Manual de acogida en PRL para PYME
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Small Business & Entrepreneurship
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AT-0165/2015
Manual de acogida en
PRL para PYME
Ficha técnica
Justificación
Contacto
Colección de miniguías de PRL de COEPA número 4: Manual de acogida en PRL para PYME
Fecha de publicación: 04/15
Fecha de última revisión(versión): 04/15(v1.0)
Contenido y diseño:
Samuel Andreu Sevilla y Arturo Jiménez Rodríguez - Área de RSE de COEPA
La incorporación de un trabajador/a a la empresa es un momento clave para transmitir los valores de la organización en un ámbito como la PRL. Un
buen instrumento para lograr este fin es el Manual de acogida que, adaptado a las peculiaridades de las PYME, va a facilitar la implicación del
nuevo miembro de la organización, identificándose con sus principios y sintiéndose partícipe de los éxitos (o fracasos) del sistema de PRL.
Pregúntanos las dudas que tengas sobre esta publicación: @COEPA_PRL; [email protected]
1 En el caso de no ser así, la estructura de la miniguía seguiría siendo válida, únicamente habría que contemplar realizar algunas modificaciones en la redacción de los apartados.
[1]
Antes de redactar el contenido del Manual de acogida en PRL es
necesario plantearse dos cuestiones que influyen en el enfoque
general del contenido:
1. ¿Existe previamente un Manual general de la empresa?
2. ¿Va a ser posible presentar en persona el documento a la
persona incorporada?
Las dos premisas serían deseables. El enfoque de la presente
miniguía se realiza considerando afirmativas ambas1.
A la hora de redactar un texto de bienvenida hay que tener en
cuenta:
1. Que sea breve, conciso y directo
2. Que esté redactado de forma clara y sencilla
3. Que sea personalizado
A continuación se muestra un ejemplo de texto de Bienvenida:
Bienvenida
Me llamo (nombre de la persona responsable de la PRL en la
empresa) y soy el (cargo del responsable de PRL) de (empresa).
En primer lugar quiero darte la bienvenida a esta empresa y
transmitirte que nos sentimos orgullosos de que hayas decidido
desarrollar tu carrera con nosotros y de que podamos contar con un
nuevo miembro en el equipo formado por el personal de (empresa).
Y ahora, quiero presentarte este manual, con un objetivo doble:
1. Hacerte saber la plena identificación de (nombre de la
empresa) con los principios y valores que integran la
Prevención de Riesgos Laborales: la PRL es considerada por
esta empresa como un aspecto clave en su gestión.
2. Hacerte partícipe del modelo de gestión de la Prevención
de Riesgos Laborales implantado en la empresa: tú, como
trabajador(/a), vas a jugar un papel importante en la
buena gestión de la PRL.
En cualquier caso, te recuerdo que no estás solo en esta labor, por
lo que no dudes en preguntarme las cuestiones relativas a la gestión de
la PRL que te vayan surgiendo.
¡Bienvenido(a)! :)
Eres bienvenido(/a), (Nombre):
2 Ver miniguía número 2, en esta misma colección.
[2]
Se puede transmitir la importancia que la empresa le concede a la
PRL indicando cuál es la Política de Prevención de Riesgos de la
empresa e informando sobre la modalidad de gestión de la PRL por la
que la empresa ha optado2.
Es importante recordar que la Política expresa la voluntad de la
empresa por integrar adecuadamente la gestión de la PRL en la
actividad y por promover la mejora continua en este ámbito. A su vez,
la Política manifiesta el compromiso de la dirección de la empresa por
cumplir y hacer cumplir la legislación en materia de PRL.
La Política de PRL se sustancia normalmente en forma de
documento escrito y forma parte del Plan de Prevención, por lo que,
independientemente de la modalidad elegida por la empresa para
gestionar la PRL, se podrá acudir a ese documento para citar su
contenido en el Manual de acogida.
En cuanto a la modalidad de gestión, se debe indicar cuál es la
elegida por la empresa e incluir una breve descripción de la misma.
En el siguiente cuadro se indica un ejemplo de información referida
a la modalidad de gestión a través de un Servicio de Prevención
Ajeno.
Política y modalidad de gestión
La legislación de Prevención de Riesgos Laborales propone varias
alternativas (denominadas modalidades de gestión) para que las
empresas puedan asegurar el cumplimiento de sus obligaciones en
esta materia.
(Nombre empresa) ha optado por gestionar la PRL mediante:
Servicio de Prevención Ajeno →(nombre del SPA).
De esta forma, la empresa citada en coordinación con el (cargo del
responsable de PRL) cumplirán con la encomienda de la dirección de
la empresa respecto a la estricta observación de las obligaciones
legales en el ámbito de la PRL.
Te informamos, asimismo, que la empresa cuenta con los
mecanismos establecidos legalmente en materia de participación:
(indicar los delegados prevención y en su caso, la existencia del
Comité de Seguridad y Salud).
Y por último, los trabajadores, la pieza clave del sistema de PRL de
la empresa, que ya cuenta con un nuevo miembro: tú.
