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“Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social” 1

Contenido

PRESENTACIÓN ....................................................................................................................... 2

I.- Disposición y aplicación de recursos .................................................................................. 3

II. Medios de Pago. ................................................................................................................. 7

III.- Adquisiciones y contratación de trabajos ........................................................................ 8

IV.- Recomendaciones para el uso eficiente de los recursos ............................................... 13

V. Integración de la documentación comprobatoria ........................................................... 15

VI. Requisitos Administrativos .............................................................................................. 16

VII. Participación del CEPS .................................................................................................... 17

VIII. Disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestal ........................... 19

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PRESENTACIÓN

De conformidad con el Acuerdo número 11/19/15 por el que se emiten los Lineamientos

de Operación del Programa de la Reforma Educativa, publicados en el Diario Oficial de la

Federación del 15 de septiembre de 2015, y en apego a lo establecido en el Numeral 3.4

Responsabilidades de la Autoridad Educativa Local, la Secretaría de Educación Pública de

Hidalgo, a través de la Coordinación Estatal del Programa de la Reforma Educativa, ha

tenido a bien emitir los:

“Lineamientos para el Ejercicio y Comprobación de los Recursos del Programa de la

Reforma Educativa, Ciclo Escolar 2015-2016”

Los presentes lineamientos tienen como objetivo que las escuelas beneficiadas:

“Obtengan una aplicación exitosa de los recursos del Programa y beneficios que se

ofrecen a través del mismo”, donde los Directores, conjuntamente con su comunidad

educativa, deciden sobre la mejor aplicación de los recursos, partiendo de la observancia

de la cultura de transparencia y rendición de cuentas.

Es importante mencionar que el patrimonio del Programa se constituye con la aportación

que realiza el Gobierno Federal, con la finalidad de coadyuvar en el desarrollo de la

educación de calidad con equidad, atendiendo el rezago en las condiciones físicas de los

inmuebles escolares con el fin de mejorar la operación de las escuelas y fortalecer la

autonomía de gestión escolar.

En este contexto, los “Lineamientos para el Ejercicio y Comprobación de los Recursos del

Programa de la Reforma Educativa Ciclo Escolar 2015-2016”, contienen criterios y

aspectos sustanciales con un enfoque teórico-práctico que nos lleva de la mano en las

tareas a realizar, sumándose a ello, el apoyo permanente de la Secretaria de Educación

Pública de Hidalgo, a través de la Coordinación Estatal del Programa de la Reforma

Educativa y el Instituto Hidalguense de la Infraestructura Física Educativa (INHIFE),

brindando asesoría y acompañamiento de manera directa y continua.

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I.- Disposición y aplicación de recursos

Los recursos del Programa se ejercerán a través de una tarjeta de débito emitida,

entregada y administrada por BBVA Bancomer, S. A., Institución de Banca Múltiple,

Grupo Financiero BBVA Bancomer. La Coordinación Estatal del Programa tendrá a

su cargo la responsabilidad del manejo y entrega de éstas, recabando el acuse

correspondiente a la entrega de la misma, así como el recibo y pagaré que

garanticen la administración y aplicación de los recursos en las acciones del

programa.

Los recursos se dispersarán de acuerdo al calendario preliminar que se muestra a

continuación, el cual se ajustará conforme a la incorporación de comunidades

escolares al Programa:

DISPERSIÓN DE RECURSOS A LAS ESCUELAS BENEFICIADAS

1ª Ministración

60% del monto total de acuerdo a la

disponibilidad presupuestaria del Fideicomiso

del Programa

Diciembre 2015

2ª Ministración

40% restante de acuerdo a la disponibilidad

presupuestaria

Enero 2016

Para que la escuela esté en condiciones de recibir la tarjeta de débito, la

Coordinación del Programa deberá revisar y validar los documentos previamente

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presentados por el Director de la Escuela, conjuntamente con el Presidente del

CEPS, como a continuación se mencionan:

Identificación oficial vigente con fotografía del Director de la Escuela y del

Presidente del CEPS.

Acta Constitutiva del CEPS y del Comité de Contraloría Social.

