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territorio recursos naturales participación MADRE SA MADRE SAL la Una historia de resistencia en defensa del territorio , los recursos naturales y la participación indígena. La Mesa de Comunidades de Salinas Grandes, un espacio para articular soluciones colectivas. Pág. 2 Un reclamo que llegó al máximo organo de justicia argentino. Pág. 4 La audiencia en La Corte, un escenario que evidenció las desigualdades y los desafíos pendientes Pág. 6 En Ojo Del Huancar con el Relator de la ONU Sobre Derechos Indigenas. Pág. 9 Qué dijo el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU sobre el Caso Salinas Grandes. Pág. 10. Representantes de la Mesa de Salinas Grandes en el acceso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, donde aún se encuentra sin resolver un amparo en reclamo por el derecho a la consulta y al consentimiento previo, libre e informado.

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territorio recursos naturales participaciónMADRE SALMADRE SALla

Una historia de resistencia en defensa delterritorio, los recursos naturales y la participación indígena.

La Mesa de Comunidades de Salinas Grandes, un espacio para articular soluciones colectivas. Pág. 2 • Un reclamo que llegó al máximo organo de justicia argentino. Pág. 4 • La audiencia en La Corte, un escenario que evidenció las desigualdades y los desafíos pendientes Pág. 6 • En Ojo Del Huancar con el Relator de la ONU Sobre Derechos Indigenas. Pág. 9 • Qué dijo el Comité de Derechos Económicos,

Sociales y Culturales de la ONU sobre el Caso Salinas Grandes. Pág. 10.

Representantes de la Mesa de Salinas Grandes en el acceso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, donde aún se encuentra sin resolver un amparo en reclamo por el derecho a la consulta y al consentimiento previo, libre e informado.

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la Mesa de Comunidades de Salinas Grandes

Un espacio para articular soluciones colectivas

La Mesa de comunidades de la Cuen-ca de Salinas Grandes y Laguna de

Guayatayoc, es un espacio constituido para articular soluciones colectivas a las problemáticas que afectan las po-sibilidades de desarrollo de esa región y evitar situaciones que signifiquen un avasallamiento a los derechos indíge-nas. Este ámbito surgió como una respuesta organizativa frente al intento de em-presas mineras de avanzar en tareas de exploración. Nicolás Alancay, uno de los miembros de la “mesa chica”, el órgano ejecutivo de este encuentro de comunidades, explica que la convocatoria se reali-zó cuando las comunidades de Aguas Blancas, Santuario de Tres Pozos y Cianzo advirtieron la intrusión de em-presas que pretendían efectuar trabajos de exploración minera.Concretamente, el hecho que desen-cadenó el proceso fue la propuesta de una empresa a la Cooperativa de Mi-neros de Salinas Grandes, para la firma de un convenio para la exploración de litio. Ante esto, las comunidades se asesoraron y concurrieron rápidamen-te al Juzgado Administrativo de Minas para requerirle información y solicitar-le la aplicación del Convenio 169 de la OIT, en lo que respecta a la consulta y la participación de las comunidades en las cuestiones referidas a los recursos

naturales.“Nosotros entendíamos que había que consultar a las comunidades de las Sa-linas” dice Alancay y explica que ante este planteo el Juzgado de Minas les respondió que no era un tema de su competencia entrometerse en acuerdos entre las empresas y las comunidades.Ante este escenario, las tres comuni-dades de la Cooperativa de Mineros de Salinas Grandes convocaron a las comunidades de la cuenca para com-partir la situación que se estaba plan-

Corte de Justicia - donde advierten que hay “un favoritismo con el Gobierno de Jujuy”- no obtienen satisfacción al re-clamo, llegarán hasta las instancias de litigio regional e internacional.Las comunidades se oponen al litio porque “queremos conservar la sal, mantener nuestra cultura y la forma de producción de nuestros antepasados, y queremos preservar el agua” dice y agrega que las Salinas Grandes es “un territorio que nos une como comuni-dades, pero además la Salina es nues-tra madre, ahí vivimos y ahí vivieron nuestros antepasados, si dejamos que la exploten a la Pachamama cómo va-mos después a pedirle que nos ayude?” se cuestiona y añade que “si dañan a la Salinas es como si nos dañaran a todos”

UNA PRODUCCIÓN TRADICIONAL

Nicolás Alancay precisa que la Coope-rativa de Mineros de Salinas Grandes-constituida por las comunidades de Aguas Blancas, Tres Pozos, Pozo Colo-rado y Cianzo- tiene actualmente 29 pedimentos. “La cooperativa trabaja en el desarrollo de sal, cuenta con maqui-narias para el procesamiento industrial

teando. “Siempre entendimos que no se trataba de cómo hacer negocios, sino que se trata de ver cómo los traba-jos por el litio podían afectar a las sali-nas y nuestro sistema de vida. Sabemos

que esto puede impactar sobre toda la cuenca y las comunidades ubicadas en la ruta ex 40, la 11”.De esta manera, a los efectos de res-guardar el territorio y el derecho de las comunidades a ser escuchadas, llega-ron a Corte Suprema de Justicia de la Nación. En efecto, se presentaron ante el máximo tribunal con la intención para poder frenar los avances de las empresas y reclamando por el derecho a la consulta, como una herramienta que les permita decidir sobre las op-ciones de desarrollo.

LA SALINA “NUESTRA MADRE”

“Fue una decisión unánime seguir con la sal y no permitir el litio” afirma Nicolás Alancay y agrega que si en la

“ ”Fue una decisón unánime seguir con la sal y no

permitir el litio

“ ”la Salina es nuestra madre.

Si dejamos que la exploten a la Pachamama, ¿Cómo

vamos después a pedirle que nos ayude?

Los protagonistas

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de sal y tiene proyectos para poder avanzar en el fraccionamiento”.Pero esta no es la única Cooperativa ubicada en la región. Hay diversos mi-croemprendimientos, esfuerzos aso-ciativos de los pobladores que también trabajan la sal. Entre ellos, –mencio-na Alancay- la Salera Cachi de Aguas Blancas, la Salera Norte y la Salera Eco, ambas de Tres Pozos, y la Salera Puna de Cerro Negro (Salta)

AMPLIANDO LA AGENDA DE TRABAJO

La Mesa de Salinas fue fortaleciéndose en el análisis de problemáticas comu-nes, como la regularización dominial del territorio, porque en esa región aún las comunidades no cuentan con el tí-tulo comunitario.

la asamblea general con la representa-ción de las 33 comunidades (alrededor de 150 personas). La asamblea van ro-tando de lugar, todos los mese se hace una comunidad distinta. Y la tercer semana de cada mes se reúne la mesa chica que define un plan de ejecución y garantiza las condiciones para la bús-queda de soluciones y para la consoli-dación del proceso asambleario.

