Liquidacion de IVA- 2014
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31/08/2014
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IVA: Liquidación y Ajuste
Disertante: Dr. Carlos Alberto RezzaraInicio – Versión 03.2014 – 08.2014
Objeto, Sujeto y Nacimiento del Hecho Imponible
Impuesto al Valor Agregado
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HECHO IMPONIBLE
ACTO O CONJUNTO DE ACTOS DE NATURALEZA ECONOMICAprevistos en la norma legal y cuya configuración da origen a la relación
jurídica principal, esto es, la OBLIGACION TRIBUTARIA
Definición INTEGRADO
Descripción OBJETIVA es el presupuesto de hecho que la ley del impuesto establece como determinante del mismo
ASPECTO OBJETIVO
ASPECTO SUBJETIVO
ASPECTO ESPACIAL
Dr. Carlos A. Rezzara
Descripción SUBJETIVA (Sujeto pasivo del impuesto) del contribuyente respecto del cual se verifica el hecho imponible
Descripción ESPACIAL se refiere al lugar en que se configura el hecho imponible, que es, en definitiva, quien soporta el peso del tributo
ASPECTO TEMPORALDescripción TEMPORAL se refiere el momento de vinculación del hecho imponible con el instante en que nace la OBLIGACION TRIBUTARIA
Son 4 los conceptos alrededor de los cuales se ordena el HECHO IMPONIBLE en el IVA
VENTA DE COSAS MUEBLES situadas o colocadas en el país, realizada por determinados sujetos (1)Articulo 1
Dr. Carlos A. Rezzara
OBRAS, LOCACIONES Y PRESTACIONES DE SERVICIOS realizadas en el país (2)
IMPORTACIONES DEFINITIVAS DE COSAS MUEBLES (3)
IMPORTACIONES DE SERVICIOS (4)
(1) Sobre la base de lo previsto por el artículo 2 de la LEY, es dable concluir que el concepto que le cabe al término VENTA termina siendomucho más amplio que la definición que brinda sobre ella el CODIGO CIVIL
(2) No contamos con una definición legal respecto de su significado, sin que , a fin de comprender el alcance que les cabe, la ley nosbrinda, en su artículo 3, una enunciación de operaciones que debemos considerar o asimilar como tales
(3) Su significado lo da el artículo 2 del reglamento, aunque, en realidad, más que definir el término, con remite al CODIGO ADUANERO,a efectos de conocer su alcance
(4) Su conceptualización surge de lo manifestado por el artículo 1 de la ley, en complemento con la enunciación de operaciones querealiza el artículo 3 de la ley
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Venta de Cosas Muebles
Análisis Integral
ASPECTO SUBJETIVO
Dr. Carlos A. Rezzara
ASPECTO OBJETIVO ASPECTO ESPACIAL
VENTA DE COSAS MUEBLES
Esta dado por la VENTA DE COSAS MUEBLES, debemos remitirnos a lo dispuesto:
Transferencia a título oneroso de cosas muebles Realizada entre Personas de EXISTENCIA VISIBLE
Personas de EXISTENCIA IDEAL
SUCESIONES INDIVISAS
ENTIDADES DE CUALQUIER INDOLE
Que importe la transmisión de dominio
FUERA DEL OBJETOBIENES INMUEBLES / BIENES INTANGIBLES o INMATERIEALES
SE CONSIDERA VENTA
EXPROPIACIÓN
REORGANIZACIONES DE SOCIEDADES (1)
TRANSFERENCIAS A FAVOR DE CONYUGES Y/O DESCENDIENTES (2)
1. Bajo determinados supuestos
2. En determinados casos
Articulo 2
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ASPECTO SUBJETIVO
Dr. Carlos A. Rezzara
ASPECTO OBJETIVO ASPECTO ESPACIAL
VENTA DE COSAS MUEBLES
COMPRAVENTA
PERMUTA
DACIÓN DE PAGO
ADJUDICACIÓN DE COSAS MUEBLES POR DISOLUCIÓN
APORTES SOCIALES
SE CONSIDERA VENTA
VENTAS Y SUBASTAS JUDICIALES
TODO OTRO ACTO POR EL QUE SE TRANSMITA EL DOMINIO
ASPECTO SUBJETIVO
Dr. Carlos A. Rezzara
ASPECTO OBJETIVO ASPECTO ESPACIAL
VENTA DE COSAS MUEBLES
COMPRAVENTA
PERMUTA
DACIÓN DE PAGO
Habitualista en la venta de artículos de limpieza, vende al contado y entrega escobas a consumidores finales
El contrato de trueque o permutación tendrá lugarcuando uno de los contratantes se obligue a transferir aotro la propiedad de una cosa, con tal de que éste le déla propiedad de otra cosa
La Empresa XXX S.A. (fábrica de indumentaria) permuta a La Empresa YYY S.A. (industria textil) 100 camisas por
50 metros de tela
Contrato a través del cual una de las partes se obliga atransferir a otra la propiedad de una cosa y ésta apagarle por ella un precio cierto en dinero, adquiriendoel acreedor el dominio u otro derecho real cuando seproduzca la "tradición" de la cosa
Cuando las cosas se entregan en pago de lo que sedebe, el acto tendrá los mismos efectos que la compra yla venta. Por ende, la dación en pago es la transmisióndel dominio de una cosa mueble para cancelar total oparcialmente una deuda preexistente
La Empresa XXX S.A. (fábrica de indumentaria) entrega en parte de pago 500 pantalones y dinero en efectivo por el saldo restante a sus proveedores de tela. Por la
entrega de los 500 pantalones se verifica el hecho imponible, no así por el dinero entregado
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ASPECTO SUBJETIVO
Dr. Carlos A. Rezzara
ASPECTO OBJETIVO ASPECTO ESPACIAL
VENTA DE COSAS MUEBLES
ADJUDICACIÓN DE COSAS MUEBLES POR DISOLUCIÓN
APORTES SOCIALES
VENTAS Y SUBASTAS JUDICIALES
La Empresa XXX S.R.L. (supermercado minorista)Se disuelve y transfiere a sus socios el inmueble donde
funcionaba la sociedad y los bienes de cambio en existencia. La transferencia del inmueble no está
gravada; en cambio, debe tributarse el impuesto por los bienes de cambio entregados
Se considera venta a los efectos fiscales cuando delaporte realizado por un socio resulte una transmisión decosas muebles gravadas
Habida cuenta de la autonomía del derecho tributariosustantivo, se incluyen como ventas a las transmisionescompulsivas de cosas muebles del fallido o sujeto enquiebra a sus acreedores o terceros
La adjudicación alcanzada por el impuesto comprende laentrega a los socios de cosas muebles en proporción a suderecho de propiedad sobre la sociedad
Se constituye la sociedad X S.A., siendo sus socios AB S.A. y CD S.A. obligándose a aportar dinero en efectivo y
muebles de oficina, respectivamente. El aporte realizado por CD S.A. está alcanzado por el impuesto
En un remate judicial se produce la transferencia de todo el equipamiento de una empresa automotriz
quebrada
TODO OTRO ACTO POR EL QUE SE TRANSMITA EL DOMINIOLas cosas muebles transferidas en ocasión de una venta de un
fondo de comercio
ASPECTO SUBJETIVO
Dr. Carlos A. Rezzara
ASPECTO OBJETIVO ASPECTO ESPACIAL
VENTA DE COSAS MUEBLES
INCORPORACION DE BIENES MUEBLES DE PROPIA PRODUCCIÓN A OPERACIONES EXENTAS O NO ALCANZADAS
CONCEPTOS ASIMILADOS A VENTA
ENAJENACIÓN DE BIENES, QUE SIENDO SUCEPTIBLES DE TENER INDIVIDUALIDAD PROPIA SE ENCUENTREN ADHERIDOS AL SUELO
AL MOMENTO DE SU TRANSFERENCIA
TRANSFERENCIA REGULAGAS A TRAVÉS DE MEDIDORES
AUTOCONSUMOS
OPERACIONES DE COMISIONISTAS, CONSIGNATARIOS Y OTROS
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ASPECTO SUBJETIVO
Dr. Carlos A. Rezzara
ASPECTO OBJETIVO ASPECTO ESPACIAL
VENTA DE COSAS MUEBLES
INCORPORACION DE BIENES MUEBLES DE PROPIA PRODUCCIÓN A OPERACIONES EXENTAS O NO ALCANZADAS
ENAJENACIÓN DE BIENES, QUE SIENDO SUCEPTIBLES DE TENER INDIVIDUALIDAD PROPIA SE ENCUENTREN ADHERIDOS AL SUELO AL MOMENTO DE SU TRANSFERENCIA
TRANSFERENCIA REGULAGAS A TRAVÉS DE MEDIDORES
Se considerará configurada siempre que se incorporen a las prestaciones, obras o locaciones, exentas o no gravadas,cosas muebles obtenidas por quien realiza la prestación o locación, mediante un proceso de elaboración, fabricacióno transformación, aun cuando esos procesos se efectúen en el lugar donde se realiza la prestación o locación y éstasse lleven a cabo en forma simultánea. Tener en cuenta la teoría de la unicidad y de la divisibilidad
Naranja S.R.L. vende un campo con toda su plantación de naranjos. Si bien la venta del inmueble no esta gravada porel impuesto, sí lo está la plantación de naranjos
Tratándose de transferencias reguladas a través de medidores, las cuotas fijas exigibles con independencia de lasefectivas entregas tendrán el tratamiento previsto para las ventas
AUTOCONSUMOSSebastian Escalante tiene una fábrica de cosméticos y retiracremas de rejuvenecimiento para regalarle a su suegra
ASPECTO SUBJETIVO
Dr. Carlos A. Rezzara
ASPECTO OBJETIVO ASPECTO ESPACIAL
VENTA DE COSAS MUEBLES
OPERACIONES DE COMISIONISTAS, CONSIGNATARIOS Y OTROS
Comisionista:El comisionista es la persona que realiza, casi siempre de forma habitual y profesional, mandatos con finescomerciales, es decir, operaciones mercantiles por cuenta y orden de otro sujeto llamado comitente.
