MAAG/mrm · 2021. 1. 20. · 1 MAAG/mrm Sesión Ordinaria número 41 En la Sala de Juntas de la...
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MAAG/mrm
Sesión Ordinaria número 41
En la Sala de Juntas de la Casa Consistorial Los Doce Linajes, siendo
las diez horas y cinco minutos del día veintitrés de octubre de dos mil veinte, se reúne la Junta de Gobierno Local para celebrar sesión,
en primera convocatoria, con la asistencia inicial de los siguientes miembros.
ASISTENTES:
Alcalde Presidente: __________ D. Carlos Martínez Mínguez.
Primer Tte. Alcalde: __________D. Luis A. Rey de las Heras. Segunda Tte. Alcalde: ________ Dª. Ana Alegre Martínez.
Concejal: __________________ D. Fco. Javier Muñoz Expósito. Concejala: _________________ Dª.Lidia Sanz Molina.
Concejala: _________________ Dª.Gloria Gonzalo Urtasún. Concejal: __________________ D. Jesús Bárez Iglesias.
Concejala: _________________ Dª. Lourdes Andrés Corredor.
Secretario Gral._____________ D. Mariano A. Aranda Gracia.
Interventor: ________________D. José Luis López Navarro.
1º.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN DEL DÍA 16_DE OCTUBRE DE 2020.
Se da cuenta del Borrador del Acta de la sesión ordinaria del día 16
de octubre de 2020. Al no formularse observaciones por parte de los presentes, el Acta es aprobada por unanimidad.
2º.-APROBACIÓN DE LAS AYUDAS ECONÓMICAS A
ASOCIACIONES CULTURALES PARA EL AÑO 2020.
Visto el dictamen emitido por la Comisión Informativa Permanente
del Área de Cultura Ciudadana, de fecha catorce de octubre de dos mil veinte, relativo a la propuesta para la concesión de ayudas
económicas a las Asociaciones Culturales de la Ciudad de Soria para
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actividades desarrolladas en el año 2020, cuyo presupuesto
asciende a 12.989,41 €; la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones
efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha diez de julio de dos mil diecinueve, por unanimidad, acuerda:
La aprobación de las ayudas a Asociaciones Culturales para el
año 2020, y por los importes relacionados a continuación:
FECHA SOLICITUD
Nº REGISTRO ASOCIACIONES
AYTO SORIA ASOCIACIÓN ACTIVIDAD
COSTE PROYECTO
TOTAL PROYECTOS
SOLICITUD SUBVENCION
TOTAL SOLICITUD
70 % sobre coste
proyecto TOTAL AYUDA
CONCEDIDA 70% ayuda concedida
30/06/2020 43
GRUPO CORAL EXTREMA DAURII
1
FINANCIACIÓN DE LA CORAL - DESARROLLO DE ACTIVIDADES DE LA CORAL: CANCIONES POPULARES - VILLANCICOS Y MÚSICA RELIGIOSA Y MÚSICA SACRA
2.600,00 € 2.600,00 € 1.350,00 € 1.350,00 € 1.820,00 € 1.350,00 € 945,00 €
03/07/2020 7
ASOCIACIÓN CULTURAL "CORAL DE SORIA"
1
INTERCAMBIOS CORALES (CONCIERTO INTERCAMBIO CON COROS A DETERMINAR EN OTOÑO)
2.650,00 €
3.220,00 €
1.350,00 €
1.600,00 € 2.254,00 € 1.600,00 € 1.120,00 € 2
CONCIERTO FELICITACION NAVIDAD A LA CIUDAD (FELICITACION NAVIDEÑA DE LA CORALES DE SORIA A SU CIUDAD “Saluda navideño”)
310,00 € 150,00 €
3
CONCIERTOS NAVIDAD EN CENTROS SOCIALES (ACTUACIÓN EN RESIDENCIAS SOCIALES)
260,00 € 100,00 €
09/07/2020 109
ASOCIACIÓN GRUPO DE TEATRO LA BO-EME
1 FORMACIÓN TEATRAL
1.500,00 €
2.600,00 €
1.000,00 €
1.750,00 € 1.820,00 € 1.750,00 € 1.225,00 €
2
MONTAJES TEATRALES "GENERIC@S. EL TEATRO COMO PROSPECTO", "UN DIOS SALVAJE" Y "MICRORELATOS"
1.100,00 € 750,00 €
11/07/2020 171
ASOCIACIÓN CAPILLA CLÁSICA DE SORIA
1 GASTOS ANUALES (ALQUILER Y MATERIAL)
2.184,00 € 2.184,00 € 1.528,80 € 1.528,00 € 1.528,80 € 1.528,80 €
1.070,16 €
12/07/2020 273
ASOCIACIÓN CULTURAL ATENEO MÓNICO VICENTE
1 CONCIERTO DE JAVIER ALONSO - MÚSICA Y POESÍA
1.750,00 €
5.350,00 €
750,00 €
3.350,00 € 3.745,00 € 3.350,00 €
2.345,00 € 2
II JORNADAS, AMOR SE ESCRIBE SIN SANGRE
3.600,00 € 2.600,00 €
12/07/2020 328
ASOCIACIÓN CULTURAL VOCES BLANCAS DE LA CORAL DE SORIA
1 TALLER DE CANTO CON ELISA GÓMEZ
905,00 € 1.485,00 €
635,00 €
1.041,00 € 1.039,50 € 1.039,50 €
727,65 € 2
CAMPUS DE BIENVENIDA AL CURSO 2020-2021 580,00 €
406,00 €
08/07/2020 29
ASOCIACIÓN CULTURAL TAURINA FLAMENCA CELTIBERIA
1 XXIII VELADA FLAMENCA DE NAVIDAD
5.500,00 € 5.500,00 € 3.500,00 € 3.500,00 € 3.850,00 € 3.500,00 € 2.450,00 €
15/07/2020 169 ASOCIACIÓN HELIÓPOLIS
1
AYUDA PARA EL MONTAJE DE LAS IMÁGENES DEL DOCUMENTAL "TAN BELLA BAJO LA LUNA" (TÍTULO PROVISIONAL)
2.840,00 €
6.340,00 € 5.000,00 € 5.000,00 € 4.438,00 € 4.438,00 € 3.106,60 €
2
AYUDA PARA EL ALQUILER DEL ESTUDIO DE SONIDO PARA EDITAR EL AUDIO DEL DOCUMENTAL "TAN 3.500,00 €
3
BELLA BAJO LA LUNA" (TÍTULO PROVISIONAL)
29.279,00 € 19.119,80 € 19.119,00 € 20.495,30 € 18.556,30 € 12.989,41 €
3º.-APROBACIÓN DE LAS BASES DE LA VII EDICIÓN DEL
PREMIO “AVELINO HERNÁNDEZ” DE NOVELA JUVENIL.
Visto el dictamen emitido por la Comisión Informativa Permanente
del Área de Cultura Ciudadana, de fecha catorce de octubre de dos mil veinte, relativo a las bases de la convocatoria de la VII Edición
del Premio “Avelino Hernández” de novela juvenil, con el objetivo de potenciar y apoyar un género literario dirigido a un público joven
(hasta 18 años) y que cuenta con una dotación económica de 6.000 €, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad
con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha diez de julio de dos mil diecinueve, por unanimidad,
acuerda:
La aprobación de las bases de la VII Edición del Premio “Avelino
Hernández” de novela juvenil, relacionadas a continuación:
VII PREMIO “AVELINO HERNÁNDEZ” DE NOVELA JUVENIL
El Ayuntamiento de Soria, con el afán de potenciar y apoyar un género literario
tan importante como la novela dirigida al público joven, ha decidido continuar con
la convocatoria del Premio de Novela Juvenil “Avelino Hernández”, como
homenaje al escritor soriano que tanto aportó en dicho campo.
