Manual de acogida en PRL para PYME

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AT-0165/2015 Manual de acogida en PRL para PYME

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AT-0165/2015

Manual de acogida en

PRL para PYME

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Ficha técnica

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Colección de miniguías de PRL de COEPA número 4: Manual de acogida en PRL para PYME

Fecha de publicación: 04/15

Fecha de última revisión(versión): 04/15(v1.0)

Contenido y diseño:

Samuel Andreu Sevilla y Arturo Jiménez Rodríguez - Área de RSE de COEPA

La incorporación de un trabajador/a a la empresa es un momento clave para transmitir los valores de la organización en un ámbito como la PRL. Un

buen instrumento para lograr este fin es el Manual de acogida que, adaptado a las peculiaridades de las PYME, va a facilitar la implicación del

nuevo miembro de la organización, identificándose con sus principios y sintiéndose partícipe de los éxitos (o fracasos) del sistema de PRL.

Pregúntanos las dudas que tengas sobre esta publicación: @COEPA_PRL; [email protected]

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1 En el caso de no ser así, la estructura de la miniguía seguiría siendo válida, únicamente habría que contemplar realizar algunas modificaciones en la redacción de los apartados.

[1]

Antes de redactar el contenido del Manual de acogida en PRL es

necesario plantearse dos cuestiones que influyen en el enfoque

general del contenido:

1. ¿Existe previamente un Manual general de la empresa?

2. ¿Va a ser posible presentar en persona el documento a la

persona incorporada?

Las dos premisas serían deseables. El enfoque de la presente

miniguía se realiza considerando afirmativas ambas1.

A la hora de redactar un texto de bienvenida hay que tener en

cuenta:

1. Que sea breve, conciso y directo

2. Que esté redactado de forma clara y sencilla

3. Que sea personalizado

A continuación se muestra un ejemplo de texto de Bienvenida:

Bienvenida

Me llamo (nombre de la persona responsable de la PRL en la

empresa) y soy el (cargo del responsable de PRL) de (empresa).

En primer lugar quiero darte la bienvenida a esta empresa y

transmitirte que nos sentimos orgullosos de que hayas decidido

desarrollar tu carrera con nosotros y de que podamos contar con un

nuevo miembro en el equipo formado por el personal de (empresa).

Y ahora, quiero presentarte este manual, con un objetivo doble:

1. Hacerte saber la plena identificación de (nombre de la

empresa) con los principios y valores que integran la

Prevención de Riesgos Laborales: la PRL es considerada por

esta empresa como un aspecto clave en su gestión.

2. Hacerte partícipe del modelo de gestión de la Prevención

de Riesgos Laborales implantado en la empresa: tú, como

trabajador(/a), vas a jugar un papel importante en la

buena gestión de la PRL.

En cualquier caso, te recuerdo que no estás solo en esta labor, por

lo que no dudes en preguntarme las cuestiones relativas a la gestión de

la PRL que te vayan surgiendo.

¡Bienvenido(a)! :)

Eres bienvenido(/a), (Nombre):

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2 Ver miniguía número 2, en esta misma colección.

[2]

Se puede transmitir la importancia que la empresa le concede a la

PRL indicando cuál es la Política de Prevención de Riesgos de la

empresa e informando sobre la modalidad de gestión de la PRL por la

que la empresa ha optado2.

Es importante recordar que la Política expresa la voluntad de la

empresa por integrar adecuadamente la gestión de la PRL en la

actividad y por promover la mejora continua en este ámbito. A su vez,

la Política manifiesta el compromiso de la dirección de la empresa por

cumplir y hacer cumplir la legislación en materia de PRL.

La Política de PRL se sustancia normalmente en forma de

documento escrito y forma parte del Plan de Prevención, por lo que,

independientemente de la modalidad elegida por la empresa para

gestionar la PRL, se podrá acudir a ese documento para citar su

contenido en el Manual de acogida.

En cuanto a la modalidad de gestión, se debe indicar cuál es la

elegida por la empresa e incluir una breve descripción de la misma.

En el siguiente cuadro se indica un ejemplo de información referida

a la modalidad de gestión a través de un Servicio de Prevención

Ajeno.

Política y modalidad de gestión

La legislación de Prevención de Riesgos Laborales propone varias

alternativas (denominadas modalidades de gestión) para que las

empresas puedan asegurar el cumplimiento de sus obligaciones en

esta materia.

(Nombre empresa) ha optado por gestionar la PRL mediante:

Servicio de Prevención Ajeno →(nombre del SPA).

De esta forma, la empresa citada en coordinación con el (cargo del

responsable de PRL) cumplirán con la encomienda de la dirección de

la empresa respecto a la estricta observación de las obligaciones

legales en el ámbito de la PRL.

Te informamos, asimismo, que la empresa cuenta con los

mecanismos establecidos legalmente en materia de participación:

(indicar los delegados prevención y en su caso, la existencia del

Comité de Seguridad y Salud).

Y por último, los trabajadores, la pieza clave del sistema de PRL de

la empresa, que ya cuenta con un nuevo miembro: tú.