Consignatario:El consignatario es la persona a cuyo nombre se hace la consignación. Esta última, por su parte, consiste en eldepósito de una mercancía en manos de un comisionista, que se encarga de venderla.
Se describen a continuación casos de aplicación de la norma legal:
1. Matias es un intermediario (comisionista) que realiza compras de bicicletas en nombre propio, pero por cuentade Julio (comitente), percibiendo por su gestión un 10% de comisión
2. Agustín presta sus servicios de intermediación (comisionista) al vender productos de repostería en nombrepropio pero por cuenta de Antonio (consignatario), con una comisión por las ventas del 15%
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ASPECTO SUBJETIVO
Dr. Carlos A. Rezzara
ASPECTO OBJETIVO ASPECTO ESPACIAL
VENTA DE COSAS MUEBLES
HABITUALISTAS
QUIENES REALICEN ACTOS DE COMERCIO ACCIDENTAL
HEREDEROS O LEGATARIOS DE RESPONSABLES INSCRIPTOS
QUIENES REALICEN EN NOMBRE PROPIO, PERO POR CUENTA DE TERCEROS
EMPRESAS CONSTRUCTORASSUJETOS PASIVOS EN LA
VENTA DE COSAS MUEBLES
PRESTADORES DE SERVICIOS GRAVADOS
OTROS SUJETOS
OPERACIONES RELACIONADAS CON LA CALIDAD SUBJETIVA
CONCURSADOS Y FALLIDOS
Inciso a)
Inciso b)
Inciso d)
Inciso e)
Inciso f)
2° Párrafo
3° Párrafo
4° Párrafo
LOCADORES DE SERVICIOS GRAVADOS
Articulo 4
ASPECTO SUBJETIVO
Dr. Carlos A. Rezzara
ASPECTO OBJETIVO ASPECTO ESPACIAL
VENTA DE COSAS MUEBLES
HABITUALISTAS
QUIENES REALICEN ACTOS DE COMERCIO ACCIDENTAL
La habitualidad está referida a la periodicidad en la "venta de cosas muebles" de modo real opotencial, es decir, aquella susceptible de serlo por las características propias del contribuyente o lade sus actividades
Parámetros para definir la habitualidad:
� Fin de lucro� Frecuencia de las operaciones� Importancia relativa de la operación� Inclusión dentro del objeto social en el caso de sociedades� Vinculación con el giro comercial
Remisión CODIGO DE COMERCIO
� Un sujeto adquiere muebles para su hogar y transcurrido el lapso de tres años los coloca a la venta con el fin decomprar otros en su reemplazo: no resulta sujeto pasivo del tributo; por ende, no se trata de una operaciónalcanzada por el gravamen
� El titular de la firma unipersonal "El Mueble", responsable inscripto en el impuesto al valor agregado, vende unacomputadora afectada como bien de uso en el salón de ventas: es sujeto pasivo del tributo por dicha transacción
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ASPECTO SUBJETIVO
Dr. Carlos A. Rezzara
ASPECTO OBJETIVO ASPECTO ESPACIAL
VENTA DE COSAS MUEBLES
HEREDEROS O LEGATARIOS DE RESPONSABLES INSCRIPTOS
Son sujetos pasivos del impuesto quienes sean herederos o legatarios de responsables inscriptos; en este último casocuando enajenen bienes que en cabeza del causante hubieran sido objeto del gravamen
Mientras se mantenga el estado de indivisión hereditaria, el administrador de la sucesión o el albacea, serán losresponsables del ingreso del tributo que pudiera corresponder, siéndoles de aplicación lo dispuesto en el artículo 6de la ley de procedimiento tributario sobre la responsabilidad por el cumplimiento de la deuda ajena
Heredero:Es el titular de una herencia. La herencia es la transmisión a título universal del conjunto de bienes, derechos yobligaciones que al fallecer deja el causante a la persona o grupo de personas que han de recibirlos
Legatario:El legatario es el titular de un legado, es decir, de la disposición testamentaria a título particular a través de la cual, alfallecer el causante, se otorgan derechos patrimoniales determinados a terceros no herederos
Un sujeto "A", responsable inscripto, dedicado a la fabricación y venta de escobas, vende al sujeto "B", de igualcondición impositiva, 5.000 escobas que heredó de su padre, también responsable inscripto. El padre falleció hacecuatro meses: el individuo "A" resulta sujeto pasivo del tributo por vender las escobas, dado que en cabeza delpadre, la enajenación de las mismas hubiera estado gravada
ASPECTO SUBJETIVO
Dr. Carlos A. Rezzara
ASPECTO OBJETIVO ASPECTO ESPACIAL
VENTA DE COSAS MUEBLES
QUIENES REALICEN EN NOMBRE PROPIO, PERO POR CUENTA DE TERCEROS
EMPRESAS CONSTRUCTORAS
Un sujeto "A" (comisionista) realiza compras de golosinas en nombre propio pero por cuenta del sujeto "B"(comitente) percibiendo por su gestión un 10% de comisión: el individuo "A", por su prestación, es sujeto pasivo deltributo
Son sujetos pasivos del impuesto quienes sean empresas constructoras que realicen las obras a que se refiere elinciso b) del artículo 3, cualquiera sea la forma jurídica que hayan adoptado para organizarse, incluidas las empresasunipersonales. Se entenderá que revisten el carácter de empresas constructoras las que, directamente o a través deterceros, efectúen las referidas obras con el propósito de obtener un lucro con su ejecución o con la posterior venta,total o parcial, del inmueble
Empresa constructoraEs la empresa que tiene como propósito obtener un lucro, con su ejecución o con la posterior venta, total o parcial,del inmueble.
Una persona física construye sobre un terreno de su propiedad:� Un LOFT con el fin de habitarlo con su familia: no es sujeto pasivo del tributo� Una casa con la finalidad de venderla: (Se considerado empresa constructora): sujeto pasivo del gravamen
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ASPECTO SUBJETIVO
Dr. Carlos A. Rezzara
ASPECTO OBJETIVO ASPECTO ESPACIAL
VENTA DE COSAS MUEBLES
PRESTADORES DE SERVICIOS GRAVADOS
OTROS SUJETOS
LOCADORES DE SERVICIOS GRAVADOS
Son sujetos pasivos del impuesto quienes presten servicios gravados, tanto quienes los efectúen directamente comoquienes los realicen como intermediarios, en este último supuesto siempre que lo hagan a nombre propio
En el caso de locaciones gravadas, son sujetos pasivos del impuesto quienes sean locadores, tanto quienes lasefectúen directamente como quienes las realicen como intermediarios, en este último supuesto siempre que lohagan a nombre propio
Son sujetos pasivos del impuesto quienes se encuentren comprendidos en alguna de las situaciones previstas en losincisos a) a g) del artículo 4 (contribuyentes del impuesto) y revistan la calidad de uniones transitorias de empresas,agrupamientos de colaboración empresaria, consorcios, asociaciones sin existencia legal como personas jurídicas,agrupamientos no societarios o cualquier otro ente individual o colectivo. Los fondos comunes de inversión, por sucondición de responsables, deben tributar el impuesto por las operaciones que realicen y que configuren alguno delos hechos imponibles enunciados en el artículo 1 de la ley, en tanto no se encuentren beneficiados por exenciones(D. 194/1998).