Las bases de esta séptima edición son las que se detallan a continuación.
a. Condiciones
Escritores de cualquier nacionalidad.
Novelas originales e inéditas en castellano, no premiadas en otro concurso. En
caso de que entre la presentación y el fallo la novela fuera premiada en otro
concurso, el autor o autores están obligados a notificarlo por escrito en las 48
horas siguientes al conocimiento del fallo.
El tema será libre y dirigido a público juvenil. Cada autor podrá presentar cuantos
originales desee y no podrán ser modificados una vez presentados.
El autor es plenamente responsable de su obra, tanto en el ámbito civil, como en
el penal.
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Quedan excluidos los miembros o familiares directos en 1º y 2º grado del jurado
de la edición actual.
Las obras estarán compuestas por un mínimo de 80 páginas y un máximo de 120
páginas DIN A4, escritas en letra Arial o Times New Roman, a una sola cara,
mecanografiadas a doble espacio, en tamaño de 12 puntos, encuadernadas y
paginadas en su margen superior derecho.
b. Dotación
Cuantía: Un único premio de 6.000 €, sometido a retenciones e impuestos que
marca la legislación vigente.
El premio no será repartido y podrá quedar desierto.
c. Documentación
Originales se presentarán por duplicado, encuadernados y con cubierta rígida,
firmados con seudónimo.
En un sobre aparte y lacrado, nominado con el mismo seudónimo, se incluirán los
siguientes datos:
Nombre, apellidos, domicilio, teléfono, N.I.F. y fotocopia del mismo o del
pasaporte en su caso.
Copia en soporte informático (CD) de la novela idéntica a la escrita.
Se indicará en el sobre “para la VII edición del Premio Avelino Hernández de
Novela Juvenil”.
El sobre no será abierto en ningún caso, salvo el de la novela premiada una vez
fallado el premio.
El autor podrá solicitar que la novela sea publicada bajo seudónimo, para ello
deberá indicarlo dentro del sobre, lo que implicará la no divulgación de los datos
del premiado.
El autor presentará una declaración por escrito renunciando a los derechos para
todo el mundo y en castellano, de la primera edición.
d. Edición
El Ayuntamiento de Soria publicará la novela ganadora, por lo que el plazo
máximo para la presentación de la misma será la fecha del concurso siguiente.
El autor será siempre el responsable directo de la inscripción en el registro de
Propiedad Intelectual y en cualquiera otro registro público nacional o
internacional, siendo suya la responsabilidad frente a terceros.
e. Jurado
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Los miembros del jurado se darán a conocer el día del fallo.
El premio será otorgado por votación de un jurado de cinco miembros
relacionados con la literatura, designados libremente por el Ayuntamiento de Soria
y uno de ellos por la editorial que se encargue de su publicación. El Ayuntamiento
no responde del fallo, decisiones, opiniones o intervenciones públicas de los
mismos. Será considerado constituido el jurado si al menos asisten tres
miembros.
Se otorga el premio por mayoría de votos. Las votaciones serán secretas y
eliminatorias.
En primera votación se elegirán un máximo de veinte obras. En segunda cinco, y
al fin una sola.
No existirán accésit, ni se compartirá el premio y las votaciones y deliberaciones
serán secretas y no se harán públicas.
El premio podrá ser declarado desierto, siendo el fallo inapelable y se dará a
conocer de forma pública en el mes de septiembre de 2021, no facilitándose
información personalizada a los autores.
f. Plazos
El plazo de presentación finalizará el día 30 de abril de 2.021 y se realizará en las
oficinas del Departamento de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Soria, situadas
en el Centro Cultural Gaya Nuño, con dirección en Plaza de las Mujeres, 2 – 42002
- SORIA (ESPAÑA), en horario de oficina (de 9:00 a 14:00 horas), con la
indicación “VII Premio Avelino Hernández de Novela Juvenil”; donde se les
entregará un recibo justificante.
Podrán presentarse los trabajos directamente, en cuyo caso se expedirá recibo, o
por correo, sirviendo entonces de justificante el resguardo de certificado.
No serán aceptados originales enviados por e-mail.
Los originales solo podrán ser retirados una vez fallado el premio y en los dos
meses posteriores a la resolución del concurso. Transcurrido dicho plazo serán
destruidos.
g. Aceptación de las bases
La mera presentación de una obra al concurso, implicará la total aceptación de las
bases del mismo.
En caso de discrepancia, duda, reclamación o cualquier cuestión que pueda
plantearse, se resolverá sólo por la decisión del Ayuntamiento de Soria,
implicando la aceptación de los autores al dictamen emitido.
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Los autores renunciarán a su propio fuero en caso de conflicto legal, sometiéndose
únicamente a los Tribunales de Soria.
Estas bases podrían cambiar en años sucesivos.
4º.-ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SUMINISTRO DE TREINTA Y SIETE TRAJES DE INTERVENCIÓN EN INCENDIOS,
FORMADOS POR CHAQUETÓN Y CUBRE-PANTALÓN, CON ARNÉS Y SISTEMA DE RESCATE RÁPIDO, PARA EL PERSONAL
DEL SERVICIO DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y SALVAMENTO DE LA CIUDAD DE SORIA.
A la vista del Acta de la Mesa de Contratación de fecha 19 de octubre de 2020, en relación con el contrato de Suministro de
treinta y siete (37) trajes de intervención en incendios, formados por chaquetón y cubre-pantalón, con arnés y sistema de rescate
rápido, para el personal del Servicio de Extinción de Incendios y salvamento de la ciudad de Soria, mediante procedimiento abierto
simplificado, con varios criterios de adjudicación, y de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Segunda de la Ley
9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas
del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, la Junta de Gobierno Local, órgano
competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha diez de julio de dos mil
diecinueve, por unanimidad, acuerda:
PRIMERO. Adjudicar el contrato de Suministro de treinta y siete (37) trajes de intervención en incendios, formados por chaquetón y
cubre-pantalón, con arnés y sistema de rescate rápido, para el personal del Servicio de Extinción de Incendios y salvamento de la
ciudad de Soria, en las condiciones que figuran en su oferta y las que se detallan en los pliegos de cláusulas administrativas
particulares, de prescripciones técnicas al licitador SAGRES, S.L. con
CIF: B36028991 ,total puntuación: 100.0 en el precio de 57.235,30 € más el IVA.
SEGUNDO. Son características y ventajas determinantes de haber seleccionado la plica del licitador SAGRES, S.L. la obtención de la
mayor puntuación con un total de 100 puntos, una vez aplicados los criterios de valoración recogidos en el PCAP.
TERCERO. Disponer el gasto correspondiente de conformidad con lo establecido en el Informe de Intervención obrante en el expediente.
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CUARTO. Notificar la adjudicación a los licitadores que no han resultado adjudicatarios, si los hubiere.
QUINTO. Publicar la adjudicación de este contrato en el perfil de
contratante en el plazo de 15 días.