Organización del Sistema Preventivo

La legislación de Prevención de Riesgos Laborales propone varias

alternativas para que las empresas puedan asegurar el cumplimiento

de sus obligaciones en esta materia.

(Nombre empresa) ha optado por gestionarl Me llamo (nombre

persona responsable de la PRL en la empresa) y soy el (cargo del

responsable de PRL) de (empresa).

En caso de existir trabajadores especialmente sensibles: ¿Se tienen en

cuenta sus condicionantes en la gestión de PRL?

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[3]

La implicación de los trabajadores en el sistema de PRL se lleva a

cabo con la asimilación de una serie de valores y su implicación en el

desarrollo de la Política preventiva a través de:

1. Los Derechos y Deberes de los trabajadores.

2. Información relevante en materia de PRL vinculada al

puesto de trabajo y a las instalaciones (punto 04).

3. Información sobre las medidas de emergencia implantadas

en la empresa (punto 05).

A continuación se indica un cuadro con el contenido sugerido para

este apartado.

.

Derechos y Deberes

Los deberes de los trabajadores de (empresa) en materia de

PRL vienen determinados por el marco legal establecido en el

artículo 29 de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos

Laborales, y son los siguientes:

Deberes como trabajador(a)

La legislación de Prevención de Riesgos Laborales propone varias

alternativas para que las empresas puedan asegurar el cumplimiento

de sus obligaciones en esta materia.

(Nombre empresa) ha optado por gestionarl Me llamo (nombre

persona responsable de la PRL en la empresa) y soy el (cargo del

responsable de PRL) de (empresa).

En caso de existir trabajadores especialmente sensibles: ¿Se tienen en

cuenta sus condicionantes en la gestión de PRL?

1. Corresponde a cada trabajador velar, según sus

posibilidades y mediante el cumplimiento de las medidas de

prevención que en cada caso sean adoptadas, por su propia

seguridad y salud en el trabajo y por la de aquellas otras

personas a las que pueda afectar su actividad profesional, a

causa de sus actos y omisiones en el trabajo, de conformidad

con su formación y las instrucciones del empresario.

2. Los trabajadores, con arreglo a su formación y siguiendo

las instrucciones del empresario, deberán en particular:

1.º Usar adecuadamente, de acuerdo con su naturaleza y

los riesgos previsibles, las máquinas, aparatos,

herramientas, sustancias peligrosas, equipos de

transporte y, en general, cualesquiera otros medios con

los que desarrollen su actividad.

2.º Utilizar correctamente los medios y equipos de

protección facilitados por el empresario, de acuerdo

con las instrucciones recibidas de éste.

3.º No poner fuera de funcionamiento y utilizar

correctamente los dispositivos de seguridad existentes

o que se instalen en los medios relacionados con su

actividad o en los lugares de trabajo en los que ésta

tenga lugar.

4.º Informar de inmediato a su superior jerárquico directo, y a

los trabajadores designados para realizar actividades de

protección y de prevención o, en su caso, al servicio de

prevención, acerca de cualquier situación que, a su juicio,

entrañe, por motivos razonables, un riesgo para la seguridad y la

salud de los trabajadores.

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[4]

4.º Informar de inmediato a su superior jerárquico directo, y

a los trabajadores designados para realizar actividades

de protección y de prevención o, en su caso, al

servicio de prevención, acerca de cualquier situación

que, a su juicio, entrañe, por motivos razonables, un

riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores.

5.º Contribuir al cumplimiento de las obligaciones

establecidas por la autoridad competente con el fin de

proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en

el trabajo.

6.º Cooperar con el empresario para que éste pueda

garantizar unas condiciones de trabajo que sean

seguras y no entrañen riesgos para la seguridad y la

salud de los trabajadores.

3. El incumplimiento por los trabajadores de las obligaciones

en materia de prevención de riesgos a que se refieren los

apartados anteriores tendrá la consideración de incumplimiento

laboral a los efectos previstos en el artículo 58.1 del Estatuto de

los Trabajadores.

Para que puedas cumplir con tus deberes como

trabajador(/a), la empresa te va a proporcionar información y

formación suficiente y adecuada a tu puesto de trabajo.

1. Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz

en materia de seguridad y salud en el trabajo.

Los derechos de información, consulta y participación,

formación en materia preventiva, paralización de la actividad

en caso de riesgo grave e inminente y vigilancia de su estado

de salud forman parte del derecho de los trabajadores a una

protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo.

2. El coste de las medidas relativas a la seguridad y la salud

en el trabajo no debe recaer en modo alguno sobre los

trabajadores.

Derechos como trabajador(a)

La legislación de Prevención de Riesgos Laborales propone varias

alternativas para que las empresas puedan asegurar el cumplimiento

de sus obligaciones en esta materia.

(Nombre empresa) ha optado por gestionarl Me llamo (nombre

persona responsable de la PRL en la empresa) y soy el (cargo del

responsable de PRL) de (empresa).

En caso de existir trabajadores especialmente sensibles: ¿Se tienen en

cuenta sus condicionantes en la gestión de PRL?

