Manual de convivencia marzo 16

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MANUAL DE CONVIVENCIA INSTITUCIÓN EDUCATIVA BARRIO OBRERO RESOLUCIÓN RECTORAL (xjxxxxxxxxxxx) Por la cual se adoptan las reformas del Reglamento - Manual de Convivencia para el año escolar 2014 El Rector del la Institución Educativa Barrio Obrero, Municipio de Ipiales, Departamento de Nariño, en uso de sus facultades y, C O N S I D E R A N D O: Que la constitución Política de Colombia consagra que se fomenten prácticas democráticas para el aprendizaje de los principios y valores de la participación ciudadana; Que el artículo 87 de la Ley General de Educación establece para toda la institución educativa un Reglamento o Manual de Convivencia que responda a las necesidades de la Comunidad Educativa; Que el Proyecto Educativo Institucional determina como función del Consejo Directivo la adopción de los cambios del Reglamento o Manual de Convivencia; Que el Decreto 1860 de 1994, Articulo 17, reglamenta lo establecido en la Ley 115 en lo referente al Reglamento o Manual de Convivencia; Que el Gobierno Nacional ha puesto en vigencia leyes y decretos que normalizan la actuación de la Institución Educativa frente a situaciones con los menores y adolescentes y estudiantes, tales como Ley 1098 de 2006, Ley 1620 de 2013 y Decreto 1965 de 2013 y que por lo tanto se exige la actualización del Manual de Convivencia; Que en reunión del Consejo Directivo con fecha xxxx, según consta en el Acta No. xxxx, fue revisado y actualizado el Reglamento o Manual de Convivencia que entrará en vigencia a partir del x de xxx de 2014. RESUELVE: Artículo 1. Adoptar las modificaciones que obedecen a la actualización a las nuevas normas expedidas por el Gobierno Nacional, Ley 1098 de 2006, Ley 1620 de 2013 y Decreto 1965 del mismo año del presente Reglamento - Manual de Convivencia- como el marco de referencia de los deberes, derechos y normas que han regido el proceder de la Comunidad Educativa desde su aprobación. Artículo 2. Dar a conocer las modificaciones del presente Reglamento o Manual de Convivencia a toda la comunidad educativa para su interiorización y cumplimiento. Artículo 3. Determinar que las modificaciones del presente Reglamento o Manual de Convivencia regirán a partir del xx de xxx de 2014. Artículo 4. Derogar artículos del Reglamento o Manual de Convivencia que no estén acordes con las normas y procedimientos que han sido expedidas por el Gobierno Nacional. Dado en Ipiales, a los xxx días del mes de xxxx de xxxxx. Esp. HERMES SIGIFREDO CHAMORRO ALMEIDA- Rector- PARAGRAFO: La Comunidad Educativa Barrio Obrero está formada por todos los miembros de la Institución Educativa que comparten la visión y misión de este establecimiento: Educandos, Docentes, Padres de familia y personal Administrativo. ¿QUÉ ES UN REGLAMENTO O MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR? El Reglamento o Manual de Convivencia Escolar es un componente del Proyecto Educativo Institucional de la Institución Educativa y contiene el conjunto de principios, normas, procedimientos, acuerdos y demás aspectos que regulan y hacen posible la convivencia de los miembros de una institución educativa. Sirve de guía para ayudar a sostener los ideales del PEI del establecimiento. Es Reglamento en cuanto que en él se encuentran las normas que regulan la vinculación, permanencia y desvinculación de los estudiantes a la institución; y en este sentido, tiene el carácter de ley o norma para la institución y para quienes hagan parte de la misma. Permite que todos los estamentos puedan encontrar en él, el

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Manual de Convivencia en proceso de aprobación de la Institución Educativa Barrio Obrero de Ipiales

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MMAANNUUAALL DDEE CCOONNVVIIVVEENNCCIIAA

IINNSSTTIITTUUCCIIÓÓNN EEDDUUCCAATTIIVVAA

BBAARRRRIIOO OOBBRREERROO

RESOLUCIÓN RECTORAL(xjxxxxxxxxxxx)

Por la cual se adoptan las reformas del Reglamento - Manual deConvivencia para el año escolar 2014El Rector del la Institución Educativa Barrio Obrero, Municipio deIpiales, Departamento de Nariño, en uso de sus facultades y,

C O N S I D E R A N D O:Que la constitución Política de Colombia consagra que se fomentenprácticas democráticas para el aprendizaje de los principios yvalores de la participación ciudadana;Que el artículo 87 de la Ley General de Educación establece paratoda la institución educativa un Reglamento o Manual deConvivencia que responda a las necesidades de la ComunidadEducativa;Que el Proyecto Educativo Institucional determina como función delConsejo Directivo la adopción de los cambios del Reglamento oManual de Convivencia;Que el Decreto 1860 de 1994, Articulo 17, reglamenta lo establecidoen la Ley 115 en lo referente al Reglamento o Manual deConvivencia;Que el Gobierno Nacional ha puesto en vigencia leyes y decretosque normalizan la actuación de la Institución Educativa frente asituaciones con los menores y adolescentes y estudiantes, talescomo Ley 1098 de 2006, Ley 1620 de 2013 y Decreto 1965 de 2013y que por lo tanto se exige la actualización del Manual deConvivencia;Que en reunión del Consejo Directivo con fecha xxxx, según constaen el Acta No. xxxx, fue revisado y actualizado el Reglamento oManual de Convivencia que entrará en vigencia a partir del x de xxxde 2014.

RESUELVE:

Artículo 1. Adoptar las modificaciones que obedecen a laactualización a las nuevas normas expedidas por el GobiernoNacional, Ley 1098 de 2006, Ley 1620 de 2013 y Decreto 1965 delmismo año del presente Reglamento - Manual de Convivencia-como el marco de referencia de los deberes, derechos y normasque han regido el proceder de la Comunidad Educativa desde suaprobación.Artículo 2. Dar a conocer las modificaciones del presenteReglamento o Manual de Convivencia a toda la comunidadeducativa para su interiorización y cumplimiento.Artículo 3. Determinar que las modificaciones del presenteReglamento o Manual de Convivencia regirán a partir del xx de xxxde 2014.Artículo 4. Derogar artículos del Reglamento o Manual deConvivencia que no estén acordes con las normas y procedimientosque han sido expedidas por el Gobierno Nacional.Dado en Ipiales, a los xxx días del mes de xxxx de xxxxx.

Esp. HERMES SIGIFREDO CHAMORRO ALMEIDA- Rector-

PARAGRAFO: La Comunidad Educativa Barrio Obrero está formadapor todos los miembros de la Institución Educativa que comparten lavisión y misión de este establecimiento: Educandos, Docentes,Padres de familia y personal Administrativo.

¿QUÉ ES UN REGLAMENTO O MANUAL DE CONVIVENCIAESCOLAR?

El Reglamento o Manual de Convivencia Escolar es un componentedel Proyecto Educativo Institucional de la Institución Educativa ycontiene el conjunto de principios, normas, procedimientos, acuerdosy demás aspectos que regulan y hacen posible la convivencia de losmiembros de una institución educativa. Sirve de guía para ayudar asostener los ideales del PEI del establecimiento.Es Reglamento en cuanto que en él se encuentran las normas queregulan la vinculación, permanencia y desvinculación de losestudiantes a la institución; y en este sentido, tiene el carácter de leyo norma para la institución y para quienes hagan parte de la misma.Permite que todos los estamentos puedan encontrar en él, el

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respaldo para exigir el cumplimiento de los deberes y respetar losderechos de todos sus miembros, mediante la aplicación de losprocedimientos y normas de la institución de manera justa,superando la arbitrariedad o la subjetividad.Es Manual porque allí se consignan los procedimientos o la manerapropia como en dicha institución se siguen los conductos regularescon que se resuelven los conflictos, se determinan los criterios deevaluación de sus estudiantes en su proceso académico y deconvivencia, se establecen los estímulos y las sanciones formativasque se consideren pertinentes, se regula la estructuración de losorganismos de participación; en síntesis, se establecen losprocedimientos operativos del diario vivir escolar. También esManual porque como su nombre lo indica, debe estar “a la mano”para todos los miembros de la institución.Es de Convivencia porque el espíritu último que subyace a lasnormas y procedimientos que rigen el comportamiento de losmiembros de la Comunidad Educativa está en la línea de lograr ygarantizar la sana, cordial y agradable convivencia de todos ellos, yde hacer de la institución educativa un espacio de construcción de laciudadanía y de la participación democrática, con el propósito deformar hombres y mujeres íntegros, éticos, social y políticamentemaduros, y sujetos válidos de interlocución política. Su carácterresalta que la convivencia es algo que la persona aprende y puedemejorar a través de las distintas interacciones que suceden en elespacio escolar.Es escolar porque su finalidad última es educativa, es decir, debeser un medio para desarrollar la formación ética, moral y política delos estudiantes. Esto pone de relieve la directriz formativa de susnormas y la aplicación diferenciada de las mismas, acorde con laedad y el desarrollo moral de cada persona. No se debe olvidar queel entorno llamado escuela es un ámbito en donde se forma demanera privilegiada, el proceso de socialización primaria ysecundaria de los estudiantes; en otras palabras, es un lugar endonde se les prepara para que se integren de manera entera yefectiva en el seno de la sociedad. Así, la escuela se constituye enun “laboratorio” de convivencia, de experiencia de resolución de losconflictos; el escenario para aprender a vivir lo público.Es un Manual de Convivencia Escolar porque exige ser el productode una construcción colectiva en donde primen la concertación, eldiálogo y el consenso, constituyéndose así en un contrato, con

fuerza de ley para las partes. En este sentido es más que unreglamento unidireccional de los directivos de una institución, ya queenlaza los múltiples proyectos de vida que cohabitan en ella.Con todo lo anterior es también un Reglamento o Manual deConvivencia Escolar porque las normas y procedimientos que allí seconsignan deben permitir proteger tanto al estudiante y su familiacomo a la institución, sus directivos y profesores, pues en unasociedad como la nuestra, en donde predomina el legalismo y lapermisividad, en donde, en muchas ocasiones, para dirimir unconflicto referido a la educación, los criterios que priman son más deorden jurídico que pedagógico o formativo, es importante que todosea claro y preciso, que no haya lugar a la duda, la confusión o laambigüedad.

INSTITUCIÓN EDUCATIVA “BARRIO OBRERO”“Inteligencia y carácter, resultado de una buena educación” M.L.K.

INDICE

TÍTULO I. De la Institución Educativa y sus criterios

CAPITULO I. Condiciones de ingreso, permanencia y retiro deeducandos

CAPITULO II. Derechos y deberes de los padres de familia oacudientes

CAPITULO III. Derechos y deberes de los educandosCAPITULO IV. Perfil del educando.

TÍTULO II. Del sistema académico y curricular

CAPITULO I. Aspectos académicos del sistema educativoCAPITULO II. Criterios de evaluación y promoción de educandos.CAPITULO III. Premios y estímulos a educandos.

TÍTULO III. De las normas para la convivencia institucional.

CAPÍTULO I. El debido proceso.CAPÍTULO II. Clasificación de las faltas.CAPÍTULO III. Otras normas complementarias.

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CAPÍTULO IV. Uso de uniformes y algunas dependencias

TÍTULO IV. Para Los Docentes

CAPÍTULO I. Derechos y deberes de los Docentes.CAPÍTULO II. Perfil del docente y Funciones de la labor docente.CAPÍTULO III. Procedimientos disciplinariosCAPÍTULO IV. Para los directores de grupo.

TÍTULO V. Del Gobierno Escolar

CAPÍTULO I. Representación estudiantil.CAPÍTULO II. Representación Institucional.CAPÍTULO III. Manuales de funciones.CAPÍTULO IV. Representación de otros grupos colegiados.

INSTITUCIÓN EDUCATIVA “BARRIO OBRERO”“Inteligencia y carácter, resultado de una buena educación” MLK

MISIÓN

La Institución Educativa Barrio Obrero, es un establecimiento decarácter oficial del Municipio de Ipiales, que presta el servicioeducativo a niños, niñas y adolescentes en los niveles de preescolar,básica primaria y media, cumpliendo los requisitos de ley y losrequisitos de formación emanados del Ministerio de EducaciónNacional y la Secretaría de Educación, promoviendo la accióneducadora entre maestros, estudiantes y padres de familia,facilitando la construcción de saberes y desarrollo de competencias,que les posibilite un desempeño en los campos intelectual, laboral ysocial. Con un enfoque administrativo de gran servicio, solidaridad yresponsabilidad social. Haciendo énfasis en la formación en laconvivencia armónica y ciudadana pertinente.

VISIÓN

La Institución Educativa Barrio Obrero, en el año 2018 ofreceráun servicio educativo de alta calidad y se constituirá en unaalternativa para la excelente formación de seres humanos en losniveles de preescolar, básica y media en el Municipio de Ipiales,

estableciendo articulación con la educación superior a través deconvenios con universidades con programas bajo la modalidad deciclos propedéuticos y logrando que nuestro PEI sea pertinente, dealta cobertura, incluyente y basado en la educación porcompetencias, contando con un equipo humano de profesionales dela educación competentes y competitivos que propugnen por eldesarrollo de la inteligencia y el carácter de los educandos comoresultado de una buena educación.

VALORES CORPORATIVOS

La INSTITUCIÓN EDUCATIVA “BARRIO OBRERO” ha definidocomo valores corporativos los siguientes:

LA RESPONSABILIDADEL RESPETOLA TOLERANCIALA SOLIDARIDADSENTIDO DE PERTENENCIA

SIMBOLOS INSTITUCIONALES

HIMNO

Autor: Letra Licenciado Amílcar Acosta MoraMúsica: Maestro Edison Edmundo Gutiérrez

Fecha de composición: Julio 25 de 2003

COROCual abejas obreras buscamosLos panales de ciencia y saberEn la mente siempre llevamosUn ideal de querer aprender.

ESTROFA IEl trabajo es una banderaQue guardamos en el corazónNuestra vida es una primavera¡Juventud demostrad la pasión!

ESTROFA IIJuventud con estudio adelante

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Conquistamos la eterna verdadSomos todos obreros valientesQue construimos la fraternidad

ESTROFA III¡Libertad! Libertad extendidaEn mi mente y en mi corazónEres tu nuestra diosa queridaQue reina con toda la razón

ESTROFA IVCual coraza el escudo llevamosEn el pecho y en el corazón,Con carácter y amor caminamosHacia el norte de nuestra misión

ESTROFA VHoy sembramos con gran esperanzaLa semilla del nuevo mañanaLa patria para todos alcanzaCuando siempre llevamos el bien.Hombres fuertes venzamos los HadosDe Colombia seremos soldadosJefe el Cristo que es sol peremnal. (Bis).

BANDERA

ESCUDO

Autor: Esp. CARLOS ARTURO VELASQUEZ PORTILLA

Su simbología se dibuja sobre un fondo blanco y azul con franjas diagonalesA su lado derecho la figura de un búho símbolo de ciencia, estudio y virtud.A su lado derecho la figura de un brazo que sostiene en la mano un martillo,significado de fuerza y trabajo.En su parte central y de arriba se levantan dos alas abiertas simbolizandolibertad, victoria; de allí su lema CIENCIA- TRABAJO- LIBERTAD.

MANUAL DE CONVIVENCIAREFERENTES LEGALES

La Constitución Política de 1991 delega al ámbito educativo,responsabilidades particulares con respecto a la formación para la paz y laconvivencia orientadas al respeto de la ley, el respeto de la diversidad y lasdiferencias, la promoción de la democracia y la resolución pacífica a susconflictos.La Ley 115 de 1994, establece como uno de los fines de la educación laformación en el respeto a la vida y demás derechos humanos, a la paz, a losprincipios democráticos de convivencia, pluralismo, justicia, solidaridad yequidad en el marco del ejercicio de la tolerancia y la libertad.Específicamente, el artículo87 se refiere al Manual de Convivencia, fijandocomo una responsabilidad la existencia en cada establecimiento de esta

AUTOR: ESP. CARLOS ARTURO VELASQUEZ PORTILLALa bandera se compone de dos franjas horizontales:La franja superior de color blanco que significa, TRANSPARENCIA,CLARIDAD Y DIAFANIDAD.La franja inferior de color azul que significaFORTALEZA, SEGURIDAD, FIRMEZA.

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herramienta, que definirá los deberes y derechos de cada integrante de lacomunidad educativa.Ley 1098 de 2006. Código de Infancia y Adolescencia, tiene como finalidadla protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes contra elabandono físico, emocional y sicoafectivo por padres o personas a sucargo, contra el consumo del tabaco, sustancias sicoactivas y alcohol,contra el reclutamiento, la explotación sexual y el desplazamiento forzado, asu intimidad mediante la protección contra toda injerencia arbitraria de suvida privada, protegidos en su dignidad. También establece el respeto por lavida digna de la población en discapacidad y promueve la convivenciapacífica.Ley 1482 de 2011, a través de la cual se modifica el Código Penal.Establece que los hechos de violencia que se fundamentan específicamenteen raza, opción religiosa, ideológica, orientación sexual, identidad degénero, nacionalidad o sexo sean castigados penalmente, tambiéncontempla sanciones a quienes promuevan a través de mensajes oproselitismo acciones que fomenten el odio, la discriminación y el rechazohacia otras personas.Ley 1620 de 2013 y Decreto Reglamentario 1965 de 2013, crean el“Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio delos Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención yMitigación de la Violencia Escolar" busca contribuir desde losestablecimientos educativos, las autoridades educativas locales, regionalesy nacionales, a la formación de ciudadanos y ciudadanas que construyan,desde los espacios privados y públicos, ambientes de paz y una sociedaddemocrática, participativa, pluralista e intercultural. Además dispone lacreación de mecanismos de prevención, protección, atención y mitigación desituaciones que atentan en el desarrollo integral del y la menor de edad y laconvivencia escolar.

