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MANUAL

DE CONVIVENCIA

ESCOLAR

COLEGIO BLANCA VERGARA

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1. DEL ESTABLECIMIENTO

1.1 FILOSOFÍA Y PRICIPIOS VALÓRICOS

El Colegio Blanca Vergara procura brindar un ambiente grato de trabajo

que aliente, incentive y estimule el desempeño profesional, la iniciativa

personal, la innovación y la excelencia académica.

Nuestras acciones se enmarcan en el espíritu de la legislación vigente,

como en los valores propios del Humanismo Cristiano; procurando que toda la

Unidad Educativa mantenga un alto estándar de conducta personal e

institucional. Para ello, el colegio cuenta con un cuerpo de directivos docentes

preocupados de satisfacer las demandas educativas y de ser los encargados

directos del buen funcionamiento del establecimiento.

La Dirección del Colegio procurará brindar siempre un trato digno y de

respeto para toda la Unidad Educativa, ya que dicho acto representa un valor

básico en los cuales se fundamentan las relaciones personales y que son la

base del reconocimiento académico. Pero para ello, será relevante el

establecimiento de normas que regulen, además, tanto el cumplimiento de los

deberes de sus miembros, como el resguardo de los derechos de cada uno de

ellos; en virtud de las normativas legales. Es así que el Respeto, será

concebido en nuestro colegio, como un valor fundamental que fortalece la

calidad de la convivencia escolar. Dicha convivencia, resulta ser entonces,

responsabilidad de todos los miembros de la comunidad educativa y se

constituye como un proceso transformador, dinámico y diverso. Por lo tanto, no

admite un modelo único, siendo necesario explicitar un mínimo común para

toda la comunidad educativa del Colegio Blanca Vergara.

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Para ello, será propicio considerar como fuente básica de orientación,

algunas premisas mínimas, que se encuentran en los principios rectores de la

política nacional de la Educación en Chile; y son las que se subordinan a los

siguientes marcos legales que les otorgan legitimidad y obligatoriedad:

La Constitución Política de la República de Chile, en su artículo Nº 19.

La Declaración Universal de Derechos Humanos.

La Convención sobre los Derechos del Niño, en su artículo Nº 2.

La Ley General de Educación Nº 20.370 del 17 de agosto de 2009.

Los Decretos Supremos de Educación, N° 240 de 1999 y N° 220 de 1998,

en lo que respecta a los Objetivos Fundamentales Transversales.

El Instructivo Presidencial sobre “Participación Ciudadana en la Gestión

Pública”, de agosto de 2008.

La Política de Participación de Padres, Madres y Apoderados en el sistema

educativo, publicada por el MINEDUC, en el año 2000.

El Estatuto Docente.

Entre otras relevantes que puedan ser impartidas por las autoridades

competentes.

El adscribirse a estos marcos regulatorios, nos permite establecer como

institución educacional, un Manual de Convivencia Escolar que potencia la

legalidad y el espíritu de su construcción.

En otro ámbito, en el Colegio Blanca Vergara sabemos que el éxito en la

gestión educativa depende directamente del crecimiento profesional y personal

de quienes laboran en la Unidad Educativa. Por esto, el perfeccionamiento y la

capacitación de los profesores son fundamentales en la filosofía del colegio.

Dentro o fuera de la Unidad Educativa, se brindarán cursos de

perfeccionamiento de acuerdo a las posibilidades reales con las que cuente el

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colegio. De modo que el perfeccionamiento se presente como una alternativa

para adquirir nuevos conocimientos y destrezas transferibles al aula; logrando

así, que los alumnos adquieran aprendizajes significativos y de calidad. El

perfeccionamiento deberá contar con una activa participación de los

educadores, ya que a través de ellos se logrará alcanzar el fortalecimiento

valórico necesario en nuestra misión formadora de personas. De allí que exista

un estrecho vínculo entre la idea de perfeccionamiento y el desarrollo de los

valores, dado que no es posible concebir el desarrollo profesional, sin una ética

de la educación. Según lo anterior, en nuestra Unidad Educativa se pretende

lograr el cumplimiento básico, pero esencial, de los siguientes indicadores:

1. Apoyo constante en metodologías activo participativas en el tratamiento

de los objetivos institucionales. Este tema nos lleva al siguiente punto:

2. Fortalecimiento de la excelencia y desempeño académico.

3. Autoafirmación del crecimiento personal y de los valores que sustentan el

desarrollo profesional.

Por otro lado, se pretende trabajar en nuestra Unidad Educativa en

relación con el perfeccionamiento y/o capacitación según las siguientes

modalidades o posibilidades:

Autoperfeccionamiento: Este se puede realizar, ya sea en forma

particular o por intermedio de cursos impartidos por el MINEDUC u otras

instituciones que ofrezcan esta posibilidad a los docentes.

Perfeccionamiento: Este puede contemplar el desarrollo de seminarios,

capacitaciones, perfeccionamientos, talleres, cursos, diplomados o

postítulos, entre otros. También se realizarán para los docentes, de

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acuerdo a los objetivos que contemple a la fecha, nuestro Plan de Mejora

Escolar SEP (Subvención Escolar Preferencial)

Reuniones de Reflexión, Talleres y Charlas: Estas se consideran

actividades integradoras, donde la participación y la voluntad de entrega

profesional son el único requisito. Tienen por finalidad retroalimentar

contenidos y adquirir conocimientos que contribuyan a mejorar el trabajo

docente en el aula. En este sentido, cobra relevancia cada una de las

actividades que se realizan a través de las reuniones calendarizadas,

como son los Consejos de Profesores, entre otras instancias de

participación.

Tal como ya hemos señalado, en nuestro establecimiento es importante

generar un ambiente grato de trabajo que promueva el buen desempeño

profesional, la iniciativa personal, la innovación y la excelencia académica; ya

que esto también tiene una directa relación con la manera de enfrentar las

interrelaciones personales y los posibles conflictos que deriven de las mismas.

En el Colegio Blanca Vergara, el Conflicto es considerado como un

elemento que convive en cualquier institución, ya sea pública o privada; para

ello se deben considerar los elementos resolutivos, con el fin de administrar

constructivamente los desacuerdos entre las partes y lograr establecer puntos

de acuerdo por sobre las diferencias; siendo necesario, que ambas partes

resuelvan pacíficamente dichas desavenencias. Y es importante que las

personas involucradas, se comprometan a tener una convivencia normada por

el presente documento (Manual de Convivencia Escolar), donde todos los

agentes de la comunidad deberán entender que los conflictos se minimizan,

cuando el respeto por la norma es consiente.

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En este ámbito, el Diálogo es la herramienta más eficiente; se hace

necesario exponer los puntos de vista con respeto y en forma directa; en caso

de no llegar a acuerdo se debe acceder a un tercero que actúe como mediador,

quien con su imparcialidad contribuirá en la resolución del conflicto. Por

ejemplo, en el ámbito de los alumnos, será importante el trabajo del Equipo

de Mediación Escolar; pero también será relevante la Encargada de Sana

Convivencia Escolar, el cual como organismo intervendrá en aquellas

situaciones más graves, cuando la Dirección del colegio necesite de un

mediador que sea capaz de: investigar los hechos, para mediar entre las partes

si aquello fuese necesario.

Hay que considerar que lo expuesto en el punto anterior, rige para todas

las personas que forman parte de nuestra comunidad educativa: directivos,

profesores, asistentes de la educación, alumnos, padres y apoderados, etc.

Pero a su vez, cada uno de estos miembros, debe tener presente que la clave

para la resolución pacífica de los conflictos, será ponerse en el lugar de la otra

persona, proporcionando una claridad para solucionar tal conflicto. Si bien es

cierto que la Mediación es una herramienta útil, que facilita la resolución de

los conflictos, también es necesario que no se abuse de ella; sólo así

reflejaremos la madurez que como personas o como institución, debemos llegar

a alcanzar.

De tal modo, el establecimiento no puede aceptar la resolución de los

conflictos mediante la violencia física, psicológica, verbal o virtual; ya que en

nuestro rol formador, la Tolerancia y el Autocontrol son virtudes que se

cultivan desde los primeros años de la educación formal de los alumnos. Pero

así mismo, a los directivos y profesores, se les exigirá el más alto nivel moral y

actitudinal en su trato con todos los miembros de la comunidad escolar, ya que

quien cultiva en su quehacer diario tales valores, también deberá practicarlos

en el ámbito de su rol profesional.

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A su vez esta norma rige tanto para los apoderados como alumnos; pues

los estudiantes no deben cometer faltas de respeto o actos de violencia hacia

un compañero, apoderado, asistente de la educación, profesor o directivo,

autoridades; y viceversa. Estas faltas serán fuertemente sancionadas por la

Dirección del colegio, ya que ha quedado de manifiesto que la convivencia del

Colegio Blanca Vergara, se basa principalmente en el Respeto y la

Tolerancia.

Por otra parte, no está demás señalar, como parte de la filosofía y de los

principios en que se basa nuestro Manual de Convivencia Escolar, es que una

escuela que se sustenta sobre la base de valores tan fundamentales como el

Respeto y la Tolerancia, se puede definir como una Escuela Feliz. La

Felicidad, es una pieza clave en el desarrollo del aprendizaje vital de los niños.

Ellos independientemente de la edad que tengan, hablen o no, lo que

realmente necesitan para crecer felices y equilibrados es Respeto,

Comprensión y Amor Incondicional por parte de las personas más cercanas

a ellos: preferentemente sus padres y familias, pero también de parte de los

integrantes de su colegio, como son sus profesores, pues gran parte de sus

vidas también la pasan junto a ellos. Con estos valores, los niños se sienten

queridos, seguros, confiados y estimulados frente a los estudios.

Por lo tanto, el gran objetivo al cual aspiramos como colegio, es trabajar

a diario para la consecución de una Escuela Feliz. El crear un camino hacia la

Felicidad, por medio de los valores del Respeto, Comprensión y Amor

Incondicional, implica hacer del quehacer diario del colegio, instancias o

momentos en que todos debemos formar, preocupados de inculcar tales

valores. Tanto los directivos como los docentes, asistentes, apoderados y

alumnos, debemos comprender que el camino a la Felicidad, es una

herramienta eficaz para crear un entorno y una comunidad que sean

armoniosos; y, finalmente, productivos para el aprendizaje.

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2. DE LOS HORARIOS DE FUNCIONAMIENTO Y ATENCIÓN

El Colegio Blanca Vergara atiende a su población estudiantil en dos

jornadas de trabajo, las cuales se distribuyen y se extienden de la siguiente

manera:

Jornada Mañana: Educación Pre Básica.

De 8.00 a 12.00 Hrs.

Un recreo de 10.00 a 10.20 Hrs.

Jornada Mañana: Educación Básica.

De 8.00 a 13.00; y hasta las 13.45 Hrs. para las séptimas Hrs. de 5° a 8° año.

Dos recreos de 9.30 a 9.45 y de 11.15 a 11.30 Hrs.

Jornada Tarde: Educación Pre Básica.

De 14.15 a 18.45 Hrs.

Un recreo de 16.00 a 16.20 Hrs.

Jornada Tarde: Educación Básica.

De 14.15 a 19.15 Hrs. Excepto el día viernes: De 13.30 a 19.15 Hrs.

Dos recreos de 15.45 a 16.00 y 17.30 a 17.45 Hrs.

El colegio también abrirá sus puertas en horario vespertino para efectuar

consejos de profesores, reuniones de padres y apoderados, perfeccionamientos

y/o capacitaciones, escuelas para padres, tareas de limpieza y orden; entre

otras actividades emergentes y según la calendarización que se organice para

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cada año escolar. Las actividades permanentes que se realizan en forma

habitual en el horario vespertino, se distribuyen de la siguiente manera:

Consejos de Profesores Administrativos y Técnicos:

De 19.30 a 21.00 Hrs.

Reuniones de Apoderados de Educación Pre Básica y Educación General Básica:

De 19.30 a 21.00 Hrs.

Además de los horarios ya señalados, el colegio podrá funcionar los días

sábado por la mañana o la tarde, para la realización de talleres

extraprogramáticos, los que se realizarán en los horarios que se acuerden

previamente con la Dirección del colegio y según las características o la

modalidad de los talleres que se programen para cada año escolar. Estos

talleres, incluso podrán efectuarse durante cualquier día normal de clases, pero

en jornada contraria. También podrán realizarse en otros recintos, solicitados

por el colegio como redes de apoyo; por ejemplo: la cancha del Club Deportivo

Manuel Rodríguez, la cancha de la Iglesia Mormona del sector, el Gimnasio

Polideportivo Tranque Sur, etc.

Referente a dichos talleres, el apoderado deberá autorizar en forma

expresa a su pupilo para poder asistir a ellos en un día sábado o en jornada

contraria; esta medida será necesaria, ya que sólo así se entenderá que el

apoderado está en conocimiento de los horarios especiales en los cuales asiste

su hijo a los talleres de manera extraordinaria.

Durante los días sábado, también se realizarán labores de aseo general

del establecimiento, por parte de los asistentes; quienes se turnarán en

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mañanas y tardes, según las necesidades de cada año escolar. Por otra parte,

es necesario destacar que el colegio será sanitizado por personal externo

autorizado, cuando exista posibilidad de plagas, vectores, ratones u otros; por

el tiempo que sea necesario, hasta resolver el problema, en días y horarios que

no afecten el normal funcionamiento del colegio; por lo general se tratará que

estas labores también sean ejecutadas los días sábado.

En lo que respecta a los horarios de los docentes, todo profesor jefe y de

asignatura cuenta con un horario de atención semanal para el apoderado que

desee consultar por situaciones puntuales y personales de su pupilo. Este

horario de atención personalizada será comunicado en las reuniones de

subcentros de padres y apoderados al inicio del año escolar. Dicho horario de

atención, también estará disponible para todos los apoderados, que por

razones justificadas no puedan asistir a dichas reuniones; especialmente, para

aquellos apoderados que no pueden concurrir al colegio por motivo de sus

hijos.

En todo caso, las entrevistas, cualesquiera sea el motivo, deberán ser

solicitadas con aviso previo por parte del apoderado, para que cada profesor

responda a tal solicitud y pueda programar adecuadamente su horario de

atención; ya que en este horario es recomendable que el tiempo de atención

sea administrado de la mejor forma posible. La idea es que toda entrevista con

el profesor o con cualquier autoridad del colegio, se ciña a los horarios de

atención y por ningún motivo sea causal para interrumpir horas de clases, ni

menos ingresar a las dependencias sin previo permiso.

Se debe agregar que toda vez que se presente una situación imprevista

para el docente, por ejemplo: tener que cubrir la clase de un profesor ausente

en su horario de atención de apoderados; entonces la entrevista programada

deberá ser suspendida. Lo mismo se considerará, si otra autoridad del colegio,

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como un Directivo, presenta un hecho emergente; como es por ejemplo: una

supervisión del MINEDUC, Superintendencia de Educación, Inspección del

Trabajo u otro organismo fiscalizador. Cuando ocurra tal hecho y si las

condiciones de trabajo del momento lo permiten, se tratará de avisar al

apoderado sobre la situación en forma telefónica, para cambiar la cita.

No obstante, debe señalarse que dentro de los horarios de

funcionamiento del establecimiento, siempre se encontrará presente un

directivo docente u otro funcionario, quién estará dispuesto a escuchar las

necesidades inmediatas de los padres y apoderados, como de cualquier

persona de la comunidad educativa. De no existir un tiempo real de atención

para el apoderado, por motivos internos de trabajo, se podrá dejar registrada

una fecha establecida para la posterior atención de la persona.

Por último, no está demás agregar, que las necesidades serán atendidas

y dialogadas dentro de los horarios de funcionamiento del colegio; y en la

medida que los planteamientos de los apoderados se realicen en forma

respetuosa y sin ánimo de provocación, pues la cortesía y el buen trato deben

primar ante todo. El Respeto es fundamental, para que las entrevistas sean

provechosas y mantengan tanto la seriedad como la formalidad que amerita

toda conversación entre los apoderados y las autoridades del colegio.

3. DE LOS ROLES Y FUNCIONES

3.1 DE LA DIRECCIÓN:

El Director es el Jefe del establecimiento, responsable de dirigir,

organizar, coordinar, supervisar, impulsar y evaluar el trabajo de sus distintos

estamentos, de manera que funcionen armónica y eficientemente. En el

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ejercicio de su rol, actuará de acuerdo con los principios de las ciencias de la

educación, el código de ética profesional, las normas legales vigentes y las

disposiciones del Proyecto Educativo Institucional y del Reglamento Interno de

la unidad a su cargo.

En el cumplimiento de sus funciones deberá tener siempre presente que

la función del establecimiento es Educar. Por lo tanto, toda su energía y

capacidad tendrán que dirigirse a cumplir en la mejor forma posible dicha

tarea, la que es fundamental.

Sus principales funciones son: dirigir el establecimiento de acuerdo a los

principios de una administración educacional moderna, en donde por sobre la

idea de la Administración, se promueva la Gestión Educativa; pues ella se

enmarca en un proceso de desarrollo estratégico institucional de manera

integral y coherente, en el cual se definen objetivos, acciones y prioridades que

comprometen a todos los actores institucionales de acuerdo al tipo de

educación que se ofrece. Es así que la Dirección siempre deberá tener presente

que la principal misión del establecimiento será Educar, acción que prevalece

por sobre los aspectos administrativos u otros, en cualquier circunstancia y

lugar.

Entre otras funciones podemos señalar:

Determinar los objetivos propios del establecimiento en concordancia con

los requerimientos de la comunidad local y comunidad nacional.

Elaborar un Plan de Mejora Escolar Anual, en concordancia con los

requerimientos del MINEDUC y, específicamente, con la Ley 20.248

sobre la Subvención Escolar Preferencial (S.E.P.)

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Coordinar y supervisar las tareas y responsabilidades más inmediatas y

directas del personal a su cargo, para el cumplimiento de dichas metas.

Proponer la estructura organizativa técnico – pedagógica del

establecimiento que estime conveniente, debiendo salvaguardar los

niveles básicos de planificación y ejecución.

Administrar el programa anual de trabajo, estimulando y facilitando el

perfeccionamiento y/o capacitación de sus diferentes estamentos; como a

sí mismo, la investigación y la experimentación educacional.

Autorizar el uso de las dependencias del establecimiento a instituciones u

organismos ajenos a él, si fuese necesario.

Velar por el cumplimiento del Reglamento Interno; Manual de

Convivencia Escolar; Reglamento de Orden, Higiene y Seguridad; entre

otros relevantes dentro del establecimiento educacional.

Propiciar un ambiente estimulante en el establecimiento para el trabajo

de su personal y de todos los miembros activos del colegio, creando las

condiciones favorables para la obtención de los objetivos del plantel; lo

cual implica tomar todas las precauciones posibles frente a un clima

hostil de trabajo.

Proteger eficazmente a los alumnos, apoderados y funcionarios del

establecimiento, contra toda forma de agresión física, verbal, psicológica

o virtual –inferida o autoinferida– ; llámese golpe, ataque sexual,

humillación, insulto, burla, ofensa, discriminación, segregación por

género, exclusión por identidad de género, amenaza, bullying,

cyberbullying, grooming, cutting u otro modo de maltrato; de parte de

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cualesquiera de los agentes del Colegio Blanca Vergara. Incluso de

personas ajenas a la comunidad escolar, que sean motivo de denuncia

ante las autoridades competentes, por el daño ejercido hacia cualquier

alumno del establecimiento.

Establecer faltas, tomar medidas y llevar a cabo sanciones, cuando sean

necesarias.

Ser el principal mediador en la resolución de conflictos, cuando estos

involucren a cualquier agente de la comunidad escolar.

Participar, cuando sea necesario, del trabajo desarrollado por el Equipo

de Mediación Escolar; dado que los problemas que no puedan ser

“mediados” por los propios alumnos, quedarán en manos de la

Coordinadora responsable y de la Dirección, si fuese necesario.

Solicitar la intervención de la Encargada de Sana Convivencia

Escolar, cuando la Dirección del colegio no pueda dar solución a

problemas o conflictos de mucha gravedad que afecten la convivencia, en

donde sea relevante que: se investiguen y esclarezcan los hechos, para

mediar y negociar entre las partes, si aquello fuese necesario.

Impartir instrucciones para establecer una adecuada organización,

funcionamiento y evaluación del currículo, procurando una eficiente

distribución de los recursos asignados para ello.

Llevar al día y en orden el Libro de Financiamiento Compartido del

establecimiento, con los ingresos y egresos que se produzcan

mensualmente. Así mismo los relacionados a otras áreas financieras que

son revisadas periódicamente, como: Rendición de Cuentas de la

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Subvención de Mantenimiento, Rendición de Cuentas SEP, Declaración de

BRP, entre otras emergentes.

Efectuar la declaración mensual de asistencia en el sistema SIGE, revisar

la asistencia de los libros de clases y mantener al día el Libro de Registro.

Presidir los consejos técnicos y administrativos, delegando funciones

cuando corresponda. Además, de ser partícipe de cada una de las

reuniones del Consejo Escolar y del Centro General de Padres,

siendo el principal mecanismo de coordinación que mantendrá con sus

miembros (asistiendo al menos a 4 sesiones de cada organismo)

Mantener periódicas reuniones de coordinación y colaboración con el

Directorio de la Corporación Educacional y con los Administradores

Superiores del colegio.

Representar oficialmente al colegio frente a las autoridades educacionales

y cumplir las normas e instrucciones que emanan de ellas. Además de ser

el representante oficial ante todo los procesos de fiscalización.

Arbitrar las medidas necesarias para que se realice normalmente la

supervisión e inspección del Ministerio de Educación o de cualquier otra

institución fiscalizadora, cuando corresponda.

3.2. DE LOS ADMINISTRADORES SUPERIORES:

Los administradores superiores serán los funcionarios encargados de

crear, diseñar, organizar y mantener los procesos administrativos que

favorezcan y contribuyan a la correcta y adecuada implementación del

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Proyecto Educativo Institucional, en un ambiente de trabajo eficiente de

acuerdo a las metas propuestas, velando específicamente por lo estructural,

lo legal, las personas y recursos en general, logrando eficiente y eficazmente

los objetivos seleccionados. Forman parte del Equipo de Gestión del colegio e

informan directamente al Director sus tareas.

