Lineamientos Para El Ingreso y Promoción Del Servicio Profesional Docente

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  • 7/25/2019 Lineamientos Para El Ingreso y Promocin Del Servicio Profesional Docente

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    (Primera Seccin) DIARIO OFICIAL Jueves 6 de marzo de 20!

    INSTITUTO NACIONAL PARA LA EVALUACION DE LAEDUCACION

    LINEAMIENTOS iniciales especficos para llevar a cabo la evaluacin !el in"reso al Servicio Profesional Docen#een E!ucacin $%sica & E!ucacin Me!ia Superior & linea'ien#os iniciales especficos para llevar a cabo laevaluacin para la pro'ocin a car"os con funciones !e Direccin (Direc#ores) en E!ucacin Me!ia Superior* parael ciclo escolar +,-./+,-01 LINEE/,+/+,-.1

    Al margen un logotipo, que dice: Instituto Nacional para la Evaluacin de la Educacin.LINEAMIENTOS INIIALES ES!E"#IOS !A$A LLE%A$ A A&O LA E%AL'AI(N )EL IN*$ESO AL SE$%IIO

    !$O#ESIONAL )OENTE EN E)'AI(N &+SIA E)'AI(N ME)IA S'!E$IO$ LINEAMIENTOS INIIALESES!E"#IOS !A$A LLE%A$ A A&O LA E%AL'AI(N !A$A LA !$OMOI(N A A$*OS ON #'NIONES )E

    )I$EI(N -)I$ETO$ES EN E)'AI(N ME)IA S'!E$IO$, !A$A EL ILO ESOLA$ /0123/014. LINEE30/3/012.

    La 5unta de *o6ierno del Instituto Nacional para la Evaluacin de la Educacin, con 7undamento en lodispuesto en el art8culo 9o., 7raccin I, inciso 6 de la onstitucin !ol8tica de los Estados 'nidos Me;icanos III incisos a, 7 > g , 9= 7raccin %I, 2?, 2=, 2@ > Se;toTransitorio de la Le> del Instituto Nacional para la Evaluacin de la Educacin, > en el art8culo ? 7racciones I >III incisos a, 7, g > de la Le> *eneral del Servicio !ro7esional )ocente > en los art8culos /@ 7racciones I > II> 92 pBrra7o segundo de la Le> *eneral de Educacin, >

    CONSIDERANDO

    Cue el /D de 7e6rero de /019 7ue pu6licada en el )iario O7icial de la #ederacin, la re7orma constitucionalen materia de Educacin > se esta6leci en la 7raccin I del art8culo 9o. la creacin del Instituto Nacionalpara la Evaluacin de la Educacin, como un organismo constitucional autnomo, con el o6eto de coordinarel Sistema Nacional de Evaluacin Educativa< correspondiendo al Instituto, evaluar la calidad, el desempeFo >resultados del Sistema Educativo Nacional en la educacin preescolar, primaria, secundaria > educacinmedia superior. !ara lograr lo anterior, el constitu>ente permanente otorg al Instituto la 7acultad de e;pedirlos lineamientos a los que de6en suetarse las autoridades educativas 7ederales > locales para llevar a ca6olas 7unciones de evaluacin que les corresponden, as8 como generar > di7undir in7ormacin > con 6ase en ello,emitir directrices que sean relevantes para contri6uir a las decisiones tendientes a meorar la calidad de laeducacin.

    Cue posteriormente 7ueron pu6licadas en el )iario O7icial de la #ederacin, el 11 de septiem6re de /019,las re7ormas a la Le> *eneral de Educacin, > la creacin de la Le> *eneral del Servicio !ro7esional )ocente> de la Le> del Instituto Nacional para la Evaluacin de la Educacin.

    Cue la Le> *eneral del Servicio !ro7esional )ocente, esta6leci en el art8culo Cuinto Transitorio en susegundo pBrra7o que dentro de los noventa d8as siguientes a la entrada en vigor de dica le>, el InstitutoNacional para la Evaluacin de la Educacin de6er8a pu6licar un calendario para precisar las 7ecas, plaGos ociclos escolares para llevar a ca6o los procesos de evaluacin, en cumplimiento a ello, dico calendario 7uepu6licado por el Instituto el 10 de diciem6re de /019, denominBndolo Halendario para la implementacin delos concursos > procesos de evaluacin esta6lecidos en la Le> *eneral del Servicio !ro7esional )ocente >desde esa 7eca es visi6le en la pBgina electrnica del Instituto JJJ.inee.edu.m;.

    Cue la Le> del Instituto Nacional para la Evaluacin de la Educacin en el art8culo Se;to Transitorio,seFal que en un plaGo no ma>or a 1/0 d8as B6iles, a partir de la entrada en vigor de dica Le>, el Institutotendr8a que pu6licar los lineamientos iniciales a los que se suetarBn las Autoridades Educativas, para llevar aca6o las 7unciones de evaluacin que les corresponden< en cumplimiento de ello > dentro del plaGo concedido,el @ de enero de /012, se pu6licaron en la pBgina electrnica del Instituto Nacional para la Evaluacin de laEducacin, los Lineamientos Iniciales *enerales para llevar a ca6o la evaluacin del ingreso al Servicio!ro7esional )ocente en Educacin &Bsica > Educacin Media Superior > Lineamientos Iniciales *eneralespara llevar a ca6o la evaluacin para la promocin a cargos con 7unciones de )ireccin -)irectores enEducacin Media Superior, para el ciclo escolar /0123/014 > 7ueron pu6licados en el )iario O7icial de la#ederacin el 14 de enero de /012.

    Cue en el alendario para la implementacin de los concursos > procesos de evaluacin esta6lecidos enla Le> *eneral del Servicio !ro7esional )ocente, se program como 7eca l8mite el 91 de enero de /012 paraque la Secretar8a de Educacin !K6lica > las Autoridades Educativas > Organismos )escentraliGados, leentregaran al Instituto Nacional para la Evaluacin de la Educacin, la propuesta de per7il > los criterios deseleccin > capacitacin de quienes participarBn como evaluadores para el Ingreso al Servicio !ro7esional)ocente > que dentro del plaGo concedido 7ueron reci6idas por el Instituto diversas propuestas.

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    (Primera Seccin) DIARIO OFICIAL Jueves 6 de marzo de 20!

    Cue el alendario para la implementacin de los concursos > procesos de evaluacin esta6lecidos en laLe> *eneral del Servicio !ro7esional )ocente seFala que el Instituto emitir8a una onvocatoria a las

    Autoridades Educativas > Organismos descentraliGados para la 7ormulacin del programa anual de tra6ao.)ica onvocatoria 7ue emitida el 12 de enero de /012 mediante o7icio A00130013/012 para llevar a ca6o unareunin de tra6ao el D de 7e6rero del aFo en curso.

    Cue con 7undamento en el art8culo /= 7raccin II de la Le> del Instituto Nacional para la Evaluacin de laEducacin, se llev a ca6o el D de 7e6rero la reunin con las Autoridades Educativas #ederales > Locales, enel que se desarrollaron mesas de tra6ao > su resultado 7ue insumo del !rograma anual /012 de los proceso

    de evaluacin del Servicio !ro7esional )ocente.Cue el alendario para la implementacin de los concursos > procesos de evaluacin esta6lecidos en la

    Le> *eneral del Servicio !ro7esional )ocente, seFala que el 12 de 7e6rero de /012 de68a pu6licarse elprograma anual de tra6ao de las evaluaciones contempladas en el Servicio !ro7esional )ocente. Encumplimiento de lo anterior, con esa 7eca el Instituto pu6lic el !rograma Anual /012 de los procesos deevaluacin del Servicio !ro7esional )ocente. As8 mismo se pu6licaron los riterios para Aplicadores /012 > sedetermin que en el mes de a6ril se emitirBn lineamientos para la certi7icacin de los evaluadores.

    Cue con 6ase en lo e;puesto en los pBrra7os anteriores, el Instituto Nacional para la Evaluacin de laEducacin a cumplido con los compromisos esta6lecidos en el alendario para la implementacin de losconcursos > procesos de evaluacin contemplados en la Le> *eneral del Servicio !ro7esional )ocente.Tomando en cuenta que el citado alendario indica que el D de marGo de /012 de6e emitir diversoslineamientos, a travs del presente instrumento ur8dico, que se compone de seis T8tulos se emiten en suconunto cada uno de ellos > se contienen en el presente ordenamiento denominado Lineamientos Iniciales

    Espec87icos LINEE30/3/012.Cue de con7ormidad con los art8culos /= 7raccin, III incisos a, 7 > g, 2?, 2= > 2@ de la Le> del Instituto

    Nacional para la Evaluacin de la Educacin, el Instituto es competente para e;pedir en materia de Servicio!ro7esional )ocente, para la Educacin &Bsica > Media Superior que imparte el Estado, lineamientos inicialesespec87icos para llevar a ca6o la evaluacin de Ingreso al Servicio !ro7esional )ocente en Educacin &Bsica >Educacin Media Superior > lineamientos iniciales espec87icos para llevar a ca6o la evaluacin de la!romocin a cargos con 7unciones de direccin -directores en Educacin Media Superior.

    Cue la 5unta de *o6ierno del Instituto con 7undamento en el art8culo 9=, 7raccin %I de la Le> del InstitutoNacional para la Evaluacin de la Educacin que le da atri6uciones para apro6ar los instrumentos,lineamientos, directrices, criterios > demBs medidas > actos ur8dicos a los que se re7iere la Le>, e;pide lossiguientes:

    LINEAMIENTOS INICIALES ESPEC23ICOS DE LA EVALUACI4N PARA EL IN5RESO AL SERVICIOPRO3ESIONAL DOCENTE EN EDUCACI4N $6SICA 7 EDUCACI4N MEDIA SUPERIOR 7

    LINEAMIENTOS INICIALES ESPEC23ICOS DE LA EVALUACI4N PARA LA PROMOCI4N A CAR5OSCON 3UNCIONES DE DIRECCI4N (DIRECTORES) EN EDUCACI4N MEDIA SUPERIOR* PARA EL CICLOESCOLAR +,-./+,-01 LINEE/ ,+/+,-.

