Manual de convivencia 2012

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MANUAL DE CONVIVENCIA Colegio Bello Oriente

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MANUAL

DE CONVIVENCIA

Colegio Bello Oriente

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Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión 2

CONTENIDO

SIMBOLOS INSTITUCIONALES ............................................................................................. 5 INTRODUCCIÓN ...................................................................................................................... 9 JUSTIFICACIÓN ...................................................................................................................... 9 FILOSOFÍA ............................................................................................................................. 10 MISIÓN ................................................................................................................................... 10 VISIÓN .................................................................................................................................... 10 TITULO I. ................................................................................................................................ 11 CAPITULO I. .......................................................................................................................... 11 PRINCIPIOS GENERALES .................................................................................................... 11

Artículo 1. Prevalencia de la constitución política .............................................................. 11 Artículo 2. Dignidad humana .............................................................................................. 11 Artículo 3. Debido proceso ................................................................................................. 11 Artículo 4. Libertad de cátedra ........................................................................................... 11 Artículo 5. Corresponsabilidad ........................................................................................... 11

CAPITULO II .......................................................................................................................... 12 PRINCIPIOS INSTITUCIONALES .......................................................................................... 12

Artículo 6. Ecumenismo ...................................................................................................... 12 Artículo 7. Inclusión ............................................................................................................. 12 Artículo 8. Pedagogía Del Amor .......................................................................................... 12 Artículo 9. Investigación ...................................................................................................... 12 Artículo 10. Visión estética .................................................................................................. 12 Artículo 11. Postura política ................................................................................................ 13

TÍTULO II. MARCO LEGAL .................................................................................................. 13 CAPITULO I ........................................................................................................................... 13 CONCEPCIÓN Y ROL DEL GOBIERNO ESCOLAR EN EL DESARROLLO INSTITUCIONAL .................................................................................................................... 13

Artículo 12. Mecanismos para la toma de decisiones ......................................................... 13 CAPITULO II. ÓRGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR ....................................................... 15

Artículo 13. Rector............................................................................................................... 15 Artículo 14. Consejo Directivo. ............................................................................................ 16 Artículo 15. Consejo Académico ......................................................................................... 18 Artículo 16. Consejo Estudiantil .......................................................................................... 20 Artículo 17. Consejo de Padres de Familia ......................................................................... 21 Artículo 18. Asociación de Padres de Familia ..................................................................... 22 Artículo 19. Personería Escolar ........................................................................................... 24

CAPITULO III ......................................................................................................................... 25 OTROS ÓRGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR................................................................. 25

Artículo 20. Consejo de Convivencia................................................................................... 25 Artículo 21. Coordinación de Convivencia ........................................................................... 26 Artículo 22. Jefes de Convivencia por Nivel ....................................................................... 27

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Artículo 23. Comisión de Apoyo al Estudiante .................................................................... 28 Artículo 24. Vicepersonería de Convivencia ........................................................................ 29 Artículo 25. Juntas de Grupo ............................................................................................... 30

TITULO III ............................................................................................................................... 30 SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN ..................................................................... 30

Artículo 26. Criterios de evaluación y promoción. ............................................................... 30 Artículo 27. Promoción de estudiantes ................................................................................ 32 Artículo 28. Escala de valoración institucional .................................................................... 33 Artículo 29. Definición para la escala valorativa .................................................................. 33 Articulo 30. Acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los estudiantes durante el año escolar...................................................................................... 36 Articulo 31. Procesos de autoevaluación de los estudiantes ............................................... 37 Articulo 32. Estrategias de apoyo ........................................................................................ 37

TITULO IV .............................................................................................................................. 38 PERFILES .............................................................................................................................. 38 CAPITULO I ........................................................................................................................... 38 DE LOS Y LAS ESTUDIANTES ............................................................................................. 38

Artículo 33. Perfil del Estudiante ......................................................................................... 38 Artículo 34. Perfil del Egresado-a ........................................................................................ 39

CAPITULO II .......................................................................................................................... 39 DE DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES ....................................................................... 39

Artículo 35. Perfil de el-la docente....................................................................................... 39 Artículo 36. Perfil del Directivo Docente .............................................................................. 40

DE LOS PADRES Y MADRES DE FAMILIA ......................................................................... 41 Artículo 37. Perfil ................................................................................................................. 41

TITULO V ............................................................................................................................... 41 CAPITULO I ........................................................................................................................... 41 DE LOS DERECHOS Y LOS DEBERES ............................................................................... 41

Artículo 38. De los derechos de los y las estudiantes ......................................................... 41 Artículo 39. Deberes de los y las estudiantes ..................................................................... 44 Artículo 40. Derechos de los-as docentes y los-as directivos docentes .............................. 46 Artículo 41. Deberes de los-as docentes y los-as directivos docentes ................................ 46

PADRE DE FAMILIA .............................................................................................................. 48

Artículo 42. Derechos ......................................................................................................... 48 Artículo 43. Deberes........................................................................................................... 48

TITULO VI .............................................................................................................................. 49 ESTÍMULOS ........................................................................................................................... 49

Artículo 44. De los estudiantes ............................................................................................ 49 Artículo 45. De los docentes y directivos docentes ............................................................. 49

TITULO VII ............................................................................................................................. 50 DEBIDO PROCESO ............................................................................................................... 50 CAPITULO I ........................................................................................................................... 50 DEFINICIÓN Y OBJETIVO ..................................................................................................... 50

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CAPITULO II .......................................................................................................................... 51 PROCEDIMIENTOS E INSTANCIAS DEL PROCESO .......................................................... 51 CAPITULO III ......................................................................................................................... 51 FALTAS .................................................................................................................................. 51

Artículo 46. Faltas leves ...................................................................................................... 51 Artículo 47. Faltas graves ................................................................................................... 52 Artículo 48. Faltas gravísimas ............................................................................................. 53

TITULO VIII ............................................................................................................................ 55 ACCIONES CORRECTIVAS .................................................................................................. 55

Artículo 49. Todas las faltas leves y graves, tendrán entre otras las siguientes acciones correctivas: .......................................................................................................................... 55

TITULO IX .............................................................................................................................. 56 UNIFORME ............................................................................................................................. 56

Artículo 50. Uniforme de gala .............................................................................................. 56 Artículo 51. Uniforme de Educación Física ......................................................................... 57 Artículo 52. Uniforme de diario para los estudiantes de la tercera jornada ......................... 57

TITULO X ............................................................................................................................... 58 CRITERIOS PARA SELECCIÓN ........................................................................................... 58 Y ADMISIÓN DE LOS Y LAS ESTUDIANTES ...................................................................... 58

Artículo 53. Aclaración ........................................................................................................ 58 TITULO XI .............................................................................................................................. 59 FUNDAMENTOS JURIDICOS ............................................................................................... 59 ANEXOS ................................................................................................................................. 60 ORGANIGRAMA INSTITUCIONAL ....................................................................................... 60

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MANUAL DE CONVIVENCIA COLEGIO BELLO ORIENTE

AÑO 2012

Carrera 23B 84B-27. Teléfono 529 23 85/ 528 9599

Institución Educativa Privada de Educación Formal, con iniciación de labores según resolución 006327 del 11 de diciembre de 1991. Aprobación por los años 1992 y 1993 los estudios del grado Sexto, según resolución 006746 del 16 de junio de 1992, Licencia para iniciación de labores a los grados Séptimo a partir de 1993, y Octavo a partir de 1994, según resolución 000266 del 2 de mayo de 1995. Aprobación por el año 1993 los estudios del grado Séptimo y por el año 1994 los estudios correspondientes a los grados Sexto, Séptimo y Octavo, según resolución 000363 del 22 de mayo de 1995. Licencia de funcionamiento para el grado noveno según resolución 000043 del 27 de febrero de 1996. Licencia de funcionamiento a partir del 2002, y legalización de estudios para los niveles Preescolar, Básica, Media, y educación de Adultos, Ciclos lectivos integrados especiales CLEI I, II, III y IV, por los años 1996, 1997, 1998, 1999, 2000 y 2001 según resolución 15441 del 8 de noviembre de 2002 y Resolución aclaratoria 17928 del 12 de diciembre de 2002. Ampliación del servicio Público educativo para la educación Formal de adultos en el Nivel de Media Académica (CLEI V y VI), según Resolución 0501 del 27 de abril de 2005. Plan de Estudios según Ley General de Educación 115 de 1994; Reglamentación según Decreto 1860 de 1994 y Decreto 0230 del 11 de Febrero 2002. Código DANE: 305001021121. Código ICFES: 080309 y 136374 Funcionamos bajo el Programa Acceso e inclusión contratación de la Prestación del Servicio Educativo Público del Municipio de Medellín.

SIMBOLOS INSTITUCIONALES Escudo

Subdividido en 2 partes: En la primera: el sol, que ubica a los estudiantes frente al conocimiento, abrirse a nuevas aportunidades por medio de los libros y los medios tecnológicos de la época, los cuales le permiten el acceso al invaluable derecho de la educación, su formación integral y la paz. En la parte inferior, se encuentran las montañas, en donde estan insertados los hogares donde viven, desde ellas se divisa la ciudad, en este lugar habita la esperanza, acompañada de un cielo azul,

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amplio y sereno, que proyecto niños-as, jóvenes y adultos-as militantes de la vida y la no violencia activa. La combinación del colegio Bello Oriente en nuestra ciudad permitira la educación como medio para llevarles al triunfo mediante el valor de la sabiduría. (Recapitulación reflexiones 2000-2001.)

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CORO La tierra genera sustento, La ciencia la mies del saber, Si conjugamos trabajo y esfuerzo Lograremos sin duda aprehender. I

En lo alto se alza el Colegio Para ver desde allá la ciudad Convencido que otra forma de vida Nos Permite encontrar libertad. Así se convierte en el medio Cual una luz en la oscuridad, Como puerta que ofrece entrada Al conocimiento de la realidad. II

En un costado de la montaña Aparece como el sol naciente Y se inserta ofreciendo salida Hacia una comunidad diferente. Parte desde una experiencia Que comparte Jesús de su vida, Haciendo de ella una referencia Para ver una población incluida. III

Con unas condiciones más dignas Por las cuales Cristo se dio, Principio que retoma CEBOGA Y lo proyecta a través del amor. Así se conforma el Colegio Que por nombre Bello Oriente adoptó Para abrir nuevos los horizontes A un pueblo que el sistema excluyó.

IV Ha puesto sus ojos tan alto Y sus huellas se hacen notar, Por el camino de toda la gente Que por aquí se atreve a cruzar. Son personas que creen en cambios Y se arriesgan volver a soñar, Cada quien coloca su aporte Construyendo tejido social. V En un cerro al lado del valle, El Colegio se hace presente Construyendo propuestas de vida Y aspirando a ser trascendente. Piensa en aquellas personas Que de educación andan carentes, Navegando en un mundo injusto Discriminadas por inocentes. VI Forjador de sueños y esperanzas Entre crestas de la geografía, Construye un nuevo pensamiento Reviviendo ideas y utopías. Recoge saberes y añoranzas Las que aún prevalecen todavía, Recorriendo caminos y remembranzas Para llevar a la práctica algún día. VII

Es mezcla de esfuerzo y trabajo Por construir otro mundo mejor, Apoyado en la fe y esperanza Adelanta su ardua labor. A través del rescate de valores Sin perder la constancia y tesón, Para formar seres diferentes Capaces de cambiar su visión.

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VIII Descubre toda esa riqueza De un medio que es tan diverso Propiciando mayor acercamiento De un pueblo que anda disperso. Le proyecta a vivir la unidad, Y a un futuro menos incierto, Donde se dé paso a la inclusión Para poder aunar más esfuerzos. IX Hace de un complejo de virtudes Dialogar a múltiples saberes Y edifica propuestas colectivas Que disminuyan el imperio de poderes. Se dedica a crear alternativas Donde puedan converger más valores En el quehacer ante nuevos desafíos X

Disfruta de un ambiente sano y puro Conservando la belleza natural, Le cuida como a esa gran riqueza Que Dios haya podido regalar.

Como forma de manifestar su amor A un pueblo que no cesa de esperar, Un mundo más justo y más humano, Donde nadie se vuelva a marginar. XI Abre un camino al excluido, Que viene de distinta procedencia, Lo forma íntegro en valores Con acceso a la bondad de la ciencia. Permite diálogo de culturas Bajando el nivel de resistencia, Incluye etnias y otras religiones, Educando aún en las diferencias. XII

En sus humildes aulas resplandece La interacción motivo de alegría, Por los lazos fraternos que se tejen Mientras transcurre la labor del día. Como producto del arduo sacrificio De convivir en completa armonía Y el intercambio dado de experiencias, Principal esencia de la sabiduría De un mundo que exige ser mejores

Autores: Letra: José Arturo Mora Hernández

Música: Carlos Mario Rodríguez Sánchez

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INTRODUCCIÓN

En el Colegio Bello Oriente educamos en y para la convivencia pacífica, desde los principios de Inclusión, Pedagogía del Amor y Ecumenismo. Practicamos la democracia participativa como modelo político de organización social, a través del autogobierno escolar como herramienta para el aprendizaje, la autorregulación y la construcción colectiva. Entendemos nuestra misión educativa como una tarea transformadora del mundo y de las personas, donde el bien común prima sobre el bien particular. Fomentamos los valores y actitudes que incorporan a la vida cotidiana de los ciudadanos el conocimiento, la aceptación, la valoración y la práctica de los derechos fundamentales consignados en nuestra Constitución Colombiana. Nuestro Manual de Convivencia está basado en las siguientes dimensiones: Dimensión Ética: Como eje fundamental tenemos el respeto y la promoción de los derechos y deberes, generando autonomía de las prácticas relacionales entre los actores educativos, promoviendo la participación en todos aquellos aspectos de la gestión escolar y pedagógica, para garantizar la dignidad humana de todos los integrantes de la comunidad educativa y educadora, expresada en principios como: Pedagogía del amor, Inclusión y Ecumenismo, reconociendo a Jesús como inspirador de las relaciones con los otros. Dimensión Pedagógica: Nuestra práctica pedagógica está fundamentada en cuatro componentes: Autonomía, sustentada desde los postulados de Immanuel Kant, Aprendizaje Significativo, con David Ausubel, Pedagogía Liberadora desde Paulo Freire y Autenticidad con Fernando González, para acompañar la formación de sujetos autónomos.