Sus funciones generales serán las siguientes:

Cuidar y mantener en perfecto estado de conservación las máquinas,

útiles y otros bienes de la institución puestos a su disposición en el desempeño

de sus funciones.

Cumplir las instrucciones y las órdenes que le imparte cualquiera de sus

superiores, en relación con el desempeño de sus funciones como

Administrador.

Controlar y mantener el correcto desempeño del personal a su cargo.

Llevar al día los registros contables, el pago oportuno de las obligaciones

financieras de la Institución, firma de los documentos bancarios y previsionales,

actualizaciones presupuestarias, becas u otros beneficios otorgados a los

Apoderados, derivar la documentación requerida a la Secretaria Provincial de

Educación de acuerdo a las indicaciones recibidas.

Mantener actualizada y en orden la documentación oficial de la

Corporación confiada a su custodia, en lo referente a:

- Documentos relativos a la constitución y funcionamiento de la

Corporación y los demás documentos que permiten el funcionamiento del

establecimiento educacional.

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- Documentación oficial de la infraestructura del inmueble: títulos de

propiedad, permisos municipales, planos, decretos cooperadores.

Mantener buen trato y deferencia hacia sus subalternos y superiores.

Cultivar el buen clima relacional en el área de su influencia y

responsabilidad.

Atenerse a las indicaciones que, respecto al cargo del Administrador y

otros aspectos administrativos, establece la Corporación Educacional.

Cumplir con las disposiciones del Manual de Funciones y Procedimientos

del Administrador de la Corporación.

Mantener la más estricta reserva y confidencialidad respecto a la

información, antecedentes y de todos los hechos, circunstancias y demás

sucesos de los que tome conocimiento con ocasión del ejercicio a su cargo.

Esta obligación se mantendrá aún después de terminado el presente contrato.

Su incumplimiento podrá derivar en las acciones legales que correspondan.

Respetar y hacer respetar celosamente el Reglamento Interno, cuyo texto

ha recibido y declara conocer y aceptar.

Desarrollar su trabajo con el debido cuidado, evitando comprometer la

seguridad y la salud del resto de los trabajadores de la empresa y el medio

ambiente.

Participar activamente en las actividades de perfeccionamiento o de

capacitación que la Institución programe o determine en relación con el

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desempeño de su cargo, tales como: participación en cursos, encuentros,

jornadas, diplomados, cursos de postgrados, etc.

Ejercer su cargo en conformidad a las normas éticas inherentes a su

profesión y empleo.

3.3 DE LA JEFA DE UNIDAD TÉCNICA PEDAGÓGICA (U.T.P.):

La Unidad Técnica Pedagógica, es un organismo encargado de coordinar,

asesorar y evaluar las funciones docentes técnico - pedagógicas que se dan en

el establecimiento, tales como: planificación curricular, supervisión pedagógica,

evaluación del aprendizaje y otras análogas.

Tiene como finalidad facilitar el logro de los objetivos educacionales,

optimizar el desarrollo de los procesos técnico pedagógico y constituirse en el

principal soporte técnico que lidera los cambios y las acciones de mejoramiento

al interior de la Unidad Educativa.

Para optimizar el proceso de enseñanza – aprendizaje, la Jefa de U.T.P.

deberá promover los recursos metodológicos adecuados y facilitar los recursos

materiales y medios audiovisuales que dependen directamente de esa unidad.

Cautelar la adecuada aplicación de instrumentos y materiales

pedagógicos; a partir de la constante entrega de información técnica sobre

ajustes curriculares y planificaciones, buen uso de libros de clases y además

velar por el cumplimiento de los contenidos, a través de la revisión periódica de

los Cuadernos de Planificación Docente.

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Proponer un plan de trabajo, que incluya las condiciones necesarias para

el desarrollo integral de los educandos; a través de academias, clubes o

talleres extraprogramáticos, entre otros emergentes.

Recopilar información para retroalimentar el proceso de enseñanza

aprendizaje, desarrollando metodologías adecuadas, según el nivel que

corresponda. Incluso coordinando las intervenciones de aula, cuando fuese

necesario.

Asesorar a la Dirección del establecimiento en la elaboración del Plan de

Mejora Escolar Anual (S.E.P.), como del plan de acción curricular; y estructurar

planes y programas especiales, acordes a las necesidades y características de

la comunidad escolar y acorde con las normas vigentes.

Coordinar el trabajo técnico - pedagógico referido a la atención directa de

los alumnos o de los cursos, por medio de reforzamientos escolares; trabajo de

aula individual y grupal a nivel psicopedagógico; derivación y tratamiento de

alumnos con dificultades específicas, a través de especialistas del área de la

salud, tales como: fonoaudiólogo, neurólogo, psicólogo, psiquiatra, etc.

3.4 DE LA COORDINADORA PEDAGÓGICA:

La Coordinadora Pedagógica es quien tiene bajo su responsabilidad

inmediata la organización, coordinación y supervisión del trabajo de los

distintos organismos del establecimiento, de manera que funcionen armónica y

eficazmente. Siendo un apoyo de trabajo, tanto para la Unidad Técnica, como

para la Dirección del establecimiento.

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La Coordinadora deberá cumplir con las normas e indicaciones emanadas

de la Dirección del colegio y de la Unidad Técnica Pedagógica; y en caso que

fuera necesario, deberá subrogar ambos cargos.

Su participación específica como integrante de la Unidad Técnica

Pedagógica, deberá estar en concordancia a las normativas internas del

colegio, como a las tareas y funciones específicas de dicha unidad de trabajo.

La Coordinadora, junto a la Jefa de la Unidad Técnica Pedagógica del

establecimiento, deben velar para que el proceso de enseñanza - aprendizaje

sea coherente con los objetivos educacionales vigentes, de acuerdo a los

principios de una administración educacional moderna, en donde por sobre la

idea de la Administración, se promueva la Gestión Educativa.

Será primordial, dentro de sus funciones, administrar de forma eficiente

las áreas de trabajo del sistema intranet del colegio, donde se registran

aspectos administrativos y pedagógicos de directivos, docentes, asistentes de

la educación, apoderados y alumnos. No obstante, su prioridad será resolver

todos aquellos problemas tecnológicos derivados de la ejecución y registro de

libros de clases, calendarios de evaluaciones, notas parciales, promedios

semestrales y anuales, porcentajes de asistencia, informes de personalidad,

ranking de calificaciones y otros emergentes que sean propios del sistema.

Su participación como integrante de la Unidad Técnica Pedagógica,

deberá estar en concordancia a las normativas internas del colegio, como a las

tareas y funciones específicas determinadas por la Jefa de U.T.P.

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3.5 DE LA ENCARGADA DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Es la responsable de diseñar, elaborar e implementar un Plan de Gestión

Anual, conforme a las medidas determinadas por el MINEDUC (Política Nacional

de Convivencia Escolar) o según aquellas determinadas por el colegio, referidas

a talleres docentes, diagnóstico institucional de la convivencia escolar,

reuniones informativas, etc.

Considerar en la elaboración e implementación del Plan Anual de la

Convivencia Escolar, todos los instrumentos administrativos y de gestión que

son base fundamental para el funcionamiento del colegio, como son el Proyecto

Educativo Institucional (P.E.I.), el Reglamento Interno, el Manual de

Convivencia Escolar y el Plan de Mejora Escolar (P.M.E.); entre otros

relevantes.

También será relevante diseñar, elaborar e implementar un Plan de

Gestión Anual de la Convivencia Escolar, conforme a las medidas que

determine el Consejo Escolar, dado su rol en la revisión y actualización del

Manual de Convivencia.

Mantener asesoría, acompañamiento y apoyo permanente de su equipo

directo de trabajo (Equipo de Gestión de la Convivencia Escolar); a través del

desarrollo de ideas que fomenten acciones creativas e innovadoras, para el

cumplimiento efectivo de las metas propuestas.

En conjunto con el Equipo de Gestión de la Convivencia Escolar, deberá

elaborar y llevar a cabo una estrategia de seguimiento y monitoreo del Plan de

Gestión.

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A través del apoyo de la Dirección del establecimiento, deberá instar a la

conformación de equipos de trabajo (por niveles, por cursos, etc.), para la

participación activa de los diferentes estamentos del colegio, en estrategias y

tareas específicas de desarrollo de la convivencia escolar; las que pueden ser

manifestadas a través de acciones que respondan al cumplimiento del Plan de

Gestión Anual o según acciones emergentes (Ej: campañas solidarias)

En forma sistemática, tendrá que informar al Equipo Directivo y/o al

Consejo Escolar de los avances o dificultades en la implementación del Plan de

Gestión; como informar a la Comunidad Educativa, sobre los avances en la

promoción de la convivencia escolar y de la prevención de la violencia.

Reunirse en forma periódica con el Equipo Directivo, para la revisión del

registro de observaciones de los alumnos, consensuando las posibles

derivaciones de los mismos, según las problemáticas que presente cada caso.

Esto es a través de la misma Encargada de Convivencia Escolar, Orientadora,

Equipo Multidisciplinario, etc.

Monitorear en forma permanente a los alumnos con situaciones de

Condicionalidad por Disciplina, entrevistando a los apoderados para verificar

avances o retrocesos. Además de monitorear el cumplimiento de los planes

remediales específicos de disciplina, cuando estos se hayan impartido para

cada caso.

Reunirse con el Director, cuando sea requerida, para aclarar situaciones

de conflicto, investigar hechos y establecer mediaciones si la situación lo

amerita. Así mismo, junto al Director, asegurar la puesta en marcha de los

protocolos de acción frente a situaciones graves de violencia.

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Proponer unidades temáticas en conjunto con la Orientadora del colegio,

de carácter transversal para el trabajo en el aula.

Respecto al trabajo directo con los sujetos, velar por su permanente

capacidad negociadora y de mediación ante los conflictos de los alumnos y de

los diferentes agentes educacionales del colegio. Manteniendo capacidad de

escucha activa y tolerancia ante las diferentes perspectivas que puedan

presentar los mismos. En lo sucesivo, liderar un Equipo de Mediación Escolar.

3.6 EQUIPO DE GESTIÓN DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR:

Dada la relevancia de la tarea de promover la buena convivencia,

posicionándola como un eje clave de la formación integral de los estudiantes,

se hace necesario que el colegio, de acuerdo a sus requerimientos, necesidades

y recursos, conforme un Equipo de Gestión de la Convivencia Escolar; el que

deberá acompañar y asesorar al Encargado de Convivencia Escolar, dado que

éste no es el responsable único de las acciones orientadas a promover una

buena convivencia escolar.

Según lo anterior, fundamentalmente la función de dicho equipo de

trabajo será articular y gestionar la implementación de las medidas contenidas

en el Plan de Gestión Anual, lo que evidentemente requiere de su labor como

guía y organizador.

Dado que es importante enfatizar en la responsabilidad compartida, el

Equipo de Gestión de la C.E., mantendrá una estrategia de seguimiento y

monitoreo del Plan de Gestión Anual, en forma periódica.

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Por otro lado, como equipo podrán contribuir al perfeccionamiento de los

docentes y asistentes de aula, en materia de convivencia escolar, manual de

convivencia escolar, protocolos de acción internos del colegio, protocolos

promovidos por la Ley de Violencia Escolar nº 20.536 (L.D.V.E.), manejo de

situaciones de conflicto, etc.

3.7 DE LA ORIENTADORA:

La Orientadora será la docente responsable de planificar, coordinar,

supervisar y evaluar las actividades de orientación educacional, vocacional y de

planes especiales que incorpore el colegio en esta materia. Además de atender

las problemáticas derivadas de la orientación a nivel grupal e individual.

De acuerdo a lo anterior, sus principales funciones son las siguientes:

Planificar y coordinar las actividades de orientación educacional y

vocacional del colegio, de acuerdo con los delineamientos de la Unidad Técnica

Pedagógica (Jefa de U.T.P. y Coordinadora Pedagógica)

Según lo anterior, supervisar y evaluar el trabajo efectivo de las

actividades de orientación educacional en el aula, de acuerdo a los planes y

programas disponibles del MINEDUC, entre otros que el colegio pueda poner en

marcha para los niveles de Educación Pre Básica y Educación General Básica.

Asesorar a los Profesores Jefes en su función de guía y orientador del

alumno, por medio de las horas de aula para Consejo de Curso y Orientación,

proporcionándoles material de apoyo a su labor.

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Asesorar a los docentes en general, en materias de rendimiento escolar,

vinculadas específicamente a: técnicas de estudio, motivación escolar y apoyo

familiar, entre otras asociadas.

Así mismo, orientar a las familias en las tareas de apoyo escolar, en

aquellos casos calificados de alumnos con problemas de rendimiento escolar.

En esta labor, será fundamental que la Orientadora gestione contactos con

redes de apoyo, para derivar a las familias a centros de ayuda, cuando no

puedan emprender medidas desde el hogar.

Coordinar y asesorar la programación de las actividades propias que

implemente el establecimiento en base a sus necesidades, como es la

organización de escuelas para padres o el tratamiento específico con

apoderados y/o alumnos sobre temas tales como: sexualidad, alcoholismo,

drogadicción y violencia intrafamiliar; entre otras emergentes.

Ejecutar y promover a nivel institucional, el desarrollo de aquellos planes

específicos que emanan desde el MINEDUC, como es el caso del Plan de

Sexualidad, Afectividad y Género.

Contribuir al perfeccionamiento de los docentes y asistentes de aula del

colegio, en materia de orientación educacional.

Realizar reuniones técnicas con sus pares en el área de la orientación, si

así lo requiere con anticipación a la Dirección del colegio.

Entrevistar a las familias y a los apoderados, para incentivar el apoyo

eficaz en el proceso de orientación, formación y educación de sus hijos.

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Mantener información y documentación actualizada sobre situaciones

específicas de alumnos y apoderados, con problemas de salud mental,

enfermedades catastróficas, dificultades en los tribunales de familia, etc.

Monitorear todos los casos de alumnos a su cargo que presenten

problemas y registrar las entrevistas con ellos o sus apoderados.

Monitorear en forma permanente a los alumnos con situaciones de

Condicionalidad por Rendimiento, entrevistando a los apoderados para verificar

avances o retrocesos. Además de monitorear el cumplimiento de los planes

remediales específicos de apoyo escolar, cuando estos se hayan impartido para

cada caso.

Y en general, efectuar reuniones periódicas con otros estamentos

relevantes del colegio, como es la Dirección, Encargada de Convivencia Escolar,

Equipo de Gestión de la Convivencia Escolar, Equipo Multidisciplinario, etc.

3.8 DEL EQUIPO MULTIDISCIPLINARIO:

3.8.1 En Relación al Apoyo Educativo:

Serán derivados a Aula Psicopedagógica y Terapia Fonoaudiológica

aquellos alumnos que presenten dificultades tanto en las áreas instrumentales

de lenguaje y matemáticas, como también dificultades en los distintos niveles

del lenguaje, ya sea comprensivo o expresivo; y que por lo tanto, interfieran

significativamente en su desempeño escolar.

En el caso de aquellos alumnos que no han formado parte de aula

psicopedagógica y/o fonoaudiológica, deberá ser la educadora o profesor jefe

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del año académico anterior, quien realice la derivación respectiva al inicio del

siguiente año escolar. Además, quien realiza la derivación respectiva es el

profesor jefe del alumno, el cual deberá tener en cuenta los siguientes

aspectos:

Área Fonoaudiológica:

a) Dificultades en la articulación.

b) Dificultades en comprensión.

c) Dificultades en el manejo/adquisición de vocabulario.

d) Dificultades morfosintácticas.

e) Dificultades Pragmáticas.

Área Psicopedagógica:

a) Dificultades a nivel de procesamiento de información y procesos cognitivos

básicos para el aprendizaje.

b) Dificultades en el desarrollo y adquisición del lenguaje expresivo y

comprensivo.

c) Dificultades en la adquisición y desarrollo de la lectura.

d) Dificultades en la adquisición y desarrollo del conocimiento matemático.

e) Dificultades a nivel socio afectivo que pudiesen estar interfiriendo con el

actual desempeño a nivel escolar.

A partir de lo anterior, el alumno será derivado a una evaluación

diagnóstica integral por el especialista correspondiente (Fonoaudióloga,

Educadora Diferencial o Psicopedagoga), proceso que debe ser previamente

consentido o autorizado por el apoderado; una vez que se le ha entregado de

manera clara y comprensible, toda la información necesaria respecto a los

siguientes aspectos:

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Objetivos de la evaluación (con qué fin se realiza)

Procedimientos generales que se realizarán (situaciones que deberá

enfrentar el estudiante durante el proceso)

Lugar y profesionales que participarán (dónde y quienes lo realizarán)

Beneficios que se espera obtener (para el proceso educativo del alumno)

Posibles consecuencias desfavorables, si no se proporcionan al alumno

los apoyos que necesita.

Alternativas educativas disponibles de acuerdo a los resultados obtenidos

(aula psicopedagógica grupal/individual; aula fonoaudiológica grupal)

Así mismo, el apoderado deberá ser informado que si no está de acuerdo

con que se realice esta evaluación, no tendrá consecuencias negativas o

punitivas para su pupilo, o para sí mismo; no obstante, de mantenerse las

dificultades del alumno, el apoderado se comprometerá a buscar apoyo

profesional en forma particular.

Se debe aclarar también que nuestro colegio no cuenta con Proyecto de

Integración Escolar (P.I.E.) según Decreto 170, para aquellos alumnos con

Necesidades Educativas Especiales (N.E.E.) Por lo tanto la Dirección del colegio

podrá sugerir a los apoderados que estén buscando matrícula en nuestro

colegio, que acudan a un establecimiento acorde a las dificultades de su pupilo,

donde pueda ser integrado en forma óptima. Esta recomendación también

podrá ser avalada por las Asistentes Profesionales de la Educación.

3.8.2 Respecto a las Sesiones de Trabajo:

Área Fonoaudiológica:

Ésta se articula con una periodicidad semanal, específicamente, cada día

lunes y viernes, en intervalos de 45 minutos de atención por cada alumno; en

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donde se trabajan aspectos comunes a partir de las dificultades detectadas

inicialmente.

Área Psicopedagógica:

Ésta se articula con una periodicidad semanal, en modalidad individual

y/o grupal, divididas por área instrumental, trabajando dificultades específicas

o comunes respectivamente.

Esta sesiones, independiente de su modalidad, tienen una duración de 45

minutos, en donde se abordará la enseñanza de aquellas habilidades básicas

para el aprendizaje que se encuentren descendidas.

En el caso de las aulas psicopedagógicas, se debe aclarar, que luego de

existir tres inasistencias consecutivas sin la justificación correspondiente, el

apoderado deberá acercarse personalmente al establecimiento escolar, a

consignar de manera escrita, la renuncia voluntaria al beneficio otorgado.

3.8.3 Referente a la Ejecución de las Aulas:

Área Fonoaudiológica:

Para efectos de atención fonoaudiológica, ésta contempla un plan de

intervención anual, en donde se estructura: diagnóstico inicial,

intervención/tratamiento/terapia y evaluación final. En esta última etapa se

articula un informe a partir de los logros y/o avances de cada alumno.

Área Psicopedagógica:

Para efectos de atención psicopedagógica, ésta contempla un plan de

intervención semestral, en donde se estructura una entrevista inicial con el

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apoderado del alumno, diagnóstico inicial de éste, intervención según

dificultades y potencialidades detectadas; además de una evaluación final, en

donde se contempla un estado de avance o informe final, a partir de los logros

y/o avances de cada alumno, tanto durante el primer semestre escolar, como

al término de año académico.

3.9 DE LOS PROFESORES:

Nuestro cuerpo docente está comprometido con las demandas que

implica la Educación Chilena en el siglo XXI, es por ello, que su excelencia

docente, está regulada por Derechos y Deberes, los cuales son el propósito del

ejercicio de su profesión en nuestra Institución Educacional.

Los docentes del establecimiento, son profesionales comprometidos con

las jefaturas que les corresponde asumir año tras año, así mismo los docentes

de asignatura; por lo mismo son los responsables directos de la formación

académica de los niños que se les confía; así como también de la formación

ética y valórica de cada uno de ellos, como base fundamental para el buen

desarrollo del quehacer estudiantil.

La preparación académica de los estudiantes, no puede ser abordada, si

no es concomitante con el desafío de formar en valores. La noción de

Aprender a Aprender, se sustenta en el principio constructivista del sujeto;

sin embargo, pierde su real valor, cuando el aprender no se acompaña de un

proceso escolar que fortalezca el sentido de pertenencia a un contexto personal

y social global. El saber convivir con los pares, la familia y la ciudadanía se

hace vital para enfrentar el mundo de hoy con mayor tolerancia y respeto.

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Se debe agregar a la tarea formativa de los profesores, la misión de

educar en valores, desde los hábitos del comportamiento. La formación de

hábitos es uno de los pilares fundamentales en la Educación General Básica,

por ello cada uno de los docentes debe considerar que la educación moral

podría resumirse en la promoción de los hábitos que nos permiten obrar bien.

Eso nos lleva a presentar un Manual de Convivencia Escolar estructurado a

partir del cumplimiento reflexivo de las normas de comportamiento cotidiano,

como un medio eficaz para un aprendizaje ético y social de carácter práctico,

que se funda en la propia experiencia del alumno. De esta forma, el docente,

mediante la práctica de normas relativas a un valor, irá desarrollando hábitos

operativos sobre los aspectos del comportamiento relacionados con ese valor;

apareciendo así la virtud; es decir, el compromiso con el valor a que dichos

hábitos se refieran.

La reflexión acerca de educar en valores, desde los hábitos, nos permite

establecer los comportamientos deseables de los alumnos, pero también

aquellos que son propios del docente; ya que como ejemplo de imitación,

inculcará en los alumnos lo que requieren para desarrollarse a partir del

quehacer diario. De allí, que sean tan importantes, cada una de las tareas

básicas del profesor; el hacerse responsable de las labores que son parte de la

rutina del colegio, por mínimas que parezcan, contribuirá al desarrollo integral

del alumno.