    TTULO I

    DISPOSICIONES GENERALES

    CAPTULO NICO

    OBJETO

    Artculo 1. Los presentes lineamientos iniciales espec87icos, para el ciclo escolar /0123/014, tienen poro6eto esta6lecer los principios rectores de la evaluacin para el ingreso al Servicio !ro7esional )ocente en laeducacin que imparta el Estado > sus Organismos )escentraliGados, del tipo &Bsico > del tipo MedioSuperior, as8 como para la promocin a cargos con 7unciones de direccin -directores en planteles pK6licosde Educacin Media Superior, mediante concursos de oposicin que garanticen la idoneidad de losconocimientos > capacidades de los aspirantes segKn corresponda.

    Artculo 2. !ara los e7ectos de los presentes lineamientos se emplearBn las siguientes de7iniciones:

    I. Aplic!or" A la persona 78sica seleccionada por la Autoridad Educativa o el Organismo)escentraliGado con la 7uncin temporal > espec87ica de au;iliar en la aplicacin de losinstrumentos de evaluacin.

    II. Autori!!#$ E!ucti%$"A la Secretar8a de Educacin !K6lica de la Administracin !K6lica#ederal > a las correspondientes en los estados, el )istrito #ederal > municipios.

    III. Autori!! E!ucti% Locl"Al eecutivo de cada uno de los estados de la #ederacin > del)istrito #ederal, as8 como a las entidades que, en su caso, esta6leGcan para la prestacin delservicio pK6lico educativo.

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    Jueves 6 de marzo de 20! DIARIO OFICIAL (Primera Seccin)

    I%. Cl#&!rio" El alendario para la implementacin de los concursos > procesos de evaluacinesta6lecidos en la Le> *eneral del Servicio !ro7esional )ocente, pu6licado por el Instituto el 10de diciem6re de /019.

    %. Co&cur$o !# Opo$ici'&"Al concurso pK6lico que tiene como 7inalidad garantiGar la idoneidad delos conocimientos > capacidades de los aspirantes, segKn corresponda, para el ingreso al serviciopK6lico educativo o en su caso para la promocin a cargos con 7unciones de direccin o desupervisin, tanto en la Educacin &Bsica, como en la Educacin Media Superior > se realice enlos trminos esta6lecidos en la Le> *eneral del Servicio !ro7esional )ocente > con los criterios

    tcnicos que para el e7ecto determine el Instituto Nacional para la Evaluacin de la Educacin.%I. Coor!i&ci'&" Es la oordinacin Nacional del Servicio !ro7esional )ocente, rgano

    administrativo desconcentrado de la Secretar8a de Educacin !K6lica.

    %II. Coor!i&!or !# l Aplicci'& #& l S#!#"Es la persona 78sica designada o contratada por laAutoridad Educativa u Organismo )escentraliGado para realiGar una 7uncin temporal > espec87icacomo responsa6le del conunto de actividades relativas a la aplicacin de los instrumentos deevaluacin de los oncursos de Oposicin.

    %III. Coor!i&!or !# S#!# !# Aplicci'&" Es la persona 78sica seleccionada por la Secretar8a, parallevar a ca6o la 7uncin temporal > espec87ica de trasladar los materiales del centro de resguardoestatal a la sede de aplicacin que se le asigne > viceversa.

    I. E!ucci'& B($ic"A la que comprende los niveles de preescolar, primaria > secundaria en todassus modalidades, inclu>endo la educacin ind8gena, la especial > la que se imparte en los centrosde educacin 6Bsica para adultos.

    . E!ucci'& )#!i Sup#rior"A la que comprende el nivel de 6acillerato, los demBs nivelesequivalentes a ste, as8 como la educacin pro7esional que no requiere 6acillerato o susequivalentes.

    I. I&!ic!or"Al instrumento utiliGado para determinar, por medio de unidades de medida, el gradode cumplimiento de una caracter8stica, cualidad, conocimiento, capacidad, o6etivo o meta,empleado para valorar 7actores que se desean medir.

    II. I&*r#$o"Al proceso de acceso 7ormal al Servicio !ro7esional )ocente.

    III. I&$tituto"Al Instituto Nacional para la Evaluacin de la Educacin.

    I%. No+,r+i#&to" Al documento que e;pida la Autoridad Educativa o el Organismo)escentraliGado para 7ormaliGar la relacin ur8dica con el !ersonal )ocente > con el !ersonal con#unciones de )ireccin o Supervisin. En raGn de su temporalidad podrB ser:

    a. !rovisional: Es el Nom6ramiento que cu6re una vacante temporal menor a seis meses

    c. )e7initivo: Es el Nom6ramiento de 6ase que se da por tiempo indeterminado en trminos dela Le> *eneral del Servicio !ro7esional )ocente > de la legislacin la6oral.

    %. O,$#r%!or#$"Al o los representantes acreditados de organiGaciones no gu6ernamentales, deorganiGaciones de la sociedad civil, de organiGaciones de padres de 7amilia > de universidadespK6licas, as8 como los demBs previstos en la Le> *eneral del Servicio !ro7esional )ocente, queparticipa como o6servador en las etapas de los procesos de evaluacin del ingreso al Servicio >de promocin a cargos con 7unciones de direccin -directores de con7ormidad con los presenteslineamientos.

    %I. Or*&i$+o D#$c#&trli-!o"A la entidad paraestatal, 7ederal o local, con personalidad ur8dica >patrimonio propio que imparta Educacin Media Superior.

    %II. Pr(+#tro"Al valor de re7erencia que permite medir avances > resultados alcanGados en el

    cumplimiento de o6etivos, metas > demBs caracter8sticas del eercicio de una 7uncin o actividad.%III. P#ril" Al conunto de caracter8sticas, requisitos, cualidades o aptitudes que de6erB tener el

    aspirante a desempeFar un puesto o 7uncin descrito espec87icamente.

    I. P#r$o&l co& /u&cio$ !# Dir#cci'&" A aqul que realiGa la planeacin, programacin,coordinacin, eecucin > evaluacin de las tareas para el 7uncionamiento de las escuelas decon7ormidad con el marco ur8dico > administrativo aplica6le, > tiene la responsa6ilidad de generarun am6iente escolar conducente al aprendiGae< organiGar, apo>ar > motivar a los docentes desarrollar las demBs tareas que seannecesarias para que se logren los aprendiGaes esperados.

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    . P#r$o&l Doc#&t#"Al pro7esional en la Educacin &Bsica > Media Superior que asume ante elEstado > la sociedad la responsa6ilidad del aprendiGae de los alumnos en la Escuela >, enconsecuencia, es responsa6le del proceso de enseFanGa aprendiGae, promotor, coordinador,7acilitador, investigador > agente directo del proceso educativo.

    I. P#r$o&l T0c&ico Doc#&t#"A aqul con 7ormacin tcnica especialiGada 7ormal o in7ormal quecumple un per7il, cu>a 7uncin en la Educacin &Bsica > Media Superior lo ace responsa6le deenseFar, 7acilitar, asesorar, investigar o coad>uvar directamente con los alumnos en el procesoeducativo en talleres prBcticos > la6oratorios, >a sea de Breas tcnicas, art8sticas o de deporte

    especialiGado.

    II. Pl- o pl-$"$e7iere tanto a las HplaGas de ornada, como a las de Horasemanames.

    III. Pro+oci'&"Al acceso a una categor8a o nivel docente superior al que se tiene, sin que elloimplique necesariamente cam6io de 7unciones, o ascenso a un puesto o 7uncin de ma>orresponsa6ilidad > nivel de ingresos.

    I%. R#$po&$,l# !# l S#!# !# R#*i$tro"Es la persona 78sica designada por la Autoridad Educativau Organismo )escentraliGado, para llevar a ca6o la 7uncin temporal > espec87ica de coordinar enla sede que se le asigne al personal responsa6le de la revisin de documentos > a losresponsa6les de la mesa de registro de los aspirantes a los concursos de oposicin.

    %. S#cr#tr"A la Secretar8a de Educacin !K6lica de la Administracin !K6lica #ederal.

    %I. S#r%icio Pro#$io&l Doc#&t# o S#r%icio"Al conunto de actividades > mecanismos para elIngreso, la !romocin, el $econocimiento > la !ermanencia en el servicio pK6lico educativo > elimpulso a la 7ormacin continua, con la 7inalidad de garantiGar la idoneidad de los conocimientos >capacidades del !ersonal )ocente > del !ersonal con #unciones de )ireccin > de Supervisinen la Educacin &Bsica > Media Superior que imparta el Estado > sus Organismos)escentraliGados.

    %II. SNRSPD" Sistema Nacional de $egistro del Servicio !ro7esional )ocente.

    TTULO II

    DE LA EALUACIN PARA EL INGRESO AL SERICIO PRO/ESIONAL DOCENTE EN EDUCACINB3SICA PARA EL CICLO ESCOLAR 241562417

    CAPTULO I

    DEL INGRESO

    P#ril#$8 pr(+#tro$ # i&!ic!or#$

    Artculo 9. Le corresponde a la Secretar8a determinar los per7iles del personal docente > tcnico docenteen Educacin &Bsica, considerando las propuestas de las Autoridades Educativas de las entidades7ederativas. Tam6in 7ormula los parBmetros e indicadores para el ingreso al servicio, mismos que serBnvalidados > autoriGados por el Instituto.