Ante las trabas burocráticas que afec-tan el proceso de entrega de las tierras, la Mesa de Salinas analiza ahora la po-sibilidad de peticionar un solo título colectivo para todas las comunidades de la región.La mesa chica de Salinas, que integra Alancay, está conformada por dos re-presentantes pro región elegidos por asamblea. Esta mesa tiene como fun-ción realizar gestiones en Jujuy y ade-más lleva a todas las comunidades las decisiones y los debate que luego se re-suelven en asamblea general.Actualmente, la mesa ha ampliado su agenda de trabajo, y en esta línea se es-tán planteando temas como salud, edu-cación, proyectos de desarrollo, para fortalecer a la cuenca. La primer semana de cada mes sesiona

Las comunidades aborígenes abajo firmantes habitamos desde tiempos ancestrales la cuenca de la Laguna de Gua-yatayoc y Salinas Grandes, todas fuimos reconocidas jurídi-camente por el Estado.Somos descendientes de los pueblos que originalmente ha-bitaron estas tierras, y hemos aprendido de nuestros Abue-los a cuidar y proteger nuestro territorio, el cual desde el Siglo XIX forma parte del Estado argentino. Como comunidades indígenas hemos realizado permanen-tes reclamos para que nos titularicen las tierras que habi-tamos. Con alegría y esperanza hemos recibido el anun-cio del reconocimiento de nuestros derechos. Imaginamos que por fin íbamos a poder concretar la plena posesión de nuestras tierras. Sin embargo, hasta hoy no lo hemos logrado, el Gobierno Provincial no cumple con lo ordenado por la Constitución Nacional ni por la sentencia judicial que así le ordena. No obstante, seguiremos luchando, utilizando todas las herra-mientas jurídicas existentes hasta lograr la plena devolu-ción y regularización de las mismas.Durante el año pasado, con preocupación, comenzamos a ser testigos mudos de una nueva actividad en la región, nadie nos informó nada a pesar de la vigencia de derechos que exigen que nos consulten (Constitución Nacional, arti-culo 6 del Convenio 169 de la OIT). Nos enteramos por ru-mores y por los medios de prensa, que habían descubierto litio en el subsuelo de los salares de la Puna de Salta y Jujuy.

Todos los anuncios del Gobierno, daban cuenta de la im-portancia de este nuevo emprendimiento para la economía nacional e internacional. Sin embargo, nadie dijo nada de cómo esta nueva explotación nos puede afectar a las comu-nidades y a nuestro territorio: a las salinas, a las vertientes de agua, a los pastos, a nuestros ganados, a la Pacha, a nues-tras costumbres y creencias, etc. En síntesis: a toda nuestra vida.Primeramente recurrimos a las autoridades para que nos informen, pero nos dijeron que no pasaba nada. Viendo que los movimientos continuaban y el silencio también, nos reunimos todas las comunidades hermanas y comprobando que el gobierno salteño tenía igual comportamiento, en el mes de Noviembre de 2010 decidimos presentar una de-manda de amparo ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación en contra del Estado provincial de Jujuy, de Salta y del Estado Nacional, por:“por la manifiestamente arbitraria e ilegal autorización y/o cualquier acto administrativo dictado por las autoridades respectivas de cada Provincia, que otorguen permisos de exploración y/o cateo o explotación de minerales, en el te-rritorio habitado por las comunidades indígenas, sin haber cumplido con las normas del debido proceso y las garantías necesarias que permitan el acceso al trámite y el ejercicio cabal de sus derechos reconocidos en la Constitución Nacio-nal e instrumentos internacionales a la consulta previa, libre e informada”.

MESA DE PUEBLOS ORIGINARIOSDE LA CUENCA DE GUAYATAYOC Y SALINAS GRANDES

Los protagonistas

La Mesa en primera persona

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Un reclamo que llegóal máximo organo

de justicia argentino

En la acción de amparo que se tramita como Expte. C- Nro. 1146/10 Tomo 46, participan las comunidades indígenas de Santuario de Tres Pozos, San Francisco de Alfarcito, Santa Ana, Abralaite, Río Grande y Agua de Castilla, Aguas Blan-cas, Sianzo, Rinconadillas, Santa Ana de la Puna, Sayate Oeste, Quebraleña –to-das estas del Departamento de Cochino-ca-; Lipán, Sol de Mayo, Pozo Colorad, El Angosto, San Miguel de Colorados –ubicadas en el Dpto. de Tumbaya-, así como las comunidades de Cerro Negro, Casa Colorada, Esquina de Guardia, Ata-cama de Rangel, Cobres, Tipán (Dpto. La Poma/ Salta), Lijan Antai- Corralitos (Los Andes/Salta).A través del amparo, las comunidades le han solicitado a la Corte que condene al Estado Nacional y a los estados de Jujuy y Salta a “arbitrar las medidas que sean necesarias para hacer efectivos los dere-chos de participación y consulta, a fines de expresar el consentimiento libre, pre-vio e informado sobre los programas de prospección o explotación de los recur-

EL CONTEXTO

Tanto en Jujuy como en Salta, en el mar-co del boom del litio, se han iniciado actividades y concedido permisos de exploración y explotación minera, en-contrándose algunas empresas en plena actividad, sin que las comunidades abo-rígenes locales ni siquiera posean infor-mación acabada y suficiente del proceso que se lleva a cabo, en los territorios que les pertenecen y dónde habitan hace cen-tenares de años. El conflicto denunciado por la Mesa de Salinas, concretamente tuvo su origen cuando la comunidad de Santuario de Tres Pozos observó que dentro de su te-rritorio se había generado un área inun-dada por una perforación realizada en el marco de trabajos de prospección mine-ra. Un informe técnico efectuado a pedido del COAJ, por el Dr. En Biología Jor-ge Gonnet y el Dr. En Geología Aníbal Manzur determinó que la situación se produjo al haberse afectado un acuífero y destacó que “esta situación de inunda-ción está afectando la condición natural de la salina en el sitio”. Los técnicos ad-viertieron entonces que “si la condición de surgencia se extiende en el tiempo, se generará una importante superficie de agua permanente, que provocará un impacto significativo sobre el sistema sa-lino, afectando la posibilidad de explota-ción tradicional de sales”. Una situación similar fue denunciada por las comunidades de Cobres, Tipán y Cerro Negro de Salta, quienes observa-ron la realización de pozos con una má-

sos existentes en sus tierras”. Concretamente, las comunidades espe-ran que la justicia ordene a los gobier-nos la implementación de mecanismos adecuados de participación y consulta a las comunidades aborígenes, en los ex-pedientes administrativos en trámite, en los cuales se otorgaron permisos de ex-ploración y/o explotación de minerales en la zona de la Sub-Cuenca Laguna de Guayatayoc – Salinas Grandes, de ambas provincias, en razón de la omisión de consulta previa e información y partici-pación.

Derechos en acción

EL LITIO, el núcleo del conflictoEl litio es un mineral que actualmente tiene numerosos usos en la industria y en la medicina (se utiliza en baterías, vidrio, grasas, lubricantes, aires acondicionados, industria, metalúrgica, medicina). Sin embargo la mayor demanda de este mineral en los próximos años será para la fabricación de baterías de teléfonos inteligentes, celulares, computadoras y, principalmente, autos eléctricos. La demanda de este mineral registra un ostensible incremento, paralelo al incremento de la demanda de tecnologías inteligentes.El 85 % de las reservas descubiertas de litio en el mundo, se encuentran en el trián-gulo comprendido por Bolivia (Salar Uyuni), Chile (Salar de Atacama) y Argentina (salinas de la puna jujeña y salteña y norte de Catamarca).