Sin bien es cierto que las tareas docentes son muchas, es necesario

precisarlas ampliamente, para entender la compleja dimensión que abordan los

profesionales de la educación. A continuación se presentan todas aquellas que

resultan ser indispensables, porque de ellas no sólo depende la formación de

los alumnos, sino que además resultan ser el andamiaje que da vida a la

Unidad Educativa:

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Conocer, apropiarse y divulgar el Manual de Convivencia Escolar, a los

alumnos y apoderados; en las clases de Orientación o Consejos de Curso

y en reuniones de padres y apoderados, respectivamente. Además de

respetar y velar por su cumplimiento.

Llegar puntualmente a su lugar de trabajo, lo que implica cumplir su

jornada laboral y dedicar la totalidad del tiempo reglamentario a las

funciones propias de su cargo, debiendo pedir autorización a la Dirección

del colegio si tiene que ausentarse temporalmente de él.

Firmar el libro de asistencia diaria, con todos los ingresos y salidas del

trabajo; evitando hacer correcciones, pues las enmiendas sólo pueden

ser hechas por las autoridades Directivas, quienes dejarán una

observación pertinente en caso de revisión por parte de la Inspección del

Trabajo.

Tomar su curso en el horario acordado para tal efecto, especialmente

cuando se toca cada timbre para el ingreso a clases.

Cooperar en la formación y disciplina de los alumnos, al toque de cada

timbre; es decir, al inicio de la jornada, después de cada recreo y al

despachar a los alumnos. Tal labor sólo será suspendida por la Dirección,

cuando existan motivos climáticos de por medio.

Asegurarse que ningún alumno quede dentro de la sala al concluir la

clase, además de exigir que el aula quede limpia y ordenada.

Acompañar a sus alumnos en el desplazamiento hacia otras áreas

distintas a la sala de clases, como es la cancha deportiva o el laboratorio

de computación.

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Realizar la formación general del alumnado, según el calendario que se

establezca para los profesores jefes durante cada año escolar. Esta labor

podrá ser extensiva a los profesores de asignatura si fuese necesario.

Entregar recomendaciones e informaciones a los alumnos, cuando se

realicen la formación general del alumnado; pudiendo incluirse temas de

interés cultural, como son las efemérides del mes.

Participar en la preparación del diario mural del colegio, con las

efemérides destacadas del mes asignado para cada profesor.

Preparar y realizar discursos, locuciones, escenografías, coordinaciones y

números artísticos para los actos programados en cada año escolar o

para eventos emergentes.

Llenar el formulario de seguro de accidentes escolares, entregándolo

oportunamente a la Dirección para ser firmado y timbrado; como también

para avisar por teléfono al apoderado del menor accidentado. Esta labor

también podrá ser llevada a cabo en su efecto, por los Directivos del

colegio.

Comunicar al apoderado vía agenda, los accidentes menores, que no

requieran uso del seguro escolar; sino más bien, de una atención básica

de primeros auxilios. Si es estrictamente necesario, podrá informar al

apoderado por teléfono o enviar mensaje vía mail.

Durante las horas de disponibilidad que tiene asignadas cada docente y

según la carga horaria presentada para cada año escolar, deberá crear,

preparar, revisar y evaluar material pedagógico; como a su vez atender

cualquier necesidad que requiera de su persona en relación al

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establecimiento, solicitada por los Directivos o la U.T.P.; por ejemplo,

cubrir la ausencia de un profesor, ir a reuniones eventuales, entrevistarse

con alguien en específico, contestar encuestas, etc.

Por otro lado, durante las horas de disponibilidad, contemplará dejar al

menos 45 minutos para entrevistar a los apoderados. En este sentido, el

profesor tendrá la obligatoriedad de dejar un registro de dicha entrevista

en el libro de clases; a su vez, solicitará la firma del apoderado como

persona responsable de su pupilo y como única evidencia que da

testimonio sobre lo conversado.

Mantener la confidencialidad de las intimidades familiares o personales

que se hagan del conocimiento del personal docente en el ejercicio de sus

funciones, debiendo ser respetadas y tratadas exclusivamente con quien

le compete conocer la situación, como es el caso de la Dirección del

colegio. Lo anterior implica que está prohibido hacer comentarios acerca

de lo que es observado o conocido por motivo del cargo que desempeña,

más si se trata de entrevistas de carácter privado o reservado.

Mantener una comunicación permanente con los padres y apoderados de

sus alumnos a través de la agenda escolar, en forma personal y por

medio de reuniones de apoderados. Si es estrictamente necesario, podrá

llamar al apoderado por teléfono o enviar mensaje vía mail.

Para dar inicio a un año escolar, los profesores jefes -y los de asignatura,

si se requiere- tendrán que llenar el libro de clases con los datos

generales del curso, las listas de los alumnos matriculados, los datos

personales de los alumnos y apoderados, las hojas de observaciones

personales, los rasgos de asistencia, etc. Además de completar las fichas

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personales de cada uno de sus alumnos en el sistema intranet del

colegio.

Consignar diariamente en el libro de clases la asistencia, atrasos, salidas

de los alumnos y firma de la clase efectuada; así mismo realizar el

resumen de asistencia mensual.

Consignar en el libro de clases la asistencia de los apoderados a

reuniones, además de escribir la tabla y los acuerdos de reunión con los

padres. Efectuar un Informe Anual de asistencia de los apoderados a

reuniones.

Escribir en los libros de clases los contenidos que les corresponda

trabajar por subsector de aprendizaje. También, deberá pegar al final de

cada sector o subsector de aprendizaje, la red anual de tales contenidos.

Cumplir las actividades docentes conforme a los programas y planes de

estudio del MINEDUC; trabajando la totalidad de los objetivos, contenidos

y actividades establecidos oficialmente para su desarrollo, según el

calendario escolar y conforme al horario de trabajo de cada docente.

Registrar en el libro –y en la intranet del colegio–, las calificaciones de los

alumnos; ya sean estas evaluaciones diagnósticas o sumativas, así como

los promedios semestrales y anuales de cada alumno. En suma,

garantizar el cumplimiento del proceso integral de evaluación del alumno,

por lo que también incluye su Informe de Personalidad.

Registrar en el libro de clases las observaciones personales de los

alumnos, ya sean positivas o negativas; pudiendo solicitar la firma del

alumno o del apoderado cuando deben efectuar un compromiso.

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Informar oportunamente las observaciones personales reiteradas de los

alumnos, a los apoderados, profesores y Directivos del colegio; como

todo problema grave de disciplina y rendimiento.

Cumplir con la presentación de planificaciones, de acuerdo a las fechas

estipuladas para tal efecto por la Dirección y a través de la Unidad

Técnica Pedagógica. A su vez, los profesores cuentan con una serie de

recursos y equipamientos de orden pedagógico y tecnológico para el

desarrollo de sus clases, pero deberán solicitarse con tiempo a través del

calendario de recursos, para darles un correcto y planificado uso. Estos

deberán ser consignados en las planificaciones diarias.

Estimar la planificación de salidas a terreno, las que del mismo modo

deberán solicitarse con antelación ante la Dirección del colegio, para su

tramitación ante el DEPROV.; considerando que ésta debe efectuarse con

al menos 15 días hábiles, previos a la salida del curso.

Presentar, cuando la UTP lo requiera, el calendario mensual de pruebas;

ya que este debe ser registrado e impreso con tiempo, para su entrega a

los apoderados en reuniones, a través de entrevista personal o vía

agenda escolar en casos excepcionales. Tanto la entrega, como la

correcta administración y organización del calendario escolar será vital

para el buen desempeño de los estudiantes; por lo tanto no será posible

ninguna modificación de las fechas del mismo, a menos que sea

informado a: UTP, Coordinadora Pedagógica y/o Director, quienes serán

los únicos responsables para autorizar algún cambio.

Entregar oportunamente los documentos y trabajos requeridos por la

institución, en general, para el buen desarrollo de sus funciones.

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Los docentes asistirán a los consejos de profesores administrativos y

técnicos, según el calendario programado para cada año escolar, al

menos dos veces al mes. Ésta será la instancia donde ellos podrán

compartir, expresar e informarse acerca de los aspectos administrativos y

pedagógicos de los educandos y del colegio en su generalidad. A su vez

cuentan con la facultad de comunicar sus necesidades en beneficio del

mejoramiento de la educación; no obstante, los consejos podrán ser

tanto consultivos, como resolutivos, según estimen los Directivos para

cada tema tratado.

Informarse constantemente de la documentación y correspondencia que

se envíe y que provenga del MINEDUC o de aquella que sea pertinente a

su rol docente. También se mantendrán oportunamente informados,

sobre los memos y circulares de carácter interno.

Velar por su presentación personal, la cual debe ser acorde con la

importancia de su rol formador; en lo posible, mantener la sobriedad,

presentación y corrección que son propios del personal de un

establecimiento educacional. No se debe olvidar que el comportamiento y

la conducta de nuestros docentes debe apuntar al fortalecimiento de los

valores ético – morales que implican el ejercicio de la docencia,

mostrándose como un modelo para sus alumnos.

Velar por su presentación formal en los actos oficiales del colegio.

Lo anterior también significa, tener en todo momento modales correctos

y deferentes con los miembros de la comunidad escolar en su conjunto;

manteniendo un trato cortés y deferente; usando un vocabulario

adecuado y respetuoso.

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Demostrar una actitud positiva de trabajo frente a las necesidades y los

desafíos diarios del quehacer docente, pues esta es una forma concreta

de ejecución, que permite guardar lealtad y respeto por la institución y

sus autoridades.

Observar en toda circunstancia y lugar, una conducta adecuada y

honorable; acorde al servicio educacional que se ofrece. Sin embargo, se

dejarán al margen las actividades de carácter personal o familiar llevadas

a cabo fuera de nuestra institución, pues no constituyen faltas ni

sanciones, dado que no son prohibitivas para el colegio Blanca Vergara.

No obstante a lo anterior, aquellos actos reñidos con la moral y las

buenas costumbres, que afecten la imagen del colegio, deberán ser

tratados de manera confidencial con los Directivos del colegio.

Participar y representar a sus pares y al establecimiento si es designado

–o escogido por votación democrática según sea el caso–, como miembro

de algún Departamento de Asignatura, Consejo Escolar, Encargado de

Sana Convivencia Escolar, Coordinador del Equipo de Mediación Escolar,

Coordinador del Centro de Alumnos, Coordinador del Centro de Padres y

Apoderados, integrante del Comité Paritario, representante en la

Comisión Mixta de Salud; entre otras instancias de participación que son

propias del colegio. Demostrando la mayor dedicación y profesionalismo.

Participar y representar al establecimiento en actos públicos, ceremonias,

reuniones de trabajo, capacitaciones, perfeccionamientos, charlas,

seminarios, talleres, cursos, etc. Demostrando la mayor dedicación y

profesionalismo.

Mantener una actitud permanente de actualización profesional en forma

particular o de acuerdo a las posibilidades que ofrezca nuestro colegio.

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Participar en los diferentes comités y/o equipos de trabajo de la

institución y demás tareas que se le asignen en forma personal;

desempeñándolas con compromiso, eficiencia y calidad.

Programar sus actividades de perfeccionamiento particular; en horarios

que no alteren el normal funcionamiento de la jornada escolar, existiendo

la posibilidad de analizar cada caso en particular. No obstante, la

posibilidad de perfeccionarse y de asistir a las actividades de capacitación

programadas por el colegio, serán de vital importancia.

Programar sus actividades personales –como ir a control médico, asistir

al dentista, viajar, ir a reunión de apoderados de los hijos, etc–; en

horarios que no alteren el normal funcionamiento de la jornada escolar,

existiendo la posibilidad de analizar cada caso en particular.

En cuanto a las solicitudes de permisos prolongados deberá realizarlas

por escrito a la Dirección del colegio. Esto rige tanto para los docentes,

como para todo el personal que labora en el establecimiento. Seguir este

procedimiento, implica respetar los conductos regulares establecidos

sobre permisos y ausencias.

Avisar de sus ausencias personalmente, por llamada telefónica o por

intermedio de terceros en forma oportuna; más si se trata de una licencia

médica, pues ésta deberá ser llevada al colegio a la brevedad para ser

tramitada ante FONASA o en la Isapre respectiva del docente.

Cuidar de la conservación, buen estado, aseo y uso adecuado de las

dependencias (baño, sala de profesores, aulas, etc), materiales, recursos,

ropa de trabajo, enseres y bienes que el establecimiento mantiene;

además de la infraestructura en general. Existiendo especial

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responsabilidad sobre aquellos bienes que se le confieran a su cargo de

manera personal. En general, cualquier miembro de la comunidad escolar

será sancionado de acuerdo a su rol, debiendo reparar, reponer o

comprar, si fuese necesario, el bien dañado.

Velar por la conservación de los documentos generales del

establecimiento y de los libros oficiales que se usen en él, como son:

reglamento interno, manual de convivencia escolar, cuaderno de

planificaciones diarias, libros de clases, libro de asistencia, libros de

actas, libro de crónica, libro de registro de salidas, formulario de seguro

escolar; entre otros de uso permanente en el colegio.

Entregar o guardar antes de retirarse en el término de la jornada, a quien

corresponda, todo documento o efecto de importancia o valor; a fin que

sea guardado con la debida seguridad y en el lugar destinado para tales

fines. Por ejemplo: documentación de los alumnos, libros de clases,

recursos educativos, materiales didácticos, material deportivo, etc.

Cumplir cabalmente con las normas de orden, higiene y seguridad

existentes en el colegio; atendiendo cuidadosamente a todas las

informaciones brindadas y a las señales destinadas a proteger y dar

seguridad a sí mismo, a los demás y a los bienes del establecimiento.

Velar en todo momento por los intereses de la empresa, evitando

pérdidas humanas y materiales, mermas, operaciones deficientes,

deterioro o gastos innecesarios.

Informar a la empresa de todo cambio de domicilio u otro antecedente

que altere los datos ya consignados en el Contrato de Trabajo, o los

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proporcionados para los efectos de prestaciones familiares u otras

asignaciones.

Efectuar los reemplazos que se dispongan de acuerdo a las instrucciones

de su jefe directo. Y en caso de ser reemplazado por otro trabajador,

instruir a éste adecuadamente acerca de todos los deberes y

antecedentes propios de su cargo.

Como ya hemos visto, son variadas las obligaciones docentes. Pero por

mucho que parezcan, cuando el profesor ama honestamente la labor que

desempeña, siente la necesidad interna de elevar la efectividad del proceso de

enseñanza - aprendizaje, de motivar a sus alumnos por el aprendizaje de la

materia que imparte y, al unísono, de contribuir al crecimiento personal de

cada uno de ellos. No obstante, las labores educativas que involucran al

profesor se complejizan, pues se presentan en espacios sociales que están

atravesados por relaciones de poder y fuerza, en los cuales diversos actores

presionan y negocian por defender sus intereses y derechos. Es así que nace el

Conflicto.

Ahora bien, siendo el Conflicto una ruptura, no necesariamente presenta

connotaciones negativas; porque dependiendo de su naturaleza, puede ser

fuente de crecimiento y desarrollo para el profesor. Desconocer el conflicto, es

desconocer que existen permanentes desencuentros y confrontaciones.

Entonces, es relevante considerar el manejo oportuno del conflicto, como otra

de las tareas a las que se enfrentan nuestros docentes.

Sin embargo, la fuente de los conflictos, puede aminorarse si se

mantienen márgenes de Respeto y Tolerancia para todos los agentes que

participan de nuestro colegio. El profesor, como ejemplo de imitación, es el

primer llamado a dar muestras de respeto; pues en su diario ejercicio

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profesional se enfrenta a la dignidad de sus propios alumnos. Por ello, no es

casual que el Himno del Colegio, enfatice: ”…es mi Maestro un gran

ejemplo de imitación…“

Lo anterior conlleva a establecer premisas esenciales de respeto para el

trabajo diario del profesor junto a sus alumnos -y demás miembros de la

comunidad escolar-, para lo cual deberán evitar actos que incurran en castigos

morales, expresiones de afectividad negativa y prácticas anti pedagógicas en el

plano específico de sus funciones; que puedan causar un daño a la integridad

física como psicológica de los alumnos (Circular N° 83/2011 de la División

de Educación General del Mineduc) Por ejemplo:

Mantener una actitud violenta con sus alumnos, basada en la agresión o

daño físico, verbal, psicológico y virtual (lo que en general, es

ampliamente generalizable a cualquier funcionario del colegio -incluso

para los apoderados- que detenten una posición de autoridad o poder

frente al menor, ya sea por el cargo o por el solo hecho de ser un adulto)

Etiquetar o hacer comentarios en público sobre un alumno.

Descalificar a través de una ironía o un sobrenombre.

Discriminar por género o por identidad de género (Artículo 1, Letra K

de la Ley Nº 20.845 de Inclusión Escolar; Artículo 16 de la Ley Nº

20.536 sobre Violencia Escolar; Ley Nº 20.609 que establece

Medidas contra la Discriminación; Ordinario Nº 0768/2017 de la

Superintendencia de Educación; Orientaciones para Inclusión de

Personas LGBTI)

Amenazar con castigar a través de las notas.

Poner una anotación negativa, sin averiguar la causa del problema.

Anticipar el fracaso o la respuesta equivocada de un mal alumno.

Ridiculizar o rechazar una manifestación espontánea del alumno, que no

esté asociada a una mala conducta.

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Ignorar al alumno, no prestándole atención.

Enviar al alumno a pararse a un rincón de la sala.

Expulsar alumnos de la clase sin un motivo que lo amerite. En caso de

aplicar esta sanción, deberá ser por un tiempo no mayor a 10 minutos,

hasta que el alumno se tranquilice. Si fuese necesario que el alumno

permanezca por más tiempo fuera de la clase, la profesora deberá

asignarle una actividad a realizar durante el tiempo que esté fuera del

aula; debiendo concurrir a la oficina de un Directivo, UTP o sala de

Psicopedagogía.

Devolver al alumno a su hogar.

Dejar al alumno sin colación o permiso de ir al baño durante el recreo;

aunque sí podrá quedarse sin posibilidad de juegos en este período, pues

la recreación también será considerada como un tiempo de descanso

para el alumno que está muy alterado o inquieto. El recreo no debe ser

siempre considerado como sinónimo de juego.

Brindar clases o atención específica de parte de los docentes o de la

psicopedagoga u otro especialista de permanencia en el colegio, para

nuestros alumnos, en forma particular.

Abandonar el aula durante el horario de clases, dejando a los alumnos

solos, ya que en caso de ausencia temporal por estricta necesidad,

deberá requerir el apoyo necesario.

No hacerse responsable de la motivación, exigencia y comportamiento de

los alumnos, dentro y fuera del aula.

No hacerse responsable de los resultados académicos obtenidos en sus

clases.

Otras conductas a evitar por los docentes en su trabajo diario serán:

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Realizar actividades administrativas (corregir exámenes, planificar, llenar

libros de otros cursos, etc.) durante el desarrollo de las actividades de

aula.

No permanecer con los alumnos hasta el final de la hora de clases.

Hacer uso imprudente de sus aparatos celulares durante el desarrollo de

las clases o en reuniones de apoderados. Sólo las emergencias se

justifican.

No mantener apagado el teléfono celular durante el tiempo de clases,

reuniones y actos. Sólo se podrá tener en vibración en caso de tener

alguna situación particular y familiar que lo amerite.

Comer durante el desarrollo de las clases o masticar chicle.

Beber alcohol y/o consumir drogas, entre otras como: efectuar juegos de

azar, efectuar microtráfico, portar drogas, portar armas, tener un

comportamiento promiscuo, cometer acoso sexual, cometer abuso sexual

(ver Protocolo de Acción contra el Maltrato y/o Abuso Sexual de

Menores), tener conducta inmoral, faltar a la probidad, robar, sustraer

sin consentimiento, falsificar documentos y firmas, cometer injurias, usar

un lenguaje soez, faltar sin justificación, abandonar el trabajo, incumplir

con su contrato de trabajo, cometer perjuicio material o pérdida causada

con intención; atentar el orden, la seguridad y el funcionamiento del

establecimiento; incitar o promover protestas de carácter político; todas

ellas durante el ejercicio de sus funciones.

3.10 DEL PARADOCENTE:

El Paradocente es la persona que asume actividades de nivel técnico y

administrativo complementarias a la labor educativa del profesor dirigida a

apoyar y colaborar con el proceso educativo y funcionamiento de los diversos

departamentos de los establecimientos, de acuerdo a instrucciones entregadas

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por sus superiores directos. Al interior del colegio, para facilitar las instancias

de comunicación con apoderados y alumnos, el paradocente podrá ser

denominado “Inspector de Patio”.

Sus funciones serán:

Realizar tareas administrativas de atención al público, organización de

documentación, elaboración de documentación, registros varios, etc.

Asistir al docente en el desarrollo de clases, actividades de aprendizaje

en terreno, actos, ceremonias, actividades extraescolares, patios, horario

de almuerzo escolar, etc.

Colaborar en eventos, ceremonias, levantamientos de escenografías,

exposiciones, preparación de equipos de audio, etc.

Cumplir con turnos de orden, atención y cuidado de los alumnos en

patios, portería, cambios de hora, horarios de salida e ingreso al recreo,

horarios de salida e ingreso al colegio, formación, entonación de himnos,

salida al recreo, entrada a clases después de un recreo, etc.

Vigilar el comportamiento disciplinario y la presentación personal de los

alumnos, orientándolos en su actuar y en su vestir, acorde al reglamento

del colegio.

Mantener un registro semanal de las anotaciones en el sistema Full

College, de los alumnos anotados en las hojas de vidas, ya sea por

situaciones negativas o positivas.

Hacer un levantamiento mensual de registro Full College, enviándolo vía

mail a sus Jefaturas directas.

Informar anotaciones reiteradas por falta de materiales o incumplimiento,

a la Jefa de la Unidad Técnica Pedagógica (U.T.P.), vía mail.

