Manual cadena custodia abril 10 2

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CAPÍTULO I EL PROBLEMA Planteamiento del Problema El conocimiento científico se enriquece y perfecciona cada día como producto del progreso ascendente de la actividad cognoscitiva del ser humano, derivada de la práctica social en el camino hacia la verdad absoluta. En ese mismo sentido, la literatura que contiene ese conocimiento igualmente se intensifica y diversifica, pues abarca desde las tesis doctorales, monografías y artículos científicos hasta manuales y revistas de divulgación popular e incluso, programas y series de televisión dedicadas a los temas de las ciencias forenses y la investigación criminal. Por ello, se ha extendido la apreciación de la utilidad de las ciencias forenses, en su carácter de aplicación del conocimiento científico a la investigación criminal, y de sus variedades: balística, medicina forense, planimetría, dactiloscopia, trazología, para el estudio o análisis de la evidencia material, de los sitios de interés e indagar acerca de los posibles modo de ocurrencia de los hechos, demostrar o descartar la existencia de un delito y la presunta intervención de determinadas personas. En efecto, la aplicación de la ciencia y las artes al estudio de la evidencia material en la investigación de los hechos delictivos presuntos o evidentes tiene como finalidad generar una prueba criminalística, la cual según Pérez (2008), “vincula un

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CAPÍTULO I

EL PROBLEMA

Planteamiento del Problema

El conocimiento científico se enriquece y perfecciona cada día como producto

del progreso ascendente de la actividad cognoscitiva del ser humano, derivada de la

práctica social en el camino hacia la verdad absoluta. En ese mismo sentido, la

literatura que contiene ese conocimiento igualmente se intensifica y diversifica, pues

abarca desde las tesis doctorales, monografías y artículos científicos hasta manuales y

revistas de divulgación popular e incluso, programas y series de televisión dedicadas

a los temas de las ciencias forenses y la investigación criminal.

Por ello, se ha extendido la apreciación de la utilidad de las ciencias forenses, en

su carácter de aplicación del conocimiento científico a la investigación criminal, y de

sus variedades: balística, medicina forense, planimetría, dactiloscopia, trazología,

para el estudio o análisis de la evidencia material, de los sitios de interés e indagar

acerca de los posibles modo de ocurrencia de los hechos, demostrar o descartar la

existencia de un delito y la presunta intervención de determinadas personas.

En efecto, la aplicación de la ciencia y las artes al estudio de la evidencia

material en la investigación de los hechos delictivos presuntos o evidentes tiene como

finalidad generar una prueba criminalística, la cual según Pérez (2008), “vincula un

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sujeto determinado con la comisión de un hecho punible, bien sea ligándolo a la

escena del crimen o alguna de las circunstancias de tiempo, lugar o modo” (p. 34); en

otras palabras, es el eje en torno al cual se desarrolla todo proceso y su producción,

evacuación y valoración debe ser la razón de ser del mismo.

Cabe señalar, que en materia penal, la prueba está dirigida esencialmente a

corroborar la inocencia o a establecer la culpabilidad del procesado. Así, todo lo

atinente al debido proceso está estrictamente relacionado con la actividad probatoria y

los jueces deben acatar todas las pruebas pertinentes y eficaces para lograr tal fin.

Al respecto, el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de

Venezuela (1999) consagra el derecho al debido proceso y en los numerales 1 y 2

explica en qué consiste el derecho a la defensa y la presunción de inocencia. Así

señala que “…serán nulas las pruebas obtenidas mediante violación del debido

proceso…”. Por lo tanto, el Juzgado de juicio no puede incorporar para su lectura

aquellas pruebas, no producidas conforme a las disposiciones legales.

Asimismo, debe resaltarse el principio de interés público de la función de la

prueba, presente en una mejor apreciación de los hechos por parte del juez y, la

posibilidad de una decisión basada en la verdad real y no formal; así como el

principio de la naturalidad, espontaneidad y licitud de la prueba, los cuales

constituyen en su conjunto, con los otros principios probatorios un carácter de orden

público dada la importancia que reviste para la justicia, la prueba de los hechos

presentados por las partes en la secuela del proceso.

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Por ello, se ha extendido la apreciación de la utilidad de las ciencias forenses, en

su carácter de aplicación del conocimiento científico a la investigación criminal, y de

sus variedades: balística, medicina forense, planimetría, dactiloscopia, trazología,

para el estudio o análisis de la evidencia material recolectada en el lugar de los

acontecimientos, de los sitios de interés e indagar acerca de los posibles modo de

ocurrencia de los hechos, demostrar o descartar la existencia de un delito y la

presunta intervención de determinadas personas.

Cabe señalar, que la criminalística es una ciencia penal, natural y

multidisciplinaria que se encarga de investigar técnica y científicamente los hechos

delictivos para su esclarecimiento. Al respecto, Rojas (2009), sostiene que “se trata de

buscar la verdad, investigar, observar, explicar, experimentar e interpretar con la

finalidad de encontrar la exactitud y autenticidad de los hechos” (p. 75).