Carta Compromiso mediante la cual el Director de la Escuela y el Presidente

del CEPS aceptan ejecutar, desarrollar y finalizar las acciones que permitan

atender las necesidades prioritarias del plantel educativo, acorde a la Ruta

de Mejora y orden de prioridades del Programa

Acta de Acuerdo para el Ejercicio Mancomunado de los Recursos del

Programa.

Acta de Planeación de Acciones a Realizar del Componente 1 y 2.

Recibo y pagaré correspondiente a los recursos asignados a la escuela.

Evidencias fotográficas que acrediten la necesidad de las acciones

programadas (2 del Panorama general de la escuela, 2 de la fachada, 3 de

los espacios relativos al componente 1 y 3 de las Acciones correspondientes

al componente 2), de manera digitalizada.

Cédula de información.

Cuadernillo de trabajo de la escuela, correspondiente al ciclo escolar 2014-

2015, debidamente requisitado.

En caso de no cumplir con alguno de los puntos anteriores, la Coordinación Estatal

del Programa se reserva el derecho de entregar el plástico. Una vez que el Director

de la Escuela regularice sus documentos podrá solicitar la entrega de su tarjeta.

Aquellas escuelas que registren adeudos pendientes de pago con empresas

constructoras, derivados de la ejecución de las obras al 100% del ciclo anterior,

podrán recibir su tarjeta de débito una vez que regularicen esta situación, si

forman parte de la lista oficial que publique la Coordinación Estatal del Programa

en la página de Internet de la Secretaría de Educación Pública de Hidalgo.

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Es responsabilidad de los directores y del CEPS ejercer los recursos con base en

criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia y economía, atendiendo las

decisiones tomadas a partir de la Ruta de Mejora Escolar en los conceptos

siguientes:

Componente 1.- Mejoramiento de las condiciones físicas y de

equipamiento de las escuelas.

Componente 2.- Desarrollo y fortalecimiento de la autonomía de gestión.

Aplicación de recursos del Componente 1. Los recursos del Componente 1 deben

ser utilizados de manera prioritaria en la atención de las carencias básicas que el

Programa promueve, observando el orden siguiente:

Aulas. Contar con espacios educativos en condiciones adecuadas.

Mejorar el servicio de agua potable. Desarrollar acciones para asegurar el

suministro y mejoramiento del servicio de agua potable.

Sanitarios. Realizar acciones para contar con servicios suficientes y

adecuados o mejorarlos.

Mobiliario básico de aulas. Adquisición de mobiliario básico de las aulas,

como: mesas, sillas, libreros, pizarrón, estantería y pantallas en el caso de

telesecundarias.

Otros espacios. Solamente en el caso de que hayan sido atendidas las

carencias enunciadas anteriormente y si existieran remanentes podrán

destinar recursos a “otros espacios educativos”, como: Rampas y

andadores, servicios administrativos, adaptaciones e instalaciones

necesarias para recibir el servicio de internet, plazas cívicas, canchas

deportivas, cubiertas, bardas, accesos al plantel, cubiertas y otros.

Cuando las necesidades de las escuelas así lo demanden, la comunidad escolar podrá

utilizar los recursos del Componente 2 para complementar el costo de las acciones del

Componente 1, siempre y cuando se cuente con la aprobación expresa de la

Coordinación Estatal del Programa.

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Los rubros de gasto autorizados para el Componente 1 refieren la realización de

acciones mayores y acciones menores, definidas como sigue:

Acciones Mayores. Son aquellas intervenciones estructurales en espacios

educativos que impliquen demoliciones, reestructuraciones,

reconstrucciones o la construcción de nuevas aulas, sanitarios u otros

espacios educativos (techumbres metálicas).

Un elemento estructural contribuye a dar solidez a la edificación, entre los

más representativos están: cimentación, muros de carga, columnas, losas o

cubiertas.

Acciones Menores. Consisten en la ejecución de trabajos encaminados a

mejorar las condiciones físicas del plantel educativo, es decir, remodelación

o habilitación de espacios educativos, sanitarios, infraestructura hidro-

sanitaria y acciones para procurar acceso de agua potable, incluye

adquisición de equipo básico de las aulas.

El Director en coordinación con el CEPS deberá emitir oficio dirigido a la Coordinación del

Programa indicando que la obra se encuentra terminada al 100%, de acuerdo a lo

contratado e indicando que la empresa no tiene adeudos de ningún tipo con el plantel y/o

comunidad, así mismo convocando a la entrega recepción de la misma.