ASPECTO SUBJETIVO
Dr. Carlos A. Rezzara
ASPECTO OBJETIVO ASPECTO ESPACIAL
VENTA DE COSAS MUEBLES
OPERACIONES RELACIONADAS CON LA CALIDAD SUBJETIVA
Adquirido el carácter de sujeto pasivo del impuesto en los casos de los incisos a), b), d), e) y f) del artículo 4, seránobjeto del gravamen todas las ventas de cosas muebles relacionadas con la actividad determinante de su condiciónde tal, con prescindencia del carácter que revisten las mismas para la actividad y de la proporción de su afectación alas operaciones gravadas cuando éstas se realicen simultáneamente con otras exentas o no gravadas, incluidas lasinstalaciones que siendo susceptibles de tener individualidad propia se hayan transformado en inmuebles poraccesión al momento de su enajenación
Un médico concreta las siguientes operaciones:
� Vende un bien afectado íntegramente a prestaciones exentas del gravamen: la venta no resulta alcanzada por elgravamen habida cuenta de que el bien se afectaba a una actividad exenta y el médico no es habitualista en estaclase de operaciones ni se trata de un acto de comercio accidental
� Realiza prestaciones exentas y gravadas y enajena un bien que sólo se afectaba a las prestaciones exentas: deigual modo que en el caso anterior, la venta no resulta alcanzada
� Vende un bien afectado exclusivamente a sus prestaciones gravadas: la operación se encuentra alcanzada por elimpuesto
� Enajena un bien afectado parcialmente a prestaciones gravadas y exentas: la enajenación está alcanzada por elimpuesto
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ASPECTO SUBJETIVO
Dr. Carlos A. Rezzara
ASPECTO OBJETIVO ASPECTO ESPACIAL
VENTA DE COSAS MUEBLES
COLOCADAS O SITUADAS EN EL PAIS
Las cosas muebles de procedencia extranjera sólo se considerarán situadaso colocadas en el territorio del país cuando hayan sido importadas enforma definitiva
Las cosas muebles deben estar situadas o colocadas en el país y si son de procedencia extranjera, deben serpreviamente importadas en forma definitiva. Ejemplos:
� XX S.A. vende en nuestro país 1.000 cajones de sidra. La operación está alcanzada por el impuesto, por cuantose realizó en nuestro país
� XX S.A. vende en Chile 1.000 cajones de sidra que adquirió directamente en dicho país. La operación estáexcluida del ámbito de aplicación del gravamen, porque se realizó en el exterior
� XX S.A. vende en Argentina 500 cajones de sidra que importó temporariamente. La venta no está gravada,habida cuenta de que las cosas muebles no fueron importadas en forma definitiva
ASPECTO TEMPORAL Es la descripción del momento de vinculación del hecho imponible con elinstante en que nace la obligación tributaria. Si bien la ley hace referencia alnacimiento del hecho imponible, en realidad, el artículo 5 de la ley tipifica lassituaciones en que el hecho imponible se perfecciona, produciéndose lagénesis de la obligación tributaria
Articulo 5
Dr. Carlos A. Rezzara
ASPECTO TEMPORAL
VENTA DE COSAS MUEBLES
VENTA (Inclusive de bienes registrables)
PERFECCIONAMIENTO DEL HECHO IMPONIBLE
COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS CUYA FIJACIÓN DE PRECIO TENGA LUGAR CON POSTERIORIDAD A LA
ENTREGA DEL PRODUCTO
BIENES DE PROPIA PRODUCCIÓN INCORPORADOS A TRAVÉS DE LOCACIONES Y PRESTACIONES DE SERVICIOS
EXENTAS O NO GRAVADAS
OPERACIONES DE PRODUCTOS PRIMARIOS
Articulo 5 inc. a)
CRITERIO GENERAL ENTREGA
EMISIÓN DE LA FACTURA
ACTO EQUIVALENTE
En todos los supuestos el hecho
imponible se perfeccionará en
tanto medie la efectiva existencia
de los bienes y éstos hayan sido puestos
a disposición del comprador
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Dr. Carlos A. Rezzara
ASPECTO TEMPORAL
VENTA DE COSAS MUEBLES
Articulo 5 inc. a)
CRITERIO PARTICULAR
VENCIMIENTO
PERCEPCIÓN TOTAL
ACTO EQUIVALENTE
Se considerarán como actos equivalentes a la entrega del bien o emisión de la factura respectiva, a las situacionesprevistas en los apartados 1, 3, 4 y 5 del artículo 463 del Código de Comercio:� La entrega de las llaves del almacén, tienda o caja en que se hallare la mercadería u objeto vendido� La entrega o recibo de la factura sin oposición inmediata del comprador� La clausura por cuenta, puesta en el conocimiento o carta de porte, no siendo reclamada por el comprador
dentro de 24 horas, o por el segundo correo� La declaración o asiento en el libro o despacho de las oficinas públicas a favor del comprador, de acuerdo de
ambas partes
PERCEPCIÓN PARCIAL
PROVISIÓN DE AGUA PERCEPCIÓN TOTAL O PARCIALA consumidores finales, en domicilios destinados exclusivamente a vivienda
PROVISIÓN DE AGUA, GAS,ENERGIA ELECTRICA
Dr. Carlos A. Rezzara
ASPECTO TEMPORAL
VENTA DE COSAS MUEBLES
VENTA (Inclusive de bienes registrables)
PERFECCIONAMIENTO DEL HECHO IMPONIBLE
COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS CUYA FIJACIÓN DE PRECIO TENGA LUGAR CON POSTERIORIDAD A LA
ENTREGA DEL PRODUCTO
BIENES DE PROPIA PRODUCCIÓN INCORPORADOS A TRAVÉS DE LOCACIONES Y PRESTACIONES DE SERVICIOS
EXENTAS O NO GRAVADAS
OPERACIONES DE PRODUCTOS PRIMARIOS
Articulo 5 inc. a)
CRITERIO PARTICULAR AL MOMENTO DE DETERMINACION DEL PRECIO
En todos los supuestos el hecho
imponible se perfeccionará en
tanto medie la efectiva existencia
de los bienes y éstos hayan sido puestos
a disposición del comprador
En los casos en que la comercialización de productos primarios provenientes de laagricultura y ganadería; avicultura; piscicultura y apicultura, incluida la obtenciónde huevos frescos, miel natural y cera virgen de abeja; silvicultura y extracción demadera; caza y pesca y actividades extractivas de minerales y petróleo crudo y gas
El 10/07/2013 un proveedoragropecuario hace entrega aun productor agropecuariode 500 kg. de abono para latierra. Con fecha 16/09/2013el productor paga el abonocon una tonelada de maízcuyo valor en plaza es de $10.000: para ambos sujetos,el hecho imponible seperfecciona el 16/09/2013
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Dr. Carlos A. Rezzara
ASPECTO TEMPORAL
VENTA DE COSAS MUEBLES
VENTA (Inclusive de bienes registrables)
PERFECCIONAMIENTO DEL HECHO IMPONIBLE
COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS CUYA FIJACIÓN DE PRECIO TENGA LUGAR CON POSTERIORIDAD A LA
ENTREGA DEL PRODUCTO
BIENES DE PROPIA PRODUCCIÓN INCORPORADOS A TRAVÉS DE LOCACIONES Y PRESTACIONES DE SERVICIOS
EXENTAS O NO GRAVADAS
OPERACIONES DE PRODUCTOS PRIMARIOS
Articulo 5 inc. a)
CRITERIO PARTICULAR AL MOMENTO EN QUE SE PRODUZCA LA ENTREGA de los PRODUCTOS PRIMARIOS
En todos los supuestos el hecho
imponible se perfeccionará en
tanto medie la efectiva existencia
de los bienes y éstos hayan sido puestos
a disposición del comprador
Cuando los productos primarios se comercialicen mediante operaciones decanje por otros bienes, locaciones o servicios gravados, que se reciben conanterioridad a la entrega de los primeros
Dr. Carlos A. Rezzara
ASPECTO TEMPORAL
VENTA DE COSAS MUEBLES
VENTA (Inclusive de bienes registrables)
PERFECCIONAMIENTO DEL HECHO IMPONIBLE
COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS CUYA FIJACIÓN DE PRECIO TENGA LUGAR CON POSTERIORIDAD A LA
ENTREGA DEL PRODUCTO
BIENES DE PROPIA PRODUCCIÓN INCORPORADOS A TRAVÉS DE LOCACIONES Y PRESTACIONES DE SERVICIOS
EXENTAS O NO GRAVADAS
OPERACIONES DE PRODUCTOS PRIMARIOS
Articulo 5 inc. a)
CRITERIO PARTICULAR AL MOMENTO EN QUE SE PRODUZCA LA ENTREGA DEL BIEN
En todos los supuestos el hecho
imponible se perfeccionará en
tanto medie la efectiva existencia
de los bienes y éstos hayan sido puestos
a disposición del comprador
Se considerará configurada en el momento de la incorporación
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Obras, Locaciones y Prestaciones
Análisis Integral
ASPECTO SUBJETIVO
Dr. Carlos A. Rezzara
ASPECTO OBJETIVO ASPECTO ESPACIAL
OBRAS, LOCACIONES, PRESTACIONES SERVICIOS
Obras, Locaciones o Prestaciones Realizadas en el territorio de la Nación
Sin condicionamientos respecto del aspecto SUSBJETIVO, excepto si el
sujeto es EMPRESA CONSTRUCTORA
TRABAJOS REALIZADOS DIRECTAMENTE O A TRAVÉS DE TERCEROS SOBRE INMUEBLE AJENO
OBTENCIÓN DE BIENES DE LA NATURALEZA POR ENCARGO DE UN TERCERO
OTRAS LOCACIONES Y PRESTACIONES DE SERVICIOS