JUSTIFICACIÓN El Colegio Bello Oriente es una Institución Educativa privada que tiene como función social educar a los niños, niñas, adolescentes, jóvenes y adultos de la zona nororiental de Medellín en y para la vida, de acuerdo con los principios constitucionales y resaltando la democracia participativa, donde el estudiante es corresponsable de su accionar en el marco de sus derechos y deberes. En la Institución entonces, todos los estamentos que conforman la Comunidad Educativa y Educadora (estudiantes, egresados, padres de familia y/o acudientes, docentes, directivos docentes, administradores escolares, personal administrativo y de apoyo y Asamblea de CEBOGA) tienen un nivel de participación y responsabilidad en los diferentes espacios de toma de decisiones. Esto garantiza la construcción colectiva en los procesos tendientes al bienestar de toda la Comunidad Educativa y Educadora.

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FILOSOFÍA

Para el colegio Bello Oriente, la educación es un proceso permanente. Comienza en la infancia y continúa a lo largo del ciclo vital. Concebimos la cultura como una red simbólica en la que está inmerso el ser humano, quien al mismo tiempo la introyecta y la recrea, a través del intercambio con sus semejantes. El conocimiento es el modo en el que la humanidad simboliza la información personal y colectiva y se construye a través de la creación de significados que parten de la estructura cognitiva previa de quien interactúa con el entorno social. La educación es, por excelencia, el dispositivo humano para la conservación, la transmisión y transformación de la cultura. Es, además, es un modo de liberación del ser humano respecto de sus determinaciones históricas, no es simplemente una manera de transmitir contenidos con base en la memorización —esta es la concepción bancaria de la educación—, es una manera de apropiarse de la historia personal y comunitaria para generar conciencia crítica desde y para la libertad. Pero eso, para el Colegio Bello Oriente sólo es posible educar con base en un sujeto autónomo y auténtico, que construya formas novedosas de regulación e intercambio colectivo, un sujeto que no se avergüenza de ser quien es y que se apropia de su vida, cuida de sí, del otro y del entorno, hace de su vida una obra de arte. Para el Colegio Bello Oriente, el proceso de aprendizaje permite el paso del control social al individual, a través de la mediación lingüística. Por lo tanto, los encuentros colectivos mediatizados por la palabra y por la interacción real con el semejante son el centro de toda propuesta de gobierno escolar.

MISIÓN

El Colegio Bello Oriente es una institución privada que busca el desarrollo social a través de la educación. Presta servicios de alta calidad humana y académica, educando integralmente para la convivencia pacífica, el respeto por la diferencia, la transformación del entorno y la conservación del medio ambiente. Busca la autonomía y la corresponsabilidad social de su comunidad educativa, a partir de la vivencia de la pedagogía del amor, la inclusión, el ecumenismo, la investigación, la estética y el pensamiento político.

VISIÓN

En el año 2014, el Colegio Bello Oriente expresará la constancia en la calidad de sus procesos a través del liderazgo en Medellín en la formación de estudiantes con conciencia crítica, política, ecológica y científica del entorno global y local. Sus estudiantes tendrán una visión estética y política de la vida y serán reconocidos por sus propuestas sociales para transformar el medio. Sus docentes y directivos docentes

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tendrán presencia académica en la nación por la calidad de sus productos de investigación pedagógica, básica y aplicada.

TITULO I.

CAPITULO I. PRINCIPIOS GENERALES

“Los principios son aquellas leyes fundamentales que rigen la armonía de las cosas, crecimiento y evolución de la naturaleza, tienen un carácter de universales y esenciales para el ser, son la gran lente a través de la cual se visualizan, interpretan o aplican las disposiciones y normas con las que se crean todas las instituciones y además permiten conocerlas y desentrañarlas en las honduras de su tejido íntimo”. (Ley de Infancia y Adolescencia 1098 de 2006). Artículo 1. Prevalencia de la constitución política. Este principio es la base y la

guía para crear una justicia escolar acorde con el respeto de los Derechos Humanos. Artículo 2. Dignidad humana. La dignidad es el eje fundamental de los Derechos Humanos consignados en la Carta de la ONU. Esta dignidad hace de la persona el centro de nuestra actividad institucional y social. Artículo 3. Debido proceso. El debido proceso es la armonización del trámite legal con las garantías constitucionales. En la tutela 500/92 la Corte Constitucional define el Debido Proceso de la siguiente manera: "Nadie puede ser castigado sin que se le haya brindado la posibilidad de una defensa y las garantías del debido proceso. Toda persona tiene derecho a que se presuma su inocencia y a que en caso de sindicaciones en su contra, no se deduzca su responsabilidad sin haberlo oído y vencido en el curso de un proceso dentro del cual haya podido exponer sus propias razones, dar su versión de los hechos (Derecho de Defensa), esgrimir las pruebas que lo favorezcan y controvertir aquellas que lo condenan. La presunción de inocencia tiene que ser desvirtuada como requisito indispensable para que se haga posible la imposición de la pena de sanción" Artículo 4. Libertad de cátedra. Entendemos por libertad de cátedra la discrecionalidad que tiene el docente para el ejercicio de su práctica, según la competencia y ética profesional, sin ir en detrimento del modelo pedagógico del Colegio. Artículo 5. Corresponsabilidad. Entendemos la corresponsabilidad como la

participación de los actores que integran la Comunidad Educativa y Educadora, para garantizar el ejercicio de los derechos y deberes de todos y todas.

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CAPITULO II PRINCIPIOS INSTITUCIONALES

“Los principios son aquellas leyes fundamentales que rigen la armonía de las cosas, crecimiento y evolución de la naturaleza, tienen un carácter de universales y esenciales para el ser, son la gran lente a través de la cual se visualizan, interpretan o aplican las disposiciones y normas con las que se crean todas las instituciones y además permiten conocerlas y desentrañarlas en las honduras de su tejido íntimo”. Artículo 6. Ecumenismo. Asumimos el ecumenismo como una actitud de apertura, tendiente a buscar la unidad y la comunión de fe entre los diferentes credos religiosos, que se concreta en la posibilidad de realizar acciones conjuntas sin discriminación, para las transformaciones colectivas o personales a través de las experiencias de vida espiritual. Artículo 7. Inclusión. Para el Colegio Bello Oriente la Inclusión es entendida como la manera de generar un espacio de total apertura donde se le permita a cualquier miembro de la Comunidad Educativa y Educadora, participar en la construcción de procesos educativos y de convivencia, sin discriminación de raza, condición social, económica, cultural o religiosa, permitiéndole descubrir y potencializar sus talentos, como una manera de favorecer el libre desarrollo de la personalidad. Artículo 8. Pedagogía Del Amor. Para el Colegio Bello Oriente la Pedagogía del Amor

es entendida como el vínculo que permite ayudar a crecer, construir y dignificar la existencia. Es la estrategia para asimilar conocimientos, mediante el respeto por la diferencia, la aceptación, reconocimiento y valoración del otro, teniendo en cuenta la edificación y la corresponsabilidad, que posibilita el bienestar colectivo y personal de toda la Comunidad Educativa y Educadora. Artículo 9. Investigación. A partir de este año, la investigación es otro principio institucional. Y es principio porque, más allá de que investigar sea una práctica pedagógica, en el Colegio Bello Oriente se entiende como una postura institucional, como el punto de partida de todo conocimiento significativo. La investigación propiamente dicha es simplemente la concreción práctica de esta apuesta en la que es la inquietud del hombre y la interacción entre la red paradigmática construida en su historia y el medio circundante lo que permite la ampliación del conocimiento sobre el mundo y el enriquecimiento de la posición personal en la cultura de cada humano. Artículo 10. Visión estética. Para el Colegio Bello Oriente, la sensibilidad por el

mundo, por uno mismo y por el otro, la capacidad de reconocer la estructura individual de cada fenómeno vital y de recrearlo a partir de la creatividad por medidos intelectuales, espirituales, académicos o artísticos es el punto de partida de una apuesta ética por la transformación y por el mejoramiento del mundo.

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Artículo 11. Postura política. Por supuesto, no es de filiación a un grupo político de lo

que aquí se habla, sino del posicionamiento subjetivo frente a la realidad social, de la crítica respetuosa y la comunicación directa frente a las estructuras organizativas circundantes, de la subjetivación del lugar en el mundo y de los acontecimientos que en él acaecen. La postura política es la decisión frente a la realidad propia y contextual y la participación en la transformación del entorno, la apuesta por la posibilidad del liderazgo desde las capacidades personales y colectivas.

TÍTULO II. MARCO LEGAL

CAPITULO I

CONCEPCIÓN Y ROL DEL GOBIERNO ESCOLAR EN EL DESARROLLO INSTITUCIONAL.

En el Colegio se tiene una clara convicción en el Gobierno Escolar desde la administración colegiada y democrática, desarrollando el principio de la participación de los actores educativos en los estamentos creados para la orientación, dirección y desarrollo de la institución. Este modelo de gestión administrativa lleva en construcción ya casi diez años, tiempo que se ha invertido en promover la formación del Consejo de Padres de Familia y la Asociación de Egresados, de tal forma que se garantice una participación directa en el Consejo Directivo. Se ha consolidado el proceso de elección del Personero Estudiantil mediante votación individual, desde el grado Transición a Once, incluyendo a los adultos y adultas; así como también se promueve la conformación del Consejo Estudiantil, desde el cual se elige el o la estudiante del grado Once para representar a los y las estudiantes en el Consejo Directivo. Igualmente se facilitan las Asambleas de los educadores y las educadoras al iniciar el año lectivo para que elijan sus representantes al Consejo Directivo. Artículo 12. Mecanismos para la toma de decisiones. Desde el 2004, y con miras a garantizar la participación activa de todos los estamentos de la comunidad educativa, se ha implementado la elección democrática de una junta de grupo por cada uno de los grupos conformados en el Colegio, desde preescolar hasta el grado 11°, las cuales constan de:

A. Presidente o presidenta: Estudiante con capacidad de liderazgo y

responsabilidad, que vela por el cumplimiento del manual de convivencia. Representa al grupo ante el Consejo estudiantil y es responsable de velar por el buen manejo, al interior del grupo, de la bitácora del autogobierno.

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B. Vicepresidente o vicepresidenta: Estudiante que queda en segundo lugar de

votación para la elección de la presidencia de grupa. Apoya las funciones del presidente o la presidenta y desempeña sus funciones, en su ausencia.

C. Secretario o secretaria: Estudiante que queda en tercer lugar de votación para

la elección de la presidencia de grupo; se encarga de realizar actas en reuniones de asamblea de grupo, favorecer la comunicación directa con orientadores y orientadoras, jefaturas de nivel y coordinaciones.

PARÁGRAFO: Estas juntas son elegidas durante la tercera semana del año escolar,

por medio de voto popular y tienen una responsabilidad directa con el conducto regular. Su función primordial es promover la convivencia grupal y apoyar el mejoramiento de los estudiantes mediante las asambleas grupales, que se realizan semanalmente con el acompañamiento del orientador del grupo. Para facilitar su labor, cuentan con una herramienta que es el Cuaderno de Autogobierno en el que se lleva registro de los procesos académicos y convivenciales del grupo, incluyendo estrategias para el manejo de conflictos, decisiones para el mejoramiento, compromisos individuales y grupales. Cada grupo tiene un orientador o una orientadora (docente) que se encarga de acompañar y orientar a todos y todas las estudiantes, incluida la junta grupal, en todos los procesos que involucran su vida escolar. Así mismo, existe una figura que apoya y dinamiza la gestión de los grupos, las juntas de grupo, al personal docente en los procesos académicos y convivenciales; esta es la Jefatura de Departamento y Jefatura de Nivel respectivamente, que es asumida por un docente o una docente de cada departamento académico y nivel de convivencia, que se caracteriza por su liderazgo en los procesos correspondientes. Desde el año 2008 se crean las figuras de Vicepersonería Académica y Vicepersonería de Convivencia, cuya función es apoyar la gestión de la Personería Escolar desde la promoción y vinculación de estrategias que fortalezcan los procesos académicos y convivenciales, la mediación de conflictos entre docentes y estudiantes y finalmente, la comunicación efectiva y oportuna con la Coordinación Académica y de Convivencia de acuerdo con su rol. En esta organización administrativa, tienen lugar las Comisiones de Apoyo al Estudiante y de Convivencia, así como los Consejos Académico y de Convivencia. Igualmente, se establecen y acompañan los Consejos de Padres y de Estudiantes. Por último, está el Consejo Directivo, como la máxima instancia del proceso de toma de decisiones, que se apoya en las anteriores instancias asesoras, así como en los reportes de indicadores hechos por cada líder de proceso del Sistema de Gestión de Calidad. El Consejo

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Directivo se encarga de acompañar, orientar y hacer seguimiento para que todas las prácticas institucionales estén acordes con el horizonte institucional. Representación del gobierno escolar. En cumplimiento a la normatividad vigente y a la disposición de obligatoriedad en la definición de la organización del gobierno escolar, donde participan todos los estamentos de la comunidad educativa (artículo 19 decreto 1860 de 1994), el gobierno escolar está constituido por:

CAPITULO II. ÓRGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR Artículo 13. Rector.