Según el relevamiento efectuado por la Red de Asistencia Jurídica, sobre las reser-vas que las empresas declaran de carbonato de litio, existen en Argentina un total de 12.903.00o toneladas de carbonato de litio. El valor actual de litio está alrededor de 6.600 usd/ton, lo que nos daría un total aproximado de 85.159.800.000 USDArgentina es el tercer productor mundial, desde hace 15 años se explota el Salar del Hombre Muerto en la Provincia de Catamarca, por la transnacional FMC Lithium Corporation a través de su subsidiaria Minera del Altiplano S.A.En el año 2010, las exportaciones argentinas de carbonato de litio fueron de US$ 50 millones.

Actualmente al menos 12 empresas transnacionales mineras de litio exploran en la Puna jujeña y salteña, con un total de 33 proyectos, de los cuales al menos 4 buscan comenzar su explotación en los próximos 2 a 6 años.

El 24 de noviembre de 2010, las 33 comunidades que integran la Mesa

de la Cuenca de Salinas Grandes de-nunciaron –ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación- a los Estados pro-vinciales de Jujuy y Salta por violentar la Constitución Nacional y tratados in-ternacionales que reconocen el derecho de los pueblos indígenas a participar y ser consultados en la gestión de los re-cursos naturales de sus territorios y a decidir sobre asuntos referidos al de-sarrollo. Denuncian que la situación, podría llegar a configurar, un delito de lesa humanidad ya que se está afectan-do la identidad misma de estos pueblos que mantienen una especial relación con el territorio.

Reserva de litio en Argentina

En el Norte

Fuente: Boletín REDAJ

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Los derechos violentados

quina perforadora en el sector del Salar de Salinas Grandes, que también generó inundaciones con “agua que fluye y es dulce”.Numerosas denuncias han sido formula-das por los afectados, ante dependencias policiales, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable, el Juzgado y la Dirección de Minas, etc. Sin embargo, las autoridades estatales nacionales y locales, han hecho caso omiso y no han otorgado la apropiada participación y consulta.

LA SAL Y EL AGUA, RECURSOS VITALES

Los integrantes de las comunidades abo-rígenes que se han presentado en el am-paro, viven desde tiempos inmemoriales en y de las Salinas Grandes, que abarcan los departamentos de Cochinoca y Tum-baya de la provincia de Jujuy, y los de-partamentos de La Poma y Cobres de la provincia de Salta, e integran la subcuen-ca de la Laguna de Guayatayoc - Salinas

“Ha sido y es actualmente una práctica habitual, permitir que las empresas se

relacionen directamente con las comuni-dades, con una ausencia del Estado total y absoluta. Son las empresas mineras las que informan, ofrecen, dividen, com-pran a las comunidades, con la promesa de oportunidades laborales, a través de profesionales dedicados exclusivamente a esta tarea. La práctica no es fruto de la casualidad sino una política de estado, donde el Estado se posiciona como su-puesto árbitro y no como el responsable de la protección del Medio Ambiente y de los derechos de sus ciudadanos, de las Comunidades y Pueblos Indígenas” se señala en el amparo.En estos procesos, se han vulnerado de-rechos que les han sido reconocido a las comunidades indígenas con la reforma constitucional de 1994 y que quedaron plasmados en el art. 75 inc. 17, pero ade-más se estaría violentando el Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales, la Declaración de Naciones Uni-das sobre Pueblos Indígenas y la legisla-ción ambiental nacional y provincial.El territorio donde se encuentran en trá-mite los pedimentos mineros de litio y borato es territorio de las Comunidades de los Pueblos Indígenas Argentinos de Jujuy y Salta. La Constitución argentina establece la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas y les reconoce el de-recho a ser consultados en todas las cuestiones que los afecten. También el Convenio 169 de la OI en su art. 15 esta-blece que los derechos de los pueblos a los recursos naturales existentes en sus tierras deben protegerse especialmente. Estos derechos comprenden el derecho

que les han proveído de sustento por ge-neraciones, antaño mediante el trueque y los viajes, y luego como jornaleros en las cooperativas salineras. Las salinas tal cual las conocen son parte de su historia e identidad.Las comunidades desconocen hasta el momento, varias cuestiones sobre el im-pacto que provocará en sus regiones la explotación de litio. Una de ellas es, por ejemplo, el uso de agua, un recurso vital en una zona árida por excelencia como la puna.La cuestión del agua es un tema de vital importancia en toda esta cuenca. La ma-yoría de las comunidades vive de activi-dades pastoriles, cría de ovejas y llamas, y sembradío de pequeñas chacras. Esta cuenca hídrica de por sí delicada puede verse en peligro, al secarse vertientes, ojos de agua y ciénegas, necesarias para el desarrollo de las economías locales de subsistencia y de la prácticas que hacen a la reproducción de la cultura e identidad andinas.

información, que no sólo se base en cri-terios ambientales o economicistas, sino que tenga en cuenta las posibles conse-cuencias de las intervenciones dentro del entorno natural, y los espacios de re-creación de las prácticas culturales.Las comunidades sin sus tierras, sin sus cerros, sin sus ojos de agua, no son, de-jan de tener atributos que hacen a su personalidad. “Atentar contra la iden-tidad o contra estos derechos, mas allá de ser delitos contra el medio ambiente, son delitos de lesa humanidad, inicios de un nuevo genocidio silencioso”, se resal-ta en el amparo.“Si se priva a estas comunidades del ac-ceso al agua para sus haciendas, pastu-ras y chacras, se les priva de sus espacios de reproducción cultural, lo cual deja de ser un tema meramente económico, y aunque el daño se pueda resarcir econó-micamente, la pérdida de estos espacios de reproducción cultural es la muerte de una identidad, es un genocidio realizado en aras de una homogenización cultu-ral”. El “consentimiento expresado libre-mente y con pleno conocimiento” es el estándar que debería utilizarse siempre en relación a cualquier actividad que pu-diera afectar los derechos de los pueblos indígenas. El estándar constitucional es asegurar su participación en la ges-tión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que los afecten. Es un corolario esencial del derecho de libre determinación. Requiere que los pueblos indígenas reciban toda la infor-mación necesaria sobre la cual basarse, para llegar libremente a una decisión sobre las ventajas y desventajas de per-mitir que el Estado se comprometa en cualquier actividad que pudiera te-ner un impacto sobre sus derechos e intereses y expresen su con-sentimiento.

Grandes. Las salinas constituyen un ecosistema único, que desde siempre provee a las Comunidades Indígenas de la zona de los recursos materiales necesarios para su sustento, por el trabajo y la produc-ción de la sal. Pero además, tanto o más importante que la dimensión material, es la relación entre los pueblos originarios y las sali-nas, porque reviste un carácter espiritual único: éstas son su hogar y su medio de subsistencia, el lugar en que descan-san sus ancestros y dónde despliegan su identidad y su cultura. Allí, los pueblos indígenas desarrollan su vida en perfecta armonía con el medio ambiente, cuidan-do de no afectar el delicado equilibrio natural del que ellos mismos forman parte. Sin las salinas, condición necesa-ria de la existencia de las Comunidades Indígenas, éstas desaparecerían. La mayoría de los miembros de las comu-nidades que se presentan en este amparo, trabajan o han trabajado en las salinas,

