Los Principios Procesales en La Nueva Ley Procesal Del Trabajo

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  • 7/25/2019 Los Principios Procesales en La Nueva Ley Procesal Del Trabajo

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    Ao de la Consolidacin del Mar de Grau

    UNIVERSIDAD CATOLICA LOS ANGELES

    DE CHIMBOTE

    FACULTAD DE CIENCIAS POLITICAS

    ESCUELA DE DEEC!O

    CURSO : DERECHO PROCESAL DEL TRABAJO

    TEMA : PRINCIPIOS DE LA NUEVA LEY

    PROCESAL DEL TRABAJO LEY 29497

    DOCENTE : HECTOR VICENTE YAYA

    ALUMNO : - JENNY LUZ VARGAS ARRIETA

    CICLO : VII

    Puc!!" P#$%

    2&'(

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    LOS PINCIPIOS POCESALES EN LA NUE"A

    LE# POCESAL DEL TA$A%O

    LOS PINCIPIOS POCESALES LA$OALES

    El maestro Amrico Pl Rodrguez define a los principios del derecho del

    trabajo comoLneas directrices que informan algunas normas e inspiran

    directa e indirectamente una serie de soluciones por lo que pueden servir

    para promover y encauzar la aprobacin de nuevas normas,

    orientar la interpretacin de las existentes y resolver los casos no

    previstos15!

    Javier Arvalo Vela seala!"# $ue los principios del %erecho Procesal

    del &rabajo pueden definirse como a$uellos conceptos de naturaleza

    general $ue inspiran ' orientan la creaci(n) la interpretaci(n ' la

    aplicaci(n de las normas procesales en materia laboral) ' cumplen una

    triple misi(n* informativa) normativa e interpretativa) coincidiendo con la

    propuesta de +ederico de ,astro sobre la funci(n $ue cumplen los

    principios del derecho laboral- A saber*

    . /nformativa) pues sirven de fuente de inspiraci(n al legislador al

    momento de elaborar las normas jurdicas en materia de trabajo-

    . 0ormativa) 'a $ue cumplen un papel de fuente supletoria ante los

    vacos o deficiencias de la legislaci(n-

    . /nterpretativa) por$ue act1an como un criterio orientador para $uien

    pretenda interpretar las normas laborales-2a 2e' 03 4#5#6 reconoce los principios procesales laborales) sobre

    cu'a base se rige el procedimiento) as como las decisiones tomadas por

    los (rganos judiciales en sus artculos /) /// ' /V de su &tulo Preliminar)

    reconocindolos e7presamente) ampliando los principios reconocidos por

    la anterior 2e' Procesal 2aboral aprobada por la 2e' 03 48898- %ebe

    hacerse hincapi $ue en la prctica jurisdiccional son estos principios los

    $ue orientan las decisiones de los juzgadores al momento de decidir las

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    controversias) desde el inicio del proceso al admitir la demanda) su

    consecuci(n ' en especial al emitir un fallo) ' debo e7presar $ue e7isten

    casos lmite en los $ue resulta difcil tomar una decisi(n: sin embargo) al

    tener presente el significado de los principios laborales) stos nospermite resolver la controversia) por lo $ue ellos no s(lo son ideas

    inspiradoras del debido proceso sino $ue) en la prctica) a'udan a

    ejercer debidamente la funci(n judicial) por lo $ue el reconocimiento

    e7preso de estos principios por la nueva 2e'

    Procesal de &rabajo es positivo-

    LOS PINCIPIOS POCESALES EN EL NUE"O POCESO

    LA$OAL

    2a 2e' 03 4#5#6) como 'a lo manifestamos) ha regulado algunos de los

    principios procesales laborales reconocidos por la ,onstituci(n del

    Estado) la doctrina ' la anterior 2e' 03 48898) ' $ue pretendemos

    analizar a continuaci(n-

    &' EL PINCIPIO DE OALIDAD

    ;obre la voz oral 2a Real Academia Espaola indica*

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    El nuevo proceso laboral se caracteriza por ser oral- 2as actuaciones

    procesales en este proceso son necesariamente orales) con e7cepci(n

    de la demanda ' la contestaci(n $ue deben hacerse por escrito) mientras

    $ue la controversia debe resolverse en la audiencia $ue el juez fije) seasta de juzgamiento o de audiencia 1nica) dependiendo si se trata de

    proceso ordinario o proceso abreviado-

    El artculo !4 de la 0ueva 2e' Procesal de &rabajo seala $ue en los

    procesos laborales por audiencias) las e7posiciones orales de las partes

    ' sus abogados prevalecen sobre las escritas sobre la base de las cuales

    el juez dirige las actuaciones procesales ' pronuncia sentencia-

    &ello Ponce manifiesta sobre la oralidad*

    $n resumidas cuentas, un innovador proceso laboral donde si bien la

    oralidad y la escritura sean las #erramientas de su desenvolvimiento,

    pero con predominio de la primera sobre la segunda, significar%

    correlativamente un deber real, moral y &urdico, de todos los

    intervinientes en el proceso, modificando autom%ticamente el rol del &uez

    que entra en contacto directo con las partes, lo que significa ciertamente

    la ansiada #umanizacin de la &usticia del traba&o, donde la %gil y efectiva

    solucin a los planteamientos, ocupa un medio importante en el

    desarrollo del proceso1'(!