TÍTULO IDe la Institución Educativa y sus criterios

CAPÍTULO ICondiciones de ingreso, permanencia y retiro de educandos

Art.1 La INSTITUCIÓN EDUCATIVA “BARRIO OBRERO”, con base ensu filosofía y en concordancia con el Art. 87 de la ley 115 del 1994,acuerda con representantes de los educandos, padres de familia,docentes y directivos el presente Manual de Convivencia que es deobligatorio cumplimiento para toda la comunidad educativa.

Art.2 La INSTITUCIÓN EDUCATIVA “BARRIO OBRERO” consideracomo comunidad educativa a: directivos docentes, docentes,

estudiantes, padres de familia, personal administrativo, personaloperativo y de servicios generales.

Art.3 La INSTITUCIÓN EDUCATIVA “BARRIO OBRERO” exige para elingreso de nuevos estudiantes el cumplimiento de los requisitosque señala el Ministerio de Educación Nacional para el proceso dematrícula en cada nivel.

Art.4. La matrícula es un contrato que obliga a los padres de familia,acudientes y educandos a cumplir con todas las normas que de élse deriven y con los contenidos del presente MANUAL DECONVIVENCIA

Art.5. Las condiciones de ingreso a la Institución Educativa están regidaspor el contrato de prestación del servicio educativo entre lainstitución y el padre de familia o acudiente que firma el contrato,por lo tanto, según el numeral C del fallo de la Corte Constitucionaldefine: “El derecho a la educación no es absoluto, es DERECHO-DEBER, y el DERECHO – DEBER exige a todos DEBERES”:

Art.6. Todo menor tiene derecho a recibir la educación necesaria para suformación integral, ésta será obligatoria hasta noveno grado deeducación básica y gratuita cuando sea prestada por el Estado.Art.28 de la Ley 1098, Código de la Infancia y la adolescencia.

Art.8 Todo menor tiene derecho a tener una familia que vele por él, paraque le proporcione los recursos necesarios que le permitan unadecuado desarrollo físico, intelectual, moral y social Art.22 delCódigo de la infancia y adolescencia, por lo tanto, los padres oacudientes deberán presentarse a la Institución Educativa cuandoésta lo exija.

Art.9 Para la permanencia de sus educandos, la Institución Educativales exige a ellos y a sus padres, representantes legales oacudientes, una actitud positiva y colaboradora tanto para elrendimiento académico como para cualquier actividad que laInstitución Educativa programe para el mejoramiento institucionallo cual debe ser de estricto y obligatorio cumplimiento.

Art.10 Presentar al momento de la matrícula, toda la documentaciónexigida para el grado respectivo según los documentosinformativos de la Institución Educativa.

Art.11 En caso de retiro de un educando, durante el año lectivo, lospadres, representantes legales o acudientes deberán presentarse a

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cancelar la matrícula, enviando para ello un oficio explicando lasrazones por las cuales el estudiante es retirado delEstablecimiento.

Art.12 Cuando por algún motivo se considere inconveniente lapermanencia de un educando en la Institución Educativa puestoque altera su buen funcionamiento y no cumple con los deberescontemplados en éste Manual de Convivencia, siempre y cuandose haya agotado el debido proceso, la decisión se le comunicará alos padres con antelación y de forma oportuna, para posibilitar suingreso a otro plantel.

Art.13 La Institución Educativa se reserva el derecho de admisión en elcaso de educandos que, aunque hayan aprobado el grado, suactitud y comportamiento no armonicen con la filosofía de laInstitución Educativa y/o con las normas del MANUAL DECONVIVENCIA, para lo cual se hará una revisión exhaustiva deldebido proceso y seguimiento del educando.

CAPÍTULO IIDerechos y deberes de los padres de familia o acudientes.

Art.14 Quienes matriculan a sus hijos o acudidos en la INSTITUCIÓNEDUCATIVA “BARRIO OBRERO” se deben comprometer con elcumplimiento de los siguientes Deberes y la exigencia de lossiguientes Derechos.

DERECHOS.

Art.15 Conocer y acoger el presente Manual de Convivencia.

Art.16 Ser parte en la consecución de los objetivos y logros de laInstitución Educativa

Art.17 Conocer las estrategias metodológicas, evaluativas y deconvivencia relacionadas con la formación de sus hijos.

Art.18 Recibir información oportuna de sus hijos acerca de su desempeñoacadémico y de su comportamiento.

Art.19 El conducto regular para conocer oportunamente las dificultadesde sus hijos, está determinado así:

1. Profesor titular del área o asignatura

2. Director de grupo3. Coordinador (a)4. Rector5. Consejo Académico y/o Comité de Convivencia6. Concejo Directivo

Art.20 Recibir oportunamente el resultado de la evaluación de cadaperiodo, en la entrega de boletines según el cronograma deactividades, organizado por la Institución.

Art.21 Ser atendidos por cualquier docente requerido y/o directivo cuandolo considere necesario, de acuerdo al horario establecido por lainstitución para tal fin (horas de atención a padres de familia,representantes legales o acudientes).

Art.22 Interponer los recursos de reposición, apelación y legítima defensao queja cuando le sea aplicada una sanción académica y o decomportamiento a su hijo, hija, acudido o acudida y considere quees injusta.

Art.23 Recibir un trato comedido y adecuado de las directivas, docentes,empleados y educandos.

Art.24 Justificar la no asistencia a la reunión programada, acordando conel respectivo Director de grupo o docente del área otra fecha paraser atendido.

Art.25 A elegir y ser elegido como miembro del y Consejo de Padres deFamilia, o de la Asociación de Padres, (cuando hubiere), o a otroscargos de representación, comités, organizaciones y demás quetenga la Institución Educativa para su adecuado funcionamiento.

Art.26 A elegir el tipo de educación que a bien considere debe darse a sushijos como lo establece la Constitución y la Ley 1098 de 2006.

DEBERES.

Art.27 Asistir a las reuniones de padres de familia, convivencias,entrevistas personales, citaciones urgentes, cuando estas seanrequeridas por la Institución Educativa.

Art.28 Hacer valer los derechos y hacer cumplir los deberes a sus hijos, ylas normas del presente MANUAL DE CONVIVENCIA.

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Art.29 Fomentar como padres de familia, representantes legales y/oacudientes la puntualidad en la llegada y la salida de los niños yniñas a las jornadas diarias de clase y a todas las actividadesprogramadas.

Art.30 Responder por cualquier daño que cause su hijo voluntaria oinvoluntariamente a las personas, compañeros, docentes, a lasinstalaciones del plantel, implementos, muebles y demás enseresde la Institución Educativa.

Art.31 Cumplir puntualmente con las obligaciones y compromisospactados con la Institución Educativa el día de la matrícula.

Art.32 Dar trato comedido y adecuado a directivos, docentes y empleadosde la Institución.

Art.33 Asumir con responsabilidad la formación correcta de sus hijoscomo primeros educadores en casa bajo los parámetros de la éticay la buena moral.

Art.34 Responsabilizarse y velar por la presentación personal de cada unode sus hijos o acudidos, de acuerdo a las disposiciones deluniforme y reglas de presentación fijadas en el presente Manual deConvivencia.

Art.35 Informar a coordinación de la Institución sobre los problemasfamiliares o de salud que afecten a sus hijos con el propósito derecibir ayuda profesional oportuna.

Art.36 Facilitar la solución de problemas individuales y colectivos, conacciones tendientes al mejoramiento de la formación integral de surepresentado.

Art.37 Dotar a sus hijos del material y demás elementos necesarios paraasistir a sus clases

Art.38 Respaldar las normas que la Institución Educativa propone en esteManual de Convivencia.

Art.39 Proporcionar en el hogar un ambiente adecuado y favorable,acorde con la propuesta de la Institución Educativa.

Art.40 Fomentar en el hogar a sus hijos el respeto por los demás, por sussuperiores, docentes, etc., dándoles buen ejemplo.

Art.41 Informar a la Institución Educativa de manera inmediata, los motivosque ocasionan las ausencias y retardos de sus hijos, los cambiosde dirección y teléfonos o cualquier otro hecho que afecte susituación académica, psicológica o física y en su comportamiento.

Art.42 Hacerse responsable del comportamiento de su hijo cuando estéfuera de la Institución Educativa.

CAPÍTULO IIIDerechos y deberes de los Educandos.

Art.43 Los matriculados en la INSTITUCIÓN EDUCATIVA “BARRIOOBRERO”, tienen la calidad de estudiantes con todos los deberes yderechos, identificándose plenamente con su filosofía, ademásaceptan este Manual de Convivencia como documento que rige loslineamientos educativos y de convivencia social, reconociendo quesus derechos y deberes son los siguientes:

DERECHOS.

Art.44 Recibir el presente MANUAL DE CONVIVENCIA y conoceroportunamente sus modificaciones.

Art.45 Recibir una formación integral, de acuerdo a los FINES de laEducación Colombiana y acorde con la filosofía promovida por laInstitución.

Art.46 Recibir trato amable y comedido de directivos, personal docente,administrativo y operativo.

Art.47 Participar y promover actividades de tipo académico, pedagógicoy extracurriculares: científicas, culturales, deportivas, recreativas yel empleo adecuado del tiempo libre.

Art.48 Utilizar las instalaciones del plantel, los materiales, recursospedagógicos y didácticos, dotación e implementos deportivos conque cuenta la Institución Educativa dentro de la jornada escolar,siguiendo los protocolos de prestación de estos servicios.

Art.49 Solicitar al docente de la asignatura una nueva explicación cuandono se comprenda el tema desarrollado en clase, siempre y cuandono se realice como forma de entorpecimiento de la labor delmaestro.

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Art.50 Ser reconocidos y llamados por sus nombres de pila, para evitarincurrir en algún caso de acoso escolar.

Art.51 Conocer sus calificaciones o valoraciones antes de que seanentregadas a secretaría.

Art.52 Ser escuchados cuando hacen reclamos justos y enmarcados en elrespeto, el orden, la convivencia y la diplomacia.

Art.53 Hacer sugerencias cuando lo consideren necesario y conveniente

Art.54 Recibir de la Institución Educativa premios y estímulos acordes consus méritos: izada de bandera como estudiante destacado alfinalizar el periodo académico, premiación al campeón en losjuegos intergrados, mejor bachiller, mejor prueba SABER 11, yperseverancia.

Art.55 A que se le concedan permisos de ausencia a la jornada escolar,para participar en torneos deportivos locales, municipales,departamentales, nacionales o internacionales.

Art.56. Ser comprendidos por los docentes teniendo en cuenta que suedad escolar es muy particular y requiere de atención especial enlo formativo.

Art.57 A ser representado por sus padres de familia o acudientes cuandose le esta llevando a cabo un proceso referente a sucomportamiento o académico, de igual manera debe estarinformado de todos los aspectos y decisiones que se adopten en suevolución.

Art.58 Conocer las observaciones, logros, estímulos y sanciones que se leaplican antes de ser anotados en los instrumentos de seguimientoacadémico o de comportamiento.

Art.59 Ser formado y protegido contra el uso de sustancias que produzcandependencia y demás actos que atenten contra sus principiosmorales.

Art.60 Conocer el resultado de sus evaluaciones o notas definitivas deperiodo antes de ser reportadas y oficializadas en sistemas paragenerar espacios de aclaración y solucionar reclamos pertinentes.

Art.61 Presentar evaluaciones extraordinarias, dentro de los cinco (5) díashábiles siguientes a la AUSENCIA JUSTIFICADA por enfermedad o

calamidad doméstica, demostradas con certificados en lacoordinación.

Art.62 A elegir y ser elegido en el Consejo Estudiantil, como PersoneroEstudiantil, si es estudiante de último grado y de igual forma comorepresentante de los estudiantes al Consejo Directivo, y demásasociaciones que tenga la Institución Educativa por vía democráticao voluntaria.

Art.63 A ser escuchado y respetado en su dignidad personal cuandohaya cometido alguna falta, por directivos y docentes para luegotomar con justicia los correctivos necesarios.

Art.64 A que se le devuelvan en corto tiempo sus exámenes, trabajos yotros requerimientos académicos debidamente evaluados por losdocentes.

Art.65 A expresar libremente y sin temores, sus opiniones a cualquierintegrante de la comunidad educativa, siempre y cuando lo hagacon respeto y diplomacia.

DEBERES

Art.66 Mostrar un comportamiento adecuado dentro y fuera de laInstitución Educativa, especialmente cuando haya sidoseleccionado para representar a la Institución en actividadesorganizadas por cualquier entidad.

Art.67 Velar por su buen nombre, el de su familia y el de la InstituciónEducativa.

Art.68 Ser puntuales, llegando siempre a la hora señalada para el iniciode las actividades, al inicio de la jornada escolar y a los cambios deperiodo de clase

Art.69 Cuando termine la jornada de clases, salir de manera ordenada yresponsable sin generar traumatismos, evitando causar accidentesa sí mismo y a sus compañeros.

Art.70 Participar en todas las actividades académicas programadas en losaspectos: deportivos, culturales, científicas y religiosas que laInstitución Educativa programe.

Art.71 Presentar excusa médica o de calamidad familiar a más tardar elsegundo día cuando falte a la Institución.

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Art.72 Entregar en sus hogares oportunamente la información, circulares onotas de comunicación.

Art.73 Respetar a directivos, docentes, personal administrativo, personalde servicios generales, compañeros y demás personas vinculadascon la Institución.

Art.74 Respetar el valor de los símbolos institucionales, los símbolospatrios y religiosos que identifican a la INSTITUCIÓN EDUCATIVA“BARRIO OBRERO”, tales como uniformes, escudo, bandera, ehimno.

Art.75 Cuidar con esmero la presentación, aseo y pulcritud del salón declase, de los lugares de despacho y en general de las instalacionesde la Institución

Art.76 Responder por el orden y cuidado del mobiliario, computadoras,laboratorios, instrumentos de la banda de paz, uniforme de lamisma y otros objetos de uso común como los textos de labiblioteca.

Art.77 Disponer adecuadamente de los desperdicios y basurascolocándolas en los sitios y recipientes indicados para tal fin.

Art.78 Responder por los costos económicos en el caso de pérdidas,daños y/o reparaciones, causadas a instrumentos de la banda depaz, computadoras, muebles, implementos deportivos, elementosdel laboratorio o cualquier material de la Institución con laparticipación de los padres o acudientes.

PARÁGRAFO: Cuando ocurran daños o pérdidas en los salones de clasede materiales u objetos solicitados por la Institución y nosea posible determinar el o los responsables, todos loseducandos del grupo responderán por los costos.

Art.79 Respetar los documentos de control permanente que debendiligenciar los docentes en sus clases, responder por ellos en casode daño o pérdida.

Art.80 Llevar siempre el uniforme como se exige, evitando llevar la camisao camiseta por fuera del pantalón o de la falda, en todo momento,especialmente cuando salen de la Institución Educativa a eventoso para sus casas y portarlo con orgullo y decoro.

Art.81 Mantener una postura correcta en las formaciones y actosculturales, colaborando para que los actos culturales y cívicos se

realicen dentro de las condiciones previstas; y cuando se utilizanlas sillas mantenerlas en su orden correcto.

Art.82 Conservar un excelente hábito de higiene, aseo y presentaciónpersonal como lo exige la Institución.

Art.83 Respetar y cuidar a los niños de la sección de preescolar y primariapor parte de los jóvenes y señoritas del bachillerato.

Art.84 Representar dignamente y con sentido de pertenencia y orgullo a laInstitución Educativa cuando le sea encomendado en actos cívicos,deportivos y culturales o cuando sea invitado a cualquier evento.

Art.85 Solicitar autorización escrita para retirarse de la Institución cuandotenga que hacerlo, con motivos previamente justificados a lacoordinación de académica y de convivencia, para tenerconocimiento de su ausencia.

Art.86 Cuidar sus pertenencias y las de sus compañeros para evitarpérdidas y malos entendidos en sus clases o durante su asistenciaen la jornada.

Art. 87 No interrumpir el desarrollo de las clases u otras actividades con eluso del teléfono celular o cualquier otro equipo electrónico decomunicación.

Parágrafo: Es deber apagar los equipos electrónicos de comunicación(celulares, aipot, tablets, radios, etc.) cuando se encuentren en laInstitución Educativa y aún fuera de ella cumpliendo conactividades académicas, científicas, deportivas, recreativas,culturales, religiosas u otras en las que participe o programe laInstitución.

Art.88 Acatar completamente todas las normas expuestas en este Manualde Convivencia, ya que a la firma de la matrícula confirma su plenoconocimiento y satisfacción para participar de nuestra filosofíaInstitucional.

CAPÍTULO IVPerfil del Educando

Art.89 Para determinar el perfil de los educandos que la InstituciónEducativa pretende, fue necesario tener en cuenta la filosofía de laInstitución, además involucrar los valores corporativos definidosque identificarán la formación de nuestros educandos. Los valorescorporativos definidos son:

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a) La Responsabilidadb) El Respetoc) La Toleranciad) La Solidaridade) Sentido de Pertenencia

Art.90 La INSTITUCIÓN EDUCATIVA “BARRIO OBRERO” pretende en suproyecto educativo institucional perfilar y formar educandos que seproyecten con los siguientes principios.