de esos pueblos a participar en la utiliza-ción, administración y conservación de dichos recursos.Particularmente, el inc. 2 de ese artículo, expresa que “en caso de que (los recur-sos) pertenezcan al Estado la propiedad de los minerales o de los recursos del subsuelo, o tenga derechos sobre otros recursos existentes en las tierras, los go-biernos deberán establecer o mantener procedimientos con miras a consultar a los pueblos interesados, a fin de deter-minar si los intereses de esos pueblos se-rían perjudicados, y en qué medida, an-tes de emprender o autorizar cualquier programa de prospección o explotación de los recursos existentes en sus tierras”.Sin embargo, las comunidades de Sali-nas Grandes continúan en los hechos sufriendo graves violaciones de sus de-rechos, porque no fueron informadas ni mucho menos consultadas. Tampoco se ha aplicado un procedimien-to previo de evaluación de impacto am-biental, con plena información y audien-cia publica, como lo establecen las leyes ambientales Nº 25.675 y 25.831.No puede ni debe realizarse ningún tipo de actividad minera sin el consen-timiento libre, previo e informado de las comunidades involucradas. Las mismas no son solamente las que se encuentran geográficamente en el lugar del pedi-mento, sino que deben ser consultadas todas las comunidades que de alguna forma puedan ser afectadas en su modo de vivir, ya que la concepción de Pacha-mama implica una cosmovisión que tie-ne en cuenta a todos los integrantes del entorno natural de las comunidades.Pero además, el consentimiento debe ser dado luego de una profunda y seria

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Nuestra voz ante los juecesAudiencia en la corte

un escenario que evidencio las desigualdades y los desafíos pendientes

El 28 de marzo de 2012, las comuni-dades jujeñas de Salinas Grandes y

el Gobierno de Jujuy participaron en la Corte de una audiencia convocada por los jueces del máximo órgano de justicia de la Argentina. Lo sucedido allí, fue una metáfora de las desigualdades que impac-tan al mundo indígena y un indicador del extenso camino que habrá que recorrer en Argentina, para que la efectivización de los derechos de los pueblos que preexis-tieron al Estado, sean una realidad. La audiencia contó con la presencia de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Car-los Fayt. Las comunidades indígenas es-tuvieron representadas por el dirigente Librio Flores y la asesora legal Alicia Cha-labe, en tanto el Gobierno de Jujuy estuvo representado por el Fiscal de Estado Al-berto Matuk y una dirigente de Susques, Rosa Calpanchay que el gobierno pidió que participara, a pesar de que su comu-nidad no integra la zona en conflicto, Sa-linas Grandes.Las comunidades temen que la explota-ción del litio altere el ecosistema de las Salinas y las prive de su fuente principal de subsistencia, las salinas. Esto obligaría a una transmigración, un fenómeno que crece a medida que se extiende el modelo de desarrollo extractivo y que aumenta la vulnerabilidad de los pueblos indígenas. La convocatoria de la Corte a una audien-cia para escuchar a las partes involucra-das, es sin dudas un avance en la interlo-cución entre los pueblos y el Estado, y un reconocimiento de su existencia. Algo no menor, en un país que se había obstinado en invisibilizar su componente étnico. Es

un hito en el proceso de reconocimiento y en el intento por comprender la especi-ficidad del derecho indígena que está en-raizado en una concepción diferente a la de Occidente, y que por ello requiere una experticia ya no sólo jurídica, sino tam-bién antropológica.

QUÉ RECLAMARON LAS COMUNIDADES INDIGENAS

Durante la audiencia, la abogada Cha-labe, al ser consultada sobre qué esperan de la Corte definió: “esperamos un pro-ceso de consulta con los estándares de derechos humanos” y señaló las pautas que deben regir ese procedimiento y que fueron fijadas por la Corte Interamerica-na de Derechos Humano en el fallo Sara-maka vs Surinam. Allí el máximo órgano del sistema inte-ramericano recordó en primer término que “los Estados deben respetar la es-pecial relación que los miembros de los pueblos indígenas y tribales tienen con su territorio a modo de garantizar su super-vivencia social, cultural y económica”. Un concepto que varias veces fue explicado por la abogada Chalabe: la relación de las comunidades con su territorio es una re-lación “casi humana”, define su identidad y su existencia misma. Las comunidades son en el territorio y sin él, desaparecen.

CÓMO DEBE SER LA CONSULTA

En el fallo mencionado, la CIDH al con-denar a Suriman señaló que “el Estado tiene el deber de consultar, activamente, con la comunidad, según sus costumbres y tradiciones”. Es decir se trata de un pro-cedimiento adecuado culturalmente, con los métodos tradicionales de su pueblo.Pero además ese deber •requiere que “el Estado acepte y brinde información, e im-plica una comunicación constante entre las partes. Las consultas deben realizarse de buena fe, a través de procedimientos culturalmente adecuados y deben tener como fin llegar a un acuerdo”. El procedimiento, entonces requiere de una actitud proactiva del Estado en la provisión de información, información que debe ser comprensible para las co-munidades, debe ser oportuna y suficien-te para entender las intervenciones que se prevén en su territorio y sus posibles efectos. Pero además la CIDH avanza en preci-siones y señala que el deber de consulta debe garantizarse en las primeras etapas del plan de desarrollo o inversión, y no únicamente cuando surja la necesidad de obtener la aprobación, por ejemplo para un proyecto minero. Es decir, debe haber un esfuerzo por participarles a las comu-nidades los proyectos de desarrollo antes de que se definan.La CIDH en ese fallo además señala que el Estado, debe asegurarse que los indíge-nas •tengan conocimiento de los posibles riesgos, incluido los riesgos ambientales y de salubridad, a fin de que acepten el plan de desarrollo o inversión propuesto con conocimiento y de forma voluntaria”.

EL CONSENTIMIENTO

Pero además, la CIDH no solo define el derecho de participación y consulta de las comunidades, sino que además precisa el derecho al consentimiento previo, libre e informado, tomando los aportes de la Re-latoría Especial de la ONU sobre pueblos indígenas. “Siempre que se lleven a cabo proyectos a gran escala en áreas ocupadas por pueblos indígenas, es probable que estas comunidades tengan que atravesar cambios sociales y económicos profundos que las autoridades competentes no son capaces de entender, mucho menos anti-cipar. Los efectos principales […] com-prenden la pérdida de territorios y tierra tradicional, el desalojo, la migración y el posible reasentamiento, agotamiento de recursos necesarios para la subsistencia física y cultural, la destrucción y contami-nación del ambiente tradicional, la desor-ganización social y comunitaria, los nega-tivos impactos sanitarios y nutricionales de larga duración [y], en algunos casos, abuso y violencia. En consecuencia, el Re-lator Especial de la ONU determinó que “es esencial el consentimiento libre, pre-vio e informado para la protección de los derechos humanos de los pueblos indíge-nas en relación con grandes proyectos de desarrollo”.Nada de esto ha ocurrido en las Salinas Grandes, donde según el Fiscal de Esta-do Alberto Matuk, no hay autorizaciones para trabajos de exploración o explota-ción. Sin embargo, la información públi-ca de empresas como Orocobre, alertan sobre previsiones en ese sentido en la región. El Fiscal, ante la Corte, negó que haya autorizaciones, aunque si reconoce