Organización del Sistema Preventivo
La legislación de Prevención de Riesgos Laborales propone varias
alternativas para que las empresas puedan asegurar el cumplimiento
de sus obligaciones en esta materia.
(Nombre empresa) ha optado por gestionarl Me llamo (nombre
persona responsable de la PRL en la empresa) y soy el (cargo del
responsable de PRL) de (empresa).
En caso de existir trabajadores especialmente sensibles: ¿Se tienen en
cuenta sus condicionantes en la gestión de PRL?
[3]
La implicación de los trabajadores en el sistema de PRL se lleva a
cabo con la asimilación de una serie de valores y su implicación en el
desarrollo de la Política preventiva a través de:
1. Los Derechos y Deberes de los trabajadores.
2. Información relevante en materia de PRL vinculada al
puesto de trabajo y a las instalaciones (punto 04).
3. Información sobre las medidas de emergencia implantadas
en la empresa (punto 05).
A continuación se indica un cuadro con el contenido sugerido para
este apartado.
.
Derechos y Deberes
Los deberes de los trabajadores de (empresa) en materia de
PRL vienen determinados por el marco legal establecido en el
artículo 29 de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos
Laborales, y son los siguientes:
Deberes como trabajador(a)
La legislación de Prevención de Riesgos Laborales propone varias
alternativas para que las empresas puedan asegurar el cumplimiento
de sus obligaciones en esta materia.
(Nombre empresa) ha optado por gestionarl Me llamo (nombre
persona responsable de la PRL en la empresa) y soy el (cargo del
responsable de PRL) de (empresa).
En caso de existir trabajadores especialmente sensibles: ¿Se tienen en
cuenta sus condicionantes en la gestión de PRL?
1. Corresponde a cada trabajador velar, según sus
posibilidades y mediante el cumplimiento de las medidas de
prevención que en cada caso sean adoptadas, por su propia
seguridad y salud en el trabajo y por la de aquellas otras
personas a las que pueda afectar su actividad profesional, a
causa de sus actos y omisiones en el trabajo, de conformidad
con su formación y las instrucciones del empresario.
2. Los trabajadores, con arreglo a su formación y siguiendo
las instrucciones del empresario, deberán en particular:
1.º Usar adecuadamente, de acuerdo con su naturaleza y
los riesgos previsibles, las máquinas, aparatos,
herramientas, sustancias peligrosas, equipos de
transporte y, en general, cualesquiera otros medios con
los que desarrollen su actividad.
2.º Utilizar correctamente los medios y equipos de
protección facilitados por el empresario, de acuerdo
con las instrucciones recibidas de éste.
3.º No poner fuera de funcionamiento y utilizar
correctamente los dispositivos de seguridad existentes
o que se instalen en los medios relacionados con su
actividad o en los lugares de trabajo en los que ésta
tenga lugar.
4.º Informar de inmediato a su superior jerárquico directo, y a
los trabajadores designados para realizar actividades de
protección y de prevención o, en su caso, al servicio de
prevención, acerca de cualquier situación que, a su juicio,
entrañe, por motivos razonables, un riesgo para la seguridad y la
salud de los trabajadores.
[4]
4.º Informar de inmediato a su superior jerárquico directo, y
a los trabajadores designados para realizar actividades
de protección y de prevención o, en su caso, al
servicio de prevención, acerca de cualquier situación
que, a su juicio, entrañe, por motivos razonables, un
riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores.
5.º Contribuir al cumplimiento de las obligaciones
establecidas por la autoridad competente con el fin de
proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en
el trabajo.
6.º Cooperar con el empresario para que éste pueda
garantizar unas condiciones de trabajo que sean
seguras y no entrañen riesgos para la seguridad y la
salud de los trabajadores.
3. El incumplimiento por los trabajadores de las obligaciones
en materia de prevención de riesgos a que se refieren los
apartados anteriores tendrá la consideración de incumplimiento
laboral a los efectos previstos en el artículo 58.1 del Estatuto de
los Trabajadores.
Para que puedas cumplir con tus deberes como
trabajador(/a), la empresa te va a proporcionar información y
formación suficiente y adecuada a tu puesto de trabajo.
1. Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz
en materia de seguridad y salud en el trabajo.
Los derechos de información, consulta y participación,
formación en materia preventiva, paralización de la actividad
en caso de riesgo grave e inminente y vigilancia de su estado
de salud forman parte del derecho de los trabajadores a una
protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo.
2. El coste de las medidas relativas a la seguridad y la salud
en el trabajo no debe recaer en modo alguno sobre los
trabajadores.
Derechos como trabajador(a)
La legislación de Prevención de Riesgos Laborales propone varias
alternativas para que las empresas puedan asegurar el cumplimiento
de sus obligaciones en esta materia.
(Nombre empresa) ha optado por gestionarl Me llamo (nombre
persona responsable de la PRL en la empresa) y soy el (cargo del
responsable de PRL) de (empresa).
En caso de existir trabajadores especialmente sensibles: ¿Se tienen en
cuenta sus condicionantes en la gestión de PRL?