Precisamente, el problema de la criminalística reside en su capacidad para

desarrollar instrumentalmente sus propósitos, para así determinar si un hecho es

punible o no, esclarecer técnica y científicamente los actos delictivos, identificar e

individualizar los instrumentos usados, las evidencias, los autores o partícipes, y

luego, suministrar elementos que permitan al Juez, tomar una decisión objetiva.

En este orden de ideas, uno de los campos donde, en opinión de López (2010),

“se suscitan más problemas con el valor probatorio de las experticias criminalísticas,

es la escena criminal” (p. 7). Es decir, el lugar del evento, donde las circunstancias y

características del acontecimiento permiten sospechar la comisión de un delito.

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Efectivamente, en la escena del crimen se revela la trama del mismo, puesto que

en la mayoría de los casos existen características, e indicios donde comienza, se

desarrolla y finaliza el hecho. Por tanto, la conclusión del caso depende del

investigador designado, de su habilidad para analizar la escena del crimen y

determinar, dónde, cuándo, cómo, quién y porqué, se suscitaron los hechos,

propiciando así la detención del autor y su procesamiento.

Ahora bien, en el proceso penal venezolano, a los efectos del control y

contradicción de la prueba criminalística hallada en la escena criminal, se debe

observar, en primer término, la fehaciencia y verosimilitud del indicio. Para esto se

debe prestar atención a sí el lugar, el tiempo y el modo del hallazgo constan o no en

las actuaciones con anterioridad a cualquier señalamiento que involucre a personas

concretas o de posibles exigencias realizadas a esos individuos en el sentido de que

aporten evidencias materiales (sangre, apéndices pilosos, semen, objetos personales)

para objeto de comparación y descarte.

Cabe señalar, que esto es de suma importancia, porque la evidencia material no

puede aparecer de la nada y porque su hallazgo en el escena del crimen; es decir, la

escena criminal, o en otros lugares de relevancia criminalística debe ser documentado

y descrito de manera inmediata y detallada en el acta o registro de la inspección

técnica respectiva. Ciertamente, en la escena criminal es donde se va a encontrar las

evidencias físicas del delito, la víctima, instrumentos usados, en algunos casos el

victimario y en general, los objetos empleados por el autor o partícipes del hecho

delictivo.

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Al respecto, Ruiz (2009) manifiesta que

…los indicios son testigos mudos que no mienten, pero hay que saber

identificarlos porque se ocultan en la cotidianeidad. Por tanto, a estos

elementos hay que saberlos valorar e interpretar ya que los mismos permiten

constatar la existencia de un hecho delictivo y la forma en que se produjo (p.

26).

Asimismo, al interpretar la escena criminal es posible reconstruir el hecho, la

identificación de las víctimas, autores y partícipes en la comisión de hechos

criminales y también dar respuestas a las interrogantes de la investigación penal:

¿Dónde? ¿Qué? ¿Con qué? ¿Cómo? ¿Cuándo? ¿Quién? Preguntas que orientan la

pesquisa criminalística englobando toda la parte técnica, métodos y procedimientos

científicos que tiene como objeto llegar al conocimiento de la verdad, la

comprobación del delito e identificación de los actores de los eventos objetos de

análisis.

En este sentido, Salazar(2009), sostiene que “el lugar del hecho habla” (p. 89); y

por ello, cada miembro del equipo de investigación busca en éste lo que le interesa; la

policía, los elementos policiales, indicios, evidencias; los médicos legistas, los signos

de violencia en el cadáver; las máculas; también el psiquiatra forense busca las

huellas psicológicas de la víctima y del victimario.

Cabe mencionar que, en ocasiones, está todo: el cadáver, el arma homicida, las

pruebas criminalísticas, el autor del crimen, pero falta el móvil, la motivación, a veces

confusa e ignorada hasta para el propio victimario, y es aquí donde la criminalística

entra a jugar su papel y muchas veces la clave del enigma está en la inspección

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técnica, definida por Terán (2008), como “la actividad dirigida a recrear lo ocurrido

en un lugar y tiempo determinados, mediante el auxilio de elementos físicos y

testimoniales que refieren como se suscitaron los eventos” (p. 11).

Por consiguiente, señala Pérez (2008), para preservar la idoneidad y fidelidad de

la evidencia, los primeros en tener contacto con la escena criminal deben ser los

especialistas en inspecciones técnicas, luego de que la misma haya sido preservada

por la policía preventiva o por funcionarios de investigación policial, ya que es ahí

donde se van a analizar y recabar gran cantidad de evidencias que deberán

resguardarse para su posterior estudio en los laboratorios de criminalística para el

esclarecimiento del hecho investigado.

Por ello, es importante que quien practique la inspección técnica esté preparado

y capacitado con el cuerpo de conocimientos necesarios para realizar esta labor,

aplicando metodología científica en la observación, fijación, colección, embalaje y

etiquetado de las evidencias, en concordancia con lo establecido en artículo 182 del

Código Orgánico Procesal Penal (2012) y el artículo 34 de la Ley Orgánica del

Servicio de Policía de Investigación, el Cuerpo de Investigaciones Científicas,

Penales y Criminalísticas y el Instituto Nacional de Medicina y Ciencias Forenses

(2012).