Los derechos de los trabajadores de (empresa) en materia de

PRL vienen determinados por el marco legal establecido en el

artículo 14 de la citada ley:

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[5]

En esta parte del Manual de acogida se aborda la información

relativa al puesto de trabajo que va a ocupar la persona recién

incorporada a la empresa.

El contenido a incluir se puede obtener de la Evaluación de Riesgos

y de la Planificación de la Actividad Preventiva. Ambos documentos

forman parte obligada del Plan de Prevención, por lo que debemos

de contar con ellos, independientemente de la modalidad escogida

por la empresa para gestionar la PRL.

En el caso de que sólo se disponga de información en forma de

texto, sería conveniente valorar la posibilidad de que ésta sea

acompañada, a su vez, por imágenes reales del puesto de trabajo a

ocupar y/o esquemas ilustrativos. Un documento reforzado por

elementos gráficos va a captar mejor la atención del lector, por lo que

el Manual se mostrará más eficaz a la hora de alcanzar nuestros

objetivos.

A continuación se muestra un ejemplo de cómo podría enfocarse

la redacción de esta parte del Manual.

Puesto de trabajo ¡Bienvenido(/a) a tu nuevo puesto de trabajo!

La legislación de Prevención de Riesgos Laborales propone varias

alternativas para que las empresas puedan asegurar el cumplimiento

de sus obligaciones en esta materia.

(Nombre empresa) ha optado por gestionarl Me llamo (nombre

persona responsable de la PRL en la empresa) y soy el (cargo del

responsable de PRL) de (empresa).

En caso de existir trabajadores especialmente sensibles: ¿Se tienen en

cuenta sus condicionantes en la gestión de PRL?

Desde el punto de vista de la PRL, tu

puesto de trabajo se caracteriza

por…(Describir brevemente el puesto

en relación a aspectos PRL)

¿Qué equipos vas a utilizar?

(Enumerar los equipos que el trabajador/a va a utilizar)

¿Cuáles son los riesgos asociados a tu puesto?

(Informar sobre los riesgos descritos en la Evaluación de Riesgos

del puesto de trabajo)

¿Qué otros riesgos tienes que tener presentes?

(Informar sobre los riesgos de las instalaciones y sobre seguridad

vial, que puedan afectar al trabajador/a. Ver Evaluación)

¿Qué medidas preventivas debo aplicar como trabajador,

teniendo en cuenta los riesgos descritos?

(Informar de las medidas preventivas propuestas sobre las que el

trabajador tenga capacidad de actuación)

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[6]

Por último, el Manual debe recoger aquella información sobre las

medidas de emergencia y medios de extinción de incendios

implantados en la empresa que la nueva persona incorporada deba

conocer, con especial atención a:

1. Señalización de emergencia (vías de evacuación, planos de

situación, salidas, punto de reunión, etc.)

2. Señalización de los medios de detección, alarma y extinción

de incendios

3. Protocolo personalizado de actuación en caso de

emergencia

4. Teléfonos de emergencia

Si en el anterior punto de esta miniguía resultaba conveniente

ilustrar la información, en este apartado se hace necesario: no parece

razonable explicar una señal de emergencia o contra incendios sin

mostrar una imagen. Sobre esta cuestión, es importante remarcar que

las imágenes que aparezcan en el Manual deberían ser las mismas

que se encuentren dispuestas en las instalaciones.

Medidas de emergencia Recuerda: El Manual de Acogida no sustituye en ningún caso a la

formación que debe proporcionar el empresario a los

trabajadores, regulada en el artículo 19 de la Ley de Prevención

de Riesgos Laborales. Sin embargo, sí que puede servir a efectos

de la entrega de información en materia de riesgos laborales,

según regula el artículo 18 de la citada ley.

A continuación se sugiere un modelo de certificado para ser

firmado por el trabajador, una vez entregado y repasado

conjuntamente el contenido del Manual.

D. (nombre del trabajador) ha recibido el Manual de acogida

de (nombre empresa), en el cual se reflejan los riesgos para la

seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo, tanto

aquellos que afectan a la empresa en su conjunto como al tipo

de puesto de trabajo o función, las medidas y actividades de

protección y prevención aplicables a los riesgos señalados y las

medidas de emergencia. Todo ello, en virtud del artículo 18 de

la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales.

Y para que así conste en dónde sea oportuno, firmo el presente

CERTIFICADO.

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La elaboración de los contenidos del presente documento se ha realizado con fines divulgativos y por ello, adaptados a tal

fin. En cualquier caso, siempre es recomendable realizar una lectura completa de los textos legales de referencia, que son

los que tienen auténtica validez legal.

[7]

La colección de miniguías de PRL de COEPA tiene como objetivo

proporcionar respuestas concretas a temas relevantes en el ámbito de

la PRL. Si deseas ampliar el contenido de este número puedes acudir a

los recursos citados a continuación:

Bibliografía:

Guía para la elaboración de un manual de acogida en prevención de

riesgos laborales. Castellanos Alba, Juan Carlos. INVASSAT. 2014.

Referencias legales:

Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

Servicio de asesoramiento en PRL de COEPA (con la financiación

de la Fundación para la Prevención de los Riesgos Laborales):

Infórmate: 965 13 14 00

¿Quieres saber más?

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