1. Educandos que vivencien la convivencia humana, la ciencia, elarte y la tecnología

2. Educandos que vivencien y transmitan los valores humanos3. Educandos que desarrollen su capacidad investigativa4. Educandos con iniciativa propia y con poder de crear espacios

para la reflexión, el diálogo y el análisis de los saberes.5. Educandos interesados por alcanzar una educación competente

para responder a los retos de la sociedad.6. Educandos con alto valor de justicia, responsabilidad y

honestidad.7. Educandos respetuosos tanto en el colegio como fuera de él.8. Educandos con actitud crítica y gran sentido de creatividad9. Educandos comprometidos en la búsqueda de una sociedad

mejor10. Educandos respetuosos de las normas y del buen nombre de la

Institución.11. Educandos cumplidores del deber con responsabilidad y gusto

por aprender.12. Educandos que reconocen sus fortalezas y debilidades.

TÍTULO IIDel Sistema Académico y Curricular

CAPÍTULO IAspectos Académicos del Sistema Educativo

Art.91 La INSTITUCIÓN EDUCATIVA “BARRIO OBRERO”, desarrolla susprogramas a través de los estándares de competencias,promulgados por el MEN, orientando sus desempeños desde loslineamientos curriculares para la calidad educativa, teniendo comoreferente de su Sistema de Evaluación Institucional SEI, el Decreto1290 del 16 de abril de 2009, la ley 115 y el decreto 1860 de 1994,la ley 715 todo de acuerdo a los parámetros fijados por el Ministeriode Educación Nacional y el ICFES.

Art.92 El año escolar estará dividido en 4 periodos de 10 semanas cadauno, al concluir cada periodo se entregará el correspondienteboletín, además al final del año lectivo se entregara un informe finalque será el resultado de los cuatro informes anteriores, si fueseindispensable, en caso contrario solo se entregarán 4 informes.

Art.93 La promoción de los educandos se llevará a cabo en todos losgrados como lo estipula el Sistema de Evaluación Institucional, SEI,y el decreto 1290 del 16 de abril de 2009. En el nivel de preescolarrige el decreto 2247 de 1997.

Art.94 De las Comisiones de Evaluación y Promoción, CEPEl Consejo Académico, CA, de la Institución una vez analizado elDecreto 1290 de 2009, acuerda asumir las funciones de lasComisiones de evaluación y Promoción para cada grado. Es decir,en su totalidad de primero a undécimo grado.

De las funciones del CA, como CEP.

Estudiar los casos de los estudiantes candidatos a repetir el grado.

Reunirse al finalizar el año lectivo para analizar la situaciónacadémica final que presenta la Institución.

Reunirse al finalizar cada período para recomendar sobre los casosde bajo rendimiento de los estudiantes.

De la Promoción y Reprobación de los Estudiantes

Un estudiante no será promovido en los siguientes casos: El estudiante reprueba el año escolar cuando no haya aprobado

tres áreas fundamentales. Cuando el estudiante haya dejado de asistir injustificadamente a

más del 15% de las actividades académicas durante el año escolar.

Art.95 La educación formal que ofrece la Institución Educativa BarrioObrero está definida por ciclos regulares desde preescolar hasta11 así:a. Preescolar (Transición)b. Nivel de Básica Primaria para los grados de (1º a 5º)c. Nivel de Básica Secundaria para los grados de (6º a 9º)d. Nivel de Educación Media para los grados (10º y 11º)

CAPÍTULO II

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Criterios de Evaluación y Promoción de EducandosArt.96 La implementación de los ítems de evaluación serán acordes con lo

establecido por el MEN, como lo estipula el Art.80 de la ley 115, ybasados en el Art.77 de la misma en que se determina laautonomía escolar, los rangos se corresponden con la escalaBBAS del decreto 1290, al finalizar cada periodo y en el informefinal para la impresión de boletines y del libro de notas.

Art.97 La escala valorativa de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA“BARRIO OBRERO”, con respecto al artículo anterior, surge delconsenso general de docentes así:B Nivel bajo de competencia 1,0 – 3,0B Nivel básico de competencia 3,1 -- 3,9A Nivel alto de competencia 4,0 – 4,5S Nivel superior de competencia 4,6 -- 5,0

Art.98 Los resultados de evaluación para todos los grados se expresaránen letras, para la impresión de boletines en cada periodo e informefinal y cuando un estudiante fuese trasladado a otra institución,según el Art.5 del Decreto 1290.

Art.99 Los criterios de evaluación definidos por la Institución paradeterminar la escala del artículo anterior en cada uno de los ítems,estará regida por los siguientes criterios:

Se considera que un Educando ha alcanzado el nivel Superior,cuando:

Obtiene S en la escala de valoración. Demuestra haber obtenido todos los indicadores de desempeño

propuestos, sin actividades complementarias. No tiene faltas de asistencia, y aún teniéndolas, presenta excusas

justificadas sin que su proceso de aprendizaje se vea afectado odisminuido.

No presenta dificultades en su comportamiento y en el aspectorelacional con todas las personas de la comunidad educativa.

Desarrolla actividades curriculares que exceden las exigenciasesperadas por los docentes.

Manifiesta sentido de pertenencia. Participa en las actividades curriculares y extracurriculares

programadas por los docentes y la Institución. Valora y promueve autónomamente su propio desarrollo.

Se considera que un Educando ha alcanzado el nivel Alto,cuando:

Alcanza todos los indicadores de desempeño propuestos conalgunas actividades complementarias.

Tiene faltas de asistencia justificadas. Reconoce y supera sus dificultades de comportamiento. Desarrolla actividades curriculares específicas planteadas por los

docentes Manifiesta sentido de pertenencia con la Institución. Se promueve al mejorar con la ayuda de los docentes y sigue su

ritmo de trabajo

Se considera que un Educando ha alcanzado el nivel Básico,cuando:

Alcanza los indicadores de desempeño mínimos con actividadescomplementarias dentro del período académico.

Presenta faltas de asistencia, justificadas e injustificadas. Presenta dificultades de comportamiento. Desarrolla un mínimo de actividades curriculares requeridas por los

docentes Manifiesta un sentido de pertenencia a la institución. Tiene algunas dificultades que supera, pero no en su totalidad

Se considera que un Educando ha alcanzado el nivel Bajo,cuando:

No alcanza los indicadores de desempeño mínimos y requiereactividades de refuerzo y recuperación, sin embargo, después derealizadas las actividades de recuperación sigue manteniendo lasdificultades.

Presenta faltas de asistencia injustificadas. Presenta dificultades de comportamiento que afectan la

convivencia institucional. No desarrolla el mínimo de actividades curriculares aún con la

ayuda de los docentes. Manifiesta no tener sentido de pertenencia por la institución.

Art.100 La evaluación será continua, integral, sistemática, flexible,interpretativa, participativa y formativa, se hará con referencia acuatro periodos de igual duración en los que se dividirá el añoescolar y los principales objetivos de la evaluación son:a) Valorar el alcance y la obtención de los indicadores de

desempeño de las competencias y conocimientos por parte delos educandos.

b) Determinar la promoción o no de los educandos en cada gradode la educación básica y media.

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c) Diseñar e implementar estrategias para apoyar a loseducandos que tengan dificultades en sus estudios.

d) Suministrar información que contribuya a la autoevaluaciónacadémica de la institución y a la actualización permanente delplan de estudios.

Art.101 Todas las 9 áreas son obligatorias y fundamentales como lomenciona el Art.23 de la ley 115 de 1994, al igual que las 7dimensiones del preescolar que menciona el decreto 2247 de 1997,por lo tanto no existen áreas ni dimensiones que sean másimportantes que las otras y en todas deben alcanzarse los logrosprevistos en el plan de estudios. Según el decreto 2247 del 11 deseptiembre de 1997 en el artículo 10 se afirma que en el nivel deeducación preescolar no se reprueba en el proceso educativo.

Art.102 Como lo estipula el Art.77 de la ley 115, en que se determina laautonomía escolar, la Institución Educativa Barrio Obrero,determina en su SEI, que el área de humanidades, estará formadapor lengua castellana e idioma extranjero, pero como áreasindependientes y se evaluarán de igual forma, según concepto delMEN, por tener éstas áreas propósitos, metodologías y formas deevaluación diferentes.

Art.103 En el currículo, de la Institución Educativa Barrio Obrero, secontemplan asignaturas optativas, encaminadas a posibilitar eldesarrollo de competencias lectoras, competencias laborales ycompetencias ciudadanas. Estas asignaturas optativas, son:emprendimiento para el grado noveno, formación y vida,(educación sexual), para los grados sextos, séptimos y octavos, yproducción literaria, de 3º a 9º. Para la evaluación de estasasignaturas, se consideran como parte integral de las áreas deTecnología e informática, ciencias naturales y lengua castellana,respectivamente. Y, serán evaluadas con una valoración que sepromediará con las otras obtenidas por el estudiante en estasáreas.

Art.104 Se realizará una nueva evaluación a los educandos que hayanobtenido al final del año lectivo (Informe final) Bajo, en una o dosáreas obligatorias y fundamentales del conocimiento, la cual sebasará en un programa de refuerzo pertinente a las dificultades ologros no alcanzados por el estudiante en las asignaturas o áreasreprobadas. Estas actividades se realizarán una semana antes deiniciar o en la primera semana del año escolar siguiente.

Parágrafo: La evaluación se calificará y su resultado, ya sea aprobatorioo no, deberá quedar consignado en el registro escolar deleducando. En caso de ser reprobado o reprobada, el o laestudiante deberá repetir el año escolar.

Art.105 En el caso de los educandos de grado once que tengan quedesarrollar las actividades de superación mencionadas en elartículo anterior se les autorizará su graduación cuando las hayancumplido, por lo tanto no serán graduados solemnemente en lacolación de grados, lo harán en sesión privada.

Art. 106 Promoción anticipada

La promoción anticipada se considera en dos casos:1. Durante el primer periodo del año escolar el Consejo Académico,

previa recomendación de los docentes y/o director de grupo con elconsentimiento de los padres de familia y del estudiante, serecomendará ante el Consejo Directivo, la Promoción anticipada algrado siguiente del estudiante que demuestre un DESEMPEÑOSUPERIOR en el desarrollo cognitivo, personal y social. Ladecisión del Consejo Directivo será consignada en el acta yreportada a rectoría para que se expida la resolucióncorrespondiente y consigne en el registro escolar.

2. El Decreto 1290, en el artículo 7º, permite que un estudiante quereprobó un grado pueda ser promovido anticipadamente al gradosiguiente durante el primer periodo del nuevo año lectivo, una vezque haya superado sus debilidades. En este sentido la InstituciónEducativa Barrio Obrero, adoptará planes de apoyo, en donde losdocentes hagan las recomendaciones para que los estudiantes quehayan reprobado el año escolar, EN SUS SEMANAS DEDESCANSO, realicen actividades de estudio, de tal manera que alregresar al siguiente año hayan logrado mejorar sus aprendizajes yque deberán demostrar mediante las siguientes actividades:- Evaluación por parte del docente,- Valoración final superiorEsta actividad será aprobada y supervisada por ConsejoAcadémico y tendrá en cuenta el desempeño del estudiante y sucomportamiento.Se autorizará por una única vez durante el transcurso escolar.

Art. 107 Los pormenores respecto a la Evaluación no contemplados en esteManual de Convivencia, se deben regir estrictamente por loestablecido en el SEI vigente, y que hace parte integral del PEI dela Institución Educativa.

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Art. 108 EVALUACIÓN DEL COMPORTAMIENTO

El comportamiento se evaluara en reunión de docentesespecialmente citada para este fin, por coordinación, a laterminación de cada periodo con fundamento en el Manual deConvivencia y tendrá muy en cuenta las observaciones realizadaspor el CCE, para los casos de convivencia clasificados como desituación I, II y III.

CAPÍTULO III

Premios y Estímulos a Educandos

Art.109 Los educandos que se destaquen con un rendimiento académicoSuperior, Excelente comportamiento, la práctica de los valoresconsagrados en la filosofía del Establecimiento y por lacolaboración con la Institución, serán estimulados, así:

1. Mención de honor: A los dos mejores estudiantes de cadagrado, teniendo en cuenta su desempeño académico ycomportamiento, en acto solemne de izada de bandera, alfinalizar el periodo. Este premio se hará extensivo, al finalizar elaño escolar para los dos mejores estudiantes, destacadosdurante el año lectivo.

2. Mención Especial: “Medalla al Mejor Puntaje Pruebas SABER”.Al estudiante que obtenga el mayor puntaje en las pruebas deEstado.

3. Medalla a la Perseverancia: para los bachilleres, teniendo encuenta que hayan cursado todos los grados en la Institución.

4. Premios Especiales (diplomas):a) A los estudiantes que se hayan destacado en las

delegaciones deportivas, culturales, científicas y artísticasen representación de la Institución a nivel Municipal,Departamental y Nacional.

b) De igual manera a los estudiantes que se hayandistinguido por su aseo y buena presentación personal ydel salón de clase.

Parágrafo: Los premios especiales (diplomas) por actuaciones destacadasen los campos cultural, deportivo, artístico se entregarán en unafecha determinada por los diferentes comités.

TÍTULO IIIDe las Normas para la Convivencia Institucional

CAPÍTULO I

El Debido Proceso

Art.110 Toda falta que cometa cualquier integrante de la comunidadeducativa debe ser juzgada respetando y cumpliendo con el debidoproceso así:

1. Para los padres de familia: Según la Ley 1098, de la infanciay de la adolescencia, en sus artículos pertinentes a deberes yderechos del padre de familia. Se solicitarán los descargospara el incumplimiento a sus deberes como padre/madre defamilia en lo concerniente a la educación, se estableceráncompromisos conciliatorios para subsanarlo. En caso dereincidencia se reportarán a las entidades gubernamentalesrelacionadas con este aspecto.

2. Para los Docentes y Directivos Docentes: Se solicitarán losdescargos para el incumplimiento de lo estipulado en elEstatuto Docente, 2277 de 1979 y el 1278 del 2002, estatutode profesionalización docente, la ley 734 del 2002, la Ley1010 de 2006 de acoso laboral, la ley 715 del 2001 y elRégimen Disciplinario contemplado en este Manual deConvivencia en el Titulo IV Capítulo I,II y III, se estableceráncompromisos conciliatorios con la intermediación del CCE, sifuese necesario, para subsanar los inconvenientes ydependiendo de la gravedad del asunto presentado sereportará a la instancia gubernamental competente.

3. Para los Estudiantes: definido como el instrumento legal quepermite a las partes un trato justo, a través de él se estudian,se califican, se comprueban las responsabilidades y se aplicanacciones formativas que pueden darse respecto a una faltaconsiderada en este Manual de Convivencia y cometida poracción u omisión.Cuando la falta se considera tipo I, II o III y atente contra lasnormas establecidas en este Manual y que no correspondancon las establecidas en la Ley 1620 y su Decreto 1965 de2013, se aplicará el siguiente procedimiento:- Apertura del proceso- iniciación: con la correspondienteacusación y/o declaración de las partes y la investigaciónpreliminar, la cual se hará conocer por escrito al estudiante y alpadre de familia afectado.- Formulación de cargos: determinada la existencia de lafalta y su presumible responsabilidad se formularán cargos porescrito.

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- Recepción de descargos por escrito: a partir de la fecha deformulación de los cargos el estudiante tiene dos (2) díashábiles para presentar sus descargos por escrito adjuntandolas pruebas que se consideren necesarias.- Recepción de pruebas: las pruebas consistirán entestimonios o declaraciones objetivas, documentos escritos yotros.- Calificación de la situación o situaciones: se considerancomo tipo I, II y III, haciendo la diferenciación entre lasestablecidas en la Ley 1620 y las que no lo son.- Sanción: las aplican los docentes, la coordinación, rectoría,consejo directivo, prevaleciendo en ella, la acción formativa.- Notificación personal: una vez se sancione medianteresolución interna, se informará y se entregará una copia de laresolución al estudiante y al padre de familia o acudiente.

Parágrafo 1: En cada uno de los pasos de este debido proceso debe estarpresente el padre de familia o acudiente y en casos deausencia, el o la personero(a) y orientación escolar.Recursos- Reposición: se presenta por escrito ante quienesemitieron el acto administrativo objeto del reclamo, de formaescrita dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a lanotificación y será resuelto dentro de los tres (3) días hábilessiguientes a la interposición.- Apelación: el recurso de apelación procede comoprincipal o como subsidiario del de reposición, contra loproferido por el director de grado, coordinación o rectoría. Sepresenta ante: coordinación de convivencia y académica si fueproferido por el director de grado; ante rectoría, si quien loprofirió fue coordinación y ante consejo directivo, si el quien loprofirió fue rectoría y será resuelto dentro de los cinco (5) díashábiles siguientes a la interpelación.Contra el acto de apelación presentado al consejo directivo noasiste ningún otro recurso, quedando constituido como últimainstancia del proceso.PruebasEs todo medio que conduzca a la verificación de un hecho queconlleva una responsabilidad, se tendrán como pruebas:- el testimonio- la inspección ocular- la reconstrucción de hechos- los documentos- la confesión- los indicios

Parágrafo 2: El estudiante que rinde testimonio debe estar acompañado porsu padre/madre, acudiente o en su defecto por el o lapersonero(a) y se debe guardar confidencialidad y protecciónde los informantes.NotificaciónVerbal: quedando constancia en un acta expresa de la fecha.Escrita: mediante el cual se manifieste que el notificadoconoce el contenido de la resolución, la cual será firmada porel inculpado, su padre o acudiente y se le entregará copia dela resolución.DecisionesLas decisiones deben redactarse de tal forma que contengan:- pliego de cargos- síntesis de las pruebas recaudadas- síntesis de los alegatos de defensa- valoración de las pruebas, indicando hechos desvirtuados

y aprobados- síntesis de los criterios para la valoración de la falta- la sanción o exoneración.