    I. Los per7iles darBn cuenta de los rasgos 7undamentales que se requieren para ingresar al Servicio tcnico docente en laEducacin &Bsica, > considerarBn la diversidad de los niveles, tipos de servicio, asignaturas,tecnolog8as > talleres que de7inan aspectosparticulares que demanden las distintas plaGas tipos de servicio su

    autoriGacin. La entrega se acompaFarB de los per7iles > de una descripcin general de lasetapas, los aspectos, los mtodos e instrumentos propuestos para el proceso de evaluacin claridado en las disciplinas a las quere7ieran

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    %II. Las prue6as de validacin de los parBmetros e indicadores se realiGarBn con7orme al alendariopu6licado. El Instituto presentarB a la Secretar8a los resultados de las prue6as de validacin >, ensu caso, especi7icarB las o6servaciones que se de6erBn atender para su autoriGacin remitirB la nueva propuesta para su autoriGacin, >

    I. El Instituto autoriGarB los parBmetros e indicadores.

    Etp$8 $p#cto$8 +0to!o$ # i&$tru+#&to$

    Artculo 5. El Instituto apro6arB las etapas, aspectos, mtodos e instrumentos que proponga la Secretar8a,en 7uncin de su congruencia con los parBmetros e indicadores autoriGados, > de su pertinencia para laevaluacin del ingreso al Servicio.

    I. 'na veG que los parBmetros e indicadores a>an sido validados > autoriGados por el Instituto, laSecretar8a entregarB la descripcin detallada de las etapas, aspectos > mtodos para el oncursode Oposicin sus resultados de7inirBn, en su caso, el avancesu6secuente en el oncurso de Oposicin. ada etapa de6erB incluir el uso de mtodos einstrumentos espec87icos > pertinentes para su realiGacin los que se re7ieren a per7iles complementarios propuestos por

    las Autoridades Educativas Locales que a>an sido apro6ados por la Secretar8a autoriGados por la Secretar8a serB necesario programar etapasadicionales a la evaluacin nacionala o6tenido la puntuacin igual o ma>or al resultado esta6lecido comoidneo por el Instituto en la evaluacin nacional losper7iles complementarios en7oque pedaggico del curr8culo vigente< intervencin didBctica< meorapro7esional< compromiso tico > e;pectativas so6re el aprendiGae de sus alumnos, gestinescolar > vinculacin con la comunidad en su caso el carBcter de7initorio para elingreso al Servicio pu6lique el Instituto sistematiGar ladocumentacin de evidencias que sean pertinentes so6re el diseFo, desarrollo > construccin delos instrumentos de evaluacin nacionales > en su caso complementarias, que permitan alInstituto analiGar > uGgar su valideG construccin de los instrumentos en su caso arB por escrito o6servaciones a los instrumentos > para ellorecurrirB a la documentacin > sistematiGacin de evidencias so6re su diseFo, desarrollo >construccin remitirB para suapro6acin, los austes > modi7icaciones en el plaGo que el Instituto esta6leGcaconstruccin, as8 como su resguardo durante la impresin, empaquetamiento, distri6ucin en lasentidades > sedes de aplicacin, durante la aplicacin > su posterior recuperacin para elprocesamiento > cali7icacin. El Instituto, podrB dar seguimiento a la implementacin > resultadosde dicos mecanismos.

    D#l Co&cur$o !# Opo$ici'& : l$ Li$t$ !# Pr#lci'&

    Artculo 7.En apego a lo dispuesto en el Art8culo 9 de la onstitucin !ol8tica de los Estados 'nidosMe;icanos, en la Le> *eneral del Servicio !ro7esional )ocente > en la Le> del Instituto Nacional para laEvaluacin de la Educacin, a e7ecto de atender las necesidades del servicio educativo, las AutoridadesEducativas competentes asignarBn con estricto apego a las listas de prelacin emanadas del oncurso deOposicin, la totalidad de las plaGas de nueva creacin, las vacantes de7initivas disponi6les > las que segeneren durante el ciclo escolar /0123/014, de origen municipal, estatal > 7ederal, correspondientes a7unciones docentes > tcnico docentes.

    I. La asignacin de plaGas se realiGarB Knicamente considerando a los aspirantes cu>os resultadosa>an sido idneos en el oncurso de Oposicin para ingreso al Servicio. Asimismo, laasignacin de plaGas de ingreso al Servicio se de6erB realiGar con estricto apego a las listas deprelacin, que resulten del oncurso de Oposicin, segKn lo dispuesto en el art8culo /9 #raccin Ide la Le> *eneral del Servicio !ro7esional )ocente. Las listas de prelacin del oncurso /0123/014 tendrBn vigencia a mBs tardar asta el 91 de ma>o del aFo /014.

    Las listas de prelacin inclu>en a los aspirantes con puntuacin igual o ma>or a la que esta6leGcael Instituto como resultado idneo.

    )e manera e;traordinaria > en estricto apego a lo dispuesto por el Art8culo /9, #raccin II de laLe> *eneral del Servicio !ro7esional )ocente, en caso de que se agotaran las listas de prelacin> u6iese plaGas disponi6les, los nom6ramientos que e;pidan las Autoridades Educativas LocalesserBn por tiempo 7io > con una duracin que no podrB e;ceder del tiempo remanente > asta laconclusin del ciclo escolar /0123/014. !ara ello > con 6ase en el principio del inters superior dela niFeG, el Instituto contri6uirB con elementos tcnicos que coad>uven con las AutoridadesEducativas a determinar el procedimiento a seguir con el 7in de atender las necesidades delservicio

    *eneral del Servicio !ro7esional )ocente, > de6erB acerlas del conocimiento de las AutoridadesEducativas Locales > del Instituto, previo a la pu6licacin de la onvocatoria Marco la Secretar8a que para laasignacin de plaGas > e;pedicin del nom6ramiento que corresponda se cumpli con lodispuesto en la Le> *eneral del Servicio !ro7esional )ocente > en los presentes Lineamientos deevaluacin. !ara ello, la Secretar8a implementarB un mecanismo pK6lico de in7ormacin quegarantice la transparencia del proceso de asignacin de plaGas, >

    I%. En el marco del oncurso de Oposicin corresponderB al Instituto, en el Bm6ito de sucompetencia, dar seguimiento al proceso de ingreso al Servicio > en su caso emitir laso6servaciones a que a>a lugar.

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    CAPTULO II

    DE LA CONOCATORIA

    Artculo ;. orresponderB a la Secretar8a emitir una onvocatoria Marco que esta6leGca las 6asesnacionales para la realiGacin de los concursos > a las que de6erBn ceFirse las convocatorias estatales.

    I. La onvocatoria Marco de6erB:

    a. )escri6ir el per7il docente > tcnico docente segKn corresponda tcnico docentes por nivel, tipos de servicio, >asignaturas, aun cuando al momento de la pu6licacin de la onvocatoria Marco noe;istieran plaGas de nueva creacin o vacantes de7initivas de todos o algunos de ellos, a 7inde atender las necesidades del servicio educativo que se produGcan durante el ciclo escolar el registro, as8 como la pu6licacinde toda la in7ormacin relativa al concurso, Knicamente a travs del SN$S!). No estarBpermitido el uso de plata7ormas in7ormBticas distintas a la esta6lecida por la Secretar8a, >

    II. )esde el momento en el que se pu6liquen las convocatorias, los aspirantes podrBn consultar las

    gu8as de estudio del e;amen en la pBgina de Internet de la Secretar8a >, en su caso, en los sitiosrespectivos determinados por las Autoridades Educativas Locales. Las gu8as de estudio de6erBnincluir la lista de temas > la 6i6liogra78a que los aspirantes podrBn consultar para su preparacin.

    Artculo =. El oncurso para el ingreso al Servicio se realiGarB, de manera simultBnea con el orario delcentro del pa8s, en todas las entidades 7ederativas el 1/ de ulio de /012. Los instrumentos de evaluacinnacional de6erBn aplicarse el mismo d8a > los correspondientes a evaluaciones adicionales, a cargo de las

    Autoridades Educativas Locales, podrBn aplicarse en 7eca previa o posterior.

    El oncurso no discriminarB a ningKn aspirante en menosca6o del eercicio de sus derecos, siempre >cuando aquel reKna los requisitos esta6lecidos en las convocatorias correspondientes.

    I. El oncurso se desarrollarB en tres 7ases:

    a En la primera 7ase:

    !u6licacin > di7usin de las convocatorias

    !re3registro $egistro, recepcin > revisin de la documentacin entregada

    6 En la segunda 7ase:

    Aplicacin de instrumentos de evaluacin

    c En la tercera 7ase:

    ali7icacin

    on7ormacin de listas de prelacin

    Asignacin de plaGas

    uando se comprue6e que un aspirante a>a proporcionado in7ormacin o documentacinapcri7a o 7alsa quedarB eliminado del concurso en cualquiera de las 7ases, incluso si >a se leu6iese asignado una plaGa > otorgado un nom6ramiento las oas de respuesta, as8 como trasladar los materiales para su entrega alcentro de resguardo estatal > posteriormente a la unidad 6lindada que los trasladarB alcentro de captura, anBlisis > cali7icacin de los instrumentos de evaluacin en la iudad deM;ico.

    6. 'no o varios oordinadores de Aplicacin en la Sede, responsa6les de controlar laaplicacin de la evaluacin en una sede< reci6ir del oordinador de Sede de Aplicacin losmateriales< designar a dos aplicadores para cada grupo< a6rir la sede< administrar losmateriales de aplicacin< llenar los 7ormatos de control< reportar la asistencia al oordinadorde la Sede de Aplicacin< en su caso, levantar las actas administrativas o de irregularidadesque se presenten durante la aplicacin.