SEXTO. Notificar al licitador SAGRES, S.L. adjudicatario del
contrato, el presente acuerdo y citarle para la firma del contrato que tendrá lugar dentro los 15 días hábiles siguientes a la recepción
del presente acuerdo.
SÉPTIMO. Proceder a la publicación de la formalización del contrato en el perfil de contratante.
OCTAVO. Comunicar al Registro de Contratos del Sector Público los
datos básicos del contrato.
NOVENO. Notificar el presente cuerdo al responsable del contrato, Jefe del SEIS.
5º.- DECLARACIÓN DE DESIERTO DEL CONTRATO DE ENAJENACIÓN DEL APROVECHAMIENTO MADERABLE SOMAD-1287-2016 (1/1), A REALIZAR EN EL MONTE Nº 177/180 DEL
C.U.P DE LA PROVINCIA DE SORIA DENOMINADO SANTA INÉS Y VERDUGAL, DE LA PERTENENCIA DE LA
MANCOMUNIDAD DE LOS 150 PUEBLOS DE LA TIERRA DE SORIA Y DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SORIA.
Visto el expediente de enajenación del aprovechamiento maderable SOMAD-1287-2016 (1/1), a realizar en el Monte nº 177/180 del
C.U.P de la Provincia de Soria denominado SANTA INÉS Y VERDUGAL, de la pertenencia de la Mancomunidad de los 150
Pueblos de la Tierra de Soria y del Excmo. Ayuntamiento de Soria, mediante procedimiento abierto simplificado, cuya licitación fue
aprobada por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 17 de mayo de 2020, en el que se acredita la necesidad de proceder a la
declaración del procedimiento de contratación como desierto.
Vista la documentación relativa al procedimiento de referencia y de
conformidad con el informe emitido por la Jefa del Servicio de Asuntos Generales, de fecha 20 de octubre y con el dictamen
elaborado por la Mesa de Contratación de fecha 19 de octubre del
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actual, en los que consta que no se han presentado licitadores, la
Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en
fecha diez de julio de dos mil diecinueve, por unanimidad, acuerda:
PRIMERO. Declarar desierto el contrato de enajenación del
aprovechamiento maderable SOMAD-1287-2016 (1/1), a realizar en el Monte nº 177/180 del C.U.P de la Provincia de Soria denominado
SANTA INÉS Y VERDUGAL, de la pertenencia de la Mancomunidad de los 150 Pueblos de la Tierra de Soria y del Excmo. Ayuntamiento de
Soria.
SEGUNDO. Publicar el acuerdo que se adopte en estos términos en
el perfil del contratante, procediendo a cerrar la sesión en la Plataforma de Contratación del Sector Público de la Administración
del Estado.
TERCERO. Remitir el presente acuerdo al departamento municipal proponente del contrato, para su conocimiento y efectos oportunos.
6º.-DECLARACIÓN DE DESIERTO DEL CONTRATO DE ENAJENACIÓN DEL APROVECHAMIENTO MADERABLE SOMAD-1287-2016 (1/1), A REALIZAR EN EL MONTE Nº177/180 DEL
C.U.P DE LA PROVINCIA DE SORIA DENOMINADO SANTA
INÉS Y VERDUGAL, DE LA PERTENENCIA DE LA MANCOMUNIDAD DE LOS 150 PUEBLOS DE LA TIERRA DE
SORIA Y DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SORIA.
Visto el expediente de enajenación del aprovechamiento maderable SOMAD-1287-2016 (1/1), a realizar en el Monte nº177/180 del
C.U.P de la Provincia de Soria denominado SANTA INÉS Y VERDUGAL, de la pertenencia de la Mancomunidad de los 150
Pueblos de la Tierra de Soria y del Excmo. Ayuntamiento de Soria, mediante procedimiento abierto simplificado, cuya licitación fue
aprobada por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 17-5-
2020, en el que se acredita la necesidad de proceder a la declaración del procedimiento de contratación como desierto.
Vista la documentación relativa al procedimiento de referencia y de conformidad con el informe emitido por la Jefa del Servicio de Asuntos Generales, de fecha 20 de octubre y con el dictamen
elaborado por la Mesa de Contratación de fecha 19 de octubre del actual, en los que consta que no se han presentado licitadores, la
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Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la
delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha diez de julio de dos mil diecinueve, por unanimidad, acuerda:
PRIMERO. Declarar desierto el contrato de Enajenación del
aprovechamiento maderable SOMAD-1287-2016 (1/1), a realizar en
el Monte nº177/180 del C.U.P de la Provincia de Soria denominado SANTA INÉS Y VERDUGAL, de la pertenencia de la Mancomunidad de
los 150 Pueblos de la Tierra de Soria y del Excmo. Ayuntamiento de Soria.
SEGUNDO. Publicar el acuerdo que se adopte en estos términos en el perfil del contratante, procediendo a cerrar la sesión en la
Plataforma de Contratación del Sector Público de la Administración del Estado.
TERCERO. Remitir el presente acuerdo al departamento municipal
proponente del contrato, para su conocimiento y efectos oportunos.
7º.-APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE, DEL PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES Y EL DE
PRESCRIPCIONES TÉCNICAS, QUE REGIRÁN EL CONTRATO DEL APROVECHAMIENTO MADERABLE A EJECUTAR EN EL
MONTE NÚMERO 172 DE C.U.P. DE LA PROVINCIA DE SORIA,
DENOMINADO “PINAR GRANDE”, LOTE SO-MAD-0908-2020-(1/1) LOTE 05/20, PERTENECIENTE AL AYUNTAMIENTO DE
SORIA Y MANCOMUNIDAD DE LOS 150 PUEBLOS.
Visto el expediente tramitado para la licitación del Aprovechamiento Maderable a ejecutar en el Monte número 172 de C.U.P. de la
provincia de Soria, denominado “PINAR GRANDE”, LOTE SO-MAD-0908-2020-(1/1) LOTE 05/20, perteneciente al Ayuntamiento de
Soria y Mancomunidad de los 150 Pueblos, mediante procedimiento abierto simplificado, siendo el precio del contrato, conforme al art.
100 de la Ley 9/2017, el siguiente: Presupuesto Base de
Licitación del contrato, 47.903,36 € IVA incluido.
De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional
Segunda de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico
español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, la Junta de
Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en
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fecha diez de julio de dos mil diecinueve, por unanimidad, acuerda:
PRIMERO. Aprobar el expediente de contratación del Aprovechamiento de Madera a ejecutar en el Monte número 172 del
C.U.P de la provincia de Soria, denominado “PINAR GRANDE”, LOTE SO-MAD-0908-2020 (1/1) LOTE 05/20, perteneciente al
Ayuntamiento de Soria y Mancomunidad de los 150 Pueblos, mediante procedimiento abierto simplificado, convocando su
licitación.
SEGUNDO. No precisa consignación presupuestaria dado que no genera un gasto sino un ingreso.
TERCERO. Aprobar el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el de Prescripciones Técnicas que regirán el contrato.
CUARTO. Publicar el anuncio de licitación en el perfil de contratante
con el contenido contemplado en el anexo III de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
QUINTO. Publicar en el perfil de contratante toda la documentación integrante del expediente de contratación, en particular el pliego de
cláusulas administrativas particulares y el de prescripciones técnicas. La documentación necesaria para la presentación de las
ofertas tiene que estar disponible el mismo día de publicación del anuncio de licitación.