4. Para empleados, Administrativos, Servicios Generales: Sesolicitarán los descargos para el incumplimiento de losestipulado en el Código Sustantivo del Trabajo, ContratoLaboral, la Ley 734 o CUD y el Régimen Disciplinariocontemplado en este Manual de Convivencia en el Título IV,Capítulos I, II y III, se establecerán compromisos conciliatorios,para subsanar los inconvenientes y dependiendo de lagravedad del asunto presentado se reportará a la instanciagubernamental competente.

Art.111. En virtud del artículo 5º de la Ley 1620, Principios del Sistema deConvivencia, en el numeral 1, sobre participación, la InstituciónEducativa Barrio Obrero debe participar activamente para lacoordinación y armonización de acciones, en el ejercicio de susfunciones, que permitan el funcionamiento del sistema.

Art.112. En virtud del artículo 5º de la Ley 1620, Principios del Sistema deConvivencia, en el numeral 2, sobre corresponsabilidad, laInstitución Educativa Barrio Obrero, conjuntamente con la familia yel Estado, es corresponsable de la formación ciudadana, lapromoción de la convivencia escolar, la educación para el ejerciciode los derechos humanos, sexuales y reproductivos de susestudiantes.

Art.113. En virtud del artículo 6º de la Ley 1620, Estructura del Sistema deConvivencia, la Institución Educativa Barrio Obrero debe conformar

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el Comité de Convivencia Escolar, para la coordinación yarmonización de acciones, en el ejercicio de sus funciones, quepermitan el funcionamiento del sistema.

Art. 114 CONFORMACIÓN DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIAEn conformidad con el artículo 12 de la Ley 1620 de 2013, elComité de Convivencia Escolar, CCE, estará integrado así:- El rector del establecimiento educativo, quien preside el comité- El o la personero o personera estudiantil- El docente con función de orientación- El coordinador o coordinadora- El presidente del consejo de padres de familia- El presidente del consejo de estudiantes.- Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de

convivencia escolar.

Parágrafo: El comité podrá invitar con voz pero sin voto a un miembro de lacomunidad educativa conocedor de los hechos, con el propósitode ampliar información.

Art.115 Funciones del CCE de la Institución Educativa Barrio Obrero.Artículo 13 Ley 1620 de 2013 y Decreto 1965 de 2013:Son funciones del comité:1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictosque se presenten entre docentes y estudiantes, directivos yestudiantes, entre estudiantes y entre docentes.2. Liderar en la Institución Educativa Barrio Obrero accionesque fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, elejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y laprevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembrosde la comunidad educativa.3. Promover la vinculación de la Institución Educativa BarrioObrero a estrategias, programas y actividades de convivencia yconstrucción de ciudadanía que se adelanten en la región y querespondan a las necesidades de su comunidad educativa.4. Convocar a un espacio de conciliación para la resoluciónde situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, porsolicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativao de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitarperjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa.El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia,acudiente o un compañero del establecimiento educativo, quepuede ser el Personero o Personera Estudiantil en ejercicio.5. Activar la Ruta de Atención Integral para la ConvivenciaEscolar definida en el artículo 29 de Ley 1620, frente a situaciones

especificas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas dealto riesgo de violencia escolar y/o de vulneración de derechossexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por estecomité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia,porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las característicasde la comisión de una conducta punible, razón por la cual debenser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte dela estructura del Sistema y de la Ruta.6. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados apromover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de losderechos humanos sexuales y reproductivos.7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposicionesestablecidas en el Manual de Convivencia, y presentar informes ala respectiva instancia que hace parte de la estructura del SistemaNacional De Convivencia Escolar y Formación para los DerechosHumanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y 'Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones quehaya conocido el comité.8. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas quepermitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulaciónde diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y supertinencia en la comunidad para determinar más y mejoresmaneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía.9. Desarrollar acciones para la promoción y fortalecimiento de laformación para la ciudadanía y el ejercicio de los derechoshumanos, sexuales y reproductivos; para la prevención y mitigaciónde la violencia escolar y el embarazo en la adolescencia; y para laatención de las situaciones que afectan la convivencia escolar y elejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos apartir de la implementación, desarrollo y aplicación de lasestrategias y programas trazados por el Comité Nacional deConvivencia Escolar y por el comité municipal de Ipiales, dentro delrespeto absoluto de la Constitución y la Ley. Art.26 Decreto 1965de 2013.10. Resolver de acuerdo a la norma, los conflictos de interés ocausales de impedimento o recusación, respecto de los integrantesque ostenten la calidad de servidores públicos y que hacen partedel CCE, los mismos que se tramitarán conforme a lo establecidoen el artículo11 y 12 de la Ley 1437 de 2011. Art.27 Decreto 1965de 2013.11. Quórum decisorio. El quórum decisorio del CCE será de lasdos terceras partes de sus integrantes (5). En cualquier caso, estecomité no podrá sesionar sin la presencia del presidente. Art.24Decreto 1965 de 2013.

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Art. 116 De la elección del docente al CCEEl docente designado a integrar el CCE, resultará elegido enasamblea de docentes de un grupo mínimo de 2 y máximo 3 y quelidere procesos o estrategias de convivencia escolar y sudesempeño dentro del comité se realizará por el término de un añolectivo, siendo reelegido por una única vez.

PERFIL DEL DOCENTE

Para conformar el CCE, el docente será designado del grupo dedocentes que tienen a su cargo el área de ética y valores, ya quesegún la última reforma del currículo el plan de ésta área estáformado fundamentalmente por competencias ciudadanas.

Art. 117 Sesiones del CCEEl CCE, sesionará ordinariamente al finalizar cada periodopreviamente a la reunión de docentes para la valoración decomportamiento escolar y analizará los casos especiales que sehayan presentado durante el desarrollo del mismo.El CCE, sesionará extraordinariamente, convocado por elPresidente del CCE, cuando se presenten casos que ameriten sertratados de forma urgente, para que se busque una solución dentrode la Institución Educativa o para que sea remitido a losestamentos que conforman la ruta de convivencia en el Municipiode Ipiales. Art. 23 Decreto 1965 de 2013.

Art. 118 Conducto regular. Antes de que los casos lleguen a suconsideración el CCE debe exigir el cumplimiento del conductoregular para la solución de conflictos presentados bajo ladenominación de situaciones tipo I, Art. 19 del Manual deConvivencia:

El conducto regular para conocer oportunamente las dificultades desus hijos, está determinado así:

1. Profesor titular del área o asignatura2. Director de grupo3. Coordinador (a)4. Rector5. Consejo Académico y/o Comité de Convivencia6. Consejo Directivo

Art.119 Para determinar la ruta y los protocolos que se deben implementarpara garantizar la convivencia escolar y el ejercicio de los derechoshumanos, sexuales y reproductivos, la INSTITUCIÓN EDUCATIVA“BARRIO OBRERO”, clasifica las situaciones en TIPO I, TIPO II YTIPO III. Esta clasificación unifica las faltas en estas tres tipologías,tanto las ordinarias y las que se establecen en la Ley 1620 y elArt. 40 Decreto 1965 de 2013.

Parágrafo: Las faltas ordinarias mencionadas en el presente artículo,corresponden a las que se presentan cotidianamente en laInstitución y que tienen que ver con el incumplimiento de losdeberes de los estudiantes, faltas a la moral y a la ética.

Art.120 Se tendrá en cuenta los siguientes criterios para determinar laclasificación de las situaciones:1. Situaciones Tipo l. Corresponden a este tipo los conflictosmanejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicasque inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningúncaso generan daños al cuerpo o a la salud.Se consideran acciones dentro de este tipo, el incumplimiento a losdeberes del educando.2. Situaciones Tipo II. Corresponden a este tipo lassituaciones de agresión escolar, acoso escolar (bullying) yciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de lacomisión de un delito y que cumplan con cualquiera de lassiguientes características:a. Que se presenten de manera repetida o sistemática.b. Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidadalguna para cualquiera de los involucrados.c. Las establecidas explícitamente en este Manual de Convivenciacomo Tipo II, el reiterado incumplimiento del deber y el infringirconstantemente las normas establecidas como Situaciones Tipo I.3. Situaciones Tipo III. Corresponden a esta tipo lassituaciones de agresión escolar que sean constitutivas depresuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual,referidos en el Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, ocuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penalcolombiana vigente.Las establecidas en este Manual de Convivencia explícitamente, elinfringir constantemente las normas establecidas como Situación II,demostrar poco interés de cambio de actitud, atentar gravementecontra la integridad de la comunidad educativa, perturbando elorden y el buen desempeño de la convivencia, generarle malaimagen a la Institución con sus actos y convertirse en una malainfluencia para sus compañeros al tener comportamientos

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censurables dentro y fuera de la Institución Educativa y que inclusoincite a seguirlo por parte de los demás estudiantes.

Parágrafo 1. Se entenderá por conflictos manejados inadecuadamentecomo situaciones en las que los conflictos no son resueltosde manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan laconvivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñasentre dos o más miembros de la comunidad educativa de loscuales por lo menos uno es estudiante y siempre y cuando noexista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera delos involucrados.

Parágrafo 2: Se entenderá por agresión escolar, toda acción realizada poruno o varios integrantes de la comunidad educativa que buscaafectar negativamente a otros miembros de la comunidadeducativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante. Laagresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional yelectrónica.a. Agresión física. Es toda acción que tenga como finalidad

causar daño al cuerpo o a la salud de otra persona. Incluyepuñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos,rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras.b. Agresión verbal. Es toda acción que busque con laspalabras degradar, humillar, atemorizar, descalificar a otros.Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas.c. Agresión gestual. Es toda acción que busque con losgestos degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros.d. Agresión relacional. Es toda acción que busque afectarnegativamente las relaciones que otros tienen. Incluye excluirde grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores osecretos buscando afectar negativamente el estatus o imagenque tiene la persona frente a otros.e. Agresión electrónica. Es toda acción que busque afectarnegativamente a otros a través de medios electrónicos.Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantesen Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobreotros a través de redes sociales y enviar correos electrónicoso mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de maneraanónima como cuando se revela la identidad de quien losenvía.

Parágrafo 3. Se entederá por:1. Acoso escolar (bullying). Es toda conducta negativa,intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación,humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento

deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquierforma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medioselectrónicos contra un niño, niña o adolescente. por parte deun estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene unarelación de poder asimétrica, que se presenta de formareiterada o a lo largo de un tiempo determinado. Tambiénpuede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o porparte de estudiantes contra docentes, ante la indiferencia ocomplicidad de su entorno. Art. 2 de la Ley 1620 de 2013.2. Ciberacoso escolar (ciberbullying). Es toda forma deintimidación con uso deliberado de tecnologías de información(Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y videojuegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado.Art. 2 de la Ley 1620 de 2013.3. Violencia sexual. Contra niños, niñas adolescentes todoacto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño,niña o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma decoerción física, psicológica o emocional, aprovechando lascondiciones de indefensión, de desigualdad y las relacionesde poder existentes entre víctima y agresor. Art. 2 de la Ley1146 de 2007.

Art. 121 Se tendrán en cuenta como atenuantes o agravantes de laclasificación de las situaciones presentadas los siguientes criterios:

1. La tipificación dada en el artículo anterior.2. El grado de perturbación a la comunidad3. El grado de madurez o edad psicológica del implicado4. Confesar la culpa antes de la formulación de los cargos5. Aceptar por su propia voluntad, la falta cometida sin tener que

utilizar la investigación para aclarar la situación o serdescubierto

6. Proponer por propia iniciativa, la restitución del dañoocasionado o compensar el perjuicio causado antes que lesea impuesta la sanción.

7. La reincidencia en faltas similares u otras faltas relacionadas ono.

8. Determinar el grado de implicación del o los participantes.9. Comprobar la reiteración de la falta.

Art.122 Los protocolos que se deben aplicar en las soluciones de lassituaciones TIPO I, II y III y que no corresponde a las estipuladasen la Ley 1620, tienen el siguiente orden:1. Llamado de atención verbal por parte del docente del área y/o

director de grado para establecer compromisos con el o la

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estudiante o los y las estudiantes implicados(as). Este llamadode atención verbal, debe ser anotado en el anecdotario delestudiante, con la respectiva firma de los y las implicados(as).

2. Anotación por escrito en el observador de la coordinación, poralgún llamado de atención debidamente argumentado yfirmado por el o la estudiante quien se comprometerá a lareparación de la falta cometida cuando diere lugar a hacerlo.

3. Anotación escrita en el observador de la coordinacióndebidamente argumentado y firmado por el o la estudiante ysus padres de familia o acudientes.

4. Suspensión del servicio educativo por 1, 2, y hasta 3 díashábiles por acumulación de informes en la coordinación,anotación escrita en el observador del educando con las firmasde los padres de familia.

5. Firmar acta de compromiso en la cual se especifica que decontinuar en la comisión de la falta, ésta se clasificará comoTipo II y se sancionará como tal.

6. Si no hay cambio evidente en el comportamiento delestudiante, su reincidencia le causará la pérdida del cupo parael próximo año lectivo, por lo que se le notificará con el debidotiempo para que pueda ubicarse en otra institución. Esta actadebe ser firmada por sus padres o acudientes.

7. Cancelación de la matrícula en el momento que la instituciónlo requiera por cometerse situaciones tipo III y debidamentesustentadas con su debido proceso o como lo exige el art.110y sus parágrafos 1 y 2 de este Manual de ConvivenciaSITUACIONES TIPO I – LEY 1620 -

8. Iniciado el conflicto debe presentarse la queja ante cualquierestamento de la comunidad educativa.

9. Conocimiento de la queja por el Rector, clasificación de lamisma y convocatoria al CCE.

10. Recepción de la queja por parte de CCE, preservando elderecho a la intimidad, confidencialidad y protección deinformantes.

11. Citación a reunión de las partes.12. Mediación pedagógica por los integrante del CCE.13. Si existe reparación de daños o restablecimiento de derechos,

se debe evidenciar con constancias escritas y se haráseguimiento y evaluación; en caso contrario se deja constanciade que no hubo reparación de daños, ni restablecimiento dederechos y la falta será tipificada como situación de tipo II.SITUACIONES TIPO II – LEY 1620 –

14. Iniciado el conflicto debe presentarse la queja ante cualquierestamento de la comunidad educativa.

15. Recepción de la queja por parte del rector, convocatoria delCCE, preservando el derecho a la intimidad, confidencialidad yprotección de informantes

16. Se evalúa el conflicto al interior del CCE y se informa a losacudientes dejando constancia por escrito del hecho, en lassiguientes situaciones:- Cuando exista daño a la salud, prioritariamente se procede

a proteger a los involucrados.- Se inicia el proceso con la ruta municipal con la

participación de las entidades que conforman el Comité deConvivencia Municipal, CCM, siguiendo el protocolo por ellosestipulados, (restablecimiento de derechos, remisión ICBF,reunión de las partes, remisión a entidades de salud).

17. Exigir la contra remisión con las acciones restaurativas, lareparación de daños y restablecimiento de derechos,provenientes de las entidades del CCM.

18. Análisis y seguimiento a las acciones restaurativas dejandoconstancias escritas. Si hay solución efectiva, termina elproblema de lo contrario se continua con el protocolo desituaciones tipo III.

SITUACIONES TIPOIII- LEY 1620.19. Iniciando el conflicto debe presentarse la queja ante cualquier

estamento de la comunidad educativa.20. Recepción de la queja por parte del rector y convocatoria al

CCE, preservando el derecho a la intimidad, confidencialidad yprotección de informantes.

21. Se evalúa el conflicto al interior del CCE, se informa a losacudientes, dejando constancia escrita del hecho.- Dependiendo de la evaluación si hay daño a la salud, sehace la respectiva remisión a la entidad de salud, dejandoconstancia escrita de la atención inmediata.

22. Por haberse presentado daño a la salud, el presidente delCCE, cita nuevamente, con plazo máximo de un día, a losintegrantes del comité, al mismo tiempo realiza informe a lapolicía nacional, en ambos casos con constancias escritas.

23. Se informa los hechos a los integrantes del comité y seprocede a la protección de víctimas e informantes. Constanciaescrita.

24. El rector reporta el conflicto escolar al sistema de informaciónunificado de convivencia escolar.

25. Recepción de recomendaciones del Sistema de informaciónunificado de convivencia escolar para realizar el seguimientorespectivo.

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Parágrafo: Desde el inicio del proceso, el o la estudiante, deben serremitidos a orientación escolar para que el o la profesionalcontribuya a la solución de la situación planteada.

Art.123 Todo ser humano es responsable de sus actos y suscomportamientos, por lo tanto cuando algún integrante de lacomunidad educativa infrinja las normas de este manual, éste debeasumir las consecuencias del mismo, las sanciones sefundamentan en el Art.45 de la Ley 1098 de 2006 y el Art. 17 deldecreto 1860 de 1994.

Parágrafo: Cuando un estudiante cometa una falta tipificada comoSituaciones II y III considerada en éste Manual o aún no y quesupere incluso cualquier tipo de conciliación dentro de la Ruta deConvivencia Escolar del Establecimiento, el proceso interno puedeser alterado y tomarse los correctivos a que den lugar cursandoinformes a las autoridades competentes, de acuerdo a la Ruta DeConvivencia Municipal o Nacional, según el caso.