Liborio Flores, un interlocutor indigena en la corte “Por el litio entraron empresas mineras, hicieron pozos, hubo derrames de agua dulce, manchas en el salar, hicieron terra-plenes. Y todo ha sucedido sin que pudié-ramos opinar. Los gobiernos nunca nos han consultado”, afirmó Liborio Flores, el repre-sentante indígena de Salinas en la Corte. El dirigente historizó las luchas de los pue-blos indígenas por sus tierras, como la Ba-talla de Quera y el Malón de la Paz y recla-mó además por los retrasos en las entregas de tierras.“Con la reforma de la Constitución de 1994, cuando el Estado reconoció a los pueblos indígenas, nos dieron una esperanza de recuperar nuestros territorios, el salar y poder trabajar. Sin embargo, la instrumentación de ese entramado constitucional se ha hecho demasiado largo en las provincias, no tenemos el reconocimiento de los territorios”, cuestionó.Flores, durante su intervención en la Corte, recordó que hace dos años las em-presas llegaron hasta la comunidad y hablaron con pocas familias para ofre-cerles trabajos y otros beneficios. “Eso ha hecho que nuestra en comunidad se produzcan divisiones”, lamentó y recordó que nunca se cumplió la consulta libre, previa e informada que establece la ley nacional e internacional.“Queremos preservar integridad cultural de nuestros pueblos, pero para eso necesitamos preservar la integridad de nuestros territorios. Queremos cuidar el medio ambiente, que es la vida de nuestros pueblos”, afirmó durante su in-tervención ante la Corte y sintetizó el reclamo: “Pedimos el cumplimiento de los derechos indígenas”.

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Nuestra voz ante los juecesAudiencia en la corte

un escenario que evidencio las desigualdades y los desafíos pendientes

EL CONSENTIMIENTO

Pero además, la CIDH no solo define el derecho de participación y consulta de las comunidades, sino que además precisa el derecho al consentimiento previo, libre e informado, tomando los aportes de la Re-latoría Especial de la ONU sobre pueblos indígenas. “Siempre que se lleven a cabo proyectos a gran escala en áreas ocupadas por pueblos indígenas, es probable que estas comunidades tengan que atravesar cambios sociales y económicos profundos que las autoridades competentes no son capaces de entender, mucho menos anti-cipar. Los efectos principales […] com-prenden la pérdida de territorios y tierra tradicional, el desalojo, la migración y el posible reasentamiento, agotamiento de recursos necesarios para la subsistencia física y cultural, la destrucción y contami-nación del ambiente tradicional, la desor-ganización social y comunitaria, los nega-tivos impactos sanitarios y nutricionales de larga duración [y], en algunos casos, abuso y violencia. En consecuencia, el Re-lator Especial de la ONU determinó que “es esencial el consentimiento libre, pre-vio e informado para la protección de los derechos humanos de los pueblos indíge-nas en relación con grandes proyectos de desarrollo”.Nada de esto ha ocurrido en las Salinas Grandes, donde según el Fiscal de Esta-do Alberto Matuk, no hay autorizaciones para trabajos de exploración o explota-ción. Sin embargo, la información públi-ca de empresas como Orocobre, alertan sobre previsiones en ese sentido en la región. El Fiscal, ante la Corte, negó que haya autorizaciones, aunque si reconoce

que hay pedimentos que aún no se han resuelto. Las comunidades lo que saben con cer-teza es que hay una política de Estado que ha definido como eje del desarrollo económico la explotación del litio. Y esto no ha sido un tema consultado previa-mente a los pueblos indígenas, ni se les ha provisto información para que pudieran tener conocimiento y reducir la incer-tidumbre y la desazón que genera el no conocer lo que está sucediendo. Lo que también saben las comunidades que concurrieron a la Corte es que hay litio en las Salinas. Y conocen, porque lo han vivido, la intromisión en sus territo-rios de particulares que representarían a empresas.El Estado, debe obtener el consentimien-to de los pueblos indígenas para llevar a cabo planes de desarrollo o inversión a gran escala que tengan un impacto signi-ficativo en el derecho al uso y goce de sus territorios ancestrales. Esto es lo que de-bió ocurrir en Salinas. Y la participación y consulta debió ser desde el inicio, aún cuando no haya aún exploraciones.. El Fiscal de Estado entiende, porque así lo dijo ante la Corte, que “el ordenamiento jurídico provincial satisface con holgura las cuestiones atinentes al medio ambien-te, a los recursos naturales y a la partici-pación de las comunidades aborígenes”. También aduce que la Unidad de Gestión Ambiental es el espacio de participación y que las comunidades son consultadas en los proyectos mineros. Lo que el Fiscal omite reconocer es que la representación indígena allí es mínima, pero además no reconoce que provincia no cuenta con un procedimiento claro, específico y adecua-do culturalmente para consultar a las co-munidades indígenas. Si consulta, lo hace mal. Tampoco cuenta con procedimien-tos para el consentimiento previo libre e informado. Los mecanismos existentes actualmente, no responden a los estánda-res del derecho indígena y además no se ha garantizado a las comunidades que en las lábiles instancias de consulta puedan contar con los elementos para poder di-rimir los informes de impacto ambiental, con el asesoramiento adecuado para in-terpretar los datos allí provistos.El Fiscal olvida además reconocer que en todo el debate por el litio, que importa un debate sobre el tipo de desarrollo, el Estado no se ha esforzado por garantizar la participación de todas las comunidades ubicadas en la región del litio. Si así hu-biera sido, las 33 comunidades que pro-mueven la demanda ante la Corte, no hu-bieran tenido que judicializar su reclamo.

Voces de protagonistas del reclamoVerónica Chávez es de Santuario de Tres Pozos, una de las comunidades alertadas por perforaciones. Ha dado una explicación simple y clara del conflicto que llevó a las comunidades a la justicia. “Sacaron agua dulce que está debajo y después se empezó a desarmar la salina. Esto es perjudicial para nosotros porque sacamos la sal de arrastre de la superficie. Y en esa parte donde se hizo el pozo .hemos perdido a la salina. Pero además, las empresa han realizado caminos por medio del salar para que cruzaran sus camionetas. Y todo, sin consul-tarnos ni nada”.Lino Alfredo Casimiro, dirigente de la comunidad Co-rralitos, precisa porqué las comunidades defienden las Salinas Grandes, un territorio que ven amenazado ante la posibilidad de avances de proyectos mineros. “Esta-mos en plena puna, allí nuestro principal recurso es la sal y no queremos que contaminen el territorio porque además subsistimos de una agricultura y ganadería en pequeña escala”.“El Gobierno de Jujuy hace oídos sordos, nosotros que-remos que nos consulten a las comunidades, porque no queremos tener que irnos de acá”, agrega.Félix Vedia de la comunidad de Abralaite, explica que las comunidades saben que en sus territorios hay pe-dimentos para la exploración de litio. “Por eso hicimos llegar nuestro reclamo a la Corte, porque queríamos que nos escuchen y que hagan cumplir nuestros dere-chos”.“Llegar a la Corte ha sido un logro, ha sido un paso im-portante, ahora vamos a seguir organizándonos para continuar esta lucha” advierte..Por su parte, Clemente Flores de El Moreno, expre-só su decepción por las expresiones vertidas por la representación del Gobierno en la Corte. “Nos vimos defraudados y nos preocupa que el Gobierno de Jujuy desconozca a las comunidades de las Salinas Grandes. Este es un territorio indígena y el Estado parece desco-nocerlo”. Flores además recuerda que la problemática de las Salinas ha merecido la atención del Relator de la ONU para pueblos indígenas y del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales del sistema de Na-ciones Unidas.Jose Sarapura de Cobres es enfático al manifestar el de-seo colectivo que une a estas 33 comunidades: “quere-mos que los gobiernos nos respeten como ciudadanos que pertenecemos a pueblos originarios. Queremos que las leyes, la Constitución Nacional y el Convenio 169 de la OIT se cumplan”.Nicolás Alancay por su parte, explica el valor de la sal y del agua. “Son sagradas para las comunidades origina-rias. Sin ellas no podemos vivir, no podemos ser. No son un recurso más que se pueda comercializar, no tienen valor económico sino que son elementos vitales”. Esta dimensión antropológica atraviesa el debate suscitado, porque la cosmovisión indígena, la concepción de los pueblos en torno a la existencia, es constituyente del derecho que reclaman las comunidades.“Tenemos entendido que para la extracción del litio se usa agua dulce. Tenemos miedo que en esa agua se vaya terminando y que nos quedemos en un futuro sin agua” expresa al materializar el temor que suscitaron las perforaciones y la desinformación.Walter Alancay de Cerro Negro comparte el temor. “Tenemos miedo que nuestros nietos queden con un territorio contaminado o donde no se puedan reali-zar nuestras prácticas, nuestros sembradíos. Tenemos miedo que se sequen esas aguadas y que nuestros jó-venes se tengan que trasladar a grandes ciudades. Por eso reclamamos que el gobierno nos consul-te”. Esa es la pretensión de las comunidades de la cuenca que abarca unas 12 mil hectáreas y donde habitan alrededor de 6500 personas.