8º.-APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE, DEL PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES Y EL DE
PRESCRIPCIONES TÉCNICAS, QUE REGIRÁN EL CONTRATO DEL APROVECHAMIENTO MADERABLE LOTE SO-MAD-0914-
2020-(1/1) LOTE 08/20, A EJECUTAR EN EL MONTE NÚMERO 172 DE C.U.P. DE LA PROVINCIA DE SORIA, DENOMINADO
“PINAR GRANDE”, PERTENECIENTE AL AYUNTAMIENTO DE SORIA Y MANCOMUNIDAD DE LOS 150 PUEBLOS.
Visto el expediente tramitado para la licitación del Aprovechamiento Maderable LOTE SO-MAD-0914-2020-(1/1) LOTE 08/20, a ejecutar
en el Monte número 172 de C.U.P. de la provincia de Soria, denominado “PINAR GRANDE”, perteneciente al Ayuntamiento de
Soria y Mancomunidad de los 150 Pueblos, mediante procedimiento abierto simplificado, siendo el precio del contrato, conforme al art.
100 de la Ley 9/2017, el siguiente: Presupuesto Base de Licitación del contrato, 86.215,50 € IVA incluido.
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De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional
Segunda de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico
español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, la Junta de
Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la
delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha diez de julio de dos mil diecinueve, por unanimidad, acuerda:
PRIMERO. Aprobar el expediente de contratación del Aprovechamiento de Madera LOTE SO-MAD-0914-2020 (1/1) LOTE 08/20, a ejecutar en el Monte número 172 del C.U.P de la provincia
de Soria, denominado “PINAR GRANDE”, perteneciente al Ayuntamiento de Soria y Mancomunidad de los 150 Pueblos,
mediante procedimiento abierto simplificado, convocando su licitación.
SEGUNDO. No precisa consignación presupuestaria dado que no genera un gasto sino un ingreso.
TERCERO. Aprobar el Pliego de Cláusulas Administrativas
Particulares y el de Prescripciones Técnicas que regirán el contrato.
CUARTO. Publicar el anuncio de licitación en el perfil de contratante
con el contenido contemplado en el anexo III de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
QUINTO. Publicar en el perfil de contratante toda la documentación
integrante del expediente de contratación, en particular el pliego de cláusulas administrativas particulares y el de prescripciones
técnicas. La documentación necesaria para la presentación de las
ofertas tiene que estar disponible el mismo día de publicación del anuncio de licitación.
9º.-APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE, DEL PLIEGO DE
CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES Y EL DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS, QUE REGIRÁN EL CONTRATO
DEL APROVECHAMIENTO MADERABLE LOTE SO-MAD-0926-2020-(1/1) LOTE 04/20, A EJECUTAR EN EL MONTE NÚMERO
172 DE C.U.P. DE LA PROVINCIA DE SORIA, DENOMINADO “PINAR GRANDE”, PERTENECIENTE AL AYUNTAMIENTO DE
SORIA Y MANCOMUNIDAD DE LOS 150 PUEBLOS.
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Visto el expediente tramitado para la licitación del Aprovechamiento Maderable LOTE SO-MAD-0926-2020-(1/1) LOTE 04/20, a ejecutar en el Monte número 172 de C.U.P. de la provincia de Soria,
denominado “PINAR GRANDE”, perteneciente al Ayuntamiento de Soria y Mancomunidad de los 150 Pueblos, mediante procedimiento
abierto simplificado, siendo el precio del contrato, conforme al art.
100 de la Ley 9/2017, el siguiente: Presupuesto Base de Licitación del contrato, 18.369,40 € IVA incluido.
De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del
Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo
2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la
delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha diez de julio de dos mil diecinueve, por unanimidad, acuerda:
PRIMERO. Aprobar el expediente de contratación del Aprovechamiento de Madera LOTE SO-MAD-0926-2020 (1/1) LOTE
04/20, a ejecutar en el Monte número 172 del C.U.P de la provincia de Soria, denominado “PINAR GRANDE”, perteneciente al
Ayuntamiento de Soria y Mancomunidad de los 150 Pueblos, mediante procedimiento abierto simplificado, convocando su
licitación.
SEGUNDO. No precisa consignación presupuestaria dado que no genera un gasto sino un ingreso.
TERCERO. Aprobar el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el de Prescripciones Técnicas que regirán el contrato.
CUARTO. Publicar el anuncio de licitación en el perfil de contratante
con el contenido contemplado en el anexo III de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
QUINTO. Publicar en el perfil de contratante toda la documentación integrante del expediente de contratación, en particular el pliego de
cláusulas administrativas particulares y el de prescripciones técnicas. La documentación necesaria para la presentación de las
ofertas tiene que estar disponible el mismo día de publicación del anuncio de licitación.
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10º.- APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE, DEL PLIEGO DE
CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES Y EL DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS, DEL CONTRATO DEL
APROVECHAMIENTO DE PASTOS SO- PAS-0744-2020 (1/4), EN EL MONTE Nº 154 DEL CATÁLOGO DE UTILIDAD PÚBLICA.
Visto el expediente tramitado para la licitación del Aprovechamiento de Pastos SO- PAS-0744-2020 (1/4) en el monte nº 154 del
Catálogo de Utilidad Pública de la provincia de Soria, denominado “Dehesa Robledillo de Toledillo” mediante procedimiento abierto
simplificado, siendo el precio del contrato, conforme al art. 100 de la Ley 9/2017, el siguiente: Presupuesto Base de Licitación del
contrato, Tipo de licitación 1.134 euros/año.
De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional
Segunda de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico
español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo
2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la
delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha diez de julio de dos mil diecinueve, por unanimidad, acuerda:
PRIMERO. Aprobar el expediente de contratación del Aprovechamiento de pastos SO- PAS-0744-2020 (1/4) a realizar en el monte nº 154 del catálogo de utilidad pública de la provincia de
Soria, denominado “Dehesa Robledillo de Toledillo” mediante procedimiento abierto simplificado, convocando su licitación.
SEGUNDO. No precisa consignación presupuestaria dado que no genera un gasto sino un ingreso.
TERCERO. Aprobar el Pliego de Cláusulas Administrativas
Particulares y el de Prescripciones Técnicas que regirán el contrato.
CUARTO. Publicar el anuncio de licitación en el perfil de contratante
con el contenido contemplado en el anexo III de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
QUINTO. Publicar en el perfil de contratante toda la documentación
integrante del expediente de contratación, en particular el pliego de cláusulas administrativas particulares y el de prescripciones
técnicas. La documentación necesaria para la presentación de las
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ofertas tiene que estar disponible el mismo día de publicación del
anuncio de licitación.
11º.-AMPLIACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIO DE LIMPIEZA
DE DIVERSOS EDIFICIOS DE TITULARIDAD MUNICIPAL.
Por el Departamento de Servicios Sociales se efectúa solicitud de
ampliación de la limpieza del Centro de titularidad municipal “La Presentación” en el que se desarrolla el Programa de Aulas de la 3ª
Edad, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo 29/2020, de 19 de junio, por el que se aprueba el Plan de Medidas
de Prevención y Control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID19, en la Comunidad de Castilla y León, por
el que se establecen (Apdo. 2.1) las medidas de higiene y prevención exigibles a todas las actividades y que se aplicarán,
entre otros, a todas las instalaciones y espacios de uso público y actividades de carácter público, a fin de garantizar el correcto
estado higiénico de todas las dependencias y zonas utilizadas y la
seguridad y la salud del alumnado y del personal durante los citados cursos.