Informar vía mail oportunamente aquellas situaciones de atrasos,

disciplina y presentación personal reiteradas o graves, a Directivos y

Profesores Jefes.

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Sostener entrevistas con los apoderados, debido a problemas de

conducta y/ presentación personal, sólo si es requerido por sus jefaturas

directas.

Mantener al día el registro de atrasos de los alumnos en las agendas y

sistema Full College; además de citar al apoderado, cuando le sea

solicitado por su jefatura, como tarea de control.

Colaborar en el control de inasistencias, en especial de aquellos alumnos

con mayor ausentismo y/o licencias médicas prolongadas, llevando el

orden de los certificados médicos del año.

Colaborar en el control de asistencia de alumnos a talleres

extraescolares, cuando le sea solicitado por sus jefaturas directas.

Apoyar en la elaboración y construcción de materiales didácticos u otras

herramientas de apoyo a la gestión educativa; además de colaborar en el

escaneado, impresión y fotocopiado del material de trabajo que le

soliciten sus superiores directos.

Administrar los recursos materiales y equipamientos que le sean

asignados, como salas de apoyo pedagógico, sala de computación,

fotocopias, etc.

Asesorar a los docentes en los aspectos técnicos de computación u otras

especialidades técnicas específicas.

Asumir tareas de control y monitoreo que le sean asignadas: atrasos,

asistencias u otras emergentes.

Apoyar el trabajo en la sala de clases en ausencia de un profesor,

recibiendo orientación y guía de sus jefaturas o de otro docente.

Realizar tareas que le asignen sus jefaturas directas fuera del

establecimiento; por ejemplo: derivación de niños al dentista, atención

hospitalaria por seguro escolar, trámites y compras emergentes,

reuniones varias, etc.

Prestar atención de primeros auxilios cuando un alumno lo requiera y

preparar el seguro escolar cuando sea requerido.

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Informar a sus superiores directos situaciones irregulares que afecten el

desempeño de su función, de su ámbito de trabajo y/o al establecimiento

para la búsqueda oportuna de soluciones.

Generar y recibir llamadas telefónicas cuando le sea encomendado por

sus jefaturas directas.

Generar y recibir comunicaciones vía agenda escolar cuando sea

necesario y/o encomendado.

Velar por el resguardo de los libros de clases y de cualquier bien

pedagógico o administrativo del colegio (mobiliario, textos escolares,

implementos deportivos, libros de biblioteca, etc.)

Controlar el aseo de las salas y de cualquier dependencia, cuando sea

necesario.

En general, mantener y establecer relaciones armónicas y de carácter

formativo de los estudiantes.

Propiciar relaciones armónicas y de cortesía con todas las unidades y

miembros de la comunidad escolar: visitas externas, directivos, docentes,

asistentes de la educación, apoderados y alumnos.

3.11 DE LAS ASISTENTES DE AULA:

Las Asistentes de Aula deben recibir a los alumnos 15 minutos antes de la

entrada al colegio, además ellas deben, según su nivel educacional (Pre Básica

o Básica):

Escribir su Cuaderno de Bitácora, con las labores de rutina diaria.

Apoyar a los alumnos que requieran ayuda escolar, previo acuerdo con la

Unidad Técnica Pedagógica y el profesor responsable del curso.

Enseñar a ponerse las capas y/o delantales, entre otras actividades

propias de la rutina diaria del preescolar.

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Ayudar a la educadora y docentes a marcar trabajos y tareas dentro de

su horario.

Ayudar en la formación de hábitos durante la colación de los párvulos.

Llevar al baño a los alumnos, cuando sea necesario.

Limpiar y ordenar el mobiliario de la sala al término de la jornada.

Guardar el material que se va utilizando y archivar diariamente los

trabajos realizados.

Ornamentar la sala de clases.

Acompañar a la educadora y docentes en las diversas salidas

pedagógicas que se realicen.

Atender al párvulo cuando no haya controlado esfínter.

Revisar agendas escolares y repartir los útiles.

Participar de los juegos planificados por la Educadora, cuidando la

realización de los mismos.

Cooperar frente a las evaluaciones y en las clases en general.

Colaborar en las clases de Educación Física.

Contribuir en la ejecución de números artísticos.

Preparar escenografías o decoraciones para actos, ceremonias, salas,

diarios murales, etc.

En caso de emergencia llevar al consultorio y/o posta central al alumno

accidentado.

Efectuar llamadas telefónicas a los apoderados cuando sea requerido por

el profesor u otra autoridad. Por ejemplo: avisar cuando el alumno se

encuentre enfermo, avisar para que traigan ropa de cambio desde la

casa, comunicar al hogar una información importante cuando el alumno a

faltado a clases, etc.

Tener y recibir un trato afable y respetuoso para toda la comunidad

escolar.

Mantenerse atenta y solícita a todos los requerimientos que la Dirección

determine.

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Ponerse a disposición de la Dirección, cuando se presente una necesidad

emergente, donde se requiera de su colaboración.

Tener y recibir un trato afable y respetuoso para y de toda la comunidad

escolar.

De forma independiente a las funciones que cumplen diariamente las

Asistentes de Aula, deberán velar por el estricto cumplimiento de muchos otros

aspectos que forman parte del presente Manual de Convivencia Escolar, que

son ampliamente generalizables a todos los funcionarios que trabajan en el

Colegio Blanca Vergara.

3.12 DE LOS ALUMNOS:

La Unidad Educativa Colegio Blanca Vergara abre sus puertas a toda la

comunidad escolar que lo requiera, proyectándose en un ambiente de

cordialidad, familiaridad y autocrecimiento. Todo escolar que ingresa al colegio

viene con el compromiso de ser educado y, en cumplimiento a esta premisa,

ellos poseen Derechos y Deberes como estudiantes. Sus derechos y

obligaciones, permiten definir el Perfil de Alumno que se desea formar en

nuestra comunidad educativa:

3.12.1 Derechos:

Todo alumno que tenga la calidad de alumno regular de establecimientos

fiscales o particulares dependientes del estado reconocidos por el MINEDUC,

quedará sujeto al Seguro Escolar Obligatorio, contemplado en el Artículo 3

de la Ley 16.774, que vela sobre los accidentes que los alumnos sufran

durante sus estudios y en el curso de sus prácticas profesionales. Se entenderá

por accidente toda aquella lesión que un estudiante sufra dentro del

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establecimiento o de trayecto, hacia o desde el colegio, que le produzca

incapacidad o muerte. Se deja expresamente establecido que los cambios de

actividades, los talleres extraescolares, las salidas a terreno, las giras de

estudios, entre otras; constituyen actividades asociadas a prácticas

educacionales del colegio en que participan los estudiantes, por lo que se

encuentran cubiertas por este seguro escolar de accidentes, independiente si

estos ocurren dentro o fuera del territorio nacional, en los términos que el

seguro establezca (ver Protocolo Interno de Atención por Accidentes

Escolares)

Los apoderados que requieran desistir de la atención que otorga el

Seguro Escolar Obligatorio, podrán hacerlo bajo su propia responsabilidad; más

aún si han optado por un servicio de atención médica particular. Aunque

deberá comunicarlo oportunamente a las autoridades del colegio. Con lo cual se

entiende que el establecimiento ya no será responsable de los posibles gastos

médicos, pues para eso el Seguro Escolar Obligatorio

El estudiante víctima de un accidente escolar tendrá derecho a las

siguientes prestaciones, que se otorgarán gratuitamente hasta su curación

completa o mientras subsistan los síntomas o las secuelas causadas por el

accidente:

Atención médica gratuita, a su vez quirúrgica y dental.

La hospitalización, si fuese necesario, a juicio del facultativo tratante.

Medicamentos y productos farmacéuticos, cuando el servicio de urgencia

cuente con ellos.

Prótesis y aparatos ortopédicos.

Rehabilitación física y reeducación profesional.

Gastos de traslado y cualquier otro necesario para el otorgamiento de las

prestaciones de carácter más grave.

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El decreto Nº 313 otorga a un estudiante que sufre, como consecuencia

de un accidente escolar, la pérdida de a lo menos un 70% de su capacidad para

trabajar en el presente o a futuro, el derecho a una pensión por invalidez igual

a un sueldo vital escala A.

También serán considerados derechos de los alumnos, el uso de los

espacios del colegio, destinados a complementar su trabajo diario de aula. Por

ejemplo, los alumnos del Colegio Blanca Vergara cuentan con una Sala Multiuso

y una Sala de Recursos (Biblioteca), las cuales han sido implementadas a

través de los recursos de la ley S.E.P.; con la finalidad de contribuir en los

aprendizajes de diferentes asignaturas; como un medio integrado que es apto

para la experimentación, las manualidades, las artes, el estudio, la lectura y el

desarrollo de actividades extraprogramáticas (talleres)

La Sala de la Red Enlaces, que es el laboratorio de computación del

colegio, es otro recurso del cual podrán disponer los estudiantes, bajo la

supervisión de un profesor a cargo. La finalidad de esta aula, obtenida con la

postulación del proyecto que lleva el mismo nombre, es proporcionar las

herramientas informáticas pertinentes al desarrollo de nuestros escolares. En

dicha sala, los alumnos tendrán computadores con acceso a internet de banda

ancha. El uso de esta sala, también podrá ser solicitada con anticipación por el

apoderado para la realización de tareas de los alumnos, en jornada contraria.

Además, los alumnos del colegio contarán con Actividades de Libre

Elección o talleres extraescolares, en donde ellos podrán participar y

complementar las distintas áreas de aprendizaje con talleres específicos, que

podrán ser renovados durante cada año escolar, para lograr un desarrollo

integral. Si bien estas actividades y talleres son un derecho, los alumnos

deberán asumir el compromiso de asistencia y la responsabilidad que estos

requieren en general.

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Por otra parte, todo alumno tiene derecho a ser escuchado en sus

planteamientos por cualquier miembro de nuestra comunidad escolar, los que

deben ser formulados con respeto y en buenos términos; teniendo como

canales de comunicación el Centro de Alumnos, el Equipo de Mediación Escolar,

la Encargada de Sana Convivencia Escolar y/o el Consejo de Profesores.

También podrá constituirse un Comité Extraordinario de Disciplina cuando

la situación de conducta sea muy grave. Dicho comité, así mismo, será

relevante para la revisión de las apelaciones de los apoderados sobre

sanciones, problemas de conducta y otros similares; como para el análisis de

atenuantes y agravantes de disciplina. Ante otras situaciones emergentes,

podrá constituirse un Comité Extraordinario General, para la revisión de

posibles apelaciones, quejas en libro de reclamos, queja formal por medio de

carta o mail, etc.

También tendrá derecho a conocer el Manual de Convivencia Escolar,

pues este documento regula su quehacer diario en el colegio. A partir de este

comprenderá cuáles son sus derechos y aquellas obligaciones que son propias

del ámbito escolar.

A su vez tiene el derecho a ser escuchado y atendido pedagógicamente

sobre cualquiera de sus inquietudes o dificultades relativas a sus procesos de

estudios, respetando su nivel y ritmo de aprendizaje; incluso en circunstancias

especiales, como son: problemas familiares, de salud y embarazo.

Los niños de nuestro colegio, poseen el derecho a obtener

reconocimientos y estímulos, los que son muy necesarios ante sus logros; por

ello, serán merecedores de la calificación de Distinguidos los alumnos de cada

curso, desde Pre Kínder a Octavo Año Básico, que cumplan con los siguientes

requisitos: (siendo susceptibles de revisión o excepción, cuando los estudiantes

no alcancen en su totalidad los requisitos de los puntos 3, 4 y/o 5)

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1. Obtener al término del año escolar la calidad de Mejor Compañero entre

sus pares, en el caso de los cursos de Educación Pre Básica.

2. Obtener al término del año escolar, un promedio aritmético general igual

o superior a 6.5 (seis coma cinco) con aproximación. No se considera la

asignatura de Religión para el cálculo de éste promedio. Este premio

recaerá para los tres mejores promedios de cada curso de E.G.B. De

existir coincidencia aritmética, podrá ser considerada la conducta de los

alumnos u otros aspectos del quehacer escolar, que posibiliten establecer

una clara diferencia.

3. Haber obtenido calificaciones semestrales en cada asignatura igual o

superior a 6.5 (seis coma cinco) y no haber obtenido notas deficientes.

4. Durante el año académico; no haber presentado sanciones por falta a la

honradez en tareas, trabajos, lecciones, controles y/o pruebas escritas u

orales.

5. Destacarse por ser un alumno responsable, disciplinado, respetuoso,

participativo, creativo, solidario y buen compañero; además de lucir una

presentación adecuada, mantener buena asistencia y puntualidad.

Especialmente los alumnos de los Octavos Años poseen el derecho a

postular a los Grandes Premios. Entre estos están los siguientes:

1. Premio Colegio Blanca Vergara: premio que puede recaer en un solo

estudiante y para lo cual cada Profesor Jefe de 8º Año Básico, entre otros

docentes invitados a participar por la Dirección, presentarán en Consejo

de Profesores una terna de alumnos postulantes al premio, que podrá ser

discutida y analizada por sus pares. A partir de esta propuesta, el Equipo

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Directivo elegirá en forma reservada al merecedor de tan destacado

reconocimiento. Lo ideal es que el alumno seleccionado, haya

permanecido durante toda su trayectoria en el colegio, quedando siempre

la posibilidad de establecer excepciones. Y de no haber postulantes que

estén a la altura de recibir dicho premio, entonces este podrá ser

declarado incierto.

2. Premio al Mérito Académico: premio que puede recaer en un solo

estudiante y para lo cual la Jefe de U.T.P. revisará los registros

académicos de los alumnos más destacados por rendimiento, basándose

en forma única en el promedio general obtenido en cada curso, desde 1º

a 8º Año Básico. De existir coincidencia aritmética, podrá ser considerada

la conducta de los alumnos u otros aspectos del quehacer escolar, que

posibiliten establecer una clara diferencia. Excepcionalmente, podrán

participar alumnos que habiéndose cambiado de establecimiento por un

breve lapso de tiempo, se han vuelto a matricular en el Colegio Blanca

Vergara,

3. Premio al Mérito Valórico: premio que puede recaer en un alumno por

curso y para lo cual el Profesor de Religión, presentará en Consejo de

Profesores una terna de alumnos postulantes al premio, que podrá ser

discutida, analizada y decidida junto a sus pares.

También podrán postular a los Premios de Reconocimiento los

alumnos de cada 8º Año Básico, por obtener un promedio anual igual o

superior a 6.5. (seis coma cinco) Este premio recaerá para el mejor promedio

de cada curso, según las siguientes asignaturas y denominaciones: Premio

Lenguaje y Comunicación, Premio Idioma Extranjero, Premio al Espíritu

Matemático, Premio al Espíritu Histórico, Premio al Espíritu Científico,

Premio al Espíritu Artístico y Tecnológico; Premio al Espíritu Deportivo;

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además del Premio a la Dedicación Escolar –elegido por cada Profesor Jefe–

y Premio al Mejor Compañero –elegido por los pares de su propio curso por

votación secreta-.

Según los premios ya señalados, se deberán cumplir los siguientes

requisitos:

Grandes Premios:

Características del Premio Colegio Blanca Vergara:

Será merecedor del Premio Colegio Blanca Vergara un solo alumno de 8º

Año Básico, que represente los valores del colegio; habiéndose destacado por

sus logros académicos, optimismo ante los desafíos escolares, espíritu de

servicio, responsabilidad, respeto, tolerancia, presentación personal,

creatividad y honradez, óptima asistencia y puntualidad; entre otras virtudes

que sean determinantes para la decisión final del merecedor de tan distinguido

premio. Además de representar a un alumno con claras proyecciones futuras

en el mundo de los estudios, para enfrentar con los desafíos del mundo actual.

Lo ideal es que el alumno seleccionado, haya permanecido durante toda su

trayectoria en el colegio, quedando siempre la posibilidad de establecer

excepciones. Y de no haber postulantes que estén a la altura de recibir dicho

premio, entonces este podrá ser declarado incierto.

Características del Premio al Mérito Académico:

Será merecedor del premio un solo alumno de 8º Año Básico, que haya

obtenido un promedio aritmético igual o superior a 6.5 (seis coma cinco) con

aproximación, durante toda su Enseñanza General Básica. Excepcionalmente,

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podrán participar alumnos que habiéndose cambiado de establecimiento por un

breve lapso de tiempo, se han vuelto a matricular en el Colegio Blanca Vergara,

Características del Premio al Mérito Valórico:

Se hace acreedor de este premio un alumno de cada 8º Año Básico, que

se destaque por: su probidad, honradez, rectitud, bondad, solidaridad,

respetuosidad, tolerancia y buena conducta; entre otras cualidades de

connotación valórica.

Premios de Reconocimiento:

Características:

Serán merecedores de estos premios, los alumnos de cada 8º Año Básico,

que se destaquen en cada asignatura por obtener un promedio anual igual o

superior a 6.5. (seis coma cinco) Este Premio por Asignatura recaerá para el

mejor promedio de cada curso, en los sectores de aprendizaje ya señalados.

También será merecedor del Premio a la Dedicación Escolar un

alumno de cada 8º Año Básico, que se destaque por su resiliencia y gran

capacidad de lucha frente a la adversidad; pues estos constituyen los más

claros rasgos de sacrificio y esfuerzo que puede demostrar un alumno en el

ámbito escolar, ante los problemas que lo puedan aquejar, ya sean estos: de

orden familiar, de salud, socioeconómicos, de aprendizaje, etc.

Finalmente será merecedor del Premio al Mejor Compañero un alumno

de cada 8º Año Básico, que se destaque por su gran capacidad de

compañerismo y amistad con los pares de su curso. El alumno que presente

estas características, deberá ser elegido en forma democrática por sus

compañeros a través de una votación simple, en primera o segunda vuelta.

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Referente a los aspectos socioeconómicos de las familias, el Reglamento

de Financiamiento Compartido y Asignación de Becas del Colegio Blanca

Vergara contempla que nuestros alumnos tienen derecho a postular o recibir

una beca, de tipo Socioeconómica o por Rendimiento, respectivamente. Como

también, el poder recibir una Beca de Gracia cuando hay tres hermanos

estudiando en el mismo colegio o por padecer una enfermedad catastrófica,

entre otras consideraciones que pueda contemplar bajo su criterio la Dirección

del establecimiento. También tendrán derecho a esta beca los hijos de

funcionarios del colegio que estudien en el mismo establecimiento.

Además podrán postular los alumnos, según la Ley 19.979, al derecho de

exención de pagos por concepto de Vulnerabilidad Escolar -que otorga la

JUNAEB-. Los llamados Alumnos Prioritarios, también quedarán exentos de

pago, según la aplicación de la Ley de Subvención Escolar Preferencial (SEP) a

la que se adscribe nuestro colegio.

3.12.2 Deberes:

Así como los alumnos del Colegio Blanca Vergara tienen Derechos,

también tienen Deberes. Uno de ellos dice relación con la Asistencia, porque

los alumnos deberán asistir siempre a sus clases dentro del horario establecido

o en circunstancias que sean citados extraordinariamente para los talleres de

libre elección. Este tema es esencial en la formación de los alumnos, pues la

asistencia periódica a clases es obligatoria y se exige un 85 % de cumplimiento

para ser promovidos de curso (ver Reglamento de Evaluación y

Promoción)

La Dirección del colegio tendrá la atribución de promover a los

estudiantes que logren un menor porcentaje de asistencia, pero sólo sí, una

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vez que ha analizado cada caso de forma particular. No está demás decir, que

siempre en estos casos, se requerirá una solicitud escrita del apoderado, para

evaluar si la promoción del estudiante corresponde hacerla efectiva.

En aquellos casos debidamente certificados o solicitados de manera

escrita o personalmente por el apoderado; por motivo de viaje, problema serio

de salud u otro; se autorizará la ausencia a clases del alumno en forma

prolongada, previo análisis de la situación.

Por otra parte, toda inasistencia a clases que sea mayor a tres días, será

comunicada personalmente por el apoderado del alumno. En tanto las

inasistencias menores a tres días, deberán ser informadas vía agenda escolar.

Es obligación de los mismos cumplir oportunamente con la entrega de

trabajos, tareas, materiales, controles, pruebas, etc; dado que ninguna

inasistencia –aun siendo justificada– libera al alumno de sus obligaciones

escolares, preocupándose de ponerse al día, incluso en sus cuadernos.

Es así que la responsabilidad de los alumnos será otro de sus deberes de

extrema importancia en el ámbito escolar, pues será determinante para su

promoción de curso. En este sentido es necesario destacar que el promedio

general de nota mínimo en cada subsector para pasar de curso es de un 4,0

(cuatro coma cero); de un 4,5 (cuatro coma cinco) con un promedio rojo y de

un 5,0 (cinco coma cero) con dos promedios rojos. Según lo anterior, será

menester que los alumnos mantengan una buena asistencia, sean

comprometidos con sus labores escolares y ejerzan hábitos de estudio diario

(ver Reglamento de Evaluación y Promoción)

En nuestro colegio también se exigirá Puntualidad. Para ello se deberá

considerar el siguiente Protocolo de Acción: los alumnos tendrán que llegar a

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su jornada al menos con 10 minutos de anticipación al primer toque de timbre;

ya que de lo contrario se produce un perjuicio directo en el desarrollo normal

de sus clases. Es preciso señalar que si el alumno acumula tres atrasos, será

anotado en su hoja de observaciones personales y se informará al apoderado

por escrito sobre tal amonestación. En la agenda escolar se mantendrá el

registro de sus atrasos, pero si el alumno no presenta la agenda al momento

de llegar tarde al colegio, por igual se llevará un control interno. Si el alumno

acumula más atrasos, podrá ser citado su apoderado. Si el apoderado no se

presenta a las citaciones; los atrasos necesariamente deberán ser reflejados en

su Informe de Personalidad semestral o anual, con la observación

correspondiente sobre el incumplimiento del apoderado. No está demás señalar

que el párrafo anterior, dice directa relación con la Circular Nº 1 de la

Súperintendencia de Educación, quien exige regular esta materia; sobre

todo pues está prohibido devolver alumnos a sus hogares producto de un

atraso, lo cual en nuestro colegio se respeta a cabalidad.