El rector del Colegio Bello Oriente debe cumplir con todo lo establecido por la ley (115, decreto 1860 y ley 715) enmarcado en el perfil que establece el documento A3GH-GU01 PERFIL DE CARGOS Y DICCCIONARIO DE COMPETENCIAS. Entre las más representativas están: NOMBRE DEL CARGO: RECTORÍA COLEGIO BELLO ORIENTE OBJETIVO DEL CARGO: Liderar los procesos propios del PEI, velando por la coherencia de éste con la legislación educativa vigente y propendiendo por el Desarrollo Social de las comunidades atendidas. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1. Recuperar y evaluar informes sobre decisiones tomadas por el Consejo Directivo frente a padres de familia, estudiantes y docentes.

2. Asesorar y ejecutar decisiones sobre el nivel académico, aprobación y promoción de estudiantes.

3. Proponer programas de formación, capacitación y motivación para el equipo de trabajo a fin de lograr procesos para alcanzar el desarrollo del talento humano.

4. Validar con su firma la expedición de certificados de estudio y aprobación de actas.

5. Mantener relaciones buenas y activas con instituciones y la comunidad en general, para mantener el continuo progreso y mejora de la vida comunitaria.

6. Velar porque se cumplan las funciones y deberes de los docentes y demás empleados a su cargo.

7. Promover y animar la conformación, reglamentos y funcionamiento de Escuelas de padres, Consejos Académicos y Estudiantiles.

8. Elaborar y presentar el plan operativo y el presupuesto ingresos y gastos del Colegio a la instancia competente (Director de Educación).

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9. Orientar y promover la ejecución del PEI y ajustarse a toda decisión del gobierno nacional, departamental, municipal y escolar en política de educación y a la misma administración de CEBOGA.

10. Dirigir y supervisar el desarrollo de las actividades académicas y administrativas del plantel.

11. Establecer criterios y estrategias para administrar el Colegio y el personal a su cargo, de acuerdo con las políticas vigentes.

12. Presentar informes periódicos sobre los resultados de su gestión al Director de Educación.

13. Velar por el cumplimiento cabal del Conducto Regular. 14. Participar del proceso de selección de personal. 15. Liderar procesos de extensión institucional. 16. Las demás funciones asignadas por su jefe inmediato y que no contradigan el

objetivo propio del cargo. Artículo 14. Consejo Directivo.

Según el artículo 21 del decreto 1860 de 1994, el Consejo Directivo de los establecimientos educativos estará integrado por: A. El rector, quien lo presidirá y convocará ordinariamente una vez por mes y extraordinariamente cuando lo considere conveniente. B. Dos representantes del personal docente, elegidos por mayoría de los votantes en una asamblea de docentes.

C. Dos representantes de los padres de familia elegidos por la Junta Directiva de la Asociación de Padres de Familia.

D. Un representante de los estudiantes elegido por el consejo de estudiantes, entre los estudiantes que se encuentren cursando el último grado de educación ofrecido por la institución. E. Un representante de los egresados, elegido por el Consejo Directivo, de ternas presentadas a las organizaciones que aglutinen la mayoría de ellos o en su defecto, por quien haya ejercido en el año inmediatamente anterior el cargo de representante de los estudiantes. F. Un representante de los sectores productivos organizados en un ámbito local o subsidiariamente las entidades que auspicien o patrocinen el funcionamiento del establecimiento educativo. El representante será escogido por el Consejo Directivo, de candidatos propuestos por las respectivas organizaciones.

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Funciones del Consejo Directivo. Según el artículo 23 del decreto 1860 de 1994 las funciones del Consejo Directivo de los establecimientos educativos son: 1. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución, excepto las que sean competencia de otra autoridad, tales como las reservas a la dirección administrativa, en el caso de los establecimientos privados. 2. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los estudiantes del establecimiento educativo y después de haber agotado los procedimientos previstos en el reglamento o manual de convivencia.

3. Adoptar el manual de convivencia y el reglamento de la institución. 4. Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos estudiantes. 5. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado. 6. Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado por el rector.

7. Participar en la planeación y evaluación del proyecto educativo institucional, del currículo y del plan de estudios y someterlos a la consideración de la Secretaría de Educación respectiva o del organismo que haga sus veces, para que verifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los reglamentos.

8. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa. 9. Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del estudiante que han de incorporarse al reglamento o manual de convivencia. En ningún caso pueden ser contrarios a la dignidad del estudiante. 10. Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la institución. 12. Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas. 13. Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa.

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14. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles. 15. Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y de estudiantes. 16. Reglamentar los procesos electorales previstos en el presente decreto. 17. Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los convenientes pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres y responsables de la educación de los estudiantes, tales como derechos académicos, uso de libros de texto y similares. 18. Darse su propio reglamento. Artículo 15. Consejo Académico

Según el Artículo 24 del decreto 1860 de 1994, El Consejo Académico está integrado por el rector quien lo preside, los directivos docentes y un docente por cada área definida en el plan de estudios. Cumplirá las siguientes funciones: 1. Servir de órgano consultor al Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del proyecto educativo institucional. 2. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en el decreto 1860 de 1994. 3. Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución. 4. Participar en la evaluación institucional anual. 5. Integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica del rendimiento de los educandos y para la promoción, asignarles sus funciones y supervisar el proceso general de evaluación. 6. Recibir y decidir los reclamos de los estudiantes sobre la evaluación educativa. 7. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el proyecto educativo institucional. NOTA: Para el Colegio Bello Oriente, el Rector delega en la Coordinación Académica la función de presidir dicho Consejo. En las sesiones además de la participación de los

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Jefes de Departamento, asistirá el Vicepersonero Académico y el representante de la Jornada de Adultos. Funciones Coordinación Académica. a. La atención a los estudiantes en los aspectos académicos, de evaluación y promoción. Para tal efecto los educandos se podrán agrupar por conjuntos de grados. b. La orientación en el desempeño de los docentes de acuerdo con el plan de estudios. Con tal fin se podrán agrupar por afinidad de las disciplinas o especialidades pedagógicas. c. La interacción y participación de la comunidad educativa para conseguir el bienestar colectivo de la misma. Para ello podrá impulsar programas y proyectos que respondan a necesidades y conveniencias. Funciones Jefes de Departamento. A. Apoyar a la Coordinación Académica en la ejecución del P.E.I. en lo concerniente al componente pedagógico, con el fin de viabilizar la consecución de los objetivos institucionales y organizacionales. B. Asistir a los Consejos Académicos Ordinarios y Extraordinarios. C. Las disposiciones y tareas emanadas desde el Consejo Académico, Consejo de Convivencia y Consejo Directivo. D. Revisión de las planeaciones mensuales de los docentes que conforman su departamento. E. Articular los proyectos obligatorios al currículo. F. Liderar los proyectos propuestos por el departamento. G. Acompañamiento pedagógico a los docentes. H. Revisar, sugerir cambios, hacer correcciones y aprobar las pruebas estandarizadas. I. Vigilar el cumplimiento de los procesos de recuperación y superación y de nivelación de logros de su departamento. K. Liderar acciones y programas de mejoramiento del proceso académico de las áreas que conforman el departamento.

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VICEPERSONERO ACADÉMICO.

Será el estudiante que haya obtenido la segunda mayor votación entre los candidatos. Se encargará de apoyar la personería escolar en todo lo referente a:

A. La promoción y vinculación de estrategias que fortalezcan los procesos académicos en el Colegio. B. Mediación de conflictos académicos entre un estudiante y un docente. C. Comunicación efectiva y oportuna con la Coordinación Académica.

Artículo 16. Consejo Estudiantil

Según el artículo 29 del Decreto 1860 de 1994 se contempla que: en todos los establecimientos educativos el Consejo de Estudiantes es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los educandos. Estará integrado por un vocero de cada uno de los grados ofrecidos por el establecimiento o establecimientos que comparten un mismo Consejo Directivo. El Consejo Directivo deberá convocar en una fecha dentro de las cuatro primeras semanas del calendario académico, sendas asambleas integradas por los estudiantes que cursen cada grado, con el fin de que elijan de su seno, mediante votación secreta, un vocero estudiantil para el año lectivo en curso. Nota: La función del vocero para el Consejo de Estudiantes será asumida por la junta

de grupo, que se deberá elegir a principio de año, y están compuestas por un presidente, un vicepresidente y un secretario. Funciones del Consejo de Estudiantes. 1. Darse su propia organización interna.

2. Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo del

establecimiento y asesorarlo en el cumplimiento de su representación.

3. Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil. 4. Las demás actividades afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el manual de convivencia.

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Artículo 17. Consejo de Padres de Familia En el Artículo 6º del Decreto 1286 de 2005 se expresa lo siguiente: EL Consejo de padres deberá conformarse en todos los establecimientos educativos. Podrá organizar los comités de trabajo que guarden afinidad con el Proyecto Educativo Institucional, y el Plan de Mejoramiento del establecimiento educativo, de conformidad con los planes de trabajo que acuerden con el rector. El consejo de padres es un órgano de participación educativa que no requiere registro ante ninguna autoridad y para pertenecer a él no se podrán establecer cuotas de afiliación o contribución económica de ninguna especie. Se reunirán como mínimo tres veces al año por convocatoria del rector o por derecho propio. Las sesiones serán presididas por un padre de familia elegido por ellos mismos. Funciones del Consejo de Padres.

1. Contribuir con el rector o director en el análisis, difusión y uso de los resultados de las evaluaciones periódicas de competencias y las pruebas de Estado.

2. Exigir que el establecimiento con todos sus estudiantes participe en las pruebas de competencias y de Estado realizadas por el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior ICFES. 3. Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice el establecimiento educativo, orientadas a mejorar las competencias de los estudiantes en las distintas áreas, incluida la ciudadana y la creación de la cultura de la legalidad. 4. Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y en el logro de los objetivos planteados. 5. Promover actividades de formación de los padres de familia encaminadas a desarrollar estrategias de acompañamiento a los estudiantes para facilitar el afianzamiento de los aprendizajes, fomentar la práctica de hábitos de estudio extraescolares, mejorar la autoestima y el ambiente de convivencia y especialmente aquellas destinadas a promover los derechos del niño. 6. Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y concertación entre todos los estamentos de la comunidad educativa. 7. Presentar propuestas de mejoramiento del manual de convivencia en el marco de la Constitución y la Ley. 8. Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física y mental de los educandos, la solución de las dificultades de aprendizaje, la detección de problemas de integración escolar y el mejoramiento del medio ambiente.

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9. Elegir al padre de familia que participará en la comisión de apoyo al estudiante. 10. Presentar las propuestas de modificación del proyecto educativo institucional que surjan de los padres de familia de conformidad con lo previsto en los artículos 14, 15 y 16 del Decreto 1860 de 1994. 11. Elegir los dos representantes de los padres de familia en el consejo directivo del establecimiento educativo con la excepción establecida en el parágrafo 2 del artículo 9 del presente decreto. PARÁGRAFO: El Rector o director del establecimiento educativo proporcionará toda la información necesaria para que el consejo de padres pueda cumplir sus funciones. El Consejo de padres de cada establecimiento educativo ejercerá estas funciones en directa coordinación con los rectores o directores y requerirá de expresa autorización cuando asuma responsabilidades que comprometan al establecimiento educativo ante otras instancias o autoridades. Artículo 18. Asociación de Padres de Familia

Para todos los efectos legales, la asociación de padres de familia es una entidad jurídica de derecho privado, sin ánimo de lucro, que se constituye por la decisión libre y voluntaria de los padres de familia de los estudiantes matriculados en un establecimiento educativo. Sólo existirá una asociación de padres de familia por establecimiento educativo y el procedimiento para su constitución está previsto en el artículo 40 del Decreto 2150 de 1995 y solo tendrá vigencia legal cuando haya adoptado sus propios estatutos y se haya inscrito ante la Cámara de Comercio. Su patrimonio y gestión deben estar claramente separados de los del establecimiento educativo. PARÁGRAFO: La Asamblea general de la Asociación de padres es diferente de la asamblea general de padres de familia, ya que esta última está constituida por todos los padres de familia de los estudiantes del establecimiento educativo, pertenecientes o no a la Asociación. Cuando el número de afiliados a la asociación de padres alcance la mitad más uno de los padres de familia de los estudiantes del establecimiento educativo, la asamblea de la asociación elegirá uno de los dos representantes de los padres ante el consejo directivo, caso en el cual el consejo de padres elegirá solamente a un padre de familia como miembro del Consejo Directivo. En el momento de la afiliación el padre de familia recibirá copia de los estatutos de la asociación en los que conste que ha sido inscrita en la Cámara de Comercio.

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Finalidades de la Asociación de Padres de Familia. Las principales finalidades de la asociación de padres de familia son las siguientes: 1. Apoyar la ejecución del proyecto educativo institucional y el plan de mejoramiento

del establecimiento educativo.