Articulo 3
OBRAS EFECTUADAS DIRECTAMENTE O A TRAVÉS DE TERCEROS SOBRE INMUEBLE PROPIO
ELABORACIÓN, CONSTRUCCIÓN O FABRICACIÓN DE UNA COSA MUEBLE POR ENCARGO DE TERCEROS
SERVICIOS CONEXOS RELACIONADOS Y TRANSFERENCIAS O CESIONES DE DERECHOS VINCULADOS
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ASPECTO SUBJETIVO
Dr. Carlos A. Rezzara
ASPECTO OBJETIVO ASPECTO ESPACIAL
OBRAS, LOCACIONES, PRESTACIONES SERVICIOS
TRABAJOS REALIZADOS DIRECTAMENTE O A TRAVÉS DE TERCEROS SOBRE INMUEBLE AJENO (Inciso a) (*)
DEBE SER REALIZADO SOBRE UN INMUEBLE
PROPIEDAD DE UN TERCERO
DIRECTAMENTE O A TRAVES DE TERCEROS CONTRATADOS
Son inmuebles por su naturaleza las cosas que se encuentren por sí mismasinmovilizadas, como el suelo y todas las partes sólidas o fluidas que forman susuperficie y profundidad; todo lo que está incorporado al suelo de una maneraorgánica, y todo lo que se encuentra bajo el suelo sin el hecho del hombre (art. 2314,CC). Son inmuebles por accesión las cosas muebles que se encuentran realmenteinmovilizadas por su adhesión física al suelo, con tal que esta adhesión tenga elcarácter de perpetuidad (art. 2315, CC). Son también inmuebles las cosas muebles quese encuentran puestas intencionalmente, como accesorias de un inmueble, por elpropietario de éste, sin estarlo físicamente (art. 2316, CC). Son inmuebles por sucarácter representativo los instrumentos públicos de donde constare la adquisición dederechos reales sobre bienes inmuebles, con exclusión de los derechos reales dehipoteca y anticresis (art. 2317, CC)
Construcción de inmuebles:Debe suponerse la realización de una obra nueva sobre el mismo, siempre que dicha obra quede adherida a perpetuidad. Deesta forma, las construcciones precarias (excepto instalación de viviendas prefabricadas), que no adquieren el carácter deinmueble conforme al Código Civil, no están comprendidas en el concepto del epígrafe, sino en el de venta de cosas muebles oelaboración de cosa mueble por encargo
Instalaciones civiles, comerciales e industriales:Son cosas con individualidad como muebles, que no necesariamente constituyen obra del constructor, sino que pueden teneruna existencia anterior a la intervención del mismo, colocadas en un inmueble a perpetuidad o por accesión
ASPECTO SUBJETIVO
Dr. Carlos A. Rezzara
ASPECTO OBJETIVO ASPECTO ESPACIAL
OBRAS, LOCACIONES, PRESTACIONES SERVICIOS
TRABAJOS REALIZADOS DIRECTAMENTE O A TRAVÉS DE TERCEROS SOBRE INMUEBLE AJENO (Inciso a) (*)
DIRECTAMENTE O A TRAVES DE TERCEROS CONTRATADOS
Reparación de inmuebles: Debe entenderse por reparación de inmuebles la restauración de los mismos para volver a su estado anterior, restituyendo la situación original del bien o su estado de uso
Trabajos de mantenimiento y conservación de inmuebles:Según el diccionario de la Real Academia Española, "mantener" es conservar una cosa en su ser, darle vigor y permanencia;por su parte, "conservar" es mantener o cuidar de su permanencia. Los trabajos de mantenimiento y conservación suponen lanecesidad de arreglos o tareas, cuyo fin sea prevenir estados de deterioro
Supongamos que el propietario de un inmueble contrata a un albañil para que realicela construcción de una pared en el jardín de su casa y el trabajo de mantenimiento yreparación de dicha propiedad. En tal situación, el albañil efectúa prestacionesalcanzadas por el impuesto. Distinto sería si el albañil realizara un trabajo decarpintería destinado a reparar la mesa del comedor, ya que no encuadraría en elhecho imponible "trabajos sobre inmuebles de terceros", sino que se trataría de unade las prestaciones tipificadas en el artículo 3, inciso e), apartado 21, punto f)
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ASPECTO SUBJETIVO
Dr. Carlos A. Rezzara
ASPECTO OBJETIVO ASPECTO ESPACIAL
OBRAS, LOCACIONES, PRESTACIONES SERVICIOS
OBRAS EFECTUADAS DIRECTAMENTE O A TRAVÉS DE TERCEROS SOBRE INMUEBLE PROPIO (Inciso b)
OBRA SOBRE INMUEBLE PROPIOEFECTUADAS DIRECTAMENTE O A
TRAVES DE UN TERCERO
SIEMBRE QUE EL SUJETO REVISTA EL CARÁCTER DE
EMPRESA CONSTRUCTORA
Concepto de obras:Se entenderá por obras a aquellas mejoras (construcciones, ampliaciones, instalaciones) que, de acuerdo con loscódigos de edificación o disposiciones semejantes, se encuentren sujetas a denuncia, autorización o aprobación porautoridad competente. Cuando por la ubicación del inmueble no existiere tal obligación, la calidad de mejora sedeterminará por similitud con el tratamiento indicado precedentemente vigente en el mismo Municipio o Provinciao, en su defecto, en el Municipio o Provincia más cercano
Obras efectuadas sobre inmueble propio no gravadas:No se encuentra alcanzada por el impuesto la venta de las obras, realizadas por los sujetos comprendidos en elinciso d) del artículo 4 (empresas constructoras), cuando por un lapso continuo o discontinuo de 3 años (cumplido ala fecha en que se extiende la escritura traslativa de dominio o se otorgue la posesión, si este acto fuera anterior),las mismas hubieran permanecido sujetas a arrendamiento, o derechos reales de usufructo, uso, habitación oanticresis.
ASPECTO SUBJETIVO
Dr. Carlos A. Rezzara
ASPECTO OBJETIVO ASPECTO ESPACIAL
OBRAS, LOCACIONES, PRESTACIONES SERVICIOS
OBRAS EFECTUADAS DIRECTAMENTE O A TRAVÉS DE TERCEROS SOBRE INMUEBLE PROPIO (Inciso b)
También será de aplicación (lo antes dicho), cuando la venta la realice alguno de los integrantes de un consorcioasimilado a condominio, incluidos los casos en los que por igual período al previsto precedentemente, hubieraafectado el inmueble a casa habitación. De verificarse las situaciones aquí descriptas, en el período fiscal en que seproduzca la venta, deberán reintegrarse los créditos fiscales oportunamente computados, atribuibles al bien que setransfiere
1. EMPRESA A S.A. (empresa dedicada a la comercialización de granos) revende un inmueble en el mismo estadoque lo adquirió: La operación no está gravada, pues no se trata de una obra sobre inmueble propio y además, laempresa no es "constructora"
2. EMPRESA B S.R.L. (empresa constructora) vende un terreno de su propiedad: La venta de terrenos no estáalcanzada por el impuesto
3. EMPRESA C S.A. (empresa constructora) vende un inmueble propio sobre el cual otra empresa constructoraefectuó mejoras: La operación está gravada, dado que se trata de una obra sobre inmueble propio, efectuada eneste caso, a través de terceros
4. EMPRESA D S.A. construye un edificio de dptos. sobre un terreno de su propiedad con el fin de ser vendidoscomo vivienda: La operación resulta alcanzada por el tributo cuando se produzcan las respectivas ventas
5. JUAN E construye una casa, sobre su propio terreno, para luego habitarla junto a su familia: La operación noresulta gravada por el tributo
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ASPECTO SUBJETIVO
Dr. Carlos A. Rezzara
ASPECTO OBJETIVO ASPECTO ESPACIAL
OBRAS, LOCACIONES, PRESTACIONES SERVICIOS
ELABORACIÓN, CONSTRUCCIÓN O FABRICACIÓN DE UNA COSA MUEBLE POR ENCARGO DE TERCEROS (Inciso c)
ELABORACIÓN
CONSTRUCCIÓN
FABRICACIÓN
DE UNA COSA MUEBLE POR ENCARGO DE UN TERCERO
YA SEA QUE
SUPONGA LA OBTENCIÓN DEL PRODUCTO FINAL
O UNA ETAPA EN SU MANUFACTURA
Prestación de servicio no gravado que se concreta mediante la entrega de un soporte material:Lo dispuesto precedentemente no será de aplicación en los casos en que la obligación del locador sea la prestaciónde un servicio no gravado que se concreta a través de la entrega de una cosa mueble que simplemente constituya elsoporte material de dicha prestación. La referida exclusión será de aplicación cuando la prestación del servicioexenta o no alcanzada por el gravamen y el bien mediante el cual se materializa, cumplan con las siguientescondiciones en forma concurrente:1. Que ambas obligaciones (prestación y entrega del bien) se perfeccionen en forma conjunta;2. Que exista entre ellas una relación vinculante de orden natural, funcional, técnica o jurídica, de la que derive,
necesariamente, la anexión de una a otra; y3. Que la "cosa mueble" elaborada, constituya simplemente el soporte material de la obligación principal
ASPECTO SUBJETIVO