    En cada sede de aplicacin la Autoridad Educativa Local designarB al menos uncoordinador. En las sedes grandes, se designarB al menos un coordinador por cada 10grupos de aspirantes.

    c. Aplicadores, responsa6les de administrar los instrumentos de evaluacin del oncurso deOposicin, de con7ormidad con el instructivo< controlar el ingreso al aula previa identi7icacinde los sustentantes, sin mocilas, calculadoras ni tel7onos celulares< proporcionarinstrucciones generales, distri6uir el material, indicar la ora de inicio > conclusin de la

    evaluacin en el piGarrn, > supervisar la aplicacin< reportar al oordinador de Aplicacinen la Sede la cantidad de sustentantes< recoger, al trmino esta6lecido en el piGarrn, losmateriales< revisar que los materiales estn completos< empaquetar en 6olsas los materialespara su entrega al oordinador de Aplicacin en la Sede. Se designarBn dos aplicadorespara cada grupo de mB;imo 90 aspirantes.

    I. Las Autoridades Educativas Locales proporcionarBn las medidas de seguridad adecuadas paracoad>uvar con las )elegaciones #ederales de la Secretar8a en las Entidades #ederativas en elresguardo de los instrumentos, su traslado a las sedes de aplicacin > la vigilancia del lugardurante la realiGacin de la evaluacin nacional > asta la entrega de los materiales a lasunidades 6lindadas encargadas de su traslado a la iudad de M;ico.

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    (Primera Seccin) DIARIO OFICIAL Jueves 6 de marzo de 20!

    CAPTULO III

    DE LOS RESULTADOS INDIIDUALI>ADOS ? DICTA)EN CON RECO)ENDACIONES

    Artculo @. orresponderB a la Secretar8a realiGar el proceso de captura. El anBlisis > cali7icacin de losinstrumentos de evaluacin nacionales la realiGarB con7orme a los criterios > procedimientos tcnicos que elInstituto determine.

    En el caso de que e;istan evaluaciones complementarias o adicionales, serB responsa6ilidad de lasAutoridades Educativas Locales el proceso de captura de sus instrumentos. El anBlisis > cali7icacin de los

    instrumentos la realiGarB con7orme a los criterios > procedimientos tcnicos que el Instituto determine.Asimismo, les corresponde integrar > pu6licar los resultados 7inales.

    Al Instituto, con apo>o de la Secretar8a, le corresponderB el seguimiento de estos procesos.

    I. El Instituto esta6lecerB, a partir de los anBlisis tcnicos respectivos, la puntuacin m8nimarequerida en cada tipo de e;amen, con el o6eto de garantiGar la idoneidad de los conocimientos >capacidades de los aspirantes que ingresen al Servicio en educacin 6Bsicaor a la que esta6leGca el Instituto como resultado idneo en la evaluacinnacional del oncurso serBn acompaFados de o6servacionesgenerales que permitan a los aspirantes identi7icar los conocimientos > a6ilidades pro7esionalesque necesiten 7ortalecer proteccin de datos personales, >

    %II. Las Autoridades Educativas Locales de6erBn generar los mecanismos necesarios para supervisarla transparencia del proceso de aplicacin > cali7icacin de los instrumentos de evaluacinadicionales > reportar, a la Secretar8a, el in7orme correspondiente, con copia para el Instituto.

    Artculo 14. En 7uncin de los resultados o6tenidos por los aspirantes se integrarBn listas de prelacin porentidad 7ederativa por tipo de 7uncin, docente o tcnico docente, as8 como por nivel, tipo de servicio,modalidad, asignatura, tecnolog8a o taller. Las listas de prelacin incluirBn slo a los aspirantes conpuntuacin igual o ma>or a la que esta6leGca el Instituto como resultado idneo > se presentarBn en ordendescendente. Las plaGas se asignarBn a los aspirantes antes mencionados en estricto orden de prelacin.orresponderB a la Secretar8a supervisar la administracin de las listas de prelacin que lleven a ca6o las

    Autoridades Educativas Locales.

    I. orresponderB a las Autoridades Educativas Locales con7ormar las listas de prelacin por Entidad#ederativa > por cada tipo de categor8a docente > tcnico docente correspondientes a los niveles,tipos de servicios, asignaturas, tecnolog8as > talleres, slo en el caso de las evaluacionesadicionales servicioeducativo

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    En aquellas entidades que realiGaron evaluaciones complementarias o adicionales, la puntuacin7inal de los aspirantes considerarB Knicamente a aquellos que u6ieran o6tenido resultadosidneos en la evaluacin nacional > en la complementaria. La puntuacin 7inal se integrarBconsiderando la ponderacin de am6as evaluaciones con7orme al criterio tcnico que para ellode7ina el Instituto > se registrarB en el SN$S!) por tipo de plaGa, nivel > servicio educativo. Lapuntuacin 7inal se utiliGarB para con7ormar las listas de prelacin correspondientes las Autoridades Educativas Locales se suetarBn a loesta6lecido en el Art8culo 2, #raccin %III de los presentes Lineamientos paraello se utiliGarB el procedimiento descrito en la #raccin II del presente art8culo las que se generen durante el ciclo escolar. La asignacin comenGarBpor las listas de aspirantes normalistas. )e agotarse estas listas se procederB con las listasemanadas de las convocatorias pK6licas a6iertas.

    )e acuerdo a lo dispuesto en el Art8culo 4, #raccin I de los presentes Lineamientos, de manerae;traordinaria > en estricto apego a lo dispuesto por el Art8culo /9, #raccin II de la Le> *eneraldel Servicio !ro7esional )ocente, en caso de que se agotaran las listas de prelacin > u6ieseplaGas disponi6les los nom6ramientos que e;pidan las Autoridades Educativas Locales serBn portiempo 7io > con una duracin que no podrB e;ceder del tiempo remanente > asta la conclusindel ciclo escolar /0123/014. !ara ello > con 6ase en el principio del inters superior de la niFeG, el

    Instituto contri6uirB con elementos tcnicos que coad>uven con las Autoridades Educativas adeterminar el procedimiento a seguir con el 7in de atender las necesidades del servicio =/ de la Le> *eneral del Servicio !ro7esional )ocente.

    TTULO III

    DE LA EALUACIN PARA EL INGRESO AL SERICIO PRO/ESIONAL DOCENTE EN EDUCACIN)EDIA SUPERIOR PARA EL CICLO ESCOLAR 241562417

    CAPTULO I

    DEL INGRESO

    P#ril#$8 pr(+#tro$ # i&!ic!or#$Artculo 11. orresponde a la Secretar8a esta6lecer el esquema de coordinacin para que las Autoridades

    Educativas > Organismos )escentraliGados determinen los per7iles del personal docente > tcnico docente enEducacin Media Superior. La Secretar8a e;pedirB los lineamientos a los que se suetarBn las AutoridadesEducativas > Organismos )escentraliGados para 7ormular los parBmetros e indicadores para el ingreso alservicio, mismos que serBn validados > autoriGados por el Instituto.

    I. Los per7iles darBn cuenta de los rasgos 7undamentales que se requieren para ingresar al Servicio tcnico docente en laEducacin Media Superior, > considerarBn la diversidad de los su6sistemas, modalidades >campos disciplinares

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    (Primera Seccin) DIARIO OFICIAL Jueves 6 de marzo de 20!

    II. Las Autoridades Educativas > Organismos )escentraliGados podrBn proponer per7ilescomplementarios que sean congruentes con los per7iles para la Educacin Media Superior > quede7inan aspectos particulares que demanden las distintas plaGas modalidades suautoriGacin. La entrega se acompaFarB de los per7iles > de una descripcin general de lasetapas, los aspectos, los mtodos e instrumentos propuestos para el proceso de evaluacin Organismos )escentraliGados. Los criterios parala validacin de la idoneidad de los parBmetros e indicadores serBn: congruencia, relevancia,su7iciencia, generaliGacin > claridado en las disciplinas a las quere7ieran, ensu caso, especi7icarB los austes que se de6erBn llevar a ca6o para su autoriGacin, >

    %III. Las Autoridades Educativas > Organismos )escentraliGados atenderBn las o6servacionesrealiGadas por el Instituto o en su caso argumentarBn las usti7icaciones correspondientes, >

    remitirBn la nueva propuesta para su autoriGacin, >I. El Instituto autoriGarB los parBmetros e indicadores.

    Etp$8 $p#cto$8 +0to!o$ # i&$tru+#&to$

    Artculo 12. El Instituto apro6arB las etapas, aspectos, mtodos e instrumentos a propuesta de lasAutoridades Educativas > Organismos )escentraliGados, a travs de la oordinacin Nacional del Servicio!ro7esional )ocente, en 7uncin de su congruencia con los parBmetros e indicadores autoriGados, > de supertinencia para la evaluacin del ingreso al Servicio. )ica oordinacin esta6lecerB con el Instituto losmecanismos de interlocucin.

    I. 'na veG que los parBmetros e indicadores a>an sido validados > autoriGados por el Instituto, laoordinacin entregarB la descripcin detallada de las etapas, aspectos > mtodos para eloncurso de Oposicin sus resultados de7inirBn, en su caso, el avancesu6secuente en el oncurso de Oposicin. ada etapa de6erB incluir el uso de mtodos einstrumentos espec87icos > pertinentes para su realiGacinlos per7iles complementarios autoriGados por las Autoridades Educativas > Organismos)escentraliGados a travs de la oordinacinOrganismos )escentraliGados, serB necesario programar etapas adicionales a la evaluacinnacionala o6tenido la puntuacin igual o ma>or al resultado esta6lecido comoidneo por el Instituto en la evaluacin nacional losper7iles complementarios en7oque pedaggico del curr8culo vigente< plani7icacin de clases< evaluacin de losaprendiGaes< meora pro7esional< intervencin didBctica< compromiso tico< gestin escolar >vinculacin con la comunidad en su caso el carBcter de7initorio para elingreso al Servicio

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    Jueves 6 de marzo de 20! DIARIO OFICIAL (Primera Seccin)

    I. El Instituto valorarB la congruencia que guarden las etapas, mtodos e instrumentos, as8 como supertinencia para el concurso de oposicin de ingreso al Servicio uso de6erB atender los criteriostcnicos que para el e7ecto determine > pu6lique el Instituto.