2. Promover la construcción de un clima de confianza, tolerancia y respeto entre todos los miembros de la comunidad educativa. 3. Promover los procesos de formación y actualización de los padres de familia. 4. Apoyar a las familias y a los estudiantes en el desarrollo de las acciones necesarias para mejorar sus resultados de aprendizaje. 5. Promover entre los padres de familia una cultura de convivencia, solución pacifica de los conflictos y compromiso con la legalidad. 6. Facilitar la solución de los problemas individuales y colectivos de los menores y propiciar acciones tendientes al mejoramiento de su formación integral de conformidad con lo establecido en el artículo 315 del Decreto 2737 de 1989. Manejo de los recursos de la Asociación de padres. El patrimonio de la asociación

de padres de familia y su gestión deben estar claramente separados de los del establecimiento educativo. Será administrado únicamente por la junta directiva de la asociación de acuerdo con los estatutos. Esta designará al responsable del recaudo de los ingresos que por distintos conceptos reciba la asociación quien, en ningún caso, podrá ser un directivo, administrativo o docente del establecimiento educativo. La junta directiva deberá entregar a sus afiliados al menos un informe semestral sobre su gestión académica, administrativa y financiera. La Junta Directiva designará al responsable del recaudo y uso de los ingresos que por distintos conceptos reciba la asociación de acuerdo con la planeación financiera establecida por la misma. El responsable de los aspectos financieros de la asociación deberá tener póliza de manejo. Los bienes de la asociación de padres de familia que favorezcan a la formación de los educandos podrán ser puestos al servicio del establecimiento en los términos del acuerdo que se establezca entre la asociación y la dirección del establecimiento, en el cual se definan los mecanismos que permitan su uso, sostenimiento y mantenimiento. PARÁGRAFO: Las cuotas extraordinarias serán de destinación específica y solo podrán exigirse si son aprobadas por las tres cuartas (3/4) partes de los asistentes a la asamblea general de asociados, convocada con la debida anticipación. En ningún caso,

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la asociación podrá establecer cuotas que no estén sustentadas en un plan de desarrollo y plan anual de caja. Prohibiciones para las Asociaciones de padres de familia. Les está prohibido a las asociaciones de padres de familia: 1. Solicitar a los asociados o aprobar a cargo de éstos, con destino al establecimiento

educativo, bonos, contribuciones, donaciones, cuotas, formularios, o cualquier forma de aporte en dinero o en especie, o imponer la obligación de participar en actividades destinadas a recaudar fondos o la adquisición de productos alimenticios de conformidad con lo establecido en la sentencia T-161 de 1994.

2. Imponer a los asociados la obligación de participar en actividades sociales, adquirir uniformes, útiles o implementos escolares en general, en negocios propios de la asociación o de miembros de ésta, o en aquellos con los que establezcan convenios. 3. Asumir las competencias y funciones propias de las autoridades y demás organismos colectivos del establecimiento educativo, o aquellas propias de los organismos y entidades de fiscalización, evaluación, inspección y vigilancia del sector educativo. 4. Organizar, promover o patrocinar eventos en los cuales se consuma licor o se practiquen juegos de azar. NOTA: Los miembros de la junta directiva de la asociación de padres de familia no

podrán contratar con la respectiva asociación. Tampoco podrán hacerlo sus padres, cónyuges o compañeros permanentes o parientes dentro del segundo grado de consanguinidad o segundo de afinidad. Artículo 19. Personería Escolar

En todos los establecimientos educativos el personero de los estudiantes será un estudiante que curse el último grado que ofrezca la institución, encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes consagrados en la Constitución Política, las leyes, los reglamentos y el manual de convivencia. “Artículo 28 del Decreto 1860 de 1994” El personero tendrá las siguientes funciones: 1. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual

podrá utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir la colaboración del consejo de estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación.

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2. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los estudiantes. 3. Presentar ante el rector o el director administrativo, según sus competencias, las solicitudes de oficio o a petición de parte que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes. 4. Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo o el organismo que haga sus veces, las decisiones del rector respecto a las peticiones presentadas por su intermedio. El personero de los estudiantes será elegido dentro de los treinta días calendario, siguientes al de iniciación de clases de un período lectivo anual. Para tal efecto el rector convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto. El ejercicio del cargo de personero de los estudiantes es incompatible con el de representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo.

CAPITULO III OTROS ÓRGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR

Artículo 20. Consejo de Convivencia Para el Colegio Bello Oriente el consejo de convivencia está conformado por el Rector (quien lo preside) o, en su defecto, el coordinador o la coordinadora de convivencia; también hacen parte de éste el psicólogo o la psicóloga, los y las jefes de nivel, dos padres o madres de familia y el vice personero de convivencia. Son sus funciones:

1. Acompañar procesos convivenciales en el seguimiento del debido proceso y desde la propuesta de Autogobierno Escolar.

2. . Remitir procesos convivenciales al Consejo Directivo, en caso de ser requerido.

3. Planear y pensar constantemente la convivencia como proyecto para el mejoramiento institucional.

4. Coordinar propuestas y proyectos de intervención de otras instituciones que propendan por el mejoramiento de la convivencia en el Colegio.

5. Coordinar y acompañar el proceso del Consejo Estudiantil.

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Artículo 21. Coordinación de Convivencia Funciones:

1. Informar a la Comunidad Educativa acerca de las normas de convivencia y su adecuado cumplimiento.

2. Rendir periódicamente información al Rector sobre la disciplina en el plantel, presentando propuestas y sugerencias pertinentes.

3. Establecer estrategias para favorecer el orden, excelente comportamiento y utilización en la cafetería y zonas aledañas a la institución.

4. Coordinar la adecuada ejecución de las decisiones de los Consejos Directivo y Académico.

5. Actualizar el Manual de Convivencia.

6. Colaborar con el Rector en la planeación y evaluación institucional.

7. Definir y velar por el cumplimiento del debido proceso en los procesos convivenciales que se adelanten.

8. Integrar las Comisiones de Evaluación y Promoción para hacer las evaluaciones periódicas del proceso de los Estudiantes.

9. Velar por el cumplimiento de las normas de convivencia y disciplina del Colegio.

10. Velar por el cumplimiento de la disciplina durante el desarrollo de la jornada escolar.

11. Colaborar con las comisiones de evaluación y promoción en el seguimiento de los estudiantes que tienen contrato pedagógico.

12. Supervisar y controlar diariamente la asistencia y puntualidad de los estudiantes y educadores.

13. Intervenir los casos de indisciplina, agotando el debido proceso y toda la normatividad contenida en el Manual de Convivencia.

14. Acompañar y posibilitar la acción y coordinación de todas las actividades a

realizar en la Institución.

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15. Proveer la aplicación de las sanciones impuestas a los alumnos e imponerlas de acuerdo con lo establecido en el Manual de Convivencia.

16. Conceder permisos a los Docentes.

17. Acompañar a los estudiantes y docentes en la construcción, comprensión y asimilación del manual de convivencia.

18. Programar y atender citas solicitadas por los padres de familia para tratar asuntos relacionados con la educación de sus hijos.

19. Participar en el Consejo Académico de la institución y en los demás que sea requerida su presencia.

20. Convocar a los padres de familia y alumnos con casos de insuficiencia o deficiencia en comportamiento, al término de cada período, para analizar y presentar propuestas y sugerencias pertinentes al mejoramientoconvivencial.

21. Organizar conjuntamente con el Coordinador Académico los Cronogramas y Agendas de trabajo.

22. Llevar los registros y controles necesarios para la administración disciplinaria del

alumnado y de los docentes.

Esta Coodinación se haya integrada por: Artículo 22. Jefes de Convivencia por Nivel Sus Funciones son:

1. Representar a su nivel en las reuniones de consejo convivencia, con voz y voto.

2. Solicitar y Analizar informes de los docentes de su nivel, dando la primera

revisión para pasarlos a Coordinación de Convivencia para su revisión final.

3. Ejecutar decisiones y correctivos en procesos frente a faltas leves según Manual de Convivencia.

4. Realizar llamados de atención a los docentes de su nivel frente al incumplimiento de tareas asignadas, con copia a la Coordinación de Convivencia para el seguimiento del debido proceso.

5. Proponer y apoyar proyectos para el mejoramiento de la convivencia en el Colegio.

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6. Procurar la capacitación y actualización del equipo docente y directivo para el

mejoramiento de la convivencia.

7. Mediar conflictos entre estudiantes y docentes, cuando el orientador de grupo no ha podido solucionarlos.

Artículo 23. Comisión de Apoyo al Estudiante Desde lo convivencial se analizarán en la comisión de apoyo al estudiante los siguientes aspectos:

1. Revisar los procesos de estudiantes remitidos por las juntas de grupo y orientadores.

2. Realizar compromisos entre estudiantes y padres de familia.

3. Citar padres de familia. 4. Remitir procesos reincidentes al consejo de convivencia. 5. En coordinación con el jefe de nivel, definir correctivos pedagógicos para los estudiantes. 6. Las comisiones por ningún motivo pueden suspender a un estudiante, solo lo podrá hacer el RECTOR después de un debido proceso que le remite el Consejo de Convivencia. NOTA: La Comisión de Convivencia estará integrada por dos docentes de cada nivel y un padre de familia del nivel.

COMISIONES DE APOYO AL ESTUDIANTE

El Consejo Académico del Colegio Bello Oriente en uso de sus atribuciones conferidas por el decreto 1290 de 2009 reglamenta las comisiones de apoyo al estudiante. Definición. Las comisiones de apoyo al estudiante del Colegio Bello Oriente son el

estamento que determinará la promoción de los estudiantes, a partir del análisis del desempeño académico y convivencial; donde participaran: el rector y/o coordinador, el jefe de nivel, los orientadores de grupo, un presidente de la junta de grupo y un representante de los padres de familia.

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Funciones:

1. La comisión de apoyo a los estudiantes se reunirá después de finalizar cada

periodo escolar, con el fin de analizar el rendimiento académico y convivencial de los estudiantes, reconociendo sus fortalezas y debilidades a partir de las cuales se estructurará un plan de mejoramiento que incluya actividades de apoyo tales como talleres, investigaciones, semilleros académicos, culturales y deportivos, y asesorías personalizadas.

2. Cada uno de los orientadores reportará a la comisión de apoyo en el formato M4GA-ERA-FR13 Informe para comisión a los estudiantes con desempeño bajo en una o más áreas. Se redactará un acta en el libro reglamentario correspondiente para la comisión de Apoyo al Estudiante, donde consten las causas de reprobación y las estrategias de apoyo necesarias; las cuales serán aplicadas en el periodo académico siguiente. Además habrá un compromiso entre estudiantes, padres de familia y docentes, para superar las dificultades teniendo en cuenta los criterios de evaluación antes descritos. Para quienes presenten más de dos áreas deficitadas el compromiso se diligenciará en el formato M5GC-ERA-FR05 Compromisos.

3. Para efectos del cuarto periodo y promoción definitiva del estudiante, estas actividades se verificarán durante la primera semana de desarrollo institucional del año siguiente; teniendo en cuenta que los talleres correspondientes a cada una de las áreas deficitadas serán entregados al finalizar el año.

4. Se realizará un consolidado de la valoración obtenida por los estudiantes en cada área correspondiente a cada periodo académico, así como al finalizar el año escolar utilizando el formato A1RCA-ERA-FR08 Planilla de consolidado.

Artículo 24. Vicepersonería de Convivencia Hace parte del gobierno escolar del Colegio Bello Oriente, el vice personero de convivencia. Será el estudiante que haya obtenido la tercera mayor votación entre los candidatos. Se encargará de apoyar la personería escolar en todo lo referente a: 1. La promoción y vinculación de estrategias que fortalezcan la adecuada convivencia

entre los estudiantes.

2. Mediación de conflictos entre los estudiantes. 3. Comunicación efectiva y oportuna con la coordinación de convivencia.

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Artículo 25. Juntas de Grupo Hace parte del Gobierno Escolar del Colegio Bello Oriente la figura de Junta de Grupo, conformadas por un Presidente, un Vicepresidente y un Secretario, cuyas funciones son: 1. Representar al grupo ante el Consejo de Estudiantes.

2. Liderar las asambleas grupales. 3. Acompañar de manera propositiva los procesos convivenciales y académicos del grupo. 4. Las demás actividades afines o complementarias que surjan de la dinámica del grupo.

TITULO III.

SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Artículo 26. Criterios de evaluación y promoción.

Desde el punto de vista educativo, la evaluación es la acción permanente por medio de la cual se busca apreciar, estimar y emitir juicios sobre los procesos de desarrollo de los estudiantes o sobre los procesos pedagógicos o administrativos, así como sobre sus resultados; a fin de mantener la calidad educativa. La Evaluación de los estudiantes se hará respondiendo a los Estándares Nacionales de Competencias, los desempeños en cada una de las áreas y los indicadores de desempeño. En el Colegio, la evaluación será:

a. Contextual: Dada de acuerdo con el Modelo Pedagógico Institucional y teniendo en cuenta los indicadores de desempeño, condiciones socioeconómicas, entorno familiar, saberes y conocimientos previos.

b. Integral: Hace referencia al adecuado proceso del rendimiento académico y convivencial de los estudiantes en sus aspectos cognitivo, procedimental y actitudinal. Se realiza un adecuado diligenciamiento de los instrumentos de seguimiento y registro teniendo en cuenta todos los aspectos que son evaluables: Cognitivo (saber, conocer); Procedimental, (hacer, practicar, desarrollar habilidades y destrezas,) y el Actitudinal (el ser, las actitudes, la cooperación y la convivencia).

c. Participativa: Entendida como incluyente, promocional, motivacional, y democrática, con estrategias como la autoevaluación, la coevaluación y la heteroevaluación, respondiendo a las necesidades e intereses de los estudiantes

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y de la comunidad educativa, con procesos críticos, de diálogo, comprensión y autonomía; en suma, con responsabilidad social.

d. Flexible: Entendida como una oportunidad para el acierto y el error, teniendo en

cuenta los ritmos y estilos de aprendizaje, las inteligencias, las perspectivas del desarrollo humano y la madurez cerebral. Favoreciendo o mejorando constantemente aquello que está fallando en el aprendizaje de los estudiantes.

e. Continua y formativa: Es aquella que se realiza en forma permanente y

sistemática, orientando a los estudiantes en cuanto a los desempeños y dificultades, lo cual implica un proceso; donde lo que se evalúa debe ser resultado de una acción educativa durante un determinado tiempo.