Dr. Carlos A. Rezzara
ASPECTO OBJETIVO ASPECTO ESPACIAL
OBRAS, LOCACIONES, PRESTACIONES SERVICIOS
ELABORACIÓN, CONSTRUCCIÓN O FABRICACIÓN DE UNA COSA MUEBLE POR ENCARGO DE TERCEROS (Inciso c)
1. EMPRESA A S.A. vende camperas estándar a clientes minoristas y camperas especialmente diseñadas para uncliente de una ciudad de la Provincia de Salta: En el primer caso estamos frente al hecho imponible "venta decosa mueble", en tanto que en el segundo caso se trata de una "elaboración de cosa mueble por encargo"
2. EMPRESA B S.A. limpia camperas que oportunamente vendió a sus clientes: En este caso estamos frente a unaprestación de servicios
OBTENCIÓN DE BIENES DE LA NATURALEZA POR ENCARGO DE UN TERCERO (Inciso d)
La norma legal se refiere a la locación efectuada por un tercero a quien elproductor primario le encargare la obtención de los bienes de la referencia. Seaprecia que existe una complementación del hecho imponible cuya atención nosocupa con la venta de cosas muebles que realizará el productor primario "aposteriori". Por otra parte, se ha señalado que el concepto de marras se refiere aactividades tales como la extracción de minerales, la caza, la pesca, la cría deanimales, el cultivo de vegetales y demás operatorias que podrían definirsecomo producción de cosas muebles
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ASPECTO SUBJETIVO
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ASPECTO OBJETIVO ASPECTO ESPACIAL
OBRAS, LOCACIONES, PRESTACIONES SERVICIOS
OTRAS LOCACIONES Y PRESTACIONES DE SERVICIOS (Inciso e)
(No incluidas en los incisos a), b), c) y d) Articulo 3)
TAXACTIVAMENTE ENUMERADAS EN LOS APARTADOS 01 a 20 (Inciso e) – Articulo 3
CONTEMPLADOS EN EL APARTADO 21 (Inciso e) – Articulo 3 ENUNCIATIVA
Requisitos
Sin Relación de Dependencia
A titulo onerosoHay Excepciones Hay Excepciones Hay Excepciones Hay Excepciones
Hay Exenciones Hay Exenciones Hay Exenciones Hay Exenciones
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ASPECTO OBJETIVO
OBRAS, LOCACIONES, PRESTACIONES SERVICIOS
OTRAS LOCACIONES Y PRESTACIONES DE SERVICIOS (Inciso e)
Bares, restaurantes, cantinas, salones de té, confiterías y en general que presten servicios de refrigerios, comidas o bebidas en locales propios o ajenos
Servicios exceptuados:
� Prestaciones efectuadas en lugares de trabajo� Prestaciones efectuadas en establecimientos sanitarios exentos� Prestaciones efectuadas en establecimientos de enseñanza -oficiales o privados reconocidos por el Estado
(En tanto sean de uso exclusivo para el personal, pacientes o acompañantes, o en su caso, para el alumnado)
En estos casos, no serán de aplicación las disposiciones del inciso a) del
artículo 2 referidas a la incorporación de bienes muebles de propia
producción
Si un establecimiento de enseñanza oficial fabricara empanadas que vende a los alumnos,
dicha operación no tributará el impuesto
Hoteles, hosterías, pensiones, hospedajes, moteles, campamentos, apart-hoteles y similares
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ASPECTO OBJETIVO
OBRAS, LOCACIONES, PRESTACIONES SERVICIOS
OTRAS LOCACIONES Y PRESTACIONES DE SERVICIOS (Inciso e)
Posadas, hoteles o alojamientos por hora
Definición de telecomunicaciónToda transmisión, emisión, o recepción de signos, señales, escritos, imágenes, sonidos o
informaciones de cualquier naturaleza, por hilo, radioelectricidad, medios ópticos u otros sistemas electromagnéticos.
Servicios de telecomunicaciones, EXCEPTO los que preste Encotesa y los de las agencias noticiosas
Locaciones y prestaciones efectuadas por quienes provean gas o electricidad, EXCEPTO servicio de alumbrado público
Locaciones y prestaciones efectuadas por quienes presten los servicios de provisión de agua corriente, cloacales y de desagüe, incluidos el desagote y limpieza de pozos ciegos
Locaciones y prestaciones de cosas muebles
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ASPECTO OBJETIVO
OBRAS, LOCACIONES, PRESTACIONES SERVICIOS
OTRAS LOCACIONES Y PRESTACIONES DE SERVICIOS (Inciso e)
Servicios de conservación y almacenaje en cámaras refrigeradoras o frigoríficas
Servicios de conservación y almacenaje en cámaras refrigeradoras o frigoríficas
Servicios de decoración de inmuebles
Locaciones y prestaciones destinadas a preparar, coordinar o administrar trabajos sobre inmuebles ajenos
Servicios efectuados por casas de baños, masajes y similares
Servicios prestados por piscinas de natación y gimnasios
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ASPECTO OBJETIVO
OBRAS, LOCACIONES, PRESTACIONES SERVICIOS
OTRAS LOCACIONES Y PRESTACIONES DE SERVICIOS (Inciso e)
Locaciones de boxes en studs
Servicios prestados por peluquerías, salones de belleza y similares
Prestaciones efectuadas por playas de estacionamiento, garajes y similares
Prestaciones efectuadas por tintorerías y lavanderías
Locaciones de inmuebles para conferencias, reuniones, fiestas y similares
Prestaciones excluidasEstacionamiento en la vía pública (parquímetros y tarjetas de estacionamiento) cuando la
explotación sea efectuada por el Estado, las Provincias o Municipalidades, o por los sujetos comprendidos en los incisos e), f), g) o m) del artículo 20 de la ley de impuesto a las ganancias
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ASPECTO OBJETIVO
OBRAS, LOCACIONES, PRESTACIONES SERVICIOS
OTRAS LOCACIONES Y PRESTACIONES DE SERVICIOS (Inciso e)
Servicios de pensionado, entrenamiento, aseo y peluquería de animales
Prestaciones por acceso y consumo realizados en lugares de entretenimiento y diversión
Enumeración enunciativa de prestaciones y locaciones gravadas
Así como las que pudieran efectuarse en los mismos (salones de baile, discotecas, cabarets, boites, casinos, hipódromos, parques de diversiones, salones de bolos y billares, juegos de cualquier especie, etc.), excluidas las comprendidas en el artículo 7, inciso h), apartado 10
(espectáculos de carácter teatral comprendidos en el art. 2, L. 24800)
Las que configuren servicios comprendidos en las actividades económicas del sector primario
Los servicios de turismo, incluida la actividad de las
agencias de turismo
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ASPECTO OBJETIVO
OBRAS, LOCACIONES, PRESTACIONES SERVICIOS
OTRAS LOCACIONES Y PRESTACIONES DE SERVICIOS (Inciso e)
Enumeración enunciativa de prestaciones y locaciones gravadas
Los servicios de computación incluido el software cualquiera
sea la forma o modalidad de contratación
Los servicios técnicos y profesionales
(universitarias o no), artes, oficios y cualquier
tipo de trabajo
Los servicios de almacenaje
Los servicios de explotación de ferias y exposiciones y locación
de espacios en las mismas
Los servicios prestados de organización, gestoría y administración a círculos de ahorropara fines determinados
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ASPECTO OBJETIVO
OBRAS, LOCACIONES, PRESTACIONES SERVICIOS
OTRAS LOCACIONES Y PRESTACIONES DE SERVICIOS (Inciso e)
Enumeración enunciativa de prestaciones y locaciones gravadas
Los servicios prestados por agentes auxiliares de comercio y los de intermediación (incluidoslos inmobiliarios) no comprendidos en el inciso c) del artículo 2
La cesión temporal del uso o goce de cosas muebles, excluidas las referidas a acciones, títulos públicos y demástítulos valores con prescindencia de que en las operaciones realizadas los mismos constituyan o no bienesfungibles. La referida exclusión también será de aplicación a las cauciones que se realicen con acciones, títulospúblicos y demás títulos valores, con la intervención de entidades financieras regidas por la ley 21526 o mercadosautorregulados bursátiles, que revistan la calidad de tomadores o colocadores en dichas operaciones
La publicidadLa producción y distribución de películas
cinematográficas y para video
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ASPECTO OBJETIVO
OBRAS, LOCACIONES, PRESTACIONES SERVICIOS
OTRAS LOCACIONES Y PRESTACIONES DE SERVICIOS (Inciso e)
Enumeración enunciativa de prestaciones y locaciones gravadas