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Nuestra voz ante los juecesLa líder del COAJ, Natalia Sarapura, ob-

servó que el Gobierno de la Provincia ha definido “una política de desarrollo ba-sada en la explotación de recursos natura-les. Esta política ha sido implementada a través de diversas acciones e instrumentos y en todo ese proceso no hubo participa-ción de las comunidades indígenas”. De hecho, el Poder Ejecutivo emitió un decre-to refrendado después por la Legislatura- que declaró al litio mineral estratégico. Las comunidades, se enteraron de los hechos consumados. No tuvieron tampoco participación en el debate sobre la distribución de las regalías. Cuando se aprobó una ley al respecto, la Legislatura omitió considerar a las comu-nidades, en cuyos territorios ancestrales se enclavan los yacimientos, como sujetos de percepción de esos beneficios. Tampoco tuvieron participación alguna en la creación del Comité de Expertos que se constituyó como una instancia de revisión de las autorizaciones para la explotación de litio. De hecho no integran ese Comi-té, porque evidentemente no se reconoce como un saber experto al conocimiento tradicional y ancestral de las comunidades.Pero no sólo no se ha dado participación, sino que no se ha provisto información suficiente y asequible. El estado está obli-gado, en virtud de su deber de garantizar el acceso a la información pública, a tener la iniciativa en brindar datos sobre temas de interés público, como lo es la minería. Y con las comunidades además está obliga-do a generar los mecanismos para garanti-zar que esa información sea aprehendida, comprendida, interpretada, porque solo de esa manera es posible emitir opiniones y tomar decisiones.La titular del COAJ, observó también que “se ha creado una empresa estatal para el desarrollo de la actividad minera (JEMSE) y en esa empresa no se da ninguna partici-pación a los pueblos indígenas”. Y advierte tajante: “en Jujuy hay una política de esta-do, que puede verse en los actos del Poder Ejecutivo y del parlamento, que se desarro-

institucionalildad estatal que permita ges-tionar la cuestión indígena, en una provin-cia que es multiétnica y pluricultural.“Para que las comunidades puedan ejercer en forma autónoma su derecho a expresar-se, a consentir o disentir, para que puedan dar una autorización, necesitan que se ga-ranticen procedimientos en base al dere-cho indígena. De lo contrario, no pueden tomar una decisión libremente” explica Natalia Sarapura.

EXPECTATIVAS, DESPUES DE LA AUDIENCIA

La Coordinadora General del COAJ, Nata-lia Sarapura, señaló que existe una enorme expectativa en los pueblos indígenas, por lo que pueda decidir la Corte, después de haber escuchado a las partes en litigio. “Los derechos de los pueblos indígenas siguen siendo un desafío en la Argentina” sentenció la líder indígena y señaló que si bien en 1994 se incorporaron a Consti-tución Nacional, “la institucionalidad del estado no ha cambiado para receptar estos derechos y gerenciar la diversidad”. Que las comunidades de Salinas hayan po-dido llegar a la Corte, implica en sí mismo un avance, porque expresa un reconoci-miento de una institución estatal a pueblos originarios. De hecho, los supremos por primera vez escucharon a comunidades andinas y, unas semanas antes, hicieron lo mismos con representantes de la comu-nidad qom “La Primavera” de Formosa. “Esto habla de la importancia que está ad-quiriendo la cuestión indígena en el esce-nario nacional” valora optimista Sarapura .La dirigente contrapone ese avance a las realidades locales, donde “.las acciones de los gobiernos provinciales de Jujuy y Salta dan cuenta de su vocación de desconocer o no escuchar a las comunidades”. Natalia Sarapura se esperanza con que el máximo tribunal argentino realice reco-mendaciones al Gobierno de Jujuy para que implemente procedimientos -basados en el derecho indígena y en la jurispruden-cia del sistema interamericano- que permi-tan garantizar el derecho a la participación, la consulta y el consentimiento, previo, libre e informado, un tema en debate en l América Latina.“Somos conscientes que la problemática planteada en la Corte toca muchos intere-ses, pero somos pueblos con una capacidad de resistencia histórica y sostenemos una lucha ancestral. Hemos hecho múltiples acciones para visibilizar la violación de de-rechos en el escenario nacional e interna-cional y vamos a seguir con estas acciones”, agrega.

lla en pos de garantizar la explotación del litio, sin consulta a las comunidades”. Insiste la líder en que “hay una estructura del Estado garantizando esa explotación y las Salinas Grandes constituye un territorio con potencialidad en tal sentido. Sin embar-go hay una voluntad manifiesta de no dis-cutir con las comunidades que habitan ese territorio y que poro eso llegaron a la Corte”.Sarapura, recordó que “el Estado es garante de derechos, pero en estos territorios indí-genas han ocurrido conculcaciones, sin que el Estado mediara. Hay comunidades en la zona de Salinas Grandes que han sido visi-tadas por particulares y empresas; allí hu-bieron perforaciones efectuadas sin autori-zación estatal, lo que revela una deficiencia en el poder de policía minero” dice y señala que la Provincia, no parece estar preparada para poder ejercer controles que garanticen que no se violarán los derechos de las comu-nidades.La dirigente indígena aclaró que el debate no es “litio si o litio no, ni minería si o minería no, el debate que pretendemos y el reclamo que están haciendo las 33 comunidades de Salinas Grandes es que deben ser informa-das en forma adecuada, deben participar, deben ser consultadas, y cuando los proyec-tos sean de alto impacto debe requerírsele el consentimiento previo, libre e informado”. Para esto hay que sortear prácticas enraiza-das en las instituciones públicas, la opacidad informativa, la falta de pertinencia cultural de la información, la ausencia de asesores o técnicos independientes que puedan acom-pañar a las comunidades, la subestimación de los pueblos indígenas como sujetos de derecho y la ausencia, en definitiva de una