Los derechos de los trabajadores de (empresa) en materia de
PRL vienen determinados por el marco legal establecido en el
artículo 14 de la citada ley:
[5]
En esta parte del Manual de acogida se aborda la información
relativa al puesto de trabajo que va a ocupar la persona recién
incorporada a la empresa.
El contenido a incluir se puede obtener de la Evaluación de Riesgos
y de la Planificación de la Actividad Preventiva. Ambos documentos
forman parte obligada del Plan de Prevención, por lo que debemos
de contar con ellos, independientemente de la modalidad escogida
por la empresa para gestionar la PRL.
En el caso de que sólo se disponga de información en forma de
texto, sería conveniente valorar la posibilidad de que ésta sea
acompañada, a su vez, por imágenes reales del puesto de trabajo a
ocupar y/o esquemas ilustrativos. Un documento reforzado por
elementos gráficos va a captar mejor la atención del lector, por lo que
el Manual se mostrará más eficaz a la hora de alcanzar nuestros
objetivos.
A continuación se muestra un ejemplo de cómo podría enfocarse
la redacción de esta parte del Manual.
Puesto de trabajo ¡Bienvenido(/a) a tu nuevo puesto de trabajo!
La legislación de Prevención de Riesgos Laborales propone varias
alternativas para que las empresas puedan asegurar el cumplimiento
de sus obligaciones en esta materia.
(Nombre empresa) ha optado por gestionarl Me llamo (nombre
persona responsable de la PRL en la empresa) y soy el (cargo del
responsable de PRL) de (empresa).
En caso de existir trabajadores especialmente sensibles: ¿Se tienen en
cuenta sus condicionantes en la gestión de PRL?
Desde el punto de vista de la PRL, tu
puesto de trabajo se caracteriza
por…(Describir brevemente el puesto
en relación a aspectos PRL)
¿Qué equipos vas a utilizar?
(Enumerar los equipos que el trabajador/a va a utilizar)
¿Cuáles son los riesgos asociados a tu puesto?
(Informar sobre los riesgos descritos en la Evaluación de Riesgos
del puesto de trabajo)
¿Qué otros riesgos tienes que tener presentes?
(Informar sobre los riesgos de las instalaciones y sobre seguridad
vial, que puedan afectar al trabajador/a. Ver Evaluación)
¿Qué medidas preventivas debo aplicar como trabajador,
teniendo en cuenta los riesgos descritos?
(Informar de las medidas preventivas propuestas sobre las que el
trabajador tenga capacidad de actuación)
[6]
Por último, el Manual debe recoger aquella información sobre las
medidas de emergencia y medios de extinción de incendios
implantados en la empresa que la nueva persona incorporada deba
conocer, con especial atención a:
1. Señalización de emergencia (vías de evacuación, planos de
situación, salidas, punto de reunión, etc.)
2. Señalización de los medios de detección, alarma y extinción
de incendios
3. Protocolo personalizado de actuación en caso de
emergencia
4. Teléfonos de emergencia
Si en el anterior punto de esta miniguía resultaba conveniente
ilustrar la información, en este apartado se hace necesario: no parece
razonable explicar una señal de emergencia o contra incendios sin
mostrar una imagen. Sobre esta cuestión, es importante remarcar que
las imágenes que aparezcan en el Manual deberían ser las mismas
que se encuentren dispuestas en las instalaciones.
Medidas de emergencia Recuerda: El Manual de Acogida no sustituye en ningún caso a la
formación que debe proporcionar el empresario a los
trabajadores, regulada en el artículo 19 de la Ley de Prevención
de Riesgos Laborales. Sin embargo, sí que puede servir a efectos
de la entrega de información en materia de riesgos laborales,
según regula el artículo 18 de la citada ley.
A continuación se sugiere un modelo de certificado para ser
firmado por el trabajador, una vez entregado y repasado
conjuntamente el contenido del Manual.
D. (nombre del trabajador) ha recibido el Manual de acogida
de (nombre empresa), en el cual se reflejan los riesgos para la
seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo, tanto
aquellos que afectan a la empresa en su conjunto como al tipo
de puesto de trabajo o función, las medidas y actividades de
protección y prevención aplicables a los riesgos señalados y las
medidas de emergencia. Todo ello, en virtud del artículo 18 de
la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales.
Y para que así conste en dónde sea oportuno, firmo el presente
CERTIFICADO.
La elaboración de los contenidos del presente documento se ha realizado con fines divulgativos y por ello, adaptados a tal
fin. En cualquier caso, siempre es recomendable realizar una lectura completa de los textos legales de referencia, que son
los que tienen auténtica validez legal.
[7]
La colección de miniguías de PRL de COEPA tiene como objetivo
proporcionar respuestas concretas a temas relevantes en el ámbito de
la PRL. Si deseas ampliar el contenido de este número puedes acudir a
los recursos citados a continuación:
Bibliografía:
Guía para la elaboración de un manual de acogida en prevención de
riesgos laborales. Castellanos Alba, Juan Carlos. INVASSAT. 2014.
Referencias legales:
Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
Servicio de asesoramiento en PRL de COEPA (con la financiación
de la Fundación para la Prevención de los Riesgos Laborales):
Infórmate: 965 13 14 00
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