Las operaciones de seguros, excluidos los seguros de retiro privado, los seguros de vida de cualquier tipo y los contratos de afiliación a las aseguradoras de riesgos del trabajo y, en su
caso, sus reaseguros y retrocesiones
Servicios conexos con locaciones o prestaciones gravadas y transferencias o cesiones de derechos
Cuando se trata de locaciones o prestaciones gravadas, quedan comprendidos los servicios conexos o relacionadoscon ellos y las transferencias o cesiones del uso o goce de derechos de la propiedad intelectual, industrial ocomercial, con exclusión de los derechos de autor de escritores y músicos
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ASPECTO OBJETIVO
OBRAS, LOCACIONES, PRESTACIONES SERVICIOS
OTRAS LOCACIONES Y PRESTACIONES DE SERVICIOS (Inciso e)
PRESTACIONES O LOCACIONES GRAVADAS INCORPORADAS A PRESTACIONES O LOCACIONES
GRAVADAS
NO GRAVADAS O EXENTAS
TOTAL GRAVADO (1)
TOTAL NO GRAVADO O EXENTO (2)
PRESTACIONES O LOCACIONES NO GRAVADAS O EXENTAS
INCORPORADAS A PRESTACIONES O LOCACIONES
NO GRAVADAS O EXENTAS
GRAVADAS TOTAL GRAVADO (3)
TOTAL NO GRAVADO O EXENTO (4)
(1) Se aplica el DOGMA de la unicidad, por ende, lo accesorio gravado sigue la suerte de lo principal gravado
(2) Parte de la doctrina considera que también se aplica el DOGMA de la unicidad; en este caso en sentido contrario, es decir lo accesorio gravadosigue a lo principal no gravado o exento. Sin embargo el fisco ha sostenido en algunos dictámenes que tratándose de prestaciones exentas quetengan intrínsecamente incorporadas prestaciones gravadas, el encuadre impositivo debe realizarse teniendo en cuenta cada locación o servicioseparadamente
(3) Se aplica el DOGMA de la unicidad, por ende, lo accesorio exento o no gravado sigue la suerte de lo principal gravado
(4) Resulta evidente que cualquiera que fuere la pauta de interpretación adoptada, la solución será la misma. Si se aplica el DOGMA de la unicidad,lo accesorio exento sigue la suerte de lo principal no gravado o exento. Por su parte, analizando cada concepto por separado, también se concluiráque el importe total resulta exceptuado del impuesto
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ASPECTO SUBJETIVO
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ASPECTO OBJETIVO ASPECTO ESPACIAL
EMPRESAS CONSTRUCTORAS
SUJETOS PASIVOS EN LAS OBRAS,
LOCACIONES, SERVICIOS
PRESTADORES DE SERVICIOS GRAVADOS
OTROS SUJETOS
OPERACIONES RELACIONADAS CON LA CALIDAD SUBJETIVA
Inciso d)
Inciso e)
Inciso f)
2° Párrafo
3° Párrafo
LOCADORES DE SERVICIOS GRAVADOS
Articulo 4
OBRAS, LOCACIONES, PRESTACIONES SERVICIOS
El hecho imponible no se requiere la concurrencia del elemento subjetivo para elnacimiento de la obligación tributaria, regla que sufre como excepción en el caso de quese trate de OBRA SOBRE INMUEBLE PROPIO, en cuyo caso se requerirá comocondicionamiento subjetivo la existencia de una EMPRESA CONSTRUCTORA
ASPECTO SUBJETIVO
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ASPECTO OBJETIVO ASPECTO ESPACIAL
EMPRESAS CONSTRUCTORAS
Son sujetos pasivos del impuesto quienes sean empresasconstructoras que realicen las obras a que se refiere el inciso b)del artículo 3, cualquiera sea la forma jurídica que hayanadoptado para organizarse, incluidas las empresas unipersonales.Se entenderá que revisten el carácter de empresas constructoraslas que, directamente o a través de terceros, efectúen lasreferidas obras con el propósito de obtener un lucro con suejecución o con la posterior venta, total o parcial, del inmueble
OBRAS, LOCACIONES, PRESTACIONES SERVICIOS
SON AQUELLAS QUE DIRECTAMENTE O TRAVÉS DE TERCEROS EFECTÚEN OBRAS SOBRE INMUEBLE
PROPIO CON EL PROPOSITO DE OBTENER UN LUCRO CON SU EJECUCIÓN O CON LA POSTERIOR VENTA,
TOTAL O PARCIAL, DEL INMUEBLE
PRESTADORES DE SERVICIOS GRAVADOS LOCADORES DE SERVICIOS GRAVADOS
Son sujetos pasivos del impuesto quienes presten servicios gravados, tanto quienes los efectúen directamente comoquienes los realicen como intermediarios, en este último supuesto siempre que lo hagan a nombre propio
En el caso de locaciones gravadas, son sujetos pasivos del impuesto quienes sean locadores, tanto quienes lasefectúen directamente como quienes las realicen como intermediarios, en este último supuesto siempre que lohagan a nombre propio
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ASPECTO SUBJETIVO
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ASPECTO OBJETIVO ASPECTO ESPACIAL
OTROS SUJETOS
Son sujetos pasivos del impuesto quienes se encuentrencomprendidos en alguna de las situaciones previstas enlos incisos a) a g) del artículo 4 (contribuyentes delimpuesto) y revistan la calidad de uniones transitoriasde empresas, agrupamientos de colaboraciónempresaria, consorcios, asociaciones sin existencia legalcomo personas jurídicas, agrupamientos no societarioso cualquier otro ente individual o colectivo. Los fondoscomunes de inversión, por su condición deresponsables, deben tributar el impuesto por lasoperaciones que realicen y que configuren alguno de loshechos imponibles enunciados en el artículo 1 de la ley,en tanto no se encuentren beneficiados por exenciones
OBRAS, LOCACIONES, PRESTACIONES SERVICIOS
OPERACIONES RELACIONADAS CON LA CALIDAD SUBJETIVA
Adquirido el carácter de sujeto pasivo del impuesto enlos casos de los incisos a), b), d), e) y f) del artículo 4,serán objeto del gravamen todas las ventas de cosasmuebles relacionadas con la actividad determinante desu condición de tal, con prescindencia del carácter querevisten las mismas para la actividad y de la proporciónde su afectación a las operaciones gravadas cuandoéstas se realicen simultáneamente con otras exentas ono gravadas, incluidas las instalaciones que siendosusceptibles de tener individualidad propia se hayantransformado en inmuebles por accesión al momentode su enajenación
ASPECTO SUBJETIVO
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ASPECTO OBJETIVO ASPECTO ESPACIAL
OBRAS, LOCACIONES, PRESTACIONES SERVICIOS
TELECOMUNICACIONES INTERNACIONALES
Están alcanzadas las obras, locaciones y prestaciones de servicios incluidas en el artículo 3, realizadas en el territoriode la Nación. Las normas de la ley y del reglamento referidas a las obras, locaciones y prestaciones de serviciosrealizadas en el mismo, son aplicables a las relacionadas con la exploración y explotación de recursos naturales vivosy no vivos, efectuadas en la plataforma continental y en la zona económica exclusiva de la República Argentina o enlas islas artificiales, instalaciones y estructuras establecidas en dicha Zona. Las operaciones que se efectúen conquienes desarrollan actividades en las áreas precitadas, que den lugar a la realización de obras, locaciones oprestaciones de servicios, desde el territorio argentino hacia las mismas o para ser utilizadas en las mismas, o a lautilización en el mismo de obras, locaciones o prestaciones de servicios realizadas en ellas, se tratarán, en su caso,como efectuadas en el interior del país.
En el supuesto de que los servicios se presten a empresas de transporte internacional o estén destinados a laslocaciones a casco desnudo y el fletamento a tiempo o por viaje de buques destinados al transporte internacional, selos considera realizados en el país. Cabe señalar que estas prestaciones tendrán el tratamiento previsto para lasexportaciones. Por ende, si bien están exentas, se admite la devolución, acreditación o transferencia de los saldos afavor generados por los créditos fiscales derivados de operaciones destinadas efectivamente a las exportaciones o acualquier etapa en su consecución.
Se las entenderá realizadas en el país en la medida en que su retribución sea atribuible a la empresa ubicada en él
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ASPECTO SUBJETIVO
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ASPECTO OBJETIVO ASPECTO ESPACIAL
OBRAS, LOCACIONES, PRESTACIONES SERVICIOS
Obras, locaciones y prestaciones de servicios consideradas NO realizadas en el país:
En los casos previstos en el inciso e) del artículo 3, no se consideran realizadas en el territorio de laNación aquellas prestaciones efectuadas en el país cuya utilización o explotación efectiva se lleve acabo en el exterior.