Art.124 Todo integrante de la comunidad educativa tiene derecho de hacerpleno uso de lo que la ley ampara en la Constitución Política de1991 a un debido proceso, al derecho de petición, conciliación ylegítima defensa. Para lo cual podrá hacer uso del siguienteprocedimiento, denominado RUTA DE CONVIVENCIA ESCOLARDE LA INSTITUCION EDUCATIVA BARRIO OBRERO,especialmente las clasificadas como Situaciones Tipo I y algunasclasificadas por Tipo II y III.

Dependiendo de las faltas y a la instancia que le corresponda,iniciará el proceso fomentando el diálogo franco, y directo conquien esté infringiendo las normas del Manual de Convivencia, paraestablecer compromisos y esperar una solución pronta y eficaz delproblema.1. Si el afectado considera que se le está vulnerando su derecho

a la convivencia y a la educación, éste debe recurrir a lainstancia superior en el orden establecido en el conductoregular dirigiendo un oficio de petición por escrito, describiendolas circunstancias que considera se le están afectando, paraque éste intervenga en la revisión nuevamente del caso.

2. Si no hay solución en esta instancia, se recurrirá al coordinadorde convivencia quien resolverá el problema en compañía delpadre de familia o acudiente y los testigos, y el director degrupo.

3. Si no hay solución por última instancia, el estudiante y padrede familia, se dirigirá por escrito al Rector, quien analizará elcaso y propondrá una solución. Si ésta es satisfactoria, el

proceso finalizará y se procederá a adelantar las acciones dereparación a que hubiere lugar. En caso contrario, el Rector,como presidente del los Consejos Académico, Directivo, yComité de Convivencia, citará a reunión extraordinaria alorganismo al que le corresponda dilucidar el asunto y ensesión, éste pronunciará una solución definitiva.

Art.125 De cada paso concluido en los numerales anteriores, debe quedarconstancia por escrito en los documentos de la coordinación deconvivencia, debidamente firmados por educandos y padres defamilia y actores del problema, con fechas e informes muy claros,descriptivos y sus propias conclusiones.

Art.126 Tienen competencia y plena autonomía para determinar, solucionary aplicar las respectivas sanciones, las siguientes dependencias dela RUTA DE CONVIVENCIA ESCOLAR:

1. Para Situaciones Tipo I: El profesor de la asignatura, eldirector de grupo y el coordinador de convivencia y el CCE.

2. Para algunas Situaciones Tipo II: El coordinador deconvivencia, el rector y el CCE

3. Para algunas Situaciones Tipo III: El Rector, el Coordinadorde Convivencia, el CCE, el Consejo Académico y el ConsejoDirectivo.

4. Algunas situaciones Tipo II y III, se reportarán a las entidadesdel Municipio de Ipiales que hagan parte de la Ruta deConvivencia Municipal, para que contribuyan efectivamente enla solución y si fuera el caso éstas las reportarán a lasentidades del Estado de orden nacional.

5. La valoración de comportamiento, será dada por la asambleade docentes, previa información del proceso adelantado porlas instancias que tuvieron competencia para solucionar elproblema.

Art.127 El educando podrá ser excluido de la Institución Educativa en lossiguientes casos:

1. Por mal comportamiento, comprobado con su debido proceso2. Cuando al finalizar el año lectivo, su comportamiento haya sido

evaluado como bajo (B).3. Por pérdida del año escolar a causa del bajo rendimiento

académico y mal comportamiento, ambos sustentados en eldebido proceso.

4. Por reprobar el mismo grado por segunda vez

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Parágrafo 1: También es causa de exclusión, aquel estudiante que cometaun delito fuera de la institución y que afecte directamente laimagen, el buen nombre o el funcionamiento de la misma.

Parágrafo 2: Las causas de exclusión y cancelación de matrícula de quetratan los numerales y parágrafos de este artículo, podrán seraplicadas inmediatamente cuando ocurren situaciones tipo III,que no impliquen la aplicación de la ruta de convivenciaescolar acorde con la ley 1620, que afecten a la comunidadeducativa sin tener que aplicar el debido proceso, únicamentecon la presentación de las pruebas, justificación del consejo dedocentes a través de un acta, dirigida al Rector, el cual puedeser avalado (no en todos los casos) por el Consejo Directivo.

CAPÍTULO IIClasificación de las Faltas

Son Faltas catalogadas como Situación I

Art.128 Estas faltas serán sancionadas según los numerales 1, 2 y 3 delartículo 122 de este Manual de Convivencia.

Art.129 Cumplir más de tres llegadas tarde a la Institución reportadas en elcontrol de asistencia, se sancionará con llamado de atenciónverbal y estableciendo acta de compromiso, para que no se siganrepitiendo los retrasos y se exigirá colocarse al día en los trabajosacadémicos realizados durante los periodos de clase perdidos.

Art.130 Salir del salón de clases sin solicitar autorización al profesor.

Art.131 Escribir en los muros, en las puertas y paredes de salones y bañosde la Institución o rayar los pupitres de los salones.

Art.132 Consumir alimentos y/o bebidas dentro de los salones de clase,laboratorio, biblioteca, salas de sistemas, audiovisuales y demásdependencias didácticas.

Art.133 Arrojar desperdicios y deshechos orgánicos en lugares diferentes alos recipientes para basuras.

Art.134 Hacer burlas o mofas en los actos solemnes, formaciones, en lasclases o cuando los docentes o compañeros hagan uso de lapalabra.

Art.135 Emplear vocabulario soez o proferir insultos a sus compañeros.

Art.136 Adquirir, utilizar o distribuir material pornográfico en la Institución.Art.137 Usar el uniforme en horarios y sitios diferentes al expuesto por la

Institución Educativa.

INSTITUCION EDUCATIVA BARRIO OBREROPROTOCOLOS PARA MANEJO DE SITUACIONES TIPO I, II Y III

DETECCIONDE LASITUACION DECOMPORTAMIENTO

AULA:DOCENTE DE LA ASIGNATURADOCENTE DIRECTOR DE GRADOACTA DE CONCERTACIONREPARACION DE LA FALTAANOTACION EN ANECDOTARIODE ESTUDIANTE

ACUERDO

FIN

SI

I

NO

COORDINACION:COORDINADORDOCENTE DE ASIGNATURADOCENTE DIRECTOR DEGRADOPADRE DE FAMILIAACTA DE CONCERTACIONREPARACION DE LA FALTAANECDOTARIO DELESTUDIANTEACTA DE COMPROMISO

ACUERDO

FIN

SI

I

NO

RECTORIA:RECTORCOORDINADORDOCENTE DIRECTOR DEGRADODOCENTE ASIGNATURAPADRE DE FAMILIAACTA DE CONCERTACIONREPARACION DE LA FALTAANECDOTARIO DEESTUDIANTEACTA DE COMPROMISOANULACION O RATIFICACIONDE LA SANCION

ACUERDO

FIN

SI

I

NO

CONSEJO DIRECTIVOCONSEJO ACADEMICORECTORINTEGRANTESPADRE DE FAMILIAESTUDIA NTEACTA DE CONCERTACIONACTA DE COMPROMISOANULACION ORATIFICACION

FIN

COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR:SITUACIONES TIPO i, ii Y iiiPROTECCION A INFORMANTESACTA DE CONCERTACION Y REPARACION DE LAFALTAREMISION A EPS Y CENTRO DE SALUDINFORMACION AL CENTRO NAL DE INFORMACIONREMISION A RUTA DE CONVIVENCIA MUNICIPALVIGILANCIA DEL CUMPLIMIENTO

DETECCIONESDESITUACIONESDE ACOSOESCOLAR

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Art.138 Fingir enfermedades para evadir clases

Art.139 Practicar juegos bruscos durante el descanso o en cualquiermomento de permanencia en la Institución Educativa

Art.140 La indisciplina en clases y su constante interrupción será tenida encuenta como con segunda intención o premeditación.

Art.141 Mentira comprobada para justificar comportamientos anormales,demostrando falta de sinceridad con sus padres, docentes odirectivos de la Institución.

Art.142 Presentación personal deficiente usando su uniforme de manerainadecuada

Art.143 Portar collares, pearsin, aretes, manillas o pulseras extravagantes,pues no son acordes con el uso del uniforme.

Art.144 Demostrar desinterés o resistencia a las observaciones duranteuna formación, charlando en las filas o haciendo caso omiso a losrequerimientos ya exigidos.

Art.145 Llegar tarde a clases durante el cambio de hora, sólo se admiten 3minutos entre clase y clase.

Art.146 Hacer fraude o participar de él en sus evaluaciones o trabajos

Art.147 Desobedecer las órdenes que le imparten las personas que loestán formando y educando, se asume como rebeldía.

Parágrafo. Se debe buscar la mejor manera para realizar o dar una orden.

Art.148 Colocar apodos a cualquiera de las personas de la comunidadeducativa.

Art.149 No asistir a una clase encontrándose dentro de la InstituciónEducativa, se tomará como evadido.

Art.150 Faltar a los deberes como estudiante consignados en el Titulo ICapítulo III de este Manual de Convivencia.

Art.151 Cometer alguna imprudencia o daño dentro de las dependenciasdidácticas o pedagógicas de la Institución Educativa tales comodescomposturas, rupturas, sustracciones, alteraciones, malmanejo, deterioro, etc.

Art.152 Hacer demasiado alboroto cuando estén ingresando a sus salonesde clase, perturbando el orden y el trabajo de otros grupos.

Art.153 Demostrar resistencia al cambio de actitud cuando se le exigellevar su camiseta del uniforme dentro del pantalón.

Art.154 No presentar justificación alguna cuando falte un día a la InstituciónEducativa, su reincidencia pasará a ser una falta de Situación TipoII

Son Faltas catalogadas como Situación Tipo II.

Art.155 Algunas faltas catalogadas como de Situación Tipo II, seránsancionadas según los numerales 4, 5, 6 y 7 del Art. 122 de esteManual de Convivencia y otras serán reportadas a las entidadesdel Municipio que hagan parte de la Ruta de ConvivenciaMunicipal.

Art.156 El acoso escolar (bullying), siempre y cuando se haya presentadode forma reiterativa y produzca daño corporal, sin generarincapacidad.

Art.157 El Ciberacoso (ciberbullying), siempre y cuando no sea catalogadocomo delito.

Art.158 Cumplir 4 llegadas tarde a la Institución Educativa sin justificaciónreportadas en el control de asistencia y notificado de antemano, sesancionará según el art. 118 en su numeral 4.

Art.159 Reincidir por tres veces en informes asumidos como faltas de laSituación I, demostrando así poco interés de cambio.

Art.160 Proferir amenazas, directamente o a través de un medio decomunicación, (celular o internet), contra alguna de las personasque conforman la comunidad educativa (Art. 2 Manual deConvivencia).

Art.161 Participar o estimular a otras personas para que propicien actosque atenten contra la disciplina y la buena marcha de la InstituciónEducativa.

Art.162 Tomar decisiones que alteren el orden, reservadas a los docentes odirectivas de la Institución Educativa.

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Art.163 Entrar o salir de La Institución Educativa por medios o formasindebidas (saltar paredes, oculto en baúles o tarros, violentamente,etc.)

Art.164 Adulterar notas de observaciones de los docentes en el registro deasistencia o en los informes de calificaciones y falsificar firmas

Art.165 Hasta dos (2) observaciones por indisciplina, en su agenda,Anecdotario o documentos de la coordinación.

Art.166 Inasistencia de los padres de familia a las reuniones cuando seprograman. Su seguimiento hará parte del debido proceso.

Art.167 Agresividad física, moral, verbal, y psicológica contra compañeros,docentes, directivas, administradores, personal operativo ocomunidad educativa, cuando se presenta de forma reiterativa yproduce daño corporal, pero no incapacidad.

Art.168 Actitudes negativas de educandos, padres o acudientes frente laInstitución Educativa y sus normas, demostrando inconformidadconstante o falta de sentido de pertenencia en actividadesprogramadas por la Institución o en las que ella participe por el bieny/o buen nombre de la Institución.

Art.169 Resistencia a los procesos disciplinarios y académicos de laInstitución Educativa.

Art.170 El hurto y todo atentado con la propiedad privada.

Art.171 Toda falta contra la Ética y la Moral que atenten contra los valores.

Art.172 Portar, guardar, distribuir, el micro tráfico de drogas,estupefacientes, hierbas con efectos alucinógenos, pepas obebidas embriagantes, dentro y fuera de la Institución Educativa.

Art.173 Agresiones de palabra o de hecho a los educadores, compañeros opersonal de la Institución dentro o fuera de la Institución Educativa.

Art.174 Todo acto de intimidación, amenaza, chantaje o soborno contracualquier miembro de la comunidad educativa (Art. 2 del Manual deConvivencia).

Art.175 Salir de su casa para La Institución Educativa y no presentarse esedía a estudiar

Art.176 Practicar juegos bruscos que terminen en accidentes o actosviolentos entre compañeros.

Art.177 Generar peleas o actos indebidos en La Institución Educativa o enla calle, usando el uniforme o identificándose como educando deLa Institución Educativa.

Art.178 La falta de interés y bajo rendimiento académico.

Art.179 No presentarse a la Institución Educativa durante más de 3 días sinjustificar debidamente su falta.

Art.180 Encubrir las faltas cometidas por sus compañeros o entorpecer lasinvestigaciones necesarias que emprenda la coordinación.

Art.181 Violentar puertas, cerraduras y demás afines en las diferentesdependencias de la Institución Educativa.

Art.182 Utilizar el nombre de La Institución Educativa sin autorización parahacer rifas, bingos, paseos, agasajos, colectas o actividadessimilares.

Art.183 Actuar solapadamente entre su grupo, para indisponer a suscompañeros con determinados docentes para que no seanaceptadas sus clases, será considerado como un líder negativo, ysu falta como una forma de acoso escolar.

Art.184 Generar una mala influencia en sus compañeros con suscomportamientos inadecuados o incitarlos a ser imitado por ellosque afecten su estado de ánimo con el mal ejemplo y cambio devida social.

Art.185 Desprender folios u ocultar información en los documentos queregulan la información de la Institución Educativa, planillas deevaluación de docentes, registro de asistencia, diario de clase.

Son Faltas catalogadas de Situación III.

Art.186 Algunas faltas de Situación III serán sancionadas según losnumerales 5, 6 y 7 del Art. 122 de este Manual de Convivencia.Otras serán remitidas a las instituciones de la Ruta de ConvivenciaEscolar del orden Municipal o Nacional.

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Art.187 Reincidir con dos (2) faltas de la Situación II en su debido procesoregistrado en los libros de la coordinación, serán considerados susactos como una falta de Situación III.

Art.188 Agresividad reincidente con compañeros, docentes, directivos ydemás personal que labore en la Institución, que conlleve dañocorporal e incapacidad.

Art.189 Cometer delitos fuera de la Institución que conlleven a detención ocondena judicial.

Art.190 Cualquier causa que ocasione intervención penal judicial, reclusiónen una cárcel o casa de menores de edad, o juicio condenatorio.

Art.191 La no asistencia de los padres de familia o acudientes a tres (3) omás reuniones programadas por La Institución Educativa sin causajustificada.

Art.192 Incumplimiento por negligencia de lo acordado en el contratopedagógico o en el compromiso personal presentado por escrito alos Directivos de la Institución Educativa.

Art.193 Terminar el año lectivo reprobando el grado cursado, con elagravante de ser evaluado en los desempeños en la formación devalores con resultados bajos.

Art.194 Tomar objetos ajenos sin autorización considerado como hurto acualquier miembro de la comunidad educativa de la InstituciónEducativa y negarse a su restitución o a la indemnización.

Art.195 Utilizar pólvora, detonantes, agua, harina, huevos, sustanciasquímicas y otros elementos peligrosos, para festejaracontecimientos y que conlleve daños a la integridad física odeterioro de las instalaciones de la institución.

Parágrafo: se debe tener en cuenta la intención y la forma como se realicelos festejos

Art.196 Ausentarse, por dos ocasiones de La Institución Educativa antes dela hora oficial de salida, sin permiso previo.

Art.197 Agredir física o psicológicamente a las personas que hacen partede la Institución Educativa, de forma reiterativa y que genere dañocorporal e incapacidad.

Art.198 Portar elementos que puedan ser utilizados contra la integridadfísica de las personas o del plantel, como por ejemplo: químicos,armas de fuego o cortopunzantes, etc.

Art.199 Consumir bebidas alcohólicas, sustancias alucinógenas,estupefacientes, fumar cigarrillo, etc., dentro o en lugares aledañosde la institución.

Art.200 Practicar actividades contra la moral, las buenas costumbres oinducir a los demás a practicarlas; por ejemplo: fotografíasobscenas, revistas juegos y pasatiempos pornográficos.

Art.201 Deslealtad con La Institución Educativa demostrada en eldesinterés para participar en las diferentes actividades queprograma la Institución Educativa, comentarios negativoscomprobados contra el buen nombre de La Institución Educativa ode los docentes.

Art.202 Distribuir, expender o consumir pepas, drogas o alucinógenosdentro de La Institución Educativa o fuera de ella y que afecte a losestudiantes de La Institución Educativa y su buena imagen.

Art.203 Presentarse a la Institución Educativa embriagado o bajo losefectos de la droga o sustancias alucinógenas, pepas oestupefacientes.

Art.204 Portar o traer armas de fuego cortopunzantes a la InstituciónEducativa.