Adolfo Pérez Esquivel: El Servicio de Paz y Justicia es una de las instituciones amigas del tribunal que elevó planteos a la Corte en apoyo al reclamo indígena. Su titular, el Premio Nobel de la Paz, Adolfo Pérez Esquivel explicó la decisión de su institución de acompañar a las comunidades de Salinas Grandes. “Entendemos que se trata de una cuestión donde está en juego el derecho del pue-blo a que se respete su vida, su identidad y su cultura. Las empresas mineras que entran a los territorios indígenas son depredadoras, van a saquear y después dejan un gran desierto, hambre y pobreza, como lo hemos visto en todas las partes del mundo”. El dirigente valora la convocatoria a audiencia efectuada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. “Ha sido un ámbito donde se han podido expresar las comuni-dades y donde hemos podido constatar que, lamentablemente, hay gobiernos que apoyan este tipo de política minera que privilegia el capital financiero por sobre la vida de los pueblos indígenas” observa.Pérez Esquivel anticipa en América Latina y en Argentina, una creciente conflictivi-dad social, determinada por las reacciones ciudadanas ante los avances de la mega-minería. “Estamos en una lucha, el gobierno nacional tiene una política determinada de avanzar en la explotación minera” afirma y confía en que “la resistencia del pue-blo” obligará a un debate y pondrá sobre la mesa una realidad que aún permanece oculta: la decisión de privilegiar los intereses de las mineras, por sobre los pueblos.

el SERPAJ en defensa del derecho a la vida y la cultura de los pueblos

“Se ha definido una política de desarrollo basada en la

explotacion de recursos naturales”

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En el territorio

El Relator Especial de Naciones Unidas para los Pueblos Indígenas, James Ana-

ya visitó a fines de noviembre de 2011, las Salinas Grandes, donde se reunió con las 33 comunidades de Jujuy y Salta que, en la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de-mandaron a los estados de Jujuy y Salta por la violación a sus derechos a la consulta y al consentimiento previo, libre e informado, producido en el marco de los trabajos de exploración que llevaban adelante empre-sas interesadas en la explotación del litio. El caso de Salinas había concitado el interés particular del Relator James Anaya quien a mediados de 2011 había recibido en Gine-bra a representantes de comunidades y sus asesores legales. En ese marco, Anaya asu-mió el compromiso de visitar la Argentina. El Relator en un informe anterior ya había advertido que “las actividades de las in-dustrias extractivas producen efectos que a menudo violan los derechos de los pueblos indígenas”. El Relator entonces señaló que “los proyectos de extracción de recursos naturales (…) constituyen una de las fuen-tes más importantes de abuso de los dere-chos de los pueblos indígenas en todo el mundo”, porque socavan habitualmente el derecho ala libre determinación de los pue-blos indígenas en las esferas política, social y económica.En su visita a la Argentina, Anaya, que es la máxima autoridad del sistema de Nacio-nes Unidas en materia indígena, llegó a las Salinas Grandes donde las comunidades que participan de la demanda pidieron al funcionario que efectúe recomendaciones al Estado Argentino para que se efectivice el derecho indígena a la consulta y al con-sentimiento previo, libre e informado.

Oyarzábal y Rodrigo Solá quienes llevan adelante el recurso ante la Corte de Justicia Nacional.Las exposiciones se centraron en la defensa del agua, un recurso natural escaso en esta región semidesértica y vital para las econo-mías de subsistencia de las comunidades. La posibilidad de que se extraiga litio im-plica la utilización intensiva de agua que nutre la actividad agroganadera y además también implica el desequilibrio del sis-tema salino del que viven. “No queremos que esto se convierta en un desierto, no podemos permitirnos dejarles eso a nues-tros hijos y no vamos a emigrar de acá, por eso vamos a defender nuestros derechos” dijeron.Defendieron también a las salinas y la pro-ducción de sal que configuran un modelo de desarrollo económico ancestral. De-nunciaron en ese marco los atropellos y amenazas de las empresas que realizan ex-ploraciones mineras en busca de litio.Otro reclamo central fue la devolución de los territorios que habitan desde siempre y en tal sentido requirieron que les sean entregados los títulos de propiedad comu-nitaria, tal como lo reconoce el derecho vi-gente. “Con la Constitución de 1994 se nos ha reconocido la propiedad de nuestros te-rritorio, sin embargo estamos en el 2011 y se ha producido un avance minero sin que se haya concretado el reconocimiento de nuestras tierras” enfatizaron.Pusieron de relieve los representantes indí-genas que se les ha violentado el derecho a ser consultados y el derecho a un desarro-llo con identidad propia.Para estas comunidades el vínculo con la tierra es constitutivo de su identidad, por-que la Pachamama es un espacio vital de realización. “Nos duele que rompan a nues-tra Madre Tierra” dijo Verónica Chávez y resaltó que “nosotros no comemos ni be-bemos litio, vivimos de la sal”. Denunció la dirigente que fueron amena-zados por una empresa este fin de semana cuando se encontraban en un sector de la salina. “Le pido al hermano Anaya que lle-ve nuestras presencias en su corazón. No-sotros vamos a pedirle a la Pachita que le de fuerza para defendernos” cerró su inter-vención emocionada Verónica. La abogada Alicia Chalabe por su parte le solicitó al Relator que incluya en su infor-me recomendaciones sobre el derecho a la consulta en los términos del derecho indí-gena y efectuó un pedido para que se implemente un mecanismo ágil de titulación y entrega de tierras. Su par, Enrique Oyharzábal, por su

James Anaya llegó en helicóptero al lugar denominado “Ojo del huancar” situado en el límite entre Jujuy y Salta. Allí lo aguarda-ban las comunidades con sus wipallas, su música, sus coplas y todos los ritos que son propios de sus culturas ancestrales.Al arribar a ese lugar, Anaya tras escuchar las expresiones de las representantes indí-genas de la región, anticipó la inclusión en su informe de la situación planteada. Y dijo que la “Organización de Naciones Unidas tiene una especial interese en los derechos de los pueblos indígenas” lo cual –desta-có- se ha expresado en la aprobación de la Declaración Universal de Derechos de los Pueblos Indígenas y el Convenio 169 de la OIT. En estos instrumentos, explicó a las comunidades, se reconocen “sus derechos a la libre determinación para poder decidir sus futuros, controlar sus propios territo-rios, participar en todas las decisiones que les afectan y poder determinar sus planes de desarrollo”.Reconoció James Anaya que se ha avanza-do en el reconocimiento de derechos indí-genas, “ahora falta que estos derechos sean ejercitados día a día por ustedes. Esta es la gran tarea en la que están los pueblos indí-genas del mundo. Ustedes debieran sentir-se apoyados por ellos y por la comunidad internacional y mi presencia aquí repre-senta ese apoyo”.

TODAS LAS VOCES

Anaya escuchó con atención los relatos de Clemente Flores, Liborio Flores, Benita Chácez, Verónica Chavez, Julio Valdivieso, Walter Alancay, entre otros dirigentes y a los asesores legales Alicia Chalabe, Enrique

En Ojo del Huancar con el Relator de la ONU sobre Derechos Indigenas

(continúa en pág. 10)

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10 • La Madre Sal.