Los criterios de promoción son:

a. Se creará un estamento que determinará la promoción de los estudiantes, a partir del análisis del desempeño académico y convivencial de éstos. Éste será la Comisión de Apoyo al estudiante por grado, donde participarán: el rector y/o coordinador, el jefe de nivel, los orientadores de grupo, un presidente de la junta de grupo y un representante de los padres de familia.

b. Las Comisiones de Apoyo al estudiante se reunirán después de finalizar cada periodo escolar, con el fin de analizar el rendimiento académico y convivencial de los estudiantes, reconociendo sus fortalezas y debilidades, a partir de las cuales se estructurará un plan de mejoramiento que incluya actividades de apoyo, tales como talleres, investigaciones, participación en semilleros académicos, culturales o deportivos y en asesorías personalizadas.

c. Cada uno de los orientadores reportará a la Comisión de Apoyo en el formato M4GA-ERA-FR13 Informe para comisión, a los estudiantes con desempeño bajo en una o más áreas. Se redactará un acta en el libro reglamentario correspondiente para la Comisión de Apoyo al Estudiante, donde consten las causas de reprobación y las estrategias de apoyo necesarias, las cuales serán aplicadas en el periodo académico siguiente. Además habrá un compromiso entre estudiantes, padres de familia y docentes, para superar las dificultades, teniendo en cuenta los criterios de evaluación antes descritos. Para quienes presenten más de dos áreas deficitadas, el compromiso se diligenciará en el formato M5GC-ERA-FR05 Compromisos.

d. Para efectos del cuarto periodo y promoción definitiva del estudiante, estas actividades se verificarán durante la primera semana de desarrollo institucional del año siguiente, teniendo en cuenta que los talleres correspondientes a cada una de las áreas deficitadas serán entregados al finalizar el año.

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e. Se realizará un consolidado de la valoración obtenida por los estudiantes en cada área correspondiente a cada periodo académico, así como al finalizar el año escolar, utilizando el formato A1RCA-ERA-FR08 Planilla de consolidado.

Artículo 27. Promoción de estudiantes. La promoción se realiza al finalizar el año escolar a quienes hayan alcanzado como mínimo un desempeño básico en las áreas establecidas en el plan de estudios. No serán promovidos los estudiantes que presenten un desempeño bajo en dos o más áreas e igualmente los estudiantes que presenten inasistencia injustificada mayor a un 25% de las actividades académicas preestablecidas en el calendario académico y el plan de estudios, salvo los casos excepcionales previo aval de los Consejos Académico y Directivo. La promoción anticipada de grado se hará durante el primer período del año escolar. El Consejo Académico, previo consentimiento de los padres de familia, recomendará ante el Consejo Directivo la promoción anticipada al grado siguiente del estudiante que demuestre un rendimiento superior en su desarrollo cognitivo, personal y social, en el marco de las competencias básicas del grado que cursa. La decisión será consignada en el Acta del Consejo Directivo y si es positiva en el registro escolar. (Artículo 7, Decreto 1290 de 2009)

PARAGRAFO 1: La solicitud de promoción anticipada podrá ser presentada ante el

Consejo Académico por: el estudiante, el padre de familia, docentes o la Comisión de Apoyo al Estudiante. Los casos especiales de promoción son:

a. Cuando un área está conformada por dos ó más asignaturas, los profesores de las mismas diseñarán conjuntamente las estrategias e instrumentos pertinentes para la recuperación. Finalizado el proceso firmarán el Acta con la valoración final de área. Acto seguido la Comisión de Apoyo al Estudiante tomará las decisiones pertinentes.

b. El estudiante que al finalizar el año escolar obtenga un desempeño bajo en un área será promovido, pero presentará un plan de mejoramiento individual, asesorado por los docentes del área, durante la primera semana institucional del siguiente año escolar. En caso de no ser aprobado, la Comisión de Apoyo al Estudiante determinará segundos evaluadores, quienes rediseñarán un nuevo plan de mejoramiento. El plazo máximo para culminar éste proceso será la finalización del primer período académico y la valoración obtenida será la definitiva.

PARAGRAFO 2: Si el estudiante presenta desempeño bajo por dos años consecutivos en la misma área, no será promovido al grado siguiente.

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PARAGRAFO 3: El Grado Preescolar se evalúa y promueve de conformidad con el

Artículo 10 del Decreto 2247 de 1997 sobre Educación Preescolar, es decir que no se reprueba. Artículo 28. Escala de valoración institucional. La definición y adopción de la escala

de valoración de los desempeños de los estudiantes en su sistema de evaluación será: A. Desempeño Superior B. Desempeño Alto C. Desempeño Básico D. Desempeño Bajo

Artículo 29. Definición para la escala valorativa.

A. Desempeño Superior: Lo obtiene el estudiante que alcanza desempeños óptimos en el área y/o asignatura, respondiendo de manera apropiada con todos los procesos que le permiten enriquecer su aprendizaje, alcanzar los estándares y competencias y superar los objetivos y las metas de calidad previstos en el P.E.I. Se puede considerar con un Desempeño Superior al estudiante que reúna entre otras, las siguientes características:

1. Es creativo y puntual en la presentación de los trabajos académicos. 2. Siempre cumple con las actividades y trabajos de las áreas y/o asignaturas. 3. Propende por demostrar un pensamiento crítico en sus cuestionamientos. 4. Presenta excusas justificadas ante las faltas, de modo que su proceso académico y convivencial no se vea afectado. 5. Procura por el mejoramiento continuo de su convivencia y sus relaciones con toda la Comunidad Educativa y Educadora. 6. Se interesa por desarrollar actividades curriculares y extracurriculares que le permitan avanzar y cualificar su proceso formativo. 7. Realiza un análisis basado en la comprensión de las diferentes fuentes de consulta (TIC’, NTIC’s, Libros, enciclopedias, entre otros). 8. Contribuye al mejoramiento de los procesos, espacios y recursos del Colegio, evidenciando su sentido de pertenencia. 9. Se involucra efectivamente en el desempeño y desarrollo de las diferentes actividades en el aula y en la institución.

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10. Lidera procesos en el aula y/o en la institución, evidenciando capacidad de trabajo en equipo.

B. Desempeño Alto: Lo obtiene el estudiante que alcanza desempeños óptimos en

un alto porcentaje de los indicadores previstos en cada área y/o asignatura, demostrando un desarrollo satisfactorio en cada uno de los aspectos de la formación. Se puede considerar desempeño alto cuando el estudiante muestre entre otras, las siguientes características:

1. Evidencia desde la argumentación los saberes construidos en el grado. 2. Participa efectivamente en la construcción de saberes desde la interacción con sus pares. 3. Presenta excusas justificadas ante las faltas, de modo que su proceso no se vea afectado. 4. Cumple con los compromisos adquiridos en las diferentes áreas y/o asignaturas. 5. Procura por el mejoramiento continuo de su convivencia y sus relaciones con toda la Comunidad Educativa y Educadora. 6. Se interesa por desarrollar actividades curriculares que le permitan avanzar y cualificar su proceso formativo. 7. Contribuye al mejoramiento de los procesos, espacios y recursos del Colegio, evidenciando su sentido de pertenencia. 8. Muestra disposición y apertura para el trabajo con pares.

C. Desempeño Básico: Lo obtiene el estudiante que logra lo esencial en los procesos de formación, con la necesidad de fortalecer su trabajo para alcanzar mayores niveles de desempeño. Se puede considerar desempeño básico cuando el estudiante muestre entre otras, las siguientes características:

1. Sólo alcanza los niveles de desempeño mínimos en las diferentes áreas y/ o asignaturas. 2. Demuestra poco interés por nivelar sus procesos de aprendizaje cuando presenta faltas de asistencia. 3. Su nivel de desempeño se ve limitado por la falta de análisis y creatividad en sus producciones. 4. Presenta sus trabajos fuera del límite del tiempo establecido.

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Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión 35

5. Procura por el mejoramiento continuo de su convivencia y sus relaciones con toda la Comunidad Educativa y Educadora. 6. Se interesa por desarrollar actividades curriculares que le permitan avanzar y cualificar su proceso formativo. 7. Contribuye al mejoramiento de los procesos, espacios y recursos del Colegio, evidenciando su sentido de pertenencia. 8. Muestra disposición y apertura para el trabajo con pares. 9. Utiliza estrategias de apoyo necesarias para resolver situaciones pedagógicas pendientes. 10. Muestra dificultades para el trabajo en grupo. 11. Se le dificulta participar efectivamente en la construcción de saberes desde la interacción con sus pares. 12. Realiza el mínimo de actividades curriculares requeridas.

D. Desempeño Bajo: La obtiene el estudiante que no supera los desempeños necesarios previstos en las áreas y/o asignaturas, teniendo dificultades en los procesos de formación, por lo que su desempeño no alcanza los objetivos y las metas de calidad previstos en el P.E.I. Se puede considerar desempeño bajo cuando el estudiante muestra entre otras, las siguientes características:

1. No alcanza el nivel de desempeño mínimo en los procesos académicos y convivenciales, y requiere de un plan de mejoramiento con actividades de apoyo. 2. Demuestra poco interés para cumplir con el plan de mejoramiento, persistiendo en las dificultades. 3. Presenta faltas de asistencia injustificadas que afectan significativamente su proceso de aprendizaje. 4. Se le dificulta la vinculación a procesos de mejoramiento de su convivencia y sus relaciones con toda la Comunidad Educativa y Educadora. 5. Incumple constantemente con las actividades y trabajos de las diferentes áreas y/o asignaturas. 6. Incumple con las actividades curriculares requeridas de las diferentes áreas y/o asignaturas.

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7. Manifiesta poco interés por los procesos y el cuidado de los espacios y recursos del Colegio. 8. Se le dificulta el trabajo y la relación con sus pares. 9. Demuestra poca motivación e interés por las actividades escolares. 10. El ritmo de trabajo es inconstante, lo que dificulta su desempeño.

Articulo 30. Acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los estudiantes durante el año escolar.

Las acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los estudiantes durante el año escolar serán:

1. Realizar una reunión mensual por departamentos para evaluar debilidades y/o fortalezas de los procesos desarrollados en el Colegio, desde lo académico y convivencial.

2. Fortalecer los procesos con las actividades complementarias que tiene el Colegio, tales como: los semilleros académicos, culturales y deportivos, talleres de refuerzo y recuperación, asesorías docentes, Ferias de la Ciencia, el Arte y la Creatividad, Campañas de Salud, Culturales y Sociales, Proyectos de Investigación. Además de la Técnica Laboral en implementación de redes cableadas e inalámbricas en donde participan los y las estudiantes de los grados décimo y once.

3. Coadyuvar en la evaluación formativa de manera permanente, a través de:

Autoevaluación, Heteroevaluación y Coevaluación.

4. Remitir al comité psicopedagógico o a psicoorientación, a los estudiantes que, previo análisis en la Comisión de Apoyo al Estudiante, así lo requieran.

5. Realizar compromiso académico y/o de convivencia donde se comprometan el docente, el estudiante y el padre de familia o acudiente con un Plan de Mejoramiento Individual.

6. Determinar fechas para la realización del Plan de Mejoramiento individual dadas por la Comisión de Apoyo al Estudiante.

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7. Dar un informe a los padres de familia o acudientes y estudiantes en la quinta (5ª) semana de cada periodo académico así:

a. Los padres de familia y/o acudientes de los estudiantes que hayan obtenido hasta el momento un desempeño bajo deberán presentarse a la institución para recibir un informe verbal y/o escrito.

b. Cada estudiante presentará en su bitácora: la brújula de mi vida, un análisis sobre su desempeño, el cual estará acompañado desde el registro por su docente orientador.

c. Solicitar acompañamiento de los padres de familia y/o acudientes en todos los espacios de representación del estudiante.

PARAGRAFO 1: Para los estudiantes que obtienen un desempeño bajo en dos ó más áreas durante el segundo y tercer periodo se entregarán los informes en las coordinaciones, con el objetivo de elaborar compromiso escrito y entregar el plan de mejoramiento individual.

Articulo 31. Procesos de autoevaluación de los estudiantes. Para el Colegio la

Autoevaluación está enmarcada con la vinculación directa al proyecto de vida del estudiante, para ello al iniciar el año, cada uno empezará a diligenciar un documento denominado: Bitácora: La Brújula de mi vida (ANEXO 6), donde registrará su proceso de aprendizaje, identificando dificultades y avances en su desempeño. PARAGRAFO 1: Durante las asambleas grupales, se aprovechará para hacerle

seguimiento al documento Bitácora: La Brújula De Mi Vida. Articulo 32. Estrategias de apoyo. Las estrategias de apoyo necesarias para resolver situaciones pedagógicas pendientes de los estudiantes serán: 1. Vinculación a los Semilleros académicos, deportivos y culturales ofrecidos por el

Colegio.

2. Banco de talleres que complementen las actividades de clase. 3. Acompañamiento al proceso evaluativo con acudiente, juntas grupales, orientador de grupo y coordinaciones. 4. Organización de grupos de apoyo entre compañeros de clase. 5. Hacer usos de las TICs en todas las áreas y/o asignaturas. 6. Seguimiento al Plan de Mejoramiento individual de cada área y/o asignatura.

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7. Creación de incentivos para los estudiantes que obtengan un Desempeño Superior (Pruebas Nacionales e Internacionales), y estudiantes con talentos excepcionales a nivel cognitivo, artístico, cultural, deportivo o similar. 8. Planear jornadas especiales con estudiantes que presentan desempeños bajos (participación en semillero académico). 9. Suministrar al estudiante la información clara y precisa del qué, cómo y cuándo va a ser evaluado y de los resultados de sus evaluaciones oportunamente. 10. Remitir al comité psicopedagógico o a psicoorientación, a los estudiantes que, previo análisis en la Comisión de Apoyo al Estudiante, así lo requieran.

