seis (2006), mediante la Ley No. 449-06, creando así la Dirección General de Contrataciones Públicas, la cual es una dependencia del Ministerio de Hacienda que funge como Órgano Rector del Sistema de Compras y Contrataciones Públicas de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones del Estado dominicano. Esta Dirección General de Contrataciones Públicas inicio formalmente su actividad operativa a partir del Nombramiento del Dr. Eric Hazim como Director General de Contrataciones Públicas mediante Decreto No. 73-07 del 26 de febrero de 2007. En ese sentido y a los fines de dar cumplimiento a las facultades que la Ley No. 340-06 otorga a este Órgano Rector, en fecha 31 de Mayo del año 2007, mediante la Resolución No.154-07 se aprueba la estructura organizativa de esta Dirección, dando lugar a la conformación de las distintas áreas operativa logrando así la implementación de la misión institucional.

1.3 FUNCIONES DE LA DGCP

Las funciones básicas de la Dirección General de Contrataciones Públicas están establecidas en el Art. No. 36 de la Ley No. 340-06 de Compras y Contrataciones públicas y sus modificaciones contenidas en la Ley No. 449-06, las cuales son:

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FUNCIONES ESTABLECIDAS

Recomendar al Ministerio de Hacienda las políticas de compras y contrataciones de bienes, servicios, obras y concesiones para su consideración y aprobación Diseñar e implantar el Catálogo de Bienes y Servicios de uso común para las entidades comprendidas en el ámbito de la Ley, así como los catálogos de elementos comúnmente utilizados en las obras públicas. Proponer al Ministro de Hacienda la estructura organizativa del Órgano Rector, la cual será aprobada por la Oficina Nacional de Administración y Personal, así como los manuales de procedimientos internos. Proponer al Ministro de Hacienda los reglamentos de aplicación de la presente ley. Administrar y garantizar la completa y oportuna actualización de un portal Web que concentre la información sobre las contrataciones públicas. www.comprasdominicana.gov.do Diseñar e implantar un Sistema de Información de Precios que mantengan actualizados los valores de mercado de los bienes y servicios de uso común. Establecer la metodología para preparar los planes y programas anuales de Compras y Contrataciones de Bienes y Servicios por parte de las entidades comprendidas en el ámbito de la Ley. Diseñar e implantar los Manuales de Procedimientos Comunes para cada tipo de compras, contrataciones de bienes, servicios, obras y concesiones. Dichos manuales serán aprobados por el Ministerio de Hacienda, la cual evaluará los resultados de su implantación, en términos de eficacia y transparencia. SCC - SIGEF Capacitar y especializar a su personal y al de las unidades operativas en la organización y funcionamiento del sistema, así como en la gestión de compras y contrataciones de bienes, servicios, obras y concesiones. Organizar y Mantener actualizado el Registro de Proveedores del Estado.

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1.4 LOGO DE LA DGCP

El logo de la Dirección General de Contrataciones Públicas tiene los colores azul y blanco y como lema institucional nos representa “transparencia para el progreso”. 1.5 ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL

La DGCP, está compuesta por la siguiente estructura Organizacional.

UNIDADES ASESORAS

Departamento de Planificación y Desarrollo

Departamento de Recursos Humanos

División de Comunicaciones

UNIDADES DE APOYO

Departamento Administrativo y Financiero, con:

División Financiera

División de Servicios Generales

Sección de Archivo y Correspondencia

División de Tecnología de la Información y Comunicación

UNIDADES SUSTANTIVAS U OPERATIVAS

Subdirección de Bienes y Servicios

Subdirección de Obras y Concesiones

Departamento de Políticas, Normas y Procedimientos

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Departamento de Administración de Informaciones y Estadísticas

Departamento del Registro de Proveedores del Estado

Departamento de Asistencia Técnica

1.6 ORGANIGRAMA INSTITUCIONAL

El siguiente esquema representa el organigrama de la DGCP.

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Departamento de Planificación y Desarrollo Asesorar a la máxima autoridad de la Dirección General en materia de políticas, planes, programas y proyectos de la institución, así como elaborar el Plan Estratégico Institucional y las propuestas de cambios organizacionales y de reingeniería de procesos.