En este contexto, el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y

Justicia en coordinación con el Ministerio Público, en cumplimiento de lo establecido

en el artículo 187 del Código Orgánico Procesal Penal (2012), elaboraron el Manual

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de Procedimientos en Materia de Cadena de Custodia de Evidencias Físicas (2012),

con el propósito de desarrollar distintos puntos relacionados con la labor diaria de la

criminalística al servicio de la justicia, cumpliendo con su objetivo que es determinar

la existencia de un acto delictivo y la identidad del autor del ilícito, mediante la

utilización del conocimiento de todas las ciencias y artes a su alcance.

De igual modo, la realización del Manual de Procedimientos en Materia de

Cadena de Custodia de Evidencias Físicas (2012), resalta la importancia del

tratamiento técnico de la escena criminal como fundamento de la investigación penal,

en los términos establecidos en el artículo 12 de la Ley Orgánica del Servicio de

Policía de Investigación, el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y

Criminalísticas y el Instituto Nacional de Medicina y Ciencias Forenses (2012),

respecto a que los órganos y entes con competencia en materia de investigación penal

y policial actuarán con estricto apego, respeto y garantía de los derechos humanos y

el debido proceso, consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de

Venezuela (1999).

En consecuencia, es primordial que nadie pase, toque, ni pise la escena del

crimen sin antes observar bien y documentar lo hallado, tomando este recaudo como

premisa básica. Lo que no se documenta en la primera inspección ocular, no podrá

reproducirse en una segunda, si fuera necesaria y se pretendiera materializar, tal como

lo es la reconstrucción judicial del hecho delictivo. En este orden de ideas, la

evidencia material, que es parte del aspecto objetivo de la prueba criminalística, debe

ser observada a la luz de las reglas que rigen su obtención, recolección e

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incorporación al proceso, tales como la legalidad, necesidad, pertinencia, utilidad y la

cadena de custodia.

Es oportuno mencionar, que la Cadena de Custodia es definida por Rodríguez

(2011), como

…el conjunto de procedimientos empleados en la Inspección Técnica del

Sitio del Suceso y del cadáver, debiendo cumplirse progresivamente con

los siguientes pasos: protección, fijación, colección, embalaje, rotulado,

etiquetado, preservación y traslado de las evidencias digitales o físicas a

las respectivas dependencias de investigaciones penales, criminalísticas o

ciencias forenses u órganos jurisdiccionales (p. 91).

De tal manera, que la cadena de custodia conforma la garantía legal que permite

el manejo idóneo de las evidencias digitales o físicas, con el objeto de impedir su

modificación, alteración o contaminación, desde el momento de su localización en el

sitio del suceso o lugar de hallazgo; durante su recorrido por las distintas

dependencias que cumplen funciones de investigaciones penales, criminalísticas o

forenses, y que realizan experticias orientadas a obtener información que permita

vincular la evidencia digital o física con un hecho particular acerca de cómo se

desarrollaron los hechos, continuando con la consignación de los resultados a la

autoridad competente, con lo que culmina el proceso.

Desde esta perspectiva, la presente investigación pretende estudiar el Manual de

Procedimientos en Materia de Cadena de Custodia de Evidencias Físicas (2012) como

garantía del debido proceso, manifestada en la integridad de la inspección técnica en

la escena criminal a fin de que la inobservancia de esta regla no impida descubrir la

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identidad de los responsables del crimen y, por ende, esclarecer el acontecimiento

delictuoso.De este modo, se pretende evitar que el indicio recolectado en la escena

criminal, susceptible de ser elevado al estatus de prueba judicial, sea cuestionado en

su incorporación al proceso, al carecer de aquellos elementos que integrados en el

procedimiento de cadena de custodia de las evidencias físicas, permiten garantizar su

integridad y con ello fe del acto consumado.

Asimismo, dentro de la cadena de custodia se encuentra inmerso todo el

procedimiento empleado en la inspección técnica del lugar y del cadáver; ya que en

esta, debe cumplirse paulatinamente con los pasos de protección, fijación, colección,

embalaje, rotulado-etiquetado, preservación y traslado de las evidencias a los

respectivos laboratorios y departamentos de los cuerpos de investigación criminal.

En este orden de ideas, el problema que aborda la presente investigación reside

en que si los órganos de investigación no procedieren correctamente, estarían

violando los dos primeros eslabones de la cadena de custodia de la evidencia, que son

la descripción del hallazgo, recolección y embalaje de la evidencia material y ello,

según lo expresado por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia,

en sentencia No 154 del 27 de abril de 2006, en ponencia del Magistrado Eladio

Ramón Aponte Aponte:

…da derecho a dudar de la autenticidad tanto del hecho del hallazgo

como de la misma evidencia pues la estricta observancia de la cadena de

custodia es la garantía de certeza, autenticidad y fiabilidad de la

evidencia material y de su uso como base para la prueba pericial en el

proceso penal.

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De tal modo, que toda imprecisión en la reseña del hallazgo y del embalaje de la

evidencia puede dar lugar a presunciones de implantación o manipulación de aquella,

puesto que es necesario establecer la verosimilitud del indicio de acuerdo a las

características del lugar, personas, tiempo, clima u otros factores.