    (' EL PINCIPIO DE INMEDIACI)N

    2a inmediaci(n) garantiza $ue el juez est presente en todas las etapas

    del proceso ' sea ste $uien reciba las posiciones de las partes ' act1e

    los medios de prueba- ,omo lo apunta ,hiovenda!85* )o est% solo

    unido estrictamente al de oralidad en cuanto que slo en el proceso oral

    puede plena y eficazmente ser aplicado, sino que verdaderamente

    constituye la esencia del proceso oral!

    Javier Arvalo Vela indica sobre este principio $ue persigue que el &uez

    participe personalmente de las diligencias del proceso a efectos que

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    tenga un conocimiento directo y m%s exacto de los #ec#os litigiosos que

    se someten a su decisin1'5!

    A travs de este principio se pretende la vinculaci(n de las partes) el juez

    ' las pruebas durante el proceso) a efecto de averiguar la verdad de loshechos- En la inmediaci(n tenemos la participaci(n directa del juez 'a

    $ue puede tener en cuenta las reacciones de las partes ' declarante para

    darse cuenta de la veracidad de sus declaraciones- &iene por finalidad

    $ue el juez $ue reciba las pruebas) haga su apreciaci(n en definitiva a

    travs de un fallo @pues se dicta en la misma audiencia de juzgamiento o

    1nica seg1n el tipo de proceso ordinario o abreviadoB- El juez debe estar

    presente en la realizaci(n de las audiencias) de lo contrario stas no se

    realizan- 2a nueva le' procesal de trabajo e7ige $ue las audiencias '

    actuaci(n de medios probatorios se realicen ante el juez) 'a $ue l es el

    encargado de dirigir e impulsar el proceso laboral @artculo 4!B-

    2os alegatos de las partes deben e7ponerse frente al juez ' la actuaci(n

    de los medios de prueba tambin se efect1a en su presencia) a fin $ue

    tenga un conocimiento e7acto del contenido de las mismas ' pueda

    observar los hechos ' las conductas directamente de las partes)

    permitindole obtener conclusiones ' elementos de convicci(n) sobre

    todo al momento de emitir su fallo-

    *' EL PINCIPIO DE CONCENTACI)N

    Cediante este principio tambin recogido en el &tulo Preliminar del

    ,(digo Procesal ,ivil) se persigue $ue los procesos laborales se

    desarrollen con un mnimo de actuaciones procesales) a efecto $ue el

    juez ad$uiera una visi(n en conjunto del conflicto de las partes- ;e

    pretende agrupar todos los actos procesales en una 1nica audiencia o) al

    menos) en el menor n1mero de audiencias necesarias ' pr(7imas en el

    tiempo-

    El artculo 55 de la 2e' en comento seala $ue en el proceso ordinario) la

    audiencia de juzgamiento se realiza en acto 1nico ' concentra las etapas

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    de confrontaci(n de posiciones) actuaci(n probatoria) alegatos '

    sentencia: ' el artculo 5# seala $ue en el proceso abreviado concentra

    las etapas de conciliaci(n) confrontaci(n de posiciones) actuaci(n

    probatoria) alegatos ' sentencia) las $ue se realizan una seguida de laotra-

    +' PINCIPIO DE CELEIDAD POCESAL

    Persigue la rapidez del proceso laboral) por lo $ue ste debe

    estructurarse sobre plazos breves pero tambin sobre la eliminaci(n de

    trabas a la tutela jurisdiccional efectiva: asimismo se halla representado

    por la improrrogabilidad de los plazos) garantizndose as una justicia

    e7peditiva) sin dilaciones indebidas-

    ,on este principio se aclara la sustanciaci(n del procedimiento) sin $ue

    ello menoscabe el derecho a la defensa ' el debido proceso-

    Ejemplos de celeridad en el proceso laboral es $ue el juez debe dictar en

    sesenta minutos su fallo luego de culminada la audiencia de juzgamiento)