Departamento de Recursos Humanos Implantar y desarrollar un sistema de gestión de recursos humanos que garantice la existencia de empleados y funcionarios motivados, honestos e idóneos que contribuyan al logro de los objetivos de la Dirección General de Contrataciones Públicas.

División de Comunicaciones

Elaborar y coordinar todo lo referente a la proyección de la imagen institucional interna y externa, así como realizar labores de difusión y publicación de las actividades y eventos institucionales.

Departamento Administrativo y Financiero

Elaborar el anteproyecto de presupuesto, en coordinación con el Departamento de Planificación y Desarrollo, así como planificar, dirigir y procesar las operaciones administrativas y financieras de la institución, velando por el cumplimiento de las políticas, normas y procedimientos establecidos y garantizando el uso y manejo de los recursos físicos y financieros con eficiencia, eficacia y economía, dentro de un ambiente de transparencia.

División Financiera Llevar el registro contable de las operaciones financieras de la Institución, con la finalidad de controlar el uso y distribución adecuada de los recursos de acuerdo al presupuesto aprobado y a los principios rectores establecidos

1.7 RESUMEN DE FUNCIONES DE LAS DISTINTAS AREAS DE LA

DGCP.

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en la Ley No.10-07 y las normas básicas de control interno emitidas por la Contraloría General de la República, así como a los principios de contabilidad generalmente aceptados.

División de Servicios Generales

Realizar actividades de mantenimiento, mayordomía y transportación, así como lo relativo Seguridad, garantizando un servicio oportuno y de calidad.

Sección de Archivo y Correspondencia

Coordinar y realizar las labores de registro y control de la entrada y salida de correspondencia interna y externa de la institución. Así como organizar, custodiar y conservar lo documentos producidos en la institución.

División Tecnología de la Información y Comunicación Diseñar y administrar las aplicaciones y la infraestructura tecnológica de la DGCP y velar por el adecuado uso de los recursos, de la información y de las comunicaciones, así como el debido mantenimiento de los equipos.

Subdirección de Bienes y Servicios

Asistir al Director General en la coordinación de las actividades de los departamentos técnicos en lo relacionado a funciones asignadas correspondientes a Bienes y Servicios.

Subdirección de Obras y Concesiones Asistir al Director General en la coordinación de las actividades de los departamentos técnicos en lo relacionado a funciones asignadas correspondientes a Obras y Concesiones.

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Departamento de Políticas, Normas y Procedimientos Diseñar y recomendar las políticas, normas y procedimientos que regirán el sistema de compras y contrataciones de bienes, servicios, obras y concesiones, así como asesorar, atender requerimientos y emitir dictámenes sobre los procesos de contratación a todas las entidades alcanzadas por el ámbito de aplicación de la Ley.

Departamento de Administración de Informaciones y Estadísticas

Elaborar, coordinar, administrar y monitorear estadísticas de toda la información sobre compras y contrataciones estatales, manteniendo actualizado el portal de Compras del Gobierno.

Departamento del Registro de Proveedores del Estado Establecer y aplicar el proceso de incorporación y actualización de proveedores, consultores y contratistas del estado en el Registro de Proveedores, de acuerdo con la metodología establecida.

Departamento de Asistencia Técnica

Proporcionar capacitación permanente y adiestramiento a los usuarios de las Unidades de Compras institucionales tanto en el aspecto normativo y profesional sobre la gestión de compras, como en el aspecto técnico relacionado con el uso de los diferentes sistemas informáticos que implemente el Órgano Rector.

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SECCION II

POLÍTICAS Y NORMAS INSTITUCIONALES

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2.1 CARNET DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL: La Dirección General de Contrataciones públicas, a través del Departamento de Recursos Humanos, les proveerá un Carnet de Identificación Institucional, que les permitirá identificarlos como miembros de la institución. Dicha identificación debe llevarse en un lugar visible a la altura del pecho, en el lado superior izquierdo. El carnet de Identificación es obligatorio para permanecer dentro de la institución, el no llevarlo consigo será considerado una falta, la cual será conocida por el Departamento de Recursos Humanos. En caso de pérdida se deberá notificar inmediatamente al Departamento de RRHH, vía su superior inmediato.