Por lo tanto, debe existir un control absoluto y una observancia estricta del

debido proceso y de las reglas de la lógica, máximas de experiencia y el conocimiento

científico, tanto en la obtención como en el análisis, conservación y traslado de la

evidencia física, a fin de poder acreditar su autenticidad y evitar su manipulación,

pérdida, sustitución, contaminación o deterioro. Al respecto, Salcedo (2008), señala

que “habida cuenta de que la evidencia material es el sustrato objetivo principal de la

prueba criminalística es necesario garantizar en todo momento su autenticidad y su

integridad” (p. 208). Se trata de avalar la existencia de los elementos mínimos que

resultan exigibles por los justiciables para que el proceso probatorio en desarrollo

pueda permitirle acceder a la justicia que el Estado de Derecho está comprometido a

otorgarle.

En consecuencia, de acuerdo a lo hasta aquí planteado, el problema sujeto de

estudio puede formularse en los siguientes términos: Si las autoridades de

investigación y persecución penal, que tienen la carga de la prueba, desconocen lo

establecido en el Manual de Procedimientos en Materia de Cadena de Custodia de

Evidencias Físicas (2012), no están en condiciones de certificar la autenticidad de la

evidencia incriminatoria y entonces, se compromete la fiabilidad del hallazgo y su

capacidad para identificar los hechos delictivos con sus autores, lo cual afecta la

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validez y legitimidad del proceso judicialcomo instrumento que sirve adecuadamente

para su objetivo y finalidad.

Ciertamente, en la adecuada reseña del hallazgo presente en los registros de

inspección del lugar del suceso o escena de crimen, se debe establecer qué se

encontró, donde y como se halló, con todas la precisiones refreídas a forma, peso,

medidas, dimensiones aproximadas y aspecto. Si este requisito falta, sostiene Pérez

(ob. cit.), “no hay autenticación posible de la evidencia física, pues la pregunta que

todo el mundo le haría a los investigadores en ese caso es ¿de dónde sacaron ustedes

esa evidencia?” (p. 47).

En este contexto, la presente investigación pretende estudiar la aplicación del

Manual de Procedimientos en Materia de Cadena de Custodia de Evidencias Físicas

(2012), a través de la identificación de la regulación jurídica que la regula, así como

el tratamiento jurisprudencial a la autenticación de la evidencia material

recolectadaen un proceso constituido en el vehículo que proporciona y asegura a los

ciudadanos el acceso a la justicia, como respuesta a las siguientes interrogantes:

¿Cuáles son las normas que en el Manual de Procedimientos en Materia de

Cadena de Custodia de Evidencias Físicas regulan la materialización del principio

constitucional del Debido Proceso en el procedimiento de inspección técnica de la

escena del crimen? ¿Cuálha sido el tratamiento jurisprudencial de la aplicación del

Manual de Procedimientos en Materia de Cadena de Custodia de Evidencias Físicas

en la autenticación de la evidencia material recolectada en la escena del crimen en el

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proceso penal venezolano?¿Cuáles el alcance del Manual de Procedimientos en

Materia de Cadena de Custodia de Evidencias Físicas como materialización del

principio constitucional del Debido Proceso referido a la validez y legitimidad del

proceso penal venezolano?

De esta manera, las respuestas a las interrogantes planteadas conducen al análisis

del Manual de Procedimientos en Materia de Cadena de Custodia de Evidencias

Físicas (2012) como materialización del principio constitucional del Debido

Procesocomo vehículo que proporciona legitimidad y asegura a los ciudadanos el

acceso a la justicia, entendida esta como valor fundamental de la vida en sociedad.

Objetivos de la Investigación

Objetivo General

Estudiar el Manual de Procedimientos en Materia de Cadena de Custodia de

Evidencias Físicas como garantía del debido proceso penal venezolano.

Objetivos Específicos

1. Identificar las normas que en el Manual de Procedimientos en Materia de

Cadena de Custodia de Evidencias Físicas regulan la materialización del principio

constitucional del Debido Proceso en el procedimiento de inspección técnica de la

escena del crimen.

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2.Señalar el tratamiento jurisprudencial de la aplicación del Manual de

Procedimientos en Materia de Cadena de Custodia de Evidencias Físicas en la

autenticación de la evidencia material recolectada en la escena del crimen en el

proceso penal venezolano.

3. Examinar el alcance del Manual de Procedimientos en Materia de Cadena de

Custodia de Evidencias Físicas como materialización del principio constitucional del

Debido Proceso referido a la validez y legitimidad del proceso penal venezolano.

Justificación El objetivo principal de un procedimiento de prueba es la averiguación de los

hechos de la causa. Este no es un asunto trivial. Primero, porque el juez no ha tenido

acceso directo a los hechos, de modo que lo que inmediatamente conoce son

enunciados sobre los hechos, cuya verdad hay que probar. Segundo, porque la verdad

de tales enunciados ha de ser obtenida casi siempre mediante un razonamiento

inductivo a partir de otros enunciados fácticos verdaderos. Tercero, porque la

averiguación de la verdad ha de hacerse mediante unos cauces institucionales que

muchas veces estorban (y otras claramente impiden) la consecución de ese objetivo.