    pudindola diferir hasta por cinco das) s(lo e7cepcionalmente en

    atenci(n a la complejidad del proceso @artculo 56B: adems) los jueces

    interpretan los re$uisitos ' presupuestos procesales en sentido favorable

    a la continuidad del proceso @artculo /// del &tulo Preliminar de la 0ueva

    2e' Procesal de &rabajoB-

    ,' PINCIPIO DE ECONOM-A POCESAL

    Este principio no est deslindado del todo con el de concentraci(n- Dusca

    $ue los actos procesales sean simplificados ' de trmites sencillos) a

    efecto $ue se d inicio) se tramite ' decida el proceso en los plazos

    establecidos- El juez debe velar por la pronta soluci(n del conflicto ' $ue

    las actuaciones se realicen en el menor n1mero posible de actos reas

    distintas* tiempo) gasto ' esfuerzo!88-

    ?a' aplicaci(n del principio de economa en el proceso laboral cuando el

    juez verifica notoriamente la improcedencia de la demanda ' la rechaza

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    de plano mediante resoluci(n debidamente fundamentada @artculo !6)

    1ltima parteB) ello a efecto de evitar al litigante un largo juicio en $ue al

    final se va a llegar a la misma conclusi(n: tambin es posible $ue

    interpuesta una demanda) por ejemplo sobre indemnizaci(n por despidoarbitrario ' pago de beneficios econ(micos) si el juez advierte la

    caducidad de la acci(n indemnizatoria) puede declarar la improcedencia

    de la demanda en este e7tremo ' admitir la demanda por el pago de los

    beneficios econ(micos- &ambin se aplica el principio de economa

    procesal en la facultad del juez de declarar inadmisibles) innecesarios o

    impertinentes medios de prueba ofrecidos por las partes) cuando se trata

    de hechos admitidos @por ejemplo) ambas partes estn de acuerdo en el

    periodo laboradoB presumidos por le') recogidos en resoluci(n judicial

    con la calidad de cosa juzgada o hechos notorios: admitiendo

    1nicamente los medios de prueba sobre los hechos necesitados de

    prueba @artculo 58B-

    .' PINCIPIO DE "EACIDAD

    2as partes ' sus abogados deben actuar en el proceso con verdad- %ado

    $ue el juez dirige la audiencia debe procurar $ue sta se conduzca con

    veracidad) impide ' sanciona la conducta contraria a los deberes de

    veracidad ' probidad) por lo $ue su afectaci(n puede sancionarse con la

    imposici(n de multa seg1n lo permite el artculo !" de la 0ueva 2e'

    Procesal de &rabajo-

    Adems en esta le' se ha determinado $ue) en la actuaci(n probatoria) el

    juez debe impedir $ue sta se desnaturalice) permitindole sancionar a

    las partes cuando act1en contrariamente al deber de veracidad: ello se

    evidencia justamente en la actuaci(n de las declaraciones de parte ' de

    testigos al advertir contradicciones en las respuestas) $ue hacen

    evidente $ue no obedecen a la realidad de los hechos-

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    CONCLUSIONES

    !- 2a 0ueva 2e' Procesal del &rabajo) 2e' 03 4#5#6) reconoce una

    variedad de principios $ue inspiran el proceso laboral) garantizando $ue

    ste se desarrolle de forma ms rpida ' eficaz) respetando el debidoproceso-

    4- 2a oralidad es el principio $ue caracteriza el nuevo proceso laboral)

    pues sus actuaciones son necesariamente orales) con e7cepci(n de la

    demanda ' la contestaci(n) permitindole al juez entrar en contacto con

    las partes ' comparecientes) ' conocer debidamente el conflicto

    suscitado entre ellas-

    9- El nuevo proceso laboral permite al juez tener un rol ms activo '

    cumplir eficazmente su funci(n como director del proceso posibilitando)

    adems) una mejor preparaci(n de los participantes en el proceso) en

    especial de los abogados $uienes deben e7presar sus posiciones '

    formular sus alegaciones en forma oral-

    5- 2a inmediaci(n ' concentraci(n permiten la directa intervenci(n del

    juzgador en las audiencias ' en la actuaci(n de los medios de prueba)

    $uien debe velar por el cumplimiento del principio de igualdad real de las

    partes) fortaleciendo a la parte ms dbil) sancionando las conductas

    maliciosas ' contrarias al deber de veracidad) evitando as el

    dese$uilibrio entre demandante ' demandado-

    "- Al momento de resolver ' emitir su falllo) el juez debe motivar sus

    decisiones sustentadas en los principios ' derechos laborales

    reconocidos por la ,onstituci(n) los tratos internacionales de los $ue es

    parte el Per1 ' la le') acudiendo adems a criterios de razonabilidad a

    efecto de valorar los hechos probados por las partes-