TITULO IV PERFILES

CAPITULO I

DE LOS Y LAS ESTUDIANTES

Artículo 33. Perfil del Estudiante

A. Es una persona capaz de cumplir sus deberes y de hacer valer sus derechos. B. Participativo-a y que tenga metas claras en lo referente a su desarrollo personal. C. Es crítico-a, autónomo-a y proactivo-a, es decir, personas capaces de crear proyectos y plantear iniciativas que ayuden a la institución a mejorar procesos educativos, culturales y democráticos. D. Tiene sentido de pertenencia, no sólo por los bienes materiales del establecimiento, sino además por los procesos culturales, pedagógicos, artísticos y recreativos. E. Con espíritu investigativo, que los-as lleve a ser críticos. F. Es respetuoso y promotor de los derechos humanos. G. Comparte su conocimiento y saber con los demás. H. Se compromete con la transformación de su comunidad. I. Posee espíritu ecuménico. J. Se Identificada con los valores que promulga la institución y la familia.

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Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión 39

Artículo 34. Perfil del Egresado-a

1. Es una persona crítica, autónoma, analítica, reflexiva, consciente de su propio

proceso y del entorno sociocultural donde vive.

2. Es agente de transformación de su contexto, consciente de sus potencialidades y dispuesto a emplearlas al servicio de la comunidad.

3. Gestor de procesos de Convivencia Pacífica y de proyectos productivos para el beneficio de la comunidad.

CAPITULO II DE DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES

Desde la concepción de escuela como espacio que permite gozar de la existencia colectiva (adultos, niñas, niños y jóvenes) con relaciones fundadas en los derechos humanos, los-as docentes son sujetos de derechos y deberes consagrados jurídicamente en la Constitución Política colombiana, artículo 104 de la ley 115/94 y en el decreto 1278/2002, de los cuales se estipulan a continuación los que de manera relevante coadyuvan al fortalecimiento de la convivencia y garantizan los DDHH de los estudiantes, centro de nuestra labor educativa Artículo 35. Perfil de el-la docente

1. Que ame con pasión su profesión y la disfrute.

2. Una persona equilibrada y respetuosa que hace uso de un lenguaje correcto, incluyente y dignificante.

3. Partícipe en la vida institucional del colegio. 4. Preocupado-a por superarse y actualizarse permanentemente.

5. Una persona íntegra, con claros principios éticos y morales.

6. Una persona crítica, reflexiva y creativa, abierta a todos los cambios y

circunstancias.

7. Idóneo-a para la función asignada, proactivo-a en todo su proceso de aprendizaje y transmisión de las funciones correspondientes.

8. Con un alto sentido de pertenencia por la institución a partir del conocimiento de la Teleología y el PEI.

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9. Conocedor-a del entorno sociocultural.

10. De buenas relaciones humanas, posibilitando un dialogo comprensivo con las diferentes étnias, creencias religiosas y culturales, que le apueste al ecumenismo.

11. Líder, capaz de propiciar ambientes de cambio y transformación.

12. Con capacidad para trabajar en equipo.

13. Que sea un adulto-a significativo-a; esto es , persona como referente de autoridad, creativa, innovadora, ecuánime, íntegra con aptitudes y actitudes que conduzcan a lo-as estudiantes a un buen desarrollo educativo y sociocultural, con capacidad para generar proyectos y resolver situaciones, de reconocer sus errores, falencias y convertirlas en fortalezas.

14. Que respete y cumpla cabalmente las estipulaciones concebidas en el Contrato de Trabajo.

Artículo 36. Perfil del Directivo Docente

1. Es coherente con lo que piensa, dice y hace.

2. Adminsitrador y dinamizador de procesos en la comunidad educativa.

3. Promotor de las políticas y valores corporativos.

4. Cualificado en su saber específico, con estudios que lo acrediten, y que se cualifique constantemente.

5. Es una persona que orienta y apoya procesos bajo la luz de la jerarquía institucional. Consciente y promotor de la Misión y Visión de la Institución.

6. Veedor y ejecutor de la ley, en todas y cada unas de las instancias en las que ésta se vea aplicada.

7. Con capacidad de valorar el trabajo de sus docentes.

8. Ser una persona íntegra, con valores y principios éticos y morales.

9. Una persona, crítica, reflexiva, creativa con mente abierta al cambio y a la transformación.

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CAPITULO III DE LOS PADRES Y MADRES DE FAMILIA

Artículo 37. Perfil

1. Ser tolerantes.

2. Ser asequible al diálogo, brindando confianza a los-as hijos-as y a la Institución.

3. Capacitarse cada día más para dar una buena formación integral a sus hijos-hijas.

4. Valorar y estimular el esfuerzo de sus hijos-hijas. 5. Ser dinámicos-as y participativos-as en las actividades del colegio.

TITULO V

CAPITULO I

DE LOS DERECHOS Y LOS DEBERES

"TODA PERSONA TIENE DERECHO AL LIBRE DESARROLLO DE SU PERSONALIDAD SIN MAS LIMITACIONES QUE LAS QUE IMPONEN LOS DERECHOS DE LOS DEMÁS Y EL ORDEN JURÍDICO". Artículo 16 de la Constitución Política Nacional. Artículo 38. De los derechos de los y las estudiantes A. DERECHO A LA PRIVACIDAD (Art.: 15 C.P): Como escolares todos-as y cada uno

de nosotros-as tenemos una vida y una historia diferente de contar. Incluyendo casos propiamente personales los cuales no pueden ser propiamente divulgados y expuestos al escarnio público sin nuestra debida autorización.

B. LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD (Art.: 16 C.P.): Consideramos que

en el Colegio Bello Oriente se debe prohibir el consumo de sustancias psicotrópicas, tales como cigarrillo, alcohol y drogas; se debe restringir el uso de celulares, radios y elementos que distraigan al estudiante durante el periodo de clases, actos cívicos, académicos y culturales

C. DEBIDO PROCESO (Art.: 29 C.P): No pueden imponerse sanciones autoritarias sin

que antes se hayan hecho las averiguaciones necesarias (debido proceso) para determinar si deben ser sancionados y evitar la expulsión si no se ha incurrido en un delito de la justicia regular.

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PARAGRAFO: Puede ser causal de expulsión cualquier comportamiento al cual se le

haga proceso y que el Consejo Directivo y la Asociación de Padres considere merecedor de tal sanción, para cumplir la disposición contemplada en Ley 1098 de 2006 “Ley de Infancia de y Adolescencia”. D. DERECHO A LA LIBRE EXPRESIÓN (Art.-20 C.P): Cuando no nos guste alguna

situación o queremos comunicar algo que consideremos importante lo podemos hacer sin ningún temor, claro está conservando el respeto por el otro y la otra.

E. DERECHO a disponer adecuada y responsablemente de los implementos lúdicos,

pedagógicos y deportivos con los que cuente la Institución F. DERECHO A LA RECREACIÓN, CULTURA Y DIVERSIÓN (Art.: 44 C.P.): En

todos sus aspectos en el ámbito lúdico, deportivo y otros, creando espacios para su fomento, siendo ésto un aporte para nuestra formación como personas íntegras.

F. DERECHO A FORMULAR PROYECTOS Y ESTRATEGIAS: Que los niños-as,

jóvenes y adultos-as contribuyan al desarrollo mutuo tanto de la institución como de la comunidad en general, a recrear la cultura y la democracia escolar. G. DERECHO A PARTICIPAR EN LA ELABORACIÓN DEL PEI Y DEL MANUAL DE CONVIVENCIA: Por medio de Asambleas de Grupos, Juntas de grupos y Consejo Estudiantil, entre otros, son mecanismos de participación para llevar a cabo la construcción del PEI. H. DERECHO A NO SER JUZGADO: nadie puede juzgado por la propia identidad sexual, mucho menos a ser ridiculizado u ofendido. I. DERECHO A INTERCAMBIAR EXPERIENCIAS: Utilizando experiencias tales como:

pasantías, visitas a otros colegios, Consejos de Juventud, ONG que trabajen por la niñez, la juventud y los adultos; que contribuyan a la reflexión y sistematización de nuestras prácticas educativas. J. DERECHO A LA TUTELA (Art.: 86 C.P): cada cual puede y debe entablar una

tutela siempre y cuando tenga argumentos válidos y evidentes. K. DERECHO DE PETICIÓN (Art.: 23 C.P): toda persona podrá presentar peticiones

respetuosas ante las autoridades competentes por motivos de interés particular o general.

L. ARAGRAFO: Se tiene derecho a acceder a la información siempre y cuando no

viole el derecho a la privacidad.

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Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión 43

M. DERECHO A LA IGUALDAD (Art.: 13 C.P): a no ser menospreciados frente a otros

y por el contrario a que se valoren las aptitudes y capacidades individuales. N. DERECHO A LA EDUCACIÓN (Art.: 67 CP): a una educación pertinente, que tenga

en cuenta las últimas tecnologías y el contexto. Que se brinden bases suficientes para afrontar la sociedad teniendo como fundamento lo académico y lo social como parte de la formación humana integral haciendo énfasis en aspectos tan importantes como: lectura, escritura, oratoria, elaboración de proyectos, competencias ciudadanas, entre otros.

O. DERECHO A SER ESCUCHADOS: Las palabras, los pensamientos de los-as

estudiantes son importantes; por tanto deben ser valorados y tenidos en cuenta dentro de la gestión escolar y el aula de clase.

P. DERECHO A VOZ Y VOTO: Los y las estudiantes hacen parte de las decisiones

que se tomen en la institución y pueden influir en ellas. Este derecho está hoy presidido por la implementación de espacios para la deliberación, argumentación y construcción de acuerdos.

Q. DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS: Los niños-as, los-as jóvenes, los-as

adultos-as, tienen derecho a ser informados respecto a una sexualidad responsable. R. DERECHO A PROPONER ACTIVIDADES: Los-as estudiantes pueden proponer

actividades que dinamicen y enriquezcan las diferentes asignaturas. S. DERECHO A LA LIBERTAD DE CULTOS (Art.: 19 C.P): Toda persona tiene

derecho a profesar libremente su religión.

PARAGRAFO: Los-as estudiantes deben asistir a los actos litúrgicos programados por la institución

T. DERECHO A LA SALUD (Art.: 49 C.P): En el colegio se debe formar en la

prevención de enfermedades físicas y mentales. U. DERECHO A PARTICIPAR (Art.: 45 C.P): El Estado y la sociedad garantizan la

participación activa de los-as niños, jóvenes y adultos en los organismos públicos y privados que tengan a cargo la protección, educación y progreso de la juventud” En el colegio debemos participar en todos los estamentos donde se hagan propuestas que tengan que ver con los-as estudiantes.

V. DERECHO A LA PAZ. El Colegio Bello Oriente se declara y reconoce como

territorio de paz, donde toda la comunidad educativa se compromete con este principio a través de acciones concretas con repercusión institucional y propias de la cotidianidad.

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Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión 44

PARAGRAFO: Los-as estudiantes de la tercera jornada, además de los derechos mencionados anteriormente tienen los siguientes:

1. La libre expresión como derecho constitucional.

2. Presentar excusas de inasistencia por motivos laborales, de salud o calamidad doméstica; estas excusas deben regirse por el conducto regular.

3. Acompañamiento psicológico.

4. Solicitar permisos.

5. A la buena formación académica.

6. Que las garantías que reciben los estudiantes de la tercera jornada no sean inferiores a las que reciben las otras jornadas.

7. Ser participes de otros espacios y actividades diferentes a los del aula.

8. A recibir y entregar talleres siempre y cuando se tenga excusa laboral o de salud. Artículo 39. Deberes de los y las estudiantes

Los deberes los concebimos como responsabilidades a cumplir, estos deberes no violan los derechos humanos fundamentales.

1. Respetar a los-as integrantes de la comunidad educativa.

2. Preservar la planta física de la institución y sus enseres.

3. Responsabilizarse por el rendimiento académico en forma positiva y mantener relaciones de convivencia sana; con el fin de posicionar la institución como una de las mejores en el ámbito educativo.

4. Escuchar respetuosamente los consejos y sugerencias de docentes, directivos docentes, padres de familia y pares, siempre y cuando busquen el beneficio y desarrollo de los estudiantes.

5. Ser puntual en todas las actividades institucionales, académicas y extra-académicas.

6. Presentar excusas por los retrasos y las ausencias de las actividades académicas y extra-académicas.

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Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión 45

7. Promover la sana convivencia en la institución educativa y entre todos los

estamentos de la misma.

8. Participar activamente en todos los espacios democráticos propuestos dentro de la institución educativa .

9. No comer en clase, incluido el chicle.

10. Defender y difundir los derechos humanos como fundamento de una convivencia pacífica basada en la dignidad de cada persona.

11. Contribuir con las diferentes campañas que la institucion plantee en beneficio, cuidado y proteccion del ambiente.

12. Presentar con anticipación y por escrito los permisos para ausentarse de las clases.

13. Respetar los símbolos patrios.

14. Portar el uniforme adecuadamente.

15. Asumir la presentación e higiene personal como valoración y respeto a sí mismo y hacia los demás.

16. Abstenerse de fumar y consumir sustancias sicotrópicas en lugares y espacios institucionales, ya que se afecta la salud propia y de los demás miembros de la comunidad.

17. No tener algún tipo de relación de pareja entre estudiantes y docentes, estudiantes y directivos docentes.

18. Asistir mínimo al 75 % de la intensidad horaria de las actividades académicas.

19. No portar armas de ningún tipo dentro de la institución educativa.

20. Cumplir con los acuerdos establecidos al momento de la matrícula y los que se generen en virtud de un proceso académico o Convivencial.

21. Hacer cumplir nuestros derechos y ejercer nuestros deberes.

22. Mantener aseada el aula de clases y todos los espacios de la institución.

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23. Acatar las normas de la sala de cómputo, biblioteca y laboratorio y los demás espacios de la planta física del Colegio.