2.2 PERIODO PROBATORIO

El empleado o funcionario preseleccionado deberá cumplir con un periodo de prueba no menos de tres meses ni mayor de un año. Durante el periodo

probatorio la contratación del empleado estará revestida de un carácter

temporal.

La evaluación y calificación de servicios del empleado que esté cumpliendo periodo de prueba deberá hacerla su superior jerárquico, y en el caso de que

este otorgue calificación final satisfactoria al cabo del periodo probatorio,

deberá remitir la recomendación para el nombramiento definitivo al

Departamento de Recursos Humanos.

2.3 JORNADA DE TRABAJO

La duración de la jornada de trabajo de la DGCP, es de 8:00 A.M. a 3:00 P.M.

de lunes a viernes para el personal de operativo y de 8:00 am a 4:00 pm para

los Encargados Departamentales. Existen departamentos que por la naturaleza

de sus funciones este horario podría variar.

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En el caso de tener que trasladarse para el ejercicio de sus funciones fuera del

área geográfica de trabajo, el empleado podrá solicitar dietas para alimentos y transporte, en cuyo caso debe de tramitarlo a través de su supervisor

inmediato quien aprobara el formulario existente para esos fines.

El Descanso para almuerzo para el personal operativo es de 30 minutos, el cual

podrás tomar de acuerdo a los turnos determinados por cada supervisor y coordinado con los integrantes de cada área, con el fin de que esté siempre

atendida.

2.4 ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD

La asistencia y puntualidad de los empleados será controlada formalmente

mediante un sistema de control de asistencia. Es obligación de cada empleado marcar en el sistema a la hora de su entrada y a la hora de su salida de la

institución.

El Departamento de Recursos Humanos diariamente llevara un control de la

asistencia.

Se concederá un periodo de gracia de diez minutos a partir de la hora de entrada, vencido este lapso cada empleado deberá estar en su área de

trabajo.

2.5 PERMISO, TARDANZAS Y AUSENCIAS Los permisos serán coordinados y aprobados con su superior inmediato y comunicado al Departamento de Recursos Humanos. Serán consideradas como tardanzas aquellos registros de empleados después de la hora reglamentada para el ingreso a la institución, los empleados que sean reincidentes en tardanzas serán sancionados de conformidad con la Ley de Función Publica. Se considerara como ausencia cuando un empleado no concurra a su lugar de trabajo uno o más de días completos de labor. Las ausencias, solo estarán justificada por enfermedad o por causas de fuerza mayor que se consideren aceptable. En caso de exceder dos (2) días laborables, debes de presentar un

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certificado médico que avale tu estado de salud, en caso contrario, la ausencia es considerada como abandono de trabajo con las consecuencias de lugar. 2.6 PERMISOS ESPECIALES Y LICENCIAS CON DISFRUTE DE SUELDO: Se entiende por licencia la dispensa oficial de asistencia al trabajo otorgada a un empleado por un médico, eximiéndole de asistir al trabajo durante un periodo establecido conforme a las circunstancias. Dentro de las licencias con disfrute de sueldo establecidas en la ley de función pública tenemos:

Licencia por Maternidad: En estado de embarazo tienes derecho a un descanso de seis (6) semanas antes de la fecha del parto y Seis (6) semanas después de éste. Nacimiento de un hijo: Disfrutarás de dos (2) días de licencia en caso de nacimiento de un hijo. Matrimonio: Si contraes matrimonio disfrutaras de cinco (5) días laborables de descanso. Muerte de algún pariente: Por muerte, enfermedad o accidente grave, del conyugue, padres, abuelo, hijos o hermanos se te otorgará un permiso de uno a tres días, según lo requiera cada caso. De ser en el exterior, te corresponde un permiso que dependerá de las circunstancias. 2.7 VESTIMENTA: Los empleados que no tengan establecido el uso de uniformes deberán de vestir de la siguiente manera. Caballeros: usaran pantalones de vestir, camisas mangas largas o cortas, zapatos cerrados y corbata de manera opcional