Capítulo IIINormas Complementarias.

Art.205 Los educandos deben asistir a todos los actos que programe LaInstitución Educativa en actividades curriculares o extracurriculares, con el respectivo uniforme de la Institución Educativa,bien organizado, con elegancia y adecuadamente como lo exige elManual de Convivencia.

Art.206 La Institución Educativa exige a sus estudiantes (hombres) llevar elcabello corto, sin colas, y cortes extravagantes que salen de loconvencional, pues esto afecta la imagen de La InstituciónEducativa y la de toda la comunidad educativa

Art.207 No se admiten aretes, piercing, perforaciones exageradas en la pielcon artefactos extraños, pulseras, cadenas, collares, manillas ydemás elementos extraños.

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Art.208 La Institución Educativa no responderá por ninguna pérdida de estetipo de elementos prohibidos de usar en la Institución Educativa,además en el caso de alterarse la disciplina y el orden en el salónde clases por causa de estos asuntos, el responsable directo de lasituación, será quien la haya provocado con la presencia de ello enla Institución Educativa.

Art.209 Informar a las directivas cualquier anomalía que perjudique losbienes de la Institución. Su silencio lo hace cómplice para efectosdisciplinarios.

Art.210 El cambio de clases hacia los salones especializados, laboratorio,informática, educación física, tendrá una duración de 3 minutospara trasladarse. Una vez transcurrido este tiempo el profesorprocederá a cerrar la puerta.

Art.211 Quienes queden fuera del salón por llegar tarde después delcambio de clases, deberán presentarse a la coordinación parahacer la anotación en el observador y luego autorizar su ingreso alsalón de clases. Se hará la anotación del retrazo en el control deasistencia.

Art.212 Al expedir los Certificados para otra institución, no se permite elcambio o modificación de los resultados del comportamiento,obtenidos por el educando durante ese año lectivo.

Art.213 La Institución Educativa no se responsabiliza de accidentes quesucedan a los educandos dentro de a Institución Educativa. Esobligatorio estar asegurados contra accidentes por cualquiercompañía de seguros como lo exige el artículo 100 de la ley 115.

Art.214 Los padres, acudientes o educandos deben respetar la intimidaddel hogar de los docentes. Los problemas de La InstituciónEducativa se arreglan en el mismo plantel por lo tanto es prohibidodar los teléfonos o direcciones a particulares o estudiantes.

Art.215 La Institución Educativa no se responsabiliza de los objetospersonales (bicicletas, motos, útiles escolares o artefactosadicionales a los necesarios exigidos en este Manual deConvivencia), que por descuido del dueño se desaparezcan.

Art.216 La Institución Educativa no permitirá bajo ninguna forma ventas,negocios, cambios, rifas, etc., que no estén autorizados por larectoría. Sin autorización de la rectoría no se podrá exigir a loseducandos, padres de familia ninguna contribución.

Art.217 Quienes pertenezcan a las grupos de formación que tiene laInstitución Educativa, como en deportes, cultura, investigación,pruebas supérate, etc. adquieren el compromiso de asistir a losentrenamientos y prácticas que programe su director y a participaren todas las presentaciones que tengan donde se escogerán a losmejores estudiantes.

Art.218 Se tendrá en cuenta la participación en los grupos de formación,para mejorar en ciertos casos de evaluación en algunasasignaturas afines con los desempeños de logros volitivos y socio-afectivos.

Art.219 El sentido de pertenencia la Institución Educativa se demuestra alintegrar los grupos formativos y participando activamente de ellos.

Art.220 Los miembros de grupos de formación deben acogerse totalmenteal reglamento que existe internamente para su buenfuncionamiento.

Art.221 Los estudiantes deben firmar los informes en el observador de lacoordinación, libros de actas, anecdotario, etc., si éste se niega ahacerlo por algún motivo, los podrá firmar en su defecto elcoordinador o el profesor responsable del informe y un educandocomo testigo acompañado de la frase “se negó a firmar”.

Art.222 Para resolver cualquier situación que se presente de tipoacadémico o de convivencia, se debe acoger al seguimiento delconducto regular como lo indica el Art.19 de este Manual deConvivencia.

CAPÍTULO IVUso de Uniformes y Algunas Dependencias

Uniformes.

Art.223. La Institución Educativa exige únicamente dos uniformes de tipopermanente, uno para uso diario y otro para desarrollar laeducación física.

Art.224. El uso del uniforme de diario y de educación física es obligatorio deacuerdo con el horario de clases y actividades extracurricularesprogramadas.

Art.225. La Institución Educativa no permite cambios en las prendas osímbolos institucionales que la identifican.

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Art.226 Todo educando hombre debe traer correa negra. No se aceptancorreas metálicas ni de otro color, ni estudiantes sin correa en elpantalón.

Art.227. Es obligatorio el uso de los uniformes completos en condicionesimpecables de limpieza.

PARAGRAFO: Todo uniforme rayado o en mal estado por daño premeditadoserá decomisado y entregado al padre de familia previa anotacióndisciplinaria.

Art.228. La Institución Educativa PROHIBE EN FORMA TERMINANTE ELEMPLEO DE JOYAS Y DEMÁS ACCESORIOS, CON LOSUNIFORMES Y NO RESPONDE EN CASO DE PÉRDIDA.

Art.229. Las niñas adolescentes que utilicen algún maquillaje, este debe sermuy sencillo y sin llamar demasiado la atención, su extravaganciaserá considerada una falta de respeto con la institución.

Art.230. El uso de los uniformes se limita al compromiso escolar. Porningún motivo pueden ser utilizados en sitios ni eventos diferentesa los programados por la Institución Educativa.

Art.231. El uniforme de diario para las niñas es así:Jardinera azul clara a cuadros, blusa blanca, suéter azul oscurocon el escudo del colegio, medias blancas, zapatos negros decordón, la falda debe llegar hasta máximo 3 cm encima de larodilla.

Art.232 El uniforme de diario para los varones es así:Suéter azul oscuro con el escudo del colegio, camisa blanca tipopolo, pantalón gris azulado, bota recta, zapatos negros de cordón,correa negra.

Art.233. El uniforme de educación física para hombres y mujeres es así:Sudadera: pantalón y chaqueta azul con franjas blancas, pantalónazul, bota recta, pantaloneta azul marino, camiseta blanca con elescudo, medias blancas y zapato deportivo blancos.

Art.234 Para los Varones.Cuando porten el uniforme de diario dentro o fuera de la Institución,la camisa debe permanecer por dentro del pantalón.

Algunas Dependencias.

Art.235. La Institución Educativa considera dependencias de uso didácticoaquellas que se utilizan con alguna frecuencia como la biblioteca, lasala de audiovisuales, los laboratorios de Física y Química, losimplementes deportivos, la sala de sistemas, el salón de actos y elrestaurante.

Art.236. Cada dependencia debe tener en un lugar visible y de manera muyclara, publicado el reglamento para su permanencia en dichadependencia, el incumplir algún punto de dicho reglamento serásancionado como una falta grave, sin tener en cuenta el debidoproceso.

Art.237. Para el uso de las dependencias los interesados en usarlas debennotificar con tiempo mínimo de un día a los encargados de larespectiva dependencia para su utilización.

Art.238. La sala de docentes es para uso exclusivo de los docentes y debeser conservada en perfecto orden, en ningún caso se debe permitirel acceso de educandos a esta sala.

Art.239. La Rectoría, dirección y demás oficinas de la Administración, nodeben ser frecuentadas por los educandos, salvo con laautorización pertinente.

Art.240. La biblioteca es un lugar de consulta y estudio, donde se debeguardar absoluto silencio.

Art.241. La biblioteca posee un reglamento interno que debe ser acatadopor educandos, docentes y demás colaboradores de la InstituciónEducativa.

Art.242. Los laboratorios son lugares de trabajo, que solo pueden servisitados por los educandos en compañía de los docentes del áreade ciencias.

Art.243. Los educandos deben manejar con responsabilidad y diligencia losimplementos y materiales del laboratorio que allí se guardan yresponder por ellos en el caso de daño o pérdida.

Art.244 La tienda escolar está al servicio de toda la Comunidad Educativa.Atiende a los educandos en los horarios dispuestos por laInstitución Educativa. Es obligatorio el buen comportamiento,

LCs
Resaltar
LCs
Resaltar
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cuidar su dotación física, el respeto por el orden en las filas y elbuen trato a los compañeros.

TITULO IVPara Los Docentes

CAPITULO IDerechos y Deberes de los Docentes.

Art.245. Se considera docente de La INSTITUCIÓN EDUCATIVA “BARRIOOBRERO”, a aquel educador que sea nombrado por el estado através del ministerio de educación nacional o por quien haga susveces, que cumpla los requisitos exigidos por el Ministerio deEducación Nacional, y el perfil del educador, que se identifique conla filosofía de la Institución Educativa, que conozca y apliqueplenamente su ejercicio pedagógico y maneje adecuadamenteeste Manual de Convivencia.

Son Derechos de los Docentes.

Art.245. Ser instruido de parte de los Directivos, sobre la filosofía y losobjetivos de La Institución Educativa en su PEI.

Art.246. Recibir trato justo y respetuoso por parte de los directivos,compañeros, padres de familia y educandos de la Institución.

Art.247. Expresar libremente sus pensamientos, respetando la filosofíapedagógica de la Comunidad Educativa.

Art.248. Tener el material y ayudas didácticas necesarias para un buendesempeño académico.

Art.249. Participar activamente en foros, convivencias, celebraciones, actosdeportivos y culturales, programados por la Institución Educativa,para mejorar su formación personal, y para mayor integración conla Comunidad Educativa.

Art.250. Tener una buena dotación de muebles y enseres para conseguir unóptimo funcionamiento en su labor educativa.

Art.251. Participar y beneficiarse de los cursos de profesionalización yactualización programados para el mejoramiento de la prestaciónde su servicio educativo.

Art.252. Ausentarse de La Institución Educativa en caso de enfermedad ocalamidad doméstica previo aviso a la Rectoría.

Art.253. A que la Secretaría del plantel no de información a los Padres deFamilia ni a los educandos sobre sus datos personales, direccióndomiciliaria ni teléfono.

Art.254. A tener libertad de expresión cuando sea necesario, actuando bajolos parámetros que exigen las normas de cultura, buen proceder yrespeto a los demás sin caer en anarquías.

Art.255. A elegir y ser elegidos en los cargos de representación, así comoen comités y organizaciones que tenga la Institución Educativa.

Art.256. A participar en la elaboración del Manual de Convivencia y aportarideas debatiendo sugerencias que permitan una mejor marcha dela Institución Educativa.

Son Deberes de los Docentes.

Art.257. Participar en la planeación y ejecución de actividadesextracurriculares, realizando su planeación, guía para el estudiantede salida pedagógica, guía para los docentes responsables desalida pedagógica.

Art.258. Participar en el desarrollo de las actividades establecidas en planoperativo anual y el plan de mejoramiento o fortalecimientos delplantel

Art. 259. Participar en la planeación y el desarrollo de los planes de estudio,programas y proyectos pedagógicos de conformidad con lasnormas vigentes, planes de estudio, seguimiento y asesoría a lagestión enseñanza aprendizaje, seguimiento diario en aula,proyectos pedagógicos.

Art.260. Seleccionar materiales didácticos propios de su área o asignatura osolicitarlos al jefe de área.

Art.261. Participar activamente en las jornadas pedagógicas y aplicar lasorientaciones curriculares en los procesos de enseñanzaaprendizaje.

Art. 262. Presentar al jefe de área y coordinador académico propuestas deactividades educativas complementarias.

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Art.263. Planear e implementar estrategias para superar las dificultades enel alcance de logros de estudiantes con bajo rendimientoacadémico.

Art.264. Cumplir con lo planeado en los textos guía durante los procesosenseñanza- aprendizaje.

Art.265. Participar en la actualización permanente del manual deconvivencia con la participación de todos los estamentos de lacomunidad educativa.

Art.266. Proponer acciones correctivas, preventivas y de mejoramientorelacionadas con la gestión didáctica de su área o asignatura.

Art.267. Participar en la evaluación institucional y la elaboración del plan demejoramiento o fortalecimiento.

Art.268. Integrar y participar en las comisiones para la evaluación ypromoción del rendimiento académico o en el organismo que hagasus veces.

Art.269. Recibir y solucionar los reclamos de los estudiantes y losacudientes sobre su gestión docente o su dirección de grupo,atención a estudiantes y acudientes.

Art.270. Presentar al jefe de área o coordinador académico el análisis y laspropuestas de acciones correctivas o preventivas o mejoramientode los indicadores de gestión.

Art.271. Cumplir con el desarrollo del programa de preparación a laevaluación externa de los estudiantes.

Art.272. Contribuir en la divulgación del PEI y en especial del manual deconvivencia entre la comunidad educativa como director de grupo.

Art.273. Planear y cumplir con el programa de dirección de grupo cuando lecorresponda, dejando constancia mediante actas de dirección.

Art.274. Cumplir con los procesos enseñanza-aprendizaje de la asignaciónacadémica, realizando planes de estudio, programaciónenseñanza-aprendizaje.

Art.275. Dirigir y orientar las actividades de los educandos para lograr eldesarrollo de su personalidad y darles ejemplo formativo.

Art.276. Participar en el desarrollo de actividades complementarias cuandole sea asignada esta función.

Art.277. Participar en los Comités y Consejos en los cuales sea requerido.

Art.278. Cumplir los turnos de vigilancia de acuerdo a la distribución hechapor el Coordinador de Convivencia.

Art.279. Cumplir la jornada laboral y asignación académica de acuerdo conlas normas vigentes.

Art.280. No ausentarse del plantel en las horas de trabajo sin previo permisodel Rector o coordinador(a) en ausencia del primero, dejandoconstancia de que no se responsabiliza a la institución poraccidentes sufridos durante su no permanencia en el plantel.

Art.281.Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de losequipos y materiales confiados a su manejo.

Art.282. Promover el análisis de las situaciones conflictivas de loseducandos siendo un facilitador de los procesos en la resolución deconflictos.

Art.283. Dar a conocer oportunamente a los educandos la estructura de laasignatura, área o proyecto, logros, indicadores de logro,estándares curriculares, metodología, actividades o exigencias ycriterios de evaluación.

Art.284. Colaborar en el control del comportamiento de los estudiantes entodo momento, entendiendo que este aspecto es responsabilidadde todo el equipo de docentes que laboran en el plantel.

Art.285. Preocuparse por la actualización permanente en los campos de laciencia y actividad pedagógica.

DERECHOS

Art.286. Cuando se presenten situaciones conflictivas de carácter laboral, anivel institucional debe intentarse aplicar un proceso deconcertación antes de que su caso sea remitido a las Entidadesencargadas de su diligenciamiento.

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Art.287. Ser considerados y respetados en su dignidad recibiendo un tratoamable y cordial por parte de todos los miembros de la comunidadeducativa.

Art.288. Ser atendidos oportunamente por directivos y personaladministrativo guardando las normas de respeto y siguiendo elconducto regular.

Art.289. Recibir información oportuna sobre las actividades a realizar, ya seaverbalmente, en cartelera o por escrito.

Art.290. Participar en la elaboración del PEI

Art.291. Elegir y ser elegido, miembro del consejo académico, directivo,jefatura de área, comité de convivencia.

Art.292. Ser informado oportunamente sobre su situación laboral.

Art.293. Ser escuchado para que pueda expresar sus ideas, sugerencias ydescargos cuando sea conveniente y redunde en beneficio de lacomunidad.

Art.294. Participar en la conformación de comités y elaboración de proyectosespeciales, de acuerdo a su área, inquietudes e intereses.

Art.295. Recibir asignación académica según su especialidad, teniendo encuenta en lo posible que haya continuidad en el trabajodesarrollado por los docentes en cada año.

Art.296. Ser diligenciadas en forma oportuna y correcta las solicitudes deconstancias y certificados en la secretaría del establecimiento.

Art.297. Solicitar permisos y licencias teniendo en cuenta normas vigentes.

Art.298. Recibir horarios de clase con una adecuada distribución quepermita realizar una mejor labor en la preparación de sus clases.

Art.299. Recibir asesoría individual para superar las dificultades y corregirlos desaciertos en los procesos pedagógicos.

Art.300. Ser evaluados con justicia y objetividad teniendo en cuenta lasdisposiciones legales vigentes.

Art.301. Ser elegido para representar a la institución educativa enseminarios, simposios y talleres.

Capitulo II

Perfil del docente

Art. 302. El Docente de la Institución Educativa “BARRIO OBRERO” ha dedistinguirse por ser una persona:

- Con responsabilidad, ética y competencia profesional- Que vivencia y transmite valores humanos a sus estudiantes.- Creativa e innovadora.- Que mejora la calidad educativa en contenidos y metodologías.- Que da alternativas de solución a los problemas y necesidades de

sus educandos.- Capaz de responder a los cambios que se presentan en la

educación.- Que incide profundamente en la formación integral de los

estudiantes con respeto e interés.- Capaz de dirigir bien su clase.- Que propicia un ambiente de confianza con sus estudiantes.- Que valora el punto de vista de los demás.- Que propicia en los estudiantes el autoaprendizaje.- Comprensiva más que permisiva.- Que comparte con los demás docentes sus inquietudes, les

colabora y les respeta.- Coherente en su manera de pensar, sentir y actuar.- Con alto sentido de sensibilidad social.- Imparcial y generadora de espacios que conlleven a armonizar la

convivencia de los compañeros y estudiantes.- En continuo proceso de actualización.