24. Traer sudadera y tenis a la clase de educación física. PARAGRAFO: Los-as estudiantes de la tercera jornada acogen los deberes mencionados anteriormente. Artículo 40. Derechos de los-as docentes y los-as directivos docentes

1. A ser estimulados y reconocidos por su práctica pedagógica. 2. A asociarse libremente.

3. A permanecer en los cargos y funciones mientras su desempeño sea eficiente.

4. A participar en el gobierno escolar directamente o por medio de sus representantes

en los órganos escolares.

5. A la formación y capacitación que permitan su actualización y perfeccionamiento profesional contribuyendo así a la calidad educativa. 6. A ser considerados y respetados en su dignidad recibiendo un trato cortés por todos los miembros de la comunidad educativa. 7. Respeto por sus creencias filosóficas, políticas y religiosas. 8. A participar en la construcción, ejecución y evaluación del PEI, Manual de convivencia y demás proyectos institucionales. 9. A desempeñarse en el área en la que se ha especializado y tiene experiencia. Artículo 41. Deberes de los-as docentes y los-as directivos docentes

1. Estar actualizándose permanentemente en su práctica educativa con espíritu

investigativo.

2. Cumplir con el calendario, horario escolar y jornada laboral.

3. Educar a los y las estudiantes en los principios democráticos, en el respeto a la ley e instituciones, inculcando el amor a los valores históricos y culturales de la nación.

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Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión 47

4. Ser adulto-a significativo-a, es decir un maestro-a que comprende al niño-a, joven, adulto-a sin juzgarlo, que conoce el contexto en el que vive y lo orienta de una manera ética, haciéndole tomar conciencia de sus aciertos y desaciertos.

5. Mantener relaciones cordiales con los directivos, docentes, estudiantes, padres de familia y demás personal, promoviendo la cooperación vital entre la escuela y la comunidad.

6. Planear sus actividades pedagógicas, implementando metodologías creativas acordes a los intereses y características de los niños, niñas, jóvenes y adultos de hoy, utilizando variedad de recursos didácticos y tecnológicos.

7. Acompañar eficientemente los procesos y actividades institucionales.

8. Realizar una evaluación ética y formativa en las diferentes dimensiones del ser al estudiante.

9. Intercambiar experiencias que enriquezcan las relaciones generacionales y

posibiliten el desenvolvimiento del niño-a, el o la joven, los-as adultos-as, en otros contextos.

10. Abstenerse de solicitar préstamos o beneficios económicos de los estudiantes y o familias.

11. Escuchar y permitir al o la estudiante expresar sus ideas, sugerencias y descargos

cuando sea necesario, teniendo en cuenta el respeto.

12. Reconocer el conflicto como inherente a las relaciones humanas, abordándolo por negociación, es decir de manera dialógica, concertada y reflexiva.

13. Vincular permanentemente a las familias o acudientes en el proceso formativo de los y las estudiantes.

14. Hacer vida el Manual de Convivencia.

15. Abstenerse de fumar en sitios públicos porque afecta la salud de los demás miembros de la comunidad.

16. Y todas aquellas acciones que le imponga la legislación Colombiana. PARAGRAFO: Docente que fume dentro de la institución se le hará una amonestación escrita con copia a la hoja de vida.

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PADRE DE FAMILIA

Artículo 42. Derechos

1. Posibilitar pasantías regionales para el intercambio de experiencias pedagógicas.

2. Participar en los foros nacionales sobre educación y pedagogía. 3. Reconocimiento público y Mención de Honor a los y las docentes que se destaquen

por su excelente desempeño pedagógico, interés por su actualización profesional y excelentes relaciones interpersonales.

4. A solicitar y recibir información de sus hijos-as acerca de su desarrollo y progresos

académicos dentro del establecimiento. Previo acuerdo con el docente y /o el directivo docente.

5. A participar de las actividades culturales, deportivas, recreativas, lúdicas y

académicas (Comisión de Evaluación y Promoción, Asociación de Padres y Madres, Escuela de Padres y Madres) que se realicen en la Institución.

6. Ejercer un acompañamiento a los-as estudiantes sin interrumpir las horas de clases.

7. Pertenecer a las asociaciones y a las agremiaciones que se promuevan dentro del Colegio.

8. A conocer el seguimiento de los-as estudiantes y a que se haga llegar a tiempo, cualquier información, por medio de una agenda estudiantil (cuaderno).

9. A ser informado a tiempo sobre los cambios que se realicen en la Institución.

10. A que se informe a tiempo de las reuniones y programas de la Institución mediante una circular.

11. Los padres y madres tienen derecho a ser escuchados con el debido respeto por

parte de la Institución cuando se solicite una información sobre un estudiante.

12. Conocer y utilizar el conducto regular. Artículo 43. Deberes

1. Asistir puntualmente por los informes de calificaciones de su hijo-a.

PARAGRAFO: En caso de no asistir debe presentar excusa de trabajo o médica, y coordinar posteriormente un encuentro con el orientador de grupo.

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2. Acompañar constante y eficientemente el proceso integral de su hijo-a.

3. Participar de la Escuela de Padres y Madres.

4. Nombrar delegados al Consejo Directivo, Consejo de Convivencia, Comisiones de Promoción y Evaluación y Convivencia.

5. Conformar y dinamizar la Asociación de Padres y Madres de Familia.

6. Colaborar y participar con las actividades de la Institución cuando sea requerido.

7. Ser autónomos-as y críticos-as a la hora de tomar decisiones.

8. Participar activamente y hacer propuestas que aporten al crecimiento de la institución a traves de los diferentes estamentos donde tengan representación.

TITULO VI

ESTÍMULOS

Artículo 44. De los estudiantes

Posibilitar la participación de los y las estudiantes en eventos de carácter científico, artístico y recreativo como reconocimiento de sus habilidades y competencias.

1. Reconocimiento público por su desempeño académico y vivencia de valores y derechos en actos cívicos y culturales

2. Mención de honor a los estudiantes destacados en cada período por su excelente rendimiento académico, vivencia de valores y sentido de pertenencia

3. Eximir a los y las estudiantes que ocupan los dos primeros puestos en cada grupo del cobro de los Costos Académicos autorizados por la Secretaría de Educación.

4. Representar a la institución en eventos de carácter regional, nacional e internacional.

Artículo 45. De los docentes y directivos docentes

1. Conocedor del entorno sociocultural, realista y soñador, capaz de trazar proyectos

en bien de la comunidad educativa.

2. Que posibilite a través del diálogo la comprensión, el buen trato, y el respeto de la diversidad étnica, preferencia sexual, pensamientos, creencias religiosas, apostándole al ecumenismo y al pluralismo.

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TITULO VII DEBIDO PROCESO

CAPITULO I

DEFINICIÓN Y OBJETIVO

Por el cual establecemos que todo “correctivo pedagógico“ debe conllevar al “transgresor“ a la reflexión y al cambio de actitutes negativas. Acto que se caracterizará por el diálogo abierto, sincero y comprometido a no etiquetar, rotular o estigmatizar al estudiante en proceso de superación. Lo anterior sin inobservar los postulados legales que se establecen en materia Procesal cuando se hace referncia al debido proceoso, en el cual se contempla que los estudiantes pueden ser sancionados por el Establecimiento Educativo, sólo por la infracción o violación de las normas contenidas en el Manual de Convivencia y con la observancia de la plenitud del procedimiento previamente establecido. El Objetivo es Garantizar el Derecho de Defensa, a un proceso público para el Estudiante, a presentar pruebas y controvertir las que se alleguen en su contra, a agotar los recursos procesales consagrados y a no ser sancionado dos veces por el mismo hecho. En todos los casos, en la decisión de tomar acciones correctivas o sancionar a un Estudiante, se tendrá en cuenta:

A. La decisión debe estar precedida de un proceso de acompañamiento personal mediante el cual se indaguen las razones que llevaron al Estudiante a transgredir las normas. Con tal fin contará con la Asesoría del Coordinador de Convivencia, Orientador (a) de grupo, Psicóloga.

B. El Estudiante debe ser escuchado para hacer sus respectivos descargos con relación a las faltas de las que se le acusa, académicas o comportamentales, ante cada instancia del conducto regular.

C. Los descargos que se presenten podrán ser verbales o escritos de acuerdo al proceso, a la acción correctiva o a la Sanción y se admitirán todos los medios de prueba que considere pertinentes para su defensa.

D. Los Padres de Familia o el Acudiente autorizado, serán notificados oportunamente sobre la situación del Estudiante, cuando se esté adelantando un proceso que pueda derivar en una sanción.

Ver Flujogramas Anexos.

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CAPITULO II

PROCEDIMIENTOS E INSTANCIAS DEL PROCESO

PARAGRAFO: Con las faltas leves se aplica el debido proceso paso a paso, las faltas

graves serán remitidas directamente al Consejo de Convivencia, al igual que los estudiantes que tengan contrato pedagógico.

CAPITULO III FALTAS

DEFINICIÓN: Todas aquellas acciones que trasgredan las normas, principios y deberes contenidos en este Manual de Convivencia, se consideran como faltas que ameritan tratamiento pedagógico, o disciplinar y se organizan jerárquicamente de acuerdo a su gravedad. Se tratarán de forma conciliatoria en los casos leves y graves, y en las gravísimas dará lugar a un proceso disciplinario. En el primer caso, se usará la figura de correctivo pedagógico que son una serie de acciones pedagógicas no sancionatorias y productos del diálogo con el estudiante. En el último caso, agotado el dialogo, se acude como medida formativa, a la sanción, la cual es resultado de un debido proceso. Artículo 46. Faltas leves

Se consideran como faltas leves todos los comportamientos que tienden a perturbar procesos formativos individuales y colectivos, tales como:

A. Llegar tarde sin justificación alguna a la institución y el aula de clase tanto al inicio de la jornada como entre cambio de clases.

B. Inasistencia sin justificación al colegio, al aula de clase y a los actos programados por la institución.

C. Ausentarse del colegio, del aula de clase y de los actos programados sin ningún tipo de justificación.

D. Consumir alimentos de cualquier tipo en clase.

E. Incumplir las normas de la biblioteca, el laboratorio, la sala de sistemas, el transporte escolar, las salidas pedagógicas y demás espacios institucionales.

F. No presentar excusa por escrito firmada por el acudiente cuando no se asiste o se ausenta de la institución.

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Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión 52

G. Uso inadecuado de equipos, muebles, enseres, planta física, servicios sanitarios, aulas de clases, material didáctico, recursos naturales como el agua y de consumo como la luz eléctrica y demás de los que disponga la institución.

H. Alteración indebida de la convivencia dentro y fuera del aula de clase y de los espacios alternativos como salidas pedagógicas, semilleros culturales y académicos.

I. Incumplir los parámetros de presentación personal planteados por este manual.

J. Interrumpir las clases y demás actividades de tipo académico y convivencial con artefactos electrónicos y deportivos tales como, radios, celulares, computadores, cámaras fotográficas y de video, balones, raquetas, lazos y demás elementos distractores.

K. Conflictos convivenciales en los que se incurra por primera vez tales como altercados verbales menores entre estudiantes.

L. Uso de espacios de trabajo y artículos personales, didácticos y electrónicos, de directivos docentes, docentes, personal administrativo y estudiantes sin previa autorización.

DEBIDO PROCESO: Las faltas leves serán tramitadas por medio del diálogo y a cargo

de la junta de grupo, el docente o el orientador si es el caso. En este proceso se buscará la conciliación y el establecimiento de compromisos por parte del o los estudiantes comprometidos en la falta. Estos compromisos deberán ser registrados debidamente en la bitácora grupal con el fin de establecer el seguimiento y la formalización de los procesos grupales. PARÁGRAFO: Cuando un estudiante recurra en tres ocasiones en una falta leve, el caso deberá ser remitido a jefatura de nivel con la documentación pertinente: Fotocopias de la bitácora de grupo donde conste la recurrencia de la falta, el informe de la junta de grupo donde se verifique el incumplimiento y recurrencia de la falta e informe de convivencia por parte del orientador. Artículo 47. Faltas graves Se consideran faltas graves aquellas acciones que atentan contra los principios, valores y normas institucionales, tales como:

A. Daño a equipos, muebles, enseres, planta física, servicios sanitarios, aulas de clases, material didáctico, recursos naturales como el agua y de consumo como la luz eléctrica y demás de los que disponga la institución.

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B. Realizar o incitar acciones que permitan el bullying hacia cualquier miembro de la comunidad educativa.

C. Incumplir los compromisos establecidos en las asambleas grupales. D. Apropiación indebida de los bienes ajenos. El tratamiento de esta falta es

discrecional. E. Incitar, facilitar y participar en agresiones físicas o verbales dirigidas a cualquier

miembro de la comunidad educativa. F. Irrespeto a la identidad y la dignidad sexual, religiosa, política y étnica de

cualquier miembro de la comunidad educativa. G. Consumo de sustancias psicoactivas dentro de la institución o en espacios que

represente la misma. H. Consumo de cigarrillo y licor dentro de la institución o en espacios que

represente la misma. I. Uso indebido de las redes sociales. J. Recurrencia o incumplimiento en tres ocasiones y a criterio de la jefatura de

nivel, de una falta leve y de las acciones correctivas que se hayan establecido para la misma.