El Ayuntamiento tiene en la actualidad vigente el contrato de prestación del servicio de limpieza de diversos Edificios de
Titularidad municipal, siendo la empresa CLECE, S.A la actual adjudicataria de dicho contrato. El referido contrato permite
(Cláusula 12 del Pliego de Condiciones Técnicas), la ampliación del servicio, previa decisión potestativa y comunicación del
Ayuntamiento al adjudicatario, a los mismos precios unitarios por horas y unidades que los contratados, viniendo el adjudicatario
obligado a llevar a cabo la realización del servicio.
Habiéndose solicitado presupuesto a la empresa CLECE, S.A, actual
adjudicataria del servicio, se aporta por la empresa el oportuno presupuesto detallado para un refuerzo temporal de 4 horas al día,
en horario de 16:30 a 20:30 de lunes a viernes, considerándose lo
necesario para llevar a cabo el citado refuerzo en el referido Centro, quedando incorporado al expediente.
De conformidad con los informes emitidos por el Departamento de
Servicios Locales, de fecha 20 de octubre de 2020, y por la Jefa del Servicio de contratación, de fecha 21 de octubre del actual, la Junta
de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en
fecha diez de julio de dos mil diecinueve, por unanimidad, acuerda:
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La ampliación del contrato de servicio de limpieza de diversos
Edificios de titularidad municipal, a la empresa CLECE, S.A, actual adjudicataria del servicio, por un importe de 1.273,25 € mensuales
más IVA, y con las condiciones establecidas en el presupuesto aportado, debiendo tenerse en cuenta los siguientes extremos.
La ampliación del servicio consiste en la prestación del servicio
de refuerzo temporal de la limpieza en el edificio “La Presentación” de titularidad municipal 4 horas al día, 5 días a
la semana, de lunes a viernes, desde las 16:30 a las 20:30 horas.
La ampliación se ajustará en su ejecución a lo establecido en el contrato, así como en los pliegos administrativo y técnico, si
bien el personal que se contrate, en su caso, para este servicio temporal, no se considera que forma parte de la plantilla
adscrita al servicio.
Deberán seguirse los protocolos de limpieza y desinfección establecidos con arreglo Plan de Medidas de Prevención y
Control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID19, en la Comunidad de Castilla y León, debiendo
incrementarse las tareas de desinfección de zonas y espacios comunes y de superficies de contacto.
El servicio comenzará a prestarse a partir del 13 octubre de 2020 tras la comunicación de la ampliación a la empresa
adjudicataria del servicio.
La ampliación de horario de limpieza queda supeditada a la
duración de las actividades de las Aulas de la Tercera Edad
durante curso 20/21, mientras se mantenga la actual situación de pandemia y sigan impartiéndose las clases de modo
presencial.
La facturación del servicio se llevará a cabo de conformidad
con la Cláusula 4º del Contrato y 13 del Pliego Técnico mediante factura independiente emitida mensualmente.
El acuerdo de ampliación que se adopte se publicará en el perfil del contratante.
12º.-REVISIÓN DEL PRECIO DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE CUIDADO Y MANTENIMIENTO DE LOS
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JARDINES Y ZONAS VERDES PÚBLICAS DE LA CIUDAD DE
SORIA, A FAVOR DE LA MERCANTIL THALER S.A.
Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 24 de agosto de
2012 se adjudica el contrato de referencia a la mercantil THALER S.A., formalizándose el correspondiente contrato el 4 de septiembre
de 2.012.
La duración del presente contrato se estableció en 4 años más dos posibles prorrogas anuales, hasta un máximo de 6 años, tanto la
duración inicial como las prórrogas, concluyendo el contrato el 8 de octubre de 2018.
El contrato se adjudicó a un precio inicial de 608.444,20 €, más el
IVA en vigor, a razón de 50.703,67 €/mes, más IVA, siendo el precio base de licitación 689.655,17 €, más el IVA correspondiente.
En fecha 6 de septiembre de 2018 el Ayuntamiento formuló requerimiento a la mercantil Thaler, S.A. para que continuara
prestando todos y cada uno de los servicios y actividades objeto del contrato, hasta tanto el Ayuntamiento de Soria, una vez finalizado el
proceso de licitación del nuevo contrato que ha de sustituir al vigente, disponga el relevo, solicitando igualmente las propuestas
económicas de retribución del contratista durante el periodo de prolongación del servicio.
Tras escritos y conversaciones al respecto, el día 18 de octubre de
2018 se presentó en la sede electrónica del Ayuntamiento de Soria escrito de D. Agustín Huerta García, en representación de la
mercantil THALER S.A., en la que efectúa una propuesta económica (solicitada por el ayuntamiento) para su vigencia durante el periodo
en que persista la actual situación de prolongación obligatoria del
servicio.
La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 26 de octubre de 2.018, aprobó la cantidad de 56.497’18 €/mes, más el IVA en vigor,
para el periodo comprendido entre el 9/10/2018 y el 8/10/2019, como precio mensual a abonar por el Ayuntamiento de Soria por la
prestación del servicio de cuidado y mantenimiento de los jardines y zonas verdes públicas de la Ciudad de Soria, a favor de la mercantil
THALER, S.A. y aprobó los siguientes criterios para la revisión del precio del contrato de referencia a partir del 9 de octubre de 2.019,
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junto a otras cuestiones, formando parte todo ello del expediente
electrónico 2941/2018:
Un incremento en el precio del contrato del 50% de la
variación interanual que haya experimentado el Índice General de Precio del Consumo (IPC), tomando como referencia el del
mes de octubre del año 2.018. El porcentaje de subida experimentada para el año en curso
procedente de la revisión salarial aplicada en el convenio colectivo estatal de jardinería, aplicándose el 80% del importe
mensual acordado por la prestación del servicio. Revisión por aumento de superficies y unidad de arbolado
según la base de precios de paisajismo 2018.
En cumplimiento de dicho acuerdo, la Junta de Gobierno Local, en
sesión celebrada el 31 de octubre de 2.019, aprobó la cantidad de 59.101’76 €/mes, más el IVA en vigor, para el periodo comprendido
entre el 9/10/2019 y el 8/10/2020, como precio mensual a abonar por el Ayuntamiento de Soria por la prestación del servicio de
cuidado y mantenimiento de los jardines y zonas verdes públicas de la Ciudad de Soria, a favor de la mercantil THALER, S.A.
En fecha 6 de octubre de 2.020 se presentó en la sede electrónica
del Ayuntamiento de Soria escrito de D. Agustín Huerta García, en representación de la mercantil THALER S.A., solicitando en ejecución
del citado acuerdo, se proceda a la revisión del importe del servicio para el periodo comprendido entre el 9/10/2020 y el 8/10/2021, en
los términos que se expone, fijando en la cantidad mensual de
60.076’93 €, más el IVA en vigor, para dicho periodo.