Tampoco se consideran efectuadas en el país las prestaciones desarrolladas en la plataformacontinental y en la zona económica exclusiva de la República Argentina o en las islas artificiales,instalaciones y estructuras establecidas en dicha zona, cuya utilización o explotación efectiva selleve a cabo en el exterior
Debe destacarse que si bien las precitadas operaciones no se consideran realizadas en el país, lasmismas serán tratadas como exportaciones, es decir, se admitirá la devolución, acreditación otransferencia de los saldos a favor generados por los créditos fiscales derivados de operacionesdestinadas efectivamente a las exportaciones o a cualquier etapa en su consecución
ASPECTO TEMPORAL
Articulo 5
Es la descripción del momento de vinculación del hecho imponible con elinstante en que nace la obligación tributaria. Si bien la ley hace referencia alnacimiento del hecho imponible, en realidad, el artículo 5 de la ley tipifica lassituaciones en que el hecho imponible se perfecciona, produciéndose lagénesis de la obligación tributaria
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ASPECTO TEMPORAL
CONDICIÓN GENERAL DE EXISTENCIA Y PUESTA A DISPOSICIÓN (1)
PERFECCIONAMIENTO DEL HECHO IMPONIBLE
SEÑAS O ANTICIPOS QUE CONGELAN PRECIO (2)
LOCACIÓN DE COSAS Y ARRIENDOS DE CIRCUITOS O SISTEMAS DE TELECOMUNICACIONES Y SERVICIOS DE EMBARQUE
CRITERIO GENERAL DE GENERACIÓN DEL DEBITO FISCAL Y SUS EXCEPCIONES
Articulo 5 inc. b) – d) – e) – g)
(1) Resultara aplicable cuando se trate de prestaciones y locaciones efectuadas sobre bienes:(Apartado 1, Inciso b) articulo 5
OBRAS, LOCACIONES, PRESTACIONES SERVICIOS
OBRAS REALIZADAS DIRECTAMENTE O A TRAVÉS DE TERCEROS SOBRE INMUEBLE PROPIO
LEASING
(2) El hecho imponible se perfeccionará, respecto del importe recibido, en el momento en que tales señas oanticipos se hagan efectivo
Inciso b)
Inciso d)
Inciso e)
Inciso g)
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ASPECTO TEMPORAL
LOCACIÓN DE COSAS Y ARRIENDOS DE CIRCUITOS O SISTEMAS DE TELECOMUNICACIONES Y SERVICIOS DE EMBARQUE (Inciso d)
OBRAS, LOCACIONES, PRESTACIONES SERVICIOS
DEVENGAMIENTO DEL PAGO
Igual criterio resulta aplicable respecto de las locaciones, servicios y prestaciones comprendidos en el apartado 21del inciso e) del artículo 3 que originen contraprestaciones que deban calcularse en función a montos o unidades deventas, producción, explotación o índices similares, cuando originen pagos periódicos que correspondan a los lapsosen que se fraccione la duración total del uso o goce de la cosa mueble
LOCACIÓN DE COSAS Y ARRIENDOS DE CIRCUITOS O
SISTEMAS DE TELECOMUNICACIONES PERCEPCION DEL PAGO
SERVICIO DE EMBARQUE(Aeroestaciones correspondientes a
vuelos de cabotaje)
FECHA DE LOS RESPECTIVOS EMBARQUES
Una empresa arrienda un sistema de telecomunicaciones para su planta fabril de Tandil porun precio neto de $ 20.000. La fecha acordada para el pago es el 03/12/2013. Se efectúa elpago el 17/11/2013. La obligación tributaria nace al momento de la percepción, es decir, el17/11/2013 por ser anterior al momento en que vence el pago de la obligación
Articulo 5 inc. b) – d) – e) – g)
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ASPECTO TEMPORAL
CONDICIÓN GENERAL DE EXISTENCIA Y PUESTA A DISPOSICIÓN (1)
PERFECCIONAMIENTO DEL HECHO IMPONIBLE
SEÑAS O ANTICIPOS QUE CONGELAN PRECIO (2)
LOCACIÓN DE COSAS Y ARRIENDOS DE CIRCUITOS O SISTEMAS DE TELECOMUNICACIONES Y SERVICIOS DE EMBARQUE
CRITERIO GENERAL DE GENERACIÓN DEL DEBITO FISCAL Y SUS EXCEPCIONES
Articulo 5 inc. b) – d) – e) – g)
OBRAS, LOCACIONES, PRESTACIONES SERVICIOS
OBRAS REALIZADAS DIRECTAMENTE O A TRAVÉS DE TERCEROS SOBRE INMUEBLE PROPIO
LEASING
Inciso b)
Inciso d)
Inciso e)
Inciso g)
MOMENTO DE LA TRASFERENCIA A TITULO ONEROSO DEL INMUEBLE
ESCRITURA TRASLATIVA DE DOMINIO
ENTREGARSE LA POSESIÓN
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ASPECTO TEMPORAL
OBRAS, LOCACIONES, PRESTACIONES SERVICIOS
OBRAS REALIZADAS DIRECTAMENTE O A TRAVÉS DE TERCEROS SOBRE INMUEBLE PROPIO
Una empresa constructora vende un semipiso en “RECOLETA", cuyo boleto de compra-venta se firmó en 01/2013, seescrituró en 02/2013 y se otorgó la posesión en el 04/2013. En el entendimiento de que la persona física es unempresario que realiza la obra con el propósito de obtener un lucro, el hecho imponible se perfecciona con laescrituración del inmueble (02/2013), dado que este acto fue anterior a la posesión
Una persona física ha construido una casa-quinta para ser destinada a la venta. El 20/08/2013 celebra el boleto decompra-venta y percibe el 25% del precio de venta acordado. Asimismo, en dicho momento, otorga la posesión de lapropiedad. Posteriormente, en 09/2013 celebra la escritura traslativa de dominio. El hecho imponible seperfeccionará en 08/2013, dado que el otorgamiento de la posesión de la propiedad es anterior al momento en quese celebra la escritura traslativa de dominio
Ventas judiciales por subasta pública: Cuando se trate de ventas judiciales por subasta pública,la transferencia se considerará efectuada en el momento en que quede firme el auto deaprobación del remate
Expropiaciones: Lo dispuesto precedentemente no será de aplicación cuando la transferenciase origine en una expropiación, supuesto en el cual no se configurará el hecho imponible
Articulo 5 inc. b) – d) – e) – g)
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ASPECTO TEMPORAL
CONDICIÓN GENERAL DE EXISTENCIA Y PUESTA A DISPOSICIÓN (1)
PERFECCIONAMIENTO DEL HECHO IMPONIBLE
SEÑAS O ANTICIPOS QUE CONGELAN PRECIO (2)
LOCACIÓN DE COSAS Y ARRIENDOS DE CIRCUITOS O SISTEMAS DE TELECOMUNICACIONES Y SERVICIOS DE EMBARQUE
CRITERIO GENERAL DE GENERACIÓN DEL DEBITO FISCAL Y SUS EXCEPCIONES
Articulo 5 inc. b) – d) – e) – g)
OBRAS, LOCACIONES, PRESTACIONES SERVICIOS
OBRAS REALIZADAS DIRECTAMENTE O A TRAVÉS DE TERCEROS SOBRE INMUEBLE PROPIO
LEASING
Inciso b)
Inciso d)
Inciso e)
Inciso g)
OPCION A COMPRA QUE NO ENCUADREN EN EL
RÉGIMEN DE LEASING
(Ley 25.248)
ENTREGA DEL BIEN O ACTO EQUIVALENTE
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ASPECTO TEMPORAL
Bienes muebles de uso durable, destinados a consumidores finales o a ser utilizados en actividades exentas o no gravadas
Operaciones no comprendidas en el punto que antecede, siempre que su plazo de duración no exceda de 1/3 de la vida útil del respectivo bien
Articulo 5 inc. b) – d) – e) – g)
OBRAS, LOCACIONES, PRESTACIONES SERVICIOS
DEVENGADO DEL PAGO
CUMPLE
ENTREGA DEL BIEN O ACTO EQUIVALENTE
PERCEPCIÓN DEL PAGO
“Leasing”En el "leasing" no se transfiere el dominio de la cosa mueble durante el plazo de arriendo, fijándose el precio de la locación en función de la amortización del bien
(conforme a principios de contabilidad generalmente aceptados). Recién se considerará el bien adquirido cuando se ejerza la opción que perfecciona la venta
Dr. Carlos A. Rezzara
ASPECTO TEMPORAL