Aplicación de recursos del Componente 2. De los rubros de gasto autorizados en

el Componente 2 “Desarrollo y fortalecimiento de la autonomía de gestión

escolar”.- Los rubros de gasto autorizados en el PRE para el Componente 2 son:

a) Desarrollo y fortalecimiento de las cuatro prioridades educativas del SBME:

Prioridad 1: Normalidad mínima de operación escolar. Mantenimiento del

inmueble escolar, creación de condiciones de seguridad, adquisición de

mobiliario y equipo escolar distintos al del Componente 1, como por

ejemplo computadoras, tabletas, televisores, impresoras, fotocopiadoras,

proyectores, equipo de audio y video, juegos mecánicos, materiales

educativos, papelería, conectividad, entre otro.

Prioridad 2: Desarrollo de competencias de lectura, escritura y

matemáticas. Contratación de asesorías, tutorías y materiales para

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alumnos, docentes, padres de familia y directores, materiales educativos,

biblioteca, software educativo, entre otros.

Prioridad 3: Prevención de la reprobación y abandono escolar.

Contratación de asesorías, tutorías y materiales para alumnos, docentes,

padres de familia y directores, software educativo, entre otros.

Prioridad 4: Convivencia pacífica en la escuela. Contratación de asesorías,

tutorías y materiales para alumnos, docentes, padres de familia, directores,

software educativo, fomento de 13 actividades deportivas, artísticas,

recreativas y de convivencia y adaptaciones físicas, materiales e insumos

para eliminar barreras para el aprendizaje.

Las acciones de formación, capacitación, actualización y superación profesional

deberán estar plenamente identificadas en la Ruta de Mejora y responderán a las

necesidades prioritarias de las escuelas beneficiadas.

Tratándose de servicios de capacitación, actualización, formación, etc., se deberá

realizar la retención correspondiente al I.S.R., en este caso la cantidad que resulte

de aplicar la tasa del 10% sobre el monto de los pagos que se efectúen, sin

deducción alguna.

Asimismo, cada comprobante que ampare la impartición de diplomado, taller,

conferencia, curso, etc., deberá estar acompañada por:

Registro de asistencia por parte de docentes, padres familia y/o alumnos

Evidencia fotográfica de cada actividad (pegadas o impresas en hoja

tamaño carta).

II. Medios de Pago.

Los medios de pago que podrán utilizar las escuelas son: pago directo con tarjeta,

transferencia bancaria y cheque de caja.

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Pago directo con tarjeta. Cuando las empresas y/o proveedores cuenten

con terminal bancaria, se podrá realizar hasta por un monto de $220 mil

por transacción, sin límite mensual.

Cheque de caja. Se podrán utilizar con montos que pueden ser de $30 mil a

100 mil diarios, presentando solicitud de servicio bancario respectiva.

Transferencia bancaria. Se podrán realizar movimientos de hasta de $100

mil diarios, presentando formato de solicitud de servicios bancarios,

debidamente requisitada con firmas del Director de la escuela y del

Presidente del CEPS, así como de la Coordinación Estatal del Programa.

Solicitud de Servicio Bancario. Los pagos a través de transferencias electrónicas y

cheques de caja, requieren de la validación y autorización de la Coordinación

Estatal del Programa, además de contar con la firma del Director de la escuela y

del Presidente del CEPS. El formato establecido para tal fin es el denominado

“Solicitud de Servicio Bancario”.

Con el objeto de hacer uso eficiente de los recursos las disposiciones en efectivo

en ventanilla y/o cajeros automáticos requieren autorización expresa de la

Coordinación del Programa, previa solicitud y justificación respectiva.

III.- Adquisiciones y contratación de trabajos

La comunidad escolar es la única facultada para la toma de decisiones respecto a

las carencias que atenderá con los recursos del Programa. El Director de la Escuela

y el Presidente del CEPS son quienes definirán los comercios en los que realizarán

las compras de materiales, mobiliario y equipo que requieran, así como las

empresas que contraten para realizar las acciones mayores o menores

programadas.