En algunos casos, la verdad de los enunciados fácticos relevantes para la causa

puede conocerse mediante observación de los hechos a que hacen referencia, es decir,

mediante lo que podría denominarse prueba observacional, cuyo grado de certeza

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puede considerarse absoluto. Sin embargo, por regla general, el juez no ha estado

presente cuando se produjeron los hechos, de modo que su conocimiento de ellos no

es casi nunca directo o inmediato, sino indirecto o mediato. Es decir, las pruebas, en

estos casos, no son el resultado directo de la observación, sino de una inferencia que

se realiza a partir de otros enunciados

De tal manera, que en el proceso penal prueba es al mismo tiempo el medio

empleado para la averiguación de la verdad y el resultado de la actuación

jurisdiccional en el caso concreto objeto de análisis. Es la actividad que tiende a

obtener la verdad material de lo ocurrido, y se ocupa por lo tanto de acreditar más allá

de toda duda que existe el hecho incriminado como tal; que se ha comprobado la

participación del involucrado; su grado de responsabilidad (su culpabilidad), y su

personalidad, sus motivaciones, la razón de su actuar.

Desde este punto de vista, la presente investigación aporta una base cognoscitiva

sobre la regulación jurídica venezolana del procedimiento de inspección técnica de la

escena del crimen, en los términos establecidos en el Manual de Procedimientos en

Materia de Cadena de Custodia de Evidencias Físicas (2012) que permitirá ampliar

los conocimientos en un aspecto que hasta el momento está orientado a la

discrecionalidad que ofrece la adopción de la doctrina y el seguimiento de la

jurisprudencia.

De esta manera, se beneficia a todos los ciudadanos venezolanos, al procurar

garantizarles el derecho a un proceso justo, legítimo y transparente que resguardan la

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defensa en juicio de las partes sometidas a proceso (acusado, imputado, querellante,

víctima y Ministerio Público); en lo que atañe a la posibilidad de examinar las

probanzas que formen parte tanto de la acusación como de la estrategia defensiva del

inculpado.

En consecuencia, los resultados de la presente investigación beneficiarán a los

funcionarios de la policía científica al indicar los parámetros que le confieren

legitimidad al proceso técnico y científico de tratamiento de la escena del crimen,

puesto que la fiabilidad de los resultados dependerá de su validez científica y de su

corrección técnica: lo primero, porque muchas de estas pruebas pueden ser realizadas

por métodos diferentes y no todos ellos gozan del mismo grado de aceptación en la

comunidad científica, de manera que la validez científica del método usado pudiera

ser objeto de discusión; lo segundo, porque la aceptabilidad de la prueba dependerá

también de que ésta se haya realizado correctamente, de manera que su corrección

técnica podría ser también puesta en entredicho.

Asimismo, la información generada en esta investigación beneficiará a los

operadores de justicia, al mostrar que no se requiere sólo corrección técnico-

científica, sino también corrección técnico-procesal. Así, a efectos de valorar

positivamente el resultado de una inspección técnica, el problema no es ya la validez

científica de la prueba, que pudiera considerarse absoluta, sino su correcta realización

en el laboratorio (corrección técnico-científica) y saber quién tomó la evidencia

material, por orden de quién, en qué objeto estaba depositada, en qué punto concreto

(corrección técnico-procesal).

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De lo anterior se deriva que, es fundamental que los profesionales del derecho

conozcan los antecedentes pertinentes y estén conscientes de las normas que en el

Manual de Procedimientos en Materia de Cadena de Custodia de Evidencias Físicas

(2012) regulan la materialización del principio constitucional del Debido Proceso en

el procedimiento de inspección técnica de la escena del crimen, que deben aprender

para lograr la posibilidad de exigir la valoración pertinente de la prueba científica en

el contexto de un Estado de Derecho y Justicia.

Por consiguiente, este aspecto le confiere valor cognitivo y operacional a esta

investigación: al proporcionar información acerca como determinar la culpabilidad a

través del proceso, dentro de las posibilidades humanas, con la prueba de cargo

acumulada, para así alcanzar lo que se denomina la verdad procesal, un hecho más

allá de toda duda razonable.De esta manera, los resultados de esta investigación

constituirán un aporte significativo al área penal venezolana, brindando elementos

cognitivos y operacionales acerca de un tema que no ha sido desarrollado en la

doctrina y jurisprudencia patria.

En este sentido, la importancia académica e institucional de la presente

investigación se basa en su seguimiento a los criterios establecidos por la Universidad

Fermín Toro en el Polo I: Estudiar la Violencia para Promover la Paz; puesto que el

hecho de la aplicación del Manual de Procedimientos en Materia de Cadena de

Custodia de Evidencias Físicas, posibilita una articulación democrática con el sistema

judicial nacional y los poderes del Estado que permite la reducción de la violencia

institucional que se evidencia cuando no se materializa el principio constitucional del

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Debido Proceso.