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Damas: Deberán usar pantalones largos holgados o faldas a la rodilla, blusas con mangas y chaquetas, sin escotes pronunciados zapatos cerrados o zapatillas. Está prohibido el uso de camisetas, ropa y zapatos deportivos en general, el uso de jeans es permitido usar los últimos viernes de cada mes con motivo de la celebración de los cumpleaños del mes. Nota: Tú apariencia habla de ti, debes asegurarte de mantener tu apariencia física en óptimas condiciones y cuidar de ella. El maquillaje en las damas debe de ser moderado, adecuado para un ambiente los accesorios y peinados deben de ser discretos. Los caballeros deben llevar un corte de pelo formal. 2.8 DEBERES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS: Son deberes de los empleados de la Dirección General de Contrataciones Publicas los siguientes: 1. Cumplir y hacer cumplir la Constitución de la República, las leyes, los reglamentos, manuales, instructivos, y otras disposiciones emanadas de autoridades competentes; 2. Prestar el servicio personalmente con dedicación, eficiencia, eficacia, honestidad e imparcialidad en las funciones que se le encomienden de acuerdo con su jerarquía y cargo; 3. Cumplir la jornada de trabajo, dedicando la totalidad del tiempo al desempeño íntegro y honesto de sus funciones; 4. Obedecer toda orden de su superior jerárquico que tenga por objeto la realización de servicio acorde con las funciones propias y complementarias del servidor público; 5. Actuar imparcialmente en el desempeño de sus tareas dando trato y servicio por igual a quien la ley señale, sin discriminaciones político partidista, de género, religiosas, étnicas o de otro tipo, absteniéndose de intervenir en

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aquellos casos que puedan dar origen a interpretaciones de parcialidad, así como con otros criterios que sean incompatibles con los derechos humanos; 6. Responder del ejercicio de la autoridad que les haya sido otorgada y de la ejecución de las órdenes que impartan y por la que corresponde a sus subordinados; 7. Dar un tratamiento cortés y considerado a sus superiores, compañeros de labores y subordinados, y compartir sus tareas con espíritu de solidaridad y unidad de propósito; 8. Observar permanentemente en sus relaciones con el público toda la consideración y cortesía debidas a la dignidad de éste; 9. Guardar la reserva y confidencialidad que requieren los asuntos relacionados con su trabajo, y especialmente los concernientes al Estado en razón de su naturaleza o en virtud de instrucciones especiales, aún después de haber cesado en el cargo; 10. Denunciar ante cualquier superior jerárquico los hechos ilícitos y delictivos de los que tuvieran conocimiento; 11. Hacer del conocimiento de las autoridades correspondientes los hechos que puedan perjudicar al Estado, a la sociedad y al órgano o entidad en donde laboran; 12. Desarrollar las iniciativas que sean útiles para el mejoramiento del servicio; 13. Vigilar y salvaguardar los intereses, valores, bienes, equipos y materiales del Estado, principalmente los que pertenezcan a su área de trabajo o estén bajo su responsabilidad; 14. Responder por el oportuno y debido manejo de los documentos, expedientes y útiles confiados a su guarda o administración, procurar con esmero su conservación y rendir debida y oportuna cuenta de su utilización, tramitación y cuidado;

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15. Atender debidamente las actividades de inducción, formación y capacitación y efectuar las prácticas y las tareas que tales actividades conlleven; 16. Cualquier otro que se encuentre previsto en el ordenamiento jurídico. 2.8 DE LAS PROHIBICIONES A los servidores públicos les está prohibido incurrir en los actos descritos a continuación y que la presente ley califica como faltas disciplinarias, independientemente de que constituyan infracciones penales, civiles o administrativas consagradas y sancionadas en otras leyes vigentes: 1. Solicitar, aceptar o recibir, directamente o por medio de persona interpuesta, gratificaciones, dádivas, obsequios, comisiones o recompensas, como pago por actos inherentes a sus cargos; 2. Solicitar, aceptar o recibir ventajas o beneficios en dinero o en especie, por facilitar a terceros la adquisición de bienes y servicios del Estado, o facilitar a éstos la venta de los mismos; 3. Prestar, a título particular y en forma remunerada, servicios de asesoría o de asistencia al Estado, relacionados con las funciones propias de sus cargos; 4. Recibir más de una remuneración con cargo al erario excepto que estuviera expresamente prevista en las leyes o reglamentos; 5. Aceptar designación para desempeñar en forma simultánea más de un cargo del Estado, salvo cuando se trate de labores docentes, culturales, de investigación y las de carácter honorífico, no afectadas por incompatibilidad legal, y con la debida reposición horaria cuando hubiera superposición de este tipo. La aceptación de un segundo cargo público incompatible con el que se esté ejerciendo, supone la renuncia automática del primero sin desmedro de la responsabilidad que corresponda;