Capítulo IIIProcedimientos Disciplinarios.

Art.302. Las faltas cometidas por algún docente recibirán llamados deatención verbal o escrito, en primera instancia. Su reincidencia y sunegativa a modificar su conducta implicarán la remisión de su casoa la entidad del Estado encargada de solucionar este tipo deasuntos.

Art.301. En el caso de algún procedimiento disciplinario aplicado a undocente, se debe contemplar el derecho a su debido proceso queexige la ley de forma que prime la presunción de inocencia antesde que se demuestre lo contrario.

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Art.302. Los recordatorios, memos o llamados de atención escrita o verbalson competencia del Rector exclusivamente.

Art.303. Las inasistencias injustificadas serán reportadas al inicio de cadames a Subsecretaría de Talento Humano.

Art.304. Será motivo de llamado de atención cuando se presentencontinuos atrasos, de reincidir en la misma falta, se reportará a laSubsecretaría de Talento Humano.

Art.305. No cumplir con las exigencias ordinarias de La Institución Educativacomo la entrega de valoraciones puntualmente, informes, trabajoacadémico, etc., son formas de incumplimiento con sus funciones yes merecedor de un recordatorio por escrito.

Art.306. Los docentes son empleados públicos y su régimen disciplinariovigente es la Ley 734 o Código Único Disciplinario por lo tanto la suaplicación corresponde a las entidades del Estado con funcionesespecíficas que prevalecen sobre cualquier normatividadcontemplada en este Manual de Convivencia.

Art.307. El no acoger ni respetar en su totalidad este Manual deConvivencia, ni practicar acordemente todas las exigenciascontempladas en los derechos y deberes, el conducto regular, eldebido proceso y la divulgación de éstas normas adecuadamente ala comunidad educativa, harán que se produzca una anarquía, queterminará por generar problemas internos por su causa y podráaplicarse un proceso disciplinario si se comprueba su participación.

Art.308. Ningún docente tiene autorización para manejar o exigir dineros alos estudiantes para ninguna clase de actividad. Al hacerlo debenotificarlo por escrito a la rectoría solicitando previa autorización, elincumplimiento de esta norma es causa de una falta que lainmediata reparación de la falta o de lo contrario este caso seráremitido a la Entidad Estatal pertinente para que aplique la sanciónde acuerdo a la Ley 734 de 2002.

Art.309. Es menester de todos propender por mantener un buen ambientede trabajo en equipo, el propiciar, acusar o encubrir a quienesproducen malos comentarios con intenciones dañinas deben sersancionados como lo exige el código disciplinario contemplado enla ley 734.

Capitulo IV.

Para los Directores de Grupo.

Art.310. Los directores de grupo serán nombrados por el Rector y elCoordinador de La Institución Educativa.

Art.311. Su misión especial es la de velar por la buena marcha del grupo,coordinar el rendimiento escolar, hacer parte del conducto regularde La Institución Educativa en la solución de problemas conestudiantes de su grupo.

Art.312. Crear en el grupo un sano compañerismo, un fuerte espíritu detrabajo y un hondo sentido de la responsabilidad, apoyandoactividades que mejoren su modo de pensar, sus conocimientos yla identidad de sus talentos.

Art.313. Conocer y ayudar a cada uno de sus educandos, llamarlos por supropio nombre de pila y no por su apellido.

Art.314. Ser apoyo de la coordinación en la solución de problemas de tipo I,siendo la primera instancia conciliatoria de la Ruta De ConvivenciaInstitucional.

Art.315. Ser consejero de los jóvenes permanentemente, ayudándoles aresolver sus problemas de tipo emocional o procurar colaborar enla consecución de ayuda.

Art.316. Revisar los boletines de cada período antes de ser entregados alos padres de familia.

Art.317. Prestar mucha atención a los educandos que tengan niveles bajosde competencia en su desempeño escolar y en la formación devalores, para ayudarles a mejorar su situación en el grupo y en laInstitución Educativa.

Art.318. Cuidar el buen estado físico del salón de clases asignado,propendiendo por crear una buena decoración con sus estudiantes.

Art.319. Presentar un informe detallado de sus educandos a los padres defamilia en reuniones o cuando ellos lo soliciten.

Art.320. Conocer plenamente este Manual de Convivencia para que puedaaplicar una buena disciplina en su grupo.

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Art.321. Transmitir correctamente la información que las directivas leencomiendan y hacer con sus estudiantes una buena gestión antesus padres de familia.

Art.322. Poner al tanto de las problemáticas de sus estudiantes a los padresde familia y contribuir al mejoramiento continuo de su grupo.

Art.323. Promover el análisis de las situaciones conflictivas de loseducandos y lograr en coordinación o con otros estamentos lassoluciones más adecuadas, específicamente, hacer conocer lasituación al CCE y cuando el caso lo amerite, citarlo para buscar lasolución al problema.

Art.324. Participar en los programas de bienestar para los estudiantes delgrupo a su cargo

Art.325. Entregar los informes académicos y de comportamiento a lospadres de familia de acuerdo a las fechas programadas.

Art.326. Participar activamente en todas aquellas actividades en donde sugrupo esté representado.

Art.327. Los directores de grupo, deben adquirir destreza en el manejo deconflictos y en métodos de solución pacífica, que pueden serenseñados a los y las estudiantes, como alternativas para finiquitarsituaciones que alteran la convivencia. Un método sugerido es:- Separar a las personas del problema- Concentrarse en los intereses y no en las posiciones- Inventar opciones de mutuo beneficio- Insistir en que los criterios de las soluciones sean objetivos

TITULO VDel Gobierno Escolar.

CAPITULO IRepresentación Estudiantil.

Art.328. El Gobierno Escolar será conformado y establecido como lo indicael Art. 29 del Decreto 1860.

Art.329. La representación estudiantil en el gobierno escolar la conforman elrepresentante de los estudiantes al Consejo Directivo, el cual seráelegido por el Consejo de Estudiantes, entre los estudiantes delgrado 11.

Art.330. El Consejo de Estudiantes estará conformado por los dosrepresentantes de cada grado y el personero de los estudiantes.

Art.331. El consejo de Estudiantes tendrá entre otras funciones lasreportadas en este manual de convivencia así:

- Tener su propia organización interna.- Elegir entre los estudiantes del grado once el representante ante el

Consejo Directivo.- Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten

iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil.- Promover actividades y proyectos que tiendan a la cualificación y

mejoramiento institucional, ampliar los mecanismos de participaciónestudiantil, tales como encuestas, periódicos y murales.

- El desarrollo de actividades para fomentar la práctica de los valoreshumanos, con el fin de buscar la participación responsable, justa ydemocrática de los compañeros en la vida y el Gobierno Escolar.

- Contribuir con aportes positivos en la búsqueda de solución deproblemas académicos, de relaciones interpersonales y decomportamiento.

- Divulgación de sus funciones para cumplir con el papel deorientador y vocero de sus compañeros.

- Representar a la institución en encuentros inter-institucionales,locales, municipales y nacionales.

- Llevar el registro de reuniones en actas firmadas y presentarlas alos directivos cuando sean requeridas.

- Revocar el mandato del representante de los estudiantes ante elconsejo directivo y del personero cuando sea el caso.

- Revocar el mandato del Personero, previo plebiscito en cada unode los grados

Art.332. Podrán postularse a la elección de personero, los estudiantes delúltimo grado (grado once) que deseen participar en la contiendaelectoral, la fecha de inscripción será en febrero de cada año.

Art.333. Los candidatos a personero y representante recibirán del área deciencias sociales una capacitación sobre las responsabilidades yfunciones legales establecidas por la ley 115 y el decreto 1860.

Art.334. Las funciones del personero en la Institución Educativa, son muydiferentes a las del representante de los estudiantes al ConsejoDirectivo.

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Art.335. Son condiciones para aspirar a ser elegido como personero orepresentante estudiantil de La INSTITUCIÓN EDUCATIVA“BARRIO OBRERO” las siguientes:

1. Tener una antigüedad mínima de 2 años en la InstituciónEducativa.

2. Ser un buen estudiante en cuanto a su desempeñoacadémico y comportamiento, demostrado durante supermanencia.

3. Debe manejar excelentes relaciones interpersonales consus compañeros de grupo y demás integrantes de laInstitución Educativa.

4. Ser considerado un modelo de estudiante para toda lacomunidad educativa.

5. Demostrar gran habilidad discursiva y de liderazgo siendoaceptado por sus compañeros.

6. Tener sentido de pertenencia y compromiso con laInstitución Educativa.

7. Ser conocedor de la filosofía Institucional y del Manual deConvivencia.

8. Tener una buena presentación personal como lo exige eluso de su uniforme siendo parte de su personalidad y nopor simple compromiso.

9. Demostrar su carisma de líder proactivo como unafortaleza espiritual fundamental en su formación.

10. Cumplir plenamente con todos los valores corporativosexpuestos en este Manual de Convivencia

Art.336. Las funciones del personero están reglamentadas en el Art. 28 deldecreto 1860. Pero se anexan las siguientes.

- Promover el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberesestudiantiles consagrados en la Constitución Política, en las leyes ydecretos vigentes en este Manual de Convivencia.

- Recibir y evaluar los reclamos presentados por los educandos sobre laslesiones a sus derechos y las formuladas por cualquier persona de lacomunidad por incumplimiento de los deberes de los educandos.

- Asistir a las reuniones del Consejo Directivo cuando la necesidad lorequiera como invitado.

- Apelar ante el Consejo Directivo sus decisiones respecto a laspeticiones presentadas por los estudiantes.

- Fiscalizar las reuniones del Consejo de Estudiantes como miembroactivo.

- Rendir informe bien sea al Consejo de Estudiantes, al Consejo Directivoo bien a ambos, de los aspectos negativos y positivos, que merezcantenerse en cuenta para la formación de la comunidad educativa.

- Asistir puntualmente a las reuniones del Consejo de Estudiantes.

Art.337. Algunas funciones del representante de los estudiantes al ConsejoDirectivo son:

- Representar a los educandos ante el Consejo Directivo, asistiendopuntualmente a las reuniones y rindiendo informe de las mismas alConsejo de Estudiantes.

- Presentar al Consejo Directivo sugerencias para beneficio de loscompañeros y de la Institución en los aspectos relacionados con:

- Manual de normas de convivencia- Organización de las actividades curriculares- Fomento y práctica de los valores humanos- Relaciones interpersonales- Organización y funcionamiento del Consejo Estudiantil- Mantenimiento y cuidado de la planta física

Art.338. Los representantes del grado son los voceros de cada grupoelegido por sus compañeros a través de voto secreto u otromecanismo.Los representantes deben distinguirse por su capacidad deliderazgo, desempeño académico y excelente comportamiento.Ellos serán elegidos por votación popular, en reunión presidida porel Director de grupo para un periodo de un año.

Algunas funciones del representante del grupo son:

- Colaborar con el director de grupo en la administración de su grupo entodos los aspectos.

- Buscar mecanismos que permitan la colaboración de sus compañeros,para lograr el efectivo cumplimiento de sus funciones y la buenamarcha del grupo.

- Solicitar comedidamente la colaboración de sus compañeros paralograr el efectivo cumplimiento de sus funciones y la buena marcha delcurso.

- Fomentar los buenos modales entre sus compañeros y evitarcomentarios y actitudes que lesionen la dignidad de la personahumana, procurando siempre contribuir en la formación integral de simismo y de los demás.

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- Llevar la vocería de sus compañeros ante el Director de grupo,docentes, comités y representantes de los estudiantes.

- Procurar que el salón permanezca limpio, decorado y ordenado;promoviendo campañas escolares de aseo entre sus compañeros conel fin de preservar el medio ambiente y mantener en buenascondiciones los elementos del salón de clases y la institución.

- Motivar a sus compañeros sobre la importancia de la asistencia,puntualidad, autoformación, buen comportamiento y demás aspectoscontemplados en la filosofía de la Institución.

- Representar a su grupo en el Consejo de Estudiantes

Capítulo II

Representación Institucional.

Art.314. La Institución Educativa está regida por los siguientes consejos ycomités:

1. Consejo Directivo según el Art. 143 Ley 115, Art. 23 decreto1860.

2. Consejo Académico según Art. 24 decreto 1860.

Art.315. Las funciones de cada consejo están contempladas en susrespectivos reglamentos, aquí se mencionan algunas que sontrascendentales.

FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO.

- Diseñar su propio reglamento interno.- Tomar decisiones para solucionar situaciones que afecten el buen

funcionamiento de la institución en todos los aspectos.- Participar en la evaluación del PEI y la evaluación final de la institución.- Establecer criterios para la asignación de cupos.- Dinamizar y controlar el buen funcionamiento de la institución.- Fomentar la conformación de la Junta de Padres de Familia.- Determinar la permanencia de los estudiantes y negar el cupo cuando

el debido proceso lo amerite.- Analizar y dar un veredicto a las sugerencias de los diferentes consejos

y comités, especialmente cuando estas afectan a algún miembro de lacomunidad educativa.

- En relación con el Fondo de Servicios Educativos. El consejo directivocumple las siguientes funciones:

- Antes del inicio de cada vigencia fiscal, analizar, introducir ajustes yaprobar mediante acuerdo el presupuesto de ingresos y gastos delproyecto presentado por el rector.

- Adoptar el reglamento para el manejo de la tesorería, el cual por lomenos determinará la forma de realización de los recaudos y de lospagos, según la normatividad existente en la entidad territorialcertificada, así como el seguimiento y control permanente al flujo decaja y los responsables en la autorización de los pagos.

- Aprobar las adiciones al presupuesto vigente así como los trasladospresupuestales que afecten el mismo.

- Verificar la existencia y presentación de los estados contables porparte del rector o director rural, elaborados de acuerdo con lasnormas contables vigentes expedidas por el Contador General dela Nación, con la periodicidad señalada por los organismos decontrol.

- Determinar los actos o contratos que requieran su autorizaciónexpresa.

- Reglamentar mediante acuerdo los procedimientos, formalidades ygarantías para toda contratación que no supere los veinte (20)salarios mínimos legales mensuales vigentes. (20 s.m.m.l.v).

- Aprobar la contratación de los servicios que requiera elestablecimiento educativo y que faciliten su funcionamiento deconformidad con la ley.

- Autorizar al rector para la utilización por parte de terceros de losbienes muebles o inmuebles dispuestos para el uso delestablecimiento educativo, bien sea gratuita u onerosamente,previa verificación del procedimiento establecido por dicho órganoescolar de conformidad con lo dispuesto en el decreto 1860 de1994.

- Aprobar la utilización de recursos del Fondo de ServiciosEducativos para la realización de eventos pedagógicos, científicos,culturales, deportivos, o la participación de los educandos enrepresentación del establecimiento educativo y fijar la cuantía quese destine para el efecto.

- Verificar el cumplimiento de la publicación en lugar visible y de fácilacceso del informe de ejecución de los recursos del Fondo deServicios Educativos.

FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO

- Organizar y orientar la acción pedagógica de la Institución Educativa.- De acuerdo al SEI, asumir las funciones de las Comisiones de

evaluación y Promoción.

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- Organizar y ejecutar la evaluación institucional bajo la dirección delrector.

- Según lo dispuesto por el SEI, asumir las funciones de las comisionesde evaluación y promoción.

- Analizar y determinar la situación académica de cada uno de losestudiantes, en particular de aquellos que necesitan mayor compromisoy realizar recomendaciones para la superación de las dificultades.

- Participar y organizar la autoevaluación institucional.

Art.316. Los representantes de los docentes que conforman el consejodirectivo, son elegidos en Asamblea de Docentes para un periodode un año, uno de primaria y otro de bachillerato, teniendo presentela equidad de género, y pueden ser reelegidos para un periodoanual adicional.

Art.317. Los miembros que conforman el Consejo Académico son losdocentes representantes de las diferentes Asignaturas o áreas.

Art.318. Las reuniones programadas por cada consejo serán de carácterordinario y extraordinario y citadas por el Rector con anticipación ycumpliendo lo estipulado por el Decreto 1850, en materia dejornada laboral.

Capitulo III.Manuales de Funciones.

Art.319. Las siguientes funciones hacen parte de la labor que desempeñancada una de las dependencias administrativas y operativas de lainstitución, por lo tanto las demás que sean anexas posteriormenteserán la continuidad de estas.

FUNCIONES DEL RECTOR

- Representar a la Institución Educativa ante las autoridades educativasy entidades que lo requieran.

- Presidir los comités de Administración del Fondo de ServiciosDocentes, Directivo y Académico, Comité de Convivencia y participaren los demás cuando lo considere conveniente.

- Establecer criterios para dirigir la Institución de acuerdo con las normasvigentes.

- Planear y organizar con los coordinadores las actividades curricularesde la Institución.

- Establecer canales y mecanismos de comunicación en todas lasdependencias.

- Dirigir y supervisar las actividades de bienestar y proyección a lacomunidad.

- Dirigir y supervisar el desarrollo de las actividades académicas yadministrativas.

- Elaborar anteproyectos, tanto del presupuesto, como del fondo deservicios docentes; presentarlos al Consejo Directivo para suaprobación y controlar su ejecución de acuerdo con las normasvigentes.

- Ordenar el gasto de la Institución Educativa.- Administrar el personal de la institución de acuerdo a las normas

vigentes.- Administrar los bienes de la Institución Educativa en coordinación con el

funcionario determinado para ello, si lo hubiere.- Hacer cumplir la asignación académica a los docentes de acuerdo a

las normas vigentes.- Dirigir y participar en la autoevaluación de la Institución y enviar el

informe a la institución administrativa correspondiente.- Asignar en su ausencia temporal las funciones de Rector, al

Coordinador, de acuerdo a las normas vigentes.- Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la

naturaleza del cargo.- Dirigir la preparación del Proyecto Educativo Institucional con la

participación de los distintos actores de la comunidad educativa.