Entre otras materias, se debe indicar que el uso de la Agenda Escolar

será obligatorio desde Pre Kínder a Octavo Año Básico, siendo un medio de

comunicación fundamental entre el colegio y el hogar. Dicha agenda debe ser

bien cuidada y estar plastificada, con la foto del menor y todos los

antecedentes personales que contempla. Esta debe llevar la firma del Profesor

Jefe y del Apoderado.

Otra obligación de los alumnos, dice relación con el cuidado de sus útiles

escolares, materiales, cuadernos, libros, textos entregados por el MINEDUC,

etc. Siendo responsabilidad de cada estudiante velar por los mismos; para que

no se ensucien, no se estropeen, ni se pierdan. En este sentido el apoderado

también deberá apoyar a su pupilo, pues cada uno de los materiales y útiles de

uso diario del alumno, deberán ser rotulados con el nombre y curso, además de

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ser forrados -en el caso específico de cuadernos, libros y textos escolares en

general-.

En el transcurso de los recreos será obligación de los alumnos salir de sus

salas de clases -dejándolas ordenadas y limpias-, con la finalidad de lograr la

ventilación adecuada y necesaria para un buen aprendizaje. Además, será

siempre una prioridad cuidar de las salas, pues representan un espacio de

trabajo diario particular de cada curso que deben aprender a querer y respetar.

Por eso será relevante que los alumnos sean capaces de restringir la entrada

innecesaria de otros alumnos a su sala, cuidar y limpiar el mobiliario asignado,

mantener las paredes ornamentadas –con al menos un horario y un diario

mural-, mantener en buen estado las cortinas, etc. Durante el desarrollo del

mismo, queda estrictamente prohibido quedarse en los baños o, a su vez,

realizar juegos bruscos y violentos, que puedan dañar la integridad física de los

alumnos, la de su ropa o causar algún daño total o parcial al edificio y sus

bienes en general. Al toque de timbre de cada recreo, el alumno no podrá

llegar atrasado a la formación. Ahora bien, tanto en la formación como en la

sala de clases, el alumno no podrá consumir ningún producto.

Todo alumno que rompa o deteriore materiales de laboratorio, libros,

implementos deportivos, recursos audiovisuales, materiales didácticos,

mobiliario, vidrios u otros; deberá reponerlo al establecimiento, en el plazo

dado por la Dirección para tal efecto, previo aviso al apoderado. El cuidado del

colegio, es un tema evaluado dentro de los objetivos transversales que se

consignan en el informe escolar, ya que se hace indispensable fomentar el uso

adecuado de los recursos y de la infraestructura que a diario lo acoge.

De la misma forma los alumnos deberán ser cuidadosos con los bienes y

útiles escolares de sus compañeros, pues si causara algún daño, destruyera o

extraviara algo ajeno, aunque sea casual o fortuito (por ejemplo: los lentes de

un compañero que se rompieron casualmente mientras jugaban); tendrá que

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reponerlo dentro de los plazos que se acuerden entre los apoderados y la

Dirección del colegio, como posible mediador del problema. Sobre el daño o

extravío de aquellos objetos no solicitados por el colegio o prohibidos por el

establecimiento, la Dirección no podrá hacerse partícipe en la búsqueda de

soluciones, debiendo ser remediados en forma particular.

Los alumnos deberán respetar y obedecer a todos los integrantes de la

comunidad escolar; ya sea, Directivos, Jefa de U.T.P., Profesores, Asistentes de

la Educación, Apoderados, etc.; evitando modales bruscos y un lenguaje

vulgar, soez y descortés. En general, deberán evitar estas conductas y

cualquier acto de indisciplina que puedan significar un trastorno durante el

desarrollo de las clases, actividades escolares, recreos y formación; pues serán

considerados una falta de respeto.

De manera específica, dentro del aula, deberá evitar el desorden; por

ejemplo: preocuparse de otras materias, conversar de forma insistente, jugar,

reírse o decir chistes que distraigan a sus compañeros; hacer ruidos molestos;

entre otras necedades que dificulten la labor del profesor para realizar su clase

normalmente.

Más aún, el comportamiento de nuestros alumnos debe ser correcto

dentro y fuera del establecimiento, sobre todo cuando están representando a

nuestra comunidad escolar en el transcurso de una salida a terreno, algún acto

oficial o acto cívico cultural; como es el caso de desfiles, competencias

deportivas, concursos u otros. Su comportamiento, además, debe ser adecuado

en la calle y en la movilización colectiva.

No pueden quedarse deambulando con su uniforme en los alrededores del

colegio o en otros lugares lejanos a su hogar, en horarios que no corresponden

a su jornada escolar. Más aún si es para generar desorden o no realizar

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ninguna actividad provechosa, por ejemplo: ir a la cancha, video juegos, cyber

y/o similares. Entonces, será un deber de los estudiantes, el dirigirse a sus

domicilios una vez finalizada su jornada de trabajo.

La salida del establecimiento durante la jornada de trabajo no se puede

realizar a voluntad de los alumnos, ya que sólo se autoriza su retiro, previo

aviso del apoderado o familiar directo, quedando una constancia por medio de

la firma de la persona que retira, en el Libro de Salida del colegio. En algunos

casos excepcionales se otorgará el permiso de salida del alumno con

comunicación escrita del apoderado, quedando una fotocopia de la misma como

respaldo. Por otro lado, si el alumno necesita salir de la sala, debe contar con

el permiso exclusivo del profesor a cargo del curso.

Los alumnos del Colegio Blanca Vergara deben mantener una correcta

presentación personal dentro y fuera del establecimiento. Para ello tendrán que

usar el uniforme oficial del establecimiento y contarán con un plazo no superior

a 120 días para adquirirlo, desde el inicio del año escolar; quedando de lado

cualquier tipo de amonestación durante dicho período, en especial si se trata de

un alumno nuevo. Es importante indicar que el derecho a la educación de los

alumnos jamás podrá verse afectado, dado que la falta de uniforme por

problemas económicos, no pueden acarrear la exclusión de clases (Ord. Nº

085 de 11-02-2014 de la Superintendencia de Educación)

Las Damas: Blazer rojo, chaleco plomo oficial, blusa blanca, jumper

oficial del colegio, calceta escolar tradicional ploma (que no sean

bucaneras), zapatos negros con cordones y sin plataforma, delantal

cuadrillé rosado abotonado adelante, corbata e insignia oficial cosida al

blazer. Desde el mes de mayo hasta el mes de agosto se podrá utilizar

pantalón recto gris (no ajustado)

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Los Varones: Vestón azul marino con solapa, chaleco plomo oficial,

camisa blanca, pantalón recto gris (no ajustado), calceta escolar

tradicional ploma, zapato negro con cordones y sin plataforma, capa

blanca, corbata e insignia oficial cocida al blazer.

En época de invierno se autorizará a las damas el pantalón recto gris (no

ajustado, incluso de género polar para el Primer Ciclo Básico), parka roja o azul

marino; gorro, guantes, bufandas, cuellos polares y otros accesorios de

invierno –sin distintivos–, todos de color rojo. A los varones se autoriza la

parka azul marino; gorro, guantes, bufandas, cuellos polares y otros accesorios

de invierno –sin distintivos–, todos de color gris.

La vestimenta para Educación Física deberá ser adecuada a la actividad,

para ello el uso del uniforme deportivo oficial del establecimiento consiste en:

Las Damas: Calza falda o calza corta gris, polera roja oficial, calcetas y

zapatillas blancas sin plataforma, salida de cancha oficial del colegio

(pantalón de buzo recto, sin ajustar) En caso de mucho sol es posible

usar un jockey rojo sin distintivos o con la insignia del colegio bordada.

Los Varones: Pantalón corto gris, polera roja oficial, calcetas y zapatillas

blancas sin plataforma, salida de cancha oficial del colegio (pantalón de

buzo recto, sin ajustar) En caso de mucho sol es posible usar jockey gris

sin distintivos o con la insignia del colegio bordada.

No está demás agregar, acorde a las últimas orientaciones sobre la

materia, que los alumnos tendrán el derecho de utilizar el uniforme y el buzo

del colegio, que considere más adecuados según su identidad de género,

independiente de la situación legal en que se encuentre (Artículo 1, Letra K

de la Ley Nº 20.845 de Inclusión Escolar; Artículo 16 de la Ley Nº

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20.536 sobre Violencia Escolar; Ley Nº 20.609 que establece Medidas

contra la Discriminación; Ordinario Nº 0768/2017 de la

Superintendencia de Educación; Orientaciones para Inclusión de

Personas LGBTI)

Finalmente, para todos los alumnos queda prohibido utilizar prendas de

vestir ajenas al uniforme del colegio, pues sólo la Dirección del Colegio, y en

casos muy justificados, podrá eximir de esta obligación en forma temporal al

menor. Es deber que los apoderados comuniquen por escrito o en forma

personal esta petición a la Dirección, para poder tomar una decisión al

respecto.

También la Dirección podrá autorizar actividades como el “Jeans Day”, la

cual podrá ser solicitada por el Centro de Alumnos u otro miembro de la

comunidad escolar para la recolección de fondos. El “Jeans Day” consiste en

presentarse al colegio con ropa de calle, especialmente con jeans y una

vestimenta que no sea en exceso provocativa; por ejemplo, se deben evitar los

escotes muy rebajados. Esta actividad será de carácter voluntario, porque no

obliga a ningún alumno a participar de ella.

Dentro de la presentación personal exigida a los alumnos del Colegio

Blanca Vergara se considera además:

No utilizar maquillaje o cosméticos.

Mantener las uñas cortas y limpias; en caso de las damas sólo con

esmalte transparente (brillo sin color)

No utilizar trabas de colores en el pelo; excepto collet, pinches o trabas

rojas.

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No usar trenzas bahianas u otras similares, alejadas del peinado

tradicional escolar que deben llevar las niñas, pues este debe estar bien

tomado y debe llevarse con sencillez y sin tinturas.

El cabello de los varones debe ser corto y peinado en forma sencilla y

ordenada, evitando colas cortes de fantasía y tinturas.

Las joyas y adornos no son parte del uniforme, sólo está autorizado un

reloj sencillo. En el caso de las damas, pueden utilizar un par de aros

sencillos y no colgantes; por ejemplo: perlas blancas más pequeñas que

el tamaño del lóbulo de la oreja.

La ropa debe estar siempre limpia y bien planchada, y los zapatos deben

lucir lustrados.

El delantal y la capa deben estar siempre con sus botones; además

deberán estar marcados con el nombre, apellidos y el curso del alumno.

No utilizar pearcing, expansiones de orejas, dobles aros, tatuajes y/o

similares, dentro o fuera del establecimiento con uso del uniforme.

Por otro lado, se encuentra prohibido el uso de elementos que no hayan

sido solicitados como son: juegos de salón, juguetes, consolas de juego,

personal estéreo, MP3, MP4, Ipod, palm, celulares o cualesquier elemento que

pueda alterar el funcionamiento escolar y que afecte una clase regular. Ahora

bien, los alumnos podrán hacer uso de ellos en el establecimiento, sólo con el

consentimiento de las autoridades del colegio y únicamente para fines

recreativos y pedagógicos.

Esta prohibición también se hará extensiva para los objetos de alta

peligrosidad, lo que obliga a los alumnos a no traer jamás elementos tales

como: cuchillos cartoneros o similares, como armas blancas, armas de fogueo

o fuego, entre otros.

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El colegio tampoco se hará responsable por el daño o la pérdida de éstos

elementos; como así mismo, no se hará cargo de las pérdidas de dinero, pues

cada alumno deberá hacerse responsable de cuidar sus bienes personales. Esto

también regirá para los elementos tecnológicos como notebook, netbook,

tablet, cámaras digitales, filmadoras y/o similares; ya que si bien pueden ser

solicitados excepcionalmente para el desarrollo de una clase, el alto costo de

estos, obliga al alumno a asumir la completa responsabilidad de los mismos.

Específicamente, en lo que respecta a los celulares, los alumnos podrán

llevarlos o hacer uso de ellos en el establecimiento con el consentimiento de las

autoridades del colegio; también quedando la salvedad de dejarlos en custodia

en una oficina con personal del colegio, hasta el momento en que el estudiante

se retire a su hogar. En el caso de necesitar ser ubicados por sus apoderados,

se hará a través del establecimiento. Y a su vez, si el alumno necesita

comunicarse con el apoderado en forma urgente, el colegio facilitará el teléfono

de sus dependencias, para que se realice la llamada respectiva. Sin embargo,

es menester indicar que el teléfono que se encuentra en el colegio es de uso

exclusivo de la Dirección del establecimiento; y sólo en casos debidamente

justificados el personal y los alumnos tendrán acceso a éste.

En caso de sorprender a algún alumno con alguno de los elementos

señalados en los párrafos anteriores, se aplicarán las sanciones o medidas de

acuerdo a la tipificación de la falta (ver Protocolo Acerca del Uso de

Celulares, Computadores Personales u Otros Elementos Tecnológicos)

3.12.3 Acerca de los Tipos de Faltas:

Según su gravedad y a fin de determinar las medidas o sanciones

necesarias para promover la superación progresiva del problema, es que en el

Colegio Blanca Vergara las trasgresiones o faltas se pueden clasificar de

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acuerdo a tres criterios: Leves, Considerables y Graves. De esta forma se

pretende respetar el principio de gradualidad, es decir, con faltas que van de

menor a mayor gravedad (D.F.L. N° 2 del año 2009, Art. 46, letra f)

Además, la clasificación de la trasgresión o falta, la determinará

inicialmente el agente educativo que evidencie directamente dicha trasgresión,

para poder tomar la sanción más adecuada. Sólo si fuese necesario, la falta y la

sanción respectiva, podrá ser reconsiderada por una autoridad superior a la

anterior, conforme a mayores indagaciones que pueda realizar y según las

circunstancias atenuantes o agravantes que se pudieran establecer. Incluso, si

un Directivo del colegio presenta dudas ante una trasgresión o falta en

particular, podrá recurrir a la Encargada del Comité de Sana Convivencia

Escolar, para indagar y establecer mediaciones de ser necesario. O bien

solicitar la constitución de un Comité Extraordinario de Disciplina, para

establecer sanciones alejadas de toda arbitrariedad.

De acuerdo a la clasificación de las trasgresiones o faltas mencionadas

anteriormente, se debe explicar lo siguiente:

Faltas Leves: son las referidas a las conductas que trasgreden las normas

que regulan la convivencia escolar; no obstante, no llegan a alterar de

manera significativa, ni causan un mayor daño o perjuicio ni a sí mismo,

a terceros o a la Unidad Educativa. Pero se apartan del perfil señalado

para nuestros alumnos.

Faltas Considerables: son las referidas a las conductas que trasgreden las

normas y que pueden alterar la convivencia escolar; con repercusiones

negativas, tanto para sí mismo, como para terceros o el mismo colegio.

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Faltas Graves: son las referidas a las conductas que trasgreden las

normas, perjudicando gravemente la convivencia escolar o con graves

repercusiones negativas para sí mismo, para terceros o para la

comunidad escolar; en forma Una falta de esta naturaleza puede llevar a

la Condicionalidad inmediata del alumno, siendo ésta una Sanción de

Orden Superior (ver página 70)

Ahora bien, pese a lo anterior, la Dirección del colegio podría considerar

como Faltas Graves de Disciplina, las que se presentan a continuación y que

a modo de ejemplo, son un referente concreto para los miembros de la

comunidad del Colegio Blanca Vergara:

Copiar durante el desarrollo de evaluaciones.

Faltar a la verdad frente a la presentación de tareas, trabajos u otros

deberes escolares; como así mismo, realizar plagios.

Falsificar firmas, justificativos, calificaciones, informes de notas, informes

de personalidad, certificados de estudios y otros documentos del colegio.

Adulterar, alterar, modificar o destruir timbres, libros de clases, agendas

escolares y otros documentos con información relevante.

Utilizar información del colegio de carácter confidencial, obtenida en

forma fraudulenta.

Robar o hurtar dinero, objetos, bienes o materiales del colegio y de

cualquier miembro de la comunidad escolar.

Causar un grave daño a algún bien material o al inmueble en general.

Causar desórdenes graves y destrozos en la vía pública (con uniforme)

No presentarse a clases, a pesar de ser enviado por su apoderado al

establecimiento.

Escapar del colegio o de una clase, sin el consentimiento necesario de

una autoridad del colegio.

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No entrar a clases o negarse a entrar al aula, sin ningún motivo

justificable.

Promover proselitismo político de cualquier tendencia o “tomarse” el

establecimiento sin el consentimiento de los directivos y sostenedores.

Faltar el respeto, violentarse o agredir a cualquier integrante de nuestra

comunidad escolar; de forma grave, vale decir, con consecuencias físicas,

psicológicas, morales, verbales, económicas y/o hospitalarias.

Atentar contra la integridad de algún compañero gravemente,

promoviendo acciones que pongan en peligro su bienestar físico,

psicológico, social, etc.

Efectuar agresiones virtuales, verbales, psicológicas y físicas; u otras

asociadas al bullying y el cyberbullying, todas ellas con consecuencias

lamentables (ver Protocolo de Acción contra el Bullying)

Mantener una conducta violenta dentro y fuera del colegio, es decir,

participar en situaciones de evidente riesgo físico (con uniforme);

ejemplo: amenazas, golpes, encuentros concertados para generar

violencia, etc.

Mantener una conducta indecorosa dentro y fuera del colegio, es decir,

participar en situaciones de evidente connotación sexual (con uniforme);

sin importar su género o identidad de género.

Cometer abusos de tipo sexual (ver Protocolo de Acción contra el

Maltrato y/o Abuso Sexual de Menores)

Cometer actos inmorales o que atenten contra las buenas costumbres

dentro y fuera del colegio (con uniforme); sin importar su género o

identidad de género.

Cometer actos de discriminación de género o de identidad de género

(Artículo 1, Letra K de la Ley Nº 20.845 de Inclusión Escolar;

Artículo 16 de la Ley Nº 20.536 sobre Violencia Escolar; Ley Nº

20.609 que establece Medidas contra la Discriminación; Ordinario

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Nº 0768/2017 de la Superintendencia de Educación;

Orientaciones para Inclusión de Personas LGBTI)

Evidenciar síntomas asociados al consumo de drogas lícitas o ilícitas y/o

alcohol.

Portar, fumar u ofrecer cigarrillos dentro y fuera del establecimiento (con

uniforme)

Efectuar microtráfico, portar drogas o alcohol, consumir alcohol u otras

drogas dentro y fuera del colegio (con uniforme)

Portar armas de cualquier tipo; ya sea blanca, de fogueo, de fuego u

otras similares (la cual deberá ser retirada al alumno de forma inmediata,

para ser entregada personalmente al apoderado)

Intimidar con armas de cualquier tipo, a cualquier miembro de la

comunidad escolar.

Portar o hacer uso elemento indebido de elementos explosivos o

elementos químicos dañinos.

Cuando un alumno presente una acumulación reiterada de anotaciones

negativas en su hoja de observaciones, habiendo sido informado el apoderado

de la situación, estableciendo compromisos de mejora, y pese a ello no han

existido cambios en su conducta; al término de cada semestre, será revisada

su situación en Consejo de Profesores, junto a la Dirección, pudiéndose

establecer la Condicionalidad al estudiante.

Por otro lado, quedarán en situación de Condicionalidad, aquellos

alumnos que por Faltas Graves de Responsabilidad reiteradas, no cumplan

con las exigencias mínimas para pasar de curso. De tal forma, los alumnos que

repitan su nivel deberán esforzarse al año siguiente por superar dicha

condición, pues una repitencia por segundo año consecutivo, será motivo para

solicitar un cambio de establecimiento (D.F.L. Nº 2 del año 2009, Art. 11,

inciso 6º)

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3.12.4 Acerca de los Tipos de Sanciones:

Los alumnos que trasgreden el Manual de Convivencia Escolar, ya sea por

Faltas Leves, Considerables o Graves; se puede ver afecto a los siguientes tipos

de Sanciones y Medidas, las cuales serán determinadas por el agente

educativo que evidenció directamente la falta y que tomó al respecto una

medida. Sin perjuicio que pueda ser revocada por una autoridad superior, ante

la indagación de nuevos antecedentes para el caso.

Serán consideradas Sanciones y Medidas de Orden Inferior las

siguientes:

Amonestación verbal (esta se constituye en una medida de carácter

disciplinaria)

Expulsión de la sala de clases por 10 a 15 minutos, si las condiciones

climáticas lo permiten. Incluso en este breve período podrá concluir una

tarea o trabajo escolar (esta se constituye en una medida de carácter

disciplinaria y/o pedagógica)

Quedarse sin jugar en el recreo, para lo cual se le solicitará que se siente

y descanse en dicho período en un lugar específico (esta se constituye en

una medida de carácter disciplinaria) O bien, que concluya con alguna

tarea o trabajo escolar (esta se constituye en una medida de carácter

pedagógica)

Si la expulsión requiere más tiempo, será enviado con una actividad

escolar concreta a la Dirección, U.T.P, Sala Psicopedagógica o Sala de

Profesores (esta se constituye en una medida de carácter pedagógica)

Amonestación escrita en su Hoja de Observaciones Personales (esta se

constituye en una medida de carácter disciplinaria)

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Solicitud de disculpas a la persona afectada, al curso; dar una disculpa

pública general, etc. (esta se constituye en una medida de carácter

reparatoria)

Solicitud de disculpas, pero en forma escrita, lo cual implicará para el

alumno una labor distinta al punto anterior, pues deberá redactar y

desarrollar sus ideas en forma reflexiva (esta se constituye en una

medida de carácter reparatoria)

Solicitud de compromiso adquirido, con firma del alumno en su hoja de

vida (esta se constituye en una medida de carácter reparatoria)

Solicitud de una acción concreta que enmiende el daño provocado. Por

ejemplo: barrer lo que ensució, sacar el chicle que pegó, reemplazar la

planta que daño, limpiar la meza o la pared que rayó, reponer lo que

estropeó, etc. (esta se constituye en una medida de carácter reparatoria)

Solicitud de asistencia del alumno al colegio en jornada contraria, para

efectuar una actividad propia del quehacer escolar. Por ejemplo: hacer

una tarea, ejecutar o terminar algún trabajo, buscar información, leer un

libro, etc. (esta se constituye en una medida de carácter pedagógica)

Solicitud de asistencia a la Biblioteca Municipal u otro organismo, para

conocer su forma de funcionamiento, a través de un trabajo práctico.