Visto el informe favorable emitido por la Jefa de la Sección de Servicios Locales, de fecha 20 de octubre del actual, la Junta de
Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en
fecha diez de julio de dos mil diecinueve, por unanimidad, acuerda:
PRIMERO. - Aprobar la cantidad de 60.076’93 €, más el IVA en
vigor, para el periodo comprendido entre el 9 de octubre de 2020 y el 8 de octubre de 2021, como precio mensual a abonar por el
Ayuntamiento de Soria por la prestación del servicio de cuidado y mantenimiento de los jardines y zonas verdes públicas de la Ciudad
de Soria, a favor de la mercantil THALER S.A.
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SEGUNDO. - El régimen jurídico que será de aplicación a la
prestación de este servicio, hasta el relevo en la prestación del mismo sea efectivo, es el del contrato adjudicado por acuerdo de la
Junta de Gobierno Local de 24 de agosto de 2012 y suscrito por este Ayuntamiento el 4 de septiembre de 2012.
TERCERO. - Durante el periodo excepcional objeto de este acuerdo, ante cualquier eventualidad, será responsabilidad de THALER S.A.,
garantizar la efectiva prestación de los servicios en las condiciones establecidas en el contrato mencionado en el apartado anterior.
13º.-DESESTIMACIÓN DE ALEGACIÓN, APROBACIÓN DE
PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN, CONCESIÓN DE
LICENCIA DE ACTIVIDAD Y DE OBRAS, Y AUTORIZACIÓN DEL INICIO DE LAS MISMAS, PARA LA REHABILITACIÓN DE
EDIFICIO SITO EN C/ C/ NICOLÁS RABAL, 19 C/V RONDA ELOY SANZ VILLA CON DESTINO A HOTEL/APARTAMENTOS.
Visto el expediente para la rehabilitación de edificio sito en C/
Nicolás Rabal, 19 c/v Ronda Eloy Sanz Villa con destino a hotel/apartamento, denominado “HOTEL APARTAMENTOS LA
ABADÍA”.
El expediente ha sido informado favorablemente por los Servicios
Técnicos Municipales en fecha 9 de octubre de 2020, así como por la técnico de Administración General en fecha 20 de octubre del año
actual.
La Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con
la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en
fecha diez de julio de dos mil diecinueve, por unanimidad, acuerda:
PRIMERO. - Desestimar la alegación presentada en base al informe técnico emitido.
SEGUNDO. - Aprobar el proyecto básico y de ejecución suscrito por D. Felipe Ceña Jodra.
TERCERO. - Conceder la licencia de actividad y de obras a favor
"BOFER SOLUCIONES S.L.", autorizando su inicio para la rehabilitación de edificio sito en C/ Nicolás Rabal, 19 c/v Ronda Eloy
Sanz Villa con destino a hotel/apartamentos, denominado “HOTEL
APARTAMENTOS LA ABADÍA”.
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Las obras se ajustarán en su ejecución al proyecto técnico y a la
Memoria presentados junto con la solicitud y a las Normas del vigente PGOU de Soria.
CUARTO. - Deberá cumplir con las siguientes prescripciones:
La actividad, en cuanto a producción de residuos, está afectada por la Ley 22/2011, de 28 de julio de residuos y suelos contaminados;
por tanto, el titular deberá cumplir con lo dispuesto en la citada norma.
Todos los residuos que se puedan generar, con excepción de los
asimilables a urbanos, deben ser entregados a gestor autorizado de residuos, para su reciclado o valorización. Para los residuos
peligrosos (envases contaminados con sustancias peligrosas, o cualquier otro de dicha categoría) deberá realizar en el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Soria, la comunicación previa de
inicio de actividad de producción de residuos a fin de incorporar la actividad en los registros relativos a producción y gestión de
residuos en la Comunidad de Castilla y León. Si se produjeran más de 1.000 t/año de residuos no peligrosos (recortes de aluminio), la comunicación de producción será obligatoria también para este tipo
de residuos. Todos los residuos tanto peligrosos como no peligrosos, con carácter previo a su entrega a gestor, deberán ser
correctamente etiquetados y almacenados, disponiendo al efecto del correspondiente archivo cronológico que recoja la cantidad,
naturaleza, origen, destino y método de tratamiento de los residuos que se entregan. Se recuerda que los embalajes de plástico, o de madera (palets), no pueden considerarse residuos asimilables a
urbanos y por lo tanto no pueden derivarse al circuito de contenedores domésticos, debiendo hacerse cargo de la gestión
conforme a la normativa de residuos y de envases. En lo concerniente a la producción de residuos de construcción,
todos los residuos de esta categoría que se generen durante la
ejecución de las obras, de conformidad con los establecido en el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la
producción y gestión de los mismos, deben ser entregados a Planta autorizada de tratamiento y/o gestor autorizado de residuos.
No se podrán realizar vertidos de aguas que no sean sanitaras sin
que se disponga de un sistema de depuración previo y sin autorización para ello del Ayuntamiento de Soria, que fijaría un tal
caso los parámetros y condiciones de dicho vertido. Deberá aportar con fin de obra certificado suscrito por entidad de
evaluación acústica. Se le recuerda que, conforme a la ordenanza de
contaminación acústica, la sección de la chimenea de evacuación de humos de la cocina tendrá una sección al menos de 300 mm de
diámetro interior.
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Deberá aportar dirección Facultativa compuesta por: Director de la
Ejecución. Arqto. Tco y Coordinador de Seguridad. Arqto. Tco. DB SI. Se colocarán dos B.I.E. en el edificio. Cada una en cada
acceso de escaleras y entrada.
QUINTO. - Con carácter previo al inicio de la actividad deberá comunicar su puesta en marcha en el Ayuntamiento, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 38 del Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
de Prevención Ambiental de Castilla y León, sin perjuicio de las competencias de otros organismos en la materia.
SEXTO. - De conformidad con lo establecido en el art. 300 del
RUCyL, deberá instalarse y mantenerse durante el tiempo que duren
las obras, un cartel informativo conforme a las siguientes reglas:
En el cartel informativo debe indicarse el objeto, número y fecha de la licencia, así como la identidad del titular de la licencia,
proyectista, del constructor y de los directores de obra y de ejecución. Es responsabilidad del promotor que la información sea veraz y esté actualizada.
El cartel informativo debe ubicarse en el acceso a las obras, en lugar
visible desde la vía pública, y sin riesgo para la seguridad vial o para tercero.
Los plazos para la ejecución de las obras contempladas en proyecto,
contados desde la notificación del otorgamiento de licencia, serán:
Plazo de inicio: seis meses.
Plazo de finalización: tres años.
Plazo de interrupción máxima: doce meses.
14º.-APROBACIÓN DE PROYECTO, CONCESIÓN DE LICENCIA DE OBRAS Y AUTORIZACIÓN DEL INICIO DE LAS MISMAS,
PARA LA CONSTRUCCIÓN DE ALMACÉN ANEXO A VIVIENDA, SITO EN C/. REAL 8 DEL “BARRIO DE LAS CASAS”.
Visto el proyecto para construcción de almacén anexo a vivienda,
sito en C/. Real 8 del “Barrio de las Casas” suscrito por D. Javier
Sanz Martínez y promovido por D. Antimo de la Merced Casas.
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El expediente ha sido informado favorablemente por los Servicios
Técnicos Municipales en fecha 2 de septiembre de 2020, así como por la técnico de Administración General en fecha 20 de octubre del
año actual.
La Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con
la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en
fecha diez de julio de dos mil diecinueve, por unanimidad, acuerda:
Aprobar el proyecto suscrito por D. Javier Sanz Martínez para
construcción de almacén anexo a vivienda, sito en C/. Real 8 del “Barrio de las Casas” y conceder licencia de obras a D. Antimo de la
Merced Casas autorizando su inicio.