En efecto, desde el punto de vista académico, el principio que le confiere mayor

relevancia a esta investigación consiste en la identificación de las bases conceptuales

de la libre valoración judicial, o de la libre convicción que supone la comprensión del

verdadero alcance y valor de la actividad jurisdiccional, el reconocimiento de sus

poderes discrecionales, implícitos en el ejercicio de su función, y de la forma en que

los hombres pueden llegar a adquirir un conocimiento adecuado sobre cosas que no

han presenciado con sus ojos por lo que deben pasar por las representaciones de los

demás hasta formarse un juicio de culpabilidad o no respecto de un individuo

concreto, en una situación específica de vida humana.

Cabe destacar, que en el marco de la Línea de Investigación: Violencia y el

Proceso Judicial, el presente trabajo pretende exponer a los órganos de justicia en el

área penal, la relevancia de respetar la integridad de la inspección técnica en la escena

criminal a fin de que la inobservancia de las reglas establecidas en el Manual de

Procedimientos en Materia de Cadena de Custodia de Evidencias Físicas (2012) no

impida descubrir la identidad de los responsables del crimen y, por ende, esclarecer el

acontecimiento delictuoso.

Asimismo, desde el enfoque aportado por el ámbito Violencia y Estado, la

presente investigación reconoce funciones jurisdiccionales a las instituciones

policiales del territorio nacional, que practican entre sus actividades el resguardo,

fijación, colección, embalaje, rotulado, etiquetaje, traslado, preservación, análisis,

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almacenaje y custodia de las evidencias físicas, conla finalidad de mantener un

criterio unificado de patrones criminalísticos.

En síntesis, la relevancia de la presente investigación reside en su objetivo

teleológico; esto es, que los ciudadanos no queden como simples espectadores de un

proceso ajeno al poder jurisdiccional, sometidos pasivamente a la interpretación de

los jueces ordinarios, sino que conozcan y exijan la aplicación de los procedimientos

generales y específicos de la cadena de custodia de las evidencias físicas, a los fines

de que sea demostrada la integridadde éstas desde la etapa de investigación hasta la

culminación del proceso.

Descripción Metodológica

Naturaleza de la Investigación

La presente investigación tiene como propósito estudiar el Manual de

Procedimientos en Materia de Cadena de Custodia de Evidencias Físicas (2012) como

garantía del debido proceso penal venezolano; por lo tanto, el tratamiento de la

temática corresponde con las características del paradigma cualitativo, definido por

Castillo (2009), como:

…aquel donde el conocimiento se considera como el fruto o resultado de

una interacción, de una dialéctica, o comunicación dialógica, entre el

conocedor y el objeto por conocer, mediante la conceptualización o

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categorización de los factores biológicos, psicológicos y culturales

aportados por los interlocutores (p. 26).

Por otra parte, el estudio tiene como finalidad identificarlas normas que en el

Manual de Procedimientos en Materia de Cadena de Custodia de Evidencias Físicas

(2012) regulan la materialización del principio constitucional del Debido Proceso en

el procedimiento de inspección técnica de la escena del crimen, por lo que asume la

forma de una investigación jurídica-dogmática definida por Rojas (2010) como:

…la sucesión de pasos y actividades relacionadas con el estudio de los

instrumentos técnicos y metodológicos necesarios para conocer, elaborar,

aplicar e identificar el objeto de conocimiento a través de su

contextualización en el Derecho desde una óptica legal y formalista (p. 25).

En consecuencia, para llevar a cabo la presente investigación jurídico dogmática

se desarrolla una intensa, rigurosa y detallada búsqueda de información bibliográfica,

hemerográfica, electrónica, provenientes de las diferentes fuentes del derecho,

sometidos a una rigurosa síntesis, en correspondencia a los objetivos planteados y el

marco teórico referencial consultado relacionada con la inspección técnica de la

escena criminal y la cadena de custodia de las evidencias recolectadas en la misma.

Asimismo, en congruencia con el propósito de señalar el tratamiento

jurisprudencial de la aplicación del Manual de Procedimientos en Materia de Cadena

de Custodia de Evidencias Físicas (2012) en la autenticación de la evidencia material

recolectada en la escena del crimen en el proceso penal venezolano, la naturaleza del

estudio se corresponde con una investigación jurídica-descriptiva, acerca de la cual

Sánchez (2007) indica que:

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…tiene como objetivo lograr la descripción del tema que se estudia,

interpretando el hecho fáctico (lo que es). Utiliza el método de análisis, y de

esta forma el problema jurídico se descompondrá en sus diversos aspectos y

elementos, permitiendo ofrecer una imagen integral del funcionamiento de

una norma o institución jurídica, tanto desde el punto de vista

epistemológico como de su praxis.(p. 55).

En este contexto, puesto que el presente estudio tiene como finalidadexaminar el

alcance del Manual de Procedimientos en Materia de Cadena de Custodia de

Evidencias Físicas como materialización del principio constitucional del Debido

Proceso, la estrategia a desarrollar se corresponde con un diseño documental, definida

por Lamas (2011), como:

… el estudio de problemas y fenómenos, con el propósito de ampliar y

profundizar el conocimiento de su naturaleza, con apoyo,

principalmente, en trabajos previos, información y datos divulgados por

medios impresos, audiovisuales y electrónicos, contrastados con

respecto a el enfoque, criterios, conceptualizaciones, reflexiones,

propias del autor (p.27).