Siempre y cuando pueda ser efectuado con la autorización de su

apoderado o en compañía de este, si fuese necesario (esta se constituye

en una medida de carácter pedagógica)

Solicitud de asistir a una reunión de carácter formativa, a la cual podrá

asistir en compañía de su apoderado (esta se constituye en una medida

de carácter pedagógica)

Solicitud de asistencia del alumno al colegio en jornada contraria, para

efectuar una actividad solidaria o de ayuda comunitaria. Por ejemplo:

barrer patios, limpiar vidrios, ayudar en oficinas, ayudar a un profesor,

ayudar a los alumnos más pequeños en una clase, etc. (esta se

constituye en una medida de carácter reparatoria)

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Citación a entrevista con el apoderado y el profesor jefe, profesor de

asignatura o asistente de la educación (esta se constituye en una medida

de carácter disciplinaria)

Citación a entrevista con la Orientadora, Coordinadora Pedagógica, Jefe

de U.T.P. y/o Dirección (esta se constituye en una medida de carácter

disciplinaria)

Serán consideradas Sanciones y Medidas de Orden Superior las

siguientes:

Derivación a especialista en forma particular; como psicólogo, psiquiatra,

neurólogo, psicopedago, etc. (esta se constituye en una medida de

carácter reparatoria)

Derivación a Programa de Intervención Psicológica Breve (PIB Aitué), u

otro similar, el cual será gratuito para el apoderado (esta se constituye

en una medida de carácter reparatoria)

Derivación al Equipo de Mediación Escolar, para buscar una solución del

problema a través del diálogo y los acuerdos (esta se constituye en una

medida de carácter reparatoria)

Derivación a la Orientadora del colegio, para buscar una solución del

problema a través de la orientación con el alumno y/o la familia (esta se

constituye en una medida de carácter reparatoria)

Condicionalidad de matrícula, la cual se puede extender, si los resultados

esperados no son los esperados después de 3 meses de evaluación (esta

se constituye en una medida de carácter disciplinaria)

Retiro Temporal de Asistencia a Clases, por un período específico dentro

de la jornada escolar, lo que implica llamar al apoderado para el retiro

anticipado del alumno, es decir, antes que culmine la jornada de clases.

Ya sea por una situación de descontrol, histeria, llanto, “pataleta”, ira

incontrolable, desobediencia absoluta de las autoridades escolares,

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golpes a funcionarios o autoridades del colegio, poner en riesgo su vida y

agresión desmedida. Entre otras acciones que podrán ser evaluadas en el

momento y que no, necesariamente, estén contempladas en el presente

Manual de Convivencia Escolar.

Suspensión Temporal de Asistencia a Clases, que contempla de 1 a 5 días

de reflexión en el hogar (esta se constituye en una medida de carácter

disciplinaria y/o pedagógica)

Suspensión de Asistencia a Paseo Escolar de fin de año, que se aplicará

en el caso de los alumnos de 8º Año o de otro curso, siempre y cuando

no represente un acto discriminatorio, ya que deberá ser sólo producto

de Faltas Graves de Disciplina, muy bien analizadas por el Consejo de

Profesores. Además esta será una sanción extrema, excepcionalísima y

última (esta se constituye en una medida de carácter disciplinaria)

Suspensión de Asistencia a Salida a Terreno, que deberá ser reemplazada

por un trabajo de investigación sobre el lugar a visitar (esta se constituye

en una medida de carácter pedagógica)

Suspensión de Asistencia al Acto de Licenciatura: que se aplicará en el

caso de los alumnos de 8º Año, siempre y cuando no represente un acto

discriminatorio, ya que deberá ser sólo producto de Faltas Graves de

Disciplina, muy bien analizadas por el Consejo de Profesores. Además

esta será una sanción extrema, excepcionalísima y última (esta se

constituye en una medida de carácter disciplinaria)

Suspensión Indefinida de Asistencia a Clases, pudiendo asistir sólo para

efectuar sus evaluaciones: que se podrá aplicar excepcionalmente si

existe un peligro real para la integridad física o sicológica de algún

miembro de la comunidad educativa o del mismo alumno en cuestión, lo

que deberá ser debidamente analizado por el Consejo de Profesores y

acreditado, por ejemplo: a través del pronunciamiento de un psicólogo

(D.F.L. Nº 2 del año 2009, Art. 10, letra a) (esta se constituye en una

medida de carácter disciplinaria)

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Cancelación de Matrícula o Expulsión, la cual será una medida extrema,

excepcionalísima y última, ante los problemas de disciplina y/o conducta;

lo que deberá ser debidamente analizado por el Consejo de Profesores

(esta se constituye en una medida de carácter disciplinaria)

No Renovación de Matrícula, la cual será una medida extrema,

excepcionalísima y última, ante los problemas de disciplina y/o conducta

pudiendo ser comunicada a más tardar en el mes de noviembre, ante los

problemas de disciplina y/o conducta; lo que deberá ser debidamente

analizado por el Consejo de Profesores (esta se constituye en una medida

de carácter disciplinaria) Como también frente a los problemas de

responsabilidad y/o rendimiento; pero para este último caso,

puntualmente se solicitará al apoderado un cambio de establecimiento,

acorde a la realidad académica del alumno (esta se constituye en una

medida de carácter pedagógica)

3.12.5 Acerca de la Condicionalidad:

Tal como ya hemos indicado anteriormente, la Condicionalidad es una

Sanción de Orden Superior que puede adquirir un alumno por Falta Grave

de Conducta (Disciplina) y/o por Falta Grave de Responsabilidad

(Rendimiento) Dicha medida podrá ser tomará por la Dirección del colegio; y

será avalada por el Consejo de Profesores. O bien como una decisión conjunta.

Toda Condicionalidad, tal como lo señala su expresión, implica poner

condiciones para el alumno por un lapso de tiempo.

El Proceso de la Condicionalidad será monitoreado por un período

mínimo de tres meses, en tanto sus apoderados deberán firmar la Toma de

Conocimiento, el cual en sí es un Compromiso por escrito, que obliga a apoyar

los quehaceres escolares de su pupilo, como la gestión de los docentes del

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establecimiento, tanto en materias de disciplina y/o conducta, como

responsabilidad y/o rendimiento. En suma, la Condicionalidad implica ejecutar

un seguimiento periódico acerca del problema del alumno, para monitorear sus

avances o retrocesos. Dicho seguimiento será efectuado por la Dirección del

colegio o a quien delegue tal responsabilidad.

Frente a la Condicionalidad de su pupilo, el apoderado deberá

comprometerse a apoyar la labor del establecimiento, según las siguientes

consideraciones posibles de establecer, según sea cada caso:

Que el alumno, si lo necesita, sea tratado oportuna y periódicamente por un

especialista en forma particular; cuando sea requerido por el colegio.

Cumpliendo con las indicaciones médicas, en caso de existir tratamiento

farmacológico.

Que el alumno o su apoderado, si es requerido, asistan y participen de las

actividades o programas específicos destinados por el colegio a mejorar la

convivencia escolar (plan remedial de disciplina)

Que el alumno, si es solicitado, asista y participe de las actividades o

programas específicos destinados por el colegio a reforzar los aprendizajes

escolares (plan remedial de rendimiento)

Que el apoderado, si es citado, asista a todas las posibles entrevistas

convocadas por las autoridades del colegio.

Que el apoderado asista a todas las reuniones mensuales de apoderados

programadas por el colegio al inicio del año escolar.

Que el apoderado lea y acate las normas establecidas en el presente Manual

de Convivencia Escolar.

Que el apoderado sea capaz de tomar medidas concretas en el hogar, en

cuanto no atenten ni menoscaben la integridad del alumno.

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Que el apoderado titular siempre cautele por la asistencia de un adulto

responsable al colegio, cuando no pueda ir personalmente (apoderado

suplente)

Durante el proceso de Condicionalidad, si no se evidencian mejoras

significativas en la Disciplina y/o Conducta del educando y/o en el apoyo de

su familia, notándose una falta de compromiso con el Manual de Convivencia

Escolar; entonces se procederá al establecimiento de nuevas sanciones,

relativas al proceso de Condicionalidad. Teniendo en consideración que la

máxima sanción por problemas de disciplina y/o conducta será: la

Cancelación de Matrícula o Expulsión del Alumno y la No Renovación de

Matrícula.

Por otro lado, si durante el proceso de Condicionalidad, no se ven logros

significativos de avance en la Responsabilidad del educando y/o en el apoyo

de su familia, notándose una falta de compromiso con el Manual de

Convivencia Escolar; entonces se procederá al establecimiento de nuevas

sanciones, relativas al proceso de Condicionalidad. Teniendo en consideración

que la máxima sanción por problemas de responsabilidad y/o rendimiento será

la solicitud oficial al apoderado de un cambio de establecimiento, que esté más

de acuerdo a su línea de trabajo, es decir: la No Renovación de Matrícula.

Si se producen cambios positivos y relevantes en el alumno al término del

período de tiempo determinado para la Condicionalidad, el Colegio Blanca

Vergara podrá determinar: Finalizar con la Condicionalidad del Alumno

(Levantamiento de la Condicionalidad) De no haber cambios positivos y

relevantes en el alumno al término del semestre, el Colegio Blanca Vergara

podrá determinar, en forma gradual, las siguientes sanciones:

Continuar con la Condicionalidad del alumno por un nuevo período de

tiempo, teniendo en cuenta que todo alumno que llegue a tener dos

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condicionalidades –ya se consecutivas o discontinuas–, será evaluada su

situación para la No renovación de Matrícula.

Cancelación de Matrícula o Expulsión (la cual será una medida extrema,

excepcionalísima y última, sólo ante los problemas de disciplina y/o

conducta)

No Renovación de Matrícula (pudiendo ser comunicada a más tardar en el

mes de diciembre, ante los problemas de disciplina y/o conducta, como los

problemas de responsabilidad y/o rendimiento)

Estas serán sanciones extremas, que se aplicarán de acuerdo a la

evaluación de cada caso en particular; con acuerdo de la Dirección y del

Consejo de Profesores.

La No Toma de Conocimiento del apoderado sobre la Condicionalidad

de su pupilo, podrá ser causal inmediata para considerar un cambio de

apoderado, por su falta de compromiso con el colegio. Por el contrario, la

Efectiva Toma de Conocimiento del apoderado sobre la Condicionalidad,

será motivo de: Aceptación total de los Compromisos ya señalados

anteriormente.

3.12.6 Acerca de la Condicionalidad por Ajuste:

En nuestro establecimiento, todos los alumnos nuevos que se matriculen

en el colegio y que presenten problemas, podrán tener la Condicionalidad por

Ajuste. No obstante, para ser aplicada, el alumno nuevo deberá permanecer

matriculado en nuestro colegio, al menos por un semestre (4 meses)

Durante el proceso de Condicionalidad por Ajuste los alumnos serán

monitoreados por un período de tres meses, con el fin último de verificar si el

estudiante se adaptó a las exigencias de disciplina y académicas del colegio. En

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tanto sus apoderados deberán firmar la Toma de Conocimiento, el cual es en sí

un Compromiso por escrito, que obliga a apoyar los quehaceres escolares de su

pupilo, como la gestión de los docentes del establecimiento, tanto en materias

de disciplina y/o conducta, como responsabilidad y/o rendimiento.

La Condicionalidad por Ajuste contempla las mismas obligaciones para el

apoderado, como iguales consideraciones respecto de las nuevas sanciones

posibles de establecer para el alumno o en lo que respecta al Levantamiento de

la Condicionalidad. Es decir, tal como se efectúa con aquellos alumnos que no

son nuevos.

Finalmente, es necesario reiterar que todo alumno, junto a su apoderado,

tienen derecho a ser escuchados en sus planteamientos por cualquier miembro

de nuestra comunidad escolar; los que siempre deben ser formulados con

respeto y en buenos términos; teniendo como canales de comunicación el

Centro de Alumnos, el Equipo de Mediación Escolar, a la Encargada de Sana

Convivencia Escolar, El Comité de Disciplina y el Consejo de Profesores.

Específicamente, el Consejo de Profesores será una instancia previa y

valiosa para la revisión de las apelaciones -por escrito- de los apoderados,

sobre problemas de conducta y académicos de sus pupilos, como para el

análisis de ATENUANTES y AGRAVANTES de disciplina; los que finalmente

quedarán en manos de la Dirección del colegio. Las apelaciones también

podrán incluir todos aquellos disentimientos emergentes, que surjan de la base

de cualquier acuerdo tomado previamente junto a las autoridades del colegio,

sobre las más variadas temáticas del ámbito escolar. Lo importante, es que a

través de este mecanismo se establezca un procedimiento justo, que garantice

que el alumno y/o apoderado, puedan efectuar sus descargos y/o aportar

antecedentes nuevos sobre su situación.

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En relación a las Atenuantes, podemos señalar como ejemplo las

siguientes: el reconocimiento espontáneo de la incorrección de la conducta, así

como la reparación inmediata y espontánea del daño producido; la falta de

intencionalidad; la petición inmediata de excusas; la denuncia de otros

implicados en el problema; entre otras. Y en relación a las Agravantes, se

pueden señalar como ejemplos las siguientes: la premeditación de los hechos;

la incitación encubierta a la falta; la naturaleza y magnitud del daño; el tipo de

violencia ejercida; entre otras.

En resumen, dentro del Colegio Blanca Vergara, es posible solicitar que

toda medida pueda ser revisada nuevamente, dentro de un plazo de 15 días;

pues la idea es que sean agotadas todas las instancias, antes de llegar a una

sanción final, por parte de la Dirección del colegio y que esté acogida a

derecho.

Las sanciones finales que se apliquen, siempre serán comunicadas

personalmente al apoderado, dejando registro de ellas en la Hoja de

Observaciones del estudiante (Libro de Clases) Al apoderado se le solicitará su

firma para la Toma de Conocimiento de la sanción, con lo cual se busca dar

transparencia y formalidad al proceso y a los canales de comunicación

empleados. De no querer firmar el apoderado, se solicitará la presencia de un

Ministro de Fe, el que podrá ser la Encargada de Sana Convivencia Escolar u

otro docente del colegio. Incluso, de ser necesario, será notificada la sanción a

la Superintendencia de Educación.

3.13 DEL CENTRO DE ALUMNOS:

El principal organismo de representación de los alumnos en la comunidad

educativa del Colegio Blanca Vergara es el Centro de Alumnos. Este organismo

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estará compuesto por estudiantes que cursen desde 5° año hasta 8° año de

Educación General Básica.

El Centro de Alumnos tiene por finalidad servir a sus miembros dentro de

las normas de organización, como medio para desarrollar en ellas el

pensamiento reflexivo, el juicio crítico y la voluntad de acción, de formarse

para la vida democrática y de prepararlos para participar en los cambios

culturales y sociales. Lo anterior se logra mediante propuestas y ejecución de

proyectos relacionados a la cultura, el arte, el deporte y la solidaridad, acciones

que irán en beneficio de los estudiantes del establecimiento.

La organización del Centro de Alumnos será la siguiente:

Directiva.

Asamblea General.

Consejo de Delegados de Curso.

Consejo de Curso.

Junta Electoral, Tribunal Calificador de Elecciones (TRICEL)

Las funciones de la Directiva serán:

a) Dirigir y administrar el Centro de Alumnos en todas aquellas materias de

su competencia.

b) Elaborar y ejecutar el Plan de Trabajo Anual del Centro de Alumnos.

c) Representar al Centro de Alumnos ante la dirección del establecimiento,

el Consejo de Profesores, el Centro de Padres y Apoderados y las

instituciones de la comunidad.

d) Decidir a propuesta del Consejo de Delegados de Curso la participación

del Centro de Alumnos ante las organizaciones estudiantiles con las

cuales el Centro se relacionará de acuerdo a este reglamento, y designar

a los representantes que correspondan.

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e) Presentar al Consejo de Delegados de Curso una cuenta anual de las

actividades realizadas.

f) Convocar al menos una vez al mes, reuniones con el Consejo de

Delegados de Curso.

3.14 DE LOS PADRES Y/O APODERADOS:

El grupo de Padres y/o Apoderados que componen nuestra comunidad

educativa son agentes comprometidos con el desarrollo integral de sus pupilos;

su participación siempre debe estar acorde con las demandas que los alumnos

necesiten y que el establecimiento requiera, por ello:

Todo apoderado debe ser una persona mayor de 18 años y aceptada por

la Dirección del establecimiento, quien debe comprometerse a revisar a diario

la Agenda Escolar, como único medio para informarles de situaciones que

requieren estar en su conocimiento. Para ello, debe tomar conocimiento, bajo

firma, de cualquier informativo que llegue al hogar, desde el colegio.

Con respecto al uso de la Agenda Escolar, como apoderado deberá

preocuparse de mantenerla: plastificada, con la foto del alumno, completa con

todos los datos relevantes de la primera página y firmada en las páginas

asignadas para ello.

A su vez, el apoderado tendrá derecho a estar informado de la vida

estudiantil de su pupilo cuando asista a las reuniones mensuales de padres y

apoderados que se calendaricen al inicio del año escolar. Tanto por medio de

consulta a través de la Agenda Escolar o personalmente durante el horario

destinado por los docentes para tal efecto. Si lo requiere, podrá solicitar con

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anticipación una entrevista personal con cualquier otro miembro de nuestro

colegio; sea este Directivo, Jefa de U.T.P., Psicopedagoga, Educadora

Diferencial, Fonoaudióloga y Profesores en general.

Según lo anterior, es obligatorio que todo apoderado asista a las

reuniones de padres en forma regular -sin niños-, con la finalidad de

informarse del desarrollo de su pupilo y, a la vez, integrarse a los proyectos

que la institución ha preparado para ellos. En su efecto, podrán ser

reemplazados por el Apoderado Suplente o algún familiar que sea adulto. En

tales reuniones no se podrá fumar, masticar chicle y deberán ser apagados los

celulares, como norma de buena educación.

Cada apoderado del colegio debe velar por la salud física y mental de los

alumnos, con la finalidad que ellos puedan asistir regularmente a clases y

cumplir con sus deberes escolares. Sin olvidar también, aspectos muy

importantes como la presentación personal e higiene, la puntualidad, la

conducta y el rendimiento de sus pupilos.

Será responsabilidad directa de los apoderados el descenso de los

rendimientos escolares, más si éstos se deben a repetidas inasistencias. El

apoderado deberá procurar que su pupilo se ponga al día en las materias

tratadas, en la entrega de trabajos, tareas, materiales, controles y pruebas

efectuadas en su ausencia. Para tales casos, será el profesor del subsector

junto al apoderado, quienes tomarán acuerdo sobre una nueva fecha para

rendir evaluaciones pendientes u otros deberes escolares. De no haber

justificación de por medio, el alumno podrá ser evaluado al momento de

presentarse a clases.

Referente a las inasistencias que se produzcan durante el año escolar, los

apoderados tienen la responsabilidad de justificarlas, en forma escrita y

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personalmente -si la ausencia es mayor a tres días- En caso de haber licencia

médica, esta debe ser presentada ante la Dirección del colegio.

Cuando el apoderado requiera un permiso especial por posible ausencia

prolongada del menor, deberá hacerlo por escrito o personalmente ante la

Dirección del Colegio. Se autorizará la ausencia a clases del alumno, previo

análisis de la situación.

También, el apoderado deberá mantener siempre una posición positiva

frente a las necesidades que los profesores o la Dirección del establecimiento

propongan; sobre todo, si se trata de una citación por rendimiento, disciplina,

problemas de orden financiero u otras que puedan considerarse.

Igualmente, el apoderado tendrá que tener una buena disposición ante

las necesidades de salud de su pupilo, pues el colegio no puede administrar

medicamentos de ningún tipo; sobre todo en el caso de aquellos niños que

reciben diariamente dosis de remedios por déficit atencional, entre otros casos

de complejidad médica.

El apoderado del colegio se debe caracterizar por poseer un trato cortés y

deferente con los docentes o cualquier persona de la comunidad educativa.

Debe entender que sus opiniones serán escuchadas siempre de acuerdo al

conducto regular; sin embargo, su rol de apoderado no lo habilita en

atribuciones de carácter pedagógico.

Los apoderados tendrán que enviar a sus hijos al colegio, para que estos

lleguen 10 minutos antes del toque de timbre, pues la Dirección no se

responsabilizará por cualquier evento que ocurra fuera del horario establecido

para recibir a los estudiantes. Así mismo, deberán retirar a sus pupilos en el

horario acordado de salida, en lo posible llegando diez minutos antes del toque

de timbre y sin extenderse más allá de diez minutos si viene atrasado, ya que

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en el establecimiento no contamos con personal especial que atienda a los

alumnos una vez que han terminado su jornada escolar.

En cuanto a la salida de un alumno del establecimiento durante el

transcurso de su jornada escolar, deberá ser realizada por el apoderado o

familiar directo, quedando una constancia por medio de la firma de la persona

que retira, en el Libro de Salida del colegio. De manera eventual se dará el

permiso de salida del alumno con comunicación escrita del apoderado,

quedando una fotocopia de la misma como respaldo.

A los apoderados del colegio no se les permitirá traer útiles escolares,

materiales, trabajos, tareas o la colación olvidada por sus pupilos, con la

finalidad de no interrumpir la jornada de clases. Por lo mismo, los apoderados

que acompañen y retiren a los alumnos del colegio, no podrán ingresar a la

sala de clases o al establecimiento sin previa autorización, debiendo ceñirse

siempre a los horarios de atención y de funcionamiento del establecimiento en

general.