- Formular planes anuales de acción y de mejoramiento de calidad ydirigir su ejecución.

- Dirigir el trabajo de los equipos docentes y establecer contactos inter-institucionales para el logro de las metas educativas.

- Realizar el control sobre el cumplimiento de las funcionescorrespondientes al personal docente y administrativo y reportar lasnovedades e irregularidades del personal a la Secretaría de Educación,Municipal o a quien haga sus veces.

- Administrar el personal asignado a la Institución en lo relacionado conlas novedades y los permisos.

- Participar en la definición de perfiles para la selección del personaldocente y en su selección.

- Distribuir las asignaciones académicas y demás funciones de docentes,directivos docentes y administrativos a su cargo, de conformidad conlas normas sobre la materia.

- Realizar llamados de atención a los docentes y administrativo y buscaracuerdos para que se enmienden, en caso de persistir, realizar laremisión a la subsecretaría de Talento Humano o a Control InternoDisciplinario de conformidad con las normas vigentes.

- Suministrar información oportuna al municipio o la entidad estatal, deacuerdo con sus requerimientos.

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- Responder por la calidad de la prestación del servicio de su InstituciónEducativa.

- Rendir un informe al Consejo Directivo de la Institución Educativa almenos cada seis meses.

- Publicar una vez al semestre, en lugares públicos para toda lacomunidad, los docentes a cargo de cada asignatura, los horarios yasignación académica de cada uno de ellos.

- Realizar informe de gestión a los padres de familia.- En relación al Fondo de Servicios Educativos, es responsable de:

- Elaborar el proyecto anual de presupuesto del Fondo de ServiciosEducativos y presentarlo para aprobación al consejo directivo.

- Elaborar el flujo de caja anual del Fondo de Servicios Educativosestimado mes a mes, hacer los ajustes correspondientes ypresentar los informes de ejecución por lo menos trimestralmente alconsejo directivo.

- Elaborar con la justificación correspondiente los proyectos deadición presupuestal y los de traslados presupuestales, paraaprobación del consejo directivo.

- Celebrar los contratos, suscribir los actos administrativos y ordenarlos gastos con cargo a los recursos del Fondo de ServiciosEducativos, de acuerdo con el flujo de caja y el plan operativo de larespectiva vigencia fiscal, previa disponibilidad presupuestal y detesorería.

- Presentar mensualmente el informe de ejecución de los recursosdel Fondo de Servicios Educativos.

- Realizar los reportes de información financiera, económica, social yambiental, con los requisitos y en los plazos establecidos por losorganismos de control y la Contaduría General de la Nación, yefectuar la rendición de cuentas con la periodicidad establecida enlas normas.

- Suscribir junto con el contador los estados contables y lainformación financiera requerida y entregada en los formatos yfechas fijadas para tal fin.

- Presentar al final de cada vigencia fiscal a las autoridadeseducativas de la respectiva entidad territorial certificada, el informede ejecución presupuestal incluyendo el excedente de recursos nocomprometidos si los hubiere, sin perjuicio de que la entidad puedasolicitarlo en periodicidad diferente.

FUNCIONES ACADEMICAS DEL COORDINADOR

- Participar en el Consejo Académico, y cuando éste cumpla con lasfunciones de las Comisiones de Evaluación y Promoción y en los quesea requerido.

- Colaborar con el Rector en la planeación y evaluación institucional.

- Dirigir la planeación y programación académica, de acuerdo con losobjetivos y criterios curriculares.

- Organizar a los docentes por departamentos de acuerdo a las normasvigentes y coordinar sus acciones para el logro de los objetivos.

- Coordinar la acción académica con la administración de educandos ydocentes.

- Establecer canales y mecanismos de comunicación en toda laInstitución Educativa.

- Dirigir y supervisar la ejecución y evaluación de las actividadesacadémicas.

- Dirigir la evaluación del desempeño académico y adelantar accionespara mejorar la retención escolar.

- Programar la asignación académica de los docentes y elaborar elhorario general de clases del plantel, en colaboración con elCoordinador de convivencia. Presentarlos al Rector para su aprobación

- Fomentar la investigación científica para el logro de los propósitoseducativos.

- Presentar al Rector las necesidades de material didáctico de lasdistintas áreas y asignaturas

- Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de losequipos y materiales confiados a su manejo.

- Cumplir las demás funciones asignadas de acuerdo con la naturalezadel cargo por el rector

FUNCIONES DE CONVIVENCIA DEL COORDINADOR

- Participar en el Consejo Académico, en el Comité de Convivencia, yadministración de educandos y en otros que sea requerido por el rector.

- Colaborar con el Rector en la Planeación y evaluación Institucional.- Dirigir la planeación y programación de la administración de educandos

y docentes de acuerdo con los objetivos y criterios curriculares y delManual de Convivencia.

- Organizar las Direcciones de Grupo de la administración de educandosy docentes de acuerdo con los objetivos y criterios curriculares.

- Establecer canales y mecanismos de comunicación con los padres defamilia y toda la comunidad educativa.

- Supervisar la ejecución de las actividades de su dependencia quegaranticen la convivencia.

- Colaborar con el Coordinador académico en la distribución deasignaturas y elaboración del horario general de clases del plantel.

- Llevar los registros y controles necesarios para la administración dedocentes y educandos que permitan llevar el debido proceso.

- Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de losequipos y materiales confiados a su manejo.

Page 35: Manual de convivencia marzo 16

- Remitir oportunamente los casos especiales de comportamiento de loseducandos ante las autoridades civiles, previo estudio de la situación.

- Presentar, asesorar, coordinar y ejecutar proyectos de solución deconflictos y convivencia escolar.

- Cumplir con las demás funciones que le sean asignadas de acuerdocon la naturaleza del cargo por el rector.

FUNCIONES DEL JEFE DE ÁREA

Es el responsable de lograr eficiencia en el desarrollo de los procesoscurriculares relativos al área. Tiene autoridad funcional sobre los profesoresque integran el área.

- Dirigir y organizar las actividades del área, conforme a los criteriosestablecidos a nivel curricular y de coordinación académica.

- Establecer canales y mecanismos de comunicación.- Dirigir, supervisar y asesorar a los profesores en el planeamiento y

desarrollo de las actividades curriculares que ofrece el área y promoversu actualización.

- Informar a coordinación o rectoría, sobre incumplimientos de losintegrantes del área a sus obligaciones.

- Ejecutar las acciones en coordinación con los demás jefes de área.- Desarrollar programas de investigación científica.- Supervisar y evaluar la ejecución de los programas del área y el

desempeño de los estudiantes.- Presentar informe al coordinador sobre el desarrollo de los programas

del área, previo a las reuniones o cuando sea requerido.- Cumplir con la asignación académica de conformidad con las normas

vigentes.- Participar en los comités en que sea requerido.- Responder por la adecuada utilización, mantenimiento y seguridad de

los muebles, equipos y materiales confiados a su manejo.

FUNCIONES DEL ORIENTADOR ESCOLAR O CONSEJERO

- Participar de los Comités en los cuales sea requerido.- Participar en la planeación y evaluación institucional.- Planear y programar en colaboración con los coordinadores las

actividades de su dependencia, de acuerdo con los criteriosestablecidos por la dirección de la Institución Educativa.

- Coordinar su acción con los demás servicios de bienestar institucional.- Orientar y asesorar a docentes, educandos y padres de familia sobre la

interpretación y aplicación de la filosofía educativa.

- Atender los casos especiales de comportamiento que se presentan enla Institución Educativa.

- Elaborar y ejecutar los programas de exploración y orientaciónvocacional.

- Colaborar con los coordinadores para ayudar a solucionar problemasde tipo y disciplinario.

- Programar y ejecutar actividades tendientes a formar dirigentes conliderazgo.

- Realizar investigaciones tendientes al mejoramiento del procesoeducativo.

- Evaluar periódicamente las actividades programadas y ejecutadas ypresentar oportunamente los informes al rector.

- Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de losequipos y materiales confiados a su manejo.

- Cumplir las demás funciones asignadas de acuerdo con la naturalezadel cargo y las que le confíe el rector.

FUNCIONES DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓNASUMIDAS POR EL CONSEJO ACADEMICO SEGÚN SEI

- Estudiar los casos de los estudiantes candidatos a repetir el grado.- Reunirse al finalizar el año lectivo para analizar la situación académica

final que presenta la Institución.- Reunirse al finalizar cada período para recomendar sobre los casos de

bajo rendimiento de los estudiantes.

Capítulo IV.Representación de Otros Grupos Colegiados.

Art.320. La participación de los padres de familia en el gobierno escolar deLa INSTITUCIÓN EDUCATIVA “BARRIO OBRERO” estárepresentada por el Consejo de Padres de Familia y su JuntaDirectiva.

Art.321. Al iniciar el año escolar se nombran los delegados (2) principal ysuplente de cada grupo para conformar el Consejo de Padres deFamilia.

Art.322. El Consejo de Padres de familia remitirá dos (2) delegados paraconformar el Consejo Directivo de la Institución Educativa, uno dela primaria y otro de bachillerato.

Art.323. El Consejo de Padres tiene su propio reglamento regido porestatutos y por una Junta Directiva elegida de entre susintegrantes.

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Art.324. Todos los procesos de elección de sus integrantes se hacen pormedio de la vía democrática, igualmente sus decisiones.

Art.325. Los integrantes que conforman la Junta Directiva del Consejo dePadres de Familia, serán elegidos por el tiempo del año lectivoescolar y podrán ser reelegidos para un periodo anual adicional.

Art.326. La Institución Educativa da cumplimiento a los requerimientos de laley en cuanto a la conformación del gobierno escolar, plenamentecontemplados en el Art. 142 de la ley 115 y el Art. 19 del decreto1860 para dar participación democrática a todos los miembros de lacomunidad educativa.

Art.327. Las siguientes son funciones de otras dependencias queconforman la comunidad educativa y hacen parte de las demás queles puedan ser asignadas por la naturaleza de sus cargos de partede la rectoría.

FUNCIONES DE LA PAGADORA

- La función de tesorería o pagaduría del Fondo no puede ser ejercidapor el personal docente o directivo docente, y debe estar amparada poruna póliza de manejo equivalente por lo menos al valor de lopresupuestado en el año inmediatamente anterior.

- Cuando el o la funcionaria reúna los requisitos que establece la norma,debe participar del retiro de recursos con su firma, la otra seráobligatoriamente la del rector en su calidad de ordenador del gasto.Decreto 4791 de 2008, art. 15.

- Organizar el funcionamiento de su oficina y participar en la planeaciónpresupuestal.

- Manejar y controlar los recursos de la institución.- Organizar y desarrollar procesos para reconocimiento y pago de

obligaciones del plantel.- Programar las actividades generales de almacén, organizar el archivo y

realizar el pago oportuno del programa general de compras.- Ordenar y supervisar la entrega de materiales a las dependencias que

lo requieran.- Controlar el mantenimiento, seguridad e integridad de los elementos

que se encuentren en el almacén.- Presentar las cuentas a la Contraloría General de la República en las

fechas previstas.- Recibir, contabilizar e incorporar a los Fondos del plantel los ingresos

por concepto de gratuidad, constancias, certificados, arrendamientos ycualquier otro tipo de concepto.

- Hacer anualmente el inventario físico y general de la institución,detallando los bienes muebles e inmuebles, material didáctico, útiles deescritorio incorporar al mismo los elementos y demás materiales quedonen al plantel y los que se compren por la institución.

- Cumplir estrictamente con el presupuesto del Fondo de Fomento deServicios Docentes y efectuar solo aquellos gastos que estánautorizados por el Rector, como ordenador del gasto.

- Permanecer en el plantel durante la jornada de trabajo y solicitar elpermiso respectivo o informar sobre la actividad a realizar al Rector.

- Atender cordialmente a profesores, educandos, padres de familia,administrativos y público en general cuando soliciten sus servicios.

- Controlar y supervisar el trabajo que realiza el personal de auxiliares deservicios generales.

- Practicar dentro y fuera del plantel, buenas relaciones humanasbuscando ante todo la unificación, sinceridad y respeto de todo elpersonal que conforma la comunidad educativa.

- Responder por el uso adecuado, seguridad y mantenimiento de losequipos y materiales confiados a su manejo.

- Guardar la reserva que requieran los asuntos relacionados con sutrabajo, aún después de haber cesado en su cargo.

- Prestar el servicio en forma oportuna.- Mantener reserva sobre información confidencial.

- Participar con el informe de gestión financiera, anual de la Institución,tanto a docentes, padres de familia y comunidad en general.

FUNCIONES DE LA SECRETARíA

- Programar y organizar las actividades propias de su cargo.- Responsabilizarse del diligenciamiento de los Libros de Matrícula,

Admisiones, Registros Pedagógicos, Recuperaciones, Validaciones,Asistencia y Actas de reuniones.

- Colaborar y participar en la organización y ejecución del proceso dematrícula.

- Elaborar las listas de los educandos para efectos docentes yadministrativos.

- Mantener ordenada y actualizada la documentación, de los educandos.- Mantener ordenada y actualizada la documentación – hojas de vida- del

personal docente y administrativo.- Llevar registros de servicios de los funcionarios de la Institución

Educativa.- Colaborar con el Rector en la elaboración de informes estadísticos.- Gestionar ante la Secretaría de Educación el registro de los libros

reglamentarios, certificados de estudio y tramitar diplomas.

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- Organizar el archivo en forma funcional y elaborar las certificaciones yconstancias que le sean solicitadas.

- Cumplir la jornada laboral legalmente establecida y planteada por elrector.

- Atender al público en el horario establecido.- Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los

equipos y materiales confiados a su manejo.- Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la

naturaleza del cargo.

FUNCIONES DEL BIBLIOTECARIO.

- Elaborar el plan anual de actividades de su dependencia de acuerdocon las actividades académicas programadas y presentarlo al Rectorpara su aprobación.

- Elaborar el proyecto de reglamento interno de la biblioteca y presentarloal Rector para su aprobación.

- Clasificar, catalogar, y ordenar el material bibliográfico.- Establecer y mantener material bibliográfico con entidades nacionales y

extranjeras.- Suministrar el material bibliográfico y orientar a los usuarios sobre su

utilización.

- Llevar el registro de utilización del servicio y control de los préstamosrealizados.

- Evaluar periódicamente las actividades programadas y ejecutadas porsu dependencia y rendir informe oportuno al Rector.

- Cumplir la jornada laboral legalmente establecida.- Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad del

material bibliográfico, muebles y enseres confiados a su manejo.- Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la

naturaleza del cargo por el rector

FUNCIONES DEL FUNCIONARIO DE SERVICIOS GENERALES

- Desempeñar con eficacia e imparcialidad las funciones propias de sucargo.

- Dar un trato cortés a sus compañeros y compartir sus tareas conespíritu de solidaridad y unidad de propósito observando con loscompañeros de trabajo y público en general toda la consideración ycortesía debida.

- Realizar periódicamente inventario de necesidades y presentarsolicitudes al rector.

- Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de losequipos y materiales confiados a su manejo.

- Practicar dentro y fuera del plantel, buenas relaciones humanas,buscando ante todo la unificación y sinceridad de todo el personal.

- Ejercer vigilancia en las áreas o zonas que se le hayan asignado.- Controlar la salida y entrada de personas, vehículos y objetos de la

Institución Educativa.- Colaborar con la prevención y control de las situaciones de emergencia.- Consignar en los registros de control las anomalías detectadas e

informar oportunamente sobre las mismas.- Velar por el aseo y buena presentación de las áreas o zonas que se les

han asignados.- Velar por el buen estado y conservación de oficinas de Directivos,

Docentes y personal administrativo, salones de clase (pupitres,ventanales, puertas) local de biblioteca, sala de docentes, laboratorios,sistemas, proyecciones, baños, zonas verdes y jardines de la institucióne informar oportunamente de las anomalías detectadas.

- Velar por la conservación y seguridad de los implementos puestos a suservicio.

- Prestar servicios de mensajería, cuando el rector lo requiera.- Cumplir la jornada de trabajo legalmente establecida.- Cumplir las demás funciones asignadas de acuerdo con la naturaleza

del cargo y las que exprese el rector.

Art.328. Las funciones adicionales a cada uno de los cargos aquíreferenciados, serán presentados cuando sea necesario por elrector y se adicionaran a través de documentos de conocimientoentre las partes que serán anexos al PEI

Art.329. La Institución Educativa generará más artículos de acuerdo con lanecesidad de su operación y ejecución diaria, por lo tanto lasnuevas disposiciones serán aprobadas por el consejo directivo yserán validas una vez se produzca la resolución rectoral quepermita su adhesión al Manual de Convivencia desde la últimafecha de su publicación.

COMUNÍQUESE Y CUMPLASE

Dada en Ipiales, a los XXX días del mes de Marzo de 2014

HERMES SIGIFREDO CHAMORRO BLANCA NARVAEZ CABRERARector Secretaria

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JENNY CHAMORRO JIMENEZCoordinadora de convivencia

Vo. Bo. CONSEJO DIRECTIVO

CRISTIAN DORADO DIOMAR GOMEZRep. Docentes Rep. Docentes

MARIA ALEJANDRA ALMEIDA LUCIO BASTIDASRep. Estudiantes Rep. Padres de familia