    I. Los instrumentos de6erBn incluir al menos /0 reactivos para medir cada aspecto. En el supuestode que un aspecto se su6divida, el nKmero de reactivos se mantendrB en /0 para cada uno deellos sistematiGar la documentacin de evidencias quesean pertinentes so6re el diseFo, desarrollo > construccin de los instrumentos de evaluacinnacionales > su caso complementarias o adicionales, que permitan al Instituto analiGar > uGgar suvalideG construccin de los instrumentos para ellorecurrirB a la documentacin > sistematiGacin de evidencias so6re su diseFo, desarrollo >construccin remitirB para su

    apro6acin, los austes > modi7icaciones en el plaGo que el Instituto esta6leGca Organismos)escentraliGados implementar mecanismos idneos para garantiGar la con7idencialidad de lain7ormacin so6re los instrumentos de evaluacin, desde su desarrollo > construccin, as8 comosu resguardo durante la impresin, empaquetamiento, distri6ucin en las entidades > sedes deaplicacin, durante la aplicacin > su posterior recuperacin para el procesamiento > cali7icacin.El Instituto, podrB dar seguimiento a la implementacin > resultados de dicos mecanismos.

    D#l Co&cur$o !# Opo$ici'& : l$ Li$t$ !# Pr#lci'&

    Artculo 19.En apego a lo dispuesto en el Art8culo 9Q de la onstitucin !ol8tica de los Estados 'nidosMe;icanos, en la Le> *eneral del Servicio !ro7esional )ocente > en la Le> del Instituto Nacional para laEvaluacin de la Educacin, a e7ecto de atender las necesidades del servicio educativo, las AutoridadesEducativas > Organismos )escentraliGados asignarBn con estricto apego a las listas de prelacin emanadasdel oncurso de Oposicin, la totalidad de las plaGas de nueva creacin, las vacantes de7initivas disponi6les >las que se generen durante el ciclo escolar /0123/014, de origen estatal > 7ederal, correspondientes a7unciones docentes > tcnico docentes.

    I. La asignacin de plaGas se realiGarB Knicamente considerando a los aspirantes cu>os resultadosa>an sido idneos en el oncurso de Oposicin para ingreso al Servicio. Asimismo la asignacinde plaGas de ingreso al Servicio se de6erB realiGar con estricto apego a las listas de prelacin,que resulten del oncurso de Oposicin, segKn lo dispuesto en el art8culo /9 #raccin I de la Le>*eneral del Servicio !ro7esional )ocente. Las listas de prelacin del oncurso /0123/014tendrBn vigencia a mBs tardar asta el 91 de ma>o del aFo /014.

    Las listas de prelacin inclu>en a los aspirantes con puntuacin igual o ma>or a la que esta6leGcael Instituto como resultado idneo.

    )e manera e;traordinaria > en estricto apego a lo dispuesto por el Art8culo /9, #raccin II de laLe> *eneral del Servicio !ro7esional )ocente, en caso de que se agotaran las listas de prelacin> u6iese plaGas disponi6les los nom6ramientos que e;pidan las Autoridades Educativas >Organismos )escentraliGados serBn por tiempo 7io > con una duracin que no podrB e;ceder deltiempo remanente > asta la conclusin del ciclo escolar /0123/014. !ara ello > con 6ase en elprincipio del inters superior de la niFeG, el Instituto contri6uirB con elementos tcnicos quecoad>uven con las Autoridades Educativas a determinar el procedimiento a seguir con el 7in deatender las necesidades del servicio

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    (Primera Seccin) DIARIO OFICIAL Jueves 6 de marzo de 20!

    II. orresponde a la Secretar8a, en el Bm6ito de su competencia, esta6lecer las reglas de ordenadministrativo para que la asignacin de plaGas se lleve a ca6o en apego a lo dispuesto en la Le>*eneral del Servicio !ro7esional )ocente, > de6erB acerlas del conocimiento de las AutoridadesEducativas > Organismos )escentraliGados > del Instituto, previo a la pu6licacin de laonvocatoria Marco Organismos )escentraliGados de6erBn acreditar ante el Instituto >la Secretar8a que para la asignacin de plaGas > e;pedicin del nom6ramiento que correspondase cumpli con lo dispuesto en la Le> *eneral del Servicio !ro7esional )ocente > en los presentes

    Lineamientos de evaluacin. !ara ello, la Secretar8a implementarB un mecanismo pK6lico dein7ormacin que garantice la transparencia del proceso de asignacin de plaGas, >

    I%. En el marco del oncurso de Oposicin corresponderB al Instituto, en el Bm6ito de sucompetencia, dar seguimiento al proceso de ingreso al Servicio > en su caso emitir laso6servaciones a que a>a lugar.

    CAPTULO II

    DE LA CONOCATORIA

    Artculo 15. orresponderB a la Secretar8a, a travs de la oordinacin emitir una onvocatoria Marcoque esta6leGca las 6ases nacionales para la realiGacin de los concursos > a las que de6erBn ceFirse lasconvocatorias que emitan las Autoridades Educativas > Organismos )escentraliGados.

    I. La onvocatoria Marco de6erB:

    a. )escri6ir el per7il docente > tcnico docente segKn corresponda tcnico docentes por su6sistema, modalidad >

    campos disciplinares, aun cuando al momento de la pu6licacin de la onvocatoria Marcono e;istieran plaGas de nueva creacin o vacantes de7initivas de todos o algunos de ellos, a7in de atender las necesidades del servicio educativo que se produGcan durante el cicloescolar que permitae7ectuar, el pre3registro > registro de los aspirantes, la consulta de las convocatorias > de los resultados deloncurso a nivel nacional, por su6sistema > entidad 7ederativa, preservando la con7idencialidad de los datospersonales de los aspirantes.

    I. Las Autoridades Educativas > Organismos )escentraliGados realiGarBn el pre3registro > el registro,as8 como la pu6licacin de toda la in7ormacin relativa al concurso, Knicamente a travs delSN$S!). No estarB permitido el uso de plata7ormas in7ormBticas distintas a la esta6lecida por laSecretar8a, >

    II. )esde el momento en el que se pu6lique la convocatoria, los aspirantes podrBn consultar las

    gu8as de estudio del e;amen en la pBgina de Internet de la Secretar8a >, en su caso, en los sitiosrespectivos determinados por las Autoridades Educativas > Organismos )escentraliGados. Lasgu8as de estudio de6erBn incluir la lista de temas > la 6i6liogra78a que los aspirantes podrBnconsultar para su preparacin.

    Artculo 1;. El oncurso para el ingreso al Servicio se realiGarB, de manera simultBnea con el orario delcentro del pa8s, en todas las entidades 7ederativas el 1@ de ulio de /012. Los instrumentos de evaluacinnacional de6erBn aplicarse el mismo d8a > los correspondientes a evaluaciones adicionales, a cargo de las

    Autoridades Educativas > Organismos )escentraliGados, podrBn aplicarse en 7eca previa o posterior.

    El oncurso no discriminarB a ningKn aspirante en menosca6o del eercicio de sus derecos, siempre >cuando aquel reKna los requisitos esta6lecidos en las convocatorias correspondientes.

    I. El oncurso se desarrollarB en tres 7ases:

    a En la primera 7ase:

    !u6licacin > di7usin de las convocatorias

    !re3registro

    $egistro, recepcin > revisin de la documentacin entregada

    6 En la segunda 7ase:

    Aplicacin de instrumentos de evaluacin

    c En la tercera 7ase:

    ali7icacin

    on7ormacin de listas de prelacin

    Asignacin de plaGas

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    (Primera Seccin) DIARIO OFICIAL Jueves 6 de marzo de 20!

    uando se comprue6e que un aspirante a>a proporcionado in7ormacin o documentacinapcri7a o 7alsa quedarB eliminado del concurso en cualquiera de las 7ases, incluso si >a sele u6iese asignado una plaGa > otorgado un nom6ramiento las oas de respuesta, as8 como trasladar los materiales para su entrega alcentro de resguardo estatal > posteriormente a la unidad 6lindada que los trasladarB alcentro de captura, anBlisis > cali7icacin de los instrumentos de evaluacin en la iudad de

    M;ico.

    6. 'no o varios oordinadores de Aplicacin en la Sede, responsa6les de controlar laaplicacin de la evaluacin en una sede< reci6ir del oordinador de Sede de Aplicacin losmateriales< designar a dos aplicadores para cada grupo< a6rir la sede< administrar losmateriales de aplicacin< llenar los 7ormatos de control< reportar la asistencia al oordinadorde la Sede de Aplicacin< en su caso, levantar las actas administrativas o de irregularidadesque se presenten durante la aplicacin.

    En cada sede de aplicacin las Autoridades Educativas > Organismos )escentraliGadosdesignarB al menos un coordinador. En las sedes grandes, se designarB al menos uncoordinador por cada 10 grupos de aspirantes.

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    Jueves 6 de marzo de 20! DIARIO OFICIAL (Primera Seccin)

    c. Aplicadores, responsa6les de administrar los instrumentos de evaluacin del oncurso deOposicin, de con7ormidad con el instructivo< controlar el ingreso al aula previa identi7icacinde los sustentantes, sin mocilas, calculadoras ni tel7onos celulares< proporcionarinstrucciones generales, distri6uir el material, indicar la ora de inicio > conclusin de laevaluacin en el piGarrn, > supervisar la aplicacin< reportar al oordinador de Aplicacinen la Sede la cantidad de sustentantes< recoger, al trmino esta6lecido en el piGarrn, losmateriales< revisar que los materiales estn completos< empaquetar en 6olsas los materialespara su entrega al oordinador de Aplicacin en la Sede. Se designarBn dos aplicadorespara cada grupo de mB;imo 90 aspirantes.