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6. Obtener préstamos y contraer obligaciones con personas naturales o jurídicas con las cuales se tengan relaciones oficiales en razón de los cargos públicos que desempeñan; 7. Intervenir, directa o indirectamente, en la suscripción de contratos con el Estado a través de la institución donde labora y en la obtención de concesiones o beneficios que impliquen privilegio oficial en su favor, salvo en los casos en que por mandato de la ley los deban suscribir; 8. Asistir al lugar de trabajo en estado de embriaguez o bajo el influjo de drogas o sustancias estupefacientes; 9. Participar en actividades oficiales en las que se traten temas sobre los cuales el servidor público tenga intereses particulares económicos, patrimoniales o de índole política que en algún modo planteen conflictos de intereses; 10. Valerse de sus influencias jerárquicas para acosar sexualmente a servidores públicos en el Estado, o valerse del cargo para hacerlo sobre ciudadanos que sean usuarios o beneficiarios de servicios del órgano o entidad a la que pertenezca el servidor público; 11. Requisar, sustraer o copiar informaciones de manejo exclusivo propio o de otros compañeros de trabajo, sin la expresa autorización de éstos o de su superior inmediato, todo esto sin desmedro de lo establecido en legislaciones vigentes; 12. Representar o patrocinar a litigantes o intervenir en gestiones extrajudiciales contra la administración pública, excepto en casos de defensa de intereses personales del servidor público, de su cónyuge y de sus parientes consanguíneos o afines en primer grado; 13. Servir intereses de partidos en el ejercicio de sus funciones, y en consecuencia, organizar o dirigir demostraciones, pronunciar discursos partidistas, distribuir propaganda de carácter político, o solicitar fondos para los mismos fines, así como utilizar con este objetivo los bienes y fondos de la institución; 14. Requerir, inducir u obligar a sus subalternos a participar en actividades políticas o partidistas, sea en su provecho o en provecho de terceros;

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15. Prestar servicios en la misma institución que su cónyuge y quienes estén unidos por lazos de consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, cuando tuvieran relación de jerarquía; 16. Actuar en aquellos casos en que tengan intereses particulares que planteen conflictos de intereses para el servidor público; 17. Incurrir en las demás prohibiciones que se establezcan por vía legal o reglamentaria. 2.9 REGIMEN DISCIPLINARIO El régimen disciplinario de la DGCP no busca sancionar a los empleados para hacerle su trabajo más difícil, más bien busca contribuir a que los funcionarios cumplan honestamente con sus deberes y responsabilidades a fin de alcanzar la mayor eficiencia del servidor público. Aquel empleado que cometa violaciones a las prohibiciones establecidas en la ley de función pública, en manual de inducción y demás códigos del servidor publico, podrán ser aplicables de las sanciones establecidas en el Art. 81 y siguientes de la Ley No. 41-08 de función pública, y su reglamento de aplicación donde se establece según la gravedad de la falta. Según lo establece el Art. No 81 y siguiente de la ley No. 41-08 de Función Pública y su reglamento de aplicación NO.523-09, tenemos cuatro tipos de sanciones:

- Falta de Primer Grado (Amonestación Escrita) - Falta de Segundo Grado ( Suspensión de Funciones por 90 Días)

- Falta de Tercer Grado ( Destitución del Cargo)

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Son consideradas Faltas de Primer Grado y dan lugar a una Amonestación Escrita las siguientes:

• Descuidar el rendimiento y calidad en el trabajo • Llegar tarde de manera reiterada • Suspender las labores sin autorización previa • Deja de asistir por un día sin aprobación previa • Usar lenguaje soez, vulgar, lascivo u ofensivos • Usar vestimentas inadecuadas

Son consideradas Faltas de Segundo Grado y dan lugar a una Suspension de Funciones hasta por 90 días las Siguientes:

• Descuidar el rendimiento y calidad en el trabajo • Llegar tarde de manera reiterada • Suspender las labores sin autorización previa • Deja de asistir por un día sin aprobación previa • Usar lenguaje soez, vulgar, lascivo u ofensivos • Usar vestimentas inadecuadas

Son consideradas Faltas de de Tercer Grado y dan lugar a la Destitución del Cargo las Siguientes:

• Manejar fraudulentamente fondos o bienes del estado. • Realizar, encubrir o permitir actos que atenten gravemente contra los intereses del estado

• Dejar de asistir durante tres días sin permiso • Solicitar, recibir o aceptar comisiones, dadivas, gratificaciones o dinero por la prestación de servicios.

• Expedir certificaciones que no corresponda con la verdad • Acosar sexualmente a un servidor publico

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• Auspiciar o celebrar reuniones que conlleven a la interrupción de las labores de la institución

• Presentarse en estado de embriaguez o bajo influencias de sustancias narcóticas

• Reincidir en falta de segundo grado

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SECCION III

INCENTIVOS Y BENEFICIOS

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3.1 BENEFICIOS Y REMUNERACIÓN (Art. No.58 de la LEY No. 41-08) 3.1.1 Remuneración: El pago del salario se efectuara los días 25 de cada mes. En caso de que el día de pago coincida con días feriados o fin de semana, se pagara el día laborable anterior. La institución le aperturará una cuenta de ahorro donde depositara vía electrónica su salario. Los descuentos automáticos por ley a su salario por concepto de: Tesorería de la seguridad social (TSS), impuestos sobre la renta si tu salario es mayor al establecido por la ley, el instituto nacional de auxilios y viviendas (INAVI) así como cualquier otro descuento autorizado en leyes o disposiciones especiales. 3.1.2 Vacaciones: Las vacaciones se otorgaran al empleado luego de haber cumplido un año de servicios en la institución. El tiempo a disfrutar de las vacaciones será según lo establecido en el artículo 53 de la Ley 41-08 de Función Pública. Período acumulado Vacaciones 1-5 años de servicio 15 días laborables 5-10 años de servicios 20 días laborables 10-15 años de servicios 25 días laborables 15 o más años de servicios 30 días laborables Las vacaciones deben ser coordinadas con su superior inmediato, debido a que no pueden acumularse por más de 2 años. La renuncia a las mismas con el propósito de que le sean pagadas, está prohibido según lo establece el Art. 54 de la Ley No. 41-08 de Función Pública. 3.1.3 Bono Vacacional: Se establecerá una bonificación especial, para los servidores de carrera, equivalente al 50% de la remuneración correspondiente a los días de vacaciones instituidos por el Art. No. 26 de la Ley de Función Pública No. 41-08,

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siempre que haya obtenido calificación ¨Muy buena¨ o ¨Excelente¨, en tres procesos de Evaluación del Desempeño. 3.1.4 Salario Número trece (13) o proposición de regalía pascual: Con motivo de las fiestas de Navidad la Institución otorga a los empleados que tienen un máximo de tres (3) meses, la doceava parte de los salarios devengados durante el año. 3.2 SERVICIO DE SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL Con el propósito de mantener la protección de la salud de nuestro personal y sus dependientes autorizados mantenemos nuestra cobertura de acuerdo con la Ley No. 87-01. Para hacer uso de estos servicios tiene que formalizar en Recursos Humanos dicho beneficio y le entregaremos las credenciales de identificación correspondientes que lo acrediten como beneficiario. A la vez constamos con un plan dental para todos los empleados de la DGCP, y que puede ser transferible en caso de no usar el empleado a un esposo/a o hijos. 3.3 EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO: Periódicamente la institución evalúa el rendimiento en el desempeño de sus empleados, dichas Evaluaciones se realizan de manera objetiva e imparcial, con la finalidad de determinar la calidad del trabajo y aspectos a mejorar del personal evaluado y a la vez se reforzamos:

• El comportamiento de los recursos humanos que forman parte de la Dirección General de Contrataciones Públicas, a fin de utilizarlos de la manera más racional y eficiente posible.