Desde esta perspectiva, en la presente investigación se registran y descomponen

con precisión una amplia variedad de características relativasa la materialización del

principio constitucional del Debido Proceso en el contexto de inspección técnica de la

escena del crimen y la cadena de custodia de las evidencias encontradas.

Técnicas para la Recolección de Información

Con la finalidad de recolectar información acerca de la aplicación del Manual de

Procedimientos en Materia de Cadena de Custodia de Evidencias Físicas (2012) como

21

materialización del principio constitucional del Debido Proceso referido a la validez y

legitimidad del proceso penal venezolano, es necesario reconocer y explorar todo el

conjunto de fuentes útiles tales como libros, artículos científicos, revistas,

publicaciones y boletines diversos, contentivos de información útil y pertinente.

Ahora bien, en una investigación documental, para poder manejar la información

proveniente de las fuentes secundarias, es necesario utilizar un medio denominado

instrumento, definido por Latiegui (2010) como “cualquier recurso, dispositivo o

formato (en papel o digital), de que pueda valerse el investigador para acercarse a los

fenómenos y extraer de ellos información” (p. 37).

Así, en el contexto de esta definición, en la presente investigación, para recabar

información acerca de las normas que en el Manual de Procedimientos en Materia de

Cadena de Custodia de Evidencias Físicas (2012) regulan la materialización del

principio constitucional del Debido Proceso en el procedimiento de inspección

técnica de la escena del crimen, se utilizan como instrumentos: la observación

documental, la presentación resumida de textos, el resumen analítico y el análisis

crítico.

Observación Documental

La información se recolectará mediante la técnica de observación documental

definida por Dávila (2009), como “…el estudio de todo los escritos, películas,

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fotografías, reproducciones de sonidos y objetos de toda clase que puedan ser

considerados documentos, contentiva de información relevante según los criterios de

búsqueda” (p. 53). En este contexto, la observación documental es utilizada en la

presente investigación, para señalar el tratamiento jurisprudencial de la aplicación del

Manual de Procedimientos en Materia de Cadena de Custodia de Evidencias Físicas

(2012) en la autenticación de la evidencia material recolectada en el escenario de la

acción delictivaen el proceso penal venezolano.

Presentación Resumida de Textos

Debido a la diversidad de fuentes secundarias que contienen información

relacionada con las normas que regulan el procedimiento de inspección técnica de la

locación donde ocurrió el delito, será necesario realizar una lectura previa y una

síntesis de su contenido, con auxilio de la presentación resumida de textos, técnica

definida por Grúber (2010), como

... la síntesis de lo leído a fin de mostrar su sentido general mediante la

identificación de las ideas principales, módulos o puntos básicos alrededor, en

un formato que permite cotejar la exactitud en la transcripción de las ideas del

autor así como la incorporación de frases y palabras provenientes de quien

compendia (p. 224).

En este orden de ideas, en el presente estudio se emplea la presentación

resumida de textos para recolectar información relacionada con lamaterialización del

principio constitucional del Debido Proceso referido a la validez y legitimidad de la

recolección y procesamiento de las evidencias recolectadas en la escena del crimen.

23

Técnicas Operacionales para el Manejo de Fuentes Documentales

En una investigación documental, al ubicar y seleccionar los materiales

bibliográficos necesario, se inicia el registro de la información requerida, según el

plan de trabajo propuesto, el cual contiene una serie de actividades prácticas que

determinan el tratamiento que se le otorga, en correspondencia a los objetivos

previamente planteados.

De tal manera, que en la presente investigación de carácter documental, se

emplean para el manejo operacional de la información recolectada relacionada conlas

normas que regulan la materialización del principio constitucional del Debido

Proceso en el procedimiento de inspección técnica de la escena del crimen, técnicas

operacionales específicas, entre ellas: el subrayado, fichaje, notas de referencia y citas

textuales.

Subrayado

En una investigación documental es frecuente que se recolecten diferentes datos

y elementos, que dispersos en las diversas fuentes, proporcionan información

relevante a la luz de los objetivos planteados. Por ello, es de suma utilidad resaltarlos

de manera tal que puedan ser fácilmente ubicados en una posterior lectura.

En efecto, dada la gran cantidad de datos que se originan de las fuentes

secundarias, independientemente de que la información a manejar sea abundante o

24

restringida, sería desproporcionado intentar memorizarla en su totalidad. Por tanto, es

de mucha utilidad utilizar técnicas que permitan reducir los textos destacando las

ideas esenciales.

Desde este punto de vista, Moreno (2009), define la técnica del subrayado como

la actividad sistemática orientada a

...descollar con colores, líneas por debajo del texto, resaltadores

fosforescentes, la información que se desea localizar en una próxima

revisión del documento. Así, en la primera lectura del texto se van

resaltando las ideas principales para luego aislarlas rápidamente del resto del

trabajo y reestructurarlas para resumir la misma (p. 92).