CONDICIÓN GENERAL DE EXISTENCIA Y PUESTA A DISPOSICIÓN (1)
PERFECCIONAMIENTO DEL HECHO IMPONIBLE
SEÑAS O ANTICIPOS QUE CONGELAN PRECIO (2)
LOCACIÓN DE COSAS Y ARRIENDOS DE CIRCUITOS O SISTEMAS DE TELECOMUNICACIONES Y SERVICIOS DE EMBARQUE
CRITERIO GENERAL DE GENERACIÓN DEL DEBITO FISCAL Y SUS EXCEPCIONES
Articulo 5 inc. b) – d) – e) – g)
OBRAS, LOCACIONES, PRESTACIONES SERVICIOS
OBRAS REALIZADAS DIRECTAMENTE O A TRAVÉS DE TERCEROS SOBRE INMUEBLE PROPIO
LEASING
Inciso b)
Inciso d)
Inciso e)
Inciso g)
CRITERIO GENERAL
Se termina la ejecución o prestación
Percepción total o parcial del precio
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ASPECTO TEMPORAL
LOCACIONES Y PRESTACIONES SOBRE BIENES
Articulo 5 inc. b) – d) – e) – g)
OBRAS, LOCACIONES, PRESTACIONES SERVICIOS
CRITERIO PARTICULAR
ENTREGA DEL BIEN Configurándose la EMISIÓN DE LA
FACTURAACTO EQUIVALENTE
SERVICIOS CLOACALES, DE DESAGÜES O PROVISIÓN DE
AGUA CORRIENTE
Regulados por tasas o tarifas fijadas con independencia de su efectiva prestación o de la intensidad de la misma
PROVISIÓN DE AGUAA consumidores finales, en domicilios destinados
exclusivamente a viviendaPERCEPCIÓN TOTAL O PARCIAL
PROVISIÓN DE AGUA, GAS,ENERGIA ELECTRICA
VENCIMIENTO
PERCEPCIÓN TOTAL
PERCEPCIÓN PARCIAL
Dr. Carlos A. Rezzara
ASPECTO TEMPORAL
SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES REGULADOS PRO TASAS O TARIFAS
Articulo 5 inc. b) – d) – e) – g)
OBRAS, LOCACIONES, PRESTACIONES SERVICIOS
CRITERIO PARTICULAR
VENCIMIENTO
PERCEPCIÓN TOTAL
PERCEPCIÓN PARCIAL
CONTRAPRESTACION FIJADA JUDICIALMENTE O PERCIBIDA A TRAVÉS DE CAJAS FORENSES, O COLEGIOS O CONSEJOS PROFESIONALES
PERCEPCIÓN PARCIAL DEL PRECIO
PERCEPCIÓN TOTAL DEL PRECIO
PRESTADOR O LOCADOR HAYA EMITIDO FACTURA
Al contador Carlos Rezzara, responsable inscripto, el juez le
regula $2.000 de honorarios, con fecha 15/05/2014 por la pericia contable practicada en un juicio comercial. El 10/06/2014 emite factura por sus servicios y el día
01/17/2014 los percibe íntegramente. El hecho imponible
se genera el 10/06/2014, es decir, con la emisión de la factura
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Dr. Carlos A. Rezzara
ASPECTO TEMPORAL
TRABAJOS SOBRE INMUEBLES DE TERCEROS
Articulo 5 inc. b) – d) – e) – g)
OBRAS, LOCACIONES, PRESTACIONES SERVICIOS
CRITERIO PARTICULAR
ACEPTACIÓN DEL CERTIFICADO DE OBRA PARCIAL O TOTAL
PERCEPCIÓN TOTAL O PARCIAL DEL PRECIO
FACTURACIÓN
SEGUROS O REASEGUROS
EMISION DE LA POLIZA
SUSCRIPCIÓN DEL RESPECTIVO CONTRATO
En su CASO
COLOCACIONES O PRESTACIONES FINANCIERAS
VENCIMIENTO DEL PLAZO FIJADO PARA EL PAGO
PERCEPCIÓN TOTAL O PARCIAL
Dr. Carlos A. Rezzara
ASPECTO TEMPORAL Articulo 5 inc. b) – d) – e) – g)
OBRAS, LOCACIONES, PRESTACIONES SERVICIOS
CRITERIO PARTICULAR
POR PAGOS DIFERIDOSINTERESES ORIGINADOS EN OPERACIONES GRAVADAS
COLOCACIONES O PRESTACIONES FINANCIERAS
CON EL VENCIMIENTO DEL PLAZO FIJADO
PARA EL PAGO, O EN EL DE SU PERCEPCION
TOTAL O PARCIAL, LO ANTERIOR
(Articulo 22 – DR)
CUANDO SE PERFECCIONA EL
HECHO IMPONIBLE DE LA OPERACIÓN
PRINCIPAL(Articulo 10 – Quinto
Párrafo, Punto 2)
POR FUERA DE TÉRMINO PERCEPCIÓN (Artículo 24 – DR)
INTERESES POR PAGOS DIFERIDOS O POR FUERA DE TERMINO VINCULADOS CON OPERACIONES EXENTAS O NO ALCANZADAS
VENCIMIENTO DEL PLAZO FIJADO PARA EL PAGO
PERCEPCIÓN TOTAL O PARCIAL
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Dr. Carlos A. Rezzara
ASPECTO TEMPORAL Articulo 5 inc. b) – d) – e) – g)
OBRAS, LOCACIONES, PRESTACIONES SERVICIOS
CRITERIO PARTICULAR LOCACIONES DE INMUEBLES
VENCIMIENTO DEL PLAZO FIJADO PARA EL PAGO DE LA LOCACIÓN
PERCEPCIÓN TOTAL O PARCIAL
SERVICIOS CONTINUOS
FINALIZACIÓN DE CADA MES CALENDARIO
Una sociedad de responsabilidad limitada contrata los servicios de consultoría de una sociedad anónima, nofijándose un plazo para la finalización de dicha prestación. La consultora facturará de manera semestral el monto de$ 24.000 + IVA. Por tratarse de un servicio continuo, la consultora deberá emitir una factura mensual de $ 4.000 +IVA durante todo el plazo que dure la prestación. En dicho supuesto, el hecho imponible se perfeccionará al finalizarcada mes calendario
Importación de Cosas Muebles
Análisis Integral
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ASPECTO SUBJETIVO
Dr. Carlos A. Rezzara
ASPECTO OBJETIVO ASPECTO ESPACIAL
IMPORTACION DEFINITVA DE COSAS MUEBLES
IMPORTACION DEFINITIVA DE COSAS MUEBLES
Deber ser hecha en nuestro país
Momentos en la importación para consumo
Hecho imponible instantáneoy autónomo:
La importación definitiva de cosas muebles es un hecho imponible
que se perfecciona instantáneamente con el
libramiento aduanero de la mercadería. Asimismo, es una
obligación autónoma, de cumplimiento independiente,
pues se devenga con prescindencia de su inclusión o no
como crédito fiscal en la liquidación del impuesto
1. El registro por el servicio aduanero de la solicitud de destinacióndefinitiva de importación para consumo;
2. El pago de los derechos aduaneros e impuestos; y3. El libramiento aduanero de la mercancía (despacho a plaza)La obligación tributaria nace cuando se produce el libramiento, pues tantoen el instante 1 (el servicio aduanero podrá denegar la solicitud, o elimportador desistir de la importación) como en el 2 (se trata de un anticiposujeto a la condición de que se produzca el despacho a plaza), no se verificala incorporación de los bienes importados a la circulación económicainterna
ASPECTO TEMPORAL
En nombre propio y por su cuenta
En nombre propio pero por cuenta de terceros
Por cuenta y en nombre de terceros
Importación de Servicios
Análisis Integral
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ASPECTO SUBJETIVO
Dr. Carlos A. Rezzara
ASPECTO OBJETIVO ASPECTO ESPACIAL
IMPORTACION DE SERVICIOS
PRESTACIONES INCLUIDAS EN EL ARTICULO 3 Inciso e)
La utilización o explotación efectiva debe llevarse a cabo en el país
La realización de servicios conexos al transporte internacional
(Definidos en el Artículo 34 – DR)
ASPECTO TEMPORAL
El prestatario debe ser sujeto del impuesto por otros hechos imponibles y revestir la calidad de responsables
inscriptos
Locaciones de casco desnudo (Con o sin opción a compra)
Fletamento a tiempo o por viaje de buques destinados al transporte
internacional cuando el locador es un armador con domicilio en el exterior
y el locatario es una empresa radicada en el país
CRITERIO GENERAL
EN QUE SE TERMIAN LA PRESTACIÓN
PAGO TOTAL O PARCIAL DEL PRECIO
LOCACIONES O PRESTACIONES FINANCIERAS
VENCIMIENTO DEL PLAZO FIJADO PARA EL PAGO
PERCEPCION TOTAL O PARCIAL
Dr. Carlos A. Rezzara
IMPORTACION DE SERVICIOS
SERVICIOS CONTINUOS
ASPECTO TEMPORAL CRITERIO PARTICULAR
Finalización cada mes calendario
SEGUROSEmisión de la Póliza, o en su caso, la suscripción del respectivo contrato
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IVA: Liquidación y Ajuste
Disertante: Dr. Carlos Alberto RezzaraFin – Versión 03.2014 – 08.2014