• Identificamos las necesidades de entrenamiento y capacitación de personal.

• Motivamos a los empleados a mejorar su desempeño a través de la retroalimentación.

• Fomentamos la comunicación entre evaluadores y evaluados. • Validamos los instrumentos de selección de personal.

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3.4 PROGRAMAS DE CAPACITACION Y DE DESARROLLO Una de las principales metas de la Dirección General de Contrataciones Públicas es alcanzar la excelencia institucional, por medio del desarrollo permanente e integral de su personal. Brindamos capacitación a todo nuestro personal, de manera totalmente gratuita. En curso que se imparte dentro y fuera de la institución de los cursos que imparten el INAP y el CAPGEFI del Sector Gubernamental. Los planes de capacitación son elaborados en base a las necesidades detectadas o por demandas especificas que se generen. 3.5 FIESTAS Y ENCUENTROS La institución organiza un encuentro de empleados en diciembre con el fin de celebrar la Navidad y compartir con cada uno ellos, estableciendo lazos de fraternidad y compañerismo. Periódicamente realizamos otras actividades que favorezcan la integración entre todos los miembros de la Dirección, como celebraciones de cumpleaños mensualmente los últimos viernes de cada mes, celebración del Día del Padre, del día de las madres, día de la secretaría, día de la mujer, aniversario institucional entre otros. 3.6 RECONOCIMIENTO Y PREMIOS La DGCP, se esfuerza por reconocer y premiar a sus empleados más destacados, por lo que mensualmente se entrega un reconocimiento certificado al empleado del mes de la institución, el cual es seleccionado de acuerdo a los parámetros establecidos en la Política de Reconocimientos a Empleados de la DGCP. El ganador del empleado del mes se le hace entrega de un bono de dos mil pesos como compensación y reconocimiento. A su vez a final del año se selecciona el Empleado del año de la DGCP, el cual se le hace entrega de una placa de reconocimiento e incentivos en bonos de compras.

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Elaborado Por:

Lic. Elizabeth Rodríguez Pavón Encargada Int. Departamento de Recursos Humanos

Dirección General de Contrataciones Públicas

Aprobado Por:

Dr. Eric Omar Hazim Director General de Contrataciones Públicas

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ACUSE DE RECIBO DEL MANUAL DE INDUCCION

A: TODOS LOS EMPLEADOS DE LA DIRECCION GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS. DEL: DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS Se requiere que los empleados firmen el presente acuse de recibo, favor llenar inmediatamente y entregar al Departamento de Recursos Humanos. Los niveles de supervisión son los responsable de asegurar que cada uno de sus empleados tomen la charla de inducción y llenen debidamente este formulario de reconocimiento, y que el mismo sea remitido al departamento de Recursos Humanos para el archivo en el expediente del empleado (a). ADMITO Y RECONOZCO:

• Haber recibido un ejemplar legible del MANUAL DE INDUCCION DE LA DIRECCION GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS.

• Entender perfectamente la responsabilidad derivadas de mi contrato de trabajo, de estar familiarizado y de regirme atendiendo a los estándares de conductas contenidos en la Ley de Función Pública No.41-08, en su Reglamento de Aplicación No.523-09 y en este Manual de Inducción.

• Estar consciente de que cualquier violación a las disposiciones contenidas, podrá tener como resultados sanciones disciplinarias.

• Que es mi deber conservar una copia de este Manual para fines de consulta y referencia.

NOMBRE DEL EMPLEADO:_________________________________________________ FIRMA DEL EMPLEADO:____________________________________________________ CARGO:_________________________________________________________________ NO. DE CEDULA O PASAPORTE:_____________________________________________ NOMBRE DEL ENCARGADO:_______________________________________________ DEPARTAMENTO:_________________________________________________________ FECHA:_________________________________________________________________