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Previo a la contratación de las obras y/o acciones se deberán obtener 3

(cotizaciones), proceso que permita seleccionar la mejor propuesta, bajo criterios

de economía, eficacia y oportunidad.

La Coordinación Estatal del Programa no tiene convenios, contratos o compromisos con

ningún proveedor de bienes y/o servicios de ningún tipo, por lo que no se responsabiliza

de actos que se realicen entre las escuelas y los proveedores.

La ejecución de las acciones mayores amerita la asistencia técnica y supervisión del

INHIFE, en el diseño, ejecución y recepción de los trabajos a entera satisfacción de

la comunidad escolar.

Para la ejecución de las acciones previstas en el Componente 1, el Director de la

Escuela y el Presidente del CEPS podrán tomar como referencia el Padrón de

Contratistas del Gobierno del Estado publicado en el portal del Programa de la

página de Internet de la Secretaría de Educación Pública del Estado.

Requisitos que deberán cubrir las empresas constructoras. Previo a la suscripción

de los contratos de obra el director de la escuela verificará la documentación legal

de la empresa seleccionada, quien deberá cumplir con los requisitos siguientes:

Acta Constitutiva (persona moral) y/o Acta de Nacimiento e INE (persona

física).

Poder Notarial e INE del representante legal, en caso de personas morales.

Comprobante de domicilio fiscal, debiendo ser del Estado de Hidalgo (con

una antigüedad no mayor a 2 meses).

Alta ante SHCP, que contenga como actividad principal, la relacionada con

el ramo de la construcción.

Estados financieros, anexando copia de cédula profesional del profesionista

que emitió la opinión respectiva.

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Evidencia de cumplimiento de obligaciones fiscales emitida por el SAT.

Constancia de no adeudos por concepto de cuotas obrera-patronales con el

IMSS.

Documento donde manifieste, bajo protesta de decir verdad, que posee la

experiencia, recursos humanos, materiales financieros y técnicos, así como

todo lo necesario para realizar la totalidad de la acción objeto del contrato.

Documento donde manifiesta, bajo protesta de decir verdad, que conoce y

se compromete a observar y cumplir con la normatividad en materia de

construcción, seguridad, uso de la vía pública, protección ecológica y medio

ambiente que rijan en la entidad donde se llevará a cabo la acción, de

conformidad a las normas de construcción que haya emitido el Organismo

estatal, así como las especificaciones técnicas, el proyecto técnico

presupuestado, el calendario de ejecución de la acción y demás

documentos en que se consignan los precios y las actividades principales.

Escrito de la empresa o contratista donde designa desde un inicio, a un

representante, que permanecerá en el sitio de realización de la misma,

donde señale que está debidamente capacitado, con los conocimientos

técnicos necesarios en el ramo de la construcción y que lo facultan para

tomar decisiones en lo relativo al contrato; del mismo modo, deberá ser

facultado para oír y recibir todo tipo de información, avisos y comunicados.

Currículum del contratista.

Registro de Contratistas del Gobierno del Estado, vigente.

Datos de cuenta bancaria (Clabe interbancaria).

Las escuelas que decidan realizar acciones mayores, consistentes en la

construcción de espacios educativos, como: aulas, sanitarios, techumbres, bardas

perimetrales, muros de contención, losas de concreto, etc., deberán contar con la

documentación que acredite la propiedad del inmueble en favor de la institución

educativa.

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En caso de realizar acciones mayores la comunidad escolar cubrirá el pago

correspondiente a la supervisión técnica de hasta un 2% del monto de la obra

supervisada.

Las escuelas beneficiadas no podrán suscribir contratos, contraer compromisos y

tampoco iniciar los trabajos de obra, sin antes elaborar y presentar, entre otros:

proyecto técnico presupuestado, programa financiero y de actividades y

generadores, en su caso, debidamente validado por la instancia técnica respectiva

que faculte el INIFED.

COMPROMISOS QUE NO EXCEDAN LA CAPACIDAD FINANCIERA DE LAS CONTRATISTAS

Las empresas constructoras no podrán suscribir contratos que excedan 7 (Siete) obras en

virtud de que pudiera superar su capacidad financiera y representar un riesgo en el

cumplimiento de los compromisos adquiridos, convirtiéndose en un problema para las

comunidades escolares.