Las actuaciones se ajustarán en su ejecución al proyecto técnico presentado junto con la solicitud y a las normas de planeamiento
vigentes.
Los plazos para la ejecución de las obras contempladas en proyecto
contados desde la notificación del otorgamiento de licencia serán:
Plazo de inicio: seis meses.
Plazo de finalización: 36 meses.
Plazo de interrupción máxima: 12 meses.
Todo ello sin perjuicio de la concesión de las prórrogas que sean solicitadas, de conformidad con lo previsto en el art. 303 del
Reglamento de Urbanismo de Castilla y León (Decreto 22/04 de 29 de enero).
15º.-APROBACIÓN DE PROYECTO, CONCESIÓN DE LICENCIA
DE OBRAS, Y AUTORIZACIÓN DEL INICIO DE LAS MISMAS, PARA VIVIENDA UNIFAMILIAR EN C/CANTARRANAS
3 DEL “BARRIO DE PEDRAJAS”.
Visto el proyecto para vivienda unifamiliar en C/. Cantarranas 3 del
“Barrio de Pedrajas", suscrito por D. Julián Gallardo Verde y promovido por Dª Mª Teresa Núñez Jiménez.
El expediente ha sido informado favorablemente por los Servicios
Técnicos Municipales en fecha 17 de junio de 2020, así como por la
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técnico de Administración General en fecha 20 de octubre del año
actual.
La Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en
fecha diez de julio de dos mil diecinueve, por unanimidad, acuerda:
Aprobar el proyecto suscrito por D. Julián Gallardo Verde para
vivienda unifamiliar en C/. Cantarranas 3 del “Barrio de Pedrajas” y conceder licencia de obras a Dª Mª Teresa Núñez Jiménez
autorizando su inicio.
Las actuaciones se ajustarán en su ejecución al proyecto técnico
presentado junto con la solicitud y a las normas de planeamiento vigentes debiendo dar cumplimento a los siguientes aspectos
técnicos:
1.- Tendederos. Incorporar a Vivienda oculto al exterior. ≥2 m2. con Ø 1,50 m. y 2 m2. sin computar.
2.- Horno. Se ubica en parcela colindante, suponiendo su titularidad, en todo caso a resolver entre particulares.
3.- Estéticas. Cualquier interpretación se ajustará a la
Modificación Puntual núm. 23 del PGOU de Soria
4.- Dirección Facultativa. Se aportará antes del inicio de las
obras.
Los plazos para la ejecución de las obras contempladas en proyecto contados desde la notificación del otorgamiento de licencia serán:
Plazo de inicio: seis meses.
Plazo de finalización: 36 meses.
Plazo de interrupción máxima: 12 meses.
Todo ello sin perjuicio de la concesión de las prórrogas que sean
solicitadas, de conformidad con lo previsto en el art. 303 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León (Decreto 22/04 de 29
de enero).
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16.-APROBACION DE CONVENIO DE COLABORACION A
SUSCRIBIR ENTRE EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SORIA Y, FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE TRIATLÓN, PARA LA
CELEBRACION DEL DUATHLON LOS DÍAS 24 Y 25 DE OCTUBRE DE 2020.
Visto el convenio de colaboración a suscribir entre este Excmo.
Ayuntamiento de Soria y la FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE TRIATLÓN,
para la celebración de los Campeonatos de España de Duatlón los
próximos 24 y 25 de octubre de 2020, la Junta de Gobierno Local,
órgano competente de conformidad con la delegación de
atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha diez de julio
de dos mil diecinueve, por unanimidad, acuerda:
Prestar su conformidad al mismo, habilitando a la Alcaldía para su
firma, cuyo contenido es el siguiente: CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA LA ORGANIZACIÓN DE COMPETICIONES
REUNIDOS:
De una parte D. Carlos Martínez Mínguez, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Soria, con D.N.I. nº 16.807.703-Q, en representación del Excelentísimo Ayuntamiento de Soria.
De otra parte D. José Hidalgo Martín, Presidente de la Federación Española de Triatlón con 33.982.014-C; el cual interviene en nombre y representación de la FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE TRIATLÓN (en adelante, FETRI), con C.I.F. número Q-0878004-A,
domicilio social en 28008 - Madrid, Calle Ferraz, 16 – 3º Derecha, inscrita en el Registro de Asociaciones Deportivas del Consejo Superior de Deportes, con fecha 30 de mayo de 1994 y número 48. Actúa en su condición de Presidente, como representante legal de la FETRI, conforme a lo previsto en los Estatutos sociales de la citada entidad y disposiciones normativas concordantes.
Ambas partes reconocen la representación que ostentan, capacidad para obligarse por el presente Convenio, y en su virtud,
EXPONEN:
PRIMERO: Que el Excmo. Ayuntamiento de Soria tiene entre sus fines la promoción del deporte.
SEGUNDO: Que la Federación Española de Triatlón, FETRI en adelante, es la federación deportiva del Estado que, en base a lo previsto en la legislación vigente y sus propios estatutos sociales, tiene encomendada una serie de actuaciones en relación con la ordenación, promoción, organización de las pruebas oficiales de triatlón y disciplinas
asociadas en España. Así mismo la FETRI es la entidad que desarrolla toda una serie de actuaciones en relación con la representación del triatlón español a nivel internacional, siendo miembro de las federaciones deportivas internacionales de la citada modalidad deportiva.
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TERCERO: Que el Excmo. Ayuntamiento de Soria y la Federación Española de Triatlón han manifestado expresamente su interés en propiciar una colaboración mutua en orden a
popularizar y promocionar su modalidad deportiva, acordando al efecto una colaboración, en base a las siguientes:
ESTIPULACIONES: PRIMERA: La Federación Española de Triatlón se compromete a:
Llevar a cabo la organización de los Campeonatos de España de Duatlón los próximos 24 y 25 de octubre de 2020, siempre que las autoridades competentes lo permitan.
Realizar todas las gestiones pertinentes para solicitar los permisos necesarios
para la celebración de dicha competición.
Llevar a cabo el desarrollo logístico de la competición con la ayuda de los medios facilitados por el Excmo. Ayuntamiento de Soria.
Buscar otro tipo de subvenciones públicas y/o privadas que faciliten la financiación de la competición.
Presentar una memoria acreditativa de los gastos e ingresos ocasionados con motivo de la realización de la prueba.
SEGUNDA: El Excmo. Ayuntamiento de Soria se compromete a:
Facilitar la organización y tramitación de los permisos pertinentes para la celebración anual de dicha prueba de índole nacional:
“Campeonato de España de Duatlón y Campeonato de España de Duatlón
de Media Distancia”.
Facilitar los medios materiales y humanos necesarios como Policía Municipal, servicios municipales, conos, vallas…, para la organización y desarrollo de dichas competiciones.
Destinar una subvención para la Federación Española de Triatlón con la que
sufragar parte de los gastos ocasionados por la organización de dicha
competición, la cual ascenderá a treinta y tres mil euros (33.000,00 €). El pago de dicha subvención se realizará tras la celebración de la competición.
TERCERA: La Federación Española de Triatlón incluirá en toda publicidad o propaganda que realice de las actividades del presente Convenio el logotipo del Servicio Municipal de Deportes del Excmo. Ayuntamiento de Soria, el logotipo del Ayuntamiento de Soria.