Los apoderados no permitirán que sus pupilos traigan al colegio

materiales y objetos de valor, pues el colegio no se hará responsable por

pérdidas de dinero, juguetes, celulares, joyas u otros elementos no solicitados

por el establecimiento. De lo contrario serán requisados y el apoderado deberá

concurrir a retirarlos al día siguiente o al término del semestre si la falta es

reiterativa.

El apoderado también deberá apoyar a su pupilo, pues cada uno de los

materiales y útiles de uso diario del alumno, deberán ser rotulados con el

nombre y curso, además de ser forrados -en el caso específico de cuadernos,

libros y textos escolares en general-.

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Es necesario aclarar que frente a la obligatoriedad de los apoderados en

la compra de la lista de útiles escolares, esta será entregada oportunamente al

momento de matricular a sus pupilos, teniendo al menos un mes para su

adquisición. Los artículos de escritorio u oficina (resmas, plumones, corchetera,

etc.), además de los artículos de aseo (toalla secante, papel higiénico, gel y

aerosol desinfectante, etc.); no podrán ser solicitados en las listas escolares,

aunque sean de uso para el propio curso. Tampoco podrá exigirse ni inducirse

una marca determinada de producto u obligar a su adquisición en una empresa

o local determinado. Pero a menos que sea estrictamente necesario, por

razones pedagógicas, sanitarias u otra causa; se podrá recomendar el uso de

una marca o producto específico. En cuanto a los textos que son

complementarios a los brindados por el MINEDUC, deberán ser solicitados en

las listas de útiles, ya que su uso será siempre pertinente para nutrir nuestro

Plan de Mejora Escolar SEP; incluso si fuera necesario, el colegio podrá adquirir

textos complementarios con fondos SEP, para alumnos con dificultades para

costearlos. Por último, el derecho a la educación de los alumnos jamás podrá

verse afectado, dado que la falta de útiles o textos, no pueden acarrear la

exclusión de clases (Ord. Nº 085 de 11-02-2014 de la Superintendencia

de Educación)

En nuestro colegio, los apoderados deberán hacerse responsables por las

pérdidas, daños y perjuicios que ocasionen tanto ellos como sus pupilos, en el

establecimiento; para lo cual la Dirección establecerá un plazo para asumir

dicha responsabilidad.

Los apoderados deberán cumplir con sus compromisos económicos,

frente al pago del Financiamiento Compartido; excepto si sus pupilos son

alumnos Vulnerables, Prioritarios o con Beca Socioeconómica. En todo caso, la

situación socioeconómica del apoderado, jamás será causal de suspensión y/o

expulsión de los alumnos durante la vigencia del año escolar (D.F.L. N° 2 del

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año 2009, Art. 11, inciso 3° y 4°) En todo caso, es necesario aclarar que el

Colegio Blanca Vergara se ha constituido en una Corporación Educacional

Sin Fines de Lucro (Resolución Exenta Nº 4158 del 28-12-2017) y Sin

Financiamiento Compartido (Resolución Exenta Nº 0606 del 13-02-2108)

Por lo tanto, desde el año escolar 2018 sólo se mantendrá el cobro denominado

FICOM, para aquellos apoderados que presenten morosidad del año 2017, es

decir, del período previo a las resoluciones ya indicadas.

Respecto a la Condicionalidad firmada por algunos padres y

apoderados, esta podrá hacerse efectiva cuando la Dirección lo estime

necesario. La Toma de Conocimiento de la Condicionalidad es un

documento oficial establecido en el colegio. Tal como ya hemos señalado, este

proceso se evaluará mensualmente por un período mínimo de tres a cinco

meses y si no se ven cambios significativos -ya sea en rendimiento o disciplina-

ni avances en el educando y su familia, notándose una falta de compromiso con

el Manual de Convivencia Escolar, se procederá a establecer las sanciones ya

referidas.

En suma, el apoderado que firma la Condicionalidad de su pupilo debe

saber que es su obligación asistir mensualmente al colegio a enterarse de los

logros o retrocesos de su pupilo. Si no firma la Condicionalidad, será motivo

suficiente para establecer un Cambio de Apoderado. En tanto el apoderado que

no coopere durante el proceso de Condicionalidad del alumno, será considerado

como una falta de compromiso con la educación de su pupilo y se expondrá a

las medidas establecidas en el presente Manual de Convivencia Escolar.

Finalmente, podemos indicar que el apoderado del Colegio Blanca

Vergara, frente a sus derechos y deberes, siempre será atendido y escuchado,

ya sea por la Dirección, Jefa de U.T.P., Profesores, Asistentes de la Educación e

incluso por sus mismos pares que componen el Centro General de Padres y

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Apoderados. No obstante, el apoderado deberá dirigirse a quien corresponda,

según el conducto regular, en un marco de respeto hacia todos los integrantes

de la comunidad educativa; teniendo en consideración que no tendrá

atribuciones técnico – pedagógicas, lo cual no le quita su derecho a consultar y

opinar sobre tales materias, sobre todo en lo que se refiere a calificaciones y

observaciones del Informe de Personalidad de los estudiantes.

3.15 DEL CENTRO DE PADRES:

El Centro General de Padres y Apoderados es el organismo que

representa a los padres y/o apoderados del establecimiento, y que los vincula

con la Dirección a las actividades del colegio.

El Centro de Padres no tendrá atribuciones Técnico - Pedagógicas, pues

estas son de competencia exclusiva del establecimiento; no obstante

promoverán la solidaridad, la cohesión grupal entre sus miembros, apoyarán

organizadamente la labor educativa del establecimiento y, estimularán, el

desarrollo y progreso del conjunto de la comunidad escolar.

El Centro de Padres y Apoderados tendrá derecho a formular su propio

Reglamento, que determine su ámbito de organización. Así mismo, tendrá

derecho a conocer el presente Manual de Convivencia Escolar, donde se

determinan las funciones más generales que deberán considerar, para su

trabajo conjunto con el Colegio Blanca Vergara.

Según lo anterior, serán funciones del Centro de Padres:

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a) Fomentar la preocupación de los padres por la formación y desarrollo de

sus hijos y/o pupilos, en concordancia con ello, se promoverán acciones

de estudio y capacitación.

b) Integrar activamente a los padres en una comunidad inspirados por

principios, valores e ideales comunes.

c) Establecer y fomentar vínculos entre el hogar y el establecimiento, para

lograr el fortalecimiento de hábitos, ideales, valores y actitudes que la

educación fomenta en los alumnos.

d) Apoyar la labor educativa del establecimiento, aportando esfuerzos y

recursos pedagógicos para favorecer el desarrollo integral del alumno.

e) Proyectar las acciones hacia la comunidad, difundiendo los propósitos del

Centro de Padres; trabajar en programas de progreso social que vayan

en beneficio de la educación, protección y desarrollo de la niñez y

juventud.

f) Proponer y patrocinar dentro del respectivo establecimiento y en la

comunidad, iniciativas de mejoramiento de condiciones para los alumnos.

g) Mantener una comunicación permanente a nivel de la Dirección del

establecimiento; planteando cuando corresponda las dudas, inquietudes,

motivaciones y sugerencias relativas al proceso educativo (4 reuniones

mínimas al año) Para efectos de coordinación, el Director podrá asistir a

las asambleas generales convocadas por el Centro de Padres, siendo esta

una instancia válida de reunión.

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h) Participar a través de su representante en las reuniones fijadas para la

realización anual de los Consejos Escolares (4 reuniones mínimas al año)

i) Comprometerse con el cobro anual de incorporación al Centro de Padres

y de las actividades acordadas en Asamblea.

3.16 DE LOS ASISTENTES DE SERVICIO:

Otro elemento importante dentro de la Unidad Educativa lo constituyen

los Asistentes de la Educación, en especial, aquellos denominados Asistentes de

Servicio; quienes realizan su jornada de trabajo de acuerdo a turnos en la

mañana y/o en la tarde.

Algunas de sus funciones directas son:

Abrir y cerrar el establecimiento, manteniendo la puerta cerrada durante

el desarrollo de la jornada escolar.

Abrir y cerrar otras dependencias, que no sean propias del colegio, pero

que han sido solicitadas para las clases y talleres del colegio.

Asear las salas, patios, baños y todas las dependencias en general.

Mantener el aseo y ornato del frontis del colegio y en su interior.

Efectuar reparaciones, restauraciones e instalaciones menores que se le

encomienden. Por ejemplo: pintura de salas, cambio de tubos

fluorescentes, apertura de candados trabados, destape de cañerías, etc.

En caso de emergencia llevar al consultorio y/o posta central al alumno

accidentado.

Fotocopiar material pedagógico fuera del colegio y realizar compras sólo

una vez por jornada.

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Durante los actos, preocuparse de los implementos que se necesitan para

realizar dicha actividad.

Durante las clases de Educación Física, preocuparse de los implementos

que se necesitan para realizar dicha actividad.

Solucionar emergencias en las salas de clases cuando se lo solicite algún

profesor. Por ejemplo: ver dificultades con datas, alargadores u otros.

Informar cualquier desperfecto a las autoridades del colegio.

Cuidar y responsabilizarse del uso, conservación y administración de los

útiles de aseo, herramientas u otros elementos que se le hubiesen

asignado.

Usar y cuidar la ropa de trabajo que le proporciona anualmente el

establecimiento. Si por negligencia deteriora la ropa de trabajo, se

cobrará al trabajador los costos de la reparación o reposición.

Mantenerse atento y solícito a los requerimientos que la Dirección

determine.

Tener y recibir un trato afable y respetuoso para y de toda la comunidad

escolar.

De forma independiente a las funciones que cumplen diariamente los

Asistentes de Servicio, deberán velar por el estricto cumplimiento de muchos

otros aspectos que forman parte del presente Manual de Convivencia Escolar,

que son ampliamente generalizables a todos los funcionarios que trabajan en el

Colegio Blanca Vergara.

3.17 DE LA SECRETARIA DE FINANZAS:

En relación a los apoderados deberá incentivar y motivar el pago

oportuno del Financiamiento Compartido. Cobrar mensualmente la colegiatura,

además de hacer firmar letras bancarias, si fuese necesario.

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Enviar circulares a los apoderados, sobre los cobros asociados al

Financiamiento Compartido; y hacer llamadas telefónicas, para tal efecto, si se

considera oportuno.

Coordinar tareas conjuntas con el profesorado, para tener éxito en las

recaudaciones del Financiamiento Compartido.

Contabilizar los dineros entregados para caja chica u otros, para que sean

utilizados en forma proporcional, según dispone la Ley de Subvenciones, en

todas las áreas de gestión que dan vida al colegio.

Presentar a la Dirección las solicitudes de postulación de becas a los

padres y apoderados del colegio, en el mes de Octubre de cada año.

Promover la formación de la Comisión de Becas, a través de profesores,

padres y apoderados; quienes determinarán los resultados de las

postulaciones, según los puntajes establecidos.

Entregar a la Dirección del colegio el listado de los alumnos aceptados y

rechazados por la Comisión de Becas, en el mes de Noviembre de cada año.

Además de presentar a la Dirección del colegio las apelaciones, para la revisión

específica de cada caso.

Hacer un listado con los alumnos becados por el colegio, los alumnos

Vulnerables y Prioritarios; además de hacer la carpeta de cobros establecida

para cada año.

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Llevar al día y en orden los gastos y depósitos del Financiamiento

Compartido recaudados por el establecimiento, con los ingresos y egresos que

se produzcan mensualmente.

Disponer y administrar los materiales adecuados para efectos de aseo,

estableciendo un control sobre el uso de los mismos.

Llevar y traer correspondencia del colegio, a través de casillero asignado

por Secreduc o Deprov., u otras instancias de comunicación.

Completar y tramitar las licencias médicas.

Realizar compras emergentes, solicitadas por la Dirección, entre otras

diligencias administrativas.

En general, tener y recibir un trato afable y respetuoso para y de toda la

comunidad escolar.

De forma independiente a las funciones que cumple diariamente la

Secretaria de Finanzas, deberán velar por el estricto cumplimiento de muchos

otros aspectos que forman parte del presente Manual de Convivencia Escolar,

que son ampliamente generalizables a todos los funcionarios que trabajan en el

Colegio Blanca Vergara.

4. OTRAS CONSIDERACIONES DE ESTRUCTURA Y NORMA

4.1 DE LAS NORMAS QUE REGULAN LAS RELACIONES ENTRE EL

ESTABLECIMIENTO, CON LOS APODERADOS Y LA COMUNIDAD

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El marco que regula las relaciones entre personas en el Colegio Blanca

Vergara es de Respeto Mutuo. Todo padre o apoderado cuenta con la

posibilidad de ser escuchado dentro de nuestro establecimiento, para ello los

profesores cuentan con un horario asignado para atender a los apoderados de

los alumnos que necesitan apoyo o presentan situaciones pendientes.

Por su parte, será obligación del apoderado asistir al colegio si es citado y

también participar de todas las reuniones de apoderados (sin niños)

A su vez la Dirección del colegio siempre tendrá la disposición de

establecer vínculos y ser un moderador ante situaciones de conflicto, por lo

mismo, todo aquel que solicite entrevista con la Dirección será oportunamente

escuchado. Pero se le exigirá respeto hacia los miembros de la comunidad

escolar al momento de plantear sus inquietudes.

No obstante, si cualquier apoderado no cumple con las obligaciones

anteriormente expuestas; éste, será declarado Persona No Grata dentro del

establecimiento y se procederá a solicitar un cambio de apoderado, con la

finalidad que quien represente al alumno sea una persona respetuosa. De

existir dificultades para tomar la medida con el apoderado, se solicitará la

intervención de un Mediador del Ministerio de Educación o siempre se informará

a la Súperintendencia de Educación.

Frente a los grados de responsabilidad del apoderado, se debe agregar

que la no presentación sucesiva a entrevistas o citaciones del colegio (3 al

menos), también constituye un tipo de falta de respeto frente a las normas del

colegio; más aún cuando no se envía justificación alguna y se denota una falta

de voluntad del apoderado para hacerse cargo de las citaciones que se le

hacen. Generalmente esto ha sucedido en el colegio, cuando el apoderado debe

enfrentar problemas de rendimiento o de disciplina de su pupilo; para lo cual

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pueden haber muchas escusas, pero que deben ser formalizadas a través de

una explicación escrita.

En estos casos específicos u otras citaciones de otra naturaleza, el

apoderado será declarado Persona No Responsable dentro del

establecimiento y se procederá a solicitar un cambio de apoderado, con la

finalidad que quien represente al alumno sea una persona responsable. De

existir dificultades para tomar la medida con el apoderado, se solicitará la

intervención de un Mediador del Ministerio de Educación y siempre se informará

a la Superintendencia de Educación.

Finalmente, el cambio de apoderado es una medida reparatoria del

problema, que podrá ser “apelada” en un plazo de siete días, desde el

momento de su notificación. Si no se llega a una solución, y el problema

persistiera, el Consejo de Profesores y la Dirección del colegio, podrán evaluar

y determinar dar cuenta de la problemática a los organismos o

autoridades competentes, ya sea por motivo de una trasgresión a la

convivencia escolar. O cuando ocurra una clara vulneración de

derechos del menor, dado que es una obligación que todo estudiante

tenga un tutor que lo represente en el colegio; de lo contrario, se

entenderá que el menor se encuentra desamparado en el ámbito

escolar.

Esta relación de respeto que se espera mantener con los apoderados,

también será transferible al trabajo diario que el colegio realiza con la

comunidad y sus redes de apoyo. En sí misma, la comunidad se nos presenta

por sí sola como una inmensa red de apoyo, que día a día se incrementa y se

hace más sólida. De ahí la importancia de que el Colegio Blanca Vergara se

proyecte como una institución educacional, que es capaz de acercarse y

comunicarse con cada uno de sus interlocutores, de una manera proactiva,

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eficaz y dentro del marco de una relación de armonía y sana convivencia

escolar.

Por ejemplo, es necesario señalar al consultorio de Salud Brígida Zavala,

con quien estamos ligados a distintos proyectos: talleres de encuentro juvenil,

formación de monitores dentales, atenciones dentales, programas de

vacunación y de salud en general.

Con la Junta de Vecinos y la Unión Comunal de Forestal, nos une el

interés cívico y de participación social; es por ello que siempre asistimos a los

desfiles, encuentros culturales, campañas solidarias, eventos deportivos y

concursos organizados por la comunidad; entre otras actividades del sector que

convocan tanto a los pobladores del sector, como a nuestros propios alumnos.

Respecto a los clubes deportivos de la comunidad nos facilitan sus

multicanchas, con el propósito de realizar entrenamientos, encuentros

deportivos y algunas clases y talleres en particular. Pero así mismo, es

menester señalar a la iglesia del sector, que también se ha sumado a esta

tarea, promoviendo la posibilidad de usar sus dependencias, para la realización

de las clases de Educación Física, talleres y encuentros deportivos.

La JUNAEB, como una gran red de apoyo, cada año brinda posibilidades

de atención médica a los alumnos con los mayores problemas de acuidad

visual, audición, arco plantar y columna.

Muchos de los alumnos considerados Vulnerables por la JUNAEB, reciben

a comienzo de año, ayuda escolar a través de útiles para usar durante su año

académico. Como también tienen la posibilidad de participar de programas

sociales especiales para ciertos niveles; tal es el caso del programa ”Yo Elijo mi

PC“.

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Por último, debemos señalar que el sistema informático de la JUNAEB,

como red de apoyo, permite establecer la postulación de los alumnos

Vulnerables del colegio, los cuales quedan exentos del pago o mensualidad del

Financiamiento Compartido.

4.2 DE LAS NORMAS QUE REGULAN LA INTERACCIÓN ENTRE TODOS

LOS MIEMBROS DEL COLEGIO

El Respeto, la Tolerancia y la Participación, son los aspectos o

premisas fundamentales del quehacer educativo de nuestro establecimiento.

El Diálogo es una herramienta de entendimiento y desarrollo que

asegura una convivencia saludable y democrática. Por ello es reconocida como

la forma más óptima de resolver conflictos dentro del colegio; para ello existen

mecanismos de mediación donde los maestros estarán siempre atentos para

resolver los conflictos entre alumnos e incluso entre apoderados, ya que

pueden perjudicar o incidir en el rendimiento de sus pupilos y en la convivencia

de todos.

Específicamente, los alumnos podrán recurrir a un proceso de mediación,

por parte del Equipo de Mediación Escolar, el cual está conformado por sus

pares y dirigidos por una profesora coordinadora que orienta a los alumnos. La

Dirección podrá hacerse partícipe de tal mediación si fuese necesaria su

intervención.

Los conflictos puntuales entre los apoderados y de los apoderados con los

profesores, podrán recibir mediación por parte de la Dirección del colegio. Pese

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a ello, la Dirección podrá solicitar ayuda del Comité de Sana Convivencia

Escolar, en casos de gran complejidad.

A su vez, la mediación entre colegas se dará entre pares y si no existiese

acuerdo, también para ello se encuentran dispuestos a regular los conflictos las

jefaturas directas, ya sea la Jefe de U.T.P. o la Dirección del establecimiento.

La importancia del respeto en el tratamiento de las distintas situaciones logrará

establecer puntos de encuentros que motiven a llegar a un acuerdo, tomando

como principio el rol fundamental que es Educar en un clima apropiado, tanto

para los alumnos como para los maestros.

En caso de protestas o tomas del inmueble institucional, los

Sostenedores, la Dirección del colegio o su subrogante, mediarán pacíficamente

a través del diálogo con las partes afectadas; indicando que por ser un edificio

particular, se deberá deponer la manifestación. Y en caso de no hacerlo,

tomarán conocimiento que se solicitará la fuerza pública para proceder al

desalojo.

Ahora bien, la participación de todos los agentes educativos está

normada de acuerdo a su rol. Cada persona que trabaja o asiste a nuestro

establecimiento se encuentra en la obligación de dar y exigir el respeto que

como persona merece. Para ello, la Dirección del colegio es el estamento

encargado inmediato para hacer que se cumplan las normas de sana

convivencia y de regular este aspecto tan significativo en un establecimiento

educacional. Para ello podrá basarse en la Ley 20.501 del año 2011, sobre

Calidad y Equidad de la Educación, en su Artículo 8, bis, el cual señala lo

siguiente:

”Los profesionales de la educación tienen derecho a trabajar en un ambiente

tolerante y de respeto mutuo. Del mismo modo, tienen derecho a que se

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respete su integridad física, psicológica y moral, no pudiendo ser objeto de

tratos vejatorios, degradantes o maltratos psicológicos por parte de los demás

integrantes de la comunidad educativa.

Revestirá especial gravedad todo tipo de violencia física o psicológica cometida

por cualquier medio, incluyendo los tecnológicos y cibernéticos, en contra de

los profesionales de la educación. Al respecto los profesionales de la educación

tendrán atribuciones para tomar medidas administrativas y disciplinarias para

imponer el orden en la sala, pudiendo solicitar el retiro de alumnos; la citación

del apoderado, y solicitar modificaciones al reglamento interno escolar que

establezca sanciones al estudiante para propender al orden en el

establecimiento“.

Tal y como fue descrito anteriormente, la Dirección y el profesorado,

podrán tener atribuciones para tomar las medidas que sean necesarias. Pero

también, será importante que antes de promover cualquier sanción, se deberá

apelar a la capacidad de la Dirección como principal ente mediador. No

obstante lo anterior, cualquier persona que sea parte de nuestra comunidad

educativa podrá ejercer el rol de mediador, con el fin de restablecer el clima de

convivencia necesario para funcionar en armonía y respeto mutuo; sin perjuicio

de la facultad que establece el Artículo 8, bis de la Ley 20.501, cuando las

trasgresiones o faltas sean consideradas Graves, ya que se debe hacer notar,

que no siempre una falta implica considerar una mediación.