Las escuelas que decidan adquirir equipo electrónico (computadoras, proyectores,

impresoras, equipo de audio, etc.), deberán acreditar que las instalaciones

eléctricas funcionan de manera adecuada, mediante la presentación de plano

eléctrico.

Al INIFED y/o INHIFE les corresponde gestionar con las empresas constructoras la

entrega de documentación para su integración en el expediente de la obra, como

sigue:

Contrato de Obra con firmas autógrafas y fianza.

Proyecto técnico presupuestado.

Calendario de ejecución.

Documentación legal de la empresa.

Carta garantías que emitan los fabricantes de los productos utilizados en la

obra.

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Oficios de autorización de prórrogas solicitados por las empresas o

contratistas y autorizadas por el Director y el CEPS, y por el INIFED u

organismo responsable, si es el caso.

Pagaré suscrito por la empresa a través de su apoderado legal o persona

física con un aval a favor del director de la escuela, quien lo deberá endosar

al INIFED y/o INHIFE, que garantice la debida aplicación de los pagos

realizados en favor de la contratista y el cumplimiento de todas y cada una

de las obligaciones establecidas en el contrato.

Solicitud de devolución de garantía.

Oficio o documento que acuse la devolución de la garantía.

Escrito donde conste, en su caso, la aplicación de penas convencionales a la

empresa o contratista.

Oficio de Notificación de le empresa o contratista de terminación de las

acciones dirigido al director, CEPS, INIFED y/o INHIFE, solicitando la hora y

la fecha para realizar el acta de entrega-recepción.

Acta entrega – recepción debidamente requisitada con la participación del

INHIFE y/o instancia técnica responsable de la supervisión de las acciones.

Por ningún motivo las escuelas beneficiadas del Programa podrán contratar los

servicios de aquellas empresas constructoras que hayan mostrado retrasos e

incumplimiento en la ejecución e integración y presentación de las evidencias

documentales correspondientes a las acciones realizadas dentro del Componente

1 y 2 del PEEARE ciclo escolar 2014-2015, de acuerdo al listado emitido por la

Coordinación Estatal del Programa.

Las compras deberán realizarse preferentemente con proveedores establecidos

dentro del Estado de Hidalgo, con el propósito de fortalecer la economía local,

regional y/o estatal; acciones que evitaran conflictos en el reclamo de alguna

garantía de los productos o servicios adquiridos.

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Serán considerados como proveedores de bienes o servicios, aquellos negocios

legalmente establecidos, que cumplan con los requisitos fiscales en su facturación,

ubicados en el mercado local, regional y/o estatal, quienes están obligados a

otorgar garantía de sus productos por escrito en papelería oficial del proveedor,

debidamente suscrita por el representante legal y/o persona facultada para tal fin.

Es responsabilidad del director de la escuela buscar las opciones que le permitan

obtener los mejores precios del mercado, calidad, condiciones, servicios y garantía,

así como verificar el estado de entrega y el correcto funcionamiento de los

productos y bienes adquiridos. Es conveniente no generar ningún pago previo a la

entrega e instalación de los bienes a entera satisfacción del director y del CEPS.

Es responsabilidad del director solicitar a los proveedores las garantías de los

productos adquiridos con los recursos del Programa.

GASTOS NO PERMITIDOS

Queda prohibido la adquisición asociada a beneficios personales y ajenos a los propósitos

del Programa, como son: electrodomésticos, línea blanca, automóviles, hospedaje,

alimentación, etc., y cualquier otro que no esté directamente vinculado con la Ruta de

Mejora. En este caso la Coordinación Estatal del Programa ejercerá las acciones

normativas y legales que correspondan ante las instancias respectivas.

IV.- Recomendaciones para el uso eficiente de los

recursos

El expediente de obra deberá estar firmado y avalado por el supervisor de obra

asignado, quien apoyará y asesorará al Director de la Escuela y al Presidente del

CEPS en la elaboración y validación del presupuesto de obra tomando como base

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el “Catalogo de Conceptos y Precios Unitarios” del Área Técnica de la Secretaría de

Planeación, Desarrollo Regional y Metropolitano del Gobierno del Estado,

correspondiente al ejercicio fiscal 2015.