En este trabajo de investigación, la técnica del subrayado se emplea para

examinar el alcance del Manual de Procedimientos en Materia de Cadena de Custodia

de Evidencias Físicas (2012) como materialización del principio constitucional del

Debido Proceso referido a la validez y legitimidad del proceso penal venezolano.

Fichaje

Una investigación documental se fundamenta en la búsqueda y categorización de

todo lo que se ha escrito sobre el tema en estudio. Así, al ubicar las diferentes fuentes

de información documental, es necesario recolectar los datos, que proporcionan estos

medios, para elaborar el trabajo de manera gradual y sistemática.

Desde esta perspectiva, al localizar las fuentes de información documental es

posible obtener datos mediante la técnica del fichaje, definida por Terán (2010),

25

como “la racionalización al máximo de la etapa del acopio de las fuentes de

conocimiento y el establecimiento de las conexiones necesarias entre los datos

obtenidos y el objetivo general que se propone alcanzar” (p. 9).

En este orden y dirección, para que este proceso de indagación inicial se

desarrolle de manera eficiente y suministre la mayor cantidad posible de datos

relacionados con las normas que regulan la materialización del principio

constitucional del Debido Proceso en el procedimiento de inspección técnica de la

escena del crimen, es importante manejar las técnicas idóneas que faciliten la labor de

recolectarlos, identificarlos y ordenarlos.

Notas de Referencia

Para que la información recolectada sea procesa eficientemente se deben utilizar

técnicas que faciliten su empleo de manera rápida. Tal propósito, se logra una vez que

se ha consultado y leído la bibliografía recopilada, empleando como auxiliares a las

notas de referencias, definidas por Salazar (2010), son “asientos breves y concisos

anotados en el margen de los folios registrados, que cumplen una función meramente

instrumental: relacionar los contenidos entre sí, y con el plan general de trabajo” (p.

128). En la presente investigación, las notas de referencia se emplean para

examinarel alcance del Manual de Procedimientos en Materia de Cadena de Custodia

de Evidencias Físicas como materialización del principio constitucional del Debido

Proceso referido a la validez y legitimidad del proceso penal venezolano

26

Técnicas para el Análisis de la Información

El Derecho como ciencia social se encarga, entre otras cosas, de analizar

mediante diversas técnicas, el contenido y el alcance teórico de los textos jurídicos

que utiliza. De esta manera, el investigador cuenta con diferentes métodos que le

permiten indagar sobre el objetivo que indaga y sobre las normas que lo regulan.

En este contexto, al finalizar el procesamiento de la información, los datos han

de ser sometidos a un proceso de reestructuración técnica, que permite recontarlos y

resumirlos antes de utilizar un método específico de interpretación y explicación, en

el marco de los objetivos planteados para la investigación.

A este respecto, Carvajal (2010) señala que las técnicas de análisis e

interpretación son “el conjunto de procedimientos lógicos para la investigación de las

causas y de los fines del Derecho, para el conocimiento e interpretación de sus

fuentes, para la estructura de su explicación positiva y técnica” (p. 284). Así, en la

presente investigación se utilizan el método exegético y el de integración del derecho.

Método Exegético

En el contexto de una investigación jurídico-dogmática, el investigador debe

emplear un método que le aproxime al fenómeno en correspondencia con la posición

epistemológica que fundamente la prosecución de los objetivos planteados y su

desarrollo. En este sentido, Rivas (2010), sostiene que el método exegético está

27

referido a la “interpretación jurídica de la ley como fuente única y exclusiva del

Derecho, lo que le atribuye sentido y significado propio a las palabras que conforman

la norma, según la conexión de ellas entre sí y la intención del legislador” (p. 77).

Desde este enfoque, en la presente investigación, el método exegético se utiliza

para descifrar lo más auténticamente posible, la materialización del principio

constitucional del Debido Proceso referido a la validez y legitimidad del proceso

penal venezolano.

Método de Integración del Derecho

Para apreciar el espíritu que tuvieron el Ministerio del Poder Popular para

Relaciones Interiores y Justicia,y el Ministerio Público en la elaboración del Manual

de Procedimientos en Materia de Cadena de Custodia de Evidencias Físicas (2012),

así como el sentido semántico de las palabras utilizadas para regular el

comportamiento de las ciudadanos, se deben analizar las estructuras gramaticales

presentes en el texto legal o indagando en otras normas su integración con respecto a

una posición filosófica, teleológica, epistemológica o filosófica del régimen de

convivencia familiar, con la finalidad de examinar el alcance de este

instrumentocomo materialización del principio constitucional del Debido Proceso

referido a la validez y legitimidad del proceso penal venezolano.

En este sentido, García (2010), señala que el método de integración del derecho,

es aquel que “permite al jurista, recurrir a diversas fuentes para buscar la solución de

28

los conflictos cuando no se encuentra en la Ley, o las disposiciones legales no

abarcan al fenómeno en su totalidad” (p. 531).

Desde este punto de vista, en la presente investigación se utilizará el método de

integración del derecho para abordar las normas que regulan el procedimiento de

inspección técnica de la escena del crimencomo materialización del principio

constitucional del Debido Proceso.

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