De las normas de conducta, podemos acotar que el docente de nuestro

establecimiento debe siempre comportarse de acuerdo a su rol formador, por lo

mismo no está permitido bajo ningún aspecto el trato soez ni descalificativo

con ningún alumno, apoderado, asistente, profesor ni menos con un directivo

del colegio. En general, todo funcionario que trabaje en el Colegio Blanca

Vergara jamás podrá menoscabar verbal, física, ni psicológicamente a ningún

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miembro de nuestra comunidad escolar. En caso de producirse esta falta grave,

la Dirección del establecimiento mantendrá una conversación con carácter de

amonestación, además de dejar una constancia escrita en el Libro de

Observaciones de los Funcionarios. Y dependiendo de la gravedad de la falta,

se comunicará con una amonestación escrita con copia a la Inspección del

Trabajo, por considerar el no cumplimiento de sus deberes profesionales. En

caso de reiterarse la falta se podrá prescindir de sus servicios por considerar

que no se rige ni comparte nuestro Reglamento Interno, representado a través

de su Manual de Convivencia Escolar y Reglamento de Orden, Higiene y

Seguridad, entre otros. Estas medidas señaladas, también podrán ser

generalizadas al resto de los funcionarios que laboran en el establecimiento.

En el caso específico de los apoderados, se debe reiterar que su

comportamiento debe ser respetuoso con cada miembro de nuestra comunidad

escolar. Los apoderados que no sean capaces de ceñirse a las normas mínimas

de convivencia, podrán ser objeto de la sanción máxima, la cual es solicitar un

Cambio de Apoderado. El cambio de apoderado, significa que no podrá

ingresar al establecimiento y su pupilo deberá ser representado en el colegio

por otra persona adulta, que sea capaz de actuar en armonía y acorde a lo

establecido en el presente Manual de Convivencia Escolar. A su vez, el cambio

de apoderado será notificado a la Superintendencia de Educación si fuese

necesario y/o se solicitará su intervención mediadora cuando se requiera.

De igual manera, el comportamiento de los alumnos en el aula debe ser

acorde al trabajo escolar, mostrándose dispuestos a aprender y mantener

respeto por todos quienes se encuentren en la sala de clases y en el colegio en

general. Frente a los alumnos que presenten problemas de disciplina y/o

conducta se deberá considerar lo siguiente:

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Si el alumno está siendo tratado por algún grado de déficit atencional con

hiperactividad u otro problema de salud, se deberá seguir las instrucciones y

sugerencias del médico tratante. Sin embargo, será posible sacar al alumno

por un período de no más de diez minutos de la sala, para reintegrarlo luego

del trabajo escolar sistemático, una vez que se ha tranquilizado. Pero si no

existe un cambio de actitud, se debe enviar un informe al especialista donde

se solicite otra nueva indicación; también se podrá contemplar la solicitud

de otra opinión médica. Hasta que no llegue la instrucción, el apoderado

tendrá que tomar conocimiento de la dificultad. Y siempre y cuando el

alumno provoque gran desconcentración entre sus pares, será llevado a la

Dirección, U.T.P., Sala de Atención Psicopedagógica o Sala de Profesores del

establecimiento, donde se velará para que este alumno realice una actividad

concreta brindada por el profesor de la clase u otro docente, para que no

discontinúe su quehacer escolar.

El mismo procedimiento se realizará si no hay tratamiento médico de por

medio; sin embargo, se llamará al apoderado y se exigirá el informe médico

correspondiente, para así no perjudicar en el futuro al alumno con alguna

medida disciplinaria. Como norma, se deberá consignar siempre en la hoja

de observaciones personales, la conducta manifestada por el alumno; más

aún si es irregular o presenta aspectos significativamente negativos. Frente

a este aspecto, se debe agregar que el apoderado que no se haga

responsable de la situación médica de su pupilo, referida a la necesidad

escolar especial que tenga el alumno y sugerida por el colegio; al año

siguiente no podrá Renovar su Matrícula. Esta decisión podrá ser evaluada y

decidida por el Consejo de Profesores y la Dirección.

En caso de cometer en la sala de clases o en el colegio alguna otra

conducta, que pueda atentar contra el normal desenvolvimiento de la

jornada escolar, regirá como sanción lo estipulado en el Manual de

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Convivencia Escolar, el cual regula y sanciona las faltas leves, considerables

o graves de los alumnos. Lo mismo se considerará, para aquellas faltas que

sucedan fuera del establecimiento, cuando el alumno lleve el uniforme del

colegio.

Los alumnos, a su vez, no podrán realizar agresiones de ningún tipo

(psicológica, verbal, física o virtual) a ningún miembro de nuestra

comunidad escolar, ya que esto será considerado una falta grave por la

Dirección del colegio, en tanto sus repercusiones sean altamente negativas.

Para ello, el establecimiento considerará dejar al alumno en calidad de

Condicional. En estas situaciones se solicitará al apoderado algún informe

psicológico, para poder apoyar al alumno frente a conflictos internos que el

menor pueda tener y de acuerdo a su etapa de desarrollo. Si luego de un

seguimiento de la Condicionalidad, el alumno reincide en otras faltas, se

hará efectiva la No Renovación de Matrícula, por no adecuarse a las

normas internas de convivencia escolar. En casos muy extremos se podrá

hacer efectiva la Cancelación de Matrícula o Expulsión. En todo caso, la

decisión de No Renovar la Matrícula y la de Cancelar la Matrícula o Expulsar,

será evaluada por la Dirección, el Consejo de Profesores y la Encargada de

Sana Convivencia Escolar, si fuese necesario.

Es necesario puntualizar, que en el Colegio Blanca Vergara se ha

establecido un Protocolo de Acción sobre Resguardo de Derechos, en

aquellas materias o problemas más relevantes que afectan la Sana Convivencia

Escolar, los cuales tienen en gran parte relación con Problemas de Orden

Académico y Problemas de Convivencia. Cada uno de ellos será resuelto según

el conducto regular y de acuerdo a lo siguiente:

1. De la Dirección:

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Problema Académico: será resuelto por la Jefe de UTP y, en última

instancia, por la Dirección del colegio.

Problema de Convivencia con sus Pares: será resuelto por la mediación

de un tercero. En aquellos casos de complejidad, la Dirección podrá

solicitar la ayuda de la Encargada de Sana Convivencia Escolar.

Problema de Convivencia con otros Miembros de la Comunidad: será

resuelto por la Dirección del establecimiento. En aquellos casos de

complejidad, la Dirección podrá solicitar la ayuda de la Encargada de

Sana Convivencia Escolar para mediar. En el caso especial de los

funcionarios del colegio, siempre podrá contemplar una previa revisión

de la situación laboral y de sus antecedentes personales, los cuales

podrán estar consignados en el Libro de Observaciones Personales y/o a

través de sus Pautas de Observación de clases. Dichos antecedentes

serán necesarios a la hora de indagar sobre el desempeño laboral,

profesional, académico y/o personal del funcionario; para verificar si

representan causa alguna de problema con la Dirección. En tal sentido,

será fundamental que la Dirección del colegio cuente con evidencias

claras, las que debe registrar durante el año en forma frecuente a través

de una pauta de observación validada por todos los funcionarios.

Según lo anterior, será necesario contemplar lo siguiente: considerar

durante el año escolar instancias de evaluación, autoevaluación y

coevaluación de los funcionarios; a través de una pauta consensuada y

conocida por todos, con posibilidad de retroalimentación de la misma. Las

evaluaciones podrán estar referidas específicamente al trabajo que

realiza de acuerdo a su rol (por ejemplo, a través de una pauta de

observación de clases) o en relación al perfil profesional (por ejemplo,

por medio del registro de atrasos y ausencias)

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2. Del Personal Docente y Profesional:

Problema Académico: será resuelto por la Jefe de UTP y, en última

instancia, por la Dirección del colegio.

Problema de Convivencia con sus Pares: será resuelto por la Dirección o

por la mediación de un tercero. En aquellos casos de complejidad, la

Dirección podrá solicitar la ayuda de la Encargada de Sana Convivencia

Escolar.

Problema de Convivencia con otros Miembros de la Comunidad: será

resuelto por la Dirección del establecimiento. En aquellos casos de

complejidad, la Dirección podrá solicitar la ayuda de la Encargada de

Sana Convivencia Escolar para mediar.

Problema de Convivencia con la Dirección: será resuelto por la

Encargada de Sana Convivencia Escolar. En aquellos casos de

complejidad, se contemplará una previa revisión de la situación del

profesional y de sus antecedentes personales, los cuales podrán estar

consignados en el Libro de Observaciones Personales y/o a través de sus

Pautas de Observación de clases. Dichos antecedentes serán necesarios

a la hora de indagar sobre el desempeño profesional, académico y

personal del funcionario; para verificar si representan causa alguna de

problema con la Dirección.

3. Del Personal No Docente:

Problema Académico: será resuelto por la Jefe de UTP y, en última

instancia, por la Dirección del colegio.

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Problema de Convivencia con sus Pares: será resuelto por la Dirección o

por la mediación de un tercero. En aquellos casos de complejidad, la

Dirección podrá solicitar la ayuda de la Encargada de Sana Convivencia

Escolar.

Problema de Convivencia con otros Miembros de la Comunidad: será

resuelto por la Dirección del establecimiento. En aquellos casos de

complejidad, la Dirección podrá solicitar la ayuda de la Encargada de

Sana Convivencia Escolar para mediar.

Problema de Convivencia con la Dirección: será resuelto por la

Encargada de Sana Convivencia Escolar. En aquellos casos de

complejidad, se contemplará una previa revisión de la situación del

funcionario y de sus antecedentes personales, los cuales podrán estar

consignados en el Libro de Observaciones Personales y/o a través de sus

Pautas de Observación de finalización escolar. Dichos antecedentes

serán necesarios a la hora de indagar sobre el desempeño laboral y

personal del funcionario; para verificar si representan causa alguna de

problema con la Dirección.

4. De los Apoderados:

Problema Académico: será resuelto por el Profesor Jefe o el Profesor de

Asignatura, que se relacione directamente con el problema académico.

Ante la falta de acuerdos, el problema deberá ser resuelto por la Jefe de

UTP y, en última instancia, por la Dirección del colegio.

Problema de Convivencia con sus Pares: será resuelto por el Profesor

Jefe. Ante la falta de acuerdos, el problema será resuelto por la

Dirección o por la mediación de un tercero. En aquellos casos de

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105

complejidad, la Dirección podrá solicitar la ayuda de la Encargada de

Sana Convivencia Escolar para mediar.

Problema de Convivencia con otros Miembros de la Comunidad: será

resuelto junto al apoderado y la Dirección del establecimiento. En

aquellos casos de complejidad, la Dirección podrá solicitar la ayuda de la

Encargada de Sana Convivencia Escolar para mediar. Específicamente,

será relevante la intervención de dicha Encargada, cuando no existan

acuerdos o soluciones ante los problemas que se presenten entre

apoderados y funcionarios, pese a haber establecido un dialogo con cada

una de las partes, por separado o en conjunto.

Problema de Convivencia con la Dirección: será resuelto junto al

apoderado y la Encargada de Sana Convivencia Escolar. En aquellos

casos de complejidad, dicho comité podrá solicitar la intervención de un

mediador del Ministerio de Educación.

Frente a estos temas que siempre son tan sensibles al interior de los

colegios, se sugiere que los reclamos y descargos queden de manifiesto

por escrito en un libro especial para ello. Por ejemplo en un libro de

quejas, sugerencias o felicitaciones.

5. De los Alumnos:

Problema Académico: será resuelto por el Profesor Jefe o el Profesor de

Asignatura, que se relacione directamente con el problema académico.

Ante la falta de acuerdos, el problema deberá ser resuelto por la Jefe de

UTP y, en última instancia, por la Dirección del colegio.

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Problema de Convivencia con sus Pares: será resuelto por el Profesor

Jefe. Ante la falta de acuerdos, el problema será resuelto por el Equipo

de Mediación Escolar, quien a su vez podrá recibir la orientación y apoyo

de la Dirección del colegio o la Encargada de Convivencia Escolar.

Problema de Convivencia con otros Miembros de la Comunidad: será

resuelto junto al apoderado y la Dirección del establecimiento. En

aquellos casos de complejidad, la Dirección podrá solicitar la ayuda de la

Encargada de Sana Convivencia Escolar para mediar.

Problema de Convivencia con la Dirección: será resuelto junto al

apoderado y la Encargada de Sana Convivencia Escolar. En aquellos

casos de complejidad, dicho comité podrá solicitar la intervención de un

mediador del Ministerio de Educación.

Finalmente, es necesario agregar que todas las trasgresiones o faltas de

cualquier tipo, que no estén contempladas en el presente Manual de

Convivencia Escolar, podrán ser sancionadas o mediadas por la Dirección del

Colegio Blanca Vergara, según su criterio. Además, frente a trasgresiones de

carácter Muy Grave; los Sostenedores y la Dirección del colegio podrán

determinar, si así lo estiman, recurrir a otras instancias, entidades y/o

autoridades, que velan y regulan el orden público y el bien común, como son:

Seguridad Ciudadana, Carabineros de Chile y los Tribunales de Justicia, entre

otros relevantes.

No obstante, aquellas disposiciones contenidas en el Manual de

Convivencia Escolar, que contravengan normas legales, no podrán servir de

fundamento para la aplicación de sanciones o medidas por parte del colegio, a

ningún miembro de la comunidad educativa. Hay que considerar que el solo

hecho de incorporar una disposición al Manual de Convivencia Escolar, no

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significa necesariamente que sea una norma que se encuentre ajustada a

derecho.

4.3 DE LA CONTINUIDAD DE ESTUDIOS DE ALUMNAS QUE PRESENTAN

EMBARAZO DURANTE EL PERÍODO LECTIVO Y/O ENFERMEDADES

DENOSTADAS COMO EL VIH Y EL SIDA ENTRE OTRAS

El Colegio Blanca Vergara se regirá de acuerdo a lo establecido en la Ley

Orgánica Constitucional de Enseñanza Nº 18.962, la que fue modificada por la

Ley Nº 19.688, publicada el 05 de de Agosto de 2000, en la cual se establece

que el embarazo y la maternidad no constituyen impedimento para ingresar y

permanecer en los establecimientos de educación de cualquier nivel e impone a

éstos la obligación de otorgar todas las facilidades académicas del caso (D.F.L.

Nº 2 del año 2009, Art. 11, inciso 3º y 4º) Lo anterior nos ha llevado a

considerar el siguiente Protocolo de Actuación:

El colegio exigirá un gran compromiso de parte del apoderado, el cual

tendrá que ayudar y acompañar en el período de maternidad a la alumna,

durante el pre y post natal, sin dejar de lado sus responsabilidades

académicas.

En el caso de los alumnos portadores de VIH, con SIDA o epilepsia,

deberán recibir el mismo tratamiento que el resto de sus pares (Circular Nº

875/1994 del Mineduc), pero se mantendrán medidas especiales de higiene

y seguridad que deberá brindar el médico tratante del menor. Igualmente, el

colegio exigirá el mismo compromiso de parte del apoderado, el cual tendrá

que ayudar y acompañar a su pupilo durante su enfermedad, sin dejar de lado

sus responsabilidades académicas.

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Para ello, será obligación modificar razonablemente las condiciones de

trabajo o de escolaridad en beneficio del interesado, tomando en cuenta que

cualquier decisión al respecto deberá basarse en criterios médicos.

Esta información médica será considerada relevante, por lo tanto

constituirá una obligación que se presente a la Dirección y al Consejo de

Profesores, pero no así a los demás miembros del colegio, para evitar muestras

de rechazo o discriminación.

En ambas situaciones médicas (embarazos y/o enfermedades denostadas

por la sociedad) el colegio deberá ser garante de los derechos de los alumnos,

facilitando los procesos pedagógicos de enseñanza - aprendizaje, flexibilizando

cuando fuese necesario el currículum escolar; aunque ateniéndose a las

exigencias médicas del alumno, pues de la certificación médica dependerán las

decisiones que se tomen en forma interna en el colegio. Con ello, finalmente,

se pretende asegurar la retención de los alumnos, para que puedan concluir

sus estudios.

4.5 DE LA CONTINUIDAD DE ESTUDIOS DE ALUMNOS QUE PRESENTAN

SITUACIÓN IRREGULAR DURANTE EL PERÍODO LECTIVO

Una de las bases fundacionales del colegio es constituirse en una

oportunidad real de educación para los niños del sector de Forestal, es por ello

que siempre se ha privilegiado a los alumnos de situación irregular y se ha

proporcionado la posibilidad de exención de pagos; para ello el apoderado

deberá comprometerse con la asistencia del menor a clases en forma

sistemática y tendrá que ser responsable frente a los deberes escolares del

mismo.

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Así mismo, el colegio dará la posibilidad de incorporar alumnos

pertenecientes a aquellos programas de ayuda social que categoricen al alumno

como Vulnerable y/o Prioritario, con el compromiso permanente de que los

apoderados de los mismos, cumplan con las exigencias de nuestro colegio en

torno a su formación educacional.

Por otro lado, el Colegio Blanca Vergara cautelará, cuando sea necesario,

por aquellos casos de alumnos de escasos recursos, que presenten problemas

de maltrato o vulnerabilidad familiar. En tal sentido, será una obligación para el

colegio dar aviso a las autoridades correspondientes en forma objetiva, cuando

esté en presencia de una vulneración de derechos, en cualquiera de sus

formas, o se encuentre frente a una situación familiar de riesgo para el

educando; pues los alumnos que presentan situación irregular durante su

período lectivo, serán siempre un motivo de preocupación para los agentes

educativos del colegio.

4.6 DE LA PERIODICIDAD DE LA REVISIÓN DEL MANUAL DE

CONVIVENCIA ESCOLAR Y SU FORMA DE DIFUSIÓN A LA COMUNIDAD

El Manual del Colegio Blanca Vergara es de carácter público y se

encuentra disponible para todo aquel que desee conocerlo en su cabalidad. Su

distribución podrá ser efectuada en forma impresa o en formato digital, como

también podrá encontrarse prontamente disponible en la Intranet del colegio,

toda vez que reciba nuevas modificaciones.

No obstante a lo anterior, durante distintas instancias de reuniones de

trabajo que se han hecho a lo largo del tiempo, se ha dado a conocer el manual

a todos los agentes de la comunidad educativa, por parte de los diferentes

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miembros que han participado en su construcción y en sus modificaciones

anuales. Algunas de estas instancias son las siguientes:

Asambleas del Centro General de Padres y Apoderados.

Reuniones con los distintos Subcentros de Padres y Apoderados.

Reuniones con el Equipo Directivo o Equipo de Gestión.

Consejos Escolares.

Consejos de Profesores.

Consejos de Curso y Clases de Orientación.

En todo caso, por lo general se entenderá como norma que la revisión del

Manual de Convivencia Escolar, deberá efectuarse al menos una vez al año,

principalmente por el Consejo Escolar, donde todos sus miembros podrán

aportar y participar para su elaboración, modificación, sugerencias, etc.

Cualquier modificación al mismo, será obligatorio presentarla oportunamente

dentro del primer semestre de cada año escolar a toda la comunidad del

Colegio Blanca Vergara. O bien, al momento de iniciar el año escolar, quedando

la firma del apoderado registrada en la agenda escolar, como evidencia de su

entrega y recepción.

4.7 DE LOS CONDUCTOS REGULARES Y SU RELACIÓN CON LA REVISIÓN

DEL MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Se debe agregar que se dispondrá de un Libro de felicitaciones,

sugerencia y reclamos, a través del cual se podrán tomar medidas oportunas

para mejorar nuestro establecimiento; las que siempre deberán ser

consideradas como un aporte constructivo, en tanto se manifiesten en un plano

de respeto. Este libro será uno de los tantos conductos regulares de

comunicación que mantendrá el colegio para toda la comunidad escolar.

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Muchas de las ideas que allí se plasmen, serán el fiel reflejo de lo que podamos

fortalecer, mejorar, corregir, modificar e implementar en nuestro quehacer

diario o en aquellas normas más específicas que estén presentes en nuestro

Reglamento Interno y en el Manual de Convivencia Escolar. Las quejas de los

apoderados, también podrán ser presentadas por escrito, para analizar sus

planteamientos y dar respuesta oportuna, en cada caso en particular.

Por último, no está demás señalar, que en forma independiente a la

existencia del Libro de felicitaciones, sugerencia y reclamos; los apoderados

podrán seguir los conductos regulares habituales para realizar sus

planteamientos, los que van desde los Asistentes de la Educación, Profesores

de Asignaturas, Profesores Jefes, Orientadora, Encargada de Convivencia

Escolar, Coordinadora Pedagógica, Jefa de UTP y Director. Todo apoderado

tendrá derecho a plantear sus inquietudes con otro miembro del colegio, sin

necesidad de seguir el conducto regular, en tanto se trate de un tema de

mucha gravedad o dificultad, que no requiera solicitud de entrevista previa. Lo

importante será canalizar el problema, para su pronta solución y para su

revisión, en tanto incida en las normas que contemplen nuestro Reglamento

Interno y el Manual de Convivencia Escolar.

CONSIDERACIONES FINALES

Todas las normas descritas en el presente Manual de Convivencia Escolar,

son el resultado de un proceso abierto y democrático, donde los miembros de

la comunidad escolar comparten y aprueban cada una de sus partes. Los

Deberes y Derechos son regulados en dicho documento, por lo tanto su difusión

es la principal tarea de todos; se entiende que el buen funcionamiento de la

Unidad Educativa depende del mismo.

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Los procedimientos y mecanismos que contiene, están basados siempre

en los valores fundamentales de los Derechos Humanos, donde además se

considera importantísimo poder lograr una educación de calidad y equidad para

todos sus alumnos y constituirse realmente en una Escuela para ser Feliz,

como es la misión de nuestro Proyecto Educativo Institucional.

El Colegio Blanca Vergara presenta su Manual de Convivencia Escolar

sujeto a los cambios requeridos por la actualización de la educación y de

acuerdo a las nuevas demandas legales que imparte el Ministerio de Educación

y la Superintendencia de Educación, en materia de Convivencia Escolar. Por

consiguiente, cualquier otra modificación posterior que se determine dentro del

colegio, será comunicada en forma oportuna y oficialmente a los miembros de

la comunidad escolar y al DEPROV, si fuera requerido.

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