Invariablemente las escuelas beneficiadas darán prioridad al mejoramiento de las

instalaciones eléctricas, previo a la adquisición de equipo electrónico, por lo que

deberá programar la elaboración del proyecto eléctrico, con el objeto de:

Disminuir el consumo de energía eléctrica y en consecuencia generar

ahorros económicos.

Garantizar la vida útil de los equipos adquiridos.

Incluir en el presupuesto de obra la elaboración del rotulo de identificación de la

escuela beneficiada, solo para aquellos planteles que carezcan del mismo, el cual

deberá contener: municipio, localidad, nombre de la escuela, CCT y zona escolar.

Designación de representante de contratista como residente de obra. Escrito de

la empresa o contratista donde designa desde un inicio, a un representante, que

permanecerá en el sitio de realización de la misma, donde señale que está

debidamente capacitado, con los conocimientos técnicos necesarios en el ramo de

la construcción y que lo facultan para tomar decisiones en lo relativo al contrato;

del mismo modo, deberá ser facultado para oír y recibir todo tipo de información,

avisos y comunicados, quien se encargará de aperturar el inicio y la supervisión de

los trabajos, así como la terminación y cierre de la obra.

Trabajos fuera del presupuesto. La coordinación SEPH e INHIFE solo reconocerá y

verificará durante la entrega recepción de obra los conceptos considerados en el

presupuesto de obra y contratados de acuerdo al expediente, desconociendo todo

lo que se convenga y acuerde entre el Director-CEPS con la empresa fuera del

contrato.

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“Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social” 15

Las empresas constructoras serán responsables de los daños ocasionados durante

la ejecución de los trabajos, los cuales deberán ser reparados por la empresa sin

costo alguno.

Unificación de pintura del plantel. Dentro del presupuesto de obra las escuelas

beneficiadas programarán el suministro y aplicación de pintura para todas las

áreas que conforman el plantel educativo, con la finalidad de unificar colores de

acuerdo a las características que emita el INIFED.

V. Integración de la documentación comprobatoria

Fecha límite de comprobación de recursos. Los Directivos en coordinación con los

Presidentes de los CEPS, observarán los plazos establecidos para la integración de

la documentación comprobatoria original, como sigue:

ACTIVIDAD FECHA LÍMITE PARA EL EJERCICIO Y

COMPROBACIÓN DE LOS RECURSOS

Comprobación de recurso total asignado 29 de Julio de 2016

El incumplimiento de la disposición relativa a la comprobación en los plazos antes

señalados, dará lugar a que la Coordinación Estatal del Programa, de vista al

órgano interno de control, con la finalidad de coadyuvar en el cumplimiento de

esta disposición o en su caso llevar a cabo el procedimiento jurídico legal, a que

haya lugar.

Resguardo de la documentación comprobatoria. Es responsabilidad del Director

comprobar el ejercicio de los recursos financieros del Programa, conforme a las

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disposiciones jurídicas aplicables, así mismo deberá resguardar por un plazo de

cinco años la documentación comprobatoria original.

De la misma manera los directores se obligan a colaborar con las diferentes

instancias revisoras federales y estatales que lleven a cabo la fiscalización respecto

a la aplicación y comprobación de los recursos públicos del Programa.

La comprobación del ejercicio de los recursos y las evidencias correspondientes

deberán estar disponibles en la escuela para la revisión de las instancias

fiscalizadoras, del orden federal o local, así mismo proporcionarán una copia a la

Coordinación Estatal del Programa de Escuelas de la Reforma Educativa.

VI. Requisitos Administrativos

Facturación de acciones o servicios contratados. Todos los documentos que se

presenten para comprobar el ejercicio de los recursos otorgados, deberán reunir

los siguientes requisitos:

Ser documentación original

Estar expedidos a nombre de la Secretaría de Educación Pública, conforme

a la cédula de identificación fiscal siguiente:

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Cabe señalar que de conformidad con lo señalado en el Artículo 29 A del

Código Fiscal de la Federación, en la documentación comprobatoria que

se emita, se consignará el domicilio de la escuela beneficiada.

Los comprobantes fiscales originales por la adquisición de mobiliario y

equipo no deberán contener sello y firma de recibido, tampoco sellos y

firmas, ni anotación alguna que se considere alteración al documento.