    I. En 7uncin de los instrumentos a utiliGar en el oncurso, corresponderB a las AutoridadesEducativas > Organismos descentraliGados la seleccin > capacitacin de otras 7iguras queintervengan en los procesos de evaluacin, de acuerdo con los criterios > procedimientos quedetermine el Instituto, >

    II. Las Autoridades Educativas > los Organismos )escentraliGados proporcionarBn las medidas deseguridad adecuadas para coad>uvar con las )elegaciones #ederales de la Secretar8a en lasEntidades #ederativas en el resguardo de los instrumentos, su traslado a las sedes de aplicacin> la vigilancia del lugar durante la realiGacin de la evaluacin nacional > asta la entrega de losmateriales a las unidades 6lindadas encargadas de su traslado a la iudad de M;ico.

    CAPTULO III

    DE LOS RESULTADOS INDIIDUALI>ADOS ? DICTA)EN CON RECO)ENDACIONES

    Artculo 1 cali7icacin de los instrumentos de evaluacin nacionales la realiGarB con7orme a los criterios >procedimientos tcnicos que el Instituto determine.

    En el caso de que e;istan evaluaciones complementarias o adicionales, serB responsa6ilidad de lasAutoridades Educativas > Organismos )escentraliGados el proceso de captura de sus instrumentos. El anBlisis> cali7icacin de los instrumentos la realiGarB con7orme a los criterios > procedimientos tcnicos que el Institutodetermine. Asimismo, les corresponde integrar > pu6licar los resultados 7inales.

    Al Instituto, con apo>o de las Autoridades Educativas > Organismos )escentraliGados, le corresponderB elseguimiento de estos procesos.

    I. El Instituto esta6lecerB, a partir de los anBlisis tcnicos respectivos, la puntuacin m8nimarequerida en cada instrumento de evaluacin, con el o6eto de garantiGar la idoneidad de losconocimientos > capacidades de los aspirantes que ingresen al Servicio en Educacin MediaSuperior Organismos )escentraliGados, segKn corresponda, podrBn

    considerar los resultados de las evaluaciones complementarias o adicionales Knicamente cuandolos aspirantes o6tengan una puntuacin igual o ma>or a la que esta6leGca el Instituto comoresultado idneo en la evaluacin nacional del oncursocampos disciplinareslas Autoridades Educativas > Organismos )escentraliGados serBn las responsa6les de emitir undictamen con los resultados individualiGados de evaluacin complementaria o adicional< en am6oscasos los dictBmenes se ela6orarBn para todos los aspirantes > serBn acompaFados deo6servaciones generales que permitan a los aspirantes identi7icar los conocimientos > a6ilidadespro7esionales que necesiten 7ortalecer

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    (Primera Seccin) DIARIO OFICIAL Jueves 6 de marzo de 20!

    %I. El dictamen de los resultados individualiGados se entregarB Knicamente a cada aspirante. Lain7ormacin de datos personales estarB sueta a las disposiciones en materia de in7ormacinpK6lica, transparencia > proteccin de datos personales, >

    %II. Las Autoridades Educativas > Organismos )escentraliGados de6erBn generar los mecanismosnecesarios para supervisar la transparencia del proceso de aplicacin > cali7icacin de losinstrumentos de evaluacin adicionales > reportar a la oordinacin el in7orme correspondiente,con copia para el Instituto.

    Artculo 1=. En 7uncin de los resultados o6tenidos por los aspirantes se integrarBn listas de prelacin porentidad 7ederativa por tipo de 7uncin, docente o tcnico docente, as8 como por su6sistema, modalidad >campos disciplinares. Las listas de prelacin incluirBn slo a los aspirantes con puntuacin igual o ma>or a laque esta6leGca el Instituto como resultado idneo > se presentarBn en orden descendente. Las plaGas seasignarBn a los aspirantes antes mencionados en estricto orden de prelacin. orresponderB a la Secretar8asupervisar la administracin de las listas de prelacin que lleven a ca6o las Autoridades Educativas >Organismos )escentraliGados.

    I. orresponderB a las Autoridades Educativas > Organismos )escentraliGados con7ormar las listasde prelacin por Entidad #ederativa > por cada tipo de categor8a docente > tcnico docentecorrespondientes a los su6sistemas, modalidades > campos disciplinares, slo en el caso de lasevaluaciones adicionales campos disciplinares.

    En aquellas entidades que realiGaron evaluaciones complementarias o adicionales, la puntuacin7inal de los aspirantes considerarB Knicamente a aquellos que u6ieran o6tenido resultadosidneos en la evaluacin nacional > en la complementaria. La puntuacin 7inal se integrarBconsiderando la ponderacin de am6as evaluaciones con7orme al criterio tcnico que para ellode7ina el Instituto > se registrarB en el SN$S!) por su6sistema, modalidad > camposdisciplinares. La puntuacin 7inal se utiliGarB para con7ormar las listas de prelacincorrespondientes las Autoridades Educativas Locales se suetarBn a loesta6lecido en el Art8culo 2, #raccin %III de los presentes Lineamientos para

    ello se utiliGarB el procedimiento descrito en la #raccin II del presente art8culo las que se generen durante el ciclo escolar.

    )e acuerdo a lo dispuesto en el Art8culo 4, #raccin I de los presentes Lineamientos, de manerae;traordinaria > en estricto apego a lo dispuesto por el Art8culo /9, #raccin II de la Le> *eneraldel Servicio !ro7esional )ocente, en caso de que se agotaran las listas de prelacin > u6ieseplaGas disponi6les los nom6ramientos que e;pidan las Autoridades Educativas Locales serBn portiempo 7io > con una duracin que no podrB e;ceder del tiempo remanente > asta la conclusindel ciclo escolar /0123/014. !ara ello > con 6ase en el principio del inters superior de la niFeG, elInstituto contri6uirB con elementos tcnicos que coad>uven con las Autoridades Educativas adeterminar el procedimiento a seguir con el 7in de atender las necesidades del servicio

    I. Los aspirantes podrBn interponer recurso de revisin de con7ormidad con lo esta6lecido en losart8culos =0, =1 > =/ de la Le> *eneral del Servicio !ro7esional )ocente.

    TTULO I

    DE LA EALUACIN PARA LA PRO)OCIN A CARGOS CON /UNCIONES DE DIRECCIN

    DIRECTORES EN EDUCACIN )EDIA SUPERIOR PARA EL CICLO ESCOLAR 241562417CAPTULO I

    3)BITO DE APLICACIN

    Artculo 1@. Los lineamientos correspondientes a este T8tulo slo son aplica6les al proceso de promocina cargos con 7unciones de direccin -directores en los su6sistemas centraliGados > coordinados. )e maneraenunciativa > no limitativa, los demBs su6sistemas, como son los desconcentrados de la Secretar8a, losestatales > los descentraliGados de los go6iernos de las entidades 7ederativas, se incorporarBn a este procesoa partir del ciclo escolar /0143/01D.

    CAPTULO II

    DE LA PRO)OCIN

    P#ril#$8 pr(+#tro$ # i&!ic!or#$

    Artculo 24. orresponde a la Secretar8a, a travs de la oordinacin Nacional del Servicio !ro7esional)ocente, esta6lecer un esquema de tra6ao conunto para que las Autoridades Educativas > Organismos)escentraliGados determinen el per7il correspondiente al personal con 7unciones de direccin -directores enEducacin Media Superior. La Secretar8a e;pedirB los lineamientos a los que se suetarBn las AutoridadesEducativas > Organismos )escentraliGado para 7ormular los parBmetros e indicadores para el ingreso alservicio, mismos que serBn validados > autoriGados por el Instituto

    I. Los per7iles darBn cuenta de los rasgos 7undamentales que se requieren para la promocin acargos con 7unciones de direccin -directores< en ellos se presentarBn los elementos7undamentales del queacer directivo en la Educacin Media Superior, > considerarBn ladiversidad de los su6sistemas, modalidades > planteles modalidades su

    autoriGacin. La entrega se acompaFarB de los per7iles > de una descripcin general de lasetapas, los aspectos, los mtodos e instrumentos propuestos para el proceso de evaluacin Organismos )escentraliGados. Los criterios para lavalidacin de la idoneidad de los parBmetros e indicadores serBn: congruencia, relevancia,su7iciencia, generaliGacin > claridado en las disciplinas a las quere7ieran, ensu caso, especi7icarB los austes que se de6erBn llevar a ca6o para su autoriGacin, >

    %II. Las Autoridades Educativas > Organismos )escentraliGados atenderBn las o6servacionesrealiGadas por el Instituto o en su caso argumentarBn las usti7icaciones correspondientes, >remitirBn la nueva propuesta para su autoriGacin, >

    %III. El Instituto autoriGarB los parBmetros e indicadores.

    Etp$8 $p#cto$8 +0to!o$ # i&$tru+#&to$

    Artculo 21. El Instituto apro6arB las etapas, aspectos, mtodos e instrumentos a propuesta de lasAutoridades Educativas > Organismos )escentraliGados, a travs de la oordinacin, en 7uncin de sucongruencia con los parBmetros e indicadores autoriGados, > de su pertinencia para la evaluacin de lapromocin a cargos con 7unciones de direccin -directores. )ica oordinacin esta6lecerB con el Institutolos mecanismos de interlocucin.

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    I. 'na veG que los parBmetros e indicadores a>an sido validados > autoriGados por el Instituto, laoordinacin entregarBn la descripcin detallada de las etapas, aspectos > mtodos para eloncurso de Oposicin susresultados de7inirBn, en su caso, el avance su6secuente en el oncurso de Oposicin. adaetapa de6erB incluir el uso de mtodos e instrumentos espec87icos > pertinentes para surealiGacin Organismos )escentraliGados a travs de la oordinacin administracin de recursos< >, meorapro7esional uGgar su valideG construccin de los instrumentos para ellorecurrirB a la documentacin > sistematiGacin de evidencias so6re su diseFo, desarrollo >construccin remitirB para su apro6acin, los austes > modi7icaciones en el plaGoque el Instituto esta6leGca Organismos)escentraliGados implementar mecanismos idneos para garantiGar la con7idencialidad de lain7ormacin so6re los instrumentos de evaluacin, desde su desarrollo > construccin, as8 comosu resguardo durante la impresin, empaquetamiento, distri6ucin en las entidades > sedes deaplicacin, durante la aplicacin > su posterior recuperacin para el procesamiento > cali7icacin.El Instituto, podrB dar seguimiento a la implementacin > resultados de dicos mecanismos.

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    D#l Co&cur$o !# Opo$ici'&

    Artculo 22.En apego a lo dispuesto en el Art8culo 9o. de la onstitucin !ol8tica de los Estados 'nidosMe;icanos, en la Le> *eneral del Servicio !ro7esional )ocente > en la Le> del Instituto Nacional para laEvaluacin de la Educacin, a e7ecto de atender las necesidades del servicio educativo, las AutoridadesEducativas > Organismos )escentraliGados asignarBn con apego a los resultados emanados del oncurso deOposicin, la totalidad de los cargos con 7unciones de direccin -directores, para lo cual de6erBn de atenderlo siguiente:

    I. La asignacin de cargos con 7unciones de direccin -directores se realiGarB Knicamenteconsiderando a los aspirantes cu>os resultados a>an sido idneos en el oncurso de Oposicin.

    Asimismo la asignacin se de6erB realiGar con apego al orden descendente de dicos resultados,> slo se podrBn considerar aquellos con puntuacin igual o ma>or a la que esta6leGca elInstituto *eneral del Servicio !ro7esional )ocente, > de6erB acerlas del conocimiento de las

    Autoridades Educativas > Organismos )escentraliGados > del Instituto, previo a la pu6licacin dela onvocatoria Marco Organismos )escentraliGados de6erBn acreditar ante el Instituto >la Secretar8a que para la asignacin de cargos > e;pedicin del nom6ramiento que correspondase cumpli con lo dispuesto en la Le> *eneral del Servicio !ro7esional )ocente > en los presentesLineamientos de evaluacin. !ara ello, la Secretar8a implementarB un mecanismo pK6lico dein7ormacin que garantice la transparencia del proceso de asignacin de cargos, >

    I%. En el marco del oncurso de Oposicin corresponderB al Instituto, en el Bm6ito de sucompetencia, dar seguimiento al proceso de promocin a cargos con 7unciones de direccin-directores > en su caso emitir las o6servaciones a que a>a lugar.

    CAPTULO III

    DE LA CONOCATORIA

    Artculo 29. orresponderB a la Secretar8a, a travs de la oordinacin emitir una onvocatoria Marcoque esta6leGca las 6ases nacionales para la realiGacin de los concursos > a las que de6erBn ceFirse lasconvocatorias que emitan las Autoridades Educativas > Organismos )escentraliGados.

    I. La onvocatoria Marco de6erB:

    a. )escri6ir el per7il de director para los planteles de Educacin Media Superior modalidadaun cuando al momento de la pu6licacin de la onvocatoria Marco no e;istieran cargos denueva creacin o vacantes, a 7in de atender las necesidades del servicio educativo que seproduGcan durante el ciclo escolaror circulacin nacional > local, el d8a 11de a6ril de /012, de con7ormidad con lo esta6lecido en el alendario.

    Artculo 25. orresponderB a la Secretar8a instalar en su pBgina de internet el SN$S!) con toda lain7ormacin relativa al oncurso de Oposicin para la promocin a cargos con 7unciones de direccin-directores en Educacin Media Superior > que permita e7ectuar, entre otras, las etapas de pre3registro >

    registro de los aspirantes, la consulta de las convocatorias > de los resultados del oncurso a nivel nacional,por su6sistema > entidad 7ederativa, preservando la con7idencialidad de los datos personales de losaspirantes.

    I. Las Autoridades Educativas > los Organismos )escentraliGados realiGarBn las etapas de pre3registro > registro, as8 como la pu6licacin de toda la in7ormacin relativa al concurso, Knicamentea travs del SN$S!). No estarB permitido el uso de plata7ormas in7ormBticas distintas a laesta6lecida por la Secretar8a, >

    II. )esde el momento en el que se pu6lique la convocatoria, los aspirantes podrBn consultar lasgu8as de estudio del e;amen en la pBgina de Internet de la Secretar8a >, en su caso, en los sitiosrespectivos determinados por las Autoridades Educativas > los Organismos )escentraliGados. Lasgu8as de estudio de6erBn incluir la lista de temas > la 6i6liogra78a que los aspirantes podrBnconsultar para su preparacin.

    Artculo 27. El oncurso para la promocin a cargos con 7unciones de direccin -directores se realiGarB,de manera simultBnea con el orario del centro del pa8s, en todas las entidades 7ederativas el 1@ de ulio de/012.

    El oncurso no discriminarB a ningKn aspirante en menosca6o del eercicio de sus derecos, siempre >cuando aqul reKna los requisitos esta6lecidos en las convocatorias correspondientes.

    I. El oncurso se desarrollarB en tres 7ases:

    a En la primera 7ase:

    !u6licacin > di7usin de las convocatorias

    !re3registro

    $egistro, recepcin > revisin de la documentacin entregada

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    6 En la segunda 7ase:

    Aplicacin de instrumentos de evaluacin

    c En la tercera 7ase:

    ali7icacin

    on7ormacin de listas de prelacin

    Asignacin de cargos

    uando se comprue6e que un aspirante a>a proporcionado in7ormacin o documentacinapcri7a o 7alsa quedarB eliminado del concurso en cualquiera de las 7ases, incluso si >a se leu6iese asignado un cargo > otorgado un nom6ramiento entidades 7ederativas. 'na veG ecoel pre3registro, el aspirante contarB con in7ormacin so6re la 7eca, sede > documentacin parallevar a ca6o la etapa de registro en su caso adecuacin del SN$S!)atendiendo a los requerimientos > sugerencias de las Autoridades Educativas > Organismos)escentraliGados consultas que

    correspondan a los procesos de evaluacin del oncurso los Organismos )escentraliGados llevar a ca6o el

    registro de los aspirantes. Aqullas esta6lecerBn tantas sedes de registro como sean necesariasen 7uncin de la demanda de aspirantes determinada en el pre3registro > a6rB una personaresponsa6le de cada sede que coordinarB al personal encargado de la revisin de documentos >del registro Organismos )escentraliGados. A los aspirantes quereKnan los requisitos, se les e;pedirB una 7ica de e;amen con in7ormacin de la sede deaplicacin, 7eca > ora en que de6erBn presentar la evaluacin nacional Organismos )escentraliGados instalar sedessu7icientes para la aplicacin de los instrumentos de evaluacin en 7uncin del nKmero de

    aspirantes, as8 como determinar su u6icacin geogrB7ica. ada sede de6erB contar con lascondiciones de in7raestructura necesarias para la adecuada aplicacin de los instrumentos< stasse de6erBn registrar en el SN$S!) a mBs tardar el 1Q de a6ril de /012, sin menosca6o dea6ilitar sedes adicionales a las inicialmente previstas Organismos )escentraliGados la seleccin >capacitacin de aplicadores de acuerdo con los criterios > procedimientos pu6licados por elInstituto en su pBgina de Internet el 12 de 7e6rero de /012 Organismos )escentraliGados de6erBn garantiGar que losmateriales para la capacitacin de aplicadores lleguen con la su7iciencia > oportunidad requeridas Organismos )escentraliGadosdesignarB al menos un coordinador. En las sedes grandes, se designarB al menos uncoordinador por cada 10 grupos de aspirantes.

    c. Aplicadores, responsa6les de administrar los instrumentos de evaluacin del oncurso de

    Oposicin, de con7ormidad con el instructivo< controlar el ingreso al aula previa identi7icacinde los sustentantes, sin mocilas, calculadoras ni tel7onos celulares< proporcionarinstrucciones generales, distri6uir el material, indicar la ora de inicio > conclusin de laevaluacin en el piGarrn, > supervisar la aplicacin< reportar al oordinador de Aplicacinen la Sede la cantidad de sustentantes< recoger, al trmino esta6lecido en el piGarrn, losmateriales< revisar que los materiales estn completos< empaquetar en 6olsas los materialespara su entrega al oordinador de Aplicacin en la Sede. Se designarBn dos aplicadorespara cada grupo de mB;imo 90 aspirantes Organismos descentraliGados la seleccin > capacitacin de otras 7iguras queintervengan en los procesos de evaluacin, de acuerdo con los criterios > procedimientos quedetermine el Instituto, >

    II. Las Autoridades Educativas > los Organismos )escentraliGados proporcionarBn las medidas de

    seguridad adecuadas para coad>uvar con las )elegaciones #ederales de la Secretar8a en lasEntidades #ederativas en el resguardo de los instrumentos, su traslado a las sedes de aplicacin> la vigilancia del lugar durante la realiGacin de la evaluacin nacional > asta la entrega de losmateriales a las unidades 6lindadas encargadas de su traslado a la iudad de M;ico.

    CAPTULO I

    DE LOS RESULTADOS INDIIDUALI>ADOS ? DICTA)EN CON RECO)ENDACIONES

    Artculo 2;. orresponderB a la Secretar8a, a travs de la oordinacin, realiGar el proceso de captura. ElanBlisis > cali7icacin de los instrumentos de evaluacin nacionales los realiGarB con7orme a los criterios >procedimientos tcnicos que el Instituto determine.

    Al Instituto, con apo>o de las Autoridades Educativas > Organismos )escentraliGados, le corresponderB elseguimiento de estos procesos.

    I. El Instituto esta6lecerB, a partir de los anBlisis tcnicos respectivos, la puntuacin m8nima

    requerida en cada instrumento de evaluacin, con el o6eto de garantiGar la idoneidad de losconocimientos > capacidades de los aspirantes a cargos con 7unciones de direccin -directoresen Educacin Media Superior se registrarB en el SN$S!)anparticipado en el oncurso de Oposicin para la promocin a cargos con 7unciones de direccin-directoresserBn acompaFados de o6servaciones generales que permitan a los aspirantes identi7icar losconocimientos > a6ilidades pro7esionales que necesiten 7ortalecer proteccin de datos personales, >

    %I. Las Autoridades Educativas > Organismos )escentraliGados de6erBn generar los mecanismosnecesarios para supervisar la transparencia del proceso de aplicacin > reportar a la oordinacinel in7orme correspondiente, con copia para el Instituto.

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    Artculo 2 entidad 7ederativa. En este ordenamiento se incluirB slo a los aspirantes con puntuacin igual oma>or a la que esta6leGca el Instituto como resultado idneo. Los cargos con 7unciones de direccin-directores se asignarBn a los aspirantes en ese orden. orresponderB a la Secretar8a supervisar laadministracin de la asignacin de los cargos > del nom6ramiento que corresponda, que lleven a ca6o las

    Autoridades Educativas > Organismos )escentraliGados.

    I. orresponderB a las Autoridades Educativas > Organismos )escentraliGados ordenar losresultados idneos en orden descendente por su6sistema > por Entidad #ederativa las Autoridades Educativas > Organismos )escentraliGados sesuetarBn a lo esta6lecido en el Art8culo /1, #raccin %II Organismos )escentraliGados asignar los cargoscon 7unciones de direccin -directores que se encuentren vacantes > estn re7eridos en lasconvocatorias, as8 como los que se generen durante el ciclo escolar *eneral Servicio !ro7esional )ocente, >

    %II. Los aspirantes podrBn interponer recurso de revisin de con7ormidad con lo esta6lecido en losart8culos =0, =1 > =/ de la Le> *eneral del Servicio !ro7esional )ocente.

    TTULO

    CAPTULO NICO

    DE LA PARTICIPACIN DE ORGANI>ACIONES NO GUBERNA)ENTALES

    ? DE PADRES DE /A)ILIA

    Artculo 2=.En las etapas de registro, aplicacin > en el evento pK6lico de inicio de ciclo escolar deasignacin de plaGas, podrBn participar como o6servadores, representantes de organiGaciones nogu6ernamentales, de organiGaciones de la sociedad civil > de padres de 7amilia, as8 como de universidadespK6licas.

    Artculo [email protected] organiGaciones no gu6ernamentales, organiGaciones de la sociedad civil > de padres de7amilia, as8 como universidades pK6licas que deseen participar como o6servadores de6erBn contar con undocumento 7ormal que acredite su constitucin, tener al menos un aFo de antigRedad e inscri6irse en laonvocatoria correspondiente que para tal e7ecto emita el Instituto.

    Artculo 94. orresponderB al Instituto acreditar ante las Autoridades Educativas > Organismos)escentraliGados a las organiGaciones que cumplan con los requisitos > esta6lecer mecanismos para suparticipacin como o6servadores. La lista de o6servadores acreditados de6erB pu6licarse en el SN$S!).

    Artculo 91.El Instituto diseFarB > distri6uirB, con apo>o de las Autoridades Educativas > Organismos)escentraliGados, una gu8a para los o6servadores en la que se descri6irBn los propsitos de la o6servacin >la metodolog8a a utiliGar por los o6servadores, as8 como los alcances de su responsa6ilidad, 7unciones >actividades en las etapas de registro, de aplicacin de instrumentos de evaluacin > del o los eventos pK6licosde asignacin de plaGas al inicio del ciclo escolar.

    Artculo 92. El Instituto proporcionarB a las Autoridades Educativas > Organismos )escentraliGados la listade o6servadores acreditados para su distri6ucin en las sedes, as8 como para que se in7orme al oordinadorde la Aplicacin en la Sede, se les permita el acceso > se les o7reGcan las 7acilidades para la realiGacin desus 7unciones > actividades.

    Artculo 99.Las Autoridades Educativas > Organismos )escentraliGados convocarBn a los o6servadoresacreditados a una reunin de capacitacin a 7in de e;plicar las caracter8sticas de su participacin en lasetapas del oncurso de Oposicin de ingreso al Servicio.

    Artculo 95.Las Autoridades Educativas > Organismos )escentraliGados de6erBn esta6lecer mecanismosde control que permitan una adecuada distri6ucin de los o6servadores acreditados procurando que al menose;ista un o6servador en cada sede de aplicacin.

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    Artculo 97. Los o6servadores ela6orarBn un in7orme en el que se registrarB in7ormacin diversa so6resus actividades > en su caso de las incidencias que u6iesen ocurrido en la sede que corresponda. )icoin7orme se realiGarB en el 7ormato que se esta6leGca para ello > serB enviado a la direccin electrnica que elInstituto de7ina.

    Artculo 9;. El Instituto podrB supervisar la participacin de los o6servadores acreditados.

    TTULO I

    CAPTULO NICO

    DE LA REISIN ? SUPERISIN DE LOS PROCESOSArtculo 9 los Organismos

    )escentraliGados de6erBn realiGar los procesos de evaluacin con apego a los presentes lineamientos > enmateria de evaluacin educativa8 todos los lineamientos que emita el Instituto, con sus distintasdenominaciones > de con7ormidad con la onstitucin !ol8tica de los Estados 'nidos Me;icanos, con la Le>del Instituto Nacional para la Evaluacin de la Educacin, con la Le> *eneral del Servicio !ro7esional )ocente> con la Le> *eneral de Educacin son o6ligatorios para las autoridades educativas 7ederal > locales.

    Artculo 9=. Las Autoridades Educativas, las Autoridades Educativas Locales > los Organismos)escentraliGados de6erBn documentar todas las actividades realiGadas en las distintas 7ases de los procesosde evaluacin educativa que lleven a ca6o< para tal e7ecto enviarBn al Instituto Nacional para la Evaluacin dela Educacin, las constancias respectivas que lo acrediten, dentro de los d8as B6iles siguientes a queconclu>a cada etapa, asimismo > al 7inal de todo el proceso tam6in le entregarBn un in7orme por escrito de ladescripcin de los ecos relevantes que se a>an generado, teniendo como plaGo de entrega el 2 de agostode /012.

    El Instituto con 6ase en la documentacin > el in7orme que reci6a, as8 como de cualquier otra evidenciaque reca6e o se le aga llegar, por accin o por omisin, podrB acer del conocimiento de la autoridadeducativa competente, posi6les irregularidades para que dica autoridad educativa proceda con7orme adereco corresponda.

    Artculo 9@. El Instituto podrB revisar > supervisar en cualquier momento las di7erentes 7ases del procesode evaluacin educativa > en su caso requerir a las Autoridades Educativas, a las Autoridades EducativaLocales > a los Organismos )escentraliGados, la in7ormacin que considere necesaria para cumplir lasupervisin > vigilancia que la le> seFala, teniendo stas un plaGo mB;imo de dieG d8as B6iles para responderde manera completa a la in7ormacin requerida.

    En caso de que el Instituto realice una solicitud de in7ormacin urgente, ste podrB determinar la reduccindel plaGo mB;imo de dieG d8as B6iles para que se responda.

    Artculo 54.Los presentes lineamientos en materia de evaluacin educativa son o6ligatorios para laSecretar8a de Educacin !K6lica de la Administracin !K6lica #ederal, a las correspondientes de los estados >

    el )istrito #ederal > de los municipios< a los Organismos )escentraliGados que emiten actos de autoridad enmateria educativa< al eecutivo de cada uno de los estados de la #ederacin > el )istrito #ederal, as8 como alas entidades que en su caso esta6leGcan para la prestacin del servicio pK6lico educativo.

    El incumplimiento de los presentes lineamientos serB sancionado de con7ormidad con las disposiciones delT8tulo uarto de la onstitucin !ol8tica de los Estados 'nidos Me;icanos > demBs disposiciones que resultenaplica6les.

    Transi#orios

    Pri+#ro.Los presentes Lineamientos, de con7ormidad con los art8culos 20 > 2= de la Le> InstitutoNacional para la Evaluacin de la Educacin, de6erBn acerse del conocimiento pK6lico a travs de la pBginaelectrnica JJJ.inee.edu.m;

    S#*u&!o.Los presentes Lineamientos entrarBn en vigor al d8a siguiente de su pu6licacin en el )iarioO7icial de la #ederacin.

    T#rc#ro. Los presentes Lineamientos Iniciales de6erBn ser actualiGados tomando en cuenta la e;perienciade su implementacin en el ciclo escolar /0123/014.

    Curto. Las situaciones no previstas en los presentes Lineamientos, as8 como aquellas que planteen porescrito las Autoridades Educativas Locales > Organismos )escentraliGados, serBn resueltas por el Instituto >la Secretar8a en el Bm6ito de sus respectivas competencias > atri6uciones.

    M;ico, ).#., a los tres d8as del mes de marGo de dos mil catorce.3 As8 lo apro6 la 5unta de *o6ierno delInstituto Nacional para la Evaluacin de la Educacin en la Tercera Sesin E;traordinaria /012, cele6rada el 9de marGo de dos mil catorce. Acuerdo nKmero SEA5*931201.OD,$.3 La onseera !residenta, S:l%i Ir#Sc+#l#$ !#l ll#.3 $K6rica.3 Los onseeros: E!ur!o Bco E$cu!#ro, T#r#$ Brco Go&-(l#-,Gil,#rto R+'& Gu#%r Ni#,l, )r*rit )r >orrill /i#rro.3 $K6ricas.

    R.6 9=7511