En el territorioparte, explicó que en estos procesos es vital que se respete el derecho a la identidad y a un modelo de desarrollo que respete esa identidad. “Esta no es una discusión eco-nomicista, porque lo que está en juego con la explotación de litio es un modo de vida de pueblos con una cultura agrocéntrica” sintetizó.Por su parte, el abogado Rodrigo Solá se refirió al derecho al agua de las comunida-des y requirió al Relator que incluya una recomendación para que el estado Argen-tino garantice el acceso al agua desde la perspectiva del desarrollo con identidad”. También solicitó al Relator efectúe reco-mendaciones para que se garantice la se-guridad, la integridad física, psicológica y cultural, de estas comunidades que vienen sufriendo amenazas por parte de las em-presas. Al término del encuentro con el Relator James Anaya, las comunidades invitaron al funcionario y a sus colaboradores a parti-cipar del ancestral rito de darle de comer a la tierra. En ese lugar, donde hay un ojo de agua y con la Pacha abierta, todos se pos-traron en la tierra para pedirle que haya un futuro de mayor dignidad y respeto a los pueblos indígenas. -----.

El 2 de Diciembre de 2011. se aproba-ron las Conclusiones y Recomenda-

ciones del Comité de Derechos Econó-micos, Sociales y Culturales de la ONU respecto de Argentina. La Recomenda-ción Nº 9 alude especialmente el caso Salinas Grandes. En principio, el Comité expresa su preocupación por “las deficiencias en los procesos de consulta con las comunida-des indígenas, que en algunos casos han llevado a la explotación de los recursos naturales en los territorios tradicional-mente ocupados o utilizados por ellos sin su consentimiento libre, previo e in-formado y sin una indemnización justa y equitativa que atención a ellos, en vio-lación de la Constitución (art. 75) y el Convenio N º 169. En esa línea, señala: “El Comité está es-pecialmente preocupado por las conse-cuencias negativas de la explotación de litio en Salinas Grandes (Salta y Jujuy) en el medio ambiente, acceso al agua, forma de vida y subsistencia de las co-munidades indígenas (arts. 1, 11 y 12)”.El Comité recomendó al Estado argen-tino que “adopte las medidas necesarias

para detener violaciones de los derechos de los pueblos indígenas” y lo instó a “que introduzca siempre las consultas efectivas con las comunidades indíge-nas antes de conceder concesiones para la explotación económica de las tierras y territorios tradicionalmente ocupados o utilizados por ellos para las empresas del Estado o de terceros, cumpliendo con la obligación de obtener el consentimiento libre, previo y el consentimiento infor-mado de quienes se ven afectados por las actividades económicas mencionadas”.El Comité también instó al Estado a que “garantice la protección de las comuni-dades indígenas durante la ejecución de proyectos de exploración minera y la explotación. Con respecto a Sali-nas Grandes, el Comité insta al Esta-do Parte a cumplir con la decisión de la Corte Suprema de Justicia, cuando esté disponible. El Comité recuerda en este contexto su declaración sobre las obligaciones de los Estados Partes en relación con el sector empresarial y los derechos económicos, sociales y cultu-rales” (E/C.12/2011/1).

Orientaciones de Organos del sistema de Naciones Unidas

Qué dijo el Comité de Derechos Economicos, Sociales y Culturales de la ONU sobre el Caso

Salinas Grandes

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Orientaciones de Organos del sistema de Naciones Unidas

RECOMENDACIONES SOBRE INDUSTRIAS EXTRACTIVAS Y EL DERECHO A CONSULTA Y

CONSENTIMIENTO

LAS RECOMENDACIONES

Informe 2012 del Relator James Anaya

El Informe de la Relatoría de la ONU sobre Derechos de los Pueblos Indígenas que fue el resultado de la visita que efecuara James Anaya a la Argentina entre el 27 de noviembre y el 7 de diciembre del año pasado, hace una especial mención de Salinas Grandes y además efectúa una recomendación general para que se establezcan mecanismos para garantizar el derecho a la consulta y al consentimiento previo libre e informado.

El Relator observa que:

Entre las recomendaciones del Relator James Anaya, se destacan, en relación con la problemática que representa el caso Salinas Grandes, las siguientes:

“En las zonas desérticas del norte del país, específicamente en las provincias de Salta y Jujuy, representantes indí-genas expresaron su preocupación por el consumo de agua que realizan las empresas mineras y el temor de que ello conlleve efectos desastrosos sobre los niveles de este recurso en la zona. En la región de las Salinas Grandes que abarca las provincias de Salta y Jujuy, por ejemplo, se teme que la propuesta de explotación del litio afecte el nivel de agua en esta zona árida, el cual es necesario para la cría de ovejas, cabras y llamas, y es asimismo esencial para la producción y cosecha de la sal, una actividad importante para la economía tradicional de la zona”.

“El Estado debe elaborar un mecanismo o procedimiento de consulta, de acuerdo a los estándares internaciona-les, para aumentar la participación de los pueblos indígenas en las decisiones que les afectan, lo que podría ser desarrollado con el apoyo del sistema de las Naciones Unidas en Argentina”.

“El derecho de los pueblos indígenas a ser consultados, con el objetivo de lograr su consentimiento, está garan-tizado en el Convenio N.º 169 de la OIT, que forma parte del ordenamiento jurídico interno de Argentina, y por la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, que ha sido respaldada por el Gobierno argentino. Sin embargo, no existe ley o política alguna, tanto a nivel federal como provincial, que regule un procedimiento de consulta con los pueblos indígenas. Las leyes sectoriales de la nación, como la Ley de Hidrocarburos y el Código de Minería tampoco se refieren a la consulta con los pueblos indígenas, aunque esta última requiere del permiso de los “propietarios” de suelo para la exploración de minerales. Del mismo modo, la Ley General del Ambiente nacional sólo se refiere en términos generales al derecho de “toda persona” a ser con-sultada, afirmando a la misma vez que “[l]a opinión u objeción de los participantes no será vinculante”.

“De conformidad con los estándares internacionales aplicables, se deben llevar a cabo consultas con las comuni-dades que puedan verse afectadas por proyectos de desarrollo y explotación de recursos naturales con el objetivo de obtener su consentimiento libre, previo e informado sobre los aspectos de estos proyectos que afecten sus derechos humanos. Esto podría ser facilitado a través de la reglamentación de un procedimiento de consulta con los pueblos indígenas”.

“Debido en parte a estos vacíos legales y administrativos en relación con los proyectos extractivos, existe una ausencia de procesos de consulta con los pueblos indígenas que cumplan con los estándares internacionales. Son numerosos los casos que han sido llevados a la atención del Relator Especial alegando una falta de consulta. Por otro lado, se alega que los procesos de consulta que si se han realizado se han visto afectados por diversas irregu-laridades”.

“Como parte de este proceso, y especialmente en cuanto a propuestas de futuros proyectos, el Gobierno nacional y los gobiernos provinciales deben desarrollar estudios exhaustivos sobre los posibles impactos sociales y am-bientales, incluyendo sobre los recursos naturales como el agua, y sobre los derechos de los pueblos indígenas, que estos proyectos pudieran ocasionar”.

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“La madre Sal” es una publicación del Consejo de Organizaciones Aborígenes de Jujuy con el apor-te de la cooperación alemana a través del proyecto de WFD. Es una herramienta para contribuir al

fortalecimiento del proceso autogestivo de la Mesa de Comunidades de Salinas Grandes y Laguna de Guayatayoc.

Edición:COAJ – Coordinadora General Natalia Sarapura

WFP – cooperante Alejandra Castro KledeProducción y redacción:

María Inés ZigaránDiseño:

Hernán Paganini