Estos requisitos se deberán consignar en copias de las facturas,

acompañadas de la cédula censal, documento que garantiza el resguardo

de los bienes adquiridos.

No presentar tachaduras o enmendaduras, errores aritméticos o

alteraciones.

Estampar sellos y firmas del Director y Presidente del CEPS.

Agrupar los gastos relativos a un mismo rubro (Componente 1 o

Componente 2)

Tratándose de comprobantes expedidos por tiendas de autoservicio, es

indispensable anexar el ticket de compra.

Con el apoyo de INHIFE y/o INIFED, los Directores de las escuelas deberán

requisitar los formatos y anexos del cuaderno de trabajo del director,

previstos en las etapas de planeación, ejecución y rendición de cuentas,

proporcionando a la Coordinación Estatal del Programa las evidencias

fotográficas y documentales que le permitan reportar en el sistema de

seguimiento del programa los avances de las acciones desarrolladas.

VII. Participación del CEPS

El Consejo Escolar de Participación Social. Representa a la comunidad escolar en

condiciones de responsabilidad compartida con la escuela, lo cual significa que es

copartícipe de las decisiones y acciones realizadas de acuerdo a las necesidades, de

los recursos que ingresan a la escuela y de su aplicación transparente para el

mejoramiento de la infraestructura y equipamiento del inmueble escolar, así

mismo para el desarrollo y fortalecimiento de la autonomía de gestión

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(Componentes 1 y 2) y la rendición de cuentas a la comunidad escolar de los

avances o logros alcanzados.

Entre las acciones de las que tendrá conocimiento, participará, opinará y/o

validará, están:

Conocer y enriquecer la Ruta de Mejora de la escuela.

Conocer y difundir a la comunidad escolar el monto de recursos que recibe

la escuela, su aplicación y comprobación.

Participar en la definición de las prioridades en las cuales serán invertidos

los recursos del componente 1 y 2.

Ejercer de manera conjunta con el Director de la escuela, los recursos del

programa.

Compartir la responsabilidad del ejercicio, comprobación, transparencia y

eficiencia.

Apoyar al Director con las tareas que implica el ejercicio y comprobación

delos recursos asignados.

Corresponsabilizarse con el cumplimiento de la ruta de mejora, en

particular con la normalidad mínima en la operación de la escuela

(puntualidad y asistencia de los estudiantes) y la convivencia escolar

pacífica, inclusiva y democrática.

Validar las cédulas de cierre del ejercicio de los recursos: tanto las acciones

de infraestructura y equipamiento, como las vinculadas con el componente

2.

Informar a la comunidad escolar de las actividades realizadas, así como de

los ingresos y el ejercicio del recurso recibido por la escuela.

El Director deberá asegurarse que el CEPS dé seguimiento a las acciones del

Comité de Contraloría Social de la escuela, garantizando su operación y

funcionamiento, así como llevar a cabo las funciones a su cargo, en materia de

seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las metas y acciones

comprometidas en el programa.

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VIII. Disposiciones de racionalidad, austeridad y

disciplina presupuestal

Sin perjuicio de lo que establecen los presentes lineamientos, el director y el

Presidente del CEPS, están obligados a dar estricto cumplimiento a las normas de

racionalidad, austeridad y disciplina presupuestal contenidas en los “Lineamientos

para la aplicación y seguimiento de las medidas para el uso eficiente, transparente

y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el

ejercicio del gasto público, así como la modernización de la Administración Pública

Federal”, publicados el 30 de enero de 2013 en el Diario Oficial de la Federación, y

las demás disposiciones que emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Las acciones de Contraloría Social estarán principalmente a cargo de los miembros

del CEPS, a través del Comité de Contraloría Social y demás instancias asociativas

de beneficiarios, con el propósito de que participen en el seguimiento, supervisión

y vigilancia del cumplimiento de las metas y acciones comprometidas en el

Programa, así como de la correcta aplicación de los recursos públicos asignados.

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Para mayores informes:

Dirección Circuito Ex Hacienda La Concepción Lt 17, San Juan Tilcuautla, San Agustín Tlaxiaca C.P. 42060

Teléfonos 01(771) 717-2510

EXT. 4810