CUARTA: Ambas partes se reservan el derecho de proceder unilateralmente a la rescisión del presente Convenio, si por la parte contraria se incumplieran los términos pactados. QUINTA: El presente Convenio tendrá vigencia durante el año 2020, finalizando el mismo
el día 31 de diciembre del mismo. Dicho convenio podrá ser renovado en años sucesivos con la consecuente negociación del mismo y en los términos que fijen ambas partes.
En prueba de conformidad de lo establecido, firman el presente documento en lugar y fecha señalados en su encabezamiento.
17º.-APROBACIÓN DE LA CERTIFICACIÓN Nº 3, CORRESPONDIENTE A LA OBRA DE “RECUPERACIÓN DE LA
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IGLESIA DE SANTA CLARA DE SORIA PARA CENTRO CÍVICO”,
A FAVOR DE LA EMPRESA COMPAÑÍA INTERNACIONAL DE CONSTRUCCIÓN Y DISEÑOS, S. A. U.
Examinada la certificación nº 3, correspondiente a la obra de “RECUPERACIÓN DE LA IGLESIA DE SANTA CLARA DE
SORIA PARA CENTRO CÍVICO”, habida cuenta de la existencia de la necesaria consignación presupuestaria, y de conformidad con la
propuesta emitida por el Sr. Interventor municipal, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la
delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha diez de julio de dos mil diecinueve, por unanimidad, acuerda:
Aprobar la certificación nº 3, a favor de la empresa adjudicataria
COMPAÑÍA INTERNACIONAL DE CONSTRUCCIÓN Y DISEÑOS, S. A.
U., por un importe de veintiún mil novecientos cincuenta y un euros con siete céntimos (21.951,07 €), IVA incluido.
Esta Obra está destinada a la Estrategia DUSI Soria Intramuros y
está cofinanciada al 50% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional de la Unión Europea, FEDER, en el Programa Operativo de
Crecimiento Sostenible del periodo de programación 2014-2020, incluido en el Eje 12: Desarrollo Urbano.
18º.-APROBACIÓN DEL PROYECTO Y DE LA SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PARA EL PROGRAMA MIXTO DE FORMACIÓN Y
EMPLEO DUERO XIII-A.
Con fecha 20 de octubre de 2020, se publica en el Boletín Oficial de Castilla y León nº 2017, extracto de la Resolución de 14 de octubre
de 2020 del Presidente del Servicio Público de Empleo de Castilla y
León por la que se convocan las subvenciones destinadas a financiar el Programa Mixto de Formación y Empleo en la Comunidad de
Castilla y León para el ejercicio 2020-21.
El objeto de dicha convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para el funcionamiento
del Programa Mixto de Formación y Empleo, consistente en la realización de acciones en alternancia de formación y empleo
dirigidas a la mejora de la empleabilidad de las personas desempleadas que se aprueben en el ejercicio 2020-21.
Con el fin de posibilitar la adquisición de una cualificación y de competencias profesionales, así como una experiencia laboral a los
26
desempleados inscritos en el Servicio Público de Empleo de Castilla y
León, estas acciones alternan la formación teórico-práctica con la realización de un trabajo real a través de la ejecución de obras o
servicios de utilidad pública e interés social, con el fin de favorecer la inserción laboral de los participantes.
En cumplimiento de ese objetivo, el Ayuntamiento de Soria, pretende llevar a cabo el Programa Mixto de Formación y Empleo
“DUERO XIII-A” para la siguiente especialidad:
Operaciones Auxiliares de Revestimientos Continuos en Construcción, con el objeto de formar a 9 personas en un periodo de
nueve meses.
Y los siguientes objetos de actuación en el proyecto de obra a
ejecutar:
Rehabilitación de dos viviendas municipales situadas en la calle San Benito nº 1, Bajo Dcha. y San Benito nº3, 4º Dcha.
La Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en
fecha diez de julio de dos mil diecinueve, por unanimidad, acuerda:
PRIMERO. Aprobar la solicitud del Programa Mixto de Formación y Empleo “Duero XIII-A” destinado a personas desempleadas, para las
especialidades de Operaciones Auxiliares de Revestimientos
Continuos en Construcción, siendo el coste total del programa 153.393,60 euros, y la subvención a solicitar al Servicio
Público de Empleo de Castilla y León de 138.294,54 euros.
SEGUNDO. Aprobar el proyecto de obra para dichas especialidades.
TERCERO. Aprobar la habilitación del crédito necesario en cuantía
adecuada y suficiente para la finalidad que se pretende.
19º-APROBACIÓN DEL PROYECTO Y DE LA SOLICITUD DE
SUBVENCIÓN PARA EL PROGRAMA MIXTO DE FORMACION Y EMPLEO DUERO XIII-B.
Con fecha 20 de octubre de 2020, se publica en el Boletín Oficial de Castilla y León nº 2017, extracto de la Resolución de 14 de octubre
de 2020 del Presidente del Servicio Público de Empleo de Castilla y
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León por la que se convocan las subvenciones destinadas a financiar
el Programa Mixto de Formación y Empleo en la Comunidad de Castilla y León para el ejercicio 2020-21.
El objeto de dicha convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para el funcionamiento
del Programa Mixto de Formación y Empleo, consistente en la realización de acciones en alternancia de formación y empleo
dirigidas a la mejora de la empleabilidad de las personas desempleadas que se aprueben en el ejercicio 2020-21.
Con el fin de posibilitar la adquisición de una cualificación y de
competencias profesionales, así como una experiencia laboral a los
desempleados inscritos en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, estas acciones alternan la formación teórico-práctica con la
realización de un trabajo real a través de la ejecución de obras o servicios de utilidad pública e interés social, con el fin de favorecer
la inserción laboral de los participantes.
En cumplimiento de ese objetivo, el Ayuntamiento de Soria, pretende llevar a cabo el Programa Mixto de Formación y Empleo
“DUERO XIII-B” con las siguientes especialidades:
Operaciones Auxiliares de Revestimientos Continuos en
Construcción, con el objeto de formar a 6 personas en un periodo de nueve meses.
Operaciones de Fontanería y Calefacción-Climatización
Doméstica, con el objeto de formar a 6 personas en un periodo de nueve meses.
Y los siguientes objetos de actuación en el proyecto de obra a ejecutar:
Rehabilitación de dos viviendas municipales situadas en la calle San
Benito nº 1, Bajo Dcha. y San Benito nº3, 4º Dcha.
La Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con
la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha diez de julio de dos mil diecinueve, por unanimidad, acuerda:
PRIMERO. Aprobar la solicitud del Programa Mixto de Formación y
Empleo “Duero XIII-B” destinado a personas desempleadas, para las especialidades de Operaciones Auxiliares de Revestimientos
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Continuos en Construcción y Operaciones de Fontanería y
Calefacción-Climatización Doméstica, siendo el coste total del programa 224.718,28 euros, y la subvención a solicitar al Servicio
Público de Empleo de Castilla y León de 184.392,72 euros.
SEGUNDO. Aprobar el proyecto de obra para dichas especialidades.
TERCERO. Aprobar la habilitación del crédito necesario en cuantía
adecuada y suficiente para la finalidad que se pretende.
A las diez horas y treinta y cinco minutos finaliza la sesión, doy fe, el Secretario General.
DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE