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Lineamientos para el financiamiento de proyectos con fondos del Primer Canje de Deuda por la Naturaleza EE.UU. C.R. VIII CONVOCATORIA Setiembre, 2018

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Lineamientos para el financiamiento de

proyectos con fondos del Primer Canje de Deuda por la Naturaleza EE.UU. – C.R.

VIII CONVOCATORIA

Setiembre, 2018

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Primer Canje de Deuda por Naturaleza EE.UU. – C.R. 2

Tabla de contenido PRESENTACIÓN ........................................................................................................................... 4 ASPECTOS GENERALES DE LA CONVOCATORIA DE PROYECTOS FINANCIADOS CON FONDOS DEL PRIMER CANJE DE DEUDA POR NATURALEZA ................................................ 5 1. ¿QUIÉN CONVOCA?: ................................................................................................................. 5

2. ¿QUIÉNES PUEDEN PARTICIPAR?: ......................................................................................... 5

3. OBJETIVO DE LA CONVOCATORIA. ......................................................................................... 5

3.1. Objetivo General: .................................................................................................... 5

4. LÍNEAS ESTRATÉGICAS A FINANCIAR Y PLAZOS: ................................................................ 5

4.1. A nivel nacional ....................................................................................................... 5

4.2. Área Geográfica Priorizada Osa ............................................................................. 6

4.3. Área Geográfica Priorizada La Amistad .................................................................. 6

4.4. Área Geográfica Priorizada Tortuguero .................................................................. 6

4.5. Área Geográfica Priorizada Maquenque ................................................................. 6

4.6. Área Geográfica Priorizada Rincón de la Vieja ....................................................... 7

4.7. Área Geográfica Priorizada Nicoya ......................................................................... 7

4.8. Descripción de las Áreas Geográficas Priorizadas ................................................. 7

5. MONTO DE LA DONACIÓN Y DISTRIBUCIÓN. .......................................................................... 8

6. CALENDARIO. ............................................................................................................................ 9

7. GLOSARIO. ............................................................................................................................... 10

7.1. Administrador: ....................................................................................................... 10

7.2. Acuerdo de Donación: .......................................................................................... 10

7.3. Comité de Evaluación (CE): .................................................................................. 10

7.4. Comité de Supervisión (CS): ................................................................................. 10

7.5. Monto a financiar y contrapartida: ......................................................................... 11

7.6. Entidad Elegible (EE): ........................................................................................... 11

7.7. Entidad No Elegible (ENE): ................................................................................... 11

7.8. Forest Conservation Agreement (FCA): ................................................................ 11

7.9. Líneas estratégicas: .............................................................................................. 11

7.10. Lista de Personas Prohibidas / Lista OFAC: ......................................................... 11

7.11. Organizaciones no Gubernamentales (ONG) y Organizaciones de Base (ODB): 12

7.12. Receptor de la donación: ...................................................................................... 12

8. NORMAS GENERALES: ........................................................................................................... 12

9. MEDIDAS ANTICORRUPCIÓN: ................................................................................................ 13

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9.1. Conflictos de interés: ............................................................................................ 14

9.2. Tráfico de Influencias: ........................................................................................... 16

9.3. Ética profesional de la Entidad Elegible: ............................................................... 16

10. CRITERIOS DE EXCLUSIÓN: ............................................................................................... 17

11. ANULACIÓN DEL PROCESO DE CONVOCATORIA DE DONACIONES: ............................ 17

ETAPA I. SELECCIÓN DE PERFILES DE PROYECTOS ............................................................ 18 1. PRESENTACIÓN DE PERFILES DE PROYECTOS: ................................................................. 18

2. CRITERIOS DE SELECCIÓN DE PERFILES DE PROYECTOS: ............................................... 19

2.1. Entidades Elegibles: ............................................................................................. 19

2.2. Selección y aprobación del Perfil de Proyecto: ..................................................... 19

2.3. Notificación de Perfiles Seleccionados y Aprobados y No Seleccionados en la Etapa I. ............................................................................................................................ 19

ETAPA II. SELECCIÓN DE PROPUESTAS DE PROYECTOS .................................................... 20 1. INVITACIÓN A PRESENTAR PROPUESTAS DE PROYECTOS ............................................... 20

1.1. Período de Consultas. .......................................................................................... 20

1.2. Presentación de Propuestas de Proyecto. ............................................................ 20

2. EVALUACIÓN Y APROBACIÓN DE LAS PROPUESTAS DE PROYECTOS. ........................... 21

2.1. Conformidad Administrativa. ................................................................................. 21

2.2. Evaluación de la Propuesta de Proyecto .............................................................. 21

2.3. Presupuesto del Proyecto y monto solicitado: ...................................................... 21

2.4. Criterios de Priorización ........................................................................................ 22

2.5. Notificación de Propuestas Aprobadas y No Aprobadas ...................................... 22

2.6. Análisis de la Debida Diligencia de la Entidad Elegible ........................................ 23

ETAPA III: FORMALIZACIÓN DEL ACUERDO DE DONACIÓN. ................................................ 23 1. FIRMA DEL ACUERDO DE DONACIÓN. .................................................................................. 23

1.1. MODIFICACIONES Y ENMIENDAS AL ACUERDO DE DONACIÓN. .................. 23

1.2. SEGUIMIENTO Y MONITOREO. ......................................................................... 25

1.3. DESEMBOLSOS. ................................................................................................. 25

1.4. RESCISIÓN DEL ACUERDO DE DONACIÓN: .................................................... 25

ANEXOS ...................................................................................................................................... 25

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PRESENTACIÓN El 13 de setiembre de 2007 se suscribió el Acuerdo de Conservación de Bosques, denominado FCA por sus siglas en inglés (Forest Conservation Agreement) referente al Primer Canje de Deuda por Naturaleza entre el Gobierno de los Estados Unidos de América y el Gobierno de Costa Rica. Dicho acuerdo tiene como objetivo facilitar la conservación, protección, restauración y uso sostenible de los boques tropicales en Costa Rica, así como promover el desarrollo local y el uso racional de los recursos naturales, concretamente, en las áreas geográficas priorizadas (AGP): Osa, La Amistad, Maquenque, Tortuguero, Área Noreste del Rincón de la Vieja y Nicoya. Para la ejecución de dichos recursos, en el 2010 el Comité de Supervisión del Primer Canje de Deuda por Naturaleza (CS), como órgano máximo de toma de decisiones del Primer Canje de Deuda por Naturaleza EE.UU. – C.R., realizó la primera convocatoria de proyectos, invitando a entidades elegibles a acceder a dichos fondos. A la fecha, se han efectuado siete convocatorias: abril del 2010, abril del 2011, mayo del 2012, abril del 2013, abril 2014, marzo del 2015 y setiembre 2017. El CS presenta los lineamientos para la VIII Convocatoria con el propósito de brindar una guía que oriente a las entidades elegibles en: pasos a seguir para acceder al financiamiento de proyectos, y el proceso de presentación de perfiles, propuestas de proyectos y documentación de respaldo sobre la capacidad de las entidades. Se agradece a las entidades elegibles una lectura detenida de estos lineamientos de convocatoria para evitar descalificaciones. La convocatoria de proyectos se divide en tres etapas:

Primera: Selección de perfiles de proyecto.

Segunda: Evaluación y selección de propuestas completas.

Tercera: Formalización del Acuerdo de Donación.

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ASPECTOS GENERALES DE LA CONVOCATORIA DE PROYECTOS

FINANCIADOS CON FONDOS DEL PRIMER CANJE DE DEUDA POR

NATURALEZA

1. ¿QUIÉN CONVOCA?:

Esta convocatoria es realizada por el Comité de Supervisión (CS) del Primer Canje de Deuda por Naturaleza entre EE.UU. y C.R., integrado por un representante del Sistema Nacional de Áreas de Conservación de Costa Rica (SINAC), un representante de la Embajada de los Estados Unidos, un representante de The Nature Conservancy (TNC), un representante de Conservation International (CI) y un representante de la Universidad EARTH.

2. ¿QUIÉNES PUEDEN PARTICIPAR?:

Toda organización no gubernamental sin fines de lucro (asociación o fundación), cuya actividad normal sea afín a la conservación ambiental, bosques, pueblos indígenas de la comunidad, entre otros, establecida y operando en Costa Rica; b) cualquier otra entidad apropiada regional o local, o que esté activa en Costa Rica, que no sea una entidad no elegible (Ver Sección 7.7 de este documento).

3. OBJETIVO DE LA CONVOCATORIA

Esta convocatoria tiene el siguiente objetivo:

3.1. Objetivo General:

Apoyar el desarrollo de proyectos que contribuyan al propósito principal del Primer Canje: la conservación, mantenimiento y restauración de los bosques tropicales de Costa Rica en las seis áreas geográficas priorizadas (AGP).

4. LÍNEAS ESTRATÉGICAS A FINANCIAR Y PLAZOS:

Las entidades elegibles presentarán sus perfiles y propuestas de proyectos enmarcados en las líneas estratégicas que se muestran a continuación, las cuales responden a las prioridades temáticas del Primer Canje según el FCA. Una de las líneas estratégicas es a nivel nacional y las demás son específicas para cada AGP.

4.1. A nivel nacional

a. Fortalecimiento integral de organizaciones de base (ODB)

Plazo sugerido para proyectos: 2 años.

Perfil debe incluir fortalecimiento de 4 ODB, las cuales serán definidas por el Comité de Supervisión una vez que se invite a las entidades a presentar una propuesta completa.

Se apoyará proyectos orientados a: crear y mejorar capacidades administrativas, técnicas y financieras de las ODB. Se deberá hacer al menos dos visitas a las sedes de la ODB (una de diagnóstico y otra de seguimiento o cierre). Las demás actividades presenciales se llevarán a cabo según la estrategia que defina la entidad.

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Se dispone de ₡20 000 000 (Veinte millones de colones 00/100) para financiar este proyecto.

4.2. Área geográfica priorizada Osa

a. Favorecer la conectividad de los bosques en la zona entre el Parque Nacional Piedras

Blancas y la Zona Protectora Las Tablas (sitio donde se localiza la propuesta de creación del Corredor Biológico “Amistosa”)

Plazo sugerido para el desarrollo del proyecto: 2 años Se recomienda articular el perfil con los siguientes insumos, según corresponda: Estrategia Nacional de Biodiversidad, Programa Nacional de Corredores Biológicos, estrategias de conservación y desarrollo locales o nacionales, legislación ambiental vigente y otros que se consideren pertinentes.

4.3. Área geográfica priorizada La Amistad

a. Promoción de la conectividad y conservación de bosques y fauna silvestre en las

comunidades aledañas a la Reserva Biológica Hitoy Cerere.

Plazo sugerido para el desarrollo del proyecto: 2 años Se recomienda articular el perfil con los siguientes insumos, según corresponda: Estrategia Nacional de Biodiversidad, Plan General de Manejo y Planes Específicos de la RB Hitoy Cerere, estrategias de conservación y desarrollo locales o nacionales, legislación ambiental vigente y otros que se consideren pertinentes.

4.4. Área geográfica priorizada Tortuguero

a. Mejoramiento de la conectividad boscosa y climática en la zona de la propuesta de

Corredor Biológico “Parismina”

Plazo sugerido para el desarrollo del proyecto: 2 años Se recomienda articular el perfil con los siguientes insumos, según corresponda: Estrategia Nacional de Biodiversidad, Programa Nacional de Corredores Biológicos, Plan General de Manejo y Planes Específicos del PN Tortuguero y de corredores biológicos aledaños, estrategias de conservación y desarrollo locales o nacionales, legislación ambiental vigente y otros que se consideren pertinentes.

4.5. Área geográfica priorizada Maquenque

a. Promoción de la conectividad ecológica en las áreas de bosque tropical dentro y en

los alrededores del Refugio de Vida Silvestre Mixto Maquenque y hacia el Refugio de Vida Silvestre Mixto Barra del Colorado.

Plazo sugerido para el desarrollo del proyecto: 2 años Se recomienda articular el perfil con los siguientes insumos, según corresponda: Estrategia Nacional de Biodiversidad, Programa Nacional de Corredores Biológicos, Plan General de Manejo y Planes Específicos del RNVSM Maquenque, del RNVS Barra del Colorado y del Corredor Biológico San Juan-La Selva, estrategias de conservación y desarrollo locales o nacionales, legislación ambiental vigente y otros que se consideren pertinentes.

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4.6. Área geográfica priorizada Rincón de la Vieja

a. Desarrollo y apoyo a los medios de vida de las poblaciones que viven dentro de las

áreas de bosque tropical y que beneficien la conectividad boscosa y la restauración de tierras degradadas.

Plazo sugerido para el desarrollo del proyecto: 2 años Se recomienda articular el perfil con los siguientes insumos, según corresponda: Estrategia Nacional de Biodiversidad, Programa Nacional de Corredores Biológicos, Plan General de Manejo y Planes Específicos del PN Rincón de la Vieja y de los CB Rincón-Cacao y Rincón-Rainforest, estrategias de conservación y desarrollo locales o nacionales, legislación ambiental vigente y otros que se consideren pertinentes.

4.7. Área geográfica priorizada Nicoya

a. Promoción de acciones que disminuyan las amenazas en los alrededores del Sitio

Ramsar Humedal-Parque Nacional Marino Las Baulas.

Plazo sugerido para el desarrollo del proyecto: 2 años Se recomienda articular el perfil con los siguientes insumos según corresponda: Estrategia Nacional de Biodiversidad, Plan de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático para el PNM Las Baulas, Plan General de Manejo y Planes Específicos del PNM Las Baulas, Política Nacional de Humedales, Programa Nacional de Corredores Biológicos, Estrategia y plan de acción para la adaptación del sector biodiversidad de Costa Rica al cambio climático, Actualización y rediseño de dos medidas de conservación para la adaptación del sector biodiversidad ante el cambio climático, estrategias de conservación y desarrollo locales o nacionales, legislación ambiental vigente y otros que se consideren pertinentes.

4.8. Descripción de las áreas geográficas priorizadas

A. Osa: abarca el Corredor Biológico Osa que incluye la zona entre los parques nacionales

Corcovado y Piedras Blancas, así como las áreas protegidas como tal, la zona entre el Parque Nacional Corcovado y el sector más al sur hacia Cabo Matapalo y el sector hacia el humedal Térraba-Sierpe. Se incluye además la región de conectividad al noreste, hacia las zonas montañosas alrededor de Parque Nacional Marino Ballena (parte del corredor biológico Paso de la Danta). Adicionalmente, incluye la zona de conectividad desde la Península de Osa hasta la Cordillera de Talamanca (Corredor Biológico Amistosa).

B. La Amistad: se centra en el área de influencia de las áreas silvestres protegidas de la

Reserva de la Biosfera La Amistad, incluyendo los territorios indígenas aledaños y los corredores biológicos Río Cañas, Alexander Skutch y El Quetzal-Tres Colinas. Además, abarca la zona de conectividad de la Reserva de la Biosfera La Amistad con el Parque Nacional Barbilla (parte del corredor biológico Volcánica Central-Talamanca), con la Reserva Biológica Hitoy-Cerere y el Refugio de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo (parte del Corredor Biológico Talamanca-Caribe).

C. Tortuguero: cubre la zona de conectividad entre el Parque Nacional Tortuguero y los refugios

de vida silvestre Barra del Colorado y Archie Carr, incluyendo las áreas protegidas como tal, el humedal Nacional Cariari y las zonas protectoras Tortuguero y acuíferos de Pococí-Guácimo, así como sus áreas de influencia y conectividad entre ellas, incluyendo parte de los corredores biológicos: Fronterizo Estatal, Acuíferos, Colorado-Tortuguero y Moín-Tortuguero.

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D. Maquenque: abarca los Refugios de Vida Silvestre Maquenque y La Tirimbina, el Corredor

Biológico Fronterizo (su sección ubicada en el sector de Maquenque), así como sus áreas de influencia y conectividad entre ellas, cubriendo parte del corredor biológico San Juan-La Selva.

E. Área Noreste del Rincón de la Vieja: incluye el área de influencia al norte y noreste del

Parque Nacional Rincón de la Vieja, abarcando parte del Corredor Biológico Rincón Rain Forest.

F. Nicoya: comprende las áreas de influencia de los parques nacionales Diriá y Marino Las

Baulas de Guanacaste, y las Zonas Protectoras Nosara y Cerro La Cruz, así como la zona de conectividad entre ellos, incluyendo parte del Corredor Biológico Chorotega.

5. MONTO DE LA DONACIÓN Y DISTRIBUCIÓN

El monto total de la donación para la VIII convocatoria asciende a ₡280 000 000 (Doscientos ochenta millones de colones). El cual se distribuirá:

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Presupuesto total Límite Máximo por Proyecto

ODB ₡60 000 000 ₡15 000 000

ONG ₡200 000 000 ₡50 000 000

Fortalecimiento de ODB ₡20 000 000 ₡20 000 000

6. CALENDARIO

PROGRAMACIÓN VIII CONVOCATORIA

PRIMER CANJE DE DEUDA POR NATURALEZA

EE.UU. – C.R.

DETALLE PLAZO FECHA ESTIMADA

Apertura de convocatoria 4 semanas 10 de setiembre, 2018

Recepción de consultas de participación vía correo electrónico 2 semanas 10 al 21 de setiembre, 2018

Reuniones informativas presenciales con entidades interesadas 9 a 11 a.m. y 2 a 4 p.m.

2 días 20 y 21 de setiembre, 2018

Publicación de acta de consultas 26 de setiembre, 2018

Cierre de recepción de perfiles de proyecto 05 de octubre, 2018

Revisión y evaluación de perfiles de proyecto (ACRXS y Comité de Supervisión)

4 semanas 08 de noviembre, 2018

Aprobación de perfiles de proyecto

08 de noviembre, 2018

Envío de oficios de notificación (aprobados, no aprobados y descalificados)

12 de noviembre, 2018

Apertura de recepción de propuestas de proyecto 4 semanas 14 de noviembre, 2018

Recepción de consultas de participación 2 semanas 14 al 28 de noviembre, 2018

Publicación de acta de consultas 03 de diciembre, 2018

Cierre de recepción de propuestas de proyecto 12 de diciembre, 2018

Revisión y evaluación de propuestas de proyecto (Comité de Supervisión y ACRXS)

6 semanas 23 de enero, 2019

Aprobación propuestas de proyectos por parte del Comité de Supervisión

1 semana 28 de enero al 01 de febrero, 2019

Envío de oficios de notificación (aprobados y no aprobados) 1 semana 04 al 08 de febrero, 2019

Reuniones iniciales y presentación de documentación de respaldo 18 al 22 de febrero, 2019

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Revisión de capacidad institucional de entidades receptoras de donación 1 semana 18 de febrero al 01 de marzo, 2019

Notificación de debida diligencia 1 semana 04 al 08 de marzo, 2019

Elaboración de acuerdos de donación y revisión legal de acuerdos de donación

4 semanas 11 de marzo al 05 de abril, 2019

Firma de acuerdos de donación A partir de abril, 2019

* Las fechas y plazos de este calendario pueden variar a discreción del Comité de Supervisión del Primer Canje de Deuda por Naturaleza EE.UU. – C.R.

7. GLOSARIO.

Para la convocatoria, deberá entender por:

7.1. Administrador:

Se denomina “administrador” a la Asociación Costa Rica por Siempre (ACRXS), como entidad responsable de la administración y operación de los recursos financieros provenientes del Primer Canje de Deuda por la Naturaleza EE.UU. – C.R. Su labor será la de coordinar y velar para que el proceso se cumpla de conformidad con estos lineamientos, el FCA y normativa relacionada de ser pertinente.

Una vez aprobados los proyectos a financiar por parte del Comité de Supervisión, el administrador es el responsable de firmar los acuerdos de donación con los receptores de donación. Además, dar el seguimiento técnico y financiero respectivo, aprobar los informes de avance, informe de sistematización final, informe de auditoría (en los casos que corresponda) y realizar los desembolsos.

7.2. Acuerdo de Donación:

Una vez seleccionada la entidad, se procederá a firmar el Acuerdo de Donación entre el administrador y la entidad elegible, a la cual se le denominará receptora de la donación. En este documento se establecerán los derechos y obligaciones de ambas partes en relación con el proyecto a ejecutar. Para ello, se debe utilizar el formato establecido en el anexo 5 del FCA.

7.3. Comité de evaluación (CE):

Órgano interno del administrador encargado de la revisión y evaluación de los perfiles y propuestas.

7.4. Comité de Supervisión (CS):

Se refiere al Comité de Supervisión (CS) creado en el artículo 6 del FCA. Es el responsable de supervisar la administración de las cuentas y de cumplir las responsabilidades establecidas en el FCA. Es responsabilidad del CS, revisar y aprobar los perfiles y las propuestas presentadas por las entidades elegibles, a las que se les otorgará fondos en donación del Primer Canje. El CS está compuesto por un designado del Gobierno de Costa Rica (que será un miembro del SINAC); un designado del Gobierno de los Estados Unidos de América; un designado de Conservation International; un designado de The Nature Conservancy; y una organización no gubernamental o una organización de investigación ambiental, científica, académica, de desarrollo

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sostenible u organización dedicada a la investigación de los bosques en Costa Rica o cualquier otra organización no gubernamental ambiental, activa en Costa Rica (la "Institución Miembro Designada”). Actualmente es la Universidad EARTH.

7.5. Monto a financiar y contrapartida:

Se refiere a la contribución financiera aportada por cada una de las partes al proyecto. En este sentido, se debe tener en cuenta que el monto a financiar por el Primer Canje será en todos los casos hasta un máximo del 90% del costo total del proyecto, mientras que el 10% restante será la contribución financiera de la entidad elegible en calidad de contrapartida.

7.6. Entidad elegible (EE):

Se entenderá por entidad elegible lo dispuesto en el artículo 1. “Definiciones” del FCA, en cuanto la define como “a) una organización no gubernamental ambiental, de bosques, de conservación, de pueblos indígenas de la comunidad, establecida y operando en Costa Rica; b) cualquier otra entidad apropiada regional o local, o que esté activa en Costa Rica, que no sea una entidad no elegible.”

7.7. Entidad no elegible (ENE):

El FCA señala en su artículo 1. “Definiciones” quienes no son elegibles, excluyendo ad portas las entidades que conforman el Comité de Supervisión del Primer Canje, durante el tiempo en que dicha entidad sea miembro, y lo amplía a cualquier persona que sea nombrada en las Listas de personas prohibidas, o cualquier persona que esté referida a una persona que se encuentre en dichas listas; y cualquier otra entidad que el Comité de Supervisión pueda designar en cualquier momento.

7.8. Forest Conservation Agreement (FCA):

Es el Acuerdo de Conservación de Bosques del Primer Canje, el cual regula el funcionamiento del Primer Canje, al Comité de Supervisión, al administrador y al proceso de selección de entidades elegibles.

7.9. Líneas estratégicas:

Son aquellas definidas en la sección 4 de este documento, sobre las cuales se otorgarán las donaciones, pudiendo variar de convocatoria a convocatoria, y que serán aprobadas por el CS. Estas líneas estratégicas siempre deberán estar dentro de las prioridades temáticas (pueden ser consultadas en el sitio web http://primercanjedeuda.org/prioridades-tematicas/) y los límites establecidos por el FCA, en los artículos 5.2.8. “Propósitos permitidos” y 5.2.9. “Propósitos prohibidos”.

7.10. Lista de personas prohibidas / Lista OFAC:

Conforme con lo establecido en el FCA, significa las Listas de OFAC y cualquier lista de personas, entidades, y gobiernos a) emitida por las Naciones Unidas de conformidad con las resoluciones del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas No. 1267 y 1390, y cualquier resolución subsecuente similar relacionada con el antiterrorismo, incluyendo el financiamiento al antiterrorismo; y b) Reglamentos 447-2004 Regulaciones para el Cumplimiento con la Ley de Narcóticos, sustancias psicotrópicas, drogas no autorizadas, y actividades de legitimación de capital No 8204.; quienes se considerarán entidades No elegibles ad portas.

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Primer Canje de Deuda por Naturaleza EE.UU. – C.R. 12

Esta lista puede ser consultada en: https://www.treasury.gov/resource-center/sanctions/SDN-List/Pages/default.aspx

7.11. Organizaciones no gubernamentales (ONG) y organizaciones de base (ODB):

Para efectos de las convocatorias de proyectos, las entidades elegibles se dividen en dos categorías:

o Las estrictamente conocidas como organizaciones no gubernamentales (ONG) que se refieren precisamente a las organizaciones sin fines de lucro con amplia experiencia en la gestión, administración y ejecución de proyectos; y que cuentan con personal permanente que permite el cumplimiento de sus objetivos y funciones; y,

o Las organizaciones de base (ODB) son organizaciones comunales o incipientes, cuyos miembros se encuentran agrupados para atender temáticas de su localidad. Además, dichas organizaciones se caracterizan por no tener personal técnico, financiero y administrativo permanente.

7.12. Receptor de la donación:

De acuerdo con el FCA, se denominará receptor de donación, a aquellas entidades elegibles cuyos proyectos sean aprobados por el CS y suscriban un Acuerdo de Donación con el administrador.

8. NORMAS GENERALES:

8.1. Todas las propuestas deben estar orientadas al cumplimiento de los fines, las metas y los

objetivos establecidos en los presentes lineamientos de convocatoria de proyectos.

8.2. Los lineamientos de convocatoria, así como cualquier otra documentación que se considere

necesaria se encuentre disponible en el siguiente link:

http://primercanjedeuda.org/convocatoria/.

8.3. En caso de consultas, las entidades elegibles tendrán un plazo de 2 semanas para realizar

consultas al correo electrónico: [email protected] indicando en el asunto CONSULTA

VIII CONVOCATORIA. Se advierte que ni el administrador ni ninguno de sus funcionarios, o

miembros de los órganos involucrados en la convocatoria, atenderán consultas realizadas vía

telefónica o por cualquier otro medio. Una vez vencido el plazo establecido en el calendario

adjunto, el administrador elaborará un acta con todas las consultas recibidas y sus respectivas

respuestas, el cual será publicado en la página web http://primercanjedeuda.org en la fecha

indicada en el calendario.

8.4. Se habilitará un espacio de consultas presenciales voluntarias, los días 20 y 21 de setiembre de

2018, a las 9:00 a.m. y a las 2:00 p.m., en las oficinas del administrador, ubicadas en Torre La

Sabana, piso 5, Sabana Norte, 300 m Oeste del ICE, San José. Si desea participar, es

necesario confirmar su participación con anticipación al correo [email protected].

8.5. El administrador y sus funcionarios, así como los miembros de los CE y del CS, garantizan la

confidencialidad y debido resguardo de la información recibida por parte de las entidades

elegibles. Asimismo, el receptor de donación, por su parte, está obligado a mantener toda la

información facilitada por el administrador o entidades involucradas en la ejecución del proyecto

bajo estrictas medidas de seguridad y confidencialidad; además no podrá hacer uso de ella para

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ningún fin y por ningún medio, que no sea el contemplado en el proyecto y durante su período

de ejecución, sin la previa autorización del administrador.

8.6. Condiciones de participación

Solo podrá presentar una propuesta por convocatoria por entidad elegible.

Durante todo el proceso de convocatoria (del 10 de setiembre de 2018 a abril de 2019), en

caso que la entidad participe o esté participando en otra convocatoria del administrador ACRXS

(Segundo Canje o bien del Fideicomiso Irrevocable Costa Rica por Siempre), debe informar al

administrador, mediante carta indicando en cuál de estas convocatorias está participando o ha

iniciado su participación.

No podrán participar en la presente convocatoria entidades que actualmente son receptoras de

donaciones o cuentan con un Acuerdo de Donación suscrito del Primer Canje, de una

convocatoria anterior y su proyecto se encuentra todavía en ejecución.

Se dará prioridad a aquellas entidades que nunca han contado o a la fecha no cuentan con

proyectos financiados con recursos del Primer Canje de Deuda.

8.7. Deberá aportar como contrapartida al menos el 10% calculado sobre la base del monto

solicitado al Primer Canje, el cual no podrá exceder el límite establecido por el CS para cada

proyecto. Además, se reconocerá como gastos administrativos un máximo de 10% del total de

gastos directos solicitados al Primer Canje.

8.8. El proyecto no podrá por objeto o efecto producir beneficio económico alguno al receptor de la

donación. En este sentido, no se podrá prever dentro del presupuesto un porcentaje de

ganancia o de utilidades, ni podrá percibir pago alguno de terceras personas por acciones a

desarrollar en el marco de proyecto, salvo que sea para la propia sostenibilidad del proyecto y

así se haya previsto en la propuesta y se haya aprobado por el CS y haya sido establecido en el

Acuerdo de Donación.

8.9. En el caso de las ONG, se valorará positivamente aquellas propuestas que entre sus objetivos y

actividades prevea el fortalecimiento de una o varias ODB.

8.10. Todos los resultados y productos del proyecto, darán el crédito respectivo a través del logo del

Primer Canje, al Gobierno de los Estados Unidos, al Gobierno de Costa Rica y a las demás

entidades que conforman el Comité de Supervisión del Primer Canje, como copatrocinadores

del proyecto.

8.11. Asimismo, todos los resultados y productos del proyecto serán propiedad del receptor de la

donación una vez finalizado el proyecto, siempre y cuando, otorgue de manera irrevocable a las

entidades que conforman el CS un derecho perpetuo libre de regalías y no exclusivo para

traducir, publicar, copiar, distribuir, usar y preparar los trabajos derivados de cualquier trabajo

creativo (y autorizar a otros a hacerlo) para cualquier propósito, en cualquier medio y en

cualquier territorio para un uso no comercial.

9. MEDIDAS ANTICORRUPCIÓN:

En cualquiera de las siguientes situaciones, el administrador podrá descalificar a la entidad elegible, o en caso de haberse firmado, rescindir el Acuerdo de Donación, sin responsabilidad alguna. Además,

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Primer Canje de Deuda por Naturaleza EE.UU. – C.R. 14

el CS podrá prohibir su participación en próximos procesos de convocatoria por los próximos 3 años, o 5 años en caso de reincidencia.

9.1. Conflictos de interés:

Existe conflicto de interés cuando el ejercicio imparcial y objetivo de las funciones del CS o del administrador (o bien de alguno de sus funcionarios, o la junta directiva del administrador), se ve comprometido por razones familiares, afectivas, políticas, laborales, económicas o cualquier otro interés compartido con alguna de las entidades elegibles.

Como marco general de una situación en conflicto, se deberá tener lo dispuesto por el FCA en su artículo 1. “Definiciones”, que al respecto señala:

“Conflicto de interés: significa una transacción que viola la ley aplicable en Costa Rica relacionada con conflictos de interés y/o en la cual los intereses de cualquier persona o agente, empleado o representante de una persona, están en conflicto, o parecen estar en conflicto con su responsabilidad oficial, incluyendo las transacciones con o que involucran a los socios comerciales del director del proyecto, el codirector o cualquier otro miembro del equipo del proyecto o los miembros de su familia inmediata en relación con los salarios, reembolsos de gastos y cualquier otro tipo de compensación, o pagos a organizaciones en los cuales el director del proyecto, el codirector o cualquier otro miembro del equipo del proyecto o los miembros de la familia inmediata tienen un interés financiero.”

Algunas situaciones de conflicto de intereses que pueden surgir son:

a. Un miembro del CS, o del administrador (o de sus órganos como la junta directiva), o los

fideicomitentes, se adjudican a sí mismos, a su cónyuge o compañero (a), o familiares hasta cuarto grado de consanguinidad y tercero de afinidad, o a otras personas o entidad por razones afectivas, políticas, laborales, económicas o cualquier otro interés compartido; ventajas directas o indirectas de forma injustificada, influyendo en el resultado, o permitiendo que obtenga información que dé lugar a una competencia desleal. En caso que esto ocurra, a la persona involucrada se le aplicará las sanciones correspondientes, y la entidad elegible será eliminada ad portas; si para el momento ya se ha firmado el Acuerdo de Donación, se rescindirá sin responsabilidad del administrador y se realizarán las sanciones correspondientes.

Titular / Cónyuge o Compañero (a)

Consanguinidad Afinidad

Línea ascendente

Línea descendente

Línea colateral

Línea ascendente

Línea descendente

Línea colateral

1º Padres Hijos - Suegros Yerno (Nuera) / Hijos del cónyuge

-

2º Abuelos Nietos Hermanos Abuelos políticos

Nietos del cónyuge

Cuñados

3º Bisabuelos Bisnietos Tíos / Sobrinos

Bisabuelos políticos

Bisnietos del cónyuge

Tíos y Sobrinos políticos

4º - - Tíos abuelos / Primos Hermanos/ Sobrinos

- - Tíos abuelos, Primos y Sobrinos políticos

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Primer Canje de Deuda por Naturaleza EE.UU. – C.R. 15

nietos

b. Una vez recibidas las propuestas, en caso de que la persona o personas responsables de

realizar la evaluación identifican que puede existir un conflicto de interés, con su persona o con alguna otra que trabaje con el administrador, o alguna de las entidades que conforman el CS, o la junta directiva, y no lo notifica de inmediato, podrá acarrear sanciones para esta persona y la eliminación de la propuesta. Si por el contrario la persona que identifica el posible conflicto con su persona o con alguna otra perteneciente a alguna de las partes supra mencionadas, al momento de percatarse, a razón de evitarlo, lo informa inmediatamente al CS; éstos una vez analizada la situación en concreto y determinados los riesgos, podrán tomar la decisión de apartar del proceso a dicha persona y continuar con la evaluación de la propuesta, o bien, eliminarla.

c. Si una persona que trabaja directa o indirectamente con el administrador o pertenezca a alguna de las entidades que conforman el CS o la JD, atiende en forma conjunta o individualizada a entidades interesadas en participar en una convocatoria que se encuentre abierta en cualquiera de sus etapas; dando lugar a una ventaja a las demás participantes; en dicha situación, se sancionará a la persona involucrada según corresponda y se eliminará a entidad del proceso de convocatoria ad portas. Precisamente por esta razón es que se prohíbe que las entidades realicen consultas por otros medios que no sean los establecidos en los lineamientos de convocatoria, y en todo caso, se dispone que las consultas se resuelvan en un solo acto que sea de conocimiento para todos los participantes, garantizando así la transparencia del proceso.

d. En este mismo sentido, si una entidad elegible intenta obtener información que dé lugar a una ventaja frente a las otras, o intenta de alguna forma influir en el proceso, se eliminará ad portas.

e. Cuando la entidad elegible o uno de sus profesionales (sea de planta o subcontratado) participó en la elaboración total o parcial de los lineamientos de convocatoria, sea como una colaboración o bien por haber sido contratados por el administrador para dicho fin,dicha entidad no podrá participar en la convocatoria, se eliminará ad portas.

f. Cuando se comprueba que un funcionario perteneciente a alguna de las entidades que conforman el CS, junta directiva, o de los fideicomitentes, es accionista u ostenta algún puesto de decisión en la entidad elegible, se eliminará ad portas.

g. En caso de que en la entidad elegible labore o participe como parte de su equipo profesional, personas que anteriormente laboraron para alguna de las entidades que conforman o son parte del CS, JD o de los fideicomitentes, el CS deberá verificar si esta persona puede o no constituir un conflicto de interés; para ello se debe analizar: i. Si esta persona participó en la elaboración total o parcial de los lineamientos de

convocatoria, ii. Si esta persona tuvo que ver con su aprobación final, iii. Si esta persona tuvo acceso a los lineamientos de convocatoria total o parcial, de alguna

forma, con anterioridad a su publicación, iv. Si esta persona dejó de laborar dentro de los 6 meses anteriores a la publicación de la

convocatoria.

Si se comprueba al menos una de las situaciones anteriores, se estaría ante un conflicto de intereses, por lo que el CS deberá eliminar dicha propuesta; si por el contrario se comprueba que no estuvo

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Primer Canje de Deuda por Naturaleza EE.UU. – C.R. 16

involucrada en ninguna de estas situaciones, y dejó de laborar al menos 6 meses antes de la publicación de los lineamientos de convocatoria, el CS podrá decidir continuar con su evaluación.

9.2. Tráfico de Influencias:

Se entenderá por tráfico de influencias, cuando un funcionario público prevaliéndose de su cargo o de cualquiera otra situación derivada de su situación personal o jerárquica, ya sea real o simulada, pretenda influir en el administrador, su personal, o a cualquier miembro del CS, para que de forma directa o indirecta favorezca a una entidad elegible. Esta prohibición se extiende a los funcionarios y autoridades de las entidades que conforman el CS.

En dichos casos el CS tomará las medidas correspondientes con respecto al funcionario, y eliminará ad portas a la entidad elegible involucrada.

En este mismo sentido, se prohíbe a la entidad elegible, contactar a miembros del CS, JD del administrador, para solicitar información o cualquier tipo de apoyo para el proceso de convocatoria o influir en sus resultados, bajo pena de ser eliminados ad portas.

Para evitar esta situación, las entidades elegibles deberán abstenerse de presentar cartas de recomendación, memorándum, o cualquier otro documento suscrito por un funcionario público y/o autoridad institucional pública, o bien, de cualquier otra entidad de índole privado que directa o indirectamente tenga relación con el administrador, que pueda servir como coacción para el CE o al CS, para resolver a su favor.

9.3. Ética profesional de la entidad elegible:

La entidad elegible y sus representantes entienden que: a. Cualquier intento de falsear o plagiar información tendrá como consecuencia la eliminación del

perfil o la propuesta, o en caso de haberse aprobado, la rescisión del Acuerdo de Donación sin responsabilidad del administrador.

b. El irrespeto a la legislación internacional y nacional con respecto al cumplimiento de los derechos

humanos y la Organización Internacional del Trabajo, tendrá como consecuencia la eliminación del perfil o la propuesta, o en caso de haberse aprobado la rescisión del Acuerdo de Donación sin responsabilidad del administrador.

c. El incumplimiento con las obligaciones tributarias, con la seguridad social y del seguro sobre

riesgos de trabajo a su personal, tendrá como consecuencia la eliminación de la propuesta, o en caso de haberse aprobado, la rescisión del Acuerdo de Donación sin responsabilidad del administrador.

d. La aceptación de cualquier tipo de pago adicional, además del pactado en el Acuerdo de

Donación, que se pueda considerar como una gratificación que pueda entrar en conflicto con sus obligaciones hacia el administrador, tendrá como consecuencia la eliminación de la propuesta, o en caso de haberse adjudicado la rescisión del Acuerdo de Donación sin responsabilidad del administrador.

e. El uso indebido de los recursos por parte del receptor de la donación, tendrá como consecuencia

la rescisión del Acuerdo de Donación sin responsabilidad del administrador. Por ello se comprometerá a presentar al administrador los informes técnicos y financieros necesarios, así como la documentación probatoria correspondiente que justifique los gastos reportados. El administrador se reserva el derecho de hacer las revisiones in situ y de solicitar cualquier

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Primer Canje de Deuda por Naturaleza EE.UU. – C.R. 17

información con respecto a la ejecución del proyecto que considere necesario, así como de enviar sus propias auditorías para que audite el proyecto, además de la auditoría que el mismo receptor de la donación debe realizar.

f. El administrador podrá eliminar la propuesta, suspender o rescindir el Acuerdo de Donación en

cualquier momento, si se descubren prácticas de corrupción de cualquier naturaleza y el receptor de la donación no toma las medidas necesarias para solucionarlo.

10. CRITERIOS DE EXCLUSIÓN:

Además de las situaciones expuestas en el apartado anterior, no podrán participar aquellas entidades que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones: a. Haber sido condenada con anterioridad mediante sentencia firme por cualquier delito relativo o

afín a fraude, corrupción, participación en una organización delictiva, blanqueo de capitales o financiación del terrorismo, o violación a derechos humanos.

b. Haber sido declarada en quiebra o concurso de acreedores, siempre que no esté rehabilitada; c. Se encuentre actualmente con procesos de quiebra iniciados en su contra y con procesos

judiciales abiertos de concursos de acreedores. d. Haber sido declarada culpable por la extinción de cualquier contrato celebrado por la prestación

de sus servicios profesionales y/o convenio de cooperación técnica-financiera para la ejecución de un proyecto, durante los últimos cinco años.

e. Estar atrasado en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, laborales y de seguridad social. f. Que sus representantes legales se encuentren con procesos abiertos penales o civiles de

cualquier índole. O hayan sido condenados en los últimos 10 años. g. Que la entidad, sus representantes y personal técnico propuesto cuenten con procesos

administrativos o sentencia firme y/o decisión administrativa definitiva de que es culpable de falta de ética profesional grave, por haber infringido la legislación nacional.

h. Tergiversación de forma fraudulenta o por negligencia de información para el cumplimiento de los

criterios de selección. i. Incumplimiento en el Acuerdo de Donación o Contratos otorgados anteriormente por la ACRXS,

dando lugar a la terminación anticipada o a una indemnización por daños y perjuicios o a la imposición de otras penalizaciones.

j. Se encuentra dentro de la lista de empresas bloqueadas.

11. ANULACIÓN DEL PROCESO DE CONVOCATORIA DE DONACIONES:

Se podrá anular la convocatoria de proyectos, en cualquier momento sin responsabilidad del administrador, cuando se presente alguna de las siguientes situaciones:

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Primer Canje de Deuda por Naturaleza EE.UU. – C.R. 18

a. La convocatoria se declara anulada por falta de propuestas o habiéndose recibido, no cumplen con los requisitos administrativos y técnicos o las propuestas no logran la nota mínima exigida.

b. Circunstancias excepcionales o de fuerza mayor hacen imposible la continuación del Proceso de convocatoria de donación sea circunstancias técnicas, económicas o pertinencia en el área de intervención.

c. Se han producido irregularidades graves en el procedimiento, en particular si estas han impedido la igualdad de trato.

En caso de anularse, se publicará en la página web http://primercanjedeuda.org, los canales de comunicación del administrador y al menos en un periódico de circulación nacional.

ETAPA I. SELECCIÓN DE PERFILES DE PROYECTOS

1. PRESENTACIÓN DE PERFILES DE PROYECTOS:

Para esta primera etapa, las entidades elegibles deberán presentar en un plazo máximo de un mes, a partir del día siguiente a la publicación en el periódico de circulación nacional, como mínimo la siguiente documentación:

a. Currículo de la entidad elegible. (Anexo I). En caso de consorcio presentar un currículo por

cada entidad participante. b. En caso de consorcio, presentar Acuerdo Consorcial.

c. Declaración jurada (Anexo II). En caso de consorcio presentar una declaración jurada por

entidad participante.

d. Perfil de proyecto, según el formato establecido en el Anexo III.

e. Lista de proyectos ejecutados en los últimos 5 años, relacionados con temas de conservación de bosques (Anexo I).

El incumplimiento de alguno de los documentos solicitados, o su presentación incompleta implicará la eliminación ad portas del perfil El CS se reserva el derecho de eliminar en cualquier momento del proceso de convocatoria a cualquier entidad elegible; e incluso rescindir el Acuerdo de Donación, sin responsabilidad alguna para el administrador; en el momento que tenga información fehaciente que compruebe que las declaraciones y/o documentación probatoria entregada durante el proceso es errónea o falsa, o bien que su situación ha variado negativamente en relación con el momento en que fueron emitidos dichos documentos. Todas las solicitudes deberán presentarse en línea, en el enlace: http://primercanjedeuda.org/convocatoria/ a más tardar a las 4:00 p.m. del día 05 de octubre de 2018. No se recibirán propuestas por ningún otro medio.

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Primer Canje de Deuda por Naturaleza EE.UU. – C.R. 19

2. CRITERIOS DE SELECCIÓN DE PERFILES DE PROYECTOS:

2.1. Entidades elegibles:

La presente convocatoria es únicamente para personas jurídicas que tengan las características de entidades elegibles según lo indicado en el numeral 7.6 de estos lineamientos (Glosario) y cumplan con los requisitos solicitados en el apartado anterior (numerales del i al xv). Cualquier documento faltante, documento incompleto, falsedad u omisión, en lo manifestado implicará su eliminación ad portas.

En principio, no se solicitará documentación probatoria en esta etapa, sin embargo, el CS se reserva el derecho de solicitar cualquier documentación o aclaración adicional en caso de duda con respecto a lo manifestado por la entidad elegible. Se revisarán únicamente los perfiles de proyecto de las entidades que cumplan con todos los requisitos solicitados.

2.2. Selección y aprobación del perfil de proyecto:

El CE revisará el formulario de “Perfil de Proyecto”. Se rechazarán ad portas aquellos perfiles que no se localicen dentro de alguna de las AGP o que no responda a las Líneas Estratégicas establecidas en los Lineamientos de Convocatoria. Se verificará que el monto solicitado al Primer Canje no sobrepase los límites establecidos por el CS para cada proyecto en los lineamientos de la VIII convocatoria. En caso de que no cumpla con estos requisitos se rechazará inmediatamente. El presupuesto deberá indicarse en colones costarricenses, moneda en curso legal de Costa Rica. Se aclara que no se aceptará una partida o rubro en el presupuesto para imprevistos. Se establece un límite máximo de 40% del presupuesto solicitado al Primer Canje para cubrir las partidas de salarios y servicios profesionales.

La evaluación del perfil de proyecto tiene un valor de 100 puntos. Los perfiles de proyecto que alcancen como mínimo 85 puntos de 100, avanzarán a la segunda etapa en función de su puntuación de mayor a menor. Es importante indicar, que el hecho de que el perfil se seleccione y sea aprobado por el CS para pasar a la segunda etapa, no garantiza que la propuesta de proyecto será aprobada.

2.3. Notificación de Perfiles Seleccionados y Aprobados y No Seleccionados en la Etapa I.

Una vez aprobados los perfiles de proyectos por parte del CS, el administrador notificará inmediatamente a las entidades elegibles los pasos a seguir y, a los no aprobados, las razones por las cuales no fueron aprobados.

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Primer Canje de Deuda por Naturaleza EE.UU. – C.R. 20

ETAPA II. SELECCIÓN DE PROPUESTAS DE PROYECTOS

1. INVITACIÓN A PRESENTAR PROPUESTAS DE PROYECTOS

Las entidades elegibles a las que se les aprobó el perfil serán invitadas a presentar la propuesta de proyecto, el plazo para la presentación de esta será notificado en el oficio de aprobación del perfil del proyecto. El proceso a seguir en esta etapa, en cuánto a tiempos de presentación, documentación y formatos para la presentación de propuestas de proyecto, será divulgado únicamente a aquellas entidades elegibles a las que se les aprobó el perfil.,

1.1. Período de consultas.

Las entidades elegibles tendrán un plazo de 2 semanas (según la sección 6 Calendario, de estos lineamientos),a partir del día siguiente de su notificación de aprobación de perfil, para realizar consultas al correo electrónico [email protected] indicando en el asunto CONSULTA PROPUESTA; vencido el plazo para consultas, el administrador tendrá 3 días hábiles para elaborar un acta de aclaraciones con todas las consultas con sus respuestas y la publicará en la página web http://primercanjedeuda.org. Podrá, en caso de considerarlo pertinente, notificarla vía correo electrónico a todas a las entidades elegibles cuyos perfiles fueron aprobados. Las entidades elegibles podrán realizar consultas en forma general, y nunca sobre la admisibilidad de una entidad o de una propuesta en concreto.

1.2. Presentación de propuestas de proyecto.

Las entidades elegibles deberán presentar las propuestas de proyecto en el plazo definido en la carta de notificación, a partir del día siguiente de la notificación respectiva, en el formato establecido en el (Anexo V) junto con el presupuesto detallado (Anexo VI). Se debe tener presente que el monto solicitado y aprobado en el perfil de proyecto no podrá aumentar, en caso de ser necesario un aumento, este deberá ser financiado con fondos propios de la entidad elegible. Para esta segunda etapa se deberá presentar la siguiente documentación:

a. Propuesta de proyecto formato Word b. Presupuesto detallado formato Excel c. Currículo y declaración de compromiso del coordinador y de cada miembro del equipo clave

(Administrativo, Financiero-Contable, y Técnico) (Anexo VII).

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Primer Canje de Deuda por Naturaleza EE.UU. – C.R. 21

Es importante señalar, que las personas definidas en el equipo clave sólo podrán participar en una propuesta, en caso que un mismo profesional sea parte de dos o más propuestas, éstas serán eliminadas. El administrador tiene la potestad de revisar y aprobar el equipo de trabajo. Además, en caso de ser aprobada la propuesta de proyecto por parte del CS, la entidad elegible deberá tener en cuenta para la incorporación de consultores al equipo de trabajo del proyecto las siguientes consideraciones: o El consultor presentará constancia de seguro de trabajador independiente. o El consultor deberá contar con póliza similar a la de riesgos del trabajo (se recomienda

la póliza autoexpedible de protección múltiple). o El consultor deberá estar debidamente inscrito ante el Ministerio de Hacienda y contar

con sus debidas facturas timbradas. o La contratación se realiza bajo los procesos internos de la organización.

d. Acuerdo consorcial, donde se indique los roles y responsabilidades de las partes. (En caso de ser 2 entidades)

Todas las propuestas de proyecto deberán presentarse en línea, a través del siguiente enlace http://primercanjedeuda.org/convocatoria/, en el plazo establecido en la carta de invitación, a más tardar a las 4:00 p.m. del día 12 de diciembre de 2018. No se recibirán propuestas por ningún otro medio.

2. EVALUACIÓN Y APROBACIÓN DE LAS PROPUESTAS DE PROYECTOS.

La evaluación en esta segunda etapa se compone en principio de tres fases:

2.1. Conformidad Administrativa.

Únicamente en caso de que en la carta de notificación se haya solicitado documentación probatoria sobre la legalidad de la entidad elegible y su estado actual, se procederá a realizar esta fase; pasando a la siguiente fase únicamente aquellas entidades que cumplan con lo solicitado.

2.2. Evaluación de la propuesta de proyecto

La evaluación de las propuestas de proyecto tiene un valor de 100 puntos. Las propuestas que alcancen como mínimo 85 puntos de 100, serán candidatas a ser aprobadas por el CS

2.3. Presupuesto del proyecto y monto solicitado:

Se revisará que el presupuesto detallado esté acorde con el presentado en la primera etapa; que se encuentre dentro del máximo establecido en los lineamientos de la VIII convocatoria; que esté claramente identificado al menos el 10% de contrapartida de la entidad elegible; que los gastos indirectos (gastos administrativos) no superen el 10% de los gastos directos. Si alguno de estos factores no se cumple se eliminará de inmediato por parte del CE sin necesidad de elevarse al CS. Por otra parte, también verificará que no haya errores aritméticos, que sea lógico y coherente con las actividades que se plantean, que estén claramente definidas las actividades y gastos permitidos, así como las actividades y gastos que serán financiados con fondos propios de la entidad elegible, de manera que se cubra al menos el 10% sobre la base del monto solicitado al Primer Canje (contrapartida). Se revisará que las actividades y gastos planteados por la entidad elegible sean permitidos de conformidad con lo establecido en el Anexo VIII (Gastos Permitidos y No Permitidos) de

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Primer Canje de Deuda por Naturaleza EE.UU. – C.R. 22

estos lineamientos. En caso que alguno de estos aspectos se incumpla, éstos podrán subsanarse mediante aclaración por parte de la entidad elegible a solicitud del CS. Previo a tomar una decisión, el CS podrá solicitar aclaraciones a las entidades elegibles en caso que considere que la documentación aportada no es suficiente o clara; sobre dudas técnicas o del presupuesto de la propuesta de proyecto, para ello podrá otorgarse un plazo de 3 a 5 días hábiles.

2.4. Criterios de priorización

En caso que la sumatoria del monto solicitado de las propuestas de proyectos que superan los 85 puntos, supere el monto total previsto para la presente convocatoria (ver sección 4), se podrán aplicar los siguientes criterios de selección:

a. Primer criterio: Área geográfica priorizada Se dará prioridad a las propuestas presentadas en el siguiente orden de areas geográficas priorizadas:

I. Rincón de la Vieja II. Nicoya III. Maquenque IV. Tortuguero V. La Amistad VI. Osa

b. Segundo criterio: categoría de organizaciones

Se dará prioridad a propuestas presentadas en el siguiente orden de categoría:

I. Organizaciones de base (ODB) II. Organizaciones no gubernamentales (ONG)

c. Tercer criterio: Contribución/Alcance integral de las propuestas

La prioridad de financiamiento se dará a propuestas que contribuyan a:

Fortalecimiento de ODB.

Contribución a la Estrategia Nacional de Biodiversidad

Sinergia o articulación con otras estrategias locales, regionales o nacionales.

Incorporación de elementos innovadores El CE elaborará un informe de evaluación, en un plazo máximo de 30 días a partir de la recepción de las propuestas, el cual será sometido a consideración por parte del CS.

2.5. Notificación de propuestas aprobadas y no aprobadas

Una vez que del CS haya tomado una decisión, el administrador notificará inmediatamente a las entidades elegibles las propuestas aprobadas y a las no aprobadas, a estas últimas se les indicará las razones por las que no fueron aprobadas. Si el CS aprobó proyectos que requieren correcciones, mejoras y/o modificaciones, en la misma nota de notificación se les informará sobre ello y se les convocará a una reunión en la cual se revisará la incorporación de las mismas. Estas modificaciones no podrán en ningún caso ser sustanciales, es decir, no podrán modificar los objetivos, ni podrá aumentarse el presupuesto.

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Primer Canje de Deuda por Naturaleza EE.UU. – C.R. 23

En dicha reunión se levantará una minuta donde se haga constar quienes participaron y los acuerdos tomados en cuanto al plan de desembolsos.

2.6. Análisis de la debida diligencia de la dntidad dlegible

La entidad elegible debe tener presente que en caso que no se haya solicitado con anterioridad, será en este momento que se le solicite la documentación probatoria con respecto a la capacidad administrativa y técnica, bajo pena de ser eliminada si se incumple. Esto será notificado en la carta de aprobación de la propuesta. Se otorgará un plazo no mayor a 15 días naturales para que la entidad elegible presente la documentación de respaldo. La entidad elegible antes de la firma del Acuerdo de Donación, presentará la documentación que compruebe lo manifestado en la declaración durada (Anexo II), completando además el formulario de evaluación de la capacidad institucional (Anexos 2.1 ODB y 2.2 ONG según sea el caso), sin afán de ser exhaustivos, estos son algunos de los documentos, entre otros, que debe tener disponibles:

i. Declaración jurada de que la entidad elegible ni ninguno de sus representantes se

encuentra con ningún proceso administrativo, civil o penal, abierto ni ha sido sentenciado por proceso administrativo, civil o penal alguno en los últimos 5 años.

ii. Constancia de inscripción y que este al día con las obligaciones tributarias. iii. Última declaración de renta. iv. Constancia de inscripción como patrono y al día con las obligaciones de la seguridad social. v. Constancia de que se cuenta con el seguro de riesgos de trabajo o afín.

vi. Estatutos. vii. Permisos de funcionamiento (según aplique).

viii. Permisos de investigación, colecta u otro necesario (según aplique). ix. Declaraciones bancarias. x. Presentación de balances de un periodo determinado.

xi. Constancia de un contador público. xii. Estado de resultados.

xiii. Auditoría actualizada de los estados financieros. xiv. Balance general del año más reciente y del año anterior. xv. Estado de ingresos y gastos del año más reciente y del año anterior.

En caso que no se cumpla con los requerimientos administrativos y técnicos, con la documentación solicitada, o bien, que la entidad elegible no esté de acuerdo con las correcciones o modificaciones del proyecto o no las incluya en la versión final, se revocará la aprobación de la propuesta.

ETAPA III: FORMALIZACIÓN DEL ACUERDO DE DONACIÓN

1. FIRMA DEL ACUERDO DE DONACIÓN. Una vez elaborado el Acuerdo de Donación por el administrador, el mismo deberá ser firmado por las partes en un plazo no mayor a 45 días hábiles a partir de la notificación de aprobación de la propuesta.

1.1. MODIFICACIONES Y ENMIENDAS AL ACUERDO DE DONACIÓN.

Para modificar un Acuerdo de Donación, deberá cumplirse lo siguiente:

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Primer Canje de Deuda por Naturaleza EE.UU. – C.R. 24

a. Las enmiendas al Acuerdo de Donación no podrán alterar las condiciones del proyecto aprobado, es decir, no se podrá por ningún motivo modificar o alterar los objetivos y resultados esperados del proyecto, ni lo establecido en los lineamientos de convocatoria de proyectos; de manera que se ponga en riesgo la transparencia del proceso de aprobación o la igualdad de trato y competencia leal entre las entidades elegibles.

b. Los Acuerdos de Donación no podrán modificarse al final del período de ejecución.

c. No podrá aumentarse el monto del proyecto aprobado.

d. Toda modificación que suponga un cambio sustancial como la ampliación del plazo de ejecución o la sustitución de una de las entidades elegibles (en caso de Consorcio) o de una ODB (en su calidad de beneficiaria), requerirá de la elaboración de una enmienda debidamente suscrita por las partes, previo a llevar a cabo dicha modificación.

e. Modificaciones menores, sea financiera (como modificación en los salarios u honorarios, traspaso de fondos entre partidas presupuestarias mayores a un 10%) o técnica (modificación de productos o actividades esperadas o sustitución de sustitución de personal del equipo de trabajo); requerirán la autorización previa del administrador, en cuyo caso bastará con que el receptor de la donación lo solicite al administrador mediante el formato correspondiente y éste lo autorice por medio de oficio (orden administrativa).

f. Las solicitudes de modificación al Acuerdo de Donación no deberán ser aceptadas automáticamente por el administrador. Deberán responder a motivos justificados, pudiendo el administrador rechazar solicitudes que no estén plenamente justificadas, o que sea por ineficiencia o incumplimiento del receptor de la donación.

g. Las solicitudes de modificación a un Acuerdo de Donación deberán ser presentadas con suficiente antelación para que el administrador tenga tiempo para analizarlas y tramitar la autorización administrativa (con el apéndice respectivo) y del CS (en caso de ser necesaria); antes de que se requiera implementar la misma.

h. El receptor de la donación asumirá el riesgo financiero de los gastos contraídos en el marco de una modificación no autorizada, sea por orden administrativa o por enmienda. En este sentido, el administrador podrá autorizar dicha modificación en forma retroactiva si considera que la modificación es válida, de lo contrario, será un gasto no elegible que deberá ser cubierto con fondos propios del receptor, como monto adicional al 10% de contrapartida propuesta. Esto aplica también para aquellas compras superiores a un millón de colones que no cuenten con la aprobación previa del administrador.

i. En cualquier momento, sea por solicitud del receptor de la donación o del administrador, se podrá elaborar una o varias enmiendas, para lo cual se requerirá: i. Oficio de solicitud de enmienda con las razones técnicas y financieras que justifican las

modificaciones al Acuerdo de Donación o su ampliación, ii. Elaborar dos enmiendas originales, una para cada parte, iii. En caso de modificaciones al presupuesto, se deberá anexar el nuevo presupuesto

según el formato establecido, iv. El plan de desembolsos no requiere modificarse, salvo si se prolonga el plazo del

Acuerdo de Donación.

j. La enmienda entrará en vigencia en la fecha de la última firma de las partes.

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Primer Canje de Deuda por Naturaleza EE.UU. – C.R. 25

1.2. SEGUIMIENTO Y MONITOREO.

El receptor de la donación será el responsable de la ejecución eficaz y eficiente del proyecto, tanto a nivel técnico como financiero y deberá presentar informes de avance tanto técnicos como financieros. (Los formatos serán entregados una vez sea firmado el Acuerdo de Donación).

Con respecto a la verificación de gastos, el administrador podrá definir cuáles gastos requieren ser aprobados previamente por el administrador y cuáles se verificarán posteriormente. Requerimiento que deberá quedar claramente establecido en el Acuerdo de Donación.

1.3. DESEMBOLSOS.

Los desembolsos estarán indicados en el Acuerdo de Donación en fecha y monto, mediante los Anexos C y D del mismo, y se realizarán previa aprobación de los informes de avance técnico y financiero respectivos.

Si al finalizar el proyecto existe sub-ejecución de los fondos desembolsados al receptor de la donación, éste deberá devolver el excedente al administrador.

1.4. RESCISIÓN DEL ACUERDO DE DONACIÓN:

El administrador podrá rescindir el Acuerdo de Donación sin responsabilidad, por alguna de las siguientes causas:

a. Por fuerza mayor o caso fortuito, en cuyo caso no habrá responsabilidad de ninguna de las partes. En este sentido, entenderemos por “caso fortuito” un evento imprevisible aun aplicando una conducta diligente; mientras que por “fuerza mayor” nos referiremos a un evento que, aunque pudiera preverse es inevitable.

b. Por incumplimiento del receptor de la donación, de sus obligaciones, sea en la sustancia, sea en el modo, en este sentido, el receptor de la donación será responsable de los daños y perjuicios que ocasione al administrador. Habrá incumplimiento por parte del receptor de la donación cuando:

i. No cumpla con las actividades previstas en el plazo programado, sin explicación alguna,

para ello el administrador realizará un apercibimiento al receptor de la donación para que emita las razones por las cuales se da el atraso y las medidas correctivas a implementar, en caso que no sean de satisfacción para el administrador y se considere que pone en riesgo la ejecución exitosa del proyecto podrá rescindirse el Acuerdo de Donación.

ii. En caso que se compruebe que el receptor de la donación ha utilizado los fondos para otros fines diferentes a los establecidos en el Acuerdo de Donación.

iii. En caso que se compruebe que el receptor de la donación incumple con alguno de los principios establecidos en el apartado 8 de estos lineamientos.

iv. En caso que se compruebe que el receptor de la donación se encuentra en alguna de las situaciones expuestas en los apartados 9 y 10 de estos lineamientos.

ANEXOS

Anexo V Formulario de propuesta de proyecto Anexo VI Formulario de presupuesto detallado

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Primer Canje de Deuda por Naturaleza EE.UU. – C.R. 26

Anexo VII Formato de Currículo de Equipo Clave (incluye declaración de disponibilidad)

Anexo VIII Gastos permitidos y no permitidos