K. Alteración y suplantación de documentos institucionales.

DEBIDO PROCESO: Las faltas graves serán tramitadas por medio del diálogo entre el estudiante comprometido y el jefe de nivel. En este proceso se buscaencontrar con el estudiante una ruta de reconocimiento de su propia falta y de los correctivos pedagógicos que aseguren la reposición de la misma.Deberán levantarse en este punto y por escrito los compromisos y seguimientos de procesos de convivencia pertinentes al caso. El jefe de nivel deberá presentar informe escrito al orientador y a la junta de grupo de los correctivos y compromisos que se establecieron desde jefatura de nivel con el estudiante, con el fin de que estas dos instancias actúen como veedoras del proceso. Cuando un estudiante recurra en tres ocasiones en una falta grave, el caso deberá ser remitido a la coordinación de convivencia con la documentación pertinente: Fotocopias de la bitácora de grupo donde conste la recurrencia de la falta, informe de la junta de grupo donde se verifique el incumplimiento y recurrencia de la falta e informe de convivencia por parte del orientador, informes de proceso de convivencia, Informe escrito de la jefatura de nivel al orientador y a la junta de grupo, acta donde se encuentren consignados los correctivos y compromisos, citación a acudiente, actas de verificación de reunión con acudiente y acta de apertura de debido proceso para faltas gravísimas. Artículo 48. Faltas gravísimas

Se consideran faltas gravísimas aquellas que atentan contra la integridad y la dignidad de cualquier miembro de la comunidad educativa.

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Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión 54

A. Uso inadecuado del refrigerio, esto incluye jugar, desperdiciar, botar y hurtar los alimentos del restaurante escolar.

B. Publicación de material fílmico, fotográfico y sonoro en las redes sociales que ponga en riesgo la integridad y la dignidad de cualquier miembro de la comunidad educativa.

C. Venta de sustancias psicoactivas dentro de la institución o en espacios donde se represente la misma.

D. Porte y uso de armas dentro de la institución o en espacios donde se represente la misma.

E. Asistir a la institución y a las actividades institucionales bajo el efecto de sustancias psicoactivas.

F. Realizar actos que atenten contra la integridad física y moral y la dignidad sexual de las personas y sus principios.

G. Actos extorsivos realizados o dirigidos por o hacia cualquier miembro de la comunidad educativa.

H. Recurrencia o incumplimiento en tres ocasiones y a criterio de la coordinación de convivencia, de una falta grave y de las acciones correctivas que se hayan establecido para la misma.

DEBIDO PROCESO: Las faltas gravísimas serán tramitadas por la coordinación de convivencia.Esta acción se denomina debido proceso y le permite al estudiante acceder a todas las disposiciones de ley y garantizar la vigilancia y el cumplimiento de los siguientes principios: favorabilidad, presunción de inocencia y derecho a la defensa. El debido proceso contiene los siguientes pasos:

a. Presentación de quejas. Tiempo estimado. 1 día.

En este paso se le presentan al estudiante las condiciones y las acciones que lo comprometen en la incursión de una falta.

b. Presentación de descargos. Tiempo estimado. 1 día.

En este paso el estudiante tiene la oportunidad de expresar las condiciones para la favorabilidad y la presunción de inocencia.

c. Presentación de pruebas. Tiempo estimado. 2 días.

En este paso el estudiante solicita a la institución la aplicación de pruebas, y presenta las que él considera concluyentes para su presunción de inocencia y derecho de defensa.

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d. Recolección de pruebas. Tiempo estimado. 2 días.

En este paso la institución y el estudiante recolectan las pruebas requeridas para en proceso. RECURSOS DE REPOSICIÓN Y APELACIÓN

a. Levantamiento de sanción en primera instancia. Tiempo estimado. 1 día.

En este paso y con las pruebas recolectadas se levanta una sanción en primera instancia, es decir provisional, que puede ser apelada por el estudiante o su acudiente si así lo considera.

b. Presentación de recurso de apelación. Tiempo estimado. 2 días. En este paso el estudiante o su acudiente pueden presentar una apelación por escrito donde se exprese la posibilidad de revocar la sanción otorgada la estudiante.

c. Levantamiento de la sanción en firme y cumplimiento de la sanción. 1 día

En este paso se levanta la sanción en firme, es decir definitiva y se le da cumplimiento a la misma.

PARAGRAFO: En todo tipo de faltas, la aplicación del debido proceso debe hacerse en

el tiempo estipulado y debe consignarse de forma escrita con el fin de garantizar la transparencia y legalidad del mismo.

TITULO VIII ACCIONES CORRECTIVAS

Artículo 49. Todas las faltas leves y graves, tendrán entre otras las siguientes acciones correctivas:

1. Descripción de la falta y el proceso llevado con la misma en el cuaderno de

Autogobierno.

2. Frente al porte inadecuado del uniforme, si no se presenta la excusa, se hace la anotación en el cuaderno de autogobierno y se sigue el debido proceso.

3. Charlas educativas, las cuales serán planteadas y ejecutadas por quien cometa la falta.

4. Quien no realice el aseo deberá hacerlo por cuatro días consecutivos.

5. Quien irrespete la identidad sexual, religiosa y étnica debe disculparse públicamente presentando una exposición sobre pluralismo.

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6. Reiteradas llegadas tarde se citará e informará al padre de familia o acudiente, en caso de reincidencia se continuará con el debido proceso.

7. Daños en la planta física, sillas, libros etc., se debe pagar el costo de los mismos.

8. Agresiones verbales, físicas, hurto, amenazas comprobadas, distribución de

sustancias psicotrópicas son causales de expulsión del colegio después de haber aplicado el debido proceso a partir del Consejo de Convivencia.

9. Consumo de sustancias psicotrópicas, el estudiante implicado en este hecho deberá presentar éxamen de Toxicología y constancia de que se encuentra en proceso de desintoxicación, de lo contrario se sigue con el debido proceso a partir del Consejo de Convivencia.

10. Porte ilegal de armas, se realiza el debido proceso desde la Coordinación de Convivencia, y se informa a la Inspección de Policia de la zona.

11. Cuando un miembro de la comunidad educativa comenta un delito en el contexto de la vida institucional, se hará la respectiva denuncia ante la autoridad competente según la legislación Colombiana (Comisaría de Familia y Comandancia de Policia) y a los padres o acudientes en caso de ser un estudiante.

PARAGRAFO: Parte de la educacion es fortalecer la autodisciplina y el autrocontrol, por lo tanto, no se permitirá usar los servicios sanitarios durante las clases. Se tendrá en cuenta los casos por enfermedad y se respetará el juicio del profesor. A todo comportamiento inadecuado en la biblioteca, actos cívicos, sálidas pedagógicas, tienda escolar, restaurante y espacios pùblicos, se le aplicará el debido proceso. En todo momento que se realice un acto administrativo para aplicar acciones correctivas, se debe observar el conducto regular.

TITULO IX UNIFORME

Artículo 50. Uniforme de gala:

1. Para las damas: a. Camiseta blanca, con cuello y mangas con ribetes azules, con el escudo del

colegio, su altura debe estar por debajo de la cintura b. Jean azul clásico c. Zapatos negros.

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Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión 57

2. Para los caballeros:

a. Camiseta blanca, con cuello y mangas con ribetes azules, con el escudo del colegio, su altura debe estar por debajo de la cintura

b. Jean azul clásico, c. Zapatos negros.

Artículo 51. Uniforme de Educación Física

1. Para damas y caballeros:

a. Camiseta gris, con cuello y mangas con ribetes azules, con el escudo del colegio.

b. Sudadera azul oscura c. Tenis.

La camiseta por fuera de la sudadera será de la talla de la persona que la usa. Dentro de la biblioteca la camiseta irá por fuera pero el responsable de la misma está facultado para revisar que no se saquen libros sin autorización. El encargado del acompañamiento está en el derecho de mirar la talla y hacer la respectiva anotación. Artículo 52. Uniforme de diario para los estudiantes de la tercera jornada

a. Camiseta blanca, con cuello y mangas con ribetes azules, con el escudo del colegio, su altura debe estar por debajo de la cintura

b. Jean clásico azul o negro c. Zapatos

PARÁGRAFO: Otras recomendaciones para el porte del uniforme, tales como:

a. Se prohibe el uso de gorras camufladas y accesorios de tipo militar o similar. b. El maquillaje debe ser moderado c. Las personas que por su religión o culto, no usan blue jean, estarán sujetas a otras

disposiciones posteriores a este acuerdo. d. El uniforme debe portarse siempre con pulcritud y estética.

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TITULO X CRITERIOS PARA SELECCIÓN

Y ADMISIÓN DE LOS Y LAS ESTUDIANTES

Artículo 53. Aclaración: El Colegio Bello Oriente por pertenecer a la Corporación

Eclesial de Base Orlando González Ardila, entidad sin ánimo de lucro y por depender económicamente de los contratos con el Municipio de Medellín, Programa Acceso e inclusión contratación de la Prestación del Servicio Educativo Público del Municipio de Medellín, se reserva como derecho el admitir estudiantes nuevos siempre y cuando se incluyan éstos dentro de nuevos contratos con dicha entidad, y de iniciar labores académicas solo cuando estén debidamente legalizados y actualizados dichos contratos y cumplan a tiempo con el pago de los mismos. 1. Los aspirantes deben asistir a una inducción, en la cual conocerán la Misión, Visión y Filosofía, el PEI y el Manual de Convivencia. 2. El día de la matrícula los y las estudiantes con sus acudientes, firmarán un convenio con la institución en el cual aceptan el PEI, El Manual de Convivencia y las normatividades que rigen la institución. 3. Todo aspirante procurará estar al día en su proceso académico; de tener asignaturas pendientes para aprobación, deberá asumir un proceso de nivelación en el Colegio. PARÁGRAFO: Se garantiza el derecho a las personas que por causales de desplazamiento urbano y rural no puedan definir su situación académica a ser evaluados y/o validados en nuestra institución 4. Por razones de orden legal y administrativo no se recibirá a quien no tenga toda la documentación necesaria para la admisión y matrícula. 5. El aspirante deberá estar disponible para que se le ubique en cualquiera de las tres jornadas que el Colegio ofrece. 6. El acudiente o representante legal del estudiante, deberá ser mayor de edad y con la firma de la matricula se compromete a asistir a todos los llamados que le haga el Colegio. Deberá firmar un compromiso mediante el cual será corresponsable del rendimiento académico y de convivencia del estudiante, además de pagar los daños que éste cause, y pagar los Costos Educativos autorizados por la Secretaría de Educación. PARAGRAFO: Tanto el estudiante como el acudiente se comprometen igualmente a cumplir con lo estipulado en Ley de Infancia y Adolescencia.

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Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión 59

7. Para admisión de estudiantes se tendrá preferencia en orden, por los siguientes estudiantes: Egresados de la Sección Primaria del Colegio Bello Oriente, egresados de la Sección Bello Oriente y la Cruz de la Institución Educativa Ramón Múnera Lopera, egresados de las escuelas aledañas y estudiantes que provengan por desplazamiento o de otros sectores de la ciudad y del País y otros traslados autorizados por la autoridad competente.

TITULO XI FUNDAMENTOS JURIDICOS

Para la regulación del poder y administración de la justIcia en la escuela tendremos como fundamentos legales los siguientes:

Tratados Internacionales: sobre derechos humanos, por ejemplo, Pacto Internacional de derechos civiles, y políticos -PIDCP y Pacto Internacional de derechos económicos, sociales y culturales PIDESC.

Carta de los Derechos de los niños-as

Constitución Política de Colombia

Ley General de Educación 115/94

Ley de Juventud 375/97

Ley 1098 de 2006

Decreto 1860/94

Decreto 1286 del 27 de abril de 2005.

Ordenanza 16/2003 Política Departamental de Juventud

Resolución Nacional 13342 de 1982.

Sentencia T-272/01. Y todas las relacionadas con Manuales de Convivencia.

Todo ello basándonos en el Art: 4 de la Constitución donde se expresa: “La Constitución es norma de normas. En todo caso con incompatibilidad entre la Constitución y la ley u otra forma jurídica, se aplicarán las disposiciones constitucionales“

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Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión 60

ANEXOS

ORGANIGRAMA INSTITUCIONAL

RECTORIA

COORDINACIÓN ACADEMICA

COORDINACIÓN CONVIVENCIA

COORDINACIÓN EDUCACIÓN DE

ADULTOS PSICOLOGIA

SECRETARÍA

BIBLIOTECA

RESTAURANTE

ASOPADRES

ASECOBO

PROYECTOS

AREA DE EXTENSIÓN DE

RECREACIÓN Y CULTURA

EDUCADORES EDUCADORES EDUCADORES

ESTUDIANTES ESTUDIANTES ESTUDIANTES

CONSEJO DIRECTIVO

CONSEJO ACADÉMICO CONSEJO DE CONVIVENCIA

CEBOGA

COMISIÓN DE APOYO AL ESTUDIANTE

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Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión 61

1.

Flujograma del Conducto Regular para el Proceso Directivo

Docentes y administrativos

Coordinaciones

Rector

Representante Legal CEBOGA

Según el art 20 del decreto 1860

Flujograma del Conducto Regular para el Proceso de Convivencia

para docentes y administrativos

Docentes y administrativos

Coordinación de Convivencia

Comisión Específica de Convivencia

Rector

Representante Legal CEBOGA

Según el art 20 del decreto 1860

Flujograma del Conducto Regular

para el Proceso Académico con Docentes

Docentes

Jefe del Departamento

Coordinación Académica Consejo Académico

Rector

Representante Legal CEBOGA

Según el art 20 del decreto 1860

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Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión 62

Flujograma del Conducto Regular

para el Proceso Académico para estudiantes

Orientador de Grupo Docente Titular

Estudiante

Junta de Grupo

Jefe del Departamento

Coordinación Académica

Comisión de Apoyo al Estudiante

Consejo Académico

Consejo Directivo

Rector

Representante Legal CEBOGA

Según el art 20 del decreto 1860

Flujograma del Conducto Regular para el Proceso de Convivencia

para estudiantes

Docente

Estudiantes

Orientador de Grupo Junta de Grupo

Coordinación de Convivencia

Comisión de Apoyo al estudiante

Consejo de Convivencia

Consejo Directivo

Rector

Representante Legal CEBOGA

Según el art 20 del decreto 1860